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INDICE

I. INFORMACIN FINANCIERA

* Estados Financieros

EF-1

Balance General

EF-2

Estado de Gestin * Notas a los Estados Financieros

EP-1

Estado de Ejecucin del Presupuesto de Ingresos y Gastos

Anexo al EP-1 (Por especficas) a nivel de ingresos y gastos

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO

INFORMACION

FINANCIERA

AL 31 DE

DICIEMBRE2013MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO

NOTAS A LOS

ESTADOS

FINANCIEROS

AL 31 DE DICIEMBRE2013

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO

INFORMACIONPRESUPUESTARIA AL 31 DE DICIEMBRE2013 MUNICIPALIDAD DE BARRANCO

GERENCIA DE ADMINISTRACION Y FINANZAS

SUB GERENCIA DE CONTABILIDAD

NOTA A LOS ESTADOS FINANCIEROSAL 31 DE DICIEMBRE DEL 2013

NOTA N 01ACTIVIDAD ECONOMICA

La Municipalidad Distrital de Barranco, es rgano de Gobierno Local que emana de la voluntad popular. Es persona de derecho pblico con autonoma econmica y administrativa en los asuntos de su competencia, se rige por la Ley Orgnica de Municipalidades N 27972, le es aplicable las leyes y dispositivos que de manera general, y de conformidad con la Constitucin, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Pblico Nacional. La Municipalidad representa al vecindario, promueve la adecuada prestacin armnica de las circunscripciones de su jurisdiccin, siendo elementos esenciales del Gobierno Local, el territorio, la poblacin y la organizacin.

La Municipalidad Distrital de Barranco representa a uno de los distritos ms emergentes e histricos de Lima Metropolitana, se encuentra al costado del mar en la parte Sur de la Ciudad de Lima a unos 20 minutos de la Plaza de Armas, limita por el Norte con el distrito de Miraflores, por el Sur con el distrito de Chorrillos, por el Este con el distrito de Surco y por el Oeste con el Ocano Pacfico, se encuentra ubicado a una altura de 58 metros sobre el nivel del mar. Se cre el 26 de octubre de 1874; es un rgano de Gobierno Local con personera jurdica de derecho pblico con autonoma econmica y administrativa en los asuntos de su competencia, se rige por la Ley Orgnica de Municipalidades N. 27972 y le son aplicables las leyes y dispositivos que de manera general, y de conformidad con la Constitucin, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Pblico Nacional.

En la poca pre-inca la regin central de la costa comprenda tres seoros; Carabaillo, Maringa y Sulco. Con sus valles densamente poblados y dedicados a las labores agrcolas y de pesca rudimentaria. Se conoca como el seoro de Sulco la regin que hoy ocupa el valle de Surco y las zonas aledaas de Chorrillos y parte de Barranco, cuya capital fue la ciudad de Armatampu ubicada en las faldas del cerro Bermejo, actualmente morro solar.

En la poca colonial en el ao 1535 aparecen los espaoles Don Alonso Martn, Juan Tello y Ruy Daz, a quienes Francisco Pizarro haba comisionado para buscar un lugar cerca al mar, para fundar la nueva ciudad que luego pasara a ser la ciudad de Barranco.

La leyenda y la tradicin que el Distrito de Barranco tiene es de origen milagroso, por la aparicin de una Cruz Luminosa en los baos exactamente en el parque de la Ermita, la cual haba salvado a un grupo de pescadores en poca de neblina guindolos hasta la orilla, posteriormente en los contornos el panadero Caicedo levant la primera capilla a cuyo lado se fue formando la futura poblacin barranquina.Esta leyenda que data de mediados del siglo XVII origin la formacin de un pueblo que subsisti por cerca de cien aos sin acta de fundacin.

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Un 26 de octubre de 1874 se crea oficialmente el distrito de Barranco concedindose los barrios de Talana, Londise, Ollestas, Tejada, Carrin, Pasara hacia el este, por el Norte la quebrada de Armendriz, La Condesa, Oyeros y Pucaiya y al Sur la chacra ms conocida como Cuadro.

El 4 de junio de 1962, siendo alcalde de la Ciudad Don Manuel Campodnico y Fernando Giurffia, reconocen el sacrificio del Distrito de Barranco en la infausta guerra con Chile. El Presidente de la Repblica de ese ao Manuel Prado Ugarteche condecora a la ciudad de Barranco como Ciudad Heroica.El mes de octubre es un mes importante para la ciudad de Barranco pues celebra su aniversario de fundacin.

Corresponde a la Municipalidad, planificar el desarrollo de su circunscripcin, promover y organizar la participacin de los vecinos en el desarrollo comunal, organizar y administrar los servicios pblicos locales, ejecutar e impulsar, a travs de los Organismos competentes, el conjunto de acciones destinadas a proporcionar al ciudadano el ambiente adecuado para la satisfaccin de sus necesidades vitales como salubridad, educacin, transporte y comunicaciones, cultura, recreacin y deporte, turismo y conservacin de monumentos arqueolgicos e histricos. Estas acciones son realizadas con recursos propios y con los recursos previstos por las leyes respectivas, desde los organismos del Poder Ejecutivo u otros Organismos Descentralizados.

La Administracin Municipal adopta una estructura gerencial sustentndose en principios de programacin, direccin ejecucin, supervisin control previo, concurrente y posterior. Se rige por los principios de legalidad, economa, transparencia, simplicidad, eficacia, eficiencia, participacin y seguridad ciudadana, u lo contenido en la Ley N. 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General.

Los bienes, rentas y derechos de la Municipalidad constituyen su patrimonio. El patrimonio municipal se administra en forma autnoma, con las garantas y responsabilidades de ley. Los bienes de dominio pblico de la Municipalidad son inalienables e imprescriptibles.

Su objetivo es suministrar informacin sobre la situacin financiera de resultado y de flujos de efectivo, informacin til para la toma de decisiones y medio eficaz para la rendicin de cuentas de este Gobierno Local, por los recursos que le han sido confiados para el cumplimiento de las metas establecidas en los planes de Desarrollo Local en funcin a los objeticos nacionales.

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NOTA N 02

PRINCIPALES PRINCIPIOS Y PRCTICAS CONTABLESLos Estados Financieros al 31 de diciembre del 2013, se ha realizado sobre la base de la informacin contable de conformidad con las normas emitidas por el Ente Rector del Sistema Nacional de Contabilidad, de acuerdo con lo establecido en la Ley N 28708 Ley de Sistema Nacional de Contabilidad y la Ley N 27312 Ley de Gestin de la Cuenta General de la Repblica.Se presentan de acuerdo a los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados para los Gobiernos Locales en lo que corresponda, que comprende principalmente normas y prcticas establecidas por la Direccin Nacional de Contabilidad Pblica y las Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Pblico (NISP) emitidas por el Comit del Sector Pblico de la Federacin Internacional de Contadores, supletoriamente en lo que corresponda a las Normas Internacionales de Informacin Financiera (NIIF) emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (NIC). Las Normas que se aplican son aquellas oficializadas en el Per por el Consejo Normativo de Contabilidad.Entre los principios y prcticas contables principales, aplicados para el registro de operaciones y preparacin de los estados financieros, se detallan:

a) Plan de Cuentas

Las transacciones financieras y econmicas se registran utilizando el Plan Contable Gubernamental aprobado mediante la Resolucin Directoral N 002-2010-EF/93.01 y disposiciones vigentes, siendo ste un instrumento de apoyo que permite homogenizar las cuentas conforma a los estndares internacionales.b) Existencias

Las existencias se valan al costo de adquisicin, valor neto de realizacin o al valor corriente de reposicin, el ms bajo de ambos, en concordancia a la NICSP N. 12 Existencias y NICSP N. 1 Presentacin de Estados Financieros y dems normas vigentes y se presentan en los Estados Financieros a valores histricos.c) Activo Fijo

El criterio de evaluacin de bienes de activo fijo se ha realizado de acuerdo al Instructivo N 02 y NICSP N 17. El rubro Inmuebles, Maquinarias y Equipos se consignan al costo, menos la depreciacin acumulada, los desembolsos para reposiciones y/o mejoras se agregan a su valor si aumenta su capacidad de servicio y/o prolongan su vida til y el mantenimiento y las reparaciones se cargan a operaciones. La depreciacin se calcula en funcin de la lnea recta, utilizando la vida til estimada de los activos utilizando las tasas anuales y directas.Tanto la maquinaria y equipo como el rubro de terrenos y edificios se han tomado a valores histricos al 31 de diciembre del 2013.

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d) IntangiblesLos intangibles se amortizan con cargo a resultados a medida que se aplican las provisiones o servicios, de acuerdo a su naturaleza.

e) Beneficios SocialesLas provisiones para compensacin de tiempo de servicios se constituyen por el integro de los derechos indemnizatorios del personal, se contabiliza con cargo a resultados a medida que se devengan. El clculo se hace por el monto que correspondera pagar a la fecha del Balance General, y han sido calculadas de acuerdo a lo establecido por el Decreto Legislativo N 276, modificado por la Ley N 258224, y para los trabajadores del rgimen privado fue calculado en base al Decreto Legislativo N 728 y dems dispositivos vigentes.f) Cuentas por CobrarLa provisin de las Cuentas por Cobrar de Cobranza Dudosa se ha realizado de conformidad a la Directiva N010-2012-GAYF/MDB aprobado con R.G N 481-2012-GAyF-MDB por la Gerencia de Administracin y Finanzas, correspondiente al 31 de diciembre del 2013.

g) Saneamiento ContableCon la Resolucin Directoral N 011-2010-EF/51.01, aprueban el Manual de Procedimiento para las acciones de saneamiento contable de la entidades gubernamentales; a fin de que se establezcan la existencia real de bienes, derechos y obligaciones que afectan al patrimonio de la Municipalidad, acreditando mediante informacin y documentacin pertinente su realidad y existencia para proceder al establecimiento de los saldos de las cuentas objetos de depuracin, de manera que los Estados Financieros expresen en forma fidedigna la realidad econmica, financiera y patrimonial de la Municipalidad y que permitan en forma oportuna la toma de decisiones. Cabe mencionar que dicha comisin est en proceso de integracin, aplicando lo establecido en el Manual de Procedimiento para las Acciones de Saneamiento Contable de las Entidades Gubernamentales.

Para la formulacin de los Estados Financieros y presupuestarios se ha utilizado el Mdulo de Sistema de Administracin Financiera para Gobiernos Locales SIAF-GL del Ministerio de Economa y Finanzas, de acuerdo al comunicado N 02-99-EF/93.01 de la Contadura Pblica de la Nacin y los registros contables es a travs del registro nico mediante tablas de operaciones que permite la integracin de la informacin presupuestaria y financiera por cada periodo contable.La contabilidad se lleva en moneda de curso legal y de acuerdo al Nuevo Plan Contable Gubernamental, aprobado por el Consejo Normativo de Contabilidad segn Resolucin Directoral 001-2009-EF/93.01 y Resolucin Directoral 002-2010-EF/93.01, mediante el mtodo acumulado de contabilizacin de las operaciones de los activos, pasivos y patrimonio, as como de las cuentas de orden.

Los Estados Financieros se basan en el principio de aplicacin de Dualidad Econmica basado en la Contabilidad que nos indica la sustentacin de la partida doble y por toda partida registrada en el debe corresponde otra partida registrada en el haber. En cuanto a la moneda han sido expresados todos sus componentes heterogneos a una expresin que es el nuevo sol, para lo cual dichos elementos patrimoniales han sido valorizados aplicando un precio a cada entidad.

Se ha aplicado el principio devengado registrando los ingresos y gastos en el periodo contable. En cuanto a la uniformidad se ha aplicado criterios de acuerdo a las prcticas contables.

En las Notas a los Estados Financieros del Balance General y Estado de Gestin, se ha considerado los conceptos que muestran los saldos ms significativos.

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ANEXOS

A LA

INFORMACION

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ANEXOS

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