Ambiental nuevo 2015 final

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UNIVERSIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANO FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS ESCUELA PROFESIONAL DE DERECHO LA PACHAMAMA POLITICAS PÚBLICAS AMBIENTALES JUAN CASAZOLA CCAMA Agosto 2015

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UNIVERSIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANO

FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS

ESCUELA PROFESIONAL DE DERECHO

LA PACHAMAMA

POLITICAS PÚBLICAS AMBIENTALES

JUAN CASAZOLA CCAMA

Agosto 2015

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I.-MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE

PRIMERA UNIDAD

1.- Rol de la Universidad: objetivos estratégicos, ambientalización de la

universidad, responsabilidad ambiental de la universidad, investigación

ambiental universitaria.

1.1.- Valores y ética ambiental (personal, institucional).

2.- Derecho Ambiental

2.1.- Nociones previas: Derecho ambiental, recursos naturales, ambiente,

servicios ambientales, daño contaminación, depredación ambiental,

conservación, impacto ambiental, desarrollo sostenible, destrucción de la capa

de ozono.

2.2.- Efectos en la salud de los principales contaminantes atmosféricos.

(Cianuro, plomo, etc)

SEGUNDA UNIDAD: desarrollo sostenible y visión de problemas ambientales

actuales. (50%)

3.- Desarrollo y desarrollo sostenible: Antecedentes, origen, concepto,

características, principios internacionales y nacionales, componentes,

principales eventos ambientales, marco normativo internacional y nacional.

4.- Visión a problemas ambientales actuales: Crisis ambiental.

4.1.- Concepto, causas, efectos.

4.2.- Estudio de casos concretos (Laudato Si, Diagnostico regional, planes

nacionales, carta de la tierra, etc.)

II.- DERECHO ECOLOGICO Y RECURSOS NATURALES

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PRIMERA UNIDAD:

1.- Derecho ambiental, ecología, ciencia ambiental y legislación ambiental.

2.- Los recursos naturales:

2.1.- Agua.

a).- Concepto, bien económico, derecho humano.

b).- Marco jurídico internacional y nacional para la gestión del agua.

c).- Sistema nacional de gestión de recursos hídricos, ministerio de agricultura,

Autoridad Nacional del Agua, Fondo Nacional del Agua, Consejos de cuencas,

Gobiernos regional y local, organización de usuarios, Ministerio del Ambiente,

Dirección General de Salud Ambiental (DIGESA).

2.2.- Suelo.

a).- Suelo: concepto, degradación, clasificación de tierras, grupos de capacidad

de uso.

b).- La desertificación (sequias, etc)

2.3.- Diversidad Biológica.

a).- Concepto, procesos ecológicos, ecosistemas, forestación.

b).- Áreas naturales protegidas.

c).- marco legal

2.4.- Atmosfera.

a).- Concepto, contaminación.

b).- Contaminación sonora: concepto, efectos, medición.

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c).- Calentamiento global: concepto, efecto invernadero, efectos, nuevas

políticas publicas y compromisos de los estados (COP.21).

d).- Lluvia ácida.

2.5.- Residuos sólidos.

a) Concepto, manejo, planes de gestión integral, clasificación.

b).- Botaderos, rellenos sanitarios, rellenos de seguridad.

SEGUNDA UNIDAD: gestión ambiental

3.- Gestión Ambiental.

a).- Concepto, características, políticas públicas.

b).- Instrumentos de gestión: Ordenamiento territorial, zonificación ecológica y

económica, acondicionamiento territorial, desarrollo urbano, estándares de

calidad ambiental, límites máximos permisibles, estudios de impacto ambiental,

inventario ambiental.

c).- Institucionalidad: sistema nacional, regional, local, pasivos ambientales,

planes de remediación.

III.- JUSTICIA AMBIENTAL

PRIMERA UNIDAD.

1.- Procesos para la defensa del ambiente.

1.1.- Procesos de naturaleza civil: daño ambiental, condiciones y requisitos,

responsabilidad civil extracontractual, nulidad de actos jurídicos, interdicto de

retener.

1.2.- Procesos de naturaleza constitucional: Amparo ambiental, Acción Popular,

Acción de Cumplimiento, Habeas Data, Proceso de Inconstitucionalidad.

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1.3.- Procesos de naturaleza penal.

a).- Delitos contra el ambiente: bien jurídico, sujetos, responsabilidad, pena.

b).- Delitos de contaminación: acciones punibles, bienes protegidos, tipo de

daño.

c).- Delitos contra los recursos naturales: Tráfico ilegal de especies de flora,

fauna y acuáticas, extracción ilegal de especies acuáticas, tráfico ilegal de

recursos genéticos, tráfico ilegal de productos maderables, alteración del

ambiente o paisaje

d).-Faltas penales: contra las buenas costumbres, contra la seguridad pública,

contra la tranquilidad pública.

1.4.- Derecho administrativo ambiental: acto administrativo, procedimiento

administrativo, fiscalización, control y sanción ambiental, vigilancia y monitoreo

ambiental, responsabilidad administrativa funcional.

SEGUNDA UNIDAD: Derecho internacional y litigación estratégica ambiental

2.- Derecho ambiental internacional.

2.1.- Instrumentos del derecho internacional ambiental.

2.2.- Sujetos del derecho internacional ambiental

2.3.- Tratados instrumentos sobre materia ambiental.

3.- Litigación estratégica en materia ambiental.

3.1.- Abogacía e incidencia en políticas públicas, investigación y educación

ambiental.

3.2.- Instrumentos para la litigación: Mecanismos alternativos de solución de

problemas socio ambientales, Amicus Curie, defensa política.

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INTRODUCCION

"Tú visitas la tierra y le das agua y les entregas riquezas abundantes.

Los arroyos de Dios están repletos, preparas a los hombres su alimento:"

Salmo 65,10

La afirmación de fin supremo del Estado y la sociedad es el respeto de la

dignidad humana, enfoque antropocentrista siempre nos llamó la atención. A

esta realidad ponemos en agenda el estudio sobre la dignidad humana, la

Pachamama como sujeto de derechos y la regla ética y constitucional del Buen

Vivir. Este camino nos pone a hablar del amor a la vida, que significa hablar de

la exigencia de establecer “la justicia y el derecho”. Es una reflexión que

responde a la necesidad de formular y comunicar la rica experiencia de

pueblos de hombres y mujeres que acogieron el profundo compromiso por la

justicia social. Este compromiso tiene lugar, obligatoriamente, en el seno de

diversas y complejas vivencias humanas, en consecuencia en la elaboración

de un nuevo discurso del derecho sostenible.

Cuando se atraviesan situaciones humanas extremas, de sufrimiento,

postergación, e injusticia, las preguntas calan hondo y conducen al corazón de

las cosas; al mismo tiempo, el discurso jurídico se hace respetuoso de la

diversidad de las condiciones sociales, culturales, económicas y religiosas de

personas y pueblos. La interpelación que viene de ellas nos coloca

desnudamente ante las preguntas básicas de la existencia humana. En efecto,

si no vamos al mundo del dolor diario, de la vivencia de ver violados sus

derechos más elementales, de la angustia que consume; pero así mismo, si no

tomamos en cuenta las experiencias de alegría, de esperanza, el que hacer del

derecho no adquiere espesor. Fácilmente puede contaminarse de un cierto

burocratismo y de una voluntad de poner contrarios al espíritu de la justicia y el

derecho.

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Cada día hay más polución, contaminación, degradación, pérdida de

biodiversidad, procesos de desertificación, pasivos ambientales, sitios

contaminados, basurales,

contaminación de los recursos

hídricos, originando más

pobreza, desocupación,

enfermedades, hambre y

refugiados ambientales. La

mayor preocupación es el

impacto sobre el recurso hídrico, el agua está directamente vinculada a la

alimentación y a la salud, la falta de este recurso en cantidad y calidad,

provoca la aparición o permanencia de enfermedades evitables que afectan la

calidad de vida de millones de personas, en particular a niños y madres.1

(Revista N° 20 Voces en el Fénix de la Facultad de Ciencias Económicas

UBA).

El impacto directo más significativo se

concentra en la salud. Las

enfermedades de origen hídrico,

originadas, al beber, o por contacto, o

al comer verduras regadas con aguas

servidas, o contaminadas con

sustancias como nitratos, cadmio,

mercurio, plomo, arsénico, flúor, yodo y metales pesados. De cada diez

enfermedades comunes ocho son atribuibles por consumo de agua

contaminada y de cada diez muertes comunes se atribuyen dos por consumo

de agua contaminada.

Esta es la realidad histórica que está viviendo el pueblo, reflejada en la

injusticia, crisis ecológica y miseria que inter-actúan en gran parte de la

1

Revista N° 20 Voces en el Fénix de la Facultad de Ciencias Económicas UBA

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humanidad. Ante ello toda la humanidad ha de sentirse involucrada en esta

problemática compleja y los que compartimos la fe en un Dios liberador y la

Pachamama (o la personalidad de la naturaleza exigiendo respeto y

reciprocidad) y el derecho como justicia social tenemos razones profundas para

enfocar estos problemas desde la opción por el desarrollo sostenible.

En el sur andino constatamos situaciones alarmantes; la problemática de la

tierra y las tensiones relativas al acceso a los recursos productivos siguen

siendo unas de las causas principales de la pobreza, del hambre y de conflictos

socio ambiental, pero que a la vez deben ser uno de los temas principales de

nuestros estudios y reflexiones. Aunado a ello, la debilitación de la capa de

ozono, el recalentamiento de la atmósfera, la alternancia de heladas, sequías

e inundaciones, la desertificación progresiva, la disminución de la

biodiversidad, la proliferación de insectos resistentes a los insecticidas y de

microbios resistentes a los antibióticos, los intentos de "privatización" de la vida

son unos ejemplos claros de una crisis profunda.

La realidad de destrucción y muerte a la cual está sometida la madre tierra ha

de ser enfrentada e iluminada por el anuncio de la justicia social y el derecho. Y

nuestra fe en la madre tierra como

sujeto de derechos es la afirmación

de que el derecho siempre ha

optado por la vida y desde ello toda

la humanidad está llamada a optar

por la defensa y preservación de la

vida.

La pobreza no es fatalidad, es una condición; no es un infortunio, es una

injusticia. Es resultado de estructuras sociales y de categorías mentales y

culturales, está ligada al modo como se ha construido la sociedad, en sus

diversas manifestaciones. Es fruto de manos humanas: estructuras económicas

y atavismos sociales, prejuicios raciales, culturales de género y religiosos

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acumulados a lo largo de la historia, intereses económicos cada vez más

ambiciosos, por lo tanto su abolición se encuentra en nuestras manos.

El desarrollo sostenible no es sólo la protección

del medio ambiente, es una nueva forma de

pensar sobre la vida y la política, es un tipo de

crecimiento económico sostenible en armonía

con la naturaleza, es la reanudación de los

conceptos de justicia, oportunidad e igualdad

entre todos los hombres. (Giuseppantonio De

Vincentiis. Evolución del desarrollo sostenible). Se exige un equilibro entre el

modelo económico de desarrollo, las formas de vida de la sociedad y el

respeto a los sistemas naturales.

1.- ROL DE LA UNIVERSIDAD CONSERVACION DEL MEDIO AMBIENTE Y

EL DESARROLLO SOSTENIDO DE LA REGION Y EL PAIS.

1.1.- Un nuevo perfil profesional con conocimientos interdisciplinarios.

Reconociendo el valor e importancia del ambiente

como entorno de vida y de los recursos naturales

como el legado de la nación para proveerse de

materiales para satisfacer sus necesidades y el rol de

la universidad de formar a profesionales, líderes y

dirigentes que orientarán y dirigirán su buen uso y

protección para las generaciones presente y futuras,

así como cuestionar y reflexionar sobre el rol de la sociedad y de las

instituciones y proponer soluciones a los conflictos controversias, disyuntivas y

dilemas, basadas en las ciencias y el conocimiento.

Este escenario globalizado presenta características de desarrollo de las

comunicaciones, revolución digital, desarrollo de nuevas disciplinas del

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conocimiento, nuevos mercados y productos, nuevas formas de hacer empresa

y negocios, nuevas formas de relación entre gobiernos ciudadanos y

empresas, nuevas modalidades y mecanismos alternativos de gestión de las

controversias.

Esta realidad exige un nuevo perfil

profesional con conocimientos

interdisciplinarios, capacidades de

liderazgo, educación con nuevas

competencias de investigación,

razonamiento y análisis,

interdisciplinariedad, comunicación,

valores, visión empresarial, sentido ético

y crítico perspectiva global y local, entre

otros.

La Sostenibilidad Ambiental se está convirtiendo en una parte integral de la

vida universitaria. Una tendencia mundial muestra que las universidades están

revisando su misión y la

reestructuración de sus cursos,

programas de investigación y

operaciones en el campus para

incorporar lo ambiental en sus

funciones sustantivas. La larga lista de

signatarios de diversas declaraciones

que promueven la sostenibilidad y

ambiente en la educación superior, es

una prueba más de este cambio. La Declaración de Talloires, la Declaración de

la Asociación Internacional de Universidades de Kyoto, la Declaración de

Swansea, la Carta Copernicus de la Asociación Europea de Universidades y la

Declaración de Lüneburg, son algunos ejemplos.

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En el Perú, también existe esta tendencia y varias universidades han

comenzado por desarrollar sus políticas y planes ambientales institucionales

como primer el paso para integrar la perspectiva ambiental. La Red Ambiental

Interuniversitaria – Interuniversia Perú (RAI Perú), promovida y facilitada por el

MINAM es la encargada de impulsar tal proceso.

Parafraseando la visión de la UNA- Puno, podemos decir que tiene la finalidad

de formar personas calificadas a nivel del Pregrado, Pos título y Postgrado,

competitivos, con liderazgo en el desarrollo de la ciencia, la tecnología, y las

humanidades proporcionando a la sociedad los resultados de la investigación

científica y tecnológica, a través de la proyección social y extensión

universitaria, propiciando la revaloración cultural, conservación del medio

ambiente y el desarrollo sostenido de la región y el país. Para alcanzar a esta

visión diseña los objetivos estratégicos:

-Formar profesionales con excelencia académica, competitiva y

humanista, comprometidos con el desarrollo de la región y del país,

acorde con los adelantos de la era del conocimiento. Alcanzar los

estándares de calidad para lograr la acreditación.

-Desarrollar investigación científica, tecnológica y humanista,

interdisciplinaria, teórica y aplicada, orientada a generar nuevos

conocimientos que coadyuven a resolver los problemas de la región y

del país.

-Fortalecer la proyección social y extensión universitaria para transferir

conocimientos científicos, tecnológicos y culturales hacia la comunidad

regional, nacional e internacional.

Mencionamos algunos pilares para alcanzar la excelencia académica: buena

biblioteca física y virtual, buenos laboratorios y gabinetes de estudio, docentes

actualizados, investigación, publicaciones.

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1.2.- Ambientalización de la Universidad

La ambientalización o incorporación de la perspectiva ambiental en el quehacer

universitario es el proceso de reconocimiento de los impactos ambientales que

se provocan en la cotidianidad y de los cambios a realizarse para

contrarrestarlos2 (Benayas, 2004).

La ambientalización se relaciona con la forma en que las instituciones

universitarias incorporan a sus debates y prácticas la problemática ambiental

desde sus distintos ámbitos operativos: formación, investigación, extensión y

gestión 3(Coya-García, 2001).

En lo relativo a la incorporación de la

perspectiva ambiental se parte del hecho de

que en la fundación de nuestras

universidades, no integraron el debate y las

necesidades ambientales y de la sostenibilidad

en las bases de su conformación, pero

tampoco lo han hecho en ningún otro periodo

de reforma académica y es por ello, que ahora

con la creciente crisis ambiental y la exigencia de que las instituciones de

educación superior respondan a ello, hay que impulsar una discusión que ha

sido externa en los campos de conocimiento y de formación profesional: la

problemática ambiental y las perspectivas del desarrollo sostenible.

La ambientalización de la Universidad se basa en la premisa de que ninguna

de las áreas del conocimiento se encuentra al margen de la problemática socio

ambiental. Por ello, se espera que estas instituciones sean capaces de

responder a los retos actuales en la medida que reconozcan la necesidad de

2 Benayas, 2004 3 Coya-García, 2001.

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una perspectiva ambiental que atraviese horizontal y verticalmente sus

funciones y quehacer cotidiano.

Responsabilidad Ambiental

Universitaria. La Responsabilidad

Ambiental Universitaria (RAU)

podemos definirla como la acción

de la universidad -puesta en

práctica de principios y valores- de

contribuir a la formación de

profesionales y ciudadanos con

conciencia, compromiso y

participación proactiva en la

solución de los problemas ambientales, mediante el ejercicio de sus funciones

sustantivas de formación, investigación formativa, extensión, proyección y

gestión universitaria.

En esta misma línea, entendemos por “Universidad Ambientalmente

Responsable” aquella que incorpora la dimensión ambiental a su proyecto

institucional, educativo y laboral, con el fin de propiciar el desarrollo sostenible

y a la vez para formar a sus estudiantes/futuros profesionales como modelos o

promotores de prácticas ambientalmente responsables a nivel de sus familias,

futuros entornos laborales y en la sociedad en general.

1.3.- Ambientalización de la Investigación universitaria.

Asistimos a una nueva era, donde el conocimiento es poder y la exigencia de

elaborar nuevos conocimientos y propuestas alternativas que ayuden a la

solución de los principales problemas de nuestra sociedad es aún débil.

Uno de los fines de nuestra universidad es la investigación formativa, sin

embargo este término de la investigación suele crear en algunos estudiantes

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escepticismo, confusión, porque creen que la investigación no tiene relación

con el estudio y la realidad.

Russel, nos dice que el crecimiento continuo de la ciencia influye

especialmente sobre nuestros pensamientos, costumbres y nuestras

esperanzas. Lo importante de este crecimiento es que está afectando nuestros

esquemas mentales, percepción de la realidad, nuestro propio estilo de vida,

costumbres, hábitos así como afecta o influye en nuestras visiones, ilusiones

para el futuro, en nuestros sentimientos, emociones pero con el tiempo el

hombre se puede hastiar del avance científico y retornar a lo inicial.

Este crecimiento del conocimiento

también es testigo del crecimiento de

la riqueza y la pobreza, el egoísmo,

inequidad en nuestra sociedad. Peter

Hans Kolvenbach, al referirse al

conocimiento humano y globalización

nos indica que: “En la nueva

sociedad del conocimiento, el abismo

entre quienes saben y entre quienes

no saben se acentúa cada vez más”. El conocimiento no tiene límites, y, hoy,

más que nunca, es evidente que “saber es poder”. Sin embargo no es el

“mucho saber” lo que importa; es también el sentir, El saber con y el saber

para el compartir, el servir. En este mundo en que la competencia degenera en

competitividad sin límites, y en que el individualismo y la insolidaridad crean

nuevas fronteras y exclusiones es preciso recuperar el discurso del ser para los

demás, el saber y el poder como servicio, la solidaridad, la compasión en el

sentido más pleno de la palabra”4.

4 Peter Hans Kolvenbach,

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Nuestra universidad asume la formación de profesionales con excelencia

académica, competitiva y humanista. Por lo tanto podemos indicar que

competente también significa, saber pensar, saber, hacer, saber ser, saber

vivir, saber convivir, saber crear, saber estar consigo mismo. Significa fortalecer

las capacidades necesarias para desarrollar reflexiones, estrategias de

pensamiento, formular críticas y propuestas y encontrar soluciones, saber qué

es lo que se sabe, saber plantear nuevas preguntas y continuar aprendiendo.

El desarrollo del conocimiento

ambiental en las universidades es

una tarea prioritaria por el alto valor

social que contiene, ya que el

actual y futuro desarrollo de las

sociedades depende en gran

medida de la respuesta científica

que se dé a la crisis ambiental.

En ese sentido se requiere desarrollar procesos de investigación ambiental

básica y aplicada a partir de su vinculación con las problemáticas ambientales

que aquejan a todos los sectores que integran a la sociedad, para asegurar

que la producción del

conocimiento ambiental

se realice con base en

demandas ambientales

reales.

También es importante

establecer diferentes mecanismos a fin de que estos conocimientos

ambientales generados en el mundo académico se transfieran a la sociedad en

su conjunto para que impacten en los patrones y estilos de producción y

consumo actual.

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3.- AMBIENTE, RECURSOS NATURALES, ECOSISTEMAS.

Los términos como ambiente, recursos

naturales, ecosistemas o entorno, hoy

en día, son muy utilizados para expresar

la percepción que se tiene de la

naturaleza. Estas denominaciones son

usadas con mayor frecuencia, para

denotar las preocupaciones que se tiene

por la problemática ambiental.

Problemática devenida por la irresponsable industrialización y explotación

masiva, operada por el sistema urbano-industrial, fruto del paradigma

reduccionista. Este paradigma pregona como parte del ambiente aquello que

es indispensable para el sostenimiento del sistema y aquello que no es

indispensable no sirve, es así que “…lo que circula no es vida, sino materias

primas, productos industriales, contaminantes, recursos”5 (Leff 1995). Esta

economización de la naturaleza se corresponde con la percepción hoy

dominante, que cosifica todas las dimensiones de la vida y las convierte en

mercancías potenciales o reales. Las actitudes conservacionistas, a su vez,

son un síntoma de la mercantilización de la naturaleza, la repuesta emocional a

las consecuencias de esta mercantilización.

Desde la Conferencia de Estocolmo, celebrada

en Suecia entre el 5 y 16 de junio de 1972 bajo

el auspicio de la Organización de Naciones

Unidas –ONU – (Por este acontecimiento es

que Naciones Unidas determinó el día 5 de junio

como el día mundial del ambiente) se empezó a

dar un tratamiento global al tema ambiental,

5 Leff 1995.

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como una parte importante del Desarrollo Humano, especialmente a partir del

Informe Brundtland presentado en 1987 con el nombre de “Nuestro Futuro

Común” por la Comisión Mundial Para el Medio Ambiente y Desarrollo de la

ONU. Demostrando que el camino que la sociedad global había tomado estaba

degradando y contaminado el ambiente por un lado y dejando cada vez más

gente en la pobreza y la vulnerabilidad.

Determinó que la protección ambiental había dejado de ser una tarea nacional

o regional para convertirse en un problema

global. Todo el planeta debía trabajar para

revertir la degradación y contaminación actual.

Esto fue incorporado a todos los Programas

de la ONU y sirvió de eje principal para la

Cumbre De La Tierra celebrada en Rio De

Janeiro en 1992. A partir de esta toma de

conciencia se transformó el tema ambiental en

el nuevo paradigma y surgieron tratados,

convenciones, declaraciones, congresos, comisiones, leyes a nivel

internacional, nacional, provincial y municipal, numerosas organizaciones y

Autoridades de diferentes rango, para el control y la aplicación de las normas

sancionadas y hasta incluidas en nuestra Constitución.

Tania García López, mencionaba desde que en 1987 viese a la luz el Informe

Brundtland, mucho se ha hablado sobre

la necesidad de un desarrollo sostenible

o sustentable, esto es, de un desarrollo

que garantice las necesidades del

presente sin poner en peligro las necesidades de las generaciones futuras. A

pesar de ello, y varias décadas más tarde, tras haberse discutido mucho

en todo tipo de foros y haberse emprendido todo tipo de iniciativas

tendentes a la sustentabilidad o sostenibilidad, parece que todavía no se

ha alcanzado ese anhelado desarrollo ni la fórmula para lograrlo.

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En respuesta a este reto la comunidad internacional ha desarrollado un prolífico

cuerpo de instrumentos, (Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio

Ambiente Humano – Estocolmo, Suecia 1972; la Conferencia de las Naciones

Unidas sobre Medio Ambiente y Desarrollo – Rio de Janeiro, Brasil 1992; y la

Cumbre Mundial sobre Desarrollo Sostenible (Johannesburgo , Sudáfrica 2002)

los cuales en su mayoría adolecen en el aspecto de no tener carácter

vinculante para los Estados, por lo cual resultan insuficientes para regular los

diversos aspectos que se generan día a día con respecto a la materia medio

ambiental.

EVENTOS INTERNACIONALES

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A nivel local podemos registrar los siguientes avances.

El Código del Medio Ambiente y

los Recursos Naturales de 1990,

constituyó un hito a partir del

cual se fortaleció el marco

normativo e institucional en

materia ambiental, contando

inicialmente con autoridades

ambientales sectoriales y una

autoridad coordinadora, el

Consejo Nacional del Ambiente

(CONAM), establecido en 1994.

Posteriormente se crearon

Gerencias de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente en los

gobiernos regionales, que se sumaron a las unidades ambientales de algunas

municipalidades. Luego de promulgada la Ley General del Ambiente en 2005,

que derogó el Código del Medio Ambiente y Recursos Naturales, en 2008 se

crea el Ministerio del Ambiente MINAM, que incorpora al Consejo Nacional del

Ambiente, a la Intendencia de Áreas Naturales Protegidas INRENA, y adscribe

al Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú SENAMHI, al

Instituto Geofísico del Perú IGP, al Instituto de Investigaciones de la Amazonía

Peruana IIAP, y al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental OEFA y

al Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas SERNANP, configurándose

de esta forma el Sector Ambiental. Como parte del fortalecimiento de la

institucionalidad, se viene actualizando el marco normativo para un mejor

desempeño de los organismos ambientales del Estado, en los tres niveles de

gobierno, los cuales integran el Sistema Nacional de Gestión Ambiental.

No obstante, persisten retos relacionados al desarrollo de capacidades y

limitados recursos humanos y financieros; así como para el ejercicio de las

competencias públicas, la prevención de controversias y el efectivo

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cumplimiento de los mandatos legales. Esto obliga a un importante esfuerzo de

coordinación interinstitucional, a la descentralización y la búsqueda de

sinergias entre las autoridades, el sector privado y la sociedad civil; a la gestión

de la información, la investigación científica y tecnológica, así como a la

consolidación de los instrumentos de gestión ambiental.

4.- CRISIS AMBIENTAL

Crisis ambiental

Cuando uno lee los informes y

las noticias en los medios

gráficos cada día hay más

polución, contaminación,

degradación, pérdida de

biodiversidad, procesos de

desertificación, pasivos

ambientales, sitios contaminados, basurales, contaminación de los recursos

hídricos, originando más pobreza, desocupación, enfermedades, hambre y

refugiados ambientales.

La mayor preocupación a nivel

mundial es el impacto sobre el

recurso hídrico, el agua está

directamente vinculada a la

alimentación y a la salud, la falta

de este recurso en cantidad y

calidad, provoca la aparición o

permanencia de enfermedades

evitables que afectan a millones

de personas, en particular a

niños y madres. La calidad de vida de una población está directamente

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relacionada con el libre acceso al agua limpia y saludable.6 (Revista N° 20

Voces en el Fénix de la Facultad de Ciencias Económicas UBA).

El impacto directo más significativo se concentra en la salud. Las

enfermedades de origen hídrico, originadas, al beber, o por contacto, o al

comer verduras regadas con aguas servidas, o contaminadas con sustancias

como nitratos, cadmio, mercurio, plomo, arsénico, flúor, yodo y metales

pesados.

Parafraseando a Carlos Andaluz Westreicher, la severa crisis que enfrentamos

se debe a factores concurrentes, como el acelerado incremento de la población

humana, el crecimiento de las actividades económicas en respuesta a

insostenibles patrones de producción y consumo, las inequidades y

desbalances entre la población rica y la población pobre, la predominancia de

asentamientos urbanos.

- La población actual alcanza a 7,000

millones, se dice que en trece años

seremos 8,000 millones. La presión

demográfica, se agudiza por la pobreza

que sufre una gran parte de la población

del planeta, de hecho hay más de tres mil

millones de personas que viven con

menos de dos dólares al día, y son más de

40 mil los niños que cada día mueren por

enfermedades relacionadas con la

desnutrición.

6 Revista N° 20 Voces en el Fénix de la Facultad de Ciencias Económicas UBA.

Page 24: Ambiental nuevo 2015 final

- En los países más ricos reside solo el

20% de la población mundial. Este

20% consume más del 86% del

consumo privado, mientras que el

20% más pobre de la población

mundial, representa menos del 2% del

total de consumo privado. La

organización Mundial de la Salud ha

recomendado un gasto anual per

cápita en salud entre ricos y pobres

entre 30 y 40 dólares, los países menos desarrollados invierten solo 11

dólares y los países ricos invierten 1900 dólares.

- El crecimiento industrial se multiplicó cincuenta veces. El año 1950 es

considerado como el umbral de la crisis ambiental. El crecimiento

obedece al espectacular desarrollo que experimentó la ciencia y la

tecnología

aplicada en todos

los campos del

quehacer

humano, esto

explica el

crecimiento de

las actividades

económicas

como la minería,

pesca, comercio, industria, construcción, transporte, agricultura,

ganadería; no solo como deseo de progreso, sino al mandato de

satisfacer las necesidades de una población humana creciente.

El humano de la sociedad industrial se mostró arrogante respecto a la

Pachamama, envanecido por su tecnología que todo lo puede y no

Page 25: Ambiental nuevo 2015 final

considerándose a sí mismo como parte de ella, se dio la tarea de

dominarla y servirse de sus componentes.

En la actividad agraria, el crecimiento del paquete tecnológico llamado

“revolución verde”; gracias a este enfoque fue posible sembrar grandes

extensiones de terrenos con monocultivos de alto rendimiento y bajo

costo, el uso de semillas genéticamente mejoradas, fertilizantes

sintéticos, mecanización

en el cultivo y cosecha,

riego por goteo y

aspersión.

En la actividad minera, la

tecnología ha dejado

prácticamente sembrado

a la pequeña y mediana

minería, dando paso a los

megaproyectos mineros

que alteran radicalmente

los ecosistemas.

La naturaleza provee de materia prima para la industrialización y es reservorio

para los desechos y contaminantes.

En la revista de la CEPAL de abril

2013 el catedrático, Adolfo Figueroa

en un artículo sobre “Crecimiento

Económico y Ambiente” indica. “La

relación entre crecimiento

económico y ambiente, es uno de

los problemas de mayor interés en

Page 26: Ambiental nuevo 2015 final

la economía moderna, la producción de bienes depende del ambiente por una

doble vía, por ser fuente de los recursos y materias primas y por ser reservorio

para los desechos y contaminantes, en conjunto degradan el ambiente. La

tierra impone límites a la explotación y la absorción del ecosistema, a partir del

umbral de contaminación, que es la capacidad del sistema ecológico de

albergar a la sociedad humana.

“Todo puede producirse o reemplazarse, menos la capacidad ecológica. No

somos capaces de producir otro ambiente ecológico para sostener nuestra

existencia”.7 Esto lo sintetizo

Edward Wilson (1998),

biólogo de Harvard al afirmar

“Para que todo el mundo

alcance el nivel de vida

actual de los Estados Unidos

con la tecnología existente se

necesitarían dos planetas

tierra más”.8 Todo esto se ve

incrementado por las

amenazas naturales y las

artificiales creadas por la

humanidad, como el cambio

climático a partir del

calentamiento global y los gases de efecto invernadero que originan eventos

extremos que afectan con inundaciones, sequias, huracanes y tsunamis, a los

grandes centros poblados y a la producción de alimentos especialmente, como

también a la infraestructura con pérdidas multimillonarias.

7

Edward Wilson (1998) 8 Edward Wilson 1998

Page 27: Ambiental nuevo 2015 final

Crecimiento económico y fragilidad ambiental.

La realidad nos marca como dice

Adolfo Figueroa (abril ,2013) que

“El proceso económico de

crecimiento y distribución se realiza

bajo condiciones de fragilidad

ambiental” 9y de inequidad. Esto ya

lo decía Juan D. Perón en sus

discursos pronunciados en 1973.

“Quieren nuestro recursos, por las

buenas o por las malas” y “El Mensaje Ambiental a Los Pueblos y Gobiernos

del Mundo” desde Madrid en 1972. “Debemos cuidar nuestro recursos

naturales con uñas y dientes de la voracidad de los monopolios

internacionales, que lo buscan para alimentar un tipo absurdo de

industrialización y desarrollo”10. Pasaron cuarenta y cuatro años y la entrega de

los recursos naturales sin control ambiental, es una constante, a pesar de los

discursos que quieren ilusionarnos con su defensa. El paradigma aplicado es

entregar todo, priorizando las inversiones. La ilusión de trabajos y regalías que

aumentaron la corrupción, la compra de voluntades, campañas de desprestigio

de las Asambleas Ciudadanas, con la negación de la contaminación y la falta

de control.

LECTURA CARTA DEL INDIO DE SITLE…

Crisis como oportunidad para transformar

El tema ambiental en nuestra región es una

cuestión casi de supervivencia, por los

efectos nocivos sobre la salud, tenemos todo

9 Adolfo Figueroa abril ,2013 10 Juan D. Perón , en 1973.

Page 28: Ambiental nuevo 2015 final

para mejorarlo a partir de que se cumpla la decisión política de los anuncios

realizados tantas veces “el agua es vida”, “todos debemos ser ambientalistas”,

“si hay contaminación hay que denunciarla” y hasta aquella de que “el agua

vale más que el oro”, “el que contamina repara”.

La solución está en nuestras manos, si cada parte cumple con sus

obligaciones. La comunidad tomando conciencia que el cambio debe ser de

todos nosotros, para controlar, mitigar y disminuir los pasivos y sitios

contaminados.

Criminalización de la protesta social

La nueva legislación permite a policías y militares matar sin responsabilidad

penal. A estas alturas del reinicio de las

protestas contra el emblemático proyecto

Conga, Valle del Tambo y en medio de

una gran conflictividad socio ambiental en

el país, se aprueban medidas que

permite a policías y militares matar o

lesionar a civiles sin tener responsabilidad

penal. La polémica norma, aprobada por

el Congreso, exime de responsabilidad penal al personal de las Fuerzas

Armadas y de la Policía Nacional del Perú cuando cause lesiones o muerte en

el “cumplimiento de su deber” y en uso de sus armas u otro medio de defensa.

La medida modifica el numeral 11 del artículo 20 del Código Penal con fines de

combatir el crimen y la inseguridad ciudadana.

Parte de esas medidas fue un paquete de cuatro decretos legislativos que

emitió el Gobierno de Alan García en 2010. Uno de ellos, el D.L. 1095 ha sido

severamente cuestionado por organizaciones de derechos humanos, pues

consideran que posibilita el uso excesivo de la fuerza en casos de protesta

social y conflictos. Este decreto, aún vigente, es cuestionado por ampliar la

intervención de las Fuerzas Armadas más allá del estado de emergencia,

Page 29: Ambiental nuevo 2015 final

cuando sea sobrepasada la capacidad de la policía de mantener el orden, sin

dar criterios específicos de regulación de la norma. Asimismo, se considera que

en la práctica el decreto hace legítimo el enfrentamiento de militares con la

población civil en protestas sociales. Al amparo de esa norma han muerto

muchos civiles en conflictos socio ambientales durante los últimos años.

Otro cuestionado decreto del mismo grupo fue el D.L. 1097 que eximía de

responsabilidad a militares y policías procesados por violación de derechos

humanos, basándose en el vencimiento del plazo formal. Sin embargo, el

mencionado decreto fue derogado por el Congreso en septiembre de 2010.

Asimismo, se promulgó la Ley 29986 que permite a personal de las Fuerzas

Armadas y de la Policía Nacional del Perú el levantamiento de cadáveres de

sus miembros y de civiles sin la presencia del fiscal, previo conocimiento del

Ministerio Público. En casos excepcionales, la norma faculta a que se

prescinda la comunicación y se dé cuenta del levantamiento dentro de las 24

horas, más el término de la distancia. Tras la promulgación de la mencionada

ley, la Fiscalía expresó su rechazo por el temor de que se genere impunidad en

casos de abuso de autoridad y dudas sobre un operativo policial o militar.

Además, consideró que se estaría afectando las funciones del Ministerio

Público en la investigación del

delito.

La Defensoría del Pueblo

registró 210 conflictos sociales

en el país al mes de enero del

2015, 159 de ellos activos y 51

en estado latente. La regiones

Ancash, con 25 casos, Apurímac, con 22, Puno, con 19, Cuzco con 16,

Ayacucho y Cajamarca con 14 cada uno, Junín, Loreto, Piura con 12 cada uno

y Lima con 10. Los conflictos socio-ambientales fueron los más numerosos con

66,2 %, vinculados sobre todo a actividades mineras.

Page 30: Ambiental nuevo 2015 final

Los conflictos generados a partir de asuntos de gobierno locales ocuparon el

segundo lugar y se expresó en reclamos por falta de ejecución de obras,

pedidos de que se declare vacantes los cargos y oposición a la implementación

de políticas, entre otros.

Un total de 19 conflictos

sociales fueron identificados

en la región Puno según el

último reporte de la

Defensoría del Pueblo.

Dentro de este informe se

indica que 12 de ellos son

socio ambiental e involucran

a distintas empresas mineras que trabajan en la zona.

Entre los conflictos activos aparece:

La minera Minsur con la

población de Antauta;

Resurrección SAC con los

Pobladores Orurillo–

Melgar;

Sillustani con la Comunidad

Campesina de Condoraque

en Quilcapunco – Putina;

Arasi SAC con los pobladores de Ocuviri Lampa;

Bear Creak Mining Company con la población Huacullani;

Ciemsa SA con la Población Paratía en Lampa;

Gore Puno con los pobladores de La Rinconada en Ananea;

Municipalidad de san Román con la Comunidad de Chila;

Plantas de tratamiento de aguas residuales en la ciudad de Puno;

Municipalidad de San Román con la población de Coata;

Page 31: Ambiental nuevo 2015 final

También se registraron casos de contaminación en las cuencas Suches y

Ramis ocasionados por la minería informal en las provincias de Huancané,

Putina y Azángaro.

LECTURA: DIAGNÓSTICO Y FUNDAMENTOS DEL MEDIO AMBIENTE PARA

LA ELABORACIÓN DE POLÍTICAS PÚBLICAS AMBIENTALES RECOGIDA

POR EL D.S. 012-2009.

El Perú es un país con un importante patrimonio natural y cultural, que ofrece

múltiples oportunidades de desarrollo mediante el aprovechamiento sostenible

de los recursos naturales, la gestión integral de la calidad ambiental y la

realización de actividades socioeconómicas con criterios de competitividad y

proyección regional y mundial. En razón a ello, la Política Nacional del

Ambiente se sustenta en el análisis situacional que se sintetiza a continuación:

El Perú es uno de los 15 países con mayor diversidad biológica del mundo, por

su gran variedad genética, especies de flora y fauna y ecosistemas

continentales y marítimos.

Con alrededor de 25 000

especies de flora.

Es el quinto país en

número de especies (10%

del total mundial), de las

cuales 30% son

endémicas.

posee numerosas plantas

de propiedades conocidas y utilizadas (4 400 especies).

Posee numerosas especies domesticadas nativas (182).

Es el segundo en especies de aves (1 816 especies), y es tercero en

especies de anfibios (408 especies) y mamíferos (462 especies).

Page 32: Ambiental nuevo 2015 final

Cuenta con cerca de 2 000 especies de peces (10% del total

mundial) y con 36 de las 83 especies de cetáceos del mundo; y es

considerado centro de origen por su diversidad genética.

Posee 11 ecorregiones, 28 de los 32 tipos de clima y 84 de las 117

zonas de vida del mundo.

En el país existen al menos 66 millones de hectáreas de bosques: Es el

noveno país en bosques, el cuarto en bosques tropicales y posee el 13% de los

bosques amazónicos. Tiene 7.6 millones de

hectáreas de tierras con aptitud para la

agricultura, 17 millones para pastos, 55.2

millones de hectáreas de tierras de

protección y más de 18 millones de

hectáreas en áreas naturales protegidas. Si

bien existen 12 000 lagos y lagunas y 77 600

m3 de agua/habitante; sin embargo, el

recurso hídrico se distribuye de manera muy

heterogénea en el territorio nacional,

mientras que en la Costa sólo se dispone del

2% del agua, ahí se localiza el 55% de la

población; en tanto la Selva dispone el 98%

del agua, sólo mantiene el 14% de la población nacional. Se estima que el

consumo nacional de aguas superficiales es de 20 mil millones de m3/año.

En tal sentido, existe una importante capacidad y gran potencial para el

desarrollo de la agricultura, agroindustria, pesquería, acuicultura, industrias

hidrocarburíferas y minero-metalúrgicas, turismo, producción de

biocombustibles y energías alternativas; además de otras actividades

económicas importantes. Sin embargo, a pesar de la dotación de recursos que

dispone el país y los diversos esfuerzos desarrollados para su

aprovechamiento sostenible en los últimos años, el deterioro de los recursos

Page 33: Ambiental nuevo 2015 final

naturales, la pérdida de diversidad biológica y la afectación de la calidad

ambiental constituyen una importante preocupación. Asimismo, subsisten

importantes retos como el control de la deforestación, dado que la tala,

extracción y comercio ilegal ya han ocasionado la pérdida de más de 10

millones de hectáreas de bosques.

La calidad ambiental ha sido

afectada por el desarrollo de

actividades extractivas,

productivas y de servicios sin

medidas adecuadas de manejo

ambiental, una limitada

ciudadanía ambiental y otras

acciones que se reflejan en la

contaminación del agua, del

aire y del suelo. El deterioro de

la calidad del agua es uno de

los problemas más graves del país. Entre sus principales causas están los

vertimientos industriales y domésticos sin tratamiento (el 70% de los

vertimientos domésticos no son tratados y sólo en Lima se vierten al menos

400 millones de m3/anuales de aguas servidas al mar), así como el uso

indiscriminado de agroquímicos, el de insumos químicos en la producción de

drogas ilegales y en la minería informal. La contaminación del aire también

presenta retos importantes, sobre todo en los lugares con alta concentración

del parque automotor e industrias fuertemente impactantes. En las zonas

rurales existen serios problemas de contaminación intra domiciliaria, sobre todo

por las prácticas inadecuadas en el uso de la leña, la bosta y otros

combustibles. Se estima que el 81% de residuos sólidos no son conducidos a

rellenos sanitarios. En Lima se cuenta con 5 rellenos sanitarios y 6 en el resto

del país, además de numerosos botaderos informales. Otros problemas

relevantes, son el inadecuado manejo de los residuos peligrosos industriales y

urbanos y la existencia de un gran número de pasivos ambientales.

Page 34: Ambiental nuevo 2015 final

El ciudadano ejerce un rol central en la gestión ambiental. El crecimiento

poblacional anual se estima en 1.6% y la densidad demográfica en 17.6

hab/km2. Cerca del 70% de la población peruana vive en ambientes urbanos

que crecen en forma acelerada y poco planificada. Además de contaminación,

hay un alto déficit de áreas verdes y recreativas, desnutrición, debilidad del

sistema educativo y pobreza.

El Perú es un país

pluricultural, con más de 14

familias etnolingüísticas, y

72 grupos étnicos. Las

culturas aborígenes son

centros importantes de

conocimientos tradicionales

y forman parte del acervo

de ciencia y tecnología del

país y del mundo. La legislación peruana reconoce los derechos de acceso a la

información, participación ciudadana, justicia ambiental, y la no discriminación

por raza, sexo, condición socioeconómica, entre otros; sin embargo, son pocos

y dispares los avances en su efectiva implementación.

Otra de las causas del deterioro

ambiental en el Perú es la

pobreza existente en los

ámbitos urbanos y rurales, la

cual ejerce presión sobre los

recursos naturales y el ambiente

e impacta sobre la salud y la

calidad de vida. El acelerado y desorganizado crecimiento urbano está

relacionado con los problemas vinculados a la pobreza rural, y que se

manifiesta en severos problemas ambientales en las zonas urbanas, donde

Page 35: Ambiental nuevo 2015 final

vive el 76% de la población peruana. Una adecuada gestión ambiental deberá

tener entre sus objetivos contribuir a la superación de la pobreza y a mejorar

las condiciones de vida de los más pobres.

Tomando en cuenta las potencialidades y la situación ambiental del país, el

Estado Peruano ha ratificado tratados internacionales multilaterales, regionales

y bilaterales que establecen importantes compromisos y oportunidades para la

gestión ambiental y la competitividad del país. Asimismo, participa en diversos

foros para la definición de políticas públicas ambientales internacionales y,

como parte de una estrategia de integración, viene negociando una serie de

tratados de libre comercio que deben contribuir a impulsar el desarrollo

económico.

El Perú dispone de un importante capital natural para la provisión de servicios

ambientales incluyendo el

patrimonio forestal y los recursos

marinos, que albergan importantes

fuentes de diversidad biológica

(más del 50% de la biodiversidad

del planeta) y recursos genéticos,

que también constituyen

importantes sumideros de carbono.

Por otra parte la Amazonía posee

un importante patrimonio forestal y una altísima diversidad biológica, y es el

hábitat de pueblos indígenas con importantes conocimientos tradicionales en el

manejo de la biodiversidad.

El cambio climático, la disminución de bosques, la pérdida de diversidad

biológica, la creciente escasez de agua y la gestión limitada de las sustancias

químicas y materiales peligrosos, son algunos de los problemas globales que

se encuentran bajo normas y tratados internacionales cuyo cumplimiento

nacional es necesario impulsar desde el Estado. Asimismo, es importante

Page 36: Ambiental nuevo 2015 final

afianzar la integración comercial, homogenizando criterios y estándares para

lograr una gestión ambiental sostenible y mejorar la competitividad comercial,

aprovechando las oportunidades ambientales internacionales.

3.- CONCEPTOS BASICOS DE MEDIO

AMBIENTE

El uso de los términos ambiente y medio

ambiente ha sido indistinto en las diferentes

áreas del conocimiento, y su utilización

depende del campo dónde se aplique, así

tenemos:

Ambiente. –Se entiende por ambiente el

entorno o suma total de aquello que nos rodea

y que afecta y condiciona especialmente las

circunstancias de vida de las personas o la sociedad en su conjunto.

Comprende el conjunto de valores naturales, sociales y culturales existentes en

un lugar y en un momento determinado, que influyen en la vida del hombre y

en las generaciones venideras. Es decir, no se trata sólo del espacio en el que

se desarrolla la vida sino que también abarca seres vivos, objetos, agua, suelo,

aire y las relaciones entre ellos, así como

elementos tan intangibles como la cultura.

Se define también como el conjunto de

fenómenos o elementos naturales y

sociales que rodean a un organismo, a

los cuales este responde de una manera

determinada. Estas condiciones naturales

pueden ser otros organismos (ambiente

Page 37: Ambiental nuevo 2015 final

biótico) o elementos no vivos (clima, suelo, agua). Todo en su conjunto

condiciona la vida, el crecimiento y la actividad de los organismos vivos.

Medio.- Son todas las circunstancias o condiciones físicas, químicas,

biológicas, que encuentran los seres vivos exteriormente a ellos, que los

rodean y donde viven y que intervienen en su funcionamiento y en su

evolución.

Medio Ambiente.-El medio

ambiente viene a ser el lugar

donde vivimos y nos

desenvolvemos todos los

días, Es todo lo que nos

rodea; los componentes vivos

y los no vivos. Se entiende

también, como un conjunto de

parámetros externos que en

forma directa o indirecta, puede tener una influencia en la calidad de vida del

hombre. El concepto se usa para indicar un conjunto de influencias del exterior

sobre un organismo, población o comunidad biótica. De esta manera, la suma

o conjunto de los factores externos constituye el medio ambiente.

De manera similar se conceptúa también como el conjunto de factores físico-

naturales, sociales, culturales,

económicos y estéticos que

interactúan entre sí, con el

individuo y con la sociedad en que

vive, determinando su forma,

carácter, relación y supervivencia.

Impacto ambiental.- Es el efecto

causado por las acciones del

hombre sobre el ambiente. El

impacto ambiental puede ser tratado como un cambio estructural y funcional de

Page 38: Ambiental nuevo 2015 final

los factores ambientales a través del tiempo, originado esencialmente por la

intervención del hombre.

Se entiende también como la repercusión de las modificaciones en los factores

del Medio Ambiente, sobre la salud y bienestar humanos. Y es respecto al

bienestar donde se evalúa la calidad de vida,

bienes y patrimonio cultural, y concepciones

estéticas, como elementos de valoración del

impacto.

Desarrollo sostenible.- Responde a la

necesidad de encontrar un nuevo modelo de

progreso humano con dos objetivos:

crecimiento económico mejorando el nivel de

vida, y uso de recursos para satisfacer las

necesidades del presente sin comprometer el patrimonio de futuras

generaciones.

Se conceptúa también el Desarrollo sostenible como aquel que satisface las

necesidades del presente sin comprometer la capacidad de las futuras

generaciones para satisfacer sus propias necesidades. Al mismo tiempo que

distribuye de forma más equitativa las ventajas del progreso económico,

preserva el medio ambiente local y

global y fomenta una auténtica

mejora de la calidad de vida.

La Contaminación.-Significa alterar

nocivamente una sustancia u

organismo por efectos de residuos

procedentes de la actividad humana

o por presencia de determinados

gérmenes microbianos. También es

definida como: “La introducción en

Page 39: Ambiental nuevo 2015 final

un medio cualquiera de un contaminante, es decir, la introducción de cualquier

sustancia o forma de energía con potencial para provocar daños, irreversibles o

no, en el medio inicial”11.

Se considera también como un cambio perjudicial en las características

químicas, físicas y biológicas de un ambiente o entorno. Afecta o puede afectar

la vida de los organismos y en especial la humana.

La contaminación de origen natural.-Esta es causada por el arrastre hacia los

ríos de desechos como:

polen, esporas, hojas,

excrementos de animales.

Se ocasiona también por los

gases que se desprenden en

la atmósfera. Por lo general

estos residuos son

eliminados normalmente por

la capacidad auto

depuradora del agua y la

naturaleza.

La Contaminación originada por el hombre. Las podemos clasificar en: De

origen urbano: es el resultado del uso del agua en viviendas, actividades

comerciales y de servicios, lo que

genera aguas residuales, residuos

fecales, desechos de alimentos, lejías

detergentes, etc. De origen industrial: es

el que produce mayor impacto, por la

gran variedad de materiales y fuentes de

energía que pueden aportar al agua:

materia orgánica, metales pesados,

11 Universidad Nacional Agraria La Molina. Conservación del Medio Ambiente y Evaluación del Impacto Ambiental.. Corporación Americana de Desarrollo. Pág. 24.

Page 40: Ambiental nuevo 2015 final

incremento de pH y temperatura, aceites, grasas, etc. De origen agrícola:

deriva del uso de plaguicidas, pesticidas, biosidas, fertilizantes y abonos, que

son arrastrados por el agua de riego, llevando consigo sales compuestas de

nitrógeno, fósforo y azufre, que llegan al suelo por lixiviación llegando a

contaminar las aguas subterráneas.

Control de la contaminación.-El control de la contaminación es todo aquel

proceso o tratamiento para reducir el

volumen o toxicidad de un contaminante.

La contaminación es producida

generalmente por la persona a

consecuencia de la introducción de

sustancias y materias extrañas al

ecosistema, los que alteran y modifican el

hábitat en perjuicio del hombre mismo, de

la vida en el planeta. La contaminación además de afectar a la salud del

hombre a la vida silvestre, afecta las actividades productivas como agricultura,

ganadería, pesquería y turismo. La contaminación se da principalmente por la

expulsión de desechos del hogar y de la industria, estos afectan el agua, el

aire, el suelo y por consiguiente a todas las formas de vida. La mayor

contaminación se produce por actividades mineras, utilización de

agroquímicos y desechos sólidos.

Existen contaminantes químicos los que provienen de las industrias como el

plomo, mercurio, ácido, lejía, detergente, plástico, petróleo y otros, pesticidas,

abonos y otros derivados. También existe contaminación física, como el calor,

los ruidos, los efectos mecánicos, etc. Y los contaminantes biológicos como

desechos orgánicos: excrementos, desechos de fábricas de bebidas y

alimentos de la industria forestal, etc.

Page 41: Ambiental nuevo 2015 final

Los efectos de la contaminación se presentan en el aire, el agua, el suelo,

perjudicando a la salud del hombre y del medio ambiente en general.

Contaminación del aire.-Son los gases tóxicos que afectan el normal desarrollo

de las plantas, animales y que afectan la salud de los seres humanos.

Se considera que es la presencia en el ambiente de cualquier sustancia

química, objetos, partículas, o microorganismos que alteran la calidad

ambiental y la posibilidad de vida.

Contaminación del suelo.-Consiste en la introducción de sustancias

contaminantes, debido al uso de pesticidas para la agricultura; por riego con

agua contaminada, por el polvo de zonas urbanas y las carreteras; o por los

relaves mineros y desechos industriales derramados en su superficie,

depositados en estanques o enterrados.

La contaminación de los suelos produce la pérdida progresiva de la tierra

productiva y espacios naturales, incrementándose los desiertos, produciéndose

la erosión acelerada del suelo y perdida de paisajes naturales.

La contaminación del suelo se conceptúa como el depósito de desechos

degradables o no degradables que se convierten en fuentes contaminantes del

suelo.

Contaminación del agua. Cuando la cantidad de agua servida pasa de cierto

nivel, el aporte de oxígeno es insuficiente y los microorganismos ya no pueden

degradar los desechos contenidos en ella, lo cual hace que las corrientes de

agua se asfixien, causando un deterioro de la calidad de las mismas,

Page 42: Ambiental nuevo 2015 final

produciendo olores nauseabundos e imposibilitando su utilización para el

consumo.

La contaminación del agua (ríos, lagos y mares) es producida principalmente

por cuatro vías, las cuales son: vertimiento de relaves mineros, de aguas

servidas, de basuras, y de productos químicos industriales.

a.- Vertimiento de relaves mineros.- Esta forma de contaminación de las

aguas es muy practicada y los responsables son los centros mineros y

las plantas concentradoras. Es esencialmente grave la contaminación

producida en el mar de las regiones de Tacna y Moquegua, tales

procesos son producidos por las minas de cobre de Toquepala. En

similar situación se puede presenciar la contaminación por los relaves

mineros en los ríos de la cuenca Ilave y Suches de la Región Puno.

Los relaves mineros contienen hierro, cobre, zinc, mercurio, plomo,

arsénico y otras sustancias sumamente tóxicas para las plantas, los

animales y el ser humano. Otro caso son los lavaderos de oro, por el

vertimiento de mercurio en los de ríos y quebradas. En nuestra región

(Puno) se desarrolla una alta tasa de minería informal, contaminando las

cuencas principales.

Page 43: Ambiental nuevo 2015 final

b.- Vertimiento de aguas servidas.- La mayor parte de los centros

urbanos vierten directamente los desagües (aguas negras o servidas) a

los ríos, a los lagos y al mar. Los desagües contienen excrementos,

detergentes, residuos industriales, petróleo, aceites y otras sustancias

que son tóxicas para las plantas y los animales acuáticos. Con el

vertimiento de desagües, sin previo tratamiento, se dispersan agentes

productores de enfermedades (bacterias, virus, hongos, huevos de

parásitos, amebas, etc.).

c.- Vertimiento de basuras y desmontes en las aguas.- En el país el

vertimiento de basuras y desmontes en las orillas del mar, los ríos y los

lagos, se realiza sin ningún cuidado y en forma absolutamente

desordenada. Este problema se produce especialmente cerca de las

ciudades e industrias. La basura contiene plásticos, vidrios, latas y

restos orgánicos, que o no se descomponen, o al descomponerse

Page 44: Ambiental nuevo 2015 final

producen sustancias tóxicas, de impacto negativo.

d.- Vertimiento de productos químicos y desechos industriales.- Consiste

en la deposición de productos diversos (abonos, petróleo, aceites,

ácidos, aguas de formación o profundas, etc.) provenientes de las

actividades industriales. Este problema es generalizado cerca de los

centros petroleros.

Destrucción de la capa de ozono. Capa de Ozono.-Es una fina capa de la

atmósfera que recubre toda la tierra de 15 a30 Km. de espesor y a una altura

de 45 Km. sobre el nivel del mar, cuya función es filtrar las dañinas radiaciones

ultravioletas (UV) que proviene del sol y nos protege del mismo, de esta

manera la capa de ozono retiene el 90% al 95% de esta radiación. Está

compuesta en su mayoría por el gas ozono. Desde el inicio de los tiempos, esta

capa de ozono ha

bloqueado los rayos

solares más peligrosos

para la vida en la

tierra.

Se entiende también

como la capa

compuesta por ozono

que protege a la

Tierra de los daños

causados por las radiaciones ultravioleta procedentes del sol. Si

desapareciera esta capa las radiaciones esterilizarían la superficie del globo y

aniquilarían toda la vida terrestre.

Esta destrucción es provocada principalmente por compuestos

clorofluorocarbonos (CFC) que son componentes químicos de los aerosoles y

de equipos de refrigeración, que pasan de la estratósfera a la troposfera

lentamente y como son poco reactivos permanecen en la atmósfera de 60 a

Page 45: Ambiental nuevo 2015 final

400 años. Una vez que llegan a la troposfera el CFC reacciona con los rayos

ultravioletas (que almacenan alta energía) liberando el átomo de cloro, que es

uno de sus componentes, el cloro a su vez degrada el ozono (O3)

descomponiéndolo en oxígeno monoatómico (O1), moléculas que no pueden

bloquear los rayos UV como el O3.El impacto que tiene la radiación UV en la

población humana es muy peligrosa dado que provoca una serie de

enfermedades como el cáncer de la piel, cataratas oculares y afecciones en el

sistema inmunológico; además afecta a las plantas e interrumpe la cadena

alimenticia.

“La radiación ultravioleta de menor longitud,

conocida como UVC, es letal para todas las formas

de vida y es bloqueada casi por completo. La

radiación UVA, de mayor longitud, es relativamente

inofensiva y pasa casi por completo. Entre ambas

está la UVB, menos letal que la UVC, pero

peligrosa, la capa de ozono la absorbe en su mayor

parte. Cualquier daño a la capa de ozono aumentará la radiación UVB”.12

(Carranza, R; Maestría en Gestión Ambiental UNFV).

Efectos de la Destrucción de la Capa de Ozono.

En la Salud.-Cualquier aumento de la

radiación UVB que llegue hasta la

superficie de la Tierra provoca daños al

medio ambiente y a la vida terrestre. Los

resultados indican cáncer a la piel, o

melanomas, otros efectos de la mayor

radiación de rayos ultravioleta en la

superficie pueden ser cataratas corticales

y subcapsulares posteriores. La

exposición a una mayor radiación UVB podría suprimir la eficiencia del

12 Carranza, R; Maestría en Gestión Ambiental UNFV

Page 46: Ambiental nuevo 2015 final

sistema inmunológico del cuerpo humano. (Carranza, R; Maestría en

Gestión Ambiental UNFV).

En el Medio Ambiente.-El aumento de la radiación UVB además

provocaría cambios en la composición química de varias especies de

plantas, cuyo resultado sería una disminución de las cosechas y

perjuicios a los bosques, de igual manera afecta la vida submarina y

provoca daños hasta 20 metros de profundidad, en aguas claras; los

países que dependen del pescado como una importante fuente

alimenticia podrían sufrir consecuencias graves. (Carranza, R; Maestría

en Gestión Ambiental UNFV).

EFECTOS EN LA SALUD DE LOS PRINCIPALES CONTAMINANTES

ATMOSFÉRICOS

En el cuadro se puede apreciar los efectos que causan los diferentes

contaminantes atmosféricos como gases, metales tóxicos y solventes

Efectos de los Principales Contaminantes

CONTAMINANTE

ATMOSFÉRICO EFECTOS EN LA SALUD

Gases

Óxidos de azufre Irritaciones al sistema respiratorio y los ojos, provocando

tos.

Page 47: Ambiental nuevo 2015 final

Monóxido de carbono

Ataca el sistema nervioso, cambios en las funciones

cardiacas y pulmonares, dolor de cabeza, agudeza visual,

fallas respiratorias, fatiga, muerte (a concentración mayor

del 60%). En las mujeres embarazadas altera el desarrollo

mental del feto.

Óxidos de nitrógeno

Alteraciones en el tracto respiratorio, producen gran

acumulación de líquidos impidiendo el funcionamiento de

los pulmones, disminución de la percepción olfativa,

irritación nasal, dolores respiratorios agudos, edema

pulmonar y a concentraciones elevadas la muerte.

Hidrocarburos

Irritantes de las membranas mucosas y conjuntivas

oculares, dolor de cabeza, mareos, vértigo, depresión

profunda del sistema nervioso central, colapso, nauseas,

vómitos, diarrea, hepatitis tóxica aguda, enfermedad

hepática fulminante, fatiga, debilidad.

Page 48: Ambiental nuevo 2015 final

Ozono

Los efectos sobre la salud humana dependerán de su

concentración en el aire. A niveles bajos de

concentraciones, produce fatiga extrema, falta de

coordinación, edema pulmonar, reduce la resistencia del

organismo a las enfermedades virales, irritación ocular,

nauseas.

Cloroformo

Por respiración del aire: anestésico con daño hepático

renal, produce leve somnolencia cefalea, mareos y dolores

de cabeza, ictericia, disurea.

Metales Tóxicos

Arsénico

Inhalado: arritmia cardiaca, hipovolemia, hipoproteinemia y

choque, neuropatía central y periférica que afecta tanto a

las fibras motoras como a las sensoriales y produce

degeneración y desmielinizaciónaxonal, cáncer de pulmón.

En polvo del aire: irritación de piel ojos y garganta

En la sangre: disminución de glóbulos rojos y blancos

Ecología y Medio Ambiente. G. Tyler Miller

Page 49: Ambiental nuevo 2015 final

CONTAMINANTE

ATMOSFÉRICO EFECTOS EN LA SALUD

Plomo

Se produce anemia como primer síntoma de

envenenamiento, otros efectos importantes son la

alteración del sistema circulatorio, protoporfirinaeritrocitaria

elevada, reproductor e hiperactividad y merma en el

proceso de aprendizaje. Ingresa por inhalación del polvo y

acceso a la vía sanguínea, en mujeres embarazadas:

nacimiento de niño nati-muerto o prematuro, de bajo peso

o un aborto.

Exposiciones a altas dosis de plomo produce: daño

cerebral (encelopatía), parálisis cerebral, daño renal

(nefropatía), defectos de sistema nervioso, irritabilidad,

parálisis de nervios motores, atrofia del nervio óptico,

anemia hipocrómica.

En los niños: disminuye la inteligencia (IQ), el crecimiento

y causa problemas de audición.

Hombre de edad media: incremento de la presión

sanguínea

Page 50: Ambiental nuevo 2015 final

Mercurio

Inhalación de vapores:

Efectos agudos bronquitis, neumonitis intersticia, edema

pulmonar, sabor metálico en al boca, aumento en la

salivación, estomatitis, gingivitis, tos, dolor de pecho,

diarrea, vómito, hemorragia.

Intoxicación aguda: daños permanentes al cerebro,

desarrollo de temblores, pérdida de memoria, perestesia,

hiperexcitabilidad, eretismo, reducción en los reflejos.

Intoxicación crónica: temblor excitabilidad, irritabilidad,

depresión, fatiga, debilidad, pérdida de la memoria,

insomnio.

Cromo

Por inhalación: exposición crónica: produce rinitis,

laringitis, bronquitis, alteración del olfato, hemorragia,

dolor, ulcera nasal, fibrosis pulmonar, cáncer del pulmón,

úlceras a la piel, daño hepático renal, alteración

inmunológica.

Solventes

Benceno

Inhalado: exposición breve y media: decaimiento

somnolencia, hilaridad, cefaleas.

Exposición a dosis altas: muerte.

En cinco a treinta años: carcinógeno.

Leucemia mielógena (anemia hemorragia), daño

inmunológico (infecciones), alteración genética.

Page 51: Ambiental nuevo 2015 final

Bifenilospoliclorinados

Dañino especialmente para los tejidos que forman las

células sanguíneas. Por inhalación o contacto por la piel:

produce daños hepáticos, irritaciones dérmicas con

lesiones tipo acné, efectos reproductivos, cáncer.

Ecología y Medio Ambiente. G. Tyler Miller

Calentamiento global. Se

entiende como la alteración

(aumento) de la temperatura

del planeta, producto de la

intensa actividad humana en

los últimos 100 años. El

incremento de la temperatura

puede modificar la

composición de los pisos

térmicos, alterar las

estaciones de lluvia y

aumentar el nivel del mar.

Es el aumento en la temperatura promedio de la tierra y que según los

científico este aumento sería de hasta 4.5 grados Celsius por encima del

promedio para la tercera década del presente siglo. Esta situación viene

siendo provocada por las industrias y fábricas principalmente, las que eliminan

gases como CO2 que tiene la capacidad de absorber calor, incrementándose

la temperatura. Este fenómeno que generalmente se forma sobre las grandes

urbes se denomina “efecto invernadero” donde el aire caliente es retenido por

debajo del aire frío.

Page 52: Ambiental nuevo 2015 final

El aumento de temperatura en el planeta está provocando el deshielo de los

grandes nevados y de los polos, lo que podría traer como consecuencia el

incremento del nivel del mar, por consiguiente causar funestas inundaciones

en las ciudades.

a.- Efecto Invernadero.-Se debe al

aumento en la concentración

atmosférica de contaminantes, no

permitiendo la disipación de la

energía infrarroja y actuando como

“trampa”, aumentando la

temperatura atmosférica

paulatinamente. Su importancia

radica en provocar cambios

drásticos en todos los ecosistemas

del planeta.

El efecto invernadero es en realidad, un fenómeno natural causado por la

presencia de gases en la atmósfera, principalmente vapor de agua y gas

carbónico, estos gases retienen parte de la energía calórica recibida del sol

manteniendo la temperatura dentro de los límites permitidos para el desarrollo

de la vida.

Los gases del efecto invernadero permiten el paso de las radiaciones solares

de onda corta, calentando la superficie de

la tierra. A la vez absorben parte del calor

que emana de la superficie en forma de

radiaciones infrarrojas, de mayor longitud

de onda que la luz solar. Se mantiene así

una temperatura promedio en la superficie

del planeta de aproximadamente 15 grados

centígrados.

Page 53: Ambiental nuevo 2015 final

El efecto invernadero no es, por sí mismo una amenaza a la vida en la tierra,

pero la actividad humana tiende a aumentar la concentración del gas carbónico

(CO2) y otros gases en la atmósfera teniendo como consecuencia, una mayor

cantidad de energía calórica solar atrapada en la atmósfera, elevando la

temperatura promedio del planeta. (Carranza, R; Maestría en Gestión

Ambiental UNFV).13

b.- Impactos Negativos del Efecto Invernadero.-Entre los impactos

negativos del efecto invernadero encontramos:

Cambios en el Clima.-Un cambio de 2

o 3 ºC en la temperatura promedio del

planeta podría aumentar la pluviosidad

en zonas de alta precipitación,

principalmente en el trópico, afectando

los ciclos agrícolas, agravando las

inundaciones y la erosión de los

suelos. Puede también causar una

menor precipitación en épocas de sequía, con considerables efectos sobre la

agricultura, así como sobre el suministro de agua y alimentos a zonas

pobladas. 14 (Protocolo de Kyoto, Río de Janeiro; 92).

Efectos sobre la Salud.-Con temperaturas elevadas se incrementaría las

enfermedades transmitidas por vectores

característicos de ambientes cálidos,

como son las enfermedades parasitarias,

el paludismo, la tripanosomiasis, el

dengue, las gastroenterities, etc.15

(Albert, L; 97).

Biodiversidad. Puede entenderse como

13 Carranza, R; Maestría en Gestión Ambiental UNFV. 14 Protocolo de Kyoto, Río de Janeiro; 92. 15

Albert, L; 97

Page 54: Ambiental nuevo 2015 final

la variedad y la variabilidad de organismos y los complejos ecológicos donde

estos ocurren. También puede ser definida como el número diferente de estos

organismos y su frecuencia relativa. Situación ideal de proliferación y

diversidad de especies vivas en el planeta. Todas las especies están

interrelacionadas, son necesarias para el equilibrio del ecosistema, nacen con

el mismo derecho a vivir que el hombre, y a que sea respetado su entorno

natural.

La diversidad biológica o

biodiversidad es la variedad en

especies de animales y plantas, en

genes o razas dentro de una

misma especie, de ecosistemas

como bosques, ríos, praderas, etc.,

se incluye además la variabilidad

de culturas humanas.

La biodiversidad es sensible a pérdidas, su extensión más crítica es la

extinción de especies. Desde la aparición de los primeros seres vivos sobre la

tierra se han extinguido muchas especies y continúan extinguiéndose en la

actualidad. Este puede ser un proceso natural cuyo efecto se da a través de

muchísimo años (por ejemplo extinción de dinosaurios), pero también puede

ser por causa humana acelerando la desaparición de especies para perjuicios

la naturaleza y el hombre mismo

En los últimos años la influencia

humana para la perdida de la

biodiversidad se ha incrementado

debido a la caza, la pesca y la

recolección indiscriminada, así como

debido a la destrucción o modificación

Page 55: Ambiental nuevo 2015 final

de hábitat por actividades como la tala, la quema de boques, sobre pastoreo,

contaminación de las aguas y del suelo, urbanización entre otros.

Con la extinción de especies perdemos recursos naturales que pueden ser

fuente de medicinas, de industria ecológica y alimento, para beneficio de las

actuales y futuras generaciones. A la biodiversidad Antonio Brack la denomina

como el “oro del futuro”

“Por razones morales y estéticas la especie humana no tiene ningún derecho

de destruir ecosistemas y extinguir especies, especialmente si estos serán

imprescindibles para las generaciones futuras”16 (Antonio Brack).

DIVERSIDAD BIOLÓGICA DEL PERÚ “ECOSISTEMAS”:

Regiones naturales 3

Ecorregiones 5

Zonas de vida 108

Provincias biogeográficas 16

ESPECIES:

Plantas 25,000

Peces 855

Anfibios 315

Reptiles 365

Aves 1705

Mamíferos 460

Arácnidos 10,000

VARIEDADES GENÉTICAS:

Maíz 2,741

Frijol 2,686

16 Antonio Brack.

Page 56: Ambiental nuevo 2015 final

Papa 2,532

Quinua 2,477

DIVERSIDAD BIOLÓGICA:

Grupos étnicos 13

Familias lingüísticas 42.

Deforestación.- Término

aplicado a la desaparición o

disminución de las superficies

cubiertas por bosques, hecho

que tiende a aumentar en todo el

mundo. Las acciones

indiscriminadas del hombre ante

la necesidad de producir madera,

pasta de papel, y el uso como

combustible, junto con la

creciente extensión de las

superficies destinadas a cultivos

y pastoreo excesivo, son los

responsables de este retroceso.

Tiene como resultado la degradación del suelo y del tipo de vegetación que se

reduce a arbustos medianos y herbáceos con tendencia a la desertización.

Los bosques tienen una función importante en el clima local, regional y

nacional. Por ejemplo, cerca del 50 % al 80 % de la humedad del aire está por

encima de los bosques tropicales ya que estos provienen de los árboles por su

transpiración. Si estos bosques son talados, la precipitación media anual

disminuirá y el clima se hará más cálido y seco en esa región.

Los bosques también juegan un papel importante en el ciclo mundial del

carbono. Mediante la fotosíntesis, los árboles ayudan a remover el dióxido de

Page 57: Ambiental nuevo 2015 final

carbono del aire reemplazando por oxigeno; por ello se denominan “pulmones

de la tierra”. Los bosques son también importantes porque posibilitan el

desarrollo de los pueblos cuando son correctamente aprovechados; nos

proporciona madera, alimento, medicina, tintes, etc. Además permite la

conservación del agua de los suelos, de la diversidad biológica y son

“capturadores” de carbono, elemento que acelera el proceso del calentamiento

de la tierra. Los bosques proporcionan hábitats para un gran número de

especies silvestres, siendo el principal albergue de biodiversidad del planeta.

También ayudan a amortiguar el ruido, absorber algunos contaminantes del

aire y nutrir el espíritu humano proporcionando un recinto de tranquilidad y

belleza. Estos almacenes irremplazables de biodiversidad están siendo

talados y degradados para obtener madera en bruto, apacentar ganado, leña,

para la minería y la agricultura a una velocidad alarmante.

NOTA.- El Perú tiene 73 millones de hectáreas en bosques, lo que representa

el 57% del territorio nacional. La tasa de deforestación en la selva es de

250,000 hectáreas por año.

Page 58: Ambiental nuevo 2015 final

Causas de la deforestación.-Las causas directas en el bosque amazónico

incluyen:

Ganadería

Agricultura extensiva

Agricultura de subsistencia

Tala ilegal (y a veces, legal)

Pérdida del suelo.- Los suelos, son importantes para la producción agrícola

y la vida silvestre, también vienen reduciéndose en extensión año tras año por

efecto de actividades humanas. Las causas más importantes son la

salinización, debido al uso indiscriminado de pesticidas, fertilizantes químicos

y excesivo riego; la erosión o pérdida de la capa fértil del suelo, debido a la

tala y quema de vegetación y sobre pastoreo de suelos, los que sin protección

son lavados por las lluvias o acarreados por el viento.

Contaminación sonora.- Un contaminante atmosférico particular es la

contaminación sonora o nivel de ruido, diurno y/o nocturno:

En cuanto a los impactos diurnos,

se tienen: Los altoparlantes para

el perifoneo, el uso discriminado

de bocinas por los vehículos sin

respetar las disposiciones de

tránsito, el empleo de escape

libre por motocicletas en la

ciudad, motores industriales

(bombas de succión, bloqueteras,

y aserraderos) sin ningún tipo de

silenciador y protección para sus operarios. Casos nocturnos: Salones de

baile, discotecas, salas de espectáculos.

Page 59: Ambiental nuevo 2015 final

Importancia de los recursos

naturales para la vida. Los seres

humanos debemos tomar

conciencia de la importancia que

tienen los Recursos Naturales, para

el desarrollo de la especie.

Nosotros mismo nos hemos

encargado de deteriorar el medio

ambiente y eso es debido al abuso

de los Recursos Naturales que

tenemos Los recursos naturales son necesarios e indispensables para la vida

del ser humano ya que gracias a ellos tenemos muchos componentes que

ayudan a nuestro sobrevivir.

a.- Importancia del Agua.

El 1 es un elemento vital y muy importante para todos los seres vivos. El agua

es un líquido con mayor poder disolvente, posee una gran capacidad calorífica:

es decir, sin provocar demasiadas variaciones en su propia temperatura,

absorbe bastante calor.

Regularmente no sabemos de lo

importante que es el agua.

"El agua es un importantísimo

componente de los seres vivos y

es factor limitante de la

productividad de muchas

ecosistemas. Los elementos

afectados por su ciclo son H y el O

de forma directa…". Sin el agua no

existiría vida en nuestro planeta,

ya que el agua es el elemento vital

Page 60: Ambiental nuevo 2015 final

para vivir. Hoy en día los hombres no valoran la importancia del agua.

Hoy en día el agua es la sustancia más importante del planeta tierra. Los

requisitos para ser consumida por el ser humana debido a la contaminación.

El agua es un recurso escaso, pero de importancia vital para la sociedad y la

naturaleza, ya que forma parte en un porcentaje elevado de la constitución de

todos los seres vivos. De toda el agua existente en el planeta, sólo una

pequeña cantidad es aprovechable por la sociedad.

El agua es un recurso que

proporciona energía y vida. En

las grandes ciudades el agua

es escasa, hecho que exige la

creación de grandes embalses

y tuberías de distribución del

agua, tanto aérea como

subterránea. Incluso, se puede

llegar al trasvase de agua entre

cuencas hidrográficas.

De toda el agua dulce

disponible, el 80% se utiliza en

la agricultura de regadío, que se contamina poco, dependiendo de los abonos

químicos que se hayan utilizado. El 14% del agua lo utiliza la industria, que es

altamente contaminada. Y el 6% restante lo utiliza la ciudad, y también está

muy contaminada una vez que se ha utilizado. Frecuentemente, parte del agua

disponible se pierde a causa de las malas conducciones. Se puede perder

hasta el 40% del total embalsado.

Principales contaminantes del agua

• Aguas residuales y otros residuos que demandan oxígeno (en su mayor parte

materia orgánica, cuya descomposición produce la desoxigenación del agua).

Page 61: Ambiental nuevo 2015 final

• Agentes infecciosos.

• Nutrientes vegetales que pueden estimular el crecimiento de las plantas

acuáticas. Éstas a su vez, interfieren con el uso a los que se destina al agua y,

al descomponerse, agotan el oxígeno disuelto y producen olores

desagradables.

• Productos químicos, incluye los pesticidas, productos industriales, sustancias

contenidas en los detergentes y los productos de la descomposición de otros

compuestos orgánicos.

• Petróleo, especialmente el procedente de los vertidos accidentalmente.

• Minerales inorgánicos y compuestos químicos.

• Sedimentos formados por partículas del suelo y minerales arrastrados por las

tormentas y escorrentías desde las tierras de cultivo, los suelos sin protección,

las explotaciones mineras, las carreteras y los derribos urbanos.

• Sustancias radiactivas procedentes de los residuos producidos por la minería,

el refinado del uranio y el torio, las centrales nucleares, el uso industrial,

médico y científico de materiales radiactivos.

Page 62: Ambiental nuevo 2015 final

b.- Importancia del Aire.

Aunque no se puede ver y

tampoco oler, el aire está a

nuestro alrededor. Se siente al

abrir una ventana, cuando

bailamos o cuando nos

balanceamos en los columpios.

Al aire en movimiento se le llama

viento.

El aire está formado

principalmente por dos gases: el nitrógeno y el oxígeno; la mayor parte del aire

respirable contiene nitrógeno, pero el oxígeno es más importante aunque esté

en menor proporción, pues sin él no podríamos respirar y moriríamos en

algunos minutos.

El aire también es muy importante al igual que el agua, ya que tiene una

importancia física, puesto que ejerce una presión sobre nosotros desde todos

los puntos y en toda dirección que se llama presión atmosférico. El aire es una

masa gaseosa que constituye la atmósfera de la Tierra y por sus características

evita que nuestro planeta y sus formas de vida sean dañados. Los seres vivos

que habitan nuestro planeta poseen la capacidad de emplear diversos

componentes del aire para alimentarse y obtener energía.

La contaminación del aire resulta muy fácil. Su problema, real, comienza con la

utilización masiva de combustibles fósiles en la industria y la automoción. Las

ciudades son lugares en las que las concentraciones de partículas

contaminantes son especialmente elevadas, junto con los grandes centros

industriales. El régimen de vientos expande las partículas por todo el globo,

Page 63: Ambiental nuevo 2015 final

pero es en los países industrializados donde mayor incidencia tiene la

contaminación del aire.

c.- Importancia del Suelo.

El suelo es un recurso fundamental para nuestra supervivencia. Supone una

fuente muy importante de alimento, por los cultivos que en el se desarrollan,

pero también porque

nuestra vida gira

entorno a la

disposición del

territorio.

Además, la

deforestación y los

incendios favorecen

la pérdida del suelo, sobre todo si es heredado de condiciones ecológicas

antiguas, de una manera irrecuperable. La erosión del suelo, a la que se ve

sometido por la desaparición de la cubierta vegetal, es generalizada en todo el

mundo, pero sobre todo en las regiones de tránsito ecológico.

La sociedad, en suma, incide sobre el paisaje transformándolo y modificando

su funcionamiento, para obtener de él los recursos necesarios que permiten el

desarrollo económico, pero sin que el medio se vea expoliado hasta su

desaparición. La manera y la velocidad con la que se extraen esos recursos es

lo que provoca los desequilibrios.

El suelo al igual que el agua, aire y el clima son muy indispensables para la

existencia de los seres vivos, gracias al suelo el hombre puede realizar

diferentes actividades de producción. El suelo también necesita cuidados. Hay

cultivos, como el trigo, que lo agotan y le hacen perder su fertilidad. Por ello, es

necesario alternar estos cultivos con otros para renovar los elementos

nutrientes de la tierra. "Tenemos en nuestra patria tenemos gran diversidad de

Page 64: Ambiental nuevo 2015 final

suelos en todas las regiones

de las cuales; la costa es la

que posee los suelos más

dotados y explotados…"

El suelo es la capa superficial

de la Tierra. Los elementos

que la conforman provienen de

la litosfera, atmósfera,

hidrosfera y biosfera. Sin

embargo sus principales componentes. Derivan del desgaste y la

fragmentación de las rocas debido a la acción erosiva de los vientos, el agua y

el hielo.

Delito ambiental: Es la conducta descripta en una norma de carácter penal

cuya consecuencia es la degradación de la salud de la población, de la calidad

de vida de la misma o del ambiente, y que se encuentra sancionada con una

pena determinada.

Educación ambiental: Acción y efecto de formar e informar a colectividades

sobre todo lo relacionado con la definición, conservación y restauración de los

distintos elementos que componen el medio ambiente.

4.- DESARROLLO SOSTENIBLE

4.1.- ANTECEDENTES Y ORIGEN

El desarrollo sostenible fue

popularizado por el Informe de la

Comisión Mundial sobre Medio

Ambiente y Desarrollo, más conocida

como Comisión Brundtland (1987), y

Page 65: Ambiental nuevo 2015 final

lo definió como; el desarrollo que satisface las necesidades del presente sin

comprometer la capacidad de las futuras generaciones de satisfacer sus

propias necesidades.17

Según esta definición, el desarrollo sostenible está íntimamente vinculado con

el objetivo de la equidad intergeneracional; el desarrollo sostenible reconoce la

responsabilidad de cada generación de ser justa con la siguiente generación,

mediante la entrega de una herencia de riqueza que no puede ser menor que

la que ellos mismos han recibido, alcanzar este objetivo como mínimo requerirá

hacer énfasis en el uso sostenible de los recursos naturales para las

generaciones siguientes y en evitar cualquier daño ambiental de carácter

irreversible.18

Más adelante, la Comisión Sur dijo que es el desarrollo al cual pueden aspirar

los países del Norte sin sacrificar las justas aspiraciones de los países del Sur

de satisfacer sus

propias necesidades,

aclaración que

complementa la

definición de la

Comisión Brundtland,

La Convención de

Biodiversidad firmada

en Río de Janeiro en 1992, que entró en vigencia en marzo de 1994, define

como uso sostenible de los recursos biológicos el uso de los componentes de

la diversidad biológica en una forma y a una tasa que no conduzca al declive

de los recursos biológicos en el largo plazo y, por consiguiente, que mantenga

17COMISIÓN MUNDIAL DEL MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO. Nuestro Futuro Común. Bogotá, Alianza Editorial Colombiana, Colegio Verde de Villa de Leiva, 1988 18David Hunter et al. Concepts and Principles of International Environmental Law: An Introduction. Geneva, UNEP, 1994

Page 66: Ambiental nuevo 2015 final

su potencial para satisfacer las necesidades y aspiraciones de las

generaciones presentes y futuras.

La Declaración de

Estocolmo decía: "Los

recursos naturales no

renovables del planeta

deben ser empleados de

tal forma que se protejan

contra el peligro de su

agotamiento futuro y se

asegure que sus

beneficios sean

compartidos por toda la humanidad".19 (Rodríguez 1994). Ahora un recuento de

los principales hechos:

1907-1964 Rachel Carson, Bióloga y escritora estadounidense. Inició el

movimiento ecologista en Estados Unidos al demostrar en sus escritos

los graves daños causados por el uso indiscriminado de los pesticidas y

herbicidas en su obra “Silent Spring”, la Primavera Silenciosa. Sus

escritos fueron criticados y tuvieron mucha oposición, sobre todo del

gobierno y la industria, llegó a ser acusada de comunista.

En 1928 se logró un acuerdo de los países europeos para crear, a partir

de 1934, la Oficina Internacional de Protección de la Naturaleza, con

sede en Bruselas. Pero esta iniciativa se vio cortada por el advenimiento

de la Segunda Guerra. Una vez concluida, y creada la ONU en 1945,

ésta nombró al biólogo británico Julian Huxley presidente de la

UNESCO, y en contactos que éste tuvo con proteccionistas suizos, se

retomó la idea de formar esa asociación internacional, creándose la

19 Rodríguez Becerra, Manuel. La política ambiental del fin de siglo: Una agenda para Colombia. Bogotá. CEREC. 1994.

Page 67: Ambiental nuevo 2015 final

Unión Internacional Provisional para la Protección de la Naturaleza en

1947, la que fue formalizada en la reunión de la UNESCO de

Fontainebleau (París, 1948). De esta manera, se constituyó la Unión

Internacional para la Conservación de la Naturaleza.

En 1969 - La hipótesis de Gaia (publicada en el 1979) - El investigador

británico y meteorólogo James Lovelock presentó al mundo científico

una nueva hipótesis: la tierra es un ser vivo, creador de su propio

hábitat. A esta teoría la llamó Gaia en honor a la diosa de la tierra como

se le conocía en la mitología griega. Lovelock definió Gaia como una

entidad compleja que incluye toda la biosfera, la atmósfera, los océanos

y la tierra.

En 1970, el Club de Roma, una asociación privada compuesta por

empresarios, científicos y políticos, encargó a un grupo de

investigadores del Massachusetts Institute of Technology (MIT), la

realización de un estudio sobre las tendencias y los problemas

económicos que amenazan a la sociedad global. En 1972 el Club de

Roma publica un documento titulado “Límites al Crecimiento” que es

resultado del encargo; si se mantiene las tendencias actuales de

crecimiento de la población mundial, la industrialización, la

contaminación ambiental, la producción de alimentos y el agotamiento

de los recursos, este planeta alcanzará los límites de su crecimiento en

el curso de los próximos cien años.

En 1976 – el Informe de la Academia Nacional de las Ciencias de EE.

UU. Aportaba evidencia científica sobre descubrimiento del agujero en la

capa de ozono en Antártica por la acumulación de clorofluorocarbonos

(CFC) lanzados a la atmósfera por los procesos industriales.

Page 68: Ambiental nuevo 2015 final

En 1979 - La National Academy of Sciences usó por primera vez el

término calentamiento global en un informe titulado “Charney Report”: si

el CO2 continua aumentando en la atmósfera, nosotros no encontramos

ninguna razón para dudar de que habrá cambios climáticos y ninguna

razón para creer que estos cambios serán insignificantes.

En 1980 aparece el término desarrollo sostenible por primera vez en el

contexto de la Estrategia de Conservación del Mundo.

En el año 1987 la Comisión Mundial para el Medio Ambiente y el

Desarrollo publicó un informe titulado “Nuestro mundo futuro” o Informe

Brundtland en el que se introdujo el concepto de desarrollo sostenible o

sostenido que ha servido de base para fijar la pauta a las acciones de

los gobiernos y ciudadanos responsables. El concepto de sostenibilidad

implica que la actividad económica y tecnológica no puede continuar

funcionando bajo el lema de “pase lo que pase las acciones continúan”,

es necesario establecer un desarrollo que pueda contribuir al bienestar

de toda la sociedad actual pero sin hipotecar el de las generaciones

futuras.

En 1992 la Cumbre de la Tierra, Conferencia de Naciones Unidas para

el Medio Ambiente y el Desarrollo celebrada en Río de Janeiro Brasil,

con la participación de 179 gobiernos, establece una relación

ambivalente entre desarrollo sostenible y los peligros de la agresión

continua que estaba sufriendo el Medio Ambiente por las actividades

humanas, indicando la necesidad de poner limitaciones a las emisiones

de gases de efecto invernadero.

• Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo –

Proclama 27 principios para establecer una alianza mundial y equitativa

mediante nuevos niveles de cooperación y acuerdos internacionales en

Page 69: Ambiental nuevo 2015 final

los que se respeten los intereses de todos y se proteja el sistema

ambiental y de desarrollo mundial.

• Agenda 21 - Expresión

acuñada en la Cumbre

para referirse al Plan de

Acción que los estados

deben implantar para

transformar el modelo

de desarrollo actual

basado en la explotación de los recursos naturales como si fuesen

ilimitados y en un acceso desigual a sus beneficios, en un nuevo modelo

de desarrollo sustentable.

• Declaración de Principios Relativos a los Bosques – Por primera vez se

dispone que los países deben reforestar la Tierra y lograr la

conservación forestal, que tienen derecho a desarrollar sus bosques

conforme a sus necesidades socioeconómicas, y que se debe aportar

suficiente recursos financieros a los países en desarrollo para establecer

programas de conservación forestal.

• Convenio sobre la Diversidad Biológica – (Acuerdo jurídicamente

vinculante). El primer acuerdo mundial enfocado en la conservación y el

uso sustentable de la biodiversidad. Ganó rápidamente aceptación y

más de 150 gobiernos firmaron el documento. Actualmente 191 países

lo han ratificado.

• Conferencia Marco sobre Cambio Climático (CMNUCC) - (Acuerdo

jurídicamente vinculante). Permite, entre otras cosas, reforzar la

conciencia pública a escala mundial de los problemas relacionados con

el cambio climático.

1997 – El Protocolo de Kioto sobre el cambio climático es un acuerdo

internacional que tiene por objetivo reducir las emisiones de seis gases

que causan el calentamiento global (dióxido de carbono CO2, gas

metano CH4 y óxido nitroso N2O, además de tres gases industriales

Page 70: Ambiental nuevo 2015 final

fluorados: hidrofluorocarbonos HFC, perfluorocarbonos PFC y

hexafluoruro de azufre SF6), entre el año 2008 al 2012, a los niveles de

las emisiones del año 1990 para los tres primeros, y del 1995 para los

fluorados. En el 2009, 187 habían firmado (EE. UU. Firmó, pero sin

intención de ratificar).

2007 - La Cumbre de la Tierra - Se celebró en Johannesburgo (África del

Sur), organizada por la ONU. Asistieron más de un centenar de jefes de

Estado y alrededor de 60,000 personas. Se ofreció un discurso

ecologista como parte de la labor de concienciación (no mucho progreso

desde la Cumbre de Río en 1992). La Cumbre se constituyó como un

instrumento de coordinación entre distintos actores de la sociedad

internacional con el propósito de incentivar a la población mundial a que

trabajasen por un desarrollo sustentable (más metas, acuerdos,

planes).20

En 2007. La Sentencia del Tribunal Constitucional EXP. N.° 03343-2007-

PA/TC . En sus considerandos nos indica. El uso sostenible de los

recursos naturales comporta la utilización de componentes de la

diversidad biológica de un modo y a un ritmo que no ocasione la

disminución a largo plazo de dicha diversidad, con lo cual se mantienen

las posibilidades de ésta de satisfacer las necesidades y las

aspiraciones de las generaciones actuales y futuras. De igual modo,

cuando se explotan recursos no renovables, como los hidrocarburíferos,

debe cuidarse en no comprometer aquella diversidad biológica.

Al respecto, la Comisión Mundial sobre el Medio Ambiente y Desarrollo

de las Naciones Unidas, conocida también como la Comisión

Brundtland, emitió un informe en el que definió el desarrollo sostenible

como aquel proceso en donde se asegura la satisfacción de las

necesidades humanas del presente sin que se ponga en peligro la

capacidad de las generaciones futuras para atender sus propias

20

Centro de Estudios para el Desarrollo Sustentable (CEDES) - Escuela de Asuntos Ambientales

Page 71: Ambiental nuevo 2015 final

necesidades y que, por ende, involucre la utilización de recursos, la

dirección de las inversiones y la orientación de los cambios tecnológicos

e institucionales que acrecienten el potencial actual y futuro de los

recursos naturales en aras de atender las necesidades y aspiraciones

humanas.21 (véase STC 0048-2004-AI/TC).

En dicho informe también se expresa que el “desarrollo sostenible no es

un estado concreto, sino un proceso de cambio en donde la explotación

de recursos, la dirección de las inversiones, la orientación de los

desarrollos tecnológicos y los cambios institucionales, deben ser

consistentes con el futuro así como con el presente”.

Como se aprecia, la perspectiva del desarrollo sostenible busca

equilibrar el esquema de la economía social de mercado con el derecho

a vivir en un ambiente equilibrado y adecuado. Es una maximización de

las ganancias o utilidad frente a la calidad del entorno que sufre el

desgaste de la actividad económica. En tal sentido, con el principio

sostenibilidad (artículo V de la Ley General del Ambiente) se pretende

modular esta actividad económica a la preservación del ambiente, el

mismo que tendrá que servir de soporte vital también para las

generaciones venideras. Así, los derechos de las actuales generaciones

no deben ser la ruina de las aspiraciones de las generaciones futuras.

Cabría advertir, no obstante, que no se trata de preservar

exclusivamente el legado ambiental, sino también aspectos relativos al

ámbito cultural. Es decir, que nuestra deuda con las generaciones

futuras no se agota en aspectos ambientales, que si bien forman parte

esencial del concepto desarrollo sostenible, no se agota en él.

21 STC 0048-2004-AI/TC

Page 72: Ambiental nuevo 2015 final

En suma, de una interpretación sistemática del artículo 2°, inciso 22), y

de los artículos 66º, 67º, 68º y 69º de la Constitución, se concluye que

una manifestación concreta del derecho de toda persona a disfrutar de

un entorno ambiental idóneo para el desarrollo de su existencia es el

reconocimiento de que los recursos naturales -especialmente los no

renovables-, en tanto patrimonio de la Nación, deben ser objeto de un

aprovechamiento razonable y sostenible, y que los beneficios resultantes

de tal aprovechamiento deben ser a favor de la colectividad en general,

correspondiendo al Estado el deber de promover las políticas adecuadas

a tal efecto.

Al Art. V de la Ley 28611 dice: la gestión del ambiente y de sus

componentes, así como el ejercicio y la protección de los derechos que

establece la presente ley, se sustentan en la integración equilibrada de

los aspectos sociales, ambientales y económicos del desarrollo nacional,

así como en la satisfacción de las necesidades de las actuales y futuras

generaciones. La aplicación de este articulo está íntimamente ligado a lo

sindicado en el artículo 2º de la Ley 29050, este texto debe

adecuarse a la definición de Principio Precautorio establecida en el

artículo 5º de la Ley Nº 28245 – Ley Marco del Sistema Nacional de

Gestión Ambiental: “La gestión ambiental en el país se rige por los

siguientes principios:

k) Precautorio, de modo que cuando hayan indicios razonables de

peligro de daño grave o irreversible al ambiente o, a través de este, a la

salud, la ausencia de certeza científica no debe utilizarse como razón

para no adoptar o postergar la ejecución de medidas eficaces y

eficientes destinadas a evitar o reducir dicho peligro. Estas medidas y

sus costos son razonables considerando los posibles escenarios que

plantee el análisis científico disponible. Las medidas deben adecuarse a

los cambios en el conocimiento científico que se vayan produciendo con

posterioridad a su adopción. La autoridad que invoca el principio

precautorio es responsable de las consecuencias de su aplicación.”

Page 73: Ambiental nuevo 2015 final

El artículo 9º de la Ley General del Ambiente, Ley N.º 28611, establece:

“La Política Nacional del Ambiente tiene por objetivo mejorar la calidad

de vida de las personas, garantizando la existencia de ecosistemas

saludables, viables y funcionales en el largo plazo; y el desarrollo

sostenible del país, mediante la prevención, protección y recuperación

del ambiente y sus componentes, la conservación y el aprovechamiento

sostenible de los recursos naturales, de una manera responsable y

congruente con el respeto de los derechos fundamentales de la

persona”22 (subrayado es nuestro).

4.2.- USO DEL TÉRMINO SOSTENIBLE

Como ya tenemos dicho. La noción del desarrollo es una preocupación teórica

y empírica que aparece históricamente en el advenimiento del capitalismo

(Consuelo Uribe. Teorías y Conceptos de Desarrollo. PUCP-2008)

El concepto de desarrollo sostenible no es

solo la protección del medio ambiente es una

nueva forma de pensar sobre la vida y la

política, es un tipo de crecimiento económico

sostenible en armonía con la naturaleza, es la

reanudación de los conceptos de justicia,

oportunidad e igualdad entre todos los

hombres23 (Giuseppantonio de Vincentus.

Evolución del Desarrollo Sostenible ).

El desarrollo sostenible es por sí un concepto confuso y difícil de definir;

además está evolucionando continuamente, lo cual lo hace doblemente difícil

de definir. Una de las descripciones originales del desarrollo sostenible se

atribuye a la Comisión Brundtland: “El desarrollo sostenible es aquel que

22 Artículo 9º de la Ley General del Ambiente, Ley N.º 28611 23 Giuseppantonio de Vincentus. Evolución del Desarrollo Sostenible

Page 74: Ambiental nuevo 2015 final

satisface las necesidades del presente sin comprometer la capacidad de las

futuras generaciones de satisfacer sus propias necesidades”.24

El término desarrollo sostenible empezó a gozar de amplia aceptación a finales

de la década de 1980, después de que apareciera en Nuestro futuro común,

también conocido como el Informe Brundtland. El resultado de una comisión

convocada por las Naciones Unidas, creada para proponer un programa

mundial para el cambio en el concepto y en las prácticas de desarrollo; el

informe señaló la urgencia de volver a considerar nuestras formas de vida y de

gobernar.

DOS PUNTOS SON INDISPENSABLES PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE

Comprender que el crecimiento económico

solo no basta para resolver los problemas del

planeta: los aspectos económicos, sociales y

ambientales de cualquier actividad están

vinculados. Considerar únicamente uno de

ellos a la vez da por resultado errores de

juicio y de resultados insostenibles.

Concentrarse sólo en los márgenes de

utilidad, por ejemplo, históricamente ha

causado daños sociales y ambientales que

en el largo plazo le cuestan a la sociedad.

Pero cuidar del medio ambiente y

proporcionar los servicios que necesita la

ciudadanía depende de los recursos

económicos, al menos en forma parcial.

La naturaleza intervinculada del

desarrollo sostenible requiere que

se trasciendan fronteras, ya sean

geográficas o institucionales, para

coordinar estrategias y tomar

decisiones adecuadas. Los

problemas rara vez están

circunscritos a jurisdicciones

definidas previamente como una

dependencia del gobierno o un

vecindario particular; y las

soluciones inteligentes exigen que

haya cooperación como parte del

proceso decisorio.

En el núcleo del desarrollo sostenible está en la necesidad de considerar tres

pilares juntos: la sociedad, la economía y el medio ambiente. No importa el

24 Comisión Mundial sobre Medio Ambiente y Desarrollo, 1987, pg. 43.

Page 75: Ambiental nuevo 2015 final

contexto, la idea elemental sigue siendo la misma: la gente, los hábitats y los

sistemas económicos están interrelacionados. Podemos ignorar esa

interdependencia durante algunos años o decenios, pero la historia ha

demostrado que pronto algún tipo de alarma o de crisis hará que la

recordemos.25

El tema de la relación y necesaria

articulación entre crecimiento

económico y conservación del medio

ambiente pasa a ocupar espacios

crecientes en los debates

internacionales, en especial cuando

se trata de las relaciones entre

países desarrollados y en desarrollo,

agregando una dimensión nueva al

concepto y a los propósitos del

desarrollo, sea económico o social. Este proceso se convertirá en el concepto

de desarrollo sostenible formulado por la Comisión Mundial sobre el Medio

Ambiente, actualmente adoptado ampliamente, y establece que el desarrollo

sostenible es aquel que “satisface las necesidades del presente sin

comprometer la capacidad de las generaciones futuras para satisfacer sus

propias necesidades”.26

De esa manera, el crecimiento económico y la

protección ambiental quedan relacionados, y la calidad de vida presente y

futura se fundamenta en suplir las necesidades humanas básicas sin destruir el

medio ambiente del cual depende toda la vida.

Carvalho: “En esencia, el desarrollo sostenible es un proceso de

transformación en el cual la explotación de los recursos, la dirección de las

inversiones, la orientación del desarrollo tecnológico y el cambio institucional se

25 OECD INSIGHTS - SUSTAINABLE DEVELOPMENT: LINKING ECONOMY, SOCIETY, ENVIRONMENT ISBN 978-92-64-055742 26

COMISION MUNDIAL DEL MEDIO AMBIENTE Y EL DESARROLLO. 1991. Nuestro Futuro Común. Informe Brundtland. Naciones Unidas.

Page 76: Ambiental nuevo 2015 final

armonizan y refuerzan el potencial presente y futuro, con el propósito de

atender a las necesidades y aspiraciones humanas”.27 (Carvallo.1994)

Los recursos naturales deben ser aprovechados para que no sean riqueza

dormida o inerte y realmente beneficien al país. Pero dicho aprovechamiento

debe ser compatible con el equilibrio ecológico y el desarrollo en armonía con

el interés social y de acuerdo con los principios establecidos en la Ley. Debe

prever el control y la prevención de la contaminación ambiental, la

conservación de los ecosistemas, el mejoramiento del entorno natural en los

asentamientos humanos, el mantenimiento de los procesos ecológicos

esenciales, la preservación de la diversidad genética y el aprovechamiento

sostenido de las especies, como elementos fundamentales para garantizar y

elevar la calidad de vida de la población.28 (ANDIA CHAVEZ-2013)

Según Viederman (citado por Carvalho) “una sociedad sostenible es aquella

que asegure la salud y la vitalidad de la vida y cultura humanas y del capital

natural, para la presente y las futuras generaciones. Tales sociedades deben

tener las actividades que sirven para no destruir la vida y la cultura humanas y

el capital natural, y promocionar aquellas actividades para conservar lo que

27 CARVALHO, H.M. de. 1994. La Participacion y Organización como una de las dimensiones de la Ciudadania. Informe integral (versión preliminar). Brasilia. IICA/SEPLAN. 28 ANDIA CHAVEZ, Juan. Manual de Derecho Ambiental. Desarrollo Sostenible. Segunda edición. Perú. 2013

Page 77: Ambiental nuevo 2015 final

existe, recuperar lo que fue destruido y prevenir daños futuros”.29 (CARVALHO

1994)

Desarrollo Sostenible, entendido como conservación del ambiente (conjunción

de naturaleza y manifestaciones humanas en un espacio y tiempo

determinados) con el objeto de

satisfacer las necesidades y

aspiraciones de las presentes y

futuras generaciones, para lo cual el

Estado debe promover el equilibrio

dinámico entre el desarrollo

socioeconómico, la conservación y

el uso sostenible del ambiente; y por

otro, el reconocimiento de que toda

persona tiene el derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al

desarrollo de su vida. De ambos se derivaran otros lineamientos o principios

específicos que orientarán las conductas, tanto de los administradores del

Estado como de los ciudadanos administrados.30 (ANDALUZ 2013)

Para ser sostenible, en consecuencia, el desarrollo precisa asumir una postura

multidimensional que abarque desde el aspecto ético, por su preocupación con

la equidad, y que sea capaz de incluir variables difícilmente cuantificables, pero

cualitativamente indispensables para la configuración de nuevos patrones de

vida para las actuales y futuras generaciones.

4.3.- CARACTERÍSTICAS DE UN DESARROLLO SOSTENIBLE

Según Gonzalo Rodríguez. Las características que debe reunir un desarrollo

para que lo podamos considerar sostenible son:

- Busca la manera de que la actividad económica mantenga o mejore el

sistema ambiental,

29 CARVALHO, H.M. de. 1994. A participaçao e organizaçao consentida como uma das dimensões da cidadania. Informe integral (versión preliminar). Brasilia. IICA/SEPLAN. 30 ANDALUZ WESTREICHER, Carlos. Manual de Derecho Ambiental. Desarrollo Sostenible. Cuarta edición. Perú. 2013

Page 78: Ambiental nuevo 2015 final

- Asegura que la actividad económica mejore la calidad de vida de todos,

no sólo de unos pocos selectos,

- Usa los recursos eficientemente,

- Promueve el máximo de reciclaje y reutilización,

- Pone su confianza en el desarrollo e implantación de tecnologías

limpias.

- Restaura los ecosistemas dañados.

- Promueve la autosuficiencia regional

- Reconoce la importancia de la naturaleza para el bienestar humano.31

4.4.- PRINCIPIOS DEL DESARROLLO SOSTENIBLE

Son conceptos o proposiciones de naturaleza axiológica o técnica que informan

la estructura, la forma de operación y el contenido mismo de las normas,

grupos normativos, conjuntos normativos y del propio Derecho como totalidad.

El desarrollo sostenible debe contemplar principios generales de sostenibilidad,

económica y social. La sostenibilidad ecológica tiene como finalidad la

31 GONZALVO RODRIGUEZ, Jessica. Desarrollo Sostenible.

Page 79: Ambiental nuevo 2015 final

conservación de los recursos naturales y la disminución de los impactos. Según

Raul NIÑO, son los siguientes:

Principio de recolección o extracción sostenible: las tasas de

extracción de los recursos renovables deben ser iguales o inferiores a

las tasas de regeneración de estos recursos.

Principio de vaciado sostenible: la explotación de recursos no

renovables es casi sostenible cuando su tasa de extracción es igual a la

tasa de creación de recursos sustitutivos renovables. Por ejemplo, la

extracción de petróleo debería implicar la plantación de árboles para la

obtención de alcohol a partir de la madera.

Principio de emisión sostenible: las tasas de emisión de residuos

deben ser iguales o inferiores a las capacidades de asimilación de los

ecosistemas que reciben esos residuos. Por ejemplo, en el caso del

agua no debería sobrepasarse su capacidad de autodepuración.

Principio de emisión cero: reducir a cero la emisión de contaminantes

tóxicos y bioacumulables. Por ejemplo, los metales pesados como el

plomo y el mercurio.

Principio de integración sostenible: Los asentamientos urbanos no

deben sobrepasar la capacidad de caga de un territorio.

Principio de selección de tecnologías sostenibles: favorecer aquellas

tecnologías más eficientes.

Por ejemplo, usar

bombillas más eficientes y

productos que faciliten el

reciclado de materiales.

Principio de precaución:

emplear modelos de

desarrollo que no

sobrepasen los límites de

los ecosistemas y así evitar riesgos de catástrofes y desastres.32

32 Los principios del desarrollo sostenible, 27th May 2012 por Raul Niño. http://manzoprincipios.blogspot.com/

Page 80: Ambiental nuevo 2015 final

PRINCIPIOS DEL DESARROLLO SOSTENIBLE SEGÚN LA UNESCO

Todos los programas para el desarrollo sostenible deben considerar los tres

ámbitos de la sostenibilidad –medio ambiente, sociedad y economía– así como

también una dimensión subyacente de la cultura. Puesto a que el desarrollo

sostenible se adecúa a los contextos locales de estos tres ámbitos, adoptará

formas muy variadas en todo el mundo. Los ideales y principios que

constituyen la sostenibilidad incluyen conceptos amplios tales como equidad

entre las generaciones, equidad de género, paz, tolerancia, reducción de la

pobreza, preservación y restauración del medio ambiente, conservación de los

recursos naturales y justicia social. La Declaración de Río 1 contiene 27

principios entre los que se incluyen los siguientes:

Los seres humanos tienen derecho a una vida saludable y productiva en

armonía con la naturaleza,

El derecho al desarrollo debe ejercerse en forma tal que responda

equitativamente a las necesidades ambientales y de desarrollo de las

generaciones actuales y futuras,

Erradicar la pobreza y reducir las disparidades en los niveles de vida en

los distintos pueblos del mundo es indispensable para el desarrollo

sostenible,

La protección del medio ambiente constituye parte integrante del

proceso de desarrollo y no puede considerarse en forma aislada,

Las medidas internacionales que se adopten con respecto al medio

ambiente y el desarrollo deben considerar también los intereses y

necesidades de todos los países,

Para alcanzar el desarrollo sostenible y una mejor calidad de vida para

todas las personas, los Estados deberán reducir y eliminar las

modalidades de producción y consumo insostenibles y fomentar políticas

demográficas apropiadas.

Page 81: Ambiental nuevo 2015 final

Las mujeres desempeñan un papel fundamental en la gestión ambiental

y el desarrollo. Por lo tanto, es imprescindible contar con su plena

participación para lograr el desarrollo sostenible.

La guerra es intrínsecamente destructiva para el desarrollo sostenible.

La paz, el desarrollo y la protección del medio ambiente son

interdependientes e inseparables.

Estos principios pueden guiar las acciones de los gobiernos, las comunidades y

las organizaciones para definir los objetivos de sostenibilidad y crear

programas para ayudar a lograr estos objetivos.33

4.5.- CRITICAS EN EL USO DEL TÉRMINO.

a)- Desde el principio de precaución.

Algunas ideologías ecologistas más radicales hacen énfasis en las opciones

de crecimiento cero y aplicación estricta del principio de precaución, que

consiste en dejar de realizar determinadas actividades productivas mientras no

se demuestre que no son dañinas.

Hay que indicar que la idea de biomímesis está estrechamente relacionada con

el principio de precaución: para apartarnos de los “modelos” de la naturaleza

necesitamos razones mucho más fuertes, y conocimiento mucho más fiable,

que para seguirlos. A partir de la biomímesis podemos sugerir cinco principios

básicos de sustentabilidad:

- Vivir del sol como fuente energética

- Cerrar los ciclos de materiales

- No transportar demasiado lejos los materiales

- Evitar los xenobioticos como COP (contaminantes orgánicos

persistentes), OMG (Organismos transgénicos).

- No llenarlo todo, dejando suficiente espacio ambiental para los demás.

Ante la magnitud de los riesgos a que nos enfrentamos, se impone una actitud

de vigilante anticipación que identifique y descarte de entrada las vías que

33 ¿Qué es el Desarrollo Sostenible?, http://unesdoc.unesco.org/images/0021/002167/216756s.pdf

Page 82: Ambiental nuevo 2015 final

podrían llevar a desenlaces catastróficos, aun cuando la probabilidad de estos

parezca pequeña y las vías alternativas más difíciles u onerosas.

El Criterio de Precaución Previamente a la formulación del concepto de

Desarrollo Sostenible, y alrededor de la cuestión ambiental, encontramos dos

tipos de controversia. Por un lado la discusión sobre la irreversibilidad de los

daños ecológicos acumulados, y por otro lado la cuestión referente a cuáles

son (o no son) las causas de estos daños ambientales. Cada grupo de autores,

según la postura que defienda, propondrá igualmente un conjunto de

soluciones al problema, lo cual implica grandes diferencias en las

repercusiones de tipo económico. El tema de la irreversibilidad de los daños

medioambientales ha ido quedando zanjado a lo largo de los años, siendo

principalmente un debate de tipo técnico, en el que los diferentes estudios han

ido siendo progresivamente incontestables.

b).- Decrecentista y ecosocialista.

Otros ecologistas defienden el decrecimiento económico. Éstos últimos creen

que el respeto al medio ambiente no es posible sin reducir la producción

económica, ya que actualmente estamos por encima de la capacidad de

regeneración natural del planeta, tal y como demuestran las diferentes

estimaciones de huella ecológica. Además, también cuestiona la capacidad del

modelo de vida moderno para producir bienestar. El reto estaría en vivir mejor

con menos.

El ecosocialismo argumenta que el capitalismo, al estar basado en el

crecimiento y la acumulación constante de bienes incrementando el ritmo de

crecimiento, es ecológicamente insostenible. Daniel Tanuro, indica que “en los

países capitalistas avanzados la medida prioritaria para proteger el clima no es

desarrollar nuevas tecnologías verdes sino disminuir radicalmente el consumo

de energía, y esta disminución implica un decrecimiento de los intercambios de

materias entre la humanidad y la naturaleza”.

Page 83: Ambiental nuevo 2015 final

c).- Crítica liberal y de la ecología de mercado.

Las ideologías liberales hacen énfasis en la posibilidad de compatibilizar el

crecimiento económico con la preservación ambiental mediante el aumento de

la productividad (producir más, consumiendo menos recursos y generando

menos residuos) y con la equidad social para la mejora general de las

condiciones de vida.

Terry Anderson, ideólogo de la ecología de mercado, la propuesta del

desarrollo sostenible es un pretexto más para la intervención estatal.

Argumenta que gracias a políticas intervencionistas del Estado y la arrogancia

gubernamental no se han dado los cambios adecuados en cuestiones

ambientales.

Esta postura busca la posibilidad de compatibilizar el crecimiento económico

con la preservación ambiental mediante el aumento de la productividad y con la

equidad social para la mejora general de las condiciones de vida

d),- Critica del Estado estacionario.

Las ideologías liberales hacen énfasis en la posibilidad de compatibilizar el

crecimiento económico con la preservación ambiental mediante el aumento de

la productividad (producir más, consumiendo menos recursos y generando

menos residuos) y con la equidad social para la mejora general de las

condiciones de vida.

Para Terry Anderson, ideólogo de la ecología de mercado, la propuesta del

desarrollo sostenible es un pretexto más para la intervención estatal.

Argumenta que gracias a políticas intervencionistas del Estado y la arrogancia

gubernamental no se han dado los cambios adecuados en cuestiones

ambientales.

La alternativa al crecimiento y al decrecimiento es el estado estacionario. La

mayor parte de los economistas clásicos reconocen la existencia de un estado

estacionario, incluyendo Adam Smith, Thomas Malthus, Karl Marx y John Stuart

Page 84: Ambiental nuevo 2015 final

Mill. Todos ellos tenían sus ideas al respecto de este estado; unos lo igualaban

con el desastre, otros lo glorificaban. Sin embargo, la mayoría tenían una visión

positivista al respecto.

4.6.- LAS TRES DIMENSIONES

a).- SOSTENIBILIDAD ECOLÓGICA

Desde un punto de vista ecológico la

sostenibilidad se aplica a la estabilidad de

los sistemas físicos y biológicos, en especial

a la viabilidad de subsistemas que son

críticos para la estabilidad del sistema

global, e implica:

- Mantener el capital natural constante

teniendo presente. No se puede consumir un

recurso renovable, que no pueda regenerarse en el mismo periodo en el que se

consume (producción sostenible) Por ejemplo el agotamiento de la tierra por

producción agrícola intensiva, o el aprovechamiento del agua de un acuífero no

recargable.

Page 85: Ambiental nuevo 2015 final

- No puede consumirse un recurso no renovable que no pueda sustituirse en el

mismo período por un recurso renovable cuya función sea equivalente al

recurso que se está agotando. De una forma extensiva se puede decir que la

utilización de recursos no renovables debe estar necesariamente acompañada

de la generación de un recurso alternativo, que pueda ser utilizado por

generaciones futuras. El consumo creciente de hidrocarburos líquidos o

gaseosos no puede proseguirse de forma indefinida si no se buscan

alternativas económicas que permitan su substitución gradual antes de llegar a

su agotamiento.

- La capacidad de carga de la Naturaleza.- No se puede seguir depositando

en la Naturaleza residuos resultantes de la actividad humana, como pueden ser

los residuos sólidos urbanos, los residuos radiactivos, los gases contaminantes

y de efecto invernadero o los residuos industriales, sin tener la seguridad de

que no pueden producir daño alguno en el momento actual o lo pudieran ser

para las generaciones venideras.

- Capacidad de asimilación ecológica.- Se debe comprobar que en toda

actividad humana no se sobrepasen los límites de asimilación ecológica, es

decir que no exista un impacto ambiental remanente, como está resultando de

la urbanización incontrolada de zonas litorales o la acumulación de gases de

efecto invernadero. Hay que asegurar, por ejemplo, que la construcción de un

embalse no va a alterar el sistema hidrogeológico de la zona.

- Protección de las

especies de los

ecosistemas.- Se debe

proteger la biodiversidad

que existe en la Naturaleza.

El nivel de invasión del

Page 86: Ambiental nuevo 2015 final

hábitat de la vida silvestre es notable y la extinción de especies que

frecuentemente se ocasiona, como consecuencia de esa invasión, tiene una

evolución creciente. Se estima que anualmente se destruyen 168.000 km2 de

bosque tropical. La destrucción de estos bosques puede suponer, según

estimaciones autorizadas, la extinción anual de 150.000 especies.

- Consideración de los ciclos de vida naturales materiales.- En toda

actividad humana se debe considerar el ciclo completo de todos los procesos

relacionados con ella para poder analizar las consecuencias reales de esa

actividad. La producción de energía eléctrica a partir de carbón es una parte de

un ciclo que comprende la extracción del carbón de la mina, su transporte, su

combustión y la producción de residuos sólidos y gaseosos. La situación ideal

tendría que corresponder a un impacto ambiental global nulo del ciclo de vida.

No se puede estimular la utilización de lámparas eléctricas de bajo consumo

sin antes analizar la energía que se invierte en su producción y en la extracción

de las materias primas necesarias para su fabricación.

b).- SOSTENIBILIDAD SOCIAL

Desde un punto de vista social, la

sostenibilidad supone la estabilidad

de los sistemas sociales y

culturales, en especial la

preservación de la diversidad

cultural en la tierra y en el uso de las

prácticas de sostenibilidad de las

culturas menos dominantes e

implica:

- Equidad. Equidad intrageneracional.

Se deben satisfacer las necesidades básicas de toda la población

mundial. La población de los países pobres carece de los recursos

Page 87: Ambiental nuevo 2015 final

indispensables para cubrir sus necesidades básicas: alimentos, vivienda,

agua potable, servicios sanitarios.

Deben desaparecer las dificultades internas y externas que todos los

pueblos tengan fácil acceso a los recursos naturales y financieros y

evitar que estos recursos se dediquen a enriquecer a unos privilegiados

o a adquirir bienes que no van a contribuir al bienestar de la sociedad.

Es demencial que la explotación del petróleo descubierto en ciertas

regiones subdesarrolladas se emplee en la compra de armas o acumular

capital en manos de unos pocos, mientras que su población se muere

de hambre o vive en condiciones infrahumanas.

Se deben canalizar los excedentes mundiales en favor de las Naciones

menos desarrolladas haciendo que desaparezcan las causas que

imposibilitan una distribución justa.

Equidad intergeneracional.

Cada generación tiene la obligación de dejar a las generaciones futuras

unas condiciones de vida, como mínimo equivalentes a las que

actualmente disfruta.

No se pueden generar residuos al ritmo actual sin tener una razonable

certeza de que no se está comprometiendo el equilibrio ecológico de las

generaciones futuras.

A. Suficiencia.- Debe disminuir el nivel de consumo de recursos naturales de

los países desarrollados. Hay que evolucionar hacia un tipo de producción

menos intensa en el consumo de recursos naturales. Tienen que

desarrollarse modelos de consumo y estilos de vida sostenibles.

c).- SOSTENIBILIDAD ECONÓMICA

La sostenibilidad económica está basada en el máximo flujo de beneficios que

pueden generarse con la misma cantidad de recursos o capital e implica:

Page 88: Ambiental nuevo 2015 final

-Desarrollo de la economía con restricciones ecológicas. Los principios y leyes

de la ecología deben ser aplicados

a la economía. Se deben introducir

ciclos de los materiales en los

procesos de producción y consumo,

de forma que no se produzca una

acumulación de residuos y se evite

el uso innecesario de recursos

naturales.

- Economía estacionaria.- La economía basada en la utilización de materiales

y de energía tiene que ser considerada como un subsistema de la ecoesfera.

Tiene que reducirse radicalmente el crecimiento basado en un aumento del

consumo energético o de materias primas que implique un detrimento del

ecosistema tierra.

El consumo de los recursos naturales se reducirá extendiendo la vida de los

ciclos de los productos. Hoy día, la explotación de las minas de hierro se ha

reducido por la reutilización de la chatarra férrica, la explotación de los bosques

se ha reducido por el reciclaje del papel.

-Evaluación de los recursos naturales. La explotación de los recursos

naturales debe mantenerse en un nivel como mínimo constante. Debe

modificarse el sistema de indicadores económicos para que incluyan el

deterioro o las mejoras que se introducen en el medioambiente. Se deben

habilitar instrumentos económicos y políticos, tales como las ecotasas, para

conservación del capital natural.

En resumen debemos indicar que los elementos de sostenibilidad desarrollan

los contenidos, actividades y políticas públicas que estén orientados a:

- Económico.

. Tengan un potencial de crecimiento,

. Requieran de un uso del conocimiento y promuevan el uso de la

tecnología,

Page 89: Ambiental nuevo 2015 final

. Promuevan la generación de divisas y el empleo digno.

- Social.

. Promuevan el fortalecimiento de la sociedad civil y se reduzca la

pobreza,

. Sean descentralizadoras y promuevan efectos multiplicadores en las

diversas zonas,

. Se encuentren vinculados a la cohesión social para trabajar juntos y

lograr objetivos comunes y de forma paralela, satisfaciendo derechos

básicos de los seres humanos como la salud, el bienestar, la nutrición,

viviendas adecuadas, la libertad de expresión y la identidad política y

cultural.

- Ambiental.

. Permitan mantener la calidad y la reproductividad de los recursos

naturales,

. Contribuyan a reducir el deterioro ambiental,

. Fomenten el uso razonable de los recursos.

4.7.- NORMATIVIDAD NACIONAL E INTERNACIONAL

a).- De acuerdo al artículo 9º de la

Ley Nº 28611, Ley General del

Ambiente, el objetivo de la Política

Nacional del Ambiente es mejorar

la calidad de vida de las personas,

garantizando la existencia de

ecosistemas saludables, viables y funcionales en el largo plazo; y el desarrollo

sostenible del país, mediante la prevención, protección y recuperación del

ambiente y sus componentes, la conservación y el aprovechamiento sostenible

de los recursos naturales, de una manera responsable y congruente con el

respeto de los derechos fundamentales de la persona.34

34 Ley general de medio ambiente 28611

Page 90: Ambiental nuevo 2015 final

BASE LEGAL

Constitución Política del Perú, 1993.

Política de Estado 19. Desarrollo sostenible y gestión ambiental.

Ley 27980, ley que crea la comisión revisora del Código del Medio

Ambiente y los Recursos Naturales, pub. 29/05/2003.

Ley 28611, ley general del ambiente, pub. 15/10/2005.19

Decreto supremo 012-2009-MINAM, aprueba la política nacional del

ambiente, pub. 23/05/2009.

Decreto Supremo 054-2011-PCM, Aprueban el Plan Bicentenario: el

Perú hacia el 2021, pub. 23/06/2011.

Decreto Supremo 014-2011-MINAM, Aprueban el Plan Nacional de

Acción Ambiental PLANAA PERÚ: 2011 – 2021, pub 09/07/2011

Ley 27037 Ley de promoción de la inversión en la Amazonía, 30 de

diciembre de 1998

D.S. N° 015-2001-PCM Constituyen Comisión Especial Multisectorial

para las Comunidades Nativas 13/02/2001

DL. 22660 Tratado de cooperación amazónica 03/07/1978

RD. 017-2010/DP Aprueban Informe Defensorial Nº 151 denominado “La

Política Forestal y la Amazonía Peruana: Avances y obstáculos en el

camino hacia la sostenibilidad” 31/12/2010

D. Ley 22175 Ley de comunidades nativas y desarrollo agrario de la

selva y de ceja de selva 09 de mayo de 1978

Decreto Supremo Nº 003-79-AA Reglamento de la Ley de Comunidades

Nativas y de Desarrollo Agrario de las Regiones de Selva y Ceja de

Selva Decreto Ley Nº 22175 25 de enero del 2005.

R. M. 147-2001-PE Reglamento de ordenamiento pesquero de la

amazonia peruana

Decreto Supremo Nº 004-92-TR Reglamento del Título VII – Régimen

Económico de la Ley General de Comunidades Campesinas

Ley Nº 26839 Ley sobre la Conservación y el Aprovechamiento

Sostenible de la Diversidad Biológica 16 de julio de 1997.

Page 91: Ambiental nuevo 2015 final

b).- Política de Estado N° 19 Desarrollo Sostenible y Gestión Ambiental.

“Integrar la política nacional ambiental con las políticas económicas, sociales y

culturales del país, para contribuir a superar la pobreza y lograr el desarrollo

sostenible del Perú, promoviendo la institucionalidad de la gestión ambiental

pública y privada que facilite el aprovechamiento sostenible de los recursos

naturales, la diversidad biológica, la protección ambiental y el desarrollo de

centros poblados y ciudades sostenibles, con el objetivo de mejorar la calidad

de vida, preferentemente con énfasis en la población más vulnerable del país.”

A continuación se presenta los objetivos de la Política de Estado, recogiendo

los principales avances alcanzados por el Estado:

- Fortalecimiento de la Institucionalidad

Ambiental del País “Fortaleceremos la

institucionalidad de la gestión ambiental,

optimizando la coordinación entre la

autoridad ambiental nacional, las

sectoriales y los diversos niveles de

gestión descentralizada, articulando

políticas y programas ambientales de los sectores productivos y

sociales, en el marco de un sistema nacional de gestión ambiental”

. Se dictó, en junio de 2005, la Ley Nº 28245, que creó el Sistema

Nacional de Gestión Ambiental, mientras que su Reglamento (Decreto

Supremo Nº 008-2005- PCM), fue promulgado el 28 de enero de 2005.

Estas normas son el punto de apoyo del proceso de fortalecimiento de la

gestión ambiental y de los mecanismos de coordinación y acción

conjunta de las distintas entidades públicas y no públicas avocadas

involucradas en la misma. La promulgación de la Ley General del

Ambiente, Ley Nº 28611, estos esfuerzos por mejorar el marco

normativo general de la gestión ambiental en el Perú, y abre una etapa

de mejora continua a partir de los lineamientos establecidos. Finalmente,

la inclusión de una sección ambiental dentro del Plan Nacional de

Competitividad fortalece las conexiones entre la política nacional del

ambiente y el desarrollo del país. El CONAM ha promovido, en

Page 92: Ambiental nuevo 2015 final

coordinación con los Gobiernos Regionales y Locales, la aprobación de

políticas, agendas y sistemas de gestión ambiental regionales y locales.

Se han aprobado Políticas Ambientales Regionales, Sistemas

Regionales de Gestión Ambiental, así como Sistemas Locales de

Gestión Ambiental. Además se han creado Comisiones Ambientales

Regionales y Comisiones Ambientales Municipales. ¿ Cómo está el

avance de descentralización y transferencia de funciones ambientales a

cargo de los distintos sectores del Poder Ejecutivo.35

b).- TRATADOS Y CONVENIOS INTERNACIONALES

La Constitución Política del Perú

(1993), Capítulo II, De los Tratados,

Art. 55, establece que: "Los tratados

celebrados por el Estado y en vigor

forman parte del derecho nacional".

Los principales tratados firmados y

ratificados por el Perú, referentes al

medio ambiente, los recursos naturales

y la conservación del patrimonio

natural y cultural son los siguientes:

- Convención para la Protección de la Flora, de la Fauna y de las Bellezas

Escénicas Naturales de los Países de América (Washington, 1940).

Ratificada por el Perú en 1946. Es un compromiso para proteger áreas

naturales y especies de flora y fauna.

- Convención para el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de

Extinción (CITES). Firmada en 1973 y ratificada por el Perú en 1974.

Compromete a establecer controles de comercio de productos y

especies de flora y fauna amenazadas de extinción.

35 Política de Estado Nº 19 CONAM

Page 93: Ambiental nuevo 2015 final

- Acuerdo entre Perú y Brasil para la conservación de la flora y de la fauna

de la Amazonía. Firmado en 1975 y que compromete a los dos países a

cooperar en la conservación de la flora y fauna amazónicas. · Tratado de

Cooperación Amazónica. Firmado en 1978 entre 8 países (Bolivia,

Brasil, Colombia, Ecuador, Guyana, Perú, Surinam y Venezuela) para

cooperar en un desarrollo armónico de la Amazonía.

- Acuerdo entre Perú y Colombia para la conservación de la flora y de la

fauna de la Amazonía. Firmado en 1979. Establece un compromiso

entre ambos países para cooperar en la conservación de la flora y fauna

silvestres. · Convenio para la Conservación y Manejo de la Vicuña.

Firmado entre Perú, Bolivia, Chile y Ecuador en 1979, y adherido por

Argentina. Establece las normas y la cooperación entre los cinco países

para la conservación y el aprovechamiento de la vicuña y el comercio de

sus productos.

- Convención para la protección del patrimonio mundial cultural y natural.

Establecida por la UNESCO en 1972 y ratificada por el Perú en 1981.

Establece un compromiso mundial para proteger el patrimonio cultural y

natural del mundo y de los países.

- Convenio sobre Diversidad Biológica. Firmado en Río de Janeiro en

1992 y ratificado en 1993, establece los compromisos mundiales y

nacionales referentes a la identificación y monitoreo de la biodiversidad;

la conservación in situ (áreas protegidas, introducción de especies

foráneas, mantención y protección los conocimientos de las poblaciones

locales) y ex situ (colecciones biológicas y bancos genéticos); el uso

sostenible de los componentes de la biodiversidad; la investigación,

capacitación, educación y conciencia públicas; el control y minimización

de impactos negativos; el acceso a los recursos genéticos y a la

tecnología; el intercambio de información y cooperación entre los países

desarrollados y en desarrollo para la conservación y uso sostenible de la

biodiversidad.

Page 94: Ambiental nuevo 2015 final

- Convención de Viena para la Protección de la Capa de Ozono. Adoptada

el 22 de marzo de 1985. Está orientada a proteger la capa de ozono.

- Protocolo de Montreal sobre Sustancias que Agotan la Capa de Ozono.

Adoptada el 16 de setiembre de 1987. Establece normas para prohibir o

limitar el uso de sustancias que afectan la estabilidad de la capa de

ozono.

- Convenio de Basilea sobre el control de los movimientos transfronterizos

de los desechos peligrosos y su eliminación. Adoptada el 22 de marzo

de 1989. Establece normas para el transporte y la disposición

internacional de desechos peligrosos (radiactivos y tóxicos).

- Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático.

Adoptada el 4 de junio de 1992. Establece el marco internacional para

encauzar acciones conjuntas para la prevención de los cambios

climáticos a nivel global.

- Convención Relativa a los humedales de

importancia internacional especialmente como

hábitat de aves acuáticas (RAMSAR, 1971).

Ratificada por el Perú. Se refiere al

compromiso internacional de proteger sitios

húmedos que son utilizados por las aves migratorias para descanso.

- Convenio OIT No. 169. Ratificado por el Perú. Se refiere a garantizar los

derechos culturales y de tierras de los pueblos indígenas y de

poblaciones minoritarias.

En diciembre de 1992 la Organización de las Naciones Unidas (ONU) decide

crear la Comisión para el Desarrollo Sostenible para asegurar un seguimiento

Page 95: Ambiental nuevo 2015 final

eficaz de la histórica Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio

Ambiente y el Desarrollo de 1992, que se celebró en Río de Janeiro (Brasil) y

que se conoce como Cumbre de la Tierra. Tras esta conferencia, que duró tres

meses, los líderes de los Estados miembros de la ONU aprobaron el Programa

21, un plan de 300 páginas cuyo objetivo era conseguir el Desarrollo

Sostenible. El capítulo 36 de este programa está dedicado a la creación de una

Opinión Pública.

La Comisión es “un foro excepcional de las Naciones Unidas que reúne a

funcionarios públicos y representantes de muy diversos sectores de la sociedad

civil para analizar y recomendar soluciones que promuevan el Desarrollo

Sostenible”.

4.8.- VISION A PROBLEMAS AMBIENTALES

SECCION 4

DERECHO AMBIENTAL

¿HIPOTESIS: PACHAMAMA SUJETO DE DERECHOS?

"Tú visitas la tierra y le das agua y les entregas riquezas abundantes.

Los arroyos de Dios están repletos, preparas a los hombres su alimento:"

Salmo 65,10

1.- Introducción.

En el Sur Andino cada día hay más

polución, contaminación, degradación,

pérdida de biodiversidad, procesos de

desertificación, pasivos ambientales, sitios

contaminados, basurales, contaminación

de los recursos hídricos, originando más

pobreza, conflictos socio ambientales,

desocupación, enfermedades, intentos de

privatización de la vida, hambre y refugiados ambientales. La mayor

Page 96: Ambiental nuevo 2015 final

preocupación es el impacto sobre el recurso hídrico, el agua está directamente

vinculada a la alimentación y a la salud, la falta de este recurso en cantidad y

calidad, provoca la aparición o permanencia de enfermedades evitables que

afectan la calidad de vida de millones de personas, en particular a niños y

madres.36 (Revista N° 20 Voces en el Fénix de la Facultad de Ciencias

Económicas UBA).

La realidad de destrucción y muerte a la cual está sometida la madre tierra ha

de ser enfrentada e iluminada por el anuncio de la justicia social y el derecho.

“Por eso, entre los pobres más abandonados y maltratados, está nuestra

oprimida y devastada tierra que, “gime y llora dolores de parto” (Romanos

8,22). Olvidamos que nosotros mismos somos tierra (Génesis 2,7). Nuestro

propio cuerpo está constituido por los elementos del planeta, su aire es el que

nos da el aliento y su agua es el que nos vivifica y restaura” 37(Laudato Si)

La afirmación de fin supremo del Estado y la sociedad el respeto de la dignidad

humana, -enfoque antropocentrista- siempre nos llamó la atención. A esta

realidad formulamos la hipótesis

de la reflexión de la

Pachamama (o la personalidad

de la naturaleza exigiendo

respeto y reciprocidad) como

sujeto de derechos desde el

enfoque de la regla ética y

constitucional andina del Buen

Vivir, confrontado al avance

legislativo y la experiencia de

pueblos, instituciones que acogieron el profundo compromiso de instaurar la

justicia social. Este estudio tiene lugar, obligatoriamente, en el seno de

36 Revista N° 20 Voces en el Fénix de la Facultad de Ciencias Económicas UBA 37 Laudato Si

Page 97: Ambiental nuevo 2015 final

diversas y complejas vivencias humanas, que atraviesan situaciones humanas

extremas, de sufrimiento, postergación, e injusticia, las preguntas calan hondo

y conducen al corazón de las cosas; al mismo tiempo, el discurso jurídico debe

ser respetuoso de la diversidad de las condiciones sociales, culturales,

económicas y religiosas de personas y pueblos. La interpelación que viene de

ellas nos coloca desnudamente ante las preguntas básicas de la existencia

humana. En efecto, si no vamos al mundo del dolor diario, de la vivencia de ver

violados sus derechos más elementales, de la angustia que consume; pero así

mismo, si no tomamos en cuenta las experiencias de alegría, de esperanza, el

que hacer del derecho no adquiere espesor. Fácilmente puede contaminarse

de un cierto burocratismo y de una voluntad de poner contrarios al espíritu de

la justicia y el derecho.

“Por eso, entre los pobres más abandonados y maltratados, está nuestra

oprimida y devastada tierra que, “gime y llora dolores de parto” (Romanos

8,22). Olvidamos que nosotros mismos somos tierra (Génesis 2,7). Nuestro

propio cuerpo está constituido por los elementos del planeta, su aire es el que

nos da el aliento y su agua es el que nos vivifica y restaura” (Laudato Si). “La

pobreza no es fatalidad, es una condición; no es un infortunio, es una injusticia.

Es resultado de estructuras sociales y de categorías mentales y culturales, está

ligada al modo como se ha construido la sociedad, en sus diversas

manifestaciones. Es fruto de manos humanas: estructuras económicas y

atavismos sociales, prejuicios raciales, culturales de género y religiosos

acumulados a lo largo de la historia, intereses económicos cada vez más

ambiciosos, por lo tanto su abolición se encuentra en nuestras

manos”38(Gutierrez Gustavo).

38 Gutierrez Gustavo.

Page 98: Ambiental nuevo 2015 final

El nuevo nombre derecho ambiental es el desarrollo sostenible entendiendo

que, “El desarrollo sostenible no es sólo la protección del medio ambiente, es

una nueva forma de pensar sobre la vida y la política, es un tipo de crecimiento

económico sostenible en armonía con la naturaleza, es la reanudación de los

conceptos de justicia, oportunidad e igualdad entre todos los hombres”.39

(Giuseppantonio De Vincentiis. Evolución del desarrollo sostenible). Se exige

un equilibro entre el modelo económico de desarrollo, las formas de vida de la

sociedad y el respeto a los sistemas naturales. Desde esta realidad

estudiaremos para

responder las

siguientes

interrogantes:¿Cuál

es grado y efectos

de la

contaminación de

la tierra, el aire y el

agua?, ¿Está la

tierra considerada

entre los más

abandonados y

maltratados?,

¿Cuál es el nivel de interpelación al Derecho, Estado, y política?, ¿Cuáles son

las razones para considerar la Pachamama como sujeto de derechos?,

¿Cuáles son y en qué consisten la normas que protegen los derechos de los

pueblos originarios?, ¿Desaparece la dignidad de la persona humana frente a

la Pachamama?, ¿ El enfoque de desarrollo sostenible está garantizando la

preservación de los recursos para las futuras generaciones?, ¿Cuáles son los

factores que determinan la necesidad de crear un tribunal para la justicia

ambiental en el Perú?, ¿Cuáles son y en qué consisten los avances normativos

39 Giuseppantonio De Vincentiis. Evolución del desarrollo sostenible

Page 99: Ambiental nuevo 2015 final

que consideran la tierra como sujeto de derechos?, ¿En qué consiste el aporte

del nuevo constitucionalimo andino?.

2.- Enfoque de Derechos.

Como disciplina jurídica, el derecho ambiental sigue siendo una disciplina joven

en el Perú, pero en constante evolución y crecimiento. En el ámbito académico,

son cada vez más las universidades que han incorporado la materia ambiental

en el estudio.

La revisión y reflexión del cambio de enfoque del Derecho asistencial,

caritativo y solo legalista hacia el reconocimiento integral de defensa de la

vida, significa el logro de justicia social y se avancen en los procesos de

reconocimiento de los esfuerzos de comunidades originarias en la protección

de la madre naturaleza y la institucionalidad de políticas públicas,

cumplimiento de las leyes existentes, modificatorias legales y se otorguen

presupuestos adecuados para mejorar la situación actual.

La opción de abordar el presente trabajo de derecho ambiental, significa

reconocer que la Pachamama como dice Zafaroni “es una deidad protectora –

propiamente creadora, interesante diferencia- cuyo nombre proviene de las

lenguas originarias y significa Tierra, en el sentido de mundo. Es la que todo lo

da, pero como permanecemos en su interior como parte de ella, también exige

Page 100: Ambiental nuevo 2015 final

reciprocidad, lo que se pone de manifiesto en todas las expresiones rituales de

su culto. Con la Pachamama se dialoga permanentemente, no tiene ubicación

espacial, está en todos lados, no hay un templo en el que vive, no tiene una

morada porque es la vida misma. Si no se atiende cuando tiene hambre o sed,

produce enfermedades. Sus rituales justamente consisten en proporcionarle

debida y comida (Challa)”.40 Entrar al mundo de la Pachamama y desde allí

rechazar la injusticia, compartir su reivindicación de ser considerado sujeto de

derechos, y a partir de ese piso común anunciar e instaurar la justicia social.

Una rápida revisión de algunos elementos para elaborar un nuevo concepto de

Derecho que instaura la justicia social:

- La ofrenda a la tierra y el ideal de convivencia armoniosa con del

Sumak Kawsay. Todos estamos en la tierra, somos parte de ella, de

ella venimos, en ella estamos a ella regresaremos

- “Etimológicamente proviene del latín Directum que significa directo o

derecho. En sentido lato quiere decir, recto igual, seguido sin torcerse a

un lado o a otro, mientras que en sentido restringido es tanto como Jus.

Derecho es directum (de dirigiere: dirigir) que significa la forma de

gobernar o dirigir”41 (Alzamora Valdez. 1975).

40 Zafaroni 41 Alzamora Valdez. 1975

Page 101: Ambiental nuevo 2015 final

- Malpartida citando a Luis Pásara, nos dice “la investigación jurídica

tradicional ha desarrollado un doble tipo de trabajo. En primer lugar, se

desarrolló un trabajo de tipo filosófico y sociológico que basado en el

jusnaturalismo o en el positivismo pragmático, concentro su interés en

los niveles lógicos formales, dejando de lado el rol social de la norma y

la función política ejercida a través del derecho. Un segundo tipo de

trabajo se concentró subrayando lo técnico, es decir el manejo y

utilización de las normas, llamado “doctrina”42 al conjunto de sus

conclusiones. La constante de estos dos tipos de investigación jurídica

tradicionales, era la creación de un profesional alejado de lo político, de

lo social, neutral al choque de intereses en la sociedad. Detrás de estos

dos tipos de investigación, se encontraba implícita, una concepción del

Derecho. En primer lugar, el derecho es tomado unidimensionalmente,

como conjunto normativo; y en su modo más audaz, con una referencia

histórica social. En segundo lugar, y como consecuencia de lo anterior,

toman al derecho de un modo estático”43 (Malpartida Catillo- 1969).

- Desde la experiencia tradicional, se han hecho esfuerzos teóricos

notables para explicar el Derecho. La teoría tridimensional del derecho,

de los años cuarenta, el derecho estaba dado por la norma, hecho y

valor. Fernández Sessarego, uno de sus difusores de esta teoría, decía

“la vida humana social y los valores representan el elemento dinámico

del derecho, los que al entrar en erosionante conflicto con las normas

legales, impulsan y obligan a su revisión y modificación”44 (Fernandez

Sessarego). Al respecto, Domingo García Belaunde, hace la distinción

entre experiencia jurídica y norma. En la experiencia jurídica si se puede

encontrar la tridimensionalidad, pero en la norma no. La norma como

entidad formal es diferente a sus supuestos y a los fines que persigue.

- Más adelante se plantea en base a conceptualizar el derecho como

objeto social. Son varios los autores que asumen el derecho estaba

42

Luis Pásara 43 Malpartida Catillo- 1969 44 Fernandez Sessarego

Page 102: Ambiental nuevo 2015 final

íntimamente relacionado con el contexto social (Vinogradoff, Julius

Stone, Savigni, Maine). Domingo García Belaunde, recusa esta

proposición y desde su óptica normativa, sostiene que las ciencias

sociales son descriptivas, mientras que el derecho es preceptivo; las

ciencias sociales estudian los hechos sociales, mientras que el derecho

las normas. La realidad es tan amplia que interpela a las ciencias a

estudiar interdisciplinariamente y desde diversas perspectivas. El

derecho no es neutro, sino que sirve a determinados intereses, como no

lo es tampoco el Estado.

- Más adelante, Pedro Patrón Faura y Pedro Patrón Bedoya (2004), al

referirse al maestro Toribio Paz Soldán, nos manifiesta que “el derecho

es la facultad o potestad que

tiene un individuo para hacer o no

hacer algo o para obligar a otro a

que haga o no haga”45. Desde

este punto de vista, el Derecho

recibe el nombre de Derecho

subjetivo. Por otro lado el autor

nos dice que se llama también

Derecho a la norma de conducta,

la pauta, la regla a que deben someterse tanto los poderes públicos

como individuos en orden a hacer o no hacer algo y a obligar a otros que

hagan o no hagan. Esta pauta o regla, puede ser escrita o consagrada

únicamente por la costumbre, pero que adquiere fuerza tan obligatoria

como si estuviera escrita. El Derecho considerado desde este punto de

vista se llama Derecho objetivo, que si es escrito se llama Derecho

Positivo y si no lo está se llama Derecho consuetudinario.

- Por otro lado, Dromi, nos manifiesta que nuestra comunidad debe

enmarcarse en una ideología humanista y democrática, con sustento en

la libertad, la justicia y la solidaridad. Para ello es necesario que el

45 Pedro Patrón Faura y Pedro Patrón Bedoya ,2004

Page 103: Ambiental nuevo 2015 final

Estado-poder se haga Estado-derecho; que la libertad domine las

nuevas formas de esclavitud, pues ahora esclavo no se “nace”, se

“hace”…el occidente del derecho no está en la ficción, ni mucho menos

en la hipocresía, ni en la declamación de desconocer el atraso, la

miseria, la pobreza, la injusticia, la esclavitud, las discriminaciones que

tienen “raíces” modernas, sofisticadas y sutiles de subordinación y

flagelo (Dromi .2004). Como dice el Teólogo, Gustavo Gutiérrez, la

pobreza no es una fatalidad, es una condición; no es un infortunio, es

una injusticia. Es resultado de estructuras sociales y de categorías

mentales y culturales, está ligada al modo como se ha construido la

sociedad, en sus diversas manifestaciones. Es fruto de manos humanas:

estructuras económicas y atavismos sociales, prejuicios raciales,

culturales, de género y religiosos acumulados a lo largo de la historia,

intereses económicos cada vez más ambiciosos; por lo tanto, su

abolición se halla también en nuestras manos.

- El Doctor Rendón

Vázquez, nos recordaba

que el hombre es un ser

social. “El ser humano en

cuanto actúa en relación

con sus semejantes,

desde que empieza a

razonar, ajusta su

conducta a ciertas reglas cuyo conocimiento va adquiriendo en el seno

de la familia, en la escuela, en el trabajo, en la universidad, y, en fin, en

el curso de toda su vida…El derecho no se aplica a las acciones del

hombre aislado, sin contacto permanente con sus semejantes…De allí

que en la Roma antigua se dijera ubi socieetas ,ibi jus (donde hay

sociedad, hay derecho)”46 ( Rendón Vázquez 1996).

46

Rendón Vázquez 1996

Page 104: Ambiental nuevo 2015 final

- El Derecho, como herramienta de la verdad, hace justicia y denuncia la

injusticia, porque el derecho es justicia o no es Derecho. El Derecho

como verdad no calla ni tolera la injusticia. El Derecho no solo es un

valor puro, ni es una mera norma, ni es un simple hecho social. El

Derecho es una obra humana, de forma normativa encaminada a la

realización de los valores. Entonces un reto es hacer de la justicia-

derecho el núcleo de la vida del pueblo, practicar la justicia, establecer el

derecho son requisitos que nos conduce a internarnos en el amor de

Dios por toda persona, en particular por los oprimidos y excluidos. Por

eso, entre los pobres más abandonados y maltratados, está nuestra

oprimida y devastada tierra que, “gime y llora dolores de parto”

(Romanos 8,22). Olvidamos que nosotros mismos somos tierra (Génesis

2,7). Nuestro propio cuerpo está constituido por los elementos del

planeta, su aire es el que nos da el aliento y su agua es el que nos

vivifica y restaura (Laudato Si)

La defensa de la vida, la dignidad humana y los derechos de la madre

naturaleza deben convertirse

en el fin supremo de la

sociedad y del Estado. Esta

declaración general, en

términos jurídicos, se convierte

en un principio general del

Derecho, es decir un medio de

interpretación sistemática para

el conjunto del texto de la

constitución, así como sobre normas de menor jerarquía. Todo compromiso de

cuidar y mejorar el mundo supone cambios profundos en los estilos de vida, los

modelos de producción y de consumo, las estructuras consolidadas de poder

que rigen hoy la sociedad.

Page 105: Ambiental nuevo 2015 final

El ser humano es valioso por sí mismo, y por principio, debe realizar sus

potencialidades a plenitud. Ello supone cuidar y generar las capacidades

necesarias para la construcción de una sociedad de ciudadanos y ciudadanas

fundamentada en principios éticos; una sociedad igualitaria, justa, libre,

solidaria y productiva.

Recordemos que la dignidad de la persona que está en la tierra con

capacidades desarrolladas como el de pertenencia, escucha y dialogo se debe

a que:

- El ser humano, como ser inteligente y libre, sujeto de derechos y

deberes es el primer principio y se puede decir, es el corazón y el alma

del Derecho.

- Todo hombre y toda mujer por más insignificante que parezcan, tienen

en sí una nobleza inviolable que ellos mismos y los demás deben

respetar sin condiciones, que toda vida humana merece por sí misma,

en cualquier circunstancia, su dignificación; que toda convivencia

humana tiene que fundarse en el bien común, en la realización cada vez

más fraterna de la común dignidad, lo cual exige no instrumentalizar a

unos a favor de otros.47 (III Conferencia General del Episcopado

Latinoamericano. Puebla 317).

- A causa de dignidad personal, el ser humano es siempre un valor en sí

mismo y por sí mismo. La dignidad personal constituye el fundamento de

la dignidad de todos los hombres entre sí. Esa dignidad personal es

producto de la interacción social, es decir de la dignidad colectiva.

47 III Conferencia General del Episcopado Latinoamericano. Puebla 317

Page 106: Ambiental nuevo 2015 final

Por lo tanto, la dignidad implica la certeza o seguridad que cada persona tiene

de su valor, o del que tienen los demás.

El ser humano (varón y mujer)

es un ser digno: no puede ser

utilizado por otros hombres, no

puede ser tratado como

objeto; no es un medio sino un

fin en sí mismo; por tanto los

Derechos Humanos derivan de

la dignidad inherente (unida in

separadamente) a la persona.

Al respecto Raul Zafaroni, se pregunta ¿Desaparece la dignidad del humano

frente a la Pachamama? O dicho de otra manera si la Pachamama (o la

personalidad de la naturaleza exigiendo respeto y reciprocidad) y la regla ética

y constitucional del Buen Vivir afectan a la dignidad humana. Todos estamos

en la tierra, somos parte de ella, de ella venimos, en ella estamos a ella

regresaremos. Los humanos hemos desarrollado nuestra escucha. Esa es la

diferencia del humano sobre sobre el resto de los entes: porque tenemos más

desarrollado la escucha, también tenemos mayor capacidad para vivenciar la

pertenencia. En síntesis tenemos mayor dignidad porque estamos

dotados de mayor capacidad para oír, escuchar, tomar conciencia de

pertenencia y, por ende, para dialogar. “A lo largo de los siglos hemos ido

acrecentando nuestra conciencia de dignidad a medida que fuimos

aprendiendo a hacer mejor uso de esta capacidad: así comprendimos que

otros humanos son humanos, aunque muchos no estén aún del todo

convencidos. No la perderemos por dar un paso más y comprender que la

naturaleza, el planeta, la tierra, la Pachamama, es otro ente con el que

podemos dialogar y, más aún, cuando comprendamos que debemos

dialogar…Solo reemplazando el saber de dominus por el de frater

podemos recuperar la dignidad humana, que importa, en primer lugar,

Page 107: Ambiental nuevo 2015 final

reconocernos entre los propios humanos. No se trata de regresar –

desandar el camino- de las Declaraciones, sino seguir adelante, progresar

por la misma senda, avanzar más allá de las Declaraciones, ampliarlas,

llevar el dialogo a todo lo que compartimos en el planeta. Desarrollar el

Horen –la escucha- volver a oír, como las culturas originarias, no para

competir despiadadamente por ningún centro, sino para asumir la

capacidad distintiva de los humano entre todos los entes con los cuales

somos necesariamente interdependientes. La ecología constitucional, en

el marco de la concepción que proviene de nuestras culturas originarias,

lejos de negar la dignidad humana la recupera de su camino perdido por

el afán de dominación y acumulación indefinida de cosas.48 (ZAFARONI –

2011).( El subrayado es nuestro)

Elementos para construir el concepto de derecho ambiental

“La noción de desarrollo es una preocupación teórica y empírica que

aparece históricamente con el advenimiento del capitalismo”49 (Consuelo

Uribe. Un modelo para armar. Teorías y conceptos de desarrollo. Lima

PUCP, 2008).

“El desarrollo sostenible no es sólo la protección del medio ambiente, es

una nueva forma de pensar sobre la vida y la política, es un tipo de

crecimiento económico sostenible en armonía con la naturaleza, es la

reanudación de los conceptos de justicia, oportunidad y igualdad entre

todos los hombres”.50( Giuseppantonio De Vincentiis. Evolución del

desarrollo sostenible)

El derecho Ambiental es el conjunto de normas y principios de

acatamiento imperativo, elaborados con la finalidad de regular las

conductas humanas para lograr el equilibrio entre las relaciones del

48

ZAFARONI – 2011 49 Consuelo Uribe. Un modelo para armar. Teorías y conceptos de desarrollo. Lima PUCP, 2008 50 Giuseppantonio De Vincentiis. Evolución del desarrollo sostenible

Page 108: Ambiental nuevo 2015 final

hombre y el ambiente al que pertenece, a fin de procurar un ambiente

sano y el desarrollo sostenible.51 (ANDALUZ- 2013).

Toda persona tiene el derecho irrenunciable a vivir en un ambiente

saludable, equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de la vida, y el

deber de contribuir a una efectiva gestión ambiental y de proteger el

ambiente, así como sus componentes, asegurando particularmente la

salud de las personas en forma individual y colectiva, la conservación de

la diversidad biológica, el aprovechamiento sostenible de los recursos

naturales y el desarrollo sostenible del país.52 (Art. I. Ley General del

Ambiente)

Toda persona tiene derecho: A la paz, a la tranquilidad, al disfrute del

tiempo libre y al descanso, así como a gozar de un ambiente equilibrado y

adecuado al desarrollo de su vida. 53(Art. 2. Inc. 22. Constitución Política

del Perú)

Son tres las tareas centrales del derecho Ambiental: a) Consagrar y

definir el contenido jurídico del derecho a un ambiente adecuado para

vivir, b) Definir qué acciones o relaciones son consideradas

(jurídicamente) como generadores de impactos negativos significativos

sobre el derecho a un ambiente adecuado y que requieren de la

regulación legal del Estado, c) Instituir y desarrollar los instrumentos

jurídicos que permitirán alcanzar los objetivos de desempeño ambiental

establecidos, incluyendo las sanciones jurídicas frente a las acciones u

omisiones que los distintos actores (públicos y privados) tomen.

Raul Brañéz, indica que el derecho ambiental se ocupa principalmente de

las normas jurídicas que regulan las relaciones más inmediatas entre la

sociedad y la naturaleza y centra su atención en aquellas normas que han

sido:

51

ANDALUZ- 2013 52 Art. I. Ley General del Ambiente 53 Art. 2. Inc. 22. Constitución Política del Perú

Page 109: Ambiental nuevo 2015 final

- Establecidas para restringir, prohibir o permitir determinadas

conductas con relación al ambiente y sus componentes, los

recursos naturales, como por ejemplo, normas que establecen

vedas, que restringen caza y que prohíben el tráfico de residuos

peligrosos.

- Regular o establecer derechos y obligaciones con relación a los

componentes del ambiente como por ejemplo, regulaciones

sobre flora y fauna, acceso a recursos genéticos y ley de aguas.

- Establecer y asignar las competencias de las autoridades

encargadas de velar o manejar el ambiente y los recursos

naturales, como por ejemplo las competencias del MINAM, de

SRNANP; de la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre

del Ministerio de Agricultura, y del Ministerio de Energía y Minas,

entre otras.

El derecho ambiental está conformado por el sistema de normas jurídicas

que regulan las conductas humanas que pueden influir e impactar de

forma muy severa y relevante en los sistemas de ambiente y los

organismos vivos.

La tendencia del derecho ambiental está orientada a un derecho

sostenible, es decir un derecho en el cual la protección ambiental está

estrechamente vinculada al crecimiento económico y a la equidad social y

cultural, todo lo cual conduce a una elevación de los niveles de calidad de

vida. El desarrollo sostenible no es sólo la protección del medio

ambiente, es una nueva forma de pensar sobre la vida y la política, es un

tipo de crecimiento económico sostenible en armonía con la naturaleza,

es la reanudación de los conceptos de justicia, oportunidad e igualdad

entre todos los hombres.54 (Giuseppantonio De Vincentiis. Evolución del

desarrollo sostenible). Se exige un equilibro entre el modelo económico

54 Giuseppantonio De Vincentiis

Page 110: Ambiental nuevo 2015 final

de desarrollo, las formas de vida de la sociedad y el respeto a los

sistemas naturales. (El subrayado es nuestro)

Colocar como fin supremo del

Estado y la sociedad la defensa

de la vida, la dignidad de la

persona humana y los derechos

de la madre naturaleza, la Pacha

Mama, de la que somos parte y

que es vital para nuestra

existencia, donde se reproduce

y realiza la vida, tiene derecho a

que se respete integralmente su

existencia y el mantenimiento y regeneración de sus ciclos vitales,

estructura, funciones y procesos evolutivos. Esta declaración general, en

términos jurídicos, se debe convertir en un principio general del Derecho,

es decir un medio de interpretación sistemática para el conjunto del texto

de la constitución, así como sobre normas de menor jerarquía.

Si consideramos lo dicho como criterios de compromiso nos conduce a

internarnos en el amor de Dios por toda persona, en particular en ese

encuentro de la Gaia Europea y la Pachamama. “Se trata de un encuentro

entre una cultura científica que se alarma y otra tradicional que ya

conocía el peligro que hoy le vienen a anunciar y también su prevención e

incluso su remedio. Es como si los niños de Hegel le dijesen hoy al viejo

sabio: tonto ya lo sabíamos antes que tú llegaras. Nos venciste por bruto,

pero por bruto tampoco te diste cuenta de lo que hacías,”55 (Zafaroni.

2011).

55

Zafaroni. 2011

Page 111: Ambiental nuevo 2015 final

Estamos en un nuevo punto en que

tenemos que repensar, reorientar

nuestro modo de vivir: nueva

comunicación, nuevo contrato social,

nueva relación con la Pachamama, nueva

justicia, nueva política, etc. Creemos en

los derechos de la Pachamama como

continente de los demás derechos en el

proceso de reconstrucción de la armonía y el equilibrio de la vida llamado

Buen Vivir. Porque venimos de la tierra somos parte de ella, la

Pachamama es la raíz ideológica de la cultura de vida digna, la

Pachamama es protectora. “Nosotros somos la propia tierra que llegó a

sentir a pensar, a amar a venerar….” Tierra y humano somos una única

realidad compleja. La tierra es mucho más que un recurso natural, la

tierra está en la base misma de la existencia humana.

Hoy experimentamos un nuevo hecho

que podría convertirse en una amenaza

para toda la vida de las personas y los

pueblos el desequilibrio ocurrido entre el

modelo de desarrollo económico

imperante, el aprovechamiento

inadecuado de los recursos naturales y la

desprotección del medio ambiente, que

no contribuyen al desarrollo humano

sostenible de las personas, sociedades, ni garantizan para que las futuras

generaciones tengan derecho a un ambiente sano y una vida de calidad.

Los esfuerzos legislativos en el derecho comparado por reconocer la

tierra como sujeto de derechos la encontramos en: el preámbulo de la

Constitución Política del Estado boliviano, sometida al voto popular en

2009, se dice: cumpliendo con el mandato de nuestros pueblos, con la

fortaleza de nuestra Pachamama y gracias a Dios, refundamos Bolivia. El

Page 112: Ambiental nuevo 2015 final

Artículo 33 prescribe: Las personas tienen derecho a un medio ambiente

saludable, protegido y equilibrado. El ejercicio de este derecho debe

permitir a los individuos y

colectividades de las presentes y

futuras generaciones, además de otros

seres vivos, desarrollarse de manera

normal y perma nente.

En el preámbulo de la Constitución de

la república del Ecuador de 2008 se

dice: Celebrando a la naturaleza, la

Pacha Mama de la que somos parte y

que es vital para nuestra existencia, y después señala que decide

construir: Una nueva forma de convivencia ciudadana, en diversidad y

armonía con la naturaleza para alcanzar el buen vivir, el Sumak kawsay.

Es clarísimo que en ambas constituciones la Tierra asume la condición de

sujeto de derechos, en forma expresa en la constitución ecuatoriana y

algo tácita en la boliviana, pero con iguales efectos en ambos: cualquiera

puede reclamar por sus derechos, sin que se requiera que sea afectado

personalmente, supuesto que sería primario si se le considerase un

derecho exclusivo de los humanos. Más de quinientos veinte tres años

de colonialismo, neocolonialismo, genocidio y dominación, no pudieron

borrar de las culturas de los pueblos andinos la ofrenda a la tierra y el

ideal de convivencia armoniosa con del Sumak Kawsay, que hoy -

removidas las capas que lo oprimían- vuelve a la superficie como mensaje

al mundo y en especial a la especie humana en riesgo de colapso y

extinción.56 (Safaroni 2011)

Nuestro punto de partida para abordar el presente trabajo es colocar

como fin supremo del Estado y la sociedad la defensa de la vida, la

dignidad de la persona humana y los derechos de la Pachamama, de la

56 Safaroni 2011

Page 113: Ambiental nuevo 2015 final

que somos parte y que es vital para nuestra existencia, donde se

reproduce y realiza la vida, tiene derecho a que se respete integralmente

su existencia y el mantenimiento y regeneración de sus ciclos vitales,

estructura, funciones y procesos evolutivos. Esta declaración general, en

términos jurídicos, se debe convertir en un principio general del Derecho,

es decir un medio de interpretación sistemática para el conjunto del texto

de la constitución, así como sobre normas de menor jerarquía.

Carta del Jefe Seattle al presidente de los Estados Unidos

Jefe Seattle

Nota.El presidente de los Estados Unidos, Franklin Pierce, envía en 1854

una oferta al jefe Seattle, de la tribu Suwamish, para comprarle los

territorios del noroeste de los Estados Unidos que hoy forman el Estado de

Wáshington. A cambio, promete crear una "reservación" para el pueblo

indígena. El jefe Seattle responde en 1855.

El Gran Jefe Blanco de Wáshington ha ordenado hacernos saber que nos

quiere comprar las tierras. El Gran Jefe Blanco nos ha enviado también

palabras de amistad y de buena voluntad. Mucho apreciamos esta

gentileza, porque sabemos que poca falta le hace nuestra amistad.

Vamos a considerar su oferta pues sabemos que, de no hacerlo, el

hombre blanco podrá venir con sus armas de fuego a tomar nuestras

tierras. El Gran Jefe Blanco de Wáshington podrá confiar en la palabra del

jefe Seattle con la misma certeza que espera el retorno de las estaciones.

Como las estrellas inmutables son mis palabras.

¿Cómo se puede comprar o vender el cielo o el calor de la tierra? Esa es

para nosotros una idea extraña.

Si nadie puede poseer la frescura del viento ni el fulgor del agua, ¿cómo

Page 114: Ambiental nuevo 2015 final

es posible que usted se proponga comprarlos?

Cada pedazo de esta tierra es sagrado para mi pueblo. Cada rama

brillante de un pino, cada puñado de arena de las playas, la penumbra de

la densa selva, cada rayo de luz y el zumbar de los insectos son sagrados

en la memoria y vida de mi pueblo. La savia que recorre el cuerpo de los

árboles lleva consigo la historia del piel roja.

Los muertos del hombre blanco olvidan su tierra de origen cuando van a

caminar entre las estrellas. Nuestros muertos jamás se olvidan de esta

bella tierra, pues ella es la madre del hombre piel roja. Somos parte de la

tierra y ella es parte de nosotros. Las flores perfumadas son nuestras

hermanas; el ciervo, el caballo, el gran águila, son nuestros hermanos.

Los picos rocosos, los surcos húmedos de las campiñas, el calor del

cuerpo del potro y el hombre, todos pertenecen a la misma familia.

Por esto, cuando el Gran Jefe Blanco en Wáshington manda decir que

desea comprar nuestra tierra, pide mucho de nosotros. El Gran Jefe

Blanco dice que nos reservará un lugar donde podamos vivir satisfechos.

Él será nuestro padre y nosotros seremos sus hijos. Por lo tanto, nosotros

vamos a considerar su oferta de comprar nuestra tierra. Pero eso no será

fácil. Esta tierra es sagrada para nosotros. Esta agua brillante que se

escurre por los riachuelos y corre por los ríos no es apenas agua, sino la

sangre de nuestros antepasados. Si les vendemos la tierra, ustedes

deberán recordar que ella es sagrada, y deberán enseñar a sus niños que

ella es sagrada y que cada reflejo sobre las aguas limpias de los lagos

hablan de acontecimientos y recuerdos de la vida de mi pueblo. El

murmullo de los ríos es la voz de mis antepasados.

Los ríos son nuestros hermanos, sacian nuestra sed. Los ríos cargan

nuestras canoas y alimentan a nuestros niños. Si les vendemos nuestras

tierras, ustedes deben recordar y enseñar a sus hijos que los ríos son

Page 115: Ambiental nuevo 2015 final

nuestros hermanos, y los suyos también. Por lo tanto, ustedes deberán

dar a los ríos la bondad que le dedicarían a cualquier hermano.

Sabemos que el hombre blanco no comprende nuestras costumbres. Para

él una porción de tierra tiene el mismo significado que cualquier otra, pues

es un forastero que llega en la noche y extrae de la tierra aquello que

necesita. La tierra no es su hermana sino su enemiga, y cuando ya la

conquistó, prosigue su camino. Deja atrás las tumbas de sus antepasados

y no se preocupa. Roba de la tierra aquello que sería de sus hijos y no le

importa.

La sepultura de su padre y los derechos de sus hijos son olvidados. Trata

a su madre, a la tierra, a su hermano y al cielo como cosas que puedan

ser compradas, saqueadas, vendidas como carneros o adornos coloridos.

Su apetito devorará la tierra, dejando atrás solamente un desierto.

Yo no entiendo, nuestras costumbres son diferentes de las suyas. Tal vez

sea porque soy un salvaje y no comprendo.

No hay un lugar quieto en las ciudades del hombre blanco. Ningún lugar

donde se pueda oír el florecer de las hojas en la primavera o el batir las

alas de un insecto. Más tal vez sea porque soy un hombre salvaje y no

comprendo. El ruido parece solamente insultar los oídos.

¿Qué resta de la vida si un hombre no puede oír el llorar solitario de un

ave o el croar nocturno de las ranas alrededor de un lago?. Yo soy un

hombre piel roja y no comprendo. El indio prefiere el suave murmullo del

viento encrespando la superficie del lago, y el propio viento, limpio por

una lluvia diurna o perfumado por los pinos.

El aire es de mucho valor para el hombre piel roja, pues todas las cosas

comparten el mismo aire -el animal, el árbol, el hombre- todos comparten

el mismo soplo. Parece que el hombre blanco no siente el aire que

Page 116: Ambiental nuevo 2015 final

respira. Como una persona agonizante, es insensible al mal olor. Pero si

vendemos nuestra tierra al hombre blanco, él debe recordar que el aire es

valioso para nosotros, que el aire comparte su espíritu con la vida que

mantiene. El viento que dio a nuestros abuelos su primer respiro, también

recibió su último suspiro. Si les vendemos nuestra tierra, ustedes deben

mantenerla intacta y sagrada, como un lugar donde hasta el mismo

hombre blanco pueda saborear el viento azucarado por las flores de los

prados.

Por lo tanto, vamos a meditar sobre la oferta de comprar nuestra tierra. Si

decidimos aceptar, impondré una condición: el hombre blanco debe tratar

a los animales de esta tierra como a sus hermanos.

Soy un hombre salvaje y no comprendo ninguna otra forma de actuar. Vi

un millar de búfalos pudriéndose en la planicie, abandonados por el

hombre blanco que los abatió desde un tren al pasar. Yo soy un hombre

salvaje y no comprendo cómo es que el caballo humeante de hierro

puede ser más importante que el búfalo, que nosotros sacrificamos

solamente para sobrevivir.

¿Qué es el hombre sin los animales? Si todos los animales se fuesen, el

hombre moriría de una gran soledad de espíritu, pues lo que ocurra con

los animales en breve ocurrirá a los hombres. Hay una unión en todo.

Ustedes deben enseñar a sus niños que el suelo bajo sus pies es la

ceniza de sus abuelos. Para que respeten la tierra, digan a sus hijos que

ella fue enriquecida con las vidas de nuestro pueblo. Enseñen a sus niños

lo que enseñamos a los nuestros, que la tierra es nuestra madre. Todo lo

que le ocurra a la tierra, le ocurrirá a los hijos de la tierra. Si los hombres

escupen en el suelo, están escupiendo en sí mismos.

Esto es lo que sabemos: la tierra no pertenece al hombre; es el hombre el

que pertenece a la tierra. Esto es lo que sabemos: todas la cosas están

Page 117: Ambiental nuevo 2015 final

relacionadas como la sangre que une una familia. Hay una unión en todo.

Lo que ocurra con la tierra recaerá sobre los hijos de la tierra. El hombre

no tejió el tejido de la vida; él es simplemente uno de sus hilos. Todo lo

que hiciere al tejido, lo hará a sí mismo.

Incluso el hombre blanco, cuyo Dios camina y habla como él, de amigo a

amigo, no puede estar exento del destino común. Es posible que seamos

hermanos, a pesar de todo. Veremos. De una cosa estamos seguros que

el hombre blanco llegará a descubrir algún día: nuestro Dios es el mismo

Dios.

Ustedes podrán pensar que lo poseen, como desean poseer nuestra

tierra; pero no es posible, Él es el Dios del hombre, y su compasión es

igual para el hombre piel roja como para el hombre piel blanca.

La tierra es preciosa, y despreciarla es despreciar a su creador. Los

blancos también pasarán; tal vez más rápido que todas las otras tribus.

Contaminen sus camas y una noche serán sofocados por sus propios

desechos.

Cuando nos despojen de esta tierra, ustedes brillarán intensamente

iluminados por la fuerza del Dios que los trajo a estas tierras y por alguna

razón especial les dio el dominio sobre la tierra y sobre el hombre piel

roja.

Este destino es un misterio para nosotros, pues no comprendemos el que

los búfalos sean exterminados, los caballos bravíos sean todos domados,

los rincones secretos del bosque denso sean impregnados del olor de

muchos hombres y la visión de las montañas obstruida por hilos de

hablar.

¿Qué ha sucedido con el bosque espeso? Desapareció.

Page 118: Ambiental nuevo 2015 final

¿Qué ha sucedido con el águila? Desapareció.

La vida ha terminado. Ahora empieza la supervivencia.

En la Constitución Política del Perú, el reconocimiento del derecho de los

ciudadanos a vivir en un ambiente sano, ecológicamente equilibrado se

produjo, en primer lugar, con la dación de la Constitución Política de 1979, la

misma que, en su artículo 123° reconoció de modo expreso el derecho a un

ambiente saludable, ecológicamente equilibrado y adecuado para el

desarrollo de la vida. El artículo 2° numeral 22° de la Constitución es una

innovación de la Constitución vigente porque se le incluye en el listado de los

derechos fundamentales, es decir para que no quepa la menor duda que es

un derecho humano fundamental en nuestro país el poder gozar de un

ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de la vida; por tanto éste es un

derecho invocable y exigible por cualquier ciudadano en nuestro

ordenamiento legal.

Se reconoce que un ambiente sano es una condición sine qua non de la

propia vida y que ningún ser humano podría vivir en un ambiente no vivible o

profundamente alterado. Por ello la Constitución en el numeral 22° del

artículo 2° consagra como derecho fundamental del ser humano el derecho

a vivir en un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de la vida, no

basta que sea equilibrado, un basural es perfectamente equilibrado tenemos

en un basural ratas, lombrices, etc., pero no es adecuado para el desarrollo

de la vida, entonces tienen que concurrir esas dos condiciones.57 (Andaluz

Westreicher, Carlos Derecho Ambiental 2002).

La Constitución de 1979 reconocía en su artículo 123° que: “Todos

tienen el derecho de habitar en ambiente saludable, ecológicamente

equilibrado y adecuado para el desarrollo de la vida y la preservación del

paisaje y la naturaleza.

57 Andaluz Westreicher, Carlos Derecho Ambiental 2002

Page 119: Ambiental nuevo 2015 final

Todos tienen el deber de conservar dicho ambiente. Es obligación del Estado

prevenir y controlar la contaminación ambiental.

Debemos tener presente que todos tenemos derecho al medio ambiente

adecuado, como derecho a disfrutar directamente de los parámetros idóneos

de la biosfera, y el derecho a su protección, como derecho a que las

instituciones públicas provean de instrumentos para prevenir la degradación,

proteger y restaurar, donde fuese necesario, el medio ambiente. El derecho al

medio ambiente adecuado precede lógicamente al derecho a su protección.

La Constitución Política del Perú de

1993, en su artículo 66° dispone que

“…los recursos naturales, renovables y

no renovables, son patrimonio de la

Nación. El Estado es soberano en su

aprovechamiento.”. El artículo 67

indica que el Estado determina la

política nacional del ambiente.

Promueve el uso sostenible de sus

recursos naturales.

El hecho de señalar que los Recursos Naturales son patrimonio de la Nación,

implica que estos y su explotación no están separados del interés

nacional. La soberanía a la cual se hace referencia está referida al ius

imperium o supremacía jurídica que el Estado ejerce en su territorio,

que le permite al Estado explotar sus propios recursos en aplicación a su

propia política ambiental.

La responsabilidad de conducir el aprovechamiento al cual se refiere

corresponde al Estado, al cual la Constitución le da atribución soberana para

decidir. En palabras de Enrique Bernales “…esta es una manera de expresar

que nadie puede interferir sino el gobierno que ejercite el poder, podrá

establecer las condiciones en que ello se lleve a cabo…”. El artículo 67°

señala que “El Estado determina la política nacional del ambiente. Promueve

el uso sostenible de sus recursos naturales.”, al respecto Enrique Bernales B.

Page 120: Ambiental nuevo 2015 final

Página 120

señala que “…la política nacional del ambiente consiste en el conjunto de

principios y acciones a llevar a cabo en el país, con el objetivo de

proteger los recursos naturales y el ambiente natural en que se desarrolla

la vida humana. Debe tenerse provisiones para cubrir las necesidades de

protección de todos los ámbitos del país y no sólo de los núcleos centrales de

la vida nacional”. “El uso sostenible de los recursos naturales consiste en el

principio de que si bien los recursos naturales pueden ser utilizados por el ser

humano, no deben ser destruidos o devastados al punto de hacerlos

desaparecer o degradar” 58

(BERNALES BALLESTEROS, Enrique. Análisis

de la Constitución. 1999.)

El artículo 68° señala

que “El Estado está

obligado a promover la

conservación de la

diversidad biológica y

de las áreas naturales

protegidas”. En este

caso será el Gobierno el

encargado de dar

cumplimiento a estos

mandatos, para lo cual como se mencionó anteriormente se deben de diseñar

políticas adecuadas y proveer los recursos suficientes a fin de conservar el

medio ambiente.

Ante todo lo ya analizado debemos de tener en cuenta que sólo nos

cabe una posibilidad, que siendo la Constitución la norma suprema de

imprescindible cumplimiento en cualquier Estado de Derecho, no existe otra

alternativa que asumir el verdadero estado de la situación en forma

consciente y preocuparnos no solamente por el nivel y calidad de vida que el

progreso y la modernidad nos ofrece, sino que debemos otorgar al entorno

ecológico la importancia que tiene considerando que está íntimamente

58 BERNALES BALLESTEROS, Enrique. Análisis de la Constitución. 1999

Page 121: Ambiental nuevo 2015 final

Página 121

relacionado con nuestra propia supervivencia sobre la faz del planeta

Tierra, único hogar del universo que –por el momento- nos es posible

ocupar.

SECCION

3.- DERECHOS HUMANOS Y LOS RECURSOS NATURALES

Concepto.

Los derechos humanos son

principios, de aceptación universal,

reconocidos constitucionalmente y

garantizados jurídicamente,

orientados a asegurar la dignidad

del ser humano como persona, en

su dimensión individual y social,

material y espiritual.

Constituyen prerrogativas que el derecho internacional concede a la persona

frente a los órganos del Estado, para preservar su dignidad e impedir que éste

interfiera en el ejercicio de ciertos derechos fundamentales, o para obtener del

mismo la satisfacción de ciertas necesidades básicas inherentes a todo ser

humano por el hecho de serlo y reflejen condiciones para una vida digna.

Históricamente, los derechos humanos han sido resultado de luchas sociales

por lograr mejores condiciones de vida para los seres humanos. Como fruto de

estas luchas han quedado documentos en los que se consagran diversas

garantías.

Los derechos humanos sirven entonces para

defender los derechos de los humanos contra

los abusos del poder y para promover el

establecimiento de condiciones de vida dignas

y el desarrollo pleno de la persona humana.

Page 122: Ambiental nuevo 2015 final

Página 122

Fundamento.

El valor social fundamental de la dignidad de la

persona humana es el fundamento de los

derechos humanos, y la realidad social o

intersubjetiva proporcionan la consistencia

necesaria para que puedan ser reconocidos,

respetados y promovidos en su conjunto, de forma

indivisible e interdependiente, y puedan

proyectarse hacia un desarrollo siempre

perfectible.

El fundamento de los derechos humanos tiene las

siguientes características:

• Es estable o permanente, al constituirse en el centro de gravedad o

referencia que les da sentido de unidad y permanencia.

• Tiene carácter histórico, en cuanto va tomando significado y sentido

según las distintas épocas o culturas que lo materializan. Por lo tanto, es

formalmente estable, pero materialmente variable; es decir, tiene

estructura estable, pero contenido variable.

• Existe por ende un concepto formal y universalmente aceptado acerca

del mismo, que es la dignidad de la persona humana, pero su significado

y contenido varía de unas culturas a otras y de una épocas a otras.

• Se va enriqueciendo históricamente, en cuanto que las conquistas y

logros para la dignidad de la persona humana se convierten en cada

época en el mínimo imprescindible para épocas futuras. Como

consecuencia, se va ensanchando y llenando de contenido a lo largo de

la historia.

• Determina en una doble dirección, la base, el sustento y el engarce

tanto de los derechos humanos, como de sus correlativos deberes

básicos, y a su vez de los derechos fundamentales y sus correlativos

deberes jurídicos fundamentales.

Page 123: Ambiental nuevo 2015 final

Página 123

• Tiene naturaleza valorativa al ser un valor social fundamental que está

en estrecha relación con un doble plano de lo social: con las

necesidades básicas, que constituyen el objeto de los derechos

humanos, y con los demás valores sociales fundamentales: justicia,

igualdad, paz, vida, seguridad y felicidad.

Límites.

En el ámbito de ejercicio de los derechos humanos, hay dos conceptos que

aunque están estrechamente unidos son distintos: el de límite y el de limitación

de los derechos fundamentales.

Los límites suponen la barrera infranqueable en el ejercicio de los derechos

humanos que viene determinada o estructurada por la propia naturaleza y el

contenido esencial de cada derecho y en armonía con los anteriores, por la

posibilidad de existencia de congruencia, no contradicción o compatibilidad en

su ejercicio de los distintos derechos, de tal manera que el ejercicio de uno no

impida el ejercicio de otro u otros.

Las limitaciones, por el contrario, no derivan o son consecuencia directa de la

naturaleza y estructura de los derechos fundamentales, sino de la regulación

concreta que se haga de los mismos. Entre los límites y las limitaciones existe

una relación muy estrecha, que se puede sintetizar en los siguientes puntos:

• Las limitaciones son especificaciones normativas a los límites que los

derechos fundamentales tienen en cuanto que derechos humanos.

• Las limitaciones no pueden exceder el ámbito de los límites de los

derechos humanos, lo contrario supondría la pura y simple supresión del

derecho fundamental del que se trate. Este principio es fundamental e

incondicionado; válido, en consecuencia, para situaciones sociales

excepcionales.

• Existe una total dependencia y derivación de las limitaciones respecto

de los límites de los derechos fundamentales. Conviene resaltar que los

textos internacionales de derechos humanos, las legislaciones internas,

la doctrina jurisprudencial interna e internacional y la doctrina de los

Page 124: Ambiental nuevo 2015 final

Página 124

autores establecen como límites de los derechos humanos, los

siguientes:

• El derecho ajeno. Establecido como derivación del carácter sistemático

de los derechos humanos, del principio de coordinación de los mismos y

del contenido del derecho de que se trate. Por ejemplo el derecho a la

libertad de expresión tiene su límite en el derecho a la intimidad o en el

derecho al honor de otra persona.

• El orden público. En este caso los límites tienen estas características

fundamentales:

- La aplicación de la cláusula de orden público debe respetar

rigurosamente las garantías normativas, especialmente los

principios de legalidad y jerarquía normativa. A tenor de ellos,

deben definirse por la ley los supuestos que dan lugar a la

excepción del orden público; las competencias que corresponden

a las autoridades administrativas en la adopción de las medidas

de las que se trate; la imposibilidad de que sus disposiciones

violen normas de rango superior, etc.

- Debe existir congruencia y proporcionalidad entre los medios

empleados para mantener el orden público y los fines que se

deseen alcanzar, referidos necesariamente a la evitación o

remedio de desórdenes efectivos.

- La aplicación del orden público en la esfera de los derechos

fundamentales debe entenderse siempre como de carácter

excepcional, sin que quepa una explicación arbitraria, caprichosa

o extensiva de esta cláusula.

- Los tribunales deben ser en última instancia los que

salvaguarden (especialmente a través de los recursos de

constitucionalidad y amparo) los derechos fundamentales ante

posibles arbitrariedades de la administración.

Page 125: Ambiental nuevo 2015 final

Página 125

• El abuso del derecho. Entendido como la responsabilidad en la que

incurre quién no obstante ejercer un derecho, lo hace sin necesidad o

beneficio para él, y por el contrario en perjuicio de otra persona.

Generaciones.-

Si se reconoce la forma progresiva en que los derechos humanos han ido

institucionalizándose a lo largo de la historia, es posible distinguir hasta tres

generaciones de estos derechos, precisándose que tal reconocimiento de

ninguna manera significa afirmar que los derechos de una generación

existieron en el tiempo antes que los de una segunda generación; tampoco que

exista una prioridad de una generación sobre otra.

Existen diversas formas de clasificar los derechos humanos; una de las más

conocidas es la llamada tres generaciones, en la que se toma en cuenta su

protección progresiva.

Primera generación, o de derechos civiles y políticos

Surgen con la Revolución Francesa, como rebelión contra el absolutismo

del monarca. Imponen al Estado el deber de respetar siempre los

derechos fundamentales del ser humano.

Page 126: Ambiental nuevo 2015 final

Página 126

Segunda generación o de derechos económicos, sociales y

culturales

La constituyen los derechos de tipo colectivo, los sociales, económicos y

culturales. Surgen como resultado de la Revolución Industrial, por la

desigualdad económica. México fue el primer país en incluirlas en su

Constitución, en 1917.

Los derechos económicos, sociales y culturales surgen después de la

Segunda Guerra Mundial. Se integran como sigue.

Tercera generación o derechos de los pueblos o de solidaridad

Surgen en nuestro tiempo como respuesta a la necesidad de

cooperación entre las naciones y de los distintos grupos que la integran.

Se forma por los llamados derechos de los pueblos:

• A la paz;

• Al desarrollo económico;

• A la autodeterminación;

• A un ambiente sano;

• A beneficiarse del patrimonio común de la humanidad;

• A la solidaridad.

Page 127: Ambiental nuevo 2015 final

Página 127

Titularidad:

Basándonos en el concepto de dignidad humana, es posible afirmar que la

titularidad de los derechos humanos le pertenece a toda persona, como

individuo, sin ningún tipo de discriminación de raza, sexo, nacionalidad,

capacidad, etc.

En este sentido, el concebido

igualmente posee la titularidad

de estos derechos, mientras que,

por el contrario, la persona

jurídica no es titular de derechos

humanos en tanto pertenece a la

empresa. Pero cada persona

como individuo es titular y para su ejercicio será indispensable la interacción

social solidaria y equitativa.

Page 128: Ambiental nuevo 2015 final

Página 128

Integralidad:

¿Podemos tener salud si no hay agua potable y no contaminada?, ¿si no

tenemos un servicio de recolección de basura diario y eficiente?, ¿si nuestra

comida no es balanceada o simplemente completa?, ¿si en los hospitales no

recibimos la atención debida?

¿Podemos vivir una vida digna si los salarios no son justos y las condiciones de

trabajo no nos dejan tiempo para desarrollarnos como personas y como

integrantes de la comunidad, pues debemos trabajar más de las ocho horas

diarias para sobrevivir?

¿Podemos esperar que nuestros hijos o hermanos aprendan en la escuela si

no están bien alimentados o no tienen un espacio cómodo e higiénico para

estudiar en casa? ¿O si tienen que salir a trabajar desde niños o si en las

cercanías del hogar no hay escuelas? ¿Podemos ejercer el derecho a

participar en los destinos del país y elegir si nos reprimen cuando

manifestamos para reclamar nuestros derechos?

Desde hace mucho tiempo la gente que trabaja por los derechos humanos ha

intentado responder a estas preguntas. No ha sido fácil ponerse de acuerdo y

más bien el resultado han sido diferentes posiciones sobre los derechos

humanos, que no siempre favorecen la visión integral de los mismos.

¿En qué consiste la integralidad de los derechos humanos?

Si todos los derechos son fundamentales, no debemos establecer ningún tipo

de jerarquía entre ellos y mucho menos creer que unos son más importantes

que otros. Es difícil pensar en tener una vida digna si no disfrutamos de todos

los derechos. Violar cualquiera de ellos es atentar contra la dignidad humana,

que se fundamenta en la igualdad y la libertad, tal como lo establece el Artículo

1 de la Declaración Universal, cuando establece que "todos los seres humanos

nacen libres e iguales en dignidad y derechos".59

Si definimos integralidad como "partes integrantes de un todo", en el caso de

los derechos humanos significa que estos son indivisibles e interdependientes.

59

Artículo 1 de la Declaración Universal

Page 129: Ambiental nuevo 2015 final

Página 129

Tal y como lo afirma el Relator Especial de Naciones Unidas en su informe

sobre la realización de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales de

1992:"... todos los derechos humanos y las libertades fundamentales son

indivisibles e interdependientes; debe darse igual atención y urgente

consideración a la aplicación, promoción y protección de los derechos civiles,

políticos, económicos, sociales y culturales".60

En síntesis, la integralidad la entendemos como lo plantea también el Relator

Especial cuando afirma que "la promoción, el respeto y el disfrute de ciertos

derechos humanos y libertades fundamentales no pueden justificar la

denegación de otros derechos y libertades fundamentales".

¿Qué quiere decir esto?

• Que obviamente no gozamos del derecho a la salud si el Estado no

garantiza buenos servicios públicos y atención adecuada en los

hospitales.

• Que obviamente no tenemos una vida digna si no tenemos salarios

justos o buenas condiciones de trabajo.

• Que obviamente sólo tendremos acceso a la educación si contamos

con una vivienda digna y una buena alimentación.

• Que obviamente no existe democracia si no podemos ejercer

libremente el derecho a manifestarnos para defender nuestros derechos

o peticiones.

• Que obviamente sólo lograremos que la integralidad de los derechos

humanos sea una realidad cuando eduquemos, luchemos y exijamos al

Estado la vigencia de todos los derechos humanos por igual y para

todos.

Los daños ambientales constituyen violación a los derechos humanos.

La violación de los derechos humanos podemos entenderla desde un sentido

lógico al daño a aspectos inherentes a la misma persona humana en cualquiera

60 Relator Especial de Naciones Unidas en su informe sobre la realización de los Derechos Económicos,

Sociales y Culturales de 1992

Page 130: Ambiental nuevo 2015 final

Página 130

de sus dimensiones, previamente protegidas por las normas nacionales e

internacionales de derechos humanos. Refiere la oficina en Colombia del Alto

Comisionado de las Naciones Unidas para los derechos humanos. “Una

violación del derecho a la vida, no se produce solamente cuando se produce en

la muerte de la persona, ya que otros actos y situaciones que amenazan o

ponen en peligro la vida también pueden constituir una violación de las

obligaciones del Estado en la materia. A pesar de su innegable importancia, el

derecho a la vida no es absoluto. La normativa internacional no prohíbe

categóricamente la privación de la vida, sino que establece condiciones que la

rigen y determinan cuando la privación de este bien supremo es lícita. Los

criterios principales establecen que dicha privación no puede ser circunstancia

alguna arbitraria ni ilegal”.61

El derecho humano al agua. La Asamblea General de las Naciones Unidas ha

reconocido como derecho humano el derecho al agua potable a través de su

resolución A/RES/64/292 emitida en sesión el 28 de Julio del 2010, declarando

que el derecho al agua potable y el saneamiento es un derecho humano

esencial para el pleno disfrute de la vida y de todos los derechos

humanos. En el segundo informe de la oficina del Alto Comisionado de

las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, se aclara que el Estado

no puede eximirse de sus obligaciones de derechos humanos aun cuando

sean actores no estatales los que prestan los servicios, por tanto el

estado sigue siendo el principal obligado a lo concerniente a derechos

humanos.62

61

La oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los derechos

humanos. 62 Resolución A/RES/64/292 emitida en sesión el 28 de Julio del 2010

Page 131: Ambiental nuevo 2015 final

Página 131

No debe escapar la consideración de sostener el carácter autónomo de este

derecho, porque supeditar este derecho al contenido de otros derechos

humanos, supondría correr el riesgo de no salvaguardar aspectos esenciales

propios del derecho al agua limitándolo a la concreción de estos otros

derechos, en otras palabras, no se permitiría retractar el significado particular

que el mismo representa ya que no todos sus componentes se verían

reconducidos con los otros contenidos.

Los derechos humanos como derechos inherentes a la persona humana y

límite al poder estatal.

Los derechos humanos tienen su origen en la propia naturaleza del ser

humano. La dignidad del ser humano implica libertad e igualdad. Al respecto, la

Declaración Universal señala en su Preámbulo que "todos los hombres nacen

libres e iguales en dignidad y derechos (...)."

En el ámbito internacional, los derechos inherentes a la persona toman la

denominación de derechos humanos. En dicho ámbito el Estado resulta

responsable por cualquier violación de los mismos, mientras que en el ámbito

interno se los identifica como derechos fundamentales o derechos

constitucionales de la persona humana, los que deben ser respetados y

garantizados por el propio Estado, pudiendo caer en responsabilidad

internacional en cuanto no sea capaz de adoptar las acciones necesarias para

atender, sancionar y reparar adecuadamente las violaciones a estos derechos

fundamentales dentro de la jurisdicción nacional.

Los derechos humanos surgen como una respuesta a la necesidad de

establecer límites al poder público. Por lo tanto, consisten en derechos

subjetivos de defensa de los individuos frente al Estado.

Las primeras declaraciones de derechos individuales con fuerza legal,

fundadas sobre el reconocimiento de derechos inherentes al ser humano, las

encontramos en las revoluciones de Independencia norteamericana e

iberoamericana, así como en la Revolución Francesa.

Page 132: Ambiental nuevo 2015 final

Página 132

Dichas declaraciones constituyen la manifiesta expresión de la lucha por

eliminar los gobiernos absolutistas y reemplazarlos por gobiernos

democráticos.

De esta forma se realiza el tránsito hacia el Estado de Derecho, que implica la

delimitación y reglamentación de las funciones de poder mediante un control

del Estado por el derecho y la adopción de las formas representativas con la

finalidad de defender los derechos de los ciudadanos.

Esto evidencia no sólo el derecho paralelo y estrechamente vinculado entre el

Estado de Derecho y los derechos humanos, sino también que estos derechos

se constituyen en los principios inspiradores de la política estatal, cumpliendo

un rol de fundamento y límite de todas las

normas que rigen los poderes públicos.

El Estado de Derecho es el producto de la

necesidad de conciliar los derechos de los

particulares con la soberanía estatal, de

modo tal que las normas no sean un

producto arbitrario, sino el resultado de

una voluntad mayoritaria democrática,

dirigida a garantizar los derechos fundamentales.

La dignidad de la persona y los derechos humanos como fundamento del

orden político democrático.

Los derechos humanos, sin dejar a un lado su carácter inicial de derechos de

defensa frente al Estado, se proyectan más allá para arribar a una dimensión

funcional e institucional que los convierte en parte esencial de un ordenamiento

democrático en deberes positivos por parte del propio Estado que consisten en

contribuir a la efectividad de dichos derechos.

Estos derechos positivos del Estado comprenden a todo empleado público y

personas que prestan servicios al Estado bajo cualquier modalidad, así como a

los miembros de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional.

Page 133: Ambiental nuevo 2015 final

Página 133

Al pronunciarse sobre este aspecto la Corte Interamericana de Derechos

Humanos señaló: "en una sociedad democrática los derechos y libertades

inherentes a la persona, sus garantías y el Estado de Derecho constituyen una

triada", en la que cada componente se define, completa y adquiere sentido en

función de los otros.63 (Caso Yatama, sentencia de 23 jun. 2005, párrafo 191).

En el ámbito regional, la Carta de la OEA establece, entre otros principios, tres

estrechamente vinculados: la solidaridad de los estados americanos, la que

requiere la organización política de los mismos sobre la base del ejercicio

efectivo de la democracia representativa (artículo 3 d.); la proclamación de los

derechos humanos sin distinción (artículo 3 I.), así como la eliminación de la

pobreza crítica como parte esencial de la promoción y consolidación de la

democracia representativa, lo que constituye responsabilidad común y

compartida de los estados americanos (artículo 3 f.).

La consideración de la pobreza crítica hace necesario tener presente que la

relación entre democracia y derechos humanos no se agota en los derechos

políticos.

La Carta Democrática Interamericana, adoptada en Vigésimo Octavo Periodo

Extraordinario de Sesiones de la Asamblea General de la OEA, en setiembre

del 2001, establece en su artículo 13 que la promoción y observancia de los

derechos económicos, sociales y culturales son consustanciales al desarrollo

integral, al crecimiento económico con equidad y a la consolidación de la

democracia en los estados del hemisferio.

Sin embargo, la unión indisoluble de estos conceptos llega a su máxima

expresión con la consideración de la democracia en sí misma como un derecho

de los pueblos, concepto repetido también en la Carta Andina para la

Promoción y Protección de los Derechos Humanos, de julio de 2002.

Promoción y protección conjunta de los derechos civiles, políticos,

económicos, sociales y culturales u derecho colectivo como obligación

exigible al Estado.

63 Yatama, sentencia de 23 jun. 2005, párrafo 191

Page 134: Ambiental nuevo 2015 final

Página 134

El Estado, a través de estos tratados sobre la materia, se obliga a promover y

proteger todos los derechos humanos, de tal modo que, junto con el

cumplimiento inmediato y pleno de los derechos civiles y políticos, debe

garantizar el respeto a los derechos mínimos de subsistencia para todos, con

independencia del nivel de desarrollo económico del país.

En el campo de los derechos económicos, sociales y culturales, se admite un

margen de discrecionalidad de parte del Estado, para que seleccione los

medios para llevar a cabo sus objetivos. Sin embargo, esta discrecionalidad va

de la mano con la obligación de iniciar inmediatamente el proceso encaminado

a la completa realización de los derechos económicos, sociales y culturales.

Por tanto, los esfuerzos desplegados por el Estado en este sentido no pueden

ser diferidos indefinidamente.

El Tribunal Constitucional tiene numerosa jurisprudencia sobre la

materia, en donde se recoge los desarrollos logrados en el campo

internacional.

Al respecto establece:

"No se trata, sin embargo, de meras normas programáticas de eficacia mediata,

como tradicionalmente se ha señalado para diferenciarlos de los denominados

derechos civiles y políticos de eficacia inmediata, pues justamente su mínima

satisfacción representa una garantía indispensable para el goce de los

derechos civiles y políticos. Sin educación, salud y calidad de vida digna en

general, mal podría hablarse de libertad e igualdad social, lo que hace que

tanto el legislador como la administración de justicia deban pensar en su

reconocimiento en forma conjunta e interdependiente".64 (Sentencia del

Tribunal Constitucional emitida el 5 de octubre del 2004 en el Exp. 2016-2004-

AA-TC. Fundamento 10).

Luego de analizar el principio de progresividad en el gasto público, el Tribunal

sentencia:

64 Sentencia del Tribunal Constitucional emitida el 5 de octubre del 2004 en el Exp. 2016-2004-AA-TC.

Fundamento 10

Page 135: Ambiental nuevo 2015 final

Página 135

"... no puede ser sentenciado con carácter indeterminado y, de este modo,

servir de alegato frecuente ante la inacción del Estado, pues para este

Colegiado la progresividad del gasto no está exenta de observar el

establecimiento de plazos razonables, ni de acciones concretas y constantes

del Estado para la implementación de políticas públicas".65 (Sentencia del

Tribunal Constitucional emitida el 8 de julio del 2005 en el Exp. 141 7-2005-AA-

TC)

Se debe entender que el Estado incumple con sus obligaciones en materia de

derechos económicos, sociales y culturales y derechos colectivos cuando: no

logra adoptar una medida exigida por los tratados sobre la materia; no logra

remover con la mayor brevedad posible y cuando deba hacerlo, todos los

obstáculos que impidan la realización inmediata de un derecho;

deliberadamente, no logra satisfacer una norma internacional mínima de

realización generalmente aceptada y para cuya satisfacción está capacitado;

retrasa deliberadamente o detiene la realización progresiva de un derecho, a

menos que actúe dentro de los limites permitidos en el tratado o que dicha

conducta se deba a la falta de recursos o a una fuerza mayor.

La labor de protección en el ámbito universal.

Los principales tratados de las Naciones Unidas en materia de derechos

humanos establecen un conjunto de órganos encargados de la vigilancia y del

cumplimiento de los mismos, llamados comités, conocidos como mecanismos

convencionales. El Estado debe presentar ante cada uno de estos comités,

informes nacionales periódicos sobre el cumplimiento de los compromisos

asumidos en el respectivo tratado.

Con la presentación de informes nacionales no se busca condenar al Estado

que no cumple, sino acompañarlo en un proceso serio de aplicación práctica de

los compromisos. Esto implica que adicionalmente a la finalidad de conocer la

marcha real de la implementación, promoción y protección de los derechos

humanos dentro del Estado a través del informe, éste se convierte en base

documental para establecer un diálogo con los comités de Naciones Unidas en

65 Sentencia del Tribunal Constitucional emitida el 8 de julio del 2005 en el Exp. 141 7-2005-AA-TC

Page 136: Ambiental nuevo 2015 final

Página 136

el que se explican los logros y dificultades del lado del Estado, y el análisis y

las recomendaciones al proceso de parte de estos órganos. En este sentido, el

Estado debe dar especial valor a dichas recomendaciones y tenerlas presentes

al momento de evaluar el estado de cumplimiento de los tratados.

La elaboración de dichos informes debe convertirse en una promisoria

oportunidad para generar un amplio debate público sobre los logros y planes

destinados a la realización de los derechos civiles, políticos, sociales,

económicos y culturales.

Los derechos humanos en el Acuerdo Nacional.

La recuperación de la democracia en el país y la necesidad de establecer

bases sólidas para iniciar un nuevo rumbo en la marcha del Estado luego de

las traumáticas experiencias de las décadas pasadas, lleva el 22 de julio de

2002 a la firma del Acuerdo Nacional entre el Presidente de la República y los

líderes de los partidos políticos, las organizaciones sociales y las instituciones

religiosas.

Los dos primeros objetivos planteados en el Acuerdo tienen una vinculación

directa con el tema de los derechos humanos: democracia y Estado de

Derecho y equidad y justicia social. Estos objetivos han determinado que cinco

de las políticas de Estado adoptadas en el Acuerdo recojan el tema de los

derechos humanos desde diversos aspectos.

Particularmente destacables son dos de las políticas de Estado planteadas en

el Acuerdo Nacional debido a sus alcances. La primera es el compromiso para

consolidar el régimen democrático y el Estado de Derecho (Primera Política de

Estado) y, la segunda, es llevar a cabo una política exterior al servicio de la

paz, la democracia y el desarrollo, que promueva una adecuada inserción del

país en el mundo (Sexta Política de Estado). En torno a estos compromisos

centrales pueden agruparse las siguientes políticas vinculadas a los derechos

humanos, como son: fortalecer el orden público y el respeto al libre ejercicio de

los derechos y al cumplimiento de los deberes individuales (Séptima Política de

Estado); promover la igualdad de oportunidades sin discriminación (Undécima

Política de Estado); adoptar políticas que garanticen el goce y la vigencia de los

Page 137: Ambiental nuevo 2015 final

Página 137

derechos fundamentales establecidos en la Constitución y en los tratados

internacionales sobre la materia (Vigésima Octava Política de Estado);

optimizar el servicio que prestan las Fuerzas Armadas dentro del irrestricto

respeto a los preceptos constitucionales, al ordenamiento legal y a los

derechos humanos (Vigésima Quinta Política de Estado).

Plan nacional de derechos humanos 2006-2010 (D.S. 017-2006-JUS.) No

implementado.

Sobre la base de los acuerdos de la Conferencia Mundial de Derechos

Humanos realizada en Viena, Austria, en 1993, convocada por las Naciones

Unidas, el impulso consecuente de la Oficina del Alto Comisionado de las

Naciones Unidas para los Derechos Humanos, y la necesidad de articular los

diversos planes de acción a favor de distintos sectores de la población en

condición de mayor vulnerabilidad, a través del Decreto Supremo N 017-2006-

JUS del 11 dic. 2005, se puso en vigencia el "Plan Nacional de Derechos

Humanos 2006-2010".

El citado documento prevé la formulación de un diagnóstico sobre la realidad

de los derechos humanos en el país, que ofrezca a los formuladores y

operadores de políticas públicas, los elementos de juicio requeridos para

remover, de manera sistemática y adecuada, los obstáculos o dificultades que

afecten la realización de estos derechos.

CASUÍSTICA

Existe un amplio listado de casos pasibles de ser considerados como tortura.

En efecto, como señala la Corte Interamericana, recogiendo el pensamiento de

la Corte Europea sobre el tema, ciertos actos que no son calificados como

tratos inhumanos o degradantes el día de hoy podrían ser considerados como

torturas en el futuro, como consecuencia de las crecientes exigencias de

protección de los derechos y de las libertades fundamentales.

Así mismo, la Corte Interamericana ha manifestado que la tortura no sólo

puede ser ejercida mediante la violencia física sino también a través de actos

que produzcan en la víctima un sufrimiento físico, psíquico o moral agudo.

Page 138: Ambiental nuevo 2015 final

Página 138

En el mismo sentido, el Comité de Derechos Humanos ha manifestado: "La

prohibición enunciada en el Art. 7, se refiere no solamente a los actos que

causan a la víctima dolor físico sino también a los que causan sufrimiento

moral.

Con respecto de la calificación del victimario, para que se perfeccione el tipo

del delito, su autor deberá ser:

• Un funcionario público u otra persona en ejercicio de funciones públicas.

• Cualquier otra persona que hubiese actuado bajo instigación, consentimiento

o aquiescencia de un funcionario público o de otra persona en ejercicio de

funciones públicas.

La finalidad del análisis de la casuística vinculada a derechos humanos estaría

resumida en el criterio que la Comisión Interamericana sostiene al señalar: "Es

necesario que todos los gobiernos adopten una política deliberada contra la

tortura, que ha de tener dos elementos fundamentales: la exhaustiva

investigación de toda denuncia de tortura por autoridades imparciales y sanción

ejemplar y pública de quienes resulten responsables de actos de esa

naturaleza cualquiera que sea su posición o jerarquía.

En cuanto a las obligaciones que debe cumplir un Estado ante una denuncia de

tortura o malos tratos, el Comité de Derechos Humanos ha establecido: "Las

denuncias de malos tratos deben ser investigadas eficazmente por las

autoridades competentes. Debe imputarse a quienes se declaren culpables la

responsabilidad correspondiente y las presuntas víctimas deben tener recursos

eficaces a su disposición, incluido el derecho a obtener reparación.

Page 139: Ambiental nuevo 2015 final

Página 139

SESION 6

POLITICA, ESTADO, POLITICAS PUBLICAS CONSTITUCIONALES EN

MATERIA AMBIENTAL

6.1.- ESTADO

Concepto.

Sujeto abstracto con poderes, sociedad politiza y un conjunto de instituciones

que tienen como fin el servicio a la sociedad…

Nace como una sociedad política para poner

orden en la coexistencia social. Los mismos

individuos de una determinada sociedad "crean"

un nuevo "sujeto imaginario" con poder

soberano para resolver sus problemas o lograr

su desarrollo. Sus fines y deberes quedan

establecidos en una norma llamada Constitución

Política. "La Constitución es la fuente legal más

importante" de una sociedad.66 (Nava 2006: 61).

Desde el punto de vista de Thomas Hobbes, el Estado es un sujeto con poder

soberano para "poner orden en la sociedad de los lobos"...67 el Estado es un

Leviatán. Para Hegel, “es una sociedad política que tiene obligaciones con la

sociedad”68. En tanto, para Max Weber “es una institución o un conjunto de

instituciones públicas para resolver necesidades de la sociedad”69. En este

trabajo consideramos tres enfoques acerca del Estado: un sujeto abstracto con

poderes, una sociedad politiza y un conjunto de instituciones que tienen como

fin el servicio a la sociedad a través del ejercicio del poder y la autoridad.

66 Nava 2006: 61 67 Thomas Hobbes 68 Hegel 69 Max Weber

Page 140: Ambiental nuevo 2015 final

Página 140

Estructura, poderes y niveles de gobierno

Estructura básica. Para cumplir con sus fines y

deberes estipulados en el sistema jurídico, el

Estado realiza acciones llamadas políticas de

Estado y de gobierno en beneficio de la

colectividad, a través de los sectores

productivos o de asistencia social, diferentes

órganos o instancias, resolviendo las

demandas de la sociedad y poniendo orden

entre sus miembros en tres niveles de acción:

gobierno nacional, gobierno regional y gobierno local.

Gobierno Nacional. El Estado tiene un conjunto de órganos (subsistemas) para

cumplir con sus fines y deberes en el ámbito nacional, a la vez que mantiene su

unidad. Cumple con esto valiéndose de subsistemas como el Poder Ejecutivo,

el Poder Legislativo y el Poder Judicial, así como de la Contraloría General de

la República, e! Jurado Nacional de Elecciones y el Tribunal Constitucional.

El jefe del Poder Ejecutivo es el Presidente de la República (que a su vez es

Jefe del Estado), quien ejerce la función ejecutiva del gobierno nacional

elaborando y ejecutando planes de gobierno, y promulgando las leyes que el

Legislativo aprueba. Ejecuta sus políticas a través de ministerios cuya

coordinación está en manos del Presidente del Consejo de Ministros. Para

complementar su labor también se apoya en otros órganos denominados

Oficinas Desconcentradas (que dependen del centro), que este año se

reorganizaron por orden del presidente Alan García.

El Poder Legislativo elabora y

aprueba leyes; ejerce control

político y fiscaliza a los otros

poderes del Estado y a sus

funcionarios (desde el más humilde

servidor público hasta los alcaldes y

Page 141: Ambiental nuevo 2015 final

Página 141

presidentes regionales). Representa a la Nación, más no ejecuta obras ya que

no tiene iniciativa de gasto, es decir, los congresistas no podrían disponer de

los recursos del Estado para, por ejemplo, construir carreteras.

El Poder Judicial es el

órgano funcional del estado

que le permite cumplir con

la función de administrar

justicia en el ámbito

nacional, valiéndose de

magistrados, jueces y/o

vocales. Es un órgano

autónomo que para

autorregularse cuenta con

la Oficina de Control de la

Magistratura (OCMA), la que debe velar por el buen funcionamiento de la

administración de justicia, así como por el buen desempeño de sus integrantes.

Otra instancia de cobertura nacional es el Ministerio Público (Fiscalía), órgano

también autónomo que es responsable de la defensa de la sociedad y la

prevención de los delitos; acusa y procesa de manera autónoma al que

delinque, ante el Poder Judicial, y puede actuar de oficio -es decir, ni bien se

entere- vía cualquier medio, acusando o previniendo el delito.

Ni el Poder Judicial ni el Ministerio Público (Fiscalía) tienen una imagen

aceptable, generalmente por los actos de ineficiencia y corrupción de sus

actores. Sin embargo, ni jueces ni fiscales son seleccionados por el Poder

Judicial ni por el Ministerio Público, sino por otro órgano autónomo: el Consejo

Nacional de la Magistratura, que se rige por su Ley Orgánica. Es aquí donde el

Estado requiere hacer los ajustes necesarios, porque en realidad los actores

comprometidos con la administración de justicia (jueces y fiscales) no están

siendo debidamente seleccionados.

Page 142: Ambiental nuevo 2015 final

Página 142

La Contraloría General de la República es el órgano que le sirve al Estado para

auto fiscalizarse en los ámbitos presupuestal y económico. El Estado fiscaliza,

evalúa e investiga a todas sus

instancias desde los servidores

públicos, las comisarías y los

municipios hasta los gobiernos

regionales y el Congreso de la República- en el uso correcto de los recursos

que reciben de la ciudadanía a través del Presupuesto General de la

República.

Para cumplir con su cometido, el Estado también se apoya en el Jurado

Nacional de Elecciones, que es el órgano que administra los procesos

electorales para que la sociedad pueda elegir democráticamente a sus

autoridades nacionales, regionales y locales.

Por último, el Estado cuenta con el Tribunal Constitucional (TC), cuya función

es garantizar el cumplimiento de la Constitución Política vía la revisión de la

constitucionalidad de las normas, actos o sentencias en todo el territorio

nacional. Cualquier ciudadano peruano que considere que sus derechos han

sido vulnerados en otras instancias

del Estado-como por ejemplo el

Poder Judicial a través de una

sentencia penal o civil- puede acudir

en última instancia al TC para que

este dé el veredicto final. Si el

ciudadano considera que también el

TC ha fallado contra su interés,

puede acudir a las instancias

internacionales de las cuales el Estado forma parte. El TC garantiza que la

Constitución se cumpla y que no haya acto ni norma que la contravenga.

Gobierno regional. El Estado tiene como parte de su estructura un órgano

autónomo para gobernar las regiones. El Estado descentralizado se acerca al

Page 143: Ambiental nuevo 2015 final

Página 143

ciudadano a través de 25 gobiernos regionales y Lima Metropolitana (tiene

facultades similares a las de una región). La función de un gobierno regional es

elaborar, ejecutar, monitorear y evaluar planes, proyectos, programas

socioeconómicos a ser ejecutados dentro de su jurisdicción, así como gestionar

actividades y servicios inherentes al Estado, conforme a ley.

El gobierno regional tiene autonomía política, administrativa y económica

(aunque esta última aún no se ejerce en su totalidad) y se rige por la

Constitución. Rinde cuentas a la Contraloría General de la República y al

Congreso de la República cuando así se lo soliciten. Sus instancias de

gobierno son el Consejo Regional (instancia legislativa regional, integrada por

consejeros) y la Presidencia Regional (instancia ejecutiva). Un gobierno

regional debe adecuarse progresivamente, teniendo en cuenta que el "espacio

regional es una conjunción indisoluble de espacio geográfico y espacio social"

(Gonzales de Olarte 1988), por lo que debe existir articulación entre la realidad

espacial y las dinámicas sociales.

Gobierno local, un órgano de vital importancia para el Estado es el gobierno

local. A través de él, cumple con su tercer nivel de gobierno, bajo mecanismos

descentralizados y concesión de autonomías. El Perú tiene 1,838 gobiernos

locales (provinciales y distritales) con competencias para organizar,

reglamentar y administrar los servicios públicos locales de su responsabilidad;

planificar el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones, y ejecutar

planes y programas. Su máxima instancia es el Concejo Municipal (instancia

legislativa que elabora ordenanzas municipales), en el que participan los

concejales o regidores. La alcaldía es su instancia ejecutiva. Las normas

denominadas ordenanzas tienen rango de ley dentro de sus jurisdicciones.

Obligaciones del Estado.

En general, los Estados tienen seis obligaciones de derechos humanos. Estas

son las siguientes:

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Página 144

1.- Obligación reaccional o de respetar:

esa obligación supone que el Estado debe

abstenerse de violar los derechos

humanos, es decir, no debe intervenir en el

libre desarrollo de la vida de las personas.

Ello implica abstenerse de realizar actos

que afecten el medio ambiente equilibrado

y adecuado al desarrollo de la vida

humana.

2.- Obligación prestacional o de garantía de los derechos humanos:

La obligación de garantía implica que el Estado debe adoptar diferentes

medidas necesarias para asegurar que todos podamos disfrutar nuestros

derechos. De esta obligación general se desprende cuatro obligaciones

específicas:

2.1.- Obligación de prevenir las violaciones a los derechos

humanos: El Estado debe adoptar medidas jurídicas, políticas,

administrativas y culturales, orientadas a proteger los derechos

humanos, para evitar sus violaciones y asegurar que la violación

de estas sea considerada ilegal.

2.2.- Obligación de investigar las violaciones a los derechos

humanos: Cuando se produzcan violaciones a los derechos

humanos, el Estado debe investigar lo ocurrido, para que los

responsables de estas violaciones no queden impunes.

2.3.- Obligación de sancionar las violaciones a los derechos

humanos: Luego de que la investigación haya determinado quien

o quienes son los responsables de las violaciones de derechos

humanos, el estado debe sancionar a estas personas, sin importar

su cargo o autoridad.

Page 145: Ambiental nuevo 2015 final

Página 145

2.4.- Obligación de reparar. Aunque no se haya identificado y

sancionado a los responsables, el Estado debe siempre reparar a

las víctimas. Así, ante la violación de un derecho, surge de

inmediato la obligación de reparar a la víctima, ya sea mediante

una compensación económica, o con otro tipo de medidas

(ceremonia de perdón)

Derechos generales y específicos del Estado.

Los derechos humanos generales, son aquellos derechos que posee toda

persona por el hecho de serlo, y no se puede prohibir que algunas personas la

disfruten. Ejemplo, derecho a la vida, los derechos políticos, el derecho a la

salud, el derecho a la paz y a un medio ambiente sano, etc.

Los derechos humanos específicos, son aquellos que protegen de manera

especial a un grupo determinado de personas. Ejemplo, los pueblos indígenas,

niños, etc, poseen derechos específicos, ya que se entiende que se encuentran

en una especial situación de vulnerabilidad, o necesitan un trato diferente para

vivir dignamente en igualdad de condiciones.

Podemos clasificar la exigibilidad de nuestros derechos humanos en dos:

Exigibilidad jurídica: es la que se hace a través de una demanda

judicial, iniciativa legislativa para buscar la restitución o realización de un

derecho.

Exigibilidad política: Es la que se hace mediante movilizaciones

ciudadanas, utilización de mecanismos de participación, elaboración de

propuestas, discusión de políticas públicas, etc. para incidir ante los

órganos decisores.

- Protección nacional de derechos humanos

- Protección Internacional de derechos humanos

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6. 2- POLITICA

Concepto.

La meta de la política es el bien común, el bien de todas las personas y de toda

la persona.

La política, en su definición clásica, "significa todo lo que se refiere a la ciudad,

y en consecuencia ciudadano, civil, público, y también sociable y social; el

término política ha sido transmitido por influjo de la gran obra de Aristóteles

intitulada Política, que debe ser

considerada como el primer tratado sobre

la naturaleza, funciones y las divisiones

del Estado y las variadas formas de

gobierno, predominantemente en el

significado de arte o ciencia del gobierno"

70(Bobbio, Matteuci y Pasquino 2002). Y

en su definición moderna, el término

política es reemplazado por otros términos

-como "ciencia política", "doctrina del

Estado", "ciencia del Estado"- y está

referida a la "actividad o el conjunto de actividades que de alguna manera

tienen como término de referencia la polis, es decir el Estado". En suma, la

política está ligada a la relación Estado-sociedad; es todo acto o fenómeno que

se produce en la interacción Estado-sociedad.

Toda persona tiene derecho A participar, en forma individual o asociada en la

vida política, económica, social y cultural de la Nación. Los ciudadanos tienen

conforme a la ley, los derechos de elección, de remoción o revocación de

autoridades, de iniciativa legislativa, y de referéndum. (Art. 2 in. 17 Constitución

Política del Perú).

70 Bobbio, Matteuci y Pasquino 2002

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La política es el arte, doctrina y técnica que se aplica para regir los asuntos

públicos de una nación (Bobbio, Matteuci y Pasquino). “Es la acción

económica, social, legislativa, administrativa y cultural destinada a promover

orgánica e institucionalmente el bien común del pueblo”.71 (Cristifideles Laici.).

La política es el arte difícil y tan noble. La meta de la política es el bien común,

el bien de todas las personas y de toda la persona, es decir, su desarrollo más

pleno e integral. En esto seremos juzgados (Mateo 25, 31-46). La política es

una obra colectiva. Es el campo más amplio de la caridad y de la solidaridad

que no puede separarse de la justicia.

Se trata, en fin, de llenar de política a la sociedad y consecuentemente, de

sociedad a la política- (PNUD 2004). Es la relación desarrollada entre

gobernantes y gobernados, se expresa a través de reglas, normas y prácticas

de interacción. Es espacio de toma de decisiones sobre asuntos públicos. Es la

ordenadora de las grandes decisiones.

Bien Común afecta la vida de todos los ciudadanos sin distinción y exige

determinación y prudencia por parte de todos, particularmente de los

responsables políticos. El Bien común contiene tres elementos, que no pueden

ignorarse:

-Respeto a la persona, a sus derechos fundamentales inalienables,

como meta de toda acción política y orden social;

-El bienestar social, que exige procurar a cada persona lo que necesita

para una vida verdaderamente humana;

-La paz, que es un derecho de todas las personas y de todos los

pueblos y que comporta la estabilidad y seguridad de un orden justo

Por consiguiente, podemos afirmar que la realización del bien común puede

considerarse la razón misma de ser de los poderes públicos, los que están

obligados a llevarlos a cabo en provecho de todos los ciudadanos. En el Art. 44

de nuestra Constitución Política se hace referencia a los deberes primordiales

71 Cristifideles Laici.).

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Página 148

del Estado, entre ellos al de “promover el bienestar general que se fundamenta

en la justicia y el desarrollo integral y equilibrado de la nación”.

Una visión tradicional de la política es la que ve como adversarios o

contrincantes a quienes intervienen en ella, en una relación de ganadores y

perdedores, y a la imposición y la violencia como mecanismo a través del cual

imponer la voluntad, vencer, exterminar al otro. Esta concepción ha sido la

causante del desencanto por la política de amplios sectores sociales, al

relacionar la política con corrupción o miedo. Tal vez por ello, algunos sectores

vinculados a temas de desarrollo plantearon suprimir la política y colocar en su

lugar al mercado o la tecnología.

Postura política para la defensa del medio ambiente

Sin embargo, el tiempo demostró que ninguno de ellos era capaz de resolver

los problemas de la pobreza, la crisis ambiental y advertir la existencia de una

estrecha conexión entre democracia y desarrollo. Así, hoy la política en su

versión democrática y participativa es redescubierta, mostrando su capacidad y

potencialidad para dar

sostenibilidad a procesos de

desarrollo y democratización. El

principio internacional de

precaución nos dice que cuando

existe un peligro de daño grave o

irreversible, la falta de certeza

científica absoluta no se utilizara

como justificación para postergar la

adopción de medidas eficaces en

costos para evitar la degradación

del medio ambiente” (Declaración del Rio. Principio 15). La defensa del medio

ambiente más allá de la norma es decisión política de hacerlo. Refuerza la idea

Fernández Rodríguez, al respecto indicando que la cuestión ambiental es,

sobre todo, un problema político, cuya resolución exige adoptar en el seno de

Page 149: Ambiental nuevo 2015 final

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las instituciones representativas las decisiones pertinentes que incorporen a la

política los intereses emergentes, entre ellos el ambiental.

Política y Políticas publicas ambientales.

Las políticas públicas son acciones, principios y estrategias, a través de las

cuales, los decisores públicos, es decir, las personas que toman las decisiones

importantes (autoridades, alcaldes, presidentes regionales, presidente de la

nación, directores, ministros, entre otros); atienden, a través de intervenciones

concretas, los problemas que preocupan, a las personas o sus necesidades,

encaminadas a mejorar el bienestar de la población.

Las políticas públicas se expresan y se hacen específicas a través de normas,

programas, planes y proyectos. Por ejemplo, para los objetivos del Plan de

Desarrollo Concertado, puede establecerse una o varias políticas públicas.

Existen un conjunto de asuntos públicos de diferentes tamaños y complejidad;

y por eso, existen también políticas públicas nacionales, regionales y locales. A

continuación algunos ejemplos:

- Construcción de caminos

- El acceso a la salud de todas y todos

- La enseñanza primaria de todos los niños y niñas

- Mejorar la salud materna

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- Cuidar el medio ambiente

La política ambiental, puede definirse como el conjunto de resoluciones

adoptadas por las autoridades con el propósito de orientar, inducir,

condicionar o determinar el comportamiento de las personas, de las

empresas y de las propias reparticiones públicas en lo referente al uso y

manejo de los recursos naturales y de los servicios ambientales de que

dispone la sociedad con miras a su pleno aprovechamiento, conservación y

mejoramiento.

Citando a José Emilio Ortega, Darío Sbarato, Manuel Campos y Juan

Carlos Massei señalan que hay tres elementos que están presentes en torno

al concepto de Política Ambiental: La definición de los principios rectores y de

los objetivos básicos que propone el gobierno a la sociedad para alcanzar la

protección ambiental, El conjunto de instrumentos orientados a influir o

condicionar el comportamiento de los agentes sociales para que actúen de

modo tal, que se minimice el deterioro ambiental o que se maximicen los

efectos positivos de sus acciones, Plan de acción, declaración de principios e

ideales.72

El foco de la Política Ambiental y su fin último es la calidad de vida de las

generaciones actuales y futuras. La gestión ambiental es una función

eminentemente pública, de responsabilidad individual y colectiva, que

requiere del compromiso y la participación de toda la sociedad civil.

72

José Emilio Ortega, Darío Sbarato, Manuel Campos y Juan Carlos Massei

Page 151: Ambiental nuevo 2015 final

Página 151

Así, el conjunto de la sociedad -incluyendo el sector productivo privado- debe

estar dispuesto a asumir los costos que implica implementar esta política,

como también colaborar al continuo mejoramiento de la capacidad de gestión

del país. La participación ciudadana es uno de los ejes centrales de la Política

Ambiental, ya que el medio ambiente es un desafío que involucra a los

distintos niveles estatales y también a la sociedad internacionalmente

organizada.

El objetivo general de la política ambiental es promover la sustentabilidad

ambiental del proceso de desarrollo, con miras a mejorar la calidad de vida de

los ciudadanos. Sus objetivos son:

-Recuperar y mejorar la calidad ambiental, en una calidad compatible

con la salud de las personas y de los ecosistemas. Los principales

instrumentos para este objetivo son las normas de calidad ambiental,

los Planes de descontaminación y las Políticas Ambientales

específicas.

-Prevenir el deterioro ambiental: Los principales instrumentos son el

Sistema de -Evaluación de Impacto Ambiental, la incorporación de la

dimensión ambiental en las políticas públicas, la educación ambiental,

las normas de calidad y emisión, los planes de prevención y la

investigación científico-tecnológica.

-Fomentar la protección del patrimonio ambiental y el uso

sustentable de los recursos naturales: Los instrumentos son el

marco regulatorio de la ley, las medidas de conservación, el

Page 152: Ambiental nuevo 2015 final

Página 152

manejo sustentable del territorio y el estudio de los ecosistemas.

Introducir consideraciones ambientales en el sector productivo:

Implementar procedimientos de certificación y fomento para

asegurar la producción limpia y con ello contribuir a su mejor

inserción en los mercados internacionales.

-Involucrar a la ciudadanía en la gestión ambiental: Ampliar instancias

de participación y generar programas para estimular la

corresponsabilidad en el cuidado del medio ambiente.

- Fortalecer la institucionalidad ambiental

a nivel nacional y regional, reforzándola

para lograr la plena aplicación del

Sistema nacional de Gestion Ambiental,

potenciando la dimensión regional.

Perfeccionar la legislación ambiental y

desarrollar nuevos instrumentos de

gestión, logrando un cuerpo normativo

integrador, coherente y eficaz.

Los fundamentos de la Política Ambiental son:

-La calidad de vida de las personas, cuyo mejoramiento sostenido y

equitativo no debe comprometer las expectativas de las generaciones

futuras.

-La complementariedad entre desarrollo socioeconómico y

sustentabilidad ambiental: es necesario cambiar el enfoque de

contradicción entre economía y medio ambiente, de modo de

garantizar la disponibilidad de recursos necesarios -en cantidad y

calidad- para el desarrollo.

-La equidad social y la superación de la pobreza. La pobreza es un

factor limitante y crítico del desarrollo y no es casual que los sectores

más pobres sean los que sufren las peores condiciones de calidad de

vida y los más agredidos por la contaminación. Todos los ciudadanos

tienen derecho a vivir en un entorno limpio y sano.

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Página 153

Tipos de políticas públicas

Las políticas públicas regulativas son las que establecen las decisiones del

gobierno, con relación al derecho o el uso de los recursos públicos. Por

ejemplo, la regulación de los derechos de explotación del agua, de los

bosques, de los recursos mineros, entre otros.

Las políticas públicas distributivas son las que suponen la distribución de los

recursos políticos. En otras palabras, cuando se transfieren bienes a

determinados grupos sociales. Por ejemplo, la redistribución de los impuestos a

través de construcciones de hospitales, la generación de programas sociales,

el establecimiento de la educación gratuita, etc.

EL ACUERDO NACIONAL

En el Perú tenemos desde el año 2002 una estrategia nacional que busca unir

y atender las decisiones inmediatas, pero tomando en cuenta las acciones que

deben ejecutarse a largo plazo. El Acuerdo Nacional propone 31 políticas de

Estado, elaboradas en consenso por el gobierno, partidos políticos,

representantes de la sociedad civil, empresarial y de las iglesias.

POLITICAS PÚBLICAS AMBIENTALES EN LA CONSTITUCION POLÍTICA

DEL PERÚ

Artículo 1°. El fin supremo del Estado y la sociedad es la defensa de la persona

y la dignidad humana. Toda persona tiene derecho: A la paz, a la tranquilidad,

al disfrute del tiempo libre y al descanso, así como a gozar de un ambiente

equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida.” (Art. 2. Inc.22). Artículo 44°.

Son deberes primordiales del Estado: defender la soberanía nacional;

garantizar la plena vigencia de los derechos humanos; proteger a la población

de las amenazas contra su seguridad; y promover el bienestar general que se

fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación.

Asimismo, es deber del Estado establecer y ejecutar la política de fronteras y

promover la integración, particularmente latinoamericana, así como el

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Página 154

desarrollo y la cohesión de las zonas fronterizas, en concordancia con la

política exterior.

- DDHH. Derecho fundamental irrenunciable…

- Bienestar general y bien común

- Desarrollo integral y equilibrado

Artículo 54°. El territorio del Estado es inalienable e inviolable. Comprende el

suelo, el subsuelo, el dominio marítimo, y el espacio aéreo que los cubre…

Artículo 66°. Los recursos naturales, renovables y no renovables, son

patrimonio de la Nación. El Estado es soberano en su aprovechamiento. Por

ley orgánica se fijan las condiciones de su utilización y de su otorgamiento a

particulares. La concesión otorga a su titular un derecho real, sujeto a dicha

norma legal. (Ejemplo concesión minera, superficie y RRNN)- Artículo 67°. El

Estado determina la política nacional del ambiente. Promueve el uso sostenible

de sus recursos naturales. Artículo 68°. El Estado está obligado a promover la

conservación de la diversidad biológica y de las áreas naturales protegidas.

Artículo 69°.- El Estado promueve el desarrollo sostenible de la Amazonía con

una legislación adecuada. Artículo 88°.- El Estado apoya preferentemente el

desarrollo agrario. Garantiza el derecho de propiedad sobre la tierra en forma

privada o comunal o en cualquier otra forma asociativa. La ley puede fijar los

límites y la extensión de la tierra según las peculiaridades de cada zona.

Artículo 89°.- Las Comunidades Campesinas y Nativas tienen existencia legal y

son personas jurídicas. Son autónomas en su organización, en el trabajo

comunal y en el uso y la libre disposición de sus tierras, así como en lo

económico y administrativo, dentro del marco que la ley establece. La

propiedad de sus tierras es imprescriptible, salvo en el caso de abandono

previsto en el artículo anterior. El Estado respeta la identidad cultural de las

Comunidades Campesinas y Nativas.

- Derecho de los Pueblos Indígenas Convenio 169 de la OIT.

- Fuerza normativa de la Constitución Política del Perú.

Page 155: Ambiental nuevo 2015 final

Página 155

DERECHO A GOZAR DE UN AMBIENTE EQUILIBRADO Y ADECUADO

Artículo 2°. Toda persona tiene derecho: 22) A la paz, a la tranquilidad, al

disfrute del tiempo libre y al descanso, así como a gozar de un ambiente

equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida.” (Art. 2. Inc.22. C.P.E),

El Código del medio ambiente 1990 (Derogado).Primera norma que reguló el

derecho a un ambiente sano en el Perú. Toda persona tiene el derecho

irrenunciable a gozar de un ambiente saludable, ecológicamente equilibrado y

adecuado para el desarrollo de la vida, y asimismo, a la preservación del

paisaje y la naturaleza. Todos tienen el deber de conservar dicho ambiente. Es

obligación del Estado mantener la calidad de vida de las personas a un nivel

compatible con la dignidad humana. Le corresponde prevenir y controlar la

contaminación ambiental y cualquier proceso de deterioro o depredación de los

recursos naturales que pueda interferir en el normal desarrollo de toda forma

de vida y de la sociedad. Las personas están obligadas a contribuir y colaborar

inexcusablemente con estos propósitos.

Ley N° 28633 Ley del Medio Ambiente. Artículo I.- Del derecho y deber

fundamental.

Toda persona tiene el derecho irrenunciable a vivir en un ambiente saludable,

equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de la vida, y el deber de

contribuir a una efectiva gestión ambiental y de proteger el ambiente, así

como sus componentes, asegurando particularmente la salud de las

personas en forma individual y colectiva, la conservación de la diversidad

biológica, el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y el

desarrollo sostenible del país.

Sentencia del Tribunal Constitucional sentencia del Exp. N° 0018-2001-

AI/TC.

Primer caso sobre derecho a un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo

de la vida ante el TC, sentencia del Exp. N° 0018-2001-AI/TC. Detalle del

caso: Demanda de inconstitucionalidad interpuesta por el Colegio de

Abogados del Santa (Chimbote) con la Ordenanza Municipal N° 016-2001-MP

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Página 156

S. Problema central invocado: La ordenanza reduce el Parque Metropolitano

Humedales de Villa María y afecta el derecho a un ambiente equilibrado entre

otras razones.

POLITICA DE ESTADO N° 19 DESARROLLO SOSTENIBLE Y GESTIÓN

AMBIENTAL. Adoptada en el Marco del Acuerdo Nacional suscrito el 22 de julio

de 2002. El marco general de política ambiental en el Perú se rige básicamente

por el artículo 67º de la Constitución Política del Perú, en el cual se señala que

el Estado determina la Política Nacional del Ambiente y promueve el uso

sostenible de sus recursos Naturales. La Política de Estado Nº 19 se encuentra

enmarcada en el Grupo de Objetivos para lograr la Competitividad del País con

metas hasta el año 2021. Tiene como finalidad fortalecer la institucionalidad de

la gestión ambiental mejorando y fortaleciendo la coordinación entre la

sociedad civil, la autoridad ambiental nacional, las sectoriales y los niveles

regionales y locales, en el marco de un sistema nacional de gestión ambiental.

Esta acción tiene como base fundamental la gestión ambiental descentralizada

y desconcentrada de los sectores del Gobierno Central, los Gobiernos

Regionales y los Gobiernos locales, con la participación del sector empresarial

y la sociedad civil. A continuación presentamos el texto de la Política

Ambiental:

Nos comprometemos a integrar la política nacional ambiental con las políticas

económicas, sociales, culturales y de ordenamiento territorial, para contribuir a

superar la pobreza y lograr el desarrollo sostenible del Perú.

Nos comprometemos también a institucionalizarla gestión ambiental, pública y

privada, para proteger la diversidad biológica, facilitar el aprovechamiento

sostenible de los recursos naturales, asegurar la protección ambiental y

promover centros poblados y ciudades sostenibles; lo cual ayudará a mejorar la

calidad de vida, especialmente de la población más vulnerable del país. Con

ese objetivo el Estado:

Page 157: Ambiental nuevo 2015 final

Página 157

(a) fortalecerá la institucionalidad de la gestión ambiental optimizándola

coordinación entre la sociedad civil, la autoridad ambiental nacional, las

sectoriales y los niveles de gestión descentralizada, en el marco de un

sistema nacional de gestión ambiental;

(b) promoverá la participación responsable e informada del sector

privado y de la sociedad civil en la toma de decisiones ambientales y en

la vigilancia de su cumplimiento, y fomentará una mayor conciencia

ambiental;

(c) promoverá el ordenamiento territorial, el manejo de cuencas, bosques

y zonas marino costeras así como la recuperación de ambientes

degradados, considerando la vulnerabilidad del territorio;

(d) impulsará la aplicación de instrumentos de gestión ambiental,

privilegiando los de prevención y producción limpias;

(e) incorporará en las cuentas nacionales la valoración de la oferta delos

recursos naturales y ambientales, la degradación ambiental y la

internalización de los costos ambientales;

(f) estimulará la inversión ambiental y la transferencia de tecnología para

la generación de actividades industriales, mineras, de transporte, de

saneamiento y de energía más limpias y competitivas, así como del

aprovechamiento sostenible de los recursos forestales, la biotecnología,

el biocomercio y el turismo;

(g) promoverá y evaluará permanentemente el uso eficiente, la

preservación y conservación del suelo, subsuelo, agua y aire,

evitándolas externalidades ambientales negativas;

(h) reconocerá y defenderá el conocimiento y la cultura tradicionales

indígenas, regulando su protección y registro, el acceso y la distribución

de beneficios de los recursos genéticos;

(i) promoverá el ordenamiento urbano, así como el manejo integrado de

residuos urbanos e industriales que estimule su reducción, rehúso y

reciclaje;

(j) fortalecerá la educación y la investigación ambiental;

(k) implementará el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental para

asegurar la participación ciudadana, la coordinación multisectorial y el

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Página 158

cumplimiento de las empresas de los criterios y condiciones de

protección ambiental;

(l) regulará la eliminación de la contaminación sonora;

(m) cumplirá los tratados internacionales en materia de gestión

ambiental, así como facilitará la participación y el apoyo de la

cooperación internacional para recuperar y mantener el equilibrio

ecológico; y

(n) desarrollará la Estrategia Nacional de Comercio y Ambiente.

Estas políticas deben ser incorporadas en los planes del gobierno nacional,

regional y local, y ser un referente para el Congreso y los funcionarios de las

instituciones públicas. Se considera que las políticas del Acuerdo Nacional

deben ser el marco de las acciones que impulsan los decisores, a fin de que

sean atendidos los temas prioritarios para mejorar las condiciones de vida de la

población.

LEY 28611. POLÍTICA NACIONAL DEL AMBIENTE

La Política Nacional del Ambiente. Es el conjunto de lineamientos, objetivos,

estrategias, metas, programas e instrumentos de carácter público, que tiene

como propósito definir y orientar el accionar de las entidades del gobierno

nacional, regional y local; y del sector privado y de la sociedad civil, en materia

ambiental.

Las políticas y normas ambientales de carácter nacional, sectorial, regional y

local se diseñan y aplican de conformidad con lo establecido en la Política

Nacional del Ambiente y deben guardar concordancia entre sí.

La Política Nacional del Ambiente es parte integrante del proceso estratégico

de desarrollo del país. Es aprobada por Decreto Supremo refrendado por el

Presidente del Consejo de Ministros. Es de obligatorio cumplimiento. (Art. 8)

Objetivo. Tiene por objetivo mejorar la calidad de vida de las personas,

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Página 159

garantizando la existencia de ecosistemas saludables, viables y funcionales en

el largo plazo; y el desarrollo sostenible del país, mediante la prevención,

protección y recuperación del ambiente y sus componentes, la conservación y

el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, de una manera

responsable y congruente con el respeto de los derechos fundamentales de la

persona. (Art. 9)

Vinculación con otras políticas públicas

Las políticas de Estado integran las

políticas ambientales con las demás

políticas públicas. En tal sentido, los

procesos de planificación, decisión y

ejecución de políticas públicas en todos

los niveles de gobierno, incluyendo las

sectoriales, incorporan obligatoriamente

los lineamientos de la Política Nacional

del Ambiente. (Art. 10)

Lineamientos ambientales básicos

Sin perjuicio del contenido específico de la Política Nacional del Ambiente, el

diseño y aplicación de las políticas públicas consideran los siguientes

lineamientos:

a. El respeto de la dignidad humana y la mejora continúa de la calidad de vida

de la población, asegurando una protección adecuada de la salud de las

personas.

b. La prevención de riesgos y daños

ambientales, así como la prevención y el

control de la contaminación ambiental,

principalmente en las fuentes emisoras. En

particular, la promoción del desarrollo y uso de

tecnologías, métodos, procesos y prácticas de

producción, comercialización y disposición final

más limpias.

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Página 160

c. El aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, incluyendo la

conservación de la diversidad biológica, a través de la protección y

recuperación de los ecosistemas, las especies y su patrimonio genético.

Ninguna consideración o circunstancia puede legitimar o excusar acciones que

pudieran amenazar o generar riesgo de extinción de cualquier especie,

subespecie o variedad de flora o fauna.

d. El desarrollo sostenible de las zonas urbanas y rurales, incluyendo la

conservación de las áreas agrícolas periurbanas y la prestación

ambientalmente sostenible de los servicios públicos, así como la conservación

de los patrones culturales, conocimientos y estilos de vida de las comunidades

tradicionales y los pueblos indígenas.

e. La promoción efectiva de la educación ambiental y de una ciudadanía

ambiental responsable, en todos los niveles, ámbitos educativos y zonas del

territorio nacional.

f. El fortalecimiento de la gestión ambiental, por lo cual debe dotarse a las

autoridades de recursos, atributos y condiciones adecuados para el ejercicio de

sus funciones. Las autoridades ejercen sus funciones conforme al carácter

transversal de la gestión ambiental, tomando en cuenta quelas cuestiones y

problemas ambientales deben ser considerados y asumidos integral e

intersectorialmente y al más alto nivel, sin eximirse de tomar en consideración o

de prestar su concurso a la protección del ambiente incluyendo la conservación

de los recursos naturales.

g. La articulación e integración de las políticas y planes de lucha contra la

pobreza, asuntos comerciales, tributarios y de competitividad del país con los

objetivos de la protección ambiental y el desarrollo sostenible.

h. La información científica, que es fundamental para la toma de decisiones

en materia ambiental.

i. El desarrollo de toda actividad empresarial debe efectuarse teniendo en

cuenta la implementación de políticas de gestión ambiental y de

responsabilidad social. (Art. 11)

De la política exterior en materia ambiental

Sin perjuicio de lo establecido en la Constitución Política, en la legislación

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Página 161

vigente y en las políticas nacionales, la Política Exterior del Estado en materia

ambiental se rige por los siguientes lineamientos:

a. La promoción y defensa de los intereses del Estado, en armonía con la

Política Nacional Ambiental, los principios establecidos en la presente Ley y las

demás normas sobre la materia.

b. La generación de decisiones multilaterales para la adecuada

implementación de los mecanismos identificados en los acuerdos

internacionales ambientales ratificados por el Perú.

c. El respeto a la soberanía de los Estados sobre sus respectivos territorios

para conservar, administrar, poner en valor y aprovechar sosteniblemente sus

propios recursos naturales y el patrimonio cultural asociado, así como para

definir sus niveles de protección ambiental y las medidas más apropiadas para

asegurar la efectiva aplicación de su legislación ambiental.

d. La consolidación del reconocimiento internacional del Perú como país de

origen y centro de diversidad genética.

e. La promoción de estrategias y acciones internacionales que aseguren un

adecuado acceso a los recursos genéticos y a los conocimientos tradicionales

respetando el procedimiento del consentimiento fundamentado previo y

autorización de uso; las disposiciones legales sobre patentabilidad de

productos relacionados a su uso, en especial en lo que respecta al certificado

de origen y de legal procedencia; y, asegurando la distribución equitativa de los

beneficios.

f. La realización del principio de responsabilidades comunes pero

diferenciadas de los estados y de los demás principios contenidos en la

Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo.

g. La búsqueda de soluciones a los problemas ambientales globales,

regionales y subregionales mediante negociaciones internacionales destinadas

a movilizar recursos externos, promover el desarrollo del capital social, el

desarrollo del conocimiento, la facilitación de la transferencia tecnológica y el

fomento de la competitividad, el comercio y los econegocios, para alcanzar el

desarrollo sostenible de los estados.

h. La cooperación internacional destinada al manejo sostenible de los

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Página 162

recursos naturales y a mantener las condiciones de los ecosistemas y del

ambiente a nivel transfronterizo y más allá de las zonas donde el Estado ejerce

soberanía y jurisdicción, de conformidad con el derecho internacional. Los

recursos naturales transfronterizos se rigen por los tratados sobre la materia o

en su defecto por la legislación especial. El Estado promueve la gestión

integrada de estos recursos y la realización de alianzas estratégicas en tanto

supongan el mejoramiento de las condiciones de sostenibilidad y el respeto de

las normas ambientales nacionales.

i. Cooperaren la conservación y uso sostenible de la diversidad biológica

marina en zonas más allá de los límites de la jurisdicción nacional, conforme al

derecho internacional.

j. El establecimiento, desarrollo y promoción del derecho internacional

ambiental. (Art. 12)

POLITICAS PÚBLICAS MEDIO AMBIENTALES D. S. 012-2OO9-MINAM

Introducción.

La Política Nacional del Ambiente se presenta a la ciudadanía en cumplimiento

del mandato establecido en el artículo 67º de la Constitución Política del Perú y

en concordancia con la legislación que norma las políticas públicas

ambientales. Esta política es uno de los principales instrumentos de gestión

para el logro del desarrollo sostenible en el país y ha sido elaborada tomando

en cuenta la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y Desarrollo, los

Objetivos del Milenio formulados por la Organización de las Naciones Unidas y

los demás tratados y declaraciones internacionales suscritos por el Estado

Peruano en materia ambiental.

En tal sentido, en base al proceso de integración de los aspectos sociales,

ambientales y económicos de las políticas públicas y la satisfacción de las

necesidades de las actuales y futuras generaciones, la Política Nacional del

Ambiente es un instrumento de cumplimiento obligatorio, que orienta las

actividades públicas y privadas. Asimismo, esta política sirve de base para la

formulación del Plan Nacional de Acción Ambiental, la Agenda Nacional de

Page 163: Ambiental nuevo 2015 final

Página 163

Acción Ambiental y otros instrumentos de gestión pública ambiental en el

marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental.

La Política Nacional del Ambiente considera los lineamientos de las políticas

públicas establecidos por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y

las disposiciones de la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente. Define los

objetivos prioritarios, lineamientos, contenidos principales y estándares

nacionales de obligatorio cumplimiento. Conforma la política general de

gobierno en materia ambiental, la cual enmarca las políticas sectoriales,

regionales y locales.

La presente política ha sido formulada sobre la base del análisis de la situación

ambiental del país, tomando en cuenta las políticas implícitas y lineamientos

que sustentaron la elaboración de planes y estrategias nacionales en materias

como diversidad biológica, bosques, cambio climático, residuos sólidos,

saneamiento, sustancias químicas, entre otros. Asimismo, incluye los

resultados del proceso de consulta pública descentralizado efectuado por el

Ministerio del Ambiente.

La Política Nacional del Ambiente como herramienta del proceso estratégico de

desarrollo del país, constituye la base para la conservación del ambiente, de

modo tal que se propicie y asegure el uso sostenible, responsable, racional y

ético de los recursos naturales y del medio que lo sustenta, para contribuir al

desarrollo integral, social, económico y cultural del ser humano, en permanente

armonía con su entorno.

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Página 164

Base legal

La Constitución Política del Perú reconoce que la

persona es el fin supremo de la sociedad y del

Estado y privilegia el derecho fundamental a

gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al

desarrollo de la vida (artículo 2°, inciso 22). Del

mismo modo, los artículos 66° al 69°, disponen

que el Estado debe determinar la Política

Nacional del Ambiente, y que los recursos

naturales, renovables y no renovables, son patrimonio de la Nación. Precisa

que el Estado está obligado a promover la conservación de la diversidad

biológica y las áreas naturales protegidas, en el territorio nacional, así como el

desarrollo sostenible de la Amazonía.

El Ministerio del Ambiente es el ente rector del Sector Ambiente y la autoridad

competente para formular la Política Nacional del Ambiente aplicable a los tres

niveles de gobierno, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1013

que aprueba la Ley de creación, organización y funciones de este organismo.

La Política Nacional del Ambiente se

estructura en base a la Ley Orgánica

del Poder Ejecutivo, Ley N° 29158,

que por su jerarquía y su

promulgación posterior a la Ley

General del Ambiente, Ley Nº 28611,

modifica la definición de políticas

nacionales estableciendo que éstas

incluyen los objetivos prioritarios,

lineamientos, contenidos principales

y estándares nacionales de

obligatorio cumplimiento, para

asegurar el normal desarrollo de las actividades públicas y privadas.

Teniendo en cuenta que las políticas de Estado deben integrar las políticas

ambientales con las demás políticas públicas, la Política Nacional del Ambiente

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Página 165

se elabora en concordancia con lo dispuesto en la Ley General del Ambiente y

otras normas, tales como la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la

Descentralización; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Ley

Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la Ley Nº 26821, Ley Orgánica de

Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales; así como con los

tratados internacionales suscritos por el país.

Principios.

La Política Nacional del Ambiente se sustenta en los principios contenidos en la

Ley General del Ambiente y adicionalmente en los siguientes principios:

TRANSECTORIALIDAD. Implica que la actuación de las autoridades públicas

con competencias ambientales debe ser coordinada y articulada a nivel

nacional, sectorial, regional y local, con el objetivo de asegurar el desarrollo de

acciones integradas, armónicas y sinérgicas, para optimizar sus resultados.

ANÁLISIS COSTO BENEFICIO. Las acciones públicas deben considerar el

análisis entre los recursos a invertir y los retornos sociales, ambientales y

económicos esperados.

COMPETITIVIDAD. Las acciones públicas en materia ambiental deben

contribuir a mejorar la competitividad del país en el marco del desarrollo

socioeconómico y la protección del interés público.

GESTIÓN POR RESULTADOS. Las acciones públicas deben orientarse a una

gestión por resultados e incluir mecanismos de incentivo y sanción para

asegurar el adecuado cumplimiento de los resultados esperados.

SEGURIDAD JURÍDICA. Las acciones públicas deben sustentarse en normas

y criterios claros, coherentes y consistentes en el tiempo, a fin de asegurar la

predictibilidad, confianza y gradualismo de la gestión pública en materia

ambiental.

MEJORA CONTINUA. La sostenibilidad ambiental es un objetivo de largo

plazo que debe alcanzarse a través de esfuerzos progresivos, dinámicos y

permanentes, que generen mejoras incrementales.

COOPERACIÓN PÚBLICO-PRIVADA. Debe propiciarse la conjunción de

esfuerzos entre las acciones públicas y las del sector privado, incluyendo a la

Page 166: Ambiental nuevo 2015 final

Página 166

sociedad civil, a fin de consolidar objetivos comunes y compartir

responsabilidades en la gestión ambiental.

Objetivo general

De acuerdo al artículo 9º de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, el

objetivo de la Política Nacional del Ambiente es mejorar la calidad de vida de

las personas, garantizando la existencia de ecosistemas saludables, viables y

funcionales en el largo plazo; y el desarrollo sostenible del país, mediante la

prevención, protección y recuperación del ambiente y sus componentes, la

conservación y el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, de

una manera responsable y congruente con el respeto de los derechos

fundamentales de la persona.

Objetivos específicos

1. Lograr la conservación y aprovechamiento sostenible del patrimonio

natural del país, con eficiencia, equidad y bienestar social, priorizando la

gestión integral de los recursos naturales.

2. Asegurar una calidad ambiental adecuada para la salud y el desarrollo

integral de las personas, previniendo la afectación de ecosistemas,

recuperando ambientes degradados y promoviendo una gestión

integrada de los riesgos ambientales, así como una producción limpia y

ecoeficiente.

3. Consolidar la gobernanza ambiental y el Sistema Nacional de Gestión

Ambiental a nivel nacional, regional y local, bajo la rectoría del Ministerio

del Ambiente, articulando e integrando las acciones transectoriales en

materia ambiental.

4. Alcanzar un alto grado de conciencia y cultura ambiental en el país, con

la activa participación ciudadana de manera informada y consciente en

los procesos de toma de decisiones para el desarrollo sostenible.

5. Lograr el desarrollo ecoeficiente y competitivo de los sectores público y

privado, promoviendo las potencialidades y oportunidades económicas y

ambientales nacionales e internacionales.

Page 167: Ambiental nuevo 2015 final

Página 167

Ejes de política

La Política Nacional del Ambiente es de cumplimiento obligatorio en los niveles

del gobierno nacional, regional y local y de carácter orientador para el sector

privado y la sociedad civil. Se estructura en base a cuatro ejes temáticos

esenciales de la gestión ambiental, respecto de los cuales se establecen

lineamientos de política orientados a alcanzar el desarrollo sostenible del país:

Eje de Política 1. Conservación y aprovechamiento sostenible de los

recursos naturales y de la diversidad biológica

Eje de Política 2. Gestión Integral de la calidad ambiental

Eje de Política 3. Gobernanza ambiental

Eje de Política 4. Compromisos y oportunidades ambientales

internacionales

EJE DE POLÍTICA N°1

Page 168: Ambiental nuevo 2015 final

Página 168

CONSERVACIÓN Y APROVECHAMIENTO SOSTENIBLE DE LOS

RECURSOS NATURALES Y DE LA DIVERSIDAD BIOLÓGICA

OBJETIVOS:

1. Conservar y aprovechar sosteniblemente la diversidad biológica, los

recursos naturales renovables y no renovables del país.

2. Establecer condiciones de acceso controlado y aprovechamiento de los

recursos genéticos, así como la distribución justa y equitativa de sus

beneficios.

3. Lograr la gestión integrada de los recursos hídricos del país.

4. Asegurar mecanismos para el uso responsable y seguro de la

biotecnología y sus productos derivados.

5. Alcanzar el ordenamiento del uso y ocupación del territorio nacional,

mediante la Zonificación Ecológica Económica, en un marco de

seguridad jurídica y prevención de conflictos.

6. Lograr la gestión integrada y sostenible de los ecosistemas frágiles,

incluyendo los bosques húmedos tropicales.

7. Lograr la adaptación de la población frente al cambio climático y

establecer medidas de mitigación, orientadas al desarrollo sostenible.

8. Lograr la conservación, utilización sostenible y la participación justa y

equitativa de los beneficios que se deriven del uso comercial y puesta en

valor de los recursos genéticos.

9. Lograr la implementación de instrumentos de evaluación, valoración y

financiamiento para la conservación de los recursos naturales,

diversidad biológica y servicios ambientales en el país.

10. Garantizar la protección de la salud humana, el ambiente y, la diversidad

biológica durante el desarrollo, uso y aplicación de bienes y servicios de

la biotecnología moderna en el Perú.

1. DIVERSIDAD BIOLÓGICA

Lineamientos de política:

Page 169: Ambiental nuevo 2015 final

Página 169

a) Impulsar la conservación de la diversidad de ecosistemas, especies y

recursos genéticos, y el mantenimiento de los procesos ecológicos

esenciales de los que depende la supervivencia de las especies.

b) Impulsar el enfoque ecosistémico y la gestión sostenible de la diversidad

biológica como elemento transversal en los planes integrados de gestión

de recursos naturales, de manejo de cuencas y de ordenamiento

territorial.

c) Incentivar el manejo integrado y sostenible de los ecosistemas

acuáticos, marino-costeros, con el fin de prevenir la sobreexplotación de

los recursos hidrobiológicos, asegurando su conservación.

d) Impulsar el diseño e implementación de estrategias para la gestión

sostenible de la diversidad biológica, incluyendo el desarrollo de alianzas

público-privadas, bajo criterios de conectividad y complementariedad.

e) Impulsar mecanismos para la evaluación y gestión de riesgos asociados

a las actividades extractivas, productivas y de servicios sobre la

diversidad biológica.

f) Fomentar el respeto, la recuperación y conservación de los

conocimientos tradicionales asociados a la diversidad biológica, así

como la distribución equitativa de los beneficios que se deriven de su

aprovechamiento.

g) Promover las prácticas del biocomercio, impulsando el establecimiento

de cadenas productivas sostenibles.

h) Impulsar la investigación de la diversidad biológica con el fin de

monitorear su conservación y gestión sostenible

2. RECURSOS GENÉTICOS

Lineamientos de política:

a) Impulsar la conservación de los recursos genéticos nativos y

naturalizados y fomentar la investigación, desarrollo y su utilización

sostenible, para el incremento de la competitividad de los sectores y

actividades productivas.

Page 170: Ambiental nuevo 2015 final

Página 170

b) Incentivar la conservación in-situ de los recursos genéticos y desarrollar,

promover y alentar diferentes formas de conservación ex-situ.

c) Impulsar la identificación y protección de las zonas del territorio nacional

de elevada diversificación genética, declarándolas libres de

transgénicos.

d) Fomentar el desarrollo de la biotecnología priorizando el uso de los

recursos genéticos nativos y naturalizados.

e) Fomentar de manera estratégica la obtención y uso de recursos

genéticos no nativos de importancia económica para el país.

f) Promover la participación pública y privada, nacional y extranjera, así

como las alianzas estratégicas, en la investigación, conservación y

utilización de los recursos genéticos en el marco de la normatividad

nacional vigente.

g) Impulsar el uso de mecanismos para la protección de los conocimientos

tradicionales y el conocimiento científico, relacionados con los recursos

genéticos, mediante la propiedad intelectual.

3. BIOSEGURIDAD

Lineamientos de política:

a) Establecer mecanismos para regular, bajo parámetros científicos, toda

actividad que involucre el uso de organismos vivos modificados, así

como el uso seguro y responsable de la biotecnología moderna y de sus

productos derivados.

b) Identificar las aplicaciones de la biotecnología moderna y evaluar su

pertinencia y oportunidad en la solución de problemas específicos en los

procesos productivos nacionales o en la generación de servicios, de

forma inocua, competitiva y sostenible.

c) Promover la utilización responsable de la biotecnología moderna sin que

perjudique procesos productivos que ya son competitivos y sostenibles,

y cuyos bienes y productos sean apropiados y apropiables.

d) Construir y desarrollar un sistema regulatorio basado en la aplicación de

análisis de riesgos transparentes y científicos; capaces de garantizar la

inocuidad y trazabilidad de los bienes y/o servicios obtenidos a través de

Page 171: Ambiental nuevo 2015 final

Página 171

la aplicación de la biotecnología moderna, respondiendo a las demandas

de los consumidores, a nuestra condición de país megadiverso y al

contexto de continuos desarrollos tecnológicos.

e) Establecer criterios científicos, ambientales, socioeconómicos y políticos,

para un sistema de bioseguridad y uso responsable de la biotecnología,

con niveles de seguridad compatibles con la política nacional de

comercio exterior y de promoción de la innovación local y nacional.

f) Generar, usar y difundir información de calidad sobre bioseguridad, para

contribuir a la toma responsable de decisiones entre proveedores y

usuarios y en aras de la construcción de una opinión pública

adecuadamente informada.

g) Generar y fortalecer las capacidades científicas y tecnológicas de

gestión y de infraestructura de las instituciones que tengan como ámbito

de acción la regulación de la biotecnología moderna, necesarias para la

implementación de los marcos legales nacionales e internacionales de

bioseguridad.

4. APROVECHAMIENTO DE LOS RECURSOS NATURALES

Lineamientos de política:

a) Promover la adopción de códigos de conducta, formulación de

estándares ambientales y sociales, normas voluntarias por los titulares

de derechos para el aprovechamiento sostenible de los recursos

naturales renovables y el uso racional y responsable de los no

renovables, bajo criterios de mejora continua.

b) Impulsar la formalización de las actividades informales de

aprovechamiento de recursos naturales.

c) Promover la innovación tecnológica, la investigación aplicada y el uso de

tecnologías limpias para el aprovechamiento de los recursos naturales.

d) Promover la adopción de buenas prácticas e iniciativas de

responsabilidad social de las empresas y titulares de derechos sobre los

recursos naturales.

Page 172: Ambiental nuevo 2015 final

Página 172

e) Establecer mecanismos de coordinación interinstitucional para la

asignación compatible de derechos de aprovechamiento de los recursos

naturales.

f) Promover la agricultura orgánica, la agricultura ecológica, la

agroforestería y la acuicultura, bajo criterios de biocomercio, articulando

cadenas productivas y con una activa participación de las poblaciones

locales.

g) Fomentar la valoración económica de los servicios ambientales que

proporciona la diversidad biológica y en particular, los ecosistemas

frágiles incluyendo los bosques húmedos tropicales, para la prevención y

recuperación del ambiente.

h) Impulsar el diseño e

implementación de instrumentos

económicos y financieros, sistemas

de compensación, retribución

económica y distribución del pago

por servicios ambientales.

i) Fomentar la aplicación de

metodologías apropiadas en la

valoración de los recursos

naturales, la diversidad biológica y

sus servicios ambientales, y

articular e incorporar sus resultados

en el Sistema de Cuentas

Nacionales.

j) Fomentar la articulación de las entidades del Estado con competencias

para la autorización del uso de los recursos, a fin de armonizar sus

decisiones con relación al patrimonio natural y cultural, las comprendidas

en el Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado y

áreas complementarias, así como los derechos intrínsecos de los

pueblos indígenas.

Page 173: Ambiental nuevo 2015 final

Página 173

5. MINERÍA Y ENERGÍA

Lineamientos de política:

a) Mejorar los estándares ambientales y sociales de las actividades minero-

energéticas, con códigos y normas de conducta concertada y

transparente, y verificar su cumplimiento.

b) Impulsar la formalización de la minería informal como medio para

mejorar su gestión ambiental y facilitar su control efectivo.

c) Promover la responsabilidad social empresarial de las actividades

minero-energéticas, con el fin de mejorar sus relaciones con las

comunidades locales y reducir los conflictos socio ambientales.

d) Fomentar el uso de tecnologías limpias en la actividad minero-energética

para minimizar los riesgos e impactos ambientales.

e) Asegurar los procesos de consulta pública, de manera oportuna y

transparente, antes del otorgamiento de derechos para la exploración y

explotación.

f) Promover la inversión, desarrollo y uso de biocombustible, energías

renovables y gas metano derivado de rellenos sanitarios, como una

oportunidad para la sustitución de petróleo y gas y la reducción de las

emisiones de carbono, en el marco del diseño de una nueva matriz

energética.

g) Fomentar la eficiencia energética, mediante el uso de tecnologías

modernas, incentivos económicos y sistemas tranparentes de

información.

6. BOSQUES

Lineamientos de política:

a) Impulsar la gestión sostenible e integrada de los bosques, considerando

las características ecosistémico de cada una de las regiones naturales

del país.

Page 174: Ambiental nuevo 2015 final

Página 174

b) Prevenir la reducción y degradación de bosques y sus recursos, por

prácticas ilegales como tala, quema, comercio y cambio de uso de la

tierra.

c) Conservar e incrementar la cobertura boscosa y por ende, la

biodiversidad y los servicios ambientales, mejorando la capacidad

productiva del ecosistema.

d) Privilegiar el aprovechamiento integral de los recursos del bosque,

apoyando iniciativas respecto de los recursos maderables y no

maderables, fauna silvestre y servicios ambientales.

e) Impulsar la reforestación de las áreas degradadas con especies nativas

maderables, aquellas que tienen mayor potencial de brindar servicios

ambientales y otras con potencial económico que contribuyan al

desarrollo, promoviendo la inversión pública y privada.

f) Fortalecer e incorporar mecanismos de vigilancia comunitaria y

ciudadana en las estrategias de seguimiento y control de los derechos

forestales.

g) Realizar acciones para evitar la deforestación de los bosques naturales y

la utilización de especies exóticas invasoras para reforestar dichas

áreas, promoviendo la reforestación con el uso de especies nativas.

7. ECOSISTEMAS MARINO COSTEROS

Lineamientos de política:

a) Fortalecer la gestión integrada de las zonas marino-costeras y sus

recursos con un enfoque ecosistémico.

b) Promover el aprovechamiento sostenible y conservación de la diversidad

biológica de los ecosistemas marino-costeros, con especial énfasis en

los recursos pesqueros.

c) Proteger ecosistemas frágiles como los humedales y cuencas de la

región costera.

d) Promover la investigación de los ecosistemas marino-costeros con

tecnologías adecuadas.

Page 175: Ambiental nuevo 2015 final

Página 175

e) Promover el ordenamiento de las zonas marino-costeras para un

aprovechamiento sostenible de sus recursos, a través de la zonificación

ecológica y económica.

f) Promover el uso sostenible de los recursos marinos, el monitoreo y

vigilancia de los vertimientos contaminantes en el mar territorial nacional,

con prioridad en las zonas más cercanas a la costa.

8. CUENCAS, AGUA Y SUELOS

Lineamientos de política:

a) Impulsar la gestión integrada de cuencas, con enfoque ecosistémico

para el manejo sostenible de los recursos hídricos y en concordancia

con la política de ordenamiento territorial y zonificación ecológica y

económica.

b) Impulsar la formulación de estándares de evaluación y monitoreo del uso

de los recursos hídricos, considerando las características particulares de

las distintas regiones del territorio.

c) Consolidar los derechos de uso de los recursos hídricos mediante

criterios de eficiencia y adecuada retribución por su aprovechamiento en

concordancia con la normativa nacional vigente.

Page 176: Ambiental nuevo 2015 final

Página 176

d) Impulsar la caracterización, evaluación y registro de los suelos y tierras a

nivel nacional.

e) Fortalecer los conocimientos y tecnologías tradicionales compatibles con

el manejo sostenible de los suelos y agua.

f) Impulsar acciones para prevenir los procesos de desertificación,

degradación y pérdida de suelos mitigando sus efectos y/o

recuperándolos.

9. MITIGACIÓN Y ADAPTACIÓN AL CAMBIO CLIMÁTICO

Lineamientos de política:

a) Incentivar la aplicación de medidas para la mitigación y adaptación al

cambio climático con un enfoque preventivo, considerando las

particularidades de las diversas regiones del país, con énfasis en la

situación y accionar espontáneo de adaptación de las comunidades

campesinas y pueblos indígenas.

b) Establecer sistemas de monitoreo, alerta temprana y respuesta oportuna

frente a los desastres naturales asociados al cambio climático,

privilegiando a las poblaciones más vulnerables.

c) Fomentar el desarrollo de proyectos forestales, manejo de residuos

sólidos, saneamiento, usos de energías renovables y otros, para

contribuir en la mitigación de los efectos del cambio climático.

Page 177: Ambiental nuevo 2015 final

Página 177

d) Conducir los procesos de adaptación y mitigación al cambio climático

difundiendo sus consecuencias, así como capacitar a los diversos

actores sociales para organizarse.

e) Promover el uso de tecnologías adecuadas y apropiadas para la

adaptación al cambio climático y mitigación de gases de efecto

invernadero y de la contaminación atmosférica.

10. DESARROLLO SOSTENIBLE DE LA AMAZONÍA

Lineamientos de política:

a) Impulsar la gestión integrada de las cuencas hidrográficas mejorando la

tecnología y productividad de sus recursos, rescatando técnicas de uso

eficiente y sostenible.

b) Promover la investigación y el uso de tecnologías limpias en las

actividades minero-energéticas en la Amazonia.

c) Impulsar la conservación y aprovechamiento sostenible de la Amazonía

teniendo en cuenta su variabilidad, complejidad, fragilidad y ubicación

geoestratégica.

d) Recuperar las zonas degradadas por la minería informal; los pasivos

ambientales mineros; y el cultivo de la coca, el uso de insumos para la

elaboración ilícita de drogas y las actividades propias del narcotráfico.

e) Proteger los bosques primarios amazónicos y reducir gradualmente la

tala, roza y quema para fines agropecuarios, desarrollando alternativas

Page 178: Ambiental nuevo 2015 final

Página 178

productivas de uso del bosque en pie, como el ecoturismo, manejo de

bosques y otras actividades.

f) Impulsar el manejo de los bosques secundarios con potencialidades

para los programas de cultivo de especies con potencial económico.

g) Impulsar actividades rentables a partir del bosque en áreas con escasa o

ninguna intervención, dando valor al ecosistema y sus servicios.

h) Establecer el sistema de cuentas del patrimonio natural de la Amazonía

y metodologías de valoración económica a efectos de reconocer sus

aportes a la economía nacional por la provisión de servicios

ecosistémicos y productos diferentes a la madera.

i) Promover el rescate y valoración de los conocimientos tradicionales de

los pueblos indígenas y asegurar la distribución equitativa de los

beneficios derivados de su aprovechamiento.

j) Promover la implementación de políticas binacionales y regionales con

los países amazónicos para la gestión integral de los recursos y de los

asuntos transfronterizos.

k) Fortalecer el Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana (IIAP)

como institución rectora para la investigación y la evaluación continua de

los recursos naturales de la Amazonía y como soporte para el desarrollo

sostenible de la región.

Page 179: Ambiental nuevo 2015 final

Página 179

11. ORDENAMIENTO TERRITORIAL

Lineamientos de política:

a) Impulsar el Ordenamiento Territorial nacional y la Zonificación Ecológica

Económica, como soporte para la conservación, uso y

aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y de la

diversidad biológica, así como la ocupación ordenada del territorio.

b) Incorporar en los procesos de Ordenamiento Territorial el análisis del

riesgo natural y antrópico, así como las medidas de adaptación al

cambio climático.

c) Impulsar mecanismos para prevenir el asentamiento de poblaciones y el

desarrollo de actividades socioeconómicas en zonas con alto

potencial de riesgos ante peligros naturales y antrópicos.

d) Impulsar el ordenamiento territorial como base de los planes de

desarrollo concertados y de desarrollo de fronteras, en la gestión de

cuencas hidrográficas y las zonas marino costera.

EJE DE POLÍTICA N° 2

GESTIÓN INTEGRAL DE LA CALIDAD AMBIENTAL

OBJETIVOS

1. Lograr una gestión sostenible de las actividades productivas, extractivas,

de transformación, comerciales y de servicios, para asegurar una

adecuada calidad ambiental en el país.

2. Desarrollar y consolidar mecanismos de carácter técnico, normativo,

económico y financiero, para la prevención y control de los impactos

ambientales negativos significativos de las actividades de origen natural

y antrópico.

3. Rehabilitar las áreas ambientalmente degradadas articulando las

acciones de los sectores público y privado involucrados, de acuerdo a

sus competencias y responsabilidades.

Page 180: Ambiental nuevo 2015 final

Página 180

4. Incorporar criterios de ecoeficiencia y control de riesgos ambientales y

de la salud en las acciones de los sectores público y privado.

5. Lograr el control eficaz de las fuentes de contaminación y a los

responsables de su generación, estableciendo instrumentos y

mecanismos para la vigilancia, supervisión, evaluación y fiscalización

ambiental.

1. CONTROL INTEGRADO DE LA CONTAMINACIÓN

Lineamientos de política:

a) Integrar los mecanismos e instrumentos para el control de la

contaminación, bajo criterios intersectoriales, de simplificación

administrativa y mejora continua.

b) Contar con parámetros de contaminación para el control y

mantenimiento de la calidad del agua, aire y suelo, considerando el

aporte de las fuentes fijas y móviles.

c) Realizar acciones para recuperar la calidad del agua, aire y suelos en

áreas afectadas por pasivos ambientales.

d) Establecer indicadores, parámetros y procedimientos para evaluar la

eficacia de los instrumentos de control de la calidad ambiental e

introducir las correcciones necesarias.

e) Consolidar la implementación y articulación del Sistema Nacional de

Evaluación de Impacto Ambiental y promover la aplicación de la

Evaluación Ambiental Estratégica.

f) Promover la inversión privada en procesos productivos que utilicen

tecnologías e insumos limpios y el desarrollo de procesos de

reconversión de las industrias contaminantes.

g) Promover la ecoeficiencia en la gestión ambiental de las entidades

públicas y privadas, en todos los niveles de la administración pública

(nacional, regional y local).

h) Impulsar la adopción de medidas idóneas de manejo ambiental en el

desarrollo de las actividades de la pequeña empresa, promoviendo la

formalización de los agentes que realizan actividades no autorizadas.

Page 181: Ambiental nuevo 2015 final

Página 181

i) Incorporar criterios de salud ambiental y control de riesgos en los

procesos de toma de decisiones y el manejo operativo, vinculados al

control de la contaminación en sus distintas manifestaciones.

j) Desalentar la importación de bienes usados y de tecnologías que

puedan incidir en la generación de impactos ambientales negativos y

riesgos a la salud de las personas.

2. CALIDAD DEL AGUA

Lineamientos de política:

a) Impulsar una adecuada calidad

ambiental de los cuerpos de

agua del país de acuerdo a

estándares que permitan evitar

riesgos a la salud y al ambiente.

b) Identificar, vigilar y controlar las

principales fuentes emisoras de

efluentes contaminantes,

privilegiando las cuencas que

abastecen de agua a los centros urbanos y articular para tal fin, la

actuación de las autoridades en los tres niveles de gobierno.

c) Promover el conocimiento científico y tecnológico de las medidas de

prevención y los efectos de la contaminación del agua, sobre la salud de

las personas, los ecosistemas y los recursos naturales.

d) Ampliar la cobertura y mejorar la calidad de los servicios de saneamiento

básico.

e) Promover la inversión en infraestructura de saneamiento básico y de

tratamiento y rehúso de aguas residuales de origen doméstico y otras

actividades generadoras de efluentes.

Page 182: Ambiental nuevo 2015 final

Página 182

f) Difundir prácticas sanitarias para el manejo doméstico del agua y la

prevención de enfermedades, privilegiando medidas específicas para las

áreas rurales.

g) Impulsar la rehabilitación de los cuerpos de agua afectados por

contaminación.

h) Aplicar instrumentos e incentivos económicos para evitar la

contaminación de las fuentes de agua.

i) Fomentar el ahorro y la eficiencia en el uso del agua y establecer fondos

para el manejo de cuencas y fuentes de este recurso como pago por

servicios ambientales.

3. CALIDAD DEL AIRE

Lineamientos de política:

a) Establecer medidas para prevenir y mitigar los efectos de los

contaminantes del aire sobre la salud de las personas.

b) Implementar sistemas de alerta y prevención de emergencias por

contaminación del aire,

privilegiando las zonas con

mayor población expuesta a

contaminantes críticos.

c) Incentivar la modernización

del parque automotor

promoviendo instrumentos,

uso de medios de transporte

y combustibles que contribuyan a reducir los niveles de contaminación

atmosférica.

d) Identificar y modificar prácticas operativas y consuetudinarias i inadecuada

que afectan la calidad del aire.

Page 183: Ambiental nuevo 2015 final

Página 183

e) Impulsar mecanismos técnico-normativos para la vigilancia y control de

la contaminación sonora y de las radiaciones no ionizantes.

4. RESIDUOS SÓLIDOS

Lineamientos de política:

a) Fortalecer la gestión de los gobiernos regionales y locales en materia de

residuos sólidos de ámbito municipal, priorizando su aprovechamiento.

b) Impulsar medidas para mejorar la recaudación de los arbitrios de limpieza y

la sostenibilidad financiera de los servicios de residuos sólidos municipales.

c) Impulsar campañas nacionales de educación y sensibilización ambiental

para mejorar las conductas respecto del arrojo de basura y fomentar la

reducción, segregación, reuso, y reciclaje; así como el reconocimiento de la

importancia de contar con rellenos sanitarios para la disposición final de los

residuos sólidos.

d) Promover la inversión pública y privada en proyectos para mejorar los

sistemas de recolección, operaciones de reciclaje, disposición final de

residuos sólidos y el desarrollo de infraestructura a nivel nacional;

asegurando el cierre o clausura de botaderos y otras instalaciones ilegales.

e) Desarrollar y promover la adopción de modelos de gestión apropiada de

residuos sólidos adaptadas a las condiciones de los centros poblados.

f) Promover la formalización de los segregadores y recicladores y otros

actores que participan en el manejo de los residuos sólidos.

g) Promover el manejo adecuado de los residuos sólidos peligrosos por las

municipalidades en el ámbito de su competencia, coordinando acciones

con las autoridades sectoriales correspondientes.

h) Asegurar el uso adecuado de infraestructura, instalaciones y prácticas de

manejo de los residuos sólidos no municipales, por sus generadores.

i) Promover la minimización en la generación de residuos y el efectivo manejo

y disposición final segregada de los residuos sólidos peligrosos, mediante

instalaciones y sistemas adecuados a sus características particulares de

peligrosidad.

Page 184: Ambiental nuevo 2015 final

Página 184

5. SUSTANCIAS QUÍMICAS Y MATERIALES PELIGROSOS

Lineamientos de política:

a) Establecer y/o fortalecer mecanismos de autorización, vigilancia y control

en el ciclo de vida de las sustancias químicas y materiales peligrosos, y

contar con información sistematizada y actualizada sobre las actividades

que se realizan con ellas.

b) Promover la prevención y control de los riesgos ambientales asociados

al uso, manejo y disposición final de sustancias químicas y materiales

peligrosos.

c) Asegurar que las sustancias y materiales peligrosos, que por distintas

razones deben ser conducidos a disposición final, sean manejadas de

manera ambientalmente segura y adecuada.

d) Difundir las buenas prácticas en el manejo de sustancias químicas y

materiales peligrosos y promover la adopción de criterios de control de

riesgos durante su uso y disposición final.

e) Asegurar la incorporación de criterios de salud y de protección de

ecosistemas frágiles, en el establecimiento, seguimiento y control de los

planes de contingencia en el uso y manejo de sustancias químicas y

materiales peligrosos.

f) Gestionar los riesgos para la salud y el ambiente del uso de sustancias

químicas y materiales peligrosos, especialmente entre las personas

potencialmente expuestas.

6. CALIDAD DE VIDA EN AMBIENTES URBANOS

Lineamientos de política:

a) Promover el desarrollo sostenible de las ciudades y centros poblados en

general, mediante acciones de sensibilización, control y conservación de

Page 185: Ambiental nuevo 2015 final

Página 185

la calidad ambiental, planificación urbana y gestión de entornos

ambientales saludables.

b) Fortalecer la gestión ambiental regional y local bajo el enfoque de la

ecoeficiencia para orientar y ordenar el crecimiento de las ciudades,

garantizando una adecuada calidad ambiental en los centros poblados.

c) Promover acciones de saneamiento básico y gestión de residuos

sólidos, que aseguren una adecuada calidad ambiental en los centros

urbanos y principalmente en los destinos turísticos.

d) Establecer regulaciones para controlar efectivamente la contaminación

sonora.

e) Conservar y ampliar las áreas verdes urbanas para el mejoramiento de

la calidad del aire y la generación de espacios culturales y de

esparcimiento.

f) Promover el adecuado ordenamiento territorial para evitar usos

inapropiados de las tierras, en procesos de expansión urbana.

EJE DE POLÍTICA 3

GOBERNANZA AMBIENTAL

OBJETIVOS

1. Posicionar el tema ambiental en las decisiones de Estado articulando las

capacidades nacionales, creando sinergias y promoviendo una activa

participación ciudadana.

2. Lograr que el Sistema Nacional de Gestión Ambiental ejerza, de manera

eficiente y eficaz, sus funciones en los tres niveles de gobierno, bajo la

rectoría del Ministerio del Ambiente.

Page 186: Ambiental nuevo 2015 final

Página 186

3. Construir nuevos modos de producción y vida basados en los principios

de la sostenibilidad, la ética, la inclusión social y la justicia ambiental

1. INSTITUCIONALIDAD

Lineamientos de política:

a) Consolidar el ejercicio de la autoridad ambiental para contribuir al

desarrollo sostenible del país.

b) Afianzar el Sistema Nacional de Gestión Ambiental y de sus instancias

de coordinación y concertación.

c) Promover un marco normativo ambiental armonizado y coherente con la

realidad del país, las prioridades de Estado y su visión de desarrollo.

d) Impulsar la diferenciación y la complementariedad de las competencias

ambientales institucionales en los tres niveles de gobierno.

e) Fortalecer las capacidades para la gestión ambiental y para el diseño y

aplicación de sus instrumentos, tales como los de planificación,

prevención, control, corrección, información, financiamiento,

participación, y fiscalización, entre otros.

f) Fomentar la creatividad, investigación e innovación tecnológica

ambiental comprometidos con el desarrollo y estilo de vida sostenibles

en los diferentes actores de la sociedad.

g) Establecer e implementar mecanismos adecuados para la gestión de

conflictos socioambientales, promoviendo el diálogo y la concertación.

h) Promover acciones de vigilancia, monitoreo, supervisión, fiscalización y

otorgamiento de incentivos, que coadyuven al cumplimiento de la

normativa y objetivos de la gestión ambiental.

i) Fomentar alianzas y acuerdos de cooperación público-privada, así como

la inversión privada para la ejecución de programas, proyectos y

actividades orientadas a mejorar la gestión ambiental.

Page 187: Ambiental nuevo 2015 final

Página 187

2. CULTURA, EDUCACIÓN Y CIUDADANÍA AMBIENTAL

Lineamientos de política:

a) Fomentar una cultura y modos de vida compatibles con los principios de

la sostenibilidad, los valores humanistas y andino-amazónicos,

desplegando las capacidades creativas de los peruanos hacia el

aprovechamiento sostenible y responsable de la diversidad natural y

cultural.

b) Incluir en el sistema educativo nacional el desarrollo de competencias

en investigación e innovación, emprendimientos, participación,

ecoeficiencia y buenas prácticas ciudadanas para valorar y gestionar

sostenible y responsablemente nuestro patrimonio natural.

c) Fomentar la responsabilidad socio-ambiental y la ecoeficiencia por parte

de personas, familias, empresas e instituciones, así como la

participación ciudadana en las decisiones públicas sobre la protección

ambiental.

3. INCLUSIÓN SOCIAL EN LA GESTIÓN AMBIENTAL

Lineamientos de política

a) Fomentar la participación activa y pluricultural de la población en la

gestión ambiental, y en particular, la intervención directa de grupos

minoritarios o vulnerables, sin discriminación alguna.

b) Promover la adopción de mecanismos para evaluar y valorar el enfoque

de género e intercultural, y los intereses de los grupos minoritarios o

vulnerables en los procesos de gestión ambiental.

c) Fomentar la generación de espacios y el uso de herramientas y otros

medios, que faciliten efectivamente la participación de la población con

capacidades especiales o diferentes en la gestión ambiental.

Page 188: Ambiental nuevo 2015 final

Página 188

d) Incentivar la participación de las mujeres y los jóvenes en los diversos

procesos para que ejerzan una efectiva ciudadanía ambiental.

EJE DE POLÍTICA 4

COMPROMISOS Y OPORTUNIDADES AMBIENTALES INTERNACIONALES

OBJETIVOS:

1. Asegurar que las posiciones nacionales en materia ambiental

presentadas en los foros internacionales, acuerdos multilaterales y bilaterales,

estén articuladas y reflejen los intereses nacionales, contribuyendo a orientar

las decisiones de dichos foros y acuerdos.

2. Lograr que el cumplimiento de los acuerdos internacionales suscritos y

ratificados por el Perú contribuyan eficientemente al aprovechamiento

sostenible de los recursos naturales renovables, y el uso racional y responsable

de los no renovables.

3. Lograr que en los procesos de integración comercial, se homogenicen

criterios y estándares ambientales con las políticas nacionales en materia de

comercio exterior, para mejorar la gestión ambiental, la competitividad, la

protección de los recursos naturales y la calidad de vida de la población.

1. COMPROMISOS INTERNACIONALES

Lineamientos de política:

a) Promover que los compromisos internacionales suscritos y que suscriba

el Perú, se articulen al accionar del Estado en sus tres niveles de

gobierno.

b) Fortalecer la capacidad negociadora del país para garantizar que su

participación en el ámbito internacional tenga un liderazgo reconocido y

resguarde los intereses nacionales en materia de gestión ambiental y de

los recursos naturales.

Page 189: Ambiental nuevo 2015 final

Página 189

c) Impulsar el acceso a los mecanismos de asistencia técnica,

transferencia tecnológica y recursos financieros para el fortalecimiento

de las capacidades nacionales en el marco de los Acuerdos y Convenios

Internacionales en materia ambiental.

d) Contribuir al establecimiento, desarrollo y promoción del derecho

internacional ambiental.

e) Consolidar los procesos de negociación, cooperación e integración a

nivel internacional asociados a la posición geoestratégica y las ventajas

comparativas ambientales del país en el ámbito global, en concordancia

con la política exterior del país y la de comercio exterior.

2. AMBIENTE, COMERCIO Y COMPETITIVIDAD

Lineamientos de política

a) Incentivar la competitividad ambiental del país y promover la inversión

privada para el desarrollo de bionegocios, con inclusión de los principios

y criterios del biocomercio, etiquetado verde y certificación ambiental de

la producción exportable.

b) Promover iniciativas y mecanismos orientados a garantizar una

distribución justa y equitativa de los beneficios generados por el

biocomercio.

c) Propiciar la ecoeficiencia, la calidad ambiental y la responsabilidad social en

la gestión empresarial.

6. ESTANDARES DE CUMPLIMIENTO

Para el debido seguimiento de la Política Nacional del Ambiente las

autoridades de los gobiernos nacional, regionales y municipales, deben

establecer metas concretas e indicadores de desempeño los mismos que

deben ser concordantes con sus programas multianuales, sus estrategias de

inversión y gasto social asociados, así como con los siguientes estándares

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Página 190

nacionales de cumplimiento obligatorio, sin perjuicio de los estándares

particulares que puedan establecer de acuerdo a sus objetivos institucionales:

1. Instrumentos de Gestión Ambiental

Registrar y difundir periódicamente información sobre los instrumentos de

gestión ambiental que aprueban en el ejercicio de las funciones a su cargo.

2. Infraestructura para el control de la calidad ambiental

Dar cuenta del número de instalaciones que se establecen en los sectores,

regiones y municipios, para el control de la calidad del ambiente.

3. Acciones de incentivo y fiscalización

Dar cuenta del número y resultado de las acciones de incentivo, promoción,

supervisión, monitoreo, evaluación, fiscalización y sanción que se realizan para

el mejoramiento, recuperación y protección de la calidad ambiental y de los

recursos naturales.

4. Participación ciudadana

Dar cuenta de los procesos de participación ciudadana impulsados por la

respectiva autoridad gubernamental y de los mecanismos empleados.

6-7.- LEGISLACION VINCULADA A LOS EJES DE POLITICA AMBIENTAL

LA LEGISLACIÓN AMBIENTAL PERUANA comprende todas las normas

legales vigentes, promulgadas por los diversos organismos públicos de los

niveles de gobierno nacional, regional y local: Tratados Internacionales,

Constitución Política, Leyes, Decretos, Resoluciones, etc., que directa o

indirectamente inciden sobre el ambiente y sobre todo en el desarrollo

adecuado de la vida.

La CONSTITUCION POLITICA DEL PERU, según el numeral 22 del Artículo 2º

DECLARA el derecho fundamental e irrenunciable a gozar de un ambiente

adecuado y equilibrado para el desarrollo de la vida, aparejado al deber

personalísimo y societal de conservarlo. (LA VIDA COMO VALOR)

Page 191: Ambiental nuevo 2015 final

Página 191

Artículo 66°. Los recursos naturales, renovables y no renovables, son

patrimonio de la Nación. El Estado es soberano en su aprovechamiento. Por

ley orgánica se fijan las condiciones de su utilización y de su otorgamiento a

particulares. La concesión otorga a su titular un derecho real, sujeto a dicha

norma legal.

Artículo 67°. El Estado determina la política nacional del ambiente. Promueve el

uso sostenible de sus recursos naturales.

Artículo 68°. El Estado está obligado a promover la conservación de la

diversidad biológica y de las áreas naturales protegidas.

Artículo 69°. El Estado promueve el desarrollo sostenible de la Amazonía con

una legislación adecuada.

Por otro lado, mediante D.S. N° 012-2009-MINAM, se aprueba la Política

Nacional del Ambiente.

1.- CONSERVACIÓN Y APROVECHAMIENTO SOSTENIBLE DE LOS

RECURSOS NATURALES Y DE LA DIVERSIDAD BIOLÓGICA

A. DIVERSIDAD BIOLÓGICA

NORMA FECHA DE

PUBLICACION

SUMILLA

Constitución

Política del Perú

Arts. 67, 69

CONCORDANCIA

S:

Política de Estado

Nº 19 – Gestión

ambiental y

desarrollo

sostenible

Promulgada el

29.12. 1993

Publicada el

30.12. 1993

El estado determina la política nacional del

ambiente y promueve el uso sostenible de los

recursos naturales; asimismo está obligado a

promover la conservación de la diversidad

biológica y de las áreas naturales protegidas, así

como el desarrollo sostenible de la amazonia

Page 192: Ambiental nuevo 2015 final

Página 192

Ley N° 28611

Arts. 97, 98,

99.1,.2, .3 …

15 de octubre de

2005

Ley General del Ambiente.

Lineamientos de política sobre diversidad

biológica- ecosistemas frágiles, medidas de

promoción por el estado, conservación in situ- ex

situ de la diversidad biológica.

Ley Nº 26839 16 de julio de

1997

Ley sobre la Conservación y el Aprovechamiento

Sostenible de la Diversidad Biológica

D.S. N° 012-2009-

MINAM

23 de mayo de

2009

Aprueban la Política nacional del Ambiente.

D.S. 068-2001-

PCM

21.06.2001 Reglamento De La Ley 26839

Decisión 391

Régimen Común sobre Acceso a los Recursos

Genéticos

D.S. 102- 2001-

PCM

05.09.01 Estrategia Nacional De La Diversidad Biológica

(ENDB)

D.S. 038- 98- PCM 19.08.1998 se crea la Comisión Nacional de la Diversidad

Biológica (CONADIV)

D.S. 007- 2003-AG

ART. 4

15.01.03 ROF DEL INRENA

INRENA encargado de realizar y promover

acciones para el aprovechamiento sostenible de

los recursos naturales, la conservación de la

diversidad biológica silvestre y la gestión sostenible

del medio rural.

LEY 28477 24.03.05 declara a los cultivos, crianzas nativas y especies

silvestres usufructuadas patrimonio cultural de la

nación

LEY 27811 10.08.02 Ley del régimen de protección de los

conocimientos colectivos de los pueblos indígenas

vinculadas a los recursos biológicos.

D.S. 001-2006-ED 22.01.06 Plan Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación

para la Competitividad y Desarrollo Humano 2006-

2021

Page 193: Ambiental nuevo 2015 final

Página 193

B. RECURSOS GENÉTICOS

NORMA FECHA DE

PUBLICACION

SUMILLA

Tratado

Internacional de

la FAO

Tratado sobre Recursos Fitogenéticos para la

Alimentación y la Agricultura.

D.S. 031-2005-AG

ARTS. 2,4.C,5

14.07.05 ROF DEL INSTITUTO NACIONAL DE

RECURSOS NATURALES.

D.S N° 007-2009-

MINAM

28 de marzo de

2009

Adecuan la Comisión Nacional sobre la Diversidad

Biológica - CONADIB a la Ley de Creación,

Organización y Funciones del Ministerio del

Ambiente y a la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo.

Ley N° 26839 18 de junio de

1997

Ley sobre la Conservación y Aprovechamiento

Sostenible de la Diversidad Biológica

Ley N° 28216 31 de abril de

2004

Ley de Protección al Acceso a la Diversidad

Biológica Peruana y los Conocimientos de los

pueblos indígenas.

Decisión 523de la

Comunidad Andina

de Naciones

07 de julio de

2002

Estrategia Regional de Biodiversidad para los

Países del Trópico Andino

Decisión 345de la

Comunidad Andina

de Naciones

21 de octubre de

1993

Acuerdo de Cartagena sobre Protección a los

Derechos de los Obtentores de Variedades

Vegetales

RL N° 26181 30/04/1993 Convenio sobre la Diversidad Biológica

Page 194: Ambiental nuevo 2015 final

Página 194

Decisión 345 de

la Comunidad

Andina de

Naciones.

21 de octubre

de 1993.

Régimen común de protección a los derechos de

los obtentores de variedades vegetales

Decisión 391 de

la Comunidad

Andina de

Naciones

2 de julio de

1996.

Régimen común de acceso a los recursos

genéticos

Decisión 486 de

la Comunidad

Andina de

Naciones

14.09.2002 Régimen Común sobre Propiedad Industrial

D. leg. 1075

Modificado por

ley 29316

(14/01/2009)

28/06/2008 Aprueba disposiciones complementarias a la

decisión 486 de la Comisión de la Comunidad

Andina que establece el régimen común sobre

propiedad industrial

R.M. Nº 087-

2008-MINAM

31 de

diciembre de

2008

Reglamento de Acceso a los Recursos Genéticos

D.S. N° 003-

2009-MINAM

20 de febrero

de 2009

Elevan al rango de Decreto Supremo la

Resolución Ministerial N° 087-2008-MINAM,

Ratifican la Aprobación del Reglamento de Acceso

a los Recursos Genéticos.

D. S. Nº 008-96-

ITINCI

03 de mayo de

1996

Reglamento de Protección a los Derechos de los

Obtentores de Variedades Vegetales.

Ley 29316

2009 Complementa la Decisión 486 en materia de

protección defensiva

Ley 28126.

16/12/2003 Ley que sanciona a las infracciones a los

derechos de los obtentores de variedades

vegetales protegidas

Ley 28303 27/07/2004 Ley marco de ciencia, tecnología e innovación

Page 195: Ambiental nuevo 2015 final

Página 195

Modificada por

ley 28613

(18/10/2005).

tecnológica

D.S. 001-2006-

ED

22.01.06 Plan nacional de ciencia, tecnología e innovación

para la competitividad y desarrollo humano 2006-

2021

LEY 27811

10.08.02 Ley del régimen de protección de los

conocimientos colectivos de los pueblos indígenas

vinculados a los recursos biológicos

LEY 28477 24.03.06 declara a los cultivos, crianzas nativas y especies

silvestres usufructuadas patrimonio cultural de la

nación

R. Jefatural 090-

2005-INRENA

15/07/2005 Disponen apertura del registro de acceso a

recursos genéticos

D.S. 031-2005-

AG

Arts. 2,4.c,5

14.07.05 ROF del instituto nacional de investigación y

extensión agraria- INEIA

Ley 28216 01/05/2004

Ley de protección al acceso a la diversidad

biológica peruana y los conocimientos colectivos

de los pueblos indígenas

R. legislativa

29557

13/07/2010 Aprueba el convenio internacional para la

protección de las obtenciones vegetales o UPOV

91

R. M. N° 0195-

2011-AG

21/05/2011 Dispone la pre publicación del proyecto de

reglamento de la Ley 29196 – Ley de Promoción

de la Producción Orgánica o Ecológica, en el

portal del Ministerio de Agricultura

R. M. 087-2008-

MINAM

31 de

diciembre de

2008

Reglamento de Acceso a los Recursos Genéticos

Page 196: Ambiental nuevo 2015 final

Página 196

D.S N° 003-2009-

MINAM

20 de febrero

de 2009

Elevan al rango de Decreto Supremo la

Resolución Ministerial N° 087-2008-MINAM,

Ratifican la Aprobación del Reglamento de Acceso

a los Recursos Genéticos.

C.- BIODIVERSIDAD/BIOSEGURIDAD

NORMA FECHA DE

PUBLICACION

SUMILLA

Protocolo de

Cartagena 29/01/2000

Protocolo de Cartagena sobre seguridad

de la Biotecnología del convenio sobre la

Diversidad Biológica.

Ley 28611 15/10/2005 Ley General del Ambiente.

Ley 27104 12/05/99 Ley de prevención de riesgos en el uso de

la biotecnología

D.S. 108-2002-PCM 28/10/2002 Reglamento de la ley de prevención de

riesgos derivados de la biotecnología

D. S. 003-2011-AG 15/04/2011 Reglamento interno sectorial sobre

seguridad de la biotecnología en el

desarrollo de actividades con organismos

vivos modificados agropecuarios o

forestales y/o sus productos derivados, el

cual consiste en establecer los

procedimientos administrativos que deben

seguir las personas interesadas en

desarrollar actividades con OVM para el

sector agricultura

R. Suprema 121-

2011-PCM

19/05/2010 Crea la comisión multisectorial encargada

de revisar los alcances del reglamento

interno sectorial sobre seguridad de la

biotecnología en el desarrollo de

actividades con organismos vivos

Page 197: Ambiental nuevo 2015 final

Página 197

D. APROVECHAMIENTO DE LOS RECURSOS NATURALES

NORMA FECHA DE

PUBLICACION

SUMILLA

Ley N° 26821

26 de junio de

1997

Ley Orgánica para el Aprovechamiento

Sostenible de los Recursos Naturales

Ley N° 26834 04 de julio de

1997

Ley de Áreas Naturales Protegidas.

D. S. N° 038-2001-AG 26 de junio de

2001

Aprueban el Reglamento de la Ley de Áreas

Naturales Protegidas

R. Leg. N° 26536. Aprueba Convención de las Naciones Unidas

de lucha contra la Desertificación y la Sequía

Ley N° 26839 09 de julio de

2007

Ley de conservación y Aprovechamiento

Sostenible de la Diversidad Biológica.

Ley N° 29338 31 de marzo

2009

Ley de Recursos Hídricos

D.S. N° 068-2001-PCM 21 de junio de

2001

Aprueban el reglamento de la Ley sobre

Conservación y Aprovechamiento sostenible

de la Diversidad Biológica.

D. S. Nº 031-2004-AG 18 de agosto de

2004

Estrategia Nacional Forestal

Ley Nº 25977

15 de

Septiembre de

1998

Ley General de Pesca

D. S. Nº 012-2001-PE. 14 de Marzo de

2001

Reglamento de la Ley General de Pesca

D. Leg. Nº 1084

28 de Junio del

2008

Ley sobre Límites Máximos de captura por

Embarcación

modificados agropecuarios o forestales y/o

sus productos derivados

Page 198: Ambiental nuevo 2015 final

Página 198

D. Leg. Nº 1079 28 de junio de

2008

Decreto Legislativo que establece medidas

que garanticen el Patrimonio de las Áreas

Naturales Protegidas

D. S. N° 008-2008-

MINAM

13 de setiembre

de 2008

Aprueban el Reglamento del Decreto

Legislativo Nº 1079 que Establece Medidas

que Garanticen el Patrimonio de las Áreas

Naturales Protegidas

D. S. N° 006-2008-

MINAM

15 de noviembre

de 2008

Reglamento de Organización y Funciones del

Servicio Nacional de Áreas Naturales

Protegidas – SERNANP

D. S. N° 016-2009-

MINAM

03 de setiembre

de 2009

Aprueban actualización del Plan Director de

las Áreas Naturales Protegidas

D. Ley Nº 26154

30 de diciembre

de 1992

Crea el Fondo Nacional para Áreas Naturales

Protegidas por el Estado – FONANPE

D.S. N° 004-2010-

MINAM

30 de marzo de

2010

Decreto Supremo que precisa la obligación

de solicitar opinión técnica previa vinculante

en defensa del patrimonio natural de las

áreas Naturales Protegidas

D. S. Nº 024-93-AG

16 de julio de

1993

Aprueban el Reglamento del Decreto Ley Nº

26154 mediante el cual se crea el Fondo

Nacional para Áreas Naturales Protegidas por

el Estado – FONANPE

Res. Jefatural Nº 147-

2001-INRENA

25 de junio de

2001

Aprueban montos que corresponden al

derecho de ingreso a las Áreas Naturales

Protegidas por el Estado – ANPs

D. S. 001-2000-AG

11 de enero de

2000

Disponen que el INRENA gestione inscripción

de áreas naturales protegidas, como

patrimonio de la Nación ante los registros

públicos

Res. Jefatural Nº 045-

2001-INRENA

23 de febrero de

2001

Encarga a la Dirección General de Áreas

Naturales Protegidas y Fauna Silvestre el

reconocimiento de los Comités de Gestión de

Page 199: Ambiental nuevo 2015 final

Página 199

las Áreas Naturales Protegidas

Res. Directoral Nº 001-

2001-

INRENA/DGANPFS

20 de marzo de

2001

Aprueban el Procedimiento para el

reconocimiento de los Comités de Gestión y

aprobación de sus Reglamentos de Sesiones

y Funcionamiento

Res. Jefatural Nº 270-

2001-INRENA

01 de diciembre

de 2001

Aprueban Disposiciones Complementarias al

Reglamento de la Ley de Áreas Naturales

Protegidas

Res. Jefatural Nº 155-

2002-INRENA

14 de junio de

2002

Aprueban lista de áreas naturales protegidas

que pueden o no ser susceptibles de ser

encargadas a terceros mediante contratos de

administración

D. S. Nº 018-2009-

MINAM

08 de setiembre

de 2009

Aprueban Reglamento de Uso Turístico en

Áreas Naturales Protegidas

Res. Presidencial Nº

043-2009-SERNANP.

13 de marzo de

2009

Aprueban Directiva para Emisión del Informe

de la Autoridad Ambiental ante Infracción de

la Normativa Ambiental en áreas Naturales

Protegidas

D. S. N° 008-2009-

MINAM

24 de abril de

2009

Establecen disposiciones para la elaboración

de los Planes Maestros de las Áreas

Naturales Protegidas

Ley 27308 05/10/2001 ley forestal y de fauna silvestre

D.S. 014-2001-AG 09.04.01 Reglamento de ley forestal y de fauna

silvestre

D.S. 010-99-AG 11.04.99 Estrategia Nacional de las ANP

D.S. Nº 031-2004-AG 18 de agosto de

2004

Estrategia Nacional Forestal

D.S. 009-2006-AG 24.02.06 Reconoce el derecho de posesión, uso y

usufructo sostenible de los recursos naturales

de la Reserva Nacional del Titicaca por los

pueblos

D.S. 034-2004-AG 22/09/2004 Categorización de las especies de fauna

Page 200: Ambiental nuevo 2015 final

Página 200

silvestre

D.S. 043-2006-AG 13/07/2006 Categorización de las especies de flora

silvestre

Ley 27265 22.05.2000 Declara de interés nacional la protección a

todas las especies de animales domésticos y

de animales silvestres mantenidos en

cautiverio

D. Ley Nº 17752 24/07/1969 Ley General de las aguas

Ley 27308 05/10/2001 Ley forestal y de fauna silvestre: establece

normas e implementos que el INRENA debe

aplicar para la zonificación forestal.

Ley 27867

Art. 10

Art. 51.c

18/11/02 Ley orgánica de gobiernos regionales

Gestión sostenible de los recursos naturales y

mejoramiento de la calidad ambiental

Gestión de recursos hídricos

R.M N° 0428-2012-AG 10/11/ 2012 Encargan la representación del Ministerio

ante el Consejo Directivo del servicio

Nacional Forestal y de Fauna Silvestre –

SERFOR

R.D. Nº 029-2002-

INRENA-DGFFS

21/02/2002 Aprueban la directiva para el otorgamiento de

guías de transporte de fauna silvestre no

amenazada

Resolución de Dirección

General N° 14-2011-

AG-DGFFS

11/05/2011 Establecimiento de cupo de exportación de

especímenes “sajino” y “huangana”

procedentes de la caza de subsistencia

(R.M N° 388-2010-AG) 27/10/2010 Aprueban Lineamientos para mantenimiento

en cautiverio de fauna silvestre en circos

(Ley Nº 27265) 22/05/2000 Ley de protección a los animales domésticos

y silvestres en cautiverio

(DL. 22984) 16/04/1980 Convenio para la conservación y manejo de

la vicuña

Page 201: Ambiental nuevo 2015 final

Página 201

Ley N° 29376 11/06/2009 Ley que suspende la aplicación de los

Decretos Legislativos N° 1090 y 1064.

D.S. N° 004-2014-

MINAGRI

08/04/2014 Aprueban la actualización de lista de

clasificación y categorización de las especies

amenazadas de fauna silvestre legalmente

protegidas.

E. MINERÍA Y ENERGÍA

NORMA FECHA DE

PUBLICACION

SUMILLA

D. S. Nº 014-92-EM 08 de junio de 1992 Texto Único Ordenado de la Ley General

de Minería

D.S. Nº 016-93-EM 15 de mayo de 1993 Reglamento para la Protección Ambiental

en las Actividades Minero Metalúrgicas

D.S. Nº 020-2008-EM 02 de abril de 2008

Reglamento Ambiental para las

actividades de Exploración Minera

Ley 28090 14 de octubre de

2003

Ley que regula el Cierre de Minas

D.S. N° 033-2005-EM Aprobado el 15 de

agosto del 2005.

Publicado el 26 de

junio de 2008

Reglamento para el cierre de minas

Ley N° 28271

02 de julio de 2004

Ley que regula los Pasivos Ambientales

de la Actividad Minera

D.S. N° 059-2005-EM 07 de diciembre de

2005

Aprueban Reglamento de Pasivos

Ambientales de la Actividad Minera

D. Leg. Nº 1048 26 de junio de 2008

Decreto Legislativo que precisa la

regulación minera ambiental de los

depósitos de almacenamiento de

concentrados de minerales

Page 202: Ambiental nuevo 2015 final

Página 202

Ley N° 28526

25 de mayo de 2005

Ley que modifica los artículos 5, 6, 7 y 8,

la primera disposición complementaría y

final de la Ley N° 28271, ley que regula

los pasivos ambientales de la actividad

minera, y le añade una tercera

disposición complementaria y final

D. S. N° 003-2009-EM 15 de enero de 2009

Modifican Reglamento de Pasivos

Ambientales de la Actividad Minera

aprobado por D.S. N°-059-2005-EM

D.S. N° 078-2009-EM

04 de diciembre del

2009

Implementan medidas de remediación

ambiental a cargo del titular minero que

haya realizado actividades y/o ejecutado

proyectos relacionados con actividades

mineras previstas en la Ley General de

Minería

D.S. Nº 013-2002-EM

Restituida su vigencia

por el Art. 2 del D.S. N°

051-2009- EM. (30 de

mayo de 2002)

21/04/2002 Aprueban el Reglamento de la Ley de

Formalización y Promoción de la

Pequeña Minería y la Minería Artesanal

Ley Nº 28271 06/07/2004 Ley que regula los pasivos ambientales

de la actividad minera

R. M. N° 304-2008-

MEM/DM

26 de junio de 2008

Norma que regula el proceso de

Participación Ciudadana en el Sub Sector

Minero

D.S. Nº 015-2006-EM 06 de marzo de

2006

Reglamento para la protección ambiental

en las

actividades de Hidrocarburos

Ley Nº 29134

02/08/2011 Ley que regula los pasivos ambientales

del subsector hidrocarburos

D.S. Nº 042-99-EM 15 de setiembre de

1999

Reglamento de distribución de gas

natural gas natural por red de ductos

Page 203: Ambiental nuevo 2015 final

Página 203

Ley 28054

08 de agosto del

2003

Ley de Promoción del Mercado de

Biocombustibles

D. S. Nº 13-2005-EM

31 de marzo de

2005

Reglamento de la Ley Nº 28054 - Ley de

Promoción del Mercado de

Biocombustibles

D. S. Nº 21-2007-EM

20 de abril de 2007 Reglamento para la comercialización de

Biocombustibles

Ley Nº 25844

25 de noviembre de

1992

Ley Concesiones Eléctricas

D. S. Nº 29-94-EM 08 de junio de 1994 Reglamento de Protección Ambiental en

las

Actividades Eléctricas

D. Leg. N° 1058 28 de Junio del 2008

Decreto Legislativo que promueve la

inversión en la actividad de generación

eléctrica con recursos hídricos y con otros

recursos renovables

D. S. Nº 053-2007-EM 23 de octubre de

2007

Aprueban Reglamento de la Ley de

Promoción del Uso Eficiente de la

Energía

D.S. N° 004-2011-EM 14/03/2001 Aprueban el Reglamento de la Ley que

regula los Pasivos Ambientales del

Subsector Hidrocarburos.

D.S. N° 004-2012-

MINAM

06 de septiembre de

2012

Aprueban disposiciones complementarias

para el Instrumentos de Gestión

Ambiental Correctivo para la

formalización de actividades de pequeña

minería y minería artesanal en curso.

D.S. N° 012-2013-

MINAM

06 de febrero de

2013

Adecuan plazos de Instrumentos de

Gestión Ambiental Correctivo a los

establecidos en el proceso de

formalización.

Page 204: Ambiental nuevo 2015 final

Página 204

D.S. N° 012-2013-

MINAM

26 de noviembre de

2013

Aprueban nuevas medidas de asistencia

técnica en materia de elaboración y

revisión de Instrumentos de Gestión

Ambiental Correctivo-IGAC

D.S. N° 012-2014-

MINAM

29 de noviembre de

2014

Regulan presentación y revisión de

Instrumentos de Gestión Ambiental

Correctivo en cumplimiento de la

Estrategia de Saneamiento de la

Pequeña Minería y de la Minería

Artesanal.

Ley N° 26221 20 de agosto de

1993

Ley Orgánica que norma las actividades

de Hidrocarburos en el territorio Nacional.

F. BOSQUES

NORMA FECHA DE

PUBLICACION

SUMILLA

Convenio Convenio para el comercio de especies

amenazadas de fauna Y flora silvestre

(CITES)

Ley 27308 15/07/2000 ley forestal y de fauna silvestre

D.S. 014-2001-AG 06/04/2001 reglamento de la ley forestal y de fauna

silvestre

D.S Nº 007-2006-AG 23/02/2006 Modifican el Reglamento de la Ley Forestal

y de Fauna Silvestre

D.S Nº 005-2005-AG 25/01/2005 Modifican numeral del Artículo N° 3 del

Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna

Silvestre

D.S Nº 048-2006-AG 27/07/2006 Modifican Reglamento de la Ley Forestal y

de Fauna Silvestre

D.S Nº 033-2003-AG 06/09/2003 Modifican Artículos N° 70 y 86 de la Ley

Forestal y de Fauna Silvestre

Page 205: Ambiental nuevo 2015 final

Página 205

D.S Nº 011-2004-AG 12/03/2004 Modifican Artículo N°109 del Reglamento de

la Ley Forestal y de Fauna Silvestre

D.S N°017 – 2012 – AG 14 de noviembre

de 2012

Aprueban el Reglamento de infracciones y

sanciones del Sector Agrario

D.S.N°006-2012-AG 1 de Junio de

2012

Aprueban Reglamento General de la Ley de

Semillas

Directiva Nº 018-2004-

INRENA-IFFS

Directiva para el procedimiento de

adecuación a los contratos de extracción

forestal en superficies mayores a mil (1000)

ha

D.S Nº 045-2000-AG 31/08/2000 Declaran de interés nacional el

aprovechamiento sostenible de y la

transformación del látex del árbol del caucho

de bosques primarios, y crean Programa

Nacional del Caucho

Ley 29325 05 de marzo de

2009

Ley del sistema nacional de evaluación y

fiscalización ambiental

Ley 27037 30 de diciembre

de 1998

Ley de promoción de la inversión en la

Amazonía

Ley 28852 26 de julio de

2006

Ley de promoción de la inversión privada en

reforestación y agroforestería

Ley 26839 08 de julio de

1997

Ley sobre la conservación y

aprovechamiento sostenible de diversidad

biológica

DS 068-2001-PCM) 20 de junio de

2001

Reglamento de la ley sobre conservación y

aprovechamiento sostenible de la diversidad

biológica

R.J Nº 458-2002-

INRENA

13/12/2002 Fijan a nivel nacional los diámetros mínimos

de corta para especies forestales

RJ 301-2006-INRENA 15/11/06 Términos de referencia para el Plan de

Manejo Forestal del recurso forestal “Tara”

RI. Nº 091-2003- 19/08/2003 Requisitos para concesiones, permisos y

Page 206: Ambiental nuevo 2015 final

Página 206

INRENA-IFFS autorizaciones de aprovechamiento forestal

en los que se emplee la sierra de cadena

R.M. Nº 107-2000-AG 02/03/2000 Aprobar las nuevas categorías de especies

maderables provenientes de los bosques del

Estado

DS. 008-2010-AG 05/08/2010 Establecen medidas de promoción para los

derechos de aprovechamiento otorgados a

través de concesiones forestales con fines

maderables

DS 008-2010-AG 04/08/2010 Establecen medidas de promoción para

concesiones forestal con fines maderables a

nivel nacional

RS 021-2003-AG 06/10/2003 Reglamentación para concesiones forestales

con fines maderables en BPP de pequeños

extractores

RJ. 109-2003-INRENA 08/08/2003

Formato de presentación y lineamientos del

PGMF y el POA para concesiones forestales

con fines maderables

Res. Jefatural 245-

2006-INRENA

13/09/2006 Aprueban Formato y Lineamientos de

presentación de Informe de Ejecución del

Plan Operativo Anual

RJ. 073-2005-INRENA 11/04/2005 Establecen régimen de pagos de derecho de

aprovechamiento de las concesiones

maderables con fines maderables

DS 012-2003-AG 15/04/2003 Programa promocional y régimen de

fraccionamiento para pago de derecho de

aprovechamiento en concesiones forestales

R.D. Nº 543-2002-

INRENA-DGFFS

23/10/2002 Aprueba la Directiva N° 012-2002-INRENA-

DGFFS para el otorgamiento de

autorizaciones de caza o captura de fauna

silvestre del calendario comercial

RM. 0552-2010-AG 31/08/2010 Lineamientos Técnicos sobre

Page 207: Ambiental nuevo 2015 final

Página 207

Sistematización y Administración de la

Información Forestal y de Fauna Silvestre

R.I. N° 008-2005-

INRENA-IFFS

21/03/2005 Aprueban formato del libro de operaciones

de Fauna Silvestre

R.M Nº 0172-2012-AG 16/05/2012 Aprueban Manual Base para la Planificación

y Ejecución de Inventarios Forestales en

Bosques de Producción Permanente

DS. 009-2011-AG 13/07/2011 Aprueban el Plan Nacional Anticorrupción

del Sector Forestal y de Fauna Silvestre

DS. Nº 030-2005-AG 08/07/2005 Reglamento para la implementación de

CITES en el Perú

DS. 019-2010-AG 31/12/2010 Definen las acciones y fortalecen los

mecanismos de articulación entre la

autoridad administrativa CITES Perú para

las especies de flora y fauna que se

reproducen en tierra, y la autoridad científica

CITES Perú, para la determinación e

implementación del cupo nacional de

exportación de la especie caoba

comprendida en el apéndice II de la CITES

RM. 0552-2010-AG Lineamientos Técnicos sobre

Sistematización y Administración de la

Información Forestal y de Fauna Silvestre

RD. 017-2010/DP 31/12/2010 Aprueban Informe Defensorial Nº 151

denominado “La Política Forestal y la

Amazonía Peruana: Avances y obstáculos

en el camino hacia la sostenibilidad”

DS. 007-2006-AG 24/02/2006 Comité de gestión de bosque

RI N° Directiva 011-

2003-INRENA-IFFS

16/05/2003 Aprueban la Directiva N° 011-2003-INRENA-

DGFFS Procedimiento de Transferencia de

especímenes, productos y subproductos

forestales y de fauna silvestre

Page 208: Ambiental nuevo 2015 final

Página 208

DL 1085 28/06/2008 Ley de creación del OSINFOR

RM. 167-2010-MINAM 13/09/2010 Manual de Operaciones del Programa

Nacional de Conservación de Bosques para

la Mitigación del Cambio Climático –

“Conservación de Bosques”

Directiva 016-2003-

INRENA-IFFS

Establecimiento y otorgamiento en

administración de bosques locales

DS. 019-2004-AG 05/05/2004 Estrategia nacional multisectorial de lucha

contra tala ilegal

DS.003-2005-AG 13/01/2005 Reforestación en tierras de capacidad de

uso mayor forestal

DS 052-2001-AG 25/10/2001 Aprovechamiento de recursos forestales en

tierras de comunidades nativas

RI N°043-2004-

INRENA-IFFS

21/04/2004 Términos de referencia de para la

elaboración de la propuesta Técnica de

Establecimiento y Manejo Forestal para el

otorgamiento de Concesiones de

Reforestación y/o forestación.

DS N°013-2004-AG 18/03/2004 Precisiones referentes al otorgamiento de

contratos de concesión para reforestación

en áreas de recuperación forestal

RI N°124-2003-

INRENA-IFFS

22/10/2003 Aprueba la Directiva N° 16 – 2003 –

INRENA-IFFS Establecimiento y

otorgamiento en administración de bosques

locales a poblaciones rurales o centros

poblados

DS. 014-2000-AG 06/05/2000 Interés nacional del aprovechamiento de

castaña

RI Nº 294-2004-

INRENA-IFFS

29/09/2004 Criterios para la autorización de volúmenes

de madera en las concesiones de castaña

RJ N°224-2002-

INRENA

28/06/2002 Términos de referencia para la formulación

del Plan general de Manejo Forestal para el

Page 209: Ambiental nuevo 2015 final

Página 209

aprovechamiento de castaña

R.J. Nº 103-2000-

INRENA

03/04/2000 Aprobar los términos de referencia para la

formulación de planes de manejo forestal de

camu-camu

DS. 044-2002-AG 12/07/2002 Establecen precisiones y prohibiciones al

aprovechamiento maderable en concesiones

para otros productos del bosque

RL. 25353 23/11/1991 Convención relativa a los humedales de

importancia internacional

RL. 29474 23/05/2010 Convenio Internacional de las Maderas

Tropicales

RL. 26536 02/10/1995 Convención de las Naciones Unidas de

lucha contra la desertificación y la sequía

R.S. N° 002-2006-AG

04/01/ 2006 Plan Nacional de Reforestación

DS. 031-2004-AG

17/08/ 2004 Estrategia nacional forestal 2002 – 2021

DS. 012-2009-MINAM 23/05/2009 Política nacional ambiental

RI 0222-2006-INRENA-

IFFS

26/07/2006 Consideraciones para el pago de derechos

de desbosque por el cambio de uso de

tierras con cobertura boscosa y que tengan

aptitud agropecuaria

DS 008-2010-AG Establecen medidas de promoción para

concesiones forestal con fines maderables a

nivel nacional

D.S Nº 036-2004-AG 03/10/2004 Fusionan al Organismo Supervisor de los

Recursos Naturales Forestales con el

INRENA

D.S Nº 006-2003-AG 30/01/2003 Declaran de interés nacional la lucha contra

el tráfico ilegal de la madera y modifican

artículos de la Ley Forestal y de Fauna

Silvestre

Page 210: Ambiental nuevo 2015 final

Página 210

RM Nº 0544-2009-AG 30/07/2009 Declaran prioritario el proceso de revisión y

actualización de la Legislación Forestal y de

Fauna Silvestre

RI 045-2008-INRENA-

IFFS

29/03/2008 Establecen Competencia de

Administradores Técnicos Forestales y de

Fauna Silvestre para emitir permisos de

exportación, importación y reexportación de

especies de fauna y flora No CITES

RM N° 0505-2010-AG 20/08/2010 Declaran de interés prioritario la elaboración

de un Plan Anticorrupción Forestal y de

Fauna Silvestre

RM N° 162-2014-

MINAGRI

06/04/2914 Aprueban TDR que comprenden el Formato

de Presentación y lineamientos para la

elaboración de Planes de Manejo Forestal

para el Aprovechamiento de Palmeras de

Bosques Naturales.

D.S. N° 014-2006-AG 30/03/2006 Amplían plazos para presentación de PGMF

y POA a titulares de contratos de

concesiones de castaña.

G. ECOSISTEMAS MARINO – COSTEROS

NORMA FECHA DE

PUBLICACION

SUMILLA

Ley N° 29338 31 de marzo 2009 Ley de Recursos Hídricos.

D. S. N° 001-2010-AG

24 de marzo de

2010

Aprueban Reglamento de la Ley Nº

29338, Ley de Recursos Hídricos

Res. Jef. N° 202-2010-

ANA.

15 de Septiembre de

1998

Aprueban clasificación de cuerpos de

agua superficiales y marino – costeros

Ley Nº 25977 Ley General de Pesca

Page 211: Ambiental nuevo 2015 final

Página 211

D. S. Nº 012-2001-PE 14 de Marzo de

2001

Reglamento de la Ley General de Pesca

D. Leg. Nº 1084

28 de Junio del 2008

Ley sobre Límites Máximos de captura

por Embarcación

Ley Nº 27460

26 de mayo de 2001 Ley de Promoción de Acuicultura

H. CUENCAS, AGUA Y SUELOS

NORMA FECHA DE

PUBLICACION

SUMILLA

Convenio de las

Naciones Unidas

Convenio de las Naciones Unidas sobre

lucha Contra la Desertificación en los países

afectados por sequía grave o desertificación.

Ley N° 29338 31 de marzo de

2009

Ley de Recursos Hídricos.

Ley Nº 26839 16 de julio de

1997

Ley sobre la Conservación y el

Aprovechamiento Sostenible de la

Diversidad Biológica

D.S. 068-2001- PCM 21.06.2001 Reglamento De La Ley 26839

Ley 27308 15/07/2000 ley forestal y de fauna silvestre

D.S. 014-2001-AG 06/04/2001 reglamento de la ley forestal y de fauna

silvestre

D.S. N°019 – 2012 – AG 14 de noviembre

de 2012

Aprueban Reglamento de Gestión del Sector

Agrario

D.S. 017-2009-AG 02/09/2009 Reglamento de clasificación de tierras por

su capacidad de uso mayor

D.S N°017 – 2012 – AG 14/11/2012 Aprueban el Reglamento de infracciones y

sanciones del Sector Agrario

D.S.003-2005-AG 13/01/2005 Declaran de interés nacional la reforestación

en tierras cuya capacidad de uso mayor es

forestal

R.L. 26536 02/10/1995 Convención de las Naciones Unidas de

Page 212: Ambiental nuevo 2015 final

Página 212

lucha contra la desertificación y la sequía

R.I. 0222-2006-INRENA-

IFFS

26/07/2006 Consideraciones para el pago de derechos

de desbosque por el cambio de uso de

tierras con cobertura boscosa y que tengan

aptitud agropecuaria

D.S. N°019 – 2012 – AG 14/11/2012 Aprueban Reglamento de Gestión del Sector

Agrario

D.S. Nº 024-2007-AG 06/09/2007 Declaran en proceso de reorganización al

Sector Agricultura

D.L. 997 13/03/2008 Ley de organización y funciones del MINAG

Ley Nº 26744 18 de enero de

1997

Ley sobre el Manejo Integrado sobre el

Control de Plagas

Ley Nº 29196 04 de marzo de

2010

Ley de Promoción de la Producción

Orgánica o Ecológica

D. S. N° 002-2008

MINAM

31 de julio de

2008

Aprueban Estándares Nacionales de

Calidad Ambiental para Agua

D. S. Nº 023-2009-

MINAM

19 de diciembre

del 2009

Aprueban disposiciones para la

implementación de los

Estándares Nacionales de Calidad

Ambiental (ECA) para agua

Ley Nº 28804 21 de julio de

2006

Ley que regula la declaratoria de

Emergencia Ambiental

D. Leg. N° 1058 28 de Junio del

2008

Decreto Legislativo que promueve la

inversión en la actividad de generación

eléctrica con recursos hídricos y con otros

recursos renovables

R. LEG. 28417

Ratificado por D.S. 058-

2005-RE

11.12.04

12.08.04

Convenio de Rotterdam para la aplicación

del procedimiento de consentimiento previo

a ciertos plaguicidas y productos peligrosos

objeto de comercio internacional

Page 213: Ambiental nuevo 2015 final

Página 213

D.S. 016-2000-AG

modificado por R.M.

0476-2000-AG y R.M.

1216-2001-AG

08.05.2000 Reglamento para el registro y control de

plaguicidas de uso agrícola

D.S N°019 – 2012 – AG Aprueban Reglamento de Gestión del Sector

Agrario

Resolución Jefatural

054-96-INRENA.

20 de marzo del

1996

Estrategia Nacional para la conservación de

humedales en el Perú

I. MITIGACIÓN Y ADAPTACIÓN AL CAMBIO CLIMÁTICO

NORMA FECHA DE

PUBLICACION

SUMILLA

Convenio 27/03/1994 Convenio Marco de las Naciones Unidas

sobre cambio Climático.

Protocolo 01/01/1981

Protocolo de Montreal relativo a

sustancias agotadoras de la capa de

Ozono

R. Leg. N° 26185

Nueva York, 9 de

mayo de 1992

Normas Sobre Cambio Climático

D. S. N° 080-2002-RE 10 de diciembre de

1997

Protocolo de Kyoto de la Convención

Marco de las Naciones Unidas sobre el

Cambio Climático

D. S. N° 086-2003-PCM 24 de octubre del

2003

Aprueban la Estrategia Nacional sobre

Cambio Climático

D. S. N° 006-2009-

MINAM

27 de marzo del

2009

Precisan denominación de la Comisión

Nacional sobre el Cambio Climático y

adecúan su funcionamiento a las

disposiciones del Decreto Legislativo N°

1013 y a la Ley Orgánica del Poder

Ejecutivo, LOPE

Page 214: Ambiental nuevo 2015 final

Página 214

R. M. Nº 104-2009-

MINAM

15 de mayo del 2009

Aprueban Directiva “Procedimiento para

la Evaluación y Autorización de Proyectos

de Emisiones de Gases de Efecto

Invernadero (GEI) y Captura de Carbono”

R.M. 167-2010-MINAM

13/09/2010

Manual de Operaciones del Programa

Nacional de Conservación de Bosques

para la Mitigación del Cambio Climático –

“Conservación de Bosques”

J. DESARROLLO SOSTENIBLE DE LA AMAZONÍA

NORMA FECHA DE

PUBLICACION

SUMILLA

Ley 27037 30 de diciembre de

1998

Ley de promoción de la inversión en la

Amazonía

D.S. N° 015-2001-PCM

13/02/2001

Constituyen Comisión Especial

Multisectorial para las Comunidades

Nativas

DL. 22660 03/07/1978 Tratado de cooperación amazónica

RD. 017-2010/DP

31/12/2010

Aprueban Informe Defensorial Nº 151

denominado “La Política Forestal y la

Amazonía Peruana: Avances y

obstáculos en el camino hacia la

sostenibilidad”

D. Ley 22175

09 de mayo de

1978

Ley de comunidades nativas y desarrollo

agrario de la selva y de ceja de selva

Decreto Supremo Nº

003-79-AA

25 de enero de

1979

Reglamento de la Ley de Comunidades

Nativas y de Desarrollo Agrario de las

Regiones de Selva y Ceja de Selva

Decreto Ley Nº 22175

R. M. 147-2001-PE 01.05.01 Reglamento de ordenamiento pesquero

de la amazonia peruana

Page 215: Ambiental nuevo 2015 final

Página 215

Ley 23374 30/12/1981 Ley del instituto de investigaciones de la

amazonia peruana

Ley N° 28495

01 de marzo de

2008

Ley del Instituto Nacional de Desarrollo

de Pueblos Andinos, Amazónicos y

Afroperuanos

Ley Nº 27811

10 de agosto de

2002

Ley que establece el régimen de

protección de los conocimientos

colectivos de los pueblos indígenas

vinculados a los recursos biológicos

Decreto Supremo Nº

004-92-TR

25 de febrero de

1992

Reglamento del Título VII – Régimen

Económico de la Ley General de

Comunidades Campesinas

Ley Nº 24656

14 de abril de 1987 Declaran de necesidad nacional e interés

social y cultural el Desarrollo Integral de

las Comunidades

K. ORDENAMIENTO TERRITORIAL

NORMA FECHA DE

PUBLICACION

SUMILLA

Ley Nº 28611

15 de octubre

del 2005

Ley General del Ambiente. Ordenamiento

Territorial Ambiental

Decreto Supremo Nº

087-2004-PCM

23 de diciembre

de 2004

Reglamento de Zonificación Ecológica y

Económica

Decreto Supremo Nº

013-2009-MINAM

12 de junio del

2009

Modifican el artículo 14 del Reglamento de

Zonificación Ecológica y Económica

aprobado por Decreto Supremo Nº 087-

2004-PCM

Decreto Supremo Nº

023-2007-PCM

17 de marzo del

2008

Modifican el Reglamento de Zonificación

Ecológica y Económica - ZEE, aprobado por

D.S. Nº 087-2004-PCM

Page 216: Ambiental nuevo 2015 final

Página 216

Decreto Supremo Nº

088-2007-PCM

30/10/2007 Decreto Supremo que modifica la

conformación y amplía las funciones del

Comité Técnico Consultivo relacionado con

la Zonificación Ecológica y Económica y

Ordenamiento Territorial

R.M. 026-2010-MINAM 23/02/2010 Aprueban lineamientos de política para el

ordenamiento territorial

Ley N° 28245 05/06/2004 Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión

Ambiental

D.S. N° 008-2005-PCM 25/01/2005 Aprueban reglamento de la Ley 28245.

Ley 27308 15/07/2000 ley forestal y de fauna silvestre

Decreto del Concejo

Directivo N° 010-2006-

CONAM/CD

28/04/2006 Directiva: metodología para la ZEE

DU N° 012-2010 18/02/2010 Declaran interés nacional ordenamiento

minero en Dpto. Madre de Dios

2.- GESTION INTEGRAL DE LA CALIDAD AMBIENTAL

A. CONTROL INTEGRADO DE LA CONTAMINACION

NORMA FECHA DE

PUBLICACION

SUMILLA

D.S. 044-98-PCM 11/11/1998 Reglamento nacional para la

aprobación de los estándares de

calidad ambiental y límites máximos

permisibles

Ley 28611

Art. 24,25, 31,32,33

15/10/2005 Ley general del ambiente

Estándares de Calidad Ambiental y

Límites Máximos Permisibles

Ley 27972

Art. 9,7

27/05/2003 Ley orgánica de municipalidades: el

concejo municipal tiene la función de

aprobar el sistema de gestión

ambiental local.

Page 217: Ambiental nuevo 2015 final

Página 217

Ley 27446 25/09/2009 Sistema nacional de Estudio de

Impacto ambiental

D.S. 019-2009-MINAM 25/09/2009 Reglamento de ley 27446

Decreto Supremo Nº 29-

94-EM

08 de junio de

1994

Reglamento de Protección Ambiental

en las Actividades Eléctricas

Decreto Supremo Nº 016-

93-EM

15 de mayo de

1993

Reglamento para la Protección

Ambiental en las

Actividades Minero Metalúrgicas

Decreto Supremo Nº 020-

2008-EM

02 de abril de

2008

Reglamento Ambiental para las

actividades de

Exploración Minera

Ley Nº 26744

18 de enero de

1997

Ley sobre el Manejo Integrado sobre el

Control de Plagas

Ley N° 27446 25/09/2009 Ley de Sistema Nacional de

Evaluación de Impacto Ambiental.

B. CALIDAD DEL AGUA

NORMA FECHA DE

PUBLICACION

SUMILLA

Ley Nº 28611

15 de octubre del

2005

Ley General del Ambiente.

Estándares de Calidad Ambiental y

Límites Máximos Permisibles

Decreto Supremo N° 002-

2008 MINAM

31 de julio de 2008 Aprueban Estándares Nacionales

de Calidad Ambiental para Agua

Decreto Supremo Nº 023-

2009-MINAM

19 de diciembre del

2009

Aprueban disposiciones para la

implementación de los Estándares

Nacionales de Calidad Ambiental

(ECA) para agua

Resolución Ministerial N°

011-96-EM (13/Ene/96)

13 de enero de 1996 Aprueban los niveles máximos

permisibles para efluentes líquidos

para las actividades minero-

Page 218: Ambiental nuevo 2015 final

Página 218

metalúrgicas

Resolución Directoral N°

008-97-EM/DGAA

17 de marzo de 1997 Aprueba niveles máximos

permisibles para efluentes líquidos

producto de las actividades de

generación, transmisión y

distribución de energía eléctrica

Decreto Supremo N° 037-

2008-PCM

Deroga la RD N° 030-96-

EM/DGAA.

14 de mayo de 2008 Establecen Límites Máximos

Permisibles de efluentes Líquidos

para el Subsector Hidrocarburos

Decreto Supremo Nº 003-

2002-PRODUCE

04 de octubre de

2002

Aprueban Límites Máximos

Permisibles y valores referenciales

para las actividades industriales de

cemento, cerveza, curtiembre, papel

Decreto Supremo Nº 010-

2008-PRODUCE

30 de abril de 2008 Aprueban Límites Máximos

Permisibles de

Efluentes de la Industria de Harina y

Aceite de Pescado

D.S. N° 018-2010-AG 31/12/2010 Aprueban valores de los

retribuciones económicos y el uso

del agua.

C. CALIDAD DEL AIRE

NORMA FECHA DE

PUBLICACION

SUMILLA

Decreto Supremo N° 003-

2008 MINAM

21 de agosto de

2008

Aprueban Estándares Nacionales de

Calidad Ambiental para Aire

Decreto Supremo Nº 074-

2001-PCM

24 de Junio de 2001 Reglamento de estándares nacionales

de calidad ambiental del aire

Decreto Supremo Nº 012- 24/0672003 Modifican Reglamento de los Niveles

Page 219: Ambiental nuevo 2015 final

Página 219

2005-SA

de Estados de Alerta Nacionales para

Contaminantes de Aire

Ley Nº 28694 22/03/2006 Ley que regula el contenido de azufre

en el combustible Diesel

Decreto Supremo N° 069-

2003-PCM

15 de julio de 2003 Establecen Valor Anual de

Concentración de Plomo

Decreto Supremo N° 085-

2003-PCM

30 de octubre de

2003

Aprueban el Reglamento de

Estándares Nacionales

de Calidad Ambiental para Ruido

Decreto Supremo N° 010-

2005-PCM (03/Feb/05) "

" Publicado el

03 de febrero de

2005

Aprueban Estándares Nacionales de

Calidad Ambiental para Radiaciones

No Ionizantes

Resolución Ministerial N°

315-96-EM/VMM

19 de julio de 1996 Aprueba niveles máximos permisibles

de elementos y compuestos

presentes en emisiones gaseosas

provenientes de las unidades minero

metalúrgicas

Decreto Supremo Nº 003-

2002-PRODUCE

04 de octubre de

2002

Aprueban Límites Máximos

Permisibles y valores referenciales

para las actividades industriales de

cemento, cerveza, curtiembre, papel

Decreto Supremo Nº 010-

2008-PRODUCE

30 de abril de 2008 Aprueban Límites Máximos

Permisibles de Efluentes de la

Industria de Harina y Aceite de

Pescado

Decreto Supremo Nº 047-

2001-MTC

30 de octubre de

2001.

Establecen Límites Máximos

Permisibles de emisiones

contaminantes para vehículos

automotores que circulan en la red

vial

Decreto Supremo Nº 038-

2003-MTC

06 de julio de 2003 Establecen Límites Máximos

Permisibles de radiaciones no

ionizantes en telecomunicaciones

Page 220: Ambiental nuevo 2015 final

Página 220

D. RESIDUOS SOLIDOS

NORMA FECHA DE

PUBLICACION

SUMILLA

Ley N° 27314 20 de julio de

2000

Ley General de Residuos Sólidos

Decreto Legislativo N°

1065 - Decreto que

modifica la Ley N° 27314

28 de junio de

2008

Ley General de Residuos Sólidos

Decreto Supremo Nº 057-

2004-PCM

24 de julio de

2004

Reglamento de la Ley General de

Residuos Sólidos

Decreto Supremo N°002-

2013-MINAM

25/03/2013 Aprueban Estándares de Calidad

Ambiental (ECA) para suelo. Se

aprueban los nuevos ECAs para suelos,

aplicables a todo proyecto o actividad

que genere o pueda generar riesgos de

contaminación del suelo. Los titulares

con actividades en curso deberán

actualizar sus instrumentos de gestión

ambiental aprobados en concordancia

con los ECAs para suelo en un plazo no

mayor de 12 meses contados a partir de

la vigencia de esta norma.

D.S N°016 – 2012 – AG 14/11/2012 Aprueban el Reglamento de manejo de

los residuos sólidos del Sector Agrario

Ley Nº 29419 07 de octubre de

2009

Ley que regula la actividad de los

recicladores

E. SUSTANCIAS QUIMICAS Y MATERIALES PELIGROSOS

Page 221: Ambiental nuevo 2015 final

Página 221

NORMA FECHA DE

PUBLICACION

SUMILLA

Ley Nº 28256

18 de junio de

2004

Ley que Regula el Transporte Terrestre

de Materiales y Residuos

Peligrosos

Decreto Supremo 021-

2008-MTC

10 de junio de

2008

Reglamento nacional de transporte

terrestre de materiales y residuos

peligrosos

Decreto Supremo Nº 052-

93-EM

18/11/1993 Reglamento de Seguridad para el

Almacenamiento de Hidrocarburos.

Decreto Supremo Nº 026-

94-EM

10 de mayo de

1994

Reglamento para el transporte de

hidrocarburos

Decreto Supremo Nº 081-

2007-EM

21 de noviembre

de 2007

Reglamento para el transporte de

hidrocarburos por ductos

Decreto Supremo Nº 043-

2007-EM

22 de agosto de

2007

Reglamento de seguridad para las

actividades de hidrocarburos

Ley Nº 28694

22/03/2006 Ley que regula el contenido de azufre

en el combustible Diesel

Decreto Supremo Nº 042-

99-EM.

15 de setiembre

de 1999

Reglamento de distribución de gas

natural gas natural por red de ductos

Decreto Supremo N° 019-

97-ITINCI

01 de octubre de

1997

Reglamento de protección ambiental

para el desarrollo de

actividades de la industria

manufacturera

Ley Nº 28305

29 de julio de

2004

Ley de control de Insumos Químicos y

Productos Fiscalizados

Ley 29037

modifica a la Ley Nº

28305

12 de junio de

2007

Ley de control de Insumos Químicos y

Productos Fiscalizados

Page 222: Ambiental nuevo 2015 final

Página 222

Ley Nº 29251.

modificada por la Ley Nº

29037

09/07/2008 Ley que modifica la Ley Nº 28305, Ley

de Control de Insumos Químicos y

Productos Fiscalizados

Decreto Supremo Nº 053-

2005-PCM

07 de agosto de

2005

Aprueban Reglamento a la Ley Nº

28305 que regula el control de Insumos

Químicos y Productos Fiscalizados

Decreto Supremo Nº 014-

2006-PCM

30 de setiembre

de 2006

Modifican la primera disposición final y

transitoria del Reglamento de la Ley Nº

28305 que regula el control de insumos

químicos y productos fiscalizados, sobre

plazo de adecuación al reglamento

Decreto Supremo Nº 064-

2006-PC

30 de setiembre

de 2006

Modifican el DS Nº 014-2006-PCM,

sobre fecha de adecuación al

Reglamento de la Ley Nº 28305

Decreto Supremo Nº 084-

2006-PCM

23 de noviembre

de 2006

Modifica el DS. Nº 053-2005-PCM

Reglamento de la ley de

control de insumos químicos y

productos fiscalizados

Decreto Supremo Nº 092-

2007-PCM

19 de noviembre

de 2007

Aprueban normas reglamentarias a la

Ley Nº 29037 que modifica la Ley Nº

28305 - Ley de control de insumos

químicos y productos fiscalizados

F. CALIDAD DE VIDA EN AMBIENTES URBANOS

NORMA FECHA DE

PUBLICACION

SUMILLA

Ley Nº 26878 19/11/1997 Ley General de Habitaciones Urbanas

Ley N° 26842 20/07/1997 Ley General de salud.

D.S. N° 087-2004-PCM 16/12/2004 Reglamento de Zonificación Ecológica

y Económica

Page 223: Ambiental nuevo 2015 final

Página 223

3.- GOBERNANZA AMBIENTAL

A. INSTITUCIONALIDAD

NORMA FECHA DE

PUBLICACION

SUMILLA

DL 1013 Publicado el 14 de

mayo de 2008

Ley de creación, organización y

funciones del MINAM

DS. 007-2008-MINAM 06 de diciembre

de 2008

Reglamento de organización y

funciones del MINAM

DS 031-2008-AG

11 de diciembre

de 2008

Reglamento de organización y

funciones del MINAG

R.M N° 0428-2012-AG 10/11/2012 Encargan la representación del

Ministerio ante el Consejo Directivo

del servicio Nacional Forestal y de

Fauna Silvestre – SERFOR

Decreto Legislativo - Nº

1085

28 de junio del

2008

Ley que crea el Organismo de

supervisión de los recursos forestales

y de fauna silvestre – OSINFOR

DS 065-2009-PCM

08 de octubre del

2009

Reglamento de organización y

funciones del OSINFOR

DS 024-2010-PCM

28 de junio del

2008

Reglamento de decreto legislativo

1085, ley que crea OSINFOR

DS 022-2009-MINAM

07 de enero de

2009

Reglamento de organización y

funciones del OEFA

Ley Nº 28245

04 de junio de

2004

Ley Marco del Sistema Nacional de

Gestión Ambiental.

Decreto Supremo N° 008-

2005-PCM

28 de enero de

2005

Aprueban Reglamento de la Ley N°

28245, Ley Marco

del Sistema Nacional de Gestión

Ambiental

Decreto Supremo N° 009-

2009-MINAM

15 de mayo de

2009

Medidas de Ecoeficiencia para el

Sector Público

Page 224: Ambiental nuevo 2015 final

Página 224

Ley N° 24031

15 de diciembre

de 1984

Ley Orgánica del Servicio Nacional

de Meteorología e Hidrología

Ley 23374

31 de diciembre

de 1981

Ley del Instituto de Investigaciones

de la Amazonía Peruana

Ley N° 26793

22 de mayo de

1997

Ley de creación del Fondo Nacional

del Ambiente

Decreto Supremo Nº 026-

2001-ED

27 de abril de

2001

Aprueban la Reestructuración

Organizativa Institucional y el

Reglamento de Organización y

Funciones del Instituto Geofísico del

Perú

Decreto Supremo Nº 006-

2008-MINAM

15 de noviembre

de 2008

Reglamento de Organización y

Funciones del Servicio

Nacional de Áreas Protegidas por el

Estado – SERNANP

Decreto Supremo Nº 031-

2007-EM

26 de junio de

2007

Reglamento de Organización y

Funciones del Ministerio de Energía y

Minas y modificación. D.S. Nº .Nº

026-2010-EM.

D.S N° 039-2008-AG.

21 de diciembre

de 2008

Autoridad Nacional del Agua.

Aprueban Reglamento de

Organización y Funciones de la

Autoridad Nacional del Agua – ANA

Decreto Supremo Nº 004-

2010-EM

03 de febrero de

2010

Transfieren a OSINERGMIN el

Registro de Hidrocarburos

Ley N° 29325

05 de marzo de

2009

Ley del Sistema Nacional de

Evaluación y Fiscalización Ambiental

B. CULTURA, EDUCACION Y CIUDADANIA AMBIENTAL

NORMA FECHA DE

PUBLICACION

SUMILLA

Page 225: Ambiental nuevo 2015 final

Página 225

Ley Nº 28044 29 de julio de

2003

Ley General de Educación

D.S. N° 011-2012-ED 07/07/2012 Reglamento de la Ley General de

educación

Decreto Supremo N° 009-

2009-MINAM

15 de mayo de

2009

Medidas de Ecoeficiencia para el Sector

Público

D.S N° 0210-AG

18/03/1974 Reconocer en el Perú el 21 de Marzo de

cada año como el “Día Forestal

Mundial”

R.M N° 506-2010-AG 20/08/2010 Lineamientos técnicos para caza o

extracción sanitaria y disposición de

despojos

Decreto Supremo Nº 002-

2009-Minam

17 de Enero de

2009

Reglamento sobre Transparencia,

Acceso a la Información Pública

Ambiental y Participación y Consulta

Ciudadana en Asuntos Ambientales

Ley Nº 26744 18 de enero de

1997

Ley sobre el Manejo Integrado sobre el

Control de Plagas

C. INCLUSION SOCIAL EN LA GESTION AMBIENTAL

NORMA FECHA DE

PUBLICACION

SUMILLA

Ley Nº 28611

15 de octubre del

2005.

Ley General del Ambiente. Participación

e Información Ambiental

Decreto Supremo Nº

028-2008-EM

27 de mayo de 2008

Aprueban normas que regulan el

proceso de participación ciudadana en

el subsector minero

Resolución

Ministerial N° 304-

2008-MEM/DM

26 de junio de 2008 Norma que regula el proceso de

Participación Ciudadana en el Sub

Sector Minero

Page 226: Ambiental nuevo 2015 final

Página 226

Decreto Supremo Nº

012-2008-EM

20 de setiembre de

2008

Reglamento de participación ciudadana

para la realización de actividades de

Hidrocarburos

D.S N°018 – 2012 –

AG

14/11/2012 Aprueban Reglamento de Participación

Ciudadana para la evaluación,

aprobación y seguimiento de

instrumentos de Gestión Ambiental del

Sector Agrario

Resolución Directoral

Nº 006-2004-MTC

16 de Enero de

2004

Aprueban Reglamento de Consulta y

Participación Ciudadana en el Proceso

de Evaluación Ambiental y Social en el

Subsector Transportes

Resolución Directoral

Nº 455-2006/DCG.

3 noviembre 2006 Normas sobre la Consulta y la

Participación Ciudadana en el Proceso

de Evaluación de Estudios de Impacto

Ambiental presentados ante la Dirección

General de Capitanías y Guardacostas

4.- COMPROMISOS Y OPORTUNIDADES AMBIENTALES

INTERNACIONALES

A. COMPROMISOS INTERNACIONALES

NORMA FECHA DE

PUBLICACION

SUMILLA

DS. 080-2002-RE 10/12/1997 Protocolo de Kyoto de las naciones unidas

sobre cambio climático

RL.26185

09/05/1992 Convención marco de las Naciones Unidas

sobre cambio climático

RL. 26181 12/06/1992 Convenio sobre diversidad biológica

D. LEY. 21080

21/01/1975 Convención sobre Comercio Internacional de

Especies Amenazadas

DS. 020-2010-RE 12/0372010 Convenio básico de cooperación técnica y

Page 227: Ambiental nuevo 2015 final

Página 227

científica entre Perú y Brasil

DS. 022-2010-RE

Acuerdo complementario del convenio básico

de cooperación técnica y científica con Brasil

D.LEY 21080 21/01/1975 Ratifica la Convención sobre el comercio

internacional de especies amenazadas de flora

y fauna-CITES

R. LEG. 23349 18/12/1981 Aprueba la convención para la protección del

patrimonio mundial, cultural y natural

D.S. 002-97-RE Ratifica la convención para la conservación de

especies migratorias de animales silvestres

D LEG. 25353 Aprueba la convención relativa a los humedales

de importancia internacional, especialmente

como habitad de aves acuáticas (RAMSAR)

R. SUP. 938 31.12.41 aprueban la convención para la protección de la

flora, de la fauna y de las bellezas escénicas

naturales de los países de américa

D.LEY 22660 Aprueban el tratado de cooperación económica

R. LEG. 27176 Aprueban el convenio para la conservación y

manejo de la vicuña

DECISIÓN 523 CAN Estrategia regional de biodiversidad de países

del trópico andino

D.S. 012-2003-RE Ratifica el tratado internacional sobre recursos

filogenéticos para la agricultura y la

alimentación

R. LEG. 28170 Aprueba el protocolo de Cartagena sobre

seguridad de la biotecnología del convenio

sobre diversidad biológica

R. LEG. 26515 Aprueban el convenio internacional de maderas

tropicales

R LEG. 26863 Aprueba el tratado de prohibición completa de

ensayos nucleares, sus anexos, su protocolo y

sus anexos

Page 228: Ambiental nuevo 2015 final

Página 228

R.S. 622 15-12-1986 Aprueba el convenio internacional sobre

responsabilidad civil por daños causados por la

contaminación de las aguas del mar por

hidrocarburos

B. AMBIENTE , COMERCIO Y COMPETITIVIDAD

NORMA FECHA DE

PUBLICACION

SUMILLA

Ley 29316 14/01/2009 ley que modifica, incorpora y regula

diversas disposiciones a fin de

implementar el acuerdo de promoción

comercial suscrito entre Perú y Estados

Unidos

DS 016-2009-AG Aprueban Régimen Excepcional para

promover la competitividad del sector

forestal frente a la crisis externa para el

período 2009 – 2011

Ley 28054 08 de agosto del

2003

Ley de Promoción del Mercado de

Biocombustibles.

Decreto Supremo Nº

13-2005-EM

31 de marzo de

2005

Reglamento de la Ley Nº 28054 - Ley de

Promoción del Mercado de

Biocombustibles.

Ley 29316 14/01/2009 ley que modifica, incorpora y regula

diversas disposiciones a fin de

implementar el acuerdo de promoción

comercial suscrito entre Perú y Estados

Unidos

DS. 009-2011-AG Aprueban el Plan Nacional Anticorrupción

del Sector Forestal y de Fauna Silvestre

Ley 28852 Ley de promoción de la inversión privada

Page 229: Ambiental nuevo 2015 final

Página 229

en reforestación y agroforestería

RL. 28766 Acuerdo de Promoción Comercial Perú –

EE.UU

Decreto Legislativo

Nº 757

13 de noviembre

de 1991

Ley Marco para el Crecimiento de la

Inversión Privada.

7.- ¿POR QUE SON IMPORTANTES LAS POLITICAS PUBLICAS?

Las políticas públicas son importantes porque:

. Tienen que ver con los procesos de toma de decisiones respecto del

hacer o no hacer del Estado, al ser las políticas públicas parte

fundamental del proceso político.

. Atienden la agenda gubernamental y la agenda pública.

. Contienen decisiones que afectan, de manera positiva o negativa,

nuestra vida.

. Brindan una guía para la inversión pública. Se calcula que 30 de cada

100 nuevos soles de la inversión total proviene del Estado, por lo que

su rol es muy importante en la actividad económica y el logro de los

objetivos de desarrollo. Por eso, la inversión pública y las políticas

públicas deben ir de la mano, ya que estas últimas nos dan criterio de

priorización en qué invertir. En ese sentido, la inversión debe orientarse

de acuerdo a los objetivos estratégicos y lineamientos generales

definidos en el Acuerdo Nacional, las políticas públicas nacionales,

regionales y locales.

Page 230: Ambiental nuevo 2015 final

Página 230

LEY 28611

Es importante conocer las bondades de esta Ley, pues como se podrá apreciar

mas adelante, cuenta con una regulación completa y sistemática respecto a la

Política Nacional Ambiental, gestión ambiental, los sujetos que intervienen en la

gestión ambiental, la integración de la legislación ambiental y la

responsabilidad por el daño ambiental. Esta ley consagra además los principios

del Derecho Ambiental referidos al derecho y deber fundamental de un

ambiente equilibrado.

Siendo así, las disposiciones contenidas en la Ley General del Ambiente (LGA)

son de obligatorio cumplimiento para toda persona natural, jurídica, pública o

privada, dentro del territorio nacional.

La Ley General del Ambiente, toma aun más importancia, en el marco del

cambio climático que se viene percibiendo a nivel mundial. Al respecto el

Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA)73, viene realizando

trabajos en el desarrollo de un medio ambiente sostenible y adecuado.

73 VASQUEZ, Lucia (2014) La ONU y la COP 20. Boletín del Sistema de las Naciones Unidas en el

Perú. Lima. < http://onu.org.pe/cop 20/ >. En el UNFPA, proponemos una interpretación diferente de esta

relación. Son las dinámicas poblacionales, (tamaño, composición y nivel de desarrollo de las poblaciones)

las que tienen un efecto directo en el cambio climático. Por ello, es importante tomarlas en cuenta para

determinar las estrategias de mitigación, adaptación y prevención a implementar frente a este fenómeno.

Page 231: Ambiental nuevo 2015 final

Página 231

REFERENCIA BIBLIOGRÁFICA

ALEMAN BRACHO, Carmen; GARCES FERRER, Jorge (1997) Política Social.

Madrid. Edt. Cristina Casado Lumbreras.

Campos Bernal, H. J. (2014). Cometario al Certirari informal del Tribunal

Constitucional. Dialogo con la Jurisprudencia Nº 192. Lima, Peru: Dialogo.

NEYRA FLORES, José Antonio (2010) Manual del Nuevo Proceso Penal & de

Litigación Oral. Lima. Editorial Moreno S.A.

PNUMA. La Politica Nacional del Ambiente y su marco jurídico institucional en

America Latina. Nairobi, KE: PNUMA, 1982

VASQUEZ, Lucia (2014) La ONU y la COP 20. Boletín del Sistema de las

Naciones Unidas en el Perú. Lima. < HYPERLINK

"http://onu.org.pe/cop%2020/" http://onu.org.pe/cop 20/ >.

Fuente web: http: /www.peruecológico.com .pe/sostenibilidad/

Fuente: Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI)

Page 232: Ambiental nuevo 2015 final

Página 232

I. SUELO

1.1 CONCEPTO DE SUELO (UNA PECULIAR DIFERENCIA CON LA

DENOMINACION TIERRA)

La palabra suelo se deriva del latin solum, que significa suelo, tierra o parcela. Sin

embargo, su definición es muy compleja y depende del enfoque que se le dé, de

acuerdo a la actividad a que se le dedique y desde el punto de vista que se le requiera,

pero la mayoría de ellas tienen un común denominador de ser el medio para el

crecimiento de las plantas. (HERRERA T.A., 2010)

Agronómicamente, el suelo es considerado como un cuerpo natural dinámico,

compuesto de una masa de material inorgánica, que contiene dos coloides de

naturaleza inorgánico y orgánico, animales y plantas muertas y vivos, agua y gases en

cantidades variables y de algunas forma balanceada; que permiten el crecimiento

delas plantas. (HERRERA T.A., 2010).

Para el agricultor, el suelo es algo más práctico y es el lugar donde crecen sus cultivos

y se obtienen cosechas. Para el minero, el mejor suelo es aquel que posee el más rico

yacimiento mineral, el mismo que lo explota o vende para obtener grandes utilidades,

para el civil es aquel que sirva como soporte para caminos o edificaciones, para el

zootecnista el suelo es base para el crecimiento de pastos y pastizales, necesarios

para la alimentación de los animales y para el ama de casa el suelo es el medio para

la producción de flores y plantas ornamentales. (HERRERA T.A., 2010)

Al hablar de suelo muchas veces las personas lo relacionamos con la palabra tierra e

incluso confundimos sus conceptos o sucede que pensamos que significan lo mismo,

pero entre suelo y tierra existe una relación género a especie, por lo tanto suelo es

toda aquella superficie terrestre, espacio capaz de soportar los cuerpos que son

atraídos por la fuerza de la gravedad. Mientras que por tierra debe entenderse muy

claramente que esta palabra se aplica a aquel suelo con aptitud para el cultivo la

ganadería y la producción forestal, es decir, aquel suelo que es fértil gracias a la flora y

fauna microbianas que lo hacen orgánico. Si bien es común usar ambos términos

como sinónimos, es preferente usar el término tierra cuando nos referimos al suelo

renovable. Tierra.- según el reglamento de clasificación de tierras este término

involucra a los componentes clima (zona de vida), suelo y relieve (ANDALUZ W.C.,

2011).

El suelo es un recurso natural que corresponde a la capa superior de la corteza

terrestre. Contiene agua y elementos nutritivos que los seres vivos utilizan. El suelo es

vital, ya que el ser humano depende de él para la producción de alimentos, la crianza

de animales, la plantación de árboles, la obtención de agua y de algunos recursos

Page 233: Ambiental nuevo 2015 final

Página 233

minerales, entre otras cosas. En él se apoyan y nutren las plantas en su crecimiento y

condiciona, por lo tanto, todo el desarrollo del ecosistema74.

Del recurso suelo; El Estado es responsable de promover y regular el uso sostenible

del recurso suelo, buscando prevenir o reducir su pérdida y deterioro por erosión o

contaminación. Cualquier actividad económica o de servicios debe evitar el uso de

suelos con aptitud agrícola, según lo establezcan las normas correspondientes. (LEY

GENERAL DEL AMBIENTE N. 28611 publicado el 15 de octubre del 2005 art. 91)

Es un recurso de libre acceso; “Los habitantes de una zona geográfica, especialmente

los miembros de las comunidades campesinas y nativas, pueden beneficiarse,

gratuitamente y sin exclusividad, de los recursos naturales de libre acceso del entorno

adyacente a sus tierras, para satisfacer sus necesidades de subsistencia y usos

rituales, siempre que no existan derechos exclusivos o excluyentes de terceros o

reserva del Estado. Las modalidades ancestrales de uso de los recursos naturales son

reconocidas, siempre que no contravengan las normas sobre protección del ambiente”.

(LEY N° 26821 - LEY ORGÁNICA PARA EL APROVECHAMIENTO SOSTENIBLE DE

LOS RECURSOS NATURALES, Publicado el 26 de junio de 1997 art. 17)

En nuestra constitución se hace una pequeña referencia sobre suelo definiéndolo

como un componente del territorio; “El territorio del Estado es inalienable e inviolable.

Comprende el suelo, el subsuelo, el dominio marítimo, y el espacio aéreo que los

cubre”. (Art. 54 de la Constitución política del Perú 1993)

En la ley de tierras en su artículo 2 da un concepto de tierras en el marco

constitucional y en el régimen agrario y menciona que este comprende todo predio

susceptible de tener uso agrario. Entre otras están comprendidas “las tierras de uso

agrícola, de pastoreo, las tierras con recursos forestales y de fauna, las tierras eriazas,

así como, las riberas y márgenes de álveos y cauces de ríos; y en general cualquier

otra denominación legal que reciba el suelo del territorio peruano.” (LEY DE TIERRAS

N. 26505)

Nuestro código civil en el artículo 136. En la sección de comunidades campesinas y

nativas referencia el carácter de las tierras con respecto a esta figura; “las tierras

campesinas son inalienable, imprescriptibles e inembargables” se presume que son

propiedad comunal las tierras poseídas de acuerdo al reconocimiento e inscripción de

la comunidad. Y otro concepto que por si nos da nuestro código civil con respecto a

suelo es el que se encuentra en el artículo 885 mencionando que el suelo es un bien

inmueble.

74 (LEY GENERAL DEL AMBIENTE N. 28611 publicado el 15 de octubre del 2005 art. 91)

Page 234: Ambiental nuevo 2015 final

Página 234

TIERRA UN RECURSO RENOVABLE

Se dice que la tierra es un recurso renovable por la flora y fauna

microbiana que se da en nuestro planeta y a consecuencia le da

fertilidad y tienen la capacidad de renovarse.

Sin embargo en muchos lugares se da un mal uso o un uso no

sostenible por abuso de capacidad de carga, lo que causa su

degradación debido que se regenera a si misma en forma muy lenta.

Se calcula que a la naturaleza renovar 2,5 centímetros de la tierra le

puede tomar, bajo condiciones normales, entre 200 y 700 años.

DEGRADACION DE LA TIERRA

NIVEL DE DEGRADACION DE LA TIERRA

1.2 DEGRADACIÓN DE LA TIERRA

La degradación de la tierra está ocurriendo en todo el mundo y en casi todos los

ecosistemas, este proceso tiene consecuencias severas sobre el medio ambiente y el

potencial biológico y económico de la tierra para soportar la población y su bienestar.

Uno de los mecanismos más importantes de la degradación de la tierra, que envuelve

a todo el ecosistema, es la erosión del suelo. (ALMOROX A., LOPEZ F., Y RAFAELLI

S., 2010).

El suelo es un recurso natural fundamental, único, frágil, imprescindible para la

vegetación, para la sostenibilidad global, para el soporte y la calidad de vida, sin este

recurso no puedo haber prosperidad, ni progreso. Bajo ecosistemas de regiones

áridas, semiáridas y subhúmedas secas, es un recurso no renovable que está

sometido a una fuerte presión antrópica, que es necesario proteger para poder

garantizar un desarrollo durable. Su deterioro es, casi siempre, irreversible y de graves

consecuencias para el medio natural y las poblaciones. Pese a su papel fundamental,

el suelo está cada vez más amenazado por una serie de actividades humanas que

pueden contribuir a su degradación (ALMOROX A., LOPEZ F., Y RAFAELLI S., 2010).

La degradación del suelo es un proceso que disminuye la capacidad actual y potencial

del suelo para producir bienes y servicios (cuantitativa y cualitativamente). No es

necesariamente continuo, sino que puede ocurrir en un periodo relativamente corto

entre dos estados de equilibrio ecológico (LEDESMA, 1995).

Actualmente el nivel de degradación de origen humano existente en el mundo es

superior a la renovación natural de la tierra. EL FMAM y FIDA estiman que su

Page 235: Ambiental nuevo 2015 final

Página 235

superficie ha llegado a 10 millones 350 mil kilómetros cuadrados debido a la erosión

hídrica (45%), erosión eólica (42%), deterioro químico (10%), y deterioro físico de la

estructura del suelo (3%). La degradación de la tierra es una amenaza para los medios

de subsistencia de mil millones de habitantes en el mundo y se estima que la

degradación causada por el cultivo excesivo, el sobrepastoreo, la deforestación y el

riego inadecuado afecta a un 20 % de la tierras secas en el mundo, esto significa en

comparación a una superficie equivalente a la de china.

Según la Convención de las Naciones Unidas de Lucha Contra la Desertificación, por

degradación de tierras, se entiende a la reducción o pérdida de la productividad

biológica o económica. Comprende la erosión de suelos, el deterioro de las

propiedades físicas, químicas y biológicas o de las propiedades económicas del suelo

y la perdida duradera de la vegetación natural (ANDALUZ W.C., 2011).

Actualmente el nivel de degradación de origen humano existente en el mundo es

superior a la renovación natural de la tierra. El planeta tierra tiene una superficie total

de 510 millones de km2, de los que 141 millones están constituidos por tierra firme

(suelo). Un 35% de la misma, según cálculos de la PNUMA, corre riesgo de

desertificación, lo que pone en riesgo también la supervivencia de 850 millones de

personas. Solo 12.4 millones de km2 constituye tierra cultivable y de esas 6 millones

ya están afectadas en algún grado por la desertificación.

El panorama se torna desolador cuando advertimos que, adicionalmente a la

degradación que se da en nuestra planeta de forma desmesurada se tiene que

agregar también el crecimiento excesivo de la población humana, hecho que explica la

alarmante relación entre recurso tierra y habitantes en el planeta. En el Perú la

relación en 1975 que era de 0.31 habitante con la del año 2000 que fue de 0.15

habitante. En veinticinco años la tierra cultivable disponible por habitante se ha

reducido en más de la mitad. Esta relación es una de las más bajas entre los países

en desarrollo.

Estudiando estas cifras la historia nos muestra múltiples ejemplos de los perniciosos

cambios producidos por la degradación de la tierra.

África septentrional fue un granero durante el imperio romano, hoy es

uno de los desiertos más áridos del mundo;

Posiblemente el Sahara no es más que la consecuencia de la acción

del hombre: sobrepastoreo y riego defectuoso aunado a una

probable alteración de los vientos.

Irak hoy solo se cultiva el 20% de su suelo y a lo largo del territorio se

encuentran ciudades y obras de riego llenas de cieno.

Las colinas de Nepal han sido abandonadas en mas de 40% de su

superficie por que la capa fértil ha sido arrastrada por el agua.

Page 236: Ambiental nuevo 2015 final

Página 236

El Salvador está sufriendo una erosión acelerada en las tres cuartas

partes de su territorio y vive fundamentalmente de la agricultura.

Chile tiene un 40% de su territorio no aprovechable para la

agricultura y perdió otro 35% por el mal uso de sus tierras y la

deforestación.

Esta realidad no es ajena al Perú; con el agravante que por ser nuestro país de

ancestral tradición agrícola, la pérdida por degradación antrópica de sus escasas

tierras de cultivo hacen que la situación se torne dramática. Detener o revertir este

galopante proceso de degradación supone un aprovechamiento sostenible de este

recurso.

IMPORTANCIA DE LA TIERRA

Es importante ya que es un recurso que brinda múltiples bienes y servicios al hombre,

como son:

desde servirle de sostén para su libre desplazamiento (dado que

estamos bajo el influjo de la fuerza de atracción de la gravitacional),

como fuente de materias primas para su alimentación, vestido, etc.

como lugar donde edificar una morada,

como elemento de recreación,

como sostén de los bosques y su diversidad biológica,

como prestador de servicios ambientales, etc.

Resulta entonces obvio que el hombre no podría vivir y menos enseñorearse del

planeta, sin los bienes y servicios que le brinda la tierra.

Para la conservación de la biodiversidad y el mantenimiento de la vida humana, según

la resolución 2.59 sobre aspectos jurídicos del uso sostenible de los suelos; aprobada

en el congreso mundial de la naturaleza (Amman 2000); son funciones ecológicas

de los suelos:

la producción de biomasa y la actividad de filtrado, amortiguación y

transformación entre la atmósfera, las aguas freáticas y la cobertura

vegetal.

Los suelo como habitad biológico y reserva genética.

Los suelos como una base especial para estructuras técnicas,

industriales o socioeconómicas y su desarrollo.

Los suelos como fuentes de materias primas.

Page 237: Ambiental nuevo 2015 final

Página 237

El suelo además de prestar valiosos servicios ambientales, en materia de distintos

usos, que están en función de las necesidades que el ser humano requiere satisfacer;

así, será destinado a usos agrarios forestales, urbanos, industriales, mineros,

recreativos, de conservación, etc.

En la mayoría de casos los usos resultan excluyentes, es decir, o es urbano o es

agrario, es agrario o es minero, es agrario o forestal, etc. Excepcionalmente pueden

coexistir más de un uso: agrario y minero metálico, urbano y agrario (casa-huerta),

urbano y recreacional, agrario y recreacional, etc.

Según esta característica que es de carácter excluyente obliga a diseñar un orden

jerárquico en los usos, prefiriéndose unos respecto de otros (uso agrario frente al

minero no metálico), establecer una correcta asignación de los distintos usos según la

aptitud de los diversos tipos de suelos y las necesidades de la colectividades, teniendo

presente condicionamientos de orden natural (climáticos, topográficos, edáficos, etc.)

social, económico y cultural (arraigo de ciertas costumbres, mercado). Esto se conoce

como ordenamiento territorial.

La falta o la inadecuada implementación de normas, planes y estructuras

administrativas desembocan en el uso caótico del suelo, lo que normalmente se

traduce en la degradación de este recurso y en una merma de las condiciones del

ambiente para una vida digna.

1.2.1. EFECTOS DE LA DEGRADACION DE LA TIERRA

Las consecuencias más visibles se observan en: la disminución de la producción

alimentaria, merma de materias primas provenientes de los predios rústicos,

destrucción de pastizales, disminución de la calidad de vida, perdida de la

biodiversidad, alteración del clima por la presencia de partículas de polvo que

contribuyen a la formación de nubes, entre otros (ANDALUZ W.C., 2011).

El sector agropecuario representa: El 9% del P.I.B., el 30% de la Población

Económicamente Activa (P.E.A) y el 9% de exportaciones.

El CONAM dijo “La Ausencia de una adecuada zonificación del territorio impide una

coexistencia perfecta de las áreas residenciales con las industriales. Este uso

inadecuado del suelo responde a la falta de ordenamiento territorial. La legislación

para combatir la degradación de la tierra resulta insuficiente, es necesario impulsar

una legislación integrada de conservación y aprovechamiento de tierras, creando un

régimen especial para las tierras de uso agrario ubicadas fuera de las grandes

ciudades e impedir su ilegal cambio de uso urbano.

1.2.2 LA LEGISLACION PERUANA VIGENTE EN CUANTO A LA DEGRADACION

DE LA TIERRA

Page 238: Ambiental nuevo 2015 final

Página 238

La única norma administrativa que prevé sanciones para el cambio irregular de uso

forestal o protección a usos agrarios es el Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna

Silvestre, empero, no hay norma alguna que sancione el cambio de tierras de aptitud

para pastoreo a cultivo perenne o limpio ni de cultivo perenne a en limpio. (ANDALUZ

W. C., 2011).

1.2.3 CAUSAS PRINCIPALES DE DEGRADACIÓN DE LAS TIERRAS

Son la deforestación, la agricultura y el sobrepastoreo con porcentajes casi

equilibrados. El nivel de degradación de los suelos del Altiplano está condicionada

principalmente por la cubierta vegetativa (pastos naturales). (ANDALUZ W. C., 2011).

1.2.4 TIPOS DE DEGRADACIÓN

Existen muchos tipos de degradación, sin embargo pueden ser agrupados en 6

1.- Erosión hídrica (consiste en el desprendimiento y arrastre acelerado de partículas

minerales y orgánicas del suelo por acción de agua).

2.- Erosión eólica (es el desgaste de las rocas o la remoción del suelo debido a la

acción del viento).

3.- Exceso de sales (salinización y dosificación)

4.- Degradación química (incluye procesos de lixiviación de bases intercambiables y la

formación de toxicidad diferentes debido al exceso de sales).

5.- Degradación física (cambios adversos producidos por las propiedades físicas de

los suelos, principalmente por la pérdida de agregados, porosidad, permeabilidad,

densidad aparente, etc.).

6.- Degradación biológica (depende del contenido del humus y de la velocidad de su

mineralización) (LEDESMA, 1995 y ANDALUZ W. C., 20011).

1.3 CLASIFICACIÒN DE TIERRAS

La clasificación más utilizada es:

Suelos arenosos: están formados principalmente por arena. Son suelos

que no retienen agua. Tienen muy poca materia orgánica y no son aptos

para la agricultura.

Suelos arcillosos: principalmente están formados por arcilla, de granos

muy finos color amarillento, retienen el agua formando charcos. Si se

mezclan con humus pueden ser buenos para cultivar.

Suelos calizos: Tienen abundancia de sales calcáreas. Son de color

blanco, son secos y áridos y no son buenos para la agricultura.

Suelos pedregosos: Formados por rocas de todos los tamaños. No

retienen el agua y no son buenos para el cultivo.

Page 239: Ambiental nuevo 2015 final

Página 239

Suelos humíferos: En su composición abunda la materia orgánica en

descomposición o descompuesta (humus). Son de color oscuro, retienen

bien el agua y son buenos para el cultivo. (CRESPO V.C., 2004,)

1.4 GRUPOS DE CAPACIDAD DE USO

Tierras Aptas para Cultivo en Limpio (Símbolo A): Reúne a las tierras

que presentan características climáticas, de relieve y edáficas para la

producción de cultivos en limpio que demandan remociones o araduras

periódicas y continuadas del suelo. Estas tierras, debido a sus

características ecológicas, también pueden destinarse a otras

alternativas de uso, ya sea cultivos permanentes, pastos, producción

forestal y protección, en concordancia a las políticas e interés social del

Estado, y privado, sin contravenir los principios del uso sostenible.

Tierras Aptas para Cultivos Permanentes (Símbolo C): Reúne a las

tierras cuyas características climáticas, relieve y edáficas no son

favorables para la producción de cultivos que requieren la remoción

periódica y continuada del suelo (cultivos en limpio), pero permiten la

producción de cultivos permanentes, ya sean arbustivos o arbóreos

(frutales principalmente). Estas tierras, también pueden destinarse, a

otras alternativas de uso ya sea producción de pastos, producción

forestal, protección en concordancia a las políticas e interés social del

Estado, y privado, sin contravenir los principios del uso sostenible.

Tierras Aptas para Pastos (Símbolo P): Reúne a las tierras cuyas

características climáticas, relieve y edáficas no son favorables para

cultivos en limpio, ni permanentes, pero sí para la producción de pastos

naturales o cultivados que permitan el pastoreo continuado o temporal,

sin deterioro de la capacidad productiva del recurso suelo. Estas tierras

según su condición ecológica (zona de vida), podrán destinarse también

para producción forestal o protección cuando así convenga, en

concordancia a las políticas e interés social del Estado, y privado, sin

contravenir los principios del uso sostenible.

Tierras Aptas para Producción Forestal (Símbolo F): Agrupa a las tierras

cuyas características climáticas, relieve y edáficas no son favorables

para cultivos en limpio, permanentes, ni pastos, pero, sí para la

producción de especies forestales maderables. Estas tierras, también

pueden destinarse, a la producción forestal no maderable o protección

cuando así convenga, en concordancia a las políticas e interés social del

Estado, y privado, sin contravenir los principios del uso sostenible.

Tierras de Protección (Símbolo X): Están constituidas por tierras que no

reúnen las condiciones edáficas, climáticas ni de relieve mínimas

requeridas para la producción sostenible de cultivos en limpio,

permanentes, pastos o producción forestal. En este sentido, las

limitaciones o impedimentos tan severos de orden climático, edáfico y de

Page 240: Ambiental nuevo 2015 final

Página 240

relieve determinan que estas tierras sean declaradas de protección. En

este grupo se incluyen, los escenarios glaciáricos (nevados),

formaciones líticas, tierras con cárcavas, zonas urbanas, zonas mineras,

playas de litoral, centros arqueológicos, ruinas, cauces de ríos y

quebradas, cuerpos de agua (lagunas) y otros no diferenciados, las que

según su importancia económica pueden ser destinadas para

producción minera, energética, fósiles, hidroenergía, vida silvestre,

valores escénicos y culturales, recreativos, turismo, científico y otros que

contribuyen al beneficio del Estado, social y privado (ANDALUZ W. C.,

2011).

1.4.1 LAS CATEGORIAS DE CLASE Y SUBCLASE DEL SISTEMA

La segunda categoría del sistema es la clase de capacidad de uso mayor de las tierras

y reúne a unidades de suelos según su calidad agrologica dentro de cada grupo. La

calidad agrologica es la síntesis de las propiedades dominantes de fertilidad,

condiciones físicas, relaciones agua-suelo, las características de relieve y climáticas; y

representa el resumen de la potencialidad del suelo para producir plantas especificas o

secuencias de ellas bajo un definido conjunto de prácticas de manejo. Se han

establecido tres clases de calidad agrologica: Alta, media, baja.

La tercera categoría del sistema es la Subclase de Capacidades de Uso Mayor de las

Tierras, establecida en función de factores limitantes, riesgos y condiciones especiales

que restringen o definen el uso de las tierras. En tal sentido, agrupa las tierras de

acuerdo al tipo de limitación o problema del uso de las tierras. Han sido reconocidos

seis tipos de limitación fundamentales: Limitación por suelo, sales, topografía, drenaje,

riesgo de inundación y clima.

En el sistema también se reconocen tres condiciones especiales: Uso temporal,

Terraceo o andenería y riesgo permanente o suplementario (ANDALUZ W. C., 2011).

¿ES POSIBLE CAMBIAR LOS USOS DE LA TIERRA?

Cuando la rentabilidad económica es mayor, se puede cambiar el uso de apto para

cultivo en limpio (A) por cualquiera de los otros usos (C, P, F o X); o pasar de cultivo

perenne (C) a pastoreo, producción forestal o protección (P, F o X); o cambiar de

pastoreo (P) a producción forestal o protección (F o X). Estos cambios se autorizan

porque el recurso suelo no corre riesgo alguno, por el contrario su conservación es

garantizada (ANDALUZ W.C., 2011).

1.5 ORDENAMIENTO ANIVEL DE CUENCAS HIDROGRAFICAS

EL Decreto Supremo 068-2001-AG, Reglamento de la Ley 26839 sobre Conservación

y Aprovechamiento Sostenible de la Diversidad Biológica, establece que el

planeamiento y ordenamiento de la cuenta hidrográfica se llevará a cabo con la

participación tanto del sector público como del sector privado; y que en su

aproximación metodológica se sustentarán principalmente en el enfoque ecosistémico

para la conservación de la diversidad biológica (artículo 27)

Page 241: Ambiental nuevo 2015 final

Página 241

1.6 ORDENAMIENTO A NIVEL DE PREDIOS

Es deseable que los propietarios tengan un ordenamiento de su predio sobre la base

de la clasificación de tierras por su capacidad de uso mayor, respetando cada uno de

los usos permitidos, además de contar con un estudio de capacidad aprobado por el

MINAGRI, para el caso de selva y ceja de selva

1.7 LA LEY GENERAL DEL AMBIENTE SOBRE LA PLANIFICACIÓN DEL

USO DEL SUELO

La LGA establece que son objetivos de gestión ambiental en materia de calidad

ambiental preservar, conservar, mejorar y restaurar, según corresponda, la calidad de

los suelos (artículo 113.2 inciso a) y dispone que el Estado es responsable de

promover y regular el uso sostenible del recurso suelo, buscando prevenir o reducir su

perdida y deterioro por erosión o contaminación (artículo 91) (ANDALUZ W. C., 2011)

1.8 .EL MANEJO SOSTENIBLE DE LA TIERRA

El manejo sostenible está referido al uso económico del bien respetando su

naturaleza. De los elementos que deben caracterizar un aprovechamiento es quizá el

más importante, por cuando el uso irracional de los recursos determina su agotamiento

o degradación, anulando su capacidad de seguir prestando bienes y servicios al

hombre. El manejo sostenible de la tierra supone entonces un aprovechamiento

acorde con la capacidad de carga de este recurso y con el ordenamiento territorial

(ANDALUZ W. C., 2011).

1.9 CAUSAS DE LA DEGRADACIÓN DE LA TIERRA

Las principales causas de la degradación de las tierras obedecen al efecto asociado

de los fenómenos naturales con las malas prácticas del ordenamiento territorial o a su

inobservancia cuando este existe. Tales causas pueden ser:

La erosión: arrastre de materiales del suelo por diversos agentes como

el agua y el viento, lo cual genera la improductividad del suelo.

Salinización y solidificación de los suelos: acumulación excesiva de

sales solubles en la parte donde se desarrollan las raíces de los cultivos.

Compactación: se manifiesta con el aumento de la densidad

aparente del suelo, en las capas superficiales o profundas. Es el

resultante del deterioro gradual de la materia orgánica y la actividad

biológica.

Pérdida de nutrientes: empobrecimiento gradual o acelerado del suelo

por sobreexplotación omonocultivo, lo que trae como consecuencia la

baja fertilidad e improductividad de los suelos.

Conflicto de usos: las tierras agrícolas se pierden o transforman en

tierras para la urbanización.

Page 242: Ambiental nuevo 2015 final

Página 242

Hidromorfolización: alteración de forma tal que se asemeja en un pantano.

Contaminación química: uso irracional de grandes cantidades de fertilizantes y

sustancias químicas para el control de plagas y enfermedades, por encima de los

niveles requeridos producen la contaminación química de los suelos (ANDALUZ W. C.,

2011).

1.10 MARCO LEGAL SOBRE LA CONTAMINACIÓN

Normatividad internacional:

El Convenio de Rótterdam para la Aplicación del Procedimiento de

Consentimiento Previo a Ciertos Plaguicidas y Productos Químicos

Peligrosos Objeto de Comercio Internacional, permite vigilar y controlar

el comercio de determinados productos químicos peligrosos.

El Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes

(COP), tiene por objeto que las partes establezcan regulaciones para la

prohibición de la producción, importación, exportación, uso y disposición

final de los COP.

Normatividad nacional:

La Ley 26744 (Ley de Promoción del Manejo Integrado para el Control

de las Plagas).

El Decreto Supremo 002-2013-MINAM, aprobó los Estándares de

Calidad Ambiental para Suelo (ECA-SUELO), aplicable a todo proyecto y

actividad cuyo desarrollo genere o pueda generar riesgos de

contaminación del suelo en su emplazamiento y áreas de influencia.

La Resolución Jefatural 039-2002-AG-SENASA. En enero de cada año

SENASA deberá publicar la relación de plaguicidas agrícolas con

registro vigente y la relación de plaguicidas restringidos, prohibidos y

cancelados.

II.- LUCHA CONTRA LA DESERTIFICACION.

2.1 ANTECEDENTES DE LA CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS

DE LUCHA CONTRA LA DESERTIFICACIÓN – CLD.

La Conferencia de las Naciones Unidas sobre la Desertificación (CNUD) aprobó en

1977 un instrumento de derecho internacional público (DIP) que no tenía el carácter de

vinculante (sin Fuerza obligatoria), al que denominó Plan de Acción para la Lucha

contra la Desertificación (PACD); en el marco del mismo se elaboraron en muchos

países Planes Nacionales para Combatir la Desertificación, siendo el de Perú el

primero en América Latina y el Caribe.

Page 243: Ambiental nuevo 2015 final

Página 243

Según otros expertos, el PACD fracasó, entre otras razones, por el escaso interés de

los gobiernos y su miopía para percibir la exacta magnitud del problema; la ausencia

de fondos suficientes provenientes de la cooperación internacional para ayudar a

enfrentar este fenómeno. Conscientes de esta realidad, la Conferencia de las

Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y Desarrollo (CNUMAD), reunida en Río de

Janeiro en 1992, apoyó un nuevo enfoque integrado del problema y exhortó a la

Asamblea General de las Naciones Unidas que estableciera un Comité

Intergubernamental de Negociaciones (CIND) para Combatir la Desertificación en

aquellos países afectados por Sequía grave y/o Desertificación, en particular en África.

La idea prosperó, y en diciembre de 1992 fue aprobada mediante la Resolución 47/188

de la Asamblea General Y Entró en vigor el 26 de diciembre de 1996.

2.2 LOS DESIERTOS

Los desiertos son regiones en donde las lluvias son demasiado escasas para que sea

posible cualquier forma de vida: sin precipitaciones suficientes las plantas no crecen

adecuadamente y no proporcionan los alimentos necesarios para los animales.

Ejemplos de esta situación se observan en vastos sectores del Sahara central y

septentrional y del desierto de Atacama en Chile y Perú, zonas ocupadas por

superficies rocosas secas o grandes extensiones de dunas, en las cuales la vida se

limita a los lugares en las que el agua subterránea aflora a la superficie (oasis) o a las

áreas montañosas perpetuamente sumergidas en la niebla75

2.3 LA DESERTIFICACIÓN

Es un proceso de degradación del medio físico y biológico por medio del cual tierras

económicamente activas de los ecosistemas áridos, semiáridos y subhúmedos secos

pierden su capacidad de revivir o de regenerarse a sí mismos, desarrollando en casos

extremos un ambiente incapaz de contener a las comunidades que antes dependían

de él. La Convención de la Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación

(CNULCD) la define como "degradación de las tierras áridas, semiáridas y

subhúmedos secas resultante de diversos factores, tales como las variaciones

climáticas y las actividades humanas".

En cuanto al concepto de "desertificación", se dice que fue AUBREVILLE, quien lo

introdujo en la literatura científica. Etimológicamente la palabra desertificación proviene

del latín "deserta faceré", traducible como "hacer-desierto", en el sentido de hacer

inhabitable o abandonar un territorio determinado.76

La desertificación, COLIGE, es un proceso de degradación del medio físico y biológico

por medio del cual tierras económicamente activas de los ecosistemas áridos,

semiáridos y subhúmedos pierden su capacidad de revivir o de regenerarse a sí

14. MÉREGA, Juan Luis. El Problema de la Desertificación, en Desertificación y Sociedad Civil, Fundación del Sur, Buenos Aires, 2003, p.11 76 MÉREGA, Juan Luis. El Problema de la Desertificación, en Desertificación y Sociedad Civil, Fundación del Sur, Buenos Aires, 2003, p.11

Page 244: Ambiental nuevo 2015 final

Página 244

mismos, desarrollando, en casos extremos, un ambiente incapaz de contener a las

comunidades que antes dependían de él. Este proceso está asociado a la pérdida

general de productividad de los ecosistemas afectados, impactando a las actividades

humanas, limitando la capacidad de sustentación, reduciendo las fuentes de ingreso y

deteriorando la calidad de vida de la población. En lo físico adopta múltiples formas,

pero generalmente supone lo siguiente:

Una reducción de la fracción de suelo cubierta de vegetación.

Una pérdida de plantas perennes, especialmente de árboles y arbustos

madereros.

Una considerable erosión y empobrecimiento del suelo motivados por el

arrastre eólico de minerales finos y materiales orgánicos y por la rápida

oxidación de los residuos restantes y del carbono del suelo.

Una pérdida de materia orgánica, disminución de nutrientes y

acidificación del suelo.

2.4 LA SEQUÍA

La sequía puede ser definida en términos generales como la insuficiente disponibilidad

de agua en una región determinada, por un periodo prolongado, para satisfacer las

necesidades de los elementos bióticos elementales. Estas necesidades dependen de

la distribución de las poblaciones de plantas, animales y seres humanos, de su modo

de vida y del uso de la tierra. El principal factor productor de sequía es la variación de

las precipitaciones en un lugar dado y entre épocas determinadas, otro posible factor

de ocurrencia de la sequía es el que se refiere a las modificaciones de la cubierta

vegetal que, al cambiar el albedo superficial y el contenido de humedad, puede

constituir un mecanismo de realimentación para perpetuar la sequía (MEREGAL J.,

2003, citado por ANDALUZ W.C., 2011).

Tampoco deben confundirse los términos sequía y aridez. La aridez está relacionada

con la escasez de agua en una región en forma más o menos permanente, en cambio

la sequía es un fenómeno temporal que se presenta en cualquier región.

2.5 OBJETIVOS DE LA CLD

La CLD tiene como objetivo luchar contra la desertificación y mitigar los efectos de la

sequía, mediante la adopción de medidas eficaces en todos los niveles, apoyadas por

acuerdos de cooperación y asociación internacionales, en el marco de un enfoque

integrado acorde con el Programa 21, para contribuir al desarrollo sostenible en las

zonas afectadas.

El instrumento de realización de la CLD en los países es el Programa de Acción

Nacional para Lucha contra la Desertificación, conocida como PAN-PERU, que debe

determinar los mecanismos y actividades necesarias para combatir eficazmente la

desertificación.

Page 245: Ambiental nuevo 2015 final

Página 245

2.5.1 OBJETIVOS DEL PAN–PERÚ

Los objetivos del PAN – PERÚ son:

Revertir y minimizar los procesos de deterioro de la productiva de las

tierras áridas, semiáridas y subhúmedas secas.

Contribuir al logro de un desarrollo sostenible para el mejoramiento de la

calidad de vida de sus poblaciones.

Evaluar los factores que causan la desertificación y determinación

medidas prácticas para luchar contra ella y mitigar sus efectos

(ANDALUZ W. C., 2011).

2.5.2 INSTITUCIONES DE LA CLD

Conferencia de las Partes (COP):Es el órgano supremo

Secretaria Permanente: organizar, reunir y transmitir los informes que

se lo presenten.

Mecanismo Mundial (MM): promover recursos financieros sustanciales,

incluidas la transferencia de tecnología, sobre la base de donaciones y

préstamos en condiciones favorables.

Comité de Ciencia y Tecnología (CCT) proporciona información y

asesoramiento científico y tecnológico sobre cuestiones relativas a la

lucha contra la desertificación y la mitigación de los efectos de la sequía.

CONCLUSIONES

1.- El suelo es un recurso natural renovable, pero su recuperación amerita períodos de

tiempo prolongados, lo que implica que se debe hacer uso adecuado de los mismos

con el fin de protegerlos.

2.- Los suelos muestran gran variedad de aspectos, fertilidad y características

químicas en función de los materiales minerales y orgánicos que lo forman.

3.- La acción conjunta de los factores que condicionan la formación y evolución del

suelo conduce al desarrollo de diferentes perfiles o tipos de suelos.

4.- En el desarrollo y formación de los suelos intervienen numerosos tipos de

procesos, algunos de ellos son de tipo pasivo; otros son agentes activos.

5.- El suelo es un material superficial natural, que sostiene la vida vegetal. Cada suelo

posee ciertas propiedades que son determinadas por el clima y los organismos

vivientes que operan por períodos de tiempo sobre los materiales de la tierra y sobre el

paisaje de relieve variable.

6.- Sin el suelo sería imposible la existencia de plantas superiores y, sin ellas, ni

nosotros ni el resto de los animales podríamos vivir. A pesar de que forma una capa

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Página 246

muy delgada, es esencial para la vida en tierra firme. Cada región del planeta tiene

unos suelos que la caracterizan, según el tipo de roca de la que se ha formado y los

agentes que lo han modificado.

7.- La cantidad de suelo que se pierde como consecuencia de los procesos de

degradación como la erosión o la contaminación, puede recuperarse de manera

natural, pero para ello son necesarios cientos o incluso miles de años. Por lo tanto, el

suelo debe considerarse un recurso natural no renovable, ya que, desde la perspectiva

de la esperanza de vida humana, cuando éste se pierde no se vuelve a recuperar.

Por último, es importante desarrollar iniciativas para sensibilizar a la sociedad en su

conjunto del valor y la importancia del suelo para protegerlo; en este caso la educación

desempeña un papel fundamental.

II. ATMÓSFERA

1. CONCEPTO

La Atmosfera es la masa de aire que rodea la tierra y juega un papel crítico para

mantener estable la temperatura de la superficie del planeta.

Es una capa fina de gases que rodea la tierra, con una antigüedad de cuatro mil

seiscientos millones de años, sujeta al planeta por la fuerza de gravedad, con un

espesor de 1.000 km. y que hace que la vida sea posible en la Tierra, ya que contiene

el aire que respiramos, regula la acción del frío y del calor, y fabrica la lluvia. Además

protege a la Tierra de los meteoritos ya que éstos en su mayoría se queman cuando

penetran en la atmósfera. La atmósfera solo permite que lleguen a la Tierra la mitad de

los rayos solares, pues de lo contrario nos quemaríamos.

2. COMPOSICIÓN DEL AIRE

1. Nitrógeno ------------ 78.09%

2. Oxigeno-------------- 20.94%

3. Argón y Dióxido de carbono ------ 0.032%

Tales elementos resultan vitales para la vida por que los seres humanos necesitamos

en promedio 15 kilos de aire para respirar.

Page 247: Ambiental nuevo 2015 final

Página 247

La ley general ambiental establece que son objetivos de la gestión ambiental gen

materia de calidad del ambiente77:

Preservar

Conservar

Mejorar

Restaurar

En tal sentido dispone que las autoridades públicas en el ejercicio de sus funciones y

atribuciones, adoptaran medidas para la:

Prevención

Vigilancia

Control ambiental

Control epidemiológico

A fin de asegurar la:

Conservación

Mejoramiento

Recuperación de la calidad del aire según sea el caso

Actuando en las zonas en las que supere los niveles de alerta por la presencia de

elementos contaminantes, debiendo aplicarse planes de contingencia para la

prevención o mitigación de riesgos y daños sobre la seguridad y ambiente.

El control de las emisiones realizadas a través de los límites máximos permisibles, y

demás instrumentos de gestión ambiental establecidos por las autoridades

competentes, la infracción de los límites máximos permisibles es sancionada de

acuerdo a las normas correspondientes a cada autoridad nacional sectorial

competente.

3. CONTAMINACIÓN ATMOSFÉRICA

Para Silvia Jaquenodo la contaminación se define como la adición de cualquier tipo de

energía o materia residual al entorno, que por su sola presencia o actividad provoca

directa o indirectamente, en el corto, mediano o largo plazo, y de forma reversible o

77 Ley General del Ambiente (Articulo 113.2. Inciso 2 )

Page 248: Ambiental nuevo 2015 final

Página 248

irreversible, pérdida de la calidad en las características y condiciones generales del

ambiente.78

En cuanto a la contaminación atmosférica podemos decir que se produce cuando los

seres humanos introducen directa o indirectamente en la atmosfera agentes físicos,

químicos, biológicos o una combinación de estos, en cantidades que superan los

límites máximos permisibles, haciendo que las concentración de contaminantes

superen los estándares de calidad ambiental, o porque permanecen por un tiempo

suficiente para hacer que el aire adquiera características diferentes a las

originales , resultando perjudiciales o nocivas para algún componte del ambiente , la

salud humana o las propiedades .

“La introducción en la atmosfera por el hombre directa o indirectamente de

sustancias o energías que provoquen una acción nociva de tal naturaleza que

pongan en peligro la salud del hombre menoscabe los recursos biológicos y

los ecosistemas.”

La Convención De Ginebra Sobre Contaminación Transfronteriza a Gran

Distancia79

De acuerdo al análisis ambiental del Perú elaborado por el banco mundial la

contaminación atmosférica urbana es uno de los problemas más serios y extensos de

las ciudades del Perú, la cual es responsable de 3900 muertes de personas por año.

El problema es aún más crítico en los corredores industriales del país, como es el

caso del corredor Lima - Callao el cual supone un 75% del costo estimado asociado

al impacto sobre la salud.80

El Reglamento de Estándares Nacionales de Calidad Ambiental del Aire, se aprobó

mediante Decreto Supremo 074- 2001-PCM el 24 de junio de 2001 el cual tiene como

objetivo:

Proteger la salud estableciendo los ENCAA y los lineamientos de

estrategia para alcanzarlos progresivamente.

78 Jaquenod de Sogon, lniciacii al Derecho Ambiental página 218

79 La convención de Ginebra Sobre Contaminación Transfronteriza a Gran Distancia 80 Instituto Nacional de Estadísticas e Informática – INEI Compendio Estadístico Lima .Perú

Page 249: Ambiental nuevo 2015 final

Página 249

4. TIPOS DE ESTADO DE ALERTA

Mediante Decreto Supremo 009 -2003 (25 de junio del 2003), aprobó el Reglamento

de los Niveles de Estados de Alerta Nacionales para contaminantes del aire.81

1 ESTADOS DE CUIDADO El nivel de concentración puede comenzar a

causar efectos en la salud de cualquier

persona

2 ESTADO DE PELIGRO Estado en el que el nivel de concentración

del contaminante genera riesgos de causar

efectos serios en la salud de cualquier

persona

3 ESTADO DE EMERGENCIA Estado en el que el nivel de concentración

genera un alto riesgo de afectar seriamente

la salud de la población 82

I. LA CONTAMINACIÓN SONORA

1. CONCEPTO:

Se denomina contaminación sonora a cualquier sonido que produzca molestar o

que resulte excesivo en una determinada zona. Las personas que viven en las

grandes ciudades sufren a menudo el ruido provocado por el tráfico de los coches, las

81 Resolución Ministerial 425 -2008 /MINSA (26 de junio 2008), aprobó la Estrategia Sanitaria Nacional de Atención a Personas Afectadas por Contaminación con Metales Pesados y otras sustancias químicas 82 Decreto del Consejo Directivo 015-2007-CONAM/CD(03 de octubre del 2007 Aprobó y dispuso la implementación del plan de contingencia para Estados de alerta por contaminación del Aire en el Cuenca Atmosférica de la OROYA .

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Página 250

bocinas de los autobuses y el paso de los trenes. Si sumamos a esto el sonido de los

semáforos y el bullicio de los transeúntes se hace muy difícil, disfrutar del silencio o de

sonidos agradables, llegando a sufrir patologías causadas por este malestar.

a. Las causas más comunes de la contaminación auditiva son:

Tráfico

Aglomeración de personas

Transporte aéreo

Obras en construcción

Sonidos estridentes que provocan los vecinos

Algunas industrias

. La Organización Mundial de la Salud considera 50 decibelios como el límite

superior deseable del ruido. Por encima de este nivel de confort acústico podemos

tener una disminución auditiva y sufrir otras molestias a nivel psicológico.

Los Estándares de Calidad Ambiental (ECA) establecidos por el MINAM, fijan los

valores máximos permitidos de contaminantes en el ambiente. El propósito es

garantizar la conservación de la calidad ambiental mediante el uso de instrumentos de

gestión ambiental sofisticados y de evaluación detallada. Para controlar las emisiones

de agentes contaminantes como la contaminación sonora.

Los estándares según el Reglamento de Estándares Nacionales de Calidad Ambiental

para Ruido son:

ZONA DE APLICACIÓN

HORARIO DIURNO

Período comprendido

desde las 07:01 horas

hasta las 22:00 horas.

HORARIO NOCTURNO

Período comprendido desde

las 22:01 horas hasta las

07:00 horas del día

siguiente.

Zona de Protección

Especial

Es aquella de alta

sensibilidad acústica, que

50 db 40 db

Page 251: Ambiental nuevo 2015 final

Página 251

comprende

los sectores del territorio

que requieren una

protección especial contra

el ruido donde se ubican

establecimientos de salud,

establecimientos

educativos asilos y

orfanatos.

Zona Residencial

Área autorizada por el

gobierno local

correspondiente para el

uso identificado con

viviendas o residencias,

que permiten la presencia

de altas, medias y bajas

concentraciones

poblacionales.

60 db 50 db

Zona Comercial

Área autorizada por el

gobierno local

correspondiente para la

realización de actividades

comerciales y de servicios.

70 db 60 db

Zona Industrial

Área autorizada por el

gobierno local

80 db i. b

Page 252: Ambiental nuevo 2015 final

Página 252

correspondiente para la

realización de actividades

industriales.

2. EFECTOS:

La contaminación por ruido perjudica de forma seria al comportamiento de los

individuos. La constante exposición al ruido puede provocar: insomnio, estrés, pérdida

de la audición, dolores de cabeza, agresividad o problemas cardiovasculares.

El exceso de sonido altera las condiciones normales en que viven las personas. Los

decibelios son la unidad a través de la cual se mide la intensidad y potencia del

sonido. Si sobrepasamos los niveles saludables del sonido podemos dañar el oído:

Entre 50 y 90 db el oído sufre una cierta perturbación. Pueden producir

efectos psicológicos negativos en la concentración y atención, efectos

como el estrés, irritación, cansancio entre otros.

De 90 a 130 db el daño será permanente e irreparable. A estos rangos

de decibeles se les conoce también como umbral tóxico. Los sonidos

superiores a 120 dB pertenecen al umbral del dolor, estos son sonidos

insoportables y provocan dolor inmediato.

Más de 130 db además de dolor se podrá sufrir la pérdida súbita de la audición

por la incapacidad de regeneración de sus células.

3. ¿QUÉ SON LOS DECIBELES?:

Usamos los decibeles (dB) para medir la potencia de los sonidos, es empleada

mayormente en la acústica y en telecomunicaciones. Los decibeles son una unidad

logarítmica y representa la décima parte de un belio, unidad de medición llamada así

en honor a Alexander Graham Bell.

Esta unidad de medición (Belio) es muy grande para ser usada en la práctica, por eso

se usa la décima parte de esta siendo el decibelio o decibel la resulta

Page 253: Ambiental nuevo 2015 final

Página 253

II. CALENTAMIENTO GLOBAL

1. CONCEPTO

Las actividades económicas humanas (industria, agricultura, ganadería, etc) están

provocando un cambio en la estructura de la atmosfera; a medida que se producen y

liberan en la atmosfera ciertos gases como el dióxido de carbono, metano, óxido

nitroso, entre otros, ya que estos absorben mayor cantidad de radiación terrestre y

envían más de esta a la tierra.

El término Calentamiento Global se refiere al aumento gradual de las temperaturas de

la atmósfera y océanos de la Tierra que se ha detectado en la actualidad, además de

su continuo aumento que se proyecta a futuro.

2. EFECTO INVERNADERO

3. CONCEPTO

El efecto invernadero es un fenómeno atmosférico natural necesario que permite

mantener la temperatura del planeta, al retener parte de la energía proveniente del

Sol. Como resultado del efecto invernadero, la Tierra se mantiene lo suficientemente

caliente como para hacer posible la vida sobre el planeta. De no existir el fenómeno,

las fluctuaciones climáticas serían intolerables, la temperatura del planeta seria

aproximadamente de uno 18 Cº bajo cero lo cual no nos permitiría tener agua en

estado líquido. Sin embargo, una pequeña variación en el delicado balance de la

temperatura global puede causar graves estragos. En los últimos 100 años la Tierra ha

registrado un aumento de entre 0,4 y 0,8 ºC en su temperatura promedio.”.

Friends of the Earth

4. EFECTOS DEL EFECTO INVERNADERO

a) Aumento del nivel del mar, debido al derretimiento de los cascos polares

b) Sequías

c) Disminución de las reservas hídricas

d) Aumento y propagación de enfermedades infecciosas

e) Aumento en frecuencia e intensidad de los fenómenos meteorológicos

extremos

Page 254: Ambiental nuevo 2015 final

Página 254

f) Perdida de la capacidad productiva agrícola en áreas como Asia y África

g) Desplazamiento de las especies hacia altitudes o latitudes más frías, buscando

los climas a los que están habituados

h) Extinción de aquellas especies que no sean capaces de adaptarse ni

desplazarse. 6

5. LOS EFECTOS DEL CALENTAMIENTO GLOBAL

a. Aumento de temperaturas

b. Elevación del nivel de los océanos

c. Fenómenos meteorológicos extremos

d. Sequías e inundaciones.

e. Crisis humanitaria

6. EFECTOS DEL CAMBIO CLIMÁTICO PARA EL PERÚ

La Vulnerabilidad del Perú frente a las variaciones climáticas extremas se ha

evidenciado a través de los años. Esto ha sido tema de diferentes estudios e informes

que abarca desde el retroceso de los glaciares hasta los efectos del Fenómeno el niño

en la Salud, la agricultura, el transporte, la infraestructura, entre otros, entre otros, se

prevé que el estrés hídrico se agudizará con graves consecuencias debido a que la

población peruana se asienta mayoritariamente en las zonas secas y en ellas

desarrolla sus principales actividades económicas.

La Segunda Comunicación en el Perú a la CMNUCC (el Perú y el Cambio Climático)

expresa que se ha generado escenarios climáticos a nivel nacional (con proyecciones

al 2030), concluye lo siguiente:

- En la costa y en la sierra norte, parte de la sierra y la selva sur, se estiman

incrementos de precipitación de hasta 20%; por el contrario; en la selva norte y

parte de la sierra central y sur, se prevén disminuciones también de hasta 20%.

- Las lluvias extremas mostrarían un probable decrecimiento en los próximos 30

años en gran parte del territorio.

- Se espera un incremento en las temperaturas extremas en gran parte del país

tanto en la mínima como en la máxima, el incremento de la temperatura

máxima llegará a 1.6°C en promedio. El mayor incremento en la temperatura

se presentará en la costa y sierra norte en la selva norte y en la sierra central y

sur del país..

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III. MARCO JURÍDICO INTERNACIONAL SOBRE EL CAMBIO

CLIMÁTICO

¿Qué establece la Convención Marco sobre el Cambio Climático (CMCC)?

El objetivo de la CMCC es lograr la estabilización de las concentraciones de gases del

efecto invernadero en la atmosfera a un nivel que impida interferencias antropógenas

peligrosas en el sistema climático, ese nivel debería lograrse en un plazo suficiente

para permitir que los ecosistemas se adapten naturalmente al cambio climático,

asegurar que la producción de alimentos no se vea amenazada y permitir que el

desarrollo económico prosiga de manera sostenible. En beneficio de generaciones

presentes y futuras, sobre la base de la equidad y de conformidad a las

responsabilidades comunes, las partes que son países desarrollados deberían tomar

la iniciativa para combatir el cambio climático y sus efectos adversos.

1. OBJETIVO DEL PROTOCOLO DE KYOTO A LA CMCC

El acuerdo de Kyoto de 1997 fue aprobada por el Perú mediante Resolución

Legislativa 27824 (2 de septiembre del 2002) y entro en vigor el 16 de febrero del

2005. Tiene como objetivo entre los años 2008 – 2012 las emisiones agregadas de

una canasta de seis gases. El protocolo permite a los países con cierto grado de

flexibilidad en la manera de reducir sus emisiones. En adición a las medidas de

reducción de varias fuentes de energía, la forestación y deforestación como fuentes de

contabilidad de las emisiones (positiva y negativa), por la absorción del dióxido de

carbono que pueden tener los bosques.

2. ESTRAGEGIA NACIONAL DE CAMBIO CLIMÁTICO:

Fue aprobada por Decreto Supremo 086-2003-PCM (27 de octubre 2003), es de

cumplimiento obligatorio y debe ser incluida en las políticas y programas sociales y

regionales, sus líneas estratégicas prioritarias son las siguientes:

Promover y desarrollar investigación científica, tecnológica, social y económica

sobre vulnerabilidad, adaptación y mitigación respecto al cambio climático.

Promover políticas, medidas y proyectos para desarrollar la capacidad de

adaptación a los efectos del cambio climático y reducción de la vulnerabilidad.

Activa participación del Perú en las negociaciones internacionales de cambio

climático para defender los intereses del país y proteger la atmosfera mundial.

Promoción de proyectos que tengan como fin el alivio de la pobreza, reducción

de la vulnerabilidad y mitigación de los gases del efecto invernadero.

Page 256: Ambiental nuevo 2015 final

Página 256

Lograr la participación de la sociedad para mejorar la capacidad de adaptación

a los efectos del cambio climático.

Gestión de ecosistemas frágiles, en especial ecosistemas montañosos para la

mitigación de la vulnerabilidad al cambio climático.

IV. LLUVIA ÁCIDA.

1. LLUVIA NORMAL.

La lluvia se forma cuando las moléculas de vapor de agua se condensan sobre

cristales de hielo o de sal en la atmósfera, o sobre minúsculas partículas de polvo en

las nubes, para formar gotitas de agua que responden a la gravedad terrestre y caen

formando lluvia. A medida de que la lluvia cae atravesando la atmósfera, puede "ir

levantando" o "lavar" elementos y productos químicos y otros contaminantes (Stumm,

W, et al 1987). 83El agua de atmósfera naturalmente registra pH de 5.0 a 5.5 por lo que

es considerada ácida, ya que contiene ácido carbónico que viene de la disolución del

dióxido de carbono (Castro, et al 2000). 84

2. LLUVIA RADIACTIVA.

La lluvia radiactiva son deposiciones de partículas radiactivas, liberadas en la

atmósfera por explosiones nucleares o escapes de instalaciones y centrales nucleares,

sobre la superficie de la Tierra. Este fenómeno se observó desde el periodo de las

pruebas nucleares atmosféricas a gran escala realizadas en la década de 1950 y

comienzos de la de 1960. Se hicieron alegatos sobre sus efectos dañinos durante

muchos años, pero hasta 1984 no se adoptó una decisión trascendental, cuando un

juez federal de Utah dictaminó que 10 personas habían enfermado de cáncer debido a

la negligencia del gobierno en lo referente a la exposición de los ciudadanos a la lluvia

radiactiva en aquel estado. En 1985 el Tribunal de apelación de pensiones de

Inglaterra y Gales llegó a una conclusión similar en el caso de un veterano de las

pruebas nucleares británicas en las islas Christmas durante la década de 1950. Desde

la firma del tratado de limitación de pruebas nucleares en 1963, los niveles de lluvia

radiactiva han disminuido en todo el mundo. (Lee, J & Weber, D. 1982)

83 ]. Stumm, W, Laura S, y Jerald L. S, 1987, "Aquatic Chemistry of Acid Deposition,"

Environmental Science & Technology, Vol. 22 84 Lee, J. & Weber, D. (1982). Effects of Sulfuric Acid Rain on Major Cation and Sulfate

Concentrations of Water Percolating Through Two Model Hardwood Forests Journal of Environmental Quality Vol 11, No 1, p 57-64, January-March, 1982. 5 Fig, 2 Tab, 40 Ref

Page 257: Ambiental nuevo 2015 final

Página 257

3. LLUVIA ÁCIDA.

Esta lluvia ácida puede retornan a la superficie terrestre en dos tipos de deposiciones,

que son detalladas a continuación:

• Deposiciones húmedas; que pueden ser la lluvia, llovizna y roció.

• Deposiciones secas; son deposiciones en forma de nieve, niebla o granizo,

Este tipo de deposición registran niveles más ácidos que la deposición húmeda, por

tener elevadas concentraciones de Sulfatos y Nitratos, que se encuentran suspendidas

en el aire. Ambos tipos de deposición pueden ser acarreados por el viento, agua u otro

vector a distancias sumamente grandes (Landsberg, H.1984). 85

6. EFECTO DE LA LLUVIA ÁCIDA

La lluvia ácida está afectando la estabilidad de diversos ecosistemas, ya que este

fenómeno está llagando a formar parte del ciclo del agua y, por tanto, está modificando

los patrones climáticos, llegando a alterar los siguientes ecosistemas:

a) Efectos en la salud

b) Efecto sobre el agua

C) Efecto en los bosques

85 Landsberg, H. E., 1984, The Resourceful Earth

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EL AGUA

AGUA COMO DERECHO HUMANO

AGUA COMO BIEN ECONOMICO

EL AGUA COMO BIEN ACONOMICO

Recurso abundante en la naturaleza, constituye más del 70% de la superficie del planeta

Fundamental para el desarrollo de la vida en la tierra

Abundante de la naturaleza, donde existe en sus tres formas sólido, líquido y gaseoso

Se convirtió, directa o indirectamente,

en mercancía.

Compuesto por dos volúmenes de hidrógeno y uno de oxígeno

Proviene del latín AQUA y éste del indoeuropeo AKWA AGUA

El acceso al agua es considerado como un derecho humano, ya que el Estado está obligado a garantizar y asegurar un nivel de vida adecuado.

Cuanta más cara sea el agua, más

ahorrará la gente.

Según la Resolución A/RES/64/292 del 28 de julio de 2010, la Asamblea General de las Naciones Unidas declaró, el acceso seguro a un agua potable salubre y al saneamiento como un derecho humano fundamental para el completo disfrute de la vida y de todos los demás derechos humanos.

El agua, además de tener valor de uso, tiene valor de cambio

EL AGUA COMO DERECHO HUMANO

es es

Esta

es

Compuesto por dos volúmenes de hidrógeno y uno de oxígeno

es

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Página 259

GESTION DE CUENCAS HIDROGRAFICAS

Elementos naturales

Recursos naturales

en LA GESTIÓN DE

CUENCAS

HIDROGRAFICAS:

“Manejo de cuenca hidrográficas”

“Aquel territorio que dispone de una red

natural de drenaje, cuyas aguas son recogidas por un colecto común”.

“HIDROLÓGICO” fuente

TIPOS:

ENDORREICA: EXORREICA

:

Cuando sus aguas

desembocan en el mar por

vía superficial o

subterránea.

Cuando sus aguas

desembocan

en un lago.

ARREICA:

Cuando las aguas se pierden mientras

discurren por evaporación o filtración.

Cuando las aguas

discurren por debajo del

suelo.

CRIPTORREICA:

El Perú cuenta con 106 cuencas hidrográficas: 53 están ubicadas en la vertiente del Pacífico 44 en la del atlántico y 9 en

el Titicaca.

es

sus

son:

también

su

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Página 260

MARCO NORMATIVO SOBRE EL AGUA EN EL PERÚ

MARCO JURIDICO NACIONAL

CODIGO PENAL

Acceso al agua para consumo humano es un derecho de la

población (art. 114°)

EN LA CONSTITUCION POLITICA DEL PERU.- Categoría de Derecho Fundamental fundada en la dignidad humana.

ART. 304° Y 305°.

Prohíbe la contaminación por vertimientos solidos, líquidos, gaseoso o de cualquier otra naturaleza que cause

daño al ambiente.

ART.306° Prohíbe el vertimiento de desechos

industriales o domésticos.

NORMAS AMBIENTALES

Bien de uso publico y su dominio es inalienable e imprescriptible (art. 2).

LEY GENERAL DEL AMBIENTE

En el Perú se la legislado la protección del recurso del agua en normas ambientales, sectoriales de relevancia ambiental, y el Código Penal

LEY DE RECURSOS HIDRICOS

ART.287°

Tipifica como delito la contaminación o adulteración de aguas destinadas al

consumo humano.

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Página 261

SISTEMA NACIONAL DE GESTIÓN DE LOS RECURSOS HÍDRICOS

SISTEMA NACIONAL DE GESTION DE LOS RECURSOS HIDRICOS

Plataforma conformada por todas las instituciones de sector público y privado

Finalidad:

Objetivos:

Instituciones que lo integran:

• Los ministerios del ambiente, de agricultura, de vivienda, construcción y saneamiento, de salud, de a producción y de energía y minas.

• La autoridad nacional • Los gobiernos regionales y gobiernos locales a través de sus órganos

competentes • Las organizaciones de usuarios agrarios y no agrarios • Las entidades operativas de los sectores hidráulicos, de carácter sectorial y

multisectorial. • Las comunidades campesinas y comunidades nativas. • Las entidades públicas vinculadas con la gestión de los recursos hídricos.

Page 262: Ambiental nuevo 2015 final

Página 262

Facultades:

Competencias:

Para la gestión integrada, social, eficiente y moderna de los recursos hídricos

Regula y gestiona la infraestructura pública de uso agrario de carácter y alcance nacional.

AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA (ANA) DECRETO LEGISLATIVO 997 en

su primera disposición completaría final.

Funciones de la autoridad nacional del agua

Organización de la autoridad nacional del agua

• Administra y vigilar las fuentes naturales de agua

• Autoriza volúmenes de agua que utiliza o distribuyen los restadores del servicio de agua. • Evalúa instrumentos ambientales. • Otorga derechos de uso de agua, autorizaciones de vertimiento y reusó de agua residual tratada. •Autoriza obras en fuentes naturales de agua

Organización de la autoridad nacional del agua: esta organizado a manera descentralizada a través

de las 14 autoridades administrativas del agua (AAA), 72 administraciones locales de agua (ALA) y 6

consejos de recursos de cuencas (CRHC

DECRETO LEGISLATIVO 997 articulo 4

MINISTERIO DE AGRICULTURA

Page 263: Ambiental nuevo 2015 final

Página 263

FUNCIONES DEL FONGUA:

•Desarrollar acciones de capacitación dirigida al fortalecimiento de las entidades y organizaciones con responsabilidades en la gestión del agua. •Promover la investigación dirigida al incremento de la eficiencia del uso del agua. •Promover campañas de educación y sensibilidad sobre el valor social, económico y ambiental del agua. •Brindar asistencia técnica permanente a los usuarios de agua en material relacionadas al uso eficiente y sostenible y a la conservación del agua. •Promover el desarrollo de mercado de servicios relacionados al uso eficiente y sostenible del agua. •Promover el ahorro y el uso eficiente del recurso hídrico. •Financiar parcialmente, a través de la modalidad de fondos concursales, la ejecución de proyectos de inversión dirigidos al ahorro del agua

CONSEJO DE CUENCAS:

CLASES

Son espacios multisectoriales conformados por los sectores públicos y privados de las cuencas, cuyo objeto es el participar en la planificación, coordinación y concertación del aprovechamiento sostenible de los recursos hídricos en sus respectivos ámbitos

Consejo de cuenca regional, cuanto

el ámbito de la cuenca se localiza

íntegramente dentro de un solo

gobierno regional.

Consejo de cuenca interregional,

cuando dentro del ámbito de la

cuenca existen dos o más gobiernos

regionales

FONDO NACIONAL DEL AGUA

(FONAGUA)

CREADO POR LEY 28 823

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Página 264

GOBIERNOS REGIONALES Y GOBIERNOS LOCALES

Ley de recursos hídricos:

a. Gobiernos regionales: b. Gobiernos locales:

Las funciones y competencias concedidas a los gobiernos regionales en el marco del proceso descentralización, no han estado ajenas a la gestión de recursos hídricos, es así que los gobiernos regionales, al igual que los gobiernos locales, han pasado a formar parte del marco institucional de la gestión del agua.

a. Municipalidades provinciales

b. Municipalidades distritales

c. Municipalidad metropolitana de lima

El consejo de municipal tiene la función de aprobar el sistema de gestión ambiental y sus instrumentos, en concordancia con el sistema de

gestión ambiental nacional y regional.

ORGANIZACIONES DE USUARIOS

Page 265: Ambiental nuevo 2015 final

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AGUAS SUPERFICIALES

AGUAS SUBTERRANEAS

AGUAS DE FILTRACION

Afloramiento superficial

FORMAS DE ORGANIZACIÓN DE LOS USUARIOS

COMITES DE USUARIOS

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Página 266

MINISTERIO DE SALUD

MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO

DICAPI

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Página 267

MINISTERIO DE DEFENSA

MINISTERIO DE PRODUCCION

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DIAPOSITIVAS DEL CURSO DE DERECHO ECOLOGICO

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