17 01 2015 Costos y Gastos Deducibles Del Impuesto a La Renta

68
Costos y Gastos Deducibles en la Determinación del Impuesto a la Renta Cultura Tributaria CPC Manuel Sixto Paiva Tume Piura, 16 enero del 2015

description

Costos y Gastos Deducibles Del Impuesto a La Renta

Transcript of 17 01 2015 Costos y Gastos Deducibles Del Impuesto a La Renta

Page 1: 17 01 2015 Costos y Gastos Deducibles Del Impuesto a La Renta

Costos y Gastos Deducibles en la

Determinación del Impuesto a la Renta

Cultura Tributaria

CPC Manuel Sixto Paiva Tume

Piura, 16 enero del 2015

Page 2: 17 01 2015 Costos y Gastos Deducibles Del Impuesto a La Renta

RENTA ANUAL 2014

NORMAS LEGALES

TUO de la Ley del Impuesto a la Renta :

Reglamento de la Ley del Impuesto a la

Renta :

TUO de la Ley Nº 28194 :

Reglamento de la Ley Nº 28194 :

Decreto Supremo Nº 179-2004-EF y

normas modificatorias.

Decreto Supremo Nº 122-94-EF y normas

modificatorias.

Decreto Supremo Nº 150-2007-EF y

normas modificatorias.

Decreto Supremo Nº 047-2004-EF y

normas modificatorias.

Resolución de Superintendencia Nº 380-2014/SUNAT

Page 3: 17 01 2015 Costos y Gastos Deducibles Del Impuesto a La Renta

OBLIGADOS

— Están obligados a presentar la declaración jurada anual los contribuyentes

que hubieran obtenido rentas o pérdidas de tercera categoría en el Régimen

General del Impuesto a la Renta.

— También se encuentran obligadas a presentar la declaración jurada anual, los

generadores de rentas de tercera categoría que hubieran realizado operaciones

gravadas con el Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF) por haber

efectuado el pago de más del 15% de sus obligaciones sin utilizar dinero en

efectivo o medios de pago.

— No deben presentarla los acogidos al RER o al NRUS.

Page 4: 17 01 2015 Costos y Gastos Deducibles Del Impuesto a La Renta

MEDIOS Y LUGARES

— Sólo PDT Nº 692 – Renta Anual 2014 – Tercera Categoría e ITF.

— Presentación mediante:

1. SOL, para el caso de MEPECOS, PRICOS y declaraciones con

pago cero.

2. Red bancaria, sólo para MEPECOS

3. Dependencias establecidas por RS, para PRICOS.

Page 5: 17 01 2015 Costos y Gastos Deducibles Del Impuesto a La Renta

VENCIMIENTO

ULTIMO DIGITO DEL RUC Y OTROS FECHA DE VENCIMIENTO

0 24 de marzo de 2015

1 25 de marzo de 2015

2 26 de marzo de 2015

3 27 de marzo de 2015

4 30 de marzo de 2015

5 31 de marzo de 2015

6 01 de abril de 2015

7 06 de abril de 2015

8 07 de abril de 2015

9 08 de abril de 2015

Buenos Contribuyentes 09 de abril de 2015

Page 6: 17 01 2015 Costos y Gastos Deducibles Del Impuesto a La Renta

Ley y Reglamento del Impuesto

a la Renta

Capítulo V

De la Renta Bruta

Capítulo VI

De la Renta Neta

Page 7: 17 01 2015 Costos y Gastos Deducibles Del Impuesto a La Renta

RENTAS EMPRESARIALES

INGRESOS

GRAVADOS

NO GRAVADOS

COSTOS GASTOS

ACEPTABLES

NO ACEPTABLES

CCPP CCPP

SUSTENTO O ACREDITACION ADICIONAL AL CP

ACEPTADOS

NO ACEPTADOS

LIMITADOS O CONDICIONADOS

Page 8: 17 01 2015 Costos y Gastos Deducibles Del Impuesto a La Renta

Renta Bruta

Costo

Computable

Renta

Bruta

Ingresos

Brutos

Page 9: 17 01 2015 Costos y Gastos Deducibles Del Impuesto a La Renta

Renta Bruta La renta bruta está constituida por el conjunto de ingresos (*)

afectos al Impuesto a la Renta que se obtengan en el ejercicio

gravable.

En bienes la RB es la diferencia existente entre el ingreso neto total

proveniente de dichas operaciones y el costo computable de los

bienes enajenados (el costo debe estar sustentado con

comprobante de pago).

Del costo computable se disminuirá en el importe de depreciaciones

o amortizables.

El ingreso neto total resultante de la enajenación de bienes se

establecerá deduciendo del ingreso bruto las devoluciones,

bonificaciones, descuentos y conceptos similares que respondan a

las costumbre de la plaza.

Art. 5º y 20º del Reglamento *Informe 021-2006-SUNAT; Informe 048-2010-SUNAT / Informe 097-2010-SUNAT.

Page 10: 17 01 2015 Costos y Gastos Deducibles Del Impuesto a La Renta

RENTAS EMPRESARIALES

INGRESOS

GRAVADOS

NO GRAVADOS

COSTOS GASTOS

ACEPTABLES

NO ACEPTABLES

CCPP CCPP

SUSTENTO O ACREDITACION ADICIONAL AL CP

ACEPTADOS

NO ACEPTADOS

LIMITADOS O CONDICIONADOS

Page 11: 17 01 2015 Costos y Gastos Deducibles Del Impuesto a La Renta

Principio de Causalidad

Organización

Empresarial (Fuente)

Gastos Renta

Neta

Renta Bruta

Page 12: 17 01 2015 Costos y Gastos Deducibles Del Impuesto a La Renta

Principio de Causalidad

Efecto: Ingreso

gravado o

mantenimiento de la

fuente

Actividades, procesos,

utilización de recursos.

(costo o gasto)

Page 13: 17 01 2015 Costos y Gastos Deducibles Del Impuesto a La Renta

Primer y último párrafo del Art. 37º del TUO de la L.I.R.

Gasto Relación

Causa – Efecto

con:

Generación de

rentas gravadas

Mantenimiento

De la fuente

Se cumplirá con el principio de causalidad, aún cuando no se logre la generación de la renta.

13

Generación

de ganancias

de capital

Deducción del gasto: siempre que no esté expresamente prohibido

Principio de Causalidad

Page 14: 17 01 2015 Costos y Gastos Deducibles Del Impuesto a La Renta

Primer y último párrafo del Art. 37º y Art. 44° inciso j). .

Elementos

concurrentes

para calificar un

desembolso como

gasto deducible

Que sea necesario para producir y/o

mantener la fuente generadora de renta.

Que no se encuentre expresamente

prohibido por la ley.

Que se encuentre debidamente acreditado

(con comprobantes de pago u otros

documentos autorizados).

Que el gasto cumpla con el criterio de

normalidad, razonabilidad y generalidad.

14

Principio de Causalidad

Page 15: 17 01 2015 Costos y Gastos Deducibles Del Impuesto a La Renta

Art. 25º Inc. d) del Reglamento L.I.R. y Art. 4° y 5° de la Ley Nº 28194.

BANCARIZACION: Obligación formal: El contribuyente que pretenda deducir el gasto o costo de adquisición, deberá efectuar el pago desde S/. 3,500 ó $ 1,000, mediante los medios de pago regulados (montos vigentes a partir del 01.01.2008 modificados por el D.L. Nº 975).

Medios de Pago: Depósitos en cuentas, giros, transferencias de fondos, órdenes de pagos, tarjetas de débito y crédito expedidas en el país y cheques con la cláusula “no negociable”, “intransferibles”, “no a la orden” u otra equivalente.

15

Requisitos Formales para la Deducción

del Gasto

Page 16: 17 01 2015 Costos y Gastos Deducibles Del Impuesto a La Renta

GASTOS SUJETOS A LÍMITE

Intereses no deducibles

(A) Total gastos por intereses 247,620

(B) Total ingresos por Intereses inafectos (79,168)

(C) Monto deducible: A - B 168,452

Monto no deducible (A) - (C) 79,168

Base Legal: Inciso a) del Artículo 37° de la Ley e inciso a) del Artículo 21° del Reglamento.

Page 17: 17 01 2015 Costos y Gastos Deducibles Del Impuesto a La Renta

GASTOS SUJETOS A LÍMITE

Intereses entre empresas vinculadas

En el mes de marzo la empresa ha recibido un préstamo de S/ 15´500,000 de su empresa vinculada

habiendo pactado un interés del 6% anual. La empresa ha contabilizado por concepto de gastos financieros

el importe de S/ 697,500. El patrimonio neto de la empresa del ejercicio anterior asciende a S/. 4´987,000 y el

capital social es de S/. 2´850,000.

• Patrimonio neto del ejercicio anterior x 3 = S/. 4´987,000 x 3 = S/. 14´961,000

(el monto que se toma a efectos de establecer el límite es el patrimonio neto y no el monto del capital)

• Intereses del monto máximo de endeudamiento

S/. ((14´961,000 x 6%)/12) x 9 = S/. 673,245 (gasto deducible)

• Intereses del préstamo pagado a la empresa vinculada.

S/. ((15´500,000 x 6%)/12) x 9 = S/. 697,500

Con estos datos se determina el monto del interés no deducible por exceder el monto máximo de

endeudamiento:

Gastos por pago de intereses cancelados a la empresa vinculada 697,500

Gastos por intereses de préstamo a empresa vinculada aceptados tributariamente (673,245)

Importe de No Deducible 24,255

Base legal: Inciso a) del artículo 37° de la Ley e inciso a) del artículo 21° del

Reglamento.

Page 18: 17 01 2015 Costos y Gastos Deducibles Del Impuesto a La Renta

GASTOS SUJETOS A LÍMITE Se ha registrado gastos por concepto de movilidad de sus trabajadores, la suma de S/. 574.00,

correspondiente al ejercicio 2014, sustentado únicamente con la planilla de gastos de movilidad, llevada de

acuerdo a la forma señalada por el Reglamento de la Ley.

Determinación del exceso de movilidad:

Base legal: (Inciso a1) del artículo 37° de la Ley e inciso v) del artículo 21° del Reglamento)

Page 19: 17 01 2015 Costos y Gastos Deducibles Del Impuesto a La Renta

GASTOS SUJETOS A LÍMITE Castigos por deudas incobrables y las provisiones equitativas por el mismo concepto, siempre que se

determinen las cuentas a las que corresponden

Se ha contabilizado como gasto S/. 76,630 en la "cuenta 68 – Valuación y Deterioro de Activos y Provisiones,

subcuenta 684 – Valuación de Activos – Divisionaria - 6841 - Estimación de cuentas de cobranza dudosa"

como provisiones del ejercicio, de acuerdo al siguiente detalle:

Base legal: (Inciso i) del artículo 37° de la Ley e inciso f) del artículo 21° del Reglamento).

Page 20: 17 01 2015 Costos y Gastos Deducibles Del Impuesto a La Renta

GASTOS SUJETOS A LÍMITE

Gastos destinados a prestar servicios de salud de cualquier servidor Dentro del programa de salud que tiene la empresa para el ejercicio 2014 ha enviado a sus trabajadores y a

sus padres a exámenes médicos a la clínica “Santa Iris", el total de gasto por dichos exámenes fue de S/.

15,870. Sin embargo, se ha determinado que no hay ningún convenio para que la empresa asuma los gastos

de salud de los padres de los trabajadores, en el detalle del comprobante de pago emitido por la clínica se

observa que el costo de los exámenes médicos de los trabajadores asciende a S/. 8,193.

Base legal: (Inciso ll) del artículo 37° de la Ley e inciso k) del artículo 21º del Reglamento

Page 21: 17 01 2015 Costos y Gastos Deducibles Del Impuesto a La Renta

GASTOS SUJETOS A LÍMITE

Gastos recreativos del personal

Por la celebración del aniversario de la empresa, día del trabajo, día de la madre y día del padre

se organizaron agasajos para todo el personal.

A) Ingresos netos del ejercicio (ventas netas más otros ingresos

gravados) 97´248,458

B) Gastos recreativos contabilizados 215,795

C) Límite máximo deducible(1): S/. 152,000 (40 UIT: 40 x S/. 3,800) (152,000)

Monto no deducible (B - C) 63,795

(1) No se ha considerado el límite del 0.5% de los ingresos netos S/. 486,242 (0.5% de S/. 97´248,458) debido a que este

monto es mayor que el límite de S/. 152,000 (40 UIT: 40 x S/. 3,800).

Base legal: Último párrafo del inciso ll) del artículo 37° de la Ley.

Page 22: 17 01 2015 Costos y Gastos Deducibles Del Impuesto a La Renta

GASTOS SUJETOS A LÍMITE

Exceso de remuneraciones del Directorio

Las remuneraciones de directores de la empresa, cargadas a gastos de administración,

ascienden a S/. 1'205,348

S/.

A) Utilidad según Balance al 31.12.2014

17,980,884

B) (+) Remuneraciones a directores cargadas a gastos 1,205,348

Total Utilidad

19,186,232

C) Deducción aceptable como gasto: 6% de S/. 19'186,232 1,151,174

Monto no deducible (B - C) 54,174

Base legal: Inciso m) del Artículo 37° de la Ley e inciso l) del artículo 21° del Reglamento.

Page 23: 17 01 2015 Costos y Gastos Deducibles Del Impuesto a La Renta

GASTOS SUJETOS A LÍMITE

Exceso de gastos de representación

Se registraron en la contabilidad gastos de representación por el

importe de S/. 202,450.

S/.

A) Ingresos brutos del ejercicio (menos devoluciones, bonificaciones,

descuentos y demás) 97'248,458

B) Gastos de representación contabilizados

202,450

C) Límite máximo deducible(1): S/. 152,000 (40 UIT: 40 x S/. 3,800)

(152,000)

Monto no deducible (B - C) 50,450

(1) No se ha considerado el límite del 0.5% de los ingresos netos S/. 486,242 (0.5% de S/. 97´248,458) debido a que este

monto es mayor que el límite de S/. 152,000 (40 UIT: 40 x S/. 3,800).

Base legal: Inciso q) del artículo 37° de la Ley e inciso m) del artículo 21° del Reglamento.

Page 24: 17 01 2015 Costos y Gastos Deducibles Del Impuesto a La Renta

GASTOS SUJETOS A LÍMITE Gastos por viáticos en el interior del país

Se ha contabilizado gastos por viáticos de viajes a provincias por un importe de S/. 11,780. Los viajes fueron realizados por el gerente

comercial a la zona centro del país del 16 al 20 de junio y a la zona oriente del país del 12 al 15 de noviembre del 2014. Los gastos se

encuentran sustentados con los respectivos comprobantes de pago.

Gasto máximo aceptado por día (16 al 20 de junio) 5 x 640 3,200

Gasto máximo aceptado por día (12 al 15 de noviembre) 4 x 640 2,560

(A) Total 5,760

(B) Gastos contabilizados (11,780)

Monto no deducible (B - A) 6,020

Base legal: Inciso r) del Artículo 37° de la Ley, inciso n) del Artículo 21° del Reglamento, Decreto Supremo N° 028-2009-EF y Decreto

Supremo N° 007-2013-EF.

Gastos por viáticos en el exterior

El gerente de ventas viajó a la ciudad de Buenos Aires (Argentina) para ampliar la cartera de clientes y permaneció 5 días, del 11 al 15

de agosto del 2014. Se registraron gastos de alimentación por S/. 9,460 y movilidad por S/. 5,202 sustentados sólo con los respectivos

comprobantes de pago emitidos en el exterior de conformidad con las disposiciones legales del Argentina.

Límite por día: Día 11.08.2014 : U.S.$ 740 x T/C 2.789 2,064

Día 12.08.2014 : U.S.$ 740 x T/C 2.789 2,064

Día 13.08.2014 : U.S.$ 740 x T/C 2.793 2,067

Día 14.08.2014 : U.S.$ 740 x T/C 2.793 2,067

Día 15.08.2014 : U.S.$ 740 x T/C 2.796 2,069

(A) 10,331

(B) Gastos contabilizados según comprobantes de pago (S/.9,460 + S/.5,202) (14,662)

Monto no deducible (B - A) 4,331

Base legal: Inciso r) del artículo 37° de la Ley, inciso n) del artículo 21° del Reglamento, y Decreto Supremo N° 056-2013-PCM.

Page 25: 17 01 2015 Costos y Gastos Deducibles Del Impuesto a La Renta

GASTOS SUJETOS A LÍMITE

Gastos por premios

En el mes de julio la empresa realizó el sorteo entre sus clientes de 2 TV de 40¨ LED, siendo el

costo de S/. 3,500 cada una. El sorteo se realizó sin la presencia de un Notario Público y la

empresa cumplió con el pago del IGV por el retiro de bienes.

• Importe de los 2 TV de 30´ LED (S/. 3,500 x 2) = 7,000

• Importe del IGV pagado por la empresa = 1,260

Monto no deducible 8,260

Base legal: Inciso u) del artículo 37° de la Ley e inciso k) del artículo 44° de

la Ley.

Page 26: 17 01 2015 Costos y Gastos Deducibles Del Impuesto a La Renta

GASTOS SUJETOS A LÍMITE Gastos ajenos al negocio

Se han contabilizado los siguientes gastos ajenos al giro del negocio:

- Gastos de viaje de los familiares del Gerente General que no prestan servicios en la empresa,

cuyo gasto son: 17,890

- Compra de alimentos en supermercados para la casa del Gerente General de la empresa. 9,420

- Servicios de vigilancia prestados en los domicilios del Gerente General y del contador de la

empresa.

6,900

Monto no deducible 34,210 Base legal: Inciso a) del artículo 44° de la Ley.

Multas e Intereses cargados a gastos.

La empresa cargó a gastos administrativos lo siguiente:

• Multa por infracciones de tránsito de los vehículos de la empresa, impuesta por la

Municipalidad Provincial de Lima. 1,900

• Multa por infracciones al reglamento de trabajo impuesta por el Ministerio de Trabajo. 3,800

• El 14 de noviembre la empresa realizó la presentación de la DDJJ mensual del Impuesto a la

Renta del mes de marzo del 2014 fuera de fecha, habiendo cancelado S/. 259 de intereses más

la multa de S/. 380.

639

Monto no deducible 6,339

Base legal: Inciso c) del artículo 44° de la Ley.

Page 27: 17 01 2015 Costos y Gastos Deducibles Del Impuesto a La Renta

GASTOS SUJETOS A LÍMITE

Provisiones no admitidas

Se ha registrado una provisión para reconocer la pérdida de valor de existencias, por un monto de S/.

195,700, sin efectuar la destrucción correspondiente.

Monto no deducible 195,700

Base legal: Inciso f) del Artículo 44° de la Ley y tercer párrafo del inciso c) del artículo 21° del Reglamento

Amortización de Intangibles

La empresa recibió en el mes de Julio 2014 de forma gratuita de parte del Sr. José Alva Chavez un software

para control de inventarios valorizado en S/. 35,000, el cual ha sido amortizado aplicando lo establecido en el

inciso g) del artículo 44° de la Ley

Monto no deducible 35,000

Base legal: Inciso g) del Artículo 44° de la Ley e inciso a) del Artículo 25° del Reglamento.

Gastos no sustentados con comprobantes de pago

- Se ha registrado como sustento de gasto por servicio de confección de afiches con una orden

de servicio por S/. 6,700. 6,700

- Se ha registrado como sustento del gasto por el mantenimiento de equipos de oficina con el

Presupuesto Técnico N° PT - 1090, por un importe de S/. 4,870. 4,870

- Se ha registrado gastos diversos sustentados con notas de venta por un monto de S/. 2,400. 2,400

Monto no deducible 13,970 Base legal: Inciso j) del Artículo 44º de la Ley e inciso b) del artículo 25° del Reglamento.

Page 28: 17 01 2015 Costos y Gastos Deducibles Del Impuesto a La Renta

GASTOS SUJETOS A LÍMITE

Retiro de bienes por uno de los socios de la empresa cuyo cargo es gerente

de administración.

El gerente de ventas ha retirado bienes en desuso, cuyo costo es de S/. 6,380 para su uso personal, el retiro

fue realizado el 31.07.2014

- Valor de mercado de los bienes retirados (valor de lista) 7,890

- IGV que grava el retiro cargado a gastos (18% de S/. 6,380) 1,420

Monto no deducible 9,310 Base legal: Artículo 31°, artículo 32º e Inciso k) del artículo 44° de la Ley.

Perdidas extraordinarias

La empresa ha contabilizado como gastos la perdida sufrido en el mes de julio, producto de un robo de

mercaderías por terceros con un valor en libros de S/. 65,850 las mercaderías no están aseguradas el

gerente de la empresa ha realizado la denuncia policial y al 31.12.2014 aun no se ha probado judicialmente el

hecho delictuoso.

Monto no deducible 65,850 Base legal: Inciso d) del Artículo 37º de la Ley.

Impuesto de terceros asumidos por la empresa

En el mes de abril la empresa efectúa el pago de un servicio de consultoría a un profesional, habiendo

recibido un recibo por honorarios por el importe de S/. 5,800 la empresa asumió el pago de la retención

correspondiente.

Importe de la retención del Imp a la Renta (10% de 5,800) = 580

Base Legal: Artículo 47° de la Ley

Page 29: 17 01 2015 Costos y Gastos Deducibles Del Impuesto a La Renta

GASTOS SUJETOS A LÍMITE

Utilización de una mayor tasa de depreciación.

La empresa ha utilizado una tasa de 20% para depreciar una máquina cortadora de fierros, la cual fue puesta

en funcionamiento en setiembre de 2014. El costo del activo es S/. 125,900.

Depreciación contabilizada: S/. 125,900 x 20% x 4 meses 8,393

12

Menos : depreciación máxima aceptable S/. 125,900 x 10% x 4meses 4,197

Monto no deducible 12

Monto no deducible 4,196 Base Legal: Inciso f) del Artículo 37°, artículos 40° y 41° de la Ley y artículo 22° del Reglamento.

Compras pagadas sin utilizar Medios de Pago o dinero en efectivo.

Se registró como costo o gasto en su contabilidad el importe de S/. 56,825 que corresponde a adquisiciones

pagadas en efectivo, a diferentes proveedores, por montos superiores a los señalados en el artículo 3° de la

Ley N° 28194 (S/. 3,500 ó US$ 1,000).

Para efectos tributarios, los pagos que se efectúen sin utilizar Medios de Pago no darán derecho a deducir

gastos, costos o créditos; a efectuar compensaciones ni a solicitar devoluciones de tributos, saldos a favor,

reintegros tributarios, recuperación anticipada, restitución de derechos arancelarios.

Monto no deducible 56,825 Base Legal: artículos 3° y 8° de la Ley N° 28194 e inciso d) del artículo 25° del Reglamento.

Page 30: 17 01 2015 Costos y Gastos Deducibles Del Impuesto a La Renta

Deducción adicional sobre las remuneraciones que se paguen a personas con discapacidad

Monto no deducible: ( A ) - ( C )

5 trabajadores con

antigüedad mayor a 1

año

2 trabajadores con

antigüedad menor a 1

año

Determinación del porcentaje de trabajadores discapacitados:

a) Número de trabajadores durante el ejercicio 2014, calculados mensualmente y totalizados por año:

(55 x 2) + (60 x 10) = 110 + 600 = 710

b) Número de trabajadores discapacitados:

(8 x 2) + (13 x 10) = 16 + 130 = 146

c) Porcentaje de trabajadores discapacitados:

146 x 100 = 20.56 %

710

Corresponderá entonces un porcentaje de deducción adicional de 50%.

Remuneraciones Pagadas:

8 trabajadores discapacitados con más de un año de labor: 8 x S/. 2,590 x 14 remuneraciones = S/. 290,080 293,810

Bonificación extraordinaria: 8 x S/. 2,590 x 9% x 2 gratificaciones = S/. 3,730

5 Trabajadores discapacitados con menos de un año de labor: 10 x S/. 1,950 x 5 trabajadores = S/. 97,500

116,984

Gratificación de julio trabajadores discapacitados con menos de un año de labor : (5 meses x S/. 1,950 x 5)/6 = S/.

8,125

Gratificación de diciembre de los trabajadores discapacitados con menos de un año de labor : (S/. 1,950 x 5) = 9,750

Bonificación extraordinaria: 8,125 + 9,750 x 9% = 1,609

Deducción adicional: 50%

50% de S/. 293,810 146,905

50% de S/. 116,984 58,492

Limite máximo:

- Trabajadores con más de un año de labor:

8 trabajadores x 24 RMV(S/. 750) 144,000

- Trabajadores con menos de un año de labor:

5 trabajadores x 2 RMV x 10 meses de labor 75,000

Deducción adicional por trabajador (menor valor entre deducción adicional y límite máximo) 144,000 58,492

TOTAL DEDUCCIÓN ADICIONAL 202,492

Base legal: Inciso z) del Artículo 37° de la Ley.

Page 31: 17 01 2015 Costos y Gastos Deducibles Del Impuesto a La Renta

CREDITO CONTRA EL IMPUESTO A LA RENTA POR

TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD

A) Crédito por remuneraciones al personal discapacitado 3% del total de remuneraciones devengadas y pagadas: 293,810 + 116,984 = 410,794

3% de 410,794 = 12,324 (1)

Limite máximo:

1.44 x RMV x N° de trabajadores discapacitados: 1.44 x 750 x 13 = 14,040 (2)

Límite máximo: el menor entre (1) y (2)

12, 324

B) Crédito por mejoras realizadas en la empresa a favor del personal

discapacitado 50% del Total invertido 50% de 58,000 = 29,000 (3)

Limite máximo

0.73 x UIT x N° de Trabajadores Discapacitados: 0.73 x 3,800 x 13 = 36,062 (4)

Límite máximo: el menor entre (3) y (4)

29,000

TOTAL CREDITO CONTRA EL IR SIN DERECHO A DEVOLUCION POR TRABAJADORES DISCAPACITADOS 41,324

Base legal: Numerales 47.2 y 50.2 de los artículos 47º y 50º de la Ley N° 29973 y su reglamento

Decreto Supremo Nº 287-2013-EF

Page 32: 17 01 2015 Costos y Gastos Deducibles Del Impuesto a La Renta

Gastos Deducibles

Page 33: 17 01 2015 Costos y Gastos Deducibles Del Impuesto a La Renta

Art. 37° Inc. b) y e), 51°-A y Art. 76° LIR y Art. 39° Último párrafo Reglamento.

Tributos y Cobranzas

Gastos de

Cobranza

Que afecten Rentas Gravadas

Tributos

Son deducibles los tributos que recaen sobre bienes o actividades productoras de rentas gravadas.

Impuestos Contribuciones Tasas

Page 34: 17 01 2015 Costos y Gastos Deducibles Del Impuesto a La Renta

Art. 37° Inc. c) y u) LIR.

Gastos de

Premios

(dinero o

especie)

Ofrecidos en general a los consumidores reales. Sorteo ante Notario Publico. Cumpla normas legales sobre la materia: Decreto Supremo N° 006-2000-IN

Primas de

Seguro

Cubra operaciones y riesgos sobre

bienes generadores Renta gravada

30 % de prima, cuando la casa se usa parcialmente como oficina

Accidentes de trabajo de personal y lucro cesante

Primas de Seguro

Page 35: 17 01 2015 Costos y Gastos Deducibles Del Impuesto a La Renta

Pérdidas Extraordinarias

Art. 37° Inc. d) Ley I. Renta.

Caso Fortuito Fuerza mayor

Hechos naturales

Las perdidas no están cubiertas por seguro; y Se haya probado judicialmente el hecho delictuoso; o Se acredite que es inútil ejercer la acción judicial.

Hechos del hombre

35

Pérdidas Extraordinarias

Page 36: 17 01 2015 Costos y Gastos Deducibles Del Impuesto a La Renta

Provisión por

deuda

Incobrable

Art. 37° Inc. i) Ley I. Renta y Art. 21 inc.. f) del Reglamento.

Deuda se encuentre vencida y se demuestre: Dificultades financieras del deudor; o, Morosidad del deudor ante acciones de cobro; o, Protesto de documentos; o, Inicio de procedimientos judiciales de cobranza; o Hayan transcurrido más de 12 meses de vencido el crédito. Además, que figure discriminado en libro Inventario y Balances.

No se reconoce como deuda Incobrable

Deudas entre partes vinculadas. Deudas del sistema financiero afianzada con derechos reales. Deudas con renovación o prorroga expresa.

36

Deuda Incobrable

Page 37: 17 01 2015 Costos y Gastos Deducibles Del Impuesto a La Renta

Art. 37° Inc. i) Ley I. Renta y Art. 21° Inc. g) del Reglamento.

Deuda Incobrable

Castigo de deudas incobrables :

Requisitos: Deuda haya sido provisionada; y Se haya realizado acciones judiciales de cobranza, salvo que sea inútil ejercerlas o la deuda sea menor a 3 UIT; o, Deuda de domiciliados condonada en vía de transacción, se deberá emitir una Nota de Abono a favor del deudor, quien lo considerara como ingreso gravable.

Page 38: 17 01 2015 Costos y Gastos Deducibles Del Impuesto a La Renta

Existencias

Art. 37° Inc. f) Ley I. Renta y Art. 21° Inc. c) Reglamento.

Mermas Desmedros

Pérdida cuantitativa

Destrucción ante Notario, comunicado a SUNAT 6 días antes

De profesional Independiente,

Competente y Colegiado

Pérdida cualitativa I N F O R M E

Mermas y Desmedros

Page 39: 17 01 2015 Costos y Gastos Deducibles Del Impuesto a La Renta

Servicios de Salud,

Culturales y Educativos

Perceptor Rentas de

segunda, cuarta o quinta

categoría

Pagados antes de presentar la DDJJ anual.

Art. 37° Inc. l), ll) y v) LIR , Art. 21° Inc. i),j) y q) del Reglamento y Décimo Cuarta Disposición Transitoria y Final D. S. N° 179-2004-EF.

Aguinaldos, bonificaciones, retribuciones

Vinculo laboral o cese; y Pagados antes de presentar la DDJJ anual.

Cargas de Personal Salud. Culturales. Educativos. Enfermedad. Salud de cónyuge. Salud de concubino(a)

Page 40: 17 01 2015 Costos y Gastos Deducibles Del Impuesto a La Renta

Según Código Tributario Intereses

Deudas

Partes vinculadas

Sólo es deducible el exceso de los ingresos por intereses exonerados.

Son deducibles los intereses si el endeudamiento no excede de 3 veces el Patrimonio Neto al cierre del Ejercicio anterior, el exceso no es deducible.

Fraccionamiento

Art. 37° inc.. a) Ley I. Renta y Art. 21° inc.. a) del Reglamento.

40

Originados por la constitución, renovación y cancelación de deudas destinadas a generar rentas gravadas.

Cargas Financieras

Page 41: 17 01 2015 Costos y Gastos Deducibles Del Impuesto a La Renta

Titular EIRL, Accionista o Socios de PJ, y Familiares

Directores de S.A

- Se pruebe que trabajan en el negocio.

- No excedan valor mercado. - El exceso será dividendo del

titular o socio.

- No exceda 6% Utilidad comercial del ejercicio antes del Impuesto a la Renta.

Art. 37° Inc. m), n), ñ) y z) Ley I. Renta y Art. 19°-A Inc. b) y Art. 21° Inc. l) y x) Reglamento.

Personas con Discapacidad

- Deducción adicional: % fijado en el inciso x) del art 21º del Reglamento.

- Procedimiento según R.S. 296-2004/SUNAT.

41

Cargas de Personal

Remuneraciones

Page 42: 17 01 2015 Costos y Gastos Deducibles Del Impuesto a La Renta

Titular EIRL, Accionistas o Socios de PJ y Familiares

Art. 37° Inc. n) y ñ) Ley I. Renta.

42

Se pruebe que trabajan en el negocio.

Cargas de Personal

Remuneraciones No excedan valor mercado. Aplicable a: - Titular de EIRL y sus familiares - Accionistas, participacionistas, socios o

asociados de PJ que califiquen como vinculados con el empleador en razón de:

> Control > Administración > Capital

Así como sus familiares.

El exceso será dividendo del titular o socio.

Page 43: 17 01 2015 Costos y Gastos Deducibles Del Impuesto a La Renta

Cargas de

Personal

Gastos recreativos. Límites:

Art. 37° Inc. ll) y a1) Ley I. Renta .

•Menores 18 años •Mayores 18 años incapacitados

43

Que sean necesarios para sus funciones No constituyan beneficio o ventaja patrimonial

Podrán ser sustentados con Comprobante; o Planilla de movilidad, en cuyo caso éstos gastos no podrán exceder del 4% de la RMV diariamente por cada trabajador

No se aceptara los gastos de aquellos a quienes la empresa les asigna movilidad.

Gastos en salud de hijos

Gastos de

movilidad

de

trabajadores

•0.5 % ingresos netos •40 UIT

Cargas de Personal

Page 44: 17 01 2015 Costos y Gastos Deducibles Del Impuesto a La Renta

Gastos de

Representación

Art. 37° Inc. q) Ley I. Renta y Art. 21° inc. m) del Reglamento.

Son aquellos efectuados: - A fin de ser representada fuera de sus oficinas. - A fin de presentar una imagen. Incluye obsequios y agasajos a clientes. No son GR los gastos de viaje ni los - - gastos de propaganda.

44

Representación

Limites GR: - 0.5 % ingresos brutos. - 40 UIT.

Page 45: 17 01 2015 Costos y Gastos Deducibles Del Impuesto a La Renta

Art. 37° Inc. w) Ley I. Renta y Art. 21° Inc. r) del Reglamento. (*) vigente a partir del 01.01.2013, D. Leg. 1120.

Vehículos

Automotores

A2, A3, A4, B1.3

y B1.4(*)

Son deducibles los gastos en vehículos que:

- Sean estrictamente indispensables; y

- Se apliquen en forma permanente para el

desarrollo de las actividades propias del giro del

negocio.

45

Gastos en Vehículos

Vehículos

Automotores

A2, A3 y A4

Son deducibles los gastos en vehículos asignados a

actividades de dirección, representación y

administración de la empresa, cuyo costo de

adquisición de dichos vehículos no sea mayor a 30

UIT y que cumpla con el límite de número de

vehículos.

Page 46: 17 01 2015 Costos y Gastos Deducibles Del Impuesto a La Renta

Art. 21° Inc. r) Reglamento I. Renta.

Ingreso s neto s anuales N ° vehí culo s

H asta 3,200 UIT 1

H asta 16,100 UIT 2

H asta 24,200 UIT 3

H asta 32,300 UIT 4

M as de 32,300 UIT 5

46

La UIT correspondiente al ejercicio gravable anterior. Los ingresos netos anuales devengados en el ejercicio gravable anterior, con exclusión de los ingresos por enajenación de bienes del activo fijo y operaciones que no sean habitualmente realizadas en el cumplimiento del giro del negocio.

Limites de vehículos destinados a dirección, representación y administración

Gastos en Vehículos

Page 47: 17 01 2015 Costos y Gastos Deducibles Del Impuesto a La Renta

Depreciación de Activos fijos

Art. 37° Inc. f), 38° y 40° Ley I. Renta y Art. 11° Inc. b) y 22° del Reglamento. *A partir del 01.01.2013 se sustituye a costos posteriores incorporados al activo. D. Leg.1112.

Desgaste Obsolescencia

Costo adquisición o producción + mejora permanente*

Contabilizada en libros contables

• Tabla aprobada ó • Informe técnico

T A S A

47

y

Si los bienes afectan parcialmente a la producción de renta, la depreciación se deducirá en la proporción correspondiente.

Depreciación

Page 48: 17 01 2015 Costos y Gastos Deducibles Del Impuesto a La Renta

Tasas de depreciación aplicables

Art. 39° y 40° Ley I. Renta y Art. 22° Inc. b) Reglamento I. Renta.

% ANUAL

BIENES DE DEPRECIACION

HASTA UN MÁXIMO DE

1.Ganado de trabajo y reproducción,

redes de pesca.

2. Vehículos de transporte terrestre

(excepto ferrocarriles), hornos general

3. Maquinaria y equipo de actividades

mineria, petrolera y construcción,

excepto muebles y equipos de oficina

4. Equipos de procesamiento de datos 25%

5. Maquinaria y equipos adquiridos

despues de 01-01-1991

6. Otros bienes del activo fijo. 10%

25%

20%

20%

10%

48

Edificios y otras Construcciones 5% anual

Depreciación

Page 49: 17 01 2015 Costos y Gastos Deducibles Del Impuesto a La Renta

Art. 43° Ley I. Renta y Art. 22° Inc. i) y 23° del Reglamento.

49

Bienes

depreciables

(excepto

inmuebles)

obsoletos o

fuera de

uso

Depreciarse

Darse de baja

Acreditado con

Informe Técnico

dictaminado por

profesional

competente y

colegiado

La inversión en bienes cuyo

costo por unidad no sobrepase

¼ UIT puede deducirse

como gasto

No es de aplicación si los bienes forman parte de un conjunto o equipo

Depreciación

Page 50: 17 01 2015 Costos y Gastos Deducibles Del Impuesto a La Renta

Art. 37° Inc. g) LIR y Art. 21° Inc. d) del Reglamento.

Amortizaciones

- Organización

- Pre-operativos iniciales o de expansión.

- Intereses devengados en período pre-operativo

En el primer ejercicio

50

Amortizarse en el plazo

máximo de 10 años

Plazo puede ser variado con autorización de SUNAT

Amortizaciones

Page 51: 17 01 2015 Costos y Gastos Deducibles Del Impuesto a La Renta

Los gastos de viaje deben estar sustentados: CdP.

Los viáticos incluyen alojamiento, alimentación y movilidad.

En ningún caso se admitirá la deducción de la parte de los gastos de viaje que correspondan a los acompañantes de la persona que la empresa o el contribuyente, en su caso, encomendó su representación.

Gastos por Viáticos

LIR Art. 37° inc. r) y Reglamento... Art. 21° inc.. n).

Page 52: 17 01 2015 Costos y Gastos Deducibles Del Impuesto a La Renta

Deberán estar sustentados con comprobantes de pago que, de acuerdo con las normas correspondientes, sirvan para sustentar

la deducción de costos y gastos.

Escala de viáticos deducibles del 01.01.2013 al 31.12.2013

Monto de viáticos diarios a nivel nacional

Viáticos diarios que otorga el

gobierno central a sus

funcionarios de carrera de mayor

jerarquía (*)

Viáticos diarios para trabajadores del

sector privado

S/. 210.00 S/. 420.00 (hasta el 23.01.2013)

S/. 320.00 S/. 640.00 (desde el 24.01.2013)**

(*) Directores Generales, Jefes de Oficina General, Gerentes Generales, Gerentes Regionales, Asesores de alta

Dirección Directores Ejecutivos y Directores, Funcionarios que desempeñan cargos equivalentes (Decreto Supremo

N° 028-2009-EF publicado el 05.02.2009)

Gastos por Viático : Interior del país

**Decreto Supremo Nº 007-2013-EF

Page 53: 17 01 2015 Costos y Gastos Deducibles Del Impuesto a La Renta

LÍMITE DE VIÁTICOS EN EL EXTRANJERO

Page 54: 17 01 2015 Costos y Gastos Deducibles Del Impuesto a La Renta

LIR : art. 37° inc. r).

Los viáticos por alimentación y movilidad en el exterior podrán sustentarse con los documentos emitidos en el exterior de conformidad con las disposiciones legales del país respectivo,

Debe constar en ellos al menos: nombre, denominación o razón social, domicilio del transferente/prestador del servicio, naturaleza u objeto de la operación, así como fecha y monto pagado,

También podrá sustentarse con la DJ del beneficiario de los viáticos de acuerdo con lo establecido por el Reglamento, la cual no debe exceder del 30% del monto máximo establecido en la tabla respectiva.

Gastos por Viáticos: Exterior

Page 55: 17 01 2015 Costos y Gastos Deducibles Del Impuesto a La Renta

La movilidad de los trabajadores necesaria para el cabal desempeño de sus funciones y que no constituyan beneficio o ventaja patrimonial directa, podrán ser sustentados con CdP o con una planilla de gastos de movilidad suscrita por el trabajador.

Si los gastos no se sustentan bajo alguna de las formas previstas sólo procede la deducción de los gastos que se encuentren acreditados con CdP.

Los gastos sustentados con la planilla no podrán exceder, por cada trabajador, el importe diario de 4% de la RMV.

Gastos de Movilidad

LIR Art. 37° a1).

Page 56: 17 01 2015 Costos y Gastos Deducibles Del Impuesto a La Renta

INFORME N° 046-2007-SUNAT/2B0000

Los gastos de transporte a que se refiere el inciso r) del artículo 37° de LIR son aquellos que se realizan para el traslado del trabajador a un lugar distinto al de su residencia habitual, por asuntos del servicio que presta.

Los gastos de movilidad a que se refiere ese inciso, son aquellos en los que se incurren cuando, siendo prestado el servicio en un lugar distinto al de su residencia habitual, la persona requiera trasladarse o movilizarse de un lugar a otro.

Gastos por Transporte VS. Gastos

de Movilidad

Page 57: 17 01 2015 Costos y Gastos Deducibles Del Impuesto a La Renta

Entidades sin fines de lucro: beneficencia,

asistencia social, educación, culturales,

científicas, artísticas, literarias, deportivas,

salud, patrimonio histórico cultural indígena.

Sector Público

Nacional

(excepto

empresas)

Requisito: calificación previa de la SUNAT.

Gastos por Donación

Límite a la deducción: 10% Renta Neta luego

de la compensación de pérdidas.

Gasto por Donaciones

Art. 37° Inc. x) Ley I. Renta y Art. 21° Inc. s) del Reglamento.

Page 58: 17 01 2015 Costos y Gastos Deducibles Del Impuesto a La Renta

Límite 1: 6% del monto acreditado con CdP anotados en el Registro de Compras (monto total incluido impuestos). Límite 2 : 200 UIT.

Sólo otorgados por contribuyentes del NRUS. Gastos sustentados

con Boletas de

Ventas o Tickets

Art. 37° Segundo párrafo e Inc. s) y Art. 21° Inc. ñ) y o) del Reglamento.

Arrendamiento

de predios

Es deducible el importe de arrendamientos que recaen sobre predios destinados a la actividad gravada.

Personas Naturales: Si el predio es casa habitación y parte la utiliza para generar renta de 3° categoría, la deducción aceptada es 30% del alquiler y 50% de gastos de mantenimiento.

Gasto Boletas Nuevo Rus y Gasto por Alquileres

Page 59: 17 01 2015 Costos y Gastos Deducibles Del Impuesto a La Renta

Gastos No Deducibles

Page 60: 17 01 2015 Costos y Gastos Deducibles Del Impuesto a La Renta

Art. 44°Inc. a) y f) Ley I. Renta.

No se acepta los gastos de sustento del contribuyente y sus familiares. (Ejemplos: gastos de alimentación, vehículos, educación, viajes, etc.).

Gastos Personales y Previsionales

Contables

No se aceptan las asignaciones por constitución de reservas o provisiones no admitidas por ley.

Provisiones

Contables

Gastos

Personales del

Contribuyente

Page 61: 17 01 2015 Costos y Gastos Deducibles Del Impuesto a La Renta

Art. 44°Inc. j) Ley I. Renta y Art. 25° Inc. b) del Reglamento.

Deben estar sustentados con documentos emitidos en arreglo al RCP RS N° 007-99/SUNAT.

No son deducibles aquellos comprobantes que de acuerdo al RCP no pueden ser utilizados para sustentar costo o gasto.

No son deducibles los comprobantes emitidos por contribuyentes No Habidos, salvo que al 31 de diciembre del ejercicio hayan levantado tal condición.

Gastos sin Sustento

Gastos sin

sustento en

Comprobantes

de Pago

Page 62: 17 01 2015 Costos y Gastos Deducibles Del Impuesto a La Renta

No se conociera el

gasto oportunamente.

No implique beneficio

fiscal.

Provisionado y

pagado en el ejercicio.

Principios

contables:

Devengado

Correlación

Art. 57° Ley I. Renta.

Sólo se aceptará si:

Gastos de Ejercicios Anteriores

Gastos de

ejercicios

anteriores

Page 63: 17 01 2015 Costos y Gastos Deducibles Del Impuesto a La Renta

No son deducibles el IGV, IPM e ISC que grave el

retiro de bienes.

Art. 44° Inc. c) y k) de Ley I. Renta.

Multas y

Sanciones

Código Tributario

Sector Público

Nacional

No se considera:

Intereses por fracc.

tributario

Tributos

Multas, Sanciones y Tributos

Page 64: 17 01 2015 Costos y Gastos Deducibles Del Impuesto a La Renta

Art. 44° Inc. g) y l) Ley I. Renta y Art. 25° Inc. a) del Reglamento.

Reorganización de empresas o no.

Excepción: Art. 104° num.1 Ley I.R.: Monto revaluado es renta gravable.

Duración Limitada: aquellos cuya vida

útil está estimada por ley o naturaleza.

Duración ilimitada: marcas, patentes,

procedimientos de fabricación, juanillos.

En los intangibles aportados no se

acepta el gasto.

Intangibles de Duración Ilimitada y

Revaluaciones

Intangibles de

Duración

ilimitada

Reevaluaciones

Voluntarias

Page 65: 17 01 2015 Costos y Gastos Deducibles Del Impuesto a La Renta

Tampoco son deducibles todo acto de liberalidad excepto lo dispuesto por el Art. 37° Inc. x) ].

Art. 44° Inc. d) y e) Ley I. Renta .

Mejoras permanentes: • Alargan vida útil • Mejoran la calidad de la producción • Reducen los costos

Formarán parte del costo del

activo

Donaciones, Liberalidades y Mejoras

Permanentes

Donaciones

y

Liberalidades

Bienes o

mejoras

permanentes

Page 66: 17 01 2015 Costos y Gastos Deducibles Del Impuesto a La Renta

Art. 44° Inc. b) y h) y Art. 47° de Ley I. Renta.

El Impuesto a la Renta grava el

Resultado obtenido.

No puede deducir el Impuesto a la

Renta que haya asumido y que

corresponda a un tercero.

Excepción: intereses por operaciones de

crédito a beneficiarios del exterior.

Impuesto a la Renta

Impuesto a

la Renta

Page 67: 17 01 2015 Costos y Gastos Deducibles Del Impuesto a La Renta

Art. 44°Inc. m) Ley I. Renta y Art. 86° del Reglamento.

También se considera a los países donde la tasa del IR es 0% o menor en 50% a la tasa en Perú.

No brinde información. Régimen tributario con

beneficios. Beneficiados estén Prohibidos operar en

mercado local. El país se publicite como

paraíso.

Gastos

provenientes

de paraísos

fiscales

Países de baja o nula imposición: Aruba, Hong Kong, Panamá, Mónaco, Islas Caimán, etc.

y

Gastos de Paraísos Fiscales

Page 68: 17 01 2015 Costos y Gastos Deducibles Del Impuesto a La Renta

Piura, 04 de diciembre del 2014