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REPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA NIT. 832.010.436-9 1 ESTUDIO DE CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD DE CONTRATO REFERENCIA: CONTRATAR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE VIGILANCIA FIJA Y SEGURIDAD PRIVADA ARMADA DE LAS INSTALACIONES (CONSULTA EXTERNA, URGENCIAS Y EL PUESTO DE SALUD PORVENIR RIO) DE LA E.S.E. MARIA AUXILIADORA DE MOSQUERA, CUNDINAMARCA. 1. IDENTIFICACIÓN DE LA NECESIDAD Y OPORTUNIDAD DE LA CONTRATACIÓN De conformidad a lo establecido en el Acuerdo No. 021 del 2003, modificado mediante el Acuerdo No. 30 del 27 de noviembre de 2012, la E.S.E. MARIA AUXILIADORA de Mosquera, Cundinamarca, es una Entidad de primer nivel de atención y constituye una categoría especial de Entidad pública descentralizada, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, adscrita a la Secretaria de Salud Municipal e integrante del Sistema de Seguridad Social en Salud y sometida al régimen jurídico previsto en el Capítulo III, Artículo 194, 195 y 197 de la Ley 100 de 1993 y sus decretos reglamentarios. En estas condiciones la E.S.E. MARIA AUXILIADORA de Mosquera, Cundinamarca, resulta ser una Entidad prestadora del servicio público de salud, que sirve a la población que habita en el Municipio, con énfasis, en la población pobre que no se encuentra cubierta con subsidios a la demanda y a la población afiliada a las administradoras del régimen subsidiado. Atendiendo adicionalmente a la población de régimen contributivo, población afiliada a administradoras de riesgos profesionales o beneficiarias de algún tipo de seguro (SOAT, seguros estudiantiles, entre otros). Así como personas sin ningún tipo de afiliación al SGSSS y que requieran atención en salud; Siendo sus fines primordiales: 1. Contribuir al desarrollo social del país mejorando la calidad de vida y reduciendo la morbilidad, la mortalidad, la incapacidad, el dolor y la angustia evitables en la población usuaria, en la medida en que esto esté a su alcance. 2. Producir servicios de salud eficientes y efectivos, que cumplan con las normas vigentes y las que se expidan para tal efecto. 3. Prestar los servicios de salud que la población requiera y que la empresa de acuerdo con su desarrollo y recursos disponibles pueda ofrecer. 4. Garantizar mediante un manejo gerencial adecuado, la rentabilidad social y financiera de la Empresa. 5. Ofrecer a las administradoras del Régimen Subsidiado, a las Entidades promotoras de salud y demás personas naturales o jurídicas que los demanden, los diferentes servicios. 6. Satisfacer los requerimientos del entorno, adecuando continuamente sus servicios y funcionamiento. 7. Prestar servicios de salud que satisfagan de manera óptima las necesidades y expectativas de la prevención, tratamiento y rehabilitación de la enfermedad. 8. Contribuir a la satisfacción de las necesidades esenciales y secundarias de salud de la población usuaria a través de acciones organizativas, técnico-científicas y técnico- administrativas. 9. Desarrollar la estructura y capacidad operativa de la Empresa mediante la aplicación de técnicas gerenciales que aseguren su supervivencia, crecimiento, calidad de sus recursos, capacidad de competir en el mercado y rentabilidad social y financiera. La contratación de una empresa para realizar las actividades de vigilancia fija y seguridad privada se hace necesaria para velar por el cumplimiento permanente de esta condición de habilitación, establecida en el decreto 1011 de 2006 , en donde se encuentra como requisito mínimo de habilitación garantizar la óptima prestación de los servicios ofrecidos por institución, manteniendo la suficiente capacidad técnico-administrativa y para el cumplimiento de los requisitos legales exigidos por las normas vigentes con respecto a su existencia y representación. De igual modo la institución debe dar cumplimientos al sistema obligatorio de garantía de la calidad y a toda la normatividad relacionada (Ley 100 de 1993, Ley 715 de 2001, Decreto 1011 de 2006, Resolución 1043 de 2006, Resolución 1446 de 2006), la E.S.E. MARIA AUXILIADORA DE MOSQUERA, no cuenta dentro de su planta de personal con cargos para el cumplimiento de la labor de vigilancia para una adecuada protección de los intereses patrimoniales de la entidad, así como de aquellos bienes de los cuales sea igualmente responsable, es decir, que la contratación del servicio de vigilancia privada armada con medio humano obedece fundamentalmente a que la ESE no cuenta con el personal y la capacidad operativa para hacerlo directamente, por lo que se requiere encargarlo a un tercero y lograr el fin de la contratación.

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ESTUDIO DE CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD DE CONTRATO

REFERENCIA: CONTRATAR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE VIGILANCIA FIJA Y SEGURIDAD PRIVADA ARMADA DE LAS INSTALACIONES (CONSULTA EXTERNA, URGENCIAS Y EL PUESTO DE SALUD PORVENIR RIO) DE LA E.S.E. MARIA AUXILIADORA DE MOSQUERA, CUNDINAMARCA.

1. IDENTIFICACIÓN DE LA NECESIDAD Y OPORTUNIDAD DE LA CONTRATACIÓN

De conformidad a lo establecido en el Acuerdo No. 021 del 2003, modificado mediante el Acuerdo No. 30 del 27 de noviembre de 2012, la E.S.E. MARIA AUXILIADORA de Mosquera, Cundinamarca, es una Entidad de primer nivel de atención y constituye una categoría especial de Entidad pública descentralizada, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, adscrita a la Secretaria de Salud Municipal e integrante del Sistema de Seguridad Social en Salud y sometida al régimen jurídico previsto en el Capítulo III, Artículo 194, 195 y 197 de la Ley 100 de 1993 y sus decretos reglamentarios. En estas condiciones la E.S.E. MARIA AUXILIADORA de Mosquera, Cundinamarca, resulta ser una Entidad prestadora del servicio público de salud, que sirve a la población que habita en el Municipio, con énfasis, en la población pobre que no se encuentra cubierta con subsidios a la demanda y a la población afiliada a las administradoras del régimen subsidiado. Atendiendo adicionalmente a la población de régimen contributivo, población afiliada a administradoras de riesgos profesionales o beneficiarias de algún tipo de seguro (SOAT, seguros estudiantiles, entre otros). Así como personas sin ningún tipo de afiliación al SGSSS y que requieran atención en salud; Siendo sus fines primordiales: 1. Contribuir al desarrollo social del país mejorando la calidad de vida y reduciendo la morbilidad,

la mortalidad, la incapacidad, el dolor y la angustia evitables en la población usuaria, en la medida en que esto esté a su alcance.

2. Producir servicios de salud eficientes y efectivos, que cumplan con las normas vigentes y las que se expidan para tal efecto.

3. Prestar los servicios de salud que la población requiera y que la empresa de acuerdo con su desarrollo y recursos disponibles pueda ofrecer.

4. Garantizar mediante un manejo gerencial adecuado, la rentabilidad social y financiera de la Empresa.

5. Ofrecer a las administradoras del Régimen Subsidiado, a las Entidades promotoras de salud y demás personas naturales o jurídicas que los demanden, los diferentes servicios.

6. Satisfacer los requerimientos del entorno, adecuando continuamente sus servicios y funcionamiento.

7. Prestar servicios de salud que satisfagan de manera óptima las necesidades y expectativas de la prevención, tratamiento y rehabilitación de la enfermedad.

8. Contribuir a la satisfacción de las necesidades esenciales y secundarias de salud de la población usuaria a través de acciones organizativas, técnico-científicas y técnico-administrativas.

9. Desarrollar la estructura y capacidad operativa de la Empresa mediante la aplicación de técnicas gerenciales que aseguren su supervivencia, crecimiento, calidad de sus recursos, capacidad de competir en el mercado y rentabilidad social y financiera.

La contratación de una empresa para realizar las actividades de vigilancia fija y seguridad privada se hace necesaria para velar por el cumplimiento permanente de esta condición de habilitación, establecida en el decreto 1011 de 2006 , en donde se encuentra como requisito mínimo de habilitación garantizar la óptima prestación de los servicios ofrecidos por institución, manteniendo la suficiente capacidad técnico-administrativa y para el cumplimiento de los requisitos legales exigidos por las normas vigentes con respecto a su existencia y representación. De igual modo la institución debe dar cumplimientos al sistema obligatorio de garantía de la calidad y a toda la normatividad relacionada (Ley 100 de 1993, Ley 715 de 2001, Decreto 1011 de 2006, Resolución 1043 de 2006, Resolución 1446 de 2006), la E.S.E. MARIA AUXILIADORA DE MOSQUERA, no cuenta dentro de su planta de personal con cargos para el cumplimiento de la labor de vigilancia para una adecuada protección de los intereses patrimoniales de la entidad, así como de aquellos bienes de los cuales sea igualmente responsable, es decir, que la contratación del servicio de vigilancia privada armada con medio humano obedece fundamentalmente a que la ESE no cuenta con el personal y la capacidad operativa para hacerlo directamente, por lo que se requiere encargarlo a un tercero y lograr el fin de la contratación.

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2. ASPECTOS TÉCNICOS EXIGIDOS

El Proponente que sea seleccionado deberá realizar las actividades en las especificaciones técnicas y cantidades relacionadas a continuación: 2.1 PUESTOS DE VIGILANCIA

DESCRIPCION

Un (01) Servicio de vigilancia armada 24 horas del día para el servicio de Consulta Externa en la Sede de la Calle 2 No. 3-14, zona centro Municipio de Mosquera - Cundinamarca.

Un (01) Servicio de vigilancia armada 24 horas del día para el servicio de Urgencias ubicado en la Sede de la Calle 3 No. 1-19 E., zona centro Municipio de Mosquera - Cundinamarca.

Un (01) Servicio de vigilancia armada 24 horas de lunes a viernes, sábados, domingos y festivos, para el Puesto de Salud Porvenir Río – Municipio de Mosquera - Cundinamarca.

2.2 DOTACIÓN: La dotación mínima que deberá tener el personal a prestar servicio de vigilancia será la siguiente, de acuerdo con las normas vigentes:

Uniforme completo que cumpla lo establecido en la Resolución 510 de 2004 expedida por la

Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada

Arma de fuego calibre 38 largo (para los puestos que requieren modalidad con armas).

Radio de comunicaciones.

Placa y carné de identificación.

Elementos: bolígrafo, libro de minuta, carpeta de consignas, linterna y directorio telefónico de

emergencia.

El proponente debe tener en cuenta en el costo de su propuesta, el suministro, operación y mantenimiento de la totalidad de los equipos anteriormente relacionados. 2.3 PERSONAL DE VIGILANCIA MÍNIMO SOLICITADO. El proponente debe ofrecer y garantizar como mínimo el personal que se indica en el presente numeral cuya dedicación deberá ser la mínima establecida para cada uno en el desarrollo de las actividades de su competencia. En todo caso, el contratista deberá contar con todo el personal que se requiera para la prestación del servicio. Para el personal requerido a continuación el proponente deberá presentar dentro de la oferta las hojas de vida con los respectivos soportes laborales, contractuales y académicos según corresponda, que acrediten válidamente la formación académica, la experiencia laboral y específica del personal. Para el caso de las profesiones que requieran tarjeta o matricula profesional esta deberá anexarse y en general los documentos que válidamente demuestren la formación requerida para el personal solicitado. a. PERSONAL DE VIGILANCIA MÍNIMO REQUERIDO Y MODALIDAD DEL SERVICIO

Un (01) puesto de vigilancia permanentes, modalidad con armas, de veinticuatro (24) horas

diarias cada uno, de lunes a domingo, durante el plazo de ejecución del contrato. Será de

exclusiva responsabilidad del contratista la adecuación de este requerimiento con la

normatividad vigente, en particular, en materia laboral.

UN (01) puesto de vigilancia permanente, modalidad con armas, de doce (12) horas diarias

nocturnas, de lunes a viernes, durante el plazo de ejecución del contrato. Será de exclusiva

responsabilidad del contratista la adecuación de este requerimiento con la normatividad

vigente, en particular, en materia laboral.

UN (01) puesto de vigilancia permanente, modalidad con armas de 24 horas diarias los días

sábados, domingos y festivos

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El personal masculino y/o femenino debe ser bachiller y estar certificado en el nivel avanzado y cumplir con cada uno de los siguientes requisitos: 1. Copia del envió para el registro del personal a la página WEB de la Superintendencia de

Vigilancia donde se pueda establecer que cada vigilante se encuentra debidamente inscrito

para la expedición de la credencial.

2. El personal masculino que se ofrezca para la prestación del servicio como Guarda de

seguridad debe ser, en la fecha de presentación de la propuesta, reservista de primera línea

con tarjeta de conducta militar con calificación de excelente.

3. Fotocopia del diploma del ultimo nivel aprobado por el vigilante expedido por una escuela de

vigilancia y seguridad privada debidamente registrada ante la Superintendencia de Vigilancia y

Seguridad Privada.

4. Mínimo un (1) año de experiencia en vigilancia y/o seguridad con empresas debidamente

autorizadas por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.

b. COORDINADOR

El proponente deberá acreditar que cuenta con un (1) coordinador el cual realizará el enlace administrativo entre la empresa de seguridad y vigilancia y la entidad. Dicho coordinador debe reunir los siguientes requisitos mínimos: A) Oficial retirado de las fuerzas militares o de la Policía Nacional, acreditado con fotocopia del diploma o certificación expedida por la Fuerza correspondiente; B) Tener experiencia como coordinador en empresas de vigilancia y seguridad privada, y/o en cargos de dirección en empresas de Vigilancia no inferior a tres (3) años contados a partir de la fecha de cierre de este proceso, la cual deberá estar acreditada mediante certificación expedida por los representantes legales de las empresas de vigilancia y seguridad privada en las que haya laborado o por el funcionario autorizado para ello. C) No tener antecedentes penales ni disciplinarios, lo cual se acreditará mediante los certificados vigentes expedidos por la Policía Nacional y por la Procuraduría General de la Nación, respectivamente. D) Acreditar título de formación profesional y especialización en seguridad privada y/o administración de la seguridad. Para efectos de evaluar el Coordinador, el oferente deberá presentar junto a la hoja de vida, los documentos en los que se demuestre el cumplimiento de los anteriores requisitos. c. JEFE DE OPERACIONES.

Acreditar un (1) jefe de operaciones con seis (6) años o más de experiencia en manejo de personal y actividades de seguridad; igualmente debe acreditar la vinculación a la empresa proponente, para lo cual deberá anexar hoja de vida y acreditar su vinculación actual mediante la fotocopia simple del contrato de trabajo y copia de PILA (seguridad social). Para efectos de evaluar el Jefe de Operaciones, el oferente deberá presentar junto a la hoja de vida, los documentos en los que se demuestre el cumplimiento de los anteriores requisitos. d. SUPERVISOR (ES) DEL SERVICIO A CARGO DEL CONTRATISTA

El proponente deberá poner a disposición del servicio mínimo un (1) supervisor cuya destinación no será de carácter permanente para la ejecución del contrato con la E.S.E MARÍA AUXILIADORA DE MOSQUERA y tampoco generara consto adicional, para el efecto debe anexar: 1. Copia del envió para el registro del personal a la página WEB de la Superintendencia de

Vigilancia donde se pueda establecer que cada Supervisor se encuentra debidamente inscrito para la expedición de la credencial.

2. Fotocopia del diploma de Supervisor expedido por una escuela de vigilancia y seguridad privada debidamente registrada ante la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.

3. Debe acreditar la realización de curso de Supervisión Avanzada con el fin de garantizar su idoneidad en: 1. Conocimiento básico de servicios de vigilancia. 2. Manejo de emergencia por fallas humanas y situaciones naturales. 3. Relaciones interpersonales y manejo de crisis.

4. El supervisor deberá acreditar experiencia mínima de 10 años en el desarrollo de actividades relacionadas con el sector de la vigilancia de los cuales mínimo cinco (5) años, deberán ser como supervisor de seguridad privada en entidades hospitalarias.

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El proponente deberá proporcionar sin costo adicional el personal relacionado, con el fin de realizar la supervisión y coordinación de las actividades a desarrollar en la ejecución del objeto del presente proceso público y no son de destinación exclusiva. •EL PROPONENTE deberá certificar que el personal relacionado en el presente numeral, se encuentra vinculado directamente al proponente favorecido mediante contrato de trabajo. •EL PROPONENTE deberá certificar que el personal por él asignado para el cumplimiento del objeto contractual se encuentra debidamente capacitado y entrenado en las labores que le competen. 2.4 CAMBIOS Y TRASLADOS DEL PERSONAL

Los supervisores, coordinadores, vigilantes y personal de apoyo, no podrán ser reemplazados sin la autorización previa de la ESE MARÍA AUXILIADORA por intermedio del interventor o supervisor del contrato. Para autorizar su reemplazo, se debe presentar previamente una persona que cumpla con los requisitos mínimos solicitados en el presente pliego de condiciones y que acredite la experiencia especifica igual o superior a la de la persona a sustituir. El número de operarios (as), equipos y elementos, así como su ubicación podrán cambiar de conformidad con las necesidades de la Sede. Por razones de seguridad LA E.S.E MARÍA AUXILIADORA DE MOSQUERA se reserva la facultad de verificar las hojas de vida del personal que la Empresa vaya a utilizar en desarrollo del contrato, y podrá solicitar el cambio del personal cuando así lo considere procedente. En todo caso cuando haya cambio de empleados se deberá enviar a LA E.S.E MARÍA AUXILIADORA DE MOSQUERA la hoja de vida con los demás documentos exigidos 3. DOCUMENTOS TÉCNICOS EXIGIDOS.

3.1 CERTIFICACIÓN Y LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO EXPEDIDA POR LA SUPERINTENDENCIA DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA: El proponente deberá comprobar la vigencia de su Licencia de Funcionamiento mediante certificación expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada dentro de los noventa (90) días hábiles anteriores a la fecha de cierre de la presente invitación, en la que conste que el proponente tiene licencia vigente para prestar todos los servicios de vigilancia y seguridad privada, medios tecnológicos, asesoría, consultoría e investigaciones, que ofrece en su propuesta, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 356 de 11 de abril de 1994, el decreto 2187 de 12 de octubre de 2001, la Resolución 2852 de 8 de agosto de 2006 expedidos por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada. Los proponentes que presenten propuesta mediante consorcio o unión temporal deberán adjuntar el certificado de vigencia de la licencia de funcionamiento y copia de la misma, de cada uno de sus integrantes. La no presentación de este documento será subsanable, no lo será el hecho de no contar con esta licencia a la fecha del cierre. 3.2 CERTIFICACIÓN DE SANCIONES EXPEDIDA POR LA SUPERINTENDENCIA DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA: El oferente deberá anexar certificación vigente expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, en la que conste las sanciones o multas impuestas al proponente dentro de los cinco (5) años anteriores al cierre de la presente Invitación, de acuerdo con lo establecido en las Resoluciones: No. 02595 del 11 de diciembre de 2003 y 2852 del 8 de agosto de 2006. En el caso de los Consorcios o Uniones Temporales, se allegará la certificación de cada uno de los integrantes. La no presentación de este documento será subsanable. 3.3 LICENCIA DE COMUNICACIONES Y REGISTRO TIC: El proponente que requiera de licencia de comunicaciones deberá anexar fotocopia legible, de la licencia o de la autorización para la utilización de frecuencias radioeléctricas, expedida por el Ministerio de Comunicaciones, la cual deberá estar vigente a la fecha de cierre de la presente

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Invitación Pública y tener cubrimiento en la totalidad de los sitios en los cuales se prestará el servicio, esta debe haber sido expedida a nombre del oferente o, en el caso de consorcios o uniones temporales, de todos los miembros que lo conforman. REGISTRO TIC (Tecnologías de la Información y las Comunicaciones), El proponente y cada uno de los miembros del consorcio o unión temporal debe anexar con su propuesta la inscripción o incorporación vigente en el Registro TIC, a través del cual se entiende formalmente surtida la Habilitación General para la provisión de redes y/o servicios de Telecomunicaciones, expedido por el Ministerio de Comunicaciones, de conformidad con la Ley 1341 de 2009, título II art 11 al 15, Decreto 4948 de 2009 y el Decreto 091 de 2010. No tener la inscripción o incorporación en el registro TIC vigente a la fecha de cierre del proceso licitatorio, dará lugar a que la Propuesta sea RECHAZADA TÉCNICAMENTE. La no presentación de este documento será subsanable, no lo será el hecho de no contar con esta licencia a la fecha del cierre. 3.4 PERMISOS DE PORTE O TENENCIA DE ARMAS:

El proponente debe presentar fotocopia legible, de los permisos de porte o tenencia de las armas con las cuales ejecutará el contrato expedidos a nombre del oferente por la autoridad competente, vigentes a la fecha de cierre de esta Invitación.

3.5 RED DE APOYO: El oferente debe presentar, certificación en la que conste su vinculación a la Red de Apoyo de Bogotá, vigente a la fecha de cierre de la presente Invitación Pública, expedida por el Departamento de Policía Nacional. En dicha certificación el proponente deberá acreditar que cuenta con una calificación de cumplimiento no inferior al 60%

En el caso de propuestas presentadas por consorcios o uniones temporales, la certificación de que trata el presente numeral deberá ser expedida por todos los miembros que lo conforman. 3.6 PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL: El proponente debe presentar fotocopia legible de la póliza de seguro de Responsabilidad Civil vigente, que ampare los riesgos de uso indebido de armas de fuego u otros elementos de vigilancia y seguridad privada, servicios de medios tecnológicos, cuyo cubrimiento sea superior a cuatrocientos (400) Salarios mínimos legales mensuales vigentes, expedida por una compañía de seguros legalmente autorizada, de conformidad con la Resolución 2852 de 2006. 3.7 PERMISOS DE PORTE O TENENCIA DE ARMAS: El proponente debe presentar fotocopia legible, de los permisos de porte o tenencia de las armas con las cuales ejecutará el contrato expedidos a nombre del oferente por la autoridad competente, vigentes a la fecha de cierre de esta Invitación. 3.8 RED DE APOYO: El oferente debe presentar, certificación en la que conste su vinculación a la Red de Apoyo a la Policía Nacional vigente a la fecha de cierre de la presente Invitación Pública. En dicha certificación el proponente deberá acreditar que cuenta con una calificación de cumplimiento no inferior al 60% En el caso de propuestas presentadas por consorcios o uniones temporales, la certificación de que trata el presente numeral deberá ser expedida por todos los miembros que lo conforman. 3.9 PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL: El proponente debe presentar fotocopia legible de la póliza de seguro de Responsabilidad Civil vigente, que ampare los riesgos de uso indebido de armas de fuego u otros elementos de vigilancia y seguridad privada, servicios de medios tecnológicos, cuyo cubrimiento sea superior a cuatrocientos (400) Salarios mínimos legales mensuales vigentes, expedida por una compañía de seguros legalmente autorizada, de conformidad con la Resolución 2852 de 2006.

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3.10 RESOLUCIÓN DE UNIFORMES: El proponente deberá anexar la certificación vigente expedida por la superintendencia de vigilancia y seguridad privada mediante la cual se autoriza y registra los diseños, colores, distintivos y demás especificaciones de los uniformes. Adicional a lo anterior deberá adjuntar registro fotográfico de los uniformes del personal masculino y femenino. 3.11 AUTORIZACIÓN DEL MINISTERIO DE TRABAJO: El proponente deberá adjuntar en su propuesta autorización expedida por el Ministerio de Trabajo, en la cual se acredite autorización a la empresa de vigilancia y seguridad privada para exceder la jornada mínimo legal. 3.12 CERTIFICACION AUTORIZACIÓN DE CAPACITACION DE LA SUPERINTENDENCIA DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA: El proponente deberá allegar la respectiva certificación expedida por la Superintendencia de Vigilancia Privada y Seguridad Privada, en relación con la capacitación a su personal, así:

i. Si el proponente cuenta con su propio departamento de capacitación, deberá allegar copia

de la certificación de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada en la cual

conste que la empresa tiene autorizado el programa de capacitación.

ii. Si el proponente presta la capacitación al personal de su empresa a través de una escuela

de capacitación en la cual se provea enseñanza, capacitación, entrenamiento y

actualización de conocimientos relacionados con vigilancia y seguridad, deberá allegar

copia de la licencia de funcionamiento de la misma, la cual debe encontrarse vigente.

iii. De conformidad con lo anterior, el proponente deberá indicar la capacitación que el

personal de vigilancia ha recibido y recibirá durante la ejecución del contrato en materia de

seguridad en instalaciones, seminarios o cursos sobre relaciones públicas y/o humanas,

indicando la intensidad horaria.

3.13 ESTRUCTURA DEL DEPARTAMENTO DE SEGURIDAD: el proponente de debe presentar el organigrama propuesto para la prestación del servicio, el procedimiento de atención al cliente y garantizaran la calidad del servicio. 3.14 CERTIFICACIÓN CUMPLIMIENTO EQUIPO MÍNIMO DE SEGURIDAD: El proponente para llevar a cabo una eficiente prestación del servicio de vigilancia y seguridad dispondrá y por tanto deberá certificar por escrito y en forma expresa que aportará el siguiente equipo requerido para la E.S.E:

Uniforme Completo con el distintivo de la empresa, de conformidad con la Resolución aprobada

vigente.

Equipo de impermeable

Linterna de baterías grandes, recargables mínimo de 10.000 lumenos.

Radio portátil o Avantel.

Pito o silbato individual

3.15 OJA DE VIDA DEL PERSONAL REQUERIDO: Para el personal requerido a continuación el proponente deberá presentar dentro de la oferta las hojas de vida con los respectivos soportes laborales, contractuales y académicos según corresponda, que acrediten válidamente la formación académica, la experiencia laboral y específica del personal, así como las capacitaciones y formación adicional requerida. Para el caso de las profesiones que requieran tarjeta o matricula profesional esta deberá anexarse y en general los documentos que válidamente demuestren la formación requerida para el personal solicitado. A. PERSONAL DE VIGILANCIA MÍNIMO REQUERIDO Y MODALIDAD DEL SERVICIO

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UN (01) puesto de vigilancia permanentes, modalidad con armas, de veinticuatro (24) horas diarias cada uno, de lunes a domingo, durante el plazo de ejecución del contrato. Será de exclusiva responsabilidad del contratista la adecuación de este requerimiento con la normatividad vigente, en particular, en materia laboral.

UN (01) puesto de vigilancia permanente, modalidad con armas, de doce (12) horas diarias nocturnas, de lunes a viernes, durante el plazo de ejecución del contrato. Será de exclusiva responsabilidad del contratista la adecuación de este requerimiento con la normatividad vigente, en particular, en materia laboral.

UN (01) puesto de vigilancia permanente, modalidad con armas de 24 horas diarias los días sábados, domingos y festivos

El personal masculino y/o femenino debe ser bachiller y estar certificado en el nivel avanzado y cumplir con cada uno de los siguientes requisitos: a) Copia del envió para el registro del personal a la página WEB de la Superintendencia de

Vigilancia donde se pueda establecer que cada vigilante se encuentra debidamente inscrito para la expedición de la credencial.

b) El personal masculino que se ofrezca para la prestación del servicio como Guarda de seguridad debe ser, en la fecha de presentación de la propuesta, reservista de primera línea con tarjeta de conducta militar con calificación de excelente.

c) Fotocopia del diploma del ultimo nivel aprobado por el vigilante expedido por una escuela de vigilancia y seguridad privada debidamente registrada ante la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.

d) Mínimo un (1) año de experiencia en vigilancia y/o seguridad en entidades hospitalarias, con empresas debidamente autorizadas por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.

B. COORDINADOR

El proponente deberá acreditar que cuenta con un (1) coordinador el cual realizará el enlace administrativo entre la empresa de seguridad y vigilancia y la entidad. Dicho coordinador debe reunir los siguientes requisitos mínimos: a) Oficial retirado de las fuerzas militares o de la Policía Nacional, acreditado con fotocopia del diploma o certificación expedida por la Fuerza correspondiente; b) Tener experiencia como coordinador en empresas de vigilancia y seguridad privada, y/o en cargos de dirección en empresas de Vigilancia no inferior a tres (3) años contados a partir de la fecha de cierre de este proceso, la cual deberá estar acreditada mediante certificación expedida por los representantes legales de las empresas de vigilancia y seguridad privada en las que haya laborado o por el funcionario autorizado para ello. c) No tener antecedentes penales ni disciplinarios, lo cual se acreditará mediante los certificados vigentes expedidos por la Policía Nacional y por la Procuraduría General de la Nación, respectivamente. d) Acreditar título de formación profesional en áreas administrativas y especialización en seguridad privada y/o administración de la seguridad. C. JEFE DE OPERACIONES. Acreditar un (1) jefe de operaciones con seis (6) años o más de experiencia en manejo de personal y actividades de seguridad; igualmente debe acreditar la vinculación a la empresa proponente, para lo cual deberá anexar hoja de vida y acreditar su vinculación actual mediante la fotocopia simple del contrato de trabajo y copia de PILA (seguridad social). D. SUPERVISOR (ES) DEL SERVICIO A CARGO DEL CONTRATISTA

El proponente deberá poner a disposición del servicio mínimo un (1) supervisor cuya destinación no será de carácter permanente para la ejecución del contrato con la E.S.E MARÍA AUXILIADORA DE MOSQUERA y tampoco generara consto adicional, para el efecto debe anexar: 1. Copia del envió para el registro del personal a la página WEB de la Superintendencia de Vigilancia donde se pueda establecer que cada Supervisor se encuentra debidamente inscrito para la expedición de la credencial. 2. Fotocopia del diploma de Supervisor expedido por una escuela de vigilancia y seguridad privada debidamente registrada ante la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada. 3. Debe acreditar la realización de curso de Supervisión Avanzada con el fin de garantizar su idoneidad en: 1. Conocimiento básico de servicios de vigilancia. 2. Manejo de emergencia por fallas humanas y situaciones naturales. 3. Relaciones interpersonales y manejo de crisis.

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4. El supervisor deberá acreditar experiencia mínima de 10 años en el desarrollo de actividades relacionadas con el sector de la vigilancia de los cuales mínimo cinco (5) años, deberán ser como supervisor de seguridad privada en entidades hospitalarias. 4. ASPECTOS TÉCNICOS ADICIONALES:

La E.S.E MARÍA AUXILIADORA DE MOSQUERA, requiere para que el proponente pueda llevar a cabo una eficiente presentación de servicios, de vigilancia y seguridad el ofrecimiento de los siguientes aspectos técnicos adicionales que deberán ser incluidos en la propuesta:

UN (1) arco detector de metales de alta sensibilidad, para aplicaciones generales y detección

de armas y metales, que deberá estar disponible durante todo el plazo de ejecución del

contrato.

Dos informes durante el término de ejecución del contrato en consultoría e investigación de

seguridad de la E.S.E MARÍA AUXILIADORA.

El proponente que incluya estos aspectos adicionales deberá acompañar dentro de la propuesta la respectiva resolución expedida por la Superintendencia De Vigilancia Y Seguridad Privada, donde se autoriza al proponente para la utilización de estos equipos tecnológicos, la cual deberá encontrarse vigente al momento de presentar la propuesta, al igual que para la suscripción del contrato y pro el termino de ejecución del mismo. Nota: Las propuesta que no incluya estos ofrecimientos Técnicos Adicionales no será tenida en cuenta por parte de la E.S.E MARÍA AUXILIADORA DE MOSQUERA. 5. CONDICIONES DE CONTRATACIÓN

5.1 OBJETO: El contratista se obliga con la E.S.E MARIA AUXILIADORA DE MOSQUERA a PRESTAR EL SERVICIO DE VIGILANCIA FIJA Y SEGURIDAD PRIVADA MODALIDAD CON ARMAS para las instalaciones (CONSULTA EXTERNA, URGENCIAS Y EL PUESTO DE SALUD PORVENIR RIO) DE LA E.S.E. MARIA AUXILIADORA DE MOSQUERA, CUNDINAMARCA.

5.2 PLAZO: El plazo de ejecución es decir el tiempo durante, el cual EL CONTRATISTA se compromete a prestar el servicio, será de: OCHO (08) MESES, contados a partir de la suscripción del contrato.

5.3 LUGAR DE EJECUCIÓN: El objeto de lo contratado se prestara en las instalaciones de la E.S.E. MARIA AUXILIADORA ubicada en el Municipio de Mosquera, Cundinamarca, en sus sedes de la Calle 2 No. 3-14, Calle 3 No. 1-19 Este, y el Puesto de Salud Porvenir Río y en la UMs (Unidad Móvil) cuando sea necesario, ubicados todos en el Municipio de Mosquera – Cundinamarca.

5.4 SUPERVISIÓN: El supervisor del cumplimiento estricto del objeto de la contratación es la Subgerente de la Entidad.

6. ESTUDIO ECONÓMICO Y PRESUPUESTAL:

Para todos los efectos téngase en cuenta que para la contratación, la Entidad cuenta con un presupuesto por la suma de: CIENTO CUARENTA Y DOS MILLONES DE PESOS MONEDA CORRIENTE ($ 142.000.000,00 M/cte.), valor este contemplado en la disponibilidad presupuestal No. 2014000200 del 05 de marzo de 2014, expedida para el efecto; valor este que incluye todos los costos directos e indirectos que su cumplimiento conlleva. Para efectos de determinar el costo la Entidad tuvo en cuenta las circulares y reglamentaciones de la Superintendencia de vigilancia que regulan las tarifas para servicios de vigilancia

7. FACTORES DE SELECCIÓN:

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Los oferentes deberán cumplir con la totalidad de los requisitos habilitantes (jurídicos, financieros, económicos y técnicos) de modo que puedan ser objeto de evaluación; con lo cual la propuesta más favorable para la institución será aquella que obtenga el mayor puntaje en el sistema de ponderación y cuya propuesta cumpla con la totalidad de requisitos habilitantes según los parámetros establecidos aquí: SERÁN FACTORES DE SELECCIÓN: Documentos jurídicos: Cumple/No cumple Verificación Técnica mínima: Cumple/No cumple RUP índices financieros: Cumple/No cumple Verificación Experiencia: Cumple/No cumple Nota: En el caso en que alguno de los factores de selección resulte con evaluación “no cumple” será causal de rechazo de la propuesta.

8. RIESGOS PREVISIBLES:

Se consideran como riesgos previsibles para el cumplimiento del contrato:

El incumplimiento con el desarrollo de las actividades contratadas

El desarrollo de actividades que se alejen del marco legal vigente, o del lleno de los

requisitos exigidos por la ley.

El posible cambio de condiciones para la prestación del servicio o que exijan modificación y/o

suspensión parcial o total de las actividades contratadas.

Daños a terceros por parte del contratista en el desarrollo de las actividades contratadas.

Sanciones recibidas por la institución por el incumplimiento de los requisitos legales

exigidos, y no gestionados dentro del plazo de ejecución del contrato.

9. RIESGOS NO PREVISIBLES:

La E.S.E. contempla como riesgo no previsible el incumplimiento por causas de fuerza mayor demostrables por parte del contratista y la ocurrencia de eventos adversos de tipo natural o humano ocurridos en la zona geográfica de ejecución del contrato.

10. FUNDAMENTO JURÍDICO:

La Empresa Social del Estado, establece en su manual de contratación (artículo 31 – Acuerdo 001 de 2013), como elemento para seleccionar a sus contratista, el valor contemplado para contratar, así las cosas, al señalarse como valor para esta contratación la suma de CIENTO CUARENTA Y DOS MILLONES DE PESOS MONEDA CORRIENTE ($ 142.000.000,oo M/cte.), esta suma en salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV) es igual a: 230.51, cuantía esta, que de conformidad con el artículo atrás citado, lo ubica en las contrataciones de mayor cuantía y el proceso de selección indicado para el efecto, es aquel señalado en el literal a) del numeral 3) del artículo 31 del Acuerdo 001 de 2013, el cual determina que “…Para la celebración de contratos cuya cuantía sea superior a cien (100) Salario Mínimos Legales Mensuales Vigentes (SMLMV) e inferior a trescientos cincuenta (350) Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes (SMLMV), se requerirá de solicitud formal de propuestas, mediante invitación pública a través de aviso fijado en lugar público de la Institución, y en la página web de la Empresa Social del Estado María Auxiliadora de Mosquera – Cundinamarca.

11. OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA

En desarrollo del objeto contractual, el contratista se obliga para con la E.S.E. María Auxiliadora, a cumplir con las siguientes obligaciones: 1. Cumplir con el objeto del contrato dentro de los plazos establecidos y en la propuesta

presentada por EL CONTRATISTA. 2. Prestar el servicio con la debida diligencia y cuidado, protegiendo siempre los intereses de LA

E.S.E. MARÍA AUXILIADORA en todos los asuntos a él encomendados y que se puedan derivar del objeto contractual.

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3. Responder a LA E.S.E. MARÍA AUXILIADORA por cualquier daño y/o perjuicio que se pueda presentar en desarrollo del objeto contratado

4. Cuidar y dar buen uso de los elementos que sean asignados para el desarrollo de las actividades, manteniendo orden y aseo al sitio donde se ubique e informar cualquier anomalía.

5. Resolver todas las consultas que LA E.S.E. MARÍA AUXILIADORA formule acerca del objeto contratado.

6. Constituir las garantías que se llegaren a exigir. 7. Suministrar con diligencia y calidad los informes a que haya lugar. 8. Obrar con lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales, evitando dilaciones y en

tratamientos. 9. Acatar las instrucciones que durante el desarrollo del contrato se le impartan por parte de LA

E.S.E. MARÍA AUXILIADORA. 10. Cumplir con los aportes a los Sistemas Generales de Seguridad Social y aportes Parafiscales,

en los términos de la Ley 789 de 2002, el Decreto 1703 de 2002 y demás normas concordantes

12. OBLIGACIONES DE LA E.S.E. MARÍA AUXILIADORA

1. Pagar en los términos establecidos en este contrato el precio convenido por la prestación de los servicios por parte del EL CONTRATISTA.

2. Prestar la colaboración necesaria para que los trabajos contratados se realicen en las mejores condiciones.

3. Ejercer la supervisión y control para que se cumplan los requisitos de perfeccionamiento y legalización del contrato.

4. Resolver las peticiones presentadas por el CONTRATISTA en los términos consagrados por la Ley.

5. Expedir y tramitar los certificados de cumplimiento del objeto contractual. 6. Pronunciarse sobre los documentos que someta EL CONTRATISTA a su consideración, de

acuerdo con el contrato.

13. REQUISITOS HABILITANTES PARA PARTICIPAR Y DOCUMENTOS PARA

ACREDITARLOS

Por lo anterior la E.S.E., deberá implementar pliego de condiciones que incluyan las condiciones con que debe contar los proponentes para participar de la invitación pública que deberá publicar la E.S.E. María Auxiliadora. Son requisitos para participar y verificar: La capacidad jurídica, financiera y técnica mínima. Los requisitos jurídicos y financieros, no tienen puntaje, pero son verificables por los evaluadores, quienes constatarán el cumplimiento de los mismos teniendo en cuenta lo exigido por la empresa en los Pliegos de Condiciones. Si los proponentes no cumplen con estos requisitos, el ofrecimiento será rechazado A. ASPECTOS JURÍDICOS.

•Carta de presentación de la propuesta •Certificado de existencia y representación legal y autorización. Que el objeto social o actividad comercial del proponente cumpla con el objeto de este proceso de selección y para la celebración del contrato. •Certificado de inscripción, clasificación y calificación en el registro único de proponentes (RUP). El proponente deberá presentar el respectivo certificado de inscripción, calificación y clasificación (RUP) expedido por la respectiva Cámara de comercio. La inscripción debe estar vigente y el certificado deberá haber sido expedido con fecha no mayor a treinta (30) días calendario anterior a la fecha de cierre del presente proceso de selección. Si se prorroga el cierre del proceso, valdrá con la fecha inicial de cierre. Para el caso de los proponentes que cuentan con RUP, expedido bajo los preceptos del decreto 1474 de 2010, deberán acreditar estar inscritos, y clasificados de conformidad con lo siguiente: Actividad: 3 Proveedor Especialidad: 23 Servicios Grupo 2 servicio de vigilancia Si el proponente cuenta con RUP, expedido bajo el régimen del decreto 734 de 2012, deberá acreditar que se encuentra clasificado en el CIIU de la siguiente manera:

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SECCIÓN DIVISIÓN GRUPO CLASE DESCRIPCIÓN

N 80 801 8010 Actividades de

Seguridad

Para los proponentes que su inscripción o renovación se encuentran clasificados según lo establecido en el decreto 1510 de 2013 “clasificación de Bienes y servicios”, deberán acreditar la siguiente clasificación: Código UNSPSC 92121500 Producto: Servicios de guardias el cual se obtiene de la siguiente forma:

Segmento 92 Servicios de defensa nacional, orden público, seguridad y vigilancia.

Familia 12 Seguridad y protección personal.

Clase 15 Servicio de guardias.

Producto 00 Servicios de guardas de seguridad.

•Documento de conformación de consorcios o uniones temporales •Garantía de seriedad de la propuesta. •Pago de los recursos parafiscales y de seguridad social. •Fotocopia de cedula de ciudadanía de los proponentes persona natural o del representante legal según sea el caso. •Formato único de hoja de vida de la función pública de los proponentes personas naturales o del representante legal según sea el caso. •Fotocopia de la libreta militar de los proponentes persona natural o del representante legal según sea el caso. •Rut •Declaración de Inhabilidades. Documento suscrito por la persona natural o el Representante Legal de la persona jurídica, en el que se manifieste expresamente que no se encuentra incurso en las inhabilidades o incompatibilidades, ni prohibiciones para contratar con la Empresa, de que trata la Constitución, la Ley 128/76, Ley 80/93, Decreto 679/ 94, Ley 190 /95 y demás que regulen la materia •Certificado de antecedentes disciplinarios, del representante legal de la persona jurídica, Representante legal e integrantes del consorcio ó unión temporal, según sea el caso. •Antecedentes fiscales del representante legal de la persona jurídica, de los integrantes del consorcio o unión temporal, según sea el caso. B. ASPECTOS FINANCIEROS

El proponente deberá acreditar el cumplimiento de los siguientes indicadores financieros:

a) Tener un Capital de Trabajo mayor o igual al 50% del valor del presupuesto oficial. Capital de Trabajo = Activo Corriente – Pasivo Corriente > ó = 50% P.O. En el caso de los Consorcios o Uniones Temporales, el capital de trabajo se calculará sumando los capitales de trabajo de cada integrante.

b) Tener un Índice de liquidez mayor o igual a 1.5 el cual se obtiene de la siguiente manera:

Índice de Liquidez = Activo Corriente / Pasivo Corriente > ó = 1,5 En el caso de los Consorcios o Uniones Temporales, el índice de liquidez se calculará sumando las partidas de cada integrante ponderadas de acuerdo con su porcentaje de participación así: (AC1*%P1) + (AC2*%P2) + ( AC…N*%P…N) / (PC1*%P1) + (PC2*%P2) + ( PC…N*%P…N) Donde AC1= Actico corriente integrante 1, 2 …..N %P1= Porcentaje de Participación Integrante 1, 2 ….N PC1= Pasivo corriente Integrante 1, 2 ….N

c) Tener un Índice de Endeudamiento menor o igual al 50 %, el cual se obtiene de la

siguiente manera:

Índice de Endeudamiento = (Pasivo Total /Activo Total) x 100 < ó = 50%

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En el caso de los Consorcios o Uniones Temporales, el Nivel de Endeudamiento se calculará sumando las partidas de cada integrante ponderadas de acuerdo con su porcentaje de participación así: (PT1*%P1) + (PT2*%P2) + ( PT…N*%P…N) / (AT1*%P1) + (AT2*%P2) + ( AT…N*%P…N) Donde PT1= Pasivo Total integrante 1, 2 …..N %P1= Porcentaje de Participación Integrante 1, 2 ….N AT1= Activo Total Integrante 1, 2 ….N

d) Razón de Cobertura de Intereses mayor o igual a 3, el cual se obtiene de la siguiente

manera:

Cobertura de Intereses= Utilidad Operacional / Gastos de Intereses >o = 3.0 En el caso de los Consorcios o Uniones Temporales, la Razón De Cobertura De Intereses se calculará sumando las partidas de cada integrante ponderadas de acuerdo con su porcentaje de participación así: (UO1*%P1) + (UO2*%P2) + (UO…N*%P…N) / (GI1*%P1) + (GI2*%P2) +(GI…N*%P…N) Donde UO1 = Utilidad Operacional integrante 1, 2 …..N %P1 = Porcentaje de Participación Integrante 1, 2 ….N GI1 = Gastos De Intereses Integrante 1, 2 ….N En caso de proponentes que no tengan el RUP ajustado al régimen establecido en el Decreto 1510 de 2013, la E.S.E MARÍA AUXILIADORA, atendiendo el artículo 8 del mismo decreto que establece que “La persona inscrita en el RUP debe presentar la información para renovar su registro a más tardar el quinto día hábil del mes de abril de cada año”, en concordancia con el artículo 162 – régimen de transición de las normas sobre el RUP y teniendo en cuenta que la inscripción de los proponentes mantendrá su vigencia hasta tanto las cámaras de comercio estén en posibilidad de recibir las renovaciones utilizando el clasificador de bienes y servicios, sin exceder el 1° de abril de 2014, la entidad realizará directamente la verificación de los requisitos habilitantes financieros a través de certificado suscrito por el revisor fiscal o por el representante legal y contador, según el caso (Diligenciar Formato No. 5), en donde se certifiquen los indicadores financieros, con corte a 31 de diciembre de 2012 y/o 2013; adicional a lo anterior el proponente deberá allegar junto con su propuesta los respectivos estados financieros “balance general y estado de resultados” con corte 31 de diciembre de 2012 y/o corte a 31 de diciembre 2013 según el caso, debidamente certificados y dictaminados con copia de la tarjeta profesional y certificado de antecedentes disciplinarios del contador y revisor fiscal. Cuando se trate de Consorcios, Uniones Temporales u otra forma asociativa, los documentos soporte de la información financiera deberán presentarse en los términos señalados en los incisos anteriores, respecto de cada uno de los integrantes. La ESE si lo considera necesario, se reserva la facultad de solicitar información adicional, con el fin de verificar y/o aclarar los datos reportados en los certificados requeridos.

14. CONDICIONES DE EXPERIENCIA

EXPERIENCIA DEL PROPONENTE El proponente deberá acreditar la ejecución de contratos de vigilancia y seguridad privada con Instituciones hospitalarias, iniciados, ejecutados y terminados dentro de los últimos dos (2) años anteriores a la fecha de cierre del presente proceso y cuyos valores sumados sean iguales o superiores al 100% del valor del presupuesto oficial. Dicho requisito podrá acreditarse con la presentación de máximo dos (2) contratos que cumplan con las condiciones de objeto, valor y tiempo de ejecución antes mencionadas. Para efectos de realizar la conversión del valor de los contratos en SMLMV, se tendrán en cuenta el valor de los salarios para la época de terminación de los mismos. Cuando exista acta de recibo final y de liquidación con fechas diferentes, se realizará el cálculo con la fecha de la liquidación. 15. ASPECTOS DE PONDERACION

La E.S.E MARÍA AUXILIADORA DE MOSQUERA -CUNDINAMARCA otorgará un puntaje total de 1000 Puntos así:

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ASPECTO ECONÓMICO 500

ASPECTO TÉCNICO Y DE CALIDAD

Capacitación del Personal 100

Jefe de Operación 200

Programa de riesgos en salud ocupacional 100

APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL 100

15.1 OFERTA ECONÓMICA (500) PUNTOS.

El valor de las propuestas deberá presentarse sin centavos, y la aproximación se hará al entero superior. La administración efectuará la verificación económica y con las propuestas hábiles efectuará la asignación de puntaje así: VALOR TOTAL DE LOS SERVICIOS DE VIGILANCIA (300) PUNTOS. El proponente que presente el menor valor total correspondiente a los servicios de vigilancia requeridos en estos pliegos obtendrá trescientos (300) puntos. Las demás propuestas obtendrán un puntaje descendente en la medida que se alejen de la propuesta de menor valor así: ORDEN DE UBICACIÓN DE LA PROPUESTA PUNTAJE A ASIGNAR 2° Propuesta de menor valor 290 3° Propuesta de menor valor 280 4° Propuesta de menor valor 270 Así sucesivamente hasta llegar a la Propuesta N° 0

n.. en adelante En el caso que se llegaren a presentar ofertas por parte de Cooperativas de Vigilancia legalmente reconocidas, la Entidad, en aras de evaluar bajo criterios de absoluta igualdad y solamente para los efectos de realizar la evaluación económica, procederá a reducir el valor del presupuesto oficial ofertado por cada una de los proponentes que no tengan la calidad de cooperativas en un 10%, para una vez ello, con base en el resultado que se arroje, organizar de forma descendente las ofertas económicas en donde la que ocupe el primer lugar será la que reporta el menor valor final, y las subsiguientes serán las que de forma ordenada ofertan mayores valores. Una vez ello, el puntaje será asignado conforme el párrafo anterior. En todo caso, el oferente deberá observar y cumplir en su oferta técnica con lo dispuesto en materia de tarifas por el Gobierno Nacional VALOR TOTAL DE LOS SERVICIOS AGREGADOS 200 PUNTOS. El aspecto económico será evaluado teniendo en cuenta que recibirá el máximo puntaje (200 puntos) quien ofrezca el menor precio total por los servicios agregados, entiéndase por estos servicios los siguientes: • UN (01) arco detector de metales de alta sensibilidad, para aplicaciones generales y detección de armas y metales que deberá estar disponible durante todo el plazo de ejecución del contrato. • Dos informes durante el término de ejecución del contrato en consultoría e investigación de seguridad de la E.S.E MARÍA AUXILIADORA DE MOSQUERA. Las demás ofertas obtendrán un puntaje descendente, de acuerdo con el puesto en que se ubique la oferta económica en donde la primera será el menor valor y le seguirán a medida que el valor ofertado ascienda, así ORDEN DE UBICACIÓN DE LA PROPUESTA PUNTAJE A ASIGNAR 2° Propuesta de menor valor 190 3° Propuesta de menor valor 180 4° Propuesta de menor valor 170

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Así sucesivamente hasta llegar a la Propuesta N° 0 n.. en adelante

15.2 ASPECTO TÉCNICO (400 PUNTOS). 15.2.1 CAPACITACION DEL PERSONAL DE VIGILANCIA: La E.S.E. MARÍA AUXILIADORA DE MOSQUERA asignará un total de 100 puntos a los proponentes que acrediten capacitaciones al personal de vigilancia, para este efecto se asignara el puntaje de la siguiente forma: El proponente que acredite que la totalidad del personal, incluyendo guardas, supervisor, jefe de operaciones y coordinador, que prestarán el servicio de vigilancia cuenta con Formación en capacitación en seguridad hospitalaria debidamente certificada por la autoridad competente, se le asignará un total de (100) puntos. Los proponentes que no ofrezcan las capacitaciones solicitadas en la totalidad del personal de vigilancia obtendrán (0) puntos. NOTA: Para efectos de obtener el puntaje relacionado en literal anterior, el oferente deberá presentar junto a las hojas de vida, los documentos o certificaciones de cada una de las personas que se acrediten como Vigilantes en los que se demuestre el cumplimiento de los anteriores requisitos. En caso de que se presenten modificaciones al personal destinado al servicio de vigilancia por parte del contratista, éste se obliga al momento de efectuar el cambio a informar por escrito al interventor o supervisor del contrato, con la indicación del motivo del retiro y la presentación de la persona que lo reemplazará, la cual debe cumplir con el mismo perfil de capacitación. 15.2.2 RESOLUCIÓN DEL JEFE DE OPERACIONES (Máx. 200 PUNTOS): Si la persona presentada como Jefe de operaciones acredita contar con alguna de las siguientes credenciales se le asignara un puntaje de la siguiente forma: a. Si este es Consultor se otorgarán 125 puntos. b. Si este es Asesor se otorgarán 75 puntos NOTA: Para efectos de obtener el puntaje, el oferente deberá presentar junto a la hoja de vida, la certificación correspondiente expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada. 15.2.3 PROGRAMA DE RIESGOS EN SALUD OCUPACIONAL (100 PUNTOS): Se otorgarán 100 puntos al proponente que acredite la implementación de un sistema de riesgos en salud ocupacional, debidamente certificado por RUC . NOTA: Para efectos de lo anterior, el proponente deberá anexar en su oferta la copia de la respectiva certificación.

15.2 APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL

El proponente debe manifestar por escrito si los servicios que oferta cumplen con las condiciones establecidas en el parágrafo del artículo 2º de la Ley 816 de 2003 según el cual: “Se otorgará tratamiento de servicios nacionales a aquellos servicios originarios de los países con que Colombia ha negociado trato nacional en materia de compras estatales y de aquellos países en los cuales a las ofertas de servicios colombianos se les conceda el mismo tratamiento otorgado a los servicios nacionales. Este último caso se demostrará con informe de la respectiva misión diplomática Colombiana que se acompañará a la documentación que se presente dentro de la propuesta”. Para este aspecto, el proponente recibirá un máximo de CIEN (100) puntos de acuerdo con lo indicado en la siguiente tabla, según la procedencia de los servicios ofrecidos: ORIGEN PUNTAJE SERVICIOS NACIONALES 100 PUNTOS SERVICIOS EXTRANJEROS O MIXTOS | 50 PUNTOS

16. GARANTÍA El CONTRATISTA constituirá a su costo y a favor de la CONTRATANTE garantía única otorgada por una Compañía de seguros legalmente constituida en Colombia, en donde el beneficiario sea la E.S.E MARÍA AUXILIADORA DE MOSQUERA -CUNDINAMARCA y la cual debe contemplar los siguientes amparos:

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1. De seriedad de la oferta: Para precaver los perjuicios que se presenten en caso de que el oferente seleccionado no se allane a la celebración del respectivo contrato. Su cuantía corresponderá al 10% del valor de la oferta o del presupuesto oficial y una duración de tres (3) meses contados a partir del cierre de la invitación.

2. Cumplimiento del Contrato: Para precaver los perjuicios que se deriven del incumplimiento

de las obligaciones contractuales incluidas las multas y la cláusula penal que se pacte en el contrato. Su cuantía no será inferior al 10% del valor del contrato y su vigencia será igual a la del plazo total del contrato y seis (6) meses más.

3. Calidad y correcto funcionamiento de los bienes: Para precaver las eventualidades que

uno o varios bienes de los contratados no reúnan las especificaciones o calidades exigidas para la contratación o que no sean aptos para los fines para los cuales fueron adquiridos, así como precaver también los vicios de fabricación y la calidad de los materiales o componentes. Su cuantía no será inferior al 30% del valor del contrato y su vigencia será mínimo de doce (12) meses contados a partir del recibo o aceptación final.

4. Responsabilidad Civil Extracontractual: Para asegurar el pago de los perjuicios que el

contratista ocasione a terceros por razón de la ejecución del contrato. Su cuantía no será inferior al 5% del valor del contrato y en ningún caso inferior a 200 SMLMV al momento de la expedición de la póliza y su vigencia se otorgará por todo el período de ejecución del contrato.

5. De pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones: Para precaver los eventos

en que el contratista no cumpla el pago de obligaciones laborales respecto de los trabajadores utilizados en la ejecución del respectivo contrato. Su cuantía será del 5% del valor del contrato y su plazo será igual a la del plazo total del contrato y tres (3) años más.

17. CONCLUSIONES DEL ESTUDIO: En consecuencia el Subgerente de la E.S.E. María Auxiliadora, hace constar que es conveniente y oportuno realizar la contratación del servicio de vigilancia para la E.S.E MARÍA AUXILIADORA DE MOSQUERA (sedes consulta externa, urgencias y sede Porvenir Rio) Mosquera, Cundinamarca, 14 de Marzo de 2014. Atentamente, CARLOS ALFONSO PABON Subgerente

Reviso. Dr. Juan Carlos Gómez G. – Asesor Jurídico Externo.