CENTRO EDUCATIVO NUEVA GENERACION · ¡Salve, oh tierra gentil! ¡Salve, oh madre de amor! Cuando...
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CENTRO EDUCATIVO NUEVA GENERACIÓN “El Copey”
PREESCOLAR PRIMARIA (I Y II CICLO)
SECUNDARIA (III Y IV CICLO) BACHILLERATO INTERNACIONAL
NORMATIVA INTERNA
NORMATIVA INTERNA DE EVALUACIÓN, PROMOCIÓN Y DISCIPLINA ESTUDIANTIL,
DE LOS DEBERES Y DERECHOS DE PADRES Y DEMÁS FUNCIONARIOS DEL C.E.N.G
(Fundado en 1997)
REVISADO Y APROBADO 2018
“Niños y jóvenes construyendo un futuro mejor”
CENTRO EDUCATIVO NUEVA GENERACIÓN “EL COPEY” Respeto, responsabilidad, rigurosidad académica y humana, disciplina y tolerancia
2018
“Niños y jóvenes construyendo un futuro mejor”
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MASCOTA
CENTRO EDUCATIVO NUEVA GENERACIÓN
El águila es nuestra mascota, ya que representa el carácter
luchador y emprendedor de cada uno de los miembros de
nuestra Comunidad Educativa; quienes se esfuerzan por
llegar lejos y alcanzar sus metas, enfrentando con
positivismo, poder y valentía, los obstáculos que se presenten
en su camino hacia el éxito.
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“Niños y jóvenes construyendo un futuro mejor”
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HIMNO NACIONAL DE COSTA RICA
Letra: José María Zeledón
Música: Manuel María Gutiérrez
Noble patria tu hermosa bandera
expresión de tu vida nos da;
bajo el límpido azul de tu cielo
blanca y pura descansa la paz.
En la lucha tenaz de fecunda labor
que enrojece del hombre la faz,
conquistaron tus hijos labriegos sencillos
eterno prestigio, estima y honor.
¡Salve, oh tierra gentil!
¡Salve, oh madre de amor!
Cuando alguno pretenda tu gloria manchar,
verás a tu pueblo, valiente y viril,
la tosca herramienta en arma trocar.
¡Salve, oh patria!, tu prodigo suelo,
dulce abrigo y sustento nos da;
bajo el límpido azul de tu cielo,
¡vivan siempre el trabajo y la paz!
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NORMATIVA INTERNA DE EVALUACIÓN, PROMOCIÓN Y DISCIPLINA ESTUDIANTIL, DE LOS DEBERES Y DERECHOS DE PADRES Y DEMÁS FUNCIONARIOS DEL C.E.N.G
ÍNDICE
RECONOCIMIENTOS OFICIALES del CENTRO EDUCATIVO NUEVA GENERACIÓN “El Copey” 7 1. SECUNDARIA: DECRETO EJECUTIVO No 29439-MEP (9-05-2001). La Gaceta No 88 ........... 7
2. PRIMARIA: DECRETO No 30502 - MEP (25-06-2002) La Gaceta N o 121. .............................. 7
3.PREESCOLAR: (RESOLUCION NÚMERO C. P. 07-MEP.) ............................................................................. 7
CAPÍTULO I ................................................................................................................................................. 8
SECCIÓN I 8 JUSTIFICACIÓN .............................................................................................................................................. 8 FINES DEL CENTRO EDUCATIVO .............................................................................................................. 10
SECCIÓN II 17
DISPOSICIONES GENERALES...................................................................................................................... 18 ARTÍCULO 1: LOS OBJETIVOS DE ESTE REGLAMENTO ........................................................................ 18 ARTÍCULO 2: DEL RECONOCIMIENTO DEL DERECHO A LA EDUCACIÓN ........................................ 18 ARTÍCULO 3: DE LA OBLIGATORIEDAD DE CONOCER ESTE REGLAMENTO ................................... 18 ARTÍCULO 4: DE LAS FUNCIONES BASICAS DE LA EVALUACIÓN DE LOS APRENDIZAJES .......... 18 1. LA EVALUACIÓN DIAGNOSTICA ............................................................................................... 18 2. LA EVALUACIÓN FORMATIVA .................................................................................................. 19 3. LA EVALUACIÓN SUMATIVA ..................................................................................................... 19 4. DE LA DIVISION DEL CURSO LECTIVO A EVALUAR: .............. ¡Error! Marcador no definido. ARTÍCULO 5: DE LA RESPONSABILIDAD DE LA ADMINISTRACION EN LA EVALUACIÓN Y DE LA
DISCIPLINA ................................................................................................................................................... 19 ARTÍCULO 6: DE LA ESCALA PARA LA CUANTIFICACION DE LA EVALUACIÓN ............................ 19 ARTÍCULO 7: DE LA PARTICIPACIÓN EN EL PROCESO DE EVALUACIÓN ........................................ 19 ARTÍCULO 8: DE LA INTEGRACIÓN DEL COMITÉ DE EVALUACIÓN Y APOYO EN I Y II CICLO. .. 20 ARTÍCULO 9: DE LA INTEGRACIÓN DEL COMITE DE EVALUACIÓN Y APOYO EN III CICLO Y
EDUCACIÓN DIVERSIFICADA ................................................................................................................... 20 ARTÍCULO 10: DE LA INTEGRACIÓN DEL GOBIERNO ESTUDIANTIL Y DE LAS JUNTAS
DIRECTIVAS DE SECCIÓN .......................................................................................................................... 20
CAPÍTULO II ............................................................................................................................................. 20
DEL INGRESO, MATRÍCULA Y PERMANENCIA .......................................................................................... 20 ARTÍCULO 11: DEL INGRESO ..................................................................................................................... 20 ARTÍCULO 12: DE LA MATRÍCULA ........................................................................................................... 23 ARTÍCULO 13: DE LA PERMANENCIA ...................................................................................................... 24
CAPÍTULO III ........................................................................................................................................... 25
DE LA ASISTENCIA DE LOS ESTUDIANTES ............................................................................................. 25 ARTÍCULO 14: DE LA ASISTENCIA ............................................................................................................ 25 ARTÍCULO 15: DE LA PUNTUALIDAD Y ASISTENCIA ........................................................................... 25 ARTÍCULO 15.1 DE LAS TARDIAS Y AUSENCIAS ................................................................................... 25 ARTÍCULO 16: DE LA MOTIVACION DE AUSENCIAS ............................................................................. 26 ARTÍCULO 17: DE LA REPROGRAMACION DE TRABAJOS Y EXAMENES CUANDO SE DA LA
AUSENCIA JUSTIFICADA ............................................................................................................................ 26 ARTÍCULO 18: DE LOS PERMISOS PARA AUSENTARSE DE LA INSTITUCION .................................. 27
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CAPÍTULO IV .......................................................................................................... 28
DEL UNIFORME Y LA PRESENTACION PERSONAL ............................................................................... 28 ARTÍCULO 19: EL UNIFORME DEL CENTRO EDUCATIVO NUEVA GENERACIÓN Y DE LOS
ARTÍCULOS NO PERMITIDOS .................................................................................................................... 28 19.1 DE LA PRESENTACION PERSONAL ........................................................................................... 28 19.2 DEL UNIFORME DE PREESCOLAR: ............................................................................................ 28 19.3 DEL UNIFORME DE PRIMARIA .......................................................................................................... 28 19.4 DEL UNIFORME DE SECUNDARIA DE .............................................................................................. 29 ARTÍCULO 20: DE LAS RESTRICCIONES AL USO DEL UNIFORME Y OTROS ARTÍCULOS NO
PERMITIDOS ................................................................................................................................................. 30 20.1: DE LA OBLIGATORIEDAD DE CUMPLIR CON EL UNIFORME: .................................................... 33 20.2: DE LAS FALTAS AL UNIFORME ........................................................................................................ 33 20.3: DEL PROCEDIMIENTO AL INCUMPLIRSE CUALQUIER SITUACION REFERENTE A OBJETOS
NO PERMITIDOS ........................................................................................................................................... 33 ARTÍCULO 21: DE ALGUNAS PROHIBICIONES PARA ESTUDIANTES, PADRES DE FAMILIA,
PERSONAL DOCENTE Y ADMINISTRATIVO: ........................................................................................... 33 21.1: DEL PROCEDIMIENTO AL INCUMPLIRSE CUALQUIER SITUACION REFERENTE A
PROHIBICIONES EXPRESAS. ...................................................................................................................... 36
CAPÍTULO V ........................................................................................................... 36
DE LOS DERECHOS Y DEBERES ................................................................................................................. 36 ARTÍCULO 22: DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES ................................................................................. 36 ARTÍCULO 23: DE LOS DEBERES DE LOS ESTUDIANTES ..................................................................... 37 ARTÍCULO 24: DE LOS REQUISITOS PARA SER SUJETO DE ELECCIÓN EN EL GOBIERNO
ESTUDIANTIL Y EN LA DIRECTIVA DE SECCIÓN: ................................................................................. 41 24.1: DE LOS DEBERES DEL GOBIERNO ESTUDIANTIL ......................................................................... 42 24.2 DE LOS DEBERES DE LA JUNTA DIRECTIVA DE SECCIÓN ........................................................... 42 ARTÍCULO 25: DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA O ENCARGADOS .. 43 ARTÍCULO 26: DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS EDUCADORES ............................................. 45
CAPÍTULO VI .......................................................................................................... 47
DEL SISTEMA DE PROMOCION DEL CENTRO EDUCATIVO NUEVA GENERACIÓN ..................... 47 ARTÍCULO 27: DE LA NOTA MINIMA DE PROMOCION ......................................................................... 47 ARTÍCULO 28: DEL PROMEDIO ANUAL MINIMO PARA APROBAR CADA ASIGNATURA: .............. 48 ARTÍCULO 29: DE LA CALIFICACION MINIMA REQUERIDA PARA APROBAR EL ÚLTIMO
PERIODO PARA CADA ASIGNATURA: ...................................................................................................... 48 ARTÍCULO 30: DE LA DIVISION DEL CURSO LECTIVO EN PERIODOS ............................................... 48 ARTÍCULO 31: DETALLE DE LOS DIFERENTES RUBROS CONSIDERADOS........................................ 48 ARTÍCULO 32: DE LOS COMPONENTES DE LA CALIFICACIÓN Y DE SU VALOR PORCENTUAL.
PARA I Y II CICLO ........................................................................................................................................ 51 ENGLISH ........................................................................................................................................................ 54 ARTÍCULO 34: DE LAS CONDICIONES DE APLICACIÓN DE LAS PRUEBAS: ...................................... 55 ARTÍCULO 35: DEL DERECHO DE EXIMIRSE DEL SEGUNDO PARCIAL DEL ÚLTIMO PERIODO: .. 56 ARTÍCULO 36: DEL RUBRO ASISTENCIA PARA EL CÁLCULO DE LAS NOTAS: ................................ 57 ARTÍCULO 37: DE LA SANCION POR ACCIONES FRAUDULENTAS EN LAS PRUEBAS Y EN LOS
TRABAJOS ESCOLARES Y COLEGIALES: ................................................................................................. 57 ARTÍCULO 38: DE LA APROBACION DE CADA CICLO LECTIVO ......................................................... 57 ARTÍCULO 39: DE LAS CONDICIONES QUE IMPLICAN LA REPROBACION DEL ESTUDIANTE: ..... 58 ARTÍCULO 40: DE LA NOTA MINIMA A REPORTAR EN UN INFORME DE NOTAS: ........................... 58 ARTÍCULO 41: DE LA REALIZACION DE CONVOCATORIAS PARA LOS ALUMNOS APLAZADOS: 59 ARTÍCULO 42: DE LAS ACCIONES POR DAÑOS DE LA INFRAESTRUCTURA FISICA Y/O PRIVADA
DE LA INSTITUCION O DE CUALQUIER MIEMBRO DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA: .................. 59
CAPÍTULO VII ........................................................................................................ 59 ARTÍCULO 43: RECURSO DE REVISION U OBJECION: ........................................................................... 59 ARTÍCULO 43.1: PROCEDIMIENTO PARA PLANTEAR UN RECURSO DE REVISION U OBJECION .. 59
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CAPÍTULO VIII ....................................................................................................... 60
DE LA CONDUCTA.......................................................................................................................................... 60 ARTÍCULO 44: DE LA DEFINICION DE LA CONDUCTA .......................................................................... 60 ARTÍCULO 45: DE LAS CARACTERISTICAS DE LA EVALUACIÓN DE LA CONDUCTA .................... 60 ARTÍCULO 46: DE LA CONDICION DE APLAZADO EN CONDUCTA .................................................... 60 ARTÍCULO 47: DE LA CONDICION DE REPROBADO EN CONDUCTA .................................................. 61 ARTÍCULO 48: DE LOS REQUISITOS DE APROBACION PARA UN ESTUDIANTE APLAZADO EN
CONDUCTA ................................................................................................................................................... 61 ARTÍCULO 49: DE LA NATURALEZA DE LAS ACCIONES CORRECTIVAS .......................................... 61 ARTÍCULO 50: DE LAS GARANTIAS DE COMUNICACIÓN EN LA APLICACIÓN DE ACCIONES
CORRECTIVAS .............................................................................................................................................. 61 ARTÍCULO 51: DE LA TIPIFICACION Y DE LAS CONDICIONES PARA APLICAR ACCIONES
CORRECTIVAS. ............................................................................................................................................. 62 ARTÍCULO 52: DE LA VALORACION DE LAS FALTAS EN LA NOTA DE CONDUCTA. ...................... 62 ARTÍCULO 53: DE LAS APLICACIONES DE ACCIONES CORRECTIVAS DE CONDUCTAS
INADECUADAS ............................................................................................................................................. 62 ARTÍCULO 54: DE LA RESPONSABILIDAD DE LA INSTITUCIÓN CON EL ESTUDIANTE A QUIEN SE
APLICA UNA ACCIÓN CORRECTIVA. ....................................................................................................... 65 ARTÍCULO 55: DE LA APLICACIÓN DE LA INASISTENCIA INMEDIATA ALCENTRO EDUCATIVO
COMO MEDIDA PRECAUTORIA: ................................................................................................................ 65 ARTÍCULO 56: DE LAS FALTAS LEVES Y SU VALORACION ESPECÍFICA EN LA NOTA DE
CONDUCTA ................................................................................................................................................... 65 ARTÍCULO 57: DE LAS FALTAS GRAVES Y SU VALORACION ESPECÍFICA EN LA NOTA DE
CONDUCTA ................................................................................................................................................... 67 ARTÍCULO 58: DE LAS FALTAS MUY GRAVES Y SU VALORACION ESPECÍFICA EN LA NOTA DE
CONDUCTA ................................................................................................................................................... 69
CAPÍTULO IX .......................................................................................................... 71 ARTÍCULO 59: DE LAS ACCIONES CORRECTIVAS A FALTAS MUY GRAVES DE CONDUCTA ....... 71 ARTÍCULO 60: DE LA REPROGRAMACION DE EXAMENES O ENTREGA DE TRABAJOS, DURANTE
EL PERIODO DE INTERRUPCION DEL PROCESO EDUCATIVO. ............................................................ 72 ARTÍCULO 61: DE LAS PRUEBAS NACIONALES (IV CICLO) ................................................................. 72 ARTÍCULO 62: DE LA CONDICION DE APROBADO: ............................................................................... 73 ARTÍCULO 63: DE LA GRADUACION ........................................................................................................ 73 A. DE LOS REQUISITOS DE GRADUACION ................................................................................... 73 B. GRADUACION DE PREESCOLAR ................................................................................................ 73 C. GRADUACION DE II CICLO: ........................................................................................................ 74 D. GRADUACION DE III CICLO : ...................................................................................................... 74 E. GRADUACION DE BACHILLERATO: .......................................................................................... 74 ARTÍCULO 64: DE LOS CURSOS POR TUTORIA: ...................................................................................... 74 ARTÍCULO 64.1: DE LOS REQUISITOS PARA OPTAR POR UN CURSO POR TUTORIA ....................... 75 ARTÍCULO 65: DE LA PROMOCION EN LOS CURSOS POR TUTORIA: ................................................. 75 ARTÍCULO 66: DE LOS ESTUDIANTES HUESPED O ESPECIALES (QUE REALIZA PASANTIAS) ..... 75 ARTÍCULO 66.1: DE LOS REQUISITOS PARA SER CANDIDATO A LA CATEGORIA DE ESTUDIANTE
HUESPED O ESPECIAL................................................................................................................................. 76 ARTÍCULO 67: NORMAS GENERALES PARA EL USO DEL CASILLERO .............................................. 76 ARTÍCULO 67.1: OBSERVACIONES AL USO DEL CASILLERO .............................................................. 77 ARTÍCULO 68: NORMAS GENERALES PARA EL USO DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS
(PISCINA, GIMNASIO, PLAZA DE FÚTBOL).............................................................................................. 77 ARTÍCULO 69: OTRAS MEDIDAS DISCIPLINARIAS ................................................................................ 80
ANEXOS…………………………………………………………………………….82
DECLARATORIA DE NORMA DE SEGURIDAD…………………..…………..104
AÑO DE REVISIÓN Y APLICACIÓN………..…………………………………..104
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RECONOCIMIENTOS OFICIALES DEL CENTRO
EDUCATIVO NUEVA GENERACIÓN “El Copey”
1. SECUNDARIA: DECRETO EJECUTIVO No
29439-MEP (9-05-2001). La Gaceta No
88.
Artículo 1: Que los estudios que se realicen en el
Centro Educativo Nueva Generación ―El Copey‖
situado en San Rafael de Heredia, tendrán
correspondencia con el III ciclo de la Educación
General Básica y la Educación Diversificada.
2. PRIMARIA: DECRETO No 30502 - M.E.P.
(25-06-2002) La Gaceta N o 121.
Artículo 1: Que los estudios que se realicen en el
Centro Educativo Nueva Generación ―El Copey‖,
situado en 1 Km. al norte del Parque de San Rafael
de Heredia, tendrán correspondencia con el I y II
ciclos de la Educación General Básica.
3. PREESCOLAR: (RESOLUCIÓN NÚMERO
C. P. 07-MEP.)
Artículo 1. Que los estudios que se realicen en el
Centro Educativo Nueva Generación ―El Copey‖
(jardín de Niños y Niñas), situado en Heredia,
tendrán correspondencia con los de la Educación
Preescolar (ciclo Materno Infantil, Grupo Interactivo
II y Ciclo de Transición).
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4. PROGRAMA DE DIPLOMA DEL
BACHILLERATO INTERNACIONAL:
Carta de autorización del 21 de junio del 2015.
Inicia lecciones en febrero del 2016.
CAPÍTULO I JUSTIFICACION Y DISPOSICIONES GENERALES
SECCIÓN I
JUSTIFICACIÓN En este documento, por sencillez en la escritura y en el estilo
se utiliza un formato tradicional que no contempla las
diferencias de género; sin embargo nuestra posición es clara
en toda discriminación de esta, o de cualquier otra naturaleza,
se considera odiosa e incongruente con los principios que éste
entraña.
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Pensamos en la educación como el principal baluarte de
nuestro país, como el timón que debe regir el actuar de un país
libre y grandioso como lo es el nuestro, un país en el cuál la
principal riqueza es su población y sus recursos naturales, por
ello es que creemos firmemente en lo siguiente:
LA EDUCACIÓN ES EL MÁS VALIOSO TESORO
QUE PODEMOS DEJAR A NUESTROS HIJOS.
POR ELLO COMO PADRES SOÑAMOS CON DAR A
NUESTROS HIJOS ESE PRECIADO E INVALUABLE
TESORO.
LOS EDUCADORES SE ENALTECEN ANTE DIOS Y
EL HOMBRE, AL SEMBRAR EN LOS NIÑOS Y
JÓVENES, LA SEMILLA DEL CONOCIMIENTO Y LA
SABIDURÍA.
TODOS LOS CIUDADANOS SE ESMERAN POR
TENER UN PAÍS CULTO.
TODOS LOS COSTARRICENSES AMAMOS LA
LIBERTAD Y LA EDUCACIÓN ES NUESTRO
PRINCIPAL BALUARTE.
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FINES DEL CENTRO EDUCATIVO
Formar a los ciudadanos triunfadores de hoy, mañana y siempre “Estudiar y Vivir en armonía, en un ambiente agradable de respeto mutuo, equilibrado o sea que se entienda la importancia del equilibrio físico, mental y emocional para lograr el bienestar personal propio y el de los todos los miembros de la comunidad estudiantil y por lo tanto que ello conlleve a la realización plena, ES UN DERECHO DE TODOS
“Aprender y enseñar con alegría y optimismo, en un marco de tolerancia y amor, es un derecho de estudiantes y docentes”
POR LO QUE:
Se hace necesario, establecer la presente regulación interna básica en
materia de evaluación y algunas normas y medidas disciplinarias,
para facilitar el logro de esos fines.
Me parece importante antes que todo señalar nuestra visión de lo que
es y debe ser la disciplina. Esta, la concebimos como el conjunto de
valores y principios que harán que una persona sea buena, justa,
exitosa pero bondadosa, honesta, responsable, tolerante y respetuosa.
Por ello la disciplina es y será lo más importante y valioso de
inculcar en nuestros niños y niñas; jóvenes adolescentes y que deben
ser practicados por todas y cada una de las personas que forman
nuestra gran familia educativa (Estos son los valores y principios de
nuestra casa de estudios y por ende de nuestros educandos y nuestros
docentes y todo el personal). La disciplina es el medio para formar
para la vida, no el fin.
M.Sc. LIGIA AGUILAR GRANADOS DIRECTORA Y FUNDADORA C.E.N.G
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FILOSOFÍA
La filosofía del Centro Educativo Nueva Generación, dice que la
educación es y debe ser, una etapa de realización plena y sobre
todo de FELICIDAD del educando, y que la calidad de la
enseñanza es nuestro fin primordial y se debe de dar desde el
punto de vista humano y académico. Por ende, nuestra filosofía
promueve la integridad física, mental, intelectual, emocional y
espiritual del ser humano.
NUESTRAS METAS
FORMAR A LOS TRIUNFADORES DEL MAÑANA EN UN
MARCO DE CALIDAD ACADÉMICA Y HUMANA.
EDUCAR Y FORMAR A HOMBRES Y MUJERES
RESPONSABLES, DISCIPLINADOS, HONESTOS, RESPETUOSOS
Y CONSCIENTES DE SU ROL PRESENTE Y SU COMPROMISO
FUTURO.
FORMAR HOMBRES Y MUJERES CON CALIDAD ACADÉMICA,
HUMANA Y ÉTICA.
FORMAR HOMBRES Y MUJERES CONSCIENTES DE SU
RESPONSABILIDAD CON EL MEDIO AMBIENTE.
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MISIÓN
Brindar una educación extraordinaria e integral, basada en valores
humanos y espirituales que transformen positivamente las vidas de
cada uno de los integrantes de nuestra familia educativa, al propiciar
un ambiente apto para el pensamiento crítico, analítico e
internacional que nos permita el crecimiento personal y profesional
con plenitud.
VISIÓN
Ser la mejor institución educativa privada, producto de su oferta
académica actualizada y competitiva, además su preocupación por
los aspectos humanos, sensibles y espirituales del alumno con gran
potencial académico, con fe y temor de Dios. Con los mejores
estudiantes: disciplinados, responsables, respetuosos y felices.
Una institución creada
PARA LOS TRIUNFADORES DE HOY, MAÑANA Y SIEMPRE.
.
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PERFIL INSTITUCIONAL
La comunidad educativa Nueva Generación está integrada por todos los sujetos que de forma activa se involucran en el proceso de enseñanza – aprendizaje, es decir, estudiantes, docentes, administrativos, padres de familia y entidades comunales y nacionales. Esta comunidad institucional posee características que se detallan a continuación:
RESPONSABLES Reconocen la importancia de ser una persona responsable e íntegra consigo misma y con cada una de las actividades educativas y personales que debe tener cualquier ser humano para alcanzar la felicidad, el éxito y la realización plena como individuo perteneciente a una sociedad.
INDAGADORES
S
Estimulan su curiosidad y sed de conocimiento y emprenden el camino para encontrar las respuestas a sus interrogantes, ven en la investigación una fuente inacabable de conocimiento, respetan las ideas ajenas y las entienden como una manera de enriquecer su propio bagaje.
BUENOS COMUNICADORES
Poseen ideas claras, argumentadas, y saben expresarlas de manera asertiva con herramientas como el respeto y la creatividad, utilizando diferentes lenguajes. Están dispuestos a colaborar con otros.
DE MENTALIDAD ABIERTA
Conocen, aprecian y valoran sus costumbres y tradiciones y la riqueza de su cultura, están dispuestos a compartirla con otros y conocer otras culturas como manera de enriquecer su bagaje y crecer como personas.
SOLIDARIOS Y TOLERANTES
Se muestran sensibles ante las ideas, sentimientos y necesidades de los otros y buscan ser ente de cambio y ayuda para aquellos que lo necesiten. Son conscientes que en la diversidad está la verdadera riqueza y por eso escuchan y respetan las opiniones ajenas y las observan como material para ampliar su visión de mundo.
RESPETUOSOS Y EQUILIBRADOS
Basan sus relaciones académicas y personales en el respeto por los demás. Entienden que el bienestar se basa en un todo y se preocupan por el equilibrio físico, mental y emocional.
COMPROMETIDOS CON EL MEDIO
AMBIENTE
Se preocupan por la comunidad global y la sostenibilidad, entienden que la única manera de vivir con la naturaleza es en armonía.
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NUESTRO SÍMBOLO
El árbol de Copey o ―Azahar del Monte‖
Este se ubica al frente de nuestra institución y simboliza a nuestros
egresados al concluir sus estudios: fuertes, seguros, firmes, con una
formación académica sólida, con principios y valores éticos, morales, firmes
y con amor a Dios.
De él, se deriva el nombre completo de nuestra institución
Centro Educativo Nueva Generación “El Copey”
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NUESTRO LEMA
NIÑOS Y JÓVENES CONSTRUYENDO RESPONSABLEMENTE UN FUTURO MEJOR
NUESTRO ESCUDO
Nuestro escudo es el emblema de nuestro Centro Educativo y tiene un significado muy especial.
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EL SIGNIFICADO DE NUESTRO ESCUDO
LA SEMILLA NACIENTE ENTRE LAS DOS MONTAÑAS:
Representa a los estudiantes que son LA NUEVA
GENERACIÓN, LA GENERACIÓN DEL FUTURO,
NUESTRA RAZÓN DE SER, una generación deseosa de
sabiduría, amor y triunfo. Pienso en ellos como la buena semilla,
que si encuentra un campo fértil, el abono apropiado, crecerá
hasta el infinito, proporcionando solo satisfacción y gloria a
nuestra propia patria.
LAS DOS MONTAÑAS: Una representa a la familia y la otra a
nuestra patria. Los dos grandes baluartes que deben guiar la vida
de toda persona.
EL SOL: Simboliza la fuente de luz y sabiduría imprescindible
para el crecimiento intelectual, espiritual y humano;
personificado en sus directores, profesores, padres y demás
personas que son fuente de sabiduría, amor y ejemplo.
EL CIELO AZUL: Simboliza el techo protector bajo el que
vivimos en armonía, con amor, respeto y entrega. Nos recuerda
que hay un Dios Todopoderoso, grande y eterno, que debe ser el
guía de todo lo que emprendamos y el único límite al intelecto y
a nuestras aspiraciones.
Ligia Ma Aguilar Granados Directora y Fundadora del C.E.N.G
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A partir 21 de junio del 2015 fecha en la que recibimos la carta
de autorización, el Centro Educativo Nueva Generación fue
certificado como un Colegio del Mundo, por la Organización del
Bachillerato Internacional, y con los atestados para impartir el
Programa de Diploma.
Por lo tanto, este insigne logo nos identifica y forma parte de
nuestros símbolos. Somos parte de la familia IB, y somos
reconocidos como un Colegio del Mundo.
El estudiante matriculado en el programa de Diploma, de igual
manera tiene que acogerse a todo lo estipulado en la presente
normativa interna del Centro Educativo Nueva Generación. No
obstante además se le entregará un documento anexo con
algunas de las normas específicas del programa y que ha sido
establecida y legislada por la Organización de Bachillerato
Internacional.
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SECCIÓN II
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1: LOS OBJETIVOS DE ESTE REGLAMENTO El presente reglamento interno y de disciplina tiene como
objetivo el establecer la regulación básica en materia de
evaluación y disciplina; y el establecimiento de algunas normas y
acciones correctivas que regularán el accionar de los estudiantes,
padres y demás integrantes de la comunidad educativa del Centro
Educativo Nueva Generación.
ARTÍCULO 2: DEL RECONOCIMIENTO DEL DERECHO A LA EDUCACIÓN El sistema educativo costarricense reconoce al estudiante la
titularidad del derecho a la educación desde su ingreso al sistema
y todos los derechos inherentes a la persona, según el orden
jurídico nacional e internacional vigente en el país.
ARTÍCULO 3: DE LA OBLIGATORIEDAD DE CONOCER ESTE REGLAMENTO Es obligación de todos los estudiantes, padres de familia personal
docente y administrativo de este centro educativo, conocer este
reglamento, sus disposiciones, deberes, derechos y medidas
disciplinarias correctivas en beneficio de la comunidad
estudiantil.
ARTÍCULO 4: DE LAS FUNCIONES BÁSICAS DE LA EVALUACIÓN DE LOS APRENDIZAJES Las tres funciones básicas de la evaluación son: la diagnóstica,
la formativa y la sumativa. Estas funciones se definen de la
siguiente manera:
1. LA EVALUACIÓN DIAGNÓSTICA: Es aquella que detecta el
estado inicial de los estudiantes en las áreas cognoscitivas, socio afectivas y psicomotora con el fin de facilitar, con base en la
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información que de ella se deriva, la aplicación de las estrategias
pedagógicas correspondientes.
2. LA EVALUACIÓN FORMATIVA: Esta es concebida como
aquella que provee información respecto al accionar del
educando y permite la toma de medidas correctivas sobre los
procesos de aprendizaje de los estudiantes.
3. LA EVALUACIÓN SUMATIVA: Esta es la que se encarga de
registrar la calificación numérica de cada estudiante y de
certificar los aprendizajes.
ARTÍCULO 5: DE LA RESPONSABILIDAD DE LA ADMINISTRACIÓN EN LA EVALUACIÓN Y DE LA DISCIPLINA La administración del proceso de evaluación de los aprendizajes
y procesos disciplinarios en el aula es responsabilidad directa del
docente a cargo, quien debe tener como directriz la filosofía del
Centro Educativo. Tendrán también autoridad, responsabilidad y
decisión, los directores (as) el Comité de Evaluación y apoyo.
ARTÍCULO 6: DE LA ESCALA PARA LA CUANTIFICACIÓN DE LA EVALUACIÓN La escala de cuantificación de la evaluación de los procesos de
enseñanza aprendizaje, incluyendo la nota de conducta es de uno
a cien.
ARTÍCULO 7: DE LA PARTICIPACIÓN EN EL PROCESO DE EVALUACIÓN El proceso de evaluación de los aprendizajes y la evaluación de la
conducta de los estudiantes, implica la participación de:
El director(a) de la institución
Los docentes
El comité de Evaluación y apoyo de la institución,
El departamento de orientación y psicología de la institución
El coordinador del departamento cuando lo hubiere.
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ARTÍCULO 8: DE LA INTEGRACIÓN DEL COMITÉ DE EVALUACIÓN Y APOYO EN I Y II CICLO. Este comité está integrado por El Coordinador (a) General quién
preside, la representación administrativa, el subdirector(a), una
maestra de materias básicas, el departamento de psicología.
ARTÍCULO 9: DE LA INTEGRACIÓN DEL COMITÉ DE EVALUACIÓN Y APOYO EN III CICLO Y EDUCACIÓN DIVERSIFICADA: Este comité está integrado por: Coordinador (a) General quién
preside, la representación administrativa, la subdirección, un o
una docente y el departamento de Orientación y Psicología.
ARTÍCULO 10: DE LA INTEGRACIÓN DEL GOBIERNO ESTUDIANTIL Y DE LAS JUNTAS DIRECTIVAS DE SECCIÓN Tanto el Gobierno estudiantil como las juntas directivas de
sección, estarán integrados por estudiantes regulares de la
institución que gocen de intachable conducta y que todos sus
promedios sean mayores a la nota mínima establecida según
el nivel en que se encuentren y que tengan iniciativa, capacidad
de decisión y ejecución.
CAPÍTULO II DEL INGRESO, MATRÍCULA Y PERMANENCIA
ARTÍCULO 11: DEL INGRESO
Todo estudiante que desee ingresar al Nueva Generación deberá
cumplir con el siguiente proceso de admisión según le sea indicado:
1. Inscribirse en la secretaría de la Institución.
2. Realizar un examen diagnóstico, cuando así se le indique.
3. La presencia del niño o joven y sus padres a una cita con la
Directora(or), Psicóloga(o), según la Institución los cite.
4. Aportar referencias de conducta o psico-pedagógicas si así se lo
solicita el Director Académico o el departamento de psicología.
5. Cuando corresponda; presentar el expediente de adecuación
curricular para su análisis.
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11.1 DEL INGRESO A PREESCOLAR Y AL PRIMER GRADO:
En la disposición del Ministerio de Educación se lee:
“Según la reforma al Reglamento de matrícula y traslados para los
estudiantes del Ministerio de Educación Pública de la República de
Costa Rica, aprobado por el Consejo Superior de Educación en sesión
número 26-2017, celebrada el 15 de mayo del 2017 mediante acuerdo
número 06-26-2017, y que dicta ahora en la SECCIÓN III, del
procedimiento y los requisitos de matrícula, se estipula lo siguiente en
los artículos 11 y 12:
ARTÍCULO 11:
Para el Ciclo Materno Infantil, Grupo Interactivo II de la
Educación Preescolar (Kínder), la edad mínima de ingreso
es de cuatro años cumplidos al 15 de febrero del curso
lectivo al que se desea ingresar.
Para el Ciclo de Transición de la Educación Preescolar
(Preparatoria), la edad mínima de ingreso es de cinco años
cumplidos al 15 de febrero del curso lectivo al que se desea
ingresar.
Para el Primer año del Primer Ciclo de la Educación
General Básica, la edad mínima de ingreso es de seis años
cumplidos al 15 de febrero del curso lectivo al que se desea
ingresar.
ARTÍCULO 12:
Para el ingreso al Primer año de la Educación General
Básica, además de lo señalado anteriormente, es requisito
haber concluido el nivel de Educación Preescolar, -
garantizando la articulación de todos los niveles y ciclos del
sistema educativo costarricense según el artículo 77 de la
Constitución Política- y presentar el certificado de
asistencia.
(Según circular del Ministerio de Educación Pública DM-
0030-08-2017, del 08 de agosto del 2017)”
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11.2 DEL INGRESO AL I Y II CICLO DE LA EDUCACION BASICA:
Cumplir lo anteriormente señalado y solicitar el título de preescolar
y/o las certificaciones de calificaciones de los niveles aprobados
11.3 DEL INGRESO AL III CICLO DE LA EDUCACION BASICA Y A LA EDUCACION DIVERSIFICADA:
En el caso de séptimo año de la Educación General Básica y décimo
año de la Educación Diversificada se debe presentar original y copia
del Certificado de Conclusión de Estudios del Ciclo anterior al que
se desea matricular y del informe al hogar
11.4 DEL INGRESO AL PROGRAMA DE DIPLOMA DEL
BACHILLERATO INTERNACIONAL:
Todo estudiante que desee cursar el Bachillerato Internacional en
nuestra institución, sea miembro de la comunidad educativa del
Centro Educativo Nueva Generación, sin distinción de género, o
provenga de otras instituciones de secundaria, debe seguir el proceso
de admisión al Programa de Diploma, el cual consiste en:
Deben haber aprobado todas las materias de décimo año.
Deben tener una nota de conducta igual o superior a 80, con lo
cual se demostrará que cumple con las normas estipuladas en el
Reglamento Interno.
Deben mantener, durante décimo año, un nivel de asistencia
mayor al 80%.
Debe participar de las actividades de información del Programa,
las cuales consisten en: -una reunión con los alumnos de décimo y
una reunión de padres de décimo. En dichas reuniones se
involucrarán profesores, la coordinación y dirección, alumnos que
cursan el Programa y egresados (cuando los hubiera). ESTO EN
CASO DE QUE EL ALUMNO CURSARA SU DÉCIMO AÑO EN
NUESTRA INSTITUCIÓN. EN CASO DE QUE PROVENGA DE
OTRA INSTITUCIÓN, DEBE REUNIRSE CON EL
COORDINADOR Y OTROS MIEMBROS.
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ARTÍCULO 12: DE LA MATRÍCULA
Los estudiantes deberán asimismo cumplir con los siguientes
requisitos para que la matrícula quede en firme:
Haber cumplido con el proceso de admisión.
Aportar dos fotografías recientes tamaño pasaporte.
Aportar la documentación legal pertinente tales como Original y
fotocopia del traslado o de las notas de la institución de la cual
proviene; certificada por el Ministerio de Educación, tarjetas de
vacunas, examen audiometría y vista, para escuela, constancia de
nacimiento del Registro Civil y otros según corresponda a cada
caso, evaluación psicopedagógica cuando se solicite.
Leer y devolver firmada la hoja de conocimiento y aceptación de la
presente normativa interna.
Los padres o encargados deberán cada año lectivo, pasar a leer y
firmar el contrato educativo para cada periodo o año escolar. En
caso que no se apersonen o no devuelvan firmado el contrato del
año, queda por aceptadas las variaciones que hayan sido realizadas,
debidamente informadas, vía campus, internet, o circulares internas.
El padre o encargado no podrá aducir desconocimiento.
Llenar la hoja de matrícula con los datos que se solicitan.
Cancelar el monto establecido por matrícula y la cuota anual.
Depositar en el caso de estudiantes de secundaria el valor de la
prueba clínica para la detección de uso de drogas ―doping‖
Adicionalmente, los alumnos procedentes del extranjero deberán
aportar la documentación que demuestre el nivel aprobado en el
extranjero y efectuar el trámite correspondiente de reconocimiento
de sus estudios ante el Ministerio de Educación Pública, estar al día
en el curso y aprobación de la materia según el nivel académico.
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ARTÍCULO 13: DE LA PERMANENCIA
Una vez admitido, el alumno mantendrá su estado de
estudiante regular en la Institución siempre que cumpla con lo
siguiente:
Respetar siempre a la Institución (se denomina institución a
todos y cada uno de los estudiantes, al personal docente y
administrativo, las instalaciones, los medios de transporte
estudiantil, así como los estandartes, símbolos, uniformes y
todo aquel lugar en que se esté como representación o
actividades curriculares y extracurriculares).
No incurrir en alguna de las causales de extrema gravedad
establecidas en el presente reglamento, ni tener una conducta
habitual que ponga en peligro la convivencia o impida a los
demás estudiantes ejercer su derecho pleno al estudio.
Obtener una nota de conducta mayor o igual a la mínima
establecida por la institución.
Que sus padres o encargados se mantengan al día con las
mensualidades y otras obligaciones económicas.
Que sus padres o encargados respeten, acaten y acepten el
presente reglamento, así como el contrato educativo firmado.
Que sus padres o encargados muestren interés en el desempeño
de sus hijos y que se presente a la Institución cuando las
autoridades, profesores(as) o maestros así lo requieran.
Que no se comprueben anomalías en la documentación
entregada a la institución.
Para el ciclo lectivo siguiente, el padre debe confirmar su deseo
y el de su hijo(a) de continuar en la institución mediante la
fórmula de matrícula y la cancelación de la cuota de matrícula.
En caso de que un estudiante se le haya suspendido el servicio
educativo por falta muy grave, no podrá ser readmitido.
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CAPÍTULO III
DE LA ASISTENCIA DE LOS ESTUDIANTES
ARTÍCULO 14: DE LA ASISTENCIA La asistencia se define como la presencia física del estudiante
en las lecciones y en todas aquellas otras actividades escolares
y extracurriculares a que fuese convocado por el Centro
Educativo.
Es obligación de todo estudiante asistir puntualmente a lec-
ciones, actos oficiales, actividades curriculares y
extracurriculares a los que fuesen debidamente convocados en
el horario normal de la Institución, a actividades oficiales y
extraoficiales según el calendario y convocatorias del Centro
Educativo y del Ministerio de Educación Pública y demás
autoridades regionales o nacionales.
ARTÍCULO 15: DE LA PUNTUALIDAD Y ASISTENCIA El horario general de lecciones es de lunes a jueves de 8:00
a.m. a las 3:10 p.m. y los viernes de 8:00 a.m. a las 2:00 p.m.
Los alumnos deberán respetar el horario fijado y ser puntuales
en todas las actividades. En caso de retrasos en la mañana, sin
excepción, los estudiantes deberán esperar hasta el segundo
período (segunda lección) para entrar a clases.
ARTÍCULO 15.1 DE LAS TARDÍAS Y AUSENCIAS Se entiende como una tardía, la llegada a una lección después
de tocado el timbre y que el profesor se encuentre en el aula.
Por cada llegada tardía, el estudiante perderá 0,5 puntos de su
nota de conducta en el período correspondiente.
Se entiende como ausencia la no presencia física de los alumnos en
las actividades oficiales de la institución.
Se considera ausencia la llegada a una lección en forma injustificada
a los catorce minutos de iniciada la misma. Y después de los quince
minutos de iniciada la lección se considera ESCAPE.
Por cada día lectivo que falte en forma injustificada perderá nueve
puntos de la nota de conducta, y si se ausenta a una lección, se le
descontará 1 punto por lección.
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ARTÍCULO 16: DE LA JUSTIFICACIÓN DE AUSENCIAS
a) La justificación de las ausencias la podrá realizar, únicamente, el
padre / madre o encargado y debe realizarse dentro de los tres días
hábiles posteriores a la misma.
b) La justificación debe presentarse en el cuaderno destinado para ese
fin ―Libro del estudiante‖ Cuando fueren hermanos debe hacerse por
separado
c) Se podrán justificar ausencias por motivos tales como:
Enfermedad o accidente del estudiante (Con dictamen médico
debidamente firmado y timbrado)
Enfermedad o accidente de uno de los padres
Cita médica impostergable, con la presentación del comprobante
médico.
Muerte de algún miembro de la familia, o parentesco hasta
tercer grado de consanguinidad.
ARTÍCULO 17: DE LA REPROGRAMACIÓN DE TRABAJOS Y EXÁMENES CUANDO SE DA LA AUSENCIA JUSTIFICADA Cuando un estudiante presente la justificación de las ausencias a la
institución, realizada, únicamente, por el padre de familia y
preferiblemente con dictamen médico o documentos probatorios de
la causa de la falta y dentro de los tres días hábiles, se le autoriza:
Entregar sus trabajos extra clase (tareas o trabajos): esto debe
hacerlo preferiblemente antes de la fecha programada, y en caso
que por fuerza mayor falte el propio día, la entrega del trabajo o
tarea, deberá ser estrictamente en LA PRÓXIMA LECCIÓN
que tenga con el docente de la materia.
Las pruebas cortas, estrictamente en la próxima lección que
tenga con el docente.
En estos dos casos, el estudiante deberá presentarle a dicho
docente copia de la justificación, avalada por la dirección.
Si faltó al proyecto en su totalidad o a un 80% del mismo, no se
repondrá dicho proyecto, en esta circunstancia la nota
obtenida en la prueba escrita será repetida en el rubro del
proyecto.
Si faltó a una parte del proyecto o componente del mismo:
en esta circunstancia, perderá solo el componente que se
evaluara el día que no asistió y tendrá por nota lo que se haya
ganado previamente.
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Si faltó a una PRUEBA ESCRITA: el padre de familia debe
solicitar la reprogramación por escrito, con dictamen médico.
La fecha de reprogramación, será establecida fuera del horario
de clases por la administración y en coordinación con el
docente. Esa fecha le será comunicada al educando y será
definitiva, lo que implica que si el estudiante no se presenta a la
prueba perdería el derecho a realizarla.
En este caso, el padre de familia cancelará la cuota establecida
por concepto de reprogramación y reelaboración de la prueba
bimestral. El monto será de ¢6000 (seis mil colones netos) por
cada prueba. Para la realización de la prueba el estudiante
deberá presentar el comprobante de pago o la justificación
respectiva, y el docente deberá tener en su poder dicha
autorización de parte de la administración.
No se aplicarán pruebas antes de la fecha y la hora establecida.
No se reprogramarán etapas o componentes de proyectos, es
decir, si el alumno no asiste o no presenta alguna parte del
proyecto, se le otorgará un 1 en esa calificación. No obstante,
esto no será prohibición para realizar y presentar las demás
etapas o componentes.
ARTÍCULO 18: DE LOS PERMISOS PARA AUSENTARSE DE LA INSTITUCIÓN Los permisos para ausentarse de la institución: Estos se otorgarán
solo a solicitud escrita del padre de familia responsable. Mediante
un correo electrónico o en físico en el cuaderno usado para ese fin.
Cuando sea por enfermedad que se presente inesperadamente y que
el educando estuviese dentro de la institución, a criterio de la
dirección previa consulta del padre o encargado, se le dará el
permiso de retirarse. Siempre y cuando el padre de familia hubiese
autorizado su retiro.
En ambos casos, el padre o encargado, es el único responsable de la
forma en que su hijo(a) regrese a su casa. Y debe realizar la
respectiva justificación de las ausencias por escrito el día siguiente. CUANDO SE OTORGA EL PERMISO, NO SE
REPROGRAMARAN TRABAJOS O PRUEBAS. Debiendo en este
caso el estudiante presentar las pruebas y/o trabajos solicitados
para el día del permiso, con anterioridad a su retiro de la
Institución; de lo contrario perderá el puntaje asignado a los
mismos.
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Solo en caso de extrema urgencia y autorizado por la dirección,
se hará caso omiso de lo anterior.
CAPÍTULO IV DEL UNIFORME Y LA PRESENTACIÓN
PERSONAL
ARTÍCULO 19: EL UNIFORME DEL CENTRO EDUCATIVO NUEVA GENERACIÓN Y DE LOS ARTÍCULOS NO PERMITIDOS El Centro Educativo Nueva Generación, tiene un uniforme para
diario y otro para Educación física:
19.1 DE LA PRESENTACIÓN PERSONAL
La presentación personal es muy importante y se evaluarán los
hábitos de aseo e higiene personal, así como el uso correcto del
uniforme.
19.2 DEL UNIFORME DE PREESCOLAR: UNA CAMISETA DE COLOR BEIGE CON UNA RAYITA
VERDE, CON EL ESCUDO DEL CENTRO EDUCATIVO.
UN SHORT O PANTALÓN CORTO O LARGO DE COLOR
VERDE.
BUZO CON EL ESCUDO DE LA INSTITUCIÓN.
MEDIAS DEL COLOR DE LA CAMISETA, O DE SU
PANTALÓN O ENAGUA.
ZAPATOS CÓMODOS O TENIS, COLOR CAFÉ O NEGRO.
19.3 DEL UNIFORME DE PRIMARIA
UNIFORME DE USO DIARIO UNA CAMISETA COLOR AZUL REY, CON LA INSIGNIA
DEL CENTRO EDUCATIVO.
UN PANTALÓN CORTO O LARGO DE COLOR AZUL
OSCURO.
LAS NIÑAS USARAN UNA ENAGUA Ó PANTALÓN
LARGO COLOR AZUL OSCURO. Y DEL DISEÑO QUE SE
LES DARA Y CON LAS SIGLAS DE LA INSTITUCIÓN).
CINTURÓN O FAJA NEGRA O AZUL OSCURO. LAS
NIÑAS PODRÁN USAR CINTURÓN O FAJA DEL COLOR
DE SU BLUSA.
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EN CASO DE QUE EL NIÑO(a) REQUIERA POR SALUD
EL USO DE CAMISETA POR DEBAJO, PODRÁ USAR
UNA CAMISETA BLANCA DE TIRANTES
JACKET Y / O BUZO CON EL ESCUDO DE LA ESCUELA
MEDIAS AZULES.
ZAPATOS O TENIS NEGROS.
UNIFORME PARA EDUCACIÓN FÍSICA
SHORT O PANTALONETA DEL COLOR DESIGNADO.
CAMISETA DEL COLOR DESIGNADO CON EL ESCUDO
DE LA INSTITUCIÓN.
TENIS DE CUALQUIER COLOR.
19.4 DEL UNIFORME DE SECUNDARIA DE USO DIARIO
Un pantalón largo de mezclilla azul (Hombres y mujeres). El mismo
debe usarse a la cintura, limpio, con ruedo y en buen estado
(conservando el color). Las señoritas podrán usar enagua diseño
cuando así haya sido aprobado por la administración.
Faja o cinturón negro. Las señoritas podrán usar faja o cinturón del
color de su camiseta.
Camiseta Verde Azulada con el respectivo escudo del Centro
Educativo.
Zapatos negros o tenis negras (podrán tener la suela blanca), CON
CORDONES NEGROS. Los estudiantes de XI año usarán los
aprobados en cada año.
Medias negras, verdes o blancas.
EN CASO DE NECESITAR EL USO DE CAMISETA POR
DEBAJO, SOLO PODRÁ UTILIZARSE LA QUE LA
INSTITUCIÓN OFRECE. (ESTA SERÁ DE COLOR VERDE Y
CON EL ESCUDO DE LA INSTITUCIÓN) O BLANCA DE
TIRANTES. Y los estudiantes de XI año de igual color que la que
usan a diario.
JACKET DEL COLOR DESIGNADO Y CON LAS INICIALES
DE LA INSTITUCIÓN.
LOS ESTUDIANTES DE UNDECIMO AÑO: Ellos y ellas podrán
usar el uniforme escogido por todos y aprobado por dirección en
octubre de cada año. Incluye, zapatos y jacket.
DEL UNIFORME DE LOS ESTUDIANTES DEL PROGRAMA
DE DIPLOMA (BI) AÑO XI Y XII: SERÁ CAMISETA
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BLANCA, PANTALÓN BEIGE Y ZAPATOS CAFÉ y la jacket
aprobada y escogida por ellos y ellas.
DEL UNIFORME DE EDUCACIÓN FÍSICA
Camiseta de color DESIGNADO con el escudo.
Pantaloneta o pantalón de buzo del color designado por la
institución, con el respectivo escudo o siglas del Centro Educativo
Las señoritas podrán usar una licra debajo de la pantaloneta.
Tenis de cualquier color.
Medias grises, negras o blancas.
ARTÍCULO 20: DE LAS RESTRICCIONES AL USO DEL UNIFORME Y OTROS ARTÍCULOS NO PERMITIDOS
Son restricciones por lo cual NO se permite
a. El introducir juguetes de cualquier tipo, a no ser que hayan sido
solicitados expresamente por el o la docente. Esto aplica desde
preescolar hasta la secundaria.
b. El uso excesivo de maquillaje (Lo único que se permitirá será rímel
color negro o transparente y brillo labial).
c. El uso de las uñas pintadas (Solo se permitirá el estilo francés o
brillo transparente).
d. El uso de aretes en los estudiantes varones.
e. El uso de piercing en los y las estudiantes, en cualquier parte de su
cuerpo (como en la nariz, lengua, ombligo, cejas, etc.), así como
tatuajes visibles.
f. El uso de camisetas blancas, o de cualquier otro color que no sea la
proporcionada por la Institución. g. El uso de pantalones rotos, con parches, sin ruedo, sucios, etc.
h. El uso de tintes sea en todo el cabello o en partes de él, de colores
extremadamente llamativos (morados, azules, verdes, rojos, blancos,
amarillo huevo, otros)
i. El uso del cabello largo y barba en los varones; (EXCEPTO
CUANDO POR SU RENDIMIENTO ACADÉMICO Y DE
CONDUCTA SE LE APRUEBE. SIEMPRE RESPETANDO EL
LARGO QUE SE LES INDICARA), Guardando las normas de
cuidado personal.
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j. Se prohíbe traer y usar en la institución gorras, sombreros, guantes,
bufandas, excepto cuando fuese un día casual y se tenga autorización
para estar dentro de la institución sin portar su uniforme.
k. Se prohíbe traer a la institución y por ende el uso de cinturones de
otros colores a los establecidos o que tengan algún aditamento
peligroso.
l. Se prohíbe traer y usar en la institución, artículos de valor como
alhajas, relojes, artículos electrónicos, teléfonos celulares, relojes
inteligentes y otros dispositivos. (La Institución no se hace
responsable por la pérdida o daño de los mismos).
m. Los y las estudiantes de preescolar y primaria tienen prohibición
expresa de introducir a la institución celulares, relojes inteligentes o
aparatos tecnológicos para juegos o cualquier otra situación. El
personal de la institución se comunicará inmediatamente con los
padres de presentarse alguna emergencia.
n. En secundaria se permitirá el uso de laptop para el desarrollo de las
lecciones.
o. Los y las estudiantes de Secundaria, podrán usar su celular en
los recreos. Queda expresamente prohibido tener su celular
encendido dentro del aula, así como el mantener dicho aparato en
lugares accesibles para el estudiante, como en el pupitre, en el
canguro, en la jackets, debajo del pupitre u otro) mientras esté en
lecciones o actividades, EXCEPTO QUE CUANDO POR
ASUNTOS ACADÉMICOS EL DOCENTE SOLICITE
EXPRESAMENTE QUE LO UTILICEN. ―Este permiso deberá
estar regulado en cuanto al momento y tiempo de uso, y estar escrito
en el plan de lección del docente.
p. Si un estudiante de secundaria, usa teléfono celular, fuera de las
aulas, será bajo su estricta responsabilidad y no se aceptaran
apelaciones por boletas causadas por el uso inadecuado del mismo O
SEA cuando lo usare en las aulas o actividades curriculares o
extracurriculares (boleta puede ser grave o muy grave según lo
estipulado en esta Normativa).
q. OTROS ARTÍCULOS NO PERMITIDOS: marcadores
permanentes, tijeras con punta, objetos punzo cortantes,
encendedores, fósforos, patinetas, patines, monociclos, bicicletas,
cigarrillos, licores, drogas, sustancias medicinales no reportadas y
autorizadas, y otras señaladas en el artículo 21 o que en su momento
se determine que es contraproducente a la seguridad, salud física y
emocional de alguno de los miembros de la comunidad educativa.
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r. Cuando la Dirección anuncie que habrá día casual, los estudiantes
que lo deseen podrán asistir con ropa diferente del uniforme. Sin
embargo, tendrán que guardar la decencia y el decoro.
Nota: Las restricciones al uso del uniforme, se mantienen aun
cuando se realicen días casuales, o fiestas.
20.1 DEL DÍA CASUAL: Para los días casuales, se extiende la siguiente normativa:
Está permitido:
El uso de gorras o gorros y lentes oscuros durante los recreos.
Los alumnos deben guardarlas durante la clase.
Blusas de tirantes en las mujeres, sin escotes demasiado
pronunciados.
Blusas cortas, que dejan al descubierto, no más de un dedo de
piel en la cintura.
Uñas pintadas de los colores que lo prefieran.
Shorts en el caso de las mujeres. Estos deben tener un largo
prudente que llegue a media pierna.
Pantalones cortos debajo de las rodillas en el caso de los
varones.
Sandalias, pero no playera.
La cantidad de pulseras o collares que prefieran.
Camisas de equipos deportivos internacionales o de la Selección
Nacional. No se deben traer camisas de fútbol DE EQUIPOS
nacionales.
Leggins, que no sean transparentes.
Bufandas o pañuelos.
Está prohibido:
Usar gorras o gorros y lentes oscuros dentro de las clases.
Blusas transparentes o con escotes pronunciados.
Blusas strapless ni tipo MINICETAS .
Camisetas de Equipos de Fútbol Nacionales.
Vestidos y o enaguas.
Sandalias de playa.
Cualquier piercing.
Cadenas colgadas en pantalones o llaves.
Aretes en los varones.
Piercing.
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20.2: DE LA OBLIGATORIEDAD DE CUMPLIR CON EL UNIFORME:
Es directriz del Centro Educativo Nueva Generación no otorgar
permisos para asistir a la institución sin uniforme o con el
uniforme incompleto; excepto cuando se autorice un día casual ―el
cual él o la estudiante podrá asistir con uniforme si así lo considera‖
o en algún festejo especial.
20.3: DE LAS FALTAS AL UNIFORME
El incumplimiento con el uniforme se consideran faltas de conducta
leves, pero la persistencia de esto se convierte en falta grave.
20.4: DEL PROCEDIMIENTO AL INCUMPLIRSE CUALQUIER SITUACIÓN REFERENTE A OBJETOS NO PERMITIDOS:
De darse cualquiera de las situaciones referentes a portar objetos no
permitido, se procederá a:
Realizar la correspondiente boleta, con el rebajo de puntos de la nota
de conducta según corresponda. Y al decomiso del objeto prohibido,
el cual se devolverá únicamente al padre de familia, en los tres días
hábiles siguientes. Luego de este plazo la institución no se hará
responsable de la misma.
ARTÍCULO 21: DE ALGUNAS PROHIBICIONES PARA ESTUDIANTES, PADRES DE FAMILIA, PERSONAL DOCENTE Y ADMINISTRATIVO:
1. Está expresamente prohibido usar teléfonos celulares o relojes
inteligentes dentro del aula, esto ameritará una boleta.
2. Se prohíbe traer a la institución cualquier aparato electrónico para
escuchar música, así como videos, video juegos, etc. Se prohíben las
escenas amorosas por cualquier miembro de la comunidad
estudiantil (estudiantes, padres, funcionarios, visitantes)
3. Se prohíbe introducir a la institución cualquier tipo de mascotas.
Esto se considera una falta muy grave
4. Se prohíbe, a toda la comunidad educativa y visitantes, el introducir
a la institución y/o portar en sus bolsillos, salveques, casillero etc.
cualquier tipo de arma de fuego, blanca o cualquier objeto punzo
cortante ―cuchillas(os), punzones, puñales, pedazos de metal con
puntas, etc.‖.
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5. Se prohíbe portar, cigarros, encendedores, fósforos o artículos
inflamables, productos nocivos a la salud. Esto se considera una
falta muy grave.
6. Se prohíbe, a toda la comunidad educativa y visitantes, el introducir
a la institución y/o portar en sus bolsillos, salveques, casillero etc.,
cigarrillos, licor, o cualquier tipo de droga y utensilios que sean
usados para el consumo de drogas lícitas o ilícitas así como
material pornográfico, u otro que incite a la violencia.
7. Se prohíbe, a toda la comunidad educativa y visitantes, el ingerir
bebidas alcohólicas dentro de la institución, en el medio de
transporte o en actividades extracurriculares convocadas
oficialmente, o fuera de la institución cuando portaran el uniforme
sea visto y probado.
8. Se prohíbe fumar dentro de la institución o en sus alrededores (LEY
9028 DEL MINISTERIO DE SALUD). SE DECLARA LA
INSTITUCION UN LUGAR LIBRE DE HUMO, POR LO TANTO
ESTO SE EXTIENDE A PADRES Y MADRES,
FAMILIARES,VISITANTES, DOCENTES Y
ADMINISTRATIVOS.
9. Se prohíbe introducir a la institución, consumir, distribuir o inducir a
otros al uso de cualquier tipo de drogas dentro de la institución; en
el autobús o en actividades extracurriculares convocadas
oficialmente.
10. Se prohíbe a cualquier persona el ingreso a la institución en estado
de ebriedad, o cuando hubiese consumido alguna droga.
11. Se prohíbe a cualquier persona el ingreso a la institución cuando su
presentación personal sea vulgar, insalubre o que atente contra la
dignidad y seguridad de los y las estudiantes.
12. Solo ingresarán libremente a la institución los vehículos de padres o
encargados que se hayan registrado, para esto se actualizará el
registro al inicio de cada año, el registro incluye nombre del
padre y o madre, marca de vehículo, placas. A todos los padres
o encargados se les entregará se les entregará un logo de la
institución el cual debe portarse en un lugar visible para el
guarda de seguridad. 13. Se prohíbe a cualquier persona ingresar a las áreas aledañas a los
edificios de aulas en sus vehículos, en horas lectivas, sin el permiso
correspondiente. Para lo que deberán reportarse en la administración.
(Ver anexo 2).
14. Se prohíbe a cualquier persona ingresar a las áreas donde se
encuentra el perro, esta área está aislada y cerrada, favor respetar.
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15. Se prohíbe subirse a los árboles, cortar flores o plantas, caminar por
las zonas verdes y lanzar o jugar con los frutos.
16. Siendo fieles a nuestra política ambiental, y siguiendo las
recomendaciones nacionales e internacionales, se prohíbe el uso de
contaminantes dañinos para el ambiente en las clases ordinarias,
proyectos, maquetas, trabajos extra-clase, tareas, exámenes, fiestas,
paseos, excursiones giras, o en cualquier área académica o recreativa
del quehacer de la Institución. Estos contaminantes peligrosos para
el ambiente incluyen globos, pajillas, y los microplásticos como:
polietileno (PE), polipropileno (PP), PET, PMMA y/o nylon. (Ver
anexo 2).
17. Se prohíbe caminar, sentarse y otros en las calles, ya que esto podría
ocasionar algún accidente. Favor utilizar las aceras, gradas y
pasillos.
18. La velocidad máxima permitida para circular dentro de la
institución es de 10 km/hora.
19. Se prohíbe a los y las estudiantes el ingreso a la institución
conduciendo su propio vehículo (motocicletas, autos, etc.),
aunque tengan licencia de conducir.
20. Todos los miembros de la institución respetarán la disposición de
ingreso en vehículo o a pie por la zona destinada para ese fin
(Contiguo al restaurante Lo Sabroso) y la salida por el lugar
señalado para ello (salida por donde se ubica el árbol de Copey). 21. Es prohibido parquear autos en las zonas verdes y en los alrededores
de preescolar y primaria. Solo se autorizará en el área destinada para
parqueo.
22. Se prohíbe a cualquier persona (amigo, padre de familia, visitante),
el ingreso a las áreas de docencia sin la autorización
correspondiente.
23. Se prohíbe a cualquier persona (padre de familia, amigo, visitante,
docente o administrativo), el salir de la institución con estudiantes,
sin la autorización correspondiente.
24. Aquellos estudiantes que salgan de la institución a la hora de la
salida (u horas después), por sus propios medios, sea con el permiso
o no de sus padres, será responsabilidad absoluta del padre o
encargado. Esto porque es imposible controlar su salida a esta hora
si el estudiante no obedece. Se les solicita a los padres ser muy
claros con sus hijos en la forma en que ellos deben regresar a casa.
25. El estudiante debe comportarse debidamente y no incumplir las
normas establecidas, aun cuando estuviese fuera de la institución.
(Ver anexo 2).
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21.1: DEL PROCEDIMIENTO AL INCUMPLIRSE CUALQUIER SITUACIÓN REFERENTE A PROHIBICIONES EXPRESAS. De darse cualquier de las situaciones anteriores, se procederá a:
SI SE TRATA DE UN O UNA ESTUDIANTE
Realizar la correspondiente boleta, con el rebajo de puntos de la
nota de conducta según corresponda. Y al decomiso del objeto
prohibido, cuando proceda, a comunicarse en forma inmediata con
el padre de familia o encargado, y a establecer la investigación del
caso y la medida correctiva según corresponda.
SI SE TRATA DE PERSONAL DOCENTE Y/O
ADMINISTRATIVO, DE UN PADRE DE FAMILIA O
ENCARGADO Y/O UN FAMILIAR, Y/O VISITANTE.
Se realizará la correspondiente llamada de atención y se tomarán
las medidas que correspondan.
CAPÍTULO V
DE LOS DERECHOS Y DEBERES
ARTÍCULO 22: DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES
Los estudiantes del Centro Educativo Nueva Generación tendrán
derecho a:
a) Promover la discusión y el diálogo abierto y respetuoso entre sus
compañeros, con los docentes administrativos y demás
autoridades de la Institución.
b) Ejercer libremente su derecho al estudio, sin la interferencia de
sus compañeros o de terceras personas.
c) Plantear sus necesidades libremente dentro de un marco de orden
y respeto.
d) Plantear en forma personal o por representación de sus padres o
encargados y conforme a las regulaciones vigentes, las
objeciones que estime pertinentes con respecto a las
calificaciones que se le otorguen.
e) Exigir el respeto a su dignidad e integridad física, psíquica y
moral, sin distinción de sexo, raza, lugar de nacimiento,
capacidad económica, creencias políticas o religiosas,
dificultades físicas especiales.
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f) Recibir la educación y la instrucción prevista en el Plan de
Estudios y en los programas de Estudio de la Institución, a cargo
de profesionales e instructores de alto nivel, orientados a la
excelencia académica, y el desarrollo integral del estudiante.
g) Recibir sus lecciones dentro de condiciones mínimas técni-
camente aceptables de mobiliario, equipo y espacio.
h) A exigir un trato digno y a la no persecución y / o acoso de
ningún tipo de parte de ningún miembro de la comunidad
educativa.
i) A que el docente le evacue adecuadamente y sin demora
justificada sus dudas.
j) Ser sujeto partícipe del proceso de evaluación y disciplina.
k) A solicitar prácticas y centros grupales cuando fuere necesario y
justificado.
l) Conocer y acatar el Reglamento de Evaluación y Disciplina.
m) Elegir y ser electo en los órganos de la comunidad estudiantil
como representante de sección y del gobierno estudiantil,
siempre que cumpla con lo establecido en el artículo 10 y 24 del
presente reglamento. Los estudiantes de último año de secundaria
(onceavo para el bachillerato nacional) u (doceavo para BI), podrá
ser sujeto de elección en el gobierno estudiantil, pero no en el cargo
de presidente. Dado que ellos en octubre culminan su proceso de
estudiante dejando el puesto de presidencia vacante; Podrán ser
electos en cualquiera de los otros puestos.
n) Recibir la Acreditación y reconocimiento que le corresponde
según el reglamento de Mérito Estudiantil.
o) Utilizar el casillero, siempre y cuando haya hecho un uso
correcto, como lo señala el presente reglamento (art. 67).
ARTÍCULO 23: DE LOS DEBERES DE LOS ESTUDIANTES
Los estudiantes del Centro Educativo Nueva Generación tienen la
obligación de cumplir con los siguientes deberes:
a) Respetar, conocer y acatar el presente reglamento.
b) Asistir con puntualidad y respeto a lecciones, actos oficiales, acti-
vidades curriculares y extracurriculares a los que fuesen
debidamente convocados en el horario normal de la Institución, y
a actividades oficiales según el calendario y convocatorias del
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Ministerio de Educación Pública y demás autoridades regionales
o nacionales.
c) Ajustarse al horario y al calendario del Centro Educativo
d) Acatar las disposiciones de la Institución sobre uniforme y
normas de presentación personal (hábitos de aseo e higiene
personal).
e) Es deber del estudiante de primaria respetar el área física de los
estudiantes de secundaria y viceversa.
f) Cuidar del ornato y aseo de la institución (dentro y fuera del
aula).
g) Cuidar y utilizar correctamente los bienes muebles e inmuebles,
así como las instalaciones y equipos de la Institución, debiendo
reponer aquellos que se deterioren o destruyan intencionalmente
o por desacato a las normas de uso expresamente dadas.
h) Conocer y Acatar las Normas de Disciplina y las Normas de
Evaluación del Centro Educativo Nueva Generación.
i) Conocer, respetar y acatar las normas generales para el uso del
casillero (art. 67).
j) Ser honesto, leal y responsable consigo mismo, con los demás y
con la Institución.
k) Cuidar sus pertenencias (libros, cuadernos, calculadoras, jackets
y otros) todos ellos deben estar debidamente rotulados con su
nombre en diferentes partes, de tal forma que facilite la
identificación de las mismas, el dinero deben portarlo en los
bolsillos de sus pantalones y no dejarlos en salveques o
cartucheras. Los útiles escolares de valor especial, deben
recogerse y guardarse en sus maletines o casilleros antes de
salir a recreo, los mismos deben quedar cerrados y
ordenados.
l) Asistir a clases con todos y cada uno de los materiales, libros e
implementos necesarios para poder trabajar en clase.
m) Revisar sus pertenencias antes y/o después de salir a recreos, y antes
de salir de la institución, a fin de poder hacer la denuncia pertinente
cuando se diera el extravío de alguna de ellas.
n) Los bultos, salveques o mochilas, deben tener un tamaño mediano, ya que
los grandes no se pueden colocar en los lockers y al dejarlos en el pasillo
obstaculizan el paso. Del mismo modo incomodan en el medio de transporte
y causan daños en la columna de los estudiantes. o) Respetar la integridad física, moral y espiritual de todos y cada
uno de los miembros de la comunidad educativa.
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p) Respetar la libertad, la cultura particular, las convicciones y
características de los compañeros y profesores, así como el
derecho al estudio de sus compañeros, y el derecho de los
docentes de dar su clase sin interferencias injustificadas ni
discriminación.
q) Respetar la disposición de no ingresar a la institución
conduciendo su propio vehículo (motocicletas, autos, etc.),
aunque tengan licencia de conducir.
r) Respetar la disposición de no portar ningún tipo de armas de
fuego o blancas u objetos punzo cortantes que puedan ocasionar
algún daño, así como la de no portar ningún objeto inflamable
―encendedores, fósforos, etc.
s) Respetar la disposición de no portar, ni consumir ningún tipo de
sustancias nocivas a su salud como drogas, cigarrillos, licores,
medicamentos que no hayan sido reportados por el padre o
encargado, etc. (Ni dentro ni fuera de la institución).
t) No introducir alimentos ―comidas rápidas‖ (BK, Mc Donald,
Taco Bell, etc.) a actividades de la institución, ni para su
almuerzo particular, en pro de una alimentación sana.
u) Someterse a la prueba o chequeo clínico para la detección de uso
y consumo de drogas ―Doping‖, cuando sea requerido por la
institución. (El costo de este será asumido por el Padre de
Familia o encargado, en el laboratorio que la institución indique).
De resultar positiva la prueba, Se le dará el protocolo a seguir al
padre o encargado, este puede ser desde que el estudiante tenga
someterse a tratamiento de rehabilitación bajo la responsabilidad
del padre de familia, el cual tendrá el deber de presentar
constancias de dicho tratamiento al departamento de psicología.
En este caso la institución podrá realizar el Doping todas las
veces que lo considere conveniente y el costo será asumido por el
padre o encargado. Y hasta la suspensión del servicio educativo.
Generalmente este se aplicará si es reincidente.
v) Ser respetuoso con los Símbolos Nacionales, y demás símbolos
de la institución.
w) Es un deber de los y las estudiantes de sexto grado y de undécimo
año participar en los desfiles del 15 de septiembre.
x) Es deber de los estudiantes presentarse con todos los libros y
materiales a la clase. En caso de no cumplirlo el docente tendrá la
potestad de enviarlo a trabajar a la dirección.
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y) Es deber del estudiante realizar el trabajo asignado en clase en
forma efectiva y en el tiempo señalado.
z) No se debe prestar los libros y otros materiales a otros alumnos,
estos son de uso estrictamente personal.
aa) Es deber de todo estudiante presentar las asignaciones, prácticas
o trabajos extra clase el día que se programa su entrega. Cuando
un (a) estudiante, no presente algún trabajo, asignación, o
proyecto, deberá permanecer en el Centro Educativo, después de
la hora de salida, hasta realizar el trabajo que debió presentar y el
trabajo académico extra que el profesor(a) o maestra (o) le
asigne. Si ese día el horario contempla aula estudio general, el
estudiante podrá realizar y entregar esa tarea en ese horario. Esto
se aplicará, según el nivel que curse de la siguiente manera:
PARA ESTUDIANTES DE PRIMER CICLO: Si un
estudiante de PRIMERO, SEGUNDO O TERCER GRADO, no
presentase su tarea el día correspondiente, deberá volver a hacer la misma
más una parte extra (adicional) que la maestra le asignará, y esa deberá ser
entregada el día siguiente, en caso contrario procederemos a llamar al
padre o encargado para comunicarle que su hijo(a) debe permanecer en la
institución después de salida, obviamente si el padre lo aprueba y se
apersona por el estudiante a la hora que se le indique.
Si cualquiera de los dos puntos anteriormente estipulados no se cumplen
el estudiante perderá el puntaje asignado a la misma y además tres puntos
de su nota de conducta y se convocará al padre, madre o encargado, con
el fin de evitar que se presente de nuevo la situación.
PARA ESTUDIANTES DE SEGUNDO CICLO: Si un
estudiante de CUARTO, QUINTO O SEXTO GRADO, no presentase su
tarea el día correspondiente, deberá permanecer en la institución después
de las 3:10 p.m. y realizar el trabajo o tarea respectivo, más el trabajo
extra que él o la maestro(a) considere conveniente. Si los estudiantes se
quedan haciendo el trabajo o tarea, no perderán ningún punto o sea no
tendrán ninguna sanción, pero, si no cumplen con la disposición, perderá
5 puntos de su nota de conducta y por ende el valor de la tarea o trabajo.
La maestra deberá comunicarse previamente con el padre o
encargado para verificar que este pueda apersonarse a la institución
por su niño(a). Si el padre o madre no aprueba el que su hijo permanezca
en la institución después de la salida, el niño podrá retirarse, sin embargo,
se procede a aplicar lo estipulado.
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PARA ESTUDIANTES DE SECUNDARIA: Si un
estudiante de SECUNDARIA, no presentase su tarea el día
correspondiente, deberá permanecer en la institución después de las 3:10
p.m. el mismo día que falto con la tarea y realizar el trabajo o tarea
respectivo, más el trabajo extra que él o la profesor(a) considere
conveniente. Siendo responsabilidad del estudiante hacer entrega de la
misma, al profesor en la lección siguiente. Si se quedan haciendo el
trabajo o tarea; no perderán ningún punto en conducta, pero, si no
cumplen con la disposición perderá 10 puntos de su nota de conducta y
el valor de la tarea o trabajo. La puntuación otorgada a la tarea
quedará sujeta al cumplimiento de lo solicitado y la calificación que
realice el docente.
PARA ESTUDIANTES DEL BACHILLERATO
INTERNACIONAL: Si un estudiante de BACHILLERATO
INTERNACIONAL, no presentase su tarea el día correspondiente no
podrá presentarla en otro momento y, por ende, perderá los puntos del
valor de ese trabajo.
ARTÍCULO 24: DE LOS REQUISITOS PARA SER SUJETO DE ELECCIÓN EN EL GOBIERNO ESTUDIANTIL Y EN LA DIRECTIVA DE SECCIÓN:
a) Obtener en todas sus calificaciones al menos la mínima establecida
en la institución, según el nivel que curse.
b) Mantener esas calificaciones todo el año escolar.
c) Tener una conducta intachable.
d) No tener ninguna boleta u observación.
e) No haber repetido ninguno de los años.
f) Ser responsable, comprometido y mantener buenas relaciones
interpersonales.
g) No ocupar el mismo puesto en el Gobierno Estudiantil o en la
Directiva de Sección en el período inmediato anterior.
h) Ser mediador con alumnos y profesores.
NOTA:
EN CASO DE QUE UNA VEZ ELECTOS; SE DE EL INCUMPLIMIENTO DE ALGUNO DE
LOS ANTERIORES CONSIDERANDOS, PODRÁN SER SUSTITUIDOS DE SU CARGO.
EJECUTARAN LO ANTERIOR, CUANDO SE TRATASE DE LA DIRECTIVA DE SECCIÓN
EL PROFESOR(A) GUÍA; Y DEL GOBIERNO ESTUDIANTIL, EL DEPARTAMENTO DE
CÍVICA, O EN SU EN SU DEFECTO LA DIRECCIÓN.
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24.1: DE LOS DEBERES DEL GOBIERNO ESTUDIANTIL
a) Divulgar y velar por el cumplimiento de los deberes y derechos de
los estudiantes estipulados en el presente reglamento y en la
normativa institucional.
b) Colaborar con la dirección y con el personal académico en el control
de la disciplina, en la denuncia o eliminación de cualquier problema
de drogas, robos, fraudes etc., dentro de la institución.
c) Representar a la institución en los actos cívicos y otras actividades
extracurriculares dentro y fuera de la misma.
d) Programar y realizar al menos una actividad en beneficio de la
institución o de la comunidad de San Rafael de Heredia, para
fortalecer algún programa de interés del alumnado, como puede ser
el deporte, la tecnología, la salud, el ornato. O en beneficio de la
comunidad a la que pertenece la institución.
e) Hacer respetar el que se deposite la basura en los basureros.
f) Dignificar, respetar y llevar muy en alto el nombre de la institución.
g) Tener un comportamiento intachable en conducta, y ser un
estudiante ejemplar, dentro y fuera de la Institución.
24.2 DE LOS DEBERES DE LA JUNTA DIRECTIVA DE SECCIÓN
a) Divulgar y velar por el cumplimiento de los deberes y derechos de
los estudiantes estipulados en el presente reglamento y en la
normativa institucional.
b) Colaborar con la dirección y con el personal académico en el control
de la disciplina, en la denuncia o eliminación de cualquier problema
de drogas, bullying, fraudes, de su sección, etc.
c) Programar y realizar junto con su profesor guía, al menos una
actividad ornato y limpieza por bimestre, en beneficio de la
institución.
d) Mantener el aseo dentro y fuera de las aulas. Velar por el buen uso
de las instalaciones, pupitres y demás material didáctico
e) Dignificar, respetar y llevar muy en alto el nombre de la institución.
f) Tener un comportamiento intachable en conducta y ser un estudiante
ejemplar, dentro y fuera de la Institución
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ARTÍCULO 25: DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA O ENCARGADOS
Los padres de familia o encargados de los estudiantes, tienen el
derecho y el deber de procurar la educación de sus hijos. En
consecuencia, tienen el deber fundamental de apoyar el proceso
educativo que ofrece la Institución en general y que dirige el
educador en especial, para la consecución de los fines y objetivos
correspondientes. Además tendrán los siguientes derechos y deberes:
a) Conocer y acatar las disposiciones del presente REGLAMENTO
GENERAL, así como las normas conexas sobre evaluación y
disciplina.
b) Firmar al inicio del período lectivo, la carta de conocimiento y
aprobación del presente REGLAMENTO GENERAL, Y EL
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS.
Si el alumno cursará el Programa de Diploma del Bachillerato
Internacional, deberá firmar el Compromiso Moral.
c) Solicitar permiso por escrito en la administración de la institución,
antes de ingresar al área donde sus hijos e hijas, reciben lecciones.
d) Velar porque sus hijos(as) cumplan con las responsabilidades
académicas y reglamentarias de la Institución.
e) Mantener comunicación permanente con las autoridades de la
Institución, y presentarse a la Institución cuando se le requiera.
f) Cumplir con las indicaciones que expresamente le formulen los
docentes y administrativos en aras de un mejor y mayor desarrollo
de las potencialidades del estudiante o para superar las deficiencias y
limitaciones que se detectaren.
g) Solicitar el debido permiso cuando por algún motivo requieran
retirar a su hijo(a) de las aulas o de la institución antes de finalizar el
día escolar (En el libro de comunicación).
h) Asistir puntualmente a la entrega de reportes académicos o
disciplinarios de sus hijos e hijas. Dichos reportes de calificaciones
no se entregarán a los estudiantes.
i) Asistir a las citas o convocatorias que le formulen las autoridades
educativas institucionales, regionales o nacionales.
j) Participar en todas aquellas actividades escolares a las que se les
convoque formalmente.
k) Firmar las circulares y reportes de progreso y sanciones que emite la
Institución relacionados con su hijo.
l) Interponer las acciones necesarias para garantizar el pleno disfrute
de sus hijos de los derechos establecidas en este Reglamento.
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m) Formular, en primera instancia ante el docente responsable y
directamente vinculado con el estudiante, las objeciones que estime
pertinentes a las calificaciones otorgadas a sus hijos.
n) Solicitar y obtener información sobre el rendimiento académico, la
conducta y progreso de sus hijos.
o) Solicitar permiso una vez al año para que sus hijos viajen al exterior
en un período no mayor de 10 días, considerando la no interrupción
del calendario de exámenes.
p) Justificar con la documentación requerida las llegadas tardías y
ausencias de sus hijos, así como solicitar la reposición de exámenes.
q) Cancelar los derechos de matrícula al inicio de cada año escolar para
los estudiantes de primer ingreso. Los estudiantes regulares pagarán
este derecho en el mes de agosto de cada año.
r) Cancelar la cuota anual establecida para papelería en fotocopia de
guías de estudio y prácticas, derechos de casillero, póliza estudiantil
y otros, al inicio de cada año escolar.
s) Cancelar las mensualidades en los primeros ocho días de cada mes
(de febrero a diciembre inclusive); los pagos se harán sin recargo
durante los primeros ocho días de cada mes, después de este periodo,
se cobrará un recargo del 10% mensual. En caso de morosidad (más
de un mes) y haciendo un arreglo de pago con la dirección
administrativa, cancelará un recargo de 15% mensual.
t) En caso de que el alumno necesite realizar cursos en el Período
Extraordinario, pagará el monto que corresponda en el mes de
diciembre.
u) Pagará así mismo el costo de reposición de los exámenes que
pierdan sus hijos por razones personales.
v) Cancelar el valor del examen clínico (doping) cada año.
w) Retirar el resultado del examen clínico (doping) que se le hiciere a
su hijo (a).
x) Acatar las disposiciones en caso de que el estudiante obtenga un
resultado positivo en la prueba anteriormente señalada (doping), y
hacer todo lo que se le solicite y lo que esté a su alcance para el
bienestar de su hijo(a).
y) Conocer de previo la mensualidad para el período lectivo. En caso
de que hubiese un alza durante el curso lectivo, recibirá un aviso con
al menos dos meses de antelación.
z) Solicitar por escrito y con ocho días de anticipación, constancias de
notas, de matrícula, de traslado, u otras, cuando así lo considere. Y a
cancelar el costo de las mismas
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aa) Si requiere de constancias o cartas de conducta, ésas se tramitarán en
forma directa de institución a institución.
bb) El padre o encargado deberá retirar de la Institución a su hijo (a)
cuando se diese el desacato de las normas o disposiciones del pre-
sente Reglamento, sea por parte del estudiante o del padre o
encargado.
cc) Hacerse presente en la entrega de notas y asistir a las reuniones
convocadas por la institución.
dd) Cualesquiera otras propias de su condición de Padre de familia o
encargado.
TODO LO BUENO SE CONSTRUYE EN FAMILIA. EL MEJOR Y MAS IMPORTANTE TRABAJO DE
FORMACIÓN, SE HACE EN EL HOGAR.
ARTÍCULO 26: DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS EDUCADORES
El o la educadora es la persona que dignifica los valores de nuestro
país y tiene por función el formar y educar a los y las educandos
siguientes derechos y deberes:
A. Impartir sus lecciones en un marco de respeto mutuo y de garantía
de su integridad física y emocional.
B. Asistir puntualmente a impartir las lecciones y estar en el aula al
menos diez minutos antes de dar inicio la lección.
C. Vestir con decoro y pulcritud.
D. Usar siempre un vocabulario acorde con su profesión.
E. Bajo ningún concepto podrá dejar a sus estudiantes solos, dentro
del aula.
F. Elaborar el plan anual y el bimestral. Así como el cronograma anual
al principio de cada ciclo escolar.
G. Elaborar su minuta de trabajo la semana anterior a su lección, y
enviarla para su revisión.
H. Subir al sistema Cloud Campus, o al programa que exista para
comunicación a los padres y estudiantes, la materia impartida y
cualquier información que sea de utilidad para contribuir en el
proceso de educación y formación de los estudiantes.
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I. No usar su teléfono celular durante las lecciones de sus alumnos,
excepto que sea para un caso de emergencia probado y/o cuando
por políticas institucionales comunicadas expresamente por
escrito, se promueva su uso para la docencia, y este expresamente
señalado en su planeamiento.
J. Brindar formación y educación en un marco de respeto y apoyo a sus
educandos.
K. Respetar y hacer respetar el reglamento institucional, así como
promover sus valores, la misión y la visión.
L. Velar por la integridad física y emocional de sus educandos. Tanto
durante sus lecciones como en los recreos y en las actividades
extracurriculares que fueren convocados.
M. A ser respetados en su calidad de docentes, por todos los miembros
de la comunidad educativa, tanto física como emocionalmente.
N. Comunicar a sus alumnos, en las primeras sesiones de trabajo del
respectivo bimestre los procedimientos, criterios y técnicas que se
seguirán en materia de evaluación de los aprendizajes.
O. Atender con respeto y dedicación las dudas que los estudiantes
plantearan ya sea en forma oral o escrita, acerca de la materia
impartida en su clase.
P. Definir las calificaciones de los estudiantes con sentido profesional y
ético.
Q. Revisar, corregir y calificar todos los cuadernos, prácticas y libros de
cada uno de los estudiantes. El maestro es el responsable de la
formación y de que este se corrija.
R. Calificar y entregar oportunamente las pruebas, guías de estudio,
trabajos etc., que realicen sus alumnos, máximo ocho días
naturales después de su aplicación y/o entrega por parte del
alumno.
S. Analizar con los estudiantes los resultados de los trabajos y pruebas,
así como dar las respuestas correctas de las mismas en el
momento oportuno. Así como solicitar la corrección de las
pruebas realizadas.
T. Estudiar las causas que ocasionan el rendimiento escolar y
proporcionar un plan para corregir dicho rendimiento, cuando
fuese necesario.
U. Entregar un informe del rendimiento parcial de los alumnos, después
de cada prueba a la psicóloga o a la dirección, para que estos a su
vez se comuniquen con el hogar. Será apreciado por la dirección
si además de comunicar los resultados académicos, también dan
informe de aspectos cualitativos o de comportamiento.
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V. Entregar a sus estudiantes al finalizar cada uno de los bimestres, en
forma escrita el respectivo desglose de sus calificaciones.
W. Atender con respeto y dedicación a los padres o encargados cuando
estos solicitasen información de su hijo.
X. Cumplir con las indicaciones propuestas para los estudiantes con
adecuaciones curriculares.
Y. Participar activamente en todas las actividades convocadas por la
dirección o por el departamento.
Z. A comunicar por escrito a la dirección con al menos dos meses de
anticipación su decisión de cambiar de trabajo, sea para ser
considerado en el M.E.P. o en otra institución privada.
AA. Elaborar las pruebas de aplazados y entregarlas a la Asistente de
Dirección con sus respectivas claves de corrección, en la semana
siguiente a la finalización del curso lectivo.
BB. Aplicar las pruebas de aplazados tanto en diciembre como en
enero.
CC. Otras que expresamente le encomiende la Dirección o que se
deriven de la normativa interna de la Institución.
CAPÍTULO VI DEL SISTEMA DE PROMOCIÓN DEL CENTRO
EDUCATIVO NUEVA GENERACIÓN
ARTÍCULO 27: DE LA NOTA MÍNIMA DE PROMOCIÓN
La escala de evaluación de los procesos de enseñanza aprendizaje,
incluyendo la nota de conducta es de uno a cien, según lo señalado
en el artículo 6 de este reglamento y el Sistema de promoción del
Centro Educativo Nueva Generación ― El Copey‖ establece la nota
mínima de promoción de la siguiente manera:
1. LA NOTA MÍNIMA DE PROMOCIÓN EN CONDUCTA EN
CUALQUIERA DE LOS NIVELES (PRIMARIA A
SECUNDARIA):
ES DE OCHENTA. (80)
2. LA EDUCACIÓN GENERAL BÁSICA (I Y II CICLO): Consta
de los años primero al sexto. (1ro al 6to). Y la nota mínima es de un
setenta (70%).
3. LA EDUCACIÓN GENERAL BÁSICA (III CICLO): Consta de
los años sétimo, octavo y noveno (VII, VIII y IX).
En este ciclo la nota mínima de aprobación es de un setenta
(70%). Y la deseada 75%.
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4. LA EDUCACIÓN DIVERSIFICADA (IV CICLO): CONSTA
DE LOS AÑOS DÉCIMO Y UNDÉCIMO (X Y XI).
En este ciclo la nota mínima de aprobación es de un setenta
y cinco (75%). Y la deseada es de 80%.
LOS PADRES DE FAMILIA Y LOS EDUCANDOS
AL RECIBIR ESTE REGLAMENTO, DAN POR
CONOCIDA Y ACEPTADA LA NOTA MÍNIMA DE
PROMOCIÓN ESTABLECIDA
ARTÍCULO 28: DEL PROMEDIO ANUAL MÍNIMO PARA APROBAR CADA ASIGNATURA:
El estudiante debe obtener un promedio anual igual o superior a la
nota establecida en el artículo anterior, según lo establecido para los
diferentes niveles, para aprobar cualquier materia.
ARTÍCULO 29: DE LA CALIFICACIÓN MÍNIMA REQUERIDA PARA APROBAR EL ÚLTIMO PERIODO PARA CADA ASIGNATURA:
No obstante lo dispuesto en el artículo anterior, el estudiante que no
alcanzare la calificación mínima establecida en el artículo 27 en el
último período (IV BIMESTRE), se tendrá por aplazado en la
respectiva asignatura, independientemente del promedio anual
obtenido en ella.
ARTÍCULO 30: DE LA DIVISIÓN DEL CURSO LECTIVO EN PERIODOS El curso lectivo se divide en CUATRO BIMESTRES.
Para el Bachillerato Internacional, el curso lectivo se divide en
DOS SEMESTRES
ARTÍCULO 31: DETALLE DE LOS DIFERENTES RUBROS CONSIDERADOS
TRABAJO COTIDIANO: Consiste en el trabajo que realiza
el estudiante en clase, con la supervisión del docente como
parte del proceso de aprendizaje. Los rubros en que se
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desglosa este apartado son: 1. Cumple con sus materiales de
clase (cuaderno y libro y otros materiales), 2. Sigue y acata
instrucciones correctamente, 3. Participa en clase, 4. Termina
y resuelve sus trabajos en el tiempo asignado, 5. Presenta sus
trabajos limpios y ordenados, 6. Respeta el espacio verbal de
sus compañeros, 7. Presentación personal (La correcta
presentación personal, implica portar el uniforme como se
establece en los artículos 19 al 20 y los hábitos de aseo e
higiene personal. Tendrá un valor porcentual en cada materia
(que se establece en los artículos 32 y 33 respectivamente; la
o el docente llevará un registro personal de la misma).
ACTIVIDADES DE REPASO: Se entiende como actividad
de repaso las diferentes estrategias aplicadas por el docente
con el fin de retomar los contenidos a evaluar. Estas
actividades se realizarán de manera fraccionada a lo largo del
bimestre y servirán, tanto al docente como al alumno, para
hacer el cierre del contenido. Estas actividades serán variadas
y dependerán de la naturaleza de la asignatura y el contenido,
además se retomarán antes del examen y servirán al
estudiante como un insumo más de estudio, pero no como
una anticipación a la prueba.
PLANES PREVENTIVOS: Son las prácticas, ejercicios,
cuestionarios, resúmenes, entre otras actividades, que el
docente asigne a los alumnos como práctica previa a
cualquier evaluación y que busquen el repaso y el estudio. Su
realización es opcional para el estudiante, y se realiza antes
de cada evaluación. Deben presentarse en la fecha asignada
por el docente. Estos planes, además de propiciar el repaso
anticipado por parte del alumno, le otorgará hasta un total de
5 puntos extra en la evaluación.
TRABAJO EXTRA CLASE Y TAREAS: Se entiende como
todos aquellas trabajos planeados por el docente cuyo
propósito es que el estudiante repase o amplíe los temas
desarrollados en clase. Son responsabilidad del estudiante y
le será asignado el valor porcentual de la nota, según la
naturaleza y grado de elaboración. ESTOS SERÁN
ASIGNADOS PARA SER ELABORADOS EN FORMA
ESTRICTAMENTE INDIVIDUAL. Deben ser presentados
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con la firma del padre o encargado para ser considerado y
evaluado por el docente.
USO DEL LENGUAJE: Son todas aquellas actividades
escritas u orales que el docente realice en clase para fomentar
y valorar el uso correcto del lenguaje, propio de la
asignatura, por parte de los alumnos, puede incluir
actividades de lectura, de escritura, dictados cortos, copias,
exposiciones orales, etc.
PRUEBAS CORTAS: son todas aquellas pruebas que tienen
como objetivo el repaso diario del alumno y verificar la
comprensión de los contenidos. En estas pruebas se evaluará
la materia de manera parcial. Se incluyen comprobaciones de
lectura, repaso de conceptos, ejercicios, entre otros. Pueden
ser de dos a tres pruebas cortas por bimestre.
PRUEBAS O EXÁMENES: Estos son instrumentos de
medición cuyo propósito es que el estudiante demuestre la
adquisición del aprendizaje, el dominio de una destreza. Las
pruebas son de naturaleza comprensiva y para su
construcción se seleccionarán los objetivos esenciales. Deben
pasar por el Comité de Evaluación, antes de ser aplicadas.
Al menos un examen largo.
PROYECTOS: Es una actividad (de ejecución o
investigación) realizada por el estudiante y dirigida por el
docente, que busca la aplicación de conocimientos, destrezas
y habilidades, la reflexión social o la contextualización del
contenido; con el fin de alcanzar un objetivo. Los proyectos
estarán divididos en etapas o componentes, que sumado
otorgarán la calificación establecida. Cada una de estas
etapas o componentes serán calificadas de manera
independiente (con rúbricas específicas) al menos uno por
bimestre.
Cada una de las asignaturas del Bachillerato Internacional
tendrá sus propios rubros y escala de calificación, incluso,
algunas asignaturas deberán ajustar su evaluación,
dependiendo de la parte del Programa a la que se refiere.
Las evaluaciones se encontrarán explícitas en la Política de
Evaluación y se socializarán con los alumnos y los padres
de familia al inicio de cada semestre mediante “La cartilla
del estudiante”.
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ARTÍCULO 32: DE LOS COMPONENTES DE LA CALIFICACIÓN Y DE SU VALOR PORCENTUAL. PARA I Y II CICLO
La calificación de cada asignatura por bimestre, exceptuando la
conducta se obtendrá de la sumatoria de los siguientes componentes:
PARA I Y II CICLO: (DE PRIMERO A SEXTO GRADO)
MATERIAS BÁSICAS I CICLO II CICLO
Trabajo cotidiano 15 % 10 %
Presentación personal 5% 5%
Trabajo extra clase y/o tareas cortas 5 % 5 %
Uso del lenguaje 10 % 5 %
Ante Proyecto 10% 10%
Actividades de repaso 5 % 5 %
Una prueba escrita 25% 30%
Proyecto 15% 20%
Exposición del proyecto 10% 10%
TOTAL 100 % 100 %
ENGLISH PROGRAM:
SCIENCE I CICLO II CICLO
Class work 15 % 10 %
Personal presentation 5% 5%
Review activities (Study Guide) 5 % 5 %
Language Use 5 % 5 %
Project (Preliminary Draft) 15 % 10 %
Quiz 5 % 5 %
Test 25 % 30 %
Project 25 % 30 %
TOTAL 100 % 100 %
SPELLING I CICLO II CICLO
Class work 15 % 10 %
Personal presentation 5 % 5 %
Review activities (Study Guide) 10 % 10%
Language Use 5% 5%
Spelling dictation (perform at least three) 15 % 15 %
Partial Spelling bee (three) 30 % 30 %
Final spelling bee 20 % 25%
TOTAL 100 % 100 %
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LISTENING AND SPEAKING I CICLO II CICLO
Class work 20 % 15%
Personal presentation 5 % 5 %
Language Use 10% 10%
Project (Preliminary Draft) 10% 10%
Project 25% 25%
Listening Test (perform at least three) 15% 15 %
Oral Test (perform at least three) 15 % 20 %
TOTAL 100 % 100 %
CULTURE I CICLO II CICLO
Class work 25 % 20%
Personal presentation 5 % 5 %
Language Use 15% 15%
Extra class (short assignments) 5 % 5 %
Project (Preliminary Draft) 10% 15%
Project 25 % 25 %
Oral Presentation 15 % 15 %
TOTAL 100 % 100 %
READING, WRITING AND GRAMMAR I CICLO II CICLO
Class work 15 % 15 %
Personal presentation 5 % 5 %
Extra class (short assignments) 10 % 10 %
Language use 5 % 5 %
Review activities (Study Guide) 5 % 5 %
Project (Preliminary Draft) 10% 5%
Written project 10% 10%
Reading project 10% 15%
Project (Assembly and oral presentation) 5 % 5 %
Writing test 25 % 25 %
TOTAL 100 % 100 %
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MATERIAS ESPECIALES I Y II CICLO
Trabajo cotidiano, materiales 20%
Presentación personal 5 %
Uso del lenguaje 10%
Esbozo o idea del Proyecto 10%
Avances del proyecto (al menos 2) 20%
Proyecto final 20 %
Exposición del proyecto 15%
TOTAL 100 %
ARTÍCULO 33: DE LOS COMPONENTES DE LA CALIFICACIÓN Y DE SU VALOR PORCENTUAL PARA III Y IV CICLO
La calificación de cada asignatura es por Bimestre, exceptuando la
conducta se obtendrá de la sumatoria de los siguientes componentes:
MATERIAS BÁSICAS III CICLO IV CICLO
Trabajo cotidiano, materiales 15 % 10 %
Presentación Personal 5 % 5 %
Uso del Lenguaje 10 % 5 %
Actividades de repaso 5 % 5 %
Trabajo extra clase y/o tareas 10 % 10 %
Pruebas cortas (mínimo dos) 5 % 5 %
Una Prueba 25 % 30 %
Ante Proyecto (Idea y diseño) 5 % 5 %
Proyecto 15 % 20 %
Exposición del proyecto 5 % 5 %
TOTAL 100 % 100 %
MATERIAS ESPECIALES – III Y IV CICLO
Trabajo cotidiano, materiales 15 %
Presentación personal 5 %
Uso del lenguaje 10 %
Esbozo o idea del Proyecto 10 %
Avances del proyecto (al menos 2) 20 %
Proyecto final 25 %
Exposición del proyecto 15 %
TOTAL 100 %
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Métodos de investigación Esta materia se compone de dos etapas por lo tanto el
sistema de cálculo de la nota es diferente para el IV bimestre)
III CICLO Noveno año
I, II y III BIMESTRE Trabajo cotidiano 20%
Presentación personal 5%
Uso del lenguaje 15%
Cumplimiento y buen uso de materiales 10%
Trabajo extra clase 10%
Avances del Proyecto Investigación 40%
Total 100%
Métodos de investigación (DEFENSA) Esta materia se compone de dos etapas por lo tanto el
sistema de cálculo de la nota es diferente para el IV bimestre)
III CICLO Noveno año
IV BIMESTRE Trabajo en clase 10%
Presentación personal 5%
Uso del lenguaje 10%
Calificación de los encargados de la práctica 10%
Corrección del profesor tutor 20%
Presentación oral del Proyecto de Servicio Comunal
45%
Total 100% ENGLISH PROGRAM:
READING, WRITING AND GRAMMAR III CICLO IV CICLO
Class work 10 % 10 %
Personal presentation 5 % 5 %
Language Use 10 % 10 %
Review Practice Activities 5 % 5 %
Quizzes 10 % 5 %
Written project 15 % 15 %
Reading project 15 % 15 %
Project (Assembly and oral presentation) 5 % 5 %
Test 25 % 30 %
TOTAL 100 % 100 %
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LISTENING AND SPEAKING III CICLO IV CICLO
Class work 15 % 10 %
Personal presentation 5 % 5 %
Language Use 10 % 10 %
Review activities (Study Guide) 5 % 5 %
Listening Comprehension Test 25 % 30%
Proyect (Preliminary Draft) 5 % 5 %
Project 25 % 25 %
Project (Assembly and oral presentation) 10 % 10 %
TOTAL 100 % 100 %
HISTORY – III CICLO
Class work 15 %
Personal Presentation 5%
Language use 10%
Extra class (short assignments) 10 %
Quizzes (perform at least three) 15 %
Proyect (Preliminary Draft) 10 %
Bimestrial Project 25 %
Project (Assembly and oral presentation) 10%
TOTAL 100 %
ARTÍCULO 34: DE LAS CONDICIONES DE APLICACIÓN DE LAS PRUEBAS:
Ni en el período de pruebas ordinarias ni en el de extraordinarias se
podrá aplicar a los estudiantes más de dos pruebas en un mismo día,
de igual manera no se podrán asignar trabajos extra clase, en esa
semana. A excepción de las pruebas de reposición y las
convocatorias de aplazados.
El tiempo máximo de aplicación de las pruebas ordinarias y
extraordinarias será de 80 minutos (5 para acomodar u ordenar a los
estudiantes e instrucciones, y 75 minutos para la ejecución de la
prueba). Y para las pruebas de adecuación curricular y las de
aplazados el tiempo es de 120 minutos (5 para acomodar u ordenar a
los estudiantes e instrucciones, y 115 minutos para la ejecución de la
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prueba. Dentro de este tiempo se contemplan los recreos que
hubiesen entre lecciones). Se autoriza la aplicación de pruebas que
sigan el formato de las pruebas nacionales de bachillerato en los
niveles de undécimo año.
El período de Pruebas en el Bachillerato Internacional corresponderá
a las últimas semanas de cada semestre (aunque es oportuno hacer la
observación de que a lo largo del semestre los alumnos se
encontrarán en constantes y diversas evaluaciones programas por los
docentes). El horario se socializará con los padres y alumnos de
manera oportuna y, de manera regular, se realizarán dos pruebas por
día.
El tiempo para la aplicación de la Prueba dependerá del tipo y
asignatura, lo cual se regirá por lo que se indica en la Guía de cada
una de las asignaturas, dada por la Organización del Bachillerato
Internacional.
ARTÍCULO 35: DEL DERECHO DE EXIMIRSE DE LA ULTIMA EVALUACION DEL CUARTO BIMESTRE:
PARA EL I y II CICLO (DE PRIMERO A
SEXTO GRADO) Tendrán derecho a eximirse todos aquellos estudiantes que
obtengan una nota igual o superior a 85 en cada uno de los
períodos anteriores y obtener un 90 en todos los rubros que se
evalúen en el último período (trabajos, tareas, pruebas cortas,
exámenes, proyectos y exposiciones).
PARA III CICLO (SÉTIMO, OCTAVO Y
NOVENO) Tendrán derecho a eximirse todos aquellos estudiantes que
obtengan una nota igual o superior a 85 en cada uno de los
bimestres anteriores y obtener un 90 en todos los rubros que se
evalúen en el último período (trabajos, tareas, pruebas cortas,
exámenes, proyectos y exposiciones).
PARA DÉCIMO Tendrán derecho a eximirse todos aquellos estudiantes que
obtengan una nota mínima, igual o superior a 90 en cada uno de
los Bimestres anteriores y obtener un 90 en todos los rubros que
se evalúen en el último período (trabajos, tareas, pruebas cortas,
exámenes, proyectos y exposiciones).
Los estudiantes de undécimo año no podrán optar por eximirse.
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PARA BACHILLERATO INTERNACIONAL No tendrán opción de eximirse en ninguno de los periodos.
ARTÍCULO 36: DEL RUBRO ASISTENCIA PARA EL CÁLCULO DE LAS NOTAS:
Este rubro es tomado en cuenta para el cálculo de la nota de conducta y
no en la nota de las asignaturas. Y según lo estipulado en el artículo 15
de este reglamento (9 PUNTOS POR DÍA LECTIVO QUE FALTE
EN FORMA INJUSTIFICADA, 12 PUNTOS EN EL CASO DE
LOS ALUMNOS DEL BACHILLERATO INTERNACIONAL).
ARTÍCULO 37: DE LA SANCIÓN POR ACCIONES FRAUDULENTAS EN LAS PRUEBAS Y EN LOS TRABAJOS ESCOLARES Y COLEGIALES: Cualquier acción fraudulenta comprobada de uno o varios estudiantes,
cometida durante la realización de trabajos escolares, en beneficio suyo
o de otros estudiantes, implicará la calificación mínima de la escala (un
punto) en esa prueba o trabajo escolar para todos los alumnos
involucrados en la acción fraudulenta. En un plazo no mayor de tres días
después de cometida la acción fraudulenta, el educador concernido
comunicará por escrito al padre de familia o encargado la acción
adoptada y le informará su derecho a acceder a la información
correspondiente.
En caso de que el mismo alumno reincidiera en acción fraudulenta,
durante un mismo ciclo lectivo, se procederá según lo señalado en el
artículo 57, inciso vi, del presente reglamento.
ARTÍCULO 38: DE LA APROBACIÓN DE CADA CICLO LECTIVO
38.A PARA APROBAR EL CICLO LECTIVO: Para aprobar el ciclo lectivo es indispensable la obtención de los
porcentajes señalados en los artículos 27, 28 y 29 del presente
reglamento. Así como la obtención de un promedio anual, mayor o
igual a la nota mínima establecida por la institución, en el artículo
27 de este reglamento.
38.B PARA EL DERECHO A CONVOCATORIA:
Un alumno se encuentra en condición de aplazado cuando:
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Cuando no alcance la nota mínima en el último período (cuarto
bimestre) en cualquier asignatura, según el ciclo que curse
independiente de su promedio anual, el cual deberá ser mayor o igual al
promedio de aprobación por nivel.
Cuando su promedio anual sea inferior a la nota mínima establecida por
la institución.
Cuando un estudiante un máximo de cinco asignaturas tiene derecho a
que se le ofrezcan centros de estudio para cada una de ellas y realizar
dos convocatorias o pruebas.
Si el alumno se encuentra aplazado, deberá realizar convocatoria anual
de aquellas asignaturas en donde haya reprobado el promedio anual,
independientemente de las notas obtenidas en el IV bimestre, y deberá
realizar convocatoria del IV bimestre de aquellas asignaturas en donde
haya probado su promedio anual, pero reprobado su promedio del IV
bimestre.
Cuando un estudiante cursara el undécimo año y resultase aplazado en
no más de cinco asignaturas, tendrá igual derecho a realizar las pruebas
de convocatoria, y de aprobarlas podrá realizar las pruebas Nacionales
de Bachillerato.
En caso que repruebe las convocatorias internas iniciales no podrá
realizar las pruebas nacionales hasta tanto no realice la segunda
convocatoria. Solo en este momento podrá tener derecho inscribirse
para la realización de las pruebas de bachillerato respectivas.
En caso contrario reprobará el undécimo año debiendo repetir el año.
ARTÍCULO 39: DE LAS CONDICIONES QUE IMPLICAN LA REPROBACIÓN DEL ESTUDIANTE:
El estudiante que fuere aplazado en más de cinco asignaturas, tendrá
la condición de reprobado, debiendo repetir el respectivo año
escolar. Para estos efectos la conducta se considera como una
asignatura. Solo a criterio de la dirección podrá repetir en el Centro
Educativo.
ARTÍCULO 40: DE LA NOTA MÍNIMA A REPORTAR EN UN INFORME DE NOTAS:
a) LA NOTA MÍNIMA A REPORTAR TANTO EN PRIMARIA
COMO EN SECUNDARIA: En cualquier materia de primaria la
nota mínima a reportar será de 50, aunque al sumar todos los rubros
de menos.
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ARTÍCULO 41: DE LA REALIZACIÓN DE CONVOCATORIAS PARA LOS ALUMNOS APLAZADOS: La primera y segunda convocatoria para alumnos aplazados, realizadas
con el fin de definir su promoción definitiva se realizarán en las fechas
que disponga la dirección. Estas fechas serán debidamente comunicadas
con al menos ocho días de tiempo.
ARTÍCULO 42: DE LAS ACCIONES POR DAÑOS DE LA INFRAESTRUCTURA FÍSICA DE LA INSTITUCIÓN Y/O DE CUALQUIER MIEMBRO DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA: Aquel estudiante que cause daños a la propiedad de terceros, deberá
hacer la reparación inmediata (a través del padre o encargado) y la
boleta respectiva si fuese así estipulado.
CAPÍTULO VII DE LOS RECURSOS
ARTÍCULO 43: RECURSO DE REVISIÓN U OBJECIÓN:
Consiste en el derecho que tiene el estudiante y el padre de familia de
manifestar su disconformidad ante cualquier resultado obtenido en el
proceso de evaluación, así como del trato de un docente o administrativo
de la institución.
ARTÍCULO 43.1: PROCEDIMIENTO PARA PLANTEAR UN RECURSO DE REVISIÓN U OBJECIÓN
Este recurso se presenta ante el docente, el encargado o responsable en
un plazo de los tres días hábiles siguientes a la entrega oficial del
resultado o que se diera la situación causante del malestar, en forma
escrita y justificada, quién cuenta con cuatro días hábiles para resolver.
Cuando el padre considere que el docente no resolvió apropiadamente,
dispondrá de un máximo de cuatro días hábiles, a partir de la fecha en
que recibió la respuesta del docente para presentar un recurso formal y
por escrito a la dirección y esta tendrá un plazo de respuesta no mayor a
15 días. En caso contrario se dará por entendido que el padre o
encargado, aceptó conforme la resolución del docente.
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CAPÍTULO VIII DE LA CONDUCTA
ARTÍCULO 44: DE LA DEFINICIÓN DE LA CONDUCTA
La conducta como ejercicio del respeto mutuo, de la tolerancia entre
los miembros de la comunidad educativa, del cumplimiento de los
deberes del estudiante y del respeto a las normas establecidas para la
convivencia armoniosa y para el proceso de enseñanza aprendizaje
en este Centro Educativo.
Del mismo modo hace referencia a la obligatoriedad de conocer y
acatar todas las normas de comportamiento estipuladas en el
presente reglamento, así como otras que a juicio de las autoridades
de la institución sean necesarias.
ARTÍCULO 45: DE LAS CARACTERÍSTICAS DE LA EVALUACIÓN DE LA CONDUCTA
La nota de conducta es muy importante y será aplicada en el Centro
Educativo Nueva Generación. La escala de evaluación es de uno a
cien, y se contabilizará de la siguiente manera:
La nota de conducta quedará a cargo del COMITÉ DE
EVALUACIÓN en un 100%. (asistencia, reportes, boletas u
observaciones).
La Nota Mínima de aprobación establecida en este centro
educativo para Conducta, es de OCHENTA, desde PRIMER
CICLO HASTA LA EDUCACIÓN DIVERSIFICADA.
ARTÍCULO 46: DE LA CONDICIÓN DE APLAZADO EN CONDUCTA
El o la estudiante que:
En el promedio anual o en el último período obtuviere una
calificación de conducta inferior al mínimo establecido en el
artículo anterior tendrá, en consecuencia, la condición de
aplazado(a).
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ARTÍCULO 47: DE LA CONDICIÓN DE REPROBADO POR CONDUCTA
―Si un estudiante estuviese aplazado en conducta y, además, tuviese
condición de aplazado en cinco o más de las otras asignaturas será,
en consecuencia, reprobado‖.
ARTÍCULO 48: DE LOS REQUISITOS DE APROBACIÓN PARA UN ESTUDIANTE APLAZADO EN CONDUCTA
Si un estudiante estuviese aplazado en conducta, y no
estuviese aplazado en más de cuatro de las otras
asignaturas, podrá aprobar el curso lectivo sólo si presenta y
aprueba en convocatoria para aplazados, exámenes de todas aquellas
otras asignaturas en las que haya obtenido una nota inferior a:
Un 90 EN PROMEDIO ANUAL, sea cual fuere el ciclo que
cursara (DE PRIMARIA A SECUNDARIA).
Complementario a lo anterior, deberá realizar un trabajo
comunal disciplinario de carácter social en la institución que la
dirección señale.
ARTÍCULO 49: DE LA NATURALEZA DE LAS ACCIONES CORRECTIVAS
Para efectos de la aplicación de esta normativa, las acciones
correctivas en todos los niveles, serán con propósito educativo –
formativo y con el conocimiento y aceptación del padre de familia.
ARTÍCULO 50: DE LAS GARANTÍAS DE COMUNICACIÓN EN LA APLICACIÓN DE ACCIONES CORRECTIVAS
La decisión de aplicar acciones correctivas deberá efectuarse dando
garantías claras de comunicación al padre, madre o encargado y de
defensa al estudiante.
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ARTÍCULO 51: DE LA TIPIFICACIÓN Y DE LAS CONDICIONES PARA APLICAR ACCIONES CORRECTIVAS.
Las faltas de conducta que cometan los o las estudiantes se
tipificarán como LEVES, GRAVES Y MUY GRAVES. La
aplicación de las acciones correctivas se hará tomando en cuenta
el cumplimiento de los deberes y obligaciones que se señalan en
este reglamento.
ARTÍCULO 52: DE LA VALORACIÓN DE LAS FALTAS EN LA NOTA DE CONDUCTA.
Las faltas se contabilizarán en el proceso de definición de la nota de
conducta de cada período, con base a las observaciones escritas
realizadas a cada estudiante por profesores, personal administrativo
y la dirección, de la siguiente manera:
a) Cada falta leve implicará un rebajo de 1 a 10 puntos del
total.
b) Cada falta grave implicará un rebajo de 11 a 25 puntos
del total.
c) Cada falta muy grave implicará un rebajo de 26 a 50 puntos
del total y la posible suspensión o separación permanente del
proceso de enseñanza de la institución.
d) Cada vez que el estudiante falte con los libros, se le rebajarán
puntos de su nota de conducta según lo señalado en el Art. 23
inciso x, de este reglamento.
ARTÍCULO 53: DE LAS APLICACIONES DE ACCIONES CORRECTIVAS DE CONDUCTAS INADECUADAS
Para la sanción de las conductas inadecuadas, se seguirá el siguiente
procedimiento:
1) Cuando la observación deba hacerse en forma oral y el profesor
considere que la falta le puede dar seguimiento él mismo:
a. Informe a la dirección de lo que hará y/o al departamento
de psicología.
b. Atención y guía por parte del propio profesor (a).
c. En caso reiterativo, el reporte se hará en forma escrita a la
dirección o al psicólogo (a), y pasará a ser una falta leve.
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2) Cuando se trate de alguna de las faltas catalogadas como leve; el
estudiante se hará acreedor de una boleta escrita, y el
comunicado inmediato a los padres.
3) Cuando se trate de alguna de las faltas catalogadas como
GRAVES o MUY GRAVES, será obligatoria la aplicación del
DEBIDO PROCESO señalado en el ARTÍCULO 86 del
reglamento de Evaluación de los aprendizajes y conducta del
M.E.P., Que dicta así: ―…DEBIDO PROCESO… con algunas
variaciones respecto a tiempos y personas responsables de
ejecutar el debido proceso, por ser propio de sus
responsabilidades.
a) Un funcionario docente, técnico-docente, administrativo-
docente, administrativo o miembro de directiva de sección
o del gobierno estudiantil, notificará al docente de sección
o alguno de los miembros del comité de disciplina
estudiantil, LA SUPUESTA FALTA COMETIDA por el o
la estudiante.
b) El docente a cargo o un funcionario técnico administrativo
en conjunto con el departamento de orientación
―psicología‖, realizará la respectiva investigación,
analizará, verificará si existen o no elementos para la
apertura del procedimiento e identificará la supuesta falta
cometida y definirá las posibles acciones correctivas, en un
plazo no mayor de dos días hábiles.
c) En un plazo no mayor de un día hábil después de definidas
las posibles acciones correctivas a las que se refiere el
inciso anterior, el docente a cargo o el funcionario técnico
administrativo designado, comunicará por escrito al padre
de familia o encargado (Puede ser vía correo electrónico,
fax, o enviado a través del mismo estudiante “previa
comunicación telefónica con el padre o encargado”), las
faltas que se le imputan al alumno y las posibles acciones
correctivas y le informará además, de su derecho de acceder
al expediente administrativo correspondiente y de la
posibilidad de contar con asesoría profesional de un
abogado para ejercer la defensa del estudiante.
d) El estudiante, su padre de familia o encargado dispondrá de
un término de tres días hábiles, contados a partir de la
comunicación que se señala en el inciso anterior, para
ejercer su derecho de presentar los argumentos de defensa
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que estime necesarios, realizar el descargo, alegar lo
pertinente y ofrecer las pruebas que juzgue oportunas.
e) Si en el término previsto en el inciso anterior, no se
presentan pruebas de descargo, el docente a cargo
procederá a establecer la medida correctiva que
corresponda.
f) Si hubiere descargo dentro del período señalado y éste, a
juicio del docente guía o maestro encargado, estuviera
fundamentado suficientemente, entonces procederá a
desestimar o modificar la medida correctiva.
g) La resolución final deberá ser notificada al padre de familia
o encargado y copia de la misma será enviada al archivo del
comité de evaluación y al expediente personal del
estudiante. Se debe garantizar el derecho del estudiante a
obtener una resolución dentro de un plazo de cinco días
hábiles contados a partir del día en que vence el término
para presentar el descargo.
h) Durante todo el proceso se debe respetar el derecho del
estudiante a ser tratado como inocente.
i) El estudiante tiene el derecho de recurrir la resolución final
del caso, ante la dirección, quien apoyada en todo lo
anterior decide y procederá a reunir a los padres y
encargados para dar la resolución final.
4) Si el estudiante acumula anualmente, tres observaciones graves
se podrá hacer acreedor a una suspensión, lo mismo sucederá si
comete una falta muy grave.
Sin embargo, el Centro Educativo Nueva Generación ―El
Copey‖ declara como política interna, que en caso de una falta
muy grave, podrá ofrecer al estudiante, previa solicitud escrita
del mismo y del padre de familia, la oportunidad de realizar UN
PROYECTO COMUNAL DE CONCIENTIZACIÓN, dentro
del Centro Educativo o en la Institución que se le indique.
En este caso y si realizan dicho trabajo, a pesar de ser una falta
muy grave, se les descontarán QUINCE PUNTOS de los que
señala la falta (ejemplo, si su falta es de 40 puntos, se convertirá
en una de veinticinco puntos). Si no realiza el trabajo comunal
se les descontará el total de los puntos, a los que corresponda la
falta.
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ARTÍCULO 54: DE LA RESPONSABILIDAD DE LA INSTITUCIÓN CON EL ESTUDIANTE A QUIEN SE APLICA UNA ACCIÓN CORRECTIVA.
La institución debe dar orientación y seguimiento al estudiante
que hubiese incurrido en faltas, con el propósito formativo de que
éste modifique su conducta e interiorice una actitud favorable y
una armónica convivencia social. Cuando un estudiante se le
aplique una acción correctiva, es responsabilidad suya y de sus
padres o encargados garantizarse, por sus propios medios, los
elementos que permitan la continuidad del proceso educativo.
ARTÍCULO 55: DE LA APLICACIÓN DE LA INASISTENCIA INMEDIATA AL CENTRO EDUCATIVO COMO MEDIDA PRECAUTORIA: Sin perjuicio de lo señalado en el artículo 53 de este reglamento y en el artículo 86 del Reglamento de Evaluación de los aprendizajes en III Ciclo y en Educación Diversificada del M.E.P., y en casos excepcionales en los que la presencia del estudiante en la institución altere el orden en forma muy grave o ponga en peligro la integridad física o emocional de algún miembro de la comunidad educativa, el Director(a) de la institución podrá, como medida precautoria, ordenar la inasistencia inmediata del estudiante al centro educativo hasta que se realice y concluya la investigación y se concede el derecho de defensa del estudiante. O lo señalado en el artículo
ARTÍCULO 56: DE LAS FALTAS LEVES Y SU VALORACIÓN ESPECÍFICA EN LA NOTA DE CONDUCTA
Aquellas que conlleva una observación escrita, (la acumulación de
estas es para efectos de la nota de conducta y no para suspensión),
excepto que reincida en tres ocasiones en la misma, en ese momento
se convierten en una falta grave. EJEMPLOS DE FALTAS LEVES:
a) Presentarse sin su uniforme, (sea el de diario o el de educación
física), o incompleto (pantalón o camiseta diferente, zapatos de
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color diferente, etc.). RECUÉRDESE QUE NO SE DAN
PERMISOS por este concepto.
b) Uso de accesorios personales prohibidos (ver artículos 20, 21 y
otros del presente reglamento), esto puede ocasionar la pérdida
de puntos en el rubro de presentación personal.
c) Uso incorrecto de cualquier tipo de balón, en los corredores o
salón de clase (cualquier lugar diferente al destinado para su
adecuado uso).
d) El llegar en forma tardía reiteradamente a lecciones (tres en una
semana).
e) Interrupciones incorrectas en proceso de aprendizaje en el aula
(comer chicle, ingerir alimentos, tirar basura, alterar el curso
normal de la lección, conversar innecesariamente y no acatar el
llamado de atención del docente, ponerse de pie sin permiso,
hacer ruidos u otros, así como el negarse a realizar el trabajo
académico asignado por el docente ― En estos casos podrán
remitirse a trabajar a la dirección‖.
f) Presentarse a lecciones sin los materiales, cuadernos, libros,
necesarios para su buen desempeño en la lección.
g) Empleo de vocabulario vulgar o soez.
h) Irrespeto al lugar designado por el profesor. i) No acatar la disposición de introducir comidas ―rápidas‖ a la
institución.
j) Realizar tareas o trabajos de otras materias en una clase
determinada.
k) Tirar basura dentro de las aulas o en cualquier parte de la
institución.
l) Incumplir con la obligación de permanecer en el centro
educativo, para realizar una tarea cuando no hubiese presentado
la misma y fue reportado por el profesor(a) o maestra.
m) Hacer uso del casillero una vez iniciada la lección en tiempos no
designados.
n) Ir a otra sección o grupo a interrumpir la lección, para conversar
con otro(a) estudiante, pedir prestados materiales, libros,
calculadoras u otros.
o) Escribir rótulos, nombres o grafitis con mensajes vulgares,
negativos o violentos en los cuadernos o libros propios, o de otro
compañero o en los exámenes.
p) Incumplir con la orden de mantener el asiento asignado en el bus
escolar; así como el no ponerse el cinturón.
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q) Otras no estipuladas en este artículo o en el Reglamento Interno
del Centro Educativo Nueva Generación, o que surgieran y que
deban tipificarse (PUNTOS SEGÚN LA GRAVEDAD).
r) Rayar partes de su cuerpo como brazos, cara, cuello, etc.
s) Participar en juegos bruscos que incluyan golpes leves,
empujones, pellizcos, roces inadecuados, cosquillas o cualquier
otro que proponga una situación incómoda o amenazante.
t) Incurrir en acciones que representen un daño potencial a
cualquier bien de la institución o miembro de la comunidad
educativa.
u) Uso de apodos y sobrenombres, aunque el afectado lo permita.
v) Incumplir una indicación explícita enunciada por algún miembro
del personal docente o administrativo.
ARTÍCULO 57: DE LAS FALTAS GRAVES Y SU VALORACIÓN ESPECÍFICA EN LA NOTA DE CONDUCTA
Aquellas que amerite una observación escrita. La acumulación de
tres observaciones graves, podrá dar origen a una suspensión.
EJEMPLOS DE FALTAS GRAVES:
i) La contumacia de faltas leves en un mismo período.
ii) La contumacia en la llegada tardía a lecciones, cuando por tercera
vez ha acumulado tres tardías en una semana, en un mismo
bimestre.
iii) Fuga de actividades extracurriculares (actos cívicos, ensayos,
actividades comunales, etc.)
iv) Trato irrespetuoso e indisciplina contra personal docente y
administrativo, con los símbolos nacionales.
v) Cometer o incitar actos que perjudiquen a otras personas o a la
institución.
vi) Introducir a la institución y/o portar en sus bolsillos, salveques,
casillero etc., encendedores, fósforos o mascotas.
vii) Reincidir en una acción fraudulenta en pruebas o trabajos escolares
(establecida en el artículo 37). En este caso se hará acreedor
además de lo ahí establecido a una boleta grave.
viii) Falsificar o alterar la muestra para la prueba del doping.
ix) Amenazar, acosar, exponer y/o ridiculizar a otros
compañeros(as); sea este en persona o por medio de redes
sociales.
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x) Ocultar información o encubrir a otro compañero (a). Esta la
consideramos falta grave ya que uno de los principios y deberes del
estudiante y la estudiante del centro educativo es ser honesto (a),
leal y responsable consigo mismo (a), con los demás y con la
Institución.
xi) Agresión verbal contra cualquier compañero u otro miembro de la
comunidad educativa.
xii) Mantener su celular o reloj inteligente dentro del aula, durante
las lecciones o en actividades convocadas, en lugares accesibles y
por lo tanto visibles o detectables por el personal docente y
administrativo, tales como: (sobre o debajo del pupitre, canguro,
suéter, cartera de mano u otro) mientras esté en lecciones o
actividades académicas. El incurrir en esta falta implica que se le
suspenderá el derecho de portar celular durante un mes completo,
además del rebajo en puntos de su nota de conducta.
xiii) El uso reiterado de un lenguaje y / o un trato irrespetuoso (burlas)
con cualquier miembro de la comunidad educativa.
xiv) El daño de bienes pertenecientes a la institución, al personal o a los
demás miembros de la comunidad educativa. (INCLUYE EL
RAYAR LOS PUPITRES, PAREDES U OTRO).
xv) Escribir rótulos, nombres o grafitis, en paredes, pupitres. Autobús.
xvi) Intento de agresión física contra cualquier miembro de la
comunidad educativa
xvii) Mostrar una conducta inadecuada en el autobús, durante su traslado
de su casa al centro educativo y viceversa, o en el traslado a giras
educativas. Entre ellas, vocabulario inadecuado, agresión verbal a
otro compañero(a), ponerse de pie, decir palabras obscenas,
escenas amorosas, deterioros al autobús, irrespeto a transeúntes,
tirar basura fuera o dentro del autobús y otros.
xviii) La escenificación pública de conductas contrarias a lo estipulado en
el reglamento interno, incluye la introducción de material
inadecuado ‖pornografía‖, sea escrito, fotografías, videos, discos o
dispositivos USB, uso de internet y celulares, escenas amorosas.
xix) Destrucción por uso descuidado de las instalaciones y equipos de la
Institución así como del medio de transporte en que viajen de la
casa al centro educativo y viceversa. En este caso el estudiante (a
través de su padre o encargado) debe reparar el daño en un plazo no
mayor a una semana. En caso de que no se detecte quién fue él o la
estudiante causante del daño, el costo del mismo se prorrateará
entre los que estuvieran cuando se registró el hecho, o entre todos
los estudiantes, en caso de no asumir la reparación del daño, el
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estudiante, padre o encargado; se convertirá en una falta muy
grave, y se aplicará la correspondiente boleta y las medidas
pertinentes.
xx) Impedir que otros miembros de la institución participen en el
normal desarrollo de las actividades regulares de la institución, así
como incitar a otros a que actúen con idénticos propósitos.
xxi) Maltrato a animales.
xxii) Escaparse de lecciones o sea salir o ausentarse de lecciones sin el
permiso del profesor (a), o bien que exceda el tiempo estipulado
por el docente, aunque permanezca dentro del mismo Centro
Educativo.
xxiii) Divulgación de material contrario a la moral pública. (Puntos según
la gravedad).
xxiv) Negarse a realizar la prueba de Doping.
xxv) Irrespeto contra el oficial encargado de pasar el perro detector de
drogas.
xxvi) Otras no estipuladas en el Reglamento Interno del Centro Educativo
Nueva Generación, o que surgieran y que deban tipificarse
(PUNTOS SEGÚN LA GRAVEDAD).
ARTÍCULO 58: DE LAS FALTAS MUY GRAVES Y SU VALORACIÓN ESPECÍFICA EN LA NOTA DE CONDUCTA
Son aquellas que pueden ameritar una suspensión en forma
inmediata, PREVIA COMUNICACIÓN CON EL PADRE O
MADRE DE FAMILIA, y que la reducción de puntos de su nota de
conducta es como mínimo veintiséis puntos, dependiendo de la falta
se podrá dar la interrupción definitiva del estudiante del centro
educativo. A continuación:
A Contumacia en la comisión de faltas graves en un mismo ciclo
lectivo (año escolar).
B Salir de la Institución sin previo permiso de la dirección. A
CRITERIO DE LA DIRECCIÓN Y EL COMITÉ DE
EVALUACIÓN LA EXPULSIÓN O INTERRUPCIÓN
DEFINITIVA DE SU PROCESO EDUCATIVO.
C Agresión Física contra cualquier miembro de la comunidad
educativa. (Dentro o fuera de la institución con o sin uniforme).
D Destrucción deliberada de las instalaciones y equipos y/o
mobiliario de la Institución, así como de la propiedad de
cualquier miembro de la comunidad educativa o padre de familia,
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o del medio de transporte en que viajen de la casa al centro
educativo y viceversa. (REPARAR EL DAÑO U APLICACIÓN
DE LA SANCIÓN CORRESPONDIENTE)
E SUSTRACCIÓN de artículos pertenecientes a otro compañero(a)
objetos personales, dinero u otro.
F Sustracción de equipos, pupitres, materiales, materiales de
laboratorio, libros, artículos de la soda, y demás bienes que
pertenezcan a la institución o a otros miembros de la comunidad
educativa. (REPARAR EL DAÑO)
G Alteración o falsificación de documentos, exámenes,
certificaciones de calificaciones o documentos que se solicite la
firma del padre o madre de familia.
H Incitación a los compañeros a que participen en acciones que
perjudiquen la salud (física o mental), seguridad y moral
individual o colectiva.
I Introducir a la institución y/o portar en sus bolsillos, salveques,
casillero etc. cualquier tipo de arma de fuego, blanca o cualquier
objeto punzo cortante ―cuchillas(os), punzones, puñales, pedazos
de metal con puntas, etc.‖.
J Introducir a la institución y/o portar en sus bolsillos, salveques,
casillero etc., cigarrillos, licor, o cualquier tipo de droga, así
como material pornográfico, u otro que incite a la violencia.
K Fumar, Ingerir bebidas alcohólicas dentro de la institución, en el
medio de transporte o en actividades extracurriculares
convocadas oficialmente, o fuera de la institución cuando
portaran el uniforme.
L Negarse A ser revisado, cuando el perro detectase algún vestigio
de olor o rastro de droga, pólvora u otro.
M Maltrato al perro entrenado de detectar drogas, armas de fuego y
explosivos.
N Consumir, distribuir o inducir a otros al uso de cualquier tipo de
drogas dentro de la institución; en el autobús o en actividades
extracurriculares convocadas oficialmente. LA EXPULSIÓN O
INTERRUPCIÓN DEFINITIVA DE SU PROCESO
EDUCATIVO.
O Mantener su celular encendido durante las lecciones o en
actividades convocadas y que se haga evidente cuando este suene o
vibre y cause alguna distracción. Esto es una falta muy grave,
dado que el educando conoce que el uso del celular es bajo su
responsabilidad. El incurrir en esta falta implica que se le
suspenderá el derecho de portar celular durante un bimestre
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completo, además el rebajo de 30 puntos de su nota de
conducta.
P Usar su celular (llamar o contestar llamadas, enviar mensajes,
tomar fotos o ver correos y/o videos, etc.) dentro del aula, durante
las lecciones o en actividades convocadas. El incurrir en esta falta
implica que se le suspenderá el derecho de portar celular
durante dos bimestres completos, además del rebajo de 35
puntos o más en su nota de conducta. Q Ingresar a la institución conduciendo su propio vehículo. Cuando
no hubiese sido autorizado(a), por la dirección académica y la dirección
administrativa. R Uso inadecuado del teléfono celular en recreos, actividades curriculares
o extracurriculares que incurran en la falta de respeto de algún miembro
de la comunidad educativa.
S Otras no estipuladas en el Reglamento Interno del Centro Educativo
Nueva Generación, o que surgieran y que deban tipificarse
(PUNTOS SEGÚN LA GRAVEDAD).
CAPÍTULO IX
DE LAS ACCIONES CORRECTIVAS
ARTÍCULO 59: DE LAS ACCIONES CORRECTIVAS A FALTAS MUY GRAVES DE CONDUCTA
Los alumnos que cometieran faltas muy graves, se harán acreedores
a las siguientes medidas además de lo estipulado en el artículo 52 de
este reglamento.
a) INTERRUPCIÓN DEL PROCESO EDUCATIVO (LA
SUSPENSIÓN) HASTA POR UN MES CALENDARIO,
ADEMÁS DE LA OBLIGACIÓN DE REPARAR, DE
MANERA VERIFICABLE, EL DAÑO, MATERIAL,
MORAL O PERSONAL CAUSADO.
b) Se declara como política del Centro Educativo Nueva
Generación en caso de una falta muy grave, ofrecer al
estudiante, previa solicitud del mismo y del padre o madre de
familia, en un tiempo no mayor a 8 días de cometida la falta, la
oportunidad de realizar UN PROYECTO COMUNAL DE
CONCIENTIZACIÓN. Este se podrá desarrollar en
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instituciones públicas o de bien social o dónde el padre escoja
previa autorización del comité de disciplina estudiantil..
En este caso y si realizan dicho trabajo, a pesar de ser una falta
muy grave, se les descontarán QUINCE PUNTOS de los que
señala la falta (ejemplo, si su falta es de 40 puntos, se
convertirá en una de veinticinco puntos). Si no realiza el trabajo
comunal se les descontará de su nota de conducta el total de los
puntos de la falta.
c) LA EXPULSIÓN DEFINITIVA DEL ESTUDIANTE DEL
CENTRO EDUCATIVO.
ARTÍCULO 60: DE LA REPROGRAMACIÓN DE EXÁMENES O ENTREGA DE TRABAJOS, DURANTE EL PERIODO DE INTERRUPCIÓN DEL PROCESO EDUCATIVO.
a) Los exámenes o las entregas de trabajos que se realicen
durante el período de ejecución de una de las interrupciones
del proceso educativo regular señalado anteriormente, se
realizaran en la misma fecha programada para lo cual se le
autorizará el presentarse a la institución en el área
administrativa, solo para su ejecución. A no ser que por su
seguridad o la de los demás no sea posible en este caso se le
dará otra solución. En el caso de los proyectos se le
entregarán de manera individual
b) Para la reprogramación del mismo, el padre o madre de
familia deberá cancelar una cuota igual a ¢ 6000 colones por
cada prueba a reprogramar; esta suma aumentará en un 10
por ciento cada año. (Aplica el Artículo 17 de esta Normativa).
ARTÍCULO 61: DE LAS PRUEBAS NACIONALES (IV CICLO)
Regirán las normas establecidas por el Ministerio de Educación
Pública para las pruebas nacionales de Bachillerato en Educación
Media. Esto por ser normativa nacional.
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ARTÍCULO 62: DE LA CONDICIÓN DE EGRESADO Y DE BACHILLER:
A. LA CONDICIÓN DE EGRESADO se dará cuando el
estudiante apruebe todos los cursos del programa
académico y disciplinario de la institución. Después de
obtener esta condición, será candidato para realizar las
pruebas nacionales.
B. LA CONDICIÓN DE BACHILLER la obtendrá cuando
apruebe todas las pruebas nacionales y así lo reporte el
Ministerio de Educación en las actas respectivas.
Si un estudiante aplaza las materias de la institución deberá realizar
las Pruebas de Aplazados y ganarlas primero antes de realizar las
Pruebas Nacionales.
ARTÍCULO 63: DE LA GRADUACIÓN
La graduación es un acto solemne en el cuál se le otorga el título
o certificado respectivo a los graduandos.
Todo estudiante tiene el deber de asistir a dicho acto, el cual es
generalmente en el mes de diciembre.
A. DE LOS REQUISITOS DE GRADUACIÓN Haber cumplido con todos los requisitos académicos, según el
nivel.
Haber aportado la certificación de nacimiento extendida por
registro civil.
Que los padres o encargados estén al día con las obligaciones
económicas.
Si se detecta deterioro en mobiliario o infraestructura, deberá
cancelar el concepto que se establezca, antes de la graduación.
Cancelar la cuota de derechos de graduación.
B. GRADUACIÓN DE PREESCOLAR Se realizará al concluir el ciclo escolar.
El estudiante usará el uniforme, cinta de graduación. Los
estudiantes del ciclo de preparatoria usarán además ―capa y
birrete del color establecido en su momento‖, la cual les será
alquilada y el costo de tal alquiler está incluido en los costos de
graduación.
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Los estudiantes de los ciclos materno infantil hasta kínder
cancelarán la suma de quince mil colones y los estudiantes del
ciclo preparatoria ―transición‖, la suma de veinte mil colones),
por derechos de graduación. Cada año esta suma podrá
aumentar en un 10%.
C. GRADUACIÓN DE II CICLO: Se realizará al concluir el sexto grado, y una vez aprobadas la
pruebas nacionales.
El estudiante usará el uniforme, cinta de graduación, Toga,
corbata y birrete del color establecido en su momento.
Cancelar la suma de (25000 colones) por derechos de
graduación. Cada año esta suma podrá aumentar en un 10%.
D. GRADUACIÓN DE III CICLO : Se realizará al concluir el noveno año, y una vez aprobado el
año.
El estudiante usará el uniforme completo y en buen estado y
cinta de graduación.
Cancelar la suma de (20000 colones) por derechos de
graduación. Cada año esta suma podrá aumentar en un 10%.
E. GRADUACIÓN DE BACHILLERATO: Se realizará al concluir el undécimo año, y una vez aprobadas
todas las pruebas nacionales de bachillerato en educación
media.
Es requisito de graduación para los estudiantes de XI año haber
concluido el trabajo comunal propuesto por el M.E.P.
(Consultar Anexo: Servicio Comunal Estudiantil).
El estudiante usará toga, birrete ―serán alquilados‖ y cinta de
graduación.
Cancelar la suma de (30000 colones) por derechos de
graduación. Cada año esta suma podrá aumentar en un 10%.
F. GRADUACIÓN DE BACHILLERATO
INTERNACIONAL: Se realizará entre marzo y abril con la llegada de los títulos de
parte de la Organización del Bachillerato Internacional.
El estudiante usará toga, birrete ―serán alquilados‖ y cinta de
graduación.
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Cancelar la suma de (30000 colones) por derechos de
graduación. Cada año esta suma podrá aumentar en un 10%.
ARTÍCULO 64: DE LOS CURSOS POR TUTORÍA:
Cuando la naturaleza de la asignatura, las condiciones de
infraestructura y las contrataciones de personal así lo permitan, la
institución podrá autorizar y organizar cursos por tutoría, por
solicitud escrita previa de los interesados. Estos cursos tendrán
exactamente los mismos requisitos, objetivos y contenidos
programáticos que los cursos regulares deberán ejecutarse en el
respectivo período escolar. En el acto de autorización, la Dirección
deberá consignar expresamente las condiciones, compromisos y
controles que regirán la oferta de la respectiva tutoría.
ARTÍCULO 64.1: DE LOS REQUISITOS PARA OPTAR POR UN CURSO POR TUTORÍA
Los cursos por tutoría se podrá autorizar exclusivamente a aquellos
estudiantes que demuestren de manera fehaciente, a juicio del
director (a), que está claramente imposibilitado(a) de asistir a los
cursos regulares por razones de salud.
ARTÍCULO 65: DE LA PROMOCIÓN EN LOS CURSOS POR TUTORÍA:
Los criterios de evaluación y la nota mínima establecida, serán los
mismos establecidos para los cursos regulares.
ARTÍCULO 66: DE LOS ESTUDIANTES HUÉSPED O ESPECIALES (QUE REALIZA PASANTÍAS)
Cuando un estudiante extranjero desea pasar algún tiempo en nuestra
institución, con el fin de aprender de nuestra cultura, conocer de
nuestra educación y perfeccionar el manejo del idioma español, este
se recibirá y se someterá a las mismas reglas de disciplina que los
estudiantes costarricenses.
El estudiante no adquiere derechos de ningún tipo, ni de recibir
calificaciones, ni a la obtención de ningún título. No será
considerado como estudiante regular.
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ARTÍCULO 66.1: DE LOS REQUISITOS PARA SER CANDIDATO A LA CATEGORÍA DE ESTUDIANTE HUÉSPED O ESPECIAL
Realizar una solicitud escrita ya sea del padre o encargado, o del
mismo estudiante. También se aplicará cuando se tiene la solicitud
de alguna institución del extranjero con la que el Centro Educativo
Nueva Generación ―El Copey‖, establezca algún vínculo de
intercambios.
ARTÍCULO 67: NORMAS GENERALES PARA EL USO DEL CASILLERO
El casillero ―locker‖ es un servicio que la institución ofrece a todo
estudiante regular, con el fin de facilitar y resguardar sus
pertenencias escolares únicamente. Este servicio se disfrutará
durante el período lectivo (febrero al 15 de diciembre), y debe
aportar el candado, o en su defecto cancelar un derecho de llave‖
alquiler de candado‖.
Para mantener el derecho de uso de este servicio el usuario se
compromete a:
1. Cancelar el derecho de llave, cuando así sea comunicado, en caso
contrario los estudiantes aportarán su candado.
2. No extraviar su llave, si eso sucede deberá pagar de nuevo el
derecho de llave y se le cambiará el candado por otro.
3. Mantener su casillero cerrado cuando no se está usando.
4. Hacer un uso estrictamente personal del mismo. Por lo cual no se
permite compartirlo.
5. A guardar en él únicamente artículos escolares. (No es permitido
guardar en el mismo comidas, prendas de vestir, objetos de valor
u cualquier otra diferente a artículos escolares o educativos).
6. A mantener durante todo el año escolar el mismo locker asignado
por la administración.
7. A ser responsable de todo lo que se guarde dentro del locker.
8. A mantenerlo limpio por fuera y por dentro ―no se permite pegar
stickers, calcomanías; ni rayarlo‖.
9. A velar por el buen estado de su casillero. En caso de deterioro
por uso descuidado el estudiante deberá cancelar el costo del
mismo.
10. A la no reproducción de llaves. Para protección de las
pertenencias de los estudiantes.
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11. Una vez finalizado el período lectivo, (diciembre) hacer retiro de
sus pertenencias. Al iniciar el siguiente ciclo lectivo se reiniciará
el servicio.
ARTÍCULO 67.1: OBSERVACIONES AL USO DEL CASILLERO
I. Al incumplir cualquiera de las anteriores normas, el estudiante
podrá hacerse acreedor de una boleta de observación leve, grave o
muy grave; o bien la suspensión del servicio.
II. La pérdida del derecho de uso se puede dar:
a) Por solicitud expresa del padre, madre, encargado, o del
mismo estudiante.
b) Por el incumplimiento de las normas anteriores.
c) En caso de que el ó la joven, por cualquier motivo pierda su
condición de estudiante del Centro Educativo Nueva Generación
―Expulsión o retiro voluntario‖, automáticamente pierde el
derecho de uso de casillero y deberá proceder en forma
inmediata al retiro de sus pertenencias y a la devolución de la
llave.
ARTÍCULO 68: NORMAS GENERALES PARA EL USO DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS (PISCINA, GIMNASIO, PLAZA DE FÚTBOL)
Las instalaciones deportivas, son áreas diseñadas y construidas para
la práctica de las diferentes disciplinas deportivas, como tales
constituyen un servicio que la institución ofrece a todo estudiante
regular, con el compromiso de los mismos a hacer un uso cuidadoso
y apropiado.
Los estudiantes de secundaria solo podrán practicar deportes en las
áreas deportivas construidas en los alrededores del edificio de
secundaria.
Las áreas deportivas construidas cerca de la zona de primaria,
son exclusivas para los niños y niñas de primaria y preescolar.
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DE LA PISCINA:
1. Queda totalmente prohibido:
El ingreso al área de piscina de estudiantes (sean de preescolar,
primaria o secundaria), cuando no esté presente el profesor de dicha
disciplina o alguna otra persona responsable designada por la
dirección.
El ingreso con cualquier tipo de aceites o cremas en su cuerpo.
Los juegos de manos que atenten contra la seguridad de los y las
estudiantes.
El ingreso con cualquier tipo de alimentos, incluye bebidas, chicles,
etc.
El participar de escenas amorosas o de cualquier índole que atenten
contra la integridad moral de los educandos.
El ingreso a los vestidores en parejas de diferente sexo. (Existen
vestidores para caballeros y vestidores para damas).
Para la práctica de la disciplina natación, el o la estudiante
deberá contar con:
El traje de baño indicado y apropiado.
La gorra de natación. Esta es indispensable tanto para hombres como
para mujeres.
No se permitirá el ingreso de personas medicadas o con algún
problema de salud.
El uso de anteojos, nariceras etc., es opcional y es responsabilidad
estricta de cada estudiante.
La piscina la usarán los estudiantes en el período designado por el
profesor de educación física en su plan anual (normalmente se
programará para los meses de lluvia). Si se dieran clubes de
natación, los estudiantes como otros usuarios pagarán el uso
respectivo. La cuota la fijará la junta directiva o el director
administrativo.
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DEL GIMNASIO
2. Queda totalmente prohibido:
a. El ingreso sin la autorización respectiva del profesor de
educación física u otra autoridad administrativa (sean estos
estudiantes de preescolar, primaria o secundaria).
b. El ingreso con alimentos, chicles, etc.
c. El tirar basura dentro del mismo.
d. Escribir cualquier tipo de rótulos o grafiti.
e. El practicar escenas amorosas o indecorosas.
f. El guindarse de los marcos o hacer un mal uso de las
mismas.
Para la práctica de cualquier deporte o actividad los
estudiantes deberán: a. Usar las bolas apropiadas para papi futbol, baloncesto,
voleibol, etc.
b. Usar los implementos deportivos apropiados (tenis,
pantalonetas, etc.).
c. Contar con el permiso respectivo del profesor.
Durante los recreos se podrá hacer uso del gimnasio: a. Solo si se encuentra presente algún profesor responsable o
el de educación física.
b. Se debe contar con el permiso del director administrativo y
se deberá usar las bolas adecuadas para esas instalaciones.
Si los estudiantes están interesados en practicar deporte dentro del
gimnasio después de las horas lectivas, solo lo podrán hacer con la
autorización del director administrativo y con la cancelación del
monto respectivo.
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DE LA PLAZA DE FÚTBOL
Se usará para la práctica del fútbol, y otros deportes al aire libre.
Solo se cerrará en los meses de mayor lluvia, con el fin de
salvaguardar la integridad física de los y las estudiantes.
Es prohibido jugar fútbol o cualquier otra disciplina en esta área
cuando este lloviendo, cuando se den indicios de tormentas
eléctricas u otros fenómenos naturales que puedan atentar contra la
integridad física de los y las estudiantes.
Es prohibido guindarse de los marcos, o moverlos, ya que esto
puede ser peligroso.
Se debe mantener el respeto a todas y todos los que ahí se
encuentren y guardar las previsiones respectivas al practicar
cualquier deporte.
ARTÍCULO 69: OTRAS MEDIDAS DISCIPLINARIAS
Otras medidas disciplinarias o para el mejoramiento del proceso enseñanza
aprendizaje, que la dirección, el departamento de orientación y psicología, el
consejo asesor, el consejo de profesores, representación estudiantil, comité
de padres de familia, u otra autoridad proponga. Estas serán comunicadas
formalmente a los alumnos y padres de familia en su momento.
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ANEXOS
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“Niños y jóvenes construyendo un futuro mejor”
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ANEXO 1
“SERVICIO COMUNAL ESTUDIANTIL”
Art 1: El Servicio Comunal Estudiantil es un proyecto tanto práctico como
escrito que realizan los estudiantes de noveno, sin excepción y es requisito,
según el Ministerio de Educación Pública, para obtener el título de Educación
Diversificada; así mismo, es requisito para aprobar la materia de Métodos de
Investigación. La finalidad es que el estudiante tenga contacto con personas
presenten alguna situación especial en la que puedan colaborar.
Art 2: El Servicio Comunal Estudiantil es un espacio de formación integral
donde el estudiante tiene la oportunidad de aportar bienestar a una comunidad o
grupo de personas que tengan alguna necesidad previamente identificada.
Art: 3: El SCE consta de 30 horas de trabajo práctico o de campo, donde el
estudiante identificará una necesidad social y realizará un proyecto que trate de
brindar ayuda o apoyo a la comunidad seleccionada. Por otro lado, el estudiante
deberá confeccionar un proyecto escrito, según lo establecido en la clase de
Métodos de Investigación. Este se elaborará durante el curso lectivo.
Art 4: El SCE no es un trabajo gratuito que realizan los estudiantes en sustitución
de las responsabilidades propias de algún miembro de la institución elegida para
tal fin.
Art: 5: El SCE deberá ser un proyecto enfocado siempre al bienestar de la
población meta, debiendo estar estructurado previamente, con la elaboración de
un cronograma de actividades (requisito para poder iniciar el SCE), así como de
proveer los materiales necesarios para el desarrollo de las actividades previstas.
Art 6: No se permite que el o los estudiantes realicen SCE en instituciones como
El Cuerpo de Bomberos, Cruz Roja Costarricense, Caja Costarricense del Seguro
Social, lugares de reciclaje, refugios de animales, entre otros. Donde el SCE
consista en lavar automotores, archivar documentos, seleccionar ropa o material
de reciclaje, lavar excremento de animales, entre otros. Tampoco trabajo
considerado como ―mano de obra‖, y/o que atenten contra la integridad física y/o
emocional de los educandos.
Art 7: Es responsabilidad de los padres de familia y el estudiante realizar las
gestiones necesarias para buscar el lugar donde se va a realizar el SCE. Por otro,
el estudiante y los padres de familia podrán solicitar a la institución posibles
opciones.
Art 8: Es responsabilidad del padre de familia y/o encargado, el traslado del
estudiante al lugar de SCE.
Art 9: No es permitido que se realicen más de 6 horas diarias.
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“Niños y jóvenes construyendo un futuro mejor”
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Art 10: No es permitido que el estudiante realice el SCE en instituciones donde
labore algún familiar.
Art 11: El SCE no puede realizarse durante Horario Lectivo.
Art 12: En las clases de Métodos de Investigación se realizará la coordinación
del trabajo de campo y el proyecto escrito. Como parte del trabajo cotidiano el
estudiante deberá elaborar en calidad de borrador dicho proyecto, si se ausenta o
no trabajo en clase, se le rebajará el puntaje correspondiente a trabajo cotidiano.
Art 13: Se le pedirá al estudiante avances del trabajo escrito, sino lo presenta en
la fecha establecida, perderá el puntaje asignado, siendo la única excepción al
artículo 23 del Reglamento Interno. Deberá presentar el avance en otra fecha
establecida y se revisará de manera formativa.
Art 14: En el III y IV bimestre se le asignará un profesor tutor a cada proyecto,
quien será el encargado de revisarlo en su totalidad y brindar correcciones y/o
sugerencias, con la finalidad de mejorar el proyecto escrito.
Art 15: La materia de Métodos de Investigación se evaluará de la siguiente
manera:
Art 16: El máximo de alumnos permitidos para realizar SCE tanto el trabajo de
campo como el proyecto escrito, es de 4 integrantes, y deberán ser de la misma
sección.
Art 17: Si un estudiante, que conforma un grupo de trabajo, se reporta que tanto
en el trabajo de campo como en el proyecto escrito no está aportando lo
necesario establecido para el buen desempeño del trabajo grupal, y se determina
la veracidad, será separado del grupo y deberá realizar el SCE de manera
individual. Si ya se ha cumplido la parte práctica, podrá realizar de manera
individual el proyecto escrito.
Art 18: Ningún estudiante podrá iniciar el trabajo de campo sin la previa
autorización de la coordinación. Así mismo, previo al inicio deberá presentar
debidamente completada la boleta de autorización correspondiente, la cual debe
aparecer firmada por el padre de familia y/o encargado de cada uno de los
estudiantes.
Art 19: Se realizarán visitas de supervisión a los estudiantes, sin previo aviso,
con la finalidad de verificar que el o los estudiantes están cumpliendo con el
cronograma previamente aprobado, así como para determinar que la institución
les esté brindando el trato adecuado.
Art 20: Si durante la ejecución práctica del SCE, el estudiante se ausenta sin
previa justificación, acorde a lo indicado en el Reglamento Interno, y/o sin haber
gestionado previamente la autorización al coordinador. En este caso perderá el
derecho a realizar SCE en ese lugar, y deberá iniciar las 30 horas en otro lugar.
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Art 21: Si un estudiante comete algún acto de indisciplina reportado por la
institución donde realiza el SCE, deberá iniciar las 30 horas en otro lugar.
Art 22: Se realizará la presentación oral del proyecto en los primeros días de
diciembre, cuya asistencia es obligatoria. Deberá asistir con ropa forma acorde a
la ocasión.
Art 23: Si el estudiante no se presenta el día de la exposición oral del proyecto
escrito a la hora indicada previamente, y/o llega más de 15 minutos tarde,
perderá el derecho a exponer, asignándose la calificación mínima. Por lo tanto,
deberá realizar un proyecto escrito en la materia de Métodos de Investigación a
modo de convocatoria de aplazados. Por otro lado, deberá realizar 60 horas de
SCE en décimo año.
Art 24: Los estudiantes de nuevo ingreso de Décimo y Undécimo que no hayan
realizado el SCE en la institución de procedencia deberán realizar 60 horas.
Art 25: Estudiantes de nuevo ingreso de Décimo y Undécimo que ya hayan
realizado el SCE, deberán presentar certificación emitida por la institución de
procedencia. Esta deberá presentarse al coordinador a más tardar en el mes de
marzo.
Art 26: Todos los estudiantes tanto de noveno, décimo y undécimo que estén
realizando el SCE, deberán concluir el trabajo de campo a más tardar el 31 de
julio, sin excepción.
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ANEXO 2
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humana, disciplina y tolerancia “Niños y jóvenes construyendo un futuro mejor”
DE ALGUNAS PROHIBICIONES PARA ESTUDIANTES,
PADRES DE FAMILIA, PERSONAL DOCENTE Y ADMINISTRATIVO (anexo al ARTÍCULO 21 de la normativa
interna)
I. DEL INGRESO A LA INSTITUCIÓN EN CUALQUIER TIPO DE
VEHICULO: EL HORARIO DE INGRESO DE LOS PADRES Y
VISITANTES SIEMPRE Y CUANDO PORTEN LA
CALCOMANIA (MARCHAMO) DE LA INSTITUCIÓN ES
UNICAMENTE PARA DEJAR Y RECOGER A SUS HIJOS E
HIJAS, DE LA SIGUIENTES HORAS: NIÑOS Y NIÑAS Del pre- MATERNO I “edades de 1,5 a
3:0 años”: 6:30 a.m.; HORARIO: 12:00 md; 2:55pm y 5:00 pm.
NIÑOS Y NIÑAS DE PREESCOLAR “edades de 3:0 años a 5:0 años. Pre kínder, kínder y Preparatoria: 7:30 a.m.; HORARIO: 12:00 md; 2:55pm.
NIÑOS Y NIÑAS DE PRIMARIA: “edades de 6 años a 12 años HORARIO: 12:00 md; 2:55pm.
II. DEL INGRESO A LAS AREAS DE DOCENCIA DE LA
INSTITUCIÓN: LOS PADRES Y VISITANTES NO PUEDEN PASAR A LAS AREAS DE DOCENCIA DE LA INSTITUCIÓN SIN EL CARNET DE VISITANTES Y ACOMPAÑADOS DE PERSONAL DE LA INSTITUCIÓN.
III. DE LA VESTIMENTA DE VISITANTES, PADRES O
MADRES DE FAMILIA Y PERSONAL ACADEMICO Y
ADMINISTRATIVO Y ESTUDIANTES: Se prohíbe a cualquier
persona el ingreso a la institución cuando su presentación personal
sea vulgar, insalubre o que atente contra la dignidad y seguridad de
los y las estudiantes.
IV. NO SE PERMITIRA EL INGRESO CUANDO USEN LA SIGUIENTE VESTIMENTA;
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DAMAS: Blusas de tirantes y escotes pronunciados, blusas cortas. Short ó licras, Minifaldas y vestidos muy cortos, anteojos oscuros
CABALLEROS: Pantalones y/o pantalonetas cortas, camisetas sin mangas, sandalias, anteojos oscuros.
V. PROHIBICION EXPRESA DE INGRESAR FUMANDO, O
CON CUALQUIER OTRO INDICIO DE DROGA, O
ESTADO DE EBRIEDAD. VI. PROHIBICION EXPRESA DE INGRESAR CON ARMAS DE
FUEGO, BLANCAS Y Ó CUALQUIER OBJETO BELICO. VII. PROHIBICION EXPRESA DE TODAS LAS ESCENAS
AMOROSAS.
VIII. PROHIBICION DE INTRODUCIR ALIMENTOS
USANDO MATERIALES DE ESTEREOFON. Se declara de acatamiento obligatorio por nuestro compromiso con el medio ambiente, la prohibición de introducir cualquier tipo de envases desechables
de POLIESTIRENO EXPANDIDO ESTEREOFÓN, a todos los miembros
del personal de sodas, docente y administrativo, padres o encargados u cualquier otra persona a introducir alimentos a nuestras instalaciones ―ya sea,
meriendas y almuerzos, fiestas u actividades a nuestras instalaciones‖,. (Véase
la Ley Integral de Residuos, artículo 42 bis). (PROHIBICION DE
INTRODUCIR ALIMENTOS USANDO MATERIALES DE
ESTEREOFON: La Gaceta Nº 129 — Martes 5 de julio del 2016
―ADICIÓN DE UN ARTÍCULO 42 BIS Y UN NUEVO TRANSITORIO
XIIIA LA LEY PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS ,N.°
8839, DE 24 DE JUNIO DE 2010 Y SUS REFORMAS, LEY PARA LA
PROHIBICIÓN DEL POLIESTIRENO EXPANDIDO ARTÍCULO
ÚNICO.- Adiciónese un artículo 42 bis y un transitorio XIII a la Ley para la
Gestión Integral de Residuos, N.º8839, de 24 de junio de 2010 y sus reformas,
que se leerán de la siguiente manera: ―Artículo 42 bis.- Prohíbase la entrega de envases, recipientes o empaques de poli estireno expandido en establecimientos
comerciales. En su lugar, los comerciantes deberán poner a disposición del
público envases, recipientes o empaques de otros materiales que garanticen su aprovechamiento sustentable. Se exceptúan de esta prohibición los casos en los
que por cuestiones de asepsia, conservación o protección de alimentos u otros
productos, no resulte factible el uso de materiales alternativos.
IX. NOS RESERVAMOS EL DERECHO DE ADMISION: Si el visitante, padre ó madre de familia, no cumple las normas estipuladas o incurre en alguna otra acción contraria a los valores morales permitidos, no podrá ingresar.
X. OTRAS: a. Solo ingresarán libremente a la institución (En las horas de
ingreso y salida de los estudiantes), los vehículos de padres o
encargados que se hayan registrado, para esto se actualizará
el registro al inicio de cada año, el registro incluye nombre
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del padre y o madre, marca de vehículo, placas. Cuando se
pueda se entregará LA CALCOMANIA (MARCHAMO)
de la institución el cual debe portarse en un lugar visible
para el guarda de seguridad. b. Se prohíbe a cualquier persona ingresar a las áreas aledañas
a los edificios de aulas en sus vehículos, en horas lectivas, sin
el permiso correspondiente. Para lo que deberán reportarse en
la administración. c. Se prohíbe a cualquier persona ingresar a las áreas donde
se encuentra el perro, esta área está aislada y cerrada, favor
respetar. d. Se prohíbe subirse a los árboles, cortar flores o plantas,
caminar por las zonas verdes y lanzar o jugar con los frutos.
La Dirección
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ANEXO 3
CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS EDUCATIVOS
Entre nosotros Centro Educativo Nueva Generación, Cédula Jurídica Número 3-101-
210549 (Reconocido ante el Ministerio de Educación Pública ―Decretos Número 29439-
MEP y 30502-MEP), y que en adelante se conocerá como la Institución, representado en este
acto por LIGIA AGUILAR GRANADOS, mayor, viuda una vez, educadora, vecina de La Suiza de San Rafael de Heredia, con Cédula NO 3-214-693, en su calidad de Directora
General, y__________________________________________, Cédula NO_____________;
y quien declara ser padre(madre) de familia o encargado(a) del alumno(a): __________________________________ y, que en adelante se conocerá como el Encargado
responsable; hemos convenido en firmar el presente contrato de prestación de servicios
educativos. PRIMERO: El Centro Educativo Nueva Generación, expresa la aceptación del alumno(a):
___________________________________________ quién en adelante se denominará educando, en su proceso educativo regular y se compromete a realizar sus mejores esfuerzos
para lograr su formación, según sea el perfil del educando y los objetivos establecidos para
los respectivos niveles del sistema educativo de la Institución y dentro del marco de la educación costarricense, (DECRETO EJECUTIVO NUMERO 24017). Y da a conocer al
padre o encargado la Norma Interna ―Reglamento de Evaluación, Aprendizaje y disciplina
Estudiantil, de los Padres o encargados y del personal de la institución‖ es cuál es aceptado en su totalidad por el mismo.
SEGUNDO: El encargado declara que conoce, el Reglamento interno y la filosofía de la
institución ―educando siempre, con rigor y con amor‖ y el plan ofrecido, los cuales considera
apropiados para la formación del educando y reconoce a la vez que él es el principal
responsable de la educación del alumno(a) y que por lo tanto se compromete a estar informado y a apoyar a la Institución en sus esfuerzos.
TERCERO: Tanto el encargado como el educando declaran conocer y aceptar los lineamientos y disposiciones vigentes en la institución. Del mismo modo se comprometen a acatar las disposiciones de la (Normativa interna de la institución “Reglamento Interno de Evaluación, Promoción y Disciplina estudiantil” “Derechos y Obligaciones de los padres o encargados y funcionarios”), y el documento “DE ALGUNAS PROHIBICIONES PARA ESTUDIANTES, PADRES DE FAMILIA, PERSONAL DOCENTE Y ADMINISTRATIVO (anexo al ARTÍCULO 21 de la normativa interna)” que declara conocer y reconoce que es parte integral de este contrato de prestación de Servicios Educativos. CUARTO: Tanto el encargado como el educando declaran conocer y aceptar las
disposiciones vigentes en la institución respecto al control y prevención del uso de drogas y
el portar implementos peligrosos y otros. Se da por aceptado que se usará un perro entrenado en la detección de drogas, armas y explosivos y lo referente a la aplicación de la prueba de
detección de uso de drogas ―doping‖, que esta será supervisada por un profesional en salud,
generalmente microbiólogo(a). Del mismo modo se autoriza la revisión (puede ser a todos o al azar) de bultos y demás pertenencias personales del educando; así como al mismo
educando, utilizando equipo adecuado como el detector de metales, entre otros, cuando
fuere estrictamente necesario; siempre dando la garantía de que se resguardará la integridad física y emocional del educando.
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QUINTO: Se declara de acatamiento obligatorio por nuestro compromiso con el medio
ambiente, la prohibición de introducir cualquier tipo de envases desechables de
POLIESTIRENO EXPANDIDO ESTEREOFÓN, a todos los miembros del personal de
sodas, docente y administrativo, padres o encargados u cualquier otra persona a introducir alimentos a nuestras instalaciones ―ya sea, meriendas y almuerzos, fiestas u actividades a
nuestras instalaciones‖,. (Véase la Ley Integral de Residuos, artículo 42 bis).
(PROHIBICION DE INTRODUCIR ALIMENTOS USANDO MATERIALES DE ESTEREOFON:
La Gaceta Nº 129 — Martes 5 de julio del 2016 ―ADICIÓN DE UN ARTÍCULO 42 BIS Y UN
NUEVO TRANSITORIO XIIIA LA LEY PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS ,N.°
8839, DE 24 DE JUNIO DE 2010 Y SUS REFORMAS, LEY PARA LA PROHIBICIÓN DEL
POLIESTIRENO EXPANDIDO ARTÍCULO ÚNICO.- Adiciónese un artículo 42 bis y un
transitorio XIII a la Ley para la Gestión Integral de Residuos, N.º8839, de 24 de junio de 2010 y sus reformas, que se leerán de la siguiente manera: ―Artículo 42 bis.- Prohíbase la
entrega de envases, recipientes o empaques de poliestireno expandido en establecimientos comerciales. En su lugar, los comerciantes deberán poner a disposición del público envases,
recipientes o empaques de otros materiales que garanticen su aprovechamiento sustentable.
Se exceptúan de esta prohibición los casos en los que por cuestiones de asepsia, conservación o protección de alimentos u otros productos, no resulte factible el uso de materiales
alternativos. Las sodas no usarán este producto para los alimentos.
LA INSTITUCION OFRECE EL SERVICIO DE ALMUERZO, SI EL PADRE CANCELA LA CUOTA DE ―MENSUALIDAD CON ALMUERZO INCUIDO. La
mensualidad con almuerzo se aplica de lunes a viernes y consta de un plato del día
totalmente balanceado, la cuota mensual a cancelar es neta y no acumulativa, ya tiene
deducido el monto anual correspondiente a los días de Semana Santa, Vacaciones de
quince días y mes de diciembre, esta tarifa es especial (se dará a conocer con los costos
de mensualidades) y exclusiva para los que cancelan en esta modalidad, , en caso de ser
ocasional el costo para año en curso será comunicada por el personal de las sodas‖.
En caso de no requerir almuerzo porque el padre lo envía cancelara la mensualidad sin
almuerzo y debe cumplir las norma anterior y calentará en Horno Solar.
SEXTO: Siendo que nuestra responsabilidad es garantizar la seguridad de todos
nuestros estudiantes, se declara que: Es causa de expulsión inmediata del Centro
Educativo Nueva Generación ―El Copey‖, de un o una estudiante, cuando éste
introdujera a la institución (se amplía a los buses y demás instalaciones donde se
realicen actividades curriculares o extracurriculares aprobadas por la institución)
drogas, y cualquier arma blanca, química y/o de fuego. Del mismo modo, se hará
acreedor a esa medida, si se escapa ó sea si sale de la institución sin la debida
autorización.
SEPTIMO: Cuando un(a) estudiante resultase positivo en un examen de doping, la
institución pondrá en ejecución un programa que coadyuve a que el o la estudiante entre en un programa de rehabilitación y se firmará un acuerdo explícito con los padres del educando.
Si después de este proceso, el o la estudiante fuese reincidente, la institución exigirá al
padre de familia que retire al o la joven de la institución en forma permanente, sin importar el nivel que curse ni el momento del ciclo lectivo.
OCTAVO: Siendo la actividad del Encargado fundamental en la formación y educación del alumno(a), la Institución se compromete a facilitar su acceso al centro educativo y a la
información pertinente que solicite, conforme a las regulaciones específicas legales y
reglamentarias aplicables a cada caso y a mantenerlo informado de los avances y logros obtenidos por el educando al igual que de las limitaciones o desfases que llegaran a
detectarse.
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NOVENO: La Institución se compromete a adoptar las medidas necesarias para velar por la
seguridad personal y física del educando durante todo el tiempo que esté a su cuidado y a ofrecerle los servicios educativos a los que tienen derecho en virtud del presente contrato de
conformidad con los planes y programas presentados ante el Ministerio de Educación
Pública. Lo anterior siempre y cuando el educando acate y acepte las directrices que se le señalan para su protección y la de sus compañeros. Queda expresamente prohibido subir a
los árboles, barandales, pasamanos, etc., así como al ingreso al área de piscina sin un
profesor responsable, y el salir de la institución sin el consentimiento escrito de alguna de las autoridades de la institución; así como otras comunicadas oportunamente.
DECIMO: El encargado autoriza a la dirección de la institución (directora y director), a en caso absolutamente necesario, sea por un accidente, salud o por razones disciplinarias a
sacar a su hijo(a) de la institución para llevarlo a su casa de habitación, o a un centro de
salud, al laboratorio para realizar prueba de doping, u otro, cuando el padre o encargado no pudiese apersonarse a la institución, y a dejarlo con la persona responsable que fuere
autorizada por el padre o encargado.
DECIMO PRIMERO: El encargado se compromete a adquirir por su propia cuenta la póliza
de accidentes que considere conveniente y a aportar a la institución una copia de la misma.
Sin embargo, a nivel institucional, cada estudiante estará cubierto por una Póliza
estudiantil básica; esta cubre al educando en caso de accidentes dentro y fuera de la
institución por un monto máximo de quinientos mil colones.
DECIMO SEGUNDO: La Institución proveerá, las mejores condiciones de infraestructura,
mobiliario y equipo, etc., que sus posibilidades económicas permitan de conformidad con
las normas exigidas por las autoridades competentes. Cualquier daño directo o indirecto a
la propiedad de la Institución (infraestructura, mobiliario y equipo, etc.) o a la
propiedad de terceros que cause el educando, no atribuible al normal deterioro o circunstancias de fuerza mayor o fortuitas, serán cobrados por la Institución
comprometiéndose el encargado a responder de manera personal por la reparación de dichos
daños, fueren estos causados en forma voluntaria o involuntaria. EL SERVICIO DE CALENTADO DE ALIMENTOS SERÁ EN ―hornos solares‖ , siguiendo la política de
cuido del medio ambiente.
DECIMO TERCERO: El encargado se compromete a cancelar la cuota anual de matrícula
y la cuota anual ―tecnología, papelería y otros‖, en el momento de realizar dicho trámite
(conoce y acepta que estas cuotas no son reembolsables), (y cuando la matrícula sea para cualquier nivel de secundaria el valor de la prueba de detección de uso de drogas
―doping‖), antes de iniciar el ciclo lectivo de cada año, y las mensualidades según la tarifa
establecida por la Institución; ninguno de estos rubros será reembolsable. Los pagos de la mensualidad se harán los primeros ocho días de cada mes de la siguiente
manera:
Cuotas mensuales completas, cancelándose cada una, en la primera semana de cada mes, contando a partir de febrero de cada año y hasta diciembre.
El padre o encargado podrá cancelar el mes de diciembre en forma fraccionada de febrero a noviembre. Esto es, que al monto mensual, se le sumará el décimo de diciembre y de esa
forma su último pago será en el mes de noviembre.
El pago se hará mediante depósito en la cuenta bancaria que se le indicará o a través del sistema BN-PAGOS.
Ninguna persona de la institución, está autorizada a recoger dineros.
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DECIMO CUARTO: La Institución se compromete a mantener invariable la cuota mensual
durante el primer semestre y sólo a aumentar de ser necesario, en el segundo semestre el
único porcentaje necesario para cubrir los ajustes de salario obligatorios que decrete el GOBIERNO para los docentes. O salvo que por motivos de un aumento extraordinario de
los costos obligue a un aumento por vía de excepción para no afectar la calidad de los
servicios en cuyo caso la Institución se compromete a comunicarlo así con al menos treinta días de antelación.
DECIMO QUINTO: La Institución cobrará un DIEZ POR CIENTO (10%) mensual, a quienes cancelen después de los primeros ocho días de cada mes. Y UN QUINCE por ciento
mensual sobre saldos atrasados a quienes mantengan una condición de morosidad (un plazo
mayor de un mes). Las cuotas pagadas con cheques que fuesen devueltos por los bancos se considerarán no pagos y se les aplicarán los recargos anteriormente estipulados, lo mismo
opera cuando el padre o encargado hace el pago depositando en la cuenta bancaria y lo
efectuase después de los ocho primeros días del mes.
DECIMO SEXTO: La falta de pago de dos mensualidades se considera incumplimiento
grave por parte del encargado y otorga el derecho a la Institución de tener por resuelto el presente contrato y a proceder a solicitar el retiro del estudiante, previa advertencia por
escrito al encargado. No obstante, de conformidad con el Reglamento de Centros
Privados, se procederá a permitir al educando terminar con las evaluaciones
pertinentes del bimestre y se le otorgarán los documentos necesarios para su traslado a
otra institución educativa; con la leyenda de morosidad. Reservándose la institución el derecho de acudir a la Vía Judicial para cobrar el saldo adeudado.
DECIMO SEPTIMO: El encargado se compromete a cancelar la cuota de derechos de
graduación en los niveles de preescolar, sexto grado de primaria, noveno año y
undécimo año, según lo establecido en el reglamento de la institución.
DECIMO OCTAVO: El padre de familia o encargado, cuando lo considere
conveniente podrá retirar a su hijo(a) de la institución; estando en el deber de
llenar la fórmula de solicitud de carta de traslado. DECIMO NOVENO: La institución declara que el período de matrícula para cada nuevo
ciclo escolar, iniciará en el mes de agosto. Se compromete a dar un trato preferencial en
monto de la cuota de matrícula, hasta el 30 de ese mes, o la fecha que la dirección señale. Después de esa fecha el costo de la matrícula será el nuevo estipulado para el ciclo escolar
siguiente y la institución podrá disponer de los cupos, si el padre o encargado no muestra
interés en renovar la matrícula de su hijo(a).
VIGESIMO: La Institución se reserva el derecho de renovar o no la matrícula a un
alumno(a) para el año escolar siguiente, en las siguientes situaciones:
a) Cuando el encargado en forma reiterada ha mantenido problemas de morosidad
catalogada como incumplimiento grave. b) Cuando la contumacia en la conducta del alumno(a) es de tal gravedad que no permita su adecuación a la estrategia pedagógica o a los fines de la Institución.
c) Cuando el encargado o el educando en forma reiterada ha manifestado inconformidad, así
como el desacato e incumplimiento de lo estipulado en el Reglamento Interno de Evaluación y Disciplina estudiantil.
d) Por interés y políticas institucionales.
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VIGESIMO PRIMERO: El padre de familia o encargado, se compromete a respetar las
normas de seguridad internas y a asumir responsablemente cualquier situación causada con
su vehículo dentro de la institución. Esto rige para el padre de familia y para cualquier persona autorizada por él para dejar en la institución o recoger a su hijo(a).
VIGESIMO SEGUNDO: Para ingresar a la institución el padre, madre o encargado(a), deberá reportar:
El nombre de las personas que pueden tener algún ligamen con el alumno y que por lo tanto ingresarán a la institución, el número de cédula, dirección electrónica, números de
teléfono y dirección de su casa.
El tipo de vehículo que le pertenece ―marca, color, placa‖, y se compromete a mantener actualizados estos datos.
A portar en un lugar visible el sticker de la institución, que lo identifica como nuestro usuario.
VIGESIMO TERCERO: El encargado conoce y acepta que NO SE PERMITIRÁ los
alumnos (as) ―ingresen o salgan a la institución conduciendo un vehículo automotor‖,
aunque tengan licencia de conducir.
VIGESIMO CUARTO: El padre de familia exigirá al transportista lo que corresponda y tiene
libre elección en tomar este medio de transporte o no; y si lo hace firmará el Contrato de
transporte con el transportista, el cual es el responsable del servicio, pólizas, y todo lo
relacionado con el mismo. La institución no tiene responsabilidad alguna con acciones del
transportista. La institución no autoriza a que los estudiantes se retiren a sus casas en un medio de transporte que no sea el escogido por el padre o encargado.
VIGESIMO QUINTO: El presente contrato estará vigente durante todo el año lectivo, y durante la permanencia del estudiante en la institución siempre y cuando no hayan
variaciones sustanciales, en ese caso el padre se dará por enterado por circulares y tendrá el
deber de pasar a firmar el nuevo contrato, en caso de no presentarse a solicitarlo y firmarlo, se da por entendido que acepta los cambios planteados.
VIGESIMO SEXTO: Las partes contratantes, acuerdan otorgarle al presente documento
privado, la naturaleza de Título ejecutivo y para tal efecto el Encargado manifiesta que así lo reconoce y renuncia al domicilio, requerimientos de pago y para el caso de una eventual
ejecución lo será por la suma adeudada más el cincuenta por ciento de ley. Podrán las partes
separadamente protocolizar el presente contrato si así lo consideran oportuno.
El presente contrato rige a partir de la formalización de la matrícula del educando y de su
firma, el día ___ de _____ 20___.
__________________________ __________________________
M.Sc. LIGIA MA. AGUILAR G. ENCARGADO(A) Firma y número cédula Directora
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ANEXO 4
CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS AFTER SCHOOL
Entre nosotros: Centro Educativo Nueva Generación, Cédula Jurídica Número 3-101-210549 (Reconocido ante el Ministerio de Educación Pública “Decretos Número 29439-MEP y 30502-MEP”), y que en adelante se conocerá como la Institución, representado, en este acto, por LIGIA AGUILAR GRANADOS, mayor, viuda una vez, educadora, vecina de La Suiza de San Rafael de Heredia, con Cédula NO 3-214-693, en su calidad de Directora General, y__________________________________, Cédula NO_____________; y quien declara ser padre(madre) de familia o encargado(a) del alumno(a): __________________________________ y, que en adelante se conocerá como el Encargado responsable; hemos convenido en firmar el presente contrato de prestación de servicios en AFTER SCHOOL PRIMERO: El Centro Educativo Nueva Generación, expresa la aceptación del alumno(a): _______________________________ quién en adelante se denominará educando, en su proceso educativo regular y se compromete a realizar sus mejores esfuerzos para lograr su formación, según sea el perfil del educando y los objetivos establecidos para los respectivos niveles del sistema educativo de la Institución y dentro del marco de la educación costarricense, (DECRETO EJECUTIVO NUMERO 24017). Y da a conocer al padre o encargado la Norma Interna “Reglamento de Evaluación, Aprendizaje y disciplina Estudiantil, de los Padres o encargados y del personal de la institución” el cual es aceptado en su totalidad por el mismo. SEGUNDO: El encargado declara que conoce, el Reglamento interno y la filosofía de la institución “educando siempre, con rigor y con amor” y el plan ofrecido, los cuales considera apropiados para la formación del educando y reconoce a la vez que él es el principal responsable de la educación del alumno(a) y que por lo tanto se compromete a estar informado y a apoyar a la Institución en sus esfuerzos. TERCERO: Tanto el encargado como el educando declaran conocer y aceptar los lineamientos y disposiciones vigentes en la institución. Del mismo modo se comprometen a acatar las disposiciones de la Normativa interna de la institución (“Reglamento Interno de Evaluación, Promoción y Disciplina estudiantil” “Derechos y Obligaciones de los padres o encargados y funcionarios”, y el documento ―DE ALGUNAS PROHIBICIONES PARA
ESTUDIANTES, PADRES DE FAMILIA, PERSONAL DOCENTE Y
ADMINISTRATIVO (anexo al ARTÍCULO 21 de la normativa interna)‖ que
declara conocer y reconoce que es parte integral de este contrato de
prestación de Servicios Educativos. CUARTO: El horario de AFTER SCHOOL será de lunes a jueves de 3:10pma 5:00 pm y los viernes de 2:00pm a 5:00pm. EN CUALQUIERA DE LOS PERIODOS DE VACACIONES “semana santa, Vacaciones de quince días,
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Semana de septiembre, Diciembre y enero” NO SE BRINDARÁ EL SERVICIO DE AFTER SCHOOL, Ya que los niños y niñas deben descansar y compartir con sus padres y familiares DESPUES DE LAS 5:00PM SE COBRARA UNA MULTA DE 5.000 COLONES POR CADA MEDIA HORA DE ATRASO. EL PAGO SERA DIRECTAMENTE CON LA ENCARGADA y en efectivo. QUINTO: El tiempo que el estudiante se encuentre en AFTER SCHOOL NO IMPLICARA TUTORIA DE DOCENTES, pero sí la encargada los pondrá a realizar tareas y repasos y luego les dará tiempo libre. Para esto el padre o encargado le pondrá los libros y materiales de las materias que él espera que repase. SEXTO: Los estudiantes deberán traer una merienda y o cualquier alimentación, siempre sana y no podrán portar envases de estereofón (Ley Integral de Residuos, artículo 42 bis) para la tarde. SEPTIMO: La Institución se compromete a adoptar las medidas necesarias para velar por la seguridad personal y física del educando durante todo el tiempo que esté a su cuidado y a ofrecerle los servicios a los que tienen derecho en virtud del after School. Queda expresamente prohibido subir a los árboles, barandales, pasamanos, etc., así como al ingreso al área de piscina sin un profesor responsable, y el salir de la institución sin el consentimiento escrito de alguna de las autoridades de la institución; así como otras comunicadas oportunamente. OCTAVO: El encargado se compromete a adquirir por su propia cuenta la póliza de accidentes que considere conveniente y a aportar a la institución una copia de la misma. Sin embargo, a nivel institucional, cada estudiante estará cubierto por una Póliza estudiantil básica; esta cubre al educando en caso de accidentes dentro y fuera de la institución por un monto máximo de quinientos mil colones. NOVENO: La Institución proveerá, las mejores condiciones de infraestructura, mobiliario y equipo, etc., que sus posibilidades económicas permitan, de conformidad con las normas exigidas por las autoridades competentes. Cualquier daño directo o indirecto a la propiedad de la Institución (infraestructura, mobiliario y equipo, etc.) o a la propiedad de terceros que cause el educando, no atribuible al normal deterioro o circunstancias de fuerza mayor o fortuitas, serán cobrados por la Institución al encargado y este se comprometerá a responder de manera personal por la reparación de dichos daños, fueren estos causados en forma voluntaria o involuntaria. DECIMO: El encargado se compromete a cancelar la cuota anual de matrícula
y la cuota anual de ―tecnología, papelería y otros‖, esto no cumple en el
caso que ya sea alumno regular de la escuela o el preescolar, porque si lo
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fuera ya esto lo canceló. Los pagos del derecho de After School se harán los
primeros ocho días de cada mes de la siguiente manera:
Cuotas mensuales completas, cancelándose cada una, en la primera semana de cada mes, contando a partir de febrero de cada año y hasta diciembre.
El pago se hará en la caja de la institución o mediante depósito en la cuenta bancaria que se le indicará o a través del sistema BN-PAGOS, ó en la cuenta del BANCO DE COSTA RICA DE L.AGUILAR S.A.
DECIMO PRIMERO: La Institución se compromete a mantener invariable la cuota mensual del after school durante el primer semestre y sólo a aumentar, de ser necesario, en el segundo semestre el único porcentaje necesario para cubrir los ajustes de salario obligatorios que decrete el GOBIERNO para los docentes. O salvo que por motivos de un aumento extraordinario de los costos obligue a un aumento por vía de excepción para no afectar la calidad de los servicios, en cuyo caso la Institución se compromete a comunicarlo así con, al menos, treinta días de antelación. DECIMO SEGUNDO: La falta de pago de UNA CUOTA, se considera incumplimiento grave por parte del encargado y otorga el derecho a la Institución de tener por resuelto el presente contrato y a proceder a solicitar el retiro del estudiante del after school, previa advertencia por escrito al encargado. DECIMO TERCERO: El padre de familia o encargado, se compromete a respetar las normas de seguridad internas y a asumir responsablemente cualquier situación causada con su vehículo dentro de la institución. Esto rige para el padre de familia y para cualquier persona autorizada por él para dejar en la institución o recoger a su hijo(a), así como las normas de vestimenta, respeto y permanencia o ingreso a la institución. DECIMO CUARTO: Para ingresar a la institución el padre, madre o encargado(a), deberá reportar:
El nombre de las personas que pueden tener algún ligamen con el alumno y que por lo tanto ingresarán a la institución, el número de cédula, dirección electrónica, números de teléfono y dirección de su casa.
El tipo de vehículo que le pertenece “marca, color, placa”, y se compromete a mantener actualizados estos datos.
A portar en un lugar visible LA CALCOMANIA
(MARCHAMO) DE LA INSTITUCIÓN, que lo identifica como nuestro usuario.
El presente contrato rige a partir de la formalización de la matrícula del educando y de su firma, el día ___ de _____ 20___.
M.Sc. LIGIA MA. AGUILAR G. ENCARGADO(A)
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ANEXO 5
CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS PRE-MATERNO 1 Entre nosotros: Centro Educativo Nueva Generación, Cédula Jurídica Número 3-101-210549 (Reconocido ante el Ministerio de Educación Pública “Decretos Número 29439-MEP y 30502-MEP”), y que en adelante se conocerá como la Institución, representado, en este acto, por LIGIA AGUILAR GRANADOS, mayor, viuda una vez, educadora, vecina de La Suiza de San Rafael de Heredia, con Cédula NO 3-214-693, en su calidad de Directora General, y__________________________________________, Cédula NO_____________; y quien declara ser padre(madre) de familia o encargado(a) del alumno(a): __________________________________ y, que en adelante se conocerá como el Encargado responsable; hemos convenido en firmar el presente contrato de prestación de servicios en PRE-MATERNO 1
(COMPRENDERÁ EDADES DE 1 AÑO Y MEDIO A MENOS DE
3 AÑOS). PRIMERO: El Centro Educativo Nueva Generación, expresa la aceptación del alumno(a): ___________________________________________ quién en adelante se denominará educando, en su proceso educativo regular y se compromete a realizar sus mejores esfuerzos para lograr su formación, según sea el perfil del educando y los objetivos establecidos para los respectivos niveles del sistema educativo de la Institución y dentro del marco de la educación costarricense, (DECRETO EJECUTIVO NUMERO 24017). Y da a conocer al padre o encargado la Norma Interna “Reglamento de Evaluación, Aprendizaje y disciplina Estudiantil, de los Padres o encargados y del personal de la institución” el cual es aceptado en su totalidad por el mismo. SEGUNDO: El encargado declara que conoce, el Reglamento interno y la filosofía de la institución “educando siempre, con rigor y con amor” y el plan ofrecido, los cuales considera apropiados para la formación del educando y reconoce a la vez que él es el principal responsable de la educación del alumno(a) y que por lo tanto se compromete a estar informado y a apoyar a la Institución en sus esfuerzos. TERCERO: Tanto el encargado como el educando declaran conocer y aceptar los lineamientos y disposiciones vigentes en la institución. Del mismo modo se comprometen a acatar las disposiciones de la Normativa interna de la institución (“Reglamento Interno de Evaluación, Promoción y Disciplina estudiantil” “Derechos y Obligaciones de los padres o encargados y funcionarios”, y el
documento “DE ALGUNAS PROHIBICIONES PARA
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ESTUDIANTES, PADRES DE FAMILIA, PERSONAL DOCENTE Y ADMINISTRATIVO (anexo al ARTÍCULO 21 de la normativa interna)” que declara conocer y reconoce que es parte integral de este contrato de prestación de Servicios Educativos.
CUARTO: El horario del PRE-MATERNO 1. Será de 6:30 am a 5:00pm. DESPUES DE LAS 5:00PM SE COBRARA UNA MULTA DE 5.000 COLONES POR CADA MEDIA HORA DE ATRASO. EL PAGO SERA DIRECTAMENETE CON LA ENCARGADA. QUINTO: Del período de prestación de servicios: INICIO DEL SERVICIO: El SEGUNDO LUNES DE ENERO DE CADA
AÑO. LOS PERIODOS DE VACACIONES: “semana santa completa, la
segunda semana de las vacaciones de quince días de los demás estudiantes de preescolar a secundaria. Y del 20 de Diciembre y hasta el Segundo lunes de enero.
SEXTO: Los padres o encargados de los niños y niñas “estudiantes” serán los responsables de enviar la alimentación. (Merienda de la mañana, almuerzo y merienda para la tarde). No podrán portar envases de estereofón (Ley Integral de Residuos, artículo 42 bis). Se declara de acatamiento obligatorio por nuestro compromiso con el medio
ambiente, la prohibición de introducir cualquier tipo de envases
desechables de POLIESTIRENO EXPANDIDO ESTEREOFÓN, a
todos los miembros del personal de sodas, docente y administrativo,
padres o encargados u cualquier otra persona a introducir alimentos a
nuestras instalaciones ―ya sea, meriendas y almuerzos, fiestas u actividades
a nuestras instalaciones‖,. (Véase la Ley Integral de Residuos, artículo 42
bis). (PROHIBICION DE INTRODUCIR ALIMENTOS USANDO
MATERIALES DE ESTEREOFON: La Gaceta Nº 129 — Martes 5 de julio
del 2016 ―ADICIÓN DE UN ARTÍCULO 42 BIS Y UN NUEVO
TRANSITORIO XIIIA LA LEY PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DE
RESIDUOS ,N.° 8839, DE 24 DE JUNIO DE 2010 Y SUS REFORMAS,
LEY PARA LA PROHIBICIÓN DEL POLI ESTIRENO EXPANDIDO
ARTÍCULO ÚNICO.- Adiciónese un artículo 42 bis y un transitorio XIII a
la Ley para la Gestión Integral de Residuos, N.º8839, de 24 de junio de 2010
y sus reformas, que se leerán de la siguiente manera: ―Artículo 42 bis.-
Prohíbase la entrega de envases, recipientes o empaques de poli estireno
expandido en establecimientos comerciales. En su lugar, los comerciantes
deberán poner a disposición del público envases, recipientes o empaques de
otros materiales que garanticen su aprovechamiento sustentable. Se
exceptúan de esta prohibición los casos en los que por cuestiones de asepsia,
conservación o protección de alimentos u otros productos, no resulte factible
el uso de materiales alternativos.
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SEPTIMO: La Institución se compromete a adoptar las medidas necesarias para velar por la seguridad personal y física del educando durante todo el tiempo que esté a su cuidado y a ofrecerle los servicios a los que tienen derecho en virtud de la guardería (Queda expresamente prohibido subir a los árboles, barandales, pasamanos, etc., así como al ingreso al área de piscina sin la teacher responsable, y el salir o sacar al niño (a) de la institución sin el consentimiento escrito de alguna de las autoridades de la institución; así como otras comunicadas oportunamente.) OCTAVO: El encargado se compromete a adquirir por su propia cuenta la póliza de accidentes que considere conveniente y a aportar a la institución una copia de la misma. Sin embargo, a nivel institucional, cada estudiante estará cubierto por una Póliza estudiantil básica; esta cubre al educando en caso de accidentes dentro y fuera de la institución por un monto máximo de quinientos mil colones. NOVENO: La Institución proveerá, las mejores condiciones de infraestructura, mobiliario y equipo, etc., que sus posibilidades económicas permitan, de conformidad con las normas exigidas por las autoridades competentes. Cualquier daño directo o indirecto a la propiedad de la Institución (infraestructura, mobiliario y equipo, etc.) o a la propiedad de terceros que cause el educando, no atribuible al normal deterioro o circunstancias de fuerza mayor o fortuitas, serán cobrados por la Institución al encargado y este se comprometerá a responder de manera personal por la reparación de dichos daños, fueren estos causados en forma voluntaria o involuntaria. DECIMO: El encargado se compromete a cancelar la cuota anual de
matrícula. Los pagos del derecho de PRE-MATERNO 1, se harán los
primeros ocho días de cada mes de la siguiente manera:
Cuotas mensuales completas, cancelándose cada una, en la primera semana de cada mes, contando a partir de enero o del momento en que ingrese al (PRE-MATERNO 1) de cada año y hasta diciembre.
El pago se hará en la caja de la institución o mediante depósito en la cuenta bancaria que se le indicará o a través del sistema BN-PAGOS.
DECIMO PRIMERO: La Institución se compromete a mantener invariable la cuota mensual durante el primer semestre y sólo a aumentar, de ser necesario, en el segundo semestre el único porcentaje necesario para cubrir los ajustes de salario obligatorios que decrete el GOBIERNO para los docentes. O salvo que por motivos de un aumento extraordinario de los costos obligue a un aumento por vía de excepción
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para no afectar la calidad de los servicios, en cuyo caso la Institución se compromete a comunicarlo así con, al menos, treinta días de antelación. DECIMO SEGUNDO: La falta de pago de UNA CUOTA, se considera incumplimiento grave por parte del encargado y otorga el derecho a la Institución de tener por resuelto el presente contrato y a proceder a solicitar el retiro del estudiante, previa advertencia por escrito al encargado. DECIMO TERCERO: El padre de familia o encargado, se compromete a respetar las normas de seguridad internas y a asumir responsablemente cualquier situación causada con su vehículo dentro de la institución. Esto rige para el padre de familia y para cualquier persona autorizada por él para dejar en la institución o recoger a su hijo(a)m, así como las normas de vestimenta, respeto y permanencia o ingreso a la institución. DECIMO CUARTO: Para ingresar a la institución el padre, madre o encargado(a), deberá reportar: El nombre de las personas que pueden tener algún ligamen con
el alumno y que por lo tanto ingresarán a la institución, el número de cédula, dirección electrónica, números de teléfono y dirección de su casa.
El tipo de vehículo que le pertenece “marca, color, placa”, y se compromete a mantener actualizados estos datos.
A portar en un lugar visible LA CALCOMANIA
(MARCHAMO) DE LA INSTITUCIÓN, que lo identifica como nuestro usuario.
El presente contrato rige a partir de la formalización de la matrícula del educando y de su firma, el día ___ de _____ 20___. M.Sc. LIGIA MA. AGUILAR G. ENCARGADO(A)
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100
NORMA DE VIDA
DE LA FAMILIA NUEVA GENERACIÓN
¡TODOS JUNTOS!
CON RESPETO, DISCIPLINA, TOLERANCIA Y
AMOR
Y NO HACIENDO A NUESTROS
SEMEJANTES LO QUE NO QUEREMOS
QUE NOS HAGAN A NOSOTROS
CONSTRUIREMOS UN
MUNDO MEJOR,
Y, JUNTOS LOGRAREMOS
LA FELICIDAD Y REALIZACIÓN PLENA
Y ASÍ SEREMOS LOS Y LAS
TRIUNFADORAS
DE HOY, MAÑANA Y SIEMPRE
Ligia Aguilar G.
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101
HIMNO DEL JARDÍN DE NIÑOS Y NIÑAS
NUEVA GENERACIÓN
Letra: M.Sc. Ligia Ma. Aguilar G.
Música: Halaix Barbosa Chilito
Nuestro Kínder,
Kin, der, der
es muy bello
¡Bello es!
Con sus juegos de colores
y un jardín lleno de flores,
es muy bello,
¡Bello es!
La maestra dulce y buena
nos enseña con amor
lindos juegos y canciones
que nacen del corazón.
Todos juntos aprendemos
al compás de esta canción,
que somos las semillitas
de una Nueva Generación.
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102
HIMNO DEL CENTRO EDUCATIVO
NUEVA GENERACIÓN
Letra: M.Sc. Ligia Ma. Aguilar
Música: Lic. Luis Prado Gutiérrez.
Iniciamos cada día de estudio,
en las aulas de nuestro colegio,
con alegría, fe y esperanza
y así nuestra meta alcanzar.
Aprender con honor y alegría,
son las metas de nuestro colegio,
lo que tus hijos solemnes juramos,
por Dios y la patria cumplir.
A estudiar con empeño y esmero
que el esfuerzo un gran premio tendrá,
y es el éxito que Dios y la Patria nos darán
y que ya nadie nos podrá quitar.
A estudiar, a estudiar, a estudiar
con alegría y esfuerzo tenaz
que este es el tesoro que
ya nadie nos podrá quitar.
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103
SI YO CAMBIARA
Si yo cambiara mi manera de pensar hacia otros, me sentiría sereno.
Si yo cambiara mi manera de actuar ante los demás, los haría felices.
Si yo aceptara a todos como son, sufriría menos. Si yo me aceptara tal como soy, quitándome mis defectos,
cuanto mejoraría mi hogar, mi ambiente… Si yo aprendiera plenamente de mis errores, sería humilde. Si yo deseara siempre el bienestar de los demás, sería feliz. Si yo encontrara lo positivo en todos, la vida sería digna de ser
vivida. Si yo amara al mundo… lo cambiaría. Si yo me diera cuenta de que al lastimar el primer lastimado
soy yo. Si yo criticara menos y amara más…. Si yo cambiara… cambiaría el mundo.
Detrás de cada línea de llegada hay una de partida. Detrás de cada logro hay otro desafío. Mientras estés vivo, siéntete vivo. Si extrañas lo que hacías vuelve a hacerlo. No vivas de fotos amarillas… Sigue aunque todos esperen que abandones. No dejes que se oxide el hierro que hay en ti. Haz que en vez de lástima te tengan respeto. Cuando por los años no puedas correr, trota. Cuando no puedas trotar, camina. Cuando no puedas caminar, usa el bastón. ¡Pero nunca te detengas!
Madre Teresa de Calcuta
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DECLARATORIA DE NORMA DE SEGURIDAD
La administración estará en completa libertad de
instalar cámaras, sistemas de audio, u otro medio que
considere necesario para la supervisión y vigilancia en
cualquier parte de la Institución, sea externo o interno
de uso público, con el fin de asegurar la seguridad de
todos los miembros de la Comunidad Educativa.
Siempre garantizando la integridad de cada uno de sus
miembros.
De ninguna manera se ubicará estos dispositivos en las
áreas de uso privado, como baños, vestidores etc;
La Dirección.
AÑO DE REVISIÓN: (2017) AÑO DE APLICACIÓN: (2018)
ESTA NUEVA EDICIÓN ANULA LAS ANTERIORES
(2018): PUBLICACIÓN Y APLICACIÓN PARA EL
CICLO ESCOLAR 2018 Y SUCESIVOS HASTA
NUEVA REVISIÓN Y PUBLICACIÓN.
La Dirección.
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105
DESDE
1998
DESDE
2016
DESDE
1998
DESDE
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