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CONCEPTO DEL CONSEJO TERRITORIAL DE PLANEACIÓN DISTRITAL sobre la PROPUESTA DE MODIFICACIÓN EXCEPCIONAL DE NORMAS URBANISTICAS DEL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL 2013 – BOGOTÁ D.C. 1 CONCEPTO DEL CONSEJO TERRITORIAL DE PLANEACIÓN DISTRITAL sobre el PROYECTO DE ACUERDO: “MODIFICACIÓN EXCEPCIONAL DE NORMAS URBANÍSITCAS DEL POT 2013”

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CONCEPTO DEL CONSEJO TERRITORIAL DE PLANEACIÓN DISTRITAL sobre laPROPUESTA DE MODIFICACIÓN EXCEPCIONAL DE NORMAS URBANISTICAS DEL

PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL 2013 – BOGOTÁ D.C.

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CONCEPTO DEL CONSEJO TERRITORIAL DE PLANEACIÓN DISTRITAL

sobre el

PROYECTO DE ACUERDO:

“MODIFICACIÓN EXCEPCIONAL DE NORMAS URBANÍSITCAS DEL POT 2013”

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Consejo Territorial de Planeación DistritalBogotá D.C. Abril de 2013

PresidenciaMartha Triana

VicepresidenciaNemias Gómez Pérez

Secretario GneralJuan Carlos Garzón

Comisión de Plan de Desarrollo DistritalRebeca de la Parra Ángela cerrón

Ismael GuerreroJorge Enrique escobarNemias Gómez PérezAlvaro Chavez Zapata

Claudia Marcela ClavijoMabel Solanyi PerazaRodolfo García PeñaRebeca de la Parra

Ismael GuerreroLuis Álvaro Chávez

Gladis GorovitJesús Orlando Rivera

Víctor Julio Fino José Orlando Hernández

Juan Carlos Toro

Comisión de Plan de Ordenamiento TerritorialDavid Cristancho

Sandra OlayaMauricio GarcíaMartha Triana

Jorge ArzanzalesJuan Luís Moreno Rubén Darío Utria

Ligia Valdez Martín Febres Norma Barrera

Ana Maria García Natalhy Salazar

José Alejandro Torres Jorge Marcella

Alexander Guzmán

Comisión de ParticipaciónJosé Vicente Pachón

Sigifredo DiazNemias Gómez Pérez

Rosalbina MuñozJorge Enrique Pérez

Álvaro Sánchez

Comisión de Descentralización Lilia Avella Bojaca Carlos Rodríguez

Comisión Desarrollo RegionalIrma Lucia Rodríguez

Víctor CarreroTina Fresneda

Luís Álvaro ChávezTina Fresneda

Comisión de ComunicacionesIsmael Guerrero

Comisión de Seguimiento y ControlMartha Triana

Rebeca de la Parra

Reconocimiento y AgradecimientosMauricio Katz García, Anaya Carolina Moreno y Fredy Martínez García

Secretaría Distrital de Planeación

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TABLA DE CONTENIDO

Introducción……………………………………………………………………………………..4

1. Participación……………………………………………………………………….........13

2. Enfoques………………………………………………………………………..............19

3. Mezclas de usos, mezcla social, estructura socioeconómico y espacial – Usos

del suelo………………………………………………………………………...............32

4. Patrimonio cultural………………………………………………………………………45

5. Ambiental, Estructura Ecológica Principal, Cambio climático, Espacios público y

Gestión de riesgo……………………………………………………………………….48

6. Movilidad, Equipamientos, Infraestructura y Servicios Públicos…….………..…...72

Conclusiones…………………………………………………………………………….…….78

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INTRODUCCIÓN

Representando fielmente los intereses de la sociedad civil, el Consejo Territorial de

Planeación Distrital asumió nuevamente el reto de enfrentar en el corto tiempo

establecido en la ley (30 días hábiles), la rendición del concepto sobre el proyecto de

“Modificación Excepcional de Normas Urbanísticas del Plan de Ordenamiento

Territorial 2013”, puesto a su consideración por la Administración Distrital el 26 de

febrero de 2013.

Las diversas miradas de ciudad por parte de sus habitantes están reflejadas en la

composición del Consejo Territorial de Planeación Distrital, situación que permitió

diferentes puntos de vista y una amplia y enriquecedora discusión al Proyecto de

Acuerdo estudiado, teniendo en cuenta siempre la prevalencia de los derechos de la

gente.

Analizada la viabilidad jurídica de la propuesta de “Modificación Excepcional de

Normas Urbanísticas del Plan de Ordenamiento Territorial 2013” el Consejo

Territorial de Planeación Distrital encuentra que se ajusta a la normatividad vigente, esto

es, al artículo 6 del Decreto 4002 de 2004, buscando la materialización de los objetivos

y estrategias de mediano y largo plazo aún no atendidos, con el fin de garantizar el

desarrollo sostenible.

No obstante, el CTPD considera pertinente que desde ahora, con miras a la

construcción colectiva y social del territorio, la actual administración, esta instancia de

planeación y la ciudadanía en general, deben dar inicio a un proceso de Participación

Ciudadana de largo aliento, que cualifique a los actores en búsqueda de la incidencia y

la concertación en la toma de las decisiones, con miras a la construcción democrática

en un futuro, de un nuevo POT.

En cuanto al abordaje del concepto, este estuvo precedido por una ajustada agenda

dirigida a informar, analizar, escuchar y recoger a la sociedad civil en torno a su posición

frente al proyecto de Modificación Excepcional del POT. Fue así como el CTPD realizó

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encuentros diarios con los distintos territorios donde se adelantan o existe la pretensión

de implementar Operaciones Estratégicas, se efectuaron reuniones con organizaciones

sociales y gremiales, lo mismo que con los Consejos Locales de Planeación y ediles

pertenecientes a las Juntas Administradoras Locales, a través de sus representantes en

esta instancia y, además, con los diversos sectores poblacionales.

En la mayoría de los encuentros realizados por el CTPD, se contó con la presencia de

representantes de la Administración Distrital y Nacional, con el propósito de obtener

información de primera mano. Adicionalmente, se llevó a cabo una reunión con los

sectores de la Administración Distrital, con el ánimo de conocer, profundizar, hacer

observaciones y sugerencias a la construcción del proyecto de acuerdo de “Modificación

Excepcional de Normas Urbanísticas del Plan de Ordenamiento Territorial 2013”.

Por otra parte, el CTPD se hizo presente en los Cabildos Ciudadanos realizados hasta

ahora en la ciudad, asumiendo el papel de escuchar a la ciudadanía, en algunos casos

informar sobre el proceso, como veedor y brindando acompañamiento en desarrollo de

las agendas propuestas por la comunidad en esos espacios.

Tanto los Encuentros realizados con la sociedad civil en la sede del CTPD, como las

actas de los cabildos coordinados por la administración, los documentos allegados por

las organizaciones con asiento en la ciudad, y los entregados por la administración, se

constituyeron en insumos para la elaboración del documento, recogiendo también las

múltiples acciones del CTPD emprendidas desde el mes de agosto de 2.012 y los

anexos que hicieron parte del concepto rendido en diciembre del mismo año.

En el ejercicio de la construcción del concepto, el Consejo Territorial de Planeación

Distrital, de manera propositiva y constructiva, sugiere artículos nuevos, en algunos

casos su modificación y en otros el retiro, con el ánimo de recoger a la ciudadanía en la

diferentes intervenciones surgidas a raíz de la discusión el proyecto de acuerdo.

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En cuanto a la estructura del concepto, el CTPD abordó la consideración de los

siguientes aspectos, por ser de vital importancia para el proceso. Son ellos:

1. Evaluación de la manera como se realizó el proceso de participación ciudadana

desde febrero de 2.013 a la fecha de entrega de este documento.

2. Evaluación de los enfoques poblaciones, examinando su inclusión en el proyecto.

3. Evaluación de la Articulación Institucional en la construcción del concepto por

parte de la administración.

4. Abordaje temático del proyecto de acuerdo, por mesas, así:

4.1. Mesa de Uso del suelo, mezcla de usos, edificabilidad y socio-espacial.

4.2. Mesa de Ambiente (E.E.P.), Gestión del Riesgo y Cambio Climático,

Público y Patrimonio Cultural, Operaciones Estratégicas.

4.3. Mesa de Infraestructura, Movilidad y Servicios Públicos.

En cuanto al proceso de participación implementado por la Administración después de

que se rindió el concepto negativo del CTPD, en el mes de diciembre de 2.012, esta

instancia reconoce que la Administración asumió un papel propositivo frente a las

recomendaciones sugeridas y, en consecuencia, decidió implementar un proceso de

participación nuevo, facilitando la socialización y discusión del proyecto en los Cabildos

de POT. Sobre este proceso, el CTPD formuló varias observaciones que son tratadas

en un acápite del concepto, entre las cuales podemos mencionar las siguientes:

1. El proceso tuvo inicio con una estrategia de convocatoria en los medios de

comunicación, que si bien no fue la mejor, permitió que se hablara del tema. La

propuesta metodológica del CTPD sugería que se llegara a cada predio de la ciudad,

utilizando, por ejemplo, anexos a los recibos de servicios públicos.

2. Sigue siendo deficiente la apropiación del tema por parte de la ciudadanía, por falta

de información de manera adecuada, con pedagogía y en lenguaje común.

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3. Los tiempos de la planeación continúan siendo insuficientes para implementar

procesos de participación con incidencia que conduzca a verdaderas concertaciones

administración- comunidad.

4. El enfoque de cuenca no ha sido aún entendido por la comunidad, como una forma

de ordenar el territorio.

5. Es necesario entender que el ordenamiento del territorio debe obedecer a procesos

concertados que requieren ser planificados en cada uno de sus momentos,

garantizando la participación ciudadana con incidencia.

6. Es deber de la administración continuar atendiendo las agendas planteadas por la

comunidad en torno al POT y todas aquellas que surjan después de su aprobación.

Respecto a los enfoques, el CTPD parte de lo consagrado en la Constitución, la Ley

1154 de 2.011 y la Ley 388 de 1.997 y tratados internacionales, en cuanto a la

participación democrática. Se hace énfasis en la construcción social del territorio con

perspectiva de género y de derechos, reconociendo las diferencias de las poblaciones

y su diversidad. En este sentido se solicita se incluya el artículo 16 del anterior

documento por ser más amplio e incluyente y se recomienda que los enfoques sean

tenidos en cuenta en todo el articulado.

Por consiguiente, el sector mujeres destaca en documento que se anexa, varias

observaciones al proyecto de acuerdo en distintos aspectos, entre los cuales podemos

citar: a). La información en cifras no incluye las variables de género, el enfoque

diferencial ni la economía del cuidado y los efectos de ésta en la cotidianidad de las

mujeres, b) La ciudad no cuenta con equipamientos que faciliten la movilidad ni las

tareas de cuidado en cuanto a la optimización del tiempo, c) Tampoco tiene en cuenta

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la adecuación de la vivienda para el desarrollo de actividades laborales para las

mujeres.

Sobre enfoques, es necesario entender que los niños y las niñas son habitantes del

territorio y su inclusión es necesaria al hablar de ordenamiento.

En relación con la articulación Institucional, el CTPD hace evidente que en el proyecto

de acuerdo no se encuentra armonizado ni el lenguaje ni su contenido, notándose

sendas diferencias y la ausencia de una mirada que permita identificar objetivos,

estrategias y acciones de gran impacto, que simplifiquen la materialización de la

propuesta y la optimización de los recursos a la hora de su adopción e implementación,

con miras a la construcción social del territorio.

Gran polémica ha generado en la ciudad la propuesta sobre mezcla de usos, la cual ha

sido recogida en un capítulo del documento, por las situaciones que se pueden

presentar, o las actuales, que han dado origen a un sinnúmero de querellas que hoy

atafagan el actuar de las administraciones locales, sin soluciones a la vista y por el

contrario, aumentan los temores a la ahora de aprobación del proyecto de acuerdo POT.

Al respecto, el CTPD propone que en cuanto al uso del suelo, mezcla de usos e

implementación de Operaciones Estratégicas, se tenga en cuenta derechos adquiridos

de las personas, se respete la apropiación histórica, tradicional y afectiva del territorio

por parte de los ciudadanos. El CTPD será, en cualquier proceso de intervención, el

acompañante de la ciudadanía, con el propósito de impedir el desalojo forzoso que

desde ya pretenden los grandes capitales en espacios de la ciudad, quienes tienen un

único fin, darle paso a grandes inversores con exclusivo ánimo de lucro.

Enorme preocupación causa en la ciudadanía el tema de las Operaciones Estratégicas

en la ciudad, por el impacto negativo en la construcción social del territorio, el

desconocimiento de derechos en cuanto a la permanencia de los habitantes en el del

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entorno, el posible desplazamiento y el despojo de sus bienes. A lo anterior se suma la

ausencia de garantías de los ciudadanos para incidir en la implementación de la

operación, sin contar con la participación desde el inicio. Es por ello que se ha sugerido

incluir un articulo relacionado con la relocalización o reubicación en el mismo territorio y

la concertación y /o negociación con las comunidades ubicadas en zonas de afectación

de las Operaciones Estratégicas, a la luz de la modificación del POT, en zonas

declaradas de alto riesgo e inminente peligro, incluida la remoción en masa, la

inundación o los desastres, garantizando condiciones de equidad, valoración de la

deuda social, plusvalías y los costos de los procesos de consolidación urbanística. Al

respecto se propone:

Concertar las alternativas para la mitigación de afectaciones por ruido, la medición y

los niveles del impacto, contaminación, emisiones atmosféricas y riesgos eventuales.

Definir responsabilidades y recursos del orden nacional o Distrital para la

construcción del subsistema vial de las operaciones.

Analizar la demanda real de bodegas, comercio y servicios en las zonas de

afectación aeroportuarias.

Regular la tarifa de los servicios públicos frente a un posible incremento, al igual que

la conectividad de las Operaciones Estratégicas.

Revisar el tratamiento de uso de suelo de alto impacto en la zona de operación, a la

luz del concepto de mezcla de usos.

Garantizar que toda intervención en el territorio relacionada con Operaciones

Estratégicas debe garantizar la conservación, la protección y conectividad con la

Estructura Ecológica Principal.

Implementar normas de eco-urbanismo en cada Operación Estratégica de tal manera

que se garantice la sostenibilidad ambiental.

El Patrimonio cultural es un componente del Proyecto de Acuerdo de la Modificación

Excepcional del Plan de Ordenamiento Territorial propuesto por la Administración

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Distrital. Para el CTPD es de trascendental importancia que se garantice su protección,

conservación, recuperación y se potencien espacios pedagógicos, constructivos y de

empoderamiento de la ciudadanía con Bogotá, sus tradiciones y su memoria.

Siendo el Plan de Ordenamiento Territorial un instrumento para la planeación de la

ciudad, debe tener presente que la cultura juega un papel importante no sólo en las

definiciones de los bienes de interés cultural o los equipamientos culturales, sino

también aquellos aspectos que posibilitan el desarrollo de una manera participativa a

través de procesos de cultura ciudadana, apropiación del espacio público, entre otros.

Como sugerencia, el CTPD propone que se considere como Patrimonio Cultural los

sitios y escenarios de prácticas patrimoniales reconocidos por la comunidad, así estos

no hayan sido declarados.

Los capítulos del concepto destinados al tratamiento de la Estructura Ecológica

Principal, cambio climático, gestión del riesgo y espacio público, recogen propuestas

normativas y recomendaciones que implementadas permitirán conducir la ciudad hacia

un verdadero Desarrollo Sostenible, con espacios amables y por encima de ello, cumplir

con el fin del ordenamiento del territorio como es el mejoramiento de la calidad de vida

de los habitantes del Distrito Capital. Así, se formularon alternativas y estrategias para

mitigar el cambio climático, la recuperación y defensa de los espacios del agua, el

posicionamiento de la Estructura Ecológica Principal como elemento vital para el futuro

de la ciudad y la recuperación y aprovechamiento pedagógico, cultural y ambiental del

espacio público.

Adicionalmente, el Consejo Territorial de Planeación Distrital, incorpora elementos

novedosos para la discusión e implementación de políticas, en torno a mecanismos

alternativos para los procesos de revitalización y las nuevas construcciones, como por

ejemplo el eco-urbanismo, las aulas vivas, los jardines verticales, la implementación de

mini-plantas de tratamientos de aguas residuales en las viviendas y la consideración de

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prácticas de agricultura urbana, con el propósito de avanzar hacia un desarrollo

sostenible. Es de destacar que se proponen incentivos para la ciudadanía que las

adopte, contribuyendo a un cambio cultural para la ciudad.

Igualmente, se hace una propuesta normativa en torno a la articulación de la ruralidad

con la ciudad, la protección de bordes y el recurso hídrico.

En relación con la Movilidad, Equipamientos, infraestructura y servicios públicos, el

CTPD, propone la construcción de plataformas logísticas de cargue y descargue en la

periferia de la ciudad, adecuar suficientemente la infraestructura vial a la región para

soportar y facilitar el acceso y salida de carga pesada, incorporar lineamientos del

Decreto Nacional 1538 de 2.005 para garantizar la adecuada movilidad vehicular –

peatonal por la tipología de la vía, formular el Plan Maestro de Equipamientos

Comunales, entre otros.

El concepto rendido por el CTPD hace recomendaciones en cada uno de los temas

tratados, de diversa índole y de posterior reglamentación entre las cuales se pueden

mencionar:

Conformación de Curadurías Urbanas en cada localidad.

Adecuar la infraestructura urbanística considerando el enfoque de género, las

diferencias por edad y discapacidad.

Legalizar barrios y asentamientos que ocuparon áreas de cesión pública sin cumplir

las obligaciones urbanísticas al igual que el reconocimiento de las edificaciones.

Permitir cerramientos perimetrales, que incorporen características de altura y

transparencia.

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Fortalecer la gobernanza local y la participación ciudadana para posicionarla como

una política distrital permanente.

Diseñar, implementar y reglamentar de bolsas de parqueo o playas para vehículos

de carga pesada.

Pensar en una reforma al Código de Policía, que permita dotar al Distrito Capital de

las herramientas necesarias para hacer cumplir las normas sobre POT.

Finalmente, el ejercicio de elaboración del concepto permitió al CTPD aportar al proceso

de manera constructiva, soñando la ciudad, tarea que es un derecho y un deber de los

ciudadanos para garantizarlos en términos de equidad, igualdad, inclusión y acceso a la

ciudad.

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1. PARTICIPACIÓN

Desde el Consejo Territorial de Planeación Distrital coincidimos con diferentes actores

sociales, políticos y generadores de opinión, en valorar el éxito que ha tenido el

concepto a la propuesta de Modificación Excepcional del Plan de Ordenamiento

Territorial de Bogotá, que emitimos el pasado mes de diciembre de 2012. La lectura

juiciosa de la diversidad de miradas y comprensiones, nos llevó a discutir y sustentar lo

negativo en términos, no del ambicioso documento presentado por la Administración de

la Bogotá Humana y representada por la Secretaria Distrital de Planeación, sino de las

carencias que tuvo en su momento esta guía del ordenamiento territorial y que es de

especial trascendencia para la ciudad.

La participación ciudadana fue uno de los puntos de coincidencia y por ello exploramos

en la norma, para encontrar la justificación a partir de la cual, seguramente el entonces

candidato a la Alcaldía Mayor de esta urbe Gustavo Petro Urrego, centró la expectativa

ciudadana de quienes somos adictos a la participación y que seguimos convencidos que

podemos planear, discutir e incidir en los asuntos que nos afectan a todos los

ciudadanos y ciudadanas.

Es en febrero de 2013 que se toma la decisión por parte de la Administración Distrital de

reconocer nuestro acertado concepto, lo cual dio inicio a jornadas en las localidades

aunque no como se esperaba por el tiempo tan corto, que perjudicó incluso a las

comunidades para poder asimilar y comprender un tema, que como este, ameritaba un

esfuerzo de pedagogía, de formación e información suficiente, oportuna y pertinente

para la ciudadanía. Por lo tanto, desde un razonamiento lógico es de entender que

cuatro horas por encuentro no es tiempo suficiente para conocer el Plan de

Ordenamiento Territorial vigente, ni la propuesta de Modificación Excepcional del mismo

y que recientemente fue ajustado y develado a la luz pública por la Secretaría Distrital

de Planeación.

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Los escenarios de participación tampoco dispusieron de tiempo suficiente para que la

ciudadanía expusiera sus propuestas, que desde sus angustias, conflictos y

preocupaciones, que en buena medida y como se desprende de los documentos

recogidos parcialmente, esperan ser incidentes y ver reconocido su carácter de objetos

de la gestión pública en el nuevo articulado del Proyecto de Acuerdo de Modificación del

Plan de Ordenamiento Territorial 2013, que será presentado al Concejo de la ciudad en

la primera semana del mes de mayo por parte de la Alcaldía Mayor.

Ingentes esfuerzos se hicieron de parte del equipo designado para ello desde la

Secretaría Distrital de Planeación, recorrer las localidades para que junto con equipos

designados por las oficinas de planeación de las Alcaldías Locales, así como con

delegados de las Juntas Administradoras Locales, de los Consejos de Planeación Local,

Juntas de Acción Comunal y Consejo Territorial de Planeación Distrital, quienes en sus

territorios asumieran la preocupación para el desarrollo de los cabildos.

Como Concejo Territorial de Planeación de Bogotá decidimos convertirnos en garantes

de esta etapa, por ello se acompañaron las jornadas de los cabildos, que incluso por las

dinámicas de las comunidades, en muchos casos generaron nuevas reuniones y

encuentros, tales como jornadas de debate en las Juntas Administradoras Locales y en

el seno de los Consejos de Planeación Local. Otros encuentros con comunales, ediles,

consejeros y organizaciones sociales y comunitarias, así como los procesos por

operaciones estratégicas, recapitularon su futuro y dieron cabida al diálogo sobre las

particularidades del documento propuesta de POT en discusión.

Habitantes urbanos y rurales junto a comunidades como los LGBTI, mujeres, jóvenes,

raizales, etnias, adultos mayores y personas con discapacidad, desarrollaron actividades

propias con el ánimo de poder aportarle a este sueño de planear una ciudad justa a la

medida de las necesidades de sus comunidades.

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Varias han sido las citas y justificaciones, que por el escenario planteado para este

momento de la participación ciudadana, en un tema tan trascendental como el de la

Modificación Excepcional al Plan de Ordenamiento Territorial de la ciudad, fueron los

denominados Cabildos Ciudadanos de POT. Para algunas personas los cabildos del

POT, no son la figura adecuada, ya que en el ideario de la ciudadanía están otros

espacios de participación como los Encuentros Ciudadanos o los cabildos abiertos, que

por el mismo hecho de estar respaldados en una normativa existente se consideran

como los escenarios legítimos.

Basados en estos argumentos, se ha manifestado que si bien se han desarrollado

esfuerzos institucionales, no menos han sido los esfuerzos de quienes acuden a

participar convencidos que otras deben ser las circunstancias en las que deberían

haberse desarrollados los cabildos. Era necesario haber realizado un trabajo previo con

la ciudadanía, a fin de que fuesen escuchados por parte de la Secretaría Distrital de

Planeación, con el propósito de construir un documento sobre el cual el Consejo

Territorial de Planeación Distrital, desarrollase su labor para emitir de nuevo un

concepto.

Aún la Administración tiene dificultades para escuchar y entender cuál es la dinámica

que plantea la Planeación Participativa desde la ciudadanía. Quienes asumen por

voluntad y compromiso social su preocupación por la ciudad y por el territorio que

habitan y comparten, perciben una participación ciudadana acorde a las expresiones de

los voceros de la administración y con preocupación plantean sus inquietudes frente a

cómo va a ser valorada e incluida su participación.

Se evalúa el éxito de lo cuantitativo en cuanto al número de personas que asisten, pero,

se guardan expectativas del nivel de incidencia al final de los cabildos ciudadanos por el

alcance de lo vinculante de las propuestas surgidas en todos los encuentros, esperando

que no sólo sea una formalidad y trámite de la administración.

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FormaConcepción de Participación por parte del

gobiernoExpectativa para quienes

participan

NominalLegitimación para mostrar que se esta haciendo algo

Inclusión es la esperanza de tener acceso a posibles beneficios colectivos o individuales

ConsultivaToma de decisiones con más información sin perder el control

Políticas y planes más apropiados pero sin la garantía que los resultados de las consultas se tomen en cuenta

Instrumental

Eficiencia para utilizar los recursos de los beneficiarios, aumentar la rentabilidad y mejorar las perspectivas para una operación exitosa

Acceso a instalaciones y servicios que normalmente solo se ofrecen a los que pueden permitirse pagarlos

Representativa

La sostenibilidad ofrece medios de organizar y añadir diferentes puntos de vista; los sistemas establecidos se usan para expresar opiniones, mejorar la capacidad de respuesta y garantizar la capacidad de asumir responsabilidades

Influencia directa o indirecta

TransformadoraAlianzas con actores no gubernamentales; toma de decisión e implantación fruto de la colaboración

Análisis conjunto y desarrollo de planes, darles poder a las personas para permitir que definan objetivos, tomen sus propias decisiones, controlen los recursos y emprendan acciones

Fuente: Planificación de Ciudades Sostenibles, ONU HABITAT.

Un interrogante que queda de este ejercicio de participación es ¿Cuál va a ser el papel

del Consejo Territorial de Planeación Distrital? ¿Podremos seguir en el camino de

acompañar las diferentes agendas locales y territoriales?, pues en estos cabildos que

aún no terminan, se valora el acompañamiento institucional y la logística desplegada;

pero la mirada de algunos Consejeros determina que “la participación completa no

existe” e inquiere y exige conocer las modificaciones que se hicieron con los insumos

ciudadanos y de las demás sectores, entre los que destacamos a la academia, gremios,

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medios de comunicación, etc. Esperamos como Consejo Territorial ser veedores del

proceso.

También es cierto que valorar nuestro actuar es bien interesante; reflexionar si la

participación será mejor o peor, si falta calificación y tiempo, nos hace pensar que

estamos por el mismo camino y en el mismo nivel, el problema es que no sabemos

participar, no sabemos a lo que vamos. Se debe cualificar la participación y ese es un

problema estructural, estamos a la expectativa de que el gobierno potencie la

participación para que las personas tengamos altas competencias para la participación.

Esperemos que la comunidad no abra más la brecha entre la confianza y la credibilidad

con la Administración, incluso teniendo en cuenta las condiciones de interlocución con

algunos de los trece sectores, donde algunos dejaron evidenciar sus falencias de

interlocución interinstitucional, exponiendo sus debilidades, lo cual preocupan y más

cuando son cabeza de proyectos tan ambiciosos para la ciudad, como el caso de del

Sector Movilidad ,que pensándolo bien, consideramos que requiere de un proceso de

reingeniería.

Reconocer el compromiso de quienes piensan en una ciudad posible y más en el marco

de metas para la paz, creemos que ha sido el común denominador de buena parte de

los Consejeros y Consejeras, que sacrifican su cotidianidad familiar y laboral para

cumplir con compromisos colectivos y que luchan por convertir sueños en realidades

palpables para quienes se esperanzan en creer que participar si vale, más cuando

mejorar las condiciones de vida en equidad y justicia social, contribuyen en ambientar

condiciones y a aportar un grano de arena en ese propósito de Paz para la ciudad y

naturalmente para el país.

Solo resta comprometer al Alcalde Mayor, a su gabinete, al sector empresarial y gremial

y a la sociedad civil Bogotana en instaurar y fortalecer la Planeación Participativa, como

eje fundamental para la construcción colectiva de un futuro nuevo, con un Plan de

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Ordenamiento Territorial que deponga intereses privados para concluir el proyecto de

ciudad – región, apto para consolidar un territorio prospero y socialmente justo.

Hoy ante la realidad como Consejo Territorial de Planeación Distrital, nos propondremos

la tarea de hacer veeduría a la gestión pública de la ciudad, a fin de resolver conflictos

que hoy sólo generan zozobra entre la comunidad, pero que sabemos que si

aprovechamos la capacidad del Consejo, aunada a los verdaderos preceptos de la

inversión en la ciudad y a las potencialidades sociales existentes en los territorios con

conflictos, resolveremos un asunto de calidad de vida y de un proyecto social que

supere los periodos de la Administración en una perspectiva de largo plazo.

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2. ENFOQUES

Se propone la vinculación del lenguaje incluyente como eje de articulación del

documento, esto va de la mano de la recomendación de la vinculación en el contenido

del artículo 16 concertado entre las comunidades y el Consejo para ser insertado en la

Políticas del documento articulado y reza: Artículo 16. “Política de poblaciones y género.

Articular la organización física del territorio en el Distrito Capital con la dimensión social,

económica, política y cultural del desarrollo mediante la incorporación de la categoría de

género y las variables poblacionales, según su volumen, estructura, crecimiento,

comportamiento, distribución, movilidad, sexo, condición etaria, étnica, racial,

capacidades diferentes, orientación sexual e identidades de género”, el cual es una

propuesta ya concertada con las comunidades y vinculado en la propuesta de articulado

del documento POT del año 2009 y en el articulado presentado entregado a este

Consejo en el año 2012.

El Consejo Territorial de Planeación Distrital (CTPD) recoge algunos apartes del

concepto presentado en diciembre 17 de 2012 y presenta a consideración de la

sociedad civil, a quien representa, a la Administración Distrital y a las corporaciones

públicas, el concepto y posición frente a la propuesta de ajuste del Plan de

Ordenamiento territorial (POT), presentado por el Alcalde Mayor el día 26 de febrero de

2013, advirtiendo su carácter de modificación excepcional, condicionado al trámite

respectivo con la autoridad ambiental Corporación Autónoma Regional de

Cundinamarca y que debe ser dilucidado por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo

Territorial.

Los antecedentes y la legitimidad del CTPD

El Consejo Territorial de Planeación Distrital ha sido un actor protagónico en el proceso

de revisión y ajuste del POT, independientemente de la actual dinámica de la

Administración Distrital (Bogotá Humana), el CTPD ha sido en la generación y desarrollo

de 20 encuentros locales en los cuales se hizo la revisión de lo planteado por el POT

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vigente para cada localidad y se recogieron conflictos territoriales que las comunidades

consideran fundamentales. En ese sentido, se avanzó en la construcción colectiva de

una propuesta que sirviera de referencia para la concertación con otros actores urbanos,

con el objetivo de aportar y si fuese necesario, confrontar la versión elaborada por el

Distrito.

El rol del Consejo Territorial de Planeación Distrital no se limita a conceptuar sobre las

propuestas planteadas por los técnicos y los gremios económicos, sino que considera

que en términos del ordenamiento territorial, es fundamental que la sociedad civil

construya una propuesta desde el enfoque de derechos, con perspectiva poblacional y

de género, orientada a contribuir a la construcción social del territorio como

determinante de la inclusión, de la equidad y de la adopción de un modelo humano de

ciudad.

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Hay que entender que la actual Administración Distrital se ha propuesto la revisión del

POT, como la anterior administración adelantó el mismo propósito. En aquél proceso, el

Consejo Territorial de Planeación Distrital logró liderar un amplio proceso de

convocatoria desde la sociedad civil para promover la participación ciudadana en el

Distrito y en las localidades, dado que el aporte de éstas era limitado en sí mismo y por

la carencia de referentes asociados a un expediente urbano - Distrital, lo cual impedía el

análisis y el debate requerido para construir propuestas, retardándose de esta manera el

inicio de la fase de formulación. Inicialmente, se realizó una primera fase de

capacitación ciudadana, sobre el objeto, contenido y alcance del POT, a través de

diplomados (PNUD y Universidad del Rosario), seminarios (Universidad Nacional y

Foros CTPD). Luego, en una segunda fase de reflexión, sobre las propuestas a

construir, se diseñó una metodología de convocatoria ciudadana y se programó el

desarrollo de talleres y mesas de trabajo. En desarrollo de una tercera fase, la del Deber

Ser, las conclusiones de mesas y talleres se concretaron en una propuesta de articulado

que fue entregada a la Secretaría Distrital de Planeación en diciembre de 20091.

En el desarrollo del proceso se evidenciaron falencias relacionadas con el diagnóstico y

la participación ciudadana, que llevaron a la Administración a no generar los espacios

para dar a conocer el Documento Técnico de Soporte con las propuestas de ajuste

presentadas por las comunidades organizadas; situación que obligó a solicitarle a los

entes gubernamentales el aplazamiento de la agenda con miras a garantizar la

legitimidad del proceso, fundamentalmente en lo relacionado con la participación

ciudadana.

En agosto de 2009, el Consejo Territorial de Planeación Distrital le solicitó a la

Administración Distrital, convocar a todas las fuerzas vivas de la ciudad para evaluar el

avance y pertinencia del proceso de revisión y ajuste del Plan de Ordenamiento

Territorial de Bogotá, acordar la agenda, delimitar el alcance de la revisión y fortalecer 1. Propuesta de modificación presentada por el CTPD a la Administración Distrital en diciembre de 2009.

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las actuaciones que garantizaran la implementación de las políticas, programas y

proyectos del POT. Siguiendo con este proceso en el 2010, 2011. Para estructurar la

propuesta se tuvo en cuenta lo planteado por la SDP en el sentido de abordar el ajuste

del documento POT desagregándolo en tres partes: una asociada con las políticas

generales, a poner en consideración del Consejo; mientras las otras dos, asociadas a

normas e instrumentos y a programas de inversión, serían parte del desarrollo

reglamentario del POT.

Fue así como el CTPD acordó construir sus propuestas diferenciando estas tres partes o

capítulos de tal manera que las de la Administración Distrital y las de la sociedad civil

fueran comparables, facilitando el proceso de concertación y la construcción de

acuerdos ciudadanos a ser incluidos en el documento que finalmente presentará la SDP

al Concejo de Bogotá, D.C.

Lo anterior fue determinante para enmarcar la programación y desarrollo de tres talleres:

Poblacional y de Género, Territorial y sobre el Modelo de Ciudad en la etapa del “Deber

ser”, con el reto de formular una iniciativa acorde con el enfoque de derechos,

orientando su actuación en aspectos relacionados con la inclusión de políticas que

buscaran lograr una ciudad equitativa e incluyente en las políticas generales del POT y

en la concreción del ejercicio de derechos en el territorio.

En desarrollo de la etapa del “deber ser”, sustentada en reflexiones surgidas de los

talleres, foros, encuentros distritales y tertulias poblacional y de género y territorial, el

Consejo Territorial de Planeación Distrital generó propuestas asociadas al proceso

coyuntural de revisión y ajuste del Plan de Ordenamiento Territorial. Posteriormente, se

presentó ante la misma Secretaría una propuesta de ajuste al POT, en algunos artículos

que, orientada a definir lineamientos que garanticen la participación ciudadana en el

desarrollo reglamentario del Plan de Ordenamiento Territorial, fundamentalmente en lo

relacionado con la formulación y/o revisión de las Unidades de Planeamiento Zonal.

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Durante la construcción de las anteriores propuestas y en el desarrollo de la reflexión

pertinente, surgieron inquietudes y cuestionamiento de orden estructural asociados al

proceso planificador y de gobernabilidad de la ciudad. No hay que desconocer, que si

bien la función del Consejo Territorial de Planeación Distrital está ligada a la elaboración

de conceptos asociados a situaciones coyunturales de formulación de los planes de

desarrollo y de ordenamiento territorial, su objetivo fundamental está ligado a reflexionar

sobre procesos estructurales asociados a la planeación, a la participación y a la

gobernabilidad2.

El debate del enfoque en el Plan de Ordenamiento Territorial

Previo al análisis del ajuste y articulado propuesto por la Secretaría Distrital de

Planeación (SDP), el Consejo Territorial de Planeación Distrital consideró fundamental y

necesario evaluar el enfoque dado, a la luz de los criterios generales de la política

urbana y de ordenamiento del territorio en el nivel nacional. En el presente proceso de 2

Documento Hacia la Construcción Colectiva de un Modelo de Ciudad Incluyente publicado por Consejo Territorial de Planeación

Distrital.

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Modificación Excepcional” y como resultado de los intercambios con la Administración

Distrital, de las presentaciones de los funcionarios y de la lectura de la propuesta de

ajuste, para los y las participantes del Consejo Territorial de Planeación Distrital es claro

que el ordenamiento del territorio propuesto para Bogotá se enmarca dentro de un

enfoque de competitividad, productividad y eficiencia, reflejo de la política nacional

plasmada en el Plan Nacional de Desarrollo, en las alianzas público-privadas, en las

locomotoras de la prosperidad y en los macroproyectos.

Preocupa al Consejo Territorial de Planeación Distrital que en la propuesta de

modificación al Plan de Ordenamiento Territorial (POT) contenga algunos elementos

asociados a la productividad y a la fiscalización, que podría conllevar a entregar las

mejores localizaciones a aquellos que pueden tributar más, con detrimento de un

modelo de ciudad incluyente y equitativa. Con perspectiva de defensa hacia los

derechos fundamentales de la Salud, Educación, Ambiente, participación, cultura entre

otros.

El Consejo Territorial de Planeación Distrital considera que se requiere un debate amplio

frente a ese enfoque con participación plena de la ciudadanía, de las organizaciones

que la representan y desde luego, de los órganos edilicios que debaten estos temas.

Actores importantes en esta reflexión lo constituyen el Alcalde Mayor, Concejales y

Ediles electos el pasado 30 de octubre del año 2011. Es por eso que el Consejo

Territorial de Planeación Distrital, recomienda y convoca a la Administración Distrital y a

la ciudadanía en general a la construcción y discusión de un NUEVO DOCUMENTO

POT para la ciudad de Bogota, partiendo de la oportunidad actual que con esta

modificación excepcional, llevaría a dar continuidad a un proceso de largo plazo entre la

Administración distritales y la ciudadanía.

Para el Consejo Territorial de Planeación Distrital es fundamental que las políticas

generales del Plan de Ordenamiento contemplen aspectos asociados a derechos

particulares interpretados en cada una de las Políticas Publicas aplicadas en cada de

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las acuerdos y decretos promulgados por la administración, y promuevan una ciudad

equitativa e incluyente acorde y coherente con los ejes estructurantes adoptados por

Plan de Desarrollo Distrital “Bogotá Humana”.

En ese sentido se busca hacer una lectura del territorio diferente al tradicional análisis

de la política urbana, meramente normativo, desde las Leyes 9ª de 1989 y 388 de 1997,

así como de los diversos planes de ordenamiento de la ciudad en las últimas décadas –

Acuerdos 7 de 1979 y 6 de 1990 y los Decretos 619 de 2000 y 469 de 2003 compilados

en el Decreto 190 de 2004 –, los cuales concluyen que la estructura del ordenamiento

del territorio parte de políticas y criterios físico-funcionales y económicos, ambos

asociados a objetivos de productividad, rentabilidad y competitividad, para construir y

consolidar la solidaridad y cooperación de una ciudad cada vez mas humana.

Históricamente el Consejo Territorial de Planeación Distrital, ha velado una lucha por los enfoques los cuales son:

o Derecho o de bienestar o Diferencialo Géneros con especificidades de generoo Territorialo Poblacional.

Se debe destacar el Enfoque socioeconómico desde las bases con una perspectiva

humana, que planee un futuro y perciba el territorio como un deber ser de construcción

social y política. La historia de los enfoques y equidad de los accesos en igualdad de

condiciones, generan un reconocimiento y redistribución frente a una política que

modifica los ladrillos y el cemento.

En consecuencia, el Consejo Territorial de Planeación Distrital como máxima instancia

de planeación participativa, propone elaborar unas políticas generales en comprensión

de los enfoques de derechos, como marco para el ordenamiento del territorio en función

de lograr una ciudad que, además de funcional, productiva y competitiva, sea equitativa

e incluyente. Así mismo, busca privilegiar el ejercicio pleno del derecho en el territorio,

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en un país y en una ciudad donde la Constitución Política, los convenios internacionales,

las leyes y las políticas públicas son generosas en la identificación y respeto por los

derechos humanos, pero en donde se diluyen estos derechos a medida que su ejercicio

efectivo debe concretarse.

Es de anotar que la propuesta entregada por la Administración Distrital está enmarcada

por unos referentes conceptuales que permiten la resignificación de la apuesta política

del Consejo Territorial de Planeación Distrital. Estos planteamientos se orientan a una

mirada de ciudad incluyente, desde las categorías de enfoque poblacional, diferencial,

territorial, de género, orientación sexual, identidad de género, étnico, laboral,

capacidades diferentes y de construcción social del territorio con una defensa férrea

desde el Enfoque de Derechos.

Entendido el enfoque de Derechos como: El considerar que el bien-estar y la

dignificación de la vida humana será una realidad cuando se den las condiciones para el

goce efectivo y la realización plena de todos los derechos humanos, siendo estos

interdependientes, indivisibles y complementarios. Es decir examinar las problemáticas y

las situaciones que enfrenta la sociedad de manera integral y analizar el impacto de las

diferentes vulneraciones en las posibilidades de tener una vida digna.

Además, es necesario tener en cuenta el enfoque diferencial, su concepción parte del

reconocimiento de la existencia de sujetos/as individual y colectivo diversos, que han

sido o no postergados históricamente. Permite ver a los/las titulares de derechos

discriminados/as y excluidos/as, a quienes se les ha vulnerado de modo permanente el

derecho a la igualdad y a la no discriminación, no como una pretensión de

homogeneización sino como el reconocimiento de la igualdad desde la diferencia.

El enfoque diferencial enriquece el diagnóstico de una situación y fortalecer el contenido

y alcance de los derechos humanos, visualiza inequidades entre personas con

condiciones de vida diversas, con apuestas de “desarrollo” diferentes, y abre caminos

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para un entendimiento más amplio de la realidad nacional, que no invisibilice los

impactos y necesidades diferenciadas por territorios, culturas y realidades contextuales.

El enfoque de género considera las diferentes oportunidades que tienen los hombres y

las mujeres, las interrelaciones existentes entre ellos y los distintos papeles que

socialmente se les asignan. Esto influye en el logro de las metas, las políticas y los

planes del Distrito y por lo tanto, repercuten en el proceso de desarrollo de la ciudad y

sus habitantes. Género se relaciona con todos los aspectos de la vida económica y

social, cotidiana y privada de los individuos y determina características y funciones

dependiendo del sexo o de la percepción que la sociedad tiene de él. Este fundamento

debe ser considerado a lo largo del proyecto.

La Política de enfoque de género y diferencial promueve el ejercicio de nuevas

ciudadanías, a través de un proyecto colectivo de ciudad que incorpore en el diseño

urbano, la definición de criterios para la localización de equipamientos y el

reconocimiento de particularidades en los usos del suelo, teniendo en cuenta el enfoque

de equidad social y de género, a partir de las diferencias etáreas, de sexo, procedencia,

identidad sexual, pertenencia étnica, en situación de discapacidad y desplazamiento,

entre otras. El objetivo es permitir el acceso al espacio urbano en igualdad de

condiciones y oportunidades sociales y de género, la construcción de identidades y la

exigibilidad de derechos, facilitando espacios para el desarrollo de acciones colectivas.

Esta política tiene los siguientes lineamientos:

Incorporar en el diseño urbano las necesidades específicas de hombres y mujeres y

particularidades de los diferentes grupos y sectores sociales, de tal forma que

permitan el acceso al espacio urbano en condiciones de igualdad y seguridad.

Tener en cuenta las actividades asociadas a las identidades sexuales y de género y

particularidades de los diferentes grupos poblacionales y sectores sociales para la

regulación de los usos de suelo.

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Diseñar y ejecutar programas de dotación de equipamientos que soporten las

necesidades y requerimientos de la población de acuerdo con las características de

los grupos y sectores sociales desde un enfoque diferencial y género, promoviendo

acciones afirmativas para grupos y sectores poblacionales que se encuentran en

condiciones de desigualdad de género, económica y social.

El concepto del Consejo Territorial de Planeación Distrital sobre Plan de Ordenamiento

Territorial es de fondo, se hace a partir de la visión y el enfoque que éste tiene sobre el

modelo de sociedad a construir, sustentada en un enfoque de derechos, diferencial, con

perspectiva poblacional y de género, y sobre el modelo de ciudad que concrete esos

derechos en el territorio. El hecho de que el concepto que emita el Consejo Territorial de

Planeación Distrital sobre el ajuste del Plan de Ordenamiento Territorial no sea

vinculante para la Administración no lo libera de su responsabilidad para con los

ciudadanos y ciudadanas de luchar y defender que la ciudad se construya y contribuya a

la inclusión de todos y todas, a responder por reducir las necesidades básicas

insatisfechas, a disminuir las condiciones de inequidad que presenta la ciudad y lograr

un desarrollo urbano sostenible.

Tener una vida digna es la aspiración y derecho de todo ser humano. Nacemos iguales

y sin embargo, somos la nación más desigual de América Latina, ocupamos el

vergonzoso sexto lugar en el mundo. Bogotá aporta el 25% al PIB, presenta una

riqueza y diversidad poblacional, étnica cultural y política importante que le permite

reportar cifras que dan cuenta del crecimiento económico. El 99.8% de habitantes de

Bogotá vive en el área urbana ocupando cerca del 25% de su territorio, el 0.2% de la

población se encuentra en la ruralidad en un territorio aproximado al 75%.

A pesar de que las cifras dan cuenta de un crecimiento económico, la ciudad se

caracteriza por la alta concentración de la renta y del poder que genera pobreza,

exclusión, depredación del ambiente, segregación social y espacial, en la que en

muchas oportunidades los intereses privados prevalecen sobre el bien común y lo

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público se privatiza, con lo cual este crecimiento sólo favorece a quienes reciben

mayores ingresos.

Muchas son las tensiones que vive la ciudad entre fuerzas que consideran el mercado

como regulador de la economía, el consumo como orientación de la vida, aún a costa y

riesgo de la sostenibilidad del planeta y otras fuerzas que consideran que debe primar el

objetivo del desarrollo humano sostenible y para ello el Estado es garante de los

derechos, de todos y todas.

Ahora bien, la propiedad y el valor del suelo, el uso, distribución de los bienes y

servicios, la función que cumplan las políticas económicas, sociales e institucionales que

soporten y den contenido y sentido a la planeación, así como los instrumentos que se

diseñan para reglamentar y organizar, en este caso el territorio, contribuyen a generar

inequidades que refuerzan las desigualdades existentes, o pueden formular acciones

tendientes a disminuir brechas históricas, y gestar transformaciones en el modelo, para

brindar el bienestar de las personas, la sostenibilidad social, económica y ambiental de

la ciudad y del país.

En nuestra perspectiva, ordenar el territorio con el instrumento del Plan de

Ordenamiento Territorial, debe significar generar una mejor calidad de vida para los

habitantes, unas relaciones más equilibradas entre la acción humana y su entorno, de

tal manera que se contribuya a una interacción con el ambiente que aporte a la

disminución del efecto invernadero que afecta actualmente al planeta.

Creemos que se debe ordenar el territorio para acceder a una vida digna y no para

incrementar el capital y las ganancias del sector inmobiliario y de la construcción en

general. Ordenar el territorio es optar por crear un espacio habitable para que los seres

humanos podamos disfrutarlo, y que además, ofrezca las posibilidades para la expresión

y desarrollo de todas nuestras potencialidades en tanto hombres, mujeres, jóvenes,

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niños, adultos, afros, capacidades diferentes, discapacidad, enanismos, personas

mayores, orientaciones sexuales, identidades de géneros, etnias, entre otros. etc.

Para el Consejo Territorial de Planeación Distrital el ejercicio de construcción del

CONCEPTO que presenta a la Administración conforme a sus funciones, se fundamenta

en los principios de dignidad, igualdad, justicia social y solidaridad, enmarcados en el

enfoque de derechos, equidad, perspectiva de género y diversidad, desde los

territorios y a partir de una concepción de desarrollo humano sostenible.

El territorio adquiere su pleno valor y sentido solamente en la medida en que los seres

humanos, en familia y en sociedad, lo habitan, lo apropian y desarrollan sus

actividades, sus relaciones sociales, económicas y culturales en este espacio para dar

solución a sus necesidades con equidad.

En este sentido el Consejo Territorial de Planeación Distrital concibe el territorio como el

espacio vital donde transcurre la vida del ser humano, por tanto está determinado por la

vitalidad social de quienes lo habitan y por las relaciones que construyen en este

devenir.

El territorio se constituye y adquiere su pleno y verdadero valor a partir de la actividad

espacial de agentes, sujetos, colectivos y dinámicas que habitan e inciden

históricamente en diversas escalas y dimensiones de lo social. El territorio emerge de la

misma vida social, económica y cultural como respuesta para dar solución a sus

necesidades y no como resultado de las delimitaciones físicas producidas por las lógicas

administrativas. El enfoque debe tener lenguaje incluyente, lo que no queda escrito se

invisibiliza. Todos los temas deben tener el enfoque diferencial y lenguaje incluyente.

Si bien hay temas que no pueden quedar en el Plan de Ordenamiento Territorial, hay

otros que deben quedar diferenciados y escritos, y uno de esos temas es el de enfoque

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diferencial y diverso. Nosotros defendemos el enfoque de derecho, enfoque diferencial,

enfoque territorial, enfoque de géneros y enfoque poblacional. Debemos mirarlo desde

el individuo al territorio y no del territorio al individuo. Nuestra posición política debe ser

defender los enfoques, haciendo énfasis en el enfoque de derecho porque es el enfoque

de bienestar. Por lo cual se solicita se incorpore nuevamente el artículo 16 del Plan de

Ordenamiento Territorial 2009, en el nuevo articulado.

El nuevo documento Plan de Ordenamiento Territorial propone concentrar las personas

en el Centro Ampliado, sin tener en cuenta el enfoque socioeconómico, el cual debe

quedar incluido en nuestro documento rescatando la perspectiva humana, incluyente y

respetuosa. Deben existir unos lugares donde no se vulneren a ningún ciudadano o

ciudadana. El Consejo Territorial de Planeación Distrital considera los temas de

enfoques desde lo pluriétnicos y pluricultural, que logran los espacios de resignificación,

pluriculturalidad y expresividad.

Se debe hacer evidente el hecho de que el territorio es una construcción social y

política, experiencia que se tiene a ejemplificar en los enfoques de las personas que lo

habitan. Los enfoques del Consejo Territorial de Planeación Distrital tienen presente los

temas de territorio y equidad. Otra interpretación tienen los diferentes sectores gremiales

y económicos ya que lo conciben como un nicho productivo y rentable, si bien existe la

visión económica, debe haber un contrapeso en lo social.

Esto debe estar acompañado de la descentralización como gestión de lo público que

transfiere poderes y gobernanza del nivel central a las localidades en un proceso de

fortalecimiento a la participación ciudadana en sus diferentes expresiones, dando curso

a la rica experiencia de la democracia local. Considero de alto interés adentrarnos en el

estudio de éste fundamento y se llegue a la convicción de la necesidad de posicionar la

descentralización como una política Distrital permanente.

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3. MEZCLAS DE USOS, MEZCLA SOCIAL Y ESTRUCTURA SOCIO-ECONÓMICA ESPACIAL - USOS DEL SUELO.

3.1. Mezcla de usos – Usos del suelo

a) Propuesta normativa

En el artículo 153. Políticas de ordenamiento territorial en el suelo urbano.

Se proponen los siguientes ajustes normativos para el ítem 6:

“Item 6. Los servicios de alto impacto deberán aplicarse con la normativa vigente. En

cualquier caso se deberá reconocer la construcción social del territorio, sus potenciales

y diversos intereses de desarrollo ciudadano, mediante instrumentos vinculantes de

concertación con la comunidad con una perspectiva de género y derecho”.

“Teniendo en cuenta la diversidad de intereses históricos y potenciales de desarrollo,

que por los usos coexisten en el territorio y en atención a minimizar conflictos en el

desarrollo urbano, los servicios de alto impacto deberán circunscribirse a la normativa

vigente y a las preexistencias de éstos. Para nuevas áreas, deberán crearse con las

comunidades, instrumentos vinculantes de concertación y mitigación de dicho impacto,

desde una perspectiva de género y derechos”.

En el artículo 518. Disposiciones Normativas.

Se propone incluir el siguiente parágrafo transitorio:

“Parágrafo transitorio. El reconocimiento de licencias de funcionamiento y aplicación

del código de policía deberá contemplar el reconocimiento de la norma urbanística

vigente, así como el seguimiento de dichos procesos culturales”.

En el artículo 137. Instrumentos.

Se recomienda incluir el numeral 5 lo siguiente:

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“Definirán el diseño y aplicación de instrumentos y mecanismos para la gestión de

riesgos y la adaptación y mitigación ante el cambio climático”.

Así mismo se considera necesario incluir un parágrafo que indique lo siguiente:

“Parágrafo: La Administración Distrital promoverá un desarrollo urbanístico que busque

la mitigación de riesgos para la población civil, principalmente aplicado a dotacionales y

equipamientos públicos, frente a riesgos por aglomeración, vandalismo y emergencia

por asonada, desastre natural o guerra”.

En el artículo 495. Estrategias del programa de prevención y control del

desarrollo urbano y uso del suelo.

Se solicita incluir el siguiente parágrafo:

“Parágrafo. En atención a la diversidad y dimensión del Distrito Capital las Curadurías

Urbanas tendrán a cargo un territorio aferente por el cual responder, así mismo deberán

tenerse en cuenta “el impacto social para el territorio” para la implantación del uso. Una

de las funciones de las Curadurías Urbanas deberá ser el control de saturación por uso”.

En el artículo 19. Sistema de movilidad.

Se solicita incluir el siguiente parágrafo:

“Parágrafo 2. Se implementarán estudios que prevean bolsas de parqueo en las zonas

centrales o de integración con falencias, que garanticen los derechos a las personas con

discapacidad, personas mayores y niños con requerimientos especiales de movilidad.

Así mismo, en zonas de comercio intensivo, ejes de aglomeración de usos y corredores

complementarios, deberán reglamentarse las zonas amarillas que mitiguen su impacto y

garanticen servicios como baños públicos”.

Artículo 183. Red de transporte de carga y mercancías.

Incluir lo siguiente:

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“Un componente que regule el sistema de zonas permitidas de parqueo de vehículos de

carga y logística”.

Y un parágrafo de la siguiente manera:

“Parágrafo 3. Las Secretarías Distritales de Planeación y Movilidad identificarán dentro

de los dos años siguientes a la adopción del presente Plan, las áreas permitidas para

uso de estacionamiento y “playas de reparación de vehículos de carga y logística”

cercanas a los ejes de intercomunicación regional y zonas de actividad logística,

industrial y comercial intensiva”.

En el artículo 406. Instrumento de Planificación y Gestión de Borde.

Se solicita la modificación del numeral 2 en el siguiente sentido:

“Será la comunidad en consenso la que solicita la Zona de Reserva Campesina. Así

mismo, para la definición de los bordes se deberá tomar en cuenta el consenso de la

comunidad. (Articulado con la Ley 160 de 1994, el decreto 177 de 1977 y el Acuerdo

Distrital 024)”.

En el artículo 292. Definición y objetivo para las volumetrías de las

edificaciones.

Incluir el siguiente parágrafo:

“Parágrafo. Para culatas y muros existentes se preverá una reglamentación para su

uso cultural o de implementación de tecnologías ambientales, que lo integren con la

ciudad construida. Se mantendrá la prohibición de vandalismo y agresividad generada

por el espacio público, como por ejemplo, carteleras (Mogadores) para afiches y

espacios para la creación artística por concurso.

En otros pequeños espacios generados por intervención urbana, deberán diseñarse e

implementarse puntos de cultura, ambiente, arte y patrimonio en el espacio público”.

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En el artículo 224. Lineamientos y normas generales aplicables a los Parques

Urbanos.

Incluir en el numeral 7 de componentes funcionales en el literal e) lo siguiente:

“(…Podrán destinarse allí zonas para actividades de jardinería ecológica y agricultura urbana)…y actividades para formación temática de reciclaje”.

En el artículo 517. Culminación de trámites de instrumentos y procedimientos.

Incluir lo siguiente:

“El Distrito promoverá la creación de Oficinas Locales de Planeación Territorial que

garanticen la descentralización y descongestión de las Alcaldías Locales y las Oficinas

del Distrito”.

b) Recomendaciones

Los derechos adquiridos deben ser instrumentados, respetados, reconocidos,

remunerados y reglamentados según el caso en bien del ciudadano. Esto va incluido

en el artículo 330, que debe ampliar la definición de carga urbanística. Debe

reglamentarse en un artículo que defina cargas urbanísticas por derechos adquiridos

acorde con el tratamiento de conservación.

Los usos restringidos deben ser clasificados de acuerdo a lo comercial, cultural y

servicios, cumpliendo con la concertación ciudadana del entorno inmediato y las

normas correspondientes. (Por ejemplo: Prostíbulos al lado del colegio)

Un porcentaje de sesión del área edificable deberá contemplarse para economía

social en zonas de integración mediante administración del estado.

Se sugiere que los parques barriales y parques vecinales (Competencia del Instituto

Distrital de Recreación y Deporte -IDRD y de las Alcaldías Locales) tengan la

claridad en los planos, que pese a que se encuentren en un barrio con una

edificabilidad definida sigan teniendo ese uso.

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Proponemos cambiar el enunciado del Titulo de Mecanismos de evaluación y

seguimiento por: “Mecanismo de participación, evaluación y seguimiento al

POT”. En garantía de los derechos constitucionales de la participación, como

instancia que garantice y articule con quien corresponda para propiciar los espacios

de participación incidentes en el desarrollo territorial, con seguimiento permanente de

cada uno de los territorios del Distrito Capital. El cual deberá contemplar las

siguientes funciones:

1. Establecer los impactos en los territorios físicos, vivénciales, culturales y de

identidades.

2. Servir de espacio para que la sociedad civil concerté y decida sobre el futuro de su

territorio.

3. Hacer seguimiento prospectivo al desarrollo del territorio.

4. Definir de criterios de mezcla de usos.

5. Regular y controlar la saturación de usos.

6. Impulsar y garantizar veedurías ciudadanas

Atendiendo lo establecido en el Decreto 1469 de abril 30 2010, artículo 77 y el

parágrafo del artículo 108, teniendo en cuenta que la población de Bogotá supera el

millón de habitantes, se solicitan puntos alternos de servicio descentralizados por

Curadurías Locales, en los territorios del Distrito Capital.

Se solicita dar garantía al cumplimiento de los procesos de concertación social ya

surtidos en el histórico del Distrito Capital, la formalización de la normativa sobre el

reconocimiento del área de aglomeración, como por ejemplo, el de la revisión de la

UPZ-73, que no aparece en la perimétrica presentada por la Administración.

Para las centralidades y centros de comercio intensivo, se recomienda que para la

peatonalización, como herramienta de revitalización de centralidades y cascos

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fundacionales, se planteé con sitios definidos previamente en consenso con la

comunidad, en concurrencia con las competencias institucionales de las entidades a

cargo y con herramientas sociales de dinamización.

La herramienta de peatonalización de vías en cascos fundacionales y zonas de

comercio intensivo, deberá ser de común acuerdo con la comunidad y contar con un

adecuado plan de acompañamiento, uso y dinamización en el que concurran las

entidades competentes.

Para la construcción de subterráneos deben tenerse en cuenta las características

ambientales, geológicas, de saturación y físicas del suelo. (Edificabilidad)

Para los equipamientos públicos y privados los parqueaderos deberán tener en

cuenta el acceso y uso para personas con discapacidad o con algún requerimiento

especial, así, como zonas aledañas de parqueos que garanticen el derecho de

accesibilidad incluyendo baños públicos.

Para zonas de comercio intensivo se debe permitir mezclado del comercio con los

parqueos en altura.

Se deberá articular en el Código de Policía los horarios, corredores y condiciones de

transporte de carga pesada al interior de la ciudad.

Para la definición de bordes se deberá tener en cuenta el caso de excepción de la

Vereda de Verjón Alto (Santafé) y Verjón Bajo (Chapinero), Requilina, Sochez y Uval

(Usme) u otras. Que se articule con la reglamentación nacional.

Estudiar la posibilidad de desagregar como Unidad de Planeamiento Rural la zona

de Suba vertiente occidental (Reserva Thomas Vander Hammer).

Para la definición de la Política general, en lo referente a la Integralidad y

Accesibilidad de todos los ciclos vitales, Bogotá reconoce la integralidad del

desarrollo del ciudadano y los requerimientos especiales que a lo largo de sus ciclos

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vitales tiene, para su accesibilidad y disfrute de la ciudad, por cuanto garantizará

para al futuro condiciones de uso en vivienda, dotacionales, equipamientos y espacio

público que permitan la garantía de accesibilidad, baños públicos, zonas de

descanso y recreación y zonas cubiertas frente a los cambios climáticos.

En el artículo 259, numeral 3 se debe especificar si se mide en metros o en

manzanas las zonas de influencia de las áreas de actividad económica intensiva.

Igualmente, esa dimensión debe ser acorde con los planos No. 28 referente a usos y

áreas de actividad y No. 29 referente a edificabilidad. Se deberá garantizar en

cualquiera de los casos, que se intervendrán manzanas completas y/o con

características homogéneas.

3.2. Edificabilidad

a) Recomendaciones

Se recomienda para al edificabilidad rural en construcción máximo hasta 3 pisos.

Se deberá propender por establecer herramientas que generen ganancia en

edificabilidad a proyectos, que contando con el soporte de servicios básicos,

engloben áreas de octavo de manzana en adelante.

Se deberá establecer un código de construcción en altura que garantice para estas

edificaciones usos tales como comercio de pequeña escala, jardines infantiles, zonas

de recreación pasiva y activa, zonas de atención de emergencias para este tipo de

edificaciones.

El Consejo plantea la siguiente inquietud: ¿Cómo se articularán las volumetrías y

alturas permitidas en los predios del entorno del Aeropuerto El Dorado, con las

normas nacionales que definen las alturas de las edificaciones en el cono de

aproximación a las pistas?

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El potencial de edificación deberá tener en cuenta no sólo el abastecimiento de

redes de servicios públicos y conectividad al sistema de movilidad, sino considerar la

disponibilidad para uso de dotacionales de la población. Ejemplo: cupos educativos o

cobertura del hospital.

Establecer proyectos de revitalización, densificación y/o complementariedad y usos

aplicados a la economía popular o de base relacionada con plazas de mercado u

otros espacios alternativos, mediante metodología Alianza Público – Privada (APP).

Se recomienda que para lograr unas mayores integraciones en dimensión de áreas

prediales, se considere el englobe de predios que tienen fachadas coincidentes en

sus frentes, sobre una misma vía, en manzanas adyacentes y comunicables entre sí,

en altura, mediante puentes.

En cuanto a las Sesiones para equipamiento urbano, se recomienda que en zonas

de déficit de equipamientos o de re-densificación en altura, se provean mecanismos

para la concurrencia de la inversión pública y privada, en pro de garantizar

equipamientos al interior de dichas edificaciones, sin que ello perjudique el área

permitida de construcción.

Para zonas de mayor densidad y aglomeración de usos, las compatibilidades entre

éstos, deberán tener como soportes los siguientes:

1) La no generación de impactos,

2) El nivel de saturación del uso en la misma zona y,

3) Las demandas (Requerimientos) de dicho uso, existan en la población actual o

prevista.

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3.3. Estructura socio-espacial

a) Propuesta normativa

En el artículo 357. Tratamiento de Mejoramiento Urbanístico.

Se requiere agregar el siguiente parágrafo:

“Parágrafo 2. La legalización de asentamientos humanos constituidos por vivienda de

interés social, incluyen los asentamientos que ocuparon las áreas de cesión pública

definidas en licencias de urbanismo, que no ejecutaron o que se ejecutaron sin cumplir

las obligaciones urbanísticas correspondientes. Se reconocerán las edificaciones

existentes en los mismos asentamientos de dos (2) pisos, evitando un trámite adicional

ante las Curadurías Urbanas, en el marco del procedimiento de legalización.”

En el Artículo 301. Antejardines y retrocesos contra espacio público.

Se requiere agregar el siguiente parágrafo:

Parágrafo. Para aquellos barrios o sectores que a la fecha de expedición del presente

Acuerdo, tengan consolidación en el uso de antejardines, se podrá aplicar la

herramienta de sustitución del espacio público, según solicitud motivada de la

comunidad. El Distrito Capital estimulará la realización de modelos de vivienda,

standards, áreas y condiciones de accesibilidad, que reconozcan usos étnicos, diversas

composiciones del núcleo familiar, familias de personas solas, personas que requieran

de cuidadores y/o con labores de bajo impacto de las que deriven el sustento.

a) Recomendaciones

Para el artículo 520 sobre Licencias de construcción con base en licencias de

urbanización vigentes, es necesario señalar que la Administración Distrital en el

proceso de pedagogía urbana debe recalcar la existencia de licencias de

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reconocimiento, para que los propietarios de inmuebles construidos sin las

formalidades preexistentes, puedan mediante este trámite abreviado obtener

formalización y así evitar conflictos policivos y de convivencia.

Se recomienda corregir el plano cartográfico de edificabilidad en la hacienda Maranta

localidad Engativá.

Para el artículo 243. Sustitución de zonas de uso público, se requiere adicionar al

Decreto 1469 de 2009 un numeral que indique que la modificación de planos

urbanísticos se puede hacer de zona pública a zona privada.

Con relación a los antejardines se debe reconocer en aquellos territorios o barrios

que a la fecha de la expedición del Acuerdo del POT y que tengan consolidación de

uso de estos espacios, la posible aplicación de la herramienta de sustitución o

compensación por parte de las comunidades.

El Consejo sugiere articular la normativa nacional de vivienda, pero estimular la

realización de nuevos modelos de vivienda étnica y para diferentes esquemas de

habitabilidad y conformación familiar, ya que en la actualidad la población de la

ciudad avanza etariamente hacia la una mayor expectativa de vida. Es de anotar que

las familias en general han reducido sus integrantes, en muchos casos la vivienda es

para personas solas y debe contemplar standards que desde ya prevean los

requerimientos de niños, personas en condición de discapacidad, personas mayores

y la economía del cuidado, que en muchos de los casos implica labores de

sostenimiento de bajo impacto al interior de la vivienda, lo cual cambia las áreas

básicas en standards como accesibilidad y dimensión de baños y cocinas.

Para los cerramientos se solicita que se establezca una norma para cerramiento de

antejardines y perímetros de edificaciones, que estipule alturas de mínimo 1.20 Mts.

(antejardín) y hasta 3.00 Mts. otras tipologías, desde la rasante del suelo y con

unos niveles de permeabilidad visual al interior, según la tipología que presentan las

diversas zonas de la ciudad.

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Para la edificabilidad de zonas superiores al borde urbano de ciudad (Incluidas por

normativa nacional de parques naturales y zonas de reserva forestal), se propone

que el nivel de edificabilidad permitido sea el básico, es decir uno (1), a fin de

reconocer las condiciones de la vivienda pero disminuir el impacto ambiental que

tiene sobre estas zonas.

Con respecto a la productividad para proyectos de Vivienda de Interés Prioritario y

Vivienda de Interés Social se solicita exista un área mínima de cesión en cada

proyecto, que permita la sostenibilidad y viabilidad económica de la copropiedad, así

como la garantía de empleabilidad, por asociatividad de los vinculados a este tipo de

proyectos, sin que ésta sume como coeficiente constructivo. Así mismo, para

garantizar la sostenibilidad de proyectos de VIP y VIS se sugiere incluir un área

destinada a la renta o a la empleabilidad asociativa de los propietarios o

arrendatarios.

La Secretaría Distrital de Planeación deberá constituir un departamento de usos

verticales para tratamientos en altura, que propenda por la implementación de

standards de seguridad y acceso a servicios en altura, la cual deberá en compañía

del Fondo de Prevención y Atención de Emergencias, prever los espacios de uso en

caso de emergencia ambiental o generada por conflicto o terrorismo; tales como

pisos seguros y Bunkers de seguridad, según su escala, garantizar helipuerto de

evacuación para emergencias y zonas de encuentro.

De igual manera y teniendo en cuenta la escala y pisos de la edificación, la

implementación de usos complementarios, como comercio en primeros pisos de

escala media, y en pisos altos de pequeña escala, (Ejemplo: Farmacia, industria,

áreas de bienestar , soporte de dotacionales culturales, recreativos y de bienestar)

como sesión en pisos altos (Bibliotecas de uso público, jardines infantiles, zonas de

descanso y recreación pasiva), ofrecer a la ciudad una garantía de mitigación del

impacto de emisiones, vincular tecnologías ambientales y sostenibles, así como la

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reutilización de aguas lluvias, captación solar y eólica entre otros, permitir zonas de

recreación y paisajismo urbano en miradores, balcones y terrazas.

La oficina encargada deberá contemplar las herramientas que permitan tanto las

cesiones en altura, como la integración de capitales que permitan la inversión estatal

en este tipo de equipamientos.

La Secretaría Distrital de Planeación deberá garantizar para construcciones en

altura, el acceso al interior de las mismas a servicios complementarios como jardines

infantiles, comercio de pequeña escala y áreas de esparcimiento.

La Administración Distrital podrá invertir en proyectos de desarrollo privado,

mediante compra de espacios o recibo de cesión al interior de los mismos para

garantizar el uso rotacional.

Se deberá propender mediante estímulos económicos por la implementación de

tecnologías, verdes, ambientales, limpias y de aprovechamiento de energías

alternativas y renovables en la construcción de nuevas edificaciones.

Para la Vivienda Temporal, en zonas de vivienda de estratos altos y en área central

de empleabilidad, deberán tenerse en cuenta espacios temporales para vivienda de

las personas que trabajan, pero su vivienda se encuentra lejana o en la región o en

establecimientos 24 horas o de impacto alto.

Para zonas industriales y algunos usos comerciales que requieren personal las 24

horas, se preverá una zona para descanso temporal o alojamiento de los empleados

cuya vivienda se encuentre lejana o en la región.

Con relación al patrimonio cultural, se deberá tener en cuenta no solo el patrimonio

cultural declarado, sino también el patrimonio socialmente reconocido como es el

caso de plazas de mercado, zonas de oficios y prácticas tradicionales entre otros,

que deberán ser propuestas por la comunidad.

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En los usos mixtos dotacionales, la Secretaría Distrital de Planeación determinará los

usos dotacionales compatibles teniendo en cuenta un desarrollo por etapas, que

permita el ensanche futuro de este tipo de dotacionales.

La carencia de suelo urbano apto para equipamientos y dotacionales públicos,

requerirá la integralidad en la atención a la población y la concurrencia de varios

sectores de la administración para un determinado proyecto, y se determinarán, las

mezclas permitidas de usos, así como las etapas de desarrollo futuro de éstos ante

el aumento de la población que demanda el servicio.

Se requiere la avenida circunvalar del sur cuente con una amplia concertación con la

comunidad de los territorios y localidades que atravesará, teniendo en cuenta que no

se habiliten por ello nuevos suelos urbanos.

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4. PATRIMONIO CULTURAL

El Patrimonio cultural constituye uno de los aspectos centrales del componente general

del Proyecto de Acuerdo de la Modificación Excepcional del Plan de Ordenamiento

Territorial propuesto por la Administración Distrital. En tal sentido, se espera que las

reglamentaciones en esta materia, garanticen la protección, conservación, recuperación

del patrimonio cultural de la ciudad, así como potencien espacios pedagógicos,

constructivos y de empoderamiento de la ciudadanía con Bogotá, sus tradiciones y su

memoria.

Siendo el Plan de Ordenamiento Territorial un instrumento para la planeación de la

ciudad, donde la cultura juega un papel importante no sólo en las definiciones de los

bienes de interés cultural o los equipamientos culturales, sino además en aspectos que

posibilitan el desarrollo de una manera participativa a través de procesos de cultura

ciudadana, apropiación del espacio público, entre otros.

De este análisis es posible identificar tanto los intereses, necesidades, como el nivel de

comprensión del POT como política e instrumento de planeación, además que permite

establecer algunos temas que pueden nutrir varios aspectos del articulado y que se

espera logren complementar y enriquecer las apuestas de la Administración para el

ordenamiento de la ciudad.

El Consejo Territorial de Planeación Distrital propone los siguientes ajustes al articulado

del proyecto de modificación y plantea a consideración de la Administración Distrital, las

siguientes recomendaciones:

4.1. Espacios culturales y ambientales del agua

a) Propuesta normativa

En el artículo 236. Cartilla del espacio público construido.

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Se propone agregar en la lista de temas a desarrollar y complementar en las cartillas de

andenes y mobiliario urbano del Distrito el siguiente tema:

…”- Espacios culturales y ambientales del agua”

En el artículo 223. Subsistema de espacios peatonales.

Se propone adicionar el siguiente parágrafo:

“Parágrafo. Los espacios peatonales podrán ser utilizados para implementar espacios

culturales y ambientales del agua, teniendo como función servir de conectores de la

Estructura Ecológica Principal, con características de aulas vivas”.

b) Recomendaciones

Vincular el patrimonio material e inmaterial no ha sido declarado normativamente por

la ciudad, pero que contiene reconocimiento social.

Mejorar los mecanismos jurídicos para la implementación y control del tema

patrimonial desde el Plan de Ordenamiento Territorial.

Determinar las implicaciones patrimoniales sobre los parques y corredores

ecológicos.

Establecer y reglamentar criterios para la formulación de un protocolo para la

elección y adjudicación de nombres que llevarán los equipamientos, las avenidas y

los espacios públicos, respetando la identidad, la historia y su valor patrimonial.

Reglamentación para las condiciones de accesibilidad para personas con

discapacidad en bienes de interés cultural, histórico y patrimonial.

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4.2. Patrimonio rural

a) Propuesta normativa

En el artículo 145. Conformación del patrimonio cultural territorial.

Se propone agregar el siguiente parágrafo:

“Parágrafo. El Patrimonio cultural material e inmaterial no declarado pero reconocido

social y comunitario tendrá el mismo tratamiento del que se encuentra declarado”.

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5. AMBIENTE, ESTRUCTURA ECOLÓGICA PRINCIPAL, CAMBIO CLIMÁTICO,

ESPACIO PÚBLICO Y GESTIÓN DEL RIESGO

En este capitulo el Consejo Territorial de Planeación Distrital plantea un conjunto de

propuestas normativas y recomendaciones al Proyecto de Acuerdo de la Modificación

Excepcional del Plan de Ordenamiento Territorial, que tienen como propósito visualizar

y complementar la propuesta de ordenamiento territorial de la Administración Distrital,

orientadas a formular alternativas y estrategias para mitigar el cambio climático, la

recuperación y defensa de los espacios del agua, el posicionamente de la Estructura

Ecológica Principal como elemento vital para el futuro de la ciudad y la recuperación y

aprovechamiento pedagógico, cultural y ambiental del espacio público.

Así mismo el Consejo Territorial de Planeación Distrital, incorpora elementos novedosos

para la discusión e implementación de políticas, entorno a mecanismos alternativos para

los procesos de revitalización y las nuevas construcciones como por ejemplo el eco-

urbanismo, las aulas vivas, los jardines verticales, la implementación de mini-platas de

tratamientos de aguas hervidas en las viviendas y la implementación de las prácticas de

agricultura urbana, todos aquellas, con el propósito de avanzar hacia un desarrollo

sostenible. Es de destacar que se proponen incentivos para la ciudadanía que adopte

las anteriores prácticas, contribuyendo a un cambio cultural para la ciudad.

En este sentido, el Consejo Territorial de Planeación Distrital sugiere los siguientes

ajustes al articulado y formula las siguientes recomendaciones:

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5.1. Borde urbano - rural

a) Propuesta normativa

En el artículo 117. Zonas de transición y de recuperación morfológica,

paisajística y ambiental de áreas afectadas por actividades extractivas

Se propone agregar el siguiente parágrafo:

“Parágrafo 6. Todas las zonas de transición y recuperación morfológica serán

declaradas como suelo rural o suelo de protección”.

5.2. Operaciones estratégicas

a) Propuesta normativa

En el artículo 24. Operaciones Estratégicas.

Se propone agregar el siguiente inciso:

“Las operaciones estratégicas delimitarán el área de los polígonos del borde urbano, el

borde rural, cerros orientales y río Bogotá del distrito capital y los tratamientos

específicos en las áreas de los bordes, a partir de los siguientes tipos:”

o “Borde cerros urbano-protección: Conectores ecológicos.”

o “Borde urbano rural norte: Conectores ecológicos y equipamientos.”

o “Borde urbano rural sur: Conectores ecológicos, equipamientos y cercas vivas

rurales.”

o “Borde río Bogotá: Conectores ecológicos.”

Adicionalmente, en el artículo 24 se propone incluir el siguiente parágrafo:

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“Parágrafo 2. La intervención en el territorio de las operaciones estratégicas debe estar

presidida por procesos de participación y concertación ciudadana desde el momento de

su formulación, implementación y seguimiento”.

En el artículo 263. Formulación de operaciones estratégicas.

El numeral 12 sobre el estudio de viabilidad debe incluir a demás las “determinantes

ambientales”.

b) Recomendaciones

Determinar áreas de transición entre los bordes de la ciudad.

Concertar con las comunidades la relocalización de la población que habita en los

bordes de la ciudad.

Adecuación técnica de vías en POZ-Norte.

Toda intervención en el territorio relacionada con operaciones estratégicas debe

garantizar la conservación, la protección y conectividad de la Estructura Ecológica

Principal.

Normas de eco-urbanismo que garantice la sostenibilidad ambiental.

Incentivar áreas protegidas con en conectores ecológicos.

Construcción social del territorio con enfoque de derechos y permanencia de los

habitantes del entorno, garantizando la plena incidencia ciudadana de la operación.

Incluir un articulado relacionado con la relocalización o reubicación en el mismo

territorio y la concertación y /o negociación con las comunidades ubicadas en zonas

de afectación de las operaciones estratégicas, a la luz de la modificación mepot, en

zonas declaradas de alto riesgo e inminente peligro, incluida la remoción en masa,

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la inundación o los desastres, garantizando condiciones de equidad, valoración

de la deuda social, plusvalías y los costos de los procesos de consolidación

urbanística.

Definición concertada de las alternativas para la litigación de afectaciones de ruido,

la medición y los niveles del impacto, contaminación, emisiones atmosféricas y

riesgos eventuales.

Definir responsabilidades y recursos del orden nacional o Distrital para la

construcción del subsistema vial de las operaciones.

Formulación estratégica de la delimitación exacta de los humedales Jaboque y

Capellanía. Se solicita precisiones y explicaciones sobre el Plan Porta.

Se requiere el análisis e información sobre la demanda real de bodegas, comercio y

servicios en las zonas de afectación aeroportuarias.

Como se prevé el incremento de los servicios públicos al igual que la conectividad de

las operaciones estratégicas.

Tratamientos especiales para los núcleos fundacionales.

Revisar el tratamiento de uso de suelo de alto impacto en la zona de operación a la

luz del concepto de mezcla de usos.

Adecuación técnica de vías en POZ-Norte.

Toda intervención en el territorio relacionada con operaciones estratégicas debe

garantizar la conservación, la protección y conectividad de la Estructura Ecológica

Principal.

Normas de eco-urbanismo que garantice la sostenibilidad ambiental.

Incentivar áreas protegidas con conectores ecológicos.

Se propone un artículo que establezca la obligación de incluir en los procesos de

construcción y formulación de los documentos técnicos de soporte y los planes

zonales, en el marco de un proceso de concertación, a las comunidades y

representantes de la sociedad civil, ligando la operación a los temas sociales, de

productividad, ambientales, de movilidad, espacio publico, hábitat y territorio.

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5.3. Edificabilidad

a) Propuesta normativa

En el artículo 333. Alternativas para el cumplimiento de las cargas urbanísticas

por edificabilidad.

Se propone incluir el siguiente párrafo:

“Dando aplicación a los principios del desarrollo sostenible: precaución, integralidad,

equilibrio, interdependencia, e interconexión eficiencia y mesura, se generarán

compensaciones económicas y/o relocalización y/o inversión en el territorio intervenido,

para los afectados por operaciones estratégicas”.

b) Recomendaciones

Descentralizar las funciones del POT con el Expediente distrital.

Crear un plano cartográfico de Bogotá que haga una especificación de las

aglomeraciones existentes de economías locales que indique aspectos como

seguridad alimentaría, soberanía alimentaria y redes de abastecimiento urbano,

rural, y regional, permitiendo la formulación de estrategias para garantizar la

sostenibilidad económica de la ciudad.

En la mezcla de tratamientos deberá primar la garantía de los derechos de primera,

segunda y tercera generación, así como los derechos constitucionales.

5.4. Pasivos ambientales

a) Propuesta normativa

En el artículo 127. pasivos ambientales.

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En el párrafo que define pasivo ambiental se recomienda incluir en los tipos de

contaminación, los relacionados con: “contaminación visual, ruido, ondas

electromagnéticas y todo aquel que afecte, altere o deteriore la vida y la salud de los

seres vivos el medio ambiente y los recursos naturales”.

Así mismo se propone incluir el siguiente parágrafo:

“Parágrafo. Una vez aprobado la modificación del POT, las autoridades pertinentes

determinarán el instrumento de control que garantice el efectivo cumplimiento de las

medidas de prevención, reparación, sanción e indemnización causados por los pasivos

ambiéntales”.

b) Recomendaciones

Se requiere ajustar el Código de Policía a la luz de los instrumentos de control

establecidos en la propuesta de modificación del POT.

Se debe incluir un instrumento de control que determine el procedimiento y la

sanción a los agentes responsables de pasivos ambientales, señalando cual es la

instancia de control responsable de proceder.

5.5 Caudal ecológico limpio

a) Propuesta normativa

Se propone Incluir un artículo nuevo que indique lo siguiente:

“Artículo (…). Proyecto de adecuación hidráulica y recuperación ambiental para

los humedales del distrito capital. La Empresa de Acueducto y Alcantarillado de

Bogotá y la Secretaria Distrital de Ambiente en coordinación con la autoridad ambiental

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del área rural, realizarán estudios para determinar la viabilidad de conectar caudales

hídricos limpios a los humedales con el fin de preservar la vida de las especies

endémicas”.

“Parágrafo. Una vez aprobada la modificación excepcional de normas urbanísticas del

plan d ordenamiento territorial, durante el primer año de vigencia, se diseñaran los

estudios y se iniciaran las obras para garantizar la conexión hidráulica de los cuerpos

de humedales a la quebradas y caudales que se definan en dicho estudio”.

b) Recomendaciones

Se debe ampliar el espectro de programas y subprogramas del POT a temas

relacionados con espacios de agua, tal como lo hizo el Sector Hábitat en el

“TITULO IV. PROGRAMAS DEL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL”.

5.6. Eco-urbanismo

a) Propuesta normativa

Se propone Incluir un artículo nuevo que indique lo siguiente:

“Artículo (…). Culatas o paisajes verticales. Las culatas de las edificaciones

resultantes de la intervención, adecuación y construcción de vías, se constituirán como

paisajes verticales que contribuyan a la mitigación del cambio climático y como forma de

compensación a cargo de quien ejecuta la obra para restituirle a la ciudad el impacto

causado por la ejecución de la misma”.

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“Parágrafo. Los jardines verticales tendrán como propósito servir de conectores

paisajísticos de la Estructura Ecológica Principal y harán parte también, de los

corredores culturales de la ciudad”.

5.7. Instrumentos de planeación

a) Propuesta normativa

En el artículo 392. Instrumento de Planeación.

Se propone el siguiente parágrafo:

“Parágrafo 3. Todas las intervenciones en el territorio en los casos de densificación, re-

densificación, revitalización y renovación urbana, estarán sujetas a las priorización de la

infraestructura de servicios públicos, movilidad y espacios públicos a corto, mediano y

largo plazo”.

5.8. Suelo de Protección del Parque Metropolitano Simón Bolívar

a) Propuesta normativa

En el artículo 44. Áreas Protegidas del Nivel Distrital: Parques Ecológicos

Distritales.

Se propone la siguiente modificación:

Reemplazar el término de “parques” cuando se refiere a humedales, por el de “áreas

ecológicas de humedales”. Lo anterior en razón a que el término “parque” puede

exponer los humedales a usos activos intensos que alteren o deterioren la biodiversidad

que habita en ellos.

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b) Recomendaciones

El suelo de protección entre las carreras 60 y 66 A y calles 26 y 53, debe incluirse

en un subprograma del POT, destinado a la creación de aulas vivas que tenga

como función impulsar procesos de investigación, educación e intercambio de

saberes que no deterioren sus condiciones ambientales. En tal sentido, las aulas

vivas no implicarán la urbanización del suelo, ni su destinación para la construcción

de infraestructura dotacional y de servicios.

5.9. Aulas Vivas

a) Propuesta normativa

En el artículo 27. Suelo de protección.

Se propone incluir un numeral que determine lo siguiente:

5. El suelo de protección que se destina a aulas vivas no podrá ser urbanizado, y se

utilizará, exclusivamente para impulsar procesos de investigación, educación ambiental

y cultural e intercambio de saberes.

5.10. Eco urbanismo

a) Propuesta normativa

En el artículo 365. Modalidades de tratamiento de conservación.

Se propone una modalidad 3 que indique lo siguiente:

“3. Conservación eco-urbanística. Esta modalidad aplica para urbanizaciones o

predios que aunque no hagan parte del Patrimonio Cultural Construido, implementarán

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techos verdes, jardines verticales, energías limpias, prácticas agricultura urbana, mini

plantas de tratamiento de aguas residuales, aprovechamiento de aguas lluvias, manejo

y aprovechamiento de residuos sólidos”.

Así mismo, se plantea incluir un parágrafo en el mismo artículo 365 que diga:

“Parágrafo. La modalidad de conservación ecourbanística puede presentarse por

petición de beneficiarios directos, de forma individual o colectiva y su financiación será

de carácter público y/o privado”.

5.11. Hornos incineratorios

a) Propuesta normativa

En el artículo 198. Líneas de proyectos estratégicos para el Sistema general

para la gestión y manejo integral de residuos.

Se propone el siguiente parágrafo:

“Parágrafo 2. Una vez implementado el modelo para poner en marcha el Sistema

general para la gestión y manejo integral de residuos, se incluyan en dicho modelo

los residuos orgánicos domésticos, cuyos excedentes serán reutilizados para la

restauración ecológica del distrito capital”.

b) Recomendaciones

Los residuos sólidos o líquidos que no puedan ser reutilizados o reciclados, se

aglomeren en hornos de incineración y procesos de tratamiento que no afecten la

vida y la salud de los seres vivos.

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5.12. Mitigación de Gases de efecto invernadero.

a) Propuesta normativa

En el artículo 135. Lineamientos para la mitigación de gases efecto invernadero

Incluir en la Subsección 2: Lineamientos de Mitigación frente al cambio climático

en el acápite denominado Construcción el siguiente numeral:

“4. En todos los proyectos urbanísticos nuevos y de revitalización urbana se

implementará la construcción de edificios verdes que incluyan plantas de tratamiento de

aguas residuales, tratamientos de aguas lluvias, techos verdes, energía solar y

utilización de energías limpias, manejo y aprovechamiento de residuos sólidos e

implementación de prácticas de agricultura urbana”.

5.13. Ruralidad

a) Propuesta normativa

En el artículo 468. Criterios de localización de los equipamientos en el área

rural.

Se requiere incluir el siguiente numeral:

“6. La localización de los equipamientos serán priorizadas en áreas objeto del

instrumento de planificación y gestión del borde que incorpore suelos urbanos, rurales y

de expansión”.

En el artículo 435. Objetivos del abastecimiento domiciliario de agua potable

Se requiere incluir el siguiente numeral:

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“7. Los acueductos veredales y comunitarios se declaran como bien comunitario del

distrito capital de Bogotá”.

Así mismo se recomienda modificar el parágrafo así:

“Parágrafo. No se permitirá el uso de agua potable del sistema de acueductos

veredales para usos agrícolas. Los sistemas de captación y conducción de agua para

otros usos, deben tramitarse en forma independiente ante la autoridad ambiental

competente, así mismo, la comercialización del agua debe estar sujeta a concertación,

entre las asociaciones de acueductos veredales y comunitarios junto con la autoridad

ambiental pertinente”.

En el artículo 130. Lineamientos frente al riesgo por desabastecimiento de

agua.

Se propone modificar el parágrafo 1 de la siguiente manera:

“Parágrafo 1. La reglamentación integral del recuso hídrico será establecida por la

Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá, la Secretaría Distrital de Ambiente y

las asociaciones de acueductos veredales, en cumplimiento de las directrices del Plan

Distrital del Agua contemplada en el Acuerdo 347 de 2008 y la Ley 373 de 1997,

ajustándola a condiciones particulares de pequeños y grandes usuarios. La Empresa de

Acueducto y Alcantarillado de Bogotá, debe ofrecer asistencia técnica y transferencia de

tecnologías a las diferentes organizaciones, Juntas de Acción Comunal, y Asociaciones

de acueductos veredales”.

En el artículo 405. Unidad de planificación rural.

Se propone agregar al parágrafo lo siguiente:

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“Parágrafo. …Las Unidades de Planificación Rural serán formuladas en concertación

con los habitantes rurales del sector...”

En el artículo 465. Áreas de producción sostenible.

Agregar al parágrafo lo siguiente:

“Parágrafo. Se incluirán áreas de producción sostenible en las reglamentaciones de las

Unidades de Planificación Rural o en las reservas campesinas en concertación con los

habitantes del sector”.

En el artículo 472. Centro de equipamientos y de servicios.

Modificar el artículo 472 de la siguiente manera:

“Artículo 472. Centro de equipamientos y de servicios. Son áreas donde se

desarrolla principalmente el uso dotacional. Las unidades de planificación rural

identificaran y delimitaran los centros de equipamientos y de servicios”.

Así mismo agregar lo siguiente:

“Son centros de equipamientos y de servicios”:

- Vereda Arrayanes- Argentina

- Vereda Las Margaritas

- Las demás que se reglamenten en las Unidades de Planificación Rural

En el artículo 444. Clasificación de las vías rurales.

Agregar en el listado de vías rurales principales los siguientes numerales:

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“Las vías principales rurales son:”

xxi. El Destino – Calderitas – Chipaque – Une

xxii. Usme – Requilina - Uval- Avenida Villavicencio

xxiii. Unión – Hato - Andes

xxiv. Chisacá - Colorado - Pasca

xxv. Corinto - Chipaque -¨Une

En el artículo 134. Lineamientos generales de adaptación al suelo rural.

Agregar un numeral que indique lo siguiente:

“h. promocionar una estrategia de corresponsabilidad social con los habitantes rurales

del sector.”

En el Artículo 458. Manejo de sistema de recolección, tratamiento y disposición

final

Se propone ajustar el numeral 2 de la siguiente manera

2. Para los centros de equipamientos y de servicios: Se implementarán sistemas

alternativos e coeficientes como pozos secos, pozos sépticos con lechos filtrantes o

sistemas similares y/o Planta de Tratamiento de Aguas Residuales – PTAR, y serán

concertados con las Juntas Administradoras de Acueductos Veredales, a fin de

remplazar los existentes.

En el Capítulo VI. Instrumentos de planeación, gestión y financiación.

Subcapítulo II. Instrumentos de gestión y financiación.

Se propone agregar un artículo nuevo que indique lo siguiente:

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“Artículo (…). Unidad de actuación agro-ecológica. Son funciones de la Unidad de

actuación agro-ecológica financiar por medio de incentivos la producción sostenible y la

conservación y preservación de ecosistemas estratégicos en el sector rural.”

b) Recomendaciones

Crear la Unidad de Reacción Inmediata de Control del Suelo, la cual buscará

fortalecer la norma en torno al proceso de cierre y abandono de la actividad

extractiva.

Crear la Unidad Distrital de Transferencia de Tecnología Limpia Agropecuario

(UDTLA) adscrita a la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, la cual se

descentralice en Unidades Locales de Transferencia de Tecnología Limpia

Agropecuaria (ULTLA) y sus funciones serán:

1. La Transferencia de tecnologías limpias agropecuarias reemplazando el modelo de

gestión rural de atención técnica agropecuaria, la reglamentación de las mismas

debe realizarse en concertación con los habitantes del sector rural.

2. Regular y controlar los usos condicionados y prohibidos del suelo rural.

c) Recomendaciones para la incorporación de un capitulo de programas y

subprogramas que sustenten las prioridades ambientales, rurales y regionales.

Se propone la siguiente estructuración normativa para este capitulo:

TITULO IV. PROGRAMAS DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

Artículo (…). Programa de ruralidad humana. El objetivo del programa es contribuir a

la reducción de los desequilibrios y la segregación territorial, sociocultural,

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socioeconómica y ambiental de los campesinos con altos niveles de marginalidad social

y precariedad en las condiciones de la vivienda y el entorno, mediante acciones

integrales y articuladas, dirigidas al mejoramiento, revitalización rural, la inclusión social,

la sostenibilidad ambiental, la prevención y control del crecimiento urbano informal y la

consolidación de centro poblados rurales, con el propósito de mejorar la calidad de vida

de los habitantes rurales.

Artículo (…). Estrategias. Las estrategias planteadas para el programa de desarrollo

rural son las siguientes:

a. Participación ciudadana activa para la implementación de este programa de

generaran estrategias de concertación en las estepas de planeación; diagnostico,

prospectiva, formulación, implementación y evaluación, garantizando la aplicación de

forma eficaz y eficiente para los propósitos de este plan, y respetando las

autonomías y determinaciones de los campesinos de la zona rural.

b. Coordinación del Programa Seguridad Alimentaria, Corresponde a las Secretarías

Distritales de Salud, de Ambiente, Desarrollo Económico, del Hábitat y de Integración

Social, asumir la coordinación del Programa de la presente política, denominado:

Seguridad Alimentaría, con el apoyo de las demás entidades y sectores que hacen

parte del Comité Intersectorial de Desarrollo Rural.

Parágrafo1. La Secretaría Distrital de Desarrollo Económico ejercerá las funciones de

coordinación del Programa de Mejoramiento Integral.

Parágrafo 2. En el ámbito de operación del programa de mejoramiento integral, las

actuaciones integrales serán financiadas principalmente con recursos públicos, ya sea

por fuentes del presupuesto público.

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Parágrafo 3. Cada administración definirá en el programa de ejecución del respectivo

Plan de Desarrollo y las áreas objeto de intervención del Programa de desarrollo rural.

Artículo (…). Subprogramas de desarrollo rural. El programa de desarrollo rural se

implementa a través de los siguientes subprogramas:

Subprograma de promoción y diversificación productiva

Subprograma de mejoramiento de vivienda y hábitat rural

Artículo (…). Subprograma de promoción y diversificación productiva, es la

estrategia de implementación de la normativa rural tendiente a la conversión tecnológica

y prohibición de agroquímicos, además de permitir las estrategias de adaptación al

cambio climático en el área rural.

Objetivo: Generar las condiciones necesarias para Los cultivos asociados a la

seguridad alimentaria, en coordinación con otros entes territoriales, a través de sistemas

agro-ecológicos que disminuyan la vulnerabilidad de la población campesina.

En este artículo se recomienda lo siguiente:

El sector o sectores de la Administración referentes a los temas de ruralidad del

distrito tendrán que definir tomando en cuenta, la política pública de ruralidad, el plan

de gestión rural, las estrategias de implementación de este programa en

coordinación con la Secretaria Distrital de Desarrollo Económico.

Realizar el acompañamiento a las comunidades en la gestión, formulación y

desarrollo de proyectos de gestión asociada por parte de las diferentes Entidades del

Distrito, según sus competencias.

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Generar un banco de proyectos, que permita articular las actuaciones formuladas por

las comunidades en conjunto con la Administración Distrital y con el sector privado,

teniendo como garante al sector público, con el fin de lograr la financiación y

desarrollo de dichas actuaciones.

La Implementación del apoyo técnico agropecuario deberá ser complementado con

la transferencia tecnológica agro-ecológica.

La Generación de instrumentos y escenarios de participación ciudadana para

adelantar procesos de concertación e inclusión en los proyectos de reconversión

tecnológica y agricultura orgánica.

Artículo (…). Subprograma de mejoramiento de vivienda y hábitat rural. Se propone

priorizar la intervención para el mejoramiento de salubridad, condiciones paisajísticas de

la finca y adecuaciones de infraestructura tendientes a garantizar la sostenibilidad agro-

ecológica de la finca.

Mecanismos de priorización: la secretaria distrital de hábitat definirá las veredas a

intervenir desde las reglamentaciones concertadas con las comunidades de las

Unidades de Planeación Rural.

Artículo (…). Estrategias. El Subprograma de mejoramiento de vivienda y hábitat rural,

se desarrollará a través de las siguientes estrategias:

a. Definir un marco de actuación interinstitucional para lograr la efectiva cooperación de

las entidades distritales, en el cumplimiento de las funciones a cargo de las

localidades, en relación con el control del desarrollo urbano y el uso del suelo, para

la prevención de asentamiento humanos en centro poblados del área rural.

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b. definir de manera concertada las zonas a mejorar con las ULATA o quien las

remplace en sus funciones y competencias, con los habitantes de las veredas, los

centros poblados y la comunidad rural en general.

Artículo (…). Programa de espacio de agua. Su objetivo es consolidar la estrategia

de recuperación de espacios de agua, construyendo capacidad bióticas, investigativas y

de educación áreas ecológicas de humedales y en espacios de agua como aulas vivas.

Artículo (…). Estrategias. Las estrategias para el programa de desarrollo de espacios

de agua son las siguientes:

a. Participación ciudadana activa. Se consultara con las comunidad habitantes de los

humedales, las comisiones de ambiente locales y el consejo consultivo de ambiente

que tiene articulación con la mesa de humedales, estos construirán la hoja de ruta

del programa en conjuntos con las entidades competentes.

b. Coordinación del Programa espacios de agua. Corresponde a la empresa de

acueducto y alcantarillado de Bogotá, secretaria distrital de Ambiente, del Hábitat y

de Integración Social.

Parágrafo. La Secretaría Distrital de Ambiente ejercerá las funciones de coordinación

del Programa de espacios de agua.

Artículo (…). Subprograma de revitalización de humedales. La prioridad del

programa es generar Caudal ecológico limpio a los cuerpos de aguas de los humedales

del distrito capital mejorando sus condiciones biofísicas.

Coordinación interinstitucional: Corresponde a la Empresas de Acueducto y

Alcantarillado de Bogotá y Secretaria Distrital de Ambiente, para lo cual se implementara

un estudio técnico que tenga encuentra las características, bióticas y biofísicas del

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humedal, determinando así la intervención necesaria para conectar un caudal ecológico

de un afluente al humedal.

Artículo (…). Programa de integración regional. Este programa busca fortalecer la

estrategia de articulación productiva regional y priorizar la construcción de los bordes

urbanos rurales. Sus objetivos serán los siguientes:

Generación de un comercio justo para la competitividad de las áreas rurales del

Distrito con las áreas urbanas - municipios y departamentos

Integración de la producción agrícola y pecuaria a redes de seguridad alimentaria

regional y sistemas de seguridad alimentaria

Vinculación de la productividad rural con los convenios de abastecimiento de

productos regionales y el trabajo en red.

Integración de las economías rurales locales para afianzar la competitividad regional.

Estrategia general. Se determinarán las actuaciones del Programa de integración

regional en el marco del Plan Estratégico Exportador Regional y las cadenas productivas

definidos en el artículo 4. Áreas de actuación estratégica en el marco de las agendas

para la integración regional, el numeral 1. Gestión de proyectos económicos regionales.

Artículo (…). Subprograma de bordes urbano rurales. Este subprograma responde a

la necesidad prioritaria de una ciudad compacta, su objetivo se el de desarrollar el uso y

dotación de equipamientos en las áreas comprendida por el instrumento de planificación

y gestión del borde, como también de los corredores ecológicos de transición rural.

Estrategias:

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Para el borde sur de la ciudad, será el marco de implementación del Subprograma de

bordes urbano rural el plan de planificación y gestión del borde, previa concertación con

los habitantes de la URP río Tunjuelo.

Se concretarán los equipamientos propuestos en el borde sur con una estrategia de

concertación realizada a los 3 meses siguientes de la entrada en vigencia de la norma

rural del POT.

Artículo (…). Subprograma de soberanía alimentaria, este subprograma responde a

la implementación de la soberanía alimentaria como una estrategia de ciudad región.

Objetivo: Se implementara como mega proyecto la construcción de plataformas

agroalimentarias en las localizaciones de zonas francas.

Estrategias:

a. Determinar la acciones de comercialización con las 19 plazas de mercado del distrito

capital y buscando alianzas comunitarias / privadas donde la administración se

garante de los derechos del campesinado, y se utilizarán las plataformas

agroalimentarias como mecanismos de soberanía alimentaria regional.

b. La estrategia de producción se llevará a cabo de forma prioritaria con las Reserva

campesinas de producción agro-ecológica, las zonas de reserva campesina y las

zonas de producción sostenible y las zonas para la reconversión productiva y

tecnológica, impulsando la creación de la Unidades Agrícolas Familiares.

c. Priorizar la promoción desde la administración, garantizando la soberanía de

semillas, impulsando de esta forma cultivos nativos y producción sostenibles

diversificada.

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d. Generar alianzas con redes de producción en la región en función de las piezas de

comercialización distrital (plazas de mercado) incentivando la soberanía alimentaria

regional.

5.14. Recomendaciones para la implementación de un modelo económico de

ciudad en el POT

Diseñar el mapa de diversificación económica, según la cual son 173 puntos en toda la

ciudad, enlazando los centros de economía popular que pueden ser de las antiguas

centralidades, como también pueden estar caracterizados a partir de las aglomeraciones

económicas y ser una operación estratégica localizada de forma precisa.

El plano anterior, debe ser complementado con el mapa de soberanía alimentaria, el

cual estará constituido por las 19 plazas de mercado, entendidas como piezas de

comercialización agraria y las zonas de reserva campesina como piezas de producción

agrícola, las cuales en su conjunto son la estrategia que la ciudad puede implementar

de forma interna.

Por lo tanto, se hace necesario incentivar la integración regional con un megaproyecto

de plataformas agroalimentarias, localizadas en las áreas proyectadas como zonas

francas en relación al aeropuerto, donde están ubicadas dos áreas en los municipios

vecinos, en los límites entre chía y Usaquén, donde también hay una área destinada

para este propósito, en el municipio de Soacha y por último en la localidad de Usme.

Estos municipios deben de ser tratados de forma prioritaria con proyectos de

declaratorias de áreas metropolitanas para que estas traten con los contratos plan como

marco y sea enfocado como un megaproyecto de soberanía alimentaria de la ciudad.

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Este megaproyecto será la base para la identificación de cadenas alimentarias de la

región con la ciudad, posibilitando a futuro la estrategia de soberanía alimentaria

regional.

5.15. Propuesta de parques para deportes extremos

a) Propuesta normativa

En el artículo 225. Lineamientos y normas generales aplicables a los Parques

de la Red General.

Se propone incorporar lo siguiente:

“Los parques para deportes extremos se implementarán teniendo en cuenta lugares de

la ciudad que cumplan con las condiciones técnicas para su desarrollo, que estén

ubicados en diferentes puntos de la ciudad, al menos uno por localidad. Se

reglamentará el uso de estos parques y las restricciones de estas prácticas en zonas

públicas que perturben la vida residencial y la movilidad”.

En el artículo 226. Identificación de los parques que conforman la Red General

Se propone el siguiente parágrafo:

“Parágrafo. Se incluirán parques de deportes extremos como parques metropolitanos y

de escala local, el plan director del Instituto Distrital de Recreación y Deporte, entidad

que determinará los espacios para esta categoría”.

5.16. Política de gestión y manejo de borde rural- urbano

a) Propuesta normativa

En el artículo 28. Perímetros del Suelo Urbano.

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Se propone el siguiente parágrafo:

“Parágrafo. Una vez proferido el fallo del Consejo de Estado, las áreas no ocupadas al interior de la Fuerzas .Armadas, mantendrán su clasificación como suelo rural y de protección y se definirá su categoría al interior de la Estructura Ecológica Principal, como Corredor Ecológico Regional de los Cerros Orientales y se estructura el pacto de borde de acuerdo con los estudios que para tal efecto desarrolle la Secretaría Distrital de Ambiente con la autoridad competente del área rural”.

b) Recomendaciones

Definir como estrategia de contención de borde oriental de la ciudad, el Corredor Ecológico Regional de los Cerros Orientales, como el pacto de borde, para el ordenamiento de la Franja de Adecuación una vez se expida el fallo del Consejo de Estado.

En la política de Gestión del Manejo del Borde Rural, deberían aparecer claramente establecidos los Pactos de Borde como estrategias de gestión.

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6. MOVILIDAD, EQUIPAMIENTOS E INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS

Luego de revisar el Proyecto de Acuerdo de la Modificación Excepcional del Plan de

Ordenamiento Territorial, en lo concerniente a los Sistemas de Movilidad, Equipamientos

e Infraestructura y de Servicios Públicos, propuestos en la Estructura Funcional y de

Servicios, así como en otras disposiciones contenidas en el proyecto de articulado en

relación con los temas anteriores, el Consejo Territorial de Planeación Distrital considera

fundamental se tengan en cuenta las siguientes recomendaciones:

6.1. Recomendaciones para el sistema de movilidad

Acatar los lineamientos definidos en el Decreto 1660 de 2003: “Por el cual se

reglamenta la accesibilidad a los modos de transporte de la población en general y

en especial de las personas con discapacidad”, incorporando en el proyecto de

articulado de la modificación excepcional del POT, los requisitos que deben cumplir

los sistemas de movilidad para la accesibilidad de las personas con discapacidad.

Construir y ubicar plataformas logísticas de cargue y descargue de tractomulas y

camiones en zonas urbanas que no obstruyan la movilidad, para lo cual deben

ubicarse en zonas periféricas en las principales entradas a la ciudad, en donde

surtan a los vehículos de menor capacidad para su distribución, tal como lo establece

el Plan Maestro de Movilidad. Así mismo la distribución de mercancías y alimentos

se debe hacer en horas de la noche, impulsando actividades económicas nocturnas

en los establecimientos comerciales e industriales.

Se recomienda que la ubicación de los centros para el ordenamiento y manejo

logístico de la carga tenga como criterio las centralidades.

Adicionalmente, en aras de mejorar la interconexión regional, se requiere que las

principales avenidas de ingreso a la ciudad, las cuales no cuentan con la

infraestructura suficiente para soportar y facilitar el acceso de carga pesada, sean

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objeto de reconstrucción, adecuación y ampliación especialmente en las Calles 13 y

80, la Avenida Longitudinal de Occidente de la Calle 13 a la calle 90 y las Autopistas

Sur y Norte.

Llevar a cabo un proceso de reglamentación, formalización y ordenamiento de

Bicitaxis que contribuya a mejorar su utilidad y funcionalidad para el transporte

público de la ciudad. Su implementación se hará únicamente en las zonas de la

ciudad donde el transporte público sea deficiente.

Fortalecer las medidas para la operación del transporte de población escolar, adulto

mayor y con discapacidad, garantizando que los vehículos cuenten con condiciones

técnico-mecánicas, que sean regulados por sistemas de monitoreo y que cumplan

con condiciones idóneas de calidad para el uso de estas poblaciones.

Construir y terminar las orejas de los puentes vehiculares que hacen falta, a fin de

solucionar las problemáticas de interconexión de las avenidas.

Completar la interconexión y consolidación de la red de ciclorutas para toda la

ciudad.

Las rampas de andenes y deprimidos peatonales deben quedar al mismo nivel entre

la vía y el anden con una inclinación máxima de treinta grados (30°). Así mismo, es

necesario que los separadores en las vías dobles y arteriales en las zebras queden a

ras con el pavimento para facilitar la movilidad de personas con discapacidad.

Incorporar los lineamientos del Decreto Nacional 1538 del 2005, a fin de exigir y dar

cumplimiento a las medidas que garantizan la adecuada accesibilidad y movilidad de

las y los peatones.

La intervención de la malla vial local en caso de construcción, mantenimiento y

recuperación, debe garantizar el acceso y circulación de vehículos para atención de

emergencias y no debe estar supeditada en su condición óptima de movilidad a la

definición de peatonal/vehicular por la tipología de vía.

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Los artículos 190, 191, 192 en concordancia con el articulo 424 en lo pertinente a los

peajes urbanos considerados en el Proyecto de Acuerdo de Modificación del

Excepcional del POT 2013, son abiertamente contrarios u opuestos a la voluntad de

la ciudadanía que durante las oportunidades que ha sido analizado el tema en el

Honorable Concejo de Bogotá, han influenciado para que no se implementen nuevas

alcabalas, toda vez que el articulado es ambiguo y disemina los ingresos en

variados objetos, entre ellos el sistema integrado de transporte publico, servicio que

debe ser autosostenible.

Llama la atención que la Administración Distrital en el lapso de tiempo de sus

funciones, siempre ha expresado su intención de institucionalizarlo bajo la figura de

“Peajes en Sectores Específicos” mediante el cobro por congestión al vehiculo

particular, concepto diferente al de “Peajes en Corredores Viales”, que incluye

además del vehiculo privado a los transportes especializados de carga. Este último

fue incorporado al texto entregado al C.T.P.D. en el mes de febrero. Queda la duda

si los “Peajes en Corredores Viales” es uno de los instrumentos para proyectar e

implementar las futuras autopistas urbanas.

Es de recordar que el peaje como tasa que se abona por todo vehiculo automotor a

partir de la circulación determinada como vía-camino-sendero o pontón, debe tener

una destinación muy precisa, indicando los gastos de construcción, y de ser el caso,

el mantenimiento y la administración de los caminos o componente viales que se

intervendrán con dichos recursos.

6.2. Recomendaciones para infraestructura y equipamientos

Reconsiderar la construcción del Anillo Vial del Norte, Anillo Vial del Sur y las

intersecciones para la interconexión regional.

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Formular e implementar el Plan Maestro de Equipamientos Comunales a cargo de la

entidad responsable, incorporando de forma explícita las políticas, objetivos,

estrategias, los proyectos y metas de largo, mediano y corto plazo.

Establecer el servicio de baños públicos y privados de acceso gratuito, en todos los

establecimientos donde se atienda, concentre y circule público. Será fundamental

que el diseño de la infraestructura diferencie los baños de mujeres con los de

hombres, incluyendo las condiciones técnicas necesarias para las personas con

discapacidad y por talla, por ejemplo Supercade de la carrera 30 con calle 26.

Incorporar los lineamientos de la Resolución 1527 de 2012 del Ministerio de

Ambiente y Desarrollo Sostenible, con relación a las actividades de bajo impacto

ambiental y que además generan beneficio social, que permitan atender

necesidades y problemáticas de la población ubicada en áreas de reserva forestal,

sin que con esto sea necesario la sustracción del área.

Determinar los mecanismos e instrumentos que fijen lineamientos y condiciones para

el restablecimiento de los Derechos de aquellas personas que por habitar o circular

en lugares de alta concentración de población (Por ejemplo colegios, jardines

infantiles, iglesias, cementerios, etc.), conexa a equipamientos que por su operación

y condición les han generado problemáticas por riesgo y alto impacto (Por ejemplo

hospitales, estaciones de bomberos, estaciones de policía, las bodegas de reciclaje,

etc.). Así mismo, se debe corregir los impactos que también se generan a los lugares

señalados como de alta concentración de población.

6.3. Recomendaciones para servicios públicos

Garantizar que se suministre cobertura total de agua potable a toda población

habitante del Distrito Capital (Rural - urbana) y se garantice el acceso digno de las

personas al saneamiento básico.

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En defensa y garantía de lo público como bien de todas las personas de Bogotá,

propugnar por el manejo público (Ni privado, ni mixto) de las empresas de servicios

públicos (Energía y gas natural)

Buscar la alternativa más eficiente y económica posible a la planta de tratamiento de

aguas residuales Canoas.

Definir una política de uso eficiente del agua, reutilización de aguas grises

(Lavamanos, duchas, lavaplatos y lavadoras) y cosecha de aguas lluvias.

Incentivar a través de política pública el desarrollo y uso de energías alternativas

Implementar una política en el marco de la urgencia manifiesta para desarrollar

alternativas en la disposición de basuras y residuos de la Capital, que sustituyan a

los rellenos sanitarios.

Implementar una política social para llevar gas natural a las viviendas de los centros

poblados del Distrito Capital.

Actualizar la reglamentación en cuanto al uso de las aguas subterráneas y de los

acuíferos de la ciudad.

Agilizar la implementación de la política de corto plazo para la construcción del cien

por ciento del alcantarillado pluvial en la ciudad.

Con relación al artículo 484 del Proyecto de Articulado: Zonas de Reserva

Campesina “ZRC”, es necesario precisar ¿Si es una idea relacionada con la Ley 160

de 1994 o ha surgido de los diálogos que se vienen desarrollando en la Habana

Cuba, adecuando el marco del ordenamiento territorial a lo resultante del proceso de

paz?

Dado que lo anterior ha provocado la preocupación a las localidades con áreas

rurales, como son: Usaquén, Chapinero, Santa Fe, San Cristóbal, Ciudad Bolívar,

Suba y Usme.

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6.4. Propuestas normativas para servicios públicos

En el artículo 214, Parágrafo 3.- “Las estaciones de telecomunicaciones

inalámbricas se podrán…”

Modificar el artículo 214 en los siguientes términos:

“Prohibir la instalación de las estaciones de telecomunicaciones inalámbricas en

zonas de uso residencial, independiente de lo establecido en el artículo quinto (5) de

decreto 676 de 2011, en cuanto a su localización”.

Lo anterior se debe atender con fundamento en las múltiples jurisprudencias de la

Corte Constitucional, particularmente en el fallo aludido en la Sentencia T-1077 de

2012, en la cual consagra que la exposición de los seres humanos a las ondas

electromagnéticas produce efectos nocivos para la salud de la población más

vulnerable, en especial de los niños, las niñas y los adultos mayores.

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CONCLUSIONES

En el Marco del Proceso Modificación Excepciona de Plan de Ordenamiento Territorial

2013 el Consejo Territorial de Planeación Distrital, logró un trabajo mancomunadamente

con las organizaciones sociales, poblacionales, territoriales y económicas, así como con

las Secretarías y entidades adscritas y vinculadas del Distrito Capital. Lo anterior, desde

una perspectiva humana, permitió comprender desde los diversos ángulos realidades

complejas y múltiples intereses, que desde estas miradas se evidencian en los

territorios, no obstante, nos preocupa la lectura que las entidades hacen de la

ciudadanía y sus territorios, pues veces parecieran no estar articuladas o que

corresponderían a diferentes modelos de ciudad.

La ciudadanía ve desde los diferentes territorios, prácticas y vivencias, la importancia de

la construcción colectiva de esta modificación al ordenamiento del territorio, lo que

permitió en esta ocasión, un gran avance en la reconstrucción de confianzas para la

formulación de un modelo de desarrollo que tiene nuevos retos, nuevos usos, nuevos

pobladores y que sumado al medio ambiente y el patrimonio, requería la ciudad como

apuesta colectiva a un futuro cambiante, en el que además, será imperativo generar

nuevos instrumentos y herramientas acordes con el tiempo. En este sentido, se requiere

una necesaria articulación institucional para optimizar acciones y recursos con impacto

social en el territorio.

Del actual proceso se puede concluir que los aportes y recomendaciones, sustentados

en la emisión del concepto del Consejo Territorial el pasado mes de diciembre de 2012,

fueron la base para que la Administración Distrital contará con elementos, desde la

ciudadanía y la sociedad civil, para hacer los ajustes que dieron lugar a la propuesta de

modificación presentada en el mes de diciembre por el Alcalde Mayor de Bogotá,

Gustavo Petro Urrego, para análisis, debate y construcción de propuestas por parte de

la ciudadanía.

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No obstante, la adecuada implementación del Plan de Ordenamiento Territorial requiere

para su éxito de elementos definitivos. Uno de estos tiene que ver con la necesidad de

ajustar el Código de Policía a los requerimientos que exigen las estrategias de esta

propuesta de POT, para que su ejecución genere los resultados que se esperan por la

ciudadanía y que son necesarios para avanzar hacia el modelo de ciudad propuesto.

Así mismo, se requiere con urgencia contar con Curadurías Urbanas que cuenten con la

capacidad instrumental y normativa para focalizar sus competencias y funciones desde

una mirada territorial de su labor. Esto implica descentralizar y territorializar las

Curadurías a partir de criterios no solo urbanísticos, sino además sociales y

ambientales, que le permitan contar con más elementos de conocimiento territorial.

Es de resaltar que el proceso de participación en la formulación de esta modificación al

plan de ordenamiento de la ciudad, no se debe agotar con las discusiones realizadas en

lo corrido de este año y anteriores, sino que requiere dar continuidad a un proceso de

participación, diálogo, pedagogía y control social para el desarrollo del Plan y sus

diferentes instrumentos. Por lo tanto, no se debe perder de vista el alcance que debe

tener la ciudadanía en las decisiones que se tomen en torno al futuro de la ciudad.

En este mismo sentido la ciudadanía requiere en conjunto con el Consejo Territorial de

Planeación distrital y la Administración, avanzar hacia un cambio cultural, propio de un

proceso de modernidad en las prácticas sociales, ambientales y económicas y no solo

conformarse con la modernización física y urbanística, pues son los seres humanos

quienes hacen el territorio en armonía con los elementos y recursos que éste le brinda.

La mezcla de usos es una oportunidad para generar nuevas relaciones sociales que

contribuyan a comportamientos ciudadanos orientados a mejorar la convivencia y el uso

de espacios públicos en torno al desarrollo de prácticas hacia la paz y la equidad.

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Finalmente, es necesario reflexionar y adelantar un proceso que conlleve a la

formulación de un nuevo Plan de Ordenamiento Territorial, que responda a las

necesidades y retos de la ciudad. Para esto será necesario seguir adelantando acciones

conducentes a lograr un verdadero desarrollo sostenible con inclusión, equidad e

igualdad.