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libertad y Orden REPÚBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO NORTE DE SANTANDER CORPORACIÓN CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JOSÉ DE CÚCUTA RESOLUCIÓN NÚMERO 304 (Diciembre 05 de 2019) "Por medio de la cual se reanuda la convocatoria pública número 01 de 2019 para la elección del Contralor Municipal de San José de Cúcuta periodo 2020 — 2021, y se modifica el proceso conforme a los términos de referencia de la resolución 728 de 2019, expedida por la Contraloría General de la Republica. LA MESA DIRECTIVA DEL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JOSÉ DE CÚCUTA En uso de las facultades Constitucionales, Legales y Reglamentarias, y en especial las conferidas por el Artículo 272 de la Constitución Política de Colombia, modificados por el Acto Legislativo número 04 de 2019; ley 136 de 1994; ley 1904 de 2018, el artículo 16 de la resolución 0728 de 2019 expedida por la Contraloría General de la Republica, artículos 4, 137 y 142 del acuerdo 0188 de 2001, modificado por el acuerdo 03 de 2019; proposición 02 de mayo 07 de 2019 y CONSIDERANDO. Que, el artículo 126 de la Constitución Política de Colombia, modificado por el acto legislativo No. 02 de 2015, establece que: (...) Salvo los concursos regulados por la ley, la elección de servidores públicos atribuida a corporaciones públicas deberá estar precedida de una convocatoria pública reglada por la ley, en la que se fijen requisitos y procedimientos que garanticen los principios de publicidad, transparencia, participación ciudadana, equidad de género y criterios de mérito para su selección. (...) Que, el artículo 272 de la Constitución Política de Colombia, modificado por el acto legislativo No. 04 de 2019, establece que: . "(...) Los Contralores departamentales, distritales y municipales serán elegidos por las Asambleas Departamentales, Concejos Municipales y Distritales, de terna conformada por quienes obtengan los mayores puntajes en convocatoria pública conforme a la ley, siguiendo los principios de transparencia, publicidad, objetividad, participación ciudadana y equidad de género, para un periodo de cuatro años que no podrá coincidir con el periodo del correspondiente gobernador y alcalde. Ningún contralor podrá ser reelegido para el período inmediato. Para ser elegido contralor departamental, distrital o municipal se requiere ser colombiano por nacimiento, ciudadano en ejercicio, tener más de veinticinco años, acreditar título universitario y las demás calidades que establezca la ley. No podrá ser elegido quien sea o haya sido en el último año miembro de la Asamblea o Concejo que deba hacer la elección, ni quien haya ocupado cargo público en la rama ejecutiva del orden departamental, distrital o municipal. Quien haya ocupado en propiedad el cargo de contralor departamental, distrital o municipal, no podrá desempeñar empleo oficial alguno en el respectivo departamento, distrito o municipio, ni ser inscrito como candidato a cargos de elección popular sino un año después de haber cesado en sus funciones.

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RESOLUCIÓN NÚMERO 304 (Diciembre 05 de 2019)

"Por medio de la cual se reanuda la convocatoria pública número 01 de 2019 para la elección del Contralor Municipal de San José de Cúcuta periodo 2020 — 2021, y se modifica el proceso

conforme a los términos de referencia de la resolución 728 de 2019, expedida por la Contraloría General de la Republica.

LA MESA DIRECTIVA DEL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JOSÉ DE CÚCUTA

En uso de las facultades Constitucionales, Legales y Reglamentarias, y en especial las conferidas por el Artículo 272 de la Constitución Política de Colombia, modificados por el Acto

Legislativo número 04 de 2019; ley 136 de 1994; ley 1904 de 2018, el artículo 16 de la resolución 0728 de 2019 expedida por la Contraloría General de la Republica, artículos 4, 137 y 142 del acuerdo 0188 de 2001, modificado por el acuerdo 03 de 2019; proposición 02 de mayo 07 de

2019 y

CONSIDERANDO.

Que, el artículo 126 de la Constitución Política de Colombia, modificado por el acto legislativo No. 02 de 2015, establece que:

(...) Salvo los concursos regulados por la ley, la elección de servidores públicos atribuida a corporaciones públicas deberá estar precedida de una convocatoria pública reglada por la ley, en la que se fijen requisitos y procedimientos que garanticen los principios de publicidad, transparencia, participación ciudadana, equidad de género y criterios de mérito para su selección. (...)

Que, el artículo 272 de la Constitución Política de Colombia, modificado por el acto legislativo No. 04 de 2019, establece que: .

"(...) Los Contralores departamentales, distritales y municipales serán elegidos por las Asambleas Departamentales, Concejos Municipales y Distritales, de terna conformada por quienes obtengan los mayores puntajes en convocatoria pública conforme a la ley, siguiendo los principios de transparencia, publicidad, objetividad, participación ciudadana y equidad de género, para un periodo de cuatro años que no podrá coincidir con el periodo del correspondiente gobernador y alcalde.

Ningún contralor podrá ser reelegido para el período inmediato.

Para ser elegido contralor departamental, distrital o municipal se requiere ser colombiano por nacimiento, ciudadano en ejercicio, tener más de veinticinco años, acreditar título universitario y las demás calidades que establezca la ley.

No podrá ser elegido quien sea o haya sido en el último año miembro de la Asamblea o Concejo que deba hacer la elección, ni quien haya ocupado cargo público en la rama ejecutiva del orden departamental, distrital o municipal.

Quien haya ocupado en propiedad el cargo de contralor departamental, distrital o municipal, no podrá desempeñar empleo oficial alguno en el respectivo departamento, distrito o municipio, ni ser inscrito como candidato a cargos de elección popular sino un año después de haber cesado en sus funciones.

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RESOLUCIÓN NÚMERO 304 (Diciembre 05 de 2019)

"Por medio de la cual se reanuda la convocatoria pública número 01 de 2019 para la elección del Contralor Municipal de San José de Cúcuta periodo 2020— 2021, y se modifica el proceso

conforme a los términos de referencia de la resolución 728 de 2019, expedida por la Contraloría General de la Republica.

Parágrafo transitorio 1°. La siguiente elección de todos los contralores territoriales se hará para un período de dos años. (...)".

Que, el artículo 35 de la ley 136 de 1994, respecto de la elección de funcionarios, establece que: Los concejos se instalarán y elegirán a los funcionarios de su competencia en los primeros diez días del mes de enero correspondiente a la iniciación de sus períodos constitucionales, previo señalamiento de fecha con tres días de anticipación. En los casos de faltas absolutas, la elección podrá hacerse en cualquier período de sesiones ordinarias o extraordinarias que para el efecto convoque el alcalde.

Siempre que se haga una elección después de haberse iniciado un período, se entiende hecha sólo para el resto del período en curso.

Que, el artículo 158 de la ley 136 de 1994, respecto de los requisitos para la elección del contralor, establece que:

(...) Para ser elegido contralor se requiere ser colombiano de nacimiento, ciudadano en ejercicio, tener más de veinticinco años y acreditar título de abogado o título profesional en disciplinas económicas, administrativas o financieras. En ningún caso habrá lugar a reelección'.

Que, el artículo 11 de la ley 1904 de 2018, "Por la cual se establecen las reglas de la convocatoria pública previa a la elección de Contralor General de la República por el Congreso de la República", estableció lo siguiente: Las disposiciones contenidas en la presente ley serán aplicables en lo que correspondan a la elección de los contralores departamentales, distritales, y municipales, en tanto el Congreso de la República expida disposiciones especiales para la materia.

Que, a la fecha el Congreso de la República no ha expedido ley que regule la elección de contralores municipales, en consideración a lo anterior se debe aplicar en lo que corresponda la Ley 1904 de 2018 "Por la cual se establecen las reglas de la convocatoria pública previa a la elección de Contralor General de la República por el Congreso de la República".

Que, en razón de lo expuesto, la Mesa Directiva del Concejo Municipal de San José de Cúcuta, dio apertura a la Convocatoria Pública para la elección del Contralor Municipal de San José de Cúcuta para el periodo 2020 — 2021, mediante resolución número 230 de octubre 07 de 2019, "Por medio de la cual se expide y reglamenta la convocatoria pública para proveer el cargo de contralor (a) del municipio de San José de Cúcuta para el periodo 2020 — 2021".

Que, la Entidad Seleccionó a la universidad Francisco de Paula Santander como institución de educación superior con la cual se suscribiría el contrato para acompañar la convocaría pública con el fin de realizar la elección del Contralor (a) Municipal de San José de Cúcuta para el periodo 2020 — 2021.

1 (Apartes tachados declarados INEXEQUIBLES por la Corte Constitucional mediante Sentencia 0-898-11 de 30 de

noviembre de 2011).

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RESOLUCIÓN NÚMERO 304 (Diciembre 05 de 2019)

"Por medio de la cual se reanuda la convocatoria pública número 01 de 2019 para la elección del Contralor Municipal de San José de Cúcuta periodo 2020 — 2021, y se modifica el proceso

conforme a los términos de referencia de la resolución 728 de 2019, expedida por la Contraloría General de la Republica.

Que, el Concejo Municipal de San José de Cúcuta, realizó la etapa precontractual con la Universidad Seleccionada para acompañar el proceso de elección del Contralor Municipal de san José de Cúcuta, pero en el trámite del proceso administrativo surgieron diferencias conceptuales y jurídicas, en diversos aspectos, relacionados con la interpretación y aplicación de la ley 1904 de 2018 y del acto legislativo 04 de 2019, en especial sobre los alcances de la acreditación de la Institución de Educación Superior.

Que, la Contraloría General de la República, con mensaje de Urgencia, solicitó un concepto jurídico ante la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, sobre el alcance de la competencia que le asignó el articulo 6° del Acto Legislativo 04 del 18 de septiembre de 2019 (reforma constitucional al Régimen de Control Fiscal), para establecer los términos generales de las convocatorias públicas de selección de los contralores departamentales, municipales y distritales.

Que, ante la falta de pronunciamiento de la Contraloría General de la República, o del Honorable Consejo de Estado, sobre los alcances y aplicación del artículo 6 del Acto Legislativo No. 04 de 2019 y la Ley No. 1904 de 2018, para la elección de los Contralores Municipales y en razón a que las pruebas de conocimientos y competencias laborales, estaban próximas a presentarse conforme al calendario definido por el Concejo Municipal de San José de Cúcuta mediante la Convocatoria Pública No. 01 de 2019, correspondiente para la elección de Contralor Municipal de San José de Cúcuta periodo 2020-2021, la Mesa Directiva del Concejo procedió a suspenderla mediante Resolución No. 231 del 1 de noviembre de 2019.

Que, una vez expedida la resolución 0728 de 2019, de la Contraloría General de la Republica, "Por la cual se establecen los términos generales de las convocatorias públicas de selección de contralores territoriales", se reiteró al señor Rector de la Universidad Francisco de Paula Santander, sobre la necesidad de suscribir el contrato respectivo, para continuar con la Convocatoria pública 01 de 2019.

Que, mediante oficio radicado número 1225 de noviembre 22 de 2019, entre otros argumentos, la Universidad Francisco de Paula Santander, manifiesta la imposibilidad de llevar a cabo estas pruebas, habida cuenta de la ambigüedad de la ley 1904 de 2018, en la cual establece que: (...) Las pruebas de conocimiento se dirigen a establecer la capacidad, idoneidad y aptitud del aspirante frente al cargo. La valoración de los factores anteriores se realizará a través de pruebas de conocimiento objetivas, elaboradas por un establecimiento de educación superior público o privado debidamente acreditado y con enfoque en temáticas que giren en tomo a Gerencia Pública, control fiscal, organización y funcionamiento de la Contraloría General de la República y las relaciones del ente de control y la administración pública. Lo cual hace suponer que tal acreditación sea ante la Comisión Nacional del Servicio Civil, pero a la vez señala que la convocatoria la debe adelantar una institución de educación superior, pública o privada y con acreditación de alta calidad. (...) La Convocatoria Pública se hará por conducto de la Mesa Directiva del Congreso de la República, a la cual se faculta para seleccionar en el acto de convocatoria a una institución de educación superior, pública o privada y con acreditación de alta calidad, con quien se deberá suscribir contrato o convenio a fin de adelantar una convocatoria pública con quienes aspiren a ocupar el cargo.

Que, en consideración a lo anterior y en aras de respetar principios orientadores de la función pública y no viciar el proceso para la elección de Contralor Municipal de San José de Cúcuta, la Universidad Francisco de Paula Santander se abstuvo de celebrar contrato para el apoyo a la convocatoria pública número 01 de 2019 mediante la cual se desarrolla el proceso para la elección de contralor municipal para el periodo 2020 — 2021.

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RESOLUCIÓN NÚMERO 304 (Diciembre 05 de 2019)

"Por medio de la cual se reanuda la convocatoria pública número 01 de 2019 para la elección del Contralor Municipal de San José de Cúcuta periodo 2020 — 2021, y se modifica el proceso

conforme a los términos de referencia de la resolución 728 de 2019, expedida por la Contraloría General de la Republica.

Que, ante la imposibilidad de celebrar el contrato con la Universidad Francisco de Paula Santander, la mesa directiva del Concejo Municipal, Seleccionó a la universidad de Cartagena como institución de educación superior con la cual se suscribirá el contrato para acompañar la convocaría pública con el fin de realizar la elección del Contralor (a) Municipal de San José de Cúcuta para el periodo 2020 — 2021.

Que, la resolución 0728 de 2019 de la Contraloría General de la Republica en su artículo 16 preceptúa lo siguiente:

Artículo 16.- Régimen de transición en las convocatorias y procesos de selección en curso. Las convocatorias públicas o procesos de selección para proveer el cargo de contralor que se encuentren en curso al momento de la publicación de la presente resolución, deberán ceñirse a las normas constitucionales contenidas en el,Acto Legislativo número 04 de 2019, a la Ley 1904 de 2018 y a las reglas aquí previstas por la Contraloría General de la República.

Para estos efectos, la respectiva corporación pública estudiará la procedencia de revocar, modificar, adecuar o suspender el proceso adelantado con miras al cumplimiento cabal de los términos generales para la convocatoria pública de selección establecidos en este reglamento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6° del Acto Legislativo número 004 de 2019. (...) (Negritas y subrayas fuera del texto Original).

Que, a la fecha en que se suspendió la Convocaría publica 01 de 2019, se había desarrollado la etapa 6, correspondiente a la Lista definitiva de admitidos a la convocatoria y estaba por iniciar la etapa 7 correspondiente a las Pruebas, no obstante, se observa que los tiempos de reclamaciones de la lista de admitidos y no admitidos establecidos en los términos de referencia de la resolución 0728 de 2019, son de dos días siguientes a la fecha de publicación de los resultados y en razón a que la convocatoria pública 01 de 2019, se estableció un día de reclamaciones, se considera pertinente ampliar el plazo en un día más.

Que, teniendo en cuanta lo anterior el equipo jurídico de la Corporación consideró pertinente modificar la convocatoria pública y ajustarla conforme a los términos de referencia de la resolución 728 de 2019, expedida por la Contraloría General de la Republica. Que, en consideración a lo anterior se;

RESUELVE

ARTÍCULO 1: REANUDESE la convocatoria Publica 01 de 2019, para la elección del contralor (a) Municipal de San José de Cúcuta para el periodo 2020 —2021, contenida en la resolución 230 de 07 de octubre de 2019, modificada por la resolución 239 del 16 de octubre de 2019".

PARÁGRAFO: SELECCIÓNESE a la universidad de Cartagena como institución de educación superior con la cual se suscribirá el contrato para acompañar la convocaría pública con el fin de realizar la elección del Contralor (a) Municipal de San José de Cúcuta para el periodo 2020 — 2021 y déjese sin efecto el articulo 2 de la resolución 230 de 2019.

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RESOLUCIÓN NÚMERO 304 (Diciembre 05 de 2019)

"Por medio de la cual se reanuda la convocatoria pública número 01 de 2019 para la elección del Contralor Municipal de San José de Cúcuta periodo 2020 — 2021, y se modifica el proceso

conforme a los términos de referencia de la resolución 728 de 2019, expedida por la Contraloría General de la Republica.

ARTICULO 2: MODIFIQUESE el artículo cuarto (4) de la resolución 230 de octubre 07 de 2019 "por medio de la cual se expide y reglamenta la convocatoria pública para proveer el cargo de contralor (a) del municipio de San José de Cúcuta para el periodo 2020— 2021", Modificado por el artículo primero de la resolución 239 de octubre 16 de 2019, el cual quedara de la siguiente manera:

ARTICULO 4. CRONOGRAMA. El concejo Municipal de San José de Cúcuta CONVOCA a los ciudadanos interesado (as) en participar en el proceso de selección para proveer el cargo de contralor Municipal de San José de Cúcuta, para el periodo 2020 — 2021, cuyas etapas se desarrollarán acorde al siguiente cronograma:

ACTIVIDAD LUGAR FECHA Y HORA

Divulgación y publicación de la www.concejocucuta.gov.co

www.contraloria-cucuta.gov.co 1 Convocatoria pública Gaceta Municipal

En un lugar visible del Concejo Municipal Del 7 al 17 de octubre

de 2019

En la Secretaria General del Concejo Municipal de Octubre 18 de 2019. San José de Cúcuta, ubicado en la Calle 11 No. 5-49 Hora:

2 Inscripción de aspirantes Palacio Municipal, piso 2, dependencias concejo municipal.

Desde las 7:00 A.M. a 12:00 P.M. y de 2:00

P.M. hasta las 6:00 P.M.

3 Verificación del cumplimiento de

requisitos mínimos de participación y exigencias para

ocupar el cargo

En la Secretaria General del concejo Municipal, ubicado en la Calle 11 No. 5-49 Palacio Municipal,

piso 2, oficina 203. Octubre 21 de 2019.

Publicación de la lista de www.concejocucuta.gov.co Octubre 21 de 2019. 4 admitidos y no admitidos www.contraloria-cucuta.gov.co

Email: Presentación de reclamaciones [email protected] Octubre 22, 06 y 07 de

5 contra la lista de admitidos y no

admitidos ó en la Secretaria General del concejo Municipal,

ubicado en la Calle 11 No. 5-49 Palacio Municipal, diciembre de 2019,

Hora: piso 2, oficina 203, en esta última en horas laborables. Desde las 8:00 a.m.

hasta las 6:00 p.m.

6 Decisión de reclamaciones contra la lista de admitidos y no

admitidos

En la Secretaria General del concejo Municipal, ubicado en la Calle 11 No. 5-49 Palacio Municipal,

piso 2,.

Diciembre 07 de 2019.

7 Respuesta a reclamaciones Correo electrónico de los participantes www.concejocucuta.gov.co

www.contraloria-cucuta.gov.co

Diciembre 07 de 2019

Publicación definitiva de la lista de admitidos y no admitidos en la www.concejocucuta.gov.co Diciembre 07 de 2019.

8 convocatoria. www.contraloria-cucuta.gov.co

Citación a Pruebas de www.concejocucuta.gov.co Diciembre 06 y 07 de 9 conocimientos. www.contraloria-cucuta.gov.co 2019.

10 Realización de la Prueba escrita Fundación de Estudios Superiores Comfanorte — Diciembre 9 de 2019. de conocimientos. FESC, sede San José de Cúcuta. Hora 8:00 AM

11 Conformación de la comisión accidental para definir la lista de elegibles y/o conformación de la

terna.

Plenaria del Concejo municipal de San José de Cúcuta.

Diciembre 10 de 2019.

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"Por medio de la cual se reanuda la convocatoria pública número 01 de 2019 para la elección del Contralor Municipal de San José de Cúcuta periodo 2020— 2021, y se modifica el proceso

conforme a los términos de referencia de la resolución 728 de 2019, expedida por la Contraloría General de la Republica.

Publicación de los resultados de la www.concejocucuta.gov.co Diciembre 11 de 2019 12 Prueba escrita de conocimientos www.contraloria-cucuta.gov.co

Diciembre 12 de 2019 Cotejo virtual de las pruebas:

[email protected]

13 Reclamación contra la publicación de resultados de la Prueba escrita Presentación de reclamaciones: Email: Diciembre 13 de 2019.

de conocimientos. [email protected] Hora: ó en la Secretaria General del concejo Municipal, ubicado en la Calle 11 No. 5-49 Palacio Municipal,

piso 2, oficina 203, en esta última en horas laborables.

Desde las 8:00 a.m. hasta las 6:00 p.m.

Decisión de las Reclamaciones En las instalaciones de la Universidad 14 contra la calificación de la Prueba

escrita de conocimientos. de Cartagena — Cartagena de Indias - Bolívar Diciembre 16 de 2019.

15 Respuesta a reclamaciones Correo electrónico de los participantes www.concejocucuta.gov.co

www.contraloria-cucuta.gov.co Diciembre 17 de 2019.

Publicación definitiva de los resultados de la Prueba escrita de www.concejocucuta.gov.co

16 conocimientos. www.contraloria-cucuta.gov.co Diciembre 17 de 2019.

Universidad

17 Análisis de antecedentes, educación y experiencia.

de Cartagena, En las instalaciones de la Universidad

de Cartagena — Cartagena de Indias — Bolívar

Diciembre 17 de 2019.

18 Publicación del resultado de Análisis de antecedentes, educación y experiencia

www.concejocucuta.gov.co www.contraloria-cucuta.gov.co

Diciembre 18 de 2019

Email: Diciembre 19 y 20 de Reclamación contra la publicación [email protected] 2019.

19 del resultado de Análisis de ó en la Secretaria General del concejo Municipal, Hora: antecedentes, educación y

experiencia ubicado en la Calle 11 No. 5-49 Palacio Municipal,

piso 2, oficina 203, en esta última en horas laborables. Desde las 8:00 a.m, hasta las 6:00 p.m.

Decisión de las Reclamaciones A cargo de la Universidad de Cartagena. 20 contra la publicación del resultado

de Análisis de antecedentes, educación y experiencia

Diciembre 23 de 2019

Correo electrónico de los participantes 21 Respuesta a reclamaciones. www.concejocucuta.gov.co

www.contraloria-cucuta.gov.co Diciembre 23 de 2019

Publicación resultado definitivo de www.concejocucuta.gov.co

22 Análisis de antecedentes, educación y experiencia

www.contraloria-cucuta.gov.co Diciembre 23 de 2019

Publicación de resultados www.concejocucuta.gov.co Diciembre 23 de 2019 23 consolidados de cada una de las

pruebas. www.contraloria-cucuta.gov.co

24 Audiencia pública de selección de la terna

En la Secretaria General del concejo Municipal, ubicado en la Calle 11 No. 5-49 Palacio Municipal,

piso 2, oficina 203. Diciembre 24 de 2019.

25 Publicación de los ternados. www.concejocucuta.gov.co www.contraloria-cucuta.gov.co

Diciembre 24 al 31 de 2019.

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"Por medio de la cual se reanuda la convocatoria pública número 01 de 2019 para la elección del Contralor Municipal de San José de Cúcuta periodo 2020 — 2021, y se modifica el proceso

conforme a los términos de referencia de la resolución 728 de 2019, expedida por la Contraloría General de la Republica.

Diciembre 26 al 31 de 26 Examen de integridad Departamento administrativo de la Función Publica 2019.

(artículo 11 resolución 0738 de 2019 CGR)

Email: Enero 02 de 2020. 27 Reclamaciones contra la lista de [email protected] Hora:

seleccionados por la comisión accidental,

6 en la Secretaria General del concejo Municipal, ubicado en la Calle 11 No. 5-49 Palacio Municipal,

piso 2, oficina 203, en esta última en horas laborables.

Desde las 8:00 a.m. hasta las 6:00 p.m.

28 Decisión de las reclamaciones contra la lista de seleccionados

por la comisión accidental. Comisión accidental del Concejo de Cúcuta.

Enero 03 de 2020.

29 Respuesta a reclamaciones Correo electrónico de los participantes a.concejocucuta.gov.co

www.contraloria-cucuta.gov.co

Enero 04 de 2020.

Publicación lista definitiva de a.concejocucuta.gov.co

www.contraloria-cucuta.gov.co Enero 04 de 2020. 30 seleccionados por la comisión

accidental.

31 Citación a entrevista. www.concejocucuta.gov.co wacontraloria-cucuta.gov.co

Enero 04 de 2020.

32 Entrevistas En la Secretaria General del concejo Municipal, ubicado en la Calle 11 No. 5-49 Palacio Municipal,

piso 2, oficina 203.

Enero 06 de 2020,

33 Citación a elección www.concejocucuta.gov.co a.contraloria-cucuta.gov.co

Enero 06 de 2020.

34 Enero 10 de 2020. Elección Concejo Municipal, ubicado en la Calle 11 No. 5-49

Palacio Municipal, piso 1 En los términos de ley

35 Posesión Concejo Municipal, ubicado en la Calle 11 No. 5-49 Palacio Municipal, piso 2.

ARTICULO 3: MODIFIQUESE el artículo dieciocho (18) de la resolución 230 de octubre 07 de 2019 "por medio de la cual se expide y reglamenta la convocatoria pública para proveer el cargo de contralor (a) del municipio de San José de Cúcuta para el periodo 2020 — 2021, el cual quedara de la siguiente manera:

"ARTICULO 18°. PRUEBAS. Las pruebas a aplicar en esta convocatoria, tienen como finalidad evaluar la capacidad e idoneidad de los aspirantes, así como establecer una clasificación de los mismos, respecto de las calidades requeridas para desempeñar con eficiencia las funciones y responsabilidades del cargo.

Para el desarrollo del presente proceso de selección, las pruebas que se aplicarán se regirán por los siguientes parámetros en cuanto al peso porcentual sobre el valor total de la Convocatoria, carácter eliminatorio o clasificatorio y mínimo aprobatorio.

/ e

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"Por del

La

de

las

criterios

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medio de la cual se reanuda la convocatoria pública número 01 de 2019 para la elección Contralor Municipal de San José de Cúcuta periodo 2020— 2021, y se modifica el proceso conforme a los términos de referencia de la resolución 728 de 2019, expedida por la

Contraloría General de la Republica.

valoración de estos factores se efectuará a través de medios técnicos; que respondan de objetividad e imparcialidad, con parámetros previamente establecidos.

a

la

a

PRUEBAS CÁRACTER PESO

PORCENTUAL PUNTAJE MÁXIMO

ESTABLECIDO PUNTAJE MÍNIMO

APROBATORIO

UBA DE PRMIENTOS CONOC

EI ELIMINATORIO 60% 100 80

FORMACION PROFESIONAL CLASIFICATORIO 15% 100 NO APLICA

EXPERIENCIA CLASIFICATORIO 15% 100 NO APLICA

ACTIVIDAD DOCENTE

CLASIFICATORIA 5% 100 NO APLICA

PRODUCCION DE OBRAS EN EL

AMBITO FISCAL CLASIFICATORIA 5% 100 NO APLICA

TOTALES 100%

PARÁGRAFO continuarán tanto

PARÁGRAFO Universidad Cúcuta,

ARTICULO 2019

quedara

ARTÍCULO académicos

Antes título

PARÁGRAFO académicos, eliminatorio

ARTICULO "por

Los aspirantes que NO hayan superado la prueba de conocimientos, no en el proceso de selección, por tratarse de una prueba de carácter eliminatorio y por

serán excluidos de la convocatoria.

La verificación y calificación de Análisis de Antecedentes será realizada Contratada y validada por la mesa Directiva del Concejo Municipal de San José de

periodo 2019, con el apoyo de del equipo jurídico de la Corporación.

MODIFIQUESE el artículo diecinueve (19) de la resolución 230 de octubre 07 de "por medio de la cual se expide y reglamenta la convocatoria pública para proveer el cargo

contralor (a) del municipio de San José de Cúcuta para el periodo 2020 — 2021, el cual de la siguiente manera:

19°. PRUEBAS ESCRITAS SOBRE CONOCIMIENTOS. La prueba de conocimientos permitirá evaluar el dominio de los saberes básicos y específicos, relacionados con

funciones del Contralor Municipal.

de la aplicación de la prueba de conocimientos, se publicará la guía de orientación, solo informativo en la página web del concejo municipal.

1. Los aspirantes que NO hayan superado la prueba de conocimientos no continuarán en el proceso de selección, por tratarse de una prueba de carácter

y por tanto serán excluidos de la convocatoria.

MODIFIQUESE el artículo veinte (20) de la resolución 230 de octubre 07 de 2019 medio de la cual se expide y reglamenta la convocatoria pública para proveer el cargo de

Page 9: libertad y Orden - contraloria-municipal-de-cucuta ... · de la República", estableció lo siguiente: Las disposiciones contenidas en la presente ley serán aplicables en lo que

thild y Nen

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CORPORACIÓN CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JOSÉ DE CÚCUTA

RESOLUCIÓN NÚMERO 304 (Diciembre 05 de 2019)

"Por medio de la cual se reanuda la convocatoria pública número 01 de 2019 para la elección del Contralor Municipal de San José de Cúcuta periodo 2020 — 2021, y se modifica el proceso

conforme a los términos de referencia de la resolución 728 de 2019, expedida por la Contraloría General de la Republica.

contralor (a) del municipio de San José de Cúcuta para el periodo 2020 — 2021, el cual quedara de la siguiente manera:

ARTÍCULO 200. CITACIÓN A PRUEBA DE CONOCIMIENTOS. Solo podrá presentar la prueba de conocimientos en la presente convocatoria, quien se presente en el lugar, fecha y hora indicada en la citación a pruebas, aquellos aspirantes que fueron admitidos en la convocatoria que se hará en los tiempos establecidos en el cronograma.

Los aspirantes serán citados a través de la página web del Concejo Municipal de San José de Cúcuta www.concejocucuta.gov.co y de la Contraloría Municipal de San José de Cúcuta www.contraloria-cucuta.gov.co. No se aceptarán peticiones de presentación en lugares y fechas diferentes a los establecidos.

Los aspirantes no podrán ingresar a la prueba dispositivos electrónicos, celulares, libretas, cuadernos, ni lapiceros; solo se permitirá ingresar lápices, borradores y tajalápices.

El aspirante deberá presentar su documento de identidad original y exhibirlo al personal dispuesto por la Universidad que desarrolla la etapa de pruebas, para la adecuada verificación dactiloscópica, si hubiere lugar a ello.

En la prueba de conocimientos se evaluarán los siguientes componentes o temas:

Constitución Política de Colombia. Régimen de control fiscal colombiano. Régimen disciplinario Régimen presupuestal colombiano. Contratación pública. Modelo Integrado de gestión pública MIPG. Estatuto anticorrupción. Régimen de carrera de administrativa. Rendición de cuentas.

ARTICULO 6: MODIFIQUESE el artículo veintitrés (23) de la resolución 230 de octubre 07 de 2019 "por medio de la cual se expide y reglamenta la convocatoria pública para proveer el cargo de contralor (a) del municipio de San José de Cúcuta para el periodo 2020 — 2021, el cual quedara de la siguiente manera:

ARTICULO 23°. PUBLICACIÓN DE RESULTADOS. En los tiempos establecidos en el cronograma de la convocatoria, se publicarán los resultados de las pruebas de conocimientos académicos en las páginas web del Concejo de San José de Cúcuta www.concejocucuta.gov.co y de la Contraloría Municipal de San José de Cúcuta www.contraloria-cucuta.gov.co

ARTICULO 8: MODIFIQUESE el artículo veintiséis (26) de la resolución 230 de octubre 07 de 2019 "por medio de la cual se expide y reglamenta la convocatoria pública para proveer el cargo de contralor (a) del municipio de San José de Cúcuta para el periodo 2020 — 2021, el cual quedara de la siguiente manera:

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trbertd y Orden

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RESOLUCIÓN NÚMERO 304 (Diciembre 05 de 2019)

"Por medio de la cual se reanuda la convocatoria pública número 01 de 2019 para la elección del Contralor Municipal de San José de Cúcuta periodo 2020 — 2021, y se modifica el proceso

conforme a los términos de referencia de la resolución 728 de 2019, expedida por la Contraloría General de la Republica.

ARTICULO 26°. RECLAMACIONES: para la presentación de las reclamaciones contra los resultados de la prueba de conocimiento, el Concejo Municipal de San José de Cúcuta, será el responsable de recepcionar las reclamaciones de los aspirantes, las cuales se pueden presentar al correo electrónico ([email protected]) o en su defecto podrán presentarla en físico ante la Secretaria General del Concejo Municipal, dentro de los tiempos establecidos en el cronograma para que sean remitidas oportunamente y de acuerdo con la reglamentación a la Universidad de Cartagena y se proceda con el trámite pertinente y las atienda en el tiempo establecido en la convocatoria. Es preciso aclarar que también le corresponderá al Concejo, notificar al aspirante de las respuestas que haya lugar.

Los aspirantes podrán solicitar de manera formal al correo electrónico ([email protected]), tener acceso al material (cuadernillo de preguntas de la prueba de conocimiento académico, la clave de respuestas y la hoja de respuestas), para lo cual se dispondrá de una (1) hora para que cada aspirante, consulte, coteje y verifique sus respuestas, el material, estará disponible en el link que será enviado a los correos electrónicos de los aspirantes.

La respuesta a la solicitud de cada aspirante con respecto a la hora asignada para tener acceso al material, será enviada a sus correos electrónicos. Es preciso aclarar que, sobre el acceso al material, no se autoriza reproducción física, magnética y/o electrónica, total o parcial; teniendo en cuenta, que el cuestionario utilizado fue diseñado por la Universidad de Cartagena, es de su propiedad y sobre este se mantiene y se exige reserva.

PARÁGRAFO. En todo caso, para llevar a cabo la continuidad de cada etapa de prueba, toda reclamación debe estar resuelta. Para tal efecto, el Concejo Municipal a través de la Mesa Directiva podrá suspender en cualquier momento la Convocatoria, mientras se resuelven las mismas en caso de que el tiempo que faltare para resolverse requiera de alguna atención especial.

ARTICULO 9: MODIFIQUESE el artículo treinta y seis (36) de la resolución 230 de octubre 07 de 2019 "por medio de la cual se expide y reglamenta la convocatoria pública para proveer el cargo de contralor (a) del municipio de San José de Cúcuta para el periodo 2020 — 2021, el cual quedara de la siguiente manera:

"ARTICULO 36°. FACTORES DE MÉRITO PARA LA VALORACIÓN DE FORMACION PROFESIONAL, EXPERIENCIA, ACTIVIDAD DOCENTE Y PRODUCCION DE OBRAS EN EL AMBITO FISCAL. Los factores de mérito para la prueba de valoración de formación profesional, experiencia, actividad docente y producción de obras en el ámbito fiscal de la presente convocatoria serán: Experiencia, Educación, actividad docente y producción de obras.

La puntuación de los factores que componen esta prueba, se realizará sobre los documentos presentados por los aspirantes; esta puntuación se realizará conforme al procedimiento y los parámetros establecidos por la Mesa Directiva del Concejo Municipal de San José de Cúcuta en la presente convocatoria y en apego de lo preceptuado en cuanto a los términos generales de la misma por la Contraloría General de la Republica mediante la resolución 0728 de 18 de noviembre de 2019.

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RESOLUCIÓN NÚMERO 304 (Diciembre 05 de 2019)

medio de la cual se reanuda la convocatoria pública número 01 de 2019 para la elección Contralor Municipal de San José de Cúcuta periodo 2020 — 2021, y se modifica el proceso conforme a los términos de referencia de la resolución 728 de 2019, expedida por la

Contraloría General de la Republica.

efectos de la presente convocatoria, en la evaluación de los factores formación profesional, actividad docente y producción de obras en el ámbito fiscal, se tendrán en cuenta

siguientes criterios: Formación profesional, Experiencia Profesional, Experiencia Docente y de obras en el ámbito fiscal.

concejo municipal de San José de Cúcuta, con base en los documentos allegados por los en la etapa de inscripción, procederá a valorarlos y se calificarán numéricamente en

de cero (0) a cien (100) puntos, con una parte entera y dos (2) decimales y su resultado ponderados por el Quince Por ciento (15%) asignado a la prueba formación profesional,

Quince Por ciento (15%) asignado a la Experiencia profesional, un cinco por ciento (5%) a la docente y un cinco por ciento (5%) a la producción del obras en el ámbito fiscal,

lo establecido en la presente convocatoria.

La valoración de las condiciones del aspirante en la prueba de valoración de profesional, experiencia, actividad docente y producción de obras en el ámbito fiscal,

efectuará exclusivamente con los documentos entregados oportunamente por el aspirante al de la inscripción al concurso.

10: MODIFIQUESE el artículo treinta y siete (37) de la resolución 230 de octubre 07 2019 "por medio de la cual se expide y reglamenta la convocatoria pública para proveer el

de contralor (a) del municipio de San José de Cúcuta para el periodo 2020 — 2021, el cual de la siguiente manera:

37°: CRITERIOS DE PUNTUACIÓN DE EXPERIENCIA, EDUCACIÓN, ACTIVIDAD Y PRODUCCIÓN DE OBRAS. La valoración de los estudios y experiencia que los requisitos del empleo, se realizará con base en los siguientes criterios:

FORMACION PROFESIONAL

100 PUNTOS (Ponderación

del 15%)

Por formación adicional que supere los requisitos mínimos requeridos se otorgaran treinta (30) puntos por cada especialización, cuarenta (40) por cada maestría y cincuenta (50) por cada Doctorado. Sin que en ningún caso sobrepase los 100 puntos. La formación que sobrepase los 100 puntos no podrá se homologada para experiencia u otros factores a evaluar.

EXPERIENCIA PROFESIONAL

100 PUNTOS (Ponderación

15%)

Por experiencia general adicional a la requerida para el ejercicio del cargo se otorgarán 5 puntos por cada año acreditado. Por experiencia especifica en auditorias la gestión de entidades públicas, en vigilancia y control fiscal o control interno, se otorgarán 10 puntos por cada año acreditado. La experiencia que sobrepase a los 100 puntos no podrá ser homologada para educación u otros factores a evaluar.

EXPERIENCIA DOCENTE

100 PUNTOS

(Ponderación 5%)

Por experiencia docente en instituciones de educación superior reconocidas por el Ministerio de Educación Nacional, se asignará diez (10) puntos por cada año de servicio académico.

La experiencia que sobrepase a los 100 puntos no podrá ser homologada para educación u otros factores a evaluar.

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übertud y Nen

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RESOLUCIÓN NÚMERO 304 (Diciembre 05 de 2019)

"Por medio de la cual se reanuda la convocatoria pública número 01 de 2019 para la elección del Contralor Municipal de San José de Cúcuta periodo 2020 — 2021, y se modifica el proceso

conforme a los términos de referencia de la resolución 728 de 2019, expedida por la Contraloría General de la Republica.

Por la producción de obras en el ámbito fiscal con ISBN, se otorgarán 50 PRODUCCION 100 puntos por cada una cuando el aspirante sea autor. En caso de ser DE OBRAS EN PUNTOS coautor se otorgarán 20 puntos.

EL AMBITO (Ponderación Las publicaciones que sobrepasen a los 100 puntos no podrán ser FISCAL 5%) homologada para educación u otros factores a evaluar.

PARÁGRAFO: DE LAS ACREDITACIONES. Los estudios se acreditarán en la forma prevista en los artículos 2.2.2.3.2., 2.2.2.3.3. y 2.2.2.3.4 del Decreto 1083 de 2015.

ARTICULO 11: MODIFIQUESE el articulo cuarenta (40) de la resolución 230 de octubre 07 de 2019 "por medio de la cual se expide y reglamenta la convocatoria pública para proveer el cargo de contralor (a) del municipio de San José de Cúcuta para el periodo 2020 — 2021, el cual quedara de la siguiente manera:

"ARTICULO 40°. El resultado final de la prueba de valoración de experiencia, educación, actividad docente y producción de obras, deberá ser ponderado de acuerdo a lo establecido en la presente Resolución."

ARTICULO 12: MODIFIQUESE el cuarenta y ocho (48) de la resolución 230 de octubre 07 de 2019 "por medio de la cual se expide y reglamenta la convocatoria pública para proveer el cargo de contralor (a) del municipio de San José de Cúcuta para el periodo 2020 — 2021, el cual quedara de la siguiente manera:

"ARTÍCULO 48. AUDIENCIA PÚBLICA, CONFORMACION Y PUBLICACION DE LA TERNA; Y EXAMEN DE INTEGRIDAD. La Comisión accidental desarrollará audiencia pública con la ciudadanía y todos los interesados para escuchar y examinar a los habilitados. Luego de lo cual, publicara la lista la lista de ternados conformada por quienes ocupen los tres primeros lugares conforme al puntaje consolidado, por un término de cinco (5) días hábiles, por orden alfabético, en la página que para el efecto dispuso la corporación, señalando que por tratarse de una convocatoria pública los puntajes finales no implica orden de clasificación de elegibilidad.

Dentro del término de publicación de la terna, la ciudadanía podrá realizar observaciones sobre los integrantes, que podrán servir de insumo para la valoración que harán los miembros de la corporación concejo de la ciudad de San José de Cúcuta..

PARÁGRAFO 1: En caso de presentarse alguna circunstancia que conlleve el retiro o la falta absoluta de alguno de los integrantes de la terna, deberá completarse con la persona que haya ocupado el cuarto lugar en el puntaje final, y así sucesivamente en estricto orden de mérito.

PARÁGRAFO 2 EXAMEN DE INTEGRIDAD: La mesa Directiva de la corporación solicitará al Departamento Administrativo de la Función Pública elabore y practique examen de integridad a quienes conformen la terna, dicho examen no será puntuable dentro de la presente convocatoria, pero podrá ser tenido en cuenta como criterio orientador para la elección.

Page 13: libertad y Orden - contraloria-municipal-de-cucuta ... · de la República", estableció lo siguiente: Las disposiciones contenidas en la presente ley serán aplicables en lo que

RRASCAL ICIA SANTAFE ANDRADE esidente.

JOS L ONA Presiden e.

S CRUZ CHONA JUA rAR • Se etar. General.

Dada en San José deS cuta, a los cinco (05) días del mes de diciembre del año dos mil diecinueve (2019).

YIL AR ANTONIO GERARDINO RAMIREZ Segundo vicepresidente.

libertad y Orden

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"Por medio de la cual se reanuda la convocatoria pública número 01 de 2019 para la elección del Contralor Municipal de San José de Cúcuta periodo 2020 — 2021, y se modifica el proceso

conforme a los términos de referencia de la resolución 728 de 2019, expedida por la Contraloría General de la Republica.

Esta prueba deberá realizarse dentro del periodo de publicación de la terna a sus integrantes y podrá realizarse de forma presencial o a través de los medios tecnológicos disponibles, para lo cual el Departamento administrativo de la Función Pública deberá comunicarle al Concejo de la ciudad de San José de Cúcuta lo pertinente, para una efectiva coordinación en apego del cronograma establecido en la presente convocatoria."

ARTICULO 13: SUPRIMANSE los artículos veintiuno (21), veintidós (22), veintinueve (29), treinta (30) y treinta y nueve (39) de la resolución 230 de octubre 07 de 2019 "por medio de la cual se expide y reglamenta la convocatoria pública para proveer el cargo de contralor (a) del municipio de San José de Cúcuta para el periodo 2020 —2021.

ARTICULO 14: PUBLICACION: La presente Resolución deberá publicarse en la página web del Concejo Municipal de San José de Cúcuta y en la cartelera del concejo municipal de San José de Cúcuta.

ARTÍCULO 15: VIGENCIA Y DEROGATORIAS la presente Resolución, rige a partir de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

. 1 Nombres y Apellidos i E Reviso-

1 Proyecto

1 ; Juan Guillermo Rudas Rolen

, 1 Charly Ramón Duarte Castro

. 1 Cargo

Asesor Jurbico

Contratista

, ! Firma

1 Los arriba finnaMeS declaramos que hemos revisada el presente documento y lo encontramos ajustado a las normas y disposiciones legales y/0 técnicas gentes y por lo tanto, lo presentarnos pare le anua-