DIAPOSITIVAS DE ARTICULO 1-25 FESU
-
Upload
jose-arango-sanchez -
Category
Documents
-
view
627 -
download
2
Transcript of DIAPOSITIVAS DE ARTICULO 1-25 FESU
![Page 1: DIAPOSITIVAS DE ARTICULO 1-25 FESU](https://reader035.fdocuments.net/reader035/viewer/2022081821/5574d095d8b42ad4658b5036/html5/thumbnails/1.jpg)
COMERCIANTES Y ASUNTOS DE COMERCIO
• CODIGO DE COMERCIO DECRETO 410 DE 1971• TITULO PRELIMINAR. DISPOSICIONES
GENERALES.• ARTÍCULOS 1 a 9 inclusive.• Los comerciantes y los asuntos mercantiles se
regirán por:
![Page 2: DIAPOSITIVAS DE ARTICULO 1-25 FESU](https://reader035.fdocuments.net/reader035/viewer/2022081821/5574d095d8b42ad4658b5036/html5/thumbnails/2.jpg)
1. Código de Comercio.2. Estipulaciones válidamente celebradas entre
los contratantes.3. Analogía de normas comerciales.4. Costumbre mercantil en el lugar de
cumplimiento de las prestaciones ( local ).5. Costumbre mercantil en el lugar donde hayan
surgido las relaciones que deban regularse (local).
6. Costumbre general del país.
![Page 3: DIAPOSITIVAS DE ARTICULO 1-25 FESU](https://reader035.fdocuments.net/reader035/viewer/2022081821/5574d095d8b42ad4658b5036/html5/thumbnails/3.jpg)
7. Tratados o convenios internacionales de comercio no ratificados por Colombia.
8. Costumbre mercantil internacional sí cumple los requisitos del Artículo 3º del Código de Comercio, que consten en Sentencia o laudo de autoridad jurisdiccional internacional que la hubiere reconocido, interpretado o aplicado.
![Page 4: DIAPOSITIVAS DE ARTICULO 1-25 FESU](https://reader035.fdocuments.net/reader035/viewer/2022081821/5574d095d8b42ad4658b5036/html5/thumbnails/4.jpg)
• LIBRO 1º - TITULO 1º - CAPITULO 1º• ARTICULOS 10 -19
![Page 5: DIAPOSITIVAS DE ARTICULO 1-25 FESU](https://reader035.fdocuments.net/reader035/viewer/2022081821/5574d095d8b42ad4658b5036/html5/thumbnails/5.jpg)
QUIENES SON COMERCIANTES1. Personas naturales y/o jurídicas que
profesionalmente se ocupan en alguna actividad que la ley considera mercantil, en forma directa o por apoderado, intermediario o interpuesta persona natural y/o jurídica. Ver art. 1262 Código de Comercio.
2. Los hábiles que tengan capacidad para contratar según las leyes comunes ( Código Civil, Código de comercio, Código penal, Código Administrativo. Ver arts 1503 y 1504 del C.C.
![Page 6: DIAPOSITIVAS DE ARTICULO 1-25 FESU](https://reader035.fdocuments.net/reader035/viewer/2022081821/5574d095d8b42ad4658b5036/html5/thumbnails/6.jpg)
3. Los menores adultos con autorización de sus representantes legales por cuenta de otras personas
![Page 7: DIAPOSITIVAS DE ARTICULO 1-25 FESU](https://reader035.fdocuments.net/reader035/viewer/2022081821/5574d095d8b42ad4658b5036/html5/thumbnails/7.jpg)
QUIENES NO SON COMERCIANTES
1. Las personas (naturales o jurídicas) que ejecutan ocasionalmente operaciones mercantiles. Dichas operaciones mercantiles quedarán sujetas a las normas comerciales.
2. Los incapaces, quienes quedan inhabilitados para ejecutar actos comerciales.
![Page 8: DIAPOSITIVAS DE ARTICULO 1-25 FESU](https://reader035.fdocuments.net/reader035/viewer/2022081821/5574d095d8b42ad4658b5036/html5/thumbnails/8.jpg)
QUIENES SE PRESUMEN COMERCIANTES
1. Los inscritos en el registro mercantil.2. Quienes tienen establecimiento de comercio
abierto.3. Quienes se anuncian al público como
comerciantes por cualquier medio (escrito, hablado, internet o ciberespacio)
![Page 9: DIAPOSITIVAS DE ARTICULO 1-25 FESU](https://reader035.fdocuments.net/reader035/viewer/2022081821/5574d095d8b42ad4658b5036/html5/thumbnails/9.jpg)
QUIENES ESTAN INHABILITADOS PARA EJERCER EL COMERCIO
1. Los comerciantes declarados en quiebra no rehabilitados ( Art. 2002 Cod.Com).
2. Los funcionarios de entidades oficiales o con participación oficial frente a las actividades mercantiles relacionadas con sus funciones. Vert Art. 80 del decreto 1250/70.
![Page 10: DIAPOSITIVAS DE ARTICULO 1-25 FESU](https://reader035.fdocuments.net/reader035/viewer/2022081821/5574d095d8b42ad4658b5036/html5/thumbnails/10.jpg)
3. A quienes por ley o Sentencia judicial se les prohíba el ejercicio de actividades mercantiles. (Código penal: delitos contra la propiedad, la fé pública, la economía nacional, la industria y el comercio, contrabando, competencia desleal, usurpación de derechos sobre propiedad industrial, giro de cheques sin fondos.
![Page 11: DIAPOSITIVAS DE ARTICULO 1-25 FESU](https://reader035.fdocuments.net/reader035/viewer/2022081821/5574d095d8b42ad4658b5036/html5/thumbnails/11.jpg)
Cuáles son los actos, operaciones y empresas mercantiles
1. Se encuentran enumeradas en el artículo 20 del Código de Comercio en forma declarativa y no limitativa, en 19 numerales.
2. Todos los actos de los comerciantes relacionadas con actividades o empresas de comercio. (Art. 21 Código de Comercio)
3. Todos los actos ejecutados por cualquier persona para asegurar el cumplimiento de obligaciones mercantiles. (Art. 21 Código de Comercio).
![Page 12: DIAPOSITIVAS DE ARTICULO 1-25 FESU](https://reader035.fdocuments.net/reader035/viewer/2022081821/5574d095d8b42ad4658b5036/html5/thumbnails/12.jpg)
Cuáles son los actos que no son mercantiles
Están relacionados en forma declarativa, no limitativa, en los 5 numerales del artículo 23 del Código de Comercio.
1. Adquisición de bienes con destino al consumo doméstico o uso del adquirente, la enajenación de los mismos o de sus sobrantes.
2. La adquisición de bienes para producir obras artísticas y la enajenación de éstas por su autor.
![Page 13: DIAPOSITIVAS DE ARTICULO 1-25 FESU](https://reader035.fdocuments.net/reader035/viewer/2022081821/5574d095d8b42ad4658b5036/html5/thumbnails/13.jpg)
3. Las adquisiciones hechas por funcionarios o empleados para fines de servicio público.
4. Las enajenaciones agropecuarias de cosechas o ganados en su estado natural; su transformación sólo será tenida como mercantil cuando constituye por sí misma una empresa.
5. La prestación de servicios inherentes a las profesiones liberales: Medicina, Derecho, Odontología, Ingeniería, etc.
![Page 14: DIAPOSITIVAS DE ARTICULO 1-25 FESU](https://reader035.fdocuments.net/reader035/viewer/2022081821/5574d095d8b42ad4658b5036/html5/thumbnails/14.jpg)
DEFINICION DE EMPRESA
Artículo 25 del Código de Comercio.“Se entenderá por empresa toda actividad
económica organizada para la producción, transformación, circulación, administración o custodia de bienes, o para la prestación de servicios. Dicha actividad se realizará a través de uno o más establecimientos de comercio”.