Ambiental nuevo 2015 final
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UNIVERSIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANO
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
ESCUELA PROFESIONAL DE DERECHO
LA PACHAMAMA
POLITICAS PÚBLICAS AMBIENTALES
JUAN CASAZOLA CCAMA
Agosto 2015
I.-MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE
PRIMERA UNIDAD
1.- Rol de la Universidad: objetivos estratégicos, ambientalización de la
universidad, responsabilidad ambiental de la universidad, investigación
ambiental universitaria.
1.1.- Valores y ética ambiental (personal, institucional).
2.- Derecho Ambiental
2.1.- Nociones previas: Derecho ambiental, recursos naturales, ambiente,
servicios ambientales, daño contaminación, depredación ambiental,
conservación, impacto ambiental, desarrollo sostenible, destrucción de la capa
de ozono.
2.2.- Efectos en la salud de los principales contaminantes atmosféricos.
(Cianuro, plomo, etc)
SEGUNDA UNIDAD: desarrollo sostenible y visión de problemas ambientales
actuales. (50%)
3.- Desarrollo y desarrollo sostenible: Antecedentes, origen, concepto,
características, principios internacionales y nacionales, componentes,
principales eventos ambientales, marco normativo internacional y nacional.
4.- Visión a problemas ambientales actuales: Crisis ambiental.
4.1.- Concepto, causas, efectos.
4.2.- Estudio de casos concretos (Laudato Si, Diagnostico regional, planes
nacionales, carta de la tierra, etc.)
II.- DERECHO ECOLOGICO Y RECURSOS NATURALES
PRIMERA UNIDAD:
1.- Derecho ambiental, ecología, ciencia ambiental y legislación ambiental.
2.- Los recursos naturales:
2.1.- Agua.
a).- Concepto, bien económico, derecho humano.
b).- Marco jurídico internacional y nacional para la gestión del agua.
c).- Sistema nacional de gestión de recursos hídricos, ministerio de agricultura,
Autoridad Nacional del Agua, Fondo Nacional del Agua, Consejos de cuencas,
Gobiernos regional y local, organización de usuarios, Ministerio del Ambiente,
Dirección General de Salud Ambiental (DIGESA).
2.2.- Suelo.
a).- Suelo: concepto, degradación, clasificación de tierras, grupos de capacidad
de uso.
b).- La desertificación (sequias, etc)
2.3.- Diversidad Biológica.
a).- Concepto, procesos ecológicos, ecosistemas, forestación.
b).- Áreas naturales protegidas.
c).- marco legal
2.4.- Atmosfera.
a).- Concepto, contaminación.
b).- Contaminación sonora: concepto, efectos, medición.
c).- Calentamiento global: concepto, efecto invernadero, efectos, nuevas
políticas publicas y compromisos de los estados (COP.21).
d).- Lluvia ácida.
2.5.- Residuos sólidos.
a) Concepto, manejo, planes de gestión integral, clasificación.
b).- Botaderos, rellenos sanitarios, rellenos de seguridad.
SEGUNDA UNIDAD: gestión ambiental
3.- Gestión Ambiental.
a).- Concepto, características, políticas públicas.
b).- Instrumentos de gestión: Ordenamiento territorial, zonificación ecológica y
económica, acondicionamiento territorial, desarrollo urbano, estándares de
calidad ambiental, límites máximos permisibles, estudios de impacto ambiental,
inventario ambiental.
c).- Institucionalidad: sistema nacional, regional, local, pasivos ambientales,
planes de remediación.
III.- JUSTICIA AMBIENTAL
PRIMERA UNIDAD.
1.- Procesos para la defensa del ambiente.
1.1.- Procesos de naturaleza civil: daño ambiental, condiciones y requisitos,
responsabilidad civil extracontractual, nulidad de actos jurídicos, interdicto de
retener.
1.2.- Procesos de naturaleza constitucional: Amparo ambiental, Acción Popular,
Acción de Cumplimiento, Habeas Data, Proceso de Inconstitucionalidad.
1.3.- Procesos de naturaleza penal.
a).- Delitos contra el ambiente: bien jurídico, sujetos, responsabilidad, pena.
b).- Delitos de contaminación: acciones punibles, bienes protegidos, tipo de
daño.
c).- Delitos contra los recursos naturales: Tráfico ilegal de especies de flora,
fauna y acuáticas, extracción ilegal de especies acuáticas, tráfico ilegal de
recursos genéticos, tráfico ilegal de productos maderables, alteración del
ambiente o paisaje
d).-Faltas penales: contra las buenas costumbres, contra la seguridad pública,
contra la tranquilidad pública.
1.4.- Derecho administrativo ambiental: acto administrativo, procedimiento
administrativo, fiscalización, control y sanción ambiental, vigilancia y monitoreo
ambiental, responsabilidad administrativa funcional.
SEGUNDA UNIDAD: Derecho internacional y litigación estratégica ambiental
2.- Derecho ambiental internacional.
2.1.- Instrumentos del derecho internacional ambiental.
2.2.- Sujetos del derecho internacional ambiental
2.3.- Tratados instrumentos sobre materia ambiental.
3.- Litigación estratégica en materia ambiental.
3.1.- Abogacía e incidencia en políticas públicas, investigación y educación
ambiental.
3.2.- Instrumentos para la litigación: Mecanismos alternativos de solución de
problemas socio ambientales, Amicus Curie, defensa política.
INTRODUCCION
"Tú visitas la tierra y le das agua y les entregas riquezas abundantes.
Los arroyos de Dios están repletos, preparas a los hombres su alimento:"
Salmo 65,10
La afirmación de fin supremo del Estado y la sociedad es el respeto de la
dignidad humana, enfoque antropocentrista siempre nos llamó la atención. A
esta realidad ponemos en agenda el estudio sobre la dignidad humana, la
Pachamama como sujeto de derechos y la regla ética y constitucional del Buen
Vivir. Este camino nos pone a hablar del amor a la vida, que significa hablar de
la exigencia de establecer “la justicia y el derecho”. Es una reflexión que
responde a la necesidad de formular y comunicar la rica experiencia de
pueblos de hombres y mujeres que acogieron el profundo compromiso por la
justicia social. Este compromiso tiene lugar, obligatoriamente, en el seno de
diversas y complejas vivencias humanas, en consecuencia en la elaboración
de un nuevo discurso del derecho sostenible.
Cuando se atraviesan situaciones humanas extremas, de sufrimiento,
postergación, e injusticia, las preguntas calan hondo y conducen al corazón de
las cosas; al mismo tiempo, el discurso jurídico se hace respetuoso de la
diversidad de las condiciones sociales, culturales, económicas y religiosas de
personas y pueblos. La interpelación que viene de ellas nos coloca
desnudamente ante las preguntas básicas de la existencia humana. En efecto,
si no vamos al mundo del dolor diario, de la vivencia de ver violados sus
derechos más elementales, de la angustia que consume; pero así mismo, si no
tomamos en cuenta las experiencias de alegría, de esperanza, el que hacer del
derecho no adquiere espesor. Fácilmente puede contaminarse de un cierto
burocratismo y de una voluntad de poner contrarios al espíritu de la justicia y el
derecho.
Cada día hay más polución, contaminación, degradación, pérdida de
biodiversidad, procesos de desertificación, pasivos ambientales, sitios
contaminados, basurales,
contaminación de los recursos
hídricos, originando más
pobreza, desocupación,
enfermedades, hambre y
refugiados ambientales. La
mayor preocupación es el
impacto sobre el recurso hídrico, el agua está directamente vinculada a la
alimentación y a la salud, la falta de este recurso en cantidad y calidad,
provoca la aparición o permanencia de enfermedades evitables que afectan la
calidad de vida de millones de personas, en particular a niños y madres.1
(Revista N° 20 Voces en el Fénix de la Facultad de Ciencias Económicas
UBA).
El impacto directo más significativo se
concentra en la salud. Las
enfermedades de origen hídrico,
originadas, al beber, o por contacto, o
al comer verduras regadas con aguas
servidas, o contaminadas con
sustancias como nitratos, cadmio,
mercurio, plomo, arsénico, flúor, yodo y metales pesados. De cada diez
enfermedades comunes ocho son atribuibles por consumo de agua
contaminada y de cada diez muertes comunes se atribuyen dos por consumo
de agua contaminada.
Esta es la realidad histórica que está viviendo el pueblo, reflejada en la
injusticia, crisis ecológica y miseria que inter-actúan en gran parte de la
1
Revista N° 20 Voces en el Fénix de la Facultad de Ciencias Económicas UBA
humanidad. Ante ello toda la humanidad ha de sentirse involucrada en esta
problemática compleja y los que compartimos la fe en un Dios liberador y la
Pachamama (o la personalidad de la naturaleza exigiendo respeto y
reciprocidad) y el derecho como justicia social tenemos razones profundas para
enfocar estos problemas desde la opción por el desarrollo sostenible.
En el sur andino constatamos situaciones alarmantes; la problemática de la
tierra y las tensiones relativas al acceso a los recursos productivos siguen
siendo unas de las causas principales de la pobreza, del hambre y de conflictos
socio ambiental, pero que a la vez deben ser uno de los temas principales de
nuestros estudios y reflexiones. Aunado a ello, la debilitación de la capa de
ozono, el recalentamiento de la atmósfera, la alternancia de heladas, sequías
e inundaciones, la desertificación progresiva, la disminución de la
biodiversidad, la proliferación de insectos resistentes a los insecticidas y de
microbios resistentes a los antibióticos, los intentos de "privatización" de la vida
son unos ejemplos claros de una crisis profunda.
La realidad de destrucción y muerte a la cual está sometida la madre tierra ha
de ser enfrentada e iluminada por el anuncio de la justicia social y el derecho. Y
nuestra fe en la madre tierra como
sujeto de derechos es la afirmación
de que el derecho siempre ha
optado por la vida y desde ello toda
la humanidad está llamada a optar
por la defensa y preservación de la
vida.
La pobreza no es fatalidad, es una condición; no es un infortunio, es una
injusticia. Es resultado de estructuras sociales y de categorías mentales y
culturales, está ligada al modo como se ha construido la sociedad, en sus
diversas manifestaciones. Es fruto de manos humanas: estructuras económicas
y atavismos sociales, prejuicios raciales, culturales de género y religiosos
acumulados a lo largo de la historia, intereses económicos cada vez más
ambiciosos, por lo tanto su abolición se encuentra en nuestras manos.
El desarrollo sostenible no es sólo la protección
del medio ambiente, es una nueva forma de
pensar sobre la vida y la política, es un tipo de
crecimiento económico sostenible en armonía
con la naturaleza, es la reanudación de los
conceptos de justicia, oportunidad e igualdad
entre todos los hombres. (Giuseppantonio De
Vincentiis. Evolución del desarrollo sostenible). Se exige un equilibro entre el
modelo económico de desarrollo, las formas de vida de la sociedad y el
respeto a los sistemas naturales.
1.- ROL DE LA UNIVERSIDAD CONSERVACION DEL MEDIO AMBIENTE Y
EL DESARROLLO SOSTENIDO DE LA REGION Y EL PAIS.
1.1.- Un nuevo perfil profesional con conocimientos interdisciplinarios.
Reconociendo el valor e importancia del ambiente
como entorno de vida y de los recursos naturales
como el legado de la nación para proveerse de
materiales para satisfacer sus necesidades y el rol de
la universidad de formar a profesionales, líderes y
dirigentes que orientarán y dirigirán su buen uso y
protección para las generaciones presente y futuras,
así como cuestionar y reflexionar sobre el rol de la sociedad y de las
instituciones y proponer soluciones a los conflictos controversias, disyuntivas y
dilemas, basadas en las ciencias y el conocimiento.
Este escenario globalizado presenta características de desarrollo de las
comunicaciones, revolución digital, desarrollo de nuevas disciplinas del
conocimiento, nuevos mercados y productos, nuevas formas de hacer empresa
y negocios, nuevas formas de relación entre gobiernos ciudadanos y
empresas, nuevas modalidades y mecanismos alternativos de gestión de las
controversias.
Esta realidad exige un nuevo perfil
profesional con conocimientos
interdisciplinarios, capacidades de
liderazgo, educación con nuevas
competencias de investigación,
razonamiento y análisis,
interdisciplinariedad, comunicación,
valores, visión empresarial, sentido ético
y crítico perspectiva global y local, entre
otros.
La Sostenibilidad Ambiental se está convirtiendo en una parte integral de la
vida universitaria. Una tendencia mundial muestra que las universidades están
revisando su misión y la
reestructuración de sus cursos,
programas de investigación y
operaciones en el campus para
incorporar lo ambiental en sus
funciones sustantivas. La larga lista de
signatarios de diversas declaraciones
que promueven la sostenibilidad y
ambiente en la educación superior, es
una prueba más de este cambio. La Declaración de Talloires, la Declaración de
la Asociación Internacional de Universidades de Kyoto, la Declaración de
Swansea, la Carta Copernicus de la Asociación Europea de Universidades y la
Declaración de Lüneburg, son algunos ejemplos.
En el Perú, también existe esta tendencia y varias universidades han
comenzado por desarrollar sus políticas y planes ambientales institucionales
como primer el paso para integrar la perspectiva ambiental. La Red Ambiental
Interuniversitaria – Interuniversia Perú (RAI Perú), promovida y facilitada por el
MINAM es la encargada de impulsar tal proceso.
Parafraseando la visión de la UNA- Puno, podemos decir que tiene la finalidad
de formar personas calificadas a nivel del Pregrado, Pos título y Postgrado,
competitivos, con liderazgo en el desarrollo de la ciencia, la tecnología, y las
humanidades proporcionando a la sociedad los resultados de la investigación
científica y tecnológica, a través de la proyección social y extensión
universitaria, propiciando la revaloración cultural, conservación del medio
ambiente y el desarrollo sostenido de la región y el país. Para alcanzar a esta
visión diseña los objetivos estratégicos:
-Formar profesionales con excelencia académica, competitiva y
humanista, comprometidos con el desarrollo de la región y del país,
acorde con los adelantos de la era del conocimiento. Alcanzar los
estándares de calidad para lograr la acreditación.
-Desarrollar investigación científica, tecnológica y humanista,
interdisciplinaria, teórica y aplicada, orientada a generar nuevos
conocimientos que coadyuven a resolver los problemas de la región y
del país.
-Fortalecer la proyección social y extensión universitaria para transferir
conocimientos científicos, tecnológicos y culturales hacia la comunidad
regional, nacional e internacional.
Mencionamos algunos pilares para alcanzar la excelencia académica: buena
biblioteca física y virtual, buenos laboratorios y gabinetes de estudio, docentes
actualizados, investigación, publicaciones.
1.2.- Ambientalización de la Universidad
La ambientalización o incorporación de la perspectiva ambiental en el quehacer
universitario es el proceso de reconocimiento de los impactos ambientales que
se provocan en la cotidianidad y de los cambios a realizarse para
contrarrestarlos2 (Benayas, 2004).
La ambientalización se relaciona con la forma en que las instituciones
universitarias incorporan a sus debates y prácticas la problemática ambiental
desde sus distintos ámbitos operativos: formación, investigación, extensión y
gestión 3(Coya-García, 2001).
En lo relativo a la incorporación de la
perspectiva ambiental se parte del hecho de
que en la fundación de nuestras
universidades, no integraron el debate y las
necesidades ambientales y de la sostenibilidad
en las bases de su conformación, pero
tampoco lo han hecho en ningún otro periodo
de reforma académica y es por ello, que ahora
con la creciente crisis ambiental y la exigencia de que las instituciones de
educación superior respondan a ello, hay que impulsar una discusión que ha
sido externa en los campos de conocimiento y de formación profesional: la
problemática ambiental y las perspectivas del desarrollo sostenible.
La ambientalización de la Universidad se basa en la premisa de que ninguna
de las áreas del conocimiento se encuentra al margen de la problemática socio
ambiental. Por ello, se espera que estas instituciones sean capaces de
responder a los retos actuales en la medida que reconozcan la necesidad de
2 Benayas, 2004 3 Coya-García, 2001.
una perspectiva ambiental que atraviese horizontal y verticalmente sus
funciones y quehacer cotidiano.
Responsabilidad Ambiental
Universitaria. La Responsabilidad
Ambiental Universitaria (RAU)
podemos definirla como la acción
de la universidad -puesta en
práctica de principios y valores- de
contribuir a la formación de
profesionales y ciudadanos con
conciencia, compromiso y
participación proactiva en la
solución de los problemas ambientales, mediante el ejercicio de sus funciones
sustantivas de formación, investigación formativa, extensión, proyección y
gestión universitaria.
En esta misma línea, entendemos por “Universidad Ambientalmente
Responsable” aquella que incorpora la dimensión ambiental a su proyecto
institucional, educativo y laboral, con el fin de propiciar el desarrollo sostenible
y a la vez para formar a sus estudiantes/futuros profesionales como modelos o
promotores de prácticas ambientalmente responsables a nivel de sus familias,
futuros entornos laborales y en la sociedad en general.
1.3.- Ambientalización de la Investigación universitaria.
Asistimos a una nueva era, donde el conocimiento es poder y la exigencia de
elaborar nuevos conocimientos y propuestas alternativas que ayuden a la
solución de los principales problemas de nuestra sociedad es aún débil.
Uno de los fines de nuestra universidad es la investigación formativa, sin
embargo este término de la investigación suele crear en algunos estudiantes
escepticismo, confusión, porque creen que la investigación no tiene relación
con el estudio y la realidad.
Russel, nos dice que el crecimiento continuo de la ciencia influye
especialmente sobre nuestros pensamientos, costumbres y nuestras
esperanzas. Lo importante de este crecimiento es que está afectando nuestros
esquemas mentales, percepción de la realidad, nuestro propio estilo de vida,
costumbres, hábitos así como afecta o influye en nuestras visiones, ilusiones
para el futuro, en nuestros sentimientos, emociones pero con el tiempo el
hombre se puede hastiar del avance científico y retornar a lo inicial.
Este crecimiento del conocimiento
también es testigo del crecimiento de
la riqueza y la pobreza, el egoísmo,
inequidad en nuestra sociedad. Peter
Hans Kolvenbach, al referirse al
conocimiento humano y globalización
nos indica que: “En la nueva
sociedad del conocimiento, el abismo
entre quienes saben y entre quienes
no saben se acentúa cada vez más”. El conocimiento no tiene límites, y, hoy,
más que nunca, es evidente que “saber es poder”. Sin embargo no es el
“mucho saber” lo que importa; es también el sentir, El saber con y el saber
para el compartir, el servir. En este mundo en que la competencia degenera en
competitividad sin límites, y en que el individualismo y la insolidaridad crean
nuevas fronteras y exclusiones es preciso recuperar el discurso del ser para los
demás, el saber y el poder como servicio, la solidaridad, la compasión en el
sentido más pleno de la palabra”4.
4 Peter Hans Kolvenbach,
Nuestra universidad asume la formación de profesionales con excelencia
académica, competitiva y humanista. Por lo tanto podemos indicar que
competente también significa, saber pensar, saber, hacer, saber ser, saber
vivir, saber convivir, saber crear, saber estar consigo mismo. Significa fortalecer
las capacidades necesarias para desarrollar reflexiones, estrategias de
pensamiento, formular críticas y propuestas y encontrar soluciones, saber qué
es lo que se sabe, saber plantear nuevas preguntas y continuar aprendiendo.
El desarrollo del conocimiento
ambiental en las universidades es
una tarea prioritaria por el alto valor
social que contiene, ya que el
actual y futuro desarrollo de las
sociedades depende en gran
medida de la respuesta científica
que se dé a la crisis ambiental.
En ese sentido se requiere desarrollar procesos de investigación ambiental
básica y aplicada a partir de su vinculación con las problemáticas ambientales
que aquejan a todos los sectores que integran a la sociedad, para asegurar
que la producción del
conocimiento ambiental
se realice con base en
demandas ambientales
reales.
También es importante
establecer diferentes mecanismos a fin de que estos conocimientos
ambientales generados en el mundo académico se transfieran a la sociedad en
su conjunto para que impacten en los patrones y estilos de producción y
consumo actual.
3.- AMBIENTE, RECURSOS NATURALES, ECOSISTEMAS.
Los términos como ambiente, recursos
naturales, ecosistemas o entorno, hoy
en día, son muy utilizados para expresar
la percepción que se tiene de la
naturaleza. Estas denominaciones son
usadas con mayor frecuencia, para
denotar las preocupaciones que se tiene
por la problemática ambiental.
Problemática devenida por la irresponsable industrialización y explotación
masiva, operada por el sistema urbano-industrial, fruto del paradigma
reduccionista. Este paradigma pregona como parte del ambiente aquello que
es indispensable para el sostenimiento del sistema y aquello que no es
indispensable no sirve, es así que “…lo que circula no es vida, sino materias
primas, productos industriales, contaminantes, recursos”5 (Leff 1995). Esta
economización de la naturaleza se corresponde con la percepción hoy
dominante, que cosifica todas las dimensiones de la vida y las convierte en
mercancías potenciales o reales. Las actitudes conservacionistas, a su vez,
son un síntoma de la mercantilización de la naturaleza, la repuesta emocional a
las consecuencias de esta mercantilización.
Desde la Conferencia de Estocolmo, celebrada
en Suecia entre el 5 y 16 de junio de 1972 bajo
el auspicio de la Organización de Naciones
Unidas –ONU – (Por este acontecimiento es
que Naciones Unidas determinó el día 5 de junio
como el día mundial del ambiente) se empezó a
dar un tratamiento global al tema ambiental,
5 Leff 1995.
como una parte importante del Desarrollo Humano, especialmente a partir del
Informe Brundtland presentado en 1987 con el nombre de “Nuestro Futuro
Común” por la Comisión Mundial Para el Medio Ambiente y Desarrollo de la
ONU. Demostrando que el camino que la sociedad global había tomado estaba
degradando y contaminado el ambiente por un lado y dejando cada vez más
gente en la pobreza y la vulnerabilidad.
Determinó que la protección ambiental había dejado de ser una tarea nacional
o regional para convertirse en un problema
global. Todo el planeta debía trabajar para
revertir la degradación y contaminación actual.
Esto fue incorporado a todos los Programas
de la ONU y sirvió de eje principal para la
Cumbre De La Tierra celebrada en Rio De
Janeiro en 1992. A partir de esta toma de
conciencia se transformó el tema ambiental en
el nuevo paradigma y surgieron tratados,
convenciones, declaraciones, congresos, comisiones, leyes a nivel
internacional, nacional, provincial y municipal, numerosas organizaciones y
Autoridades de diferentes rango, para el control y la aplicación de las normas
sancionadas y hasta incluidas en nuestra Constitución.
Tania García López, mencionaba desde que en 1987 viese a la luz el Informe
Brundtland, mucho se ha hablado sobre
la necesidad de un desarrollo sostenible
o sustentable, esto es, de un desarrollo
que garantice las necesidades del
presente sin poner en peligro las necesidades de las generaciones futuras. A
pesar de ello, y varias décadas más tarde, tras haberse discutido mucho
en todo tipo de foros y haberse emprendido todo tipo de iniciativas
tendentes a la sustentabilidad o sostenibilidad, parece que todavía no se
ha alcanzado ese anhelado desarrollo ni la fórmula para lograrlo.
En respuesta a este reto la comunidad internacional ha desarrollado un prolífico
cuerpo de instrumentos, (Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio
Ambiente Humano – Estocolmo, Suecia 1972; la Conferencia de las Naciones
Unidas sobre Medio Ambiente y Desarrollo – Rio de Janeiro, Brasil 1992; y la
Cumbre Mundial sobre Desarrollo Sostenible (Johannesburgo , Sudáfrica 2002)
los cuales en su mayoría adolecen en el aspecto de no tener carácter
vinculante para los Estados, por lo cual resultan insuficientes para regular los
diversos aspectos que se generan día a día con respecto a la materia medio
ambiental.
EVENTOS INTERNACIONALES
A nivel local podemos registrar los siguientes avances.
El Código del Medio Ambiente y
los Recursos Naturales de 1990,
constituyó un hito a partir del
cual se fortaleció el marco
normativo e institucional en
materia ambiental, contando
inicialmente con autoridades
ambientales sectoriales y una
autoridad coordinadora, el
Consejo Nacional del Ambiente
(CONAM), establecido en 1994.
Posteriormente se crearon
Gerencias de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente en los
gobiernos regionales, que se sumaron a las unidades ambientales de algunas
municipalidades. Luego de promulgada la Ley General del Ambiente en 2005,
que derogó el Código del Medio Ambiente y Recursos Naturales, en 2008 se
crea el Ministerio del Ambiente MINAM, que incorpora al Consejo Nacional del
Ambiente, a la Intendencia de Áreas Naturales Protegidas INRENA, y adscribe
al Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú SENAMHI, al
Instituto Geofísico del Perú IGP, al Instituto de Investigaciones de la Amazonía
Peruana IIAP, y al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental OEFA y
al Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas SERNANP, configurándose
de esta forma el Sector Ambiental. Como parte del fortalecimiento de la
institucionalidad, se viene actualizando el marco normativo para un mejor
desempeño de los organismos ambientales del Estado, en los tres niveles de
gobierno, los cuales integran el Sistema Nacional de Gestión Ambiental.
No obstante, persisten retos relacionados al desarrollo de capacidades y
limitados recursos humanos y financieros; así como para el ejercicio de las
competencias públicas, la prevención de controversias y el efectivo
cumplimiento de los mandatos legales. Esto obliga a un importante esfuerzo de
coordinación interinstitucional, a la descentralización y la búsqueda de
sinergias entre las autoridades, el sector privado y la sociedad civil; a la gestión
de la información, la investigación científica y tecnológica, así como a la
consolidación de los instrumentos de gestión ambiental.
4.- CRISIS AMBIENTAL
Crisis ambiental
Cuando uno lee los informes y
las noticias en los medios
gráficos cada día hay más
polución, contaminación,
degradación, pérdida de
biodiversidad, procesos de
desertificación, pasivos
ambientales, sitios contaminados, basurales, contaminación de los recursos
hídricos, originando más pobreza, desocupación, enfermedades, hambre y
refugiados ambientales.
La mayor preocupación a nivel
mundial es el impacto sobre el
recurso hídrico, el agua está
directamente vinculada a la
alimentación y a la salud, la falta
de este recurso en cantidad y
calidad, provoca la aparición o
permanencia de enfermedades
evitables que afectan a millones
de personas, en particular a
niños y madres. La calidad de vida de una población está directamente
relacionada con el libre acceso al agua limpia y saludable.6 (Revista N° 20
Voces en el Fénix de la Facultad de Ciencias Económicas UBA).
El impacto directo más significativo se concentra en la salud. Las
enfermedades de origen hídrico, originadas, al beber, o por contacto, o al
comer verduras regadas con aguas servidas, o contaminadas con sustancias
como nitratos, cadmio, mercurio, plomo, arsénico, flúor, yodo y metales
pesados.
Parafraseando a Carlos Andaluz Westreicher, la severa crisis que enfrentamos
se debe a factores concurrentes, como el acelerado incremento de la población
humana, el crecimiento de las actividades económicas en respuesta a
insostenibles patrones de producción y consumo, las inequidades y
desbalances entre la población rica y la población pobre, la predominancia de
asentamientos urbanos.
- La población actual alcanza a 7,000
millones, se dice que en trece años
seremos 8,000 millones. La presión
demográfica, se agudiza por la pobreza
que sufre una gran parte de la población
del planeta, de hecho hay más de tres mil
millones de personas que viven con
menos de dos dólares al día, y son más de
40 mil los niños que cada día mueren por
enfermedades relacionadas con la
desnutrición.
6 Revista N° 20 Voces en el Fénix de la Facultad de Ciencias Económicas UBA.
- En los países más ricos reside solo el
20% de la población mundial. Este
20% consume más del 86% del
consumo privado, mientras que el
20% más pobre de la población
mundial, representa menos del 2% del
total de consumo privado. La
organización Mundial de la Salud ha
recomendado un gasto anual per
cápita en salud entre ricos y pobres
entre 30 y 40 dólares, los países menos desarrollados invierten solo 11
dólares y los países ricos invierten 1900 dólares.
- El crecimiento industrial se multiplicó cincuenta veces. El año 1950 es
considerado como el umbral de la crisis ambiental. El crecimiento
obedece al espectacular desarrollo que experimentó la ciencia y la
tecnología
aplicada en todos
los campos del
quehacer
humano, esto
explica el
crecimiento de
las actividades
económicas
como la minería,
pesca, comercio, industria, construcción, transporte, agricultura,
ganadería; no solo como deseo de progreso, sino al mandato de
satisfacer las necesidades de una población humana creciente.
El humano de la sociedad industrial se mostró arrogante respecto a la
Pachamama, envanecido por su tecnología que todo lo puede y no
considerándose a sí mismo como parte de ella, se dio la tarea de
dominarla y servirse de sus componentes.
En la actividad agraria, el crecimiento del paquete tecnológico llamado
“revolución verde”; gracias a este enfoque fue posible sembrar grandes
extensiones de terrenos con monocultivos de alto rendimiento y bajo
costo, el uso de semillas genéticamente mejoradas, fertilizantes
sintéticos, mecanización
en el cultivo y cosecha,
riego por goteo y
aspersión.
En la actividad minera, la
tecnología ha dejado
prácticamente sembrado
a la pequeña y mediana
minería, dando paso a los
megaproyectos mineros
que alteran radicalmente
los ecosistemas.
La naturaleza provee de materia prima para la industrialización y es reservorio
para los desechos y contaminantes.
En la revista de la CEPAL de abril
2013 el catedrático, Adolfo Figueroa
en un artículo sobre “Crecimiento
Económico y Ambiente” indica. “La
relación entre crecimiento
económico y ambiente, es uno de
los problemas de mayor interés en
la economía moderna, la producción de bienes depende del ambiente por una
doble vía, por ser fuente de los recursos y materias primas y por ser reservorio
para los desechos y contaminantes, en conjunto degradan el ambiente. La
tierra impone límites a la explotación y la absorción del ecosistema, a partir del
umbral de contaminación, que es la capacidad del sistema ecológico de
albergar a la sociedad humana.
“Todo puede producirse o reemplazarse, menos la capacidad ecológica. No
somos capaces de producir otro ambiente ecológico para sostener nuestra
existencia”.7 Esto lo sintetizo
Edward Wilson (1998),
biólogo de Harvard al afirmar
“Para que todo el mundo
alcance el nivel de vida
actual de los Estados Unidos
con la tecnología existente se
necesitarían dos planetas
tierra más”.8 Todo esto se ve
incrementado por las
amenazas naturales y las
artificiales creadas por la
humanidad, como el cambio
climático a partir del
calentamiento global y los gases de efecto invernadero que originan eventos
extremos que afectan con inundaciones, sequias, huracanes y tsunamis, a los
grandes centros poblados y a la producción de alimentos especialmente, como
también a la infraestructura con pérdidas multimillonarias.
7
Edward Wilson (1998) 8 Edward Wilson 1998
Crecimiento económico y fragilidad ambiental.
La realidad nos marca como dice
Adolfo Figueroa (abril ,2013) que
“El proceso económico de
crecimiento y distribución se realiza
bajo condiciones de fragilidad
ambiental” 9y de inequidad. Esto ya
lo decía Juan D. Perón en sus
discursos pronunciados en 1973.
“Quieren nuestro recursos, por las
buenas o por las malas” y “El Mensaje Ambiental a Los Pueblos y Gobiernos
del Mundo” desde Madrid en 1972. “Debemos cuidar nuestro recursos
naturales con uñas y dientes de la voracidad de los monopolios
internacionales, que lo buscan para alimentar un tipo absurdo de
industrialización y desarrollo”10. Pasaron cuarenta y cuatro años y la entrega de
los recursos naturales sin control ambiental, es una constante, a pesar de los
discursos que quieren ilusionarnos con su defensa. El paradigma aplicado es
entregar todo, priorizando las inversiones. La ilusión de trabajos y regalías que
aumentaron la corrupción, la compra de voluntades, campañas de desprestigio
de las Asambleas Ciudadanas, con la negación de la contaminación y la falta
de control.
LECTURA CARTA DEL INDIO DE SITLE…
Crisis como oportunidad para transformar
El tema ambiental en nuestra región es una
cuestión casi de supervivencia, por los
efectos nocivos sobre la salud, tenemos todo
9 Adolfo Figueroa abril ,2013 10 Juan D. Perón , en 1973.
para mejorarlo a partir de que se cumpla la decisión política de los anuncios
realizados tantas veces “el agua es vida”, “todos debemos ser ambientalistas”,
“si hay contaminación hay que denunciarla” y hasta aquella de que “el agua
vale más que el oro”, “el que contamina repara”.
La solución está en nuestras manos, si cada parte cumple con sus
obligaciones. La comunidad tomando conciencia que el cambio debe ser de
todos nosotros, para controlar, mitigar y disminuir los pasivos y sitios
contaminados.
Criminalización de la protesta social
La nueva legislación permite a policías y militares matar sin responsabilidad
penal. A estas alturas del reinicio de las
protestas contra el emblemático proyecto
Conga, Valle del Tambo y en medio de
una gran conflictividad socio ambiental en
el país, se aprueban medidas que
permite a policías y militares matar o
lesionar a civiles sin tener responsabilidad
penal. La polémica norma, aprobada por
el Congreso, exime de responsabilidad penal al personal de las Fuerzas
Armadas y de la Policía Nacional del Perú cuando cause lesiones o muerte en
el “cumplimiento de su deber” y en uso de sus armas u otro medio de defensa.
La medida modifica el numeral 11 del artículo 20 del Código Penal con fines de
combatir el crimen y la inseguridad ciudadana.
Parte de esas medidas fue un paquete de cuatro decretos legislativos que
emitió el Gobierno de Alan García en 2010. Uno de ellos, el D.L. 1095 ha sido
severamente cuestionado por organizaciones de derechos humanos, pues
consideran que posibilita el uso excesivo de la fuerza en casos de protesta
social y conflictos. Este decreto, aún vigente, es cuestionado por ampliar la
intervención de las Fuerzas Armadas más allá del estado de emergencia,
cuando sea sobrepasada la capacidad de la policía de mantener el orden, sin
dar criterios específicos de regulación de la norma. Asimismo, se considera que
en la práctica el decreto hace legítimo el enfrentamiento de militares con la
población civil en protestas sociales. Al amparo de esa norma han muerto
muchos civiles en conflictos socio ambientales durante los últimos años.
Otro cuestionado decreto del mismo grupo fue el D.L. 1097 que eximía de
responsabilidad a militares y policías procesados por violación de derechos
humanos, basándose en el vencimiento del plazo formal. Sin embargo, el
mencionado decreto fue derogado por el Congreso en septiembre de 2010.
Asimismo, se promulgó la Ley 29986 que permite a personal de las Fuerzas
Armadas y de la Policía Nacional del Perú el levantamiento de cadáveres de
sus miembros y de civiles sin la presencia del fiscal, previo conocimiento del
Ministerio Público. En casos excepcionales, la norma faculta a que se
prescinda la comunicación y se dé cuenta del levantamiento dentro de las 24
horas, más el término de la distancia. Tras la promulgación de la mencionada
ley, la Fiscalía expresó su rechazo por el temor de que se genere impunidad en
casos de abuso de autoridad y dudas sobre un operativo policial o militar.
Además, consideró que se estaría afectando las funciones del Ministerio
Público en la investigación del
delito.
La Defensoría del Pueblo
registró 210 conflictos sociales
en el país al mes de enero del
2015, 159 de ellos activos y 51
en estado latente. La regiones
Ancash, con 25 casos, Apurímac, con 22, Puno, con 19, Cuzco con 16,
Ayacucho y Cajamarca con 14 cada uno, Junín, Loreto, Piura con 12 cada uno
y Lima con 10. Los conflictos socio-ambientales fueron los más numerosos con
66,2 %, vinculados sobre todo a actividades mineras.
Los conflictos generados a partir de asuntos de gobierno locales ocuparon el
segundo lugar y se expresó en reclamos por falta de ejecución de obras,
pedidos de que se declare vacantes los cargos y oposición a la implementación
de políticas, entre otros.
Un total de 19 conflictos
sociales fueron identificados
en la región Puno según el
último reporte de la
Defensoría del Pueblo.
Dentro de este informe se
indica que 12 de ellos son
socio ambiental e involucran
a distintas empresas mineras que trabajan en la zona.
Entre los conflictos activos aparece:
La minera Minsur con la
población de Antauta;
Resurrección SAC con los
Pobladores Orurillo–
Melgar;
Sillustani con la Comunidad
Campesina de Condoraque
en Quilcapunco – Putina;
Arasi SAC con los pobladores de Ocuviri Lampa;
Bear Creak Mining Company con la población Huacullani;
Ciemsa SA con la Población Paratía en Lampa;
Gore Puno con los pobladores de La Rinconada en Ananea;
Municipalidad de san Román con la Comunidad de Chila;
Plantas de tratamiento de aguas residuales en la ciudad de Puno;
Municipalidad de San Román con la población de Coata;
También se registraron casos de contaminación en las cuencas Suches y
Ramis ocasionados por la minería informal en las provincias de Huancané,
Putina y Azángaro.
LECTURA: DIAGNÓSTICO Y FUNDAMENTOS DEL MEDIO AMBIENTE PARA
LA ELABORACIÓN DE POLÍTICAS PÚBLICAS AMBIENTALES RECOGIDA
POR EL D.S. 012-2009.
El Perú es un país con un importante patrimonio natural y cultural, que ofrece
múltiples oportunidades de desarrollo mediante el aprovechamiento sostenible
de los recursos naturales, la gestión integral de la calidad ambiental y la
realización de actividades socioeconómicas con criterios de competitividad y
proyección regional y mundial. En razón a ello, la Política Nacional del
Ambiente se sustenta en el análisis situacional que se sintetiza a continuación:
El Perú es uno de los 15 países con mayor diversidad biológica del mundo, por
su gran variedad genética, especies de flora y fauna y ecosistemas
continentales y marítimos.
Con alrededor de 25 000
especies de flora.
Es el quinto país en
número de especies (10%
del total mundial), de las
cuales 30% son
endémicas.
posee numerosas plantas
de propiedades conocidas y utilizadas (4 400 especies).
Posee numerosas especies domesticadas nativas (182).
Es el segundo en especies de aves (1 816 especies), y es tercero en
especies de anfibios (408 especies) y mamíferos (462 especies).
Cuenta con cerca de 2 000 especies de peces (10% del total
mundial) y con 36 de las 83 especies de cetáceos del mundo; y es
considerado centro de origen por su diversidad genética.
Posee 11 ecorregiones, 28 de los 32 tipos de clima y 84 de las 117
zonas de vida del mundo.
En el país existen al menos 66 millones de hectáreas de bosques: Es el
noveno país en bosques, el cuarto en bosques tropicales y posee el 13% de los
bosques amazónicos. Tiene 7.6 millones de
hectáreas de tierras con aptitud para la
agricultura, 17 millones para pastos, 55.2
millones de hectáreas de tierras de
protección y más de 18 millones de
hectáreas en áreas naturales protegidas. Si
bien existen 12 000 lagos y lagunas y 77 600
m3 de agua/habitante; sin embargo, el
recurso hídrico se distribuye de manera muy
heterogénea en el territorio nacional,
mientras que en la Costa sólo se dispone del
2% del agua, ahí se localiza el 55% de la
población; en tanto la Selva dispone el 98%
del agua, sólo mantiene el 14% de la población nacional. Se estima que el
consumo nacional de aguas superficiales es de 20 mil millones de m3/año.
En tal sentido, existe una importante capacidad y gran potencial para el
desarrollo de la agricultura, agroindustria, pesquería, acuicultura, industrias
hidrocarburíferas y minero-metalúrgicas, turismo, producción de
biocombustibles y energías alternativas; además de otras actividades
económicas importantes. Sin embargo, a pesar de la dotación de recursos que
dispone el país y los diversos esfuerzos desarrollados para su
aprovechamiento sostenible en los últimos años, el deterioro de los recursos
naturales, la pérdida de diversidad biológica y la afectación de la calidad
ambiental constituyen una importante preocupación. Asimismo, subsisten
importantes retos como el control de la deforestación, dado que la tala,
extracción y comercio ilegal ya han ocasionado la pérdida de más de 10
millones de hectáreas de bosques.
La calidad ambiental ha sido
afectada por el desarrollo de
actividades extractivas,
productivas y de servicios sin
medidas adecuadas de manejo
ambiental, una limitada
ciudadanía ambiental y otras
acciones que se reflejan en la
contaminación del agua, del
aire y del suelo. El deterioro de
la calidad del agua es uno de
los problemas más graves del país. Entre sus principales causas están los
vertimientos industriales y domésticos sin tratamiento (el 70% de los
vertimientos domésticos no son tratados y sólo en Lima se vierten al menos
400 millones de m3/anuales de aguas servidas al mar), así como el uso
indiscriminado de agroquímicos, el de insumos químicos en la producción de
drogas ilegales y en la minería informal. La contaminación del aire también
presenta retos importantes, sobre todo en los lugares con alta concentración
del parque automotor e industrias fuertemente impactantes. En las zonas
rurales existen serios problemas de contaminación intra domiciliaria, sobre todo
por las prácticas inadecuadas en el uso de la leña, la bosta y otros
combustibles. Se estima que el 81% de residuos sólidos no son conducidos a
rellenos sanitarios. En Lima se cuenta con 5 rellenos sanitarios y 6 en el resto
del país, además de numerosos botaderos informales. Otros problemas
relevantes, son el inadecuado manejo de los residuos peligrosos industriales y
urbanos y la existencia de un gran número de pasivos ambientales.
El ciudadano ejerce un rol central en la gestión ambiental. El crecimiento
poblacional anual se estima en 1.6% y la densidad demográfica en 17.6
hab/km2. Cerca del 70% de la población peruana vive en ambientes urbanos
que crecen en forma acelerada y poco planificada. Además de contaminación,
hay un alto déficit de áreas verdes y recreativas, desnutrición, debilidad del
sistema educativo y pobreza.
El Perú es un país
pluricultural, con más de 14
familias etnolingüísticas, y
72 grupos étnicos. Las
culturas aborígenes son
centros importantes de
conocimientos tradicionales
y forman parte del acervo
de ciencia y tecnología del
país y del mundo. La legislación peruana reconoce los derechos de acceso a la
información, participación ciudadana, justicia ambiental, y la no discriminación
por raza, sexo, condición socioeconómica, entre otros; sin embargo, son pocos
y dispares los avances en su efectiva implementación.
Otra de las causas del deterioro
ambiental en el Perú es la
pobreza existente en los
ámbitos urbanos y rurales, la
cual ejerce presión sobre los
recursos naturales y el ambiente
e impacta sobre la salud y la
calidad de vida. El acelerado y desorganizado crecimiento urbano está
relacionado con los problemas vinculados a la pobreza rural, y que se
manifiesta en severos problemas ambientales en las zonas urbanas, donde
vive el 76% de la población peruana. Una adecuada gestión ambiental deberá
tener entre sus objetivos contribuir a la superación de la pobreza y a mejorar
las condiciones de vida de los más pobres.
Tomando en cuenta las potencialidades y la situación ambiental del país, el
Estado Peruano ha ratificado tratados internacionales multilaterales, regionales
y bilaterales que establecen importantes compromisos y oportunidades para la
gestión ambiental y la competitividad del país. Asimismo, participa en diversos
foros para la definición de políticas públicas ambientales internacionales y,
como parte de una estrategia de integración, viene negociando una serie de
tratados de libre comercio que deben contribuir a impulsar el desarrollo
económico.
El Perú dispone de un importante capital natural para la provisión de servicios
ambientales incluyendo el
patrimonio forestal y los recursos
marinos, que albergan importantes
fuentes de diversidad biológica
(más del 50% de la biodiversidad
del planeta) y recursos genéticos,
que también constituyen
importantes sumideros de carbono.
Por otra parte la Amazonía posee
un importante patrimonio forestal y una altísima diversidad biológica, y es el
hábitat de pueblos indígenas con importantes conocimientos tradicionales en el
manejo de la biodiversidad.
El cambio climático, la disminución de bosques, la pérdida de diversidad
biológica, la creciente escasez de agua y la gestión limitada de las sustancias
químicas y materiales peligrosos, son algunos de los problemas globales que
se encuentran bajo normas y tratados internacionales cuyo cumplimiento
nacional es necesario impulsar desde el Estado. Asimismo, es importante
afianzar la integración comercial, homogenizando criterios y estándares para
lograr una gestión ambiental sostenible y mejorar la competitividad comercial,
aprovechando las oportunidades ambientales internacionales.
3.- CONCEPTOS BASICOS DE MEDIO
AMBIENTE
El uso de los términos ambiente y medio
ambiente ha sido indistinto en las diferentes
áreas del conocimiento, y su utilización
depende del campo dónde se aplique, así
tenemos:
Ambiente. –Se entiende por ambiente el
entorno o suma total de aquello que nos rodea
y que afecta y condiciona especialmente las
circunstancias de vida de las personas o la sociedad en su conjunto.
Comprende el conjunto de valores naturales, sociales y culturales existentes en
un lugar y en un momento determinado, que influyen en la vida del hombre y
en las generaciones venideras. Es decir, no se trata sólo del espacio en el que
se desarrolla la vida sino que también abarca seres vivos, objetos, agua, suelo,
aire y las relaciones entre ellos, así como
elementos tan intangibles como la cultura.
Se define también como el conjunto de
fenómenos o elementos naturales y
sociales que rodean a un organismo, a
los cuales este responde de una manera
determinada. Estas condiciones naturales
pueden ser otros organismos (ambiente
biótico) o elementos no vivos (clima, suelo, agua). Todo en su conjunto
condiciona la vida, el crecimiento y la actividad de los organismos vivos.
Medio.- Son todas las circunstancias o condiciones físicas, químicas,
biológicas, que encuentran los seres vivos exteriormente a ellos, que los
rodean y donde viven y que intervienen en su funcionamiento y en su
evolución.
Medio Ambiente.-El medio
ambiente viene a ser el lugar
donde vivimos y nos
desenvolvemos todos los
días, Es todo lo que nos
rodea; los componentes vivos
y los no vivos. Se entiende
también, como un conjunto de
parámetros externos que en
forma directa o indirecta, puede tener una influencia en la calidad de vida del
hombre. El concepto se usa para indicar un conjunto de influencias del exterior
sobre un organismo, población o comunidad biótica. De esta manera, la suma
o conjunto de los factores externos constituye el medio ambiente.
De manera similar se conceptúa también como el conjunto de factores físico-
naturales, sociales, culturales,
económicos y estéticos que
interactúan entre sí, con el
individuo y con la sociedad en que
vive, determinando su forma,
carácter, relación y supervivencia.
Impacto ambiental.- Es el efecto
causado por las acciones del
hombre sobre el ambiente. El
impacto ambiental puede ser tratado como un cambio estructural y funcional de
los factores ambientales a través del tiempo, originado esencialmente por la
intervención del hombre.
Se entiende también como la repercusión de las modificaciones en los factores
del Medio Ambiente, sobre la salud y bienestar humanos. Y es respecto al
bienestar donde se evalúa la calidad de vida,
bienes y patrimonio cultural, y concepciones
estéticas, como elementos de valoración del
impacto.
Desarrollo sostenible.- Responde a la
necesidad de encontrar un nuevo modelo de
progreso humano con dos objetivos:
crecimiento económico mejorando el nivel de
vida, y uso de recursos para satisfacer las
necesidades del presente sin comprometer el patrimonio de futuras
generaciones.
Se conceptúa también el Desarrollo sostenible como aquel que satisface las
necesidades del presente sin comprometer la capacidad de las futuras
generaciones para satisfacer sus propias necesidades. Al mismo tiempo que
distribuye de forma más equitativa las ventajas del progreso económico,
preserva el medio ambiente local y
global y fomenta una auténtica
mejora de la calidad de vida.
La Contaminación.-Significa alterar
nocivamente una sustancia u
organismo por efectos de residuos
procedentes de la actividad humana
o por presencia de determinados
gérmenes microbianos. También es
definida como: “La introducción en
un medio cualquiera de un contaminante, es decir, la introducción de cualquier
sustancia o forma de energía con potencial para provocar daños, irreversibles o
no, en el medio inicial”11.
Se considera también como un cambio perjudicial en las características
químicas, físicas y biológicas de un ambiente o entorno. Afecta o puede afectar
la vida de los organismos y en especial la humana.
La contaminación de origen natural.-Esta es causada por el arrastre hacia los
ríos de desechos como:
polen, esporas, hojas,
excrementos de animales.
Se ocasiona también por los
gases que se desprenden en
la atmósfera. Por lo general
estos residuos son
eliminados normalmente por
la capacidad auto
depuradora del agua y la
naturaleza.
La Contaminación originada por el hombre. Las podemos clasificar en: De
origen urbano: es el resultado del uso del agua en viviendas, actividades
comerciales y de servicios, lo que
genera aguas residuales, residuos
fecales, desechos de alimentos, lejías
detergentes, etc. De origen industrial: es
el que produce mayor impacto, por la
gran variedad de materiales y fuentes de
energía que pueden aportar al agua:
materia orgánica, metales pesados,
11 Universidad Nacional Agraria La Molina. Conservación del Medio Ambiente y Evaluación del Impacto Ambiental.. Corporación Americana de Desarrollo. Pág. 24.
incremento de pH y temperatura, aceites, grasas, etc. De origen agrícola:
deriva del uso de plaguicidas, pesticidas, biosidas, fertilizantes y abonos, que
son arrastrados por el agua de riego, llevando consigo sales compuestas de
nitrógeno, fósforo y azufre, que llegan al suelo por lixiviación llegando a
contaminar las aguas subterráneas.
Control de la contaminación.-El control de la contaminación es todo aquel
proceso o tratamiento para reducir el
volumen o toxicidad de un contaminante.
La contaminación es producida
generalmente por la persona a
consecuencia de la introducción de
sustancias y materias extrañas al
ecosistema, los que alteran y modifican el
hábitat en perjuicio del hombre mismo, de
la vida en el planeta. La contaminación además de afectar a la salud del
hombre a la vida silvestre, afecta las actividades productivas como agricultura,
ganadería, pesquería y turismo. La contaminación se da principalmente por la
expulsión de desechos del hogar y de la industria, estos afectan el agua, el
aire, el suelo y por consiguiente a todas las formas de vida. La mayor
contaminación se produce por actividades mineras, utilización de
agroquímicos y desechos sólidos.
Existen contaminantes químicos los que provienen de las industrias como el
plomo, mercurio, ácido, lejía, detergente, plástico, petróleo y otros, pesticidas,
abonos y otros derivados. También existe contaminación física, como el calor,
los ruidos, los efectos mecánicos, etc. Y los contaminantes biológicos como
desechos orgánicos: excrementos, desechos de fábricas de bebidas y
alimentos de la industria forestal, etc.
Los efectos de la contaminación se presentan en el aire, el agua, el suelo,
perjudicando a la salud del hombre y del medio ambiente en general.
Contaminación del aire.-Son los gases tóxicos que afectan el normal desarrollo
de las plantas, animales y que afectan la salud de los seres humanos.
Se considera que es la presencia en el ambiente de cualquier sustancia
química, objetos, partículas, o microorganismos que alteran la calidad
ambiental y la posibilidad de vida.
Contaminación del suelo.-Consiste en la introducción de sustancias
contaminantes, debido al uso de pesticidas para la agricultura; por riego con
agua contaminada, por el polvo de zonas urbanas y las carreteras; o por los
relaves mineros y desechos industriales derramados en su superficie,
depositados en estanques o enterrados.
La contaminación de los suelos produce la pérdida progresiva de la tierra
productiva y espacios naturales, incrementándose los desiertos, produciéndose
la erosión acelerada del suelo y perdida de paisajes naturales.
La contaminación del suelo se conceptúa como el depósito de desechos
degradables o no degradables que se convierten en fuentes contaminantes del
suelo.
Contaminación del agua. Cuando la cantidad de agua servida pasa de cierto
nivel, el aporte de oxígeno es insuficiente y los microorganismos ya no pueden
degradar los desechos contenidos en ella, lo cual hace que las corrientes de
agua se asfixien, causando un deterioro de la calidad de las mismas,
produciendo olores nauseabundos e imposibilitando su utilización para el
consumo.
La contaminación del agua (ríos, lagos y mares) es producida principalmente
por cuatro vías, las cuales son: vertimiento de relaves mineros, de aguas
servidas, de basuras, y de productos químicos industriales.
a.- Vertimiento de relaves mineros.- Esta forma de contaminación de las
aguas es muy practicada y los responsables son los centros mineros y
las plantas concentradoras. Es esencialmente grave la contaminación
producida en el mar de las regiones de Tacna y Moquegua, tales
procesos son producidos por las minas de cobre de Toquepala. En
similar situación se puede presenciar la contaminación por los relaves
mineros en los ríos de la cuenca Ilave y Suches de la Región Puno.
Los relaves mineros contienen hierro, cobre, zinc, mercurio, plomo,
arsénico y otras sustancias sumamente tóxicas para las plantas, los
animales y el ser humano. Otro caso son los lavaderos de oro, por el
vertimiento de mercurio en los de ríos y quebradas. En nuestra región
(Puno) se desarrolla una alta tasa de minería informal, contaminando las
cuencas principales.
b.- Vertimiento de aguas servidas.- La mayor parte de los centros
urbanos vierten directamente los desagües (aguas negras o servidas) a
los ríos, a los lagos y al mar. Los desagües contienen excrementos,
detergentes, residuos industriales, petróleo, aceites y otras sustancias
que son tóxicas para las plantas y los animales acuáticos. Con el
vertimiento de desagües, sin previo tratamiento, se dispersan agentes
productores de enfermedades (bacterias, virus, hongos, huevos de
parásitos, amebas, etc.).
c.- Vertimiento de basuras y desmontes en las aguas.- En el país el
vertimiento de basuras y desmontes en las orillas del mar, los ríos y los
lagos, se realiza sin ningún cuidado y en forma absolutamente
desordenada. Este problema se produce especialmente cerca de las
ciudades e industrias. La basura contiene plásticos, vidrios, latas y
restos orgánicos, que o no se descomponen, o al descomponerse
producen sustancias tóxicas, de impacto negativo.
d.- Vertimiento de productos químicos y desechos industriales.- Consiste
en la deposición de productos diversos (abonos, petróleo, aceites,
ácidos, aguas de formación o profundas, etc.) provenientes de las
actividades industriales. Este problema es generalizado cerca de los
centros petroleros.
Destrucción de la capa de ozono. Capa de Ozono.-Es una fina capa de la
atmósfera que recubre toda la tierra de 15 a30 Km. de espesor y a una altura
de 45 Km. sobre el nivel del mar, cuya función es filtrar las dañinas radiaciones
ultravioletas (UV) que proviene del sol y nos protege del mismo, de esta
manera la capa de ozono retiene el 90% al 95% de esta radiación. Está
compuesta en su mayoría por el gas ozono. Desde el inicio de los tiempos, esta
capa de ozono ha
bloqueado los rayos
solares más peligrosos
para la vida en la
tierra.
Se entiende también
como la capa
compuesta por ozono
que protege a la
Tierra de los daños
causados por las radiaciones ultravioleta procedentes del sol. Si
desapareciera esta capa las radiaciones esterilizarían la superficie del globo y
aniquilarían toda la vida terrestre.
Esta destrucción es provocada principalmente por compuestos
clorofluorocarbonos (CFC) que son componentes químicos de los aerosoles y
de equipos de refrigeración, que pasan de la estratósfera a la troposfera
lentamente y como son poco reactivos permanecen en la atmósfera de 60 a
400 años. Una vez que llegan a la troposfera el CFC reacciona con los rayos
ultravioletas (que almacenan alta energía) liberando el átomo de cloro, que es
uno de sus componentes, el cloro a su vez degrada el ozono (O3)
descomponiéndolo en oxígeno monoatómico (O1), moléculas que no pueden
bloquear los rayos UV como el O3.El impacto que tiene la radiación UV en la
población humana es muy peligrosa dado que provoca una serie de
enfermedades como el cáncer de la piel, cataratas oculares y afecciones en el
sistema inmunológico; además afecta a las plantas e interrumpe la cadena
alimenticia.
“La radiación ultravioleta de menor longitud,
conocida como UVC, es letal para todas las formas
de vida y es bloqueada casi por completo. La
radiación UVA, de mayor longitud, es relativamente
inofensiva y pasa casi por completo. Entre ambas
está la UVB, menos letal que la UVC, pero
peligrosa, la capa de ozono la absorbe en su mayor
parte. Cualquier daño a la capa de ozono aumentará la radiación UVB”.12
(Carranza, R; Maestría en Gestión Ambiental UNFV).
Efectos de la Destrucción de la Capa de Ozono.
En la Salud.-Cualquier aumento de la
radiación UVB que llegue hasta la
superficie de la Tierra provoca daños al
medio ambiente y a la vida terrestre. Los
resultados indican cáncer a la piel, o
melanomas, otros efectos de la mayor
radiación de rayos ultravioleta en la
superficie pueden ser cataratas corticales
y subcapsulares posteriores. La
exposición a una mayor radiación UVB podría suprimir la eficiencia del
12 Carranza, R; Maestría en Gestión Ambiental UNFV
sistema inmunológico del cuerpo humano. (Carranza, R; Maestría en
Gestión Ambiental UNFV).
En el Medio Ambiente.-El aumento de la radiación UVB además
provocaría cambios en la composición química de varias especies de
plantas, cuyo resultado sería una disminución de las cosechas y
perjuicios a los bosques, de igual manera afecta la vida submarina y
provoca daños hasta 20 metros de profundidad, en aguas claras; los
países que dependen del pescado como una importante fuente
alimenticia podrían sufrir consecuencias graves. (Carranza, R; Maestría
en Gestión Ambiental UNFV).
EFECTOS EN LA SALUD DE LOS PRINCIPALES CONTAMINANTES
ATMOSFÉRICOS
En el cuadro se puede apreciar los efectos que causan los diferentes
contaminantes atmosféricos como gases, metales tóxicos y solventes
Efectos de los Principales Contaminantes
CONTAMINANTE
ATMOSFÉRICO EFECTOS EN LA SALUD
Gases
Óxidos de azufre Irritaciones al sistema respiratorio y los ojos, provocando
tos.
Monóxido de carbono
Ataca el sistema nervioso, cambios en las funciones
cardiacas y pulmonares, dolor de cabeza, agudeza visual,
fallas respiratorias, fatiga, muerte (a concentración mayor
del 60%). En las mujeres embarazadas altera el desarrollo
mental del feto.
Óxidos de nitrógeno
Alteraciones en el tracto respiratorio, producen gran
acumulación de líquidos impidiendo el funcionamiento de
los pulmones, disminución de la percepción olfativa,
irritación nasal, dolores respiratorios agudos, edema
pulmonar y a concentraciones elevadas la muerte.
Hidrocarburos
Irritantes de las membranas mucosas y conjuntivas
oculares, dolor de cabeza, mareos, vértigo, depresión
profunda del sistema nervioso central, colapso, nauseas,
vómitos, diarrea, hepatitis tóxica aguda, enfermedad
hepática fulminante, fatiga, debilidad.
Ozono
Los efectos sobre la salud humana dependerán de su
concentración en el aire. A niveles bajos de
concentraciones, produce fatiga extrema, falta de
coordinación, edema pulmonar, reduce la resistencia del
organismo a las enfermedades virales, irritación ocular,
nauseas.
Cloroformo
Por respiración del aire: anestésico con daño hepático
renal, produce leve somnolencia cefalea, mareos y dolores
de cabeza, ictericia, disurea.
Metales Tóxicos
Arsénico
Inhalado: arritmia cardiaca, hipovolemia, hipoproteinemia y
choque, neuropatía central y periférica que afecta tanto a
las fibras motoras como a las sensoriales y produce
degeneración y desmielinizaciónaxonal, cáncer de pulmón.
En polvo del aire: irritación de piel ojos y garganta
En la sangre: disminución de glóbulos rojos y blancos
Ecología y Medio Ambiente. G. Tyler Miller
CONTAMINANTE
ATMOSFÉRICO EFECTOS EN LA SALUD
Plomo
Se produce anemia como primer síntoma de
envenenamiento, otros efectos importantes son la
alteración del sistema circulatorio, protoporfirinaeritrocitaria
elevada, reproductor e hiperactividad y merma en el
proceso de aprendizaje. Ingresa por inhalación del polvo y
acceso a la vía sanguínea, en mujeres embarazadas:
nacimiento de niño nati-muerto o prematuro, de bajo peso
o un aborto.
Exposiciones a altas dosis de plomo produce: daño
cerebral (encelopatía), parálisis cerebral, daño renal
(nefropatía), defectos de sistema nervioso, irritabilidad,
parálisis de nervios motores, atrofia del nervio óptico,
anemia hipocrómica.
En los niños: disminuye la inteligencia (IQ), el crecimiento
y causa problemas de audición.
Hombre de edad media: incremento de la presión
sanguínea
Mercurio
Inhalación de vapores:
Efectos agudos bronquitis, neumonitis intersticia, edema
pulmonar, sabor metálico en al boca, aumento en la
salivación, estomatitis, gingivitis, tos, dolor de pecho,
diarrea, vómito, hemorragia.
Intoxicación aguda: daños permanentes al cerebro,
desarrollo de temblores, pérdida de memoria, perestesia,
hiperexcitabilidad, eretismo, reducción en los reflejos.
Intoxicación crónica: temblor excitabilidad, irritabilidad,
depresión, fatiga, debilidad, pérdida de la memoria,
insomnio.
Cromo
Por inhalación: exposición crónica: produce rinitis,
laringitis, bronquitis, alteración del olfato, hemorragia,
dolor, ulcera nasal, fibrosis pulmonar, cáncer del pulmón,
úlceras a la piel, daño hepático renal, alteración
inmunológica.
Solventes
Benceno
Inhalado: exposición breve y media: decaimiento
somnolencia, hilaridad, cefaleas.
Exposición a dosis altas: muerte.
En cinco a treinta años: carcinógeno.
Leucemia mielógena (anemia hemorragia), daño
inmunológico (infecciones), alteración genética.
Bifenilospoliclorinados
Dañino especialmente para los tejidos que forman las
células sanguíneas. Por inhalación o contacto por la piel:
produce daños hepáticos, irritaciones dérmicas con
lesiones tipo acné, efectos reproductivos, cáncer.
Ecología y Medio Ambiente. G. Tyler Miller
Calentamiento global. Se
entiende como la alteración
(aumento) de la temperatura
del planeta, producto de la
intensa actividad humana en
los últimos 100 años. El
incremento de la temperatura
puede modificar la
composición de los pisos
térmicos, alterar las
estaciones de lluvia y
aumentar el nivel del mar.
Es el aumento en la temperatura promedio de la tierra y que según los
científico este aumento sería de hasta 4.5 grados Celsius por encima del
promedio para la tercera década del presente siglo. Esta situación viene
siendo provocada por las industrias y fábricas principalmente, las que eliminan
gases como CO2 que tiene la capacidad de absorber calor, incrementándose
la temperatura. Este fenómeno que generalmente se forma sobre las grandes
urbes se denomina “efecto invernadero” donde el aire caliente es retenido por
debajo del aire frío.
El aumento de temperatura en el planeta está provocando el deshielo de los
grandes nevados y de los polos, lo que podría traer como consecuencia el
incremento del nivel del mar, por consiguiente causar funestas inundaciones
en las ciudades.
a.- Efecto Invernadero.-Se debe al
aumento en la concentración
atmosférica de contaminantes, no
permitiendo la disipación de la
energía infrarroja y actuando como
“trampa”, aumentando la
temperatura atmosférica
paulatinamente. Su importancia
radica en provocar cambios
drásticos en todos los ecosistemas
del planeta.
El efecto invernadero es en realidad, un fenómeno natural causado por la
presencia de gases en la atmósfera, principalmente vapor de agua y gas
carbónico, estos gases retienen parte de la energía calórica recibida del sol
manteniendo la temperatura dentro de los límites permitidos para el desarrollo
de la vida.
Los gases del efecto invernadero permiten el paso de las radiaciones solares
de onda corta, calentando la superficie de
la tierra. A la vez absorben parte del calor
que emana de la superficie en forma de
radiaciones infrarrojas, de mayor longitud
de onda que la luz solar. Se mantiene así
una temperatura promedio en la superficie
del planeta de aproximadamente 15 grados
centígrados.
El efecto invernadero no es, por sí mismo una amenaza a la vida en la tierra,
pero la actividad humana tiende a aumentar la concentración del gas carbónico
(CO2) y otros gases en la atmósfera teniendo como consecuencia, una mayor
cantidad de energía calórica solar atrapada en la atmósfera, elevando la
temperatura promedio del planeta. (Carranza, R; Maestría en Gestión
Ambiental UNFV).13
b.- Impactos Negativos del Efecto Invernadero.-Entre los impactos
negativos del efecto invernadero encontramos:
Cambios en el Clima.-Un cambio de 2
o 3 ºC en la temperatura promedio del
planeta podría aumentar la pluviosidad
en zonas de alta precipitación,
principalmente en el trópico, afectando
los ciclos agrícolas, agravando las
inundaciones y la erosión de los
suelos. Puede también causar una
menor precipitación en épocas de sequía, con considerables efectos sobre la
agricultura, así como sobre el suministro de agua y alimentos a zonas
pobladas. 14 (Protocolo de Kyoto, Río de Janeiro; 92).
Efectos sobre la Salud.-Con temperaturas elevadas se incrementaría las
enfermedades transmitidas por vectores
característicos de ambientes cálidos,
como son las enfermedades parasitarias,
el paludismo, la tripanosomiasis, el
dengue, las gastroenterities, etc.15
(Albert, L; 97).
Biodiversidad. Puede entenderse como
13 Carranza, R; Maestría en Gestión Ambiental UNFV. 14 Protocolo de Kyoto, Río de Janeiro; 92. 15
Albert, L; 97
la variedad y la variabilidad de organismos y los complejos ecológicos donde
estos ocurren. También puede ser definida como el número diferente de estos
organismos y su frecuencia relativa. Situación ideal de proliferación y
diversidad de especies vivas en el planeta. Todas las especies están
interrelacionadas, son necesarias para el equilibrio del ecosistema, nacen con
el mismo derecho a vivir que el hombre, y a que sea respetado su entorno
natural.
La diversidad biológica o
biodiversidad es la variedad en
especies de animales y plantas, en
genes o razas dentro de una
misma especie, de ecosistemas
como bosques, ríos, praderas, etc.,
se incluye además la variabilidad
de culturas humanas.
La biodiversidad es sensible a pérdidas, su extensión más crítica es la
extinción de especies. Desde la aparición de los primeros seres vivos sobre la
tierra se han extinguido muchas especies y continúan extinguiéndose en la
actualidad. Este puede ser un proceso natural cuyo efecto se da a través de
muchísimo años (por ejemplo extinción de dinosaurios), pero también puede
ser por causa humana acelerando la desaparición de especies para perjuicios
la naturaleza y el hombre mismo
En los últimos años la influencia
humana para la perdida de la
biodiversidad se ha incrementado
debido a la caza, la pesca y la
recolección indiscriminada, así como
debido a la destrucción o modificación
de hábitat por actividades como la tala, la quema de boques, sobre pastoreo,
contaminación de las aguas y del suelo, urbanización entre otros.
Con la extinción de especies perdemos recursos naturales que pueden ser
fuente de medicinas, de industria ecológica y alimento, para beneficio de las
actuales y futuras generaciones. A la biodiversidad Antonio Brack la denomina
como el “oro del futuro”
“Por razones morales y estéticas la especie humana no tiene ningún derecho
de destruir ecosistemas y extinguir especies, especialmente si estos serán
imprescindibles para las generaciones futuras”16 (Antonio Brack).
DIVERSIDAD BIOLÓGICA DEL PERÚ “ECOSISTEMAS”:
Regiones naturales 3
Ecorregiones 5
Zonas de vida 108
Provincias biogeográficas 16
ESPECIES:
Plantas 25,000
Peces 855
Anfibios 315
Reptiles 365
Aves 1705
Mamíferos 460
Arácnidos 10,000
VARIEDADES GENÉTICAS:
Maíz 2,741
Frijol 2,686
16 Antonio Brack.
Papa 2,532
Quinua 2,477
DIVERSIDAD BIOLÓGICA:
Grupos étnicos 13
Familias lingüísticas 42.
Deforestación.- Término
aplicado a la desaparición o
disminución de las superficies
cubiertas por bosques, hecho
que tiende a aumentar en todo el
mundo. Las acciones
indiscriminadas del hombre ante
la necesidad de producir madera,
pasta de papel, y el uso como
combustible, junto con la
creciente extensión de las
superficies destinadas a cultivos
y pastoreo excesivo, son los
responsables de este retroceso.
Tiene como resultado la degradación del suelo y del tipo de vegetación que se
reduce a arbustos medianos y herbáceos con tendencia a la desertización.
Los bosques tienen una función importante en el clima local, regional y
nacional. Por ejemplo, cerca del 50 % al 80 % de la humedad del aire está por
encima de los bosques tropicales ya que estos provienen de los árboles por su
transpiración. Si estos bosques son talados, la precipitación media anual
disminuirá y el clima se hará más cálido y seco en esa región.
Los bosques también juegan un papel importante en el ciclo mundial del
carbono. Mediante la fotosíntesis, los árboles ayudan a remover el dióxido de
carbono del aire reemplazando por oxigeno; por ello se denominan “pulmones
de la tierra”. Los bosques son también importantes porque posibilitan el
desarrollo de los pueblos cuando son correctamente aprovechados; nos
proporciona madera, alimento, medicina, tintes, etc. Además permite la
conservación del agua de los suelos, de la diversidad biológica y son
“capturadores” de carbono, elemento que acelera el proceso del calentamiento
de la tierra. Los bosques proporcionan hábitats para un gran número de
especies silvestres, siendo el principal albergue de biodiversidad del planeta.
También ayudan a amortiguar el ruido, absorber algunos contaminantes del
aire y nutrir el espíritu humano proporcionando un recinto de tranquilidad y
belleza. Estos almacenes irremplazables de biodiversidad están siendo
talados y degradados para obtener madera en bruto, apacentar ganado, leña,
para la minería y la agricultura a una velocidad alarmante.
NOTA.- El Perú tiene 73 millones de hectáreas en bosques, lo que representa
el 57% del territorio nacional. La tasa de deforestación en la selva es de
250,000 hectáreas por año.
Causas de la deforestación.-Las causas directas en el bosque amazónico
incluyen:
Ganadería
Agricultura extensiva
Agricultura de subsistencia
Tala ilegal (y a veces, legal)
Pérdida del suelo.- Los suelos, son importantes para la producción agrícola
y la vida silvestre, también vienen reduciéndose en extensión año tras año por
efecto de actividades humanas. Las causas más importantes son la
salinización, debido al uso indiscriminado de pesticidas, fertilizantes químicos
y excesivo riego; la erosión o pérdida de la capa fértil del suelo, debido a la
tala y quema de vegetación y sobre pastoreo de suelos, los que sin protección
son lavados por las lluvias o acarreados por el viento.
Contaminación sonora.- Un contaminante atmosférico particular es la
contaminación sonora o nivel de ruido, diurno y/o nocturno:
En cuanto a los impactos diurnos,
se tienen: Los altoparlantes para
el perifoneo, el uso discriminado
de bocinas por los vehículos sin
respetar las disposiciones de
tránsito, el empleo de escape
libre por motocicletas en la
ciudad, motores industriales
(bombas de succión, bloqueteras,
y aserraderos) sin ningún tipo de
silenciador y protección para sus operarios. Casos nocturnos: Salones de
baile, discotecas, salas de espectáculos.
Importancia de los recursos
naturales para la vida. Los seres
humanos debemos tomar
conciencia de la importancia que
tienen los Recursos Naturales, para
el desarrollo de la especie.
Nosotros mismo nos hemos
encargado de deteriorar el medio
ambiente y eso es debido al abuso
de los Recursos Naturales que
tenemos Los recursos naturales son necesarios e indispensables para la vida
del ser humano ya que gracias a ellos tenemos muchos componentes que
ayudan a nuestro sobrevivir.
a.- Importancia del Agua.
El 1 es un elemento vital y muy importante para todos los seres vivos. El agua
es un líquido con mayor poder disolvente, posee una gran capacidad calorífica:
es decir, sin provocar demasiadas variaciones en su propia temperatura,
absorbe bastante calor.
Regularmente no sabemos de lo
importante que es el agua.
"El agua es un importantísimo
componente de los seres vivos y
es factor limitante de la
productividad de muchas
ecosistemas. Los elementos
afectados por su ciclo son H y el O
de forma directa…". Sin el agua no
existiría vida en nuestro planeta,
ya que el agua es el elemento vital
para vivir. Hoy en día los hombres no valoran la importancia del agua.
Hoy en día el agua es la sustancia más importante del planeta tierra. Los
requisitos para ser consumida por el ser humana debido a la contaminación.
El agua es un recurso escaso, pero de importancia vital para la sociedad y la
naturaleza, ya que forma parte en un porcentaje elevado de la constitución de
todos los seres vivos. De toda el agua existente en el planeta, sólo una
pequeña cantidad es aprovechable por la sociedad.
El agua es un recurso que
proporciona energía y vida. En
las grandes ciudades el agua
es escasa, hecho que exige la
creación de grandes embalses
y tuberías de distribución del
agua, tanto aérea como
subterránea. Incluso, se puede
llegar al trasvase de agua entre
cuencas hidrográficas.
De toda el agua dulce
disponible, el 80% se utiliza en
la agricultura de regadío, que se contamina poco, dependiendo de los abonos
químicos que se hayan utilizado. El 14% del agua lo utiliza la industria, que es
altamente contaminada. Y el 6% restante lo utiliza la ciudad, y también está
muy contaminada una vez que se ha utilizado. Frecuentemente, parte del agua
disponible se pierde a causa de las malas conducciones. Se puede perder
hasta el 40% del total embalsado.
Principales contaminantes del agua
• Aguas residuales y otros residuos que demandan oxígeno (en su mayor parte
materia orgánica, cuya descomposición produce la desoxigenación del agua).
• Agentes infecciosos.
• Nutrientes vegetales que pueden estimular el crecimiento de las plantas
acuáticas. Éstas a su vez, interfieren con el uso a los que se destina al agua y,
al descomponerse, agotan el oxígeno disuelto y producen olores
desagradables.
• Productos químicos, incluye los pesticidas, productos industriales, sustancias
contenidas en los detergentes y los productos de la descomposición de otros
compuestos orgánicos.
• Petróleo, especialmente el procedente de los vertidos accidentalmente.
• Minerales inorgánicos y compuestos químicos.
• Sedimentos formados por partículas del suelo y minerales arrastrados por las
tormentas y escorrentías desde las tierras de cultivo, los suelos sin protección,
las explotaciones mineras, las carreteras y los derribos urbanos.
• Sustancias radiactivas procedentes de los residuos producidos por la minería,
el refinado del uranio y el torio, las centrales nucleares, el uso industrial,
médico y científico de materiales radiactivos.
b.- Importancia del Aire.
Aunque no se puede ver y
tampoco oler, el aire está a
nuestro alrededor. Se siente al
abrir una ventana, cuando
bailamos o cuando nos
balanceamos en los columpios.
Al aire en movimiento se le llama
viento.
El aire está formado
principalmente por dos gases: el nitrógeno y el oxígeno; la mayor parte del aire
respirable contiene nitrógeno, pero el oxígeno es más importante aunque esté
en menor proporción, pues sin él no podríamos respirar y moriríamos en
algunos minutos.
El aire también es muy importante al igual que el agua, ya que tiene una
importancia física, puesto que ejerce una presión sobre nosotros desde todos
los puntos y en toda dirección que se llama presión atmosférico. El aire es una
masa gaseosa que constituye la atmósfera de la Tierra y por sus características
evita que nuestro planeta y sus formas de vida sean dañados. Los seres vivos
que habitan nuestro planeta poseen la capacidad de emplear diversos
componentes del aire para alimentarse y obtener energía.
La contaminación del aire resulta muy fácil. Su problema, real, comienza con la
utilización masiva de combustibles fósiles en la industria y la automoción. Las
ciudades son lugares en las que las concentraciones de partículas
contaminantes son especialmente elevadas, junto con los grandes centros
industriales. El régimen de vientos expande las partículas por todo el globo,
pero es en los países industrializados donde mayor incidencia tiene la
contaminación del aire.
c.- Importancia del Suelo.
El suelo es un recurso fundamental para nuestra supervivencia. Supone una
fuente muy importante de alimento, por los cultivos que en el se desarrollan,
pero también porque
nuestra vida gira
entorno a la
disposición del
territorio.
Además, la
deforestación y los
incendios favorecen
la pérdida del suelo, sobre todo si es heredado de condiciones ecológicas
antiguas, de una manera irrecuperable. La erosión del suelo, a la que se ve
sometido por la desaparición de la cubierta vegetal, es generalizada en todo el
mundo, pero sobre todo en las regiones de tránsito ecológico.
La sociedad, en suma, incide sobre el paisaje transformándolo y modificando
su funcionamiento, para obtener de él los recursos necesarios que permiten el
desarrollo económico, pero sin que el medio se vea expoliado hasta su
desaparición. La manera y la velocidad con la que se extraen esos recursos es
lo que provoca los desequilibrios.
El suelo al igual que el agua, aire y el clima son muy indispensables para la
existencia de los seres vivos, gracias al suelo el hombre puede realizar
diferentes actividades de producción. El suelo también necesita cuidados. Hay
cultivos, como el trigo, que lo agotan y le hacen perder su fertilidad. Por ello, es
necesario alternar estos cultivos con otros para renovar los elementos
nutrientes de la tierra. "Tenemos en nuestra patria tenemos gran diversidad de
suelos en todas las regiones
de las cuales; la costa es la
que posee los suelos más
dotados y explotados…"
El suelo es la capa superficial
de la Tierra. Los elementos
que la conforman provienen de
la litosfera, atmósfera,
hidrosfera y biosfera. Sin
embargo sus principales componentes. Derivan del desgaste y la
fragmentación de las rocas debido a la acción erosiva de los vientos, el agua y
el hielo.
Delito ambiental: Es la conducta descripta en una norma de carácter penal
cuya consecuencia es la degradación de la salud de la población, de la calidad
de vida de la misma o del ambiente, y que se encuentra sancionada con una
pena determinada.
Educación ambiental: Acción y efecto de formar e informar a colectividades
sobre todo lo relacionado con la definición, conservación y restauración de los
distintos elementos que componen el medio ambiente.
4.- DESARROLLO SOSTENIBLE
4.1.- ANTECEDENTES Y ORIGEN
El desarrollo sostenible fue
popularizado por el Informe de la
Comisión Mundial sobre Medio
Ambiente y Desarrollo, más conocida
como Comisión Brundtland (1987), y
lo definió como; el desarrollo que satisface las necesidades del presente sin
comprometer la capacidad de las futuras generaciones de satisfacer sus
propias necesidades.17
Según esta definición, el desarrollo sostenible está íntimamente vinculado con
el objetivo de la equidad intergeneracional; el desarrollo sostenible reconoce la
responsabilidad de cada generación de ser justa con la siguiente generación,
mediante la entrega de una herencia de riqueza que no puede ser menor que
la que ellos mismos han recibido, alcanzar este objetivo como mínimo requerirá
hacer énfasis en el uso sostenible de los recursos naturales para las
generaciones siguientes y en evitar cualquier daño ambiental de carácter
irreversible.18
Más adelante, la Comisión Sur dijo que es el desarrollo al cual pueden aspirar
los países del Norte sin sacrificar las justas aspiraciones de los países del Sur
de satisfacer sus
propias necesidades,
aclaración que
complementa la
definición de la
Comisión Brundtland,
La Convención de
Biodiversidad firmada
en Río de Janeiro en 1992, que entró en vigencia en marzo de 1994, define
como uso sostenible de los recursos biológicos el uso de los componentes de
la diversidad biológica en una forma y a una tasa que no conduzca al declive
de los recursos biológicos en el largo plazo y, por consiguiente, que mantenga
17COMISIÓN MUNDIAL DEL MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO. Nuestro Futuro Común. Bogotá, Alianza Editorial Colombiana, Colegio Verde de Villa de Leiva, 1988 18David Hunter et al. Concepts and Principles of International Environmental Law: An Introduction. Geneva, UNEP, 1994
su potencial para satisfacer las necesidades y aspiraciones de las
generaciones presentes y futuras.
La Declaración de
Estocolmo decía: "Los
recursos naturales no
renovables del planeta
deben ser empleados de
tal forma que se protejan
contra el peligro de su
agotamiento futuro y se
asegure que sus
beneficios sean
compartidos por toda la humanidad".19 (Rodríguez 1994). Ahora un recuento de
los principales hechos:
1907-1964 Rachel Carson, Bióloga y escritora estadounidense. Inició el
movimiento ecologista en Estados Unidos al demostrar en sus escritos
los graves daños causados por el uso indiscriminado de los pesticidas y
herbicidas en su obra “Silent Spring”, la Primavera Silenciosa. Sus
escritos fueron criticados y tuvieron mucha oposición, sobre todo del
gobierno y la industria, llegó a ser acusada de comunista.
En 1928 se logró un acuerdo de los países europeos para crear, a partir
de 1934, la Oficina Internacional de Protección de la Naturaleza, con
sede en Bruselas. Pero esta iniciativa se vio cortada por el advenimiento
de la Segunda Guerra. Una vez concluida, y creada la ONU en 1945,
ésta nombró al biólogo británico Julian Huxley presidente de la
UNESCO, y en contactos que éste tuvo con proteccionistas suizos, se
retomó la idea de formar esa asociación internacional, creándose la
19 Rodríguez Becerra, Manuel. La política ambiental del fin de siglo: Una agenda para Colombia. Bogotá. CEREC. 1994.
Unión Internacional Provisional para la Protección de la Naturaleza en
1947, la que fue formalizada en la reunión de la UNESCO de
Fontainebleau (París, 1948). De esta manera, se constituyó la Unión
Internacional para la Conservación de la Naturaleza.
En 1969 - La hipótesis de Gaia (publicada en el 1979) - El investigador
británico y meteorólogo James Lovelock presentó al mundo científico
una nueva hipótesis: la tierra es un ser vivo, creador de su propio
hábitat. A esta teoría la llamó Gaia en honor a la diosa de la tierra como
se le conocía en la mitología griega. Lovelock definió Gaia como una
entidad compleja que incluye toda la biosfera, la atmósfera, los océanos
y la tierra.
En 1970, el Club de Roma, una asociación privada compuesta por
empresarios, científicos y políticos, encargó a un grupo de
investigadores del Massachusetts Institute of Technology (MIT), la
realización de un estudio sobre las tendencias y los problemas
económicos que amenazan a la sociedad global. En 1972 el Club de
Roma publica un documento titulado “Límites al Crecimiento” que es
resultado del encargo; si se mantiene las tendencias actuales de
crecimiento de la población mundial, la industrialización, la
contaminación ambiental, la producción de alimentos y el agotamiento
de los recursos, este planeta alcanzará los límites de su crecimiento en
el curso de los próximos cien años.
En 1976 – el Informe de la Academia Nacional de las Ciencias de EE.
UU. Aportaba evidencia científica sobre descubrimiento del agujero en la
capa de ozono en Antártica por la acumulación de clorofluorocarbonos
(CFC) lanzados a la atmósfera por los procesos industriales.
En 1979 - La National Academy of Sciences usó por primera vez el
término calentamiento global en un informe titulado “Charney Report”: si
el CO2 continua aumentando en la atmósfera, nosotros no encontramos
ninguna razón para dudar de que habrá cambios climáticos y ninguna
razón para creer que estos cambios serán insignificantes.
En 1980 aparece el término desarrollo sostenible por primera vez en el
contexto de la Estrategia de Conservación del Mundo.
En el año 1987 la Comisión Mundial para el Medio Ambiente y el
Desarrollo publicó un informe titulado “Nuestro mundo futuro” o Informe
Brundtland en el que se introdujo el concepto de desarrollo sostenible o
sostenido que ha servido de base para fijar la pauta a las acciones de
los gobiernos y ciudadanos responsables. El concepto de sostenibilidad
implica que la actividad económica y tecnológica no puede continuar
funcionando bajo el lema de “pase lo que pase las acciones continúan”,
es necesario establecer un desarrollo que pueda contribuir al bienestar
de toda la sociedad actual pero sin hipotecar el de las generaciones
futuras.
En 1992 la Cumbre de la Tierra, Conferencia de Naciones Unidas para
el Medio Ambiente y el Desarrollo celebrada en Río de Janeiro Brasil,
con la participación de 179 gobiernos, establece una relación
ambivalente entre desarrollo sostenible y los peligros de la agresión
continua que estaba sufriendo el Medio Ambiente por las actividades
humanas, indicando la necesidad de poner limitaciones a las emisiones
de gases de efecto invernadero.
• Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo –
Proclama 27 principios para establecer una alianza mundial y equitativa
mediante nuevos niveles de cooperación y acuerdos internacionales en
los que se respeten los intereses de todos y se proteja el sistema
ambiental y de desarrollo mundial.
• Agenda 21 - Expresión
acuñada en la Cumbre
para referirse al Plan de
Acción que los estados
deben implantar para
transformar el modelo
de desarrollo actual
basado en la explotación de los recursos naturales como si fuesen
ilimitados y en un acceso desigual a sus beneficios, en un nuevo modelo
de desarrollo sustentable.
• Declaración de Principios Relativos a los Bosques – Por primera vez se
dispone que los países deben reforestar la Tierra y lograr la
conservación forestal, que tienen derecho a desarrollar sus bosques
conforme a sus necesidades socioeconómicas, y que se debe aportar
suficiente recursos financieros a los países en desarrollo para establecer
programas de conservación forestal.
• Convenio sobre la Diversidad Biológica – (Acuerdo jurídicamente
vinculante). El primer acuerdo mundial enfocado en la conservación y el
uso sustentable de la biodiversidad. Ganó rápidamente aceptación y
más de 150 gobiernos firmaron el documento. Actualmente 191 países
lo han ratificado.
• Conferencia Marco sobre Cambio Climático (CMNUCC) - (Acuerdo
jurídicamente vinculante). Permite, entre otras cosas, reforzar la
conciencia pública a escala mundial de los problemas relacionados con
el cambio climático.
1997 – El Protocolo de Kioto sobre el cambio climático es un acuerdo
internacional que tiene por objetivo reducir las emisiones de seis gases
que causan el calentamiento global (dióxido de carbono CO2, gas
metano CH4 y óxido nitroso N2O, además de tres gases industriales
fluorados: hidrofluorocarbonos HFC, perfluorocarbonos PFC y
hexafluoruro de azufre SF6), entre el año 2008 al 2012, a los niveles de
las emisiones del año 1990 para los tres primeros, y del 1995 para los
fluorados. En el 2009, 187 habían firmado (EE. UU. Firmó, pero sin
intención de ratificar).
2007 - La Cumbre de la Tierra - Se celebró en Johannesburgo (África del
Sur), organizada por la ONU. Asistieron más de un centenar de jefes de
Estado y alrededor de 60,000 personas. Se ofreció un discurso
ecologista como parte de la labor de concienciación (no mucho progreso
desde la Cumbre de Río en 1992). La Cumbre se constituyó como un
instrumento de coordinación entre distintos actores de la sociedad
internacional con el propósito de incentivar a la población mundial a que
trabajasen por un desarrollo sustentable (más metas, acuerdos,
planes).20
En 2007. La Sentencia del Tribunal Constitucional EXP. N.° 03343-2007-
PA/TC . En sus considerandos nos indica. El uso sostenible de los
recursos naturales comporta la utilización de componentes de la
diversidad biológica de un modo y a un ritmo que no ocasione la
disminución a largo plazo de dicha diversidad, con lo cual se mantienen
las posibilidades de ésta de satisfacer las necesidades y las
aspiraciones de las generaciones actuales y futuras. De igual modo,
cuando se explotan recursos no renovables, como los hidrocarburíferos,
debe cuidarse en no comprometer aquella diversidad biológica.
Al respecto, la Comisión Mundial sobre el Medio Ambiente y Desarrollo
de las Naciones Unidas, conocida también como la Comisión
Brundtland, emitió un informe en el que definió el desarrollo sostenible
como aquel proceso en donde se asegura la satisfacción de las
necesidades humanas del presente sin que se ponga en peligro la
capacidad de las generaciones futuras para atender sus propias
20
Centro de Estudios para el Desarrollo Sustentable (CEDES) - Escuela de Asuntos Ambientales
necesidades y que, por ende, involucre la utilización de recursos, la
dirección de las inversiones y la orientación de los cambios tecnológicos
e institucionales que acrecienten el potencial actual y futuro de los
recursos naturales en aras de atender las necesidades y aspiraciones
humanas.21 (véase STC 0048-2004-AI/TC).
En dicho informe también se expresa que el “desarrollo sostenible no es
un estado concreto, sino un proceso de cambio en donde la explotación
de recursos, la dirección de las inversiones, la orientación de los
desarrollos tecnológicos y los cambios institucionales, deben ser
consistentes con el futuro así como con el presente”.
Como se aprecia, la perspectiva del desarrollo sostenible busca
equilibrar el esquema de la economía social de mercado con el derecho
a vivir en un ambiente equilibrado y adecuado. Es una maximización de
las ganancias o utilidad frente a la calidad del entorno que sufre el
desgaste de la actividad económica. En tal sentido, con el principio
sostenibilidad (artículo V de la Ley General del Ambiente) se pretende
modular esta actividad económica a la preservación del ambiente, el
mismo que tendrá que servir de soporte vital también para las
generaciones venideras. Así, los derechos de las actuales generaciones
no deben ser la ruina de las aspiraciones de las generaciones futuras.
Cabría advertir, no obstante, que no se trata de preservar
exclusivamente el legado ambiental, sino también aspectos relativos al
ámbito cultural. Es decir, que nuestra deuda con las generaciones
futuras no se agota en aspectos ambientales, que si bien forman parte
esencial del concepto desarrollo sostenible, no se agota en él.
21 STC 0048-2004-AI/TC
En suma, de una interpretación sistemática del artículo 2°, inciso 22), y
de los artículos 66º, 67º, 68º y 69º de la Constitución, se concluye que
una manifestación concreta del derecho de toda persona a disfrutar de
un entorno ambiental idóneo para el desarrollo de su existencia es el
reconocimiento de que los recursos naturales -especialmente los no
renovables-, en tanto patrimonio de la Nación, deben ser objeto de un
aprovechamiento razonable y sostenible, y que los beneficios resultantes
de tal aprovechamiento deben ser a favor de la colectividad en general,
correspondiendo al Estado el deber de promover las políticas adecuadas
a tal efecto.
Al Art. V de la Ley 28611 dice: la gestión del ambiente y de sus
componentes, así como el ejercicio y la protección de los derechos que
establece la presente ley, se sustentan en la integración equilibrada de
los aspectos sociales, ambientales y económicos del desarrollo nacional,
así como en la satisfacción de las necesidades de las actuales y futuras
generaciones. La aplicación de este articulo está íntimamente ligado a lo
sindicado en el artículo 2º de la Ley 29050, este texto debe
adecuarse a la definición de Principio Precautorio establecida en el
artículo 5º de la Ley Nº 28245 – Ley Marco del Sistema Nacional de
Gestión Ambiental: “La gestión ambiental en el país se rige por los
siguientes principios:
k) Precautorio, de modo que cuando hayan indicios razonables de
peligro de daño grave o irreversible al ambiente o, a través de este, a la
salud, la ausencia de certeza científica no debe utilizarse como razón
para no adoptar o postergar la ejecución de medidas eficaces y
eficientes destinadas a evitar o reducir dicho peligro. Estas medidas y
sus costos son razonables considerando los posibles escenarios que
plantee el análisis científico disponible. Las medidas deben adecuarse a
los cambios en el conocimiento científico que se vayan produciendo con
posterioridad a su adopción. La autoridad que invoca el principio
precautorio es responsable de las consecuencias de su aplicación.”
El artículo 9º de la Ley General del Ambiente, Ley N.º 28611, establece:
“La Política Nacional del Ambiente tiene por objetivo mejorar la calidad
de vida de las personas, garantizando la existencia de ecosistemas
saludables, viables y funcionales en el largo plazo; y el desarrollo
sostenible del país, mediante la prevención, protección y recuperación
del ambiente y sus componentes, la conservación y el aprovechamiento
sostenible de los recursos naturales, de una manera responsable y
congruente con el respeto de los derechos fundamentales de la
persona”22 (subrayado es nuestro).
4.2.- USO DEL TÉRMINO SOSTENIBLE
Como ya tenemos dicho. La noción del desarrollo es una preocupación teórica
y empírica que aparece históricamente en el advenimiento del capitalismo
(Consuelo Uribe. Teorías y Conceptos de Desarrollo. PUCP-2008)
El concepto de desarrollo sostenible no es
solo la protección del medio ambiente es una
nueva forma de pensar sobre la vida y la
política, es un tipo de crecimiento económico
sostenible en armonía con la naturaleza, es la
reanudación de los conceptos de justicia,
oportunidad e igualdad entre todos los
hombres23 (Giuseppantonio de Vincentus.
Evolución del Desarrollo Sostenible ).
El desarrollo sostenible es por sí un concepto confuso y difícil de definir;
además está evolucionando continuamente, lo cual lo hace doblemente difícil
de definir. Una de las descripciones originales del desarrollo sostenible se
atribuye a la Comisión Brundtland: “El desarrollo sostenible es aquel que
22 Artículo 9º de la Ley General del Ambiente, Ley N.º 28611 23 Giuseppantonio de Vincentus. Evolución del Desarrollo Sostenible
satisface las necesidades del presente sin comprometer la capacidad de las
futuras generaciones de satisfacer sus propias necesidades”.24
El término desarrollo sostenible empezó a gozar de amplia aceptación a finales
de la década de 1980, después de que apareciera en Nuestro futuro común,
también conocido como el Informe Brundtland. El resultado de una comisión
convocada por las Naciones Unidas, creada para proponer un programa
mundial para el cambio en el concepto y en las prácticas de desarrollo; el
informe señaló la urgencia de volver a considerar nuestras formas de vida y de
gobernar.
DOS PUNTOS SON INDISPENSABLES PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE
Comprender que el crecimiento económico
solo no basta para resolver los problemas del
planeta: los aspectos económicos, sociales y
ambientales de cualquier actividad están
vinculados. Considerar únicamente uno de
ellos a la vez da por resultado errores de
juicio y de resultados insostenibles.
Concentrarse sólo en los márgenes de
utilidad, por ejemplo, históricamente ha
causado daños sociales y ambientales que
en el largo plazo le cuestan a la sociedad.
Pero cuidar del medio ambiente y
proporcionar los servicios que necesita la
ciudadanía depende de los recursos
económicos, al menos en forma parcial.
La naturaleza intervinculada del
desarrollo sostenible requiere que
se trasciendan fronteras, ya sean
geográficas o institucionales, para
coordinar estrategias y tomar
decisiones adecuadas. Los
problemas rara vez están
circunscritos a jurisdicciones
definidas previamente como una
dependencia del gobierno o un
vecindario particular; y las
soluciones inteligentes exigen que
haya cooperación como parte del
proceso decisorio.
En el núcleo del desarrollo sostenible está en la necesidad de considerar tres
pilares juntos: la sociedad, la economía y el medio ambiente. No importa el
24 Comisión Mundial sobre Medio Ambiente y Desarrollo, 1987, pg. 43.
contexto, la idea elemental sigue siendo la misma: la gente, los hábitats y los
sistemas económicos están interrelacionados. Podemos ignorar esa
interdependencia durante algunos años o decenios, pero la historia ha
demostrado que pronto algún tipo de alarma o de crisis hará que la
recordemos.25
El tema de la relación y necesaria
articulación entre crecimiento
económico y conservación del medio
ambiente pasa a ocupar espacios
crecientes en los debates
internacionales, en especial cuando
se trata de las relaciones entre
países desarrollados y en desarrollo,
agregando una dimensión nueva al
concepto y a los propósitos del
desarrollo, sea económico o social. Este proceso se convertirá en el concepto
de desarrollo sostenible formulado por la Comisión Mundial sobre el Medio
Ambiente, actualmente adoptado ampliamente, y establece que el desarrollo
sostenible es aquel que “satisface las necesidades del presente sin
comprometer la capacidad de las generaciones futuras para satisfacer sus
propias necesidades”.26
De esa manera, el crecimiento económico y la
protección ambiental quedan relacionados, y la calidad de vida presente y
futura se fundamenta en suplir las necesidades humanas básicas sin destruir el
medio ambiente del cual depende toda la vida.
Carvalho: “En esencia, el desarrollo sostenible es un proceso de
transformación en el cual la explotación de los recursos, la dirección de las
inversiones, la orientación del desarrollo tecnológico y el cambio institucional se
25 OECD INSIGHTS - SUSTAINABLE DEVELOPMENT: LINKING ECONOMY, SOCIETY, ENVIRONMENT ISBN 978-92-64-055742 26
COMISION MUNDIAL DEL MEDIO AMBIENTE Y EL DESARROLLO. 1991. Nuestro Futuro Común. Informe Brundtland. Naciones Unidas.
armonizan y refuerzan el potencial presente y futuro, con el propósito de
atender a las necesidades y aspiraciones humanas”.27 (Carvallo.1994)
Los recursos naturales deben ser aprovechados para que no sean riqueza
dormida o inerte y realmente beneficien al país. Pero dicho aprovechamiento
debe ser compatible con el equilibrio ecológico y el desarrollo en armonía con
el interés social y de acuerdo con los principios establecidos en la Ley. Debe
prever el control y la prevención de la contaminación ambiental, la
conservación de los ecosistemas, el mejoramiento del entorno natural en los
asentamientos humanos, el mantenimiento de los procesos ecológicos
esenciales, la preservación de la diversidad genética y el aprovechamiento
sostenido de las especies, como elementos fundamentales para garantizar y
elevar la calidad de vida de la población.28 (ANDIA CHAVEZ-2013)
Según Viederman (citado por Carvalho) “una sociedad sostenible es aquella
que asegure la salud y la vitalidad de la vida y cultura humanas y del capital
natural, para la presente y las futuras generaciones. Tales sociedades deben
tener las actividades que sirven para no destruir la vida y la cultura humanas y
el capital natural, y promocionar aquellas actividades para conservar lo que
27 CARVALHO, H.M. de. 1994. La Participacion y Organización como una de las dimensiones de la Ciudadania. Informe integral (versión preliminar). Brasilia. IICA/SEPLAN. 28 ANDIA CHAVEZ, Juan. Manual de Derecho Ambiental. Desarrollo Sostenible. Segunda edición. Perú. 2013
existe, recuperar lo que fue destruido y prevenir daños futuros”.29 (CARVALHO
1994)
Desarrollo Sostenible, entendido como conservación del ambiente (conjunción
de naturaleza y manifestaciones humanas en un espacio y tiempo
determinados) con el objeto de
satisfacer las necesidades y
aspiraciones de las presentes y
futuras generaciones, para lo cual el
Estado debe promover el equilibrio
dinámico entre el desarrollo
socioeconómico, la conservación y
el uso sostenible del ambiente; y por
otro, el reconocimiento de que toda
persona tiene el derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al
desarrollo de su vida. De ambos se derivaran otros lineamientos o principios
específicos que orientarán las conductas, tanto de los administradores del
Estado como de los ciudadanos administrados.30 (ANDALUZ 2013)
Para ser sostenible, en consecuencia, el desarrollo precisa asumir una postura
multidimensional que abarque desde el aspecto ético, por su preocupación con
la equidad, y que sea capaz de incluir variables difícilmente cuantificables, pero
cualitativamente indispensables para la configuración de nuevos patrones de
vida para las actuales y futuras generaciones.
4.3.- CARACTERÍSTICAS DE UN DESARROLLO SOSTENIBLE
Según Gonzalo Rodríguez. Las características que debe reunir un desarrollo
para que lo podamos considerar sostenible son:
- Busca la manera de que la actividad económica mantenga o mejore el
sistema ambiental,
29 CARVALHO, H.M. de. 1994. A participaçao e organizaçao consentida como uma das dimensões da cidadania. Informe integral (versión preliminar). Brasilia. IICA/SEPLAN. 30 ANDALUZ WESTREICHER, Carlos. Manual de Derecho Ambiental. Desarrollo Sostenible. Cuarta edición. Perú. 2013
- Asegura que la actividad económica mejore la calidad de vida de todos,
no sólo de unos pocos selectos,
- Usa los recursos eficientemente,
- Promueve el máximo de reciclaje y reutilización,
- Pone su confianza en el desarrollo e implantación de tecnologías
limpias.
- Restaura los ecosistemas dañados.
- Promueve la autosuficiencia regional
- Reconoce la importancia de la naturaleza para el bienestar humano.31
4.4.- PRINCIPIOS DEL DESARROLLO SOSTENIBLE
Son conceptos o proposiciones de naturaleza axiológica o técnica que informan
la estructura, la forma de operación y el contenido mismo de las normas,
grupos normativos, conjuntos normativos y del propio Derecho como totalidad.
El desarrollo sostenible debe contemplar principios generales de sostenibilidad,
económica y social. La sostenibilidad ecológica tiene como finalidad la
31 GONZALVO RODRIGUEZ, Jessica. Desarrollo Sostenible.
conservación de los recursos naturales y la disminución de los impactos. Según
Raul NIÑO, son los siguientes:
Principio de recolección o extracción sostenible: las tasas de
extracción de los recursos renovables deben ser iguales o inferiores a
las tasas de regeneración de estos recursos.
Principio de vaciado sostenible: la explotación de recursos no
renovables es casi sostenible cuando su tasa de extracción es igual a la
tasa de creación de recursos sustitutivos renovables. Por ejemplo, la
extracción de petróleo debería implicar la plantación de árboles para la
obtención de alcohol a partir de la madera.
Principio de emisión sostenible: las tasas de emisión de residuos
deben ser iguales o inferiores a las capacidades de asimilación de los
ecosistemas que reciben esos residuos. Por ejemplo, en el caso del
agua no debería sobrepasarse su capacidad de autodepuración.
Principio de emisión cero: reducir a cero la emisión de contaminantes
tóxicos y bioacumulables. Por ejemplo, los metales pesados como el
plomo y el mercurio.
Principio de integración sostenible: Los asentamientos urbanos no
deben sobrepasar la capacidad de caga de un territorio.
Principio de selección de tecnologías sostenibles: favorecer aquellas
tecnologías más eficientes.
Por ejemplo, usar
bombillas más eficientes y
productos que faciliten el
reciclado de materiales.
Principio de precaución:
emplear modelos de
desarrollo que no
sobrepasen los límites de
los ecosistemas y así evitar riesgos de catástrofes y desastres.32
32 Los principios del desarrollo sostenible, 27th May 2012 por Raul Niño. http://manzoprincipios.blogspot.com/
PRINCIPIOS DEL DESARROLLO SOSTENIBLE SEGÚN LA UNESCO
Todos los programas para el desarrollo sostenible deben considerar los tres
ámbitos de la sostenibilidad –medio ambiente, sociedad y economía– así como
también una dimensión subyacente de la cultura. Puesto a que el desarrollo
sostenible se adecúa a los contextos locales de estos tres ámbitos, adoptará
formas muy variadas en todo el mundo. Los ideales y principios que
constituyen la sostenibilidad incluyen conceptos amplios tales como equidad
entre las generaciones, equidad de género, paz, tolerancia, reducción de la
pobreza, preservación y restauración del medio ambiente, conservación de los
recursos naturales y justicia social. La Declaración de Río 1 contiene 27
principios entre los que se incluyen los siguientes:
Los seres humanos tienen derecho a una vida saludable y productiva en
armonía con la naturaleza,
El derecho al desarrollo debe ejercerse en forma tal que responda
equitativamente a las necesidades ambientales y de desarrollo de las
generaciones actuales y futuras,
Erradicar la pobreza y reducir las disparidades en los niveles de vida en
los distintos pueblos del mundo es indispensable para el desarrollo
sostenible,
La protección del medio ambiente constituye parte integrante del
proceso de desarrollo y no puede considerarse en forma aislada,
Las medidas internacionales que se adopten con respecto al medio
ambiente y el desarrollo deben considerar también los intereses y
necesidades de todos los países,
Para alcanzar el desarrollo sostenible y una mejor calidad de vida para
todas las personas, los Estados deberán reducir y eliminar las
modalidades de producción y consumo insostenibles y fomentar políticas
demográficas apropiadas.
Las mujeres desempeñan un papel fundamental en la gestión ambiental
y el desarrollo. Por lo tanto, es imprescindible contar con su plena
participación para lograr el desarrollo sostenible.
La guerra es intrínsecamente destructiva para el desarrollo sostenible.
La paz, el desarrollo y la protección del medio ambiente son
interdependientes e inseparables.
Estos principios pueden guiar las acciones de los gobiernos, las comunidades y
las organizaciones para definir los objetivos de sostenibilidad y crear
programas para ayudar a lograr estos objetivos.33
4.5.- CRITICAS EN EL USO DEL TÉRMINO.
a)- Desde el principio de precaución.
Algunas ideologías ecologistas más radicales hacen énfasis en las opciones
de crecimiento cero y aplicación estricta del principio de precaución, que
consiste en dejar de realizar determinadas actividades productivas mientras no
se demuestre que no son dañinas.
Hay que indicar que la idea de biomímesis está estrechamente relacionada con
el principio de precaución: para apartarnos de los “modelos” de la naturaleza
necesitamos razones mucho más fuertes, y conocimiento mucho más fiable,
que para seguirlos. A partir de la biomímesis podemos sugerir cinco principios
básicos de sustentabilidad:
- Vivir del sol como fuente energética
- Cerrar los ciclos de materiales
- No transportar demasiado lejos los materiales
- Evitar los xenobioticos como COP (contaminantes orgánicos
persistentes), OMG (Organismos transgénicos).
- No llenarlo todo, dejando suficiente espacio ambiental para los demás.
Ante la magnitud de los riesgos a que nos enfrentamos, se impone una actitud
de vigilante anticipación que identifique y descarte de entrada las vías que
33 ¿Qué es el Desarrollo Sostenible?, http://unesdoc.unesco.org/images/0021/002167/216756s.pdf
podrían llevar a desenlaces catastróficos, aun cuando la probabilidad de estos
parezca pequeña y las vías alternativas más difíciles u onerosas.
El Criterio de Precaución Previamente a la formulación del concepto de
Desarrollo Sostenible, y alrededor de la cuestión ambiental, encontramos dos
tipos de controversia. Por un lado la discusión sobre la irreversibilidad de los
daños ecológicos acumulados, y por otro lado la cuestión referente a cuáles
son (o no son) las causas de estos daños ambientales. Cada grupo de autores,
según la postura que defienda, propondrá igualmente un conjunto de
soluciones al problema, lo cual implica grandes diferencias en las
repercusiones de tipo económico. El tema de la irreversibilidad de los daños
medioambientales ha ido quedando zanjado a lo largo de los años, siendo
principalmente un debate de tipo técnico, en el que los diferentes estudios han
ido siendo progresivamente incontestables.
b).- Decrecentista y ecosocialista.
Otros ecologistas defienden el decrecimiento económico. Éstos últimos creen
que el respeto al medio ambiente no es posible sin reducir la producción
económica, ya que actualmente estamos por encima de la capacidad de
regeneración natural del planeta, tal y como demuestran las diferentes
estimaciones de huella ecológica. Además, también cuestiona la capacidad del
modelo de vida moderno para producir bienestar. El reto estaría en vivir mejor
con menos.
El ecosocialismo argumenta que el capitalismo, al estar basado en el
crecimiento y la acumulación constante de bienes incrementando el ritmo de
crecimiento, es ecológicamente insostenible. Daniel Tanuro, indica que “en los
países capitalistas avanzados la medida prioritaria para proteger el clima no es
desarrollar nuevas tecnologías verdes sino disminuir radicalmente el consumo
de energía, y esta disminución implica un decrecimiento de los intercambios de
materias entre la humanidad y la naturaleza”.
c).- Crítica liberal y de la ecología de mercado.
Las ideologías liberales hacen énfasis en la posibilidad de compatibilizar el
crecimiento económico con la preservación ambiental mediante el aumento de
la productividad (producir más, consumiendo menos recursos y generando
menos residuos) y con la equidad social para la mejora general de las
condiciones de vida.
Terry Anderson, ideólogo de la ecología de mercado, la propuesta del
desarrollo sostenible es un pretexto más para la intervención estatal.
Argumenta que gracias a políticas intervencionistas del Estado y la arrogancia
gubernamental no se han dado los cambios adecuados en cuestiones
ambientales.
Esta postura busca la posibilidad de compatibilizar el crecimiento económico
con la preservación ambiental mediante el aumento de la productividad y con la
equidad social para la mejora general de las condiciones de vida
d),- Critica del Estado estacionario.
Las ideologías liberales hacen énfasis en la posibilidad de compatibilizar el
crecimiento económico con la preservación ambiental mediante el aumento de
la productividad (producir más, consumiendo menos recursos y generando
menos residuos) y con la equidad social para la mejora general de las
condiciones de vida.
Para Terry Anderson, ideólogo de la ecología de mercado, la propuesta del
desarrollo sostenible es un pretexto más para la intervención estatal.
Argumenta que gracias a políticas intervencionistas del Estado y la arrogancia
gubernamental no se han dado los cambios adecuados en cuestiones
ambientales.
La alternativa al crecimiento y al decrecimiento es el estado estacionario. La
mayor parte de los economistas clásicos reconocen la existencia de un estado
estacionario, incluyendo Adam Smith, Thomas Malthus, Karl Marx y John Stuart
Mill. Todos ellos tenían sus ideas al respecto de este estado; unos lo igualaban
con el desastre, otros lo glorificaban. Sin embargo, la mayoría tenían una visión
positivista al respecto.
4.6.- LAS TRES DIMENSIONES
a).- SOSTENIBILIDAD ECOLÓGICA
Desde un punto de vista ecológico la
sostenibilidad se aplica a la estabilidad de
los sistemas físicos y biológicos, en especial
a la viabilidad de subsistemas que son
críticos para la estabilidad del sistema
global, e implica:
- Mantener el capital natural constante
teniendo presente. No se puede consumir un
recurso renovable, que no pueda regenerarse en el mismo periodo en el que se
consume (producción sostenible) Por ejemplo el agotamiento de la tierra por
producción agrícola intensiva, o el aprovechamiento del agua de un acuífero no
recargable.
- No puede consumirse un recurso no renovable que no pueda sustituirse en el
mismo período por un recurso renovable cuya función sea equivalente al
recurso que se está agotando. De una forma extensiva se puede decir que la
utilización de recursos no renovables debe estar necesariamente acompañada
de la generación de un recurso alternativo, que pueda ser utilizado por
generaciones futuras. El consumo creciente de hidrocarburos líquidos o
gaseosos no puede proseguirse de forma indefinida si no se buscan
alternativas económicas que permitan su substitución gradual antes de llegar a
su agotamiento.
- La capacidad de carga de la Naturaleza.- No se puede seguir depositando
en la Naturaleza residuos resultantes de la actividad humana, como pueden ser
los residuos sólidos urbanos, los residuos radiactivos, los gases contaminantes
y de efecto invernadero o los residuos industriales, sin tener la seguridad de
que no pueden producir daño alguno en el momento actual o lo pudieran ser
para las generaciones venideras.
- Capacidad de asimilación ecológica.- Se debe comprobar que en toda
actividad humana no se sobrepasen los límites de asimilación ecológica, es
decir que no exista un impacto ambiental remanente, como está resultando de
la urbanización incontrolada de zonas litorales o la acumulación de gases de
efecto invernadero. Hay que asegurar, por ejemplo, que la construcción de un
embalse no va a alterar el sistema hidrogeológico de la zona.
- Protección de las
especies de los
ecosistemas.- Se debe
proteger la biodiversidad
que existe en la Naturaleza.
El nivel de invasión del
hábitat de la vida silvestre es notable y la extinción de especies que
frecuentemente se ocasiona, como consecuencia de esa invasión, tiene una
evolución creciente. Se estima que anualmente se destruyen 168.000 km2 de
bosque tropical. La destrucción de estos bosques puede suponer, según
estimaciones autorizadas, la extinción anual de 150.000 especies.
- Consideración de los ciclos de vida naturales materiales.- En toda
actividad humana se debe considerar el ciclo completo de todos los procesos
relacionados con ella para poder analizar las consecuencias reales de esa
actividad. La producción de energía eléctrica a partir de carbón es una parte de
un ciclo que comprende la extracción del carbón de la mina, su transporte, su
combustión y la producción de residuos sólidos y gaseosos. La situación ideal
tendría que corresponder a un impacto ambiental global nulo del ciclo de vida.
No se puede estimular la utilización de lámparas eléctricas de bajo consumo
sin antes analizar la energía que se invierte en su producción y en la extracción
de las materias primas necesarias para su fabricación.
b).- SOSTENIBILIDAD SOCIAL
Desde un punto de vista social, la
sostenibilidad supone la estabilidad
de los sistemas sociales y
culturales, en especial la
preservación de la diversidad
cultural en la tierra y en el uso de las
prácticas de sostenibilidad de las
culturas menos dominantes e
implica:
- Equidad. Equidad intrageneracional.
Se deben satisfacer las necesidades básicas de toda la población
mundial. La población de los países pobres carece de los recursos
indispensables para cubrir sus necesidades básicas: alimentos, vivienda,
agua potable, servicios sanitarios.
Deben desaparecer las dificultades internas y externas que todos los
pueblos tengan fácil acceso a los recursos naturales y financieros y
evitar que estos recursos se dediquen a enriquecer a unos privilegiados
o a adquirir bienes que no van a contribuir al bienestar de la sociedad.
Es demencial que la explotación del petróleo descubierto en ciertas
regiones subdesarrolladas se emplee en la compra de armas o acumular
capital en manos de unos pocos, mientras que su población se muere
de hambre o vive en condiciones infrahumanas.
Se deben canalizar los excedentes mundiales en favor de las Naciones
menos desarrolladas haciendo que desaparezcan las causas que
imposibilitan una distribución justa.
Equidad intergeneracional.
Cada generación tiene la obligación de dejar a las generaciones futuras
unas condiciones de vida, como mínimo equivalentes a las que
actualmente disfruta.
No se pueden generar residuos al ritmo actual sin tener una razonable
certeza de que no se está comprometiendo el equilibrio ecológico de las
generaciones futuras.
A. Suficiencia.- Debe disminuir el nivel de consumo de recursos naturales de
los países desarrollados. Hay que evolucionar hacia un tipo de producción
menos intensa en el consumo de recursos naturales. Tienen que
desarrollarse modelos de consumo y estilos de vida sostenibles.
c).- SOSTENIBILIDAD ECONÓMICA
La sostenibilidad económica está basada en el máximo flujo de beneficios que
pueden generarse con la misma cantidad de recursos o capital e implica:
-Desarrollo de la economía con restricciones ecológicas. Los principios y leyes
de la ecología deben ser aplicados
a la economía. Se deben introducir
ciclos de los materiales en los
procesos de producción y consumo,
de forma que no se produzca una
acumulación de residuos y se evite
el uso innecesario de recursos
naturales.
- Economía estacionaria.- La economía basada en la utilización de materiales
y de energía tiene que ser considerada como un subsistema de la ecoesfera.
Tiene que reducirse radicalmente el crecimiento basado en un aumento del
consumo energético o de materias primas que implique un detrimento del
ecosistema tierra.
El consumo de los recursos naturales se reducirá extendiendo la vida de los
ciclos de los productos. Hoy día, la explotación de las minas de hierro se ha
reducido por la reutilización de la chatarra férrica, la explotación de los bosques
se ha reducido por el reciclaje del papel.
-Evaluación de los recursos naturales. La explotación de los recursos
naturales debe mantenerse en un nivel como mínimo constante. Debe
modificarse el sistema de indicadores económicos para que incluyan el
deterioro o las mejoras que se introducen en el medioambiente. Se deben
habilitar instrumentos económicos y políticos, tales como las ecotasas, para
conservación del capital natural.
En resumen debemos indicar que los elementos de sostenibilidad desarrollan
los contenidos, actividades y políticas públicas que estén orientados a:
- Económico.
. Tengan un potencial de crecimiento,
. Requieran de un uso del conocimiento y promuevan el uso de la
tecnología,
. Promuevan la generación de divisas y el empleo digno.
- Social.
. Promuevan el fortalecimiento de la sociedad civil y se reduzca la
pobreza,
. Sean descentralizadoras y promuevan efectos multiplicadores en las
diversas zonas,
. Se encuentren vinculados a la cohesión social para trabajar juntos y
lograr objetivos comunes y de forma paralela, satisfaciendo derechos
básicos de los seres humanos como la salud, el bienestar, la nutrición,
viviendas adecuadas, la libertad de expresión y la identidad política y
cultural.
- Ambiental.
. Permitan mantener la calidad y la reproductividad de los recursos
naturales,
. Contribuyan a reducir el deterioro ambiental,
. Fomenten el uso razonable de los recursos.
4.7.- NORMATIVIDAD NACIONAL E INTERNACIONAL
a).- De acuerdo al artículo 9º de la
Ley Nº 28611, Ley General del
Ambiente, el objetivo de la Política
Nacional del Ambiente es mejorar
la calidad de vida de las personas,
garantizando la existencia de
ecosistemas saludables, viables y funcionales en el largo plazo; y el desarrollo
sostenible del país, mediante la prevención, protección y recuperación del
ambiente y sus componentes, la conservación y el aprovechamiento sostenible
de los recursos naturales, de una manera responsable y congruente con el
respeto de los derechos fundamentales de la persona.34
34 Ley general de medio ambiente 28611
BASE LEGAL
Constitución Política del Perú, 1993.
Política de Estado 19. Desarrollo sostenible y gestión ambiental.
Ley 27980, ley que crea la comisión revisora del Código del Medio
Ambiente y los Recursos Naturales, pub. 29/05/2003.
Ley 28611, ley general del ambiente, pub. 15/10/2005.19
Decreto supremo 012-2009-MINAM, aprueba la política nacional del
ambiente, pub. 23/05/2009.
Decreto Supremo 054-2011-PCM, Aprueban el Plan Bicentenario: el
Perú hacia el 2021, pub. 23/06/2011.
Decreto Supremo 014-2011-MINAM, Aprueban el Plan Nacional de
Acción Ambiental PLANAA PERÚ: 2011 – 2021, pub 09/07/2011
Ley 27037 Ley de promoción de la inversión en la Amazonía, 30 de
diciembre de 1998
D.S. N° 015-2001-PCM Constituyen Comisión Especial Multisectorial
para las Comunidades Nativas 13/02/2001
DL. 22660 Tratado de cooperación amazónica 03/07/1978
RD. 017-2010/DP Aprueban Informe Defensorial Nº 151 denominado “La
Política Forestal y la Amazonía Peruana: Avances y obstáculos en el
camino hacia la sostenibilidad” 31/12/2010
D. Ley 22175 Ley de comunidades nativas y desarrollo agrario de la
selva y de ceja de selva 09 de mayo de 1978
Decreto Supremo Nº 003-79-AA Reglamento de la Ley de Comunidades
Nativas y de Desarrollo Agrario de las Regiones de Selva y Ceja de
Selva Decreto Ley Nº 22175 25 de enero del 2005.
R. M. 147-2001-PE Reglamento de ordenamiento pesquero de la
amazonia peruana
Decreto Supremo Nº 004-92-TR Reglamento del Título VII – Régimen
Económico de la Ley General de Comunidades Campesinas
Ley Nº 26839 Ley sobre la Conservación y el Aprovechamiento
Sostenible de la Diversidad Biológica 16 de julio de 1997.
b).- Política de Estado N° 19 Desarrollo Sostenible y Gestión Ambiental.
“Integrar la política nacional ambiental con las políticas económicas, sociales y
culturales del país, para contribuir a superar la pobreza y lograr el desarrollo
sostenible del Perú, promoviendo la institucionalidad de la gestión ambiental
pública y privada que facilite el aprovechamiento sostenible de los recursos
naturales, la diversidad biológica, la protección ambiental y el desarrollo de
centros poblados y ciudades sostenibles, con el objetivo de mejorar la calidad
de vida, preferentemente con énfasis en la población más vulnerable del país.”
A continuación se presenta los objetivos de la Política de Estado, recogiendo
los principales avances alcanzados por el Estado:
- Fortalecimiento de la Institucionalidad
Ambiental del País “Fortaleceremos la
institucionalidad de la gestión ambiental,
optimizando la coordinación entre la
autoridad ambiental nacional, las
sectoriales y los diversos niveles de
gestión descentralizada, articulando
políticas y programas ambientales de los sectores productivos y
sociales, en el marco de un sistema nacional de gestión ambiental”
. Se dictó, en junio de 2005, la Ley Nº 28245, que creó el Sistema
Nacional de Gestión Ambiental, mientras que su Reglamento (Decreto
Supremo Nº 008-2005- PCM), fue promulgado el 28 de enero de 2005.
Estas normas son el punto de apoyo del proceso de fortalecimiento de la
gestión ambiental y de los mecanismos de coordinación y acción
conjunta de las distintas entidades públicas y no públicas avocadas
involucradas en la misma. La promulgación de la Ley General del
Ambiente, Ley Nº 28611, estos esfuerzos por mejorar el marco
normativo general de la gestión ambiental en el Perú, y abre una etapa
de mejora continua a partir de los lineamientos establecidos. Finalmente,
la inclusión de una sección ambiental dentro del Plan Nacional de
Competitividad fortalece las conexiones entre la política nacional del
ambiente y el desarrollo del país. El CONAM ha promovido, en
coordinación con los Gobiernos Regionales y Locales, la aprobación de
políticas, agendas y sistemas de gestión ambiental regionales y locales.
Se han aprobado Políticas Ambientales Regionales, Sistemas
Regionales de Gestión Ambiental, así como Sistemas Locales de
Gestión Ambiental. Además se han creado Comisiones Ambientales
Regionales y Comisiones Ambientales Municipales. ¿ Cómo está el
avance de descentralización y transferencia de funciones ambientales a
cargo de los distintos sectores del Poder Ejecutivo.35
b).- TRATADOS Y CONVENIOS INTERNACIONALES
La Constitución Política del Perú
(1993), Capítulo II, De los Tratados,
Art. 55, establece que: "Los tratados
celebrados por el Estado y en vigor
forman parte del derecho nacional".
Los principales tratados firmados y
ratificados por el Perú, referentes al
medio ambiente, los recursos naturales
y la conservación del patrimonio
natural y cultural son los siguientes:
- Convención para la Protección de la Flora, de la Fauna y de las Bellezas
Escénicas Naturales de los Países de América (Washington, 1940).
Ratificada por el Perú en 1946. Es un compromiso para proteger áreas
naturales y especies de flora y fauna.
- Convención para el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de
Extinción (CITES). Firmada en 1973 y ratificada por el Perú en 1974.
Compromete a establecer controles de comercio de productos y
especies de flora y fauna amenazadas de extinción.
35 Política de Estado Nº 19 CONAM
- Acuerdo entre Perú y Brasil para la conservación de la flora y de la fauna
de la Amazonía. Firmado en 1975 y que compromete a los dos países a
cooperar en la conservación de la flora y fauna amazónicas. · Tratado de
Cooperación Amazónica. Firmado en 1978 entre 8 países (Bolivia,
Brasil, Colombia, Ecuador, Guyana, Perú, Surinam y Venezuela) para
cooperar en un desarrollo armónico de la Amazonía.
- Acuerdo entre Perú y Colombia para la conservación de la flora y de la
fauna de la Amazonía. Firmado en 1979. Establece un compromiso
entre ambos países para cooperar en la conservación de la flora y fauna
silvestres. · Convenio para la Conservación y Manejo de la Vicuña.
Firmado entre Perú, Bolivia, Chile y Ecuador en 1979, y adherido por
Argentina. Establece las normas y la cooperación entre los cinco países
para la conservación y el aprovechamiento de la vicuña y el comercio de
sus productos.
- Convención para la protección del patrimonio mundial cultural y natural.
Establecida por la UNESCO en 1972 y ratificada por el Perú en 1981.
Establece un compromiso mundial para proteger el patrimonio cultural y
natural del mundo y de los países.
- Convenio sobre Diversidad Biológica. Firmado en Río de Janeiro en
1992 y ratificado en 1993, establece los compromisos mundiales y
nacionales referentes a la identificación y monitoreo de la biodiversidad;
la conservación in situ (áreas protegidas, introducción de especies
foráneas, mantención y protección los conocimientos de las poblaciones
locales) y ex situ (colecciones biológicas y bancos genéticos); el uso
sostenible de los componentes de la biodiversidad; la investigación,
capacitación, educación y conciencia públicas; el control y minimización
de impactos negativos; el acceso a los recursos genéticos y a la
tecnología; el intercambio de información y cooperación entre los países
desarrollados y en desarrollo para la conservación y uso sostenible de la
biodiversidad.
- Convención de Viena para la Protección de la Capa de Ozono. Adoptada
el 22 de marzo de 1985. Está orientada a proteger la capa de ozono.
- Protocolo de Montreal sobre Sustancias que Agotan la Capa de Ozono.
Adoptada el 16 de setiembre de 1987. Establece normas para prohibir o
limitar el uso de sustancias que afectan la estabilidad de la capa de
ozono.
- Convenio de Basilea sobre el control de los movimientos transfronterizos
de los desechos peligrosos y su eliminación. Adoptada el 22 de marzo
de 1989. Establece normas para el transporte y la disposición
internacional de desechos peligrosos (radiactivos y tóxicos).
- Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático.
Adoptada el 4 de junio de 1992. Establece el marco internacional para
encauzar acciones conjuntas para la prevención de los cambios
climáticos a nivel global.
- Convención Relativa a los humedales de
importancia internacional especialmente como
hábitat de aves acuáticas (RAMSAR, 1971).
Ratificada por el Perú. Se refiere al
compromiso internacional de proteger sitios
húmedos que son utilizados por las aves migratorias para descanso.
- Convenio OIT No. 169. Ratificado por el Perú. Se refiere a garantizar los
derechos culturales y de tierras de los pueblos indígenas y de
poblaciones minoritarias.
En diciembre de 1992 la Organización de las Naciones Unidas (ONU) decide
crear la Comisión para el Desarrollo Sostenible para asegurar un seguimiento
eficaz de la histórica Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio
Ambiente y el Desarrollo de 1992, que se celebró en Río de Janeiro (Brasil) y
que se conoce como Cumbre de la Tierra. Tras esta conferencia, que duró tres
meses, los líderes de los Estados miembros de la ONU aprobaron el Programa
21, un plan de 300 páginas cuyo objetivo era conseguir el Desarrollo
Sostenible. El capítulo 36 de este programa está dedicado a la creación de una
Opinión Pública.
La Comisión es “un foro excepcional de las Naciones Unidas que reúne a
funcionarios públicos y representantes de muy diversos sectores de la sociedad
civil para analizar y recomendar soluciones que promuevan el Desarrollo
Sostenible”.
4.8.- VISION A PROBLEMAS AMBIENTALES
SECCION 4
DERECHO AMBIENTAL
¿HIPOTESIS: PACHAMAMA SUJETO DE DERECHOS?
"Tú visitas la tierra y le das agua y les entregas riquezas abundantes.
Los arroyos de Dios están repletos, preparas a los hombres su alimento:"
Salmo 65,10
1.- Introducción.
En el Sur Andino cada día hay más
polución, contaminación, degradación,
pérdida de biodiversidad, procesos de
desertificación, pasivos ambientales, sitios
contaminados, basurales, contaminación
de los recursos hídricos, originando más
pobreza, conflictos socio ambientales,
desocupación, enfermedades, intentos de
privatización de la vida, hambre y refugiados ambientales. La mayor
preocupación es el impacto sobre el recurso hídrico, el agua está directamente
vinculada a la alimentación y a la salud, la falta de este recurso en cantidad y
calidad, provoca la aparición o permanencia de enfermedades evitables que
afectan la calidad de vida de millones de personas, en particular a niños y
madres.36 (Revista N° 20 Voces en el Fénix de la Facultad de Ciencias
Económicas UBA).
La realidad de destrucción y muerte a la cual está sometida la madre tierra ha
de ser enfrentada e iluminada por el anuncio de la justicia social y el derecho.
“Por eso, entre los pobres más abandonados y maltratados, está nuestra
oprimida y devastada tierra que, “gime y llora dolores de parto” (Romanos
8,22). Olvidamos que nosotros mismos somos tierra (Génesis 2,7). Nuestro
propio cuerpo está constituido por los elementos del planeta, su aire es el que
nos da el aliento y su agua es el que nos vivifica y restaura” 37(Laudato Si)
La afirmación de fin supremo del Estado y la sociedad el respeto de la dignidad
humana, -enfoque antropocentrista- siempre nos llamó la atención. A esta
realidad formulamos la hipótesis
de la reflexión de la
Pachamama (o la personalidad
de la naturaleza exigiendo
respeto y reciprocidad) como
sujeto de derechos desde el
enfoque de la regla ética y
constitucional andina del Buen
Vivir, confrontado al avance
legislativo y la experiencia de
pueblos, instituciones que acogieron el profundo compromiso de instaurar la
justicia social. Este estudio tiene lugar, obligatoriamente, en el seno de
36 Revista N° 20 Voces en el Fénix de la Facultad de Ciencias Económicas UBA 37 Laudato Si
diversas y complejas vivencias humanas, que atraviesan situaciones humanas
extremas, de sufrimiento, postergación, e injusticia, las preguntas calan hondo
y conducen al corazón de las cosas; al mismo tiempo, el discurso jurídico debe
ser respetuoso de la diversidad de las condiciones sociales, culturales,
económicas y religiosas de personas y pueblos. La interpelación que viene de
ellas nos coloca desnudamente ante las preguntas básicas de la existencia
humana. En efecto, si no vamos al mundo del dolor diario, de la vivencia de ver
violados sus derechos más elementales, de la angustia que consume; pero así
mismo, si no tomamos en cuenta las experiencias de alegría, de esperanza, el
que hacer del derecho no adquiere espesor. Fácilmente puede contaminarse
de un cierto burocratismo y de una voluntad de poner contrarios al espíritu de
la justicia y el derecho.
“Por eso, entre los pobres más abandonados y maltratados, está nuestra
oprimida y devastada tierra que, “gime y llora dolores de parto” (Romanos
8,22). Olvidamos que nosotros mismos somos tierra (Génesis 2,7). Nuestro
propio cuerpo está constituido por los elementos del planeta, su aire es el que
nos da el aliento y su agua es el que nos vivifica y restaura” (Laudato Si). “La
pobreza no es fatalidad, es una condición; no es un infortunio, es una injusticia.
Es resultado de estructuras sociales y de categorías mentales y culturales, está
ligada al modo como se ha construido la sociedad, en sus diversas
manifestaciones. Es fruto de manos humanas: estructuras económicas y
atavismos sociales, prejuicios raciales, culturales de género y religiosos
acumulados a lo largo de la historia, intereses económicos cada vez más
ambiciosos, por lo tanto su abolición se encuentra en nuestras
manos”38(Gutierrez Gustavo).
38 Gutierrez Gustavo.
El nuevo nombre derecho ambiental es el desarrollo sostenible entendiendo
que, “El desarrollo sostenible no es sólo la protección del medio ambiente, es
una nueva forma de pensar sobre la vida y la política, es un tipo de crecimiento
económico sostenible en armonía con la naturaleza, es la reanudación de los
conceptos de justicia, oportunidad e igualdad entre todos los hombres”.39
(Giuseppantonio De Vincentiis. Evolución del desarrollo sostenible). Se exige
un equilibro entre el modelo económico de desarrollo, las formas de vida de la
sociedad y el respeto a los sistemas naturales. Desde esta realidad
estudiaremos para
responder las
siguientes
interrogantes:¿Cuál
es grado y efectos
de la
contaminación de
la tierra, el aire y el
agua?, ¿Está la
tierra considerada
entre los más
abandonados y
maltratados?,
¿Cuál es el nivel de interpelación al Derecho, Estado, y política?, ¿Cuáles son
las razones para considerar la Pachamama como sujeto de derechos?,
¿Cuáles son y en qué consisten la normas que protegen los derechos de los
pueblos originarios?, ¿Desaparece la dignidad de la persona humana frente a
la Pachamama?, ¿ El enfoque de desarrollo sostenible está garantizando la
preservación de los recursos para las futuras generaciones?, ¿Cuáles son los
factores que determinan la necesidad de crear un tribunal para la justicia
ambiental en el Perú?, ¿Cuáles son y en qué consisten los avances normativos
39 Giuseppantonio De Vincentiis. Evolución del desarrollo sostenible
que consideran la tierra como sujeto de derechos?, ¿En qué consiste el aporte
del nuevo constitucionalimo andino?.
2.- Enfoque de Derechos.
Como disciplina jurídica, el derecho ambiental sigue siendo una disciplina joven
en el Perú, pero en constante evolución y crecimiento. En el ámbito académico,
son cada vez más las universidades que han incorporado la materia ambiental
en el estudio.
La revisión y reflexión del cambio de enfoque del Derecho asistencial,
caritativo y solo legalista hacia el reconocimiento integral de defensa de la
vida, significa el logro de justicia social y se avancen en los procesos de
reconocimiento de los esfuerzos de comunidades originarias en la protección
de la madre naturaleza y la institucionalidad de políticas públicas,
cumplimiento de las leyes existentes, modificatorias legales y se otorguen
presupuestos adecuados para mejorar la situación actual.
La opción de abordar el presente trabajo de derecho ambiental, significa
reconocer que la Pachamama como dice Zafaroni “es una deidad protectora –
propiamente creadora, interesante diferencia- cuyo nombre proviene de las
lenguas originarias y significa Tierra, en el sentido de mundo. Es la que todo lo
da, pero como permanecemos en su interior como parte de ella, también exige
reciprocidad, lo que se pone de manifiesto en todas las expresiones rituales de
su culto. Con la Pachamama se dialoga permanentemente, no tiene ubicación
espacial, está en todos lados, no hay un templo en el que vive, no tiene una
morada porque es la vida misma. Si no se atiende cuando tiene hambre o sed,
produce enfermedades. Sus rituales justamente consisten en proporcionarle
debida y comida (Challa)”.40 Entrar al mundo de la Pachamama y desde allí
rechazar la injusticia, compartir su reivindicación de ser considerado sujeto de
derechos, y a partir de ese piso común anunciar e instaurar la justicia social.
Una rápida revisión de algunos elementos para elaborar un nuevo concepto de
Derecho que instaura la justicia social:
- La ofrenda a la tierra y el ideal de convivencia armoniosa con del
Sumak Kawsay. Todos estamos en la tierra, somos parte de ella, de
ella venimos, en ella estamos a ella regresaremos
- “Etimológicamente proviene del latín Directum que significa directo o
derecho. En sentido lato quiere decir, recto igual, seguido sin torcerse a
un lado o a otro, mientras que en sentido restringido es tanto como Jus.
Derecho es directum (de dirigiere: dirigir) que significa la forma de
gobernar o dirigir”41 (Alzamora Valdez. 1975).
40 Zafaroni 41 Alzamora Valdez. 1975
- Malpartida citando a Luis Pásara, nos dice “la investigación jurídica
tradicional ha desarrollado un doble tipo de trabajo. En primer lugar, se
desarrolló un trabajo de tipo filosófico y sociológico que basado en el
jusnaturalismo o en el positivismo pragmático, concentro su interés en
los niveles lógicos formales, dejando de lado el rol social de la norma y
la función política ejercida a través del derecho. Un segundo tipo de
trabajo se concentró subrayando lo técnico, es decir el manejo y
utilización de las normas, llamado “doctrina”42 al conjunto de sus
conclusiones. La constante de estos dos tipos de investigación jurídica
tradicionales, era la creación de un profesional alejado de lo político, de
lo social, neutral al choque de intereses en la sociedad. Detrás de estos
dos tipos de investigación, se encontraba implícita, una concepción del
Derecho. En primer lugar, el derecho es tomado unidimensionalmente,
como conjunto normativo; y en su modo más audaz, con una referencia
histórica social. En segundo lugar, y como consecuencia de lo anterior,
toman al derecho de un modo estático”43 (Malpartida Catillo- 1969).
- Desde la experiencia tradicional, se han hecho esfuerzos teóricos
notables para explicar el Derecho. La teoría tridimensional del derecho,
de los años cuarenta, el derecho estaba dado por la norma, hecho y
valor. Fernández Sessarego, uno de sus difusores de esta teoría, decía
“la vida humana social y los valores representan el elemento dinámico
del derecho, los que al entrar en erosionante conflicto con las normas
legales, impulsan y obligan a su revisión y modificación”44 (Fernandez
Sessarego). Al respecto, Domingo García Belaunde, hace la distinción
entre experiencia jurídica y norma. En la experiencia jurídica si se puede
encontrar la tridimensionalidad, pero en la norma no. La norma como
entidad formal es diferente a sus supuestos y a los fines que persigue.
- Más adelante se plantea en base a conceptualizar el derecho como
objeto social. Son varios los autores que asumen el derecho estaba
42
Luis Pásara 43 Malpartida Catillo- 1969 44 Fernandez Sessarego
íntimamente relacionado con el contexto social (Vinogradoff, Julius
Stone, Savigni, Maine). Domingo García Belaunde, recusa esta
proposición y desde su óptica normativa, sostiene que las ciencias
sociales son descriptivas, mientras que el derecho es preceptivo; las
ciencias sociales estudian los hechos sociales, mientras que el derecho
las normas. La realidad es tan amplia que interpela a las ciencias a
estudiar interdisciplinariamente y desde diversas perspectivas. El
derecho no es neutro, sino que sirve a determinados intereses, como no
lo es tampoco el Estado.
- Más adelante, Pedro Patrón Faura y Pedro Patrón Bedoya (2004), al
referirse al maestro Toribio Paz Soldán, nos manifiesta que “el derecho
es la facultad o potestad que
tiene un individuo para hacer o no
hacer algo o para obligar a otro a
que haga o no haga”45. Desde
este punto de vista, el Derecho
recibe el nombre de Derecho
subjetivo. Por otro lado el autor
nos dice que se llama también
Derecho a la norma de conducta,
la pauta, la regla a que deben someterse tanto los poderes públicos
como individuos en orden a hacer o no hacer algo y a obligar a otros que
hagan o no hagan. Esta pauta o regla, puede ser escrita o consagrada
únicamente por la costumbre, pero que adquiere fuerza tan obligatoria
como si estuviera escrita. El Derecho considerado desde este punto de
vista se llama Derecho objetivo, que si es escrito se llama Derecho
Positivo y si no lo está se llama Derecho consuetudinario.
- Por otro lado, Dromi, nos manifiesta que nuestra comunidad debe
enmarcarse en una ideología humanista y democrática, con sustento en
la libertad, la justicia y la solidaridad. Para ello es necesario que el
45 Pedro Patrón Faura y Pedro Patrón Bedoya ,2004
Estado-poder se haga Estado-derecho; que la libertad domine las
nuevas formas de esclavitud, pues ahora esclavo no se “nace”, se
“hace”…el occidente del derecho no está en la ficción, ni mucho menos
en la hipocresía, ni en la declamación de desconocer el atraso, la
miseria, la pobreza, la injusticia, la esclavitud, las discriminaciones que
tienen “raíces” modernas, sofisticadas y sutiles de subordinación y
flagelo (Dromi .2004). Como dice el Teólogo, Gustavo Gutiérrez, la
pobreza no es una fatalidad, es una condición; no es un infortunio, es
una injusticia. Es resultado de estructuras sociales y de categorías
mentales y culturales, está ligada al modo como se ha construido la
sociedad, en sus diversas manifestaciones. Es fruto de manos humanas:
estructuras económicas y atavismos sociales, prejuicios raciales,
culturales, de género y religiosos acumulados a lo largo de la historia,
intereses económicos cada vez más ambiciosos; por lo tanto, su
abolición se halla también en nuestras manos.
- El Doctor Rendón
Vázquez, nos recordaba
que el hombre es un ser
social. “El ser humano en
cuanto actúa en relación
con sus semejantes,
desde que empieza a
razonar, ajusta su
conducta a ciertas reglas cuyo conocimiento va adquiriendo en el seno
de la familia, en la escuela, en el trabajo, en la universidad, y, en fin, en
el curso de toda su vida…El derecho no se aplica a las acciones del
hombre aislado, sin contacto permanente con sus semejantes…De allí
que en la Roma antigua se dijera ubi socieetas ,ibi jus (donde hay
sociedad, hay derecho)”46 ( Rendón Vázquez 1996).
46
Rendón Vázquez 1996
- El Derecho, como herramienta de la verdad, hace justicia y denuncia la
injusticia, porque el derecho es justicia o no es Derecho. El Derecho
como verdad no calla ni tolera la injusticia. El Derecho no solo es un
valor puro, ni es una mera norma, ni es un simple hecho social. El
Derecho es una obra humana, de forma normativa encaminada a la
realización de los valores. Entonces un reto es hacer de la justicia-
derecho el núcleo de la vida del pueblo, practicar la justicia, establecer el
derecho son requisitos que nos conduce a internarnos en el amor de
Dios por toda persona, en particular por los oprimidos y excluidos. Por
eso, entre los pobres más abandonados y maltratados, está nuestra
oprimida y devastada tierra que, “gime y llora dolores de parto”
(Romanos 8,22). Olvidamos que nosotros mismos somos tierra (Génesis
2,7). Nuestro propio cuerpo está constituido por los elementos del
planeta, su aire es el que nos da el aliento y su agua es el que nos
vivifica y restaura (Laudato Si)
La defensa de la vida, la dignidad humana y los derechos de la madre
naturaleza deben convertirse
en el fin supremo de la
sociedad y del Estado. Esta
declaración general, en
términos jurídicos, se convierte
en un principio general del
Derecho, es decir un medio de
interpretación sistemática para
el conjunto del texto de la
constitución, así como sobre normas de menor jerarquía. Todo compromiso de
cuidar y mejorar el mundo supone cambios profundos en los estilos de vida, los
modelos de producción y de consumo, las estructuras consolidadas de poder
que rigen hoy la sociedad.
El ser humano es valioso por sí mismo, y por principio, debe realizar sus
potencialidades a plenitud. Ello supone cuidar y generar las capacidades
necesarias para la construcción de una sociedad de ciudadanos y ciudadanas
fundamentada en principios éticos; una sociedad igualitaria, justa, libre,
solidaria y productiva.
Recordemos que la dignidad de la persona que está en la tierra con
capacidades desarrolladas como el de pertenencia, escucha y dialogo se debe
a que:
- El ser humano, como ser inteligente y libre, sujeto de derechos y
deberes es el primer principio y se puede decir, es el corazón y el alma
del Derecho.
- Todo hombre y toda mujer por más insignificante que parezcan, tienen
en sí una nobleza inviolable que ellos mismos y los demás deben
respetar sin condiciones, que toda vida humana merece por sí misma,
en cualquier circunstancia, su dignificación; que toda convivencia
humana tiene que fundarse en el bien común, en la realización cada vez
más fraterna de la común dignidad, lo cual exige no instrumentalizar a
unos a favor de otros.47 (III Conferencia General del Episcopado
Latinoamericano. Puebla 317).
- A causa de dignidad personal, el ser humano es siempre un valor en sí
mismo y por sí mismo. La dignidad personal constituye el fundamento de
la dignidad de todos los hombres entre sí. Esa dignidad personal es
producto de la interacción social, es decir de la dignidad colectiva.
47 III Conferencia General del Episcopado Latinoamericano. Puebla 317
Por lo tanto, la dignidad implica la certeza o seguridad que cada persona tiene
de su valor, o del que tienen los demás.
El ser humano (varón y mujer)
es un ser digno: no puede ser
utilizado por otros hombres, no
puede ser tratado como
objeto; no es un medio sino un
fin en sí mismo; por tanto los
Derechos Humanos derivan de
la dignidad inherente (unida in
separadamente) a la persona.
Al respecto Raul Zafaroni, se pregunta ¿Desaparece la dignidad del humano
frente a la Pachamama? O dicho de otra manera si la Pachamama (o la
personalidad de la naturaleza exigiendo respeto y reciprocidad) y la regla ética
y constitucional del Buen Vivir afectan a la dignidad humana. Todos estamos
en la tierra, somos parte de ella, de ella venimos, en ella estamos a ella
regresaremos. Los humanos hemos desarrollado nuestra escucha. Esa es la
diferencia del humano sobre sobre el resto de los entes: porque tenemos más
desarrollado la escucha, también tenemos mayor capacidad para vivenciar la
pertenencia. En síntesis tenemos mayor dignidad porque estamos
dotados de mayor capacidad para oír, escuchar, tomar conciencia de
pertenencia y, por ende, para dialogar. “A lo largo de los siglos hemos ido
acrecentando nuestra conciencia de dignidad a medida que fuimos
aprendiendo a hacer mejor uso de esta capacidad: así comprendimos que
otros humanos son humanos, aunque muchos no estén aún del todo
convencidos. No la perderemos por dar un paso más y comprender que la
naturaleza, el planeta, la tierra, la Pachamama, es otro ente con el que
podemos dialogar y, más aún, cuando comprendamos que debemos
dialogar…Solo reemplazando el saber de dominus por el de frater
podemos recuperar la dignidad humana, que importa, en primer lugar,
reconocernos entre los propios humanos. No se trata de regresar –
desandar el camino- de las Declaraciones, sino seguir adelante, progresar
por la misma senda, avanzar más allá de las Declaraciones, ampliarlas,
llevar el dialogo a todo lo que compartimos en el planeta. Desarrollar el
Horen –la escucha- volver a oír, como las culturas originarias, no para
competir despiadadamente por ningún centro, sino para asumir la
capacidad distintiva de los humano entre todos los entes con los cuales
somos necesariamente interdependientes. La ecología constitucional, en
el marco de la concepción que proviene de nuestras culturas originarias,
lejos de negar la dignidad humana la recupera de su camino perdido por
el afán de dominación y acumulación indefinida de cosas.48 (ZAFARONI –
2011).( El subrayado es nuestro)
Elementos para construir el concepto de derecho ambiental
“La noción de desarrollo es una preocupación teórica y empírica que
aparece históricamente con el advenimiento del capitalismo”49 (Consuelo
Uribe. Un modelo para armar. Teorías y conceptos de desarrollo. Lima
PUCP, 2008).
“El desarrollo sostenible no es sólo la protección del medio ambiente, es
una nueva forma de pensar sobre la vida y la política, es un tipo de
crecimiento económico sostenible en armonía con la naturaleza, es la
reanudación de los conceptos de justicia, oportunidad y igualdad entre
todos los hombres”.50( Giuseppantonio De Vincentiis. Evolución del
desarrollo sostenible)
El derecho Ambiental es el conjunto de normas y principios de
acatamiento imperativo, elaborados con la finalidad de regular las
conductas humanas para lograr el equilibrio entre las relaciones del
48
ZAFARONI – 2011 49 Consuelo Uribe. Un modelo para armar. Teorías y conceptos de desarrollo. Lima PUCP, 2008 50 Giuseppantonio De Vincentiis. Evolución del desarrollo sostenible
hombre y el ambiente al que pertenece, a fin de procurar un ambiente
sano y el desarrollo sostenible.51 (ANDALUZ- 2013).
Toda persona tiene el derecho irrenunciable a vivir en un ambiente
saludable, equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de la vida, y el
deber de contribuir a una efectiva gestión ambiental y de proteger el
ambiente, así como sus componentes, asegurando particularmente la
salud de las personas en forma individual y colectiva, la conservación de
la diversidad biológica, el aprovechamiento sostenible de los recursos
naturales y el desarrollo sostenible del país.52 (Art. I. Ley General del
Ambiente)
Toda persona tiene derecho: A la paz, a la tranquilidad, al disfrute del
tiempo libre y al descanso, así como a gozar de un ambiente equilibrado y
adecuado al desarrollo de su vida. 53(Art. 2. Inc. 22. Constitución Política
del Perú)
Son tres las tareas centrales del derecho Ambiental: a) Consagrar y
definir el contenido jurídico del derecho a un ambiente adecuado para
vivir, b) Definir qué acciones o relaciones son consideradas
(jurídicamente) como generadores de impactos negativos significativos
sobre el derecho a un ambiente adecuado y que requieren de la
regulación legal del Estado, c) Instituir y desarrollar los instrumentos
jurídicos que permitirán alcanzar los objetivos de desempeño ambiental
establecidos, incluyendo las sanciones jurídicas frente a las acciones u
omisiones que los distintos actores (públicos y privados) tomen.
Raul Brañéz, indica que el derecho ambiental se ocupa principalmente de
las normas jurídicas que regulan las relaciones más inmediatas entre la
sociedad y la naturaleza y centra su atención en aquellas normas que han
sido:
51
ANDALUZ- 2013 52 Art. I. Ley General del Ambiente 53 Art. 2. Inc. 22. Constitución Política del Perú
- Establecidas para restringir, prohibir o permitir determinadas
conductas con relación al ambiente y sus componentes, los
recursos naturales, como por ejemplo, normas que establecen
vedas, que restringen caza y que prohíben el tráfico de residuos
peligrosos.
- Regular o establecer derechos y obligaciones con relación a los
componentes del ambiente como por ejemplo, regulaciones
sobre flora y fauna, acceso a recursos genéticos y ley de aguas.
- Establecer y asignar las competencias de las autoridades
encargadas de velar o manejar el ambiente y los recursos
naturales, como por ejemplo las competencias del MINAM, de
SRNANP; de la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre
del Ministerio de Agricultura, y del Ministerio de Energía y Minas,
entre otras.
El derecho ambiental está conformado por el sistema de normas jurídicas
que regulan las conductas humanas que pueden influir e impactar de
forma muy severa y relevante en los sistemas de ambiente y los
organismos vivos.
La tendencia del derecho ambiental está orientada a un derecho
sostenible, es decir un derecho en el cual la protección ambiental está
estrechamente vinculada al crecimiento económico y a la equidad social y
cultural, todo lo cual conduce a una elevación de los niveles de calidad de
vida. El desarrollo sostenible no es sólo la protección del medio
ambiente, es una nueva forma de pensar sobre la vida y la política, es un
tipo de crecimiento económico sostenible en armonía con la naturaleza,
es la reanudación de los conceptos de justicia, oportunidad e igualdad
entre todos los hombres.54 (Giuseppantonio De Vincentiis. Evolución del
desarrollo sostenible). Se exige un equilibro entre el modelo económico
54 Giuseppantonio De Vincentiis
de desarrollo, las formas de vida de la sociedad y el respeto a los
sistemas naturales. (El subrayado es nuestro)
Colocar como fin supremo del
Estado y la sociedad la defensa
de la vida, la dignidad de la
persona humana y los derechos
de la madre naturaleza, la Pacha
Mama, de la que somos parte y
que es vital para nuestra
existencia, donde se reproduce
y realiza la vida, tiene derecho a
que se respete integralmente su
existencia y el mantenimiento y regeneración de sus ciclos vitales,
estructura, funciones y procesos evolutivos. Esta declaración general, en
términos jurídicos, se debe convertir en un principio general del Derecho,
es decir un medio de interpretación sistemática para el conjunto del texto
de la constitución, así como sobre normas de menor jerarquía.
Si consideramos lo dicho como criterios de compromiso nos conduce a
internarnos en el amor de Dios por toda persona, en particular en ese
encuentro de la Gaia Europea y la Pachamama. “Se trata de un encuentro
entre una cultura científica que se alarma y otra tradicional que ya
conocía el peligro que hoy le vienen a anunciar y también su prevención e
incluso su remedio. Es como si los niños de Hegel le dijesen hoy al viejo
sabio: tonto ya lo sabíamos antes que tú llegaras. Nos venciste por bruto,
pero por bruto tampoco te diste cuenta de lo que hacías,”55 (Zafaroni.
2011).
55
Zafaroni. 2011
Estamos en un nuevo punto en que
tenemos que repensar, reorientar
nuestro modo de vivir: nueva
comunicación, nuevo contrato social,
nueva relación con la Pachamama, nueva
justicia, nueva política, etc. Creemos en
los derechos de la Pachamama como
continente de los demás derechos en el
proceso de reconstrucción de la armonía y el equilibrio de la vida llamado
Buen Vivir. Porque venimos de la tierra somos parte de ella, la
Pachamama es la raíz ideológica de la cultura de vida digna, la
Pachamama es protectora. “Nosotros somos la propia tierra que llegó a
sentir a pensar, a amar a venerar….” Tierra y humano somos una única
realidad compleja. La tierra es mucho más que un recurso natural, la
tierra está en la base misma de la existencia humana.
Hoy experimentamos un nuevo hecho
que podría convertirse en una amenaza
para toda la vida de las personas y los
pueblos el desequilibrio ocurrido entre el
modelo de desarrollo económico
imperante, el aprovechamiento
inadecuado de los recursos naturales y la
desprotección del medio ambiente, que
no contribuyen al desarrollo humano
sostenible de las personas, sociedades, ni garantizan para que las futuras
generaciones tengan derecho a un ambiente sano y una vida de calidad.
Los esfuerzos legislativos en el derecho comparado por reconocer la
tierra como sujeto de derechos la encontramos en: el preámbulo de la
Constitución Política del Estado boliviano, sometida al voto popular en
2009, se dice: cumpliendo con el mandato de nuestros pueblos, con la
fortaleza de nuestra Pachamama y gracias a Dios, refundamos Bolivia. El
Artículo 33 prescribe: Las personas tienen derecho a un medio ambiente
saludable, protegido y equilibrado. El ejercicio de este derecho debe
permitir a los individuos y
colectividades de las presentes y
futuras generaciones, además de otros
seres vivos, desarrollarse de manera
normal y perma nente.
En el preámbulo de la Constitución de
la república del Ecuador de 2008 se
dice: Celebrando a la naturaleza, la
Pacha Mama de la que somos parte y
que es vital para nuestra existencia, y después señala que decide
construir: Una nueva forma de convivencia ciudadana, en diversidad y
armonía con la naturaleza para alcanzar el buen vivir, el Sumak kawsay.
Es clarísimo que en ambas constituciones la Tierra asume la condición de
sujeto de derechos, en forma expresa en la constitución ecuatoriana y
algo tácita en la boliviana, pero con iguales efectos en ambos: cualquiera
puede reclamar por sus derechos, sin que se requiera que sea afectado
personalmente, supuesto que sería primario si se le considerase un
derecho exclusivo de los humanos. Más de quinientos veinte tres años
de colonialismo, neocolonialismo, genocidio y dominación, no pudieron
borrar de las culturas de los pueblos andinos la ofrenda a la tierra y el
ideal de convivencia armoniosa con del Sumak Kawsay, que hoy -
removidas las capas que lo oprimían- vuelve a la superficie como mensaje
al mundo y en especial a la especie humana en riesgo de colapso y
extinción.56 (Safaroni 2011)
Nuestro punto de partida para abordar el presente trabajo es colocar
como fin supremo del Estado y la sociedad la defensa de la vida, la
dignidad de la persona humana y los derechos de la Pachamama, de la
56 Safaroni 2011
que somos parte y que es vital para nuestra existencia, donde se
reproduce y realiza la vida, tiene derecho a que se respete integralmente
su existencia y el mantenimiento y regeneración de sus ciclos vitales,
estructura, funciones y procesos evolutivos. Esta declaración general, en
términos jurídicos, se debe convertir en un principio general del Derecho,
es decir un medio de interpretación sistemática para el conjunto del texto
de la constitución, así como sobre normas de menor jerarquía.
Carta del Jefe Seattle al presidente de los Estados Unidos
Jefe Seattle
Nota.El presidente de los Estados Unidos, Franklin Pierce, envía en 1854
una oferta al jefe Seattle, de la tribu Suwamish, para comprarle los
territorios del noroeste de los Estados Unidos que hoy forman el Estado de
Wáshington. A cambio, promete crear una "reservación" para el pueblo
indígena. El jefe Seattle responde en 1855.
El Gran Jefe Blanco de Wáshington ha ordenado hacernos saber que nos
quiere comprar las tierras. El Gran Jefe Blanco nos ha enviado también
palabras de amistad y de buena voluntad. Mucho apreciamos esta
gentileza, porque sabemos que poca falta le hace nuestra amistad.
Vamos a considerar su oferta pues sabemos que, de no hacerlo, el
hombre blanco podrá venir con sus armas de fuego a tomar nuestras
tierras. El Gran Jefe Blanco de Wáshington podrá confiar en la palabra del
jefe Seattle con la misma certeza que espera el retorno de las estaciones.
Como las estrellas inmutables son mis palabras.
¿Cómo se puede comprar o vender el cielo o el calor de la tierra? Esa es
para nosotros una idea extraña.
Si nadie puede poseer la frescura del viento ni el fulgor del agua, ¿cómo
es posible que usted se proponga comprarlos?
Cada pedazo de esta tierra es sagrado para mi pueblo. Cada rama
brillante de un pino, cada puñado de arena de las playas, la penumbra de
la densa selva, cada rayo de luz y el zumbar de los insectos son sagrados
en la memoria y vida de mi pueblo. La savia que recorre el cuerpo de los
árboles lleva consigo la historia del piel roja.
Los muertos del hombre blanco olvidan su tierra de origen cuando van a
caminar entre las estrellas. Nuestros muertos jamás se olvidan de esta
bella tierra, pues ella es la madre del hombre piel roja. Somos parte de la
tierra y ella es parte de nosotros. Las flores perfumadas son nuestras
hermanas; el ciervo, el caballo, el gran águila, son nuestros hermanos.
Los picos rocosos, los surcos húmedos de las campiñas, el calor del
cuerpo del potro y el hombre, todos pertenecen a la misma familia.
Por esto, cuando el Gran Jefe Blanco en Wáshington manda decir que
desea comprar nuestra tierra, pide mucho de nosotros. El Gran Jefe
Blanco dice que nos reservará un lugar donde podamos vivir satisfechos.
Él será nuestro padre y nosotros seremos sus hijos. Por lo tanto, nosotros
vamos a considerar su oferta de comprar nuestra tierra. Pero eso no será
fácil. Esta tierra es sagrada para nosotros. Esta agua brillante que se
escurre por los riachuelos y corre por los ríos no es apenas agua, sino la
sangre de nuestros antepasados. Si les vendemos la tierra, ustedes
deberán recordar que ella es sagrada, y deberán enseñar a sus niños que
ella es sagrada y que cada reflejo sobre las aguas limpias de los lagos
hablan de acontecimientos y recuerdos de la vida de mi pueblo. El
murmullo de los ríos es la voz de mis antepasados.
Los ríos son nuestros hermanos, sacian nuestra sed. Los ríos cargan
nuestras canoas y alimentan a nuestros niños. Si les vendemos nuestras
tierras, ustedes deben recordar y enseñar a sus hijos que los ríos son
nuestros hermanos, y los suyos también. Por lo tanto, ustedes deberán
dar a los ríos la bondad que le dedicarían a cualquier hermano.
Sabemos que el hombre blanco no comprende nuestras costumbres. Para
él una porción de tierra tiene el mismo significado que cualquier otra, pues
es un forastero que llega en la noche y extrae de la tierra aquello que
necesita. La tierra no es su hermana sino su enemiga, y cuando ya la
conquistó, prosigue su camino. Deja atrás las tumbas de sus antepasados
y no se preocupa. Roba de la tierra aquello que sería de sus hijos y no le
importa.
La sepultura de su padre y los derechos de sus hijos son olvidados. Trata
a su madre, a la tierra, a su hermano y al cielo como cosas que puedan
ser compradas, saqueadas, vendidas como carneros o adornos coloridos.
Su apetito devorará la tierra, dejando atrás solamente un desierto.
Yo no entiendo, nuestras costumbres son diferentes de las suyas. Tal vez
sea porque soy un salvaje y no comprendo.
No hay un lugar quieto en las ciudades del hombre blanco. Ningún lugar
donde se pueda oír el florecer de las hojas en la primavera o el batir las
alas de un insecto. Más tal vez sea porque soy un hombre salvaje y no
comprendo. El ruido parece solamente insultar los oídos.
¿Qué resta de la vida si un hombre no puede oír el llorar solitario de un
ave o el croar nocturno de las ranas alrededor de un lago?. Yo soy un
hombre piel roja y no comprendo. El indio prefiere el suave murmullo del
viento encrespando la superficie del lago, y el propio viento, limpio por
una lluvia diurna o perfumado por los pinos.
El aire es de mucho valor para el hombre piel roja, pues todas las cosas
comparten el mismo aire -el animal, el árbol, el hombre- todos comparten
el mismo soplo. Parece que el hombre blanco no siente el aire que
respira. Como una persona agonizante, es insensible al mal olor. Pero si
vendemos nuestra tierra al hombre blanco, él debe recordar que el aire es
valioso para nosotros, que el aire comparte su espíritu con la vida que
mantiene. El viento que dio a nuestros abuelos su primer respiro, también
recibió su último suspiro. Si les vendemos nuestra tierra, ustedes deben
mantenerla intacta y sagrada, como un lugar donde hasta el mismo
hombre blanco pueda saborear el viento azucarado por las flores de los
prados.
Por lo tanto, vamos a meditar sobre la oferta de comprar nuestra tierra. Si
decidimos aceptar, impondré una condición: el hombre blanco debe tratar
a los animales de esta tierra como a sus hermanos.
Soy un hombre salvaje y no comprendo ninguna otra forma de actuar. Vi
un millar de búfalos pudriéndose en la planicie, abandonados por el
hombre blanco que los abatió desde un tren al pasar. Yo soy un hombre
salvaje y no comprendo cómo es que el caballo humeante de hierro
puede ser más importante que el búfalo, que nosotros sacrificamos
solamente para sobrevivir.
¿Qué es el hombre sin los animales? Si todos los animales se fuesen, el
hombre moriría de una gran soledad de espíritu, pues lo que ocurra con
los animales en breve ocurrirá a los hombres. Hay una unión en todo.
Ustedes deben enseñar a sus niños que el suelo bajo sus pies es la
ceniza de sus abuelos. Para que respeten la tierra, digan a sus hijos que
ella fue enriquecida con las vidas de nuestro pueblo. Enseñen a sus niños
lo que enseñamos a los nuestros, que la tierra es nuestra madre. Todo lo
que le ocurra a la tierra, le ocurrirá a los hijos de la tierra. Si los hombres
escupen en el suelo, están escupiendo en sí mismos.
Esto es lo que sabemos: la tierra no pertenece al hombre; es el hombre el
que pertenece a la tierra. Esto es lo que sabemos: todas la cosas están
relacionadas como la sangre que une una familia. Hay una unión en todo.
Lo que ocurra con la tierra recaerá sobre los hijos de la tierra. El hombre
no tejió el tejido de la vida; él es simplemente uno de sus hilos. Todo lo
que hiciere al tejido, lo hará a sí mismo.
Incluso el hombre blanco, cuyo Dios camina y habla como él, de amigo a
amigo, no puede estar exento del destino común. Es posible que seamos
hermanos, a pesar de todo. Veremos. De una cosa estamos seguros que
el hombre blanco llegará a descubrir algún día: nuestro Dios es el mismo
Dios.
Ustedes podrán pensar que lo poseen, como desean poseer nuestra
tierra; pero no es posible, Él es el Dios del hombre, y su compasión es
igual para el hombre piel roja como para el hombre piel blanca.
La tierra es preciosa, y despreciarla es despreciar a su creador. Los
blancos también pasarán; tal vez más rápido que todas las otras tribus.
Contaminen sus camas y una noche serán sofocados por sus propios
desechos.
Cuando nos despojen de esta tierra, ustedes brillarán intensamente
iluminados por la fuerza del Dios que los trajo a estas tierras y por alguna
razón especial les dio el dominio sobre la tierra y sobre el hombre piel
roja.
Este destino es un misterio para nosotros, pues no comprendemos el que
los búfalos sean exterminados, los caballos bravíos sean todos domados,
los rincones secretos del bosque denso sean impregnados del olor de
muchos hombres y la visión de las montañas obstruida por hilos de
hablar.
¿Qué ha sucedido con el bosque espeso? Desapareció.
¿Qué ha sucedido con el águila? Desapareció.
La vida ha terminado. Ahora empieza la supervivencia.
En la Constitución Política del Perú, el reconocimiento del derecho de los
ciudadanos a vivir en un ambiente sano, ecológicamente equilibrado se
produjo, en primer lugar, con la dación de la Constitución Política de 1979, la
misma que, en su artículo 123° reconoció de modo expreso el derecho a un
ambiente saludable, ecológicamente equilibrado y adecuado para el
desarrollo de la vida. El artículo 2° numeral 22° de la Constitución es una
innovación de la Constitución vigente porque se le incluye en el listado de los
derechos fundamentales, es decir para que no quepa la menor duda que es
un derecho humano fundamental en nuestro país el poder gozar de un
ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de la vida; por tanto éste es un
derecho invocable y exigible por cualquier ciudadano en nuestro
ordenamiento legal.
Se reconoce que un ambiente sano es una condición sine qua non de la
propia vida y que ningún ser humano podría vivir en un ambiente no vivible o
profundamente alterado. Por ello la Constitución en el numeral 22° del
artículo 2° consagra como derecho fundamental del ser humano el derecho
a vivir en un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de la vida, no
basta que sea equilibrado, un basural es perfectamente equilibrado tenemos
en un basural ratas, lombrices, etc., pero no es adecuado para el desarrollo
de la vida, entonces tienen que concurrir esas dos condiciones.57 (Andaluz
Westreicher, Carlos Derecho Ambiental 2002).
La Constitución de 1979 reconocía en su artículo 123° que: “Todos
tienen el derecho de habitar en ambiente saludable, ecológicamente
equilibrado y adecuado para el desarrollo de la vida y la preservación del
paisaje y la naturaleza.
57 Andaluz Westreicher, Carlos Derecho Ambiental 2002
Todos tienen el deber de conservar dicho ambiente. Es obligación del Estado
prevenir y controlar la contaminación ambiental.
Debemos tener presente que todos tenemos derecho al medio ambiente
adecuado, como derecho a disfrutar directamente de los parámetros idóneos
de la biosfera, y el derecho a su protección, como derecho a que las
instituciones públicas provean de instrumentos para prevenir la degradación,
proteger y restaurar, donde fuese necesario, el medio ambiente. El derecho al
medio ambiente adecuado precede lógicamente al derecho a su protección.
La Constitución Política del Perú de
1993, en su artículo 66° dispone que
“…los recursos naturales, renovables y
no renovables, son patrimonio de la
Nación. El Estado es soberano en su
aprovechamiento.”. El artículo 67
indica que el Estado determina la
política nacional del ambiente.
Promueve el uso sostenible de sus
recursos naturales.
El hecho de señalar que los Recursos Naturales son patrimonio de la Nación,
implica que estos y su explotación no están separados del interés
nacional. La soberanía a la cual se hace referencia está referida al ius
imperium o supremacía jurídica que el Estado ejerce en su territorio,
que le permite al Estado explotar sus propios recursos en aplicación a su
propia política ambiental.
La responsabilidad de conducir el aprovechamiento al cual se refiere
corresponde al Estado, al cual la Constitución le da atribución soberana para
decidir. En palabras de Enrique Bernales “…esta es una manera de expresar
que nadie puede interferir sino el gobierno que ejercite el poder, podrá
establecer las condiciones en que ello se lleve a cabo…”. El artículo 67°
señala que “El Estado determina la política nacional del ambiente. Promueve
el uso sostenible de sus recursos naturales.”, al respecto Enrique Bernales B.
Página 120
señala que “…la política nacional del ambiente consiste en el conjunto de
principios y acciones a llevar a cabo en el país, con el objetivo de
proteger los recursos naturales y el ambiente natural en que se desarrolla
la vida humana. Debe tenerse provisiones para cubrir las necesidades de
protección de todos los ámbitos del país y no sólo de los núcleos centrales de
la vida nacional”. “El uso sostenible de los recursos naturales consiste en el
principio de que si bien los recursos naturales pueden ser utilizados por el ser
humano, no deben ser destruidos o devastados al punto de hacerlos
desaparecer o degradar” 58
(BERNALES BALLESTEROS, Enrique. Análisis
de la Constitución. 1999.)
El artículo 68° señala
que “El Estado está
obligado a promover la
conservación de la
diversidad biológica y
de las áreas naturales
protegidas”. En este
caso será el Gobierno el
encargado de dar
cumplimiento a estos
mandatos, para lo cual como se mencionó anteriormente se deben de diseñar
políticas adecuadas y proveer los recursos suficientes a fin de conservar el
medio ambiente.
Ante todo lo ya analizado debemos de tener en cuenta que sólo nos
cabe una posibilidad, que siendo la Constitución la norma suprema de
imprescindible cumplimiento en cualquier Estado de Derecho, no existe otra
alternativa que asumir el verdadero estado de la situación en forma
consciente y preocuparnos no solamente por el nivel y calidad de vida que el
progreso y la modernidad nos ofrece, sino que debemos otorgar al entorno
ecológico la importancia que tiene considerando que está íntimamente
58 BERNALES BALLESTEROS, Enrique. Análisis de la Constitución. 1999
Página 121
relacionado con nuestra propia supervivencia sobre la faz del planeta
Tierra, único hogar del universo que –por el momento- nos es posible
ocupar.
SECCION
3.- DERECHOS HUMANOS Y LOS RECURSOS NATURALES
Concepto.
Los derechos humanos son
principios, de aceptación universal,
reconocidos constitucionalmente y
garantizados jurídicamente,
orientados a asegurar la dignidad
del ser humano como persona, en
su dimensión individual y social,
material y espiritual.
Constituyen prerrogativas que el derecho internacional concede a la persona
frente a los órganos del Estado, para preservar su dignidad e impedir que éste
interfiera en el ejercicio de ciertos derechos fundamentales, o para obtener del
mismo la satisfacción de ciertas necesidades básicas inherentes a todo ser
humano por el hecho de serlo y reflejen condiciones para una vida digna.
Históricamente, los derechos humanos han sido resultado de luchas sociales
por lograr mejores condiciones de vida para los seres humanos. Como fruto de
estas luchas han quedado documentos en los que se consagran diversas
garantías.
Los derechos humanos sirven entonces para
defender los derechos de los humanos contra
los abusos del poder y para promover el
establecimiento de condiciones de vida dignas
y el desarrollo pleno de la persona humana.
Página 122
Fundamento.
El valor social fundamental de la dignidad de la
persona humana es el fundamento de los
derechos humanos, y la realidad social o
intersubjetiva proporcionan la consistencia
necesaria para que puedan ser reconocidos,
respetados y promovidos en su conjunto, de forma
indivisible e interdependiente, y puedan
proyectarse hacia un desarrollo siempre
perfectible.
El fundamento de los derechos humanos tiene las
siguientes características:
• Es estable o permanente, al constituirse en el centro de gravedad o
referencia que les da sentido de unidad y permanencia.
• Tiene carácter histórico, en cuanto va tomando significado y sentido
según las distintas épocas o culturas que lo materializan. Por lo tanto, es
formalmente estable, pero materialmente variable; es decir, tiene
estructura estable, pero contenido variable.
• Existe por ende un concepto formal y universalmente aceptado acerca
del mismo, que es la dignidad de la persona humana, pero su significado
y contenido varía de unas culturas a otras y de una épocas a otras.
• Se va enriqueciendo históricamente, en cuanto que las conquistas y
logros para la dignidad de la persona humana se convierten en cada
época en el mínimo imprescindible para épocas futuras. Como
consecuencia, se va ensanchando y llenando de contenido a lo largo de
la historia.
• Determina en una doble dirección, la base, el sustento y el engarce
tanto de los derechos humanos, como de sus correlativos deberes
básicos, y a su vez de los derechos fundamentales y sus correlativos
deberes jurídicos fundamentales.
Página 123
• Tiene naturaleza valorativa al ser un valor social fundamental que está
en estrecha relación con un doble plano de lo social: con las
necesidades básicas, que constituyen el objeto de los derechos
humanos, y con los demás valores sociales fundamentales: justicia,
igualdad, paz, vida, seguridad y felicidad.
Límites.
En el ámbito de ejercicio de los derechos humanos, hay dos conceptos que
aunque están estrechamente unidos son distintos: el de límite y el de limitación
de los derechos fundamentales.
Los límites suponen la barrera infranqueable en el ejercicio de los derechos
humanos que viene determinada o estructurada por la propia naturaleza y el
contenido esencial de cada derecho y en armonía con los anteriores, por la
posibilidad de existencia de congruencia, no contradicción o compatibilidad en
su ejercicio de los distintos derechos, de tal manera que el ejercicio de uno no
impida el ejercicio de otro u otros.
Las limitaciones, por el contrario, no derivan o son consecuencia directa de la
naturaleza y estructura de los derechos fundamentales, sino de la regulación
concreta que se haga de los mismos. Entre los límites y las limitaciones existe
una relación muy estrecha, que se puede sintetizar en los siguientes puntos:
• Las limitaciones son especificaciones normativas a los límites que los
derechos fundamentales tienen en cuanto que derechos humanos.
• Las limitaciones no pueden exceder el ámbito de los límites de los
derechos humanos, lo contrario supondría la pura y simple supresión del
derecho fundamental del que se trate. Este principio es fundamental e
incondicionado; válido, en consecuencia, para situaciones sociales
excepcionales.
• Existe una total dependencia y derivación de las limitaciones respecto
de los límites de los derechos fundamentales. Conviene resaltar que los
textos internacionales de derechos humanos, las legislaciones internas,
la doctrina jurisprudencial interna e internacional y la doctrina de los
Página 124
autores establecen como límites de los derechos humanos, los
siguientes:
• El derecho ajeno. Establecido como derivación del carácter sistemático
de los derechos humanos, del principio de coordinación de los mismos y
del contenido del derecho de que se trate. Por ejemplo el derecho a la
libertad de expresión tiene su límite en el derecho a la intimidad o en el
derecho al honor de otra persona.
• El orden público. En este caso los límites tienen estas características
fundamentales:
- La aplicación de la cláusula de orden público debe respetar
rigurosamente las garantías normativas, especialmente los
principios de legalidad y jerarquía normativa. A tenor de ellos,
deben definirse por la ley los supuestos que dan lugar a la
excepción del orden público; las competencias que corresponden
a las autoridades administrativas en la adopción de las medidas
de las que se trate; la imposibilidad de que sus disposiciones
violen normas de rango superior, etc.
- Debe existir congruencia y proporcionalidad entre los medios
empleados para mantener el orden público y los fines que se
deseen alcanzar, referidos necesariamente a la evitación o
remedio de desórdenes efectivos.
- La aplicación del orden público en la esfera de los derechos
fundamentales debe entenderse siempre como de carácter
excepcional, sin que quepa una explicación arbitraria, caprichosa
o extensiva de esta cláusula.
- Los tribunales deben ser en última instancia los que
salvaguarden (especialmente a través de los recursos de
constitucionalidad y amparo) los derechos fundamentales ante
posibles arbitrariedades de la administración.
Página 125
• El abuso del derecho. Entendido como la responsabilidad en la que
incurre quién no obstante ejercer un derecho, lo hace sin necesidad o
beneficio para él, y por el contrario en perjuicio de otra persona.
Generaciones.-
Si se reconoce la forma progresiva en que los derechos humanos han ido
institucionalizándose a lo largo de la historia, es posible distinguir hasta tres
generaciones de estos derechos, precisándose que tal reconocimiento de
ninguna manera significa afirmar que los derechos de una generación
existieron en el tiempo antes que los de una segunda generación; tampoco que
exista una prioridad de una generación sobre otra.
Existen diversas formas de clasificar los derechos humanos; una de las más
conocidas es la llamada tres generaciones, en la que se toma en cuenta su
protección progresiva.
Primera generación, o de derechos civiles y políticos
Surgen con la Revolución Francesa, como rebelión contra el absolutismo
del monarca. Imponen al Estado el deber de respetar siempre los
derechos fundamentales del ser humano.
Página 126
Segunda generación o de derechos económicos, sociales y
culturales
La constituyen los derechos de tipo colectivo, los sociales, económicos y
culturales. Surgen como resultado de la Revolución Industrial, por la
desigualdad económica. México fue el primer país en incluirlas en su
Constitución, en 1917.
Los derechos económicos, sociales y culturales surgen después de la
Segunda Guerra Mundial. Se integran como sigue.
Tercera generación o derechos de los pueblos o de solidaridad
Surgen en nuestro tiempo como respuesta a la necesidad de
cooperación entre las naciones y de los distintos grupos que la integran.
Se forma por los llamados derechos de los pueblos:
• A la paz;
• Al desarrollo económico;
• A la autodeterminación;
• A un ambiente sano;
• A beneficiarse del patrimonio común de la humanidad;
• A la solidaridad.
Página 127
Titularidad:
Basándonos en el concepto de dignidad humana, es posible afirmar que la
titularidad de los derechos humanos le pertenece a toda persona, como
individuo, sin ningún tipo de discriminación de raza, sexo, nacionalidad,
capacidad, etc.
En este sentido, el concebido
igualmente posee la titularidad
de estos derechos, mientras que,
por el contrario, la persona
jurídica no es titular de derechos
humanos en tanto pertenece a la
empresa. Pero cada persona
como individuo es titular y para su ejercicio será indispensable la interacción
social solidaria y equitativa.
Página 128
Integralidad:
¿Podemos tener salud si no hay agua potable y no contaminada?, ¿si no
tenemos un servicio de recolección de basura diario y eficiente?, ¿si nuestra
comida no es balanceada o simplemente completa?, ¿si en los hospitales no
recibimos la atención debida?
¿Podemos vivir una vida digna si los salarios no son justos y las condiciones de
trabajo no nos dejan tiempo para desarrollarnos como personas y como
integrantes de la comunidad, pues debemos trabajar más de las ocho horas
diarias para sobrevivir?
¿Podemos esperar que nuestros hijos o hermanos aprendan en la escuela si
no están bien alimentados o no tienen un espacio cómodo e higiénico para
estudiar en casa? ¿O si tienen que salir a trabajar desde niños o si en las
cercanías del hogar no hay escuelas? ¿Podemos ejercer el derecho a
participar en los destinos del país y elegir si nos reprimen cuando
manifestamos para reclamar nuestros derechos?
Desde hace mucho tiempo la gente que trabaja por los derechos humanos ha
intentado responder a estas preguntas. No ha sido fácil ponerse de acuerdo y
más bien el resultado han sido diferentes posiciones sobre los derechos
humanos, que no siempre favorecen la visión integral de los mismos.
¿En qué consiste la integralidad de los derechos humanos?
Si todos los derechos son fundamentales, no debemos establecer ningún tipo
de jerarquía entre ellos y mucho menos creer que unos son más importantes
que otros. Es difícil pensar en tener una vida digna si no disfrutamos de todos
los derechos. Violar cualquiera de ellos es atentar contra la dignidad humana,
que se fundamenta en la igualdad y la libertad, tal como lo establece el Artículo
1 de la Declaración Universal, cuando establece que "todos los seres humanos
nacen libres e iguales en dignidad y derechos".59
Si definimos integralidad como "partes integrantes de un todo", en el caso de
los derechos humanos significa que estos son indivisibles e interdependientes.
59
Artículo 1 de la Declaración Universal
Página 129
Tal y como lo afirma el Relator Especial de Naciones Unidas en su informe
sobre la realización de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales de
1992:"... todos los derechos humanos y las libertades fundamentales son
indivisibles e interdependientes; debe darse igual atención y urgente
consideración a la aplicación, promoción y protección de los derechos civiles,
políticos, económicos, sociales y culturales".60
En síntesis, la integralidad la entendemos como lo plantea también el Relator
Especial cuando afirma que "la promoción, el respeto y el disfrute de ciertos
derechos humanos y libertades fundamentales no pueden justificar la
denegación de otros derechos y libertades fundamentales".
¿Qué quiere decir esto?
• Que obviamente no gozamos del derecho a la salud si el Estado no
garantiza buenos servicios públicos y atención adecuada en los
hospitales.
• Que obviamente no tenemos una vida digna si no tenemos salarios
justos o buenas condiciones de trabajo.
• Que obviamente sólo tendremos acceso a la educación si contamos
con una vivienda digna y una buena alimentación.
• Que obviamente no existe democracia si no podemos ejercer
libremente el derecho a manifestarnos para defender nuestros derechos
o peticiones.
• Que obviamente sólo lograremos que la integralidad de los derechos
humanos sea una realidad cuando eduquemos, luchemos y exijamos al
Estado la vigencia de todos los derechos humanos por igual y para
todos.
Los daños ambientales constituyen violación a los derechos humanos.
La violación de los derechos humanos podemos entenderla desde un sentido
lógico al daño a aspectos inherentes a la misma persona humana en cualquiera
60 Relator Especial de Naciones Unidas en su informe sobre la realización de los Derechos Económicos,
Sociales y Culturales de 1992
Página 130
de sus dimensiones, previamente protegidas por las normas nacionales e
internacionales de derechos humanos. Refiere la oficina en Colombia del Alto
Comisionado de las Naciones Unidas para los derechos humanos. “Una
violación del derecho a la vida, no se produce solamente cuando se produce en
la muerte de la persona, ya que otros actos y situaciones que amenazan o
ponen en peligro la vida también pueden constituir una violación de las
obligaciones del Estado en la materia. A pesar de su innegable importancia, el
derecho a la vida no es absoluto. La normativa internacional no prohíbe
categóricamente la privación de la vida, sino que establece condiciones que la
rigen y determinan cuando la privación de este bien supremo es lícita. Los
criterios principales establecen que dicha privación no puede ser circunstancia
alguna arbitraria ni ilegal”.61
El derecho humano al agua. La Asamblea General de las Naciones Unidas ha
reconocido como derecho humano el derecho al agua potable a través de su
resolución A/RES/64/292 emitida en sesión el 28 de Julio del 2010, declarando
que el derecho al agua potable y el saneamiento es un derecho humano
esencial para el pleno disfrute de la vida y de todos los derechos
humanos. En el segundo informe de la oficina del Alto Comisionado de
las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, se aclara que el Estado
no puede eximirse de sus obligaciones de derechos humanos aun cuando
sean actores no estatales los que prestan los servicios, por tanto el
estado sigue siendo el principal obligado a lo concerniente a derechos
humanos.62
61
La oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los derechos
humanos. 62 Resolución A/RES/64/292 emitida en sesión el 28 de Julio del 2010
Página 131
No debe escapar la consideración de sostener el carácter autónomo de este
derecho, porque supeditar este derecho al contenido de otros derechos
humanos, supondría correr el riesgo de no salvaguardar aspectos esenciales
propios del derecho al agua limitándolo a la concreción de estos otros
derechos, en otras palabras, no se permitiría retractar el significado particular
que el mismo representa ya que no todos sus componentes se verían
reconducidos con los otros contenidos.
Los derechos humanos como derechos inherentes a la persona humana y
límite al poder estatal.
Los derechos humanos tienen su origen en la propia naturaleza del ser
humano. La dignidad del ser humano implica libertad e igualdad. Al respecto, la
Declaración Universal señala en su Preámbulo que "todos los hombres nacen
libres e iguales en dignidad y derechos (...)."
En el ámbito internacional, los derechos inherentes a la persona toman la
denominación de derechos humanos. En dicho ámbito el Estado resulta
responsable por cualquier violación de los mismos, mientras que en el ámbito
interno se los identifica como derechos fundamentales o derechos
constitucionales de la persona humana, los que deben ser respetados y
garantizados por el propio Estado, pudiendo caer en responsabilidad
internacional en cuanto no sea capaz de adoptar las acciones necesarias para
atender, sancionar y reparar adecuadamente las violaciones a estos derechos
fundamentales dentro de la jurisdicción nacional.
Los derechos humanos surgen como una respuesta a la necesidad de
establecer límites al poder público. Por lo tanto, consisten en derechos
subjetivos de defensa de los individuos frente al Estado.
Las primeras declaraciones de derechos individuales con fuerza legal,
fundadas sobre el reconocimiento de derechos inherentes al ser humano, las
encontramos en las revoluciones de Independencia norteamericana e
iberoamericana, así como en la Revolución Francesa.
Página 132
Dichas declaraciones constituyen la manifiesta expresión de la lucha por
eliminar los gobiernos absolutistas y reemplazarlos por gobiernos
democráticos.
De esta forma se realiza el tránsito hacia el Estado de Derecho, que implica la
delimitación y reglamentación de las funciones de poder mediante un control
del Estado por el derecho y la adopción de las formas representativas con la
finalidad de defender los derechos de los ciudadanos.
Esto evidencia no sólo el derecho paralelo y estrechamente vinculado entre el
Estado de Derecho y los derechos humanos, sino también que estos derechos
se constituyen en los principios inspiradores de la política estatal, cumpliendo
un rol de fundamento y límite de todas las
normas que rigen los poderes públicos.
El Estado de Derecho es el producto de la
necesidad de conciliar los derechos de los
particulares con la soberanía estatal, de
modo tal que las normas no sean un
producto arbitrario, sino el resultado de
una voluntad mayoritaria democrática,
dirigida a garantizar los derechos fundamentales.
La dignidad de la persona y los derechos humanos como fundamento del
orden político democrático.
Los derechos humanos, sin dejar a un lado su carácter inicial de derechos de
defensa frente al Estado, se proyectan más allá para arribar a una dimensión
funcional e institucional que los convierte en parte esencial de un ordenamiento
democrático en deberes positivos por parte del propio Estado que consisten en
contribuir a la efectividad de dichos derechos.
Estos derechos positivos del Estado comprenden a todo empleado público y
personas que prestan servicios al Estado bajo cualquier modalidad, así como a
los miembros de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional.
Página 133
Al pronunciarse sobre este aspecto la Corte Interamericana de Derechos
Humanos señaló: "en una sociedad democrática los derechos y libertades
inherentes a la persona, sus garantías y el Estado de Derecho constituyen una
triada", en la que cada componente se define, completa y adquiere sentido en
función de los otros.63 (Caso Yatama, sentencia de 23 jun. 2005, párrafo 191).
En el ámbito regional, la Carta de la OEA establece, entre otros principios, tres
estrechamente vinculados: la solidaridad de los estados americanos, la que
requiere la organización política de los mismos sobre la base del ejercicio
efectivo de la democracia representativa (artículo 3 d.); la proclamación de los
derechos humanos sin distinción (artículo 3 I.), así como la eliminación de la
pobreza crítica como parte esencial de la promoción y consolidación de la
democracia representativa, lo que constituye responsabilidad común y
compartida de los estados americanos (artículo 3 f.).
La consideración de la pobreza crítica hace necesario tener presente que la
relación entre democracia y derechos humanos no se agota en los derechos
políticos.
La Carta Democrática Interamericana, adoptada en Vigésimo Octavo Periodo
Extraordinario de Sesiones de la Asamblea General de la OEA, en setiembre
del 2001, establece en su artículo 13 que la promoción y observancia de los
derechos económicos, sociales y culturales son consustanciales al desarrollo
integral, al crecimiento económico con equidad y a la consolidación de la
democracia en los estados del hemisferio.
Sin embargo, la unión indisoluble de estos conceptos llega a su máxima
expresión con la consideración de la democracia en sí misma como un derecho
de los pueblos, concepto repetido también en la Carta Andina para la
Promoción y Protección de los Derechos Humanos, de julio de 2002.
Promoción y protección conjunta de los derechos civiles, políticos,
económicos, sociales y culturales u derecho colectivo como obligación
exigible al Estado.
63 Yatama, sentencia de 23 jun. 2005, párrafo 191
Página 134
El Estado, a través de estos tratados sobre la materia, se obliga a promover y
proteger todos los derechos humanos, de tal modo que, junto con el
cumplimiento inmediato y pleno de los derechos civiles y políticos, debe
garantizar el respeto a los derechos mínimos de subsistencia para todos, con
independencia del nivel de desarrollo económico del país.
En el campo de los derechos económicos, sociales y culturales, se admite un
margen de discrecionalidad de parte del Estado, para que seleccione los
medios para llevar a cabo sus objetivos. Sin embargo, esta discrecionalidad va
de la mano con la obligación de iniciar inmediatamente el proceso encaminado
a la completa realización de los derechos económicos, sociales y culturales.
Por tanto, los esfuerzos desplegados por el Estado en este sentido no pueden
ser diferidos indefinidamente.
El Tribunal Constitucional tiene numerosa jurisprudencia sobre la
materia, en donde se recoge los desarrollos logrados en el campo
internacional.
Al respecto establece:
"No se trata, sin embargo, de meras normas programáticas de eficacia mediata,
como tradicionalmente se ha señalado para diferenciarlos de los denominados
derechos civiles y políticos de eficacia inmediata, pues justamente su mínima
satisfacción representa una garantía indispensable para el goce de los
derechos civiles y políticos. Sin educación, salud y calidad de vida digna en
general, mal podría hablarse de libertad e igualdad social, lo que hace que
tanto el legislador como la administración de justicia deban pensar en su
reconocimiento en forma conjunta e interdependiente".64 (Sentencia del
Tribunal Constitucional emitida el 5 de octubre del 2004 en el Exp. 2016-2004-
AA-TC. Fundamento 10).
Luego de analizar el principio de progresividad en el gasto público, el Tribunal
sentencia:
64 Sentencia del Tribunal Constitucional emitida el 5 de octubre del 2004 en el Exp. 2016-2004-AA-TC.
Fundamento 10
Página 135
"... no puede ser sentenciado con carácter indeterminado y, de este modo,
servir de alegato frecuente ante la inacción del Estado, pues para este
Colegiado la progresividad del gasto no está exenta de observar el
establecimiento de plazos razonables, ni de acciones concretas y constantes
del Estado para la implementación de políticas públicas".65 (Sentencia del
Tribunal Constitucional emitida el 8 de julio del 2005 en el Exp. 141 7-2005-AA-
TC)
Se debe entender que el Estado incumple con sus obligaciones en materia de
derechos económicos, sociales y culturales y derechos colectivos cuando: no
logra adoptar una medida exigida por los tratados sobre la materia; no logra
remover con la mayor brevedad posible y cuando deba hacerlo, todos los
obstáculos que impidan la realización inmediata de un derecho;
deliberadamente, no logra satisfacer una norma internacional mínima de
realización generalmente aceptada y para cuya satisfacción está capacitado;
retrasa deliberadamente o detiene la realización progresiva de un derecho, a
menos que actúe dentro de los limites permitidos en el tratado o que dicha
conducta se deba a la falta de recursos o a una fuerza mayor.
La labor de protección en el ámbito universal.
Los principales tratados de las Naciones Unidas en materia de derechos
humanos establecen un conjunto de órganos encargados de la vigilancia y del
cumplimiento de los mismos, llamados comités, conocidos como mecanismos
convencionales. El Estado debe presentar ante cada uno de estos comités,
informes nacionales periódicos sobre el cumplimiento de los compromisos
asumidos en el respectivo tratado.
Con la presentación de informes nacionales no se busca condenar al Estado
que no cumple, sino acompañarlo en un proceso serio de aplicación práctica de
los compromisos. Esto implica que adicionalmente a la finalidad de conocer la
marcha real de la implementación, promoción y protección de los derechos
humanos dentro del Estado a través del informe, éste se convierte en base
documental para establecer un diálogo con los comités de Naciones Unidas en
65 Sentencia del Tribunal Constitucional emitida el 8 de julio del 2005 en el Exp. 141 7-2005-AA-TC
Página 136
el que se explican los logros y dificultades del lado del Estado, y el análisis y
las recomendaciones al proceso de parte de estos órganos. En este sentido, el
Estado debe dar especial valor a dichas recomendaciones y tenerlas presentes
al momento de evaluar el estado de cumplimiento de los tratados.
La elaboración de dichos informes debe convertirse en una promisoria
oportunidad para generar un amplio debate público sobre los logros y planes
destinados a la realización de los derechos civiles, políticos, sociales,
económicos y culturales.
Los derechos humanos en el Acuerdo Nacional.
La recuperación de la democracia en el país y la necesidad de establecer
bases sólidas para iniciar un nuevo rumbo en la marcha del Estado luego de
las traumáticas experiencias de las décadas pasadas, lleva el 22 de julio de
2002 a la firma del Acuerdo Nacional entre el Presidente de la República y los
líderes de los partidos políticos, las organizaciones sociales y las instituciones
religiosas.
Los dos primeros objetivos planteados en el Acuerdo tienen una vinculación
directa con el tema de los derechos humanos: democracia y Estado de
Derecho y equidad y justicia social. Estos objetivos han determinado que cinco
de las políticas de Estado adoptadas en el Acuerdo recojan el tema de los
derechos humanos desde diversos aspectos.
Particularmente destacables son dos de las políticas de Estado planteadas en
el Acuerdo Nacional debido a sus alcances. La primera es el compromiso para
consolidar el régimen democrático y el Estado de Derecho (Primera Política de
Estado) y, la segunda, es llevar a cabo una política exterior al servicio de la
paz, la democracia y el desarrollo, que promueva una adecuada inserción del
país en el mundo (Sexta Política de Estado). En torno a estos compromisos
centrales pueden agruparse las siguientes políticas vinculadas a los derechos
humanos, como son: fortalecer el orden público y el respeto al libre ejercicio de
los derechos y al cumplimiento de los deberes individuales (Séptima Política de
Estado); promover la igualdad de oportunidades sin discriminación (Undécima
Política de Estado); adoptar políticas que garanticen el goce y la vigencia de los
Página 137
derechos fundamentales establecidos en la Constitución y en los tratados
internacionales sobre la materia (Vigésima Octava Política de Estado);
optimizar el servicio que prestan las Fuerzas Armadas dentro del irrestricto
respeto a los preceptos constitucionales, al ordenamiento legal y a los
derechos humanos (Vigésima Quinta Política de Estado).
Plan nacional de derechos humanos 2006-2010 (D.S. 017-2006-JUS.) No
implementado.
Sobre la base de los acuerdos de la Conferencia Mundial de Derechos
Humanos realizada en Viena, Austria, en 1993, convocada por las Naciones
Unidas, el impulso consecuente de la Oficina del Alto Comisionado de las
Naciones Unidas para los Derechos Humanos, y la necesidad de articular los
diversos planes de acción a favor de distintos sectores de la población en
condición de mayor vulnerabilidad, a través del Decreto Supremo N 017-2006-
JUS del 11 dic. 2005, se puso en vigencia el "Plan Nacional de Derechos
Humanos 2006-2010".
El citado documento prevé la formulación de un diagnóstico sobre la realidad
de los derechos humanos en el país, que ofrezca a los formuladores y
operadores de políticas públicas, los elementos de juicio requeridos para
remover, de manera sistemática y adecuada, los obstáculos o dificultades que
afecten la realización de estos derechos.
CASUÍSTICA
Existe un amplio listado de casos pasibles de ser considerados como tortura.
En efecto, como señala la Corte Interamericana, recogiendo el pensamiento de
la Corte Europea sobre el tema, ciertos actos que no son calificados como
tratos inhumanos o degradantes el día de hoy podrían ser considerados como
torturas en el futuro, como consecuencia de las crecientes exigencias de
protección de los derechos y de las libertades fundamentales.
Así mismo, la Corte Interamericana ha manifestado que la tortura no sólo
puede ser ejercida mediante la violencia física sino también a través de actos
que produzcan en la víctima un sufrimiento físico, psíquico o moral agudo.
Página 138
En el mismo sentido, el Comité de Derechos Humanos ha manifestado: "La
prohibición enunciada en el Art. 7, se refiere no solamente a los actos que
causan a la víctima dolor físico sino también a los que causan sufrimiento
moral.
Con respecto de la calificación del victimario, para que se perfeccione el tipo
del delito, su autor deberá ser:
• Un funcionario público u otra persona en ejercicio de funciones públicas.
• Cualquier otra persona que hubiese actuado bajo instigación, consentimiento
o aquiescencia de un funcionario público o de otra persona en ejercicio de
funciones públicas.
La finalidad del análisis de la casuística vinculada a derechos humanos estaría
resumida en el criterio que la Comisión Interamericana sostiene al señalar: "Es
necesario que todos los gobiernos adopten una política deliberada contra la
tortura, que ha de tener dos elementos fundamentales: la exhaustiva
investigación de toda denuncia de tortura por autoridades imparciales y sanción
ejemplar y pública de quienes resulten responsables de actos de esa
naturaleza cualquiera que sea su posición o jerarquía.
En cuanto a las obligaciones que debe cumplir un Estado ante una denuncia de
tortura o malos tratos, el Comité de Derechos Humanos ha establecido: "Las
denuncias de malos tratos deben ser investigadas eficazmente por las
autoridades competentes. Debe imputarse a quienes se declaren culpables la
responsabilidad correspondiente y las presuntas víctimas deben tener recursos
eficaces a su disposición, incluido el derecho a obtener reparación.
Página 139
SESION 6
POLITICA, ESTADO, POLITICAS PUBLICAS CONSTITUCIONALES EN
MATERIA AMBIENTAL
6.1.- ESTADO
Concepto.
Sujeto abstracto con poderes, sociedad politiza y un conjunto de instituciones
que tienen como fin el servicio a la sociedad…
Nace como una sociedad política para poner
orden en la coexistencia social. Los mismos
individuos de una determinada sociedad "crean"
un nuevo "sujeto imaginario" con poder
soberano para resolver sus problemas o lograr
su desarrollo. Sus fines y deberes quedan
establecidos en una norma llamada Constitución
Política. "La Constitución es la fuente legal más
importante" de una sociedad.66 (Nava 2006: 61).
Desde el punto de vista de Thomas Hobbes, el Estado es un sujeto con poder
soberano para "poner orden en la sociedad de los lobos"...67 el Estado es un
Leviatán. Para Hegel, “es una sociedad política que tiene obligaciones con la
sociedad”68. En tanto, para Max Weber “es una institución o un conjunto de
instituciones públicas para resolver necesidades de la sociedad”69. En este
trabajo consideramos tres enfoques acerca del Estado: un sujeto abstracto con
poderes, una sociedad politiza y un conjunto de instituciones que tienen como
fin el servicio a la sociedad a través del ejercicio del poder y la autoridad.
66 Nava 2006: 61 67 Thomas Hobbes 68 Hegel 69 Max Weber
Página 140
Estructura, poderes y niveles de gobierno
Estructura básica. Para cumplir con sus fines y
deberes estipulados en el sistema jurídico, el
Estado realiza acciones llamadas políticas de
Estado y de gobierno en beneficio de la
colectividad, a través de los sectores
productivos o de asistencia social, diferentes
órganos o instancias, resolviendo las
demandas de la sociedad y poniendo orden
entre sus miembros en tres niveles de acción:
gobierno nacional, gobierno regional y gobierno local.
Gobierno Nacional. El Estado tiene un conjunto de órganos (subsistemas) para
cumplir con sus fines y deberes en el ámbito nacional, a la vez que mantiene su
unidad. Cumple con esto valiéndose de subsistemas como el Poder Ejecutivo,
el Poder Legislativo y el Poder Judicial, así como de la Contraloría General de
la República, e! Jurado Nacional de Elecciones y el Tribunal Constitucional.
El jefe del Poder Ejecutivo es el Presidente de la República (que a su vez es
Jefe del Estado), quien ejerce la función ejecutiva del gobierno nacional
elaborando y ejecutando planes de gobierno, y promulgando las leyes que el
Legislativo aprueba. Ejecuta sus políticas a través de ministerios cuya
coordinación está en manos del Presidente del Consejo de Ministros. Para
complementar su labor también se apoya en otros órganos denominados
Oficinas Desconcentradas (que dependen del centro), que este año se
reorganizaron por orden del presidente Alan García.
El Poder Legislativo elabora y
aprueba leyes; ejerce control
político y fiscaliza a los otros
poderes del Estado y a sus
funcionarios (desde el más humilde
servidor público hasta los alcaldes y
Página 141
presidentes regionales). Representa a la Nación, más no ejecuta obras ya que
no tiene iniciativa de gasto, es decir, los congresistas no podrían disponer de
los recursos del Estado para, por ejemplo, construir carreteras.
El Poder Judicial es el
órgano funcional del estado
que le permite cumplir con
la función de administrar
justicia en el ámbito
nacional, valiéndose de
magistrados, jueces y/o
vocales. Es un órgano
autónomo que para
autorregularse cuenta con
la Oficina de Control de la
Magistratura (OCMA), la que debe velar por el buen funcionamiento de la
administración de justicia, así como por el buen desempeño de sus integrantes.
Otra instancia de cobertura nacional es el Ministerio Público (Fiscalía), órgano
también autónomo que es responsable de la defensa de la sociedad y la
prevención de los delitos; acusa y procesa de manera autónoma al que
delinque, ante el Poder Judicial, y puede actuar de oficio -es decir, ni bien se
entere- vía cualquier medio, acusando o previniendo el delito.
Ni el Poder Judicial ni el Ministerio Público (Fiscalía) tienen una imagen
aceptable, generalmente por los actos de ineficiencia y corrupción de sus
actores. Sin embargo, ni jueces ni fiscales son seleccionados por el Poder
Judicial ni por el Ministerio Público, sino por otro órgano autónomo: el Consejo
Nacional de la Magistratura, que se rige por su Ley Orgánica. Es aquí donde el
Estado requiere hacer los ajustes necesarios, porque en realidad los actores
comprometidos con la administración de justicia (jueces y fiscales) no están
siendo debidamente seleccionados.
Página 142
La Contraloría General de la República es el órgano que le sirve al Estado para
auto fiscalizarse en los ámbitos presupuestal y económico. El Estado fiscaliza,
evalúa e investiga a todas sus
instancias desde los servidores
públicos, las comisarías y los
municipios hasta los gobiernos
regionales y el Congreso de la República- en el uso correcto de los recursos
que reciben de la ciudadanía a través del Presupuesto General de la
República.
Para cumplir con su cometido, el Estado también se apoya en el Jurado
Nacional de Elecciones, que es el órgano que administra los procesos
electorales para que la sociedad pueda elegir democráticamente a sus
autoridades nacionales, regionales y locales.
Por último, el Estado cuenta con el Tribunal Constitucional (TC), cuya función
es garantizar el cumplimiento de la Constitución Política vía la revisión de la
constitucionalidad de las normas, actos o sentencias en todo el territorio
nacional. Cualquier ciudadano peruano que considere que sus derechos han
sido vulnerados en otras instancias
del Estado-como por ejemplo el
Poder Judicial a través de una
sentencia penal o civil- puede acudir
en última instancia al TC para que
este dé el veredicto final. Si el
ciudadano considera que también el
TC ha fallado contra su interés,
puede acudir a las instancias
internacionales de las cuales el Estado forma parte. El TC garantiza que la
Constitución se cumpla y que no haya acto ni norma que la contravenga.
Gobierno regional. El Estado tiene como parte de su estructura un órgano
autónomo para gobernar las regiones. El Estado descentralizado se acerca al
Página 143
ciudadano a través de 25 gobiernos regionales y Lima Metropolitana (tiene
facultades similares a las de una región). La función de un gobierno regional es
elaborar, ejecutar, monitorear y evaluar planes, proyectos, programas
socioeconómicos a ser ejecutados dentro de su jurisdicción, así como gestionar
actividades y servicios inherentes al Estado, conforme a ley.
El gobierno regional tiene autonomía política, administrativa y económica
(aunque esta última aún no se ejerce en su totalidad) y se rige por la
Constitución. Rinde cuentas a la Contraloría General de la República y al
Congreso de la República cuando así se lo soliciten. Sus instancias de
gobierno son el Consejo Regional (instancia legislativa regional, integrada por
consejeros) y la Presidencia Regional (instancia ejecutiva). Un gobierno
regional debe adecuarse progresivamente, teniendo en cuenta que el "espacio
regional es una conjunción indisoluble de espacio geográfico y espacio social"
(Gonzales de Olarte 1988), por lo que debe existir articulación entre la realidad
espacial y las dinámicas sociales.
Gobierno local, un órgano de vital importancia para el Estado es el gobierno
local. A través de él, cumple con su tercer nivel de gobierno, bajo mecanismos
descentralizados y concesión de autonomías. El Perú tiene 1,838 gobiernos
locales (provinciales y distritales) con competencias para organizar,
reglamentar y administrar los servicios públicos locales de su responsabilidad;
planificar el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones, y ejecutar
planes y programas. Su máxima instancia es el Concejo Municipal (instancia
legislativa que elabora ordenanzas municipales), en el que participan los
concejales o regidores. La alcaldía es su instancia ejecutiva. Las normas
denominadas ordenanzas tienen rango de ley dentro de sus jurisdicciones.
Obligaciones del Estado.
En general, los Estados tienen seis obligaciones de derechos humanos. Estas
son las siguientes:
Página 144
1.- Obligación reaccional o de respetar:
esa obligación supone que el Estado debe
abstenerse de violar los derechos
humanos, es decir, no debe intervenir en el
libre desarrollo de la vida de las personas.
Ello implica abstenerse de realizar actos
que afecten el medio ambiente equilibrado
y adecuado al desarrollo de la vida
humana.
2.- Obligación prestacional o de garantía de los derechos humanos:
La obligación de garantía implica que el Estado debe adoptar diferentes
medidas necesarias para asegurar que todos podamos disfrutar nuestros
derechos. De esta obligación general se desprende cuatro obligaciones
específicas:
2.1.- Obligación de prevenir las violaciones a los derechos
humanos: El Estado debe adoptar medidas jurídicas, políticas,
administrativas y culturales, orientadas a proteger los derechos
humanos, para evitar sus violaciones y asegurar que la violación
de estas sea considerada ilegal.
2.2.- Obligación de investigar las violaciones a los derechos
humanos: Cuando se produzcan violaciones a los derechos
humanos, el Estado debe investigar lo ocurrido, para que los
responsables de estas violaciones no queden impunes.
2.3.- Obligación de sancionar las violaciones a los derechos
humanos: Luego de que la investigación haya determinado quien
o quienes son los responsables de las violaciones de derechos
humanos, el estado debe sancionar a estas personas, sin importar
su cargo o autoridad.
Página 145
2.4.- Obligación de reparar. Aunque no se haya identificado y
sancionado a los responsables, el Estado debe siempre reparar a
las víctimas. Así, ante la violación de un derecho, surge de
inmediato la obligación de reparar a la víctima, ya sea mediante
una compensación económica, o con otro tipo de medidas
(ceremonia de perdón)
Derechos generales y específicos del Estado.
Los derechos humanos generales, son aquellos derechos que posee toda
persona por el hecho de serlo, y no se puede prohibir que algunas personas la
disfruten. Ejemplo, derecho a la vida, los derechos políticos, el derecho a la
salud, el derecho a la paz y a un medio ambiente sano, etc.
Los derechos humanos específicos, son aquellos que protegen de manera
especial a un grupo determinado de personas. Ejemplo, los pueblos indígenas,
niños, etc, poseen derechos específicos, ya que se entiende que se encuentran
en una especial situación de vulnerabilidad, o necesitan un trato diferente para
vivir dignamente en igualdad de condiciones.
Podemos clasificar la exigibilidad de nuestros derechos humanos en dos:
Exigibilidad jurídica: es la que se hace a través de una demanda
judicial, iniciativa legislativa para buscar la restitución o realización de un
derecho.
Exigibilidad política: Es la que se hace mediante movilizaciones
ciudadanas, utilización de mecanismos de participación, elaboración de
propuestas, discusión de políticas públicas, etc. para incidir ante los
órganos decisores.
- Protección nacional de derechos humanos
- Protección Internacional de derechos humanos
Página 146
6. 2- POLITICA
Concepto.
La meta de la política es el bien común, el bien de todas las personas y de toda
la persona.
La política, en su definición clásica, "significa todo lo que se refiere a la ciudad,
y en consecuencia ciudadano, civil, público, y también sociable y social; el
término política ha sido transmitido por influjo de la gran obra de Aristóteles
intitulada Política, que debe ser
considerada como el primer tratado sobre
la naturaleza, funciones y las divisiones
del Estado y las variadas formas de
gobierno, predominantemente en el
significado de arte o ciencia del gobierno"
70(Bobbio, Matteuci y Pasquino 2002). Y
en su definición moderna, el término
política es reemplazado por otros términos
-como "ciencia política", "doctrina del
Estado", "ciencia del Estado"- y está
referida a la "actividad o el conjunto de actividades que de alguna manera
tienen como término de referencia la polis, es decir el Estado". En suma, la
política está ligada a la relación Estado-sociedad; es todo acto o fenómeno que
se produce en la interacción Estado-sociedad.
Toda persona tiene derecho A participar, en forma individual o asociada en la
vida política, económica, social y cultural de la Nación. Los ciudadanos tienen
conforme a la ley, los derechos de elección, de remoción o revocación de
autoridades, de iniciativa legislativa, y de referéndum. (Art. 2 in. 17 Constitución
Política del Perú).
70 Bobbio, Matteuci y Pasquino 2002
Página 147
La política es el arte, doctrina y técnica que se aplica para regir los asuntos
públicos de una nación (Bobbio, Matteuci y Pasquino). “Es la acción
económica, social, legislativa, administrativa y cultural destinada a promover
orgánica e institucionalmente el bien común del pueblo”.71 (Cristifideles Laici.).
La política es el arte difícil y tan noble. La meta de la política es el bien común,
el bien de todas las personas y de toda la persona, es decir, su desarrollo más
pleno e integral. En esto seremos juzgados (Mateo 25, 31-46). La política es
una obra colectiva. Es el campo más amplio de la caridad y de la solidaridad
que no puede separarse de la justicia.
Se trata, en fin, de llenar de política a la sociedad y consecuentemente, de
sociedad a la política- (PNUD 2004). Es la relación desarrollada entre
gobernantes y gobernados, se expresa a través de reglas, normas y prácticas
de interacción. Es espacio de toma de decisiones sobre asuntos públicos. Es la
ordenadora de las grandes decisiones.
Bien Común afecta la vida de todos los ciudadanos sin distinción y exige
determinación y prudencia por parte de todos, particularmente de los
responsables políticos. El Bien común contiene tres elementos, que no pueden
ignorarse:
-Respeto a la persona, a sus derechos fundamentales inalienables,
como meta de toda acción política y orden social;
-El bienestar social, que exige procurar a cada persona lo que necesita
para una vida verdaderamente humana;
-La paz, que es un derecho de todas las personas y de todos los
pueblos y que comporta la estabilidad y seguridad de un orden justo
Por consiguiente, podemos afirmar que la realización del bien común puede
considerarse la razón misma de ser de los poderes públicos, los que están
obligados a llevarlos a cabo en provecho de todos los ciudadanos. En el Art. 44
de nuestra Constitución Política se hace referencia a los deberes primordiales
71 Cristifideles Laici.).
Página 148
del Estado, entre ellos al de “promover el bienestar general que se fundamenta
en la justicia y el desarrollo integral y equilibrado de la nación”.
Una visión tradicional de la política es la que ve como adversarios o
contrincantes a quienes intervienen en ella, en una relación de ganadores y
perdedores, y a la imposición y la violencia como mecanismo a través del cual
imponer la voluntad, vencer, exterminar al otro. Esta concepción ha sido la
causante del desencanto por la política de amplios sectores sociales, al
relacionar la política con corrupción o miedo. Tal vez por ello, algunos sectores
vinculados a temas de desarrollo plantearon suprimir la política y colocar en su
lugar al mercado o la tecnología.
Postura política para la defensa del medio ambiente
Sin embargo, el tiempo demostró que ninguno de ellos era capaz de resolver
los problemas de la pobreza, la crisis ambiental y advertir la existencia de una
estrecha conexión entre democracia y desarrollo. Así, hoy la política en su
versión democrática y participativa es redescubierta, mostrando su capacidad y
potencialidad para dar
sostenibilidad a procesos de
desarrollo y democratización. El
principio internacional de
precaución nos dice que cuando
existe un peligro de daño grave o
irreversible, la falta de certeza
científica absoluta no se utilizara
como justificación para postergar la
adopción de medidas eficaces en
costos para evitar la degradación
del medio ambiente” (Declaración del Rio. Principio 15). La defensa del medio
ambiente más allá de la norma es decisión política de hacerlo. Refuerza la idea
Fernández Rodríguez, al respecto indicando que la cuestión ambiental es,
sobre todo, un problema político, cuya resolución exige adoptar en el seno de
Página 149
las instituciones representativas las decisiones pertinentes que incorporen a la
política los intereses emergentes, entre ellos el ambiental.
Política y Políticas publicas ambientales.
Las políticas públicas son acciones, principios y estrategias, a través de las
cuales, los decisores públicos, es decir, las personas que toman las decisiones
importantes (autoridades, alcaldes, presidentes regionales, presidente de la
nación, directores, ministros, entre otros); atienden, a través de intervenciones
concretas, los problemas que preocupan, a las personas o sus necesidades,
encaminadas a mejorar el bienestar de la población.
Las políticas públicas se expresan y se hacen específicas a través de normas,
programas, planes y proyectos. Por ejemplo, para los objetivos del Plan de
Desarrollo Concertado, puede establecerse una o varias políticas públicas.
Existen un conjunto de asuntos públicos de diferentes tamaños y complejidad;
y por eso, existen también políticas públicas nacionales, regionales y locales. A
continuación algunos ejemplos:
- Construcción de caminos
- El acceso a la salud de todas y todos
- La enseñanza primaria de todos los niños y niñas
- Mejorar la salud materna
Página 150
- Cuidar el medio ambiente
La política ambiental, puede definirse como el conjunto de resoluciones
adoptadas por las autoridades con el propósito de orientar, inducir,
condicionar o determinar el comportamiento de las personas, de las
empresas y de las propias reparticiones públicas en lo referente al uso y
manejo de los recursos naturales y de los servicios ambientales de que
dispone la sociedad con miras a su pleno aprovechamiento, conservación y
mejoramiento.
Citando a José Emilio Ortega, Darío Sbarato, Manuel Campos y Juan
Carlos Massei señalan que hay tres elementos que están presentes en torno
al concepto de Política Ambiental: La definición de los principios rectores y de
los objetivos básicos que propone el gobierno a la sociedad para alcanzar la
protección ambiental, El conjunto de instrumentos orientados a influir o
condicionar el comportamiento de los agentes sociales para que actúen de
modo tal, que se minimice el deterioro ambiental o que se maximicen los
efectos positivos de sus acciones, Plan de acción, declaración de principios e
ideales.72
El foco de la Política Ambiental y su fin último es la calidad de vida de las
generaciones actuales y futuras. La gestión ambiental es una función
eminentemente pública, de responsabilidad individual y colectiva, que
requiere del compromiso y la participación de toda la sociedad civil.
72
José Emilio Ortega, Darío Sbarato, Manuel Campos y Juan Carlos Massei
Página 151
Así, el conjunto de la sociedad -incluyendo el sector productivo privado- debe
estar dispuesto a asumir los costos que implica implementar esta política,
como también colaborar al continuo mejoramiento de la capacidad de gestión
del país. La participación ciudadana es uno de los ejes centrales de la Política
Ambiental, ya que el medio ambiente es un desafío que involucra a los
distintos niveles estatales y también a la sociedad internacionalmente
organizada.
El objetivo general de la política ambiental es promover la sustentabilidad
ambiental del proceso de desarrollo, con miras a mejorar la calidad de vida de
los ciudadanos. Sus objetivos son:
-Recuperar y mejorar la calidad ambiental, en una calidad compatible
con la salud de las personas y de los ecosistemas. Los principales
instrumentos para este objetivo son las normas de calidad ambiental,
los Planes de descontaminación y las Políticas Ambientales
específicas.
-Prevenir el deterioro ambiental: Los principales instrumentos son el
Sistema de -Evaluación de Impacto Ambiental, la incorporación de la
dimensión ambiental en las políticas públicas, la educación ambiental,
las normas de calidad y emisión, los planes de prevención y la
investigación científico-tecnológica.
-Fomentar la protección del patrimonio ambiental y el uso
sustentable de los recursos naturales: Los instrumentos son el
marco regulatorio de la ley, las medidas de conservación, el
Página 152
manejo sustentable del territorio y el estudio de los ecosistemas.
Introducir consideraciones ambientales en el sector productivo:
Implementar procedimientos de certificación y fomento para
asegurar la producción limpia y con ello contribuir a su mejor
inserción en los mercados internacionales.
-Involucrar a la ciudadanía en la gestión ambiental: Ampliar instancias
de participación y generar programas para estimular la
corresponsabilidad en el cuidado del medio ambiente.
- Fortalecer la institucionalidad ambiental
a nivel nacional y regional, reforzándola
para lograr la plena aplicación del
Sistema nacional de Gestion Ambiental,
potenciando la dimensión regional.
Perfeccionar la legislación ambiental y
desarrollar nuevos instrumentos de
gestión, logrando un cuerpo normativo
integrador, coherente y eficaz.
Los fundamentos de la Política Ambiental son:
-La calidad de vida de las personas, cuyo mejoramiento sostenido y
equitativo no debe comprometer las expectativas de las generaciones
futuras.
-La complementariedad entre desarrollo socioeconómico y
sustentabilidad ambiental: es necesario cambiar el enfoque de
contradicción entre economía y medio ambiente, de modo de
garantizar la disponibilidad de recursos necesarios -en cantidad y
calidad- para el desarrollo.
-La equidad social y la superación de la pobreza. La pobreza es un
factor limitante y crítico del desarrollo y no es casual que los sectores
más pobres sean los que sufren las peores condiciones de calidad de
vida y los más agredidos por la contaminación. Todos los ciudadanos
tienen derecho a vivir en un entorno limpio y sano.
Página 153
Tipos de políticas públicas
Las políticas públicas regulativas son las que establecen las decisiones del
gobierno, con relación al derecho o el uso de los recursos públicos. Por
ejemplo, la regulación de los derechos de explotación del agua, de los
bosques, de los recursos mineros, entre otros.
Las políticas públicas distributivas son las que suponen la distribución de los
recursos políticos. En otras palabras, cuando se transfieren bienes a
determinados grupos sociales. Por ejemplo, la redistribución de los impuestos a
través de construcciones de hospitales, la generación de programas sociales,
el establecimiento de la educación gratuita, etc.
EL ACUERDO NACIONAL
En el Perú tenemos desde el año 2002 una estrategia nacional que busca unir
y atender las decisiones inmediatas, pero tomando en cuenta las acciones que
deben ejecutarse a largo plazo. El Acuerdo Nacional propone 31 políticas de
Estado, elaboradas en consenso por el gobierno, partidos políticos,
representantes de la sociedad civil, empresarial y de las iglesias.
POLITICAS PÚBLICAS AMBIENTALES EN LA CONSTITUCION POLÍTICA
DEL PERÚ
Artículo 1°. El fin supremo del Estado y la sociedad es la defensa de la persona
y la dignidad humana. Toda persona tiene derecho: A la paz, a la tranquilidad,
al disfrute del tiempo libre y al descanso, así como a gozar de un ambiente
equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida.” (Art. 2. Inc.22). Artículo 44°.
Son deberes primordiales del Estado: defender la soberanía nacional;
garantizar la plena vigencia de los derechos humanos; proteger a la población
de las amenazas contra su seguridad; y promover el bienestar general que se
fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación.
Asimismo, es deber del Estado establecer y ejecutar la política de fronteras y
promover la integración, particularmente latinoamericana, así como el
Página 154
desarrollo y la cohesión de las zonas fronterizas, en concordancia con la
política exterior.
- DDHH. Derecho fundamental irrenunciable…
- Bienestar general y bien común
- Desarrollo integral y equilibrado
Artículo 54°. El territorio del Estado es inalienable e inviolable. Comprende el
suelo, el subsuelo, el dominio marítimo, y el espacio aéreo que los cubre…
Artículo 66°. Los recursos naturales, renovables y no renovables, son
patrimonio de la Nación. El Estado es soberano en su aprovechamiento. Por
ley orgánica se fijan las condiciones de su utilización y de su otorgamiento a
particulares. La concesión otorga a su titular un derecho real, sujeto a dicha
norma legal. (Ejemplo concesión minera, superficie y RRNN)- Artículo 67°. El
Estado determina la política nacional del ambiente. Promueve el uso sostenible
de sus recursos naturales. Artículo 68°. El Estado está obligado a promover la
conservación de la diversidad biológica y de las áreas naturales protegidas.
Artículo 69°.- El Estado promueve el desarrollo sostenible de la Amazonía con
una legislación adecuada. Artículo 88°.- El Estado apoya preferentemente el
desarrollo agrario. Garantiza el derecho de propiedad sobre la tierra en forma
privada o comunal o en cualquier otra forma asociativa. La ley puede fijar los
límites y la extensión de la tierra según las peculiaridades de cada zona.
Artículo 89°.- Las Comunidades Campesinas y Nativas tienen existencia legal y
son personas jurídicas. Son autónomas en su organización, en el trabajo
comunal y en el uso y la libre disposición de sus tierras, así como en lo
económico y administrativo, dentro del marco que la ley establece. La
propiedad de sus tierras es imprescriptible, salvo en el caso de abandono
previsto en el artículo anterior. El Estado respeta la identidad cultural de las
Comunidades Campesinas y Nativas.
- Derecho de los Pueblos Indígenas Convenio 169 de la OIT.
- Fuerza normativa de la Constitución Política del Perú.
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DERECHO A GOZAR DE UN AMBIENTE EQUILIBRADO Y ADECUADO
Artículo 2°. Toda persona tiene derecho: 22) A la paz, a la tranquilidad, al
disfrute del tiempo libre y al descanso, así como a gozar de un ambiente
equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida.” (Art. 2. Inc.22. C.P.E),
El Código del medio ambiente 1990 (Derogado).Primera norma que reguló el
derecho a un ambiente sano en el Perú. Toda persona tiene el derecho
irrenunciable a gozar de un ambiente saludable, ecológicamente equilibrado y
adecuado para el desarrollo de la vida, y asimismo, a la preservación del
paisaje y la naturaleza. Todos tienen el deber de conservar dicho ambiente. Es
obligación del Estado mantener la calidad de vida de las personas a un nivel
compatible con la dignidad humana. Le corresponde prevenir y controlar la
contaminación ambiental y cualquier proceso de deterioro o depredación de los
recursos naturales que pueda interferir en el normal desarrollo de toda forma
de vida y de la sociedad. Las personas están obligadas a contribuir y colaborar
inexcusablemente con estos propósitos.
Ley N° 28633 Ley del Medio Ambiente. Artículo I.- Del derecho y deber
fundamental.
Toda persona tiene el derecho irrenunciable a vivir en un ambiente saludable,
equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de la vida, y el deber de
contribuir a una efectiva gestión ambiental y de proteger el ambiente, así
como sus componentes, asegurando particularmente la salud de las
personas en forma individual y colectiva, la conservación de la diversidad
biológica, el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y el
desarrollo sostenible del país.
Sentencia del Tribunal Constitucional sentencia del Exp. N° 0018-2001-
AI/TC.
Primer caso sobre derecho a un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo
de la vida ante el TC, sentencia del Exp. N° 0018-2001-AI/TC. Detalle del
caso: Demanda de inconstitucionalidad interpuesta por el Colegio de
Abogados del Santa (Chimbote) con la Ordenanza Municipal N° 016-2001-MP
Página 156
S. Problema central invocado: La ordenanza reduce el Parque Metropolitano
Humedales de Villa María y afecta el derecho a un ambiente equilibrado entre
otras razones.
POLITICA DE ESTADO N° 19 DESARROLLO SOSTENIBLE Y GESTIÓN
AMBIENTAL. Adoptada en el Marco del Acuerdo Nacional suscrito el 22 de julio
de 2002. El marco general de política ambiental en el Perú se rige básicamente
por el artículo 67º de la Constitución Política del Perú, en el cual se señala que
el Estado determina la Política Nacional del Ambiente y promueve el uso
sostenible de sus recursos Naturales. La Política de Estado Nº 19 se encuentra
enmarcada en el Grupo de Objetivos para lograr la Competitividad del País con
metas hasta el año 2021. Tiene como finalidad fortalecer la institucionalidad de
la gestión ambiental mejorando y fortaleciendo la coordinación entre la
sociedad civil, la autoridad ambiental nacional, las sectoriales y los niveles
regionales y locales, en el marco de un sistema nacional de gestión ambiental.
Esta acción tiene como base fundamental la gestión ambiental descentralizada
y desconcentrada de los sectores del Gobierno Central, los Gobiernos
Regionales y los Gobiernos locales, con la participación del sector empresarial
y la sociedad civil. A continuación presentamos el texto de la Política
Ambiental:
Nos comprometemos a integrar la política nacional ambiental con las políticas
económicas, sociales, culturales y de ordenamiento territorial, para contribuir a
superar la pobreza y lograr el desarrollo sostenible del Perú.
Nos comprometemos también a institucionalizarla gestión ambiental, pública y
privada, para proteger la diversidad biológica, facilitar el aprovechamiento
sostenible de los recursos naturales, asegurar la protección ambiental y
promover centros poblados y ciudades sostenibles; lo cual ayudará a mejorar la
calidad de vida, especialmente de la población más vulnerable del país. Con
ese objetivo el Estado:
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(a) fortalecerá la institucionalidad de la gestión ambiental optimizándola
coordinación entre la sociedad civil, la autoridad ambiental nacional, las
sectoriales y los niveles de gestión descentralizada, en el marco de un
sistema nacional de gestión ambiental;
(b) promoverá la participación responsable e informada del sector
privado y de la sociedad civil en la toma de decisiones ambientales y en
la vigilancia de su cumplimiento, y fomentará una mayor conciencia
ambiental;
(c) promoverá el ordenamiento territorial, el manejo de cuencas, bosques
y zonas marino costeras así como la recuperación de ambientes
degradados, considerando la vulnerabilidad del territorio;
(d) impulsará la aplicación de instrumentos de gestión ambiental,
privilegiando los de prevención y producción limpias;
(e) incorporará en las cuentas nacionales la valoración de la oferta delos
recursos naturales y ambientales, la degradación ambiental y la
internalización de los costos ambientales;
(f) estimulará la inversión ambiental y la transferencia de tecnología para
la generación de actividades industriales, mineras, de transporte, de
saneamiento y de energía más limpias y competitivas, así como del
aprovechamiento sostenible de los recursos forestales, la biotecnología,
el biocomercio y el turismo;
(g) promoverá y evaluará permanentemente el uso eficiente, la
preservación y conservación del suelo, subsuelo, agua y aire,
evitándolas externalidades ambientales negativas;
(h) reconocerá y defenderá el conocimiento y la cultura tradicionales
indígenas, regulando su protección y registro, el acceso y la distribución
de beneficios de los recursos genéticos;
(i) promoverá el ordenamiento urbano, así como el manejo integrado de
residuos urbanos e industriales que estimule su reducción, rehúso y
reciclaje;
(j) fortalecerá la educación y la investigación ambiental;
(k) implementará el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental para
asegurar la participación ciudadana, la coordinación multisectorial y el
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cumplimiento de las empresas de los criterios y condiciones de
protección ambiental;
(l) regulará la eliminación de la contaminación sonora;
(m) cumplirá los tratados internacionales en materia de gestión
ambiental, así como facilitará la participación y el apoyo de la
cooperación internacional para recuperar y mantener el equilibrio
ecológico; y
(n) desarrollará la Estrategia Nacional de Comercio y Ambiente.
Estas políticas deben ser incorporadas en los planes del gobierno nacional,
regional y local, y ser un referente para el Congreso y los funcionarios de las
instituciones públicas. Se considera que las políticas del Acuerdo Nacional
deben ser el marco de las acciones que impulsan los decisores, a fin de que
sean atendidos los temas prioritarios para mejorar las condiciones de vida de la
población.
LEY 28611. POLÍTICA NACIONAL DEL AMBIENTE
La Política Nacional del Ambiente. Es el conjunto de lineamientos, objetivos,
estrategias, metas, programas e instrumentos de carácter público, que tiene
como propósito definir y orientar el accionar de las entidades del gobierno
nacional, regional y local; y del sector privado y de la sociedad civil, en materia
ambiental.
Las políticas y normas ambientales de carácter nacional, sectorial, regional y
local se diseñan y aplican de conformidad con lo establecido en la Política
Nacional del Ambiente y deben guardar concordancia entre sí.
La Política Nacional del Ambiente es parte integrante del proceso estratégico
de desarrollo del país. Es aprobada por Decreto Supremo refrendado por el
Presidente del Consejo de Ministros. Es de obligatorio cumplimiento. (Art. 8)
Objetivo. Tiene por objetivo mejorar la calidad de vida de las personas,
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garantizando la existencia de ecosistemas saludables, viables y funcionales en
el largo plazo; y el desarrollo sostenible del país, mediante la prevención,
protección y recuperación del ambiente y sus componentes, la conservación y
el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, de una manera
responsable y congruente con el respeto de los derechos fundamentales de la
persona. (Art. 9)
Vinculación con otras políticas públicas
Las políticas de Estado integran las
políticas ambientales con las demás
políticas públicas. En tal sentido, los
procesos de planificación, decisión y
ejecución de políticas públicas en todos
los niveles de gobierno, incluyendo las
sectoriales, incorporan obligatoriamente
los lineamientos de la Política Nacional
del Ambiente. (Art. 10)
Lineamientos ambientales básicos
Sin perjuicio del contenido específico de la Política Nacional del Ambiente, el
diseño y aplicación de las políticas públicas consideran los siguientes
lineamientos:
a. El respeto de la dignidad humana y la mejora continúa de la calidad de vida
de la población, asegurando una protección adecuada de la salud de las
personas.
b. La prevención de riesgos y daños
ambientales, así como la prevención y el
control de la contaminación ambiental,
principalmente en las fuentes emisoras. En
particular, la promoción del desarrollo y uso de
tecnologías, métodos, procesos y prácticas de
producción, comercialización y disposición final
más limpias.
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c. El aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, incluyendo la
conservación de la diversidad biológica, a través de la protección y
recuperación de los ecosistemas, las especies y su patrimonio genético.
Ninguna consideración o circunstancia puede legitimar o excusar acciones que
pudieran amenazar o generar riesgo de extinción de cualquier especie,
subespecie o variedad de flora o fauna.
d. El desarrollo sostenible de las zonas urbanas y rurales, incluyendo la
conservación de las áreas agrícolas periurbanas y la prestación
ambientalmente sostenible de los servicios públicos, así como la conservación
de los patrones culturales, conocimientos y estilos de vida de las comunidades
tradicionales y los pueblos indígenas.
e. La promoción efectiva de la educación ambiental y de una ciudadanía
ambiental responsable, en todos los niveles, ámbitos educativos y zonas del
territorio nacional.
f. El fortalecimiento de la gestión ambiental, por lo cual debe dotarse a las
autoridades de recursos, atributos y condiciones adecuados para el ejercicio de
sus funciones. Las autoridades ejercen sus funciones conforme al carácter
transversal de la gestión ambiental, tomando en cuenta quelas cuestiones y
problemas ambientales deben ser considerados y asumidos integral e
intersectorialmente y al más alto nivel, sin eximirse de tomar en consideración o
de prestar su concurso a la protección del ambiente incluyendo la conservación
de los recursos naturales.
g. La articulación e integración de las políticas y planes de lucha contra la
pobreza, asuntos comerciales, tributarios y de competitividad del país con los
objetivos de la protección ambiental y el desarrollo sostenible.
h. La información científica, que es fundamental para la toma de decisiones
en materia ambiental.
i. El desarrollo de toda actividad empresarial debe efectuarse teniendo en
cuenta la implementación de políticas de gestión ambiental y de
responsabilidad social. (Art. 11)
De la política exterior en materia ambiental
Sin perjuicio de lo establecido en la Constitución Política, en la legislación
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vigente y en las políticas nacionales, la Política Exterior del Estado en materia
ambiental se rige por los siguientes lineamientos:
a. La promoción y defensa de los intereses del Estado, en armonía con la
Política Nacional Ambiental, los principios establecidos en la presente Ley y las
demás normas sobre la materia.
b. La generación de decisiones multilaterales para la adecuada
implementación de los mecanismos identificados en los acuerdos
internacionales ambientales ratificados por el Perú.
c. El respeto a la soberanía de los Estados sobre sus respectivos territorios
para conservar, administrar, poner en valor y aprovechar sosteniblemente sus
propios recursos naturales y el patrimonio cultural asociado, así como para
definir sus niveles de protección ambiental y las medidas más apropiadas para
asegurar la efectiva aplicación de su legislación ambiental.
d. La consolidación del reconocimiento internacional del Perú como país de
origen y centro de diversidad genética.
e. La promoción de estrategias y acciones internacionales que aseguren un
adecuado acceso a los recursos genéticos y a los conocimientos tradicionales
respetando el procedimiento del consentimiento fundamentado previo y
autorización de uso; las disposiciones legales sobre patentabilidad de
productos relacionados a su uso, en especial en lo que respecta al certificado
de origen y de legal procedencia; y, asegurando la distribución equitativa de los
beneficios.
f. La realización del principio de responsabilidades comunes pero
diferenciadas de los estados y de los demás principios contenidos en la
Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo.
g. La búsqueda de soluciones a los problemas ambientales globales,
regionales y subregionales mediante negociaciones internacionales destinadas
a movilizar recursos externos, promover el desarrollo del capital social, el
desarrollo del conocimiento, la facilitación de la transferencia tecnológica y el
fomento de la competitividad, el comercio y los econegocios, para alcanzar el
desarrollo sostenible de los estados.
h. La cooperación internacional destinada al manejo sostenible de los
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recursos naturales y a mantener las condiciones de los ecosistemas y del
ambiente a nivel transfronterizo y más allá de las zonas donde el Estado ejerce
soberanía y jurisdicción, de conformidad con el derecho internacional. Los
recursos naturales transfronterizos se rigen por los tratados sobre la materia o
en su defecto por la legislación especial. El Estado promueve la gestión
integrada de estos recursos y la realización de alianzas estratégicas en tanto
supongan el mejoramiento de las condiciones de sostenibilidad y el respeto de
las normas ambientales nacionales.
i. Cooperaren la conservación y uso sostenible de la diversidad biológica
marina en zonas más allá de los límites de la jurisdicción nacional, conforme al
derecho internacional.
j. El establecimiento, desarrollo y promoción del derecho internacional
ambiental. (Art. 12)
POLITICAS PÚBLICAS MEDIO AMBIENTALES D. S. 012-2OO9-MINAM
Introducción.
La Política Nacional del Ambiente se presenta a la ciudadanía en cumplimiento
del mandato establecido en el artículo 67º de la Constitución Política del Perú y
en concordancia con la legislación que norma las políticas públicas
ambientales. Esta política es uno de los principales instrumentos de gestión
para el logro del desarrollo sostenible en el país y ha sido elaborada tomando
en cuenta la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y Desarrollo, los
Objetivos del Milenio formulados por la Organización de las Naciones Unidas y
los demás tratados y declaraciones internacionales suscritos por el Estado
Peruano en materia ambiental.
En tal sentido, en base al proceso de integración de los aspectos sociales,
ambientales y económicos de las políticas públicas y la satisfacción de las
necesidades de las actuales y futuras generaciones, la Política Nacional del
Ambiente es un instrumento de cumplimiento obligatorio, que orienta las
actividades públicas y privadas. Asimismo, esta política sirve de base para la
formulación del Plan Nacional de Acción Ambiental, la Agenda Nacional de
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Acción Ambiental y otros instrumentos de gestión pública ambiental en el
marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental.
La Política Nacional del Ambiente considera los lineamientos de las políticas
públicas establecidos por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y
las disposiciones de la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente. Define los
objetivos prioritarios, lineamientos, contenidos principales y estándares
nacionales de obligatorio cumplimiento. Conforma la política general de
gobierno en materia ambiental, la cual enmarca las políticas sectoriales,
regionales y locales.
La presente política ha sido formulada sobre la base del análisis de la situación
ambiental del país, tomando en cuenta las políticas implícitas y lineamientos
que sustentaron la elaboración de planes y estrategias nacionales en materias
como diversidad biológica, bosques, cambio climático, residuos sólidos,
saneamiento, sustancias químicas, entre otros. Asimismo, incluye los
resultados del proceso de consulta pública descentralizado efectuado por el
Ministerio del Ambiente.
La Política Nacional del Ambiente como herramienta del proceso estratégico de
desarrollo del país, constituye la base para la conservación del ambiente, de
modo tal que se propicie y asegure el uso sostenible, responsable, racional y
ético de los recursos naturales y del medio que lo sustenta, para contribuir al
desarrollo integral, social, económico y cultural del ser humano, en permanente
armonía con su entorno.
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Base legal
La Constitución Política del Perú reconoce que la
persona es el fin supremo de la sociedad y del
Estado y privilegia el derecho fundamental a
gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al
desarrollo de la vida (artículo 2°, inciso 22). Del
mismo modo, los artículos 66° al 69°, disponen
que el Estado debe determinar la Política
Nacional del Ambiente, y que los recursos
naturales, renovables y no renovables, son patrimonio de la Nación. Precisa
que el Estado está obligado a promover la conservación de la diversidad
biológica y las áreas naturales protegidas, en el territorio nacional, así como el
desarrollo sostenible de la Amazonía.
El Ministerio del Ambiente es el ente rector del Sector Ambiente y la autoridad
competente para formular la Política Nacional del Ambiente aplicable a los tres
niveles de gobierno, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1013
que aprueba la Ley de creación, organización y funciones de este organismo.
La Política Nacional del Ambiente se
estructura en base a la Ley Orgánica
del Poder Ejecutivo, Ley N° 29158,
que por su jerarquía y su
promulgación posterior a la Ley
General del Ambiente, Ley Nº 28611,
modifica la definición de políticas
nacionales estableciendo que éstas
incluyen los objetivos prioritarios,
lineamientos, contenidos principales
y estándares nacionales de
obligatorio cumplimiento, para
asegurar el normal desarrollo de las actividades públicas y privadas.
Teniendo en cuenta que las políticas de Estado deben integrar las políticas
ambientales con las demás políticas públicas, la Política Nacional del Ambiente
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se elabora en concordancia con lo dispuesto en la Ley General del Ambiente y
otras normas, tales como la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la
Descentralización; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Ley
Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la Ley Nº 26821, Ley Orgánica de
Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales; así como con los
tratados internacionales suscritos por el país.
Principios.
La Política Nacional del Ambiente se sustenta en los principios contenidos en la
Ley General del Ambiente y adicionalmente en los siguientes principios:
TRANSECTORIALIDAD. Implica que la actuación de las autoridades públicas
con competencias ambientales debe ser coordinada y articulada a nivel
nacional, sectorial, regional y local, con el objetivo de asegurar el desarrollo de
acciones integradas, armónicas y sinérgicas, para optimizar sus resultados.
ANÁLISIS COSTO BENEFICIO. Las acciones públicas deben considerar el
análisis entre los recursos a invertir y los retornos sociales, ambientales y
económicos esperados.
COMPETITIVIDAD. Las acciones públicas en materia ambiental deben
contribuir a mejorar la competitividad del país en el marco del desarrollo
socioeconómico y la protección del interés público.
GESTIÓN POR RESULTADOS. Las acciones públicas deben orientarse a una
gestión por resultados e incluir mecanismos de incentivo y sanción para
asegurar el adecuado cumplimiento de los resultados esperados.
SEGURIDAD JURÍDICA. Las acciones públicas deben sustentarse en normas
y criterios claros, coherentes y consistentes en el tiempo, a fin de asegurar la
predictibilidad, confianza y gradualismo de la gestión pública en materia
ambiental.
MEJORA CONTINUA. La sostenibilidad ambiental es un objetivo de largo
plazo que debe alcanzarse a través de esfuerzos progresivos, dinámicos y
permanentes, que generen mejoras incrementales.
COOPERACIÓN PÚBLICO-PRIVADA. Debe propiciarse la conjunción de
esfuerzos entre las acciones públicas y las del sector privado, incluyendo a la
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sociedad civil, a fin de consolidar objetivos comunes y compartir
responsabilidades en la gestión ambiental.
Objetivo general
De acuerdo al artículo 9º de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, el
objetivo de la Política Nacional del Ambiente es mejorar la calidad de vida de
las personas, garantizando la existencia de ecosistemas saludables, viables y
funcionales en el largo plazo; y el desarrollo sostenible del país, mediante la
prevención, protección y recuperación del ambiente y sus componentes, la
conservación y el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, de
una manera responsable y congruente con el respeto de los derechos
fundamentales de la persona.
Objetivos específicos
1. Lograr la conservación y aprovechamiento sostenible del patrimonio
natural del país, con eficiencia, equidad y bienestar social, priorizando la
gestión integral de los recursos naturales.
2. Asegurar una calidad ambiental adecuada para la salud y el desarrollo
integral de las personas, previniendo la afectación de ecosistemas,
recuperando ambientes degradados y promoviendo una gestión
integrada de los riesgos ambientales, así como una producción limpia y
ecoeficiente.
3. Consolidar la gobernanza ambiental y el Sistema Nacional de Gestión
Ambiental a nivel nacional, regional y local, bajo la rectoría del Ministerio
del Ambiente, articulando e integrando las acciones transectoriales en
materia ambiental.
4. Alcanzar un alto grado de conciencia y cultura ambiental en el país, con
la activa participación ciudadana de manera informada y consciente en
los procesos de toma de decisiones para el desarrollo sostenible.
5. Lograr el desarrollo ecoeficiente y competitivo de los sectores público y
privado, promoviendo las potencialidades y oportunidades económicas y
ambientales nacionales e internacionales.
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Ejes de política
La Política Nacional del Ambiente es de cumplimiento obligatorio en los niveles
del gobierno nacional, regional y local y de carácter orientador para el sector
privado y la sociedad civil. Se estructura en base a cuatro ejes temáticos
esenciales de la gestión ambiental, respecto de los cuales se establecen
lineamientos de política orientados a alcanzar el desarrollo sostenible del país:
Eje de Política 1. Conservación y aprovechamiento sostenible de los
recursos naturales y de la diversidad biológica
Eje de Política 2. Gestión Integral de la calidad ambiental
Eje de Política 3. Gobernanza ambiental
Eje de Política 4. Compromisos y oportunidades ambientales
internacionales
EJE DE POLÍTICA N°1
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CONSERVACIÓN Y APROVECHAMIENTO SOSTENIBLE DE LOS
RECURSOS NATURALES Y DE LA DIVERSIDAD BIOLÓGICA
OBJETIVOS:
1. Conservar y aprovechar sosteniblemente la diversidad biológica, los
recursos naturales renovables y no renovables del país.
2. Establecer condiciones de acceso controlado y aprovechamiento de los
recursos genéticos, así como la distribución justa y equitativa de sus
beneficios.
3. Lograr la gestión integrada de los recursos hídricos del país.
4. Asegurar mecanismos para el uso responsable y seguro de la
biotecnología y sus productos derivados.
5. Alcanzar el ordenamiento del uso y ocupación del territorio nacional,
mediante la Zonificación Ecológica Económica, en un marco de
seguridad jurídica y prevención de conflictos.
6. Lograr la gestión integrada y sostenible de los ecosistemas frágiles,
incluyendo los bosques húmedos tropicales.
7. Lograr la adaptación de la población frente al cambio climático y
establecer medidas de mitigación, orientadas al desarrollo sostenible.
8. Lograr la conservación, utilización sostenible y la participación justa y
equitativa de los beneficios que se deriven del uso comercial y puesta en
valor de los recursos genéticos.
9. Lograr la implementación de instrumentos de evaluación, valoración y
financiamiento para la conservación de los recursos naturales,
diversidad biológica y servicios ambientales en el país.
10. Garantizar la protección de la salud humana, el ambiente y, la diversidad
biológica durante el desarrollo, uso y aplicación de bienes y servicios de
la biotecnología moderna en el Perú.
1. DIVERSIDAD BIOLÓGICA
Lineamientos de política:
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a) Impulsar la conservación de la diversidad de ecosistemas, especies y
recursos genéticos, y el mantenimiento de los procesos ecológicos
esenciales de los que depende la supervivencia de las especies.
b) Impulsar el enfoque ecosistémico y la gestión sostenible de la diversidad
biológica como elemento transversal en los planes integrados de gestión
de recursos naturales, de manejo de cuencas y de ordenamiento
territorial.
c) Incentivar el manejo integrado y sostenible de los ecosistemas
acuáticos, marino-costeros, con el fin de prevenir la sobreexplotación de
los recursos hidrobiológicos, asegurando su conservación.
d) Impulsar el diseño e implementación de estrategias para la gestión
sostenible de la diversidad biológica, incluyendo el desarrollo de alianzas
público-privadas, bajo criterios de conectividad y complementariedad.
e) Impulsar mecanismos para la evaluación y gestión de riesgos asociados
a las actividades extractivas, productivas y de servicios sobre la
diversidad biológica.
f) Fomentar el respeto, la recuperación y conservación de los
conocimientos tradicionales asociados a la diversidad biológica, así
como la distribución equitativa de los beneficios que se deriven de su
aprovechamiento.
g) Promover las prácticas del biocomercio, impulsando el establecimiento
de cadenas productivas sostenibles.
h) Impulsar la investigación de la diversidad biológica con el fin de
monitorear su conservación y gestión sostenible
2. RECURSOS GENÉTICOS
Lineamientos de política:
a) Impulsar la conservación de los recursos genéticos nativos y
naturalizados y fomentar la investigación, desarrollo y su utilización
sostenible, para el incremento de la competitividad de los sectores y
actividades productivas.
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b) Incentivar la conservación in-situ de los recursos genéticos y desarrollar,
promover y alentar diferentes formas de conservación ex-situ.
c) Impulsar la identificación y protección de las zonas del territorio nacional
de elevada diversificación genética, declarándolas libres de
transgénicos.
d) Fomentar el desarrollo de la biotecnología priorizando el uso de los
recursos genéticos nativos y naturalizados.
e) Fomentar de manera estratégica la obtención y uso de recursos
genéticos no nativos de importancia económica para el país.
f) Promover la participación pública y privada, nacional y extranjera, así
como las alianzas estratégicas, en la investigación, conservación y
utilización de los recursos genéticos en el marco de la normatividad
nacional vigente.
g) Impulsar el uso de mecanismos para la protección de los conocimientos
tradicionales y el conocimiento científico, relacionados con los recursos
genéticos, mediante la propiedad intelectual.
3. BIOSEGURIDAD
Lineamientos de política:
a) Establecer mecanismos para regular, bajo parámetros científicos, toda
actividad que involucre el uso de organismos vivos modificados, así
como el uso seguro y responsable de la biotecnología moderna y de sus
productos derivados.
b) Identificar las aplicaciones de la biotecnología moderna y evaluar su
pertinencia y oportunidad en la solución de problemas específicos en los
procesos productivos nacionales o en la generación de servicios, de
forma inocua, competitiva y sostenible.
c) Promover la utilización responsable de la biotecnología moderna sin que
perjudique procesos productivos que ya son competitivos y sostenibles,
y cuyos bienes y productos sean apropiados y apropiables.
d) Construir y desarrollar un sistema regulatorio basado en la aplicación de
análisis de riesgos transparentes y científicos; capaces de garantizar la
inocuidad y trazabilidad de los bienes y/o servicios obtenidos a través de
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la aplicación de la biotecnología moderna, respondiendo a las demandas
de los consumidores, a nuestra condición de país megadiverso y al
contexto de continuos desarrollos tecnológicos.
e) Establecer criterios científicos, ambientales, socioeconómicos y políticos,
para un sistema de bioseguridad y uso responsable de la biotecnología,
con niveles de seguridad compatibles con la política nacional de
comercio exterior y de promoción de la innovación local y nacional.
f) Generar, usar y difundir información de calidad sobre bioseguridad, para
contribuir a la toma responsable de decisiones entre proveedores y
usuarios y en aras de la construcción de una opinión pública
adecuadamente informada.
g) Generar y fortalecer las capacidades científicas y tecnológicas de
gestión y de infraestructura de las instituciones que tengan como ámbito
de acción la regulación de la biotecnología moderna, necesarias para la
implementación de los marcos legales nacionales e internacionales de
bioseguridad.
4. APROVECHAMIENTO DE LOS RECURSOS NATURALES
Lineamientos de política:
a) Promover la adopción de códigos de conducta, formulación de
estándares ambientales y sociales, normas voluntarias por los titulares
de derechos para el aprovechamiento sostenible de los recursos
naturales renovables y el uso racional y responsable de los no
renovables, bajo criterios de mejora continua.
b) Impulsar la formalización de las actividades informales de
aprovechamiento de recursos naturales.
c) Promover la innovación tecnológica, la investigación aplicada y el uso de
tecnologías limpias para el aprovechamiento de los recursos naturales.
d) Promover la adopción de buenas prácticas e iniciativas de
responsabilidad social de las empresas y titulares de derechos sobre los
recursos naturales.
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e) Establecer mecanismos de coordinación interinstitucional para la
asignación compatible de derechos de aprovechamiento de los recursos
naturales.
f) Promover la agricultura orgánica, la agricultura ecológica, la
agroforestería y la acuicultura, bajo criterios de biocomercio, articulando
cadenas productivas y con una activa participación de las poblaciones
locales.
g) Fomentar la valoración económica de los servicios ambientales que
proporciona la diversidad biológica y en particular, los ecosistemas
frágiles incluyendo los bosques húmedos tropicales, para la prevención y
recuperación del ambiente.
h) Impulsar el diseño e
implementación de instrumentos
económicos y financieros, sistemas
de compensación, retribución
económica y distribución del pago
por servicios ambientales.
i) Fomentar la aplicación de
metodologías apropiadas en la
valoración de los recursos
naturales, la diversidad biológica y
sus servicios ambientales, y
articular e incorporar sus resultados
en el Sistema de Cuentas
Nacionales.
j) Fomentar la articulación de las entidades del Estado con competencias
para la autorización del uso de los recursos, a fin de armonizar sus
decisiones con relación al patrimonio natural y cultural, las comprendidas
en el Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado y
áreas complementarias, así como los derechos intrínsecos de los
pueblos indígenas.
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5. MINERÍA Y ENERGÍA
Lineamientos de política:
a) Mejorar los estándares ambientales y sociales de las actividades minero-
energéticas, con códigos y normas de conducta concertada y
transparente, y verificar su cumplimiento.
b) Impulsar la formalización de la minería informal como medio para
mejorar su gestión ambiental y facilitar su control efectivo.
c) Promover la responsabilidad social empresarial de las actividades
minero-energéticas, con el fin de mejorar sus relaciones con las
comunidades locales y reducir los conflictos socio ambientales.
d) Fomentar el uso de tecnologías limpias en la actividad minero-energética
para minimizar los riesgos e impactos ambientales.
e) Asegurar los procesos de consulta pública, de manera oportuna y
transparente, antes del otorgamiento de derechos para la exploración y
explotación.
f) Promover la inversión, desarrollo y uso de biocombustible, energías
renovables y gas metano derivado de rellenos sanitarios, como una
oportunidad para la sustitución de petróleo y gas y la reducción de las
emisiones de carbono, en el marco del diseño de una nueva matriz
energética.
g) Fomentar la eficiencia energética, mediante el uso de tecnologías
modernas, incentivos económicos y sistemas tranparentes de
información.
6. BOSQUES
Lineamientos de política:
a) Impulsar la gestión sostenible e integrada de los bosques, considerando
las características ecosistémico de cada una de las regiones naturales
del país.
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b) Prevenir la reducción y degradación de bosques y sus recursos, por
prácticas ilegales como tala, quema, comercio y cambio de uso de la
tierra.
c) Conservar e incrementar la cobertura boscosa y por ende, la
biodiversidad y los servicios ambientales, mejorando la capacidad
productiva del ecosistema.
d) Privilegiar el aprovechamiento integral de los recursos del bosque,
apoyando iniciativas respecto de los recursos maderables y no
maderables, fauna silvestre y servicios ambientales.
e) Impulsar la reforestación de las áreas degradadas con especies nativas
maderables, aquellas que tienen mayor potencial de brindar servicios
ambientales y otras con potencial económico que contribuyan al
desarrollo, promoviendo la inversión pública y privada.
f) Fortalecer e incorporar mecanismos de vigilancia comunitaria y
ciudadana en las estrategias de seguimiento y control de los derechos
forestales.
g) Realizar acciones para evitar la deforestación de los bosques naturales y
la utilización de especies exóticas invasoras para reforestar dichas
áreas, promoviendo la reforestación con el uso de especies nativas.
7. ECOSISTEMAS MARINO COSTEROS
Lineamientos de política:
a) Fortalecer la gestión integrada de las zonas marino-costeras y sus
recursos con un enfoque ecosistémico.
b) Promover el aprovechamiento sostenible y conservación de la diversidad
biológica de los ecosistemas marino-costeros, con especial énfasis en
los recursos pesqueros.
c) Proteger ecosistemas frágiles como los humedales y cuencas de la
región costera.
d) Promover la investigación de los ecosistemas marino-costeros con
tecnologías adecuadas.
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e) Promover el ordenamiento de las zonas marino-costeras para un
aprovechamiento sostenible de sus recursos, a través de la zonificación
ecológica y económica.
f) Promover el uso sostenible de los recursos marinos, el monitoreo y
vigilancia de los vertimientos contaminantes en el mar territorial nacional,
con prioridad en las zonas más cercanas a la costa.
8. CUENCAS, AGUA Y SUELOS
Lineamientos de política:
a) Impulsar la gestión integrada de cuencas, con enfoque ecosistémico
para el manejo sostenible de los recursos hídricos y en concordancia
con la política de ordenamiento territorial y zonificación ecológica y
económica.
b) Impulsar la formulación de estándares de evaluación y monitoreo del uso
de los recursos hídricos, considerando las características particulares de
las distintas regiones del territorio.
c) Consolidar los derechos de uso de los recursos hídricos mediante
criterios de eficiencia y adecuada retribución por su aprovechamiento en
concordancia con la normativa nacional vigente.
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d) Impulsar la caracterización, evaluación y registro de los suelos y tierras a
nivel nacional.
e) Fortalecer los conocimientos y tecnologías tradicionales compatibles con
el manejo sostenible de los suelos y agua.
f) Impulsar acciones para prevenir los procesos de desertificación,
degradación y pérdida de suelos mitigando sus efectos y/o
recuperándolos.
9. MITIGACIÓN Y ADAPTACIÓN AL CAMBIO CLIMÁTICO
Lineamientos de política:
a) Incentivar la aplicación de medidas para la mitigación y adaptación al
cambio climático con un enfoque preventivo, considerando las
particularidades de las diversas regiones del país, con énfasis en la
situación y accionar espontáneo de adaptación de las comunidades
campesinas y pueblos indígenas.
b) Establecer sistemas de monitoreo, alerta temprana y respuesta oportuna
frente a los desastres naturales asociados al cambio climático,
privilegiando a las poblaciones más vulnerables.
c) Fomentar el desarrollo de proyectos forestales, manejo de residuos
sólidos, saneamiento, usos de energías renovables y otros, para
contribuir en la mitigación de los efectos del cambio climático.
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d) Conducir los procesos de adaptación y mitigación al cambio climático
difundiendo sus consecuencias, así como capacitar a los diversos
actores sociales para organizarse.
e) Promover el uso de tecnologías adecuadas y apropiadas para la
adaptación al cambio climático y mitigación de gases de efecto
invernadero y de la contaminación atmosférica.
10. DESARROLLO SOSTENIBLE DE LA AMAZONÍA
Lineamientos de política:
a) Impulsar la gestión integrada de las cuencas hidrográficas mejorando la
tecnología y productividad de sus recursos, rescatando técnicas de uso
eficiente y sostenible.
b) Promover la investigación y el uso de tecnologías limpias en las
actividades minero-energéticas en la Amazonia.
c) Impulsar la conservación y aprovechamiento sostenible de la Amazonía
teniendo en cuenta su variabilidad, complejidad, fragilidad y ubicación
geoestratégica.
d) Recuperar las zonas degradadas por la minería informal; los pasivos
ambientales mineros; y el cultivo de la coca, el uso de insumos para la
elaboración ilícita de drogas y las actividades propias del narcotráfico.
e) Proteger los bosques primarios amazónicos y reducir gradualmente la
tala, roza y quema para fines agropecuarios, desarrollando alternativas
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productivas de uso del bosque en pie, como el ecoturismo, manejo de
bosques y otras actividades.
f) Impulsar el manejo de los bosques secundarios con potencialidades
para los programas de cultivo de especies con potencial económico.
g) Impulsar actividades rentables a partir del bosque en áreas con escasa o
ninguna intervención, dando valor al ecosistema y sus servicios.
h) Establecer el sistema de cuentas del patrimonio natural de la Amazonía
y metodologías de valoración económica a efectos de reconocer sus
aportes a la economía nacional por la provisión de servicios
ecosistémicos y productos diferentes a la madera.
i) Promover el rescate y valoración de los conocimientos tradicionales de
los pueblos indígenas y asegurar la distribución equitativa de los
beneficios derivados de su aprovechamiento.
j) Promover la implementación de políticas binacionales y regionales con
los países amazónicos para la gestión integral de los recursos y de los
asuntos transfronterizos.
k) Fortalecer el Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana (IIAP)
como institución rectora para la investigación y la evaluación continua de
los recursos naturales de la Amazonía y como soporte para el desarrollo
sostenible de la región.
Página 179
11. ORDENAMIENTO TERRITORIAL
Lineamientos de política:
a) Impulsar el Ordenamiento Territorial nacional y la Zonificación Ecológica
Económica, como soporte para la conservación, uso y
aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y de la
diversidad biológica, así como la ocupación ordenada del territorio.
b) Incorporar en los procesos de Ordenamiento Territorial el análisis del
riesgo natural y antrópico, así como las medidas de adaptación al
cambio climático.
c) Impulsar mecanismos para prevenir el asentamiento de poblaciones y el
desarrollo de actividades socioeconómicas en zonas con alto
potencial de riesgos ante peligros naturales y antrópicos.
d) Impulsar el ordenamiento territorial como base de los planes de
desarrollo concertados y de desarrollo de fronteras, en la gestión de
cuencas hidrográficas y las zonas marino costera.
EJE DE POLÍTICA N° 2
GESTIÓN INTEGRAL DE LA CALIDAD AMBIENTAL
OBJETIVOS
1. Lograr una gestión sostenible de las actividades productivas, extractivas,
de transformación, comerciales y de servicios, para asegurar una
adecuada calidad ambiental en el país.
2. Desarrollar y consolidar mecanismos de carácter técnico, normativo,
económico y financiero, para la prevención y control de los impactos
ambientales negativos significativos de las actividades de origen natural
y antrópico.
3. Rehabilitar las áreas ambientalmente degradadas articulando las
acciones de los sectores público y privado involucrados, de acuerdo a
sus competencias y responsabilidades.
Página 180
4. Incorporar criterios de ecoeficiencia y control de riesgos ambientales y
de la salud en las acciones de los sectores público y privado.
5. Lograr el control eficaz de las fuentes de contaminación y a los
responsables de su generación, estableciendo instrumentos y
mecanismos para la vigilancia, supervisión, evaluación y fiscalización
ambiental.
1. CONTROL INTEGRADO DE LA CONTAMINACIÓN
Lineamientos de política:
a) Integrar los mecanismos e instrumentos para el control de la
contaminación, bajo criterios intersectoriales, de simplificación
administrativa y mejora continua.
b) Contar con parámetros de contaminación para el control y
mantenimiento de la calidad del agua, aire y suelo, considerando el
aporte de las fuentes fijas y móviles.
c) Realizar acciones para recuperar la calidad del agua, aire y suelos en
áreas afectadas por pasivos ambientales.
d) Establecer indicadores, parámetros y procedimientos para evaluar la
eficacia de los instrumentos de control de la calidad ambiental e
introducir las correcciones necesarias.
e) Consolidar la implementación y articulación del Sistema Nacional de
Evaluación de Impacto Ambiental y promover la aplicación de la
Evaluación Ambiental Estratégica.
f) Promover la inversión privada en procesos productivos que utilicen
tecnologías e insumos limpios y el desarrollo de procesos de
reconversión de las industrias contaminantes.
g) Promover la ecoeficiencia en la gestión ambiental de las entidades
públicas y privadas, en todos los niveles de la administración pública
(nacional, regional y local).
h) Impulsar la adopción de medidas idóneas de manejo ambiental en el
desarrollo de las actividades de la pequeña empresa, promoviendo la
formalización de los agentes que realizan actividades no autorizadas.
Página 181
i) Incorporar criterios de salud ambiental y control de riesgos en los
procesos de toma de decisiones y el manejo operativo, vinculados al
control de la contaminación en sus distintas manifestaciones.
j) Desalentar la importación de bienes usados y de tecnologías que
puedan incidir en la generación de impactos ambientales negativos y
riesgos a la salud de las personas.
2. CALIDAD DEL AGUA
Lineamientos de política:
a) Impulsar una adecuada calidad
ambiental de los cuerpos de
agua del país de acuerdo a
estándares que permitan evitar
riesgos a la salud y al ambiente.
b) Identificar, vigilar y controlar las
principales fuentes emisoras de
efluentes contaminantes,
privilegiando las cuencas que
abastecen de agua a los centros urbanos y articular para tal fin, la
actuación de las autoridades en los tres niveles de gobierno.
c) Promover el conocimiento científico y tecnológico de las medidas de
prevención y los efectos de la contaminación del agua, sobre la salud de
las personas, los ecosistemas y los recursos naturales.
d) Ampliar la cobertura y mejorar la calidad de los servicios de saneamiento
básico.
e) Promover la inversión en infraestructura de saneamiento básico y de
tratamiento y rehúso de aguas residuales de origen doméstico y otras
actividades generadoras de efluentes.
Página 182
f) Difundir prácticas sanitarias para el manejo doméstico del agua y la
prevención de enfermedades, privilegiando medidas específicas para las
áreas rurales.
g) Impulsar la rehabilitación de los cuerpos de agua afectados por
contaminación.
h) Aplicar instrumentos e incentivos económicos para evitar la
contaminación de las fuentes de agua.
i) Fomentar el ahorro y la eficiencia en el uso del agua y establecer fondos
para el manejo de cuencas y fuentes de este recurso como pago por
servicios ambientales.
3. CALIDAD DEL AIRE
Lineamientos de política:
a) Establecer medidas para prevenir y mitigar los efectos de los
contaminantes del aire sobre la salud de las personas.
b) Implementar sistemas de alerta y prevención de emergencias por
contaminación del aire,
privilegiando las zonas con
mayor población expuesta a
contaminantes críticos.
c) Incentivar la modernización
del parque automotor
promoviendo instrumentos,
uso de medios de transporte
y combustibles que contribuyan a reducir los niveles de contaminación
atmosférica.
d) Identificar y modificar prácticas operativas y consuetudinarias i inadecuada
que afectan la calidad del aire.
Página 183
e) Impulsar mecanismos técnico-normativos para la vigilancia y control de
la contaminación sonora y de las radiaciones no ionizantes.
4. RESIDUOS SÓLIDOS
Lineamientos de política:
a) Fortalecer la gestión de los gobiernos regionales y locales en materia de
residuos sólidos de ámbito municipal, priorizando su aprovechamiento.
b) Impulsar medidas para mejorar la recaudación de los arbitrios de limpieza y
la sostenibilidad financiera de los servicios de residuos sólidos municipales.
c) Impulsar campañas nacionales de educación y sensibilización ambiental
para mejorar las conductas respecto del arrojo de basura y fomentar la
reducción, segregación, reuso, y reciclaje; así como el reconocimiento de la
importancia de contar con rellenos sanitarios para la disposición final de los
residuos sólidos.
d) Promover la inversión pública y privada en proyectos para mejorar los
sistemas de recolección, operaciones de reciclaje, disposición final de
residuos sólidos y el desarrollo de infraestructura a nivel nacional;
asegurando el cierre o clausura de botaderos y otras instalaciones ilegales.
e) Desarrollar y promover la adopción de modelos de gestión apropiada de
residuos sólidos adaptadas a las condiciones de los centros poblados.
f) Promover la formalización de los segregadores y recicladores y otros
actores que participan en el manejo de los residuos sólidos.
g) Promover el manejo adecuado de los residuos sólidos peligrosos por las
municipalidades en el ámbito de su competencia, coordinando acciones
con las autoridades sectoriales correspondientes.
h) Asegurar el uso adecuado de infraestructura, instalaciones y prácticas de
manejo de los residuos sólidos no municipales, por sus generadores.
i) Promover la minimización en la generación de residuos y el efectivo manejo
y disposición final segregada de los residuos sólidos peligrosos, mediante
instalaciones y sistemas adecuados a sus características particulares de
peligrosidad.
Página 184
5. SUSTANCIAS QUÍMICAS Y MATERIALES PELIGROSOS
Lineamientos de política:
a) Establecer y/o fortalecer mecanismos de autorización, vigilancia y control
en el ciclo de vida de las sustancias químicas y materiales peligrosos, y
contar con información sistematizada y actualizada sobre las actividades
que se realizan con ellas.
b) Promover la prevención y control de los riesgos ambientales asociados
al uso, manejo y disposición final de sustancias químicas y materiales
peligrosos.
c) Asegurar que las sustancias y materiales peligrosos, que por distintas
razones deben ser conducidos a disposición final, sean manejadas de
manera ambientalmente segura y adecuada.
d) Difundir las buenas prácticas en el manejo de sustancias químicas y
materiales peligrosos y promover la adopción de criterios de control de
riesgos durante su uso y disposición final.
e) Asegurar la incorporación de criterios de salud y de protección de
ecosistemas frágiles, en el establecimiento, seguimiento y control de los
planes de contingencia en el uso y manejo de sustancias químicas y
materiales peligrosos.
f) Gestionar los riesgos para la salud y el ambiente del uso de sustancias
químicas y materiales peligrosos, especialmente entre las personas
potencialmente expuestas.
6. CALIDAD DE VIDA EN AMBIENTES URBANOS
Lineamientos de política:
a) Promover el desarrollo sostenible de las ciudades y centros poblados en
general, mediante acciones de sensibilización, control y conservación de
Página 185
la calidad ambiental, planificación urbana y gestión de entornos
ambientales saludables.
b) Fortalecer la gestión ambiental regional y local bajo el enfoque de la
ecoeficiencia para orientar y ordenar el crecimiento de las ciudades,
garantizando una adecuada calidad ambiental en los centros poblados.
c) Promover acciones de saneamiento básico y gestión de residuos
sólidos, que aseguren una adecuada calidad ambiental en los centros
urbanos y principalmente en los destinos turísticos.
d) Establecer regulaciones para controlar efectivamente la contaminación
sonora.
e) Conservar y ampliar las áreas verdes urbanas para el mejoramiento de
la calidad del aire y la generación de espacios culturales y de
esparcimiento.
f) Promover el adecuado ordenamiento territorial para evitar usos
inapropiados de las tierras, en procesos de expansión urbana.
EJE DE POLÍTICA 3
GOBERNANZA AMBIENTAL
OBJETIVOS
1. Posicionar el tema ambiental en las decisiones de Estado articulando las
capacidades nacionales, creando sinergias y promoviendo una activa
participación ciudadana.
2. Lograr que el Sistema Nacional de Gestión Ambiental ejerza, de manera
eficiente y eficaz, sus funciones en los tres niveles de gobierno, bajo la
rectoría del Ministerio del Ambiente.
Página 186
3. Construir nuevos modos de producción y vida basados en los principios
de la sostenibilidad, la ética, la inclusión social y la justicia ambiental
1. INSTITUCIONALIDAD
Lineamientos de política:
a) Consolidar el ejercicio de la autoridad ambiental para contribuir al
desarrollo sostenible del país.
b) Afianzar el Sistema Nacional de Gestión Ambiental y de sus instancias
de coordinación y concertación.
c) Promover un marco normativo ambiental armonizado y coherente con la
realidad del país, las prioridades de Estado y su visión de desarrollo.
d) Impulsar la diferenciación y la complementariedad de las competencias
ambientales institucionales en los tres niveles de gobierno.
e) Fortalecer las capacidades para la gestión ambiental y para el diseño y
aplicación de sus instrumentos, tales como los de planificación,
prevención, control, corrección, información, financiamiento,
participación, y fiscalización, entre otros.
f) Fomentar la creatividad, investigación e innovación tecnológica
ambiental comprometidos con el desarrollo y estilo de vida sostenibles
en los diferentes actores de la sociedad.
g) Establecer e implementar mecanismos adecuados para la gestión de
conflictos socioambientales, promoviendo el diálogo y la concertación.
h) Promover acciones de vigilancia, monitoreo, supervisión, fiscalización y
otorgamiento de incentivos, que coadyuven al cumplimiento de la
normativa y objetivos de la gestión ambiental.
i) Fomentar alianzas y acuerdos de cooperación público-privada, así como
la inversión privada para la ejecución de programas, proyectos y
actividades orientadas a mejorar la gestión ambiental.
Página 187
2. CULTURA, EDUCACIÓN Y CIUDADANÍA AMBIENTAL
Lineamientos de política:
a) Fomentar una cultura y modos de vida compatibles con los principios de
la sostenibilidad, los valores humanistas y andino-amazónicos,
desplegando las capacidades creativas de los peruanos hacia el
aprovechamiento sostenible y responsable de la diversidad natural y
cultural.
b) Incluir en el sistema educativo nacional el desarrollo de competencias
en investigación e innovación, emprendimientos, participación,
ecoeficiencia y buenas prácticas ciudadanas para valorar y gestionar
sostenible y responsablemente nuestro patrimonio natural.
c) Fomentar la responsabilidad socio-ambiental y la ecoeficiencia por parte
de personas, familias, empresas e instituciones, así como la
participación ciudadana en las decisiones públicas sobre la protección
ambiental.
3. INCLUSIÓN SOCIAL EN LA GESTIÓN AMBIENTAL
Lineamientos de política
a) Fomentar la participación activa y pluricultural de la población en la
gestión ambiental, y en particular, la intervención directa de grupos
minoritarios o vulnerables, sin discriminación alguna.
b) Promover la adopción de mecanismos para evaluar y valorar el enfoque
de género e intercultural, y los intereses de los grupos minoritarios o
vulnerables en los procesos de gestión ambiental.
c) Fomentar la generación de espacios y el uso de herramientas y otros
medios, que faciliten efectivamente la participación de la población con
capacidades especiales o diferentes en la gestión ambiental.
Página 188
d) Incentivar la participación de las mujeres y los jóvenes en los diversos
procesos para que ejerzan una efectiva ciudadanía ambiental.
EJE DE POLÍTICA 4
COMPROMISOS Y OPORTUNIDADES AMBIENTALES INTERNACIONALES
OBJETIVOS:
1. Asegurar que las posiciones nacionales en materia ambiental
presentadas en los foros internacionales, acuerdos multilaterales y bilaterales,
estén articuladas y reflejen los intereses nacionales, contribuyendo a orientar
las decisiones de dichos foros y acuerdos.
2. Lograr que el cumplimiento de los acuerdos internacionales suscritos y
ratificados por el Perú contribuyan eficientemente al aprovechamiento
sostenible de los recursos naturales renovables, y el uso racional y responsable
de los no renovables.
3. Lograr que en los procesos de integración comercial, se homogenicen
criterios y estándares ambientales con las políticas nacionales en materia de
comercio exterior, para mejorar la gestión ambiental, la competitividad, la
protección de los recursos naturales y la calidad de vida de la población.
1. COMPROMISOS INTERNACIONALES
Lineamientos de política:
a) Promover que los compromisos internacionales suscritos y que suscriba
el Perú, se articulen al accionar del Estado en sus tres niveles de
gobierno.
b) Fortalecer la capacidad negociadora del país para garantizar que su
participación en el ámbito internacional tenga un liderazgo reconocido y
resguarde los intereses nacionales en materia de gestión ambiental y de
los recursos naturales.
Página 189
c) Impulsar el acceso a los mecanismos de asistencia técnica,
transferencia tecnológica y recursos financieros para el fortalecimiento
de las capacidades nacionales en el marco de los Acuerdos y Convenios
Internacionales en materia ambiental.
d) Contribuir al establecimiento, desarrollo y promoción del derecho
internacional ambiental.
e) Consolidar los procesos de negociación, cooperación e integración a
nivel internacional asociados a la posición geoestratégica y las ventajas
comparativas ambientales del país en el ámbito global, en concordancia
con la política exterior del país y la de comercio exterior.
2. AMBIENTE, COMERCIO Y COMPETITIVIDAD
Lineamientos de política
a) Incentivar la competitividad ambiental del país y promover la inversión
privada para el desarrollo de bionegocios, con inclusión de los principios
y criterios del biocomercio, etiquetado verde y certificación ambiental de
la producción exportable.
b) Promover iniciativas y mecanismos orientados a garantizar una
distribución justa y equitativa de los beneficios generados por el
biocomercio.
c) Propiciar la ecoeficiencia, la calidad ambiental y la responsabilidad social en
la gestión empresarial.
6. ESTANDARES DE CUMPLIMIENTO
Para el debido seguimiento de la Política Nacional del Ambiente las
autoridades de los gobiernos nacional, regionales y municipales, deben
establecer metas concretas e indicadores de desempeño los mismos que
deben ser concordantes con sus programas multianuales, sus estrategias de
inversión y gasto social asociados, así como con los siguientes estándares
Página 190
nacionales de cumplimiento obligatorio, sin perjuicio de los estándares
particulares que puedan establecer de acuerdo a sus objetivos institucionales:
1. Instrumentos de Gestión Ambiental
Registrar y difundir periódicamente información sobre los instrumentos de
gestión ambiental que aprueban en el ejercicio de las funciones a su cargo.
2. Infraestructura para el control de la calidad ambiental
Dar cuenta del número de instalaciones que se establecen en los sectores,
regiones y municipios, para el control de la calidad del ambiente.
3. Acciones de incentivo y fiscalización
Dar cuenta del número y resultado de las acciones de incentivo, promoción,
supervisión, monitoreo, evaluación, fiscalización y sanción que se realizan para
el mejoramiento, recuperación y protección de la calidad ambiental y de los
recursos naturales.
4. Participación ciudadana
Dar cuenta de los procesos de participación ciudadana impulsados por la
respectiva autoridad gubernamental y de los mecanismos empleados.
6-7.- LEGISLACION VINCULADA A LOS EJES DE POLITICA AMBIENTAL
LA LEGISLACIÓN AMBIENTAL PERUANA comprende todas las normas
legales vigentes, promulgadas por los diversos organismos públicos de los
niveles de gobierno nacional, regional y local: Tratados Internacionales,
Constitución Política, Leyes, Decretos, Resoluciones, etc., que directa o
indirectamente inciden sobre el ambiente y sobre todo en el desarrollo
adecuado de la vida.
La CONSTITUCION POLITICA DEL PERU, según el numeral 22 del Artículo 2º
DECLARA el derecho fundamental e irrenunciable a gozar de un ambiente
adecuado y equilibrado para el desarrollo de la vida, aparejado al deber
personalísimo y societal de conservarlo. (LA VIDA COMO VALOR)
Página 191
Artículo 66°. Los recursos naturales, renovables y no renovables, son
patrimonio de la Nación. El Estado es soberano en su aprovechamiento. Por
ley orgánica se fijan las condiciones de su utilización y de su otorgamiento a
particulares. La concesión otorga a su titular un derecho real, sujeto a dicha
norma legal.
Artículo 67°. El Estado determina la política nacional del ambiente. Promueve el
uso sostenible de sus recursos naturales.
Artículo 68°. El Estado está obligado a promover la conservación de la
diversidad biológica y de las áreas naturales protegidas.
Artículo 69°. El Estado promueve el desarrollo sostenible de la Amazonía con
una legislación adecuada.
Por otro lado, mediante D.S. N° 012-2009-MINAM, se aprueba la Política
Nacional del Ambiente.
1.- CONSERVACIÓN Y APROVECHAMIENTO SOSTENIBLE DE LOS
RECURSOS NATURALES Y DE LA DIVERSIDAD BIOLÓGICA
A. DIVERSIDAD BIOLÓGICA
NORMA FECHA DE
PUBLICACION
SUMILLA
Constitución
Política del Perú
Arts. 67, 69
CONCORDANCIA
S:
Política de Estado
Nº 19 – Gestión
ambiental y
desarrollo
sostenible
Promulgada el
29.12. 1993
Publicada el
30.12. 1993
El estado determina la política nacional del
ambiente y promueve el uso sostenible de los
recursos naturales; asimismo está obligado a
promover la conservación de la diversidad
biológica y de las áreas naturales protegidas, así
como el desarrollo sostenible de la amazonia
Página 192
Ley N° 28611
Arts. 97, 98,
99.1,.2, .3 …
15 de octubre de
2005
Ley General del Ambiente.
Lineamientos de política sobre diversidad
biológica- ecosistemas frágiles, medidas de
promoción por el estado, conservación in situ- ex
situ de la diversidad biológica.
Ley Nº 26839 16 de julio de
1997
Ley sobre la Conservación y el Aprovechamiento
Sostenible de la Diversidad Biológica
D.S. N° 012-2009-
MINAM
23 de mayo de
2009
Aprueban la Política nacional del Ambiente.
D.S. 068-2001-
PCM
21.06.2001 Reglamento De La Ley 26839
Decisión 391
Régimen Común sobre Acceso a los Recursos
Genéticos
D.S. 102- 2001-
PCM
05.09.01 Estrategia Nacional De La Diversidad Biológica
(ENDB)
D.S. 038- 98- PCM 19.08.1998 se crea la Comisión Nacional de la Diversidad
Biológica (CONADIV)
D.S. 007- 2003-AG
ART. 4
15.01.03 ROF DEL INRENA
INRENA encargado de realizar y promover
acciones para el aprovechamiento sostenible de
los recursos naturales, la conservación de la
diversidad biológica silvestre y la gestión sostenible
del medio rural.
LEY 28477 24.03.05 declara a los cultivos, crianzas nativas y especies
silvestres usufructuadas patrimonio cultural de la
nación
LEY 27811 10.08.02 Ley del régimen de protección de los
conocimientos colectivos de los pueblos indígenas
vinculadas a los recursos biológicos.
D.S. 001-2006-ED 22.01.06 Plan Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación
para la Competitividad y Desarrollo Humano 2006-
2021
Página 193
B. RECURSOS GENÉTICOS
NORMA FECHA DE
PUBLICACION
SUMILLA
Tratado
Internacional de
la FAO
Tratado sobre Recursos Fitogenéticos para la
Alimentación y la Agricultura.
D.S. 031-2005-AG
ARTS. 2,4.C,5
14.07.05 ROF DEL INSTITUTO NACIONAL DE
RECURSOS NATURALES.
D.S N° 007-2009-
MINAM
28 de marzo de
2009
Adecuan la Comisión Nacional sobre la Diversidad
Biológica - CONADIB a la Ley de Creación,
Organización y Funciones del Ministerio del
Ambiente y a la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo.
Ley N° 26839 18 de junio de
1997
Ley sobre la Conservación y Aprovechamiento
Sostenible de la Diversidad Biológica
Ley N° 28216 31 de abril de
2004
Ley de Protección al Acceso a la Diversidad
Biológica Peruana y los Conocimientos de los
pueblos indígenas.
Decisión 523de la
Comunidad Andina
de Naciones
07 de julio de
2002
Estrategia Regional de Biodiversidad para los
Países del Trópico Andino
Decisión 345de la
Comunidad Andina
de Naciones
21 de octubre de
1993
Acuerdo de Cartagena sobre Protección a los
Derechos de los Obtentores de Variedades
Vegetales
RL N° 26181 30/04/1993 Convenio sobre la Diversidad Biológica
Página 194
Decisión 345 de
la Comunidad
Andina de
Naciones.
21 de octubre
de 1993.
Régimen común de protección a los derechos de
los obtentores de variedades vegetales
Decisión 391 de
la Comunidad
Andina de
Naciones
2 de julio de
1996.
Régimen común de acceso a los recursos
genéticos
Decisión 486 de
la Comunidad
Andina de
Naciones
14.09.2002 Régimen Común sobre Propiedad Industrial
D. leg. 1075
Modificado por
ley 29316
(14/01/2009)
28/06/2008 Aprueba disposiciones complementarias a la
decisión 486 de la Comisión de la Comunidad
Andina que establece el régimen común sobre
propiedad industrial
R.M. Nº 087-
2008-MINAM
31 de
diciembre de
2008
Reglamento de Acceso a los Recursos Genéticos
D.S. N° 003-
2009-MINAM
20 de febrero
de 2009
Elevan al rango de Decreto Supremo la
Resolución Ministerial N° 087-2008-MINAM,
Ratifican la Aprobación del Reglamento de Acceso
a los Recursos Genéticos.
D. S. Nº 008-96-
ITINCI
03 de mayo de
1996
Reglamento de Protección a los Derechos de los
Obtentores de Variedades Vegetales.
Ley 29316
2009 Complementa la Decisión 486 en materia de
protección defensiva
Ley 28126.
16/12/2003 Ley que sanciona a las infracciones a los
derechos de los obtentores de variedades
vegetales protegidas
Ley 28303 27/07/2004 Ley marco de ciencia, tecnología e innovación
Página 195
Modificada por
ley 28613
(18/10/2005).
tecnológica
D.S. 001-2006-
ED
22.01.06 Plan nacional de ciencia, tecnología e innovación
para la competitividad y desarrollo humano 2006-
2021
LEY 27811
10.08.02 Ley del régimen de protección de los
conocimientos colectivos de los pueblos indígenas
vinculados a los recursos biológicos
LEY 28477 24.03.06 declara a los cultivos, crianzas nativas y especies
silvestres usufructuadas patrimonio cultural de la
nación
R. Jefatural 090-
2005-INRENA
15/07/2005 Disponen apertura del registro de acceso a
recursos genéticos
D.S. 031-2005-
AG
Arts. 2,4.c,5
14.07.05 ROF del instituto nacional de investigación y
extensión agraria- INEIA
Ley 28216 01/05/2004
Ley de protección al acceso a la diversidad
biológica peruana y los conocimientos colectivos
de los pueblos indígenas
R. legislativa
29557
13/07/2010 Aprueba el convenio internacional para la
protección de las obtenciones vegetales o UPOV
91
R. M. N° 0195-
2011-AG
21/05/2011 Dispone la pre publicación del proyecto de
reglamento de la Ley 29196 – Ley de Promoción
de la Producción Orgánica o Ecológica, en el
portal del Ministerio de Agricultura
R. M. 087-2008-
MINAM
31 de
diciembre de
2008
Reglamento de Acceso a los Recursos Genéticos
Página 196
D.S N° 003-2009-
MINAM
20 de febrero
de 2009
Elevan al rango de Decreto Supremo la
Resolución Ministerial N° 087-2008-MINAM,
Ratifican la Aprobación del Reglamento de Acceso
a los Recursos Genéticos.
C.- BIODIVERSIDAD/BIOSEGURIDAD
NORMA FECHA DE
PUBLICACION
SUMILLA
Protocolo de
Cartagena 29/01/2000
Protocolo de Cartagena sobre seguridad
de la Biotecnología del convenio sobre la
Diversidad Biológica.
Ley 28611 15/10/2005 Ley General del Ambiente.
Ley 27104 12/05/99 Ley de prevención de riesgos en el uso de
la biotecnología
D.S. 108-2002-PCM 28/10/2002 Reglamento de la ley de prevención de
riesgos derivados de la biotecnología
D. S. 003-2011-AG 15/04/2011 Reglamento interno sectorial sobre
seguridad de la biotecnología en el
desarrollo de actividades con organismos
vivos modificados agropecuarios o
forestales y/o sus productos derivados, el
cual consiste en establecer los
procedimientos administrativos que deben
seguir las personas interesadas en
desarrollar actividades con OVM para el
sector agricultura
R. Suprema 121-
2011-PCM
19/05/2010 Crea la comisión multisectorial encargada
de revisar los alcances del reglamento
interno sectorial sobre seguridad de la
biotecnología en el desarrollo de
actividades con organismos vivos
Página 197
D. APROVECHAMIENTO DE LOS RECURSOS NATURALES
NORMA FECHA DE
PUBLICACION
SUMILLA
Ley N° 26821
26 de junio de
1997
Ley Orgánica para el Aprovechamiento
Sostenible de los Recursos Naturales
Ley N° 26834 04 de julio de
1997
Ley de Áreas Naturales Protegidas.
D. S. N° 038-2001-AG 26 de junio de
2001
Aprueban el Reglamento de la Ley de Áreas
Naturales Protegidas
R. Leg. N° 26536. Aprueba Convención de las Naciones Unidas
de lucha contra la Desertificación y la Sequía
Ley N° 26839 09 de julio de
2007
Ley de conservación y Aprovechamiento
Sostenible de la Diversidad Biológica.
Ley N° 29338 31 de marzo
2009
Ley de Recursos Hídricos
D.S. N° 068-2001-PCM 21 de junio de
2001
Aprueban el reglamento de la Ley sobre
Conservación y Aprovechamiento sostenible
de la Diversidad Biológica.
D. S. Nº 031-2004-AG 18 de agosto de
2004
Estrategia Nacional Forestal
Ley Nº 25977
15 de
Septiembre de
1998
Ley General de Pesca
D. S. Nº 012-2001-PE. 14 de Marzo de
2001
Reglamento de la Ley General de Pesca
D. Leg. Nº 1084
28 de Junio del
2008
Ley sobre Límites Máximos de captura por
Embarcación
modificados agropecuarios o forestales y/o
sus productos derivados
Página 198
D. Leg. Nº 1079 28 de junio de
2008
Decreto Legislativo que establece medidas
que garanticen el Patrimonio de las Áreas
Naturales Protegidas
D. S. N° 008-2008-
MINAM
13 de setiembre
de 2008
Aprueban el Reglamento del Decreto
Legislativo Nº 1079 que Establece Medidas
que Garanticen el Patrimonio de las Áreas
Naturales Protegidas
D. S. N° 006-2008-
MINAM
15 de noviembre
de 2008
Reglamento de Organización y Funciones del
Servicio Nacional de Áreas Naturales
Protegidas – SERNANP
D. S. N° 016-2009-
MINAM
03 de setiembre
de 2009
Aprueban actualización del Plan Director de
las Áreas Naturales Protegidas
D. Ley Nº 26154
30 de diciembre
de 1992
Crea el Fondo Nacional para Áreas Naturales
Protegidas por el Estado – FONANPE
D.S. N° 004-2010-
MINAM
30 de marzo de
2010
Decreto Supremo que precisa la obligación
de solicitar opinión técnica previa vinculante
en defensa del patrimonio natural de las
áreas Naturales Protegidas
D. S. Nº 024-93-AG
16 de julio de
1993
Aprueban el Reglamento del Decreto Ley Nº
26154 mediante el cual se crea el Fondo
Nacional para Áreas Naturales Protegidas por
el Estado – FONANPE
Res. Jefatural Nº 147-
2001-INRENA
25 de junio de
2001
Aprueban montos que corresponden al
derecho de ingreso a las Áreas Naturales
Protegidas por el Estado – ANPs
D. S. 001-2000-AG
11 de enero de
2000
Disponen que el INRENA gestione inscripción
de áreas naturales protegidas, como
patrimonio de la Nación ante los registros
públicos
Res. Jefatural Nº 045-
2001-INRENA
23 de febrero de
2001
Encarga a la Dirección General de Áreas
Naturales Protegidas y Fauna Silvestre el
reconocimiento de los Comités de Gestión de
Página 199
las Áreas Naturales Protegidas
Res. Directoral Nº 001-
2001-
INRENA/DGANPFS
20 de marzo de
2001
Aprueban el Procedimiento para el
reconocimiento de los Comités de Gestión y
aprobación de sus Reglamentos de Sesiones
y Funcionamiento
Res. Jefatural Nº 270-
2001-INRENA
01 de diciembre
de 2001
Aprueban Disposiciones Complementarias al
Reglamento de la Ley de Áreas Naturales
Protegidas
Res. Jefatural Nº 155-
2002-INRENA
14 de junio de
2002
Aprueban lista de áreas naturales protegidas
que pueden o no ser susceptibles de ser
encargadas a terceros mediante contratos de
administración
D. S. Nº 018-2009-
MINAM
08 de setiembre
de 2009
Aprueban Reglamento de Uso Turístico en
Áreas Naturales Protegidas
Res. Presidencial Nº
043-2009-SERNANP.
13 de marzo de
2009
Aprueban Directiva para Emisión del Informe
de la Autoridad Ambiental ante Infracción de
la Normativa Ambiental en áreas Naturales
Protegidas
D. S. N° 008-2009-
MINAM
24 de abril de
2009
Establecen disposiciones para la elaboración
de los Planes Maestros de las Áreas
Naturales Protegidas
Ley 27308 05/10/2001 ley forestal y de fauna silvestre
D.S. 014-2001-AG 09.04.01 Reglamento de ley forestal y de fauna
silvestre
D.S. 010-99-AG 11.04.99 Estrategia Nacional de las ANP
D.S. Nº 031-2004-AG 18 de agosto de
2004
Estrategia Nacional Forestal
D.S. 009-2006-AG 24.02.06 Reconoce el derecho de posesión, uso y
usufructo sostenible de los recursos naturales
de la Reserva Nacional del Titicaca por los
pueblos
D.S. 034-2004-AG 22/09/2004 Categorización de las especies de fauna
Página 200
silvestre
D.S. 043-2006-AG 13/07/2006 Categorización de las especies de flora
silvestre
Ley 27265 22.05.2000 Declara de interés nacional la protección a
todas las especies de animales domésticos y
de animales silvestres mantenidos en
cautiverio
D. Ley Nº 17752 24/07/1969 Ley General de las aguas
Ley 27308 05/10/2001 Ley forestal y de fauna silvestre: establece
normas e implementos que el INRENA debe
aplicar para la zonificación forestal.
Ley 27867
Art. 10
Art. 51.c
18/11/02 Ley orgánica de gobiernos regionales
Gestión sostenible de los recursos naturales y
mejoramiento de la calidad ambiental
Gestión de recursos hídricos
R.M N° 0428-2012-AG 10/11/ 2012 Encargan la representación del Ministerio
ante el Consejo Directivo del servicio
Nacional Forestal y de Fauna Silvestre –
SERFOR
R.D. Nº 029-2002-
INRENA-DGFFS
21/02/2002 Aprueban la directiva para el otorgamiento de
guías de transporte de fauna silvestre no
amenazada
Resolución de Dirección
General N° 14-2011-
AG-DGFFS
11/05/2011 Establecimiento de cupo de exportación de
especímenes “sajino” y “huangana”
procedentes de la caza de subsistencia
(R.M N° 388-2010-AG) 27/10/2010 Aprueban Lineamientos para mantenimiento
en cautiverio de fauna silvestre en circos
(Ley Nº 27265) 22/05/2000 Ley de protección a los animales domésticos
y silvestres en cautiverio
(DL. 22984) 16/04/1980 Convenio para la conservación y manejo de
la vicuña
Página 201
Ley N° 29376 11/06/2009 Ley que suspende la aplicación de los
Decretos Legislativos N° 1090 y 1064.
D.S. N° 004-2014-
MINAGRI
08/04/2014 Aprueban la actualización de lista de
clasificación y categorización de las especies
amenazadas de fauna silvestre legalmente
protegidas.
E. MINERÍA Y ENERGÍA
NORMA FECHA DE
PUBLICACION
SUMILLA
D. S. Nº 014-92-EM 08 de junio de 1992 Texto Único Ordenado de la Ley General
de Minería
D.S. Nº 016-93-EM 15 de mayo de 1993 Reglamento para la Protección Ambiental
en las Actividades Minero Metalúrgicas
D.S. Nº 020-2008-EM 02 de abril de 2008
Reglamento Ambiental para las
actividades de Exploración Minera
Ley 28090 14 de octubre de
2003
Ley que regula el Cierre de Minas
D.S. N° 033-2005-EM Aprobado el 15 de
agosto del 2005.
Publicado el 26 de
junio de 2008
Reglamento para el cierre de minas
Ley N° 28271
02 de julio de 2004
Ley que regula los Pasivos Ambientales
de la Actividad Minera
D.S. N° 059-2005-EM 07 de diciembre de
2005
Aprueban Reglamento de Pasivos
Ambientales de la Actividad Minera
D. Leg. Nº 1048 26 de junio de 2008
Decreto Legislativo que precisa la
regulación minera ambiental de los
depósitos de almacenamiento de
concentrados de minerales
Página 202
Ley N° 28526
25 de mayo de 2005
Ley que modifica los artículos 5, 6, 7 y 8,
la primera disposición complementaría y
final de la Ley N° 28271, ley que regula
los pasivos ambientales de la actividad
minera, y le añade una tercera
disposición complementaria y final
D. S. N° 003-2009-EM 15 de enero de 2009
Modifican Reglamento de Pasivos
Ambientales de la Actividad Minera
aprobado por D.S. N°-059-2005-EM
D.S. N° 078-2009-EM
04 de diciembre del
2009
Implementan medidas de remediación
ambiental a cargo del titular minero que
haya realizado actividades y/o ejecutado
proyectos relacionados con actividades
mineras previstas en la Ley General de
Minería
D.S. Nº 013-2002-EM
Restituida su vigencia
por el Art. 2 del D.S. N°
051-2009- EM. (30 de
mayo de 2002)
21/04/2002 Aprueban el Reglamento de la Ley de
Formalización y Promoción de la
Pequeña Minería y la Minería Artesanal
Ley Nº 28271 06/07/2004 Ley que regula los pasivos ambientales
de la actividad minera
R. M. N° 304-2008-
MEM/DM
26 de junio de 2008
Norma que regula el proceso de
Participación Ciudadana en el Sub Sector
Minero
D.S. Nº 015-2006-EM 06 de marzo de
2006
Reglamento para la protección ambiental
en las
actividades de Hidrocarburos
Ley Nº 29134
02/08/2011 Ley que regula los pasivos ambientales
del subsector hidrocarburos
D.S. Nº 042-99-EM 15 de setiembre de
1999
Reglamento de distribución de gas
natural gas natural por red de ductos
Página 203
Ley 28054
08 de agosto del
2003
Ley de Promoción del Mercado de
Biocombustibles
D. S. Nº 13-2005-EM
31 de marzo de
2005
Reglamento de la Ley Nº 28054 - Ley de
Promoción del Mercado de
Biocombustibles
D. S. Nº 21-2007-EM
20 de abril de 2007 Reglamento para la comercialización de
Biocombustibles
Ley Nº 25844
25 de noviembre de
1992
Ley Concesiones Eléctricas
D. S. Nº 29-94-EM 08 de junio de 1994 Reglamento de Protección Ambiental en
las
Actividades Eléctricas
D. Leg. N° 1058 28 de Junio del 2008
Decreto Legislativo que promueve la
inversión en la actividad de generación
eléctrica con recursos hídricos y con otros
recursos renovables
D. S. Nº 053-2007-EM 23 de octubre de
2007
Aprueban Reglamento de la Ley de
Promoción del Uso Eficiente de la
Energía
D.S. N° 004-2011-EM 14/03/2001 Aprueban el Reglamento de la Ley que
regula los Pasivos Ambientales del
Subsector Hidrocarburos.
D.S. N° 004-2012-
MINAM
06 de septiembre de
2012
Aprueban disposiciones complementarias
para el Instrumentos de Gestión
Ambiental Correctivo para la
formalización de actividades de pequeña
minería y minería artesanal en curso.
D.S. N° 012-2013-
MINAM
06 de febrero de
2013
Adecuan plazos de Instrumentos de
Gestión Ambiental Correctivo a los
establecidos en el proceso de
formalización.
Página 204
D.S. N° 012-2013-
MINAM
26 de noviembre de
2013
Aprueban nuevas medidas de asistencia
técnica en materia de elaboración y
revisión de Instrumentos de Gestión
Ambiental Correctivo-IGAC
D.S. N° 012-2014-
MINAM
29 de noviembre de
2014
Regulan presentación y revisión de
Instrumentos de Gestión Ambiental
Correctivo en cumplimiento de la
Estrategia de Saneamiento de la
Pequeña Minería y de la Minería
Artesanal.
Ley N° 26221 20 de agosto de
1993
Ley Orgánica que norma las actividades
de Hidrocarburos en el territorio Nacional.
F. BOSQUES
NORMA FECHA DE
PUBLICACION
SUMILLA
Convenio Convenio para el comercio de especies
amenazadas de fauna Y flora silvestre
(CITES)
Ley 27308 15/07/2000 ley forestal y de fauna silvestre
D.S. 014-2001-AG 06/04/2001 reglamento de la ley forestal y de fauna
silvestre
D.S Nº 007-2006-AG 23/02/2006 Modifican el Reglamento de la Ley Forestal
y de Fauna Silvestre
D.S Nº 005-2005-AG 25/01/2005 Modifican numeral del Artículo N° 3 del
Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna
Silvestre
D.S Nº 048-2006-AG 27/07/2006 Modifican Reglamento de la Ley Forestal y
de Fauna Silvestre
D.S Nº 033-2003-AG 06/09/2003 Modifican Artículos N° 70 y 86 de la Ley
Forestal y de Fauna Silvestre
Página 205
D.S Nº 011-2004-AG 12/03/2004 Modifican Artículo N°109 del Reglamento de
la Ley Forestal y de Fauna Silvestre
D.S N°017 – 2012 – AG 14 de noviembre
de 2012
Aprueban el Reglamento de infracciones y
sanciones del Sector Agrario
D.S.N°006-2012-AG 1 de Junio de
2012
Aprueban Reglamento General de la Ley de
Semillas
Directiva Nº 018-2004-
INRENA-IFFS
Directiva para el procedimiento de
adecuación a los contratos de extracción
forestal en superficies mayores a mil (1000)
ha
D.S Nº 045-2000-AG 31/08/2000 Declaran de interés nacional el
aprovechamiento sostenible de y la
transformación del látex del árbol del caucho
de bosques primarios, y crean Programa
Nacional del Caucho
Ley 29325 05 de marzo de
2009
Ley del sistema nacional de evaluación y
fiscalización ambiental
Ley 27037 30 de diciembre
de 1998
Ley de promoción de la inversión en la
Amazonía
Ley 28852 26 de julio de
2006
Ley de promoción de la inversión privada en
reforestación y agroforestería
Ley 26839 08 de julio de
1997
Ley sobre la conservación y
aprovechamiento sostenible de diversidad
biológica
DS 068-2001-PCM) 20 de junio de
2001
Reglamento de la ley sobre conservación y
aprovechamiento sostenible de la diversidad
biológica
R.J Nº 458-2002-
INRENA
13/12/2002 Fijan a nivel nacional los diámetros mínimos
de corta para especies forestales
RJ 301-2006-INRENA 15/11/06 Términos de referencia para el Plan de
Manejo Forestal del recurso forestal “Tara”
RI. Nº 091-2003- 19/08/2003 Requisitos para concesiones, permisos y
Página 206
INRENA-IFFS autorizaciones de aprovechamiento forestal
en los que se emplee la sierra de cadena
R.M. Nº 107-2000-AG 02/03/2000 Aprobar las nuevas categorías de especies
maderables provenientes de los bosques del
Estado
DS. 008-2010-AG 05/08/2010 Establecen medidas de promoción para los
derechos de aprovechamiento otorgados a
través de concesiones forestales con fines
maderables
DS 008-2010-AG 04/08/2010 Establecen medidas de promoción para
concesiones forestal con fines maderables a
nivel nacional
RS 021-2003-AG 06/10/2003 Reglamentación para concesiones forestales
con fines maderables en BPP de pequeños
extractores
RJ. 109-2003-INRENA 08/08/2003
Formato de presentación y lineamientos del
PGMF y el POA para concesiones forestales
con fines maderables
Res. Jefatural 245-
2006-INRENA
13/09/2006 Aprueban Formato y Lineamientos de
presentación de Informe de Ejecución del
Plan Operativo Anual
RJ. 073-2005-INRENA 11/04/2005 Establecen régimen de pagos de derecho de
aprovechamiento de las concesiones
maderables con fines maderables
DS 012-2003-AG 15/04/2003 Programa promocional y régimen de
fraccionamiento para pago de derecho de
aprovechamiento en concesiones forestales
R.D. Nº 543-2002-
INRENA-DGFFS
23/10/2002 Aprueba la Directiva N° 012-2002-INRENA-
DGFFS para el otorgamiento de
autorizaciones de caza o captura de fauna
silvestre del calendario comercial
RM. 0552-2010-AG 31/08/2010 Lineamientos Técnicos sobre
Página 207
Sistematización y Administración de la
Información Forestal y de Fauna Silvestre
R.I. N° 008-2005-
INRENA-IFFS
21/03/2005 Aprueban formato del libro de operaciones
de Fauna Silvestre
R.M Nº 0172-2012-AG 16/05/2012 Aprueban Manual Base para la Planificación
y Ejecución de Inventarios Forestales en
Bosques de Producción Permanente
DS. 009-2011-AG 13/07/2011 Aprueban el Plan Nacional Anticorrupción
del Sector Forestal y de Fauna Silvestre
DS. Nº 030-2005-AG 08/07/2005 Reglamento para la implementación de
CITES en el Perú
DS. 019-2010-AG 31/12/2010 Definen las acciones y fortalecen los
mecanismos de articulación entre la
autoridad administrativa CITES Perú para
las especies de flora y fauna que se
reproducen en tierra, y la autoridad científica
CITES Perú, para la determinación e
implementación del cupo nacional de
exportación de la especie caoba
comprendida en el apéndice II de la CITES
RM. 0552-2010-AG Lineamientos Técnicos sobre
Sistematización y Administración de la
Información Forestal y de Fauna Silvestre
RD. 017-2010/DP 31/12/2010 Aprueban Informe Defensorial Nº 151
denominado “La Política Forestal y la
Amazonía Peruana: Avances y obstáculos
en el camino hacia la sostenibilidad”
DS. 007-2006-AG 24/02/2006 Comité de gestión de bosque
RI N° Directiva 011-
2003-INRENA-IFFS
16/05/2003 Aprueban la Directiva N° 011-2003-INRENA-
DGFFS Procedimiento de Transferencia de
especímenes, productos y subproductos
forestales y de fauna silvestre
Página 208
DL 1085 28/06/2008 Ley de creación del OSINFOR
RM. 167-2010-MINAM 13/09/2010 Manual de Operaciones del Programa
Nacional de Conservación de Bosques para
la Mitigación del Cambio Climático –
“Conservación de Bosques”
Directiva 016-2003-
INRENA-IFFS
Establecimiento y otorgamiento en
administración de bosques locales
DS. 019-2004-AG 05/05/2004 Estrategia nacional multisectorial de lucha
contra tala ilegal
DS.003-2005-AG 13/01/2005 Reforestación en tierras de capacidad de
uso mayor forestal
DS 052-2001-AG 25/10/2001 Aprovechamiento de recursos forestales en
tierras de comunidades nativas
RI N°043-2004-
INRENA-IFFS
21/04/2004 Términos de referencia de para la
elaboración de la propuesta Técnica de
Establecimiento y Manejo Forestal para el
otorgamiento de Concesiones de
Reforestación y/o forestación.
DS N°013-2004-AG 18/03/2004 Precisiones referentes al otorgamiento de
contratos de concesión para reforestación
en áreas de recuperación forestal
RI N°124-2003-
INRENA-IFFS
22/10/2003 Aprueba la Directiva N° 16 – 2003 –
INRENA-IFFS Establecimiento y
otorgamiento en administración de bosques
locales a poblaciones rurales o centros
poblados
DS. 014-2000-AG 06/05/2000 Interés nacional del aprovechamiento de
castaña
RI Nº 294-2004-
INRENA-IFFS
29/09/2004 Criterios para la autorización de volúmenes
de madera en las concesiones de castaña
RJ N°224-2002-
INRENA
28/06/2002 Términos de referencia para la formulación
del Plan general de Manejo Forestal para el
Página 209
aprovechamiento de castaña
R.J. Nº 103-2000-
INRENA
03/04/2000 Aprobar los términos de referencia para la
formulación de planes de manejo forestal de
camu-camu
DS. 044-2002-AG 12/07/2002 Establecen precisiones y prohibiciones al
aprovechamiento maderable en concesiones
para otros productos del bosque
RL. 25353 23/11/1991 Convención relativa a los humedales de
importancia internacional
RL. 29474 23/05/2010 Convenio Internacional de las Maderas
Tropicales
RL. 26536 02/10/1995 Convención de las Naciones Unidas de
lucha contra la desertificación y la sequía
R.S. N° 002-2006-AG
04/01/ 2006 Plan Nacional de Reforestación
DS. 031-2004-AG
17/08/ 2004 Estrategia nacional forestal 2002 – 2021
DS. 012-2009-MINAM 23/05/2009 Política nacional ambiental
RI 0222-2006-INRENA-
IFFS
26/07/2006 Consideraciones para el pago de derechos
de desbosque por el cambio de uso de
tierras con cobertura boscosa y que tengan
aptitud agropecuaria
DS 008-2010-AG Establecen medidas de promoción para
concesiones forestal con fines maderables a
nivel nacional
D.S Nº 036-2004-AG 03/10/2004 Fusionan al Organismo Supervisor de los
Recursos Naturales Forestales con el
INRENA
D.S Nº 006-2003-AG 30/01/2003 Declaran de interés nacional la lucha contra
el tráfico ilegal de la madera y modifican
artículos de la Ley Forestal y de Fauna
Silvestre
Página 210
RM Nº 0544-2009-AG 30/07/2009 Declaran prioritario el proceso de revisión y
actualización de la Legislación Forestal y de
Fauna Silvestre
RI 045-2008-INRENA-
IFFS
29/03/2008 Establecen Competencia de
Administradores Técnicos Forestales y de
Fauna Silvestre para emitir permisos de
exportación, importación y reexportación de
especies de fauna y flora No CITES
RM N° 0505-2010-AG 20/08/2010 Declaran de interés prioritario la elaboración
de un Plan Anticorrupción Forestal y de
Fauna Silvestre
RM N° 162-2014-
MINAGRI
06/04/2914 Aprueban TDR que comprenden el Formato
de Presentación y lineamientos para la
elaboración de Planes de Manejo Forestal
para el Aprovechamiento de Palmeras de
Bosques Naturales.
D.S. N° 014-2006-AG 30/03/2006 Amplían plazos para presentación de PGMF
y POA a titulares de contratos de
concesiones de castaña.
G. ECOSISTEMAS MARINO – COSTEROS
NORMA FECHA DE
PUBLICACION
SUMILLA
Ley N° 29338 31 de marzo 2009 Ley de Recursos Hídricos.
D. S. N° 001-2010-AG
24 de marzo de
2010
Aprueban Reglamento de la Ley Nº
29338, Ley de Recursos Hídricos
Res. Jef. N° 202-2010-
ANA.
15 de Septiembre de
1998
Aprueban clasificación de cuerpos de
agua superficiales y marino – costeros
Ley Nº 25977 Ley General de Pesca
Página 211
D. S. Nº 012-2001-PE 14 de Marzo de
2001
Reglamento de la Ley General de Pesca
D. Leg. Nº 1084
28 de Junio del 2008
Ley sobre Límites Máximos de captura
por Embarcación
Ley Nº 27460
26 de mayo de 2001 Ley de Promoción de Acuicultura
H. CUENCAS, AGUA Y SUELOS
NORMA FECHA DE
PUBLICACION
SUMILLA
Convenio de las
Naciones Unidas
Convenio de las Naciones Unidas sobre
lucha Contra la Desertificación en los países
afectados por sequía grave o desertificación.
Ley N° 29338 31 de marzo de
2009
Ley de Recursos Hídricos.
Ley Nº 26839 16 de julio de
1997
Ley sobre la Conservación y el
Aprovechamiento Sostenible de la
Diversidad Biológica
D.S. 068-2001- PCM 21.06.2001 Reglamento De La Ley 26839
Ley 27308 15/07/2000 ley forestal y de fauna silvestre
D.S. 014-2001-AG 06/04/2001 reglamento de la ley forestal y de fauna
silvestre
D.S. N°019 – 2012 – AG 14 de noviembre
de 2012
Aprueban Reglamento de Gestión del Sector
Agrario
D.S. 017-2009-AG 02/09/2009 Reglamento de clasificación de tierras por
su capacidad de uso mayor
D.S N°017 – 2012 – AG 14/11/2012 Aprueban el Reglamento de infracciones y
sanciones del Sector Agrario
D.S.003-2005-AG 13/01/2005 Declaran de interés nacional la reforestación
en tierras cuya capacidad de uso mayor es
forestal
R.L. 26536 02/10/1995 Convención de las Naciones Unidas de
Página 212
lucha contra la desertificación y la sequía
R.I. 0222-2006-INRENA-
IFFS
26/07/2006 Consideraciones para el pago de derechos
de desbosque por el cambio de uso de
tierras con cobertura boscosa y que tengan
aptitud agropecuaria
D.S. N°019 – 2012 – AG 14/11/2012 Aprueban Reglamento de Gestión del Sector
Agrario
D.S. Nº 024-2007-AG 06/09/2007 Declaran en proceso de reorganización al
Sector Agricultura
D.L. 997 13/03/2008 Ley de organización y funciones del MINAG
Ley Nº 26744 18 de enero de
1997
Ley sobre el Manejo Integrado sobre el
Control de Plagas
Ley Nº 29196 04 de marzo de
2010
Ley de Promoción de la Producción
Orgánica o Ecológica
D. S. N° 002-2008
MINAM
31 de julio de
2008
Aprueban Estándares Nacionales de
Calidad Ambiental para Agua
D. S. Nº 023-2009-
MINAM
19 de diciembre
del 2009
Aprueban disposiciones para la
implementación de los
Estándares Nacionales de Calidad
Ambiental (ECA) para agua
Ley Nº 28804 21 de julio de
2006
Ley que regula la declaratoria de
Emergencia Ambiental
D. Leg. N° 1058 28 de Junio del
2008
Decreto Legislativo que promueve la
inversión en la actividad de generación
eléctrica con recursos hídricos y con otros
recursos renovables
R. LEG. 28417
Ratificado por D.S. 058-
2005-RE
11.12.04
12.08.04
Convenio de Rotterdam para la aplicación
del procedimiento de consentimiento previo
a ciertos plaguicidas y productos peligrosos
objeto de comercio internacional
Página 213
D.S. 016-2000-AG
modificado por R.M.
0476-2000-AG y R.M.
1216-2001-AG
08.05.2000 Reglamento para el registro y control de
plaguicidas de uso agrícola
D.S N°019 – 2012 – AG Aprueban Reglamento de Gestión del Sector
Agrario
Resolución Jefatural
054-96-INRENA.
20 de marzo del
1996
Estrategia Nacional para la conservación de
humedales en el Perú
I. MITIGACIÓN Y ADAPTACIÓN AL CAMBIO CLIMÁTICO
NORMA FECHA DE
PUBLICACION
SUMILLA
Convenio 27/03/1994 Convenio Marco de las Naciones Unidas
sobre cambio Climático.
Protocolo 01/01/1981
Protocolo de Montreal relativo a
sustancias agotadoras de la capa de
Ozono
R. Leg. N° 26185
Nueva York, 9 de
mayo de 1992
Normas Sobre Cambio Climático
D. S. N° 080-2002-RE 10 de diciembre de
1997
Protocolo de Kyoto de la Convención
Marco de las Naciones Unidas sobre el
Cambio Climático
D. S. N° 086-2003-PCM 24 de octubre del
2003
Aprueban la Estrategia Nacional sobre
Cambio Climático
D. S. N° 006-2009-
MINAM
27 de marzo del
2009
Precisan denominación de la Comisión
Nacional sobre el Cambio Climático y
adecúan su funcionamiento a las
disposiciones del Decreto Legislativo N°
1013 y a la Ley Orgánica del Poder
Ejecutivo, LOPE
Página 214
R. M. Nº 104-2009-
MINAM
15 de mayo del 2009
Aprueban Directiva “Procedimiento para
la Evaluación y Autorización de Proyectos
de Emisiones de Gases de Efecto
Invernadero (GEI) y Captura de Carbono”
R.M. 167-2010-MINAM
13/09/2010
Manual de Operaciones del Programa
Nacional de Conservación de Bosques
para la Mitigación del Cambio Climático –
“Conservación de Bosques”
J. DESARROLLO SOSTENIBLE DE LA AMAZONÍA
NORMA FECHA DE
PUBLICACION
SUMILLA
Ley 27037 30 de diciembre de
1998
Ley de promoción de la inversión en la
Amazonía
D.S. N° 015-2001-PCM
13/02/2001
Constituyen Comisión Especial
Multisectorial para las Comunidades
Nativas
DL. 22660 03/07/1978 Tratado de cooperación amazónica
RD. 017-2010/DP
31/12/2010
Aprueban Informe Defensorial Nº 151
denominado “La Política Forestal y la
Amazonía Peruana: Avances y
obstáculos en el camino hacia la
sostenibilidad”
D. Ley 22175
09 de mayo de
1978
Ley de comunidades nativas y desarrollo
agrario de la selva y de ceja de selva
Decreto Supremo Nº
003-79-AA
25 de enero de
1979
Reglamento de la Ley de Comunidades
Nativas y de Desarrollo Agrario de las
Regiones de Selva y Ceja de Selva
Decreto Ley Nº 22175
R. M. 147-2001-PE 01.05.01 Reglamento de ordenamiento pesquero
de la amazonia peruana
Página 215
Ley 23374 30/12/1981 Ley del instituto de investigaciones de la
amazonia peruana
Ley N° 28495
01 de marzo de
2008
Ley del Instituto Nacional de Desarrollo
de Pueblos Andinos, Amazónicos y
Afroperuanos
Ley Nº 27811
10 de agosto de
2002
Ley que establece el régimen de
protección de los conocimientos
colectivos de los pueblos indígenas
vinculados a los recursos biológicos
Decreto Supremo Nº
004-92-TR
25 de febrero de
1992
Reglamento del Título VII – Régimen
Económico de la Ley General de
Comunidades Campesinas
Ley Nº 24656
14 de abril de 1987 Declaran de necesidad nacional e interés
social y cultural el Desarrollo Integral de
las Comunidades
K. ORDENAMIENTO TERRITORIAL
NORMA FECHA DE
PUBLICACION
SUMILLA
Ley Nº 28611
15 de octubre
del 2005
Ley General del Ambiente. Ordenamiento
Territorial Ambiental
Decreto Supremo Nº
087-2004-PCM
23 de diciembre
de 2004
Reglamento de Zonificación Ecológica y
Económica
Decreto Supremo Nº
013-2009-MINAM
12 de junio del
2009
Modifican el artículo 14 del Reglamento de
Zonificación Ecológica y Económica
aprobado por Decreto Supremo Nº 087-
2004-PCM
Decreto Supremo Nº
023-2007-PCM
17 de marzo del
2008
Modifican el Reglamento de Zonificación
Ecológica y Económica - ZEE, aprobado por
D.S. Nº 087-2004-PCM
Página 216
Decreto Supremo Nº
088-2007-PCM
30/10/2007 Decreto Supremo que modifica la
conformación y amplía las funciones del
Comité Técnico Consultivo relacionado con
la Zonificación Ecológica y Económica y
Ordenamiento Territorial
R.M. 026-2010-MINAM 23/02/2010 Aprueban lineamientos de política para el
ordenamiento territorial
Ley N° 28245 05/06/2004 Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión
Ambiental
D.S. N° 008-2005-PCM 25/01/2005 Aprueban reglamento de la Ley 28245.
Ley 27308 15/07/2000 ley forestal y de fauna silvestre
Decreto del Concejo
Directivo N° 010-2006-
CONAM/CD
28/04/2006 Directiva: metodología para la ZEE
DU N° 012-2010 18/02/2010 Declaran interés nacional ordenamiento
minero en Dpto. Madre de Dios
2.- GESTION INTEGRAL DE LA CALIDAD AMBIENTAL
A. CONTROL INTEGRADO DE LA CONTAMINACION
NORMA FECHA DE
PUBLICACION
SUMILLA
D.S. 044-98-PCM 11/11/1998 Reglamento nacional para la
aprobación de los estándares de
calidad ambiental y límites máximos
permisibles
Ley 28611
Art. 24,25, 31,32,33
15/10/2005 Ley general del ambiente
Estándares de Calidad Ambiental y
Límites Máximos Permisibles
Ley 27972
Art. 9,7
27/05/2003 Ley orgánica de municipalidades: el
concejo municipal tiene la función de
aprobar el sistema de gestión
ambiental local.
Página 217
Ley 27446 25/09/2009 Sistema nacional de Estudio de
Impacto ambiental
D.S. 019-2009-MINAM 25/09/2009 Reglamento de ley 27446
Decreto Supremo Nº 29-
94-EM
08 de junio de
1994
Reglamento de Protección Ambiental
en las Actividades Eléctricas
Decreto Supremo Nº 016-
93-EM
15 de mayo de
1993
Reglamento para la Protección
Ambiental en las
Actividades Minero Metalúrgicas
Decreto Supremo Nº 020-
2008-EM
02 de abril de
2008
Reglamento Ambiental para las
actividades de
Exploración Minera
Ley Nº 26744
18 de enero de
1997
Ley sobre el Manejo Integrado sobre el
Control de Plagas
Ley N° 27446 25/09/2009 Ley de Sistema Nacional de
Evaluación de Impacto Ambiental.
B. CALIDAD DEL AGUA
NORMA FECHA DE
PUBLICACION
SUMILLA
Ley Nº 28611
15 de octubre del
2005
Ley General del Ambiente.
Estándares de Calidad Ambiental y
Límites Máximos Permisibles
Decreto Supremo N° 002-
2008 MINAM
31 de julio de 2008 Aprueban Estándares Nacionales
de Calidad Ambiental para Agua
Decreto Supremo Nº 023-
2009-MINAM
19 de diciembre del
2009
Aprueban disposiciones para la
implementación de los Estándares
Nacionales de Calidad Ambiental
(ECA) para agua
Resolución Ministerial N°
011-96-EM (13/Ene/96)
13 de enero de 1996 Aprueban los niveles máximos
permisibles para efluentes líquidos
para las actividades minero-
Página 218
metalúrgicas
Resolución Directoral N°
008-97-EM/DGAA
17 de marzo de 1997 Aprueba niveles máximos
permisibles para efluentes líquidos
producto de las actividades de
generación, transmisión y
distribución de energía eléctrica
Decreto Supremo N° 037-
2008-PCM
Deroga la RD N° 030-96-
EM/DGAA.
14 de mayo de 2008 Establecen Límites Máximos
Permisibles de efluentes Líquidos
para el Subsector Hidrocarburos
Decreto Supremo Nº 003-
2002-PRODUCE
04 de octubre de
2002
Aprueban Límites Máximos
Permisibles y valores referenciales
para las actividades industriales de
cemento, cerveza, curtiembre, papel
Decreto Supremo Nº 010-
2008-PRODUCE
30 de abril de 2008 Aprueban Límites Máximos
Permisibles de
Efluentes de la Industria de Harina y
Aceite de Pescado
D.S. N° 018-2010-AG 31/12/2010 Aprueban valores de los
retribuciones económicos y el uso
del agua.
C. CALIDAD DEL AIRE
NORMA FECHA DE
PUBLICACION
SUMILLA
Decreto Supremo N° 003-
2008 MINAM
21 de agosto de
2008
Aprueban Estándares Nacionales de
Calidad Ambiental para Aire
Decreto Supremo Nº 074-
2001-PCM
24 de Junio de 2001 Reglamento de estándares nacionales
de calidad ambiental del aire
Decreto Supremo Nº 012- 24/0672003 Modifican Reglamento de los Niveles
Página 219
2005-SA
de Estados de Alerta Nacionales para
Contaminantes de Aire
Ley Nº 28694 22/03/2006 Ley que regula el contenido de azufre
en el combustible Diesel
Decreto Supremo N° 069-
2003-PCM
15 de julio de 2003 Establecen Valor Anual de
Concentración de Plomo
Decreto Supremo N° 085-
2003-PCM
30 de octubre de
2003
Aprueban el Reglamento de
Estándares Nacionales
de Calidad Ambiental para Ruido
Decreto Supremo N° 010-
2005-PCM (03/Feb/05) "
" Publicado el
03 de febrero de
2005
Aprueban Estándares Nacionales de
Calidad Ambiental para Radiaciones
No Ionizantes
Resolución Ministerial N°
315-96-EM/VMM
19 de julio de 1996 Aprueba niveles máximos permisibles
de elementos y compuestos
presentes en emisiones gaseosas
provenientes de las unidades minero
metalúrgicas
Decreto Supremo Nº 003-
2002-PRODUCE
04 de octubre de
2002
Aprueban Límites Máximos
Permisibles y valores referenciales
para las actividades industriales de
cemento, cerveza, curtiembre, papel
Decreto Supremo Nº 010-
2008-PRODUCE
30 de abril de 2008 Aprueban Límites Máximos
Permisibles de Efluentes de la
Industria de Harina y Aceite de
Pescado
Decreto Supremo Nº 047-
2001-MTC
30 de octubre de
2001.
Establecen Límites Máximos
Permisibles de emisiones
contaminantes para vehículos
automotores que circulan en la red
vial
Decreto Supremo Nº 038-
2003-MTC
06 de julio de 2003 Establecen Límites Máximos
Permisibles de radiaciones no
ionizantes en telecomunicaciones
Página 220
D. RESIDUOS SOLIDOS
NORMA FECHA DE
PUBLICACION
SUMILLA
Ley N° 27314 20 de julio de
2000
Ley General de Residuos Sólidos
Decreto Legislativo N°
1065 - Decreto que
modifica la Ley N° 27314
28 de junio de
2008
Ley General de Residuos Sólidos
Decreto Supremo Nº 057-
2004-PCM
24 de julio de
2004
Reglamento de la Ley General de
Residuos Sólidos
Decreto Supremo N°002-
2013-MINAM
25/03/2013 Aprueban Estándares de Calidad
Ambiental (ECA) para suelo. Se
aprueban los nuevos ECAs para suelos,
aplicables a todo proyecto o actividad
que genere o pueda generar riesgos de
contaminación del suelo. Los titulares
con actividades en curso deberán
actualizar sus instrumentos de gestión
ambiental aprobados en concordancia
con los ECAs para suelo en un plazo no
mayor de 12 meses contados a partir de
la vigencia de esta norma.
D.S N°016 – 2012 – AG 14/11/2012 Aprueban el Reglamento de manejo de
los residuos sólidos del Sector Agrario
Ley Nº 29419 07 de octubre de
2009
Ley que regula la actividad de los
recicladores
E. SUSTANCIAS QUIMICAS Y MATERIALES PELIGROSOS
Página 221
NORMA FECHA DE
PUBLICACION
SUMILLA
Ley Nº 28256
18 de junio de
2004
Ley que Regula el Transporte Terrestre
de Materiales y Residuos
Peligrosos
Decreto Supremo 021-
2008-MTC
10 de junio de
2008
Reglamento nacional de transporte
terrestre de materiales y residuos
peligrosos
Decreto Supremo Nº 052-
93-EM
18/11/1993 Reglamento de Seguridad para el
Almacenamiento de Hidrocarburos.
Decreto Supremo Nº 026-
94-EM
10 de mayo de
1994
Reglamento para el transporte de
hidrocarburos
Decreto Supremo Nº 081-
2007-EM
21 de noviembre
de 2007
Reglamento para el transporte de
hidrocarburos por ductos
Decreto Supremo Nº 043-
2007-EM
22 de agosto de
2007
Reglamento de seguridad para las
actividades de hidrocarburos
Ley Nº 28694
22/03/2006 Ley que regula el contenido de azufre
en el combustible Diesel
Decreto Supremo Nº 042-
99-EM.
15 de setiembre
de 1999
Reglamento de distribución de gas
natural gas natural por red de ductos
Decreto Supremo N° 019-
97-ITINCI
01 de octubre de
1997
Reglamento de protección ambiental
para el desarrollo de
actividades de la industria
manufacturera
Ley Nº 28305
29 de julio de
2004
Ley de control de Insumos Químicos y
Productos Fiscalizados
Ley 29037
modifica a la Ley Nº
28305
12 de junio de
2007
Ley de control de Insumos Químicos y
Productos Fiscalizados
Página 222
Ley Nº 29251.
modificada por la Ley Nº
29037
09/07/2008 Ley que modifica la Ley Nº 28305, Ley
de Control de Insumos Químicos y
Productos Fiscalizados
Decreto Supremo Nº 053-
2005-PCM
07 de agosto de
2005
Aprueban Reglamento a la Ley Nº
28305 que regula el control de Insumos
Químicos y Productos Fiscalizados
Decreto Supremo Nº 014-
2006-PCM
30 de setiembre
de 2006
Modifican la primera disposición final y
transitoria del Reglamento de la Ley Nº
28305 que regula el control de insumos
químicos y productos fiscalizados, sobre
plazo de adecuación al reglamento
Decreto Supremo Nº 064-
2006-PC
30 de setiembre
de 2006
Modifican el DS Nº 014-2006-PCM,
sobre fecha de adecuación al
Reglamento de la Ley Nº 28305
Decreto Supremo Nº 084-
2006-PCM
23 de noviembre
de 2006
Modifica el DS. Nº 053-2005-PCM
Reglamento de la ley de
control de insumos químicos y
productos fiscalizados
Decreto Supremo Nº 092-
2007-PCM
19 de noviembre
de 2007
Aprueban normas reglamentarias a la
Ley Nº 29037 que modifica la Ley Nº
28305 - Ley de control de insumos
químicos y productos fiscalizados
F. CALIDAD DE VIDA EN AMBIENTES URBANOS
NORMA FECHA DE
PUBLICACION
SUMILLA
Ley Nº 26878 19/11/1997 Ley General de Habitaciones Urbanas
Ley N° 26842 20/07/1997 Ley General de salud.
D.S. N° 087-2004-PCM 16/12/2004 Reglamento de Zonificación Ecológica
y Económica
Página 223
3.- GOBERNANZA AMBIENTAL
A. INSTITUCIONALIDAD
NORMA FECHA DE
PUBLICACION
SUMILLA
DL 1013 Publicado el 14 de
mayo de 2008
Ley de creación, organización y
funciones del MINAM
DS. 007-2008-MINAM 06 de diciembre
de 2008
Reglamento de organización y
funciones del MINAM
DS 031-2008-AG
11 de diciembre
de 2008
Reglamento de organización y
funciones del MINAG
R.M N° 0428-2012-AG 10/11/2012 Encargan la representación del
Ministerio ante el Consejo Directivo
del servicio Nacional Forestal y de
Fauna Silvestre – SERFOR
Decreto Legislativo - Nº
1085
28 de junio del
2008
Ley que crea el Organismo de
supervisión de los recursos forestales
y de fauna silvestre – OSINFOR
DS 065-2009-PCM
08 de octubre del
2009
Reglamento de organización y
funciones del OSINFOR
DS 024-2010-PCM
28 de junio del
2008
Reglamento de decreto legislativo
1085, ley que crea OSINFOR
DS 022-2009-MINAM
07 de enero de
2009
Reglamento de organización y
funciones del OEFA
Ley Nº 28245
04 de junio de
2004
Ley Marco del Sistema Nacional de
Gestión Ambiental.
Decreto Supremo N° 008-
2005-PCM
28 de enero de
2005
Aprueban Reglamento de la Ley N°
28245, Ley Marco
del Sistema Nacional de Gestión
Ambiental
Decreto Supremo N° 009-
2009-MINAM
15 de mayo de
2009
Medidas de Ecoeficiencia para el
Sector Público
Página 224
Ley N° 24031
15 de diciembre
de 1984
Ley Orgánica del Servicio Nacional
de Meteorología e Hidrología
Ley 23374
31 de diciembre
de 1981
Ley del Instituto de Investigaciones
de la Amazonía Peruana
Ley N° 26793
22 de mayo de
1997
Ley de creación del Fondo Nacional
del Ambiente
Decreto Supremo Nº 026-
2001-ED
27 de abril de
2001
Aprueban la Reestructuración
Organizativa Institucional y el
Reglamento de Organización y
Funciones del Instituto Geofísico del
Perú
Decreto Supremo Nº 006-
2008-MINAM
15 de noviembre
de 2008
Reglamento de Organización y
Funciones del Servicio
Nacional de Áreas Protegidas por el
Estado – SERNANP
Decreto Supremo Nº 031-
2007-EM
26 de junio de
2007
Reglamento de Organización y
Funciones del Ministerio de Energía y
Minas y modificación. D.S. Nº .Nº
026-2010-EM.
D.S N° 039-2008-AG.
21 de diciembre
de 2008
Autoridad Nacional del Agua.
Aprueban Reglamento de
Organización y Funciones de la
Autoridad Nacional del Agua – ANA
Decreto Supremo Nº 004-
2010-EM
03 de febrero de
2010
Transfieren a OSINERGMIN el
Registro de Hidrocarburos
Ley N° 29325
05 de marzo de
2009
Ley del Sistema Nacional de
Evaluación y Fiscalización Ambiental
B. CULTURA, EDUCACION Y CIUDADANIA AMBIENTAL
NORMA FECHA DE
PUBLICACION
SUMILLA
Página 225
Ley Nº 28044 29 de julio de
2003
Ley General de Educación
D.S. N° 011-2012-ED 07/07/2012 Reglamento de la Ley General de
educación
Decreto Supremo N° 009-
2009-MINAM
15 de mayo de
2009
Medidas de Ecoeficiencia para el Sector
Público
D.S N° 0210-AG
18/03/1974 Reconocer en el Perú el 21 de Marzo de
cada año como el “Día Forestal
Mundial”
R.M N° 506-2010-AG 20/08/2010 Lineamientos técnicos para caza o
extracción sanitaria y disposición de
despojos
Decreto Supremo Nº 002-
2009-Minam
17 de Enero de
2009
Reglamento sobre Transparencia,
Acceso a la Información Pública
Ambiental y Participación y Consulta
Ciudadana en Asuntos Ambientales
Ley Nº 26744 18 de enero de
1997
Ley sobre el Manejo Integrado sobre el
Control de Plagas
C. INCLUSION SOCIAL EN LA GESTION AMBIENTAL
NORMA FECHA DE
PUBLICACION
SUMILLA
Ley Nº 28611
15 de octubre del
2005.
Ley General del Ambiente. Participación
e Información Ambiental
Decreto Supremo Nº
028-2008-EM
27 de mayo de 2008
Aprueban normas que regulan el
proceso de participación ciudadana en
el subsector minero
Resolución
Ministerial N° 304-
2008-MEM/DM
26 de junio de 2008 Norma que regula el proceso de
Participación Ciudadana en el Sub
Sector Minero
Página 226
Decreto Supremo Nº
012-2008-EM
20 de setiembre de
2008
Reglamento de participación ciudadana
para la realización de actividades de
Hidrocarburos
D.S N°018 – 2012 –
AG
14/11/2012 Aprueban Reglamento de Participación
Ciudadana para la evaluación,
aprobación y seguimiento de
instrumentos de Gestión Ambiental del
Sector Agrario
Resolución Directoral
Nº 006-2004-MTC
16 de Enero de
2004
Aprueban Reglamento de Consulta y
Participación Ciudadana en el Proceso
de Evaluación Ambiental y Social en el
Subsector Transportes
Resolución Directoral
Nº 455-2006/DCG.
3 noviembre 2006 Normas sobre la Consulta y la
Participación Ciudadana en el Proceso
de Evaluación de Estudios de Impacto
Ambiental presentados ante la Dirección
General de Capitanías y Guardacostas
4.- COMPROMISOS Y OPORTUNIDADES AMBIENTALES
INTERNACIONALES
A. COMPROMISOS INTERNACIONALES
NORMA FECHA DE
PUBLICACION
SUMILLA
DS. 080-2002-RE 10/12/1997 Protocolo de Kyoto de las naciones unidas
sobre cambio climático
RL.26185
09/05/1992 Convención marco de las Naciones Unidas
sobre cambio climático
RL. 26181 12/06/1992 Convenio sobre diversidad biológica
D. LEY. 21080
21/01/1975 Convención sobre Comercio Internacional de
Especies Amenazadas
DS. 020-2010-RE 12/0372010 Convenio básico de cooperación técnica y
Página 227
científica entre Perú y Brasil
DS. 022-2010-RE
Acuerdo complementario del convenio básico
de cooperación técnica y científica con Brasil
D.LEY 21080 21/01/1975 Ratifica la Convención sobre el comercio
internacional de especies amenazadas de flora
y fauna-CITES
R. LEG. 23349 18/12/1981 Aprueba la convención para la protección del
patrimonio mundial, cultural y natural
D.S. 002-97-RE Ratifica la convención para la conservación de
especies migratorias de animales silvestres
D LEG. 25353 Aprueba la convención relativa a los humedales
de importancia internacional, especialmente
como habitad de aves acuáticas (RAMSAR)
R. SUP. 938 31.12.41 aprueban la convención para la protección de la
flora, de la fauna y de las bellezas escénicas
naturales de los países de américa
D.LEY 22660 Aprueban el tratado de cooperación económica
R. LEG. 27176 Aprueban el convenio para la conservación y
manejo de la vicuña
DECISIÓN 523 CAN Estrategia regional de biodiversidad de países
del trópico andino
D.S. 012-2003-RE Ratifica el tratado internacional sobre recursos
filogenéticos para la agricultura y la
alimentación
R. LEG. 28170 Aprueba el protocolo de Cartagena sobre
seguridad de la biotecnología del convenio
sobre diversidad biológica
R. LEG. 26515 Aprueban el convenio internacional de maderas
tropicales
R LEG. 26863 Aprueba el tratado de prohibición completa de
ensayos nucleares, sus anexos, su protocolo y
sus anexos
Página 228
R.S. 622 15-12-1986 Aprueba el convenio internacional sobre
responsabilidad civil por daños causados por la
contaminación de las aguas del mar por
hidrocarburos
B. AMBIENTE , COMERCIO Y COMPETITIVIDAD
NORMA FECHA DE
PUBLICACION
SUMILLA
Ley 29316 14/01/2009 ley que modifica, incorpora y regula
diversas disposiciones a fin de
implementar el acuerdo de promoción
comercial suscrito entre Perú y Estados
Unidos
DS 016-2009-AG Aprueban Régimen Excepcional para
promover la competitividad del sector
forestal frente a la crisis externa para el
período 2009 – 2011
Ley 28054 08 de agosto del
2003
Ley de Promoción del Mercado de
Biocombustibles.
Decreto Supremo Nº
13-2005-EM
31 de marzo de
2005
Reglamento de la Ley Nº 28054 - Ley de
Promoción del Mercado de
Biocombustibles.
Ley 29316 14/01/2009 ley que modifica, incorpora y regula
diversas disposiciones a fin de
implementar el acuerdo de promoción
comercial suscrito entre Perú y Estados
Unidos
DS. 009-2011-AG Aprueban el Plan Nacional Anticorrupción
del Sector Forestal y de Fauna Silvestre
Ley 28852 Ley de promoción de la inversión privada
Página 229
en reforestación y agroforestería
RL. 28766 Acuerdo de Promoción Comercial Perú –
EE.UU
Decreto Legislativo
Nº 757
13 de noviembre
de 1991
Ley Marco para el Crecimiento de la
Inversión Privada.
7.- ¿POR QUE SON IMPORTANTES LAS POLITICAS PUBLICAS?
Las políticas públicas son importantes porque:
. Tienen que ver con los procesos de toma de decisiones respecto del
hacer o no hacer del Estado, al ser las políticas públicas parte
fundamental del proceso político.
. Atienden la agenda gubernamental y la agenda pública.
. Contienen decisiones que afectan, de manera positiva o negativa,
nuestra vida.
. Brindan una guía para la inversión pública. Se calcula que 30 de cada
100 nuevos soles de la inversión total proviene del Estado, por lo que
su rol es muy importante en la actividad económica y el logro de los
objetivos de desarrollo. Por eso, la inversión pública y las políticas
públicas deben ir de la mano, ya que estas últimas nos dan criterio de
priorización en qué invertir. En ese sentido, la inversión debe orientarse
de acuerdo a los objetivos estratégicos y lineamientos generales
definidos en el Acuerdo Nacional, las políticas públicas nacionales,
regionales y locales.
Página 230
LEY 28611
Es importante conocer las bondades de esta Ley, pues como se podrá apreciar
mas adelante, cuenta con una regulación completa y sistemática respecto a la
Política Nacional Ambiental, gestión ambiental, los sujetos que intervienen en la
gestión ambiental, la integración de la legislación ambiental y la
responsabilidad por el daño ambiental. Esta ley consagra además los principios
del Derecho Ambiental referidos al derecho y deber fundamental de un
ambiente equilibrado.
Siendo así, las disposiciones contenidas en la Ley General del Ambiente (LGA)
son de obligatorio cumplimiento para toda persona natural, jurídica, pública o
privada, dentro del territorio nacional.
La Ley General del Ambiente, toma aun más importancia, en el marco del
cambio climático que se viene percibiendo a nivel mundial. Al respecto el
Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA)73, viene realizando
trabajos en el desarrollo de un medio ambiente sostenible y adecuado.
73 VASQUEZ, Lucia (2014) La ONU y la COP 20. Boletín del Sistema de las Naciones Unidas en el
Perú. Lima. < http://onu.org.pe/cop 20/ >. En el UNFPA, proponemos una interpretación diferente de esta
relación. Son las dinámicas poblacionales, (tamaño, composición y nivel de desarrollo de las poblaciones)
las que tienen un efecto directo en el cambio climático. Por ello, es importante tomarlas en cuenta para
determinar las estrategias de mitigación, adaptación y prevención a implementar frente a este fenómeno.
Página 231
REFERENCIA BIBLIOGRÁFICA
ALEMAN BRACHO, Carmen; GARCES FERRER, Jorge (1997) Política Social.
Madrid. Edt. Cristina Casado Lumbreras.
Campos Bernal, H. J. (2014). Cometario al Certirari informal del Tribunal
Constitucional. Dialogo con la Jurisprudencia Nº 192. Lima, Peru: Dialogo.
NEYRA FLORES, José Antonio (2010) Manual del Nuevo Proceso Penal & de
Litigación Oral. Lima. Editorial Moreno S.A.
PNUMA. La Politica Nacional del Ambiente y su marco jurídico institucional en
America Latina. Nairobi, KE: PNUMA, 1982
VASQUEZ, Lucia (2014) La ONU y la COP 20. Boletín del Sistema de las
Naciones Unidas en el Perú. Lima. < HYPERLINK
"http://onu.org.pe/cop%2020/" http://onu.org.pe/cop 20/ >.
Fuente web: http: /www.peruecológico.com .pe/sostenibilidad/
Fuente: Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI)
Página 232
I. SUELO
1.1 CONCEPTO DE SUELO (UNA PECULIAR DIFERENCIA CON LA
DENOMINACION TIERRA)
La palabra suelo se deriva del latin solum, que significa suelo, tierra o parcela. Sin
embargo, su definición es muy compleja y depende del enfoque que se le dé, de
acuerdo a la actividad a que se le dedique y desde el punto de vista que se le requiera,
pero la mayoría de ellas tienen un común denominador de ser el medio para el
crecimiento de las plantas. (HERRERA T.A., 2010)
Agronómicamente, el suelo es considerado como un cuerpo natural dinámico,
compuesto de una masa de material inorgánica, que contiene dos coloides de
naturaleza inorgánico y orgánico, animales y plantas muertas y vivos, agua y gases en
cantidades variables y de algunas forma balanceada; que permiten el crecimiento
delas plantas. (HERRERA T.A., 2010).
Para el agricultor, el suelo es algo más práctico y es el lugar donde crecen sus cultivos
y se obtienen cosechas. Para el minero, el mejor suelo es aquel que posee el más rico
yacimiento mineral, el mismo que lo explota o vende para obtener grandes utilidades,
para el civil es aquel que sirva como soporte para caminos o edificaciones, para el
zootecnista el suelo es base para el crecimiento de pastos y pastizales, necesarios
para la alimentación de los animales y para el ama de casa el suelo es el medio para
la producción de flores y plantas ornamentales. (HERRERA T.A., 2010)
Al hablar de suelo muchas veces las personas lo relacionamos con la palabra tierra e
incluso confundimos sus conceptos o sucede que pensamos que significan lo mismo,
pero entre suelo y tierra existe una relación género a especie, por lo tanto suelo es
toda aquella superficie terrestre, espacio capaz de soportar los cuerpos que son
atraídos por la fuerza de la gravedad. Mientras que por tierra debe entenderse muy
claramente que esta palabra se aplica a aquel suelo con aptitud para el cultivo la
ganadería y la producción forestal, es decir, aquel suelo que es fértil gracias a la flora y
fauna microbianas que lo hacen orgánico. Si bien es común usar ambos términos
como sinónimos, es preferente usar el término tierra cuando nos referimos al suelo
renovable. Tierra.- según el reglamento de clasificación de tierras este término
involucra a los componentes clima (zona de vida), suelo y relieve (ANDALUZ W.C.,
2011).
El suelo es un recurso natural que corresponde a la capa superior de la corteza
terrestre. Contiene agua y elementos nutritivos que los seres vivos utilizan. El suelo es
vital, ya que el ser humano depende de él para la producción de alimentos, la crianza
de animales, la plantación de árboles, la obtención de agua y de algunos recursos
Página 233
minerales, entre otras cosas. En él se apoyan y nutren las plantas en su crecimiento y
condiciona, por lo tanto, todo el desarrollo del ecosistema74.
Del recurso suelo; El Estado es responsable de promover y regular el uso sostenible
del recurso suelo, buscando prevenir o reducir su pérdida y deterioro por erosión o
contaminación. Cualquier actividad económica o de servicios debe evitar el uso de
suelos con aptitud agrícola, según lo establezcan las normas correspondientes. (LEY
GENERAL DEL AMBIENTE N. 28611 publicado el 15 de octubre del 2005 art. 91)
Es un recurso de libre acceso; “Los habitantes de una zona geográfica, especialmente
los miembros de las comunidades campesinas y nativas, pueden beneficiarse,
gratuitamente y sin exclusividad, de los recursos naturales de libre acceso del entorno
adyacente a sus tierras, para satisfacer sus necesidades de subsistencia y usos
rituales, siempre que no existan derechos exclusivos o excluyentes de terceros o
reserva del Estado. Las modalidades ancestrales de uso de los recursos naturales son
reconocidas, siempre que no contravengan las normas sobre protección del ambiente”.
(LEY N° 26821 - LEY ORGÁNICA PARA EL APROVECHAMIENTO SOSTENIBLE DE
LOS RECURSOS NATURALES, Publicado el 26 de junio de 1997 art. 17)
En nuestra constitución se hace una pequeña referencia sobre suelo definiéndolo
como un componente del territorio; “El territorio del Estado es inalienable e inviolable.
Comprende el suelo, el subsuelo, el dominio marítimo, y el espacio aéreo que los
cubre”. (Art. 54 de la Constitución política del Perú 1993)
En la ley de tierras en su artículo 2 da un concepto de tierras en el marco
constitucional y en el régimen agrario y menciona que este comprende todo predio
susceptible de tener uso agrario. Entre otras están comprendidas “las tierras de uso
agrícola, de pastoreo, las tierras con recursos forestales y de fauna, las tierras eriazas,
así como, las riberas y márgenes de álveos y cauces de ríos; y en general cualquier
otra denominación legal que reciba el suelo del territorio peruano.” (LEY DE TIERRAS
N. 26505)
Nuestro código civil en el artículo 136. En la sección de comunidades campesinas y
nativas referencia el carácter de las tierras con respecto a esta figura; “las tierras
campesinas son inalienable, imprescriptibles e inembargables” se presume que son
propiedad comunal las tierras poseídas de acuerdo al reconocimiento e inscripción de
la comunidad. Y otro concepto que por si nos da nuestro código civil con respecto a
suelo es el que se encuentra en el artículo 885 mencionando que el suelo es un bien
inmueble.
74 (LEY GENERAL DEL AMBIENTE N. 28611 publicado el 15 de octubre del 2005 art. 91)
Página 234
TIERRA UN RECURSO RENOVABLE
Se dice que la tierra es un recurso renovable por la flora y fauna
microbiana que se da en nuestro planeta y a consecuencia le da
fertilidad y tienen la capacidad de renovarse.
Sin embargo en muchos lugares se da un mal uso o un uso no
sostenible por abuso de capacidad de carga, lo que causa su
degradación debido que se regenera a si misma en forma muy lenta.
Se calcula que a la naturaleza renovar 2,5 centímetros de la tierra le
puede tomar, bajo condiciones normales, entre 200 y 700 años.
DEGRADACION DE LA TIERRA
NIVEL DE DEGRADACION DE LA TIERRA
1.2 DEGRADACIÓN DE LA TIERRA
La degradación de la tierra está ocurriendo en todo el mundo y en casi todos los
ecosistemas, este proceso tiene consecuencias severas sobre el medio ambiente y el
potencial biológico y económico de la tierra para soportar la población y su bienestar.
Uno de los mecanismos más importantes de la degradación de la tierra, que envuelve
a todo el ecosistema, es la erosión del suelo. (ALMOROX A., LOPEZ F., Y RAFAELLI
S., 2010).
El suelo es un recurso natural fundamental, único, frágil, imprescindible para la
vegetación, para la sostenibilidad global, para el soporte y la calidad de vida, sin este
recurso no puedo haber prosperidad, ni progreso. Bajo ecosistemas de regiones
áridas, semiáridas y subhúmedas secas, es un recurso no renovable que está
sometido a una fuerte presión antrópica, que es necesario proteger para poder
garantizar un desarrollo durable. Su deterioro es, casi siempre, irreversible y de graves
consecuencias para el medio natural y las poblaciones. Pese a su papel fundamental,
el suelo está cada vez más amenazado por una serie de actividades humanas que
pueden contribuir a su degradación (ALMOROX A., LOPEZ F., Y RAFAELLI S., 2010).
La degradación del suelo es un proceso que disminuye la capacidad actual y potencial
del suelo para producir bienes y servicios (cuantitativa y cualitativamente). No es
necesariamente continuo, sino que puede ocurrir en un periodo relativamente corto
entre dos estados de equilibrio ecológico (LEDESMA, 1995).
Actualmente el nivel de degradación de origen humano existente en el mundo es
superior a la renovación natural de la tierra. EL FMAM y FIDA estiman que su
Página 235
superficie ha llegado a 10 millones 350 mil kilómetros cuadrados debido a la erosión
hídrica (45%), erosión eólica (42%), deterioro químico (10%), y deterioro físico de la
estructura del suelo (3%). La degradación de la tierra es una amenaza para los medios
de subsistencia de mil millones de habitantes en el mundo y se estima que la
degradación causada por el cultivo excesivo, el sobrepastoreo, la deforestación y el
riego inadecuado afecta a un 20 % de la tierras secas en el mundo, esto significa en
comparación a una superficie equivalente a la de china.
Según la Convención de las Naciones Unidas de Lucha Contra la Desertificación, por
degradación de tierras, se entiende a la reducción o pérdida de la productividad
biológica o económica. Comprende la erosión de suelos, el deterioro de las
propiedades físicas, químicas y biológicas o de las propiedades económicas del suelo
y la perdida duradera de la vegetación natural (ANDALUZ W.C., 2011).
Actualmente el nivel de degradación de origen humano existente en el mundo es
superior a la renovación natural de la tierra. El planeta tierra tiene una superficie total
de 510 millones de km2, de los que 141 millones están constituidos por tierra firme
(suelo). Un 35% de la misma, según cálculos de la PNUMA, corre riesgo de
desertificación, lo que pone en riesgo también la supervivencia de 850 millones de
personas. Solo 12.4 millones de km2 constituye tierra cultivable y de esas 6 millones
ya están afectadas en algún grado por la desertificación.
El panorama se torna desolador cuando advertimos que, adicionalmente a la
degradación que se da en nuestra planeta de forma desmesurada se tiene que
agregar también el crecimiento excesivo de la población humana, hecho que explica la
alarmante relación entre recurso tierra y habitantes en el planeta. En el Perú la
relación en 1975 que era de 0.31 habitante con la del año 2000 que fue de 0.15
habitante. En veinticinco años la tierra cultivable disponible por habitante se ha
reducido en más de la mitad. Esta relación es una de las más bajas entre los países
en desarrollo.
Estudiando estas cifras la historia nos muestra múltiples ejemplos de los perniciosos
cambios producidos por la degradación de la tierra.
África septentrional fue un granero durante el imperio romano, hoy es
uno de los desiertos más áridos del mundo;
Posiblemente el Sahara no es más que la consecuencia de la acción
del hombre: sobrepastoreo y riego defectuoso aunado a una
probable alteración de los vientos.
Irak hoy solo se cultiva el 20% de su suelo y a lo largo del territorio se
encuentran ciudades y obras de riego llenas de cieno.
Las colinas de Nepal han sido abandonadas en mas de 40% de su
superficie por que la capa fértil ha sido arrastrada por el agua.
Página 236
El Salvador está sufriendo una erosión acelerada en las tres cuartas
partes de su territorio y vive fundamentalmente de la agricultura.
Chile tiene un 40% de su territorio no aprovechable para la
agricultura y perdió otro 35% por el mal uso de sus tierras y la
deforestación.
Esta realidad no es ajena al Perú; con el agravante que por ser nuestro país de
ancestral tradición agrícola, la pérdida por degradación antrópica de sus escasas
tierras de cultivo hacen que la situación se torne dramática. Detener o revertir este
galopante proceso de degradación supone un aprovechamiento sostenible de este
recurso.
IMPORTANCIA DE LA TIERRA
Es importante ya que es un recurso que brinda múltiples bienes y servicios al hombre,
como son:
desde servirle de sostén para su libre desplazamiento (dado que
estamos bajo el influjo de la fuerza de atracción de la gravitacional),
como fuente de materias primas para su alimentación, vestido, etc.
como lugar donde edificar una morada,
como elemento de recreación,
como sostén de los bosques y su diversidad biológica,
como prestador de servicios ambientales, etc.
Resulta entonces obvio que el hombre no podría vivir y menos enseñorearse del
planeta, sin los bienes y servicios que le brinda la tierra.
Para la conservación de la biodiversidad y el mantenimiento de la vida humana, según
la resolución 2.59 sobre aspectos jurídicos del uso sostenible de los suelos; aprobada
en el congreso mundial de la naturaleza (Amman 2000); son funciones ecológicas
de los suelos:
la producción de biomasa y la actividad de filtrado, amortiguación y
transformación entre la atmósfera, las aguas freáticas y la cobertura
vegetal.
Los suelo como habitad biológico y reserva genética.
Los suelos como una base especial para estructuras técnicas,
industriales o socioeconómicas y su desarrollo.
Los suelos como fuentes de materias primas.
Página 237
El suelo además de prestar valiosos servicios ambientales, en materia de distintos
usos, que están en función de las necesidades que el ser humano requiere satisfacer;
así, será destinado a usos agrarios forestales, urbanos, industriales, mineros,
recreativos, de conservación, etc.
En la mayoría de casos los usos resultan excluyentes, es decir, o es urbano o es
agrario, es agrario o es minero, es agrario o forestal, etc. Excepcionalmente pueden
coexistir más de un uso: agrario y minero metálico, urbano y agrario (casa-huerta),
urbano y recreacional, agrario y recreacional, etc.
Según esta característica que es de carácter excluyente obliga a diseñar un orden
jerárquico en los usos, prefiriéndose unos respecto de otros (uso agrario frente al
minero no metálico), establecer una correcta asignación de los distintos usos según la
aptitud de los diversos tipos de suelos y las necesidades de la colectividades, teniendo
presente condicionamientos de orden natural (climáticos, topográficos, edáficos, etc.)
social, económico y cultural (arraigo de ciertas costumbres, mercado). Esto se conoce
como ordenamiento territorial.
La falta o la inadecuada implementación de normas, planes y estructuras
administrativas desembocan en el uso caótico del suelo, lo que normalmente se
traduce en la degradación de este recurso y en una merma de las condiciones del
ambiente para una vida digna.
1.2.1. EFECTOS DE LA DEGRADACION DE LA TIERRA
Las consecuencias más visibles se observan en: la disminución de la producción
alimentaria, merma de materias primas provenientes de los predios rústicos,
destrucción de pastizales, disminución de la calidad de vida, perdida de la
biodiversidad, alteración del clima por la presencia de partículas de polvo que
contribuyen a la formación de nubes, entre otros (ANDALUZ W.C., 2011).
El sector agropecuario representa: El 9% del P.I.B., el 30% de la Población
Económicamente Activa (P.E.A) y el 9% de exportaciones.
El CONAM dijo “La Ausencia de una adecuada zonificación del territorio impide una
coexistencia perfecta de las áreas residenciales con las industriales. Este uso
inadecuado del suelo responde a la falta de ordenamiento territorial. La legislación
para combatir la degradación de la tierra resulta insuficiente, es necesario impulsar
una legislación integrada de conservación y aprovechamiento de tierras, creando un
régimen especial para las tierras de uso agrario ubicadas fuera de las grandes
ciudades e impedir su ilegal cambio de uso urbano.
1.2.2 LA LEGISLACION PERUANA VIGENTE EN CUANTO A LA DEGRADACION
DE LA TIERRA
Página 238
La única norma administrativa que prevé sanciones para el cambio irregular de uso
forestal o protección a usos agrarios es el Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna
Silvestre, empero, no hay norma alguna que sancione el cambio de tierras de aptitud
para pastoreo a cultivo perenne o limpio ni de cultivo perenne a en limpio. (ANDALUZ
W. C., 2011).
1.2.3 CAUSAS PRINCIPALES DE DEGRADACIÓN DE LAS TIERRAS
Son la deforestación, la agricultura y el sobrepastoreo con porcentajes casi
equilibrados. El nivel de degradación de los suelos del Altiplano está condicionada
principalmente por la cubierta vegetativa (pastos naturales). (ANDALUZ W. C., 2011).
1.2.4 TIPOS DE DEGRADACIÓN
Existen muchos tipos de degradación, sin embargo pueden ser agrupados en 6
1.- Erosión hídrica (consiste en el desprendimiento y arrastre acelerado de partículas
minerales y orgánicas del suelo por acción de agua).
2.- Erosión eólica (es el desgaste de las rocas o la remoción del suelo debido a la
acción del viento).
3.- Exceso de sales (salinización y dosificación)
4.- Degradación química (incluye procesos de lixiviación de bases intercambiables y la
formación de toxicidad diferentes debido al exceso de sales).
5.- Degradación física (cambios adversos producidos por las propiedades físicas de
los suelos, principalmente por la pérdida de agregados, porosidad, permeabilidad,
densidad aparente, etc.).
6.- Degradación biológica (depende del contenido del humus y de la velocidad de su
mineralización) (LEDESMA, 1995 y ANDALUZ W. C., 20011).
1.3 CLASIFICACIÒN DE TIERRAS
La clasificación más utilizada es:
Suelos arenosos: están formados principalmente por arena. Son suelos
que no retienen agua. Tienen muy poca materia orgánica y no son aptos
para la agricultura.
Suelos arcillosos: principalmente están formados por arcilla, de granos
muy finos color amarillento, retienen el agua formando charcos. Si se
mezclan con humus pueden ser buenos para cultivar.
Suelos calizos: Tienen abundancia de sales calcáreas. Son de color
blanco, son secos y áridos y no son buenos para la agricultura.
Suelos pedregosos: Formados por rocas de todos los tamaños. No
retienen el agua y no son buenos para el cultivo.
Página 239
Suelos humíferos: En su composición abunda la materia orgánica en
descomposición o descompuesta (humus). Son de color oscuro, retienen
bien el agua y son buenos para el cultivo. (CRESPO V.C., 2004,)
1.4 GRUPOS DE CAPACIDAD DE USO
Tierras Aptas para Cultivo en Limpio (Símbolo A): Reúne a las tierras
que presentan características climáticas, de relieve y edáficas para la
producción de cultivos en limpio que demandan remociones o araduras
periódicas y continuadas del suelo. Estas tierras, debido a sus
características ecológicas, también pueden destinarse a otras
alternativas de uso, ya sea cultivos permanentes, pastos, producción
forestal y protección, en concordancia a las políticas e interés social del
Estado, y privado, sin contravenir los principios del uso sostenible.
Tierras Aptas para Cultivos Permanentes (Símbolo C): Reúne a las
tierras cuyas características climáticas, relieve y edáficas no son
favorables para la producción de cultivos que requieren la remoción
periódica y continuada del suelo (cultivos en limpio), pero permiten la
producción de cultivos permanentes, ya sean arbustivos o arbóreos
(frutales principalmente). Estas tierras, también pueden destinarse, a
otras alternativas de uso ya sea producción de pastos, producción
forestal, protección en concordancia a las políticas e interés social del
Estado, y privado, sin contravenir los principios del uso sostenible.
Tierras Aptas para Pastos (Símbolo P): Reúne a las tierras cuyas
características climáticas, relieve y edáficas no son favorables para
cultivos en limpio, ni permanentes, pero sí para la producción de pastos
naturales o cultivados que permitan el pastoreo continuado o temporal,
sin deterioro de la capacidad productiva del recurso suelo. Estas tierras
según su condición ecológica (zona de vida), podrán destinarse también
para producción forestal o protección cuando así convenga, en
concordancia a las políticas e interés social del Estado, y privado, sin
contravenir los principios del uso sostenible.
Tierras Aptas para Producción Forestal (Símbolo F): Agrupa a las tierras
cuyas características climáticas, relieve y edáficas no son favorables
para cultivos en limpio, permanentes, ni pastos, pero, sí para la
producción de especies forestales maderables. Estas tierras, también
pueden destinarse, a la producción forestal no maderable o protección
cuando así convenga, en concordancia a las políticas e interés social del
Estado, y privado, sin contravenir los principios del uso sostenible.
Tierras de Protección (Símbolo X): Están constituidas por tierras que no
reúnen las condiciones edáficas, climáticas ni de relieve mínimas
requeridas para la producción sostenible de cultivos en limpio,
permanentes, pastos o producción forestal. En este sentido, las
limitaciones o impedimentos tan severos de orden climático, edáfico y de
Página 240
relieve determinan que estas tierras sean declaradas de protección. En
este grupo se incluyen, los escenarios glaciáricos (nevados),
formaciones líticas, tierras con cárcavas, zonas urbanas, zonas mineras,
playas de litoral, centros arqueológicos, ruinas, cauces de ríos y
quebradas, cuerpos de agua (lagunas) y otros no diferenciados, las que
según su importancia económica pueden ser destinadas para
producción minera, energética, fósiles, hidroenergía, vida silvestre,
valores escénicos y culturales, recreativos, turismo, científico y otros que
contribuyen al beneficio del Estado, social y privado (ANDALUZ W. C.,
2011).
1.4.1 LAS CATEGORIAS DE CLASE Y SUBCLASE DEL SISTEMA
La segunda categoría del sistema es la clase de capacidad de uso mayor de las tierras
y reúne a unidades de suelos según su calidad agrologica dentro de cada grupo. La
calidad agrologica es la síntesis de las propiedades dominantes de fertilidad,
condiciones físicas, relaciones agua-suelo, las características de relieve y climáticas; y
representa el resumen de la potencialidad del suelo para producir plantas especificas o
secuencias de ellas bajo un definido conjunto de prácticas de manejo. Se han
establecido tres clases de calidad agrologica: Alta, media, baja.
La tercera categoría del sistema es la Subclase de Capacidades de Uso Mayor de las
Tierras, establecida en función de factores limitantes, riesgos y condiciones especiales
que restringen o definen el uso de las tierras. En tal sentido, agrupa las tierras de
acuerdo al tipo de limitación o problema del uso de las tierras. Han sido reconocidos
seis tipos de limitación fundamentales: Limitación por suelo, sales, topografía, drenaje,
riesgo de inundación y clima.
En el sistema también se reconocen tres condiciones especiales: Uso temporal,
Terraceo o andenería y riesgo permanente o suplementario (ANDALUZ W. C., 2011).
¿ES POSIBLE CAMBIAR LOS USOS DE LA TIERRA?
Cuando la rentabilidad económica es mayor, se puede cambiar el uso de apto para
cultivo en limpio (A) por cualquiera de los otros usos (C, P, F o X); o pasar de cultivo
perenne (C) a pastoreo, producción forestal o protección (P, F o X); o cambiar de
pastoreo (P) a producción forestal o protección (F o X). Estos cambios se autorizan
porque el recurso suelo no corre riesgo alguno, por el contrario su conservación es
garantizada (ANDALUZ W.C., 2011).
1.5 ORDENAMIENTO ANIVEL DE CUENCAS HIDROGRAFICAS
EL Decreto Supremo 068-2001-AG, Reglamento de la Ley 26839 sobre Conservación
y Aprovechamiento Sostenible de la Diversidad Biológica, establece que el
planeamiento y ordenamiento de la cuenta hidrográfica se llevará a cabo con la
participación tanto del sector público como del sector privado; y que en su
aproximación metodológica se sustentarán principalmente en el enfoque ecosistémico
para la conservación de la diversidad biológica (artículo 27)
Página 241
1.6 ORDENAMIENTO A NIVEL DE PREDIOS
Es deseable que los propietarios tengan un ordenamiento de su predio sobre la base
de la clasificación de tierras por su capacidad de uso mayor, respetando cada uno de
los usos permitidos, además de contar con un estudio de capacidad aprobado por el
MINAGRI, para el caso de selva y ceja de selva
1.7 LA LEY GENERAL DEL AMBIENTE SOBRE LA PLANIFICACIÓN DEL
USO DEL SUELO
La LGA establece que son objetivos de gestión ambiental en materia de calidad
ambiental preservar, conservar, mejorar y restaurar, según corresponda, la calidad de
los suelos (artículo 113.2 inciso a) y dispone que el Estado es responsable de
promover y regular el uso sostenible del recurso suelo, buscando prevenir o reducir su
perdida y deterioro por erosión o contaminación (artículo 91) (ANDALUZ W. C., 2011)
1.8 .EL MANEJO SOSTENIBLE DE LA TIERRA
El manejo sostenible está referido al uso económico del bien respetando su
naturaleza. De los elementos que deben caracterizar un aprovechamiento es quizá el
más importante, por cuando el uso irracional de los recursos determina su agotamiento
o degradación, anulando su capacidad de seguir prestando bienes y servicios al
hombre. El manejo sostenible de la tierra supone entonces un aprovechamiento
acorde con la capacidad de carga de este recurso y con el ordenamiento territorial
(ANDALUZ W. C., 2011).
1.9 CAUSAS DE LA DEGRADACIÓN DE LA TIERRA
Las principales causas de la degradación de las tierras obedecen al efecto asociado
de los fenómenos naturales con las malas prácticas del ordenamiento territorial o a su
inobservancia cuando este existe. Tales causas pueden ser:
La erosión: arrastre de materiales del suelo por diversos agentes como
el agua y el viento, lo cual genera la improductividad del suelo.
Salinización y solidificación de los suelos: acumulación excesiva de
sales solubles en la parte donde se desarrollan las raíces de los cultivos.
Compactación: se manifiesta con el aumento de la densidad
aparente del suelo, en las capas superficiales o profundas. Es el
resultante del deterioro gradual de la materia orgánica y la actividad
biológica.
Pérdida de nutrientes: empobrecimiento gradual o acelerado del suelo
por sobreexplotación omonocultivo, lo que trae como consecuencia la
baja fertilidad e improductividad de los suelos.
Conflicto de usos: las tierras agrícolas se pierden o transforman en
tierras para la urbanización.
Página 242
Hidromorfolización: alteración de forma tal que se asemeja en un pantano.
Contaminación química: uso irracional de grandes cantidades de fertilizantes y
sustancias químicas para el control de plagas y enfermedades, por encima de los
niveles requeridos producen la contaminación química de los suelos (ANDALUZ W. C.,
2011).
1.10 MARCO LEGAL SOBRE LA CONTAMINACIÓN
Normatividad internacional:
El Convenio de Rótterdam para la Aplicación del Procedimiento de
Consentimiento Previo a Ciertos Plaguicidas y Productos Químicos
Peligrosos Objeto de Comercio Internacional, permite vigilar y controlar
el comercio de determinados productos químicos peligrosos.
El Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes
(COP), tiene por objeto que las partes establezcan regulaciones para la
prohibición de la producción, importación, exportación, uso y disposición
final de los COP.
Normatividad nacional:
La Ley 26744 (Ley de Promoción del Manejo Integrado para el Control
de las Plagas).
El Decreto Supremo 002-2013-MINAM, aprobó los Estándares de
Calidad Ambiental para Suelo (ECA-SUELO), aplicable a todo proyecto y
actividad cuyo desarrollo genere o pueda generar riesgos de
contaminación del suelo en su emplazamiento y áreas de influencia.
La Resolución Jefatural 039-2002-AG-SENASA. En enero de cada año
SENASA deberá publicar la relación de plaguicidas agrícolas con
registro vigente y la relación de plaguicidas restringidos, prohibidos y
cancelados.
II.- LUCHA CONTRA LA DESERTIFICACION.
2.1 ANTECEDENTES DE LA CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS
DE LUCHA CONTRA LA DESERTIFICACIÓN – CLD.
La Conferencia de las Naciones Unidas sobre la Desertificación (CNUD) aprobó en
1977 un instrumento de derecho internacional público (DIP) que no tenía el carácter de
vinculante (sin Fuerza obligatoria), al que denominó Plan de Acción para la Lucha
contra la Desertificación (PACD); en el marco del mismo se elaboraron en muchos
países Planes Nacionales para Combatir la Desertificación, siendo el de Perú el
primero en América Latina y el Caribe.
Página 243
Según otros expertos, el PACD fracasó, entre otras razones, por el escaso interés de
los gobiernos y su miopía para percibir la exacta magnitud del problema; la ausencia
de fondos suficientes provenientes de la cooperación internacional para ayudar a
enfrentar este fenómeno. Conscientes de esta realidad, la Conferencia de las
Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y Desarrollo (CNUMAD), reunida en Río de
Janeiro en 1992, apoyó un nuevo enfoque integrado del problema y exhortó a la
Asamblea General de las Naciones Unidas que estableciera un Comité
Intergubernamental de Negociaciones (CIND) para Combatir la Desertificación en
aquellos países afectados por Sequía grave y/o Desertificación, en particular en África.
La idea prosperó, y en diciembre de 1992 fue aprobada mediante la Resolución 47/188
de la Asamblea General Y Entró en vigor el 26 de diciembre de 1996.
2.2 LOS DESIERTOS
Los desiertos son regiones en donde las lluvias son demasiado escasas para que sea
posible cualquier forma de vida: sin precipitaciones suficientes las plantas no crecen
adecuadamente y no proporcionan los alimentos necesarios para los animales.
Ejemplos de esta situación se observan en vastos sectores del Sahara central y
septentrional y del desierto de Atacama en Chile y Perú, zonas ocupadas por
superficies rocosas secas o grandes extensiones de dunas, en las cuales la vida se
limita a los lugares en las que el agua subterránea aflora a la superficie (oasis) o a las
áreas montañosas perpetuamente sumergidas en la niebla75
2.3 LA DESERTIFICACIÓN
Es un proceso de degradación del medio físico y biológico por medio del cual tierras
económicamente activas de los ecosistemas áridos, semiáridos y subhúmedos secos
pierden su capacidad de revivir o de regenerarse a sí mismos, desarrollando en casos
extremos un ambiente incapaz de contener a las comunidades que antes dependían
de él. La Convención de la Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación
(CNULCD) la define como "degradación de las tierras áridas, semiáridas y
subhúmedos secas resultante de diversos factores, tales como las variaciones
climáticas y las actividades humanas".
En cuanto al concepto de "desertificación", se dice que fue AUBREVILLE, quien lo
introdujo en la literatura científica. Etimológicamente la palabra desertificación proviene
del latín "deserta faceré", traducible como "hacer-desierto", en el sentido de hacer
inhabitable o abandonar un territorio determinado.76
La desertificación, COLIGE, es un proceso de degradación del medio físico y biológico
por medio del cual tierras económicamente activas de los ecosistemas áridos,
semiáridos y subhúmedos pierden su capacidad de revivir o de regenerarse a sí
14. MÉREGA, Juan Luis. El Problema de la Desertificación, en Desertificación y Sociedad Civil, Fundación del Sur, Buenos Aires, 2003, p.11 76 MÉREGA, Juan Luis. El Problema de la Desertificación, en Desertificación y Sociedad Civil, Fundación del Sur, Buenos Aires, 2003, p.11
Página 244
mismos, desarrollando, en casos extremos, un ambiente incapaz de contener a las
comunidades que antes dependían de él. Este proceso está asociado a la pérdida
general de productividad de los ecosistemas afectados, impactando a las actividades
humanas, limitando la capacidad de sustentación, reduciendo las fuentes de ingreso y
deteriorando la calidad de vida de la población. En lo físico adopta múltiples formas,
pero generalmente supone lo siguiente:
Una reducción de la fracción de suelo cubierta de vegetación.
Una pérdida de plantas perennes, especialmente de árboles y arbustos
madereros.
Una considerable erosión y empobrecimiento del suelo motivados por el
arrastre eólico de minerales finos y materiales orgánicos y por la rápida
oxidación de los residuos restantes y del carbono del suelo.
Una pérdida de materia orgánica, disminución de nutrientes y
acidificación del suelo.
2.4 LA SEQUÍA
La sequía puede ser definida en términos generales como la insuficiente disponibilidad
de agua en una región determinada, por un periodo prolongado, para satisfacer las
necesidades de los elementos bióticos elementales. Estas necesidades dependen de
la distribución de las poblaciones de plantas, animales y seres humanos, de su modo
de vida y del uso de la tierra. El principal factor productor de sequía es la variación de
las precipitaciones en un lugar dado y entre épocas determinadas, otro posible factor
de ocurrencia de la sequía es el que se refiere a las modificaciones de la cubierta
vegetal que, al cambiar el albedo superficial y el contenido de humedad, puede
constituir un mecanismo de realimentación para perpetuar la sequía (MEREGAL J.,
2003, citado por ANDALUZ W.C., 2011).
Tampoco deben confundirse los términos sequía y aridez. La aridez está relacionada
con la escasez de agua en una región en forma más o menos permanente, en cambio
la sequía es un fenómeno temporal que se presenta en cualquier región.
2.5 OBJETIVOS DE LA CLD
La CLD tiene como objetivo luchar contra la desertificación y mitigar los efectos de la
sequía, mediante la adopción de medidas eficaces en todos los niveles, apoyadas por
acuerdos de cooperación y asociación internacionales, en el marco de un enfoque
integrado acorde con el Programa 21, para contribuir al desarrollo sostenible en las
zonas afectadas.
El instrumento de realización de la CLD en los países es el Programa de Acción
Nacional para Lucha contra la Desertificación, conocida como PAN-PERU, que debe
determinar los mecanismos y actividades necesarias para combatir eficazmente la
desertificación.
Página 245
2.5.1 OBJETIVOS DEL PAN–PERÚ
Los objetivos del PAN – PERÚ son:
Revertir y minimizar los procesos de deterioro de la productiva de las
tierras áridas, semiáridas y subhúmedas secas.
Contribuir al logro de un desarrollo sostenible para el mejoramiento de la
calidad de vida de sus poblaciones.
Evaluar los factores que causan la desertificación y determinación
medidas prácticas para luchar contra ella y mitigar sus efectos
(ANDALUZ W. C., 2011).
2.5.2 INSTITUCIONES DE LA CLD
Conferencia de las Partes (COP):Es el órgano supremo
Secretaria Permanente: organizar, reunir y transmitir los informes que
se lo presenten.
Mecanismo Mundial (MM): promover recursos financieros sustanciales,
incluidas la transferencia de tecnología, sobre la base de donaciones y
préstamos en condiciones favorables.
Comité de Ciencia y Tecnología (CCT) proporciona información y
asesoramiento científico y tecnológico sobre cuestiones relativas a la
lucha contra la desertificación y la mitigación de los efectos de la sequía.
CONCLUSIONES
1.- El suelo es un recurso natural renovable, pero su recuperación amerita períodos de
tiempo prolongados, lo que implica que se debe hacer uso adecuado de los mismos
con el fin de protegerlos.
2.- Los suelos muestran gran variedad de aspectos, fertilidad y características
químicas en función de los materiales minerales y orgánicos que lo forman.
3.- La acción conjunta de los factores que condicionan la formación y evolución del
suelo conduce al desarrollo de diferentes perfiles o tipos de suelos.
4.- En el desarrollo y formación de los suelos intervienen numerosos tipos de
procesos, algunos de ellos son de tipo pasivo; otros son agentes activos.
5.- El suelo es un material superficial natural, que sostiene la vida vegetal. Cada suelo
posee ciertas propiedades que son determinadas por el clima y los organismos
vivientes que operan por períodos de tiempo sobre los materiales de la tierra y sobre el
paisaje de relieve variable.
6.- Sin el suelo sería imposible la existencia de plantas superiores y, sin ellas, ni
nosotros ni el resto de los animales podríamos vivir. A pesar de que forma una capa
Página 246
muy delgada, es esencial para la vida en tierra firme. Cada región del planeta tiene
unos suelos que la caracterizan, según el tipo de roca de la que se ha formado y los
agentes que lo han modificado.
7.- La cantidad de suelo que se pierde como consecuencia de los procesos de
degradación como la erosión o la contaminación, puede recuperarse de manera
natural, pero para ello son necesarios cientos o incluso miles de años. Por lo tanto, el
suelo debe considerarse un recurso natural no renovable, ya que, desde la perspectiva
de la esperanza de vida humana, cuando éste se pierde no se vuelve a recuperar.
Por último, es importante desarrollar iniciativas para sensibilizar a la sociedad en su
conjunto del valor y la importancia del suelo para protegerlo; en este caso la educación
desempeña un papel fundamental.
II. ATMÓSFERA
1. CONCEPTO
La Atmosfera es la masa de aire que rodea la tierra y juega un papel crítico para
mantener estable la temperatura de la superficie del planeta.
Es una capa fina de gases que rodea la tierra, con una antigüedad de cuatro mil
seiscientos millones de años, sujeta al planeta por la fuerza de gravedad, con un
espesor de 1.000 km. y que hace que la vida sea posible en la Tierra, ya que contiene
el aire que respiramos, regula la acción del frío y del calor, y fabrica la lluvia. Además
protege a la Tierra de los meteoritos ya que éstos en su mayoría se queman cuando
penetran en la atmósfera. La atmósfera solo permite que lleguen a la Tierra la mitad de
los rayos solares, pues de lo contrario nos quemaríamos.
2. COMPOSICIÓN DEL AIRE
1. Nitrógeno ------------ 78.09%
2. Oxigeno-------------- 20.94%
3. Argón y Dióxido de carbono ------ 0.032%
Tales elementos resultan vitales para la vida por que los seres humanos necesitamos
en promedio 15 kilos de aire para respirar.
Página 247
La ley general ambiental establece que son objetivos de la gestión ambiental gen
materia de calidad del ambiente77:
Preservar
Conservar
Mejorar
Restaurar
En tal sentido dispone que las autoridades públicas en el ejercicio de sus funciones y
atribuciones, adoptaran medidas para la:
Prevención
Vigilancia
Control ambiental
Control epidemiológico
A fin de asegurar la:
Conservación
Mejoramiento
Recuperación de la calidad del aire según sea el caso
Actuando en las zonas en las que supere los niveles de alerta por la presencia de
elementos contaminantes, debiendo aplicarse planes de contingencia para la
prevención o mitigación de riesgos y daños sobre la seguridad y ambiente.
El control de las emisiones realizadas a través de los límites máximos permisibles, y
demás instrumentos de gestión ambiental establecidos por las autoridades
competentes, la infracción de los límites máximos permisibles es sancionada de
acuerdo a las normas correspondientes a cada autoridad nacional sectorial
competente.
3. CONTAMINACIÓN ATMOSFÉRICA
Para Silvia Jaquenodo la contaminación se define como la adición de cualquier tipo de
energía o materia residual al entorno, que por su sola presencia o actividad provoca
directa o indirectamente, en el corto, mediano o largo plazo, y de forma reversible o
77 Ley General del Ambiente (Articulo 113.2. Inciso 2 )
Página 248
irreversible, pérdida de la calidad en las características y condiciones generales del
ambiente.78
En cuanto a la contaminación atmosférica podemos decir que se produce cuando los
seres humanos introducen directa o indirectamente en la atmosfera agentes físicos,
químicos, biológicos o una combinación de estos, en cantidades que superan los
límites máximos permisibles, haciendo que las concentración de contaminantes
superen los estándares de calidad ambiental, o porque permanecen por un tiempo
suficiente para hacer que el aire adquiera características diferentes a las
originales , resultando perjudiciales o nocivas para algún componte del ambiente , la
salud humana o las propiedades .
“La introducción en la atmosfera por el hombre directa o indirectamente de
sustancias o energías que provoquen una acción nociva de tal naturaleza que
pongan en peligro la salud del hombre menoscabe los recursos biológicos y
los ecosistemas.”
La Convención De Ginebra Sobre Contaminación Transfronteriza a Gran
Distancia79
De acuerdo al análisis ambiental del Perú elaborado por el banco mundial la
contaminación atmosférica urbana es uno de los problemas más serios y extensos de
las ciudades del Perú, la cual es responsable de 3900 muertes de personas por año.
El problema es aún más crítico en los corredores industriales del país, como es el
caso del corredor Lima - Callao el cual supone un 75% del costo estimado asociado
al impacto sobre la salud.80
El Reglamento de Estándares Nacionales de Calidad Ambiental del Aire, se aprobó
mediante Decreto Supremo 074- 2001-PCM el 24 de junio de 2001 el cual tiene como
objetivo:
Proteger la salud estableciendo los ENCAA y los lineamientos de
estrategia para alcanzarlos progresivamente.
78 Jaquenod de Sogon, lniciacii al Derecho Ambiental página 218
79 La convención de Ginebra Sobre Contaminación Transfronteriza a Gran Distancia 80 Instituto Nacional de Estadísticas e Informática – INEI Compendio Estadístico Lima .Perú
Página 249
4. TIPOS DE ESTADO DE ALERTA
Mediante Decreto Supremo 009 -2003 (25 de junio del 2003), aprobó el Reglamento
de los Niveles de Estados de Alerta Nacionales para contaminantes del aire.81
1 ESTADOS DE CUIDADO El nivel de concentración puede comenzar a
causar efectos en la salud de cualquier
persona
2 ESTADO DE PELIGRO Estado en el que el nivel de concentración
del contaminante genera riesgos de causar
efectos serios en la salud de cualquier
persona
3 ESTADO DE EMERGENCIA Estado en el que el nivel de concentración
genera un alto riesgo de afectar seriamente
la salud de la población 82
I. LA CONTAMINACIÓN SONORA
1. CONCEPTO:
Se denomina contaminación sonora a cualquier sonido que produzca molestar o
que resulte excesivo en una determinada zona. Las personas que viven en las
grandes ciudades sufren a menudo el ruido provocado por el tráfico de los coches, las
81 Resolución Ministerial 425 -2008 /MINSA (26 de junio 2008), aprobó la Estrategia Sanitaria Nacional de Atención a Personas Afectadas por Contaminación con Metales Pesados y otras sustancias químicas 82 Decreto del Consejo Directivo 015-2007-CONAM/CD(03 de octubre del 2007 Aprobó y dispuso la implementación del plan de contingencia para Estados de alerta por contaminación del Aire en el Cuenca Atmosférica de la OROYA .
Página 250
bocinas de los autobuses y el paso de los trenes. Si sumamos a esto el sonido de los
semáforos y el bullicio de los transeúntes se hace muy difícil, disfrutar del silencio o de
sonidos agradables, llegando a sufrir patologías causadas por este malestar.
a. Las causas más comunes de la contaminación auditiva son:
Tráfico
Aglomeración de personas
Transporte aéreo
Obras en construcción
Sonidos estridentes que provocan los vecinos
Algunas industrias
. La Organización Mundial de la Salud considera 50 decibelios como el límite
superior deseable del ruido. Por encima de este nivel de confort acústico podemos
tener una disminución auditiva y sufrir otras molestias a nivel psicológico.
Los Estándares de Calidad Ambiental (ECA) establecidos por el MINAM, fijan los
valores máximos permitidos de contaminantes en el ambiente. El propósito es
garantizar la conservación de la calidad ambiental mediante el uso de instrumentos de
gestión ambiental sofisticados y de evaluación detallada. Para controlar las emisiones
de agentes contaminantes como la contaminación sonora.
Los estándares según el Reglamento de Estándares Nacionales de Calidad Ambiental
para Ruido son:
ZONA DE APLICACIÓN
HORARIO DIURNO
Período comprendido
desde las 07:01 horas
hasta las 22:00 horas.
HORARIO NOCTURNO
Período comprendido desde
las 22:01 horas hasta las
07:00 horas del día
siguiente.
Zona de Protección
Especial
Es aquella de alta
sensibilidad acústica, que
50 db 40 db
Página 251
comprende
los sectores del territorio
que requieren una
protección especial contra
el ruido donde se ubican
establecimientos de salud,
establecimientos
educativos asilos y
orfanatos.
Zona Residencial
Área autorizada por el
gobierno local
correspondiente para el
uso identificado con
viviendas o residencias,
que permiten la presencia
de altas, medias y bajas
concentraciones
poblacionales.
60 db 50 db
Zona Comercial
Área autorizada por el
gobierno local
correspondiente para la
realización de actividades
comerciales y de servicios.
70 db 60 db
Zona Industrial
Área autorizada por el
gobierno local
80 db i. b
Página 252
correspondiente para la
realización de actividades
industriales.
2. EFECTOS:
La contaminación por ruido perjudica de forma seria al comportamiento de los
individuos. La constante exposición al ruido puede provocar: insomnio, estrés, pérdida
de la audición, dolores de cabeza, agresividad o problemas cardiovasculares.
El exceso de sonido altera las condiciones normales en que viven las personas. Los
decibelios son la unidad a través de la cual se mide la intensidad y potencia del
sonido. Si sobrepasamos los niveles saludables del sonido podemos dañar el oído:
Entre 50 y 90 db el oído sufre una cierta perturbación. Pueden producir
efectos psicológicos negativos en la concentración y atención, efectos
como el estrés, irritación, cansancio entre otros.
De 90 a 130 db el daño será permanente e irreparable. A estos rangos
de decibeles se les conoce también como umbral tóxico. Los sonidos
superiores a 120 dB pertenecen al umbral del dolor, estos son sonidos
insoportables y provocan dolor inmediato.
Más de 130 db además de dolor se podrá sufrir la pérdida súbita de la audición
por la incapacidad de regeneración de sus células.
3. ¿QUÉ SON LOS DECIBELES?:
Usamos los decibeles (dB) para medir la potencia de los sonidos, es empleada
mayormente en la acústica y en telecomunicaciones. Los decibeles son una unidad
logarítmica y representa la décima parte de un belio, unidad de medición llamada así
en honor a Alexander Graham Bell.
Esta unidad de medición (Belio) es muy grande para ser usada en la práctica, por eso
se usa la décima parte de esta siendo el decibelio o decibel la resulta
Página 253
II. CALENTAMIENTO GLOBAL
1. CONCEPTO
Las actividades económicas humanas (industria, agricultura, ganadería, etc) están
provocando un cambio en la estructura de la atmosfera; a medida que se producen y
liberan en la atmosfera ciertos gases como el dióxido de carbono, metano, óxido
nitroso, entre otros, ya que estos absorben mayor cantidad de radiación terrestre y
envían más de esta a la tierra.
El término Calentamiento Global se refiere al aumento gradual de las temperaturas de
la atmósfera y océanos de la Tierra que se ha detectado en la actualidad, además de
su continuo aumento que se proyecta a futuro.
2. EFECTO INVERNADERO
3. CONCEPTO
El efecto invernadero es un fenómeno atmosférico natural necesario que permite
mantener la temperatura del planeta, al retener parte de la energía proveniente del
Sol. Como resultado del efecto invernadero, la Tierra se mantiene lo suficientemente
caliente como para hacer posible la vida sobre el planeta. De no existir el fenómeno,
las fluctuaciones climáticas serían intolerables, la temperatura del planeta seria
aproximadamente de uno 18 Cº bajo cero lo cual no nos permitiría tener agua en
estado líquido. Sin embargo, una pequeña variación en el delicado balance de la
temperatura global puede causar graves estragos. En los últimos 100 años la Tierra ha
registrado un aumento de entre 0,4 y 0,8 ºC en su temperatura promedio.”.
Friends of the Earth
4. EFECTOS DEL EFECTO INVERNADERO
a) Aumento del nivel del mar, debido al derretimiento de los cascos polares
b) Sequías
c) Disminución de las reservas hídricas
d) Aumento y propagación de enfermedades infecciosas
e) Aumento en frecuencia e intensidad de los fenómenos meteorológicos
extremos
Página 254
f) Perdida de la capacidad productiva agrícola en áreas como Asia y África
g) Desplazamiento de las especies hacia altitudes o latitudes más frías, buscando
los climas a los que están habituados
h) Extinción de aquellas especies que no sean capaces de adaptarse ni
desplazarse. 6
5. LOS EFECTOS DEL CALENTAMIENTO GLOBAL
a. Aumento de temperaturas
b. Elevación del nivel de los océanos
c. Fenómenos meteorológicos extremos
d. Sequías e inundaciones.
e. Crisis humanitaria
6. EFECTOS DEL CAMBIO CLIMÁTICO PARA EL PERÚ
La Vulnerabilidad del Perú frente a las variaciones climáticas extremas se ha
evidenciado a través de los años. Esto ha sido tema de diferentes estudios e informes
que abarca desde el retroceso de los glaciares hasta los efectos del Fenómeno el niño
en la Salud, la agricultura, el transporte, la infraestructura, entre otros, entre otros, se
prevé que el estrés hídrico se agudizará con graves consecuencias debido a que la
población peruana se asienta mayoritariamente en las zonas secas y en ellas
desarrolla sus principales actividades económicas.
La Segunda Comunicación en el Perú a la CMNUCC (el Perú y el Cambio Climático)
expresa que se ha generado escenarios climáticos a nivel nacional (con proyecciones
al 2030), concluye lo siguiente:
- En la costa y en la sierra norte, parte de la sierra y la selva sur, se estiman
incrementos de precipitación de hasta 20%; por el contrario; en la selva norte y
parte de la sierra central y sur, se prevén disminuciones también de hasta 20%.
- Las lluvias extremas mostrarían un probable decrecimiento en los próximos 30
años en gran parte del territorio.
- Se espera un incremento en las temperaturas extremas en gran parte del país
tanto en la mínima como en la máxima, el incremento de la temperatura
máxima llegará a 1.6°C en promedio. El mayor incremento en la temperatura
se presentará en la costa y sierra norte en la selva norte y en la sierra central y
sur del país..
Página 255
III. MARCO JURÍDICO INTERNACIONAL SOBRE EL CAMBIO
CLIMÁTICO
¿Qué establece la Convención Marco sobre el Cambio Climático (CMCC)?
El objetivo de la CMCC es lograr la estabilización de las concentraciones de gases del
efecto invernadero en la atmosfera a un nivel que impida interferencias antropógenas
peligrosas en el sistema climático, ese nivel debería lograrse en un plazo suficiente
para permitir que los ecosistemas se adapten naturalmente al cambio climático,
asegurar que la producción de alimentos no se vea amenazada y permitir que el
desarrollo económico prosiga de manera sostenible. En beneficio de generaciones
presentes y futuras, sobre la base de la equidad y de conformidad a las
responsabilidades comunes, las partes que son países desarrollados deberían tomar
la iniciativa para combatir el cambio climático y sus efectos adversos.
1. OBJETIVO DEL PROTOCOLO DE KYOTO A LA CMCC
El acuerdo de Kyoto de 1997 fue aprobada por el Perú mediante Resolución
Legislativa 27824 (2 de septiembre del 2002) y entro en vigor el 16 de febrero del
2005. Tiene como objetivo entre los años 2008 – 2012 las emisiones agregadas de
una canasta de seis gases. El protocolo permite a los países con cierto grado de
flexibilidad en la manera de reducir sus emisiones. En adición a las medidas de
reducción de varias fuentes de energía, la forestación y deforestación como fuentes de
contabilidad de las emisiones (positiva y negativa), por la absorción del dióxido de
carbono que pueden tener los bosques.
2. ESTRAGEGIA NACIONAL DE CAMBIO CLIMÁTICO:
Fue aprobada por Decreto Supremo 086-2003-PCM (27 de octubre 2003), es de
cumplimiento obligatorio y debe ser incluida en las políticas y programas sociales y
regionales, sus líneas estratégicas prioritarias son las siguientes:
Promover y desarrollar investigación científica, tecnológica, social y económica
sobre vulnerabilidad, adaptación y mitigación respecto al cambio climático.
Promover políticas, medidas y proyectos para desarrollar la capacidad de
adaptación a los efectos del cambio climático y reducción de la vulnerabilidad.
Activa participación del Perú en las negociaciones internacionales de cambio
climático para defender los intereses del país y proteger la atmosfera mundial.
Promoción de proyectos que tengan como fin el alivio de la pobreza, reducción
de la vulnerabilidad y mitigación de los gases del efecto invernadero.
Página 256
Lograr la participación de la sociedad para mejorar la capacidad de adaptación
a los efectos del cambio climático.
Gestión de ecosistemas frágiles, en especial ecosistemas montañosos para la
mitigación de la vulnerabilidad al cambio climático.
IV. LLUVIA ÁCIDA.
1. LLUVIA NORMAL.
La lluvia se forma cuando las moléculas de vapor de agua se condensan sobre
cristales de hielo o de sal en la atmósfera, o sobre minúsculas partículas de polvo en
las nubes, para formar gotitas de agua que responden a la gravedad terrestre y caen
formando lluvia. A medida de que la lluvia cae atravesando la atmósfera, puede "ir
levantando" o "lavar" elementos y productos químicos y otros contaminantes (Stumm,
W, et al 1987). 83El agua de atmósfera naturalmente registra pH de 5.0 a 5.5 por lo que
es considerada ácida, ya que contiene ácido carbónico que viene de la disolución del
dióxido de carbono (Castro, et al 2000). 84
2. LLUVIA RADIACTIVA.
La lluvia radiactiva son deposiciones de partículas radiactivas, liberadas en la
atmósfera por explosiones nucleares o escapes de instalaciones y centrales nucleares,
sobre la superficie de la Tierra. Este fenómeno se observó desde el periodo de las
pruebas nucleares atmosféricas a gran escala realizadas en la década de 1950 y
comienzos de la de 1960. Se hicieron alegatos sobre sus efectos dañinos durante
muchos años, pero hasta 1984 no se adoptó una decisión trascendental, cuando un
juez federal de Utah dictaminó que 10 personas habían enfermado de cáncer debido a
la negligencia del gobierno en lo referente a la exposición de los ciudadanos a la lluvia
radiactiva en aquel estado. En 1985 el Tribunal de apelación de pensiones de
Inglaterra y Gales llegó a una conclusión similar en el caso de un veterano de las
pruebas nucleares británicas en las islas Christmas durante la década de 1950. Desde
la firma del tratado de limitación de pruebas nucleares en 1963, los niveles de lluvia
radiactiva han disminuido en todo el mundo. (Lee, J & Weber, D. 1982)
83 ]. Stumm, W, Laura S, y Jerald L. S, 1987, "Aquatic Chemistry of Acid Deposition,"
Environmental Science & Technology, Vol. 22 84 Lee, J. & Weber, D. (1982). Effects of Sulfuric Acid Rain on Major Cation and Sulfate
Concentrations of Water Percolating Through Two Model Hardwood Forests Journal of Environmental Quality Vol 11, No 1, p 57-64, January-March, 1982. 5 Fig, 2 Tab, 40 Ref
Página 257
3. LLUVIA ÁCIDA.
Esta lluvia ácida puede retornan a la superficie terrestre en dos tipos de deposiciones,
que son detalladas a continuación:
• Deposiciones húmedas; que pueden ser la lluvia, llovizna y roció.
• Deposiciones secas; son deposiciones en forma de nieve, niebla o granizo,
Este tipo de deposición registran niveles más ácidos que la deposición húmeda, por
tener elevadas concentraciones de Sulfatos y Nitratos, que se encuentran suspendidas
en el aire. Ambos tipos de deposición pueden ser acarreados por el viento, agua u otro
vector a distancias sumamente grandes (Landsberg, H.1984). 85
6. EFECTO DE LA LLUVIA ÁCIDA
La lluvia ácida está afectando la estabilidad de diversos ecosistemas, ya que este
fenómeno está llagando a formar parte del ciclo del agua y, por tanto, está modificando
los patrones climáticos, llegando a alterar los siguientes ecosistemas:
a) Efectos en la salud
b) Efecto sobre el agua
C) Efecto en los bosques
85 Landsberg, H. E., 1984, The Resourceful Earth
Página 258
EL AGUA
AGUA COMO DERECHO HUMANO
AGUA COMO BIEN ECONOMICO
EL AGUA COMO BIEN ACONOMICO
Recurso abundante en la naturaleza, constituye más del 70% de la superficie del planeta
Fundamental para el desarrollo de la vida en la tierra
Abundante de la naturaleza, donde existe en sus tres formas sólido, líquido y gaseoso
Se convirtió, directa o indirectamente,
en mercancía.
Compuesto por dos volúmenes de hidrógeno y uno de oxígeno
Proviene del latín AQUA y éste del indoeuropeo AKWA AGUA
El acceso al agua es considerado como un derecho humano, ya que el Estado está obligado a garantizar y asegurar un nivel de vida adecuado.
Cuanta más cara sea el agua, más
ahorrará la gente.
Según la Resolución A/RES/64/292 del 28 de julio de 2010, la Asamblea General de las Naciones Unidas declaró, el acceso seguro a un agua potable salubre y al saneamiento como un derecho humano fundamental para el completo disfrute de la vida y de todos los demás derechos humanos.
El agua, además de tener valor de uso, tiene valor de cambio
EL AGUA COMO DERECHO HUMANO
es es
Esta
es
Compuesto por dos volúmenes de hidrógeno y uno de oxígeno
es
Página 259
GESTION DE CUENCAS HIDROGRAFICAS
Elementos naturales
Recursos naturales
en LA GESTIÓN DE
CUENCAS
HIDROGRAFICAS:
“Manejo de cuenca hidrográficas”
“Aquel territorio que dispone de una red
natural de drenaje, cuyas aguas son recogidas por un colecto común”.
“HIDROLÓGICO” fuente
TIPOS:
ENDORREICA: EXORREICA
:
Cuando sus aguas
desembocan en el mar por
vía superficial o
subterránea.
Cuando sus aguas
desembocan
en un lago.
ARREICA:
Cuando las aguas se pierden mientras
discurren por evaporación o filtración.
Cuando las aguas
discurren por debajo del
suelo.
CRIPTORREICA:
El Perú cuenta con 106 cuencas hidrográficas: 53 están ubicadas en la vertiente del Pacífico 44 en la del atlántico y 9 en
el Titicaca.
es
sus
son:
también
su
Página 260
MARCO NORMATIVO SOBRE EL AGUA EN EL PERÚ
MARCO JURIDICO NACIONAL
CODIGO PENAL
Acceso al agua para consumo humano es un derecho de la
población (art. 114°)
EN LA CONSTITUCION POLITICA DEL PERU.- Categoría de Derecho Fundamental fundada en la dignidad humana.
ART. 304° Y 305°.
Prohíbe la contaminación por vertimientos solidos, líquidos, gaseoso o de cualquier otra naturaleza que cause
daño al ambiente.
ART.306° Prohíbe el vertimiento de desechos
industriales o domésticos.
NORMAS AMBIENTALES
Bien de uso publico y su dominio es inalienable e imprescriptible (art. 2).
LEY GENERAL DEL AMBIENTE
En el Perú se la legislado la protección del recurso del agua en normas ambientales, sectoriales de relevancia ambiental, y el Código Penal
LEY DE RECURSOS HIDRICOS
ART.287°
Tipifica como delito la contaminación o adulteración de aguas destinadas al
consumo humano.
Página 261
SISTEMA NACIONAL DE GESTIÓN DE LOS RECURSOS HÍDRICOS
SISTEMA NACIONAL DE GESTION DE LOS RECURSOS HIDRICOS
Plataforma conformada por todas las instituciones de sector público y privado
Finalidad:
Objetivos:
Instituciones que lo integran:
• Los ministerios del ambiente, de agricultura, de vivienda, construcción y saneamiento, de salud, de a producción y de energía y minas.
• La autoridad nacional • Los gobiernos regionales y gobiernos locales a través de sus órganos
competentes • Las organizaciones de usuarios agrarios y no agrarios • Las entidades operativas de los sectores hidráulicos, de carácter sectorial y
multisectorial. • Las comunidades campesinas y comunidades nativas. • Las entidades públicas vinculadas con la gestión de los recursos hídricos.
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Facultades:
Competencias:
Para la gestión integrada, social, eficiente y moderna de los recursos hídricos
Regula y gestiona la infraestructura pública de uso agrario de carácter y alcance nacional.
AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA (ANA) DECRETO LEGISLATIVO 997 en
su primera disposición completaría final.
Funciones de la autoridad nacional del agua
Organización de la autoridad nacional del agua
• Administra y vigilar las fuentes naturales de agua
• Autoriza volúmenes de agua que utiliza o distribuyen los restadores del servicio de agua. • Evalúa instrumentos ambientales. • Otorga derechos de uso de agua, autorizaciones de vertimiento y reusó de agua residual tratada. •Autoriza obras en fuentes naturales de agua
Organización de la autoridad nacional del agua: esta organizado a manera descentralizada a través
de las 14 autoridades administrativas del agua (AAA), 72 administraciones locales de agua (ALA) y 6
consejos de recursos de cuencas (CRHC
DECRETO LEGISLATIVO 997 articulo 4
MINISTERIO DE AGRICULTURA
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FUNCIONES DEL FONGUA:
•Desarrollar acciones de capacitación dirigida al fortalecimiento de las entidades y organizaciones con responsabilidades en la gestión del agua. •Promover la investigación dirigida al incremento de la eficiencia del uso del agua. •Promover campañas de educación y sensibilidad sobre el valor social, económico y ambiental del agua. •Brindar asistencia técnica permanente a los usuarios de agua en material relacionadas al uso eficiente y sostenible y a la conservación del agua. •Promover el desarrollo de mercado de servicios relacionados al uso eficiente y sostenible del agua. •Promover el ahorro y el uso eficiente del recurso hídrico. •Financiar parcialmente, a través de la modalidad de fondos concursales, la ejecución de proyectos de inversión dirigidos al ahorro del agua
CONSEJO DE CUENCAS:
CLASES
Son espacios multisectoriales conformados por los sectores públicos y privados de las cuencas, cuyo objeto es el participar en la planificación, coordinación y concertación del aprovechamiento sostenible de los recursos hídricos en sus respectivos ámbitos
Consejo de cuenca regional, cuanto
el ámbito de la cuenca se localiza
íntegramente dentro de un solo
gobierno regional.
Consejo de cuenca interregional,
cuando dentro del ámbito de la
cuenca existen dos o más gobiernos
regionales
FONDO NACIONAL DEL AGUA
(FONAGUA)
CREADO POR LEY 28 823
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GOBIERNOS REGIONALES Y GOBIERNOS LOCALES
Ley de recursos hídricos:
a. Gobiernos regionales: b. Gobiernos locales:
Las funciones y competencias concedidas a los gobiernos regionales en el marco del proceso descentralización, no han estado ajenas a la gestión de recursos hídricos, es así que los gobiernos regionales, al igual que los gobiernos locales, han pasado a formar parte del marco institucional de la gestión del agua.
a. Municipalidades provinciales
b. Municipalidades distritales
c. Municipalidad metropolitana de lima
El consejo de municipal tiene la función de aprobar el sistema de gestión ambiental y sus instrumentos, en concordancia con el sistema de
gestión ambiental nacional y regional.
ORGANIZACIONES DE USUARIOS
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AGUAS SUPERFICIALES
AGUAS SUBTERRANEAS
AGUAS DE FILTRACION
Afloramiento superficial
FORMAS DE ORGANIZACIÓN DE LOS USUARIOS
COMITES DE USUARIOS
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MINISTERIO DE SALUD
MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO
DICAPI
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MINISTERIO DE DEFENSA
MINISTERIO DE PRODUCCION
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DIAPOSITIVAS DEL CURSO DE DERECHO ECOLOGICO
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