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Enero 2015 ER FV10 Evaluación técnico económica de una instalación solar fotovoltaica en suelo en el Ayto. de Tazacorte

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Enero 2015

ER – FV10

Evaluación técnico económica de una instalación solar fotovoltaica en suelo en el Ayto. de Tazacorte

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ÍNDICE

ÍNDICE ................................................................................................................................................ 2

TABLAS .............................................................................................................................................. 4

FIGURAS ............................................................................................................................................ 5

1. INTRODUCCIÓN .......................................................................................................................... 6

1.1 Contexto energético en la Isla de La Palma ........................................................................................................... 6

1.2 Energía fotovoltaica en la Isla de La Palma ............................................................................................................ 9

2. ENERGÍA SOLAR FOTOVOLTAICA ......................................................................................... 11

2.1 Descripción de la tecnología................................................................................................................................ 11

2.2 Clasificación de las diferentes células fotovoltaicas según su tecnología............................................................. 12

2.3 Tipo de instalaciones FV en función de su localización y estructura soporte ....................................................... 18

3. CONTEXTO REGULATORIO ..................................................................................................... 21

3.1 Contexto histórico de la regulación renovable en España ................................................................................... 21

3.2 Situación actual de la regulación en Canarias para la venta de electricidad renovable ........................................ 24

3.3 Situación regulatoria del autoconsumo eléctrico ................................................................................................ 25

3.4 Obligaciones técnicas del uso de la energía FV en edificación ............................................................................. 28

4. DISEÑO BÁSICO DE LA INSTALACIÓN PROPUESTA ............................................................ 29

4.1 Emplazamiento ................................................................................................................................................... 29

4.2 Tipología de instalación ...................................................................................................................................... 31

4.3 Presupuesto básico ............................................................................................................................................. 32

5. RESULTADOS ........................................................................................................................... 34

Título de la presentación

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5.1 Resultados energéticos ....................................................................................................................................... 34

5.2 Resultados económicos ....................................................................................................................................... 34

5.3 Resultados ambientales ...................................................................................................................................... 38

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TABLAS

Tabla 1: Cobertura de demanda de Energía Eléctrica, 2012 ................................................................ 7

Tabla 2: Líneas de transporte eléctrico de la Palma ............................................................................. 9

Tabla 3: Total de la potencia solar fotovoltaica instalada ..................................................................... 9

Tabla 4: Parámetros retributivos para nuevas instalaciones renovables en la Isla de La Palma ........ 25

Tabla 5: Peajes de respaldo para autoconsumo en baja tensión en función de la tarifa contratada por

el consumidor .................................................................................................................................... 27

Tabla 6: Ámbito de aplicación de la Sección HE 5 del CTE ............................................................... 28

Tabla 7: Zona definida como apta en la Aprobación Inicial del PTEOIELP para la instalación de

energía FV en el Ayuntamiento de Tazacorte .................................................................................... 29

Tabla 8. Ponderación de los costes de inversión de la instalación FV propuesta (CAPEX) ................ 32

Tabla 9. Datos básicos de la instalación FV ....................................................................................... 34

Tabla 10. CAPEX y condiciones de financiación de la planta FV ...................................................... 35

Tabla 11: Parámetros retributivos para nuevas instalaciones renovables en la Isla de La Palma ...... 36

Tabla 12: Ingresos de venta de electricidad a mercado supuestos por la regulación ......................... 36

Tabla 13. Otros inputs generales ....................................................................................................... 36

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FIGURAS

Ilustración 1: Evolución anual de la potencia eléctrica bruta total instalada en La Palma ..................... 6

Ilustración 2: Parque de generación según potencia eléctrica de La Palma 2012 ................................ 6

Ilustración 3: Energía eléctrica puesta en red de La Palma .................................................................. 8

Ilustración 4: Potencial solar fotovoltaica total instalada en las Islas Canarias, desglosada por isla ... 10

Ilustración 5: Producción de energía eléctrica mensual de fotovoltaica conectada a red.................... 10

Ilustración 6: Representación esquemática de una instalación FV ..................................................... 11

Ilustración 7: Clasificación de las principales tecnologías FV en función de la tecnología .................. 13

Ilustración 8: Comparación del silicio monocristalino y el silicio policristalino a nivel de la estructura

atómica y a nivel de la célula ............................................................................................................. 14

Ilustración 9: Principales tecnologías de capa delgada ...................................................................... 15

Ilustración 10: Comparación esquemática entre un sistema FV convencional y un sistema FV de

concentración .................................................................................................................................... 15

Ilustración 11: Evolución de la segmentación de la producción mundial de células FV ...................... 17

Ilustración 12. Ejemplo de una instalación fotovoltaica de suelo con eje fijo ...................................... 18

Ilustración 13. Ejemplo de una instalación fotovoltaica de suelo de un eje. ........................................ 19

Ilustración 14. Ejemplo de una instalación fotovoltaica de suelo de doble eje. ................................... 19

Ilustración 15. Ejemplo de una instalación fotovoltaica de cubierta BIPV ........................................... 20

Ilustración 16. Ejemplo de una instalación fotovoltaica de cubierta inclinada. .................................... 20

Ilustración 17. Ejemplo de una instalación fotovoltaica de cubierta plana. ......................................... 20

Ilustración 18: Consumo eléctrico y generación FV de un usuario doméstico a lo largo de un día ..... 26

Ilustración 19: Situación de Tazacorte ............................................................................................... 29

Ilustración 20: Irradiación global media por m2 en Tazacorte para estructura fija y módulo de silicio

cristalino ............................................................................................................................................ 30

Ilustración 21: Irradiación global media por m2 en Tazacorte para seguidor a 1 eje, inclinación óptima

y módulo de silicio cristalino ............................................................................................................... 31

Ilustración 22: Producción FV anual a lo largo de la vida útil del proyecto ......................................... 34

Ilustración 23: Flujos de caja del accionista ....................................................................................... 37

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AGRUPACIÓN DE

OPERADORES DE

CABLE AIE

1. INTRODUCCIÓN

1.1 Contexto energético en la Isla de La Palma

Según la Dirección General de Industria y Energía del Gobierno de Canarias, la isla de La Palma

experimentó un crecimiento promedio anual del 6,6% en su potencia eléctrica instalada entre el

2008 y el 2012, la mayor tasa de crecimiento de todo el Archipiélago. En total, a finales del 2012 la

potencia eléctrica instalada en la isla era de 117,6 MW.

Ilustración 1: Evolución anual de la potencia eléctrica bruta total instalada en La Palma

Fuente: Dirección General de Industria y Energía, Gobierno de Canarias; 2012

Actualmente, el parque de generación de la isla de La Palma está constituido por una central

térmica y por fuentes renovables (eólica, fotovoltaica (FV) y minihidráulica). El desglose del mix de

generación eléctrica de la Isla se muestra en la siguiente ilustración.

Ilustración 2: Parque de generación según potencia eléctrica de La Palma 2012

Fuente: Dirección General de Industria y Energía, Gobierno de Canarias; 2012

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AGRUPACIÓN DE

OPERADORES DE

CABLE AIE

La Isla de La Palma cuenta con una central térmica clásica: la central de Los Guinchos, situada en

el municipio de Breña Alta. Cuenta con una turbina de gas de 22,5 MW y 10 grupos diesel de 82,8

MW en conjunto. El fueloil es el combustible mayoritariamente utilizado en la Isla para la

producción de electricidad: en 2012 se consumieron 55.021 toneladas de fueloil y únicamente 922

toneladas de gasoil.

Además, como fuente renovable, la isla cuenta con una central hidroeléctrica de 800 kilovatios

(KW), la central El Mulato (aunque se encuentra fuera de servicio desde 2002) y una serie de

aerogeneradores y paneles fotovoltaicos.

Tabla 1: Cobertura de demanda de Energía Eléctrica, 2012

Fuente: Dirección General de Industria y Energía, Gobierno de Canarias; 2012

Según la Dirección General de Industria y Energía, la demanda eléctrica de la Isla en el año 2012

fue de 260,63 GWh, manteniéndose prácticamente en los mismos niveles de años anteriores. El

porcentaje de inyección de energía de origen renovable en la Isla no se mantiene constante a lo

largo del año, observándose una mayor proporción entre los meses de junio y agosto.

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AGRUPACIÓN DE

OPERADORES DE

CABLE AIE

Ilustración 3: Energía eléctrica puesta en red de La Palma

Fuente: Dirección General de Industria y Energía, Gobierno de Canarias; 2012

Red Eléctrica es el operador del sistema eléctrico de la Isla además del único transportista. Su

papel es garantizar la continuidad y seguridad del suministro eléctrico y la correcta supervisión,

operación y control del sistema de producción y transporte.

Ilustración 11: Red de trasporte de la Isla de La Palma

Fuente: Red Eléctrica de España, enero 2014

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AGRUPACIÓN DE

OPERADORES DE

CABLE AIE

En el año 2012, la red de transporte de La Palma se mantuvo invariable respecto al año anterior.

La isla de La Palma sólo tiene dos líneas de transporte mayoritariamente aéreas. Una desde la

subestación de Los Guinchos a la subestación del Valle y la segunda desde la subestación de Los

Guinchos a la subestación Mulato.

Tabla 2: Líneas de transporte eléctrico de la Palma

Fuente: Dirección General de Industria y Energía, Gobierno de Canarias; 2012

1.2 Energía fotovoltaica en la Isla de La Palma

En relación a la energía fotovoltaica, la potencial fotovoltaica total instalada en la isla de La Palma

en 2012 fue de 4.530,47 kWp, incluyendo tanto las instalaciones conectadas a la red eléctrica

como las aisladas. En dicho año, la potencia instalada (112,01 kWp) fue muy inferior a la

registrada en años anteriores, especialmente comparándola con el año 2008 (2.003,37 kWp) y

2010 (1.701,97 kWp). En 2012, el 99,2% de la potencia solar fotovoltaica total en La Palma estaba

conectada a red y menos de un 1%, aislada de la misma.

Tabla 3: Total de la potencia solar fotovoltaica instalada

Fuente: Dirección General de Industria y Energía, Gobierno de Canarias; 2012

En relación con el desarrollo FV en el resto del archipiélago, La Palma representa el 3% de la

potencia FV instalada total en Canarias. Puede verse en la siguiente gráfica que la isla con mayor

presencia de energía FV es Tenerife, con más del 60% de la potencia total instalada en la

comunidad.

Aérea Subterranea Total

Los Guinchos Valle 66 kV 420 A 18,96 km 0 18,96 km

Los Guinchos Mulato 20 kV 368 A 17,6 km 1,5 km 19,1 km

Total 36,56 km 1,5 km 38,06 km

Longitud (km)Intensidad máx.

del circuito

Tensión de la

línea

Subestación

final

Subestación

origen

Potencia solar fotovoltaica

instalada conectada a red

(Kwp)

Potencia solar fotovoltaica

subvencionada e instalada

aislada de la red (kWp)

Total de la potencia solar

fotovoltaica instalada (kWp)

Antes 2006 32 31 63

En 2006 - 2 2

En 2007 - - -

En 2008 2.003 - 2.003

En 2009 255 2 258

En 2010 1.702 - 1.702

En 2011 425 - 425

En 2012 112 - 112

TOTAL 4.530 34 4.565

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AGRUPACIÓN DE

OPERADORES DE

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Ilustración 4: Potencial solar fotovoltaica total instalada en las Islas Canarias, desglosada por isla

.

Fuente: Dirección General de Industria y Energía, Gobierno de Canarias; 2012

En relación a la producción de energía eléctrica de origen fotovoltaico anual conectada a la red, La

Palma ha experimentado un incremento anual acumulativo del 67,5% en el periodo 2008-2012. Se

observa que la producción sigue un patrón estacional, con julio como el mes con mayor

producción.

Ilustración 5: Producción de energía eléctrica mensual de fotovoltaica conectada a red

Fuente: Dirección General de Industria y Energía, Gobierno de Canarias; 2012

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AGRUPACIÓN DE

OPERADORES DE

CABLE AIE

2. ENERGÍA SOLAR FOTOVOLTAICA

2.1 Descripción de la tecnología

Una instalación solar fotovoltaica está compuesta por diferentes elementos necesarios para su

correcto funcionamiento. Entre los elementos fundamentales encontramos, de forma esquemática:

Ilustración 6: Representación esquemática de una instalación FV

Los módulos o paneles fotovoltaicos son los componentes principales de la instalación, ya

que se encargan de la generación de la energía. Se tratan de dispositivos electrónicos

esencialmente compuestos de materiales semiconductores encargados de transformar la

luz solar en energía eléctrica mediante el efecto fotovoltaico. Las diferentes tecnologías

existentes se desarrollarán con más detalle en los siguientes puntos.

El segundo dispositivo en orden de importancia en una instalación FV es el inversor,

dispositivo electrónico que convierten la corriente continua en corriente alterna con las

mismas características que la red eléctrica.

La estructura de soporte: infraestructura que actúa como soporte asegurando el anclaje del

generador solar y proporciona la orientación y el ángulo de inclinación idóneo para el mejor

aprovechamiento de la radiación. Además, es la encargada de adecuar el módulo

fotovoltaico a la acción ejercida por los elementos atmosféricos. En función del tipo de

estructura presente en la instalación, esta podrá ser clasificada de una forma u otra, tal y

como se desarrollará en siguientes puntos del capítulo.

Cables

- Monitorización- Vigilancia- Mantenimiento y reparaciones

- Inversor- Cables- Subestación de

transformación de la planta- Línea de evacuación

Equipos eléctricos

Módulos FV

Servicios

Línea de evacuación

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AGRUPACIÓN DE

OPERADORES DE

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Subestación de transformación y líneas de evacuación: en función del tamaño de la

instalación, puede ser necesaria la presencia de una subestación propia con su

consiguiente línea de evacuación a red.

Otros elementos auxiliares: dentro de esta categoría pueden encontrarse otros elementos

de la instalación, de menor relevancia en cuanto a inversión o esfuerzo de mantenimiento.

Por ejemplo: cableado o tornillería.

Asimismo, la instalación también podrá contar con equipos electrónicos auxiliares, en el

caso de que se desee que la instalación cuente con servicios adicionales que

complementen la generación de energía. Por ejemplo: sistemas de medida y control para

monitorización de la instalación, sistemas de vigilancia, acumuladores o baterías para

almacenamiento de energía, etc.

2.2 Clasificación de las diferentes células fotovoltaicas según su

tecnología

Las tecnologías FV se pueden clasificar de acuerdo al tipo de semiconductor utilizado por las

células FV:

Silicio cristalino

Capa delgada rígida

Capa delgada flexible

Fotovoltaica de concentración

En base a esta clasificación, las principales tecnologías disponibles actualmente se muestran en

la siguiente Figura:

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OPERADORES DE

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Ilustración 7: Clasificación de las principales tecnologías FV en función de la tecnología

Nota: 1Diseleniuro de cobre e indio;

2 Diseleniuro de cobre, indio y galio;

3 Teluro de cadmio;

4 Silicio amorfo

de unión simple; 5 Silicio micromorfo;

6 Silicio amorfo de triple unión

Fuente: Análisis de Creara

2.2.1 Silicio cristalino (c-Si): mono y policristalino

Las células de silicio mono y policristalino son a día de hoy la tecnología predominante, ya

que representan más del 80% del mercado FV. Este hecho se explica en parte por la

madurez de esta tecnología, que cada vez ofrece precios más competitivos con una

eficiencia media - alta en comparación con otras tecnologías fotovoltaicas.

La diferencia entre las células de silicio monocristalino y policristalino reside en la estructura

atómica del material, que depende de la técnica de fabricación utilizada.

En el caso de las células monocristalinas, la célula se genera como un solo cristal.

Por lo contrario, las células policristalinas están compuestas de una multitud de

monocristales de gran tamaño, lo que implica una disminución del costo de

fabricación pero también una disminución del rendimiento.

A su vez, las células de silicio monocristalino se pueden segmentar en estándar

(eficiencia del módulo inferior al 20%) y no estándar o de alta eficiencia (eficiencia

superior al 20%)1.

La eficiencia de los módulos puede verse reducida por las altas temperaturas y la luz directa,

ya que estas condiciones afectan negativamente al correcto funcionamiento del panel.

1 Sanyo (actualmente parte del Grupo Panasonic) y Sunpower fabrican este tipo de células y son además

propietarias de las patentes que protegen su modo de producción.

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OPERADORES DE

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Ilustración 8: Comparación del silicio monocristalino y el silicio policristalino a nivel de la

estructura atómica y a nivel de la célula

2.2.2 Capa delgada rígida y flexible

Las células de capa delgada son una alternativa económica a las células de silicio cristalino

al sustituir este material por otros materiales semiconductores más baratos pero menos

eficientes. Como consecuencia de esta menor eficiencia, para obtener la misma potencia

instalada se necesita más superficie cubierta de módulos de capa delgada que de silicio

cristalino. Asimismo, los nuevos componentes hacen que estos módulos sean más ligeros,

lo que facilita su instalación y transporte.

Existen numerosos tipos de células de capa delgada, aunque todas se componen de dos

elementos principales:

Material absorbente

Es una lámina delgada que se deposita sobre el substrato de un material

semiconductor encargado de absorber la radiación solar; es decir; el equivalente al

silicio cristalino utilizado en las células convencionales.

Contrariamente a las tecnologías de silicio cristalino, la mayoría de las tecnologías de

capa delgada soporta muy bien las altas temperaturas y la luz indirecta.

En la actualidad, los materiales absorbentes utilizados a nivel industrial son

esencialmente silicio depositado (silicio amorfo (a-Si:H) o silicio microcristalino (µc-

Si)) o materiales policristalinos (CdTe, CIGS).

Substrato

El substrato es el componente pasivo, que sirve de soporte para el material

absorbente y que aporta a la célula estabilidad mecánica. Distinguimos entre los

substratos flexibles (acero inoxidable, plásticos) y los substratos rígidos (vidrios,

cerámicas).

Esquema de

la estructura

atómica del

material

Célula

Silicio monocristalino Silicio multicristalino

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OPERADORES DE

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En ambos casos se trata de materiales más ligeros que los empleados en los

módulos de silicio cristalino, lo que abre los posibles lugares y las formas de

instalación.

Ilustración 9: Principales tecnologías de capa delgada

2.2.3 Fotovoltaica de concentración

Las células de concentración nacen como una alternativa a las células convencionales de

silicio cristalino con el objetivo de obtener una tecnología de alta eficiencia aunque con

costes elevados.

Esta tecnología se basa en la reducción del tamaño de la célula y en la concentración de la

radiación mediante componentes ópticos (espejos, lentes), llegando a multiplicarse hasta

1.000 veces la cantidad de radiación recibida por cm2 de célula. De esta forma, se reduce

notablemente el uso de material absorbente pero se mantienen niveles de eficiencia

elevados.

La unidad que expresa la cantidad de concentración solar es el “sol” o “soles” (en plural). Un

sol representa 1 kW/m2

Ilustración 10: Comparación esquemática entre un sistema FV convencional y un sistema FV

de concentración

Dentro de las tecnologías de concentración, podemos distinguir dos grandes grupos:

Tecnología Material absorbente Substrato

a-Si (1x) Silicio amorfo Rígido

a-Si (3x) Silicio amorfo triple unión Flexible

a-Si/uc-Si Silicio amorfo / Silicio microcristalino Rígido

CdTe Teluro de cadmio Rígido

CIGS Diseleniuro de Cobre Indio y GalioRígido

Flexible

Radiación

Sistema óptico

Célula FV

Sistema FV convencional Sistema FV de concentración

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2.2.3.1 Fotovoltaica de baja/media concentración (LCPV y MCPV)

Esta tecnología suele emplear células convencionales de silicio cristalino adaptadas,

montadas en estructuras estáticas o sistemas de seguimiento a 1 eje. El factor de

concentración utilizado varía entre 2 y 5 soles (LCPV) y entre 5 y 100 soles (MCPV).

2.2.3.2 Fotovoltaica de alta concentración (HCPV)

Esta tecnología emplea células denominadas III-V, que emplean semiconductores de los

grupos III a V de la tabla periódica de los elementos. Estos sistemas son sensibles

exclusivamente a la radiación directa, por lo que se hace imprescindible utilizar sistemas de

seguimiento a dos ejes muy precisos.

El factor de concentración varía entre 100 y 1.000 soles, lo que implica que la célula es

sometida a temperaturas muy altas, por lo cual es necesario utilizar disipadores de calor.

Este alto factor de concentración permite utilizar células de superficie muy pequeña (2mm2 –

2cm2).

A nivel productivo, la fotovoltaica de concentración aún se encuentra en una fase prematura

de desarrollo y tiene numerosos retos por delante entre los que destacan la automatización

y optimización de su fabricación lo que reduciría significativamente los costes.

Así mismo, también se hace necesario un mayor desarrollo de la tecnología para conseguir

mejores eficiencias en las células de producción, en los elementos ópticos y desarrollar

sistemas de seguimiento más ligeros, robustos y precisos.

2.2.4 Cuota de mercado de las tecnologías FV

Los reducidos costes de producción de las tecnologías mono y policristalinas junto con los

récords obtenidos en cuanto a eficiencia (tanto a nivel de célula como de módulo) permiten

que se mantenga como la tecnología líder del mercado (>80% del total). De esta manera,

esta tecnología se impone a las de capa delgada, que aunque hace pocos años gozaban de

perspectivas de crecimiento optimistas, actualmente representan menos del 20% del

mercado global.

Los módulos de silicio monocristalino con eficiencias superiores al 20% (llamados mono c-Si

no estándar o de alta eficiencia) alcanzan una cuota de apenas el 3%.

Por último, la tecnología FV de concentración, con menos del 1% de la producción mundial,

se encuentra en una fase de desarrollo poco avanzada.

La siguiente Figura muestra la evolución de la segmentación de la producción mundial de

células en función de la tecnología utilizada en los últimos años. Es importante destacar que

este gráfico no muestra cuotas de mercado, sino simplemente volúmenes producidos de las

principales tecnologías FV desde 2009 hasta 2013 (estimado):

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Ilustración 11: Evolución de la segmentación de la producción mundial de células FV

Nota: 1Paneles no estándar de silicio monocristalino, fabricado por Sunpower y Panasonic (>20%

eficiencia de panel)

Fuente: EPIA Global Market Outlook for PV 2013 – 2017; Análisis De Creara

De acuerdo con datos de EPIA (European Photovoltaic Industry Association), la distribución

actual de la fabricación de tecnologías FV permanecerá hasta al menos el año 2017.

Además, dicha organización destaca las siguientes tendencias:

Se espera que la tecnología de silicio cristalino mantenga su cuota de mercado

principalmente debido a la madurez de la tecnología y la creciente capacidad

fabricación instalada en China y otros países de Asia - Pacífico.

La rápida evolución de la eficiencia de las tecnologías CdTe y CIGS supone una

barrera para aquellas tecnologías de capa delgada con eficiencias por debajo del

10% (silicio amorfo y silicio microcristalino).

Además, se espera que el mercado de FV de concentración empiece a representar

un nicho de mercado de manera sostenida en los próximos años (~1% del mercado

en el año 2017), impulsado principalmente por los proyectos en curso en la zona de

comúnmente conocida como “Sunbelt Region”.

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2.3 Tipo de instalaciones FV en función de su localización y estructura

soporte

Como se describe con anterioridad, la estructura soporte se encarga de asegura el anclaje del

generador solar y proporciona la orientación y el ángulo de inclinación idóneo para el mejor

aprovechamiento de la radiación. Al mismo tiempo, esta estructura proporciona a los módulos la

resistencia necesaria para aguantar los elementos atmosféricos: viento, nieve, lluvia, heladas, etc.

En cuanto a la orientación de las estructuras, esta siempre será preferiblemente sur (en el caso

del hemisferio norte), pues es la posición donde se aprovecha mejor la radiación emitida por el Sol

a lo largo de todo el día. Tan sólo en circunstancias muy especiales (existencia de algún obstáculo

que genere sombras) se podrá variar ligeramente la orientación.

El ángulo de inclinación deberá adaptarse al recorrido que haga el Sol, intentando en la medida de

lo posible que los rayos solares incidan en la superficie de los paneles con un ángulo de 90º.

En la actualidad existen diferentes tipos de instalación en función de su localización y del tipo de

estructuras utilizadas.

2.3.1 Instalaciones FV en suelo

Típicamente es la forma clásica y más robusta de instalación FV, ya que al estar en el suelo

la fuerza del viento soportada tiende a ser menor. Además, tanto la instalación de la

estructura como de los paneles fotovoltaicos es relativamente sencilla.

Los principales inconvenientes de este tipo de instalación son la excesiva accesibilidad y la

mayor probabilidad de que puedan producirse sombras parciales. A la mayoría de estas

instalaciones se las suele proteger por medio de un cerramiento metálico.

En este tipo de estructuras podemos encontrar tres tipos de ejes:

2.3.1.1 Estructura fija

Este tipo de eje es uno de los más comunes. Se trata de una estructura en forma de cuña

que se orienta en el ángulo de mejor aprovechamiento de la radiación.

Ilustración 12. Ejemplo de una instalación fotovoltaica de suelo con eje fijo

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2.3.1.2 Seguidor de un eje

Este tipo de seguidor permite modificar el ángulo para poder captar la radiación solar mejor

según la época del año en la que se encuentre. El seguidor dispone de un motor que

permite adoptar dos ángulos de inclinación según la estación.

Ilustración 13. Ejemplo de una instalación fotovoltaica de suelo de un eje.

2.3.1.3 Seguidor de dos ejes

Es un sistema formado por un seguidor a doble eje que gira alrededor de un eje central,

variando también la inclinación de los módulos. Es decir: permite modificar el ángulo norte-

sur y bascula simultáneamente en sentido este-oeste. De esta manera, este dispositivo

puede alcanzar una producción mayor con un menor número de módulos.

Ilustración 14. Ejemplo de una instalación fotovoltaica de suelo de doble eje.

2.3.2 Instalaciones FV en cubierta

La instalación en la cubierta de un edificio proporciona típicamente un emplazamiento con

reducidos sombramientos, si bien presenta una mayor dificultad en el acceso e instalación

de los componentes que las instalaciones en suelo.

En este tipo de instalaciones podemos encontrar típicamente tres tipos de estructuras:

2.3.2.1 Fotovoltaica integrada en edificios (BIPV)

Se trata de paneles fotovoltaicos perfectamente integrados en el techo o en las paredes de

un edificio para que proporcionen una barrera externa al viento, la lluvia, etc. Es decir: el

módulo ha de constituir parte activa de la construcción del edificio, no solo estar anexionado

al mismo. Por ello, esta instalación debe realizarse en colaboración con el arquitecto y

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constructor del edificio, que deberán tener en cuenta el elemento como parte de la

construcción.

Este tipo de módulos también se conoce como BIPV, de las siglas en inglés de Building

Integrated Photovoltaics.

Ilustración 15. Ejemplo de una instalación fotovoltaica de cubierta BIPV

2.3.2.2 Cubierta inclinada

Consiste en emplear la propia inclinación de la cubierta del edificio, siempre que esta esté

en la orientación e inclinación adecuadas para la instalación de los diferentes paneles

fotovoltaicos.

El sistema de montaje utiliza rieles unidos en la parte superior de la cubierta (tejas o chapa)

que sirve como base para los módulos solares. También podría crearse una pequeña

estructura encima de la cubierta para mejorar la inclinación existente.

Ilustración 16. Ejemplo de una instalación fotovoltaica de cubierta inclinada.

2.3.2.3 Cubierta plana

Al contrario que la cubierta inclina, en este caso no se dispone de una cubierta con

inclinación para poder instalar los paneles fotovoltaicos. Por tanto, para poder instalar los

módulos será necesario crear una estructura que les proporcione una inclinación suficiente

como para poder captar la radiación solar.

Ilustración 17. Ejemplo de una instalación fotovoltaica de cubierta plana.

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3. CONTEXTO REGULATORIO

3.1 Contexto histórico de la regulación renovable en España

El desarrollo del marco regulatorio que normaliza la producción de energía eléctrica a partir de

fuentes renovables se ha producido a lo largo de los últimos 15 años. A lo largo de este periodo se

han atravesado varias fases de desarrollo normativo, con marcadas diferencias en la

intencionalidad del mismo. Esta intencionalidad ha variado desde una primera etapa en la que

simplemente se perseguía una regularización de este tipo de producción eléctrica en el sistema,

seguida por un periodo de incentivación y expansión de la presencia renovable hasta la actual

fase de contención de incentivos para este tipo de tecnologías.

El primer desarrollo normativo formal se produce con la Ley 54/1997 o Ley del Sector Eléctrico,

que establece los principios de un nuevo modelo de funcionamiento basados en la libre

competencia y considerando otro novedosos aspectos como la mejora de la eficiencia energética,

la reducción del consumo y la protección del medio ambiente. Esta ley reconoce la existencia de

un régimen ordinario y un régimen especial de producción de energía eléctrica. En este último se

incluye la producción de energía eléctrica mediante fuentes de energías renovables, cogeneración

de alto rendimiento y residuos.

Tras esta primera ley se elaboran sucesivas normas reglamentarias que incluyen los primeros

incentivos económicos para las energías renovables:

Real Decreto 2818/1998, sobre producción de energía eléctrica a través de instalaciones

abastecidas por recursos o fuentes de energía renovables, residuos o cogeneración. Este

Real Decreto introduce incentivos económicos para aumentar la competitividad de

determinadas instalaciones renovables y favorecer así su presencia en el mercado.

Real Decreto 841/2002, por el que se regula la actividad de las instalaciones de producción

de energía eléctrica en régimen especial y se establece un marco de incentivos más

amplio que el existente para aumentar su participación en el mercado de producción.

También se determinan nuevas obligaciones sobre la información de previsiones de

producción y se define el proceso de adquisición de la energía eléctrica por las empresas

comercializadoras.

Ambos reales decretos son derogados en 2004 por el Real Decreto 436/2004, por el que se

establece la metodología para la actualización y sistematización del régimen jurídico y económico

de la actividad de producción de energía eléctrica en régimen especial.

Este Real Decreto tiene como objetivo unificar la normativa existente relacionada con la

producción y venta de energía eléctrica en régimen especial. Para conseguirlo, se define un

sistema basado en la libre voluntad del titular de la instalación para decidir si vender su producción

o excedentes de energía eléctrica al distribuidor o vender dicha producción o excedentes

directamente en el mercado diario, en el mercado a plazo o a través de un contrato bilateral:

En el primer caso, la retribución la conforma una tarifa que es definida como un porcentaje

de la Tarifa Eléctrica Media (TEM) o de referencia regulada en el Real Decreto 1432/2002,

de 27 de diciembre.

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En el segundo, el titular percibía un precio negociado en el mercado más un incentivo por

participar en él y una prima, si la instalación concreta tiene derecho a percibirla. Este

incentivo y esta prima complementaria se definían también genéricamente como un

porcentaje de la tarifa eléctrica media o de referencia.

Posteriormente, se aprueba el Real Decreto 661/2007 por el que se regula la actividad de

producción y venta de energía eléctrica en régimen especial y que deroga la regulación existente

en la materia. Esta normativa, muy ventajosa para el sector renovable, favorece una muy rápida

implementación de algunas energías (principalmente, energía fotovoltaica y eólica), superando

ampliamente las previsiones iniciales realizadas por el regulador. Esta circunstancia, unida a la

progresiva reducción de los costes tecnológicos, impulsa al regulador a realizar sucesivas

correcciones en la normativa en un espacio corto de tiempo con el objetivo de “…garantizar la

rentabilidad razonable y la propia sostenibilidad financiera del sistema”. Entre las principales

correcciones efectuadas, que impactan de una forma especialmente significativa al desarrollo

solar fotovoltaico y solar termoeléctrico, se encuentran los siguientes:

El Real Decreto 1578/2008, que reduce considerablemente los incentivos especificados en

el RD 661/2007 incluyendo medidas retroactivas para instalaciones ya existentes.

Siguiendo el nuevo marco se aprueba el Real Decreto-ley 6/2009, por el que se adoptan

determinadas medidas en el sector energético y se aprueba el bono social, que obliga a los

promotores a contar con una serie de licencias, autorizaciones y otros para tener

reconocido el sistema económico de aplicación. De esta manera, se podrá planificar las

instalaciones pertenecientes al régimen especial, y conocer la distribución en el tiempo de

las primas de retribución y por tanto el impacto en los costes que se imputan al sistema

tarifario.

Real Decreto 1003/2010, por el que se regula la liquidación de la prima equivalente a las

instalaciones de producción de energía eléctrica de tecnología fotovoltaica en régimen

especial.

Real Decreto 1565/2010, por el que se regulan y modifican determinados aspectos

relativos a la actividad de producción de energía eléctrica en régimen especial.

Real Decreto 1614/2010, por el que se regulan y modifican determinados aspectos

relativos a la actividad de producción de energía eléctrica a partir de tecnologías solar

termoeléctrica y eólica. Fundamentalmente, se introduce una limitación de las horas

equivalentes de funcionamiento con derecho a prima o prima equivalente de las

instalaciones de este tipo de tecnologías.

A estas modificaciones reglamentarias se añadieron diversas medidas adoptadas con

carácter de urgencia, como las plasmadas en el Real Decreto-ley 6/2010 (medidas para el

impulso de la recuperación económica y el empleo) y en el Real Decreto-ley 14/2010 (por

el que se establecen medidas urgentes para la corrección del déficit tarifario del sector

eléctrico). En esta última norma, además de crear un peaje de generación, se limitan las

horas de funcionamiento con derecho a retribución primada de las plantas fotovoltaicas

(como ya se había hecho para la tecnología eólica y termoeléctrica en el RD 1614/2010).

En 2012, con el Real Decreto-ley 1/2012, se endurecen todavía más las medidas reglamentarias,

suspendiendo los procedimientos de preasignación de retribución y eliminando los incentivos

económicos para las nuevas instalaciones de cogeneración, fuentes de energía renovables y

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residuos. Esta normativa paraliza de forma efectiva el casi 100% del mercado renovable español.

El sector se limita a seguir con actividades de operación de plantas ya existentes, la búsqueda de

nuevos mercados en el extranjero y la definición de nuevos modelos de negocio en nichos de

mercado, como el autoconsumo de energía eléctrica (frente a la tradicional venta de la

electricidad a mercado). Es precisamente este modelo de negocio el que centra la nueva actividad

FV en España para plantas de pequeño tamaño, aunque en un marco de indefinición legal e

incertidumbre regulatoria que dura hasta el día de hoy, tal y como se describe más adelante en

este mismo capítulo.

El 1 de febrero de 2013 se aprueba el Real Decreto-ley 2/2013, que establece medidas urgentes

en el sistema eléctrico y que establece duras medidas retroactivas sobre la retribución de plantas

ya existentes (anteriores al RD-ley 1/2012). Entre otros aspectos, suprime la opción de venta al

precio de mercado más prima para aquellas tecnologías a las que era aplicable y especifica un

nuevo marco para el cálculo de la retribución de las instalaciones (acogidas hasta el momento al

marco retributivo de anteriores RD).

En ese contexto, y en menos de un año, se promulga el Real Decreto-ley 9/2013, por el que se

adoptan medidas urgentes para garantizar la estabilidad financiera del sistema eléctrico. Este Real

Decreto habilita al Gobierno para aprobar un nuevo régimen jurídico y económico para las

instalaciones de producción de energía eléctrica ya existentes a partir de fuentes de energía

renovables, cogeneración y residuos. Este cambio regulatorio causa una profunda revolución en el

sector, sumido todavía a día de hoy en procesos judiciales para tratar de revertir o minimizar el

impacto económico sufrido

El Real Decreto 413/2014 define el nuevo esquema de retribución para venta de electricidad al

mercado de las instalaciones ya operativas, ya adelantado en el RD-ley 9/2013. El sistema de

retribución está compuesto por los siguientes componentes:

Retribución a la inversión: un término por unidad de potencia instalada que, según el

regulador, cubre (sólo cuando proceda), los costes de inversión para cada instalación tipo

que no puedan ser recuperados por la venta de la energía en el mercado.

Retribución a la operación: un término a la operación que según el regulador, cubre (en

caso de que proceda), la diferencia entre los costes de explotación y los ingresos por la

participación en el mercado de producción de dicha instalación tipo

En el caso concreto de las zonas no peninsulares, como es el caso de la Comunidad Autónoma

de Canarias, el régimen retributivo podrá incorporar excepcionalmente un incentivo a la inversión

cuando la instalación suponga una reducción significativa de los costes de generación.

Con el fin de incentivar la generación renovable en los territorios no peninsulares también se

desarrolla y aprueba la Orden IET/1459/2014, de 1 de agosto, por la que se aprueban los

parámetros retributivos y se establece el mecanismo de asignación del régimen retributivo

específico para nuevas instalaciones eólicas y fotovoltaicas en los sistemas eléctricos de

los territorios no peninsulares. En ella se desarrolla el mecanismo de asignación del régimen

retributivo específico, que se realizará mediante subastas que podrá convocar el Secretario de

Estado de Energía siempre que se cumplan determinadas condiciones técnicas y de sostenibilidad

económica del sistema.

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3.2 Situación actual de la regulación en Canarias para la venta de

electricidad renovable

Tal y como se ha comentado anteriormente, a día de hoy la venta de electricidad de origen

renovable (eólico y fotovoltaico) se rige en los territorios no peninsulares por el RD 413/2014 y la

Orden IET/1459/2014.

Al contrario que en el resto de España, los territorios no peninsulares presentan un régimen

retributivo aplicable también a nuevas instalaciones eólicas y fotovoltaicas. Esto es debido a

que el regulador reconoce que en estas zonas de España el coste de generación a partir de

tecnologías renovables es inferior al coste de generación de sus respectivos mix eléctricos

(predominantemente, basados en tecnologías térmicas de origen fósil). Por tanto, el incentivo de

las energías renovables en estas zonas es justificable desde un punto de vista económico para

favorecer el equilibrio del sistema eléctrico.

El régimen retributivo propuesto por el regulador se basa en estudios económicos realizados

sobre instalaciones tipo para cada emplazamiento considerado. Para cada emplazamiento no

peninsular se ha definido qué parámetros son razonables considerar para una instalación

renovable en materia de inversión, vida útil, horas de funcionamiento, costes, ingresos esperados

en el mercado eléctrico, etc. Definiendo una rentabilidad razonable (que el regulador marca como

7,503%) se determinan dos incentivos, que el regulador proporcionará adicionalmente a lo

obtenido por la venta de electricidad en el mercado:

Retribución a la inversión: si el regulador considera que la instalación va a necesitar un

incentivo económico para lograr la rentabilidad marcada del 7,503%

Incentivo a la inversión por reducción de costes de generación: si el regulador considera

que la tecnología renovable abarata de forma efectiva el mix eléctrico de la zona

Para asignar la retribución a las instalaciones solicitantes, el regulador realizará un proceso de

subastas por el que los solicitantes se postularán en dicha puja con reducciones de los incentivos

propuestos originalmente. Se realiza una excepción para las instalaciones eólicas, para las que se

establece un primer cupo de 450 MW en Canarias que no requerirá de proceso de subasta y se

asignará de forma directa por parte del regulador.

La Orden IET/1459/2014 específica que los incentivos originales (antes de subasta) a aplicar en la

Isla de La Palma serán los siguientes:

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Tabla 4: Parámetros retributivos para nuevas instalaciones renovables en la Isla de La Palma

Tecnología considerada

Año de autorización de explotación de la

instalación

Retribución a la inversión 2014 – 2016

(Eur/MW)

Incentivo a la inversión por reducción de costes

de generación (Eur/MWh)

Fotovoltaica tipo I 2

2014 122.334 0

2015 108.441 0

2016 102.294 0

Fotovoltaica tipo II 3

2014 95.850 5,53

2015 90.156 5,53

2016 84.954 5,53

Eólica

2014 87.521 7,48

2015 87.299 7,48

2016 87.451 7,48

Fuente: Orden IET/1459/2014

Una de las debilidades del sistema, según el sector renovable, es que la cuantía de dichos

incentivos sólo está definida hasta el 2016. A partir de ahí, el regulador podrá recalcularlos e

incluso eliminarlos, tanto para plantas de nueva construcción como para aquellas que ya están en

operación y disfrutando de los incentivos. Por tanto, es imposible determinar a día de hoy la

retribución que obtendrán las plantas a lo largo de toda su vida útil. Este hecho aumenta en gran

medida la incertidumbre del inversor a la hora de acometer una nueva instalación renovable y,

según el sector, lastrará el éxito de la regulación.

3.3 Situación regulatoria del autoconsumo eléctrico

Hasta finales de 2011, el autoconsumo renovable en España se encontraba en un estado de

alegalidad, con contradicciones manifiestas entre diferentes reglamentos, leyes y declaraciones de

órganos autonómicos y centrales competentes.

A finales de 2011 el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio publica el Real Decreto

1699/2011, por el que se regula la conexión a red de instalaciones de producción de energía

eléctrica de pequeña potencia. Este RD pretende facilitar el proceso administrativo de pequeñas

instalaciones renovables para generación eléctrica. Asimismo, el RD anuncia una futura

regulación a corto plazo que, acorde con las nuevas facilidades administrativas, permita e

incentive el autoconsumo para pequeñas instalaciones. El RD se refiere con este anuncio a la

2 Instalaciones sobre cubiertas

3 Instalaciones sobre suelo

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modalidad regulatoria conocida como balance neto. El Ministerio llega a publicar una propuesta

de Real Decreto, describiendo el procedimiento, que sin embargo nunca llega a aprobarse.

El balance neto es un procedimiento de compensación de saldos de energía eléctrica para

instalaciones de producción dedicadas al autoconsumo, bien instantáneo o bien diferido,

fuera del régimen jurídico de producción de energía eléctrica y enfocado al consumidor. Es

por ello un mecanismo regulatorio habitual para fomentar el desarrollo de instalaciones de

generación distribuida dedicadas al autoconsumo.

En el caso de fuentes de energía no gestionables (por ejemplo, las instalaciones

fotovoltaicas o las eólicas), el usuario no puede ajustar el momento de producción al

momento de demanda de energía. La siguiente ilustración muestra de forma cualitativa

cómo la generación de por ejemplo, una instalación FV para un usuario doméstico a lo

largo del día, no se ajusta a su curva de consumo.

Ilustración 18: Consumo eléctrico y generación FV de un usuario doméstico a lo largo de un

día

Fuente: IDAE; Análisis de Creara

Un mecanismo de balance neto permitiría al usuario utilizar el sistema eléctrico para

“almacenar” sus excedentes puntuales de producción y recuperarlos en los momentos en

los que los necesite (auto-consumo diferido). Por esa energía “recuperada” (auto-consumo

diferido), al usuario se le podría requerir pagar un peaje al sistema a definir por el

regulador.

A la propuesta presentada por el Ministerio en 2011, y tras las alegaciones pertinentes y el cambio

de Gobierno, sigue un largo periodo temporal sin ninguna ratificación en forma de RD o de nueva

propuesta regulatoria por parte del Ministerio hasta julio de 2013. En esa fecha, el Ministerio

publica un nuevo borrador de RD para regular el autoconsumo renovable e incentivar la

generación distribuida.

El 18 de julio de 2013 el Ministerio publica el “Proyecto de RD por el que se establece la

regulación de las condiciones administrativas, técnicas y económicas de las modalidades de

suministro de energía eléctrica con autoconsumo y de producción con autoconsumo”. Las

-3,0

-2,0

-1,0

0,0

1,0

2,0

3,0

4,0

1 2 3 4 5 6 7 8 9 101112131415161718192021222324

kW

Consumo cubierto con

electricidad de la red

Electricidad excedente

(EE) FV

Consumo cubierto con

electricidad FV (energía autoconsumida

instantáneamente)

Consumo

eléctrico

Generación

FV

Fuente: IDAE; Análisis de Eclareon

Horas del día

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principales novedades de este borrador son el descarte definitivo de la modalidad de balance

neto, así como la inclusión de la figura del peaje de respaldo.

Los productores de energía que quieran autoconsumir su producción eléctrica deberán

hacerlo de forma instantánea (es decir, en el mismo momento en que la instalación está

produciendo la electricidad, sin posibilidad de acceder al sistema eléctrico para

“almacenar” los excedentes)

Además, y para compensar las posibles distorsiones que este modelo pudiera causar al

sistema, el consumidor estará obligado al pago de un peaje por cada kWh que

autoconsuma de su propia instalación

Toda la electricidad que no sea autoconsumida se verterá a la red eléctrica sin ningún tipo

de compensación a cambio

El borrador propone una cuantía determinada para los peajes de respaldo: el valor depende de la

tarifa contratada por el consumidor, diferenciando también entre los distintos tramos de la tarifa (si

aplica).

Tabla 5: Peajes de respaldo para autoconsumo en baja tensión en función de la tarifa contratada por el consumidor

Peaje de baja tensión Peaje de respaldo (Eur/kWh)

Periodo 1 Periodo 2 Periodo 3

2.0 A (Pc ≤ 10 kW) 0,067568

2.0 DHA (Pc ≤ 10 kW) 0,089129 0,008964

2.0 DHS (Pc ≤ 10 kW) 0,089129 0,0106242 0,007294

2.1 A (10 < Pc ≤ 15 kW) 0,07508

2.1 DHA (10 < Pc ≤ 15 kW) 0,093578 0,020259

2.1 DHS (10 < Pc ≤ 15 kW) 0,093578 0,02574 0,012941

3.0 A (Pc > 15 kW) 0,040596 0,025953 0,009265

Fuente: Proyecto de RD por el que se establece la regulación de las condiciones administrativas, técnicas y

económicas de las modalidades de suministro de energía eléctrica con autoconsumo y de producción con autoconsumo

Para los sistemas no peninsulares, el regulador propone una reducción de los peajes hasta el

2019 con el fin de incentivar el autoconsumo renovable en dichos sistemas. Esta reducción se

regirá por la siguiente fórmula, e intenta plasmar la diferencia entre el coste de generación

peninsular y el de sistemas no peninsulares:

Ecuación 1: Reducción del peaje de respaldo para los consumidores acogidos a una modalidad de autoconsumo en los sistemas eléctricos insulares y extra peninsulares

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Siendo:

PRSEIEi: Peaje de respaldo en el sistema aislado i

PR: Peaje de respaldo previsto en la regulación (ver Tabla 5)

PRi: Cociente entre el coste variable de generación anual a efectos de liquidación y la

demanda en barras de central en el sistema eléctrico aislado i

PEp: Media anual del precio final horario peninsular

Ci: Coeficiente que tomará un valor de 0,15

A finales de 2014 el Ministerio anuncia la próxima publicación definitiva de un reglamento que

regule el autoconsumo renovable, en línea con el borrador de 2013, y fija la fecha en el primer

trimestre de 2015.

3.4 Obligaciones técnicas del uso de la energía FV en edificación

La última modificación de septiembre de 2013 del Código Técnico de la Edificación (CTE) incluye

la obligación de instalación de energía FV en determinados edificios (Sección HE 5), tanto para

nueva construcción como para rehabilitación. Concretamente, se obliga el uso de la energía FV en

los siguientes supuestos:

Edificios de nueva construcción y a edificios existentes que se reformen íntegramente, o en

los que se produzca un cambio de uso característico del mismo, para los usos indicados en

la Tabla 6 cuando se superen los 5.000 m2 de superficie construida

Ampliaciones en edificios existentes, cuando la ampliación corresponda a alguno de los

usos establecidos en Tabla 6 y la misma supere 5.000 m2 de superficie construida

Tabla 6: Ámbito de aplicación de la Sección HE 5 del CTE

Tipo de uso

Hipermercado

Multi-tienda y centros de ocio

Nave de almacenamiento y distribución

Instalaciones deportivas cubiertas

Hospitales, clínicas y residencias asistidas

Pabellones de recintos feriales

El CTE no especifica de qué modo debe emplearse la energía FV producida (venta a mercado,

autoconsumo, etc.) y lo deja a criterio del dueño o promotor de la instalación.

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4. DISEÑO BÁSICO DE LA INSTALACIÓN PROPUESTA

4.1 Emplazamiento

En el presente informe se describe el estudio técnico-económico de una instalación FV en suelo

situada en el municipio de Tazacorte. Este municipio se encuentra situado en la zona oeste de la

Isla de La Palma, tal y como muestra el siguiente mapa.

Ilustración 19: Situación de Tazacorte

En la Aprobación Inicial del Plan Territorial Especial de Ordenación de Infraestructuras

Energéticas de la Isla de La Palma (PTEOIELP) se especifica que en el municipio de Tazacorte

existe 1 zona apta para la instalación de infraestructuras FV.

Tabla 7: Zona definida como apta en la Aprobación Inicial del PTEOIELP para la instalación de

energía FV en el Ayuntamiento de Tazacorte

Zona definida en

el Plan

Superficie

disponible (m2) Observaciones

S15 - DAE15 6.311.912 m2

El Plan estima que podrían instalarse

hasta 105,2 MW exclusivamente de

energía FV, aunque la localización es

compartida en un pequeño porcentaje con

el Ayto. de Los Llanos de Aridane

Fuente: PTEOIELP

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Según datos de PV GIS4, los datos de irradiación global media en este municipio por metro

cuadrado y para una instalación de módulos de silicio cristalino y estructura fija, son los siguientes:

Ilustración 20: Irradiación global media por m2 en Tazacorte para estructura fija y módulo de

silicio cristalino

Fuente: PV GIS

Tal y como se observa en la Ilustración 20, la irradiación media mensual para este tipo de

instalación ronda los 167 kWh/m2 para un plano horizontal y los 181 kWh/m2 para un plano de

inclinación óptima (que para esta localización es de 25º). Esto supone una irradiación anual de

2.000 kWh/m2 para plano horizontal y 2.170 kWh/m2 para plano óptimo.

En el caso de que se escogiera otro tipo de estructura, los resultados variarían

considerablemente. En el caso de una estructura de tipo seguidor a 1 eje, los datos de irradiación

global media en este municipio por metro cuadrado y para una instalación de módulos de silicio

cristalino serían los siguientes:

4 PVGIS (Photovoltaic Geographical Information System): base de datos de recursos solares en Europa y

África perteneciente al Instituto de Energía y Transporte (IET) de la Comisión Europea

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Ilustración 21: Irradiación global media por m

2 en Tazacorte para seguidor a 1 eje

5,

inclinación óptima y módulo de silicio cristalino

Fuente: PV GIS

La Ilustración 21 muestra que la irradiación mensual para este tipo de instalación ronda los 232

kWh/m2. Esto supone una irradiación anual de 2.790 kWh/m2.

Por tanto, una instalación de estas características supone un aumento de producción eléctrica del

28% respecto a una instalación fija.

4.2 Tipología de instalación

Considerando el emplazamiento escogido para la instalación y que dicha planta no está asociada

a ningún edificio en particular, se propone que esta instalación venda su producción a la red bajo

los parámetros especificados en la Orden IET/1459/2014. Dado el contexto energético actual en la

Isla, la poca experiencia existente en generación FV a gran escala en España y los órdenes de

magnitud considerados en el contexto de este proyecto para la inversión en instalaciones

renovables, se propone una instalación en suelo con una potencia pequeña: 2 MW. De todos

modos, y tal como se comentó en apartados anteriores, según el PTEOIELP el municipio de

Tazacorte podría dar cabida a aproximadamente 100 MW de potencia FV.

Por otra parte, con el objetivo de aprovechar al máximo las condiciones de irradiación del

municipio y ante la evolución de precios a la baja de estos componentes, se propone una

estructura de tipo seguidor a 1 eje horizontal.

Para esta potencia se necesitaría una superficie aproximada de 100.000 m2. Dado que según el

PTEOIELP la superficie disponible en el municipio es de unos 6 millones de m2, el espacio

disponible no supone una limitación para la instalación elegida.

5 Seguidor a un eje horizontal

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4.3 Presupuesto básico

Para el diseño de esta instalación y el cálculo del CAPEX a considerar, se consideran 1,45 Eur/Wp

instalado en modalidad llave en mano. Este valor se ha obtenido tras consultar el mercado

internacional actual para instalaciones utility-scale y contrastar con expertos locales las

particularidades de la Isla de La Palma. Se ha tomado un valor consistente pero optimista dentro

del abanico de respuestas obtenidas.

Para la potencia total diseñada para esta instalación, el presupuesto total de la planta se

desglosaría según las siguientes partidas:

Tabla 8. Ponderación de los costes de inversión de la instalación FV propuesta (CAPEX)

Categoría Peso en la partida

presupuestaria

Módulos FV 42%

Módulos policristalinos

Componentes BOS (Balance of System) 19%

Inversor

Estructura

Monitorización

Otros componentes

Servicios EPC 20%

Preparación de terreno

Cimentación

Instalación de la estructura

Instalación de los módulos

Instalación eléctrica

Contratista

Otros

Costes logísticos y de project management 8%

Desarrollo de proyecto 7%

Permisos

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AGRUPACIÓN DE

OPERADORES DE

CABLE AIE

Categoría Peso en la partida

presupuestaria

Desarrollos legales

Desarrollo de ingeniería

Otros conceptos generales

Interconexión eléctrica 4%

Fuente: Análisis de Creara

Además, sería necesario añadir al CAPEX otros costes asociados a asesores, comisiones

bancarias, etc. que contablemente se podrán amortizar como inversión inicial de la instalación. En

total, se considera una inversión inicial de 3.286.000 Euros.

En cuanto a los costes de operación y mantenimiento (OPEX), se considera un total de 41,11

Eur/kWp instalado. En total, 82.215 Eur. a tener en cuenta el primer año de operación. El tipo de

costes que se incluyen en esta partida se engloban en las siguientes categorías:

Seguro

Mantenimiento (preventivo y correctivo)

Mantenimiento de líneas eléctricas

Cambio de inversor

Servicios de monitorización

Seguridad y vigilancia

Limpieza

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AGRUPACIÓN DE

OPERADORES DE

CABLE AIE

5. RESULTADOS

5.1 Resultados energéticos

Considerando la irradiación media mencionada en apartados anteriores y con un performance

ratio medio del 75%, la producción anual en el primer año de operación de la instalación

ascendería a 4.185 MWh. Teniendo en cuenta una degradación anual de los módulos del 0,5% y

una vida útil de la instalación de 30 años, la producción FV obtenida a lo largo del proyecto se

muestra a continuación:

Ilustración 22: Producción FV anual a lo largo de la vida útil del proyecto

Fuente: Análisis de Creara

La instalación de esta planta supondría un aumento en la producción renovable de energía en la

isla de un 25%.

5.2 Resultados económicos

Se ha realizado la valoración económica del proyecto FV bajo las condiciones establecidas en la

primera subasta de la Orden IET/1459/2014 para determinar la rentabilidad esperada de un

proyecto de estas características.

En primer lugar, recogemos de apartados anteriores los datos básicos de la instalación,

incluyendo los valores de irradiación anual para el emplazamiento escogido.

Tabla 9. Datos básicos de la instalación FV

Concepto Valor

Vida útil de la instalación 30 años

Potencia a instalar 2 MW

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AGRUPACIÓN DE

OPERADORES DE

CABLE AIE

Concepto Valor

Irradiación anual incidente 2.790 kWh/m2

Degradación anual del módulo 0,5%

Performance ratio 75%

Fuente: PV GIS; Entrevistas de Creara; Análisis de Creara

Típicamente, y dadas las elevadas sumas de inversión involucradas en el proyecto, este tipo de

instalaciones suelen estar financiadas en porcentajes elevados. Consideramos que esta inversión,

como la mayor parte de plantas FV de estas características instaladas a día de hoy en el mercado

internacional, estaría financiada bajo una modalidad project finance con las condiciones

mostradas en la Tabla 10. CAPEX y condiciones de financiación de la planta FVTabla 10. Dichas

condiciones se han obtenido de experiencias en plantas similares en otros mercados y de

entrevistas concedidas por agentes de mercado y entidades financieras.

Tabla 10. CAPEX y condiciones de financiación de la planta FV 6

Concepto Valor

CAPEX 3.286.000 Eur.

Ratio de apalancamiento 70%

Monto a financiar 2.300.100 Eur.

Periodo de repago de la deuda 15 años

Cuenta de reserva para el servicio de la deuda (DSRA) 5%

Coste de deuda 4,80%

Fuente: Entrevistas de Creara; Análisis de Creara

Por tanto, el accionista debería hacerse cargo de aproximadamente 986.000 Euros, al que se le

aplicará un coste de equity acorde con las condiciones de mercado actuales en España. En base

a entrevistas con agentes de mercado se ha considerado un 10% para este concepto.

Tal y como se ha comentado en apartados anteriores, los costes anuales del proyecto se fijan en

82.215 Eur. para el primer año de operación. En cuanto a los ingresos considerados, se dividen

entre los incentivos recogidos en la regulación y las retribuciones obtenidas con la venta de

electricidad a mercado. Considerando que la instalación se realiza en el año 2015, los incentivos

propuestos por la regulación (pre-subasta), son los que siguen:

6 Como simplificación del modelo, no se está teniendo en cuenta ningún ratio mínimo de cobertura del

servicio de la deuda

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AGRUPACIÓN DE

OPERADORES DE

CABLE AIE

Tabla 11: Parámetros retributivos para nuevas instalaciones renovables en la Isla de La Palma

Tecnología considerada

Año de autorización de explotación de la

instalación

Retribución a la inversión 2014 – 2016

(Eur/MW)

Incentivo a la inversión por reducción de costes

de generación (Eur/MWh)

Fotovoltaica tipo II7 2015 90.156 5,53

Fuente: Orden IET/1459/2014

Para poder realizar la valoración del proyecto se considerará que estos incentivos serán los

obtenidos por la instalación8. Asimismo, y ante la imposibilidad de prever qué sucederá con la

retribución a la inversión que se aplicará a partir de 2016, se mantendrá fija la cantidad mostrada

en la

Tabla 11.

La Orden IET/1459/2014 establece estimaciones para los precios de venta a mercado eléctrico de

los próximos años. Además, especifica que para la producción FV habrá que aplicar un coeficiente

de aumento de la retribución de venta de electricidad FV por el patrón de generación horaria frente

al del resto de tecnologías de generación.

Tabla 12: Ingresos de venta de electricidad a mercado supuestos por la regulación

Año considerado de

venta

Precio de venta a

mercado (general)

Eur/MWh

Precio de venta a

mercado (energía FV)

Eur/MWh

2014 48,21 49,21

2015 49,52 50,55

2016 49,75 50,78

2017 (y en adelante) 52,00 53,08

Fuente: Orden IET/1459/2014

Por último, en la siguiente tabla se muestran otros inputs a tener en cuenta en el modelo, tales

como los impuestos a considerar, el plazo para la amortización de los activos o valores generales

como el IPC.

Tabla 13. Otros inputs generales

7Instalaciones sobre suelo

8En la realidad esto no podría suceder, ya que la subasta prevista por el regulador disminuirá estos

incentivos en base a las propuestas de las empresas pujantes. Sin embargo, se tomarán dichos datos como referencia y para simplificar las hipótesis a considerar.

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AGRUPACIÓN DE

OPERADORES DE

CABLE AIE

Concepto Valor

IPC considerado 1,5%

Plazo de amortización de activos 10 años

Impuesto de sociedades 25%

Impuesto directo sobre la producción eléctrica 7%

Periodo de disminución de pérdida fiscal 18 años

Fuente: Entrevistas de Creara; Análisis de Creara

Fuente: Orden IET/1459/2014

Considerando todos los parámetros especificados a lo largo del capítulo, la TIR desde el punto de

vista del accionista alcanza el 8,45%. Los flujos de caja (del accionista) sobre los que se calcula

esta tasa se observan en la siguiente ilustración.

Ilustración 23: Flujos de caja del accionista

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AGRUPACIÓN DE

OPERADORES DE

CABLE AIE

Con un coste de equity considerado del 10% se concluye que este proyecto, bajo los supuestos

considerados en el presente informe, no sería viable desde el punto de vista económico.

Además, es importante recordar que a lo largo del análisis se han tomado consideraciones que

afectan al resultado final de la rentabilidad: la más relevante de ellas, considerar que no se

producirán reducciones en los incentivos regulatorios a partir de 2016.

Una mínima disminución de dichos incentivos reduciría el atractivo del proyecto por debajo del

mínimo ratio necesario de rentabilidad: 10%.

5.3 Resultados ambientales

La energía solar fotovoltaica es una energía limpia, ya que su producción eléctrica no supone

emisiones contaminantes a la atmósfera in situ. Toda la energía vertida a la red de la isla, no

produce emisiones de CO2.

Debe tenerse en cuenta que estas instalaciones sí suponen emisiones de CO2 en su ciclo de vida.

Es decir, aunque la producción eléctrica no implica emisiones contaminantes, sí se producirán

éstas en la fabricación de los componentes, transporte, instalación y desmantelamiento de la

instalación.

No obstante, esta instalación supondrá en su funcionamiento una reducción de emisiones de

2.845,8 ton CO2 / año

Un hogar español, emite en promedio 834,8 kg de CO2 anuales, por lo tanto con esta instalación,

la cantidad de CO2 evitada es equivalente a la producida por casi 3.409 viviendas en España.