Aplicación de la agenda digital en el teletrabajo

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APLICACIÓN DE LA AGENDA DIGITAL EN EL TELETRABAJO EN ADMINISTRACION PÚBLICA

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APLICACIÓN DE LA AGENDA DIGITAL EN EL TELETRABAJO EN ADMINISTRACION PÚBLICA

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TELETRABAJO

DEFINICIÓN DE TELETRABAJO  Etimológicamente el término Teletrabajo supone la unión entre telou (griego)

y tripaliare (latín), que significan lejos y trabajar respectivamente. La palabra implica por tanto trabajo a distancia, pero eso no es, evidentemente, todo.

Gray, Hodson y Gordon, el teletrabajo "es una forma flexible de organización del trabajo que consiste en el desempeño de la actividad profesional sin la presencia física del trabajador en la empresa durante una parte importante de su horario laboral. Engloba una amplia gama de actividades y puede realizarse a tiempo completo o parcial. La actividad profesional en el teletrabajo implica el uso frecuente de métodos de procesamiento electrónico de información, y el uso permanente de algún medio de telecomunicación para el contacto entre el teletrabajador y la empresa".

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VENTAJAS DEL TELETRABAJO

  PARA LAS EMPRESAS: El teletrabajo tiene las siguientes ventajas: - Reducción de costos (de producción, de equipamiento,

dietas,etc.)  - Mejor actitud, compromiso y motivación de los empleados.  - Eliminación de control horario. - Menos problemas de convivencia entre empleados. - Posibilidad de modificar horarios de trabajo.

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INICIATIVAS EN PERÚ

  La Ley N° 30036, del 15 de mayo de 2013, tiene por finalidad

incorporar al teletrabajo como una modalidad especial de prestación de servicios en instituciones públicas y privadas, donde el empleador proporciona los equipos de comunicaciones o compensa económicamente el uso de equipamiento del teletrabajador.

  Asimismo, la Ley establece un carácter voluntario y reversible para el

teletrabajo en el sentido de que el empleador puede variar la modalidad de prestación de servicios de un trabajador hacia o desde el teletrabajo y el trabajador debe consentir su cambio de modalidad hacia el teletrabajo o solicitar su reversión hacia la modalidad anterior

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AFECTACION DEL VINCULO LABORAL

El vínculo laboral, y todo lo que ello implica, no es afectado por el cambio de modalidad, y, en consecuencia, pueden utilizarse todas las modalidades de contratación preestablecidas (Decreto Legislativo N° 276, Ley de bases de la carrera administrativa y de remuneraciones del sector público y regímenes especiales).

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EL REGLAMENTO QUE REGULARÁ EL TELETRABAJO EN EL PERÚ 

La modalidad del teletrabajo podrá desarrollarse de forma completa, donde el teletrabajador presta servicios fuera del centro de trabajo o del local de la entidad pública; y de forma mixta, donde el teletrabajador presta servicios de forma alterna dentro y fuera del centro de trabajo.

Con la finalidad de regular el teletrabajo, como una modalidad especial de prestación de servicios caracterizada por la utilización de tecnologías de la información y las telecomunicaciones (TIC), en las instituciones públicas y privadas, se publicó en el Diario Oficial El Peruano el 3 de noviembre del 2015 el Decreto Supremo Nº 017-2015-TR que aprueba el reglamento de la Ley Nº 30036 que regula el teletrabajo.

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TELETRABAJO EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Se caracteriza por el desempeño subordinado de labores sin la presencia física del trabajador, denominado “teletrabajador”, en la empresa con la que mantiene vínculo laboral, a través de medios informáticos, de telecomunicaciones y análogos, mediante los cuales se ejercen a su vez el control y la supervisión de las labores. Son elementos que coadyuvan a tipificar el carácter subordinado de esta modalidad de trabajo la provisión por el empleador de los medios físicos y métodos informáticos, la dependencia tecnológica y la propiedad de los resultados, entre otros.

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TELETRABAJO Y AGENDA DIGITAL

La Referencia al Teletrabajo en la Agenda Digital 2.0 hace referencia al Teletrabajo en su Estrategia 4, la cual es la siguiente: Estrategia 4. Contribuir a generar empleo digno mediante el uso de las TIC El uso de las TIC en nuestra sociedad han traído cambios en diversos aspectos, siendo el laboral uno de ellos. Por una parte ha generado cambios en el mercado de trabajo, así como, en los procesos de trabajo y las relaciones laborales. Por otra, ha abierto un campo laborar amplio tanto para el rubro de trabajo del sector TIC, como por el desarrollo del Teletrabajo y las propuestas alrededor de ello.

  La Situación actual de aplicación práctica del teletrabajo en las instituciones del

estado y Normatividad del Teletrabajo Con la finalidad de regular el teletrabajo, como una modalidad especial de prestación de servicios caracterizada por la utilización de tecnologías de la información y las telecomunicaciones (TIC), en las instituciones públicas y privadas, y promover políticas públicas para garantizar su desarrollo, como lo establece el Decreto Supremo Nº 017- 2015-TR que aprueba el reglamento de la Ley Nº 30036 que regula el teletrabajo.

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SITUACIONES EXCEPCIONALES PARA LA MODALIDAD DE TELETRABAJO

  Las entidades públicas pueden requerir la contratación de servidores civiles que se

desempeñen como teletrabajadores desde un inicio de la prestación de servicios, bajo los siguientes supuestos:

- En circunstancias de caso fortuito o fuerza mayor que requieran que algunas actividades se realicen bajo la modalidad de teletrabajo.

  - Cuando se afecte la prestación de servicios de manera imprevista, y para garantizar

su continuidad se pueda realizar algunas actividades bajo la modalidad de teletrabajo.  - Cuando se produce el incremento extraordinario y temporal de actividades en una

determinada entidad.