C.P.C. Octavio Acosta Salomón No. 42 esq. C.P. Agustin Caballero Wario, Col. Villa Sol
Hermosillo, Sonora, México | Tels. (662) 213 2145 y 217 4699 | www.incp.org.mx
LA FISCALIZACIÓN DIGITAL 2018
REVISTA INFORMATIVA Y DE OPINIÓN PROFESIONAL
No. 57, Nov/Dic 2017REVISTA ELECTRÓNICA
BIMESTRAL
APORTANDO AL FOR-TALECIMIENTO DEL
SISTEMA NACIONAL DE INTEGRIDAD
MOMENTO DE EMI-SIÓN DE LOS CFDI
USUFRUCTO ¿VENDÍ, ADQUIRÍ O NO?
MINERÍA EN BLAN-QUEO DE CAPITALES
ANTICORRUPCIÓN
Aportando al fortalecimiento del sistema nacional de integridad
C.P.C. Guillermo Williams Bautista
PÁGINA 05
CFDI
Momento de Emisión de los CFDI
C.P.C. María Ofelia Rodriguez Álvarez
PÁGINA 09
FISCALIZACIÓN 2018
La Fiscalización Digital 2018Dr. Francisco Javier Ramírez Hernández
PÁGINA 13
JURÍDICO
USUFRUCTO ¿vendí, adquirí o no?
Lic. MDF Francisco José López Velderrain
PÁGINA 16
LEY ANTILAVADO DE DINERO
Minería en blanqueo de capitalesC.P.C. Francisco José Morales Gortárez
PÁGINA 20
Es un orgullo representar a la región no-
roeste a partir de noviembre del 2017, sin
duda, es un año de retos y compromisos por
cumplir, un trabajo intenso y valioso es velar por
los intereses de cuatro estados y diez colegios de
contadores, mantener una estrecha comunicación
y atención será nuestra prioridad. El consejo re-
gional y cada una de las diez vicepresidencias de
operación están para apoyar a cada colegio, dan-
do impulso a nuevas generaciones, sin descuidar
nuestra membrecía, nuestro principal objetivo.
Como es bien sabido, nuestra región es conside-
rada una de las más organizadas dentro de nues-
tro organismo y así continuaremos, interactuando
cada vez más con diferentes regiones, donde se
han logrado hacer eventos birregionales, la región
somos todos, por lo que su opinión es muy impor-
tante, dentro de los objetivos nacionales y que
cada uno de nosotros hemos adoptado es hacer
un solo equipo.
La unidad es una de los pilares que ha caracteriza-
do a nuestra región, tendremos que ser líderes de
opinión como institución, fortaleciendo así nues-
tra presencia siendo promotores del desarrollo
profesional y humano de cada uno de nuestros
asociados a través de nuestros colegios.
Agradeciendo la oportunidad de servirles
M.C. y C.P.C. Carlos Ibarra Aguiar
Presidente del INCP 2017-2018
MENSAJE DE PRESIDENCIA
NOTA DE EDICIÓN : Los artículos con- tenidos en esta revista son responsabi- lidad del autor y no del Instituto del No- roeste de Contadores Públicos, A.C.
Presidente de la Comisión
de Revista y Presidente de la
Comisión de Redes Sociales
del INCP
C.P. Ruth Lizbeth
Acosta Bustamante
DirectorioINSTITUTO DEL NOROESTE DE CONTADORES PÚBLICOS, A.C.
COMITÉ EJECUTIVO REGIONAL
PRESIDENTE - C.P.C. Carlos Ibarra Aguiar
VICEPRESIDENTE GENERAL - C.P.C. Eduviges Haro Bojórquez
TESORERO - C.P.C. Mario Zavala Tellez
AUDITOR FINANCIERO - C.P.C. Marco Antonio Estudillo Bernal
AUDITOR DE GESTIÓN - C.P.C. Marcia Guzman Ibarra
VICEPRESIDENCIAS OPERACIONALES
LEGISLACIÓN - C.P.C. Guillermo Gómez Aguirre
Normas de Inf. Financiera - C.P.C. Alejandro Valdez Mendoza
Normas Aud. y Aseguram - C.P.C. Pablo García Guzmán
Norma DPC - C.P.C. Elisabet Vázquez Palacios
Control y Vig al cumpl de la NDPC - C.P.C. Sandra Edith Gómez D.
Estatutos - C.P.C. Salomé Martínez Delgado
Ética - C.P.C. Ma. Magdalena Portela P.
GUBERNAMENTAL - C.P.C. Guillermo Williams Bautista
SECTOR EMPRESAS - C.P.C. Manuel Alonso Quintero García
RELACIONES Y DIFUSIÓN - C.P.C. José Fidel Ramírez Jiménez
Revista “Contaduría del Noroeste” - C.P. Ruth Lizbeth Acosta Bustamante
Membrecía - C.P. Suleyka Ruíz Satow
Premios - C.P. Ma. Jesús Hurtado Olguín
Redes Sociales – C.P. Ruth Lizbeth Acosta Bustamante
FISCAL – C.P.C. José Hugo López Leal
Comisión Fiscal - C.P.C. Gildardo López Amarillas
CROSS - C.P.C. Romeo Angulo
AGAFF - C.P.C. Víctor Manuel Prieto Gastélum
Síndico del Contribuyente - C.P.C. Héctor Amaya Estrella
APOYO A ASOCIADAS - C.P.C. José David Novato Salazar
CONTROL DE CALIDAD - C.P.C. Raymundo Velarde Miller
ASUNTOS INTERNACIONALES - C.P.C. Evangelina Contreras Caro
PRESIDENCIAS COLEGIOS ASOCIADOS
IMCP Sonora - C.P.C. Sebastián Colio Constante
IMCP Sonorense - C.P.C. Jorge H. Alcántar Topete
IMCP Región del Mayo - C.P. Alma Delia Sánchez Félix
IMCP Los Mochis - C.P.C. Yedid Zazueta Vega
IMCP Culiacán - C.P.C. Sergio Leyva Esquer.
IMCP Sinaloa - C.P.C. Rafael Arturo Vargas Díaz
IMCP Baja California - C.P.C. Lorenzo Hernández Nieblas
IMCP Mexicali - C.P.C. Plácido Valenciana Moreno.
IMCP Ensenada - C.P.C. Rafael Ramírez López
IMCP BCS - C.P.C. Carlos Iván Salgado Cota
VICEPRESIDENCIAS COLEGIOS ASOCIADOS
IMCP Sonora - C.P.C. Rodolfo León Fuentes
IMCP Sonorense - C.P.C. José Daniel Vizcarra Rivas
IMCP Región del Mayo - C.P.C. Juan Fco. Ochoa Ramírez
IMCP Los Mochis - C.P.C. Ma. Teresa Medina Montino
IMCP Culiacán -
IMCP Sinaloa - C.P.C Gabriela Ortega Peña
IMCP Baja California - C.P.C. Leonardo Méndez Cervantes
IMCP Mexicali - C.P.C. Ma. Elena Douglas del Toro
IMCP Ensenada - C.P.C. Rosalba Reyes Rodríguez
IMCP BCS - C.P.C. Roberto Cristian Agundez Acuña
Editorial Revista “Contaduría del Noroeste”
Presidente de la Comisión de Revista,
C.P. Ruth Lizbeth Acosta Bustamante;
Diseño Gráfico,
L.D.G. Reyna E. Hernández Carbajal,
Edición y Corrección de Estilo,
C.P. Ruth Lizbeth Acosta Bustamante.
Publicidad,
C.P. Ruth L. Acosta, [email protected]
EDITORIAL
Estimados colegas y amigos,
Recién iniciamos el año, un nuevo ciclo, lleno de esperanzas,
oportunidades y nuevos bríos, aprovechemos al máximo to-
dos los recursos con los que contamos y juntos, construya-
mos un mejor México.
Esta edición nos trae artículos con temática de la fiscali-
zación 2018 que ya se avecina. El C.P.C. Guillermo Williams
nos deja meditando acerca del Sistema Nacional de Integri-
dad y sus componentes; la C.P.C. María Ofelia Rodríguez,
nos indica cual es el momento en que debe emitirse los CFDI;
¿y qué hay de nuevo en la Fiscalización Digital 2018?, el Dr.
Francisco Javier Ramírez, nos explica; Y en materia jurídica,
el Lic. Francisco José López nos expone el tema “Usufructo,
¿vendí, adquirí o no?; y en materia de Ley Antilavado, vemos
“Minería en blanqueo de capitales” colaboración de C.P.C.
Francisco José Morales.
Deseamos que alcancen todas y cada una de las metas pro-
puestas, que tengan todos los días un motivo para sonreír, será
sin duda, un año muy fructífero en nuestra región Noroeste.
¡Feliz Año 2018!
C.P. Ruth Lizbeth Acosta Bustamante, M.I.
Presidente de la Comisión de Revista del INCP
Miembro de la Comisión de Revista del IMCP
INCP, ANTICORRUPCIÓN | 5
C.P.C. Guillermo Williams Bautista, MCIE, CRMA, CFESocio Director de Auditoría Forense del Noroeste S.C.Vicepresidente de Legislación del IMCP Sonora y Vicepresidente Gubernamental del IMCP Zona [email protected]
Aportando al fortalecimiento del sistema nacional de integridad
Con frecuencia me preguntan
si el Sistema Nacional Anti-
corrupción en México dará
resultados imprimiendo en la pregun-
ta la reflexión de que en nuestro país
todo parece ser un simulacro por las
autoridades gubernamentales, mi pre-
gunta en respuesta es sencilla, ¿Usted
ya está haciendo su parte?
Sí, es cierto, es de todos conocido que
hay algunos asuntos medulares que no
están caminando, el comité de parti-
cipación ciudadana parece no tener
apoyo alguno de parte del gobierno,
el titular de la fiscalía nacional antico-
rrupción no ha sido designado, ahora
mismo se está realizando un proceso
de elección del nuevo Auditor Superior
de la Federación que se ha aletargado,
la falta de presupuesto suficiente para
la operación de los Sistemas Locales
Anticorrupción es evidente, así como
la falta de designación de magistrados
anticorrupción.
Sin embargo en todo esto hay un punto
imprescindible, ¿qué le toca hacer a us-
ted, a mí y a todos aquellos que de al-
guna manera estamos comprometidos
en hacer de este México aquel país que
realmente merecemos?
Quizás la respuesta se encuentra en
la comprensión de lo que se conoce
como sistema nacional de integridad y
sus principales componentes, veamos:
Comencemos desde el ideal; de con-
formidad con el source book, creando
voluntad política en el capítulo que
toca al sistema nacional de integridad,
editado por transparencia Mexicana,
define el objetivo y aborda la temática
de este sistema de la siguiente manera:
El Objetivo:
El fin último del establecimiento
de un Sistema Nacional de Integri-
dad es convertir la corrupción en
Aquello que es moral-mente reprobable
nunca puede ser políti-camente correcto”.Abraham Lincoln
6 | ANTICORRUPCIÓN, INCP
un acto de “alto riesgo” y de “bajos
rendimientos”. Como tal, el sistema
está diseñado, en primer lugar, para
evitar que ocurra la corrupción, más
que para depender de las penas que
se impongan después de que se haya
dado el acto corrupto.
Cada país ya cuenta con algún tipo
de “Sistema Nacional de Integridad”,
sin importar lo corrompido o ineficaz
que pueda ser. El concepto ayuda a
que los reformadores tengan una vi-
sión holística. Como veremos, no es
suficiente tratar un solo elemento o
“pilar” del sistema de manera aisla-
da. Por ejemplo, recientemente los
avances considerables en Kenia han
fortalecido las capacidades opera-
cionales de la Oficina del Contralor
General. Sin embargo, aunque se di-
fundieron ampliamente en los me-
dios, los informes muy profesionales
del Contralor General se pasaron por
alto, en vista de que el resto del “sis-
tema” es disfuncional en la realidad.
El “Sistema Nacional de Integridad”
se puede visualizar como un templo
griego con un techo, la integridad na-
cional, sostenido por una serie de pila-
res, cada uno de los cuales representa
un elemento individual del Sistema
Nacional de Integridad. En un extremo
del templo están los pilares institucio-
nales: el Parlamento (El Congreso), la
Oficina del Contralor General, el Om-
budsman * , los medios de comunica-
ción libres, la sociedad civil y otros. En
el otro extremo del templo los pilares
representan las herramientas básicas
que las instituciones deben tener a
su disposición para ser eficaces. Por
ejemplo, los medios deben tener dere-
cho a la libertad de expresión, y la so-
ciedad civil debe contar con un espacio
legal para poder organizarse y llevar a
cabo sus tareas.
Sobre el techo hay tres esferas: la “ca-
lidad de vida”, el “cumplimiento de la
ley” y el “desarrollo sostenible”. Son
esferas para hacer hincapié en la im-
portancia de que el techo se mantenga
nivelado, para evitar que rueden y se
caigan.
El “templo” mismo está construido so-
bre bases, y sostenido por ellas, que
comprenden la conciencia pública y
los valores de la sociedad. Si la con-
ciencia pública es alta y los valores son
fuertes, ambos sostendrán los “pila-
res” que se basan en ellos, fortalecién-
dolos. Por otro lado, si los ciudadanos
son apáticos y no vigilan, o si hay una
falta de valores, entonces las bases se-
rán débiles. Los “pilares” serán vacíos
e ineficaces, y no tendrán las bases
necesarias para poder salvaguardar la
integridad nacional.
Pues he allí donde nuestro papel se
vuelve imprescindible para que el
Sistema Nacional de Integridad en
nuestro país funcione y por lo tanto
el Sistema Nacional Anticorrupción, y
de verdad que hay mucho que hacer;
auditores independientes y de go-
Los pilares institucionales del Sistema Nacional de Integridad
INCP, ANTICORRUPCIÓN | 7
bierno revisando cuentas públicas y
realizando observaciones relevantes
y constructivas, pero sin dejar de de-
nunciar hechos de corrupción y con la
plena conciencia que el no hacerlo les
convierte en cómplices, ciudadanos
levantando la mano para participar en
los diferentes proyectos de participa-
ción ciudadana y denunciando cuando
son utilizados solo para dar una impre-
sión de cumplimiento y ciudadanos
apoyando estas denuncias, ciudada-
nos dando un mejor ejemplo a sus hijos
sobre verdaderos valores, ciudadanos
revisando cuentas públicas y com-
prendiendo las actividades públicas,
personas accediendo a los sistemas de
transparencia y ejerciendo su derecho
de aclaraciones sobre transacciones
con recursos públicos, comisarios ciu-
dadanos responsables con las enco-
miendas que les han sido conferidas,
personas realmente interesadas en los
proyectos que presentan los candida-
tos políticos revisando que los mismos
sean realizables y realizados, empre-
sarios verdaderamente interesados en
el desarrollo del país y no dispuestos
a participar en ningún tipo de dádivas
o favores correspondidos, funciona-
rios públicos tomando el papel que les
corresponde en el Sistema Nacional
Anticorrupción, fortaleciendo los sis-
temas de control interno, respetando
todo lo mencionado en el capítulo de
sanciones de la Ley General de Con-
tabilidad Gubernamental, dispuestos
a seguir los lineamientos establecidos
en los códigos de ética y conducta, eli-
minando al máximo los riesgos de frau-
de en las entidades públicas, siguiendo
las guías que al respecto de integridad
ha determinado la Auditoría Superior
de la Federación, empresas siguiendo
los patrones que en la misma materia
se le imponen en la Ley General de
Responsabilidades Administrativas,
autoridades siguiendo el mandato de
esta última ley en cuanto a las forma-
lidades de la investigación, sustancia-
ción y resolución de los casos que las
propias instancias de gobierno deben
de remitir, etc.
Si, en realidad hay muchas cuestiones
que no dependen del gobierno, sino
de los ciudadanos, tomando en cuenta
que los gobernantes y funcionarios de
gobierno son en primera instancia ciu-
dadanos y a final de cuenta servidores
públicos, lo que implica que se deben
en todo momento a la ciudadanía.
Nuestra cultura en muchas ocasiones
nos señala que llegarán mejores go-
bernantes que salven al país del caos
de corrupción en el que se encuentra
inmerso y difícilmente se cae en cuen-
ta de que somos nosotros mismos los
pilares de un verdadero sistema de
integridad y que debemos ser los ga-
rantes de que las situaciones propias
de un sistema de integridad nacional
se realicen.
Inclusive en el último reporte de las
medidas anti lavado y financiación del
terrorismo México Informe de Evalua-
ción Mutua Enero del 2018, presenta-
do de manera conjunta por El Grupo
“Hay muchas cuestiones que no dependen del gobierno, sino de los
ciudadanos, tomando en cuenta que los gober-
nantes y funcionarios de gobierno son en primera
instancia ciudadanos y a final de cuenta servi-dores públicos, lo que implica que se deben en todo momento a la
ciudadanía”.
8 | ANTICORRUPCIÓN, INCP
de Acción Financiera (GAFI) y El Gru-
po de Acción Financiera de Latinoamé-
rica (GAFILAT) que son organismos in-
tergubernamentales que desarrollan
y promueven políticas para proteger
el sistema financiero global contra el
lavado de activos, la financiación del
terrorismo y la financiación de la pro-
liferación de armas de destrucción
masiva, se mencionan tres asuntos
importantes en los cuales se señalan
fallas a nuestra profesión de la conta-
duría pública, la primera la falta de afi-
liación de la mayoría de los contadores
públicos a una organización colegiada
(cosa que por supuesto no aplica para
los integrantes del IMCP, INCP y sus
federadas), en segundo término la
falta de capacitación en términos de
lavado de activos y por último la falta
de reportes por la profesión de opera-
ciones sospechosas, ya que se llegó a
la increíble cantidad de 0 actos denun-
ciados en los ejercicios del 2014, 2015
y 2016, siendo parte de la apreciación
por parte de las profesiones y activida-
des no financieras designadas (APN-
FD), lo cual evidencia nuestra falta de
cultura de denuncia. Por supuesto en
lo relativo se puede considerar la bue-
na cultura de denuncia como parte de
ese sistema nacional de integridad que
tanto hemos mencionado.
Amigos míos, contrario a lo que nor-
malmente estilo, el día de hoy me he
apoyado en los diversos textos que
previamente he citado, a fin de sopor-
tar los pocos argumentos que he reali-
zado de manera personal y que por lo
tanto forma parte de este cúmulo de
reflexiones que se dan no solo a nivel
nacional sino además en el contexto
internacional, así que hoy no solo es mi
humilde opinión, sino gritos desespe-
rados de nuestra comunidad nacional
y exigencias firmes de algunas organi-
zaciones internacionales, de tal forma,
que al respecto, les dejo algunas citas
de personajes muy importantes que
nos alienten a fortalecer, en la parte
que nos toca, el Sistema Nacional de
Integridad cumpliendo como se ha
anotado en varias conferencias que he
tenido el privilegio de brindar a quie-
nes nos han prestado el favor de su
atención, el hermoso precepto cons-
titucional de nuestra carta magna de
1917, “La soberanía nacional reside
esencial y originariamente en el pue-
blo. Todo poder público dimana del
pueblo y se instituye para beneficio de
éste. El pueblo tiene en todo tiempo el
inalienable derecho de alterar o mo-
dificar la forma de su gobierno”; pon-
gamos pues nuestra parte de una ma-
nera pacífica, civilizada e inteligente,
regalemos a nuestros hijos el México
que siempre quisimos, pero también al
mismo tiempo mejores hijos a nuestro
país.
“Arquitectos de gran capacidad y fide-
lidad han levantado la estructura; sus
bases son sólidas; sus componentes son
bellos además de útiles; sus arreglos es-
tán llenos de sabiduría y de orden; y sus
defensas son impenetrables desde fue-
ra. Se ha creado para la posteridad, si es
que la obra del hombre puede aspirar a
tal condición. Empero, podría perecer
en una hora como resultado de la locu-
ra, la corrupción o la negligencia de su
único guardián: el pueblo. La virtud, el
espíritu público y la inteligencia de los
ciudadanos crean las repúblicas. Pero las
repúblicas caen cuando se expulsa a los
sabios de los consejos públicos, porque se
atreven a ser honestos, y se premia a los
derrochadores porque alaban al pueblo
para poder engañarlo”.
Dr. Sachidanand Siha, mientras pre-
sidía la sesión inaugural de la Asam-
blea Constituyente de la India, 9 de
diciembre de 1946.
“Aquello que es moralmente reprobable
nunca puede ser políticamente correcto”.
Abraham Lincoln.
Álzate, álzate, álzate por tus derechos; No
renuncies, No renuncies a la lucha (Stand
up, stand up Stand up for your rights;
Don`t give up, Don`t give up the fight!)
Bob Marley.
“Álzate, álzate, álzate por tus derechos; No renuncies, No
renuncies a la lucha”. Bob Marley
INCP, CFDI | 9
C.P.C. María Ofelia Rodriguez ÁlvarezMiembro de la Comisión Fiscal
Momento de Emisión de los CFDIE
l artículo 29 del CFF en su primer párrafo señala la obligación de emitir los Comproban-
tes Fiscales precisando hacerlo mediante documentos digitales; lo que hoy conocemos
como CFDI.
El artículo en referencia solo menciona la obligación mas no señala cuando emitir dichos com-
probantes. Mediante varias disposiciones se precisan diversos supuestos, este cuadro resu-
men tuvo por objeto recopilar esas disposiciones con la intención de dejar claro el momento,
así como las alternativas de fecha de emisión.
CasosTipo de comprobante
Momento máximo de emisión Fundamento Precisiones
Todos
Todos, o bien:
De 1 a 50 empleados
de 51 a 100 empleados
de 101 a 300 empleados
de 301 a 500 empleados
más de 500 empleados
24 horas
Antes de
realizar el pago
3 días hábiles
5 días hábiles
7 días hábiles
9 días hábiles
11 días hábiles.
Art. 39
del RCFF
RMF2018
2.7.5.1
El periodo
entre la fecha
de generación
del documento
y la fecha en la
que se pretende
certificar no
exceda de 72
horas, o que
dicho periodo
sea menor a cero
horas. (regla
2.7.2.9.)
Se considerará
como fecha de
expedición y
entrega de tales
comprobantes
fiscales la fecha
en que efectiva-
CFDI en
actos o
actividades
(ingresos)
CFDI
nóminas
10 | CFDI, INCP
CasosTipo de comprobante
Momento máximo de emisión Fundamento Precisiones
Todos
Todos
LISR Art. 76, frac. III - Reten-
ciones de pagos a extranjeros
LISR Art. 76, frac. XI,
inciso b - Dividendos
LISR Art. 76, frac. XVIII - Rendi-
mientos y anticipos a miembros
72 horas
3 días hábiles
Al momento de
la operación
O bien
El CFDI de
RMF2018
2.7.1.24,
último
párrafo.
RMF2018
2.7.1.14
RMF2018
2.7.5.4.
mente se realizó
el pago de dichas
remuneraciones.
72 horas siguien-
tes al cierre de
las operaciones
realizadas de
acuerdo a la
elaboración de
la factura: diaria,
semanal, men-
sual o bimestral
en su caso.
Contribuyentes
que perciban
ingresos por
enajenaciones
realizadas
durante un mes
calendario a un
mismo contri-
buyente del RIF,
podrán diferir la
emisión de los
CFDI correspon-
dientes a dichas
transacciones
Referencia so-
lamente al CFDI
de retención la
facilidad de ha-
cerse de manera
anualizada.
CFDI por
factura glo-
bal de ven-
tas a público
general
CFDI por
ingresos de
contribu-
yente del
RIF a otro
RIF
CFDI de re-
tenciones e
información
de pago
INCP,CFDI | 11
CasosTipo de comprobante
Momento máximo de emisión Fundamento Precisiones
de sociedades y
asociaciones civiles
LISR Art. 86, frac. V -
Retenciones de personas morales
sin fines de lucro
LISR Art. 110, frac. VIII -
Constancias de pagos y
retenciones al extranjero
LISR Art. 117, último párrafo
- Constancia de la institución
fiduciaria por rendimientos,
pagos y deducciones anual a
beneficiarios y a autoridades
LISR Art. 126, 3° párrafo
LISR Art. 127, 3° párrafo
LISR Art. 132, 2° párrafo
Operaciones consignadas
en escritura publica
LISR Art. 135 - Retención
de ISR por pago de intereses
LISR Art. 139, frac. I -
Constancia de ingreso e impuesto
de quienes entreguen premios
LIVA Art. 32, frac. V -
Constancias de retención y pre-
sentar declaración informativa
LIVA Art. 33, 2° párrafo -
Enajenación de bienes de
fedatarios públicos
LIEPS Art. 5-A - Retención de IEPS
LIVA Art. 32, frac. V -
Constancias de retención y pre-
sentar declaración informativa
LIVA Art. 33, 2° párrafo -
Enajenación de bienes de
fedatarios públicos
LIEPS Art. 5-A -
Retención de IEPS
retención
podrá emitirse
de manera
anualizada en el
mes de enero del
año inmediato
siguiente a aquél
en que se realizó
la retención o
pago.
12 | CFDI, INCP
CasosTipo de comprobante
Momento máximo de emisión Fundamento Precisiones
Complemento de pago cuando las
contraprestaciones no se paguen
en una sola exhibición (PAGO EN
PARCILIDADES O DIFERIDO)
Al momento de
recibir el pago
O bien
Más tardar al
décimo día natu-
ral del mes inme-
diato siguiente al
que corresponda
el o los pagos
recibidos.
RMF2018
2.7.1.35
Obligación
diferida hasta el
01 de abril del
2018
La alternativa
mensual señala
que uno por
todos los pagos
recibidos en un
período de un
mes siempre que
estos correspon-
dan a un mismo
receptor del
comprobante
Comple-
mento de
pago
INCP, FISCALIZACIÓN 2018 | 13
Dr. Francisco Javier Ramírez Hernández.Miembro de la Comisión Fiscal Regional del Noroeste del IMCPSocio de Racell Contado-res y Consultores, [email protected]
La Fiscalización Digital 2018
Para el año fiscal de 2018 no fue-
ron aprobados nuevos impues-
tos; sin embargo el aumento
de la recaudación fiscal que recibirá
el Gobierno Federal publicado en la
Ley de Ingresos de la Federación el
pasado 15 de Noviembre de 2017 se
estima que se va a obtener a través de
una mayor fiscalización a los contribu-
yentes por los nuevos controles que la
autoridad fiscal ha venido implemen-
tando.
La nueva emisión del Comprobante
Fiscal Digital por Internet (CFDI) Ver-
sión 3.3. y que para su implementación
ha generado altos costos a los empre-
sarios tiene como objetivo el incre-
mentar y hacer más eficiente la fiscali-
zación con motivos recaudatorios .
El propósito de la Contabilidad Elec-
trónica y la nueva Versión 3.3. del
CFDI y su Complemento de Pago aho-
ra denominado Recibo Electrónico de
Pago (REP) permitirá al SAT en el futu-
ro eliminar el cálculo y la presentación
de las declaraciones fiscales así como
conocer la información de manera in-
mediata y en tiempo real los ingresos,
inventarios y las deducciones fiscales,
entre otros permitiéndole detectar de
El propósito de la Contabilidad Electrónica y la nueva Versión 3.3. del CFDI y su Comple-
mento de Pago ahora denominado Recibo Electrónico de Pago (REP) permitirá al SAT en el futuro eliminar el cálculo y la presentación
de las declaraciones fiscales”.
14 | FISCALIZACIÓN 2018, INCP
manera oportuna cualquier discrepan-
cia en el cumplimiento del pago de los
impuestos .
Uno de los principales objetivos del
SAT será el de seguir atacando los es-
quemas indebidos como la venta de
facturas de operaciones inexistentes
por lo que seguirá combatiendo so-
bre todo de aquellos contribuyentes
que no son localizados, los que vie-
nen declarando en ceros así como los
que simulan operaciones cuyos actos
traerán como consecuencia en algu-
nos casos una acción penal de tres a
nueve años de prisión cuando el mon-
to de los defraudado fuera mayor a
$ 2’310,520.00.
Además, el SAT cuenta con mecanis-
mos que les permitirán conocer con
detalle a los contribuyentes que emi-
ten facturas de operaciones inexisten-
tes cuyas características en algunos
casos no tienen activos o éstos son
insuficientes para operar, a los que
tienen cuentas bancarias por periodos
cortos de tiempo, a las Sociedades ac-
tivas por poco tiempo y además algu-
nas que comparten su domicilio con
otros prestadores de servicios.
En algunos casos la autoridad ha ve-
nido considerando que donde hay un
planeación fiscal seguramente existe
una defraudación fiscal; sin embargo
esa apreciación es incorrecta ya que
el implementar una debida planeación
dentro del marco de nuestras Leyes
Tributarias que permita optimizar el
pago de los impuestos en beneficio de
los contribuyentes siempre será un
procedimiento ético y legal.
Por lo tanto, derivado de la intensa
fiscalización cuyo costo es significati-
vo su implementación a cargo de los
contribuyentes, se hace necesario una
verdadera reforma fiscal apoyando
al sector empresarial que contemple
ampliar la base de contribuyentes y
facilite el cumplimiento de las obliga-
ciones fiscales.
Es importante, señalar que las propues-
tas presentadas por el Sector Empre-
sarial a la Cámara de Diputados para
activar la economía éstas no fueron dis-
cutidas ni aprobadas tales como permi-
tir la deducibilidad de las prestaciones
de previsión social así como las presta-
ciones que por mandato de Ley Federal
del Trabajo son obligatorias su pago
por lo que nuevamente para este año
de 2018 se seguirá limitando su de-
ducibilidad a un 53% ó 47% en su caso.
Tampoco fue discutida la disminución
gradual de la tarifa del ISR para llegar al
25% de tasa efectiva así como la imple-
mentación de la deducción inmediata
de inversiones para todos los sectores
de la economía de nuestro país.
Por todo lo anterior, se requiere una
verdadera reforma que modernice
nuestro sistema tributario y ayude a los
empresarios a ser más competitivos.
“El SAT cuenta con me-canismos que les permi- tirán conocer con detalle
a los contribuyentes que emiten facturas de
operaciones inexistentes cuyas características en algunos casos no tienen activos o éstos son insu-ficientes para operar, a los que tienen cuentas bancarias por periodos
cortos de tiempo”.
INCP, JURÍDICO | 15
Lic. MDF Francisco José López VelderrainMiembro de la Comi-sión Fiscal del INCP
USUFRUCTO ¿vendí, adquirí o no?
El usufructo si bien en materia ci-
vil es una figura jurídica amplia
y comúnmente utilizada, en ma-
teria fiscal es apenas tratada por nues-
tras leyes impositivas, de manera que
llega a dejar al común de las personas
una gran incertidumbre en la forma en
que debe esta ser tratada.
El otorgamiento de un bien o un de-
recho entraña indefectiblemente una
ganancia para una de las partes o en
su caso para ambas partes, pensando
que el otorgante gana una suma de
numerario por ello, o que el adquiren-
te la obtiene de manera gratuita o por
debajo de su valor, de ahí que el usu-
fructuante (otorgante), o el usufruc-
tuario (adquirente), puedan tener una
ganancia o pérdida, o bien ambos una
ganancia según sea el trato en que se
sujeten.
Así el usufructo conforme al Código
Civil Federal en su artículo 980, se
conceptúa como “el derecho real y
temporal de disfrutar de los bienes
ajenos”, digamos que hasta aquí en
términos puramente civiles es claro
en cuanto a que es solo un contrato
en el cual existe una transmisión de
dominio, por tanto en oposición a ello
es solo de otorgamiento de uso; pero
la discrepancia en el ámbito fiscal co-
El usufructo conforme al Código Civil
Federal en su artículo 980, se conceptúa
como “El dere-cho real y tem-
poral de dis-frutar de los
bienes ajenos.
16 | JURÍDICO, INCP
mienza cuando en el Código Fiscal
de la Federación y a fin de conocer el
concepto de enajenación para estos
efectos exclusivos en su artículo 14
fracción I, se lee lo siguiente: “Artícu-
lo 14.- Se entiende por enajenación de
bienes: I. Toda transmisión de propie-
dad, aun en la que el enajenante se re-
serve el dominio del bien enajenado”;
así conforme ello claramente podemos
apreciar que en el caso en particular
deberá ser tratado como una enajena-
ción para efectos fiscales con las impli-
caciones que esto lleva.
Y decimos que la complicación co-
mienza en el segundo de los numerales
citados con antelación, pues si bien ci-
vilmente no existe una enajenación al
ser concedido solamente el derecho de
“usar y disfrutar” mas no el “dominio”,
en materia fiscal debemos entender
que existe como tal una enajenación,
y aquí es el punto precisamente en el
cual existe una disparidad conceptual
en materia civil y fiscal y por tanto en
su tratamiento.
En concordancia con lo anterior y con
excepción de aquellas ocasiones en
las que el tratamiento es de exención
conforme a las leyes fiscales al reali-
zarse el otorgamiento de un usufructo
el usufructuante deberá de acumular
el ingreso y calcular la ganancia obte-
nida, por su parte el usufructuario en
igualdad de circunstancias si el otorga-
miento fuera gratuito o con una con-
traprestación al valor de avalúo debe-
rá de efectuar el cálculo de la ganancia,
su acumulación y en su momento en
cada caso enterar el impuesto que lle-
gara a corresponder. Y al respecto y
entre los escasos criterios de corte
que han llegado a tratar tan recurren-
te e importante tema se encuentran
los siguientes:
R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año IV. No.
39. Octubre 2014. p. 605
USUFRUCTO DE BIENES. SE EQUI-
PARA A UNA ENAJENACIÓN PARA
EFECTOS FISCALES DE CONFORMI-
DAD CON EL ARTÍCULO 14, FRAC-
CIÓN I, DEL CÓDIGO FISCAL DE LA
FEDERACIÓN.- La propiedad de un
bien se integra por el derecho de dis-
posición y por el derecho de goce o dis-
frute. En este contexto, conforme al ar-
tículo 980 del Código Civil Federal de
aplicación supletoria a la materia fiscal
de acuerdo con el diverso artículo 5°
del Código Fiscal de la Federación, el
usufructo es el derecho real y tempo-
ral de disfrutar de los bienes ajenos, y
si bien, mediante dicha figura se trans-
mite al usufructuario el derecho de go-
zar y disfrutar, y el propietario conser-
va el derecho de disposición del bien,
adquiriendo automáticamente el ca-
rácter de nudo propietario, lo cierto es
que, de conformidad con el artículo 14,
fracción I, del Código Fiscal de la Fede-
ración, se entiende por enajenación de
bienes toda transmisión de propiedad,
aun en la que el enajenante se reserve
el dominio del bien enajenado. De lo
anterior, se colige que para efectos fis-
cales, el otorgamiento del usufructo de
bienes se equipara a una enajenación
en la que el enajenante (propietario) se
reserva el dominio del bien enajenado
y con la cual se producirán consecuen-
cias en materia fiscal.
R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año IV. No.
39. Octubre 2014. p. 604
USUFRUCTO DE BIENES. PARA
EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA
RENTA, EL USUFRUCTUARIO ESTÁ
OBLIGADO A ACUMULAR A SUS IN-
GRESOS LA GANANCIA GENERADA
POR EL.- La propiedad de un bien se
integra por el derecho de disposición
Civilmente no existe una enajenación al ser concedido solamente el derecho de “usar y disfrutar” mas no el
“dominio”, en materia fiscal debemos enten-
der que existe como tal una enajenación, y aquí
es el punto precisa-mente en el cual existe
una disparidad con-ceptual en materia civil y fiscal y por tanto en
su tratamiento”.
INCP, JURÍDICO | 17
y por el derecho de goce o disfrute.
En este contexto, conforme al artículo
980 del Código Civil Federal de apli-
cación supletoria a la materia fiscal
de acuerdo con el diverso artículo 5°
del Código Fiscal de la Federación, el
usufructo es el derecho real y tempo-
ral de disfrutar de los bienes ajenos, y
mediante dicha figura exclusivamente
se transmite el derecho de disfrutar el
bien, es decir, el usufructuario solo tie-
ne el derecho de usar y disfrutar, más
no el derecho de disposición del bien,
ya que este queda intocado a favor
de su propietario, quien automática-
mente, adquiere el carácter de nudo
propietario. Ahora bien, si de confor-
midad con el artículo 17 de la Ley del
Impuesto sobre la Renta las personas
morales residentes en el país, tienen la
obligación de acumular la totalidad de
los ingresos en efectivo, en bienes, en
servicio, en crédito o de cualquier otro
tipo, que obtengan en el ejercicio; en-
tendiendo como ingreso para efecto
de dicho impuesto cualquier canti-
dad que modifique positivamente el
patrimonio del contribuyente y que
puede obtenerse de múltiples formas,
según lo establecido por la tesis nú-
mero 1a. CLXXXIX/2006, emitida por
la Primera Sala de la Suprema Corte
de Justicia de la Nación, cuyo rubro
indica: “RENTA. QUÉ DEBE ENTEN-
DERSE POR ‘INGRESO’ PARA EFEC-
TOS DEL TÍTULO II DE LA LEY DEL
IMPUESTO RELATIVO”, es diáfano
que en el caso del usufructo, para efec-
tos del mencionado impuesto, la obli-
gación de acumular a sus ingresos la
ganancia que se genere con el mismo,
corresponderá a quien tenga el carác-
ter de usufructuario.
Ahora bien pero las consecuencias no
se limitan a la acumulación que a cada
parte pueda llegar a corresponder-
le, sino también al tratamiento que el
usufructuario debe darle a la adqui-
sición, de ahí que debamos remitir-
nos al artículo 33 del Reglamento del
Impuesto Sobre la Renta en cuando
expresa cuales son los activos intan-
gibles, como lo es el derecho de uso
o disfrute obtenido derivado de un
contrato de usufructo, señalando de
manera textual: “Gastos diferidos son
los activos intangibles representados
por bienes o derechos que permitan
reducir costos de operación, mejorar
la calidad o aceptación de un produc-
to, usar, disfrutar o explotar un bien,
por un periodo limitado, inferior a la
duración de la actividad de la persona
moral.” De donde entonces podemos
apreciar que el tratamiento deberá ser
como gasto diferido, sujetándose a su
vez a los porcientos máximos estable-
cidos en el artículo 33 fracción III de la
Ley del Impuesto Sobre la Renta.
De igual forma es importante que de-
jar expuesto que en la descomposición
jurídica de la propiedad obtener de
una parte la nuda propiedad (dominio)
y por otra el uso y disfrute (usufruc-
to), ante lo cual y con las reservas que
en material civil se establecen para
el caso, el propietario puede llegar a
obtener un una ganancia por el otor-
gamiento del usufructo, y una más en
su momento por la enajenación del
dominio, pues no perdamos de vista
que si por el común de los casos ambas
figuras se encuentran en su conjunto,
estas pueden separarse y disponer de
ellas en lo individual; ante lo cual se es-
taría en la hipótesis de dos enajenacio-
nes del mismo bien por cuanto a cada
una de las partes de la componen.
Como podrá haber resultado eviden-
te, por extraño que pueda parecer a
quienes se encuentren ajenos a los
temas fiscales, la forma en que figuras
de la legislación civil son concebidas,
no necesariamente son reflejadas en
materia fiscal, siendo el tratamiento
distinto en materia tributaria y las im-
portantes implicaciones que para el
patrimonio del contribuyente puede
llevar el observar esas figuras de ma-
nera aislada, siendo por tanto la aseso-
ría del contador, abogado o consultor
fiscal de suma importancia en ello.
Así el contrato de usufructo como ha
sido expuesto tiene un ámbito de apli-
cación ambivalente, que debe ser tra-
tado con detenimiento y de no manera
aventurada y relajada como hemos
sido testigos frecuentes de su ejecu-
ción, ante las serias consecuencias que
esta puede tener aparejadas, pudien-
do llegar a ser mayores en perjuicio
fiscal, que en la ganancia mercantil que
pueda obtenerse de ella.
FJLV-2017-12-29
18 | LEY ANTILAVADO DE DINERO, INCP
C.P.C. Francisco José Morales GortárezConsultor en riesgos empresarialeswww.fmconsultores.com.mx
Minería en blanqueo de capitales
Los recientes cambios en la econo-
mía mundial han dado lugar a una
mayor demanda de inversiones
de valor estable y productos básicos.
El oro es una moneda universalmente
aceptada que se ha mantenido estable
a pesar de las fluctuaciones de los mer-
cados financieros mundiales. Las me-
didas internacionales contra el lavado
de dinero aplicadas están influyendo
en un cambio en los comportamien-
tos de los lavadores de dinero lleván-
dolos hacia metodologías con menor
visibilidad de la aplicación de la ley, lo
que hace que el oro sea muy atractivo.
Además, el oro es una parte integral
del patrimonio de un gran número de
países, como China y la India, donde se
caracteriza fuertemente por los inter-
cambios religiosos y sociales.
El sector del oro (a través de distri-
buidores de metales preciosos) está
cubierto por el GAFI (Grupo de Acción
Financiera) en sus Normas de la Reco-
mendación 23, por lo que las empresas
Mineras que se dediquen a la extrac-
ción de metales preciosos como Oro,
Plata y Platino, puede ser sujeto al
blanqueo de capitales.
Las alertas que establece GAFI hacen
el señalamiento a todos sus países
miembros en el cual se incluye México,
“Las alertas que es-tablece GAFI hacen
el señalamiento a todos sus países
miembros en el cual se incluye México, para establecer las
acciones de pre-vención sobre los
recursos de proce-dencia ilícita que
puedan refugiarse en los metales pre-
ciosos”.
INCP, LEY ANTILAVADO DE DINERO | 19
para establecer las acciones de pre-
vención sobre los recursos de proce-
dencia ilícita que puedan refugiarse en
los metales preciosos.
Es por eso que los metales preciosos
son un vehículo corporativo estable-
cido en la Ley AntiLavado como activi-
dades vulnerables, ya que este puede
verse como un medio alternativo para
aquellos individuos que manejen re-
cursos de procedencia ilícita en su al-
macenamiento y fácil movilidad de los
activos.
El informe de GAFI en 2015, sobre el
blanqueo de capitales, menciona las
vulnerabilidades de lavado de dinero
asociadas con el oro, en el cual se iden-
tifican las muchas características que
hacen que el oro sea atractivo para
el lavado de dinero, mencionando las
siguientes características: tiene un
valor estable, es anónimo y fácilmente
transformable e intercambiable, ade-
más el mercado del oro es altamente
lucrativo también presenta vulnerabi-
lidades en la generación en cada etapa
de los procesos de extracción hasta la
venta minorista.
Es esencial comprender qué es lo que
hace que el oro -como otros metales
y piedras preciosas, como los diaman-
tes- atraiga a los lavadores de dinero
para legitimar sus activos y generar
beneficios, por lo cual es esencial iden-
tificar los riesgos de lavado de dinero y
de financiamiento del terrorismo en el
sector minero.
Pero, ¿por qué el oro?, hay dos grandes
características del oro y el mercado
del oro que lo convierten en atractivo
vehículo para el blanqueo de capitales.
La primera es la naturaleza y el tama-
ño del propio mercado, que depende
en gran medida del método de inter-
cambio. El segundo es el anonimato
generado a partir de las propiedades
del oro que hacen que el seguimiento
de sus orígenes sea muy difícil de ha-
cer. Estos factores hacen que el oro
sea altamente atractivo para aquellos
que deseen ocultar, mover o invertir
sus productos ilícitos.
En conclusión, las empresas mineras
deben de conocer la Ley Anti-lavado
y cuál es su exposición al riesgo de ser
utilizados como vehículos para el blan-
queo de capitales, sus obligaciones
ante la ley y la de sus directivos, ade-
más, es importante señalar que Sonora
se destacada a nivel mundial, por tener
el 50% de la producción nacional de
minerales y más del 30% de la produc-
ción del oro nacional.
Dudas o comentarios: francisco.mora-
“Los metales preciosos son un vehículo corporativo establecido en la Ley AntiLavado como actividades
vulnerables, ya que este puede verse como un medio alternativo para aquellos individuos que
manejen recursos de procedencia ilícita en su alma-cenamiento y fácil movilidad de los activos”.
20 | RESEÑAS, INCP
Se llevó a cabo con la colabora-
ción del Colegio de Contadores
Públicos de Baja California, A.C.,
TLC Asociados y la Confederación de
Cámaras Nacionales de Comercio,
Servicios y Turismo (Concanaco-Ser-
vytur), el evento, denominado “Panel
de Expertos Binacionales TLCAN 2.0
Mitos y Realidades en la voz de los
negociadores”, en la que eExpertos y
negociadores dentro de la actualiza-
ción del TLCAN de ambos lados de la
frontera se reunieron en la ciudad de
Tijuana para analizar temas de impor-
tancia para Baja California como lo es
el Capítulo transfronterizo de servi-
cios en el aspecto de turismo médico
y de salud, con la intención de generar
propuestas para ser presentadas en la
siguiente ronda de negociaciones.
El presidente del Colegio de Contado-
res Públicos de Baja California, A.C.,
C.P.C. Lorenzo Hernández Niebla,
resaltó que los ponentes son precisa-
mente los negociadores en las rondas
del TLCAN, como lo es el Jefe Nego-
ciador de la Oficina de México en Was-
hington de la Secretaría de Economía,
Lic. Guillermo Malpica Soto.
Señaló que con este foro buscan con-
vocar también a la ciudadanía prin-
Nacen propuestas en materia de turismo médico y PYMES en la región para presentarlas en la siguiente ron-da de negociación del TLCAN
INCP, RESEÑAS | 21
cipalmente a los empresarios y co-
merciantes, así como a las distintas
cámaras empresariales, cluster y ex-
pertos comerciales de la región, para
que sumen con sus comentarios y ge-
nerar propuestas que se presenten en
la siguiente ronda de negociaciones
del TLCAN.
Así mismo menciono el Presidente del
Colegio de Contadores Públicos de
Baja California, que el primer panel
abordó la “Situación Actual del TLCAN
y su Impacto en la Frontera Norte”,
con la participación del Presidente del
Colegio de Contadores de California,
Capitulo San Diego, CPA. Jesús Tora-
kichi Oba, y el Presidente de CONCA-
NACO SERVYTUR, Ing. Enrique Sola-
na Sentíes.
En el panel sobre “La Competitividad y
las Pymes en el TLCAN 2.0, Capítulos
de Trascendencia hacia el Fortaleci-
miento de la Integración Rregional”,
participó el Líder Negociador en el
tema de Pymes, Mtro. Sergio Soto
Nuñez; el Presidente de Canacintra Ti-
juana, Lic. Marcello Hinojosa Jiménez
y el experto en Reglas de Origen y la
Cadena de Valor, Mtro. Ricardo Mén-
dez Castro.
Para el tercer panel, sobre “La Moder-
nización del TLCAN. Turismo Médico
y de Salud”, participó el Lic. Guillermo
Malpica Soto; el Secretario de Turismo
de BC, Lic. Óscar Escobedo Carignan;
y el Presidente del Clúster de Servi-
cios de Salud de BC, Dr. Ricardo Vega
Montiel.
22 | RESEÑAS, INCP
El cambio de consejo directivo 2017–2018 se lle-
vó acabo el día jueves 7 de diciembre del 2017,
en el salón Cantabria del Restaurante España, a
dicho evento acudió la mayoría de la membresía para
celebrar dicho acto, tomándole protesta a la nueva
presidenta la C.P.C. y Lic. Yedid Zazueta Vega.
Entre las personalidades más relevantes tuvimos al
CPC. Jose Besil Presidente del IMCP, Lic. Anselmo
Acosta Bojórquez en representación del presidente
del municipio de Ahome, CPC yLIC. Eduviges Haro
Bojorquez Vicepresidente General de la Región No-
roesteRepresentantes de Coparmex, Canacintra, en-
tre otras cámaras y organismos importantes.
Colegio de Contadores Públicos del Norte de Sinaloa, A.C.
Cambio de Consejo Directivo 2017-2018
INCP, RESEÑAS | 23