UNIVERSIDAD CATOLICA LOS ANGELES DE
CHIMBOTE
ESCUELA PROFESIONAL DE CONTABILIDAD
CURSO : INTRODUCCION A LA CONTABILIDAD
GUBERNAMENTAL
TEMA : PROCESOS DE SELECCIÓN OSCE
DOCENTE : CPC. JULIO PARDAVE BRANCACHO
ALUMNA : DOMINGUEZ RAMIREZ, ELIDA
2015 –II
1. Desarrollar un mapa conceptual describiendo los montos que diferencian
los procesos de selección de compra de bienes, prestación de servicios y
obras públicas. Y su efecto en la información contable.
Su efecto en la administración pública tendrá implicancia para la
formulación de los Estados Financieros y los Balances de
Comprobación
Los estados financieros como ya es de conocimiento es el medio principal
para suministrar la información de la administración pública y se preparan a
partir de los saldos de los registros contables a una fecha determinada.
El balance de comprobación es un instrumento que financiero se utiliza para
visualizar la lista del total de los débitos y de los créditos de las cuentas, junto al
saldo de cada una de ellas (ya sea deudor o acreedor). De esta forma, permite
establecer un resumen básico de un estado financiero.
MONTOS DE LOS PROCESOS DE SELECCIÓN PARA LA
CONTRATACIÓN DE BIENES, SERVICIOS Y OBRAS – RÉGIMEN
GENERAL D.L. Nº 1017 EJERCICIO 2015
TIPOS DE PROCESOS
ADJUDICACIÓN
DIRECTA
CONCURSO
PÚBLICO
LICITACIÓN
PÚBLICA
ADJUDICACIÓN
DE MENOR
CUANTIA
PÚBLICA SELECTIVA BIENES
> =
S/.400,000
SERVICIOS
OBRAS
>=
1´800,000
BIENES < S/.
400,000 > S/.
200,000
SERVICIOS <
400,000 >
200,000
OBRAS <
1´800,000 >
900,000
BIENES
< 40,000 >
11,550
s/.
< = 200,000 >
= 40,000
s/.
<= a 900,000
>= a 180,000
SERVICIOS
< 40,000 >
11,550
s/.
<= 200,000 >=
40,000 < =
SERVICIOS
>=S/.
400,000
OBRAS
< 180,000 >
11,550
2. Después de leer el material de la Plataforma Virtual, explicar los procesos de
selección para la adquisición de bienes y servicios en la administración pública.
Cuál es su influencia en la Contabilidad Gubernamental.
PROCESOS DE SELECCIÓN
1. Licitación Pública.- Proceso de Selección que convoca el Estado para la contratación de bienes y obras dentro de los márgenes que establecen las normas presupuestarias, proceso de selección para la contratación de obras, bienes y suministros requeridos por el estado.
3. Concurso Público- Es el Proceso de Selección que convoca el Estado para la
contratación de servicios de toda naturaleza, dentro de los márgenes establecidos por
las normas presupuestarias. Artículo 16 Ley de Contrataciones del Estado
b. Adjudicación Directa: Publica o Selectiva.- Proceso de Selección que se aplica
para las contrataciones que realice la Entidad, dentro de los márgenes que establece
la Ley de Presupuesto del Sector Público. La Adjudicación Directa Pública se convoca
cuando el monto de la contratación es mayor al cincuenta por ciento (50%) del límite
máximo establecido para la Adjudicación Directa en las normas presupuestarias. En
caso contrario, se convoca a Adjudicación Directa Selectiva.
4. Adjudicación de menor cuantía, se convoca en los siguientes casos:
a. La adjudicación de menor cuantía se aplica a las contrataciones que realice
la Entidad, cuyo monto sea inferior a la décima parte del límite mínimo
establecido por la Ley de Presupuesto del Sector Público para los casos de
licitación pública o concurso público.
b. La contratación de expertos independientes para que integren los Comités
Especiales.
La adjudicación de Menor Cuantía Derivada, se convoca para los procesos
declarados desiertos.
Para la determinación del proceso de selección se considerara el objeto
principal de la contratación y el valor referencial establecido por la Entidad
para la contratación prevista. En el caso de contrataciones que involucren un
conjunto de prestaciones, el objeto principal del proceso de selección se
determinara en función a la prestación que represente la mayor incidencia
porcentual en el costo.
LA INFLUENCIA EN LA CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL
SIRVE PARA LA CONTABILIZACION DE LAS COMPRAS DE BIENES Y
PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA Y
JUSTIFICACION DE LOS GASTOS REALIZADOS EN SU SENTIDO
ESTRICTO LA JUSTIFICACIÓN CONSISTE SIMPLEMENTE EN
ACREDITAR QUE LOS GASTOS COMPROMETIDOS SE HAN
REALIZADO. SEGÚN QUE LOS MEDIOS PROBATORIOS DE LA
REALIZACIÓN DEL GASTO SEAN DOCUMENTALES O SE BASEN EN
LA COMPROBACIÓN MATERIAL O FÍSICA DE LA INVERSIÓN
REALIZADA RECIBE RESPECTIVAMENTE LA DENOMINACIÓN DE
COMPROBACIÓN DOCUMENTAL O COMPROBACIÓN MATERIAL.