Derecho de la Integración

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Integración desafió para el siglo XXI Dr. Javier Echaide Derecho Internacional Público Fc. Derecho (UBA y UNLZ)

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Page 1: Derecho de la Integración

Integracióndesafió para el siglo XXI

Dr. Javier EchaideDerecho Internacional Público

Fc. Derecho (UBA y UNLZ)

Page 2: Derecho de la Integración

¿Qué es la integración?

� ¿Es la alianza política entre países?

� ¿Es la unión territorial entre Estados?

� ¿Es la fusión de mercados económicos?

� ¿¿Qué es...??autor: Dr. Javier Echaide autor: Dr. Javier Echaide

([email protected])([email protected])

Page 3: Derecho de la Integración

¿Qué es la integración?� Es un fenómeno de naturaleza política y es

uno de los instrumentos que disponen los Estados en sus competencias políticas internacionales.

� Posee consecuencias que van más allá de lo político: van a lo económico, jurídico, cultural, etc.

� En principio, el motor de los procesos de integración ha sido el factor económico, particularmente el comercio internacional.

� Y el esquema a seguir ha sido el modelo de la Unión Europea (UE).

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Page 4: Derecho de la Integración

Flujos comerciales y barreras aduaneras

País A País B

Flujos comerciales: es el intercambio de bienes (mercancías) de un país al otro.

Barreras comerciales: son las distintas medidas que un Estado puede poner para restringir o prohibir el ingreso de mercancías a su territorio.

El tema de la integración está basado principalmente en el intercambio comercial entre países. Cada país tiene el derecho soberano de aplicar su legislación interna y cobrar impuestos al ingreso de cualquier producto proveniente del exterior. Para ello es que funcionan las Aduanas.

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Page 5: Derecho de la Integración

¿Qué dice la teoría liberal?� Que con el cobro de aranceles

aduaneros (junto con otras medidas) se restringe la libre circulación de mercancías.

� Que ello dificulta el libre juego de competencia de mercado.

� Que con plena competencia, triunfaría el mejor producto con el menor costo.

� Restringiendo la libre circulación de mercancías se está haciendo que el consumidor pague un producto más caro y no necesariamente el mejor.

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Page 6: Derecho de la Integración

¿Para qué sirve cobrar aranceles en la aduana?

Porque es un derecho soberano que tiene

el Estado

Para proteger sectores locales

menos competitivos

Para mantener el nivel de empleo local

Para aumentar la recaudación pública y las

reservas del Estado

Para fomentar el desarrollo de

industrias locales incipientes o no

existentes

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Page 7: Derecho de la Integración

Modelos de integración� Generalmente este no es un punto que se

toque demasiado cuando se introduce al tema de integración, pero básicamente se sigue una única receta de cómo integrarse:

� La europea...

� Por ende, cuando se habla de los esquemas de integración siempre se está haciendo referencia implícita (conciente o no) al modelo europeo de integración.

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Page 8: Derecho de la Integración

¿Un modelo norteamericano de integración?

� Algunos autores hablan de una “integración federativa de estados”, pero hacen referencia a la conformación de EEUU.

� Esto no es una integración de Estados, pues no se integran naciones sino que lo que ocurre es que se está conformando una sola nación.

� Si así fuera, la conformación de casi todas las naciones del mundo serían modelos de integración históricos (incluyendo la conformación de la “Confederación Argentina”).

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Page 9: Derecho de la Integración

Modelo histórico europeo

� CCA� CEA� BENELUX� CEE� COMECON� UE

� Comunidad del Carbón y el Acero (1951)

� Comunidad Europea Atómica (1957)

� Acuerdos entre Bélgica, Países Bajos y Luxemburgo (1960)

� Comunidad Económica Europea (1957)

� Ex comunidad económica de la esfera soviética (1949)

� Unión Europea (2007)

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Page 10: Derecho de la Integración

AñoAño

Historia de los procesos de integraciónHistoria de los procesos de integración

EuropaEuropa

Centro AméricaCentro Américay Caribey Caribe

América América del Nortedel Norte

AsiaAsia

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Asia-PacíficoAsia-Pacífico

ÁfricaÁfrica

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ASEAN

APEC

CEEAC (Comunidad Económica de Estados del África Central)

América América del Surdel Sur

Pacto Andino

MCCA (Mercado Común Centroamericano)

MERCOSUR

CARIFTA y CARICOM

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ALALC CAN

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TLC EEUU-CanadáNAFTA

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CECA (Comunidad Europea del Carbón y el Acero)

CEEA (Comunidad Europea de Energía Atómica) o EURATOM

BENELUX

CE-UECEE

SADCC (Conferencia para la Coordinación del Desarrollo del África Austral)

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57

SADC

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CEDEAO + CEAO (Comunidad Económica del África del Oeste + del Este)

antecedentes

Creación de la APEC

ALBA

ALADI

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01

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AñoAño

Historia de la UEHistoria de la UE

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CECA (Comunidad Europea del Carbón y el Acero)

CEEA (Comunidad Europea de Energía Atómica) o EURATOM

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autor: Dr. Javier Echaide autor: Dr. Javier Echaide ([email protected])([email protected])

CE-UECEE

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Países que aprobarían por Parlamento

Países que aprobarían por referéndum popular

Países que aprobarían por mecanismo mixto

Países que aprobaron la Constitución Europea

Países que aún no han sometido la aprobación

Países que han rechazado la Constitución Europea

Países que han suspendido el proceso de ratificación

El proceso de la Constitución Europea El proceso de la Constitución Europea (2004-2007)(2004-2007)

autor: Dr. Javier Echaide autor: Dr. Javier Echaide ([email protected])([email protected])

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AñoAño

Historia del MercosurHistoria del Mercosur

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Pacto Andino

MCCA (Mercado Común Centroamericano)

MERCOSUR

CARIFTA y CARICOM

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ALALC

CAN

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antecedentes

ALADI

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ALBA

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autor: Dr. Javier Echaide autor: Dr. Javier Echaide ([email protected])([email protected])

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AñoAño

Historia de la integración en Asia y NorteaméricaHistoria de la integración en Asia y Norteamérica

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ASEAN

APEC

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TLC EEUU-Canadá

NAFTA

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Creación de la APEC

autor: Dr. Javier Echaide autor: Dr. Javier Echaide ([email protected])([email protected])

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AñoAño

Historia de la integración en ÁfricaHistoria de la integración en África

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CEEAC (Comunidad Económica de Estados del África Central)

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SADCC (Conferencia para la Coordinación del Desarrollo del África Austral)SADC

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CEDEAO + CEAO (Comunidad Económica del África del Oeste + del Este)autor: Dr. Javier Echaide autor: Dr. Javier Echaide

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Page 16: Derecho de la Integración

El “plato de spaghetti” (spaghetti bowl) El “eje y rayos” (hub & spokes)

Estrategias de integraciónautor: Dr. Javier Echaide autor: Dr. Javier Echaide ([email protected])([email protected])

Page 17: Derecho de la Integración

Los “pasos” de la integración

� 0) mecanismos de aranceles preferenciales

� 1) Zona de Libre Comercio

� 2) Unión Aduanera

� 3) Mercado Común

– Unión Monetaria

� 4) Unión Regional

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Page 18: Derecho de la Integración

¿Qué es el libre comercio (o librecambio)?� Es una teoría económica del siglo XVII.� Sostiene la libre circulación de productos

entre países. � Está basada en la existencia de ventajas

comparativas entre los países. � La idea es que cada país se especialice

en producir lo que le sale mejor y más barato, y dedicar esa producción a la exportación mundial para su intercambio.

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Page 19: Derecho de la Integración

Principios del libre comercio

� Acceso a los mercados - Trato Nacional (TN)- Trato de la Nación Más Favorecida (NMF)

� No discriminación� Transparencia� Competencia leal

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Page 20: Derecho de la Integración

El Trato Nacional (TN)

País A País B

País C

Como vimos, todos los esquemas de integración regional parten desde los aspectos comerciales, y toman para ello el modelo europeo.Una cláusula básica es la del trato nacional, que significa que el Estado debe tratar a las mercancías importadas con el mismo nivel de trato como si ésta fuera producida dentro de su territorio. Esto implica la desgravación progresiva de aranceles y el desmantelamiento progresivo de subsidios a la producción nacional.

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Page 21: Derecho de la Integración

País A País B

País C

La cláusula de la Nación Más Favorecida (NMF)

Le sigue la cláusula de la Nación Más Favorecida, que es la multilateralización del trato nacional.Cuando tres o más Estados forman parte de una misma zona de libre comercio, y hay medidas arancelarias o para-arancelarias diferentes por parte de dos Estados (A y B) hacia una misma mercancía proveniente del país C, el nivel de trato que se le dará a esa mercancía será la más favorable para la libre circulacion de esa mercadería (es decir el menor arancel, la medida más flexible, etc.)

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Page 22: Derecho de la Integración

Temas incluidos en las negociaciones de libre comercio

� Circulación de Mercancías � Circulación de Servicios � Circulación de Capitales (o Inversiones)� Circulación de Productos agrícolas� Circulación de Bienes industriales� Propiedad Intelectual� Acceso a los mercados� Políticas de competencia� Compras gubernamentales (o compras al

sector público)autor: Dr. Javier Echaide autor: Dr. Javier Echaide

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Page 23: Derecho de la Integración

0) Mecanismos de aranceles preferenciales

País A País B

País C

Pueden mencionarse algunas etapas o mecanismos previos a una “integración” económica, y generalmente tienen que ver con ciertos beneficios arancelarios en algunos productos individualizados. Frecuentemente se arman listas de diversos productos, con lo que se termina armando un sistema de preferencias arancelarias de un país para con varios otros del resto del mundo. Estos listados son por decisión unilateral del Estado que los confecciona y no implican contraprestación alguna.

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Page 24: Derecho de la Integración

Ejemplo:

EEUU posee un Sistema de Aranceles Preferenciales (SAP) el cual incluye a muchos países del mundo con los cuales comercia, por ejemplo Argentina. Este tipo de mecanismos establece una tasa de aranceles diferente a la que usualmente EEUU puede cobrar por el ingreso de una mercadería determinada en su país. Aquellos países que poseen una serie de productos dentro de ese listado del SAP, poseen aranceles distintos a los que no tienen ningún tipo de productos (como China). Hay que aclarar que estos sistemas no benefician por países sino por productos.

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Page 25: Derecho de la Integración

País A País B

País C

Una Zona de Libre Comercio (ZLC) o un Tratado de Libre Comercio (TLC) es la establecida entre dos o más países (Estados), en la cual se permite -en principio- la libre circulación de bienes, servicios y capitales. Esto significa eliminar progresivamente las barreras al comercio (aranceles, medidas no arancelarias, subsidios a la producción local, etc.). Las reglas que se cumplen son las del “trato nacional” y la “cláusula a la nación más favorecida” (NMF) para ZLC tripartitas o con más países parte. Las mercancías que provengan de terceros países serán tratadas sin estos beneficios y deberán pagar todos los aranceles fijados por cada país en cuestión.

Arancel 30% Arancel 25%

Libre circulación

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1) Zona o Tratado de Libre Comercio

Page 26: Derecho de la Integración

Ejemplo: Un ejemplo de Zonas de Libre Comercio son los Tratados de Libre Comercio bilaterales o regionales (TLCs) que EEUU tiene firmados con varios países, como el caso del TLC en vigor entre EEUU y Chile o el CAFTA (tratado de libre comercio entre EEUU y América Central). Estos TLC tienden a eliminar las barreras aduaneras o llevarlas a su más mínima expresión, para lograr así quitar “barreras al comercio” y obtener la libre circulación que propone el libre comercio.

Arancel 30% Arancel 25%

Libre circulación

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Page 27: Derecho de la Integración

2) Unión Aduanera

País A País B

País C

La Unión Aduanera (UA) es un estadio superior a la ZLC. Ahí ya se fijan políticas aduaneras comunes entre los miembros de la UA. Se cumplen todos los principios del libre comercio y se le suma el establecer un arancel externo común (AEC) para todos los países miembros de la UA, de modo que se cobre el mismo arancel a todo producto que ingrese en un país miembro de la zona. También se establece una aduana comunitaria única y se disuelven las aduanas nacionales. Existen uniones aduaneras perfectas e imperfectas, dependiendo de si se han logrado todos pasos y si están incluidos todos los sectores de la producción dentro del intercambio comercial bajo el AEC.

Libre circulación

Arancel externo común (AEC)

(del 20%)

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Page 28: Derecho de la Integración

Ejemplo:Un ejemplo de Unión Aduanera es el MERCOSUR. Sin embargo, el MERCOSUR es una UA imperfecta, puesto que no incluye a todos los sectores dentro de la aplicación de un arancel externo común (excluye por ejemplo la denominada “línea blanca”). Otra característica es que existen todavía las aduanas nacionales y no hay un ente recaudador aduanero comunitario del MERCOSUR.

Arancel externo común (AEC)

(del 20%)

Libre circulación

autor: Dr. Javier Echaide autor: Dr. Javier Echaide ([email protected])([email protected])

Page 29: Derecho de la Integración

3) Mercado Común

País A País B

País C

Un Mercado Común (MC) es un tercer paso dentro del modelo europeo de integración. Aquí ya se forma un mercado comunitario que incluye la libre circulación de todos los factores productivos, permitiendo también la libre circulación de personas. Ya empiezan a haber instituciones comunitarias que van más allá de lo estrictamente comercial. Algunas experiencias de MC incluyen la implementación de una moneda común (en el caso de Europa es el euro). Existe debate sobre el carácter delegativo de los poderes comunitarios: si lo que se hace es otorgar poder a las instituciones regionales para que ellas se hagan cargo de las funciones comunitarias, o si lo que hacen es representar a los Estados Nacionales en los quehaceres comunitarios.

Arancel externo común (AEC)

(del 20%)

Instituciones comunitarias, libre circulación (incluso de

personas)

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Page 30: Derecho de la Integración

Ejemplo:El clásico ejemplo de mercado común es la Comunidad Económica Europea (CEE). Hasta la fecha, ha habido muy pocas experiencias de integración que han podido alcanzar los objetivos de un mercado común. Hay procesos de integración regional que se han planteado esto como meta (ejemplo: Mercosur) pero que todavía no han llegado a cumplir esos objetivos.

Arancel externo común (del 20%)

Instituciones comunitarias, libre circulación (incluso de

personas)

autor: Dr. Javier Echaide autor: Dr. Javier Echaide ([email protected])([email protected])

Page 31: Derecho de la Integración

4) Unión Regional

País A País B

País C

La Unión Regional es el último estadio del modelo de integración regional planteado por la UE. Para esta altura ya deberían haberse alcanzado instancias comunes de política regional: comercial, agrícola, energética, migratoria, monetaria, legal, jurídica, de seguridad, de defensa colectiva…

Instituciones supranacionales

Bloque único

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Page 32: Derecho de la Integración

Ejemplo:Un ejemplo de unión regional podría ser la Unión Europea (UE). Pero para ello falta la sanción de su Constitución, lo cual no ha ocurrido. La UE sancionó el Tratado de Lisboa (2007) que pretendió modificar el fracaso proyecto de la Constitución Europea reformando algunas pocas partes del texto propuesto y que recibió el rechazo de los plebiscitos francés y holandés. El Tratado de Lisboa no fue sancionado con procesos plebiscitarios, lo cual ha originado que no pocos autores expongan este ejemplo como muestra del llamado “déficit democrático” de la UE.

Instituciones supranacionales

Bloque único

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Page 33: Derecho de la Integración

Áreas de libre comercio en el mundoÁreas de libre comercio en el mundo

APEC

APEC

Las distintas zonas de integración regional del mundo.

autor: Dr. Javier Echaide autor: Dr. Javier Echaide ([email protected])([email protected])

Page 34: Derecho de la Integración

Ubicación política de los distintos Ubicación política de los distintos

planes de integraciónplanes de integración

Planes de Integración

Ámbito geográfico

Neoliberales “Dudosos” “Alternativos”

Global

Regional

Local

Temáticos específicos

OMC

ALCA UE Mercosur

IBSA

ASC ALBA

TCPTLCs

PPP TBIs IIRSA

UE-AL

CAFTA CAN

Institución global

Tratado de libre comercio

Mercado común

Acuerdo de infraestructura

Unión aduanera

Tratado temático

Tratados de cooperación de nueva generación

Propuesta de los mov. soc.

UNASUR

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Page 35: Derecho de la Integración

MercosurMercosur(Mercado Común del Sur)(Mercado Común del Sur)

20092009

ALBA-TCPALBA-TCP(Alianza Bolivariana para las Américas)(Alianza Bolivariana para las Américas)

20092009

Procesos de integración en la regiónProcesos de integración en la región

autor: Dr. Javier Echaide autor: Dr. Javier Echaide ([email protected])([email protected])

Page 36: Derecho de la Integración

Las 5 esferas de jurisdicción superpuesta

normativa OMC

normativa ALCA(en caso de firmarse éste o alguno similar)

normativa TLC o TBI(bilateral con cada país en particular)

normativa Mercosur

legislación doméstica

autor: Dr. Javier Echaide autor: Dr. Javier Echaide ([email protected])([email protected])

Page 37: Derecho de la Integración

Dr. Javier EchaideAbogado, Becario Doctoral UBACyT, Investigador

Maestría en RRII (UBA), Docente universitario (UBA y UNLZ)Miembro del IRINI (Derecho-UNLZ) y del Inst. A. Gioja (Derecho-UBA)

jechaide@hotmail .com y www.javierechaide.blogspot.com

muchas gracias por su atención...