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Calzada Iberoamericana 2255 CP 27020 Torreón, Coahuila 871 / 705 10 10 Fax 871 / 705 10 80 www.lag.uia.mx Acapulco Cd. de México Guadalajara León Oaxaca Puebla Tijuana Torreón Centros de Extensión: Monterrey Saltillo Universidad Jesuita en La Laguna Comunicación Oficial Número 132 / Abril 2009 CONSEJO EDUCATIVO Sesión 222 Fecha: 18 de marzo de 2009 ACUERDO PRIMERO. Elección de los miembros de la Comisión Disciplinaria. En cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 96 y 97 del Estatuto Orgánico, el Consejo Educativo en la asamblea general 222 de fecha 18 de marzo de 2009, fueron designados los integrantes de la Comisión Disciplinaria. La lista de quienes conforman dicha comisión es la siguiente: Lic. Carlos Gregorio Ramírez Hernández Mtra. Zaide Seañez Martínez Mtra. Margarita Torres Rodríguez Mtra. Sonia Cadena Salazar Mtra. Elsa Lorenia Robles Lliteras FORMACIÓN UNIVERSITARIA Y HUMANISTA DE LA LAGUNA A. C. En asamblea ordinaria y extraordinaria de fecha 24 de marzo de 2009 se tomaron los siguientes acuerdos: ACUERDO PRIMERO. Nombramiento del Rector La asamblea de FOUHLAC reunida en sesión extraordinaria de fecha 24 de marzo del año en curso, en uso de las facultades que le confiere

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CalzadaIberoamericana 2255

CP 27020Torreón, Coahuila

871 / 705 10 10Fax 871 / 705 10 80

www.lag.uia.mx

Acapulco

Cd. de México

Guadalajara

León

Oaxaca

Puebla

Tijuana

Torreón

Centros

de Extensión:

Monterrey

Saltillo

Universidad Jesuitaen La Laguna

Comunicación OficialNúmero 132 / Abril 2009

CONSEJO EDUCATIVO

Sesión 222Fecha: 18 de marzo de 2009

Acuerdo primero. elección de los miembros de la comisión disciplinaria.

En cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 96 y 97 del Estatuto Orgánico, el Consejo Educativo en la asamblea general 222 de fecha 18 de marzo de 2009, fueron designados los integrantes de la Comisión Disciplinaria.

La lista de quienes conforman dicha comisión es la siguiente:Lic. Carlos Gregorio Ramírez HernándezMtra. Zaide Seañez MartínezMtra. Margarita Torres RodríguezMtra. Sonia Cadena SalazarMtra. Elsa Lorenia Robles Lliteras

FORMACIÓN UNIVERSITARIA Y HUMANISTA DE LA LAGUNA A. C.

En asamblea ordinaria y extraordinaria de fecha 24 de marzo de 2009 se tomaron los siguientes acuerdos:

Acuerdo primero. Nombramiento del rector

La asamblea de FOUHLAC reunida en sesión extraordinaria de fecha 24 de marzo del año en curso, en uso de las facultades que le confiere

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el artículo vigésimo octavo de sus estatutos, con fundamento en el inciso e) del artículo doce del Estatuto Orgánico de la Universidad y tomando como base el PROCEDIMIENTO ORDINARIO PARA EL NOMBRAMIENTO DE REC­TOR DE UNIVERSIDAD EN EL SISTEMA UNIVERSITARIO JESUITA aprobado por el Consejo de Educación Superior del mismo Sistema Universitario Je­suita, decidió por unanimidad de votos de los asociados presentes, nombrar al Ing. Héctor Manuel Acuña Nogueira S. J., como Rector de la Universidad Iberoamericana Torreón por un período de cuatro años, el cual comenzará a partir del día 24 de abril del año en curso. Esta decisión fue debidamente notificada el día 25 de marzo del presente al Padre Carlos S. Morfín Otero, S. J., Provincial de la Provincia Mexicana de la Compañía de Jesús en México.

Acuerdo SeguNdo. elección del presidente.

La asamblea de FOUHLAC reunida en sesión extraordinaria de fecha 24 de marzo del año en curso, en uso de las facultades que le confiere el artículo trigésimo tercero de sus estatutos, reeligió para un nuevo período de cuatro años al Mtro. Felipe de Jesús Espinosa Torres, S.J. como Presidente de la aso­ciación.

Acuerdo tercero. elección del Secretario.

La asamblea de FOUHLAC reunida en sesión extraordinaria de fecha 24 de marzo del año en curso, en uso de las facultades que le confiere el artículo trigésimo noveno de sus estatutos, reeligió para un nuevo período de cuatro años al Lic. Marco Antonio Morán Ramos como Secretario de la asociación.

COMITÉ ACADÉMICO DE DEPARTAMENTOS En la sesión No. 373 del Comité Académico de Departamentos de la Universi­dad Iberoamericana Torreón, celebrada el martes 3 de marzo de 2009 a las 11 horas en el aula Rafael Arocena, se llegó a los siguientes acuerdos:

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Acuerdo primero. Se aprueba el reglamento del centro de Lenguas y culturas.

Acuerdo SeguNdo. Se aprueba el reglamento del centro de comunicación educativa.

Acuerdo tercero. Se aprueba el documento de la taxonomía de Funciones Académicas.

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ceNtro de LeNguAS Y cuLturAS

r e g L A m e N t o22/10/2008

EL PRESENTE REGLAMENTO HA SIDO REALIZADO EN TRABAJO DE ACA­DEMIA DEL CENTRO DE LENGUAS Y CULTURAS DE LA UNIVERSIDAD IBEROAMERICANA TORREÓN CONFORMADA POR: PATRICIA PIÑA VI­LLARREAL, MARIA ESTHER SILVA CASAS, OLGA ESPINOSA CANO, LAU­RA FAZ DE LOS SANTOS.

Í N d i c e cApituLo i diSpoSicioNeS geNerALeS. ArtículoDe la misión del Centro 1Del objetivo del Reglamento 2De los integrantes del Centro de Lenguas y Culturas 3Del Consejo Técnico 4Del material y equipo de apoyo 5Del Laboratorio de Auto Acceso 6De la admisión a Idiomas 7De los programas de Idiomas 8De las obligaciones del personal docente 9De las evaluaciones 10Del equipo y material para profesores 11De las obligaciones y derechos de los alumnos 12De los requisitos mínimos para acreditar el curso/nivel 13De la acreditación del requisito del idioma inglés. 14

cApituLo ii regLAmeNto deNtro deL LABorAtorio de Auto AcceSo de idiomAS (LAddi) ArtículoDel objeto del reglamento. 15Del acervo bibliográfico y del material didáctico del LAADI 16

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Del horario de servicio. 17De los bienes propiedad de los usuarios. 18Del acceso y salida en LAADI. 19De los salones de clase dentro del laboratorio y salón Toefl. 20De los servicios de LAADI. 21De las infracciones. 22De las sanciones. 23

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cApituLo i diSpoSicioNeS geNerALeS.

Artículo 1. de la misión del centroEl Centro de Lenguas y Culturas (CLC) de la Universidad Iberoamericana To­rreón, consciente de la importancia que tienen los idiomas en la preparación de seres integrales capaces de hacer frente a los retos del mundo contemporáneo, tiene como misión desarrollar en el estudiante conocimientos y habilidades para comunicarse eficientemente en el idioma de su elección, desarrollando destrezas de pensamiento crítico, valorando su propia cultura y respetando las diferencias culturales de otros pueblos, dentro del espíritu del Ideario, Misión y Visión de la UIA Torreón.

Artículo 2. del objetivo del reglamentoEste reglamento tiene como objetivo establecer las bases y normas en la ope­ración a la que habrán de sujetarse profesores, personal administrativo y usua­rios del CLC, a fin de poder ofrecer un óptimo servicio, manteniendo el Centro en las mejores condiciones.

Artículo 3. de los integrantes del centro de Lenguas y culturasEl Centro de Lenguas y Culturas está conformado por:Un(a) Coordinador(a).El personal académico de tiempo.El personal académico de asignatura.El personal administrativo.Los alumnos de la UIA.Los alumnos inscritos en idiomas.

Artículo 4. del consejo técnico El CLC cuenta con un Consejo Técnico integrado por el Coordinador por ofi­cio, un maestro de planta, un maestro de asignatura y dos alumnos inscritos en cualquiera de los programas del Centro, cuyas funciones y atribuciones se en­cuentran determinadas en el Reglamento de Consejos Técnicos de Centros.

Artículo 5. del material y equipo de apoyoEl CLC cuenta con material y equipo de apoyo para las actividades docentes, mismo que está a disposición de los profesores del CLC, debiendo ajustarse al

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registro de préstamos existente para su control. En caso de pérdida del equipo o material, el responsable tendrá la obligación de reponerlo.

Artículo 6. del Laboratorio de Auto AccesoEl CLC cuenta además con un Laboratorio de Auto Acceso de Idiomas. Del uso y reglamento del mismo se menciona en el capítulo segundo del presente reglamento.

Artículo 7. de la admisión a idiomasPara poder ser admitido en el Centro de Lenguas y Culturas, se deben cubrir los siguientes requisitos.

Llenar solicitud de admisión acompañada de copia del acta de nacimien­1. to y fotografía reciente.Presentar examen de ubicación.2. Presentar recibo de pago en Caja.3. Podrán inscribirse a Idiomas alumnos de la UIA, externos de 7 años en 4. adelante, profesores y personal administrativo de la UIA.

Artículo 8. de los programas de idiomasLos cursos de idiomas constan de 7 niveles (0 a 6 niveles).1. Los cursos de idiomas son de 64 horas por nivel.2. El curso regular consta de 4hrs/semana en el salón de clase y 1 en LAA­3. DI.El pase mínimo aprobatorio es de 70 puntos.4.

Artículo 9. de las obligaciones del personal docente Son obligaciones de todos los docentes del Centro:

Cumplir con el presente reglamento, el cual le será entregado por la coor­1. dinación al inicio del semestre.Ser puntual, checar la entrada y salida de cada sesión de clase de acuerdo 2. al reglamento de la UIA Torreón y cumplir con el horario establecido de clase (1 hora y 45 minutos como mínimo por sesión 3 horas 30 min. miércoles y sábados). Cumplir con el requisito de asistencia al laboratorio de auto acceso de 3. idio mas (LAADI), con su grupo, según el calendario establecido al prin­cipio de cada semestre. Así mismo, deberá asignar las tareas a realizar en LAADI individualmente por los alumnos, una hora por semana, utili­

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zando el formato existente para tal fin.Planear y realizar una visita guiada con sus alumnos al laboratorio de 4. auto acceso de idiomas (LAADI) a fin de que éstos se familiaricen con el material y logren realizar independientemente las actividades asignadas semanalmente.Hablar en el IDIOMA meta todo el tiempo dentro del salón de clase.5. Respetar en todo momento el programa de estudios y cumplir con los 6. objetivos planteados al inicio del semestre; sin embargo tendrá la libertad de elegir los métodos, situaciones de enseñanza y herramientas de apoyo para impartir su materia.Entregar su programación del curso (guía de aprendizaje) en la fecha de­7. terminada por la Coordinación, en la cual deberá incluir los puntos 12 y 13 mencionados en este reglamento.Dar a conocer la programación del curso (guía de aprendizaje) a sus alum­8. nos, los cuales deberán firmar de enterados, durante la primera semana del semestre.Al terminar su clase el profesor deberá dejar el salón de clase lo más 9. limpio posible y el mobiliario y equipo en su lugar. De igual forma re­portar cualquier situación que exista en el salón al momento de llegar a clase, o bien si existe algún desperfecto que requiera atención de man­tenimiento.Asistir a juntas y talleres programados por el Centro e inscribirse a por lo 10. menos un curso de actualización por semestre.Presentar el examen Toefl institucional y actualizarlo cada dos años. Se 11. entregará una copia del resultado del mismo a la Coordinación.

Artículo 10. de las evaluacionesEl profesor deberá aplicar un examen de diagnóstico durante las primeras 1. dos sesiones del semestre. En caso de observarse algún cambio de nivel, éste deberá plantearse a la Coordinación para su posible autorización pre­vio a cualquier información al estudiante en cuestión durante la primera semana de clases. El profesor deberá pasar lista de asistencia en cada sesión. En la segunda 2. sesión de clases, el profesor deberá entregar a la coordinación la lista de asistencia de su grupo, anotando las irregularidades que en ella detecte tales como alumnos que no se encuentren en su lista y que estén asis­tiendo, así como aquéllos que se encuentren anotados y no se hayan

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presentado.El profesor tiene la libertad de preparar 3. quizzes o evaluaciones parciales (semanales, mensuales). Los exámenes finales serán estandarizados, por lo cual deberá participar en la elaboración de los mismos conjuntamente con otros profesores que impartan el mismo nivel. Los profesores que de­cidan utilizar los exámenes computarizados, deben tomar en cuenta que éstos están enfocados mayormente a reconocer estructuras y vocabulario, cuando el principal objetivo del curso es que el alumno sepa utilizar to­das las habilidades en conjunto.Por lo anterior, deberán agregar una evaluación adicional enfocada a la 4. producción oral y escrita en donde sea evidente que el alumno maneja adecuadamente estructuras y vocabulario de acuerdo a su nivel y objeti­vos planteados.El profesor deberá entregar una copia del examen aplicado en la primera 5. mitad de semestre, así como del examen final a la Coordinación. Una vez que los alumnos y el maestro hayan revisado los exámenes para aclaración y retro-alimentación, y ya firmados por los alumnos, éstos de­berán ser entregados a la Coordinación para su custodia.El profesor estará obligado a rendir informe a la Coordinación incluyendo 6. la lista de calificaciones y los avances programáticos, en las fechas esta-blecidas en el calendario de inicio de cursos.Se deberán aplicar las evaluaciones en tiempo y forma preestablecidos al 7. inicio del semestre.El profesor deberá entregar calificaciones finales personalmente a sus 8. alumnos para aclarar posibles dudas antes de entregarlas a la Coordi­nación y firmar las actas. La aplicación del examen Toefl, (niveles 4, 5 y 6) será en apego al regla­9. mento existente.

Artículo 11. del equipo y material para profesoresEl CLC proporciona a los maestros los libros que habrán de utilizar du­1. rante el semestre. El profesor deberá firmar por ellos cuidando de su buen uso durante el mismo, regresándolo al final del semestre completo. En caso de faltar algún material proporcionado, deberá cubrir el costo del mismo, o bien, deberá reponerlo en un plazo no mayor a quince días.Los profesores del CLC podrán utilizar el material del salón de recursos 2. para profesores, debiendo firmar la tarjeta de préstamo que se encuentra

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en cada artículo. Al final del semestre deberá checar que todo lo que haya solicitado se encuentre de regreso, de lo contrario deberá pagar el importe del mismo, o bien, deberá reponerlo en un plazo no mayor a quince días.El CLC cuenta con grabadoras portátiles para uso exclusivo de los 3. profesores de Idiomas, debiendo firmar en el formato de préstamo de gra­badoras en el que se anotará el día, la hora de salida y el salón en el que la utilizará. Deberá firmar en el mismo formato la entrega y hora del equipo hasta que la grabadora sea colocada en su lugar por el mismo profesor.La copiadora es exclusivamente para uso académico del CLC. Los pro­4. fesores podrán solicitar fotocopiado de exámenes debiendo pedirlos al menos con dos días de anticipación y podrán recogerlos en el lugar desig­nado para ese fin. En caso de requerir copias urgentes, éstas se realizarán de acuerdo a la disponibilidad de tiempo del personal en turno.

Artículo 12. de las obligaciones y derechos de los alumnosSer puntual y permanecer en el salón de clase desde el inicio hasta el final 1. de la misma.Hablar en el IDIOMA meta todo el tiempo dentro del salón de clase.2. Llevar a clase todo el material necesario: libro, etc.3. Cumplir con el trabajo asignado por el profesor dentro y fuera del salón de 4. clase.Apagar el teléfono celular durante la clase.5. Cubrir con el 80% mínimo de asistencia. 6. Asistir al LAADI y cubrir el trabajo asignado.7. Presentar los exámenes en las fechas establecidas.8. El alumno tendrá que presentar9. un examen de reubicación cuando por al­guna causa especial así lo amerite, debiendo contar con la autorización de la Coordinación. Se consideran de manera enunciativa como causas espe­ciales:

que el alumno no haya acreditado la materia por haber excedido a. sus faltas de asistencia por dos periodos consecutivos.que dé de baja la materia por dos semestres consecutivos, cuando b. la misma sea obligatoria para él. que no haya acreditado la materia en dos semestres consecutivos.c. las demás situaciones análogas se sujetarán al criterio de la Coor­d. dinación.

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Artículo 13. de los requisitos mínimos para acreditar el curso/nivelSon requisitos mínimos para acreditar el curso nivel:

Haber cubierto el porcentaje mínimo del 80% de asistencia, de acuerdo 1. al Reglamento de Estudios de Licenciatura vigente de la UIA Torreón.Cumplir con la entrega de trabajos, así como con la presentación de 2. exámenes en las fechas establecidas por el maestro.Cumplir con una calificación final aprobatoria de 70 o más puntos.3.

Artículo 14. de la acreditación del requisito del idioma inglés.En la UIA Torreón es imprescindible tener acreditado el idioma inglés antes de inscribir las materias obligatorias en inglés de la licenciatura. Para esto, el alumno podrá ejercer cualquiera de las siguientes opciones:

Presentar y aprobar en el Centro de Lenguas de la UIA Torreón en fechas a. preestablecidas un examen TOEFL Institucional, acreditar una entrevista oral y un ensayo escrito.Presentar constancia oficial con antigüedad menor a dos años, que cer­b. tifique a juicio de la Coordinación Académica del Centro de Lenguas, la acreditación del idioma inglés: se complementa con una entrevista oral y un ensayo.Acreditar el nivel 6 del idioma inglés en los cursos que ofrece el CLC de c. la UIA Torreón.En caso de que el alumno haya aprobado el 33 % del total de los crédi­d. tos de su licenciatura sin haber acreditado el idioma inglés, tendrá que inscribirlo en el Centro de Lenguas y Culturas de la UIA Torreón, previo examen de ubicación (Comunicación Oficial 103 del 02/08/05).

cApituLo iiregLAmeNto deNtro deL LABorAtorio de Auto AcceSo de idiomAS (LAddi)

Artículo 15. del objeto del reglamento.El presente Reglamento tiene por objeto establecer las bases generales de uso y servicios del laboratorio. En ese sentido, los usuarios deberán sujetarse a lo establecido por este Reglamento.

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El Laboratorio deberá mantener este Reglamento en un lugar visible al público, de tal manera que los usuarios puedan conocerlo y dar cumplimiento a lo establecido por el mismo.

Artículo 16. Del acervo bibliográfico y del material didáctico del LAADI.El Laboratorio de Auto Acceso de Idiomas cuenta con acervo bibliográfico para préstamo interno cuya temática tiene énfasis en los programas académi­cos de las lenguas que se imparten en esta universidad. Toda la colección está dispuesta en estantería abierta brindando al usuario la oportunidad de acercarse él mismo a los libros, favoreciendo el conocimiento de los temas de su área. Cuenta con tecnología educativa tales como multimedia, audio, videos, Inter­net, etc. así como material didáctico para auto­acceso en los idiomas: Inglés, Francés, Alemán, Italiano, Japonés y Español para extranjeros. El usuario cuenta con la ayuda del personal encargado del mantenimiento del acervo para auxiliarlo en la localización de libros.

Artículo 17. del horario de servicio.El horario de servicio del Laboratorio se da a conocer a los usuarios mediante comunicación interna del CLC para tal efecto.

Artículo 18. de los bienes propiedad de los usuarios.El Laboratorio no se hace responsable por los objetos propiedad de los usua­rios. En ningún caso el Laboratorio está obligado a responder por objetos o documentos de identidad abandonados. Sin embargo, en caso de encontrarse en el LAADI, se entregarán al propietario en el momento en que lo reclame previa identificación del objeto en cuestión, o bien serán entregados a la Ofi­cina de Recursos Materiales al terminar el semestre en curso.

Artículo 19. del acceso y salida en LAAdi.El uso de cualquier espacio o equipo requiere de la acreditación como 1. alumno, maestro o personal de la universidad, por medio de la credencial o número de cuenta correspondiente. En caso de no tener credencial vi­gente deberán proporcionar su número de cuenta o de profesor.Los usuarios, tanto profesores como alumnos, deberán dejar en la recep­2. ción sus mochilas, bolsos, paquetes y libros junto con su identificación

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vigente. Se le entregará una ficha que debe ser presentada posteriormente para reclamar sus objetos. Los alumnos deberán solicitar le sean entrega­das sus pertenencias por el encargado en turno, evitando retirarlas él mismo.Los accesos se realizarán por las puertas marcadas como Entrada y Sali­3. da.

Artículo 20. De los salones de clase dentro del laboratorio y salón Toefl.Para una óptima prestación de sus servicios, el Laboratorio cuenta con 1. salones equipados con televisión, video y proyector de acetatos.Queda prohibido pasar con mochilas tanto al Laboratorio como a las 2. aulas que se encuentran dentro de él. Únicamente se permite pasar con su libro, cuaderno, lápiz, journal y diccionario de bolsillo del estudiante.Este punto aplica tanto a maestros como a alumnos y a toda persona que desee entrar al Laboratorio.Queda prohibido fumar o consumir alimentos y/o bebidas en el interior 3. de los salones.Los profesores deberán reportar inmediatamente cualquier anomalía que 4. detecten en el equipo que se encuentra en ellos (Cañón, televisión, video, proyector de acetatos, control remoto, etc). Queda bajo la responsabili­dad del maestro y de los alumnos que hayan utilizado las instalaciones entregar los espacios en estado adecuado.

Artículo 21. de los servicios de LAAdi.Préstamo Interno. Es el uso de los materiales dentro de las instalaciones 1. del laboratorio.Préstamo Restringido. Es la autorización otorgada por el laboratorio 2. al profesor de idiomas para sustraer algún libro o material solicitado en apoyo a su materia, para fotocopiado o para uso exclusivo dentro del área del CLC, por horas o período restringido.

Artículo 22. de las infracciones. Se consideran infracciones:

La falsificación o alteración de identificación de los materiales del labora­1. torio y/o cualquiera de los documentos de control de préstamo.La sustracción ilícita de materiales, intento o consumación de sustracción 2. de cualquier tipo de material perteneciente al Laboratorio y que no haya

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sido debidamente requerido el préstamo. Será acreedor a las sanciones mencionadas en los puntos 18.1 al 18.4 según sea el caso.Los daños físicos como mutilaciones, ralladuras y otros daños a los materia­3. les, mobiliario, equipo e instalaciones pertenecientes al laboratorio.Las faltas de disciplina dentro del laboratorio como no conservar el orden 4. y el silencio, fumar en el interior, introducir alimentos y bebidas, falta de respeto al personal y/o a los usuarios, uso indebido del equipo y del mo­biliario (volumen inmoderado, subir los pies a las meses o sillas, etc.).

Artículo 23. de las sanciones.Quien incurra en alguna de las infracciones señaladas en el artículo anterior, se hará acreedor a alguna de las sanciones siguientes dependiendo de la falta cometida:

Amonestación oral.1. Suspensión inmediata del servicio.2. Pago del material dañado o reposición en un plazo no mayor a 3 días 3. hábiles.Pago de una multa equivalente al 200% del material dañado.4. Si se trata del personal se turnará el caso a la Dirección de Personal.5. De ser necesario, se solicitará al personal de vigilancia que retire a los 6. usuarios infractores dando aviso a la Dirección General Académica si son alumnos, o a la instancia pertinente en los demás casos, para que proceda según corresponda.

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regLAmeNto deL ceNtro de comuNicAciÓN educAtiVA

cApituLo iiNtroducciÓN

Artículo 1El Centro de Comunicación Educativa (CCE) tiene como misión ofrecer efi­cazmente a toda la comunidad universitaria de la Universidad Iberoamericana Torreón (maestros, alumnos y administrativos) la posibilidad de llevar a cabo proyectos en el área de producción y/o difusión audiovisual, dentro del espíri­tu del Ideario, la Misión y la Prospectiva de la UIA.

Artículo 2Dentro de este espíritu, el CCE contará con su Consejo Técnico integrado de acuerdo al Reglamento de Consejos Técnicos de CENTROS por:

El Coordinador del CCE por oficio.a) Dos académicos de tiempo, de los cuales uno será el Coordinador de la b) Licenciatura en Comunicación así como un miembro del personal del CCEDos académicos de asignatura relacionados con las materias de técnicas c) audiovisuales. Dos alumnos que serán elegidos de acuerdo a lo establecido en el artícu­d) lo 8 del Reglamento de Consejos Técnicos de Centros.

Artículo 3La finalidad del presente Reglamento es dar un óptimo servicio a los solicitan­tes, manteniendo el Centro en sus mejores condiciones.

Artículo 4A los alumnos de la Licenciatura en Comunicación se les proporciona el servicio de laboratorios de Audio y Video para que ejerciten la práctica de su licenciatura, proporcionando los instrumentos técnicos que usarán en su profesión. Para eso se facilita, además del equipo técnico, un equipo humano capacitado que los asesore en el manejo de la electrónica audiovisual.

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Artículo 5A los maestros y el personal de la UIA: se les ofrece asesoría en la elaboración y uso de instrumentos pedagógicos audiovisuales.

cApituLo ii diSpoSicioNeS geNerALeS.

Artículo 6El CCE está integrado por las siguientes áreas:

Salas audiovisuales•Espacios de producción de video y audio•Foros de televisión•

Artículo 7El uso de cualquier espacio o equipo requiere de la acreditación como alum­no, maestro o personal de la Universidad, lo cual se hará presentando su res­pectiva credencial.

Artículo 8Las salas audiovisuales estarán a disposición de toda la comunidad universi­taria para facilitar su función pedagógica, las cuales deben reservarse con un mínimo de 24 horas de anticipación. La autorización para su uso dependerá de que haya aulas disponibles el día y hora solicitados.

Artículo 9Se prohíbe estrictamente sacar equipo de las salas audiovisuales, cabinas de audio o de las islas de edición de video, así como mover cables de la instala­ción sin consentimiento del personal del CCE.

Artículo 10Las instalaciones del CCE serán prioritariamente utilizadas para uso académi­co. También se proporcionará el servicio para proyectos extracurriculares o para usuarios externos. En este caso el solicitante presentará por escrito el ser­vicio de renta de equipo o instalaciones a la Coordinación del CCE, quien de­terminará de acuerdo a cargas de trabajo la posibilidad de prestar el servicio.

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Artículo 11El responsable del grupo o usuario recibirá y devolverá las instalaciones lim­pias y en buen estado.

Artículo 12La reservación para uso de instalaciones de audio y video, así como equipos de grabación audiovisual se deberá efectuar en un horario de 8:00 a 19:00 horas. Tanto las instalaciones como el equipo mencionado se facilitarán de­pendiendo de la disponibilidad de los mismos, de acuerdo a las cargas de trabajo solicitadas por las materias que impliquen tecnología audiovisual prio­ritariamente.

Artículo 13Queda estrictamente prohibido mover cualquier equipo de las instalaciones del CCE. Si se requiere de alguna conexión especial se deberá pedir al encar­gado en turno.

Artículo 14Queda estrictamente prohibido pintar, clavar, perforar o pegar en cualquier instalación del CCE.

Artículo 15Queda estrictamente prohibido fumar y tomar alimentos o bebidas dentro de cualquier instalación del CCE.

Artículo 16Las personas que firmen el vale a que hace alusión el artículo 22, se harán responsables de entregar el equipo en las mismas condiciones que lo recibie­ron.

Artículo 17Cuando se presenten daños al equipo técnico se aplicará la sanción adminis­trativa siguiente:

En casos de pérdida, robo, uso inadecuado o accidente imprudencial de a) material o equipo, la persona o el grupo de trabajo que lo solicitó deberá reponerlo. En todo caso el asunto se remitirá al Consejo Técnico para su debida valoración.

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El Consejo Técnico del CCE, analizará los costos de reparación o reem­b) plazo del equipo para determinar los plazos en los que deberán pagar los usuarios responsables el daño causado.Si en un término de 10 días, a partir del acuerdo con el Consejo Técnico c) del CCE, no se repara el daño, se sancionará a la persona o el grupo de trabajo con la suspensión del servicio hasta por un semestre o hasta que se llegue a un acuerdo satisfactorio.Las multas que no se paguen, serán reportadas al área de Finanzas, quie­d) nes tomarán las decisiones administrativas correspondientes.

Artículo 18El CCE no se hace responsable del resguardo de los proyectos terminados ni almacenados, por lo que los usuarios deberán respaldar frecuentemente sus archivos y borrarlos al término de su elaboración

Artículo 19Al término de cada semestre el CCE destinará una semana para mantenimiento e inventario, por lo cual se suspenderá el servicio a usuarios.

Artículo 20El horario de trabajo para los servicios que presta el CCE es de 7:00 a 19:00 horas. En períodos especiales o proyectos institucionales, se podrán otorgar tiempos extras al horario mencionado, para lo cual los usuarios deberán pre­sentar por escrito solicitud de servicios con la debida justificación y la firma del profesor

cApituLo iiiuNidAdeS de SerVicio Y produccioN

Artículo 21Para cumplir con su misión, el C.C.E. cuenta con dos grandes Unidades:

1.- unidad de Servicios. Tiene como propósito proporcionar atención a:LOS ALUMNOS DE LA UNIVERSIDAD IBEROAMERICANA TO­•RREÓN. Principalmente a los de la Licenciatura de Comunicación, para que practiquen con los instrumentos técnicos que usarán en su profesión. Para eso se facilita, además del equipo técnico, un equi­

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po humano capacitado que asesore en el manejo de la electrónica audiovisual.MAESTROS Y ADMINISTRATIVOS DE LA UIA. Se les ofrece asesoría •en la elaboración y uso de instrumentos pedagógicos audiovisuales. A TODA LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA. Se ofrecen las aulas •y equipo para facilitar el uso pedagógico de los medios audiovisua­les.

En la prestación de los servicios, tendrán prioridad trabajos efectuados para proyectos curriculares de la Licenciatura en Comunicación, así como pro­yectos institucionales, siempre y cuando soliciten con la debida antelación los servicios y se encuentre disponible el equipo.2.- unidad de producción. El CCE cuenta con equipo humano y técnico para:

Atender las propuestas presentadas por las autoridades, los organis­•mos colegiados de la Universidad, proyectos del mismo C.C.E o pe­ticiones externas. Todo trabajo que requiera participación del perso­nal, instalaciones y equipo en la producción audiovisual se ajustará a la tarifa de precios autorizada por el Comité Académico.Integrar y proponer proyectos interdisciplinares•Diseñar rutas alternativas de promoción y difusión de producciones •audiovisuales propias del CCE.Proporcionar servicios al exterior del CCE.•

cApituLo iVuSo deL eQuipo deNtro de LA uNiVerSidAd

Artículo 22Para utilizar el equipo es necesario identificarse plenamente como estudiantes, presentando su credencial, así como llenar un vale de préstamo en donde se describa cada uno de los equipos que se solicitan, asimismo se indique el nombre del maestro y materia, señalando cuánto tiempo durará la produc­ción, la fecha y hora de apartado, así como hora y fecha de devolución del equipo. El maestro deberá informar al CCE vía correo electrónico, el listado de alumnos que requerirán equipo e instalaciones al inicio del semestre o al en­cargar un ejercicio audiovisual. Una vez proporcionado el equipo solicitado,

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los alumnos adquieren la responsabilidad del mismo.

Artículo 23En el vale de préstamo correspondiente aparecerá el nombre de todos los in­tegrantes del grupo, quienes serán solidariamente responsables del buen uso del equipo.

Artículo 24 Si el grupo de trabajo no recoge el equipo en el CCE en el transcurso de los 15 minutos posteriores a la hora de salida del mismo que se anotó en el vale, se cancelará el servicio.

Artículo 25Si la persona o grupo no cumple a tiempo con la devolución del equipo al CCE, en la fecha y horario señalados en el vale, el (los) responsable(s) será(n) sancionado(s) de la siguiente manera según sea el caso:

Si la entrega se hace dentro de los 15 minutos siguientes a la hora en que a. debió efectuarse, no se cobrará multa alguna.Si la entrega se hace dentro de los 15 minutos siguientes a los mencio­b. nados anteriormente, se aplicará una multa equivalente a 1 salario míni­mo.Si la entrega se efectúa dentro de la media hora posterior al plazo señala­c. do en el apartado anterior, se aplicará una multa equivalente a 2 salarios mínimos.Si la entrega se realiza habiendo transcurrido 1 hora, en que debió efec­d. tuarse; se aplicará una multa equivalente a 3 salarios mínimos. Se aplicará una multa equivalente a 4 salarios mínimos por cada día que e. transcurra sin que se realice la entrega del equipo.Las multas que no se paguen, serán reportadas al área de Finanzas, quie­f. nes tomarán las decisiones administrativas correspondientes.

cApituLo VprÉStAmo de eQuipo pArA uSo FuerA de LA uNiVerSidAd.

Artículo 26El uso del equipo es prioritariamente para cuestiones académicas, en caso de

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que lo(s) usuario(s) realice(n) proyectos audiovisuales extracurriculares los so­licitantes presentarán su solicitud y anteproyecto por escrito al CCE, como se indica en el artículo 10 del presente Reglamento. En estos casos el CCE aplica­rá la tarifa de acuerdo a su lista de precios.

Artículo 27El préstamo de equipo se hace a una persona o equipo de trabajo y es intrans­ferible, para lo cual deberá firmar el vale correspondiente con los requisitos detallados en el capítulo 22.

Artículo 28Al sacar de la Universidad el equipo audiovisual autorizado para tal efecto, el CCE y el usuario deberán verificar que se encuentra en buen estado y al devol­verlo se entregará en las mismas condiciones en que se recibió.

Artículo 29Si el usuario o usuarios no recoge(n) el equipo portátil en los primeros 15 minutos del tiempo solicitado, se considerará cancelada la solicitud.

Artículo 30Cuando el equipo sea solicitado para ser utilizado fuera de las instalaciones de la universidad, serán aplicables las disposiciones contenidas tanto en el artículo 23, relativas a la responsabilidad solidaria de los solicitantes, como las establecidas en el artículo 25 referentes a las sanciones por no devolverlo en el plazo acordado.

cApituLo Vide LA uNidAd de SerVicioS

Artículo 31Sólo el personal del CCE está autorizado para reservar y prestar equipo e insta­laciones audiovisuales. Es obligación de los responsables del CCE revisar mi­nuciosamente las instalaciones y el equipo al ser entregados por los alumnos o maestros, a fin de reportar alguna anomalía o faltante. El usuario debe estar presente al momento de la revisión.

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Artículo 32Queda bajo la responsabilidad del maestro y los alumnos que hayan utilizado las instalaciones (salas audiovisuales, cabinas de edición de audio y video, así como el foro) entregar los espacios y equipos en estado adecuado. De no ser así se aplicará las sanciones mencionadas en el apartado a) del artículo 17.

Artículo 33El CCE no se hace responsable por pérdida de material o de archivos perso­nales.

cApituLo Viide LA uNidAd de produccioN

Artículo 34La solicitud de servicios de producción en audio y video, así como equipos de grabación audiovisual se deberán reservar con un mínimo de un día de anticipación.

Artículo 35Todo trabajo audiovisual del CCE se solicitará con el formato de servicio co­rrespondiente en el que se describirá la fecha, el lugar y el horario en que se requiere dicho servicio, así como la justificación de éste.

Artículo 36Las propuestas de producción audiovisual, tanto internas como externas se harán llegar al Coordinador del CCE, quien analizará con su equipo de trabajo las posibilidades de atender lo solicitado de acuerdo a las cargas de trabajo del equipo humano y técnico, considerando que el trabajo académico tiene prioridad.

Artículo 37Se apoyará con equipo técnico a las producciones audiovisuales que se gene­ren en talleres curriculares o proyectos de Servicio Social.

Artículo 38El CCE podrá realizar proyectos interdisciplinares internos y externos.

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cApituLo Viii de LAS SALAS AudioViSuALeS, LABorAtorio de Audio Y LABorA-torio de Video.

S A L A S A U D I O V I S U A L E S

Artículo 39Los usuarios (maestros­alumnos) no podrán apartar por un semestre completo las salas audiovisuales.

Artículo 40El horario de apartado de estas salas será de 8:30 a 19:00 horas. 1. Queda bajo la responsabilidad de quien aparte el espacio, el buen uso 2. del equipo que se encuentre en las salas y de las mismas instalaciones. Asimismo debe evitarse el uso indebido de las mismas (volumen inmo­derado, subir los pies a las butacas, dejar sucios los espacios). En caso de incurrir en una falta de este tipo se aplicará la sanción descrita en el apartado b) del artículo 17.El personal docente que solicite apartado de salas audiovisuales deberá 3. firmar en una bitácora en la que se indique la hora y el lugar de entrada y salida. Podrá hacer apartados vía telefónica, siempre y cuando cumpla con las 24 horas de anticipación requeridas en este Reglamento.Las cancelaciones deberán hacerse, con un mínimo de 12 hs de anti­4. cipación. Se considerará como cancelado el servicio, a partir de los 15 minutos de retraso de entrada del grupo a las Salas.

E S P A C I O S D E P R O D U C C I Ó N D E A U D I O Y V I D E O

Artículo 40a) ApArtAdoS

Toda reservación de salas audiovisuales y espacios de audio y video 1. deberá ajustarse al calendario y disposición de horario del CCE. Al inicio de cada semestre el CCE, en coordinación con las Licenciatu­ras, hará un cálculo de usuarios con base en el número de alumnos inscritos en las materias que utilicen el servicio de edición de video y audio, para de esta manera poder otorgar equitativamente las horas

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correspondientes que cada grupo y profesor podrá disponer, en espa­cios de bloques de 4 horas por día, las cuales podrá volver a solicitar­las mientras exista tiempo disponible y los otros usuarios solicitantes hayan hecho uso de los espacios antes mencionados. Las cancelaciones deberán hacerse con un día de anticipación.2. Para optimizar la eficiencia de las realizaciones de post-producción, 3. el número de personas que permanecerán en las cabinas e islas de edición es de tres como máximo.

b) uSo de LAS iSLAS de ediciÓN de Video Y AudioLos horarios de edición se asignarán con base en las cargas de trabajo 1. que se generen por las solicitudes de las materias que de acuerdo a sus contenidos, demanden de esta práctica, para lo cual la Coordina­ción de la Licenciatura en Comunicación informará al inicio de cada semestre qué materias son las que requerirán este tipo de servicio.Al entrar a las salas de edición, un encargado del CCE entregará las 2. instalaciones y al término de la edición el usuario deberá avisar a los encargados, a fin de revisar el estado de éstas.Los alumnos deberán considerar que el horario reservado, incluye 3. los tiempos de render y quemado.

c) uSo deL ForoEl foro es un espacio que se utilizará para ejercicios y prácticas aca­1. démicas y/o producciones de video, fotografía y dramatizaciones.El foro deberá ser devuelto por los usuarios 15 minutos antes de que 2. finalice el tiempo asignado, en condiciones técnicas y de limpieza perfectas.En caso de que los solicitantes usen escenografías o equipos espe­3. ciales para su producción, al término de la misma deberán entregar perfectamente limpio todo el espacio, incluyendo el ciclorama y la parrilla de iluminación.El uso de la escalera de iluminación debe hacerse con precaución, 4. manteniendo las normas de seguridad, ya que ésta es una actividad de riesgo. Es responsabilidad de cada usuario preservar su integridad física.

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trANSitorioS

Artículo 1Cualquier caso no previsto en este Reglamento será tratado en el Consejo Téc­nico del CCE.

Artículo 2El presente reglamento podrá ser modificado en atención a las necesidades y actualizaciones que se presenten en el CCE.

Artículo 3El presente reglamento entrará en vigor el día de su publicación en la Comu­nicación Oficial.

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tAxoNomÍA de FuNcioNeS AcAdÉmicAS

Universidad Iberoamericana TorreónDescripción de las funciones sustantivas de los académicos en los diferentes puestos de colaboración de la Universidad Iberoamericana TorreónPrimavera 2009

exposición de motivos de la taxonomía de funciones aca-démicas de la uiA torreón

El quehacer académico, dentro de la UIA Torreón, debe concretarse en diver­sas funciones para que la Universidad cobre su pleno sentido y desarrolle su misión y visión.

Las diversas tareas que realizan los académicos deben estar encaminadas a la ejecución de los proyectos prioritarios y estratégicos de la UIA Torreón, de las direcciones generales y de los propios departamentos académicos o centros, tomando en cuenta las habilidades, vocación y preferencias de los mismos. Seremos cada más eficientes si los proyectos de la universidad y los personales de los académicos, confluyen en las mismas metas para alcanzar la visión que nos hemos propuesto para el 2015. El presente documento pretende coadyu­var en el alcance de ésta, ya que si las tareas que realizamos se encuentran descritas aquí, pueden asignarse en cada periodo y ser evaluadas conforme a los planes establecidos en cada área de trabajo.

La taxonomía de funciones del personal académico puede entenderse como un catálogo de todas las tareas y actividades que un académico puede desa­rrollar en la universidad. Si bien, hay una función sustantiva a la que deberá dedicar el mayor tiempo y esfuerzo, eso no obsta para que ejerza otras tareas que contribuirán a la calidad académica y educativa de su departamento o centro y de la propia universidad. Incluso, una misma función puede tener diversos ángulos que poco se explotan, por ejemplo, la docencia se puede ejercer en otras modalidades que podemos comenzar a experimentar; la cir­cundocencia puede ser entendida más allá de la revisión de exámenes y tra­bajos: se pueden crear materiales didácticos, material multimedia o elaborar proyectos de evaluación de los aprendizajes en una determinada materia o

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en una licenciatura (por ejemplo, exámenes que evalúen los aprendizajes de los tres primeros semestres, o de un eje de materias en una licenciatura, o que revisen si lo aprendido en la misma materia que imparten diversos profesores, es similar); es posible realizar estudios de mejoramiento de la docencia, para quienes deseen contribuir con investigación educativa en aula y mejorar pro­cesos de enseñanza­aprendizaje. Por supuesto que además de la docencia, hay otras tareas que podemos desempeñar como la investigación, la vincu­lación, los servicios educativos, las publicaciones, la producción de obra pro­pia, la vinculación, etc.

La taxonomía tendrá su razón de ser para el establecimiento de la asignación de funciones personal por periodo, que debe alinearse a los proyectos de la universidad, de las direcciones y de los departamentos o centros, para alcanzar la calidad académica y educativa que queremos lograr y previo acuerdo con cada uno de los académicos (para esta asignación de funciones, deberemos contar con un documento que especifique cargas mínimas por funciones: do­cencia, investigación, etc.). Posteriormente una vez que las funciones estén acordadas, serán la plataforma de la evaluación del desempeño y de los com­promisos de mejora que nos parezcan valiosos.

Este proceso supone una mayor planeación de lo que hacemos, diversificación de nuestras actividades y por ende, mayores beneficios para la UIA Torreón.Es importante resaltar que esta taxonomía de funciones académicas, es un instrumento abierto, flexible, que puede revisarse continuamente en búsqueda del magis. Es un documento hasta cierto punto general, pues resulta impo­sible definir cada una de las funciones que se desempeñan en la universidad de manera específica. Puede acompañarse de otros textos en donde se con­creticen las tareas de cada función y que sirva más para los propósitos de la evaluación del desempeño.

Por último, la taxonomía de funciones académicas, ligada a la evaluación del desempeño, pretende que los académicos contemos con un historial de lo que realizamos; si se han ejecutado bien estas tareas, que entonces sean dignas de tomarse en cuenta; si se han desarrollado mal o en forma deficiente, se nos conmine a corregir los desaciertos en un lapso que la universidad y el académico consideren prudente.

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La taxonomía de funciones académicas no tiene otra intención más que el de encaminar todos los esfuerzos hacia el mejor cumplimiento de la misión de la universidad.

Antecedentes.

La Universidad Iberoamericana Laguna publicó en el año de 1997 la taxo­nomía de funciones aprobada por el Comité Académico de Departamentos en su sesión 338 del 23 de enero de 1993 y publicada en Comunicación Oficial 45, de febrero de 1997. Esta taxonomía estaba basada fundamentalmente en la que utilizaba la UIA Santa Fe.

En el año 2005 se realizaron los cuadros de funciones apoyados en la taxo-nomía de funciones de la Universidad Iberoamericana Santa Fe, aprobada en el año 2001.

En el 2008, se solicita a la Universidad Iberoamericana Puebla su proyecto de Evaluación del Desempeño y el documento de su taxonomía de funciones publicado en el año 2007, que nombran Taxonomía del desempeño académi­co. De igual forma le proporciona a la UIA Torreón su taxonomía de fun­ciones para jefes administrativos (el equivalente a coordinadores académicos). El documento de la UIA Puebla toma como base la taxonomía de funciones de la Universidad Iberoamericana México actualizado y aprobado en el año del 2005. En estos documentos (tanto en el de la UIA México como en el de la UIA Puebla, se incorporan otras funciones a las ya aprobadas (Docencia, In­vestigación, Difusión) y son las Servicios Educativos Universitarios, la Gestión de lo Académico y la Formación y Superación de Docentes.

Así, para la elaboración del actual documento de la UIA Torreón, se revisaron y se tomaron como base los documentos de la UIA México, de la UIA Puebla y el de Identidad, Misión, Visión y estructura organizacional de la Vicerrectoría Educativa, de la UIA Torreón y publicado en el año 2004, a fin de incorporar las diferentes tareas y actividades en la función de los Servicios Educativos Universitarios.

Hasta el momento, la propuesta se ha revisado en cada uno de los departa­mentos académicos y de centros, de la Dirección General Académica y la

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Dirección General Educativa, para incorporar las observaciones que se han hecho.

Funciones Sustantivas

Docencia 1. Investigación y producción de obra creativa2. Promoción de Servicios Educativo­Universitarios3. Gestión de lo académico­educativo4. Difusión5. Formación y superación académica6.

docencia 1.

Actividades de planeación, promoción, conducción y evaluación de los procesos de enseñanza­aprendizaje para el desarrollo del saber en una disciplina o profesión, llevadas a cabo de manera ordinaria en semina­rios, cursos presenciales, semi­presenciales o a distancia, así como en la planeación y evaluación curricular.

Docencia curricular1.1.

Docencia en un programa regular de estudios superiores. Incluye cursos, seminarios, talleres, laboratorios, prácticas de campo, prácticas profe­sionales, supervisiones, tanto en forma escolarizada como por tutoría.

Docencia de licenciatura1.1.1. Docencia en un programa regular de licenciatura. Se refiere a las horas frente a grupo normal o de asesoría en atención a alumnos según un plan de trabajo definido.

Docencia de posgrado1.1.2. Docencia en un programa regular de maestría o doctorado. Se refiere a las horas frente a grupo normal o de asesoría en atención a alumnos según un plan de trabajo definido.

Docencia modalidad a distancia1.1.3. Docencia en un curso o programa a distancia. Se refiere a las horas de preparación o diseño del curso en línea como a las de tutoría a distancia.

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Docencia no curricular1.2.

Docencia en un programa no regular de estudios. Incluye: cursos, seminario, talleres y diplomados ofrecidos, tanto internamente como al público en general, por Centros, Departamentos o Extensión Uni­versitaria para promover en otros, procesos de capacitación, actua­lización o mejoramiento.

Docencia en Extensión Universitaria1.2.1. Docencia en algunos de los diplomados o curos que se ofrece en el Centro de Extensión Universitaria al público en general.

Docencia en Formación de Profesores1.2.2. Docencia encaminada a la formación de docentes de la UIA. Incluye la inducción al modelo educativo y a los procesos institucionales tanto como al desarrollo didáctico pedagógico y a la observación de clase, asesoría para la planeación, la impartición y la evaluación de los aprendizajes de los alumnos y para la elaboración de portafolios de evaluación de su desempeño

Docencia de Formación Integral1.2.3. Formación Ignaciana y Humanista1.2.3.1.

Docencia en espacios de formación y apoyo al desarrollo per­sonal desde la perspectiva humanista ignaciana.

Educación Artística y Cultural1.2.3.2. Docencia en espacios de formación y educación artística y cultural. Incluye: talleres de teatro, danza, música, literatura, fotografía.

Formación para la Salud Integral1.2.3.3. Formación de la salud, a través del deporte y la recreación física.

Circundocencia1.3.

Actividades relacionadas con la preparación y evaluación de la do cencia impartida. Incluye: elaboración de guías de aprendizaje, de material docente (teórico, casos prácticos, audiovisual, material multimedia, guías para internet, material en línea), preparación de sesiones, revisión de bibliografía, revisión de trabajos, elaboración y calificación de evaluaciones.

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Planeación y Evaluación Curricular1.4.

Revisión, actualización y/o elaboración de los planes y programas de estudio de la Universidad lberoamericana Torreón, desde la pers pectiva particular de la disciplina propia de la dependencia aca­démica responsable de los programas, así como desde la perspectiva del modelo educativo UIA. Incluye diagnósticos de necesidades y satisfacción de expectativas de la sociedad, elaboración del plan de estudios y realización de evaluaciones para fines de acreditación de programas académicos.

Asesoría para la Titulación1.5.

Asesoría brindada al estudiante UIA en lo relacionado con su trabajo de titulación o grado.

Asesoría en Licenciatura1.5.1. Asesoría para tesis. 1.5.1.1.

Incluye a partir de la apropiación del proyecto del alumno, la dirección, lectura y revisión, así como la participación en jura­dos de examen profesional o de grado.

Asesoría para materias de ASE1.5.1.2. Participación en las materias del área de síntesis y evaluación dirigidas a la integración de las competencias específicas y genéricas en los tres momentos curriculares y que promueven la ejecución de proyectos y de investigaciones de impacto so­cial y profesional. Asesoría en Especialidad1.5.2.

Incluye a partir de la apropiación del proyecto del alumno, la direc­ción, lectura y revisión.

Asesoría en Maestría 1.5.3. Incluye a partir de la apropiación de su proyecto de la dirección, lectura y revisión, así como la participación en jurados de examen profesional o de grado.

Asesoría en Doctorado1.5.4. Incluye a partir de la apropiación de su proyecto de la dirección, lectura y revisión, así como la participación en jurados de examen profesional o de grado.

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Asesoría Académica1.6.

Asesoría brindada al estudiante UIA en lo relacionado con la elabo­ración y realización de su proyecto académico personal, incluyendo los elementos de trámites escolares y administrativos y también la asesoría a alumnos de las asignaturas que está impartiendo el aca­démico, asesoría a alumnos del programa para mejorar su rendimien­to académico y participación en programas de inducción a alumnos de los primeros semestres.

Asesoría Educativa y Psicoafectiva1.7.

Asesoría brindada al estudiante UIA en lo relacionado al desarrollo de la personalidad integral a través de la orientación psicoafectiva, psicológica, psicopedagógica y vocacional.

Evaluación Institucional de los Aprendizajes1.8.

Actividades relacionadas con la elaboración de evaluaciones depar­tamentales, exámenes generales de conocimiento y en general to­das aquellas que tengan como fin la formulación de instrumentos de evaluación de aprendizajes de carácter departamental o profesional, así como las actividades de aplicación y evaluación de los propios procesos de evaluación.

Desarrollo de nuevas tecnologías para el Aprendizaje1.9.

Actividades relacionadas con el diseño y la exploración de las he­rramientas de las nuevas tecnologías de información y comunicación en los procesos de enseñanza aprendizaje, así como su implemen­tación en la propuesta didáctica y en la explicación del tipo de apren­dizaje que favorece o promueve en el aula.

Estudios para el mejoramiento de la docencia.1.10.

Estudios relacionados con nuevos y mejores métodos didácticos para la conducción del proceso de enseñanza­aprendizaje de una

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asignatura determinada, así como para la mejora de los procesos de enseñanza y evaluación de los ambientes de aprendizaje.

investigación y producción de obra creativa2.

Actividades de planeación, organización, desarrollo y evaluación de los procesos de generación y producción de conocimiento y obra creativa, establecidos por la Universidad para responder a distintos tipos de necesidades sociales.

Investigación Disciplinar 2.1.

Actividades dirigidas a la generación de nuevos conocimientos y a su aplicación a la solución de los problemas de la sociedad en las áreas de conocimiento de las diferentes disciplinas. Es importante saber que las investigaciones que se realizan pueden ser promovidas desde las materias mismas e involucrando a los alumnos en ellas.

Diseño y planeación de la investigación2.1.1. Trabajo de planeación de la investigación, revisión documental y bibliográfica, elaboración de presupuestos y obtención de recursos, tendiente a la elaboración de un protocolo de investigación.

Realización de la investigación2.1.2. Trabajo de indagación que produce resultados tales como: artículos científicos, libros, prototipos, patentes, software, reportes de investi­gación o ponencias en eventos especializados.

Dirección y gestión de proyectos de investigación2.1.3. Trabajo que consiste en la dirección de equipos de trabajo, escritura de propuestas a agencias de financiamiento (privadas y públicas), ad­ministración de presupuestos de financiamientos y contratos, selec­ción y supervisión de los colaboradores, preparación de los reportes requeridos.

Formación y supervisión de investigadores.2.1.4. Asesoría brindada por académicos Titulares y Asociados para la for­mación de investigadores.

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Investigación Educativa2.2.

Actividades dirigidas a la generación de nuevos conocimientos y a su aplicación a la solución de los problemas educativos, así como de la propia práctica docente. Es importante saber que las investigaciones que se realizan pueden ser promovidas desde las materias mismas e involucrando a los alumnos en ellas.

Diseño y planeación de la investigación2.2.1. Trabajo de planeación de la investigación, revisión documental y bibliográfica, elaboración de presupuestos y obtención de recursos, tendiente a la elaboración de un protocolo de investigación.

Realización de la investigación2.2.2. Trabajo de indagación en la que; se recolectan y analizan los datos, se recuperan e interpretan los hechos, o de diseño en la que se apli­can las ideas y que produce resultados tales como: artículos científi­cos, libros, prototipos, patentes, software, reportes de investigación o ponencias en eventos especializados.

Dirección y gestión de proyectos de investigación.2.2.3. Trabajo que consiste en la dirección de equipos de trabajo, escritura de propuestas a agencias de financiamiento (privadas y públicas), ad­ministración de presupuestos de financiamientos y contratos, selec­ción y supervisión de los colaboradores, preparación de los reportes requeridos.

Formación y supervisión de investigadores.2.2.4. Asesoría brindada por académicos Titulares y Asociados para la for­mación de investigadores.

Investigación Institucional2.3.

Actividades dirigidas a la generación de nuevos conocimientos y a su aplicación a la resolución de los problemas institucionales de índole administrativa, académica o educativa que incidan en el desarrollo de la comunidad universitaria y en sus procesos de calidad.

Diseño y planeación de la investigación2.3.1. Trabajo de planeación de la investigación, revisión documental y bibliográfica, elaboración de presupuestos y obtención de recursos, tendiente a la elaboración de un protocolo de investigación.

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Realización de la investigación2.3.2. Trabajo de indagación en la que; se recolectan y analizan los datos, se recuperan e interpretan los hechos, o de diseño en la que se apli­can las ideas y que produce resultados tales como: artículos científi­cos, libros, prototipos, patentes, software, reportes de investigación o ponencias en eventos especializados.

Dirección y gestión de proyectos de investigación.2.3.3. Trabajo que consiste en la dirección de equipos de trabajo, escritura de propuestas a agencias de financiamiento (privadas y públicas), ad­ministración de presupuestos de financiamientos y contratos, selec­ción y supervisión de los colaboradores, preparación de los reportes requeridos.

Formación y supervisión de investigadores.2.3.4. Asesoría brindada por académicos Titulares y Asociados para la for­mación de investigadores.

Producción de obra creativa2.4.

Actividades dirigidas a la generación de obras artísticas de tipo li­terario, plástico, de comunicación, arquitectónico, de diseño y otros que se asimilen a éstas.

Producción de obra propia 2.4.1. Trabajo tendiente a la publicación de obra literaria, exposición de obra plástica y/o arquitectónica, producción de programas de radio, televisión, películas y videos etc.

Traducción de obras literarias2.4.2. Trabajo de traducción de obras literarias con el fin de publicarlas.

Dirección de obras artísticas 2.4.3. Trabajo de dirección y coreografía de obras creativas, así como de diseño y adaptación de las mismas. Se incluye también la edición de revistas y la administración y organización de exhibiciones y pre­sentaciones.

promoción de Servicios educativo-universitarios3.

Actividades educativas dirigidas a la detección y solución de proble­mas, y a la atención de necesidades planteadas por las comunidades,

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las organizaciones sociales y la Universidad, con base en la apli­cación del saber, los valores y la cultura de la propia Universidad.

Servicios Educativo Universitarios Internos3.1.

Actividades de atención a las distintas instancias de la Comunidad Universitaria, relacionadas con algún aspecto del trabajo académi­co.

Asesoría para la asesoría del Modelo Educativo3.1.1. Actividades relacionadas con el diseño de políticas, lineamientos y mecanismos de operación del modelo educativo UIA, así como la asesoría para su operación y evaluación.

Servicios Técnico Profesionales a la Comunidad Universitaria3.1.2. Servicios especializados encomendados al académico en su campo de competencia profesional, para apoyar la realización de proyectos y programas de desarrollo académico de la UIA. Incluye los servicios de índole profesional requeridos dentro del propio sistema univer­sitario de naturaleza jurídica, tecnológica, educativa, comunicativa, administrativa, y de diseño.2.1.3. Servicios de apoyo a la integración de la Comunidad Univer­sitariaActividades encaminadas a la promoción de la integración en la co­munidad de los alumnos, exalumnos, profesores, padres de familia, personal y autoridades.

Servicios Educativo Universitarios Externos3.2.

Actividades de atención a comunidades y organizaciones del sector público, privado y social.

Servicios de Promoción Social3.2.1. Realización de proyectos y de actividades de promoción social que promuevan el compromiso con la justicia y la generación de mejores condiciones de vida en el entorno nacional y regional. Incluye la participación y la dirección de los mismos, así como la asesoría y supervisión de los alumnos que colaboran en ellos, a través de su Servicio Social.

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Consultoría3.2.2. Realización de proyectos contratados de investigación y consultoría para organizaciones externas a la UIA. Incluye la participación en estos proyectos y la dirección de los mismos, así como la asesoría y supervisión de los alumnos que colaboran en ellos.

Servicios de diseño y planeación3.2.3. Participación, dirección y gestión de proyectos de servicio comuni­tario apoyados por la UIA. Incluye la asesoría y supervisión de alum­nos que colaboran en estos proyectos.

gestión de lo académico-educativo4.

Actividades de planeación, conducción, coordinación y evaluación de las funciones, actividades y procesos para el logro de los propósi­tos y objetivos de las unidades académicas de la Universidad.

Funciones administrativas de lo académico­educativo4.1.

Actividades de administración, coordinación, dirección o apoyo de lo académico­educativo que, por su complejidad o continuidad, requie ren el nombramiento de una persona responsable de su rea­lización por el Consejo Educativo, la Rectoría, y las Direcciones Ge­nerales.

Responsable de áreas académicas o educativas.4.1.1. Funciones administrativas de quienes tienen la responsabilidad del funcionamiento de un centro, laboratorio, taller, instalación, o uni­dad similar en una dependencia académica o educativa.

Administración de los Servicios del área académica o 4.1.1.1. educativaActividades referentes al control y evaluación de los servicios prestados por el área académica o educativa a los alumnos, profesores y a las demás dependencias universitarias. Administración del Personal y de los recursos del área 4.1.1.2. académica o educativaActividades referentes a la gestión del personal del área, en la asignación de sus funciones y calidad en el servi­

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cio así como del aprovisionamiento y resguardo de los recursos materiales existentes en el área. Gestión y Tramitación Escolar4.1.1.3. Actividades referentes a la coordinación y gestión ante las Autoridades Educativas correspondientes del re­gistro de nuevos planes de estudio, admisión, control escolar, acreditación de estudios, certificación y titu­lación de los alumnos y egresados de la Universidad Iberoamericana Torreón y de los Centros de Extensión adscritos a la misma.

Responsable de programa o función. 4.1.2. Funciones académico­administrativas de quienes realizan o asisten tal función respecto a programas, actividades o funciones realizadas por otros, que forman un conjunto coherente y delimitado dentro de una unidad académica, y que requieren para ello conocimiento y habilidades suficientemente especializadas, así como capacidad de organización y control.

Administración académica de alumnos4.1.2.1. Administración académica del programa académico.4.1.2.2. Administración académica de planta docente.4.1.2.3. Funciones administrativas institucionales 4.1.2.4.

Dirección y apoyo4.1.3. Funciones académico­administrativas de quienes han sido nombra­dos por alguna alta autoridad de la Universidad, según los proce­dimientos que para cada caso determine el Estatuto Orgánico, para llevar a cabo funciones de dirección académica o de apoyo en asun­tos académicos.

Participación en órganos colegiados de la UIA Torreón4.2.

Participación en cuerpos colegiados y otros órganos cuyas funciones cubren el ámbito interno de una unidad académica. Incluye Consejo Técnico, Consejo Académico, Comisión de Área, y otros de género análogo.

Organismos de dependencias básicas 4.2.1. Incluye la participación en sus proyectos y la dirección de los mis­mos, así como la asesoría y supervisión de los alumnos que colabo­

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ran en ellos. Comprende a los Consejos Técnicos de Licenciatura o de Centro, Consejos o Claustros Académicos Departamentales.

Organismos institucionales 4.2.2. Participación en cuerpos colegiados y otros órganos cuyas funciones cubren un ámbito más amplio que el de una unidad académica. In­cluye: Comité Académico de Departamentos, Comité Académico de Centros, Comité General Administrativo, Consejo Educativo, F.O.U.H.L.A.C., Comités y Comisiones permanentes o temporales y otros de género análogo.

Vinculación4.3.

Actividades relacionadas con el establecimiento de relaciones for­males entre la UIA e instituciones educativas, sector público, privado y social para fines de desarrollo académico y social.

Vinculación con instituciones educativas y académicas4.3.1. Actividades relacionadas con la promoción y gestión de intercam­bios y cooperación para la realización de programas y proyectos académicos conjuntos con instituciones académicas y educativas en México y en el extranjero, así como para la promoción del programa académico.

Vinculación con empresas y organizaciones del sector público 4.3.2. y privado. Actividades relacionadas con el establecimiento de convenios y acuerdos de colaboración que faciliten a la UIA avanzar efi­cazmente en el logro de sus objetivos académicos y su misión institucional.Vinculación con organismos no gubernamentales, del sector 4.3.3. público y promoción social.Actividades relacionadas con el establecimiento de conve­nios, acuerdos de colaboración y de generación de proyectos en el área de promoción social, con un claro compromiso de justicia social y desarrollo regional.

difusión5.

Actividades destinadas a propagar el saber, los valores y la cultura

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de la humanidad y de la propia Universidad para el conocimiento, desarrollo y servicio de la sociedad. Incluye: las actividades relacio­nadas con la comunicación y publicación de conocimientos a través de la presentación de obras, de la organización de eventos y de la publicación de textos, así como de participación universitaria en aso­ciaciones y organismos profesionales y científicos.

Eventos académico­profesionales5.1.

Actividades de difusión realizadas mediante expresiones o produc­ciones de carácter temporal.

Organización de eventos de divulgación del conocimiento5.1.1. Planeación, gestión, obtención y coordinación de condiciones prác­ticas de realización de un programa amplio de actividades sobre un tema o campo de conocimientos, práctica o creación humana de carácter académico, científico, artístico o profesional.

Conferencias5.1.1.1. Exposición sistematizada de principios teóricos, téc­nicas u opiniones fundamentadas, en un campo aca­démico, científico, artístico o profesional, al público en general.Exposición5.1.1.2. Presentación organizada de productos de la creatividad científica o artística y/o de diseño del académico, pon­derando si se trata de una exposición individual, colec­tiva, regional, nacional e internacionalPonencia5.1.1.3. Presentación en reunión de carácter académico, cientí­fico, artístico o profesional, de hipótesis, métodos, téc­nicas, problemas, análisis y reflexiones del ponente, como parte de un programa amplio de intervenciones sobre un tema o campo de conocimientos, práctica o creación humana ponderando si se presentan en la len­gua nativa o en otro idioma, o de carácter nacional o internacional.Organización de congresos, simposio, asamblea, visi­5.1.1.4. tas, planeación, gestión, obtención y coordinación de

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condiciones prácticas de realización de un programa amplio de actividades sobre un tema o campo de cono­cimientos, práctica o creación humana de carácter académico, científico, artístico o profesional. Incluye: Congresos, Simposio, Semana, Asamblea, Serie de Conferencias, Serie de Visitas.

Eventos educativos y culturales5.2.

Actividades de difusión realizadas mediante expresiones culturales, educativas y artísticas.

Organización de eventos culturales5.3.

Planeación, gestión, obtención y coordinación de actividades, dedi­cadas a la organización de eventos de promoción de la cultura y las artes.

Organización de actividades para el desarrollo espiritual de la 5.3.1. comunidad universitaria.

Planeación, gestión, obtención y coordinación de ac­tividades para el desarrollo integral de los alumnos y de la comunidad universitaria en el ámbito espiritual.

Publicaciones5.4.

Actividades de difusión realizadas mediante documentos impresos o audiovisuales de carácter permanente. Incluye:

Noticia o reseña bibliográfica5.4.1. Información sobre nuevos hallazgos, descubrimientos o trabajos de investigación, creación, o presentación breve de los elementos fun­damentales de una obra publicada en una revista académica, cientí­fica o artística.

Prólogo, introducción o reseña analítica 5.4.2. Presentación de una obra académica, científica o artística, que in­cluye crítica del contenido o análisis de los puntos fundamentales de la misma, ya sea en la misma obra o en una revista académica, científica o artística.

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Se asimilan a esta categoría:Artículos o folletos de divulgación no arbitrados. 5.4.2.1. Artículo publicado en periódico o revista no académi­co, científico o artístico, o folleto del mismo género, excepto cuando el académico colabora permanente­mente en esa publicación en forma remunerada.Guía de museo, sala, exposición, zona arqueológica, 5.4.2.2. sitio histórico o artísticoFolleto que incluye localización de piezas o detalles destacables dentro de un recorrido ordenado, así como datos complementarios que permitan la mejor com­prensión de lo visitado.

Bibliografía temática5.4.3. Recopilación actualizada de las fichas bibliográficas sobre un tema o campo de conocimiento, práctica o creación humana. Se asimila a esta categoría:

Guión para programa audiovisual5.4.3.1. Elaboración de un programa audiovisual de duración normal, que incluya argumento, textos e indicación precisa de los materiales.

Artículos, capítulos o folletos arbitrados5.4.4. Contribución que representa un aporte a la disciplina o campo aca­démico, científico o artístico, gracias al análisis que hace, los proble­mas que contribuye a resolver en sus conclusiones, el planteamiento de nuevas hipótesis, la apertura de nuevas rutas a la reflexión e inves­tigación o la creación artística.Se asimilan a esta categoría:

Catálogo o bibliografía temática comentados5.4.4.1. Análisis de todos y cada uno de los objetos que forman parte de una colección de estudio o del material documental actualizado sobre un tema, incluyendo la adecuada introducción, clasificación y comen­tario de cada uno de los objetos o títulos contenidos.

Artículo en revista arbitrada5.4.4.2. Publicación en revista arbitrada de artículos académi­cos, científicos o artísticos, con amplio estudio crítico. Antología, compilación o edición crítica5.4.4.3. Publicación conjunta de artículos académicos, cientí­

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ficos o artísticos, escritos por uno o varios autores dis­tintos al recopilador, con amplio estudio crítico que puede estar distribuido en notas o glosas.Edición de revista5.4.4.4. Participación en los juicios editoriales y publicación de una revista de carácter académico, científico o artístico, de nivel universitario.Traducción de libro5.4.4.5. Versión de un idioma a otro de un libro académico, científico, técnico, artístico o de divulgación, referente a algún campo del conocimiento, práctica o creación humanas.Revisión técnica de libro5.4.4.6. Participación en la valoración del contenido de un libro de carácter académico, científico o artístico de nivel universitario.

Ensayo5.4.5. Planteamiento de ideas originales del académico, que rebasa clara­mente la categoría de artículo en su extensión y plantea propuestas o hipótesis de claro valor académico, científico o artístico.Se asimila a esta categoría:

­ Libro de divulgación5.4.5.1. Obra extensa publicada para difundir entre lectores no especialistas los conocimientos de un campo académi­co, científico o artístico.

Libro5.4.6. Obra extensa que representa un aporte al campo por el análisis o descripciones contenidos en ella y que conducen a la resolución de problemas, al planteamiento de nuevas hipótesis, la apertura de caminos de reflexión o investigación, la novedad en perspectivas, creación o formas de apreciación estéticas.

Monografía5.4.7. Obra de análisis y crítica de la obra de un creador.

Participación en organismos profesionales, científicos y públicos5.5.

Actividades de difusión consistentes en la participación universitaria

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en organismos y asociaciones promotores de algún aspecto de la cul­tura, la ciencia y la tecnología, así como de un alto nivel de servicios profesionales y la defensa de legítimos intereses de una profesión. Incluye SUJ y AUSJAL

Delegación institucional5.5.1. Desempeño de tareas de nivel universitario en un organismo o asociación científico o profesional y público por designación oficial de la Universidad para representarla.Membresía activa5.5.2. Participación en algún organismo o asociación científico o profesional y público, consistente en mantener vigentes y asumir sus obligaciones como miembro del mismo.Membresía responsable5.5.3. Desempeño de tareas de nivel universitario en un organismo o asociación científico o profesional por elección o nombra­miento para ocupar algún cargo directivo o administrativo en dicho organismo o asociación que se deba realizar durante la jornada de trabajo en la UIA.Servicios de producción de Medios impresos, digital y/o au­5.5.4. diovisual. Actividades de dirección, producción y edición de los me­dios impresos y/o digitales, de divulgación de la Universi­dad Iberoamericana Torreón, incluyendo la gestión de los derechos de autor.

Formación y superación académica6.

Actividades de capacitación y mejoramiento profesional personal en beneficio propio y de las funciones a desempeñar.

Estudios curriculares6.1.

Estudios que forman parte de un programa regular de estudios supe­riores, conducentes a la obtención por el académico, de un grado o diploma de posgrado, incluyendo el trabajo de titulación o grado correspondiente.

Licenciatura6.1.1.

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Estudios curriculares conducentes a la obtención por el académico de un grado de Licenciatura.

Especialización6.1.2. Estudios de posgrado conducentes a la obtención por el académico de un grado o diploma de especialización.

Maestría6.1.3. Estudios de posgrado conducentes a la obtención por el académico de un grado de Maestría.

Doctorado6.1.4. Estudios de posgrado conducentes a la obtención por el académico de un grado de Doctor.

Estudios No curriculares6.2.

Estudios no conducentes a la obtención por el académico de un grado o diploma, realizados a un nivel equivalente a los que forman parte de un programa regular de estudios superiores. Son estudios cuyo objetivo es mantenerse al día en los adelantos, en conocimien­tos o habilidades en un campo; son ofrecidos en un nivel, al menos, equivalente a los de un programa regular de licenciatura y requieren los conocimientos previos de una de éstos. Incluye, además de los se­ñalados en general, la participación en congresos, simposios y otros eventos profesionales y académicos. Se asimilan a esta categoría los cursos o diplomados de:

De Mejoramiento de la Docencia6.2.1. Incluye los cursos impartidos por el Centro de Desarrollo Educativo sobre orientaciones didácticas, enfoques pedagógicos, desarrollo de habilidades docentes o para el desarrollo de la planeación académica y guías de aprendizaje propuestas por la institución.

Otras lenguas6.2.2. Incluye los cursos impartidos por el Centro de Lenguas y Culturas que promuevan la adquisición o el dominio de una lengua extranjera.

Tecnologías de Información y Comunicación6.2.3. Incluye los cursos impartidos sobre las Nuevas tecnologías de in­formación comunicación desde el punto de vista de la herramienta así como de su propuesta didáctica y pedagógica que promueva el aprendizaje centrado en el alumno y los ambientes colaborativos.

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Estudios de actualización en función de necesidades concre­6.2.4. tas. Incluye los cursos sobre la actualización del académico en el campo de su disciplina.Formación para el desarrollo personal6.2.5.

Incluye cualquier actividad (cursos, talleres, retiros conferencias, es­pacios de reflexión, etc.,) en el que su objetivo principal sea la for­mación y desarrollo de la persona.