La Reforma Laboral: Herramientas de flexibilidad interna en la empresa

19
LA FLEXIBILIDAD INTERNA 27/06/2013

description

Tras un año de funcionamiento de la Reforma Laboral, abordamos desde un punto de vista práctico los elementos que permiten a las empresas poner en marcha medidas para flexibilizar las relaciones laborales internas

Transcript of La Reforma Laboral: Herramientas de flexibilidad interna en la empresa

Page 1: La Reforma Laboral: Herramientas de flexibilidad interna en la empresa

LA FLEXIBILIDAD INTERNA

27/06/2013

Page 2: La Reforma Laboral: Herramientas de flexibilidad interna en la empresa

Europa afronta el desafío de la globalización y el incremento de lascompetencias en los mercados internacionales, junto con una crisiseconómica sin precedentes. Este proceso requiere una mayor capacidadadaptativa de la economía europea, pudiendo con ello mejorar lacompetitividad de la economía sin dejar de lado la creación de más ymejores empleos potenciando una mayor cohesión social. Las empresas ylos trabajadores deben realizar esfuerzos de forma conjunta paraalcanzar estos objetivos. Dichos esfuerzos abarcan desde una mejora enel desarrollo de la capacidad competitiva de la empresa –procesos deinnovación, adaptación de las nuevas tecnologías, mejoras en lacapacidad organizativa…- como de una mayor cualificación, capacidadadaptativa y de aprendizaje por parte del trabajador.

A través de la Flexibilidad Interna, la empresa adapta el capital humanoque dispone a los cambios en la producción, a través de los distintosprocedimientos que vamos a analizar.

Introducción

Page 3: La Reforma Laboral: Herramientas de flexibilidad interna en la empresa

Introducción

A/ Medidas para la flexibilidad interna y negociacióncolectiva:

1.Clasificación profesional, movilidad funcional y tiempo detrabajo.

2. Movilidad geográfica.3. Modificación sustancial de las condiciones de trabajo.4. Negociación colectiva.

B/ Otras medidas de flexibilidad: Eres temporales ydespidos.

1. Suspensión y reducción de jornada.2. Extinción de los contratos de trabajo.

C/ Flexibilidad salarial (Retribución en Especie).

Page 4: La Reforma Laboral: Herramientas de flexibilidad interna en la empresa

A/ Medidas para la flexibilidad interna y negociación colectiva:

Se encuentran sujetas a un principio de causalidad (la concurrencia decausa constituye presupuesto habilitante para su válido ejercicio).

1.Clasificación profesional, movilidad funcional y tiempo detrabajo.

2. Movilidad geográfica.

3.Modificación sustancial de las condiciones de trabajo.

4. Negociación colectiva

Page 5: La Reforma Laboral: Herramientas de flexibilidad interna en la empresa

1. Clasificación profesional, movilidad funcional y tiempo de trabajo.

Con la Reforma Laboral del 2012, se modificó el sistema de clasificación detrabajadores anulando las categorías profesionales, generalizándose el sistemade grupos profesionales. (Mayor flexibilidad a la hora de establecer tareas másgenéricas de grupo). A día de hoy pocos son los convenios que se han adaptado aesta modificación, manteniendo las categorías.

Movilidad funcional: La movilidad funcional para la realización de funciones, tantosuperiores como inferiores, no correspondientes al grupo profesional sólo será posiblesi existen, además, razones técnicas u organizativas que la justifiquen y por el tiempoimprescindible para su atención. El empresario deberá comunicar su decisión y lasrazones de ésta a los representantes de los trabajadores (art.39 ET). Limitado en eltiempo: período no superior a seis meses durante un año u ocho durante dos años(Solicitud ascenso categoría). Salario ajustado a las funciones salvo funciones inferiores(se mantiene salario).

Tiempo de trabajo: Posibilidad de que la empresa, cuando no haya pacto recogidoen convenio colectivo o en acuerdo entre ésta y los representantes de lostrabajadores, distribuya de manera irregular a lo largo del año el 10% de la jornada detrabajo, teniendo en cuenta que el trabajador deberá conocer el día y la hora de laprestación de trabajo con un preaviso mínimo de 5 días (art. 34.1 del ET).

Page 6: La Reforma Laboral: Herramientas de flexibilidad interna en la empresa

2. Movilidad geográfica (art. 40 ET)

Requiere la existencia de causas económicas, técnicas, organizativaso de producción justificadas, las que estén relacionadas con lacompetitividad, productividad u organización técnica o del trabajoen la empresa, así como las contrataciones referidas a la actividadempresarial. No es necesario que la medida contribuya a mejorar losrecursos de que dispone la empresa.

La decisión de traslado deberá ser notificada por el empresario altrabajador, así como a sus representantes legales, con una antelaciónmínima de treinta días a la fecha de su efectividad. El trabajadorpuede optar por resolver el contrato con indemnización de 20 días poraño, con un máximo de 12 mensualidades.

Traslados colectivos: precedidos de un período de consultas nosuperior a 15 días. Mismos límites cuantitativos que para ERE.

Mediante convenio colectivo o acuerdo entre las partes, se puedeestablecer prioridades de permanencia a favor de distintos colectivos.

Page 7: La Reforma Laboral: Herramientas de flexibilidad interna en la empresa

3. Modificación sustancial de las condiciones de trabajo (art. 41 ET)

La dirección de la empresa podrá acordar modificaciones sustancialesde las condiciones de trabajo cuando existan probadas razoneseconómicas, técnicas, organizativas o de producción. Se considerarantales las que estén relacionadas con la competitividad, productividad uorganización técnica o del trabajo en la empresa.

Podrán afectar a las condiciones reconocidas a los trabajadores en elcontrato de trabajo, en acuerdos o pactos colectivos o disfrutadas poréstos en virtud de una decisión unilateral del empresario de efectoscolectivos, en las siguientes materias:

a. Jornada de trabajo (Ojo limitación art. 12.4.e del E.T)b. Horario y distribución del tiempo de trabajo.c. Régimen de trabajo a turnos.d. Sistema de remuneración y cuantía salarial (cantidades que excedan

mínimo convenio).e. Sistema de trabajo y rendimiento.f. Funciones, cuando excedan de los límites que para la movilidad

funcional prevé el art.39 del ET.

Page 8: La Reforma Laboral: Herramientas de flexibilidad interna en la empresa

4. Negociación colectiva

Cuando concurran causas económicas, técnicas, organizativas o deproducción o por acuerdo entre la empresa y los representantes delos trabajadores legitimados para negociar un convenio colectivoconforme a lo previsto en el artículo 87.1 del ET, se podráproceder, previo desarrollo del correspondiente periodo deconsultas, a inaplicar en la empresa las condiciones de trabajoprevistas en el convenio colectivo aplicable, sea este de sector o deempresa, que afecten a las siguientes materias:

a) Jornada de trabajo.b) Horario y la distribución del tiempo de trabajo.c) Régimen de trabajo a turnos.d) Sistema de remuneración y cuantía salarial.e) Sistema de trabajo y rendimiento.f) Funciones, cuando excedan de los límites previstos enel artículo 39 del ET.g) Mejoras voluntarias de la acción protectora de laSeguridad Social.

Page 9: La Reforma Laboral: Herramientas de flexibilidad interna en la empresa

4. Negociación colectivaPrioridad de los convenios colectivos de empresa

Se establece la prioridad de las condiciones establecidas en unconvenio de empresa (art. 84 del ET) respecto del convenio sectorialestatal, autonómico o de ámbito inferior en las siguientes materias:

a) La cuantía del salario base y de los complementos salariales,incluidos los vinculados a la situación y resultados de la empresa.b) El abono o la compensación de las horas extraordinarias y laretribución específica del trabajo a turnos.c) El horario y la distribución del tiempo de trabajo, el régimen detrabajo a turnos y la planificación anual de las vacaciones.d) La adaptación al ámbito de la empresa del sistema declasificación profesional de los trabajadores.e) La adaptación de los aspectos de las modalidades de contrataciónque se atribuyen por la presente Ley a los convenios de empresa.f) Las medidas para favorecer la conciliación entre la vidalaboral, familiar y personal.g) Aquellas otras que dispongan los acuerdos y convenios colectivos.

Page 10: La Reforma Laboral: Herramientas de flexibilidad interna en la empresa

C/ Otras medidas de flexibilidad: ERE y Despido:

1. Suspensión y reducción de jornada.

2. Extinción de los contratos de trabajo.

Page 11: La Reforma Laboral: Herramientas de flexibilidad interna en la empresa

1. Suspensión o reducción de jornada

No es necesaria la autorización de la Administración (Autoridadlaboral), ni el acuerdo con los trabajadores, para poner en marcha unERE de reducción de jornada o suspensión de contratos.

Durante la suspensión del contrato o reducción, la empresa debemantener al trabajador de alta e ingresar la cuota patronal y laentidad gestora la del trabajador (parte de prestación pordesempleo).

Bonificación del 50% de las cuotas empresariales por contingenciascomunes durante 240 días (11,80% sobre la base de cotización de lajornada que se deja de realizar). Debe mantenerse el empleo un añodesde el fin de la medida. Reposición hasta 180 días para trabajador.

La reducciones temporales de jornada deben estar incluidas dentrode la orquilla de entre un 10 y un 70% de la jornada de trabajo (no seadmiten reducciones distintas). Durante el período de reducción nopueden hacerse horas extras.

Page 12: La Reforma Laboral: Herramientas de flexibilidad interna en la empresa

Procedimiento a seguir.

La organización abre el periodo de consultas mediante un escrito dirigido a losrepresentantes, con copia a la autoridad laboral competente. Debe entregarse aambos el expediente completo.Después se produce el desarrollo de las negociaciones; una vez finalizada esta etapa,que suele durar 15 días en el caso de empresas con menos de 50 trabajadores, secomunica el resultado de la negociación a la autoridad laboral.Comunicación a los Representantes de los trabajadores y a la autoridad laboral ladecisión sobre la suspensión de contratos o reducción de jornada, actualizando, en sucaso, los extremos de la comunicación empresarial de iniciación del procedimiento,en el plazo máximo de 15 días a contar desde la fecha de la última reunión celebradaen el período de consultas, acompañando las actas de las reuniones celebradas, concalendario de los días concretos de suspensión de contrato o reducción de jornada.Desde el 05-06-13, las empresas deben comunicar también al SPEE, a través de laaplicación Certific@2, la información relativa al ERE de cara al cobro de la prestaciónpor desempleo de los trabajadores.Transcurrido el plazo (15 días) sin comunicación de la decisión sobre la suspensión oreducción, se produce la terminación del proceso por caducidad.Informe de la ITSS: Recibida la comunicación de la decisión empresarial sobre elresultado del período de consultas, la autoridad laboral da traslado a la ITSS para laemisión de informe sobre el período de consultas en un plazo máximo de 15 díasdesde la notificación a la autoridad laboral de la finalización del período de consultas.

1. Suspensión o reducción de jornada

Page 13: La Reforma Laboral: Herramientas de flexibilidad interna en la empresa

2. Extinción de los contratos de trabajo

Se puede acudir al despido colectivo, o individual, cuando laempresa presente causas económicas -pérdidas actuales oprevistas, disminución de ingresos o de ventas durante trestrimestres consecutivos-, técnicas, organizativas o de producción.La empresa ya no debe justificar la razonabilidad de la medidaextintiva.

Además, el empresario puede alegar otras circunstancias queacrediten que la situación económica es negativa, aunque éstas noestén identificadas en el artículo 51 del Estatuto de losTrabajadores.

Es importante tener claro que la bajada de los ingresos noequivale a pérdidas, por lo que éstos pueden disminuir ymantener los beneficios y, aún así, ejecutar un ERE. Tambiénconviene saber que aunque no haya causa legal que justifique losdespidos, se podrán llevar a cabo pagando la indemnizaciónequivalente al despido improcedente (45 días/33 días).

Page 14: La Reforma Laboral: Herramientas de flexibilidad interna en la empresa

Procedimiento a seguir.

La organización abre el periodo de consultas mediante un escritodirigido a los representantes, con copia a la autoridad laboralcompetente. Debe entregarse a ambos el expediente completo.Después se produce el desarrollo de las negociaciones; una vezfinalizada esta etapa, que suele durar 30 días naturales o 15 días en elcaso de empresas con menos de 50 trabajadores, se comunica elresultado de la negociación a la autoridad laboral.El siguiente paso es notificar los despidos a los trabajadores afectados(deberán haber transcurrido como mínimo treinta días entre la fecha dela comunicación de la apertura del periodo de consultas a la autoridadlaboral y la fecha de efectos del despido). Estas restricciones decontrato son efectivas, incluso cuando no hay acuerdo con la plantilla.Por ello, quedan abiertos unos plazos para que los afectados presentendemandas colectivas o individuales.Informe de la ITSS: Recibida la comunicación de la decisión empresarialdel despido colectivo, la autoridad laboral da traslado a la ITSS para laemisión de informe sobre el período de consultas en un plazo máximode 15 días desde la notificación a la autoridad laboral de la finalizacióndel período de consultas.

2. Extinción de los contratos de trabajo

Page 15: La Reforma Laboral: Herramientas de flexibilidad interna en la empresa

C/ Flexibilidad Salarial

(Fórmulas para optimizar fiscalmente las

retribuciones).

Page 16: La Reforma Laboral: Herramientas de flexibilidad interna en la empresa

Retribución en Especie

Productos fiscalmente exentos (Ni cotizan, ni tributan):

Guardería: Servicio de guardería para el primer ciclo deeducación infantil de los hijos de los trabajadores

Formación: Cuando la finalidad de la formación sea laactualización, capacitación o reciclaje exigidos por eldesarrollo de las actividades de los empleados o lascaracterísticas de sus puestos de trabajo. No cabefinanciación parcial, deben ser financiados en su totalidaddirectamente por las empresas.

Equipos informáticos y conexión a Internet: Siempre queel importe este destinado a la adquisición de equiposinformáticos y periféricos necesarios para acceder aInternet.

Page 17: La Reforma Laboral: Herramientas de flexibilidad interna en la empresa

Productos “exentos” parcialmente (tributany cotizan por la parte no exenta):

Comida: Hasta nueve euros diarios (el exceso tributa),siempre que se cumplan los requisitos previstos en lanormativa del IRPF.

Seguro médico: Hasta 500 euros anuales porbeneficiario (incluye empleado, su cónyuge ydescendientes).

Entrega de acciones: Hasta 12.000 euros anuales,siempre que se cumplan determinados requisitos.

Transporte: Hasta 1.500 euros anuales, siempre quedicho importe este destinado al desplazamiento delempleado entre su lugar de residencia y el centro detrabajo. Incompatible con plus transporte en nomina.

Retribución en Especie

Page 18: La Reforma Laboral: Herramientas de flexibilidad interna en la empresa

Productos con un tratamiento fiscal ventajoso (tributan ycotizan, excepto último supuesto:

Alquiler de vivienda: El empleado tributará sobre el 10% del valorcatastral de la vivienda, cuando esta sea propiedad de la empresa (5%si el valor catastral está revisado con posterioridad al 1 de enero de1994). En cualquier caso, la valoración de la retribución en especie porel alquiler de vivienda no podrá exceder del 10% de las restantescontraprestaciones de trabajo del empleado. En caso de viviendasalquiladas, imputación y cotización del 100% del importe del alquiler,sin aplicación del 10% anterior).Vehículos: En los casos de cesión de uso del vehículo, fórmula máscomúnmente utilizada por las empresas, el empleado tributa por elimporte equivalente al 20% del valor de mercado del vehículoprorrateado por el porcentaje de uso privativo particular.Seguro ahorro vinculado a la jubilación: La tributación se produce en elmomento de percibir la prestación por jubilación, que tendrá laconsideración de rendimiento del trabajo en el IRPF.

Retribución en Especie

Page 19: La Reforma Laboral: Herramientas de flexibilidad interna en la empresa

Muchas gracias por su atención.