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Ayuntamiento de la Villa de MORALEJA (Cáceres) Secretaría General Adjunto se remite fotocopia del borrador del Acta de la sesión celebrada por la Junta de Gobierno Local el día 18 de junio de 2014 rogándole firme el presente documento, en prueba de su recepción. Moraleja, 19 de junio de 2014 LA`'SEC TAL, Sra. Doña Teresa ROCA GONZALO C/ Pío Baroja, núm. 13 MORALEJA (Ejemplar para Secretaría General)

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JGL 18 de junio de 2014

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Secretaría General

Adjunto se remite fotocopia del borrador del Acta de la sesión celebrada por la Junta de Gobierno Local el día 18 de junio de 2014 rogándole firme el presente documento, en prueba de su recepción.

Moraleja, 19 de junio de 2014 LA`'SEC TAL,

Sra. Doña Teresa ROCA GONZALO C/ Pío Baroja, núm. 13 MORALEJA (Ejemplar para Secretaría General)

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BORRADOR DEL ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EL DÍA 18 DE JUNIO DE 2014.-

En la villa de Moraleja, siendo las doce horas del día dieciocho de junio de dos mil catorce, se reunieron en la Sala de Reuniones, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde, Don Pedro CASELLES MEDINA, los siguientes Tenientes de Alcalde: Don Rubén BLANCO GÓMEZ y Doña Mercedes GONZÁLEZ MARTÍN, asistidos por la Secretaria Accidental de la Corporación, Doña Raquel Z. BUENO GUTIÉRREZ, al objeto de celebrar, en primera convocatoria, sesión extraordinaria.

Doña Balbina ARROYO PUERTO y Don Carlos LOMO MACÍAS han excusado su asistencia ante la Alcaldía.

La Junta de Gobierno Local, en virtud de la delegación de atribuciones efectuada por Resolución de la Alcaldía de fecha 14 de junio de 2011, procede a la adopción de los siguientes ACUERDOS:

1.- LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL BORRADOR DEL ACTA DE LA SESIÓN DE FECHA 11 DE JUNIO DE 2014.-

Dada lectura al borrador del acta de la sesión extraordinaria de la Junta de Gobierno Local celebrada con fecha 11 de junio, se pone de manifiesto la existencia de un error en el acuerdo relativo a la Mejora de las Cubiertas de la ampliación del Cementerio Municipal, por lo que en aplicación de lo establecido en el artículo 105.2° de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se ACUERDA por la Junta de Gobierno Local su rectificación y donde dice "cuyo importe total, asciende a la cantidad de 18.137,09 euros más el Impuesto sobre el Valor Añadido" debe decir "cuyo importe total, asciende a la cantidad de 21.583,14 euros más el Impuesto sobre el Valor Añadido".

Una vez rectificado dicho error, el acta es aprobada por unanimidad.

2.- LICENCIA.-

* SEGREGACIÓN

En relación con el escrito presentado en este Ayuntamiento por Don Jesús TORRES LUIS, en representación de la sociedad mercantil "TALLERES MECÁNICOS JESUS TORRES, S.L.", solicitando Licencia de Segregación o bien

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Certificación acreditativa de la innecesariedad de la misma, para segregar en DOS nuevas parcelas -de 158,90 m2 y 161,10 m2 respectivamente-, una finca de 320,00 m2, situada, catastralmente, en la Calle General Muñoz Grande N°17 de este municipio, según documentación que adjunta y visto el informe emitido por los Servicios Técnicos Municipales, del que resultan los siguientes extremos:

PRIMERO.- Que según el Padrón Catastral del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana obrante en éste Ayuntamiento, y las escrituras de propiedad que el interesado aporta, la finca o parcela tiene los siguientes datos:

DATOS CATASTRALES: Referencia catastral: 0181115 QE03008S 0001XB ; Situación: Calle General Muñoz Grande, N°17; Superficie de Suelo: 320,00 m2; Titular: "TALLERES MECANICOS JESUS TORRES, S.L."

DATOS ESCRITURA DE PROPIEDAD: Superficie de Terreno: 330,00 m2; Inscripción (Registro de la Propiedad de Coria):Finca N°: 8.805 (Moraleja); Tomo: 774; Libro: 96; Folio: 73; Inscripción: 2'

SEGUNDO.- Que de acuerdo con las NN.SS. vigentes, aprobadas definitivamente el 20 de diciembre de 2001 (D.O.E. 16-04-2002), esta parcela está ubicada en la Subzona ESTE, y clasificada como SUELO URBANO CONSOLIDADO.

TERCERO.- Que para la Subzona ESTE, las NN.SS. establecen una parcela mínima, a efectos de segregación, de 100 m2 de superficie y 6 m de fachada.

En base a lo expuesto anteriormente, la Junta de Gobierno Local ACUERDA conceder la LICENCIA DE PARCELACIÓN para realizar la segregación interesada, y así obtener las parcelas resultantes que a continuación se relacionan, condicionando esta Licencia a la presentación, en este Ayuntamiento, en el plazo de tres meses, del documento público en que se haya formalizado la misma, debiendo contener su testimonio íntegro, en aplicación de lo establecido en el artículo 39.3° de la Ley 15/2001, de 14 de diciembre del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura:

Parcela N° Superficie Fachada Suelo 1 158,90 m2 10,35 ni URBANO CONSOLIDADO

2 161,10 m2 1 0,3 5 m URBANO CONSOLIDADO

*ASUNTOS VARIOS OBRAS

-Visto el escrito presentado por Don Ángel PEREZ HERNANDEZ, en el que solicita autorización para la colocación de un tubo bajo el camino de Perales que atraviesa la finca de su propiedad con referencia catastral 10131A005000220000GS, situada en el paraje de Rozacorderos, a fin de evitar el encharcamiento de las aguas

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sobrantes del riego, la Junta de Gobierno Local, en consonancia con el informe emitido por los Servicios Técnicos Municipales, ACUERDA acceder a lo solicitado, debiendo el interesado disponer sobre la conducción una capa de 10 centímetros de hormigón para protegerla del tráfico rodado y rematarla con 10 centímetros de tierra debidamente compactada.

-En relación con el PROYECTO DE EJECUCIÓN presentado por Excma. Diputación Provincial de Cáceres, para la realización de la obra denominada "URBANIZACIONES" en Moraleja, con un importe total de 247.546,00 €, englobada dentro del "Plan de Inversiones" de dicho organismo con número de obra 12/061/2013, y que afecta a las calles Huertas, Sebastián Izquierdo, Campoamor y Ronda del Foso, en este municipio, aprobado con fecha 23 de mayo de 2014, la Junta de Gobierno Local ACUERDA corregir omisión detectada en el punto TERCERO del referido acuerdo, que pasará a tener el siguiente contenido:

"TERCERO.- Declarar que el Ayuntamiento de Moraleja tiene la disponibilidad plena de las vías públicas afectadas, así como las autorizaciones y concesiones administrativas que son precisas. Y pone a disposición de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres, con el fin de que puedan llevarse a cabo los trámites necesarios para la contratación y ejecución de la obra núm12/061/2013, denominada "URBANIZACIONES" en Moraleja con un presupuesto de 247.546,00 €, que figura incluida en el "Plan de Inversiones", de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres".

*AMPLIACION CEMENTERIO MUNICIPAL

-Vistas las modificaciones efectuadas al Proyecto de Ejecución redactado por el Arquitecto Don Lorenzo FERNÁNDEZ ORDOÑEZ por encargo de este Ayuntamiento (MODIFICADO 1), para la construcción de nuevos nichos en el Cementerio Municipal aprobado por acuerdos de esta Junta de fechas 8 de noviembre de 2013 y 14 de febrero de 2014, y examinado el escrito presentado en este Ayuntamiento por Don Lorenzo FERNANDEZ ORDOÑEZ y por doña Raquel GARCIA SIMAL, Director de la Obra y Directora de Ejecución respectivamente, en el que manifiestan que, como consecuencia de diversos problemas técnicos sufridos en el grupo electrógeno que suministra energía eléctrica a la obra y en la bomba neumática, se han producido una serie de retrasos, por lo que es necesario se conceda una prórroga para terminar los trabajos, en consonancia con el informe favorable emitido por los Servicios Técnicos Municipales, ACUERDA por la por la Junta de Gobierno Local:

PRIMERO.- Aprobar las modificaciones efectuadas al Proyecto de Ejecución redactado por Don Lorenzo FERNÁNDEZ ORDOÑEZ para la construcción de nuevos nichos en el Cementerio Municipal (MODIFICADO 1).

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SEGUNDO.- Conceder una ampliación de TRES SEMANAS en el plazo inicialmente previsto para la finalización de las obras.

*RENOVACIÓN DE LÁMPARAS DE ALUMBRADO PUBLICO EXTERIOR EN LA AVDA. DE LUSITANIA PARA MEJORA DE LA EFICIENCIA ENERGETICA

- Vista la Memoria Valorada redactada a petición de la Alcaldía por el Técnico Municipal Don Aitor ZUBITUR SASTURAIN denominada "RENOVACIÓN DE LÁMPARAS DE ALUMBRADO PÚBLICO EXTERIOR EN LA AVDA. DE LUSITANIA PARA MEJORA DE LA EFICIENCIA ENERGETICA", que tiene por objeto sustituir las luminarias del alumbrado público existentes de Avda. de Lusitania (vapor de mercurio) de este municipio, por luminarias LED, cuyo importe total asciende a la cantidad de 29.951,07 Euros IVA incluido.

Vista la Convocatoria de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres (BOP n°105, de 3 de junio de 2014), por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para actuaciones de AHORRO Y EFICIENCIA ENERGÉTICA para el año 2014 y considerando que la Memoria antedicha cumple con los requisitos de misma, la Junta de Gobierno ACUERDA:

PRIMERO.- Aprobar la Memoria Valorada de la obra denominada "RENOVACIÓN DE LÁMPARAS DE ALUMBRADO PUBLICO EXTERIOR EN LA AVDA. DE LUSITANIA PARA MEJORA DE LA EFICIENCIA ENERGETICA", redactada por los Servicios Técnicos Municipales.

SEGUNDO.- Facultar al Sr. Alcalde para solicitar a la Excma. Diputación Provincial de Cáceres, la subvención regulada en la Convocatoria (BOP n°105, de 3 de junio de 2014) para la concesión de subvenciones para actuaciones de AHORRO Y EFICIENCIA ENERGÉTICA para el año 2014 y que se proceda a tramitar la oportuna documentación."

*ALEGACIÓN LIQUIDACIÓN ICIO

-Visto el escrito de alegaciones presentado en este Ayuntamiento con fecha 26 de mayo y núm. de registro de entrada 2779, Don José Luis PERIAÑEZ GONZALEZ, actuando en nombre y representación de la mercantil EOC24 ARQUITECTURA Y CONSTRUCCIÓN, S.L., en calidad de adjudicatario de la obra promovida por CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA para la reparación y refuerzo del forjado sanitario del Colegio Público "CERVANTES", contra la

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liquidación practicada por el concepto de licencia de obras e Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) aprobada por la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el 25 de abril de 2014, en el que manifiesta 1° que en aplicación de lo establecido en el artículo 6 de la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, la base imponible del impuesto es el coste de ejecución material, no incluyendo las cantidades correspondientes al Capítulo 1 (Trabajos previos): la partida 01.03 (apuntalamiento de de forjado, vigas y pilares) y 01.08 ((Desapuntalamiento de forjado), el Capitulo 10 (Seguridad y salud) y el Capítulo 11 (Control de Calidad), por lo que ascendería a la cantidad de 115.899,62 Euros en lugar de 140.257,88 Euros como el Ayuntamiento estima; 2° que según el artículo 7 de la Ordenanza, el tipo de gravamen es del 2;2% en lugar del 2,8%; 3° que se ha aplicado la tasa por expedición de licencias urbanísticas de 15,03 Eurds, cuando en la liquidación pone EXENTO.

Vistos los informes que obran en el expediente, emitidos por los Servicios Técnicos Municipales y por la Secretaría General, de los que resultan los siguientes extremos: Que el proyecto técnico que ha servido de base a la concesión de la licencias de obras y a la liquidación del ICIO y la imposición de la tasa correspondiente, elaborado por el Arquitecto Don Francisco VIÑA() D TOM, establecía como presupuesto de ejecución material la cantidad de 140.257,88 Euros de la que no cabe hacer ninguna exclusión pues se entiende que todos los conceptos son necesarios para la ejecución de la obra, sin ser excluibles de la base imponible, y que el "coste de ejecución material" al que se refiere el art. 6 de la Ordenanza, es el montante del Presupuesto de Ejecución Material, tal como su propio nombre indica. Que respecto al tipo de gravamen del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, el artículo 7 de la Ordenanza fue modificado por el Pleno de la Corporación en sesión celebrada el 2 de octubre de 2009, que acordó elevarlo del 2,2% al 2,8%, entrando en vigor dicha modificación tras su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia núm. 234, de fecha 4 de diciembre de 2009. Por último el artículo 4 de la Ordenanza reguladora de la TASA POR EXPEDICIÓN DE LICENCIAS URBANÍSTICA, establece que la cuota tributaria de las obras, instalaciones y construcciones en general, incluidas las demoliciones es de 15,03 Euros, estableciendo la exención de la misma exclusivamente para las obras de carácter menor, que son aquellas que tienen por objeto la realización de reformas, conservaciones o demoliciones que no afecten a la estructura, fachadas o cubiertas de edificios y que no precisen andamios, siendo su tramitación efectuada por el procedimiento abreviado. Evidentemente no puede aplicarse la exención establecida en la Ordenanza ya que la obra que trae causa no puede considerarse como de carácter menor, debiéndose la inclusión de la palabra EXENCIÓN en la liquidación impugnada a un error que, en todo caso, no afectaría a la misma.

Por lo expuesto, la Junta de Gobierno Local, en consonancia con los informes que obran en el expediente, ACUERDA desestimar las alegaciones formuladas por Don José Luis PERIAÑEZ GONZALEZ, actuando en nombre y representación de la

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mercantil E0C24 ARQUITECTURA Y CONSTRUCCIÓN, S.L. contra la liquidación practicada por el concepto de licencia de obras e Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras aprobada por la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el 25 de abril de 2014.

*CONSTRUCCIÓN PISTA DE PADEL CUBIERTA

-Visto el Proyecto de Ejecución redactado por los Ingenieros Técnicos de Obras Públicas Don Cesar BLAZQUEZ MARTÍN y Don Abel RODRÍGUEZ VELASCO, ambos de la empresa GEDINE, S.L., por encargo de este Ayuntamiento, denominado "PISTA DE PADEL CUBIERTA EN MORALEJA" que tiene por objeto la construcción de dicha instalación en el Polideportivo Municipal, cuyo presupuesto de asciende a la cantidad de 41.322,31 Euros, más IVA, y visto el informe favorable emitido por los Servicios Técnicos Municipales, se ACUERDA por la por la Junta de Gobierno Local:

PRIMERO.- Aprobar el Proyecto de Ejecución redactado por Don Cesar BLAZQUEZ MARTÍN y Don Abel RODRÍGUEZ VELASCO para la construcción de una nueva pista de pádel cubierta en el Polideportivo Municipal, cuyo presupuesto asciende a la cantidad de 41.322,31 Euros más 8.677,69 Euros en concepto de Impuesto sobre el Valor Añadido

SEGUNDO.- Presentar el referido proyecto a la Dirección General de Deportes de la Presidencia de la Junta de Extremadura a fin de solicitar las ayudas que procedan para la ejecución de dicha obra.

*CUBRICIÓN GRADERIO CAMPO DE FUTBOL Y PISTA DE PADEL EXISTENTE

-Visto el Proyecto de Ejecución redactado por los Ingenieros Técnicos de Obras Públicas Don Cesar BLAZQUEZ MARTÍN y Don Abel RODRÍGUEZ VELASCO, ambos de la empresa GEDINE, S.L., por encargo de este Ayuntamiento, denominado "CUBRICIÓN GRADERIO CAMPO DE FUTBOL Y PISTA DE PADEL EXISTENTE" que tiene por objeto la cubrir las gradas existentes en el campo de futbol y techar la pista de pádel existente en el Polideportivo Municipal, cuyo presupuesto de asciende a la cantidad de 41.322,31 Euros, más IVA, y visto el informe favorable emitido por los Servicios Técnicos Municipales, se ACUERDA por la por la Junta de Gobierno Local:

PRIMERO.- Aprobar el Proyecto de Ejecución redactado por Don Cesar BLAZQUEZ MARTÍN y Don Abel RODRÍGUEZ VELASCO para la cubrir las

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gradas existentes en el campo de futbol y techar la pista de pádel existente en el Polideportivo Municipal, cuyo presupuesto asciende a la cantidad de 41.322,31 Euros más 8.677,69 Euros en concepto de Impuesto sobre el Valor Añadido

SEGUNDO.- Presentar el referido proyecto a la Dirección General de Deportes de la Presidencia de la Junta de Extremadura a fin de solicitar las ayudas que procedan para la ejecución de dicha obra.

*ADAPTACIÓN DE INSTALACIONES MUNICIPALES A CENTRO DE DÍA

-En relación a la subvención concedida a este Ayuntamiento por Resolución del Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres de fecha 5 de junio de 2014, con cargo al Presupuesto Provincial para el 2014, aplicación presupuestaria 2014-1-91-21-76202 denominada "Subvenciones de Capital a Entidades Locales. Org. Gobierno", por importe de 15.000,00 Euros, que generará crédito en el presupuesto municipal de gastos, para la ejecución de las obras que tienen por objeto principal dotar de medidas de protección contra incendios a las instalaciones municipales destinadas CENTRO DE DÍA, la Junta de Gobierno Local ACUERDA:

PRIMERO.- Aprobar la Memoria Valorada denominada Memoria Valorada denominada "ADAPTACIÓN DE INSTALACIONES MUNICIPALES A CENTRO DE DÍA" redactada por los Servicios Técnicos Municipales a petición de la Alcaldía, con tal objeto

SEGUNDO.- En base al Plan de Ajuste aprobado por este Ayuntamiento, solicitar tres ofertas a empresas cualificadas.

3.- ALTAS/BAJAS DE PADRONES.-

* TARJETA DE ESTACIONAMIENTO.-

- Examinado el expediente tramitado a instancias de Don Jesús OLIVERA CHAPARRO, para la solicitud de la Tarjeta de Estacionamiento para Personas con Discapacidad, y de conformidad con los informes que obran en el mismo, la Junta de Gobierno Local ACUERDA conceder la tarjeta interesada en aplicación de lo establecido en la Ordenanza reguladora de su expedición.

4.- PERSONAL.-

Sin asunto.-

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5.- ASUNTOS VARIOS.-

* PLIEGO DE CONDICIONES REGULADORAS DE LA COLOCACIÓN DE PUBLICIDAD EN LAS INSTALACIONES DE LAS FIESTAS DE SAN BUENAVENTURA 2014.-

- La Junta de Gobierno Local ACUERDA proceder a la aprobación del Pliego de Condiciones Reguladoras de la colocación de publicidad en las instalaciones de las Fiestas de San Buenaventura 2014, oferta económicamente más ventajosa con un único criterio de adjudicación (el precio).

* PLIEGO DE CONDICIONES DE LA GESTIÓN DEL SERVICIO DE CAFETERÍA — BAR DE LA PISTA LAS VEGAS

- La Junta de Gobierno Local ACUERDA proceder a la aprobación del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Prescripciones Técnicas para contratar, mediante procedimiento abierto, el servicio de cafetería-bar de la Pista "Las Vegas" de este municipio.

* SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL.-

-Vistas las nuevas condiciones particulares del seguro de Responsabilidad Civil general de este Ayuntamiento suscrito con MAPFRE con las que se ha conseguido un ahorro de 4.974,24€ en relación con las anteriores condiciones, sin que suponga una merma de los conceptos asegurados, y visto que se considera necesario suscribir un seguro de Responsabilidad Civil para autoridades y personal al servicio de este Ayuntamiento de Moraleja cuyo importe es de 1.868,24€, la Junta de Gobierno Local ACUERDA suscribir dicha póliza con MAPFRE con cargo a la partida 2014/920-224, manteniéndose niveles de ahorro con respecto al ejercicio anterior.

*PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN DE LA ORGANIZACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE LOS ESPECTÁCULOS TAURINOS A CELEBRAR EN MORALEJA DURANTE LAS FIESTAS DE SAN BUENAVENTURA 2014

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-Vista la reclamación presentada en este Ayuntamiento con fecha 13 de junio de 2014, y con núm. de registro de entrada 3380, por la empresa ESENCIA TAURINA, S.L.U., contra el resultado de la calificación de la documentación aportada en el procedimiento de adjudicación de la organización y explotación de los espectáculos taurinos a celebrar en Moraleja durante las fiestas de San Buenaventura 2014 y por el que su oferta fue excluida por considerar que la garantía provisional no había sido presentada por ningún medio considerado válido, (esto es, en metálico, mediante cheque conformado o mediante aval bancario), y que dicha empresa no había acreditado la solvencia técnica y profesional .

Visto el Acta de la Mesa de Contratación reunida el día 16 de junio de 2014 para atender la reclamación presentada, según la cual el certificado expedido por el Banco Santander y aportado por el interesado en ningún caso puede considerarse como resguardo acreditativo de haber constituido la garantía provisional por importe de 2.550 € (3 % del presupuesto del contrato), teniendo el carácter de mera referencia comercial, tal y como literalmente se dice en el mismo documento ("Y para que conste y sin que este certificado tenga el carácter de aval bancario, sino como simple referencia comercial, expido el presente documento, a petición de Daniel 011ora Moreno, que manifiesta su conformidad mediante la firma del presente documento, en Vitoria a 05 de Junio de 2014") por lo que en definitiva la garantía provisional no ha sido presentada ni en metálico, ni mediante cheque conformado o aval bancario. En cuanto a la solvencia Técnica o Profesional (Cláusula Séptima d), no puede considerarse acreditada ya que en la oferta no se concreta ni la relación detallada de los profesionales, sus carnet o títulos del medio taurino , ni los medios técnicos con los que cuentan la empresa, no considerándose suficiente para acreditar la solvencia técnica y profesional el manifestar que se dispone de un ordenador, un teléfono móvil, un coche y un bolígrafo.

La Junta de Gobierno Local, en consonancia con la propuesta formulada por la Mesa de Contratación, ACUERDA desestimar la reclamación presentada por la Empresa ESENCIA TAURINA S.L.U. y ratificar la exclusión de la misma del procedimiento de la organización y explotación de los espectáculos taurinos a celebrar en Moraleja durante las fiestas de San Buenaventura 2014.

Seguidamente por el Sr. Alcalde-Presidente, se levanta la sesión, siendo las trece horas y cuarenta y cinco minutos del día señalado en el encabezamiento, de todo lo

como Secretaria Accidental, doy fe. 1111.‘:

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