Contrato de Trabajo
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CONTRATO DE TRABAJO
1ra. Parte
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CONTRATOS DE TRABAJO
EVOLUCION HISTORICA
EPOCA CONTEMPORÁNEALuego de la Revolución Industrial de 1850, surgen las
tres figuras más importantes en el Derecho de Trabajo:
Contrato de Trabajo: Que es una nueva figura incorporada, diferente de todas las anteriormente vistas
Contratos de Locación de Servicios, cuyo antecedente es la prestación de servicios no dependientes
Contrato de obra, cuyo antecedente es la locatio conductio operis
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CONTRATOS DE TRABAJO
El contrato de Trabajo es todo acuerdo por el cual, el trabajador se obliga personal y voluntariamente a poner su fuerza de trabajo a disposición del empleador de manera subordinada, a cambio de una remuneración.
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CONTRATOS DE TRABAJO
NATURALEZA JURÍDICA
Teoría de la Compra – Venta: Esta teoría es sostenida por Carnelutti.
Se equipara el contrato de trabajo con una relación jurídica de compra – venta, donde el empleador sería el comprador, el trabajador sería el vendedor y el bien materia de transferencia sería la fuerza de trabajo.
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CONTRATOS DE TRABAJO
Críticas a Teoría de compra venta
No se puede cuantificar la fuerza de trabajo.
Se puede sumar la energía, pero la inteligencia y el alma que pone el hombre en el trabajo sólo es cuantificable por el vendedor por lo tanto, no se puede vender.
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CONTRATOS DE TRABAJO
NATURALEZA JURÍDICA
Como contrato de sociedad: Importancia del factor asociativo en el tráfico mercantil y jurídico.
Fue acogida por Pio XI, que en su encíclica Quadragésimo Anno, considera que la producción es una relación del factor naturaleza y, en lo personal, un concurso del hombre que dirige y pone su capital con el hombre que aporta su energía, estos elementos son del mismo valor y se fusionan en un mismo producto, en cuya relación parece característica de comunidad, la asociación, tanto que esto constituye su ideal- la cooperación. y a ello se encamina por las diferentes formas de la participación de beneficios.
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CONTRATOS DE TRABAJO
Críticas a Teoría como Contrato de Sociedad
La sociedad es una persona diferente de la de los socios que la integran.
En la sociedad, no existe subordinación o dependencia jerárquica que hay en el contrato; además, las partes no se encuentran ligadas por los eventos económicos de la marcha del establecimiento, ya que si bien los trabajadores podrán aportar en los beneficios, no lo hacen en las pérdidas. Los intereses de una y otra parte están en perfecta contradicción, no existe el llamado affecto societatis, sino mas bien lo contrario.
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CONTRATOS DE TRABAJO
ELEMENTOS DEL CONTRATO DE TRABAJO
Elementos esenciales,
Sujetos Capaces Consentimiento Objeto Fin Lícito
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CONTRATOS DE TRABAJO
ELEMENTOS DEL CONTRATO DE TRABAJO
Elementos naturales propios
Subordinación Exclusividad Permanencia y Estabilidad Profesionalidad
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CONTRATOS DE TRABAJO
ELEMENTOS DEL CONTRATO DE TRABAJO
Elementos accesorios
Son aquellos que se ponen en cláusulas especiales del contrato, sin los cuales el contrato de trabajo no se desnaturaliza
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CONTRATOS DE TRABAJO
PARTES EN EL CONTRATO DE TRABAJO
El Trabajador
Ejecución Personal Subordinación Dependencia jurídica, económica y
técnica Sujeción a Jornada máxima
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CONTRATOS DE TRABAJO
PARTES EN EL CONTRATO DE TRABAJO
El Empleador
Poder Directivo Poder Disciplinario
Teoría contractualista Clausula Penal Teoría de la Organización de la
empresa Teoría del Interés de la Producción
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CONTRATOS DE TRABAJO
PARTES EN EL CONTRATO DE TRABAJO
El Empleador
Ius Variandi Cambio de tareas Cambio de horario
La Ajenidad
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CONTRATOS DE TRABAJO
LA CAUSA
Reciprocidad obligacionalLa prestación del trabajo y la remuneración son obligaciones reciprocas, una es causa de la otra.
Una parte sabe que se obliga a cambio de un bien que la otra habrá de entregarle; pero también esta presente en todo momento de la ejecución del contrato cuando el pago de la remuneración debe suceder a la prestación del trabajo
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CONTRATOS DE TRABAJO
PERIODO DE PRUEBA
Prueba del Contrato de Trabajo Boletas de pago Inscripción de los trabajadores en
planillas Contratos escritos Documentos que prueben
subordinación
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CONTRATOS DE TRABAJO
DISTINCIÓN DE CONTRATOS DE TRABAJO DE OTROS CONTRATOS
De Locación de Servicios. De Locación de Obra Del Contrato de Mandato Del Contrato de Asociación para el
Trabajo y la Producción
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CONTRATOS DE TRABAJO
CRITERIOS PARA DETERMINAR LA EXISTENCIA DE UNA RELACIÓN LABORAL
Objeto del contrato: existe dependencia laboral
cuando:1. El empleador se muestra imperativo sobre las
labores2. El empleador sanciona al trabajador3. Ius Variandi4. Remuneración periódica5. Convenio de exclusividad laboral6. Otros que acrediten subordinación.
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CONTRATOS DE TRABAJO
SUSPENSIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO Invalidez temporal Enfermedad y accidente de trabajo comprobado Maternidad: Descanso pre y post natal Descanso vacacional Licencia por cargos cívicos o servicio militar
obligatorio Licencia y permisos sindicales Sanción disciplinaria Derecho de huelga Detención del trabajador sin pena privativa de
libertad Inhabilitación administrativa o judicial Permisos o licencias Caso fortuito o fuerza mayor Otros establecidos por norma expresa
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CONTRATOS DE TRABAJO
CONSECUENCIAS DE LA SUSPENSIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO
Conservación del empleo Puede ser remunerada Los beneficios del contrato estarán
vigentes Se interrumpen las prestaciones pactadas
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CONTRATOS DE TRABAJO
EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO
Fallecimiento de una de las partes Renuncia o retiro voluntario Terminación de obra o servicio (sujetos a
modalidad) Mutuo discenso Invalidez absoluta y permanente Jubilación Despido conforme a ley
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CONTRATOS DE TRABAJO
CAUSAS JUSTAS DE DESPIDOPor la capacidad del trabajador
Detrimento de aptitud física, mental o la
ineptitud sobrevenida del trabajador El rendimiento deficiente en relación con la
capacidad del trabajador La negativa injustificada del trabajador a
someterte a examen médico previamente convenido por ley o a cumplir con las medidas profilácticas o curativas prescritas por el médico para evitar enfermedades o accidentes.
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CONTRATOS DE TRABAJO
CAUSAS JUSTAS DE DESPIDOPor la conducta del trabajador
Por comisión de falta grave por parte del trabajador
El incumplimiento de las obligaciones de trabajo La reiterada resistencia a las órdenes relacionadas con
las labores acordadas La inobservancia del reglamento interno de trabajo o del
reglamento de seguridad e higiene industrial La disminución deliberada y reiterada en el rendimiento
de las labores o del volumen o de la calidad de la producción
La competencia desleal El abandono injustificado del trabajo Las reiteradas paralizaciones intempestivas de las
labores
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CONTRATOS DE TRABAJO
CAUSAS JUSTAS DE DESPIDO - Por la conducta del trabajador Por comisión de falta grave por parte del trabajador
La apropiación de bienes y servicios del empleador El uso de información reservada del empleador La sustracción o utilización de documentos de la empresa Información falsa con la intención de causar daño La concurrencia reiterada en estado de embriaguez o bajo
influencia de drogas o sustancias estupefacientes Los actos de agravio al empleador, de sus representantes,
del personal jerárquico o de otros trabajadores La grave indisciplina El faltamiento de palabra verbal o escrita El daño intencional a edificios, instalaciones y/o bienes de
propiedad de la empresa o en posesión de ésta
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CONTRATOS DE TRABAJO
CAUSAS JUSTAS DE DESPIDOPor la conducta del trabajador
La condena por delito doloso
La ley exige una sentencia condenatoria que establezca una pena para el trabajador, ante lo cual el empleador estará facultado para despedirlo
La inhabilitación por sanción judicial y/o administrativaSon las que establecen las autoridades dentro del marco de su calidad sancionadora, siempre que esta inhabilitación perjudique la labor esencial que realizaba el trabajador dentro del centro de trabajo
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CONTRATOS DE TRABAJO
EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJOPor causal objetiva
Caso Fortuito o fuerza mayor Los motivos económicos, tecnológicos,
estructurales o análogos La disolución y liquidación de la empresa, y
la quiebra Reducción del personal de la empresa y
entidades estatales en proceso de privatización
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CONTRATOS DE TRABAJO
CONSECUENCIAS DE LA EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO
Certificado del Contrato de trabajo
Compensación por Tiempo de Servicios
Otras consecuencias
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CONTRATOS DE TRABAJO DE NATURALEZA
TEMPORAL2da. Parte
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CONTRATOS DE TRABAJO DE NATURALEZA TEMPORAL
ORÍGENES
El tema contratos de trabajo de naturaleza temporal, se encuentra totalmente ligado al tema de la estabilidad laboral, que resulta ser dominante en los orígenes de nuestros sistemas de relaciones laborales.
En 1970, con la dación del Decreto Ley N° 18471 (del 10 de noviembre de 1970) la situación cambia totalmente, se pasa de un sistema que consentía el despido libre a otro de estabilidad plena o absoluta.
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ORÍGENES Desde la segunda mitad de los años 80, se va extendiendo
poco a poco una visión recuperadora de la autonomía individual y del contrato como expresión máxima de ésta que tiende a robustecer las potencialidades del libre acuerdo de voluntades e la regulación de las condiciones de trabajo.
El 12 de noviembre de 1991, se dicta el Decreto Legislativo N° 728, Ley de Fomento del Empleo, la estabilidad laboral habría sufrido ya varios cambios, volviéndose relativa, se contempla aún la figura de la indemnización por despido arbitrario, por lo que la flexibilidad, si bien da un paso enorme frente a la estabilidad que se bate en retirada, aún no es de carácter pleno o abierto.
CONTRATOS DE TRABAJO DE NATURALEZA TEMPORAL
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CONTRATOS ATÍPICOS
Contratos Típicos: Características
Son contratos a plazo indefinido
Son trabajos que se realizan dentro del Centro de Trabajo
Son aquellos que se desarrollan en Jornada determinada
CONTRATOS DE TRABAJO DE NATURALEZA TEMPORAL
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CONTRATOS SUJETOS A MODALIDAD
Contratos de Naturaleza Temporal
Por inicio o incremento de actividad
Por necesidades de mercado
Por reconversión empresarial
CONTRATOS DE TRABAJO DE NATURALEZA TEMPORAL
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CONTRATOS SUJETOS A MODALIDAD
Contratos de Naturaleza Accidental
Contrato Ocasional
Contrato de Suplencia
Contrato de Emergencia
CONTRATOS DE TRABAJO DE NATURALEZA TEMPORAL
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CONTRATOS SUJETOS A MODALIDAD
Contratos para Obra o Servicio
Contrato para obra determinada o servicio específico
Contrato intermitente
Contrato de temporada Otros contratos
CONTRATOS DE TRABAJO DE NATURALEZA TEMPORAL
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Contratos atípicos de personal extranjero
Porcentajes Limitativos
Las empresas nacionales o extranjeras podrán contratar personal extranjero en una proporción de hasta el 20% del número total de sus servidores, empleados y obreros. Sus remuneraciones no podrán exceder del 30% del total de la planilla de remuneraciones.
CONTRATOS DE TRABAJO DE NATURALEZA TEMPORAL
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Convenio de prácticas pre profesionales
Las Prácticas pre profesionales se efectuarán en mérito del convenio de formación profesional que se suscribirá entre la empresa y el estudiante, previa presentación de éste por la Institución de enseñanza a la que pertenece.
CONTRATOS DE TRABAJO DE NATURALEZA TEMPORAL
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Contrato de trabajo a domicilio
Se ejecuta habitual o temporalmente, de forma continua o discontinua, por cuenta de uno o más empleadores, en el domicilio del trabajador o en el lugar designado por éste, sin supervisión directa e inmediata del empleador. El empleador tiene la facultad de establecer las regulaciones de la metodología y técnicas del trabajo a realizarse.
CONTRATOS DE TRABAJO DE NATURALEZA TEMPORAL
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CONTRATOS SUJETOS A MODALIDAD
Concepto.-
El contrato de trabajo a tiempo determinado es aquel cuya finalización se precisa al momento de la celebración del acuerdo; puede ser: a plazo fijo, en cuyo caso la fecha de terminación debe ser indicada; o con una duración condicionada a la realización de una obra o trabajo, o al cumplimiento de una condición.
CONTRATOS DE TRABAJO A TIEMPO DETERMINADO
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RENOVACIÓN Y RECONTRATACIÓN
RENOVACIÓN Supuesto mediante el cual la relación laboral no se ha
extinguido, sino que sólo se produce una prórroga de la vigencia de la misma.
CONTRATOS DE TRABAJO A TIEMPO DETERMINADO
RECONTRATACIÓN Extinguido el vínculo laboral por al cumplimiento del
plazo del contrato a modalidad celebrado y luego de la liquidación de beneficios sociales, las partes celebran un nuevo contrato a modalidad, no importando si la modalidad empleada es idéntica a la anterior toda vez que estamos ante una nueva relación laboral.
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PERIODO DE PRUEBA
En los contratos sujetos a modalidad, hay período de prueba legal o convencional, de modo similar al del contrato a tiempo indeterminado, pero sólo en la primera contratación del trabajador, salvo que las contrataciones siguientes sean para labores notoria y cualitativamente distintas de la desempeñada previamente.
CONTRATOS DE TRABAJO A TIEMPO DETERMINADO
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RESOLUCIÓN ANTICIPADA DE PROCESO
RESCISIÓN.- En el derecho civil, se dice de la acción y el efecto de quitar la eficacia a un contrato por causal existente al momento de celebrarlo. Su fundamento se encuentra en la celebración de un contrato contrario a la equidad, por ejemplo, la lesión.
CONTRATOS DE TRABAJO A TIEMPO DETERMINADO
RESOLUCIÓN.- En el derecho Civil, es la acción y efecto de quitar la eficacia a un contrato por causal sobreviniente a su celebración, es decir, por la imposibilidad de cumplir con la obligación nacida del acto. Por ejemplo: cuando en un contrato de compra-venta, se entrega el bien, pero no se paga el precio.
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DESNATURALIZACIÓN DE LOS CONTRATOS DE TRABAJO SUJETOS A MODALIDAD
1. Cuando el trabajador continúa laborando después de la fecha de vencimiento del plazo estipulado, o después de las prórrogas pactadas, si éstas exceden del límite máximo permitido.
CONTRATOS DE TRABAJO A TIEMPO DETERMINADO
2. Cuando se trata de un contrato para obra determinada o de servicio específico, si el trabajador continúa prestando servicios efectivos, luego de concluida la obra materia del contrato, sin haberse operado renovación.
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CLASES DE CONTRATOS SUJETOS A MODALIDAD
El TUO del D. Leg. N° 728 ha liberalizado la posibilidad de celebrar el contrato de trabajo a tiempo determinado creando tres grandes grupos de contratos sujetos a modalidad:
1. Los de naturaleza temporal
2. Los de naturaleza accidental
3. Los de obra o servicio
CONTRATOS DE TRABAJO A TIEMPO DETERMINADO
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CONTRATOS DE NATURALEZA TEMPORAL
1. Contrato por inicio o lanzamiento de una nueva actividad
2. El contrato por necesidades del mercado
3. El contrato por reconversión empresarial
CONTRATOS DE TRABAJO A TIEMPO DETERMINADO
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CONTRATOS DE NATURALEZA TEMPORAL
1. Contrato por inicio o incremento de una nueva actividad
El contrato temporal por inicio de una nueva actividad es aquel celebrado entre un empleador y un trabajador originados por el inicio de una nueva actividad empresarial. Su duración máxima es de tres años.
CONTRATOS DE TRABAJO A TIEMPO DETERMINADO
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CONTRATOS DE NATURALEZA TEMPORAL
2. Contrato por Necesidades del Mercado
El contrato temporal por necesidades del mercado es aquel que se celebra entre un empleador y un trabajador con el objeto de atender incrementos coyunturales de la producción originados por variaciones sustanciales de la demanda en el mercado aun cuando se trate de labores ordinarias que formen parte de la actividad normal de la empresa y que no pueden ser satisfechas con personal permanente.
CONTRATOS DE TRABAJO A TIEMPO DETERMINADO
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CONTRATOS DE NATURALEZA TEMPORAL
3. Contrato por Reconversión Empresarial
Es contrato temporal por reconversión empresarial el celebrado en virtud a la sustitución, ampliación o modificación de las actividades desarrolladas en la empresa, y en general toda variación de carácter tecnológico en las maquinarias, equipos, instalaciones, medios de producción, sistemas, métodos y procedimientos productivos y administrativos. Su duración máxima es de dos años.
CONTRATOS DE TRABAJO A TIEMPO DETERMINADO
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Final de Exposición
* Material preparado sobre la base del material del diplomado de D. laboral del CAL.