Derecho de paciente salud presentaciön
-
Upload
universidad-tecnologica-equinoccial-ute-santo-domingo-ecuador -
Category
News & Politics
-
view
623 -
download
2
description
Transcript of Derecho de paciente salud presentaciön
Objetivos
Reglas
Son los principios, facultades y condiciones que nos permiten alcanzar nuestros proyectos de vida en y con dignidad.
Direccionan el ejercicio de Poder
Permiten alcanzar el proyecto de vida
Vivir como quiera (autonomía para elegir el
proyecto de vida)
Vivir Bien (Condiciones materiales
concretas de existencia)
Vivir sin humillaciones (intangibilidad de su
integridad física y moral)
1. Todas las personas
sin distinción
2. Colectivos o
grupos de
personas
3. La Naturaleza
4. Naciturus
Cosmovisión Andina
Armonía con uno mismo
Armonía con la
Comunidad
Armonía con el ambiente
y la naturaleza
DERECHOS
Buen Vivir
Grupos de
Atención
Prioritaria
Libertad
ParticipaciónProtección
Naturaleza
Comunidades y
nacionalidades
Artículo 11, el cual manifiesta lo siguiente:
Nadie podrá ser discriminado por razones de etnia,lugar de nacimiento, edad, sexo, identidad degénero, identidad cultural, estado civil, idioma,religión, ideología, filiación política, pasado judicial,condición socio-económica, condición migratoria,orientación sexual, estado de salud, portar VIH,discapacidad, diferencia física; ni por cualquier otradistinción, personal o colectiva, temporal opermanente, que tenga por objeto o resultadomenoscabar o anular el reconocimiento, goce oejercicio de los derechos. La ley sancionará todaforma de discriminación.
La discriminación aparece con laestigmatización y la imposición deestereotipos a las personas, siendoestas clasificaciones falsas, basadasen apreciaciones sociales edificadaspor las estructuras de poder.
Clasificaciones falsas, basadas en apreciaciones sociales, estructurando la noción de que todos los miembros que forman una colectividad tienen las mismas características.
Hace referencia a toda exclusión,
restricción o privilegio que no sea objetiva
y razonable.
Art.66.4:
Derecho a la igualdad formal,
igualdad material y no
discriminación
Invisibilidad: No existe porque no lo veo
Persona como objeto: Nos sirven para nuestros
fines.
Ordeno o manipulo
Declaro como enemigos y
deshumanizo
CONSTITUCIÓN
Art. 3.- Son deberes primordiales del Estado:
1. Garantizar sin discriminación alguna elefectivo goce de los derechos establecidos enla Constitución y en los instrumentos
internacionales, en particular la educación, lasalud, la alimentación, la seguridad social y
el agua para sus habitantes.
SALUD
Ambiente social
y económico
Comportamientos
y Destrezas de
Salud
Influencias
biológicas
Servicios de
Salud
Ambiente físico
Respetar
Proteger
Cumplir
Significa la obligación del Estado de abstenerse de prohibir o impedir los cuidados preventivos, las prácticas curativas y las medicinas tradicionales, salvo en casos excepcionales para el tratamiento de enfermedades mentales o la prevención de enfermedades transmisibles y la lucha contra ellas.
Significa adoptar medidas para impedir que terceros (actores no estatales) interfieran en el disfrute del derecho a la salud (por ejemplo regulando la actividad de los actores no estatales).
Significa adoptar medidas positivas para dar plena efectividad al derecho a la salud (por ejemplo, adoptando leyes, políticas o medidas presupuestarias apropiadas).
CONSTITUCIÓN
Art. 32.- La salud es un derecho que garantiza el Estado,cuya realización se vincula al ejercicio de otros derechos,entre ellos el derecho al agua, la alimentación, laeducación, la cultura física, el trabajo, la seguridad social,los ambientes sanos y otros que sustentan el buen vivir.
El Estado garantizará este derecho mediante políticaseconómicas, sociales, culturales, educativas y ambientales;y el acceso permanente, oportuno y sin exclusión aprogramas, acciones y servicios de promoción y atenciónintegral de salud, salud sexual y salud reproductiva. Laprestación de los servicios de salud se regirá por losprincipios de equidad, universalidad, solidaridad,interculturalidad, calidad, eficiencia, eficacia, precaución ybioética, con enfoque de género y generacional.
Art. 3.- La salud es el completo estado de bienestar físico, mental, social y no solamente la ausencia de afecciones y enfermedades.
Es un derecho humano inalienable, indivisible, irrenu
nciable, e intransferible. Protección y garantía es responsabilidad
primordial del Estado. Interacción entre Estado, sociedad, familia e
individuos.
Agua potable y condiciones sanitarias adecuadas. Nutrición y viviendas adecuadas.
Condiciones de trabajo y un medio ambiente salubre.
Educación e información sobre cuestiones relacionadas a la salud.
Igualdad de género.
Disponibilidad Accesibilidad
Aceptabilidad Calidad
Número suficiente de establecimientos, bienes, servicios públicos de salud y centros de atención dirigidos a la preservación de la salud, así como de programas que la garanticen.
Establecimientos, bienes y servicios de salud deben ser accesibles a todos, sin discriminación alguna, dentro de la jurisdicción del Estado parte. Accesibilidad física, económica e informativa.
Todos los establecimientos, bienes y servicios de salud deberán ser respetuosos con la ética médica y culturalmente apropiados. Lo que significa ser sensibles a los requisitos del género y del ciclo de vida. Así como el derecho del paciente de aceptar o no el tratamiento que propone el personal sanitario.
Ser apropiados desde el punto de vista científico y médico. Es decir el personal debe estar capacitado; y se debe contar con condiciones sanitarias adecuadas. Además, la calidad de los servicios de salud significa brindar el trato respetuoso, adecuado y oportuno a las personas que demandan atención.
Derecho a la salud con enfoque dederechos humanos.
Abg. Felipe Asanza Miranda.
Quito-Ecuador, Junio de 2013.
Laura Susana Albán Cornejo
ingresó al Hospital
Metropolitano, situado en
Quito-Ecuador, debido ha
un cuadro de clínico de
meningitis bacteriana.
El 17 de diciembre de 1987,
durante la noche la señorita
sufrió un fuerte dolor. El
médico residente le
prescribió una inyección de
diez miligramos de morfina.
El 18 de diciembre de ese mismo año, la
señorita Alban murió, presuntamente por el
suministro del medicamento aplicado.
Padres de la víctima
interpusieron acciones
legales.
Se conformó un Tribunal
de Honor Médico.
Denuncia penal ante las
autoridades estatales.
Médicos fueron
investigados por
negligencia médica.
No hubo tutela judicial
efectiva por parte del
Estado.
Se interpuso una demanda
ante la Comisión
Interamericana de
Derechos Humanos.
El Estado no aseguró el
acceso efectivo a las
garantías y protección
judiciales.
La CIDH señaló falta de
normas o mecanismos para
sancionar por
responsabilidad penal la
mala práctica médica .
El caso pasó a la Corte
Interamericana de
Derechos Humanos que y
obtuvo Sentencia en contra
del Estado.
Derecho a la vida.
Derecho a la integridad
personal.
Garantías Judiciales.
Protección Judicial.
Libertad de pensamiento y
expresión.
Protección a la familia.
Obligación del Estado de
adoptar disposiciones de
Derecho.
Obligación del Estado de respetar los Derechos.
•Medidas dirigidas a supervisar y
fiscalizar la prestación del servicio de
salud.
•Avanzar en la garantía de los
derechos a la vida, integridad personal
y salud de las personas que se
encuentran bajo tratamiento médico.
¿Qué implica?
•Revisar la legislación penal
acerca de la mala praxis
médica.
• Incorporar en la legislación
interna las precisiones
necesarias para adecuar el
régimen de la materia y
asegurar la debida realización
de la justicia.
¿Cómo lograrlo?
Deber estatal
Supervisión
Protección de
la Salud
El derecho a la salud debe convertirse en un derecho totalmente justiciable. Una
reclamación de justicia por la vulneración de bienes jurídicos de interés social no puede ser
denegada.
Los órganos o funcionarios que
proveen servicios de salud, deben atender de forma inmediata la protección de la vida y
de la integridad personal.
Es indispensable la supervisión de servicios privados relativos a bienes del más alto interés social, que es el caso de la salud, cuya vigilancia compete inexcusablemente al poder público.
Entender las
responsabilidades
administrativas, civiles,
penales, etc.
Esto deriva de la calidad de la
atención médica, que debe contar
con una regulación comprensiva,
suficiente y a la altura de las
actuales circunstancias.
Esto permitirá resolver con
oportunidad y plenitud los
problemas que se susciten en este
campo.
Se debe prever el
cumplimiento de
disposiciones
constitucionales.
Disposiciones constitucionales de
doble dimensión: Por un lado, las
que consagran el derecho a la
protección de la salud; por otra, las
que distribuyen en el seno del
Estado, las competencias
conducentes a esa protección.
Deben existir disposiciones legales
en cuanto a las numerosas
disposiciones en torno a la
protección de la salud y el riguroso
control de la historia clínica.
RESPONSABILIDAD DE
TIPO PENAL.
Deben darse propuestas para
elaborar tipos penales que
contemplen la mala práctica punible:
descripciones típicas con elementos
propios en función de los bienes
jurídicos tutelados, el sujeto activo, el
pasivo y la relación entre ambos.
Esta situación permite al Estado
ejecutar opciones de técnica
legislativa.
El tema de la mala práctica médica
debe estar conectado a cuestiones
éticas y técnicas.
Se debe atender con oportunidad,
suficiencia, y proporcionalidad todas
las conductas ilícitas que pudieran
presentarse, excluyendo espacios de
completa impunidad o benevolencia
inadmisible, que acaba por ser
impunidad.
El Estado puede reconstruir la
descripción típica que hace la norma
internacional respecto de esta
temática.
Publicar la sentencia y transmitirla utilizando los medios de
comunicación adecuados.
Llevar a cabo, una amplia difusión de los derechos de los
pacientes, utilizando los medios de comunicación adecuados y
tomando en cuenta la legislación nacional e internacional.
Realizar un programa de formación y capacitación a los
operadores de justicia y profesionales de la salud sobre la
normativa que el Ecuador ha implementado relativa a los
derechos de los pacientes, y a la sanción por su
incumplimiento, en los términos del párrafo 164 de la
sentencia.
Derecho a la salud con enfoque dederechos humanos.
Abg. Felipe Asanza Miranda.
Quito-Ecuador, Junio de 2013.
Ley de derechos y amparo del paciente
Participación Social en Salud
Derechos Humanos de los y las Pacientes
POLITICA PÚBLICA = GESTIÓN
PÚBLICA PARA GARANTIZAR LOS DERECHOS HUMANOS
CONSTITUCIÓNArt. 32 “La salud es reconocida como un derecho fundamental, cuyo
cumplimiento es responsabilidad del Estado y se vincula al pleno ejercicio de otros derechos interdependientes para una vida plena o sumak kawsay”
LOS
Estatuto
MSP
MAIS
Ley Derechos amparo Paciente
Marco Normativo para garantizar los derechos humanos en salud
Plan Nacional del Buen Vivir
La salud
“La salud es el estado completo de bienestar físico, mental,espiritual, emocional y social, y no solamente la ausenciade afecciones o enfermedades. “
Organización Mundial de la Salud .
“La salud implica todas las necesidades fundamentales delas personas estén cubiertas: afectivas, sanitarias,nutricionales, sociales y culturales.”
MAIS, MSP-2013
Como entender los derechos humanos en salud
Consiste en generar políticas y estrategias para el ejercicio de laciudadanía del derecho a la salud, promoviendo los principios deigualdad y no discriminación en los servicios públicos .
Asegura la interlocución y participación con la ciudadanía como sujetode derechos y actor clave en la construcción de políticas.
Promueve y aplica herramientas para hacer posible el abordaje de losenfoques de interculturalidad, género, generacional, movilidad
humana y ambiente en las acciones de salud.
Rol de los Equipos de Atención de Salud(ley de Derechos y Amparo al Paciente)
ATENCIÓN DIGNA: toda/o paciente debe ser atendido deforma oportuna y ser tratado con respeto, esmero y cortesía
NO DISCRIMINACIÓN: por ninguna razón de sexo, orientaciónsexual, etnia, edad, religión o condición social y económica
CONFIDENCIALIDAD: toda información sobre su condición desalud y tratamiento no es pública sino de estricta reserva parala/el paciente
ACCESO INFORMACIÓN: que se le informe sobre su condiciónde salud, las alternativas de tratamiento y los riesgos queimplica.
LIBERTAD DE DECIDIR: sobre el tratamiento médico sinpresión y con la debida información
INTRAMURAL EXTRAMURAL
GARANTIZAR EL DERECHO
Rol de los Equipos de Atención de Salud(En Promoción de Salud)
DIFUNDIR LOS DERECHOS. Basados en los principios universales y de igualdadgarantizar que la ciudadanía conozca sobre sus derechos en salud. (acceso,atención calidad, no discriminación, entre otros)
PROMOVER LA PARTICIPACIÓN. Asegurar que la ciudadanía organizada y noorganizada tenga participación de acuerdo a los instrumentos y normativa vigentes(LPCYCC)
INCLUIR ENFOQUES DE IGUALDAD EN LA PLANIFICACIÓN TERRITORIAL(género,intercultural, discapacidades, generacional)
PROTECCION DERECHOS NATURALEZA. Usar los espacios interinstitucionales ynormativa vigente para garantizar espacios públicos saludables, calidad de aguay aire, normas sanitarias adecuadas.
OBSERVANCIA DE CUMPLIMIENTO DERECHOS: en base a lineamientos de MSPrealizar observancia en territorio sobre el ejercicio de los derechos en salud.
SERVICIO INTERSECTORIAL
PROMOCIONAR LOS DERECHOS HUMANOS
Estrategia del MSP para promover los derechos humanos de los y las pacientes
Lanzamiento de una campaña de información sobre los derechosde las y los pacientes en las unidades operativas de salud a nivelnacional
Proceso de capacitación a profesionales de la salud en relación alos derechos humanos de los y las pacientes y la Ley deDerechos y Amparo al Paciente en el ámbito de salud
Campaña TODOS TENEMOS DEBERES Y DERECHOS
¿Que pretende la campaña?Lograr usuarios y usuarias de los servicios de salud pública
informados y promoviendo acciones para el ejercicio de sus derechos.
Resultados Iniciales- Difusión en medios impresos (suplemento Mi Salud)- Validación de contenidos con profesionales de la Salud- Distribución y colocación de material impreso en UOS a nivel
nacional
Campaña TODOS TENEMOS DEBERES Y DERECHOS
Siguientes Pasos de la Campaña
Siguientes Pasos de la Campaña
Siguientes Pasos de la Campaña
Responsabilidad: El deber de asumir las consecuencias de un
daño
1. Civil
2. Penal
3. Administrativa
Garante = +Responsabilidad
LEY
CONTRATO
DELITO
Toda persona es
responsablede sus propias
accionesArt. 2220 CC
CONSTITUCIÓN
Art. 53 y 54
Las personas o entidades que presten servicios públicos...serán responsables civil y penalmente... por la mala práctica en el ejercicio de su profesión...en especial aquella que ponga en riesgo la integridad o la vida de las personas
El Estado responderá por los daños y perjuicios causados a las personas por negligencia y descuido en la atención de los servicios públicos
Art. 83 núm 12 Ejercer la profesión con
sujeción a la ética
LEYES
Constituye infraccióntodo acto que genere
dañoen el paciente
Art. 202
No cumple normas
Impericia
Imprudencia
Negligencia
Responsabilidad compartida con
servicios de saludArt. 203
Obligación de medio:Obligan a una persona a actuar con
prudencia y diligencia.
El médico debe poner sus mejoresconocimientos al servicio delpaciente
Acto por el cual una parte se obliga para con otra a dar,
hacer o no hacer alguna cosaArt. 1454 CC
Obligación de resultado
Obliga a una persona a alguna cosa
determinada
Ej. Cirugía plástica
CONTRATO
Infracción
Art. 14 CP
* Dolosa:intención
* Culposa:negligencia, imprudencia, impericia
• Acto
• Típico
• Antijurídico
• Culpable
Cualquier acto u omisión, por parte del personal encargado de brindarlo, que cause:
*Negativa,
*Suspensión
*Retraso
*Deficiencia de un servicio
público de salud
* Afecten los derechos de cualquier persona
Art. 436.- Los médicos ... ocualquier persona que, por faltade precaución o de cuidado,recetaren, despacharen osuministraren medicamentosque comprometan gravementela salud, serán reprimidos conprisión de seis meses a un año;si hubieren causado enfermedadque parezca o fuere incurable, laprisión será de uno a tres años;y en caso de haber producido lamuerte, la prisión será de tres acinco años.
Art. 459.- Es reo de homicidioinintencional el que ha causadoel mal por falta de previsión ode precaución, pero sinintención de atentar contra otro.
Elementos:a) Sujeto
b) Acción u omisión profesional
Ley de Amparo al Paciente
Art. 13.- Los responsables de un centro de salud que se negaren a prestar atención a pacientes en estado de emergencia, serán sancionados con prisión de 12 a 18 meses y, en caso de fallecimiento del paciente desatendido (sic), con prisión de 4 a 6 años.
Art. 365.- Por ningún
motivo los
establecimientos
públicos o privados ni
los profesionales de la
salud negarán la
atención de
emergencia. Dicha
negativa se
sancionará de acuerdo
con la ley.
En atención a las obligaciones
provenientes de los casos de la Corte
IDH:
Albán Cornejo Vs.Ecuador
Melba Suárez Vs. Ecuador
Vera Vera Vs. Ecuador
Constitución del Ecuador (2008)
http://www.slideshare.net/giramvndo/el-derecho-a-la-salud-en-los-ddhh.
Organización Panamericana de la Salud
www.youtube.com/watch?v=PPeRECua5CQ
Organización Unidos por los Derechos Humanos