CONTRATO DE ARRIENDO DEPENDENCIAS GIMNASIO IND ...

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p¡RO DE PROFESORES CONTRATO DE ARRIENDO DEPENDENCIAS GIMNASIO IND PUERTO A YSEN F'-e_¡:it 011$ PROF ESORES En Puerto Aysén, a 09 de Enero del 2013, comparece la Organización RED DE PROFESORES DE EDUCACIÓN FISICA Y TECNI COS DEPORTIVOS DE AYSEN, RUT 65.024. 557·1 , representado por don NELSON PATRICIO BRAVO JORQUERA, chileno, profesor de educación fisíca, cedula de identidad N" en su caracter de Presidente, y don JAVIER RODRIGO COÑOMAN SEPULVEDA, chileno, profesor de educación fisica, cedula de Identidad N" , en su carácter de Tesorero, en adelante la administración, y LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE AYSEN, RUT N" 69.240.100·K, representada legalmente por su Alcalde, Don Osear Servando Catalán Sánchez, RUT , ambos domiciliados para estos efectos en calle Esmeralda N° 607, Puerto Aysén, Comuna y Región de Aysén, en adelante "La Municipalidad", se acuerda celebrar el siguiente contrato de arriendo: PRIMERO: El IND, según lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley N° 19.712 del Deporte, es dueño del recinto deportivo denominado Gimnasio IND Puerto Aysén, situado en calle Bernardo O"Híggins N° 433, comuna de Plo. Aysén, Reglón de Aysén, Inscrito a su nombre a fs. 721 N" 708 del Registro de Propiedad del Año . 2011 del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Aysén, quien celebro convenio de administración del Gimnasio IND Puerto Aysén, con la RED DE PROFESORES DE EDUCACIÓN FISICA Y TECNICOS DEPORTIVOS DE AYSEN , con fecha 20 de Agosto de 2012, asumiendo es te la total y completa adm inistración del Recinto deportivo. SEGUNDO: La Organización viene en dar en arriendo del Gimnasio INO Puerto Aysén, para ser ut ilizado en evento no deportivo, a realizarse desde el 1 O al 24 de Enero del 2013. Para estos efectos la Municipali dad efectuara montaje de escenario, escenografla, equipamiento de iluminación y sonido a partir del dla 1 o de Enero del 2013. A su vez, desde el 24 de Enero del 2012, la Municipalidad efectuara el retiro de escenario, escenografia, protecciones del piso y todo lo utilizado con motivo del evento, comprome ti éndose a dejar en perfecto estado de funcionamiento y aseo el recinto. La Municipalidad declara recibir las dependenci as e implementos en buenas condiciones y a su entera confo rmidad, comprometiéndose a restituir estas últimas, en iguales condiciones a la administración al término del evento. Para ef ect os de utilización de energía eléctrica, la Municipalidad deberá, a su costa, contratar la energla que sea requerida con motivo del evento, ya que las instalaciones actuales solo permiten carga eléctrica hasta 9 KWH TERCERO : La utllízación de las dependencias precedentemente singularizadas, tendrá un costo de $2.100.000 (dos mi ll ones cíen mil pesos) IVA Incluido. Valor que la Municipalidad pagará en forma anticipada antes de la entrega de las dependencias por parte de la Organización. El usuario se obli ga a responder por los destrozos ocasionados según se estipula más adelante en la cláusula OCTAVA. Con el objeto de caucionar los eventuales daños la Municipalidad deberá entregar boleta de garantía o vale vista Bancario por la suma de $ 1.000.000.- a nombre de la Red de Profesores de Educación Física con una vigencia de 30 días a contar de la fecha del presente contrato. CUARTO: El uso del recinto que por el presente instrumento se conviene, comprende únicamente las areas individualizadas en cláusula primera. QUINTO: En virtud de este contrato el usuario se obliga a lo siguiente: a) Prohibición de Ingresar al recinto deportivo por vfas no destinadas al efecto y usar dependencias no incluidas en este contrato. b) Prohibición de Instalar letreros o avisos sin contar con la autorización de la Administración. e) Cumplir las indicaciones efectuadas por el personal de la administración, que administre el r .

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p¡RO DE

PROFESORES

CONTRATO DE ARRIENDO DEPENDENCIAS GIMNASIO IND PUERTO A YSEN

F'-e_¡:it 011$

P ROFESORES

En Puerto Aysén, a 09 de Enero del 2013, comparece la Organización RED DE PROFESORES DE EDUCACIÓN FISICA Y TECNICOS DEPORTIVOS DE AYSEN, RUT 65.024.557·1 , representado por don NELSON PATRICIO BRAVO JORQUERA, chileno, profesor de educación fisíca, cedula de identidad N" en su caracter de Presidente, y don JAVIER RODRIGO COÑOMAN SEPULVEDA, chileno, profesor de educación fisica, cedula de Identidad N" , en su carácter de Tesorero, en adelante la administración, y LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE AYSEN, RUT N" 69.240.100·K, representada legalmente por su Alcalde, Don Osear Servando Catalán Sánchez, RUT , ambos domiciliados para estos efectos en calle Esmeralda N° 607, Puerto Aysén, Comuna y Región de Aysén, en adelante "La Municipalidad", se acuerda celebrar el siguiente contrato de arriendo:

PRIMERO: El IND, según lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley N° 19.712 del Deporte, es dueño del recinto deportivo denominado Gimnasio IND Puerto Aysén, situado en calle Bernardo O"Híggins N° 433, comuna de Plo. Aysén, Reglón de Aysén, Inscrito a su nombre a fs. 721 N" 708 del Registro de Propiedad del Año .2011 del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Aysén, quien celebro convenio de administración del Gimnasio IND Puerto Aysén, con la RED DE PROFESORES DE EDUCACIÓN FISICA Y TECNICOS DEPORTIVOS DE AYSEN, con fecha 20 de Agosto de 2012, asumiendo este la total y completa administración del Recinto deportivo.

SEGUNDO: La Organización viene en dar en arriendo del Gimnasio INO Puerto Aysén, para ser utilizado en evento no deportivo, a realizarse desde el 1 O al 24 de Enero del 2013.

Para estos efectos la Municipalidad efectuara montaje de escenario, escenografla, equipamiento de iluminación y sonido a partir del dla 1 o de Enero del 2013.

A su vez, desde el 24 de Enero del 2012, la Municipalidad efectuara el retiro de escenario, escenografia, protecciones del piso y todo lo utilizado con motivo del evento, comprometiéndose a dejar en perfecto estado de funcionamiento y aseo el recinto.

La Municipalidad declara recibir las dependencias e implementos en buenas condiciones y a su entera conformidad, comprometiéndose a restituir estas últimas, en iguales condiciones a la administración al término del evento.

Para efectos de utilización de energía eléctrica, la Municipalidad deberá, a su costa, contratar la energla que sea requerida con motivo del evento, ya que las instalaciones actuales solo permiten carga eléctrica hasta 9 KWH

TERCERO: La utllízación de las dependencias precedentemente singularizadas, tendrá un costo de $2.100.000 (dos millones cíen mil pesos) IVA Incluido. Valor que la Municipalidad pagará en forma anticipada antes de la entrega de las dependencias por parte de la Organización.

El usuario se obliga a responder por los destrozos ocasionados según se estipula más adelante en la cláusula OCTAVA.

Con el objeto de caucionar los eventuales daños la Municipalidad deberá entregar boleta de garantía o vale vista Bancario por la suma de $ 1.000.000.- a nombre de la Red de Profesores de Educación Física con una vigencia de 30 días a contar de la fecha del presente contrato.

CUARTO: El uso del recinto que por el presente instrumento se conviene, comprende únicamente las areas individualizadas en cláusula primera.

QUINTO: En virtud de este contrato el usuario se obliga a lo siguiente:

a) Prohibición de Ingresar al recinto deportivo por vfas no destinadas al efecto y usar dependencias no incluidas en este contrato.

b) Prohibición de Instalar letreros o avisos sin contar con la autorización de la Administración. e) Cumplir las indicaciones efectuadas por el personal de la administración, que administre el

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d) Prohibición de ingresar al recinto con alcohol, drogas. armas blancas, de fuego o contundentes.

e) Prohibición de realizar dentro del recinto actívidades comerciales gravadas sin las respectivas autorizaciones del Sil y en todo caso de esta Dirección Regional.

f) Prohibición de venta y/o consumo de alcohol de acuerdo a la Ley N" 19.925 sobre expendio y consumo de bebidas alcohólicas.

g) Prohibición de venta y/o consumo de tabaco de acuerdo a la nueva Ley del Tabaco que prohibe lo anterior en Recintos Deportivos.

h) Colaborar con el aseo y ornato de las instalaciones deportivas y aquellas anexas a éste.

i) Resguardar la correcta y normal convivencia. j) Poner en conocimiento de la Administración de todos aquellos hechos constitutivos de

Irregularidad tanto en el recinto deportivo como aquellos que pudieran configurar delito. En este últímo caso, dentro de las 24 horas siguientes de conocido el hecho, el Director Regional del IND adoptará las acciones atingentes al caso y comunicará a las autoridades competentes conforme la normatíva legal vigente.

SEXTO: Deberá disponer el Ingreso de público al recinto referido exclusivamente por la via destinada al efecto ubicada en calle Bernardo O'higgins N" 433.-

SEPTIMO: La infracción a cualquiera de las cláusulas del presente contrato, y en particular a lo dispuesto en la cláusula SEXTA, constituirá motivo plausible para ponerle término, previa comunicación del Director Regional del IND, en razón de informe que elabore al efecto la ' administración del recinto deportivo.

OCTAVO: La Municipalidad deberá costear todos aquellos destrozos y deterioros que tengan lugar en el tiempo de uso de la instalación asignada y que fueran originados por los usuarios a su cargo de acuerdo al Informe que evacue el administrador del recinto. El monto a cancelar será determinado por el Departamento de Infraestructura dei iND, en caso contrario, La Municipalidad faculta a la administración. Para hacer efectiva la garantía establecida en el punto TERCERO del presente contrato.

NOVENO: La Municipalidad será responsable por los accidentes que pudieran sufrir los deportistas y/o asistentes, mientras se ejecuta la actividad y durante la permanencia en las dependencias del Gimnasio IND de Puerto Aysén. También será responsable de que una vez terminada la actividad se retiren a sus respectivos domicilios.

DÉCIMO: La Administración se reserva el derecho de admisión asi como el de suspensión del horario temporalmente otorgado al usuario cuando hechos extraordinarios o de fuerza mayor asi lo exijan, en cuyo caso las horas no utilizadas podrán ser reprogramadas según calendario y disponibilidad al efecto, debiendo dar aviso a la administración del recinto con al menos cinco dlas de anticipación a la actividad programada

DÉCIMO PRIMERO: La Municipalidad deberá tramitar ante la autoridad administrativa y policial competente, las autorizaciones necesarias para la realización del evento conforme lo dispone el ordenamiento jurídico vigente.

DÉCIMO SEGUNDO: Para conformidad y constancia, se suscribe el presente contrato en 4 ejemplares de igu echa y enor quedando dos copias en poder del arrendatario y dos para la

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. Osear Catalán Alcalde de la co De Aysén.

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