8/20/2019 Rafecas, el fallo
1/48
Poder Judicial de la Nación
U S O
O F I C I A L
///nos Aires, de febrero de 2016.
Y Vistos:
En las presentes actuaciones, la Excma. Cámara intervino en dos
incidencias, fechadas el 6 el ! de octubre ppdo., en las cuales puso de manifiesto
la necesidad de "ue el suscripto procediera a fi#ar el ob#eto procesal "ue debe
investi$arse en estos obrados.
En tal sentido, en su resoluci%n del 6 de octubre ppdo. &'(anfelice,
)svaldo s/incidente de inompetencia*+, la (ala , en su voto maoritario, sostuvo
"ue '-nada se ha dicho acerca de cuál es, en definitiva, el estricto suceso delictivo
"ue el #ue cual"uiera sea ste deberá investi$ar. Es cierto "ue en autos se cuenta
con un re"uerimiento fiscal "ue, oportunamente, ha dado impulso al proceso. o
obstante, tambin lo es el hecho de "ue ste, pese a su extensi%n, por obvias
limitaciones propias de la instancia "ue entonces evidenciaba el sumario, no lo$r%
precisar, en definitiva, en "u consist3a exactamente el evento hist%rico "ue se
reputa il3cito ni su adecuada lectura #ur3dica. El avance de la causa soportar3a la
car$a de ir cubriendo esos vac3os. (in embar$o, no fue eso lo "ue ocurri% 4-5 El
hecho, pues, continu% sin recibir su completa definici%n.*
4-5
'nterpretaciones mediante parecer3a haberse consensuado, como
premisa de debate, "ue se tratar3a de un supuesto de lavado de activos 4-5, as3
lo reco$i% el #ue al referirse, sin mucho empeo demostrativo, a un delito
precedente supuestamente cometido en esta ciudad , finalmente, los recurrentesal recordar el sitio de emplaamiento del hotel "ue habr3a dado marco al invocado
delito.*
'(in embar$o, esas presunciones 4-5 no trasuntan más "ue en
con#eturas incapaces de satisfacer la car$a de contar con un ob#eto procesal preciso
circunstanciado 4-5 debe encomendarse al actual #ue de la causa la tarea de
superar las deficiencias apuntadas a fin de contar con una plataforma fáctica lo
suficientemente s%lida-*.A su ve, en la se$unda resoluci%n mencionada, del ! de octubre
pasado &'(tolbier, 7ar$arita s/rechao ser "uerellante*+, el (uperior, en su voto
maoritario, sostuvo nuevamente "ue la evaluaci%n del asunto '-demanda, en
primer trmino, poder precisar cuál es el delito "ue debe investi$arse 4-5 no existe
definici%n al$una acerca de cuál es el acontecimiento hist%rico reido con la le
penal "ue esta ma$istratura deba examinar 4-5 se carece de precisiones le$ales
sobre la plataforma fáctica de la "ue se trata-*.
8/20/2019 Rafecas, el fallo
2/48
Y Considerando:
I) Delimitación de los hechos investigados y medidas a adoptar
8abindose dispuesto oportunamente las medidas de prueba
indispensables para terminar de confi$urar los confines fácticos de este proceso al
ser confrontados con otros procesos penales paralelos &especialmente, los "ue
tramitan en los 9u$ados :ederales ; < ; 10 el =enal >ributario ; 1+, del
estudio pormenoriado de las presentes actuaciones, más las "ue corren por
cuerda a la presente, la documentaci%n disponible, tanto la presentada por las
partes or$anismos p?blicos privados, como la incautada en los procedimientos
de re$istro dispuestos en la causa, me encuentro a esta altura en condiciones de
cumplir con el mandato expreso dispuesto por el (uperior.
En tal sentido, inevitable resulta sealar en primer trmino, "ue en
autos no contamos con un solo ob#eto procesal, sino con varios objetos procesales, a
partir de sucesivas hetero$neas denuncias oportunamente presentadas
aceptadas en el expediente, "ue apuntan a la posible comisi%n de sucesos,
reputados como presuntamente delictivos.
As3, he de referirme a cada uno de ellos, si$uiendo un orden
cronol%$ico de aparici%n de las respectivas denuncias o notitia criminis- en el
expediente. En cada caso, además de una breve $enealo$3a, se fi#ará el ob#eto
procesal en particular, se adoptarán al respecto las medidas "ue por @erecho
correspondan.
Hecho N° 1
Presntas Irreglaridades en la Inspección !eneral de "sticia
respecto del lega#o societario de la $irma %Hotesr &'('
El primer hecho denunciado "ue resulta parte de este proceso obra
con suficiente claridad a en la denuncia "ue dio inicio a la causa, presentada por
la @iputada acional 7ar$arita (tolbier &cfr. fs. 1/10+.
Ello sur$e en primer lu$ar, del punto de dicha presentaci%n&')b#eto*+, donde se denuncia '-se investi$ue la presunta comisi%n de delitos de
violaci%n a los deberes de funcionario p?blico abuso de autoridad, previstos en
los art3culos 2! 2B del C%di$o =enal respectivamente-* "ue, se$?n la
denunciante '-involucran de manera directa a la (ra. =residenta de la aci%n
Cristina :ernánde de irchner al 7inistro de 9usticia 9ulio AlaD, #unto con otros
funcionarios de la nspecci%n eneral de 9usticia*.
En concreto, se sostiene en el punto &':undamentos*+, "ue ladenuncia se basa en el contenido de la declaraci%n #urada patrimonial de la ex
8/20/2019 Rafecas, el fallo
3/48
Poder Judicial de la Nación
U S O
O F I C I A L
presidenta, correspondiente al ao 201F. @e la $ran cantidad de informaci%n all3
contenida, el prop%sito de esta primera denuncia se circunscribe a los asientos por
los cuales la nombrada declar% ser titular de acciones de la firma '8otesur (.A.*,
por un importe de B,F millones de pesos, al tiempo "ue reconoci% una deuda con
esa firma por ,6 millones de pesos.
El punto nodular de esta primera denuncia apunta al modo en el "ue
tramit% el le$a#o societario de la firma '8otesur (.A.* ante la nspecci%n eneral de
9usticia.
En tal sentido, seala la @iputada (tolbier, "ue '8otesur (.A.*
adeudaba ante ese or$anismo la presentaci%n de balances desde 2011, además de
"ue '-no se conocen los activos ni los pasivos de la sociedad an%nima ni la
conformaci%n societaria actual, como tampoco "uines inte$ran el directorio en la
actualidad, a "ue tambin adeuda la inscripci%n de sus autoridades*. A$re$a "ue
el ?ltimo capital inscripto ante la 9 data de 2006, su ?ltima sede, de 200G.
)tra presunta irre$ularidad relativa a la declaraci%n #urada de la ex
presidenta las acciones de '8otesur (.A.*, sealada por la denunciante, "ue no
puede esclarecerse debido a la presunta omisi%n de los funcionarios de la 9 de
exi$ir el cumplimiento de los re"uisitos ante la autoridad de aplicaci%n en materia
de sociedades comerciales, luce a fs. 6, cuando enfatia "ue por tres aos
consecutivos &2011, 2012 201F+, fi$uran deudas de la nombrada con la firma
'8otesur (.A.*, lo cual, se$?n (tolbier, si$nifica "ue '-Hdeclara pasivos contra s3
mismaI, pues la sociedad le pertenece, #unto a su familia*. En esa misma l3nea, ladenunciante se a$ravia de "ue la participaci%n de la ex presidenta en '8otesur
(.A.* declarada en 2011, de B,F millones de pesos, 'es imposible de che"uear, a
"ue 4la sociedad5 no presenta balances en la 9 desde el ao 2010*, as3 como
tampoco el valor de las acciones de la empresa, ni los detalles de la deuda referida,
por lo tanto, no se puede saber "u porcenta#e de la sociedad inte$ra la
declarante.
Califica como 'red de protecci%n* de la 'c?spide del poder* dentrode la 9, al resumir "ue '8otesur adeuda balances, no informa "uines inte$ran
su directorio desde hace aos adeuda el pa$o de tasas*, además de "ue present%
su declaraci%n #urada obli$atoria de actualiaci%n de datos, meses despus de
vencido el plao. =or todas estas irre$ularidades, '8otesur (.A.* no fue sancionada
con las multas previstas por la normativa vi$ente, sino "ue continuaba 'en proceso
de análisis*, despus de casi dos aos de haber sido presentada.
8/20/2019 Rafecas, el fallo
4/48
=revio a culminar con sus fundamentos, (tolbier a$re$% "ue la
sociedad debi% presentar, a los "uince d3as de aprobado cada estado contable, una
copia a la 9, lo cual tampoco hio.
>ras calificar el hecho en los a citados arts. 2! 2B, C.=., su$iri%
tres medidas de pruebaJ "ue el >ribunal le pida a la 9 el le$a#o societario
completo toda otra actuaci%n relativa a la firma '8otesur (.A.*K "ue le pida a la
A:= copias de todas las presentaciones de '8otesur (.A.* desde su constituci%nK
"ue le re"uiera a la )ficina Anticorrupci%n las declaraciones #uradas patrimoniales
presentadas por la ex presidenta con la documentaci%n respectiva &cfr. fs. B/10+.
As3 las cosas, corrida vista al (r. :iscal @r. (tornelli, ste a fs. 1,
precis% raonablemente el hecho denunciado al sostener "ue '4s5e investi$arán en
autos 4-5 en ra%n de la presunta 4dolosa5 inactividad re$istrada en la nspecci%n
eneral de 9usticia en orden a la falta de presentaci%n de balance de los aos 2011 a
201F, "ue re$istrar3a la firma 8otesur (.A. 4-5 como as3 tambin de las actas o
documentos societarios de donde deber3a sur$ir la inte$raci%n de su directorio
sus modificaciones, como la inscripci%n de autoridades desde 200B a 201F
inclusive-*, haciendo lue$o una fiel transcripci%n de los párrafos de la denuncia
más arriba expuestos.
@ebe considerarse entonces, como un primer ob#eto procesal
identificado en estas actuaciones, el referido precedentemente por el @r. (tornelli,
prelimilarmente calificado como abuso de autoridad e incumplimiento de los
deberes de funcionario p?blico.8e de sealar, para terminar de confirmar lo precedentemente
expuesto, "ue las primeras medidas probatorias dispuestas por el #ue instructor
de a"uel entonces, apuntaron a reunir la prueba documental re"uerida tanto por la
denunciante como por el fiscal, "ue $uardan natural coherencia con el citado
ob#eto procesal acuado.
As3, se dispuso el primer re$istro en la sede de la 9 &fs. 20/1+ en el
cual se incaut% el le$a#o de la sociedad denunciadaK se le tom% declaraci%n a (ilvina7art3ne, ex @irectora del Le$istro acional de (ociedades de la 9 hasta 2012 &fs.
2
8/20/2019 Rafecas, el fallo
5/48
Poder Judicial de la Nación
U S O
O F I C I A L
Cabe destacar tambin las constancias obrantes a fs. 16/22 &se$?n la
cual '8otesur (.A.* habr3a re$ulariado su situaci%n ante la 9+ la ampliaci%n de
declaraci%n testimonial de (ilvina 7art3ne &fs. G/vta.+, "uien dio cuenta "ue en
diciembre de 201 la 9 dict% la resoluci%n ; /201, "ue otor$% un plao
adicional &hasta noviembre de 201G+ para "ue las empresas "ue estaban en falta
&como '8otesur (.A.*+ subsanen sus irre$ularidades.
8abida cuenta de estas ?ltimas, relevantes circunstancias,
corresponderá, en la parte dispositiva, expedir una nueva vista al (r. :iscal para
"ue d su parecer sobre estas nuevas probanas en definitiva, pon$a de
manifiesto el temperamento a adoptar, desde la perspectiva fiscal, frente a este
Hecho N° 1.
8echo N° *
+elaciones comerciales presntamente il,citas de N-stor y Cristina
.' de /irchner con 02aro 3e24 "an Carlos +elats y Cristó5al 0ópe2
a) Con 02aro 3e2 6$irmas %Hotesr4 %Valle 7itre4 %Idea y las
empresas del %grpo 3e2)
En la denuncia ori$inaria de fs. 1/10, la @iputada acional 7ar$arita
(tolbier, dio cuenta de la actividad a la "ue está dedicada la firma '8otesur (.A.*
su relaci%n con personas entes societarios "ue, sostiene, mover3a a sospechas de
posibles actividades il3citas.
En tal sentido, sostiene a a fs. 2 "ue '-la sociedad 8otesur es la
propietaria del hotel Alto Calafate, en (anta Cru. Existen sospechas en torno a
este hotelJ si se trata, en realidad, de un alo#amiento HfantasmaI "ue us% el
matrimonio presidencial para hacer ne$ocios turbios con el empresario más
beneficiado con la obra p?blica, Máaro Náe 4-5 (ur$e de todos los manuales
traba#os tcnicos #ur3dicos "ue se conocen, tanto de producci%n nacional como
internacional, "ue el rubro hotelero es uno de los más usados eficaces para
operaciones de blan"ueo o lavado de activos, situaci%n "ue, sin duda, O.(. habráde considerar en la apreciaci%n "ue se ha$a de la documentaci%n acompaada
sobre la necesidad de abrir diferentes l3neas de investi$aci%n penal*.
Mue$o a fs. G (tolbier retom% la cuesti%n al sostener "ue '8otesur
(.A.* $erencia el 8otel 'Alto Calafate*, a$re$a "ue '4a5 travs de otra firma
vinculada al empresario santacruceo Máaro Náe, 8otesur (.A. recibi% en
concepto de Hal"uilerI P 10,1 millones &P 6,F millones en 2010, P F,< millones en
2011+. 7ientras conse$u3a contratos millonarios para realiar obras financiadas por
8/20/2019 Rafecas, el fallo
6/48
la aci%n, Náe les al"uilaba cientos de habitaciones en hoteles a los irchner,
plaas "ue casi nunca eran ocupadas*.
Q a ren$l%n se$uido a$re$aJ 'Rna firma de Náe, Oalle 7itre (.A., se
hio car$o de la administraci%n de los hoteles de los irchner, all3 al"uil% más de
1100 habitaciones por mes, durante aos, en el Alto Calafate. Curiosamente, esos
cuartos no siempre fueron ocupados, pese al costo millonario "ue represent% para
la empresa de Náe, traducido en $anancias para los irchner*, lo "ue más
adelante calific% como un '-caudal de in$resos millonarios $arantiados por
Máaro Náe*.
=or ?ltimo, si bien no encuadr% t3picamente estas referencias fácticas,
la denunciante seal% "ue, más allá del motivo principal de su presentaci%n &es
decir, el 8echo ; 1 a descripto+, '-será del criterio evaluaci%n de O.(. la
consideraci%n respecto de la necesidad de abrir otras investi$aciones si se
entendiera "ue existen elementos suficientes acerca de la existencia de conductas
confi$urativas de otros il3citos sancionados por nuestra normativa penal* &cfr. fs.
B+.
Suien iba a reco$er de modo ine"u3voco estas referencias fácticas, iba
a ser el Lepresentante del 7inisterio =?blico :iscal, @r. (tornelli, en su
re"uerimiento de instrucci%n obrante a fs. 1/1B.
En efecto, a fs. 1G el (r. :iscal sostuvoJ
'=or otro lado, deberán investi$arse los eventos aludidos 4-5
respecto de la presunta contrataci%n falsa de plaas o habitaciones en 8otesur (.A.propietaria del 8otel Alto Calafate en (anta Cru, por reservas realiadas por
empresas de Máaro Náe, cua ocupaci%n ser3a maormente ficticia, por lo "ue a
decir de la denuncia se trataría de un alojamiento «fantasma» que usó el matrimonio
presidencial para hacer negocios turbios con el empresario más beneficiado con la obra
pública Lázaro áez!*, citando expresamente los demás párrafos relevantes de la
denuncia, a reproducidos.
=ero de donde va a sur$ir de modo más claro la amplia perspectiva"ue el :iscal "uiso darle al asunto fue a partir de las dili$encias probatorias
su$eridas a fs. 1G vta./1!, relacionadas no solamente con la firma '8otesur (.A.*,
sino tambin con Máaro Náe la firma 'Oalle 7itre (.A.*, e incluso, en el punto
8/20/2019 Rafecas, el fallo
7/48
Poder Judicial de la Nación
U S O
O F I C I A L
salido los pa$os por los servicios hoteleros en el 'Alto Calafate* &ver asimismo
puntos 10a 11+.
A partir de este impulso fiscal, el (r. 9ue de instrucci%n "ue me
antecedi% en la direcci%n de este proceso dispuso una serie de medidas de prueba,
reco$iendo las su$erencias del (r. :iscal. En tal sentido, apunt% en primer trmino
a hacerse de documentaci%n, libros contables e informaci%n bancaria, societaria,
impositiva de se$uridad social de las firmas '8otesur (.A.* 'Oalle 7itre (.A.*
&cfr. fs. F
8/20/2019 Rafecas, el fallo
8/48
'Oalle 7itre (.A.* en el $erenciamiento del hotel 'Alto Calafate* a partir de dicha
fecha.
En efecto, entiendo "ue esta ampliaci%n del ob#eto procesal a la firma
'dea (.A.* está suficientemente cubierta por el re"uerimiento fiscal firmado el
1
8/20/2019 Rafecas, el fallo
9/48
Poder Judicial de la Nación
U S O
O F I C I A L
>ras efectuar referencias a volcadas con relaci%n a la firma 'Oalle
7itre*, propiedad de Máaro Náe, consideraciones acerca de la fi$ura del lavado
de activos, la denunciante habrá de atribuirle '-la actuaci%n de Oalle 7itre (.A. a
sus verdaderos controlantes, esto es la familia irchner*.
En tal sentido, ar$umenta la presentante "ue '-4t5anto Oalle 7itre
(.A. como dea (.A. actuaron como sociedades de fachadaK esto es una entidad "ue
está le$almente constituida participa &o hace "ue participa+ en una actividad
comercial le$3tima 4-5 Ma familia presidencial cre% una red de sociedades para
administrar sus ne$ocios hoteleros sin aparecer en los papeles. &on empresas ;e
$eron parte de na trama ;e entrecr2a5an los negocios de N-stor y Cristina
/irchner con testa$erros4 entre ellos 02aro 3e2. Desde hace a
8/20/2019 Rafecas, el fallo
10/48
$arantiarle in$resos millonarios a la familia irchner Ha cambio de cientos de
habitaciones "ue #amás se usaronI-*, as3, estas dos sociedades, '-se sumar3an a
otras siete &Ma Estaci%n, @on :rancisco, anD Costilla, Moscalo del Curto,
Alucom Austral, Nadial Austral Construcciones+ "ue tambin se atribuen a
Náe, "ue habr3an pa$ado habitaciones "ue no necesariamente eran utiliadas-*,
"ue '-en ese contexto, se$?n la denuncia, Credisol @ia$onal (ur, aportaron al
menos Hotras 100 habitaciones por un total "ue super% los P6G.000 al mes, es decir,
más de P!00.000 anualesI-*.
@e lo "ue se trata entonces, en este tramo fáctico, es de establecer si el
empresario Máaro Náe &en su presunta calidad de ami$o, socio e incluso posible
testaferro de stor Cristina irchner+ a travs de su $rupo de empresas
&inte$rado al menos por 'Austral Construcciones (.A.*, 'Alucom Austral (LM*,
'anD Costilla (.A.*, 'Nadial (.A.*, 'Moscalo @el Curto (LM*, '@on :rancisco
(.A.*, 'Ma Estaci%n (.A.*, '(ervicio nte$ral Alem (.A.*, '@ia$onal (ur
Comnicaciones (.A.*, entre otras+, habr3a derivado, entre 200! 201, parte de sus
in$resos provenientes de la obtenci%n de contratos de obra p?blica tanto a nivel
nacional como provincial, hacia el referido matrimonio irchner, propietario de los
tres hoteles citados, v3a las $erenciadoras 'Oalle 7itre (.A.* &tambin propiedad
de Náe, pero atribuida a los irchner+ e 'dea (.A.* &$estionada por personas
vinculadas en otros ne$ocios en su momento a stor tambin a su hi#o 7áximo
irchner, "ue tambin ser3an prestanombres+, mediante la 'ocupaci%n fantasma*
de habitaciones en dichos hoteles.(i bien otras empresas relacionadas con las anteriormente
mencionadas fueron tambin ob#eto de investi$aci%n &como por e#emplo las demás
firmas pertenecientes al citado )svaldo (anfelice 'nverness (.A.*, *nverlife
(.A.*, 'e$ocios inmobiliarios (.A.*, 'e$ocios =ata$%nicos (.A.* 'N7C (.A.*,
o a la sucesi%n de stor irchner la firma 'Co7a (.A.*+, de toda la documental
societaria, impositiva bancaria obtenida por distintas v3as, por ahora no ha
sur$ido de ellas vinculaci%n al$una con el ob#eto procesal referido en el caso de'Co7a* la misma además no revela actividad ni $anancia al$una en los per3odos
investi$ados de modo "ue debe considerársela de momento como informaci%n
complementaria tan$encial para la pes"uisa, sin "ue de las mismas pueda decirse
entonces "ue inte$ren, al menos hasta el momento, dicho ob#eto procesal.
5) Con "an Carlos +elats 6%0os &aces &'(' y %Panatel &'(')
A fs. 6!/B, el por a"uel entonces 7a$istrado instructor decidi%ampliar la investi$aci%n a la firma 'Mos (auces (.A.*, firma propiedad de la familia
8/20/2019 Rafecas, el fallo
11/48
Poder Judicial de la Nación
U S O
O F I C I A L
irchner, dedicada a la explotaci%n del 8otel 'Mos (auces* en El Calafate, =cia. de
(anta Cru, por lo tanto, su relaci%n comercial exclusiva con la firma '=anatel
(.A.* del empresario 9uan Carlos Lelats, en el entendimiento de "ue 'se
encontrar3a relacionada con las sociedades investi$adas* dispuso en
consecuencia medidas de prueba de similar tenor a las anteriores.
Como veremos, dicha ampliaci%n reca% sobre unos sucesos
presuntamente delictivos "ue, al menos durante el lapso 20062011, a hab3an sido
ob#eto no s%lo de denuncia e investi$aci%n penal previas en la causa ; 1.BG0/0B
del 9u$ado :ederal ; 10 &conexa a la a citada ; 1G.itular del 9u$ado :ederal ; 10 resolvi% sobreseer a 9uan Carlos Lelats enrelaci%n a los hechos de 4esa5 causa entre los "ue se encuentra el al"uiler del hotel
referido en virtud de "ue el hecho en examen no encuadra en una fi$ura le$al*.
Mue$o el @r. Nenolol se presentar3a a fs. F02 para aportar prueba
documental relacionada con movimientos de ventas del 8otel 'Mos (auces*
&'=anatel (.A.*+, desde 2001 a 201.
El 7a$istrado anterior, pese a ser advertido de la existencia de la
causa anterior, e incluso de su desenlace, si$ui% adelante con la recolecci%n depruebas en torno de este hotel de estas dos sociedades. As3 a fs. 2F inclu% a
8/20/2019 Rafecas, el fallo
12/48
'Mos (auces (.A.* en las re"uisitorias de documentaci%n al Le$istro =?blico de
Comercio a la A(E( &"ue serán aportados a fs. B1/F+K a fs. !1 la A:=
&aportado a fs. G06+K a fs. G2 al Le$istro de =ersonas 9ur3dicas de (anta Cru
&aportada a fs. 626/
8/20/2019 Rafecas, el fallo
13/48
Poder Judicial de la Nación
U S O
O F I C I A L
tam5i-n tienen relación con negocios privados del Presidente, siendo al$unos
hasta deudores o acreedores del mismo-* &ne$rita a$re$ada+.
Mue$o, en el punto de la denuncia, titulado 'Negocios entre N-stor
/irchner y "an Carlos +elats*, se re"uiere se investi$ue 'por "u el mencionado
empresario en el ao 200< le pa$% en concepto de al"uiler por el comple#o hotelero
al cual pertenece el 8otel 'Mos (auces*, en El Calafate, "ue es propiedad del ex
=residente stor irchner, la suma de aproximadamente PG.26.10G, "ue con
posterioridad en el ao 200! se haa incrementado dicho monto en P10.F02.ras realiar la instrucci%n de este tramo de la causa, en cuo marco
se dispusieron una serie de medidas de prueba, tanto a partir de la actividad de la
fiscal3a de la defensa, as3 como tambin por iniciativa propia del %r$ano
#urisdiccional, finalmente el 22/12/2011, el #ue Ercolini dict% el sobreseimiento deLelats, irchner :ernánde de irchner &cfr. fs. F
8/20/2019 Rafecas, el fallo
14/48
All3, mi cole$a sostuvo, entre otros conceptos, "ue el $rupo
econ%mico "ue encabeara 9uan C. Lelats se dedica al rubro de la hoteler3a desde
1B
8/20/2019 Rafecas, el fallo
15/48
Poder Judicial de la Nación
U S O
O F I C I A L
(.A.*, tras la fu$a existencia de la firma '=anameri (.A.* en 200& &'('% y %?l +etorno
&'(')
A fs. B2B de los presentes actuados, el 7a$istrado "ue me precedi% enla direcci%n de este proceso decidi% aceptar la competencia & por lo tanto,
8/20/2019 Rafecas, el fallo
16/48
inter$rarla al ob#eto procesal+ de la causa ; FNAFFF67=201G 'Notbol, 7arcos
Muis s/denuncia*, "ue fuera iniciada el /2/1G, por ante el 9u$ado de nstrucci%n
; , (ecretar3a ; !, de la localidad de Nariloche, provincia de L3o e$ro.
@e las constancias en la causa de referencia, a$re$adas a fs.
8/20/2019 Rafecas, el fallo
17/48
Poder Judicial de la Nación
U S O
O F I C I A L
As3 las cosas, a fs. !B6/!, los sucesos sealados en la autodenuncia a
descripta, tambin fueron ob#eto del re"uerimiento de instrucci%n respectivo. All3
el :iscal :ederal de Nariloche, @r. 9or$e Na$ur Creta, sostuvo en primer lu$ar "ue
'-la oferta de locaci%n de HdeaI a HEl LetornoI tiene el sello de recepci%n de la
Hnversora 7V(I 4-5 "ue HdeaI hasta el momento ha abonado a HEl LetornoI
1BB.6G0 pesos &1!.1G0 pesos por 11 meses, entre noviembre de 201F septiembre de
201+. >ambin, "ue entre el 2 de diciembre de 201F el 2 de #unio de 201, HEl
LetornoI no habr3a realiado maores actividades 4-5 "ue HdeaI tiene domicilio
en Avda. =residente irchner B6, L3o alle$os, (anta Cru, "ue su presidente es
)svaldo (anfelice, "uien además tiene domicilio en esa se constitu% en $arante
fiador solidario de todas las obli$aciones de HdeaI-*, tras lo cual cita párrafos
de la nota period3stica antes sealada, destacando "ue se$?n la misma, (anfelice
'-tambin fue socio es empleado de Crist%bal M%pe en la empresa HAlcalis de
la =ata$oniaI*.
A$re$a a fs. !B!vta. el (r. :iscal :ederal de Nariloche, "ue una nueva
publicaci%n period3stica &obrante a fs. !
8/20/2019 Rafecas, el fallo
18/48
podr,a ha5er sido e$ectada con el $in de poner en circlación en el mercado
5ienes de origen por ahora incierto-* &cfr. fs. !B!/vta., ne$rita subraado
a$re$ados+.
>ras ello, a fs. B21/F el (r. 9ue :ederal subro$ante, @r. Ualter M%pe
@a (ilva, se declar% incompetente remiti% el expediente a esta sede, donde, como
vimos, fue aceptado por el @r. Nonad3o.
@e modo tal, "ue tenemos a"u3 entonces una nueva ampliaci%n del
ob#eto procesal de esta causa, en los trminos expresados por el (r. A$ente :iscal
de Nariloche en su re"uerimiento de instrucci%n "ue abarca por ser más amplio
los sucesos "ue tambin fueran ob#eto de impulso fiscal por parte del @r. (tornelli,
precedentemente referidos.
d) Condensación en n 8nico o5#eto procesal de los scesos
re$eridos en los apartados a4 5 y c
En definitiva, estamos en condiciones de demarcar un ob#eto procesal
unificado "ue enmar"ue los sucesos descriptos como Hecho N° *'
Ma hip%tesis a dilucidar en definitiva "ue emer$e de las a
analiadas denuncias, de los re"uerimientos de instrucci%n de las actuaciones
#urisdiccionales consecuentes, es si el fallecido ex presidente stor irchner, su
sucesora Cristina :. de irchner, a ra3 presuntamente de haber te#ido relaciones
personales comerciales con Máaro Náe, 9uan Carlos Lelats Crist%bal M%pe
empresarios "ue, desde 200F en adelante, fueron destinatarios de numerosos e
importantes concesiones contratos de obras p?blicas nacionales provinciales,
habr3an decidido en los aos posteriores, invertir parte de su patrimonio personal
$anancial, en la ad"uisici%n de una serie de hoteles &'Mos (auces*, 'Alto
Calafate*, 'El Chaltn* 'Ma Aldea* en El Calafate, (anta Cru, a las "ue se sum%
en 201F la locaci%n del fondo de comercio del hotel 'El Letorno* en Nariloche, L3o
e$ro+, con el presunto prop%sito de "ue dichos empresarios &en el caso de Náe,
se sospecha, en su calidad de testaferro+ deriven flu#os dinerarios producto de las$anancias sur$idas de la renta derivada de dichas obras p?blicas concesiones
estatales, flu#o dinerario maormente canaliado a travs de dos sucesivas
$erenciadoras, 'Oalle 7itre* e 'dea*, entre 200! 201.
Mas relaciones entramados puestos de manifiesto tanto por los
denunciantes &a desde fs. 1/10, cuando se expresa "ue '4m5ientras conseguía
contratos millonarios para realizar obras financiadas por la &ación' 4Máaro5 áez les
alquilaba cientos de habitaciones en hoteles a los "irchner' plazas que casi nunca eranocupadas* afianado a fs.
8/20/2019 Rafecas, el fallo
19/48
Poder Judicial de la Nación
U S O
O F I C I A L
como ' parte de una trama que entrecruzaba los negocios de &(stor ) *ristina "irchner
con testaferros' entre ellos Lázaro áez++, como por los fiscales por el ex 7a$istrado
instructor, entre el matrimonio irchner los tres empresarios mencionados
&personas f3sicas #ur3dicas "ue aparecer3an relacionadas tanto con unos como con
los otros, por e#. por v3nculos laborales, o compartiendo domicilio fiscal, real o
comercial+, permitir3a vislumbrar "ue la hip%tesis fáctica transita por la presunta
existencia de un pacto, acuerdo o asociaci%n entre unos otros, por el cual, a
cambio de presuntas $estiones e influencias presidenciales para "ue a"ullos
obten$an importantes concesiones obras p?blicas, lue$o las $anancias obtenidas
&más allá de "ue sean l3citas o fruto de posibles sobreprecios, etc.+ sean
compartidas, para lo cual, el recurso a la presunta 'falsa contrataci%n* de
habitaciones de hotel constituir3a uno de los mecanismos le$ales para formaliar,
desde la perspectiva fiscal e impositiva, el in$reso de tales $anancias al patrimonio
de la familia irchner, como se habr3a visto refle#ado en sus declaraciones #uradas.
e) Casa anterior por los mismos hechos
El 12 de noviembre de 200!, una docena de @iputados acionales del
blo"ue 'Coalici%n C3vica*, encabeados por Elisa Carri% e inte$rado por 9uan
Carlos 7orán, :ernando (ánche Elsa Suiro entre otros, radicaron una
denuncia penal "ue reca% por sorteo en el 9u$ado ; 10, (ecretar3a ; 1B, de este
fuero, in$resada ba#o el ; de causa 1G.
8/20/2019 Rafecas, el fallo
20/48
=or ello, se$?n la denuncia, '-durante la $esti%n Dirchnerista se
produ#o la denominada Hpatrimonialiaci%n del EstadoI "ue supone ese
con#unto de patrones vi$entes o prácticas pol3ticas, "ue borran o confunden
convenientemente, como re$la $eneral, la diferencia de lo p?blico lo privado,
permitiendo la disposici%n de lo primero con total omisi%n a las re$las lees
establecidas para el mane#o de la Hcosa p?blicaI*.
(ealaron "ue a partir de la $esti%n del ex presidente irchner, se
'-beneficiaba a empresas ami$as con total desape$o de las buenas prácticas de la
administraci%n p?blica, el mane#o eficiente del erario p?blico el respeto a las
normas "ue re$ulan las compras contrataciones del Estado 4-5 son las mismas
empresas "ue funcionando como holdin$, se presentan imponiendo el precio 4-5
ante una total pasividad del Estado contratante*.
El primer punto en concreto de la citada denuncia, se encuentra a fs.
6, en el punto F &'4l5as relaciones de N-stor /irchner*+, donde los presentantes se
propusieron enumerar '-las relaciones comerciales personales de stor Carlos
irchner, or$aniador #efe de la posible asociaci%n il3cita-*.
@icha enumeraci%n comiena por sus presuntos v3nculos con el
empresario Máaro NáeJ
'02aro 3e2J se encuentra acreditado "ue su fabuloso crecimiento
expansi%n econ%mica se produ#o a partir de su relaci%n con stor irchner en la
poca "ue ste era obernador de (anta Cru. Es su ami$o, socio piea
fundamental en la matri de ne$ocios "ue esta denuncia expone*.>ras relatar los presuntos or3$enes del citado empresario, sealan los
denunciantes a fs. 6 vta. "ueJ '(u$estivamente a partir de 200F cuando Máaro Náe
constitu% HAustral Construcciones (.A.I lo "ue inici% su actividad el ! de abril de
ese ao, con un capital social de apenas P 12.000 4-5 @esde su apertura esta
compa3a a $an% licitaciones por más de P F.G00 millones 4-5 a en a$osto de
200F HAustral ConstruccionesI fue favorecida con la concesi%n de dos áreas
petroleras en :ormosa 45 en febrero de 200< con tres áreas más en (anta Cru.Actualmente, posee una petrolera cua producci%n diaria supera los G0 millones de
metros c?bicos, la de $as lle$a a casi 10 millones de metros c?bicos-*.
Asimismo, subraaron "ue 'Austral Construcciones (.A.*, en #unio
de 200G, firm% un fideicomiso como empresa inversora, para la construcci%n de un
edificio de diecisis departamentos, en un terreno propiedad de stor irchner, a
travs del cual, a cambio de la obra, 'Austral* recibir3a en pa$o la propiedad de
cinco de ellos &cfr. fs.
8/20/2019 Rafecas, el fallo
21/48
Poder Judicial de la Nación
U S O
O F I C I A L
Concluen los denunciantesJ %no hay ddas ;e drante el
e#ercicio de s mandato4 N-stor /irchner tvo na sociedad comercial con n
empresario 5ene$iciado por la o5ra p85lica de s go5ierno &ne$ritas en el
ori$inal+.
Con cita de una nota period3stica del diario '=erfil*, la relaci%n
richnerNáe se califica como un 'c3rculo virtuoso en el "ue la fi$ura central es
stor irchner, en el cual Hopera un $ran $rupo empresario "ue facturan al
un3sono responden a un solo hombreJ Máaro NáeI-*, "ue ste, a car$o de
'Austral Construcciones (.A.*, ser3a 'la punta de lana del Hpool empresarioI*,
"ue tendr3a ba#o control, entre otras, a 'anD Costilla (.A.*, 'Nadial (.A.*
'otti (.A.*.
El se$undo punto en concreto de la presentaciones de los @iputados
acionales se refiere a los v3nculos presuntamente il3citos entre stor irchner
el empresario Crist%bal M%pe &cfr. fs. B+, denunciando 'la complicidad de stor
irchner en todo lo referido a los beneficios, prerro$ativas prebendas "ue su
$obierno le ha dado a las empresas del $rupo pertenecientes a Crist%bal M%pe.
As3, no puede soslaarse la verti$inosa movilidad social ascendentes
enri"uecimiento econ%mico de M%pe en los ?ltimos aos*.
Entre otros casos, los denunciantes sealan "ue en noviembre de
2006, el $obierno de (anta Cru llam% a licitaci%n nacional e internacional de
"uince áreas petroleras, muchas de las cuales fueron asi$nadas a empresas del
$rupo empresario encabeado por M%pe, se$?n la denuncia, un '-ne$ocio deRP( 1F0 millones de inversi%n para un retorno $arantiado durante 2G aos, a
"ue en la maor3a de las áreas está probada la existencia de petr%leo*.
7ás $enricamente, expresan a fs. 11 los denunciantes, "ue M%pe
habr3a sido beneficiado durante el $obierno de stor irchner, por intermedio de
'concesiones de recursos naturales*, 'pr%rro$as de concesiones por fuera de los
plaos procedimientos administrativos*, 'uso de las fueras de se$uridad del
Estado como fueras de cho"ue*, 'licitaciones diri$idas* 'ausencia de controlespor parte del Estado*, destacándose para los presentantes, la decisi%n adoptada
por el extinto ex presidente irchner en diciembre de 200
8/20/2019 Rafecas, el fallo
22/48
tendientes a incrementar el valor de la empresa para una posterior venta al
exterior*.
>ras denunciar otros sucesos "ue no tienen vinculaci%n con el ob#eto
procesal en cuesti%n, los presentantes, al formular sus conclusiones a fs. G,
reiteraron como perspectiva criminal, la existencia de una asociaci%n il3cita entre
los nombrados, destacando "ue '4t5odos ellos, incrementaron sideralmente su
patrimonio a partir de conocerlo 4a irchner5, enri"uecindose*, denominando al
es"uema descripto como un 'capitalismo de ami$os donde empresas cercanas al
$obierno son ad#udicatarias de las obras p?blicas-* mediante el
'-direccionamiento en la ad#udicaci%n de la obra p?blica a empresarios ami$os
"ue concentran la actividad e imponen el precio-* &cfr. fs. G vta.+.
&egnda denncia vinclada
Rna semana más tarde, el d3a 1B de a"uel mes ao, la @iputada
Carri% ampli% su denuncia present% nuevos hechos "ue, a su criterio, estar3an
vinculados con la notitia criminis primi$enia.
Entre estos nuevos hechos, en el punto de esta se$unda
presentaci%n, la denunciante pide '4s5e ampl3e respecto de la relaci%n Crist%bal
M%pe irchner*, all3 sostiene lo si$uienteJ
'Crist%bal M%pe, dueo de HCasino ClubI uno de los maores
beneficiados por stor irchner, fund% la empresa H>alares de =osadaI #unto a
Esvaldo &an$elice, un hombre de máxima confiana de la familia presidencial "ue
traba#aba como operador inmobiliario. Ma informaci%n se public% en el Nolet3n)ficial tendr3a como sede la calle 2G de 7ao 1!0 =N 1 2 de 7isiones 4-5 la
empresa en la "ue tambin fi$ura :abián de (oua socio de M%pe en otros
ne$ocios marca un "uiebre hacia el interior del n?cleo duro del Dirchnerismo por
varias raones. =or primera ve, desde "ue se incorpor% al mapa de ne$ocios del
$rupo, M%pe aparece asociado en los papeles con un hombre "ue en (anta Cru es
sin%nimo indiscutible de stor irchner*.
'Esvaldo &an$elice aparece como socio del hi#o presidencia4l5,7áximo irchner, en He$ocios nmobiliarios (.A.I, la inmobiliaria "ue durante
aos de dedic% a administrar propiedades en L3o alle$os del 7atrimonio
irchner 4-5 Crist%bal M%pe (anfelice no son desconocidos. El administrador
inmobiliario colabor% con la empresa HAlpatI, una planta de soda solva "ue está
ubicada en (an Antonio )este, en L3o e$ro, presiden los hermanos @e (oua,
abonados a todos los proectos de M%pe*, emprendimiento ste "ue, se$?n la
denunciante, estar3a diri$ido a participar de obras en la represa de Qacretá &cfr. fs.G!+.
8/20/2019 Rafecas, el fallo
23/48
8/20/2019 Rafecas, el fallo
24/48
Es decir, "ue se$?n esta nueva denuncia, los presuntos beneficios
econ%micos ile$ales no habr3an ido en una sola direcci%n &la de los empresarios
implicados+, sino en ambos sentidos &tambin hacia los funcionarios involucrados,
encabeados por stor Cristina irchner+.
As3, más adelante, detallan los denunciantes "ue, de la declaraci%n
#urada de stor irchner, sur$e "ue durante 200!, el patrimonio neto habr3a
evidenciado un incremento del 1G!W ori$inado en parte, '-en la creaci%n de dos
nuevas empresas, @Hotesr &'('A y @Co=7a &'('A4 con las "ue los irchner
expandieron sus ne$ocios hoteleros en El Calafate. Es por medio de @HotesrA4
4"ue5 irchner compr% el ao pasado el hotel @(lto Cala$ateA4 el se$undo en
importancia de la principal ciudad tur3stica de la provincia de (anta Cru.*
'En el valor declarado de esta sociedad ha un dato llamativoJ
mientras "ue en el apartado de sus bienes, :ernánde de irchner, durante el 200
8/20/2019 Rafecas, el fallo
25/48
Poder Judicial de la Nación
U S O
O F I C I A L
A partir de la descripci%n de estos nuevos sucesos, los presentantes
sostuvieron "ue era '-necesariFoG ;e na investigación #dicial ponga l2
so5re el incremento desmesrado de los 5ienes4 s origen y el motivo de este
5lan;eo de activos cando no era la misma estrategia llevada a ca5o por los
/irchner en anteriores presentaciones4 con$orme srge de la presente
descripción de los hechos. =or ello consideramos indispensable investi$ar los
si$uientes puntosJ
4-5
'G. C%mo se explica "ue 4en5 el valor declarado de esta 4firma5
@Hotesr &'('A haa diferencias entre lo declarado por los miembros de una
misma sociedad conu$al. Cristina :ernánde de irchner, durante el 200
8/20/2019 Rafecas, el fallo
26/48
las dos denuncias anteriores cua descripci%n inicia el cap3tulo de la descripci%n
de los hechos de esta tercer denuncia ba#o análisisJ la presunta asociaci%n del
matrimonio irchner con los empresarios Náe, M%pe Lelats, entre otros.
>ambin sur$en datos de inters a partir de la lectura de las medidas
de prueba solicitadas por los denunciantes en el punto , a "ue entre otras, le
su$irieron al #ue "ueJ
'(e re"uiera a la nspecci%n eneral de 9usticia, los estatutos,
balances toda documentaci%n "ue obre en su poder en relaci%n a las si$uientes
sociedades, a saberJ H8otesur (.A.I HCo7a (.A.I*.
Q "ueJ
'(e desi$nen peritos a efectos de determinar el 4ori$en5 real de los
bienes, mencionados en la presente*.
A ra3 de los nuevos hechos denunciados, se le corri% traslado al (r.
:iscal a los efectos de formular re"uerimiento de instrucci%n.
En su dictamen obrante a fs. G!, el @r. =ollicita sostuvo, con relaci%n
al tramo fáctico "ue fuera enmarcado por los denunciantes como presunto lavado
de activos, "ue '-se$?n lo expresado por los denunciantes 4 el mismo se
vinclar,a con los delitos ;e integran el o5#eto procesal de esta casa "ue por
ellos este 7inisterio =?blico formul% el pertinente re"uerimiento a fs. 10F/11
8/20/2019 Rafecas, el fallo
27/48
Poder Judicial de la Nación
U S O
O F I C I A L
conferida, se limit% a solicitar al 9u$ado interviniente, "ue se certifi"uen causas en
el fuero "ue haan investi$ado previamente el mismo delito con relaci%n a las
personas denunciadas, cosa "ue as3 har3a el 9ue instructor, decretando la
pertinente incompetencia parcial.
Carta denncia vinclada
(e trata de la obrante a fs. 600/11 del expediente ba#o análisis del
9u$ado :ederal ; 10, "ue contiene entre otros sucesos la ampliaci%n de
denuncia debido a las presuntas relaciones comerciales supuestos mutuos
beneficios ile$ales entre el empresario "an Carlos +elats stor Cristina
irchner, el primero a travs de la obtenci%n de contratos de obra p?blica otras
concesiones estatalesK los se$undos, a travs de la receptaci%n de sumas dinerarias
de parte de Lelats, mediante la presunta 'ocupaci%n fantasma* de habitaciones del
hotel %0os &aces en El Calafate, propiedad de la familia irchner.
@icha nueva ampliaci%n de denuncia ha sido a lar$amente
analiada en el pnto 5) de este mismo apartado, al cual me remito, brevitatis
causae.
Aun"ue s3 cabe a$re$ar analiar a"u3, por su importancia clave en
punto a la cuesti%n analiada, el nuevo re"uerimiento de instrucci%n formulado
por el @r. =ollicita en las actuaciones de referencia, a partir de esta nueva
presentaci%n de fs. 600/11, dictamen fiscal "ue obra a fs.
8/20/2019 Rafecas, el fallo
28/48
atención a que el empresario ,uan *arlos elats ha sido beneficiado de distintas
contrataciones públicas a trav(s de sus empresas.* &cursiva en el ori$inal+.
Ante lo cual, 'a los efectos de esclarecer los sucesos denunciados*,
el (r. :iscal propuso a fs.
se exponen*.En esta nueva presentaci%n, recordaron los presentantes, "ue a partir
de las denuncias a radicadas en esa causa, los denunciados &es decir, Máaro Náe,
Crist%bal M%pe 9uan Carlos Lelats, entre otros empresarios, por un ladoK
stor Cristina irchner, por el otro+, '-no solo han incrementado su
patrimonio il3citamente durante el desempeo de sus car$os p?blicos, sino "ue
tambin han cometido el delito de lavado de activos a ra3 de los distintos hechos
"ue hemos denunciado en la presente causa "ue podr3an encuadrar en delitos
8/20/2019 Rafecas, el fallo
29/48
Poder Judicial de la Nación
U S O
O F I C I A L
contra la administraci%n p?blica, todo ello como inte$rantes de la asociaci%n il3cita
denunciada-*.
'Es decir "ue consideramos pertinente "ue a ra3 de la ?ltima
declaraci%n #urada presentada por la =residente de la aci%n ante la )ficina
Anticorrupci%n 4en 20105, por supuesto tambin de los datos "ue sur$en de las
declaraciones anteriores, se investi$ue si Cristina :ernánde de irchner stor
irchner cometieron el delito de lavado de activos, provenientes de delitos
relacionados con las actividades de la asociaci%n il3cita denunciada-*.
Lespecto del delito de lavado de activos "ue una ve más
denunciaron ante el 9ue @r. Ercolini en esos autos, los presentantes sostuvieron
expresamente "ueJ
'-4(5e lo ha definido como el proceso mediante el cual los bienes de
ori$en delictivo se inte$ran al sistema econ%mico le$al con apariencia de haberse
obtenido en forma l3cita.*
'=or lo tanto, la principal finalidad es el blan"ueo de bienes sumas
monetarias obtenidas a travs de operaciones il3citas.*
'Q en este caso "ue venimos a denunciar "ue se investi$ue la
evoluci%n patrimonial de stor irchner de más de un
8/20/2019 Rafecas, el fallo
30/48
'Asimismo en relaci%n a cuáles son las actividades "ue al
matrimonio le han sido beneficiosas econ%micamente, tales como las relacionadas a
las empresas hoteleras @0os &aces &'('A y @Hotesr &'('A4 hicieron propias las
reflexiones de un experto en lavado de activos "ue all3 citan, al sostener "ue %4l5as
actividades "ue mane#an $randes sumas de efectivo son las más apropiadas para
llevar a cabo el lavado de dinero, por la facilidad de deformar la realidad
declarando in$resos superiores a los efectivamente obtenidos. Pensemos en
grandes desarrollos hoteleros 4-5 (l comen2ar a operar4 s o5#etivo es generar la
mayor cantidad de ingresos posi5les para poder #sti$icar nevos dineros
ilegales4 an;e tenga ;e $i#ar precios in$eriores a la media del mercado para
#sti$icar s actividad a pleno 4-5 o registrando na capacidad plena drante
todo el a
8/20/2019 Rafecas, el fallo
31/48
Poder Judicial de la Nación
U S O
O F I C I A L
El :iscal interviniente, @r. uillermo 7ari#uán, tras efectuar una
certificaci%n de todas las causas relacionadas con los hechos materia de estudio, no
encontr% otros hechos nuevos más "ue los a previamente denunciados en
distintos #u$ados causas, por ello, postul% el archivo, pues entendi% "ue no se
pod3a le$itimar una nueva investi$aci%n por sucesos "ue a fueron #udicialiados
previamente, en especial, con referencia al delito de enri"uecimiento il3cito.
>al postura fue reco$ida por el @r. Ercolini, "uien sostuvo en su
resoluci%n de fs. 66/
8/20/2019 Rafecas, el fallo
32/48
Sueda claro entonces, en lo "ue a este Hecho N° * refiere, "ue las
nuevas referencias elementos contenidos en esta "uinta denuncia analiada,
relacionados espec3ficamente con los supuestos v3nculos il3citos $eneradores de
mutuos beneficios econ%micos entre empresarios ad#udicatarios de obras p?blicas
el matrimonio irchner incluendo las actividades de '8otesur*, 'Alto
Calafate* 'Mos (auces*, entre otras empresas, en tanto hechos a investigarse, más
allá de las calificaciones le$ales, tanto los denunciantes, como este otro (r. :iscal
interviniente, como el propio (r. 9ue de la causa, han refrendado una ve más, "ue
forman parte del ob#eto procesal de la causa 1G.
8/20/2019 Rafecas, el fallo
33/48
Poder Judicial de la Nación
U S O
O F I C I A L
presuntamente creadas o ad"uiridas al efecto destinatarias de dichos flu#os
monetarios &'8otesur (.A.*, 'Co7a (.A.* 'Mos (auces (.A.*+, as3 como tambin
la menci%n de al$unos de los hoteles ad"uiridos e involucrados en la maniobra
&'Alto Calafate* 'Mos (auces*+.
=ero, lo "ue resulta a?n más importante, de las presentaciones
re"uerimientos de instrucci%n de la causa "ue previno en la investi$aci%n de estos
hechos, sur$e claro, como parte de la presunta sociedad pactada entre unos otros,
la supuesta decisi%n de invertir en hoteles as3 hacer fluir dinero 'le$al* de parte
de estos empresarios hacia el matrimonio presidencial, en forma supuestamente
ficticia, mecanismo denunciado en 2010 por el @iputado 7orán en la "uinta
?ltima denuncia vinculada como t3pico para in$resar al circuito financiero
recursos econ%micos "ue, o bien son producto de actividades ile$ales, o bien no
hab3a modo de #ustificar patrimonialmente, al$o "ue tambin nos recordará la
denunciante (tolbier, de un modo casi calcado, en varias oportunidades a lo lar$o
de estas actuaciones.
Q ello no es todo, pues partiendo de a"uellos párrafos iniciales de la
denuncia de (tolbier, sobre la base del amplio re"uerimiento fiscal del @r.
(tornelli, el solapamiento del ob#eto procesal en estudio con la causa del 9u$ado
; 10 es a?n más evidente, dado "ue, del rumbo de la instrucci%n emprendido por
el anterior 7a$istrado instructor, as3 como de la ampliaci%n de denuncia su
re"uerimiento de instrucci%n de fs.
8/20/2019 Rafecas, el fallo
34/48
:ederal ; 10, "ue cuenta además con una hip%tesis delictiva más abarcativa de
maor enver$adura &art. 210, C.=.+.
Ma circunstancia de "ue, por raones l%$icas, la total superposici%n
del sustrato fáctico s%lo alcance al per3odo 20062010 & hasta 2011 en el caso de
Lelats+ no var3a en absoluto la soluci%n del caso, pues resulta a todas luces
evidente "ue se trata de un suceso ?nico en el tiempo, imposible de escindir a
partir de esta sola circunstanciaJ de hecho las personas "ue aparecen como
imputadas en la causa ori$inaria &Náe, M%pe, Lelats, los irchner, (anfelice+
conforme lo "ue se denunciara, se$uirán participando hasta 201 cumpliendo los
mismos roles &relativiado en los casos de stor irchner de Lelats, ambos
fallecidos en el 3nterin+, incluso incrementando su visibilidad, como el caso de
(anfelice, a partir de la irrupci%n de la firma 'dea (.A.* en 201F, o de 7ercado,
como presidenta de '8otesur (.A.*, pero siempre $irando en torno del mismo
sustrato fáctico, de procurar obtener presuntos mutuos beneficios a partir de la
asociaci%n entre unos otros, a explicitado suficientemente, "ue subace desde
la denuncia ori$inal de 200! en los autos de referencia "ue atraviesa tambin a
las otras cuatro ampliaciones consi$nadas.
=or otra parte, la circunstancia de "ue en la presente causa, por ser la
denuncia posterior en el tiempo, haa abarcado a otras firmas cua existencia no se
conoc3a para la poca de las denuncias ori$inarias &como el caso de 'Oalle 7itre
(.A., propiedad de Náe+, o "ue fueran creadas posteriormente &como la a citada
'dea (.A.*, propiedad de (anfelice+ o a otros hoteles &como el caso de 'Ma Aldea* 'Mas @unas*, ambos tambin propiedad de los irchner+, tampoco hacen variar
el desenlace, pues la participaci%n de todas ellas resultan tambin parte
inescindible de los mismos hechos, deberán formar parte de a"uella ?nica
primi$enia investi$aci%n.
Creo oportuno volver a"u3 a la fo#a 1 de la presente causa, cuando la
@iputada (tolbier formulara la denuncia "ue dio ori$en a estas actuaciones.
Sued% claro en el punto b+ de este apartado, "ue el desplie$ue investi$ativoimpreso por el anterior 7a$istrado a car$o de este proceso se bas% en el amplio
re"uerimiento de instrucci%n "ue al respecto emiti% el :iscal (tornelli a fs. 1/B,
"ue ste, a su ve, descansaba en apenas tres párrafos poco más de la denuncia
de fs. 1/12, "ue en verdad ten3a como ob#eto otro suceso descripto como Hecho
N° 1.
Conviene repasar nuevamente estos tres párrafos sobre los cuales
descansa todo el edificio emer$ido posteriormente en esta causa definido comoHecho N° *, cuando (tolbier, como dato de contexto de su denuncia por abuso de
8/20/2019 Rafecas, el fallo
35/48
Poder Judicial de la Nación
U S O
O F I C I A L
autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario p?blico por hechos
acaecidos en la nspecci%n eneral de 9usticia, hab3a sostenido "ueJ
'-4M5a sociedad 8otesur es la propietaria del hotel Alto Calafate, en
(anta Cru. Existen sospechas en torno a este hotelJ si se trata, en realidad, de un
alo#amiento HfantasmaI "ue us% el matrimonio presidencial para hacer ne$ocios
turbios con el empresario más beneficiado con la obra p?blica, Máaro Náe 4-5
(ur$e de todos los manuales traba#os tcnicos #ur3dicos "ue se conocen, tanto
de producci%n nacional como internacional, "ue el rubro hotelero es uno de los
más usados eficaces para operaciones de blan"ueo o lavado de activos, situaci%n
"ue, sin duda, O.(. habrá de considerar en la apreciaci%n "ue se ha$a de la
documentaci%n acompaada sobre la necesidad de abrir diferentes l3neas de
investi$aci%n penal* &fs. 2+.
Letomando la cuesti%n a fs. G, al sostener "ue 8otesur (.A. $erencia el
8otel Alto Calafate, a$re$a "ue '4a5 travs de otra firma vinculada al empresario
santacruceo Máaro Náe, 8otesur (.A. recibi% en concepto de Hal"uilerI P 10,1
millones &P 6,F millones en 2010, P F,< millones en 2011+. Mientras conseguía
contratos millonarios para realizar obras financiadas por la Nación, Báez les
alquilaba cientos de habitaciones en hoteles a los Kirchner, plazas que casi nunca
eran ocupadas* &ne$rita a$re$ada+.
Q a ren$l%n se$uido a$re$aJ 'Rna firma de Náe, Oalle 7itre (.A., se
hio car$o de la administraci%n de los hoteles de los irchner, all3 al"uil% más de
1100 habitaciones por mes, durante aos, en el Alto Calafate. Curiosamente, esos
cuartos no siempre fueron ocupados, pese al costo millonario "ue represent% para
la empresa de Náe, traducido en $anancias para los irchner*, lo "ue más
adelante calific% como un '-caudal de in$resos millonarios $arantiados por
Máaro Náe*.
Ma pre$unta "ue cabe formular a"u3 es por "u la @iputada (tolbier,
tanto en la presentaci%n, como en el petitorio, no formul% expresa denuncia penal
en concreto por estos sucesos, sin dudas mucho más $raves "ue los delitos de3ndole correccional "ue sur$en del encabeado de la conclusi%n de su escrito
&relacionados, como vimos, con irre$ularidades administrativas en la 9+.
En tal sentido, la ?nica respuesta posible es "ue, conforme resultaba
de p?blico conocimiento, los hechos descriptos en esos tres párrafos a hab3an sido
ob#eto de denuncias anteriores, por parte de otros le$isladores nacionales de la &por
a"uel entonces+ oposici%n al $obierno nacional, como Carri%, (ánche, $lesias
7orán, espacio opositor "ue tambin inte$raba (tolbier, "ue fueron ob#eto de$ran repercusi%n p?blica.
8/20/2019 Rafecas, el fallo
36/48
7ás allá de tales afirmaciones, la absoluta identidad del sustrato
fáctico con la causa previa en trámite en el 9u$ado :ederal ; 10 es ineludible
patente, por aplicaci%n de las más básicas elementales $arant3as constitucionales
"ue informan al debido proceso le$al, en especial, la prohibici%n del doble
#u$amiento por un mismo hecho las re$las procesales de la conexidad material
ob#etiva sub#etiva, "ue fundamenta entonces "ue, con relaci%n a este Hecho N° *,
decline mi actuaci%n en favor de mi cole$a el @r. Ercolini, por ser la causa ;
1G.!?na vez analizada la cuestión' entiende el suscripto que teniendo en cuenta la similitud
de las maniobras investigadas en uno ) otro sumario' como así tambi(n la coincidencia de
alguno de los sujetos intervinientes en tales operaciones' ambos e%pedientes deberán quedar
bajo la esfera de investigación de un mismo magistrado8 5llo' ) teniendo en cuenta la
regla establecida en el inciso 4º del artículo 4 del !ódigo "rocesal "enal de la
Nación, corresponde que sea el #uzgado &acional en lo *riminal ) *orreccional @ederal
nA . Bque primero tomó conocimiento de los hechos$ el que contin%e entendiendo en
estas actuaciones, lo que C$D $5 5$?5LE5-* &cfr. CCC:ed., (ecretar3a Especial,
in reJ 'C., 8. ). s/ estafa*, ; FB.
(.. 1B!/1F, resaltado a$re$ado+.
En similares trminos, tal (ecretar3a Especial ha establecido "ue
>!las actuaciones deben tramitar en forma conjunta' por lo que corresponde a esta
presidencia e%pedirse únicamente en punto al ,uzgado en que ello habrá de ocurrir8 *e3ida
la cuestión a resolver tal e%tremo' siendo que ambas causas se encuentran en un estadio
investigativo similar ) teniendo en cuenta las pautas establecidas en el inciso :to8 del
artículo :0 del *ódigo 4rocesal 4enal de la &ación' corresponde que el Magistrado que
primero tomó conocimiento de los e&entos denunciados sea el que prosiga con el
trámite de las actuaciones!+ &cfr. CCC:ed., (ecretar3a Especial, in reJ 'Lodr3$ue,
Alfredo Claudio s/ inf. Me 2F.
=or su parte, las distintas (alas de la Excelent3sima Cámara del :uero
tambin han indicadoJ F!$egún pacífica doctrina de la *orte $uprema de ,usticia de la
8/20/2019 Rafecas, el fallo
37/48
Poder Judicial de la Nación
U S O
O F I C I A L
&ación' para determinar correctamente el juez que debe intervenir en el hecho es necesario
esclarecer primero los aspectos fácticos del casoG ) que para evitar declaraciones de
incompetencia que luego deban ser revertidas esa tarea corresponde al magistrado que
previno en la investigación H@allos
8/20/2019 Rafecas, el fallo
38/48
permitiendo una nueva persecuci%n penal, ba#o una valoraci%n distinta a la
anterior*.
Es por ello "ue dispondr la remisi%n de este Hecho N° * a
conocimiento del 7a$istrado citado, pues, como l mismo sostuvo ante una de las
presentaciones a"u3 analiadas la "uinta, '-los sucesos denunciados en estos
actuados resultan ser los mismos acontecimientos, con prescindencia de las
verificaciones fácticas, "ue los "ue conforman, respectivamente el ob#eto de
investi$aci%n en el marco de los autos ros. 1G
8/20/2019 Rafecas, el fallo
39/48
Poder Judicial de la Nación
U S O
O F I C I A L
@e lo "ue se tratar3a ahora, es de "ue ese mismo 7a$istrado, en
coherencia con ello, a partir de contar con el correspondiente impulso fiscal de la
acci%n penal, contin?e con la instrucci%n de estos obrados resuelva lo "ue por
@erecho corresponda con relaci%n a los restantes eventos, descriptos en los
apartados a+, b+ c+.
Hecho N° 9
Presntas inconsistencias en las declaraciones #radas *1 a *19
de Cristina .ernnde2 de /irchner
Primera denncia relacionada 6con e#e en la D" *11)
El 2F de diciembre de 201, la @iputada acional 7ar$arita (tolbier
present% en la presente causa una nueva denuncia, "ue fue aceptada por el (r.
7a$istrado nstructor de a"uel entonces, a$re$ada a fs. F1
8/20/2019 Rafecas, el fallo
40/48
corrobora además por"ue ante la A:= la sucesi%n si$ue activa como contribuente
al impuesto a las $anancias.
(in embar$o, sostiene (tolbier, la ex presidenta, en sus @@99 desde
2011, '-afirm% "ue a partir del 2 de #unio de 2011 hab3a recibido el BW de las
acciones de 8otesur &entre otros bienes+ declarando "ue correspond3a a la
H8erenciaI-*, lo "ue se vendr3a reiterando hasta el momento de dicha denuncia.
7ientras "ue 7áximo irchner, su hi#o, fi$urar3a como representante
de todos los accionistas de 8otesur (.A., se$?n actas obrantes en la 9 del
propio comunicado oficial, "ue lo refer3a como apoderado de la citada sucesi%n.
'(in embar$o-* a$re$a la presentante '-en la misma poca Cristina :ernánde
declara "ue las acciones de la empresa estaban ba#o su poder e incorporadas a su
patrimonio*.
Conclue de ello la le$isladora, en "ue estar3amos '-frente a nuevas
m?ltiples irre$ularidades tanto en el mane#o documentaci%n de la empresa
8otesur (.A. 4-5 como en las declaraciones #uradas por ella presentadas-*.
Q resume su posturaJ 'Ma =residenta de la aci%n declar% haber
recibido el G0 por ciento de 8otesur (.A. como parte de la herencia de su esposo,
pero sin embar$o, en la 9 la sucesi%n de su ex marido fi$uraba 4-5 como un
trámite aun no finaliado por tanto re$istra en la A:=, n?mero de CR> vi$ente
4-5 al menos hasta el ao 201F 4-5 @e ello se infiere "ue el trámite si$ue en
marcha los bienes 4si$uen estando5 en cabea de la sucesi%n.*
=or otra parte, refiere la @iputada "ue la ex =residenta, en sus @@99,por tres aos se$uidos, ha declarado tener deudas con la firma '8otesur (.A.*
&siendo el monto de al$o más de P G millones en la ?ltima disponible+. (obre ello,
dice "ue en consecuencia, la denunciada habr3a declarado '-pasivos contra s3
misma, pues la sociedad le pertenece, #unto a su familia-*.
=or ?ltimo, reitera la presentante al$o "ue a hab3a puesto de
manifiesto en su denuncia ori$inaria de fs. 1/10, acerca de "ue la participaci%n en
'8otesur (.A.* de :ernánde de irchner, en sus sucesivas @@99, '-es imposiblede che"uear, a "ue 48otesur (.A.5 no presenta balances en la 9 desde el ao
2010. >ampoco se puede comprobar el aumento del valor de las acciones en la
empresa-* ni '-detalles de la deuda "ue declara tener con su empresa-*.
Corrida vista al (r. :iscal, ste formul% su dictamen, obrante a fs. F
8/20/2019 Rafecas, el fallo
41/48
Poder Judicial de la Nación
U S O
O F I C I A L
'-presuntas m?ltiples irre$ularidades tanto en el mane#o documentaci%n de la
empresa 8otesur (.A-.*.
A lo lar$o de las cinco pá$inas del dictamen, el (r. :iscal va a
reproducir fielmente cada uno de los pasa#es de la denuncia a transcriptos, a su
trmino, re"uiri% una serie de medidas de prueba.
&egnda denncia relacionada 6con e#e en la D" *1*)
7ás adelante, a fs.
8/20/2019 Rafecas, el fallo
42/48
declaratoria de herederos dictada el 2 de #unio de 2011, se declaran el G0W de los
bienes $ananciales "ue pose3a stor irchner &ahora en poder de Cristina+ los
bienes $ananciales "ue pose3a esta ?ltima, se declaran en un G0W a "ue el
porcenta#e restante se incorpora en la sucesi%n 4-5 Ma declaraci%n #urada de
Cristina :ernánde de irchner presenta particularidades a "ue declara el G0W de
los bienes "ue pose3a su c%nu$e, aun"ue esto no fue resuelto en el proceso
sucesorio. (i bien los 4bienes5 $ananciales del c%nu$e "ue sobrevive, no inte$ran
el acervo, el proceso sucesorio es el ámbito en "ue debe concretarse la ad#udicaci%n
al esposo de la parte "ue le corresponde. Esto no ocurri% en el trámite de la
sucesi%n de stor irchner 4-5 =or otra parte, se declara en el rubro H)tros
n$resosI como H8erencia/Anticipo de 8erenciaI P F1.6F
8/20/2019 Rafecas, el fallo
43/48
Poder Judicial de la Nación
U S O
O F I C I A L
=ero la denunciante ori$inaria en estos actuados, 7ar$arita (tolbier,
al presentarse nuevamente a fs.
8/20/2019 Rafecas, el fallo
44/48
8/20/2019 Rafecas, el fallo
45/48
Poder Judicial de la Nación
U S O
O F I C I A L
Ahora bien, de lo "ue se a$ravia (tolbier, ser3a de "ue '-Cristina
:ernánde nunca declar% el bien a su nombre sino "ue consi$n% "ue el G0W era de
su esposoK despus de su fallecimiento, ella declar% el 2GW producto de la
disoluci%n de la sociedad conu$al.*
Con relaci%n a esta se$unda denuncia relacionada, la misma fue
oportunamente ob#eto de una nueva vista fiscal, obrante a fs.
8/20/2019 Rafecas, el fallo
46/48
] Ma supuesta connotaci%n delictiva "ue sur$ir3a de la falta de una
#ustificaci%n le$al del ori$en de la deuda "ue, se$?n las @@99 de Cristina
:ernánde de irchner 2011 a 201F, mantuvo con la firma '8otesur (.A.* &"ue
ascend3a en 201F a P .6!F.!!,6!+, deudas sta "ue habr3an tenido el prop%sito de
favorecer el in$reso al patrimonio de la ex =residenta, de recursos sin #ustificativo
real en la contabilidad de '8otesur (.A.*. Ma misma maniobra se denuncia con la
deuda declarada por Cristina :ernánde en su @9 2010 respecto de la firma 'Mos
(auces (.A.*, por un total de P 1.1F1.lam* '>Titter oficial de la Casa Losada*, para la emisi%n de un
comunicado correspondiente a la empresa '8otesur (.A.*, aspecto ste "ue cont%tambin con impulso fiscal a fs. F6!/
8/20/2019 Rafecas, el fallo
47/48
Poder Judicial de la Nación
U S O
O F I C I A L
fs. 16 vta., al recibirse a fs. G0
8/20/2019 Rafecas, el fallo
48/48
I) CK++(&? VI&( al &r' .iscal para "ue dictamine lo "ue
corresponda respecto del Hecho N° 14 con relaci%n a las actuaciones obrantes a fs.
16/22 G/vta., pon$a de manifiesto el temperamento a adoptar en relaci%n
con dicha denuncia &Hecho N° 1)'
II) D?C+L(&? la INCE7P??NCI( P(+CI(0 en estas
actuaciones respecto del Hecho N° *, debindose en consecuencia, remitir las
partes pertinentes de este eBpediente a conocimiento del "2gado .ederal N° 14
&ecretar,a N° 1M, para su incorporaci%n tramitaci%n en el marco de la casa N°
1'O9QR de ese ri5nal 6y ss coneBas), #unto con la documentaci%n respectiva,
sirviendo lo prove3do de atenta nota de env3o.
III) DI&PKN?&? las si$uientes medidas de prueba, con relaci%n al
Hecho N° 9J
M3brese oficio al (r. @irector de la A:=, a fin de "ue se sirva remitir a
la sede este >ribunal, copia de toda presentaci%n /o documentaci%n relacionada
con el contribuente '(ucesi%n de stor Carlos irchner*, as3 como tambin de
toda resoluci%n /o dictamen "ue encuentre relaci%n con la misma.
Efect?ese por parte del Actuario una amplia exhaustiva
certificaci%n de todos los procesos existentes en el fuero, en los "ue tanto stor
como Cristina :. de irchner fueron investi$ados por el delito de enri"uecimiento
il3cito, a partir de la informaci%n sur$ida de sus @@99 desde 2010 a 201F, a los
efectos de verificar si en dichos procesos fueron o no tratados los tres nuevos
hechos extra3dos de la denuncia de fs.
Top Related