INTRODUCCIÓN INDEBIDA DE MATERIALES INFLAMABLES

13

Transcript of INTRODUCCIÓN INDEBIDA DE MATERIALES INFLAMABLES

Page 1: INTRODUCCIÓN INDEBIDA DE MATERIALES INFLAMABLES
Page 2: INTRODUCCIÓN INDEBIDA DE MATERIALES INFLAMABLES

El que sin autorización introdujere en un buque,aeronave, carro de combate o medio detransporte colectivo de la Fuerza Pública,materias explosivas o inflamables,

Incurre por esta conducta en prisión de 6 mesesa 1 año,

Prisión de 1 a 3 años cuando causa daños.

Page 3: INTRODUCCIÓN INDEBIDA DE MATERIALES INFLAMABLES
Page 4: INTRODUCCIÓN INDEBIDA DE MATERIALES INFLAMABLES

Comandante, oficial de guardia o quien hagasus veces a bordo de buques, aeronaves, carrode combate o medio de transporte colectivo dela Fuerza Pública que les causare grave avería,

Prisión de 2 a 6 años.

Si la avería produce la inutilización absolutapara prestar los servicios a que esté destinado,incurriré en prisión de 6 a 12 años.

Page 5: INTRODUCCIÓN INDEBIDA DE MATERIALES INFLAMABLES
Page 6: INTRODUCCIÓN INDEBIDA DE MATERIALES INFLAMABLES

Comandante, oficial de guardiao quien haga sus veces, porculpa realice las conductasdescritas en el artículo anterior.

incurre en prisión de 1 a 3 años.

Page 7: INTRODUCCIÓN INDEBIDA DE MATERIALES INFLAMABLES
Page 8: INTRODUCCIÓN INDEBIDA DE MATERIALES INFLAMABLES

Si las conductas de los artículos 141 y142 de este Código es cometido por otrosmiembros de la tripulación del buque,aeronave, carro de combate o medio detransporte colectivo de la FuerzaPública.Incurrirán en las mismas penasdisminuidas hasta en la tercera parte.

Page 9: INTRODUCCIÓN INDEBIDA DE MATERIALES INFLAMABLES
Page 10: INTRODUCCIÓN INDEBIDA DE MATERIALES INFLAMABLES

El comandante que en caso de naufragioabandone el buque en condiciones deflotabilidad y no agotare los recursos parasalvar la tripulación, armas, pertrechos, bagajeso caudales del Estado que estén bajo suresponsabilidad,

Prisión de 4 a 8 años.

Page 11: INTRODUCCIÓN INDEBIDA DE MATERIALES INFLAMABLES
Page 12: INTRODUCCIÓN INDEBIDA DE MATERIALES INFLAMABLES

El comandante que en naufragio, catástrofe osiniestro, no agote los medios para conservar ladisciplina o en caso de salvamento, noembarque a la tripulación y demás ocupantes,en las lanchas, botes o balsas disponibles.

Prisión de 2 a 5 años.

Page 13: INTRODUCCIÓN INDEBIDA DE MATERIALES INFLAMABLES

GRACIAS