Junio, 2016
Viceministerio de Agua Potable y Saneamiento
Básico
Dirección General de Gestión Integral de Residuos
Sólidos
REGLAMENTO GENERAL DE LA LEY 755 DE GESTION INTEGRAL DE
RESIDUOS
Título I Disposiciones Generales
Título II
Participación ciudadana, Inclusión
social, Educación, Comunicación y
Fomento a la Gestión Integral de
Residuos
Título III
Planificación, sistema de información
y coordinación institucional para la
gestión integral de los residuos
Título IV
Prevención, aprovechamiento y
responsabilidad extendida al
productor
Título V Gestión operativa de residuos
Título VI Formalización de actividades,
control y exportación de residuos
Disposicion
es Finales
CONTENIDO DE LA REGLAMENTACIÓN
TITULOS
6CAPITULOS
26ARTICULOS
174
TITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
El presente reglamento
regula la gestión
integral de los residuos
a nivel nacional, en el
marco de la Ley No.
755 "Ley de Gestión
Integral de Residuos"
de 28 de octubre de
2015, para su
implementación, en
observancia de los
derechos de la Madre
Tierra, así como el
derecho a la salud y a
vivir en un ambientesano y equilibrado.
OBJETO y ALCANCE
Aplica•Personas
•Operadores
No se aplica
•Emisiones
•Efluentes
Sectorial•Normativa sectorial propia
• Mayor a 20 Ton/año
Gran
• Entre 10 a 20 Ton/año
Mediano
• Entre 1 a 10 Ton/añoPequeño
• Menor a 1 Ton/año
Micro
CLASIFICACION DE GENERADORES DE RESIDUOSLos generadores de residuos se clasifican de acuerdo a la cantidad de residuos.
GENERADOR DE RESIDUOS Toda persona natural o
jurídica, pública o privada que genere residuos como resultado de sus
actividades de consumo, servicio o producción.
Responsabilidad del generador de
residuos
a) Reducir la generación de los residuos en cantidad ypeligrosidad.
b) Gestionar sus residuos de forma separada de acuerdo asus características o composición.
c) Depositar los residuos en sitios autorizados.
d) Cubrir los costos que implique la gestión operativa deresiduos de acuerdo a sus características y fuentes degeneración.
e) Denunciar las conductas que amenacen o afecten lasalud o el ambiente a consecuencia de la gestióninadecuada de residuos.
1
• Por sus características: Residuos No Peligrosos en:
•Orgánicos, reciclables, no aprovechable
•Residuos Peligrosos
•Residuos Especiales
2
• Por su Fuente de Generación
• Residuos Municipales
• Residuos Industriales
3
• Por su Gestión Operativa
• Residuos Municipales
• Residuos No Municipales
CLASIFICACION DE RESIDUOS
TITULO II
CIUDADANA, INCLUSION SOCIAL
EDUCACION Y FOMENTO A LA GESTION INTEGRAL DE
RESIDUOS
PARTICIPACIÓN CIUDADANA
Ministerio-ETAS
Instituciones públicas
Instituciones privadas
Población
Mecanismo de
Participación
Sensibilización social y desarrollo comunitario.
Reconocimiento y difusión de esfuerzos
destacados
Apoyo y motivación de
iniciativas
Participación Corresponsable
INCLUSIÓN SOCIAL PARA EL RECICLAJER
ecic
lad
or
Bas
e
• Persona Individual dedicadade forma directa y habituala la recolección separadade residuos aprovechablesy que puede organizarsecolectivamente
Estr
ateg
ias
de
Incl
usi
ón
so
cial •Elaboración de diagnóstico
•Asistencia técnica
•Desarrollo de capacidades
•Incorporación en los servicios municipales de recolección, transportediferenciado, acopio etc.
•Modalidad de prestación de servicios
•Establecimiento de alianzas institucionales vinculadas a fortalecer lascapacidades logísticas como infraestructuras equipos y maquinaria para laoperación.
•Establecimiento de alianzas institucionales para dinamizar laimplementación de la Responsabilidad Extendida del Productor con laparticipación de los recicladores de base formalizados.
Programas de
capacitación a
maestros
Investigación y
desarrollo
Convenios con
Universidades y centros de investigación
Aprendizaje y practicas
habituales en prevención y
aprovechamiento
Desarrollo de Directrices y
guías en estructuras
curriculares y programátic
as
EDUCACIÓN EN GESTIÓNINTEGRAL DE RESIDUOS
COMUNICACIÓN, FOMENTO Y RECONOCIMIENTO EN GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS
Difusión gratuita de mensajes
educativos y de concientización Presupuesto
Municipal para difusión:
Presupuestar recursos adicionales
necesarios para difusión
Deben desarrollar por cuenta propia o apoyar campañas de limpieza o
reciclaje.
Al menos una vez al año
Participación del sector empresarial público o privado:
Empresas publicas y privadas de servicios,
producción, comercialización o
importadoras
Fomentarán elestablecimiento ydesarrollo de mercadospara la comercialización yconsumo de productosreciclables para garantizarel máximoaprovechamiento de losresiduos
Fomento
El Ministerio cabeza de sector,otorgará el reconocimientodenominado “Bolivia Limpia”, aempresas, entidades e institucionespúblicas o privadas que hayanimplementado de forma voluntaria,programas de prevención, reduccióno aprovechamiento, que beneficiena la producción y al ambienteinnovando patrones productivos ode consumo de forma sobresaliente
Reconocimiento
TITULO III
PLANIFICACIÓN, SISTEMA DE INFORMACIÓN,
COORDINACIÓN Y FORTALECIMIENTO
INSTITUCIONAL
PLANIFICACIÓN
Planificación en GIR:
a) Implementar la Gestión Integral de Residuos a través de políticas, programas y proyectos de inversión.
b) Evaluar el logro de resultados y metas establecidas en los programas de los distintos niveles de gobierno.
c) Definir estrategias institucionales, legales y tecnológicas, así como acciones requeridas para la implementación exitosa de la gestión integral de residuos.
d) Desarrollar procesos de coordinación interinstitucional con el nivel central del Estado y las ETAS en el marco de sus competencias.
e) Integrar iniciativas creando sinergias para optimizar y maximizar los recursos.
f) Desarrollar la sostenibilidad de las acciones en el corto, mediano y largo plazo.
g) Determinar los recursos requeridos y optimizar su uso.
FINES
a) Programa Nacional para la Gestión Integral de Residuos (PNGIR).
b) Programa Departamental de Gestión Integral de Residuos (PDGIR).
c) Programa Municipal de Gestión Integral de Residuos (PMGIR).
- Los instrumentos de planificación, se formularán por un periodo de cinco (5) años en coordinación con todos los actores responsables en el cumplimiento de las acciones estratégicas.
INSTRUMENTO
a) Contar con información que permita conocer la generación y composición de los residuos;
b) Fundamentar la planificación en la jerarquización de la gestión integral de residuos, establecida en la Ley No 755.
c) Establecer objetivos, metas, responsables, recursos e indicadores de cumplimiento;
d) Incorporar estrategias de comunicación, educación, sensibilización y capacitación en la materia.
e) Establecer acciones de seguimiento y monitoreo que permitan conocer el cumplimiento e impacto de las acciones implementadas.
DISEÑO
SISTEMA DE INFORMACIÓN SIGIRS
El funcionamiento del SIGIRS será mediante una plataforma On-line
Las ETAS deben presentar informes en el primer trimestre de cada año
Todas las personas naturales o jurídicas, tendrán acceso a los reportes de información disponible del SIGIRS
Conforme lo establecido en el Artículo 42 de la Ley No 755, se crea el Consejo de
Coordinación Sectorial de Gestión Integral de Residuos (COSEGIR), con la finalidad de
mejorar la coordinación y materializar las políticas públicas sectoriales para la Gestión Integral de Residuos.
CONSEJO DE COORDINACIÓN SECTORIAL DE GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS
Ministerio cabeza
de sector
Ministerio de Salud
Ministerio de
Educación
Ministerio de
Desarrollo Productiv
o y Economía
Plural
Gobierno Autónomo Departam
ental
Asociación
Departamental de
Municipios
Cámara de
Industrias
CONFORMACIÓN POR REPRESENTANTES DE CADA SECTOR
FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
NORMATIVA. Las ETAS elaborarán la normativa necesaria y los programas que correspondan para asegurar la gestión por resultados en materia de gestión de residuos, en el marco de la planificación local y nacional.
DESARROLLO DE CAPACIDADES PARA LA GIR. El Ministerio cabeza de sector y las ETAS desarrollarán acciones de capacitación técnica institucional en sus recursos humanos para un desempeño eficaz y eficiente en la gestión
integral de residuos. En ese marco, se generarán alianzas o convenios con organismos de cooperación, Universidades o Institutos técnicos superiores, para el desarrollo de programas de formación y desarrollo de
capacidades.
FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL. Plan de fortalecimiento institucional debe orientarse a fortalecer la estructura organizativa, mejorar las condiciones de infraestructura y equipos tecnológicos necesarios para crear condiciones de mejoras en el ámbito técnico y efectividad laboral.
TITULO IV
PREVENCIÓN, APROVECHAMIENTO Y
RESPONSABILIDAD EXTENDIDA AL
PRODUCTOR
PREVENCIÓN
Priorizar la prevención de la generación deresiduos o bien disminuir su peligrosidad
a) Reducción en origen, que consiste en laminimización en las fases de diseño,producción, distribución, o consumo dematerias primas.
b) Reutilización, que consiste en volver a usarun producto, ya sea para la misma funcióninicial u otra diferente.
Medidas de prevención de la generación de residuos
El nivel central de Estado y las ETAS, deberánaplicar medidas de prevención de lageneración de residuos en los distintos ámbitosadministrativa, productiva, comercial o deservicio que desarrollen.
Min
imiz
ac
ión
de
los
resi
du
os
se f
om
en
tará
Aplicación de tecnologías que favorezcan la reducción de los residuos
La fabricación, comercialización y uso de productos cuyas características permitan su recuperación o
reutilización como subproductos o materias primas.
Aplicación de tecnologías adecuadas para el tratamiento de las materias o sustancias peligrosas
El Ministerio cabeza de sector ylas ETAS en el ámbito de suscompetencias, diseñarán eimplementarán estrategias,orientadas a maximizar elaprovechamiento de losresiduos antes que su disposiciónfinal.
Los sistemas deaprovechamiento seimplementarán de tal formaque sean sostenibles en cuantoa calidad y cantidad deresiduos reciclables y laexistencia de mercado para losproductos reciclados.
La condición necesaria paraefectuar el aprovechamientode residuos, es la separación enfuente.
El sector industrial, a través de lascámaras asociadas, encoordinación con el Ministeriocabeza de sector, promoveránen un plazo de un año, lacreación del Sistema de Registrode Oferta y Demanda deResiduos Reciclables oIndustriales, como parte del SIGIR.
El Sistema de Registro de Oferta yDemanda de ResiduosReciclables o Industriales(SIREDEREI), tendrá por objetopromover la recuperación yaprovechamiento de los residuosvalorizables o subproductosindustriales a través de suintercambio o comercialización,para su reintroducción en losprocesos productivos comomateria prima o insumo.
El SIREDEREI, se constituirá en unmecanismo para fomentar lagestión integral de residuos eninstituciones y empresas, así comopara apoyar los emprendimientoscon enfoque de negociossustentables y sostenibles para elbeneficio de la comunidad.
SISTEMA DE REGISTRO DE OFERTA Y DEMANDA
DE RESIDUOS RECICLABLES O INDUSTRIALES
A fin de establecer el SIREDEREI, las instanciasdefinidas en el Artículo anterior, desarrollaránde forma conjunta la estrategia denominada“Bolsa de Residuos”
El funcionamiento de la “Bolsa de Residuos”deberá estar normada con los procedimientos yguías orientativas correspondientes, mismas queserán desarrollada por las institucionesparticipantes.
ENVASES RECICLADOS
El productor que fabrique envases, empaques o embalajes,priorizará en las fases de diseño o producción la minimización deluso de empaques y embalajes o bien optar por el uso de materiasprimas biodegradables o reciclables, promoviendo que estos seanretornables.
Los importadores priorizarán la importación de productosbiodegradables, reciclables o retornables y que no contengansustancias tóxicas que pongan en peligro la salud y el ambiente.
Toda persona natural o jurídica, pública o privada, quecomercialice en gran volumen, importe o produzca envases oproductos envasados, de cuyo uso o consumo se generaresiduos en el mercado nacional, presentará ante el GobiernoAutónomo Departamental, un Plan de Gestión de Residuos
Certificación
Eco-Etiquetado
•Programas de certificación ambiental y eco-etiquetado de los envases o productos quecontengan materias primas recicladas
Regulación
•Producción de envases deplástico en base areglamentación y normativatécnica
Producción
Envases de plastico
•Emplear materiasprimas recicladasen los porcentajesde composición
Excepciones.- Las disposiciones de la regulación de envases de
plástico, no serán aplicables cuando por cuestiones de asepsia
los envases y todo otro material plástico convencional deban ser
utilizadas para contener alimentos o insumos húmedos
El Ministerio cabeza de sector, deberáelaborar el Reglamento y losProgramas de ResponsabilidadExtendida al Productor (REP)
Los importadores, productores odistribuidores, individual ocolectivamente, deben participar enforma coordinada con el MMAYA enla elaboración programas deresponsabilidad extendida alproductor según corresponda.
a) Residuos de aparatos eléctricos y
electrónicos.
b) Residuos de aceites y lubricantes usados
c) Llantas
d) Bolsas de polietileno
e) PET
f) Pilas y Baterías
RESPONSABILIDAD EXTENDIDA AL
PRODUCTOR
Alianzas sin fines de lucro
Convenios
REP
Acuerdos
El productor, distribuidor e importador, sujeto al régimen de
Responsabilidad Extendida del Productor, debe cumplir las
siguientes disposiciones, según sean aplicables a cada tipo
de residuo que este en el programa:
a) Establecer la organización institucional y la logística necesaria paragestionar los residuos, hasta la fase de tratamiento o disposición final.
b) Establecer mecanismos de depósito, devolución y retorno u otrossistemas para la recuperación, reutilización, reciclaje u otro medio devalorización de los residuos.
c) Realizar la gestión operativa de los residuos, de forma individual ocolectiva, por cuenta propia (previa autorización) o a través deoperadores autorizados, asumiendo los costos que correspondan.
d) Realizar o participar activamente en la organización de campañasde comunicación, concientización o educación a la población parael correcto manejo de los residuos.
e) Informar anualmente al Ministerio cabeza de sector, mediantereporte escrito, acerca de los productos puestos en el mercado yresiduos gestionados, así como los indicadores de resultado cualitativoy cuantitativo.
GESTIÓN OPERATIVA DE LOS RESIDUOS
SEPARACIÓN Y ALMACENAMIENTO
Separación de residuos en la fuente
Responsabilidad
Almacenamiento
Equipos públicos de almacenamiento
Identificación de los contenedores y papeleros
Lodos
• No peligrosos, ni detratamiento deaguas residuales, niprocesosproductivos
• Secados a unahumedad 80%
• Almacenadas paratransporte si cumple
Residuos de construcción o
demolición
• La asimilabledomiciliaria, obrasmenores se entregaal GAM
• Multifamiliar eindustrialresponsabilidad delgenerador
Almacenamiento Residuos Peligrosos
• Con muros decontención ysistema decaptación deemisiones, fugas, sinconexión al drenaje
• Impermeabilización,sistema deprevención contraincendios,impermeabilidad.
• Separado de áreasde producción,oficinas y servicios
RECOLECCIÓN Y TRANSPORTE
El servicio de recolección del GAM debe estar sujeto a normas técnicas.
Priorizar equipos que utilicen gas o biocombustibles alternos
Compatibilidad con contenedores en carga y descarga mecanizada.
No compactadores para residuos especiales, con caja cerrada, plataforma de carga mecanica y
debidamente identificados, autorización, plan de contingencias.
Los municipales deberán contar con cajas de captación de lixiviados.
Lavados y desinfectados continuamente.
Mantenimiento preventivo
Exclusividad de uso
DISPOSICIONES COMUNES PARA
INSTALACIONES
Ubicación de las instalaciones de infraestructura
Adquisición de terrenos
Infraestructura básica para instalaciones
Prohibición de segregación
Mantenimiento
Protección de los trabajadores
Plan Seguridad e Higiene Ocupacional y Plan de Contingencias
SISTEMAS DE TRATAMIENTO
Municipales Especiales Peligrosos
Clasificación, a través de métodos de selección
manual o mecanizada, que no requieren procesos
de transformación, pero sí de reducción de volumen
e higienización según corresponda.
Transformación, consistente en la conversión de los
residuos mediante procesos biológicos, mecánicos,
físico químicos o térmicos de los residuos para fines
de valorización o reducción de peligrosidad.
Tratamiento
Relleno Sanitario
Mecánico
BiológicoTérmico
Fisco-químico
DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS
Tipos de rellenos sanitarios
Relleno sanitario para residuos municipales
Relleno sanitario para residuos inertes
Relleno sanitario para residuos peligrosos
Los rellenos sanitarios pueden clasificarse
por tamaños de acuerdo a la cantidad
de residuos que van a recibir:
a) Mecanizado: cuando recibe más de
50 ton /día
b) Semi-mecanizado: cuando recibe
más de 10 ton hasta 50 ton/ día.
c) Manual: cuando recibe menos a 10
ton/ día.
Plan de Cierre
Captación de Biogas
Monitoreo de Lixiviados
Disposición Final de restos de animales
Construcción y demolición
Selección del sitio
CLAUSURA, CIERRE Y SANEAMIENTOAMBIENTAL DE BOTADEROS
Procesos de clausura, cierre técnico y saneamiento ambiental de botaderos
Plan de clausura, cierre técnico y saneamiento ambiental de botaderos
Licencia ambiental del botadero cerrado
Prohibición de asentamientos humanos, viviendas y urbanizaciones
REMEDIACIÓN DE SUELOS CONTAMINADOS
Remediación de suelos contaminados
Tratamiento
Control de procesos
Reporte de información
Exclusiones
Co
sto
de
a
uto
riza
ció
n
Op
era
do
r a
uto
riza
do
Ad
ec
ua
ció
n d
e
reg
istr
o d
e
rec
icla
do
res
de
ba
se
Re
gis
tro
re
cic
lad
ore
s d
e
ba
se
Re
gis
tro
de
ge
ne
rad
ore
s
FORMALIZACIÓN DE ACTIVIDADES, CONTROL Y
EXPORTACIÓN DE RESIDUOS REGISTRO Y AUTORIZACIÓN
Licencia ambiental
Contratación de servicios
Obligación de informar
RequisitosVigencia de los registros y
autorizaciones
CONTROL EN LA GESTIÓN DE RESIDUOS
Mecanismos de Control
Envío de lista de cumplimiento de informes anuales
Contenidos del Informe
Guía de formulación de Informe
Control y vigilancia a instalaciones y operadores autorizados
EXPORTACIÓN DE RESIDUOS
Requisitos para Exportación de
residuos peligroso
Notificación al país receptor y país de tránsito
Otorgamiento de la
autorización de exportación
Documento de seguimiento
Exportación de residuos
aprovechables
PRIMERA. Los instrumentos de regulación o cualquier otro instrumento de
evaluación y control ambiental aplicable de acuerdo a legislación
ambiental vigente, deberán someterse a un proceso de revisión y ajuste a
los principios, fines y disposiciones de la Ley No.755, en base a
propuestas que se elaboren a instancia del Ministerio Cabeza de sector,
en coordinación con las instancias correspondientes en un plazo de dos
(2) años.
SEGUNDA. El Ministerio cabeza de sector en coordinación con las ETAS,
actualizará el diagnostico información respecto a la gestión integral de
residuos en Bolivia en un plazo de diez y ocho (18) meses a partir de la
publicación del presente Reglamento, el diagnostico debe incluir el estudio
de determinación de la generación y composición física de los residuos
TERCERA. Para el funcionamiento del COSEGIR, el Ministerio cabeza
de sector formulará el reglamento y procedimientos que correspondan
en el plazo de ciento ochenta (180) días hábiles a partir de la
publicación del presente Reglamento
CUARTA. El Ministerio de Comunicación en coordinación con el
Ministerio cabeza de sector, en un plazo no mayor a noventa (90) días
hábiles elaborará la reglamentación específica para la difusión de los
mensajes educativos a través de los medios de comunicación radial,
escrita audiovisual
QUINTA. Los demás instrumentos normativos y guías técnicas de
desarrollo dispuestos en el presente reglamento a cargo del
Ministerio cabeza de sector, cuyo plazo no esté determinado de
manera específica, serán elaboradas en el plazo máximo de dos
(2) años a partir de la publicación del presente Reglamento
SEXTA. Los Ministerios del sector hidrocarburos, energía,
minería y metalurgia, industrial manufacturero, agroindustrial y
salud, en coordinación con el Ministerio de Medio Ambiente y
Agua, elaborarán la normativa correspondiente para la gestión
integral de residuos aplicable a sus áreas en el término de un (1)
año.
SÉPTIMA. El Ministerio Cabeza de sector deberá desarrollar el
SIGIR en un plazo de un (1) año, a partir de la publicación del
presente Reglamento
OCTAVA. Los Gobiernos Autónomos Departamentales deben
desarrollar los mecanismos necesarios para el registro de
generadores y operadores de residuos especiales y peligrosos en
un plazo de ciento ochenta (180) días hábiles, vencido este plazo
se dará inicio al registro de los generadores conforme lo
determina el presente reglamento.
NOVENA. Los Gobiernos Autónomos Municipales deben
desarrollar los mecanismos necesarios para el registro de
recicladores de base y operadores de residuos municipales en un
plazo de ciento ochenta (180) días hábiles, vencido este plazo se
dará inicio al registro de los generadores conforme lo determina el
presente reglamento
DÉCIMA El presente Reglamento esta articulado con el Plan de
Implementación de la Ley No. 755, debiendo en su aplicación,
mantener estricta observación con dicho instrumento de
planificación.