DERECHO ADUANERO

Post on 02-Jul-2015

1.242 views 1 download

Transcript of DERECHO ADUANERO

3.1 NORMATIVIDAD 3.1 NORMATIVIDAD ADUANERAADUANERA

3.1.1 DISPOSICIONES GENERALES3.1.1 DISPOSICIONES GENERALES3.1.2 MERCANCIAS, LOS MEDIOS DE 3.1.2 MERCANCIAS, LOS MEDIOS DE TRANSPORTE Y LAS PERSONASTRANSPORTE Y LAS PERSONAS

NORMATIVIDAD ADUANERANORMATIVIDAD ADUANERA

NORMAS APLICABLES

NORMAS SUSTANTIVAS

NORMASARANCELARIAS

NORMAS DIRECTAS:NORMAS DIRECTAS:

LEY ADUANERA

TARIFAS DE IMPORTACION Y EXPORTACION

NORMAS SUPLETORIAS:NORMAS SUPLETORIAS:

CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION

LA LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACION

LA LEY DE IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

LA LEY DE IMPUESTO ESPECIAL DE PRODUCCION Y SERVICIOLA LEY FEDERAL DE DERECHOSLA LEY FEDERAL DEL IMPUESTO SOBRE AUTOMOVILES NUEVOSLA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTALA LEY GENERAL DE ORGANIZACIONES Y ACTIVIDADES AUXILIARES DE CREDITOLA LEY FEDERAL SOBRE METROLOGIA Y NORMALIZACION

LA LEY GENERAL DE SALUDLA LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PUBLICALA LEY DE NAVEGACION Y COMERCIO MARITIMOLA LEY DE VIAS GENERALES DE LA COMUNICACIÓNCODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES

LEGISLACION ADUANERA: LEGISLACION ADUANERA: Conjunto de prescripciones legislativas y reglamentarias concernientes a la importación y a la exportación de mercadería que la aduana esta expresamente encargada de aplicar y reglamentaciones eventualmente dictadas por la aduana en virtud de los poderes que le han sido atribuidos por la Ley.

Consejo de Cooperación Aduanera.Consejo de Cooperación Aduanera.

MERCANCIASMERCANCIASDeriva de “mercado” del latín “mercatus” que significa comercio, tráfico, mercado.

CARLOS ANABALON:CARLOS ANABALON: “Todos los productos y bienes corporales muebles, sin excepción alguna”

LEY ADUANERA: LEY ADUANERA: “Los productos, artículos, efectos y cualesquier otros bienes, aun cuando las leyes los consideren inalienables o irreductibles a propiedad particular”

DIVISION DE LAS DIVISION DE LAS MERCANCIASMERCANCIAS

POR SU ORIGEN:POR SU ORIGEN:NacionalesNacionalizadasExtranjerasPOR SUS REQUISITOS:POR SUS REQUISITOS:LibresRestringidasReguladasProhibidas

POR EL PAGO DE IMPUESTOS:POR EL PAGO DE IMPUESTOS:ExentasGravadasPOR SU REGIMEN ADUANERO:POR SU REGIMEN ADUANERO:De importaciónDe exportaciónA depósitoPOR SU LUGAR DE DESTINOPOR SU LUGAR DE DESTINO::A zona libreA zona FronterizaA zona gravada

MERCANCIAS PROHIBIDASMERCANCIAS PROHIBIDAS

De conformidad con la “Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación”, las siguientes mercancías están prohibidos para la importación y/o exportación: Peces vivos depredadores, en sus estados de alevines, juveniles y adultosTotoaba, fresca o refrigerada, congelada (Pescado) Huevos de tortuga de cualquier clase

Semilla, Harina de amapola (Adormidera)

Semillas y esporas, mucílagos y espesativos, extractos y Jugos derivados de marihuana (Cannabis Indica), aun cuando esté mezclada con otras semillas 

Marihuana (Cannabis Indica)

Jugos y extractos de opio, preparado para fumar

derivados de la marihuana (Cannabis Indica)

Sulfato de talio

Estampas impresas a colores o en blanco y negro, presentadas para su venta en sobres o paquetes, aun cuando incluyan goma de mascar, dulces o cualquier otro tipo de artículos, conteniendo dibujos, figuras o ilustraciones que representen a la niñez de manera denigrante o ridícula, en actitudes de incitación a la violencia, a la autodestrucción o en cualquier otra forma de comportamiento antisocial, conocidas como “Garbage Pail Kids” , por ejemplo, impresas por cualquier empresa o denominación comercial 

Insecticida (Isodrin o Aldrin, Heptacloro o Drinox, Endrin o Mendrin o Nendrin o Hexadrin, Leptofos)

Imida del ácido N-ftalilglutámico (Talidomida)

Heroína, base o clorhidrato de Diacetilmorfina 

Preparaciones Medicamentosas a base de marihuana (Cannabis Indica)

Preparaciones Medicamentosas a base de acetil morfina o de sus sales o derivados

Pieles de tortuga o caguamaBienes que hayan sido declarados monumentos arqueológicos por la Secretaría de Educación Pública

Para efectos de la Ley Aduanera, la importación o exportación de mercancías prohibidas, es causal para que las autoridades aduaneras procedan al embargo precautorio de dichas mercancías y de los medios en que se transportan.

Asimismo, constituye una infracción relacionada con la importación o exportación de este tipo de mercancías, y es sancionada con una multa del 70% al 100% del valor comercial de las mercancías: Por lo consiguiente, dichas mercancías pasan a ser propiedad del Fisco Federal, independientemente de las sanciones penales que establece el Código Penal.

PASAJEROSPASAJEROS

Se considera pasajero a toda persona que introduzca mercancías de comercio exterior a su llegada al país o al transitar de la franja o región fronteriza al resto del territorio nacional.

Artículo 50 de la Ley Aduanera y regla 2.7.1. de las Reglas Generales en Materia de Comercio

Exterior

MERCANCIAS QUE PUEDE MERCANCIAS QUE PUEDE INTRODUCIR A MEXICOINTRODUCIR A MEXICO

Las que están incluidas en su equipaje personal.

Las que están dentro de la franquicia a la que se tiene derecho.

Artículo 50 de la Ley Aduanera y regla 2.7.1. de las Reglas Generales en Materia de Comercio Exterior

FRANQUICIA FRANQUICIA

Es el permiso que el gobierno mexicano Es el permiso que el gobierno mexicano concede a una persona, ya sea nacional o concede a una persona, ya sea nacional o extranjera, para no pagar derechos e extranjera, para no pagar derechos e impuestos por una determinada cantidad impuestos por una determinada cantidad de mercancías que introduce al país.de mercancías que introduce al país.

¿QUÉ NO SE CONSIDERA ¿QUÉ NO SE CONSIDERA MERCANCÍA?MERCANCÍA?

No se considerarán como mercancías y, en consecuencia, no se gravarán, la siguientes:

Los ataúdes y las urnas que contengan cadáveres o sus restos.

Las piezas postales obliteradas que los convenios postales internacionales comprenden bajo la denominación de correspondencia.

Los efectos importados por vía postal cuyo impuesto no exceda de la cantidad que al efecto establezca la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, mediante Regla de carácter general en materia aduanera.

Las muestras y muestrarios que por sus condiciones carecen de valor comercial.

En estos casos se exigirá que la documentación comercial, bancaria, consular o aduanera, pueda comprobar inequívocamente que se trata de muestras sin valor.

Artículos 50, 88, 178, de la Ley Aduanera, 2.5.1., 2.7.1. , 2.7.2., 2.7.3. de las Reglas de Carácter

General en Materia de Comercio Exterior

EQUIPAJE PERSONALEQUIPAJE PERSONAL

Bienes de uso personal nuevos o usados, tales como ropa, calzado y productos de aseo y de belleza, siempre que sean acordes a la duración del viaje y que por su cantidad no puedan ser objeto de comercialización, incluyendo un ajuar de novia.

Dos cámaras fotográficas o de videograbación y, en su caso, sus accesorios, hasta 12 rollos de película virgen o videocasetes; material fotográfico impreso o filmado; dos aparatos de telefonía celular o de radiolocalización; una máquina de escribir; una agenda electrónica; un equipo de cómputo portátil nuevo o usado, de los denominados laptop, notebook, omnibook o similares; una copiadora o impresora portátiles; un proyector portátil, ya sean nuevos o usados, y sus accesorios.

Dos equipos personales deportivos nuevos o usados y sus accesorios, siempre que puedan ser transportados normal y comúnmente por el pasajero.

Un aparato de radio portátil para el grabado o reproducción del sonido o mixto; o un reproductor de sonido digital o reproductor portátil de discos compactos y un reproductor portátil de DVD’s, así como un juego de bocinas portátiles, ya sean nuevos o usados, y sus accesorios.

Cinco discos láser, 10 discos DVD, 30 discos compactos (CD) o cintas magnéticas (audiocasetes), para la reproducción del sonido y 5 dispositivos de almacenamiento o tarjetas de memoria, para cualquier equipo electrónico.

Libros y revistas, nuevos o usados que por su cantidad no puedan ser objeto de comercialización.

Cinco juguetes, siempre que no sean objeto de comercialización y sean transportados normal y comúnmente por el pasajero, incluyendo los de colección y una consola de videojuegos.

Aparatos que permitan realizar mediciones de presión arterial y de glucosa, así como medicamentos de uso personal, debiendo mostrar la receta médica, en caso de sustancias psicotrópicas.

Velices, petacas, baúles y maletas Velices, petacas, baúles y maletas necesarios para el traslado de las necesarios para el traslado de las mercancías.mercancías.

Tratándose de pasajeros mayores de edad, Tratándose de pasajeros mayores de edad, un máximo de 20 cajetillas de cigarros, 25 un máximo de 20 cajetillas de cigarros, 25 puros o 200 gramos de tabaco y hasta 3 puros o 200 gramos de tabaco y hasta 3 litros de bebidas alcohólicas, así como de litros de bebidas alcohólicas, así como de vino, en el entendido que no se podrá vino, en el entendido que no se podrá introducir una cantidad mayor de puros, sin introducir una cantidad mayor de puros, sin que se cumpla con las regulaciones y que se cumpla con las regulaciones y restricciones aplicables.restricciones aplicables.

Un binocular y un telescopio.Un binocular y un telescopio.

Un instrumento musical y sus accesorios.Un instrumento musical y sus accesorios.

Una tienda de campaña y un equipo para Una tienda de campaña y un equipo para acampar, nuevos o usados, así como sus acampar, nuevos o usados, así como sus accesorios.accesorios.

Hasta tres deslizadores acuáticos, con o sin Hasta tres deslizadores acuáticos, con o sin vela.vela.

Tratándose de personas con discapacidad, Tratándose de personas con discapacidad, las mercancías de uso personal que por sus las mercancías de uso personal que por sus características suplan o disminuyan su características suplan o disminuyan su discapacidad. discapacidad.

Cuatro cañas de pesca con sus respectivos Cuatro cañas de pesca con sus respectivos accesorios.accesorios.

Un juego de herramientas, siempre que sean Un juego de herramientas, siempre que sean transportados normal y comúnmente por el transportados normal y comúnmente por el pasajero.pasajero.

Accesorios para el traslado de los bebés que Accesorios para el traslado de los bebés que viajen con el pasajero, tales como carriolas y viajen con el pasajero, tales como carriolas y andaderas, así como prendas, conjuntos y andaderas, así como prendas, conjuntos y accesorios para bebés, nuevos o usados, accesorios para bebés, nuevos o usados, que por su cantidad no puedan ser objeto de que por su cantidad no puedan ser objeto de comercialización.comercialización.

Se podrá introducir a territorio nacional, sin Se podrá introducir a territorio nacional, sin el pago de las contribuciones aplicables a la el pago de las contribuciones aplicables a la importación, hasta dos perros o gatos, así importación, hasta dos perros o gatos, así como sus accesorios, siempre y cuando el como sus accesorios, siempre y cuando el pasajero presente ante el personal de la pasajero presente ante el personal de la aduana el certificado de importación aduana el certificado de importación zoosanitario expedido por la Secretaría de zoosanitario expedido por la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.Pesca y Alimentación.

El equipaje propiedad de embajadores, El equipaje propiedad de embajadores, ministros pleniponteciarios, encargados de ministros pleniponteciarios, encargados de negocios, consejeros, secretarios y negocios, consejeros, secretarios y agregados de las misiones diplomáticas o agregados de las misiones diplomáticas o especiales extranjeras; cónsules, especiales extranjeras; cónsules, vicecónsules o agentes diplomáticos vicecónsules o agentes diplomáticos extranjeros, funcionarios de organismos extranjeros, funcionarios de organismos internacionales acreditados ante el Gobierno internacionales acreditados ante el Gobierno de México; así como el de sus cónyuges, de México; así como el de sus cónyuges, padres e hijos que habiten en la misma casa, padres e hijos que habiten en la misma casa, no estarán sujetos a la revisión aduanera.no estarán sujetos a la revisión aduanera.

Es un medio por el cual el pasajero Es un medio por el cual el pasajero internacional que arriba a México puede internacional que arriba a México puede realizar la importación de las mercancías realizar la importación de las mercancías distintas a su equipaje personal y que distintas a su equipaje personal y que exceden del monto de la franquicia a que exceden del monto de la franquicia a que tiene derecho, sin necesidad de contratar los tiene derecho, sin necesidad de contratar los servicios de un agente aduanal, siempre y servicios de un agente aduanal, siempre y cuando el monto de sus mercancías no cuando el monto de sus mercancías no exceda a mil dólares o su equivalente en exceda a mil dólares o su equivalente en otras monedas. Para ello es necesario, que otras monedas. Para ello es necesario, que las mercancías no estén sujetas a las mercancías no estén sujetas a regulaciones y restricciones no arancelarias.regulaciones y restricciones no arancelarias.

AUTODECLARACIONAUTODECLARACION

Durante los periodos comprendidos entre el Durante los periodos comprendidos entre el 27 de marzo y el 16 de abril de 2006, el 1 y 27 de marzo y el 16 de abril de 2006, el 1 y el 31 de julio de 2006, así como el el 31 de julio de 2006, así como el comprendido entre 20 de noviembre de 2006 comprendido entre 20 de noviembre de 2006 y el 8 de enero de 2007, los pasajeros y el 8 de enero de 2007, los pasajeros internacionales que arriben al país, podrán internacionales que arriben al país, podrán realizar importaciones sin utilizar los realizar importaciones sin utilizar los servicios de agente aduanal, siempre que el servicios de agente aduanal, siempre que el valor de las mercancías que importen, valor de las mercancías que importen, excluyendo la franquicia, no exceda del excluyendo la franquicia, no exceda del equivalente en moneda nacional a 3,000 equivalente en moneda nacional a 3,000 dólares.dólares.

SI INGRESA A MÉXICO POR AVIÓN O SI INGRESA A MÉXICO POR AVIÓN O BARCO:BARCO:

En caso de que sus mercancías se ajustan a la En caso de que sus mercancías se ajustan a la lista de equipaje personal y no excedan de los lista de equipaje personal y no excedan de los 300 dólares (franquicia a que tiene derecho), 300 dólares (franquicia a que tiene derecho), tiene la opción de solicitar que el personal de la tiene la opción de solicitar que el personal de la aduana realice la revisión de sus mercancías o aduana realice la revisión de sus mercancías o activar el mecanismo de selección activar el mecanismo de selección automatizado:automatizado:

INGRESOSINGRESOS

1.1. La luz La luz rojaroja indica que se realizará la indica que se realizará la revisión.revisión.

2.2. La luz La luz verdeverde indica que puedes pasar sin indica que puedes pasar sin revisión.revisión.

Independientemente del resultado del Independientemente del resultado del semáforo fiscal, la autoridad aduanera semáforo fiscal, la autoridad aduanera puede emitir una orden de verificación de puede emitir una orden de verificación de mercancía para comprobar lo manifestado.mercancía para comprobar lo manifestado.

SI INGRESA A MÉXICO POR SI INGRESA A MÉXICO POR CARRETERA:CARRETERA:

Seleccione el carril por el que ingresará a Seleccione el carril por el que ingresará a México, existen dos tipos:México, existen dos tipos:

1.1. Carril de Autodeclaración.Carril de Autodeclaración.

2.2. Carril de Nada que Declarar.Carril de Nada que Declarar.

CARRIL DE AUTODECLARACIÓN:CARRIL DE AUTODECLARACIÓN: Utilice Utilice este carril cuando traiga consigo mercancías este carril cuando traiga consigo mercancías adicionales a su equipaje personal y su valor adicionales a su equipaje personal y su valor sea superior al de la franquicia a que tiene sea superior al de la franquicia a que tiene derecho pero no exceda de mil dólares, este derecho pero no exceda de mil dólares, este monto se incremente durante los periodos monto se incremente durante los periodos comprendidos entre el 27 de marzo y el 16 de comprendidos entre el 27 de marzo y el 16 de abril de 2006, el 1 y el 31 de julio de 2006, así abril de 2006, el 1 y el 31 de julio de 2006, así como el comprendido entre 20 de noviembre como el comprendido entre 20 de noviembre de 2006 y el 8 de enero de 2007 a tres mil de 2006 y el 8 de enero de 2007 a tres mil dólares.dólares.

CARRIL NADA QUE DECLARAR: CARRIL NADA QUE DECLARAR: Utilice Utilice este carril cuando las mercancías que este carril cuando las mercancías que transporte se ajusten a la lista de equipaje transporte se ajusten a la lista de equipaje personal y no excedan del monto a que tiene personal y no excedan del monto a que tiene derecho como franquicia.derecho como franquicia.

Al cruzar, el mecanismo de selección Al cruzar, el mecanismo de selección automatizado determinará si el medio de automatizado determinará si el medio de transporte en el que viaja será sometido a transporte en el que viaja será sometido a revisión o no. revisión o no.

Importante:Importante: Si ingresa a México en vehículo Si ingresa a México en vehículo extranjero con destino al resto del territorio extranjero con destino al resto del territorio nacional, debe de realizar, la importación temporal nacional, debe de realizar, la importación temporal de su vehículo. de su vehículo.

SI INGRESA A MÉXICO A PIE: SI INGRESA A MÉXICO A PIE:

En caso de que sus mercancías se ajustan a En caso de que sus mercancías se ajustan a la lista de equipaje personal y no excedan de la lista de equipaje personal y no excedan de los 50 dólares (franquicia a que tiene los 50 dólares (franquicia a que tiene derecho), tiene la opción de solicitar que el derecho), tiene la opción de solicitar que el personal de la aduana realice la revisión de personal de la aduana realice la revisión de sus mercancías o activar el mecanismo de sus mercancías o activar el mecanismo de selección automatizado.selección automatizado.