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La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad
Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva
Irremediable, 1994 a 2011
COLABORADOR:
JOSÉ MIGUEL VELÁZQUEZ GARCÍA
Primera Edición 2013.
Segunda Impresión Marzo del 2015.
Movimiento Ciudadano, Partido Político Nacional.
Derechos Reservados.
ISBN: 978-607-475-277-9 Louisiana No. 113, Esq. Nueva York, Col. Nápoles Deleg. Benito Juárez, C. P. 03810, México, D.F. Todos los derechos reservados. Ninguna parte de este documento puede reproducirse o transmitirse bajo ninguna forma o por ningún medio, sin permiso por escrito del titular de los derechos. Imagen de porta tomada de la página de internet http://historiademexico2univiasec.files.wordpress.com/2012/05/urna_voto.jpg Hecho e Impreso en México/Printed in México.
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E l E d i t o r .
ESTIMADO LECTOR.
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presente obra, Agradecemos una vez terminada su lectura, contestar una breve encuesta,
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E l E d i t o r .
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
ÍNDICE
DOCUMENTO METODOLOGICO
INTRODUCCIÓN. .................................................................................................... I
1.- JUSTIFICACIÓN DEL TEMA. ....................................................................... VIII
2.- OBJETIVO DE INVESTIGACIÓN. .................................................................. XII
3.- PLANTEAMIENTO Y DELIMITACIÓN DEL PROBLEMA. ............................ XIV
4.- PREGUNTAS DE INVESTIGACIÓN. .......................................................... XXV
5. MARCO TEÓRICO-CONCEPTUAL DE REFERENCIA. ............................. XXVI
6.- FORMULACIÓN DE HIPÓTESIS. ................................................................... CI
7. COMPROBACIÓN-FALSACIÓN DE LAS HIPÓTESIS
(PRUEBAS EMPÍRICAS O CUALITATIVAS). ..................................................... CII
CONCLUSIONES Y NUEVA AGENDA DE INVESTIGACIÓN. .......................... CXI
BIBLIOGRAFÍA ............................................................................................. CXVIII
REPORTE DE INVESTIGACIÓN
Introducción ........................................................................................................... 1
Capítulo 1 Definiciones de Democracia, Legitimidad y Sistema
Electoral en México. .............................................................................................. 8
11. Democracia ................................................................................................... 8
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1.1.1. Antecedentes ........................................................................................ 8
1.1.2 Elementos Propios de la Democracia en la Actualidad .................... 11
1.2. Legitimidad ................................................................................................ 14
1.2.1. Percepción y Terceras Teorías .......................................................... 14
1.2.2. Resultados Emanados ....................................................................... 25
1.2.3. Contraste entre Legitimidad y Legalidad .......................................... 28
1.3. Sistemas Electorales ................................................................................ 30
1.3.1. Definición ............................................................................................ 30
1.3.2 Representaciones de sistemas electorales y sus
características ............................................................................................... 33
1.4. Sistema Electoral Mexicano ..................................................................... 39
1.5. Breve Evolución ........................................................................................ 39
1.6. Marco jurídico para la elección presidencial .......................................... 64
1.6.1. Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos. .................................................................................................... 64
1.6.2 Código Federal de Instituciones y Procedimientos
Electorales ..................................................................................................... 65
Capítulo 2 Los Partido Políticos ........................................................................ 66
2.1. Comienzo Histórico .................................................................................. 66
2.2. Su Sentido ................................................................................................. 67
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2.3. Los Partidos Políticos en Nuestra Constitución .................................... 67
2.4. Formación de un Partido Político ............................................................ 69
2.4.1. La Oposición Política ...................................................................... 79
2.4.2 Un Régimen No Competitivo. ............................................................. 85
2.4.3. La Diferencia Política .......................................................................... 92
2.5. El Cimiento Constitucional del Sistema Electoral Federal .................... 99
2.5.1. El Proceso Electoral ......................................................................... 100
2.5.2. El Proceso Electoral en el Cofipe .................................................... 100
2.5.3. Las Autoridades Electorales en el Proceso Electoral
Federal ......................................................................................................... 101
2.5.4. Los Partidos Políticos en los Procesos Electorales ...................... 102
2.6. La Lucha por la Conservación de la Hegemonía. ................................. 103
2.7. La Crisis del Sistema Político Electoral. ............................................... 113
2.8 La Disyuntiva Final .................................................................................. 120
Capítulo 3 Reformas, Cambios, Modificaciones a la Ley Federal
Electoral ............................................................................................................. 126
3.1. Modificaciones a la Ley Federal Electoral de 1918 A 1946. ................. 126
3.2. Reformas a la Ley Federal Electoral de 1963........................................ 127
3.3. Cambios a la Ley Federal Electoral de 1977. ........................................ 129
3.4. Modificación a la Ley Federal Electoral de 1990: ................................. 131
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3.5. Reformas a la Ley Federal Electoral de 1996........................................ 133
3.6. Los Cambios del 2008. ........................................................................... 134
3.7. Incremento de Mayores Requisitos para Conceder y
Conservar el Registro como Partido Político. ............................................. 138
3.7.1. Aumento de los Requisitos que Motiven la
Conformación de Frentes y Coaliciones .................................................. 144
3.7.2. Disminución del Financiamiento Público a los Partidos
Políticos ....................................................................................................... 160
3.7.3. Comodidad de la Ampliación de la Participación de
Recursos Privados en el Financiamiento a Partidos Políticos ............... 164
3.7.4. Limitación y Ordenación en la Contratación de
Propaganda en Medios Masivos de Comunicación. ................................ 166
3.7.4.1. Contratación por parte de la Autoridad Electoral. ................... 167
3.7.4.2 Restricción de Tiempo que los Partidos Políticos
Pueden Tener en Medios de Comunicación.......................................... 169
3.7.4.3 Limitación para que los Particulares Lleven a Cabo
Actos de Propaganda en Medios de Comunicación. ........................... 173
3.8. Comprobación y Responsabilidad Compartida con la
Autoridad Electoral en Torno a la Rendición de Cuentas .......................... 175
3.9 Compromiso Personal de la Autoridad Electoral .................................. 176
Capítulo 4 El Cambio Político en el Sistema Electoral ................................... 180
4.1. Los Cambios en la Movilización Colectiva. .......................................... 180
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4.1.1. Los Movimientos Constantes ante la Crisis. .................................. 183
4.1.2. El Cambio Hacia las Elecciones. ..................................................... 189
4.1.3. La Unidad y la Combinación de Partidos y
Organizaciones Sociales. ........................................................................... 196
4.2. Los Tejidos Sociales por la Democracia. .............................................. 207
4.2.1. EL Preámbulo de la Observación Electoral. ................................... 211
4.2.2. Las Propuestas Ciudadanas y el Contexto Electoral. ................... 215
4.2.3. La Presencia de las Estructuras Ciudadanas en la
Observación Electoral. ............................................................................... 219
4.3. Convenios Políticos para Robustecer el Proceso Electoral................ 224
4.4 La Construcción de los caminos Hacia la Ciudadanización
del IFE. ............................................................................................................ 247
4.5. La Posición Electoral a Debate. ............................................................. 253
4.6 A Manera de Síntesis ............................................................................... 266
Conclusiones y Nueva Agenda de Investigación. .......................................... 269
Bibliografía ......................................................................................................... 276
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La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad
Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva
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DOCUMENTO METODOLÓGICO
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I
INTRODUCCIÓN.
En México los ciudadanos han votado elección tras elección por las ideas,
principios y programas de los partidos políticos, así como por los candidatos que
representan, pero dichos candidatos, al transformarse en representantes
populares han dado la espalda a los compromisos que contrajeron con sus
electores. En tales condiciones, la ciudadanía ha buscado otras opciones para
participar en la vida pública, unas pasivas, como la de abstenerse de votar, y
otras, activas como la de organizarse en asociaciones para fines concretos.
Las candidaturas independientes no son nuevas, han exigido a lo largo del devenir
histórico de nuestro país, sin embargo en los últimos años han resurgido como
una respuesta a la partidocracia, es decir, al sistema que ha privilegiado el
monopolio de la representación política a través de los partidos.
Cuando escuchamos hablar del término sistema electoral lo relacionamos de
manera inmediata con el período de elecciones, por lo tanto el electorado no le da
la importancia de debiera, quizás por las malas experiencias que estas han dejado
en nuestro país y por la poca o casi nula difusión que se hace al verdadero
significado de este tema, ya que a través de este sistema designamos y elegimos
a nuestros gobernantes, por lo tanto lo que se pretende lograr a través de este
trabajo en concienciar y hacer reflexionar a la gente de tal y cual importante es
este sistema, ya que la soberanía radica en el pueblo y todos somos culpables y
responsables de los malos gobiernos que nos han tocado.
Existe un factor importante en el sistema electoral y este se denomina como
partidos políticos encontramos una diversidad de estos, unos se hacen llamar de
izquierda y otros de derecha pero al final resulta ser lo mismo, estos tienen como
finalidad política, promover el voto y despertar el interés en los ciudadanos, ya que
estos nos representan en un congreso. Y alcanzar la presidencia de la República
es su mayor objetivo.
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II
Este sistema electoral encuentra su fundamento legal en la ley suprema de
nuestra nación que es la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y
por el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.
El órgano encargado de regular a este sistema de partidos políticos desde su
registro hasta la forma de financiamiento y gasto del mismo, en conjunto a todo lo
referente a la jornada electoral, este órgano recibe el nombre de Instituto Federal
Electoral, este se integra, por un consejo general, el cual se conforma por 8
consejeros electorales y un presidente, los cuales duran en su cargo 7 años.
Así mismo encontramos un órgano regulador de conductas que se denomina
Tribunal Federal Electoral encargado de sancionar las malas conductas y los
procedimientos ilícitos por parte de los partidos políticos.
Aunado a esto La evolución de nuestro sistema electoral, particularmente en el
México actual, ha sufrido una evolución de mayor trascendencia que ha
marcado de forma considerable nuestra convivencia como sociedad, por supuesto,
derivada de la participación ciudadana que se encuentra salvaguardada por el
reconocimiento legal y el ejercicio eficaz, pleno y efectivo de su derecho a elegir
sus gobernantes.
Precisamente para lograr una adecuada reglamentación de esa participación
social se requiere, entre otras cosas, establecer con precisión la que los
mexicanos nos hemos dado en nuestro vigente sistema normativo y del cual, dado
el cambiante sistema social y democrático que tenemos, requerirá siempre de los
ajustes indispensables para fortalecer la legitimidad de quienes llegan al poder
público evitando así el desbordamiento de acciones ciudadanas organizadas que,
se quiera o no, pueden poner en riesgo la estabilidad política, social, económica y
democrática del país, desembocando en algo que creo que los mexicanos hemos
superado y que son los movimientos armados.
Como elementos del Estado, es pertinente recordar que el territorio, población y
gobierno, se rigen en un orden jurídico que los rige; en ese orden de ideas, al
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gobierno (que es la parte dominante que ha ganado el poder público), corresponde
entre otras dictar normas de observancia general y hacerlas efectivas, dentro de
los cuales derivan aquella reglamentación que tiene por objeto organizar,
coordinar y regular los procesos de renovación de los propios poderes públicos.
Ahora bien, como lo disponen los especialistas, este precepto establece con
claridad contundente que corresponde al poder público determinar cuáles son los
órganos responsables pero también a éste le compete, a través del proceso
legislativo que también se ha dado para la creación de sus normas, precisar las
reglas a las que estarán sujetos los ciudadanos, parte integrante del pueblo
organizado, que participen dentro del proceso de renovación de los titulares de los
órganos de autoridad que deben ser electos por una voluntad mayoritaria.
Por sí mismos, los preceptos legales específicos que reconocen los derechos de
los ciudadanos a participar dentro las elecciones, ya sea para elegir a sus
gobernantes o bien para ser electos como tales, y dispone la competencia de las
autoridades electorales en la organización, conducción y coordinación de los
procesos electorales, así como la resolución de controversias que se susciten por
la aplicación de este orden legal y que vulnere, a juicio de los recurrentes, los
principios rectores que deben observar las propias autoridades electorales recaen:
El artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos prevé el
mecanismo por excelencia para la renovación de los poderes públicos que se
ostentan como democráticos. Sus características son que las elecciones deben
ser libres, auténticas y periódicas.
Para tales fines, el propio precepto legal en cita, invoca una serie de bases que el
legislador ha determinado como reglas generales, o podemos decir básicas, para
celebrar autentica y libremente una elección para renovar a los poderes públicos.
La primera de ellas consiste en establecer la naturaleza de los partidos políticos y
reconocer la forma en que intervendrán dentro de los procesos electorales, dando
el inalienable derecho a los ciudadanos de afiliarse libre e individualmente a los
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IV
partidos políticos; la segunda de las bases tiene que ver con el sistema de equidad
que debe ser observado, así como las reglas del financiamiento a que están
sujetos los partidos políticos, tanto de los recursos públicos que reciben por
concepto de gasto ordinario, como aquellos que pueden atraer por el concepto de
financiamiento privado, disponiendo con toda certeza que los primeros, o sea las
prerrogativas públicas no pueden ser menores a los que se reciban por la vía de
recursos privados, y se salvaguarda en todo momento la facultad de la autoridad
electoral para señalar un límite a los gastos que se eroguen en las campañas, así
como a las aportaciones que eventualmente los ciudadanos podrían hacer a los
partidos políticos; la tercera de las bases, se establece la creación, denominación
y rango que la propia constitución otorga a la actividad de la autoridad electoral.
Cabe hacer notar una excepción a este tema de investigación que está enfocado
particularmente a una reforma en el ámbito federal, y este se refiere al contenido
del artículo 99, fracciones IV y V (en esta última fracción únicamente por cuanto se
refiere a la posibilidad de la afectación que sufra un ciudadano en sus derechos
políticos dentro de procesos locales) de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, establecen la facultad del Tribunal Electoral del Poder Judicial
de la Federación para revisar los actos o resoluciones de autoridades locales, que
siendo definitivos y firmes en una entidad federativa o que no exista medio
ordinario alguno para su salvaguarda en tratándose de derechos políticos
ciudadanos, puedan ser objeto de análisis y estudio, con la consecuente
revocación o modificación del acto impugnado. Si bien este tema de por sí
constituye una variante importante que merecería un tratamiento reflexivo sobre el
actuar de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la
Federación en torno a decisiones verdaderamente controvertibles en diversas
entidades federativas, lo cierto es que nuestro tema va enfocado a la necesidad de
una reforma a nivel federal, aun a pesar de que dentro de la presente
investigación se citan recursos precedentes locales, cuya finalidad única no es
abordar temas derivados de esas controversias locales, sino reforzar nuestro
planteamiento propuesto en el presente estudio cuyo enfoque central es, como
hemos sostenido, una reforma de carácter federal.
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V
Así las cosas, con la anterior excepción, encontramos que el artículo 99 de la
Constitución Federal contempla la naturaleza de la autoridad jurisdiccional a cargo
de la resolución, en última instancia, y en algunos casos en única (en tratándose
de la validación del padrón electoral), de las controversias que se susciten en
razón de los actos que emitan las autoridades electorales de carácter
administrativo, de suerte tal que dicho precepto no sólo le da esa existencia y
máximo rango superior jerárquico con excepción de la Suprema Corte de Justicia
de la Nación, sino también contempla su funcionamiento e integración, así como
su forma de renovar a los magistrados que la componen.
A este Tribunal Electoral compete, pues, la resolución de las controversias en las
elecciones de los integrantes del Congreso de la Unión, así como la
correspondiente a la elección del Presidente de los Estados Unidos Mexicanos;
además se le reconocen atribuciones para conocer de actos emitidos por las
autoridades administrativas electorales en los rubros relativos a su quehacer que
no necesariamente se refieran a la elección de los poderes públicos, así como en
relación a derechos políticos electorales de ciudadanos que se sientan afectados
por la vulneración a su esfera jurídica; se incluye adicionalmente la competencia
Como hemos dicho, la sociedad organizada siempre busca, a partir de lo que
experimenta después de un proceso electoral, de perfeccionar los métodos de
elección de sus representantes populares, aspectos que recogen los principales
actores políticos quienes finalmente tienen de modo directo o indirecto la
posibilidad de hacer los análisis pertinentes.
En México por ejemplo, desde inicios del siglo XX encontramos a una sociedad
claramente destina a la evolución democrática y con mayor razón a los
procedimientos para alcanzar el poder público, sea a paso lento o acelerado, lo
cierto es que desde al comienzo del siglo pasado, los planteamientos novedosos
en materia de las elecciones constitucionales no se hizo esperar.
En la última reforma destacan los requisitos para la formación de partidos
políticos, los requisitos para ser votantes, se desglosa las cuestiones relativas a la
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VI
etapa preparatoria de las elecciones, la integración de mesas directivas de casilla,
registro de candidatos ante la Comisión Federal de Vigilancia Electoral, la jornada
electoral, el empadronamiento, el del cómputo distrital y para senadores, así como
la calificación de las elecciones, creándose el Consejo del Padrón Electoral.
Sin lugar a dudas, la creación del Instituto Federal Electoral, permitió la
consolidación que se buscaba en cuanto a los procesos electorales, que derivaron
ciertamente de los conflictos post electorales que marcaron particularmente a
nuestro país entre 1988 y 1994. De cualquier modo el salto que dimos entre el
código de 1990 y la reforma de 1996, permitió una evolución significativa, pues
aunque ya se vislumbraba la necesidad de llevarla a cabo por presiones sociales
(según los partidos de oposición) o concesiones políticas (según el partido
gobernante), lo cierto es que el paso no solo fue gigantesco -como algunos
tratadistas sostienen- sino que fue mejor aún; fue un paso sólido que permitió al
país transitar y seguir transitando con instituciones fuertes, democráticas,
consolidadas y con alta aceptación social.
El paso por diversas reformas a la legislación electoral vigente, sin lugar a dudas,
permite sostener, como al inicio de esta introducción hemos dejado planteado, que
la dinámica de la sociedad que se encuentra en constante evolución, sobre todo
en tratándose de temas en los que se refiere a la elección de sus gobernantes,
nos hace sostener que México, al menos en los últimos 35 años, tuvo pasos
agigantados en cuanto al perfeccionamiento de sus sistemas electorales se
refiere, pasando de discusiones donde el fraude electoral era la principal bandera
que enarbolaban los entonces partidos políticos en la oposición, a debates sobre
aspectos relativos a la equidad en la contienda, la necesidad de revisar o fiscalizar
los recursos que se erogan en las campañas; esto es, pasamos de conflictos de
primera generación, a debates centrados en aspectos que han quedado
superados por mucho y que fueron marcadamente señalados en el siglo pasado.
El hecho de que el sistema electoral mexicano durante su constante evolución,
principalmente en los años pasados no haya encontrado los mejores canales para
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favorecer a una minorías, no significaba en lo absoluto que nuestro país no estaba
avanzando en materia de democracia o de sus procesos electorales, o bien, en la
perfección que requería desembocar en la plena legitimidad de sus gobernantes,
sino que como parte de un proceso in crecendo éstos sistemas fueron producto de
los acuerdos políticos que tenían un solo propósito, la consolidación de un
régimen que durante todo el siglo XIX y a principios del siglo pasado sufrió por las
continuas guerras internas cuyo objetivo inicial siempre fue acceder al poder
político, circunstancia que finalmente fue canalizada en la idea de crear una
instancia "institucionalizada" que diera cauce a las distintas corrientes, posiciones,
movimientos e ideologías revolucionarias que se encontraban esparcidas por todo
el territorio nacional y que a su vez representaban el descontrolado deseo de
alcanzar los cargos de los poderes públicos, sean locales o nacional; ello con
independencia de que muchos de esas acciones organizadas, armadas o no,
fueron justificables a la luz de un país que buscaba la igualdad social y la
crecimiento democrático de sus instituciones.
Es por ello que no debe sorprender que las reformas electorales que se suscitaron
en los primeros años del México social (con la Constitución de 1917) hasta los
años setenta, no fueron profundas o bien no salvaguardaron aspectos que hoy en
día parecen comunes, y es precisamente durante esta última etapa que las
propias reformas derivan de reorientar dichos sistemas con la finalidad de ir
consolidando a quienes llegan a los cargos de elección popular; dicho en otras
palabras, lo que se busca es que las reformas atiendan a sortear con mayor
precisión, después de experimentar los procesos electorales por muy complicados
que éstos se vean, los conflictos post electorales.
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VIII
1.- JUSTIFICACIÓN DEL TEMA.
El sistema político mexicano ha tenido un avance notable a partir de 1988 con
procesos de cambio, que han involucrado a todos los actores relevantes y han
redundado en una quiebra del sistema de partidos que rigió la mayor parte del
siglo XX. Sucesivas reformas constitucionales y electorales fueron destinadas a
fortalecer e institucionalizar un nuevo sistema de partidos al tiempo que otorgaban
mayor transparencia al proceso electoral.
La aceleración de los cambios políticos a partir de la década de los noventa ha
tenido efectos drásticos y satisfactorios para la legitimidad del sistema
democrático. Por una parte, se produjo la alternancia efectiva en el poder,
mediante elecciones gestionadas por organismos de nueva creación como el IFE
y el Tribunal Federal Electoral.
Por otra, el espléndido financiamiento público de los partidos políticos ha
garantizado a la oposición una posibilidad cierta para difundir adecuadamente sus
ideas y programas, o en otras palabras, para proveer de una equidad básica al
sistema electoral
Una reforma constitucional de 1996 estableció que el financiamiento público a los
partidos debe ser superior a los recursos procedentes de fuentes privadas.
Ciertamente, este segundo aspecto ha generado críticas respecto a los altos
costos del sistema y, en buena medida, los proyectos de reforma han buscado
limitar los gastos partidarios, como medio para evitar que se destinen excesivos
recursos del Estado en el uso masivo de los medios de comunicación. Ambos
aspectos de la reforma han derivado en un férreo mecanismo de fiscalización no
exento de aristas más bien inquisitivas.
Desde una perspectiva histórica, el proceso de construcción de la democracia en
México ha sido el fortalecimiento del cambio político mediante la legislación
electoral. Sin embargo, las características de la contienda electoral del 2006 y la
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disputa sobre sus resultados pusieron parcialmente en crisis el sistema. Ello
motivó el amplio debate que concluyó con los recientes cambios.
Existe un consentimiento generalizado de que la reforma fue muy reactiva a la
crisis del 2006, respondiendo a un conflicto político y en base a una negociación
política. El Presidente Constitucional tomó posesión en medio de una tribuna
legislativa tomada y expresiones de apoyo y rechazo exaltadas. El ambiente
político polarizado exigió un trabajo de conciliación y negociación que tuvo, como
primer objetivo, una nueva reforma electoral que diera respuesta a los fenómenos
que se presentaron en el proceso electoral y para los que la autoridad no contaba
con instrumentos legales. Asimismo, la reforma buscó acercar posiciones para
sanar el dañado ambiente entre las fuerzas políticas y dar satisfacción a
demandas nuevas y, con ello, desatorar la cargada agenda de reformas
legislativas que requiere el país. Hay que reiterar que la reforma fue constitucional
y legal, aprobada por unanimidad. Así pues, la reforma electoral se convirtió en el
“principal instrumento para la construcción de un ambiente político viable para la
convivencia plural” (Latapi, 2009). Por tanto, el debate y las medidas se centraron
en las condiciones de equidad. El resultado es un enfoque regulatorio, fiscalizador
y de sanciones.
Es importante destacar que la crisis política originada en las elecciones
presidenciales del 2006, y que produce una división nacional de opiniones en
cuanto a la eficacia y respetabilidad del IFE y la Justicia Electoral, no ha
trascendido internacionalmente. De tal manera que las instituciones electorales
mexicanas guardan prácticamente intacta su excelente reputación internacional.
Buena prueba de ello es la frecuencia con que autoridades mexicanas participan
en misiones de asistencia electoral internacional así como el gran número de
delegaciones de funcionarios electorales de otros países de las más diversas
regiones del mundo acuden a México para seminarios y actividades de
intercambio y capacitación.
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Como tal los sucesos acontecidos en las elecciones de 2006, así como la
experiencia acumulada en el decenio posterior a las reformas de 1996 resaltan
algunas carencias (inexistencia de legislación relativa a las precampañas),
insuficiencias (los impedimentos resultantes de los secretos bancario, fiduciario y
fiscal) y otros factores derivados de las propias normas (crecimiento exponencial
del financiamiento público de continuarse aplicando la fórmula de cálculo
establecida en 2006).
En función de ello, en 2008 se implanta el conjunto de cambios que motiva este
análisis. La nueva Constitución introduce la regulación de las precampañas,
dejando a las leyes secundarias el establecer reglas específicas y sanciones para
quienes las infrinjan, así como los límites a las erogaciones de los partidos
políticos en sus precampañas. Se trata de una reveladora tarea adicional para el
IFE, tanto por el elevado número de precandidatos y precampañas, como por las
distintas características de los gastos en éstas. Aunque la nueva Constitución no
lo requiere, se conserva el control de las “organizaciones políticas nacionales” que
ya han dejado de construir una etapa previa a la formación de un partido, así como
el de las instituciones que desplieguen tares de observación del proceso electoral.
Los cambios del 2008 modifican sustancialmente las características y estructura
del gasto de los partidos políticos. Hasta los cambios del 2007-2008 el grueso de
los gastos de los partidos se dedicaba a la adquisición de tiempos en radio y TV
para complementar los que le concedía el IFE en forma gratuita. Ese ítem de
gasto desaparece enteramente, en la medida en que la principal de las reformas
es la prohibición absoluta de compra de publicidad electoral en medios por parte
de los partidos (la compra de publicidad electoral por otras personas físicas o
morales ya estaba prohibida). El IFE hará uso de los tiempos de transmisión que
corresponden al Estado para que los partidos políticos puedan acceder a ellos sin
erogación de recursos.
La fórmula previamente utilizada para el cálculo del financiamiento público tenía
un cierto grado de impredictibilidad, en la medida en que una de las variables era
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el número de partidos políticos, adecuado de variar substancialmente entre una
elección y otra. De acuerdo a las reformas, el monto a distribuir resulta de
multiplicar el 65 por ciento del salario mínimo diario vigente en el DF por el número
de ciudadanos inscriptos en el Padrón.
Ese monto se distribuye de acuerdo a los criterios establecidos en 1996. En la
medida en que los gastos en medios desaparecen del presupuesto de las
campañas, hay una reducción del monto adicional para actividades de campaña
que pasa a ser el 50 por ciento del monto anual cuando se den elecciones
presidenciales y el 30 por ciento en caso contrario. En el régimen anterior el aporte
adicional era del 100 por ciento en todos los casos.
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XII
2.- OBJETIVO DE INVESTIGACIÓN.
La investigación “La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil
Versus Sistema de Partido, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011” tendrá
como eje el de un sistema político moderno en su ámbito organizativo y de
instancias ejecutivas, pero de escaso desarrollo ciudadano, como sociedad
seguimos inmersos en una cultura política que se superficialmente podría
caracterizarse como permanente, manifestación de una democracia aun en
formación y que sigue avanzando a tientas.
Objetivo general
♦ Identificar, describir y establecer los principales elementos que caracterizan
al sistema político mexicano, donde por una parte se impugnan las formas
tradicionales de ejercicio político, y por otra se establece un juego dialéctico
de impugnación-reproducción social que motiva el juego político fuera del
escrutinio público.
Objetivos específicos
• Identificar la interesencia de los movimientos sociales de vanguardia en
México, y la estructura formal de representación política, en particular
respecto a su radicalismo que los sitúa por lo menos en apariencia a
distancia de la gestión tradicional que emplea el Estado mexicano para la
atención de la problemática social.
• Aproximarse a la caracterización de los movimientos sociales: formas de
liderazgo, gestión interna, organización, demandas, redes sociales, entre
otras.
• Analizar los procesos históricos sociales que dan cuenta de la forma y
estructura del sistema político, en particular respecto a su alcance y
relevancia, a nivel de representación ciudadana.
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
XIII
• Examinar las principales demandas ciudadanas y la manera en que se
convierten en una nueva forma de lucha y reivindicación social presente en
diversos ámbitos sociales.
♦ Distinguir la participación social en el sistema de partidos y los mecanismos
que los propios partidos han establecido para favorecer y encauzar las
demanda ciudadana.
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XIV
3.- PLANTEAMIENTO Y DELIMITACIÓN DEL PROBLEMA.
La legitimidad y la legalidad son conceptos que pueden parecer similares entre sí,
pues en diversas ocasiones suelen utilizarse de manera incorrecta lo que genera
una confusión en sus significados. Sin embargo su delimitación y la atención
especializada que contienen es altamente relevante Aunado a eso hoy en día
experimentamos una legalización de la legitimidad en la que solo importa que
determinado acto se encuentre apegado a la ley no siendo necesario su
consentimiento social, dando por hecho que es legítimo lo que es legal. Sin
embargo aunque ambos conceptos puedan llegar a relacionarse es necesario
hablar sobre el contraste que existe entre ambos con el objeto de evitar caer en
criterios erróneos.
Además del consentimiento como base de la legitimidad, generalmente
relacionamos este concepto con aquello que es legal pues tenemos en mente que
dicha expresión se refiere a la idea de conformidad con la ley. Max Weber por
ejemplo, considera que el positivismo jurídico se inclina a traducir la idea de
dominación legítima por la de dominación legal es decir que "en el Estado
moderno, las decisiones tomadas conforme a un procedimiento legal bastan para
establecer la legitimidad política sin importar otros valores". (Coicaud, pág. 31)
Sin embargo, opinamos que aunque la ley es importante y no hay que dejarla de
lado debe ser un complemento de la legitimidad y no el sustento de esta.
Retomando la obra de Norberto Bobbio, podemos decir que la legalidad "se
entiende como un atributo y un requisito del poder, por el cual se dice que un
poder es legal o actúa legalmente o tiene carácter de legal cuando se ejerce en el
ámbito o de acuerdo con las leyes establecidas o de algún modo aceptadas"
(Bobbio, pág. 860) por el contrario la legitimidad según nuestro autor "es el atributo
del estado que consiste en la existencia en una parte relevante de la población de
un grado de consenso tal que asegure la obediencia sin que sea necesario, salvo
casos marginales, recurrir a la fuerza. Por lo tanto todo poder tratar de ganarse el
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
XV
consenso para que se le reconozca como legítimo, transformando la obediencia
en adhesión". (Bobbio, pág. 262)
Al hablar de legitimidad y legalidad es necesario hablar del Estado de Derecho
regulador entre libertad y orden y que en un régimen democrático garantiza la
convivencia pacífica evitando los excesos de poder y asegurando el respeto a los
derechos humano es aquí donde podemos encontrar esta correspondencia entre
legitimidad y legalidad de las que tanto hemos hecho referencia. Héctor González
Uribe afirma que "el Estado de Derecho se logra a través de la legalidad para lo
cual" se construyó así un ordenamiento jurídico muy bien jerarquizado, desde los
simples actos y negocios jurídicos de los particulares hasta la constitución o ley
fundamental del país. En esta clasificación quedaban incluidos todos los actos del
Estado, tanto de gobierno como de administración que debían por ello realizarse
con la autorización y dentro de los límites determinados de antemano por las
normas". (González, 1988. pág 109)
Conseguimos entender la legalidad como aquello que se ajusta a las disposiciones
jurídicas establecidas en un lugar y momento determinado. Por su parte la
legitimidad tienen un contenido más valorativo pues como ya hemos visto se
refiere a la idea de justificación y consentimiento, en el caso que nos ocupa de un
cargo político.
En materia electoral suele presentarse frecuentemente esta confusión entre los
conceptos aquí planteados. En representación política y concretamente en la
etapa electoral "es frecuente que los expertos y los analistas expresen que las
elecciones federales fueron legítimas, o que se consideren que las autoridades
que toman una decisión son legítimas, sin darse cuenta que en la inmensa
mayoría de los casos, el fundamento de sus declaraciones es erróneo, porque en
realidad estas opiniones se basan solo en consideraciones sobre la legalidad de
los procesos electorales, aspecto generalmente distinto al de la legitimidad.
La legalidad electoral no es equivalente a la legitimidad electoral, de manera que
una elección puede presentar serios problemas de legitimidad, aunque su
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XVI
aplicación pase todas las pruebas en materia de legalidad". (Covián, 2004. pág
116 y 117) Coincidimos con este punto de vista y creemos que la elección del
poder ejecutivo debe apegarse al ordenamiento jurídico electoral vigente pues
esto es importante para brindar, certeza en la protección de un derecho tan
importante en la vida política de los ciudadanos como es el voto, pero además,
necesita contar con el consenso y aceptación por parte de los ciudadanos, lo más
adecuado sería encontrar el justo equilibrio entre legalidad y legitimidad de tal
manera que sean ambas las que justifiquen el poder político. Consideramos que
es necesario vincular dichos conceptos con el objeto de hacer efectiva nuestra
democracia en provecho substancialmente de la sociedad pues
desafortunadamente en los últimos procesos electorales se ha venido
presentando un fenómeno de deslegitimación muy fuerte que ha generado efectos
muy negativos.
Los recursos públicos que son entregados a estos entes tienen por finalidad
solventar las actividades que llevan a cabo tendientes a promover la participación
del pueblo en la vida democrática del país, a través de impulsar a los ciudadanos
para que participen en los procesos electorales, y en su caso puedan acceder a
ocupar un cargo de elección popular, así como crear condiciones de igualdad con
miras a los procesos electorales.
No obstante lo anterior, muchas han sido las voces que han manifestado el alto
costo que para los mexicanos representa la vida democrática del país, basándose
para ello en los montos de los recursos que el Estado entrega a los partidos
políticos y comparándolos con los resultados de sus actividades, sin embargo,
debe mencionarse que los partidos políticos no solo llevan a cabo actividades
durante los procesos electorales, es decir, no sólo se presentan ante la ciudadanía
con el fin de obtener un voto favorable para posicionarse en cargos de elección
popular, sino que también llevan a cabo actividades de manera permanente,
tendientes a acercar y capacitar a los ciudadanos para que participen en la vida
democrática, política, legislativa del país, de conformidad con la ideología que
cada uno de ellos ha adoptado.
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
XVII
Tal vez tengan cierta razón quienes consideran que las actividades de los partidos
políticos no deben ser sufragadas con recursos provenientes de los impuestos
pagados por los ciudadanos, dado que piensan que lo desarrollado por estos
entes políticos, no les generan beneficio alguno, sin embargo, adicional a lo
manifestado en los párrafos que anteceden y de conformidad con la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, los partidos políticos tienen
encomendado preparar a los ciudadanos para poder renovar los Poderes
Legislativo y Ejecutivo, a través de la celebración de elecciones libres, auténticas y
periódicas, de lo que se desprende que los ciudadanos sí tienen una participación
permanente en las actividades desarrolladas por los partidos políticos, por lo que
se encuentra justificado el hecho de que el Estado costee las actividades de los
partidos políticos.
Lo anterior, así como lo argumentado anteriormente presentados , son las
principales razones por las que el Estado entrega recursos públicos a los partidos
políticos para que lleven a cabo sus actividades tanto las de índole ordinario
permanente como las tendientes a la obtención del voto, sin embargo,
consideramos que este financiamiento público puede ir disminuyendo
paulatinamente y dar paso o abrir la opción de que sean los recursos privados los
que comiencen a tener mayor superioridad en el sostenimiento de estos entes
políticos, sin que rebasen a los públicos y vigilando siempre de que los mismos
provengan de fuentes lícitas, máxime que acorde con el nuevo contexto nacional y
derivado de lo suscitado en diversas elecciones es claro que el capital privado
juega un papel primordial en el desarrollo de las campañas, solo que se ha
mantenido oculto o disfrazado para evitar o eludir la ley.
Al respecto, a continuación se señalan algunas expectativas que pueden ser
viables para poder llevar a cabo una reducción paulatina del financiamiento
público que se da a los partidos políticos, lo anterior, dado que las mismas son
analizadas con mayor amplitud: la primera es revisando la fórmula que establece
el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales para obtener el
monto de financiamiento público, lo anterior, en virtud de que actualmente éste se
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
XVIII
obtiene de multiplicar el costo mínimo de campaña por el total de Diputados o
Senadores a elegir, respectivamente, y el resultado se multiplica por el número de
partidos políticos con representación en el Congreso de la Unión, ahora bien, la
propuesta que se formula, consiste en multiplicar el costo mínimo de la campaña
por el número de Diputados y Senadores que efectivamente llevan a cabo actos
de campaña electoral, es decir, por aquellos que se eligen bajo el principio de
mayoría relativa.
Esencialmente el financiamiento público también puede reducirse durante los
procesos electorales en los que únicamente se elija a los Diputados, ya que
debemos recordar que el financiamiento que se entrega a los partidos por
concepto de gastos de campaña es un monto similar al financiamiento público que
se les entrega para actividades ordinarias permanentes, por lo que la propuesta
consiste en que los recursos que se les entreguen a los partidos políticos en las
elecciones intermedias sea el equivalente a multiplicar el costo mínimo de una
campaña para Diputado por el número de Diputados de Mayoría Relativa a elegir y
esta cantidad se multiplique por el número de partidos con representación en el
Congreso.
Otra propuesta consiste en la reducción del tiempo de las campañas electorales,
lo anterior, se deriva del hecho de que de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 49 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, para
calcular el monto de los recursos que el Estado entrega a los partidos políticos, se
toma en consideración el número de días que duran las campañas electorales, por
lo que al reducir la duración de las campañas en consecuencia disminuirá en
determinada proporción, el financiamiento que se entregará a los partidos
políticos.
Otra opción, se da cuando al concederle a la autoridad electoral, la facultad para
que durante los procesos electorales sea quien de manera exclusiva lleve a cabo
la contratación de tiempos en radio y televisión para la transmisión de los
promocionales de los partidos políticos, consiguiendo con ello, una homogeneidad
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
XIX
en el costo de los tiempos, aunado a que la autoridad pueda establecer el monto
máximo, que de prerrogativas, se puede destinar en la contratación de medios,
realizada en igualdad de circunstancias, lo anterior, se propone en virtud de que
de conformidad con los resultados de la revisión de los últimos informes que
presentan los partidos políticos respecto a sus ingresos y egresos, se ha
demostrado que un alto porcentaje de su financiamiento lo destinan para
promocionarse en medios masivos de comunicación, siendo principalmente en
radio y televisión.
También puede reducirse el financiamiento público en la modalidad de gastos de
campaña, si durante los procesos electorales, a aquellos partidos que se
coaliguen, únicamente se les entregan los recursos correspondientes a aquel
partido que recibe el financiamiento por actividades ordinarias permanentes más
alto, es decir, el Estado otorgaría a la coalición financiamiento como si fuera un
sólo partido político y no como actualmente sucede, que para gastos de campaña
se le entrega a cada partido político su financiamiento y éstos a su vez lo
transfieren o aportan para beneficio de la coalición.
Ahora bien, se plantea que el financiamiento público para actividades ordinarias
permanentes, se reduzca, como consecuencia de la celebración del convenio de
coalición, ya que a aquellos partidos políticos que durante el proceso electoral se
hayan acompañado, para los años subsecuentes no electorales, el Estado
únicamente les otorgue el 50% del financiamiento que les corresponde.
Las anteriores son algunas propuestas que se presentan para hacer viable la
reducción del financiamiento público que se entrega a los partidos políticos, tanto
para que lleven a cabo sus actividades ordinarias permanentes como aquellas
destinadas a la obtención del voto, pero también lo es el incremento de los
recursos privados como parte del financiamiento a los partidos políticos.
Las consecuencias sociales del proceso de reestructuración económica de los
años ochenta, encontraron en la movilización colectiva una válvula de escape. Las
organizaciones sindicales, campesinas y populares llevaron a cabo una intensa
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movilización que, hasta mediados de la década de los años ochenta, pretendían
articular un movimiento opositor a la liberalización económica.
Por décadas el sistema político mexicano se mantuvo en una relativa estabilidad.
De acuerdo con José Carbonell el sistema político mexicano desarrolló una doble
lógica de funcionamiento. 1) La capacidad desplegada para incorporar a diversos
grupos e intereses al juego político y, 2) por el uso limitado, mínimo, de la
represión y la violencia. (José Carbonell (2002). México: IIJ- UNAM, pág. 102-
103). Esto era facilitado tanto por la estructura de representación de intereses
desarrollada por el Partido Revolucionario Institucional (PRI), así como por las
relaciones corporativas que el Estado mexicano había construido para desactivar
cualquier signo de oposición o de indisciplina de los grupos organizados e
incorporados a dicho partido político. La seguridad del corporativismo mexicano,
en cuanto a la representación de intereses y el control político, no estuvo exenta
de algunas posibles fallas. Según los planteamientos de Rogelio Hernández,
(Hernández 1992), el corporativismo en México se centró más en la promoción y
desarrollo de estructuras organizadas para la intermediación y representación de
intereses. Al prestar mayor atención a las organizaciones sindicales, campesinas y
populares, con el paso del tiempo se provocó que nuevos actores sociales, como
las clases medias, y las nuevas capas de profesionistas, no encontraran un
espacio de articulación de sus demandas en el aparato político.
Esta situación evidenció que el país carecía de instituciones democráticas que
fomentaran la libre participación social y política. Ligado a esto último hay que
destacar la función que cumplían las organizaciones y los líderes de las mismas
para garantizar la suficiente disciplina política y la cooptación. En ese contexto, la
estrategia adoptada para disminuir el potencial conflictivo era llevar hasta las
estructuras del PRI cualquier discrepancia que surgiera entre las organizaciones y
los líderes, abrir los espacios de intermediación mediante la nominación a puestos
de elección popular.
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
XXI
Bajo estos juicios, las elecciones servían como complemento de la disciplina
política y la legitimidad del régimen. Las elecciones, eran sólo un instrumento que
constataba la mayoría aplastante de los candidatos del partido gobernante.
(Pacheco, pág. 17) La competencia política era nula y, cuando existía, se llevaban
a cabo una serie de prácticas que llenaban de dudas la transparencia de los
resultados.
Este modelo de representación de intereses y participación política funcionó sin
grandes complicaciones hasta la década de los años setenta. Con el surgimiento
de nuevos actores sociales afloraron las demandas de ampliación de los canales
de participación y representación de intereses. (Pérez, pág. 14.) Estos actores
dieron forma a movimientos que expresaban una dispersión en sus demandas y
que difícilmente encontraron canales de participación en las estructuras del PRI.
La solución planteada por el régimen fue la apertura democrática, como nuevo
espacio de representación política para partidos y organizaciones de izquierda,
principalmente.
Es la legitimidad derivada del pacto revolucionario, su ideología, su discurso y su
programa la que fundamenta la dominación del régimen priísta, pero también lo
ata al compromiso de salvaguardar esa legitimidad como condición para mantener
la gobernabilidad. Este rasgo peculiar del régimen mexicano hace que la apertura
se perciba como la mejor opción ante el cuestionamiento de su legitimidad y el
desafío que enfrenta por la acción de la guerrilla, la movilización campesina y
sindical y la protesta social. (Estrada Castañón, Alba Teresa, México, 2004,
UNAM, pág. 85)
El primer paso en jerarquía para la apertura del régimen fue la reforma política de
1977, la cual le confirió nuevos bríos a la participación electoral, la fomentó pero
con la intención de que fuera solamente una expresión ideológica traducible en
ofrecimientos partidarios. (Hernández, pág. 157) La apertura democrática mostró
rápidamente algunos inconvenientes. El sistema de partidos no era competitivo,
además la formación de nuevos partidos no respondían a la intermediación y
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
XXII
representación de intereses. A esto hay que agregarle que el sistema electoral
siguió bajo el control gubernamental, lo cual preservó la desconfianza de partidos
y organizaciones políticas hacia las elecciones.
Aún así, la diplomacia siguió su curso. Las urnas comenzaron a ser el campo de
las demandas de la oposición para ampliar la apertura del régimen, mientras que,
los grupos organizados, pilares del corporativismo mexicano, se vieron obligados
a participar en las contiendas electorales para mantener vigente su relación con el
sistema. Con ello la efectividad de la representación de intereses comenzó a
disolverse, pues se descuidaron los reclamos de dichos grupos. (José María
Calderón Rodríguez, 1988. en Esthela Gutiérrez Garza. México: FCP y S-
UNAM/Siglo XXI, pág. 94)
En suma, lo que queremos pronunciar en estas últimas líneas es que con la
centralidad otorgada a las elecciones también se promovió una nueva relación
entre sociedad y Estado. La disciplina política se vio disminuida frente a la
apertura de espacios de la oposición y, por otra parte, se siguió careciendo de
bases institucionales que ampliaran la representación política de nuevos actores
sociales.
Es esencialmente este punto el que desarrollaremos a continuación: 1) qué
tonalidades adoptó la movilización social, 2) cuáles fueron las organizaciones más
representativas y, 3) cómo se conectaron con los procesos electorales. La
respuesta a estas interrogantes me lleva a ubicar tres tipos de movilización
colectiva entre 1982 y 1988, claro está que tenían tras de sí alguna experiencia
previa, pero la coyuntura económica y política los hizo ver como agentes de la
movilización y el cambio socio-político.
Estas tres modalidades de movilización son: 1) las organizaciones sociales,
sindicales y campesinas en oposición a la política económica, 2) la convergencia
de los sectores urbano-populares y las clases medias para apoyar a los partidos
políticos de oposición a nivel local, 3) la coordinación de acciones entre los
movimientos a nivel local y los partidos políticos a nivel nacional.
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
XXIII
EL alejamiento objetivo del estado-sociedad propiciado por la crisis del
desarrollismo condujo al surgimiento de una sociedad civil pequeña, débil y
fragmentada, basada en modelos asociativos de tipo clasista-gremial que carecían
de estabilidad y seguridad jurídica. Los sectores populares no esbozaban con sus
acciones colectivas una crítica a la ruptura entre legitimidad y legalidad, sino que
simbolizaban un reclamo popular por la ruptura práctica de la moralidad del
régimen (la promesa de justicia sustantiva). En cambio, los movimientos urbanos
de carácter conservador produjeron una mutación cultural de indudable
importancia, al cuestionar el monopolio de la política por parte del partido oficial y
al asumir la posibilidad de gobernar directamente sus localidades utilizando para
ello la vía electoral. (Olvera, pág. 51)
La coyuntura de un movimiento amplio donde la politización de las demandas no
se presentara como algo fragmentado, opacadas por un discurso radical y carente
de un proyecto global para los grupos organizados. Por el contrario, la articulación
de un proyecto democrático se fijó el cambio político mediante la participación de
una sociedad más activa y creativa, una participación que irremediablemente
tendría que cruzar por el espacio electoral para concretar cambios sustanciales
para el entorno local, de la vida cotidiana.
De esa manera, se daba el cambio en la forma de organización y movilización, ya
no se presentó de manera abstracta el problema económico, pues las
organizaciones comenzaron a vincularlo con el problema de la democratización
del sistema. Es precisamente esta orientación lo que marcó el segundo periodo de
movilización durante el sexenio de Miguel de la Madrid, pues ante el repliegue de
las organizaciones de masas, la vía electoral quedó como alternativa para
conseguir los cambios políticos en el país.
Hasta este momento se ha distinguido la convergencia de algunas etapas de un
proceso de movilización, cuya principal característica es que se presentaron en el
contexto de la transición mexicana. Una primera etapa la constituyeron las formas
de movilización social que desarrollaron algunas organizaciones sociales,
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
XXIV
sindicales y campesinas, manejando básicamente la consigna de defensa de los
salarios y de protesta contra el alza de precios. Movimiento que no logró sus
objetivos, pues a la falta de coordinación interna se le agregó la carencia de un
proyecto para incorporar a otros actores sociales. Una segunda etapa se observó
en la convergencia de los sectores urbano-populares y las clases medias. Estos
dieron paso a un proyecto más definido sobre la acción colectiva, al plantearse la
democratización del sistema y la constitución de una sociedad civil más
participativa.
La sociedad civil como el lugar de la legitimidad democrática y de los derechos,
compuesta de una esfera privada, pero también de esferas pública y social
políticamente relevantes en que los individuos hablan, se reúnen, se asocian y
razonan juntos sobre estos asuntos de interés público, además de actuar en
concierto con el fin de influir en la sociedad política e indirectamente en la toma de
decisiones. (Cohén, pág. 636.)
La relación establecida entre partidos y movimientos sociales durante la década
de los años ochenta, presentó algunas modificaciones importantes para finales de
dicha década y principios de los años noventa. Este cambio se notó más en la
gestación de las formas de involucrarse en los procesos políticos, orientados a
transformar las condiciones de competencia política en el país, particularmente en
una tendencia a fortalecer las estructuras de los partidos de oposición y, por otra
parte, en la organización de redes de movimientos especializados en la promoción
de los derechos humanos como derechos políticos, entre los cuales destacaba la
observación de los procesos electorales y la promoción del respeto al ejercicio
libre del voto.
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
XXV
4.- PREGUNTAS DE INVESTIGACIÓN.
• ¿Cuáles han sido los rasgos distintivos de los movimientos de la sociedad
civil en los últimos años?
• ¿Existen mecanismos en los partidos políticos que faciliten y reconozcan el
liderazgo y representación en la gestión de las demandas ciudadanas ante
la autoridad?
• ¿Qué origina la contradicción en el despliegue de prácticas políticas, de
gestión social contra las formas de organización de la sociedad civil?
• ¿Cuál es la importancia de los principios como la horizontalidad y la
rotatividad, contra la reproducción de las tradicionales prácticas políticas del
sistema mexicano como la imposición, el mayoriteo y la imposibilidad de
diálogo?
• ¿Por qué el liderazgo femenino sigue siendo marginal al menos en términos
de visibilidad?
• ¿Cuáles factores coadyuvan a la presencia de prácticas discriminatorias al
interior del sistema político?
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5. MARCO TEÓRICO-CONCEPTUAL DE REFERENCIA.
Capítulo 1 Definiciones de Democracia, Legitimidad y Sistema Electoral en
México.
11. Democracia
1.1.1. Antecedentes
El concepto democracia ha evolucionado a lo largo de la historia, en principio
diversos pensadores lo concibieron como el peor de los sistemas de gobierno,
recordemos que Aristóteles al hacer su clasificación de las formas de gobierno
llama "politia" al gobierno de la mayoría o de la multitud, mientras que asigna el
nombre de democracia a la forma corrupta, Platón por su parte opina que el mejor
gobierno es el gobierno de los mejores, aquellos que se encuentran provistos de la
habilidad y experiencia necesarias tienen más derecho a gobernar, cree que el
pueblo conduce sus asuntos de acuerdo con los impulsos, sentimientos y los
prejuicios. Como vemos estos argumentos nos demuestran el sentido negativo
con el cual se concebía a la democracia; con el paso del tiempo dicho término
goza hoy de una connotación positiva y de gran aceptación por parte de
académicos, ciudadanos, políticos, etc. considerándolo como el régimen más
armónico y eficiente que existe en nuestros días, como el gran ideal político de la
humanidad; tanto que hoy en día muchos países dicen ser democráticos.
La hipótesis democrática es más antigua de lo que se cree, sabemos que es en el
pueblo griego donde podemos encontrar los antecedentes más remotos de la
democracia, según relata Robin Osborne, "el Agora era el corazón de la ciudad en
ella se concentraba la administración, publicidad, la política, justicia, ostracismo,
religión, procesiones, bailes, atletismo o desfiles ecuestres", destacando como el
centro político urbano por excelencia ya que en ella se reunían los ciudadanos
para discutir los asuntos de la polis. También se sabe que en una pequeña isla de
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
XXVII
Limnos en el Mar Egeo, se encontraron evidencias arqueológicas que muestran
que la democracia data de fines de cuarto de milenio antes de Cristo.
"El pueblo Griego estuvo compuesto por jonios, dorios y eolios que en sus
gobiernos ya se encuentran presentes rasgos democráticos. Sin embargo el
nombre "democracia” aparece publicado hasta el siglo V. a. de C. en la obra de
Herodoto quien escribió su libro "Historia" en nueve tomos en el año 456 a. de C,
es posible afirmar que la democracia es un concepto anterior a su nombre pues
desde el siglo VI a. de C. se sabe de la presencia de regímenes organizados bajo
una orientación democrática en los cuales este sistema fue puesto en práctica a
través de constituciones escritas que garantizaban a la asamblea de los
ciudadanos formas de decisión colectiva organizadas conforme a la regla de la
mayoría, en un plano de igualdad interindividual".
Sobre la democracia se pueden indicar muchas cosas, hay infinidad de textos que
nos hablan sobre ella, su contenido es extenso pues a menudo se le asocia con
otros conceptos tales como: libertad, igualdad, derechos humanos, rendición de
cuentas, libertad de expresión, voto, elecciones, legitimación del poder, justicia,
etc., podríamos continuar citando adjetivos que se asocian con dicho término,
como vemos su sentido es amplio y es difícil encontrar una definición que trate de
abarcar este conjunto de palabras, retomaré la definición del Dr. Francisco Berlín
Valenzuela pues considero que contiene los elementos básicos que como
concepto debe tener la Democracia, en este entender nos dice que: "La
Democracia es una forma de vida basada en un supuesto racional de convivencia,
dentro de un orden jurídico, caracterizado por la igualdad, libertad y solidaridad,
surgido como resultado del consentimiento y participación del pueblo, que a través
de procedimientos idóneos, expresa la identidad de fines entre gobernantes y
gobernados". (Berlín, 1980. pág. 52)
De acuerdo con el contexto histórico, la Democracia particularmente la ateniense
tuvo características determinadas y podemos identificar las siguientes:
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A) La participación directa de los ciudadanos en el gobierno de la ciudad en
donde reunidos en "ekklesía" (asamblea popular) realizaban funciones
legislativas, ejecutivas y judiciales, lo cual era posible debido a la poca
cantidad de ciudadano que integraban los pueblos griegos, encontrándose
descartados para poder participar en la toma de decisiones las mujeres,
extranjeros y esclavos. La ciudadanía era una cualidad muy relevante en la
vida política de la Grecia antigua, quien no era considerado como tal
resultaba una persona inútil y quien perdía dicha calidad de ciudadano era
una deshonra total, un castigo extremo. Esto nos lleva a cuestionar, no solo
la concepción de "igualdad" sino la supuesta "libertad" que existía en esa
época la cual resulta bastante limitada.
B) La toma de las decisiones políticas se realiza a través del principio de
mayoría, esto con el fin de evitar brotes de violencia a causa de una
decisión que no contara con el consenso de la mayor parte de los
ciudadanos.
C) Los cargos de gobierno se concedían al azar, no mediante elección, dichos
puestos eran ocupados por periodos muy limitados y eran retribuidos
económicamente, esto como una compensación al tiempo invertido en el
desempeño de esta actividad.
D) Una condición fundamental para el establecimiento de la democracia era lo
que ellos denominaban "isonomía", es decir el principio de igualdad de
aquellos a los que se les otorgaba la calidad de ciudadanos, "los
demócratas griegos afirmaban la igualdad política por la vía de negar la
justicia del trato desigual de ricos y pobres, alegando que este tipo de
diferencia no era importante para excluir a alguien del derecho-poder de
intervenir en el proceso político", (Yturbe, 2001. pág 66) todos estaban
dotados de razón y de la capacidad de decidir políticamente.
E) La libertad en la antigüedad se entiende como la libertad de tomar
decisiones políticas y esta se concedían solamente a los ciudadanos libres,
"de la misma manera que la igualdad política, la libertad -entendida como
libertad de participar en el poder político-, era pues, un valor restringido a
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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unos cuantos y era un bien no para el individuo en cuanto tal, sino para el
individuo que, como miembro de una colectividad de la cual formaba parte,
debía tomar decisiones que afectaban a la sociedad en su conjunto y en
sus partes". (Ytirbe, pág. 67 y 68)
F) En esta época las ciudades griegas contaban con un sistema constitucional
en donde organizan su régimen político y jurídico en un marco de leyes
convenientes con los principios democráticos del momento: igualdad,
libertad, principio de mayoría, etc., ejemplo de ello fue la Constitución de
Quíos del 575 a. de C. que es la constitución más antigua que se conoce o
la de Solón que data del año 594 a. de C.
1.1.2 Elementos Propios de la Democracia en la Actualidad
Los elementos propios de la democracia en la actualidad se han dado en función
del contexto social, cultural y político, actualmente ese contexto histórico ha
evolucionado y es diferente la sociedad de nuestros días a la antigua Grecia y
aunque consideramos que los principios básicos de la democracia es decir su
ideario jurídico y político no han sido sustancialmente modificados pues no pierden
su vigencia a través del tiempo, sin lugar a dudas necesariamente se han ido
adecuando a la realidad social en que vivimos.
Así pues podemos distinguir las siguientes cualidades de la democracia actual.
La igualdad sigue siendo una de las premisas fundamentales, recordemos que los
griegos la concebían exclusivamente en sentido político quedando descartadas las
mujeres, los esclavos y extranjeros, pero en nuestra sociedad contemporánea la
igualdad ha ampliado su espectro y ha disminuido esas diferencias integrando a
todos los seres humanos sin distinción de color, raza, sexo, ideología, posición
social etc.
Respecto a la libertad podemos decir que hoy en día no solamente se habla de
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libertad política sino más bien de la libertad del individuo como tal, "la democracia
no puede funcionar si no se presuponen las aportaciones de la tradición del
liberalismo, fundamentalmente de las declaraciones de los derechos de libertad
personal, de opinión, política, de asociación, etc. La democracia antigua es
evidente, no es una democracia que registre estos derechos de libertad es
democracia solo en la medida en que los ciudadanos participan en el poder, pero
a ese poder no se le reconocía ningún límite, es decir no se reconocía que
existiesen derechos pertenecientes al hombre en cuanto tal, en los cuales el
estado no pudiese interferir"(Ytirbe pág 69.) y fue la corriente ideológica del
liberalismo la que influyó de manera determinante en la forma de concebir la
libertad.
La democracia contemporánea es representativa. En una sociedad tan extensa y
plural como en la que vivimos resulta ineficaz el ejercicio de una democracia
directa por todas los conflictos que ello implica, la población del mundo ha crecido
ampliamente y dificulta la organización en sus relaciones por lo tanto fue
necesario crear mecanismos que consintieran hacerla más funcional lo cual se
logró a través de la representación que trajo consigo una serie de consecuencias
que incidieron en la manera de ejercer la democracia. Actualmente las decisiones
políticas son tomadas por personas elegidas por los ciudadanos, es decir sus
representantes (llámese Parlamento, Congreso, Presidente de la República, etc.).
Sin embargo esta elección de representantes debe reunir ciertas características:
deben ser elecciones libres, participativas, periódicas, y reguladas jurídicamente;
es a través de las elecciones que los ciudadanos participamos de la manera más
sencilla y elemental en la vida política, en consecuencia se conformarán los
órganos de representación popular que se supone deberán emprender todas
aquellas acciones encaminadas al bienestar de la vida de todos los ciudadanos.
El principio de la mayoría continúa predominando pues "en un estado grande,
donde las personas que deben decidir son muchas, caracterizado por una
pluralidad de grupos en conflicto entre sí, es prácticamente imposible la
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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unanimidad. Entonces la única manera de resolver el conflicto sin que sea
necesario recurrir a la fuerza, es que después de ser amplia y libremente
discutidas las distintas opciones, se proceda al voto y las decisiones se tomen con
el máximo consenso posible, es decir con el consenso de la mayoría", (Ytirbe,
pág. 89) pero aunque predomina el principio de mayoría no pueden ni ignorarse ni
dejarse de lado el derecho de las minorías, un régimen democrático es plural y
debe prevalecer la convivencia pacífica de todos los individuos que integran la
sociedad.
Al igual que la democracia antigua en nuestro actual régimen democrático
contamos con una Constitución que representa la clasificación jurídica política que
sirve para garantizar la convivencia armónica, el equilibrio de las relaciones de
poder y la protección de garantías individuales y sociales, "el Estado democrático
no puede ser sino constitucional en el sentido de que se entiende como limitado.
Cuenta con controles diversos que van desde el marco jurídico hasta la división de
las facultades públicas las cuales adquieren en el Estado constitucional, la
dignidad de poderes diferenciados con funciones de vigilancia mutua y
cooperación" (De la Peña, pág 199).
Estas características son elementos mínimos que deben identificar un gobierno
democrático, lo ideal es que sigamos evolucionando para lograr una democracia lo
más acoplada posible a una forma directa en donde el pueblo aunque no sea el
que se gobierne a si mismo tenga una participación mucho más activa en la vida
pública y no solo delegue la toma de decisiones en un órgano legislativo, para ello
se han creado diversos mecanismos que aunque no han sido muy difundidos ni
utilizados resultan de gran apoyo para confortar el interés político del ciudadano
como: el referéndum, el plebiscito y la iniciativa popular con los cuales los
ciudadanos no solo participan en el origen del poder, también en el ejercicio real
del mismo.
Otro punto importante que distingue una sociedad verdaderamente democrática
es la pluralidad de ideas, de puntos de vista diversos. En la política también es
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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importante que se de esta pluralidad y que los ciudadanos tengamos opciones
inteligentes, bien definidas y competitivas que debatan diversas propuestas. Una
nación con partido único o bien con una oposición débil no es muy democrática,
pensemos por ejemplo en países socialistas que no permiten la expresión de otras
ideas que sean contrarias a su ideología y que en lugar de fomentar la
competencia las consideran una amenaza para la continuación del régimen. La
sana democracia implica diversas alternativas políticas.
1.2. Legitimidad
1.2.1. Percepción y Terceras Teorías
A lo largo de la historia disciplinas como; la ciencia política, la filosofía, la
sociología e incluso el derecho han tratado de entender y justificar la existencia y
el funcionamiento del Estado, el poder y la representación política. Muchos de
nosotros nos hemos preguntado el porqué de la obediencia hacia el Estado, para
entender mejor esto es necesario hablar sobre el surgimiento del mismo esto nos
permitirá entender el significado e importancia de un término fundamental para el
planteamiento de la presente investigación, una parte importante es la palabra
legitimidad. A continuación mencionaremos algunas teorías ya clásicas que
abordan esta problemática.
El autor Jean-Marc Coicaud la define de la siguiente manera: "La legitimidad es el
reconocimiento del derecho de gobernar. Justificar simultáneamente el poder y la
obediencia es el primer desafío de la legitimidad. De esta doble demostración
dependen el derecho de gobernar y su resultante la obligación política". (Coicaud
2000. pág. 21.) De acuerdo con la primera definición para que se otorgue el
derecho a gobernar es necesario que alguien reconozca ese derecho es decir que
lo consienta pues un derecho que no es reconocido por nadie no tendría sentido,
en este caso quien tiene que reconocer este derecho son los ciudadanos pues a
ellos va dirigido. Aquí el consentimiento juega un papel muy importante pues será
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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el lazo que se encargará de crear un sentimiento de obligación y obediencia
tocante de quien ejercerá el derecho de gobernar. "Consentir significa aceptar una
situación que implica una cierta renuncia manifestada en el deber de obediencia.
Es en este sentido que la relación de derecho entre gobernantes y gobernados
puede percibirse en términos de autoridad política" (Coicaud, pág. 24).
El Dr. Norberto Bobbio en el "Diccionario de Política" nos da la siguiente
definición: "La legitimidad, como atributo del estado es la existencia en una parte
relevante de la población de un consenso tal que afirme la obediencia sin que sea
necesario, salvo en casos marginales, recurrir a la fuerza. Por lo tanto, todo poder
trata de ganarse el consenso para que se le reconozca como legítimo,
transformando la obediencia en adhesión. La creencia en la legitimidad es, pues,
el elemento integrador de las relaciones de poder que se desarrollan en el ámbito
estatal". (Bobbio, 1991. pág. 862) El citado autor resalta la importancia del
consenso, sabemos que quien ejerce el poder tiene autoridad, se le reconoce el
don de mandar y hacerse obedecer y aunque tiene el recurso de la fuerza o la
violencia para lograr mantener orden en el Estado es preferible que este suceso
no sea empleado y que la obediencia no se obtenga de manera forzada sino más
bien voluntaria lo que permitiría la estabilidad y eficacia de un orden determinado,
de lo contrario resultaría peligroso y desgastante el uso de estos métodos los
cuales en lugar de fortalecer al Estado tienden a su debilitamiento y destrucción.
Al respecto la Dra. Arnaiz Amigo afirma lo siguiente: "Nunca el Estado podrá
considerarse como fuerza fáctica. El poder que somete a súbditos que manda, no
crea progreso, ni bienestar, ni paz, ni orden, ni seguridad. Siendo la misión del
Estado encauzar los valores humanos, individuales y sociales, la atribución
coactiva es el medio secundario. Sirve para los casos anómalos de emergencia".
(Arnaiz, 1971, pág. 120)
De lo anterior podemos decir que poderío y obediencia hacen posible la existencia
del Estado, a continuación abordaremos las teorías que explican el origen de esta
dualidad.
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
XXXIV
Percepción de la legitimidad en Thomas Hobbes
Thomas Hobbes escribe en 1651 El Leviatán en donde trata de explicar el origen
del Estado y desentraña la relación que existe entre el poder y el deber de
obediencia.
Para Hobbes el Estado es una instauración humana que no se origina porque al
hombre le interese asociarse políticamente ni obedecer a una autoridad, surge
principalmente por el miedo que tiene a la muerte y al sufrimiento tanto físico
como anímico, "el Estado surge entonces como una negatividad: solo el gran
miedo que enfrenta el hombre con la muerte puede llevarlo a deponer su libertad y
poder naturales a cambio de una ordenada y pacífica existencia, realizada por el
artificio político elaborado para tal propósito". (Gabaldón, 1989. pág. 76.)
Para construir y entender mejor su teoría elabora un modelo físico-mecánico del
hombre en donde lo plantea como materia en movimiento el cual puede ser vital o
voluntario, el vital será aquél movimiento biológico propio de la naturaleza; el
segundo se refiere a las pasiones humanas que son principalmente dos: apetito o
deseo y aversión o rechazo las cuales van a desencadenar todas las demás amor,
placer, alegría, esperanza, bondad, etc. y sus contrarias que pueden ser odio,
desprecio, temor, desconfianza, venganza, etc., las cuales se van a reducir al
deseo de poder.
Hobbes distingue dos tipos de poder el natural y el instrumental, el primero se
refiere a aquellas facultades tanto mentales como corporales que posee el
hombre, inteligencia y fuerza mientras que el instrumental será todo aquello que
obtiene a través de las anteriores, ejemplo de ello son la riqueza, la reputación, los
amigos. En su obra titulada los Elementos define al poder de la siguiente manera:
"El poder de un hombre se precisa como las facultades corporales y espirituales y
otros poderes semejantes que por ellos se adquieren riquezas, autoridad,
amistades, favores y buena fortuna. Y como el poder de un hombre resiste y
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dificulta los efectos del poder de otro, el poder simplemente no es más que el
exceso de poder de uno sobre el poder de otro". (Gabaldón, pág. 83)
Además del elemento poder plantea la idea de que los hombres nacen iguales
tanto corporal como mentalmente y aunque existan diferencias en las que un
hombre pueda tener más desenvueltas diversas cualidades estas diferencias
nunca son los suficientemente marcadas y poderosas para que uno de ellos no
pueda pretender lo mismo que el otro. Por lo cual si los hombres en un plano de
igualdad luchan por la acumulación de poder se genera un conflicto de intereses
que se resuelve por medio de la fuerza, de la lucha entre los hombres para
obtener el mayor beneficio lo que a su vez trae como resultado la guerra, este es
el estado de naturaleza es decir la guerra permanente de "todos contra todos".
Con la guerra se ponen al descubierto las pasiones de las que hablábamos
anteriormente particularmente el temor a la muerte y el deseo de conservar la
vida, "el miedo a la muerte niega todo confort existencial, toda racional esperanza
puesta en el propio esfuerzo y en el propio trabajo. Pero el deseo de vivir, la
pasión por la autoconservación, propicia con ayuda de la razón el movimiento
colectivo hacia la institucionalización racional del Leviatán". (Gabaldón, pág. 89)
Vivir en un estado de naturaleza permanente trae consigo inseguridad,
destrucción, temor, la muerte de los hombres y finalmente de la sociedad. Por lo
que se hace necesaria la creación de una superestructura con poder superior a los
poderes individuales que tendrá la facultad de resolver los conflictos de intereses
surgidos del estado de naturaleza y lograr así la estabilidad necesaria para la
supervivencia de los hombres.
Para que sea posible la creación del Estado o República como él la llama, es
necesario el establecimiento de un pacto social "que no es otra cosa que la
sociedad reunida en una persona, el Estado, el cual supone un acto de voluntad
mediante el cual cada hombre por pactos mutuos autoriza y abandona el derecho
a gobernarse a sí mismo, a una asamblea de hombres, con la condición de que tú
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abandones tu derecho a ello y autorices todas sus acciones de manera
semejante". (Gabaldón, pág. 98)
El compromiso supone pues, el consenso de los hombres que conlleva al
reconocimiento y aceptación de la existencia del poder soberano, así como la
obediencia a este, a cambio el Estado tendrá que garantizar el mantenimiento del
orden, la paz y la estabilidad de la sociedad, de este acuerdo de los hombres
deviene la legitimidad.
La realización del pacto social del que hablamos se da solo a través de la razón y
el lenguaje, atributos que diferencian al hombre de cualquier otra criatura de la
naturaleza y gracias a los cuales es posible la interacción humana. Del delicado
uso de ambos será posible la solución de los conflictos o contradicciones entre el
derecho natural, entendido como la libertad que tiene el hombre de usar su poder
como él quiera, y la ley natural que será la obligación y prohibición que tiene todo
hombre de realizar aquello que pueda conducirlo a su destrucción. Del uso
incorrecto se originan conflictos que pueden llegar a transformarse en guerras.
Hobbes considera que la legitimidad más que por la fuerza debe darse por la
palabra. Un Estado que imponga miedo está destinado a su fin.
Para la construcción del poder absoluto del Estado es necesaria la creación de
normas que regulen la conducta de los individuos con el fin de hacer posible tanto
la vida política del Estado como la vida individual de cada hombre; sin embargo
Hobbes se enfrenta a la insegura de cómo hacer leyes justas cuando existe una
gran diversidad cultural social, y de intereses, consecuentemente analiza la
desigualdad social sin dejar de lado el concepto de justicia e igualdad y así
establece que "la justicia es cierta cualidad que consiste en que siendo todos
iguales por naturaleza nadie puede arrogarse más derecho que el que concede a
otro, a menos que lo haya obtenido justamente o por acuerdo" (Gabaldón, pág.
101)
Vemos que la legitimidad de la que nos habla Hobbes además del consenso está
referida con la representación pues en el momento que la sociedad pacta la
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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creación del Estado que le garantizará el orden y la tranquilidad de su existencia,
acepta también la autoridad de una persona o de una asamblea que lo
representará y que por lo tanto tendrá el poder soberano de gobernar,
"afanosamente Hobbes buscaba asentar la soberanía absoluta, pero ejercida con
el consentimiento de la mayoría, expresada mediante la elección de un gobierno
que habría de representar los intereses comunes. Instituir una república equivale
a elegir un hombre o asamblea de hombres que represente su persona".
(Gabaldón, pág. 106)
La legitimidad es sin duda una definición clave en la democracia pues sin este
precepto el hombre estaría destinado a vivir en una contienda permanente.
Jean-Jacques Rousseau (Tercera Teoría)
Rousseau es otro de los pensadores que al estudiar el origen del Estado y su
legitimidad va en contra de las teorías que conciben el poder de una autoridad
como un fenómeno que se origina de manera natural y que ven en la violencia el
vínculo generador de la obediencia y dominación del Estado, rechaza toda
justificación del poder a través de la autoridad patriarcal, de la esclavitud o el
derecho del más fuerte pues cree que el derecho a gobernar no es algo natural en
virtud de que todos los seres humanos nacemos libres e iguales, "puesto que
ningún hombre tiene por naturaleza autoridad sobre su semejante, y puesto que la
fuerza no constituye derecho alguno, quedan sólo las convenciones como base de
toda autoridad legítima sobre los hombres" (Rousseau, 1987. pág. 5 y 6)
La primera convención de la que nos habla es aquella por la que se crea el Estado
civil cuyo antecedente es el estado natural o primitivo, en el cual el hombre siendo
libre guía su dirección conforme a sus impulsos e instintos teniendo como único
límite el uso de la fuerza lo que traería como consecuencia la destrucción del
género humano, para evitar esto y preservar su existencia Rousseau plantea la
necesidad de establecer un pacto social en el que cada uno pone en común su
persona y todo su poder bajo la dirección de la voluntad general, y cada miembro
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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es considerado como parte indivisible del todo, de esta forma se entra al Estado
civil.
Pero dicho pacto debe ser "una forma de asociación que defienda y proteja con la
fuerza común la persona y los bienes de cada asociado y por la cual, cada uno,
uniéndose a todos, no obedezca sino a sí mismo y permanezca tan libre como
antes" (Rousseau Juan Jacobo, pág. 9) La solución que plantea es el Contrato
Social. Se trata de una asociación en la que los hombres no tienen por qué dejar
de ser libres e iguales y aunque ya no poseen la libertad natural en la que el
hombre obedecía a sus impulsos y el derecho ilimitado de todo cuanto deseaba, a
cambio goza de una libertad civil en la que obedece a la razón y tiene la propiedad
de los bienes que posee. Por su parte la libertad natural se transforma en una
libertad moral la cual permite superar tanto las desigualdades físicas como las de
talento.
Para construir este ente moral que es el Estado civil es necesaria la voluntad de
cada individuo y una vez unidas las voluntades de todos se origina la "voluntad
general" que tiene por objeto el beneficio común gracias al cual se establecerá el
vínculo de la sociedad entre todos aquellos intereses particulares que puedan
existir.
La voluntad general forma la justificación de la Soberanía la cual consiste en la
aplicación de la fuerza común del Estado al objeto señalado por la voluntad
general protegiendo siempre los derechos legítimos de los ciudadanos. Para
Rousseau la Soberanía debe reunir dos características que resultan esenciales
para su funcionamiento, debe ser inalienable e indivisible. La primera
característica se refiere a que no puede cederse y tampoco ser representada pues
al tener un dueño o representante el pueblo tendría que obedecer a alguien,
incluso someterse; ya no existiría la voluntad popular, para entenderlo mejor lo
explica de la siguiente manera: "No siendo la soberanía sino el ejercicio de la
voluntad general, jamás deberá enajenarse, y que el soberano, que no es más
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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que un ser colectivo, no puede ser representado sino por él mismo: el poder se
transmite pero no la voluntad". (Rubio, 1990. pág. 67)
En otras ocasiones Rousseau se mostró en contra del establecimiento de cargos
como el de diputados u otro tipo de representantes, pues resultaba contradictorio
con su principio de inalienabilidad, en su lugar plantea la existencia de
"comisarios" quienes debían obedecer las órdenes de la voluntad general y cuya
existencia se justifica únicamente para hacer posible el ejercicio del poder, en
virtud de que la voluntad general solo podía realizar funciones legislativas pues el
objeto de la ley tiene que ser atender el interés público, en cambio no podía
ejercer directamente ni el poder ejecutivo ni el judicial, ya que éstas son funciones
realizadas mediante actos particulares que están impedidos realizar a la voluntad
general, en consecuencia se requiere el establecimiento de un "gobierno" a quien
se delegue el ejercicio del poder más nunca su titularidad pues esta le pertenece
al pueblo que en todo momento puede limitarlo, modificarlo y retomarlo cuando
así lo considere necesario. En proporción el concepto de gobierno Rousseau da la
siguiente definición: "Es un cuerpo intermediario establecido entre los súbditos y el
soberano para su mutua comunicación, encargado de la ejecución de las leyes y
del mantenimiento de la libertad tanto civil como política. Los miembros de este
cuerpo se llaman magistrados o reyes, es decir gobernadores, y el cuerpo entero
príncipe". (Rousseau, pág. 31) Dicho gobierno se instituye a través de dos actos:
establecimiento de la ley y ejecución de la ley. En el primero el pueblo establece
determinada forma de gobierno lo cual realiza a través de una ley, en el segundo
elige a quienes se encargarán de ejercer el gobierno.
Estas designaciones se pueden realizar a través de elecciones o bien a la suerte,
las elecciones recomienda emplearlas para aquellos cargos que requieran cierta
especialización y la suerte utilizarse cuando el cargo a ocupar no requiera más
que buen sentido, justicia e integridad que desde su punto de vista cualquier
ciudadano posee.
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
XL
Considera que entre más unanimidad exista en las opiniones, más dominante es
la voluntad general, mientras que cuando existen largas discusiones y demasiada
controversia es señal de que existen intereses particulares que no coinciden con la
voluntad general y que por lo tanto pueden llevar a la caída del Estado. Por lo que
las decisiones que tome la voluntad se expresan por el sufragio de la mayoría,
pues de acuerdo con Rousseau "la voz de la mayoría obliga siempre a los demás,
por exigencia del contrato mismo. La minoría ha de aceptar el dictamen de la
mayoría, pues del cálculo de los votos se saca la declaración de la voluntad
general". (Rubio, pág. 84.)
Según el carácter de la decisión que ha de tomarse existirán aquellas que
requieren de un mayor número de votos, para lo cual se establecen los siguientes
principios: "A mayor importancia y gravedad de las deliberaciones, la propuesta
exige mayor aproximación a la unanimidad, cuanto más urgente es la cuestión,
menor ha de ser la diferencia prescrita, en las que hay que resolver sobre la
marcha debe bastar el excedente de una sola voz. El primer principio conviene a
las leyes; el segundo a los asuntos, pero ambos deben combinarse para obtener
las mejores relaciones que pueden darse a la pluralidad para pronunciarse".
(Rubio. Pág. 84 y 85.)
Retomando las teorías de la soberanía, Rousseau nos dice que también es
indivisible ya que si pudiera dividirse no existiría voluntad general pues
recordemos que esta se hace posible gracias a la participación de todos individuos
que conforman el pueblo, sin esta unión simplemente no existiría, "la soberanía es
indivisible por la misma razón que es inalienable; por que la voluntad es general, o
no lo es". (Rousseau, pág. 14)
Por este principio también se pública contra la división de poderes, "pues si no es
divisible en su principio tampoco lo es en su objeto. El error, a su juicio radica en
tomar como partes de la Soberanía lo que sólo son emanaciones". (Rubio, pág. 68
y 69.)
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
XLI
Además de construir la legitimidad en el origen del Estado Civil a través de lo que
Rousseau llama convenciones, se preocupa por diseñar una legitimidad de
ejercicio en el gobierno, por lo que propone la aplicación de una serie de reglas
fundamentales que tienen por objeto dar continuidad a la legitimidad,
concretamente en la actuación de poder ejecutivo, las cuales son las siguientes:
1. Administrar las leyes. Recordemos que el pueblo es el encargado del poder
legislativo y por tanto de crear las leyes; sin embargo la administración de
estas las delega a alguien más quien se encargará de aplicarlas siguiendo
el espíritu de la ley y el sentido de la voluntad general. Para lograr una
aplicación exitosa es necesario educar al pueblo y enseñarlo a amar las
leyes, con el objeto de que su cumplimiento más que forzoso sea
totalmente voluntario.
2. Mantener la libertad civil. Hacer cumplir la ley implica también garantizar el
mantenimiento de las libertades civiles pues si el hombre eligió salir de su
estado de naturaleza fue con el propósito de que se le otorgara seguridad y
protección a sus derechos de propiedad.
3. Proveer a las necesidades del estado. Lo que significa administrar
correctamente los bienes, hacer siempre necesario el trabajo, proteger los
derechos de propiedad dándole un sentido social de manera que se evite
convertirlos en instrumento de dominación, también menciona la creación
de un fondo público para el mantenimiento de los funcionarios públicos, que
Rousseau llama magistrados y en general para los gastos públicos, los
cuales deben ser equilibrados de manera "que ha de evitarse el gasto
público, ocasionado generalmente por deseos inútiles y, sobre todo, por el
afán de conquistas, de donde nace toda una cadena de necesidades
financieras que amenazan con arruinar tanto al estado como a los
ciudadanos a causa de los impuestos gubernamentales". (Rousseau, pág
79) Propone que para el establecimiento de impuestos exista el pleno
consentimiento de los ciudadanos o bien de sus representantes.
Max Weber
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
XLII
Entrar en el campo de la sociología política y abordar el concepto de legitimidad
para entender el fenómeno de la dominación y la obediencia en el establecimiento
del poder político. "La legitimidad de un orden social, en el contexto de la
discusión preliminar weberiana del término, es la percepción que se tiene de tal
orden como obligatorio o ejemplar para el actor social". (Rousseau, pág. 36) Para
Max Weber toda autoridad que pretenda hacerse obedecer debe implantar la
creencia de que es legítima.
Al asimilar la legitimidad la concibe en términos de apego al orden y como medio
para conseguir la dominación en un orden político, Agudelo Ramírez Martín al
hablar de la legitimidad del poder menciona que Norberto Bobbio acude con
frecuencia al concepto de legitimidad que ofrece Max Weber, el cual es el
siguiente: "El poder legítimo es diferenciado de la mera fuerza, y se entiende
como el poder que permite condicionar la conducta de los miembros del grupo
social". (Ramírez, 2006. pág. 89)
Max Weber al dialogar sobre la legitimidad de la dominación plantea la existencia
de tres formas para justificarlo las cuales son las siguientes:
1. Fundamentación tradicional.- Es la forma más tradicional y primitiva en
donde el poder se deriva de la tradición y la costumbre, Weber la define
como "la legitimidad de perdurable ayer, la validez de un hábito cuyos
comienzos se pierden en los tiempos, y en la orientación del individuo por
costumbre hacia su respeto que es semejante a la ejercida por patriarcas y
príncipes, pertenecientes al patrimonio de cuño antiguo". (Weber Max,
1989. pág 8.) Este tipo de legitimidad se basa en el carácter sagrado de la
tradición, de la costumbre del orden antiguo. Algo vale, por que vale desde
hace mucho tiempo y no requiere ninguna justificación anterior.
2. Fundamentación legal.- El poder surge de un sistema de leyes establecidas
racionalmente. En este tipo "se da por cierta la validez de preceptos legales
en razón de su competitividad objetiva fundamentada en las normas
establecidas conforme a la razón; mejor dicho en la orientación hacia el
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
XLIII
acatamiento de las obligaciones instituidas conforme a derechos" (Weber
Max, pág. 9) Distingue 2 tipos de racionalidad la formal y la material. "La
racionalidad formal se caracteriza por notas generales unívocas que se
expresan o bien en una acción perceptible por los sentidos (firma, apretón
de manos) o bien en regulaciones abstractas (leyes). La racionalidad
material la encuentra en los imperativos éticos, reglas utilitarias y máximas
políticas que rompen el marco del formalismo". (Weber Max, pág. 12)
3. Fundamentación carismática.- El poder corresponde a un hombre al que se
atribuyen cualidades sobrehumanas, en la que el pueblo deposita su
absoluta confianza, "tal predominio carismático es la que fue detentada por
los Profetas y también, en el plano de la política, se han valido de ella los
guerreros elegidos, los gobernantes por razones de plebiscito, los
demagogos o los jefes de partidos políticos". (Weber Max, pág. 13) Weber
trata de fundamentar la existencia del dominio, la legitimidad es un factor
determinante para el mantenimiento del orden político, en su opinión el
mundo moderno fundamenta el poder en razón de la legalidad y poco le
interesan cuestiones morales que tengan que ver con la legitimidad lo
importante es la creencia que tengan los ciudadanos para obedecer cierto
orden establecido.
1.2.2. Resultados Emanados
Ha quedado establecido el concepto así como diversas posturas ideológicas en
torno al tema de la legitimidad, el siguiente objetivo es entender la importancia que
tiene en un gobierno democrático.
Así como en épocas anteriores se ha buscado justificar el poder existente, de igual
forma sucede en la actualidad. En una democracia representativa como la nuestra
solo un sector muy reducido es quien realmente ejerce el poder político, el tema
de nuestra propuesta se enfoca en la legitimidad de origen para la elección
presidencial pues sin lugar a duda en un sistema presidencialista como el nuestro
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
XLIV
es una figura a la que se delega gran poder político por lo que en nuestra opinión
un cargo de esta magnitud requiere estar debidamente fundamentado.
"La división que separa a los individuos que gobiernan de aquellos que obedecen
representa la base sobre la que reposa la lógica de la legitimidad. Es a esta
división que aparece ante todo vinculada la significación del derecho a gobernar"
(Coicaud, 2000. pág 37.)
De acuerdo con los conceptos citados anteriormente, la legitimidad está muy
ligada al consentimiento voluntario, que hoy en día los ciudadanos manifestamos a
través de las elecciones, en las cuales determinamos quiénes accederán a los
cargos públicos, con ello formamos gobierno y al mismo tiempo se da legitimación
a nuestros representantes. En vista de que son los ciudadanos los destinatarios de
la actuación del poder resulta necesario que participen en la conformación del
mismo. "La legitimidad presupone el acuerdo de los gobernados. Los miembros de
una comunidad en la que existe una situación política de derecho, poseen una
función que, si bien no implica el ejercicio directo del poder, les confiere un status
de actores y sujetos. Participan en la actividad política, otorgan un apoyo que tiene
influencia real sobre el curso de las cosas y que en parte es expresión de su
voluntad". (Coicaud, pág. 66)
Nuestra sociedad actual es muy variada, diversa y compleja por lo que resulta muy
difícil por no decir prácticamente imposible lograr la fraternidad en el consenso,
debido a ello es que en la democracia actual continúa prevaleciendo el principio de
mayoría.
Cuando este consentimiento es otorgado por la mayoría de los ciudadanos a favor
de un candidato presidencial determinado podemos decir que tiene un alto grado
de legitimidad para desempeñar dicho cargo, lo que puede producir los siguientes
efectos:
I) Reconocimiento y aceptación de dicho orden, lo que implica la vinculación
mutua de derechos y obligaciones por parte tanto de gobernantes como de
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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gobernados. Según se desprende de las teorías vistas sobre legitimidad una
condición para el funcionamiento de un Estado es la obligatoriedad de sus
decisiones a través de la obediencia "pero no la obediencia apática al
sistema político, sino una obediencia con base en razones de validez
generalmente reconocidas", (Cárdenas, 1992. pág. 20) en las que los
ciudadanos acepten de buen agrado la designación de una autoridad, una
norma jurídica, una decisión política, etc., y no solo se limiten a dimitirse al
cumplimiento de dichas decisiones. La legitimación es un resultado de un
orden jurídico dado por la adhesión y respaldo de los destinatarios de dichas
decisiones.
II) Genera la confianza de la gente lo que trae consigo la adhesión y el respaldo
en la toma de decisiones en determinados asuntos, facilita la gobernabilidad
en principio.
III) Permite ejercer el poder sin necesidad de recurrir a la violencia.
Por el contrario cuando una autoridad carece o tiene escasa legitimidad hay
desconfianza por parte de los ciudadanos lo que genera una serie de efectos
negativos que afectan el desempeño del gobierno como son:
A) La creencia generalizada en una posible manipulación de la elección que
tiende a descalificar todo el proceso electoral y a poner en entredicho la
legalidad de las mismas.
B) Inestabilidad política causada por la pugna entre quienes conciben el orden
como legítimo y los que no lo ven así.
C) Movimientos de protesta en los que la gente se opone a un dirigente y a las
instituciones políticas existentes.
D) El arranque en el desempeño del cargo se torna incierto y difícil.
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1.2.3. Contraste entre Legitimidad y Legalidad
Legitimidad y legalidad son conceptos que pueden parecer similares entre sí, pues
en diversas ocasiones suelen utilizarse de manera incorrecta lo que genera una
confusión en sus significados. Aunado a eso hoy en día experimentamos una
legalización de la legitimidad en la que solo importa que determinado acto se
encuentre apegado a la ley no siendo necesario su consentimiento social, dando
por hecho que es legítimo lo que es legal. Sin embargo aunque ambos conceptos
puedan llegar a relacionarse es necesario hablar sobre el contraste que existe
entre ambos con el objeto de evitar caer en criterios erróneos.
Además del consentimiento como base de la legitimidad, generalmente
relacionamos este concepto con aquello que es legal pues tenemos en mente que
dicha expresión se refiere a la idea de conformidad con la ley. Max Weber por
ejemplo, considera que el positivismo jurídico se inclina a traducir la idea de
dominación legítima por la de dominación legal es decir que "en el Estado
moderno, las decisiones tomadas conforme a un procedimiento legal bastan para
establecer la legitimidad política sin importar otros valores". (Coicaud, pág. 31)
Sin embargo, opinamos que aunque la ley es importante y no hay que dejarla de
lado debe ser un complemento de la legitimidad y no el sustento de esta.
Retomando la obra de Norberto Bobbio, podemos decir que la legalidad "se
entiende como un atributo y un requisito del poder, por el cual se dice que un
poder es legal o actúa legalmente o tiene carácter de legal cuando se ejerce en el
ámbito o de acuerdo con las leyes establecidas o de algún modo aceptadas"
(Bobbio, pág. 860) por el contrario la legitimidad según nuestro autor "es el atributo
del estado que consiste en la existencia en una parte relevante de la población de
un grado de consenso tal que asegure la obediencia sin que sea necesario, salvo
casos marginales, recurrir a la fuerza. Por lo tanto todo poder tratar de ganarse el
consenso para que se le reconozca como legítimo, transformando la obediencia
en adhesión". (Bobbio, pág. 262)
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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Al hablar de legitimidad y legalidad es necesario hablar del Estado de Derecho
regulador entre libertad y orden y que en un régimen democrático garantiza la
convivencia pacífica evitando los excesos de poder y asegurando el respeto a los
derechos humano es aquí donde podemos encontrar esta correspondencia entre
legitimidad y legalidad de las que tanto hemos hecho referencia. Héctor González
Uribe afirma que "el Estado de Derecho se logra a través de la legalidad para lo
cual" se construyó así un ordenamiento jurídico muy bien jerarquizado, desde los
simples actos y negocios jurídicos de los particulares hasta la constitución o ley
fundamental del país. En esta clasificación quedaban incluidos todos los actos del
Estado, tanto de gobierno como de administración que debían por ello realizarse
con la autorización y dentro de los límites determinados de antemano por las
normas". (González, 1988. pág 109)
Conseguimos entender la legalidad como aquello que se ajusta a las disposiciones
jurídicas establecidas en un lugar y momento determinado. Por su parte la
legitimidad tienen un contenido más valorativo pues como ya hemos visto se
refiere a la idea de justificación y consentimiento, en el caso que nos ocupa de un
cargo político.
En materia electoral suele presentarse frecuentemente esta confusión entre los
conceptos aquí planteados. En representación política y concretamente en la
etapa electoral "es frecuente que los expertos y los analistas expresen que las
elecciones federales fueron legítimas, o que se consideren que las autoridades
que toman una decisión son legítimas, sin darse cuenta que en la inmensa
mayoría de los casos, el fundamento de sus declaraciones es erróneo, porque en
realidad estas opiniones se basan solo en consideraciones sobre la legalidad de
los procesos electorales, aspecto generalmente distinto al de la legitimidad.
La legalidad electoral no es equivalente a la legitimidad electoral, de manera que
una elección puede presentar serios problemas de legitimidad, aunque su
aplicación pase todas las pruebas en materia de legalidad". (Covián, 2004. pág
116 y 117) Coincidimos con este punto de vista y creemos que la elección del
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poder ejecutivo debe apegarse al ordenamiento jurídico electoral vigente pues
esto es importante para brindar, certeza en la protección de un derecho tan
importante en la vida política de los ciudadanos como es el voto, pero además,
necesita contar con el consenso y aceptación por parte de los ciudadanos, lo más
adecuado sería encontrar el justo equilibrio entre legalidad y legitimidad de tal
manera que sean ambas las que justifiquen el poder político. Consideramos que
es necesario vincular dichos conceptos con el objeto de hacer efectiva nuestra
democracia en provecho substancialmente de la sociedad pues
desafortunadamente en los últimos procesos electorales se ha venido
presentando un fenómeno de deslegitimación muy fuerte que ha generado efectos
muy negativos.
1.3. Sistemas Electorales
1.3.1. Definición
Dieter Nohlen establece que un sistema electoral "es el modo según el cual el
elector manifiesta por medio del voto el partido o el candidato de su preferencia, y
según el cual esos votos se convierten en escaños. Los sistemas electorales
regulan ese proceso mediante la corporación de la distribución de las
circunscripciones, de la forma de la candidatura, de los procesos de votación y de
los métodos de conversión de votos en escaños". (Nohlen, 2004 pág. 34.) Dicho
definición es amplia pero se desprenden dos ideas fundamentales: 1) Un sistema
electoral nos permite elegir a nuestros representantes políticos y 2) Asignar los
lugares en los órganos de representación popular. Dieter Nohlen establece que en
la conformación de un sistema electoral es importante que se tengan en cuenta los
siguientes aspectos que a continuación explicamos:
a) Circunscripción electoral: La podemos entender como aquella división que se
realiza en un territorio en lo que se conoce como distritos electorales con el
objetivo de darle representatividad, estos distritos pueden ser uninominales o bien
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plurinominales, en los primeros solo hay un escaño disponible y por lo general se
trata de sistemas mayoritarios, en los segundos habrá más de 2 lugares y
regularmente se emplean fórmulas y métodos proporcionales. Generalmente esta
división se realiza tomando en cuenta a la población existente. Este elemento es
de los más controvertidos pues dicha división se presta a maniobras tal es el caso
del llamado gerrymandering o salamandra que es "el trazado de distritos
electorales que, en forma intencional, se construyen con el objetivo de favorecer la
representación de un partido, un grupo o sector en particular" (Reynoso, 2004.
pág. 83.) esta división puede favorecer la concentración de votos cuyos efectos se
verán reflejados en la asignación de escaños.
b) Formas de las candidaturas: Pueden ser por lista o candidatura personal (en la
que solo hay un candidato) por ejemplo, en la elección para Presidente. En la lista
cada fracción política tiene un número determinado de candidatos y los electores
podrán escoger a quien prefieran, existen diversos tipos de lista:
■ Cerrada y bloqueada.- Se elige a un bloque de partido. El efecto principal de
esta forma de candidatura es la dependencia que existe del candidato con el
partido ya que el electorado vota más bien por el partido político y no tanto por las
personas que ahí se encuentran. Por lo que el candidato electo estará más
comprometido a seguir las directrices de su partido. Los votantes generalmente no
conocen a sus candidatos.
■ Cerrada no bloqueada.- De la lista el elector decide quien debe representar al
partido. Aquí debe de haber un mayor prudencia por parte de los electores de las
personas postuladas en la lista, por lo tanto quien sea electo será menos
dependiente del partido político pues obtuvo el apoyo del electorado que
previamente ya conocía las propuestas así como el plan de acción de su
candidato elegido.
Abierta.- El electorado manipula la lista, hay una reubicación de candidatos según
las preferencias del elector. En este tipo de listas habitualmente es el electorado
quien las hace, conoce a las personas y hay una dependencia mínima del
candidato para con su partido pues el apoyo del electorado es indiscutible.
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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c) Procedimiento de votación: Según sea la forma de candidatura por lista
(cerrada bloqueada y no bloqueada y abierta) Dieter Nohlen nos habla de los
siguientes combinaciones que se pueden emplear:
Formas de lista Procedimiento de votación
Lista cerrada y bloqueada:
El orden de los candidatos es fijo
El elector tiene un voto y vota por la
lista en conjunto
Lista cerrada y no bloqueada: El
orden de los candidatos puede ser
modificado, ya sea mediante votos
preferencia/es o mediante
reubicación en la lista
El elector tiene un voto por un
candidato. Con este puede variar el
orden de postulación de la lista
Lista abierta: libre reubicación de los
Candidatos dentro de la vista y entre
listas
El elector tiene 2 votos como mínimo
(uno por la lista y otro por el
candidato), o tantos votos como
candidatos A elegir. El elector puede
acumular varios votos a favor De un
candidato (acumulación)
El elector tiene varios votos y puede
configurar su lista A partir de los
candidatos propuestos por los partidos.
d). Reglas de atribución de escaños: Es decir bajo que reglas específicas se
convertirán los votos en escaños y podemos hablar básicamente de 2
fórmulas de decisión: mayoritaria y proporcional, la primera puede ser relativa
o absoluta y en la segunda existen complejas formas matemáticas bajo los
cuales se realiza dicha conversión los más relevantes son los de método del
cociente y método del divisor.
e) Barrera Legal para la asignación de escaños: A través de estas barreras se
limita o condiciona a un partido a tener un número mínimo de votos para
acceder al escaño. Todos estos elementos son mezclados para la
conformación de diversos sistemas electorales específicos, pero podemos
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hablar de dos grandes divisiones con efectos muy concretos: sistema
mayoritario y sistema proporcional.
Los sistemas electorales son significativos ya que tienen una gran influencia en
múltiples aspectos tales como: la conformación del sistema de partidos, la
formación de la voluntad política y transferencia del poder político que a su vez
repercute en el grado de gobernabilidad y legitimidad de un gobierno.
En los últimos años se le ha dado una importancia relevante a su estudio pues a
través de su manipulación se obtienen resultados específicos al integrar un
sistema político determinado.
Existen diversos sistemas pero podemos clasificarlos en dos grandes grupos:
sistema mayoritario que como su nombre lo establece, su finalidad es la obtención
de una mayoría parlamentaria o legislativa que conlleve a producir eficacia en el
gobierno. El sistema de representación proporcional pretende que los lugares
obtenidos sean acordes con los votos.
1.3.2 Representaciones de sistemas electorales y sus características
Sistema mayoritario
Tenemos un sistema mayoritario cuando un candidato o partido político es electo
por haber obtenido la mayoría (absoluta o relativa) de los votos válidos emitidos en
una elección. En la mayoría absoluta dicho triunfo se establece cuando un
candidato o partido obtiene el 50% + 1 del total de votos válidos, en cambio en la
mayoría relativa un candidato se hace ganador con el hecho de conseguir el
mayor número de votos de entre todos sus contendientes sin necesidad de
considerar el número total de votos emitidos, es decir que "quien obtiene el triunfo
electoral lo alcanza con un porcentaje de votos superior al de sus adversarios,
pero inferior al 51% del total de los votos válidos, lo que significa que las
voluntades ciudadanas expresadas a favor del conjunto de los otros candidatos
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suman una cantidad mayor que la que captó el candidato ganador" (Covián, pág.
123). Debido a que no siempre es posible obtener mayorías realmente
sustanciales, para lograrlo se ha recurrido a la creación de diversos mecanismos
entre ellos los siguientes:
A) Segunda vuelta electoral.- Utilizada frecuentemente para alcanzar mayorías
absolutas, se recurre a ella cuando en la primera elección ningún candidato
obtiene el 50% + 1 del total de los votos válidos; por lo tanto se realiza una
segunda vuelta electoral en la que se restringe la participación a quienes
consiguieron el primero y segundo lugar en la primera ronda, lo que
necesariamente genera que uno de los dos candidatos logre obtener el triunfo con
al menos el 51% de los votos y así pueda ocupar el escaño.
B) Elección por mayoría relativa a porcentaje mínimo.- Es una variante del
sistema de mayoría relativa en la cual lo que se hace es fijar un comprobado
número de votos para obtener el escaño por ejemplo 45% del total de votos
válidos emitidos para acceder a la presidencia o bien establecer un porcentaje de
diferencia entre el primero y segundo lugar para obtener el triunfo, por ejemplo,
que un candidato tenga una diferencia de 10% sobre su contrincante siempre y
cuando se logre un mínimo de 40% o más del total de votos. Con este mecanismo
se pretende que quien acceda a un cargo de elección popular no lo haga con una
mínima cantidad de votos.
C) Voto alternativo o preferencial.- En este el elector elige al candidato que más le
guste como primera opción y a continuación, señala un orden de prioridad entre
los demás candidatos presentados, gana el que obtiene el mayor número de votos
de las primeras preferencias expresadas. "Los electores ordenan del 1 al 3, cuál
es el candidato que consideran como su primera opción, cuál como su segunda y
cuál como su tercera. Al candidato que obtiene mayoría absoluta le es asignado
un escaño, en caso contrario, el candidato que obtiene el número más bajo de
primeras preferencias es eliminado y las segundas opciones le son asignadas a
los demás candidatos. Este procedimiento se repite hasta que uno de los
candidatos obtiene la totalidad de los votos", (Huber, pág. 142)
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Entre los efectos principales del sistema electoral de mayoría podemos establecer
los siguientes:
1. Tiende a distorsionar la relación entre votos obtenidos y escaños ganados,
la representación no es fiel a los votos, lo que en muchas ocasiones
genera sobrerrepresentación, lo que significa que el porcentaje de los
cargos de elección popular de que dispone un cuerpo legislativo es
superior al porcentaje de votos que obtuvo.
2. Al generar mayorías los partidos pequeños no logran obtener
representación aunque hayan obtenido una buena cantidad de votos.
3. Cuando solo un partido ocupa la mayoría de escaños en un órgano de
representación, aquellos electores que votaron por otra corriente política no
se verán reflejados en dicho órgano lo que puede producir la apatía política
que trae como consecuencia el abstencionismo electoral para la próxima
elección.
4. Genera gobiernos estables a través de la formación de mayorías partidistas.
5. "Fomenta la concentración de partidos apuntando hacia un sistema
bipartidista". (Nohlen, pág. 124.) por lo cual la elección suele disputarse
entre los dos partidos más fuertes.
6. Impide la proliferación de partidos políticos, más bien tiende a su
integración, por ejemplo al formar coaliciones para lograr acuerdos con el
objeto de constituir mayorías, estables cuya influencia se puede percibir a
la hora de gobernar.
7. Su claridad y sencillez tanto en la elección como en la asignación de
lugares lo hace perfectamente comprensible para los electores.
Sistema de representación proporcional
Es aquél sistema cuyo objetivo principal es hacer que los escaños ganados por un
partido político correspondan lo más fielmente posible a los votos obtenidos en
forma real, "la idea clave de este principio de representación es reflejar, con la
mayor exactitud posible, las fuerzas sociales y grupos políticos en la población. La
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cantidad de votos y de escaños de los partidos debe corresponderse de modo
aproximado una con otra". (Nohlen, pág. 100)
El sistema de representación proporcional funciona de la siguiente manera; los
ciudadanos tienen la posibilidad de ejercer su voto mediante listas que pueden ser
"cerradas" o abiertas", como explicamos anteriormente por listas cerradas se
entiende a aquellas listas en la que se presenta en un orden previamente
establecido los nombres de los candidatos a obtener un escaño, en este caso los
lugares se van determinando conforme al orden "en que aparecen en la lista los
candidatos registrados, de manera que si el partido político sólo alcanza la
proporción de votos necesaria para recibir cuatro lugares, éstos corresponderán a
los cuatro primeros candidatos de la lista correspondiente". (Covián, pág. 133) En
cada elección estas listas generan gran polémica y en muchas ocasiones
desacuerdo, principalmente al interior de los partidos políticos debido a los
criterios que se imponen para establecer el orden de aparición de los candidatos
ya que todos desearían estar en los primeros lugares y así obtener el tan ansiado
puesto. En la lista abierta los ciudadanos tienen la posibilidad de manipular el
orden de los candidatos que le son propuestos, o bien mezclar a candidatos de
diferentes listas y de partidos distintos.
Existe también lo que se llama el voto único transferible señalado por el Dr. Covián
como "una variante de la representación proporcional relativa a la forma de
elección y que consiste en que la acumulación de votos obtenidos por cada lista
de representación proporcional, como primera, segunda, tercera o cuarta
alternativa, representará el porcentaje total acumulado a favor de cada partido
político, el cual será la base para realizar el reparto de lugares, conforme al
mecanismo de asignación que se haya establecido". (Covián, 54)
En cuanto al reparto de escaños existen fórmulas matemáticas muy complejas
(como son: el procedimiento del divisor, procedimiento del cociente electoral,
procedimiento de escaños restantes, etc.) con las cuales se pretende obtener la
mayor precisión posible en la distribución de lugares. Este es, a grandes rasgos el
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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modo de operar de dicho sistema de representación proporcional y cabe aclarar
que se emplea solamente para elecciones en órganos de carácter pluripersonal.
De acuerdo con la presente investigación el objeto básico de la representación
proporcional es hacer que los lugares que ocupan los integrantes de un órgano
político realmente hayan sido merecidos por estos, según el número de votos que
obtuvieron; sin embargo existen barreras que pueden limitar dicha
proporcionalidad, por ejemplo: cuando se limita la cantidad de candidatos en las
listas que participan en fórmulas electorales en la elección de representación
proporcional o cuando se establece un porcentaje mínimo de votos para que un
partido pueda tener representación en el órgano legislativo. Por lo que el Dr. Dieter
Nohlen de acuerdo con el mayor o menor grado que se tenga de proporcionalidad
elabora una clasificación de subsistemas de representación proporcional que son
los siguientes:
a) Representación proporcional pura.- Será aquella que tiene como propósito una
proporcionalidad lo más exacta posible, no existen ni barreras naturales ni legales,
como pueden ser los umbrales mínimos o el tamaño de las circunscripciones
electorales que repercutan en los resultados.
b) Representación proporcional imperfecta.- Se aplica una barrera natural que
tienen como objetivo dificultar el acceso a los escaños parlamentarios por ejemplo,
mediante la división de las circunscripciones electorales en un tamaño muy
pequeño con lo que se impide un equilibrio entre votos y escaños ganados.
c) Representación proporcional con barrera legal.- En la que se dificulta el acceso
a los escaños mediante barreras de tipo legal, por ejemplo al limitarse el número
de partidos con posibilidad de acceder a una representación parlamentaria lo que
trae como consecuencia que los votantes modifiquen su decisión y voten solo por
aquellos candidatos que tengan posibilidad de rebasar la barrera legal impuesta,
una vez hecho lo anterior los lugares se reparten proporcionalmente entre los
partidos que queden.
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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En relación a los efectos que se producen bajo este sistema podemos mencionar
los siguientes:
I) Todos los votos cuentan e influyen en la composición del órgano de
representación popular, por lo tanto podemos ver que incluso partidos
pequeños logran hacerse de un lugar.
II) Refleja la diversidad social, ideológica y por supuesto política de la nación
es decir se manifiesta un pluralismo democrático.
III) Evita la creación de mayorías artificiales y con ello el monopolio de un
partido.
IV) Debido a la variedad de fórmulas matemáticas que hay para el reparto,
resulta ser un sistema complejo y difícil de comprender para los
ciudadanos.
V) Hay desventaja en cuanto a la creación y honestidad de las listas ya que
estas dependen de una élite al interior de cada partido político quienes
manipulan a su antojo y beneficio el orden de los candidatos postulados,
poniendo a sus favoritos a la cabeza y condenando a sus rivales en una
posición desfavorable.
VI) Como hemos visto las barreras hábilmente utilizadas pueden crear un
efecto totalmente contrario al pretendido por este sistema que es el
equilibrio pues estas limitaciones influyen decisivamente a la hora de la
elección.
Sistema mixto
Actualmente es difícil encontrar un país en el que impere un sistema electoral
puramente mayoritario o bien proporcional, hoy en día se tiende a combinar estos
sistemas de formas diversas para dar como resultado un sistema electoral mixto
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en el cual puede sobresalir la dominación del sistema mayoritario, del proporcional
o bien pretender un equilibrio entre ambos.
1.4. Sistema Electoral Mexicano
En México contamos con un sistema electoral mixto, pues combinamos ambas
fórmulas: la de mayoría relativa para elegir a los titulares de los poderes ejecutivo
federal y locales; en el caso de elección de diputados federales y locales,
utilizamos tanto mayoría relativa como representación proporcional y finalmente
en lo que incumbe al senado se integra a través de fórmula de mayoría, primera
minoría y representación proporcional.
1.5. Breve Evolución
Cámara de Diputados
En el México del siglo XIX predominaron las elecciones de forma indirecta, idea
apoyada en que el pueblo no estaba lo suficientemente preparado e instruido para
poder llevar a cabo dicha tarea, es hasta el siglo XXI en donde los ciudadanos
hombres y posteriormente las mujeres (ya que para el sexo femenino es hasta
1953 que se reconoce el derecho al voto) comenzaron a tener una presencia
fundamental en las mismas a través del voto directo.
A continuación abordaremos las principales reformas que en materia electoral ha
tenido nuestra constitución, con el objetivo principal de poder entender el sistema
electoral mexicano. Tomaremos como punto de partida el año de 1917 en razón
de que este es el año en el que se promulga la norma suprema que nos rige hasta
hoy en día.
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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De 1917 a 1963 la elección de diputados se realizaba conforme al sistema de
mayoría relativa ya para esta época la elección de Diputados, Senadores y
Presidente se realiza mediante voto directo, poco a poco se va configurando un
sistema de partido hegemónico y aunque sí existe oposición real, el sistema
electoral basado en la negociación de los cargos de elección evita un
posicionamiento fuerte realmente influyente dentro del sistema político.
Reforma de 1963 implementación de los Diputados de partido.- En este año se
modifican el Art. 54 y 63 constitucional, en la exhibición de motivos se discute
sobre la necesidad de darle mayor representación política a las minorías pues
generalmente era el partido único quien lograba prevalecer en el Congreso. Para
lograrlo se implementó lo que se denominó diputados de partido, al respecto en
opinión de Manuel Barlett el motivo fue "la imperiosa necesidad de conservar la
vieja tradición mexicana del sistema de mayorías, por una parte; y por la otra, ante
la urgencia de dar legítimo cauce a la expresión de los Partidos Políticos
minoritarios". (Barlett, 2004. pág. 888.)
Bajo el nuevo sistema se continuaría eligiendo diputados a través del sistema de
mayoría relativa pero también mediante representación minoritaria, por esta
particularidad se asignarían diputados de partido, el mecanismo era el siguiente:
Un partido podría obtenerlos siempre y cuando reuniera como mínimo el 2.5% del
total de la votación nacional a su favor, esto le daba derecho a la asignación de 5
diputados y por cada 0.1% adicional 1 diputado más, con posibilidad de tener 20
como máximo.
Si un partido obtenía más de 20 diputados por el principio de mayoría no tenía
derecho a diputados de partido, si por el contrario no rebasaba dicho límite el
partido tenía derecho a estos hasta completar sus 20 diputados de partido. Al
respecto el autor Rodolfo Uribe Iniesta expresa lo siguiente: "Tan dirigida era la
reforma que en varias ocasiones, ni el PPS ni el PARM lograron la votación
suficiente para obtener diputados, pero la mayoría priísta se los concedió
invocando el espíritu de la Cámara". (Uribe, 2006. pág. 33)
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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Es indiscutible que hay una apertura al sistema de partidos, a nuevas fuerzas
políticas sin embargo esta se da desde la representación de partido único, desde
nuestro punto de vista el objetivo primordial no necesariamente fue el pluralismo
político sino más bien dar la imagen de un PRI diferente, políticamente abierto a
nuevas expresiones, no un partido cerrado, conservador, autoritario, único y sin
ningún tipo de competencia. Por el bien del partido había que abrir espacio a las
nuevas corrientes, por su puesto de manera bien controlada sin que esto fuera un
obstáculo para lograr alcanzar la mayoría absoluta en el Congreso garantizando
cómodamente el triunfo del partido en el poder.
Reforma de 1972.- Para las elecciones de 1970 sucedió que ningún partido obtuvo
el umbral de votación exigida para poder hacerse acreedor a diputados de partido,
aun así y pasando por alto dicho requisito, diversos partidos tuvieron acceso al
reparto. Debido a ello se reforma el Art. 54 Constitucional fracciones I, II y III,
reduciendo de 2.5 a 1.5 el porcentaje de votación exigido para entrar al reparto de
diputados, las reglas fueron similares a las de la reforma del 63.
Junto con esta reforma también se cambia el Art. 52 de la Constitución cuyo
contenido consistió en adecuar la división distrital conforme al último censo de
población, por lo que se crean 16 distritos electorales más de los 178 ya existentes
lo que dio un total de 194 distritos electorales, esto a su vez trajo consigo un
aumento en el número de diputados a elegir por el principio de representación
minoritaria las razones de esta modificación quedaron plasmadas en la iniciativa
presentada tal y como se cita a continuación : "De acuerdo con las reformas que
se proponen al artículo 52 constitucional, se calcula que se incrementarán en 16
los distritos electorales, lo que equivale a menos del 10%, ya que actualmente
existen 178. Este aumento alterará la relación establecida originalmente entre
diputados de mayoría y de minoría. Por lo tanto, corresponde mantener la
proporcionalidad, y se plantea también la modificación del tope máximo de 20 a 25
diputados de partido que los partidos políticos minoritarios puedan acreditar".
(Bartlett, pág. 917)
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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La reforma contenía otros aspectos tales como, la modificación del artículo 55
fracción II y 58 con las que disminuyó la edad permitida para acceder a la Cámara
de Diputados de 25 a 21 años y para Senadores de 35 a 30 años.
Recordemos que previo a estas reformas tuvo lugar el movimiento estudiantil de
1968 donde el país atravesaba por una grave crisis política, no había confianza en
las instituciones, había descontento social y consecuentemente una apatía política
tanto de la oposición como de participación ciudadana que en nuestra opinión
fueron factores que influyeron en el hecho de que ningún partido político obtuviera
votos suficientes para acceder al reparto de los llamados diputados de partido por
lo que es necesario bajar el porcentaje de 2.5 a 1.5 para obtener los escaños. En
esta época la juventud tiene una participación política muy activa surgen líderes
políticos muy jóvenes lo cual también se ve reflejado en la reforma que disminuyó
la edad para acceder a la Cámara de Diputados.
Reforma de 1977.- Dieter Nohlen al analizar el sistema electoral mexicano afirma
que es a partir de esta reforma que se introduce lo que él llama un "sistema
electoral segmentado" al establecer un sistema mayoritario y otro proporcional, la
reforma es bastante amplia pues abarcó diversos aspectos electorales entre ellos
los siguientes:
I) Respecto a los partidos políticos. Se adicionaron cinco párrafos al Art. 41, se
establece la definición de partidos políticos, se plantea la necesidad de
brindar a los partidos el acceso permanente a los medios de comunicación y
no sólo en periodos electorales, se establece su naturaleza jurídica como
entidades de interés público, su derecho a participar en elecciones estatales
y municipales.
II) Mecanismos para la integración del colegio electoral, órgano que era el
encargado de calificar las elecciones, dicha integración se realizaría con 60
diputados de mayoría y 40 de circunscripciones plurinominales.
III) Establecimiento del recurso de reclamación ante la Suprema Corte de
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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Justicia de la Nación para impugnar las resoluciones del Colegio Electoral de
la Cámara de Diputados.
IV) Establecimiento de diputados de minoría en las legislaturas locales y el
principio de representación proporcional en la elección de ayuntamientos en
municipios de 300,000 o más habitantes.
V) La incorporación del principio de representación proporcional.
En 1977 se instituye un sistema electoral mixto con dominante mayoritario y se
incorpora el principio de representación proporcional, siendo eliminados los
diputados de partido. Con lo que el Congreso se integraría con 300 diputados
electos en el mismo número de distritos uninominales a través del principio de
mayoría simple, y hasta 100 diputados por el principio de representación
proporcional, votados en listas regionales en 5 circunscripciones plurinominales,
bajo los siguientes requisitos:
a) "Todos los partidos políticos nacionales tendrían derecho de solicitar el
registro de sus listas de candidatos en el número que corresponda a cada
una de las circunscripciones plurinominales, siempre que acreditaran que
participaban al mismo tiempo, con candidatos en por lo menos 100 de los
distritos uninominales.
b) Solo tenían derecho a participar en la distribución proporcional de las listas
regionales los partidos políticos que, habiendo logrado menos de sesenta
diputados de mayoría simple, hayan obtenido 1.5% o más del total de la
votación emitida en todas las circunscripciones plurinominales.
c) Los partidos que cumplieran con estos supuestos tendrían derecho a que
les fueran asignados el número de diputados de su lista regional que
correspondieran al porcentaje de votos obtenidos en la circunscripción
respectiva. Para la asignación se seguiría el orden que tuviesen los
candidatos en la lista.
d) Finalmente cuando dos o más partidos tuvieran derecho a que se les
asignara diputados mediante el principio de representación proporcional y
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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obtuvieran 90 o más constancias de mayoría, sólo sería objeto de reparto
por el sistema de listas regionales el 50% de las mismas". (Bartlett, pág.
956 y 957)
La lucha electoral se da principalmente entre partidos pequeños que son los que
tratan de librar las barreras legales impuestas para acceder a las curules a través
del sistema proporcional, lo que se tradujo en una representación de más del 25%
de los total de los escaños en el Congreso y aunque el PRI se sigue manteniendo
como ganador indiscutible sin duda hay un avance significativo, "pues al incorporar
nuevos partidos y aumentar la representación proporcional en todos los niveles de
gobierno dinamizó al régimen" (Uribe, pág. 33)
Reforma de 1986.- Se incrementan de 100 a 200 los diputados a elegir por el
principio de representación proporcional, el argumento fuerte de esta reforma fue
lograr un acercamiento más equilibrado en la representatividad en la Cámara de
diputados, lo que favorecería a los partidos minoritarios, las reglas para dicha
asignación eran las siguientes:
1. "Tendrían derecho a obtener diputaciones de representación proporcional,
todo partido político que lograra por lo menos el 1.5% del total de la
votación emitida para las listas regionales de las circunscripciones, siempre
que no hubiesen obtenido el 51% o más de la votación nacional efectiva, y
que su número de constancias de mayoría relativa no representara un
porcentaje del total de la cámara que superara o igualara su porcentaje de
votos, o bien que habiendo obtenido menos del 51% del total de la votación
nacional efectiva, sus constancias de mayoría relativa no fueran igual o
mayor a la mitad más uno de los miembros de la cámara.
2. Aquellos partidos que cumplieran con estos requisitos les serían asignados
el número de diputados de su lista regional que correspondía al porcentaje
de votos obtenidos en cada circunscripción plurinominal.
3. Si algún partido obtenía el 51% o más de la votación nacional y su número
de constancias de mayoría relativa representaba un porcentaje inferior a
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sus votos obtenidos, se le asignarían diputados hasta que la suma de los
mismos, obtenidos por ambos principios representara el mismo porcentaje
de votos.
4. Ningún partido tenía derecho a que le fueran reconocidos más de 350
diputados, que representaban el 70% de la integración de toda la cámara,
aun cuando hubiese obtenido un porcentaje mayor de la votación nacional
efectiva.
5. Si ningún partido obtenía el 51% de la votación nacional efectiva y ninguno
alcanzaba, con sus constancias de mayoría relativa, la mitad más uno de
los miembros de la cámara, al partido con más constancias de mayoría le
serían asignados de representación proporcional, hasta alcanzar la mayoría
absoluta de la cámara.
6. En el supuesto anterior y en caso de empate en el número de constancias
la mayoría absoluta de la cámara era decidida a favor de aquel de los
partidos empatados que hubiesen alcanzado la mayor votación a nivel
nacional, en la elección de diputados por mayoría relativa." (Gemi, 2004.
pág. 39)
Con esta reforma se certifica nuevamente el acceso y la representación de las
corrientes minoritarias en el Congreso, pero también el legislador hace presente la
supuesta intención de dar eficacia y estabilidad al gobierno, lo cual en su opinión
sería posible a través de la famosa cláusula de gobernabilidad, para lograrlo se le
otorgarían las curules que fuesen necesarias a un partido hasta que tuviera la
mayoría necesaria para dar como resultado gobernabilidad en el ejercicio del
poder, no importando que los votos no correspondieran con los lugares asignados,
se sacrificaba la tan deseada proporcionalidad para garantizar la gobernabilidad.
En las reformas subsiguientes esta cláusula sería tema de debate.
Reforma de 1990.- Los antecedentes fueron determinantes al proponer esta
reforma. En 1988 se da una de las elecciones más polémicas de México al
declararse el triunfo del candidato del PRI Carlos Salinas de Gortari, en ellas se
puso en entredicho la credibilidad de las instituciones electorales al manejarse la
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
LXIV
posibilidad de un fraude electoral. En esta elección el PRI ve considerablemente
disminuida su participación en la cámara baja al obtener el 52% del total de los
lugares, lo que significaba 260 legisladores, mientras que la oposición contaba con
240. Por lo que el PRI con el afán de no seguir perdiendo fuerza política vuelve a
negociar la famosa cuota de gobernabilidad. En este contexto se da la reforma de
1990 que abordó puntos de gran importancia como: la creación de un padrón
electoral, autoridades electorales confiables y el tema recurrente: la
representación política de la Cámara de Diputados. En esta reforma se establecen
nuevas reglas para la asignación de diputados. Si ningún partido obtenía el 35%
del total de la votación nacional cada partido tenía derecho a la asignación de
diputados por el principio de representación proporcional hasta que se lograra
equilibrar votos con lugares obtenidos. Por el contrario cuando logrará más del
35% el partido era acreedor a los escaños que le hicieran falta con el objetivo de
conseguir la mayoría absoluta, aunado a esto tenía derecho a 2 diputados por
cada punto porcentual que sobrepasara el 35% y hasta antes del 60% lo que se
traduce en una clara sobrerrepresentación.
Si un partido obtenía 60 o 70% del total de la votación pero dichos votos no se
veían manifestados en los lugares asignados, tenía derecho a recibir el número de
diputados de representación proporcional necesarios para lograr proporcionalidad
entre votos y escaños. También se regulaba el supuesto en el que un partido
obtenía más del 70% es decir 350 lugares cifra que no podía ser rebasada aunque
por derecho le correspondiera.
Reforma de 1993.- Los principales temas a discutir en esta reforma fueron la
equidad y transparencia de la contienda electoral para todos los partidos políticos.
En cuanto a la representación política lo más sobresaliente fue la eliminación de la
cláusula de gobernabilidad pues ya no se elegirían diputados de representación
proporcional en base a los lugares ganados por mayoría relativa, sino en base a la
votación nacional efectiva "otorgándose un número determinado de diputados por
cada una de las listas regionales, en proporción directa con las respectivas
votaciones nacionales, asignadas con el criterio de estricta correlación entre
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
LXV
porcentaje de votación y porcentaje de curules de representación proporcional".
(Gemi, pág. 54) En cuanto al límite máximo de diputados que podía tener un
partido político por ambos principios es decir mayoría relativa y representación
proporcional en la Cámara, se establecieron los siguientes supuestos: aquel
partido que consiguiera el 63% no podía tener más de 315, si no lograba más del
60% solo tenía derecho a 300.
Finalmente en 1996 se da la última reforma en materia de representación política
en la cual el tema de la "proporcionalidad", será de los más relevantes. La reforma
fija en 300, el máximo de diputados que podía tener un partido en la Cámara,
además; se pone límite a la sobrerrepresentación siendo esta de un 8% (40
escaños) ya sea por el principio de mayoría relativa o bien por el de
representación proporcional. Con este cambio se pusieron condiciones más
rígidas para que un partido gane la mayoría en la Cámara de Diputados ya que
necesitaba además de ganar un mínimo de 167 de los 300 distritos uninominales,
obtener el 42.2% de la votación nacional.
Si bien las reformas se han encaminado a la representación política, a partir de
1993 a 1996 se dieron otras enfocadas a la "ciudadanización" en la conformación
de las Instituciones Electorales con el objeto de suprimir la presencia del gobierno
y reducir la de los partidos en el órgano electoral y así conseguir una mayor
credibilidad, esto nos parece muy acertado pues si atendemos al principio de que
la democracia es el gobierno de los ciudadanos y para los ciudadanos no debe
estar dirigida por una élite sino por la sociedad pues es finalmente ella la
destinataria de las decisiones, durante dicho periodo el órgano de dirección del
Instituto Federal Electoral se encontraba representado por partidos políticos con la
dirección del Secretario de Gobernación, en 1990 se introduce la figura de los
Consejeros Magistrados que en 1994 serían Consejeros Ciudadanos y en 1996 se
aparta al Secretario de Gobernación del Consejo General del IFE, para
conformarse un Consejo Directivo, dirigido por ciudadanos propuestos por el
consenso de los partidos políticos, así pues Becerra, Salazar y Woldemberg
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
LXVI
citados por el autor Uribe Iniesta resumen los puntos principales de ésta nueva
organización:
1. "El órgano electoral debe procurar el máximo equilibrio político de modo tal
que sus decisiones sean expresión de acuerdos y pactos entre posiciones
distintas.
2. Un menor peso de los partidos políticos para una mayor neutralidad política
de sus decisiones; sin embargo, en el mediano plazo su presencia sigue
siendo necesaria por que ejercen una profunda tarea supervisora y
fiscalizadora de todos los eslabones de la organización electoral.
3. Como resultado debe procurarse el peso fundamental del arbitraje recaiga
en figuras no partidistas, pero que gocen de la confianza de las
organizaciones políticas con representación en el Congreso de la Unión."
(Gemi, pág. 39)
Posteriormente para las elecciones del 2006 recordemos que se da una contienda
que ya se pronosticaba difícil y bastante cerrada, esto lo vemos reflejado en los
resultados electorales el candidato del PAN hoy Presidente constitucional Felipe
Calderón obtuvo el 35.89% de los votos mientras que su opositor Andrés Manuel
López Obrador el 35.31%; el cual negándose a aceptar los resultados por no serle
favorables emprendió toda una campaña de descalificación hacia las instituciones
y autoridades electorales que inevitablemente influyeron a la opinión pública
provocando la falta de credibilidad en ellas. En este contexto se da la más reciente
reforma electoral de 2007-2008 la cual resulta bastante amplia y en su momento
fue muy debatida pues tocó temas que afectaron los intereses de determinados
sectores entre ellos el de la radio y la televisión pero que sin lugar a dudas tuvo
grandes aciertos, brevemente señalaremos los puntos principales.
1. Organización y funcionamiento de los partidos políticos.
• Procuración de la paridad de género en la integración de los órganos de
dirección y en la postulación de candidatos a cargos de elección popular,
aumentando la cuota de 30% al 40% para mujeres.
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
LXVII
• Se garantiza el derecho de acceso público a la información financiera de los
partidos en cualquiera de sus órganos en los últimos cinco años.
2. Financiamiento y fiscalización de los partidos, las campañas y
precampañas.
• Reducción del volumen del financiamiento público. Ahora el cálculo se hace
sobre el número de empadronados por el 75% del salario mínimo vigente en la
capital del país, y no por el número de partidos legalmente registrados.
• Fortalecimiento del sistema de fiscalización. La autoridad electoral encargada
de fiscalizar los recursos de los partidos, el IFE, no estará limitada en el
desempeño de sus atribuciones por los secretos bancario, fiscal o fiduciario.
Además, se abre un amplio capítulo en materia de informes y transparencia en el
manejo de los recursos de los partidos.
3. Reglas para la competencia electoral y condiciones de equidad.
• Regulación de las precampañas intra e interpartidista en lo que concierne a los
procesos internos para la selección de candidatos a cargos de elección popular.
No pueden durar más de 60 días, y cuando la elección es sólo para diputados, no
más de 40 días.
• Reducción de los periodos de campaña. Para elecciones generales, la duración
será de 90 días, pues con anterioridad superaban los 160. Cuando haya una
elección sólo para diputados las campañas tendrán una duración de 60 días.
• Prohibición de contratar o adquirir tiempos en radio y televisión para transmitir
propaganda con fines electorales.
• Suspensión de propaganda gubernamental durante los periodos de campaña.
4. Organización y atribuciones del IFE.
• Autoridad única para administrar el tiempo del Estado en radio y televisión para
fines electorales.
• Comprende también la administración y distribución de tiempos para
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
LXVIII
elecciones locales y el que requieran las autoridades electorales de las 32
entidades federativas del país.
• Potencialmente participar en la organización u coorganización de las
elecciones de las 32 entidades federativas y de los más de 2400 municipios que
tiene el país. Esto se hará a petición de las partes.
• Se amplía el poder de sanción del IFE. Ahora la ley específica y amplía el
número de sujetos de responsabilidad por infracciones cometidas a las
disposiciones electorales, es decir, no sólo partidos y candidatos sino también
aspirantes, precandidatos, ciudadanos y cualquier otra persona física o moral,
autoridades o servidores públicos y concesionarios de radio y televisión.
Asimismo, la ley enlista el tipo de infracciones en que puede incurrir cada uno de
ellos y el tipo de sanciones que resultan aplicables en cada caso.
Después de analizar brevemente las reformas electorales distinguiremos como es
que la Constitución Mexicana y el Código Federal de Instituciones y
Procedimientos Electorales regulan la integración de la Cámara de Diputados hoy
en día.
Constitución
Artículo 51. La Cámara de Diputados se compondrá de representantes de la
Nación, electos en su totalidad cada tres años. Por cada diputado propietario se
elegirá un suplente. (Reformado mediante decreto publicado en el Diario Oficial de
la Federación el 6 de diciembre de 1977. Modificado por la reimpresión de la
Constitución, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 6 de octubre de
1986)
Artículo 52. La Cámara de Diputados estará integrada por 300 diputados electos
según el principio de votación mayoritaria relativa, mediante el sistema de distritos
electorales uninominales, y 200 diputados que serán electos según el principio de
representación proporcional, mediante el Sistema de Listas Regionales, votadas
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
LXIX
en circunscripciones plurinominales. (Reformado mediante decreto publicado en el
Diario Oficial de la Federación el 15 de diciembre de 1986)
COFIPE
Artículo 10.- El Poder Legislativo de los Estados Unidos Mexicanos se deposita
en un Congreso General, que se dividirá en dos Cámaras, una de Diputados y otra
de Senadores.
Artículo 11.
1.La Cámara de Diputados se integra por 300 diputados electos según el principio
de votación mayoritaria relativa, mediante el sistema de distritos electorales
uninominales, y 200 diputados que serán electos según el principio de
representación proporcional, mediante el sistema de listas regionales votadas en
circunscripciones plurinominales. La Cámara de Diputados se renovará en su
totalidad cada tres años.
Constitución
Artículo 53. La demarcación territorial de los 300 distritos electorales
uninominales será la que resulte de dividir la población total del país entre los
distritos señalados. La distribución de los distritos electorales uninominales entre
las entidades federativas se hará teniendo en cuenta el último censo general de
población, sin que en ningún caso la representación de un Estado pueda ser
menor de dos diputados de mayoría. (Reformado mediante decreto publicado en
el Diario Oficial de la Federación el 6 de diciembre de 1977)
Para la elección de los 200 diputados según el principio de representación
proporcional y el Sistema de Listas Regionales, se formarán cinco
circunscripciones electorales plurinominales en el país. La Ley determinará la
forma de establecer la demarcación territorial de éstas circunscripciones.
(Reformado mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15
de diciembre de 1986)
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
LXX
Artículo 54. La elección de los 200 diputados según el principio de representación
proporcional y el sistema de asignación por listas regionales, se sujetará a las
siguientes bases y a lo que disponga la ley: (Reformado mediante decreto
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 03 de septiembre de 1993)
I. Un partido político, para obtener el registro de sus listas regionales, deberá
acreditar que participa con candidatos a diputados por mayoría relativa en
por lo menos doscientos distritos uninominales; (Reformado mediante
decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 06 de abril de
1990)
II. Todo partido político que alcance por lo menos el dos por ciento del total de
la votación emitida para las listas regionales de las circunscripciones
plurinominales, tendrá derecho a que le sean atribuidos diputados según el
principio de representación proporcional; (Reformado mediante decreto
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de agosto de 1996)
III.Al partido político que cumpla con las dos bases anteriores, independiente y
adicionalmente a las constancias de mayoría relativa que hubiesen obtenido sus
candidatos, le serán asignados por el principio de representación proporcional, de
acuerdo con su votación nacional emitida, el número de diputados de su lista
regional que le corresponda en cada circunscripción plurinominal. En la asignación
se seguirá el orden que tuviesen los candidatos en las listas correspondientes.
(Reformado mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22
de agosto de 1996)
IV.Ningún partido político podrá contar con más de 300 diputados por ambos
principios. (Reformado mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la
Federación el 22 de agosto de 1996)
V.En ningún caso, un partido político podrá contar con un número de diputados
por ambos principios que representen un porcentaje del total de la Cámara que
exceda en ocho puntos a su porcentaje de votación nacional emitida. Esta base no
se aplicará al partido político que, por sus triunfos en distritos uninominales,
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
LXXI
obtenga un porcentaje del total de la Cámara, superior a la suma del porcentaje
de su votación nacional emitida más el ocho por ciento; y (Reformado mediante
decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de agosto de 1996)
VI.En los términos de lo establecido en las fracciones III, IV y V anteriores, las
diputaciones de representación proporcional que resten después de asignar las
que correspondan al partido político que se halle en los supuestos de las
fracciones IV o V, se adjudicarán a los demás partidos políticos con derecho a ello
en cada una de las circunscripciones plurinominales, en proporción directa con las
respectivas votaciones nacionales efectivas de estos últimos. La ley desarrollará
las reglas y fórmulas para estos efectos. (Reformado mediante decreto publicado
en el Diario Oficial de la Federación el 22 de agosto de 1996)
COFIPE
Artículo 12
1.Para los efectos de la aplicación de la fracción II del artículo 54 de la
Constitución, se entiende por votación total emitida la suma de todos los votos
depositados en las urnas.
2.En la aplicación de la fracción III del artículo 54 de la Constitución, para la
asignación de diputados de representación proporcional, se entenderá como
votación nacional emitida la que resulte de deducir de la votación total emitida, los
votos a favor de los partidos políticos que no hayan obtenido el dos por ciento y
los votos nulos.
3.Ningún partido político podrá contar con más de trescientos diputados por
ambos principios. En ningún caso, un partido político podrá contar con un número
de diputados por ambos principios que representen un porcentaje del total de la
Cámara que exceda en ocho puntos a su porcentaje de votación nacional emitida.
Esta base no se aplicará al partido político que, por sus triunfos en distritos
uninominales, obtenga un porcentaje de curules del total de la Cámara, superior a
la suma del porcentaje de su votación nacional emitida más el ocho por ciento.
Artículo 13
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
LXXII
1. Para la asignación de diputados de representación proporcional conforme
a lo dispuesto en la fracción III del artículo 54 de la Constitución, se
procederá a la aplicación de una fórmula de proporcionalidad pura,
integrada por los siguientes elementos:
a)Cociente natural; y
b)Resto mayor.
2. Cociente natural: es el resultado de dividir la votación nacional emitida
entre los doscientos diputados de representación proporcional.
3. Resto mayor de votos: es el remanente más alto entre los restos de las
votaciones de cada partido político, una vez hecha la distribución de
cumies mediante el cociente natural. El resto mayor se utilizará cuando
aún hubiese diputaciones por distribuir.
Artículo 14
1. Una vez desarrollada la fórmula prevista en el artículo anterior, se observará
el procedimiento siguiente:
a)se determinarán los diputados que se le asignarían a cada partido político,
conforme al número de veces que contenga su votación el cociente natural; y
b)Los que se distribuirían por resto mayor si después de aplicarse el cociente
natural quedaren diputaciones por repartir, siguiendo el orden decreciente de los
votos no utilizados para cada uno de los partidos políticos en la asignación de
cumies.
2. Se determinará si es el caso de aplicar a algún partido político el o los límites
establecidos en las fracciones IV y V del artículo 54 de la Constitución, para
lo cual al partido político cuyo número de diputados por ambos principios
exceda de trescientos, o su porcentaje de cumies del total de la Cámara
exceda en ocho puntos a su porcentaje de votación nacional emitida, le
serán deducidos el número de diputados de representación proporcional
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
LXXIII
hasta ajustarse a los límites establecidos, asignándose las diputaciones
excedentes a los demás partidos políticos que no se ubiquen en estos
supuestos.
3. Una vez deducido el número de diputados de representación proporcional
excedentes, al partido político que se haya ubicado en alguno de los
supuestos del párrafo 2 anterior se le asignarán las cumies que les
correspondan en cada circunscripción, en los siguientes términos:
a)Se obtendrá el cociente de distribución, el cual resulta de dividir el total de votos
del partido político que se halle en este supuesto, entre las diputaciones a
asignarse al propio partido;
b)Los votos obtenidos por el partido político en cada una de las circunscripciones
se dividirán entre el cociente de distribución, asignando conforme a números
enteros las cumies para cada una de ellas; y
c)Si aún quedaren diputados por asignar se utilizará el método del resto mayor,
previsto en el artículo anterior.
Artículo 15
1. Para la asignación de diputados de representación proporcional en el
caso de que se diere el supuesto previsto por la fracción VI del artículo
54 de la Constitución, se procederá como sigue:
a) Una vez realizada la distribución a que se refiere el artículo anterior, se
procederá a asignar el resto de los curules a los demás partidos políticos
con derecho a ello, en los términos siguientes:
I. Se obtendrá la votación nacional efectiva. Para ello se deducirán de la votación
nacional emitida los votos del o los partidos políticos a los que se les hubiese
aplicado alguno de los límites establecidos en las fracciones IV o V del artículo 54
de la Constitución;
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
LXXIV
II. La votación nacional efectiva se dividirá entre el número de cumies por asignar,
a fin de obtener un nuevo cociente natural;
III. La votación nacional efectiva obtenida por cada partido se dividirá entre el
nuevo cociente natural. El resultado en números enteros será el total de diputados
que asignar a cada partido; y
IV. Si aún quedaren cumies por distribuir se asignarán de conformidad con los
restos mayores de los partidos.
2. Para asignar los diputados que les correspondan a cada partido político, por
circunscripción plurinominal, se procederá como sigue:
a) se obtendrá la votación efectiva por circunscripción, que será la que
resulte de deducir la votación del o los partidos políticos que se ubiquen
en los supuestos previstos en las fracciones IV y V del artículo 54
constitucional, en cada una de las circunscripciones;
b) la votación efectiva por circunscripción se dividirá entre el número de
cumies pendientes de asignar en cada circunscripción plurinominal, para
obtener el cociente de distribución en cada una de ellas;
c) la votación efectiva de cada partido político en cada una de las
circunscripciones plurinominales se dividirá entre el cociente de
distribución siendo el resultado en números enteros el total de diputados
por asignar en cada circunscripción plurinominal; y
d) Si después de aplicarse el cociente de distribución quedaren diputados
por distribuir a los partidos políticos, se utilizará el resto mayor de votos
que cada partido político tuviere en las circunscripciones, hasta agotar
las que le correspondan, en orden decreciente, a fin de que cada
circunscripción plurinominal cuente con cuarenta diputaciones.
Artículo 16
1. Determinada la asignación de diputados por partido político a que se
refieren los incisos a) y b) del párrafo 1 del artículo 14 de este Código y
para el caso de que ningún partido político se ubicara en los supuestos
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
LXXV
previstos en las fracciones IV y V del artículo 54 de la Constitución, se
procederá como sigue:
a)se dividirá la votación total de cada circunscripción, entre cuarenta, para obtener
el cociente de distribución;
b)la votación obtenida por partido político en cada una de las circunscripciones
plurinominales se dividirá entre el cociente de distribución, el resultado en
números enteros será el total de diputados que en cada circunscripción
plurinominal se le asignarán; y
c)Si después de aplicarse el cociente de distribución quedaren diputados por
distribuir a los partidos políticos, se utilizará el resto mayor de votos que cada
partido político tuviere, hasta agotar los que le correspondan, en orden
decreciente, a fin de que cada circunscripción plurinominal cuente con cuarenta
diputaciones.
Artículo 17
1. En todos los casos, para la asignación de los diputados por el principio de
representación proporcional se seguirá el orden que tuviesen los candidatos en las
listas regionales respectivas.
Los años anteriores a la pluralidad política de la que hoy podemos hablar, fueron
producto de diversos factores, entre ellos las mismas elecciones que antecedieron
a cada una de las reformas, fue un proceso lento en la que pasamos de un partido
hegemónico a una apertura política y a un sistema electoral más competitivo, sin
lugar a dudas la tendencia que había seguido nuestro sistema electoral fue
predominantemente mayoritario, no proporcional el objetivo evidente fue la
estabilidad y permanencia del PRI en el poder y aunque el proceso fue lento,
consideramos que también era inevitable pues elección tras elección la sociedad
cuestionaba esos triunfos tan contundentes habiendo diversidad de ideas políticas
que necesitaban verse realmente reflejadas en el Congreso, la verdadera
democracia exige competencia electoral y a su vez condiciones equitativas que la
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
LXXVI
hagan posible, autoridades electorales autónomas y procesos completamente
transparentes que permitan la plena confianza de los ciudadanos.
Cámara de Senadores
La institución del Senado la podemos encontrar de manera formal plasmada en la
Constitución Federal de 1824, inspirada en el modelo político presidencial de la
Constitución de Estados Unidos por la cual existía una división de poderes en el
que el legislativo se dividiría en dos: Cámara de Senadores y Diputados. Su
justificación, según diversos autores también está relacionada con el sistema
federal, que es una forma de descentralización política, por la cual en un Estado
existen diversas estructuras de poder con autoridad sobre áreas geográficas
determinadas y a su vez se crea un sistema de poder actuante sobre todo el
territorio nacional es decir cuenta con estructuras locales y una federal. De
acuerdo con esto el senado en sus orígenes tenía la función de representar los
intereses y necesidades de los Estados, por su parte los Diputados representarían
al pueblo.
A lo largo de la historia la institución del Senado ha estado conformada por un
número variado de integrantes, así por ejemplo: En 1824 se componía de 2 por
cada estado, electos por mayoría absoluta de votos por sus legislaturas y
renovados por mitad cada 2 años. Para 1836 con el arribo de Santa Anna al poder
se instituye nuevamente la idea centralista del poder, desaparecen los estados
para dar paso a lo que se les denominó Departamentos, los que a su vez se
dividieron en Distritos ambos sometidos al poder central, el senado se conformó
por 24 integrantes. En 1843 el Senado sigue presente en la vida política y está
compuesto por 63 personas, en el 47 regresa el sistema federal y se eligen 3 por
cada estado, en 1857 la figura del senado se suprime por considerarlo figura
elitista y un obstáculo para el ejercicio del poder ya que al existir 2 cámaras se le
restaba poder político al órgano legislativo. Para 1874 siendo Presidente Benito
Juárez se restaura nuevamente y se integra por dos Senadores por cada estado,
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
LXXVII
los cuales se eligen por mayoría absoluta y se renovarían por tercios cada dos
años.
La Constitución social y política de 1917 establece que se elegirán dos Senadores
por cada Estado y dos más por el Distrito Federal la duración en el cargo serían de
4 años renovándose la mitad cada 2 años. En 1933 la duración en el encargo se
modifica a 6 años al finalizar este periodo habría una renovación total del Senado.
Tuvo que pasar un largo periodo para que se presentara una reforma que
modificara a la Cámara Alta, es en 1986, siendo Presidente Miguel de la Madrid
cuando se dan diversos cambios en materia electoral que afectaran las filas del
Senado mediante la reforma del artículo 56, la cual proponía su renovación parcial
en un 50%, lo que significaba que en lugar de que fuera renovada en su totalidad
cada 6 años, sería la mitad cada 3 años, la exposición de motivos justifica el
cambio diciendo que con ello se aseguraba la continuidad de los trabajos
legislativos evitando con ello dejar inconcluso algún proyecto relevante, además
se actualizaban las demandas ciudadanas, en virtud de que la sociedad siendo
dinámica se enfrenta a nuevos problemas y presenta necesidades diversas
mismas que requieren ser atendidas, es decir "se reaviva el lazo del órgano y de
sus integrantes con el electorado, y al propio tiempo se actualiza y se nutre el
debate interno del Senado con planteamientos renovados, recogidos durante la
campaña electoral". (Peralta 1988. pág. 54.) En su integración se continuaban
eligiendo dos Senadores por cada Estado.
Una vez más en 1993, se dan cambios relativos a la renovación periódica del
Senado, pero además, es objeto de discusión la integración numérica del mismo,
las reformas se dan en el siguiente sentido:
En primer lugar, hay un aumento en el número de Senadores que va de 2 a 4
individuos por cada entidad federativa incluyendo el Distrito Federal de los cuales
2 se elegirían por el sistema de mayoría relativa, 1 por el de primera minoría y los
32 restantes por representación proporcional, de esta forma aumenta de 64 a 128
los integrantes de la cámara. El funcionamiento era el siguiente: "los partidos
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políticos debían presentar una lista de tres candidatos, el partido que reuniera el
mayor número de votos acreditaría a sus tres senadores postulados, y al partido
que obtuviese la primera minoría o el segundo lugar se le asignaría el primero de
su lista, mismo que integraría al senado por esta vía". (Altamirano, 2004. pág. 89.)
El objetivo principal de esta segunda modificación fue darle pluralidad al senado,
facilitando el ingreso de los partidos políticos minoritarios. En segundo lugar la
reforma establece el regreso de la renovación total del senado cada 6 años.
Para la reforma de 1996 el número de Senadores sigue siendo de 128, 2 serían
asignados según el principio de votación mayoritaria relativa, 1 asignado a la
primera minoría y los 32 senadores restantes mediante representación
proporcional a través de una lista nacional votada en una sola circunscripción
plurinominal, para poder acceder al reparto era necesario obtener un mínimo de
2% del total de la votación nacional emitida. La renovación del senado continua
siendo cada 6 años.
Hasta el día de hoy predomina esta forma de elección para el Senado. Al respecto
la Constitución y el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales
mencionan lo siguiente:
Constitución
Artículo 56. La Cámara de Senadores se integrará por ciento veintiocho
senadores, de los cuales, en cada Estado y en el Distrito Federal, dos serán
elegidos según el principio de votación mayoritaria relativa y uno será asignado a
la primera minoría. Para estos efectos, los partidos políticos deberán registrar una
lista con dos fórmulas de candidatos. La senaduría de primera minoría le será
asignada a la fórmula de candidatos que encabece la lista del partido político que,
por sí mismo, haya ocupado el segundo lugar en número de votos en la entidad de
que se trate. (Reformado mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la
Federación el 22 de agosto de 1996).
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Los treinta y dos senadores restantes serán elegidos según el principio de
representación proporcional, mediante el sistema de listas votadas en una sola
circunscripción plurinominal nacional. La ley establecerá las reglas y fórmulas para
estos efectos. (Reformado mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la
Federación el 22 de agosto de 1996)
La Cámara de Senadores se renovará en su totalidad cada seis años. (Reformado
mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de agosto
de 1996)
Artículo 57. Por cada senador propietario se elegirá un suplente.
COFIPE
Artículo 11.
1.La Cámara de Senadores se integrará por 128 senadores, de los cuales, en
cada Estado y en el Distrito Federal, dos serán electos según el principio de
votación mayoritaria relativa y uno será asignado a la primera minoría. Los 32
senadores restantes serán elegidos por el principio de representación
proporcional, votados en una sola circunscripción plurinominal nacional. La
Cámara de Senadores se renovará en su totalidad cada seis años.
2.Para cada entidad federativa, los partidos políticos deberán registrar una lista
con dos fórmulas de candidatos a senadores. La senaduría de primera minoría le
será asignada a la fórmula de candidatos que encabece la lista del partido político
que, por sí mismo, haya ocupado el segundo lugar en número de votos en la
entidad de que se trate. Asimismo deberán registrar una lista nacional de 32
fórmulas de candidatos para ser votada por el principio de representación
proporcional.
3.En las listas a que se refieren los párrafos anteriores, los partidos políticos
señalarán el orden en que deban aparecer las fórmulas de candidatos.
Artículo 18
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LXXX
1. Para la asignación de senadores por el principio de representación
proporcional a que se refiere el segundo párrafo del artículo 56 de la
Constitución, se utilizará la fórmula de proporcionalidad pura y se atenderán
las siguientes reglas:
a)Se entiende por votación total emitida para los efectos de la elección de
senadores por el principio de representación proporcional, la suma de todos los
votos depositados en las urnas para la lista de circunscripción plurinominal
nacional; y
b)La asignación de senadores por el principio de representación proporcional se
hará considerando como votación nacional emitida la que resulte de deducir de la
total emitida, los votos a favor de los partidos políticos que no hayan obtenido el
dos por ciento de la votación emitida para la lista correspondiente y los votos
nulos.
2. La fórmula de proporcionalidad pura consta de los siguientes elementos:
a)Cociente natural; y
b)Resto mayor.
3. Cociente natural: es el resultado de dividir la votación nacional emitida,
entre el número por repartir de senadores electos por el principio de
representación proporcional.
4. Resto mayor: es el remanente más alto entre los restos de las votaciones
de cada partido político después de haber participado en la distribución de
senadores mediante el cociente natural. El resto mayor deberá utilizarse
cuando aún hubiese senadores por distribuir.
5. Para la aplicación de la fórmula, se observará el procedimiento siguiente:
a) Por el cociente natural se distribuirán a cada partido político tantos senadores
como número de veces contenga su votación dicho cociente; y
b) Después de aplicarse el cociente natural, si aún quedasen senadores por
repartir, éstos se asignarán por el método de resto mayor, siguiendo el orden
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decreciente de los restos de votos no utilizados para cada uno de los partidos
políticos.
6. En todo caso, en la asignación de senadores por el principio de
representación proporcional se seguirá el orden que tuviesen los candidatos
en la lista nacional.
En el caso del Senado hay una mayor estabilidad, son pocas las reformas que
se han dado y la tendencia apunta hacia el sistema mayoritario, es hasta 1993
que se habla de representación proporcional, antes de esto era el PRI quien
arrasaba con los escaños en el Senado, en este sentido Benito Nacif expresa lo
siguiente: "Se trataba de un órgano dominado por un solo partido, que no
reflejaba la creciente diversidad política del país. Sus sesiones se
caracterizaban por la ausencia de debate y la discusión, lo que pasó con el
Senado a partir de 1993 fue lo mismo que sucedió en la Cámara de Diputados
treinta años antes con la primera reforma que introdujo la representación
proporcional de los partidos políticos". (Bohler, pág. 173)
La movilidad en la Cámara de Senadores es menor que en la de Diputados Es a
partir de 1994 cuando se tiene un cambio drástico en la integración. Se pasa de
dos Senadores por estado, es decir, un total de 64 senadores, a una
representación de cuatro por estado haciendo un total de 128 senadores,
considerando hasta un Senador por representación proporcional, este cambio se
explica por la reforma de 1994. En 1982 el PRI abarcaba la totalidad de los
asientos en la Cámara de Senadores. Con la reforma de 1994, que amplió el
número de Senadores, se tuvo como resultado que para 1997 el PRI poseyera
casi el 60% de la representación en dicha Cámara, mientras que el PAN obtenía
casi el 26% y el PRD alcanzaba por primera vez en la historia alrededor del 12%.
Las elecciones de 2006 cambiaron en forma importante la correlación de fuerzas,
el PAN se convierte en la primera fuerza política con poco más del 44% de la
representación política, mientras que el PRI apenas alcanzó el 25% y el PRD
ascendió a casi el 29%.
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1.6. Marco jurídico para la elección presidencial
1.6.1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
En lo que atañe a la elección del Presidente el marco legal para la elección no ha
variado sustancialmente, únicamente en 1927 se modificó el período de duración
en el cargo de 4 a 6 años, que permanece hasta nuestros días, la reelección
presidencial quedó prohibida por el Constituyente de 1917 y aunque en 1927 este
principio fue parcialmente modificado al permitir la posibilidad de reelección
después de un período de espera igual al período de servicio, para el año de 1933
el principio de "no reelección" quedó restablecido.
El título tercero, capítulo III de la Constitución mexicana regula lo concerniente al
poder ejecutivo, los requisitos para ser presidente, duración del cargo, en su caso
el nombramiento de Presidente interino, sustituto o bien provisional, lo referente a
su renuncia, sus facultades, etc. y en cuanto a la elección presidencial de forma
muy somera el artículo 81 Constitucional delega a la ley electoral la manera en
que se ha de elegir.
Art. 81.- La elección del Presidente será directa y en los términos que disponga la
ley electoral.
1.6.2 Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales
El Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales en su Título III
referente a la elección del Presidente señala lo siguiente:
Art. 9.- El ejercicio del poder ejecutivo se deposita en un solo individuo que se
denomina Presidente de los Estados Unidos Mexicanos electo cada seis años por
mayoría relativa y voto directo de los ciudadanos mexicanos.
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El marco jurídico en torno a la elección presidencial ha permanecido constante, el
sistema empleado es sumamente sencillo; solo se pide una "mayoría relativa" que
en muchos casos no representa ni siquiera el 50% de la aprobación ciudadana
esto significa que se puede acceder al cargo sin contar con el apoyo de los
electores.
Capítulo 2 Los Partido Políticos
2.1. Comienzo Histórico
Para poder precisar el comienzo de los partidos políticos, es necesario distinguir
dos acepciones. Una concepción amplia de partido nos dice que este es cualquier
grupo de personas unidas por un mismo interés, y en tal sentido el origen de los
partidos se remonta a los comienzos de la sociedad políticamente organizada.
Si escogemos por la expresión partido político en su concepción restringida, que lo
define como una agrupación con ánimo de permanencia temporal, que media
entre los grupos de la sociedad y el estado y participa en la lucha por el poder
político y en la formación de la voluntad política del pueblo, principalmente a través
de los procesos electorales, entonces encontraremos su origen en un pasado más
reciente. Se discute, así, si los partidos políticos surgieron en el último tercio del
siglo XVIII o en la primera mitad del XIX en Inglaterra y los Estados Unidos de
Norteamérica. En esta acepción, por tanto, el origen de los partidos políticos tiene
que ver con el perfeccionamiento de los mecanismos de la democracia
representativa, principalmente con la legislación parlamentaria o electoral.
Una de las opiniones con mayor aceptación en la teoría afirma que los partidos
políticos tuvieron su origen remoto en el siglo XVII, evolucionaron durante el XVIII
y se organizan en pleno sentido del término a partir del XIX, y concretamente
después de las sucesivas reformas electorales y parlamentarias iniciadas en Gran
Bretaña en 1832, Los partidos modernos, aunque son producto de la peculiar
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relación de los grupos políticos con el parlamento fueron condicionados por los
procesos de formación de los Estados nacionales y por los de modernización , que
ocurrieron en el mundo occidental durante los siglos XVIII y XIX.
Los partidos políticos son el resultado de la quiebra de la sociedad tradicional o
feudal y su paso a la sociedad industrial. El mundo burgués, posterior a las
revoluciones de Inglaterra y Francia, requería de formas de organización política
que sustituyeran a las estamentarias o corporativas por nuevos modos de
organización, dependientes de grupos políticos organizados en el parlamento, con
reglas claras para la circulación de la clase política.
Para Maurice Duverger "Los partidos aparecen cuando las masas populares han
comenzado a entrar realmente en la vida política: han formado el marco necesario
que les permite reclutar en sí mismas a sus propias élites".
2.2. Su Sentido
Los partidos políticos son organizaciones de ciudadanos, son reconocidos por la
legislación mexicana; tienen personalidad jurídica y gozan de derechos y
prerrogativas que se establecen en las constituciones Federal y Estatal, en el
COFIPE (Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales) y en las
Leyes Electorales de las Entidades Federativas, y participan en la renovación de
los poderes Ejecutivo y Legislativo, así como de los Ayuntamientos de los
municipios, mediante elecciones libres, auténticas y periódicas.
El artículo 41, fracción I de la Constitución Mexicana, establece que los partidos
políticos son entidades de interés público y que la ley determinará las formas
específicas de su intrusión en el proceso electoral. Son entidades de interés
público, con todo lo que ello conlleva y tienen como finalidad promover la
participación del pueblo en la vida democrática, contribuir a la integración de la
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representación nacional y como organizaciones de ciudadanos, hacer posible el
acceso de éstos al ejercicio del poder público.
2.3. Los Partidos Políticos en Nuestra Constitución
A lo largo del siglo XIX y en buena parte del transcurso del siglo XX, los partidos
políticos fueron aceptados como algo inevitable: primero se pretendió aniquilarlos,
después se les ignoro y más tarde de forma muy lenta comenzaron a ser
reconocidos y aceptados. Si bien es cierto que originalmente la Constitución de
1917 no hacía mención sobre los partidos políticos, también lo es que sancionaba
la libertad que tenían los ciudadanos de asociarse para participar en asuntos de
carácter político.
Si bien es cierto, que la Ley Electoral Federal del 7 de Enero de 1946 al eliminar
las candidaturas independientes, le otorga un mayor reconocimiento a los partidos
como figuras de acción política, sería hasta después de la segunda guerra mundial
cuando una reforma a la Carta Magna en 1977, instituyó la existencia
Constitucional de los partidos políticos surgiendo así el monopolio para la
postulación de candidatos a cargos de elección popular.
Como ya se mencionó a partir de las reformas a la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos de 1977, particularmente al artículo 41 se estableció la
definición de partidos políticos, entendida como aquellas organizaciones de
ciudadanos que en el orden de su carácter de entidad pública, tienen como fin
iniciar la participación del pueblo en la vida democrática, contribuir a la integración
de la representación nacional y hacer posible el acceso de los ciudadanos al
ejercicio del poder público, de conformidad con sus principales fines.
Tales reformas constituyeron expresamente, el reconocimiento a los partidos
políticos como la base o conducto por el cual deben desarrollarse las elecciones
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tendientes a la renovación de los Poderes Legislativo y Ejecutivo federal y estatal,
así como de los ayuntamientos.
Por tal motivo, el Constituyente Permanente federal le correspondió ser el
promotor de la evolución a dicho dispositivo a través de diversas reformas
posteriores, en las que se reiteró la garantía a la democracia representativa,
basada en que el pueblo ejerce su soberanía a través de los Poderes de la Unión
y los estados en lo que toca a sus regímenes interiores, consagrando en nuestro
orden jurídico el sistema de partidos políticos que prevalece, por su función
preponderante en la sociedad otorgando a tales entidades el monopolio para la
postulación de candidatos.
Al respecto la doctrina ha considerado a nuestro país dentro de los estados cuyo
ordenamiento jurídico se atribuye a los partidos políticos el monopolio en la
postulación de candidatos a cargos de elección popular. Sin que ello derive en
limitación alguna a la prerrogativa constitucional de ser votado, consagrada en la
fracción II del artículo 35 constitucional, si de la misma Constitución dimanan las
conductas para ejercerla, es decir, la disyuntiva para su ejercicio es a través de un
partido político.
Hoy en día es una situación que "la voluntad del pueblo" solo pueda manifestarse
por medio de los partidos políticos, considerados como unidades de acción
política.
2.4. Formación de un Partido Político
Como hemos visto los partidos políticos son organizaciones de ciudadanos de
forma permanente, cuya finalidad primordial es la de obtener el poder público o
mejor dicho el ejercicio de este poder. El Artículo 5o del COFIPE establece que "Es
derecho de los ciudadanos mexicanos constituir partidos políticos nacionales y
agrupaciones políticas y afiliarse a ellos individual y libremente".
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A su vez el artículo 22 del mencionado código establece que la organización o
agrupación política que pretenda constituirse en partido político para participar en
las elecciones federales deberá obtener su registro ante el Instituto Federal
Electoral. Y que la denominación de "partido político nacional" se reserva, para los
efectos de este Código, a las organizaciones políticas que obtengan su registro
como tal. Derivado de lo anterior los partidos políticos nacionales, tienen
personalidad jurídica, por lo que gozan de derechos y prerrogativas, así como
obligaciones que les establezca la Constitución Mexicana y el COFIPE.
Los lineamientos para la constitución y registro de un partido político los
encontramos en los artículos 24 al 32 en forma lineal del COFIPE., de donde se
desglosa que para que una organización pueda alcanzar el estatus de partido
político tiene que contar con los siguientes requisitos:
1.- Debe formular una declaración de principios.
2.- Contar con un programa de acción.
3.- Contar con sus Estatutos de Gobierno.
4.- Contar con 3000 afiliados en por lo menos 10 entidades federativas, o
bien tener 300 afiliados, en por lo menos 100 distritos electorales
uninominales.
De lo anterior se advierte que los instrumentos básicos de los partidos políticos
son: la Declaración de Principios, el Programa de Acción y los Estatutos. La
Declaración de Principios contiene los principios ideológicos de carácter político,
económico y social que postule el partido. El Programa de Acción determinará los
medios para realizar los postulados y alcanzar los objetivos enunciados en su
Declaración de Principios y contendrá la proposición de políticas que permitan
resolver los problemas nacionales. Los Estatutos establecerán los procedimientos
para la afiliación individual, libre y pacífica de sus miembros, así como sus
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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derechos y obligaciones y los procedimientos democráticos para la integración y
renovación de los órganos directivos.
2.5. El Partido de la Hegemonía Política
Manuel García Pelayo (García, pág. 29-35) en su libro “El Estado de Partidos”
define el concepto de partido político tomando las ideas de Thoma, Kelsen y
Radbruch:
a) Según R. Thoma Sólo el potencial organizativo de los partidos políticos
pueden evitar que la moderna democracia de masas deje de estar movida
por vaivenes emocionales y sin sentido que le hagan caer en el desamparo,
la desintegración y la demagogia. Por consiguiente la democracia no puede
vivir sin los partidos.
b) Kelsen menciona que sólo el autoengaño o la hipocresía pueden afirmar la
posibilidad de una democracia sin partidos políticos, pues lo cierto es que la
significación de éstos es tanto mayor cuanto más se deduce que el Estado
democrático es necesaria e inevitablemente un Estado de partido. Para
Kelsen, el Estado democrático de partidos, la voluntad general o voluntad
del Estado al ser resultante de la contraposición de las voluntades de los
partidos se mueve en una línea media y de compromiso entre intereses y
posiciones divergentes. Dada la significación real de los partidos parece
claro que deberían tener un reconocimiento constitucional que se configura
jurídicamente al interior de la organización de los partidos.
c) Radbruch; el Estado de partidos es necesariamente la forma del Estado
democrático de nuestro tiempo: sin la mediación organizativa de los
partidos entre los individuos y la totalidad sería imposible la formación de
una opinión y voluntad colectiva.
Por otra parte, la estructura orgánica de cualquiera sistema político
contemporáneo necesariamente presenta características organizativas en torno a
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los partidos políticos. Es indispensable la presencia de organizaciones políticas
dedicadas a la lucha por la conquista de poder político y ejercerlo.
Para Marx Weber los partidos políticos son factor de “socialización” de cualquier
comunidad política, pero al mismo tiempo tiene la finalidad fundamental en el
desarrollo de la civilización. Es decir, Weber nos define que un partido político
busca la obtención del dominio político. Weber conceptualiza a los partidos
políticos como: “la forma de socialización que descansa en un reclutamiento
(formalmente) libre, tiene como fin proporcionar poder a su dirigentes dentro de
una asociación y otorga por este medio a sus miembros activos determinadas
probabilidades ideas o materiales la realización de fin objetivos o el logro de
ventajas personales o ambas”. (García, pág. 228-229)
Weber menciona que: “los partidos políticos sólo son posibles dentro de una
asociación, la dirección de la cual pretenden conquistar o influir, sin embargo, son
posibles las uniones de partidos de varias asociaciones. Los partidos pueden
emplear toda clase de medios para el logro del poder, allí donde el gobierno
depende de una elección (formalmente) libre y las leyes se hacen por votación,
son fundamentalmente organizaciones para el reclutamiento de votos electorales;
y puestos que se tratan de votaciones dentro de una dirección establecida son así
partidos legales. Esto significan siempre prácticamente, por consecuencia de su
fundamento teóricamente voluntario (reclutamiento libre) que la actividad política
es una actividad de interesado o sea, ideológicamente o en el poder orientados
como tales. Es decir, el partido está en manos de:
a) los dirigentes y de un mayor- al lado de los cuales
b) aparecen los miembros activos, la mayor parte de las veces sólo como
aclamantes y en ciertas circunstancias como instancias de control, de
amonestaciones, de discusión o de reorganización en caso de
trasformaciones rápidas del partidos, mientras que
c) las masas no activamente asociadas (de electores y votantes) sólo son
objetos de solicitación en épocas de elección o votación (simpatizantes), y
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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la opinión de (Pueden ser forma de socialización efímeras o de cierta
duración y aparecen como asociaciones de toda clase y forma o pueden
estar dirigidos predominantemente y de modo conciente por intereses de
estamento o clase (partidos estamentales y clasistas), por fines objetivos o
concretos o por principios abstractos (partido ideología = concepción del
mundo). La conquista de los puestos administrativos a favor de sus
miembros suelen ser por lo menos un fin accesorio y los “programas”
objetivos. No es raro o que sólo sean medio de reclutamiento para los que
están fuera.) los mismos sólo interesa como medio de orientación para el
trabajo de reclutamiento del cuadro dirigente en los casos de lucha efectiva
por el poder”. (Weber, pág. 228-229.)
Para Maurice Dueverger, “el desarrollo de los partidos parece ligado al de la
democracia, es decir, a la extensión del sufragio popular y de las prerrogativas
parlamentarias. El nacimiento de los partidos está ligado, pues, al de los grupos
parlamentarios y los comités electorales”. (Dueverger, pág. 15-16.)
Por lo tanto, podemos decir; “el partido político es la forma concreta de los
poderes, es la figura tangible de las ideas de derecho, es el instrumento por el cual
el individuo tiene el sentimiento de participar en la vida política. Socialmente es
uno de los agentes de cohesión social; moralmente es uno de los últimos refugios
del ideal; políticamente, es el motor de la vida pública” (Burdeau, 1986)
De esta manera la conceptualización de partido político en las sociedades
contemporáneas son componentes sustanciales en los procesos de
institucionalización de los Estados-Nación. En el caso mexicano el proceso de
institucionalización el Partido Nacional Revolucionario y los partidos políticos de
oposición en cierta medida jugaron un papel fundamental en el proceso de
“reestructuración del sistema político”. (De hecho, tres veces en el curso de un
siglo en 1810, en las décadas de 1850 y 1860, y una vez más en 1910 surgieron
movimientos sociales y políticos que destruyeron el Estado existente y la mayor
parte del aparato militar, y después construyeron un nuevo Estado y un nuevo
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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ejército.) La presencia hegemónica del partido oficial significativamente es la
partícula integradora del sistema social.
Al hablar del PNR-PRM-PRI, es al mismo tiempo hablar de una fracción político
heredera de la revolución y del proceso post-revolucionario. Entre 1910-1929;
“cuando se lanza la convocatoria para formar el PNR, había en la república más
de mil partidos pequeños que luchaban por la obtención de la representatividad
popular. Por lo tanto, el objeto que declara el PNR, en sus orígenes, era superar la
enorme atomización del poder político y lograr una centralización que permitiera la
toma eficaz de decisiones de poder en toda la república. Para obtener ese objetivo
se usaron criterios pragmáticos, se usó el poder que ya disponían quienes lo
propiciaron”. (Castillo, pág. 37) “Al día siguiente de subir a la presidencia Portes
Gil, aparecen la convocatoria para la constitución del PNR (abuelo del PRI). En
esa convocatoria, se invita a todos los partidos, agrupaciones y organizaciones
políticas de la república de credo y tendencia revolucionaria, para unirse y
formarse el Partido Nacional Revolucionario”. (Castillo, pág. 38)
Fundamentalmente para conseguir el progreso del país era necesaria la
estabilidad política.
El proceso de concentración política se da a través de la formación del PNR.
Fuentes Díaz se refiere así a la integración inicial de ese organismo político. Este
mismo autor señala que: “el PNR nació no propiamente como un partido político,
sino como una coalición de los partidos regionales que existían en diversas
entidades del país. No nació como fruto de un proceso democrático, es decir,
como resultado de una labor previa y bien organizada de consulta a las masas, de
discusión colectiva de su programa y de sus objetivos, ni de una previa
estructuración de abajo hacia arriba. Se formó por iniciativa personal del general
Calles”. (Fuentes, pág. 55-56)
Como afirma un análisis de Manuel Moreno Sánchez, “el PNR principió su
existencia como una organización parecida a un partido político. Lo poco que tenía
de partido lo fue perdiendo progresivamente hasta convertirse en lo que hoy es,
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expresado en palabras de sus fundadores, de sus elevados dirigentes y de sus
ideólogos: el Instituto político de la revolución”. (Moreno, 1970)
Con la ordenanza del PNR-PMR-PRI el sistema político mexicano renueva la
estructura de poder hegemónico en sus esferas de dominio. Distintos análisis
postrevolucionarios señalan la importancia que tiene la constitución de un partido
hegemónico para la estabilidad social, económica, política y cultural del país.
Cabe subrayar distintas etapas históricas que de alguna forma son parte esencial
de la evolución del Estado mexicano. Una primera etapa es: la revolución de 1910
que rompe con el antiguo régimen. La segunda etapa es la constitución de 1917
que asienta las bases conciliatorias entre los grupos disidentes. Tercera fase el
surgimiento del PNR que es la prolongación del “Estado hegemónico”. (Al
caracterizar al partido hegemónico nos encontramos en la lógica política de un
dinamismo que adopto el partido institucional ante una política de Estado. Al
hablar de un partido de hegemónico hacemos alusión de un control absoluto sobre
los espacios de representación social, económica, política y cultural. Un partido
hegemónico que tiene la dirección del Estado. En su concepto más general y en
sentido estricto la hegemonía se define como: la dirección suprema, usada para
indicar el poder absoluto conferido a los jefes de Estado. La supremacía de un
Estado-nación o de una comunidad política).
En teoría la hegemonía es el equilibrio entre las fuerzas de dominación. Es así que
para Gramsci (Labastida, pág. 77) la construcción social de la hegemonía es: la
orientación en la responsabilidad de construirla mediante el desarrollo de una
nueva voluntad colectiva. Antonio Gramsci generaliza a la “hegemonía”: En este
sentido la hegemonía representa el pilar sociohistórico entre la estructura social
del Estado-gobierno y Estado-sociedad civil, para lo que Gramsci determinó como
la ampliación del concepto de Estado. Para Gramsci las funciones estatales se
expanden en una multiplicidad de prácticas y organizaciones públicas y privadas,
hasta conformar un sistema de trincheras institucionales que mediante las
relaciones sociales entre la sociedad y el Estado en sentido estricto – el aparato
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gubernamental. En síntesis el Estado Político hegemónico conjuga y articula el
funcionamiento del Estado al permitir, ampliar su caracterización como
instrumento coercitivo, incorporando una función hegemónica, entendida como la
función de dirección de la sociedad. Por lo que el concepto de hegemonía puede
ser entendido como la función de dirección de la sociedad- que implica una
función ética, cultural, y moral que se despliega en el terreno de la sociedad civil
gramnciana- es ejercida por un grupo social fundamentalmente, sobre los grupos
subordinados, constituyendo un sistema. En éste, el Estado es concebido como
organismo propio de un grupo, destinado a crear las condiciones favorables para
la máxima expansión del mismo grupo; pero este desarrollo y esta expansión son
concebidos y presentados como la fuerza motriz de una expansión universal, de
un desarrollo de todas las energías nacionales. Como la supremacía de un grupo
social se manifiesta de dos maneras, como dominio y dirección moral e intelectual
articulando ambos elementos que integran toda actividad política hegemónica.
De tal manera es cuestionable la debilidad del Estado mexicano antes del
surgimiento del partido oficial. A la llegada de los sonorenses al poder algunos
autores lo han caracterizado como la llegada de la civilización. Carlos Pereyra, un
historiador de gran influencia en México, ha mencionado que “la debilidad: es
consecuencia de la pobreza. Aclaro: no pobreza del país sino del poder político. El
estado era pobre frente a una iglesia dueña de la mitad del país y una clase de
propietarios y hacendados inmensamente ricos”. (Paz, 1979)
La idea de pobreza política a lo que llama Pereyra es más o menos a la idea de
vació político, lo que para algunos analistas llaman, la pobreza o vació político
puede ser descifrado desde distintas vertientes antes de la consolidación del
Estado institucionalizado la presencia de diversos actores políticos se hacían
evidentes en el contexto sociopolítico de inestabilidad social, económica y política.
La aparición del Estado benefactor o Estado Bonapartista unificó los escenarios
sociales que en algún tiempo fueron signos de luchas políticas propiciando un
vacío de poder. Con el término de la independencia las facciones políticas tanto
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liberales como conservadoras en su momento de acción política no lograron
unificar los mecanismos de dominación, y así prolongado un vacío de poder del
Estado. Es hasta 1876 con la llegada de Díaz al poder cuando logra consolidar
ambas fracciones inicialmente y más o menos deslumbra una dominación política.
Por otra parte, cabe mencionar el protagonismo del grupo sonorense en la
construcción del proceso de institucionalización del poder político. La construcción
ideológica de un nacionalismo postrevolucionario en el régimen cardenista;
prolongándose en un corporativismo burocrático asentado en un Estado
benefactor, y sustentado en la política de masas, o más bien un Estado populista
son factores que contribuyeron a la permanencia de un partido de Estado.
La función dirigente como lo denomina Gramsci es la capacidad que tiene una
clase que permite ser hegemónica de armonizar sus intereses y aspiraciones de
los otros grupos, es decir, la imposición de los intereses de una clase sobre los
demás. Gramsci tiene presente la política de alianzas como un imperativo en la
conformación hegemónica de una clase política.
Principalmente el planteamiento gramsciano sobre la hegemonía se conceptualiza
por dos elementos: el primero vinculado a la dirigencia, refiriéndose al consenso,
entendido por ésta la capacidad de persuadir a los dirigidos sobre la viabilidad del
proyecto histórico de la clase dirigente, el segundo es el de la dominación que se
manifiesta por la coerción por la fuerza.
La hegemonía de un Estado corporativista pública características de dominio
totalitario a través de una hegemonía. La familia revolucionaria y su formación
vertical de arriba hacia abajo es la suma de una participación de actores políticos
socialmente involucrados en la consolidación de la élite política hegemónica.
La lucha por la hegemonía política tiene su punto de referencia en una política
centralizada que deja en desventaja a partidos minoritarios en la competencia
político-electoral.
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En suma, el espacio corporativista dominaba el modelo de representación de los
interese: las redes que tenían hacia el mundo popular en el seno del partido y
hacia el mundo empresarial por medio del reconocimiento de organizaciones
nacionales constituían los principales canales de articulación y de agregación de
intereses. Instrumento de control de los grupos populares, el corporativismo era un
medio de integración al sistema político formal.
En tanto la competitividad electoral tenía efectos funcionales que legitiman al
sistema electoral en beneficio del partido monopartidista. La figura del partido de
Estado como principal eje de articulación del corporativismo y la práctica del
presidencialismo como instrumentación de poder del Estado por medio de la rama
ejecutiva ponían en evidencia la autonomía reducida del sistema político.
La relación entre los grupos sociales y la autoridad pública refleja esta falta de
autonomía. Las demandas articuladas por la vía clientelar o corporativa estaban
dirigidas directamente hacia el Estado, que fungía primero como árbitro o protector
en los conflictos entre los grupos sociales, y luego como proveedor de servicios.
Por lo tanto, el régimen y el sistema de representación de intereses se vieron
manipulados por un Estado hegemónico corporativista burocrático en el cual se
sustenta el producto de un largo proceso histórico de construcción institucional
que involucró a una multiplicidad de actores sociales y políticos.
Pues por lo consiguiente, el régimen no es producto de un modelo impuesto desde
fuera de la arena de la confrontación política nacional y su evolución resulta de
una historia propia de movilización social y de resolución de conflictos.
En otros términos, al filo de los años se tejió un espeso entramando de sentido
que permitió la definición del conflicto en términos relativamente compartidos por
los adversarios políticos; el uso de esos recursos culturales de carácter informal
permite mantenerlos dentro de los límites del sistema.
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Si bien el carácter desigual de las condiciones de competencia política y la
dimensión informal, por lo tanto arbitraría, de muchas de las reglas que rigen el
intercambio político no descartan la irrupción de fenómenos de ruptura. El recurso
a la violencia y a la represión.
Así, la lucha por la democracia (utilizamos el término de transición en el sentido
que le otorga O’ Donnell y Schmitter O’ Donnell Schmitter y Whitehead, 1986).en
México tiene que ser estudiada a partir de las reglas de operación que rigen el
funcionamiento del sistema político.
MARCO DE REFERENCIA
Introducción
Capítulo 1 Definiciones de Democracia, Legitimidad y Sistema Electoral en
México.
11. Democracia
1.1.1. Antecedentes
1.1.2 Elementos Propios de la Democracia en la Actualidad
1.2. Legitimidad
1.2.1. Percepción y Terceras Teorías
1.2.2. Resultados Emanados
1.2.3. Contraste entre Legitimidad y Legalidad
1.3. Sistemas Electorales
1.3.1. Definición
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1.3.2 Representaciones de sistemas electorales y sus características
1.4. Sistema Electoral Mexicano
1.5. Breve Evolución
1.6. Marco jurídico para la elección presidencial
1.6.1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
1.6.2 Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales
Capítulo 2 Los Partido Políticos
2.1. Comienzo Histórico
2.2. Su Sentido
2.3. Los Partidos Políticos en Nuestra Constitución
2.4. Formación de un Partido Político
2.4.1. La Oposición Política
2.4.2 Un Régimen No Competitivo.
2.4.3. La Diferencia Política
2.5. El Cimiento Constitucional del Sistema Electoral Federal
2.5.1. El Proceso Electoral
2.5.2. El Proceso Electoral en el Cofipe
2.5.3. Las Autoridades Electorales en el Proceso Electoral Federal
2.5.4. Los Partidos Políticos en los Procesos Electorales
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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2.6. La Lucha por la Conservación de la Hegemonía.
2.7. La Crisis del Sistema Político Electoral.
2.8 La Disyuntiva Final
Capítulo 3 Reformas, Cambios, Modificaciones, etc. A la Ley Federal Electoral
3.1. Modificaciones a la Ley Federal Electoral de 1918 A 1946.
3.2. Reformas a la Ley Federal Electoral de 1963.
3.3. Cambios a la Ley Federal Electoral de 1977.
3.4. Modificación a la Ley Federal Electoral de 1990.
3.5. Reformas a la Ley Federal Electoral de 1996.
3.6. Los Cambios del 2008.
3.7. Incremento de Mayores Requisitos para Conceder y Conservar el Registro
como Partido Político.
3.7.1. Aumento de los Requisitos que Motiven la Conformación de Frentes y
Coaliciones
3.7.2. Disminución del Financiamiento Público a los Partidos Políticos
3.7.3. Comodidad de la Ampliación de la Participación de Recursos Privados en el
Financiamiento a Partidos Políticos
3.7.4. Limitación y Ordenación en la Contratación de Propaganda en Medios
Masivos de Comunicación.
3.7.4.1. Contratación por parte de la Autoridad Electoral.
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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3.7.4.2 Restricción de Tiempo que los Partidos Políticos Pueden Tener en Medios
de Comunicación.
3.7.4.3 Limitación para que los Particulares Lleven a Cabo Actos de Propaganda
en Medios de Comunicación.
3.8. Comprobación y Responsabilidad Compartida con la Autoridad Electoral en
Torno a la Rendición de Cuentas
3.9 Compromiso Personal de la Autoridad Electoral
Capítulo 4 El Cambio Político en el Sistema Electoral
4.1. Los Cambios en la Movilización Colectiva.
4.1.1. Los Movimientos Constantes ante la Crisis.
4.1.2. El Cambio Hacia las Elecciones.
4.1.3. La Unidad y la Combinación de Partidos y Organizaciones Sociales.
4.2. Los Tejidos Sociales por la Democracia.
4.2.1. EL Preámbulo de la Observación Electoral.
4.2.2. Las Propuestas Ciudadanas y el Contexto Electoral.
4.2.3. La Presencia de las Estructuras Ciudadanas en la Observación Electoral.
4.3. Convenios Políticos para Robustecer el Proceso Electoral.
4.4 La Construcción de los caminos Hacia la Ciudadanización del IFE.
4.5. La Posición Electoral a Debate.
4.6 A Manera de Síntesis
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Conclusiones y Nueva Agenda de Investigación.
Bibliografía
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6.- FORMULACIÓN DE HIPÓTESIS.
El tema de relación dialéctica entre los movimientos sociales y los sistemas de
representación a través de los partidos políticos genera diferentes expectativas
sobre su génesis y alcances, lo cual deriva en la propuesta de las siguientes
hipótesis de trabajo:
• Los movimientos cívicos que ostentan estructuras democráticas e
igualitarias en sus prácticas, han comenzado a representar una opción
válida para el ascenso de las demandas sociales a las instancias de
gobierno. Lo cual provoca un cuestionamiento de la legitimidad de los
partidos políticos, lo que pone entre dicho sistema de representación
política.
Según la teoría de Alberto Melucci los movimientos sociales estarían dentro del
tipo de movimientos que se generan en términos de un desgaste de las vías
naturales de gestión social, cooptadas por el estado y caciquismo burocrático,
exacerba en los últimos años debido a la crisis económica que se ha vivido en el
país y que se ha agravado a partir de los años ochenta.
Hipótesis secundarias
1) Los movimientos cívicos ejercen la denuncia y la crítica pero
frecuentemente cancelan sus posibilidades de negociación o se inmolan
en formas de lucha a veces espectaculares, pero igualmente
autodestructivas en vez de acuerdos y normas para la integración social.
2) La conformación de los canales de representación dentro de los partidos
políticos, son el canal adecuado y permiten la correcta canalización y
defensa de las demandas ciudadanas restableciendo una gestión
pertinente y profesional a los movimientos sociales.
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7. COMPROBACIÓN-FALSACIÓN DE LAS HIPÓTESIS (PRUEBAS
EMPÍRICAS O CUALITATIVAS).
Hipótesis central
• Los movimientos cívicos que ostentan estructuras democráticas e
igualitarias en sus prácticas, han comenzado a representar una opción
válida para el ascenso de las demandas sociales a las instancias de
gobierno. Lo cual provoca un cuestionamiento de la legitimidad de los
partidos políticos, lo que pone entre dicho sistema de representación
política.
Para comprobar la hipótesis central que guio esta investigación se desarrolló en
primer lugar, un marco teórico y conceptual basado en la teoría existente sobre
movimientos sociales. El Capítulo I se ocupa de la identificación de los principales
temas de los movimientos sociales y la conformación del sistema de partidos
frente al Estado, teorizando sobre la caracterización de los movimientos
populares, los nuevos movimientos sociales y sobre culturas juveniles y
movimientos de jóvenes; para arribar al caso que nos ocupa que es el de los
movimientos sociales versus el sistema de partidos. Lleva a cabo, además, una
somera revisión de la eficacia de los mecanismos que los partidos políticos han
desarrollado para atender las demandas que levantan los movimientos sociales.
Para complementar el marco teórico expuesto en el anterior capítulo, en el
capítulo II se lleva a cabo una recapitulación del significado del sistema de
partidos en tanto estructura de la democracia representativa que prevalece en
México, poniendo énfasis en sus antecedentes desde la mirada de algunos
analistas que establecen que la movilización social en el país, obedece a la puesta
en marcha de los planes de liberalización de la economía impuestos en el país
desde los años ochentas en la mirada de las jóvenes participantes, y en como las
jóvenes recrean desde su experiencia este movimiento: sus luchas, sus diferentes
formas de participación, sus críticas al movimiento y sus miradas a la distancia.
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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Por lo que con el capítulo III de forma más particular, se determinan los
antecedentes de las modificaciones sobre el sistema político mexicano como
respuesta de los planes neoliberales, así como con las experiencias de
movimientos sociales emblemáticos que han servido como modelo a los que le
han sucedido y las diferentes miradas teóricas y las reseñadas desde la
participación activa dentro del movimiento estudiantil, se corrobora la hipótesis
central del presente estudio.
Hipótesis secundarias
• Los movimientos cívicos ejercen la denuncia y la crítica pero
frecuentemente cancelan sus posibilidades de negociación o se inmolan en
formas de lucha a veces espectaculares, pero igualmente autodestructivas
en vez de acuerdos y normas para la integración social.
• La conformación de los canales de representación dentro de los partidos
políticos, son el canal adecuado y permiten la correcta canalización y
defensa de las demandas ciudadanas restableciendo una gestión pertinente
y profesional a los movimientos sociales.
Ya en el tema central de la presente investigación, en el capítulo III se recrean las
diferentes caracterizaciones con las que los analistas políticos intentaron explicar
este fenómeno sui generis, se tocan también algunos temas centrales como
cultura política, exclusión, creación de identidades, entre otros; relacionando la
discusión con algunos de los acontecimientos que dieron vida a esta huelga tan
larga. Se aúnan además una cronología que es una línea en el tiempo que nos
sitúa en diferentes momentos de importancia para el desarrollo de los movimientos
sociales. En todas las diferentes partes del presente trabajo se pretende centrar la
discusión a partir de un diálogo entre la teoría sobre los diferentes temas y los
testimonios históricos y documentales.
Las hipótesis secundarias se corroboran con la caracterización del proceso de
atención a las inquietudes y demandas sociales que emanan de los distintos
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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movimientos sociales que se recrea en parte del capítulo III y IV, pues se da
cuenta de cuales fueron los factores que coadyuvaron a que se instaurarán
nuevas y creativas formas de organización: la horizontalidad y la rotatividad,
nombradas por algunos analistas como anarquistas, que convivieron con formas
de participación política de lo más tradicionales y autoritarias heredadas de
nuestro régimen político, como el mayoriteo, la aplanadora y el desconocimiento
de acuerdos previos de asamblea, entre otras lindezas y que son lastres de
nuestra cultura política, que de esta manera es impugnada y finalmente
reproducida por un movimiento social.
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Objetivo General
Objetivos específicos
Preguntas Hipótesis Desarrollo
• Identificar, describir y establecer los principales elementos que caracterizan al sistema político mexicano, donde por una parte se impugnan las formas tradicionales de ejercicio político, y por otra se establece un juego dialéctico de impugnación-reproducción social que motiva el juego político fuera del escrutinio público.
• Identificar la interdepencia de los movimientos sociales de vanguardia en México, y la estructura formal de representación política, en particular respecto a su radicalismo que los sitúa por lo menos en apariencia a distancia de la gestión tradicional que emplea el Estado mexicano para la atención de la problemática social. • Aproximarse a la caracterización de los movimientos sociales: formas de liderazgo, gestión interna, organización, demandas, redes sociales, entre otras. • Analizar los procesos históricos sociales que dan cuenta de la forma y estructura del sistema político, en particular respecto a su alcance y relevancia, a nivel de representación ciudadana. • Examinar las principales demandas ciudadanas y la manera en que se convierten en una
• ¿Cuáles han sido los rasgos distintivos de los movimientos de la sociedad civil en los últimos años? • ¿Existen mecanismos en los partidos políticos que faciliten y reconozcan el liderazgo y representación en la gestión de las demandas ciudadanas ante la autoridad? • ¿Qué origina la contradicción en el despliegue de prácticas políticas, de gestión social contra las formas de organización de la sociedad civil? • ¿Cuál es la importancia de los principios como la horizontalidad y la rotatividad, contra la reproducción de las tradicionales prácticas políticas del sistema mexicano como la imposición, el mayoriteo y la imposibilidad de diálogo? • ¿Por qué
CENTRAL
• Los movimientos cívicos que ostentan estructuras democráticas e igualitarias en sus prácticas, han comenzado a representar una opción válida para el ascenso de las demandas sociales a las instancias de gobierno. Lo cual provoca un cuestionamiento de la legitimidad de los partidos políticos, lo que pone entre dicho sistema de representación política. 1) Los movimientos cívicos ejercen la denuncia y la crítica pero frecuentemente cancelan sus posibilidades de negociación o se inmolan en formas de lucha a veces espectaculares, pero igualmente autodestructivas en vez de acuerdos y normas para la integración social. 2) La conformación de los canales de representación dentro de los partidos políticos, son el canal adecuado y permiten la correcta canalización y defensa de las demandas
Capítulo 3 Reformas, Cambios, Modificaciones a la Ley Federal Electoral 3.1. Modificaciones a la Ley Federal Electoral de 1918 A 1946. 3.2. Reformas a la Ley Federal Electoral de 1963. 3.3. Cambios a la Ley Federal Electoral de 1977. 3.4. Modificación a la Ley Federal Electoral de 1990 3.5. Reformas a la Ley Federal Electoral de 1996. 3.6. Los Cambios del 2008. 3.7. Incremento de Mayores Requisitos para Conceder y Conservar el Registro como Partido Político. 3.7.1. Aumento de los Requisitos que Motiven la Conformación de Frentes y Coaliciones 3.7.2. Disminución del Financiamiento Público a los Partidos Políticos 3.7.3. Comodidad de la Ampliación de la Participación de Recursos Privados en el Financiamiento a Partidos Políticos 3.7.4. Limitación y Ordenación en la Contratación de Propaganda en Medios Masivos de Comunicación. 3.7.4.1. Contratación por parte de la
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nueva forma de lucha y reivindicación social presente en diversos ámbitos sociales. • Distinguir la participación social en el sistema de partidos y los mecanismos que los propios partidos han establecido para favorecer y encauzar las demanda ciudadana.
el liderazgo femenino sigue siendo marginal al menos en términos de visibilidad? • ¿Cuáles factores coadyuvan a la presencia de prácticas discriminatorias al interior del sistema político?
ciudadanas restableciendo una gestión pertinente y profesional a los movimientos sociales
Autoridad Electoral. 3.7.4.2 Restricción de Tiempo que los Partidos Políticos Pueden Tener en Medios de Comunicación. 3.7.4.3 Limitación para que los Particulares Lleven a Cabo Actos de Propaganda en Medios de Comunicación. 3.8. Comprobación y Responsabilidad Compartida con la Autoridad Electoral en Torno a la Rendición de Cuentas 3.9 Compromiso Personal de la Autoridad Electoral Capítulo 4 El Cambio Político en el Sistema Electoral 4.1. Los Cambios en la Movilización Colectiva. 4.1.1. Los Movimientos Constantes ante la Crisis. 4.1.2. El Cambio Hacia las Elecciones. 4.1.3. La Unidad y la Combinación de Partidos y Organizaciones Sociales. 4.2. Los Tejidos Sociales por la Democracia. 4.2.1. EL Preámbulo de la Observación Electoral. 4.2.2. Las Propuestas Ciudadanas y el Contexto Electoral. 4.2.3. La Presencia de las Estructuras Ciudadanas en la
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Observación Electoral. 4.3. Convenios Políticos para Robustecer el Proceso Electoral. 4.4 La Construcción de los caminos Hacia la Ciudadanización del IFE. 4.5. La Posición Electoral a Debate. 4.6 A Manera de Síntesis
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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Objetivo General
Objetivos específicos
Preguntas Hipótesis Desarrollo
• Identificar, describir y establecer los principales elementos que caracterizan al sistema político mexicano, donde por una parte se impugnan las formas tradicionales de ejercicio político, y por otra se establece un juego dialéctico de impugnación-reproducción social que motiva el juego político fuera del escrutinio público.
• Identificar la interdepencia de los movimientos sociales de vanguardia en México, y la estructura formal de representación política, en particular respecto a su radicalismo que los sitúa por lo menos en apariencia a distancia de la gestión tradicional que emplea el Estado mexicano para la atención de la problemática social. •Aproximarse a la caracterización de los movimientos sociales: formas de liderazgo, gestión interna, organización, demandas, redes sociales, entre otras. •Analizar los procesos históricos sociales que dan cuenta de la forma y estructura del sistema político, en particular respecto a su alcance y relevancia, a nivel de representación ciudadana.
• ¿Cuáles han sido los rasgos distintivos de los movimientos de la sociedad civil en los últimos años? • ¿Existen mecanismos en los partidos políticos que faciliten y reconozcan el liderazgo y representación en la gestión de las demandas ciudadanas ante la autoridad? • ¿Qué origina la contradicción en el despliegue de prácticas políticas, de gestión social contra las formas de organización de la sociedad civil? • ¿Cuál es la importancia de los principios como la horizontalidad y la rotatividad, contra la reproducción de las tradicionales prácticas políticas del sistema mexicano como la imposición, el mayoriteo y la imposibilidad de diálogo?
1) Los movimientos cívicos ejercen la denuncia y la crítica pero frecuentemente cancelan sus posibilidades de negociación o se inmolan en formas de lucha a veces espectaculares, pero igualmente autodestructivas en vez de acuerdos y normas para la integración social.
Capítulo 3 Reformas, Cambios, Modificaciones a la Ley Federal Electoral 3.1. Modificaciones a la Ley Federal Electoral de 1918 A 1946. 3.2. Reformas a la Ley Federal Electoral de 1963. 3.3. Cambios a la Ley Federal Electoral de 1977. 3.4. Modificación a la Ley Federal Electoral de 1990 3.5. Reformas a la Ley Federal Electoral de 1996. 3.6. Los Cambios del 2008. 3.7. Incremento de Mayores Requisitos para Conceder y Conservar el Registro como Partido Político. 3.7.1. Aumento de los Requisitos que Motiven la Conformación de Frentes y Coaliciones 3.7.2. Disminución del Financiamiento Público a los Partidos Políticos 3.7.3. Comodidad de la Ampliación de la Participación de Recursos Privados en el Financiamiento a Partidos Políticos 3.7.4. Limitación y Ordenación en la Contratación de Propaganda en Medios Masivos de Comunicación. 3.7.4.1. Contratación por parte de la
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Autoridad Electoral. 3.7.4.2 Restricción de Tiempo que los Partidos Políticos Pueden Tener en Medios de Comunicación. 3.7.4.3 Limitación para que los Particulares Lleven a Cabo Actos de Propaganda en Medios de Comunicación. 3.8. Comprobación y Responsabilidad Compartida con la Autoridad Electoral en Torno a la Rendición de Cuentas 3.9 Compromiso Personal de la Autoridad Electoral
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Objetivo General
Objetivos específicos
Preguntas Hipótesis Desarrollo
• Identificar, describir y establecer los principales elementos que caracterizan al sistema político mexicano, donde por una parte se impugnan las formas tradicionales de ejercicio político, y por otra se establece un juego dialéctico de impugnación-reproducción social que motiva el juego político fuera del escrutinio público.
• Analizar los procesos históricos sociales que dan cuenta de la forma y estructura del sistema político, en particular respecto a su alcance y relevancia, a nivel de representación ciudadana. • Examinar las principales demandas ciudadanas y la manera en que se convierten en una nueva forma de lucha y reivindicación social presente en diversos ámbitos sociales. • Distinguir la participación social en el sistema de partidos y los mecanismos que los propios partidos han establecido para favorecer y encauzar las demanda ciudadana.
• ¿Qué origina la contradicción en el despliegue de prácticas políticas, de gestión social contra las formas de organización de la sociedad civil? • ¿Cuál es la importancia de los principios como la horizontalidad y la rotatividad, contra la reproducción de las tradicionales prácticas políticas del sistema mexicano como la imposición, el mayoriteo y la imposibilidad de diálogo? • ¿Por qué el liderazgo femenino sigue siendo marginal al menos en términos de visibilidad? • ¿Cuáles factores coadyuvan a la presencia de prácticas discriminatorias al interior del sistema político?
2) La conformación de los canales de representación dentro de los partidos políticos, son el canal adecuado y permiten la correcta canalización y defensa de las demandas ciudadanas restableciendo una gestión pertinente y profesional a los movimientos sociales
Capítulo 4 El Cambio Político en el Sistema Electoral 4.1. Los Cambios en la Movilización Colectiva. 4.1.1. Los Movimientos Constantes ante la Crisis. 4.1.2. El Cambio Hacia las Elecciones. 4.1.3. La Unidad y la Combinación de Partidos y Organizaciones Sociales. 4.2. Los Tejidos Sociales por la Democracia. 4.2.1. EL Preámbulo de la Observación Electoral. 4.2.2. Las Propuestas Ciudadanas y el Contexto Electoral. 4.2.3. La Presencia de las Estructuras Ciudadanas en la Observación Electoral. 4.3. Convenios Políticos para Robustecer el Proceso Electoral. 4.4 La Construcción de los caminos Hacia la Ciudadanización del IFE. 4.5. La Posición Electoral a Debate. 4.6 A Manera de Síntesis
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CONCLUSIONES Y NUEVA AGENDA DE INVESTIGACIÓN.
La legitimidad del proceso política está sustentada en la certeza que tiene el
ciudadano respecto a la ser representado de manera explícita, por lo que la
pérdida de legitimidad del sistema político tiene que ver con la forma en que la
demanda social y ciudadana es procesada por este sistema.
Nuestra Carta Magna, define que debemos considerar a la democracia como una
forma de vida, en este sentido, se debe tener una mayor intervención de los
ciudadanos en los asuntos políticos de su país, creando mecanismos que
permitan esa participación activa y constante.
Con la reforma constitucional de 1977 se otorga reconocimiento constitucional a
los partidos políticos, entre las razones para su reconocimiento se encuentran
íntimamente vinculados con la historia de la democracia libre de nuestro país, y
por ende considerados como unidades de acción política, cuya principal finalidad
es promover la participación del pueblo en la vida democrática y hacer posible que
estos ciudadanos tengan acceso a los cargos de elección popular.
En un principio el artículo 35 de la Constitución Mexicana, le otorga al ciudadano
las prerrogativas de votar y ser votado para todos los puestos de elección popular
y ser nombrado para cualquier otro empleo o comisión, pero debiendo tener las
cualidades que establezca la ley, es decir, entre otras cosas, cumplir ciertos
requisitos como la edad, el empadronamiento, la vecindad, etc., que deben ser
establecidos en una ley secundaria.
Luego entonces, las cualidades necesarias, las condiciones para ser votados para
todos los cargos de elección popular, deben estar contempladas en leyes
secundarias, y estas leyes secundarias expresamente señalan que solo podrán
registrar candidatos a puestos de elección popular los partidos políticos (COFIPE
artículo 175).
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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En un primer término la Constitución Federal deja abierta la posibilidad de que
cualquier ciudadano pueda ser postulado a cargos de elección popular, pero
posteriormente acotan esa posibilidad al contenido de las leyes secundarias. Es
decir, una ley secundaria es la que restringe ese derecho, dándoles esa potestad
exclusiva a los partidos políticos.
Como regla general los partidos políticos deben cumplir su esencia constitucional
de forma individual e independiente, para lograr la representación a la que
aspiran, y solo como excepción deben buscar coaligarse.
Es necesario incluir la prevención de que los partidos políticos que pretendan
coaligarse no lo puedan realizar en el periodo inmediato siguiente a las elecciones
en las que se hayan coaligado, ya que el hecho de que contiendan de forma
individual en la siguiente elección, permitirá advertir y justificar su verdadera
representatividad nacional.
En este sentido, con el fin de que dichos institutos cumplan con sus propósitos
fundamentales, es necesario:
1) Establecer mayores requisitos para el otorgamiento del registro como
partido político nacional, que pongan un freno a la conformación de
partidos políticos cuya representatividad nacional es exigua, lo que
conllevará a reducir los recursos públicos que se destinan para su
financiamiento.
Aspecto particularmente relevante resultan las coaliciones, como nuevos
requisitos para formar coaliciones se propone que en el convenio de coalición no
se le pueda asignar a cada uno de los partidos políticos una cantidad mayor del
porcentaje de la votación total emitida que obtuvo en la elección inmediata
anterior; que en las elecciones de diputados federales y senadores de la
República las coaliciones sean siempre parciales; que el candidato que sea
postulado por la coalición, tenga cuando menos tres años de antigüedad de
militancia de uno de los partidos políticos coaligados que lo postulan, así como
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CXIII
que no hubieran participado en el proceso interno de selección de algún partido
político distinto al que conforme la coalición y; que se coliguen partidos políticos
con afinidad ideología.
2) Se debe implementar en nuestro marco jurídico electoral nuevas
alternativas de contienda, como son las candidaturas comunes, esto
permitirá verificar a la autoridad electoral la verdadera representación de
los partidos políticos sin que tenga que restringir de forma extrema a
estos institutos políticos en su derecho de libre asociación. Asimismo, se
tendría mayor certeza de que el financiamiento público que reciba el
ente político es equitativo al número de votos que obtenga en la
elección.
3) El financiamiento público que reciben los partidos políticos tanto para
que lleven a cabo sus actividades ordinarias permanentes como las
dirigidas a obtener el voto, debe ir disminuyendo paulatinamente.
La reducción del financiamiento público de los partidos políticos puede darse, a
partir de ir modificando la fórmula que actualmente se emplea para su asignación,
disminuyendo el financiamiento a aquellos partidos que participen en coalición en
los procesos electorales, reduciendo la duración de las campañas electorales,
hasta la contratación de espacios en medios masivos de comunicación para
promoción partidista como facultad exclusiva de la autoridad electoral.
Se deben ampliar las fuentes y montos de los recursos privados que pueden
recibir los partidos políticos, conservando el catálogo de aquellas personas físicas
o morales que se encuentran impedidas para realizar aportaciones a estos entes
políticos.
El ampliar el financiamiento privado, no significa abrir las puertas a los recursos
ilícitos o a la adquisición de compromisos con quienes representan intereses
políticos, sociales o económicos nacionales, sino transparentar dicho ingreso.
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CXIV
La ampliación de los recursos privados en las actividades de los partidos políticos,
deben ser controlados con mayor eficacia y eficiencia, a través de hacerlos
transparentes y públicos.
Al ser el Instituto Federal Electoral, a través de la Dirección de Prerrogativas y
Partidos Políticos, quien contrate los tiempos y horarios radiofónicos y televisivos,
que habrán de ser utilizados por los partidos políticos en la difusión de sus
campañas electorales, se garantiza igualdad en el acceso y contratación de los
mismos.
En este sentido, se debe recordar la relevancia de que existan condiciones de
igualdad entre los partidos políticos, el Consejo General del Instituto Federal
Electoral, previo al inicio del proceso electoral correspondiente, emitirá el Acuerdo
mediante el cual se determine el monto que los partidos políticos pueden destinar
a la contratación de espacios en radio y televisión.
Se prohíbe la contratación de espacios en medios de comunicación que se
relacionen con el proceso electoral, por parte de personas físicas o morales,
distintas al Instituto Federal Electoral, generándose condiciones de igualdad para
que los partidos políticos accedan en condiciones de equidad a la radio y
televisión.
Al ser el Instituto Federal Electoral, la única instancia facultada para contratar
espacios radiofónicos y televisivos, y al existir una denuncia sobre el contenido de
los mensajes difundidos, dicha autoridad podrá exigir a los concesionarios el retiro
inmediato de los spots denunciados. Con ello se reducen los tiempos y costos de
campañas electorales, obligando a los concesionarios ofrecer mejores tarifas y
horarios, para la transmisión de los mensajes partidistas.
Al restringirse la libertad de los partidos para que sean ellos quienes contraten
espacios en los medios de comunicación, se verán obligados a difundir mejores
mensajes, elevando el nivel del debate frente a sus adversarios y ofertar mejores
propuestas a los electores.
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CXV
La fiscalización de los recursos tanto públicos como privados, que reciben los
partidos políticos, debe ser más eficaz y eficiente, para dejar atrás el carácter
rigorista y sancionador, ya que el régimen actual no garantiza la inhibición en la
comisión de las faltas, ni se asegura la debida comprobación y justificación en la
aplicación de estos recursos.
La autoridad electoral debe hacerse responsable patrimonialmente por los daños
que con sus actuaciones o resoluciones tomadas no necesariamente por
arbitrariedad, sino por negligencia o un error en la apreciación de los hechos, se le
causen a los partidos políticos fundamentalmente en la imposición de sanciones
pecuniarias.
Evidentemente un sistema regulatorio es insuficiente, sin el modelo
correspondiente de sanciones claras y específicas, es necesario regular el
tasamiento específico de la responsabilidad y sancionabilidad de la conducta
irregular imputable a los partidos políticos, en torno a los principios de Partido
Garante y Culpa, a partir de parámetros establecidos en los puntos desarrollados
por el derecho penal, en los que se consideren elementos tales como el grado de
conocimiento de la falta, beneficio obtenido, afectación causada al bien jurídico
tutelado, posibilidad de los infractores para establecer medidas precautorias y
reparadoras de la presunta falta, grado de intervención de la voluntad del agente y
del partido político a quien se relacione con el presunto infractor.
En materia de fiscalización de los recursos públicos que se asignan a los partidos
y agrupaciones políticas nacionales, se debe trasladar la función jurisdiccional
para conocer y resolver dichos asuntos al Tribunal Federal de Justicia Fiscal y
Administrativa, dado que es un tribunal especializado en materia fiscal y
hacendaria, máxime cuando los criterios a que se sujetan los aspectos de
fiscalización de los recursos públicos asignados a los partidos políticos obedecen
en función del marco normativo y diversos precedentes que en materia fiscal
prevalecen en nuestro régimen jurídico.
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CXVI
No obstante, que los actos de precampaña se desarrollan dentro del proceso
interno de selección de candidatos de los partidos políticos, los efectos de estas
acciones llegan a trascender en los procesos electorales, traduciéndose en
ventajas indebidas frente al resto de los contendientes, lo que a su vez vulnera el
principio de equidad de la contiendas electorales, por lo que se propone que el
Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales se reforme y se
adicione un Capítulo que regule expresamente a las precampañas.
Deben realizarse modificaciones a las leyes vigentes, a efecto de que las
autoridades legalmente establecidas auxilien al Instituto Federal Electoral, en
apoyo de su funciones, para que sancionen ya sea en procedimientos fiscales, en
procedimientos administrativos e inclusive con sanciones de tipo penal, a los
ciudadanos que en un indebido ejercicio de sus derechos políticos vulneren la
norma o afecten el desarrollo del proceso electoral.
Se debe respetar la autorregulación de los partidos políticos en materia de
precampañas, siendo ellos quienes a través de sus convocatorias establezcan la
forma de selección de sus candidatos, así mismo los tiempos en los que sus
militantes deberán contender.
Para superar el conflicto de normas que prevalece entre el Código Federal de
Instituciones y Procedimientos Electorales y la Ley General del Sistema de Medios
de Impugnación, en lo referente a lo contenido en el artículo 64 párrafo 3 del
mencionado Código y el artículo 3 párrafo 1 inciso a) de la Ley, se propone que se
incluya la excepción de que los convenios de coalición si son atacables, siempre y
cuando se violen principios constitucionales o legales, con la finalidad de dar
vigencia al acceso a la justicia del que gozan los partidos políticos.
Es necesario incluir las reforma de que en el registro de los convenios de coalición
por cuanto hace a la elección presidencial, los partidos políticos tienen la
obligación de presentar un programa legislativo, tal como se alude en la artículos
de jurisprudencia del tribunal electoral federal, para que de esta manera los
ciudadanos puedan contar con la información necesaria para tener un mejor
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conocimiento de la propuesta legislativa, máxime cuando dicho convenio por su
naturaleza obliga a que los partidos políticos se coaliguen de manera total en las
elecciones para renovar el Congreso de la Unión.
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad
Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva
Irremediable, 1994 a 2011
REPORTE DE LA INVESTIGACIÓN
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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Introducción
En México los ciudadanos han votado elección tras elección por las ideas,
principios y programas de los partidos políticos, así como por los candidatos que
representan, pero dichos candidatos, al transformarse en representantes
populares han dado la espalda a los compromisos que contrajeron con sus
electores. En tales condiciones, la ciudadanía ha buscado otras opciones para
participar en la vida pública, unas pasivas, como la de abstenerse de votar, y
otras, activas como la de organizarse en asociaciones para fines concretos.
Las candidaturas independientes no son nuevas, han exigido a lo largo del devenir
histórico de nuestro país, sin embargo en los últimos años han resurgido como
una respuesta a la partidocracia, es decir, al sistema que ha privilegiado el
monopolio de la representación política a través de los partidos.
Cuando escuchamos hablar del término sistema electoral lo relacionamos de
manera inmediata con el período de elecciones, por lo tanto el electorado no le da
la importancia de debiera, quizás por las malas experiencias que estas han dejado
en nuestro país y por la poca o casi nula difusión que se hace al verdadero
significado de este tema, ya que a través de este sistema designamos y elegimos
a nuestros gobernantes, por lo tanto lo que se pretende lograr a través de este
trabajo en concienciar y hacer reflexionar a la gente de tal y cual importante es
este sistema, ya que la soberanía radica en el pueblo y todos somos culpables y
responsables de los malos gobiernos que nos han tocado.
Existe un factor importante en el sistema electoral y este se denomina como
partidos políticos encontramos una diversidad de estos, unos se hacen llamar de
izquierda y otros de derecha pero al final resulta ser lo mismo, estos tienen como
finalidad política, promover el voto y despertar el interés en los ciudadanos, ya que
estos nos representan en un congreso. Y alcanzar la presidencia de la República
es su mayor objetivo.
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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Este sistema electoral encuentra su fundamento legal en la ley suprema de
nuestra nación que es la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y
por el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.
El órgano encargado de regular a este sistema de partidos políticos desde su
registro hasta la forma de financiamiento y gasto del mismo, en conjunto a todo lo
referente a la jornada electoral, este órgano recibe el nombre de Instituto Federal
Electoral, este se integra, por un consejo general, el cual se conforma por 8
consejeros electorales y un presidente, los cuales duran en su cargo 7 años.
Así mismo encontramos un órgano regulador de conductas que se denomina
Tribunal Federal Electoral encargado de sancionar las malas conductas y los
procedimientos ilícitos por parte de los partidos políticos.
Aunado a esto La evolución de nuestro sistema electoral, particularmente en el
México actual, ha sufrido una evolución de mayor trascendencia que ha marcado
de forma considerable nuestra convivencia como sociedad, por supuesto, derivada
de la participación ciudadana que se encuentra salvaguardada por el
reconocimiento legal y el ejercicio eficaz, pleno y efectivo de su derecho a elegir
sus gobernantes.
Precisamente para lograr una adecuada reglamentación de esa participación
social se requiere, entre otras cosas, establecer con precisión la que los
mexicanos nos hemos dado en nuestro vigente sistema normativo y del cual, dado
el cambiante sistema social y democrático que tenemos, requerirá siempre de los
ajustes indispensables para fortalecer la legitimidad de quienes llegan al poder
público evitando así el desbordamiento de acciones ciudadanas organizadas que,
se quiera o no, pueden poner en riesgo la estabilidad política, social, económica y
democrática del país, desembocando en algo que creo que los mexicanos hemos
superado y que son los movimientos armados.
Como elementos del Estado, es pertinente recordar que el territorio, población y
gobierno, se rigen en un orden jurídico que los rige; en ese orden de ideas, al
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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gobierno (que es la parte dominante que ha ganado el poder público), corresponde
entre otras dictar normas de observancia general y hacerlas efectivas, dentro de
los cuales derivan aquella reglamentación que tiene por objeto organizar,
coordinar y regular los procesos de renovación de los propios poderes públicos.
Ahora bien, como lo disponen los especialistas, este precepto establece con
claridad contundente que corresponde al poder público determinar cuáles son los
órganos responsables pero también a éste le compete, a través del proceso
legislativo que también se ha dado para la creación de sus normas, precisar las
reglas a las que estarán sujetos los ciudadanos, parte integrante del pueblo
organizado, que participen dentro del proceso de renovación de los titulares de los
órganos de autoridad que deben ser electos por una voluntad mayoritaria.
Por sí mismos, los preceptos legales específicos que reconocen los derechos de
los ciudadanos a participar dentro las elecciones, ya sea para elegir a sus
gobernantes o bien para ser electos como tales, y dispone la competencia de las
autoridades electorales en la organización, conducción y coordinación de los
procesos electorales, así como la resolución de controversias que se susciten por
la aplicación de este orden legal y que vulnere, a juicio de los recurrentes, los
principios rectores que deben observar las propias autoridades electorales recaen:
El artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos prevé el
mecanismo por excelencia para la renovación de los poderes públicos que se
ostentan como democráticos. Sus características son que las elecciones deben
ser libres, auténticas y periódicas.
Para tales fines, el propio precepto legal en cita, invoca una serie de bases que el
legislador ha determinado como reglas generales, o podemos decir básicas, para
celebrar autentica y libremente una elección para renovar a los poderes públicos.
La primera de ellas consiste en establecer la naturaleza de los partidos políticos y
reconocer la forma en que intervendrán dentro de los procesos electorales, dando
el inalienable derecho a los ciudadanos de afiliarse libre e individualmente a los
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partidos políticos; la segunda de las bases tiene que ver con el sistema de equidad
que debe ser observado, así como las reglas del financiamiento a que están
sujetos los partidos políticos, tanto de los recursos públicos que reciben por
concepto de gasto ordinario, como aquellos que pueden atraer por el concepto de
financiamiento privado, disponiendo con toda certeza que los primeros, o sea las
prerrogativas públicas no pueden ser menores a los que se reciban por la vía de
recursos privados, y se salvaguarda en todo momento la facultad de la autoridad
electoral para señalar un límite a los gastos que se eroguen en las campañas, así
como a las aportaciones que eventualmente los ciudadanos podrían hacer a los
partidos políticos; la tercera de las bases, se establece la creación, denominación
y rango que la propia constitución otorga a la actividad de la autoridad electoral.
Cabe hacer notar una excepción a este tema de investigación que está enfocado
particularmente a una reforma en el ámbito federal, y este se refiere al contenido
del artículo 99, fracciones IV y V (en esta última fracción únicamente por cuanto se
refiere a la posibilidad de la afectación que sufra un ciudadano en sus derechos
políticos dentro de procesos locales) de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, establecen la facultad del Tribunal Electoral del Poder Judicial
de la Federación para revisar los actos o resoluciones de autoridades locales, que
siendo definitivos y firmes en una entidad federativa o que no exista medio
ordinario alguno para su salvaguarda en tratándose de derechos políticos
ciudadanos, puedan ser objeto de análisis y estudio, con la consecuente
revocación o modificación del acto impugnado. Si bien este tema de por sí
constituye una variante importante que merecería un tratamiento reflexivo sobre el
actuar de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la
Federación en torno a decisiones verdaderamente controvertibles en diversas
entidades federativas, lo cierto es que nuestro tema va enfocado a la necesidad de
una reforma a nivel federal, aun a pesar de que dentro de la presente
investigación se citan recursos precedentes locales, cuya finalidad única no es
abordar temas derivados de esas controversias locales, sino reforzar nuestro
planteamiento propuesto en el presente estudio cuyo enfoque central es, como
hemos sostenido, una reforma de carácter federal.
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Así las cosas, con la anterior excepción, encontramos que el artículo 99 de la
Constitución Federal contempla la naturaleza de la autoridad jurisdiccional a cargo
de la resolución, en última instancia, y en algunos casos en única (en tratándose
de la validación del padrón electoral), de las controversias que se susciten en
razón de los actos que emitan las autoridades electorales de carácter
administrativo, de suerte tal que dicho precepto no sólo le da esa existencia y
máximo rango superior jerárquico con excepción de la Suprema Corte de Justicia
de la Nación, sino también contempla su funcionamiento e integración, así como
su forma de renovar a los magistrados que la componen.
A este Tribunal Electoral compete, pues, la resolución de las controversias en las
elecciones de los integrantes del Congreso de la Unión, así como la
correspondiente a la elección del Presidente de los Estados Unidos Mexicanos;
además se le reconocen atribuciones para conocer de actos emitidos por las
autoridades administrativas electorales en los rubros relativos a su quehacer que
no necesariamente se refieran a la elección de los poderes públicos, así como en
relación a derechos políticos electorales de ciudadanos que se sientan afectados
por la vulneración a su esfera jurídica; se incluye adicionalmente la competencia
Como hemos dicho, la sociedad organizada siempre busca, a partir de lo que
experimenta después de un proceso electoral, de perfeccionar los métodos de
elección de sus representantes populares, aspectos que recogen los principales
actores políticos quienes finalmente tienen de modo directo o indirecto la
posibilidad de hacer los análisis pertinentes.
En México por ejemplo, desde inicios del siglo XX encontramos a una sociedad
claramente destina a la evolución democrática y con mayor razón a los
procedimientos para alcanzar el poder público, sea a paso lento o acelerado, lo
cierto es que desde al comienzo del siglo pasado, los planteamientos novedosos
en materia de las elecciones constitucionales no se hizo esperar.
En la última reforma destacan los requisitos para la formación de partidos
políticos, los requisitos para ser votantes, se desglosa las cuestiones relativas a la
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etapa preparatoria de las elecciones, la integración de mesas directivas de casilla,
registro de candidatos ante la Comisión Federal de Vigilancia Electoral, la jornada
electoral, el empadronamiento, el del cómputo distrital y para senadores, así como
la calificación de las elecciones, creándose el Consejo del Padrón Electoral.
Sin lugar a dudas, la creación del Instituto Federal Electoral, permitió la
consolidación que se buscaba en cuanto a los procesos electorales, que derivaron
ciertamente de los conflictos post electorales que marcaron particularmente a
nuestro país entre 1988 y 1994. De cualquier modo el salto que dimos entre el
código de 1990 y la reforma de 1996, permitió una evolución significativa, pues
aunque ya se vislumbraba la necesidad de llevarla a cabo por presiones sociales
(según los partidos de oposición) o concesiones políticas (según el partido
gobernante), lo cierto es que el paso no solo fue gigantesco -como algunos
tratadistas sostienen- sino que fue mejor aún; fue un paso sólido que permitió al
país transitar y seguir transitando con instituciones fuertes, democráticas,
consolidadas y con alta aceptación social.
El paso por diversas reformas a la legislación electoral vigente, sin lugar a dudas,
permite sostener, como al inicio de esta introducción hemos dejado planteado, que
la dinámica de la sociedad que se encuentra en constante evolución, sobre todo
en tratándose de temas en los que se refiere a la elección de sus gobernantes,
nos hace sostener que México, al menos en los últimos 35 años, tuvo pasos
agigantados en cuanto al perfeccionamiento de sus sistemas electorales se
refiere, pasando de discusiones donde el fraude electoral era la principal bandera
que enarbolaban los entonces partidos políticos en la oposición, a debates sobre
aspectos relativos a la equidad en la contienda, la necesidad de revisar o fiscalizar
los recursos que se erogan en las campañas; esto es, pasamos de conflictos de
primera generación, a debates centrados en aspectos que han quedado
superados por mucho y que fueron marcadamente señalados en el siglo pasado.
El hecho de que el sistema electoral mexicano durante su constante evolución,
principalmente en los años pasados no haya encontrado los mejores canales para
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favorecer a una minorías, no significaba en lo absoluto que nuestro país no estaba
avanzando en materia de democracia o de sus procesos electorales, o bien, en la
perfección que requería desembocar en la plena legitimidad de sus gobernantes,
sino que como parte de un proceso in crecendo éstos sistemas fueron producto de
los acuerdos políticos que tenían un solo propósito, la consolidación de un
régimen que durante todo el siglo XIX y a principios del siglo pasado sufrió por las
continuas guerras internas cuyo objetivo inicial siempre fue acceder al poder
político, circunstancia que finalmente fue canalizada en la idea de crear una
instancia "institucionalizada" que diera cauce a las distintas corrientes, posiciones,
movimientos e ideologías revolucionarias que se encontraban esparcidas por todo
el territorio nacional y que a su vez representaban el descontrolado deseo de
alcanzar los cargos de los poderes públicos, sean locales o nacional; ello con
independencia de que muchos de esas acciones organizadas, armadas o no,
fueron justificables a la luz de un país que buscaba la igualdad social y la
crecimiento democrático de sus instituciones.
Es por ello que no debe sorprender que las reformas electorales que se suscitaron
en los primeros años del México social (con la Constitución de 1917) hasta los
años setenta, no fueron profundas o bien no salvaguardaron aspectos que hoy en
día parecen comunes, y es precisamente durante esta última etapa que las
propias reformas derivan de reorientar dichos sistemas con la finalidad de ir
consolidando a quienes llegan a los cargos de elección popular; dicho en otras
palabras, lo que se busca es que las reformas atiendan a sortear con mayor
precisión, después de experimentar los procesos electorales por muy complicados
que éstos se vean, los conflictos post electorales.
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Capítulo 1 Definiciones de Democracia, Legitimidad y Sistema
Electoral en México.
11. Democracia
1.1.1. Antecedentes
El concepto democracia ha evolucionado a lo largo de la historia, en principio
diversos pensadores lo concibieron como el peor de los sistemas de gobierno,
recordemos que Aristóteles al hacer su clasificación de las formas de gobierno
llama "politia" al gobierno de la mayoría o de la multitud, mientras que asigna el
nombre de democracia a la forma corrupta, Platón por su parte opina que el mejor
gobierno es el gobierno de los mejores, aquellos que se encuentran provistos de la
habilidad y experiencia necesarias tienen más derecho a gobernar, cree que el
pueblo conduce sus asuntos de acuerdo con los impulsos, sentimientos y los
prejuicios. Como vemos estos argumentos nos demuestran el sentido negativo
con el cual se concebía a la democracia; con el paso del tiempo dicho término
goza hoy de una connotación positiva y de gran aceptación por parte de
académicos, ciudadanos, políticos, etc. considerándolo como el régimen más
armónico y eficiente que existe en nuestros días, como el gran ideal político de la
humanidad; tanto que hoy en día muchos países dicen ser democráticos.
La hipótesis democrática es más antigua de lo que se cree, sabemos que es en el
pueblo griego donde podemos encontrar los antecedentes más remotos de la
democracia, según relata Robin Osborne, "el Agora era el corazón de la ciudad en
ella se concentraba la administración, publicidad, la política, justicia, ostracismo,
religión, procesiones, bailes, atletismo o desfiles ecuestres", destacando como el
centro político urbano por excelencia ya que en ella se reunían los ciudadanos
para discutir los asuntos de la polis. También se sabe que en una pequeña isla de
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Limnos en el Mar Egeo, se encontraron evidencias arqueológicas que muestran
que la democracia data de fines de cuarto de milenio antes de Cristo.
"El pueblo Griego estuvo compuesto por jonios, dorios y eolios que en sus
gobiernos ya se encuentran presentes rasgos democráticos. Sin embargo el
nombre "democracia” aparece publicado hasta el siglo V. a. de C. en la obra de
Herodoto quien escribió su libro "Historia" en nueve tomos en el año 456 a. de C,
es posible afirmar que la democracia es un concepto anterior a su nombre pues
desde el siglo VI a. de C. se sabe de la presencia de regímenes organizados bajo
una orientación democrática en los cuales este sistema fue puesto en práctica a
través de constituciones escritas que garantizaban a la asamblea de los
ciudadanos formas de decisión colectiva organizadas conforme a la regla de la
mayoría, en un plano de igualdad interindividual".
Sobre la democracia se pueden indicar muchas cosas, hay infinidad de textos que
nos hablan sobre ella, su contenido es extenso pues a menudo se le asocia con
otros conceptos tales como: libertad, igualdad, derechos humanos, rendición de
cuentas, libertad de expresión, voto, elecciones, legitimación del poder, justicia,
etc., podríamos continuar citando adjetivos que se asocian con dicho término,
como vemos su sentido es amplio y es difícil encontrar una definición que trate de
abarcar este conjunto de palabras, retomaré la definición del Dr. Francisco Berlín
Valenzuela pues considero que contiene los elementos básicos que como
concepto debe tener la Democracia, en este entender nos dice que: "La
Democracia es una forma de vida basada en un supuesto racional de convivencia,
dentro de un orden jurídico, caracterizado por la igualdad, libertad y solidaridad,
surgido como resultado del consentimiento y participación del pueblo, que a través
de procedimientos idóneos, expresa la identidad de fines entre gobernantes y
gobernados". (Berlín, 1980. pág. 52)
De acuerdo con el contexto histórico, la Democracia particularmente la ateniense
tuvo características determinadas y podemos identificar las siguientes:
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A) La participación directa de los ciudadanos en el gobierno de la ciudad en
donde reunidos en "ekklesía" (asamblea popular) realizaban funciones
legislativas, ejecutivas y judiciales, lo cual era posible debido a la poca
cantidad de ciudadano que integraban los pueblos griegos, encontrándose
descartados para poder participar en la toma de decisiones las mujeres,
extranjeros y esclavos. La ciudadanía era una cualidad muy relevante en la
vida política de la Grecia antigua, quien no era considerado como tal
resultaba una persona inútil y quien perdía dicha calidad de ciudadano era
una deshonra total, un castigo extremo. Esto nos lleva a cuestionar, no solo
la concepción de "igualdad" sino la supuesta "libertad" que existía en esa
época la cual resulta bastante limitada.
B) La toma de las decisiones políticas se realiza a través del principio de
mayoría, esto con el fin de evitar brotes de violencia a causa de una
decisión que no contara con el consenso de la mayor parte de los
ciudadanos.
C) Los cargos de gobierno se concedían al azar, no mediante elección, dichos
puestos eran ocupados por periodos muy limitados y eran retribuidos
económicamente, esto como una compensación al tiempo invertido en el
desempeño de esta actividad.
D) Una condición fundamental para el establecimiento de la democracia era lo
que ellos denominaban "isonomía", es decir el principio de igualdad de
aquellos a los que se les otorgaba la calidad de ciudadanos, "los
demócratas griegos afirmaban la igualdad política por la vía de negar la
justicia del trato desigual de ricos y pobres, alegando que este tipo de
diferencia no era importante para excluir a alguien del derecho-poder de
intervenir en el proceso político", (Yturbe, 2001. pág 66) todos estaban
dotados de razón y de la capacidad de decidir políticamente.
E) La libertad en la antigüedad se entiende como la libertad de tomar
decisiones políticas y esta se concedían solamente a los ciudadanos libres,
"de la misma manera que la igualdad política, la libertad -entendida como
libertad de participar en el poder político-, era pues, un valor restringido a
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unos cuantos y era un bien no para el individuo en cuanto tal, sino para el
individuo que, como miembro de una colectividad de la cual formaba parte,
debía tomar decisiones que afectaban a la sociedad en su conjunto y en
sus partes". (Ytirbe, pág. 67 y 68)
F) En esta época las ciudades griegas contaban con un sistema constitucional
en donde organizan su régimen político y jurídico en un marco de leyes
convenientes con los principios democráticos del momento: igualdad,
libertad, principio de mayoría, etc., ejemplo de ello fue la Constitución de
Quíos del 575 a. de C. que es la constitución más antigua que se conoce o
la de Solón que data del año 594 a. de C.
1.1.2 Elementos Propios de la Democracia en la Actualidad
Los elementos propios de la democracia en la actualidad se han dado en función
del contexto social, cultural y político, actualmente ese contexto histórico ha
evolucionado y es diferente la sociedad de nuestros días a la antigua Grecia y
aunque consideramos que los principios básicos de la democracia es decir su
ideario jurídico y político no han sido sustancialmente modificados pues no pierden
su vigencia a través del tiempo, sin lugar a dudas necesariamente se han ido
adecuando a la realidad social en que vivimos.
Así pues podemos distinguir las siguientes cualidades de la democracia actual.
La igualdad sigue siendo una de las premisas fundamentales, recordemos que los
griegos la concebían exclusivamente en sentido político quedando descartadas las
mujeres, los esclavos y extranjeros, pero en nuestra sociedad contemporánea la
igualdad ha ampliado su espectro y ha disminuido esas diferencias integrando a
todos los seres humanos sin distinción de color, raza, sexo, ideología, posición
social etc.
Respecto a la libertad podemos decir que hoy en día no solamente se habla de
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libertad política sino más bien de la libertad del individuo como tal, "la democracia
no puede funcionar si no se presuponen las aportaciones de la tradición del
liberalismo, fundamentalmente de las declaraciones de los derechos de libertad
personal, de opinión, política, de asociación, etc. La democracia antigua es
evidente, no es una democracia que registre estos derechos de libertad es
democracia solo en la medida en que los ciudadanos participan en el poder, pero
a ese poder no se le reconocía ningún límite, es decir no se reconocía que
existiesen derechos pertenecientes al hombre en cuanto tal, en los cuales el
estado no pudiese interferir"(Ytirbe pág. 69) y fue la corriente ideológica del
liberalismo la que influyó de manera determinante en la forma de concebir la
libertad.
La democracia contemporánea es representativa. En una sociedad tan extensa y
plural como en la que vivimos resulta ineficaz el ejercicio de una democracia
directa por todas los conflictos que ello implica, la población del mundo ha crecido
ampliamente y dificulta la organización en sus relaciones por lo tanto fue
necesario crear mecanismos que consintieran hacerla más funcional lo cual se
logró a través de la representación que trajo consigo una serie de consecuencias
que incidieron en la manera de ejercer la democracia. Actualmente las decisiones
políticas son tomadas por personas elegidas por los ciudadanos, es decir sus
representantes (llámese Parlamento, Congreso, Presidente de la República, etc.).
Sin embargo esta elección de representantes debe reunir ciertas características:
deben ser elecciones libres, participativas, periódicas, y reguladas jurídicamente;
es a través de las elecciones que los ciudadanos participamos de la manera más
sencilla y elemental en la vida política, en consecuencia se conformarán los
órganos de representación popular que se supone deberán emprender todas
aquellas acciones encaminadas al bienestar de la vida de todos los ciudadanos.
El principio de la mayoría continúa predominando pues "en un estado grande,
donde las personas que deben decidir son muchas, caracterizado por una
pluralidad de grupos en conflicto entre sí, es prácticamente imposible la
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unanimidad. Entonces la única manera de resolver el conflicto sin que sea
necesario recurrir a la fuerza, es que después de ser amplia y libremente
discutidas las distintas opciones, se proceda al voto y las decisiones se tomen con
el máximo consenso posible, es decir con el consenso de la mayoría", (Ytirbe,
pág. 89) pero aunque predomina el principio de mayoría no pueden ni ignorarse ni
dejarse de lado el derecho de las minorías, un régimen democrático es plural y
debe prevalecer la convivencia pacífica de todos los individuos que integran la
sociedad.
Al igual que la democracia antigua en nuestro actual régimen democrático
contamos con una Constitución que representa la clasificación jurídica política que
sirve para garantizar la convivencia armónica, el equilibrio de las relaciones de
poder y la protección de garantías individuales y sociales, "el Estado democrático
no puede ser sino constitucional en el sentido de que se entiende como limitado.
Cuenta con controles diversos que van desde el marco jurídico hasta la división de
las facultades públicas las cuales adquieren en el Estado constitucional, la
dignidad de poderes diferenciados con funciones de vigilancia mutua y
cooperación" (De la Peña, pág 199).
Estas características son elementos mínimos que deben identificar un gobierno
democrático, lo ideal es que sigamos evolucionando para lograr una democracia lo
más acoplada posible a una forma directa en donde el pueblo aunque no sea el
que se gobierne a si mismo tenga una participación mucho más activa en la vida
pública y no solo delegue la toma de decisiones en un órgano legislativo, para ello
se han creado diversos mecanismos que aunque no han sido muy difundidos ni
utilizados resultan de gran apoyo para confortar el interés político del ciudadano
como: el referéndum, el plebiscito y la iniciativa popular con los cuales los
ciudadanos no solo participan en el origen del poder, también en el ejercicio real
del mismo.
Otro punto importante que distingue una sociedad verdaderamente democrática
es la pluralidad de ideas, de puntos de vista diversos. En la política también es
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importante que se de esta pluralidad y que los ciudadanos tengamos opciones
inteligentes, bien definidas y competitivas que debatan diversas propuestas. Una
nación con partido único o bien con una oposición débil no es muy democrática,
pensemos por ejemplo en países socialistas que no permiten la expresión de otras
ideas que sean contrarias a su ideología y que en lugar de fomentar la
competencia las consideran una amenaza para la continuación del régimen. La
sana democracia implica diversas alternativas políticas.
1.2. Legitimidad
1.2.1. Percepción y Terceras Teorías
A lo largo de la historia disciplinas como; la ciencia política, la filosofía, la
sociología e incluso el derecho han tratado de entender y justificar la existencia y
el funcionamiento del Estado, el poder y la representación política. Muchos de
nosotros nos hemos preguntado el porqué de la obediencia hacia el Estado, para
entender mejor esto es necesario hablar sobre el surgimiento del mismo esto nos
permitirá entender el significado e importancia de un término fundamental para el
planteamiento de la presente investigación, una parte importante es la palabra
legitimidad. A continuación mencionaremos algunas teorías ya clásicas que
abordan esta problemática.
El autor Jean-Marc Coicaud la define de la siguiente manera: "La legitimidad es el
reconocimiento del derecho de gobernar. Justificar simultáneamente el poder y la
obediencia es el primer desafío de la legitimidad. De esta doble demostración
dependen el derecho de gobernar y su resultante la obligación política". (Coicaud
2000. pág. 21.) De acuerdo con la primera definición para que se otorgue el
derecho a gobernar es necesario que alguien reconozca ese derecho es decir que
lo consienta pues un derecho que no es reconocido por nadie no tendría sentido,
en este caso quien tiene que reconocer este derecho son los ciudadanos pues a
ellos va dirigido. Aquí el consentimiento juega un papel muy importante pues será
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el lazo que se encargará de crear un sentimiento de obligación y obediencia
tocante de quien ejercerá el derecho de gobernar. "Consentir significa aceptar una
situación que implica una cierta renuncia manifestada en el deber de obediencia.
Es en este sentido que la relación de derecho entre gobernantes y gobernados
puede percibirse en términos de autoridad política" (Coicaud, pág. 24).
El Dr. Norberto Bobbio en el "Diccionario de Política" nos da la siguiente
definición: "La legitimidad, como atributo del estado es la existencia en una parte
relevante de la población de un consenso tal que afirme la obediencia sin que sea
necesario, salvo en casos marginales, recurrir a la fuerza. Por lo tanto, todo poder
tratar de ganarse el consenso para que se le reconozca como legítimo,
transformando la obediencia en adhesión. La creencia en la legitimidad es, pues,
el elemento integrador de las relaciones de poder que se desarrollan en el ámbito
estatal". (Bobbio, 1991. pág. 862) El citado autor resalta la importancia del
consenso, sabemos que quien ejerce el poder tiene autoridad, se le reconoce el
don de mandar y hacerse obedecer y aunque tiene el recurso de la fuerza o la
violencia para lograr mantener orden en el Estado es preferible que este suceso
no sea empleado y que la obediencia no se obtenga de manera forzada sino más
bien voluntaria lo que permitiría la estabilidad y eficacia de un orden determinado,
de lo contrario resultaría peligroso y desgastante el uso de estos métodos los
cuales en lugar de fortalecer al Estado tienden a su debilitamiento y destrucción.
Al respecto la Dra. Arnaiz Amigo afirma lo siguiente: "Nunca el Estado podrá
considerarse como fuerza fáctica. El poder que somete a súbditos que manda, no
crea progreso, ni bienestar, ni paz, ni orden, ni seguridad. Siendo la misión del
Estado encauzar los valores humanos, individuales y sociales, la atribución
coactiva es el medio secundario. Sirve para los casos anómalos de emergencia".
(Arnaiz, 1971, pág. 120)
De lo anterior podemos decir que poderío y obediencia hacen posible la existencia
del Estado, a continuación abordaremos las teorías que explican el origen de esta
dualidad.
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Percepción de la legitimidad en Thomas Hobbes
Thomas Hobbes escribe en 1651 El Leviatán en donde trata de explicar el origen
del Estado y desentraña la relación que existe entre el poder y el deber de
obediencia.
Para Hobbes el Estado es una instauración humana que no se origina porque al
hombre le interese asociarse políticamente ni obedecer a una autoridad, surge
principalmente por el miedo que tiene a la muerte y al sufrimiento tanto físico
como anímico, "el Estado surge entonces como una negatividad: solo el gran
miedo que enfrenta el hombre con la muerte puede llevarlo a deponer su libertad y
poder naturales a cambio de una ordenada y pacífica existencia, realizada por el
artificio político elaborado para tal propósito". (Gabaldón, 1989. pág. 76).
Para construir y entender mejor su teoría elabora un modelo físico-mecánico del
hombre en donde lo plantea como materia en movimiento el cual puede ser vital o
voluntario, el vital será aquél movimiento biológico propio de la naturaleza; el
segundo se refiere a las pasiones humanas que son principalmente dos: apetito o
deseo y aversión o rechazo las cuales van a desencadenar todas las demás amor,
placer, alegría, esperanza, bondad, etc. y sus contrarias que pueden ser odio,
desprecio, temor, desconfianza, venganza, etc., las cuales se van a reducir al
deseo de poder.
Hobbes distingue dos tipos de poder el natural y el instrumental, el primero se
refiere a aquellas facultades tanto mentales como corporales que posee el
hombre, inteligencia y fuerza mientras que el instrumental será todo aquello que
obtiene a través de las anteriores, ejemplo de ello son la riqueza, la reputación, los
amigos. En su obra titulada los Elementos define al poder de la siguiente manera:
"El poder de un hombre se precisa como las facultades corporales y espirituales y
otros poderes semejantes que por ellos se adquieren riquezas, autoridad,
amistades, favores y buena fortuna. Y como el poder de un hombre resiste y
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dificulta los efectos del poder de otro, el poder simplemente no es más que el
exceso de poder de uno sobre el poder de otro". (Gabaldón, pág. 83)
Además del elemento poder plantea la idea de que los hombres nacen iguales
tanto corporal como mentalmente y aunque existan diferencias en las que un
hombre pueda tener más desenvueltas diversas cualidades estas diferencias
nunca son los suficientemente marcadas y poderosas para que uno de ellos no
pueda pretender lo mismo que el otro. Por lo cual si los hombres en un plano de
igualdad luchan por la acumulación de poder se genera un conflicto de intereses
que se resuelve por medio de la fuerza, de la lucha entre los hombres para
obtener el mayor beneficio lo que a su vez trae como resultado la guerra, este es
el estado de naturaleza es decir la guerra permanente de "todos contra todos".
Con la guerra se ponen al descubierto las pasiones de las que hablábamos
anteriormente particularmente el temor a la muerte y el deseo de conservar la
vida, "el miedo a la muerte niega todo confort existencial, toda racional esperanza
puesta en el propio esfuerzo y en el propio trabajo. Pero el deseo de vivir, la
pasión por la autoconservación, propicia con ayuda de la razón el movimiento
colectivo hacia la institucionalización racional del Leviatán". (Gabaldón, pág. 89)
Vivir en un estado de naturaleza permanente trae consigo inseguridad,
destrucción, temor, la muerte de los hombres y finalmente de la sociedad. Por lo
que se hace necesaria la creación de una superestructura con poder superior a los
poderes individuales que tendrá la facultad de resolver los conflictos de intereses
surgidos del estado de naturaleza y lograr así la estabilidad necesaria para la
supervivencia de los hombres.
Para que sea posible la creación del Estado o República como él la llama, es
necesario el establecimiento de un pacto social "que no es otra cosa que la
sociedad reunida en una persona, el Estado, el cual supone un acto de voluntad
mediante el cual cada hombre por pactos mutuos autoriza y abandona el derecho
a gobernarse a sí mismo, a una asamblea de hombres, con la condición de que tú
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abandones tu derecho a ello y autorices todas sus acciones de manera
semejante". (Gabaldón, pág. 98).
El compromiso supone pues, el consenso de los hombres que conlleva al
reconocimiento y aceptación de la existencia del poder soberano, así como la
obediencia a este, a cambio el Estado tendrá que garantizar el mantenimiento del
orden, la paz y la estabilidad de la sociedad, de este acuerdo de los hombres
deviene la legitimidad.
La realización del pacto social del que hablamos se da solo a través de la razón y
el lenguaje, atributos que diferencian al hombre de cualquier otra criatura de la
naturaleza y gracias a los cuales es posible la interacción humana. Del delicado
uso de ambos será posible la solución de los conflictos o contradicciones entre el
derecho natural, entendido como la libertad que tiene el hombre de usar su poder
como él quiera, y la ley natural que será la obligación y prohibición que tiene todo
hombre de realizar aquello que pueda conducirlo a su destrucción. Del uso
incorrecto se originan conflictos que pueden llegar a transformarse en guerras.
Hobbes considera que la legitimidad más que por la fuerza debe darse por la
palabra. Un Estado que imponga miedo está destinado a su fin.
Para la construcción del poder absoluto del Estado es necesaria la creación de
normas que regulen la conducta de los individuos con el fin de hacer posible tanto
la vida política del Estado como la vida individual de cada hombre; sin embargo
Hobbes se enfrenta a la insegura de cómo hacer leyes justas cuando existe una
gran diversidad cultural social, y de intereses, consecuentemente analiza la
desigualdad social sin dejar de lado el concepto de justicia e igualdad y así
establece que "la justicia es cierta cualidad que consiste en que siendo todos
iguales por naturaleza nadie puede arrogarse más derecho que el que concede a
otro, a menos que lo haya obtenido justamente o por acuerdo" (Gabaldón, pág.
101)
Vemos que la legitimidad de la que nos habla Hobbes además del consenso está
referida con la representación pues en el momento que la sociedad pacta la
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creación del Estado que le garantizará el orden y la tranquilidad de su existencia,
acepta también la autoridad de una persona o de una asamblea que lo
representará y que por lo tanto tendrá el poder soberano de gobernar,
"afanosamente Hobbes buscaba asentar la soberanía absoluta, pero ejercida con
el consentimiento de la mayoría, expresada mediante la elección de un gobierno
que habría de representar los intereses comunes. Instituir una república equivale
a elegir un hombre o asamblea de hombres que represente su persona".
(Gabaldón, pág. 106)
La legitimidad es sin duda una definición clave en la democracia pues sin este
precepto el hombre estaría destinado a vivir en una contienda permanente.
Jean-Jacques Rousseau (Tercera Teoría)
Rousseau es otro de los pensadores que al estudiar el origen del Estado y su
legitimidad va en contra de las teorías que conciben el poder de una autoridad
como un fenómeno que se origina de manera natural y que ven en la violencia el
vínculo generador de la obediencia y dominación del Estado, rechaza toda
justificación del poder a través de la autoridad patriarcal, de la esclavitud o el
derecho del más fuerte pues cree que el derecho a gobernar no es algo natural en
virtud de que todos los seres humanos nacemos libres e iguales, "puesto que
ningún hombre tiene por naturaleza autoridad sobre su semejante, y puesto que la
fuerza no constituye derecho alguno, quedan sólo las convenciones como base de
toda autoridad legítima sobre los hombres" (Rousseau, 1987. pág. 5 y 6)
La primera convención de la que nos habla es aquella por la que se crea el Estado
civil cuyo antecedente es el estado natural o primitivo, en el cual el hombre siendo
libre guía su dirección conforme a sus impulsos e instintos teniendo como único
límite el uso de la fuerza lo que traería como consecuencia la destrucción del
género humano, para evitar esto y preservar su existencia Rousseau plantea la
necesidad de establecer un pacto social en el que cada uno pone en común su
persona y todo su poder bajo la dirección de la voluntad general, y cada miembro
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es considerado como parte indivisible del todo, de esta forma se entra al Estado
civil.
Pero dicho pacto debe ser "una forma de asociación que defienda y proteja con la
fuerza común la persona y los bienes de cada asociado y por la cual, cada uno,
uniéndose a todos, no obedezca sino a sí mismo y permanezca tan libre como
antes" (Rousseau Juan Jacobo, pág. 9) La solución que plantea es el Contrato
Social. Se trata de una asociación en la que los hombres no tienen por qué dejar
de ser libres e iguales y aunque ya no poseen la libertad natural en la que el
hombre obedecía a sus impulsos y el derecho ilimitado de todo cuanto deseaba, a
cambio goza de una libertad civil en la que obedece a la razón y tiene la propiedad
de los bienes que posee. Por su parte la libertad natural se transforma en una
libertad moral la cual permite superar tanto las desigualdades físicas como las de
talento.
Para construir este ente moral que es el Estado civil es necesaria la voluntad de
cada individuo y una vez unidas las voluntades de todos se origina la "voluntad
general" que tiene por objeto el beneficio común gracias al cual se establecerá el
vínculo de la sociedad entre todos aquellos intereses particulares que puedan
existir.
La voluntad general forma la justificación de la Soberanía la cual consiste en la
aplicación de la fuerza común del Estado al objeto señalado por la voluntad
general protegiendo siempre los derechos legítimos de los ciudadanos. Para
Rousseau la Soberanía debe reunir dos características que resultan esenciales
para su funcionamiento, debe ser inalienable e indivisible. La primera
característica se refiere a que no puede cederse y tampoco ser representada pues
al tener un dueño o representante el pueblo tendría que obedecer a alguien,
incluso someterse; ya no existiría la voluntad popular, para entenderlo mejor lo
explica de la siguiente manera: "No siendo la soberanía sino el ejercicio de la
voluntad general, jamás deberá enajenarse, y que el soberano, que no es más
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que un ser colectivo, no puede ser representado sino por él mismo: el poder se
transmite pero no la voluntad". (Rubio, 1990. pág. 67)
En otras ocasiones Rousseau se mostró en contra del establecimiento de cargos
como el de diputados u otro tipo de representantes, pues resultaba contradictorio
con su principio de inalienabilidad, en su lugar plantea la existencia de
"comisarios" quienes debían obedecer las órdenes de la voluntad general y cuya
existencia se justifica únicamente para hacer posible el ejercicio del poder, en
virtud de que la voluntad general solo podía realizar funciones legislativas pues el
objeto de la ley tiene que ser atender el interés público, en cambio no podía
ejercer directamente ni el poder ejecutivo ni el judicial, ya que éstas son funciones
realizadas mediante actos particulares que están impedidos realizar a la voluntad
general, en consecuencia se requiere el establecimiento de un "gobierno" a quien
se delegue el ejercicio del poder más nunca su titularidad pues esta le pertenece
al pueblo que en todo momento puede limitarlo, modificarlo y retomarlo cuando
así lo considere necesario. En proporción el concepto de gobierno Rousseau da la
siguiente definición: "Es un cuerpo intermediario establecido entre los súbditos y el
soberano para su mutua comunicación, encargado de la ejecución de las leyes y
del mantenimiento de la libertad tanto civil como política. Los miembros de este
cuerpo se llaman magistrados o reyes, es decir gobernadores, y el cuerpo entero
príncipe". (Rousseau, pág. 31) Dicho gobierno se instituye a través de dos actos:
establecimiento de la ley y ejecución de la ley. En el primero el pueblo establece
determinada forma de gobierno lo cual realiza a través de una ley, en el segundo
elige a quienes se encargarán de ejercer el gobierno.
Estas designaciones se pueden realizar a través de elecciones o bien a la suerte,
las elecciones recomienda emplearlas para aquellos cargos que requieran cierta
especialización y la suerte utilizarse cuando el cargo a ocupar no requiera más
que buen sentido, justicia e integridad que desde su punto de vista cualquier
ciudadano posee.
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Considera que entre más unanimidad exista en las opiniones, más dominante es
la voluntad general, mientras que cuando existen largas discusiones y demasiada
controversia es señal de que existen intereses particulares que no coinciden con la
voluntad general y que por lo tanto pueden llevar a la caída del Estado. Por lo que
las decisiones que tome la voluntad se expresan por el sufragio de la mayoría,
pues de acuerdo con Rousseau "la voz de la mayoría obliga siempre a los demás,
por exigencia del contrato mismo. La minoría ha de aceptar el dictamen de la
mayoría, pues del cálculo de los votos se saca la declaración de la voluntad
general". (Rubio, pág. 84.)
Según el carácter de la decisión que ha de tomarse existirán aquellas que
requieren de un mayor número de votos, para lo cual se establecen los siguientes
principios: "A mayor importancia y gravedad de las deliberaciones, la propuesta
exige mayor aproximación a la unanimidad, cuanto más urgente es la cuestión,
menor ha de ser la diferencia prescrita, en las que hay que resolver sobre la
marcha debe bastar el excedente de una sola voz. El primer principio conviene a
las leyes; el segundo a los asuntos, pero ambos deben combinarse para obtener
las mejores relaciones que pueden darse a la pluralidad para pronunciarse".
(Rubio. Pág. 84 y 85.)
Retomando las teorías de la soberanía, Rousseau nos dice que también es
indivisible ya que si pudiera dividirse no existiría voluntad general pues
recordemos que esta se hace posible gracias a la participación de todos individuos
que conforman el pueblo, sin esta unión simplemente no existiría, "la soberanía es
indivisible por la misma razón que es inalienable; por que la voluntad es general, o
no lo es". (Rousseau, pág. 14).
Por este principio también se pública contra la división de poderes, "pues si no es
divisible en su principio tampoco lo es en su objeto. El error, a su juicio radica en
tomar como partes de la Soberanía lo que sólo son emanaciones". (Rubio, pág. 68
y 69)
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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Además de construir la legitimidad en el origen del Estado Civil a través de lo que
Rousseau llama convenciones, se preocupa por diseñar una legitimidad de
ejercicio en el gobierno, por lo que propone la aplicación de una serie de reglas
fundamentales que tienen por objeto dar continuidad a la legitimidad,
concretamente en la actuación de poder ejecutivo, las cuales son las siguientes:
1. Administrar las leyes. Recordemos que el pueblo es el encargado del poder
legislativo y por tanto de crear las leyes; sin embargo la administración de
estas las delega a alguien más quien se encargará de aplicarlas siguiendo
el espíritu de la ley y el sentido de la voluntad general. Para lograr una
aplicación exitosa es necesario educar al pueblo y enseñarlo a amar las
leyes, con el objeto de que su cumplimiento más que forzoso sea
totalmente voluntario.
2. Mantener la libertad civil. Hacer cumplir la ley implica también garantizar el
mantenimiento de las libertades civiles pues si el hombre eligió salir de su
estado de naturaleza fue con el propósito de que se le otorgara seguridad y
protección a sus derechos de propiedad.
3. Proveer a las necesidades del estado. Lo que significa administrar
correctamente los bienes, hacer siempre necesario el trabajo, proteger los
derechos de propiedad dándole un sentido social de manera que se evite
convertirlos en instrumento de dominación, también menciona la creación
de un fondo público para el mantenimiento de los funcionarios públicos, que
Rousseau llama magistrados y en general para los gastos públicos, los
cuales deben ser equilibrados de manera "que ha de evitarse el gasto
público, ocasionado generalmente por deseos inútiles y, sobre todo, por el
afán de conquistas, de donde nace toda una cadena de necesidades
financieras que amenazan con arruinar tanto al estado como a los
ciudadanos a causa de los impuestos gubernamentales". (Rousseau, pág
79) Propone que para el establecimiento de impuestos exista el pleno
consentimiento de los ciudadanos o bien de sus representantes.
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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Max Weber
Entrar en el campo de la sociología política y abordar el concepto de legitimidad
para entender el fenómeno de la dominación y la obediencia en el establecimiento
del poder político. "La legitimidad de un orden social, en el contexto de la
discusión preliminar weberiana del término, es la percepción que se tiene de tal
orden como obligatorio o ejemplar para el actor social". (Rousseau, pág. 36) Para
Max Weber toda autoridad que pretenda hacerse obedecer debe implantar la
creencia de que es legítima.
Al asimilar la legitimidad la concibe en términos de apego al orden y como medio
para conseguir la dominación en un orden político, Agudelo Ramírez Martín al
hablar de la legitimidad del poder menciona que Norberto Bobbio acude con
frecuencia al concepto de legitimidad que ofrece Max Weber, el cual es el
siguiente: "El poder legítimo es diferenciado de la mera fuerza, y se entiende
como el poder que permite condicionar la conducta de los miembros del grupo
social". (Ramírez, 2006. pág. 89)
Max Weber al dialogar sobre la legitimidad de la dominación plantea la existencia
de tres formas para justificarlo las cuales son las siguientes:
1. Fundamentación tradicional.- Es la forma más tradicional y primitiva en
donde el poder se deriva de la tradición y la costumbre, Weber la define
como "la legitimidad de perdurable ayer, la validez de un hábito cuyos
comienzos se pierden en los tiempos, y en la orientación del individuo por
costumbre hacia su respeto que es semejante a la ejercida por patriarcas y
príncipes, pertenecientes al patrimonio de cuño antiguo". (Weber Max,
1989. pág 8.) Este tipo de legitimidad se basa en el carácter sagrado de la
tradición, de la costumbre del orden antiguo. Algo vale, por que vale desde
hace mucho tiempo y no requiere ninguna justificación anterior.
2. Fundamentación legal.- El poder surge de un sistema de leyes establecidas
racionalmente. En este tipo "se da por cierta la validez de preceptos legales
en razón de su competitividad objetiva fundamentada en las normas
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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establecidas conforme a la razón; mejor dicho en la orientación hacia el
acatamiento de las obligaciones instituidas conforme a derechos" (Weber
Max, pág. 9) Distingue 2 tipos de racionalidad la formal y la material. "La
racionalidad formal se caracteriza por notas generales unívocas que se
expresan o bien en una acción perceptible por los sentidos (firma, apretón
de manos) o bien en regulaciones abstractas (leyes). La racionalidad
material la encuentra en los imperativos éticos, reglas utilitarias y máximas
políticas que rompen el marco del formalismo". (Weber Max, pág. 12)
3. Fundamentación carismática.- El poder corresponde a un hombre al que se
atribuyen cualidades sobrehumanas, en la que el pueblo deposita su
absoluta confianza, "tal predominio carismático es la que fue detentada por
los Profetas y también, en el plano de la política, se han valido de ella los
guerreros elegidos, los gobernantes por razones de plebiscito, los
demagogos o los jefes de partidos políticos". (Weber Max, pág. 13) Weber
trata de fundamentar la existencia del dominio, la legitimidad es un factor
determinante para el mantenimiento del orden político, en su opinión el
mundo moderno fundamenta el poder en razón de la legalidad y poco le
interesan cuestiones morales que tengan que ver con la legitimidad lo
importante es la creencia que tengan los ciudadanos para obedecer cierto
orden establecido.
1.2.2. Resultados Emanados
Ha quedado establecido el concepto así como diversas posturas ideológicas en
torno al tema de la legitimidad, el siguiente objetivo es entender la importancia que
tiene en un gobierno democrático.
Así como en épocas anteriores se ha buscado justificar el poder existente, de igual
forma sucede en la actualidad. En una democracia representativa como la nuestra
solo un sector muy reducido es quien realmente ejerce el poder político, el tema
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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de nuestra propuesta se enfoca en la legitimidad de origen para la elección
presidencial pues sin lugar a duda en un sistema presidencialista como el nuestro
es una figura a la que se delega gran poder político por lo que en nuestra opinión
un cargo de esta magnitud requiere estar debidamente fundamentado.
"La división que separa a los individuos que gobiernan de aquellos que obedecen
representa la base sobre la que reposa la lógica de la legitimidad. Es a esta
división que aparece ante todo vinculada la significación del derecho a gobernar"
(Coicaud, 2000. pág 37.)
De acuerdo con los conceptos citados anteriormente, la legitimidad está muy
ligada al consentimiento voluntario, que hoy en día los ciudadanos manifestamos a
través de las elecciones, en las cuales determinamos quiénes accederán a los
cargos públicos, con ello formamos gobierno y al mismo tiempo se da legitimación
a nuestros representantes. En vista de que son los ciudadanos los destinatarios de
la actuación del poder resulta necesario que participen en la conformación del
mismo. "La legitimidad presupone el acuerdo de los gobernados. Los miembros de
una comunidad en la que existe una situación política de derecho, poseen una
función que, si bien no implica el ejercicio directo del poder, les confiere un status
de actores y sujetos. Participan en la actividad política, otorgan un apoyo que tiene
influencia real sobre el curso de las cosas y que en parte es expresión de su
voluntad". (Coicaud, pág. 66)
Nuestra sociedad actual es muy variada, diversa y compleja por lo que resulta muy
difícil por no decir prácticamente imposible lograr la fraternidad en el consenso,
debido a ello es que en la democracia actual continúa prevaleciendo el principio de
mayoría.
Cuando este consentimiento es otorgado por la mayoría de los ciudadanos a favor
de un candidato presidencial determinado podemos decir que tiene un alto grado
de legitimidad para desempeñar dicho cargo, lo que puede producir los siguientes
efectos:
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I) Reconocimiento y aceptación de dicho orden, lo que implica la vinculación
mutua de derechos y obligaciones por parte tanto de gobernantes como de
gobernados. Según se desprende de las teorías vistas sobre legitimidad una
condición para el funcionamiento de un Estado es la obligatoriedad de sus
decisiones a través de la obediencia "pero no la obediencia apática al
sistema político, sino una obediencia con base en razones de validez
generalmente reconocidas", (Cárdenas, 1992. pág. 20) en las que los
ciudadanos acepten de buen agrado la designación de una autoridad, una
norma jurídica, una decisión política, etc., y no solo se limiten a dimitirse al
cumplimiento de dichas decisiones. La legitimación es un resultado de un
orden jurídico dado por la adhesión y respaldo de los destinatarios de dichas
decisiones.
II) Genera la confianza de la gente lo que trae consigo la adhesión y el respaldo
en la toma de decisiones en determinados asuntos, facilita la gobernabilidad
en principio.
III) Permite ejercer el poder sin necesidad de recurrir a la violencia.
Por el contrario cuando una autoridad carece o tiene escasa legitimidad hay
desconfianza por parte de los ciudadanos lo que genera una serie de efectos
negativos que afectan el desempeño del gobierno como son:
A) La creencia generalizada en una posible manipulación de la elección que
tiende a descalificar todo el proceso electoral y a poner en entredicho la
legalidad de las mismas.
B) Inestabilidad política causada por la pugna entre quienes conciben el orden
como legítimo y los que no lo ven así.
C) Movimientos de protesta en los que la gente se opone a un dirigente y a las
instituciones políticas existentes.
D) El arranque en el desempeño del cargo se torna incierto y difícil.
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1.2.3. Contraste entre Legitimidad y Legalidad
Legitimidad y legalidad son conceptos que pueden parecer similares entre sí, pues
en diversas ocasiones suelen utilizarse de manera incorrecta lo que genera una
confusión en sus significados. Aunado a eso hoy en día experimentamos una
legalización de la legitimidad en la que solo importa que determinado acto se
encuentre apegado a la ley no siendo necesario su consentimiento social, dando
por hecho que es legítimo lo que es legal. Sin embargo aunque ambos conceptos
puedan llegar a relacionarse es necesario hablar sobre el contraste que existe
entre ambos con el objeto de evitar caer en criterios erróneos.
Además del consentimiento como base de la legitimidad, generalmente
relacionamos este concepto con aquello que es legal pues tenemos en mente que
dicha expresión se refiere a la idea de conformidad con la ley. Max Weber por
ejemplo, considera que el positivismo jurídico se inclina a traducir la idea de
dominación legítima por la de dominación legal es decir que "en el Estado
moderno, las decisiones tomadas conforme a un procedimiento legal bastan para
establecer la legitimidad política sin importar otros valores". (Coicaud, pág. 31)
Sin embargo, opinamos que aunque la ley es importante y no hay que dejarla de
lado debe ser un complemento de la legitimidad y no el sustento de esta.
Retomando la obra de Norberto Bobbio, podemos decir que la legalidad "se
entiende como un atributo y un requisito del poder, por el cual se dice que un
poder es legal o actúa legalmente o tiene carácter de legal cuando se ejerce en el
ámbito o de acuerdo con las leyes establecidas o de algún modo aceptadas"
(Bobbio, pág. 860) por el contrario la legitimidad según nuestro autor "es el atributo
del estado que consiste en la existencia en una parte relevante de la población de
un grado de consenso tal que asegure la obediencia sin que sea necesario, salvo
casos marginales, recurrir a la fuerza. Por lo tanto todo poder tratar de ganarse el
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consenso para que se le reconozca como legítimo, transformando la obediencia
en adhesión". (Bobbio, pág. 262)
Al hablar de legitimidad y legalidad es necesario hablar del Estado de Derecho
regulador entre libertad y orden y que en un régimen democrático garantiza la
convivencia pacífica evitando los excesos de poder y asegurando el respeto a los
derechos humano es aquí donde podemos encontrar esta correspondencia entre
legitimidad y legalidad de las que tanto hemos hecho referencia. Héctor González
Uribe afirma que "el Estado de Derecho se logra a través de la legalidad para lo
cual" se construyó así un ordenamiento jurídico muy bien jerarquizado, desde los
simples actos y negocios jurídicos de los particulares hasta la constitución o ley
fundamental del país. En esta clasificación quedaban incluidos todos los actos del
Estado, tanto de gobierno como de administración que debían por ello realizarse
con la autorización y dentro de los límites determinados de antemano por las
normas". (González, 1988. pág 109)
Conseguimos entender la legalidad como aquello que se ajusta a las disposiciones
jurídicas establecidas en un lugar y momento determinado. Por su parte la
legitimidad tienen un contenido más valorativo pues como ya hemos visto se
refiere a la idea de justificación y consentimiento, en el caso que nos ocupa de un
cargo político.
En materia electoral suele presentarse frecuentemente esta confusión entre los
conceptos aquí planteados. En representación política y concretamente en la
etapa electoral "es frecuente que los expertos y los analistas expresen que las
elecciones federales fueron legítimas, o que se consideren que las autoridades
que toman una decisión son legítimas, sin darse cuenta que en la inmensa
mayoría de los casos, el fundamento de sus declaraciones es erróneo, porque en
realidad estas opiniones se basan solo en consideraciones sobre la legalidad de
los procesos electorales, aspecto generalmente distinto al de la legitimidad.
La legalidad electoral no es equivalente a la legitimidad electoral, de manera que
una elección puede presentar serios problemas de legitimidad, aunque su
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aplicación pase todas las pruebas en materia de legalidad". (Covián, 2004. pág
116 y 117) Coincidimos con este punto de vista y creemos que la elección del
poder ejecutivo debe apegarse al ordenamiento jurídico electoral vigente pues
esto es importante para brindar, certeza en la protección de un derecho tan
importante en la vida política de los ciudadanos como es el voto, pero además,
necesita contar con el consenso y aceptación por parte de los ciudadanos, lo más
adecuado sería encontrar el justo equilibrio entre legalidad y legitimidad de tal
manera que sean ambas las que justifiquen el poder político. Consideramos que
es necesario vincular dichos conceptos con el objeto de hacer efectiva nuestra
democracia en provecho substancialmente de la sociedad pues
desafortunadamente en los últimos procesos electorales se ha venido
presentando un fenómeno de deslegitimación muy fuerte que ha generado efectos
muy negativos.
1.3. Sistemas Electorales
1.3.1. Definición
Dieter Nohlen establece que un sistema electoral "es el modo según el cual el
elector manifiesta por medio del voto el partido o el candidato de su preferencia, y
según el cual esos votos se convierten en escaños. Los sistemas electorales
regulan ese proceso mediante la corporación de la distribución de las
circunscripciones, de la forma de la candidatura, de los procesos de votación y de
los métodos de conversión de votos en escaños". (Nohlen, 2004 pág. 34.) Dicho
definición es amplia pero se desprenden dos ideas fundamentales: 1) Un sistema
electoral nos permite elegir a nuestros representantes políticos y 2) Asignar los
lugares en los órganos de representación popular. Dieter Nohlen establece que en
la conformación de un sistema electoral es importante que se tengan en cuenta los
siguientes aspectos que a continuación explicamos:
c) Circunscripción electoral: La podemos entender como aquella división que se
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realiza en un territorio en lo que se conoce como distritos electorales con el
objetivo de darle representatividad, estos distritos pueden ser uninominales o
bien plurinominales, en los primeros solo hay un escaño disponible y por lo
general se trata de sistemas mayoritarios, en los segundos habrá más de 2
lugares y regularmente se emplean fórmulas y métodos proporcionales.
Generalmente esta división se realiza tomando en cuenta a la población
existente. Este elemento es de los más controvertidos pues dicha división se
presta a maniobras tal es el caso del llamado gerrymandering o salamandra
que es "el trazado de distritos electorales que, en forma intencional, se
construyen con el objetivo de favorecer la representación de un partido, un
grupo o sector en particular" (Reynoso, 2004. pág. 83.) esta división puede
favorecer la concentración de votos cuyos efectos se verán reflejados en la
asignación de escaños.
d) Formas de las candidaturas: Pueden ser por lista o candidatura personal (en
la que solo hay un candidato) por ejemplo, en la elección para Presidente. En
la lista cada fracción política tiene un número determinado de candidatos y los
electores podrán escoger a quien prefieran, existen diversos tipos de lista:
■ Cerrada y bloqueada.- Se elige a un bloque de partido. El efecto principal
de esta forma de candidatura es la dependencia que existe del candidato
con el partido ya que el electorado vota más bien por el partido político y no
tanto por las personas que ahí se encuentran. Por lo que el candidato
electo estará más comprometido a seguir las directrices de su partido. Los
votantes generalmente no conocen a sus candidatos.
■ Cerrada no bloqueada.- De la lista el elector decide quien debe representar
al partido. Aquí debe de haber un mayor prudencia por parte de los
electores de las personas postuladas en la lista, por lo tanto quien sea
electo será menos dependiente del partido político pues obtuvo el apoyo del
electorado que previamente ya conocía las propuestas así como el plan de
acción de su candidato elegido.
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Abierta.- El electorado manipula la lista, hay una reubicación de candidatos según
las preferencias del elector. En este tipo de listas habitualmente es el electorado
quien las hace, conoce a las personas y hay una dependencia mínima del
candidato para con su partido pues el apoyo del electorado es indiscutible.
c) Procedimiento de votación: Según sea la forma de candidatura por lista
(cerrada bloqueada y no bloqueada y abierta) Dieter Nohlen nos habla de los
siguientes combinaciones que se pueden emplear:
Formas de lista Procedimiento de votación
Lista cerrada y bloqueada:
El orden de los candidatos es fijo
El elector tiene un voto y vota por la
lista en conjunto
Lista cerrada y no bloqueada: El
orden de los candidatos puede ser
modificado, ya sea mediante votos
preferencia/es o mediante
reubicación en la lista
El elector tiene un voto por un
candidato. Con este puede variar el
orden de postulación de la lista
Lista abierta: libre reubicación de los
Candidatos dentro de la vista y entre
listas
El elector tiene 2 votos como mínimo
(uno por la lista y otro por el
candidato), o tantos votos como
candidatos A elegir. El elector puede
acumular varios votos a favor De un
candidato (acumulación)
El elector tiene varios votos y puede
configurar su lista A partir de los
candidatos propuestos por los partidos.
d). Reglas de atribución de escaños: Es decir bajo que reglas específicas se
convertirán los votos en escaños y podemos hablar básicamente de 2
fórmulas de decisión: mayoritaria y proporcional, la primera puede ser relativa
o absoluta y en la segunda existen complejas formas matemáticas bajo los
cuales se realiza dicha conversión los más relevantes son los de método del
cociente y método del divisor.
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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e) Barrera Legal para la asignación de escaños: A través de estas barreras se
limita o condiciona a un partido a tener un número mínimo de votos para
acceder al escaño. Todos estos elementos son mezclados para la
conformación de diversos sistemas electorales específicos, pero podemos
hablar de dos grandes divisiones con efectos muy concretos: sistema
mayoritario y sistema proporcional.
Los sistemas electorales son significativos ya que tienen una gran influencia en
múltiples aspectos tales como: la conformación del sistema de partidos, la
formación de la voluntad política y transferencia del poder político que a su vez
repercute en el grado de gobernabilidad y legitimidad de un gobierno.
En los últimos años se le ha dado una importancia relevante a su estudio pues a
través de su manipulación se obtienen resultados específicos al integrar un
sistema político determinado.
Existen diversos sistemas pero podemos clasificarlos en dos grandes grupos:
sistema mayoritario que como su nombre lo establece, su finalidad es la obtención
de una mayoría parlamentaria o legislativa que conlleve a producir eficacia en el
gobierno. El sistema de representación proporcional pretende que los lugares
obtenidos sean acordes con los votos.
1.3.2 Representaciones de sistemas electorales y sus
características
Sistema mayoritario
Tenemos un sistema mayoritario cuando un candidato o partido político es electo
por haber obtenido la mayoría (absoluta o relativa) de los votos válidos emitidos en
una elección. En la mayoría absoluta dicho triunfo se establece cuando un
candidato o partido obtiene el 50% + 1 del total de votos válidos, en cambio en la
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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mayoría relativa un candidato se hace ganador con el hecho de conseguir el
mayor número de votos de entre todos sus contendientes sin necesidad de
considerar el número total de votos emitidos, es decir que "quien obtiene el triunfo
electoral lo alcanza con un porcentaje de votos superior al de sus adversarios,
pero inferior al 51% del total de los votos válidos, lo que significa que las
voluntades ciudadanas expresadas a favor del conjunto de los otros candidatos
suman una cantidad mayor que la que captó el candidato ganador" (Covián, pág.
123). Debido a que no siempre es posible obtener mayorías realmente
sustanciales, para lograrlo se ha recurrido a la creación de diversos mecanismos
entre ellos los siguientes:
A) Segunda vuelta electoral.- Utilizada frecuentemente para alcanzar mayorías
absolutas, se recurre a ella cuando en la primera elección ningún candidato
obtiene el 50% + 1 del total de los votos válidos; por lo tanto se realiza una
segunda vuelta electoral en la que se restringe la participación a quienes
consiguieron el primero y segundo lugar en la primera ronda, lo que
necesariamente genera que uno de los dos candidatos logre obtener el
triunfo con al menos el 51% de los votos y así pueda ocupar el escaño.
B) Elección por mayoría relativa a porcentaje mínimo.- Es una variante del
sistema de mayoría relativa en la cual lo que se hace es fijar un
comprobado número de votos para obtener el escaño por ejemplo 45% del
total de votos válidos emitidos para acceder a la presidencia o bien
establecer un porcentaje de diferencia entre el primero y segundo lugar
para obtener el triunfo, por ejemplo, que un candidato tenga una diferencia
de 10% sobre su contrincante siempre y cuando se logre un mínimo de 40%
o más del total de votos. Con este mecanismo se pretende que quien
acceda a un cargo de elección popular no lo haga con una mínima cantidad
de votos.
C) Voto alternativo o preferencial.- En este el elector elige al candidato que
más le guste como primera opción y a continuación, señala un orden de
prioridad entre los demás candidatos presentados, gana el que obtiene el
mayor número de votos de las primeras preferencias expresadas. "Los
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electores ordenan del 1 al 3, cuál es el candidato que consideran como su
primera opción, cuál como su segunda y cuál como su tercera. Al candidato
que obtiene mayoría absoluta le es asignado un escaño, en caso contrario,
el candidato que obtiene el número más bajo de primeras preferencias es
eliminado y las segundas opciones le son asignadas a los demás
candidatos. Este procedimiento se repite hasta que uno de los candidatos
obtiene la totalidad de los votos", (Huber, pág. 142)
Entre los efectos principales del sistema electoral de mayoría podemos establecer
los siguientes:
1. Tiende a distorsionar la relación entre votos obtenidos y escaños ganados,
la representación no es fiel a los votos, lo que en muchas ocasiones
genera sobrerrepresentación, lo que significa que el porcentaje de los
cargos de elección popular de que dispone un cuerpo legislativo es
superior al porcentaje de votos que obtuvo.
2. Al generar mayorías los partidos pequeños no logran obtener
representación aunque hayan obtenido una buena cantidad de votos.
3. Cuando solo un partido ocupa la mayoría de escaños en un órgano de
representación, aquellos electores que votaron por otra corriente política no
se verán reflejados en dicho órgano lo que puede producir la apatía política
que trae como consecuencia el abstencionismo electoral para la próxima
elección.
4. Genera gobiernos estables a través de la formación de mayorías partidistas.
5. "Fomenta la concentración de partidos apuntando hacia un sistema
bipartidista". (Nohlen, pág. 124.) por lo cual la elección suele disputarse
entre los dos partidos más fuertes.
6. Impide la proliferación de partidos políticos, más bien tiende a su
integración, por ejemplo al formar coaliciones para lograr acuerdos con el
objeto de constituir mayorías, estables cuya influencia se puede percibir a
la hora de gobernar.
7. Su claridad y sencillez tanto en la elección como en la asignación de
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lugares lo hace perfectamente comprensible para los electores.
Sistema de representación proporcional
Es aquél sistema cuyo objetivo principal es hacer que los escaños ganados por un
partido político correspondan lo más fielmente posible a los votos obtenidos en
forma real, "la idea clave de este principio de representación es reflejar, con la
mayor exactitud posible, las fuerzas sociales y grupos políticos en la población. La
cantidad de votos y de escaños de los partidos debe corresponderse de modo
aproximado una con otra". (Nohlen, pág. 100)
El sistema de representación proporcional funciona de la siguiente manera; los
ciudadanos tienen la posibilidad de ejercer su voto mediante listas que pueden ser
"cerradas" o abiertas", como explicamos anteriormente por listas cerradas se
entiende a aquellas listas en la que se presenta en un orden previamente
establecido los nombres de los candidatos a obtener un escaño, en este caso los
lugares se van determinando conforme al orden "en que aparecen en la lista los
candidatos registrados, de manera que si el partido político sólo alcanza la
proporción de votos necesaria para recibir cuatro lugares, éstos corresponderán a
los cuatro primeros candidatos de la lista correspondiente". (Covián, pág. 133) En
cada elección estas listas generan gran polémica y en muchas ocasiones
desacuerdo, principalmente al interior de los partidos políticos debido a los
criterios que se imponen para establecer el orden de aparición de los candidatos
ya que todos desearían estar en los primeros lugares y así obtener el tan ansiado
puesto. En la lista abierta los ciudadanos tienen la posibilidad de manipular el
orden de los candidatos que le son propuestos, o bien mezclar a candidatos de
diferentes listas y de partidos distintos.
Existe también lo que se llama el voto único transferible señalado por el Dr. Covián
como "una variante de la representación proporcional relativa a la forma de
elección y que consiste en que la acumulación de votos obtenidos por cada lista
de representación proporcional, como primera, segunda, tercera o cuarta
alternativa, representará el porcentaje total acumulado a favor de cada partido
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político, el cual será la base para realizar el reparto de lugares, conforme al
mecanismo de asignación que se haya establecido". (Covián, 54)
En cuanto al reparto de escaños existen fórmulas matemáticas muy complejas
(como son: el procedimiento del divisor, procedimiento del cociente electoral,
procedimiento de escaños restantes, etc.) con las cuales se pretende obtener la
mayor precisión posible en la distribución de lugares. Este es, a grandes rasgos el
modo de operar de dicho sistema de representación proporcional y cabe aclarar
que se emplea solamente para elecciones en órganos de carácter pluripersonal.
De acuerdo con la presente investigación el objeto básico de la representación
proporcional es hacer que los lugares que ocupan los integrantes de un órgano
político realmente hayan sido merecidos por estos, según el número de votos que
obtuvieron; sin embargo existen barreras que pueden limitar dicha
proporcionalidad, por ejemplo: cuando se limita la cantidad de candidatos en las
listas que participan en fórmulas electorales en la elección de representación
proporcional o cuando se establece un porcentaje mínimo de votos para que un
partido pueda tener representación en el órgano legislativo. Por lo que el Dr. Dieter
Nohlen de acuerdo con el mayor o menor grado que se tenga de proporcionalidad
elabora una clasificación de subsistemas de representación proporcional que son
los siguientes:
a) Representación proporcional pura.- Será aquella que tiene como propósito
una proporcionalidad lo más exacta posible, no existen ni barreras naturales
ni legales, como pueden ser los umbrales mínimos o el tamaño de las
circunscripciones electorales que repercutan en los resultados.
b) Representación proporcional imperfecta.- Se aplica una barrera natural que
tienen como objetivo dificultar el acceso a los escaños parlamentarios por
ejemplo, mediante la división de las circunscripciones electorales en un
tamaño muy pequeño con lo que se impide un equilibrio entre votos y
escaños ganados.
c) Representación proporcional con barrera legal.- En la que se dificulta el
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acceso a los escaños mediante barreras de tipo legal, por ejemplo al
limitarse el número de partidos con posibilidad de acceder a una
representación parlamentaria lo que trae como consecuencia que los
votantes modifiquen su decisión y voten solo por aquellos candidatos que
tengan posibilidad de rebasar la barrera legal impuesta, una vez hecho lo
anterior los lugares se reparten proporcionalmente entre los partidos que
queden.
En relación a los efectos que se producen bajo este sistema podemos mencionar
los siguientes:
I) Todos los votos cuentan e influyen en la composición del órgano de
representación popular, por lo tanto podemos ver que incluso partidos
pequeños logran hacerse de un lugar.
II) Refleja la diversidad social, ideológica y por supuesto política de la nación
es decir se manifiesta un pluralismo democrático.
III) Evita la creación de mayorías artificiales y con ello el monopolio de un
partido.
IV) Debido a la variedad de fórmulas matemáticas que hay para el reparto,
resulta ser un sistema complejo y difícil de comprender para los
ciudadanos.
V) Hay desventaja en cuanto a la creación y honestidad de las listas ya que
estas dependen de una élite al interior de cada partido político quienes
manipulan a su antojo y beneficio el orden de los candidatos postulados,
poniendo a sus favoritos a la cabeza y condenando a sus rivales en una
posición desfavorable.
VI) Como hemos visto las barreras hábilmente utilizadas pueden crear un
efecto totalmente contrario al pretendido por este sistema que es el
equilibrio pues estas limitaciones influyen decisivamente a la hora de la
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elección.
Sistema mixto
Actualmente es difícil encontrar un país en el que impere un sistema electoral
puramente mayoritario o bien proporcional, hoy en día se tiende a combinar estos
sistemas de formas diversas para dar como resultado un sistema electoral mixto
en el cual puede sobresalir la dominación del sistema mayoritario, del proporcional
o bien pretender un equilibrio entre ambos.
1.4. Sistema Electoral Mexicano
En México contamos con un sistema electoral mixto, pues combinamos ambas
fórmulas: la de mayoría relativa para elegir a los titulares de los poderes ejecutivo
federal y locales; en el caso de elección de diputados federales y locales,
utilizamos tanto mayoría relativa como representación proporcional y finalmente
en lo que incumbe al senado se integra a través de fórmula de mayoría, primera
minoría y representación proporcional.
1.5. Breve Evolución
Cámara de Diputados
En el México del siglo XIX predominaron las elecciones de forma indirecta, idea
apoyada en que el pueblo no estaba lo suficientemente preparado e instruido para
poder llevar a cabo dicha tarea, es hasta el siglo XXI en donde los ciudadanos
hombres y posteriormente las mujeres (ya que para el sexo femenino es hasta
1953 que se reconoce el derecho al voto) comenzaron a tener una presencia
fundamental en las mismas a través del voto directo.
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A continuación abordaremos las principales reformas que en materia electoral ha
tenido nuestra constitución, con el objetivo principal de poder entender el sistema
electoral mexicano. Tomaremos como punto de partida el año de 1917 en razón
de que este es el año en el que se promulga la norma suprema que nos rige hasta
hoy en día.
De 1917 a 1963 la elección de diputados se realizaba conforme al sistema de
mayoría relativa ya para esta época la elección de Diputados, Senadores y
Presidente se realiza mediante voto directo, poco a poco se va configurando un
sistema de partido hegemónico y aunque sí existe oposición real, el sistema
electoral basado en la negociación de los cargos de elección evita un
posicionamiento fuerte realmente influyente dentro del sistema político.
Reforma de 1963 implementación de los Diputados de partido.- En este año se
modifican el Art. 54 y 63 constitucional, en la exhibición de motivos se discute
sobre la necesidad de darle mayor representación política a las minorías pues
generalmente era el partido único quien lograba prevalecer en el Congreso. Para
lograrlo se implementó lo que se denominó diputados de partido, al respecto en
opinión de Manuel Barlett el motivo fue "la imperiosa necesidad de conservar la
vieja tradición mexicana del sistema de mayorías, por una parte; y por la otra, ante
la urgencia de dar legítimo cauce a la expresión de los Partidos Políticos
minoritarios". (Barlett, 2004. pág. 888.)
Bajo el nuevo sistema se continuaría eligiendo diputados a través del sistema de
mayoría relativa pero también mediante representación minoritaria, por esta
particularidad se asignarían diputados de partido, el mecanismo era el siguiente:
Un partido podría obtenerlos siempre y cuando reuniera como mínimo el 2.5% del
total de la votación nacional a su favor, esto le daba derecho a la asignación de 5
diputados y por cada 0.1% adicional 1 diputado más, con posibilidad de tener 20
como máximo.
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Si un partido obtenía más de 20 diputados por el principio de mayoría no tenía
derecho a diputados de partido, si por el contrario no rebasaba dicho límite el
partido tenía derecho a estos hasta completar sus 20 diputados de partido. Al
respecto el autor Rodolfo Uribe Iniesta expresa lo siguiente: "Tan dirigida era la
reforma que en varias ocasiones, ni el PPS ni el PARM lograron la votación
suficiente para obtener diputados, pero la mayoría priísta se los concedió
invocando el espíritu de la Cámara". (Uribe, 2006. pág. 33)
Es indiscutible que hay una apertura al sistema de partidos, a nuevas fuerzas
políticas sin embargo esta se da desde la representación de partido único, desde
nuestro punto de vista el objetivo primordial no necesariamente fue el pluralismo
político sino más bien dar la imagen de un PRI diferente, políticamente abierto a
nuevas expresiones, no un partido cerrado, conservador, autoritario, único y sin
ningún tipo de competencia. Por el bien del partido había que abrir espacio a las
nuevas corrientes, por su puesto de manera bien controlada sin que esto fuera un
obstáculo para lograr alcanzar la mayoría absoluta en el Congreso garantizando
cómodamente el triunfo del partido en el poder.
Reforma de 1972.- Para las elecciones de 1970 sucedió que ningún partido obtuvo
el umbral de votación exigida para poder hacerse acreedor a diputados de partido,
aun así y pasando por alto dicho requisito, diversos partidos tuvieron acceso al
reparto. Debido a ello se reforma el Art. 54 Constitucional fracciones I, II y III,
reduciendo de 2.5 a 1.5 el porcentaje de votación exigido para entrar al reparto de
diputados, las reglas fueron similares a las de la reforma del 63.
Junto con esta reforma también se cambia el Art. 52 de la Constitución cuyo
contenido consistió en adecuar la división distrital conforme al último censo de
población, por lo que se crean 16 distritos electorales más de los 178 ya existentes
lo que dio un total de 194 distritos electorales, esto a su vez trajo consigo un
aumento en el número de diputados a elegir por el principio de representación
minoritaria las razones de esta modificación quedaron plasmadas en la iniciativa
presentada tal y como se cita a continuación : "De acuerdo con las reformas que
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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se proponen al artículo 52 constitucional, se calcula que se incrementarán en 16
los distritos electorales, lo que equivale a menos del 10%, ya que actualmente
existen 178. Este aumento alterará la relación establecida originalmente entre
diputados de mayoría y de minoría. Por lo tanto, corresponde mantener la
proporcionalidad, y se plantea también la modificación del tope máximo de 20 a 25
diputados de partido que los partidos políticos minoritarios puedan acreditar".
(Bartlett, pág. 917)
La reforma contenía otros aspectos tales como, la modificación del artículo 55
fracción II y 58 con las que disminuyó la edad permitida para acceder a la Cámara
de Diputados de 25 a 21 años y para Senadores de 35 a 30 años.
Recordemos que previo a estas reformas tuvo lugar el movimiento estudiantil de
1968 donde el país atravesaba por una grave crisis política, no había confianza en
las instituciones, había descontento social y consecuentemente una apatía política
tanto de la oposición como de participación ciudadana que en nuestra opinión
fueron factores que influyeron en el hecho de que ningún partido político obtuviera
votos suficientes para acceder al reparto de los llamados diputados de partido por
lo que es necesario bajar el porcentaje de 2.5 a 1.5 para obtener los escaños. En
esta época la juventud tiene una participación política muy activa surgen líderes
políticos muy jóvenes lo cual también se ve reflejado en la reforma que disminuyó
la edad para acceder a la Cámara de Diputados.
Reforma de 1977.- Dieter Nohlen al analizar el sistema electoral mexicano afirma
que es a partir de esta reforma que se introduce lo que él llama un "sistema
electoral segmentado" al establecer un sistema mayoritario y otro proporcional, la
reforma es bastante amplia pues abarcó diversos aspectos electorales entre ellos
los siguientes:
I) Respecto a los partidos políticos. Se adicionaron cinco párrafos al Art. 41, se
establece la definición de partidos políticos, se plantea la necesidad de
brindar a los partidos el acceso permanente a los medios de comunicación y
no sólo en periodos electorales, se establece su naturaleza jurídica como
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entidades de interés público, su derecho a participar en elecciones estatales
y municipales.
II) Mecanismos para la integración del colegio electoral, órgano que era el
encargado de calificar las elecciones, dicha integración se realizaría con 60
diputados de mayoría y 40 de circunscripciones plurinominales.
III) Establecimiento del recurso de reclamación ante la Suprema Corte de
Justicia de la Nación para impugnar las resoluciones del Colegio Electoral de
la Cámara de Diputados.
IV) Establecimiento de diputados de minoría en las legislaturas locales y el
principio de representación proporcional en la elección de ayuntamientos en
municipios de 300,000 o más habitantes.
V) La incorporación del principio de representación proporcional.
En 1977 se instituye un sistema electoral mixto con dominante mayoritario y se
incorpora el principio de representación proporcional, siendo eliminados los
diputados de partido. Con lo que el Congreso se integraría con 300 diputados
electos en el mismo número de distritos uninominales a través del principio de
mayoría simple, y hasta 100 diputados por el principio de representación
proporcional, votados en listas regionales en 5 circunscripciones plurinominales,
bajo los siguientes requisitos:
a) "Todos los partidos políticos nacionales tendrían derecho de solicitar el
registro de sus listas de candidatos en el número que corresponda a cada
una de las circunscripciones plurinominales, siempre que acreditaran que
participaban al mismo tiempo, con candidatos en por lo menos 100 de los
distritos uninominales.
b) Solo tenían derecho a participar en la distribución proporcional de las listas
regionales los partidos políticos que, habiendo logrado menos de sesenta
diputados de mayoría simple, hayan obtenido 1.5% o más del total de la
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votación emitida en todas las circunscripciones plurinominales.
c) Los partidos que cumplieran con estos supuestos tendrían derecho a que
les fueran asignados el número de diputados de su lista regional que
correspondieran al porcentaje de votos obtenidos en la circunscripción
respectiva. Para la asignación se seguiría el orden que tuviesen los
candidatos en la lista.
d) Finalmente cuando dos o más partidos tuvieran derecho a que se les
asignara diputados mediante el principio de representación proporcional y
obtuvieran 90 o más constancias de mayoría, sólo sería objeto de reparto
por el sistema de listas regionales el 50% de las mismas". (Bartlett, pág.
956 y 957)
La lucha electoral se da principalmente entre partidos pequeños que son los que
tratan de librar las barreras legales impuestas para acceder a las curules a través
del sistema proporcional, lo que se tradujo en una representación de más del 25%
de los total de los escaños en el Congreso y aunque el PRI se sigue manteniendo
como ganador indiscutible sin duda hay un avance significativo, "pues al incorporar
nuevos partidos y aumentar la representación proporcional en todos los niveles de
gobierno dinamizó al régimen" (Uribe, pág. 33)
Reforma de 1986.- Se incrementan de 100 a 200 los diputados a elegir por el
principio de representación proporcional, el argumento fuerte de esta reforma fue
lograr un acercamiento más equilibrado en la representatividad en la Cámara de
diputados, lo que favorecería a los partidos minoritarios, las reglas para dicha
asignación eran las siguientes:
1. "Tendrían derecho a obtener diputaciones de representación proporcional,
todo partido político que lograra por lo menos el 1.5% del total de la
votación emitida para las listas regionales de las circunscripciones, siempre
que no hubiesen obtenido el 51% o más de la votación nacional efectiva, y
que su número de constancias de mayoría relativa no representara un
porcentaje del total de la cámara que superara o igualara su porcentaje de
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votos, o bien que habiendo obtenido menos del 51% del total de la votación
nacional efectiva, sus constancias de mayoría relativa no fueran igual o
mayor a la mitad más uno de los miembros de la cámara.
2. Aquellos partidos que cumplieran con estos requisitos les serían asignados
el número de diputados de su lista regional que correspondía al porcentaje
de votos obtenidos en cada circunscripción plurinominal.
3. Si algún partido obtenía el 51% o más de la votación nacional y su número
de constancias de mayoría relativa representaba un porcentaje inferior a
sus votos obtenidos, se le asignarían diputados hasta que la suma de los
mismos, obtenidos por ambos principios representara el mismo porcentaje
de votos.
4. Ningún partido tenía derecho a que le fueran reconocidos más de 350
diputados, que representaban el 70% de la integración de toda la cámara,
aun cuando hubiese obtenido un porcentaje mayor de la votación nacional
efectiva.
5. Si ningún partido obtenía el 51% de la votación nacional efectiva y ninguno
alcanzaba, con sus constancias de mayoría relativa, la mitad más uno de
los miembros de la cámara, al partido con más constancias de mayoría le
serían asignados de representación proporcional, hasta alcanzar la mayoría
absoluta de la cámara.
6. En el supuesto anterior y en caso de empate en el número de constancias
la mayoría absoluta de la cámara era decidida a favor de aquel de los
partidos empatados que hubiesen alcanzado la mayor votación a nivel
nacional, en la elección de diputados por mayoría relativa." (Gemi, 2004.
pág. 39)
Con esta reforma se certifica nuevamente el acceso y la representación de las
corrientes minoritarias en el Congreso, pero también el legislador hace presente la
supuesta intención de dar eficacia y estabilidad al gobierno, lo cual en su opinión
sería posible a través de la famosa cláusula de gobernabilidad, para lograrlo se le
otorgarían las curules que fuesen necesarias a un partido hasta que tuviera la
mayoría necesaria para dar como resultado gobernabilidad en el ejercicio del
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poder, no importando que los votos no correspondieran con los lugares asignados,
se sacrificaba la tan deseada proporcionalidad para garantizar la gobernabilidad.
En las reformas subsiguientes esta cláusula sería tema de debate.
Reforma de 1990.- Los antecedentes fueron determinantes al proponer esta
reforma. En 1988 se da una de las elecciones más polémicas de México al
declararse el triunfo del candidato del PRI Carlos Salinas de Gortari, en ellas se
puso en entredicho la credibilidad de las instituciones electorales al manejarse la
posibilidad de un fraude electoral. En esta elección el PRI ve considerablemente
disminuida su participación en la cámara baja al obtener el 52% del total de los
lugares, lo que significaba 260 legisladores, mientras que la oposición contaba con
240. Por lo que el PRI con el afán de no seguir perdiendo fuerza política vuelve a
negociar la famosa cuota de gobernabilidad. En este contexto se da la reforma de
1990 que abordó puntos de gran importancia como: la creación de un padrón
electoral, autoridades electorales confiables y el tema recurrente: la
representación política de la Cámara de Diputados. En esta reforma se establecen
nuevas reglas para la asignación de diputados. Si ningún partido obtenía el 35%
del total de la votación nacional cada partido tenía derecho a la asignación de
diputados por el principio de representación proporcional hasta que se lograra
equilibrar votos con lugares obtenidos. Por el contrario cuando logrará más del
35% el partido era acreedor a los escaños que le hicieran falta con el objetivo de
conseguir la mayoría absoluta, aunado a esto tenía derecho a 2 diputados por
cada punto porcentual que sobrepasara el 35% y hasta antes del 60% lo que se
traduce en una clara sobrerrepresentación.
Si un partido obtenía 60 o 70% del total de la votación pero dichos votos no se
veían manifestados en los lugares asignados, tenía derecho a recibir el número de
diputados de representación proporcional necesarios para lograr proporcionalidad
entre votos y escaños. También se regulaba el supuesto en el que un partido
obtenía más del 70% es decir 350 lugares cifra que no podía ser rebasada aunque
por derecho le correspondiera.
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Reforma de 1993.- Los principales temas a discutir en esta reforma fueron la
equidad y transparencia de la contienda electoral para todos los partidos políticos.
En cuanto a la representación política lo más sobresaliente fue la eliminación de la
cláusula de gobernabilidad pues ya no se elegirían diputados de representación
proporcional en base a los lugares ganados por mayoría relativa, sino en base a la
votación nacional efectiva "otorgándose un número determinado de diputados por
cada una de las listas regionales, en proporción directa con las respectivas
votaciones nacionales, asignadas con el criterio de estricta correlación entre
porcentaje de votación y porcentaje de curules de representación proporcional".
(Gemi, pág. 54) En cuanto al límite máximo de diputados que podía tener un
partido político por ambos principios es decir mayoría relativa y representación
proporcional en la Cámara, se establecieron los siguientes supuestos: aquel
partido que consiguiera el 63% no podía tener más de 315, si no lograba más del
60% solo tenía derecho a 300.
Finalmente en 1996 se da la última reforma en materia de representación política
en la cual el tema de la "proporcionalidad", será de los más relevantes. La reforma
fija en 300, el máximo de diputados que podía tener un partido en la Cámara,
además; se pone límite a la sobrerrepresentación siendo esta de un 8% (40
escaños) ya sea por el principio de mayoría relativa o bien por el de
representación proporcional. Con este cambio se pusieron condiciones más
rígidas para que un partido gane la mayoría en la Cámara de Diputados ya que
necesitaba además de ganar un mínimo de 167 de los 300 distritos uninominales,
obtener el 42.2% de la votación nacional.
Si bien las reformas se han encaminado a la representación política, a partir de
1993 a 1996 se dieron otras enfocadas a la "ciudadanización" en la conformación
de las Instituciones Electorales con el objeto de suprimir la presencia del gobierno
y reducir la de los partidos en el órgano electoral y así conseguir una mayor
credibilidad, esto nos parece muy acertado pues si atendemos al principio de que
la democracia es el gobierno de los ciudadanos y para los ciudadanos no debe
estar dirigida por una élite sino por la sociedad pues es finalmente ella la
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destinataria de las decisiones, durante dicho periodo el órgano de dirección del
Instituto Federal Electoral se encontraba representado por partidos políticos con la
dirección del Secretario de Gobernación, en 1990 se introduce la figura de los
Consejeros Magistrados que en 1994 serían Consejeros Ciudadanos y en 1996 se
aparta al Secretario de Gobernación del Consejo General del IFE, para
conformarse un Consejo Directivo, dirigido por ciudadanos propuestos por el
consenso de los partidos políticos, así pues Becerra, Salazar y Woldemberg
citados por el autor Uribe Iniesta resumen los puntos principales de ésta nueva
organización:
1. "El órgano electoral debe procurar el máximo equilibrio político de modo tal
que sus decisiones sean expresión de acuerdos y pactos entre posiciones
distintas.
2. Un menor peso de los partidos políticos para una mayor neutralidad política
de sus decisiones; sin embargo, en el mediano plazo su presencia sigue
siendo necesaria por que ejercen una profunda tarea supervisora y
fiscalizadora de todos los eslabones de la organización electoral.
3. Como resultado debe procurarse el peso fundamental del arbitraje recaiga
en figuras no partidistas, pero que gocen de la confianza de las
organizaciones políticas con representación en el Congreso de la Unión."
(Gemi, pág. 39)
Posteriormente para las elecciones del 2006 recordemos que se da una contienda
que ya se pronosticaba difícil y bastante cerrada, esto lo vemos reflejado en los
resultados electorales el candidato del PAN hoy Presidente constitucional Felipe
Calderón obtuvo el 35.89% de los votos mientras que su opositor Andrés Manuel
López Obrador el 35.31%; el cual negándose a aceptar los resultados por no serle
favorables emprendió toda una campaña de descalificación hacia las instituciones
y autoridades electorales que inevitablemente influyeron a la opinión pública
provocando la falta de credibilidad en ellas. En este contexto se da la más reciente
reforma electoral de 2007-2008 la cual resulta bastante amplia y en su momento
fue muy debatida pues tocó temas que afectaron los intereses de determinados
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sectores entre ellos el de la radio y la televisión pero que sin lugar a dudas tuvo
grandes aciertos, brevemente señalaremos los puntos principales.
1. Organización y funcionamiento de los partidos políticos.
• Procuración de la paridad de género en la integración de los órganos de
dirección y en la postulación de candidatos a cargos de elección
popular, aumentando la cuota de 30% al 40% para mujeres.
• Se garantiza el derecho de acceso público a la información financiera
de los partidos en cualquiera de sus órganos en los últimos cinco años.
2. Financiamiento y fiscalización de los partidos, las campañas y
precampañas.
• Reducción del volumen del financiamiento público. Ahora el cálculo se
hace sobre el número de empadronados por el 75% del salario mínimo
vigente en la capital del país, y no por el número de partidos legalmente
registrados.
• Fortalecimiento del sistema de fiscalización. La autoridad electoral
encargada de fiscalizar los recursos de los partidos, el IFE, no estará
limitada en el desempeño de sus atribuciones por los secretos bancario,
fiscal o fiduciario. Además, se abre un amplio capítulo en materia de
informes y transparencia en el manejo de los recursos de los partidos.
3. Reglas para la competencia electoral y condiciones de equidad.
• Regulación de las precampañas intra e interpartidista en lo que
concierne a los procesos internos para la selección de candidatos a
cargos de elección popular. No pueden durar más de 60 días, y cuando
la elección es sólo para diputados, no más de 40 días.
• Reducción de los periodos de campaña. Para elecciones generales, la
duración será de 90 días, pues con anterioridad superaban los 160.
Cuando haya una elección sólo para diputados las campañas tendrán
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una duración de 60 días.
• Prohibición de contratar o adquirir tiempos en radio y televisión para
transmitir propaganda con fines electorales.
• Suspensión de propaganda gubernamental durante los periodos de
campaña.
4. Organización y atribuciones del IFE.
• Autoridad única para administrar el tiempo del Estado en radio y
televisión para fines electorales.
• Comprende también la administración y distribución de tiempos para
elecciones locales y el que requieran las autoridades electorales de las
32 entidades federativas del país.
• Potencialmente participar en la organización u coorganización de las
elecciones de las 32 entidades federativas y de los más de 2400
municipios que tiene el país. Esto se hará a petición de las partes.
• Se amplía el poder de sanción del IFE. Ahora la ley específica y amplía
el número de sujetos de responsabilidad por infracciones cometidas a
las disposiciones electorales, es decir, no sólo partidos y candidatos
sino también aspirantes, precandidatos, ciudadanos y cualquier otra
persona física o moral, autoridades o servidores públicos y
concesionarios de radio y televisión.
Asimismo, la ley enlista el tipo de infracciones en que puede incurrir cada uno de
ellos y el tipo de sanciones que resultan aplicables en cada caso.
Después de analizar brevemente las reformas electorales distinguiremos como es
que la Constitución Mexicana y el Código Federal de Instituciones y
Procedimientos Electorales regulan la integración de la Cámara de Diputados hoy
en día.
Constitución
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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Artículo 51. La Cámara de Diputados se compondrá de representantes de la
Nación, electos en su totalidad cada tres años. Por cada diputado propietario se
elegirá un suplente. (Reformado mediante decreto publicado en el Diario Oficial de
la Federación el 6 de diciembre de 1977. Modificado por la reimpresión de la
Constitución, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 6 de octubre de
1986)
Artículo 52. La Cámara de Diputados estará integrada por 300 diputados electos
según el principio de votación mayoritaria relativa, mediante el sistema de distritos
electorales uninominales, y 200 diputados que serán electos según el principio de
representación proporcional, mediante el Sistema de Listas Regionales, votadas
en circunscripciones plurinominales. (Reformado mediante decreto publicado en el
Diario Oficial de la Federación el 15 de diciembre de 1986)
COFIPE
Artículo 10.- El Poder Legislativo de los Estados Unidos Mexicanos se deposita
en un Congreso General, que se dividirá en dos Cámaras, una de Diputados y otra
de Senadores.
Artículo 11.
1.La Cámara de Diputados se integra por 300 diputados electos según el principio
de votación mayoritaria relativa, mediante el sistema de distritos electorales
uninominales, y 200 diputados que serán electos según el principio de
representación proporcional, mediante el sistema de listas regionales votadas en
circunscripciones plurinominales. La Cámara de Diputados se renovará en su
totalidad cada tres años.
Constitución
Artículo 53. La demarcación territorial de los 300 distritos electorales
uninominales será la que resulte de dividir la población total del país entre los
distritos señalados. La distribución de los distritos electorales uninominales entre
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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las entidades federativas se hará teniendo en cuenta el último censo general de
población, sin que en ningún caso la representación de un Estado pueda ser
menor de dos diputados de mayoría. (Reformado mediante decreto publicado en
el Diario Oficial de la Federación el 6 de diciembre de 1977)
Para la elección de los 200 diputados según el principio de representación
proporcional y el Sistema de Listas Regionales, se formarán cinco
circunscripciones electorales plurinominales en el país. La Ley determinará la
forma de establecer la demarcación territorial de éstas circunscripciones.
(Reformado mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15
de diciembre de 1986)
Artículo 54. La elección de los 200 diputados según el principio de representación
proporcional y el sistema de asignación por listas regionales, se sujetará a las
siguientes bases y a lo que disponga la ley: (Reformado mediante decreto
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 03 de septiembre de 1993)
I. Un partido político, para obtener el registro de sus listas regionales,
deberá acreditar que participa con candidatos a diputados por mayoría
relativa en por lo menos doscientos distritos uninominales; (Reformado
mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 06 de
abril de 1990)
II. Todo partido político que alcance por lo menos el dos por ciento del total de
la votación emitida para las listas regionales de las circunscripciones
plurinominales, tendrá derecho a que le sean atribuidos diputados según el
principio de representación proporcional; (Reformado mediante decreto
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de agosto de 1996)
VII. Al partido político que cumpla con las dos bases anteriores, independiente y
adicionalmente a las constancias de mayoría relativa que hubiesen obtenido
sus candidatos, le serán asignados por el principio de representación
proporcional, de acuerdo con su votación nacional emitida, el número de
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diputados de su lista regional que le corresponda en cada circunscripción
plurinominal. En la asignación se seguirá el orden que tuviesen los
candidatos en las listas correspondientes. (Reformado mediante decreto
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de agosto de 1996)
VIII.Ningún partido político podrá contar con más de 300 diputados por ambos
principios. (Reformado mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la
Federación el 22 de agosto de 1996)
IX. En ningún caso, un partido político podrá contar con un número de
diputados por ambos principios que representen un porcentaje del total de
la Cámara que exceda en ocho puntos a su porcentaje de votación nacional
emitida. Esta base no se aplicará al partido político que, por sus triunfos en
distritos uninominales, obtenga un porcentaje del total de la Cámara,
superior a la suma del porcentaje de su votación nacional emitida más el
ocho por ciento; y (Reformado mediante decreto publicado en el Diario
Oficial de la Federación el 22 de agosto de 1996)
X. En los términos de lo establecido en las fracciones III, IV y V anteriores, las
diputaciones de representación proporcional que resten después de asignar
las que correspondan al partido político que se halle en los supuestos de las
fracciones IV o V, se adjudicarán a los demás partidos políticos con derecho
a ello en cada una de las circunscripciones plurinominales, en proporción
directa con las respectivas votaciones nacionales efectivas de estos
últimos. La ley desarrollará las reglas y fórmulas para estos efectos.
(Reformado mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la
Federación el 22 de agosto de 1996)
COFIPE
Artículo 12
1. Para los efectos de la aplicación de la fracción II del artículo 54 de la
Constitución, se entiende por votación total emitida la suma de todos los
votos depositados en las urnas.
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2. En la aplicación de la fracción III del artículo 54 de la Constitución, para la
asignación de diputados de representación proporcional, se entenderá
como votación nacional emitida la que resulte de deducir de la votación
total emitida, los votos a favor de los partidos políticos que no hayan
obtenido el dos por ciento y los votos nulos.
3. Ningún partido político podrá contar con más de trescientos diputados por
ambos principios. En ningún caso, un partido político podrá contar con un
número de diputados por ambos principios que representen un porcentaje
del total de la Cámara que exceda en ocho puntos a su porcentaje de
votación nacional emitida. Esta base no se aplicará al partido político que,
por sus triunfos en distritos uninominales, obtenga un porcentaje de
curules del total de la Cámara, superior a la suma del porcentaje de su
votación nacional emitida más el ocho por ciento.
Artículo 13
1. Para la asignación de diputados de representación proporcional conforme
a lo dispuesto en la fracción III del artículo 54 de la Constitución, se
procederá a la aplicación de una fórmula de proporcionalidad pura,
integrada por los siguientes elementos:
c) Cociente natural; y
d) Resto mayor.
2. Cociente natural: es el resultado de dividir la votación nacional emitida
entre los doscientos diputados de representación proporcional.
3. Resto mayor de votos: es el remanente más alto entre los restos de las
votaciones de cada partido político, una vez hecha la distribución de
cumies mediante el cociente natural. El resto mayor se utilizará cuando
aún hubiese diputaciones por distribuir.
Artículo 14
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55
1. Una vez desarrollada la fórmula prevista en el artículo anterior, se observará
el procedimiento siguiente:
c) se determinarán los diputados que se le asignarían a cada partido político,
conforme al número de veces que contenga su votación el cociente natural;
y
d) Los que se distribuirían por resto mayor si después de aplicarse el cociente
natural quedaren diputaciones por repartir, siguiendo el orden decreciente
de los votos no utilizados para cada uno de los partidos políticos en la
asignación de cumies.
2. Se determinará si es el caso de aplicar a algún partido político el o los límites
establecidos en las fracciones IV y V del artículo 54 de la Constitución, para
lo cual al partido político cuyo número de diputados por ambos principios
exceda de trescientos, o su porcentaje de cumies del total de la Cámara
exceda en ocho puntos a su porcentaje de votación nacional emitida, le
serán deducidos el número de diputados de representación proporcional
hasta ajustarse a los límites establecidos, asignándose las diputaciones
excedentes a los demás partidos políticos que no se ubiquen en estos
supuestos.
3. Una vez deducido el número de diputados de representación proporcional
excedentes, al partido político que se haya ubicado en alguno de los
supuestos del párrafo 2 anterior se le asignarán las cumies que les
correspondan en cada circunscripción, en los siguientes términos:
d) Se obtendrá el cociente de distribución, el cual resulta de dividir el total de
votos del partido político que se halle en este supuesto, entre las
diputaciones a asignarse al propio partido;
e) Los votos obtenidos por el partido político en cada una de las
circunscripciones se dividirán entre el cociente de distribución, asignando
conforme a números enteros las cumies para cada una de ellas; y
f) Si aún quedaren diputados por asignar se utilizará el método del resto
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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mayor, previsto en el artículo anterior.
Artículo 15
1. Para la asignación de diputados de representación proporcional en el caso
de que se diere el supuesto previsto por la fracción VI del artículo 54 de la
Constitución, se procederá como sigue:
b) Una vez realizada la distribución a que se refiere el artículo anterior, se
procederá a asignar el resto de los curules a los demás partidos políticos
con derecho a ello, en los términos siguientes:
1. Se obtendrá la votación nacional efectiva. Para ello se deducirán de
la votación nacional emitida los votos del o los partidos políticos a los que
se les hubiese aplicado alguno de los límites establecidos en las
fracciones IV o V del artículo 54 de la Constitución;
V. La votación nacional efectiva se dividirá entre el número de cumies por
asignar, a fin de obtener un nuevo cociente natural;
VI. La votación nacional efectiva obtenida por cada partido se dividirá entre el
nuevo cociente natural. El resultado en números enteros será el total de diputados
que asignar a cada partido; y
VII. Si aún quedaren cumies por distribuir se asignarán de conformidad con los
restos mayores de los partidos.
2. Para asignar los diputados que les correspondan a cada partido político, por
circunscripción plurinominal, se procederá como sigue:
e) se obtendrá la votación efectiva por circunscripción, que será la que
resulte de deducir la votación del o los partidos políticos que se ubiquen
en los supuestos previstos en las fracciones IV y V del artículo 54
constitucional, en cada una de las circunscripciones;
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f) la votación efectiva por circunscripción se dividirá entre el número de
cumies pendientes de asignar en cada circunscripción plurinominal, para
obtener el cociente de distribución en cada una de ellas;
g) la votación efectiva de cada partido político en cada una de las
circunscripciones plurinominales se dividirá entre el cociente de
distribución siendo el resultado en números enteros el total de diputados
por asignar en cada circunscripción plurinominal; y
h) Si después de aplicarse el cociente de distribución quedaren diputados
por distribuir a los partidos políticos, se utilizará el resto mayor de votos
que cada partido político tuviere en las circunscripciones, hasta agotar
las que le correspondan, en orden decreciente, a fin de que cada
circunscripción plurinominal cuente con cuarenta diputaciones.
Artículo 16
1. Determinada la asignación de diputados por partido político a que se
refieren los incisos a) y b) del párrafo 1 del artículo 14 de este Código y
para el caso de que ningún partido político se ubicara en los supuestos
previstos en las fracciones IV y V del artículo 54 de la Constitución, se
procederá como sigue:
d) se dividirá la votación total de cada circunscripción, entre cuarenta, para
obtener el cociente de distribución;
e) la votación obtenida por partido político en cada una de las
circunscripciones plurinominales se dividirá entre el cociente de
distribución, el resultado en números enteros será el total de diputados
que en cada circunscripción plurinominal se le asignarán; y
f) Si después de aplicarse el cociente de distribución quedaren diputados
por distribuir a los partidos políticos, se utilizará el resto mayor de votos
que cada partido político tuviere, hasta agotar los que le correspondan,
en orden decreciente, a fin de que cada circunscripción plurinominal
cuente con cuarenta diputaciones.
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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Artículo 17
1. En todos los casos, para la asignación de los diputados por el principio de
representación proporcional se seguirá el orden que tuviesen los candidatos en las
listas regionales respectivas.
Los años anteriores a la pluralidad política de la que hoy podemos hablar, fueron
producto de diversos factores, entre ellos las mismas elecciones que antecedieron
a cada una de las reformas, fue un proceso lento en la que pasamos de un partido
hegemónico a una apertura política y a un sistema electoral más competitivo, sin
lugar a dudas la tendencia que había seguido nuestro sistema electoral fue
predominantemente mayoritario, no proporcional el objetivo evidente fue la
estabilidad y permanencia del PRI en el poder y aunque el proceso fue lento,
consideramos que también era inevitable pues elección tras elección la sociedad
cuestionaba esos triunfos tan contundentes habiendo diversidad de ideas políticas
que necesitaban verse realmente reflejadas en el Congreso, la verdadera
democracia exige competencia electoral y a su vez condiciones equitativas que la
hagan posible, autoridades electorales autónomas y procesos completamente
transparentes que permitan la plena confianza de los ciudadanos.
Cámara de Senadores
La institución del Senado la podemos encontrar de manera formal plasmada en la
Constitución Federal de 1824, inspirada en el modelo político presidencial de la
Constitución de Estados Unidos por la cual existía una división de poderes en el
que el legislativo se dividiría en dos: Cámara de Senadores y Diputados. Su
justificación, según diversos autores también está relacionada con el sistema
federal, que es una forma de descentralización política, por la cual en un Estado
existen diversas estructuras de poder con autoridad sobre áreas geográficas
determinadas y a su vez se crea un sistema de poder actuante sobre todo el
territorio nacional es decir cuenta con estructuras locales y una federal. De
acuerdo con esto el senado en sus orígenes tenía la función de representar los
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intereses y necesidades de los Estados, por su parte los Diputados representarían
al pueblo.
A lo largo de la historia la institución del Senado ha estado conformada por un
número variado de integrantes, así por ejemplo: En 1824 se componía de 2 por
cada estado, electos por mayoría absoluta de votos por sus legislaturas y
renovados por mitad cada 2 años. Para 1836 con el arribo de Santa Anna al poder
se instituye nuevamente la idea centralista del poder, desaparecen los estados
para dar paso a lo que se les denominó Departamentos, los que a su vez se
dividieron en Distritos ambos sometidos al poder central, el senado se conformó
por 24 integrantes. En 1843 el Senado sigue presente en la vida política y está
compuesto por 63 personas, en el 47 regresa el sistema federal y se eligen 3 por
cada estado, en 1857 la figura del senado se suprime por considerarlo figura
elitista y un obstáculo para el ejercicio del poder ya que al existir 2 cámaras se le
restaba poder político al órgano legislativo. Para 1874 siendo Presidente Benito
Juárez se restaura nuevamente y se integra por dos Senadores por cada estado,
los cuales se eligen por mayoría absoluta y se renovarían por tercios cada dos
años.
La Constitución social y política de 1917 establece que se elegirán dos Senadores
por cada Estado y dos más por el Distrito Federal la duración en el cargo serían de
4 años renovándose la mitad cada 2 años. En 1933 la duración en el encargo se
modifica a 6 años al finalizar este periodo habría una renovación total del Senado.
Tuvo que pasar un largo periodo para que se presentara una reforma que
modificara a la Cámara Alta, es en 1986, siendo Presidente Miguel de la Madrid
cuando se dan diversos cambios en materia electoral que afectaran las filas del
Senado mediante la reforma del artículo 56, la cual proponía su renovación parcial
en un 50%, lo que significaba que en lugar de que fuera renovada en su totalidad
cada 6 años, sería la mitad cada 3 años, la exposición de motivos justifica el
cambio diciendo que con ello se aseguraba la continuidad de los trabajos
legislativos evitando con ello dejar inconcluso algún proyecto relevante, además
se actualizaban las demandas ciudadanas, en virtud de que la sociedad siendo
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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dinámica se enfrenta a nuevos problemas y presenta necesidades diversas
mismas que requieren ser atendidas, es decir "se reaviva el lazo del órgano y de
sus integrantes con el electorado, y al propio tiempo se actualiza y se nutre el
debate interno del Senado con planteamientos renovados, recogidos durante la
campaña electoral". (Peralta 1988. pág. 54.) En su integración se continuaban
eligiendo dos Senadores por cada Estado.
Una vez más en 1993, se dan cambios relativos a la renovación periódica del
Senado, pero además, es objeto de discusión la integración numérica del mismo,
las reformas se dan en el siguiente sentido:
En primer lugar, hay un aumento en el número de Senadores que va de 2 a 4
individuos por cada entidad federativa incluyendo el Distrito Federal de los cuales
2 se elegirían por el sistema de mayoría relativa, 1 por el de primera minoría y los
32 restantes por representación proporcional, de esta forma aumenta de 64 a 128
los integrantes de la cámara. El funcionamiento era el siguiente: "los partidos
políticos debían presentar una lista de tres candidatos, el partido que reuniera el
mayor número de votos acreditaría a sus tres senadores postulados, y al partido
que obtuviese la primera minoría o el segundo lugar se le asignaría el primero de
su lista, mismo que integraría al senado por esta vía". (Altamirano, 2004. pág. 89.)
El objetivo principal de esta segunda modificación fue darle pluralidad al senado,
facilitando el ingreso de los partidos políticos minoritarios. En segundo lugar la
reforma establece el regreso de la renovación total del senado cada 6 años.
Para la reforma de 1996 el número de Senadores sigue siendo de 128, 2 serían
asignados según el principio de votación mayoritaria relativa, 1 asignado a la
primera minoría y los 32 senadores restantes mediante representación
proporcional a través de una lista nacional votada en una sola circunscripción
plurinominal, para poder acceder al reparto era necesario obtener un mínimo de
2% del total de la votación nacional emitida. La renovación del senado continua
siendo cada 6 años.
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
61
Hasta el día de hoy predomina esta forma de elección para el Senado. Al respecto
la Constitución y el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales
mencionan lo siguiente:
Constitución
Artículo 56. La Cámara de Senadores se integrará por ciento veintiocho
senadores, de los cuales, en cada Estado y en el Distrito Federal, dos serán
elegidos según el principio de votación mayoritaria relativa y uno será asignado a
la primera minoría. Para estos efectos, los partidos políticos deberán registrar una
lista con dos fórmulas de candidatos. La senaduría de primera minoría le será
asignada a la fórmula de candidatos que encabece la lista del partido político que,
por sí mismo, haya ocupado el segundo lugar en número de votos en la entidad de
que se trate. (Reformado mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la
Federación el 22 de agosto de 1996).
Los treinta y dos senadores restantes serán elegidos según el principio de
representación proporcional, mediante el sistema de listas votadas en una sola
circunscripción plurinominal nacional. La ley establecerá las reglas y fórmulas para
estos efectos. (Reformado mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la
Federación el 22 de agosto de 1996)
La Cámara de Senadores se renovará en su totalidad cada seis años. (Reformado
mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de agosto
de 1996)
Artículo 57. Por cada senador propietario se elegirá un suplente.
COFIPE
Artículo 11.
1. La Cámara de Senadores se integrará por 128 senadores, de los cuales,
en cada Estado y en el Distrito Federal, dos serán electos según el
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principio de votación mayoritaria relativa y uno será asignado a la primera
minoría. Los 32 senadores restantes serán elegidos por el principio de
representación proporcional, votados en una sola circunscripción
plurinominal nacional. La Cámara de Senadores se renovará en su
totalidad cada seis años.
2. Para cada entidad federativa, los partidos políticos deberán registrar una
lista con dos fórmulas de candidatos a senadores. La senaduría de
primera minoría le será asignada a la fórmula de candidatos que encabece
la lista del partido político que, por sí mismo, haya ocupado el segundo
lugar en número de votos en la entidad de que se trate. Asimismo deberán
registrar una lista nacional de 32 fórmulas de candidatos para ser votada
por el principio de representación proporcional.
3. En las listas a que se refieren los párrafos anteriores, los partidos políticos
señalarán el orden en que deban aparecer las fórmulas de candidatos.
Artículo 18
1. Para la asignación de senadores por el principio de representación
proporcional a que se refiere el segundo párrafo del artículo 56 de la
Constitución, se utilizará la fórmula de proporcionalidad pura y se atenderán
las siguientes reglas:
c) Se entiende por votación total emitida para los efectos de la elección de
senadores por el principio de representación proporcional, la suma de
todos los votos depositados en las urnas para la lista de circunscripción
plurinominal nacional; y
d) La asignación de senadores por el principio de representación
proporcional se hará considerando como votación nacional emitida la que
resulte de deducir de la total emitida, los votos a favor de los partidos
políticos que no hayan obtenido el dos por ciento de la votación emitida
para la lista correspondiente y los votos nulos.
2. La fórmula de proporcionalidad pura consta de los siguientes elementos:
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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c) Cociente natural; y
d) Resto mayor.
3. Cociente natural: es el resultado de dividir la votación nacional emitida,
entre el número por repartir de senadores electos por el principio de
representación proporcional.
4. Resto mayor: es el remanente más alto entre los restos de las votaciones
de cada partido político después de haber participado en la distribución de
senadores mediante el cociente natural. El resto mayor deberá utilizarse
cuando aún hubiese senadores por distribuir.
5. Para la aplicación de la fórmula, se observará el procedimiento siguiente:
c) Por el cociente natural se distribuirán a cada partido político tantos
senadores como número de veces contenga su votación dicho cociente;
y
d) Después de aplicarse el cociente natural, si aún quedasen senadores por
repartir, éstos se asignarán por el método de resto mayor, siguiendo el
orden decreciente de los restos de votos no utilizados para cada uno de
los partidos políticos.
6. En todo caso, en la asignación de senadores por el principio de
representación proporcional se seguirá el orden que tuviesen los candidatos
en la lista nacional.
En el caso del Senado hay una mayor estabilidad, son pocas las reformas que
se han dado y la tendencia apunta hacia el sistema mayoritario, es hasta 1993
que se habla de representación proporcional, antes de esto era el PRI quien
arrasaba con los escaños en el Senado, en este sentido Benito Nacif expresa lo
siguiente: "Se trataba de un órgano dominado por un solo partido, que no
reflejaba la creciente diversidad política del país. Sus sesiones se
caracterizaban por la ausencia de debate y la discusión, lo que pasó con el
Senado a partir de 1993 fue lo mismo que sucedió en la Cámara de Diputados
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
64
treinta años antes con la primera reforma que introdujo la representación
proporcional de los partidos políticos". (Bohler, pág. 173)
La movilidad en la Cámara de Senadores es menor que en la de Diputados Es a
partir de 1994 cuando se tiene un cambio drástico en la integración. Se pasa de
dos Senadores por estado, es decir, un total de 64 senadores, a una
representación de cuatro por estado haciendo un total de 128 senadores,
considerando hasta un Senador por representación proporcional, este cambio se
explica por la reforma de 1994. En 1982 el PRI abarcaba la totalidad de los
asientos en la Cámara de Senadores. Con la reforma de 1994, que amplió el
número de Senadores, se tuvo como resultado que para 1997 el PRI poseyera
casi el 60% de la representación en dicha Cámara, mientras que el PAN obtenía
casi el 26% y el PRD alcanzaba por primera vez en la historia alrededor del 12%.
Las elecciones de 2006 cambiaron en forma importante la correlación de fuerzas,
el PAN se convierte en la primera fuerza política con poco más del 44% de la
representación política, mientras que el PRI apenas alcanzó el 25% y el PRD
ascendió a casi el 29%.
1.6. Marco jurídico para la elección presidencial
1.6.1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
En lo que atañe a la elección del Presidente el marco legal para la elección no ha
variado sustancialmente, únicamente en 1927 se modificó el período de duración
en el cargo de 4 a 6 años, que permanece hasta nuestros días, la reelección
presidencial quedó prohibida por el Constituyente de 1917 y aunque en 1927 este
principio fue parcialmente modificado al permitir la posibilidad de reelección
después de un período de espera igual al período de servicio, para el año de 1933
el principio de "no reelección" quedó restablecido.
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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El título tercero, capítulo III de la Constitución mexicana regula lo concerniente al
poder ejecutivo, los requisitos para ser presidente, duración del cargo, en su caso
el nombramiento de Presidente interino, sustituto o bien provisional, lo referente a
su renuncia, sus facultades, etc. y en cuanto a la elección presidencial de forma
muy somera el artículo 81 Constitucional delega a la ley electoral la manera en
que se ha de elegir.
Art. 81.- La elección del Presidente será directa y en los términos que disponga la
ley electoral.
1.6.2 Código Federal de Instituciones y Procedimientos
Electorales
El Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales en su Título III
referente a la elección del Presidente señala lo siguiente:
Art. 9.- El ejercicio del poder ejecutivo se deposita en un solo individuo que se
denomina Presidente de los Estados Unidos Mexicanos electo cada seis años por
mayoría relativa y voto directo de los ciudadanos mexicanos.
El marco jurídico en torno a la elección presidencial ha permanecido constante, el
sistema empleado es sumamente sencillo; solo se pide una "mayoría relativa" que
en muchos casos no representa ni siquiera el 50% de la aprobación ciudadana
esto significa que se puede acceder al cargo sin contar con el apoyo de los
electores.
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Capítulo 2 Los Partido Políticos
2.1. Comienzo Histórico
Para poder precisar el comienzo de los partidos políticos, es necesario distinguir
dos acepciones. Una concepción amplia de partido nos dice que este es cualquier
grupo de personas unidas por un mismo interés, y en tal sentido el origen de los
partidos se remonta a los comienzos de la sociedad políticamente organizada.
Si escogemos por la expresión partido político en su concepción restringida, que lo
define como una agrupación con ánimo de permanencia temporal, que media
entre los grupos de la sociedad y el estado y participa en la lucha por el poder
político y en la formación de la voluntad política del pueblo, principalmente a través
de los procesos electorales, entonces encontraremos su origen en un pasado más
reciente. Se discute, así, si los partidos políticos surgieron en el último tercio del
siglo XVIII o en la primera mitad del XIX en Inglaterra y los Estados Unidos de
Norteamérica. En esta acepción, por tanto, el origen de los partidos políticos tiene
que ver con el perfeccionamiento de los mecanismos de la democracia
representativa, principalmente con la legislación parlamentaria o electoral.
Una de las opiniones con mayor aceptación en la teoría afirma que los partidos
políticos tuvieron su origen remoto en el siglo XVII, evolucionaron durante el XVIII
y se organizan en pleno sentido del término a partir del XIX, y concretamente
después de las sucesivas reformas electorales y parlamentarias iniciadas en Gran
Bretaña en 1832, Los partidos modernos, aunque son producto de la peculiar
relación de los grupos políticos con el parlamento fueron condicionados por los
procesos de formación de los Estados nacionales y por los de modernización , que
ocurrieron en el mundo occidental durante los siglos XVIII y XIX.
Los partidos políticos son el resultado de la quiebra de la sociedad tradicional o
feudal y su paso a la sociedad industrial. El mundo burgués, posterior a las
revoluciones de Inglaterra y Francia, requería de formas de organización política
que sustituyeran a las estamentarias o corporativas por nuevos modos de
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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organización, dependientes de grupos políticos organizados en el parlamento, con
reglas claras para la circulación de la clase política.
Para Maurice Duverger "Los partidos aparecen cuando las masas populares han
comenzado a entrar realmente en la vida política: han formado el marco necesario
que les permite reclutar en sí mismas a sus propias élites".
2.2. Su Sentido
Los partidos políticos son organizaciones de ciudadanos, son reconocidos por la
legislación mexicana; tienen personalidad jurídica y gozan de derechos y
prerrogativas que se establecen en las constituciones Federal y Estatal, en el
COFIPE (Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales) y en las
Leyes Electorales de las Entidades Federativas, y participan en la renovación de
los poderes Ejecutivo y Legislativo, así como de los Ayuntamientos de los
municipios, mediante elecciones libres, auténticas y periódicas.
El artículo 41, fracción I de la Constitución Mexicana, establece que los partidos
políticos son entidades de interés público y que la ley determinará las formas
específicas de su intrusión en el proceso electoral. Son entidades de interés
público, con todo lo que ello conlleva y tienen como finalidad promover la
participación del pueblo en la vida democrática, contribuir a la integración de la
representación nacional y como organizaciones de ciudadanos, hacer posible el
acceso de éstos al ejercicio del poder público.
2.3. Los Partidos Políticos en Nuestra Constitución
A lo largo del siglo XIX y en buena parte del transcurso del siglo XX, los partidos
políticos fueron aceptados como algo inevitable: primero se pretendió aniquilarlos,
después se les ignoro y más tarde de forma muy lenta comenzaron a ser
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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reconocidos y aceptados. Si bien es cierto que originalmente la Constitución de
1917 no hacía mención sobre los partidos políticos, también lo es que sancionaba
la libertad que tenían los ciudadanos de asociarse para participar en asuntos de
carácter político.
Si bien es cierto, que la Ley Electoral Federal del 7 de Enero de 1946 al eliminar
las candidaturas independientes, le otorga un mayor reconocimiento a los partidos
como figuras de acción política, sería hasta después de la segunda guerra mundial
cuando una reforma a la Carta Magna en 1977, instituyó la existencia
Constitucional de los partidos políticos surgiendo así el monopolio para la
postulación de candidatos a cargos de elección popular.
Como ya se mencionó a partir de las reformas a la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos de 1977, particularmente al artículo 41 se estableció la
definición de partidos políticos, entendida como aquellas organizaciones de
ciudadanos que en el orden de su carácter de entidad pública, tienen como fin
iniciar la participación del pueblo en la vida democrática, contribuir a la integración
de la representación nacional y hacer posible el acceso de los ciudadanos al
ejercicio del poder público, de conformidad con sus principales fines.
Tales reformas constituyeron expresamente, el reconocimiento a los partidos
políticos como la base o conducto por el cual deben desarrollarse las elecciones
tendientes a la renovación de los Poderes Legislativo y Ejecutivo federal y estatal,
así como de los ayuntamientos.
Por tal motivo, el Constituyente Permanente federal le correspondió ser el
promotor de la evolución a dicho dispositivo a través de diversas reformas
posteriores, en las que se reiteró la garantía a la democracia representativa,
basada en que el pueblo ejerce su soberanía a través de los Poderes de la Unión
y los estados en lo que toca a sus regímenes interiores, consagrando en nuestro
orden jurídico el sistema de partidos políticos que prevalece, por su función
preponderante en la sociedad otorgando a tales entidades el monopolio para la
postulación de candidatos.
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
69
Al respecto la doctrina ha considerado a nuestro país dentro de los estados cuyo
ordenamiento jurídico se atribuye a los partidos políticos el monopolio en la
postulación de candidatos a cargos de elección popular. Sin que ello derive en
limitación alguna a la prerrogativa constitucional de ser votado, consagrada en la
fracción II del artículo 35 constitucional, si de la misma Constitución dimanan las
conductas para ejercerla, es decir, la disyuntiva para su ejercicio es a través de un
partido político.
Hoy en día es una situación que "la voluntad del pueblo" solo pueda manifestarse
por medio de los partidos políticos, considerados como unidades de acción
política.
2.4. Formación de un Partido Político
Como hemos visto los partidos políticos son organizaciones de ciudadanos de
forma permanente, cuya finalidad primordial es la de obtener el poder público o
mejor dicho el ejercicio de este poder. El Artículo 5o del COFIPE establece que "Es
derecho de los ciudadanos mexicanos constituir partidos políticos nacionales y
agrupaciones políticas y afiliarse a ellos individual y libremente".
A su vez el artículo 22 del mencionado código establece que la organización o
agrupación política que pretenda constituirse en partido político para participar en
las elecciones federales deberá obtener su registro ante el Instituto Federal
Electoral. Y que la denominación de "partido político nacional" se reserva, para los
efectos de este Código, a las organizaciones políticas que obtengan su registro
como tal. Derivado de lo anterior los partidos políticos nacionales, tienen
personalidad jurídica, por lo que gozan de derechos y prerrogativas, así como
obligaciones que les establezca la Constitución Mexicana y el COFIPE.
Los lineamientos para la constitución y registro de un partido político los
encontramos en los artículos 24 al 32 en forma lineal del COFIPE., de donde se
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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desglosa que para que una organización pueda alcanzar el estatus de partido
político tiene que contar con los siguientes requisitos:
1.- Debe formular una declaración de principios.
2.- Contar con un programa de acción.
3.- Contar con sus Estatutos de Gobierno.
4.- Contar con 3000 afiliados en por lo menos 10 entidades federativas, o
bien tener 300 afiliados, en por lo menos 100 distritos electorales
uninominales.
De lo anterior se advierte que los instrumentos básicos de los partidos políticos
son: la Declaración de Principios, el Programa de Acción y los Estatutos. La
Declaración de Principios contiene los principios ideológicos de carácter político,
económico y social que postule el partido. El Programa de Acción determinará los
medios para realizar los postulados y alcanzar los objetivos enunciados en su
Declaración de Principios y contendrá la proposición de políticas que permitan
resolver los problemas nacionales. Los Estatutos establecerán los procedimientos
para la afiliación individual, libre y pacífica de sus miembros, así como sus
derechos y obligaciones y los procedimientos democráticos para la integración y
renovación de los órganos directivos.
2.5. El Partido de la Hegemonía Política
Manuel García Pelayo (García, pág. 29-35) en su libro “El Estado de Partidos”
define el concepto de partido político tomando las ideas de Thoma, Kelsen y
Radbruch:
a) Según R. Thoma Sólo el potencial organizativo de los partidos políticos
pueden evitar que la moderna democracia de masas deje de estar movida
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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por vaivenes emocionales y sin sentido que le hagan caer en el desamparo,
la desintegración y la demagogia. Por consiguiente la democracia no puede
vivir sin los partidos.
b) Kelsen menciona que sólo el autoengaño o la hipocresía pueden afirmar la
posibilidad de una democracia sin partidos políticos, pues lo cierto es que la
significación de éstos es tanto mayor cuanto más se deduce que el Estado
democrático es necesaria e inevitablemente un Estado de partido. Para
Kelsen, el Estado democrático de partidos, la voluntad general o voluntad
del Estado al ser resultante de la contraposición de las voluntades de los
partidos se mueve en una línea media y de compromiso entre intereses y
posiciones divergentes. Dada la significación real de los partidos parece
claro que deberían tener un reconocimiento constitucional que se configura
jurídicamente al interior de la organización de los partidos.
c) Radbruch; el Estado de partidos es necesariamente la forma del Estado
democrático de nuestro tiempo: sin la mediación organizativa de los
partidos entre los individuos y la totalidad sería imposible la formación de
una opinión y voluntad colectiva.
Por otra parte, la estructura orgánica de cualquiera sistema político
contemporáneo necesariamente presenta características organizativas en torno a
los partidos políticos. Es indispensable la presencia de organizaciones políticas
dedicadas a la lucha por la conquista de poder político y ejercerlo.
Para Marx Weber los partidos políticos son factor de “socialización” de cualquier
comunidad política, pero al mismo tiempo tiene la finalidad fundamental en el
desarrollo de la civilización. Es decir, Weber nos define que un partido político
busca la obtención del dominio político. Weber conceptualiza a los partidos
políticos como: “la forma de socialización que descansa en un reclutamiento
(formalmente) libre, tiene como fin proporcionar poder a su dirigentes dentro de
una asociación y otorga por este medio a sus miembros activos determinadas
probabilidades ideas o materiales la realización de fin objetivos o el logro de
ventajas personales o ambas”. (García, pág. 228-229)
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72
Weber menciona que: “los partidos políticos sólo son posibles dentro de una
asociación, la dirección de la cual pretenden conquistar o influir, sin embargo, son
posibles las uniones de partidos de varias asociaciones. Los partidos pueden
emplear toda clase de medios para el logro del poder, allí donde el gobierno
depende de una elección (formalmente) libre y las leyes se hacen por votación,
son fundamentalmente organizaciones para el reclutamiento de votos electorales;
y puestos que se tratan de votaciones dentro de una dirección establecida son así
partidos legales. Esto significan siempre prácticamente, por consecuencia de su
fundamento teóricamente voluntario (reclutamiento libre) que la actividad política
es una actividad de interesado o sea, ideológicamente o en el poder orientados
como tales. Es decir, el partido está en manos de:
a) los dirigentes y de un mayor- al lado de los cuales
b) aparecen los miembros activos, la mayor parte de las veces sólo como
aclamantes y en ciertas circunstancias como instancias de control, de
amonestaciones, de discusión o de reorganización en caso de
trasformaciones rápidas del partidos, mientras que
c) las masas no activamente asociadas (de electores y votantes) sólo son
objetos de solicitación en épocas de elección o votación (simpatizantes), y
la opinión de (Pueden ser forma de socialización efímeras o de cierta
duración y aparecen como asociaciones de toda clase y forma o pueden
estar dirigidos predominantemente y de modo conciente por intereses de
estamento o clase (partidos estamentales y clasistas), por fines objetivos o
concretos o por principios abstractos (partido ideología = concepción del
mundo). La conquista de los puestos administrativos a favor de sus
miembros suelen ser por lo menos un fin accesorio y los “programas”
objetivos. No es raro o que sólo sean medio de reclutamiento para los que
están fuera.) los mismos sólo interesa como medio de orientación para el
trabajo de reclutamiento del cuadro dirigente en los casos de lucha efectiva
por el poder”. (Weber, pág. 228-229.)
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
73
Para Maurice Dueverger, “el desarrollo de los partidos parece ligado al de la
democracia, es decir, a la extensión del sufragio popular y de las prerrogativas
parlamentarias. El nacimiento de los partidos está ligado, pues, al de los grupos
parlamentarios y los comités electorales”. (Dueverger, pág. 15-16.)
Por lo tanto, podemos decir; “el partido político es la forma concreta de los
poderes, es la figura tangible de las ideas de derecho, es el instrumento por el cual
el individuo tiene el sentimiento de participar en la vida política. Socialmente es
uno de los agentes de cohesión social; moralmente es uno de los últimos refugios
del ideal; políticamente, es el motor de la vida pública” (Burdeau, 1986)
De esta manera la conceptualización de partido político en las sociedades
contemporáneas son componentes sustanciales en los procesos de
institucionalización de los Estados-Nación. En el caso mexicano el proceso de
institucionalización el Partido Nacional Revolucionario y los partidos políticos de
oposición en cierta medida jugaron un papel fundamental en el proceso de
“reestructuración del sistema político”. (De hecho, tres veces en el curso de un
siglo en 1810, en las décadas de 1850 y 1860, y una vez más en 1910 surgieron
movimientos sociales y políticos que destruyeron el Estado existente y la mayor
parte del aparato militar, y después construyeron un nuevo Estado y un nuevo
ejército.) La presencia hegemónica del partido oficial significativamente es la
partícula integradora del sistema social.
Al hablar del PNR-PRM-PRI, es al mismo tiempo hablar de una fracción político
heredera de la revolución y del proceso post-revolucionario. Entre 1910-1929;
“cuando se lanza la convocatoria para formar el PNR, había en la república más
de mil partidos pequeños que luchaban por la obtención de la representatividad
popular. Por lo tanto, el objeto que declara el PNR, en sus orígenes, era superar la
enorme atomización del poder político y lograr una centralización que permitiera la
toma eficaz de decisiones de poder en toda la república. Para obtener ese objetivo
se usaron criterios pragmáticos, se usó el poder que ya disponían quienes lo
propiciaron”. (Castillo, pág. 37) “Al día siguiente de subir a la presidencia Portes
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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Gil, aparecen la convocatoria para la constitución del PNR (abuelo del PRI). En
esa convocatoria, se invita a todos los partidos, agrupaciones y organizaciones
políticas de la república de credo y tendencia revolucionaria, para unirse y
formarse el Partido Nacional Revolucionario”. (Castillo, pág. 38)
Fundamentalmente para conseguir el progreso del país era necesaria la
estabilidad política.
El proceso de concentración política se da a través de la formación del PNR.
Fuentes Díaz se refiere así a la integración inicial de ese organismo político. Este
mismo autor señala que: “el PNR nació no propiamente como un partido político,
sino como una coalición de los partidos regionales que existían en diversas
entidades del país. No nació como fruto de un proceso democrático, es decir,
como resultado de una labor previa y bien organizada de consulta a las masas, de
discusión colectiva de su programa y de sus objetivos, ni de una previa
estructuración de abajo hacia arriba. Se formó por iniciativa personal del general
Calles”. (Fuentes, pág. 55-56)
Como afirma un análisis de Manuel Moreno Sánchez, “el PNR principió su
existencia como una organización parecida a un partido político. Lo poco que tenía
de partido lo fue perdiendo progresivamente hasta convertirse en lo que hoy es,
expresado en palabras de sus fundadores, de sus elevados dirigentes y de sus
ideólogos: el Instituto político de la revolución”. (Moreno, 1970)
Con la ordenanza del PNR-PMR-PRI el sistema político mexicano renueva la
estructura de poder hegemónico en sus esferas de dominio. Distintos análisis
postrevolucionarios señalan la importancia que tiene la constitución de un partido
hegemónico para la estabilidad social, económica, política y cultural del país.
Cabe subrayar distintas etapas históricas que de alguna forma son parte esencial
de la evolución del Estado mexicano. Una primera etapa es: la revolución de 1910
que rompe con el antiguo régimen. La segunda etapa es la constitución de 1917
que asienta las bases conciliatorias entre los grupos disidentes. Tercera fase el
surgimiento del PNR que es la prolongación del “Estado hegemónico”. (Al
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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caracterizar al partido hegemónico nos encontramos en la lógica política de un
dinamismo que adopto el partido institucional ante una política de Estado. Al
hablar de un partido de hegemónico hacemos alusión de un control absoluto sobre
los espacios de representación social, económica, política y cultural. Un partido
hegemónico que tiene la dirección del Estado. En su concepto más general y en
sentido estricto la hegemonía se define como: la dirección suprema, usada para
indicar el poder absoluto conferido a los jefes de Estado. La supremacía de un
Estado-nación o de una comunidad política).
En teoría la hegemonía es el equilibrio entre las fuerzas de dominación. Es así que
para Gramsci (Labastida, pág. 77) la construcción social de la hegemonía es: la
orientación en la responsabilidad de construirla mediante el desarrollo de una
nueva voluntad colectiva. Antonio Gramsci generaliza a la “hegemonía”: En este
sentido la hegemonía representa el pilar sociohistórico entre la estructura social
del Estado-gobierno y Estado-sociedad civil, para lo que Gramsci determinó como
la ampliación del concepto de Estado. Para Gramsci las funciones estatales se
expanden en una multiplicidad de prácticas y organizaciones públicas y privadas,
hasta conformar un sistema de trincheras institucionales que mediante las
relaciones sociales entre la sociedad y el Estado en sentido estricto – el aparato
gubernamental. En síntesis el Estado Político hegemónico conjuga y articula el
funcionamiento del Estado al permitir, ampliar su caracterización como
instrumento coercitivo, incorporando una función hegemónica, entendida como la
función de dirección de la sociedad. Por lo que el concepto de hegemonía puede
ser entendido como la función de dirección de la sociedad- que implica una
función ética, cultural, y moral que se despliega en el terreno de la sociedad civil
gramnciana- es ejercida por un grupo social fundamentalmente, sobre los grupos
subordinados, constituyendo un sistema. En éste, el Estado es concebido como
organismo propio de un grupo, destinado a crear las condiciones favorables para
la máxima expansión del mismo grupo; pero este desarrollo y esta expansión son
concebidos y presentados como la fuerza motriz de una expansión universal, de
un desarrollo de todas las energías nacionales. Como la supremacía de un grupo
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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social se manifiesta de dos maneras, como dominio y dirección moral e intelectual
articulando ambos elementos que integran toda actividad política hegemónica.
De tal manera es cuestionable la debilidad del Estado mexicano antes del
surgimiento del partido oficial. A la llegada de los sonorenses al poder algunos
autores lo han caracterizado como la llegada de la civilización. Carlos Pereyra, un
historiador de gran influencia en México, ha mencionado que “la debilidad: es
consecuencia de la pobreza. Aclaro: no pobreza del país sino del poder político. El
estado era pobre frente a una iglesia dueña de la mitad del país y una clase de
propietarios y hacendados inmensamente ricos”. (Paz, 1979)
La idea de pobreza política a lo que llama Pereyra es más o menos a la idea de
vació político, lo que para algunos analistas llaman, la pobreza o vació político
puede ser descifrado desde distintas vertientes antes de la consolidación del
Estado institucionalizado la presencia de diversos actores políticos se hacían
evidentes en el contexto sociopolítico de inestabilidad social, económica y política.
La aparición del Estado benefactor o Estado Bonapartista unificó los escenarios
sociales que en algún tiempo fueron signos de luchas políticas propiciando un
vacío de poder. Con el término de la independencia las facciones políticas tanto
liberales como conservadoras en su momento de acción política no lograron
unificar los mecanismos de dominación, y así prolongado un vacío de poder del
Estado. Es hasta 1876 con la llegada de Díaz al poder cuando logra consolidar
ambas fracciones inicialmente y más o menos deslumbra una dominación política.
Por otra parte, cabe mencionar el protagonismo del grupo sonorense en la
construcción del proceso de institucionalización del poder político. La construcción
ideológica de un nacionalismo postrevolucionario en el régimen cardenista;
prolongándose en un corporativismo burocrático asentado en un Estado
benefactor, y sustentado en la política de masas, o más bien un Estado populista
son factores que contribuyeron a la permanencia de un partido de Estado.
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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La función dirigente como lo denomina Gramsci es la capacidad que tiene una
clase que permite ser hegemónica de armonizar sus intereses y aspiraciones de
los otros grupos, es decir, la imposición de los intereses de una clase sobre los
demás. Gramsci tiene presente la política de alianzas como un imperativo en la
conformación hegemónica de una clase política.
Principalmente el planteamiento gramsciano sobre la hegemonía se conceptualiza
por dos elementos: el primero vinculado a la dirigencia, refiriéndose al consenso,
entendido por ésta la capacidad de persuadir a los dirigidos sobre la viabilidad del
proyecto histórico de la clase dirigente, el segundo es el de la dominación que se
manifiesta por la coerción por la fuerza.
La hegemonía de un Estado corporativista pública características de dominio
totalitario a través de una hegemonía. La familia revolucionaria y su formación
vertical de arriba hacia abajo es la suma de una participación de actores políticos
socialmente involucrados en la consolidación de la élite política hegemónica.
La lucha por la hegemonía política tiene su punto de referencia en una política
centralizada que deja en desventaja a partidos minoritarios en la competencia
político-electoral.
En suma, el espacio corporativista dominaba el modelo de representación de los
interese: las redes que tenían hacia el mundo popular en el seno del partido y
hacia el mundo empresarial por medio del reconocimiento de organizaciones
nacionales constituían los principales canales de articulación y de agregación de
intereses. Instrumento de control de los grupos populares, el corporativismo era un
medio de integración al sistema político formal.
En tanto la competitividad electoral tenía efectos funcionales que legitiman al
sistema electoral en beneficio del partido monopartidista. La figura del partido de
Estado como principal eje de articulación del corporativismo y la práctica del
presidencialismo como instrumentación de poder del Estado por medio de la rama
ejecutiva ponían en evidencia la autonomía reducida del sistema político.
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La relación entre los grupos sociales y la autoridad pública refleja esta falta de
autonomía. Las demandas articuladas por la vía clientelar o corporativa estaban
dirigidas directamente hacia el Estado, que fungía primero como árbitro o protector
en los conflictos entre los grupos sociales, y luego como proveedor de servicios.
Por lo tanto, el régimen y el sistema de representación de intereses se vieron
manipulados por un Estado hegemónico corporativista burocrático en el cual se
sustenta el producto de un largo proceso histórico de construcción institucional
que involucró a una multiplicidad de actores sociales y políticos.
Pues por lo consiguiente, el régimen no es producto de un modelo impuesto desde
fuera de la arena de la confrontación política nacional y su evolución resulta de
una historia propia de movilización social y de resolución de conflictos.
En otros términos, al filo de los años se tejió un espeso entramando de sentido
que permitió la definición del conflicto en términos relativamente compartidos por
los adversarios políticos; el uso de esos recursos culturales de carácter informal
permite mantenerlos dentro de los límites del sistema.
Si bien el carácter desigual de las condiciones de competencia política y la
dimensión informal, por lo tanto arbitraría, de muchas de las reglas que rigen el
intercambio político no descartan la irrupción de fenómenos de ruptura. El recurso
a la violencia y a la represión.
Así, la lucha por la democracia (utilizamos el término de transición en el sentido
que le otorga O’ Donnell y Schmitter O’ Donnell Schmitter y Whitehead, 1986).en
México tiene que ser estudiada a partir de las reglas de operación que rigen el
funcionamiento del sistema político.
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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2.4.1. La Oposición Política
Manuel Moreno Sánchez en su libro “crisis política de México”, en oposición,
crítica y autocrítica menciona que: “en la bella época, la perfección de todo
régimen político parecía estar en la democracia parlamentaria; ésta consistía en
largos debates, votos de confianza y de censura, interpelaciones al gabinete,
mayorías o coaliciones, subida y caída de ministros disolución y elección de
nuevas asambleas y, sobre todo, en el juego constante entre gobierno y oposición.
No se concebía ningún gobierno sin su correspondiente oposición.
“Conforme a ello el gobierno llevaba la iniciativa y la oposición vigilaba, censuraba
y controvertía sus posiciones y argumentos”. (Donnell Schmitter y Whitehead,
1986 pág. 121)
Para el Senador e intelectual Moreno Sánchez, (Sánchez 1958, N° de Diario de
Debates 54) la divergencia parlamentaria es el sostén de la democracia-
parlamentaria. Definitivamente el sistema político debe ser rígido por un sistema
parlamentario donde la oposición política juegue el papel de consolidar y
constructor de la democracia parlamentaria. Sin embargo, la participación de
asociaciones políticas y partidos políticos en México ha tenido una participación
recurrente.
Desde el siglo XIX, y a lo largo del siglo XX se constituyeron asociaciones que
más que ser una asociación son partidos políticos que luchaban por obtener el
poder y control del Estado. Reyes Heroles, (Reyes, pág. 49) describe tres grupos
de poder que durante el siglo XIX, y principios del Siglo XX influyeron en la vida
política de México. Reyes Heroles menciona la participación de escoceses y
yorkinos e imparciales dichas asociaciones cambiaron de nombre hasta
convertirse en partidos políticos como tal.
Dichas fracciones políticas tanto conservadoras, como liberales e imparciales
(centro) han formado parte esencial del sistema sociopolítico, pero que además
constituyen el motor en los aspectos de la vida cotidiana de lo político. A lo largo
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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del México independiente el colectivo social se ha organizado en una variedad de
asociaciones para el desarrollo y disputa del dominio colectivo.
En una primera etapa organizados en logias masónicas y una segunda como
conservadores y liberales, y una tercera etapa en partidos políticos tanto derecha
(conservadurismo) y una izquierda socialdemocrática, y una tercera el centro aquí
podemos ubicar al Partido Nacional Revolucionario aunque estrictamente
hablando ha sido un partido de derecha (PNR-PRM-PRI a lo largo de su historia
como un partido no se ha constituido ni derecha y mucho menos de izquierda
salvo al periodo cardenista de 1934-1940).
Es claro que las fuerzas políticas están ligadas a diversas asociaciones que toman
nombres distintos y a su vez suelen reconocer entre ellas. Este es el caso del
Partido Acción Nacional y sus distintas corrientes de influencia que se agruparon
en partidos opositores ligados al conservadurismo-sinarquista. (La derecha ha
sido, en este esquema: el Partido Acción Nacional, los Partidos que tuvieron su
matriz en la Unión Nacional Sinarquista (1937), como brazos políticos-electorales
de ésta: Partido Fuerza Popular (1946-1949), Partido Nacionalista de
México(1951-1964) y por último el Partido Demócrata Mexicano (1975-1997)
El otro extremo del conjunto de oposición se localiza una izquierda ligada a
multiplicidad de corrientes socialistas, y a la tercera internacional socialdemócrata.
El Partido Comunista fundado en 1919, el Partido Obrero Campesino Mexicano
(1950-1963), los permanecientes a las corrientes maoístas que en cierto grado
derivan de las anteriores, las organizaciones trostkistas y las que pudieron
encuadrarse en el marco del reformismo de izquierda y la socialdemocracia.
Una vez establecido el gobierno como tal, los partidos opositores se dan a la tarea
de mantener una relación de poder-oposición, es decir, la negación de gobierno
régimen político- oposición, corresponde la negación del poder por parte de la
oposición. Carl Schmitt (Ebenstein, 1961, pág. 537) define la política en términos
de “amigo- enemigo”. La diferencia de lo político de la política radica
principalmente que lo político es la existencia del conflicto social. En términos más
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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específicos de Carl Schmitt define lo político es la relación amigo-enemigo al igual
que otras actividades de la vida humana. La importancia que Carl Schmitt le da a
lo político es que no se asocie lo político con el conflicto si no que se afirme de
manera implícita que está relación tiene carácter necesario. Es decir la idea
consiste en que el conflicto no es un fenómeno anormal, a nómico o excepcional
de la vida social sino un efecto ineludible de la acción libre, con ella, de las
diferencias insuperables que caracteriza al mundo humano. Sino también a la
pluralidad de concepciones del mundo y sentidos que guían las acciones. Esta
pluralidad humana es la primera fuente del conflicto. La distinción entre lo político,
que no remite a los conflictos emanados del sistema de diferencias inherentes a
una sociedad, y lo política, que denota el sistema institucional que se produce en
cada orden social para controlar los conflictos así como las acciones cuyo sentido
dependen de o remite a dicho sistema. Si bien no se puede afirmar que la política
crea el orden social; la política la que manifiesta su unidad. El conflicto puede
originarse en las distintas diferencias existencias en los sistemas sociales, pero se
convierte en política en el momento que alcanza un grupo de intensidad tal que
exige la intervención d las instituciones políticas. (Carl, 1985, pág. 15-119) La
oposición es el enemigo que no aspira al poder, sino que tiene entonces como
misión fundamental, aniquilar al mismo poder y a su base legitimadora. A lo que
respecta al concepto de lo político y su relación con amigo-enemigo. La
ambivalencia de amigo-enemigo, y lucha abrieran su significado real por el hecho
de que se refiere de modo especifico a la posibilidad real de eliminación. En
efecto, sólo en la lucha real se manifiesta la consecuencia extrema del
reagrupamiento político entre amigo-enemigo. Sin embargo, es el Estado quien
decide, acerca de la distinción amigo-enemigo.
En este sentido tenemos que la participación de los partidos de minorías
fundamental y legitiman a los regímenes políticos pluripartidistas, y al mismo
tiempo a los grupos parlamentarios de gobierno. Legitimando la estructura de
poder.
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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La diversificación de las redes de poder en los sistemas democrático-liberales,
articula y sintetizan a la “participación política en la dinámica gobierno-oposición”.
(En esta dinámica los partidos de oposición tienen cierta participación de
permanencia o de transito coyuntural. Los permanentes serían los que tienen
funciones institucionalizadas, los que no surgen en una coyuntura y que no deben
su permanencia a dicha coyuntura, habiendo sido y constituido en una situación
de crisis. Los transitorios serian aquellos que surgen y desaparecen en función de
una elección presidencial, pero que deben su existencia y orientación a un líder
retirado de lo que Vincent Padgett llama coalición revolucionaria y que Calles
denominaba “familia revolucionaria”) .La columna existente entre poder-oposición
se construye a partir de un régimen liberal o en todo caso en regímenes
totalitarios. Pues el término oposición señala: oposición es el enfrentamiento de
actores sociales. Izquierda-liberal o derecha-conservadora o bien Estado-gobierno
partido de Estado/oposición.
La oposición puede encontrarse en cualquier comunidad política. Porque la propia
condición de la actividad política consiste precisamente en una oposición entre
agentes sociales que buscan el poder, manifestando así una lucha política entre
fracciones política, movimientos sociales, pero que además se buscan
mecanismos de contienda ideológica electoral a favor o en contra de sus
adversarios, dando así una lucha ya sea de consenso o descenso.
El trasfondo de la lucha por la obtención del poder, y el establecimiento de la
democracia política por interés en toda su expresión dan pauta a la libre
manifestación de elección popular. Por lo tanto, las asociaciones opositoras
formulan críticas al sistema de dominación, ya que no son prevengas de los
apararos de dominación en su totalidad pero, además, crean una opinión favorable
a la oposición.
La oposición como divergencia aparece entonces cuando el poder se constituye
como resultado de una praxis política conflictiva y cuando se produce la
despersonalización del mismo. El poder despersonalizado es un poder limitado.
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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En este sentido, la exposición sobre la oposición política es pieza fundamental en
la democracia liberal. La dinámica de poder y oposición no sólo consolida al
régimen sino que legitima a la esfera socioeconómica dando le credibilidad al
sistema político.
Cabe subrayar, en términos weberianos, la legitimidad del poder democrático se
refiere a la capacidad de obtener obediencia sin necesidad del permanente
recurso a la fuerza, sino por la existencia de algún valor o de valores comúnmente
aceptados, que formen parte del consensus social, ello conlleva al reconocimiento
del poder democrático que es legítimo cuando existe y opera a nivel real la
oposición democrática.
Manuel Ramírez Jiménez, define la oposición política como la base legitimadora
de poder. Ramírez Jiménez: nos plantea que “es preciso que surja la apelación a
la idea de legitimidad. Cuando el poder pasa a justificarse social y políticamente,
quiere decirse que la misma base legitimadora del poder constituye, o puede
constituir, la base legitimadora de la oposición”. (Ramírez, 1972, pág. 701)
La conjunción de la teoría liberal consolidan los distintos regímenes políticos, y
hacen partícipes a diversos grupos de poder. En este sentido debemos entender
que las primeras manifestaciones de una teoría de la oposición que, arrancando
de la doctrina de la resistencia, llegará a la doctrina de los derechos del hombre,
del pensamiento democrático liberal.
Pero al mismo tiempo, el fenómeno de la oposición política es el resultado último
de una tensión, conflictiva entre una tradición de dominación y obediencia o
sumisión abierta a las más variadas formas de despotismo y absolutismo. (El
presidencialismo mexicano).
Sin embargo, es el resultado protector del derecho a la rebelión que traerá consigo
el surgimiento del Estado Liberal burgués frente al Estado absolutista. La
oposición política surgirá así como una relación dialéctica y como la solución de
compromiso entre dos extremos opuestos: el soberano y el pueblo, para ir
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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evolucionando hasta formas más avanzadas para su reconocimiento, integración y
regulación a través del parlamento, los partidos políticos y los procesos
electorales.
El surgimiento del Estado mexicano moderno trajo consigo la institucionalización
de la democracia liberal. Pero al mismo tiempo el conflicto político a través del
reconocimiento de la oposición democrática. De esta manera, el reconocimiento
de la oposición atenúa la intensidad del conflicto por el ejercicio del poder.
De aquí se va a establecer que la legitimidad democrática de un régimen supondrá
la realización de dos condiciones: el derecho de oposición a través de los partidos
y la libertad del sufragio.
El Estado mexicano sustentado en un régimen democrático se encamina hacia el
surgimiento de una nueva institucionalización política, que a su vez concretizó en
el reconocimiento de los partidos políticos. El origen de los partidos políticos tiene
que ver con el perfeccionamiento de los mecanismos de la democracia
representativa principalmente con la legislación parlamentaria.
Los partidos políticos opositores juegan un papel fundamental en la dinámica
política institucional y principalmente en los periodos de elección.
Significativamente la oposición juega con mecanismos propuestos por el Estado-
Partido oficial que de alguna manera los encasilla en un dinamismo de control
absoluto sobre los medios de operación a favor de un poder hegemónico de
Estado. Sin embargo, la existencia de una oposición propiamente partidaria, legal
o ilegal y la oposición cismática, ficticia o de conveniencia fundamental, legalidad a
un sistema político seudodemocrático.
La oposición política democrática viene a ser entonces uno de los elementos
fundamentales de las democracias parlamentarias. Así mismo, la oposición se
convierte en uno de los múltiples elementos que constituyen el complejo
mecanismo de pesos y contra pesos.
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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Así pues, al plantear el tema de la oposición en los regímenes democráticos
parlamentarios, equivale a plantear el tema central de la vida política, que alcanza
su expresión más profunda en el estudio del enfrentamiento por el poder entre las
fuerzas del orden y las fuerzas del cambio de alternancia.
Finalmente para que una democracia se concretice se necesita previamente un
sistema de partidos. En este sentido, el concepto de régimen democrático implica:
competencia política y existencia de oposición, sufragio universal y otras formas
de participación, elecciones libres y competitivas y a intervalos de tiempos
regulares, efectividad de todos los cargos más relevantes, partidos en
competencias y competitivos.
Esencialmente la oposición política debe ser entendida dentro de los parámetros
de la democracia liberal opositora que se sustenta en el conflicto institucional entre
el Estado y partidos políticos y oposición. Con la aceptación de un juego político,
con linderos más o menos amplios, que comparte la discrepancia entre varios
grupos, partidos y minorías, y que garanticen el nivel constitucional.
2.4.2 Un Régimen No Competitivo.
Existe una opinión pública cuando las personas que no gobiernan un país
reclaman el derecho de exponer libre y públicamente sus opiniones políticas y el
derecho de que dichas opiniones influyan o determinen los métodos, los miembros
y los actos de su gobierno. (C. Wright Mills.)
Cuando hacemos mención de un sistema de competencia de representación de
los intereses nos encontramos con la particularidad de que un sistema de
competencia regula la participación de los actores sociales que luchan
abiertamente dentro de un determinado espacio, con el objeto de alternar en el
dominio político. Sin embargo, las condiciones sociopolíticas entre los partidos y el
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Estado mexicano demuestran la no competitividad entre los órganos políticos y el
Estado; dejando latente un sistema presidencial-autoritario.
Por otro lado, la función primordial de un sistema de representación de los
intereses en la reproducción de los rasgos autoritarios de la vida política nacional
se caracteriza sustancialmente en la organización y funcionamiento. Es decir, el
corporativismo y la semicompetitividad de la vida electoral tienden a condicionar
los objetivos y las estrategias de todos los actores sociales y políticos que luchan
por la democracia.
El proceso de transición obligatoriamente, por la transformación de las reglas de
representación y de competencia política en el escenario más visible de esta lucha
en México ha sido, en los últimos años, irrefutablemente la esfera política-
electoral. Hacia él convergieron organizaciones y movimientos sociales así como
partidos políticos.
Herbert Marcuse, en la primera parte de su libro “El Hombre Unidimensional”
menciona que: “una sociedad que perece cada día más de satisfacer las
necesidades de los individuos por medio de la forma en que está organizada, priva
a la independencia de pensamiento, a la autonomía y al derecho de oposición
política de su función crítica básica.
Tal sociedad puede exigir justamente la aceptación de sus principios e
instituciones, y reducir la oposición a la mera promoción y debate de políticas
alternativas dentro del statu quo”. (Hebert, 1968, pág. 31.)
Es cierto que Marcuse tiene razón acerca de los tipos de control que los Estados
utilizan para legitimar la coerción social, que ejercen a través de mecanismos
representativos, y al mismo tiempo crean e involucran prácticas para hacer
partícipe a partidos políticos, movimientos sociales, para el manejo de una
democracia liberal. Donde la oposición juegue un papel elemental en la
construcción de una semidemocracia que en el fondo es participe en la simulación
del desarrollo democrático.
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Los partidos políticos son parte integral del dominio público, es decir, legitiman y
establecen el tipo de régimen político estableciendo una organización social. Por
consiguiente, un sistema político que crea mecanismos dentro de una dinámica ya
sea cerrada o abierta a la alternancia. Se puede definir como un sistema no
competitivo a la simulación de un pluralismo partidaria, y a un sistema político
donde existe un partido dominante, pero que al mismo tiempo hace partícipe a
partidos opositores, tanto de derecha como de izquierda.
Esencialmente la oposición política en México jugó y juega un papel integrador de
una simulación democrática, donde distintos partidos de oposición son disidentes
del propio partido oficial. En suma, el no desarrolló de una verdadera oposición es
consecuencia de un régimen no competitivo donde las condiciones de
competencia no son igualitarias entre los actores políticos. El dinamismo entre
Estado-Partido Oficial, y oposición condiciona el desarrollo óptimo hacia una
verdadera democracia de alternancia partidaria.
Desde el punto de vista teórico lo natural de los sistemas de partidos es la
pluralidad, y la intensa competencia entre ellos, en el lado opuesto se encuentra la
no competencia y el predominio de un solo partido.
Generalmente la relación de poder toma su dimensión a través de los conflictos
coyunturales que se suscitan en los procesos electorales, por lo que diversas
organizaciones agrupadas en movimientos sociales hacen su aparición en el
escenario político; sin embargo algunos movimientos sociales se estructuran en
los partidos políticos opositores.
Por lo tanto, podemos decir que los inicios de la construcción democrática se da a
partir del origen de los conflictos que se desatan a partir del descontento social, y
que de alguna manera el sistema sociopolítico venía provocando, un segundo
factor es la coyuntura política en donde actores políticos opositores hacen su
aparición para representar las demandas sociales y alcanzar la representatividad
en las cámaras legislativas. Por otro lado, los distintos movimientos sociales
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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existentes luchan en una dinámica donde las reglas de juego están estructuradas
a favor de la élite gobernante.
Para Bolingbroke menciona que el gobierno de un partido debe terminar en: “el
gobierno de una facción. Los partidos son un mal político y las facciones son
peores de todo partido”. (Sartori, 1980, pág. 20) Bolingbroke distingue a la facción
del partido y describe a la fracción como lo peor del partido; pero sustancialmente
son el origen de la misma familia. Bolingbroke deja claro que la diferencia es de
especie, pues los partidos dividen a un pueblo. Pero por otro lado, la fracción
subordinado a los intereses personales, lo cual es verdadera característica de la
fracción.
Significativamente el sistema político está estructurado alrededor de un sólo
partido político con posibilidades de triunfo sobre todo tipo de adversarios. Sin
embargo, se deja engañar en un escenario pluripartidista donde los canales
institucionales permiten la libre competencia partidaria, pero manipulando los
sistemas de información electoral.
El discurso sobre el logro de un arduo proceso de institucionalización del Estado
mexicano, y su pluripartidismo parte esencial de un sistema de simulación donde
la competencia política es nula, es decir: “el partido único se identifica con el todo,
es evidente que el partido único es más pequeño que el todo; de hecho suele un
partido de élite con una composición limitada, un partido de vanguardia que
precede al todo”. (Sartori, 1980, pág. 61) Cabe subrayar, que para el óptimo
desarrollo de una cultura democrática lo natural es la alternancia de poder dentro
de los parámetros de un sistema competitivo. El dominio de un partido de Estado
contraviene los intereses de la democracia, y la diversidad de intereses, opiniones
que las sociedades modernas suelen desarrollar. Con la constitución legitima del
poder tiene origen la expresión inescrutable la voluntad de cada ciudadano
manifestado a través del voto, y éste se emite libremente, queda descartada la
posibilidad del intemporal predominio de un sólo partido.
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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La brecha existente entre un sistema competitivo y uno no competitivo alude a
diferenciar el régimen político, y hasta donde se considera no competitivo. Para
Sartori la mecánica entre ambos sistemas radica esencialmente hasta donde es
competitivo un sistema y donde empieza la no competitividad.
Los sistemas competitivos se identifican cuando siguen las normas de la
competencia de igualdad, cuando en el momento de elecciones casi todas, si no
todos, los escaños se disputan entre dos o más candidatos al puesto. Así, para
Sartori un sistema sigue siendo competitivamente cuando los canales
institucionales son libres de cualquier presión, y donde las políticas se van
controlando por las conciencias que podrían entrar en el mercado en nuevo
competidor y que grandes sectores sociales podrían modificar sus lealtades.
En suma, Hirschman (Sartori, 1980, pág. 264) describe que una estructura
competitiva es cuando el votante debe tener ambas opciones, la voz y hacerse oír,
y la de salida de un partido e irse a otro con la condición mínima e irrenunciable,
es la salida libre y sin obstáculos.
Por el contrario, la particularidad de una estructura no competitiva es, en el mejor
de los casos, que sólo se permite una de esas opciones, y nunca son opciones
viables. Sin embargo, en otros casos la retirada o la salida de un partido, pero no ir
a otro puede ser una opción no costosa, o si no, se puede dar un amplio margen
para la voz en sustitución de la salida.
Los sistemas no competitivos establecen parámetros donde los permanentes
resultados electorales favorecen el triunfo de un solo partido, ofreciendo márgenes
considerables de diferencia respecto de los otros partidos. Sartori señala un
sistema es no competitivo sí, y sólo si, no permite elecciones disputadas, en
sentido contrario menciona que la competitividad se presenta cuando dos o más
partidos consiguen resultados aproximados y ganan por escasos márgenes.
Sartori clasifica al partido único en tres posibles regímenes: el partido único
significa la totalidad de un todo, sólo existe, y sólo permite que exista un solo
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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partido. Eso se debe a que ese partido veta, todo tipo de pluralismo de partidos.
Los Estados de partidos únicos son más o menos extractivos. Esto equivale a
decir que las comunidades políticas unipartidistas varían en cuanto a la intensidad
de represión, de control coercitivo, y precisamente por el orden de intensidad
decreciente de coerción, o de represión se presentan los siguientes regímenes:
unipartidistas totalitarias, unipartidistas autoritarias, y unipartidistas pragmáticas.
El unipartidismo totalitario presenta un grado elevado de omnipresencia,
movilización y control monopólico de partido sobre toda la experiencia vital de los
ciudadanos. Por definición, el partido totalitario es un partido muy ideológico. Es
un partido fuerte.
El unipartidismo autoritario carece de una ideología fuerte y de una capacidad de
movilización comparable, y su control no va, por lo general, más allá de los
instrumentos normales del poder, entre los cuales incluye el poder judicial.
La tercera clasificación es un tanto compleja porque de alguna manera tiene
características totalitarias, autoritarias, e ideológicas. El criterio de ideología-
pragmatismo no es sólo aplicable a, sino que es indispensable para, las
comunidades políticas unipartidistas no competitivas. Declara Sartori en su tercer
supuesto que el factor aislado más fuerte para determinar las capacidades
extractivas-represivas de los Estados de partidos únicos es el factor ideológico.
Las comunidades políticas totalitarias y autoritarias reflejan diferentes mecanismos
de intensidades ideológicas, mientras que las comunidades políticas unipartidistas
pragmáticas representan el extremo del continuo en el que la mentalidad
ideológica cede el paso al pragmatismo.
Son parte esenciales de los sistemas de partidos competitivos o no, las normas
electorales que regulan el juego político-electoral. Cabe mencionar, que en un
sistema de partido de Estado la lucha electoral resulta disfuncional, ya que en un
sistema de dominación unipartidista la capacidad para la conservar a la sociedad
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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es la fuerza, el control y en el mejor de los casos limita las facultades de una cabal
democracia política.
En este sentido la estabilidad de un partido único en el poder puede responder a
razones positivas o méritos que sean posibles donde se desarrollen para producir
resultados de prolongación de dominación. Pero cuando la alternancia es de plano
desechada es posible afirmar que se trata de un sistema de partidos no
competitivos.
Finalmente, Sartori engloba dentro de los sistemas no competitivos dos grupos
principales: el de partido único y el partido hegemónico; es evidente que el primero
se ocupa de regímenes en donde está cancelada la posibilidad de existencia y
desarrollo de diversos partidos, lo que significa un abierto rechazo a la pluralidad,
y en ese sentido la propagación oficial de una visión integradora única que parte
de la totalidad y regularmente llega hasta la invasión de la vida privada o intima.
En el partido hegemónico se manifiestan rasgos distintivos con respecto a la
existencia de distintos niveles de participación: en el primero nivel se ubica
exclusivamente el partido que controla y mantiene el poder; en el segundo se
encuentra lo que se podría llamar un conjunto de partidos que en la contienda
política reiteradamente mantiene una posición de inferioridad con relación al
primero.
“Es así que desde 1929 en que se funda el partido del gobierno, éste no ha
perdido nunca una elección de gobernador, una elección al senado. Hasta antes
de la elección presidencial de 1964 el partido había llevado al poder a seis
presidentes, a casi 200 gobernadores, a 282 senadores, cifra que aumentó a partir
de entonces por el triunfo de la totalidad de candidatos postulados por el PRI. Y
los partidos de oposición no sólo han carecido de la fuerza real e institucional
necesaria para ganar uno sólo de esos puestos, o para obligar pacíficamente e
institucionalmente a que sean reconocidos sus triunfos”. (González, pág. 24)
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Para Andrés Quintana Roo, en su escrito de 1841 y al cual se denomina sobre la
necesidad de que existan partidos políticos de oposición. Define a la oposición
como: “En todo país en que se quiera conservar la libertad política, debe haber un
partido de oposición”. (Gil, pág. 385)
En la medida que un sistema político no integra a partidos de oposición, el sistema
de competitividad partidario será inexistente. Por lo tanto, el presidencialismo
estará presente desarrollan un sistema no competitivo. Para Quintana Roo el
malestar del sistema político tanto en forma como el fondo se debe principalmente
a que: “la política que en forma oculta o abierta, llevan a cabo diversas personas o
grupos; nótese también la adulación, el servilismo de las personas hacia el
emperador y compárese en los tiempos modernos con el presidencialismo”. (Gil,
pág. 290)
2.4.3. La Diferencia Política
En la elaboración de la sociedad de Alain Touraine describe que, “las sociedades
aprenden a conocerse sociológicamente cuando se reconoce como el producto de
sus relaciones sociales, cuando lo que primero parece un conjunto de datos
sociales se reconoce como el resultado de una acción social, de decisiones o de
transacciones, de una dominación o de conflicto”. (Tourain, 1995)
El rumbo teórico de Touraine sobre la producción de la sociedad se cristaliza a
partir de las relaciones sociales en el campo de la acción social. Por lo tanto, cabe
mencionar que las relaciones sociales de producción de la sociedad, son hasta
cierto punto ilimitadas en la estructura social, lo político, lo económico y lo cultural.
Ya que las condiciones sociales dejan ver su proceso de historicidad.
El resultado de la interacción social del sistema político y el sistema de partidos
conlleva al resultado desigual entre los partidos. No obstante, para Carlos Pereyra
(Cordera; 1984 pág. 113.) la desigualdad está directamente relacionada en
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principio con las desigualdades económicas y sociales que tiene sin duda un
carácter dramático por su impacto directo en las condiciones de vida de la
población, no por ello la disparidad política deja de ser una dimensión significativa
del fenómeno global de la desigualdad social.
La inteligencia que se tiene sobre la desigualdad en México deja de lado la
existencia de partidos opositores. No sólo se puede visualizar a la desigualdad
social como consecuencia de un factor económico sino es el resultado de la
desigualdad política que es el resultado de carencia de recursos económicos y no
se puede influir en las decisiones políticas de poder.
La diferencia política se complementa a partir de las condiciones sociales,
económicas y culturales, porque las clases sociales no sólo se encuentran
recortadas de manera brutal en su capacidad de satisfacer sus necesidades
elementales de alimentación, salud, vivienda y educación, sino también en la
facultad de influir en las decisiones básicas de gobierno. La desigualdad Desde la
perspectiva funcionalista la desigualdad se presenta como una teoría de la
estratificación social. Y al ser la estratificación del proceso de selección de los
individuos, fundada en su selección natural, su resultado no es un sistema o una
estructura de grupos sociales, sino una jerarquía de posiciones individuales. La
desigualdad social económica, política o de otro tipo, nunca es concebida como la
condición y el resultado de prácticas colectivas, determinados por la naturaleza de
los procesos sociales capitalistas y encadenados a la explotación, la dominación y
la opresión que ellos mismos implican. Las relaciones sociales son así, por
naturaleza, relaciones de competencia, de lucha entre individuales autónomas que
persiguen su propio interés. (Laurin-Frenette, Nicole, pág. 2-27) Social en México
ha sido un factor determinante para que el partido de Estado logre el objetivo de
conservar el poder político. A medida que la desigual se incrementa el escenario
político pierde credibilidad. La correlación entre el factor económico y el político
son parte esencial de una desigualdad sociopolítica. Las condiciones sociales son
parte significativa para que el nivel de participación dentro de cualquier comunidad
política sea limitado.
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La existencia de un partido de Estado-oficial incrementa la desigual de
participación a los partidos de oposición. Es decir, las condiciones que presentan
los partidos de izquierda como de derecha no tienen ni la más remota posibilidad
de competencia con el partido oficial.
La presencia de los partidos puede medirse según su capacidad de convocatoria,
el arraigo que logran en la sociedad, su eficiencia para articular las iniciativas de
movimientos sociales, y convocar voluntades en tomo a un proyecto político
definido con mayor o menor precisión.
No hay la menor duda sobre la abrumadora desigualdad que priva en el sistema
político mexicano, pues la presencia aplastante del PRI apenas encuentra punto
de comparación con la precaria influencia de los demás partidos. (El aparato de
Estado opera estratégicamente no sólo para el control exclusivo para el poder
ejecutivo sino para todos los espacios de representación popular).
El predominio del partido oficial en las urnas es signo de su poderío político
electoral; también es cierto que en ocasiones es producto del fraude electoral. El
fraude electoral es pieza fundamental en el predominio priísta en los cargos de
elecciones populares. El fraude electoral cumplió con dos propósitos: uno de
mantener el control político, y dos manejar el sistema electoral en beneficio del
partido.
Para lo que Sartori denominaría como un sistema no competitivo es la desigualdad
política La no competitividad entre un partido y otro es parte fundamental de un
sistema no competitivo y desigual.
Entre 1946 y 1953 se logró eliminar a varios partidos que representaban fuerzas
opositoras significativas que se retiraron de las elecciones no por vocación propia;
sino por la Comisión Federal Electoral, dependía de la Secretaría de Gobernación,
que canceló su registro y les negó el derecho a contender electoralmente. Ésta fue
la suerte del Partido Sinarquista (fuerza popular) de derecha radical, el Partido
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Comunista, y de la Federación de Partidos del Pueblo (Henriquista), que tenían
inclinaciones izquierdistas.
Por ejemplo: “desde la campaña anunciada e imposible de José Vasconcelos en
1929 hasta las candidaturas desprendidas del tronco partidista de los generales
Almazan (1940) o Henriquez (1952), todas pasan de la irrupción espectacular a la
desaparición anticlimática”. (José Joaquín Blanco, UNAM, 1975, pág. 103-128)
Los partidos de izquierda que solían llamarse así en algún momento de su vida
política apoyaron al PRI en causas de elección. Fue el caso del PARM y PPS que
frecuentemente fueron aliados del PRI en elecciones federales, postulando pocos
candidatos a diputaciones y senadores, y no participaron en elecciones locales,
posiblemente porque no tuvieron una votación significativa. Por su lado, el PAN
fue el único partido de oposición que representó un riesgo cuando menos local
para el partido oficial.
Para Carlos Pereyra enfatiza la desigual política es el resultado del hecho de que
aquí no compiten para ganar la dirección del aparato gubernamental, sino para
organizarse desde las bases mismas de la sociedad, cada uno con la fuerza que
su arraigo social le confiere.
En México como en otros países donde existe un partido de Estado, se establece
una competencia en principio desigual entre los partidos surgidos de la sociedad.
El PRI verdadera prolongación del Estado.
Cuando González Casanova publicó “la democracia en México”; en mayo de 1963,
la reforma electoral de Diputados de partido (Durante los primeros años de la
década de los sesentas, se había venido haciendo patente en México un
desaliento de muchas miembros de los partidos de la oposición registrada,
particularmente dentro del PAN y del PPS. Por otro lado, el PPS desde fundación
y posteriormente el MLN y Cárdenas personalmente, habían insistido en la
necesidad de crear en México la representación proporcional, para llevar a la
Cámara de Diputados a los representantes de la minoría. Castillo, Heberto y Paoli,
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Paoli Fráncico J, El poder robado, México, 1980, EDAMEX, pág. 95) fue aprobada
en el mismo año. El partido hegemónico aprobó la ley en beneficio de que es
necesario democratizar y mantener el control de las instituciones, y al mismo
partido predominante, e intensificar el juego democrático y dar apertura a los
demás partidos, lo cual obligó a democratizarse internamente, aspecto que fue
desatendido, y respectar y estimular a los partidos de oposición, revisando de
inmediato la ley electoral.
Pese a los diversos intentos anunciados de reformarse en 1976, 1981, y 1984 el
Partido Revolucionario Institucional no había logrado la reestructuración de sus
prácticas políticas. Si se le permitiera la democratización de sus sectores y
principalmente la democratización sindical, incluso tibiamente como lo hiciera
Echeverría a principios de su gobierno; uno de los elementos fundamentales de la
dominación en México; se vendría abajo, y el régimen político entraría en crisis
para comenzar hacer otro rompimiento absoluto con la tradiciones de ejercicio de
poder.
Las sucesivas reformas políticas, se han basado en la idea de mantener al partido
predominante en la lógica de dominio, y de apertura a los actores políticos de
oposición; a la vez que estimula más que respectar a los partidos de oposición en
la dinámica de instituirlos para mantener y organizar las presiones populares.
Por otro lado, las cifras electorales son un indicador muy socorrido para medir la
fuerza electoral relativa de los partidos, y la desigualdad entre ellos. Es así que en
nuestro país hay que tomar esos datos con cierta reserva porque los resultados de
las urnas son sistemáticamente manipulados por las autoridades.
Las elecciones federales y la gran mayoría de las elecciones estatales,
municipales son efectivamente ganadas por el PRI con amplitud; pero la
proporción de votos son alterados por maniobras, y en algunos casos, se arrebata
el triunfo a la oposición. Ante esta situación la oposición es débil porque se ha
ceñido a la participación en el ceremonial electoral; y porque se ha ajustado a las
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reglas del juego político impuesta de mil maneras por un régimen político
autoritario no competitivo.
En este sentido son los casos patéticos del PARM y el PPS. El primero le sirve al
PRI en dos sentidos fundamentales: para que el partido oficial tenga un voto más
a su favor en la Comisión Federal Electoral, y para que cubra electoralmente sus
distritos electorales o en los municipios en los que el candidato priísta no goza de
prestigio y por compromisos políticos tiene que ser él y no otro. Sin el apoyo
gubernamental del PRI el PARM no existiera. En 1982 perdió su registro y en 1984
se lo volvieron a dar.
Por su parte, el PPS en las elecciones de 1985 a diputados federales de acuerdo
con la tendencia de votos no logró siquiera el porcentaje para conservar su
registro; sin embargo, es evidente que el PRI y el gobierno necesitaban todavía de
este partido, y sin duda le brindaron ayuda para que se mantenga como partido
registrado.
Durante la década de 1980-1990 el reacomodo del juego político está rotó. Si
ubicamos al PRI en el centro de la dinámica electoral; tendríamos el siguiente
arreglo, de derecha a izquierda. PDM, PAN, PAUM, PRI, PPS, PST, PSUM, PMT
y PRT. Salta a la vista que en la izquierda sobran dos partidos: PPS o PST; y uno
del conjunto formado por PSUM, PMT y PRT. Dado que el PSUM, pese a sus
crisis internas sigue siendo un partido mayor que los demás partidos llamados de
izquierda. Para las elecciones de 1985 el PSUM logró convocar a más de 500 mil
electores. Difícilmente podría ser sustituido en el abanico de los partidos de
izquierda.
Tiene razón Pablo González Casanova; cuando afirma que a cambio de aceptar
su participación en las elecciones sabiendo que van a perder, obtienen algunas
Diputaciones y presidencias municipales, además de prestaciones, contratos o
servicios, a su favor.
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Si acaso el PAN y el PPS eran la única oposición formal. Las cosas no han
cambiado mucho salvo para el PAN y el PRT, y quizá también para el PSUM y el
PDM. Más allá de las ventajas obtenidas por el sólo hecho de tener registro no son
tantas como para dejar de ser débiles frente al poderoso aparato de Estado al que
debe su existencia el PRI.
A medida que la desigual social se incrementa entre las clases sociales, el
escenario político, distintos sectores de la sociedad civil se organizan en diversos
movimientos sociales agrupados en partidos políticos opositores, demandan
apertura en los espacios de representación popular para mejorar las condiciones
sociales de las clases menos favorecidas.
En la lucha por la construcción de la democracia diversos “movimientos sociales”
(Se puede entender por movimientos sociales a las distintas corrientes políticas-
sociales que tienen como finalidad organizar a un segmento de la población
urbana para demandar mejores condiciones de vida. Es decir, la participación
social vecinal colonial que a partir de la década de los años de 1950 son factor
importante en la cultura democrática en México. Movimientos urbanos en la zona
conurbana del distrito federal como del Estado de México son ejemplo de que la
lucha política en México que buscaban espacios de representación y de
aceptación desde su más mínima expresión que es la vivienda. Municipios como
Natzahualcóyotl, Ecatepec, Tultitlan, Naucalpan, Tlanepantla, Chimanhuacan
forman parte de un desarrollo sociopolítico que de algún modo son participes de la
cultura por la democratización del Estado mexicano.) Fueron y son factor
importante para el desarrollo de la democratización. Disminuyendo la desigualdad
de participación, para la construcción del modelo democrático en México.
La lucha política se da tanto dentro de las reglas del juego como en medio a ellas.
Esta situación confiere un papel importante entre partidos políticos y movimientos
populares autónomos que constituyen un factor de movilización. El resultado de la
lucha que se da entre las fuerzas políticas antagónicas para tener acceso al
mundo popular organizado en la construcción de la democracia.
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En cuanto al órgano jurisdiccional competente para resolver los conflictos
derivados de la organización de las elecciones, logramos su incorporación al
Poder Judicial Federal y de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para
mejorar todos los mecanismos sobre impartición de Justicia Electoral
principalmente los relacionados a medios de impugnación. (Ponce 2001. pág. 19 y
20)
2.5. El Cimiento Constitucional del Sistema Electoral Federal
El cimiento constitucional del sistema electoral federal está contenido
principalmente en los artículos 35, 36, 41, 49, 50 al 70, 73, 74, 80 a 89, 94 y 116,
de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Los artículos 35 y 36
se refieren a los ciudadanos mexicanos a sus prerrogativas y sus obligaciones.
El artículo 41 instituye las bases para la relación de las elecciones libres
auténticas y periódicas a efecto de logra la renovación de los poderes legislativo y
ejecutivo.
La base primera reglamenta los partidos políticos como entidades de interés
público. La base segunda señala los derechos de los partidos a los medios de
comunicación y al financiamiento de sus actividades.
La base tercera reglamenta la organización de las elecciones por un organismo
público autónomo, denominado Instituto Federal Electoral. La base cuarta
establece un sistema de medios de impugnación para garantizar los principios de
constitucionalidad y legalidad de los autos y resoluciones electorales.
El artículo 94 incorpora el Tribunal Electoral dentro del Poder Judicial Federal. Los
artículos 49 al 70, 73, 74, 80 a 89, 94 se refieren a la llamada división de poderes
ejecutivo y legislativo y a la participación del Poder Judicial Federal en las
elecciones a través del Tribunal Electoral.
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El artículo 116 prevé la reglamentación de la materia electoral en las Entidades
Federativas. (Ponce pág 20 y 21)
2.5.1. El Proceso Electoral
El proceso electoral es el conjunto de actos ordenados por la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos y el Código Federal de Instituciones y Procesos
Electorales, realizados por las autoridades electorales, los partidos políticos
nacionales y los ciudadanos, con el propósito de renovar periódicamente a los
integrantes de los poderes Ejecutivo y Legislativo de la Unión. El proceso electoral
ordinario comprende las siguientes etapas:
1.- Preparación de la elección;
2.- Jornada electoral;
3.- Resultados electorales y declaración de validez de las elecciones; y
4.- Dictamen y declaraciones de validez de la elección y de presidente electo.
2.5.2. El Proceso Electoral en el Cofipe
De lo establecido por el artículo 1o del COFIPE, la ley electoral federal es de orden
público y de observancia general en los Estados Unidos Mexicanos, y el contenido
de sus disposiciones se refieren a:
a) Los derechos y obligaciones político-electorales de los ciudadanos;
b) La organización, función y prerrogativas de los partidos políticos y las
agrupaciones políticas; y
c) La función estatal de organizar las elecciones de los integrantes del Poder
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Ejecutivo y Legislativo de la Unión.
En este orden de ideas el IFE (Instituto Federal Electoral) se encomienda de vigilar
que las actividades de los partidos políticos se desarrollen con apego a la ley,
según marca el COFIPE en su artículo 175, corresponde exclusivamente a los
partidos políticos nacionales el derecho de solicitar el registro de candidatos a los
cargos de elección popular. Para el registro de candidaturas, el partido político
postulante deberá presentar y obtener el registro de la plataforma electoral que
sus candidatos sostendrán a lo largo de las campañas políticas y hay que poner
atención a lo siguiente, el COFIPE marca que por actos de campaña se entiende a
las reuniones públicas, asambleas, marchas y en general, aquellos en los que los
candidatos o voceros de los partidos políticos se dirigen al electorado para
promover sus candidaturas.
Tanto la propaganda política, como las actividades de campaña deberán propiciar
la exposición, desarrollo y discusión ante el electorado de los programas y
acciones fijados por los partidos políticos en sus documentos básicos y,
particularmente, en la plataforma electoral para la elección en cuestión que
hubieren registrado.
Retomando lo anterior, el ciudadano tiene en lo individual una participación muy
limitada en los procesos electorales, la cual sólo se traduce en ser receptor de las
campañas, su derecho-obligación de votar el día de la jornada electoral o de
integrar las mesas directivas de casillas. Su participación activa dentro del proceso
electoral se circunscribe a una participación asociada, es decir, como integrante
de partidos o asociaciones políticas.
2.5.3. Las Autoridades Electorales en el Proceso Electoral Federal
La organización de las elecciones federales, es una función estatal que se realiza
a través de un organismo autónomo, denominado Instituto Federal Electoral, con
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personalidad jurídica y patrimonio propios. El IFE es la autoridad en la materia,
independiente en sus decisiones y funcionamiento y profesional en su
desempeño. Tendrá a su cargo de forma integral y directa, además de lo que
determine la ley, las actividades relativas a la capacitación y educación cívica,
geografía electoral, los derechos y prerrogativas de las agrupaciones y de los
partidos políticos.
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, es la máxima autoridad
jurisdiccional en la materia, con excepción de las acciones de inconstitucionalidad
que conoce la Suprema Corte de Justicia de la Nación, cuando se plantee la
posible contradicción entre la Constitución y una ley electoral federal o local.
Para efecto de garantizar los principios de legalidad y constitucionalidad de los
actos y resoluciones electorales, se establece un sistema de medios de
impugnación, que tendrá como propósito dar punto final a las distintas etapas de
los procesos electorales y garantizar la protección de los derechos políticos de los
ciudadanos de votar, ser votados y de asociación.
El Tribunal Electoral, es la máxima autoridad jurisdiccional en materia electoral
federal. Resuelve en forma definitiva e inatacable, sobre impugnaciones de actos
y resoluciones de la autoridad electoral federal que violen normas legales o
constitucionales. Resuelve las impugnaciones de actos y resoluciones que violen
los derechos político-electorales de los ciudadanos de votar, ser votados y de
afiliación libre y pacífica para tomar parte en los asuntos políticos del país.
2.5.4. Los Partidos Políticos en los Procesos Electorales
Los partidos políticos intervienen en los procesos electorales básicamente de la
siguiente forma:
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De acuerdo al COFIPE y a las Legislaciones Electorales de las Entidades
Federativas, sólo los partidos políticos pueden presentar candidaturas a puestos
de elección popular y las autoridades electorales federales y estatales vigilarán
que sus actividades se desarrollen con apego a la ley.
Tienen el deber de formular una declaración de principios y en congruencia con
ellos, su programa de acción, así como los estatutos que normen sus actividades.
La declaración de principios invariablemente contendrá, los principios ideológicos
de carácter político, económico y social que postule. El programa de acción
determinará las medidas para proponer políticas para resolver los problemas
nacionales y formar ideológica y políticamente a sus afiliados. Los estatutos
establecerán las normas para la postulación democrática de sus candidatos y la
obligación de presentar una plataforma electoral para cada elección en que
participe y la obligación de sus candidatos de sostener y difundir la plataforma
electoral durante la campaña electoral en que participen.
Es un compromiso de los partidos políticos publicar y difundir la plataforma
electoral que el partido y sus candidatos sostendrán en la elección de que se trate.
El incumplimiento a alguna de las obligaciones que señala el COFIPE, traerá
sanciones para los partidos políticos, que pueden ser desde una suspensión hasta
la cancelación de su registro. En su caso, la pérdida del registro debe ser como
consecuencia de un incumplimiento grave y sistemático a las obligaciones
señaladas por la legislación electoral, calificadas previamente por las autoridades
electorales.
2.6. La Lucha por la Conservación de la Hegemonía.
La reforma política es una necesidad no sólo para garantizar al sistema político y
su dinámica actual. Sino también la convivencia entre los actores políticos y
sociales para mantenerse frente al dominio público.
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Es decir, la burocracia política trata de mantener en una dinámica funcional
estructural para mantenerse en los aparatos ideológicos del Estado. En este
sentido la lucha política-ideológica conserva el poder hegemónico del Estado-
partido que se ve reflejada en los distintos discursos oficiales del Estado, a través
de una política de modernización de reforma del Estado.
El fondo del discurso ideológico que Jesús Reyes Heroles, pronunció en
Chilpancingo, Guerrero, el 1 de abril de 1977 refleja la idea de reestructuración del
régimen político. En torno al proyecto del desarrollo de la modernización del
Estado, sobre el destino que habrá que adoptarse para la consolidación de un
proyecto democrático, y al mismo tiempo el acenso a los canales institucionales
que tendrán la tarea de abrirse para la representación política y el papel de
coadyuvar en el orden jurídico, para la legitimidad del Estado y del sistema
político.
El discurso, es el discurso del Estado, y éste el que representa los valores de la
clase dominante aunque algunas facciones políticas pudieran manifestar
inconformidad.
De tal manera el discurso ideológico contiene problemáticas significativas que el
mismo sistema político presentaba, pero al mismo tiempo abre los canales a la
participación política y al reconocimiento de crisis sociopolítica.
Cabe mencionar, que una de las tácticas establecidas para la democratización del
partido del Estado, es la conservación de su poderío como partido mayoritario,
pero al mismo tiempo impulsar la participación ciudadana, el derecho a la libre
elección de sus representantes.
Sin embargo, el ideal clásico de la democracia nos remite a la visión de un pueblo
que se gobierna a si mismo desde la igualdad constitutiva del principio de
ciudadanía, y aspira a poseer todos los recursos e instituciones necesarias para
hacerlo.
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En este contexto, Robert Dahl (Dalh, 1989, pág. 5-45) sugiere la existencia de dos
grandes “transformaciones democráticas” a partir de dos rasgos institucionales:
La primera, definida por las nociones de orden y participación: “de la aparición de
una ciudadanía activa en un orden político cuyo fin último consistía en fijar las
normas de convivencia para una vida buena y justa. La segunda asentada en las
ideas de legitimidad y representación, de la igualdad como principio regulativo de
una estructura legal de poder circunscrita y separada de gobernantes y
gobernados y de la creencia en que aquellos que ejercen el gobierno, lo hacen
autorizados por las normas”. (Dalh, 1989, pág. 19-23)
Para el autor la conciliación de estos supuestos para emprender una tercera
transformación democrática parte de una serie de argumentos de carácter
instrumental que pueden ordenarse con base en tres criterios: el del contexto, el
de liderazgo y el de la racionalidad.
Así mismo, en Gramsci: “El Estado es todo el complejo de actividades prácticas y
teóricas con las cuales la clase dirigente no sólo justifica y mantiene su dominio,
sino también logra obtener el consenso activo de los gobernados”. (Dalh, 1989,
pág. 107-108) De ahí que: “Además del aparato gubernativo, debe entenderse por
Estado el aparato “privado” de hegemonía o sociedad civil. En la polémica (por lo
demás superficial) sobre las funciones del Estado (y entendiéndose, del Estado
como organización político-jurídica en sentido estricto) la expresión de “Estado
veilleur de nuil” quiere significar un Estado cuyas funciones están limitadas a la
tutela del orden público y del respecto a las leyes. No se insiste en el hecho de
que en esta forma de régimen (que por otro lado no existió jamás sino como
hipótesis-limite, en el papel) da dirección del desarrollo histórico pertenece a las
fuerzas privadas, a la sociedad civil, que es también Estado”. (Dalh, 1989, pág.
164)
Por lo tanto, debemos entender: a la hegemonía como función de dirección de la
sociedad que implica su función ética, cultural y moral que se despliega en el
terreno de la sociedad civil, que es practicada por un grupo social fundamental,
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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sobre los grupos subordinados, constituyendo un sistema sociopolítico. En éste
sentido “el Estado es concebido como organismo propio de un grupo, destinado a
crear las condiciones favorables para la máxima expansión del mismo grupo; pero
este desarrollo; y esta expansión son concebidas y presentadas como la fuerza
motriz de una expresión universal, de un desarrollo de todas las energías
nacionales” (Dalh, 1989, pág. 72)
Un claro ejemplo de homogeneización es el Partido Revolucionario Institucional.
Con un proceso postrevolucionario PNR, PRM, PRI. En donde el partido hizo del
Estado el instrumento de control y continuidad del dominio político.
Es un claro ejemplo de su control hegemónico del Partido de Estado las distintas
organizaciones que dieron vida a la organización de un partido hegemónico. Es un
claro ejemplo: el frente agrario organizado en la CNC (Confederación Nacional
Campesina) que fue consolidada como la central oficial y progubernamental sobre
la misma base del partido. El llamado sector popular, que en 1942 dio origen a la
fundación de la CNOP, (Confederación Nacional de Organizaciones Populares)
fue consolidado con el objetivo de diseñar y aplicar una política de control sobre
los emergentes grupos medios que empezaban a ser importantes en las ciudades.
Pero además la CNOP sirvió, desde ese entonces, como cobertura partidaria para
los nuevos dirigentes que el alemanismo incorporó a las tareas de gobierno.
Al desvanecerse el cuarto sector –el militar –, Alemán refundó el Partido
Revolucionario Institucional. No negó la herencia de su antecesor, simplemente la
perfeccionó y la adecuó para la nueva etapa. El partido de los tres sectores y las
tres centrales (CTM, CNC, CNOP); el partido del “señor presidente”, el partido
oficial, quedó constituido y por segunda vez cambió de nombre.
El PRI, con sus antecesores, ha gobernado a México desde 1929 en forma
ininterrumpida. Se dice rápido, pero son 63 años, en los cuales ha visto cambiar el
mundo, desaparecer y aparecer naciones y partidos. Su competidor en punta el
PCUS, gobernó Rusia y la URSS de 1919 a 1991, hasta desaparecer,
hundiéndose al mismo tiempo que la nación y el sistema que construyó.
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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La solidez del dominio priísta sobre la política en México la ilustran cifras de difícil
equiparación: entre 1929 y 1989 no perdió una sola de las gubernaturas en juego;
ganó, en procesos electorales fielmente cumplidos, más del 96% de los más de
2,000 municipios que conforman la geografía del país; nunca, hasta 1992, perdió
la mayoría en el congreso local.
Obvio, pero hay que anotar, lleva 10 presidentes de un sexenio cada uno, más los
tres del período del maximato desde 1929, todas las legislaturas del Congreso de
la Unión con mayoría, y sólo hasta 1988 se vio obligado a aceptar senadores de
oposición.
Sartori, califica al PRI como un enigma es decir: “Hay todo género de errores
conceptuales, de interpretación y de predicción que son resultado de nuestra
incapacidad para introducir en ningún marco adecuado al PRI mexicano, el
famoso Partido Revolucionario Institucional. (Sartor, pág. 28)
Sartori incluyó su breve reflexión sobre el famoso PRI: “Los Estados de partido
único son más o menos opresivos, más o menos omnipresentes, más o menos
intolerantes, más o menos extractivos. Esto equivale a decir que las comunidades
políticas unipartidistas varían en cuanto a la intensidad de la represión, del control
coercitivo”. (Sartor pág. 265)
Por lo tanto, la lucha por la preservación del poder hegemónico está plasmada
durante siete décadas que el PRI, controló el poder absoluto del país. Es decir su
poder como aparato ideológico controlo todos los espacios sociopolíticos,
socioeconómicos, y culturales que homogenizó en la práctica cotidiana en donde
el colectivo social fue partícipe.
Calificar al PRI como un “partido de Estado” no forma parte del esfuerzo analítico
para desentrañar su naturaleza; esa adjetivación debe ubicarse en el terreno de la
lucha política, de la propaganda en la disputa por el gobierno.
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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Subsiste, sin embargo, la definición de la naturaleza del PRI, su lugar dentro de
las categorías de partidos y sistemas de partidos. La explicación de su
persistencia en el poder; de su capacidad de adaptación y cambio, de su hoy
renovado esfuerzo por la transformación.
Creemos que las exploraciones de Sartori al respecto, lo coloca como un partido
hegemónico represor- autoritario que se desenvuelve en una política totalitaria. Es
decir, desarrollándose en forma más extensa: la del partido “hegemónico-
pragmático”.
Sin embargo, si retomamos la categoría “hegemónico-pragmático”, combinada con
esa caracterización aún imprecisa pero certera de “partido casi único”, podemos
sostener que el sistema sociopolítico que permitió la hegemonía incontestable del
PRI ha quedado roto.
Recordemos de nuevo a Sartori “No sugiero en lo más mínimo que unas
elecciones libres y verdaderamente competitivas fueran a desalojar al PRI del
poder. De hecho hay pruebas abrumadoras en contra. Lo que importa no es que el
PRI fuera a perder si permitiera una oposición libre y plena. Lo que importa es que
la disposición hegemónica mantiene unido al PRI y que el paso a un sistema
competitivo pondría en peligro su unidad, porque eliminaría las sanciones
prohibitivas infligidas por la formula hegemónica a las escisiones y las rupturas
con el partido”. (Sartor pág. 285)
Cabe mencionar, y hacer una revisión exhaustiva del proceso democratizador del
partido oficial. No obstante, la revisión de los documentos básicos del PRI entre
1948 y 1988 muestra una relativa estabilidad en sus principios ideológicos, cuyo
vértice ha sido la llamada ideología de la Revolución mexicana, con componentes
centrales: nacionalismo, populismo, estatismo y paternalismo. En lo que hace al
programa de acción, se observa una adaptación casi sexenal a las políticas del
presidente en turno, que dicta los énfasis y variaciones en el programa del partido.
(PRI, Documentos básicos, Declaración de Principios, programa de Acción,
Estatutos, Sec. de inf. y Prop., abril de 1990)
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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Por lo que describe a los estatutos, éstos han sido formalmente respectados.
(Aunque en la práctica para nadie es un secreto la injerencia directa del presidente
de la república en la designación tanto de los principales dirigentes del PRI, como
en la selección de candidatos a puestos de elección popular, en primer lugar el
candidato a la presidencia y también los candidatos a las gubernaturas y las
cámaras del Congreso de la Unión) La relativa estabilidad ideológica quedó entre
dicho a partir del sexenio de Miguel de la Madrid cuando en forma paulatina, pero
firme, el gobierno fue abandonando el agotado modelo económico fundado en el
intervencionismo estatal y la protección frente al exterior.
Las elecciones de 1988 simbolizaron un trauma de dimensiones inéditas para la
estructura priísta, pues vinieron a confirmar lo que hasta entonces sólo se intuía: la
inoperancia de los viejos mecanismos corporativos de captación y control del voto.
“En julio de 1988 una ciudadanía mayoritariamente urbana demostró que podía
usar su voto como arma de protesta, sin que los mecanismos de control pudiesen
impedirlo”. (Sin el férreo control que el gobierno ha mantenido sobre los procesos
y las autoridades electorales, las elecciones de 1988 hubiesen derivado, en el
mejor de los casos, hacia la nulidad del proceso. Aunque la máxima autoridad
electoral determinó que la votación por el candidato del PRI para la presidencia de
la república había superado por décimas el 50%, fue posible verificar una votación
entre 5 a 10 puntos porcentuales por debajo de la cifra oficial).
El saldo de la elección de 1988 fue desastroso en términos de credibilidad y
legitimación de las elecciones. Después de las elecciones de 1988, y desde 1989
el PRI ha venido experimentando un conjunto de trasformaciones que configuran
el más profundo intento de refundación que haya vivido desde su surgimiento.
El escenario político interno del partido es llevar una refundación o más bien una
tercera refundación del Partido, para llevar a conservar el poder hegemónico que
ha mantenido durante más de seis décadas. Esas trasformaciones pueden
agruparse en tres vertientes significativas:
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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I. La primera se refiere al cambio de su disposición organizativa de cara a
las elecciones. Aquí el rasgo más importante del cambio es la adopción
de una estrategia de conquista del voto urbano en condiciones de
competencia, lo que se combina con la persistencia de control, cuando
no de adulteración del voto en áreas rurales o semirurales. La estrategia
urbana, identificada como en la que el PRI recuperó los niveles de
votación previos a 1988.
II. La segunda, consiste en el esfuerzo por adaptar los documentos básicos
del partido a las nuevas realidades del país y de la estrategia
gubernamental. En lo que va del sexenio de 1988-1994, separación entre
antiguos referentes ideológicos y programáticos del priísmo, y las nuevas
políticas gubernamentales se amplió hasta convertirse en un abismo. La
XIV Asamblea Nacional del PRI intento, infructuosamente, realizar la
adaptación del partido a las líneas del gobierno. (PRI, Documentos
Básicos, Declaración de Principios, Programa de Acción, Estatutos, XIV
Asamblea, SIP del CEN).
Por otro lado, los estereotipados tradicionales del PRI lograron que la XIV
Asamblea prácticamente dejara intacto el ideario de principios, a cambio de
modificaciones al programa de acción, el cual fue entonces para su redacción final
a una comisión ad hoc. De ese documento han desaparecido las referencias al
estatismo, el populismo y en buena medida la antigua concepción nacionalista que
caracterizaba al PRI.
Sería hasta el acto del 61 aniversario de la fundación del partido cuando el
presidente Carlos Salinas tomó a su acre directo el esfuerzo para dotar al priísmo
de un nuevo referente ideológico: el “liberalismo social”, presentado primero como
respuesta a los llamados “Neopopulismo” o “Nuevos reaccionarios”, y luego, en los
informes tercero y cuarto del gobierno, como línea de pensamiento que busca
resolver el problema entre liberalismo y justicia social.
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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1.-La tercera línea de cambios ha corrido con una suerte dispar. Inicia durante
la gestión a la presidencia de Luis Donaldo Colosio, tomó como ciudadela,
de la cara a las organizaciones gremiales (CTM, CNC) más resistentes al
cambio, a la multiforme Confederación Nacional de Organizaciones
Populares (CNOP).
Con un liderazgo pragmático, identificado con la necesidad de cambios en el
partido y con las nuevas circunstancias que impone la política gubernamental, la
dirigencia de la CNOP logró que parecía imposible: desaparecer una de las viejas
centrales, para dar lugar al experimento de cambios más ambicioso realizado
desde 1948. Surgió así la UNE, “Ciudadanos en movimiento”. Discurso de la
senadora Silvia Hernández dirigente nacional de la UNE, Multicopia, 26 de junio
de 1992. La UNE, bajo la dirección de la senadora Silvia Hernández, ha sido,
desde 1990, la punta de lanza del proyecto de refundación priísta. En una
complicada combinación de intereses, preservó las viejas estructuras
corporativistas, a las cuales otorgó el espacio de los movimiento gremiales,
sindicatos de burocracia, comerciantes, colegios de profesionales, abriendo junto
a ellos dos espacios organizados que han resultado de singular importancia para
la preservación de la influencia priísta: la organización territorial y el movimiento
ciudadano. Por vez primera en su historia, el PRI, cuenta con una estrategia y un
dispositivo organizado destinados a competir entre los ciudadanos sin partido. De
ese esfuerzo han surgido los llamados movimientos y frentes de los cuales se
pretende establecer relación con organizaciones no adheridas al PRI con
presencia en la sociedad.
A partir de las lecciones de la XIV Asamblea y de la confirmación de nuestro
fundamento ideológico, emprenderemos de inmediato la construcción de las
nuevas estructuras que le permitan sumarle pueblo al partido. Lo habremos de
hacer a través de tres grandes movimientos: la consolidación del Pacto Obrero-
Campesino; la creación del Frente Nacional Ciudadano y la fundación del
Movimiento Popular Territorial. (México, 1990-1992. Borrego Estrada, Genaro,
Discurso de toma de protesta como presidente del CEN del PRI, Multicopia, 14 de
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Mayo de 1992). Valga resaltar la contradicción que el PRI vive desde 1989 cuando
debió plantearse con seriedad la posibilidad de ser desplazado del poder por la vía
de unas elecciones fuera de control gubernamental. Esa circunstancia, sumada al
marco que el vértigo del cambio de salinista género en los cuadros priístas, arrojo
como resultado un partido en la orfandad.
En junio de 1992, el propio Genaro Borrego amplió su propuesta refundadora, a la
cual le denominó con tal nombre: “Llevemos a cabo una refundación Estructural
transitando caminos propios”. Reitero las tres líneas ya mencionadas para la
refundación del partido y amplió su propuesta de incorporar al “liberalismo social”
como la nueva base ideológica del PRI (consejo Nacional del PRI, 26 de junio de
1992).
Por lo tanto, ese cambio constituiría una verdadera refundación, pues supone el
abandono de la forma concreta como el PRI se ha organizado y existido desde
1936. En otras palabras, estamos en presencia del esfuerzo más importante para
trasformar, desde el poder y con sus recursos, a un viejo partido creado a imagen
y semejanza de sus congéneres ya desaparecidos, que han mantenido a lo largo
de más de medio siglo una innegable capacidad de adaptación a las renovadas y
cambiantes circunstancias.
Contra lo que comúnmente se cree, las evidencias disponibles indican que el PRI
ha discutido y reflexionado, ha experimentado cambios. Aprendido las nuevas
artes de las ingeniería electoral: revaloró la presencia ciudadana e intentó
incorporarse al debate nacional, buscando una nueva forma organizativa, pero no
parece darse cuenta de la profundidad y sentido del cambio que ocurre en México.
Sin embargo, hemos sido propensos a confiar en que nuestra convicción de que el
PRI es, en sí mismo, valor negativo, es compartida por la mayoría de los electores.
Estudios confiables indican que para el elector promedio, el fraude y la corrupción
tienen un peso menor, comparados con los “éxitos” del gobierno priísta. De esa
forma, una exitosa gestión desde la presidencia de la República pareciera ser la
clave de la recuperación nacional del PRI. Ahora bien, en la refundación del PRI
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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encontramos dos problemas básicos: uno podría explicar su postergación; el otro
su fracaso:
Lo primero tiene que ver con la coyuntura en la que la refundación trascurre. Las
derrotas electorales y los acuerdos con la oposición, en torno a los conflictos
locales, que han sometido al PRI a la más dura prueba desde su fundación. Es
cierto que entre 1940 y 1988 es posible encontrar momentos de dificultad, pero lo
que ahora es significativo es la reiteración de los problemas, y sobre todo, las
nuevas fórmulas utilizadas, desde el poder ejecutivo, para darles soluciones.
Nunca antes, en su historia, el PRI había sufrido el descrédito público al que el
presidente Salinas de Gortari lo ha sometido al fracaso. Sin tener la capacidad de
decidir las candidaturas convertidas en derrota, por la vía de las urnas o del
acuerdo con los opositores, ha debido sufrir el escarnio que significas las
decisiones en las que aparece como elemento negativo.
Por vez primera en la historia contemporánea de México, la fortaleza de la figura
presidencial se ha debido comprarse en la debilidad de su partido. Separar la
figura del presidente de su partido al extremo de mostrarlas como antagónicas.
2.7. La Crisis del Sistema Político Electoral.
El poder del Estado en México hasta el presente se ha caracterizado por una
sustancia central fuertemente marcada por la presencia del ejecutivo, polarización
que ha ido en deterioro del “equilibrio de poderes” (legislativo y judicial), y por otra
parte, el partido del Estado (PNR, PRM, PRI), que nos remite a la historia de las
luchas políticas que han configurado los aparatos de Estado más importantes del
México posrevolucionario.
El régimen fue pronunciando un sistema de partido hegemónico. Es decir, ese
sistema, estuvo bajo el mando de su aparente estabilidad, experimentó a lo largo
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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de su desarrollo diversas fases y tuvo que ir resolviendo, sobre la marcha de una
sinuosa ruta, los problemas de control de legitimidad que sus actores políticos
asistentes le fueron planteando.
Cabe mencionar, el establecimiento del sistema de partido hegemónico, las élites
gobernantes postrevolucionarias tuvieron que culminar un doble proceso: primero
debieron centralizar las decisiones político electorales fundamentalmente en la
Secretaría de Gobernación y en la burocracia central del PRI, y después tuvieron
que imponer limitaciones a las posibilidades de concurrencia electoral opositora,
sobre todo para erradicar el fraccionalismo de la propia élite gobernante, pero
también para reducir la expresión partidaria de la oposición al PRI.
Por otro lado, ese asunto que se manifestó durante el aseguramiento de un
autoritarismo de poder en la arena electoral que tuvo lugar en los años que van de
1946 a 1954 principalmente; aunque se extendió durante toda la fase de 1946-
1990.
Así queda expresado un sistema sociopolítico hegemónico que se mantuvo
durante siete décadas bajo el control político. No obstante, el éxito del control
político y disminución de las posibilidades de expresión partidaria de un pluralismo
partidario fue notable. Los costos políticos que el sistema de partidos tuvo que
asumir fueron: el debilitamiento de la arena electoral en general, como canal de
expresión y de lucha por el espacio político.
El escenario político que se venía desarrollando durante el sexenio de Miguel de la
Madrid, no era favorable para sucesión presidencial sin problemas. A partir de
1986-1987, la escena política presentaba dificultades que definitivamente influían
para un proceso electoral limpio.
Es decir, para Juan Molinar Horcasitas: “la composición de la nueva escenografía
política, se manifestaba, en una negativa rotunda a liberalizar la política electoral
mexicana, acentuada durante 1986, todos los bloques partidarios fueron
moviéndose de lugar, descentrándose cada vez más y configurando un esquema
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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de polarización sobre el eje estratégico que primero remplazó al ideológico y luego
se reconvino con él como la clave ordenadora del subsistema de partidos”.
(Molinar, pág. 185)
Con el derrumbe del sistema electoral, los niveles de votación priísta, que pasaron
desde cifras de 90% en 1943 y 1949 hasta resultados de 65% en 1985. Por otro
lado, la oposición ganó terreno en la década de los ochentas. Es decir la oposición
retoma con más vigor su tendencia alcista en las elecciones desde 1985 y crece
53%. La oposición mostró en los años recientes una fuerza muy considerable, que
tiende a socavar los límites que el régimen le ha ido imponiendo.
Este tipo de procedimiento tiene su explicación en la estructura de relaciones
sociedad-partidos. Cabe mencionar, que dicha relación se desarrolla a partir de los
años sesentas es decir, la negativa asociación entre la modernidad y el PRI,
permite explicar un presente holgado y anticipar un futuro más reñido para el
partido oficial, la persistencia de esa asociación en los años ochenta permite
explicar un presente reñido y anticipar un futuro desastroso.
Para Molinar Horcasitas, dicho fenómeno sociopolítico se ha manifestado con
ciertas características de la sociedad que afectan negativamente al PRI se han
desarrollado y acumulado vertiginosamente. La población que vive en urbes de
más de 100, 000 habitantes se cuadruplicó entre 1960 y 1980, al grado de que
para 1988 ya representaba más de la mitad de la población nacional total,
mientras que en 1960 apenas representaba la quinta parte; la población
económicamente activa en los sectores secundario y terciario se multiplicó por dos
en ese mismo lapso, de modo que en la actualidad representa casi dos tercera
partes de la PEA en actividades suficientemente específicas, cuando en 1960
apenas el 40% de la PEA se ocupaba en esos sectores; la población mayor de 15
años con educación pos primaria aumentaría siete veces en ese lapso, mientras
que la población total en ese grupo de edades solamente se duplicó”. Así, en 1960
el PRI gozaba de la ventaja de que la mayoría de la población tenía características
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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que parecían beneficiarle (baja escolaridad, ocupaciones agrícolas, vida rural),
para 1980 la situación se había revertido.
Lo que pasó en esos años de cambio social intensa fue, simple y llanamente, que
el PRI vio pasar los cambios sin adaptarse a ellos. En 1960 resultaba
electoralmente ventajoso ser el partido de la población rural, o el partido de los
iletrados. En 1988 no. En estos años y, más agudamente en el futuro inmediato,
logra apelar a las masas urbanas, a la población con escolaridad más alta, a los
trabajadores de la industria y los servicios. Depender electoralmente del México
tradicional era indispensable en los años sesentas.
De esta manera, la crisis del sistema, como del mismo sistema electoral tuvo
serios problemas en la década de 1980. Ésta etapa, es conocida como el proceso
de arribo de los tecnócratas, con la sucesión de Miguel de la Madrid en las
elecciones de 1988, se temía que la política económica seguiría el mismo perfil
que en los años anteriores.
Esta etapa de crisis es la derivación de sexenios anteriores, que desarrollaron una
serie de problemas socioeconómicos, como sociopolíticos sin olvidar las
consecuencias sociales que se venían dando en décadas pasadas. Es decir la
profundad crisis en 1982. “La magnitud de la deuda externa y los compromisos
adquiridos por el gobierno mexicano ante el Fondo Monetario Internacional como
condición para obtener los préstamos con los cuales hacer frente a la insolvente
alentada por la fuga de capitales, dieron paso a la adopción de la política
neoliberal y a la consolidación en la cumbre del poder político de un grupo de
tecnócratas”. (Rueda, pág. 177)
Este grupo asume como propias las exigencias del Fondo, de pagar a toda costa
el servicio de la deuda, hunde al país en un periodo de cero crecimiento e inflación
acelerada.
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El cierre de empresas y el aumento del desempleo, aunados al descenso de los
salarios reales, ocasionan estragos en las condiciones de vida de la mayoría de la
población.
El disgusto social ante esta situación se suma el descontentó de los políticos que
se sienten desplazados y que continúan sosteniendo las tesis del nacionalismo
revolucionario – bandera de los gobiernos de las décadas anteriores –
abandonadas por los tecnócratas en aras de la privatización de empresas
estatales, la apertura del comercio exterior y la desregulación económica –ejes de
la política neoliberal postulada por el Fondo Monetario Internacional. En estas
condiciones, 1987 y 1988 son años de gran efervescencia política. (Rueda, pág.
177)
Las circunstancias sociales que se venía desatando desde 1986 – 1988, no iban a
favorecer al partido hegemónico. En síntesis, tras revisar las pautas históricas de
votación priísta, la estimación de 60% como votación del PRI parecía ser un
pronóstico razonable, e incluso muy optimista, a fines de 1985. (Por otra parte, el
lector podrá consultar el número 127 de nexos, de julio de 1988, donde el autor
público un estudio realizado un par de meses antes de la elección de julio de
1988. En dicho estudio se señala que el nivel de votación esperable para el PRI,
de acuerdo a su tendencia histórica, era de 62.5%, pero que un escenario con tal
votación era “muy optimista”. El escenario llamado “neutro” señalaba una votación
nacional del PRI de 53%. Sin embargo, si la votación del PRI caía por debajo de lo
que su tendencia histórica permitía esperar, la estabilidad del sistema sí peligraría.
Y lo que quedaba claro es la votaciones de 12 millones (cerca del 60% del total
esperable) eran niveles optimistas desde la perspectiva del PRI. Si durante el
periodo 1986-1988 ocurrían procesos políticos o económicos importantes ese
porcentaje tendería a bajar, poniendo así en peligro la estabilidad del sistema de
partido hegemónico) .Una votación así no pondría en peligro la estabilidad del
sistema de partido hegemónico y daría al régimen un lapso de reformismo y
acomodo.
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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Y eso fue precisamente lo que ocurrió. Además de la tendencia histórica a la baja
del PRI, entre 1986 y 1987 ocurrieron varios procesos políticos que catalizaron la
erosión de la base de apoyo electoral del PRI. Ésta de hecho fue tan profunda que
condujo al sistema a una crisis terminal que, probablemente, no tiene soluciones
de continuidad, sino sólo de ruptura, ya sea por la democratización o por el
recrudecimiento del autoritarismo.
La crisis del Sistema Electoral ocurrida en 1988 fue entonces, la conjunción de
múltiples factores, tanto de naturaleza estructural como coyuntural. Es decir, el
sistema apuntaba hacia una eventual, y de hecho inminente agotamiento de las
bases de dominación electoral del partido del Estado. Si la crisis no hubiera
estallado en 1988, lo más probable es que es presentara en la siguiente elección.
La predisposición a la baja de la votación priísta era de naturaleza estructural:
estaba fuertemente asociada a factores de la población económicamente activa
vinculada a un sindicalismo totalmente vigilado por el aparato ideológico del
Estado, una urbanización en crecimiento, y un incremento en el grado de
escolaridad de la población. La asociación entre el comportamiento electoral y
estructura sociopolítica se había mantenido inalterada, en sus pautas generales,
desde los años sesenta y quizá desde antes. Sus efectos plenos, sin embargo,
empezaron a ser agudos hasta hace pocos años como consecuencia de la
maduración y acumulación del proceso de intenso cambio social que la sociedad
mexicana experimentó en décadas recientes. El PRI no siguió el paso de estas
mudanzas y su futuro se volvió incierto.
Además, aunque el sistema político mexicano había logrado aislar con cierta
eficacia a la arena electoral de la lucha por el poder del Estado, las elecciones
empezaron a ser cada vez más utilizadas como canal de expresión ciudadana y
lucha entre élites políticas en los años recientes.
No obstante, el debilitamiento de Estado fue visto por muchos como el inicio de
una transición que conduciría al país, del fin de autoritarismo, aun régimen
democrático. Es cierto que el sistema político es mucho más abierto hoy que en
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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los años setenta, pero también es cierto que todavía está más lejos de ser
democrático.
Para James Cockcroft: “el debilitamiento del partido hegemónico se debe a que,
durante las elecciones de los años ochenta y gran parte de los noventa, la
tendencia electoral central de México era de apatía por parte del electorado, como
lo demuestran los resultados de por lo menos de la mitad de los votantes elegibles
en cada día de elecciones.
Típicamente, el encabezado de un periódico de 1985 proclamaba. La abstención
volvió a ganar”. (Cockcroft, pág. 350)
Finalmente los acontecimientos sociopolíticos posteriores, desde el sismo de la
Ciudad de México en 1985, la campaña electoral de Chihuahua en 1986, y el
movimiento político de estudiantes de la Universidad Nacional Autónoma de
México, encabezado por el Consejo Estudiantil Universitario (CEU El movimiento
estudiantil de 1986 surgió como un conflicto estrictamente interno y limitado a
cuestiones educativas, pero, como suele suceder con los movimientos
estudiantiles, rápidamente mostró tener potencialidad política. Como el conflicto
estudiantil no encontró soluciones expeditas (de los hechos las causas que lo
motivaron y la salida transicional que se le encontró seguía dirimiéndose en 1989),
sus tiempos políticos se encontraron con la sucesoria. La concurrencia fue, una
vez más, el empalme de un movimiento popular desarrollado al margen de los
partidos con el proceso electoral. El mitin realizado por Cuauhtémoc Cárdenas en
la Ciudad Universitaria el 26 de mayo de 1988, el más grande que se ha realizado
en UNAM cuando menos desde 1968, selló la circulación del movimiento
universitario, con todos sus efectos sobre el resto de la población, y el proceso
electoral.), se dan a la tarea de manifestar un descontento que a través de una
severa crisis de sistema se manifiestan de esta manera. Es decir, los procesos
sociales entre 1985-1988, se sumaron en una extraordinariamente adversidad al
PRI. El resultado fue la crisis del sistema de partido hegemónico.
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
120
Consecutivamente la crisis electoral de 1988 tuvo dos grandes vertientes: por un
lado, fue una crisis de legitimidad del conjunto de reglas formales e informales que
normaban el sistema electoral y partidario. Es decir, fue la quiebra de las
condiciones de la posibilidad del sistema de partido hegemónico.
Del mismo modo, la crisis del sistema en las elección del 6 de julio estuvo cerca
de producir una crisis de control porque por primera vez en su historia el PRI se
enfrentó a un escenario político en el que la derrota era un elección viable, ya sea
que ésta fuera producida por el avance opositor o como consecuencia del
fraccionalismo del propio partido. Es decir:
1. La primera crisis es, fundamentalmente, consecuencia de un proceso de
ruptura del consenso político entre las élites partidarias del gobierno y la
oposición.
2. La segunda crisis se avizoró como consecuencia de la intensa movilización
de amplios sectores del electorado que votaron en contra del partido oficial.
La crisis de legitimidad, como parte de un proceso de lucha política entre las élites,
se generó y maduró desde antes de la elección presidencial.
2.8 La Disyuntiva Final
Las elecciones mexicanas, hasta bien entrada la década de los setenta, fueron, en
el mejor de los casos, eventos rituales, formas para dar “legalidad” al revelo en el
poder, decidido por y desde las cúpulas de la “familia revolucionaria”. Ahí, en
donde las elecciones son mero ritual, es imposible que se desarrollen partidos de
oposición. Los resultados de las elecciones mexicanas en todos los niveles dan
cuenta de esa realidad.
Hacia pues después de conocer los resultados de la elección presidencial de
1988, donde se proclama triunfador Carlos Salinas de Gortari; con 50.71% del
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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total de los votos con mayoría absoluta, y también por primera vez un candidato
de opositor gana tan alta proporción 30.59% Cuauhtémoc Cárdenas, mientras que
el PAN se sitúa en tercer lugar con 16.60% de la votación. Por lo que, Gumersindo
magaña obtuvo 1.0 % y Rosario Ibarra 0.3%. Dicho resultados es el reflejo de un
país en vías de democratización en lo que concierne a la elección presidencial;
pero por otro lado, el Congreso de la Unión se mantiene con más o menos de la
mitad de sus representaciones populares. Sin embrago, el partido de la
hegemonía política mantiene el control político en los procesos electorales.
Estos son los resultados de una elección con mayor concurrencia de participación
en la historia de los procesos electorales en México, pero al mismo tiempo la más
competitiva en la historia de nuestro país. Por lo tanto las cifras entre el primero
lugar y el segundo lugar, son muestra de elección donde un grueso de la
población se manifestó por el cambio político. Sin embargo los actos de fraude
electoral no dejaron de estar presentes en las elecciones.
Sin duda, la elección de 1988, es el primer paso de una alternancia política donde
la oposición dejo de ser una simple protagonista en la arena política. Además, la
elección de 1988 fue paradójica no solamente por el contraste entre sus grandes
saldos. Lo fue también por el carácter ambiguo de cada uno de ellos: respecto a la
victoria del PRI.
Esta fue abrumadora pero el partido oficial no salió ileso del lance, y de hecho se
sumió en una fuerte crisis interna; respecto a los resultados de la elección, la
ambigüedad consiste en que éstos produjeron una situación competitiva que al
rebasar los marcos estrechos del sistema político hegemónico sentó las bases
para una transición democratizadora.
Dicho proceso democratizador fractura los parámetros impuestos por el partido
oficial. Es decir, los resultados oficiales de la elección federal de 1988 fueron
suficientes, por sí solo, para romper el marco impuesto por un sistema electoral no
competitivo.
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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Jorge Alcocer menciona que la elección de 1988 modificó en forma sustancial el
sistema de partidos y abrieron paso a un proceso, que en términos genéricos ha
sido identificado como la “transición mexicana a la democracia” (Alcocer, pág. 200)
El significado que toma la democratización en un régimen autoritario es
consecuencia de una liberación política que una práctica normal es los regímenes
autoritarios que buscan su transformación. La mayoría de las transformaciones
democráticas recientes en el mundo, especialmente en América Latina, tuvieron
como antecedente procesos de apertura controlada.
En mismo sentido, O’ Donnel y Schmitter, conciben a la transición política en el
sentido positivo. La transición supone: “el cambio de un conjunto de arreglos
institucionales y prácticas políticas, definidos y controlados discrecionalmente por
la élite del poder, por otro acuerdo en el que la definición y el funcionamiento de la
estructura y las prácticas políticas se sometan a la discusión, estén garantizadas
por la constitución y sean respaldadas por la participación ciudadana”.
(Middlebrock, pág. 19)
Cabe señalar que el mismo proceso de democratización se sustenta en la
liberación política. Que se demuestra con mayor claridad en las reformas
electorales. Puede afirmarse que el proceso de transformación política en México
consiste en una liberalización política, que cada vez es menos funcional para el
grupo gobernante, lo cual obliga a la élite política a generar las condiciones más
propicias para garantizar su permanencia en el poder.
Es decir, la liberación se presenta cuando el gobierno inicia un proceso de
apertura que busca aumentar su legitimidad, mediante la promesa de realizar
elecciones libres y justas, lo cual le permite reducir temporalmente la movilización
y que los líderes opositores asuman posiciones moderadas.
La liberación contiene un momento de apertura y tolerancia de las libertades
civiles en un régimen autoritario, lo cual puede propiciar la democratización total
de la sociedad y el cambio de régimen.
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
123
Es necesario mencionar que después de la elección de 1988, un fenómeno que
más se pone a prueba es el proceso de transición política en el sexenio salinista
en el que los procesos electorales, a pesar de que éstos se redimensionan y dejan
de ser rituales a través de los cuales los líderes políticos vinculados al partido
oficial se rodaban el poder.
Aunque se convierten en espacios de competencia política real, en los cuales se
pone a prueba el grado de democratización del país, sus alcances democráticos
son todavía muy limitados.
El proceso de transformación en México presenta una mayor pluralidad de fuerzas
y expresiones políticas, el PRI se resiste a ceder espacios de acción, en
consecuencia, cada avance en la legislación y en los procesos electorales es
regateado hasta el extremo.
Durante los años ochenta y noventa persiste en México un sistema político caduco
que se vio en la necesidad de entrar en un proceso de acomodo en un modelo de
democratización proponiendo reformas substánciales para su época.
El Estado evita una salida democrática estable y de largo plazo y se atrinchera en
las viejas instituciones desgastadas. En este sentido la transición a la democracia
es una dinámica impuesta por las fuerzas opositoras al sistema y la concesión del
grupo gobernante a la oposición que de alguna manera representaban los
intereses de una sociedad en pie de lucha social.
“La alternativa consta entonces de los procedimientos necesarios para cristalizar
esta serie de derechos y posibilitar la instauración de un régimen democrático; en
otras palabras consta en hacer factible la democratización como un proceso
creciente de incorporación de los individuos a los beneficios y oportunidades que
forman los cambios estructurales.” (Carretón, 1991)
Por lo tanto, la transición democrática de los países, con un régimen
presidencialista autoritario, su proceso es diferente a los regímenes dictadura-
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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militar. El caso de nuestro país la transición política es totalmente diferente a los
demás países latinoamericanos.
Cabe subrayar, que la transición democrática no debe verse como una revolución,
sino más bien, como un cambio en la estructura política que más que bien
modifica conductas sociales en el sistema social.
José Woldenberg, define sobre cómo está compuesta dicha transición
democrática de un Estado “autoritario a democrático”. Dicho proceso consiste en
primer lugar en: “un cambio que no es súbito, generalmente se desenvuelve por
etapas y en el cual la línea entre el pasado y el futuro están sujeta a los vaivenes
de las fuerzas políticas.
En segundo lugar es un cambio negociado donde los actores no tienden a las
rupturas definitivas y son capaces de dialogar y establecer compromisos, y un
tercer lugar, la transición es un proceso en el cual, típicamente, la negociación se
centra en “las reglas del Juego”: ellas no están definidas y hacen la parte medular
del litigio político”. (Woldenberg, 1994)
EL móvil que influye en este cambio de régimen democrático, son las reformas
electorales que son más que una arena de contienda política. Que son fueron
convertidas en un elemento activo de la democratización.
La transición es la suma de todo eso y mucho más. La transición democrática
alude a un proceso de mayores proporciones: su tema de fondo es el de una
sociedad modernizada que ya no cabía ni quiere hacerlo en el formato de partido
hegemónico; México se hizo más complejo, diverso, plural: un sólo partido, una
sola coalición ya no podrían representar ni conciliar todos los intereses, proyectos
y pulsiones de un país que crecía y se diversificaba aceleradamente.
La transición democrática, es en realidad, la historia de ese acomodo institucional
de reformas para la formación de la vida política moderna acorde con nuestra
verdadera historicidad. Periodo extenso, de dos décadas, en el cual la lucha y los
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cambios políticos sustituyen, desconstruyen y remplazan las relaciones políticas
autoritarias. La tarea es cambiar sus fundamentos para instalar otras de carácter
democrático.
Cabe mencionar, que para que se dé una transición democrática se debe
remplazar, él tipo de relación que germinado de la revolución y que se prolongó
durante la formación del Estado contemporáneo. Es decir sustituir el
funcionamiento del sistema político que su clave se encuentra en: “el
corporativismo como eje de las relaciones entre el Estado y sociedad. En virtud de
la génesis histórica del Estado mexicano y de los organismos sociales que
agrupan a los trabajadores del país, en la práctica todos los segmentos de la
sociedad civil son continuaciones del aparato estatal”. (Pereyra pág. 293.)
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
126
Capítulo 3 Reformas, Cambios, Modificaciones a la Ley Federal
Electoral
3.1. Modificaciones a la Ley Federal Electoral de 1918 A 1946.
Esta época se caracterizó porque no se hicieron modificaciones en cuanto al
sistema de elección de los representantes políticos, siendo este invariablemente
de mayoría simple, que permanecería casi sesenta años.
Durante 1918 las listas electorales serían permanentes y sujetas a revisión cada
dos años, siendo una práctica ya usada con anterioridad, en tanto que el sufragio
universal quedo garantizado en el artículo 37, concediendo el voto a todos los
varones de 18 años, si eran casados y de 21 si eran solteros y siempre y cuando
estuvieran en ejercicio de sus derechos políticos e inscritos en los registros del
padrón electoral.
Como resultado de la revolución, a la legislación electoral se incorporaron los
principios políticos de sufragio efectivo, no reelección, la lección directa como se
había establecido en años anteriores y el sufragio universal, así como el darles a
los ciudadanos la posibilidad de participar libremente en las elecciones. “Para la
elección del Presidente de la República se observaba todo lo dispuesto por la
elección de los Diputados, excepto que sería la Cámara de Diputados del
Congreso de la Unión la que conocería el dictamen de elección y en su
oportunidad después de hacer el escrutinio general en todo el país, hará pública la
declaración de los resultados”. (Ponce 1997, pág. 7)
El registro de candidatos por los partidos políticos se hacía en la cabecera
municipal del Distrito Electoral o en la capital del Estado en caso de los Senadores
o Presidente de la República, en tanto que los candidatos independientes tendrían
los mismos derechos conferidos a los candidatos del partido.
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127
Para el año de 1928 se difunde el periodo de gestión presidencial de cuatro a seis
años bajo la idea de que el tiempo de administración era limitado, de esta manera
se permitía la continuidad de los programas de gobierno.
Aumentando también el tiempo de duración de las tareas legislativas de dos a tres
años en la Cámara de Diputados y de cuatro a seis años en la Cámara de
Senadores, estableciéndose que tampoco podían ser reelectos al periodo
inmediato.
De los años de 1946 a 1963 se caracterizan por dar uno de los pasos más
importantes hacia la modernidad en los procesos electorales, creando órganos
homogéneos de coordinación y vigilancia. A pesar de que se mantuvo el sistema
de elección simple, se constituyó una estructura que estuvo a cargo de la
federación con la Comisión Federal de Vigilancia, con posterioridad la Comisión
Federal Electoral, sustituyo los aparatos de vigilancia municipal.
Se promueve la formación de los Partidos Políticos con la intención de mejorar su
formación y cuya finalidad es la de que sean más estables y organizados dentro
de su constitución.
Se reconoce la igualdad en los individuos para elegir y ser elegidos ya que en esta
etapa se da la pauta para un reconocimiento más amplio a los derechos políticos
de los ciudadanos. (Berlín 1980, pág. 128.)
3.2. Reformas a la Ley Federal Electoral de 1963.
La Ley Electoral de 1951 fue reformada y adicionada mediante decreto del 28 de
diciembre de 1963, para ponerla a tono con las reformas constitucionales de los
artículos 54 y 63. Este decreto también introdujo la figura jurídica de las
exenciones fiscales para los partidos políticos legalmente registrados y estableció
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
128
algunos ajustes para el caso de las confederaciones y coaliciones de partidos
tratándose de los Diputados de un partido político.
Las prerrogativas fiscales que se originaron mediante el decreto de fecha 28 de
diciembre de 1963, se configuraron mediante la creación del artículo 44 bis, que
estableció la exención a favor de los partidos políticos de impuestos del timbre, los
relacionados con rifas y sorteos. La importancia de este artículo radica en que
constituye la primera disposición electoral mexicana que establece un cierto tipo
de ayuda económica a los partidos políticos, siendo que en posteriores leyes fue
ampliada.
Hasta 1963, el artículo 54 constitucional configuraba un sistema electoral
exclusivamente mayoritario, de conformidad con el cual los ciudadanos se debían
pronunciar por el candidato que en su concepto debía ocupar el cargo de elección
popular en cuestión; una vez realizadas las elecciones y realizado el computo de
los votos, de Distrito respectivos, se establecía cuál de los candidatos había
obtenido el mayor número de votos y, por lo mismo, había resultado electo.
Dicho sistema se vio alterado en 1963, cuando se reformó la Constitución y se
institucionalizó el sistema de los Diputados de partido. Dicha reforma partió de la
consideración de que la democracia no es el gobierno de los más en perjuicio de
los menos y se apoyó en la confianza de que en todo régimen democrático
resultaba fundamental el respeto a los derechos de las minorías y a la diversidad
de criterios.
Dentro de la manifestación de motivos que describimos la reforma constitucional
del 22 de junio de 1963, se especificó que “tanto las mayorías como las minorías
tienen derecho a decidir”. Existía la necesidad de impedir que el sistema se
degenerara en una inútil e inconveniente proliferación de pequeños partidos que
no representen corrientes realmente apreciables por el número de quienes lo
sustentan, ya que el objetivo básico es que sea respetada por todos los partidos
políticos.
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3.3. Cambios a la Ley Federal Electoral de 1977.
No obstante los repetidos esfuerzos del legislador mexicano por configurar un
sistema de partidos competitivos, la oposición del Congreso había sido nula. Así,
en 1976 los partidos políticos de oposición estaban en franca decadencia, con
divisiones internas y grupos no registrados como partidos actuaban políticamente,
representando a varios sectores de la sociedad mexicana. Este tipo de situaciones
provoco que el 6 de diciembre de 1977 se publicara en el Diario Oficial el decreto
que cambio dieciséis artículos de la Constitución de 1917, con alteraciones que en
su conjunto representaban la reforma política que el Gobierno de la República
había prometido y auspiciado.
Las principales finalidades de la Reforma o cambio Político de 1977, según el Dr.
Jorge Carpizo, serían:
1. Que el sistema político mexicano no se vaya a desestabilizar, y para ello se
abrían causes que canalizarían las inquietudes políticas y sociales.
2. Reforzar el sistema político ante la crisis económica.
3. Auspiciar la tolerancia entre los diversos sectores y corrientes de
pensamiento.
4. Mantener la legitimidad de la representación política y de ese modo
conservar el control que el gobierno tiene sobre amplias clases sociales.
5. Promover una mayor participación de los ciudadanos en la actividad
política.
6. Fortalecer el Poder Legislativo y tratar de lograr que ejerza algunas de sus
funciones de control respecto al Ejecutivo.
7. Reforzar y ampliar nuestra unidad nacional a través de captar mejor
pluralidad en la representación popular. (Carpizo, 1981. pág. 11)
Los cambios de 1977 entrañan una constitucionalización integral, porque a
diferencia de los cambios de 1963, la naturaleza, las prerrogativas, el
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financiamiento y las funciones de los partidos habían ya sido delineados bajo una
cambio integral con especificaciones ya delimitadas a ciertas condiciones.
Las adiciones al artículo 41 constitucional constituyen el núcleo de la reforma
política de 1977, por lo que atañe a las reformas constitucionales sobre los
partidos políticos. Pero por otro lado, las reformas al sistema representativo,
efectuadas por el cambio aludido, y que también están relacionadas con los
partidos, son de gran trascendencia en la historia electoral mexicana.
Como resultado de los cambios constitucionales de 1977 se promulgó una nueva
ley reglamentaria, que fue publicada el 30 de diciembre de ese año y que se
denominó Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales. Esta
ley, a los partidos políticos les dedico 55 artículos que conformaron un tratamiento
de los partidos en forma sistematizada.
Bajo esta nueva ley, los partidos políticos son considerados como formas típicas
de organización política que contribuyen a integrar la voluntad política del pueblo y
que coadyuvan a construir la representación nacional. Quizá la principal
innovación de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales
fue el establecimiento de dos tipos de registro: el definitivo y el condicionado. Para
obtener el primero, un partido político debería satisfacer los requisitos de
constitución establecidos en los artículos 22 al 27 de dicha ley.
Para lograr el registro condicionado, se requeriría cumplir con las disposiciones
marcadas de los artículo 22 al 25, además de que el partido político con registro
condicionado quedaba sujeto al resultado de las elecciones para obtener el
registro definitivo si logrará cuando menos 1.5% del total en alguna de las
elecciones para las que se les otorgó registro. De lo contrario el partido político
perderá todos los derechos y prerrogativas que dicha ley le confería.
Bajo la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales se
estructuro un nuevo sistema de recursos y garantías. Así pues, se establece un
recurso de protesta que asemeja al sujeto, objeto y órgano de resolución del
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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mismo. Se atribuyó al comité Distrital Electoral la facultad de declarar la nulidad de
la votación en el nivel de casilla al resolver sobre el recurso de protesta.
3.4. Modificación a la Ley Federal Electoral de 1990:
Con la base de la reforma constitucional del 6 de abril de 1990 se modifica el texto
del artículo 41 constitucional para señalar entre otros aspectos relevantes, el de
disponer en los párrafos 7, 8, y 9 la creación de un organismo público dotado de
personalidad jurídica y patrimonio propio, profesional y autónomo con el personal
calificado necesario para prestar un servicio profesional electoral.
De esta modificación constitucional, el 15 de agosto de 1990 se promulgo el
Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, el cual regula las
actividades del Instituto Federal Electoral, como el organismo público,
permanente, encargado de la función estatal para la organización de las
elecciones, que debe ser autoridad en la materia, independiente en sus decisiones
y funcionamiento, así como un desempeño profesional e imparcial mismo que se
contenía en el artículo 41 de la constitución, el cual disponía:
“...La organización de las elecciones federales es una función estatal que se
ejerce por los Poderes Legislativo y Ejecutivo de la Unión, con la participación de
los partidos políticos y nacionales y de los ciudadanos según lo disponga la ley.
Esta función se realizará a través de un organismo público dotado de personalidad
jurídica y patrimonio propio. La certeza, legalidad, imparcialidad, objetividad y
profesionalismo serán principios rectores en el ejercicio de esta función estatal”
(Comentario del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.)
El organismo público congregará para su desempeño en forma integral y directa,
además de las que determine la ley, las actividades relativas al padrón electoral,
preparación de la jornada electoral, cómputos y otorgamientos de constancias,
capacitación electoral y educación cívica e impresión de materiales electorales.
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132
Asimismo atenderá lo relativo a los derechos y prerrogativas de los partidos
políticos. Las sanciones de todos los órganos colegiados electorales serán
públicas en los términos que disponga la ley.
El organismo público será autoridad en la materia, profesional en su desempeño y
autónomo en sus decisiones; contará en su estructura con órganos de dirección,
así como los órganos de vigilancia que se integran mayoritariamente por actores
de los partidos políticos nacionales. El órgano superior de dirección se integra por
consejeros y representantes nombrados por los partidos políticos. Los miembros
ejecutivos y técnicos dispondrán del personal calificado necesario para prestar el
servicio Electoral Profesional, mientras que los ciudadanos formarán las mesas
directivas de casilla.
Durante el proceso de concertación y consulta pública para la reforma electoral
federal de 1990, se planteó como necesidad de satisfacción obligatorio la
adopción de un nuevo método para la organización de las elecciones federales.
Por ello, el marco constitucional y legal producto de dicha reforma insistiría el
carácter de función estatal y de interés público de la organización de las
elecciones, que se encomendaría a un organismo público autónomo dotado de
personalidad jurídica y patrimonio propios, al cual se le otorgaría carácter
permanente y autoridad en la materia electoral.
En nuestra opinión el decreto mediante el cual se promulgó el Código Federal de
Instituciones y Procedimientos Electorales, estableció las bases para una
adecuada aplicación de los sistemas electorales y su aplicación hacia el Instituto
Federal Electoral. Además, ésta programación estableció las bases para la
organización del Servicio Profesional Electoral de acuerdo a lo ordenado en la
parte final del párrafo 8 del artículo 41 Constitucional, que regularía las relaciones
laborales de los Servidores del Instituto Federal Electoral. Por tanto, dichas bases
contenidas en los artículos 167 del Código citado, establece que el servicio sería
regulado por el Estatuto que expediría el Titular del Poder Ejecutivo Federal.
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
133
Así mismo, a la presente fecha dicho precepto continúa vigente, toda vez que el
Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, no ha sufrido
ningún cambio en cuanto a este contexto.
3.5. Reformas a la Ley Federal Electoral de 1996.
La reforma de 1996 consolidaría la autoridad plena del Instituto Federal Electoral,
al referir entre otras cosas que:
“...El Instituto Federal Electoral será autoridad en la materia, independiente en sus
decisiones y funcionamiento siendo profesional en su desempeño; contará en su
estructura con órganos de dirección, ejecutivos y de vigilancia. El Consejo General
será su órgano superior de dirección y se integrará por un consejero Presidente y
ocho consejeros electorales, y concurrirán, con voz pero sin voto, los consejeros
del Poder Legislativo, los representantes de los partidos políticos y un Secretario
Ejecutivo; la ley determinará las reglas para la organización y funcionamiento de
los órganos, así como las relaciones de mando de estos. Los órganos ejecutivos y
técnicos dispondrán del personal calificado necesario para prestar el Servicio
Profesional Electoral”. (Comentario de la Ley del Instituto Federal Electoral)
Cabe hacer mención que también debido a esta reforma constitucional se modifica
la estructura del órgano de dirección responsable de vigilar el cumplimiento de las
disposiciones constitucionales y legales en materia electoral, toda vez que
sobresale la nueva integración del Consejo General del Instituto Federal Electoral,
la cual el 29 de marzo de 1999, fue publicado en Diario Oficial de la Federación el
Estatuto del Servicio Profesional Electoral y del Personal del Instituto Federal
Electoral, elaborado por la Junta General Ejecutiva del Instituto Federal Electoral.
Cabe hacer mención que el Instituto Federal Electoral ha incurrido en posibles
irregularidades ya que en las últimas elecciones presidenciales del año 2006, no
determino con exactitud, transparencia y honestidad lo relativo a la determinación
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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de la elección ya que dichas anomalías apocaron su funcionamiento al no detallar
con la extrema y cuidadosa cautela que se requiere el señalamiento de la
designación del Presidente de la República sin tomar en consideración la elección
de la conformación del Congreso de la Unión, ya que como autoridad federal
electoral siempre debe de actuar como Organismo imparcial sin dejarse manipular
por las altas esferas de poder que aún siguen ejerciendo influencia en las
designaciones de los funcionarios públicos, lo que provoca un descontento y una
desconfianza hacia las autoridades corruptas que lo único que provocarían, serían
movimientos sociales en contra de los políticos mal preparados, corruptos y
ladrones, sino también en contra de las propias instituciones impartidoras de
justicia, que también la mayoría de ella son corruptas; lo que provoca también la
desconfianza y descontento del pueblo que al final de cuentas son quien los elige.
3.6. Los Cambios del 2008.
El sistema político mexicano ha tenido un avance notable a partir de 1988 con
procesos de cambio, que han involucrado a todos los actores relevantes y han
redundado en una quiebra del sistema de partidos que rigió la mayor parte del
siglo XX. Sucesivas reformas constitucionales y electorales fueron destinadas a
fortalecer e institucionalizar un nuevo sistema de partidos al tiempo que otorgaban
mayor transparencia al proceso electoral.
La aceleración de los cambios políticos a partir de la década de los noventa ha
tenido efectos drásticos y satisfactorios para la legitimidad del sistema
democrático. Por una parte, se produjo la alternancia efectiva en el poder,
mediante elecciones gestionadas por organismos de nueva creación como el IFE
y el Tribunal Federal Electoral.
Por otra, el espléndido financiamiento público de los partidos políticos ha
garantizado a la oposición una posibilidad cierta para difundir adecuadamente sus
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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ideas y programas, o en otras palabras, para proveer de una equidad básica al
sistema electoral
Una reforma constitucional de 1996 estableció que el financiamiento público a los
partidos debe ser superior a los recursos procedentes de fuentes privadas.
Ciertamente, este segundo aspecto ha generado críticas respecto a los altos
costos del sistema y, en buena medida, los proyectos de reforma han buscado
limitar los gastos partidarios, como medio para evitar que se destinen excesivos
recursos del Estado en el uso masivo de los medios de comunicación. Ambos
aspectos de la reforma han derivado en un férreo mecanismo de fiscalización no
exento de aristas más bien inquisitivas.
Desde una perspectiva histórica, el proceso de construcción de la democracia en
México ha sido el fortalecimiento del cambio político mediante la legislación
electoral. Sin embargo, las características de la contienda electoral del 2006 y la
disputa sobre sus resultados pusieron parcialmente en crisis el sistema. Ello
motivó el amplio debate que concluyó con los recientes cambios.
Existe un consentimiento generalizado de que la reforma fue muy reactiva a la
crisis del 2006, respondiendo a un conflicto político y en base a una negociación
política. El Presidente Constitucional tomó posesión en medio de una tribuna
legislativa tomada y expresiones de apoyo y rechazo exaltadas. El ambiente
político polarizado exigió un trabajo de conciliación y negociación que tuvo, como
primer objetivo, una nueva reforma electoral que diera respuesta a los fenómenos
que se presentaron en el proceso electoral y para los que la autoridad no contaba
con instrumentos legales. Asimismo, la reforma buscó acercar posiciones para
sanar el dañado ambiente entre las fuerzas políticas y dar satisfacción a
demandas nuevas y, con ello, desatorar la cargada agenda de reformas
legislativas que requiere el país. Hay que reiterar que la reforma fue constitucional
y legal, aprobada por unanimidad. Así pues, la reforma electoral se convirtió en el
“principal instrumento para la construcción de un ambiente político viable para la
convivencia plural” (Latapi, 2009). Por tanto, el debate y las medidas se centraron
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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en las condiciones de equidad. El resultado es un enfoque regulatorio, fiscalizador
y de sanciones.
Es importante destacar que la crisis política originada en las elecciones
presidenciales del 2006, y que produce una división nacional de opiniones en
cuanto a la eficacia y respetabilidad del IFE y la Justicia Electoral, no ha
trascendido internacionalmente. De tal manera que las instituciones electorales
mexicanas guardan prácticamente intacta su excelente reputación internacional.
Buena prueba de ello es la frecuencia con que autoridades mexicanas participan
en misiones de asistencia electoral internacional así como el gran número de
delegaciones de funcionarios electorales de otros países de las más diversas
regiones del mundo acuden a México para seminarios y actividades de
intercambio y capacitación.
Como tal los sucesos acontecidos en las elecciones de 2006, así como la
experiencia acumulada en el decenio posterior a las reformas de 1996 resaltan
algunas carencias (inexistencia de legislación relativa a las precampañas),
insuficiencias (los impedimentos resultantes de los secretos bancario, fiduciario y
fiscal) y otros factores derivados de las propias normas (crecimiento exponencial
del financiamiento público de continuarse aplicando la fórmula de cálculo
establecida en 2006).
En función de ello, en 2008 se implanta el conjunto de cambios que motiva este
análisis. La nueva Constitución introduce la regulación de las precampañas,
dejando a las leyes secundarias el establecer reglas específicas y sanciones para
quienes las infrinjan, así como los límites a las erogaciones de los partidos
políticos en sus precampañas. Se trata de una reveladora tarea adicional para el
IFE, tanto por el elevado número de precandidatos y precampañas, como por las
distintas características de los gastos en éstas. Aunque la nueva Constitución no
lo requiere, se conserva el control de las “organizaciones políticas nacionales” que
ya han dejado de construir una etapa previa a la formación de un partido, así como
el de las instituciones que desplieguen tares de observación del proceso electoral.
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
137
Los cambios del 2008 modifican sustancialmente las características y estructura
del gasto de los partidos políticos. Hasta los cambios del 2007-2008 el grueso de
los gastos de los partidos se dedicaba a la adquisición de tiempos en radio y TV
para complementar los que le concedía el IFE en forma gratuita. Ese ítem de
gasto desaparece enteramente, en la medida en que la principal de las reformas
es la prohibición absoluta de compra de publicidad electoral en medios por parte
de los partidos (la compra de publicidad electoral por otras personas físicas o
morales ya estaba prohibida). El IFE hará uso de los tiempos de transmisión que
corresponden al Estado para que los partidos políticos puedan acceder a ellos sin
erogación de recursos.
La fórmula previamente utilizada para el cálculo del financiamiento público tenía
un cierto grado de impredictibilidad, en la medida en que una de las variables era
el número de partidos políticos, adecuado de variar substancialmente entre una
elección y otra. De acuerdo a las reformas, el monto a distribuir resulta de
multiplicar el 65 por ciento del salario mínimo diario vigente en el DF por el número
de ciudadanos inscriptos en el Padrón.
Ese monto se distribuye de acuerdo a los criterios establecidos en 1996. En la
medida en que los gastos en medios desaparecen del presupuesto de las
campañas, hay una reducción del monto adicional para actividades de campaña
que pasa a ser el 50 por ciento del monto anual cuando se den elecciones
presidenciales y el 30 por ciento en caso contrario. En el régimen anterior el aporte
adicional era del 100 por ciento en todos los casos.
Otro factor de disminución en los costos de campaña es la reducción de los
tiempos de campaña presidenciales de 160 a 90 días para presidenciales y 60 si
solo se trata de elegir diputados. Las precampañas solo podrán durar dos tercios
de los límites anteriores. Por último, se reemplaza el reembolso del 75 por ciento
de los gastos correspondientes a educación, capacitación e investigación por un
financiamiento adicional fijo de l3 por ciento del monto anual básico. Dada la
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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desaparición de un ítem que representaba alrededor del 70 por ciento del total de
gastos, es presumible que resulte un aumento global del gasto.
En materia de dispositivos de control hay modificaciones importantes. En la
estructura anterior existía una Comisión de Fiscalización de los Recursos de los
Partidos y Agrupaciones Políticas del Consejo General del Instituto Federal
Electoral que se ocupaba de la recepción, recisión y dictamen de los informes
anuales y de campaña. Seis de los nueve Consejeros habían optado por participar
en la Comisión, que contaba con el apoyo técnico de la Dirección Ejecutiva de
Prerrogativas y Partidos Políticos, cuyo titular actuaba como Secretario Técnico de
la Comisión.
La reforma instituye que “la fiscalización de las finanzas de los partidos políticos
nacionales estará a cargo de un órgano técnico del Consejo General del Instituto
Federal Electoral, dotado de autonomía de gestión, cuyo titular será designado por
el voto de las dos terceras partes del propio Consejo a propuesta del consejero
Presidente. La ley desarrollará la integración y funcionamiento de dicho órgano,
así como los procedimientos para la aplicación de sanciones por el Consejo
General. En el cumplimiento de sus atribuciones el órgano técnico no estará
limitado por los secretos bancario, fiduciario y fiscal.”
3.7. Incremento de Mayores Requisitos para Conceder y
Conservar el Registro como Partido Político.
México prevalece de forma preponderante un régimen de partidos políticos, en el
cual estos se constituyen en la vía privilegiada para que los ciudadanos puedan
acceder a los cargos de elección popular.
Sin embargo es menester apuntar que a la fecha, conforme está diseñado el
régimen partidario en nuestro país, ha generado la proliferación de partidos
políticos cuya fuerza electoral y representatividad es mínima y en algunos casos
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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cuya existencia es efímera, siendo que estos últimos solo se reciclan ya que
vuelven a obtener su registro en cada elección con un nuevo nombre o
denominación o en su defecto conservan su registro con un porcentaje de votación
que apenas rebasa el 4 % de los sufragios en cada elección.
Consecuentemente, si bien no estamos ajenos a la necesidad de un pluri o multi
partidismo y de la existencia de diversas fuerzas electorales que enriquezcan el
abanico selectivo y de acceso a cargos de elección popular para la ciudadanía, lo
cierto es que el comportamiento y vicios derivados del sistema partidista en
México, ha propiciado la necesidad de establecer mayores requisitos que pongan
un freno o coto a la conformación de partidos políticos cuya presencia y
representatividad es exigua.
Lo señalado es mayormente comprensible cuando advertimos que el valor-
beneficio de dicha permisibilidad en la conformación de nuevas fuerzas electorales
solo ha propiciado que el costo y gasto que se aplica en términos de recursos
públicos es significativo, por no decir excesivo, ya que se destinan enormes
cantidades de recursos públicos para su manutención.
A nadie escapa la necesidad que impera en toda Democracia, respecto a que se
permita y consolide la pluralidad de ofertas políticas para que el ciudadano pueda
tanto participar como elegir, así como que para ello es necesario la existencia de
diversas fuerzas y corrientes políticas, esto es partidos políticos, sin embargo
dicho pluripartidismo en el caso mexicano debe tener un límite más refinado o
acabado, por virtud de que en nuestro caso, estas organizaciones ciudadanas
reciben por mandato constitucional recursos públicos para su manutención y
existencia, de ahí el alto costo que ha implicado su permanencia.
Efectivamente, como lo sostiene Maurice Duverger la noción Democracia tiene
como característica principal el pluralismo de partidos "un país es más
democrático en tanto tenga un sistema con varios partidos:" (Islas, 2004, pág. 171)
Sin embargo en el caso de los partidos políticos en México, los mismos no han
demostrado ante la ciudadanía, en principio ser válidamente partidos políticos,
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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máxime cuando no cuentan con figura ideológica y palpable que permita afirmar
que tienen una representatividad suficiente, ya que los mismos se han válido y
sabido aprovechar de los beneficios legales que el marco normativo les brinda
para continuar conservando su registro como tales, ello a partir de la conformación
de Coaliciones, así como el aprovechamiento de candidaturas o figuras externas
resultantes del partido hegemónico que prevaleció durante el siglo pasado.
De tal modo, los actuales partidos políticos han sabido conservar su registro a
través del empleo de las coaliciones y de postular candidatos cuya procedencia y
trayectoria política proviene de un partido político hegemónico como lo es el
Partido Revolucionario Institucional, Acción Nacional o en el extremo el de la
Revolución Democrática, de manera que su existencia solo trastorna el avance
democrático que se pretendió conseguir al permitir la viabilidad de un pluralismo
partidista.
Es necesario recordar que a la fecha el sistema partidista en México se concentra
fundamentalmente en la hegemonía de los partidos señalados en el párrafo
anterior, siendo que el Partido de la Revolución Democrática desde su origen y su
posterior consolidación derivó precisamente de la escisión que sufrió el otrora
partido hegemónico, así como que la mayoría de las candidaturas que ha
postulado y en los que ha obtenido un alto nivel de votación o incluso el triunfo,
tienen como característica particular el hecho de que lo lograron a partir de
personajes políticos cuya trayectoria y currículo los identifican con el Partido
Revolucionario Institucional.
Lo mostrado se anota con el objeto de demostrar y destacar las contradicciones y
trastornos que tiene el régimen partidista en México, ya que no se trata
propiamente de fuerzas políticas con un alto contenido ideológico o que
verdaderamente representen a minorías o sectores de la sociedad con una
propuesta propia y diversa a las ya existentes.
Lejos de ello en México, al día de hoy, existen ocho partidos políticos, de los
cuales solamente tres se han constituido como fuerzas electorales con una
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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representatividad y presencia nacional, siendo que de los cinco restantes tres de
ellos (Partido Verde Ecologista de México, Partido del Trabajo, Partido Movimiento
Ciudadano antes Convergencia) no cuentan con una fuerza electoral definida y
clara, ya que se han limitado a participar o contender en las elecciones al
aprovechar la conformación de Coaliciones, de ahí que conserven su registro al
negociar anticipadamente sus porcentajes de votación con los aludidos partidos
hegemónicos.
Por cuanto hace a los dos partidos de nueva creación, estos si bien conservaron
su registro, su fuerza electoral y representatividad son mínimas o exiguas, ya que
no alcanzaron una votación superior al cinco por ciento y en ninguno de los casos
lograron obtener ni un solo triunfo electoral.
Esto es, solo una de estas fuerzas políticas (Partido Nueva Alianza) alcanzó una
votación superior al cuatro por ciento (solamente en el caso de la elección de
diputados), sin embargo la misma se obtuvo derivado del aprovechamiento de
candidaturas derivados de otros partidos o en su defecto gracias al empleo de una
enorme cantidad de recursos económicos que publicitaron su existencia, lo cual
demuestra su carencia de representatividad nacional y de propuestas concretas
que se constituyan en ofertas viables para que la ciudadanía acceda a nuevos
cargos elección o a contrario promuevan ofertas electorales viables y que les dote
de representatividad en los cargos por los que compiten.
Si bien es cierto el multipartidismo "es el sistema político en cuyos procesos
participan competitivamente más de dos partidos políticos por sí mismos o
mediante coaliciones, sin que uno solo de ellos sea capaz de dominar la arena
política”, (Islas 2004, pág. 182) también resulta cierto que en el caso mexicano no
existe dicha competitividad, dado que lo que predomina es un multi
coalicionalismo, es decir, elección tras elección quienes compiten
prevalecientemente son coaliciones en torno a las cuales se aglutinan los partidos
pequeños para garantizar o asegurar su registro, valiéndose para ello de la
representatividad nacional que tienen los tres partidos hegemónicos.
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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Por ende, en este apartado se propone aumentar la cantidad de requisitos que se
exigen en la actualidad para que los partidos políticos obtengan y conserven su
registro o en su defecto el derecho al acceso a prerrogativas públicas, lo cual se
estima redundará significativamente en la reducción del costo de las elecciones en
nuestro país y constituirá un factor que abone en la búsqueda de una Democracia
más acabada, moderna y ante todo que garantice la representatividad e identidad
propia que cada fuerza política debe tener.
Incremetar la cantidad de requisitos para obtener y conservar el registro como
partido político se traducirá no solo en un ahorro de recursos públicos, sino que
además motivará que las organizaciones ciudadanas se comprometan
mayormente en formar una estructura nacional que les dote de identidad propia y
real. Para ello, sin el ánimo de parecer radicales, también es necesario apuntar
que dicho proceso de reforma legal debe ser paulatino y consecuente con el
contexto actual y acorde con la elección en la que se participe.
Esto es, se propone que en el caso de los requisitos para obtener el registro se
contemple que la agrupación política nacional que aspire a constituirse en partido
político, deba:
1. Contar con una antigüedad de existencia de al menos 6 años,
2. Que en este periodo, no haya sido sancionada por la autoridad electoral
por la comisión de faltas graves
3. Que aumente el número mínimo de afiliados requeridos
Respecto de los partidos políticos se propone:
1. Que en el primer proceso electoral en el que participen deban
acreditar un mínimo de votación del cuatro por ciento en cualquiera
de las elecciones (Presidente de la República, Senadores o
Diputados) o bien que acrediten un mínimo del tres por ciento pero
en promedio en todas las elecciones en su conjunto
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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Respecto a la conservación del registro se estima prudente que con el objeto de
evitar la práctica tendenciosa y viciada de formar coaliciones con el único fin de
conservar su registro, se contenga la prevención de que:
1. Todo partido que participe en una Coalición verá disminuida hasta en
un cincuenta por ciento las prerrogativas públicas en los años
siguientes.
Lo anterior encuentra cabida ya que el diseño legal que en torno a la investigación
y límite de financiamiento y erogaciones del gasto que se aplica para las
coaliciones cuando participan en un proceso electoral, ha definido que se tendrá a
la coalición como si se tratara de un solo partido político, esto es, su tope de
gastos de campaña es el de un solo partido y los informes de gastos los deben de
presentar igualmente como si se tratara de un solo partido y la fiscalización
obedece a criterios ya establecidos en el respectivo Convenio de Coalición.
Así las cosas, no encuentra cabida el hecho de que se les proporcione recursos
públicos para gastos ordinarios y de campaña de forma independiente, es decir a
cada partido que forma la coalición, cuando en realidad no pueden ejercer más
recursos que los que se le proporcionan al partido con mayor representatividad.
Igualmente, si el propósito de la Coalición es ideológico y no financiero, luego
entonces, no es dable conceder como válido que se les proporcione recursos
públicos en los subsecuentes años a la elección como si lo hubieran hecho de
forma independiente, ello básicamente porque no contendieron de forma
individual, sino en torno a un partido hegemónico o principal.
En igual medida se considera necesario establecer que los partidos que formen
coaliciones:
1. No podrán participar en Coalición más que en una sola elección, ya
que en la siguiente a aquella en la que hayan formado dicha
Coalición deberán contender de forma individual.
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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Esto es, al incluir la desconfianza de que en la siguiente elección obligadamente
deberán participar independientemente traerá como consecuencia el poder
advertir y justificar su verdadera representatividad nacional.
3.7.1. Aumento de los Requisitos que Motiven la Conformación de
Frentes y Coaliciones
Debemos reflexionar que en política una de las facetas más trascendentes es la
negociación destinada a construir acuerdos para el arreglo de conflictos, sobre
dicha base descansa la conclusión de que se necesita construir coaliciones.
Así, en términos generales, el concepto "Coalición" se puede definir como una
alianza o pacto, que pueden llevar a cabo diferentes Estados, partidos políticos,
grupos e instituciones, económicas o sociales que se unen para, de manera
conjunta, alcanzar objetivos específicos en áreas de beneficios compartidos.
"El vocablo, proviene del latín medieval coalitio,- onis y éste del latín clásico
cualitum, supino de coalecere, reunirse o juntarse. El nombre de coaliciones fue
aplicado a la serie de alianzas temporales de países europeos contra el enemigo
común y agresor, representado por Francia en el reinado de los Luises, la
Revolución Francesa y las guerras napoleónicas en los siglos XVII, XVIII y XIX”.
(Robertson, 1993. pág. 232-233)
Actualmente, dentro de los sistemas políticos electorales del mundo las
coaliciones representan una modalidad de la contienda electoral, que han tenido
por objeto que dos o más partidos políticos postulen candidatos.
En este sentido, es dable afirmar que el tipo de sistema de partidos que tiene cada
país es fundamental para incentivar la formación de coaliciones, esto es; en el
bipartidismo es casi nula la posibilidad de realizar coaliciones entre los partidos
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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políticos ya que se encuentra establecida una tendencia hacia la alternancia en el
gobierno.
En cambio, en el multipartidismo es frecuente que los partidos políticos que tienen
pocas expectativas electorales unan sus fuerzas para lograr niveles mínimos de
representación.
Es importante destacar en este punto, que en México las coaliciones electorales
entre los partidos políticos han ido cambiando sus objetivos, ya que en un
principio, los institutos políticos se aliaban para ganar las elecciones o bien para
evitar que ganara el partido que históricamente detentaba el poder, el Partido
Revolucionario Institucional, situación que ya no sucede en la actualidad, ya que
hoy en día, las coaliciones electorales han sido utilizadas como una forma de
supervivencia electoral para los partidos pequeños, lo que ha generado un mal
uso de esta opción de contiende electoral.
Ahora bien, una vez que hemos descrito en el capítulo anterior, el marco jurídico
vigente que regula a los frentes y coaliciones por el Código Federal de
Instituciones y Procedimientos Electorales y otras normas reglamentarias, en este
apartado comentaremos la necesidad de una reforma en materia de coaliciones
electorales en México.
Lo anterior, por considerar que en la actualidad a medida del paso de nuevos e
innovadores procesos electorales, la norma jurídica ha sido rebasada por los
actores políticos, puesto que, estas figuras ya no solo representan una opción
dentro de la contienda electoral de equilibrio entre las fuerzas políticas de mayor
representación con respecto de las corrientes políticas de menor presencia en
nuestro país.
Por el contrario, los partidos políticos más "pequeños", han utilizado a las
coaliciones electorales en la última década con mayor claridad, como un medio de
supervivencia y no como un intento de ganar las elecciones para que estos últimos
puedan lograr niveles mínimos de representación.
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
146
En México el Partido Verde Ecologista ha negociado la conservación de su
registro con dos de los tres partidos con mayor presencia, es el caso de la
coalición que concretó con el Partido Acción Nacional en el 2000 en las elecciones
presidenciales y con el Partido Revolucionario Institucional en el 2003 en
elecciones intermedias (diputados federales) y la más reciente coalición en la
elección de Presidente de la República de los Estados Unidos Mexicanos en el
2006.
Pero este no es un ejemplo aislado ya que, también el Partido del Trabajo y
Convergencia, son institutos políticos que han aprovechado las coaliciones para
conservar su registro, formando convenios de esta índole con el Partido de la
Revolución Democrática, la más reciente fue en el 2006 en la elección
presidencial.
No obstante lo anterior, consideramos que la figura de las coaliciones electorales
es de gran utilidad en sociedades plurales como es el caso de México, en donde
cada vez más se va reafirmando que en un futuro no muy lejano, ningún partido
político llagará a tener los seguidores suficientes como para ganar y por ende
representar a la mayorías de los gobernados, de ahí la necesidad de una nueva
regulación sobre esta figura.
Esto es, lograr que el modelo actual de las coaliciones se adecué a nuestros
tiempos y cumpla con las expectativas de nuestra democracia y que contribuya a
que los intereses de las minorías sean representadas.
Pero lo anterior, no debe representar un cultivo propicio para que los partidos
políticos minoritarios utilicen este instrumentos como un mecanismo de
supervivencia, es decir, que solo se conserven con los únicos fines de conservar
su registro y obtener las prerrogativas que se les otorgan anualmente, pues es ahí
donde se encuentra la piedra angular de los grandes debates en Latinoamérica en
los últimos diez años, los cuales hacen referencia a que los partidos políticos son
entes que lejos de velar por los intereses públicos, se han convertido en grandes
negocios, debido a las cantidades millonarias que reciben del financiamiento
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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público para la realización de sus actividades ordinarias y campañas políticas, sin
que tengan la representación política y presencia social en su país, tal como
sucedió en el 2003 con el Partido Sociedad Nacionalista.
Ahora bien, se debe reflexionar de menara paralela que "los partidos políticos son
por definición los entes de interés público que tienen como fin promover a la
participación de la ciudadanía en la vida democrática, contribuir en la integración
de la representación nacional y hacer posible el acceso de los ciudadanos a los
poderes públicos, de acuerdo con los programas, ideas y principios que postulan"
(Artículo 41 fracción I, párrafo 2, de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos)
Su principal predisposición es durar y consolidarse, y su finalidad última y legítima
es obtener el poder mediante el apoyo popular manifestado en las urnas. En un
Estado de derecho, los partidos políticos expresan el pluralismo político, concurren
a la formación y expresión de la voluntad popular y son instrumento fundamental
para la participación política.
Es por ello, que mantenemos que antes de recurrir a las coaliciones electorales,
los partidos políticos deben demostrar que representan una ideología y que la
misma tiene una aceptación dentro del sistema político del cual forman parte, pues
de lo contrario, resulta ocioso que el Estado financie solo a un grupo que de
manera espontánea y por de más ventajosa, decidió constituir un partido político a
fin de obtener meros favores económicos.
En esta tesitura, podemos afirmar que los requisitos o condiciones que se estiman
necesarios para poder crear un partido político deben ser permanentes en el
tiempo, esto es, que dicho partido político demuestre a partir de su constitución de
forma constante que cuenta con el número de afiliados que señala el Código
Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, y lo más importante, que
compruebe la presencia y representación nacional que se requiere, a través del
porcentaje de votación que obtenga en las elecciones.
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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Los partidos políticos deben justificar su razón de ser, lo cual se traduce en la
aceptación que tenga su oferta política ante la ciudadanía, esto solo pude ser
cuantificable a través de los sufragios que obtenga en una contienda electoral por
sí mismo.
En suma, la regla general debe ser que los partidos políticos contiendan bajo sus
propios mecanismos, principios y postulados en elecciones, y solo como
excepción justificada puedan coligarse, (en el caso de que se busque un mínimo
de representación); y no por una razón de supervivencia electoral o por utilidad
monetaria.
Para hacer posible lo anterior, es menester una regulación más juiciosa sobre las
coaliciones electorales para que este modelo jurídico cumpla con su fines y sea
empleado como un mecanismo de excepción y con ellos evitar su lucro, en los
temas como: la administración de las prerrogativas de los partidos políticos que
conforman coaliciones, nuevas alternativas para la contienda electoral y mayores
requisitos para la constitución de una coalición.
Es precisamente, en estos temas en los que queremos fundar las siguientes
consideraciones como propuesta a un mejor control del problema aquí planteado.
Coaliciones y financiamiento público.
Este es uno de los temas importantes sobre los cuales descansa el reclamo de la
sociedad en general; dinero y partidos políticos; costo-beneficio.
Por ende, la necesidad de una reforma electoral, pues si bien es cierto que las
coaliciones, no son entes jurídicos con posibilidad de recibir financiamiento
público, también es cierto que en la actualidad se han convertido en una especie
de mecanismo indirecto que asegura la obtención del financiamiento público de los
partidos políticos pequeños que se alían.
Es decir, los partidos políticos con una predilección nacional casi nula buscan
coaligarse con partidos de mayor presencia para obtener su financiamiento
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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público, esto es así, debido a que como podemos recordar los institutos políticos
obtienen las prerrogativas de conformidad al porcentaje de votación que
obtuvieron en la elección inmediata a anterior, esto se debe al tipo de
financiamiento previsto por el artículo 41, fracción II, inciso a), de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, y del artículo 32, primer párrafo del
Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales y de conformidad al
siguiente criterio de jurisprudencia del Tribunal electoral del Poder Judicial de la
Federación da como resultado:
"FINANCIAMIENTO PÚBLICO. EL DERECHO A RECIBIRLO CONCLUYE CON
LA PÉRDIDA DEL REGISTRO DEL PARTIDO POLÍTICO.—En virtud de que los
ejercicios presupuéstales son de carácter anual, el financiamiento público a los
partidos políticos se determina con base en la misma periodicidad, de ahí que
exista un monto para cada ejercicio previamente autorizado, que se entrega
mediante administraciones mensuales, de conformidad con lo previsto en el
artículo 49, párrafo 7, inciso a), fracción VIl, del Código Federal de Instituciones y
Procedimientos Electorales. No obstante, si durante ese lapso un partido político
pierde la calidad de tal, al serle cancelado su registro, pierde también el derecho a
recibir el financiamiento público para sus actividades ordinarias, dado que en el
artículo 32 de dicho código claramente se dispone que, como consecuencia de la
pérdida del registro, se extinguen todos los derechos y prerrogativas que se
establecen en el propio código. Tercera Época:
Recurso de apelación. SUP-RAP-023/97. —Partido Cardenista. —25 de
septiembre de 1997. —Unanimidad de votos.
Recurso de apelación. SUP-RAP-040/2000. —Democracia Social, Partido Político
Nacional. —12 de octubre de 2000. —Unanimidad de votos.
Recurso de apelación. SUP-RAP-094/2003—México Posible, Partido Político
Nacional. —10 de octubre de 2003. —Unanimidad de votos” (Revista Justicia
Electoral 2002, Tercera Época, suplemento 5, Sala Superior, tesis S3ELJ 09/2004)
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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Así pues, no todos los partidos políticos nacionales tienen derecho al
financiamiento público por el solo hecho de contar con registro, sino que tal
beneficio es exclusivo de aquéllos que contendieron en los últimos comicios y
obtuvieron por lo menos el dos por ciento de la votación en alguna de las
elecciones federales ordinarias para diputados, senadores o Presidente de la
República, y que de esa manera lograron conservar su registro.
Este es el punto en el que los partidos "pequeños" deciden coaligarse, ya que
proyectan el riesgo de no obtener el 2% de la votación emitida, por lo que
representa una mejor "inversión o proyección" aliarse a un partido político que les
certifica la obtención del 2% de la votación (o con suerte, un porcentaje mayor,
dependiendo el convenio de coalición), y de paso aseguran el financiamiento
público así como todos los derechos y prerrogativas que les reconoce el Código
Electoral de Instituciones y Procedimientos Electorales.
Lo anterior, resulta una refutación en el sentido de que bajo esta forma de burla a
la ley, los partidos políticos con poca presencia electoral y en algunos casos hasta
de ideología, dejan de observar el objeto para el cual fueron creados, o más aun,
obtienen un derecho sin que cumplan en estricto sentido una obligación.
Por tal motivo, es necesaria una reforma que acote el eje de las coaliciones, ya
que este tema no ha sido reformado con una visión integral y actualizada, así
pues, se propone que los partidos políticos que pretendan coaligarse no lo puedan
realizar en el periodo inmediato siguiente a las elecciones en las que se hayan
coaligado.
Lo anterior, resulta gráfico en el caso de que un partido político en elecciones
presidenciales se coaligue; no será permitido que lleve a cabo una coalición en las
elecciones intermedias de diputados.
Asimismo, se propone se les reduzca hasta en un 50% el financiamiento público
en actividades ordinarias, en caso de que se hubieren coaligado.
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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La presente propuesta pretende evitar que los partidos políticos utilicen a las
coaliciones electorales como un "mecanismo indirecto que asegura la obtención
del financiamiento público de los partidos políticos pequeños que se coaligan".
Igualmente, al regular que los partidos políticos no se puedan coaligar en el
siguiente periodo inmediato, ello obligará a dichos partidos a contender por sus
propios mecanismos, principios y postulados, lo cual dará mayor certeza sobre la
presencia nacional y la fuerza electoral que verdaderamente representan.
Por otro lado, también se propone que se exija un porcentaje del 4% de la
votación emitida para conservar su registro, con ello, se logra que estos entes de
interés público cumplan fehacientemente con su cometido impuesto en el artículo
41, fracción segunda, primer párrafo de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos.
No podemos negar que al establecerse estas limitantes, traerá como
consecuencia que el coaligarse ya no representará una actividad rentable en
términos financieros para los partidos políticos, puesto que al reducir su
financiamiento público hasta en un 50%, acota esta posibilidad, ya que para el
partido político sería más simple y benéfico intentar contender como un solo ente
para obtener el 100% de su financiamiento público.
La propuesta que se presenta en el presente trabajo, tiene como precedente el
propio criterio relevante de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder
Judicial de la Federación, dado que este órgano jurisdiccional en una
interpretación de la legislación electoral del Estado de Campeche, determinó que
los partidos políticos que lleven a cabo una coalición no pueden exigir de forma
igualitaria el financiamiento público, en relación con aquellos institutos políticos
que contendieron solos, en razón del principio de equidad, dicho criterio se cita a
continuación textualmente para un mejor comprensión:
"FINANCIAMIENTO PUBLICO. NO PUEDE SER EXIGIDO EN FORMA
IGUALITARIA POR LOS PARTIDOS POLÍTICOS COALIGADOS
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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(Legislación de Campeche).—En los artículos 34, párrafo 8, y 39, inciso h), del
Código Electoral del Estado de Campeche, se determina, por una parte, que en
caso de que la coalición obtenga representantes, éstos quedarán comprendidos
en el partido político o grupo parlamentario que se haya señalado en el convenio
de coalición y, por otra, que el propio convenio de coalición contendrá, en su caso,
la forma de distribución del financiamiento público que les corresponda como
coalición. En tal virtud, la pretensión de un partido político consistente en hacer
valer la representación obtenida en coalición, para efectos de acceder a la
prerrogativa de financiamiento público en forma igualitaria a los partidos políticos
que contendieron individualmente, resulta contraria al principio de equidad, en
virtud de que si uno de los criterios para que un partido político tenga derecho a
determinado monto de financiamiento público es haber obtenido un específico
porcentaje de votación y cierta representatividad, evidentemente, sería
conculcatorio de dicho principio que, ante igual porcentaje de votación y
representatividad obtenido tanto por una coalición como por un partido político que
haya contendido sólo en una elección, por una parte, se le asigne a este último
determinada cantidad de financiamiento público y, por otra parte, esa misma
cantidad se le asigne a todos y cada uno de los partidos políticos que conformaron
la coalición. En efecto, el financiamiento público otorgado bajo el criterio igualitario
a cada uno de los miembros de una coalición (beneficiándose individualmente de
una votación y representación obtenida en común), no respondería
necesariamente a la propia fuerza electoral y representatividad de cada partido
político, propiciando de manera artificial el incremento del financiamiento a
partidos políticos sin un sustento real de representatividad. Juicio de revisión
constitucional electoral. SUP-JRC-022/2001— Convergencia por la Democracia,
Partido Político Nacional—19 de abril de 2001.—Unanimidad de votos.—Ponente:
José de Jesús Orozco Henríquez.—Secretario: Enrique Aguirre Saldívar”. (Revista
Justicia Electoral 2002, Tercera Época, suplemento 5, páginas 71-72, Sala
Superior, tesis S3EL 100/2001.)
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
153
Como se puede apreciar, ya existe un criterio de la máxima autoridad en materia
electoral sobre el tema, de tal suerte que, resulta factible la reducción del
financiamiento público como se ha planteado en el presente trabajo.
Asociado a lo anterior a efecto de que predomine el principio de equidad (principio
fundamental dentro el derecho electoral) es necesario que este criterio se aplique
a nivel legislativo.
Mayores requisitos para la conformación de coaliciones.
Existen otros aspectos que pueden ayudar a la explicación del tema de las
coaliciones electorales, esto se traduce a la posibilidad de ampliar los requisitos
para conformación de este tipo de alianza electoral.
En ese orden de ideas, los requisitos propuestos son:
1. Que en el convenio de coalición no se le pueda asignar a cada uno de los
partidos políticos una cantidad mayor del porcentaje de la votación total
emitida que obtuvo en la elección inmediata anterior, cuando un partido
político que haya obtenido el 4% de la votación total emitida en una
elección; en el siguiente proceso electoral si pretende coaligarse, en el
convenio que registren los partidos políticos no podrán acordar asignarle
una cantidad de votos que represente más del 4% de la votación total
emitida, debido a que la votación que representó ese partido político en el
periodo inmediato anterior es de ese porcentaje, por lo que reconocerle un
porcentaje mayor no reflejaría la presencia nacional o la representatividad
real de ese partido.
Esta propuesta hilada con la reducción del gasto ordinario y de la imposibilidad de
coligarse de forma continua, nos permitiría aclarar el espejismo que existe en la
actualidad sobre la representatividad real de cada partido, a esto se suma que el
beneficio último consiste en el ahorro de los recursos públicos, que tanto se
necesita en otros rubros del presupuesto de egresos de la Federación.
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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2. Otro de los requisitos que se proponen aumentar, se refiere a que en
las elecciones de diputados federales y senadores de la República
las coaliciones sean siempre parciales.
Creemos que esta medida resultaría positiva, en el sentido de que los partidos
políticos no se eximan de cumplir sus obligaciones como entes de interés público y
que por tanto contiendan por la representatividad de los ciudadanos con sus
propios principios, plataforma, ideología y recursos logísticos, con la finalidad de
que la representación sea lo más auténtica posible y que los ciudadanos se
identifiquen con las propuestas y postulados de este partido, y esto finalmente se
refleje en la presencia real del partido político a nivel nacional para que finalmente
este dato sea congruente con el financiamiento público que se le otorgue.
3. Se propone que los candidatos postulados acrediten una militancia
mínima en alguno de los partidos que conforman la Coalición.
El anterior requisito que se propone ha sido materia de vehementes debates al
seno de los partidos políticos, al margen de las fuertes críticas de los ciudadanos y
por supuesto es un aspecto de estudio para las autoridades electorales.
En los últimos procesos electorales se ha visto como los partidos políticos y
coaliciones han postulado a candidatos que no son militantes de dichos institutos
políticos.
No son desconocidos los casos en los que, militantes de un partido compiten en
un proceso interno para un cargo de elección popular, pero no son electos por los
militantes de su institución política, por lo que recurren, empecinados de cumplir
su objetivo, a otros partidos para que estos los postulen. Esto genera que
miembros de un partido político (en ocasiones hasta con más de 20 años de
militancia) en un abrir y cerrar de ojos cambien de ideología y de partido, lo que se
comprueba cuando vemos que existen militantes del Partido Revolucionario
Institucional como candidatos de Acción Nacional o bien, del Partido de la
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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Revolución Democrática y que, posteriormente, son vistos como gobernantes o en
una curul.
El caso más reciente es el que ocurrió en el 2006, en la elección de Gobernador
del Estado de Chiapas, pues el C. Juan José Sabines Guerrero, quien es el actual
Gobernador de aquella entidad federativa y que era militante del Partido
Revolucionario Institucional, pero al no estar conforme con el resultado que arrojó
el proceso interno de su anterior partido, se postuló como candidato a Gobernador
pero por la Coalición "Por el Bien de Todos"; conformada por el Partido de la
Revolución Democrática, El Partido del Trabajo y Convergencia.
Por tal motivo es que se propone dicha restricción, para evitar el oportunismo
político y que se pervierta la naturaleza y régimen de partidos estatuida por ley, en
tal medida se estima sano considerar que el candidato que sea postulado por una
coalición, tenga cuando menos tres años de antigüedad de militancia en uno de
los partidos políticos coaligados que lo postulan o en su defecto no haber
contendido en el proceso interno de selección de un partido distinto al que integra
la coalición respecto a la elección que se trate.
4. Finalmente, un aspecto fundamental en las coaliciones debería de
ser la afinidad en la ideología de los partidos coaligados, pues
resulta sorprendente que en la actualidad veamos en algunas
entidades federativas, como en las pasadas elecciones de diputados
y ayuntamientos en el Estado de México, que se coligaron partidos
con ideologías diametralmente opuestas o que al menos así se ha
hecho ver a la ciudadanía, como se pude demostrar con la coalición
del Partido Acción Nacional con Convergencia y con el Partido de la
Revolución Democrática.
Dado que la ideología es:
“un conjunto de ideas pertenecientes al orden público; es un sistema de
pensamiento o creencias que animan a la acción política. En este sentido, la
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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mayoría de los regímenes, partidos y movimientos políticos se caracterizan por
tener una ideología que les permite movilizar el apoyo popular y legitimar sus
acciones. Esta capacidad para ganar apoyo y obtener legitimidad depende del
proceso continuo de producción y renovación de sus respectivos sistemas de
pensamientos. En este contexto, una ideología política es el conjunto de valores
primarios de los cuales las personas derivan sus actitudes hacia los hechos y
problemas políticos y que les sirven de guía para conducirse políticamente.
Las ideologías políticas abarcan las ideas acerca de la naturaleza humana y de la
sociedad, la economía y el sistema político, cuál es el papel de la religión, cómo
deben distribuirse los beneficios económicos y qué hacer para remediar la
pobreza" (Robertson, 1993. pág. 245-249.)
Por ende es claro que la ideología implica una concepción particular del mundo,
una forma de entender la libertad, la justicia social, el equilibrio entre las
autoridades y la libertad, la organización y los objetivos del Estado, función de este
en la economía, la organización y la participación popular y otros asuntos
importantes para procurar la vida en común en una sociedad.
De esta manera, es claro que los partidos políticos como el Partido Acción
Nacional y el Partido de la Revolución Democrática tienen pensamientos que
presuntamente son distantes entre sí o divergentes sobre lo que significa
gobernar, lo que es mejor para el Estado Democrático de Derecho, de hecho
podríamos decir que sus ideologías casi son opuestas, dado que por un lado
Acción Nacional representa la corriente ideológica conocida como derecha en
nuestro país y por el otro el Partido de la Revolución Democrática pretende
representar a la izquierda.
Por estas razones, resulta asombroso que existan coaliciones de esta índole, ya
que es inadmisible el doble discurso, puesto que a la sazón en las campañas
federales para Presidente de la República sostenían prácticamente una guerra
sucia en medios de comunicación electrónicos y que incluso fue sancionada por la
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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autoridad electoral, siendo que en las elecciones locales del Estado de México
sostenían felizmente y en absoluta tranquilidad una coalición.
Lo anterior pone de manifiesto que en muchas ocasiones los partidos políticos
hacen a un lado la ideología, y lo único que impera es la obsesión de ganar la
elección, de conservar su registro o bien de obtener el financiamiento público.
De ahí que sería importante hacer hincapié en el sentido de que el Código Federal
de Instituciones y Procedimientos Electorales, procurara que en la medida de los
posible, con el mayor respeto a su libertad de asociación, se coligaran partidos
políticos con similitud ideología por el bien de la propia gobernabilidad.
Una nueva alternativa de contienda son sin duda las candidaturas comunes. Esta
es una figura que actualmente no está contemplada por nuestra legislación
electoral federal, sin embargo, no son pocos los marcos normativos estatales que
la observan como una alternativa más en la contienda electoral, tal es el caso de
los Estados de Baja California Sur, Sinaloa, Coahuila, Distrito Federal, Estado de
México, San Luis Potosí, entre otros.
Esta figura jurídica puede representar una alternativa dentro de la contienda
electoral, que permita verificar a la autoridad electoral la verdadera representación
de los partidos políticos sin que tenga que restringir de forma extrema a estos
institutos políticos en su derecho de libre asociación.
Bajo ese mismo tenor, se tendría mayor certeza de que, el financiamiento público
que reciba el sujeto político es equitativo al número de votos que obtenga en la
elección, dado que estos votos se computarán a favor de cada uno de los partidos
políticos que los haya obtenido y se sumarán a favor del candidato común.
Otro de los beneficios de las candidaturas comunes es que los institutos políticos
podrán hacer alianzas que no estén basadas única y exclusivamente en intereses
financieros y de supervivencia electoral, puesto que, ya no resultaran tan
seductores en términos económicos las coaliciones electorales debido las
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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acotaciones anteriormente hechas y las candidaturas comunes representaran una
alternativa para aquellos partidos que no quieran o no les sea conveniente
contender en coalición. Esto implica el fortalecimiento para ejercer el derecho de
libre asociación, por tanto, aquellas alianzas que pretendan realizar los partidos
políticos estarán basadas más en ideología, proyectos y plataformas de gobierno
que en intereses monetarios o de conservación del registro electoral.
Ahora bien, en relación al artículo 64, podemos afirmar que en su párrafo 3,
establece que cualquier resolución del Consejo General del Instituto Federal
Electoral referente a la formación de una coalición es definitiva e inatacable, lo
cual es contradictorio con el artículo 3 apartado 1, Inciso a) de la Ley General del
Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral la cual establece que los
medios de impugnación tienen por objeto garantizar que todas las resoluciones de
las autoridades electorales se sujeten a los principios de constitucionalidad y
legalidad. El problema radica en la interpretación de este conflicto de normas, en
función de cual norma se debe tomar en cuenta, circunstancia que se dilucida
atento al principio general de derecho en el sentido de que ley posterior deroga a
ley anterior, por lo que al ser la Ley General del Sistema de Medios de
Impugnación de creación más reciente, tenemos que es esta última la que debe
prevalecer y por ende se debe tomar en cuenta, más aún no debemos perder de
vista que la Ley de Medios en su artículo transitorio dispone que se derogan todas
las disposiciones que se opongan al decreto que dio origen a dicha la ley, por lo
cual está de más el apartado 3 del artículo 64 del Código ya que no tiene ninguna
funcionalidad y solo puede provocar un conflicto de normas innecesario.
Por último, el artículo 59 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos
Electorales establece los requisitos que deberá presentar una coalición que
postule a un candidato para Presidente de la República, sin embargo el artículo
82, párrafo 1, inciso g) del mismo ordenamiento le otorga facultades al Consejo
General del Instituto Federal Electoral para determinar en materia de convenios de
coalición las medidas o particularidades necesarias para hacer vigente el espíritu
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de la norma, así como de disponer de los medios necesarios para llevar a cabo
dicha encomienda.
En base a lo anterior, los Instructivos que emite dicha autoridad son obligatorios
para los partidos políticos nacionales que deseen coaligarse, siempre y cuando no
limiten, priven de derechos, imponga nuevas o mayores obligaciones que las
previstas en la Constitución Federal o la Ley. De tal modo el acuerdo que emitió el
Consejo General por el cual se expidió el instructivo que deben acatar los Partidos
Políticos que busquen formar una coalición para la elección de Presidente de la
República para el proceso electoral federal del año 2006 se desprende que este
mismo se establece que aun cuando el Código Federal de Instituciones y
Procedimientos Electorales no haga mención que se requiera un programa
legislativo, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ha señalado
que tal requerimiento es exigible para el registro de una coalición que pretenda
postular a un candidato a Presidente de la República, todo esto se desprende ya
que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicano establece en su
artículo 41 que los partidos políticos nacionales para que accedan al ejercicio del
poder público tienen que hacerlo con base a sus programas, principios e ideas ya
que así los ciudadanos podrán tener conocimiento a que se comprometió el
candidato postulado. Ahora bien si los órganos nacionales de los partidos políticos
tienen la obligación de aprobar conforme a la declaración de principios, programa
de acción, estatutos y plataforma electoral las propuestas de los candidatos de
una coalición y el programa legislativo al cual se sujetaran sus candidatos, en
razón de esto consideramos que es necesario incluir este requisito para que la
población en general tenga conocimiento de la propuesta legislativa del candidato
a Presidente de la República de una coalición y esta propuesta legislativa no solo
se exija a los de diputados y senadores.
En este sentido, se propone incorporar un Capítulo Cuarto llamado: "Candidaturas
Comunes", dentro del Libro Segundo, Título Cuarto, del Código Electoral de
Instituciones y Procedimientos Electorales, que comprendería del artículo 66 al
artículo 68 de ese mismo ordenamiento..
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
160
Así pues, estas líneas personifican la propuesta respectiva al marco jurídico
electoral en materia de coaliciones, consideramos que puede aportar una mayor
transparencia a los partidos políticos; una oportunidad de estar de cara a los retos
electorales del nuevo milenio, pues es ahora más que nunca que la sociedad
mexicana exige más; los partidos políticos deben aspirar a perfeccionar la
democracia mexicana, por lo tanto deben presentar mejores plataformas políticas,
mayor nitidez en la aplicación de los recursos públicos, una mejor representación
de los intereses de la soberanía popular y una democracia más austera en
términos de costos económicos pero efectiva en términos políticos y de
gobernabilidad.
3.7.2. Disminución del Financiamiento Público a los Partidos
Políticos
Los recursos públicos que son entregados a estos entes tienen por finalidad
solventar las actividades que llevan a cabo tendientes a promover la participación
del pueblo en la vida democrática del país, a través de impulsar a los ciudadanos
para que participen en los procesos electorales, y en su caso puedan acceder a
ocupar un cargo de elección popular, así como crear condiciones de igualdad con
miras a los procesos electorales.
No obstante lo anterior, muchas han sido las voces que han manifestado el alto
costo que para los mexicanos representa la vida democrática del país, basándose
para ello en los montos de los recursos que el Estado entrega a los partidos
políticos y comparándolos con los resultados de sus actividades, sin embargo,
debe mencionarse que los partidos políticos no solo llevan a cabo actividades
durante los procesos electorales, es decir, no sólo se presentan ante la ciudadanía
con el fin de obtener un voto favorable para posicionarse en cargos de elección
popular, sino que también llevan a cabo actividades de manera permanente,
tendientes a acercar y capacitar a los ciudadanos para que participen en la vida
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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democrática, política, legislativa del país, de conformidad con la ideología que
cada uno de ellos ha adoptado.
Tal vez tengan cierta razón quienes consideran que las actividades de los partidos
políticos no deben ser sufragadas con recursos provenientes de los impuestos
pagados por los ciudadanos, dado que piensan que lo desarrollado por estos
entes políticos, no les generan beneficio alguno, sin embargo, adicional a lo
manifestado en los párrafos que anteceden y de conformidad con la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, los partidos políticos tienen
encomendado preparar a los ciudadanos para poder renovar los Poderes
Legislativo y Ejecutivo, a través de la celebración de elecciones libres, auténticas y
periódicas, de lo que se desprende que los ciudadanos sí tienen una participación
permanente en las actividades desarrolladas por los partidos políticos, por lo que
se encuentra justificado el hecho de que el Estado costee las actividades de los
partidos políticos.
Lo anterior, así como lo argumentado anteriormente presentados , son las
principales razones por las que el Estado entrega recursos públicos a los partidos
políticos para que lleven a cabo sus actividades tanto las de índole ordinario
permanente como las tendientes a la obtención del voto, sin embargo,
consideramos que este financiamiento público puede ir disminuyendo
paulatinamente y dar paso o abrir la opción de que sean los recursos privados los
que comiencen a tener mayor superioridad en el sostenimiento de estos entes
políticos, sin que rebasen a los públicos y vigilando siempre de que los mismos
provengan de fuentes lícitas, máxime que acorde con el nuevo contexto nacional y
derivado de lo suscitado en diversas elecciones es claro que el capital privado
juega un papel primordial en el desarrollo de las campañas, solo que se ha
mantenido oculto o disfrazado para evitar o eludir la ley.
Al respecto, a continuación se señalan algunas expectativas que pueden ser
viables para poder llevar a cabo una reducción paulatina del financiamiento
público que se da a los partidos políticos, lo anterior, dado que las mismas son
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analizadas con mayor amplitud: la primera es revisando la fórmula que establece
el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales para obtener el
monto de financiamiento público, lo anterior, en virtud de que actualmente éste se
obtiene de multiplicar el costo mínimo de campaña por el total de Diputados o
Senadores a elegir, respectivamente, y el resultado se multiplica por el número de
partidos políticos con representación en el Congreso de la Unión, ahora bien, la
propuesta que se formula, consiste en multiplicar el costo mínimo de la campaña
por el número de Diputados y Senadores que efectivamente llevan a cabo actos
de campaña electoral, es decir, por aquellos que se eligen bajo el principio de
mayoría relativa.
Esencialmente el financiamiento público también puede reducirse durante los
procesos electorales en los que únicamente se elija a los Diputados, ya que
debemos recodar que el financiamiento que se entrega a los partidos por concepto
de gastos de campaña es un monto similar al financiamiento público que se les
entrega para actividades ordinarias permanentes, por lo que la propuesta consiste
en que los recursos que se les entreguen a los partidos políticos en las elecciones
intermedias sea el equivalente a multiplicar el costo mínimo de una campaña para
Diputado por el número de Diputados de Mayoría Relativa a elegir y esta cantidad
se multiplique por el número de partidos con representación en el Congreso.
Otra propuesta consiste en la reducción del tiempo de las campañas electorales,
lo anterior, se deriva del hecho de que de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 49 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, para
calcular el monto de los recursos que el Estado entrega a los partidos políticos, se
toma en consideración el número de días que duran las campañas electorales, por
lo que al reducir la duración de las campañas en consecuencia disminuirá en
determinada proporción, el financiamiento que se entregará a los partidos
políticos.
Otra opción, se da cuando al concederle a la autoridad electoral, la facultad para
que durante los procesos electorales sea quien de manera exclusiva lleve a cabo
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la contratación de tiempos en radio y televisión para la transmisión de los
promocionales de los partidos políticos, consiguiendo con ello, una homogeneidad
en el costo de los tiempos, aunado a que la autoridad pueda establecer el monto
máximo, que de prerrogativas, se puede destinar en la contratación de medios,
realizada en igualdad de circunstancias, lo anterior, se propone en virtud de que
de conformidad con los resultados de la revisión de los últimos informes que
presentan los partidos políticos respecto a sus ingresos y egresos, se ha
demostrado que un alto porcentaje de su financiamiento lo destinan para
promocionarse en medios masivos de comunicación, siendo principalmente en
radio y televisión.
También puede reducirse el financiamiento público en la modalidad de gastos de
campaña, si durante los procesos electorales, a aquellos partidos que se
coaliguen, únicamente se les entregan los recursos correspondientes a aquel
partido que recibe el financiamiento por actividades ordinarias permanentes más
alto, es decir, el Estado otorgaría a la coalición financiamiento como si fuera un
sólo partido político y no como actualmente sucede, que para gastos de campaña
se le entrega a cada partido político su financiamiento y éstos a su vez lo
transfieren o aportan para beneficio de la coalición.
Ahora bien, se plantea que el financiamiento público para actividades ordinarias
permanentes, se reduzca, como consecuencia de la celebración del convenio de
coalición, ya que a aquellos partidos políticos que durante el proceso electoral se
hayan acompañado, para los años subsecuentes no electorales, el Estado
únicamente les otorgue el 50% del financiamiento que les corresponde.
Las anteriores son algunas propuestas que se presentan para hacer viable la
reducción del financiamiento público que se entrega a los partidos políticos, tanto
para que lleven a cabo sus actividades ordinarias permanentes como aquellas
destinadas a la obtención del voto, pero también lo es el incremento de los
recursos privados como parte del financiamiento a los partidos políticos.
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3.7.3. Comodidad de la Ampliación de la Participación de
Recursos Privados en el Financiamiento a Partidos Políticos
Recordemos que tanto la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
como el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales y el
Reglamento que establece lineamientos para la fiscalización de los recursos de los
partidos políticos nacionales, señalan que el financiamiento público debe
prevalecer sobre los recursos privados. Es decir, las acciones de los partidos
políticos se encuentran financiadas con recursos que en su mayoría son otorgados
por el Estado y también por aquellos que los partidos políticos obtienen de otras
fuentes legales, como son las aportaciones de sus militantes, de sus
organizaciones sociales, de simpatizantes, por los ingresos que se obtengan de
conferencias, espectáculos, juegos, sorteos, eventos culturales, ventas editoriales,
ventas de bienes y de propaganda utilitaria, y por rendimientos financieros, pero el
monto de recursos que los partidos reciban por estas modalidades de ninguna
forma puede ser superior al monto de los recursos entregados por el Estado.
Concebimos que el objetivo de que la normatividad señale que el financiamiento
público debe prevalecer sobre los recursos provenientes de particulares, tiende a
generar condiciones de igualdad entre todos los partidos políticos, así como evitar
que los partidos políticos al aceptar recursos de particulares obtengan
compromisos con aquellos ciudadanos que en un momento dado podrían tener
interés o intereses en la política, la economía nacional, sin embargo, y dadas los
últimos acontecimientos relacionados con el financiamiento privado en las
campañas electorales, resulta conveniente realizar una regulación ampliando las
fuentes y montos a través de las cuales los partidos políticos podrán allegarse de
recursos privados.
No pretendemos que se abra la posibilidad de que quienes actualmente se
encuentran impedidos para realizar aportaciones a los partidos políticos a futuro
puedan realizarlas, sino que se busca que se puedan ampliar los límites o montos
máximos que los simpatizantes o los militantes pueden aportar. Así como las
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modalidades de dichas aportaciones, prevaleciendo las limitaciones que
actualmente existen en la legislación respecto a que las empresas mercantiles, los
extranjeros, los ministros de culto y los gobiernos, en sus tres niveles.
Como por ejemplo, resulta provechoso que en la legislación se incluya como
método para realizar aportaciones a favor de un partido político o candidato, el que
se realiza automáticamente al hacer una llamada telefónica bajo los formatos de
llamadas al "01-800" y "01-900", existiendo, evidentemente, un monto máximo
para dicha aportación.
Ahora bien, el problema del financiamiento privado no radica en su ampliación,
sino en la vigilancia que sobre el mismo tiene la autoridad electoral, incluso los
propios partidos políticos, pero para ello, resulta útil establecer medios más
eficaces y eficientes de control, transparencia y publicidad, lo cual puede ser
viable, dotando de mayores facultades pero también corresponsabilidad a la
autoridad fiscalizadora desde el punto de vista de la supervisión respecto al origen
y destino de dichos recursos.
Lo anterior, contrario a lo que pudiera pensarse, podría generar que los partidos
políticos estarían sometidos a un mayor control, pero por parte del electorado,
toda vez que al hacer públicos los montos y nombres de quienes realizan
aportaciones a los partidos o candidatos, los ciudadanos estarían en condiciones
de valorar la intención que se busca o el interés con que se otorgó el
financiamiento, además de conocer si el partido político o candidato se encuentran
apoyados por determinados grupos de intereses. Elemento que también sería de
utilidad para que el electorado en un momento dado determine el sentido de su
sufragio.
El objetivo de ampliar el financiamiento privado, también conllevaría a que los
partidos políticos se esfuercen por allegarse de un número mayor de adeptos,
como efecto inmediato de sus actividades ordinarias permanentes, así como lograr
el apoyo financiero y el compromiso real de sus militantes y simpatizantes.
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Con lo anterior, se busca que la autoridad electoral, facultada de la fiscalización de
los recursos empleados por los partidos políticos tanto en sus actividades
ordinarias permanentes como durante las campañas electorales, no sólo actué
como autoridad revisora y en su caso sancionadora, sino que también tenga una
participación más activa en la revisión y control sobre el origen y destino de todos
los recursos de los partidos políticos.
3.7.4. Limitación y Ordenación en la Contratación de Propaganda
en Medios Masivos de Comunicación.
En la actualidad, la ciudadanía para enterarse de la agenda política nacional,
recurre a los medios de comunicación masivos, y en especial a los electrónicos,
como el elemento primordial de hacerse allegar de información, esto ha generado,
que los partidos políticos destinen la mayor cantidad de sus prerrogativas en la
contratación de espacios radiofónicos y televisivos.
No obstante lo anterior, el uso que los partidos políticos hacen de los tiempos en
medios electrónicos, no es el correcto, ya que en un gran porcentaje, los mensajes
difundidos tienen como finalidad el desprestigiar a sus contendientes, dejando de
lado la exposición de las ideas, las propuestas, programas y plataformas
electorales que postulan.
Ahora bien, este uso monstruoso de los medios de comunicación se ha dado, ha
generado en una manera considerable una inequidad entre los partidos políticos
nacionales, ya que evidentemente, el partido que cuente con mayor número de
prerrogativas, será quien cuente con mayores posibilidades de acceder a los
medios de comunicación en mayor tiempo, en mejores horarios y con mejores
precios.
En este sentido se hace necesario hacer un análisis integral de la problemática
que en ocasiones se enfrenta la autoridad electoral, ya que si bien es cierto, la
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legislación establece, las formas y los modos en que los partidos políticos
accederán a los medios de comunicación, también lo es que en la actualidad,
dichas disposiciones han sido rebasadas, haciendo necesario presentar
propuestas que permitan hacer una contienda más igualitaria, pero sobre todo
menos onerosa, razón por la cual a continuación presentamos las siguientes
propuestas.
3.7.4.1. Contratación por parte de la Autoridad Electoral.
Desde 1993, la ley regula y reconoce como derecho exclusivo de los partidos
políticos el de la contratación de tiempos comerciales en la radio y la televisión
durante los periodos electorales.
En este sentido, de consentimiento a la legislación electoral vigente, en lo
correspondiente a la contratación de tiempos comerciales y para garantizar
condiciones de equidad, la ley fija un mecanismo que faculta al Instituto Federal
Electoral para que actúe como instancia de mediación en el proceso de
contratación: razón por la cual todos los concesionarios o permisionarios le deben
presentar un catálogo de horarios y tarifas disponibles para contratación y uso de
los partidos políticos durante dos periodos: del 1 de febrero al 31 de marzo del año
de la elección (únicamente para efectos de campañas presidenciales) y el
segundo del 1 de abril hasta tres días antes de la jornada electoral (para todas las
campañas federales). Estas tarifas no pueden ser superiores a las de publicidad
comercial (Artículo 48 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos
Electorales).
No obstante de que existe la disposición legal de que los partidos políticos
notifiquen al Instituto por escrito las estaciones, canales y horarios en los que
tengan interés de contratar tiempos, éstos realizan de manera individual y directa
la contratación de los espacios radiofónicos y televisivos, generándose con ello
una inequidad en la contienda, ya que independientemente de los precios
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establecidos por los concesionarios en los catálogos de tarifas y horarios, los
partidos denominados coloquialmente como grandes, pueden obtener espacios a
un menor precio.
Es esta una de las razones por la cual se realiza la propuesta de reformar el
Capitulo Primero del Título Tercero comprendido en el Código Federal de
Instituciones y Procedimientos Electorales, denominado "De las Prerrogativas,
acceso a la radio y televisión y financiamiento de los partidos políticos"
generándose con ello el respeto a los principios constitucionales de igualdad en
las contiendas electorales y de legalidad electoral que contempla el artículo 41,
párrafo segundo, fracciones II y III de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos.
Para tal efecto, se plantea que para la contratación de tiempos y espacios a través
de los medios de comunicación social, se realice a petición de los partidos
políticos y las coaliciones, por conducto, única y exclusivamente del Instituto
Federal Electoral, quien cuidará que tales contrataciones se realicen en
condiciones de equidad, generándose con ello igualdad entre los contendientes.
En un país como México, en donde existen más de 100 millones de habitantes, no
es imposible evitar que los partidos políticos, sobre todo durante el desarrollo de
sus campañas electorales, echen mano de los medios de comunicación, en
específico la radio y la televisión, razón por la cual se deben de buscar nuevos
equilibrios en materia de acceso y equidad en su presencia en los medios de
comunicación, lo que contribuye a un fortalecimiento en el régimen de partidos.
Lo anterior toma relevancia, si tomamos en cuenta que el grueso de la población
mexicana tiene y utiliza como fuente primordial de información, la radio y
televisión, siendo estos medios de comunicación quienes influyen en la formación
de opinión en gran parte de los ciudadanos, adquiriendo un papel primordial en la
difusión de la oferta programática e ideológica de los partidos políticos hacia la
sociedad, convirtiéndose no solamente en espacios de esparcimiento, sino
también en elemento de fortalecimiento en la vida democrática nacional, razón por
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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la cual "en los últimos años, de manera creciente, la televisión y las técnicas de
persuasión en medios electrónicos han cobrado una destacada importancia en las
campañas electorales” (Flores, 2003, pág. 271)
Ahora bien, esa impaciencia generalizada por reducir el costo de las campañas
electorales, máxime cuando los partidos políticos ejercen alrededor del 70% de
sus prerrogativas en la contratación de espacios radiofónicos y televisivos, ya que
a través de ellos se ejerce una influencia determinante en el ejercicio de la
obtención del voto ciudadano, "Por lo tanto, es necesario recordar que una de las
funciones más importantes de las autoridades en una comunidad, es la de
salvaguardar un voto libre /a. 41 de la C en las elecciones públicas, para que éste
se emita sin coacción alguna o cualquier influencia externa".(Islas, 2004, pág. 159)
Luego entonces, es evidente que la contienda política se da, mayormente, en el
campo de los medios de comunicación, campo en el cual el acceso no se da de
manera equitativa, ya que esto implica un gasto económico que no puede ser
pagado por todos los partidos, ya que algunos de ellos reciben una cantidad
menor de prerrogativas.
3.7.4.2 Restricción de Tiempo que los Partidos Políticos Pueden
Tener en Medios de Comunicación.
Dado que los medios de comunicación se han convertido en la principal
instrumento de los partidos políticos para influenciar o persuadir el voto de los
ciudadanos; estos se han visto obligados a hostigar a las audiencias con
propaganda política pagada, que en su mayoría nada tiene que ver con las
propuestas de cada partido.
Por otro lado, los partidos políticos han utilizado la influencia de los medios de
comunicación para inducir el voto de la audiencia a su favor, lamentablemente sin
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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tomar en cuenta las necesidades de la gente que realmente cree que sus
propuestas le van a cambiar la vida porque "ahora si son verdaderas".
Conscientes o no de ello, los ciudadanos se han dejado influir por diversas
campañas políticas que han sido difundidas a través de los medios de
comunicación. Ya sea por medio de los debates que más bien han sido una
especie de ring para que los candidatos saquen las cosas sucias de sus
oponentes a la luz, o por medio de spots en radio y anuncios en medios impresos
que hacen ver al candidato adversario como el peor delincuente que podría llegar
a tener el poder del país en sus manos. Lo anterior ha desatado una guerra sucia
entre partidos y ha convertido a los medios de comunicación en su principal arma.
En este sentido el hecho de que las campañas electorales, según la opinión de los
propios ciudadanos, sean muy extensas ha limitado que la propuesta y el
verdadero debate de las ideas, propuestas, programas de gobierno y plataformas
electorales que los partidos postulan, no se realice, en consecuencia una
reducción de la presencia de los partidos y sus candidatos en los medios de
comunicación, contribuiría a que los contendientes asuman una conducta más
profesional, sin que el descrédito de los adversarios sea el eje rector de las
campañas políticas.
La propuesta que aquí se plantea, consistente en la reducción del tiempo en
medios de comunicación de los partidos políticos, toma posibilidad si
consideramos que la propia autoridad otorga espacios en radio y televisión de
manera gratuita a los partidos, así como que durante el tiempo que duran las
campañas electorales, los partidos políticos a fin de promocionar a sus candidatos,
tienen por parte de la autoridad, tiempo adicional en radio y televisión, a razón de,
250 horas en radio y 200 en televisión para la elección a la Presidencia de la
República y para la renovación de los integrantes del Congreso de la Unión el
tiempo adicional será de 125 horas en radio y 100 en televisión.
En este sentido, y haciendo un pequeño análisis de lo anteriormente señalado,
para la elección de Presidente de la República los partidos cuentan con 200 horas
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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de tiempo en la televisión, si tomamos en cuenta que actualmente existen 8
partidos políticos, en una distribución equitativa cada uno de ellos puede hacer
uso de 25 horas, si el promedio de duración de un spot televisivo es de 20
segundos, en una hora se pueden transmitir 180 spots, lo que equivale a 4,500
promocionales por partido, que de manera gratuita les otorga el estado,
independientemente del tiempo al que tienen derecho en la radio, sin embargo
este tiempo que se les otorga no es suficiente para que todos los candidatos
postulados puedan tener presencia en los medios electrónicos.
Ahora bien, francamente de los tiempos que el Estado otorga a los partidos
políticos para que éstos puedan tener acceso a la radio y televisión, éstos cuentan
con el derecho de poder contratar espacios en los medios masivos de
comunicación, para lo cual la normatividad electoral determina que "Cada partido
político deberá destinar el 50% de las erogaciones que realice para propaganda
en radio y televisión en programas para la difusión de su plataforma electoral, la
promoción de sus candidatos, así como el análisis de los temas de interés
nacional y su posición ante ellos", (Numeral 5 del artículo 182-Adel Código Federal
de Instituciones y Procedimientos Electorales) sin embargo dicha facultad se
convierte en una circunstancia de inequidad en la contienda ya que el 50% de las
prerrogativas que para gastos de campaña reciben no es la misma cantidad para
todos los contendientes.
Lo anterior es así, toda vez que si tomamos en cuenta en el año 2006 el Partido
Acción Nacional recibió como prerrogativa para gastos de campaña la cantidad de
$555,866,537.74 y los partidos de nueva creación (Alternativa Social Demócrata y
Campesina y Nueva Alianza) recibieron, por ese mismo concepto, la cantidad de
$39,776,454.11, evidencia que el 50% que pudo destinar el Partido Acción
Nacional a la contratación de propaganda en radio y televisión fue de
$277,933,268.87 y los partidos de nueva creación $19,888,227.055, es decir, el
Partido Acción Nacional tuvo oportunidad de estar presente en los medios
electrónicos de comunicación por más tiempo, ya que tuvo más recursos
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
172
económicos para contratar más spots, así como difundirlos en mejores horarios
que los partidos recientes.
En este sentido y a efecto de que se pueda reducir el tiempo que los partidos
utilizan en los medios y el gasto que estos erogan en la contratación de los
mismos, la autoridad electoral adicionalmente al ser la única instancia facultada
para contratar espacios radiofónicos y televisivos, previo a la entrega, por parte de
los concesionarios, del primer catálogo de tarifas y horarios, deberá establecer el
monto máximo, y no un porcentaje, que de la prerrogativa de gastos de campaña
con la que cuentan los partidos políticos, se puede destinar para la contratación de
medios.
Es evidente, tal y como se mencionó líneas arriba, que con el sistema actual, el
porcentaje establecido, 50%, para que los partidos políticos destinen en la
contratación de medios, deriva en una iniquidad entre los contendientes, ya que
como también ya se mencionó, ese 50% al verse transformado en dinero
representa una cantidad muy discordante entre los partidos, lo que implica que no
todos tengan las mismas posibilidades de contratar el mismo tiempo y horarios,
máxime si se le adiciona el punto relativo a que aquellos partidos que cuentan con
mayor cantidad de dinero al contratar más tiempo, pueden obtener de los
concesionarios, mejores horarios y mejores precios.
Para poderle darle viabilidad a la propuesta que hemos manifestamos, y tomando
en consideración que el Estado destina, de manera gratuita, un número
considerable de horas, sin embargo dicho tiempo, a consideración de los partidos,
no es suficiente, el Instituto Federal Electoral a través de la Dirección Ejecutiva de
Prerrogativas y Partidos Políticos, al ser la única instancia que podrá contratar
tiempos en radio y televisión, al contar los partidos políticos con una cantidad igual
de dinero para destinarlo a dicho gasto y al existir un sólo catálogo de precios y
horarios, se garantiza igualdad de tiempos y precios a todos los partidos políticos y
una disminución en el uso de ellos al establecerse la contratación de una cantidad
igual de tiempo del que el Estado destina de manera gratuita en época electoral,
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es decir, 250 horas en radio y 200 en televisión para la elección a la Presidencia
de la República y para la renovación de los integrantes del Congreso de la Unión
el tiempo adicional será de 125 horas en radio y 100 en televisión.
No obstante lo anterior, y sin dejar de perder de vista que no todos los partidos
cuentan con la misma cantidad de financiamiento público para campañas
electorales, pero sí para la contratación de medios, éstos tendrán la libertad de
decidir si la totalidad de esa cantidad la destinan en la contratación de medios, lo
que también garantizará la libertad de los contendientes para decidir sobre el
destino que habrán de darle a sus prerrogativas.
3.7.4.3 Limitación para que los Particulares Lleven a Cabo Actos
de Propaganda en Medios de Comunicación.
La constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en el párrafo segundo
de la fracción I, del artículo 41 Fracción Primera, establece que:
"Los partidos políticos tienen como fin promover la participación del pueblo en la
vida democrática, contribuir a la integración de la representación proporcional y
como organizaciones de ciudadanos, hacer posible el acceso de éstos al ejercicio
del poder público, de acuerdo con los programas, principios e ideas que postulen
mediante el sufragio universal, libre, secreto y directo. Solo los ciudadanos podrán
afiliarse libre e individualmente a los partidos políticos."
Es prerrogativa de los ciudadanos mexicanos, participar en los asuntos políticos
del país, sin embargo para que éstos puedan acceder al ejercicio del poder público
lo deberán realizar a través de los partidos políticos, de tal forma que los partidos
políticos, tienen una tarea muy relevante en el ámbito público, al ser estos el
medio idóneo, por el cual los ciudadanos accedan a esa prerrogativa.
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
174
Ahora bien, el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales en el
artículo 48 señala, "Es derecho exclusivo de los partidos políticos contratar
tiempos en radio y televisión para difundir mensajes orientados a la obtención del
voto durante las campañas electorales, (Artículo 48, Código Federal de
Instituciones y Procedimientos Electorales.) En consecuencia, es derecho
únicamente de los partidos políticos la difusión de candidaturas, al otorgarles la
facultad exclusiva de postular candidatos, siendo entonces los partidos políticos la
única vía, para poder acceder al poder público.
Como resultado de lo anterior y, tomando en cuenta los dispositivos legales que
actualmente se encuentran vigentes, los particulares sean o no militantes de algún
partido político no pueden contratar propaganda electoral en los medios masivos
de comunicación, sin embargo la realidad demuestra que no es así, ya que es
evidente que existen ciudadanos que en uso de su libertad de expresión contratan
espacios en los medios electrónicos de comunicación con el objeto de manifestar
su deseo de contender en un proceso electoral, sin que para ello algún partido
político lo allá postulado.
Por otra parte, tal y como sucedió en este último proceso electoral, existieron
organizaciones sociales y empresariales que destinaron dinero en la contratación
de espacios radiofónicos y televisivos, espacios en donde si bien es cierto no
manifestaban su apoyo de manera directa a algún partido político o candidato, si
manifestaban su desacuerdo respecto a uno de los partidos e indirectamente
respecto a un candidato en particular, creándose con ello un desprestigio hacia el
candidato y el propio partido político postulante.
En este sentido, se plantea que exista una disposición legal en la que se prohíba
que en ningún momento los particulares puedan contratar espacios en los medios
de comunicación, a menos que éstos estén participando en un proceso de
selección interna de algún partido político y que dentro de ese proceso interno se
haya establecido que los aspirantes podrán promoverse en radio y televisión, así
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
175
como, prohibir que personas morales utilicen los medios electrónicos para denigrar
a algún partido político y en consecuencia sus candidatos.
3.8. Comprobación y Responsabilidad Compartida con la
Autoridad Electoral en Torno a la Rendición de Cuentas
Recordemos que los partidos políticos tienen la obligación de contar con un
órgano interno encargado del control de sus recursos administrativos, financieros y
patrimoniales, control interno que también se justifica por el derecho que tienen
sus afiliados, simpatizantes y colaboradores, a conocer de manera transparente y
satisfactoria como se han invertido y gastado los fondos que ellos han contribuido
a generar para las actividades partidarias, actividades que se ven reflejadas en los
informes que este órgano de control interno debe rendir a la autoridad electoral
para darle a conocer y comprobarle el origen, monto y destino de todos los
recursos que emplea en sus actividades.
Informes que como ya se señaló en capítulos precedentes son revisados,
analizados y en su caso sancionados por la autoridad electoral, la cual actúa como
eso, como una autoridad fiscalizadora, ya que tiene acceso a la información
relacionada con los recursos que emplean los partidos políticos a través de dichos
informes, los cuales se presentan al finalizar ya sea el año cuyo ejercicio fiscal se
reporta (informe anual de ingresos y gastos por actividades ordinarias
permanentes) o bien al concluir las campañas electorales correspondientes,
circunstancia que se propone sea modificada, y transformar la calidad actual de la
autoridad fiscalizadora para convertirse en una autoridad fiscalizadora supervisora
y previsora.
La característica sobresaliente de la autoridad fiscalizadora supervisora y
previsora, consiste en que ésta trabaje en coordinación de manera permanente
con el órgano de finanzas o de administración interno del partido político, es decir,
se propone que la autoridad no sólo tenga acceso a la información respecto al
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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origen, monto y destino de los recursos de los partidos políticos, hasta que le
corresponda revisar los informes correspondientes, sino que se propone que este
contacto con dicha información se dé, desde el momento en el que los partidos
políticos empiecen a recibir su financiamiento público y privado y se vean en la
necesidad de llevar el control tanto de los ingresos como de los egresos, momento
en el cual la autoridad de manera paralela con el órgano de control interno del
partido, estará revisando y supervisando que se vaya cumpliendo con la
normatividad de la materia, y así se evitará incurrir en faltas.
La propuesta anterior encuentra mayor base, si se toma en consideración el
grado, características de las faltas en las que los partidos políticos incurren en el
control de sus ingresos y egresos.
Dado lo anterior, y para una mejor y debida fiscalización por parte de la autoridad
electoral al financiamiento de los partidos resulta necesario el beneficio de sus
facultades de control y supervisión, lo cual no significa que tenga que ser más
rigorista sino que debe ser más eficaz y eficiente.
Actualmente la fiscalización de los recursos empleados por los partidos políticos
tanto para sus actividades ordinarias permanentes como para aquellas tendientes
exclusivamente a la obtención del voto es de carácter represiva, sin embargo, y al
proponer que el control en la rendición de cuentas del financiamiento de los
partidos políticos, sea compartida con la propia autoridad electoral, la fiscalización
resulta ser principalmente preventiva y sólo por excepción represiva o inquisitiva.
3.9 Compromiso Personal de la Autoridad Electoral
Al sufragar activamente la autoridad electoral con el órgano interno de control, de
finanzas o de administración de los partidos políticos, en el registro y control de
sus recursos, además de obtener el beneficio respecto a la familiaridad, facilidad y
periodicidad en la revisión de los informes que lleve a cabo, también en caso de
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
177
encontrar irregularidades en la fiscalización, las cuales seguramente serían
mínimas, contaría con mayores elementos para poder sancionar al partido
infractor, sanción que estaría debidamente fundada y motivada, sustentada en
elementos probatorios ciertos y no hacerlo como actualmente sucede en algunos
casos, en los que la autoridad sanciona a los partidos políticos basándose en
presunciones o bien en indagatorias o denuncias no resueltas en definitiva por la
autoridad jurisdiccional competente.
Es por esto último que a fin de que la autoridad electoral también adquiera
responsabilidad respecto a su actuar al momento de sancionar a los partidos
políticos, y para que cuando lo hagan lo lleve a cabo basándose en hechos ciertos
debidamente comprobados, y no actué con cierto grado de arbitrariedad o
subjetividad o negligencia, por lo que en aplicación de los principios de igualdad y
seguridad jurídica, se materializa la posibilidad de rectificar, por lo que resulta
necesario regular lo correspondiente a la responsabilidad patrimonial de la
autoridad electoral.
Esta figura jurídica tendrá por objeto que la autoridad electoral asuma la obligación
de indemnizar a los partidos políticos que hayan sufrido una lesión en sus bienes o
derechos con motivo de que la autoridad ya sea por dolo, negligencia o un
equívoco en el conocimiento o apreciación de los hechos, emite una resolución
que no se ajusta a la verdad y con la cual se genera una afectación que
jurídicamente no tendría razón de ser, actuación que en materia electoral
básicamente se ve reflejada en la imposición de sanciones a los partidos políticos.
Al incluir la responsabilidad patrimonial de la autoridad electoral, generaría que
sus decisiones y resoluciones no se encuentren viciadas por presiones políticas o
sociales.
Esta propuesta se presenta ya que al examinar la sanción que el Consejo General
del Instituto Federal Electoral le impuso al Partido Revolucionario Institucional por
el monto de mil millones de pesos, con motivo del supuesto desvío de recursos
públicos del Sindicato de los Trabajadores de Petróleos Mexicanos, a la campaña
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
178
presidencial de su candidato en el proceso electoral 1999-2000, la autoridad
electoral se basó únicamente en presunciones deducidas de las diversas
averiguaciones previas y juicios entablados ante las autoridades jurisdiccionales
de índole penal en contra de quienes aparentemente realizaron dichas
aportaciones ilegales.
Lo anterior cobra importancia por virtud de que el expediente conformado en
materia electoral, se basó predominantemente en las averiguaciones previas y en
actuaciones de índole penal, ya que no existían elementos probatorios con los que
se acreditará este supuesto desvío de recursos. No obstante que en su
oportunidad se discutió y se hizo valer por parte del partido político afectado que la
autoridad electoral se encontraba impedida para imponer tal sanción, por no existir
pruebas, ella omitió toda argumentación jurídica y amparándose indebidamente en
actuaciones no definitivas de autoridades con jurisdicción y competencia diversa
determinó imponer tan alta sanción.
Sin embargo, conforme se han ido solucionando los diversos juicios penales
relacionados con el asunto, las autoridades jurisdiccionales competentes han
determinado absolver a los denunciados o declarar la no existencia o comisión de
conducta ilícita, de ahí que resulte que las presunciones en las que se basó la
autoridad electoral para imponer la multa al Partido Revolucionario Institucional
carecen de fundamento alguno, por lo que la misma no tiene por qué ser una
carga para dicho instituto político. Ahora bien, toda vez que el partido político
sufrió un daño patrimonial al pagar esa multa impuesta ilegalmente, resulta factible
considerar que el Instituto Federal Electoral, se haga responsable
patrimonialmente por ese daño y en consecuencia proceda a indemnizar al
partido, claro previo procedimiento seguido ante la autoridad jurisdiccional
competente.
Sobre el particular, para asegurar la efectividad de la responsabilidad patrimonial
de la autoridad electoral, es necesario que en la norma jurídica se prevea una
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
179
acción de reparación de daños, así como establecer plazos para ejercer la acción
y garantizar un procedimiento administrativo sencillo.
Respecto al procedimiento para demandar la responsabilidad patrimonial de la
autoridad electoral, proponemos que el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y
Administrativa sea el competente para resolver lo conducente, lo anterior, en razón
de las atribuciones con que cuenta, específicamente la contemplada en el artículo
11, fracción III de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y
Administrativa el cual en su parte conducente establece:
"Artículo 11. El Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa conocerá de los
juicios que se promuevan contra las resoluciones definitivas que se indican a
continuación:
III. Las que impongan multas por infracción a las normas administrativas federales.
Procedimiento que se tramitaría de conformidad con la legislación de la materia
aplicable.
Finalmente también resultaría necesaria regular la facultad de la autoridad
electoral de demandar al servidor público responsable, el pago de daños por la
indemnización realizada a los partidos políticos, previo procedimiento
administrativo disciplinario que se le instruya.
No hay que olvidar que la responsabilidad patrimonial de la autoridad electoral
atiende al principio de seguridad jurídica, que representa legalidad y justicia para
los ciudadanos.
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
180
Capítulo 4 El Cambio Político en el Sistema Electoral
4.1. Los Cambios en la Movilización Colectiva.
Las consecuencias sociales del proceso de reestructuración económica de los
años ochenta, encontraron en la movilización colectiva una válvula de escape. Las
organizaciones sindicales, campesinas y populares llevaron a cabo una intensa
movilización que, hasta mediados de la década de los años ochenta, pretendían
articular un movimiento opositor a la liberalización económica.
Por décadas el sistema político mexicano se mantuvo en una relativa estabilidad.
De acuerdo con José Carbonell el sistema político mexicano desarrolló una doble
lógica de funcionamiento. 1) La capacidad desplegada para incorporar a diversos
grupos e intereses al juego político y, 2) por el uso limitado, mínimo, de la
represión y la violencia. (José Carbonell (2002). México: IIJ- UNAM, pág. 102-
103). Esto era facilitado tanto por la estructura de representación de intereses
desarrollada por el Partido Revolucionario Institucional (PRI), así como por las
relaciones corporativas que el Estado mexicano había construido para desactivar
cualquier signo de oposición o de indisciplina de los grupos organizados e
incorporados a dicho partido político. La seguridad del corporativismo mexicano,
en cuanto a la representación de intereses y el control político, no estuvo exenta
de algunas posibles fallas. Según los planteamientos de Rogelio Hernández,
(Hernández 1992), el corporativismo en México se centró más en la promoción y
desarrollo de estructuras organizadas para la intermediación y representación de
intereses. Al prestar mayor atención a las organizaciones sindicales, campesinas y
populares, con el paso del tiempo se provocó que nuevos actores sociales, como
las clases medias, y las nuevas capas de profesionistas, no encontraran un
espacio de articulación de sus demandas en el aparato político.
Esta situación evidenció que el país carecía de instituciones democráticas que
fomentaran la libre participación social y política. Ligado a esto último hay que
destacar la función que cumplían las organizaciones y los líderes de las mismas
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
181
para garantizar la suficiente disciplina política y la cooptación. En ese contexto, la
estrategia adoptada para disminuir el potencial conflictivo era llevar hasta las
estructuras del PRI cualquier discrepancia que surgiera entre las organizaciones y
los líderes, abrir los espacios de intermediación mediante la nominación a puestos
de elección popular.
Bajo estos juicios, las elecciones servían como complemento de la disciplina
política y la legitimidad del régimen. Las elecciones, eran sólo un instrumento que
constataba la mayoría aplastante de los candidatos del partido gobernante.
(Pacheco, pág. 17) La competencia política era nula y, cuando existía, se llevaban
a cabo una serie de prácticas que llenaban de dudas la transparencia de los
resultados.
Este modelo de representación de intereses y participación política funcionó sin
grandes complicaciones hasta la década de los años setenta. Con el surgimiento
de nuevos actores sociales afloraron las demandas de ampliación de los canales
de participación y representación de intereses. (Pérez, pág. 14.) Estos actores
dieron forma a movimientos que expresaban una dispersión en sus demandas y
que difícilmente encontraron canales de participación en las estructuras del PRI.
La solución planteada por el régimen fue la apertura democrática, como nuevo
espacio de representación política para partidos y organizaciones de izquierda,
principalmente.
Es la legitimidad derivada del pacto revolucionario, su ideología, su discurso y su
programa la que fundamenta la dominación del régimen priísta, pero también lo
ata al compromiso de salvaguardar esa legitimidad como condición para mantener
la gobernabilidad. Este rasgo peculiar del régimen mexicano hace que la apertura
se perciba como la mejor opción ante el cuestionamiento de su legitimidad y el
desafío que enfrenta por la acción de la guerrilla, la movilización campesina y
sindical y la protesta social. (Estrada Castañón, Alba Teresa, México, 2004,
UNAM, pág. 85)
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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El primer paso en jerarquía para la apertura del régimen fue la reforma política de
1977, la cual le confirió nuevos bríos a la participación electoral, la fomentó pero
con la intención de que fuera solamente una expresión ideológica traducible en
ofrecimientos partidarios. (Hernández, pág. 157) La apertura democrática mostró
rápidamente algunos inconvenientes. El sistema de partidos no era competitivo,
además la formación de nuevos partidos no respondían a la intermediación y
representación de intereses. A esto hay que agregarle que el sistema electoral
siguió bajo el control gubernamental, lo cual preservó la desconfianza de partidos
y organizaciones políticas hacia las elecciones.
Aún así, la diplomacia siguió su curso. Las urnas comenzaron a ser el campo de
las demandas de la oposición para ampliar la apertura del régimen, mientras que,
los grupos organizados, pilares del corporativismo mexicano, se vieron obligados
a participar en las contiendas electorales para mantener vigente su relación con el
sistema. Con ello la efectividad de la representación de intereses comenzó a
disolverse, pues se descuidaron los reclamos de dichos grupos. (José María
Calderón Rodríguez, 1988. en Esthela Gutiérrez Garza. México: FCP y S-
UNAM/Siglo XXI, pág. 94)
En suma, lo que queremos pronunciar en estas últimas líneas es que con la
centralidad otorgada a las elecciones también se promovió una nueva relación
entre sociedad y Estado. La disciplina política se vio disminuida frente a la
apertura de espacios de la oposición y, por otra parte, se siguió careciendo de
bases institucionales que ampliaran la representación política de nuevos actores
sociales.
Es esencialmente este punto el que desarrollaremos a continuación: 1) qué
tonalidades adoptó la movilización social, 2) cuáles fueron las organizaciones más
representativas y, 3) cómo se conectaron con los procesos electorales. La
respuesta a estas interrogantes me lleva a ubicar tres tipos de movilización
colectiva entre 1982 y 1988, claro está que tenían tras de sí alguna experiencia
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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previa, pero la coyuntura económica y política los hizo ver como agentes de la
movilización y el cambio socio-político.
Estas tres modalidades de movilización son: 1) las organizaciones sociales,
sindicales y campesinas en oposición a la política económica, 2) la convergencia
de los sectores urbano-populares y las clases medias para apoyar a los partidos
políticos de oposición a nivel local, 3) la coordinación de acciones entre los
movimientos a nivel local y los partidos políticos a nivel nacional.
4.1.1. Los Movimientos Constantes ante la Crisis.
El primer lustro de la década de los años ochenta se caracterizó por la presencia
de una modalidad de movilización social que planteaba la defensa de los salarios
y por desarrollar protestas contra el alza de precios. Esta fue una tendencia
generalizada en América Latina, (John Walton, 2001, México: Siglo XXI, pág. 333-
362. Asimismo. Foweraker, Joe & Ann L. Craig 1990). Este tipo de movilización
tuvo como actores centrales a organizaciones sindicales, políticas y sociales que
se habían organizado desde la década de los años setenta. Para éstas, la crisis
económica fue determinante, pues destacó, como uno de sus principales
argumentos, los efectos directos de la crisis en su vida cotidiana.
Aún cuando la crisis económica afectó por igual a la clase trabajadora y a los
grupos populares del país, la movilización colectiva que se desarrolló durante ese
periodo varió de acuerdo al tipo de relación que mantuvieran con la estructura del
PRI. En este tipo de movilización se puede hacer una distinción entre las acciones
realizadas por el sindicalismo oficial, las organizaciones campesinas y populares
incorporadas al PRI, por un lado; y aquellos actores sociales (sindicatos
independientes, clases medias, estudiantes), que no fueron incorporados en las
redes del sistema político, por otro lado.
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184
Asimismo, dentro del movimiento sindical hay que destacar que los cambios en los
esquemas de representación de intereses implicaron una adecuación de las
relaciones entre el sindicalismo y el régimen, visible en las relaciones entre la
burocracia sindical y el gobierno de Miguel de la Madrid. En ese sentido, la
Confederación de Trabajadores de México (CTM), manifestó cierto disgusto por el
rumbo de la economía y pretendió erigirse como defensora del nacionalismo
revolucionario. Sin embargo, aunque se presentaron algunas tensiones y
conflictos entre el sindicalismo y el gobierno, no se dio una ruptura entre estos.
(Trejo, pág. 143.)
La movilización sindical originó un aumento en el número de huelgas en los
primeros años de la década de los ochenta. Pero los resultados concretos de
estas fueron muy pobres, sólo lograron pequeños aumentos al salario, y fallaron al
no conseguir un compromiso nacional que abatiera la inflación. Para ilustrar dicho
argumento consideramos a los burócratas, los cuales constituyeron uno de los
pilares fundamentales de la estabilidad del sistema político.
La Federación de Sindicatos de Trabajadores al Servicio del Estado (FSTSE), que
incluyen a empleados de diferentes secretarías de Estado, del ISSSTE, del
Departamento del Distrito Federal, maestros, entre otros, desarrolló una serie de
acciones que rompieron con la disciplina que les caracterizaba. Sin embargo, las
demandas que diseñaron no constituían una denuncia directa a la pérdida de
poder adquisitivo, sino, al contrario, se referían a la reivindicación de algunos
servicios que se veían afectados por la política económica, tales como vivienda,
salud, educación, así como la congelación de plazas en las dependencias
públicas.
Bajo este panorama, Berta Lerner acota: "Por la crisis y déficit del Estado
mexicano, por el adelgazamiento de la instancia estatal y concretamente por
temor a ser despedidos, los empleados públicos no luchan por el aumento de
salarios, sino por conservar sus empleos y por ciertas prestaciones que habían
logrado." (Lerner de Scheinbaum, pág. 229.) Esta situación se reflejaba en sus
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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acciones concretas frente al régimen. Por una parte, se articularon algunos
movimientos divergentes en algunas secretarías de Estado, los cuales en 1983
realizaron un paro de 24 horas en la Secretaría de Agricultura y Recursos
Hidráulicos. Mientras que en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en la
Secretaría de Comercio, en la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, y en
la Secretaría de Relaciones Exteriores, los trabajadores realizaron paros activos.
A pesar de este aparente activismo no lograron coordinar acciones con otros
movimientos sindicales de gran envergadura.
Por otra parte, frente al Estado no actuaron en bloque con otras centrales, como
la Confederación de Trabajadores de México (CTM) o la Confederación
Revolucionaria Obrera y Campesina (CROC), sino más bien optaron por una
negociación directa y dividida. De ahí que mantuvieran una imagen de más
moderados en sus reivindicaciones, para finalmente diluir el activismo político de
sus trabajadores. Aún así, la organización sindical encontró algunos caminos para
manifestar su descontento por el rumbo económico. Esto fue más palpable en el
sindicalismo independiente, en las organizaciones campesinas y populares, las
cuales intentaron articular una forma alterna de movilización mediante la
constitución de coordinadoras y frentes para aparentar mayor fortaleza y
consistencia en sus demandas. (Lawrance Haber, Paul (1996). (Coord) María
Lorena Cook, Kevin J. Middlebrook y Juan Molinar Horcasitas. México: UNAM,
pág. 340)
No obstante estas buenas intenciones, prevaleció una doble vertiente de
organización: por una parte, la Unidad Obrera Independiente (UOI) y, por otra, la
Coordinadora Sindical Nacional (COSINA), (Cadena, pág. 289) distinción hecha de
acuerdo a su radicalidad y a la capacidad para coordinar acciones con otros
grupos movilizados. En la UOI se agruparon fundamentalmente sindicatos
automotrices, de aviación y de la industria metalmecánica, los cuales se vieron
afectados directamente por el proceso de reconversión industrial en el país. Se
caracterizaron por manejar una línea más radical y de rechazo a los partidos
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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políticos de la izquierda mexicana. Esta situación inevitablemente, limitó su
desempeño en el escenario nacional de principios de los años ochenta.
Por otra parte la COSINA, constituida en 1982, obtuvo una proyección más amplia,
pues intentó unificar a las organizaciones sindicales opositoras a la política
económica a fin de evitar la dispersión del movimiento sindical, logrando agrupar a
63 sindicatos independientes y de centrales oficiales. Como parte de las acciones
de la COSINA destacó la conformación del Frente Nacional en Defensa del
Salario, Contra la Austeridad y la Carestía (FNDSCAC), a finales de 1982.
(Tamayo, pág. 120-121) En dicho frente se agruparon a más de 110
organizaciones que planteaban básicamente la defensa del salario y el empleo,
así como la oposición a la disminución de los gastos sociales del Estado.
Otra acción realizada por las organizaciones independientes fue la firma del Pacto
de Unidad Sindical y Solidaridad (PAUSS), el 1o de mayo de 1983. Otras más
participaron en la integración del Comité Nacional en Defensa de la Economía
Popular (CNDEP), que en junio de ese año se fusionó con el ya citado FNDSCAC,
para constituir la llamada Asamblea Nacional Obrera, Campesina y Popular
(ANOCP), en la cual destacó, por su participación, la Coordinadora Nacional del
Movimiento Urbano Popular (CONAMUP), siendo un elemento dinamizador de
ambas organizaciones. (Ramírez, pág. 436)
Estos son sólo ejemplos que nos permiten ver el sentido de las acciones en el
contenido de cambio estructural del Estado mexicano. La intención de las
organizaciones independientes era articular, de manera coordinada, a los
sindicatos, organizaciones campesinas y populares en un gran movimiento
independiente que les otorgara mayor poder de convocatoria para frenar las
medidas económicas. De esa manera, la aparente fuerza que adquirieron los llevó
a plantearse el Primer Paro Cívico Nacional el 18 de octubre de 1983. (Ramírez,
pág. 438).
Sin una referencia concreta, el Paro Cívico provocó un relativo éxito de las
organizaciones que lo convocaron. Sin embargo, este se revirtió el 5 de junio de
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
187
1984 cuando se convocó a un Segundo Paro Cívico Nacional. La incapacidad
mostrada para coordinar acciones entre las organizaciones provocó que la idea de
constituir un movimiento opositor al régimen decayera y que las organizaciones
fueran sujetas a una mayor intolerancia por parte del gobierno.
Estas últimas prácticas demostraron que la movilización de las organizaciones
sociales y sindicales, en cuanto no lograran activar una acción colectiva que
involucrara a otros actores sociales, como la clase media, y a actores del bloque
gobernante, limitaría sus posibilidades de avanzar en los cambios del régimen
autoritario. Aunado a ello, las demandas se ajustaron al ámbito económico y la
idea de cambio político no aparecía con claridad en sus discursos. De ahí que
esta etapa de movilización social represente el preámbulo de lo que más adelante
sería una propuesta más consistente de activación de la sociedad civil.
Aún con estas limitaciones la estrategia de coordinar acciones desde el ámbito
popular continuó, debido, principalmente, que no se habían dado las condiciones
necesarias para avanzar en otro nivel de la acción colectiva. A pesar de ello, se
desarrollaron prácticas interesantes de movilización social. Un ejemplo de ello fue
la Coordinadora Nacional del Movimiento Urbano Popular (CONAMUP), la cual
articuló sus demandas hacia la dotación de servicios de infraestructura urbana,
como la vivienda, el agua, la luz, el transporte, entre otros.
A partir de ello, cuestionó la participación del Estado en la dotación de estos
servicios, además comenzó a aflorar un nuevo tipo de participación, la cual tuvo
como eje de acción la identificación de problemas concretos que son compartidos
en el ámbito nacional. La idea de generar una participación más dinámica de sus
integrantes, aunado a la coyuntura sobre el cambio estructural en la economía
hizo ver a la CONAMUP como uno de los actores más destacados en la década
de los años ochenta. (Ramírez, pág. 171-194.) Dicha organizadora tuvo una
ascendente participación de 1983 a 1986, y se presentó como alternativa a las
movilizaciones realizadas por el sindicalismo y las centrales campesinas; es decir
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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se presentó como uno de los signos de cambio en la sociedad mexicana al lograr
que un movimiento circunscrito a sólo un sector de la sociedad, el popular.
Fue hasta 1985, a partir de los sismos de ese año en la ciudad de México, que se
comenzó a articular un movimiento ciudadano más amplio, y que fue preparando
el camino para enlazar las demandas particulares con la transformación del
régimen. Al principio se organizó en las colonias afectadas por los sismos,
(Marván, 1987) de ella destacó la integración, el 24 de octubre de 1985, de la
Central Única de Damnificados (CUD), integrada por colonias populares y clases
medias del centro de la ciudad. Dicha organización mostró una amplia capacidad
para la movilización y la articulación de demandas.
Tras el apoyo popular recibido, comenzó a politizar su actividad. Unos meses
después, ya en 1986, se vislumbraba como una organización de carácter
permanente, contemplaba sus demandas como coyunturales y planteaba la
articulación de acciones con la CONAMUP, para construir una organización
ciudadana que sirviera a las tareas de la vida nacional más allá de la
reconstrucción. (Cadena, pág. 305-306) La particularidad de esta forma de
movilización popular fue que logró integrar a las clases medias. Con ello las
demandas se ampliaron y se rebasaron las formas discursivas de las
organizaciones de masas, toda vez que sirvieron como eslabón para la
articulación de una incipiente sociedad civil mexicana y para la posterior
organización de un movimiento ciudadano por la democracia.
EL alejamiento objetivo del estado-sociedad propiciado por la crisis del
desarrollismo condujo al surgimiento de una sociedad civil pequeña, débil y
fragmentada, basada en modelos asociativos de tipo clasista-gremial que carecían
de estabilidad y seguridad jurídica. Los sectores populares no esbozaban con sus
acciones colectivas una crítica a la ruptura entre legitimidad y legalidad, sino que
simbolizaban un reclamo popular por la ruptura práctica de la moralidad del
régimen (la promesa de justicia sustantiva). En cambio, los movimientos urbanos
de carácter conservador produjeron una mutación cultural de indudable
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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importancia, al cuestionar el monopolio de la política por parte del partido oficial y
al asumir la posibilidad de gobernar directamente sus localidades utilizando para
ello la vía electoral. (Olvera, pág. 51)
La coyuntura de un movimiento amplio donde la politización de las demandas no
se presentara como algo fragmentado, opacadas por un discurso radical y carente
de un proyecto global para los grupos organizados. Por el contrario, la articulación
de un proyecto democrático se fijó el cambio político mediante la participación de
una sociedad más activa y creativa, una participación que irremediablemente
tendría que cruzar por el espacio electoral para concretar cambios sustanciales
para el entorno local, de la vida cotidiana.
De esa manera, se daba el cambio en la forma de organización y movilización, ya
no se presentó de manera abstracta el problema económico, pues las
organizaciones comenzaron a vincularlo con el problema de la democratización
del sistema. Es precisamente esta orientación lo que marcó el segundo periodo de
movilización durante el sexenio de Miguel de la Madrid, pues ante el repliegue de
las organizaciones de masas, la vía electoral quedó como alternativa para
conseguir los cambios políticos en el país.
4.1.2. El Cambio Hacia las Elecciones.
Al disminuir los intentos organizativos de un movimiento opositor amplio en 1984,
cobró mayor atención lo referente a las elecciones intermedias de 1985. Así la
atención giró hacia las elecciones. Tal como se ha discutido, las elecciones en
México estaban controladas por el régimen, y difícilmente se podría pensar en
generar cambios sustanciales en el mismo si se carecía de una estructura
partidista que promoviera una gran alianza electoral opositora.
La aplicación de los procesos electorales fue confrontada por coaliciones entre
movimientos y partidos demandando el reforzamiento de las reglas de la política
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
190
institucional por medio de medios no institucionales. (Cadena, pág. 141-142). En
ese sentido, se llevaron a cabo una serie de alianzas electorales a nivel local
integradas por partidos, organizaciones y grupos de poder local a fin de presionar
para concretar la apertura del régimen, claro está que no fueron muchas las
experiencias, pero fueron significativas en cuanto ayudaron a señalar una vía de
acción muy concreta para incidir en la mayor apertura política. Esta modalidad de
organización y participación marcó un segundo tipo de movilización social en el
primer lustro de los años ochenta del siglo XX. (Al respecto se puede consultar a
Alvarado, Arturo: 1987).
Antes de penetrar en el tema veamos superficialmente algunos antecedentes
sobre las contiendas electorales. El Partido Acción Nacional (PAN), único partido
de oposición con experiencia electoral desde la década de los años treinta del
siglo XX, había capitalizado para sí el descontento prevaleciente en la sociedad
por el manejo de la crisis de los años setenta y ochenta. (Loaeza, 1987 pág. 77-
105). De ahí la consolidación de la línea pragmática en su interior y la
incorporación a sus filas de un sector del empresariado nacional.
Los empresarios agrupados en la Confederación Patronal de la República
Mexicana (Coparmex) y en el Consejo Coordinador Empresarial (CCE), elaboraron
un discurso fundamentado en la urgencia de derechos y libertades económicas,
políticas y sociales. María Amparo Casar las sintetiza en tres rubros: "a)
Económicas: Libertad para emprender y crear sin límites impuestos por el cuerpo
político, así como el libre juego de las fuerzas del mercado; b) Políticas: Libertad
de participación, de asociación, de expresión en las urnas; c) Sociales: libertad
para disentir, para educar, para expresarse, para profesar el culto que se desee,
para asociarse". (María Amparo Casar, 1988. México (Coord) Rolando Cordera
Campos, México. Siglo XXI/ILET, p. 169. De igual manera se puede consultar
María Amparo Casar (1992). México, (Coord) Carlos Bazdresh, México, FCE, p.
290-312), Para resumir estas libertades el discurso empresarial demandó la
participación ciudadana, la división de poderes, así como mantener y preservar el
Estado de derecho. Demandas de por sí difíciles de conseguir, pero la estrategia
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
191
seguida por los empresarios fue participar directamente en los procesos
electorales como vía para promover dichos cambios.
De igual manera, los partidos y organizaciones políticas de izquierda llevaron a
cabo algunas medidas para intentar ganar posiciones en el electorado. En 1979 se
formó el Partido Socialista Unificado de México (PSUM), y en 1987 el Partido
Mexicano Socialista (PMS), mediante fusiones de partidos y organizaciones
políticas.
En relación a las disputas electorales, la década de los años ochenta se
caracterizó por un proceso de cambio en las distinciones electorales iniciado en
las elecciones locales. En 1983, a los pocos meses de iniciado el sexenio de
Miguel de la Madrid, el PAN obtuvo triunfos en las ciudades importantes de
Chihuahua: la capital Chihuahua, Ciudad Juárez, Camargo, Delicias, Casas
Grandes, Parral. Mientras en el estado de Durango el mismo partido ganó la
capital y dos de las doce diputaciones locales. Para ampliar la información sobre
las razones del crecimiento electoral del PAN se puede consultar a (Leonor
Ludlow, México, 1992 (Coord) Carlos Bazdresh, México: FEC/E1 pág. 337-358.)
La flamante eficacia electoral de Acción Nacional, apuntaba Soledad
Loaeza en ese periodo, parece estar íntimamente relacionada con el hecho
de que ha dejado de ser un partido para convertirse en un frente de
oposiciones que ha encabezado un movimiento electoral, limitado pero
importante en un sistema como el mexicano. La estrategia de las puertas
abiertas que dio cauce a la impaciencia frente a la derrota, dio lugar a la
aparición de un fenómeno panista que incluye protestas de toda suerte,
amplias y costosas campañas en las ciudades del norte del país, la
aparición de líderes novedosos y audaces, la adopción de tonos y tácticas
beligerantes y la búsqueda de apoyos incluso en el exterior. (Loaeza, 1987
pág. 103).
Con estos triunfos se pensó en un posible cambio de actitud del régimen hacia los
partidos de oposición. Sin embargo, rápidamente se desvaneció esta idea, pues el
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192
PRI se mantuvo totalmente fuerte en otros estados, y se negó a reconocer
derrotas en las siguientes elecciones.
La dureza del régimen hacia la oposición se hizo palpable en agosto de 1983, en
Juchitán, Oaxaca, tras la decisión de la legislatura local de desaparecer los
poderes en ese municipio. (Rubin, pág. 127-160.) El problema en Juchitán se
arrastraba desde 1981 cuando la Coalición Obrera Campesina Estudiantil del
Istmo (COCEI), bajo el registro del Partido Socialista Unificado de México (PSUM),
había ganado las elecciones. (Peschard, pág. 175.) Una vez que se decretó la
desaparición de poderes, en agosto de 1983, ingresó el ejército al municipio para
desalojar a los dirigentes de la COCEI, y un mes después se celebraron
elecciones extraordinarias en las cuales el PRI resultó vencedor.
Los triunfos aplastantes del PRI continuaron en 1984, y tan sólo perdió tres
municipios en el estado de México, uno en Hidalgo y tres en Coahuila. La negativa
del PRI a reconocer derrotas electorales desembocó en actos de violencia
poselectoral. Las protestas abarcaron plantones, mítines y al cierre de carreteras,
y como consecuencia de ello se incrementó la represión contra los militantes de la
oposición. (Cadena, pág. 310) En un primer momento y ante las diferencias
ideológicas, los partidos de oposición no lograron coordinar frentes de defensa del
voto; sin embargo, lentamente establecieron alianzas entre sí para vigilar el
desarrollo de los comicios. Con ello, se generó una mayor movilización ciudadana
que denunciaba las sospechas de fraude electoral. La convergencia de
empresarios, clases medias, movimientos sociales con el proyecto liberal del PAN
en los estados del norte fueron "conformando una oposición electoral, con la que
simpatizaban una gran mayoría de los que se sentían ajenos, despegados de o
traicionados por el PRI." (Rocío Guadarrama Olivera, México Vol II. (Coord)
Enrique de la Garza Toledo. México, CIIH-UNAM, pág. 433, 1992)
Con este contexto de trasfondo los partidos se prepararon para las elecciones
federales de 1985. En tal proceso la izquierda logró postular a 62 candidaturas
comunes, de las cuales 30 correspondían a alianzas entre el PSUM y el Partido
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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Mexicano de los Trabajadores (PMT), y las restantes fueron sólo de papel, pues
ante ausencia de candidatos de un partido se postulaba al candidato de otro.
(Reyes del Campillo, Juan (1991). "La unidad electoral de la izquierda (1985-
1988)". Movimientos políticos y procesos electorales en México. (Jaime Tamayo y
Leonardo Valdés, México, pág. 106). El autor agrega que destacan "las
candidaturas comunes en B.C. ya que se alcanzaron en los seis distritos
electorales de la entidad: en el Distrito Federal hubo alianzas en 11 de los 40
(25%); en 8 distritos del Edo. de Puebla (60%), en 4 de Tabasco (80%), así como
varias más en los estados de Veracruz, Sinaloa, Querétaro, Yucatán y
Guanajuato. A partir de dichas acciones se comenzó a manejar la posibilidad de
enfrentar al régimen priísta por medio de la articulación de alianzas entre dos o
más fuerzas políticas. La opción del cambio por medio de las elecciones cobró
mayor sentido en el ámbito local, donde las alianzas y las contiendas electorales
se tornaron más reñidas.
La transformación de legislaturas, alcaldías municipales y gubernaturas
propiciaron un mayor interés en el curso de la competencia electoral. En 1985 el
PAN postuló a dos empresarios como candidatos a gobernador en estados
norteños: Fernando Canales Clariond en Nuevo León y Adalberto Rosas en
Sonora. Con dichos personajes el PAN albergaba posibilidades de triunfo; (Este
periodo es caracterizado por Leonor Ludlow como "la dramatización electoral", en
el cual la directiva del PAN "se otorgaba la capacidad de representar a la
ciudadanía para negociar con los partidos contendientes o con algunos
segmentos del gobierno federal, dada la maquinaria lectoral de las fuerzas
locales del panismo y las autoridades eclesiásticas que se autonombraron como
portavoces de la defensa del voto." Cfr. Leonor Ludlow (1992). "El fenómeno
panista: Rasgos y ritmos (1982-1988)". p. 350-351.) Sin embargo, el triunfo
holgado del PRI sobre la oposición provocó un mayor cuestionamiento sobre la
transparencia de los resultados y más violencia poselectoral.
Se desataron protestas en San Luis Río Colorado, Naco y Agua Prieta,
pertenecientes al estado de Sonora, en las cuales se incendiaron patrullas y una
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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comandancia de policía, aunado a ello se bloquearon varios pasos fronterizos.
(Cadena, pág. 310) Por otra parte, en Nuevo León se realizaron marchas,
bloqueos, huelgas de hambre, y la iglesia local se involucró en las protestas.
Por otra parte, en diciembre de 1985, las elecciones locales derivaron, de igual
manera, en un intenso activismo de militantes del PAN y con la toma de palacios
municipales. Algo similar sucedió en Chiapas, Veracruz, Tlaxcala y Guanajuato.
En Morelos se siguió otra maniobra para participar en las elecciones locales, la
alianza entre partidos (Partido Socialista Unificado de México, Partido
Revolucionario de los Trabajadores, Partido Mexicano de los Trabajadores) y una
organización política para lanzar candidatos comunes, lo mismo sucedió en
Guerrero en las elecciones federales, pero fue más amplio en las locales de 1986
en la cual se constituyó la Unidad Popular Guerrerense, integrada por once
partidos y organizaciones de izquierda. (Reyes, pág. 107.)
El caso más sonado sobre conflicto electoral fue el de Chihuahua en 1986. Ese
año se renovaban en el estado la gubernatura, la legislatura y los municipios, pero
en dicho estado prevalecía el antecedente de los ocho municipios conquistados
por el PAN en 1983, y los cuatro distritos ganados por el mismo partido en las
elecciones federales de 1985. De esa manera, la atención se centraba en lo que
podía hacer el candidato de dicho partido, Francisco Barrio Terrazas, para
conseguir el triunfo. Como se esperaba una contienda cerrada cuatro partidos
(PAN, PSUM, PMT y PRT), constituyeron el Frente Para la Defensa del Voto. (Aziz
pág. 181-206.)
Aún así el encargo era difícil, no se luchaba contra un partido político sino contra
un sistema que empleaba todos los medios posibles para preservar el estado en
su poder. Tras unos resultados polémicos el PRI obtuvo la gubernatura y 65 de las
67 alcaldías, pues sólo reconoció el triunfo del PAN en Nuevo Casas Grandes y
del PPS en Gómez Farías. Por otra parte, los municipios anteriormente ganados
por Acción Nacional regresaron al PRI. Las sospechas de fraude y los resultados
poco convincentes tuvieron serias consecuencias. Por principio de cuentas, se
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desarrolló un movimiento cívico en el estado que promovió movilizaciones,
bloqueos a carreteras, cierres de pasos fronterizos e intenso activismo de
empresarios y el clero local.
La negativa del régimen a dar la razón a los triunfos de la oposición contribuyó a
minar su propia legitimidad. De igual manera, a los partidos de oposición les dejó
de enseñanza que para obtener los cambios por medio de la participación
electoral, tendrían que articular un proyecto más amplio que involucrara a actores
políticos, a organizaciones sociales y a la población sin militancia. Con la
participación electoral se exploraba un camino de la lucha ciudadana, de la
defensa del voto y la lucha contra el fraude electoral. Un camino que en ese
momento estaba lleno de obstáculos pues se requería de algo adicional que
fortaleciera el proyecto hacia la democratización.
A pesar de que las condiciones políticas de esos años dificultaban la articulación
de un proyecto unitario de la oposición, se lograron llevar a cabo algunos
acuerdos entre partidos y organizaciones. En 1986 se integró la Unidad Popular
Guerrerense para vigilar el proceso local; en Oaxaca se formó la Coalición
Democrática; en Aguascalientes fue el Frente de Unidad Electoral Revolucionaria
de Solidaridad de Aguascalientes (Fuersa).
También en la izquierda se realizó el III Encuentro de Dirigentes de Izquierda, en
mayo de 1986, en el cual "doce organizaciones políticas decidieron formar el
Frente Nacional de Izquierda para actuar de forma conjunta contra la política del
régimen y en los procesos electorales locales." (Reyes del Campillo, pág. 107)
.Además, algunas organizaciones y partidos realizaron el Foro Nacional por el
Sufragio Efectivo, entre el 6 y 7 de septiembre de 1986, con el fin de establecer un
compromiso político de largo alcance, y las demandas fueron: "acceso a los
medios de comunicación masiva para difundir los programas y principios de todos
los partidos y cambios inmediatos y sustanciales en la legislación electoral."
(Cadena, pág. 315-316)
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4.1.3. La Unidad y la Combinación de Partidos y Organizaciones
Sociales.
Hasta este momento se ha distinguido la convergencia de algunas etapas de un
proceso de movilización, cuya principal característica es que se presentaron en el
contexto de la transición mexicana. Una primera etapa la constituyeron las formas
de movilización social que desarrollaron algunas organizaciones sociales,
sindicales y campesinas, manejando básicamente la consigna de defensa de los
salarios y de protesta contra el alza de precios. Movimiento que no logró sus
objetivos, pues a la falta de coordinación interna se le agregó la carencia de un
proyecto para incorporar a otros actores sociales. Una segunda etapa se observó
en la convergencia de los sectores urbano-populares y las clases medias. Estos
dieron paso a un proyecto más definido sobre la acción colectiva, al plantearse la
democratización del sistema y la constitución de una sociedad civil más
participativa.
La sociedad civil como el lugar de la legitimidad democrática y de los derechos,
compuesta de una esfera privada, pero también de esferas pública y social
políticamente relevantes en que los individuos hablan, se reúnen, se asocian y
razonan juntos sobre estos asuntos de interés público, además de actuar en
concierto con el fin de influir en la sociedad política e indirectamente en la toma de
decisiones. (Cohén, pág. 636.)
El punto de convergencia de ambas etapas se puede ubicar a partir de 1985 con
el reconocimiento que hacen de la participación en las elecciones para avanzar en
los objetivos de democratización y cambio político. En ese sentido, fue en el
ámbito local donde se dio un mayor activismo al concretar coaliciones políticas y
alianzas con los partidos políticos de oposición, que además integraron a las
clases medias, empresarios e incluso algún sector de la iglesia. Todo ello con la
finalidad de promover estrategias de defensa de las victorias electorales y
protestar contra el fraude electoral.
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En un sentido más analítico Miguel Armando López Leyva puntualiza lo siguiente:
"En la mayoría de las transiciones democráticas la oposición partidista se funde
con los movimientos sociales, en virtud de que el objetivo primario reside en
terminar con el autoritarismo (de aquí que las tácticas sean generalmente las
mismas); pero una vez llegada la democracia, incluso un poco antes, ambos
bloques se separan y actúan de acuerdo con sus intereses propios." (López, pág.
54) En este caso, lo que nos interesa destacar es identificar ese proceso de fusión
como tercera etapa del proceso de movilización analizado.
Esta tercera etapa del proceso de movilización colectiva tiene como problema la
conexión de acciones entre las dirigencias nacionales de los partidos políticos y
los activistas locales. Esta falta de coordinación partidista no alteró el proyecto de
las organizaciones sociales y clases medias sobre la democratización del sistema,
por el contrario provocó que se fortaleciera un movimiento ciudadano que desde el
ámbito local impactó en la vida política nacional, mediante un impulso a los
partidos políticos, en particular del PAN. Melucci señala que "la relación entre
movimientos y cambio pasa a través de tres momentos lógicamente distintos: Los
movimientos, en su definición estructural y sincrónica, preceden al cambio: un
sistema cambia porque debe controlar el conflicto que lo atraviesa y se relaciona
con la producción y distribución de los recursos sociales. Los movimientos son así,
efectos del cambio, en el sentido de que los ajustes del sistema crean
desequilibrios y contradicciones que se encuentran en el origen de conductas
colectivas de transformación. En fin, estas conductas provocan cambios
posteriores, pues respondiendo a su propio empuje, el sistema se moderniza o se
transforma." (Melucci, Alberto, 1999 Acción colectiva, pág. 54)
Para Acción Nacional la intención estaba más o menos delimitado, pues favorecía
el pragmatismo político de los neopanistas. Estos se apoyaban en los liderazgos
locales, en la participación de los empresarios y en la iglesia; de igual manera
apelaban al desarrollo de una cultura cívica que permitiera que, tanto militantes
como simpatizantes, generaran formas de acción política pacíficas, pero efectivas,
las acciones de desobediencia civil. (Cohén y Arato (2000). pág. 638. También a
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Tamayo Flores-Alatorre, Sergio (1996). México: Universidad Autónoma
Metropolitana Azcapotzalco, pág. 41)
Para los partidos de izquierda en México, la coordinación entre acción,
organización y movilización enfrentó el problema de la pluralidad de partidos y la
indefinición ideológica. Esta situación les llevó a plantearse la siguiente disyuntiva:
promover una mayor consistencia ideológica o generar mayor eficiencia electoral.
(Gómez, pág. 214-224.) La aceptación del pragmatismo electoral fue un aspecto
trascendental en la coyuntura política de 1988. La convergencia entre movilización
social y política con los partidos políticos fue más palpable en los partidos de
izquierda. Para Jaime Tamayo los objetivos "de las organizaciones políticas
respecto a la participación electoral de los movimientos sociales estaban
orientados a legitimar a las organizaciones de masas y a sus dirigentes, articular y
agrupar a fuerzas políticas y sociales dispersas, legitimar y expresar la protesta y
el descontento social, utilizar el proceso electoral para la agitación y la denuncia y
para difundir las ideas socialistas, además de generar hechos políticos relevantes
y acumular experiencias políticas en la lucha y la gestión del poder local." (Jaime
Tamayo 1994. pág. 123-124). Antes de avanzar en este tema, veamos como la
pluralidad partidista incide en los procesos de coordinación entre ellos mismos.
Con la reforma política de 1977 saltaron a la vista las estrechas relaciones entre
organizaciones políticas y partidos, (Rodríguez pág. 38-46.) por ejemplo del
Comité Nacional de Auscultación y Coordinación (CNAC), fundado en 1971, se
desprendieron dos partidos políticos: el Partido Socialista de los Trabajadores, en
1978, y el Partido Mexicano de los Trabajadores, con registro en 1984. De igual
manera, de dicho Comité surgió una organización política: el Movimiento de
Acción y Unidad Socialista (MAUS), que en 1979 participó en la Unidad de
Izquierda Comunista integrada además por el Partido Comunista de México, el
Partido del Pueblo Mexicano —desprendido del Partido Popular Socialista—, y el
Partido Socialista Revolucionario, este último formado a partir de la escisión por
parte del Movimiento de Organización Socialista del Comité Nacional de
Auscultación y Coordinación.
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El CNAC cambió de nombre al de Comité Nacional de Auscultación y
Organización (CNAO), y entre sus líderes se encontraban Heberto Castillo y
Demetrio Vallejo, quienes finalmente en 1984 decidieron participar en la política
electoral formando el Partido Mexicano de los Trabajadores, para contender en las
elecciones federales de 1985. Por otra parte, un grupo de organizaciones
trotskistas fueron la base para la constitución del Partido Revolucionario de los
Trabajadores, en 1981, desarrollando mayor relación con los grupos explotados y
marginados, razón por la cual mostró mayor resistencia a integrar un partido único
de izquierda.
En estas últimas líneas se puede ver como la izquierda mexicana desplegó un
proceso en el cual las organizaciones políticas se constituyeron en partidos
políticos. Este proceso les favoreció para obtener escaños en la Cámara de
Diputados y para que se plantearan el cambio político vía la participación electoral.
Sin embargo, los avances electorales fueron pocos, algunas organizaciones
sociales y sindicales no confiaron en los partidos políticos y la izquierda se
mantuvo dispersa entre sí.
Los problemas de unidad en la izquierda mexicana fueron cosa cotidiana entre los
años setenta y ochenta. En 1977 la izquierda fracasó en un proyecto para
constituir la Asamblea para la Unidad de las Fuerzas de Izquierda. (Gómez, pág.
221) En 1979, se comenzó a hablar de un proyecto de unificación para crear un
nuevo partido, encabezado por la Unidad de Izquierda Comunista que, como lo
señalamos unos párrafos antes, estaba integrada por el Partido Comunista de
México, el Partido del Pueblo Mexicano, el Partido Socialista Revolucionario y el
Movimiento de Acción y Unidad Socialista; a estos se les agregó el Movimiento de
Acción Política. Este proyecto de unidad de la izquierda fructificó con la fundación
del Partido Socialista Unificado de México (PSUM), en noviembre de 1981.
En vísperas de la elección federal de 1982 se ampliaron los partidos de izquierda,
pues tanto al Partido Popular Socialista (PPS), como al Partido Socialista de los
Trabajadores (PST) y al Partido Socialista Unificado de México (PSUM) se les
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agregó el Partido Socialdemócrata (PSD), en 1982, y el Partido Revolucionario de
los Trabajadores (PRT), en 1981. De todos ellos, el PSUM y el PRT fueron
quienes se manejaron como opositores al régimen, aunque estos mismos partidos
fueron los artífices de la permanente división de la izquierda. En los intentos de
unificación de la izquierda se disputaban dos proyectos; por una parte la de
formación de un partido único de izquierda, manejada por el PSUM, y, por otro
parte, la de formación de un frente único de izquierda, postulada por el PRT.
Problemas de unidad y de coordinación de proyectos que dejaron a la izquierda
mexicana en una posición de clara desventaja frente al Partido Acción Nacional, el
cual avanzó electoralmente durante el periodo. Además dichos problemas se
hicieron más evidentes justo en el momento que las organizaciones sociales
coincidían en orientar sus luchas hacia la participación electoral. De igual manera
hay que señalar que el Partido Mexicano de los Trabajadores (PMT), con registro
en 1984, jugó un papel importante en el nuevo proceso de unificación de la
izquierda. En 1987 el PMT se fusionó con el PSUM, con el Partido del Pueblo
Patriótico, el Movimiento Revolucionario del Pueblo y la Unidad de Izquierda
Comunista para formar el Partido Mexicano Socialista (PMS), ya en el contexto
preelectoral de 1988.
Por su parte el PRT, defensor del proyecto de un frente único de organizaciones
de izquierda se mantuvo al margen de la construcción del PMS. Por el contrario,
en 1987 le dio sustento a la Unión Popular de Izquierda Revolucionaria, integrada
tanto por partidos y organizaciones tales como: Acción Cívica Revolucionaria, la
Organización Revolucionaria del Pueblo, el Movimiento de Lucha Popular, la
Unión de Lucha Revolucionaria. (Gómez, pág 224) Este proyecto de unidad
pretendía vincularse con los movimientos de masas para fortalecer una
organización de izquierda nacional.
En suma, al momento de entrar al contexto preelectoral de 1988, la izquierda
mexicana continuaba con sus problemas de coordinación y de delimitación de un
proyecto único de participación político-electoral. Por una parte se encontraban los
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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partidos con clara afinidad al Partido Revolucionario Institucional —Partido Popular
Socialista, el Partido Socialista de los Trabajadores y el Partido Socialdemócrata—
por otra parte la izquierda de oposición al régimen estaba fragmentada en dos
partidos, el PMS y el PRT. La situación descrita nos da una idea de cómo
inicialmente en la izquierda se dio el proceso de construcción de partidos políticos
partiendo de la organización social y política, para después darse un intenso
proceso de movilización partidista para establecer un proyecto de fusión, proyecto
que implicó un distanciamiento con sus bases de apoyo.
Un factor adicional en el contexto preelectoral, y que resultó de suma importancia
para la convergencia de las redes de movimiento y partidos en las elecciones de
1988, fue la aparición de la Corriente Democrática del PRI. Con la salida de
Cuauhtémoc Cárdenas y de Porfirio Muñoz Ledo del PRI, la Corriente
Democrática se incorporó a un proceso de unidad partidista en el Frente
Democrático Nacional.
El Frente Democrático Nacional lo integraron el Partido Auténtico de la Revolución
Mexicana (PARM), el Partido Popular Socialista (PPS), el Partido del Frente
Cardenista de Reconstrucción Nacional (anteriormente Partido Socialista de los
Trabajadores), el Partido Socialista Revolucionario, el Partido Socialdemócrata, el
Partido Verde de México, el Partido de la Unión Democrática, el Partido Nacional
del Pueblo-Comité de Defensa Popular de Chihuahua, las Fuerzas Progresistas de
México, el Consejo Nacional Obrero y Campesino. (Silvia, 261). Con la formación
del Frente Democrático Nacional, se concretó un proceso de unidad de partidos
que apoyaban un discurso nacionalista y popular. Ello facilitó el proceso de
movilización social que le dio forma al movimiento neocardenista, (Tamayo 1994).
cuya característica fue la incorporación de organizaciones sociales a la campaña
electoral de Cuauhtémoc Cárdenas.
Se rebasó por mucho la capacidad de movilización de los dos principales partidos
de izquierda: el PMS y el PRT, los cuales sufrieron desprendimientos de algunos
de sus militantes para incorporarse a la campaña de Cárdenas, entre los cuales
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podemos señalar algunos: en febrero de 1988 la Organización de Izquierda
Revolucionaría-Línea de Masas (OIR-LM), se separó de la campaña presidencial
del PRT y se incorporó al PMS. Otro grupo de militantes del PRT, en el mes de
marzo de ese año, junto con la Organización Revolucionaria Punto Crítico,
algunos intelectuales del país y activistas del Consejo Estudiantil Universitario de
la UNAM, anunciaron la formación del Movimiento al Socialismo (MAS). (Chávez,
pág. 44.) Con dicha organización se inclinaban por la candidatura única de los
partidos de izquierda; provocando una presión en el ambiente político que influyó
en la renuncia de Heberto Castillo a su candidatura para signar la alianza entre el
PMS y el FDN en el mes de junio de ese año.
El discurso nacionalista y popular de Cuauhtémoc Cárdenas contribuyó a que
estas fueran las primeras campañas sustentadas en los actos masivos. Ante lo
cual cabe hacerse la pregunta ¿por qué las organizaciones sociales decidieron
participar en la campaña de Cárdenas? Este cuestionamiento resulta importante
pues en el país, como se presentó en el anterior apartado, no se contaba con una
tradición en la participación electoral, si bien existía el voto corporativo en el PRI
este no estaba libre de coacciones. Por su parte la oposición carecía de una
estructura político-electoral a nivel nacional, lo cual dificultaba la movilización del
electorado a su favor; mientras en el ámbito regional apenas había comenzado a
explorar en las elecciones una opción para incidir en la apertura política del
régimen autoritario.
Para ahondar en la respuesta a la pregunta, nos permitimos retomar algunos
ejemplos para ilustrar el proceso de convergencia entre organizaciones y el Frente
Democrático Nacional. Uno de los ejercicios de reflexión sobre la participación de
las organizaciones populares lo realizó Ma. Elena Velez Romo (Vélez, 1991). al
abordar el caso de la Unión Popular Revolucionaria Emiliano Zapata (UPREZ) —
organización de masas que aglutinó a diferentes organizaciones del movimiento
urbano popular en el valle de México. La UPREZ se constituyó en febrero de 1987,
en San Miguel Teotongo, delegación Iztapalapa, uno de los asentamientos
irregulares del D.F. Aprovechando la coyuntura electoral de 1988 se alió con el
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PMS, para reforzar a este partido en el espacio local e incrementar la presencia de
la organización en la zona. Mediante esta alianza, la organización contó con un
candidato a la Asamblea de Representantes del D.F.
A pesar de participar en la elección local esta organización se involucró totalmente
en la campaña presidencial de Heberto Castillo y después en la de Cuauhtémoc
Cárdenas. Los objetivos que se propusieron al participar en la campaña fueron:
(Vélez 1991 pág. 122-123).
1. Impulsar la organización de los habitantes, sensibilizándolos sobre la
necesidad de luchar unidos ante problemáticas comunes.
2. Conquistar instancias de representación y gestión que los convierta en
interlocutores directos con las autoridades.
3. Incidir en la discusión y resolución de los temas que se discutirán en la
Asamblea de Representantes.
Las acciones realizadas por la UPREZ fueron, desde visitas domiciliarias, mítines,
actos políticos en todo el distrito electoral, en universidades, además de llevar a
cabo una tarea de difusión entre la población sobre la importancia de la
participación política local y los espacios institucionales para lograr avances
concretos en sus demandas. Con ese activismo Cárdenas obtuvo, en ese distrito
el 60.63 por ciento de los votos, 118 mil 552 votos; además fue el distrito con
mayor número de votos en todo el país para Cárdenas.
Por otra parte, la participación de los ecologistas también ayuda a ilustrar la
relación entre organizaciones y elecciones en la coyuntura de 1988. Con un
discurso en pro de la defensa del medio ambiente, los ecologistas arribaron al
escenario nacional en la década de los años ochenta, primero con el nombre de
Alianza Ecologista Nacional y, posteriormente, con el de Partido Ecologista de
México. En la coyuntura de 1988 integraron el Frente Democrático Nacional.
La experiencia obtenida en las movilizaciones contra la planta núcleo eléctrica de
Laguna Verde, Veracruz, durante 1986 y 1987, les sirvió para convencerse de que
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sólo participando abiertamente en política lograrían llamar la atención sobre el
contenido de sus demandas. La participación en el FDN se justificó en la
disposición Cárdenas para defender el medio ambiente y la biodiversidad
ecológica en el país como parte de su discurso nacionalista (Cárdenas, pág. 43 y
85-91) dejando en claro que participarían en todos los actos de campaña y,
terminando ésta, se separarían de la alianza para buscar su propio registro como
partido político. Jorge Villarreal en su investigación sobre el tema señala algunos
de los objetivos que perseguían los ecologistas en la campaña: a) la firma de un
convenio ecologista; b) la postulación de un candidato a la presidencia de la
República daba la oportunidad de participar y dar a conocer al Partido en el
terreno electoral; c) era una excelente oportunidad para proyectar, dentro de una
campaña presidencial, un discurso ecologista. (Jorge Villareal M. (1994). (Coord)
Angélica Cuellar Vázquez. México: Aguirre y Beltrán editores, pág. 106)
Los ecologistas ilustran cómo en torno a la campaña presidencial de Cárdenas
hubo una convergencia de intereses en ambas partes. Por un lado, se dio una
adjudicación del discurso ecológico por parte del FDN y, por otro lado, los
ecologistas aprovecharon la coyuntura para captar la atención nacional sobre
estos temas que resultaban novedosos en el imaginario colectivo.
La convergencia de intereses ilustra, de igual modo, como prevalece un interés
práctico, inmediato, de las organizaciones sociales para ampliar la acción desde el
ámbito local-particular, hacia los órganos de representación nacionales, espacios
que proporcionan la alternativa de promover cambios desde la vía institucional,
participando como protagonistas de dichos cambios.
La Asamblea de Barrios, organización urbano-popular demandante de vivienda en
la ciudad de México, fue otro grupo que decidió ampliar su participación hacia las
elecciones. Inicialmente la Asamblea de Barrios estuvo inmersa en el debate
sobre la candidatura única de los partidos de la izquierda mexicana, un proyecto
que no fructificó, pero que permitió que las organizaciones sociales exploraran
nuevos caminos en su lucha por denunciar la política económica, la relación
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guardada con la esfera gubernamental y el alcance limitado de la atención de sus
demandas.
En este caso la Asamblea de Barrios postuló, de manera simbólica, a Superbarrio
Gómez como candidato presidencial, un personaje emblemático de la lucha
cotidiana de los pobres urbanos ante la carencia de un lugar propio para vivir.
(Cuellar, pág. 127). Este personaje se mantuvo en campaña durante poco más de
cuatro meses, de noviembre de 1987 a marzo de 1988, al declinar a favor de
Cárdenas. Durante la campaña, la Asamblea de Barrios se planteó dos objetivos:
a) apoyar la candidatura única a la Presidencia de la República, a la Cámara y a la
Asamblea de Representantes del D.F. y, b) generar una amplia movilización para
contrarrestar las acciones represivas que el gobierno capitalino les infligía por
haberse involucrado en las campañas electorales. De ello obtuvieron algunos
acuerdos con Cárdenas entre los que destacaron el apoyo de las bases a la
campaña presidencial de Cárdenas y el registro, por el Partido Popular Socialista,
de 44 candidatos de la Asamblea de Barrios para diputados y asambleístas.
Angélica Cuellar retoma algunas de las palabras de la dirigencia de esta
organización: "Hoy, nuestra organización social demanda, en primer lugar, un
cambio de actitud de los partidos; no deseamos candidatos ajenos a nuestras
luchas, sino que los partidos sean un vehículo para que los representantes de
nuestros barrios lleguen a la Cámara y a la Asamblea de Representantes del D.F.
Demandamos que los candidatos, nombrados democráticamente en esta Sexta
Asamblea de los Barrios, sean registrados por los partidos que hoy representan el
cambio democrático de nuestro país.
Como en los anteriores ejemplos, la influencia de las organizaciones con cierto
peso en el ámbito local contribuyó al fortalecimiento de la campaña opositora, al
tiempo que ellos proyectaron la ampliación de sus demandas hacia los espacios
de discusión y toma de decisiones ofrecidos por el sistema político. La Asamblea
de Barrios, en ese sentido, desarrolló varias acciones para fortalecer las
campañas de sus candidatos y la de Cárdenas, y vigiló las casillas electorales de
los distritos donde contaban con candidatos. La participación de la Asamblea de
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Barrios, al igual que otras organizaciones en el ámbito local, contribuyó al triunfo
de Cárdenas en la ciudad de México. Con dicha participación, se limitaron las
posibilidades de fraude en los distritos donde la población se organizó para
defender el voto de sus candidatos.
A manera de síntesis de esta parte del capítulo, podemos señalar que la
experiencia organizativa de los años setenta y ochenta desembocó en una clara
propuesta de fortalecimiento de la vía electoral como el camino más sólido para
avanzar en la transición democrática en el país. Las tres etapas de lo que
denomino movimiento democratizador nos han ilustrado la forma en la cual fue
madurando dicha tendencia. En este punto resulta importante especificar que
tanto las formas institucionalizadas de participación política, por medio de los
partidos, como las formas no institucionalizadas, los movimientos sociales, fueron
capitalizadas por los dos principales candidatos de oposición en 1988,
Cuauhtémoc Cárdenas por el Frente Democrático Nacional, y Manuel J. Clouthier,
por el Partido Acción Nacional.
La relación entre movimientos y campaña parece aclararse si consideramos que
de manera paulatina las experiencias de acción colectiva fueron determinando los
límites y alcances de su acción para concretar la apertura del régimen político
fuera del espacio de la política institucional. Asimismo, como lo ilustró la segunda
de las tres etapas expuestas, el repliegue al ámbito de lo local permitió que
adquiriera mayor sentido la acción colectiva, pues se sustituyeron las categorías
generales empleadas en la primera etapa por cuestiones más particulares, como
lo fueron la oposición al centralismo político en México, el rechazo a la injerencia
en los asuntos de política local, así como el creciente interés por concretar los
derechos ciudadanos como arma estratégica para contrarrestar el centralismo
político y la injerencia de la clase política nacional en asuntos locales.
En ese sentido, las elecciones fueron fundamentales, primero para fortalecer los
derechos cívicos en el plano nacional y, posteriormente, para apoyar los esfuerzos
de la oposición a nivel nacional para ampliar las libertades públicas, la
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liberalización política. De ahí, que al desarrollarse las campañas de 1988 ya se
contaba con una experiencia previa de participación electoral que incluía a
movimientos y partidos, además de estrategias probadas para fortalecer los lazos
de solidaridad e identidad política, todo o cual fue recuperado por los candidatos
como parte de sus estrategias de movilización del electorado.
Por otra parte, en el tránsito de 1988 a 1994, las necesidades y los objetivos de
las organizaciones sociales no necesariamente fueron los mismos que los
expuestos en las tres etapas anteriores. Durante ese periodo, la idea de
integración de un movimiento democratizador pasó por un camino de mayor
madurez organizativa, en la cual las organizaciones ciudadanas voltearon hacia la
observación electoral y hacia la elaboración de propuestas más concretas para los
partidos políticos.
4.2. Los Tejidos Sociales por la Democracia.
La relación establecida entre partidos y movimientos sociales durante la década
de los años ochenta, presentó algunas modificaciones importantes para finales de
dicha década y principios de los años noventa. Este cambio se notó más en la
gestación de las formas de involucrarse en los procesos políticos, orientados a
transformar las condiciones de competencia política en el país, particularmente en
una tendencia a fortalecer las estructuras de los partidos de oposición y, por otra
parte, en la organización de redes de movimientos especializados en la promoción
de los derechos humanos como derechos políticos, entre los cuales destacaba la
observación de los procesos electorales y la promoción del respeto al ejercicio
libre del voto.
De ahí que con una participación de 77.16 por ciento de la lista nominal del
Padrón Electoral las elecciones de 1994, sean las de más alta participación hasta
el momento. En ello contribuyeron los grupos organizados de ciudadanos que
promovieron las labores de observación electoral. En total, en dicho proceso
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electoral participaron 81, 620 observadores electorales, de los cuales 74, 438
pertenecían a 238 organizaciones no gubernamentales y los 7, 812 restantes lo
hicieron de manera individual. (Pozas, pág. 34)
Más allá de la coyuntura política, que fue determinante para el impulso y
financiamiento de la observación electoral, la agenda de las organizaciones
sociales enfocadas a la observación procedía de un proceso de gestación que
tenía sus antecedentes desde la década de los años ochenta, pero habían
considerado al iniciarse la década de los años noventa. Su principal característica
fue la organización en forma de redes de movimiento, lo cual les permitió sumar
experiencias y definir un proyecto sólido de observación electoral.
La existencia de un movimiento de redes por la democracia nos lleva a considerar
algunos aspectos básicos del análisis de dichas experiencias organizativas. El
análisis de redes tiene su origen en la creación de modelos matemáticos para
explicar la estructura de las relaciones sociales, su uso comenzó a extenderse en
la década de los años setenta del siglo XX. El análisis de redes parte de una
premisa básica: "una red social consiste, en esencia, de dos elementos: una
población de actores y por lo menos una relación que pueda ser medible, definida
para cada par de actores." (Faust, pág. 6) Asimismo, Dirk Messner nos
proporciona otro elemento central "el concepto de redes destaca, en cambio, la
organización o la coordinación autónoma entre actores que son autónomos de
facto, con el fin de lograr un resultado conjunto." (Messner, pág. 95.) Las redes
sociales también "desarrollan funciones de estabilización en un sentido muy
particular. Ellas refuerzan, cimentan los impedimentos a la diferenciación", (De
Giorgi, pág. 27-28.) dan seguridad a los actores, estructuran expectativas y las
normalizan.
Las redes sociales dan confianza a los actores que han tomado la decisión de
actuar de manera conjunta para obtener mejores resultados frente a problemas o
circunstancias presentadas en espacios cotidianos o en el ámbito de las
organizaciones colectivas. La acción colectiva implica una relación sistematizada
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entre los actores involucrados, de tal forma que éstos deben tener claro cuáles
son sus intereses además de mostrar capacidad para la interacción y el
compromiso colectivo.
Estos últimos elementos han llevado a la sociología a destacar la idea de la
identidad colectiva en las redes sociales y a vincularla con el estudio de los
movimientos sociales. Mario Diani define al movimiento social como un conjunto
de "redes de interacción informales entre una pluralidad de individuos, grupos y
organizaciones, comprometidas en conflictos de naturaleza política o cultural,
sobre la base de una específica identidad colectiva." (Diani, pág. 244)
Melucci, por su parte, señala que "hoy la situación normal del movimiento es ser
una red de pequeños grupos inmersos en la vida cotidiana que exige que las
personas se envuelvan en la experimentación y en la práctica de la innovación
cultural. Estos movimientos surgen sólo para fines específicos como, por ejemplo,
las grandes movilizaciones por la paz, el aborto, contra la política nuclear, contra
la pobreza, etc.” (Melucci, 1999, pág. 56).
De dichas definiciones destaca la vinculación entre actores y organizaciones, en
espacios caracterizados por la existencia de conflictos sociales, de esa manera las
redes sociales traspasan el espacio local y constituyen identidades colectivas
motivadas por la participación político-cultural. Asimismo, las redes sociales son
presentadas como informales y para fines específicos, es decir, se destaca el
carácter autónomo de los actores y se pone a prueba la capacidad de
coordinación de acciones conjuntas. Melucci aporta otros rasgos característicos de
las redes de movimiento:
1-Permite la pertenencia a varios grupos.
2.-Sólo ocupa parte del tiempo del actor, tanto respecto del curso de su vida
como respecto del tiempo que absorbe, y
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3.-Exige la involucración personal y la solidaridad afectiva a los que
pertenecen a ella.
De esa manera, la construcción de redes de movimiento se presenta como un
agente dinámico de la acción colectiva, estableciendo una vinculación entre
cuestiones relacionadas con la vida cotidiana y los problemas generales del
respeto y protección de los derechos ciudadanos. La creencia en la acción
colectiva para obtener un fin específico refiere, de igual manera, a la
predisposición de los actores para desarrollar un compromiso participativo con la
organización o la red de movimiento. De ahí la importancia del desarrollo de la
idea de solidaridad en el actor social.
En relación a nuestro objeto de estudio, la contienda electoral de 1994, presentó
un nuevo tipo de participación ciudadana, en la cual las organizaciones sociales se
orientaron, por una parte, hacia la lucha por la democratización, vía la observación
electoral, la promoción del voto y la defensa de la equidad en la competencia. Por
otra parte, la promoción de un diálogo amplio que repercutiera favorablemente en
el proceso de transición a la democracia. Un rasgo característico de este tipo de
participación fue la constitución de redes de defensa de derechos humanos. Las
teorías de la transición a la democracia tratan de manera muy general este tema.
En particular O'Donnell y Schmitter dicen que "cuando se inicia la transición las
organizaciones de derechos humanos y los activistas de esta causa salen a la
palestra dotados de una enorme autoridad moral, que les brinda un amplio
auditorio para sus elocuentes críticas al régimen, críticas que inevitablemente se
hacen extensivas a otras cuestiones y llegan a incluir derechos sociales y políticos
que sólo la democracia puede garantizar con seguridad". (O'Donnell Guillermo y
Philippe C. Shmitter 1994, pág 85), como formas de movimiento con un elevado
nivel de coordinación social y comunicación para la acción en el plano nacional y
con una fuerte presencia en algunas regiones del país, propuesta que contribuyó
al afianzamiento de los cambios político-electorales que cubrían de legitimidad al
sistema político.
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4.2.1. EL Preámbulo de la Observación Electoral.
Es indudable que la experiencia organizativa de estas organizaciones sociales
tienen sus antecedentes en las luchas por la democratización estructurada desde
los años ochenta, aquellos movimientos posteriores a los sismos de 1985, la
convergencia de organizaciones y partidos para impulsar las elecciones locales y,
por supuesto, la movilización en torno al proceso electoral de 1988. Sin embargo,
este nuevo tipo de participación ciudadana comenzó, de manera más organizativa,
a perfilar sus objetivos hacia la democratización de la vida pública, al priorizar a la
observación electoral como un arma estratégica para el cambio en las condiciones
de competencia política.
El primer ejercicio serio de observación electoral se dio en 1991 en la elección
para gobernador en San Luis Potosí, donde compitieron Fausto Zapata del Partido
Revolucionario Institucional (PRI), y Salvador Nava Martínez por la Coalición
Democrática Potosina, integrada por el Partido Acción Nacional (PAN), el Partido
Demócrata Mexicano (PDM), y el Partido de la Revolución Democrática (PRD).
La labor de observación ciudadana del proceso involucró a la Academia Mexicana
de Derechos Humanos, el Centro Potosino de Derechos Humanos y a
Convergencia de Organismos Civiles por la Democracia, cuyos objetivos fueron
alentar la participación ciudadana en la defensa de los derechos políticos y
observar si el proceso electoral se apegaba a la legislación vigente. Abriendo
veredas. Iniciativas públicas y sociales de las redes de organizaciones sociales.
México: Convergencia de Organismos Civiles por la Democracia. En relación al
auge de las redes de derechos humanos en el contexto de la transición
democrática (Margaret E. Keck y Kathryn Sikkin (2000). México: Siglo XXI, pág.
160)
EL dinamismo de este grupo de observadores no era calificar la validez de los
resultados electorales, sino, al contrario, comunicar sobre las condiciones en las
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cuales se desarrollaría dicho proceso. Si bien en el informe final de la observación
se presentaron datos sobre la inequidad en el proceso, este no fue determinante
para las acciones realizadas por la Coalición Democrática Potosina, toda vez que
con anterioridad se había logrado la movilización ciudadana y se llevaron a cabo
acciones de resistencia civil pacífica, de la cual destacó la Marcha por la Dignidad
a la Ciudad de México, iniciada el 28 de septiembre de 1991, y que tuvo como
resultado la solicitud de licencia de Fausto Zapata para separarse del cargo de
gobernador. (Caballero, pág. 141-191)
De esta doble experiencia organizativa, la movilización ciudadana en la protesta
poselectoral y la participación ciudadana en las labores de observación, se
desprendió un evento importante, el foro Ciudadanos por la Democracia,
celebrado entre el 6 y 8 de diciembre de 1991, en San Luis Potosí. La amplia
respuesta de organizaciones no gubernamentales, intelectuales y luchadores
sociales, a dicho evento se concretaron con el llamado a la formación de un
movimiento plural por la democracia, al cual denominaron Movimiento Ciudadano
por la Democracia (MCD). (Valdés Vega, María Eugenia (1998). (Coord) Carlos
Mondragón y Alfredo Echegollen: México, Praxis/UNAM, pp. 206-214). De acuerdo
a esta autora el MCD "se planteó como vertiente fundamental de su acción la
tarea de democratizar el sistema electoral. Su conclusión fue que el camino para
la transición democrática en México pasaba por las elecciones y que entonces
éstas tendrían que darse en un marco de libertad del sufragio, equidad entre los
partidos políticos contendientes y una mayor conciencia de los ciudadanos para
elevar su participación"; (Valdés Vega, María Eugenia (1998). (Coord) Carlos
Mondragón y Alfredo Echegollen: México, Praxis/UNAM, pp. 207-208)
Las tareas de observación electoral en 1991 se extendieron a las elecciones en
Guanajuato, Tabasco, Ciudad Juárez y Morelos. A partir de dichas experiencias,
Convergencia de Organizaciones Civiles por la Democracia mantuvo una mayor
articulación con otras organizaciones como el Acuerdo Nacional para la
Democracia (ACUDE), el Consejo para la Democracia, el Movimiento Ciudadano
por la Democracia (MCD), la Academia Mexicana de Derechos Humanos (AMDH),
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213
a fin de contribuir a los procesos de vigilancia electoral y de promoción del voto.
Actividades estas que le permitieron mantener una participación activa en las
observaciones de los procesos de 1992 y 1993, para finalmente, llegar a los
preparativos de la contienda de 1994 con un trabajo más consolidado.
El movimiento de organizaciones ciudadanas en la búsqueda de consensos para
avanzar en el proceso de democratización se vio enriquecido a finales de 1993,
cuando algunas organizaciones sociales se plantearon como objetivo avanzar en
la formación de una red amplia de observación electoral. Las acciones concretas
fueron: 1) la organización de un taller nacional sobre observación electoral; 2) la
presentación de las Adelitas de la Democracia, integrada por 138 organizaciones
no gubernamentales y; 3) la presentación pública del proyecto (Observación
Integral del Proceso Electoral de 1994).
Este trabajo se inscribe en el proceso de formación de una red ciudadana, una red
social de movimiento especializado en la observación electoral; cada una de estas
organizaciones estaba compuesta por redes ciudadanas internas, cuya
maduración fue determinante para integrar Alianza Cívica/Observación 1994.
De estas primeras acciones conjuntas, las organizaciones sociales pasaron a un
proyecto más ambicioso, la constitución de una alianza ciudadana con tareas y
objetivos precisos. Así pues, se llevaron a cabo reuniones en las cuales se
trabajaron en cuatro campos de especialización: educación y formación cívica, por
Convergencia Democrática y el MCD; la observación ciudadana por ACUDE y
Convergencia Democrática; el monitoreo de medios por la AMDH; así como la
definición de dispositivos técnicos por la Fundación Arturo Rosenblueth.
(Reygadas, pág. 238.) Por su carácter flexible, la alianza incorporó a sus
actividades a un grupo de origen panista: el Instituto Superior de Cultura
Democrática.
De esta manera todo estaba listo para la constitución de Alianza Cívica como
Asociación Civil, lo cual se dio el 25 de abril de 1994. La presentación pública de
Alianza Cívica/Observación 94, se llevó a cabo el 28 de abril en el Museo de la
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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Ciudad de México; las siete organizaciones convocantes representaban a más de
300 organizaciones y frentes estatales. La constitución de dicha alianza fue
posible por:
A) La realización exitosa de procesos de observación electoral conjunta a
través de alianzas parciales durante tres años.
B) El desarrollo de vínculos con movimientos ciudadanos y organizaciones
sociales de todo el país.
C) La invención, construcción y afinación de instrumentos y metodologías
ciudadana incluyentes, altamente politizadas, pero diferentes al quehacer
de los partidos políticos.
Se estaba ante la primera convergencia ciudadana con un proyecto claro de
participación política, la observación electoral, tarea por demás compleja, pues
tendría que demostrar una elevada coordinación a nivel nacional para cumplir
satisfactoriamente con dicha labor. De cualquier manera, Alianza Cívica, con su
sola integración, representaba uno de los esfuerzos más consistentes de las
organizaciones ciudadanas en la revalorización del voto. El papel de Alianza
Cívica en el proceso electoral de 1994 ha sido motivo de análisis de diverso tipo.
(María Valdés Vega, 1995).
Para coordinar apropiadamente las actividades y proyectos de Alianza Cívica fue
necesario la constitución de un Consejo Ciudadano de Alianza Cívica/Observación
94. El Consejo Ciudadano de Alianza Cívica quedó integrado por diferentes
personalidades de reconocimiento público y privado, entre ellas: José Álvarez
Icaza, Alejandro Aura, Pablo Latapí, Óscar González, Ofelia Medina, Humberto
Murrieta Necoechea, Amalia García, José Ernesto Costemalle, Miguel Concha,
Sergio de la Peña, Federico Reyes Heroles, Demetrio Sodi de la Tijera, Iván
Restrepo, Francisco Trouyet, Luis Villoro, Roger Bartra, Cristina Barros, Víctor
García Lizama, entre otros. A fin de observar el rigor técnico, profesionalismo y
objetividad con los cuales se estaba dicha red de organismos civiles, en sus
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
215
distintas coordinaciones: de Análisis y Metodología, de Capacitación y
Organización, de Financiamiento, de Auditoría, de Visitantes Internacionales,
Jurídica y de Difusión y Medios.
4.2.2. Las Propuestas Ciudadanas y el Contexto Electoral.
Las propuestas más relevantes para afianzar la transición mediante la celebración
de las elecciones fueron: 1) el grupo promotor de los Veinte Compromisos por la
Democracia; 2) el Grupo San Ángel; 3) en un sentido diferente, pero no menos
importante, la Convención Nacional Democrática, cuyo propósito fue apoyar las
acciones de vinculación del Ejército Zapatista de Liberación Nacional (EZLN), con
la sociedad civil, pero en sus resolutivos apareció el tema electoral.
El grupo promotor de los Veinte Compromisos por la Democracia (entre los
promotores se destacaron Demetrio Sodi de la Tijera, Bernardo Bátiz y Agustín
Ortiz Pinchetti.) inició trabajos desde el mes de octubre de 1993, pero fue con el
insurrección indígena en Chiapas y su efecto directo en el contexto electoral lo
que impulsó el trabajo de dicho grupo. De tal manera que, para el 14 de enero de
1994, habían recabado un total de 675 firmas de personalidades públicas que
apoyaban el contenido de dicho documento, del cual destacaba el primer punto
referido al respeto del voto. (Ver cuadro 4.1).
Con este objetivo de por medio, los promotores de dicho documento llevaron a
cabo reuniones con los candidatos presidenciales. El 27 de enero de 1994 se
reunieron con Luis Donaldo Colosio, candidato del PRI; ese mismo día, pero a
diferente hora, se reunieron con Diego Fernández de Cevallos, candidato del PAN;
el 31 de enero lo hicieron con Cuauhtémoc Cárdenas, candidato del PRD; el 1o de
febrero con Jorge González Torres, candidato del Partido Verde Ecologista de
México (PVEM); por último, y tras un largo periodo de inactividad, se reunieron
con Ernesto Zedillo el 17 de agosto, unos días antes de la jornada electoral.
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
216
La otra experiencia de relevancia fue la integración del Grupo San Ángel. (Las
primeras reuniones del Grupo San Ángel se realizaron en la casa de Jorge G.
Castañeda y fue común escuchar nombres como los de Manuel Camacho Solís,
Demetrio Sodi de la Tijera, Elba Esther Gordillo, Federico Reyes Heroles, Sergio
Aguayo, Enrique González Pedrero, Enrique Krauze, Jesús Silva Herzog Márquez,
Vicente Fox Quezada, Ofelia Medina, Elena Poniatowska, Lorenzo Meyer,
Bernardo Sepúlveda Amor, Ricardo García Sainz, José Ernesto Costemalle, Luis
Felipe Bojalil, Adolfo Aguilar Zínser, Jorge Eugenio Ortiz Gallegos, Amalia García,
Joel Ortega, Gabino Fraga, Tatiana Clouthier, entre otros). Es del 9 de junio de
1994, que comenzaron a sostener reuniones de discusión y análisis de la
coyuntura política y tres semanas después comenzaron con las reuniones con los
actores del proceso electoral.
CUADRO 4.1.
Propuestas del grupo promotor de los Veinte Compromisos por la Democracia y
del Grupo San Ángel para afianzar la transición desde las campañas
presidenciales 1996
GRUPO PROPUESTA
Veinte
Compromisos por la
Democracia.
Promover ante las dirigencias nacionales de sus respectivos
partidos políticos, un acuerdo para vigilar la actuación imparcial
de los organismos electorales y la legitimidad y transparencia
de los comicios federales de agosto de 1994.
Grupo San Ángel. Las elecciones del 21 de agosto representan la gran
oportunidad para el avance democrático por la vía pacífica.
Como mexicanos preocupados por preservar la estabilidad y la
conformidad nacional, consideramos que es urgente llegar a un
compromiso o pacto de la concordia que garantice la legalidad y
limpieza del proceso electoral y la elaboración de una agenda
transitoria de modernización democrática para que el país
asegure la paz.
Propuesta para fortalecer la confianza y seguridad de los
ciudadanos en el resultado electoral:
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
217
1. Apertura y veracidad de los medios de comunicación.
2. Exhibición de las listas nominales y la realización de un
análisis muestral de las mismas.
3. Concentración de casillas para facilitar la labor de
observación.
4. Imparcialidad de los Consejeros Distritales y Estatales.
5. Apoyo a observadores electorales.
6. Opinión del Consejo General del IFE sobre la calidad del
proceso.
7. Calificación de la elección presidencial.
8. Información inmediata de los resultados de la elección.
9. El establecimiento de condiciones para celebrar las
elecciones en la zona del conflicto en Chiapas.
10. Promover la participación y la confianza en los procesos
electorales.
Llamamos a todos los mexicanos a participar en las elecciones
con su voto, y después de las elecciones, en un debate nacional
para elaborar la agenda que demanda el país. La reforma
política que asegure una plena separación de poderes, la
vigencia del federalismo y de un estado de derecho, y la
consignación de los derechos ciudadanos. La reforma social
que, en un contexto de equilibrios económicos, incorpore al
mercado, al empleo y al bienestar mínimo a las decenas de
millones de mexicanos actualmente condenados a la pobreza y
la exclusión.
La primer reunión del Grupo San Ángel fue con Diego Fernández de Cevallos el
29 de junio; con Cuauhtémoc Cárdenas el 14 de julio; con Ernesto Zedillo el 17 de
julio; con Carlos Salinas de Gortari el 18 de julio. Estas reuniones se
complementaron el 21 de julio con la reunión que sostuvieron con Jorge Carpizo,
secretario de Gobernación, y con los seis Consejeros Ciudadanos del IFE,
Santiago Creel Miranda, José Ortiz Pinchetti, Femado Zertuche, Miguel Ángel
Granados Chapa, José Woldenberg y Ricardo Pozas Horcasitas.
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
218
Para afinar con la presentación de los procesos de convergencia de
organizaciones sociales en el contexto electoral de 1994, es preciso hablar de la
Convención Nacional Democrática (CND), desarrollada del 6 al 9 de agosto, pero
cuyas disposiciones se dieron a raíz de la negativa del EZLN de firmar acuerdos
con el gobierno federal. En la Segunda Declaración de la Selva Lacandona el
EZLN hizo el siguiente llamado: "La actual legislación mexicana es demasiado
estrecha para estas nuevas relaciones políticas entre gobernantes y gobernados.
Es necesaria una CONVENCIÓN NACIONAL DEMOCRÁTICA de la que emane
un GOBIERNO PROVISIONAL o de TRANSICIÓN, sea mediante la renuncia del
Ejecutivo Federal o mediante la vía electoral. "CONVENCIÓN NACIONAL
DEMOCRÁTICA Y GOBIERNO DE TRANSICIÓN deben desembocar en una
nueva Carta Magna en cuyo marco se convoque a nuevas elecciones. El dolor que
este proceso significará para el país será siempre menor al daño que produzca
una guerra civil. La profecía del sureste vale para todo el país, podemos aprender
ya de lo ocurrido y hacer menos doloroso el parto del nuevo México." (EZLN:
México, 1996, pág. 273) Por otra parte, un número importante de organizaciones
firmaron la convocatoria a la CND, en la cual se estableció:
La Convención Nacional Democrática es el esfuerzo de organización
pacífica de la sociedad en contra del Partido de estado y por el tránsito a la
democracia, la libertad y la justicia. Es el esfuerzo constituido y plácido de la
sociedad para lograr un gobierno de transición democrática y una nueva
carta magna para nuestro México. Es el esfuerzo por el cambio democrático
como única posibilidad real de una paz con justicia y dignidad. (La jornada,
10 de julio de 1994, pág. 12)
De la realización de los trabajos de la CND, entre el 6 y el 9 de agosto de 1994, se
desprendió el acuerdo de asistir a las elecciones del 21 de agosto y emitir su voto
contra el PRI. En los días previos a la elección, el EZLN anunció el repliegue de
sus tropas para no interferir en las elecciones, y con ello facilitar la instalación de
casillas electorales.
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
219
4.2.3. La Presencia de las Estructuras Ciudadanas en la
Observación Electoral.
En los días posteriores al homicidio de Luis Donaldo Colosio, y ante el clima de
incertidumbre que privaba en el país, el secretario de Gobernación, Jorge Carpizo,
reafirmó el compromiso del Ejecutivo Federal de proseguir el proceso electoral tal
como se había acordado con los partidos políticos, un proceso cuyo objetivo era
definir los principios de legalidad, imparcialidad, certeza y objetividad. En ese
sentido, el debate en torno a la observación del proceso se convirtió en parte
sustancial de la agenda de actores políticos y grupos organizados de la sociedad
civil.
Si bien el tema de la observación era un aspecto novedoso para las elecciones en
México, lo que más causó revuelo era la posibilidad de que llegaran observadores
extranjeros a vigilar el proceso. Un tema tabú en el sistema político mexicano,
calificado por el común denominador de los políticos mexicanos como un acto de
intrusión extranjera que vulneraba la soberanía nacional. Asimismo, algunos
sectores de la oposición consideraban que la actividad de los observadores
contribuía a transparentar el proceso.
Estas últimas líneas son sólo un reflejo del ambiente en el cual se suscitaban las
referencias a la transparencia y credibilidad del proceso. Sin embargo, se
demandaban de acciones más concretas por parte del IFE y de las autoridades
mexicanas para convencer sobre su compromiso con la observación del proceso.
De esa manera, el 10 de mayo de 1994 Jorge Carpizo le envió una carta al
Secretario General de las Naciones Unidas, Boutros Ghali, para solicitarle ayuda
técnica para las organizaciones nacionales de observación electoral.
Este último punto es muy importante, pues el debate había girado sobre la
negativa de que informaran agentes extranjeros en la calificación del proceso,
pero al pedir la intervención de la ONU quedaba establecido que no se enviarían
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
220
observadores, sino un grupo de especialistas en materia electoral para brindar,
única y exclusivamente, asistencia técnica, dejando la labor de la observación
para los grupos organizados de la sociedad civil mexicana. En ese sentido, la
ONU daría asistencia no a la autoridad electoral, sino a las organizaciones de
observadores, y no habría observadores extranjeros, pues esa labor se reservaba
exclusivamente para las organizaciones nacionales.
CUADRO 4.2.
Las redes sociales en el contexto de la campaña presidencial.
Redes ciudadanas
Antecedentes (1991-1993)
Academia Mexicana de Derechos Humanos (AMDH); Convergencia de Organismos Civiles por la Democracia; Acuerdo Nacional para la Democracia (ACUDE); Consejo para la Democracia; Movimiento Ciudadano para la Democracia (MCD); Fundación Arturo Rosenblueth; Desarrollo Humano Integral, Asociación Civil (DHIAC); Mujeres en Lucha por la Democracia (MLD); Instituto Superior de Cultura Democrática.
Contexto de 1994
Alianza Cívica, red de observación electoral integrada por: Convergencia Democrática; MCD; ACUDE; AMDH; Fundación Arturo Rosenblueth; Instituto Superior de Cultura Democrática; Consejo para la Democracia. Cruzada Democrática Nacional por el Sufragio Efectivo, integrada por: Academia Mexicana de Derecho Electoral; Asociación Mexicana de Profesionales Independientes; Asociación Nacional de Abogados Colegio de Abogados de México; Asociación Nacional de Padres de Familia; Colegio Nacional de Cirujanos Dentistas; Colegio Nacional de Egresados de Posgrado en Derecho; Fundación Nacional de Colegio de Abogados; Sociedad Mexicana de Autores de las Artes Plásticas.
Grupos de observadores
Financiados por la ONU
Alianza Cívica. Cruzada Democrática Nacional por el Sufragio Efectivo. Centro de Estudios y Promoción Social (CEPS-Caritas). Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) Organización Nacional de Observación Electoral del Magisterio (ONOEM). Asociación Cultural Gran Logia "Valle de México". Asociación Nacional Cívica Femenina. Centro Cívico de Solidaridad. Club de Rotarios. Colegio Nacional de Licenciados en Administración. Consejo Nacional de Egresados de Posgrado en Derecho. Comisión Mexicana de Derechos Humanos. Instituto de Estudios para la Transición Democrática. Presencia Ciudadana.
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
221
Otros Frente Mexicano Pro-Derechos Humanos (FMPDH). Consejo Nacional de Derechos de la Mujer (CNDM). Central Reivindicadora de Acción Social (CRAS). Otras sin apoyo de la ONU: Movimiento por la Certidumbre. Universitarios por la Legalidad. Juventud 94.
La ayuda técnica pedida por el gobierno mexicano a la Organización de las
Naciones Unidas para la observación electoral, alentó aún más el interés de la
ciudadanía por el proceso, pero quienes atesoraron dicha iniciativa fueron los
grupos organizados que, con antelación manifestaron interés por participar en el
proceso, toda vez que aunada a la ayuda técnica la ONU, se comprometió
también a financiar algunas labores de las organizaciones mexicanas de
observación electoral.
El contexto electoral de 1994 ha colocado a Alianza Cívica como el más visible
esfuerzo de las organizaciones ciudadanas por integrarse a la vigilancia del
proceso; sin embargo, aparecieron más (Ver cuadro 4.2). La labor de la
observación se vio fortalecida por el apoyo financiero proveniente de tres fuentes:
mediante el fondo del Equipo Técnico de las Naciones Unidas en México (ETONU-
MEX); del Fideicomiso para la Democracia, integrado con recursos provenientes
del IFE y la iniciativa privada y, por último, los recursos provenientes de algunas
organizaciones internacionales.
El equipo técnico de la ONU (ETONU-MEX) otorgó recursos por un total de
$4'754,625.00 dólares, de los cuales un total de $2'237,679.00 dólares se
distribuyeron en recursos humanos y materiales destinados para los cursos de
observación impartidos a las organizaciones ciudadanas, y los restantes $2'615,
946.00 dólares fueron proporcionados a las organizaciones como se puede
observar en el cuadro 4.3.
En relación al Fideicomiso para la Democracia éste se constituyó el 28 de julio de
1994, contando, en un primer momento, con $3.5 millones de pesos, unos días
después los fondos de dicho fideicomiso se incrementaron a $6' 075 000. 00
pesos. El objetivo era incrementar la presencia y observación en las casillas
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
222
electorales de zonas rurales de difícil acceso. (Para un manejo adecuado de los
recursos se integró un Comité Técnico del Fideicomiso para la Democracia. Entre
los integrantes de dicho Comité se encontraban: Luis Germán Cárcoba, presidente
del Consejo Coordinador Empresarial; José Antonio Crespo, investigador de El
Colegio de México; Alejandro Gómez Mont, abogado postulante; Juan Diego
Gutiérrez Cortina, presidente del Grupo GUTSA; Gastón Azcárraga Andrade,
presidente de Posadas de México, y la escritora Elena Poniatowska.)
Por otra parte, los recursos del exterior fluyeron particularmente para Alianza
Cívica/Observación 94. Los recursos provinieron de la Fundación Nacional para la
Democracia ($155 mil dólares); el Instituto Nacional Democrático ($50 mil dólares);
la Fundación Este-Oeste ($8 mil dólares); y el Comité Católico de Francia ($1, 600
dólares).
CUADRO 4.3 Financiamiento de la ETONU-MEX para la observación
electoral
GRUPOS DE OBSERVACIÓN NACIONAL MONTO
OTORGADO Alianza Cívica/ Observación 94. $1'331, 000.00
Consejo Nacional de Egresados de Posgrado en Derecho A.C.
(Conepod y Cruzada).
$ 349, 800.00
Presencia Ciudadana. $ 297,352.00 Colegio Nacional de Licenciados en Administración (Conla). $ 155,000.00 Centro de Estudios y Promoción Social (CEPS-Caritas). $ 99,988.00 Academia Mexicana de Derechos Humanos. $ 99,650.00 Comisión Mexicana de Derechos Humanos. $ 99,650.00 Asociación Nacional Cívica Femenina (Ancifem). $ 59,122.00 Central Reivindicatoría de Acción Social (CRAS). $ 43,912.00 Frente Mexicano Pro-Derechos Humanos. $ 29,967.00 Centro Cívico de Solidaridad (Cecisol). $ 29,550.00 Instituto de Estudios para la Transición Democrática (IETD). $ 20,805.00 Total $2'615,796.00
FUENTE: Ricardo Pozas Horcasitas (1997). "La observación electoral: una modalidad de la
militancia ciudadana". Revista Mexicana de Sociología. Núm. 2 (abril-junio), p. 38.
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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Con estos incentivos, las redes sociales de organizaciones de observación
electoral incrementaron su presencia en el ámbito nacional, contribuyendo
sobremanera a transparentar el proceso y a otorgarle una alta dosis de
legitimidad. La labor de las organizaciones de observación se complementó con
propuestas alternas de organizaciones de ciudadanos que le dieron un toque
particular al proceso electoral de 1994.
Los procesos de congregación social analizados en este capítulo nos indican dos
claras tendencias; la primera se orienta a presentar el campo electoral como la
opción de participación política concreta mediante la cual se aprovechan los
espacios blandos o frágiles de la red autoritaria. La segunda, amplió esta visión
sobre las elecciones, propuso una participación activa en la vigilancia de las
diferentes etapas del proceso electoral, llevó a cabo la coyuntura de redes
ciudadanas por la democracia, las cuales impulsaron la observación electoral y en
el diseño de propuestas ciudadanas para transparentar el proceso como sus
rasgos más característicos.
En ambas predisposiciones el campo electoral adquiere una significativa
importancia, ambas contribuyen a delinear una propuesta más amplia que enfatiza
que el cambio político en México transita por el espacio electoral. Los mecanismos
de transferencia del poder y el funcionamiento de la red autoritaria son cada vez
más cuestionados ya no sólo por los partidos políticos o por los grupos en el
interior del partido gobernante, la exposición de este capítulo resalta que desde el
ámbito social la lógica autoritaria fue cuestionada, pero tuvieron que pasar por un
proceso de maduración para establecer ese vínculo entre cambio y elecciones,
entre movilización social y participación política.
La relación entre movimientos y partidos queda plenamente ilustrada. El
crecimiento electoral que la oposición manifestó durante las campañas electorales
de 1988 y 1994, fue producto de la maduración, desde el ámbito local y regional,
de una idea de participación política que contribuyó a un desgaste del PRI y a un
crecimiento exponencial de la oposición partidista en México. En otras palabras, el
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
224
contexto de la transición mexicana y su relación con el desarrollo de las campañas
presidenciales en México, muestra una clara tendencia hacia formar alianzas
estratégicas entre partidos y movimientos sociales, la idea era clara: propiciar
cambios en el autoritarismo mexicano, impulsar la apertura del régimen político,
aprovechando la cada vez más endeble legitimidad de la red política con los
movimientos sociales.
La coalición a la que se hace referencia fue madurando hasta constituirse en una
presión para el régimen autoritario por dos frentes, por medio del crecimiento
electoral de la oposición y por medio de la organización ciudadana deseosa de
transparentar los mecanismos de transferencia del poder en México, lo cual
implicó presionar por medio de la observación electoral. Estas presiones
orientadas a acelerar la apertura política quedan constatadas en la efervescencia
en torno a las dos campañas presidenciales de la oposición en 1988, con
Cárdenas, impulsada por las organizaciones populares, y la campaña de
Clouthier, fortalecida con la efervescencia de los estratos medios. Por otra parte,
la campaña de 1994 fue el punto de llegada de toda una movilización social
constituida en redes ciudadanas que decidieron actuar directamente en el proceso
electoral por medio de la observación electoral y por medio del diseño de
propuestas de apertura y cambio electoral concentradas entre las propias
organizaciones y asimiladas por los candidatos presidenciales.
Ahora bien, el tema del cambio electoral es todavía más amplio y puede ser
recuperado en torno a las discusiones sobre las reformas electorales que tuvieron
como referente las evaluaciones del desarrollo y contexto de las dos campañas
presidenciales.
4.3. Convenios Políticos para Robustecer el Proceso Electoral.
El año electoral de 1994 inicia con dos eventos que cambian sustancialmente los
temas de la agenda política nacional. Primero, entró en vigor el Tratado de Libre
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
225
Comercio (TLC) firmado por los gobiernos de México, Estados Unidos y Canadá,
con lo cual el proceso integración económica era sobredimensionado por el
entonces Presidente de la República, Carlos Salinas de Gortari.
Por otra parte, ese mismo día, el primero de enero de 1994, indígenas de varios
municipios del estado de Chiapas, organizados en el Ejército Zapatista de
Liberación Nacional (EZLN), emitieron una declaración de guerra al ejército federal
y al gobierno de Carlos Salinas de Gortari y se declararon por un gobierno de
transición.
Por tanto, en apego a nuestra Constitución, emitimos la presente: al ejército
federal mexicano, pilar básico de la dictadura que padecemos, monopolizada por
el partido en el poder y encabezada por el ejecutivo federal que hoy detenta su
jefe máximo e ilegítimo, Carlos Salinas de Gortari.
Conforme a esta Declaración de guerra pedimos a los otros Poderes de la Nación
se aboquen a restaurar la legalidad y la estabilidad de la Nación deponiendo al
dictador. (Ejército Zapatista de Liberación Nacional, 1996. México. pág. 33-35.)
Este hecho marca el inicio de un conflicto político-militar que capta la atención de
la sociedad nacional e internacional que pugnan por una salida política al conflicto.
Una salida que fortalezca el marco institucional y que diluya la posibilidad de
generar un conflicto político-electoral. En ese contexto, los partidos y los
candidatos presidenciales rápidamente se pronunciaron (ver cuadro 4.4)
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
226
CUADRO 4.4
Primeros pronunciamientos de los candidatos presidenciales del PRI, PRD y PAN
ante el conflicto en Chiapas.
CANDIDATO PRONUNCIAMIENTO LUIS DONALDO COLOSIO
"Ningún conflicto, ninguna diferencia, ninguna aspiración puede ser motivo para vulnerar la paz social y poner en riesgo la vida de los mexicanos. La violencia sólo engendra encono, división y pérdida de vidas humanas. Con la violencia todos perdemos. Los rezagos sociales a todos indigna, superarlos es tarea nacional prioritaria, pero sólo lo podemos hacer con estabilidad y armonía en la vida de las comunidades. Somos una nación que ama la libertad, que cree en el diálogo y en la convivencia pacífica y que rechaza el derramamiento de sangre como método para resolver diferencias. Al repudiar los hechos de violencia en Chiapas, reafirmamos la vocación humanista de nuestro pueblo. Exhortamos a quienes hoy se han alejado del marco de la ley a respetar el Estado de derecho que los mexicanos nos hemos dado y cumplir así los altos fines de la nación." (Texto íntegro de la carta enviada por Luis Donaldo Colosio a los candidatos presidenciales el día 6 de enero de 1994, publicada en La Jornada, 7 de enero de 1994, pág. 15.)
CUAUHTÉMOC CÁRDENAS
"Hacemos un llamado a que cesen las hostilidades, de modo que puedan darse los pasos necesarios para encontrar una solución política al conflicto que se vive en Chiapas. [...] Convocamos a las partes en conflicto y a las autoridades civiles para que faciliten la labor y garanticen la seguridad de quienes profesionalmente cumplen tareas de socorro médico y de información en la zona, a fin de que la República pueda contar con un conocimiento veraz y amplio de los sucesos. Manifestamos nuestra decisión de apoyar todos los esfuerzos que desde la sociedad y en particular desde las organizaciones nacionales e internacionales de derechos humanos, puedan contribuir a la solución del conflicto. Expresamos finalmente nuestra preocupación porque se instituya en nuestro país un orden político de paz, justicia, progreso y democracia, que sólo puede surgir de respeto irrestricto al voto de los ciudadanos, a la ley y a los derechos humanos, para que no vuelva nuestro país a sufrir tragedias como la que hoy vive el estado de Chiapas." (Extractos de la carta enviada por Cuauhtémoc Cárdenas a los candidatos presidenciales el día 6 de enero de 1994, publicada en La jornada, 7 de enero de 1994, pág. 15.)
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DIEGO FERNÁNDEZ DE CEVALLOS
"Sólo en un Estado de derecho podremos encontrar la justicia y prosperidad que la población requiere, por lo que debemos exhortar a quienes han optado por la sinrazón de la violencia a que desistan de su desafío que únicamente podrá generar desolación y muerte, así como dificultar las soluciones de fondo. [...] Por ello resulta un deber insoslayable de líderes y dirigentes políticos y sociales que, más allá de intereses o conveniencias de grupos, apoyemos decididamente todos aquellos esfuerzos que lleven al diálogo honesto y al entendimiento maduro para superar la crisis de derramamiento de sangre, y que nuestro reconocimiento a las fuerzas armadas en su defensa de la sociedad no debe entenderse como una opción represora, sino como el respeto a su sacrificio para preservar el derecho y garantizar la paz de la nación. Como candidatos a la Presidencia de la República debemos ratificar, además, nuestro deber y compromiso de apoyar y promover todo aquello que garantice un proceso electoral federal justo y sometido rigurosamente al marco jurídico vigente. El futuro de México dependerá, en buena medida, del cumplimiento de este deber moral fundamental." (Extractos de la carta enviada por Diego Fernández de Cevallos a Cuauhtémoc Cárdenas y a Luis Donaldo Colosio el día 6 de enero de 1994, publicada en La jornada, 8 de enero de 1994, pág. 19).
El impacto inicial del levantamiento indígena provocó una serie de declaraciones
de todos los actores políticos. Los candidatos presidenciales, coincidieron en
señalar la importancia de reestablecer el Estado de derecho mediante una salida
política al conflicto. Mediante un intercambio epistolar, como se observa en el
cuadro 4.4 dejaron asentadas sus primeras impresiones sobre el conflicto y la
solución del mismo.
Más allá del sentido original de estas propuestas que era sumar adhesiones de
todos los candidatos presidenciales para que fuesen presentadas como una
declaración conjunta, saltan a la vista algunos aspectos relevantes. Por principio
de cuentas, se rechaza la violencia, piden respeto al Estado de derecho, diseñan
el diálogo como medida de solución política y, el elemento más importante, tanto
en Cárdenas como en Fernández de Cevallos, el respeto al voto y la garantía de
un proceso electoral justo para afianzar la pacificación y la democracia en el país.
El argumento sobre la conexión entre la salida política al conflicto y el
fortalecimiento electoral para garantizar resultados creíbles se presentó como una
prioridad para los actores políticos que participaron en el proceso electoral. El
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228
compromiso de los candidatos presidenciales para apoyar todas las iniciativas
dirigidas a tales objetivos facilitó el acercamiento entre partidos. Primero, para
integrar un grupo plural de legisladores que evaluaran el conflicto y propusieran
alguna solución al conflicto; posteriormente, el 7 de enero, el exhorto de los
partidos, ante el Instituto Federal Electoral (IFE), para asegurar la realización
pacífica de las elecciones. (IFE, 1994. www.ife.org.mx consultada en noviembre
de 2004).
Pero sin duda los eventos definitivos para establecer el diálogo con el EZLN y para
avanzar en la fortaleza electoral, fueron los nombramientos realizados por Carlos
Salinas el 10 de enero. Ese día, Manuel Camacho Solís dejó la Secretaría de
Relaciones Exteriores para ser nombrado Comisionado para la Paz y la
Reconciliación en Chiapas. Asimismo, Jorge Carpizo dejó su cargo en la
Procuraduría General de la República para ocuparse de la Secretaría de
Gobernación, y Diego Valadés fue nombrado titular de la Procuraduría General de
la República.
El regreso de Camacho Solís al primer plano de la política nacional tuvo
consecuencias muy importantes. Por principio de cuentas quedó de manifiesto su
capacidad negociadora, en pocos días estableció contacto con el grupo armado y
al cabo de unas semanas inició el diálogo con la dirigencia del EZLN. Por otra
parte, su regreso propició una nueva competencia política con Luis Donaldo
Colosio, candidato presidencial del PRI, en la cual resaltaban las dificultades para
realizar con normalidad la campaña presidencial.
Por otra parte, el nombramiento de Jorge Carpizo, como nuevo secretario de
Gobernación adquirió una importancia sin precedente para la vida política en el
país. Carpizo se reconocía a sí mismo sin militancia partidista, (En la UNAM Jorge
Carpizo tuvo una trayectoria académica destacable, fue director del Instituto de
Investigaciones Jurídicas, fue coordinador de Humanidades, además fue Abogado
General y Rector de la UNAM. Asimismo fue Ministro de la Suprema Corte de
Justicia, presidente fundador de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
229
titular de la Procuraduría General de la República.) Por lo que su nombramiento
como secretario de Gobernación y, al mismo tiempo, presidente del Consejo
General del IFE, le imponían dos tareas de extrema importancia: mantener la
estabilidad política en el país y concretar acuerdos que garantizaran la realización
de las elecciones como se tenían programadas.
En suma, con estos cambios el gobierno federal comenzó a actuar en dos frentes
para normalizar la situación en el país. Por una parte, con un personaje que
dialoga directamente con los actores políticos en la zona del conflicto y, por otra,
con un personaje que garantizaba mayor confianza a los partidos políticos con
miras a la preparación de los comicios de ese año.
Las disposiciones del gobierno federal se complementan con la decisión de
ordenar el cese al fuego unilateral en Chiapas (Salinas de Gortari anunció así el
cese al fuego: "Tomando en cuenta que el Ejército Mexicano ha alcanzado ya el
primer objetivo en su misión constitucional de garantizar la seguridad en la región,
tomando en cuenta el sentimiento y la opinión de la nación y, por las propias
convicciones del Presidente de la República, con toda responsabilidad he tomado
la decisión de suspender toda iniciativa de fuego en el Estado de Chiapas".
"Mensaje de Carlos Salinas de Gortari en el que ordena el cese al fuego unilateral
en Chiapas", publicado en La Jornada, 13 de enero de 1994, pág. 5.) y con la
oferta de perdón para los integrantes del EZLN que aceptaran la paz y la
legalidad. El cese al fuego facilitó los acercamientos entre Manuel Camacho Solís
y la dirigencia del EZLN y el posterior inicio del diálogo para buscar la pacificación
del estado.
Por otra parte, La Ley de Amnistía fue aprobada por la Cámara de Diputados el 20
de enero y por el Senado de la República un día después, con lo cual se tendieron
los caminos para una distensión momentánea del conflicto en Chiapas.
Los cambios en el gabinete presidencial y las medidas tomadas por el titular del
Ejecutivo federal allanaron el camino de la negociación política. Pero en el
ambiente político rondaba la conexión entre la pacificación y el desarrollo de un
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
230
proceso electoral creíble y transparente. Aunado a ello se encontraban las
propuestas iniciales de Luis Donaldo Colosio para dar mayores garantías de tener
una competencia apegada a la legalidad.
La demanda de legalidad y transparencia en el proceso electoral había sido
apropiada por Cuauhtémoc Cárdenas desde el anterior proceso de 1988 y, ante la
coyuntura de enero de 1994, su discurso encontró la fórmula para justificar
mayores cambios en el ámbito electoral y para contrarrestar las reformas al
artículo 27 constitucional, referentes a la propiedad de la tierra, que se realizaron
en el contexto de las negociaciones del TLC.
Como ya se había señalado en el apartado sobre los procesos de selección de
candidatos, Cuauhtémoc Cárdenas intentó capitalizar un mayor apoyo por parte
de organizaciones sociales y políticas externas a su Partido. Esta estrategia fue
clave para que durante los primeros días de 1994 se presentara como interlocutor
de las organizaciones de la sociedad civil movilizadas contra el enfrentamiento
armado y que propugnaban por una salida política al conflicto.
La habilidad para enlazar los eventos en Chiapas y un proceso electoral
transparente quedaron de manifiesto en un documento hecho público el 5 de
enero de 1994. En dicho documento, el candidato del PRD elaboró un balance
sobre las causas sociales que propiciaron el conflicto armado, determinando que
el restablecimiento de la paz sólo era posible con la construcción de un nuevo
orden político donde predominara la justicia, el bienestar y la democracia. Para
que ello se requería fortalecer a las instituciones político-electorales mediante una
mayor participación y observación del proceso electoral. Además se agregaba lo
siguiente:
Organicémonos todos en todo el país, en todas las ciudades y pueblos, en
una gran Alianza mexicana por la democracia, en una red nacional de
comités por la democracia locales y regionales, que controlen la elección,
garanticen la democracia y la libertad durante la campaña electoral;
organicen nuestros representantes de casilla en una red que cubra hasta la
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
231
última urna y que defienda en cada casilla las actas y el resultado electoral
verdadero y legítimo para todos los partidos; y que están dispuestos a
movilizar a todo el país al unísono si el gobierno pretende, una vez más,
imponer por el fraude y la violencia a sus candidatos. (Cárdenas, 1994, pág.
17)
La constitución de una alianza ciudadana, una red nacional por la democracia,
como estrategia para conectar la movilización social y la demanda de
democratización eran una contribución de las organizaciones de la sociedad civil y
se presentaban en el discurso de Cárdenas como una alternativa viable para
coordinar acciones encaminadas a evitar el fraude electoral. La vigilancia del
proceso electoral fue la primera demanda concreta de Cárdenas para
transparentar el proceso.
Su aproximación con las organizaciones sociales lo llevaron a ser el orador
principal en la Marcha por la Paz en Chiapas, realizada el 12 de enero de ese año
en la ciudad de México. En dicho acto se reunieron cerca de 100 mil asistentes
convocados por organizaciones sociales y personalidades públicas. Ese mismo
día, se hizo público un nuevo pronunciamiento de Cárdenas sobre el conflicto en
Chiapas y la transparencia del proceso electoral.
La movilización de la sociedad nacional constituye la garantía para obtener una
paz justa porque cuando la sociedad se desmoviliza las promesas no se cumplen.
La política que adopte el gobierno a partir de los cambios administrativos
anunciados definirá sus intenciones últimas. Sólo un plan de paz que reemplace la
estrategia de guerra y la voluntad manifiesta de abrir, mediante elecciones
legítimas y transparentes, una vía pacífica a las demandas nacionales hará
posible la solución verdadera del conflicto. Para avanzar hacia esa transición a la
democracia debe convocarse al Congreso de la Unión a un periodo extraordinario
de sesiones a efecto de debatir y aprobar las reformas legales y los acuerdos
políticos, que garanticen el desarrollo imparcial y equitativo del proceso electoral
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
232
bajo la responsabilidad de los ciudadanos y los partidos políticos". (Cárdenas,
1994, pág. 17).
La novedad en esta declaración radica en la demanda para que el Congreso de la
Unión convocara a un periodo extraordinario de sesiones y que se llevaran a cabo
nuevas reformas electorales. Este pronunciamiento propició un intenso debate
entre los dirigentes de los partidos políticos, los candidatos presidenciales y los
legisladores, pues cabe mencionar que unos meses antes se había llevado a cabo
la segunda reforma electoral del sexenio de Carlos Salinas. Para priístas y
panistas no era necesario reformar el Código Federal de Instituciones y Procesos
Electorales (Cofipe), sino, al contrario, cumplir con las disposiciones legales para
avanzar en un proceso más equitativo.
Estos eventos enredaron la presencia pública del candidato priísta Luis Donaldo
Colosio. Por una parte, se incorporaba Manuel Camacho Solís, su principal
contendiente en el proceso de nominación interna del PRI, al contexto político para
realizar el trabajo de la pacificación en Chiapas. Por otra parte, el creciente
protagonismo de Cuauhtémoc Cárdenas durante los primeros días de enero de
1994, que se conjugaba con la articulación de un discurso que insistía en realizar
nuevos cambios electorales.
Los eventos antes referidos sellaron el inicio de una campaña electoral que
también se orientó a presentar propuestas para incrementar la confianza en el
proceso electoral. El 11 de enero de ese año, Luis Donaldo Colosio propuso que el
IFE disminuyera los gastos de campaña para las elecciones presidenciales.
Estoy convencido de que no es el momento de reparticiones que no son
congruentes con los principios de equidad y de proporcionalidad que la ley
determina, sino que son tiempos de eficiencia y responsabilidad. Esa es mi
convicción; deseo que el PRI ejercite un nivel de gasto de campaña que sea
congruente con el reclamo ciudadano de austeridad, de prudencia, de
responsabilidad. Por eso, en mi campaña presidencial he propuesto que los
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
233
gastos se publiquen en cifras sensiblemente inferiores al tope fijado por la ley.
(Colosio, 1994, pág. 287-288.)
En un tiempo corto se presentaban propuestas para garantizar la paz social
mediante el fortalecimiento del proceso electoral. Pero faltaba más, la tónica del
debate se acotó el 22 de enero con la presentación pública de dos propuestas
para construir consensos sobre la transparencia del proceso.
CUADRO 4.5. Propuestas de Cuauhtémoc Cárdenas y de Diego Fernández de
Cevallos para transparentar el proceso electoral.
Cuauhtémoc Cárdenas Imparcialidad de la autoridad electoral. Que los integrantes de los consejos generales, locales y distritales del IFE con derecho a voto sean cinco ciudadanos de reconocida e incuestionable aptitud y honestidad y sin fijación partidista.
Plena confiabilidad del padrón electoral. Cumplir con la entrega de credenciales de elector, exhibir las listas nominales, entregar las mismas a los partidos políticos.
Garantías de financiamiento legal y a la imparcialidad de los medios concesionados de comunicación social. Exigir al gobierno que asegure el acceso igualitario los medios de comunicación masiva.
Protección constitucional mínimamente accesible y efectiva. Sustituir el régimen de excepción del Tribunal Federal Electoral, incompetente y arbitrario, inaccesible e inefectivo para proteger los derechos del ciudadano a votar y ser votado. (Cuauhtémoc Cárdenas. "La limpieza electoral es la condición para la estabilidad política, México, D.F. 21 de enero de 1994." Publicado en Voz y voto, No. 12, febrero de 1994, pág. 72.)
FERNÁNDEZ DE CEVALLOS. En el ámbito de las autoridades. Nombramiento de funcionarios de reconocido prestigio, de autoridad moral y sin militancia partidista.
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
234
En cuanto a la equidad que debe observarse en la contienda. Fijar un tope de gastos de campaña a la décima parte de lo aprobado por el IFE en el mes de diciembre de 1993. Además, poner a disposición de los partidos políticos espacios equitativos en radio y televisión.
En el ámbito de la jornada electoral. Garantías para el ejercicio libre y secreto
del voto. Nombramiento de un fiscal especial para delitos electorales. Contar con resultados electorales el mismo día de la jornada electoral. Además, del otorgamiento de facilidades para los observadores electorales.
En materia del padrón electoral. Promover una auditoria externa al padrón electoral. Asimismo, acceso a la base de datos a los partidos políticos.
En cuanto a la relación PRI-Gobierno. Evitar, por parte de funcionarios públicos, los apoyos ilícitos a favor de algún partido político. Separar en los medios de comunicación la información y propaganda gubernamental de las del Partido Revolucionario Institucional. (Diego Fernández de Cevallos y Carlos Castillo Peraza "Democracia para la paz. México D.F. 21 de enero de 1994". Publicado en Voz y voto, No. 12, febrero de 1994, pág. 70.)
Con estas promesas en mano, el secretario de Gobernación, Jorge Carpizo, inició
un proceso de negociación con los dirigentes de los partidos políticos y los
candidatos presidenciales para instaurar acuerdos para garantizar el desarrollo de
los comicios en un ambiente de mayor tranquilidad para el país.
Las negociaciones fructificaron el 27 de enero de 1994 con la firma de un
documento por ocho de los nueve candidatos presidenciales; el Partido Popular
Socialista (PPS) se negó a avalarlo. En dicha sesión del Consejo General del IFE
Jorge Carpizo hace algunas puntualizaciones: "México necesita que la elección
federal de 1994 sea imparcial, transparente, creíble, objetiva y aceptable por la
sociedad y las organizaciones políticas. "México necesita que se hable con la
verdad, que los resultados electorales sean aceptados por todos, porque no dejan
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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vacíos interpretativos ni dudas [...] En este momento lo más importante es lograr
consensos en el Consejo General de este Instituto para perfeccionar instrumentos
electorales y que realmente los partidos políticos estén actuando con objetividad e
imparcialidad. Algunos de estos acuerdos se refieren, entre otros, a tiempos
equitativos en los medios masivos de comunicación, a auditoría externa del
padrón electoral, a observadores y al manejo de los recursos financieros." (Jorge
Carpizo, México, 1994. en www.ife.org.mx página consultada en septiembre de
2004).
El documento conocido con el nombre de Compromiso por la Paz, la Democracia
y la Justicia, era una contribución para la paz y para la realización de una elección
imparcial en 1994. En dicho documento, además de tocar aspectos relevantes al
crecimiento económico, las políticas públicas y el fortalecimiento de la
autodeterminación de México, se establecieron algunas condiciones para lograr
una elección imparcial:
1. Imparcialidad de las autoridades electorales, eligiendo o ratificando para
cada uno de los niveles a ciudadanos aptos, imparciales y honestos. El
criterio que guiará el nombramiento será el de la consulta y el consenso
entre las fuerzas políticas.
2. Plena confiabilidad del padrón electoral, de las credenciales y las listas
nominales, dando las garantías que han sido demandadas por los
partidos y la opinión pública, entre ellos el acceso permanente a las
bases de datos e imágenes del Registro Nacional de Electores y la
auditoría externa al padrón respectivo.
3. Garantías de equidad en los medios de comunicación masiva,
aprovechando los tiempos del Estado y promoviendo que los medios
concesionados contribuyan eficazmente al fortalecimiento del proceso
democrático. Se propiciarán nuevos espacios e iniciativas que
favorezcan la participación, objetividad y respeto de todas las fuerzas
políticas.
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
236
Esto garantizará, la comunicación de los candidatos con los ciudadanos
y la presentación de sus programas y puntos de vista sobre los asuntos
más relevantes para la vida del país.
4. Impedir el uso de los recursos y programas públicos a favor de cualquier
partido político o campaña electoral.
5. Realizar, una vez concluido el proceso electoral en curso, una revisión
del sistema de financiamiento para los partidos políticos, a fin de
incorporar, en su caso, las precisiones que se estimen conducentes.
6. Revisar aquellos puntos de la reciente reforma al Código Penal que
pudieran llevar a restricciones a derechos políticos fundamentales.
7. Para dar mayor garantía de legalidad al proceso electoral, se expondrá
ante la Procuraduría General de la República la posibilidad de nombrar
un fiscal especial para perseguir delitos electorales.
8. En consecuencia, lo que hoy resulta indispensable son decisiones en
materia electoral que confirmen este irrevocable compromiso
democrático para salvaguardar los derechos políticos fundamentales. Si
la aplicación de estas decisiones requirieran de adecuaciones legales,
se procederá al efecto, previo consenso de los partidos firmantes,
convocando a través de nuestros representantes populares, en términos
de ley, a un periodo extraordinario de sesiones del Congreso. (La
jornada, 28 de enero de 1994, pág. 11).
Con la firma del Compromiso por la Paz la Democracia y la Justicia, se
recuperaban las propuestas esbozadas por los candidatos presidenciales del PRD
y del PAN. En dicho documento, de igual manera, se invitaba a la sociedad civil y
a todos aquellos ciudadanos interesados en el avance democrático a que se
sumaran al acuerdo político y así avanzar significativamente hacia una elección
con alta dosis de credibilidad.
El compromiso pluripartidista, asimismo, representaba un paso importante en la
construcción de un consenso político para que el proceso electoral contribuyera a
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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preservar la paz social en el país. Ahora bien, los puntos establecidos en dicho
documento no se iban a cumplir por sí mismos. EL comienzo del régimen se
lograba a marchas forzadas, la cual incluía el compromiso del candidato
presidencial del PRI, Luis Donaldo Colosio, para apoyar la transparencia del
proceso.
Para contrarrestar las críticas del candidato del PRD, el priísta Luis Donaldo
Colosio decidió, el 3 de febrero, hacer una propuesta que contemplaba seis
medidas adicionales para afianzar la confianza ciudadana en el proceso electoral.
Propuestas que intentaban ser el pilar de una negociación pluripartidista para
concretar los acuerdos del 27 de enero. Las seis medidas eran las siguientes:
1. Que el Instituto Federal Electoral convoque a representantes de las
fuerzas políticas a revisar, evaluar y decidir en forma conjunta sobre las
objeciones fundadas que sobre cualquier funcionario electoral tengan los
partidos.
2. Que cada partido proporcione sus propuestas para integrar por
consenso un comité de ciudadanos imparciales, aptos y de reconocido
prestigio profesional, que en unión con los organismos electorales
presenten al IFE una propuesta para la auditoria externa al listado
electoral y la entrega de credenciales.
3. Que el presidente del Consejo General y el director del IFE, Jorge
Carpizo y Arturo Núñez, respectivamente, soliciten del gobierno federal
la cesión gratuita de parte del tiempo que por ley corresponde al estado
en radio y televisión.
4. Que los observadores formulen criterios que, aprobados por el IFE, sean
presentados a la autoridad competente y en especial a la Secretaría de
la Contraloría General de la Federación (Secogef) y la Contaduría Mayor
de Hacienda.
5. Que el presidente del Consejo General del IFE, Jorge Carpizo, explore
con el procurador general de la República, Diego Valadés, la posibilidad
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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de nombrar un fiscal especial para delitos electorales y que el caso sea
analizado en la próxima sesión del Instituto.
6. Crear a la brevedad un grupo de observadores nacionales que
contribuya a concretar los compromisos y dé fe del cumplimiento de los
acuerdos a los que se arribe y en general del estricto cumplimiento de la
ley por parte de las autoridades, de los partidos y de los candidatos. (La
jornada, 4 de febrero de 1994, pág. 17)
Pese a que la iniciativa de Colosio resultaba interesante para concretar los
compromisos suscritos por los candidatos presidenciales, ésta se presentaba de
manera unilateral por el candidato priísta en un contexto donde se apelaba a la
construcción de acuerdos consensuados por los partidos políticos. Esa es la razón
por la cual éstos son desestimados por los candidatos del PAN, Diego Fernández
de Cevallos, y del PRD, Cuauhtémoc Cárdenas.
En relación a este último personaje, se había hecho la anotación que una de sus
demandas era convocar a un periodo extraordinario de sesiones del Congreso de
la Unión para que se discutieran y aprobaran las reformas constitucionales
requeridas para la pacificación de Chiapas, así como para garantizar un proceso
electoral creíble. En ese sentido, el documento Compromiso por la Paz, la
Democracia y la Justicia, fue interpretado por el candidato presidencial del PRD,
como la oportunidad de concretar dichas reformas.
El discurso de Cárdenas tomó un claro matiz nacionalista, en particular al plantear
una reforma al artículo 27 constitucional. Cabe mencionar que desde su campaña
en 1988, se manifestó como un férreo opositor a las políticas de modernización
económica instrumentadas por el gobierno de Miguel de la Madrid y luego
continuadas por Carlos Salinas de Gortari. En ese contexto, las reformas al
artículo 27 constitucional cambiaron el régimen de propiedad de la tierra y
afianzaron el camino para la sustitución de la ideología del nacionalismo
revolucionario, a la cual era afín Cuauhtémoc Cárdenas; por ello, el candidato
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
239
perredista consideraba que con una nueva reforma constitucional se sentarían las
bases para la solución del conflicto en Chiapas.
EL procedimiento en lo nacional, por su parte, requiere nueva reforma al 27
constitucional para devolver a los campesinos mexicanos su derecho a reclamar la
tierra de los latifundios, y abrir el tránsito a la democracia: asegurar elecciones
libres y transparentes que permitan a los mexicanos, desde el 1o de diciembre
próximo, darse el gobierno que decidan con su voto respetado y soberano el 21 de
agosto. Sin solución nacional, no hay soluciones locales reales y duraderas. Sin
éstas, la solución nacional sería sólo una nueva ficción. (Cárdenas, 1994, pág. 22-
23)
El planteamiento se tornaba más complicado dado que los actores políticos se
soslayaban más por una evaluación del sistema electoral. En ningún momento los
acuerdos del 27 de enero contemplaban algún cambio en la Constitución, y eso lo
remarcaban tanto los candidatos presidenciales como los dirigentes de los
partidos políticos.
Ante la dificultad para que su discurso lograra el convencimiento para la
realización del periodo extraordinario del Congreso de la Unión y, al mismo
tiempo, frente a la presión de algunas organizaciones que integraban la Alianza
Democrática Nacional (ADN), por haber firmado los acuerdos del 27 de enero sin
haberlo consultado con ellos. La declaración conjunta del Partido Revolucionario
de las y los Trabajadores (PRT); Convergencia Democrática del PT; Siervos de la
Nación y Unidad Obrera Socialista, publicadas (La jornada. 4 de febrero de 1994,
pág. 19). En dicha declaración se puede leer lo siguiente: "No aceptamos ser
enterados de este tipo de firmas a través de los medios de comunicación... es de
criterio político elemental saber distinguir aquellos aspectos que por su
trascendencia deben ser consultados con los aliados, si no para modificar
posiciones, sí para establecer una relación transparente y de respeto. No
pretendemos que el candidato sea prisionero de la ADN, pero tampoco aceptamos
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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que la ADN sea prisionera del candidato y su partido". El candidato perredista
realizó un pronunciamiento fuerte al desconocer los acuerdos firmados.
Firmamos a sabiendas de que el acuerdo podría quedar incumplido por el
gobierno. No queremos más firmas, compromisos ni promesas. Volverán a firmar y
volverán a anular sus firmas.
Queremos que se convoque a un periodo extraordinario de sesiones del Congreso
para confirmar una legislación electoral que garantice contar con una autoridad
electoral independiente del poder público, un padrón confiable, una administración
electoral depurada, transparencia en el origen de los recursos públicos y privados
que maneja el Partido oficial y presencia equitativa de partidos y candidatos en los
medios de comunicación concesionados.
Recuperando experiencias, vayamos a una jornada nacional por la limpieza
electoral, iniciemos nosotros, aquí en la capital de la República, una nueva marcha
de las 100 horas, reclamando ahora elecciones limpias: en el zócalo, del miércoles
9 de febrero de las 10 de la mañana, al domingo 13 a las 2 de la tarde. (Cárdenas,
pág. 22).
Cabe mencionar que la convocatoria a la marcha de las 100 horas se hizo en el
marco de la integración de la ADN. Esta alianza simbolizaba un paso importante
en la integración de una red de organizaciones por la democracia, le otorgaba un
importante respaldo al candidato perredista a tal grado que se permitía interpretar
los acuerdos pluripartidistas como un elemento de presión para acreditar cambios
electorales en el país.
A la marcha de las 100 horas le siguió un primer ultimátum para que el Congreso
de la Unión convocara a un periodo extraordinario de sesiones, fijado para el 23
de febrero de ese año, el cual se extendió posteriormente para el 28 de febrero. Si
bien el marco electoral requería de precisiones para que las elecciones fuesen
equitativas y transparentes, esto sólo se lograría mediante un gran acuerdo
pluripartidista que recogiera las distintas propuestas de los líderes políticos y que,
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
241
en este contexto electoral, ya habían sido esbozadas por los tres principales
candidatos presidenciales.
Ese sentido el ultimátum establecido por Cuauhtémoc Cárdenas quedó sin sentido
una vez que el Consejo General del IFE tomó algunas medidas para concretar los
acuerdos del 27 de enero: la colaboración de observadores electorales, auditoría
al Padrón Electoral, integración de un consejo técnico del Padrón Electoral, uso de
boletas electorales foliadas y la creación de una fiscalía especial para delitos
electorales. (IFE del 28 de febrero de 1994. www.ife.org.mx página consultada en
noviembre de 2004).
Como se ha podido observar, en los dos primeros meses de 1994 se desataron
una serie de propuestas que se centraban en fortalecer la estructura electoral. En
el ambiente se combinaba la experiencia del proceso electoral de 1988 con el
reciente conflicto en el estado de Chiapas, lo cual ocupaba a los actores políticos
en la búsqueda de acuerdos para garantizar una contienda electoral transparente.
Los llamados a la movilización de Cuauhtémoc Cárdenas contrastaban con las
propuestas institucionales de Luis Donaldo Colosio y con los acuerdos del 27 de
enero. No obstante, el candidato perredista tenía razones para desconfiar, él había
sido el principal protagonista de 1988 y el más inconforme con aquél resultado. A
diferencia de la experiencia de 1988, para el proceso electoral de 1994
Cuauhtémoc Cárdenas contaba con un partido político y con una alianza que
aglutinaba a distintas fuerzas políticas con objetivos más definidos.
Esta situación también trasladó a algunos problemas de organización interna que
afectaron la calidad de sus propuestas sobre los cambios electorales. Por una
parte, en el interior del PRD las corrientes internas se disputaban el control del
partido, esta situación provocó una desorganización de la campaña electoral y un
distanciamiento de Cárdenas respecto de su partido. Por otra parte, las divisiones
entre Cárdenas y el PRD provocaron una confrontación entre éste y Porfirio
Muñoz Ledo, dirigente nacional, la cual afloró a raíz que se conocieron los
acercamientos entre el secretario de Gobernación, Jorge Carpizo, y los dirigentes
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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del PRI, PAN y PRD, episodio al que se conoció como los Diálogos de Barcelona.
Los Diálogos de Barcelona representaron un espacio de deliberación para la
construcción de acuerdos básicos orientados a concretar la reforma electoral de
1994. Estos diálogos se realizaron en dos etapas, del 8 de febrero al 18 de marzo
de 1994, y de los últimos días de abril al 26 de mayo del mismo año. En la primera
etapa de negociaciones participaron: Jorge Carpizo por la Secretaría de
Gobernación y como presidente del Consejo General del IFE; Tristán Canales por
el IFE; por el PRI participaron: Fernando Ortiz Arana y Santiago Oñate Laborde;
por el PAN lo hicieron Carlos Castillo Peraza, Antonio Lozano Gracia y Felipe
Calderón Hinojosa —sólo podían participar dos representantes por partido, por lo
cual se iban turnando en las sesiones—; por el PRD estuvieron Porfirio Muñoz
Ledo y Ricardo Valero.
En ese contexto, la campaña de Cárdenas entró en un problema que contrastó
con la emergencia de las actividades proselitistas de Luis Donaldo Colosio. El
candidato presidencial del PRI denotó cierta fortaleza a principios del mes de
marzo, a tal grado que se hicieron patentes nuevos pronunciamientos para
afianzar cambios en el sistema político mexicano.
El 6 de marzo, en el marco del LXV Aniversario del PRI, el candidato priísta
pronunció el discurso más importante de su campaña presidencial. En dicho
discurso, reconoció que la modernización económica sólo cobra sentido cuando se
traduce en bienestar para las familias y para que este sea perdurable debe
acompañarse con el fortalecimiento de la democracia. Con estos planteamientos
el candidato priísta estableció el reto del PRI frente a la nación. En la perspectiva
de Colosio, la transformación política de México debía proyectarse mediante un
cambio con responsabilidad.
Quedó atrás la etapa en que la lucha política se daba, esencialmente, hacia el
interior de nuestra organización, y no con otros partidos. Ya pasaron esos
tiempos. Vivimos en la competencia, y a la competencia tenemos que acudir. Para
hacerlo, deben dejarse atrás viejas prácticas: la de un PRI que sólo dialogaba
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
243
consigo mismo y con el gobierno; las de un Partido que no tenía que realizar
grandes esfuerzos para ganar. (Colosio, pág. 403.)
Con ello, Colosio reconocía el argumento de competencia política que se había
construido en el país y que obligaban al PRI a incorporarse de manera total a
dicho contexto, para después hacer los planteamientos que mayor discusión
general dentro y fuera del partido. La evaluación de Colosio indicaba que el PRI
no tenía triunfos asegurados, y puntualizaba:
Cuando el gobierno ha pretendido concretar la iniciativa política, el PRI se ha
debilitado.
Por eso hoy, ante la contienda política, ente la contienda electoral, el PRI sólo
demanda del gobierno imparcialidad y firmeza en la aplicación de la ley.
No queremos ni concesiones al margen de los votos ni votos al margen de la ley.
No pretendemos sustituir las responsabilidades del gobierno, pero tampoco
esperemos que el gobierno desempeñe las funciones que sólo a nosotros, como
Partido, nos corresponden asumir.
Hoy estamos ante la auténtica competencia. El gobierno no nos dará el triunfo; el
triunfo vendrá de nuestro trabajo, de nuestro esfuerzo, de nuestra dedicación. Los
tiempos de la competencia política en nuestro país han acabado con toda
presunción de la existencia de un partido de Estado. Los tiempos de la
competencia política nos conceden la gran oportunidad, como Partido para
convertir nuestra gran fuerza en sana independencia con respecto al gobierno.
(Colosio, pág. 403)
Proyectos éstos por demás reveladores de la propuesta de cambio político que
vivía el país, reconociendo la competencia directa del PRI para ganar votos y la
necesidad de concretar la independencia respecto del gobierno. Dejaba entrever
que las reglas de la competencia electoral de ese año tendrían que establecerse
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
244
en una nueva reforma electoral apegada al contenido de los acuerdos del 27 de
enero, como garantía del consenso entre partidos y candidatos.
El cambio con rumbo y responsabilidad que proponía Colosio contemplaba la
reforma del poder como base de una nueva relación entre el ciudadano y el
Estado; una reforma interna del PRI; una reforma democrática, y un nuevo
impulso económico. Un proyecto ambicioso, pero necesario en el nuevo contexto
de competencia política que se vivía en el país.
La contribución de este discurso al contexto de negociación política fue
importante, toda vez que refrendaba su disposición a respetar la legalidad
electoral. Dos días después, el 8 de marzo, el secretario de Gobernación y los
dirigentes partidistas que integraban la mesa de Barcelona arribaron a los
primeros acuerdos concretos para integrar la agenda de negociaciones rumbo a la
reforma electoral. Esta contemplaba, entre otros: (Carpizo, pág. 17.)
1. Estructura del Consejo General del IFE.
2. Equidad en el acceso a medios de comunicación.
3. No utilización de fondos y programas públicos a favor de partido o
candidato alguno.
4. Delitos electorales.
5. Revisión de aquellos puntos de la reciente reforma al Código Penal que
pudiera llevar a la restricción de derechos políticos fundamentales.
6. Segunda insaculación de funcionarios de casillas electorales.
7. Casillas extraordinarias y especiales.
8. Nombrar por consenso a un nuevo director general del IFE.
9. Revisión del funcionariado conforme al acuerdo firmado.
10. Visitantes extranjeros.
11. Jornada electoral e inducción del voto.
12. Voto de nacionales en el extranjero.
13. Acceso a la base de datos on Une y acceso a la base de imágenes.
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Como se puede observar, la agenda de negociaciones recobraba todas aquellas
propuestas que se habían vertido desde los primeros días de enero de 1994. El
consenso partidista para concretar un proceso electoral apegado a la legalidad y
con resultados creíbles para todas las fuerzas políticas se había convertido en la
prioridad del momento. Tras unos días más de negociaciones, y con resistencias
muy marcadas por parte del sector más duro del PRD, finalmente se acordó, el 18
de marzo de ese año, que se abriera la convocatoria a un periodo extraordinario
de sesiones del Congreso de la Unión. En dicho periodo se discutirían las
reformas al artículo 41 constitucional.
La convocatoria a un periodo de sesiones había sido una condición de
Cuauhtémoc Cárdenas para legitimar el proceso y para garantizar la paz social en
el país. Sin embargo, una vez que se conoció él manifestó su total oposición a que
se discutieran cambios constitucionales. Las diferencias entre el candidato
perredista y el dirigente de su Partido, Porfirio Muñoz Ledo, lo llevaron a
descalificar los Diálogos de Barcelona.
El mismo día que se convocó al periodo extraordinario en el Congreso,
Cuauhtémoc Cárdenas pronunció un discurso con motivo de un aniversario más
de la expropiación petrolera, baluarte del discurso nacionalista que él pregonaba.
En dicho discurso dejó asentado lo siguiente.
Reconocemos los esfuerzos que se hicieron, con el mejor ánimo de
acuerdo, de manera muy especial por quienes representaron al PRD, que
pusieron toda su imaginación y empeño, pero hubo modificaciones
fundamentales a las que no pudo llegarse. En estas circunstancias, como
candidato que ha recibido la confianza de numerosas fuerzas y de millones
de mexicanos que valientemente y con lealtad luchan por la democracia,
consciente de mi responsabilidad ante el país, ante ustedes y muchas más
en toda la República, quiero decirles que no puedo avalar una decisión
equivocada, que así lo veo, porque sería traicionar mis propias convicciones
al dejarnos atados, sin la posibilidad siquiera de señalar o denunciar
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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resultados viciados, favorezcan a quienes favorezcan, que pudieran surgir
de una elección conducida con parcialidad. Nada desearía con más fuerza,
que esto no fuera así. Pero esta es hoy mi apreciación del problema y debo
presentárselos con toda franqueza. (Cárdenas, 1994, pág. 6 y 7.)
El bosquejo de Cárdenas giraba tanto en la reforma electoral como en la
modificación del artículo 27 constitucional, algo que los demás actores políticos no
reflexionaron como base para la negociación política. De esa manera el discurso
de Cárdenas nutría más la crisis en el interior del PRD, provocando que los
legisladores de su partido se dividieran entre quienes apoyaban la reforma
electoral y los que apoyaban al candidato presidencial.
Aún así, la discusión en la Cámara de Diputados se realizó los días 22 y 23 de
marzo de 1994. En esos días se reformó el artículo 41 de la Constitución, en ella
se especificó que la organización de las elecciones federales era responsabilidad
el Instituto Federal Electoral, tal como se lee a continuación.
El organismo público será autoridad en la materia, profesional en su
desempeño y autónomo en sus decisiones; contará en su estructura con
órganos de dirección, ejecutivos, técnico y de vigilancia. El órgano superior
de dirección se integrará por Consejeros y Consejeros Ciudadanos
designados por los poderes Legislativo y Ejecutivo y por representantes
nombrados por los partidos políticos. Los órganos ejecutivos y técnicos
dispondrán del personal calificado necesario para presentar el servicio
profesional electoral. Los órganos de vigilancia se integrarán
mayoritariamente por representantes de los partidos políticos nacionales.
Las mesas directivas de casillas estarán integradas por ciudadanos.
(Dictamen de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales de la
H. Cámara de Diputados 1994. México, pág. 363.)
Además, en ese mismo artículo se especificó la forma como serían electos los
Consejeros Ciudadanos:
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Los consejeros ciudadanos del órgano superior de dirección deberán
satisfacer los requisitos que señale la ley y serán electos por el voto de las
dos terceras partes de los miembros presentes en la Cámara de Diputados
de entre los propuestos por los grupos parlamentarios en la propia Cámara.
La ley señalará las reglas y el procedimiento correspondientes. (Dictamen
de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales de la H. Cámara
de Diputados 1994, pág. 363.)
Con dicha reforma se proporcionaban pasos importantes para una elección
transparente. Dentro de estos cambios, la incorporación de los denominados
Consejeros Ciudadanos representaba un aporte para arribar a la ciudadanización
de los órganos electorales. Cabe hacer la mención que las reformas electorales se
dieron al mismo tiempo que el candidato presidencial del PRI, Luis Donaldo
Colosio, sufría un atentado que le costó la vida.
Las reformas electorales y el homicidio de Colosio representan las dos vías de
acción que se habían desencadenado en el país: el fortalecimiento institucional y
la violencia política, escenarios estos bajo los cuales se desarrolló todo el proceso
electoral.
4.4 La Construcción de los caminos Hacia la Ciudadanización del
IFE.
La construcción de los caminos orientados a fortalecer las instituciones electorales
y contrarrestar los posibles escenarios de conflictividad poselectoral, redundaron
en la reforma del artículo 41 constitucional. De esta reforma destaca el acuerdo
con el cual se contempla una nueva integración del Consejo General del Instituto
Federal Electoral (IFE), contemplando a once miembros, seis consejeros
ciudadanos, dos consejeros de la Cámara de Diputados, dos de la Cámara de
Senadores y un consejero representante del gobierno federal, en este caso el
secretario de Gobernación que además fungiría como presidente del Consejo
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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General. A todos ellos se les otorgó voz y voto, mientras, a los representantes de
los partidos políticos se les retiró el voto en las sesiones de dicho órgano
colegiado.
El diálogo pluripartidista retomó como una prioridad la discusión sobre la nueva
integración del Consejo General del IFE. La propuesta concreta fue la sustitución
de los Consejeros magistrados, abogados de profesión, por los Consejeros
Ciudadanos, a los cuales se les exigió independencia y autonomía de cualquier
órgano de gobierno y de cualquier partido político, y que estuvieran decididos a
trabajar en los aspectos electorales, desapareciendo así el requisito de abogado, y
sólo se estableció que tuvieran título profesional.
Durante la primera fase de los Diálogos de Barcelona los dirigentes partidistas
integraron una lista por consenso de seis candidatos a Consejeros Ciudadanos.
Entre los nombres estaban Carlos Fuentes, Federico Reyes Heroles, Gabriel Zaid,
Enrique Krauze, Miguel León Portilla, Miguel Ángel Granados Chapa. Además se
integró una lista adicional con los nombres de posibles sustitutos en caso que
alguno de los propuestos no aceptasen la invitación. La lista quedó integrada por:
Alonso Lujambio, José Woldenberg, Fernando Zertuche, Jorge Adame, José
Campillo y Javier Wimer. (Alcocer, pág. 218.)
La interrupción del diálogo, como producto del asesinato del candidato
presidencial del PRI, Luis Donaldo Colosio, propició que el tema de los Consejeros
Ciudadanos se mantuviera en suspenso hasta el mes de mayo que se reanudaron
las conversaciones. La continuación del diálogo incorporó a nuevos
representantes partidistas. En la segunda parte de las negociaciones se
incorporaron Beatriz Paredes, subsecretaría de Gobernación y Arturo Núñez,
director del IFE acompañando a Jorge Carpizo; por el PRI se incorporaron José
Francisco Ruiz Massieu y Humberto Lira Mora; por el PRD, Leonel Godoy
acompañó a Porfirio Muñoz Ledo; y por el PAN se incorporó Ricardo García
Cervantes junto con Carlos Castillo Peraza. Además cabe mencionar que en
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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ambas etapas de negociación estuvo presente Jorge Alcocer, consejero personal
de Carpizo. (Alcocer, pág. 218).
De la lista procesada en marzo, sólo Federico Reyes Heroles y Miguel Ángel
Granados Chapa aceptaron la invitación, los demás, por motivos de trabajo, la
rechazaron. Esto provocó que de nueva cuenta se diera un debate sobre las
propuestas elaboradas por los partidos políticos, pues se tuvo que elaborar una
nueva lista ante el veto y las objeciones interpuestas hacia algunos de los
propuestos. Después de varias reuniones se integró una lista que parecía
definitiva, en la cual figuraban: Federico Reyes Heroles, Santiago Creel, Miguel
Ángel Granados Chapa, Fernando Zertuche, José Woldenberg y Sergio Aguayo.
(Carpizo, Jorge 1995, pág. 54).
A Sergio Aguayo se le descartó rápidamente, Fernando Zertuche fue aceptado sin
objeciones, Santiago Creel fue aceptado por el PRI, mientras el PRD condicionó la
aceptación de Creel al retiro de la candidatura de Woldenberg, después el PRD
modificó su argumento y propuso que aceptaría a Creel y a Woldenberg si se
aceptaba a cualquiera de sus dos propuestas: a José Agustín Ortiz Pinchetti o
Alberto Aziz, el consenso recayó en el primero de ellos.
De esa manera, se contaba ya con los seis candidatos a consejeros considerando
a Federico Reyes Heroles y a Miguel Ángel Granados Chapa, quienes ya habían
aceptado la invitación. Pero faltaba una última objeción, la del PRI hacia Federico
Reyes Heroles, por haber celebrado un contrato para una encuesta patrocinada
por la Presidencia de la República, la cual a juicio de José Francisco Ruiz
Massieu, representante del PRI en los diálogos, establecía una duda sobre su
imparcialidad. Enseguida PRI presentó dos candidaturas: la de José Luis
Soberanes o la de Ricardo Pozas Horcasitas; el consenso prevaleció sobre este
último.
Para el 20 de mayo ya se contaba con la lista de los seis candidatos a consejeros
ciudadanos, los cuales tenían el siguiente perfil:
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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1. José Agustín Ortiz Pinchetti. Abogado, profesor de la Universidad
Iberoamericana, articulista y promotor de organizaciones ciudadanas
sobre la observación electoral.
2. Ricardo Pozas Horcasitas. Sociólogo, director del Instituto de
Investigaciones Sociales de la UNAM.
3. Miguel Ángel Granados Chapa. Abogado y periodista, colaborador en
diferentes medios impresos y ganador del Premio Nacional de
Periodismo.
4. Fernando Zertuche. Abogado, académico y ex funcionario público.
5. Santiago Creel Miranda. Abogado, ex director de la Comisión Nacional
de Valores. Promotor del referéndum ciudadano sobre la reforma política
en el D.F., en 1993.
6. José Woldenberg. Sociólogo, profesor de la Facultad de Ciencias
Políticas y Sociales de la UNAM, ex militante de partidos de izquierda en
México, hasta su renuncia al PRD en 1990.
La designación de los Consejeros Ciudadanos se programó para el 24 de mayo en
sesión de la Cámara de Diputados. El proceso de designación se estipuló en al
artículo 74 del Cofipe, con el siguiente procedimiento: (Diario Oficial de la
Federación. México, 18 de mayo de 1994, pág. 14.)
I. Primero, cada grupo parlamentario tendría derecho a presentar hasta
cuatro candidatos. La comisión integrada recabaría las propuestas de los
grupos parlamentarios y los integraría en una lista con un máximo de 12
candidatos;
II. La lista de candidatos se presentaría ante el pleno de la Cámara de
Diputados, quienes elegirían a los seis Consejeros Ciudadanos, para lo
cual se requería del voto de las dos terceras partes de los diputados
presentes en la sesión; es decir, mayoría calificada;
III. Si después de tres rondas de votación no se cumpliera con la totalidad
de consejeros a elegir, la comisión correspondiente elaboraría una nueva
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
251
lista con hasta el doble de consejeros faltantes, y de nueva cuenta la
presentaría ante el pleno de la Cámara para su votación;
IV. La elección de seis Consejeros Ciudadanos suplentes para cubrir las
ausencias temporales o definitivas de los titulares.
Después de cuatro meses de negociación y a tres de las elecciones, se lograba
concretar esta demanda para garantizar unos comicios creíbles. Sin embargo, el
nombramiento de los seis Consejeros Ciudadanos no fue el punto culminante de
las reformas al Cofipe. Previo a su toma de protesta se realizó una nueva reforma
al artículo 77 del Cofipe, con la intención de reafirmar el carácter ciudadano de los
consejeros.
Los Consejeros Ciudadanos miembros del Consejo General, durante el periodo de
su encargo, no podrán desempeñar ninguna comisión o empleo de la Federación,
los Estados, los Municipios o los partidos políticos. Tampoco podrán aceptar cargo
o empleo remunerado de particulares que implique dependencia o subordinación.
Los Consejeros Ciudadanos podrán percibir percepciones derivadas de la práctica
libre de su profesión, de regalías, de derechos de autor o publicaciones, siempre
que no se afecte la independencia, la imparcialidad y equidad que debe regir el
ejercicio de su función; podrán ejercer cargos no remunerados en asociaciones
científicas, literarias o de beneficiencia. (Iniciativa y dictamen de reformas a los
artículos 74 y 77 del Código Federal de Instituciones y procedimientos Electorales,
24 de mayo de 1994. México, pág. 411)
Esta nueva reforma fue de suma importancia, toda vez que con ella se ratificó el
carácter ciudadano del Consejo General del IFE, prevaleciendo con ello cualquier
suspicacia en torno al papel que les había tocado desempeñar. De entrada, los
Consejeros Ciudadanos rechazaban la profesionalización de la actividad electoral
y remarcaban su afán por contribuir al fortalecimiento de la transparencia del
proceso electoral.
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
252
En un comunicado conjunto, emitido el 3 de junio, los Consejeros Ciudadanos
hicieron algunas puntualizaciones sobre el papel que les tocaba desempeñar en
dicho órgano colegiado:
La incorporación de los Consejeros Ciudadanos al Consejo General del
IFE es fruto del pacto para la paz, la justicia y la democracia, del 27 de
enero, acuerdo y resultado que muestran la eficacia de la concertación.
“Somos ciudadanos llamados al ejercicio de una función estatal,
realizada a través de un órgano dotado de autonomía. Por disposición
de la ley, y por convicción personal de cada uno de nosotros,
fundaremos nuestro desempeño en los principios de certeza, legalidad,
imparcialidad y objetividad. La reforma que incluye a Consejeros
Ciudadanos en el Consejo General, además vinculó la nueva institución
al principio de independencia, que será, en consecuencia, el criterio
rector de nuestra conducta.”
Saludamos con respeto a los miembros del Consejo General: consejeros
de los poderes Ejecutivo y Legislativo, y representantes de los partidos
políticos. Nuestra independencia delante de ellos no estorbará nuestro
propósito de ser factor de equilibrio y concordia, capaz de ser puente
entre posiciones diversas. (Véase el "Comunicado conjunto de los
Consejeros Ciudadanos del Consejo General del IFE", 3 de junio de
1994. www.ife.org.mx página consultada en noviembre de 2004).
La encomienda de los Consejeros Ciudadanos era muy complicada, les quedaban
menos de tres meses para concretar los principios que le darían transparencia y
legalidad al proceso. Aún así prevalecía en ellos la firme convicción de actuar con
total independencia y libres de presiones de los partidos políticos.
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
253
4.5. La Posición Electoral a Debate.
La posición apartidista de Jorge Carpizo impactó favorablemente en los cambios
electorales, pues facilitó el diálogo con los dirigentes partidistas, además se
desempeñó con rectitud apegado a los principios de legalidad, imparcialidad,
certeza y objetividad establecidos en el Cofipe.
Ello quedó de manifiesto en la primera sesión del IFE posterior al homicidio de
Colosio, el 13 de abril de 1994, en la cual se aprobó la realización de una la
auditoría externa al Padrón Electoral. Asimismo, desde el 28 de febrero se había
acordado, por el secretario de Gobernación y los dirigentes partidistas, la
integración de un Consejo Técnico del Padrón Electoral, cuya labor sería la de
vigilar y observar la auditoría al padrón, integrado por especialistas en estadística,
actuaría, matemáticas, informática, demografía y cartografía. (Los ocho
integrantes del Consejo Técnico del Padrón Electoral fueron: Dr. Ignacio Ramírez
(UNAM); Lie. Roberto Morales Martínez (consultor independiente); Dr. Rubén
Hernández Cid (ITAM); Dr. Alberto Ruiz Moncayo (Conacyt); Ing. Rodrigo
Gutiérrez Sánchez (Instituto Tecnológico de Baja California); Lic. Clara Jusidman
(Revista Este País); Dr. Gabriel Vera Ferrer (Banco de México); Dr. Raúl Rueda
del Campo UNAM).
Estas medidas fueron importantes para combatir la desconfianza que en
anteriores procesos habían prevalecido, en particular se establecían límites al
control absoluto del gobierno federal y del PRI en el desarrollo del proceso y en la
posible manipulación del Padrón Electoral. No obstante que el proceso de
ciudadanización contribuía a fortalecer los principios de legalidad, imparcialidad,
certeza y objetividad sobre el desarrollo del proceso electoral, todavía se
escuchaban voces de desconfianza sobre la integración de las listas nominales del
Padrón Electoral, provenientes, en particular, del PRD.
Así pues, la desaprobación a reconocer los avances de la reforma electoral y la
constante denuncia sobre un posible fraude electoral eran aspectos centrales del
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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discurso político de Cuauhtémoc Cárdenas. Este discurso había provocado cierto
divisionismo en el interior del PRD, el cual se volvió a hacer patente al plantearse
la reanudación de los Diálogos de Barcelona. El contexto de esta disputa fue el VI
Pleno del Segundo Consejo Nacional del PRD, celebrado el 16 y 17 de abril de
ese año.
La pugna de las corrientes Arcoíris, dirigida por Porfirio Muñoz Ledo, por un lado, y
la Corriente de Izquierda Democrática y la Corriente Cambio Democrático,
representadas por Mario Saucedo y Heberto Castillo, por otro lado, repercutió para
los acuerdos del PRD frente a los cambios electorales. Una comisión de dicho
partido político integrada ex profeso para fijar la postura oficial del Partido, acordó
lo siguiente.
Respaldar el proceso de negociación política en curso dentro de los
márgenes establecidos por el Consejo Nacional y mantener la iniciativa
política conducente al cumplimiento cabal de los acuerdos para la
democracia, la justicia y la paz del 27 de enero. Establecer los mínimos que
el partido considere indispensables a efecto de que los cambios a la
legislación garanticen organismos electorales con plena autonomía e
independencia y den lugar a procedimientos y comportamientos que
permitan efectivamente elecciones libres, auténticas y confiables. (La
jornada, 19 de abril de 1994, pág. 20).
Las condiciones establecidas por el PRD, y que subsiguientemente fueron claves
para no firmar un nuevo pacto político con la Secretaría de Gobernación y los
partidos políticos, fueron:
a) Asegurar la plena independencia del Servicio Profesional Electoral del
Gobierno.
b) Dar satisfacción a la demanda de credibilidad del padrón electoral.
c) Asegurar el acceso equitativo de los candidatos a los medios de
información.
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
255
d) Limitar y supervisar eficazmente los gastos de campaña e impedir el
uso indebido de recursos y programas del gobierno a favor del partido
oficial y de sus candidatos.
e) Dar respuesta a la demanda de respeto a los derechos fundamentales
de los partidos y los ciudadanos.
f) Puesta en marcha de la Fiscalía Especial para Delitos Electorales.
Suspensión de todo acto que vincule a los poderes públicos y a sus titulares
con las decisiones políticas, las campañas y la propaganda del partido del
gobierno. (La jornada, 19 de abril de 1994, pág. 20.)
Condiciones todas ellas básicas para avanzar en los principios rectores de los
órganos electorales: certeza, legalidad, imparcialidad y objetividad. Además, estas
condiciones presentadas por el PRD constituían parte de los acuerdos políticos
que se venían trabajando desde el mes de enero.
Por otra parte, y en la misma línea de presión hacia las autoridades electorales,
Samuel del Villar, (Samuel del Villar, 1988 y 1994 en: Del Villar, Samuel (1996).
No. 143-144 (enero-junio), pág. 225-294), representante del PRD ante el IFE y
Jesús Zambrano, representante del PRD ante el Registro Federal de Electores
(RFE), aseveraban que el Padrón Electoral tenía un 10 por ciento de anomalías.
Argumentaban que 4.75 millones de electores en todo el territorio nacional
estaban inscritos de manera irregular, ya sea por duplicidad de credenciales o por
errores en el empadronamiento. En la sesión extraordinaria del Consejo General
del IFE del 15 de mayo de 1994, Samuel del Villar hizo los siguientes
señalamientos: El secretario de Gobernación (Jorge Carpizo) "obstruyó
adicionalmente la posibilidad de integrar con oportunidad listados de electores
confiables, corrigiendo las condiciones relacionadas en los puntos anteriores,
violatorias al derecho constitucional al sufragio efectivo de los ciudadanos
mexicanos para elegir al gobierno de México. "El Padrón y las listas de electores
integrados por el Registro Federal de Electores evidencian una preparación oficial
para defraudar masivamente la efectividad del derecho al sufragio universal e igual
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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de los ciudadanos mexicanos. Los términos en que se formularon, exhibieron y
entregaron, resulta, de esos términos, evidencia comprobatoria de ello." " Entrega
del Informe de la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores, relativo a
las modificaciones hechas a las listas nominales de electores, con base a las
observaciones formuladas por los partidos políticos". (Consejo general del Instituto
Federal Electoral, México, 15 de mayo de 1994. www.ife.ore.mxl).
Asimismo, dichos personajes mantenían dos argumentos: por una parte, que
alrededor de 2 millones 900 mil ciudadanos fueron excluidos de las listas
nominales; por otra parte, debatían la credibilidad de la firma McKinsey,
responsable de la auditoría externa al Padrón Electoral, por una aparente relación
entre la firma y el PRI. Estos dos argumentos, desde esta lógica, representaban
una prueba irrefutable de los preparativos del fraude electoral.
Con tales denuncias comenzaron los intercambios entre Samuel del Villar y el
titular del RFE, Carlos Almada, este último apelando a criterios técnicos para
explicar las impugnaciones del PRD. Sin embargo, la confrontación llegó a tal
extremo que el 15 de mayo, Jorge Carpizo retó al PRD a sostener un debate
sobre el Padrón Electoral. Las palabras de Jorge Carpizo fueron las siguientes: "Si
vemos con claridad las propuestas del Partido de la Revolución Democrática, lo
que implica es posponer indefinidamente las elecciones. Eso es en términos
claros, precisos y muy breves. "Por tanto. Ahora que están de moda los debates,
invito al Dr. Samuel del Villar a un debate público, que trataríamos que fuera en
cadena nacional, con el director ejecutivo del Registro Federal de Electores, con
reglas muy precisas, donde se hable en tiempos precisos, no cosas larguísimas. Y
le damos al Dr. Del Villar para que diga públicamente si acepta, 48 horas".
Mientras el PRD extendía sus críticas al Padrón Electoral, la instalación del
renovado Consejo General del IFE, con los seis Consejeros Ciudadanos incluidos,
representó un paso muy importante en las labores emprendidas por los actores
políticos y sociales para garantizar la realización de las elecciones.
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257
No obstante, entre el 3 de junio, día de la instalación del Consejo General del IFE,
y el 21 de agosto, día de las elecciones, se suscitaron varios eventos que pusieron
a prueba la fortaleza de la estructura electoral. En el ámbito político, la
incertidumbre resurgió el 10 de junio con la negativa del Ejército Zapatista de
Liberación Nacional (EZLN) a firmar acuerdos con el gobierno federal. Asimismo,
la renuncia, el 16 de junio, del Comisionado para la Paz, Manuel Camacho Solís.
A estos eventos se le sumaron las constantes denuncias elaboradas por el PRD
sobre las anomalías del padrón electoral.
Los acuerdos político-electorales no podían postergarse; si bien el ambiente
político influía en el ánimo de la población, las autoridades electorales estaban
comprometidas con la legalidad y la transparencia del proceso. Así pues, el 18 de
junio el Consejo General del IFE tomó algunas resoluciones sobre los preparativos
de la jornada electoral, en particular sobre la labor de la observación que
pretendían realizar los extranjeros en el país, a los cuales se les denominó
"visitantes extranjeros". Sobre ellos se acordó:
Artículo 1. Visitante extranjero invitado es toda aquella persona física o moral
extranjera, interesada en conocer las elecciones federales y que haya sido
acreditada para tal efecto por el Consejo General del Instituto Federal Electoral de
acuerdo con las presentes bases. (...) Artículo 7. Los visitantes extranjeros
invitados, al desarrollar las actividades definidas en el artículo anterior, deberán
cumplir con las siguientes obligaciones:
a) No podrán inmiscuirse de ninguna manera en los asuntos políticos del
país.
b) No interferir de modo alguno en las tareas y ejercicio de las atribuciones
de la autoridad electoral, ni en las actividades de los partidos políticos,
sus candidatos o los ciudadanos mexicanos.
c) Realizar sus actividades de manera imparcial, seria y responsable.
(Proyecto de Acuerdo del Consejo General del Instituto Federal
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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Electoral, México, 18 de junio de 1994. www.ife.org.mx/ página
consultada en septiembre de 2004).
En los días siguientes quedó establecido que el debate sería entre Samuel del
Villar y Carlos Almada, y entraron en negociaciones y preparativos técnicos para
definir día, sede y mecanismos técnicos. Finalmente, se realizó el 30 de mayo en
el auditorio del IFE.
De esa manera, quedaba asentado que al IFE solo le incumbiría acreditar a dichos
visitantes, los cuales, además, se sujetarían a una serie de disposiciones para
evitar que ellos pudieran inmiscuirse en la contienda. Con la acreditación de los
observadores extranjeros, bajo la modalidad de visitantes extranjeros, se evitaba
que su participación fuese interpretada como un acto injerencia extranjera, pues
bajo estas disposiciones se asentaba que sus opiniones sobre el proceso serían
de carácter técnico y no de tinte político.
Asimismo, en dicha sesión el IFE acordó la elaboración de una serie de
monitoreos sobre los contenidos informativos de los noticieros de los medios de
comunicación. Proyecto de Acuerdo del Consejo General del Instituto Federal
Electoral por el que se formulan exhortaciones y recomendaciones a los medios
de comunicación y en particular por lo que hace a los noticieros de radio y
televisión respecto a la información o difusión de la actividades de campaña de los
partidos políticos", (Consejo General del Instituto Federal Electoral, 18 de junio de
1994. en www.ife.org.mx/ página consultada en septiembre de 2004). Tema de
importancia para los partidos de oposición cuyas críticas al papel de Televisa y de
algunas estaciones de radio, en las cuales la información se cargaba
mayoritariamente hacia el PRI. (Raúl Trejo Delarbre. 1994. (Coord) Pablo Pascual
Moncayo. México: pág 105-127).
En los días posteriores a estos acuerdos, se produjo un evento que por un par de
días puso en vilo la credibilidad de las elecciones: la renuncia de Jorge Carpizo a
la Secretaría de Gobernación. En su carta de renuncia Carpizo señalaba:
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
259
En el actual cargo he puesto todo lo que soy y puedo ser. En contrapartida, me he
encontrado múltiples personas de los más diversos sectores que, ante la actual
situación del país, sólo están luchando por sus intereses propios o de grupo, sin
importarles México. En varias ocasiones, he exhortado a la sociedad y al gobierno
a que todos rijamos nuestros actos exclusivamente por la verdad; la respuesta ha
sido más mentiras, más calumnias y más hipocresías.
En este cargo me comprometí a ser imparcial en mi relación con todos los
partidos políticos. Estoy empezando a no serlo respecto a uno de ellos,
debido a que no estoy y no puede estar de acuerdo en lo relativo a múltiples
actos de algunos de los sectores de ese partido. (La jornada, 25 de junio de
1994, pág. 5)
Las expresiones de apoyo a Carpizo en la labor de transparentar el proceso
sirvieron para que éste, dos días después de su renuncia, decidiera reincorporarse
a sus labores en la Secretaría de Gobernación. Asimismo, con su reincorporación
se inició una nueva etapa de negociación pluripartidista para impulsar la legalidad
y transparencia del proceso, a tan sólo dos meses de las elecciones. En ese
sentido, los acuerdos del Consejo General del IFE y la disposición de los partidos
para contribuir en la construcción de un ambiente más estable, se presentaban
como acciones prioritarias para los meses siguientes.
El supuesto optimismo comenzó con el arribo al país de un grupo de expertos de
la ONU para realizar una evaluación al sistema electoral mexicano —otro grupo de
la ONU brindaba asesoría técnica a las organizaciones en la observación
electoral—. Entre el 28 de junio y el 9 de julio, este grupo de expertos desarrolló
sus trabajos, los cuales se centraron en las recientes reformas electorales, las
formas para la verificación del Padrón Electoral, mecanismos de prevención de
posibles intentos de manipulación del voto, el financiamiento a las campañas
electorales, los procesos de selección de las autoridades electorales y los
recursos judiciales o administrativos existentes. En sus conclusiones señalaba:
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
260
En opinión de la misión, la estructura del sistema electoral está en condiciones de
posibilitar la elaboración de elecciones libres y justas. La participación de
representantes de los partidos políticos en cada una de las casillas, un
desempeño imparcial y profesional de los observadores nacionales, una adecuada
cobertura informativa por los medios de difusión son posibilitados, pero no
asegurados, por la estructura electoral analizada. Corresponde a los partidos y a
la ciudadanía hacer su parte para que el conjunto funcione. (La jornada, 12 de
agosto de 1994, pág. 52)
Previo a la presentación de este informe, el Consejo Técnico del Padrón Electoral
también realizó un seguimiento de la auditoría externa que se le realizó al Padrón
Electoral. En dicho informe, la empresa McKinsey avaló la estructura del Padrón,
sus conclusiones se resumían en cinco puntos:
1. La información contenida en el Padrón (base de datos y almacén
documental que la respalda), refleja la información suministrada por la
ciudadanía dentro de los márgenes de razonabilidad correspondientes a
un proceso de esta magnitud y complejidad.
2. Para la elaboración y actualización del Padrón y para la entrega de
credenciales para votar con fotografía, la Dirección Ejecutiva del
Registro Federal de Electores se apegó a los procedimientos
correspondientes y a la normatividad electoral vigente.
3. Los programas, procesos informativos y bases de datos, utilizan
únicamente información propia del Padrón o indispensable para la
operación de los sistemas de acuerdo a la normatividad aplicable. Existe
correspondencia entre las bases de datos de los Centros Regionales de
Cómputo y las bases de datos de los Centros Estatales de Consulta.
4. El balance de formatos de credencial al 26 de mayo de 1994 preparados
por el Registro Federal de Electores representa razonablemente el
número de formatos de credenciales que fueron producidos, impresos y
distribuidos a través del Sistema de Módulos a la Ciudadanía, así como
el destino de dichos formatos.
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
261
5. En opinión de los auditores, la magnitud, la estructura y composición de
las discrepancias encontradas a través de los procesos de auditoría, no
exhiben razón fundada para suponer sesgo o violación sistemática de la
normatividad. Las inconsistencias encontradas no están concentradas
geográficamente. (La jornada, 9 de julio de 1994, pág.22.)
Para concluir la evaluación, en el informe se apuntaba que el Padrón Electoral
contaba con un equilibrio del 97.42 por ciento. Asimismo, la diferencia de acuerdo
a secciones rurales, mixtas y urbanas no eran significativas, pues los resultados
arrojaron los siguientes datos: Permanente en secciones urbanas: 97.51 por
ciento; consistencia en secciones mixtas: 97.57 por ciento; consistencia en
secciones rurales: 97.22 por ciento.
Complementando estas medidas de evaluación de la confiabilidad del Padrón
Electoral, la Comisión Nacional de Vigilancia del Registro Federal de Electores y
ocho de nueve partidos políticos con registro ante el IFE (el PRD declinó a
participar), realizaron una verificación nacional muestral del padrón, cuyo resultado
les dio un rango mínimo de confiabilidad del Padrón establecido en 96.1%. De
esta manera, se daban pasos importantes para transparentar el proceso,
ampliando la confiabilidad del Padrón Electoral y superando parte de las
suspicacias sobre un posible fraude electoral.
Una vez que se conocieron los resultados de la auditoría externa y del muestreo
nacional de los partidos políticos, el Consejo General del IFE se reunió, el 15 de
julio, con los integrantes del Consejo Técnico del Padrón Electoral, reunión de la
cual se desprendió el aval de ocho partidos políticos al Padrón Electoral. (Para
ampliar la información sobre el desempeño del Consejo Técnico del Padrón
Electoral durante el proceso electoral de 1994 se puede consultar a Gabriel Vera y
Ferrer. 1995. "El Consejo Técnico del Padrón Electoral en las elecciones de
1994". (La voz de los votos, pág. 137-157)
No obstante las acciones descritas, el tema de la confiabilidad del Padrón siguió
siendo tema candente para el PRD y sus seguidores. En la memoria colectiva se
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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recreaba la experiencia de las elecciones presidenciales de 1988, en particular la
denominada "caída del sistema", motivo por el cual el PRD se negaba a reconocer
cualquier avance en materia electoral.
El 20 de julio se realizó una sesión más del Consejo General del IFE, en la cual se
oficializó el visto bueno al Padrón y a las listas nominales, precisando que la
consistencia de ambos no garantizaba por sí mismas la transparencia del proceso,
sino sólo un paso importante en dicha dirección. Asimismo, acordaron que las
listas nominales se exhibieran, del 10 al 20 de agosto, en lugares públicos para
que los ciudadanos pudiesen verificar si aparecían en dichas listas. (Consejo
General del Instituto Federal Electoral, 20 de julio de 1994. www.ife.org.mx).
Con el mismo argumento las negativas del PRD para avalar la confiabilidad del
Padrón, se produjo otro evento de importancia para impulsar la transparencia del
proceso, la presentación, por parte de Jorge Carpizo, de una nueva propuesta de
pacto pluripartidista para sustituir el firmado el 27 de enero.
En el mes de julio se hicieron públicos los tratos del secretario de Gobernación
con los candidatos presidenciales y se conocieron las primeras adhesiones de
Ernesto Zedillo Ponce de León, Diego Fernández de Cevallos, Cecilia Soto, Jorge
González Torres, Pablo Emilio Madero, Rafael Aguilar Talamantes y Álvaro Pérez
Treviño. En los días posteriores Marcela Lombardo, candidata del PPS; firmó el
documento, mientras que Cuauhtémoc Cárdenas se negó a firmarlo en virtud de
que, desde su perspectiva, no se había cumplido con el firmado en enero de ese
año.
El Acuerdo por la Civilidad, la Concordia y la Justicia en la Democracia, constaba
de ocho compromisos que asumieron los candidatos presidenciales: (Voz y Voto,
No. 18, agosto de 1994, pág. 24.)
1. Participar en el proceso electoral con estricto apego a la ley, buscando
siempre la equidad en la contienda, el respeto al adversario, la
transparencia electoral y la preservación de la paz.
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
263
2. Decidirse siempre por los procedimientos legales, y privilegiar el diálogo
político como medios para dirimir diferencias, rechazando cualquier tipo
de violencia.
3. Alcanzar mayor acceso, apertura, objetividad y equidad de los medios
masivos de comunicación frente a la contienda electoral.
4. Fomentar la libre participación de los ciudadanos en los procesos
electorales, rechazando cualquier forma de presión sobre los electores,
los funcionarios electorales y los observadores electorales.
5. Promover el respeto entre los partidos y contendientes, rechazando la
calumnia y la difamación como armas políticas.
6. Asegurar la imparcialidad de las autoridades federales, locales y
municipales y en general de los funcionarios públicos, rechazando y
denunciando por las vías legales cualquier desviación o quebranto de
estos principios y reclamando el castigo de los responsables de
cualquier delito electoral.
7. Fortalecer una cultura democrática fundada en el apego a la ley y en el
respeto a la pluralidad.
8. Que el gobierno que surja en la elección del 21 de agosto, trascienda en
el logro de estos propósitos más allá de las elecciones, conformando un
equipo que sume a los mejores mexicanos y mexicanas, en la lucha por
la paz, la justicia, la soberanía y la libertad, y respetando los espacios de
participación y la contribución al proceso democrático que seguirá
realizando cada uno de nosotros.
La firma de este documento le concedía nuevos bríos al diálogo político y a la
legalidad del proceso, que por un momento se vieron opacados por los resultados
de un muestreo al Padrón Electoral que llevaron a cabo miembros del PRD, lo cual
alimentó, de nueva cuenta, el discurso sobre el fraude electoral. Samuel del Villar,
representante del PRD ante el IFE, lo presentó ante el Consejo General del IFE el
20 de julio, utilizando las siguientes palabras:
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
264
En un muy riguroso análisis de los listados por la representación de nuestro
partido en el Consejo Electoral del D.F., se mostró que hay más de un millón de
homonimias, 19.6 por ciento de los registros en la lista. También muestra un
padrón sistémico de distribución de estos nombres múltiples de electores que
promediaron 186 por sección electoral en las 5 mil secciones electorales del D.F.
(Consejo General del Instituto Federal Electoral, 20 de julio de 1994.
www.ife.org.mx/ página consultada en noviembre de 2004).
Tras estas denuncias, se llevaron a cabo dos investigaciones sobre las
homonimias. La primera, por parte de la Comisión Nacional de Vigilancia del RFE,
la cual concluyó su informe el 4 de agosto, en el cual después de haber analizado
los cinco millones 362 mil 760 registros de la lista nominal definitiva del DF,
concluyeron que "4'350,029 son nombre únicos es decir, no se repiten en la lista;
324, 638 corresponden a nombres que se repiten con diferentes frecuencias,
hasta sumar en conjunto l'011,831registros", además agregaban que "esto de
ninguna manera significa que este conjunto de registros sean registros
duplicados." (Consejo General del Instituto Federal Electoral, 6 de agosto de 1994.
www.ife.org.mx/ página consultada en septiembre de 2004).
Por su parte, el Consejo Técnico del Padrón Electoral, que también realizó una
investigación, coincidió en su informe, (Consejo General del Instituto Federal
Electoral, 6 de agosto de 1994. www.ife.org.mx/ pág. consultada en septiembre de
2004), con la existencia de más de 300 mil nombres que se repiten con frecuencia
en el listado nominal del DF. Aún más, señalaron que en Chiapas los homónimos
abarcaba el 34.11% del Padrón; en el DF el 19.5%; en Oaxaca el 19.42; en
Tabasco el 18.35, por citar sólo algunos ejemplos.
La valoración realizada por los miembros del Consejo General del IFE fue, que si
bien había un porcentaje elevado de homonimias, estas no ponían en jaque la
confiabilidad y validez del Padrón Electoral. La definición va más allá, al referir que
la existencia de las homonimias es producto de la idiosincrasia de nuestro país,
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265
pues en las familias se tiende a repetir los nombres por motivos familiares,
afectivos o religiosos.
El tema del Padrón Electoral no era el único en la agenda de debate de partidos y
autoridades electorales. Si bien los criterios de ratificación del mismo y la firma del
Acuerdo por la Civilidad otorgaban mayores expectativas sobre un proceso
transparente, aún permanecía en la memoria colectiva la experiencia de la "caída
del sistema" como un fantasma que recorría el ambiente político. En la ya citada
sesión del Consejo General del IFE del 20 de julio, se acordó presentar resultados
de la elección la misma noche del 21 de agosto. Con dicho acuerdo comenzó el
debate sobre la forma más adecuada para presentar dichos resultados.
De inmediato la vigilancia se centró en dos propuestas: los conteos rápidos y el
diseño de un Programa de Resultados Electorales Preliminares (PREP) por parte
del IFE. En las siguientes tres semanas los cabildeos y negociaciones entre los
representantes de los partidos políticos en el IFE y los integrantes del Consejo
General de dicho órgano, no lograban acordar a cuál de los dos se le daría
prioridad. Ante tal situación Jorge Carpizo, en calidad de presidente del Consejo
General del IFE, anunció primero que las cifras del conteo rápido se presentarían
sólo en caso extremo y, posteriormente anunció, que los resultados del PREP se
presentarían hasta que se hubiese computado el 15% de los resultados de las
casillas.
Los acuerdos definitivos tomaron forma en la sesión del 6 de agosto, en la cual se
precisaban las diferencias en cada uno de estos métodos. "El PREP se apoyará
en un técnica censal cuyo objetivo será obtener los resultados de todas las casillas
del país (96,421), mientras que el Conteo Rápido descansará en la aplicación de
técnicas muéstrales con el objeto de tener resultados estadísticamente
significativos a partir de una muestra representativa (de 2400 casillas)." (Consejo
General del Instituto Federal Electoral, 6 de agosto de 1994. www.ife.org.mx/ pág.
consultada en noviembre de 2004).
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266
Cabe subrayar que esta sería la primera ocasión en la cual se emplearían estas
técnicas en una elección presidencial en México, por lo cual se trataba de evitar al
máximo que los resultados ofrecidos por los conteos rápidos atenuaran un
conflicto poselectoral; de ahí que el establecimiento de reglas claras de operación,
aunado la exigencia por parte del IFE a las organizaciones de observación
electoral de metodologías precisas aplicables a sus conteos como condición para
avalar sus propios resultados.
De tal manera, el IFE autorizó 13 conteos rápidos, los cuales fueron: Televisión
Azteca; Cámara Nacional de la Industria de la Radio y Televisión (CNIRT);
Consejo Nacional de Asociaciones de Observación Electoral; Diario Reforma.
Asimismo el Partido Verde Ecologista de México (PVEM), el Partido
Revolucionario Institucional (PRI), el Partido Acción Nacional (PAN) y el Partido
del Frente Cardenista de Reconstrucción Nacional (PFCRN). Además, Alianza
Cívica, la Coparmex, la Organización Nacional de Observación del Magisterio; la
Cruzada por la Democracia, y Presencia Ciudadana.
La esperanza de dichas organizaciones y partidos políticos por el aval del IFE en
los conteos rápidos, se vio opacado por el anuncio de la CNIRT en el cual prohibía
a las estaciones de radio emitir reportes electorales a partir de las 23:00 horas del
21 de agosto, pudiendo reanudarlos hasta las 6:00 horas del día siguiente,
además de señalar que no se propagarían los resultados de los conteos rápidos,
salvo el de la propia CNIRT, así como el resultado del 15% de las casillas del
PREP del IFE.
4.6 A Manera de Síntesis
Las elecciones presidenciales son, y han sido, el evento electoral más importante
en nuestro país, de ahí que cada una de las elecciones presidenciales haya sido
un parámetro para medir los avances y las debilidades de la propuesta de cambio
electoral. Así fue en 1988, la última elección celebrada en un contexto de
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hegemonía autoritaria que favorecía los triunfos del PRI, pero también lo fue en la
elección de 1994, la primera realizada en un contexto de mayor transparencia,
vigilancia y de reglas erigidas por consenso de los actores políticos.
De ahí que este estudio tuviera como idea base establecer una conexión entre los
debates sobre la estructura electoral generados en el contexto de las campañas
presidenciales y la tendencia hacia el cambio electoral en el país. La cuestión
radica en señalar que el desgaste de legitimidad de los mecanismos de
transmisión del poder era de tal magnitud que en torno a las campañas, como ya
fue presentado a lo largo de esta investigación, se produjeron cambio que hicieron
posible una mayor apertura política, un incremento de la competencia y una
expectativa generalizada sobre la democratización del régimen autoritario
mexicano.
A diferencia de los anteriores capítulos, en este se ha enfatizado que el contexto
de las campañas también es un momento para construir acuerdos sobre el sentido
de orientación del cambio político. En un primer momento, con el conflicto
poselectoral de 1988, se definieron las áreas frágiles del sistema electoral,
mientras que, en un segundo momento, el consenso de los actores políticos fue
modificar las condiciones mediante las cuales se realizaba el proceso electoral, se
cambiaron autoridades electorales, se ciudadanizó el Consejo General del IFE, se
legisló sobre la observación electoral, se auditó el Padrón Electoral, todo ello en el
momento que la campaña de 1994 se estaba realizando. En otras palabras, lo que
se vio en 1994 fue una forma particular de cambiar los mecanismos de transmisión
del poder, alterando una de las áreas donde la red política autoritaria se mantenía
vigente, el sistema electoral, lo cual contribuyó a incrementar las expectativas
sobre la presentación de resultados transparentes, acordes a las condiciones
reales de competencia política en el país.
En esta investigación, de igual manera, se demostró las dificultades para la
construcción de acuerdos entre los actores políticos para definir las pautas del
cambio político-electoral, de igual manera se presentó la contribución de las
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
268
campañas presidenciales en la construcción de estos acuerdos. Se presentó la
importancia de las reformas electorales al inicio de la liberalización política, quedó
de manifiesto el control de los órganos electorales para generar un cambio vigilado
desde el propio régimen. Un control que fue referente importante para que los
actores políticos lo identificaran como uno de los obstáculos en la
democratización, y al plantear cambios en dicha área dejaron asentado el sentido
del cambio político en México, un cambio electoral, una disyuntiva irremediable.
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
269
Conclusiones y Nueva Agenda de Investigación.
La legitimidad del proceso política está sustentada en la certeza que tiene el
ciudadano respecto a la ser representado de manera explícita, por lo que la
pérdida de legitimidad del sistema político tiene que ver con la forma en que la
demanda social y ciudadana es procesada por este sistema.
Nuestra Carta Magna, define que debemos considerar a la democracia como una
forma de vida, en este sentido, se debe tener una mayor intervención de los
ciudadanos en los asuntos políticos de su país, creando mecanismos que
permitan esa participación activa y constante.
Con la reforma constitucional de 1977 se otorga reconocimiento constitucional a
los partidos políticos, entre las razones para su reconocimiento se encuentran
íntimamente vinculados con la historia de la democracia libre de nuestro país, y
por ende considerados como unidades de acción política, cuya principal finalidad
es promover la participación del pueblo en la vida democrática y hacer posible que
estos ciudadanos tengan acceso a los cargos de elección popular.
En un principio el artículo 35 de la Constitución Mexicana, le otorga al ciudadano
las prerrogativas de votar y ser votado para todos los puestos de elección popular
y ser nombrado para cualquier otro empleo o comisión, pero debiendo tener las
cualidades que establezca la ley, es decir, entre otras cosas, cumplir ciertos
requisitos como la edad, el empadronamiento, la vecindad, etc., que deben ser
establecidos en una ley secundaria.
Luego entonces, las cualidades necesarias, las condiciones para ser votados para
todos los cargos de elección popular, deben estar contempladas en leyes
secundarias, y estas leyes secundarias expresamente señalan que solo podrán
registrar candidatos a puestos de elección popular los partidos políticos (COFIPE
artículo 175).
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
270
En un primer término la Constitución Federal deja abierta la posibilidad de que
cualquier ciudadano pueda ser postulado a cargos de elección popular, pero
posteriormente acotan esa posibilidad al contenido de las leyes secundarias. Es
decir, una ley secundaria es la que restringe ese derecho, dándoles esa potestad
exclusiva a los partidos políticos.
Como regla general los partidos políticos deben cumplir su esencia constitucional
de forma individual e independiente, para lograr la representación a la que
aspiran, y solo como excepción deben buscar coaligarse.
Es necesario incluir la prevención de que los partidos políticos que pretendan
coaligarse no lo puedan realizar en el periodo inmediato siguiente a las elecciones
en las que se hayan coaligado, ya que el hecho de que contiendan de forma
individual en la siguiente elección, permitirá advertir y justificar su verdadera
representatividad nacional.
En este sentido, con el fin de que dichos institutos cumplan con sus propósitos
fundamentales, es necesario:
1) Establecer mayores requisitos para el otorgamiento del registro como
partido político nacional, que pongan un freno a la conformación de
partidos políticos cuya representatividad nacional es exigua, lo que
conllevará a reducir los recursos públicos que se destinan para su
financiamiento.
Aspecto particularmente relevante resultan las coaliciones, como nuevos
requisitos para formar coaliciones se propone que en el convenio de coalición no
se le pueda asignar a cada uno de los partidos políticos una cantidad mayor del
porcentaje de la votación total emitida que obtuvo en la elección inmediata
anterior; que en las elecciones de diputados federales y senadores de la
República las coaliciones sean siempre parciales; que el candidato que sea
postulado por la coalición, tenga cuando menos tres años de antigüedad de
militancia de uno de los partidos políticos coaligados que lo postulan, así como
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
271
que no hubieran participado en el proceso interno de selección de algún partido
político distinto al que conforme la coalición y; que se coliguen partidos políticos
con afinidad ideología.
1) Se debe implementar en nuestro marco jurídico electoral nuevas
alternativas de contienda, como son las candidaturas comunes, esto
permitirá verificar a la autoridad electoral la verdadera representación de
los partidos políticos sin que tenga que restringir de forma extrema a
estos institutos políticos en su derecho de libre asociación. Asimismo, se
tendría mayor certeza de que el financiamiento público que reciba el
ente político es equitativo al número de votos que obtenga en la
elección.
2) El financiamiento público que reciben los partidos políticos tanto para
que lleven a cabo sus actividades ordinarias permanentes como las
dirigidas a obtener el voto, debe ir disminuyendo paulatinamente.
La reducción del financiamiento público de los partidos políticos puede darse, a
partir de ir modificando la fórmula que actualmente se emplea para su asignación,
disminuyendo el financiamiento a aquellos partidos que participen en coalición en
los procesos electorales, reduciendo la duración de las campañas electorales,
hasta la contratación de espacios en medios masivos de comunicación para
promoción partidista como facultad exclusiva de la autoridad electoral.
Se deben ampliar las fuentes y montos de los recursos privados que pueden
recibir los partidos políticos, conservando el catálogo de aquellas personas físicas
o morales que se encuentran impedidas para realizar aportaciones a estos entes
políticos.
El ampliar el financiamiento privado, no significa abrir las puertas a los recursos
ilícitos o a la adquisición de compromisos con quienes representan intereses
políticos, sociales o económicos nacionales, sino transparentar dicho ingreso.
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
272
La ampliación de los recursos privados en las actividades de los partidos políticos,
deben ser controlados con mayor eficacia y eficiencia, a través de hacerlos
transparentes y públicos.
Al ser el Instituto Federal Electoral, a través de la Dirección de Prerrogativas y
Partidos Políticos, quien contrate los tiempos y horarios radiofónicos y televisivos,
que habrán de ser utilizados por los partidos políticos en la difusión de sus
campañas electorales, se garantiza igualdad en el acceso y contratación de los
mismos.
En este sentido, se debe recordar la relevancia de que existan condiciones de
igualdad entre los partidos políticos, el Consejo General del Instituto Federal
Electoral, previo al inicio del proceso electoral correspondiente, emitirá el Acuerdo
mediante el cual se determine el monto que los partidos políticos pueden destinar
a la contratación de espacios en radio y televisión.
Se prohíbe la contratación de espacios en medios de comunicación que se
relacionen con el proceso electoral, por parte de personas físicas o morales,
distintas al Instituto Federal Electoral, generándose condiciones de igualdad para
que los partidos políticos accedan en condiciones de equidad a la radio y
televisión.
Al ser el Instituto Federal Electoral, la única instancia facultada para contratar
espacios radiofónicos y televisivos, y al existir una denuncia sobre el contenido de
los mensajes difundidos, dicha autoridad podrá exigir a los concesionarios el retiro
inmediato de los spots denunciados. Con ello se reducen los tiempos y costos de
campañas electorales, obligando a los concesionarios ofrecer mejores tarifas y
horarios, para la transmisión de los mensajes partidistas.
Al restringirse la libertad de los partidos para que sean ellos quienes contraten
espacios en los medios de comunicación, se verán obligados a difundir mejores
mensajes, elevando el nivel del debate frente a sus adversarios y ofertar mejores
propuestas a los electores.
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
273
La fiscalización de los recursos tanto públicos como privados, que reciben los
partidos políticos, debe ser más eficaz y eficiente, para dejar atrás el carácter
rigorista y sancionador, ya que el régimen actual no garantiza la inhibición en la
comisión de las faltas, ni se asegura la debida comprobación y justificación en la
aplicación de estos recursos.
La autoridad electoral debe hacerse responsable patrimonialmente por los daños
que con sus actuaciones o resoluciones tomadas no necesariamente por
arbitrariedad, sino por negligencia o un error en la apreciación de los hechos, se le
causen a los partidos políticos fundamentalmente en la imposición de sanciones
pecuniarias.
Evidentemente un sistema regulatorio es insuficiente, sin el modelo
correspondiente de sanciones claras y específicas, es necesario regular el
tasamiento específico de la responsabilidad y sancionabilidad de la conducta
irregular imputable a los partidos políticos, en torno a los principios de Partido
Garante y Culpa, a partir de parámetros establecidos en los puntos desarrollados
por el derecho penal, en los que se consideren elementos tales como el grado de
conocimiento de la falta, beneficio obtenido, afectación causada al bien jurídico
tutelado, posibilidad de los infractores para establecer medidas precautorias y
reparadoras de la presunta falta, grado de intervención de la voluntad del agente y
del partido político a quien se relacione con el presunto infractor.
En materia de fiscalización de los recursos públicos que se asignan a los partidos
y agrupaciones políticas nacionales, se debe trasladar la función jurisdiccional
para conocer y resolver dichos asuntos al Tribunal Federal de Justicia Fiscal y
Administrativa, dado que es un tribunal especializado en materia fiscal y
hacendaria, máxime cuando los criterios a que se sujetan los aspectos de
fiscalización de los recursos públicos asignados a los partidos políticos obedecen
en función del marco normativo y diversos precedentes que en materia fiscal
prevalecen en nuestro régimen jurídico.
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No obstante, que los actos de precampaña se desarrollan dentro del proceso
interno de selección de candidatos de los partidos políticos, los efectos de estas
acciones llegan a trascender en los procesos electorales, traduciéndose en
ventajas indebidas frente al resto de los contendientes, lo que a su vez vulnera el
principio de equidad de la contiendas electorales, por lo que se propone que el
Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales se reforme y se
adicione un Capítulo que regule expresamente a las precampañas.
Deben realizarse modificaciones a las leyes vigentes, a efecto de que las
autoridades legalmente establecidas auxilien al Instituto Federal Electoral, en
apoyo de su funciones, para que sancionen ya sea en procedimientos fiscales, en
procedimientos administrativos e inclusive con sanciones de tipo penal, a los
ciudadanos que en un indebido ejercicio de sus derechos políticos vulneren la
norma o afecten el desarrollo del proceso electoral.
Se debe respetar la autorregulación de los partidos políticos en materia de
precampañas, siendo ellos quienes a través de sus convocatorias establezcan la
forma de selección de sus candidatos, así mismo los tiempos en los que sus
militantes deberán contender.
Para superar el conflicto de normas que prevalece entre el Código Federal de
Instituciones y Procedimientos Electorales y la Ley General del Sistema de Medios
de Impugnación, en lo referente a lo contenido en el artículo 64 párrafo 3 del
mencionado Código y el artículo 3 párrafo 1 inciso a) de la Ley, se propone que se
incluya la excepción de que los convenios de coalición si son atacables, siempre y
cuando se violen principios constitucionales o legales, con la finalidad de dar
vigencia al acceso a la justicia del que gozan los partidos políticos.
Es necesario incluir las reforma de que en el registro de los convenios de coalición
por cuanto hace a la elección presidencial, los partidos políticos tienen la
obligación de presentar un programa legislativo, tal como se alude en la artículos
de jurisprudencia del tribunal electoral federal, para que de esta manera los
ciudadanos puedan contar con la información necesaria para tener un mejor
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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conocimiento de la propuesta legislativa, máxime cuando dicho convenio por su
naturaleza obliga a que los partidos políticos se coaliguen de manera total en las
elecciones para renovar el Congreso de la Unión.
La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011
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1ª Edición Marzo del 2013.
2ª Impresión Marzo del 2015.
DISTRIBUCIÓN GRATUITA, PROHIBIDA SU VENTA.
La obra denominada “La Reforma Electoral Permanente en México, Sociedad Civil Versus Sistema de Partidos, una Disyuntiva Irremediable, 1994 a 2011”, es una publicación de Movimiento Ciudadano y se terminó de imprimir en la delegación Gustavo A. Madero, Distrito Federal, el día 12 de marzo del 2015.
Esta impresión consta de 200 ejemplares más sobrantes y fueron impresos por: Kladow, S.A. de C.V., Calle Miguel Planas número 21, colonia Vallejo Poniente, delegación Gustavo A. Madero, Distrito Federal, C.P. 07790. La edición estuvo al cuidado de la Tesorería Nacional de Movimiento Ciudadano, Partido Político Nacional.
M O V I M I E N T O
C I U D A D A N O
Tarea Editorial