El Contrato

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EL CONTRATO Y TIPOS DE CONTRATO INTEGRANTES: BRYAN ESPINOZA WILLIAM SIGUA DIEGO MEJIA SANTIAGO SOJOS JIMMY JARAMILLO DANIELA ZHUNIO

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Legislación laboral

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EL CONTRATO

EL CONTRATOY TIPOS de contrato

Integrantes:

Bryan espinozaWilliam siguaDiego mejiaSANTIAGO sOJOSJimmy JaramilloDaniela zhunioCONTRATOQue es un contrato de trabajo?El Contrato es un acto por el cual una parte se obliga con otra a dar, hacer o no hacer alguna cosa adems de los elementos de cualquier contrato (capacidad de las partes para contratar, consentimiento, causa lcita, objeto lcito) debe cumplir tres elementos esenciales.1.- La actividad personal del trabajador, es decir, realizada por s mismo.2.- La continuada subordinacin o dependencia del trabajador.3.- Un salario como retribucin del servicio.Una vez cumplidos estos tres elementos esenciales se puede considerar un contrato de trabajo como tal.

Ministerio de relaciones laborales y seguridad social es el que controla y verifica los contratos de trabajo para que ninguna de las partes salga perjudicadas a travs del cdigo de trabajo que fue modificado por ltima vez el 27 de enero del 2011 estando vigente hasta la actualidad

TIPOS DE CONTRATOCONTRATO A PRUEBACONTRATO A JORNADA PARCIALCONTRATO A PLAZO FIJOCONTRATO INDEFINIDOCONTRATO A PRUEBAArt. 15.- Es todo contrato cuando se celebre por primera vez entre dos partes (trabajador y empleado), donde se sealara un tiempo de prueba, de duracin mxima de noventa das. Vencido este plazo, se entender que contina en vigencia por el tiempo que faltare para completar el ao. Este contrato no podr celebrarse mas de una sola vez entre las mismas partes.

Durante el plazo de prueba, cualquiera de las partes puede dar por terminado libremente.

El empleador no podr mantener simultneamente trabajadores con contrato a prueba, por un nmero que exceda al 15% del total de sus trabajadores.

Pero, los empleadores que inicien sus operaciones o los existentes, que amplen o diversifiquen su industria o actividad, no se sujetarn al porcentaje del 15% durante los 6 meses posteriores al inicio de operaciones, ampliacin o diversificacin de la actividad o industria. En el caso de ampliacin o diversificacin, la exoneracin del porcentaje, se aplicar exclusivamente sobre el incremento en el nmero de trabajadores de las nuevas actividades comerciales o industriales.

La violacin de estas disposiciones dar lugar a las sanciones previstas en el Cdigo de trabajo, sin perjuicio de exigirse su cumplimiento.

CONTRATO A JORNADA PARCIALEl contrato de trabajo se entender celebrado a tiempo parcial cuando se haya acordado la prestacin de servicios durante un nmero de horas al da, a la semana, al mes o al ao inferior a la jornada de trabajo de un trabajador a tiempo completo comparable.

DuracinEl contrato a tiempo parcial se entender celebrado por tiempo indefinido cuando se concierte para realizar trabajos fijos y peridicos dentro del volumen normal de actividad de la empresa.

Est permitida la celebracin a tiempo parcial en las siguientes modalidades de contratacin de duracin determinada:

Contratacin para la realizacin de una obra o servicio determinado.Contratacin por circunstancias del mercado, acumulacin de tareas o excesos de pedidos.Contratacin para sustitucin de trabajadores con reserva del puesto de trabajo. Contratos en prcticas.Contrato de relevo.Contrato de trabajo por tiempo indefinido de apoyo a los emprendedores.No est permitida la celebracin a tiempo parcial en los contratos para la formacin y el aprendizaje.

Distribucin de la jornadaLa jornada diaria en el trabajo a tiempo parcial podr realizarse de forma continuada o partida. Cuando el contrato a tiempo parcial conlleve la ejecucin de una jornada diaria inferior a la de los trabajadores a tiempo completo y sta se realice de forma partida, slo ser posible efectuar una nica interrupcin en dicha jornada diaria, salvo que se disponga otra cosa mediante Convenio Colectivo.

Horas extraordinariasLos trabajadores a tiempo parcial nopodrn realizar horas extraordinarias, salvo en los supuestos a los que se refiere el artculo 35.3 del Estatuto de los Trabajadores.(No se tendr en cuenta, a efectos de la duracin mxima de la jornada ordinaria laboral, ni para el cmputo del nmero mximo de las horas extraordinarias autorizadas, el exceso de las trabajadas para prevenir o reparar siniestros y otros daos extraordinarios y urgentes, sin perjuicio de su compensacin como horas extraordinarias.)Horas complementariasSe podr pactar la realizacin de horas complementarias entre empresario y trabajador.

Formalizacin del contrato

Por escrito en el modelo oficial establecido en el que deber figurar, el nmero de horas ordinarias de trabajo al da, a la semana, al mes o al ao contratadas y su distribucin. De no observarse estas exigencias, el contrato se presumir celebrado a jornada completa, salvo prueba en contrario que acredite el carcter parcial de los servicios.Comunicacin del contenido del contrato, as como de las prrrogas del mismo si las hubiere, al Servicio Pblico de Empleo correspondiente en el plazo de diez das hbiles siguientes a su concertacin, donde quedar depositado un ejemplar, adjuntando una copia bsica del mismo firmada por los representantes legales si los hubiere.Entrega a los representantes legales de una copia bsica del contrato en el plazo de diez das. Igualmente se les notificar en el mismo plazo las prrrogas de dichos contratos, as como de las denuncias de los mismos.

Horas complementariasEl trabajador y el empresario podrn pactar la realizacin de horas complementarias que se adicionarn a las horas ordinarias estipuladas en el contrato a tiempo parcial y, en su caso, en los convenios colectivos sectoriales o, en su defecto, de mbito inferior. Slo cuando exista ese pacto el empresario podr exigir la realizacin de horas complementarias.Formalizacin del pacto de horas complementarias

El pacto se formalizar necesariamente por escrito, en el modelo oficial establecido, y recoger el nmero de horas complementarias cuya realizacin podr ser requerida por el empresario.El pacto sobre horas complementarias podr acordarse en el momento de la celebracin del contrato a tiempo parcial o con posterioridad al mismo, pero constituir, en todo caso, un pacto especfico respecto al contrato.Slo se podr formalizar un pacto de horas complementarias en el caso de contratos a tiempo parcial con una jornada de trabajo no inferior a 10 horas semanales en cmputo anual.Nmero mximo de horas complementariasEl nmero de horas complementarias pactadas no podr exceder del 30 por ciento de las horas ordinarias de trabajo objeto del contrato. Sin perjuicio del pacto de horas complementarias, en los contratos a tiempo parcial de duracin indefinida con una jornada de trabajo no inferior a 10 horas semanales en cmputo anual, el empresario podr,en cualquier momento, ofrecer al trabajador la realizacin de horas complementarias de aceptacin voluntaria, cuyo nmero no podr superar el 15 por ciento. La negativa del trabajador a la realizacin de estas horas no constituir conducta laboral sancionable.En todo caso, la suma de las horas ordinarias y complementarias, incluidas las previamente pactadas y las voluntarias, no podr exceder del lmite legal que define este contrato.CONTRATO A PLAZO FIJOEl contrato a plazo fijo, es cuando las partes han determinado de una manera concreta el tiempo de duracin del contrato, tal y como se muestra en los modelos de contratos del Ecuador.No puede ser menor a 1 ao ni mayor a 2.Se debe culminar antes de los 90 das o se tomar como contrato indefinido.El vencimiento en el contrato a plazo fijo est dado en una de las clausulas del contrato.Sin embargo sta puede darse dentro de los 90 das, con 30 das de anticipacin del empleador y 15 del empleado(Desahucio) Vencimiento del plazoDesahucioEs la culminacin del contrato por las partes al terminar el plazo, en 30 das para el empleador y 15 para el empleado, al no hacerse el contrato ser indefinido.En estos casos de desahucio, pedido por cualquiera de las partes, el empleador bonificar al trabajador con un 25% de la ltima remuneracin mensual por cada uno de los aos de servicios prestados. Sin este pago hecho previamente, el desahucio pedido por el empleador no tendr efecto alguno.50% de la remuneracin por todo el tiempo que faltare para la terminacin del plazo pactado Una bonificacin del 25% del equivalente a la ltima remuneracin mensual, por cada ao de servicio (Art. 189 CT).

Indemnizacin En todos los contratos a plazo fijo, debe pagar una indemnizacin del 25% de la remuneracin correspondiente al tiempo que faltare para completar el plazo pactado.Abandono intepestivoContrato a plazo fijo de prueba para adolescentes.Contrato a plazo fijo artesano y operario.Contrato a plazo fijo de prueba.Contrato a plazo fijo jornada parcial.

Ministerio de relaciones laboralesAntecedentes.Objeto del trabajo.Jornada y horario de trabajo.Remuneracin.Plazo del contrato.Lugar de trabajo.Obligaciones de los trabajadores y empleadores.Legislacin aplicable.Jurisdiccin y competencia.Suscripcin.

Secciones del contratoCONTRATO INDEFINIDOCdigo de Trabajo y Mandato 8Elaborado por: Cmara de Industrias de GuayaquilEl contrato por tiempo indefinido: No tienen duracin predeterminada por las partes o por la naturaleza de que se trata. La duracin mnima de estos contratos es un ao, este contrato podr renovarse cuantas veces sea necesario. Este contrato puede ser terminado mediante un despido o una renuncia planteada por escrito.

Conforme al Art. 173 del Cdigo de Trabajo, el trabajador podr dar por terminado el contrato de trabajo, y previo visto bueno, en los casos siguientes:1. Por injurias graves inferidas por el empleador, sus familares o representantes a trabajador, su cnyuge o conviviente en unin de hecho, ascendientes o descendientes;

2. Por disminucin o por falta de pago o de puntualidad en el abono de la remuneracin pactada; y,3. Por exigir el empleador que el trabajador ejecute una labor distinta de la convenida, salvo en los casos de urgencia previstos en el artculo 52 de este Cdigo, pero siempre dentro de lo convenido en el contrato o convenio.

Para que se proceda con el visto el trabajador primero debe acudir a instancias judiciales con el fin de fundamentar y su denuncia ante la Inspectora de trabajo

!GRACIAS! :D