Legislacion Fiscal

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LEGISLACIÓN MERCANTIL Y FISCAL •El derecho y la legislación fiscal. •Concepto de derecho fiscal o tributario. •Los tributos. –Concepto de tributos. –Clases de tributos. •Impuestos –Elementos. –Sujetos del impuesto –Clases. •Directos e indirectos •Progresivos, Regresivos y proporcional

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Recopilación básica de Legislación Fiscal en México.

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LEGISLACIÓN MERCANTIL Y

FISCAL

•El derecho y la legislación fiscal.•Concepto de derecho fiscal o tributario.•Los tributos.

–Concepto de tributos.–Clases de tributos.

•Impuestos –Elementos.–Sujetos del impuesto–Clases.

•Directos e indirectos•Progresivos, Regresivos y proporcional

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EL DERECHO y LA LEGISLACIÓN FISCAL

DERECHOPUBLICO

Derecho político

Internacional Público

Administrativo

Penal

Fiscal

Derecho Civil

Mercantil

DERECHOPRIVADO

Laboral

Es el conjunto de principios, preceptos y reglas vigentes, a las que están sometidas las relaciones humanas en toda sociedad civil, y a cuya observancia pueden ser compelidos los individuos por la fuerza”

DERECHOPOSITIVO

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El Derecho Fiscal es el Derecho Financiero del Estado y es el conjunto de normas que regulan las relaciones entre éste y los contribuyentes

Es una rama del derecho público que comprende el conjunto de normas que ordenan la relación jurídica tributaria, así como los procedimientos administrativos de aplicación, gestión y control de los tributos

CONCEPTO DE DERECHO FISCAL O TRIBUTARIO

CONCEPTO DE TRIBUTO

“Es el ingreso de Derecho Publico a cuyo pago viene obligado el contribuyente, por disponerlo así una ley votada por los órganos representativos de la soberanía popular

CONCEPTO DE DERECHO FISCAL O TRIBUTARIO. CONCEPTO DE TRIBUTO

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IMPUESTOS

Prestaciones pecuniarias derivadas de una obligación coactiva y sin contraprestación directa, de Derecho Público realizada por un sujeto económico a favor del Estado y demás entes públicos.

TASAS

Prestaciones de dinero hechas a un ente público, en contraprestación de un servicio publico o por la realización de una actividad, que proporciona un beneficio directo al usuario.

CONTRIBUCIONES

Prestaciones de dinero hechas a un ente público por parte de un particular, por un motivo determinado, pero cuyo beneficio obtenido por el dinero invertido no será únicamente para el contribuyente sino para toda la colectividad.

CLASES DE TRIBUTOS

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DEDUCCIONES DE LA CUOTA-

RECARGOS+

HECHO IMPONIBLEPresupuesto de naturaleza jurídica o económica fijado por la ley cuya realización origina el nacimiento de una obligación tributaria.

- DEDUCCIONES DE LA BASE

BASE IMPONIBLEEs la magnitud tributaria expresada en dinero o en circunstancias de hechos o elementos sobre la cula se aplica el tipo impositivo.

BASE LIQUIDABLE=Es la que resulta de practicar en su caso sobre la base imponible, las reducciones establecidas por la ley propia de cada tributo.

TIPO IMPOSITIVOxEs un porcentaje que se aplica a la base liquidable o en su caso a la base imponible y que determina la cuota tributaria.

CUOTA TRIBUTARIA=Resultado de aplicar el tipo impositivo a la cantidad resultante de la base imponible.

DEUDA TRIBUTARIA=Es la cantidad que finalmente se debe ingresar y es el resultado de restar o sumar bonificaciones o recargos a la cuota tributaria , si los hubiera

ELEMENTOS DEL IMPUESTO

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Acreedor de la obligación tributaria por la que exige el pago o realización de las prestaciones objeto de dicha obligación.

Deudor de la obligación tributaria, por haber incurrido en el supuesto de hecho al que la ley impone el deber de pagar una cantidad de dinero, o realizar las prestaciones materiales y formales de la obligación tributaria a favor del Estado o de un ente público, titular del crédito tributario

SUJETOACTIVO

SUJETOPASIVO

SUJETOS DEL IMPUESTO

SUJETOS DEL IMPUESTO

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BASE IMPONIBLE

TIPOIMPOSITIVO

IMPUESTO PROGRESIVO

IMPUESTO REGRESIVO

IMPUESTO PROPORCIONAL =

IMPUESTOS PROGRESIVOS, REGRESIVOS Y PROPORCIONAL

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IMPUESTOS DIRECTOS

IMPUESTO DE LA RENTA SOBRE PERSONAS FISICAS

IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES

IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONOMICAS

IMPUESTO SOBREBIENES INMUEBLES

IMPUESTO SOBRESUCESIONES Y DONACIONES

IMPUESTOSINDIRECTOS

TRANSMISIONES Y ACTOSJURIDICOS DOCUMENTADOS

SOBRE EL CONSUMO

IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO

COMPENSACIÓN DE GRAVAMENES INTERIORES

RENTAS DE ADUANAS

BEBIDAS ALCOHOLICASCERVEZATABACO

HIDROCARBUROS

IMPUESTOS DIRECTOS E INDIRECTOS

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¿Por qué debo pagar impuestos?

Porque los impuestos son uno de los medios principales por los que el gobierno obtiene ingresos; tienen gran importancia para la economía de nuestro país, ya que gracias a ellos se  puede invertir en aspectos prioritarios como la educación, la salud, la impartición de justicia y la seguridad, el combate a la pobreza y el impulso de sectores económicos que son fundamentales para el país.

El hecho de no pagar impuestos impide al gobierno destinar recursos suficientes para cubrir estos aspectos, así como satisfacer las necesidades de nuestra sociedad, por lo que es fundamental que cumplamos con esta obligación.

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¿Qué son los impuestos?

Son pagos obligatorios que debemos hacer todas las personas al Estado, en la cantidad y forma que señalan las leyes.

La ley fundamental de nuestro país es la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en ella se establecen los derechos y obligaciones esenciales de sus habitantes y de sus gobernantes.

Se trata de la norma jurídica suprema, y ninguna otra ley o disposición puede contrariarla.

Es en nuestra Constitución Política donde se establece la obligacion de los mexicanos de contribuir para el gasto publico del país, es decir, de pagar

impuestos.

En nuestro país existen diversas contribuciones, además de los impuestos, como son los derechos, los aprovechamientos, las aportaciones de

seguridad social. Todas están debidamente regulados en una ley especial.

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¿Qué es Cultura Tributaria?

Es el conjunto de valores que se manifiestan en el cumplimiento permanente de los

deberes tributarios con base en la razón, la confianza y la afirmación de los valores de

ética personal, respeto a la ley, responsabilidad ciudadana y solidaridad

social de los contribuyentes.

Nuestro objetivo es generar una cultura fiscal a través de acciones educativas y formativas en valores, siendo el ciudadano el eje de nuestras acciones para promover el cumplimiento voluntario

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Quiénes son personas físicas

y Quiénes personas morales?Persona física es un individuo con capacidad para contraer

obligaciones y ejercer derechos.

Persona moral es una agrupación de personas que se unen con un fin determinado, por ejemplo, una sociedad mercantil, una

asociación civil.

Para fines fiscales, es necesario definir si una persona realizará sus actividades económicas como persona física o como persona moral, ya que las leyes establecen un trato diferente para cada una, y de esto depende la forma y requisitos  para darse de alta en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y las obligaciones que adquieran.

Por ejemplo, en el caso de personas físicas existen varios regímenes de acuerdo con la actividad y el monto de los ingresos.

En el caso de personas morales, el régimen fiscal y las obligaciones que les corresponden son diferentes en relacion a si tienen o no fines de lucro.

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Persona física es un individuo con capacidad para contraer obligaciones y ejercer derechos. Para obtener ingresos, las personas físicas pueden:

• Prestar servicios como:

– Arquitectos – Abogados – Médicos y dentistas – Informáticos – Profesores – Ingenieros – Administradores – Deportistas – Terapeutas y enfermeras – Actores – Músicos – Cantantes – Psicólogos – Pintores – Escritores – Artistas – Diseñadores – Otros servicios independientes

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• Realizar actividades comerciales:– Vendedores ambulantes, en tianguis, en la vía pública o en mercados – Papelerías y fotocopiadoras – Farmacias – Tortillerías – Salones de belleza, estéticas y peluquerías – Talleres mecánicos – Refaccionarias – Imprentas – Ferreterías y tlapalerías – Paleterías y neverías – Tiendas de ropa y boutiques – Mercerías – Sastrerías y servicios de costura – Restaurantes, fondas, cafeterías, cocinas económicas, cantinas, bares – Tiendas de abarrotes, misceláneas, minisúpers – Escuelas, kinders, guarderías – Otras actividades comerciales o de servicios

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• Arrendar bienes inmuebles:– Renta de bienes inmuebles

• Trabajar por salarios:– Asalariados

• Extranjeros

Régimen fiscal de extranjeros que perciben ingresos en México

 

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• Otros ingresos con tratamiento similar al régimen de salarios:

– Funcionarios y trabajadores de la Federación, Entidades Federativas y de los Municipios

– Miembros de las fuerzas armadas– Rendimientos y anticipos a

miembros de sociedades cooperativas de producción – Anticipos a miembros de sociedades y asociaciones civiles – Honorarios a personas que presten servicios a un prestatario en sus ins

talaciones

– Los comisionistas o comerciantes que trabajan para empresas personas físicas o personas morales

• Empleados de embajadas

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Persona moral es una agrupación de personas que se unen con un fin determinado, por ejemplo, una sociedad mercantil, una asociación civil. De acuerdo con su objeto social, una persona moral puede tributar en los siguientes regímenes:

Personas morales del régimen general

Personas morales con fines no lucrativos

Asociaciones Religiosas

Personas morales del régimen simplificado

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Derechos de los contribuyentes

Ahora todos sus derechos como contribuyente están plasmados en la Ley Federal de Derechos del Contribuyente, que entró en vigor el 23 de junio de 2005.

El Código Fiscal de la Federación señala una serie de derechos que esta ley agrupa junto con algunos nuevos, que el Servicio de Administración Tributaria (sat) respeta y le garantiza la forma de ejercerlos, enfocando a ellos sus funciones y las actividades que realiza.

Conozca sus derechos para que los pueda hacer valer, para que exista una relación de equidad legal entre usted y las autoridades fiscales.

¿Cuáles son sus derechos?Para cumplir con sus obligaciones fiscalesDurante los procedimientos de comprobación (visitas domiciliarias, revisiones de contabilidad y

otros)Cuando le impongan sancionesCuando haga valer los medios de defensaOtros derechos

También existe el programa Síndicos del Contribuyente que facilita la relación entre las autoridades fiscales y los contribuyentes, a quienes ofrece apoyo en los problemas que pudieran enfrentar al realizar sus trámites, además de salvaguardar sus derechos y garantías.

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¿Cómo debe pagar sus impuestos?Para pagar sus impuestos debe hacer dos tipos

de declaraciones Mensuales mismas que se presentan a más

tardar el 17 del mes siguiente al que corresponde el pago y anuales, que habitualmente se presentan, al año siguiente de haber obtenido sus ingresos por las actividades desarrolladas.

Las personas morales con fines de lucro deben presentarla por Internet durante el periodo enero a marzo del siguiente año.

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¿Cerró su negocio? ¿Dejó de trabajar?Si por alguna circunstancia cierra su negocio, empresa o deja de trabajar, conozca los trámites que deberá hacer.

• Personas físicasSi cierra su negocio o si deja de trabajar debe presentar en cualquier

Módulo de Servicios Tributarios un aviso de suspensión de actividades.

• Cuando una persona fallezcaEn este caso el representante legal (albacea) debe cancelar el Registro

Federal de Contribuyentes de esa persona fallecida para lo cual debe:Presentar aviso de apertura de sucesión sólo si la persona que fallece estaba

dada de alta por actividades comerciales, industriales, agrícolas, ganaderas, silvícolas, pesqueras, o de autotransporte, entre otras, así como los arrendadores de inmuebles.

Presentar aviso de cancelación por liquidación de la sucesión, esto se hará una vez que se adjudiquen o entreguen los bienes a los herederos.

En el caso de que la persona que fallezca sólo estuviera inscrita por prestar servicios profesionales de manera independiente o por salarios, cualquier persona interesada puede presentar el aviso de cancelación por defunción.

Estos avisos se elaboran y acompañan con los documentos que se indican en la Catálogo de Servicios y Trámites del SAT.

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• Personas morales

Cuando por alguna causa, las personas morales dejen de realizar o interrumpan sus actividades de manera temporal, el representante legal debe presentar un aviso de suspensión de actividades, el cual se puede presentar vía Internet ingresando a la sección Mi portal.

Si la persona moral desaparece y se liquida, el representante legal deberá cancelar su Registro Federal de Contribuyentes, para lo cual presentará el aviso de inicio de liquidación y posteriormente el aviso de cancelación por liquidación total del activo.

Ambos avisos se presentan personalmente en cualquier módulo de Servicios Tributarios anexando los documentos que se señalan en la Catálogo de Servicios y Trámites .

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Qué es un requerimientoy qué hacer si recibe uno?

Un requerimiento es un documento que envía la autoridad fiscal a un contribuyente por un posible error u omisión en el cumplimiento de obligaciones fiscales.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) le podrá requerir por alguno de los motivos siguientes, entre otros:

Por no haber presentado declaraciones. Por presentar alguna declaración con error u omisión de datos. Por no haberse dado de alta en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) Por no presentar  aviso de cambio de domicilio o de algún otro cambio en su

situación fiscal, o hacerlo con errores u omisiones.

Para atender o aclarar un requerimiento debe acudir al Módulo de Servicios Tributarios del SAT que corresponda a su domicilio fiscal, para presentar el o los documentos que comprueben que cumplió con lo que le solicitaban, o bien que ya corrigió el error u omisión. Para mayor información puede consultar la Catálogo de Servicios y Trámites del SAT 

En los requerimientos se señala el plazo que tiene para presentar la información