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    BOLILLA 1CONSTITUCION Y DERECHO CONSTITUCIONAL - EL CONSTITUCIONALISMOI- CONSTITUCION Y DERECHO CONSTITUCIONALa) Sociedad Politica, Estado Co!stit"cio!#-El derecho constitucional existi siempre como objeto de estudio:.En la antugedad, Aristteles, Platn y Cicern estudiaron el ordenamiento poltico desde un punto de!ista "los"co..En la eded media, los estudios se ocupan de la constitucin del imperio #tomando criterios del derechoromano$..En el renacimiento y la re%orma, el ordenamiento poltico del imperio es sustitudo por losordenamientos de los estados psrticulares #predominando la idea del %undamento di!ino del estado y elpoder$. &a escuela del 'erecho (atural, separa los problemas del estado y los considera en %ormaautnoma, como algo especiali)ado de la ciencia jurdica, surgiendo as la doctrina del 'erecho P*blico#+rocio$..&a denominacin 'erecho Constitucional, surge en italia, para designar a la disciplina autnoma ueestudiaba las nue!as constituciones escritas de los estados #a "nes del siglo / aparecen las primerasc0tedras1 y en /2 la asamblea constituyente %rancesa decidi ue las %acultades de derecho debanense3ar su constitucin$.$) Clasi%cacio!es ti&olo'(a de las co!stit"cio!es Cla"s"las do'*+ticas, o'+!icas,

    o&eatias, &o'a*+ticas, ta!sitoias-Clasi"cacin:.Escritas #reunin de normas en un cuerpo unitario$, y no escritas #destacadas por la ausencia de uncuerpo *nico$.4ormal #la constitucin codi"cada$, y 5aterial #es la constitucin con !igencia real en el tiempopresente como ordenacin de un r6gimen poltico$..7gida #auella ue solo puede ser modi"cada mediante procedimientos de%erentes a los establecidospara sancionar una ley com*n$, y 4lexible #auella ue admite su enmienda mediante el mismomecanismo empleado para la legislacin com*n$.8torgada #cuando un rgano estatal la concede o establece unilateralmente$, Pactada #cuando deri!ade un acuerdo compromiso o transaccin estre un rgano estatal y la comunidad$, o 9mpuesta #cuandoemana del poder constituyente radicado en el pueblo$.

    .Petrea #auella ue es escrita, rgida e irre%ormable$.&a constitucin argentina es escrita, %ormal y material, impuesta, y algunos de sus contenidos sonpetreos.-ipologa: hay ; tipos:.7acional (ormati!o: es de la primera etapa del constitucionalismo, y pretende %ormular constitucionesintemporales y con !alde) uni!ersal, basadas en el dominio absoluto de la ra)n. &es corresponde elconcepto de ociolgica: pone en%asis en la !igencia e%ecti!a de la constitucin #correspondencia entre lo ue la

    constitucin dice y lo ue la sociedad hace$1 realsa el ser y no el deber ser. &e corresponde el conceptode

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    .ransitorias: aluden a nociones de temporalidad, y tienen el mismo rango y !alor ue las dem0s, perosu !igencia est0 limitada en el tiempo.c) Deec.o Co!stit"cio!al# Co!ce&to, o$/eto 0"e!tes-Concepto:Es la rama del derecho p*blico ue estudia la Constitucin del estado, como ley de organi)acin delestado, del gobierno, y de los derechos y garantas.-8bjeto:.4ormalmente estudia la estructura %undamental de la nacin. Actualmente el objeto de estudio superael texto escrito, incluyendo aspectos %uera de el.4uentes:.'e orden normati!o: es la norma misma1 es el acto de creacin, el conjunto de ideas, !aloraciones yrealidades ue inspiraron el contenido de la norma..'e derecho constitucional material: es todo carril o canal por el cual ingresa o se incorpora uncontenido en la constitucin material..=istricas: son ideas o dostrinas ue surgen de los hechos histricos ue inFuenciaron a laconstitucin #re!olucin de mayo, re!olucin %rancesa y am6ricana, la generacin del ;/ y las bases deAlberdi$.d) Relacio!es co! la cie!cia &ol(tica, deec.o ad*i!istatio, deec.o i!te!acio!al &$lico, teo(a e .istoia co!stit"cio!al-7elaciones con la ciencia poltica y el derecho poltico:

    .&a ciencia poltica estudia la acti!idad poltica ordenadora de la !ida social1 este orden se instrumenrtaatra!6s del poder poltico. El poder poltico se relacione con el derecho, surgiendo el derecho poltico,ue puede ser general #el ue establece el r6gimen jurdico del estado como %enmeno social$, oespecial #ue es la organi)acin jurdica espec"ca del poder$. El derecho poltico especial, es el'erecho Constitucional como conjunto de normas supralegales ue rigen la estructura %undamental delestado. #El derecho constitucional es el derecho poltico ue m0s se !incula a la acti!idad poltica, osea especial$.-7elaciones con el derecho administrati!o:.anto el derecho administrati!o subjeti!o #rama del derecho p*blico ue regula la organi)acin de laadministracin p*blica instalada en el poder ejecuti!o, teniendo en cuenta el rgano ue la ejerce$,como el objeti!o #el derecho administrati!o ue tiene en cuenta la %uncin propiamente dicha de laadministracin, independientemente dl rgano ue la ejerce$, tiene estrecha relacin con el derecho

    constitucional, porue es el instrumento de gobierno ue reali)a el reparto de las competenciassupremas del estado, y ha con!ertido en norma los "nes ue deben asumir los rganos del estado enrelacin a las instituciones administrati!as.-7elaciones con el derecho internacional p*blico.Este derecho regula las relaciones del estado con otros estados o con las organi)acionesinternacionales1 y se relaciona con el derecho constitucional, porue la Constitucin sienta losprincipios %undamentales y las normas para establecer estas relaciones.-7elaciones con la teora constitucional y la histria constitucional:.&a teora constitucional es el conjunto de ideas, principios y conceptos doctrinarios ue se re"eren alorigen, estructuracin y contenidos de la Constitucin, constituyendo una %uente de inspiracin para elderecho constitucional..>e relaciona con la historia constitucional, porue toda constitucin es resultado de un proceso deracionali)acin del poder #y la historia ayuda a conocer los antecedentes de dicho proceso, ue

    con"guraron el modo de ser constitucional$e) El *2todo del Deec.o Co!stit"cio!al-El m6todo se basa en tres aportes %undamentales, el realismo jurdico, el trialismo, y elinstitucionalismo..7ealismo jurdico: dice ue el estudio del derecho constitucional debe hacerse teniendo en cuentaaspectos de la realidad social e histrica de las instituciones #no solo estudiar al textodogm0ticamente, sino considerando los condicionamiento histricos y sociales ue inFuyeron allegislador$. Este m6todo nos lle!a a la !erdad del r6gimen poltico, ue signi"ca la solucin a trespreguntas %undamentales: Gui6n mandaH #obser!ando en la constitucin cuales son los rganosconstitudos de poder, y !eri"cando si ello coincide con la realidad$1 Gcmo mandaH #!eri"cando siuien manda ejerce el poder tal cual lo establece la constitucin$1 Gpara ue mandaH #!eri"candocuales %ueron los objeti!os del mando, y cuales son los "nes de uienes detentan el poder$.

    .El trialismo: Iidart Campos, basandose en +oldschmidt, sostiene la necesidad de estudiar el derechoconstitucional desde, su dimensin normolgica #aplicando todos los m6todos existentes para conocerel !erdaderto sentido de las normas$1 su dimensin sociolgica #estudiar el hecho desde lo histrico

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    sociolgico y poltico1 comparando, obser!ando y anali)ando$1 y su dimensin acciolgica #colocando ala justicia como !alor supremo, y compar0ndola con el sistema normati!o$..El institucionalismo: para 'u!erger, hay ue poner 6n%asis en la organi)acin concreta de lasinstituciones sociales, tanto pre!istas como no pre!istas por el derecho constitucional #ampliando suobjeto de estudio y considerando la real %uncin de las instituciones, m0s all0 de las normas jurdicas.0) I!te&etaci3! co!stit"cio!al-&a interpretacin constitucional se reali)a a tra!6s de la hermeneutica constitucional #disciplinacient"ca ue tiene por objeto la sistemati)acin de los principios y m6todos interpretati!os$. Estainterpretacin impone caractersticas y criterios interpretati!os especiales #debido a la naturale)ajurdica y jererua de la constitucin$:.oda constitucin es una transaccin #recepciona una pluralidad de moti!aciones inFudas por %actoreseconmicos, sociales, polticos o histricos$.(o debe perderse de !ista la %orma poltica de la constitucin #porue toda constitucin est0 integradapor criterios, como la ideologa, la organi)acin y la estructura, ue hacen a su ideolotga polticaparticular$..eniendo en cuenta la realidad social de la comunidad ue cambia en su propia estructura..J ue toda constitucin debe tener caracteres dim0micos #cualidades ue le permiten adaptarse a loscambios sociales, sin !iolar las normas$-8tra interpretacin es la ue integra el ordenamiento cuando existen lagunas o !acios legales. 'entrodel ordenamiento jurdico, las lagunas se llenan con la Autointegracin #ue se asemeja a la analoga ya la remisin a los principios generales$1 4uera del ordenamiento jurdico las lagunas se llenan con la

    =eterointegracin #precinde del ordenamiento jurdico saltando a la justicia material$.-A su !e) la interpretacin constitucional puede desdoblerse en, 9nterpretacin 'e la Constitucin #laue toma en cuenta normas de la constitucin %ormal y las interpreta en si mismas$, e 9nterpretacin'esde la Constitucin #es una interpretacin descendiente ue se proyecta a las normas in%eriores a laconstitucin$-Estas interpretaciones !aran, seg*n el >ujeto ue las reali)a, seg*n el 7esultado ue tengan, seg*n laEscuela 'octrinal ue la realice:.>eg*n el >ujeto ue la reali)a, puede ser, Aut6ntica #la reali)ado por el rgano ue cre esa normajurdica$, Kudicial #e%ectuada por el poder ejecuti!o para cada caso concreto$ o 'octrinaria #la reali)adapor los juriconsultos$..>eg*n el 7esultado ue tenga, puede ser, &iteral #explica el sentido con exclusi!a re%erencia a losterminos, sin ampliar ni restringir su alcance$, Extensi!a #hace alcan)ar el precepto de la norma a

    casos aparentemente no expresados, pero ue pueden reputarse ra)onablemente includos$, o7estricti!a #es la ue reduce el sentido o alcance de una norma cuando esta excede lo uere)onablemente corresponde$..>eg*n la Escuela 'octrinal ue interprete, ser0 de la Escuela de Kurisprudencia 5ec0nica #atribuye alos tribunales la %uncin exclusi!amente mec0nica de decir ue dice la ley$, Escuela de la &ibre'ecisin &egal #se aparta del m6todo de interpretacin estricta, buscando el !erdadero progresomediante la acti!idad creadora de los jueces$, Escuela de la Kurisprudencia 7ealista o Experimental#considera ue el derecho es el resultado de las %uLer)as sociales y ue abarca un campo ilimitado decontrol social$-Aparte, El m6todo de interpretacin es +ramatical #cuando atiende estrictamente a las palabras deltexto constitucional$, &gico #cuando se interpreta mediante el ra)onamiento del pensamiento o!oluntad del legislador al tiempo de dictar la ley, recurriendo a notas o discusiones de loscodi"cadores, y comparandola con otras normas re%eridas al mismo objeto$, >istem0tico #ue considera

    al ordenamiento como una unidad estructurada, cuyas partes tienen sentido en el lugar donde seencuentran$, y eleolgico #ue examina el !alor o "n ue la norma persigue$-Por ultimo, tambien hay 7eglas Kurisprudenciales para la interpretacion:.En la 9nterpretacion Constitucional debe siempre pre!alecer el contenido teleologico o "nalista,teniendo en cuenta la importancia del Preambulo..El texto debe ser entendido con un criterio amplio, practico y liberal..&as palabras deben ser entendidas en su sentido general y comun.'ebe interpretarse al texto como un conjunto armonico..'eben tenerse en cuenta los aspectos sociales, economicos,y politicos existentes al momento de lacreacion de la Constitucion..&as excepciones y pri!ilegios deben interpretarse restricti!amente..&os actos publicos deben presumirse constitucionales.

    II- EL CONSTITUCIONALISMO

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    A) El Co!stit"cio!alis*o Clasico Cisis#-Este constitucionalismo, concede a la Constitucion, en %orma exclusi!a y primordial, la tutela de lalibertad, a"rmando dos postulados %undamentales: &a 'ignidad #de la persona humana, con derechos ygarantias indi!iduales$, y &a &imitacion del Poder #con la di!ision y euilibrio de los poderes$..&os origenes de este constitucionalismo estan en el siglo Me de pre!alencia al poder ejecuti!o en dermedro del legislati!o1 >urge el estado socialde derecho, justicia y bienestar1 &a constitucin asume la problem0tica integral del indi!iduo1 El estadoy el indi!iduo se relacionan mediante agrupaciones intermedias, ue posibilitan el desarrollo delhombre1 El estado es inter!encionista, con un poder promotor y plani"cador.c) El co!stit"cio!alis*o act"al, deec.os de la tecea 'e!eaci3!, i!te!acio!ali4aci3! delos deec.os ."*a!os-4rente a auellas ideologas sociales, aparecieron mo!imientos totalitarios #Comunismo so!ietico,

    %acismo italiano, nacismo alem0n$, y luego de concluda la segunda guerra mundial se clama por la pa)social, %undada en la justicia social y asentuada en las normas sociales y econmicas # surgiendo textoscomo la Carta del Atl0ntico, 'eclaracin de 'erechos del =ombre de la 8(N, Constitucin de 4rancia,9talia, etc.$.

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    .Actualmente se habla de derechos de tercera generacin #los de la primera %ueron los derecho ci!ilesy polticos1 los de la segunda %ueron derecho sociales, econmicos y culturales$1 estos derechos de ;ra,incluyen el derecho a la pa), a la cultura, al medio ambiente sano, a la cominicacin e in%ormacin.Estos derecho humanos #como es m0s *til denominarlos$, imponen la exigencia de su plasmacin y!igencia en el derecho constitucional1 nuestro derecho ha acogido el proceso de internacionali)acin,surgido de las numerosas con!enciones y tratados de derechos humanos, a tra!6s del art. /@ inc. BB# ue les otorga gerarua constitucional$.Estos tratados se distinguen del derecho internacional com*n, porue obligan a los estados acumplirlos en sus jurisdicciones internas, y porue sus normas son inderegables, imperati!as eindispensables.

    BOLILLA 5PODER CONSTITUYENTE - RE6ORMA CONSTITUCIONAL

    I- PODER CONSTITUYENTE#

    a) Co!ce&to, Clasi%cacio!, Tit"la Li*ites#Concepto:-Es la potestad soberana del pueblo, de darse su propio ordenamiento juridico-politico, por medio deuna constitucion, y de re!isarlo total o parcialmente cuando sea necesario..El ejercicio del poder constituyente se !incula con los conceptos de estado y de derecho. pues laorgani)acin de una sociedad depende de un poder constituyente ue "je sus normas %undamentales.=ay dos teorias sobre el modo de organi)acin de la sociedad:.&a doctrina paci"ca de organi)acion #EENN$, se remota a la epoca de los con!enants de los padresperegrinos, caracteri)ada por el ejercicio directo del poder constituyente por parte del pueblo..&a doctrina re!olucionaria de organi)acin #4rancia$ decia ue la organi)acion de la sociedad reuierede una constitucion ue sea obra de un poder constituyente, no constituido #sus conceptos:'emocracia representati!a, poder limitado, republica$

    Clasi"cacion del Poder Constituyente:-8riginario y 'eri!ado1 Abierto y Cerrado1 de Primer +rado, >egundo o ercero..8riginario: el ue aparece en el primer momento ue se sanciona una constitucion..'eri!ado: auel cuyo ejercicio se mani"esta con la re%orma de la constitucion..Abierto: cuando se ejercita a lo largo del tiempo, dictando reglamentos, estatutos y constituciones..Cerrado: Cuando en un solo acto constituyente, se ejercita todo el poder constituyente originario..'e Primer +rado: corresponde al orden %ederal, #Constitucion 4ederal$.'e >egundo +rado: corresponde al orden pro!incial #Constituciones Pro!inciales$.'e ercer +rado: corresponde al orden municipal #Carta 8rganica 5unicipal$itulares del Poder Constituyente:-El titular del poder constituyente es el Pueblo, ue es una pluralidad de indi!iduos ue concurren a%ormar una misma nacion. Esto constituye la base de la &egitimidad 'emocratica y del Estado de

    'erecho.>olo el pueblo puede sancionar una constitucion, y solo el pueblo o sus representantes puedenre%ormarla #esto !incula a la constitucion con la legitimidad, pues se reuiere la determinacion de una!oluntad publica mayoritaria para legitimar el acto constituyente$

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    &imites al Poder Constituyente:-El Poder Constituyente 8riginario, es en principio 9limitado1 pero hay ciertos limites ue estan dadospor el ocial.Esto es asi porue la comunidad politica esta obligada a respetar ciertos !alores naturales y absolutos#libertad, dignidad humana, justicia, etc$-El Poder Constituyente 'eri!ado, es esencialmente &imitado1 porue tiene ue cumplir con lasprescripciones ue la propia Constitucion ha "jado sobre organos destinados a la re%orma,procedimientos, pla)os, etc.El art.;D establece ue los limites al poder constituyente deri!ado son: 'eclaracion de (ecesidad de7e%orma, e reuiere el !oto de BO; de la totalidad de los miembros de cada camara #pues la

    naturale)a de esta re%orma exige el mayor consenso posible$ algunos dicen que solo es necesario los2/3 de los presentes (basados en las reformas de 1860, 1866, 1949...mal-Articulos a 7e%ormar: es necesario ue esta declaracion estable)ca, en %orma expresa e inexcusablecuales seran los articulos ue seran objeto de re%orma #no bastando la sola mencion generica de lostemas a re%ormar$-Constituyentes: esta declaracion tambien debe establecer la %orma en ue se elegiran loscon!encionales constituyentes y su numero.-Con!encion: &a declaracion tambien debe establecer el lugar donde se lle!ara a cabo la Con!encion, yel pla)o ue tendra para cumplir su cometido #pero al ser la Con!encion un organo soberano, esta sedictara su propio reglamento$-4ondos: &a declaracion debera establecer de donde se pro!eera de %ondos la con!encion para%uncionar.

    c) La Co!e!cio! Re0o*adoa Co*&ete!cia Mateial Te*&oal#-Competencia 5aterial: una !e) con%ormada la con!encion, esta se 'ictara su Propio 7eglamento #ueestablecera su %uncionamiento y %orma de deliberacion$. Esta Con!encion es plenamente soberana

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    para re%ormar la constitucion como lo establece la declaracion #puede modi"carla o no modi"carla, enla %orma ue la declaracion lo establece o en otro sentido$, pero nunca podra re%ormar o decidir sobreotros articulos distintos a los establecidos por la declaracion. ambien, esta con!encion go)a de todoslos poderes implicitos para cumplir su mision, y de pri!ilegios colecti!os e indi!iduales #inmunidad deopinion, arresto, etc$-Competencia emporal: 'ebido a conFictos de competencia, no es con!eniente ue la Con!encion ylos Poderes Constituidos %uncionen simultaneamente. Por eso, la declaracion establece un pla)o deduracion de la Con!encion #ue sea ra)onable para su buen desempe3o, alrededor de 120 dias$.olo podran ser denunciados por el Poder Ejecuti!o, pre!io aprobacion de las BO; partes de la totalidadde los miemnbros de cada camara..&os tratados %uturos seran aprobados con el !oto de las BO; partes de la totalidad de los miembros decada camara.-7ango: Para la mayoria de la doctrina los ratados son in%eriores a la Constitucion, pero superiores alas &eyes (acionales (para otros son superiores a la -onstitucion, mal

    BOLILLA 7SUPREMAC:A CONSTITUCIONAL - CONTROL DE CONSTITUCIONALIDADI- SUPREMAC:A CONSTITUCIONAL#

    a) A!tecede!tes Docti!as#-El nacimiento del estado constitucional presupone la existencia de una Constitucion ue tiene lacategoria de &ey >uprema.odo el ordenamiento juridico se %undamenta en esta constitucion, y cualuier norma ue no se %undeen la Constitucion, no es ley #pues no se adecua a ella$Este principio de supremaca, se %undamenta en la distincion entre el Poder Constituyente y el PoderConstituido. &a Constitucion emana de un Poder Constituyente ue es potestad suprema del pueblo, ylas &eyes Comunes son sancionadas por el Poder Constituido #y solo seran !alidas si se adecuan a laconstitucion$.En un estado %ederal, el principio de supremaca implica tambien la existencia de una graduacion denormas. &as normas pro!inciales deberan adaptarse y encuadrarse no solo a la Constitucion, sino

    tambien a las leyes ue se dicten en su consecuencia, y a los tratados internacionales con jeraruiaconstitucional.$) Rece&cio! e! la Co!stit"cio! Nacio!al#

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    -Art.;: Esta Constitucion, &eyes de la (acion, y ratados con Potencias Extranjeras, son ley supremade la nacion, y las autoridades de cada pro!incia deben con%ormarse a ella #no obstante cualuierdisposicion en contrario$-&a Constitucion nacional se de"ne como una ley suprema ue %undamenta todo el orden juridicoargentino y establece la supremaca de:.&as &eyes (acionales #siempre ue sean sancionadas en consecuencia con la Constitucion y en !irtuddel modo establecido en ella$.&os ratados 9nternacionales #ue go)an de supremaca luego de ser negociados y "rmados por elEjecuti!o, y aprobados por el Congreso. Art.B/: el gobierno "rmara tratados si estos respetan losprincipios de derecho publico establecidos en la Constitucion$.El 'erecho 4ederal #las leyes y constituciones pro!inciales, deben ajustarse a la Constitucion (acionaly al derecho de orden %ederal ue no descono)ca las %acultades propias de las pro!incias. s.s. es launica ecepcion, al conserar los derec*os establecidos en el acto de an %ose de loresadministracion de su banco, 'urisdiccion sobre bienes, etcc) El Ode! ;eaa9"ico de los Tatados I!te!acio!ales las Lees#-El Art./@, inc.BB y B?, establece los distintos tipos de tratados: de 'erechos =umanos, 'e 9ntegracion,ratados Comunes..ratados de 'erechos =umanos: art./@, inc.BB, establece ue le corresponde al Poder &egislati!o,aprobar o desechar tratados concluidos con las demas (aciones y 8rgani)aciones 9nternacionales, yConcordatos con la >anta >ede1 estos tendran jeraruia constitucional, superior a las leyes, no deroganarticulo alguno de la primera parte, y seran complementarios de todos los derechos y garantias. >olo

    podran ser denunciados por el Poder Ejecuti!o, pre!ia aprobacion de las BO; partes de la totalidad delos miembros de cada camara.&os demas ratados y Con!enciones sobre derechos humanos, luego de ser aprobados por el Congreso,reueriran del !oto de los BO; de la totalidad de los miembros para go)ar de jeraruia constitucional..ratados de 9ntegracion: art./@, inc.B?, establece ue corresponde al Poder &egislati!o aprobartratados ue deleguen competencia y jurisdiccion a organi)aciones supraestatales en condiciones dereciprocidad e igualdad y ue respeten el orden democratico y los derechos humanos. Estos tendranjeraruia superior a las leyes.>i son tratados con paises de &atinoamerica, sera necesaria la mayoria absoluta de la totalidad de losmiembros de ambas camaras para aprobarlos.>i son tratados con otros paises, es necesario declarar la con!eniencia de la aprobacion mediante lamayoria absoluta de los miembros presentes de cada camara, y BD dias despues, se !otara la

    aprobacion del tratado #BO; partes del total de miembros de cada camara reuerida para la aprobacion$.&os ratados y Concordatos Comunes: son aprobados por el Congreso, y tienen jeraruia superior a lasleyes #son de cualuier indole y se aprueban como una ley normal$-Piramide Kuridica: .Constitucion (acional y ratados 9nternacionales de 'erechos =umanos .ratados de 9ntegracion y 'emas ratados #in%erior a C(, superior a leyes$ .&eyes (acionales #sancionadas en consecuencia a estos anteriores$-Caso EQmeQdjian: se disputaba la aplicabilidad del derecho a replica #pre!isto en el art.? del pacto de>an Kose de Costa 7ica$. &a tesis ue acoge este %allo es la del monismo #pues dan por incorporados anuestro sistema los tratados, luego de haberse cumplido las etapas de su %ormacion$1 la Corte dijo ueun tratado internacional celebrado constitucionalmente y rati"cado internacionalmente, esorganicamente %ederal y es ley suprema #por lo tanto, este art.? no precisa de norma alguna paraoperar, pues es operati!o$

    II- CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD

    a) El Caso de la Cote S"&e*a de USA

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    $) Siste*as e! el Deec.o Co*&aado#-=ay dos sistemas para resol!er la inconstitucionalidad en el mundo:.Control Por 8rgano Politico: el mismo organo ue sanciona la ley, es el encargado, mediante unacomision, de resol!er sobre la inconstitucionalidad..Control Por 8rgano Kurisdiccional: el control esta a cargo de los jueces #Argen$ puede ser de Control'i%uso #el control es reali)ado por jueces comunes u ordinarios, e'istema rgentino 5#ecurso&traordinario5 "e$ 48, art.14$, o de Control Concentrado #donde existen tribunales especiales ueresul!en causas sobre inconstitucionalidad$

    c) El Siste*a A'e!ti!o# O'a!os, ?ias Pocesales, E0ectos de Se!te!cias#-El sistema argentino es judicial y a cargo de los jueces del pais. &os jueces tienen la atribucion y eldeber de examinar las leyes aplicables a los casos en los ue deben resol!er, comparandolas con laConstitucion #para a!eriguar si guardan con%ormidad con esta, y de no hacerlo, abstenerse a aplicarlas$-&a 7egulacion procesal es el 7ecurso Extraordinario de 9nsconstitucionalidad, reglado en la &ey ?,art.? y @.-El sistema argentino se caracteri)a por:.&a Constitucion ha elegido a la Corte >uprema como el interprete "nal e irre!ocable de todas susreglas, doctrinas y poderes #&a C( habla por los %allos de la C>K($.El Poder Kudicial no decide en Causas Politicas #auellas en las ue debe %ormularse un juicio sobre sucon!eniencia, declarc.de guerra$, ni en 4acultades Pri!atistas #auellas encomendadas especialmente alos poderes politicos inte!.pro!$

    .>e presume la constitucionalidad de los actos publicos #las leyes y decretos son en principioconstitucionales, y solo la declaracion judicial de inconstitucionalidad los !uel!e inconstitucionales$.&as cuestiones %ederales son cuestiones de derecho y no de hecho, y sal!o en caso de arbitrariedad desentencia, son ajenas a la decision de la corte.-7euisitos para declarar la 9nconstitucionalidad:.'ebe existir un caso concreto #una causa o juicio, pues no se puede pretender declarar lainconstitucional en abstracto$.'ebe existir un 9nteres &egitimo #debe estar desconocido o contro!ertido el interes legitimo de unapersona, de lo contrario, seria en abstracto$.'ebe haber un Planteamiento 8portuno #la cuestion %ederal o constitucional, debe plantearse en laprimera oportunidad procesal, para posibilitar la contro!ersia entre las partes y demostrar la buena %ede las partes #esera del -aso ederal5$

    .(o puede haber declaracion de o"cio #la cuestion %ederal solo puede ser planteada por las partes.Excepto en el caso en ue el jue) custione su propia competencia, donde si podra ser de o"cio$

    .El recurso debe ser %undado y demostrar ue la cuestion planteada tiene una relacion directa con loshechos y el derecho in!ocado..'ebe existir una cuestion judiciable..'ebe haber una sentencia de"niti!a.-4ormas para plantear la inconstitucionalidad:.Puede plantearse en el orden %ederal, como accion o excepcion #al demandar o contestar la demanda,o al oponer excepciones$.En el 'erecho Publico y en la Constitucion de Cordoba, esta legislada la Accion Autonoma de9nconstitucionalidad #para cuestionar en juicio la constitucionalidad en %orma directa y no como unanexo al juicio$-E%ectos:

    .En nuestro sistema %ederal, la declaracion de inconstitucionalidad solo tiene e%ecto entre las partes#ello no obsta a ue de ese %allo se bene"cien auellos ue estan en iguales circunstancias, por juiciosanalogos$.En el orden pro!incial, la reiteracion de la inconstitucionalidad de una ley en un determinado tiempo,produce la abrogacion de una norma declarada inconstitucional #y entonces esta declaracion es ergaomnes$-7ecurso Extraordinario:.9nstrumento procesal argentino tendiente a hacer e%ecti!o el control jurisdiccional de laconstitucionalidad de las leyes #regulado en art.?, @, de la &ey ?$. >olo discute cuestiones demateria constitucional o %ederal.-7euisitos 4ormales:.Existencia de un juicio #si no hay causa en los terminos del art. de la C(, no se puede plantear la

    inconstitucionalidad$.(o es una ercera 9nstancia #toda causa comien)a y termina en jurisdiccion pro!incial, y solo !a a lacorte si se ha planteado oportunamente la cuestion constitucional -art.?, ley ?$

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    .'ebe haber sentencia de"niti!a #el recurso solo precede contra sentencia de"niti!a, osea auella uese obtiene con la resolucion del Alto ribunal Pro!incial$.ribunal >uperior de la Causa de la Pcia. #la sentencia debe de la ultima instancia en el ordenamientoprocesal de cada pcia.$.'ebe ser la materia sobre la cual recae una cuestion %ederal #debe !ersar sobre aspectos de laconstitucion, tratados con rango constitucional, y leyes del congreso, ue no sean de derecho comun oprocesal$.debe haber una relacion directa entre lo cuestionado y la cuestion %ederal ue se plantea..'ebe haber una decision contraria a ese derecho %ederal..'ebe tener trascendencia #si no la tiene, sera recha)ada$-7euisitos 5ateriales:.>egunda parte del art.? establece las materias sobre las ue recae el recurso:.9nciso : cuando en pleito, se ponga en cuestion la !alide) de un tratado, ley del congreso, o de unaautoridad ejercida en nombre de la nacion, y la decisin haya sido en contra de su !alide) #preser!asupremca de normas constitucionales$.9nciso B: cuando la !alide) de una ley, decreto o autoridad de pcia. se haya puesto en cuestion, bajo lapretension de ser repugnante a la autoridad nacional, tratados o leyes del congreso, y la decisin hayasido a %a!or de la !alide) de la ley o autoridad de pcia. #preser!a preeminencia del dcho.%ederal sobrelocal$.9nciso ;: cuando la inteligencia de alguna clausula de la constitucion, tratado, o ley, haya sidocuestionada y la decisin sea en contra de la !alide) del derecho o pri!ilegio ue se %unda en dichaclausula y sea materia de litigio.

    ->entencia Arbitraria:.El art.? de la ley ?, establece dos incisos mas ue no estan escritos, pero surgen de lainterpretacion pretoriana de la Corte >uprema:.>entencia Arbitraria #cuando se sustituye la !oluntad de la ley por la del magistrado o %uncionario.oda sentencia debe estar %undada, y si la sentencia contradice sus considerandos, in!ocando ra)onesinsu"cientes, o contradiciendo las leyes, estaria !iolando las reglas de la experiencia sensible, y seriainconstitucional por su arbitrariedad. &as causales de arbitrariedad son: 8bjeto o ema de la decision,cuando omiten considerar ciertas cuestiones o resuel!en cuenstiones no planteadas1 y 4undamentosde la 'ecisin, cuando los jueces se arrogaron el papel de legisladores, o cuando prescindieron depruebas o in!ocan prueba inexistente$.+ra!edad 9nstitucional #la corte decidio ue aun cuando hubiera obstaculos %ormales para entender enel caso, si la cuestion excede el interes de las partes, y es publico, esta sera de gra!edad institucional

    y la corte podra enternder en ella. &os %undamentos del recurso, deberan estar reloacionados acuestiones institucionales planteadas en el art.@, ley ?$-ramite:.El recurso extraordinario debera interponerse en contra de la sentencia del tribunal superior uecorresponda, y en la secretaria de ese mismo tribunal, dentro del pla)o de D dias #CPC($1 se debepresentar el escrito, correr traslado por D dias a las partes, y luego si el recurso es concedido, eltribunal lo remite a la Corte >uprema, para ue las partes prosigan alli el tramite #si lo deniega, sepuede interponer el recurso directo$ este recurso no impide la ejecucion de la sentencia. &a sentenciade la C>K( es irre!isable e incuestionable.

    -Rrit 8% Certiorary:.9nstituto inspirado en EENN, incorporado al derecho procesal argentino por la ley B;./?? #la Corte

    seg*n su discrecion, podra recha)ar el recurso extraordinario por %alta de agra!io %ederal su"ciente, ocuando las cuestiones %ederales plenteadas %ueren insustanciables o intrascendentes$ esto es parasolucionar el exceso de recursos planteados sin %undamentacion.-Per >altum:.Atribucion de la Corte de abocarse al conocimiento de una causa radicada en una instancia in%erior,saltando las instancias procesales, y desconociendo las normas procesales de jurisdiccion ycompetencia. (o esta pre!ista en el derecho argentino #es solo muy excepcional y restringida, parausar solo si es necesario sal!aguardar el derecho %ederal comprometido$

    BOLILLA @ANTECEDENTES HISTORICOS - LA ORANIACIN CONSTITUCIONALI- ANTECEDENTES HISTORICOS#

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    a) I!stit"cio!es de la e&oca .is&a!a#-El descubrimiento de America y el proceso de coloni)acion, %ueron resultado del 5o!imiento7enacentista #ue despla)o al eocentrismo, hacia el Antropocentrismo, ue creo un hombre nue!o$&a in!encion de la imprenta promo!io la cultura a toda la sociedad, y tambien a America #ue gracias aesto se mantenia al dia con los mo!imientos europeos$.En Espa3a, los austrias desarrollaron ideologias absolutistas, di!ididas en dos !ias, &a eologica#Iodin$ y la 7acionalista #=obbes$.Iodin, de"nia a la republica como el recto gobierno de !arias %amilias con potestad soberana.>oberania es una potestad absoluta y !italicia ue tienen los ue mandan y con la ue pueden darleyes a los subditos. Esta soberania podia 7ecaer en la muchedumbre #'emocracia$, en un +rupo deelegidos #Aristocracia$, o en Nn solo hombre #5onaruia$1 para Iodin, la monaruia era el regimenideal #se limita en el derecho natural, lo ue le da legitimidad$. Esta teoria moderna enterro losestamentos %eudales del medioe!o.=obbes, decia ue los hombres poseian derechos por el solo hecho de ser hombres #ademas poseianra)on$, pero ue la con!i!encia humana generaba un caos ue impedia el desarrollo. Para salir de eseestado, los hombres se ponen de acuerdo para renunciar a los derechos absolutos #&e!iathan$, yestablecen el Estado #ue !elara por el cumplimiento de este acuerdo$. &a soberania es perpetua yabsoluta, y su mision principal es brindar seguridad a los subditos.&ocQe, decia ue el hombre solo !i!ia en Estado de (aturale)a, en el cual estaba expuesto a ciertosriesgos, por lo ue decide !i!ir en sociedad. Para ello, delega en el Estado sus derechos escenciales,ue ser!iran para limitar al poder social y %undar la libertad del pueblo #ue tiene una soberania

    potencial$. Comien)a a surgir la tesis de di!ision de poderes #&egislati!o para regular las el modo deemplear las %uer)as del estado, y Ejecuti!o para ejecutar las leyes$..4inali)ada la epoca de los Austrias, se llega al Absolutismo de los Iorbones #ue buscan asegurar suhegemonia mediante la limitacion del poder estatal, tomando una serie de medidas extrapoliticas, ue%a!orecieron a la Iurguesia, al liberar la economia, crear bancos, independi)ar poderes religiosos, etc$Estas ideas se trasladaron a America, donde surgieron grupos de rebeldes criollos ue decidieronactuar %rente al debilitamiento del poder de 4ernando en Espa3a. &a creacion del aa!edristas, con tendencia moderana.

    c) Decetos, Re'la*e!tos Estat"tos Asa*$lea de 1>17, Co!'eso de T"c"*a!,Co!stit"cio!es de 1>1 1>5#-Acta Capitular del B@ de 5ayo de D: El Cabildo acordo elegir una junta de gobernadores yestablecer los preceptos ue deberian seguir. &a >oberania residia en el Pueblo y los %uncionariosdebian representarla, se se3alo en principio de 'i!ision de Poderes, y la obligacion de la Kunta deordenar cabildos para ue los !ecinos elijan a los representantes #ue decidirian sobre la %orma degobierno$-7eglamento de : 4ue dictado por la Kunta Pro!isional, y establecia ue con moti!o de la prision de4ernando oberano. Establecio la 'i!ision de Poderes, &a atribucion delos 'iputados para conser!ar la sobernia de 4ernando

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    derecho, recaeria sobre los autores e impresores #la Kunta Protectora de la &ibertad de 9mprentaestablece el abuso$-'ecreto de &ibertad 9ndi!idual de : Establece ue ningun ciudadano podia ser penado niexpatriado sin ue se proceda seg*n las %ormas y el proceso1 establece la libertad de circulacion,permanencia y salida del territorio1 el decreto podia ser suspendido por causas de seguridad publica#antecedente del =abeas Corpus$-riun!iratos: Con la incorporacion de las pro!incias se %orma la Kunta +rande, y el poder Ejecuti!o esatribuido al riun!irato #siendo las Kuntas Pro!inciales trans%ormadas en Kunta Conser!adora$. Eler.riun!irato disuel!e la Kunta Conser!adora y dicta el Estatuto Pro!isorio #ue re%uer)a los poderesdel ejecuti!o$, pero en B, es destituido y se designa un Bdo.riun!irato #ue con!oca a la Asambleadel A3o ;$-Asamblea del A3o ;: 'ispone una serie de medidas tendientes a lograr la independencia, pero nologro su principal objeti!o #dictar una Constitucion$. Principales disposiciones de la Asamblea: Politicas#9n!iolabilidad de 'iputados1 los 'iputados pro!inciales lo seran tambien de la (acion1 Creacion del'irector >upremo de las Pro!incias Nnidas1 B@ de 5ayo como 4iesta Ci!ica1 8rdeno la Acu3acion de5oneda: Adopto el Escudo e =imno1 y Estructuro el Poder Kudicial$, y >ociales #establecio la &ibertad deupremo aPueyrredon. En / el Congreso se traslada a Is.As. y dicta un 7eglamento Pro!isorio.-Constitucion de 2: 'eclara la religion catolica del estado, establece la di!ision de poderes #estandoel Ejecuti!o a cargo de un 'irector >upremo, ue duraba a3os1 el &egislati!o a cargo de 'iputadoselegidos en proporcion a los habitantes y un >enador por pro!incia, uno por la capital, tres militares, unobispo, ; eclesiasticos, un uni!ersitario, y el director supremo saliente, todos duraban B a3os y sereno!aban por tercios cada ? a3os$ Esta %ue una constitucion conser!adora de base monauica #el'irector >upremo elegia a los +obernadores$, ue %ue jurada pero no tu!o !igencia #pro!. litorale3as nola juraron$-Constitucion de B: 8rgani)o el estado bajo la %orma representati!a y republicana, con una unidadde regimen y di!ision de poderes. El Ejecutu!o era unipersonal y elegido por Colegios Electorales,

    duraba @ a3os, y elegia a los gobernadores. ampoco tu!o !igencia y %ue recha)ada.d) Los Pactos I!te&oi!ciales#-=acia BD, el proceso de desorgani)acion habia derrumbado a las autoridades nacionales. >urgen loscaudillos #je%es populares ue llegaban al poder mediante la !iolencia$, ue a"rmaban su dominiosobre las masas, de%endiendo los intereses de la colecti!idad regional. 7i!ada!ia trato de lle!arprosperidad a las pro!incias a costas de los intereses de la nacion, lo cual atrajo la hostilidad de losporte3os. 'orrego, por su parte, trato de plasmar en el gobierno su pensamiento %ederalista medianteel acuerdo de los pueblos. 'el lado militar, los je%es pretendian aniuilar a los caudillos para e!itar ladislocacion nacional, lo cual lle!o a una guerra ci!il #ue pro!oco pactos de alian)a, constituyendosedos grandes ligas: &iga 9nterior, de Kose C. Pa)1 y &iga del &itoral, de &ope) y 7osas$. &as alian)asconstituan bloues politico-economicos y militares ue respaldaban a sus je%es y conseguian todo atra!es de la anarua militar. En ;, Kose Pa) cae prisionero, y se disuel!e la &iga del 9nterior

    #uedando las pro!incias a merced de 4.uiroga$. entonces la hegemonia uedo di!ida entre uiroga,&ope) y 7osas1 uedando 7osas al mando de un pais despro!isto de leyes.-&os Pactos 9nterpro!inciales, %ueron acuerdos de las pro!incias para regular sus relaciones, ue sedieron en esta etapa #a ellos se re"ere el preambulo$:.ratado de Pilar #BD$: Entre Is.As., >ta.4e y Entre 7ios, se pronunciaban por la %ederacion e in!itabana las pro!incias a participar de un congreso..ratado de Cuadrilatero #BB$: Is.As., >ta.4e, Entre 7ios, y Corrientes, abogan por una pa) "rme,!erdadera amistad y union permanente..ratado 4ederal #;$: Is.As., >ta. 4e, Entre 7ios, y las demas pro!incias, in!itadas a sumarse a la%ederacion, y a un congreso general ue arregle la administracion general del pais #tiene estrecha!inculacion con la Cn del @;$

    e) La e!eacio! del F7G Las Bases de Al$edi#-'esde los inicios de la guerra entre unitarios y %ederales, surge la necesidad de replantear laproblem0tica sociopolitica argentina #la llegada de 7osas al poder %ue un duro golpe para los gruposilustrados ue surgieron$.

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    &a generacion del ;/ replanteo los problemas del pais desde una optica ue !eia al %ederalismo comoalgo ue habia aislado a los pueblos, y al unitarismo como un sistema ue habia %racasado en susintentos de gobierno, y trata de busca la !erdad en la ra)on de las cosas #con un pensamientoromanticista-historico, eclecticista, racinalista e iluminista, para sacar al pais de las luchas internas yde"nir la organi)acin nacional, sin imitar a otros paises$. ogma ocialista-K.I. Alberdi, con sus bases, inspiro a los constituyentes de @;, sentando la politica economica yprogresista, propiciando la libertad de cultos como base de la migracion europea, promo!iendo latrans%ormacion del campo mediante la cru)a de ra)as, proponiendo una Constitucion consciente de simisma y cuya maxima era poblar el territorio, con libertad de comercio y abierta al bienestar general.

    0) El Ac"edo de Sa! Nicolas 1>5)#-4ue establecido luego de la caida de 7osas, por K.K. Nrui)a y las demas pro!incias, para decretar laConstitucion (acional. Este tratado ademas establece la %orma en ue se !a a sancionar, los diputadosy promo!iendo una organi)acin temporaria mientras se dicte la constitucion de"niti!a.

    II- LA ORANIACIN CONSTITUCIONAL#a) La Co!e!cio! de 1>7#-&a obra de Alberdi %ue instrumento e"ca) para conciliar el liberalismo ecumenico nortemericano, conlos principios, creencias y !alores argentinos. Este Congreso organi)o el gobierno de %orma %ederal#seg*n el pacto de ;$, y las demas bases de la Constitucion %ueron:

    .ue el 8rden juridico reconoce su %undamento en 'ios #uien crea el pueblo y lom protege$ suautoridad esta in!ocada en el preambulo..Considera al hombre como un ser con destino trascendente #no una simple parte del todo$ el poder,estado y politica, deben estar al ser!icio del hombre..Adhiere a los principios iusnaturalistas #hombre es sujeto natural de derechos$.(o es indi!idualista, los derechos no son absolutos, y pueden ser restringidos en %uncion del biencomun..7econoce el poder residente en el pueblo #y %undamenta su legitimidad en la %orma representati!a,republicana, y %ederal$.7econoce la preexistencia de las pro!incias y los pactos ue le dieron origen..'estaca los !alores de la libertad, justicia, union nacional, pa) y orden, como objeti!os en laconstruccion del pais.

    .7econoce al bien comun como el "n del Estado..Is.As. no %ormo parte de la Con%ederacion por no estar de acuerdo.$) El Pacto de Sa! ;ose de 6loes la Co!e!cio! de 1>8#-El pacto se "rma en @2, para determinar la union de Is.As. como parte de la Con%ederacion #Is.As.re!isaria la Constitucion del @;, y en caso de proponer re%ormas se reuniria una con!encionconstituyente nacional, ue estableceria el texto de"niti!o$-En cumplimiento del pacto, se reune en >anta 4e la comision re%ormadora, la cual acepta laspropuestas de Is.As. #sal!o la denominacion del pais$. >e designa a Parana como capital pro!isoria1establece ue los derechos de aduana solo perteneceran a la nacion hasta 1 deroga el at. ueestablecia la gratuidad de la ense3an)a primaria #porue no todas las pro!incias podian brindarla$1 seestablece ue las pro!incias dictaran su constitucion de acuerdo al art.@1 se autori)a a la inter!encion%ederal por sedicion o para la de%ensa nacional1 establece ue los escla!os ue lleguen al pais uedan

    libres1 prohibe las pre%erencias a los puertos1 suprime las ejecuciones con lan)a o cuchillo1 establce uela iniciati!a de re%orma debera partir del >enado.c) Co!e!cio!es de 1>, 1>>, 1@, 1G, e!*ie!da de 1G5, e0o*a de 1@#-Con!encion de : 'ebido a las di"cultades "scales del tesoro #agobiado economicamente por laguerra con Paraguay$, Alsina instala una con!encion ue decide !ol!er al texto original de 2@; en lore%erido a los %ondos del tesoro #los cuales uedaran integrados por derechos de importacion yexportacion$-Con!encion de 2: Esta !e) se re%ormo la proporcionalidad de los diputados de la nacion y elnumero de ministros del poder ejecuti!o #&a camara de 'iputados uedo con%ormada por unrepresentante cada ;;.DDD habitantes, y los ministros ahora seran $-Con!encion de 2?2: El espiritu indi!idualista del texto del @; entro en crisis despues de las dos

    guerras mundiales, y las nue!as concepciones hablan de los derechos sociales. En Argentina surgenorgani)aciones sindicales y Peron con sus ideas socialistas #ue despla)o a la clase agropecuaria,estimulando la peue3a y mediana industria para mejorar la clase media1 impulsando elinter!encionismo estatal con la nacionali)acion del Ianco, trenes, etc$. Entonces surge la idea de

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    re%ormar la constitucion. en el Preambulo se agrega socialmente justas, economicamente libres, ypoliticamente soberanas1 en la Parte 'ogmatica se incluyen los derechos del trabajador #a trabajar,retribucion justa, capacitacion, condiciones dignas, etc$, los derechos de la ancianidad, %amilia,educacion, cultura, capital, y acti!idad economica1 En la Parte 8rganica se inbcluye en Estado dePre!encion y Alarma, la Eleccion 'irecta del Presidente, >uprime la Competencia de 'iputados enmateria impositi!a, >uprime los sueldos a ministros, reeleccion del presidente, etc.-Con!encion de 2@/: En 2@@, Peron es derrocado, y el gobierno de %acto emitio una proclama en2@, restableciendo el texto de @; y sus re%ormas de D, y 2, derogando la re%ormaperonista. Por decreto con!oca a elecciones de con!encionales para e%ectuar re%ormas parciales a laConstitucion del @; #su principal sancion %ue el at.? bis, re%erido a los derechos del trabajados y laseguridad social1 y el art./@, inc.B, %acultando al Congreso a dictar el Codigo de rabajo y >eguridad>ocial$-Enmienda de 2/B: 4ue una re%orma transitoria ue rigio hasta el golpe del / #solo modi"caba elestatuto %undamental en su texto$-7e%orma de 22?: &a &ey B?.;D2 declarati!a de la necesidad de re%orma, %ue sancionada en 22;, enbase a las coincidencias entre los dos partidos mayoritarios #establecidas en el Pacto de 8li!os$. &a &eydeterminaba un nucleo de coincidencias basicas, ue !ersaba sobre: la Atenuacion del >istemaPresidencial, &a 7educcion del 5andato de Presidente y

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    SEUNDA PARTE O'a!ica) Tit"lo Pi*eo Pode Le'islatio at@@ al >) Ca*aa de Di&"tados at@ al 7) Ca*aa de Se!adoes at@ al 5) Dis&osicio!es Co*"!es at7 al G@) Ati$"cio!es del Co!'eso atG al G) 6o*acio! Sa!cio! de Lees atGG al >@) A"ditoia e!eal de la Nacio! at>) De0e!so del P"e$lo at>) Pode E/ec"tio at>G al 18G) Nat"ale4a D"acio! at>G al 7) 6o*a Tie*&o de la Eleccio! at@ al >) Ati$"cio!es del Pode E/ec"tio at) ;e0e de a$i!ete de Mi!istos at188 al 18G)

    Pode ;"dicial at18> al 11) Nat"ale4a D"acio! at18> al 11) Ati$"cio!es del Pode ;"dicial at11 al 11 Mi!isteio P"$lico at 158) Tit"lo Se'"!do o$ie!o de las Poi!coas at151 al 15) DISPOSICIONES TRANSITORIAS

    -ipologia:.7esponde al tipo 7acional-(ormati!o, combinado con elementos del tipo radicional =istoricista#constituye una ley de garantias ue busca poner limites al poder, y a la !e) incluye un programa dere%orma legislati!a en todas sus ramas$.Iidart Campos dice ue los elementos radicional =istoricista, surgen de la expresion de las %uentes yelementos con"gurati!os del lugar y tiempo propios de nuestra comunidad #osea ue &a Constitucionasume la estructura %ormal del tipo 7acional (ormati!o Sporue supone a la ra)on humana como elelemento capa) de a"rmar la %uer)a y e"cacia de las normasT, e =istoricista radicional Sporuerecepta la tradicion y modo de ser argentioT$

    II- CREENCIAS CONSTITUCIONALES

    a) Cee!cias Co!stit"cio!ales e Ideolo'ia e! la Co!stit"cio!#-Cada constitucion resulta de un proceso dinamico mediante el cual la sociedad crea su cultura. &aCultura #ue es sobre lo ue se apoya la constitucion$, se mani"esta como 4orma de

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    -&a 9deologia en la Constitucion:.Comien)a con la epoca de la conuista #surge de la union de tradiciones entre Espa3a y las 9ndias, conuna concepcion del hombre a imagne y semejan)a de 'ios, con gran espiritu igualitario, pero disimiles%uentes religiosas, para luego receptar las concepciones iluministas y raciolaistas$..'urante el proceso emancipador de 5ayo, predominaba la creencia de la Concepcion de >uare) #uese mani%estaba en Castelli, uien proponia la retro!ersion del poder al pueblo, y en Paso, uienproponia la delegacion temporal de los negocios a Is.As.$1 &a Asamblea del a3o ;, plasmo los idealesde igualdad y dignidad del hombre, los cuales se concretaron con la idependencia de 1.&uego aparecio la 9deologia #ue inFuyo en los grupos de ilustrados porte3os ue aportaron ideas parauna politica liberal de progreso inde"nido y %e en la ra)on legisladora$, el Ntilitarismo #ue buscabalograr el mayor bien del mayor numero, mediante la aplicacin de la ley$1 y el &iberalismo 9ndi!idual#ue a"rmaba la total libertad del indi!iduo, y la necesidad de poner limites al estado, como unicomedio para lograr una constitucion$1 Pero estas corrientes generaron conFictos entre los ilustrados#democracia enciclopedica$ y uienes de%endian el modo de ser tradicional #democracia popular$, estalucha sobre el modo de ser se con%undio con la lucha por el modo de organi)acin, y los 4ederales #ueluchaban contra el gobierno centrali)ado$ se identi"caron con la democracia popular, de%endiendo lacultura tradicional y catolica, contra los Nnitarios, uienes ahora buscaban cambiar la realidadsociocultural del pais #y para ello necesitaban de una estructura centrali)ada de poder ue permitahacer llegar los bene"cios de las luces a todo el territorio$1.'e esta lucha resulto triun%ante la %accion %ederal, uedando K.5. 7osas en el poder #uien consolido elpoder en su persona, y considero inapropiado dictar una constitucion antes de ue las pro!incias seorganicen de"niti!amente$, en oposicion a 7osas, estaba la +eneracion del ;/ #ue tampoco apoyaba

    a los unitarios$, %ormada por un grupo de ilustres ue desempe3aron una labor cla!e para laconsagracion de la Constitucion del @; #estaban inFuenciados por El 7omanticismo =istoricista, ElEspiritualismo Eclectico y El &iberalismo Ecumenico$..>obre la base de las ideas de la +eneracion del ;/ y despues de la destitucion de 7osas, se sancionoen @; la Constitucion (acional #ue conciliaba el liberalismo ecumenico nortemericano, con losprincipios, creencias y !alores argentinos, y organi)o el gobierno de %orma %ederal...sus debatesprincipales %ueron sobre el tema religioso, ue uedo plasmado en el preambulo, al in!ocar laproteccion de dios, y el el art.2, al promo!er la con!ersion de los indios$$) El Pea*$"lo# Co!te!ido 6"!cio!-El preambulo contiene y condensa las desiciones, pautas, "nes y objeti!os ue %ueron propuestos porel Constituyente al momento de sancionar la constitucion Condensa el nucleo no negociable de

    !alores sobre los ue se %unda la sociedad.-Contenido:.(os los representantes del pueblo de la (acion Argentina #consagra el origen del poder en el pueblo,y la existencia de la nacion anterior a su constitucion$.Por !oluntad y eleccion de las pro!incias ue la componen #declara a la !oluntad de las pro!inciascomo %undante de la nacion, pro!.primero, nacion despues$.En cumplimiento de Pactos Preexistentes #declara ue la !oluntad de las pro!incias se expresa atra!es de los pactos "rmados, Pilar, Cuadrilatero, 4ederal$.Para Constituir la Nnion (acional #"n ue exige la solidaridad y comunidad de ideales, "nes ydestino, expresada en la participacion de todos$.A"an)ar la Kusticia #9nstaurar un orden justo donde se le de a cada uno lo suyo$.Consolidar la Pa) 9nterior #establecer el orden como !alor supremo para el bienestar general de pais$.Promo!er la 'e%ensa Comun #de%ender la existencia de la nacion, la cual in!olucra a la exiostencia

    de los miembros ue la componen$.Promo!er el Iienestar +eneral #promo!er el bien comun$.Asegurar los Iene"cios de la &ibertad #ue es una condicion natural del hombre, y debe serreconocida y respetada$.Para (osotros, (uestra Prosperidad, y todos los hombres del mundo #!a dirigida a los ciudadanospresentes y %uturos de la constitucion, y tambien uienes no siendo nacionales, se encuentren en elterritorio de nuestra nacion$.9n!ocando a 'ios, %uente de 7a)on y Kusticia #es la inFuencia el racionalismo, ue reconoce a lara)on humana como el origen de las leyes, y reconoce a 'ios como el origen de la ra)on humana$-4uncion:.&a Corte considera ue no puede ser in!ocado para ampliar los poderes del estado, ni es %uente depoderes implicitos, pero suministra un !alioso instrumento de interpretacion, ue obliga al gobernante

    a con!ertirlo en realidad, dentro de su marco normati!o.

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    BOLILLA LA SOCIEDAD Y EL ESTADO ARENTINO - EL ESTADO Y RELACIONES INTERNACIONALESI- LA SOCIEDAD Y EL ESTADO ARENTINOa) 6o*a de o$ie!o, co!ce&to caactei4acio! e! la Co!stit"cio!#-Concepto:.El estado esta con%ormado por el erritorio, la Poblacion, y el Poder. >eg*n como se ejer)a el Poderdentro del erritorio, los organos ue existan y sus %unciones, habra %ormas de Estado y 4ormas de+obierno. El Estado es considerado una persona colecti!a en la sociedad politica, y sujeto acti!o de lasoberania ue abarca a todos los ciudadanos1 El +obierno es la organi)acin del poder constituido deun estado, y solo abarca a los representantes..&a 4orma de Estado, es el modo en ue se establecen las normas constitucionales relacionadas alejercicio del poder del estado, y hace a la capacidad de accion y decision en todo el territorio #de lacual surgen los distintos ni!eles de cosa publica$, y puede ser 4ederal, Nnitarioo Con%ederado..la 4orma de +obierno, es el poder en cuanto a sus depositarios #las personas ue componen yencaminan los organos de poder y las condiciones en las ue se reali)a esta acti!idad$, es la %ormacomo se establecen las reglas ue rigen a un Estado y la relacion de mando ue hay entre los ue

    estan a cargo de los organos de gobierno y sus habitantes #estas reglas determinan uien es eldepositario de la %acultad de de"nir las reglas, los limites del estado de derecho, y uien manda$ puedeser una 5onaruia, una Aristocracia, o una 'emocracia #presidencialista, parlamentaria, o deAsamblea$.El Presidencialismo, tiene en cuenta el lidera)go de una persona ue ejerce la titularidad exclusi!a delPoder Ejecuti!o #encarnando la je%atura del +obierno y del Estado$. >us %acultades dependen delregimen politico, y sus actos estan controlados por el Poder &egislati!o..El Parlamentarismo, es cuando el poder esta ejercido por el Ke%e de Estado #rey, o presidente elegidopor el pueblo$ ue no tiene responsabilidad politica, y por el Ke%e de +obierno #Primer 5inistro, oCanciller$ ue es designado por el Parlamento, y conduce politicamente al estado, siendo responsablepor sus actos. Este sistema hace depender la permanencia del Ke%e de +obierno del !oto delParlamento, y la parlamento del Ke%e de Estado #estableciendo un euilibrio de poderes$

    .El +obierno por Asamblea, tiene a cargo del ejecuti!o a un organo colegiado ue tiene las %undionesde je%atura de estado y gobierno, y esta integrado por !arios miembros designados por el Parlamento#>ui)a$-Caracteri)acion en la Constitucion:.(uestra Constitucion ha adoptado la teoria del constitucionalismo clasico #%orma de gobierno'emocratica con di!ision de poderes, y de car0cter representati!o$&a 4orma de +obierno, es la 'emocracia 7epresentati!a y 7epublicana de Corte Presidencialista#porue las je%aturas de estado y gobierno estan uni"cadas en el presidente, y hay di!ision de poderes$Es una 'emocracia de tipo social abierta, con eleccion popular directa de presidente, !ice, diputados,senadores, autoridades pro!inciales y municipales1 tiene un sistema multipartidario , pero con una%uerte tendencia al bipartidismo.&a 4orma de Estado, es 4ederal #supone la union nacional y un gobierno general$

    $) El P"e$lo, La Ci"dada!ia Nacio!alidad# La Le 7@ Decetos Re'la*e!taios, LosP"e$los I!di'e!as, Deec.os de los EJta!/eos#-El Pueblo:.Es el elemento humano, ue consiste en hombres y mujeres ue habitan el suelo con o sinpermanencia, o solo son transeuntes, y ue en su con!i!encia %orman grupos, asociaciones,instituciones, etc1 seg*n nuestra C( se llaman habitantes.-Ciudadania y (acionalidad: &ey ;? y 'ecretos 7eglamentarios:El pueblo se compone para la C( de (acionales o Ciudadanos y de Extranjeros no naturali)ados #con locual se euipara la nacionalidad y la ciudadania$..&a (acionalidad politica, es la ue tiene un hombre con%orme al derecho positi!o ue se la adjudica ylo in!iste para las relaciones con el Estado #se obtiene por lugar de nacimiento, nacionalidad paterna,naturali)acion, domicilio, ius soli o sanguini$

    .&a Ciudadania, es una cualidad juridica del hombre, consistente en un status deri!ado del derechopositi!o, cuyo contenido esta dado por el ejercicio de los derechos politicos..&a &ey ;?, restablecida luego de ser derogada en 2/, regula la nacionalidad politica o ciudadania,distinguiendo tres clases: Por (acimiento, Por 8pcion, y Por (aturali)acion #con la 7e%orma del 2?, el

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    art./@, inc.B, da %acultad al Congreso para dictar leyes sobre naturali)acion y nacionalidad, sujetas alprincipio de la nacionalidad natural y por opcion, en bene"cio de la argentina$ (acionalidad Por(acimiento #sistema ius soli$, por aplicacin de la Constitucion, son argentinos los nacidos dentro delterritorio argentino. (acionalidad Por 8pcion #sistema ius sanguini$, los hijos de nati!os ue nacen enel extranjero, pueden optar por la nacionalidad paterna o materna argentina. (acionalidad Por(aturali)acion, es la ue se con"ere al extranjero ue la peticiona, seg*n las condiciones "jadas por elart.BD #no estan obligados a admitir la ciudadnia, obtienen la nacionalidad con dos a3os de residencia,pero el termino se puede acortar$&a 7e%orma del 2? subsano la inconstitucionalidad de la nacionalidad por opcion #al a3adir el principiode opcion, y establecer ue todo nacional es ciudadano aunue no titularice los derechos politicos,porue esa identidad deri!a de los art. y BD de la C($, tambien establece ue la nacionali)acion de losextanjeros no sera obligatoria no automatica #sino !oluntaria, siendo inconstitucional toda normacompulsi!a, art.BD$.Perdida de (acionalidad: la (acionalidad (atural o por 9us >oli, no puede perderse1 &a (acionalidadpor (aturali)acion y por 8pcion, puede perderse por las causales pre!istas por la ley #perdiendose ental caso el ejercicio de los dchos. politicos$. (uestro 'erecho 9nterno adopta el principio de la unidad dela nacionalidad #una persona solo in!iste una nacionalidad$, y establece ue no podra habernacionalidad o ciudadania pro!incial, puesto ue hay igualdad para todos los ciudadanos de todas laspro!incias #art.$-&os Pueblos 9ndigenas:.El Art./@, inc./, reconoce la existencia etnica y cultural de los pueblos indigenas argentinos, ygaranti)a su identidad y derecho a una educacion bilinge e intercultural1 7econoce la personeria

    juridica de estas comunidades y la posesion y propiedad de las tierras ue ocupan, la cual esinembargable #la antigua constitucion establecia ue los indigenas debian ser con!ertidos alcatolicismo, lo cual uebrantaba el principio de igualdad del art. y el de libertad de culto del art.?$&a 7e%orma del 2? busca reparar el agra!io cometido, reconociendo su identidad, dandoles personeriajuridica y un nue!o derecho de propiedad ue es inenajeble, intransmisible, e inembargable #PropiedadComunitaria$, Pueden tambien ejercer la accion de amparo del art.?;, y proteger su medio ambiente#Art.?$-'erechos de Extranjeros:El Art.BD reconoce a los extranjeros los mismos derechos ue a los ciudadanos. .9ngreso y Admision: elextranjero tiene el derecho de entrar al territorio. Este ingreso se institucionali)a mediante condicionesra)onables ue la ley establece y cuya !eri"cacion produce la admision con cierta permanencia #&aCorte tiene jurisprudencia para reglar el ingreso de extranjeros$

    .Asilo Politico: &as normas de admision de extranjeros exiliados politicosa son de dereho internacionalpublico, y reconocidas por el Pacto de >an Kose de Costa 7ica.

    .7e%ugiados: la proteccion de las personas ue han tenido ue abandonar su pais a causa de temoresinjustamente in%undados, es un derecho internacional..9nmigracion: la entrada y admision de extranjeros se relaciona con la inmigracion. (uestra C(implanta una politica inmigratoria amplia y humanista. El Art.B@, dice ue el gobierno %omentara lainmigracion europea #no solo europea ahora$ y no podra restringir la entrada al territorio de personasue tengan por objeto labrar la tierra, mejorar industrias, o ense3ar ciencias y artes..Permanencia y Expulsion: auellos extranjeros ue ingresan al territorio sin haberse sometido a loscontroles de admision, o auellos ue se uedan despues de !encido el pla)o de autori)acion, sonilegales, y a ellos se les puede negar el derecho a trabajar, comerciar, etc, #pero nunca el derecho a lasalud y a la de%ensa en debido proceso$. &a expulsion de una persona es toda salida del territoriodispuesta coacti!amente por el estado mediante una declaracion administrati!a y pre!ia a una

    oportunidad ue tu!o el expulsado de esgrimir su de%ensa.

    c) El Teitoio Li*ites Las Islas Mali!as#-El erritorio: Es la base "sica o espacio geogra"co donde se asienta la poblacion, y circunscribe elpoder del estado de %orma negati!a #excluyendo de su area todo ejercicio extranjero$, y de %ormapositi!a #sometiendo a su jurisdiccion las personas y bienes ue se encuentran dentro de sus limites, oue estando %uera, tienen alguna conexin con el$-&imites: >on las %ronteras entre paises o territorios pro!inciales #determinan la extension delterritorio$1 >eg*n el Art./@, inc.@, es %acultad del Congreso "jar los &imites 9nternacionales, los de laspro!incias, crear otras nue!as, y determinar la %orma de administracion de los territorios nacionales

    ue estan %uera de los limites asignados a las pro!incias.-9slas 5al!inas: &a clausula transitoria , establece la soberania de la nacion sobre las 9slas 5al!inas,+eorgias, y >andLich del >ur, y sus espacios maritimos e insulares, por ser parte del territorio

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    nacional1 y se establece como objeti!o, la recuperacion de ese espacio territoria, respetando a sushabitantes.d) Sociedades Asociacio!es I!te*edias#e) La I'lesia Catolica#-=ay di%erentes clasi"caciones ue determinan cual es el grado de participacion de una 7eligion dentrodel sistema Estatal #sacralidad, secularidad, laicididad$:>acralidad, es cuando el estado introduce dentro de sus postulados los conceptos de la religionimperante, haciendola obligatoria para todos sus habitantes #9raQ$ >ecularidad, es cuando la acti!idaddel estado e iglesia no se con%unde y hay Uxlibertad de culto, pero teniendo en cuenta la expresionmayoritaria por un culto determinado, con el cual se relaciona asistiendolo y colaborando #Argentina$.&aicicidad, es cuando el estado asume un rol laico, o postura agnostica, omitiendo re%erirse a algunareligion en su texto constitucional, y separando total y absolutamente las dos orbitas #EENN$.El Estado Argentino y &a 9glesia tienen dos %ormas de relacionarse: El Patronato #otorgamiento al poderpolitico de ciertas licencias para entender en cuestiones religiosas dentro de su territorio, el cual %uesuprimido por la 7e%orma del 2?$ y El Concordato #con!enio entre la >anta >ede y el Ke%e de Estadopara rea"rmar solemnemente, las obligaciones, pri!ilegios y dchos. de la sociedad y la iglesia$ El art.B,establece ue se sostiene el culto catolico apostolico y romano. Esto implica ue se le reconoce a la9glesia Catolica un status constitucional, otorgandosele personeria juridica publica no estatal #art.;;C.Ci!il$1 y ue #seg*n la Corte$, el Estado debera sol!entar los gastos de esta religion con el esoro(acional #a ra)on del termino sostener$

    El Patronato establecia ue el presidente podia presentar a los obispos en terna al senado, lo cualdeterminaba ue el mismo sea de la religion catolica #este era un modo de continuar con la tradicionde los reyes espa3oles uienes nombraban obispos$. El Concordato de 2 garanti)o a la 9glesia elejercicio de estos poderes #nombramiento de obispos y ar)obispos, erigir nue!as circunscripcioneseclesiasticas con noti"cacion al >enado, libertad para comunicar a la >anta >ede con los habitantes,etc$. &a 7e%orma de 22? suprimio el Patronato, pero mantu!o la la %acultad de congreso para aprobaro desechar tratados con la >anta >ede

    II- EL ESTADO Y LAS RELACIONES INTERNACIONALESa) Re'i*e! de los Tatados I!te!acio!ales#

    -&a 7e%orma de 22?, ha reconocido expresamente a tra!es del Art./@, inc.BB, la jeraruiaconstitucional de determinados tratados internacionales, ue incluyeron al derecho argentino multiplesprincipios de derecho internacional. El encargado de lle!ar adelante la politica de relacionesinternacionales es el +obierno 4ederal en la "gura del Presidente #uien es el representante del Estadopor naturale)a, y esta apoyado tecnicamente por el 5inistro de 7elaciones Exteriores$-7egimen de los ratados: El 'erecho 9nternacional tiene di%erentes mecanismos para rodear a lostratados de !alide) legal, y las constituciones de cada pais pre!een pasos a seguir para ue estos seincorporen al 'erecho 9nterno:.(egociacion y 4irma: El Presidente "rmara los tratados, cumpliendo las disposiciones legales..Aprobacion: El Poder &egislati!o debera cotejar el contenido del tratado con los principios establecidosen la C( #bajo pena de declaracion de incnstitcionalidad por parte de la Corte >uprema, Art.; C(,art., / C($.7ati"cacion: 'espues de la aprobacion, se comunicara la misma a los estados "rmantes #por medio de

    una nota "rmada por el Ke%e de Estado, donde debera expresar si hacen alguna reser!a$, y a partir deese momento el tratado tiene !igencia internacional y se incorpora a nuestro derecho interno seg*nart.;.&a eoria 5onista, dice ue hay una unidad entre el derecho internacional y el interno, por lo cual,cuando el tratado %ue aprobado, ingresa directamente.&a eoria 'ualista, dice ue debe haber una separacion entre el ambito interno e internacional, debidoa la cual, el tratado reuiere el consentimiento expreso del gobierno para incorporarse.En Argentina, parte de la doctrina apoya la teoria monista #porue no hay clausula alguna ue obliguea dictar una ley posterior ue rati"ue el tratado$, pero la Corte, en caso 5ercQ CO+ob.(acional,distinguio entre epoca de pa) #donde rigen las teorias dualistas$, y de guerra #donde rigen las teoriasmonistas$. &a 7e%orma del 2?, otorgo jeraruia constitucional a los tratados sobre derechos humanosdel Art./@, inc.BB #estos no derogan articulos de la parte dogmatica sino ue los complementan$, y

    establecio ue se podra delegar jurisdiccion y competencia a organi)aciones supraestatales mientrassea en condiciones de reciprocidad..'enuncia: &os tratados pueden ser denunciados por el Presidente #pre!ia aprobacion de BO; de losmiembros del >enado$

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    $) Tatados de Deec.os H"*a!os El Pacto de Sa! ;ose de Costa Rica#-&a parte dogmatica se ha ampliado y enriuecido a tra!es del Art./@, inc.BB, ue con"ere jeraruiaconstitucional a once instrumentos internacionales sobre derechos humanos, y pre!ee unprocedimiento especial para incorporar nue!os tratados a esta categoria.-Pacto de >an Kose de Costa 7ica:.Es el tratado internacional mas importante, pues establece una serie de disposiciones no!edosas paranuestro derecho. Establece ue los Estados deben respetar los derechos y libertades reconocidas ydeben garanti)ar su libre ejercicio sin discriminacion, reconoce a todas las personas como un sereshumanos, y obliga a los estados a garanti)ar su desarrollo #tambien enumera el 'erecho a la us %unciones son las de Promo!er la obser!acion yde%ensa de los derechos humanos, Estimular la conciencia de los estados, 7ecomendar a los estados yAtender consultas. Es Competente para recibir denuncias de cualuier persona o grupo, por !iolaciondel Pacto, por parte de algun estado miembro #la denuncia debera presentarse dentro de los mesesdesde la !iolacion, una !e) ue haya agotado los recursos dentro del estado, y con los datospersonales del deunnciante$, cuando la deuncia es admitida, la Comision solicitara un in%orme alestado sobre la existencia o no de los moti!os de la denuncia #si no existen, la deundia serainadmisible$ si hay moti!os, se anali)ara el asunto planteado y se intentara un acuerdo paci"co #si hay

    solucion, la comision redacta un in%orme sobre los hechos y la solucion1 si no la hay, sera un in%ormesobre los hechos y la conclusion$.Comision 9nteramericana de 'erechos =umanos: %ormada por / jueces elegidos a titulo personal y concompetencia en 'erechos =umanos #cada estado debera proponer ;$, duran a3os en su mandato, ypueden ser reelegidos una !e). Es Competente para recibir peticiones de Estados y de la Comision#cuando ha agotado su competencia$, siendo sus %allos de"niti!os e inapelables.c) Tatados de I!te'acio! El Mecos"#-El 9ngreso de Argentina al 5ercosur, obliga a plantear el tema del derecho comunitario. El Art./@,inc.B?, otorga atribucion al Congreso para aprobar o desechar tratados ue deleguen competencia ojurisdiccion a organi)aciones supraestatales en condiciones de reciprocidad e igualdad. Estos tendranjeraruia superior a las leyes.

    >i son tratados con paises de &atinoamerica, sera necesaria la mayoria absoluta de la totalidad de losmiembros de ambas camaras para aprobarlos.>i son tratados con otros paises, es necesario declarar la con!eniencia de la aprobacion mediante lamayoria absoluta de los miembros presentes de cada camara, y BD dias despues, se !otara laaprobacion del tratado #BO; partes del total de miembros de cada camara reuerida para la aprobacion$Iidart Campos dice ue estos tratados se incorporan automaticamente al derecho interno.

    BOLILLA G

    EL ESTADO 6EDERAL ARENTINO

    I- EL ESTADO 6EDERAL ARENTINO

    a) Estados U!itaios, Re'io!ales, 6edeales Co!0edeales#

    -Estados Nnitarios: son auellos en los ue el poder o decision estan concentrados en una sola es%era,uedando el territorio %raccionado en meras secciones administrati!as ue no poseen autonomia paradecidir por si solas sobre aspectos ue hacen al gobierno de su region #4rancia$

    -Estados 7egionales: son auellos ue reconocen autonomia a las regiones, para ciertas competenciasen lo ambiental, social o economico #modalidad intermedia$

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    -Estados 4ederales: son auellos en los ue el poder esta distribuido en todo su terrirorio en distintosni!eles de decision, y hay autonomia regional, )onal o pro!incial. >u caracteristica principal es ladescentrali)acion del poder en unidades de decision, produciendose una relacion de solidaidad,integracion y colaboracion entre las distintas orbitas, dentro de un marco de euilibrio ue e!itaabusos o determinaciones centralistas. En el reparto de competencias, las pro!incias go)an de %acultadpara autogobernarse, elegir sus autoridades, y tener su propia legislacion1 el gobierno %ederal tiene%acultades sobre todo lo atinente a la seguridad e integracion de la %ederacion, representacion en elextranjero, cumplimiento de la C(, etc. #Argentina$

    -Estados Con%ederales: son auellos ue surgen de la union de !arios estados independientes, ue

    mantienen su soberania y la posibilidad de separarse en cualuier momento. Estas con%ederacionessurgen de un pacto ue determina y establece las competencias de la union respecto de los estadosmiembros y del resto de los estados. &a soberania ue mantienen los estados se !e limitada por lascompetencias con%eridas a la con%ederacion #en el siglo pasado estas uniones ser!ian para proteccionmilitar, pero actualmente siur!en para crear bloues economicos tendientes a superar problemas dedesarrollo, ambientales, etc$

    $) El 6edealis*o A'e!ti!o# Caactei4acio! Pes&ectias#

    -&a Constitucion de @; culmino el proceso de organi)acin inicado en D, uedando el pais como

    una pluralidad de %ormaciones regionales con epicentro en ciudades y centros urbanos, uedandoIs.As. con el puerto y relaciones exteriores #a %a!or del 4ederalismo concurren la distancia y lasidentidades regionales, y a %a!or del Nnitarismo el pri!ilegio geopolitico y las comunicaciones haciadentro y %uera del territorio$. Esta tension 9nterior-Puerto caracteri)o al %ederalismo como unapropuesta cargada de contradicciones, ue nunca llego a ser plasmada totalmente en lasConstituciones #aunue siempre estu!o en la !ocacion del constituyente$. &a e!olucion %ederalistarecien logro su punto superador con la &ey de 4ederacion, ue calmo la crisis de D.

    -Prespecti!as: &a tension entre el centralismo y %ederalismo continua hasta el presente. El textoconstitucional busca colocar al %ederalismo en un ni!el de euilibrio entre la a"rmacion de la entidadnacional y el reclamo de autonomia de las pro!incias #como decia Alberdi, no tiene sentido sancionaruna constitucion totalmente unitaria o %ederal$

    c) La Re0o*a de 1@ el 6edealis*o#

    -Para unos, la 7e%orma del 2?, ha %ortalecido el 4ederalismo #con los arts.B?, /@, inc.B sobrecoparticipacion, inc.;, inc.2 se relaciona con el desarrollo y progreso euilibrado de las pro!incias,inc.;D$1 pero para otros &a designacion de un tercer senador y la eleccion directa del presidente,deseuilibra el peso electoral entre unas pocas pro!incias.

    .El 4ederalismo ue se esbo)a es de concentracion y participacion1 se establece al senado comocamara de origen en ciertos proyectos relacionados al %ederalismo1 se establece ue las pro!incias

    tengan un progreso euilibrado1 se pone atencion a las particularidades locales en el sistemaeducati!o1 a"rma el poder de policia de las pro!incias sobre establecimientos de utilidad nacional1reconoce a las pro!incias el dominio originario sobre los recursos naturales de sus territorios #art.B?$1reconoce la autonomia de los municipios #art.B;$1 pre!ee la %acultad de crear regiones #art.B?$1pre!ee la %acultad de concertar acuerdos internacionales #art.B?$

    d) Los o$ie!os 6edeales, Poi!ciales, de la Ci"dad de BsAs M"!ici&ales#

    -En las relaciones ue ligan al estado nacional con las pro!incias se dan situaciones de >ubordinacion,Participacion, y Coorodinacion.

    .>ubordinacion: son las relaciones establecidas por las pautas ue marcan la supremaca del ordenjuridico nacional #el derecho de cada pro!incia a darse su constitucion y normas locales, estasubordinado al cumplimiento de las normas %undamentales$. Esta subordinacion implica ue lasnormas pro!inciales aseguren la administracion de justicia, regimen municipal y educacion primaria,para go)ar del ejercicio garanti)ado por el estado, de sus instituciones.

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    .Participacion: &as pro!incias y la ciudad de Is.As. participan en las resoluciones del poder nacional atra!es de sus representantes en el >enado #; por pro!incia, B de mayoria, minoria$1 al >enado lecorresponden ciertas atribuciones ue lo habilitan como una instancia de maxima jeraruiainstitucional.

    .Coordinacion: es lo ue de"ne al regimen %ederal como un reparto de competencias en %uncion delterritorio. 5ediante este reparto, las pro!incias conser!an todo el poder no delegado al gobiernonacional, y por lo tanto no podran ejercer el poder delegado #tambien existen normas ue establecenun determinado campo de accion para las pro!incias, y tambien existen normas con prohibicionesexpresas para las pro!incias$

    e) La Re'io!

    -Art.B?: &as pro!incias podran crear regiones para su desarrollo armonico y social.

    Este 7egionalismo no constituye una estructura politica, sino solo una serie de relacionesinterpro!inciales o intergubernamentales, ue promue!an el desarrollo economico, pero en ninguncaso podra producir desmembramiento en la autonomia de las pro!incias

    0) Disti$"cio! de Co*&ete!cias#

    -Competencias 9nherentes a las Pro!incias:

    .'erecho a un >istema 9nstitucional Autonomo: reconocido por el art.@ #cada pcia. dictara su propiaconstitucion bajo el sistema republicano y representati!o, asegurando los principios de la C(, suadministracion de justicia, su regimen municipal, y la educacion primaria$. &a justicia no es pri!ati!a delas pro!incias #porue existen hechos ue corresponden a la jurisdiccion %ederal$1 la Educacion Primaria%ue tradicionalmente un ser!icio publico cultural de car0cter nacional1 y el 7egimen 5unicipal estareglado en el art.B; #cada pcia.dicta su propia constitucion, aseguranso la autonomia municipal,reglando su alcance y contenido institucional, politico, administrati!o y economico$

    .'erecho a la 9ntegridad erritorial: El territorio de cada Pcia. no puede legalmente desmembrarse. Estaintegridad es una garantia constitucional ue impide ue las pcias. sean objeto de parcelaciones,mutilaciones, anexiones o deterioro de su unidad geogra"ca. >olo para el caso de serias ra)ones, el

    art.; establece ue podran admitirse nue!as pro!incias, pero no una en territorio de otras o de !arias%ormarse una, sin la inter!encion de la legislatura de cada pcia. interesada y del Congreso (acional.

    .'erecho a la Promocion Economica: El Art.B@, establece ue las pro!incias podran celebrar tratadosparciales para promo!er su industria, inmigracion, contruccion, coloni)acion, introduccion de nue!asindustrias, importacion de capitales extranjeros, y exploracion de rios.

    .'erecho a Celebrar ratados: &a C( pre!ee especialmente, la posibilidad de las pro!incias de celebrartratados parciales con "nes de utilidad comun, mientras no sean de car0cter politico y esten enconocimiento del congreso nacional #esta competencia comprende tratados interpro!inciales einternacionales$

    .'erecho a 7epresentacion en el Congreso: las pro!incias estan representadas directa y expresamenteen el Congreso a tra!es del >enado, donde cada una tendra ; miembros #B de la mayoria y de laminoria$. &os >enadores son elegidos en %orma directa y conjunta. &a camara de >enadores y'iputados tienen igualdad de competencia y accion, pero al >enado le corresponde ser camara deorigen en cuestiones %ederales #tambien designa los 5agistrados de la Corte >uprema y de los demastribunales %ederales y miembros de las 44AA, Autori)a al Ejecuti!o a declarar estado de sitio, y ju)ga encaso de juicio politico$

    .Kurisdiccion en 5ateria de Prensa: El art.;B establece ue el congreso no dictara leyes ue restrinjan lalibertad de imprenta #%acultad no delegada$

    .7euerimiento de 9nter!encion 4ederal: la C( reconoce a las pro!incias el derecho a solicitar la

    inter!encion %ederal por sedicion #cuando alguien se atribuye los derechos del pueblo$ o in!asion #deotra pro!incia, art.B/: ninguna pcia. podra declarar la guerra a otra, cualuier cuestion de hostilidadsera se so%ocada y reprimida por el gobierno nacional seg*n la ley$. El art.B prohibe a las pro!incias

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    armar buues de guerra o le!antar ejercitos #pero en caso de peligro inminente y urgente, tendra laautori)acion tacita del gobierno para hacerlo, hasta ue arri!en las %uer)as del +obierto Central$

    -Competencias 9nherentes al +obierno Central: Art.B #prohibidas a las pcias.$

    .Celebrar ratados parciales de car0cter politico.

    .Expedir leyes sobre comercio o na!egacion interior.

    .Acu3ar monedas, establecer Iancos con %acultad para emitir billetes #V$

    .'ictar los Codigos de 4ondo #Ci!il, Penal, Procesal, 5ineria, etc$

    .'ictar &eyes de Ciudadania y (aturali)acion.

    .'ictar &eyes de Iancarrota y %alsi"cacion.

    .Establecer derecho a tonelaje.

    .Armar buues de guerra y le!antar ejercitos.

    .(ombrar o recibir agentes extranjeros.

    .Admitir nue!as ordenes religiosas#V$ las pcias. pueden con autori)acion del congreso

    odas las %acultades no delegadas al +ob. (acional pueden ser ejercidas por las Pro!incias #art.B$

    -Poderes Concurrentes: hay determinadas competencias de una y otra jurisdiccion, ue son a"nes#art.B@, /@, inc.$, hay otras ue estan prohibidas a las pro!incias #cuando a%ectan las atribucionesdel +ob.4ederal$, otras prohibidas al +ob. 4ederal #dictar normas ue restrinjan la libertad de

    imprenta$, y otras prohibidas a ambos #establecer aduanas interiores, restringir la na!egacion, !iolar elprincipio de reser!a del art.2$. El art.B2 prohibe al congreso conceder al ejecuti!o, legislaturas, ogobernadores, %acultades extraordinarias o la suma del poder publico #bajo pena de nulidad yresponsabilidad por traidores a la patria$. &a &ey B;.D//, establece medidas en caso de nue!osgobiernos de %acto, sancionando a sus ejecutores. &a 7e%orma del 2?, establece la !igencia de la C(aun en situaciones de gobierno de %acto.

    ') La A"to!o*ia Poi!cial# Co!ce&to Re9"isitos#

    -&as Pro!incias son unidades politicas ue componen la 4ederacion, las cuales no son soberanas, perosi autonomas.

    .Art.BB: establece la atribucion de las pro!incias a darse sus propias instituciones y elegir sus%uncionarios sin inter!encion del gobierno %ederal..Art.B;: establece ue la autonomia pro!incial esta sujeta al cumplimiento de lo dispuesto por el art.@,y a ue asegure la autonomia municipal y regle su alcance y contenido institucional, economico,administrati!o, politico y "nanciero.

    Ademas, la %orma de gobierno debera ser 7epresentati!a y 7epublicana #gobierno elegido por elpueblo, di!ision de poderes, periodicidad de %unciones, publicidad de actos de gobierno, oportunidadelectoral para minorias, !igencia de los derechos y garantias de los ciudadano$, la administracion dejusticia debera ser de acuerdo a ese regimen 7epresentati!o y 7epublicano, el regimen municipaldebera estar organi)ado deocraticamente, y la educacion primaria debera tener al menos un ni!elminimo #ue garantice posibilidades de participacion social al ciudadano$

    .) La I!tee!cio! 6edeal#

    -El Art., establece la inter!encion del gobierno %ederal en el territorio de las pro!incias, paragaranti)ar la %orma republicana de gobierno, repeler in!asiones, y sostener o reestablecer autoridades.

    .Causas: Por Propia 'ecision #el gobierno nacional inter!endra cuando aprecia ue hay una crisis dedi!ision de poderes, o un conFicto gra!e e insoluble, o cuando la independencia de los jueces estedeteriorada, cuando no se cumplimente la educacion primaria, no %uncione el regimen municipal, se!iolen los principios de la constitucion, o por situaciones anormales$, Por 9n!asiones Exteriores #cuando

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    sea imprescindible el uso de la %uer)a para pro!eer la de%ensa nacional, se podran crear teatros deopeaciones ue resuel!an estos conFictos, y durante este periodo, las autoridades constitucionalspciales. siguen !igentes$, a 7euerimiento de la Autoridad Pro!incial o la legislatura Pro!incial #cuandohubiesen sido depuestas por >edicion, o cuando %ueron in!adidas por otra pro!incia$.

    .Extension: la inter!encion amplia solo sera justi"cable si media un estado caotico generali)ado. Casocontrario, esta podra ser meramente parcial #sobre el poder a%ectado, y respetando el %uncionamientode los otros$. En caso de ser la legislatura, esta se clausurara y se llamara a nue!as elecciones.

    .'eclaracion: doctrinariamente, el Ejecuti!o es el encargado de inter!enir %ederalmente a unapro!incia, pero el nue!o texto constitucional establece ue corresponde al Congreso disponer laaprobacion o re!ocacion de la inter!encion #art./@, inc.;$. En caso de receso, sera con!ocada unasesion extraordinaria a estos e%ectos.

    .4acultades del 9nter!entor: El Ejecuti!o designara al inter!entor. &os limites de su mandato y laduracion del mismo dependen de los %undamentos y "nes de la inter!encion #le corresponden las%acultades necesarias para reestablecer la normalidad, teniendo una %uncion ejecuti!a yadministrati!a$

    i) I!dest"cti$ilidad de las Poi!cias Po&iedad de los Rec"sos Nat"ales#

    -&a estructura del Estado Pro!incial supone la concurrencia a la unidad territorial de todos los estadosmiembros ue lo componen, los cuales se integraran a la capital #%ormando una totalidad ue debesubsistir$.

    El estado %ederal puede crecer en adicion #como resultado de relaciones internacionales paci"cas$,pero no disminuirse #art.;, podra haber nue!as pro!incias, pero no una en el territorio de otras, ni una%ormada por !arias, sin autori)acion de sus legislaturas y el congreso$

    -&a Propiedad de los 7ecursos (aturales: Art.B? #corresponde a las pro!incias el dominio originariosobre los recursos naturales de su terrotorio$

    /) La Ci"dad de B"e!os Aies At15, Lees 5@ 5@58#

    .Art.B2: establece ue la ciudad de Is.As. tendra un regimen de gobierno autonomo, con %acultadespropias de legislacion y jurisdiccion, y un je%e sera elegido directamente por el pueblo #con lo cual se leda status constitucional a la ciudad de Is.As.$1 establece ue una ley garanti)ara los intereses delestado nacional mientras Is.As. sea capital de la nacion #el regimen de autonomia no obsta a ue sigasiendo capital de la nacion, conser!ando el Congreso el ejercicio de una legislacion exclusi!a sobreeste territorio$1 y ue el Congreso con!ocara a los habitantes para ue elijan el Estatuto 8rgani)ati!ode sus 9nstituciones #el hecho de tener un Estatuto 8rgani)ati!o, la di%erencia de las pro!incias,determinando su car0cter de no pro!incia$, El presidente mantiene los poderes su"cientes para poner

    en ejecucion en el ambito de la ciudad de Is.As. las leyes ue sean dictadas por el Congreso de la(acion. >u car0cter de Cap.4ed. es indudable #art.;$ #C.ransitoria @ y /, establece el ejercicio hasta laorgani)acin legislati!a$

    K) La Ca&ital 6edeal#

    -Iuenos Aires %ue siempre lider: Era Cabe)a del

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    .&a Capital de un estado lidera su organi)acin, se la supone asiento "sico y legal de las autoridades,irradia las politicas ue pone en marcha el gobierno. &a 7e%orma del 2? ha cambiado su sistema deadministracion, dando a sus habitantes el derecho a elegir su Ke%e de +obirno.

    l) El Re'i*e! M"!ici&al A'e!ti!o#

    -5unicipios desde @;-2 al 22: El texto antiguo de la constitucion aludia al regimen municipal

    en su art.@1 el !ocablo regimen %ue claro sinonimo de autonomia, pero a pesar de eso, hasta 22, laCorte sostu!o ue las municipalidades eran simples entidades con descentrali)acion administrati!a #loue las hacia autenticas, pero no autonomas$

    -Con la 7e%orma del 2, el art.B; dice ue Cada Pcia, asegura la autonomia pro!incial #asignandoexpresamente su autonomia, con%orme al alcance y contenido institucional, politico, economico yadministrati!o ue debe pro!eer cada pro!incia$

    ll) El Rol de las Re'io!es, Poi!cias M"!ici&ios e! el Poceso de I!te'acio!S"&a!acio!al#

    -(uestra C( pre!ee los tratados internos y externos, entre una pcia. y un pais extranjero u organismointernacional.

    .Antes de la 7e%orma del 2?, la doctrina !eia limitada esa atribucion de las pro!incias en ciertoscompromisos internacionales1 pero el nue!o Art.B? dispone ue las pro!incias pueden celebrartratados internacionales, mientras no sean incompatibles con la politica exterior de la nacion y noa%ecten sus interes.

    .el objeto de estos tratados puede !ersar sobre materias de competencia pro!incial y nacional, pero noseran considerados tratados en el sentido de la Con!encion de

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    .&a 7e%orma del 2? plasmo constitucionalmente la coparticipacion, otorgando una nue!a estructuraimpositi!a en la (acion y Pro!incias #art./@ atrib. congreso$. Art./@, inc.: El Congreso legisla enmateria aduanera y exportacion e importacion, siendo la legislacion uni%orme en toda la nacion

    Art./@ inc.B: El Congreso impone contribuciones indirectas como %acultad concurrente con laspro!incias, impone constribuciones directas por tiempo limitado y proporcionalmente iguales en todo elterritorio #se mantiene la competencia ecepcional del -ongreso en las contribuciones directas$1 lascontribuciones en este inciso, con excepcion de la