Contratos Masivos y El Problema de Las Clausulas Abusivas

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  • FACULTAD DE CIENCIAS EMPRESARIALES

    ESCUELA ACADMICA PROFESIONAL DE CONTABILIDAD

    LOS CONTRATOS MASIVOS Y LOS PROBLEMAS DE CLAUSULAS

    GENERALES

    AUTOR(ES)

    LUJAN TAPIA LUPE

    HUISA ROBLES JEAN

    DUEAS MENDOZA LISETH

    GARAY RAMIREZ ANA

    AULA

    Grupo 2- 305

    ASESOR

    Carranza lvarez Csar

    CURSO

    Legislacin Empresarial

    NUEVO CHIMBOTE- 2013

  • Contenido

    1 LOS CONTRATOS EN MASA Y LOS PROBLEMAS DE LAS CLUSULAS

    ABUSIVAS ............................................................................................................................ 3

    I. Nociones generales ............................................................................................................ 3

    A. Contratacin masiva ..................................................................................................... 3

    B. CONTRATO INDIVIDUAL Y CONTRATO MASIVO ........................................... 4

    C. PARTE DEBIL EN LA CONTRATACION MASIVA ............................................. 5

    D. SUPRESIN DE LA ETAPA DE LA NEGOCIACIN EN LA

    CONTRATACIN MASIVA ...................................................................................... 5

    II. CONTRATACION MASIVA EN EL CODIGO CIVIL ............................................... 6

    A. GENERALIDAD ........................................................................................................... 6

    B. CONCEPTO DE CONTRATO POR ADHESIN .................................................... 7

    a) Caractersticas ............................................................................................................... 7

    b) Operacin de tmelo o djelo ....................................................................................... 7

    c) Buena fe del predisponente ......................................................................................... 8

    d) rganos de proteccin del adherente .......................................................................... 8

  • 1 LOS CONTRATOS EN MASA Y LOS PROBLEMAS DE LAS CLUSULAS ABUSIVAS

    I. Nociones generales

    A. Contratacin masiva

    Con el paso de la creacin de produccin manual a la maquinal, computarizada, masiva, se

    pasa del contrato individual a la contratacin en serie1. La estandarizacin de los bienes y

    servicios conlleva la estandarizacin de los contratos respectivos. En la actualidad, los

    contratos de seguro, de apertura de crdito, de transporte de pasajeros, de tarjeta de crdito,

    de servicio de telefona celular, entre otros, la discutibilidad de los efectivos y los alcances

    de un contrato o de una o varias clusulas se definen exclusivamente por una de las partes

    contratantes.

    Es posible decir que la teora de la oferta, la aceptacin concertada y negociada entre

    partes iguales no es aplicable en cantidades abundantes de los contratos que son celebrados

    da a da .

    Lo que se produce masivamente en serie no puede ser comercializada mediante contratos

    individuales, precedidos de acuerdos2 sobre cada una de las estipulaciones que forman su

    contenido, si no atreves de contratos celebrados masivamente, mejor dicho, mediante la

    utilizacin de formularios con contenido uniforme predispuesto unilateralmente por el

    empresario y dirigidos a los consumidores o usuarios.

    Probablemente el acontecimiento transcurrido frente a este prodigio de la contratacin en

    masa sea una alteracin de la teora clsica del contrato3.

    La contratacin masiva es posible mediante los contratos por adhesin y los contratos

    concluidos mediante clausulas generales de contratacin, denominada, tambin, como

    condiciones generales de contratacin.

    Las existencias de una asimetra de poder contractual evidenciada por la usencia de

    tratativas(acuerdo)4 sobre la regulacin interna del contrato , regulacin que una parte

    tiene el poder de imponerla unilateralmente a la otra, rompiendo asi con el rgimen clsico

    de contratacin que parte de la igualdad formal de los contratantes , cuyos principios y

    mecanismos de proteccin resulta insuficientes , lo que nos afecta a todos en nuestra

    1TORRES VASQUEZ, Anbal. Teora general del contrato. Tomo 1. Per, lima. 2012.343p

    ISBN:9786124118043 2 (ACUERDO) es el termino equivalente de los trminos romanistas conventio y sinallagma, y

    subraya , de una parte , el carcter voluntario del contrato y, de la otra, la posicin reciproca en que se encuentra las voluntades de las partes ,en el sentido del contrato , en cuanto acuerdo , revela una lograda composicin de inters y la preparacin de efecto conjunto , sobre los cuales coinciden las voluntades de las partes (MISSINEO )

    3 Segn el CC. Artculo 1351: El acuerdo es de dos o ms partes para crear, regular, modificar o

    extinguir una relacin jurdica patrimonial. 4 TRATATIVAS es la negociacin o la accin de discutir o plantear problemas laborales

  • calidad de consumidores de bienes y servicios , ha determinado la necesidadde contar con

    un derecho protector de los consumidores.

    En pocas transcurridas con las constantes transformaciones y adecuaciones a la nueva era

    de la tecnologa y con el proceso de la globalizacin, ha dado paso a una poca ms social

    y econmica que estn reguladas por la legislacin del S.XIX son muy son muy distintas a

    las de hoy dominadas por la produccin masiva de bienes y servicios como consecuencia

    de los avances cientficos y tecnolgicos que han determinado la mecanizacin,

    computarizacin, y estandarizacin de los sistemas de produccin a gran escala; el

    incremento de la poblacin y, con ella, el mercado de los consumidores y sus necesidades

    reales como las derivadas del marketing y la publicidad ; la fabricacin de bienes de

    consumo con materiales perecederos para abreviar su vida til y multiplicar artificialmente

    el consumo; la liberalizacin5 y globalizacin que coindice como una gigantesca

    transferencia de funciones del estado al mercado (privatizacin6 de la economa); el

    crecimiento de los mercados a nivel nacional e internacional como sucede con los tratados

    de libre comercio que se multiplica por doquier; el incremento del comercio electrnico; el

    acercamiento de las distancias gracias a la velocidad alcanzada por los medios de transporte

    y porque ahora con el internet todos los lugares del mundo estn a un clic de distancia: la

    competencia nacional e internacional de las entidad ,muchas de ellas de carcter

    multinacional, que en la lucha por la clientela estn obligadas a ofrecer bienes y servicios

    cada vez de mejor calidad y en mejor condiciones contractuales a sus clientes; el desarrollo

    de la publicidad agresiva anunciando bienes y servicios, en ocasiones con anticipacin a la

    demanda, y , con frecuencia , desleal y engaosa, con un poder de persuasin que relativiza

    (7)

    B. CONTRATO INDIVIDUAL Y CONTRATO MASIVO

    Podemos inferir que una actividad productiva econmica , desde la produccin de los

    bienes y servicios hasta su colocacin en el mercado, solo es posible mediante el contrato.

    La libertad, puesta en primer plano por la revolucin, en el campo del derecho de los

    contratos toma la denominacin de autonoma de la voluntad que comprende la libertad de

    contratar la libertad contractual y libertad contractual. La produccin y

    comercializacin masiva de bienes y servicios en forma estandarizada y a gran escala, no es

    posible mediante el contrato paritario o individualizado o negociado, cuyo contenido es

    obra de ambas partes contratantes, sino mediante el contrato masivo , estndar o

    estandarizado , con contenido uniforme, rgido e inmodificable, pre formulado

    unilateralmente, de una sola vez , por el empresario proveedor de los bienes y servicios y

    5 la liberalizacin supresin de interferencias pblicas en los mercados financieros y de capitales, y

    de las barreras del comercio- tiene muchas dimensiones, se supone que la liberalizacin comercial expande la renta de un pas porque desplaza los recursos de empleos

    Madrid , 2002, pp.96 y 97) 6 Privatizacin- son las actividades sean empresariales o no, pertenecientes al estado se transfieran

    o cedan a la proviedad privada. 7 TORRES VASQUEZ, Anbal. Teora general del contrato. Tomo 1. Per, lima. 2012.346y 349p

    ISBN:9786124118043

  • ofrecidos abstractamente al mercado mediante formularios a los cuales los consumidores y

    usuarios deben adherirse, sin la posibilidad de hacer modificaciones.

    Debemos aun no perder la nocin que en la sociedad contempornea, el contratoparitario,

    en el que ambas partes contratantes discuten, caso por caso, todas y cada una de las

    clausulas o estipulaciones que forman el contenido del contrato masivo , cuyo contenido es

    predispuesto por la parte fuerte de la relacin .uno y otro tipo de negociacin se presenta en

    los contratos tradicionales(compraventa, arrendamiento ,cuenta corriente ,etc.)como en los

    denominados contratos modernos (joint venture, franchising , etc.). En nuestro medio , la

    predisposicin contractual prevalece en las grandes ciudades, mientras que ne las pequeas

    y en el mbito rural predomina el contrato paritario8.

    C. PARTE DEBIL EN LA CONTRATACION MASIVA

    En las relaciones contractual, contratante fuerte es la parte que tiene el poder de, que

    mediante la predisposicin del contenido del contrato, imponer su voluntad contractual a al

    otra que, como contratante dbil, se somete a dicha voluntad para poder adquirir los bienes

    o servicios que necesita.

    En las relaciones entre proveedores y consumidores ,los primeros, con su poder regulatorio

    del contenido del contrato, la informacin que tiene sobre los bienes y servicios que

    ofrecen, el poder econmico y de organizacin empresarial, o el ejercicio monopolio9 u

    oligopolio10 de la actividad econmica, constituyen la parte fuerte, y los consumidores la

    parte dbil por estar colocados en la alternativa de adherirse a la regulacin de impuestos

    por los proveedores a no contratar, es decir , no hay igualdad entre las partes contratantes.

    El consumidor, si bien tiene (libertad de contratar)11

    , esta privado de su (libertad de

    contratar, generalmente, no cuentan con la informacin suficiente sobre la idoneidad de los

    bienes y servicios que les permita adoptar una decisin en el mercado acorde con sus

    intereses.

    D. SUPRESIN DE LA ETAPA DE LA NEGOCIACIN EN LA CONTRATACIN MASIVA

    Ya sea por el contrato clsico, individual, precedido de las tratativas y discusiones entre

    ambas, sobre todo con cada una de sus clusulas o estipulaciones sera imposible la

    contratacin masiva, veamos porque:

    En la contratacin masiva es inconcebible que el expedidor de bienes y servicios se ponga a

    discutir con cada uno de sus consumidores o clientes, los trminos o condiciones

    8 TORRES VASQUEZ, Anbal. Teora general del contrato. Tomo 1. Per, lima. 2012.349p

    ISBN:9786124118043 9 -

    (DOMINGO, Francesc .Enciclopedia ilustrada. Ed. Thema equipo. Colombia(Bogot).1993.660p ISBN: 9972625362 10

    - es el sistema de mercado en que un pequeo nmero de vendedores controlan los precios y ofertas, DOMINGO ,Francesc .Enciclopedia ilustrada. Ed. Thema equipo.Colombia,Bogota.1993.708p

    ISBN: 9972625362) 11

    Cuando la parte fuerte es una empresa, monoplica u oligoplica, la libertad de contratar de la parte dbil se ve notablemente reducida, sin que pueda decir s o no, porque se vera privada de adquirir bienes o servicios esenciales(agua, luz, medicina).(

  • establecidas como por ejemplo, que el que desea realizar una realizacin de operacin

    bancaria negocie con el banco sobre el monto de inters.

    Caso contrario es el contrato individual, que en este modo son las partes contratantes en

    libre negociacin los que establecen el contenido contractual, como por ejemplo: la compra

    de una casa.

    Las tratativas contractuales generan costos de transaccin provenientes de los actos

    orientados a determinar la calidad de los bienes y servicios. Durante este tiempo que dure

    las tratativas para la celebracin del contrato, El consumidor no puede usar el bien o

    servicio que quiere adquirir, lo que genera un costo de oportunidad. La supresin o

    reduccin de estos costos justifica la eliminacin de la etapa de la negociacin en la

    contratacin masiva.

    Con esta etapa de negociacin contractual es imposible que la contratacin masiva y sin

    esta es imposible la produccin masiva y estandarizada de bienes y servicios, sin la cual no

    sera placentera la vida de la humanidad.

    La contratacin masiva y la estandarizacin de las estipulaciones contractuales debe su

    existencia a la supresin de las tratativas previas al perfeccionamiento del contrato, lo que

    reduce o elimina costos de transaccin y de oportunidad, rebaja precios ,ahorra tiempo,

    hace posible la racionalizacin de la produccin de una mejora en la calidad y cantidad de

    los bienes y servicios.

    II. CONTRATACION MASIVA EN EL CODIGO CIVIL

    A. GENERALIDAD

    En un concepto ms global podemos ahora deducir que el contrato es el producto de las

    negociaciones entre los contratantes, en un plano de igualdad, buscando el punto de

    encuentro entre sus intereses, para la reglamentacin contractual querida por ambos y por

    la que regirn sus relaciones (contrato negociado)12

    . Por medios de formularios impresos ,

    est

    permitido aceptar el contenido predispuesto o no contratar (contrato por adhesin y contrato

    concluido mediante clausulas generales de contratacin)13

    .

    Segn el Cdigo Civil, arts.1390 a 140114

    , regula los contratos por adhesin y los contratos

    concluidos mediante clausulas generales de contratacin, no como contratos tpicos , si no

    como formas de celebrar contratos masivamente .sus normas son de aplicacin a todos los

    contratos estipulados entre proveedores y consumidores de bienes y servicios, se trate de

    compraventa, suministros, crditos o cualquier otro contrato tpico o atpico

    12

    DIEZ-PICAZO, Luis. Fundamentos del derecho civil patrimonial. 1 REIMPR.DE LA 2 ed, tecnos, Madrid , 1986. Vol.I (introduccin. Teora del contrato ).p.139

    13 A los contratos por adhesin se les denomina tambin contratos de adhesin y a las clausulas

    generales de contratacin se les conoce tambin con el nombre de condiciones generales. 14

    Estas normas se encuentran incluidas en el ttulo II: el consentimiento , de la seccin Primera: Contrato en general , del libro VII: Fuentes de las obligaciones