Diapositivas procedimientos judiciales especiales en materia laboral. Krisvany

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Universidad Fermín Toro Vice-Rectorado Académico Facultad De Ciencias Jurídicas Y Políticas Escuela De Derecho Procedimientos Judiciales Especiales en Materia del Trabajo Derecho Procesal Laboral y Prácticas Autor: Rojas, Krisvany C.I 19.712.719 Sección: SAIA B / 2015 Facilitador: Abg. Dailyn Colmenarez Barquisimeto, Junio 2015

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Universidad Fermín ToroVice-Rectorado Académico

Facultad De Ciencias Jurídicas Y PolíticasEscuela De Derecho

Procedimientos Judiciales Especiales en Materia del Trabajo

Derecho Procesal Laboral y PrácticasAutor:

Rojas, Krisvany C.I 19.712.719Sección: SAIA B / 2015

Facilitador: Abg. Dailyn Colmenarez 

Barquisimeto, Junio 2015

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Absoluta

Equivale a la inamovilidad pues sólo puede despedirse al

trabajador por causa justificada.

Consiste en el derecho de un trabajador a conservar su puesto de trabajo

Es aquella que permite el despido injustificado siempre

que se pague una indemnización al trabajador.

ESTABILIDAD LABORAL

(ART. 85 Y 86 LOTTT)

RelativaTipos de estabilidad

Art. 93 CRBV

Es acogida por la LOTTT con la limitación del despido injustificado

Mediante Decreto desde el año 2002, está derogada por el artículo 92 LOTTT

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TRABAJADORES AMPARADOS POR LA ESTABILIDAD LABORAL

1.• Los trabajadores a tiempo indeterminado a partir

del primer mes de prestación de servicio

2.

• Los trabajadores contratados por tiempo determinado, mientras no haya vencido el término del contrato.

3.

• Los trabajadores contratados para una obra determinada, hasta que haya concluido la totalidad de las tareas ejecutadas

Art.87 LOTTT

La Ley excluye de la estabilidad a los trabajadores de Dirección como los Gerentes y otros elegidos

por una empresa para dirigir el negocio

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PROCEDIMIENTO DE ESTABILIDAD

1. PARTICIPACION DE DESPIDO

2.SOLITUD DE CALIFICACION

El Empleador participará ante el tribunal de

Sustanciación, Mediación y Ejecución, Señalando las Causas

que lo Justifiquen.

5 Días hábiles siguientes al despido

El Trabajador tiene que acudir al Juez de

Sustanciación, Mediación y Ejecución, cuando no

estuviere de acuerdo con la causa de su despido.

10 Días Hábiles

De no hacerlo se tendrá por

Confeso.

EL PROCEDIMIENTO APLICABLE:

1.Solicitud de calificación de despido al el juez correspondiente.2.Admisión 2 días hábiles y corrección u omisiones 2 días hábiles.3. Audiencia Preliminar (Pruebas)4.Si el empleador admite el despido el juez concluirá el proceso.5. Si no hay acuerdo se remite el expediente al tribunal de juicio al día siguiente y éste fijará el debate oral en un lapso de 3 días hábiles.6. Iniciada la audiencia de juicio el juez evacuará las pruebas.7.Concluida las formalidades del acto el juez lo declarará cerrado y pasados 30 minutos pronunciará su decisión.8.Contra esta decisión se oirá apelación dentro de 3 días hábiles a su publicación

Perderá el Derecho a Reenganche si

demora mas de los 10 días.

Procedimiento Art. 88 y siguientes de la LOTTT

El Juez deberá decidir de manera oral sobre el

fondo de la causa y declarar CON o SIN lugar

la Solicitud de Reenganche (Art. 422 y

sig.) y el pago de los Salarios Caídos.(Art. 90 LOTTT)

Procedimiento Art. 192 y siguientes de la LOPTRA

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Oportunidad y Causas Legales de Despido

Están contempladas en el 79 LOTTT

Son una lista de actos u omisiones que el trabajador puede cometer y que justifican que

sea despedido.

Falta de probidad

Vías de hecho

Injurias o falta grave

Hecho intencional

Omisiones o imprudencias

Inasistencia injustificadas

Abandono de trabajo

Acoso laboral o sexual

Perjuicio material o negligencia grave

Revelación de secretos

Falta grave a las obligaciones

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El Derecho al amparo Constitucional del Trabajador

Art. 8 LOTTT

Acción de amparo autónomoArtículo 8º. Los derechos y garantías consagrados en materia laboral podrán ser objeto de la acción de amparo constitucional interpuesta ante los jueces y juezas con competencia laboral, de conformidad con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la ley que rige la materia de amparo sobre derechos y garantías constitucionales y la ley que rige la materia procesal del trabajo .

Entre los derechos que se tutelan : Derecho al trabajo (art. 87 CRBV) Libertad del trabajo (art. 112 C.R.B.V) Abstenciones u omisiones que violen

o amenacen violar un derecho o garantía constitucional (art 5 La Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales)

Entre otros.

La Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Art. 1 y 5.

Contempla aquellos derechos y garantías tutelados por la Carta Magna , la LOTTT y

otras leyes especiales.

Se consagra el Derecho de pedir amparo ante un

Tribunal quien haya sido perjudicado en

las garantías constitucionales.

Art. 27 CRBV

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PROCEDIMIENTO DE AMPARO

CRBV. Art 27 primer aparte«Será oral, público, breve,

gratuito y no sujeto a formalidad; y la autoridad judicial competente tendrá potestad para restablecer

inmediata mente la situación jurídica infringida o la situación que más se asemeje a ella.»

AMPARO LABORAL(LOPT)

Son competentes para conocer de la acción, los tribunales del trabajo

previstos en Ley. (Art. 216). El procedimiento para conocer de

la acción de amparo será el mismo previsto en el Título VII de la Ley.

(Art. 217). En todo lo no previsto en esta Ley

en materia de amparo, se aplicarán supletoriamente las

disposiciones contenidas en la Ley Orgánica de Amparo sobre

Derechos y Garantías

Constitucionales. (Art. 218)

Ley Orgánica de Amparo sobre

Derechos y Garantías

El Procedimiento esta compuesto en 4 fases:1) Fase de admisión2) Fase de notificación 3) Fase oral4) Fase de decisión

ARTS. 7 AL 35

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PROCEDIMIENTO DE AMPARO PARA LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

PROCEDIMEINTO SUMARIO. ARTS 67,68 Y 69 Ley Orgánica De Procedimientos Administrativos (LOPA): Se iniciará de oficio y concluirá en 30 días

Si existiere complejidad del asunto, el juez podrá determinar se siga el procedimiento ordinario

Comprobará la verdad de los hechos y esclarecimiento del asunto.

PROCEDIMIENTO ORDINARIO. ARTS 48 AL 67 LOPA

Solicitud escrita a

instancia de parte o de

oficio.

Terminación del Procedimiento: la tramitación

y resolución de los expedientes no podrá exceder de 4 meses a partir del recibo

de la solicitud. También se terminará el proceso por

desistimiento o perención.

Sustanciación del expediente: se tendrá 15 días para evacuar

informes o documentos solicitados por el Juez a los

funcionarios y 20 días en otros

casos.

Notificación a las partes (10 días) para que expongan sus

pruebas y aleguen sus razones.

Cuando en el escrito dirigido a la

Administración Pública faltare un requisito, se

tendrá 15 días para subsanar la omisión

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CONTROL DE LEGALIDAD

Definición: Es un recurso laboral que puede solicitar una persona afectada por la decisión de un tributan superior del trabajo que violente o amenace con violentar una

norma de orden público

Que la decisión violente o amenacen con violentar las normas de orden público

Cuando la sentencia recurrida sea contraria a la reiterada doctrina jurisprudencial

Sea interpuesta ante el Tribunal que dicto el fallo (Tribunal Superior del Trabajo)

CONDICIONES DE PROCEDENCIA:

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PROCEDIMIENTO DEL CONTROL DE

LEGALIDAD(ARTS 182 Y 183

LOPT)

Fallo del Tribunal Superior

La parte afectada interpondrá solicitud escrita (3 folios) dentro de 5 días

hábiles ante el mismo tribunal

El Tribunal Superior Remitirá el expediente al

Tribunal Supremo de Justicia (TSJ)

El TSJ decidirá sumariamente acerca de la

admisión o no de la solicitud

No Admite

Se dejará constancia en forma

escrita por auto del Tribunal

Si Admite

Se seguirá el procedimiento

correspondiente(Casación Laboral)

Tramitado y Sustanciado, el TSJ

declarará la Nulidad del Fallo del Tribunal

Superior

Declara reposición de la causa para

restablecer el orden jurídico infringido

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REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

Emilio Calvo Bacca . Terminología Jurídica Venezolana

Freddy Zambrano. El Procedimiento de Amparo Constitucional

Juan Garay. Constitución de la República Bolivariana de Venezuela

Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales

Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos

Ley Orgánica Procesal del Trabajo

Ley del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras