Ley Participación y Control Social Entre Ríos
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8/19/2019 Ley Participación y Control Social Entre Ríos
1/10
DECRETA:
HONORABLE
CONCEJO MUNICIPAL PROV. O CONNOR
ENTRE
RIOS TARIJA
L
HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE ENTRE R OS
PROVINCIA O-C
ONNOR
LEY MUNICIPAL Nº 002
DE PARTICIPACIÓN Y CONTROL
SOCIAL
CAPITULO
1
DISPOSICIONES
GENERALES
ARTÍCULO
1
OBJETO.
La presente Ley Municipal tiene por objeto establecer el marco norm
at
ivo pa ra el ejercicio de la
par ticipación y control soci al en la jur isdicción del Gobierno Autónomo
Mun
icipal de Entre Ríos Provincia
O Connor.
ARTÍCULO 2 AMBITO
DE
APLICACIÓN.
La pr
ese
nte Ley Municipal es de cumplimiento ob ligatorio en la toda la
ju
risdicción de la Provincia
O Connor.
ARTÍCULO
3 FINALIDADES .
La
Ley
Mu
nicipal de Participación y Control Social tiene como Finalidades l
as
siguie
ntes:
a) Impulsa r la democracia participativa, la gobernabilida d y la institucionalidad pública en el ámbito
municipal.
b
Es
t ablecer e institucionali
za
r meca nismos que promuevan
la
transparencia y la rendición de
cuentas del Gobierno Autónomo Municipal de Entre
Río
s Provincia O C
onnor.
e)
Esta
ble
ce
r mecanismos
qu
e promuevan la t ransparen
cia
y la rendición de cuentas del Gobierno
Autónomo Municipal de Entre
Río
s
Pr
ovincia O Connor ante las inst
it u
cion
es
y organizaciones de
la
sociedad civil y ante toda la comunid
ad,
por
medios de d
i f
usión escr
ito
s,
oral
es
y
tel
evisivos.
d) Promover la mejora co ntinua en la
ca
lidad de los servicios públicos muni
ci
pales y en los
meca nismos orientados a co nso lida r una gestión públi
ca
municipal eficaz y eficiente.
e) Articular la concer
ta
ción
ent
re el Gobierno Autóno
mo
Municipal de
Entr
e
Ríos
Provincia
O Con nor co n la sociedad civi l en
la
búsqueda del bien co mún.
f) Precautelar la diversidad y
la
pluralidad
co
n iguald
ad
de oportunidade
s,
con equidad de género
y generacional, incluyendo a las perso nas con di
sca
pa cidad, en los ámbitos de la Participación y
Co
nt rol Social del Gobierno Autónomo Municipal de Entre Ríos Provincia O Connor.
g) Coadyu
va
r a mejorar
la ca
lidad de vida con equidad de género y
ge
neracional, incluyendo
la
s
perso nas co n discapacidad, sin discriminación de ninguna índole.
h Con tr
ibuir al desarrollo humano integral con justicia social de las y los
habit
antes del
u n i c i p i
de En
tre
Ríos Provincia O Connor
. ~ ; · ~ o t f C ~ •·.
•
~ l ~ v ~ - ~ ~ ·
~ R ~
~ Entre
1
0s ~ ,\
Call
e
Avaroa Esq
5ucre Te/f Fa
x:
046136104 - 046136233 • · }
} ¡.
\ ~ ¡
·. /
-
8/19/2019 Ley Participación y Control Social Entre Ríos
2/10
HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL
PROV. O CON OR
ENTRE RIOS TARIJA
ARTÍCULO
4
ALCANCE
.
La presente Ley Municipa l alcanza en su aplicación a:
a
Definir los lineamientos básicos y conceptuales para el ejercicio de la Participación y Control
Social a toda
la
Jurisdicción del Gobierno Autónomo Municipal de Entre
Ríos
Provincia o ·connor.
b Definir las competencias y atribuciones de la Participación y
Co
ntrol Social en el ámbito
municipal.
e
Establecer l
as
condiciones bási
cas
que deben cumplir las y los participantes de las instancias
territoriales y sectoriales ante los mecanismos establecidos en
la
presente ley para el ejercicio
de la Participación y
Co
n
tro
l Social.
ARTÍCULO 5 PRINCIPIOS
RECTORES.
La
Participación y
Control Soc
ial
se
regirá bajo l
os
siguientes principi
os
:
a Principio de Democratización : La Participación y Control Soc ial debe
obrar
en su organizac ión y
funcionamiento de manera democrática, plura l, transparente y participativa; con estricta y plena
igualdad de derechos y ob ligacion
es.
b Democracia Participativa.
Los
mecanismos y espacios de participación y control social facilitan la
fo rmu lación de políti
cas
públicas mediante la deliberación democrática y la consulta permanente
a
la
ciudadanía.
e
Equidad e igualdad de Género y Generacional.
El
Gobierno
Autónomo
Municipal
de
Entre
Ríos
Provincia o ·connor asume y aplica la equidad e igualdad de género y generacional, fac ilitando el
acceso a través de los mecanismos y espacios establecidos conforme a la presente ley municipal.
d) Inclusión. La sociedad civil organizada tiene iguales oportunidades de acceso a los mecanismos y
espacios de Participación y Control
Soc
ial estable
ci
das en
la
presente
Ley
Municipal.
e)
lntercultu
ralidad.
El
Gobierno Autónomo Municipal de Entre
Ríos
Provincia O Connor
ga
rantiza
la
ejecución de proces
os
de comunicación e interacción entre
pe
rsonas y grupos humanos de
diferentes culturas, respetando la diversidad y el enriquecimi
ento mutuo
para el ejercicio pleno
de la Participación y Control Social a través de los mecanismos y espacios establecidos en
la
presente Ley Municipal.
f) Principio
de
Independencia: La Participación y Control Social goza de plena independencia con
respecto a las distintas instancias del Gobierno Aut
ónomo Mun
icipal
de
Entre Ríos Provincia
o
·co
nno
r.
g
Principio de Transparencia: Las organizaciones que son reconocidas en esta ley ti enen libre
acceso a la información y documentación de interés colectivo, generada por el Gobierno
Autónomo Mun icipal de Entre
Ríos
Provincia O Con
nor
en el marco de sus competencias.
h) Principio
de
Ética: La conducta y
acc
io
nar
de las y los servidores público municipales
se
enmarcara en las normas de ética profesional y aquellas que les sean aplicables de ~ s ~
- ; ; ~
funcionesy co nforme los principios de servic
io
público en beneficio de la comunidad. ~ v e
~ ntr R i o s ~
Te f. Fax: 046136104 - 046136233 • · ¡S ErftrellfJÓ§
il f1u
i l
Calle Avaroa Esq. "Sucre
~
1¡
- ¡
/ ,
-
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HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL PROV.
CONN
OR
ENTRE RIOS
·
TARIJA
i) Principio de Cooperación y Responsabilidad: La Participación y Control Social en la gestión
públi
ca
municipa l
se
fundamenta en la colaboración de las y los ciudadanos,
sus
organizacio
nes
y
la
s autoridades públicas municipales; por ello, el ejercicio de los derechos y deberes que a cada
una y uno le corresponde, incluye la obligación de responder por sus actos.
j) Principio de Objetividad : La actividad de la Pa
rt
icipación y Control Social deben guiarse por
criterios objetivos en sus co nclusiones y recomendaciones; impidiendo cualquier posible actitud
parcializada, interesada, de mala fe, d iscriminatoria o subordinada a
in t
erés político partidario
y/o
particu lar.
k
Principio de Eficacia y Eficiencia:
Los
derechos, deberes, in
st
rumentos y procedimientos
establecidos en esta
Ley
Municipal deberán
co
nt r
ibu
ir
al
mejor
amiento de la Gestión del
Gobierno Autónomo Municipal de Entre Ríos Provincia O Connor, a la satisfacción de las
necesidades colectivas y
al
logro común de mejores co ndiciones de vida para las y los
habitantes del Municip io de Entre
Ríos
.
CAPÍTULO
ACTORES Y REPRESENTACIÓN DE LA PARTICIPACIÓN Y CONTROL
SOCIAL
ARTICULO
6 TIPOS
DE ACTORES
.-
La participación y el control social, en sujeción a la Constitución Política del Estado, y
la
normativa en
vigencia
se rá
ejercida
por
las y los siguientes actores:
l
Orgánicos.
So
n aquellos que corresponden a sectores sociales,
juntas
vecinales
y/o
sindicales
organizados, reconocidos legalment
e.
2.
Comunitarios.
So
n aquellos que corresponden a l
as
naciones y pueblos indí
ge
na origina rio
campesinos,
la
s comunidades campesinas, organ
iza
ciones territoriales
de
base, Población Indígena,
sindicatos asociaciones
y
todas las reconocidas por la Co nsti tución Política del Estado, que tienen su
propia organización. .
3. Circunstanciales. Son aquellos que se organizan para un fin determinado, y
que
cuando el objetivo ha
sido alcanzado, dejan de existir.
ARTÍCULO 7 REPRESENTACIÓN.-
l
Las ciudadanas y los
ci
udadanos, en forma individual o colectiva, las comunidad
es,
pueblos indígenas
originarios y campesinos, y demás formas lícitas de organ ización, podrán ejercer la representación, para
participar y realizar el control social a la actuació n al Gobierno Au
tónomo Municipal de Entre Ríos
Provincia O Conn
or
11
L
as
Organizaciones especiales e institucion
es
representativas urbanas y
ru r
al
es
y l
as
comunidades
de
los distritos municipales rurales, que tienen carác
ter territor
ial, sec torial o funcional, que demuestren
legalidad y legitimidad en su composició n organización y funcionamiento.
Cal le
varoa
Esq. Sucre
Te
/f Fax: 046136104 - 046136233
-
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HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL
PROV.
O CONNOR
ENTRE RIOS TARIJA
ARTÍCULO 8 DERECHOS.-
En el marco de
la
normativa vigente, el derecho de
la
Participación y Control Social
se
efectúa a través
de:
l
Participar
en
la formulación de políticas, planes, programas, proyectos, y en la toma de decisiones en
los procesos de planificación, seguimiento a
la
ejecución y evaluación
de
la gestión pública en todos los
niveles del Estado.
2.
Realizar Control Social a la ejecución de plane
s
programas y proyectos en todos los niveles del Estado
y o de las entidades privadas que administran recursos fiscales, y o recursos naturales.
3
Realizar Control Social y acceder a información documentada sobre la calidad de los servicios básicos
que prestan las empresas públicas, privadas, incluyendo las cooperativas u otro t ipo de entidades.
4 Ser
informados sob
re
los convenios que
se
suscriban con las instituciones y agencias de cooperación
externa, que desarrollen actividades en el Municipio de Entre
Ríos.
5
No ser discriminada o discriminado en el ejercicio de la Participación y Control Social.
6
Acceder a
inf
ormación documentada y estadística, de todas las entidades públicas y de las privadas
que administran recursos fiscales y o recursos naturales.
7
Ser asistidas y asistidos en la búsqueda de información
por
las y los servidores públicos de
las
· entidades estatales, y las y los empleados de las empresas privadas que presten servicios básicos o
administren recursos fiscales y o recursos naturales.
8
Presentar iniciativas legislativas u
otra
normativa.
9 Participar en los procesos de rendición pública de cuentas
de
las entidades del Municipio de Entre
Ríos.
10
Acceder a información formal
y
oportuna de todos los recursos económicos, programas
y
asistencia
de los organismos de
la
cooperación internacional.
11
Participar en la toma de decisiones y en
la
gestión de todo el sistema público de salud.
12 Participar en el sistema educativo, mediante organismos representativos en el Municipio de Entre
Ríos.
13
Participar
en
la
gestión ambiental, y ser consultado e informado previamente sobre decisiones que
pudieran afectar a la calidad del medio ambiente y la conservación de los ecosistemas.
14 Participar
y
ejercer Control Social en el desarrollo energético, hidrocarburífero
y
forestal, a empresas,
instituciones y comunidades.
15 Participar y ejercer Control Social en el desarrollo de
la
cadena productiva minera en todas
sus
etapas.
16. Participar activamente en la elaboración del Programa Operativo Anual POA),
Desa
rrollo Municipal PDM).
Calle varoa Esq. Sucre
Te/f. Fax: 046136104
-
046136233
-
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HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL PROV. O CONNOR
ENTRE
RIOS
TARIJA
17. Administrar los recursos del Fondo de Control Social, de conformidad a
reglamento
específico.
18. Participar en los actos
de
los procesos de contratación
que
lleva ade
lante
el Gobierno
Autónomo
Municipal de Entre Ríos Provincia O Connor, en sujeción al Sistema de Administración
de
Bienes y
Servicios SABS).
19. Emitir su
pronunciamiento
para su tratamien
to
y aprobación por el Concejo Municipal en el plazo
establecido por ley, a
pa
rt ir de su recepción, en caso de no existir pronunciamie
nto
en el p
la zo
establecido, se entenderá su conformidad.
20. Otros establecidos por Ley.
ARTÍCULO 9 OBLIGACIONES.
Los actores de la Participación y Control Social tienen las siguientes obligaciones
1.
Cumplir el
mandato
de quienes los eligieron, de conformidad a
la
Constitución Política del Estado,
la
s
Leyes, Estatutos Autonómicos, Cartas Orgánicas, las normas y procedimientos propios de las naciones y
pueblos indígena originario campes inos, comunidades campesinas, comunidades interculturales, según
corresponda.
2. Rendir cuentas e
informar
a quienes los eligieron, al menos dos veces al año, de las acciones y
responsabilidades
que de
sarrollen en diferentes temáti
cas
y procedimientos
de
la gestión pública y
competencias del Órgano o
ent
idad en la que estén ejerciendo Participación y Control Social.
3. Utilizar la información obtenida con transparencia, honestidad y responsabilidad únicamente para
fines de Participación y Control Socia
l.
4. Velar
por
el cuidado, protección y recuperación de los bienes público
s,
y el
patrimonio
natural,
económico y cultural de Bolivia.
S. Denunciar de manera fundamentada los supuestos hechos actos de corrupci
ón
u otros, ante las
autoridades competentes.
6. Promover el inicio
de pro
cesos ejecutivos, administrativos, civi les, penales, auditorías o peritajes
técnicos contra supuestos actos irregulares cometidos por servidoras o servidores públicos en el ejercicio
de
sus
funciones.
7. Velar porque las instituciones públicas respondan al bien común de la sociedad en general y no as í a
intereses particulares o sectoriales.
8. Generar procesos
pr
evios de deliberación y concertación para la
formu
lación de propuestas de
políticas públicas, acciones y políticas de Estado.
9. Participar en las diferentes instancias de capacitación desarrolladas
por
el Estado.
1 . Otros establecidos por Ley.
Calle Avaroa Esq. Sucre
Te f
. Fax: 046136104
-
046136233
-
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HONORABLE
CONCEJO
MUNICIPAL
PROV. O CONNOR
ENTRE RIOS TARIJA
17. Administrar los recursos del Fondo
de ont
rol
Soc
ial, de conformidad de con formidad de reglamento
esp
ecí
fico.
18. Participar en los actos de los procesos de contratación que lleva adelante el Gobierno Autónomo
Municipa l de Entre
Río
s Provincia O Connor, en sujeción al Sistema de Administración de Bien
es
y
Servicios
SAB
S).
19. Em itir su pronunciamiento para su tratamiento y aprobación
por
el Concejo Municipal en el plazo
es tab lecido
por
ley, a partir de su recepción, en caso de no existir pronunciamiento en
el
pl
azo
establecido, se entenderá su conformidad.
20. Otros establecidos
por
Ley
.
ARTÍCULO 9 OBLIGACIONES.
L
os
actores de
la Pa
rticipación y Control Social tienen l
as
siguient
es
obligaciones
l
Cumplir el mandato de quienes los eligieron, de conformidad a la Constitución
Po
lít ica del Estado, las
Leyes, Estatutos Autonómicos, Cartas Orgánicas, las normas y procedimientos prop ios de las naciones y
pueblos indígena originario campesinos, comunidades campesinas, comunidades
in t
ercu lturales, según
corresponda.
2.
Rendir
cue
nt
as
e
informar
a quienes los eligieron, al menos dos veces al año, de las acciones y
responsabilidades que desar
ro
llen en diferentes temáticas y procedimien
tos
de la gestión pública y
competencias del Órgano o entidad en la que
es
tén e
jer
ciendo Participación y Cont rol Social.
3. Utilizar
la
información obtenida con transparencia, hones
tid
ad y responsabilidad únicamente para
fines de Participación y Control Socia
l.
4. Velar
por
el cu idado, protección y recuperación de los bienes públicos, y el patrimonio natural,
económico y cultural de Bolivia.
5. Denunciar de manera fundamentada los supuestos hechos y actos de corrupción u otros ante las
autoridades competentes.
6. Promover el inicio de procesos ejecuti
vos,
administrativos, civil
es,
penal
es,
aud
itor
í
as
o per
it
ajes
técnicos contra su puestos actos irregulares cometidos
por
servidoras o servidores públicos en el ejercicio
de
sus
funciones.
7. Velar porque las instituciones públicas respondan al bien común de la sociedad en general y no así a
intereses particulares o sectoriales.
8. Gener
ar
procesos previos de deliberación y concertación para
la
formulación de propuestas
de
políti
cas
públicas, acciones y políticas de
Est
ado.
9. Participar en las diferentes instan ci
as
de capaci tación desarrolladas
por
el Estado.
10. Otros establecidos
por
Ley.
Calle Avaroa Esq 5ucre
Te/f Fax: 046136104 - 046136233
-
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HONORABLE
CONCEJO MUNICIPAL PROV. O CONNOR
ENTRE RIOS TARIJA
CAPITULO
GARANTIAS
ARTfcULO
1
GARANTÍAS.- El Gobierno A
ut
ónomo Municipal de Entre Ríos Provincia O Connor
garantiza a la sociedad civil organizada que la Participación y
Co
ntro l Soc ial ejercida a través de sus
representantes med ia
nt
e los mecanismos y espacios determinados en el Capítulo de la presente
Ley
Municipal en el marco
de
lo siguiente:
a
Protección
cont
ra cualquier
tipo
de represalia en el ejercicio de la Participación y Control Social.
b} Acceso irrestricto, bajo compromi
so esc ri t
o de respeto a la confidencialidad cuando
correspond
a,
a la información requerida para el ejercicio pleno de sus funciones.
e) Generación de información confiable y oportun
a.
d) Acceso a los recursos e instalaciones necesarias y establecidas en el Reg lamento de la Presente
Ley Municipal, para el funcionamiento de los meca nismos y de Participación y Control Socia l, sin
que ello pueda afectar
y/o
co ndicionar
la
independencia de dichos espacios y mecanismos.
e
Protección contra cua l
quier tipo
de injerencia político partidaria o institucional.
f) Participación y contro l socia l sin discriminación de orden social, económico político o de
cualquier índole.
g
Existencia y v igencia de espacios de p
ar
ticipación ciudadana y la apertura de canales o espacios
de atención permanente de la demanda social y ciudadana.
ARTÍCULO
11 PROHIBICIONES.
l.
En el ejercicio de
la
Participaci
ón
y Control
Soc
ial:
1. Lo
s actores de la Participación y Control Social no recibirán ningún
tipo
de remuneración, regalo,
premio, ni aceptarán of recimientos o prom
esas
de la
ent
idad so bre la
que
ejerce la Participación y
Control Social o de terceros.
2.
Lo
s actores de la Participación
y
Control
Soc
ial no podrán involucrar sus intereses personales
y
los
intereses de
sus
mandantes, con los intereses personales o políticos de los controlados; prevalecerá
siempre el bien
común
que velan.
3.
Los
actores de la Participación y Control
Soc
ial no podrán utilizar o destinar la información y los
documentos recibidos, para otros fines ajenos a la Participación y Control Social.
4. Los representantes de los actores colectivos de la Participación y Control Social, no podrán
desempeñar
es
ta función
por
más
de do
s años consecu
tiv
os.
S. No tener al
gú
n
inte
r
és
en los procesos de contratación públi
ca.
11 En caso de contravención al parágrafo precedente, los actores de
la
Participación
y
Control Social,.de
. ;_
acuerdo a las prohibiciones, se rán suspendidos inmediatamente y/o remitidos los
instancias o autoridades correspondientes
;'{(:}'
, . ~
Calle
varoa
Esq. 'Sucre
Te/f.
Fax
: 046136104 - 046136233
·(
g
Entre R OS
\\ t i é l l ; H } 9 í í f j j i j a
1
\ \
_ _ _ .j/
·
-
8/19/2019 Ley Participación y Control Social Entre Ríos
8/10
HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL PROV. O CO
NNOR
ENTRE
RIOS
TARIJA
ARTÍCULO 12
CONTINUIDAD
DE
LA
GESTIÓN PÚBLICA
MUNICIPAL
El
co
ntrol
soc
ial no podrá
re t r
asar, impedir o
sus
pender,
la
ejecución o continuidad
de
proyect
os,
programas, planes y
ac
to s administrativos de
la
gestión pública municipal,
sa
l
vo
que
se
demues tre a
nt
e
el Pleno del Honorable Concejo Municipal un evidente y potencial daño a los intereses y al
pat
rim on io
del Gobierno A
ut
ónomo Municipal de E
nt r
e
Ríos
Provincia O Connor
y/o
los intereses y derechos
col
ec
tivos
es
t
ab
l
ec
idos
en
la Constitución Políti
ca
del Estado.
ARTÍCULO 13 RESPONSABILIDAD Y SANCIONES.
Las y los representantes de la sociedad civil organizada, asumen plena responsabilidad por
sus
accion
es
ante el Gobierno
Autónomo Municipal
de Entre
Ríos
Provincia O Connor, en ejercicio del Contro l Social,
estando
su
j etos a las sanciones que correspondan, por incumplimiento de sus funciones
y/o
actos de
corrupción, conf
orme
a las normas int
erna
s que l
os
rigen y la legislación vigente.
ARTÍCULO
14 MECANISMOS
DE
PARTICIPACIÓN.
Se establecen como mecanismos de Participación, sin
se
r limita t ivos los siguientes:
a
MECANISMOS
DE
PARTICIPACIÓN
DIRECTA
a.1. Iniciativa legisl
at
i
va
ciudadana
a.2. Referen
do
a.3. Co nsulta Previa
a.4. Revocator
ia
de Mandato
b} MECANISMOS
DE
PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN LA GESTIÓN PÚBLICA MUNICIPAL:
b.1. Cumbres Municipal
es
b.2. Asambl
ea
General
b.
3.
Reuniones comunal
es y/o
Vecinales
b.4. Ampliados de
la
s Comunidades de los Distritos
Mu
nicipales Rurales
b.S
.
Jun
tas Barrial
es
B.6. Elaboración de Planes
de Desa
rrollo Municipales (PDM),
Pl
an Operat i
vo
Anual (POA),
La composición, ac red itación, . f uncionamiento, procedimiento s operativos y de interacción con el
Gobierno Autónomo
Municip
al d e Entre
Ríos
Provincia O Connor, serán defini
do
s en el r
eg
lamento de la
pr
ese
nte Ley Munici
pa
l, previendo
las
disposicion
es
vigentes que sean aplicadas.
ARTICULO
15
CANALES
Y 0
ESPACIOS
DE
CONTROL
SOCIAL
Se establecen como mecanismos de Control Social, sin ser
limitat
ivos l
os
siguientes:
a.
Portal del Gobierno A
utónomo Muni
cipa l de
En
t re
Rí
os Provincia O Co
nn
or.
Calle
Avaroa
Esq. Sucre
Te/f. Fax: 046136104
-
046136
33
-
8/19/2019 Ley Participación y Control Social Entre Ríos
9/10
HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL PROV. O CONNOR
ENTRE RIOS TARIJA
b. Programas radiales
c.
Solicitud de Rendición de Cuentas
d. Solicitud de Rendición de Cuentas específicas a proyectos durante o al finalizar su ejecución.
e. Yotros a institu irse
por
parte del Gobierno Municipal.
ARTICULO 16 MECANISMOS
DE
ACCESO A LA INFORMACIÓN.
El
Gobierno Autónomo Municipal de Entre
Ríos
Provincia O'Connor, de acuerdo a la disponibilidad de
recursos, en
sus
diferentes i nstancias
imp
lementará
centro
s
de docum
e
nt
ación, gob
ierno elect
rónico y
otros
instrumentos similares, que facilitarán
el
acceso y comprensión
de
la
documentación
e
información
pública.
CAPITULO IV
FUENTES
DE
FINANCIAMIENTO
ARTÍCULO
7
FUENTES DE FINANCIAMIENTO.
Los mecanismos y espacios de Participación y
Control
Social serán financiados
por
recursos provenientes
de:
a El
0,75 de Recursos provenientes de la Coparticipación
Tribut
aria, el cual podrá incrementarse
de acuerdo a necesidades y/o requerimientos justificados
b
La partida específica que se establezca en el presupuesto del Gobierno Autónomo Municipal de
Entre
Ríos
Provincia O'Connor.
e
Re
c
ursos
y donaciones
de
entidades, organizaciones o
instituciones
nacionales o
ext
ranjeras.
d) Aportes de las Organizaciones Sociales, com unales, sindicales y
otros tipo
s de organizacione
s.
ARTÍCULO
18
MANEJO
DE LOS
RECURSOS.- L
os
recursos asignados para la Participación y Control Social
estarán sujetos a las normas administrativas vigentes para el uso de recursos fis ca les y las disposiciones
que serán establecidas en el Reglamento a la presente Ley Municipal para precautelar la debida
transparencia y rendición de cuentas.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
PRIMERA.
El
Órgano
Eje
cutivo Municipal deberá en el plazo máximo de Noventa Días (90) días
calendario, computables a partir de la promulgación de la presente Ley Municipal, remitir ante el
Honorable Concejo Municipal ·para su poste
rior
aprobación la Reglamentación de la presente Ley
Municipal misma
que
deberá ser elaborada de manera participativa.
SEGUNDA.- Una vez
promulga
da la presente Ley, el Ejecutivo Municipal deberá propiciar el escenario
para conformar una Directiva Ad Hoc del Órgano de Control Social para su funcionamie
nto
h s ~
apruebe
la
Reglamentación de
la
presente Ley.
O N C € : J
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8/19/2019 Ley Participación y Control Social Entre Ríos
10/10
HONORABLE
CONCEJO
MUNICIPAL PROV. O CONNOR
ENTRE RIOS TARIJA
DISPOSICIONES ABROGATORIAS Y DEROGATORIAS
ÚNICA.- Quedan abrogadas y derogadas todas las disposiciones contrarias a la presente Ley
Municipal.
s
dada en la Sala de Sesiones del
Honorable
Concejo Municipal de Entre Ríos Provincia O Connor a los
catorce días del mes de
mayo
de dos
mil
trece años.
Regístrese
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H. CONCEJO ICIPAL
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Publíquese
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ES CONFORME:
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y
rchívese
POR TANTO
la Promulgo pa
ra
que se tenga y cumpla como Ley Municipal del Gobierno
Autónomo Municipal de Entre Ríos Provincia O Connor, a los Veinte días del mes de Mayo
del
año
Dos mil trece.
NTR RIOS
PROV. O CONNOR
Calle Avaroa Esq. Sucre
Te f. Fax: 046136104 - 046136233
Entre Rios
- Tarija