INSTITUCIÓN EDUCATIVA LOS VOLCANES
ANEXO DEL PEI No. 9. MANUAL DE CONVIVENCIAS
COMUNIDAD EDUCATIVA LOS VOLCANES
VEREDA LOS VOLCANES
TIERRALTA – CÓRDOBA
2015
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PROCESO MEJORAMIENTO INSTITUCIONAL PAGINA: 2 de 74
INSTITUCION EDUCATIVA
“LOS VOLCANES”
MANUAL DE CONVIVENCIA
LEMA:
AMOR, INTEGRACION, TRABAJO Y ESTUDIO
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TABLA DE CONTENIDO
INTRODUCCIÒN .............................................................................................................7
MISIÒN .............................................................................................................................9
VISIÓN..............................................................................................................................9
LEMA ................................................................................................................................9
PRINCIPIOS .....................................................................................................................9
VALORES .......................................................................................................................10
PERFIL DEL ESTUDIANTE .........................................................................................10
PERFIL DEL EDUCADOR. ...........................................................................................11
PERFIL DEL DIRECTIVO ............................................................................................12
CAPITULO I ...................................................................................................................13
OBJETO DEL MANUAL DE CONVIVENCIAS Y ASPECTOS GENERALES DE LA
INSTITUCION ................................................................................................................13
ARTÍCULO 1. OBJETO DEL MANUAL DE CONVIVENCIAS. .......................... 13
ARTÍCULO 2. NATURALEZA Y CARÁCTER DE LA INSTITUCIÓN. .............. 13
ARTÍCULO 3. ADQUISICIÓN DE LA CALIDAD DEL ESTUDIANTE. ............. 13
ARTÍCULO 4. PERDIDA DE LA CALIDAD DE ESTUDIANTE. ......................... 14
ARTÍCULO 5. COMUNIDAD EDUCATIVA. ......................................................... 14
CAPITULO II ..................................................................................................................15
HIGIENE, SALUD Y PRESENTACION PERSONAL .................................................15
ARTÍCULO 6. REGLAS DE HIGIENE PERSONAL Y SALUD PÚBLICA. ......... 15
ARTÍCULO 7. CALIDAD Y CONDICIONES DE LOS SERVICIOS DE
ALIMENTACIÓN Y TRANSPORTE. ...................................................................... 15
ARTÍCULO 8. PAUTAS DE PRESENTACIÓN PERSONAL. ............................... 18
CAPITULO III ................................................................................................................20
USO Y CONSERVACION DE EQUIPOS E IMPLEMENTOS. ...................................20
ARTÍCULO 9. UTILIZACIÓN Y CONSERVACIÓN DE LOS BIENES
PERSONALES Y DE USO COLECTIVO. ............................................................... 20
ARTÍCULO 10. BIBLIOTECA ESCOLAR – BIBLIOBANCO ............................... 20
ARTÍCULO 11. SALA DE INFORMÁTICA ........................................................... 21
CAPITULO IV ................................................................................................................22
DERECHOS Y DEBERES .............................................................................................22
ARTÍCULO 12. DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES. ........................................ 22
ARTÍCULO 13. DEBERES DE LOS ESTUDIANTES. ........................................... 24
ARTÍCULO 14. DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA. ............................ 28
ARTÍCULO 15. DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTE .... 28
ARTÍCULO 16. DERECHOS DE LOS PROFESORES. .......................................... 29
ARTÍCULO 17. DEBERES DE LOS PROFESORES. ............................................. 30
ARTÍCULO 18. DERECHOS DE LOS DIRECTIVOS. ........................................... 32
ARTÍCULO 19. DEBERES DE LOS DIRECTIVOS. .............................................. 33
CAPITULO V .................................................................................................................34
CONVIVENCIA ESCOLAR, ACOSO ESCOLAR (BULLYING), EDUCACIÓN
PARA LA SEXUALIDAD, Y COMITE ESCOLAR .....................................................34
ARTÍCULO 20. CONFLICTOS. ............................................................................... 34
ARTÍCULO 21. AGRESIÓN ESCOLAR.................................................................. 34
ARTÍCULO 22. ACOSO ESCOLAR (BULLYING). ............................................... 35
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ARTÍCULO 23. CLASIFICACIÓN DE LAS SITUACIONES QUE AFECTAN LA
CONVIVENCIA ESCOLAR, EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS HUMANOS
SEXUALES Y REPRODUCTIVOS .......................................................................... 36
ARTÍCULO 24. RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA
ESCOLAR .................................................................................................................. 37
ARTÍCULO 25. PROTOCOLOS DE LA INSTITUCION ........................................ 38
ARTÍCULO 26. ORGANIZACIÓN DEL COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA
.................................................................................................................................... 40
CAPITULO VI ................................................................................................................43
ESTIMULOS, FALTAS, CORRECTIVOS Y SANCIONES. .......................................43
ARTÍCULO 27. ESTÍMULOS. ................................................................................. 43
ARTÍCULO 28. FALTAS. ......................................................................................... 44
ARTÍCULO 29. CORRECTIVOS Y SANCIONES .................................................. 47
ARTÍCULO 30. PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE SANCIONES 48
ARTÍCULO 31. ATENUANTE Y AGRAVANTE DE LA FALTA ........................ 50
ARTÍCULO 32. INSTANCIA DE LA INSTITUCIÓN ............................................ 50
ARTÍCULO 33. CONDUCTOR REGULAR. ........................................................... 51
CAPITULO VII ...............................................................................................................53
GOBIERNO ESCOLAR .................................................................................................53
ARTÍCULO 34. CONSEJO DIRECTIVO. ................................................................ 53
ARTÍCULO 35. CONSEJO ACADÉMICO. ............................................................. 54
ARTÍCULO 36. PERSONERO DE ESTUDIANTES. .............................................. 55
ARTÍCULO 37. CONSEJO DE ESTUDIANTES. .................................................... 56
CAPITULO VIII .............................................................................................................58
MEDIO AMBIENTE ESCOLAR ...................................................................................58
ARTÍCULO 38. PAUTAS DE COMPORTAMIENTO EN RELACION CON EL
CUIDADO DEL MEDIO AMBIENTE ESCOLAR: ................................................. 58
CAPITULO IX ................................................................................................................60
CRITERIO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN. .......................................................60
ARTÍCULO 39. CRITERIO DE EVALUACIÓN. .................................................... 60
ARTÍCULO 40. RESULTADO DE LA EVALUACIÓN ......................................... 63
ARTÍCULO 41. ESTRATEGIAS DE APOYO NECESARIAS PARA RESOLVER
SITUACIONES PEDAGÓGICAS PENDIENTES DE LOS ESTUDIANTES ........ 66
ARTÍCULO 42. CRITERIO DE PROMOCIÓN ....................................................... 67
ARTÍCULO 43. COMITÉ DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN. .......................... 70
ARTÍCULO 44. SERVICIO SOCIAL DEL ESTUDIANTE .................................... 72
ARTÍCULO 45. DUDAS QUE SE PRESENTEN ..................................................... 74
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INTRODUCCIÒN
En aras de fortalecer una educación con calidad, invocando la protección de
Dios y con el fin de garantizar el desarrollo armónico e integral de la comunidad
educativa; promoviendo la convivencia pacífica a través de la justicia, la
igualdad, la libertad y la paz, con el concurso de los miembros que conforman
la comunidad educativa y siguiendo los parámetros fijados en la Constitución
Política Nacional de 1991, reglamentada en la ley 115 Art. 73-87, Decreto
1860 Art. 17; la promulgación, divulgación y aplicación del Código del menor, la
convención sobre los Derechos de los Niños y Niñas y recientemente la ley
1620 de 2013 y su decreto reglamentario 1965 de 2013, la cual aporta al
mejoramiento de la calidad educativa y a la formación para el ejercicio de la
ciudadanía, al convertirse en herramientas de política pública que organizan el
sector educativo para contribuir al fortalecimiento de la convivencia escolar. De
igual forma, la ley hace énfasis en la necesidad de entender la convivencia
escolar como un asunto colectivo, cuya responsabilidad es compartida entre la
comunidad educativa y otros sectores involucrados.
De acuerdo a lo anterior se hace necesario establecer normas internas para
una mejor convivencia dentro del ámbito escolar, consignadas en un manual de
convivencia.
Teniendo en cuenta la guía Nº 49 (Guías pedagógicas para la convivencia escolar) emanada por el MEN, el Manual de Convivencia es una parte fundamental del Proyecto Educativo Institucional (PEI) en la cual se deben definir los derechos y obligaciones de todas las personas de la comunidad educativa en aras de convivir de manera pacífica y armónica. El manual de convivencia puede entenderse como una herramienta en la que se consignan los acuerdos de la comunidad educativa para facilitar y garantizar la armonía en la vida diaria de los EE. En este sentido, se definen las expectativas sobre la manera cómo deben actuar las personas que conforman la comunidad educativa, los recursos y procedimientos para dirimir conflictos, así como las consecuencias de incumplir los acuerdos (Chaux, Vargas, Ibarra & Minski, 2013).
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Los acuerdos consignados en el manual de convivencia se pueden entender como pactos que se construyen con la participación de todas las personas que conforman la comunidad educativa. Entre sus principales objetivos se pueden nombrar: • Promover, garantizar y defender los DDHH y DHSR. • Establecer normas paras las funciones, deberes, comportamientos y actitudes pactados por la comunidad educativa entre sí y con el entorno escolar, de manera tal que se garantice el ejercicio de los derechos de todas las personas que la conforman. • Fortalecer procesos en torno a las medidas pedagógicas y alternativas de solución para las situaciones que afectan la convivencia escolar.
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MISIÒN
Es misión de la Institución Educativa Rural Los Volcanes, municipio de
Tierralta-Córdoba, ofrecer una educación de calidad, con base en la utilización
apropiada de las nuevas tecnologías y estrategias pedagógicas para formar
personas con valores, mentalidad empresarial, y énfasis agropecuario, a través
de la Construcción del Conocimiento para lo cual cuenta con un cuerpo
Directivo y Docentes comprometidos que les permita continuar su formación
académica o ingresar al mundo laboral.
VISIÓN
Para el año 2018 La Institución Educativa Los Volcanes, desarrollará
competencias básicas y laborales, que les permita a los estudiantes, mejorar
los resultados en las pruebas externas y acceder a estudios superiores o al
mundo laboral.
LEMA
Amor, Integración, Trabajo y Estudio
PRINCIPIOS
Responsabilidad: La responsabilidad se refiere al hecho que cada uno de
los actores y partícipes en los procesos educativos, respondan por las
consecuencias de sus actos o de sus omisiones.
Participación: Se entiende como la contribución de los integrantes de la
comunidad educativa en los diferentes procesos educativos, basados en la
ética, en el compromiso y en el sentido del cumplimiento del deber.
Autonomía: La autonomía es el acto de realizar actividades escolares,
sociales, culturales o tecnológicas sin sujeción a controles ni a presiones
externas, si no dirigidas por la institución.
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Concertación: Significan que se pongan de acuerdo los miembros de la
comunidad educativa antes de tomar decisiones que afecten o favorezcan
la buena marcha de la institución.
Conocimiento y Trabajo: Entendida esta como las cosechas de todos los
años del conocimiento intelectual y técnico para mejorar su forma de vida y
de la comunidad.
VALORES
Tolerancia, respeto, y solidaridad
PERFIL DEL ESTUDIANTE
El perfil de un estudiante INSTEVOLISTA será:
Que desarrolle las competencias laborales generales como base para la
construcción de su proyecto de vida.
Que formule y desarrolle proyectos pedagógicos productivos que le permitan
orientarse en actividades laborales.
Con manejo de recursos y herramientas informáticas educativas y
telecomunicación.
Autónoma capaz de tomar decisiones de sus actos y con un sentido claro y
definido de la vida y de la libertad
De carácter firme en sus determinaciones, en sus principios y en sus
propósitos, valiente para enfrentarse a sus dificultades.
Analítica que piense para actuar, que trate de descubrir el verdadero
significado de la realidad, que le guste investigar su cultura, la ciencia y la
naturaleza.
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Creativa que intente describir nuevas soluciones a los problemas y
necesidades, que rechace la rutina y la mediocridad.
Alegre que vea la vida con optimismo y brinde ánimo y cordialidad a sus
semejantes.
Trascendental, que busca a Dios en su vida y en sus acciones de amor y
servicio a los demás, que trate de conseguir la perfección en todo lo que haga.
Comunitaria que comparta con los demás, los apoye y ayude buscando
siempre la unidad.
Trabajadora que se entregue a sus labores en forma constante, responsable y
eficiente.
Que sea capaz de entender las relaciones sociales por complejas que estas
sean, que aprenda a trabajar en equipo.
Que sea respetuoso con las ideas ajenas y haga respetar las suyas si estas
están fundamentadas en la verdad.
Consciente que sea capaz de medir su potencialidad y de la realidad que lo rodea,
que sea agente de cambio y protagonista de su propio desarrollo.
PERFIL DEL EDUCADOR.
El perfil de un Educador INSTEVOLISTA será:
Un facilitador de procesos que incluya las competencias laborales generales
Que sea receptivo al uso y aplicación de la tecnología informática en la
educación.
Que propenda por el derecho y deberes de los niños, niñas y adolescentes.
Que impulse la planeación y ejecución de proyectos pedagógicos productivos.
Un líder que motive, impulse y conduzca a sus alumnos a la superación por
medio de los hechos complementados con acertadas palabras.
Un modelo de sus discípulos como Jesús es modelo del maestro.
Un estudioso permanente, porque la ciencia y el conocimiento avanzan.
Que el deseo de superación trascienda en sus acciones, con audacia,
laboriosidad, perseverancia , responsabilidad y trabajo en equipo
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Que la transparencia de su paz interior se haga presente en la coherencia,
equilibrio y armonía entre lo que se piensa, siente y hace.
Que su racionalidad y madurez le proporcione infinita paciencia, serenidad,
ecuanimidad, prudencia, reciedumbre, firmeza, flexibilidad y justicia.
Que siempre tenga la alternativa de solución, la respuesta adecuada, el
mecanismo, la estrategia, el método, momento y lugar oportuno.
Que enriquezca su pensamiento con altos ideales y sólidos principios.
Que busque el amor de los niños y la confianza de los jóvenes.
Que crea en su potencialidad y se comporte con su corazón abierto y generoso
buscando siempre con creatividad y esfuerzo metas mejores y nuevos
horizontes.
Que viva identificado con su ser de educador.
PERFIL DEL DIRECTIVO
Para una correcta administración del P.E.I. y de los recursos de la institución,
se contará con un directivo:
De excelentes relaciones humanas y sentido de colaboración, cooperación
y comunicación.
Prudente, tolerante y amable.
Respetuoso, sincero y exigente en el cumplimiento de las
responsabilidades.
Capaz de liderar y gerenciar los procesos a su cargo con eficacia y
eficiencia.
Con vocación de servicio.
Abierto al cambio e innovación.
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CAPITULO I
OBJETO DEL MANUAL DE CONVIVENCIAS Y ASPECTOS GENERALES DE LA INSTITUCION
ARTÍCULO 1. OBJETO DEL MANUAL DE CONVIVENCIAS.
El objeto del presente Manual es definir las normas y pautas de convivencia y respeto entre los alumnos matriculados formalmente en la institución educativa Los Volcanes, con el fin de que se acaten y respeten los derechos, deberes, estímulos y sanciones de los alumnos del plantel. Igualmente se definen las situaciones o conflictos que afectan la convivencia escolar, y se establecen los protocolos para el manejo de las mismas. Al determinar el debido proceso que se sigue para sancionar una falta, los alumnos y tutores conocerán los pasos a seguir para hacer valer sus derechos y el debido proceso que deben seguir para la solución de los conflictos. Se busca con este Manual que tanto los alumnos como profesores y padres de familia tengan claras las pautas para la convivencia, el respeto, la armonía que todos los integrantes de la comunidad educativa merecen.
ARTÍCULO 2. NATURALEZA Y CARÁCTER DE LA INSTITUCIÓN.
La Institución Educativa Los Volcanes es una institución de carácter oficial,
naturaleza mixta, de propiedad del municipio de Tierralta, que imparte
enseñanza formal de los niveles de Preescolar, Básica y Media vocacional.
Está constituida por seis (6) sedes; Los Volcanes (sede principal), El Carmen,
pueblo Balsa, Camilo Torres, El Levante, La Unión. Resolución de aprobación
No. 530 de 18 de noviembre de 2011
ARTÍCULO 3. ADQUISICIÓN DE LA CALIDAD DEL ESTUDIANTE.
Para adquirir la calidad de estudiante instevolista es necesario que por sí
mismo y a través de sus padres y/o acudientes, conozca y acepte, por
compromiso su filosofía y reglamento, haya sido admitido legalmente, previo
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cumplimiento con los requisitos exigidos por la institución y legalización de
matrícula.
ARTÍCULO 4. PERDIDA DE LA CALIDAD DE ESTUDIANTE.
Se pierde la calidad de estudiante instevolista:
1. Cuando se ha completado el ciclo de estudios que ofrece la Institución.
2. Cuando a juicio del consejo directivo de la institución sancione el retiro
del estudiante por cancelación de matrícula.
3. Por retiro voluntario del estudiante o del padre de familia y/o acudiente.
4. El estudiante que después de haber inasistido a clases, sin excusas,
incapacidad, permiso o notificación del padre de familia o acudiente por
tres o más semanas de clases.
ARTÍCULO 5. COMUNIDAD EDUCATIVA.
La comunidad educativa de la Institución Educativa los Volcanes, está
integrada por los siguientes estamentos:
Los estudiantes.
El Rector
Los directivos docentes.
Los docentes
Los padres de familia
Los exalumnos organizados
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CAPITULO II
HIGIENE, SALUD Y PRESENTACION PERSONAL
La higiene es una serie de reglas que tiene por objeto evitar las enfermedades
y trastornos de la salud tanto del estudiante como de la comunidad educativa.
ARTÍCULO 6. REGLAS DE HIGIENE PERSONAL Y SALUD PÚBLICA.
Son reglas de higiene personal y salud pública:
1. No consumir alimentos en mal estado.
2. Bañarse diariamente.
3. Traer la uñas limpias y recortadas.
4. Abstenerse de traer y/o consumir sustancias psicotrópicas (bazuco,
perico, marihuana, cocaína, base de coca, bóxer, tiner, éxtasis, crack,
licor, cerveza u otros.
5. No fumar.
ARTÍCULO 7. CALIDAD Y CONDICIONES DE LOS SERVICIOS DE ALIMENTACIÓN Y TRANSPORTE.
La Institución Educativa “los Volcanes” dispone de una tienda escolar, servicio
de transporte y restaurante escolar.
Restaurante escolar
El restaurante escolar suministra a estudiantes de grados inferiores un
desayuno escolar, el cual debe cumplir las siguientes condiciones:
Brindar alimentos limpios, bien cocidos y en buen estado.
Servir los alimentos en platos y vasos lavados previamente.
Las manipuladoras deben contar con buena salud, portar gorro y delantal
limpios, lavarse las manos antes de manipular los alimentos, mantener las uñas
cortas y sin esmaltes.
Lavar los alimentos antes de prepararlos.
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Cumplir con las minutas.
Dar un buen trato a los estudiantes, padres de familias, profesores y
directivos.
Mantener su sitio de trabajo aseado y ordenado.
Para el uso del restaurante escolar los estudiantes deben:
Hacer la hilera en orden y respetar su turno.
Dirigirse a la manipuladora del restaurante escolar con respeto y
educación.
Ubicarse en el lugar para tal fin guardando compostura.
Evitar protagonizar riñas, rechiflas, gritos o carrera.
No utilizar los alimentos para arrojárselo a los demás.
Devolver al restaurante los platos, vasos y cucharas después de ser
usados.
Tienda escolar.
La tienda escolar de la Institución Educativa “Los Volcanes” suministra bebidas
gaseosas, Mekatos y útiles escolares.
Debe cumplir las siguientes condiciones:
Vender bebidas gaseosas, mekatos y agua aptos para el consumo
humano.
Atender en horario fijado por el Rector.
Vender útiles escolares en buen estado.
Vender productos con precios fijados por la dirección.
La persona que atiende la tienda escolar debe:
Tener buena presentación personal.
Atender con respeto y cordialidad a estudiantes, padres, docentes y
directivos.
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ANEXO DEL PEI No. 9. MANUAL DE CONVIVENCIAS FECHA: 12-05-2014
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Mantener la tienda escolar aseada y ordenada.
No admitir personas ajenas a la institución dentro de la tienda.
Para uso de la tienda escolar los estudiantes deben:
Hacer la hilera en orden y respetar su turno.
Dar preferencia en las hileras a niños menores.
Dirigirse a los empleados de la tienda con respeto y educación.
Arrojar los empaques en las canecas correspondientes.
Colocar las botellas en las canecas.
El vocabulario y tono de voz deben ser moderados.
Evitar protagonizar riñas, rechiflas, gritos o carreras.
No utilizar agua, jugos, gaseosas o comestibles para arrojárselos a los
demás.
Mantener actitud de amistad, tolerancia, orden, sinceridad y
honestidad.
Transporte escolar
El transporte escolar que brinda la Institución Educativa “Los Volcanes” es
contratado por el municipio de Tierralta, cubre la ruta de Pueblo Bicho – Los
Volcanes.
Debe ser de calidad con vehículos en óptimas condiciones para tal fin.
Transporta a estudiantes en horarios fijados por el rector.
Estacionarse en los lugares indicados.
No admitir estudiantes dentro del vehículo en horario de clases y descanso.
El chofer que conduce el vehículo debe:
Tener buena presentación personal.
Atender con respeto y cordialidad a estudiantes, profesores y padres de
familia
Mantener el carro aseado.
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ANEXO DEL PEI No. 9. MANUAL DE CONVIVENCIAS FECHA: 12-05-2014
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Mantener la disciplina de los estudiantes dentro del vehículo.
Esperar a que los estudiantes se suban por completo al carro para arrancar.
Esperar a que los estudiantes se hayan bajado por completo para poder
seguir la marcha.
Fijar paraderos según las condiciones de los estudiantes.
Para el uso del transporte escolar los estudiantes deben:
Hacer una hilera en orden y respetar su turno antes de subir al carro.
Dar preferencias en las hileras y sillas a los niños menores.
Dirigirse al conductor con respeto y educación, sin usar vocabulario
soeces.
Atender a las indicaciones del conductor
Tener un buen comportamiento.
No rayar ni dañar las sillas, carrocería u otras partes del vehículo.
Evitar protagonizar riñas, rechiflas, gritos o carreras.
Mantener actitud de amistad, tolerancia, orden, sinceridad y
honestidad.
ARTÍCULO 8. PAUTAS DE PRESENTACIÓN PERSONAL.
Son pautas de presentación personal:
Mostrar siempre una presentación personal basada en la naturalidad,
limpieza, orden y sin exagerarse en el uso de modas extravagantes
que afecten negativamente su personalidad.
Llevar adecuadamente y limpios los uniformes de diario y de
educación física en los actos y dias que correspondan.
Llevar los calzados limpios y lustrados con betún.
Los estudiantes debes venir encajados (blusa y camisa) y usar
medias.
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Los varones debes estar motilado con corte de cabello tradicional, no
deben usar aretes, tinturarse el cabello, así como tampoco usar
accesorios extravagantes.
Las niñas no deben venir maquilladas ni usar esmaltes con tonos
fuertes para las uñas.
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CAPITULO III
USO Y CONSERVACION DE EQUIPOS E IMPLEMENTOS.
Se consideran equipos e implementos a aquellos materiales o aparatos que
son necesarios en una institución educativa para el proceso de formación de
estudiantes, tales como textos escolares, libros, material educativo,
computadores, amplificaciones, etc.
ARTÍCULO 9. UTILIZACIÓN Y CONSERVACIÓN DE LOS BIENES PERSONALES Y DE USO COLECTIVO.
Los estudiantes, profesores y directivos de la institución educativa los volcanes
deben:
Conservar en buen estado los bienes, materiales, equipos e
implementos de la institución y de uso personal.
Cuidar y responsabilizarse por materiales, equipos e implementos a su
servicio y de la Institución Educativa “Los Volcanes”.
Velar por materiales, equipos e implementos para que estos no se
destruyan o sean sustraídos.
No sustraer materiales, textos, libros, equipos e implementos de la
institución y de uso personal.
Solicitar permiso con anterioridad para el uso de materiales, equipos e
implementos.
ARTÍCULO 10. BIBLIOTECA ESCOLAR – BIBLIOBANCO
Reglas para el uso del Bibliobanco.
Entrar en completo orden y silencio.
No entrar con alimentos y/o bebidas y artefactos portátiles de audio.
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ANEXO DEL PEI No. 9. MANUAL DE CONVIVENCIAS FECHA: 12-05-2014
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Respetar, cuidar y valorar en material, enseres y libros proporcionados en
calidad de préstamo.
No escribir en los libros de consulta.
Los libros prestados deberán ser devueltos por el estudiante al salir del
lugar.
En caso de pérdida o daño del material de consulta, la responsabilidad recae
sobre el estudiante al que se le entregue.
El daño, mal utilización o pérdida de libros o enseres ocasionará que el
estudiante compre el libro o lo reponga en su totalidad, en caso de ser
material de colección o enciclopedia.
ARTÍCULO 11. SALA DE INFORMÁTICA
Reglamentos para su uso.
Dar buen uso a los equipos.
No introducir ni consumir alimentos y/o bebidas.
No fumar ni consumir sustancias alucinógenas.
No sustraer ningún tipo de elementos.
No utilizar los equipos con las manos sucias.
Apagar y desconectar correctamente los equipos una vez abandone la sala
de informática.
Respetar el horario estipulado.
Presentar un comportamiento adecuado.
Cada usuario es responsable del equipo en que trabajó, lo debe cuidar y
devolver en el mismo estado en que fue entregado.
Cumplir con este reglamento.
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ANEXO DEL PEI No. 9. MANUAL DE CONVIVENCIAS FECHA: 12-05-2014
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CAPITULO IV
DERECHOS Y DEBERES
Una buena convivencia se consigue si cada miembro de la comunidad
educativa cumple sus derechos y deberes.
ARTÍCULO 12. DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES.
Todo estudiante debe gozar de los siguientes derechos considerados como un
conjunto de preceptos y principios básicos que determinen las relaciones
sociales desde el punto de vista de las personas y la sociedad.
Participar en la organización, desarrollo y evaluación del P.E.I. (Proyecto
Educativo Institucional).
Recibir información clara y oportuna sobre las normas que se establecen en
este Manual, con el fin de que sean acatadas por convicción y necesidad
sentida de observar un buen comportamiento.
Recibir una formación integral en un proceso continuo que permita vivir en
armonía consigo mismo y con sus semejantes, que garantice un pleno
desarrollo físico, mental, moral, espiritual, cultural y social.
Ser escuchados en sus solicitudes e inquietudes, siguiendo el conducto
regular adoptado en este manual.
Tener educadores con idoneidad, competencia profesional y responsabilidad
pedagógica.
Obtener matrícula de honor siempre que mantenga el mejor promedio del
grupo y tenga buena disciplina.
Recibir estimulo cuando se lo merezca.
Recibir trato respetuoso por parte de los miembros de la comunidad
educativa, sin discriminación de credo, raza, sexo, apariencia, idioma,
posición política o económica.
Disponer de un espacio físico de adecuada calidad en el aula de clase que le
permita desarrollar su proceso de formación integral.
Recibir asesoría informativa y académica en el momento que lo requiera.
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Contar con un seguimiento y orientación a lo largo de su formación que le
ayude a su crecimiento personal y preparación para un futuro profesional y
descubrimiento de su vocación.
Conocer los desempeños de las distintas asignaturas antes de ser
desarrollados.
Ser evaluado con objetividad en el desempeño de su proceso de obtención
de los logros programados.
Participar de los refuerzos, a través de las actividades pedagógicas
complementarias especiales programadas para la nivelación de los
estudiantes que presenten dificultades en los desempeños.
Contar con la distribución adecuada y graduadas de trabajos, tareas, talleres
y evaluaciones sin sobrepasar de hasta tres evaluaciones de una misma
fecha con previo aviso.
Tener según horario, un tiempo destinado al descanso, la recreación y la
alimentación.
A elegir y ser elegido miembro en alguna instancia u órgano del gobierno
escolar siempre y cuando pueda demostrar haber procedido de acuerdo a lo
establecido en este manual.
Representar a la Institución en los eventos para los cuales sea elegido de
acuerdo con las bases reglamentarias de cada uno de ellos y considerando
su buen desempeño académico y/o disciplinario.
Participar positivamente de las actividades que se adelantan para la
ejecución de los proyectos pedagógicos de la institución.
Conocer los resultados de sus evaluaciones y de su desempeño en general
antes de ser consignada y procesada la información y solicitar su
rectificación en caso de comprobado un error, omisión o cualquier otra razón
válida.
Desarrollar su creatividad social, científica, artística y deportiva, para
enriquecer y actualizar su cultura personal, representando a la institución.
A no ser amenazado, intimidado o ridiculizado en público o en privado.
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PROCESO MEJORAMIENTO INSTITUCIONAL PAGINA: 24 de 74
Las alumnas embarazadas tendrán sus licencias o incapacidades sin contarles las fallas, de acuerdo con las normas vigentes sobre el particular, presentando los respectivos soportes.
Tener acceso oportuno y sin discriminación a los servicios que ofrezca la institución.
A no ser amenazado o intimidado por parte de ningún miembro de la
comunidad educativa en forma directa, indirecta, o por medios electrónicos
Solicitar y obtener permiso de ausentarse de la Institución cuando las
condiciones lo requieran teniendo en cuenta que cada área se pierde cuando
el alumno deja de asistir a la cuarta parte del tiempo previsto para las
actividades pedagógicas respectivas.
A que se le guarde la respectiva reserva, por informaciones o documentos que suministre sobre situaciones anómalas de convivencia que se observen en el plantel.
ARTÍCULO 13. DEBERES DE LOS ESTUDIANTES.
El deber es la obligación moral y legal que asume el ser libre frente a sí mismo,
a los demás y a la ley.
La violación de estos deberes se constituye en faltas (LEVES Y FALTAS GRAVES) según la naturaleza de las mismas y el daño que causen a cualquier miembro dentro o fuera de la Institución.
YO, COMO ALUMNO DEL COLEGIO ----------------- ME COMPROMETO A:
Rendir académicamente, cumpliendo con sus responsabilidades y todos los
procesos que conlleven a su formación integral.
Respetar y acatar las normas establecidas por la Institución contempladas
en este manual.
Cumplir con las responsabilidades académicas y demás eventos
programados para su formación integral.
Llevar correctamente el uniforme completo, tanto el de diario como el de
educación física, en forma obligatoria y solo durante la jornada escolar.
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ANEXO DEL PEI No. 9. MANUAL DE CONVIVENCIAS FECHA: 12-05-2014
PROCESO MEJORAMIENTO INSTITUCIONAL PAGINA: 25 de 74
El uniforme es el siguiente:
De diario masculino: pantalón largo clásico azul turquí en dril, camisa con el
escudo de la institución, zapatos negros y medias azul, la camisa lucirá
encajada.
De diario femenino: falda de pliegue color verde a cuadros en garbandina,
blusa blanca encajada con el escudo de la institución, zapatos negros, medias
color blanco.
De educación física y deporte masculino y femenino: sudadera color verde
con vivos blanco con el logotipo del colegio. La camiseta se lleva por fuera,
zapatos tenis completamente blancos y medias color blanco.
Parágrafo Nº 1:
Los varones deben mantener un corte de cabello clásico, no usar ni aretes ni
tatuajes. Además, mantener los zapatos lustrados.
Las niñas no deben venir maquilladas ni usar esmaltes con tonos fuertes
para las uñas, en el Colegio solo pueden usar ganchos, colas y accesorios
que guarden relación con los colores del uniforme (blanco y verde).
Igualmente los zapatos deben ir lustrados.
Respetarse a sí mismo y respetar a sus compañeros y demás miembros de
las distintas instancias de la Institución.
Participar activamente en todas las actividades pedagógicas programadas
por los docentes con seriedad y responsabilidad.
Permanecer en el aula de clase o en lugar señalado por el docente para
desarrollar la actividad durante los periodos de clase en ausencia del
profesor.
Cuidar y utilizar adecuadamente mi lugar de trabajo, pupitre, laboratorio, taller, restaurante, biblioteca, baños, campos deportivos y materiales destinados a mi educación y en general a toda la estructura física de la institución.
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Abstenerse de practicar dentro de la Institución los coloquios amorosos o
cualquier tipo de relación sexual.
Abstenerse a consumir alimentos, meriendas y toda clase de dulces durante
los periodos de clase.
Mantener aseado su lugar de trabajo y sus alrededores.
Respetar el turno y mantener el orden en la tienda escolar.
Depositar los desechos residuales de comida y lo que se consuma en el
descanso en las canecas que se encuentran ubicadas en distintos sitios del
colegio.
Respetar y conservar el medio ambiente, manteniendo una adecuada
relación con su entorno ecológico.
Abstenerse de salir de la institución durante el horario de clase, sólo podrá
hacerlo en situaciones de extrema necesidad con la debida autorización de
rectoría y/o coordinación.
Mantener buen comportamiento y participar con responsabilidad en los
eventos que le corresponda representar a la Institución.
Llevar oportunamente a los padres y/o acudientes toda la información o
citación emanada de la Institución.
Usar vocabulario adecuado dentro y fuera del colegio.
Permanecer durante los descansos en los sitios asignados por los directivos
y docentes.
Cumplir con las normas establecidas para usos correctos de biblioteca,
audiovisuales, sala de informática, laboratorios, escenarios, servicios
sanitarios y tienda escolar y otros lugares de servicios que ofrezca la
Institución.
Observar normas de respeto, urbanidad y buenas costumbres, con los
demás, durante los actos sociales y culturales.
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ANEXO DEL PEI No. 9. MANUAL DE CONVIVENCIAS FECHA: 12-05-2014
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Responsabilizarse por las prendas o dinero que traigan al colegio.
Abstenerse a practicarse estilos de corte de cabellos extravagantes o
cambios en su color natural, atentatorios contra las buenas costumbres
estéticas y de uniformidad en el comportamiento de la comunidad.
No tener distractores en el salón de clases (celulares, walkman, mp3-4 u
objetos que el profesor no les haya solicitado).
Portar y utilizar el celular u otro elemento electrónico bajo mi
responsabilidad, solamente en los momentos de descanso o receso escolar,
pudiendo ser decomisado para que lo entreguen a mis padres cuando lo
utilice en clase, eventos o ceremonias de comunidad.
Observar un espíritu de convivencia respetuoso con los miembros de la comunidad educativa, brindándoles un trato cortés, sin agredirlos física ni verbalmente, utilizando un lenguaje adecuado acorde con el respeto a las personas.
Respetar la manera de pensar, sentir, actuar, vestir, aspecto físico personal
de mis compañeros y demás miembros de la comunidad educativa
No portar armas de fuego, cortopunzantes, joyas o accesorios de mucho
valor.
No incurrir ni participar en prácticas de ritos, cultos satánicos o similares, u otros grupos sociales que causen daño a su integridad personal o de la comunidad educativa, dentro o fuera del plantel.
Acatar las normas y reglamentos de este manual.
El INCUMPLIMIENTO de los anteriores deberes se constituyen en FALTAS
LEVES, pero cuando se efectúan de manera reiterada se vuelven FALTAS
GRAVES, de acuerdo con el análisis que haga el Comité de Convivencia
Escolar.
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ARTÍCULO 14. DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA.
Son derechos de los padres de familia:
Informarse del proceso de formación que siguen sus hijos en el colegio.
Dialogar sobre problemas y dificultades en el proceso de formación de sus
hijos.
Ser apoyados en sus problemas y dificultades en el proceso de formación de
sus hijos.
Ser apoyados en sus decisiones frente a sus hijos siempre y cuando sea en
beneficio de los mismos.
Formar parte de la Asociación de Padres de Familia.
Hacer reclamos justos y respetuosos dentro del tiempo fijado y a través de
los mecanismos contemplados en el presente manual.
Conocer oportunamente las investigaciones y sanciones que afecten a sus
hijos o acudidos.
Elegir y ser elegido como representante de los padres de familia ante el
Conejo Directivo.
Conocer el cuerpo de profesores y sus respectivos horarios de atención de
casos especiales.
Ser citado y atendido oportunamente.
Ser escuchado y atendido por las directivas y demás miembros de la
comunidad educativa con el respeto que merecen todas las personas.
Participar en la elaboración y construcción de este manual.
ARTÍCULO 15. DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTE
Los padres de familia son la base para la formación integral del estudiante.
Son deberes de los Padres de familia o acudientes:
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Vivenciar la filosofía de la institución.
Respetar y acatar todas las normas contempladas en este manual.
Asistir puntualmente a todas las reuniones y/o citaciones programadas por la
institución.
Responder por la buena presentación personal, modales y comportamiento
de sus hijos.
Justificar oportunamente por escrito la ausencia de sus hijos o acudidos a
cualquier actividad programada por la institución.
Acompañar a sus hijos o acudidos, en los trabajos de extractases de
afianzamiento, profundización o recuperación de logros.
Velar por el cumplimiento de las obligaciones escolares y responsabilidades
de su hijo o acudido.
ARTÍCULO 16. DERECHOS DE LOS PROFESORES.
Son derechos de los profesores:
Tener oportunidad de elegir y ser elegido como miembro del Consejo
Directivo, Consejo Académico, Comité de evaluación y Promoción de la
Institución.
Participar en actividades académicas, culturales, sociales y deportivas en
representación del plantel.
A recibir atención respetuosa, afable y sincera de dialogo por parte de los
estamentos de la comunidad educativa.
Participar en los cursos de capacitación o de actualización que se ofrezca en
el plantel.
Presentar proyectos educativos orientados al mejoramiento de la calidad de
la educación en la Institución.
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Presentar sus descargos y pruebas oportunamente ante el Consejo Directivo
en caso de ser sindicado de alguna falta.
Recibir estímulos por buen desempeño en las labores académicas,
culturales y comunitarias realizadas en el plantel.
Derecho a conocer mensualmente un informe escrito de parte de la
Coordinación sobre las inasistencias de las labores curriculares y
extracurriculares.
Las decisiones del Consejo de Profesores serán respetadas por todos los
entes administrativos.
Respeto por su dignidad, identidad, diferencias étnicas, religiosas e
ideológicas.
Recibir un salario y prestaciones sociales.
A los bienes y recursos necesarios para lograr los objetivos de la educación.
A la libre y respetuosa expresión de conceptos y opiniones.
A un proceso de seguimiento y evaluación profesional orientado al
mejoramiento continúo.
ARTÍCULO 17. DEBERES DE LOS PROFESORES.
Son deberes de los profesores:
Asistir puntualmente a las actividades curriculares y extracurriculares
asignadas en el horario y en el plan de actividades anuales.
Mantener la disciplina de los estudiantes en el salón de clases y fuera de él.
Fomentar el dialogo con los educandos para conocerlos mejor y lograr
buenas relaciones humanas y de convivencia en el salón de clases.
Concertar con los estudiantes la metodología y la forma de cómo evaluar.
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Atender con puntualidad los reclamos y las sugerencias prestadas por los y
las estudiantes y presentar alternativas de solución.
Dedicar cada vez que sea necesario algunos minutos o toda la hora de
clases en orientaciones, consejos, prevenciones, etc.
Dar a conocer los logros a los estudiantes.
Es deber del docente controlar la asistencia.
Llevar en orden y al día los libros reglamentarios.
Revisar, corregir y asignar juicios valorativos a cuadernos, informes, talleres,
tareas y todo trabajo realizado por los estudiantes y devolverlos a los
mismos.
Cumplir con la intensidad horaria planificada para la asignatura.
Presentar de forma oportuna a la Coordinación la excusa cuando por fuerza
mayor no pueda asistir al plantel.
Participar en las actividades programadas por la institución.
Respetar y dar buen trato a los estudiantes, directivos, administrativos,
profesores, personal operativo y padres de familia.
Participar en la planeación, organización y ejecución de actividades del
plantel, elaboración y evaluación del Proyecto Educativo Institucional P.E.I.,
el plan de mejoramiento y autoevaluación institucional.
Ningún profesor podrá incitar o estimular a los estudiantes, compañeros y
personal general a realizar actos que vayan en contra de la convivencia
pacífica de la Institución.
Evaluar con el asesor de grupo y el coordinador de disciplina la falta
cometida en su presencia por uno o más estudiantes, cuando la falta
amerite.
Colaborar con la coordinación para mantener el orden y el respeto en el
plantel.
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ANEXO DEL PEI No. 9. MANUAL DE CONVIVENCIAS FECHA: 12-05-2014
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Dictar sus horas de clases completas.
Cumplir con las fechas pactadas con los estudiantes para recuperar logros.
Ingresar al salón de clases una vez suene el timbre para evitar brotes de
indisciplina entre los estudiantes.
Comportarse de tal forma que inspire respeto y la confianza de los
estudiantes y sus padres.
Velar permanentemente por el bienestar físico, afectivo, mental, moral y
social de los alumnos.
Adoptar nuevas tecnologías, sistemas, estrategias pedagógicas, etc. para el
progreso de los alumnos y de la Institución.
Asistir a las reuniones administrativas, de docentes, de padres de familia o
extracurriculares que se programen o requieran.
Contribuir a la buena marcha de la Institución en un ambiente de amor y
fraternidad.
Utilizar con responsabilidad los bienes y servicios del colegio.
Entregar oportunamente los planes, informes y evaluación, registros y
demás comunicaciones escolares, a los diversos miembros de la comunidad
escolar.
Solicitar permiso por escrito y anticipación a los directivos de la institución
justificándolo en caso de ausencia prolongada.
Cumplir todas las disposiciones contempladas en este manual.
ARTÍCULO 18. DERECHOS DE LOS DIRECTIVOS.
Los directivos tendrán los mismos derechos que los profesores.
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ANEXO DEL PEI No. 9. MANUAL DE CONVIVENCIAS FECHA: 12-05-2014
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ARTÍCULO 19. DEBERES DE LOS DIRECTIVOS.
Son deberes de los directivos:
Orientar el proceso con la asistencia del Consejo Académico.
Apoyar las actividades que resalten el buen nombre de la Institución.
Velar por el cumplimiento de las funciones por parte de los docentes.
Promover el proceso continuo del mejoramiento de la calidad de educación.
Mantener una clara y precisa comunicación con los distintos estamentos del
plantel.
Actuar con diligencia y serenidad frente a las actividades que le
correspondan.
Oficiar a los educadores reincidentes por su ausencia de las actividades
curriculares y extracurriculares.
Procurar el buen funcionamiento de la Institución y dar solución a los
problemas que se pudieran presentar en el desarrollo de las actividades
escolares.
Dirigir el planeamiento, organización y ejecución del Proyecto educativo
Institucional (P.E.I.), plan de mejoramiento y Autoevaluación Institucional.
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CAPITULO V
CONVIVENCIA ESCOLAR, ACOSO ESCOLAR (BULLYING), EDUCACIÓN PARA LA SEXUALIDAD, Y COMITE ESCOLAR
Para el desarrollo del presente capitulo, se entienden como situaciones de
Matoneo o Bullying las siguientes, de conformidad con el DECRETO 1965 de
2013:
ARTÍCULO 20. CONFLICTOS.
Son aquellas situaciones que se presentan por incompatibilidad real o percibida
entre uno o varios alumnos frente a sus intereses.
Conflictos Manejados Inadecuadamente. Son las situaciones en las que los
conflictos iniciales no son resueltos de manera constructiva, y se prestan para
afectar la convivencia escolar, como: enfrentamientos o riñas entre dos o más
alumnos, o altercados, en que por lo menos uno de los implicados sea
estudiante y no resulte una afectación al cuerpo o a la salud de cualquiera de
los involucrados.
ARTÍCULO 21. AGRESIÓN ESCOLAR.
Son las acciones realizadas por uno o varios integrantes de la comunidad
escolar, que afecta negativamente a otros miembros de la comunidad, de los
cuales por lo menos uno es estudiante. La agresión puede ser:
Agresión Física. Son las acciones que tienen como finalidad causar
daño al cuerpo o a la salud de otra persona, utilizando puñetazos,
patadas, empujones, cachetadas, mordiscos, rasguños, pellizcos, jalón
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de pelo, o lesiones causadas con elementos de uso escolar como
bisturí, lápices, compás o cualquier otro elemento corto punzante.
Agresión Verbal. Son las acciones que con palabras buscan degradar,
humillar atemorizar, para descalificar a otros, tales como insultos,
apodos ofensivos, burlas y amenazas.
Agresión Gestual. Son las acciones con las que se pretende degradar,
humillar, atemorizar o descalificar a otros utilizando gestos.
Agresión Relacional. Son las acciones que afectan negativamente las
relaciones que tienen otros, como la exclusión de grupos, aislar
deliberadamente y difundir rumores o secretos buscando afectar
negativamente la imagen que tiene un alumno frente a otro.
Agresión Electrónica. Es toda acción que afecta negativamente a otros
utilizando medios electrónicos, tales como la divulgación de fotos o
videos íntimos o humillantes en internet, realizar comentarios
insultantes u ofensivos sobre otros a través de redes sociales, y enviar
correos electrónicos o mensajes de texto insultantes u ofensivos, bien
sea de manera anónima o revelando la identidad de quien los envía.
ARTÍCULO 22. ACOSO ESCOLAR (BULLYING).
Se considera toda conducta negativa, intencional metódica y sistemática de
agresión, intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción
aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de
maltrato psicológico, verbal, físico, o por medios electrónicos contra cualquier
estudiante por parte de un alumno o varios con quienes mantiene una relación
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ANEXO DEL PEI No. 9. MANUAL DE CONVIVENCIAS FECHA: 12-05-2014
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de poder asimétrica, que se presenta de forma reiterada a lo largo de un tiempo
determinado. También puede ocurrir por parte de los docentes contra
estudiantes, o de estudiantes contra docentes, ante la indiferencia o
complicidad de su entorno.
Ciberacoso Escolar (ciberbullying). Es toda forma de intimidación con
uso deliberado de tecnologías de información, (internet, redes sociales
virtuales, telefonía móvil, y video juegos on line) para ejercer maltrato
psicológico y continuo.
Violencia Sexual. Es todo acto o comportamiento de tipo sexual sobre
un niño, niña o adolecente, utilizando la fuerza o cualquier medio de
presión física, psicológica o emocional, aprovechando las condiciones
de indefensión, desigualdad y relaciones de poder existentes entre
víctima y agresor.
Vulneración de los Derechos de los Educandos. Son situaciones de
daño, lesión o perjuicio, que impide el ejercicio pleno de sus derechos.
Restablecimiento de los Derechos de los Alumnos. Es el conjunto de
actuaciones administrativas, pedagógicas o de otra naturaleza que se
desarrollan para restablecerles su dignidad e integridad como sujetos de
derechos, y de su capacidad para disfrutar de los derechos que le han
sido vulnerados.
ARTÍCULO 23. CLASIFICACIÓN DE LAS SITUACIONES QUE AFECTAN LA CONVIVENCIA ESCOLAR, EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS HUMANOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOS
De acuerdo con el tipo de agresión, la periodicidad de la misma y la
gravedad, se clasifican en tres tipos:
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ANEXO DEL PEI No. 9. MANUAL DE CONVIVENCIAS FECHA: 12-05-2014
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Tipo I. Son los conflictos manejados inadecuadamente y los que
esporádicamente inciden negativamente en el clima escolar, y que en
ningún caso generan daños al cuerpo o a la salud.
Tipo II. Son las situaciones de agresión escolar, acoso escolar, (bullying)
y ciberacoso (ciberbullying), que no revistan las características de la
comisión de un delito, y que cumplan con alguna de las siguientes
situaciones :
Que se presenten de manera repetida o sistemática.
Que causen daños al cuerpo o a la salud sin que se genere
incapacidad para cualquiera de los involucrados.
Tipo III. Son las situaciones de agresión escolar que se constituyen
presuntamente en delitos contra la libertad, integridad y formación
sexual, o se constituya en cualquier otro delito definido en la ley penal
colombiana.
ARTÍCULO 24. RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR
En la institución educativa se desarrollará la Ruta de Atención Integral,
de conformidad con los siguientes parámetros:
Se identificarán los riesgos de mayor ocurrencia que afecten la convivencia
escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, a
partir de los casos particulares que se observen en cada aula o en
cualquiera de los espacios físicos de la institución, la cual se hará por parte
de cada docente, director de grupo, coordinadores, orientadores escolares
o cualquier otro miembro de la comunidad educativa.
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ANEXO DEL PEI No. 9. MANUAL DE CONVIVENCIAS FECHA: 12-05-2014
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Para el tratamiento de posibles manifestaciones de acoso o matoneo de
cualquier tipo detectado en alguno de los estudiantes, se realizará un
análisis de las características familiares, sociales, políticas, económicas y
culturales que rodean al alumno, y que posiblemente están influyendo en
las relaciones interpersonales de la comunidad educativa. Este análisis lo
inicia y realiza el docente conocedor de la situación.
Si en esta etapa el docente detecta cuál de los anteriores factores están
incidiendo en el comportamiento del estudiante, procederá a fortalecer las
acciones que contribuyan a la mitigación para vincular al proceso a los
padres de familia, comité de convivencia, servicio de orientación escolar,
rectoría, consejo directivo o cualquier otra instancia externa como ICBF,
Comisaria de familia, Policía de infancia y adolescencia, comité municipal, o
de la entidad territorial de convivencia escolar, u otras que por
disposiciones legales hagan sus veces en el municipio.
ARTÍCULO 25. PROTOCOLOS DE LA INSTITUCION
Los procedimientos que se realizarán en el establecimiento para detectar,
solucionar o sancionar las violaciones a la convivencia escolar por parte de
algunos de sus miembros serán:
A través del docente de área, grado, o coordinador del plantel, se
recibirán y radicarán las quejas o informaciones que presente cualquier
miembro de la comunidad educativa, que afecten la convivencia escolar
y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.
Una vez recibidas las quejas, se abrirá un folder o carpeta en físico o en
medio electrónico, garantizando el derecho a la intimidad y a la
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ANEXO DEL PEI No. 9. MANUAL DE CONVIVENCIAS FECHA: 12-05-2014
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confidencialidad, en la cual se recoja la información suministrada por las
personas que intervengan en las actuaciones, y de toda información que
se genere dentro de las mismas, establecidos en la Constitución de
Colombia, los tratados internacionales, en la Ley 1098 de 2006, en la ley
estatutaria 1581 de 2012, en el Decreto 1377 de 2013 y otras
disposiciones aplicables a la materia.
Para proteger la integridad y confidencialidad de quien informe sobre la
ocurrencia de situaciones que afecten la convivencia escolar, será
responsabilidad de quienes reciban la queja y manejen el problema.
Como estrategia y alternativa de solución el Rector de la institución,
luego de haber agotado las instancias de consulta con el docente
conocedor del problema y el Comité de convivencia, llamará a los
acudientes de los alumnos implicados, para buscar acuerdos de
convivencia familiares y pedagógicos, que permitan la solución y
terminación del conflicto entre uno o varios estudiantes.
Si una vez firmados compromisos en la institución por parte de los
padres o tutores, alumnos, o miembros de la comunidad educativa
implicados, en un tiempo prudencial, de acuerdo a las características y
gravedad de los casos y a juicio del Comité de Convivencia, el Rector
remitirá la situación a la instancia municipal que por ley corresponda
continuar con el proceso de solucionar o sancionar a quienes incumplan
los compromisos adquiridos.
La institución hará un seguimiento de los casos y de las medidas
adoptadas, con el fin de verificar si la solución fue efectiva e informar al
comité municipal o distrital sobre el estado de las mismas, con el fin de
que estos actúen de acuerdo con lo establecido en las normas legales.
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ANEXO DEL PEI No. 9. MANUAL DE CONVIVENCIAS FECHA: 12-05-2014
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El plantel tiene a disposición de la comunidad educativa, un directorio
con los teléfonos actualizados de las entidades y personas que forman
parte del sistema nacional y regional de convivencia escolar como son:
los de la Policía Nacional, el responsable de seguridad de la Secretaria
de gobierno municipal, distrital y departamental, Fiscalía General de la
Nación en su Unidad de infancia y adolescencia, Policía de Infancia y
adolescencia ,Defensoría de familia, Comisaria de familia, Inspector de
policía, ICBF, del puesto de salud u Hospital más cercano, Bomberos,
Cruz roja, Defensa civil, de los comités de convivencia municipales,
distritales y departamentales, de los padres de familia o acudientes de
los alumnos matriculados en el establecimiento educativo.
A pesar de que la institución remita casos de convivencia escolar a otras
instancias externas, el mismo adoptará de manera inmediata medidas
propias tendientes a proteger dentro del ámbito de sus competencias, a
la víctima a quien se le atribuye la agresión y a las personas que hayan
informado o hagan parte de la situación presentada, dejando constancia
de lo actuado.
ARTÍCULO 26. ORGANIZACIÓN DEL COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA
El Comité Escolar de Convivencia, es el encargado de apoyar las funciones de
promoción y seguimiento, la convivencia escolar, a la educación para el
ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, y desarrolla y
aplica lo establecido en este manual de convivencia, y las pautas sobre la
prevención y mitigación de la violencia escolar.
CONFORMACIÓN DEL COMITÉ
El Comité estará integrado por:
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ANEXO DEL PEI No. 9. MANUAL DE CONVIVENCIAS FECHA: 12-05-2014
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El Rector quien lo convocará y presidirá. En ausencia de éste, lo dirigirá el
docente a quien designe y que lidere procesos o estrategias de convivencia
y haga parte del respectivo comité.
Un representante de los docentes como mínimo o un representante por
cada sede de la institución, el presidente del consejo de padres de familia,
un representante de la Asociación de padres de familia, el coordinador de
convivencia o (coordinador general del colegio), y el personero estudiantil.
El Comité Escolar de Convivencia sesionará por lo menos una vez cada dos
meses o en caso extraordinario, cuando las circunstancias lo ameriten, o por
solicitud de cualquiera de los integrantes del mismo.
El quórum para tomar decisiones en cualquiera de las reuniones que se
convoquen, será de la mitad más uno de los miembros que asistan, y para lo
cual se debe convocar a la totalidad de los mismos.
De todas las sesiones que se realicen se debe elaborar un Acta que debe
contener:
Lugar, fecha, hora en la cual se efectuó la reunión.
Registro de los miembros del comité que asistieron a la sesión.
Registro de los miembros que presentaron excusa debidamente
justificada.
Indicación de los medios utilizados para la citación.
Síntesis de los temas tratados en la reunión y de las acciones, medidas,
recomendaciones, conceptos adoptados y sentido de las votaciones.
Firma del Presidente del comité y de quien haga las veces de secretario
de Actas una vez haya sido aprobada por los asistentes.
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ANEXO DEL PEI No. 9. MANUAL DE CONVIVENCIAS FECHA: 12-05-2014
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Estas actas serán llevadas en folder con numeración continua y también
guardadas en medio magnético.
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ANEXO DEL PEI No. 9. MANUAL DE CONVIVENCIAS FECHA: 12-05-2014
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CAPITULO VI
ESTIMULOS, FALTAS, CORRECTIVOS Y SANCIONES.
Teniendo en cuenta que la educación es un proceso de formación permanente,
personal, cultural y social que se fundamenta en la concepción integral de la
persona humana de su dignidad, de sus derechos y deberes y de su
comportamiento.
ARTÍCULO 27. ESTÍMULOS.
La Institución Educativa “Los Volcanes” reconoce la importancia de los
estímulos, que son incentivos como medios para ayudar a mejorar y/o reforzar
ciertos comportamientos que contribuyen al desarrollo personal de cada uno de
los participantes en el proceso formativo, acorde con los fundamentos y
principios filosóficos de la Institución.
La Institución establece los siguientes estímulos:
Representar a la institución en certámenes o eventos de carácter académico, deportivo, cultural u otros a nivel local, regional o nacional.
Monitor: Desempeñarse como monitores académicos de cualquier área cuando su rendimiento y comportamiento lo ameriten.
Izada de banderas en los actos cívicos: Por distinción estudiantil.
Banderín: Por su comportamiento, disciplina, compañerismo, superación o
rendimiento académico.
Premio “excelencia”: A los estudiantes que se les distingan por su
excelente desempeño académico.
Cuadro de Honor Académico: Otorgado a estudiantes que han ocupado
los tres primes puestos de cada grado. Se publica cada fin de periodo.
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Mención de Honor: Destacar a quienes hayan sobresalido en su esfuerzo
personal y superación, actividades académicas, culturales, artísticas,
deportivas, sociales, compañerismo, antigüedad, mejor puntaje ICFES,
pruebas Saber u otras, por medio de menciones honoríficas,
condecoraciones, resoluciones rectorales o cualquier otro tipo de estímulo
no monetario.
Felicitación pública: verbal o escrita en actos especiales.
Ser elegido en órganos de representación estudiantil o administrativa
del colegio, de acuerdo con las normas legales.
Ser exonerado de las evaluaciones académicas periódicas o finales de
una o varias áreas donde presenten excelencia de rendimiento.
Publicaciones y/o exhibiciones de trabajo.
ARTÍCULO 28. FALTAS.
Las faltas pueden ser: Faltas Leves o Faltas Graves.
Faltas Leves.
Se consideran faltas leves aquellas que no causan daños o perjuicio mayor a
las personas involucradas en el hecho, son faltas leves:
Destruir o dañar objetos ajenos.
Impuntualidad a las clases u otros eventos organizados en la institución.
Desorden en la formación y actos generales de la comunidad.
Escribir o dibujar grafitis en las paredes, baños, carteleras, pupitres y demás
muebles o sitios propios de la Institución.
Realizar ventas o intercambio de objetos dentro de la Institución.
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Traer al colegio juguetes u objetos que generen distracción e impida la
atención de las clases, tales como teléfonos celulares, alarmas, radios y
demás objetos.
Descuido en la presentación personal y de sus útiles.
Portar uniforme en la calle en horarios no establecidos por la Institución o en
forma inadecuada.
Salir y entrar a clases sin la debida autorización del profesor.
Faltar a la institución por motivo de retardo en la hora de llegada.
Incumplimiento de tareas y otras responsabilidades académicas y bajo
rendimiento por negligencia o irresponsabilidad del estudiante.
Consumo de alimentos, meriendas, chicles y toda clase de dulces durante
los periodos de clase.
Sabotear la clase.
Faltas Graves.
Se consideran faltas graves aquellas que por su naturaleza atente contra los
principios morales, éticos y legales de sí mismo y de los demás, estas son:
Asistir al colegio bajo efecto de cualquier sustancia que por naturaleza altere
la estructura o funcionamiento del organismo: drogas alucinógenas,
estupefacientes, bebidas alcohólicas.
Consumir, portar o distribuir cualquiera de las sustancias anotadas dentro o
fuera de la Institución ya sea durante la jornada escolar o no.
Ausentarse de la Institución sin autorización previa del docente de turno de
disciplina o Coordinador.
Portar y/o hacer uso de armas de cualquier tipo o clase dentro o fuera de la
Institución.
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Participar, o promover riñas o grescas en predios de la Institución o en los
medios de transporte escolar.
Agredir Física, verbal, gestual, relacional y/o electrónicamente a
compañeros, docentes, administrativos, directivos y/u otro miembro de la
comunidad educativa (AGRECION ESCOLAR).
Cometer: acoso escolar (bullying) o matoneo, ciberacoso escolar
(ciberbullying), violencia sexual, contra; compañeros, docentes,
administrativos, directivos y/u otro miembro de la comunidad educativa.
Apropiarse o tomar cualquier clase de objetos de sus compañeros,
profesores o de la Institución como: dinero, útiles escolares, loncheras,
termos, etc.
Alterar, adulterar, falsificar documentos o firmas propias de los profesores o
de la Institución.
Realizar actividades de recolección de fondos para cualquier actividad sin
autorización del Rector del colegio.
Testimoniar falsa y calumniosamente con acusación o señalamiento que
denigren de la integridad personal de sus compañeros, profesores, directivos
y empleados de servicio.
Destruir o dañar deliberadamente objetos y bienes ajenos.
Irrespeto a sus compañeros, profesores, directivos y demás instancias de la
Institución.
Observar mal comportamiento en los eventos y escenarios en los que asista
en representación de la Institución.
Actitudes y comportamientos que a juicio de las directivas de la Institución se
consideren violatorias de las normas contempladas en este manual.
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ANEXO DEL PEI No. 9. MANUAL DE CONVIVENCIAS FECHA: 12-05-2014
PROCESO MEJORAMIENTO INSTITUCIONAL PAGINA: 47 de 74
ARTÍCULO 29. CORRECTIVOS Y SANCIONES
Los correctivos o sanciones se darán de acuerdo con el análisis y seguimiento
del comportamiento del estudiante.
La aplicación de una sanción tiene como finalidad proporcionar al alumno una
experiencia correctiva y formativa que le permita orientar su comportamiento
hacia normas y valores positivos.
Teniendo en cuenta la gravedad de la falta y la frecuencia en que se dé, se
aplicaran las siguientes sanciones:
1. Amonestación en privado.
2. Firma del control disciplinario.
3. Amonestación pública.
4. Firma del libro de disciplina (3 veces) y notificación a los padres.
5. Retiro temporal de clase.
6. Matricula Condicional.
7. Cancelación de la matricula
PARA LAS FALTAS GRAVES en que incurra un estudiante en las situaciones del artículo 28, de este reglamento se aplicaran las siguientes sanciones: Para sancionarlas faltas graves, se identifica, individualiza y define
plenamente las características de la falta y quien o quienes la cometieron.
Escuchar al inculpado en primera instancia por parte del docente que haya conocido de la misma, y en caso de que se amerite se enviará al Comité de convivencias.
El director de grupo del estudiante implicado con el Comité Escolar de
Convivencia, establecerá la gravedad de la falta y procederá a convocar a los padres o tutores del alumno para formularle el pliego de cargos o acusaciones a que haya lugar, con el fin de que éste tenga la oportunidad de presentar la versión, pruebas o testigos para asumir su legítima defensa.
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De acuerdo con los cargos que le impute el Comité Escolar de Convivencia y los descargos que haga el implicado, se tomará la decisión de aplicar una sanción disciplinaria que puede consistir en firmar un Acta de compromiso con la familia, sobre la observancia de buen comportamiento futuro, semiescolarizarlo, o retirarlo definitivamente del plantel cancelándole la matricula, para lo cual podrá interponer los recursos de reposición ante rectoría o de apelación ante el Consejo Directivo, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la sanción.
Mientras se toma la decisión final sobre los recursos presentados por el
alumno, puede continuar asistiendo al plantel hasta que quede en firme la
misma.
Para la cancelación de la matrícula, el Comité Escolar de Convivencia
presentará un Acta con lo actuado en el proceso disciplinario al alumno, y
las respectivas recomendaciones ante rectoría.
El Rector reunirá el Consejo Directivo para que por Acuerdo, aplique la
sanción de cancelación de matrícula, y rectoría la dejará en firme mediante
Resolución, la cual será notificada al alumno y su tutor.
ARTÍCULO 30. PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE SANCIONES
El procedimiento para la aplicación de sanciones es el siguiente:
1. Amonestación en privado. Consiste en dialogar con el estudiante para
persuadirlo de su conducta errónea y para fijar compromiso. La debe
aplicar el director de grupo o el coordinador quien debe dejar constancia
de las faltas cometidas, para iniciar su seguimiento.
2. Firma del control disciplinario. El Comité de convivencias, llevará un
registro de control disciplinario en el que se consignaran en forma
descriptiva, las faltas cometidas por los estudiantes y los compromisos
que ellas generan.
3. Amonestación pública. Cuando la gravedad de la falta lo amerite se
amonestara públicamente en forma verbal y/o escrita a los alumnos,
interviene el Comité de convivencias.
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4. Firma del libro de disciplina y notificación a los padres. Se notificara
a los padres y se firma el libro de disciplina por primera vez. Interviene el
comité de Convivencias y el rector y se informa a los padres de familia
en presencia del estudiante, para analizar en forma conjunta el problema
y tomar las medidas necesarias.
De este dialogo se dejara constancia escrita, con fijación de compromiso mediante un contrato pedagógico (que puede ser por escrito o mediante una exposición ante el curso, y cuyo tema sea afín a la falta cometida y con el compromiso de mejorar, en la que reflexione sobre los alcances y consecuencias de sus acciones) Firma por segunda vez del libro de disciplina; se notifica nuevamente a los
padres de familia, quienes igualmente deben firmar, cuando la conducta
reincide y se rebaja la disciplina.
Firma por tercera vez del libro de disciplina; interviene el Consejo
Académico para determinar el retiro temporal de clase.
5. Retiro temporal de clase, puede ser uno a tres días según la gravedad de
la falta. La suspensión temporal de clase no puede afectar al rendimiento
académico, por lo tanto el estudiante tiene derecho a que se le practique a su
regreso las evaluaciones realizadas durante su ausencia.
6. Matricula condicional. Se elabora una resolución rectoral donde se
relacionan los hechos. Se firma un convenio de compromiso.
7. Cancelación de matrícula y pérdida del cupo: se suspende
definitivamente al estudiante y pierde el derecho a continuar estudiando en la
institución el siguiente año.
Esta determinación debe tomarse mediante resolución motivada del Rector,
con base en el acta de consejo Directivo que aprobó la medida. También se
requiere aprobación de la sanción por parte de la división de orientación
pedagógica de la secretaria de la educación departamental con base en la
investigación realizada por los supervisores de educación o del director de
Núcleo.
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ARTÍCULO 31. ATENUANTE Y AGRAVANTE DE LA FALTA
En la aplicación de las sanciones se pueden considerar atenuantes como:
El buen comportamiento demostrado en el colegio.
Cuando el estudiante este afectado por situaciones emocionales o de
salud.
Las conductas originadas por reacción a provocaciones.
La no intencionalidad de las faltas.
La confección oportuna de culpabilidad.
Se considera como Agravantes las siguientes situaciones:
Reincidencia en la comisión de la falta.
La premeditación y mala intención
El no reconocimiento de la falta cometida en forma oportuna.
ARTÍCULO 32. INSTANCIA DE LA INSTITUCIÓN
Para el funcionamiento adecuado de la institución educativa los Volcanes en
sus partes organizativas, cuenta con las siguientes instancias:
RECTOR: Es el representante del establecimiento ante las autoridades
educativas y ejecutor de las decisiones del gobierno escolar.
COMITÉ DE CONVIVENCIA: Es el encargado de apoyar las funciones de
promoción y seguimiento, la convivencia escolar, a la educación para el
ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, y desarrolla y
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aplica lo establecido en este manual de convivencia, y las pautas sobre la
prevención y mitigación de la violencia escolar.
COORDINADOR ACADEMICO: Es quien supervisa la ejecución del plan de
estudios, la atención de los estudiantes en aspectos académicos y el
desempeño de los docentes en el ejercicio de sus funciones. Supervisa el
cumplimiento manual de convivencia al pleno desarrollo de la personalidad de
los educando dentro de un proceso de formación.
DIRECTOR DE GRUPO: Es un asesor del proceso educativo y de la dinámica
del grupo que tiene a su cargo, de tal forma que promueve la participación
activa del educando en su propia formación integral.
DOCENTE DE TURNO DE DISCIPLINA: Supervisa la disciplina de los
estudiantes, toque de timbre, cierra y abre los salones de clase y dirige la
formación.
DOCENTE: Es un orientador del proceso de formación, enseñanza y
aprendizaje de los educandos, acorde con las expectativas sociales, ética y
morales de la familia y la sociedad.
PERSONERO: Es un alumno que cursa el ultimo grado que ofrece la institución
y actúa como el representante de los estudiantes para promover el ejercicio de
sus derecho y deberes consagrado en la constitución política, las leyes, los
reglamentos y el manual de convivencia.
MONITOR: Es un estudiante que por excelente desempeño académico, el
docente del área le asigna funciones de asistencia a los compañeros que
requieran refuerzo, y de apoyo pedagógico.
ARTÍCULO 33. CONDUCTOR REGULAR.
En el caso de que el estudiante necesite ser escuchado por cualquier inquietud
y/o reclamación, deberá seguir el siguiente conducto regular en el orden
establecido.
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1. Profesor de Asignatura
2. Director de Grupo
3. Comité de Convivencias.
4. Coordinador de Disciplina académica
5. Rector
6. Consejo Académico
7. Consejo Directivo
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CAPITULO VII
GOBIERNO ESCOLAR
El gobierno escolar de la Institución Educativa Los Volcanes está
fundamentado en la ley 115 de 1994, en su decreto reglamentario 1860 del
mismo año que le da una plena participación a la comunidad educativa.
Los Órganos del gobierno escolar son:
1. El Consejo Directivo
2. El Consejo Académico.
3. El Rector.
ARTÍCULO 34. CONSEJO DIRECTIVO.
El Consejo Directivo de la Institución Educativa Los Volcanes está conformado
así:
Rector
Dos representantes de los docentes.
Dos representantes de los padres de familia.
Un representante de los alumnos.
Un representante del sector productivo.
En cuanto a la elección de los representantes se eligen así:
Los representantes de los docentes se postulan voluntariamente con previa
convocatoria de todo el profesorado.
Los representantes de los padres de familia, se eligen por mayoría de votos
en una asamblea de padres de familia.
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El representante de los alumnos se elige por elección democrática de todos
los miembros del Consejo Estudiantil mediante votación simple y debe ser
del grado Undécimo (11º).
El representante de los exalumnos es elegido por el consejo directivo.
El representante del sector productivo, será escogido por el consejo directivo
de candidatos propuestos.
PARAGRAFO 1: En estos representantes no hay derecho a suplentes; en caso
de renuncia o ausencia de alguno de ellos, se nombra al que sigue en el nivel
de votación correspondiente.
El consejo se reúne ordinariamente por periodo y extraordinariamente cuando
el Rector o tres (3) de sus miembros lo estimen conveniente. Sus decisiones se
adoptarán por la mitad más uno de sus integrantes.
PARAGRAFO 2: El Consejo de los Estudiantes conformado por los alumnos
representantes de cada grado será un órgano asesor y de apoyo al
representante ante el Consejo Directivo y al personero de los estudiantes.
ARTÍCULO 35. CONSEJO ACADÉMICO.
El consejo académico como órgano consultor y asesor del Consejo Directivo
constituye una instancia superior que delimita la orientación pedagógica de la
Institución y las políticas relacionadas con el proceso de aprendizaje en los
campos de metodología, evaluación y promoción.
El Consejo Académico está conformado por los siguientes miembros:
El Rector
El Coordinador Académico.
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Un Docente por cada área definida en el plan de estudio.
El consejo académico se reunirá cuando sea citado por el rector(a), el
coordinador académico o tres (3) de sus miembros que lo estimen conveniente.
Sus decisiones serán adoptadas por la mitad más uno de sus miembros
presentes.
ARTÍCULO 36. PERSONERO DE ESTUDIANTES.
El personero de los estudiantes es un alumno del grado undécimo (11º)
encargado de promover el ejercicio de los deberes y derechos de los
estudiantes y presentar al Consejo Directivo y al Consejo Académico las
solicitudes de sus compañeros sin desconocer la filosofía de la Institución, las
normas existentes y el manual de convivencia.
El personero de los estudiantes será elegido durante 30 días, calendario
siguiente al de la iniciación de las clases de un periodo electivo anual. Para tal
efecto el Rector convocará a todos los estudiantes matriculados con el fin de
elegir por el sistema de mayoría simple y mediante voto secreto.
El ejercicio del cargo de personero de los estudiantes es incompatible con los
representantes de los estudiantes ante el Consejo Directivo.
PARAGRAFO 1: El personero debe tener un excelente comportamiento,
desempeño académico bueno, caracterizarse por valores cívicos y morales
como la lealtad, sinceridad, ecuanimidad, honradez, responsabilidad y gozar
del aprecio de sus compañeros.
PARAGRAFO 2: Cuando el personero infrinja las normas comportamentales
académicas de la Institución, será relevado por su segundo (2º) en votación
mediante decisión resolutiva del Consejo Directivo.
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ARTÍCULO 37. CONSEJO DE ESTUDIANTES.
En la Institución educativa “Los Volcanes” el Consejo de Estudiantes es el
máximo órgano colegiado que asegura y garantiza el continuo ejercicio de la
participación por parte de los estudiantes.
Estará integrado por un vocero de cada uno de los grados.
El consejo directivo deberá convocar en una fecha dentro de las cuatro
primeras semanas del calendario académico, sendas asambleas integradas por
los alumnos que cursen cada grado, con el fin de que elijan de su seno
mediante votación secreta, un vocero estudiantil para el año lectivo en curso.
Los alumnos de nivel preescolar y de grado primero, segundo y tercero serán
convocados a una asamblea conjunta para elegir a un vocero único entre los
estudiantes que cursan el grado tercero (3º).
Corresponde al consejo estudiantil:
Darse su propia organización interna.
Elegir al representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo y
asesorarlo en el cumplimiento de su representación.
Invitar a sus deliberaciones aquellos estudiantes que presenten iniciativas
sobre el desarrollo de la vida estudiantil y ser garantes y promotores de las
buenas relaciones humanas y de una oportuna comunicación.
Organizar su propio organigrama de reuniones procurando hacer uno por
periodo para no perder trabajo de aula o extraordinariamente cuando sea
necesario.
Presentar iniciativas que ayuden a cuantificar el servicio educativo.
Analizar con el Rector y Coordinador las situaciones difíciles que se
presenten a nivel de desempeño académico comportamiento para proponer
estrategias de mejoramiento.
Velar por el buen comportamiento y desempeño de los estudiantes.
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Apoyar las decisiones del Gobierno Escolar en lo pertinente a la calidad
educativa y el buen nombre de la Institución.
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CAPITULO VIII
MEDIO AMBIENTE ESCOLAR
ARTÍCULO 38. PAUTAS DE COMPORTAMIENTO EN RELACION CON EL CUIDADO DEL MEDIO AMBIENTE ESCOLAR:
Depositar los desechos residuales de comida y lo que se consuma en el
descanso en las canecas que se encuentran ubicadas en los distintos sitios
de la Institución.
Arrojar los empaques de mekatos, bolis, chichas, dulces y agua en las
canecas de basura correspondiente.
Colocar las botellas en las canastas.
Arrojar las basuras en las canecas para tal fin.
Hacer las necesidades fisiológicas dentro de los baños en las respectivas
letrinas u orinales.
No permitir dentro de la Institución burros, vacas, caballos, perros, gatos,
cerdos, gallinas, patos, pavos y otros, mucho menos que defequen u orinen.
Apersonerarse de la buena presentación y aseo de la Institución, así como
de la presentación y comportamiento adecuado de los estudiantes.
Racionalizar el uso de las ayudas didácticas y procurar por su conservación
y mantenimiento.
Participar de actividades de embellecimiento, ornato, arborización y su
sostenimiento.
Formular y participar en la ejecución de proyectos que busquen mejorar el
medio ambiente escolar y comunitario.
Preservar en forma aseada y organizada los escenarios de trabajo y
recreación, tales como aula de clases, canchas, bibliotecas, sala de
informáticas.
Utilizar adecuadamente los espacios y recursos que ofrece la Institución,
Previa autorización.
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Cuidar las instalaciones, muebles, pupitres, muros y enseres en general con
el fin de disfrutar un ambiente en comunidad.
Colaborar en el orden, aseo y buena presentación del aula de clases
atendiendo a los turnos asignados.
Respetar, conservar y cuidar los árboles, jardín, zonas verdes, y la
naturaleza en general.
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CAPITULO IX
CRITERIO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN.
Con el propósito de dar cumplimiento al artículo 4 del decreto 1290 del 16 de
abril de 2009, se aprobaran los criterios de evaluación y promoción.
ARTÍCULO 39. CRITERIO DE EVALUACIÓN.
Con el fin de unificar criterios en la Institución Educativa Los Volcanes, con
relación al quehacer de la evaluación, ésta será:
Continua.
La evaluación debe ser un proceso permanente, continuo e
incluyente.
La evaluación debe buscar el análisis global del desarrollo de las
competencias, dificultades o limitaciones del alumn@ y las causas y
circunstancias que como factores asociables inciden en su proceso
de formación.
Determinar la promoción de los estudiantes de la educación básica y
media.
Integral.
La evaluación debe ser integral, cubrir, además de lo cognoscitivo,
las habilidades y destrezas, así como lo afectivo, lo actitudinal, lo
valorativo. la conducta y disciplina.
La evaluación debe valorar el alcance de estándares y competencias.
En la evaluación no debe predominar la aplicación de pruebas
objetivas, se debe recurrir a múltiples procedimientos (Observación,
entrevista, encuesta, sociometría, ensayos, coloquios, juego de roles,
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trabajos prácticos de investigación entre otros) como también la
autoevaluación del estudiante.
Sistemática.
La evaluación debe ser sistémica, es decir, ser organizada con base
en principios pedagógicos y que guarde relación con los fines de
educación, visión, misión, estándares, logros, indicadores de logro,
los contenidos y los métodos.
La realización de exámenes y/o trabajos escritos, sustentaciones
orales, etc. que forme parte de la actividad evaluativa se deben
anunciar con la debida anticipación a los estudiantes.
Se dará a conocer por parte del educador los informes de evaluación
de los alumn@s antes de pasarlos a la Coordinación Académica.
Flexible.
Se tendrán en cuenta las características personales, los intereses,
los ritmos y estilos de aprendizaje
Se harán actividades evaluativas suplementarias a alumn@s que
demuestren causa justificada por no haber asistido oportunamente a
cualquier evaluación realizada por el docente. La justificación debe
tener visto bueno de Coordinación Académica y el alumno debe
solicitarle al docente la asignación de la actividad evaluativa
suplementaria y fecha respectiva. Si el alumn@ incumple lo anterior,
el docente deberá evaluar las actividades como desempeño bajo.
Cuando se presente que en una evaluación no apruebe el 50% del
grupo, se deberá repetir la prueba, previa revisión de los
procedimientos aplicados en ella, y se podrá acoger los alumn@s
con nota aprobatoria.
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ANEXO DEL PEI No. 9. MANUAL DE CONVIVENCIAS FECHA: 12-05-2014
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Toda evaluación, trabajo escrito y/o sustentación no presentada sin
justa causa, a juicio del educador responsable del área, podrá ser
evaluada desempeño bajo.
Los educadores deben devolver a tiempo evaluaciones y trabajos
corregidos, y atender los reclamos que se presenten por parte de los
educados.
Interpretativa.
La evaluación debe ser interpretativa y critica
La evaluación y sus resultados serán tan claros en su intención e
interpretación, que no lleven a conflictos de interés entre alumn@s y
profesores o viceversa.
Participativa.
La evaluación debe ser democrática y horizontal, es decir,
participativa y utilizada como estrategia de motivación básicamente
para orientar y mejorar.
Se involucra en la evaluación a estudiantes, profesores, directivos
docentes y padres de familia.
Formativa.
La evaluación debe ser coherente en el proceso pedagógico.
Proporcionar información para reorientar o consolidar las prácticas
pedagógicas.
La evaluación debe suministrar información que contribuya a la
autoevaluación académica de la institución, a la actualización
permanente de su plan de estudio
Aportar información para el ajuste e implementación del plan de
mejoramiento institucional.
Orientar el proceso educativo y mejorar su calidad.
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ANEXO DEL PEI No. 9. MANUAL DE CONVIVENCIAS FECHA: 12-05-2014
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No confundir el proceso académico con el disciplinario, cuando se
trate de corregir la disciplina y comportamientos inadecuados de los
estudiantes, en estos cosos se debe valorar la disciplina.
ARTÍCULO 40. RESULTADO DE LA EVALUACIÓN
Los resultados de las evaluaciones se expresan numéricamente en una escala
de 1 a 5, con la utilización de dos cifras decimales.
El concepto valorativo de cada periodo, en las diferentes áreas y asignatura
será el resultado del promedio de las calificaciones obtenidas por el alumn@ en
las diversas actividades de aprendizaje, durante todo el tiempo del respectivo
periodo.
El concepto valorativo final del año escolar en las diferentes áreas y asignatura
será el resultado del promedio de las calificaciones obtenidas por el alumn@ en
los cuatro periodos.
El concepto valorativos cuantitativo mínimo para aprobar un área de formación
es 3.00 y cualitativo; desempeño Básico.
Cuando un estudiante en sus evaluaciones diarias, de periodos o finales
obtenga un promedio de 2.90 a 2.99, queda a juicio del docente del área o
asignatura respectiva si lo valora como 3.00, teniendo en cuenta para esto, el
desempeño general del estudiante (comportamiento, compromiso, o la
colaboración con las actividades institucionales, trabajo, empeño), ya que se
está evaluando en forma integral.
Las equivalencias con la escala nacional corresponderían:
“…Para facilitar la movilidad de los estudiantes entre establecimientos
educativos, cada escala deberá expresar su equivalencia con la escala
de valoración nacional”
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ANEXO DEL PEI No. 9. MANUAL DE CONVIVENCIAS FECHA: 12-05-2014
PROCESO MEJORAMIENTO INSTITUCIONAL PAGINA: 64 de 74
Desempeño Superior: 4.50 – 5.00
Desempeño Alto: 3.80 – 4.49
Desempeño Básico: 3.00 – 3.79
Desempeño Bajo: 1.00 – 2.99
Desempeño Superior:
Un estudiante con Desempeño Superior es aquel que:
Que alcanza todos los logros referente a los estándares con un
promedio mayor o igual a 4.50 sin realizar actividades
suplementarias.
No tiene fallas, y aun teniéndolas, presenta excusas justificadas sin
que su proceso de aprendizaje se vea mermado
No presenta dificultades en su comportamiento y en el aspecto
relacional con todas las personas de la comunidad educativa
Desarrolla actividades curriculares que exceden las exigencias
esperadas
Manifiesta sentido de pertenencia institucional
Participa en actividades curriculares y extracurriculares programadas
por el docente del área y la institución
Valora y promueve automáticamente su propio desarrollo
Es respetuoso, colaborador, participativo y responsable
Desempeño alto:
Un estudiante con Desempeño Alto es aquel que:
Alcanza todos los logros propuestos referente a los estándares con un
promedio entre 3.80 y el 4.49 sin realizar actividades suplementarias
Puede presentar faltas de asistencias justificadas
Reconoce y supera sus dificultades comportamentales
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ANEXO DEL PEI No. 9. MANUAL DE CONVIVENCIAS FECHA: 12-05-2014
PROCESO MEJORAMIENTO INSTITUCIONAL PAGINA: 65 de 74
Desarrolla actividades curriculares especificas
Manifiesta sentido de pertenencia con la institución
Su comportamiento es bueno
Desempeño Básico:
Un estudiante con Desempeño Básico es aquel que:
Alcanza los logros propuestos referentes a los estándares con un
promedio necesario en relación con las áreas obligatorias y
fundamentales entre 3.00 y 3.79.
Presenta falta de asistencia justificada e injustificada
Presenta dificultades de comportamiento
Desarrolla un mínimo de actividades requeridas
Manifiesta un sentido de pertenencia a la institución
Desempeño Bajo:
Un estudiante con Desempeño Bajo es aquel que:
No ha alcanzado los desempeños necesarios en relación con las áreas
obligatorias y fundamentales, es decir no supera el 2.99
Presenta falta de inasistencia injustificada
Presenta dificultades en el comportamiento
No desarrolla el mínimo de actividades requeridas
No tiene sentido de pertenencia institucional
Tiene dificultades para su desarrollo académico
La institución educativa entregará cuatro (4) informes con los desempeños de
los estudiantes en las áreas de formación y un informe final, que contenga el
desempeño final del estudiante.
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ANEXO DEL PEI No. 9. MANUAL DE CONVIVENCIAS FECHA: 12-05-2014
PROCESO MEJORAMIENTO INSTITUCIONAL PAGINA: 66 de 74
Informes de evaluación
Al finalizar cada uno de los cuatro periodos del año escolar, los padres de
familia o acudientes, recibirán un informe escrito de evaluación en el que se dé
cuenta de los avances de los estudiantes en el proceso formativo, en cada una
de las áreas. Este deberá incluir información detallada acerca del desempeño
que haya presentado el estudiante en cualquiera de las áreas, y establecerá
recomendaciones y estrategias para mejorar.
Además al finalizar el año escolar se les entregará a los padres de familia o
acudientes un informe final, el cual incluirá una evaluación integral del
desempeño del estudiante para cada área durante todo el año.
Los cuatro informes y el informe final de evaluación mostraran para cada área
el rendimiento de los estudiantes, mediante una escala dada en los siguientes
términos:
Desempeño Superior: 4.50 – 5.00
Desempeño Alto: 3.80 – 4.49
Desempeño Básico: 3.00 – 3.79
Desempeño Bajo: 1.00 – 2.99
ARTÍCULO 41. ESTRATEGIAS DE APOYO NECESARIAS PARA RESOLVER SITUACIONES PEDAGÓGICAS PENDIENTES DE LOS ESTUDIANTES
Las estrategias de apoyo necesarias para resolver situaciones pedagógicas
pendientes de los estudiantes de la I.E. los Volcanes serán:
La institución establecerá una semana de orientación al final del año lectivo
a los estudiantes que hayan obtenido desempeño bajo en una o dos áreas.
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En la semana de orientación se realizarán todas las actividades
suplementarias, en las cuales los estudiantes deben obtener como mínimo
desempeño básico para poder ser promovido al siguiente grado.
Las actividades suplementarias se desarrollarán con la orientación del
docente en las áreas donde se presentaron los desempeños bajos, para
que el educando realice una prueba tipo ICFES, la cual definirá un concepto
valorativo según la escala institucional. Estos conceptos serán consignados
en un acta donde conste el resultado de dicha prueba con copia anexada de
la misma.
Todos estos procesos se valorarán éticamente.
Los estudiantes o padres de familia no cancelaran a la institución o docentes
ningún valor económico o en especies por concepto de actividades
suplementarias. Si se requiere, los estudiantes que realicen actividades
suplementarias solo pagarán el valor de las fotocopias de la prueba tipo ICFES.
ARTÍCULO 42. CRITERIO DE PROMOCIÓN
La comisión de evaluación y promoción, es la encargada de definir la
promoción de los estudiantes y hacer recomendaciones a profesores o a otras
instancias del establecimiento educativo, sobre actividades suplementarias
para estudiantes que presenten desempeños Bajos.
Por su parte, las comisiones analizarán los casos de los estudiantes con
desempeños excepcionalmente altos con el fin de recomendar actividades
especiales y de motivación, o promoción anticipada antes de iniciar la segunda
semana del segundo periodo del año en curso, igualmente se establecerá si
profesores y estudiantes siguieron las recomendaciones y cumplieron los
compromisos. Las decisiones, observaciones y recomendaciones de cada
comisión se consignarán en acatas
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La institución educativa considera para la promoción de los estudiantes los
siguientes criterios, teniendo en cuenta las facultades otorgadas por el artículo
6 del decreto 1290 del 16 de abril de 2009.
Para la promoción:
Serán promovidos al siguiente grado:
Los estudiantes que obtengan en todas las áreas, valoraciones
conceptuales finales con desempeños básicos como mínimo.
Estudiantes que superen las actividades suplementarias en las áreas
que se requieran.
Estudiantes que realicen y aprueben actividades de promoción
anticipada, llenando todos los requisitos y procedimientos.
Para la Reprobación:
Serán reprobados:
El estudiante que al finalizar el año escolar, obtenga desempeño bajo
en tres (3) o más asignaturas reprueba el grado cursado.
El estudiante que obtenga desempeño bajo en una (1) o dos (2)
asignaturas, realizará las actividades suplementarias
correspondientes, si no supera en su totalidad estas actividades al
finalizar el año, es decir, si solo recupera una asignatura no será
promovido al grado siguiente.
Únicamente se aplazarán las actividades suplementarias al
estudiante, en caso de no presentarse a estas con excusa justificada,
bien sea por enfermedad, calamidad familiar o desplazamiento
forzoso.
No será promovido al grado siguiente estudiante que haya dejado de
asistir injustificadamente a más del 25% de actividades académicas
durante el año escolar.
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La institución se reserva el derecho de admisión para aquellos estudiantes que
durante el año lectivo se le observe una disciplina o conducta mala, previo
seguimiento disciplinario aprobado por el consejo directivo.
Cuando la comisión de evaluación y promoción determine que un estudiante no
pudo ser promovido al grado siguiente, se le garantizará el cupo para continuar
su proceso formativo en el grado reprobado.
Promoción anticipada de grado. Durante el primer período del año escolar el
Consejo Académico, previo consentimiento de los padres de familia,
recomendará ante el Consejo Directivo la promoción anticipada al grado
siguiente del estudiante que demuestre un rendimiento superior en el desarrollo
cognitivo, personal disciplinario y social en el marco de las competencias
básicas del grado que cursa.
La decisión será consignada en el acta del consejo directivo y, si es positiva, en el registro escolar. Articulo 7 Decreto 1290 de 16 de abril de 2009.
Procedimiento para la Promoción Anticipada
El estudiante, el padre de familia, acudiente o docente director de grupo
solicitará por escrito al Consejo Académico y este al consejo Directivo la
promoción anticipada.
Se le aplicarán al estudiante actividades especiales de promoción
anticipada referente a los estándares del grado que cursa, tales como: el
coloquio, trabajos prácticos y de investigación, lecturas ensayo, talleres,
pruebas objetivas (evaluaciones escritas, orales), entre otras, contando
para ello con la colaboración de los docentes de las diversas áreas o
asignaturas del respectivo grado para definir su promoción anticipada.
Si el estudiante no supera estas actividades seguirá cursando su grado
normalmente sin efectos negativos.
Todo este proceso se realizara antes de la segunda semana de haber
iniciado el segundo periodo del año cursado.
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Terminado este proceso, el Consejo Directivo emitirá el acta correspondiente,
la cual se dará a conocer a la comunidad educativa. El resultado se consignara
en el registro escolar de evaluación del alumno y académicamente tendrá los
mismos efectos que el que se le da a los que terminan el año lectivo en forma
corriente.
ARTÍCULO 43. COMITÉ DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN.
La comisión de evaluación y promoción de la institución educativa los
Volcanes, es la encargada de definir la promoción de los estudiantes y hacer
recomendaciones a profesores o a otras instancias del establecimiento
educativo, sobre actividades suplementarias para estudiantes que presenten
desempeños Bajos.
La estructura del comité de evaluación y promoción está organizada por
docentes y padres de familia así:
EN LAS SEDES: Una comisión de evaluación y promoción por cada
sede; la integran Todos los docentes de sede respectiva y dos padres de
familia.
EN LA SEDE CENTRAL: Una comisión de evaluación y promoción; se
conforma por todos los docentes, un padre de familia de preescolar, uno
de básica primaria, uno de secundaria, uno de media vocacional, junto
con el rector y los coordinadores.
En caso de no asistir un representante de los padres de familia se debe
escoger un suplente.
Funciones de las instancias
Las funciones de las instancian serán:
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EL DOCENTE:
Orientar los procesos académicos.
Aplicar estrategias de manera continua para obtener buenos
resultados en las evaluaciones.
EL DIRECTOR DE GRUPO:
Realizar el seguimiento general de los estudiantes.
informar sobre el rendimiento académico y disciplinar a los padres y
acudientes.
Recibir quejas y reclamos de los demás docentes del
comportamiento de los estudiantes.
Motivar al estudiante para superar su rendimiento y profundizar el
mismo
EL COMITÉ DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN:
Analizar los casos de educandos con evaluaciones de desempeño
bajo en cualquiera de las áreas y hacer recomendaciones generales
o particulares a los profesores o a otras instancias de la institución en
términos de actividades suplementarias.
Determinar la promoción de los estudiantes, teniendo en cuenta su
rendimiento académico.
Analizar las condiciones de los educandos y convocar a los padres
de familia o acudientes con el fin de orientarlos acerca de las
actividades suplementarias por el educador del área pertinente y
acorde a los compromisos por parte de los involucrados.
Diligenciar las actas de las decisiones, observaciones y
recomendaciones de su comisión.
EL CONSEJO ACADÉMICO:
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Orientar los procesos de seguimiento y mejoramiento de
estudiantes.
Analizar los casos de desempeños bajo.
Recibir las solicitudes para la promoción anticipada de estudiantes
y realizar los procesos de la misma.
EL RECTOR
Orientar a toda las instancias anteriores.
Recibir las solicitudes para la promoción anticipada de estudiantes y
realizar los procesos de la misma.
EL CONSEJO DIRECTIVO:
Definir la promoción anticipada de estudiantes que lo soliciten.
Tomar las decisiones finales que no se hayan podido definir en las
instancias anteriores.
ARTÍCULO 44. SERVICIO SOCIAL DEL ESTUDIANTE
El servicio social de los estudiantes será orientado a través de proyectos de
servicio social enmarcados en la norma vigente.
Los temas y objetivos del servicio social serán definidos en el Proyecto
Educativo Institucional. Los programas podrán ser ejecutados por el
establecimiento en forma conjunta con entidades gubernamentales,
especializadas en la atención a las familias y comunidades.
El servicio social estudiantil para la educación media, grado 10º y 11º está
basado en los siguientes fundamentos legales:
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Resolución Ministerial No. 4210 de septiembre 12 de 1996, que
establece reglas generales para la organización y funcionamiento del
servicio social estudiantil obligatorio, en el Articulo 3, numeral 1,
menciona el siguiente objetivo: “Sensibilizar al educando frente a las
necesidades, intereses, problemas y potencialidades de la comunidad
para que adquiera y desarrolle compromisos y actitudes en relación con
el mejoramiento de la misma”.
En el Artículo 6. “El plan de estudio del establecimiento Educativo
deberá programar una intensidad mínima de 80 horas de prestación del
Servicio Social Estudiantil obligatorio en un proyecto pedagógico,
durante el tiempo de formación en los grados 10º y 11º de la Educación
Media…”
En el Artículo 7. “…Para que se considere culminado el proceso
formativo de los estudiantes de la Educación Media, se deberá atender
de manera efectiva las actividades de los respectivos proyectos
pedagógicos, cumplir con la intensidad horaria…haber obtenido los
logros determinados en el mismos”.
La Ley 115 de de febrero 8 de 1994, artículo 97 “Los estudiantes de
Educación Media prestarán un servicio social obligatorio durante dos (2)
grados de estudios, de acuerdo con la reglamentación que expida el
gobierno nacional”.
Decreto 1860 de 1994 Artículo 39 “El servicio social que prestan los
estudiantes de Educación Media tiene el propósito principal de
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integrarse a la comunidad, para contribuir a su mejoramiento social,
cultural y económico, colaborando en los proyectos y trabajos que lleva
a cabo y desarrollando valores de solidaridad y conocimiento del entrono
social”.
ARTÍCULO 45. DUDAS QUE SE PRESENTEN
El consejo directivo de la institución educativa los volcanes resolverá por vía de
autoridades, las dudas que se presente en la interpretación de este manual de
convivencia y decidirá sobre lo previsto en él.
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