SEMINARIO:
ELABORACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS DICTAMINADOS DE ACUERDO A LAS NORMAS DE INFORMACION FINANCIERA
TEMA:
ANALISIS COMPARATIVO DE LA CONVERGENCIA CONTABLE
INFORME FINAL QUE PARA OBTENER EL TITULO DE CONTADOR PÚBLICO
PRESENTAN:
ALTAGRACIA JIMENA SALAZAR GARCÍA
GEMA LIZBETH CRUZ GARCÉS
JULIO ERNESTO LANDEROS MANRIQUEZ
ROSA ANDREA MARCELO ARMENTA
WUENDY YURIDIA AGUSTIN VARGAS
CONDUCTOR DEL SEMINARIO:
C.P.C. CARLOS ALARCÓN FLORES
INSTITUTO POLITECNICO NACIONAL
ESCUELA SUPERIOR DE COMERCIO Y ADMINISTRACIÓN UNIDAD TEPEPAN
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MÉXICO, D. F. ABRIL 2010
ÍNDICE
ABREVIATURAS ...................................................................................................................................... 5
INTRODUCCIÓN ..................................................................................................................................... 7
CAPITULO I “ANTECEDENTES HISTÓRICOS DE LA NORMATIVIDAD CONTABLE”
1.1. ORIGEN DE LA NORMATIVIDAD CONTABLE ........................................................................................... 8
1.1.1. PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD GENERALMENTE ACEPTADOS ................................................................. 8
1.1.2. NORMAS DE INFORMACION FINANIERA ................................................................................. 10
1.1.3. NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACION FINANCIERA ................................................................. 14
CAPITULO II “ORIGEN Y APLICACIÓN DE LAS NORMAS DE INFORMACION FINANCIERA MEXICANAS E
INTERNACIONALES”
2.1. CLASIFICACION DE EMPRESAS ............................................................................................................ 19
2.1.1. SU ACTIVIDAD O SECTOR ECONÓMICO .............................................................................................. 19
2.1.2. SU DIMENSIÓN ............................................................................................................................ 21
2.1.3. SU FINALIDAD .............................................................................................................................. 26
2.1.4. SU CONSTITUCIÓN ........................................................................................................................ 28
CAPITULO III “PRINCIPALES CAMBIOS EN LA NORMATIVIDAD CONTABLE EN MÉXICO”
3.1. COMPARACION ENTRE LOS PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD GENERALMENTE ACEPTADOS Y LAS NORMAS DE
INFORMACION FINANCIERA ............................................................................................................ 30
3.1.1. PRINCIPALES CAMBIOS EN RELACIÓN CON LOS PRONUNCIAMIENTOS ANTERIORES .................................... 37
3.1.1.1. SERIE A “MARCO CONCEPTUAL” .................................................................................................. 37
3.1.1.1.1. ESTRUCTURA DE LA NORMATIVIDAD ACTUAL ............................................................................... 39
3.1.1.1.2. RENOMBRAMIENTO DE POSTULADOS BÁSICOS Y ACLARACIONES IMPORTANTES ................................. 44
3.1.1.1.2.1. CONCILIACIÓN ENTRE LOS POSTULADOS BÁSICOS DE LA NIF A‐2 Y LOS PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD DEL BOLETÍN A‐1 ..................................................................................................................... 46
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3.1.1.1.3. NECESIDADES DE LOS USUARIOS Y OBJETIVOS DE LOS ESTADOS FINANCIEROS .................................... 59
3.1.1.1.4. CONCILIACIÓN ENTRE LAS CARACTERÍSTICAS CUALITATIVAS DE LOS ESTADOS FINANCIEROS A NIVEL NACIONAL E INTERNACIONAL ............................................................................................... 73
3.1.1.1.5. ELEMENTOS BÁSICOS DE LOS ESTADOS FINANCIEROS .................................................................... 81
3.1.1.1.6. RENOMBRAMIENTO Y VALUACIÓN DE LOS ESTADOS FINANCIEROS ................................................... 94
3.1.1.1.7. PRESENTACIÓN Y REVELACIÓN DE LOS ESTADOS FINANCIEROS ...................................................... 108
3.1.1.1.8. BASES PARA LA APLICACIÓN DE SUPLETORIEDAD ........................................................................ 118
3.1.1.2. SERIE B NORMAS APLICABLES A LOS ESTADOS FINANCIEROS EN SU CONJUNTO .................................... 123
3.1.1.2.1. CAMBIOS CONTABLES Y CORRECCIÓN DE ERRORES ...................................................................... 123
3.1.1.2.2. APARICIÓN DEL ESTADO DE FLUJO DE EFECTIVO ......................................................................... 128
3.1.1.2.3. CAMBIO EN LA ESTRUCTURA DE PRESENTACIÓN DEL ESTADO DE RESULTADOS ................................. 140
3.1.1.2.4. SURGIMIENTO DEL CONCEPTO DE ADQUISICIÓN DE NEGOCIOS Y SU APLICABILIDAD .......................... 149
3.1.1.2.5. MODIFICACIÓN A LA PRESENTACIÓN DE ESTAOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS O COMBINADOS ......... 165
3.1.1.2.6. NUEVA NORMATIVIDAD PARA EL RECONOCIMIENTO DE LOS EFECTOS DE LA INFLACIÓN 176
3.1.1.2.7. HECHOS POSTERIORES A LA FECHA DE LOS ESTADOS FINANCIEROS ................................................. 189
3.1.1.2.8. LINEAMIENTOS PARA LA CONVERSIÓN DE MONEDAS EXTRANJERAS ............................................... 193
3.1.1.3. SERIE C NORMAS APLICABLES A CONCEPTOS ESPECÍFICOS DE LOS
ESTADOS FINANCIEROS.......................................................................................................... 200
3.1.1.3.1. INVERSIONES EN ASOCIADAS Y OTRAS INVERSIONES PERMANENTES ............................................... 200
3.1.1.3.2. ACTIVOS INTANGIBLES ........................................................................................................... 211
3.1.1.3.3. NORMATIVIDAD PARA LAS PARTES RELACIONADAS ..................................................................... 237
3.1.1.4. SERIE D NORMAS APLICABLES A PROBLEMAS DE DETERMINACIÓN DE RESULTADOS .............................. 242
3.1.1.4.1. SURGIMIENTO DE LA NUEVA APLICACIÓN PARA LOS BENEFICIOS A LOS EMPLEADOS .......................... 243
3.1.1.4.2. IMPUESTOS A L UTILIDAD Y SU ENFOQUE ACTUAL ....................................................................... 249
3.1.1.4.3. CAPITALIZACIÓN DEL RESULTADO INTEGRAL DE FINANCIAMIENTO ................................................. 252
3.1.1.4.4. APARICIÓN DE PAGOS BASADOS EN ACCIONES ........................................................................... 255
4
3.1.1.5. SERIE E NORMAS APLICABLES A LAS ACTIVIDADES ESPECIALIZADAS DE DISTINTOS SECTORES .................. 259
3.1.1.5.1. AGRICULTURA Y SU EVOLUCIÓN .............................................................................................. 259
3.1.1.5.2. TRATAMIENTO DE LOS INGRESOS Y CONTRIBUCIONES OTORGADAS Y RECIBIDAS
POR ENTIDADES CON PROPÓSITOS NO LUCRATIVOS. ................................................................. 268
CAPITULO IV “PRINCIPALES ACONTECIMIENTOS QUE ORIGINARON LA CONVERGENCIA CONTABLE”
4.1. GLOBALIZACIÓN ........................................................................................................................... 275
4.1.1. CARACTERÍSTICAS ....................................................................................................................... 277
4.1.2. VENTAJAS Y DESVENTAJAS ............................................................................................................ 278
4.1.3. COMENTARIOS........................................................................................................................... 281
CASO PRÁCTICO ................................................................................................................................... 283
CONCLUSIÓN ...................................................................................................................................... 284
FUENTES BIBLIOGRAFICAS ..................................................................................................................... 286
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ABREVIATURAS
MC MARCO CONCEPTUAL
NIF NORMAS DE INFORMACIÓN FINANCIERA
NIIF NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA
IFRS INTERNATIONAL FINANCIAL REPORTING STANDARS (NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA)
NIC NORMAS INTERNACIONALES DE CONTABILIDAD VIGENTES
IMCP INSTITUTO MEXICANO DE CONTADORES PUBLICOS
PCGA PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD GENERALMENTE ACEPTADOS
CINIF CONSEJO MEXICANO PARA LA INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO DE NIF
IASB INTERNATIONAL ACCOUNTING STANDARS BOARD (CONSEJO DE NORMAS INTERNACIONALES DE CONTABILIDAD)
IAS INTERNATIONAL ACCOUNTING STANDARDS (NORMAS INTERNACIONALES DE CONTABILIDAD ANTERIORES)
IASC INTERNATIONAL ACCOUNTING STADARDS COMMITTEE (COMITE DE NORMAS INTERNACIONALES DE COTABILIDAD)
IFRIC INTERNATIONAL FINANCIAL REPORTING INTERPRETATIONS COMMITTEE (COMITÉ INTERNACIONAL DE INTERPRETACIONES)
SIC STANDING INTERPRETATIONS COMMITTEE (COMITE DE INTERPRETACIONES)
FASB FINANCIAL ACCOUNTING SYANDARS BOARD (CONSEJO DE NORMAS DE CONTABILIDAD FINANCIERA)
MIPyMEs MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
CPC COMISIÓN DE PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD
INIF INTERPRETACIONES A LAS NIF
SEC SECURITIES AND EXCHANGE COMMISSION (COMISIÓN DE VALORES Y BOLSA)
CNBV COMISION NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES
UE UNION EUROPEA
PYMES PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS
US GAAP UNITED STATES GENERALLY ACCEPTED ACCOUNTING TRINSITLES (PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD GENERALMENTE ACEPTADOS DE ESTADOS UNIDOS)
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ONIF ORIENTACIONES A LAS NORMAS DE INFORMACIÓN FINANCIERA
INIF INTERPRETACIONES A LAS NORMAS DE INFORMACIÓN FINANCIERA
E.U.A. ESTADOS UNIDOS DE AMERICA
DOF DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN
CONSAR COMISION NACIONAL DEL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO
CONDUSEF COMISION NACIONAL DE SEGUROS Y FIANZAS
BMV BOLSA MEXICANA DE VALORES
NIA’S NORMAS INTERNACIONALES DE AUDITORIA
€ EUROS
SFAS DECLARACIÓN DE LAS NORMAS DE CONTABILIDAD FINANCIERA
FAS NORMAS DE CONTABILIDAD FINANCIERA
OMC ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO
ANFECA ASOCIACIÓN NACIONAL DE FACULTADES Y ESCUELAS DE CONTADURIA Y ADMINISTRACIÓN
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INTRODUCCIÓN
En el presente informe final se ha decidido realizar un análisis comparativo de la normatividad
contable en lo que fueron en su época los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados y la
entra en vigor mundialmente las NIF ya que hoy es un tema prioritario para todo el mundo y su
aplicación influye en la economía global. El hecho de que se esté aplicando una convergencia
gradual permite a todas las empresas nacionales e internacionales adecuarse e ir llevando su
proceso contable conforme a la nueva normatividad y el impacto que ha tenido en su economía.
La alta presencia de sucesos tales como la globalización, las crisis económicas y el cambio de
procedimientos que buscan facilitar el proceso contable a incitado a las empresas a tener más
atención por lo que nos interesa preponderantemente su reacción y fue el motivo por el cual
realizamos un estudio general y a su vez un comparativo de la forma de adopción de la nueva
normatividad.
En el capitulo I se muestra la historia por el cual existe el proceso contable y como a través del
tiempo se tuvo que regular debido a las necesidades de esas épocas; posteriormente en el capitulo
II se presenta un panorama actual de la formas de aplicación y el impacto de la actual
normatividad y consecuentemente como lo afrontaron las empresas de acuerdo a su actividad o
sector económico, dimensión, finalidad y a su constitución como entidades involucradas en la
convergencia contable
En el capitulo III se da una breve reseña de los principales cambios y el surgimiento de las nuevas
reglas normativas que se originaron debido a la evolución de las transacciones y transformaciones
internas y externas de las empresas a nivel nacional e internacional de la información financiera.
Cabe señalar que el capitulo IV y comenta los principales acontecimientos que se expone como
enfoque principal la globalización, sus ventajas y desventajas y comentarios que motivaron a la
comunidad contable a establecer nuevas reglas con el fin de unificar criterios y procedimientos y
regular el proceso contable que a través de los años ha ido de forma natural y razonable
acoplándose a las necesidades de los usuarios de la información financiera
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CAPITULO I “ANTECEDENTES HISTORICOS DE LA NORMATIVIDAD CONTABLE”
1.1. ORIGEN DE LA NORMATIVIDAD CONTABLE
Desde épocas antiguas se tiene la certeza de que se utilizo un registro contable en Egipto y
Mesopotamia seis mil años antes de Cristo y de actividades bancarias entre los años 5400 y 3200
AC. En el Templo Rojo de Babilonia.
En el siglo XIV en las ciudades de Florencia, Génova y Venecia se encontraron varios libros pero es
hasta el año de 1494 donde en esta última ciudad Fray Luca Da Borgo Pacioli escribe el primer
libro de matemáticas que contiene conceptos relacionados con la contabilidad, es por esto que se
le conoce como el padre de la contabilidad.
Las grandes transformaciones económicas, sociales y políticas motivadas por la revolución
industrial determinan el cambio hacia una sociedad industrializada, así mismo la revolución
industrial motivo a que en Estados Unidos se diera la publicación de los “Principios de Contabilidad
Generalmente Aceptados” que en adelante se presentas con las siglas PCGA, que son una serie de
boletines sobre el tratamiento que se debe dar a los conceptos que integran los estados
financieros, con la finalidad de evitar hasta donde sea posible las discrepancias en los criterios
aplicados para su presentación y facilitando a los distintos usuarios su interpretación, en nuestro
país son aplicados desde 1974.
1.1.1. PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD GENERALMENTE ACEPTADOS
Los PCGA son un cuerpo de doctrinas y normas asociado con la contabilidad, que sirven de
explicación de las actividades corrientes o actuales y así como guía en la selección de
convencionalismos o procedimientos aplicados por los profesionales de la contaduría pública en el
ejercicio de sus actividades.
En su mayor parte, los principios contables generalmente aceptados son resultado de las
actividades de los contadores durante la última mitad de siglo. Hasta aproximadamente 1930 era
poco lo que se había logrado hacia el establecimiento de principios y prácticas. La caída del
mercado de valores y la depresión que lo acompaño hacia la fecha hizo necesarias las mejoras en
las prácticas de medición de las actividades financieras y preparación de los informes
correspondientes.
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En muchos casos, los estados financieros de aquella época no revelaban la posición financiera y la
rentabilidad correcta de las entidades; muchas de éstas sobrestimaban sus utilidades netas y su
bienestar financiero. A causa de ello, se hicieron esfuerzos para proteger a los inversionistas y
establecer un conjunto generalizado de principios contables.
Los PCGA constituyen parámetros para que la confección de los estados financieros sea sobre la
base de métodos uniformes de técnica contable.
Se aprobaron durante la 7.ª Conferencia Interamericana de Contabilidad y la 7.ª Asamblea
Nacional de Graduados en ciencias económicas, que se celebraron en Mar del Plata en 1965.
La elaboración de los principios contables es trabajo de un comité especial. La elaboración de
principios generales surgió debido a que los reportes que se realizaban eran variables y reportaban
diferentes métodos de registros. Por lo tanto el comité sugirió que se formularan principios
generales que pudieran adoptar las diferentes entidades económicas.
La elaboración de los principios no fue una tarea fácil ya que esta disciplina además de ser práctica
está sujeta a rigurosos análisis de los conceptos que se están manejando en la información
financiera de la entidad.
Los principios contables tenían como propósito el de crear una estructura contable estandarizada
que fuera útil para la clasificación de los movimientos económicos, para el mejoramiento de la
información contable y para que fueran entendibles los informes financieros para el público en
general.
En el caso de México, los PCGA es un libro elaborado por el IMCP junto con la ANFECA, con el
propósito de contar con normas que guíen a los profesionistas de la contaduría para la adecuada
realización de su actividad y así el contador cuenta con normas generales para el tratamiento de
los movimientos económicos que realiza una entidad, con estas normas se pretende minimizar las
diferencias que puedan existir en la realización de la información financiera.
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Los PCGA esta compuesto por diferentes boletines clasificados, que son:
Serie A Principios contables básicos
Serie B Principios relativos a estados financieros en general
Serie C Principios aplicables a partidas o conceptos específicos
Serie D Problemas especiales de determinación de resultados
Cada serie consta de boletines que describen las guías sobre diferentes conceptos que el contador
toma en cuenta para la realización de la información financiera. Los boletines definen el alcance
del mismo, muestra las definiciones para cada concepto y nos da las reglas de presentación y
valuación.
1.1.2. NORMAS DE INFORMACIÓN FINANCIERA
Durante más de 30 años la CPC del IMCP fue la encargada de emitir la normatividad contable en
nuestro país, en boletines y circulares de los PCGA. En este conjunto de boletines se establecieron
los fundamentos de la contabilidad financiera en los que se basó no sólo el desarrollo de normas
particulares, sino también la respuesta a controversias o problemáticas derivadas de la emisión de
estados financieros de las entidades económicas. Indiscutiblemente, la CPC desempeñó esta
función con un alto grado de dedicación, responsabilidad y profesionalismo.
A partir del 1° de junio de 2004, es el CINIF el organismo independiente que, en congruencia con la
tendencia mundial, asume la función y la responsabilidad de la emisión de la normatividad
contable en México.
El CINIF es un organismo independiente en su patrimonio y operación, constituido en el año 2002
por entidades líderes de los sectores público y privado, con objeto de desarrollar las NIF con un
alto grado de transparencia, objetividad y confiabilidad, que sean de utilidad tanto para emisores
como para usuarios de la información financiera.
Para lograr lo anterior, se conformó un Consejo Emisor del CINIF, al que se han integrado
investigadores de tiempo completo provenientes de diferentes campos de experiencia y
competencia profesional, resaltando su independencia de criterio objetividad e integridad,
quienes trabajan junto con reconocidos profesionistas y académicos voluntarios, a fin de lograr
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puntos de vista plurales e independientes. Asimismo, el proceso de emisión de normatividad está
en todo momento bajo la observación de cualquier interesado, al publicarse en la página
electrónica del CINIF, el inventario de proyectos, los avances a dichos proyectos, las normas en
proceso de auscultación, las respuestas recibidas en este proceso y finalmente, los documentos
denominados “bases para conclusiones”, que dan respuesta a los comentarios recibidos durante la
auscultación.
Desde luego, el propio IMCP ha sido promotor de la constitución del CINIF, por lo que ha
establecido ya, en el Capítulo I de sus Estatutos, apartado 1.03, inciso m, que el IMCP tiene como
objetivo, entre otros:
Adoptar como disposiciones fundamentales, consecuentemente de observancia obligatoria para
los socios del Instituto, las NIF que emita el Consejo Mexicano para la Investigación y Desarrollo de
NIF…
El CINIF es el encargado directo de desarrollar dicha normatividad; para lograrlo, lleva a cabo
procesos de investigación y auscultación entre la comunidad financiera y de negocios, y otros
sectores interesados, dando como resultado, la emisión de documentos llamados NIF o, en su
caso, Interpretaciones a las NIF y Orientaciones a las NIF, siendo las dos últimas, aclaraciones y
guías de implementación de las NIF.
La filosofía de las NIF es lograr, por una parte, la armonización de las normas locales utilizadas por
los diversos sectores de nuestra economía; y, por otro lado, converger en el mayor grado posible,
con las NIIF emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad.
Cuando se haga referencia genérica a las NIF, deberá entenderse que éstas comprenden tanto a
las normas emitidas por el CINIF como a los boletines emitidos por la CPC que le fueron
transferidos al CINIF el 31 de mayo de 2004.
Sin embargo, cuando se haga referencia específica a alguno de los documentos que integran las
NIF, éstos se llamarán por su nombre original, esto es NIF o Boletín, según sea el caso.
Derivado de lo anterior, la estructura de las NIF se plantea de una forma sistemática de modo que
se plantea en tres rubros de los cuales se estructuras la parte de la normatividad pasada, la
normatividad vigente y la normatividad supletoria.
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De forma más precisa de párrafo anterior la estructura de las NIF es la siguiente:
a) Las NIF y las INIF emitidas por el CINIF;
b) Los Boletines emitidos por la CPC, que no hayan sido modificados, sustituidos o derogados
por las nuevas NIF; y
c) Las NIIF aplicables de manera supletoria.
Cabe señalar que las “Circulares” son recomendaciones o aclaraciones emitidas en su momento
por la CPC, pero que no asumen la forma de una norma, pues no pasaron por un proceso de
auscultación. Empero, debido a su importancia como guías, seguirán formando parte de esta
publicación hasta en tanto pierdan su función.
Este libro tiene como objetivo congregar en un solo volumen todas las normas y criterios emitidos
por el CINIF o transferidos al mismo por la CPC del IMCP, que se encuentran vigentes al 1° de
enero de 2008, para de esta forma facilitar el trabajo de análisis y consulta por las distintas partes
involucradas e interesadas en la formulación e interpretación de las NIF. Ocasionalmente, se
incluirán algunas normas de etapa de auscultación, promoviendo así una divulgación más amplia
de las mismas.
Las NIF han sido clasificadas en:
a) Normas conceptuales, que conforman el llamado Marco Conceptual;
b) Normas particulares ; e
c) Interpretaciones a las normas particulares.
Los pronunciamientos del CINIF son producto de un largo proceso que se inicia con la
identificación de dudas o áreas de oportunidad en materia de información financiera que ameritan
la exposición de una solución concreta o de una interpretación por parte del CINIF. Después del
análisis y evaluación de las distintas alternativas por parte de los miembros del Consejo Emisor del
CINIF, se formula un documento como un borrador para discusión, el cual una vez que ha sido
aprobado por los votos de la menos las dos terceras partes de los miembros del Consejo, se envía
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al Comité Técnico Consultivo del CINIF para que realice recomendaciones o valide la normatividad
propuestas para su divulgación.
Si el contenido del proyecto tiene el carácter de norma, se somete, durante un período
suficientemente amplio, a un proceso de auscultación, normalmente tres meses, entre todas las
personas interesadas en la información financiera.
Todos los puntos de vista que se recogen, se analizan y evalúan cuidadosamente y, con base en
ellos, se modifica en lo procedente el documento respectivo, el cual nuevamente debe ser
aprobado por los votos de al menos las tres cuartas partes de los miembros del Consejo Emisor del
CINIF.
La versión aprobada se envía nuevamente al CTC junto con un análisis de los puntos observados
durante la auscultación más el sustento técnico por el cual fueron aceptadas o rechazadas las
sugerencias o modificaciones propuestas durante ese proceso; además, en caso de proceder, debe
enviarse el voto razonado de miembros del Consejo Emisor que hubiesen objetado parcial o
totalmente el pronunciamiento que se está proponiendo como definitivo para que se apruebe su
publicación como una norma obligatoria para las entidades que emitan información financiera de
acuerdo con NIF.
Al documento aprobado que contiene la norma se le conoce como NIF.
Además el CINIF emite Interpretaciones a las NIF que tienen por objeto:
a) Aclarar o ampliar temas ya contemplados dentro de alguna NIF;
b) Proporcionar oportunamente guías sobre nuevos problemas detectados en la información
financiera que no estén tratados específicamente en las NIF, o bien sobre aquellos
problemas sobre los que se hayan desarrollado, o que se desarrollen, tratamientos poco
satisfactorios o contradictorios.
Las Interpretaciones a que se hace referencia en el inciso a) anterior, no son auscultadas, dado que
no contravienen el contenido de la NIF de la que se derivan, en virtud de que esta última ya fue
sometida a ese proceso. Las Interpretaciones a que se hace referencia en el inciso b) anterior,
están sujetas a auscultación, que normalmente es por un plazo de un mes.
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Eventualmente, el CINIF puede emitir orientaciones sobre asuntos emergentes que vayan
surgiendo y que requieran de atención rápida, las cuales no son sometidas a auscultación, por lo
que no son obligatorias.
Las normas contables son dinámicas y se van adaptando a los cambios experimentados en el
entorno bajo el cual desarrollan su actividad las entidades. Esto es, algunas normas se modifican,
otras se eliminan o bien simple y sencillamente surge la necesidad de emitir nuevas disposiciones.
Esto hace necesarios que con cierta periodicidad se publiquen ediciones nuevas debidamente
actualizadas de este libro. Es importante señalar que la utilización de las NIF incrementa la calidad
de la información financiera contenida en los estados financieros, asegurando así su mayor
aceptación, no sólo a nivel nacional, sino también internacional.
Para facilitar el estudio y aplicación de las diferentes NIF, éstas se clasifican en las siguientes
series:
Serie NIF A Marco Conceptual
Serie NIF B Normas aplicables a los estados financieros en su conjunto
Serie NIF C Normas aplicables a conceptos específicos de los estados financieros
Serie NIF D Normas aplicables a problemas de terminación de resultados
Serie NIF E Normas aplicables a las actividades especializadas de distintos sectores
Para facilitar la consulta y aplicabilidad de la normatividad, se incluye, independientemente del
índice del contenido, un índice de la normatividad en vigor en el que se enumeran las NIF que son
aplicables para ejercicios que se inicien el 1° de enero de 2008, indicando adicionalmente la fecha
a partir de la cual ésta se encuentra en vigor.
1.1.3. NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACION FINANCIERA
Las NIIF antes NIC, emitidas por el IASB, basan su utilidad en la presentación de información
consolidadas en los estados financieros.
Las NIIF aparecen como consecuencia del Comercio Internacional mediante la Globalización de la
economía, en la cual intervienen la práctica de Importación y Exportación de Bienes y Servicios, los
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mismos se fueron aplicando hasta llegar a la inversión directa de otros países extranjeros
promoviendo así el cambio fundamental hacia la practica internacional de los negocios.
En vista de esto, se determina la aplicación del proceso de la Armonización Contable con el afán de
contribuir a la construcción de parámetros normativos, que pretenden regular las actividades
económicas de las naciones, estas normas intervienen dentro del sector social, educativo,
empresarial, ambiental, entre otros, con el propósito de dar a conocer el grado de afectación de
estos aspectos dentro de la globalización que se vienen desarrollando y la armonización con otros
miembros reguladores del aspecto contable.
Algunos de los objetivos primordiales de la NIF Internacionales son:
• Las NIIF favorecerán una información financiera de mayor calidad y transparencia, su
mayor flexibilidad, que dará un mayor protagonismo al enjuiciamiento para dar solución a
los problemas contables, es decir la aplicación del valor razonable, o el posible incremento
de la actividad litigiosa.
• La calidad de las NIIF es una condición necesaria para cumplir con los objetivos de la
adecuada aplicación, solo de este modo tiene sentido su condición de bien público
susceptible de protección jurídica.
• Imponer el cumplimiento efectivo de la norma y garantizar la calidad del trabajo de los
auditores, cuyo papel es esencial para la credibilidad de la información financiera.
• Hacer uso adecuado de la metodología y la aplicación en la praxis diaria.
Los orígenes de las NIIF datan de 1966, cuando varios grupos de contadores de EU, el Reino Unido
y Canadá establecieron un grupo común de estudio.
En un principio, el organismo se dedicaba a publicar documentos sobre tópicos importantes, pero
a corto plazo, fue creando el apetito por el cambio. Finalmente, en marzo de 1973 se decidió
formalizar la creación de un cuerpo internacional, el IASC que formularía lo que en un principio se
conoció como NIC y se dedicaría a promover su aceptación y adopción mundial.
La IASC sobrevivió hasta el 2001, cuando fue renombrada IASB. Ese mismo año, las normas fueron
renombradas IFRS.}
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Adopción de las normas internacionales de información financiera en México se llevo acabo en
Noviembre de 2008; la CNBV comunicó el plan para la adopción de IFRS para las compañías
públicas en la BMV. Los cambios en las respectivas disposiciones correspondientes a las empresas
emisoras fueron publicados en el DOF del 27 de enero de 2009 y éstas obligan a las entidades
públicas en México a preparar sus primeros estados financieros bajo IFRS a más tardar para los
ejercicios iniciados al 1 de enero de 2012. La adopción anticipada es permitida siempre y cuando
se notifique con oportunidad a la CNBV. Dichos estados financieros deberán ser auditados de
acuerdo con las NIA’S.
El requisito es para que las compañías públicas (es decir emisoras de acciones o títulos de crédito
en México), excepto aquellas que sean financieras, adopten las IFRS. Las emisoras financieras
deberán seguir reportando sus estados financieros de acuerdo con las normas contables dictadas
por las autoridades mexicanas competentes, es decir, los criterios específicos emitidos por la
CNBV, la CNSF y la CONSAR. Por el momento no existe un plan para que las compañías privadas
adopten IFRS, por lo que se entiende que éstas deberán seguir aplicando las NIF en México
emitidas por el Consejo Mexicano para la Investigación y Desarrollo de NIF.
La CNBV permite a las emisoras públicas extranjeras (excepto entidades financieras) presentar
información bajo los US GAAP, o los principios locales de la emisora relativa (sí éstos son
diferentes) siempre y cuando se incluya un documento detallando las diferencias entre dichos
principios y las IFRS. Adicionalmente, cuando se usen los principios locales que sean diferentes a
US GAAP se deberá incluir en forma adicional una conciliación de las cuentas más relevantes que
permita cuantificar las diferencias. Por lo anterior, la adopción de IFRS resulta ser la medida más
práctica y menos onerosa.
Las entidades financieras (emisoras, fideicomitentes o garantes) extranjeras podrán presentar
información bajo IFRS, US GAAP y otros principios contables o los criterios específicos emitidos por
la CNBV. En caso de no utilizar los criterios específicos, se deberá presentar un documento
detallando las diferencias entre dichos criterios y las IFRS, US GAAP u otros, según sea el caso.
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Por último, si estas instituciones presentaran información con base en otros principios contables,
se deberá incluir adicionalmente la conciliación cuantificando las diferencias con los criterios
específicos emitidos por la CNBV.
La decisión de adoptar las IFRS por la CNBV fue tomada principalmente para:
1. Lograr la comparabilidad de las entidades públicas en México con las del resto del mundo
al utilizar bases de preparación consistentes.
2. Ubicar a las empresas mexicanas a la altura de aquellas públicas a nivel internacional al
emitir estados financieros con información más transparente.
3. Facilitar el proceso de consolidación de grupos multinacionales con actividades
internacionales, así como simplificar los requisitos a inversionistas extranjeros en el
mercado de capitales de México.
Esta decisión también fue soportada por los cambios propuestos por el regulador en la SEC para
las emisoras extranjeras que cotizan en la bolsa de Nueva York. En 2008 se eliminó la conciliación a
US GAAP para dichas entidades siempre y cuando los estados financieros básicos y sus notas
hubieran sido preparados de conformidad con IFRS, emitidas por el IASB.
Por el momento la SEC se encuentra evaluando el proyecto de adopción de las IFRS para los
registrantes domésticos y, por lo tanto, se considera que la medida tomada por la CNBV es
acertada en el entorno global.
Actualmente existen más de 100 países que han adoptado IFRS y en la lista están otros países en la
misma dirección incluyendo:
Canadá,
Japón,
India,
Corea y
China; cada uno de ellos jugadores importantes en la economía mundial.
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Por lo anterior, las IFRS están cobrando mayor importancia día con día. Se espera que las
industrias extractiva, de telecomunicaciones, detallistas, farmacéuticas, y manufactureras, entre
otras, tengan varios retos para la conversión, aunque todas las industrias tendrán que evaluar los
impactos relativos y tomar las acciones pertinentes para la conversión.
Aunque las NIF han estado convergiendo con USGAAP o IFRS durante los últimos años aún existen
varias diferencias que deberán analizarse con detalle.
Las diferencias principales existen en:
• Instrumentos financieros.
• Reconocimiento de los ajustes de inflación.
• Determinación de la moneda funcional y conversión de moneda extranjera.
• Beneficios laborales.
• Impuestos diferidos en ciertas partidas.
• Deterioro de activos de larga duración en ciertos conceptos.
Se espera que existan diferencias en otras áreas en donde IFRS se consideraba como supletoria
según el marco conceptual, por ejemplo: el reconocimiento de ingresos, en donde la guía
internacional no fue tomada en su totalidad debido a la interacción con las NIF. Asimismo, por el
momento existen varios proyectos de convergencia entre IFRS y US GAAP, por lo que podrán
existir mayores diferencias con las normas actuales y, por lo tanto, se requiere dar un seguimiento
oportuno a los posibles cambios futuros, ya que las IFRS que deberán de adoptarse serán aquellas
vigentes o efectivas al 31 de diciembre de 2012 o a la fecha de cierre relativa – si la adopción es
anticipada‐ y no necesariamente los vigentes actualmente.
19
CAPITULO II “ORIGEN Y APLICACIÓN DE LAS NORMAS DE INFORMACION FINANCIERA
MEXICANAS E INTERNACIONALES”
2.1. CLASIFICACION DE EMPRESAS
Dentro de los tipos de empresas que podemos distinguir que fueron afectadas por las NIF y por las
NIIF podemos encontrar:
‐ Empresas de acuerdo a su actividad o sector económico al que pertenecen;
‐ Empresas de acuerdo a su dimensión;
‐ Empresas de acuerdo a su finalidad: y,
‐ Empresas de acuerdo a su constitución.
En los siguientes temas podemos ver de forma más detallada los tipos antes detallados.
2.1.1. SU ACTIVIDAD O SECTOR ECONÓMICO
Se llama actividad económica a cualquier proceso mediante el cual obtenemos productos, bienes y
los servicios que cubren nuestras necesidades. También se puede decidir qué necesidades
humanas se satisfacen con los recursos limitados de los que se dispone y por lo tanto cada
elección lleva incorporado un costo de oportunidad. Este a su vez abarca tres fases:
Producción
Distribución
Consumo
Las actividades económicas son aquellas que permiten la generación de riqueza dentro de una
comunidad (ciudad, región, país) mediante la extracción, transformación y distribución de los
recursos naturales o bien de algún servicio; teniendo como fin la satisfacción de las necesidades
humanas.
Los países se emplean específicamente en alguna actividad económica lo que permite clasificarlos,
y de acuerdo a la capacidad de producción y eficiencia de dicha actividad se generara su riqueza.
20
Clasificación de las actividades económicas
Actividades económicas primarias son aquellas que se dedican puramente a la extracción
de los recursos naturales, ya sea para el consumo o para la comercialización. Están
clasificadas como primarias: la agricultura, la ganadería, la producción de madera y pesca
comercial, la minería, etc. Agropecuarias: tierras bajas, altiplanicies, oasis de riego y
plantaciones modernas. No agropecuarias: explotación forestal, minería y pesca
Actividades económicas secundarias este sector se refiere a las actividades industriales,
aquellas que transforman los recursos del sector primario. Dentro del mismo, las industrias
ligeras producen bienes de consumo inmediato como alimentos, zapatos, bolsas, juguetes,
las pesadas maquinaria y otros insumos para otros sectores. Las manufactureras se
encargan de la elaboración de productos más complejos a través de la transformación de
las materias primas.
Son las que transforman las materias primas en productos elaborados, muchas de ellas se llevan a
cabo en industrias como por ejemplo para fabricar zapatos. Actividades económicas terciarias
estas actividades son las que más producen la comodidad y la satisfacción de una necesidad
humana.
Su trabajo es la prestación de algún servicio, la comunicación o el turismo. Se encuentran
comerciantes, maestros, médicos, banqueros, ferrocarrileros, restauranteros y demás en esta
rama. Tan solo en México, el 54 % de la población se dedica a las actividades económicas
terciarias.
Pero, existe por importancia, en el senado de este sector, una división importante las actividades
económicas son muy variadas pero podemos clasificarlas en tres grandes sectores de actividad:
• Sector primario: comprende las actividades destinadas a obtener alimentos y materias
primas del medio natural.
• Sector secundario: engloba las actividades económicas industriales, o sea, que trabajan
sobre lo obtenido en la primera actividad
• Sector terciario: agrupa a los servicios de la sociedad.
21
2.1.2. SU DIMENSIÓN
El avance tecnológico y económico ha originado la existencia de una gran diversidad de empresas.
Estas pueden clasificarse desde diversos puntos de vista dependiendo del aspecto desde el cual se
le considere; por lo tanto este es uno de los criterios más utilizados para clasificar a las empresas.
No hay unanimidad entre los economistas a la hora de establecer qué es una empresa grande o
pequeña, puesto que no existe un criterio único para medir el tamaño de la empresa. Los
principales indicadores son: el volumen de ventas, el capital propio, número de trabajadores,
beneficios, etc. El más utilizado suele ser según el número de trabajadores. Este criterio delimita la
magnitud de las empresas de la forma mostrada a continuación:
• Micro empresa: si posee 10 o menos trabajadores.
• Pequeña empresa: si tiene un número entre 11 y 50 trabajadores.
• Mediana empresa: si tiene un número entre 51 y 250 trabajadores.
• Gran empresa: si posee más de 250 trabajadores.
Otro aspecto importante es:
• Grande: Son aquellas empresas que están dotadas de una gran capacidad tecnológica,
potencial humano y una mayor cantidad de capital, así como también requieren de un
riguroso, estricto y cabal cumplimiento de las actividades de planeación, organización,
ejecución y control, para así alcanzar los objetivos trazados.
• Pequeña: Son aquellas empresas que no requieren de tanta capacidad tecnológica, potencial
humano e inversión de capital, para llevar a cabo sus actividades económicas.
• Mediana: Son aquellas empresas que requieren de una mediana capacidad tecnológica,
potencial humano e inversión de capital para cumplir con sus actividades.
La distinción entre empresas pequeñas, medianas y grandes no es una cuestión de escasa
importancia.
22
De hecho, la mayoría de los gobiernos de países y regiones, al igual que las organizaciones
supranacionales como la UE, desarrollan políticas de apoyo a la creación y el desarrollo de las
pequeñas y medianas empresas.
Con objetivo de adoptar una terminología común y evitar que cada país realice interpretaciones
distintas, la UE ha definido las empresas, atendiendo a su dimensión, de lo siguiente se consideran
PYMES a aquellas empresas independientes que tienen menos de 250 empleados y cuya
facturación anual no excede de 40 millones de €.
Cuando es necesario distinguir entre las empresas pequeñas y medianas, decimos que una
empresa es pequeña si reúne las siguientes características:
‐Tener menos de 50 empleados.
‐Su facturación anual no excede de 7 millones de pesos.
Cuando es necesario precisar aún más, a las empresas más pequeñas las llamamos
microempresas, definiéndolas como aquellas que tienen al menos un empleado y menos de diez.
Aquellas empresas independientes que no tienen empleados pertenecen a la categoría de
autoempleo.
Para apoyar esta forma de clasificar las empresas, la UE establece los siguientes escalones:
∙ 0 empleados (autoempleo)
∙ 1 a 9 empleados (microempresa)
∙ 10 a 49 empleados (empresas pequeñas)
∙ 50 a 249 empleados (empresa mediana)
∙ 250 a 499 empleados (empresa grande)
∙ 500 o más empleados (empresa muy grande)
Existen varios elementos que permiten clasificar a la empresa de acuerdo a su tamaño, entre éstos
destacan:
23
*Financiero: El tamaño se determina por el monto de su capital.
*Personal Ocupado: Este criterio establece que una empresa pequeña es aquella en la que
laboran menos de 250 empleados, una mediana aquella que tiene entre 250 y 1000, y una
grande aquella que tiene más de 1000 empleados
*Ventas: Establece el tamaño de la empresa en relación con el mercado que la empresa
abastece y con el monto de sus ventas. Según este criterio una empresa es pequeña cuando
sus ventas son locales, mediana cuando son nacionales y grande cuando son internacionales.
*Producción: Este criterio se refiere al grado de maquinización que existe en el proceso de
producción; así que una empresa pequeña es aquella en la que el trabajo del hombre
decisivo, es decir, que su producción es artesanal aunque puede estar mecanizada; pero si
es así generalmente la maquinaria es obsoleta y requiere de mucha mano de obra. Una
empresa mediana puede estar mecanizada como en el caso anterior, pero cuenta con más
maquinaria y menos mano de obra. Por último, la gran empresa es aquella que esta
altamente mecanizada y/o sistematizada.
*Criterios de Nacional Financiera: Para esta institución una empresa grande es la más
importante dentro de su giro.
Algunas características generales que comparten las microempresas son:
∗ Su organización es de tipo familiar.
∗ El Dueño es quien proporciona el capital.
∗ Es dirigida y organizada por el propio dueño.
∗ Generalmente su administración es empírica.
∗ El mercado que domina y abastece es pequeño ya sea local o cuando mucho regional.
∗ Su producción no es muy maquinada.
∗ Su número de trabajadores es muy bajo y muchas veces está integrado por los propios
familiares del dueño.
24
∗ Para el pago de impuestos son considerados como causantes menores.
Algunas características importantes de las pequeñas y medianas empresas son:
∗ El capital es proporcionado por una o dos personas que establecen una sociedad.
∗ Los propios dueños dirigen la marcha de la empresa, su administración es empírica.
∗ Su número de trabajadores empleados en el negocio crece y va de 16 hasta 250 personas.
∗ Dominan y abastecen un mercado más amplio, aunque no necesariamente tiene que ser
local o regional, ya que muchas veces llegan a producir para el mercado nacional e incluso
para el internacional.
∗ Está en proceso de crecimiento, la pequeña tiende a ser mediana y ésta aspira a ser grande.
∗ Obtiene algunas ventajas fiscales por parte del Estado que algunas veces las considera como
causantes menores dependiendo de sus ventas y utilidades.
∗ Su tamaño es pequeño o mediano en relación con las otras empresas que operan en el
ramo.
∗ Utiliza maquinaria y equipo, aunque se sigan basando más en el trabajo que en el capital.
Las Grandes Empresas como su nombre lo indica participan de máximas características en relación
con las empresas de su ramo o giro, algunas de las principales características de estas empresas
son:
∗ El capital es aportado por varios socios que organizan en sociedad de diverso tipo.
∗ Forman parte de grandes consorcios económicos que monopolizan o participan en forma
mayoritaria de la producción o comercialización de determinados productos.
∗ Dominan al mercado con amplitud, algunas veces sólo el interno y otras participan también
en el mercado internacional.
∗ Cuentan con grandes recursos de capital que les permite estar a la vanguardia en la
tecnología, mecanización y automatización de sus procesos productivos.
25
∗ Relativamente cuentan con mucho personal que pasa de 250 trabajadores y algunas veces
se llegan a contar por miles.
∗ Llevan una administración científica, es decir encargan a profesionales egresados de las
universidades, la organización y dirección de la empresa.
∗ Tienen mayores facilidades para acceder a las diversas fuentes y formas de financiamiento,
tanto nacional como internacional.
Todos los estudios sobre las Micro, Pequeñas y Medianas empresas hablan de que los grandes
retos que enfrentan son baja productividad y altos costos de producción. Que no tienen acceso a
recursos financieros porque la mayoría de las empresas se financian con sus proveedores, que sus
procesos administrativos están desestructurados. El dueño de la empresa se convierte en un solo
administrador por la falta de recursos o en los casos de empresas medianas los recursos que
forman parte de su equipo de trabajo son gente con menos preparación que los que se
encuentran en las empresas grandes. La rotación de empleados es muy alta y se van cuando ya
tienen experiencia.
Agreguemos el hecho de que las MIPyMEs tienen un rol muy importante en la economía global. El
impacto que producen no solo es porque emplean directamente a miles de personas que
representan el 50% del empleo en México, sino también porque son los proveedores de partes
críticas para los grandes manufactureros en cadenas de suministro planas o justo a tiempo por
ejemplo. Así es que una comunidad de MIPyMEs “sana” se considera clave para el éxito de los
gobiernos nacionales en lo que respecta al desarrollo.
Existe un cúmulo de iniciativas orientadas a apoyar el desarrollo de empresas más competitivas,
instituciones más eficientes y transparentes, más información y comunicación social, y enlaces
más directos con el resto del mundo lo que ha convencido a intensificar la incorporación del uso
intensivo de las tecnologías de información y comunicación para así crear Sociedades de
Información.
Considerando el rol que hoy juegan y si las empresas MIPyMEs quieren tener éxito en un mercado
global, invitamos a que desde hoy inicien su proceso de incorporación a las Sociedades de
Información reduciendo la brecha digital que hoy tienen. Para lo que necesitan tener acceso a la
26
información, capacitarse, tener mano de obra capacitada, acceso a la tecnología y a los servicios
de consultoría, elementos esenciales para incrementar su competitividad.
El acceso a la infraestructura de Tecnologías de Información y Comunicaciones, es condición
necesaria para el aprovechamiento de la información y del conocimiento en las sociedades
contemporáneas.
La situación real por la que se enfrentan este tipo de empresas es que debido a la unanimidad y
adopción de ciertos criterios internacionales estas se ven obligada s a realizar al convergencia de
un modo rebelde, ya que en el caso de las micro y pequeñas empresas en nuestro país
escasamente sostienen un registro de sus operaciones en libro diario lo que lleva la adecuación de
conceptos que estas ni siquiera tienen algún registro de la información con la que se pueda tener
un control sobre las operaciones diarias y anuales que sostiene estas entidades; así como las
pequeñas empresas muestran cierta accesibilidad al tener que adecuarse a la nueva normatividad
en la que se tiene que ser más cauteloso y observador de las operaciones y así poder tener un
control adecuado, caso contrario a las grandes empresas que aun a la magnitud de sus
operaciones han tratado de la manera más amistosa aplicarse al pie de la letra ala nueva
normatividad que en realidad no significa nueva del todo sino en algunas situaciones solo
acoplamiento de procedimientos que recientemente se predispusieron.
2.1.3. SU FINALIDAD
El cambio de enfoque en la finalidad de la empresa facilita que el empresario esté en capacidad de
trascender no sólo respecto en su personal labor de directivo sino respecto al logro de los
objetivos ‐institucionales y personales‐ del resto de miembros de su empresa. A pesar de las
influencias nocivas del individualismo y del capitalismo económico, los empresarios comprenden
cada vez mejor que su tarea tiene una finalidad en la que el beneficio se da en la medida en que se
consiguen los objetivos sociales que lo condicionan.
Un directivo empresarial puede ser un excelente administrador de los procesos temporales de la
producción y de las proyecciones financieras o del control presupuestal, pero, al mismo tiempo,
ser incapaz de ordenar su trabajo diario, su vida diaria, que se ve arrastrada por un tráfago que se
convierte en vértigo incesante, que suele conducirle a una deformación del auténtico trabajo que
es el activismo: moverse mucho, hacer muchas cosas, pero con desorden y ligereza, con falta de
27
intensidad y concentración, en síntesis, sin avanzar de verdad en los objetivos personales e
institucionales
De ahí que la empresa es la institución clave de la vida económica, manifestación de la creatividad
y libertad de las personas; esencialmente, es un grupo humano al que unos hombres le aportan
capital, otros, trabajo y, otros más, dirección, con las finalidades económicas consiguientes:
Finalidad económica externa, que es la producción de bienes o servicios para satisfacer
necesidades de la sociedad.
Finalidad económica interna, que es la obtención de un valor agregado para remunerar a los
integrantes de la empresa. A unos en forma de utilidades o dividendos y a otros en forma de
sueldos, salarios y prestaciones. Esta finalidad es abrir oportunidades de inversión para
inversionistas y de empleo para trabajadores. Se ha discutido mucho si una de estas dos
finalidades está por encima de la otra.
Ambas son fundamentales, están estrechamente vinculadas y se debe tratar de alcanzarlas
simultáneamente. La empresa está para servir a los hombres de afuera (la sociedad) y a los
hombres de adentro (sus integrantes).
Finalidad social externa, que es contribuir al pleno desarrollo de la sociedad, tratando que en
su desempeño económico no solamente no se vulneren los valores sociales y personales
fundamentales, sino que en lo posible se promuevan.
Finalidad social interna, que es contribuir, en el seno de la empresa, al pleno desarrollo de sus
integrantes, tratando de no vulnerar valores humanos fundamentales.
Empresa, además de ser una célula económica, es una célula social. Está formada por hombres y
para hombres. Está insertada en la sociedad a la que sirve y no puede permanecer ajena a ella.
La sociedad le proporciona la paz y el orden garantizados por la ley y el poder público; la fuerza de
trabajo y el mercado de consumidores; la educación de sus obreros, técnicos y directivos; los
medios de comunicación y la llamada infraestructura económica.
La empresa recibe mucho de la sociedad y existe entre ambas una interdependencia inevitable.
Por eso no puede decirse que las finalidades económicas de la empresa estén por encima de sus
finalidades sociales.
28
2.1.4. SU CONSTITUCIÓN
NIIF para Pequeñas y Medianas Empresas
En julio de 2009, la IASB publicó la versión de las Normas Internacionales de Información
Financiera para las Pequeñas y Medianas Empresas IFRS for SMEs, por sus siglas en inglés). Las NIIF
para PyMEs son una versión simplificada de las NIIF. Las principales simplificaciones son:
• Algunos temas en las NIIF‐Totales son omitidos ya que no son relevantes para las PyMEs
típicas
• Algunas alternativas a políticas contables en las NIIF‐Totales no son permitidas ya que una
metodología simple está disponible para las PyMEs.
• Simplificación de muchos principios de reconocimiento y medición de aquellos que están
en las NIIF‐Totales
• Sustancialmente menos revelaciones
• Simplificación de Exposición de motivos
La IASB no clasifica a las PYMES siguiendo criterios locales como su número de empleados, el valor
de sus activos o el nivel de sus ingresos, sino que denomina como tales a las empresas con ánimo
de lucro que no tienen obligación pública de rendir cuentas, esto es, cuando la entidad no cumple
las siguientes condiciones:
(a) No tienen obligación pública de rendir cuentas, y
(b) Publican estados financieros con propósito de información general para usuarios externos
(...)
En ese sentido, aclara que una entidad tiene obligación pública de rendir cuentas si:
(a) Sus instrumentos de deuda o de patrimonio se negocian en un mercado público o están
en proceso de emitir estos instrumentos para negociarse en un mercado público (ya sea una
bolsa de valores nacional o extranjera, o un mercado fuera de la bolsa de valores,
incluyendo mercados locales o regionales), o
29
(b) Una de sus principales actividades es mantener activos en calidad de fiduciaria para un
amplio grupo de terceros (...)
Así, muchas de las empresas de distintos países, que se encuentran dentro de las condiciones
transcritas, no estarían sometidas a las actuales Normas Internacionales de Contabilidad (NIC) ni a
las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), sino a la NIIF para PYME, por lo cual,
los actuales esfuerzos armonizadores locales podrían requerir algunas redefiniciones y serios
replanteamientos en cuanto a las necesidades de reconocimiento y revelación de información
contable relacionada con tales empresas.
Al respecto, IASB dice:
Que dado que las NIIF completas fueron diseñadas para satisfacer las necesidades de los inversores
de capital en las empresas [presentes] en mercados públicos de capital (…) Los usuarios de los
estados financieros de las empresas que no cotizan en mercados públicos no tienen esas
necesidades (…).
Además, muchas de estas empresas comentan que aplicar las NIIF completas les impondría una
alta carga operativa”. Muchos de los principios de las NIIF completas para el reconocimiento,
valoración y revelación de activos, pasivos, ingresos y gastos se han simplificado, los temas de
interés para las PYME no se han omitido, y el número de las revelaciones requeridas se ha
reducido significativamente.
30
CAPITULO III “PRINCIPALES CAMBIOS EN LA NORMATIVIDAD CONTABLE EN MÉXICO”
3.1. COMPARACION ENTRE LOS PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD GENERALMENTE ACEPTADOS Y
LAS NORMAS DE INFORMACION FINANCIERA
Para poder ver claramente las diferencias existentes entre los Principios de contabilidad
generalmente acepados y las NIF podemos recurrir al cuadro 1.
NIF Título Objetivo Equivalencia
Boletines anteriores
NIF A‐1
Estructura de las NIF
Esta norma tiene por objeto definir la estructura de las NIF y establecer el enfoque sobre el que se desarrollan el MC y las NIF particulares.
A‐1
NIF A‐2
Postulados Básicos
Definir los postulados básicos sobre los cuales debe operar el sistema de información contable.
A‐1
A‐2
A‐3
NIF A‐3
Necesidades de los usuarios y objetivos de los
estados financieros
Identificar las necesidades de los usuarios y establecer, con base en las mismas, los objetivos de los estados financieros; así como, sus características y limitaciones.
B‐1
B‐2
NIF A‐4
Características cualitativas de los
estados financieros
Establecer las características cualitativas que debe reunir la información financiera contenida en los estados financieros, para satisfacer apropiadamente las necesidades comunes de los usuarios generales de la misma y con ello, asegurar el cumplimiento de los objetivos de los estados financieros.
A‐1
A‐5
A‐6
NIF A‐5
Elementos básicos de los estados financieros
Definir los elementos básicos que conforman los estados financieros para lograr uniformidad de criterios en su elaboración, análisis e interpretación, entre los usuarios generales.
A‐7
A‐11
Reconocimiento y Establecer los criterios generales, que
31
NIF A‐6 valuación deben utilizarse en la valuación, tanto en el reconocimiento inicial como en el posterior, de transacciones, transformaciones internas y otros eventos, que han afectado económicamente a una entidad. Asimismo, definir y estandarizar los conceptos básicos de valuación que forman parte de las normas particulares aplicables a los distintos elementos integrantes de los estados financieros.
‐
NIF A‐7
Presentación y revelación
Establecer las normas generales aplicables a la presentación y revelación de la información financiera contenida en los estados financieros y sus notas.
A‐5
NIF A‐8
Supletoriedad Establecer las bases para aplicar el concepto de supletoriedad a las NIF, considerando que al hacerlo, se prepara información financiera con base en ellas.
A‐8
NIF B ‐1
Cambios contables y corrección de
errores
Es establecer normas particulares de presentación y revelación de cambios contables y correcciones de errores.
‐
NIF B‐2
Estado de Flujo de Efectivo
Esta NIF tiene como objetivo establecer las normas generales para la presentación, estructura y elaboración del estado de flujos de efectivo así como para las revelaciones que complementan a dicho estado financiero básico.
‐
NIF B‐3
Estado de Resultados
Tiene como finalidad establecer las normas generales para la presentación y estructura del estado de resultados, requerimientos mínimos de su contenido y normas generales de revelación.
B‐3
NIF B‐4
Utilidad Integral Definir el concepto de utilidad integrar, establecer las reglas para la presentación y la revelación de la utilidad integral y de sus componentes.
B‐4
B‐5
Información financiera por
Establecer las normas para distinguir y revelar la información financiera por
32
NIF B‐5 segmentos segmentos. ‐
NIF B‐7
Adquisiciones de negocios
Establecer las normas para el reconocimiento inicial a la fecha de adquisición y de los activos netos que se adquieren en una adquisición de negocios así como de la participación no contenida y de otras partidas que pueden surgir e la misma, tales como el crédito mercantil y una compra a precio de ganga.
B‐7
NIF B‐8
Estados financieros
consolidados o combinados
Consiste en establecer las normas generales para la elaboración y presentación de los estados financieros consolidados o combinados así como para las revelaciones que acompañan a dichos estados financieros.
B‐8
NIF B‐9 Información financiera a
fechas intermedias
Definir la aplicación de los principios de contabilidad en la información financiera a fechas intermedias que emiten las empresas para el usuario general.
‐
NIF B‐13
Hechos posteriores a la fecha de los Estados
Financieros
Esta norma establece el tratamiento contable a que deben sujetarse los hechos posteriores a la fecha de los estados financieros, indicando cuando esos hechos deben reconocerse en dichos estados y cuando sólo deben revelarse.
B‐13
NIF B‐14
Utilidad por acción
Definir los elementos y metodología de cálculo para determinar la utilidad por acción, así como las reglas para su presentación y revelación en los estados financieros.
B‐14
NIF B‐15
Conversión de monedas extranjeras
Establecer las normas para el reconocimiento de las transacciones con moneda extranjera y de las operaciones extranjeras en los estados financieros de la entidad informante y la conversión de la información financiera a una moneda de informe diferente a su moneda de registro o a su moneda financiera.
B‐15
Estados financieros de
Describir las características principales, clasificaciones relevantes e información
33
NIF B‐16 entidades con propósito no lucrativos
básica de cada uno de los estados financieros con propósito no lucrativo.
B‐16
C‐1
Efectivo Establece las reglas de valoración y presentación de las partidas que integran el renglón de efectivo en el balance general de una entidad.
C‐1
C‐2
Instrumentos Financieros
Establece las reglas generales de valuación, presentación y revelación en la información, que deban seguir los emisores de inversionistas en instrumentos financieros.
C‐2
C‐3
Cuentas por Cobrar
Establece las reglas particulares de aplicación de los principios de contabilidad, relativos a los cuentas por cobrar de empresas industriales y comerciales.
C‐3
C‐4
Inventarios Las reglas particulares de aplicación de los principios de contabilidad que se mencionan en este boletín se refieren a empresas industriales y comerciales, con excepción de los de servicios.
C‐4
C‐5
Pagos Anticipados Establece las reglas particulares de aplicación de los principios de contabilidad relativos a los pagos anticipados de entidades económicas.
C‐5
C‐6
Inmuebles, Maquinaria y
Equipo
Establecer reglas particulares de aplicación de los principios de contabilidad relativos a los inmuebles, maquinaria y equipo de las empresas comerciales e industriales y no incluyen en las industrias extractivas, empresas de servicios públicos, agrícolas y ganaderas.
C‐6
C‐7
Inversiones en asociadas y otras
inversiones permanentes
Establecer las normas para el reconocimiento contable de las inversiones en asociadas, así como de las otras inversiones permanentes en las que no se tiene control, control conjunto ni influencia significativa.
‐
C‐8
Activos Intangibles
Establecer las normas de valuación presentación y revelación para el reconocimiento inicial y posterior de los activos intangibles que se adquieren en forma individual es atreves de una
C‐8
34
C‐11
Capital Contable Establece las reglas particulares de aplicación de los principios de contabilidad relativos al capital contable de entidades establecidas con fines de lucro, principalmente sociedades mercantiles, así como también de otro tipo de entidades cuyo capital contable se integre en forma similar al de estas.
C‐11
C‐12
Instrumentos Financieros con características de
Pasivos, de Capital o de
ambos
Indicar las diferencias básicas entre el pasivo y capital contable. Establecer reglas para clasificar y valuar en el reconocimiento inicial los componentes de pasivo y de capital de los instrumentos combinados. Establecer reglas de valuación de los instrumentos financieros combinados.
C‐12
C‐13
Partes Relacionadas
Establece las normas particulares de revelación aplicables a las operaciones con partes relacionadas. Lo anterior para poner de manifiesto la posibilidad de que los estados financieros pudieron estar afectados o afectarse en el futuro por la existencia de partes relacionadas, así como por las operaciones celebradas y por
C‐13
adquisición de negocios, o que se generan en forma interna en el curso normal de las operaciones de la entidad.
C‐9
Pasivo, Provisiones,
Activos y Pasivos Contingentes y Compromisos
Establecer reglas particulares de valuación, presentación y revelación de los pasivos así como de las provisiones. De terminar reglas particulares para valuación así como revelación de los activos y pasivos contingentes. Proporcionar reglas para revelación de compromiso contraídos por la entidad como parte de sus operaciones cotidianas.
C‐9
C‐10
Instrumentos financieros derivados y
Operaciones de cobertura
Establecer las características que deben tener un instrumento financiero para ser considerado como derivado. Definir y clasificar los modelos de contabilización de operaciones con fines de cobertura. Establecer las condiciones que deban cumplir un instrumento financiero derivado para considerarse como instrumento de cobertura.
C‐10
35
los saldos pendientes con estas.
C‐15
Deterioro del valor de los
Activos de larga Duración y Disposición
Proporcionar criterios que permitan la identificación de situaciones que presenten evidencias respecto a un posible deterioro en el valor de los activos de larga duración, tangibles e intangibles. Definir la regla para el cálculo y reconocimiento de pérdidas por deterioro de activos y su reversión. Establecer las reglas de presentación y revelación de los activos cuyo valor se ha deteriorado o su deterioro se ha revertido. Establecer las reglas de presentación y revelación aplicables a la discontinuación.
C‐15
D‐3
Beneficios a los Empleados
Establecer las normas para el reconocimiento contable de los beneficios que la entidad otorga a sus empleados y otras provisiones relativas.
D‐3
D‐4
Impuestos a la Utilidad
Es establecer las normas particulares de valuación, presentación y revelación para el reconocimiento contable de los impuestos a la utilidad, causado y diferido, devengados durante el periodo contable.
D‐4
D‐5
Arrendamientos Establecer las reglas de valuación, reconocimiento, presentación y revelación de información en los estados financieros, de cada una de las clases de arrendamientos.
D‐5
D‐6
Capitalización del Resultado Integral de Financiamiento
Establecer las normas que deben observarse en la capitalización del resultado integral de financiamiento (RIF) atribuible a ciertos activos cuya adquisición requiere de un largo plazo antes de su uso intencional. La NIF D‐6 fue aprobada por unanimidad para su emisión por el Consejo Emisor del CINIF en noviembre de 2006 para su publicación en diciembre de 2006, estableciendo su entrada en vigor para activos calificables cuyo periodo de adquisición inicie el o después del 1º de enero de 2007.
‐
D‐7
Contratos de Construcción y de Fabricación de
Señalar el tratamiento contable de las transacciones derivadas de los contratos de construcción y de fabricación de ciertos
D‐7
36
Ciertos Bienes de Capital
bienes de capital, así como su presentación en los estados financieros.
D‐8
Pagos Basados en Acciones
Establecer las normas que deben observarse en el reconocimiento de los pagos basados en acciones en la información financiera. La NIF D‐8 fue aprobada por unanimidad para su emisión por el Consejo Emisor del CINIF, en noviembre de 2008, para su publicación y entrada en vigor a partir de enero de 2009.
‐
E‐1
Agricultura (Actividades
Agropecuarias)
Establecer el tratamiento contable de la transformación de activos biológicos en la administración de actividades agropecuarias (actividad agrícola), así como su correspondiente presentación y revelación en los estados financieros.
E‐1
E‐2
Ingresos y Contribuciones recibidas por Entidades con Propósitos no Lucrativos, así
como Contribuciones
Otorgadas por las Mismas
Establecer las reglas de reconocimiento, valuación, clasificación y revelación de los ingresos y las contribuciones que reciben las entidades con propósitos no lucrativos. Establecer las reglas de reconocimiento, valuación y revelación de las contribuciones otorgadas por las entidades con propósitos no lucrativos.
E‐2
Cuadro 1. Cuadro comparativo entre los principios de contabilidad generalmente aceptados y las normas de información
financiera.
3.1.1. PRINCIPALES CAMBIOS EN RELACIÓN CON LOS PRONUNCIAMIENTOS ANTERIORES
La comunidad contable consciente de las necesidades de los usuarios de la información financiera,
e interesa en ser competitiva en los mercados internacionales, se ha adaptado al entorno
económico mundial en lo que a materia de normatividad contable refiere. En junio de 2004, el
CINIF asumió la función y responsabilidad de la emisión de la normatividad contable en México.
Anteriormente, durante más de 30 años, esta actividad fue desarrollada con un gran nivel de
37
compromiso y profesionalismo, por la CPC del IMCP, que actualmente participa de modo activo en
la auscultación de las NIF.
Las NIF evolucionan continuamente por cambios en el entorno y surgen como respuesta a las
necesidades de los usuarios de la información financiera contenida en los estados financieros y a
las condiciones existentes. La globalización en el mundo de los negocios y de los mercados de
capital está propiciando que la normatividad contable alrededor del mundo se armonice, teniendo
como principal objetivo la generación de información financiera comparable, transparente y de
alta calidad, sobre el desempeño de las entidades económicas, que sirva a los objetivos de los
usuarios generales de dicha información.
3.1.1.1. SERIE A “MARCO CONCEPTUAL”
El CINIF estableció como prioritario realizar una revisión del MC mexicano para convergir con la
normatividad internacional emitida por el IASB.
El CINIF se dio a la tarea de revisar y ampliar los fundamentos conceptuales que rigen la
elaboración de información financiera, adecuándolos al MC para la Preparación y Presentación de
los Estados Financieros, emitido por IASB. El resultado de este esfuerzo culminó en la emisión del
MC, conformado por ocho normas que integran la serie NIF A. Dichas normas fueron sujetas a
auscultación en distintos períodos, recibiendo un gran volumen de comentarios. A continuación
presentamos un resumen de las bases para conclusiones más relevantes a las que llegó el CINIF en
la elaboración de la serie NIF A, tomando como referencia los comentarios recibidos de las
auscultaciones efectuadas.
Apoyado en los comentarios recibidos por escrito y a través de foros públicos, durante la
auscultación de la NIF A‐1, el CINIF decidió renombrar a los PCGA como NIF, dado que el término
NIF enfatiza el carácter normativo de los pronunciamientos contables en México, y considerando
que el término NIF es de uso cada vez más generalizado en las normatividades contables de otros
países líderes en esta temática; en contraposición, el vocablo "principios" sugiere grados de
rigidez, permanencia y universalidad que no denotan la naturaleza dinámica y normativa que debe
tener una NIF.
Las NIF no sólo se conforman de la normatividad aprobada y emitida por el Consejo Emisor del
CINIF a partir del 1º de enero de 2006; también abarcan los Boletines, antes contenidos dentro de
38
los PCGA, emitidos por el IMCP y transferidos por dicha institución al CINIF; dichos Boletines
fueron transferidos el 31 de mayo de 2004.
En la edición de la serie NIF A, el CINIF decidió mantener el carácter obligatorio de las normas
conceptuales, dado que sirven como soporte esencial para derivar normas particulares; incluso, la
mayoría de las normas particulares vigentes han incorporado dentro de su contenido varios
conceptos del MC para derivar tratamientos contables.
Se enfatiza que el carácter normativo de un criterio se encuentra sujeto, en forma preponderante,
a la aceptación amplia y generalizada de todos los usuarios de la información financiera, derivado
de los procesos de auscultación.
Las Circulares fueron emitidas sin un carácter normativo, dado que no se sometieron a dicho
proceso. En la revisión de los Boletines, el CINIF evaluará la posible incorporación del contenido de
algunas de esas Circulares al texto de NIF particulares.
Después de varias deliberaciones, en opinión del CINIF la denominación de "postulados básicos" es
más adecuada pues éstos constituyen juicios o proposiciones que no se pueden negar
racionalmente y que sirven de base para razonamientos anteriores por lo cual son un reflejo del
entorno actual en el que se desenvuelve la práctica contable. Se considera atinado mencionar que
los estados financieros deben proporcionar información relevante para evaluar la solvencia, la
liquidez, la eficiencia operativa, el riesgo financiero y la rentabilidad; pero, no se considera
necesario definir esos conceptos y mucho menos anexar un apéndice de razones financieras, que
solamente son aplicables a cierto tipo de entidades y no incluyen otras razones que pueden ser
importantes.
Además, se mencionó que podría tenerse el riesgo de que estas razones se conviertan en una
obligación informativa al estar establecidas en una NIF.
El CINIF cambió el enfoque en la NIF, señalando para qué sirven al usuario general cada uno de los
conceptos citados (solvencia, liquidez, eficiencia operativa, riesgo financiero y rentabilidad) en la
obtención de elementos de juicio para la toma de decisiones. Es inapropiado tratar el tema de la
información no financiera en este documento, puesto que solamente genera distracciones y
confusiones sobre las finalidades del mismo.
39
El CINIF acordó evitar extenderse en la explicación de los distintos tipos de información no
financiera, centralizándose en señalar los tipos de información financiera que pueden generarse
por una entidad y delimitar el campo de acción de las NIF, el cual es atender a la información
financiera que se elabora en los estados financieros y sus notas. El CINIF tomó en cuenta algunas
de las sugerencias recibidas, y se inclinó por convergir con el MC del IASB; por esta razón, la NIF A‐
4 presenta una jerarquía y clasificación de características cualitativas en concordancia con las del
IASB.
3.1.1.1.1. ESTRUCTURA DE LA NORMATIVIDAD ACTUAL
Desde sus inicios, la normatividad contable ha tratado de encontrar un adecuado soporte teórico
para sustentar la práctica contable y para guiar conceptualmente la emisión de normas
particulares, desechando con ello planteamientos apoyados meramente en la experiencia, uso o
costumbre.
El CINIF ha establecido como prioridad alcanzar el objetivo antes comentado, revisando los
conceptos teóricos contenidos en el MC mexicano, para adecuarlo al entorno actual en que se rige
la normatividad a nivel internacional, con el fin de alcanzar la trascendente convergencia
internacional.
El CINIF ha establecido como uno de sus objetivos fundamentales avanzar hacia una mayor
convergencia con las NIF a nivel internacional, así como mantener normas de la más alta calidad
posible; por ello, eligió iniciar con la revisión del MC, a efecto de determinar las bases
fundamentales más afines con la normatividad internacional.
La NIF A‐1, Estructura de las NIF, constituye la primera fase en el establecimiento de dicho soporte
teórico, en la cual se presenta un marco integral de conceptos básicos estructurado en forma
lógica y deductiva, el cual tiene como objetivo esencial dotar de sustento racional a las NIF; el
CINIF es el organismo responsable de emitir las NIF en México.
Las NIF comprenden un conjunto de conceptos generales y normas particulares que regulan la
elaboración y presentación de la información contenida en los estados financieros y que son
aceptadas de manera generalizada en un lugar y a una fecha determinada. Su aceptación surge de
un proceso formal de auscultación realizado por el CINIF, abierto a la observación y participación
activa de todos los interesados en la información financiera.
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La importancia de las NIF radica en que estructuran la teoría contable, estableciendo los límites y
condiciones de operación del sistema de información contable.
Sirven de marco regulador para la emisión de los estados financieros, haciendo más eficiente el
proceso de elaboración y presentación de la información financiera sobre las entidades
económicas, evitando o reduciendo con ello, en lo posible, las discrepancias de criterio que
pueden resultar en diferencias sustanciales en los datos que muestran los estados financieros.
La contabilidad es una técnica que se utiliza para el registro de las operaciones que afectan
económicamente a una entidad y que produce sistemática y estructuradamente información
financiera. Las operaciones que afectan económicamente a una entidad incluyen las transacciones,
transformaciones internas y otros eventos.
La información financiera que emana de la contabilidad, es información cuantitativa, expresada en
unidades monetarias y descriptiva, que muestra la posición y desempeño financiero de una
entidad, y cuyo objetivo esencial es el de ser útil al usuario general en la toma de sus decisiones
económicas.
Su manifestación fundamental son los estados financieros; se enfoca esencialmente a proveer
información que permita evaluar el desenvolvimiento de la entidad, así como en proporcionar
elementos de juicio para estimar el comportamiento futuro de los flujos de efectivo, entre otros
aspectos.
La multiplicidad de participantes en la actividad económica y su diversidad de intereses,
determinan que la información financiera sea de uso y aplicación general y, por lo tanto, debe ser
útil para los diferentes interesados. Desde este punto de vista, el CINIF emite las NIF que sirven de
base para que las entidades elaboren información financiera que satisfaga las necesidades
comunes de una gran variedad de usuarios.
El término de NIF se refiere al conjunto de pronunciamientos normativos, conceptuales y
particulares, emitidos por el CINIF o transferidos al CINIF, que regulan la información contenida en
los estados financieros y sus notas, en un lugar y fecha determinados, que son aceptados de
manera amplia y generalizada por todos los usuarios de la información financiera.
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Las NIF deben someterse a un proceso formal de auscultación que permita su aceptación
generalizada. Para ello, es necesario que este proceso esté abierto a la observación y participación
activa de los usuarios e involucrados en la información financiera.
Las NIF se conforman de:
a) Las NIF y las INIF, aprobadas por el Consejo Emisor del CINIF y emitidas por el CINIF;
b) Los Boletines emitidos por la CPC del IMCP y transferidos al CINIF el 31 de mayo de 2004,
que no hayan sido modificados, sustituidos o derogados por nuevas NIF; y
c) Las Normas Internacionales de Información Financiera aplicables de manera supletoria.
Cuando se haga referencia genérica a las NIF, debe entenderse que éstas abarcan las normas
emitidas por el CINIF, así como la totalidad de los Boletines transferidos al CINIF por el IMCP el 31
de mayo de 2004. En los casos en los que se haga referencia específica a alguno de los
documentos que integran las NIF, éstos se identificarán por su nombre original; esto es, "Norma
de Información Financiera", "Interpretación a las NIF" o "Boletín", según sea el caso.
Las NIF se conforman de tres grandes apartados:
a) NIF conceptuales o "Marco Conceptual";
b) NIF particulares o "NIF particulares"; e
c) Interpretaciones a las NIF o "INIF".
El MC establece conceptos fundamentales que sirven de sustento para la elaboración de NIF
particulares.
Las NIF particulares establecen las bases específicas de valuación, presentación y revelación de las
transacciones, transformaciones internas y otros eventos, que afectan económicamente a la
entidad, que son sujetos de reconocimiento contable en la información financiera.
Las Interpretaciones a las NIF tienen por objeto:
a) Aclarar o ampliar temas ya contemplados dentro de alguna NIF; o
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b) Proporcionar oportunamente guías sobre nuevos problemas detectados en la información
financiera que no estén tratados específicamente en las NIF, o bien sobre aquellos
problemas sobre los que se hayan desarrollado, o que se desarrollen, tratamientos poco
satisfactorios o contradictorios.
Las Interpretaciones a que se hace referencia en el inciso a) anterior, no son auscultadas, dado que
no contravienen el contenido de la NIF de la que se derivan, en virtud de que esta última ya fue
sometida a ese proceso.
Las Interpretaciones a que se hace referencia en el inciso b) anterior, están sujetas a auscultación.
Eventualmente, el CINIF puede emitir orientaciones sobre asuntos emergentes que vayan
surgiendo y que requieran de atención rápida, las cuales no son sometidas a auscultación, por lo
que no son obligatorias.
Las Circulares transferidas al CINIF por el IMCP el 31 de mayo de 2004, se mantendrán vigentes
como orientaciones al usuario general hasta en tanto no se deroguen por una NIF o INIF emitida
por el CINIF.
El MC es un sistema coherente de objetivos y fundamentos interrelacionados, agrupados en un
orden lógico deductivo, destinado a servir como sustento racional para el desarrollo de NIF y como
referencia en la solución de los problemas que surgen en la práctica contable.
El MC sirve al usuario general de la información financiera al:
a) Permitir un mayor entendimiento acerca de la naturaleza, función y limitaciones de la
información financiera;
b) Dar sustento teórico para la emisión de las NIF particulares, evitando con ello, la emisión
de normas arbitrarias que no sean consistentes entre sí;
c) Constituir un marco de referencia para aclarar o sustentar tratamientos contables;
d) Proporcionar una terminología y un punto de referencia común entre los usuarios
generales de la información financiera, promoviendo una mejor comunicación entre ellos.
El MC se integra de una serie de normas interrelacionadas y ordenadas en forma secuencial, de
proposiciones generales a proposiciones particulares, como sigue:
43
a) Establecimiento de los postulados básicos del sistema de información contable (NIF A‐2);
b) Identificación de las necesidades de los usuarios y objetivos de los estados financieros
(NIF A‐3);
c) Establecimiento de las características cualitativas de los estados financieros para cumplir
con sus objetivos (NIF A‐4);
d) Definición de los elementos básicos de los estados financieros (NIF A‐5);
e) Establecimiento de los criterios generales de reconocimiento y valuación de los elementos
de los estados financieros (NIF A‐6);
f) Establecimiento de los criterios generales de presentación y revelación de la información
financiera contenida en los estados financieros (NIF A‐7); y
g) Establecimiento de las bases para la aplicación de normas supletorias en ausencia de NIF
particulares (NIF A‐8).
Una presentación razonable de la información financiera de una entidad, es aquélla que cumple
con lo dispuesto por las NIF.
Las disposiciones contenidas en esta Norma de Información Financiera entran en vigor para los
ejercicios que se inicien a partir del 1º de enero de 2006.
Esta Norma deja sin efecto al Boletín A‐1, Esquema de la teoría básica de la contabilidad
financiera, y a su Addendum.
3.1.1.1.2. RENOMBRAMIENTO DE POSTULADOS BÁSICOS Y ACLARACIONES IMPORTANTES
Los postulados básicos ocupan un lugar preponderante en la jerarquía de conceptos establecida
en la NIF A‐1, Estructura de las NIF. No sólo vinculan al sistema de información contable con el
entorno en el que opera la entidad, sino que se presentan como los conceptos teóricos
fundamentales que relacionan medios y fines, es decir, normas particulares y objetivos de la
información financiera. Asimismo, proporcionan un importante marco de referencia para emitir
normas particulares, dándoles significado y dotándolas de una estructura integradora de
conceptos teóricos básicos; sin esta estructura, las normas particulares constituyen normas de
reconocimiento contable sin sentido, razón o sustancia.
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Los postulados básicos ayudan también a explicar las razones por las cuales algunos
procedimientos son apropiados y proporcionan las bases para establecer criterios para aquellas
situaciones o áreas aún no exploradas por las normas particulares. El objetivo de la NIF A‐2 es
describir el primer eslabón en la jerarquía de conceptos plasmada en la NIF A‐1, estableciendo
para este fin ocho postulados básicos.
El postulado de sustancia económica obliga a la captación de la esencia económica en la
delimitación y operación del sistema de información contable; el de entidad económica se
incorpora para delimitar e identificar al ente económico y el de negocio en marcha para asumir su
continuidad; por su parte, los postulados de devengación contable, asociación de costos y gastos
con ingresos, valuación, dualidad económica y consistencia, constituyen los fundamentos básicos
para reconocer los efectos derivados de las transacciones y transformaciones internas que lleva a
cabo una entidad, así como de otros eventos que la afectan económicamente.
Dichos postulados básicos no fueron seleccionados en forma arbitraria, pues provienen del
consenso alcanzado por las distintas corrientes teóricas desarrolladas desde hace varias décadas,
así como, en un sentido amplio, de la práctica de los negocios. Sin embargo, los postulados
podrían modificarse si cambia el entorno en el que el sistema de información contable opera; en
caso de que dichos postulados fueran cambiados darían lugar a sistemas de información contable
distintos.
Las disposiciones de esta Norma de Información Financiera son aplicables para todas las entidades
que emitan estados financieros, en los términos establecidos por la NIF A‐3, Necesidades de los
usuarios y objetivos de los estados financieros. Uno de los principales cambios que plantea la NIF
A‐1, es la sustitución del término "principio de contabilidad" referido por primera vez en el Boletín
A‐1, por el de "postulado básico", debido a que esta denominación se adecua mejor a los
planteamientos actuales en el entorno contable internacional, donde la realidad en la que opera la
práctica contable se explica mediante determinados postulados básicos.
Otra razón es el empleo de terminología más precisa y tiene que ver con el significado de los
términos "postulado" y "principio". De acuerdo al diccionario de la Real Academia de la Lengua
Española, "postulado" se define como "una proposición cuya verdad se admite sin pruebas y que
es necesaria para servir de base en ulteriores razonamientos", lo cual es congruente con el fin que
se persigue en la nueva lógica normativa, dado que un postulado básico busca servir, junto con los
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demás conceptos en el itinerario lógico, como marco de referencia en la emisión de normas
particulares.
En contraste, el término "principio", se define en el diccionario mencionado, entre muchas otras
acepciones, como: "base, origen, razón fundamental sobre la cual se procede" y como la "norma o
idea fundamental que rige el pensamiento o la conducta", las cuales son ahora difíciles de ubicar
en el itinerario lógico deductivo propuesto en el nuevo marco conceptual.
En congruencia con lo que establece la NIF A‐1, Estructura de las NIF, los postulados básicos son
fundamentos que rigen el ambiente en el que debe operar el sistema de información contable y:
a) Surgen como generalizaciones o abstracciones del entorno económico en el que se
desenvuelve el sistema de información contable;
b) Se derivan de la experiencia, de las formas de pensamiento y políticas o criterios
impuestos por la práctica de los negocios, en un sentido amplio;
c) Se aplican en congruencia con los objetivos de la información financiera y sus
características cualitativas.
Los postulados básicos:
a) Vinculan al sistema de información contable con el entorno en el que éste opera,
permitiendo al emisor de la normatividad contable, al preparador y al usuario de la
información financiera, una mejor comprensión del ambiente en el que se desenvuelve la
práctica contable; y
b) Guían la acción normativa conjuntamente con el resto de los conceptos básicos que
integran el marco conceptual, dado que deben emplearse como fundamento para
elaborar normas particulares de información financiera.
Los postulados básicos dan pauta para explicar "en qué momento" y "cómo" deben reconocerse
los efectos derivados de las transacciones, transformaciones internas y otros eventos, que afectan
económicamente a una entidad, por lo que son, en consecuencia, esencia misma de las normas
particulares.
46
Aplicados en conjunto con los objetivos de los estados financieros señalados en la NIF A‐3
Necesidades de los usuarios y objetivos de los estados financiero junto con los requisitos de
calidad establecidos por la NIF A‐4, Características cualitativas de los estados financieros, y con las
normas restantes que comprenden la serie NIF A, los postulados contribuyen a la generación de
información financiera útil para la toma de decisiones.
3.1.1.1.2.1. CONCILIACIÓN ENTRE POSTULADOS BASICOS DE LA NIF A‐2 Y LOS PRINCIPIOS DE
CONTABILIDAD DEL BOLETIN A‐1
En el cuadro 2 se puede observar la relación que guardan las actuales NIF A‐1 y A‐2 con el anterior
boletín A‐1.
Postulados Básicos Nif A‐2
Boletín A‐1 Equivalencia En El Marco Conceptual De La Nif A‐1
Sustancia Económica Sustancia sobre Forma (Característica de la
Información Contable)Postulado Básico
Entidad Económica Entidad Postulado Básico
Negocio en Marcha Negocio en Marcha Postulado Básico
Devengación Contable
Realización Concepto Incorporado al Postulado
de Devengación Contable
Asociación de Costos y Gastos Con Ingresos
Valuación Valor Histórico Original Se redefine como Postulado de
Valuación
Dualidad Económica Dualidad Económica Postulado Básico
Consistencia Consistencia Postulado Básico
Período Contable Concepto incorporado al postulado
de Devengación Contable
Revelación Suficiente
Asociado a la característica cualitativa de Confiabilidad como Información Suficiente (Nif A‐4)
Importancia Relativa
Asociado a la característica cualitativa de Relevancia (Nif A‐4)
Cuadro 2. Conciliación entre la NIF A‐2 y el anterior boletín A‐1.
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La sustancia económica debe prevalecer en la delimitación y operación del sistema de información
contable, así como en el reconocimiento contable de las transacciones, transformaciones internas
y otros eventos, que afectan económicamente a una entidad.
El sistema de información contable debe ser delimitado en forma tal que pueda ser capaz de
captar la esencia económica del ente emisor de información financiera, el reflejo de la sustancia
económica debe prevalecer en el reconocimiento contable con el fin de incorporar los efectos
derivados de las transacciones, transformaciones internas y otros eventos, que afectan
económicamente a una entidad, de acuerdo con su realidad económica y no sólo en atención a su
forma jurídica, cuando una y otra no coincidan. Debe otorgarse, en consecuencia, prioridad al
fondo o sustancia económica sobre la forma legal.
Ello es debido a que la forma legal de una operación puede tener una apariencia diferente al
auténtico fondo económico de la misma y, en consecuencia, no reflejar adecuadamente su
incidencia en la situación económico‐financiera.
Por ende, las formalidades jurídicas deben analizarse en un contexto adecuado, a la luz de la
sustancia económica, a fin de que no la tergiversen y con ello distorsionen el reconocimiento
contable.
La entidad económica es aquella unidad identificable que realiza actividades económicas,
constituida por combinaciones de recursos humanos, materiales y financieros (conjunto integrado
de actividades económicas y recursos), conducidos y administrados por un único centro de control
que toma decisiones encaminadas al cumplimiento de los fines específicos para los que fue
creada; la personalidad de la entidad económica es independiente de la de sus accionistas,
propietarios o patrocinadores.
Una entidad que persigue fines económicos particulares y que es independiente de otras
entidades es una unidad identificable cuando:
a) Existe un conjunto de recursos disponibles, con estructura y operación propios,
encaminados al cumplimiento de fines específicos; y
b) Se asocia con un único centro de control que toma decisiones con respecto al logro de
fines específicos. La entidad económica no coincide necesariamente con la entidad jurídica.
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Esta última es aquélla con personalidad jurídica propia, sujeta de derechos y obligaciones de
conformidad con lo establecido en las leyes, pudiendo ser una persona física o moral.
Para la emisión de información financiera, la entidad económica debe prevalecer sobre los
componentes individuales, que en su caso, la integran. El postulado de entidad económica permite
delimitar las operaciones que debe captar el sistema de información contable.
Las actividades económicas de la entidad combinadas con sus recursos, determinan el valor
económico de la misma, independientemente del valor individual de dichos elementos. El
conjunto integrado puede estar conformado por los activos tangibles e intangibles, el capital de
trabajo, el capital intelectual y la fuerza de trabajo, el conocimiento del negocio, los contratos que
aseguren la obtención de recursos y la generación de beneficios económicos, y los procesos
gerenciales estratégicos, operacionales y de administración de recursos, entre otros.
Control es el poder que tiene un órgano centralizado tomador de decisiones para gobernar las
políticas de operación y financieras de los recursos y fuentes de una entidad económica, a fin de
obtener un beneficio. La entidad económica puede ser un sujeto jurídicamente independiente o
un conjunto de ellos, siempre y cuando éstos se encuentren controlados bajo un único centro de
decisiones.
En atención a su finalidad existen dos tipos de entidades económicas:
a) Entidad lucrativa ‐ cuando su principal propósito es resarcir y retribuir a los inversionistas
su inversión, a través de reembolsos o rendimientos.
b) Entidad con propósitos no lucrativo ‐ cuando su objetivo es la consecución de los fines
para los cuales fue creada, principalmente de beneficio social, sin que se busque resarcir
económicamente las contribuciones a sus patrocinadores. Las características de ambos
tipos de entidades se explican en la NIF A‐3.
La entidad económica se presume como una unidad identificable con personalidad independiente
de la de sus accionistas, propietarios o patrocinadores, por lo que sólo deben incluirse en la
información financiera los activos, pasivos y capital contable o patrimonio contable de este ente
económico independiente.
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La entidad persona física se asume como una unidad de negocios independiente de su propietario,
con personalidad y capital contable propios, por lo que sólo deben incluirse en la información
financiera, los activos, pasivos y el capital contable de todos los negocios que estén bajo el control
de la persona física, la entidad persona moral tiene personalidad y capital contable o patrimonio
contable propios distintos de los que ostentan las personas que la constituyen y administran. Por
tal razón, debe presentar información financiera en la que sólo deben incluirse los activos, pasivos
y el capital contable o patrimonio contable de dicha entidad.
La entidad económica se presume en existencia permanente, dentro de un horizonte de tiempo
ilimitado, salvo prueba en contrario, por lo que las cifras en el sistema de información contable,
representan valores sistemáticamente obtenidos, con base en las NIF. En tanto prevalezcan dichas
condiciones, no deben determinarse valores estimados provenientes de la disposición o
liquidación del conjunto de los activos netos de la entidad.
Se asume que la marcha de la actividad de la entidad económica continuará previsiblemente en el
futuro. Al evaluar si la presunción de negocio en marcha resulta apropiada, la administración
tendrá en cuenta toda la información que esté disponible para el futuro, que deberá cubrir al
menos, pero no limitarse a, los doce meses siguientes a partir de la fecha del balance general.
El grado de detalle de las consideraciones dependerá de los hechos que se presenten en cada
caso. Cuando la entidad tenga un historial de rentabilidad, así como facilidades de acceso a
fuentes de recursos financieros, puede concluirse que la base de negocio en marcha es adecuada,
sin hacer un análisis detallado. En otros casos, puede ser necesario que la administración, para
satisfacerse de que esa base es adecuada, considere una amplia gama de factores relacionados
con la rentabilidad actual y esperada, la programación de pagos de la deuda, y las fuentes
potenciales de recursos para reemplazar a las actuales fuentes de financiamiento.
En una situación típica, la ausencia de mención expresa de negocio en marcha en la información
financiera, implica que se asume la continuidad de la entidad. Cuando ello no sea así, es decir, en
situaciones atípicas en las que deba considerarse un horizonte temporal limitado (por ejemplo, a
causa de la disolución, suspensión de actividades, quiebra o liquidación), dicha información debe
sujetarse a los criterios establecidos por las NIF que en caso dado le sean aplicables.
Devengación Contable se define como los efectos derivados de las transacciones que lleva a cabo
una entidad económica con otras entidades, de las transformaciones internas y de otros eventos,
50
que la han afectado económicamente, deben reconocerse contablemente en su totalidad, en el
momento en el que ocurren, independientemente de la fecha en que se consideren realizados
para fines contables.
Una transacción es un tipo particular de evento en el que media la transferencia de un beneficio
económico entre dos o más entidades. La transacción puede ser recíproca cuando cada entidad
recibe y transfiere recursos económicos, o no recíproca, cuando sólo una de las entidades recibe
recursos económicos y otra transfiere dichos recursos; por ejemplo, en el caso de donaciones o
contribuciones otorgadas o recibidas.
Las transacciones se reconocen contablemente cuando en un acuerdo de voluntades se adquiere
un derecho por una de las partes involucrada en dicha transacción y surge una obligación para la
otra parte involucrada, independientemente de cuando se realicen, las transformaciones internas
son cambios en la estructura financiera de la entidad, a consecuencia de decisiones internas, los
cuales le ocasionan efectos económicos que modifican sus recursos o sus fuentes.
Las transformaciones internas se reconocen contablemente en el momento en que modifican la
estructura de sus recursos y sus fuentes. Por ejemplo, la transformación de materia prima en
producción en proceso y de ese estado a producto terminado, o el abandono de una planta o de
una porción de la misma, entre otros.
Los eventos son sucesos de consecuencia que afectan económicamente a la entidad misma, los
cuales son ajenos a las decisiones de la administración de la entidad y están parcial o totalmente
fuera de su control. Los eventos que se derivan de la interacción entre una entidad y su medio
ambiente se denominan eventos externos, en tanto que los eventos que ocurren dentro de la
entidad y que están fuera de su control se denominan eventos internos.
Dada la necesidad de reconocer contablemente ese tipo de eventos, estos se consideran
devengados cuando se conocen, considerando para tal efecto su naturaleza y la posibilidad de ser
cuantificados razonablemente en términos monetarios. Sin embargo, no es factible establecer
normas en detalle acerca de cuando un evento se debe reconocer contablemente, debido a su
variedad y a que es difícil o casi imposible anticipar específicamente cuándo ocurrirá el evento o
las situaciones que lo causaron.
51
El sistema de información contable debe incorporar, sin excepción, todos los efectos de las
transacciones, transformaciones internas y otros eventos, que afectan económicamente a la
entidad. Esto permite reunir un conocimiento suficiente y cabal de los hechos acaecidos en una
entidad, que posteriormente servirán de base para informar sus aspectos relevantes en los
estados financieros.
Una vez que todos los efectos han sido incorporados al sistema de información contable, la
elaboración de información financiera como un producto derivado de dicho sistema, debe atender
al cumplimiento de los objetivos de los estados financieros establecidos por la NIF A‐3, así como a
los requisitos de calidad contenidos en la NIF A‐4.
La contabilidad sobre una base de devengación (también llamada, "contabilidad sobre una base
acumulada", o "contabilidad sobre una base de acumulación") no sólo capta transacciones,
transformaciones internas y eventos pasados que representaron cobros o pagos de efectivo, sino
también, obligaciones de pago en el futuro y recursos que representan efectivo a cobrar en el
futuro. Las normas particulares determinan cuándo y bajo qué circunstancias serán objeto de
reconocimiento contable.
Realización se refiere al momento en el que se materializa el cobro o el pago de la partida en
cuestión, lo cual normalmente sucede al recibir o pagar efectivo o su equivalente, o bien, al
intercambiar dicha partida por derechos u obligaciones; por ejemplo, cuando el cobro o pago de la
partida se realiza con un activo fijo. Aun cuando no se haya materializado dicho cobro o pago, la
partida en cuestión se considera devengada cuando ocurre, en tanto que se considera realizada
para fines contables, cuando es cobrada o pagada, esto es, cuando se convierte en una entrada o
salida de efectivo u otros recursos. Dado lo anterior, el momento de la devengación contable de
una partida no coincide necesariamente con su momento de realización.
Los efectos derivados de las transacciones y transformaciones internas que lleva cabo una entidad,
así como de otros eventos, que la afectan económicamente, deben identificarse con un período
convencionalmente determinado (período contable), a fin de conocer en forma periódica la
situación financiera y el resultado de las operaciones de la entidad. La necesidad de circunscribir la
información financiera a una fecha o a un período determinado nace de las exigencias del
ambiente de negocios, el cual requiere de evaluaciones periódicas del desempeño económico de
52
las entidades, dado que los usuarios de la información financiera no pueden esperar hasta el
término de la vida de la entidad para conocerlo.
El concepto de período contable asume que la actividad económica de la entidad, la cual tiene una
existencia continua, puede ser dividida en períodos convencionales, los cuales varían en extensión,
para presentar la situación financiera, los resultados de operación, los cambios en el capital o
patrimonio contable y los cambios en su situación financiera, incluyendo operaciones, que si bien
no han concluido totalmente, ya han afectado económicamente a la entidad.
Para este fin, se establece que el período contable sea equivalente a un ciclo normal de
operaciones de la entidad, cuando éste sea igual o mayor a un año; cuando el ciclo sea menor a un
año o no pueda identificarse, debe considerarse como período contable el ejercicio social de la
entidad.
El ciclo normal de operaciones de una entidad es el tiempo comprendido entre la adquisición de
activos para su procesamiento y la realización de los mismos derivada de su enajenación.
La necesidad de efectuar cortes convencionales en la vida de la entidad, facilita entre otras cosas,
que:
a) Se delimite la información financiera reconociendo en el período que corresponde, las
operaciones que se han devengado aun cuando se vayan a realizar en períodos contables
futuros;
b) Se refleje oportunamente y se asocien con el período en el que ocurren las operaciones
que lleva a cabo una entidad susceptible de ser cuantificadas;
c) Se tomen decisiones económicas sobre los aspectos financieros de la entidad, así como
sobre su continuidad;
d) Se muestren en forma separada en el balance general, los activos y pasivos de acuerdo
con su disponibilidad o exigibilidad, respectivamente; y
e) Se elaboren estimaciones y provisiones contables, que aun cuando se tengan
incertidumbres en cuanto a su monto, periodicidad y destinatario, se tienen que reconocer
contablemente por considerarse devengadas.
53
La elaboración de estimaciones y provisiones contables es una parte esencial del proceso de
elaboración de la información financiera para reconocer aquellas transacciones, transformaciones
internas y otros eventos, cuyos efectos no están totalmente concluidos a la fecha de los estados
financieros, lo cual le otorga a parte de la información financiera un carácter provisional. Su
determinación requiere del empleo del juicio profesional y deben basarse en la información
disponible que tenga la entidad en ese momento; asimismo, deben ser revisadas si cambian las
circunstancias en las que se basó su determinación. Al término de la vida entera de la entidad, la
utilidad neta o el cambio neto en el patrimonio de la misma es equivalente al neto del efectivo
ingresado y egresado, con exclusión de las aportaciones, distribuciones y reembolsos de capital a
sus propietarios en el caso de entidades lucrativas. La devengación contable en cada período
contable advierte tres situaciones:
a) Reconocimiento de activos y pasivos en espera de que se devenguen sus ingresos, costos o
gastos relativos para su adecuado enfrentamiento en resultados;
b) Reconocimiento en resultados de ingresos y gastos (costos) devengados, aun cuando no se
hayan cobrado o pagado (realizado) todavía; y
c) Reconocimiento de entradas y salidas de efectivo con su reconocimiento directo en
resultados.
Asociación De Costos Y Gastos Con Ingresos los costos y gastos de una entidad deben identificarse
con el ingreso que generen en el mismo período, independientemente de la fecha en que se
realicen.
El postulado de asociación de costos y gastos con ingresos es el fundamento del reconocimiento
de una partida en el estado de resultados; esto es, los ingresos deben reconocerse en el período
contable en el que se devenguen, identificando los costos y gastos (esfuerzos acumulados) que se
incurrieron o consumieron en el proceso de generación de dichos ingresos.
La asociación de los costos y gastos con los ingresos se lleva a cabo:
a) Identificando los costos y gastos que se erogaron para beneficiar directamente la
generación de ingresos del período. En su caso deben efectuarse estimaciones o
provisiones; y
54
b) Distribuyendo, en forma sistemática y racional, los costos y gastos que están relacionados
con la generación de ingresos en distintos períodos contables.
Los costos y gastos del período contable cuyos beneficios económicos futuros no pueden
identificarse o cuantificarse razonablemente deben reconocerse directamente en los resultados
del período.
Los costos y gastos que se reconocen en los resultados del período actual incluyen:
a) Los que se incurren para generar los ingresos del período;
b) Aquéllos cuyos beneficios económicos, actuales o futuros, no pueden identificarse o
cuantificarse razonablemente (por ejemplo, los gastos de investigación); y
c) Los que se derivan de un activo reconocido en el balance general en períodos anteriores y
que contribuyen a la generación de beneficios económicos en el período actual (por
ejemplo, la depreciación de un activo fijo).
Valuación los efectos financieros derivados de las transacciones, transformaciones internas y otros
eventos, que afectan económicamente a la entidad, deben cuantificarse en términos monetarios,
atendiendo a los atributos del elemento a ser valuado, con el fin de captar el valor económico más
objetivo de los activos netos.
La unidad monetaria es el común denominador de la actividad económica y constituye una base
adecuada para la cuantificación y el análisis de los efectos derivados de las operaciones de una
entidad. Las cifras cuantificadas en términos monetarios permiten comunicar información sobre
las actividades económicas que desarrolla una entidad y por ende, sirven de base para la toma de
decisiones por parte de los usuarios generales de la información financiera.
En un reconocimiento inicial, el valor económico más objetivo es el valor original de intercambio al
momento en que se devengan los efectos económicos de las transacciones, transformaciones
internas y otros eventos, o una estimación razonable que se haga de éste. En el reconocimiento
posterior, dicho valor puede modificarse o ajustarse, en atención a lo establecido por las normas
particulares, en caso de que cambien las características o la naturaleza del elemento a ser valuado;
esto es, en función a sus atributos, así como, de acuerdo a los eventos y circunstancias particulares
que los hayan afectado desde su última valuación. El valor original de intercambio representa el
55
costo o recurso histórico inicial de un activo o pasivo, o en su caso, la estimación del beneficio o
sacrificio económico futuro de un activo o pasivo.
Una descripción más detallada de las bases de valuación se encuentra en la NIF A‐6,
Reconocimiento y valuación. Dualidad Económica la estructura financiera de una entidad
económica está constituida por los recursos de los que dispone para la consecución de sus fines y
por las fuentes para obtener dichos recursos, ya sean propias o ajenas.
La representación contable dual de la entidad es fundamental para una adecuada comprensión de
su estructura y de su posición en relación con otras entidades; es por eso que en los estados
financieros se incorporan partidas que constituyen representaciones de los recursos económicos
de la entidad, por un lado, y de las fuentes de dichos recursos, por el otro. Los activos representan
recursos económicos con los que cuenta la entidad, en tanto que los pasivos y el capital contable o
patrimonio contable representan participaciones en la obtención de dichos recursos, a una fecha.
Los distintos elementos en los estados financieros reflejan los efectos de las transacciones y
transformaciones internas que lleva cabo una entidad económica, así como de otros eventos, que
la afectan económicamente; dichos efectos ocasionan cambios en su estructura en distintos
intervalos o períodos de tiempo.
Todas las entidades procesan sus recursos para generar más valor económico y finalmente
convertirlos en efectivo. La esencia de un activo o recurso es precisamente su capacidad para
generar beneficios económicos futuros para la entidad. Por otro lado, las fuentes de dichos
recursos, están constituidas por elementos tanto de pasivo como de capital contable o patrimonio
contable.
La esencia de un pasivo es un deber o requerimiento que representa el sacrificio de beneficios
económicos en el futuro derivados de operaciones ocurridas en el pasado, lo cual se manifiesta
cuando la entidad transfiere activos o proporciona servicios, para satisfacer la obligación en que
ha incurrido o que le ha sido impuesta. En adición, el capital contable o patrimonio contable
representan el valor contable de los activos netos (activos menos pasivos) con que cuenta la
entidad.
La descripción y características esenciales de los elementos básicos que conforman los estados
financieros se establecen en la NIF A‐5, Elementos básicos de los estados financieros.
56
Consistencia ante la existencia de operaciones similares en una entidad, debe corresponder un
mismo tratamiento contable, el cual debe permanecer a través del tiempo, en tanto no cambie la
esencia económica de las operaciones. Algunas normas particulares establecen tratamientos
contables alternos, debiendo seleccionar el que mejor refleje la sustancia económica de la
operación. El tratamiento seleccionado debe permanecer a lo largo del tiempo.
La consistencia propicia la generación de información financiera comparable dado que sin ella, no
habría posibilidad de conocer si los cambios en los valores contables se deben a los efectos
económicos reales, o tan sólo a cambios en los tratamientos contables.
Por lo tanto, la consistencia coadyuva a la comparabilidad de la información financiera en una
misma entidad en diferentes períodos contables y en comparación con otras entidades.
Sin embargo, la necesidad de comparabilidad no debe ser un freno a la evolución y mejoramiento
de la calidad de la información financiera generada por el sistema contable. Si las circunstancias o
los hechos cambian y los criterios o procedimientos utilizados generan información que se aleja de
los requisitos de calidad esperados, dichos criterios o procedimientos deben modificarse o
sustituirse de manera justificada por otros, con el fin de fortalecer la utilidad en la información
financiera.
A manera de comentario es importante distinguir que se mantiene como postulados básicos a los
principios de contabilidad de entidad (denominado ahora con mayor precisión, entidad
económica), negocio en marcha, dualidad económica y consistencia.
Los principios de realización, período contable y valor histórico original se incorporan con una
nueva denominación: devengación contable, asociación de costos y gastos con ingresos y
valuación, respectivamente.
Los principios de contabilidad de importancia relativa y revelación suficiente se clasifican ahora
como parte de los requisitos de calidad que la información financiera debe contener para ser útil,
como lo refiere la NIF A‐4, Características cualitativas de los estados financieros.
Adicionalmente, incorpora como nuevo postulado al de sustancia económica; cabe mencionar que
dicho concepto era anteriormente clasificado por el Boletín A‐1 como una característica de la
información contable.
57
Se eleva al rango de postulado básico al concepto de sustancia económica, dado que constituye un
fundamento clave que rige la operación del sistema de información contable; dicho sistema debe
ser configurado en forma tal que pueda ser capaz de captar la esencia económica del ente emisor
de información financiera y de reconocer las transacciones, transformaciones internas y otros
eventos, que afectan económicamente a la entidad, de acuerdo con su realidad económica y no
sólo conforme a su forma legal.
El principio de realización se renombró como postulado de devengación contable y se incorpora
con un significado más amplio, aun cuando conserva su esencia, con el fin de establecer la
obligación de reconocer todos los efectos derivados de las transacciones, transformaciones
internas y otros eventos, que afectan económicamente a la entidad.
Dicho cambio se establece para adecuar la terminología conceptual al entorno internacional, dado
que los organismos líderes emplean el término de "base de acumulación o devengo" para
establecer que el sistema de información contable opera sobre una base de devengación contable
más que sobre una base de cobro o pago de efectivo. Adicionalmente, es preciso señalar que el
concepto de "realización" en la actualidad guarda una connotación y significado distinto al que se
venía utilizando en ordenamientos anteriores, dado que en la normatividad internacional dicho
término se relaciona con la materialización de una partida a través de su cobro o pago, lo cual no
necesariamente coincide con el momento en el que se considera devengada para fines contables.
El principio de período contable se denomina ahora postulado de asociación de costos y gastos
con ingresos. La definición de período contable, contenida en el Boletín A‐1, se incorpora en dos
partes en la NIF A‐2.
La primera parte de dicha definición, relativa a la necesidad de dividir en períodos convencionales
la vida de la entidad, se incluye dentro del nuevo postulado de devengación contable como un
concepto general; en tanto que la parte que se refiere a la identificación de costos y gastos con los
ingresos generados, se incluye como premisa básica del nuevo postulado de asociación de costos y
gastos con ingresos con el objetivo de darle mayor relevancia al reconocimiento contable en
resultados.
El principio de valor histórico original se denomina ahora postulado de valuación, el cual establece
la forma de cuantificar las transacciones, transformaciones internas y otros eventos, que afectan
económicamente a la entidad.
58
El postulado de valuación no busca profundizar sobre las posibles bases de valuación de los
elementos de los estados financieros, dado que de dichos conceptos se ocupa la NIF A‐6,
Reconocimiento y valuación.
Se mantiene el contenido de los principios de dualidad económica y consistencia, denominándolos
ahora postulados básicos, cualquier cambio contable que afecte la comparabilidad debe sujetarse
a lo dispuesto por las NIF particulares.
Las disposiciones contenidas en esta Norma de Información Financiera entran en vigor para los
ejercicios que se inicien a partir del 1º de enero de 2006. Esta Norma deja sin efecto al Boletín A‐2,
Entidad y al Boletín A‐3, Realización y Período Contable.
3.1.1.1.3. NECESIDADES DE LOS USUARIOS Y OBJETIVOS DE LOS ESTADOS FINANCIEROS
La contabilidad produce información indispensable para la administración y el desarrollo de las
entidades y, por tanto, procesa las operaciones llevadas a cabo por la entidad y agrupa datos e
información para el uso de la administración y de las personas que dentro de la entidad toman
decisiones. Con esta finalidad se preparan estados financieros para dar a conocer un resumen de
los aspectos financieros relevantes y primordiales para la propia entidad. Dicha información se
hace extensiva a terceros interesados en el desarrollo de la misma entidad.
De entidades familiares o de círculo cerrado, se ha pasado a entidades institucionales con
administración profesional, en donde se ejerce de manera separada la propiedad y la
administración de la actividad empresarial por parte de accionistas y administradores,
respectivamente. La obtención de información útil cobra gran relevancia para que la
administración rinda cuentas acerca de la forma en que ésta ha utilizado los recursos que le han
sido confiados y la manera en la que ha manejado la rentabilidad, solvencia, estabilidad y
capacidad de crecimiento de la entidad económica, entre otros.
Aunado a lo anterior, la actividad económica se encuentra en constante desarrollo por lo que el
número de interesados en tener información de la entidad ha crecido considerablemente; este
número ilimitado de posibles interesados da origen al concepto de usuario general de la
información financiera. Lo anterior hace indispensable la identificación de necesidades de
información que sean comunes para los distintos tipos de usuarios, siendo la actividad económica
el punto de partida.
59
En consecuencia, el propósito de los estados financieros surge de una necesidad de información, la
cual es requerida por interesados internos y externos en una entidad. Los interesados primarios,
son los inversionistas y acreedores y, en seguida, otros interesados internos y externos, que en las
economías más evolucionadas o en desarrollo, es inherentemente el público en general.
El usuario general de la información financiera de las entidades, puede ser un miembro o
integrante de la entidad, órganos gubernamentales, contribuyentes, concesionarios, acreedores,
proveedores, deudores, empleados, administradores, directores y fiduciarios; beneficiarios de
servicios, analistas financieros y consultores; agentes de valores, suscriptores, abogados,
economistas, autoridades fiscales, autoridades reguladoras, legisladores, prensa financiera,
sindicatos, investigadores, profesores y estudiantes, entre otros.
Asimismo, la NIF A‐3 que lleva el mismo nombre del tema nos muestra con mayor amplitud los
objetivos de los estados financieros basados en las necesidades comunes de los usuarios.
Consecuentemente, incorpora una sección que identifica y describe las necesidades particulares
de los usuarios para identificar las más comunes. Además, se analizan y puntualizan con mayor
profundidad los requerimientos de la información financiera de los distintos tipos de usuarios para
su toma de decisiones económicas.
Otra adición relevante, es la incorporación a la NIF de una descripción de ciertos indicadores
financieros, tales como solvencia, liquidez, eficiencia operativa, riesgo financiero y rentabilidad.
La información que se presenta pertenece a la NIF A‐3 cuya finalidad es identificar las necesidades
de los usuarios y establecer, los objetivos, características y limitaciones de los estados financieros,
tanto de las entidades lucrativas, como las no lucrativas.
La actividad económica es el punto de partida para la identificación de las necesidades de los
usuarios, dado que ésta se materializa a través del intercambio de objetos económicos entre los
distintos sujetos que participan en ella. Dichos objetos se identifican con los diferentes bienes,
servicios y obligaciones susceptibles de intercambio.
El usuario general destina sus recursos, comúnmente en efectivo, a consumos, ahorros y
decisiones de inversión, donación o préstamo, para lo cual requiere de herramientas para su toma
de decisiones.
60
La información financiera es en sí, una herramienta esencial para la toma de decisiones por parte
del sujeto económico (usuario general).
Al respecto, el usuario general de la información financiera puede clasificarse de manera
significativa en los siguientes grupos:
a) Accionistas o dueños ‐ Incluye a socios, asociados y miembros, que proporcionan recursos
a la entidad que son directa y proporcionalmente compensados de acuerdo a sus
aportaciones (entidades lucrativas);
b) Patrocinadores – Incluye a patronos, donantes, asociados y miembros, que proporcionan
recursos que no son directamente compensados (entidades con propósitos no lucrativos);
c) Órganos de supervisión y vigilancia corporativos, internos o externos ‐ Son los
responsables de supervisar y evaluar la administración de las entidades;
d) Administradores ‐ Son los responsables de cumplir con el mandato de los cuerpos de
gobierno (incluidos los patrocinadores o accionistas) y de dirigir las actividades operativas;
e) Proveedores ‐ Son los que proporcionan bienes y servicios para la operación de la entidad;
f) Acreedores ‐ Incluye a instituciones financieras y otro tipo de acreedores;
g) Empleados ‐ Son los que laboran para la entidad;
h) Clientes y beneficiarios ‐ Son los que reciben servicios o productos de las entidades;
i) Unidades gubernamentales ‐ Son las responsables de establecer políticas económicas,
monetarias y fiscales, así como, participar en la actividad económica al conseguir
financiamientos y asignar presupuesto gubernamental;
j) Contribuyentes de impuestos ‐ Son aquéllos que fundamentalmente aportan al fisco y
están interesados en la actuación y rendición de cuentas de las unidades gubernamentales;
k) Organismos reguladores ‐ Son los encargados de regular, promover y vigilar los mercados
financieros; y
l) Otros usuarios ‐ Incluye a otros interesados no comprendidos en los apartados anteriores,
tales como público inversionista, analistas financieros y consultores.
61
Cualquier usuario general de la información financiera de una entidad, comparte un interés común
en la información acerca de la efectividad y eficiencia de las actividades de la entidad y de su
capacidad para continuar operando. Por ende, la información financiera debe ser útil a una gama
amplia de usuarios para la toma de decisiones.
La información financiera es una fuente primordial y, muchas veces, única para el usuario general
de la misma. Al respecto, el emisor debe realizar una identificación de los intereses comunes entre
los distintos usuarios de la información financiera, de manera tal que sirva de base para su toma
de decisiones.
Por otra parte, el usuario general evalúa, cada vez con mayor frecuencia, el grado en que la
entidad satisface su responsabilidad social.
La entidad, por consiguiente, adquiere con mayor medida un compromiso ante la sociedad de
atender el bienestar de la comunidad.
Como puede observarse, los usuarios de la información financiera fundamentan su toma de
decisiones económicas en el conocimiento de las entidades y su relación con éstas; de este modo,
están potencialmente interesados en la información financiera suministrada por dichas entidades.
La información financiera es cualquier tipo de declaración que exprese la posición y desempeño
financiero de una entidad, siendo su objetivo esencial ser de utilidad al usuario general en la toma
de sus decisiones económicas.
Los objetivos de los estados financieros se derivan principalmente de las necesidades del usuario
general, las cuales a su vez dependen significativamente de la naturaleza de las actividades de la
entidad y de la relación que dicho usuario tenga con ésta.
Sin embargo, los estados financieros no son un fin en sí mismos, dado que no persiguen el tratar
de convencer al lector de un cierto punto de vista o de la validez de una posición; más bien, son un
medio útil para la toma de decisiones económicas en el análisis de alternativas para optimizar el
uso adecuado de los recursos de la entidad.
Dichos objetivos, en consecuencia, están determinados por las características del entorno
económico en que se desenvuelve la entidad, debiendo mantener un adecuado nivel de
congruencia con el mismo.
62
Tal entorno determina y configura las necesidades del usuario general de la información financiera
y, por ende, constituye el punto de partida básico para el establecimiento de los objetivos de los
estados financieros.
Por ello, los estados financieros deben proporcionar elementos de juicio confiables que permitan
al usuario general evaluar.
a) El comportamiento económico‐financiero de la entidad, su estabilidad y vulnerabilidad; así
como, su efectividad y eficiencia en el cumplimiento de sus objetivos; y
b) La capacidad de la entidad para mantener y optimizar sus recursos, obtener
financiamientos adecuados, retribuir a sus fuentes de financiamiento y, en consecuencia,
determinar la viabilidad de la entidad como negocio en marcha.
Esta doble evaluación se apoya especialmente en la posibilidad de obtener recursos y de generar
liquidez y requiere el conocimiento de la situación financiera de la entidad, de su actividad
operativa y de sus cambios en el capital contable o patrimonio contable y en los flujos de efectivo
o, en su caso, en los cambios en la situación financiera.
Por consiguiente, considerando las necesidades comunes del usuario general, los estados
financieros deben serle útiles para:
a) Tomar decisiones de inversión o asignación de recursos a las entidades. Los principales
interesados al respecto son quienes puedan aportar capital o que realizan aportaciones,
contribuciones o donaciones a la entidad. El grupo de inversionistas o patrocinadores está
interesado en evaluar la capacidad de crecimiento y estabilidad de la entidad y su
rentabilidad, con el fin de asegurar su inversión, obtener un rendimiento y recuperar la
inversión o, en su caso, proporcionar servicios y lograr sus fines sociales;
b) Tomar decisiones de otorgar crédito por parte de los proveedores y acreedores que
esperan una retribución justa por la asignación de recursos o créditos. Los acreedores
requieren para la toma de sus decisiones, información financiera que puedan comparar con
la de otras entidades y de la misma entidad en diferentes períodos. Su interés se ubica en la
evaluación de la solvencia y liquidez de la entidad, su grado de endeudamiento y la
capacidad de generar flujos de efectivo suficientes para cubrir los intereses y recuperar sus
inversiones o crédito;
63
c) Evaluar la capacidad de la entidad para generar recursos o ingresos por sus actividades
operativas;
d) Distinguir el origen y las características de los recursos financieros de la entidad, así como
el rendimiento de los mismos. En este aspecto el interés es general, pues todos están
interesados en conocer de qué recursos financieros dispone la entidad para llevar a cabo sus
fines, cómo los obtuvo, cómo los aplicó y, finalmente, qué rendimiento ha tenido y puede
esperar de ellos;
e) Formarse un juicio de cómo se ha manejado la entidad y evaluar la gestión de la
administración, a través de un diagnóstico integral que permita conocer la rentabilidad,
solvencia y capacidad de crecimiento de la entidad para formarse un juicio de cómo y en qué
medida ha venido cumpliendo sus objetivos; y
f) Conocer de la entidad, entre otras cosas, su capacidad de crecimiento, la generación y
aplicación del flujo de efectivo, su productividad, los cambios en sus recursos y en sus
obligaciones, el desempeño de la administración, su capacidad para mantener el capital
contable o patrimonio contable, el potencial para continuar operando en condiciones
normales, la facultad para cumplir su responsabilidad social a un nivel satisfactorio.
A manera de una mejor interpretación a continuación se muestra gráficamente la manera en que
la Información Financiera debe ser útil.
Los estados financieros deben proporcionar información sobre:
La situación financiera (recursos económicos y sus fuentes de financiamiento).
La actividad operativa
Los flujos de efectivo o, en su caso, cambios en la situación
financiera
La revelación sobre las políticas contables, entorno, viabilidad como negocio en
marcha
64
Figura 1. Utilidad que tiene la información financiera
Por consiguiente, en especial se aduce que los estados financieros de una entidad satisfacen al
usuario general, si éstos proveen elementos de juicio, entre otros aspectos, respecto a su nivel o
grado de:
a) Solvencia (estabilidad financiera),
b) Liquidez,
c) Eficiencia operativa,
d) Riesgo financiero, y
e) Rentabilidad.
La solvencia o estabilidad financiera sirve al usuario para examinar la estructura de capital
contable de la entidad en términos de la mezcla de sus recursos financieros y la habilidad de la
entidad para satisfacer sus compromisos a largo plazo y sus obligaciones de inversión.
La liquidez sirve al usuario para evaluar la suficiencia de los recursos de la entidad para satisfacer
sus compromisos de efectivo en el corto plazo. La eficiencia operativa sirve al usuario general para
evaluar los niveles de producción o rendimiento de recursos a ser generados por los activos
utilizados por la entidad.
El riesgo financiero sirve al usuario para evaluar la posibilidad de que ocurra algún evento en el
futuro que cambie las circunstancias actuales o esperadas, que han servido de fundamento en la
cuantificación en términos monetarios de activos y de pasivos o en la valuación de sus
estimaciones y que, de ocurrir dicho evento, puede originar una pérdida o, en su caso, una utilidad
atribuible a cambios en el valor del activo o del pasivo y, por ende, cambios en los efectos
económicos que le son relativos.
La rentabilidad sirve al usuario general para valorar la utilidad neta o los cambios de los activos
netos de la entidad, en relación con sus ingresos, su capital contable o patrimonio contable y sus
propios activos.
65
Por medio de esta información y de otros elementos de juicio que sean necesarios, el usuario
general de la información financiera podrá evaluar las perspectivas de la entidad y tomar
decisiones de carácter económico sobre la misma.
En síntesis, los estados financieros deben proporcionar información de una entidad sobre:
a) Su situación financiera, que se conforma por:
i. Los recursos económicos que controla, y
ii. La 'estructura de sus fuentes de financiamiento',
b) Su actividad operativa,
c) Sus flujos de efectivo o, en su caso, los cambios en su situación financiera, y
d) Sus revelaciones sobre políticas contables, entorno y viabilidad como negocio en marcha.
La información en la situación financiera de una entidad acerca del manejo de los recursos
económicos que controla, le permite al usuario general evaluar la posibilidad que tiene la entidad
para obtener rendimientos; así como, para analizar la evolución de sus recursos.
La estructura de sus fuentes de financiamiento sirve al usuario general para evaluar la capacidad
de la entidad para retribuir y liquidar las fuentes de financiamiento comprometidas, así como para
obtener financiamiento a corto y largo plazo y, de esta forma, le sea útil para atender y prevenir
las necesidades futuras de recursos de la entidad.
En concordancia, el análisis conjunto de sus recursos y fuentes de financiamiento, especialmente
en el corto plazo (liquidez), es útil para evaluar la capacidad de la entidad para solventar,
amortizar y negociar sus fuentes de financiamiento (estabilidad), así como, analizar su capacidad
de realizar futuras inversiones.
La información acerca de la actividad operativa de una entidad se refiere especialmente a su
comportamiento en cuanto a la obtención de ingresos y a su enfrentamiento con sus costos y
gastos, que conforman entre ambos sus resultados netos y, por tanto, su rentabilidad. Tal
información es útil para evaluar los cambios potenciales en los recursos económicos futuros, para
predecir el potencial de la entidad para generar flujos de efectivo y, para estimar la efectividad y
eficiencia con que puede utilizar sus recursos.
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La información acerca de los flujos de efectivo o, en su caso, de los cambios en la situación
financiera de una entidad es válida para evaluar el comportamiento de sus actividades de
operación, inversión y financiamiento, en un período determinado. Esta información es útil, en la
medida en que suministra al usuario la base para evaluar:
a) La capacidad de la entidad para generar flujos de efectivo operativos,
b) Las necesidades de inversión, y
c) Los requerimientos de financiamiento adicional o utilización de recursos para hacer frente
a sus compromisos con sus fuentes de financiamiento.
Como complemento, las revelaciones sobre las políticas contables, entorno y viabilidad como
negocio en marcha, sirven al usuario general para otorgarle confianza y entender la información
financiera que genera el negocio como un conjunto integrado de actividades económicas y
recursos.
Los estados financieros son la manifestación fundamental de la información financiera; son la
representación estructurada de la situación y desarrollo financiero de una entidad a una fecha
determinada o por un período definido. Su propósito general es proveer información de una
entidad acerca de su posición financiera, del resultado de sus operaciones y los cambios en su
capital contable o patrimonio contable y en sus recursos o fuentes, que son útiles al usuario
general en el proceso de la toma de sus decisiones económicas. Los estados financieros también
muestran los resultados del manejo de los recursos encomendados a la administración de la
entidad, por lo que, para satisfacer ese objetivo, deben proveer información sobre la evolución de:
a) Los activos,
b) Los pasivos,
c) El capital contable o patrimonio contable,
d) Los ingresos y costos o gastos,
e) Los cambios en el capital contable o patrimonio contable, y
f) Los flujos de efectivo o, en su caso, los cambios en la situación financiera.
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Esta información asociada con la provista en las notas a los estados financieros, asiste al usuario
de los estados financieros para anticipar las necesidades o generación de flujos de efectivo futuros
de la entidad, en particular, sobre su periodicidad y certidumbre. La administración de la entidad
informa al usuario general por medio de informes distintos a los estados financieros básicos, ya
sea porque dicha información:
a) Debe ser revelada por exigencia de una autoridad reguladora competente o una
legislación,
b) La revela voluntariamente porque la administración la considera útil para el usuario
general de la información financiera o,
c) La revela, simplemente, por la costumbre.
Los estados financieros básicos que responden a las necesidades comunes del usuario general y a
los objetivos de los estados financieros, son:
a) El balance general, también llamado estado de situación financiera o estado de posición
financiera, que muestra información relativa a una fecha determinada sobre los recursos y
obligaciones financieros de la entidad; por consiguiente, los activos en orden de su
disponibilidad, revelando sus restricciones; los pasivos atendiendo a su exigibilidad,
revelando sus riesgos financieros; así como, el capital contable o patrimonio contable a
dicha fecha;
b) El estado de resultados, para entidades lucrativas o, en su caso, estado de actividades,
para entidades con propósitos no lucrativos, que muestra la información relativa al
resultado de sus operaciones en un período y, por ende, de los ingresos, gastos; así como,
de la utilidad (pérdida) neta o cambio neto en el patrimonio contable resultante en el
período;
c) El estado de variaciones en el capital contable, en el caso de entidades lucrativas, que
muestra los cambios en la inversión de los accionistas o dueños durante el período; y
d) El estado de flujo de efectivo que indica información acerca de los cambios en los
recursos y las fuentes de financiamiento de la entidad en el período, clasificados por
68
actividades de operación, de inversión y de financiamiento. La entidad debe emitir uno de
los dos estados, atendiendo a lo establecido en normas particulares.
Las notas a los estados financieros son parte integrante de los mismos y su objeto es
complementar los estados básicos con información relevante. Los estados financieros tienden
progresivamente a incrementar su ámbito de acción, aspirando a satisfacer las necesidades del
usuario general más ampliamente.
Los estados financieros básicos deben reunir ciertas características cualitativas para ser útiles en la
toma de decisiones al usuario general de la información financiera. Estas características deben ser
las que se indican en la NIF A‐4, Características cualitativas de los estados financieros.
Con objeto de que los estados financieros básicos tengan estas características, éstos deben
prepararse de acuerdo con las NIF; en adición, el usuario general debe tomar en cuenta ciertas
limitaciones en su utilización, que se mencionan a continuación.
Los objetivos de los estados financieros están afectados no sólo por el ambiente de negocios en
donde opera la entidad, sino también por las características y limitaciones del tipo de información
que los estados financieros pueden proporcionar.
El usuario general de una entidad debe tener presente las siguientes limitaciones de los estados
financieros:
a) Las transformaciones internas, transacciones y otros eventos, que afectan
económicamente a la entidad, son reconocidos conforme a normas particulares que
pueden ser aplicadas con diferentes alternativas, lo cual puede afectar su comparabilidad;
b) Los estados financieros, especialmente el balance general, presentan el valor contable de
los recursos y obligaciones de la entidad, cuantificables confiablemente con base en las
NIF y no pretenden presentar el valor razonable de la entidad en su conjunto. Por ende,
los estados financieros no reconocen otros elementos esenciales de la entidad, tales como
los recursos humanos o capital intelectual, el producto, la marca, el mercado, etc.; y
c) Por referirse a negocios en marcha, están basados en varios aspectos en estimaciones y
juicios que son elaborados considerando los distintos cortes de períodos contables, motivo
por el cual no pretenden ser exactos.
69
Igual que en el ambiente de negocios lucrativos, los estados financieros de las entidades con
propósitos no lucrativos deben ser capaces de transmitir información que satisfaga al usuario
general; no obstante, dichos estados financieros deben ser adaptados a las características
particulares de las entidades con propósitos no lucrativos.
La información financiera debe servirle al usuario general de una entidad con propósitos no
lucrativos, para:
a) Evaluar en el largo plazo si con la asignación de recursos, estas organizaciones, pueden
continuar logrando sus objetivos operativos a un nivel satisfactorio para los
patrocinadores, los beneficiarios, la economía o la sociedad y, por tanto, si los recursos
disponibles son suficientes para proporcionar servicios y lograr sus fines sociales. Las
decisiones de los patrocinadores relacionadas con la entrega potencial de recursos,
incluyen expectativas respecto a los servicios de la organización en el futuro, las cuales,
generalmente, están basadas, al menos en parte, en las evaluaciones del desarrollo de la
entidad; y
b) Analizar si se mantienen niveles apropiados de contribuciones y donaciones para seguir
proporcionando sus servicios de manera satisfactoria y, por ende, facilitar el logro de
conclusiones sobre la continuidad de la entidad en el futuro.
Para las entidades con propósitos no lucrativos se deben tener presentes, las siguientes
limitaciones en el uso de los estados financieros:
a) Los precios de venta de productos o servicios prestados pueden ser menores a su costo o
sin cargo alguno al beneficiario y, por tanto, el nivel de ingresos puede no ser representativo
del desarrollo de las actividades de la entidad;
b) Los ingresos recibidos por la entidad con propósitos no lucrativos no compensan
necesariamente a los costos para concluir sobre la eficiencia de los mismos; y
c) Los activos y pasivos, así como, los costos y gastos de las entidades con propósitos no
lucrativos que pudieran derivar de servicios de voluntarios efectuados por su cuenta,
pueden no estar incluidos en las cifras de los estados financieros, así como las
contribuciones en especie efectuadas por los mismos y, por tanto, éstos pueden no ser
representativos de la información que dichas entidades usualmente muestran.
70
Para que el usuario general pueda evaluar la efectividad y eficiencia de los servicios de las
entidades con propósitos no lucrativos, en adición al contenido de los estados financieros, debe
agregarse información estadística y narrativa sobre aspectos no financieros, que pueda permitir a
dicho usuario formarse un juicio apropiado acerca de los objetivos logrados por la entidad.
En una entidad con propósitos no lucrativos los patrocinadores (patronos, donantes, asociados,
miembros) no reciben una retribución económica por sus aportaciones. Sus expectativas son el
cumplimiento de los objetivos de la entidad y el mantenimiento del patrimonio contable de la
misma, como condición necesaria para que la entidad pueda realizar sus actividades de manera
continua en el tiempo.
Los patrocinadores de entidades con propósitos no lucrativos aportan recursos por razones de
beneficencia, ya sea caritativas, humanitarias, culturales, científicas u otro orden de carácter social
sin perseguir fines de lucro; esperando que sus objetivos sean cumplidos eficientemente por la
entidad no lucrativa. Esto no necesariamente implica que no puedan esperar un rendimiento; sin
embargo, éste se destina íntegro a la consecución de los fines que persigue.
Los inversionistas de las entidades lucrativas aportan recursos con el fin de obtener un
rendimiento o al menos resarcir total o parcialmente su inversión, independientemente de que los
objetivos para la constitución de la entidad establezcan desempeñar actividades caritativas,
humanitarias, culturales, científicas o de otro orden de carácter social.
Las organizaciones con fines no lucrativos normalmente proporcionan bienes y servicios a precios
iguales o más bajos que su costo y, en ocasiones, sin cargo alguno, a pesar de que algunas
organizaciones no lucrativas proporcionen alguno o algunos de sus productos o servicios a precios
superiores a su costo. Sin embargo, se espera que los costos no cubiertos por la prestación de
bienes o servicios del ente con propósitos no lucrativos, se cubran con las contribuciones o
donaciones obtenidas por la entidad.
Por consiguiente, los recursos de las entidades con propósitos no lucrativos se integran de los
ingresos que obtienen por la venta de bienes y servicios, más los recursos obtenidos como cuotas
de los miembros del ente, donaciones y contribuciones recibidas de otras entidades, las cuales
aumentan su activo neto.
71
Las entidades con fines no lucrativos obtienen donaciones importantes sin cargo alguno, por
concepto de servicios de voluntarios, aportaciones en especie o, por la utilización gratuita de
activos de ciertos patrocinadores con permiso de los mismos. A manera de unificar los conceptos
antes mencionados con sus respectivas clasificaciones en comparación con la Normatividad
anterior la presente NIF tiene los siguientes cambios:
BOLETIN B‐1 Y B‐2 OBJETIVOS DE LOS ESTADOS FINANCIEROS
CON PROPÓSITOS LUCRATIVOS Y NO LUCRATIVOS
NIF A‐3 NECESIDADES DE LOS USUARIOS Y OBJETIVOS
DE LOS ESTADOS FINANCIEROS
Objetivos de los estados financieros:
Informar sobre la situación financiera de la empresa en cierta fecha y los resultados de sus operaciones y los cambios en su situación financiera por el período contable terminado en esa fecha.
Objetivos de los estados financieros:
Los objetivos de los estados financieros se derivan, principalmente, de las necesidades del usuario general, las cuales a su vez dependen significativamente de la naturaleza de las actividades de la entidad y de la relación que dicho usuario tenga con ésta. In embargo, los estados financieros no son un fin en si mismo, dado que no persiguen tratar de convencer al lector de un cierto punto de vista o de la validez de una posición; más bien son un medio útil para la toma de decisiones económicas en el análisis de alternativas para optimizar el uso adecuado de los recursos de la entidad.
Estados Financiero Básicos:
♦ Balance General ♦ Estado de Resultados ♦ Estado de Variaciones en el Capital
Contable ♦ Estado de Cambios en la Situación
Financiera ♦ Estado de Actividades de la entidades
con propósitos no lucrativos ♦ Notas
Estados Financiero Básicos:
♦ Balance General ♦ Estado de Resultados / Estado de Actividades ♦ Estado de Variaciones en el Capital Contable
♦ Estado de Flujos de Efectivo, o en su caso, Estado de Cambios en la Situación Financiera
♦ Notas
{
Cuadro 3. Cuadro comparativo concerniente a los objetivos de los estados financieros mencionados dentro de los PCGA
y las NIF
72
Las disposiciones contenidas en esta Norma de Información Financiera entran en vigor para los
ejercicios que se inicien a partir del 1º de enero de 2006.
Esta NIF deja sin efecto la normatividad contemplada en los Boletines B‐1, Objetivos de los estados
financieros y B‐2, Objetivos de los estados financieros de entidades con propósitos no lucrativos.
3.1.1.1.4. CONCILIACIÓN ENTRE LAS CARACTERÍSTICAS CUALITATIVAS DE LOS ESTADOS
FINANCIEROS A NIVEL NACIONAL E INTERNACIONAL
Las características cualitativas son los requisitos que debe reunir la información financiera
contenida en los estados financieros para asegurar el cumplimiento de los objetivos asentados en
la NIF A‐3, Necesidades de los usuarios y objetivos de los estados financieros. Dichas
características deben verse como un conjunto de cualidades que orientan la elaboración de
información financiera, en la medida que establecen una guía para seleccionar métodos contables
alternativos, para determinar la información a revelar en los estados financieros o para establecer
el formato bajo el cual presentarla, atendiendo al objetivo de proporcionar información financiera
útil para la toma de decisiones.
La descripción de los requisitos de calidad que debe tener la información financiera así como las
restricciones a las que se encuentran sujetos, son cuestiones que se tratan en esta Norma. La NIF
A‐4 tiene por objeto establecer las características cualitativas que debe reunir la información
financiera contenida en los estados financieros para satisfacer apropiadamente las necesidades
comunes de los usuarios generales de la misma y con ello asegurar el cumplimiento de los
objetivos de los estados financieros.
El Boletín A‐1 y su Addendum presentaban como características fundamentales de la información
contable a la "utilidad", a la "confiabilidad" y a la "provisionalidad". En la NIF A‐4, la característica
de utilidad se erige como la característica fundamental para derivar características cualitativas,
primarias y secundarias de la información financiera. La confiabilidad, la relevancia, la
comprensibilidad y la comparabilidad se establecen como las características primarias que los
estados financieros deben cumplir en forma equilibrada para ser útiles para la toma de decisiones;
a estas características se encuentran asociadas otras características secundarias.
En la NIF A‐4, la confiabilidad se encuentra asociada con las características de veracidad,
representatividad, objetividad, verificabilidad e información suficiente. Se hace mayor énfasis a la
73
necesidad de que la información sea representativa para lograr información confiable. Las
características de "estabilidad" y "sustancia económica sobre forma", consideradas por el Boletín
A‐1 y su Addendum como características de la información contable, se transfieren a la NIF A‐2,
Postulados básicos, como parte del postulado básico de consistencia, y como un nuevo postulado
básico,2 respectivamente.
La relevancia se ubica dentro de la jerarquía de características cualitativas al rango de requisito
primario de la información financiera. A la información relevante se le atribuyen dos posibilidades,
de predicción y de confirmación, y se le asocia el requisito de importancia relativa el cual era
anteriormente clasificado por el Boletín A‐1 como principio de contabilidad.
La comprensibilidad y la comparabilidad se establecen como características primarias en apego al
MC de las NIIF emitido por IASB. La primera, se incorpora como una nueva característica para
enfatizar que la información financiera debe ser entendible para el usuario; en tanto que la
segunda, ya se incluía en el Boletín A‐1 y su Addendum. Adicionalmente, la NIF A‐4 identifica
restricciones o limitaciones a los niveles máximos de las características cualitativas.
De esta forma, se incorporan dentro de este apartado la oportunidad, la relación entre costo y
beneficio y el equilibrio entre las características cualitativas, conceptos que ya se mencionaban en
el Boletín A‐1 y su Addendum. Conforme lo establece la NIF A‐1, Estructura de las NIF:
La información financiera contenida en los estados financieros debe reunir determinadas
características cualitativas con la finalidad de ser útil para la toma de decisiones de los usuarios
generales.
La utilidad como característica fundamental de los estados financieros es la cualidad de adecuarse
a las necesidades comunes del usuario general y constituye el punto de partida para derivar las
características cualitativas restantes, las cuales se clasifican en:
a) Características primarias, y
b) Características secundarias
Las características cualitativas primarias de la información financiera son la confiabilidad la
relevancia, la comprensibilidad y la comparabilidad; existen otras características secundarias, que
se consideran asociadas con las dos primeras.
74
Las características cualitativas secundarias orientadas a la confiabilidad son:
o La veracidad,
o La representatividad,
o La objetividad,
o La verificabilidad, y
o La información suficiente.
Las características cualitativas secundarias orientadas a la relevancia son:
o La posibilidad de predicción,
o Confirmación, y
o La importancia relativa.
En la práctica es necesario encontrar un equilibrio entre las características mencionadas para
satisfacer en forma adecuada las necesidades de los usuarios generales y, con ello, cumplir con los
objetivos de la información financiera.
La Confiabilidad es que la información financiera posee esta cualidad cuando su contenido es
congruente con las transacciones, transformaciones internas y eventos sucedidos, y el usuario
general la utiliza para tomar decisiones basándose en ella. Para ser confiable la información
financiera debe:
a) Reflejar en su contenido, transacciones, transformaciones internas y otros eventos
realmente sucedidos (veracidad);
b) Tener concordancia entre su contenido y lo que se pretende representar
(representatividad);
c) Encontrarse libre de sesgo o prejuicio (objetividad);
d) Poder validarse (verificabilidad); y e) Contener toda aquella información que ejerza
influencia en la toma de decisiones de los usuarios generales (información suficiente).
75
Dentro del cuadro 4 se presentan las principales definiciones y los conceptos sintetizados
asociadas a la primera característica cualitativa.
PRIMERA CARACTERÍSTICA CUALITATIVA:
CONFIABILIDAD
CONFIABLES
Contenido es congruente con las transacciones, transformaciones internas y eventos sucedidos, útil para tomar decisiones.
VERAZ
Reflejar en su contenido las transacciones, transformaciones internas y otros eventos realmente sucedidos. Acredita la confianza y credibilidad del usuario general en la información financiera.
REPRESENTATIVA
Concordancia entre su contenido y las transacciones, transformaciones internas y eventos que han afectado económicamente a la entidad.
OBJETIVA
Presentación imparcial, no manipulada o distorsionada, libre de sesgo y perjuicio.
VERIFICABLE
Poder comprobarse y validarse
INFORMACIÓN SUFICIENTE
Incorporación, en los estados financieros y sus notas, de la información necesaria para evaluar a la entidad de una forma clara y comprensible.
Cuadro 4. Cuadro explicativo de varias definiciones de la primera característica cualitativa: confiabilidad.
Relevancia ocurre los casos en que la información financiera posee esta cualidad cuando influye en
la toma de decisiones económicas de quienes la utilizan. Para que la información sea relevante
debe: a) servir de base en la elaboración de predicciones y en su confirmación (posibilidad de
predicción y confirmación); y b) mostrar los aspectos más significativos de la entidad reconocidos
contablemente (importancia relativa).
A continuación se presentan las principales definiciones y los conceptos sintetizados asociadas a la
segunda característica cualitativa:
76
SEGUNDA CARACTERISTICA CUALITATIVA:
RELEVANCIA
RELEVANTE
Información que influye en la toma de decisiones.
POSIBILIDAD DE PREDICCIÓN Y CONFIRMACIÓN
Sirve para confirmar o modificar las predicciones anteriormente formuladas, lo cual permite evaluar la certeza y precisión de la información
IMPORTANCIA RELATIVA
La información financiera debe mostrar los aspectos importantes de la entidad que fueron reconocidos contablemente.
Cuadro 5. Varias definiciones de la segunda característica cualitativa: relevancia.
La Comprensibilidad es una cualidad esencial de la información proporcionada en los estados
financieros es que facilite su entendimiento a los usuarios generales.
Para este propósito es fundamental que, a su vez, los usuarios generales tengan la capacidad de
analizar la información financiera, así como, un conocimiento suficiente de las actividades
económicas y de los negocios.
La información acerca de temas complejos que sea relevante no debe quedar excluida de los
estados financieros o de sus notas, sólo porque sea difícil su comprensión; en este caso dicha
información debe complementarse con una revelación apropiada a través de notas para facilitar su
entendimiento.
La Comparabilidad es que para que la información financiera sea comparable debe permitir a los
usuarios generales identificar y analizar las diferencias y similitudes con la información de la
misma entidad y con la de otras entidades, a lo largo del tiempo.
La emisión de información financiera debe estar apegada a las NIF, dado que esto favorece
sustancialmente su comparabilidad, al generar estados financieros uniformes en cuanto a
estructura, terminología y criterios de reconocimiento.
Las características cualitativas primarias de la información financiera encuentran en ocasiones
algunas restricciones que dificultan la obtención de niveles máximos de una u otra cualidad.
77
Surgen así los conceptos de oportunidad, la relación entre costo y beneficio y el equilibrio entre las
características cualitativas, que más que cualidades deseables de la información, actúan como
restricciones o limitaciones a dichos niveles.
La Oportunidad se refiere a que la información financiera debe emitirse a tiempo al usuario
general, antes de que pierda su capacidad de influir en su toma de decisiones. La información no
presentada oportunamente pierde, total o parcialmente, su relevancia.
Sin embargo, cuando se presenta información financiera con anticipación, antes de que todos los
aspectos atribuibles a una determinada operación u otro evento relevante sean del todo
conocidos, existe el riesgo de disminuir, por ejemplo, el nivel de confiabilidad de la información
financiera, y con ello, reducir su utilidad.
La Relación entre costo‐beneficio se atribuye a que la información financiera es útil para el
proceso de toma de decisiones pero, al mismo tiempo, su obtención origina costos. Los beneficios
derivados de la información deben exceder el costo de obtenerla.
En la evaluación de beneficios y costos debe intervenir, sustancialmente el juicio profesional. Aún
más, los costos no necesariamente recaen en aquellos usuarios generales que disfrutan de los
beneficios. Los beneficios también pueden ser disfrutados por usuarios distintos de aquéllos para
los que se prepara la información.
Por estas razones, es difícil aplicar una prueba de costo‐beneficio en cada caso. Los emisores de
NIF, los preparadores de los estados financieros, así como los usuarios generales, deben estar
conscientes de esta restricción.
Las NIF, son los requisitos mínimos que deben cumplir los estados financieros y, por lo tanto, no
pueden cuestionarse en su aplicación por razones de costo‐beneficio.
En la práctica, es necesario obtener un equilibrio apropiado entre las características cualitativas
para cumplir con el objetivo de los estados financieros. Ello implica que su cumplimiento debe
dirigirse a la búsqueda de un punto óptimo, más que hacia la consecución de niveles máximos de
todas las características cualitativas, cuestión que requiere de la aplicación adecuada del juicio
profesional en cada caso concreto.
78
CONCILIACIÓN ENTRE LAS CARACTERÍSTICAS CUALITATIVAS DE LOS ESTADOS FINANCIEROS DE LA NIF A‐4 Y DEL MARCO CONCEPTUAL (MC) DE LAS NIIF
NIF A‐4 MC DE LAS NIIF
CARACTERISTICA FUNDAMENTAL: UTILIDAD DE LA INFORMACIÓN FINANCIERA
CARACTERISTICAS PRIMARIAS DE LA INFORMACIÓN FINANCIERA
CARACTERISTICAS CUALITATIVAS DE LOS ESTADOS FINANCIEROS
1.CONFIABILIDAD 2.RELEVANCIA
3.COMRENSIBILIDAD 4.COMPARABILIDAD
CARACTERISTICAS SECUNDARIAS CARACTERISTICAS ASOCIADAS
CONFIABILIDAD
*VERACIDAD *REPRESENTATIVIDAD
*OBJETIVIDAD *VERIFICABILIDAD
*INFORMACIÓN SUFICIENTE
*REPRESENTACIÓN FIEL *SUSTANCIA SOBRE FORMA
*NEUTRALIDAD *PRUDENCIA
*INFORMACIÓN COMPLETA
RELEVANCIA ‐POSIBILIDAD DE PREDICCIÓN Y CONFIRMACIÓN ‐IMPORTANCIA RELATIVA O MATERIALIDAD
RESTRICCIONES A LAS CARACTERISTICAS CUALITATIVAS
RESTRICCIONES A LA INFORMACIÓN RELEVANTE Y CONFIABLE
+OPORTUNIDAD +RELACIÓN ENTRE COSTO Y BENEFICIO +EQUILIBRIO ENTRE CARACTERISTICAS
CUALITATIVAS
+OPORTUNIDAD +EQUILIBRIO ENTRE COSTO BENEFICIO +EQUILIBRIO ENTRE CARACTERISTICAS
CUALITATIVAS Cuadro 6. Comparativo de las características cualitativas de los estados financieros y la normatividad internacional
Como se puede observar:
1. Se incorpora la característica de comprensibilidad en apego al MC de las NIIF.
2. La característica de comparabilidad se eleva al rango de característica primaria en apego al
marco conceptual de la normatividad internacional.
3. El concepto de representación fiel tiene su equivalente en las características de
representatividad y veracidad.
79
Para concluir este tema se elaboro una jerarquía de las características cualitativas de los estados financieros que se muestra a continuación:
Figura 2. Jerarquía de las características cualitativas de los estados financieros en la NIF A‐4
CARACTERISTICAS CUALITATIVAS SECUNDARIAS
RESTRICCIONES A LAS CARACTERISTICAS CUALITATIVAS OPORTUNIDAD‐RELACIÓN ENTRE OSTO Y BENEFICIO‐EQUILIBRIO ENTRE CARACTERISTICAS
CUALITATIVAS
INFORMACION FINANCIERA UTIL PARA LA TOMA DE DECISIONES CARACTERISTICA FUNDAMENTAL
CATACTERISTICAS CUALITATIVAS PRIMARIAS CONFIABILIDAD RELEVANCIA COMPRENSIBILIDAD COMPARABILIDAD
VERACIDAD
REPRESENTATIVIDAD
OBJETIVIDAD VERIFICABILIDAD INFORMACIÓN SUFICIENTE
POSIBILIDAD DE PREDICCION Y CONFIRMACIÓN
IMPORTANCIA RELATIVA
80
Las disposiciones contenidas en esta Norma de Información Financiera entran en vigor para los
ejercicios que se inicien a partir del 1º de enero de 2006. Esta NIF, en conjunto con la NIF A‐1, deja
sin efecto el Boletín A‐1 y a su Addendum.
3.1.1.1.5 ELEMENTOS BÁSICOS DE LOS ESTADOS FINANCIEROS
De acuerdo con lo establecido por la NIF A‐1, Estructura de las NIF, el objetivo general de la
información financiera es ser útil para la toma de decisiones por parte de una amplia gama de
usuarios interesados en la entidad; para esto, dicha información que es presentada a través de los
estados financieros, debe cumplir con las características primarias de confiabilidad, relevancia,
comprensibilidad y comparabilidad.
Por lo anterior, se hace necesario definir los elementos básicos que conforman los estados
financieros. De esta manera se logra, en primer lugar, la uniformidad de criterios en el
reconocimiento contable de las transacciones y transformaciones internas que ha llevado a cabo la
entidad, así como de otros eventos, que la han afectado económicamente; en segundo lugar, al
tener este marco conceptual de referencia, se logra que la información tenga un mayor grado de
comprensibilidad y comparabilidad.
La información referente a este tema se encuentra fundada en la NIF A‐5 llevando el mismo
nombre del tema; por lo que los importantes que surgen con la emisión de la NIF A‐5, son:
a) Se definen los siguientes elementos de los estados financieros:
i. Patrimonio contable y cambio neto en el patrimonio contable, como parte de los
estados financieros básicos de las entidades con propósitos no lucrativos;
ii. Movimientos de propietarios, creación de reservas, utilidad y pérdida integral, como
componentes del estado de variaciones en el capital contable de entidades lucrativas;
iii. Origen y aplicación de recursos, dentro del estado de flujo de efectivo, o en su caso,
dentro del estado de cambios en la situación financiera;
b) Se redefinen los siguientes elementos:
i. Capital contable, para identificarlo como el valor de los activos netos de la entidad.
Asimismo, se excluyen del capital contribuido las donaciones recibidas por la entidad,
81
por considerar que éstas cumplen con la definición de ingreso y, por lo tanto, deben
formar parte del estado de resultados; e
ii. Ingreso, para hacerlo más genérico y no asociarlo solamente con los ingresos que se
obtienen por las actividades primarias de la entidad, tal como lo manejó el anterior
Boletín A‐11;
c) Se establece un nuevo enfoque para clasificar los ingresos, costos y gastos reconocidos en
el estado de resultados, como ordinarios, es decir, los que son usuales para la entidad, y
como no ordinarios, los que son inusuales, independientemente de que cualquiera de éstos
se presente de manera frecuente o no. Por ello, las partidas que en el Boletín A‐7,
Comparabilidad, se denominaban partidas especiales o partidas extraordinarias, deben
atender ahora a esta nueva clasificación. Como consecuencia, se derogan los párrafos
respectivos del Boletín A‐7.
d) Se hacen precisiones a las definiciones de activos y pasivos;
e) No se incluyen dentro de la NIF A‐5, los enfoques de valuación y los criterios de
reconocimiento de los elementos básicos de los estados financieros, contenidos en el
Boletín A‐11, pues esto queda establecido en la NIF A‐6, Reconocimiento y valuación.
f) En términos generales, esta norma no se refiere a las partidas derivadas del
reconocimiento de los efectos de la inflación en los estados financieros, dado que esto
forma parte de las normas particulares.
Existen cuatro estados financieros básicos que se muestran en el siguiente cuadro:
Cuadro 7. Estados financieros básicos
*Balance General o Estado de Situación Financiera
*Estado de Resultados
*Estado de Variaciones en el Capital Contable
*Estado de Flujo de Efectivo o Estado de Cambios en la Situación Financiera
82
El balance general o estado de situación financiera es emitido tanto por las entidades lucrativas
como por las entidades que tienen propósitos no lucrativos y se conforma básicamente por los
siguientes elementos: activos, pasivos y capital contable o patrimonio contable; este último,
cuando se trata de entidades con propósitos no lucrativos.
Activo es un recurso controlado por una entidad, identificado, cuantificado en términos
monetarios, del que se esperan fundadamente beneficios económicos futuros, derivado de
operaciones ocurridas en el pasado, que han afectado económicamente a dicha entidad.
Atendiendo a su naturaleza, los activos de una entidad pueden ser de diferentes tipos:
a) Efectivo y equivalentes;
b) Derechos a recibir efectivo o equivalentes;
c) Derechos a recibir bienes o servicios;
d) Bienes disponibles para la venta o para su transformación y posterior venta;
e) Bienes destinados al uso o para su construcción y posterior uso; y
f) Aquéllos que representan una participación en el capital contable o patrimonio contable
de otras entidades.
Un activo contingente es aquél surgido a raíz de sucesos pasados, cuya posible existencia ha de ser
confirmada sólo por la ocurrencia o, en su caso, por la falta de ocurrencia de uno o más eventos
inciertos en el futuro que no están enteramente bajo el control de la entidad.
Por lo tanto, este tipo de activos no deben reconocerse dentro de la estructura financiera de la
entidad, pues no cumplen esencialmente con las características de un activo.
Pasivo es una obligación presente de la entidad, virtualmente ineludible, identificada, cuantificada
en términos monetarios y que representa una disminución futura de beneficios económicos,
derivada de operaciones ocurridas en el pasado, que han afectado económicamente a dicha
entidad.
83
Atendiendo a su naturaleza, los pasivos de una entidad pueden ser de diferentes tipos:
a) Obligaciones de transferir efectivo o equivalentes;
b) Obligaciones de transferir bienes o servicios; y
c) Obligaciones de transferir instrumentos financieros emitidos por la propia entidad.
Para reconocer un pasivo debe atenderse a su sustancia económica, por lo que las formalidades
jurídicas que lo sustentan, deben analizarse en este contexto para no distorsionar su
reconocimiento contable.
Un pasivo contingente es aquél surgido a raíz de sucesos pasados, cuya posible existencia ha de
ser confirmada sólo por la ocurrencia o, en su caso, por la falta de ocurrencia de uno o más
eventos inciertos en el futuro que no están enteramente bajo el control de la entidad. Por lo tanto,
este tipo de pasivos no deben reconocerse dentro de la estructura financiera de la entidad, pues
no cumplen esencialmente con las características de un pasivo.
El concepto de capital contable es utilizado para las entidades lucrativas, y el de patrimonio
contable, para las entidades con propósitos no lucrativos; sin embargo, para efectos de este marco
conceptual, ambos se definen en los mismos términos.
Es el valor residual de los activos de la entidad, una vez deducidos todos sus pasivos.
El patrimonio contable de las entidades con propósitos no lucrativos se clasifica de acuerdo con su
grado de restricción, en:
a) Patrimonio restringido permanentemente, cuyo uso por parte de la entidad, está limitado
por disposición de los patrocinadores que no expiran con el paso del tiempo, y no pueden
ser eliminadas por acciones de la administración;
b) Patrimonio restringido temporalmente, cuyo uso por parte de la entidad, está limitado
por disposición de los patrocinadores que expiran con el paso del tiempo o porque se han
cumplido los propósitos establecidos por dichos patrocinadores; y
c) Patrimonio no restringido, el cual no tiene restricciones por parte de los patrocinadores,
para que éste sea utilizado por parte de la entidad.
84
Desde el punto de vista legal, el capital contable representa para los propietarios de una entidad
lucrativa su derecho sobre los activos netos, mismo que se ejerce mediante su reembolso o el
decreto de dividendos.
De acuerdo con un enfoque financiero, el capital contable o patrimonio contable, representa la
porción del activo total que es financiada por los propietarios o en su caso, los patrocinadores de
la entidad. Por lo tanto, mientras los pasivos se consideran fuentes externas de recursos, el capital
contable o patrimonio contable, es una fuente interna.
El estado de resultados es emitido por las entidades lucrativas, y está integrado básicamente por
los siguientes elementos:
a) Ingresos, costos y gastos, excepto aquéllos que por disposición expresa de alguna norma
particular, forman parte de las otras partidas integrales, según se definen en esta NIF; y
b) Utilidad o pérdida neta.
El estado de actividades es emitido por las entidades con propósitos no lucrativos, y está integrado
básicamente por los siguientes elementos: ingresos, costos y gastos, definidos en los mismos
términos que en el estado de resultados y, por el cambio neto en el patrimonio contable;
Ingresos Representa el incremento de los activos o el decremento de los pasivos de una entidad,
durante un período contable, con un impacto favorable en la utilidad o pérdida neta o, en su caso,
en el cambio neto en el patrimonio contable y, consecuentemente, en el capital ganado o
patrimonio contable, respectivamente.
Por lo tanto, no deben reconocerse como ingreso, los incrementos de activos derivados de:
a) La disminución de otros activos,
b) El aumento de pasivos o,
c) El aumento del capital contable, como consecuencia de movimientos de propietarios de la
entidad.
Asimismo, no deben reconocerse como ingreso, los decrementos de pasivos derivados de:
a) La disminución de activos,
85
b) El aumento de otros pasivos o,
c) El aumento del capital contable, como consecuencia de movimientos de propietarios de la
entidad.
Atendiendo a su naturaleza, los ingresos de una entidad se clasifican en:
a) Ordinarios, que se derivan de transacciones, transformaciones internas y de otros eventos
usuales, es decir, que son propios del giro de la entidad, ya sean frecuentes o no; y
b) No ordinarios, que se derivan de transacciones, transformaciones internas y de otros
eventos inusuales, es decir, que no son propios del giro de la entidad, ya sean frecuentes o
no.
Costos y Gastos son decrementos de los activos o incrementos de los pasivos de una entidad,
durante un período contable, con la intención de generar ingresos y con un impacto desfavorable
en la utilidad o pérdida neta o, en su caso, en el cambio neto en el patrimonio contable y,
consecuentemente, en su capital ganado o patrimonio contable, respectivamente.
Por lo tanto, no deben reconocerse como costo o gasto, los decrementos de activos derivados de:
a) El aumento de otros activos,
b) La disminución de pasivos o,
c) La disminución del capital contable, como consecuencia de movimientos de propietarios
de la entidad.
Asimismo, no deben reconocerse como costo o gasto, los incrementos de pasivos derivados de:
a) El aumento de activos,
b) La disminución de otros pasivos o,
c) La disminución del capital contable, como consecuencia de movimientos de propietarios de la
entidad.
Por costo debe entenderse, para fines de los estados financieros, que es el valor de los recursos
que se entregan o prometen entregar a cambio de un bien o un servicio adquirido por la entidad,
86
con la intención de generar ingresos. Cuando los costos tienen un potencial para generar ingresos
en el futuro, representan un activo.
Atendiendo a su naturaleza, los costos y gastos que tiene una entidad, se clasifican en:
a) Ordinarios, que se derivan de operaciones usuales, es decir, que son propios del giro de la
entidad, ya sean frecuentes o no; y
b) No ordinarios, que se derivan de operaciones inusuales, es decir, que no son propios del
giro de la entidad, ya sean frecuentes o no.
Una pérdida es un costo o gasto no ordinario, que por su naturaleza debe presentarse neto del
ingreso relativo, en su caso.
Se presenta el siguiente cuadro de equivalencias entre la NIF A‐5 y el Boletín A‐7; este comparativo
sólo se hace por las partidas especiales y extraordinarias que se eliminan con la emisión de la NIF
A‐5:
TIPO DE INGRESO/GASTO CLASFICACIÓN SEGÚN NIF
A‐5
DENOMINACIÓN SEGÚN
BOLETIN A‐7
USUALES E INFRECUENTES ORDINARAS PARTIDAS ESPECIALES
INUSUALES Y FRECUENTES NO ORDINARIAS
INUSUALES E INFRECUENTES NO ORDINARIAS PARTIDAS EXTRAORDINARIAS
Cuadro 8. Tipo de ingreso /gasto de acuerdo a la NIF A‐5 y el anterior boletín A‐7.
Finalmente, cabe señalar que los criterios para la presentación de estas partidas en el estado de
resultados, se establecen en normas particulares.
Utilidad o pérdida neta es el valor residual de los ingresos de una entidad lucrativa, después de
haber disminuido sus costos y gastos relativos reconocidos en el estado de resultados, siempre
que estos últimos sean menores a dichos ingresos, durante un período contable. En caso
contrario, es decir, cuando los costos y gastos sean superiores a los ingresos, la resultante es una
pérdida neta.
87
Cambio neto en el patrimonio contable es la modificación del patrimonio contable de una entidad
con propósitos no lucrativos, durante un período contable, originada por la generación de
ingresos, costos y gastos, así como por las contribuciones patrimoniales recibidas.
Estado de variaciones en el capital contable este estado financiero es emitido por las entidades
lucrativas, y se conforma por los siguientes elementos básicos: movimientos de propietarios,
creación de reservas y utilidad o pérdida integral.
Movimientos de propietarios son cambios al capital contribuido o, en su caso, al capital ganado de
una entidad, durante un período contable, derivados de las decisiones de sus propietarios, en
relación con su inversión en dicha entidad.
Los propietarios suelen hacer los siguientes movimientos:
a) Aportaciones de capital, que son recursos entregados por los propietarios a la entidad, los
cuales representan aumentos de su inversión y, por lo tanto, incrementos del capital
contribuido y, consecuentemente, del capital contable de la entidad;
b) Reembolsos de capital, que son recursos entregados por la entidad a los propietarios,
producto de la devolución de sus aportaciones, los cuales representan disminuciones de su
inversión y, por lo tanto, decrementos del capital contribuido y, consecuentemente, del
capital contable de la entidad;
c) Decretos de dividendos, que son distribuciones por parte de la entidad, ya sea en efectivo
o sus equivalentes, a favor de los propietarios, derivadas del rendimiento de su inversión, los
cuales representan disminuciones del capital ganado y, consecuentemente, del capital
contable de la entidad;
d) Capitalizaciones de partidas del capital contribuido, la cuales representan asignaciones al
capital social provenientes de otros conceptos de capital contribuido, tales como,
aportaciones para futuros aumentos de capital y prima en venta de acciones; estos
movimientos representan traspasos entre cuentas del capital contribuido y,
consecuentemente, no modifican el total del capital contable de la entidad.
e) Capitalizaciones de utilidades o pérdidas integrales, que son asignaciones al capital
contribuido provenientes de las utilidades o pérdidas generadas por la entidad; estos
88
movimientos representan traspasos entre el capital ganado y el capital contribuido y,
consecuentemente, no modifican el total del capital contable de la entidad.
f) Capitalizaciones de reservas creadas, que son asignaciones al capital contribuido
provenientes de reservas creadas con anterioridad y con un fin específico inicial que a la
fecha ha expirado; estos movimientos representan traspasos entre el capital ganado y el
capital contribuido y, consecuentemente, no modifican el total del capital contable de la
entidad.
Creación de reservas representan una segregación de las utilidades netas acumuladas de la
entidad, con fines específicos y creadas por decisiones de sus propietarios.
La utilidad integral es el incremento del capital ganado de una entidad lucrativa, durante un
período contable, derivado de la utilidad o pérdida neta, más otras partidas integrales.
En caso de determinarse un decremento del capital ganado en estos mismos términos, existe una
pérdida integral.
El estado de flujo de efectivo o, en su caso, el estado de cambios en la situación financiera, es
emitido tanto por las entidades lucrativas, como por las que tienen propósitos no lucrativos;
ambos estados se conforman por los siguientes elementos básicos: origen y aplicación de recursos.
Origen de recursos son aumentos del efectivo, durante un período contable, provocados por la
disminución de cualquier otro activo distinto al efectivo, el incremento de pasivos, o por
incrementos al capital contable o patrimonio contable por parte de los propietarios o en su caso,
patrocinadores de la entidad.
Pueden distinguirse esencialmente los siguientes tipos de origen de recursos:
a) De operación, que son los que se obtienen como consecuencia de llevar a cabo las
actividades que representan la principal fuente de ingresos para la entidad;
b) De inversión, que son los que se obtienen por la disposición de activos de larga duración y
representan la recuperación del valor económico de los mismos; y
89
c) De financiamiento, que son los que se obtienen de los acreedores financieros o, en su
caso, de los propietarios de la entidad, para sufragar las actividades de operación e
inversión.
Aplicación de recursos son disminuciones del efectivo, durante un período contable, provocadas
por el incremento de cualquier otro activo distinto al efectivo, la disminución de pasivos, o por la
disposición del capital contable, por parte de los propietarios de una entidad lucrativa.
Pueden distinguirse esencialmente, los siguientes tipos de aplicación de recursos:
a) De operación, que son los que se destinan a las actividades que representan la principal
fuente de ingresos para la entidad;
b) De inversión, que son los que se destinan a la adquisición de activos de larga duración; y
c) De financiamiento, que son los que se destinan a restituir a los acreedores financieros y a
los propietarios de la entidad, los recursos que canalizaron en su momento hacia la entidad.
Las figuras que se presenta a continuación incluyen todas las operaciones que potencialmente
afectan a las entidades Lucrativas y no Lucrativas.
Y posteriormente de las figuras se presenta un cuadro esquemático donde muestra un
comparativo de los elementos de los estados financieros entre los PCGA y las NIF.
90
A) CAMBIOS EN ACTIVOS Y PASIVOS QUE NO ORIGINAN UN CAMBIO EN EL CAPITAL CONTABLE
I. INTERCAMBIO DE ACTIVOS POR ACTIVOS
II. INTERCAMBIO DE PASIVOS POR PASIVOS
4
III. ADQUISICION DE ACTIVOS ASUMIENDO PASIVOS
IV. LIQUIDACIÓN DE PASIVOS TRANSFIRIENDO ACTIVOS
B) CAMBIO EN ACTIVOS Y
PASIVOS QUE ORIGINAN UN CAMBIO EN EL
CAPITAL CONTABLE
I. UTILIDAD INTEGRAL: UTILIDAD NETA Y PARTIDAS INTEGRALES
INGRESOS ORDINARIOS
INGRESOS NO ORDINARIOS
COSTOS Y GASTOS ORDINARIOS
COSTOS Y GASTOS NO ORDINARIOS
II. CAMBIOS POR TRANSFERENCIAS
ENTRE ENTIDADES Y SUS INVERSIONISTAS
INVERSION O APORTACION DE LOS
ACCIONISTAS
C) CAMBIOS EN EL CAPITAL QUE NO ORIGINAN UN CAMBIO EN ACTIVOS O PASIVOS RESARCIMIENTO DE LA
INVERSION AL ACCIONISTA
OPERACIONES QUE AFECTAN ECONOMICAMENTE A UNA ENTIDAD LUCRATIVA DURANTE UN PERÍODO
91
Figura 3. Operaciones que afectan económicamente a una entidad lucrativa.
Figura 4. Operaciones que afectan económicamente a una entidad no lucrativa.
A) CAMBIOS EN ACTIVOS Y PASIVOS QUE NO ORIGINAN UN CAMBIO EN EL PATRIMONIO
I. INTERCAMBIO DE ACTIVOS POR ACTIVOS
II. INTERCAMBIO DE PASIVOS POR PASIVOS
7
III. ADQUISICION DE ACTIVOS ASUMIENDO PASIVOS
IV. LIQUIDACIÓN DE PASIVOS TRANSFIRIENDO ACTIVOS
B) CAMBIO EN ACTIVOS Y PASIVOS QUE ORIGINAN UN CAMBIO EN EL PATRIMONIO
I. INGRESOS ORDINARIOS Y NO ORDINARIOS
II .COSTOS Y GASTOS ORDINARIOS Y NO ORDINARIOS
III. CONTRIBUCIONES DE LOS PATROCINADORES
I. RECLASIFICACIONES ENTRE LAS DIFERENTES CLASES DE PATRIMONIO POR CAMBIOS EN
RESTRICCIONES IMPUESTAS POR LOS PATROCINADORES
II. CAMBIOS DENTRO DE LAS DIFERENTES CLASES DE PATRIMONIOS
C) CAMBIOS EN EL PATRIMONIO QUE NO ORIGINAN UN CAMBIO EN ACTIVOS O PASIVOS
CAMBIOS EN PATRIMONIO PERMANENTE RESTRINGIDO
CAMBIOS EN PATRIMONIO TEMPORALMENTE RESTRINGIDO
CAMBIOS EN PATRIMONIO NO RESTRINGIDO
OPERACIONES QUE AFECTAN ECONOMICAMENTE A UNA ENTIDAD NO LUCRATIVA DURANTE EL PERÍODO
92
ELEMENTOS BÁSICOS DE LOS ESTADOS FINANCIEROS
BOLETIN A‐11, B‐2 Y B‐4
NIF A‐5
ELEMENTOS BÁSICOS DE LOS ESTADOS FINANCIEROS
BALANCE GENERAL
‐Activo
‐Pasivo
‐Capital Contable o Patrimonio
ESTADO DE RESULTADOS
‐Ingreso y Ganancia
‐Costo
‐Gasto y Pérdida
‐Utilidad Neta
‐Utilidad Integral
BALANCE GENERAL
‐Activos
‐Pasivos
‐Capital Contable o Patrimonio Contable
ESTADO DE RESULTADOS Y ESTADO DE ACTIVIDADES
‐Ingresos
‐Costos y Gastos
‐Utilidad o Pérdida Neta
‐Cambio Neto en el Patrimonio Contable
ESTADO DE VARIACIONES EN EL CAPITAL CONTABLE
‐Movimiento de propietarios
‐Creación de reservas
‐Utilidad o Pérdida Integral
ESTADO DE FLUJO DE EFECTIVO Y ESTADO DE CAMBIOS EN LA SITUACIÓN FINANCIERA
‐Origen de recursos
‐Aplicación de recursos
93
Cuadro 9. Comparativo de Elementos Básicos de los Estados Financieros:
Las disposiciones contenidas en esta Norma de Información Financiera entran en vigor para los
ejercicios que se inicien a partir del 1 enero de enero de 2006.
Esta NIF deja sin efecto:
a) Al Boletín A‐11, Definición de los conceptos básicos integrantes de los estados financieros;
y
b) Los siguientes párrafos referentes al tema de partidas especiales y partidas
extraordinarias establecidos en el Boletín A‐7, Comparabilidad: 14 e), 14 f), 17 a 23, 48 y 49.
3.1.1.1.6. RENOMBRAMIENTO Y VALUACIÓN DE LOS ESTADOS FINANCIEROS
La evolución de la normatividad ha generado cambios en su concepción actual que han
contribuido a la mejora interpretativa de la información financiera de una entidad, tan es así, que
de una contabilidad originalmente realizada sobre la base del efectivo (esto es, exclusivamente a
través del costo o recurso histórico), evolucionó hacia una contabilidad en función a lo devengado.
En la emisión de normas contables recientes la intención sigue siendo esencialmente la misma,
mas es innegable que ésta se ha dado con un giro trascendental hacia la determinación de valores
actuales, nueva orientación que responde a las necesidades del usuario dentro de una economía
globalizada de libre mercado. Lo anterior sustentado en la búsqueda de información financiera de
alta calidad y comparable, orientada a la determinación de valores económicos que sean cada vez
más objetivos.
En ese afán de mejorar las prácticas contables, los cuerpos normativos se han dado a la tarea de
establecer normas que beneficien la información financiera y su interpretación, con el fin de
contribuir al esclarecimiento del tratamiento contable aplicable a las nuevas operaciones que se
presentan habitualmente en el mercado o de variantes a las anteriormente concebidas y, sobre
esta base, proporcionar mejores herramientas para la toma de decisiones.
Cabe adicionar que las necesidades del usuario general de la información financiera se han
tornado mucho más complejas, por diversas razones; entre ellas, el desarrollo económico en los
mercados de capital, la globalización de la economía, la rápida y constante evolución de la
tecnología y avances importantes en el pensamiento contable. Se han venido incorporando en la
94
normatividad contable nacional e internacional, una serie de disposiciones particulares que
promueven el uso de nuevos y diversos conceptos de valor económico.
Existen diversos factores que ejercen influencia en la selección del concepto de valor más
adecuado, uno de ellos es la intención que se tenga con el elemento de los estados financieros
sujeto a valuación.
Otros enfoques de valuación en activos y pasivos de una entidad consideran necesario reflejar el
costo del dinero a través del tiempo, siendo esto significativo para un adecuado análisis financiero,
en un momento determinado.
Por otro lado, se argumenta que el verdadero valor de las cosas está representado por el monto
que alguien estaría dispuesto a pagar o recibir en un mercado de libre competencia, lo cual implica
que el ambiente económico donde opera la entidad constituye un determinante en la valuación.
En función a lo anterior, en la actualidad se presenta una gama importante de técnicas o
conceptos de valuación, como son entre otros, el costo de adquisición, el valor neto de realización,
el valor presente y el valor razonable.
Para propósitos de la información financiera y de sus características cualitativas, los valores de
intercambio ocurridos en los mercados de libre competencia, donde una entidad lleva a cabo
transacciones con otras entidades, son considerados los más objetivos para la valuación de
partidas de activo, pasivo y capital contable o patrimonio contable.
La práctica en nuestra normatividad, ha permitido el uso de valores razonables para ciertos
instrumentos financieros, cuyo ciclo de realización es inmediato o casi inmediato; también
propone el uso de valores razonables basados en montos recuperables, para reflejar
disminuciones de valor en activos de larga duración.
El contenido de este tema se encuentra especificado en la NIF A‐6 ya que busca:
a) Establecer los criterios generales que deben utilizarse en la valuación, tanto en el
reconocimiento inicial como en el posterior, de transacciones, transformaciones internas y
otros eventos, que han afectado económicamente a una entidad; así como,
95
b) Definir y estandarizar los conceptos básicos de valuación que forman parte de las normas
particulares aplicables a los distintos elementos integrantes de los estados financieros.
El reconocimiento contable de una operación debe cumplir con los siguientes criterios:
a) Provenir de una transacción de la entidad con otras entidades, de transformaciones
internas, así como de otros eventos pasados, que la han afectado económicamente;
b) Satisfacer la definición de un elemento de los estados financieros.
c) Ser cuantificable en términos monetarios confiablemente;
d) Estar acorde con su sustancia económica;
e) Ser probable que en un futuro ocurra una obtención o un sacrificio de beneficios
económicos, lo que implicará una entrada o salida de recursos económicos; y
f) Contribuir a la formación de un juicio valorativo en función a su relevancia que coadyuve a
la toma de decisiones económicas.
Por consiguiente, una operación debe reunir los seis criterios fundamentales señalados en el
párrafo anterior y sólo debe ser reconocida como un elemento de los estados financieros, al
momento de ser alcanzados todos.
De lo anterior se desprende que al reconocer una operación en la información financiera, ésta
debe representarse tanto conceptual como numéricamente y, por tanto, debe determinarse una
cuantificación en términos monetarios a través del desarrollo de un proceso formal de valuación
considerando los atributos del elemento a ser valuado y lo que establezcan, a su vez, las NIF
particulares relativas.
Los atributos se refieren a las características o naturaleza del elemento sujeto a reconocimiento y
valuación; por ejemplo, su naturaleza monetaria y no monetaria, entre otros.
Los criterios de reconocimiento establecen cuándo incorporar los efectos por operaciones que
afectan a una entidad en su información financiera, lo cual implica su valuación, presentación y
revelación contable.
96
Algunos eventos que afectan a los activos, pasivos y capital o patrimonio contable y, que tienen
efectos económicos futuros, quizás nunca puedan ser reconocidos dentro de los estados
financieros, en virtud de que no cumplen plenamente con los criterios de reconocimiento. Por
ejemplo, entre otros:
a) La generación o creación de valor, producto del acervo desarrollado por el capital
intelectual del recurso humano de una entidad;
b) Una pérdida por desastre de dimensiones desconocidas, de la que no se cuenta con
información suficiente, disponible y a un costo justificable, que permita reducir
incertidumbres a un nivel aceptable.
La NIF A‐1 indica que el reconocimiento contable se presenta en dos etapas:
a) Reconocimiento inicial ‐ proceso de valuar, presentar y revelar una partida por primera vez
en los estados financieros, al considerarse devengada; y
b) Reconocimiento posterior ‐ es la modificación de una partida reconocida inicialmente en
los estados financieros, originada por eventos posteriores que la afectan de manera
particular, para preservar su objetividad.
El reconocimiento inicial ocurre cuando una operación se incorpora por primera vez en la
información financiera al considerarse devengada de acuerdo con el postulado de devengación
contable. Verbigracia, cuando se adquieren activos y servicios, se asumen pasivos, se emiten
instrumentos de deuda o capital, o se reciben aportaciones. Los activos, pasivos y capital o
patrimonio contable, deben reconocerse inicialmente a los valores de intercambio en que ocurren
originalmente las operaciones, a menos que dicho valor no sea representativo; en cuyo caso, debe
realizarse una estimación adecuada, considerando las normas particulares que les sean aplicables.
El valor así reconocido, resulta de aplicar conceptos de valuación que reflejen las cantidades de
efectivo que se afecten o su equivalente, o bien, que representen una estimación confiable de la
operación, cuando dicho valor se considere devengado.
El valor de intercambio corresponde a una transacción recíproca con el mismo valor económico
para las partes que intervienen. Para una podría ser el precio de venta y para la otra el precio de
compra o costo de adquisición.
97
Y es, por ende, el valor al cual deben reconocerse los activos adquiridos, los pasivos asumidos y las
emisiones de instrumentos de deuda o capital, en su reconocimiento inicial.
Por lo general, los montos de los activos, pasivos y capital o patrimonio contable reconocidos
inicialmente, pierden significado informativo como consecuencia de nuevas transacciones,
transformaciones internas y otros eventos, que afectan económicamente a la entidad. Para
reivindicar su relevancia deben ser modificados a través de un reconocimiento posterior,
preservando su objetividad.
El reconocimiento posterior ocurre cuando una operación posterior al reconocimiento inicial
modifica el valor de los activos, pasivos y capital o patrimonio contable; cuando una operación
posterior a un reconocimiento previo modifica a tal grado una partida que ésta deja de tener
valor, debe eliminarse del balance general.
La valuación en el reconocimiento posterior debe efectuarse considerando las circunstancias
particulares que afectan la valuación anterior y que mejor reflejen la situación actual. El criterio de
valuación empleado debe aplicarse en forma sistemática a fin de preservar un equilibrio entre las
características cualitativas de los estados financieros, atendiendo a los atributos del elemento a
ser valuado, en función a la normatividad particular que le es relativa. En algunos casos, los
activos, los pasivos y el capital o patrimonio contable, conservan su valor de intercambio original,
el cual no debe ser mayor a sus valores estimados de realización. En estos casos, deben
considerarse los valores estimados de realización más apropiados, de acuerdo con las NIF
particulares.
Los elementos de los estados financieros de una entidad reconocidos inicialmente, pueden ser
modificados por nuevas operaciones, a través de:
a) Modificaciones a dichos elementos por transacciones que son acumuladas y reconocidas a
los distintos valores de reconocimiento inicial al momento en que se devengan dichas
transacciones;
b) Transformaciones internas de recursos que son reconocidas a su valor acumulado; y
c) Otros eventos que se reconocen considerando los valores que mejor reflejen su situación
actual.
98
Las valuaciones de reinicio son reconsideraciones de valor de un activo o de un pasivo, como si en
ese momento se hubiera adquirido o asumido, considerando los atributos del elemento a ser
valuado.
Las valuaciones de reinicio consideran normalmente el valor razonable del elemento a ser valuado.
El reconocimiento inicial o posterior de una partida de capital contable o patrimonio contable
obedece a la valuación de los activos netos que le son relativos. Cuando la probabilidad de obtener
beneficios económicos futuros de un activo se pierde o, por los altos grados de incertidumbre en
su cuantía, su reconocimiento carezca de significado, debe eliminarse del balance y sus efectos
deben reconocerse directamente en los resultados del período en que se identifique el evento. Un
pasivo debe eliminarse del balance y sus efectos deben reconocerse directamente en los
resultados del período en que se identifique el evento, cuando sea probable que no haya en el
futuro salida alguna de recursos o su reconocimiento carezca de significado, por los altos grados
de incertidumbre en su cuantía y beneficiarios, considerando en su caso los aspectos contractuales
relativos.
La valuación consiste en la cuantificación monetaria de los efectos de las operaciones que se
reconocen como activos, pasivos y capital contable o patrimonio contable en el sistema de
información contable de una entidad. Los conceptos de valuación (técnicas y métodos) varían en
complejidad, dependiendo del tipo de las múltiples operaciones que afectaron a una entidad
económica y del grado de dificultad que implique el obtener la información cuantitativa para su
valoración. Los diferentes conceptos de valuación, deben atender a los atributos de las partidas;
así como, al cumplimiento de las características cualitativas de los estados financieros. Cabe
mencionar que esta NIF no pretende abarcar todas las posibles técnicas y métodos de valuación
utilizados en la práctica, sino que se limita a describir y uniformar los principales conceptos de
valuación utilizados en la actualidad; en NIF referentes a normas particulares se establecen
requerimientos sobre valuaciones específicas para determinadas situaciones. Para la valuación de
las operaciones de una entidad en particular existen dos clases de valores:
a) Valores de entrada ‐ Son los que sirven de base para la incorporación o posible
incorporación de una partida a los estados financieros, los cuales se obtienen por la
adquisición, reposición o reemplazo de un activo o por incurrir en un pasivo; estos valores
se encuentran en los mercados de entrada; y
99
b) Valores de salida ‐ Son los que sirven de base para realizar una partida en los estados
financieros, los cuales se obtienen por la disposición o uso de un activo o por la liquidación
de un pasivo; estos valores se encuentran en los mercados de salida.
Antes de entrar en las definiciones de la presente NIF, se dan algunos ejemplos que ayudaran a
comprender mejor su estructura.
EJEMPLOS PRÁCTICOS DE VALOR DE ENTRADA Y SALIDA, Y MERCADO DE ENTRADA Y SALIDA
OPERACIÓN VALOR DE ENTRADA VALOR DE SALIDA
ADQUISICIÓN/VENTA DE UN DÓLAR
Costo de Adquisición‐Cotiza a la venta
(Mercado de entrada‐cotización establecida en la casa de bolsa)
Valor de realización‐Cotización a la compra. (Mercado de salida‐cotización establecida en la casa de bolsa)
ADQUISICIÓN/VENTA DE UN TERRENO
Costo de adquisición‐Efectivo o equivalente pagado por el
terreno. (Mercado de entrada‐mercado de bienes raíces de libre competencia)
Valor de realización‐Efectivo o equivalente neto que se recibe por la venta del terreno. Si el terreno tuviera costos de disposición, éstos se disminuyen del valor de realización y el valor de salida que se utilizara, este caso, sería el valor neto de realización. (Mercado de entrada‐mercado de bienes raíces de libre competencia)
CONTRATACIÓN/ LIQUIDACIÓN DE
UN PRÉSTAMO(PASIV
O)
Recurso histórico‐Monto neto recibido por concepto de
préstamo (se excluyen primas y descuentos).
(Mercado de entrada‐en este caso “ese” mercado es representado por los dos participantes en la operación; el que otorga el crédito y el que lo contrata)
Valor de liquidación‐Monto de erogaciones necesarias para liquidar el préstamo. Si durante la liquidación del préstamo se tuvieran costos directamente atribuibles a la liquidación distintos de intereses e impuestos (costos de liquidación) el valor de salida que se utilizaría, en este caso, sería el valor neto de liquidación. (Mercado de salida‐en este caso “ese” mercado es representado por los dos participantes en la operación: el que liquida el pasivo y el que recibe el pago o asume la obligación de pagar el préstamo)
Cuadro 10. Ejemplos de valor de entrada y salida y mercado de entrada y salida.
100
Para retomar algunos conceptos de los ejemplos, a continuación se presenta de forma grafica, los
ocho conceptos de valuación que establece la NIF A‐6, aplicables a los valores de entrada y salida.
Éstos son:
Para retomar algunos conceptos de los ejemplos, a continuación se presentan los ocho conceptos
de valuación que establece la NIF A‐6, aplicables a los valores de entrada y salida. Éstos son:
VALOR DE ENTRADA VALOR DE SALÍDA
VALOR RAZONABLE
(Se considera un valor tanto de entrada como de salida)
♦ Costo de adquisición/costo histórico (*)
♦ Costo de reposición(**)
♦ Costo de reemplazo (**)
♦ Recurso histórico (*)
♦ Valor de realización (Cuando aplique, valor neto de realización)
♦ Valor de liquidación (Cuando aplique, valor neto de liquidación)
♦ Valor presente
(*) Utilizados para el reconocimiento inicial
(**) Utilizados para e reconocimiento posterior
Cuadro 11. Conceptos de valuación establecidos en la NIF A‐6.
Valor razonable representa el monto de efectivo o equivalentes que participantes en el mercado
estarían dispuestos a intercambiar para la compra o venta de un activo, o para asumir o liquidar
un pasivo, en una operación entre partes interesadas, dispuestas e informadas, en un mercado de
libre competencia.
Cuando no se tenga un valor de intercambio accesible de la operación debe realizarse una
estimación del mismo mediante técnicas de valuación.
El valor razonable, por consiguiente, es el valor de intercambio de una operación o una estimación
de éste. El valor razonable puede considerarse tanto un valor de entrada como de salida,
atendiendo a los atributos de la partida considerada y a las circunstancias presentes en el
momento de su valorización.
101
El valor razonable, como valor atribuible a activos, pasivos o activos netos, según corresponda,
representa un valor ideal para las cuantificaciones contables en términos monetarios, el cual
puede determinarse por orden de preferencia, como se muestra en la figura 5.
Figura 5. Orden de preferencia en la determinación del valor razonable
Para determinar un valor razonable, considerando en su aplicación los enfoques del valor
presente. El precio de mercado denota una variabilidad de hechos y presunciones, obteniéndose a
través de:
a) El precio de intercambio de las operaciones, representado por el monto en que son
adquiridos o vendidos los activos y servicios, incurridos los pasivos y colocados o
readquiridos los instrumentos de deuda y de capital de una entidad, en un mercado de libre
competencia; y
b) Los valores de referencia de valuaciones contables provenientes de modelos de valuación,
simples o complejos, que consideran el comportamiento del mercado en el futuro.
Los valores de entrada son:
a) Costo de adquisición;
b) Costo de reposición;
c) Costo de reemplazo; y
d) Recurso histórico.
a) Cotizaciones observables en los mercados,
b) Valores de mercado de activos, pasivos o activos netos similares en cuanto a sus rendimientos, riesgos y beneficios, y
c) Técnicas de valuación (enfoques o modelos) reconocidos en el ámbito financiero, tales como, valor presente esperado, valor presente estimado, modelos de precios de opción, modelos de valuación de acciones, opciones o derivados, entre otros.
ORDEN DE PREFERENCIA
102
Los conceptos de costo de adquisición y de recurso histórico se utilizan en valuaciones de
reconocimiento inicial de una partida de activo o pasivo, según sea el caso. Por su parte, los
conceptos de costo de reposición y de reemplazo son utilizados para valuaciones en
reconocimientos posteriores. Costo de adquisición es el monto pagado de efectivo o
equivalentes por un activo o servicio al momento de su adquisición. Como adquisición debe
considerarse también la construcción, fabricación, instalación o maduración de un activo. El costo
de adquisición también se conoce como costo histórico.
En la determinación del costo de adquisición deben considerarse cualesquier otros costos
incurridos, asociados directa e indirectamente a la adquisición, los cuales se presentan como
costos acumulados. Costo de reposición es el costo que sería incurrido para adquirir un activo
idéntico a uno que está actualmente en uso. Costo de reemplazo es el costo más bajo que sería
incurrido para restituir el servicio potencial de un activo, en el curso normal de la operación de la
entidad.
El costo de reposición representa el costo de un activo idéntico; en cambio, el costo de reemplazo
equivale al costo de un activo similar pero no idéntico. Por ende, la distinción entre costo de
reposición y costo de reemplazo se deriva de la eficiencia operativa y de los cambios tecnológicos
que podrían haber ocurrido, los cuales se manifiestan en el costo de reemplazo del activo similar;
empero, el activo idéntico mantendría su capacidad productiva original y, por consiguiente, éste es
su costo de reposición. Así, el costo de reposición modifica su valor por los efectos de su inflación
específica y del deterioro que pudiera presentarse; por contra, el costo de reemplazo suele ser un
costo corriente o actual producto de los cambios tecnológicos.
Atendiendo al destino del activo y a su ciclo de vida operativo, puede utilizarse como referente el
costo de reposición, cuando el activo se emplea para su consumo o venta inmediata; por el
contrario, cuando su finalidad es analizar el servicio potencial del activo suele usarse el costo de
reemplazo.
Recurso histórico es el monto recibido de recursos en efectivo o equivalentes, al incurrir en un
pasivo. El recurso histórico debe considerarse neto de primas o descuentos y gastos asociados,
derivados de la emisión y colocación del pasivo. Tanto la prima, como el descuento y los gastos
103
asociados deben ser aquéllos directamente atribuibles a la emisión y colocación de la deuda, que
forman parte de las condiciones estipuladas en el acuerdo.
El costo de adquisición y el recurso histórico, que representan el efectivo o equivalentes pagados o
recibidos, respectivamente, son de hecho el valor razonable en la mayoría de las cuantificaciones
iniciales en términos monetarios, en ese momento, salvo que exista evidencia en contrario. Por lo
que se refiere al costo de reposición y al de reemplazo, representan el costo, en función a un
precio de mercado, que podría ser incurrido para la adquisición de un activo, los cuales pueden ser
un valor razonable. Por ende, cualquier concepto de valuación de entrada puede, en algún
momento dado, considerarse como valor razonable.
Valores de salida significa anticipar el verdadero valor económico de cualquier elemento resulta en
la mayoría de los casos imposible. No obstante, se han desarrollado diversos conceptos para tratar
de alcanzarlo, los cuales son aproximaciones del verdadero valor económico y han sido utilizados
en las actividades económicas de acuerdo con lo que dichas valuaciones pretenden reflejar.
Los valores de salida son:
a) Valor de realización (valor neto de realización);
b) Valor de liquidación (valor neto de liquidación); y
c) Valor presente.
Los conceptos de valor presente, valor (neto) de liquidación y valor (neto) de realización pueden
enfocarse sobre cuantificaciones en términos monetarios tanto de reconocimiento inicial como
posterior.
Valor de realización (valor neto de realización) es el monto que se recibe, en efectivo, equivalentes
de efectivo o en especie, por la venta o intercambio de un activo. Cuando a dicho valor de
realización se le disminuyen los costos de disposición, se genera un valor neto de realización. Al
valor neto de realización también se le denomina como precio neto de venta.
Los costos de disposición, son aquellos costos directos que se derivan de la venta o intercambio de
un activo o de un grupo de activos, sin considerar los costos de financiamiento e impuestos.
104
Valor de liquidación (valor neto de liquidación) es el monto de erogaciones necesarias en que se
incurre para liquidar un pasivo. Cuando al valor de liquidación se le agregan los costos de
liquidación, se obtiene un valor neto de liquidación o liquidación neta.
Los costos de liquidación son aquellos costos directos atribuibles a la liquidación de un pasivo,
excluyendo los costos de financiamiento e impuestos.
Cuando no se cumpla con el postulado básico de negocio en marcha, al encontrarse la entidad sin
la presunción de existencia permanente, ya sea en la totalidad de activos netos o en una porción
importante de los mismos, deben utilizarse valores estimados de realización o liquidación, según
sea el caso. Dichos valores estimados se derivan de la eventual disposición de activos o liquidación
de pasivos; en tales casos, deben considerarse netos de los costos de disposición o liquidación.
Valor presente es el valor actual de flujos netos de efectivo futuros, descontados a una tasa
apropiada de descuento, que se espera genere una partida durante el curso normal de operación
de una entidad.
El valor presente representa el costo del dinero a través del tiempo, el cual se basa en la
proyección de flujos de efectivo derivados de la realización de un activo o de la liquidación de un
pasivo.
El flujo neto de efectivo futuro está compuesto por las entradas y salidas de efectivo futuras
estimadas, excluyendo los gastos de financiamiento, derivadas de la realización de un activo o de
la liquidación de un pasivo.
La tasa apropiada de descuento es aquélla que refleja las condiciones del mercado en el que opera
el elemento o partida de los estados financieros, al momento de su evaluación.
El valor presente se utiliza para determinar los siguientes valores:
a) Valor de entidad o unidad a informar;
b) Costos incrementales;
c) Liquidación efectiva; y
d) Valor específico de un activo o un pasivo de la entidad (incluye el valor de uso).
105
Valor de entidad o unidad a informar ‐ Es la estimación del valor presente de flujos de efectivo
futuros que una entidad podría obtener por la operación de los activos netos de la misma o de
alguna de sus unidades a informar, la cual considera el valor presente de un valor de perpetuidad
al término del horizonte proyectado de flujos de efectivo futuros.
El valor de perpetuidad está representado por el monto del valor presente de efectivo o
equivalentes que la entidad espera obtener en un número indefinido de períodos.
Costos incrementales ‐ Es el valor presente de las erogaciones que una entidad podría incurrir en
la adquisición de un activo o en la liquidación de un pasivo sobre sus términos pactados.
Liquidación efectiva ‐ Es el valor presente del monto de activos que sería necesario invertir hoy, a
una tasa de interés apropiada, para proveer flujos netos de efectivo futuros suficientes para
liquidar un pasivo particular.
Valor específico de un activo o un pasivo de la entidad (incluye el valor de uso) ‐ Es el valor
presente de los flujos de efectivo futuros que una entidad espera obtener por el uso continuo de
un activo y por su disposición final al término de su vida útil económica o, los que espera incurrir
para la liquidación de un pasivo. Contempla condiciones particulares de la propia entidad; esto es,
la estimación de sus flujos de efectivo futuros, se basa en supuestos internos generados por la
entidad, en lugar de considerar los que habitualmente manejan los participantes en el mercado.
El valor presente de los flujos de efectivo futuros obtenidos por el uso y disposición final de activos
de larga duración se conoce como valor de uso.
En la determinación del valor presente suelen utilizarse dos enfoques:
a) Valor presente esperado
b) Valor presente estimado (enfoque tradicional).
El valor presente esperado corresponde a los flujos de efectivo futuros descontados a una tasa
libre de riesgo y ponderados por su respectiva probabilidad de ocurrencia; este procedimiento
incorpora, en un rango de flujos proyectados, los riesgos asociados con las posibles variaciones en
el monto y en la periodicidad de los flujos de efectivo.
106
El valor presente estimado es el monto que estadísticamente es el más apropiado entre un rango
de posibles montos de flujos de efectivo futuros proyectados; dicho flujo seleccionado debe
descontarse a una tasa que incorpore los riesgos inherentes.
En toda cuantificación de valor presente deben considerarse los siguientes elementos, que en su
conjunto, capturan cualquier diferencia económica:
a) Una estimación del flujo de efectivo futuro o, en casos más complejos, una serie de flujos
de efectivo futuros a diferentes niveles de actividad y períodos;
b) Expectativas sobre riesgos de incertidumbre acerca de las posibles variaciones en los
montos o en la periodicidad de tales flujos de efectivo;
c) Valuación en el tiempo del dinero con una tasa de interés libre de riesgo;
d) Riesgos inherentes del elemento a ser evaluado; y
e) Otros factores, identificables o no, que incluyen falta de liquidez e imperfecciones en el
mercado.
En un activo o un pasivo que tiene incertidumbres en su realización, en tiempo, monto y
destinatario, el enfoque de valor presente esperado resulta ser el más apropiado, ya que usa
múltiples flujos de efectivo que reflejan un rango de posibles resultados.
En este caso, debe utilizarse una tasa libre del riesgo. Atendiendo a los atributos de una partida,
cualquier valor de entrada o salida puede reconocerse bajo uno de los siguientes dos enfoques:
*Cifra nominal; es el monto de efectivo o equivalentes pagados o cobrados o, en su caso,
por cobrar o por pagar, está representada por el costo de adquisición (costo histórico) y
por el recurso histórico antes aludidos o, en su caso, por una estimación del monto a
cobrar o pagar.
*Cifra reexpresada es la cifra nominal ajustada por un factor específico para conservar
unidades monetarias equivalentes.
Las disposiciones contenidas en esta Norma de Información Financiera entran en vigor para los
ejercicios que se inicien a partir del 1º de enero de 2006.
107
3.1.1.1.7. PRESENTACIÓN Y REVELACIÓN DE LOS ESTADOS FINANCIEROS
La contabilidad tiene un fin de carácter informativo para la toma de decisiones, que se deriva de
su naturaleza y de su relación con el medio económico que la rodea, referente a la producción e
intercambio de bienes y servicios que llevan a cabo las distintas entidades económicas.
Las entidades económicas dinamizan los factores de la producción a través de la implantación de
una organización administrativa, dentro de la cual se encuentran comprendidos los instrumentos
de control e información necesarios para la toma de decisiones.
La información financiera proporciona una parte importante de los elementos que auxilian a los
diversos interesados para tomar decisiones en relación con las entidades económicas.
La información cualitativa y cuantitativa que la contabilidad produce, es requerida por los
participantes de la actividad económica, entre otras cuestiones, para:
a) Observar y evaluar el comportamiento de las entidades,
b) Evaluar los recursos disponibles y sus fuentes, así como la exigibilidad para liquidarlos,
c) Comparar sus resultados con los de otros períodos y con otras entidades,
d) Evaluar sus resultados a la luz de los objetivos establecidos,
e) Planear sus operaciones, y
f) Estimar su futuro dentro del marco socioeconómico que las rodea,
La NIF A‐7 tiene por objeto establecer las normas generales aplicables a la presentación y
revelación de la información financiera contenida en los estados financieros y sus notas.
Esta NIF trata de los conceptos de presentación y revelación de los estados financieros de
entidades económicas consideradas como un negocio en marcha; por lo tanto, no se cubren
aspectos específicos relacionados con el tipo de información que se prepara.
108
Cuando una entidad económica ha iniciado el proceso de concurso mercantil, está en estado de
quiebra, de suspensión de actividades o de liquidación. Sin embargo, se requieren ciertas
revelaciones que deben efectuarse por entidades que se encuentren en dichas situaciones.
Algunas entidades tienen obligación de presentar información financiera y no financiera adicional
a los estados financieros y sus notas, la cual está fuera del alcance de esta NIF.
Esta NIF amplía el contenido normativo del anterior Boletín A‐5 en lo relativo a revelaciones de
políticas contables, se incluyen revelaciones generales adicionales a las anteriormente requeridas,
tales como las relativas a la naturaleza de las operaciones de la entidad y sus principales
actividades, la fecha autorizada para la emisión de los estados financieros y el(los) nombre(s)
del(los) funcionario(s) u órgano(s) que autorizaron su emisión, los supuestos clave utilizados en la
determinación de estimaciones contables que implican incertidumbre con un riesgo relevante o el
nombre de la entidad controladora directa y, en su caso, el de la controladora del último nivel de
consolidación.
Esta norma requiere que los estados financieros se presenten en forma comparativa, por lo menos
con el período precedente, la responsabilidad de rendir información sobre la entidad económica
descansa en su administración. Como parte de la función de rendir cuentas, se encuentra
principalmente la información financiera que se emite para que el usuario general la considere
para su toma de decisiones.
Los administradores son los responsables de que la información financiera sea confiable,
relevante, comprensible y comparable; para cumplir con estas características, deben aplicar las NIF
y mantener un efectivo sistema de contabilidad y control interno. El ocultamiento y distorsión
deliberada de hechos en la información financiera constituyen actos punibles, en virtud de que
tanto su falta de revelación, como el que la misma esté desvirtuada, induce a los usuarios
generales a errores en su interpretación.
Para satisfacer las necesidades comunes del usuario general, el sistema de información contable
debe incluir todas las operaciones que afectaron económicamente a la entidad y expresarse en los
estados financieros de forma clara y comprensible; adicionalmente, dentro de los límites de la
importancia relativa, debe aplicarse un criterio de identificación y selección para destacar algunos
conceptos al momento de ser informados en los estados financieros.
109
A continuación se muestran las características cualitativas que debe tener la información
financiera.
Figura 6. Características cualitativas de la información financiera
Los estados financieros básicos deben reunir ciertas características cualitativas para ser útiles en la
toma de decisiones al usuario general de la información financiera. Para cumplir con NIF una
entidad debe presentar los cuatro estados financieros básicos, establecidos en la NIF A‐3.
Figura 7. Estados financieros básicos
CONFIABLE
RELEVANTE
COMPRENSIBLE
COMPARABLE
CARACTERISTICAS CUALITATIVAS DE LA
INFORMACIÓN FINANCIERA
BALANCE GENERAL
ESTADO DE VARIACIONES EN EL
CAPITAL CONTABLE
ESTADO DE RESULTADOS O
ESTADO DE ACTIVIDADES
ESTADO DE FLUJO DE EFECTIVO
O
DE CAMBIOS EN LA SITUACIÓN
FINANCIERA
NOTAS A LOS ESTADOS
FINANCIEROS
110
Los estados financieros y sus notas:
a) Forman un todo o unidad inseparable y, por lo tanto, deben presentarse conjuntamente
en todos los casos. La información que complementa los estados financieros puede ir en el
cuerpo o al pie de los mismos o en páginas por separado.
b) Son representaciones alfanuméricas que clasifican y describen mediante títulos, rubros,
conjuntos, cantidades y notas explicativas, las declaraciones de los administradores de una
entidad, sobre su situación financiera, sus resultados de operación, los cambios en su
capital o patrimonio contable y los cambios en su situación financiera.
Por limitaciones prácticas de espacio, es frecuente que los estados financieros requieran de notas,
las cuales son explicaciones que amplían el origen y significado de los datos y cifras que se
presentan en dichos estados; proporcionan información acerca de la entidad y sus transacciones,
transformaciones internas y otros eventos, que la han afectado o podrían afectarla
económicamente; así como, sobre la repercusión de políticas contables y de cambios significativos.
Debido a lo anterior, las notas explicativas a que se ha hecho referencia forman parte de los
estados financieros.
Las notas a los estados financieros deben presentarse siguiendo un orden lógico y consistente,
considerando la importancia de la información contenida en ellas, en la medida que sea práctico.
Las notas que correspondan a información significativa deben relacionarse con los
correspondientes renglones de los estados financieros. Normalmente las notas se presentan en el
siguiente orden, el cual contribuye al entendimiento por parte de los usuarios de la información
que se presenta en los estados financieros de la entidad y a la comparación de éstos con los de
otras entidades:
a) Declaración en la que se manifieste explícitamente el cumplimiento cabal con las NIF,
para lograr una presentación razonable. En caso contrario debe revelarse este hecho;
b) Descripción de la naturaleza de las operaciones de la entidad y de sus principales
actividades;
c) Resumen de las políticas contables significativas aplicadas;
111
d) Información relativa a partidas que se presentan en el cuerpo de los estados financieros
básicos, en el orden en el que se presenta cada estado financiero y las partidas que lo
integran;
e) Fecha autorizada para la emisión de los estados financieros y nombre(s) del(los)
funcionario(s) u órgano(s) de la administración que la autorizaron; y
f) Otras revelaciones incluyendo:
i. Pasivos contingentes y compromisos contractuales no reconocidos;
ii. Revelaciones de información no financiera; por ejemplo, los objetivos y políticas
relativos a la administración de riesgos; y
iii. Nombre de la entidad controladora directa y de la controladora de último nivel de
consolidación.
Los estados financieros deben identificarse claramente y distinguirse de cualquier otra
documentación que se incluya en el mismo documento en que se publiquen tales estados. Las NIF
son aplicables esencialmente a los estados financieros y no a otra información que se presente
fuera de ellos.
Por lo tanto, es importante que los usuarios generales puedan distinguir información que ha sido
preparada con base en las NIF, de otra información que les sea presentada y que pueda serles útil,
pero que no está sujeta a esas normas.
Los estados financieros deben contener la siguiente información de manera prominente:
a) El nombre, razón o denominación social de la entidad económica que emite los estados
financieros y cualquier cambio en esta información ocurrido con posterioridad a la fecha de
los últimos estados financieros emitidos; en caso de que este cambio haya ocurrido durante
el período o el inmediato anterior, deberá indicarse el nombre, razón o denominación social
previo;
b) La conformación de la entidad económica; es decir, si es una persona física o moral o un
grupo de ellas;
112
c) La fecha del balance general y del período cubierto por los otros estados financieros
básicos;
d) Si se presenta información en miles o millones de unidades monetarias, el criterio
utilizado debe indicarse claramente;
e) La moneda en que se presentan los estados financieros;
f) La mención de que las cifras están expresadas en moneda de poder adquisitivo a una
fecha determinada; y
g) En su caso, el nivel de redondeo utilizado en las cifras que se presentan en los estados
financieros.
Los requerimientos del párrafo anterior normalmente se cumplen mediante la presentación de
encabezados de página y breves encabezados de columnas en cada página de los estados
financieros. Se requiere del juicio profesional para determinar la mejor manera de presentar la
información. Los estados financieros y sus notas deben presentarse en forma comparativa por lo
menos con el período anterior, excepto cuando se trate del primer período de operaciones de una
entidad. La presentación de las partidas en los estados financieros debe mantenerse durante el
período que se informa, así como de un período al siguiente, a menos que:
a) Después de un cambio significativo en la naturaleza de las operaciones de la entidad o de
un análisis de sus estados financieros, sea evidente que otra presentación es más
adecuada considerando los criterios para la selección y aplicación de políticas contables
que se incluyen en esta NIF; o
b) Los estados financieros de períodos anteriores que se presentan en forma comparativa
con los del período actual, sean afectados por cambios en normas particulares,
reclasificaciones o correcciones de errores.
Una entidad debe cambiar la presentación de sus estados financieros únicamente si la nueva
presentación adoptada proporciona información más confiable, relevante, comprensible y
comparable para el usuario general de los estados financieros. En estos casos, se deben
proporcionar los elementos necesarios para afectar lo menos posible la comparabilidad. Al hacer
113
esos cambios en la presentación, una entidad debe reclasificar su información comparativa de
acuerdo con los párrafos subsecuentes.
Cuando se modifica la presentación de los estados financieros y sus notas, los correspondientes a
períodos anteriores que se presentan para fines comparativos, deben ajustarse o reclasificarse,
según corresponda, en el mismo sentido, a menos que sea impráctico hacerlo. Los estados
financieros deben presentarse, por lo menos, anualmente o al término del ciclo normal de
operaciones de la entidad, cuando éste sea mayor a un año. Esto no impide que se emitan estados
financieros en fechas intermedias.
El ciclo normal de operaciones de una entidad es el tiempo comprendido entre la adquisición de
activos para su procesamiento y la realización de los mismos derivada de su enajenación. Una
entidad debe clasificar sus activos y pasivos, en corto (circulantes) y largo plazo (no circulantes).
Una partida debe incluirse dentro del corto plazo, cuando satisfaga alguno de los siguientes
criterios:
a) Se espere realizar o se pretenda vender o consumir, en el transcurso del ciclo normal de
operaciones de la entidad;
b) Se mantenga fundamentalmente con fines de negociación;
c) Se espera realizar dentro del período de los doce meses posteriores a la fecha del balance;
d) Se trate de efectivo o sus equivalentes, a menos que su utilización esté restringida, dentro
de los doce meses siguientes a la fecha del balance.
Todas las demás partidas deben clasificarse como de largo plazo, cuando una entidad suministra
bienes o servicios dentro de un ciclo normal de operaciones claramente identificable, la
clasificación por separado de activos y pasivos a corto y largo plazo en el cuerpo del balance
general proporciona información útil para distinguir los activos netos que están circulando
continuamente, como parte del capital de trabajo, de aquéllos utilizados en las operaciones a
largo plazo de la entidad. Esa clasificación también resalta los activos que se espera se realizarán
dentro del ciclo normal de operaciones actual y los pasivos que se habrán de liquidar dentro del
mismo período. Para algunas entidades, tales como las instituciones financieras, una presentación
de activos y pasivos en orden creciente o decreciente de disponibilidad y exigibilidad, proporciona
114
información que es confiable y más relevante que una presentación con base en corto y largo
plazo, ya que la entidad no suministra bienes y servicios dentro de un ciclo normal de operaciones
claramente identificable.
Se permite que una entidad presente algunos de sus activos y pasivos utilizando una clasificación
de corto y largo plazo y que otros se presenten solamente en orden de su disponibilidad y
exigibilidad, cuando el así hacerlo proporciona información que es confiable y más relevante. La
necesidad de adoptar una base de presentación mixta, se presenta cuando una entidad tiene
operaciones de diverso tipo.
Cualquiera que sea el método de clasificación que se adopte, deben revelarse, por cada renglón de
activos y pasivos, los importes que se espera recuperar o liquidar en más de doce meses contados
a partir de la fecha del balance. Dentro de los estados financieros las partidas similares deben ser
agrupadas bajo un mismo rubro de acuerdo a la naturaleza de la operación que les dio origen; si el
rubro es significativo, debe presentarse por separado en los estados financieros. Las partidas que
no puedan agruparse, si son significativas, también deben presentarse por separado. Si una
partida no similar individualmente no es significativa, debe agruparse con otras. Las partidas
significativas agrupadas bajo un mismo rubro deben detallarse por separado en notas a los
estados financieros. A menos que una NIF particular permita su compensación, deben presentarse
por separado:
a) Los activos y pasivos, y
b) En general, los ingresos, costos y gastos.
En general, los activos y pasivos deben compensarse y el monto neto presentarse en el balance
general, cuando:
a) Se tenga el derecho contractual de compensarlos, al mismo tiempo que se tiene la
intención de liquidarlos sobre una base neta o bien, de realizar el activo y liquidar el pasivo
simultáneamente, o
b) Son de la misma naturaleza, surgen de un mismo contrato, tienen el mismo plazo de
vencimiento y se liquidarán simultáneamente.
115
Las políticas contables son los criterios de aplicación de las normas particulares, que la
administración de una entidad considera como los más apropiados en sus circunstancias para
presentar razonablemente la información contenida en los estados financieros básicos.
El formato y la ubicación de esta información es flexible; sin embargo, el resumen de políticas
contables que se prepare debe contener las más significativas adoptadas por la entidad. Ese
resumen debe presentarse dentro de las primeras notas a los estados financieros.
Con el fin de proporcionar información suficiente, la entidad puede detallar sus políticas contables
en notas subsecuentes. La revelación de las políticas contables en los estados financieros no debe
duplicar detalles presentados en alguna otra nota.
Al preparar los estados financieros la administración de la entidad debe evaluar la capacidad de
ésta para continuar como un negocio en marcha. Los estados financieros deben prepararse sobre
la base del negocio en marcha a menos de que la administración tenga la intención de liquidar la
entidad o de suspender permanentemente sus actividades productivas y comerciales y no exista
otra alternativa realista para que el negocio continúe en marcha.
Cuando al hacer su evaluación la administración determina que existe incertidumbre importante
relativa a eventos o condiciones que pueden dar lugar a dudas significativas sobre la capacidad de
la entidad para continuar como un negocio en marcha, tales como:
Insuficiencia en el capital contable y/o en el capital de trabajo, pérdidas de operación
recurrentes, flujos negativos de operación, incumplimientos con términos de contratos de
préstamo, etc.; esas incertidumbres y los planes de acción con los que la entidad espera
superarlas, deben revelarse. Si los estados financieros no se preparan sobre la base del
negocio en marcha, este hecho debe revelarse; asimismo, debe revelarse la base sobre la
que se prepararon los estados financieros y las razones por las cuales la entidad no se
considera como un negocio en marcha.
Si uno o más estados financieros básicos se omiten, debe mencionarse en las notas explicativas
cuáles son los estados financieros omitidos y expresar claramente la falta de cumplimiento con las
NIF. Cuando una entidad no presente estados financieros comparativos por ser su primer período
de operaciones, ese hecho debe revelarse. Si la información explicativa, relativa a cambios en la
116
presentación de los estados financieros y sus notas, correspondientes a períodos anteriores,
continúa siendo relevante en el período actual, dicha información debe seguir revelándose.
Si se ajustan retrospectivamente o se reclasifican algunos elementos de los estados financieros de
períodos anteriores, debe revelarse.
Cuando sea relevante:
a) La naturaleza del ajuste o de la reclasificación;
b) El importe de cada partida o clase de partidas ajustadas o reclasificadas; y
c) Las razones para hacer el ajuste o reclasificación.
Cuando sea impráctico ajustar retrospectivamente o reclasificar estados financieros comparativos,
debe revelarse:
a) La razón o razones para no efectuar el ajuste o la reclasificación;
b) La naturaleza de los ajustes que se hubieran registrado si las partidas hubieran sido
ajustadas o reclasificadas.
Cuando los estados financieros se presenten por un período distinto al ciclo normal de
operaciones de la entidad o éste no coincida con un año calendario, debe revelarse tanto el
período que cubren los estados financieros, como las razones para utilizar un período distinto al
ciclo normal de operaciones. Cuando la fecha o período contable a que se refieren los estados
financieros se modifique por cambios en el ciclo normal de operaciones, debe revelarse este
hecho, así como, el que los importes de los estados financieros y las notas de los diferentes
períodos que se presentan, pudieran no ser totalmente comparables. En las notas a los estados
financieros debe manifestarse explícitamente el cumplimiento cabal con las NIF para lograr una
presentación razonable. En caso contrario, debe revelarse ese hecho. Una entidad debe revelar
los supuestos clave utilizados en la determinación de estimaciones contables que implican
incertidumbre con un riesgo relevante. Debe revelarse el nombre de la entidad controladora
directa y, en su caso, el de la controladora del último nivel de consolidación. Una descripción de la
naturaleza de las operaciones de la entidad y sus principales actividades, debe revelarse; la fecha
autorizada para la emisión de los estados financieros y el(los) nombre(s) del(los) funcionario(s) u
117
órgano(s) de la administración que autorizaron su emisión, deben revelarse. Las disposiciones
contenidas en esta Norma de Información Financiera entran en vigor para los ejercicios que se
inicien a partir del 1º de enero de 2006.
3.1.1.1.8. BASES PARA LA APLICACIÓN DE SUPLETORIEDAD
En nuestro país se han realizado esfuerzos muy importantes para contar con un esquema
normativo en materia contable, que permita reflejar de la mejor manera posible, la situación
financiera y los resultados de las entidades.
La normatividad contable vigente, no sólo cubre en un alto grado las necesidades a escala
nacional, sino que además está orientada a lograr la convergencia con la normatividad
internacional.
A pesar de lo anterior y de que las NIF están en continua evolución, en determinado momento
pueden existir situaciones no cubiertas por las mismas.
La NIF A‐8 permite subsanar la eventual ausencia en nuestro país de algunas normas particulares
en materia contable, dando pauta a la utilización de esquemas normativos reconocidos
internacionalmente, siempre y cuando no se contrapongan al marco conceptual de las propias NIF.
Es importante enfatizar que el concepto de supletoriedad y la norma básica establecidos en el
anterior Boletín A‐8, Aplicación supletoria de las normas internacionales de contabilidad, se
mantienen.
Sin embargo, derivado de la emisión de esta norma de información financiera, se pueden
identificar los cambios siguientes:
a) Se precisan tanto los requisitos que debe reunir una norma supletoria, como el
procedimiento a seguir en la utilización de la misma;
b) Se establecen normas de revelación ante la utilización de una norma supletoria o la
suspensión de la misma;
c) Se derogan todas las Circulares emitidas por la CPC, relativas al tema de supletoriedad.
118
Existe supletoriedad, cuando la ausencia de NIF es cubierta por otro conjunto de normas
formalmente establecido, distinto al mexicano por lo que las NIIF son supletoriamente parte de las
NIF.
Sólo en caso de que las NIIF no den solución al reconocimiento contable, se podrá optar por una
norma supletoria que pertenezca a cualquier otro esquema normativo, pero siempre que esta
norma cumpla con todos los requisitos para una norma supletoria, señalados en esta NIF.
Como ejemplo de lo anterior, puede mencionarse a la normatividad emitida por el FASB, que es
muy vasta y con varios años de aceptación generalizada, motivo por el cual, tradicionalmente ha
sido para diversos emisores de información financiera, un apoyo y buena fuente de consulta para
encontrar soluciones a diversos problemas de reconocimiento contable.
Asimismo, existen entidades mexicanas que cotizan en alguna bolsa de valores de los Estados
Unidos de América, o bien, que tienen importantes relaciones comerciales con otras entidades
ubicadas en aquel país; por todo esto, se considera válido que los emisores de información
financiera utilicen en determinado momento, las normas del FASB como supletorias, ante la
ausencia de NIIF.
Podemos mencionar que las NIIF se conforman de acuerdo a la figura 8.
Las NIIF, IFRS emitidas por el IASB
Las NIC e IAS emitidas por el IASC
Las Interpretaciones de las Normas
Internacionales de Información Financiera
emitidas por el IFRIC;
Las Interpretaciones de las Normas
Internacionales de Contabilidad, emitidas
por el SIC.
119
Figura 8. Conformación de las NIIF
Una norma supletoria debe cumplir con todos los requisitos que a continuación se señalan:
Estar vigente, según lo establezca la propia norma supletoria. Una nueva norma supletoria podrá aplicarse de manera anticipada, si ésta así lo permite;
No contraponerse al marco conceptual de las NIF;
Haber sido aprobada por un organismo reconocido internacionalmente como emisor de normas contables
Ser parte de un conjunto de normas formalmente establecidas, para evitar así, que en la práctica se apliquen tratamientos informales y sin sustento teórico
Cubrir plenamente la transacción, la transformación interna o, en su caso, el evento al que se aplique la supletoriedad, para coadyuvar así, a su presentación razonable en la información financiera.
120
Figura 9. Requisitos que debe tener una norma supletoria
La aplicación de una norma supletoria debe sujetarse a las reglas siguientes:
Debe aplicarse exclusivamente cuando no exista norma particular dentro de las NIF
Debe aplicarse por temas generales y de manera integral para el tratamiento contable relativo a la transacción, transformación interna o en su caso, al evento cubierto por la supletoriedad, independientemente de que el tema general esté contenido parcial o totalmente en una o varias normas
Debe aplicarse únicamente sobre temas que no estén contemplados en los objetivos y alcances de las normas particulares dentro de las NIF; por lo tanto, la norma supletoria nunca debe utilizarse para complementar o sustituir a las normas de valuación, presentación o revelación, ya contenidas en alguna NIF particular
La supletoriedad debe suspenderse cuando entre en vigor una nueva NIF emitida por el CINIF sobre el tema relativo o, en su caso, cuando dicha NIF permita su aplicación anticipada y se tome esta opción.
En los casos en los que la norma utilizada originalmente como supletoria sea modificada o derogada por parte de su organismo emisor, debe continuar la supletoriedad con la norma que la sustituya;
121
Figura 10. Reglas para la aplicación de una norma supletoria
Cuando se utilice por primera vez una norma supletoria o, en su caso, cuando se suspenda la
supletoriedad, debe atenderse a lo establecido en las NIF particulares relativas al tema de cambios
contables. Mientras se utilice una norma supletoria, debe revelarse este hecho en notas a los
estados financieros, además de la siguiente información:
a) Breve descripción de la transacción, transformación interna o evento que motivó la
utilización de la norma supletoria;
b) Identificación de la norma supletoria, organismo que la emite, y fecha de vigencia;
c) Fecha en que inició la supletoriedad;
d) Breve comentario del objetivo, alcance y normas de reconocimiento contable contenidos
en la norma supletoria, así como las razones que sustenten su utilización; y
e) En el período en el que la norma utilizada inicialmente como supletoria se sustituya por
otra norma supletoria, deben comentarse las diferencias importantes entre la norma
supletoria inicial y la nueva adoptada.
Al suspenderse la aplicación de una norma supletoria por la aplicación de una nueva NIF emitida
por el CINIF, debe revelarse este hecho en notas a los estados financieros, además de la siguiente
información:
a) Breve descripción de la transacción, transformación interna o evento que en su momento,
motivó la utilización de la norma supletoria;
b) Identificación de la norma supletoria que deja de aplicarse, organismo que la emite, fecha
de vigencia, así como, fecha en la que inició la supletoriedad;
c) En su caso, nombre y fecha de vigencia de la NIF que empezará a aplicarse a partir de ese
momento; y
d) Diferencias relevantes entre la norma que se suspende y la NIF que se aplica en su lugar.
122
Las disposiciones contenidas en esta Norma de Información Financiera entran en vigor para los
ejercicios que se inicien a partir del 1º de enero de 2006.
Esta Norma de Información Financiera deja sin efecto los siguientes documentos:
a) Boletín A‐8, Aplicación supletoria de las Normas Internacionales de Contabilidad,
b) Circular 41, Criterios sobre la aplicación supletoria de las Normas Internacionales de
Contabilidad,
c) Circular 45, Vigencia sobre aplicación supletoria de las Normas Internacionales de
Contabilidad, y
d) Circular 49, Normas Internacionales de Contabilidad de aplicación supletoria con carácter
obligatorio.
3.1.1.2. SERIE B NORMAS APLICABLES A LOS ESTADOS FINANCIEROS EN SU CONJUNTO
Esta serie trata de aquella NIF que pueden afectar a varios de los elementos de los estados
financieros. Su objetivo es tratar los cambios en NIF, los cambios en estimaciones contables y los
errores en los estados financieros.
3.1.1.2.1. CAMBIOS CONTABLES Y CORRECCIÓN DE ERRORES
El efecto que provoca un cambio contable o la corrección de un error debe reconocerse e
informarse de acuerdo con los lineamientos que se establecen en esta NIF, salvo que la emisión de
una nueva NIF particular que dé lugar a un cambio contable, establezca normas específicas
relativas al tratamiento del efecto que provoca ese cambio. Si la aplicación retrospectiva afecta
resultados acumulados o a otras cuentas del capital o patrimonio contable, el ajuste al saldo inicial
de estas cuentas debe presentarse deducido por el efecto de los impuestos a la utilidad, cuando
sea aplicable.
Consistencia en la aplicación de las normas particulares
La información que proporcionan los estados financieros debe ser confiable, relevante,
comprensible y comparable. Cuando para una determinada situación se permite más de un
tratamiento contable, la administración de la entidad, tomando en consideración las normas
123
particulares, debe seleccionar aquél que mejor refleje la sustancia económica de las transacciones,
transformaciones internas y otros eventos, que afectan económicamente a la entidad, para
proporcionar información más útil al usuario general.
El marco conceptual establece la consistencia como un postulado del sistema contable; esto
implica que a operaciones similares de la entidad debe aplicarse el mismo tratamiento contable, el
cual debe permanecer a través del tiempo, en tanto no cambie su esencia económica. El marco
conceptual también establece que la comparabilidad no debe ser un freno a la evolución y
mejoramiento de la calidad de la información financiera. Cualquier cambio que se haga y que sea
de efectos importantes para que la información financiera continúe siendo útil, debe ser
justificado y dado a conocer en los estados financieros y sus notas.
En la preparación de estados financieros se presume que una vez adoptada una norma particular,
ésta no debe modificarse ni sustituirse por otra para el reconocimiento contable de operaciones
de tipo semejante, en tanto no se alteren los supuestos que motivaron su elección. El uso
consistente de las normas particulares de un período contable a otro, enriquece la utilidad de la
información que se presenta en los estados financieros, facilitando su análisis y el entendimiento
de la información comparativa que se presenta en los mismos.
No obstante lo anterior, bajo circunstancias especiales, la sustitución de una norma particular no
sólo es recomendable sino necesaria, aun cuando ocasione una falta de comparabilidad. La
sustitución puede obedecer a que se presenten cambios en las situaciones originales o que alguna
norma particular ha dejado de ser aplicable, parcial o totalmente, entre otros.
Cambios contables con tratamiento retrospectivo y correcciones de errores
Todos los cambios en normas particulares, reclasificaciones y correcciones de errores, deben
reconocerse mediante su aplicación retrospectiva. Lo anterior implica que los estados financieros
básicos que se presenten comparados con los del período actual y sean afectados por un cambio
contable o la corrección de un error, deben ajustarse o reclasificarse retrospectivamente para
reconocer en ellos los efectos del cambio o error contable como si la nueva norma particular
adoptada siempre se hubiera utilizado, la clasificación siempre hubiera sido la misma o el error no
hubiera ocurrido. En adición, en caso de presentarse efectos que afecten períodos previos al
último presentado, deben ajustarse o reclasificarse los efectos acumulados correspondientes a
124
períodos anteriores en los saldos de activos, pasivos y capital o patrimonio contable desde el inicio
del período más antiguo que se presente en forma comparativa.
En los casos excepcionales en que resulte impráctico presentar los ajustes o reclasificaciones
retrospectivos, deben reconocerse ajustando en los estados financieros, del período más antiguo
afectado que se presenta, los saldos al inicio del período de resultados acumulados o de algún otro
renglón apropiado de activos, pasivos y capital o patrimonio contable, que procedan. Los efectos
derivados de ajustes retrospectivos por cambios contables y correcciones de errores deben
reconocerse netos de los impuestos a la utilidad, conforme a las NIF aplicables.
Correcciones de errores
Los errores en estados financieros de períodos anteriores, deben corregirse desde el momento en
que se conocen, y se derivan de situaciones tales como omisiones o mal uso de información,
errores aritméticos en el procesamiento y registro de las operaciones y en la preparación de los
estados financieros, omisiones o aplicaciones incorrectas de las normas particulares o de otras
desviaciones relativas a las cifras y conceptos fundamentales correspondientes claramente a
períodos anteriores, cuya información era o pudo haber sido conocida a la fecha de emisión de los
estados financieros.
Los cambios en estimaciones contables no deben calificarse como errores contables. Un cambio
en una estimación contable es el resultado de nueva información que se obtiene y permite un
mejor entendimiento de un determinado asunto, en tanto que un error resulta de información
que no fue considerada o se utilizó mal a la fecha de los estados financieros. En contraste, un
cambio de un tratamiento que no esté de acuerdo con la normatividad, a uno que sí lo está, debe
considerarse como la corrección de un error.
En consecuencia, aquellos ajustes relacionados con estimaciones contables, tales como
estimaciones de cuentas incobrables e inventarios obsoletos y de lento movimiento, los cuales son
normales dentro del proceso continuo contable de cualquier entidad, no se consideran como
correcciones de errores en la información financiera.
Impráctico
125
Cuando es impráctico determinar los efectos acumulados de un cambio contable o de la
corrección de un error para todos los períodos anteriores afectados, o los efectos para un período
específico, deben ajustarse los saldos al inicio del período más antiguo de activos, pasivos y capital
o patrimonio contable, en el cual sí sea práctico hacer la aplicación retrospectiva; dicho período
puede ser el actual.
Se considera impráctico aplicar retrospectivamente un cambio contable o la corrección de un
error, si se cumple alguna de las siguientes condiciones:
a) El efecto de la aplicación retrospectiva no puede determinarse, no obstante que la
administración de la entidad haya realizado todos los esfuerzos razonables y justificables;
b) La aplicación retrospectiva requiere asumir supuestos acerca de cuál hubiera sido la
intención de la administración que estaba en funciones en la entidad en el período
afectado, ante hechos que ahora se conocen y originan la aplicación retrospectiva; o
c) La aplicación retrospectiva requiere que se hagan estimaciones significativas a un
período anterior y no es posible determinar objetivamente si la información utilizada
para realizar dichas estimaciones estaba disponible a la fecha en que las operaciones
afectadas debían ser reconocidas en los estados financieros, o si la información se
generó con posterioridad.
Cambios contables con tratamiento prospectivo
Todos los cambios en la estructura del ente económico y los cambios en las estimaciones
contables deben reconocerse mediante su aplicación prospectiva.
Cambios en la estructura del ente económico
Un cambio en la estructura del ente económico debe reconocerse contablemente a partir del
momento en que ocurre, para poder medir su impacto, considerando que el ente económico debe
mostrar los activos netos que controla en cada uno de los períodos que presenta en forma
comparativa. Por el contrario, el hacer un reconocimiento retrospectivo, implicaría presentar
información de períodos anteriores asumiendo situaciones que nunca existieron.
126
Cambios en estimaciones contables
Los efectos de cambios en estimaciones contables deben aplicarse prospectivamente. Formando
parte de las operaciones de una entidad, existen eventos cuyos efectos no pueden valuarse con
exactitud a la fecha de emisión de los estados financieros; por este motivo, se hace necesaria la
utilización de estimaciones contables que permitan determinar, aunque sea aproximadamente, el
efecto futuro de dichos eventos. Ejemplos de lo anterior son las estimaciones de cuentas de
dudosa recuperación, de la vida útil económica de activos fijos e intangibles, del período de
agotamiento de ciertos activos y del monto de las provisiones.
La obtención de elementos de juicio adicionales a los que se conocieron cuando se hizo
originalmente la estimación, puede modificar las bases consideradas provocando un cambio en las
estimaciones y, consecuentemente, una falta de comparabilidad en la situación financiera y los
resultados de operación de la entidad.
Aun cuando los cambios en las estimaciones contables producen una falta de comparabilidad, ésta
no debe considerarse como inconsistencia en la aplicación de las normas particulares en virtud de
derivarse de cambios en las circunstancias que son ajenos a la administración de la entidad.
El cambio en una estimación contable afecta directamente al mismo concepto o rubro de los
estados financieros que lo originó y, por tanto, debe reconocerse ajustando los activos, pasivos y
renglones del capital o patrimonio contable y del estado de resultados o de actividades que
resulten afectados:
a) En el período del cambio, si el cambio afecta solamente a este período, o
b) Sistemáticamente en el período del cambio y en futuros períodos, si el cambio los afecta.
Cuando un cambio contable involucre simultáneamente un cambio de una norma particular y un
cambio en estimación contable, y sea difícil la separación de los efectos correspondientes o resulte
confusa la información a ser revelada en las notas a los estados financieros, el cambio en su
conjunto debe considerarse como un cambio en una estimación contable.
Los efectos derivados de los cambios contables y de correcciones de errores que se reconocen a
fechas intermedias deben seguir el mismo tratamiento contable establecido como norma general
en esta NIF. Las revelaciones que se requieren de acuerdo con lo establecido en los párrafos 10 a
127
27 de esta NIF deben hacerse para todos los estados financieros a fechas intermedias, posteriores
a la fecha en que se efectuó el cambio o se corrigió un error, dentro de un mismo período.
3.1.1.2.2. APARICION DEL ESTADO DE FLUJO DE EFECTIVO
La NIF B‐2 fue aprobada por unanimidad para su emisión por el consejo emisor del CINIF en
noviembre de 2007 para su publicación y entrada en vigor a partir del 1º de enero del 2008.
En 1990 entró en vigor el Boletín B‐12, Estado de cambios en la situación financiera, documento
que tuvo como objeto establecer las disposiciones relativas a la preparación y presentación del
estado de cambios en la situación financiera también a pesos constantes, con lo cual se logró el
objetivo de mostrar los efectos de la inflación en los cuatro estados financieros básicos.
En años recientes ha crecido sustancialmente el interés de los usuarios de los estados financieros
por contar con información relativa a los flujos de efectivo de la entidad.
El CINIF decidió sustituir el estado de cambios en la situación financiera como parte de los estados
financieros básicos y establecer, en su lugar y de forma obligatoria, la emisión del estado de flujos
de efectivo.
Razones del remplazo del Estado de cambios en la situación financiera (estado de cambios) por el
Estado de Flujos de Efectivo:
Estado de cambios en la situación financiera (estado de cambios):
a) Muestra los cambios en la estructura financiera de la entidad, los cuales pueden o no
identificarse con la generación o aplicación de recursos en el período;
b) En un entorno inflacionario, no se eliminan los efectos de la inflación del período
reconocidos en los estados financieros; y
c) Se presenta en unidades monetarias de poder adquisitivo de la fecha del cierre del
período.
Estados de flujos de efectivo:
a) Muestra las entradas y salidas de efectivo que representan la generación o aplicación de
recursos de la entidad durante el período;
128
b) En un entorno inflacionario, antes de presentar los flujos de efectivo en unidades
monetarias de poder adquisitivo de la fecha del cierre del período, se eliminan los efectos
de la inflación del período reconocidos en los estados financieros.
La información proporcionada por ambos estados financieros es útil para los usuarios; no
obstante, el CINIF decidió establecer el estado de flujos de efectivo como estado financiero básico
porque en se considera que es prioritario proporcionar información específicamente sobre los
flujos de efectivo realizados, entre otras razones, debido a que el efectivo es esencial no sólo para
mantener o acrecentar la operación de un entidad, sino también para poder resarcir a sus
acreedores y a sus propietarios, los recursos que le han canalizado a la entidad.
Los principales cambios que muestra la NIF B‐2 en relación con el Boletín B‐12 derogado, son los
siguientes:
a) Cambio del estado financiero básico ‐ como parte de los estados financieros básicos, antes
de incluía el estados de cambios en la situación financiera el cual se sustituye por el
estados de flujos de efectivo;
b) Enfoque del estado financiero ‐ el estado de flujos de efectivo muestra las entradas y
salidas de efectivo que ocurrieron en la entidad durante el período; el estado de cambios
en la situación financiera mostraba sólo los cambios en estructura financiera del entidad, y
no los flujos de efectivo;
c) Efectos de la inflación ‐ aún y cuando dentro de un entorno inflacionario tanto del estado
de cambios como el estado de flujos de efectivo se presentarían a pesos constantes, en el
proceso de preparación del estado de flujos de efectivo, primeramente deben eliminarse
los efectos del inflación del período y, sobre dicha base, se determinarán los flujos
defectivo a pesos constantes. En la determinación del estado de cambios no se eliminan
los efectos de la inflación del período;
d) Estructura del estado ‐ el estado de flujos de efectivo establece que primero deben
presentarse los flujos de efectivo de las actividades de operación, enseguida los de
inversión y, finalmente los de financiamiento. El estado de cambios pedía mostrar las
actividades operación, después las de financiamiento y, al final, las de inversión. Este
cambio de estructura se hizo, debido a que se considera que es más adecuado mostrar en
primer lugar las actividades operación y las de inversión junto con la suma algebraica de
129
éstas, para así poder saber si se requirieron recursos de las actividades de financiamiento;
también es posible saber, en caso de hacer cubierto sus necesidades de operación e
inversión, si la entidad podría aplicar recursos a favor de sus acreedores y sus propietarios;
e) Métodos directo e indirecto ‐ se establece la posibilidad de determinar y presentar el
estado de flujos de efectivo mediante la aplicación ya sea del método directo o del
indirecto, según lo decida la entidad;
f) Detalles de la información ‐ la NIF B‐2 requiere que se presenten los rubros de los
principales conceptos de cobros y pagos preferentemente en términos brutos y, sólo en
casos muy específicos, permite mostrar movimientos netos. En el estado de cambios se
presentaban, generalmente, los cambios netos;
g) Revelaciones ‐ la NIF B‐2, a diferencia del Boletín B‐12, requiere revelar la confirmación del
saldo de efectivo, así como alguna otra información considerada relevante.
La NIF B‐2 coadyuva el cumplimiento de la NIF A‐4, características cualitativas de los estados
financieros, en cuanto a los siguientes:
a) Comparabilidad ‐ debido a que establece la estructura y contenido del estado de flujos de
efectivo, requiriendo en las entidades presentar ciertos rubros; de esta forma, los usuarios
pueden analizar el estado de flujos de efectivo del período actual en comparación con los
de períodos anteriores, así como con los de otras entidades;
b) Posibilidad de predicción y confirmación ‐ ya que el estado de flujos de efectivos no sólo
puede utilizarse para confirmar información sobre las entradas y salidas de efectivo
ocurridas en la entidad durante el período, sino que también puede usarse en conjunto
con otros estados financieros básicos e información adicional relevante, para pronosticar
la generación de flujos futuros;
c) Representatividad ‐ debido a que define la forma de agrupar los flujos de efectivo del
entidad, para que puedan ser un reflejo adecuado de su origen y aplicación;
d) Información suficiente ‐ debido a que se considera de suma importancia informa sobre los
flujos de efectivo del entidad, dado que el efectivo es un activo necesario para que la
entidad pueda llevar a cabo todas sus actividades. Asimismo, en el estado se establece una
clasificación de los flujos de efectivo con base en el tipo de actividad con el que están
asociados: de operación, de inversión y de financiamiento; esto permite a los usuarios
elevar el impacto de dichas actividades en la estructura financiera de la entidad.
130
Finalmente, esta NIF se sustenta en la NIF A‐5, Elementos básicos de los estados financieros, en la
cual se establecen los elementos básicos que conforman el estado de flujos de efectivo, así como
la tipificación de dichos elementos, misma que se toma como base para la agrupación de los flujos
de efectivo en actividades de operación, de inversión y de financiamiento.
La NIF B‐2 esta en convergencia con la NIC 7, Estado de flujos de efectivo. Asimismo, existe
convergencia con la NIC 29, información financiera en economías y hiperinflacionarias, en cuanto a
la existencia de dicha NIC de la presentación del estado de flujos de efectivo en unidades
monetarias de poder adquisitivo de la fecha de cierre del período, en los casos en los que la
entidad se encuentre en un entorno inflacionario.
El usuario general de los estados financieros está interesado en conocer como la entidad genera y
utilizan el efectivo y los equivalentes de efectivo, independientemente de la naturaleza de sus
actividades. Básicamente, las entidades necesitan efectivo para realizar sus operaciones, pagar sus
obligaciones y, en caso de entidades lucrativas, pagar rendimientos a sus propietarios.
El estado de flujos de efectivo, junto con los demás estados financieros básicos, proporciona
información que permite a los usuarios evaluar los cambios en los activos y pasivos de la entidad y
en su estructura financiera (incluyendo su liquidez y solvencia); asimismo, permite evaluar la
capacidad de la entidad para modificar los importes y períodos de cobros y pagos con el fin de
adaptarse a las circunstancias y a las oportunidades de generación y aplicación de fondos, mismos
que suelen cambiar constantemente.
La información histórica sobre flujos de efectivo se usa como indicador del importe, del momento
de la generación y de la probabilidad de los flujos de efectivo futuros; la información sobre flujos
de efectivo históricos también es útil para confirmar en el momento actual, las predicciones
hechas en el pasado respecto de los flujos de efectivo futuros.
Finalmente, es importante mencionar que con base en la NIF A‐2, Postulados básicos, mientras el
estado de resultados muestra las operaciones del entidad que se devengaron en el período, el
estado de flujos de efectivo representa las operaciones que se realizaron en el mismo período.
La entidad debe clasificar y presentar los flujos de efectivo, según la naturaleza de los mismos, en
actividades de operación, de inversión y de financiamiento.
131
Para clasificar un flujo efectivo en algunas de las categorías antes mencionadas, debe atenderse a
su sustancia económica y no a la forma que se utilizó para llevarla a cabo.
La estructura del flujo de efectivo debe incluir, como mínimo, los rubros siguientes:
a) Actividades de operación;
b) Actividades de inversión;
c) Efectivo excedente para aplicar en actividades de financiamiento o, efectivo a obtener
de actividades de financiamiento;
d) Actividades de financiamiento;
e) Incremento o disminución neta de efectivo,
f) Ajuste al flujo de efectivo por variaciones en el tipo de cambio y en los niveles de
inflación;
g) Efectivo al principio del período; y
h) Efectivo al final del período.
Dentro de cada grupo de actividades, como norma general, la entidad debe presentar los flujos de
efectivo en términos brutos mostrando los principales conceptos de los distintos cobros y pagos;
no obstante, dichos flujos pueden presentarse en términos netos cuando se refiera a:
a) Cobros y pagos procedentes de partidas en las que su rotación es rápida, su vencimiento
es a corto plazo y son tal cantidad de operaciones en el período, que sería impráctico
presentarlas por separado; y
b) Cobros y pagos en efectivo por cuenta de clientes, siempre y cuando los flujos de efectivo
reflejen la actividad con el cliente como tal, sin incluir otras actividades de éste con la
entidad. Es decir, la entidad debe presentar los flujos de efectivo derivados de la cobranza
a clientes, netos de los descuentos o rebajas efectuados. Sin embargo, si dicho cliente es
también su proveedor, debe presentar, por una parte, los flujos de efectivo relativos a sus
operaciones como cliente y, en forma separada, debe mostrar los flujos de efectivo
asociados con la proveeduría de bienes o servicios;
c) Pagos y cobros en efectivo por cuenta de proveedores, siempre y cuando los flujos de
efectivo reflejen la actividad con el proveedor como tal, sin incluir otro tipo de actividades
de éste con la entidad.
132
Actividades de operación
Los flujos de efectivo procedentes de las actividades de operación son un indicador de la medida
en la que estas actividades han generado fondos líquidos suficientes para mantener la capacidad
de operación de la entidad, para efectuar nuevas inversiones sin recurrir a fuentes externas de
financiamiento y, en su caso, para pagar financiamientos o dividendos. Debido a que los flujos de
las actividades de operación son los que se derivan de las operaciones que constituyen la principal
fuente de ingresos de la entidad, en esta sección se incluyen actividades que intervienen en la
determinación de la utilidad o pérdida neta de la entidad o, en su caso, en el cambio neto en el
patrimonio contable, exceptuando aquellas que están asociadas ya sea con las actividades de
inversión o con las de financiamiento
Impuestos a la utilidad
Los flujos efectivo relacionados con los instrumentos a la utilidad deben presentarse en un rubro
por separado dentro de la clasificación de actividades de operación, a menos que, con base en
alguna NIF particular, deban presentarse específicamente asociados con actividades de inversión o
de financiamiento, como en el caso del impuestos derivado de las operaciones discontinuas, el
cual deben presentarse como parte de las actividades de inversión.
Actividades de inversión
Los flujos efectivo relacionados con actividades de inversión representan la medida en que la
entidad ha canalizado recursos, esencialmente, hacia partidas que generarán ingresos y flujos de
efectivo en el mediano y largo plazo.
Inversiones en subsidiarias no consolidadas, asociadas y negocios conjuntos
La entidad tenedora de subsidiarias no consolidadas, de asociadas o de negocios conjuntos, debe
presentar en el estado de flujos de efectivo, los flujos de efectivo habidos entre ellas y tales
entidades, es decir, no deben eliminarse los flujos de efectivo ocurridos entre dichas entidades;
por ejemplo, los flujos efectivo relacionados con operaciones intercompañías o con el cobro de
dividendos.
Adquisiciones y disposiciones de subsidiarias y otros negocios
133
Los flujos de efectivo derivados de adquisiciones o disposiciones de subsidiarias y otros negocios
deben clasificarse en actividades de inversión; asimismo, deben presentarse en un único renglón
por separado que involucre toda la operación de adquisición o, en su caso, de disposición, el lugar
de presentar la adquisición o disposición individual de los activos y pasivos de dichos negocios, a la
fecha de adquisición o disposición.
Los flujos de efectivo derivados de las adquisiciones no deben compensarse con los de las
disposiciones.
Los flujos de efectivo pagados por la adquisición de subsidiarias y otros negocios deben
presentarse netos del saldo de efectivo adquirido en dicha operación.
Los flujos de efectivo cobrados por la disposición de subsidiarias y otros negocios (operaciones
discontinuas) deben presentarse netos del saldo de efectivo dispuesto en dicha operación.
Asimismo, este importe debe estar neto del impuesto a la utilidad atribuible a tal disposición.
En el caso de subsidiarias extranjeras, debe mostrarse éste importe neto del ajuste acumulado por
conversión atribuible a dichas subsidiarias.
Efectivo excedente para aplicar las actividades de financiamiento o efectivo a obtener de
actividades de financiamiento
Antes de mostrar las actividades de financiamiento, debe determinarse la suma algebraica de los
flujos de efectivo presentados en los rubros de actividades de operación y actividades de
inversión. Cuando este resultado es positivo, se les denomina efectivo a obtener de actividades de
financiamiento.
Actividades de financiamiento
En esta sección se muestran los flujos de efectivo destinados a cubrir las necesidades de efectivo
de la entidad como consecuencia de compromisos derivados de sus actividades de operación e
inversión. Asimismo, también se muestran la capacidad de la entidad para restituir a sus
acreedores financieros y a sus propietarios, los recursos que canalizaron en su momento a la
entidad y, en su caso, para pagarles rendimientos.
Compra o venta de acciones de una subsidiaria al interés minoritario
134
En los casos en los que un entidad controladora compra o vende acciones de una subsidiaria al
interés minoritario, los flujos de efectivo asociados con dicha operación deben presentarse como
actividades de financiamiento, dentro del estado de flujos de efectivo consolidado; lo anterior
debido a que se considera que esta operación es una transacción entre accionistas o propietarios.
Incremento o disminución neta de efectivo
Después de clasificar los flujos de efectivo en actividades de operación, actividades de inversión y
de financiamiento, deben presentarse los flujos efectivo netos de estas tres secciones; éste
importe neto se denomina incremento o disminución neta de efectivo. Cuando éste importe es
positivo, se denomina incremento neto de efectivo; cuando es negativo, se denomina disminución
neta de efectivo.
Ajuste de flujo de efectivo por variaciones en el tipo de cambio y en los niveles de inflación
En un renglón por separado, llamado ajuste de efectivo por variaciones en el tipo de cambio y en
los niveles de inflación, la entidad debe presentar, según proceda, los siguientes:
a) Los ajustes por conversión a los que hace alusión el párrafo 53 relativo a la conversión de
los flujos de efectivo de sus operaciones extranjeras, a la moneda de informe;
b) Los ajustes por inflación asociados con los flujos de efectivo de cualquiera de las entidades
que conforman el ente económico consolidado y que se encuentran en un entorno
económico inflacionario.
En los casos en los que sólo haya efectos de los mencionados en el inciso a) del párrafo anterior,
éste rubro se denominará ajustes al flujos de efectivo por variaciones en el tipo de cambio; en los
casos en los que sólo haya efectos de los mencionados en el inciso b) del párrafo anterior, éste
rubro se denominará ajustes al flujos de efectivo por variaciones en los niveles de inflación.
Efectivo al principio del período
El rubro denominado efectivo al principio del período corresponde al saldo de efectivo presentado
en el balance general al final del período anterior, el cual desde incluir el efectivo restringido; el
efectivo al principio del período debe presentarse en un renglón específico dentro del estado de
flujos de efectivo para permitir la conciliación con el saldo de efectivo al final del período actual.
135
Efectivo al final del período
El rubro denominado efectivo al final del período, dentro del estado de flujos de efectivo, debe
determinarse por la suma algebraica de los rubros: a) incremento o disminución neta de efectivo;
b) a ajuste por conversión y/o ajuste por valuación de los saldos de efectivo; y c) en efectivo al
principio del período; dicha suma debe corresponder al saldo del efectivo representado en el
balance general al final del período incluyendo el saldo del efectivo restringido.
Consideraciones adicionales
Intereses
Los flujos efectivos derivados de intereses cobrados deben presentarse en un rubro específico
dentro del mismo grupo de actividades en el que se presentan los flujos de efectivo de la partida
con la que están asociados. Por ejemplo, las entradas de flujos de efectivo por intereses de
instrumentos financieros de negociación deben presentarse, al igual que dichos instrumentos, en
actividades de operación; si los intereses se derivan de un instrumento clasificado como disponible
para la venta, el flujos de efectivo relativo debe presentarse en actividades de inversión.
Los intereses pagados, siempre que se trate de entidades no financieras, deben presentarse
dentro de actividades de financiamiento debido a que representan los costos de haber obtenido
recursos por parte de los acreedores financieros de la entidad, dichos intereses pagados deben
incluir los intereses capitalizados en activos.
Dividendos
Los flujos de efectivo derivados de dividendos comparados deben presentarse en un rubro
específico dentro del mismo grupo de actividades en el que se presentan los flujos efectivo por
dividendos comparados de instrumentos financieros de negociación deben presentarse, al igual
que dichos instrumentos, en actividades de operación; si los dividendos comparados se derivan de
una inversión permanente en un entidad asociada, dichos flujos de efectivo deben presentarse en
actividades de inversión.
Las salidas de efectivo por dividendos pagados deben presentarse en actividades de
financiamiento debido a que representan la retribución a los propietarios de una entidad por los
recursos obtenidos de su parte.
136
Partidas no ordinarias
Las partidas no ordinarias deben clasificarse como actividades de operación, de inversión puede
financiamiento dependiendo de la sustancia económica; por ejemplo, el caso de la ganancia no
ordinaria derivada de una adquisición de negocios deber presentarse en actividades de inversión,
parte de los flujos de efectivo netos asociados a tal adquisición.
En los casos en los que dichos partidas no ordinarias no puedan identificarse claramente con
alguna de las tres secciones mencionadas en el párrafo anterior, con base en el párrafo 9 f), deben
clasificarse como actividades de operación.
Procedimientos para elaborar el Estado de Flujos de Efectivo
Actividades de operación
La entidad debe determinar y presentar los flujos de efectivo de las actividades de operación
usando uno de los métodos siguientes:
a) Método directo ‐ según el cual deben de presentarse por separado las principales
categorías de cobros y pagos en términos brutos;
b) Método indirecto ‐ según el cual, preferentemente, se presenta en primer lugar la utilidad
o pérdida antes de impuestos a la utilidad o, en su caso, el cambio neto en el patrimonio
contable; dicha importe se ajusta por los efectos de operaciones de períodos anteriores
cobrados o pagadas en el período actual y, por operaciones del período actual de cobros o
pagos diferido hacia el futuro; asimismo, se ajusta por operaciones y que están asociadas
con las actividades de inversión o de financiamiento.
Actividades de inversión y de financiamiento
La entidad debe determinar y presentar por separado, después de actividades de operación, los
flujos efectivos derivados de las principales categorías de cobros y pagos brutos relacionados con
las actividades de inversión y financiamiento, salvo en los casos previstos en el párrafo 16, por los
cuales se permite presentar el movimiento neto.
137
Flujos de efectivo de operaciones extranjeras
En la conversión del estado de flujos de efectivo de una operación extranjera a la moneda de
informe, debe atenderse a lo siguiente:
a) Los flujos de efectivo del período deben convertirse al tipo de cambio histórico, es decir, el
referido a la fecha en que se generó cada flujo en cuestión;
b) El saldo inicial de efectivo debe convertirse al tipo de cambio de la fecha de cierre del
período anterior;
c) El saldo final de efectivo debe convertirse al tipo de cambio de la fecha de cierre del
período actual.
Pagar la conversión de los flujos efectivo del período, por razones prácticas, puede utilizarse un
tipo de cambio representativo de las condiciones existentes en las fechas en las que se generaron
los flujos de efectivo, como puede ser el tipo de cambio promedio ponderado del período; no
obstante, cuando los tipos de cambio hayan variado de forma significativa durante el período, no
debe utilizarse dicho tipo de cambio.
El efecto por conversión que surge por haber utilizado distintos tipos de cambio para la conversión
del saldo inicial, del saldo final y de los flujos de efectivo debe presentarse en el rubro llamado
ajuste al flujo de efectivo por variaciones en el tipo de cambio. Éste efecto debe corresponder al
que se tendría de haber convertido tanto el saldo inicial de efectivo como los flujos efectivo del
período, al tipo de cambio de cierre con el que se convirtió el saldo final de efectivo.
Estado de flujos de efectivo consolidado
En la elaboración del estado de flujos efectivo consolidado como deben eliminarse los flujos
efectivo que ocurrieron en el período entre las entidades legales que forman parte de la entidad
económica que se consolida.
Estados de flujos de efectivo comparativos
En los casos en los que el entorno económico de la entidad no es inflacionario, los estados de
flujos de efectivo comparativos de períodos anteriores deben presentarse expresados en valores
nominales. Si el entorno económico de la entidad es inflacionario, los estados de flujos efectivo
138
comparativos de períodos anteriores deben presentarse expresados en unidades monetarias de
poder adquisitivo de la fecha de cierre del período actual.
Cuando el entorno económico de la entidad haya cambiado de no inflacionario a inflacionario, los
estados de flujos de efectivo de períodos anteriores deben presentarse expresados en unidades
monetarias de poder adquisitivo de la fecha de cierre del período actual.
En los casos en los que el entorno económico de la entidad haya cambiado de inflacionario a no
inflacionario, los estados de flujos de efectivo de períodos anteriores deben presentarse
expresados en las unidades monetarias de poder adquisitivo del último estado de flujos de
efectivo presentando dentro de un entorno inflacionario e incluido en dicha presentación
comparativa.
CONCLUSION
La importancia del estado de flujos de efectivo radica no sólo en el hecho de dar a conocer el
impacto de las operaciones de la entidad en su efectivo; su importancia también radica en dar a
conocer el origen de los flujos de efectivo generados y el destino de los flujos de efectivo
aplicados. Por ejemplo, una entidad pudo haber incrementado de manera importante en el
período su saldo de efectivo; sin embargo, no es lo mismo que dichos flujos favorables provengan
de las actividades de operación, a que provengan de un financiamiento con costo. Para cubrir la
necesidad respecto de esta información, el estado de flujos de efectivo está clasificado en
actividades de operación, de inversión y de financiamiento.
Esta Norma de Información Financiera tiene como objeto establecer las normas generales para la
presentación, estructura y elaboración del estado de flujos de efectivo, así como para las
revelaciones que complementan a dicho estado financiero básico. Las disposiciones de esta NIF
son aplicables a todas las entidades que emiten estados de flujos de efectivo en los términos
establecidos por la NIF A‐3, Necesidades de los usuarios y objetivos de los estados financieros. Las
disposiciones contenidas en esta Norma de Información Financiera entran en vigor para los
ejercicios que se inicien a partir del 1º de enero de 2008. Esta NIF deja sin efecto al Boletín B‐12,
Estado de cambios en la situación financiera, así como el párrafo 33 del Boletín B‐16, Estados
financieros de entidades con propósitos no lucrativos.
139
La entrada en vigor de esta NIF provoca un cambio contable cuyos efectos deben reconocerse
mediante la aplicación prospectiva establecida en la NIF B‐1, Cambios contables y correcciones de
errores. Lo anterior implica que en los estados financieros de períodos anteriores al año 2008 que
se presentan en forma comparativa con los del período actual, la entidad debe incluir el estado de
cambios en la situación financiera.
3.1.1.2.3. CAMBIO EN LA ESTRUCTURA DE PRESENTACIÓN DEL ESTADO DE RESULTADOS
La NIF B‐3 fue aprobada por unanimidad para su emisión por el consejo emisor del CINIF en
noviembre de 2006, para su publicación en diciembre de 2006, estableciendo su entrada en vigor
para ejercicios que se inicien a partir el primero de enero de 2007.
La NIF B‐3 se emite con la intención de converger con las Normas Internacionales de Información
Financiera (NIIF) vigentes, e incorporar los conceptos establecidos por las series NIF A, Marco
Conceptual. Por lo tanto, adeuda y actualiza lo establecido por el anterior Boletín B‐3, Estado De
Resultados.
Los cambios relevantes que presenta la NIF B‐3, derivados de los conceptos establecidos en el
Marco Conceptual, son:
a) En concordancia con la NIF A‐5, Elementos básicos de los estados financieros, se incorpora
el nuevo enfoque para clasificar los ingresos, costos y gastos en ordinarios y no ordinarios.
Por ello, desaparece la clasificación de ciertas partidas como especiales o extraordinarias
que establecía el anterior Boletín B‐3. Derivado de estos cambios, en el apéndice A de esta
NIF, se precisan las adecuaciones a aquellas NIF particulares en las que se hace referencia
a los partidas especiales y partidas extraordinarias; y
b) Se redefine ni detallan los principales niveles y rubros del estado de resultados,
estableciendo que la entidad debe presentar en primer orden las partidas ordinarias y,
cuando menos, los niveles de: utilidad o pérdida antes de impuestos a la utilidad, utilidad
o pérdida antes de las operaciones discontinuas (nivel no requerido en el anterior Boletín
B‐3), en el caso de existir, y utilidad o pérdida neta. Asimismo, en esta NIF B‐3 no se
requiere, aunque tampoco se prohíbe, el nivel de utilidad de operación.
Los cambios relevantes que presenta la NIF B‐3, atendiendo a la convergencia de las NIIF, son:
140
a) Se describen los niveles y los rubros que deben presentarse en el estado de resultados;
b) Se establecen las posibles clasificaciones para la presentación de las partidas de costos y
gastos: por función, por naturaleza o una combinación de ambas; y
c) La Participación de los Trabajadores en la Utilidad (PTU) dejar de reconocerse como un
impuesto a la utilidad, por lo que ahora en deben presentarse como gasto ordinario,
atendiendo lo dispuesto por la NIF particular relativa a beneficios a los empleados.
Asimismo, se elimina del estado resultados del denominado efecto acumulado al inicio del
ejercicio por cambios contables (para ejercicios anteriores de 2006), dado que con base en la NIF
B‐1, Cambios contables y correcciones de errores, cualquier efecto derivado del cambio en la
aplicación de las NIF que afecte a la información financiera de períodos anteriores, debe
reconocerse en los resultados acumulados y no en la utilidad o pérdida del período actual.
La NIF B‐3 se fundamenta primordialmente en los siguientes postulados básicos establecidos en la
NIF A‐2:
a) Entidad económica ‐ en atención al postulados básicos de entidad económica, la nif b‐3
requiere que siempre se muestra, dentro del estado resultados, la utilidad o pérdida neta
atribuible al entidad económica en su conjunto, previó la presentación, en los casos en los
que sea procedente, de la participación de los accionistas minoritarios y mayoritarios en la
utilidad o pérdida neta de la entidad en el período;
b) Devengación contable ‐ todos los ingresos, costos y gastos que incluyen en el estado de
resultados derivan de operaciones ocurridas en el pasado que han afectado
económicamente al entidad, independientemente de que estén realizadas o no, salvo en
el caso de otros partidas integrales que, por disposiciones específicas de alguna NIF
particular, son reconocidas como un elemento por separado en el capital contable previó
a su reciclaje en el estado de resultados; y
c) Asociación de costos y gastos con ingresos ‐ el reconocimiento contable de los costos y
gastos debe hacerse asociándolos con los ingresos devengados que les son relativos, por lo
que, para cada rubro o grupo de partidas, la NIF B‐3 establece la presentación con base en
esta misma lógica.
Asimismo, la NIF B‐3 coadyuva al cumplimiento de la NIF A‐4, en cuanto a lo siguiente:
141
a) Comparabilidad ‐ dado que establece criterios generales en cuanto a la estructura y
contenidos del estado de resultados y permite a los usuarios generales analistas la
información financiera presentada, con la de otros períodos y con la de otras entidades;
b) Posibilidad de predicción y confirmación‐ en virtud de que la información presentada en
los principales rubros y niveles del estado resultados sirve de apoyo para que los usuarios
generales del información financiera realizan predicciones y modifiquen las expectativas o
predicciones anteriores formuladas respecto el estado de las operaciones de una entidad
lucrativa en un período contable;
c) Representatividad ‐ ya que definen los rubros en los que debe clasificarse las partidas para
que pueda ser un reflejo adecuado de lo que presentan; y
d) Información suficiente ‐ debido a que se requiere cumplir con la presentación de rubros
mínimos en el cuerpo del estado de resultados que, aunado a las revelaciones
establecidas, coadyuva a la emisión de un estado de resultados útil para la toma de
decisiones.
Finalmente, esta NIF se sustenta en la NIF A‐5, en donde se establecen las definiciones de los
elementos básicos del estado de resultados, así como la tipificación de dichos elementos, misma
que da la pauta a la clasificación y presentación de los ingresos, costos y gastos, en ordinarias y no
ordinarias.
Esta NIF converge en lo esencial con la Norma Internacional de Contabilidad 1 (NIC‐1),
Presentación de los estados financieros, vigente; sin embargo, la NIF B‐3 amplía ciertos conceptos,
que se muestran a continuación:
a) La NIF B‐3 menciona "niveles" y "rubros" del estado de resultados, en tanto que la NIC‐1
solo se refiere a los "rubros" que deben mostrarse obligatoriamente en el estado de
resultados;
b) La NIF B‐3, a diferencia de la NIC‐1, hace la distinción entre ingresos, costos y gastos
ordinarios y no ordinarias, con el propósito de identificar y separar aquellos que se derivan
de las actividades primarias que representan la principal fuente de ingresos para el
entidad; y
c) Los rubros que son obligatorios en la NIC‐1 también lo son en la NIF B‐3; sin embargo, esta
última establece niveles de utilidad y rubros adicionales obligatorios como son, entre
142
otros, la utilidad o pérdida antes de impuestos a la utilidad (la NIC‐1 no lo menciona) y el
resultado integral de financiamiento (en la NIC‐1 solo es obligatoria la presentación de los
gastos financieros).
El estado de resultados debe mostrar la información relativa a las operaciones de una entidad
lucrativa en un período contable, mediante un adecuado enfrentamiento de los ingresos con los
costos y gastos relativos, para así determinar la utilidad o pérdida neta del período, la cual forma
parte del capital ganado de dichas entidades.
La información contenida en el estado de resultados, junto con la de otros estados financieros
básicos, es útil al uso de general para contar con elementos de juicio respecto a nivel de eficiencia
operativa, rentabilidad, riesgo financiero, grado de solvencia (estabilidad financiera) y liquidez de
la entidad, conforme a lo establecido en la NIF A‐3. La determinación de la utilidad o pérdida neta
desde incluir todos los ingresos, costos y gastos de la entidad devengados durante el período
contable, con excepción de los que se identifican como otras partidas integrales, que por
disposición específica de alguna NIF particular, deban ser temporalmente reconocidos de forma
directa como un elemento separado dentro del capital contable, previo a su reciclaje al estado
resultados con base con la norma particular aplicable, según sea el caso. Algunos ejemplos de
otras partidas integrales son: en efecto acumulado por conversión de los estados financieros de
una entidad extranjera, con los ajustes derivados de los cambios en el valor razonable de los
instrumentos financieros, tanto de los disponibles para la venta como de los utilizados para
cobertura de flujos de efectivo. Con base en la NIF A‐5, Elementos básicos de los estados
financieros, el estado de resultados se conforma con los ingresos, los costos y gastos y la utilidad o
pérdida neta de una entidad. Los conceptos anteriores sirven de base fundamental para la
elaboración de la NIF B‐3.
Estructura del estado de resultados
Con base en la NIF A‐5, los ingresos, costos y gastos pueden ser de dos tipos:
a) Ordinarios ‐ son los relacionados con el giro de la entidad, es decir, los que se derivan de
las actividades primarias que representan la principal fuente de ingresos para la entidad; y
143
b) No ordinarios ‐ son los que se derivan de las operaciones que no representan la principal
fuente de ingresos para la entidad.
Los ingresos, costos y gastos ordinarios deben incluir todos aquellos que son inherentes a las
actividades primarias de la entidad aún cuando no sean frecuentes.
En el estado de resultados, la entidad debe presentar en primer lugar, las partidas ordinarias y,
cuando menos, los niveles siguientes:
a) Utilidad o pérdida antes de impuestos a la utilidad;
b) Utilidad o pérdida antes de las operaciones discontinuas, en su caso; y
c) Utilidad o pérdida neta.
En términos generales, las partidas de ingresos, costos y gastos deben presentarse en forma
separada, a menos que ésta u otra NIF particular permitan su presentación neta.
Principales renglones del estado de resultados
Ventas o ingresos netos
Este rubro se integra por los ingresos que genera una entidad por la venta de inventarios, la
presentación de servicios o por cualquier otro concepto que se deriva de las actividades primarias
que representan la principal fuente de ingresos para la propia entidad. Los descuentos o
modificaciones comerciales otorgadas a los clientes, así como las devoluciones efectuadas, deben
disminuir ser de las ventas o ingresos para así obtener el importe de las ventas o ingresos netos;
esta NIF permite la presentación de esos rubros por separado.
Costos y gastos
Como se menciona en la NIF A‐2, Postulados básicos, los costos y gastos de la entidad deben
identificarse con el ingreso que ésta genera, por lo cual deben incluirse aquellos costos y gastos
que se derivan de las actividades primarias que representan la principal fuente de ingresos para la
entidad.
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En atención a las prácticas del sector o industria al que pertenece, una entidad debe utilizar
algunos de los dos criterios siguientes, o una combinación de ambos, para clasificar sus costos y
gastos:
a) El que se basa en la función de los costos y gastos; y
b) El que se basa en la naturaleza de los costos y gastos.
Ciertos sectores o industria suelen presentar sus costos y gastos utilizando una combinación de
criterios, por lo cual, la NIF B‐3 permite la clasificación y presentación de una parte de sus costos y
gastos por función y otra parte, por naturaleza.
Clasificación por función
Una clasificación con base en la función muestra en rubros genéricos los tipos de costos y gastos
atendiendo a su contribución a los diferentes niveles de utilidad o pérdida dentro del estado de
resultados.
Esta clasificación tiene como característica fundamental el separar el costo de ventas de los demás
costos y gastos. Comúnmente, los sectores comercial e industrial utilizan esta clasificación.
Clasificación por naturaleza
Una clasificación con base en la naturaleza desglosa los rubros de costos y gastos, atendiendo a la
esencia específica del tipo de costo o gasto de la entidad; es decir, no se agrupan en rubros
genéricos. Usualmente el sector servicios utiliza esta clasificación.
Costo de ventas
Este rubro muestra el costo de adquisición de los artículos vendidos o el costo de los servicios
prestados relativos a las ventas o ingresos netos.
El costo de ventas sólo se presenta en una clasificación por función. Derivado de ello, la entidad
puede presentar el nivel de utilidad o pérdida neta.
La utilidad o pérdida bruta es la diferencia entre las ventas o ingresos netos y el costo de ventas.
En una clasificación basada en la naturaleza de los costos y gastos no se presenta este nivel.
Gastos generales
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Cuando se emplea una clasificación basada en la función, los gastos generales de agrupan en
rubros genéricos, tales como: gastos de ventas, de administración, de investigación y otros.
Los gastos de ventas son los que se derivan de los esfuerzos de la entidad para comercializar sus
bienes o servicios.
Los gastos de administración son aquellos en los que incurre la entidad para controlar sus
operaciones. Los gastos de investigación son los que se desprenden de la búsqueda de nuevas
alternativas de productos y servicios.
Existen algunos gastos que, siendo inherentes a las actividades primarias, son generales aún
cuando no son frecuentes, como los costos de una huelga o las reparaciones por daños de un
ciclón.
En una clasificación basada en la naturaleza, los gastos generales deben desglosarse en sus
componentes principales. Un ejemplo de este desglose es el siguiente:
a) Consumo de inventarios;
b) Sueldos, prestaciones y demás beneficios a los empleados;
c) Depreciación y amortización;
d) Comisiones;
e) Mantenimiento;
f) Publicidad; y
g) Otros gastos generales.
Otros ingresos y gastos
En este rubro se presentan los ingresos y gastos que se derivan de operaciones incidentales y que
no constituyen RIF, ni participación en los resultados de subsidiarias no consolidadas y asociados;
tales como: las ganancias o pérdidas derivadas de la extinción de pasivos y las donaciones
recibidas. Las partidas de este rubro que tengan en un período contable naturaleza deudora y
acreedora, como la utilidad o pérdida en ventas de inmuebles, maquinaria y equipo y de activos
intangibles, deben presentarse netas.
Resultado Integral de Financiamiento (RIF)
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El resultado integral de financiamiento se conforma de:
a) Intereses;
b) Fluctuaciones cambiarias;
c) Cambios en el valor razonable de activos y pasivos financieros; y
d) El resultado por posición monetaria.
No debe incluirse en el estado de resultados el RIF que, en relación de las NIF particulares
relativas:
a) Se capitalice como parte del costos de adquisición de un activo; o
b) Forme parte de otras partidas intangibles, como un componente del capital ganado.
El RIF debe desglosarse en cada uno de los componentes, ya sea en el cuerpo del mismo estado de
resultados pueden otras a los estados financieros.
Participación en los resultados de subsidiarias no consolidadas y asociadas
En este rubro se presenta la utilidad o pérdida neta proveniente de las subsidiarias no
consolidadas y de las asociadas, la cual resulta de la aplicación del método de participación en la
variación de inversiones permanentes inversiones en los términos definidos por la NIF particulares
relativas.
Partidas no ordinarias
Son las que se derivan de las actividades que no representan la principal fuente de ingresos para la
entidad.
Generalmente, estas partidas son infrecuentes; algunos ejemplos son: una cancelación de una
concesión, una expropiación y el exceso del valor razonable de los activos netos adquiridos sobre
su costo de adquisición.
Utilidad o pérdida antes de impuestos a la utilidad
Este nivel representa el valor residual de las ventas o ingresos netos después de sumar o
disminuir, según proceda, los otros ingresos, costos y gastos, ordinarios y no ordinarias, sin incluir
los impuestos a la utilidad y las operaciones discontinuas.
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Impuestos a la utilidad
En este rubro se informa el importe de los impuestos a la utilidad, determinando conforme a la NIF
particular relativa, sin incluir el atribuible a operaciones discontinuadas y otras partidas integrales.
Utilidad o pérdida antes de las operaciones discontinuas
Es la suma algebraica de la utilidad o pérdida antes de impuestos a la utilidad y el rubro de
impuestos a la utilidad. En caso de no existir operaciones discontinuas, este nivel se considera
como la utilidad o pérdida neta.
Operaciones discontinuas
En este rubro se presentan los ingresos, costos y gastos relativos a las operaciones discontinuas de
una entidad de acuerdo con lo dispuesto en la NIF particular relativa. Este rubro debe presentarse
netos de sus impuestos a la utilidad.
Utilidad o pérdida neta
Es el importe neto de la utilidad o pérdida antes de las operaciones discontinuadas y el rubro de
operaciones discontinuadas, cuando dicho rubro exista.
Cuando proceda, la utilidad o pérdida neta debe distribuirse en:
a) Participación de los accionistas minoritarios ‐ es la parte de la utilidad o pérdida neta
consolidada del ejercicio que les corresponde a los accionistas que no tienen el control
sobre las subsidiarias que forman parte de la entidad consolidada; y
b) Participación de los accionistas mayoritarios ‐ es la parte de la utilidad o pérdida neta
consolidada del ejercicio que les corresponde a los accionistas que tienen el control sobre
las subsidiarias que forman parte de la entidad consolidada.
Consideraciones adicionales
En atención a las prácticas del sector o industrial que pertenece la entidad, pueden incluirse en el
estado de resultados o en notas a los estados financieros, rubros, agrupaciones o niveles de
utilidad adicionales, cuando dicha presentación contribuya a un mejor entendimiento del
148
desempeño económico y financiero de la entidad; un ejemplo de lo anterior es el nivel de utilidad
de operación, el cual ‐de acuerdo con esta NIF‐ es permitido aun cuando no es requisito. Los
factores a considerar para tomar esta decisión influyen, entre otros, la importancia relativa del
rubro o nivel en cuestión, la naturaleza y la función de los costos y gastos, así como lo dispuesto en
otras NIF particulares. Las entidades deben presentar el estado de resultados de acuerdo con el
período contable definido por la propia entidad; por lo que, con base en la NIF A‐7, debe emitirse
por lo menos una vez al año, abarcando un período anual o, en su caso, al término del ciclo normal
de operaciones de la entidad, si éste es mayor a un año, cubriendo un período y cual ha dicho
ciclo.
CONCLUSION
El estado de resultados es uno de los estados financieros básicos para las entidades lucrativas. Su
importancia reside en que muestran información relativa al resultado de las operaciones en un
período contable y, por ende, los ingresos, costos y gastos de dichas entidades, así como su
utilidad o pérdida neta, permitiendo de evaluar los logros alcanzados con los esfuerzos
desarrollados durante el período consignado en el mismo estado. El estado de resultados debe
reunir las características primarias de confiabilidad, relevancia, comprensibilidad y comparabilidad
para que éste sea útil en la toma de decisiones por parte de sus usuarios generales, conforme lo
establecido en la NIF A‐4, Características cualitativas de los estados financieros.
3.1.1.2.4. SURGIMIENTO DEL CONCEPTO DE ADQUISICIÓN DE NEGOCIOS Y SU APLICABILIDAD
El anterior Boletín B‐7, Adquisiciones de negocios fue emitido en marzo de 2004, separando del
Boletín B‐8, Estados financieros consolidados y combinados, y valuación de inversiones
permanentes lo que éste contenía sobre el tema de adquisiciones de negocios. Este Boletín fue
preparado tomando en consideración la literatura norteamericana de combinaciones de negocios,
específicamente, SFAS 141, Combinación de negocios FAS 141, cuya visión del reconocimiento de
una adquisición de negocios se basó en la asignación del precio pagado por la entidad adquirente
a los activos del negocio adquirido.
Como parte del proceso de convergencia entre la normatividad del FASB y la normatividad del
IASB, estos organismos emitieron en diciembre de 2007 y enero de 2008, respectivamente, el SFAS
141 (R) (revisado) y la IFRS 3, (revisada) la NIF 3 (R) que contienen nuevas normas relativas a la
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adquisición de negocios llegando a conclusiones consensuadas sobre este tema. Uno de los temas
en los que lograron consenso fue el de considerar que las transacciones para incrementar o
reducir la participación no controladora en las subsidiarias es una transacción de capital y no debe
considerarse como una compra o venta. Esta conclusión es la misma alcanzada por el anterior
Boletín B‐7 emitido en 2004.
Otro resultado del consenso, fue que el método de asignación del precio de compra se eliminó,
adoptando el de determinar primero valores razonables, o específicos en ciertos casos, de los
activos netos del negocio adquirido a la fecha de compra, y, posteriormente, comparar dichos
valores contra la contraprestación pagada por la entidad adquirente y la participación no
controladora, las cuales se valúan también a su valor razonable, determinando así el crédito
mercantil o una compra a un precio de ganga. Dado que los cambios antes indicados son
trascendentales, es imprescindible modificar el Boletín B‐7, para emitir una Norma de Información
Financiera cuyo enfoque sea similar al adoptado en consenso por los organismos antes
mencionados, por lo cual se emite esta NIF B‐7.
Principales cambios y características de esta NIF
Al igual que en el Boletín B‐7, el método seleccionado por el CINIF para reconocer las
adquisiciones de negocios es el "método de compra", que se basa en:
a) Identificar que se está adquiriendo un negocio,
b) Identificar a la entidad adquirente,
c) Determinar la fecha de adquisición,
d) Reconocer los activos identificables del negocio adquirido, los pasivos asumidos, así
como la participación no controladora en el negocio adquirido,
e) Valuar la contraprestación, y
f) Reconocer un crédito mercantil adquirido o, en casos inusuales, una compra a precio de
ganga, en los términos de esta NIF.
150
Evaluar que se está adquiriendo un negocio es muy importante, pues no se reconoce de igual
manera la adquisición de los activos netos (activos menos pasivos) de un negocio que la de un
conjunto de activos que no están siendo operados como un negocio.
Reconocer todos los activos y pasivos del negocio adquirido a su valor razonable o específico a la
fecha de compra, ocasiona que la participación no controladora en la subsidiaria se presente
también a su valor razonable o específico. Presentar activos o pasivos a valor razonable sólo por la
proporción adquirida y los de la participación no controladora en la subsidiaria a valor histórico, no
era coherente. La valuación a valor razonable se efectúa utilizando las políticas contables de la
adquirente. Existen ciertas excepciones al uso del valor razonable.
Reconocer los activos netos identificables del negocio adquirido a su valor razonable o específico
permite también determinar adecuadamente el monto de un exceso de la contraprestación
pagada sobre el valor razonable o específico de los activos netos identificables del negocio
adquirido o, en algunos casos inusuales, de una compra a precio de ganga por haber adquirido a
un precio menor al valor estimado como razonable o específico.
En el caso de que la contraprestación pagada por la adquirente por el negocio adquirido sea
menor al valor estimado como razonable de los activos netos, debe revisarse la valuación y, de
persistir esta situación, los activos no monetarios a largo plazo deben ajustarse con base en el
valor de la contraprestación, ya que se considera que el monto de ésta es el que mejor refleja un
valor de intercambio real determinado por una transacción entre partes interesadas, dispuestas e
informadas, lo cual confirma el tratamiento que ya existía en el anterior Boletín B‐7.
Esta NIF establece que la contraprestación pagada debe valuarse a su valor razonable en todos los
casos. Asimismo, establece que los gastos de compra y de reestructura no deben formar parte de
la contraprestación, pues no forman parte del monto intercambiado con los dueños del negocio
adquirido.
Una vez reconocida la compra de acuerdo con el procedimiento prescrito por esta NIF, se aplican
las NIF correspondientes partiendo de los valores reconocidos, para lo cual se establecen ciertas
normas. Esta NIF establece las normas para el reconocimiento de activos readquiridos, pasivos
contingentes, contraprestación contingente y activos para indemnización generados en la compra.
Asimismo, se establecen normas de la información a revelar sobre las adquisiciones de negocios
151
ocurridas en el ejercicio y de los ajustes a los valores razonables ocurridos en el ejercicio
subsiguiente, dentro del período de valuación.
Participación no controladora en la subsidiaria
La participación no controladora en la subsidiaria se reconocerá a su valor razonable a la fecha en
que el negocio es adquirido. Esta participación no controladora en la subsidiaria debe seguirse
presentando como parte del capital contable de la entidad consolidada. La NIF sobre estados
financieros consolidados y combinados incluye la normatividad sobre su presentación.
Esta norma está en convergencia con la NIF 3 (R), excepto porque en esta NIF se considera que
reconocer una ganancia en compra, cuando ésta proviene en la mayoría de los casos de la
valuación de activos intangibles reconocidos en la adquisición, no está de acuerdo con el Marco
Conceptual que indica que una ganancia se reconoce cuando se devenga al ocurrir una transacción
y que un valor razonable confiable se determina primordialmente por una transacción entre
partes interesadas, dispuestas e informadas, en un mercado de libre competencia, más que por
valores estimados por expertos en valuación.
Al respecto la NIF A‐2, en su párrafo 54, establece que:
“En un reconocimiento inicial, el valor económico más objetivo es el valor original de intercambio al
momento en que se devengan los eventos económicos…”.
Asimismo, se afecta la confiabilidad en sus características secundarias de veracidad,
representatividad y objetividad, pues se está reconociendo un ingreso cuando se adquiere un bien
y no cuando éste genera un beneficio económico al operarlo o enajenarlo. La NIF 3 (R) señala que
al culminar una compra en etapas se reconoce a su valor razonable la inversión en la antes
asociada derivada de las adquisiciones anteriores, afectando una ganancia o pérdida. Se considera
que reconocer esta inversión a su valor razonable al momento de la adquisición es incongruente,
pues ésta fue ya reconocida a su valor razonable al momento en que cada contraprestación fue
pagada, ajustada posteriormente por la participación en los resultados subsecuentes a cada etapa
de adquisición. Por tanto tratar de determinar un valor razonable de estas partidas sería
equivalente a tratar de determinar cuánto vale la contraprestación pagada con anterioridad, a
valores distintos de cuando fue realmente entregada.
152
La NIF 3 (R) señala que los pasivos contingentes deben reconocerse a la fecha de adquisición, aún
y cuando no sea probable su materialización, lo cual es contrario al requisito fundamental para el
reconocimiento de los mismos de acuerdo con el Boletín C‐9, Pasivo, provisiones, activos y pasivos
contingentes y compromisos y con la NIF A‐5, Elementos básicos de los estados financieros, que en
su párrafo 19 indica que: "Un pasivo es una obligación presente de la entidad, virtualmente
ineludible, identificable…y que representa una disminución futura de beneficios económicos".
La NIF 3 (R) establece la opción de determinar el crédito mercantil que corresponde a la
participación no controladora. El CINIF tomó ésta opción de determinar dicho crédito mercantil,
pues considera que reconocer la parte del crédito mercantil que pertenece a la participación no
controladora permite reconocer el crédito mercantil total del negocio adquirido, lo cual es
consistente con el reconocimiento de los valores razonables o específicos de los activos netos del
mismo que requiere esta NIF. El elegir esta opción no crea una divergencia con las normas del
IASB, pues el CINIF adoptó una de las dos opciones prescritas por la NIF 3 (R). La NIF B‐7,
Adquisiciones de negocios, está integrada por los párrafos 1‐104 los cuales tienen el mismo
carácter normativo, y los Apéndices A, B y C que no son normativos. La NIF B‐7 debe aplicarse de
forma integral y entenderse en conjunto con el Marco Conceptual establecido en la serie NIF A.
Esta norma es aplicable a todas las entidades que realizan una adquisición de negocios, la cual
ocurre cuando una entidad adquiere los activos netos o un grupo de activos y pasivos que
constituyen un negocio, o adquiere las acciones ordinarias o partes sociales de otra entidad,
obteniendo control de los mismos.
Las disposiciones de esta norma se aplican igualmente a las adquisiciones de negocios en las
cuales, sin importar si la contraprestación es pagada por la entidad adquirente en efectivo, otros
activos, un negocio o acciones de una subsidiaria de la entidad, emisión de deuda o de
instrumentos de capital, y si en el caso de entidades que se unen como grupo los propietarios de
alguna de éstas retienen o reciben el control de la entidad unificada. Las adquisiciones pueden
darse cuando:
a) Una entidad se convierte en subsidiaria de otra, aun cuando esto se haya dado
paulatinamente, a través de una compra en etapas,
153
b) Dos o más entidades se unen o fusionan, siempre y cuando antes de la unión o fusión
no hayan estado bajo control común,
c) Una entidad transfiere activos netos (activos menos pasivos) o sus propietarios
transfieren sus acciones ordinarias o partes sociales a otra, o una combinación de estas
transacciones, y
d) Se hace el intercambio de un negocio por otro.
Las disposiciones de esta NIF no aplican para las siguientes transacciones:
a) La constitución de un negocio, ya que únicamente se están transfiriendo recursos para
dicha constitución y no se está adquiriendo un negocio existente;
b) La adquisición y/o fusión de entidades bajo control común, en la cual el monto de la
contraprestación no fue determinado por partes interesadas, dispuestas e informadas, en
un mercado de libre competencia y por lo tanto no representa su valor razonable;
c) La adquisición de activos y pasivos que no son un negocio, ya que al no adquirir activos y
pasivos que estaban siendo administrados como negocio, tales como los de un segmento
con un centro de control, no se considera que se adquiere un negocio; y
d) La adquisición de intereses de la participación no controladora o la venta de los mismos
sin perder el control de la subsidiaria, debido a que éstas son transacciones entre
accionistas de la entidad.
Adquisición de un negocio
Esta NIF considera una adquisición de negocios como la transacción por medio de la cual una
entidad adquiere, directa o indirectamente, el control de uno o más negocios. La adquisición
indirecta ocurre cuando ésta se hace a través de una subsidiaria. Esto puede hacerse de distintas
maneras, entre otras:
a) Transfiriendo efectivo, equivalentes de efectivo u otros activos (que pueden ser activos
netos o sea un negocio),
b) Incurriendo en pasivos,
154
c) Emitiendo instrumentos del capital,
d) una combinación de las anteriores, y
e) Adquiriendo el negocio por medio de un contrato, sin entregar una contraprestación.
Una adquisición puede estructurarse de distintas maneras, en atención a consideraciones legales,
fiscales o de otra índole, que pueden ser, entre otras:
a) Uno o más negocios pasan a ser subsidiarias de la adquirente o se fusionan legalmente
en ésta,
b) Un negocio adquirido transfiere sus activos netos o los dueños transfieren su
participación en el capital a una entidad adquirente,
c) Todas las entidades transfieren sus activos netos o sus dueños transfieren su
participación en el capital a una entidad que se crea específicamente para llevar a cabo la
adquisición, y
d) Un grupo de dueños de una de las entidades que se unen pasa a tomar control de la
nueva entidad.
Método de compra
Las adquisiciones de negocios deben reconocerse mediante el método de compra, el cual requiere
en todos los casos:
a) Evaluar que se está adquiriendo un negocio,
b) Identificar a la adquirente,
c) Determinar la fecha de adquisición,
d) Valuar en el reconocimiento inicial los activos identificables y los pasivos asumidos del
negocio adquirido, así como la participación no controladora en el negocio adquirido,
e) Valuar la contraprestación, y
155
f) Reconocer un crédito mercantil adquirido o, inusualmente, una compra a precio de
ganga, en los términos de esta NIF.
Evaluación de si lo adquirido califica como negocio
Un aspecto que debe evaluarse en toda adquisición es si el adquirido cumple con la definición de
negocio establecida en esta NIF; o sea, si además de tener bienes tiene actividades coordinadas
por una administración que aplicadas a dichos bienes genera un producto o servicio. Adquirir una
entidad legal que está inactiva puede no ser una adquisición de negocios. Esto puede ocurrir al
adquirir una entidad que sólo tiene una ventaja legal o fiscal que desee utilizarse.
La naturaleza de los elementos de un negocio varía de un negocio a otro, sin que se puedan
especificar lineamientos al respecto. Sin embargo, se presume que al existir un crédito mercantil
en un conjunto de actividades y activos netos, existe un negocio. Consecuentemente, si un
conjunto de activos netos y actividades puede ser administrado como un negocio por participantes
en el mercado, se considera que estas actividades y activos netos son un negocio, aun cuando no
fueron operados como tales por el vendedor. No es necesario adquirir todas las actividades y
activos y pasivos de una entidad. Puede adquirirse parte de éstos, si califican como negocio, e
integrarse en los activos, pasivos y actividades de la adquirente. El que hayan sido actividades,
activos y pasivos administrados por otro centro de control contribuye a que califiquen como
negocio. Cuando una entidad o parte de ésta se encuentra en fase de desarrollo puede no estar
generando todavía un producto o servicio y no calificar como un negocio. Para evaluar si es un
negocio, la adquirente debe considerar si con respecto a los productos o servicios el adquirido:
a) Ya ha iniciado sus principales actividades, aun cuando esté en la fase de desarrollo,
b) Tiene empleados, propiedad intelectual y otros recursos con los cuales puede
producirlos,
c) Está siguiendo un plan para desarrollarlos, y
d) Puede acceder a clientes que los comprarán.
Adquisición inversa
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Una adquisición inversa ocurre cuando el adquirido emite acciones que son entregadas a los
accionistas de la entidad adquirente, quienes pasan a tomar control de la entidad que emitió las
acciones. Para que se considere que hubo una compra, el adquirido, o sea la que emitió acciones.
En ciertos casos, la entidad que emite acciones puede no estar aún realizando operaciones, pero
ha desarrollado o adquirido un activo valioso, tal como una concesión que no puede traspasar a
otra entidad legal y existen restricciones para que sus dueños vendan directamente sus acciones.
Sin embargo, al emitir acciones nuevas es adquirida por otra entidad que tiene los recursos para
operar la concesión. Tal caso calificaría como compra, pues la entidad que tiene la concesión pasa
a un nuevo centro de control.
Sin embargo, puede darse el caso de que una entidad inactiva haya realizado sus activos y
entregado los recursos correspondientes a sus accionistas, pero conserva una ventaja legal o fiscal.
Si la entidad adquirente entrega sus acciones a cambio de acciones de dicha entidad, no está
adquiriendo un negocio, pues ésta no realiza actividades y cualquier sobreprecio de la
contraprestación sobre el valor razonable de los activos netos del negocio adquirido, es una
erogación para obtener la ventaja legal o fiscal. En una adquisición inversa, el valor razonable de la
contraprestación debe determinarse por el valor razonable del número de acciones que la
adquirente hubiera emitido, para que la participación no controladora quede con la proporción de
acciones que tiene de la nueva entidad controladora. Aun cuando los estados financieros a la
fecha de compra de la entidad que queda como controladora mostrarán el nombre de la entidad
legal que emitió las acciones, estos estados financieros deben ser una continuación de los de la
adquirente. Dichos estados incorporan los activos netos de la entidad que emitió las acciones y el
capital total es realmente el de la adquirente, que muestra el monto de la contraprestación
emitida determinada conforme al párrafo anterior y el capital social se ajusta al legal del
adquirido.
Dado que los estados financieros de la controladora son una continuación de los de la entidad
adquirente:
a) Deben presentar los activos y pasivos de la adquirente a su valor anterior a la
adquisición,
157
b) Deben reconocer los activos y pasivos del negocio adquirido, así como la participación
no controladora que exista a su valor razonable a la fecha de adquisición,
c) Deben presentar el capital contable, al monto mostrado en el balance de la adquirente,
adicionando el monto emitido como contraprestación y ajustando el monto del capital
social, para presentar el del adquirido, contra utilidades retenidas,
d) Si algunos de los accionistas de la adquirente no canjearon sus acciones, quedan con
una participación no controladora de dicha entidad legal, que pasa a ser subsidiaria, y
e) Esta participación no controladora quedaría a su valor en libros, pues no forma parte del
valor razonable de los activos netos del adquirido que se adquieren.
Para determinar el promedio ponderado de acciones emitidas en el período de la compra y
determinar la utilidad por acción, se debe:
a) Multiplicar el promedio ponderado de acciones de la adquirente en el período o
períodos anteriores a la compra por el factor de intercambio de acciones (1), y
b) Utilizar el promedio ponderado de acciones de la nueva tenedora para el período
posterior al de la compra.
Determinación de la fecha de adquisición
La fecha de adquisición o compra es aquélla en la que el control del negocio adquirido se
transfiere a la entidad adquirente sin restricciones, excepto por aquéllas establecidas para
proteger a los accionistas u otros dueños del adquirido. Por ejemplo: ciertas restricciones pueden
limitar la venta de activos importantes o el decreto de dividendos del adquirido hasta que la
contraprestación no haya sido totalmente pagada.
Generalmente, la transferencia de control ocurre al pagar la contraprestación; sin embargo, esto
puede ocurrir antes o después de que esté pagada en función de acuerdos formales entre la
entidad adquirente y los dueños anteriores de la entidad adquirida en los que se establezcan las
condiciones en las que se transfiere el control. En caso de no tener acuerdo formal, deben
considerarse los hechos y circunstancias en que el control es transferido.
Valuación en el reconocimiento inicial de los activos netos del negocio adquirido
158
Identificación de los activos netos del negocio adquirido
Los activos identificables y los pasivos asumidos del negocio adquirido, así como la participación
no controladora deben reconocerse a la fecha de adquisición sobre las bases que establece esta
NIF, antes de identificar y reconocer el crédito mercantil. Los activos y pasivos que deben
reconocerse son aquéllos que tienen la característica de activos o de pasivos de acuerdo con la
definición contenida en el Marco Conceptual y en otras NIF particulares. En ocasiones, algunos
activos y pasivos no fueron reconocidos con anterioridad en el negocio adquirido, de acuerdo con
alguna norma de información financiera, tal como ciertos activos intangibles cuya generación
interna no pudo reconocerse. No obstante, su reconocimiento procede en la fecha de adquisición
pues se considera que tales activos están incluidos en el valor razonable de la transacción.
Igualmente, ciertos pasivos que están parcialmente reconocidos en el adquirido, tales como el de
beneficios a empleados que tienen partidas por amortizar, deben ajustarse a su valor razonable,
eliminando dichas partidas. Por otra parte, ciertos costos que la adquirente espera incurrir, pero
no tiene una obligación presente por los mismos, tales como los costos para reestructurar sus
operaciones, salir de alguna actividad, liquidar empleados o transferirlos a otra unidad productiva,
no son hechos pasados y, por lo tanto, no deben reconocerse como un pasivo a la fecha de
adquisición, sino como un gasto de reestructuración al incurrirse en el futuro.
Clasificación y designación de activos identificables y pasivos asumidos del negocio adquirido
Los activos identificables y los pasivos asumidos del negocio adquirido deben clasificarse y
designarse de tal manera que puedan aplicarse a los mismos las NIF correspondientes. Esta
clasificación y designación debe hacerse con base en las condiciones existentes a la fecha de
compra y con base en las políticas financieras y operativas de la adquirente.
Las condiciones existentes a la fecha de la compra y las políticas financieras y operativas de la
adquirente definirán ciertos aspectos de su reconocimiento, tales como:
a) Considerar si un activo financiero se clasifica para negociación, disponible para venta o
conservado a vencimiento en atención a sus políticas financieras y de operación, y a la
evaluación de las condiciones al momento de la adquisición; esta clasificación puede ser
distinta a la que existía en el negocio adquirido,
159
b) Mantener o no la designación de un instrumento financiero como un instrumento de
cobertura o clasificarlo como de negociación, y
c) Evaluar la separación de un derivado implícito del contrato anfitrión correspondiente.
Deben considerarse las bases de los términos contractuales del contrato original o modificaciones
posteriores a éste hasta la fecha de adquisición, para clasificar, entre otros, los contratos de
arrendamiento como capitalizables u operativos.
En caso de que el negocio adquirido tenga varias unidades a informar o los activos y pasivos se
vayan a asignar a varias unidades de la adquirente, la clasificación de los activos y pasivos debe
hacerse de tal manera que éstos puedan asignarse a las unidades a informar.
Activos intangibles adquiridos
La adquirente debe reconocer, por separado del crédito mercantil, los activos intangibles
identificables adquiridos en una adquisición de negocios, que el adquirido no había reconocido al
no permitirlo la normatividad. Se considera que un activo intangible es identificable cuando posee
la condición de separabilidad del activo o la condición de propiedad contractual o legal en los
términos de la NIF C‐8, Activos intangibles (NIF C‐8). La identificación se utiliza para reconocer el
activo intangible por separado del crédito mercantil. La valuación del activo intangible debe
hacerse considerando lo indicado en la NIF C‐8.
La condición de separabilidad significa que el activo intangible puede ser separado de los activos
del adquirido y vendido, transferido, licenciado, rentado o intercambiado ya sea individualmente o
en relación con un contrato sobre otro activo o pasivo identificado, aun cuando la adquirente no
pretenda llevar a cabo alguna de las acciones anteriores.
Un activo intangible posee la condición de separabilidad cuando este tipo de activo se puede
intercambiar en el mercado, aun cuando no se den transacciones frecuentes al respecto, tal como
una patente que puede ser licenciada. Una lista de clientes puede ser separable si puede ser
rentada a un tercero para que envíe publicidad, cuando listas similares son frecuentemente
rentadas en el mercado. Sin embargo, si la lista de clientes está sujeta a condiciones de
confidencialidad por ellos, no sería separable.
160
Un intangible no separable por sí mismo, puede serlo junto con el contrato de uso de otro; por
ejemplo: el conocimiento de producción ligado al uso de una patente puede separarse junto con el
de uso de la patente. Por lo tanto, el hecho de que una entidad tenga una estructura laboral para
llevar a cabo sus actividades no significa que ésta tenga valor identificable. Sólo lo tendrá la que
esté relacionada con el capital intelectual, o sea el conocimiento para llevar a cabo cierta
actividad.
Pueden existir intangibles por definir, tales como propuestas en curso, las cuales no deben
reconocerse por separado, pues estar presentando propuestas es parte del curso normal de
operaciones de una entidad.
Sin embargo, puede existir un intangible que se define poco después de la adquisición y que
estuvo contemplado en el precio de la misma, el cual sí debe separarse. Para ello, deben analizarse
los eventos que ocurran poco después de la adquisición, que evidencien la existencia de un
intangible.
La adquirente puede estar recuperando derechos concedidos al adquirido, tales como el uso de
patentes, marcas, tecnología y de otros activos, como los que están sujetos a un arrendamiento
operativo.
Una vez reconocido por separado un intangible como parte de la adquisición, deben aplicarse las
normas establecidas en la normatividad relativa a activos intangibles, tales como la de
amortización de activos intangibles con vida definida y la de pruebas de deterioro tanto de los
activos con vida definida como de los activos de vida indefinida.
Control de los ajustes de compra
Los ajustes de compra corresponden a la entidad consolidada y no a la subsidiaria, por lo cual no
deben afectar los estados financieros de la subsidiaria. La entidad consolidada debe mantener un
control de los mismos, como se indica en la NIF B‐8, Estados financieros consolidados o
combinados.
Los activos y pasivos asumidos en una adquisición deben reconocerse de acuerdo con lo indicado
en la NIF relativa a cada partida. Las siguientes partidas se presentarán como sigue:
161
a) El crédito mercantil debe presentarse como último renglón del activo, neto de cualquier
deterioro reconocido, y
b) La ganancia en compra, de haberla, debe presentarse en el estado de resultados como
una partida no ordinaria.
Debe revelarse la información necesaria que permita evaluar la naturaleza y efecto financiero de
una adquisición que ocurra en el período o después de la fecha de los estados financieros y antes
de su aprobación para ser emitidos. Para cumplir con lo anterior debe revelarse información
relevante a la fecha de adquisición sobre:
a) Nombre y descripción del negocio adquirido;
b) Fecha de adquisición;
c) Porcentaje de participación con derecho a voto adquirido;
d) Motivo principal de la adquisición y cómo se adquirió el control;
e) Principales factores que originan el crédito mercantil, tales como sinergias con otros
negocios, activos intangibles no separables y otros factores;
f) Valor razonable de la contraprestación total y de cada una de sus partes (efectivo, otros
activos, pasivos asumidos e instrumentos de capital) y cómo se determinaron;
g) Monto reconocido de contraprestaciones contingentes y activos de indemnización,
descripción del acuerdo y bases para determinar el monto reconocido, un estimado del
rango a pagar o recuperar o, de no poder estimarse, razón para ello y si el máximo a pagar
no está limitado;
h) Valor razonable de los grupos importantes de las cuentas por cobrar adquiridas,
indicando su valor nominal y la mejor estimación de lo no cobrable;
i) Monto reconocido de cada grupo importante de activos y pasivos;
j) las bases sobre las cuales se reconocen pasivos contingentes a la fecha de adquisición;
k) Monto del crédito mercantil y efectos fiscales que puede tener;
162
l) Descripción de cualquier transacción colateral efectuada, su monto, cómo se determinó
el monto por liquidar de una relación preexistente, y cómo se reconoció;
m) Monto de los costos de adquisición, cuentas de resultados que se afectaron y costo de
emisión de instrumentos de capital o deuda, relacionados con la adquisición y cómo se
reconocieron;
n) Monto de cualquier ganancia por la adquisición, cómo se reconoció y una descripción
de las circunstancias que la generaron;
o) Base de valuación de la participación no controladora a la fecha de compra y las
técnicas de valuación y supuestos utilizados para reconocerla, así como el monto del
crédito mercantil que corresponde a la participación no controladora;
p) El valor de la participación que tenía la adquirente con anterioridad a la fecha de
adquisición en una adquisición por etapas;
q) El monto del ingreso y de la utilidad o pérdida neta que contribuye el negocio adquirido
en el período de su adquisición y cuales hubieran sido estos montos sí las adquisiciones se
hubieran efectuado al principio del ejercicio; y
r) Si se ha hecho una oferta para adquirir en un cierto plazo y precio las acciones de una
entidad, indicar el plazo, el precio de la oferta, el porcentaje de acciones por la cual se ha
hecho la oferta y el porcentaje que se ha adquirido a la fecha de los estados financieros y a
la fecha de emisión de los mismos.
Las revelaciones anteriores pueden hacerse por el conjunto de adquisiciones efectuadas durante
el período, en caso de que éstas individualmente no sean significativas. Si alguna revelación no
puede efectuarse por ser impráctico, debe indicarse la razón de ello. Si no se ha completado el
proceso de reconocimiento, debe indicarse el porqué, que montos se han reconocido sobre una
base provisional y una estimación de los efectos por reconocer. Debe revelarse la información que
permita evaluar los efectos de los ajustes relevantes reconocidos en el período que se refieren a
adquisiciones que ocurrieron en el período anterior. Para ello debe revelarse:
a) Por las adquisiciones cuyo reconocimiento inicial de ciertos activos, pasivos,
participación no controladora u otras partidas importantes no se ha completado, indicar
163
las razones por las cuales el reconocimiento no se ha completado, las partidas pendientes
de completar y la naturaleza y monto de los ajustes por valuación reconocidos en el
período;
b) El cambio en los montos reconocidos y diferencias contra lo liquidado o recuperado en
el período, cambios en el rango de posibilidades de liquidación o recuperación y motivos
de los cambios y técnicas y modelos de valuación utilizados, en tanto se termina de
liquidar una contraprestación contingente o de recuperar un activo de indemnización;
c) La información requerida en la norma relativa a pasivos contingentes sobre los pasivos
contingentes reconocidos y no reconocidos;
d) La conciliación del saldo inicial y final del crédito mercantil, destacando deterioros
reconocidos en el ejercicio, créditos mercantiles reconocidos en el período, efectos de
impuestos a la utilidad, monto de crédito mercantil de grupos de activos transferidos a
disponibles para venta y otros movimientos relevantes; y
e) monto y naturaleza de cualquier utilidad o pérdida reconocida en el período relacionada
con activos o pasivos de una adquisición efectuada en el período o períodos anteriores,
que sea relevante.
CONCLUSION
Esta NIF tiene como objetivo establecer las normas para el reconocimiento inicial a la fecha de
adquisición, de los activos netos que se adquieren en una adquisición de negocios, así como de la
participación no controladora y de otras partidas que pueden surgir en la misma, tales como el
crédito mercantil y una compra a precio de ganga. Asimismo, establece las revelaciones necesarias
cuando se efectúan adquisiciones de negocios.
Las disposiciones de esta NIF son aplicables a todo tipo de entidades que emiten estados
financieros en los términos establecidos en la NIF A‐3, Necesidades de los usuarios y objetivos de
los estados financieros.
Las disposiciones de esta Norma de Información Financiera entran en vigor para adquisiciones
cuya fecha de adquisición sea a partir del 1° de enero de 2009. Cualquier cambio contable que
genere esta NIF debe aplicarse en forma prospectiva.
164
Esta norma deja sin efecto al Boletín B‐7, Adquisiciones de negocios.
3.1.1.2.5. MODIFICACIÓN A LA PRESENTACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS O
COMBINADOS
Los activos y pasivos de una subsidiaria deben valuarse inicialmente, es decir, desde el momento
en que se convierte en subsidiaria (fecha de compra), con base en el método de compra
establecido en la NIF B‐7, Adquisiciones de negocios, (NIF B‐7). Derivado de la aplicación del
método de compra, los activos y pasivos de una subsidiaria son valuados, a la fecha de compra, a
su valor razonable u otro tipo de valor, en los términos de la NIF B‐7, lo cual provoca ajustes a su
valor contable; no obstante, tales ajustes, de acuerdo con la propia NIF B‐7, no deben ser
reconocidos en los registros contables de la subsidiaria sino en los de la controladora, como parte
de su inversión permanente en la subsidiaria.
Por lo tanto, la inversión permanente inicial de la controladora en la subsidiaria queda valuada, de
acuerdo con el porcentaje de participación adquirido, con base en los activos y pasivos de la
subsidiaria valuados conforme a la NIF B‐7. Asimismo, como parte de los ajustes provocados por la
adquisición y también con base en la NIF B‐7, la controladora reconoce el crédito mercantil o, en
su caso, la ganancia en compra, en el momento de la adquisición.
Cualquier cambio en la participación de la controladora en la subsidiaria que no implique pérdida
del control debe ser reconocido en la entidad económica como una transacción entre accionistas.
En dichas circunstancias, los valores en libros de la participación controladora y de la no
controladora derivados de esta operación deben ajustarse para reflejar los cambios de
participación en la subsidiaria. Cualquier diferencia entre el importe del ajuste a la participación no
controladora y el valor razonable de las contraprestaciones pagadas o recibidas debe ser
reconocida directamente en el capital contable y asignada a la participación controladora,
efectuando, en su caso, el reciclaje de las otras partidas integrales de la subsidiaria, reconocidas
por la controladora.
Los cambios en la participación de la controladora en la subsidiaria que impliquen pérdida del
control deben ser reconocidos por la controladora. Las aportaciones que haga una controladora a
una subsidiaria para constituirla deben reconocerse con base en el importe aportado y no con
base en el método de compra establecido en la NIF B‐7.
165
Estados financieros consolidados
La controladora, con excepción de la opción que debe presentar estados financieros consolidados
de conformidad con el procedimiento de consolidación establecido en esta NIF. Los estados
financieros consolidados deben incluir los estados financieros de la controladora y los de todas sus
subsidiarias. Una subsidiaria no debe ser excluida de la consolidación porque sus actividades y/o
su figura legal sean distintas a las del resto de las entidades que se consolidan, como en el caso de
algunas EPE.
Requisitos para la consolidación
Para la consolidación de estados financieros, deben utilizarse estados financieros de las
subsidiarias correspondientes a la misma fecha y por el mismo período que los de la controladora,
salvo que se considere impráctico, en cuyo caso, los estados financieros de las subsidiarias pueden
ser a fechas diferentes, siempre que:
a) la diferencia en fechas no sea mayor a tres meses y ésta sea consistente período a período; y
b) la extensión del período por el que se informa sea la misma que la de los estados financieros de
la controladora, por ejemplo, 12 meses.
Cuando la fecha de los estados financieros de las subsidiarias no sea la misma que la de los de la
controladora, para efectos de la consolidación, los estados financieros de las subsidiarias deben
ajustarse para reconocer y revelar las operaciones relevantes que hayan ocurrido en el período no
coincidente.
En el caso de subsidiarias de creación o adquisición durante el período contable actual, o bien, en
el caso de aquéllas que durante dicho período dejaron de ser subsidiarias, la consolidación sólo
debe abarcar operaciones de las subsidiarias por el período durante el cual fueron controladas por
la controladora.
Los estados financieros de las subsidiarias deben prepararse con base en las mismas NIF y,
tratándose de operaciones de la misma naturaleza, las mismas políticas contables de la
controladora. En caso contrario, los estados financieros de las subsidiarias que son utilizados para
la consolidación deben modificarse para ser consistentes con los de la controladora.
166
En el caso de consolidar estados financieros de subsidiarias extranjeras, antes de la consolidación
deben aplicarse las disposiciones contenidas en la NIF B‐15, Conversión de monedas extranjeras
(NIF B‐15) y, por lo que se refiere a la conversión de estados de flujos de efectivo, las contenidas
en la NIF B‐2, Estado de flujos de efectivo (NIF B‐2).
Consideraciones dentro del proceso de consolidación
La participación de una controladora en una subsidiaria corresponde a la suma de las
participaciones que la controladora tenga en forma directa más las que tenga en forma indirecta a
través de otras subsidiarias.
En determinado momento, los derechos de voto potenciales pueden coadyuvar a la existencia de
control sobre una subsidiaria; no obstante, en la determinación del porcentaje de participación en
la subsidiaria, tanto de la participación controladora como de la no controladora, no deben
considerarse dichos derechos de voto potenciales. Cuando una subsidiaria tenga a su vez
subsidiarias, asociadas o negocios conjuntos, antes de consolidarla, dicha subsidiaria debe
consolidar los estados financieros de sus subsidiarias y reconocer con el método de participación
las inversiones en sus asociadas y negocios conjuntos.
Si la subsidiaria tiene en circulación acciones preferentes con derechos acumulativos que
pertenezcan a la participación no controladora, la controladora debe reconocer su participación en
las utilidades o pérdidas integrales de la subsidiaria, después de que éstas hayan sido aprobadas y,
en su caso, hayan sido ajustadas por los dividendos atribuibles a la participación no controladora,
aun y cuando dichos dividendos preferentes acumulativos no hayan sido decretados.
Procedimiento de consolidación
Para la elaboración de los estados financieros consolidados, debe procederse como sigue:
a) Incorporar a los estados financieros de las subsidiarias, los ajustes al valor de sus activos
netos determinados en el reconocimiento inicial con la aplicación del método de compra
establecido en la NIF B‐7,
b) Integrar los estados financieros de la controladora y las subsidiarias,
c) Eliminar todos los efectos de las operaciones intercompañías,
167
d) Eliminar las inversiones en subsidiarias,
e) Determinar la participación no controladora, y
f) Presentar estados financieros consolidados.
Incorporación a los estados financieros de las subsidiarias de los ajustes iniciales al valor de sus
activos netos
Debido a que los ajustes al valor de los activos netos de la subsidiaria al aplicar el método de
compra en el reconocimiento inicial de la subsidiaria, sólo fueron reconocidos en la contabilidad
de la controladora como parte de su inversión en la subsidiaria, y no fueron reconocidos en la
contabilidad de la subsidiaria, la controladora debe incorporar tales ajustes a los estados
financieros de la subsidiaria, sólo para efectos de la consolidación. Asimismo, la controladora debe
modificar la utilidad o pérdida neta o, en su caso, la utilidad o pérdida integral del período de la
subsidiaria para reconocer los efectos en períodos subsecuentes de dichos ajustes iniciales a sus
activos netos.
Integración de los estados financieros de la controladora y las subsidiarias
Deben integrarse los balances generales y los estados de resultados de la controladora y sus
subsidiarias, como sigue: el cien por ciento del valor de los activos, pasivos, capital contable o
patrimonio contable, ingresos, costos y gastos deben sumarse rubro por rubro, de tal forma, que
queden en un mismo rubro los importes de las partidas que por su naturaleza y sustancia
económica sean similares. También deben sumarse los estados de flujos de efectivo de la
controladora y sus subsidiarias para determinar el estado de flujos de efectivo consolidado ya sea
por el método directo o el indirecto.
Eliminación de las operaciones intercompañías
Para efectos de los estados financieros consolidados, las operaciones intercompanías son aquéllas
que llevan a cabo entre sí, dentro de la entidad económica, la controladora y sus subsidiarias o, en
su caso, las subsidiarias entre sí.
168
En el proceso de consolidación, deben eliminarse de los estados financieros consolidados todos los
efectos reconocidos de las operaciones intercompañías del período, así como de períodos
anteriores, considerando en cualquier caso, los efectos no devengados en resultados.
Dichas operaciones deben eliminarse por su importe total y no por el porcentaje de participación
de la controladora en cada subsidiaria. Asimismo, deben eliminarse tanto las operaciones
intercompañias ascendentes como las descendentes; ejemplo de las primeras es la venta de
inventarios de la subsidiaria a la controladora; ejemplo de las segundas es la venta de inventarios
de la controladora a la subsidiaria.
Las pérdidas derivadas de las operaciones intercompañías deben considerarse como un indicio de
deterioro, por lo que debe observarse lo establecido en las NIF respecto a la determinación de las
pruebas de deterioro en el valor de cada tipo de activo.
Derivado de la eliminación de las operaciones y saldos intercompañías, la controladora debe
reconocer los ajustes correspondientes a los pasivos y activos por impuestos diferidos
correspondientes a las diferencias temporales, las pérdidas fiscales y los créditos fiscales surgidos
o modificados como consecuencia de tales eliminaciones. Para ese efecto, debe observarse lo
establecido en la NIF D‐4, Impuestos a la utilidad.
En el caso del estado de flujos de efectivo, con base en la NIF B‐2, Estado de flujos de efectivo,
deben eliminarse los flujos de efectivo intercompañías. Adicionalmente, en el caso de que el
estado de flujos de efectivo se elabore con el método indirecto, la utilidad o pérdida neta y demás
partidas del estado de resultados que se incluyen en el estado de flujos de efectivo deben
contener los efectos de las eliminaciones de las operaciones intercompañías.
Eliminación de las inversiones en subsidiarias
Deben eliminarse los importes de las inversiones en las subsidiarias que tenga reconocidos la
controladora y los capitales contables de dichas subsidiarias, así como, en su caso, la participación
en los resultados de subsidiarias reconocida en el estado de resultados. En los casos en los que la
controladora tenga una participación en la subsidiaria menor que 100%, existirá una diferencia
169
entre el total del capital contable de la subsidiaria y el importe de la inversión permanente
eliminados; dicha diferencia corresponde al capital contable de la participación no controladora.
Determinación de la participación no controladora
El importe del capital contable correspondiente a la participación no controladora determinado
según el párrafo anterior, debe segregarse como un componente específico del capital contable y,
en su caso, debe incluir la parte proporcional que le corresponde de los ajustes iniciales a los
activos netos de la subsidiaria, así como del crédito mercantil, determinados a la fecha de
adquisición en la aplicación del método de compra establecido en la NIF B‐7.
Presentación de estados financieros consolidados
Dentro del balance general consolidado, el capital contable debe presentarse dividido en: capital
contable de la participación controladora y capital contable de la participación no controladora.
El estado de resultados consolidado debe presentar la utilidad o pérdida neta consolidada y, en
seguida, la segregación de ésta como sigue: la parte que corresponda a la participación no
controladora y la que corresponda a la participación controladora.
El estado de flujos de efectivo por el método indirecto debe partir de la utilidad o pérdida antes de
impuestos a la utilidad o, en su caso, de la utilidad o pérdida neta de la entidad económica
consolidada que se presenta en el estado de resultados consolidado.
El estado de variaciones en el capital contable debe mostrar el saldo inicial, las variaciones y el
saldo final de la participación controladora y de la no controladora, en forma segregada.
Pérdida del control
Una controladora puede perder el control de una subsidiaria con o sin cambios absolutos o
relativos en los niveles de su participación. Un cambio absoluto ocurre cuando la controladora
dispone total o parcialmente de su inversión en la subsidiaria. Un cambio relativo ocurre cuando
se modifica su porcentaje de participación. La controladora puede perder el control de una
subsidiaria en una o más transacciones. Sin embargo, en algunas ocasiones, las transacciones
múltiples deben ser consideradas como una sola con la finalidad de identificar el momento de la
170
pérdida del control; para determinar esto último, deben tomarse en cuenta todos los términos y
condiciones de dichas transacciones y sus efectos económicos. Dos o más de las siguientes
circunstancias pueden indicar que la controladora debe considerar las transacciones múltiples
como una sola:
a) Se realizan al mismo tiempo o bien, se realiza una considerando la existencia de la otra;
b) Forman en conjunto, parte de una sola estrategia diseñada para conseguir un efecto
comercial global;
c) La ocurrencia de una transacción depende de la ocurrencia de al menos una de las otras
transacciones; o
d) Una transacción por sí sola no se considera justificada económicamente, pero sí lo es
cuando se trata junto con las otras transacciones. Por ejemplo, cuando se dispone de
acciones a un precio por abajo del mercado y esta disposición es compensada por una
disposición posterior a un precio por arriba del mercado.
Por la operación que dio lugar a la pérdida de control, la controladora debe:
a) Reconocer, en su caso, cualquier contraprestación recibida, a su valor razonable;
b) Cancelar, en su caso, la totalidad o la parte de la inversión permanente en la subsidiaria de
la que se haya dispuesto, incluyendo el crédito mercantil relativo;
c) Reconocer cualquier ganancia o pérdida generada en la operación, por la diferencia entre
los importes determinados en los incisos a) y b) anteriores; y
d) Reciclar las otras partidas integrales de la subsidiaria reconocidas por la controladora.
Respecto al inciso b) del párrafo anterior, la controladora debe identificar el importe del crédito
mercantil asignado a la subsidiaria con base en la NIF relativa a activos intangibles, a la fecha su
adquisición; dicho crédito mercantil debe cancelarse ante la pérdida del control.
En relación con el inciso d) del párrafo 45, la controladora debe reciclar las otras partidas
integrales de la misma forma como si dispusiera directamente de los activos o pasivos que
generaron tales partidas integrales; por lo tanto, en el momento en que la controladora pierde el
171
control sobre una subsidiaria, debe reciclar a los resultados del período las otras partidas
integrales reconocidas en su capital contable en relación con la antes subsidiaria. A partir de la
fecha en que se pierde el control, la controladora debe dejar de consolidar los estados financieros
de la antes subsidiaria. Por lo tanto, los estados financieros de la entidad económica mostrarán
cambios en el período por:
a) El no reconocimiento de los activos y pasivos de la antes subsidiaria;
b) La cancelación del importe correspondiente a cualquier participación de la no
controladora en la que era subsidiaria; y
c) En su caso, el reciclaje al que hace referencia el párrafo 45 d) de esta NIF.
Ante la pérdida de control, cualquier inversión retenida en la antes subsidiaria debe ser analizada
para identificar sus nuevas características y, con base en ellas, la antes controladora debe aplicar
en forma prospectiva la NIF relativa al nuevo tipo de inversión.
Subsidiarias disponibles para la venta
A la fecha en que se toma la decisión de venta o disposición de una subsidiaria, debe atenderse a
lo establecido en la NIF relativa a disposición de activos de larga duración y operaciones
discontinuadas, para su reconocimiento contable.
Estados financieros consolidados comparativos
En los casos en que durante el período haya cambiado la conformación de la entidad económica
que se consolida ya sea porque se adquirieron nuevas subsidiarias o se perdió el control sobre
otras, este cambio contable debe aplicarse en forma prospectiva con base en la NIF B‐1, Cambios
contables y correcciones de errores (NIF B‐1). En los casos de subsidiarias disponibles para la venta
debe atenderse al párrafo anterior.
Estados financieros no consolidados
La controladora puede optar por no presentar estados financieros consolidados únicamente
cuando ella es, a su vez, una subsidiaria y sus accionistas controladores y no controladores
(incluyendo a aquella participación sin derecho a voto) han manifestado su conformidad con ello
y, además, dicha controladora:
172
a) No mantiene instrumentos financieros de deuda o de capital cotizando en un mercado de
valores (bolsas de valores nacionales o extranjeras o en mercados no organizados,
incluyendo los mercados locales y regionales);
b) No está en proceso de registrar sus estados financieros en alguna comisión de valores u
otra organización reguladora, a efecto de emitir en un mercado público cualquier clase de
instrumento financiero; y
c) No requiere emitir estados financieros de uso externo para la toma de decisiones
económicas.
La controladora que de conformidad con lo establecido en el párrafo anterior opte por no
presentar estados financieros consolidados debe presentar estados financieros no consolidados de
conformidad con lo establecido en esta NIF. El cambio de opción en cualquier sentido: de
presentar estados financieros consolidados a no consolidados o viceversa, debe aplicarse en forma
retrospectiva con base en la NIF B‐1. En los casos de controladoras y que, por lo tanto, están
obligadas a presentar estados financieros consolidados, junto con éstos, también pueden
presentar, sólo para fines legales o estatutarios, estados financieros no consolidados.
En los estados financieros no consolidados, las inversiones permanentes en subsidiarias deben
reconocerse con base en el método de participación establecido en la NIF C‐7, Inversiones en
asociadas y otras inversiones permanentes, y presentarse con base en los términos establecidos
por dicha NIF C‐7 para las inversiones en asociadas.
Asimismo, con base en el párrafo 17b) de la NIF A‐7, dichos estados financieros deben incluir, de
manera prominente, la mención de que se trata de estados financieros no consolidados y, por lo
tanto, que se refieren a la entidad legal.
Estados financieros combinados
Los estados financieros combinados tienen como objetivo primordial presentar la información
financiera de un grupo de afiliadas. Esta NIF permite presentar estados financieros combinados
que sólo agrupen a entidades que pertenezcan a un sector económico o gremio industrial, sólo en
los casos en que dichas entidades cumplan con la característica de ser afiliadas. Los estados
173
financieros combinados se formulan mediante la integración de los estados financieros
individuales de las entidades afiliadas, aplicando, en los casos en los que sea procedente. Los
estados financieros combinados deben incluir de manera prominente, la mención de que se trata
de estados financieros combinados.
Estados financieros consolidados
Con base en su importancia relativa, en notas a los estados financieros consolidados, debe
revelarse la siguiente información:
a) Los nombres y el porcentaje de participación de las principales subsidiarias, así como los
cambios en la conformación de la entidad económica;
b) La principal actividad económica de la controladora y de cada una de sus principales
subsidiarias consolidadas;
c) Las razones o indicios en que se argumenta la existencia de control;
d) Las razones por las cuales la participación, directa o indirecta, de más de cincuenta por
ciento del poder de voto o del poder de voto potencial en una entidad no constituye
control; o, en su caso, las razones por las cuales la participación, directa o indirecta, de
menos de cincuenta por ciento del poder de voto o del poder de voto potencial en una
entidad constituye control;
e) La fecha de los estados financieros de la subsidiaria que fueron utilizados para la
elaboración de los estados financieros consolidados y, si dicha fecha y período son
diferentes a los de los estados financieros de la controladora, las razones a las que esto se
debe; en su caso, también deben revelarse las operaciones relevantes que hayan ocurrido
en el período no coincidente, haciendo mención de las que fueron reconocidas en los
estados financieros de la subsidiaria utilizados para la consolidación;
f) La naturaleza y alcance de cualquier restricción relevante (por ejemplo, la derivada de un
préstamo o de un requerimiento regulatorio) sobre la capacidad de las subsidiarias para
transferir fondos a la controladora en forma de dividendos en efectivo o para pago de
préstamos o anticipos; y
174
g) Los efectos de cualquier cambio sobre la participación en la subsidiaria que no resulte en
la pérdida de control en el capital atribuible a los accionistas de la controladora.
Estados financieros no consolidados
Cuando la controladora presente estados financieros no consolidados, con base en su importancia
relativa, debe revelarse en notas a los mismos, la siguiente información:
a) Las razones de la emisión de dichos estados financieros no consolidados;
b) En caso de que los estados financieros no consolidados hayan sido preparados únicamente
por la circunstancia prevista en el párrafo 54, debe hacerse referencia a la existencia de los
estados financieros consolidados;
c) Una lista de las principales inversiones permanentes en subsidiarias, negocios conjuntos y
asociadas, incluyendo: el nombre, país en el que se encuentran constituidas o son
residentes, porcentaje de participación en su capital y, si fuera distinto, el porcentaje de
participación de la controladora sobre el poder de voto; y
d) La mención de que el reconocimiento de las inversiones en subsidiarias listadas en el inciso
anterior se hizo con la aplicación del método de participación.
Estados financieros combinados
Con base en su importancia relativa, en notas a los estados financieros combinados debe revelarse
la siguiente información:
a) Los nombres de las afiliadas, el de sus dueños o accionistas comunes y el porcentaje de
participación de éstos en dichas afiliadas;
b) La actividad económica de las afiliadas que se combinan y, en su caso, la mención de que
las afiliadas pertenecen a un mismo sector económico o gremio industrial;
c) La fecha y período de los estados financieros de las entidades que se combinan.
3.1.1.2.6. NUEVA NORMATIVIDAD PARA EL RECONOCIMIENTO DE LOS EFECTOS DE LA
INFLACIÓN
175
Cuando su entorno económico es calificado como entorno inflacionario, la entidad debe reconocer
los efectos de la inflación en sus estados financieros mediante la aplicación del método integral.
Este reconocimiento debe hacerse antes de aplicar cualquier técnica de valuación; por ejemplo:
valor razonable, método de participación, etcétera.
La estructura financiera de la entidad está conformada por partidas monetarias y no monetarias.
Cada una de estas partidas tiene un comportamiento diferente en relación con la inflación, motivo
por el cual, el método integral consiste en determinar:
a) Para partidas monetarias, la afectación a su poder adquisitivo, la cual se denomina
resultado por posición monetaria (REPOMO); y
b) Para partidas no monetarias, el efecto de reexpresión necesario para poder expresarlas en
unidades monetarias de poder adquisitivo a la fecha de cierre del balance general.
En la aplicación del método integral, todos los rubros que conforman la estructura financiera de la
entidad, sin excepción alguna, deben clasificarse como partidas monetarias o como partidas no
monetarias, según proceda. Cualquier crédito mercantil en la adquisición de un negocio, así como,
cualquier ajuste a los valores en libros de los activos identificables o pasivos asumidos del negocio
adquirido reconocidos durante la adquisición de dicho negocio, en los términos de la NIF B‐7,
Adquisiciones de negocios, deben tratarse como parte integrante de las partidas monetarias y no
monetarias de tal negocio de acuerdo con la naturaleza de la partida.
Cuando existe algún rubro dentro del balance general que agrupa partidas monetarias y no
monetarias, debe hacerse la segregación de las mismas para dar el tratamiento correspondiente a
cada una de ellas.
Ejemplo de lo anterior es cuando se controlan en un solo rubro los bienes adquiridos o
adjudicados a cambio de cuentas por cobrar, el cual puede agrupar bienes inmuebles, equipo de
transporte, instrumentos financieros de capital, derechos de cobro, etcétera.
Al hacer un reconocimiento integral de los efectos de todas las partidas de la estructura financiera
de la entidad, la suma de los efectos de reexpresión del período de las partidas no monetarias
debe ser equivalente al REPOMO del mismo período.
Como parte del método integral debe observarse lo siguiente:
176
a) Cifra base es la que corresponde al valor contable de la partida sujeta de ser reexpresada.
En la primera reexpresión, es el valor nominal utilizado en el reconocimiento inicial de una
partida; en cálculos subsecuentes, además de dicho valor nominal, deben incluirse todos
los efectos de reexpresión reconocidos en períodos anteriores.
b) Fecha base es, en el primer cálculo de la cifra reexpresada de una partida, la fecha en la
que se hizo su reconocimiento inicial. En períodos subsecuentes de reexpresión, es la que
corresponde a la última reexpresión reconocida contablemente.
c) Fecha de reexpresión es la que corresponde al momento en el cual se determina una
reexpresión; normalmente es la fecha de los estados financieros, también conocida como
fecha de cierre del balance general.
d) Índice de precios es el que la entidad elige entre el INPC y el valor de las UDI; dicha
decisión debe tomarse apoyándose en el juicio profesional y, preferentemente,
atendiendo a las prácticas del sector en el que opera la entidad; una vez hecha la elección,
el índice seleccionado debe ser utilizado de manera consistente. El índice de precios puede
referirse a un:
i. índice de precios base, el cual corresponde a la fecha base; o
ii. índice de precios de reexpresión, el cual corresponde a la fecha de reexpresión.
e) Factor de reexpresión es el resultado de dividir el índice de precios de reexpresión entre el
índice de precios base.
f) Porcentaje de inflación es el nivel de inflación de un período, expresado en términos
porcentuales. Se determina restándole la unidad al factor de reexpresión; este resultado
se multiplica por cien.
g) Cifra reexpresada es la que resulta de multiplicar la cifra base por el factor de reexpresión
correspondiente.
h) Efecto de reexpresión es la diferencia entre la cifra reexpresada de una partida y su cifra
base.
Partidas monetarias
177
Algunos de los activos monetarios más comunes que puede tener una entidad son: efectivo,
instrumentos financieros, cuentas por cobrar e impuestos por cobrar. Los anticipos a proveedores
se consideran partidas monetarias sólo en los casos en los que no se recibirán bienes o servicios,
en cantidad y características determinadas y no está garantizado un precio de compraventa.
Asimismo, algunos de los pasivos monetarios más comunes que puede tener una entidad son:
préstamos bancarios, proveedores, sueldos por pagar e impuestos por pagar. Los anticipos de
clientes se consideran partidas monetarias sólo en los casos en los que éstos no representan
obligaciones de transferir bienes o servicios, en cantidad y características fijas o determinadas y no
está garantizado el precio de compraventa.
Resultado por posición monetaria
Por todas las partidas monetarias debe determinarse el REPOMO; esto debido a lo siguiente:
a) Un activo monetario provoca pérdidas por los efectos de la inflación. Lo anterior ocurre
porque cuando la entidad hace uso de un activo monetario, dispone de una cantidad de
dinero igual al importe nominal y, al haber inflación, dicho importe tiene un menor poder
adquisitivo; y
b) Un pasivo monetario provoca ganancias por los efectos de la inflación. Lo anterior ocurre
porque cuando la entidad paga un pasivo monetario, lo hace con una cantidad de dinero
igual al importe nominal y, al haber inflación, dicho importe tiene un menor poder
adquisitivo.
La posición monetaria es la diferencia entre los activos monetarios de una entidad y sus pasivos
monetarios.
Ésta puede ser de tres tipos:
a) Larga o activa ‐ es aquélla en la que el importe de los activos monetarios es superior al de
los pasivos monetarios y, por consecuencia, genera una pérdida neta por inflación;
b) Corta o pasiva ‐ es aquélla en la que el importe de los activos monetarios es inferior al de
los pasivos monetarios y, por consecuencia, genera una ganancia neta por inflación; y
178
c) Nivelada ‐ es aquélla en la que el importe de los activos monetarios es igual al de los
pasivos monetarios, por lo cual se neutraliza el efecto de la inflación.
El REPOMO debe determinarse mensualmente. Para lograr lo anterior, debe multiplicarse la
posición monetaria al inicio de cada mes (final del mes anterior) por el porcentaje de inflación del
mismo mes. Posteriormente, el REPOMO de cada mes debe expresarse en unidades monetarias de
poder adquisitivo a la fecha de cierre del balance general, por lo que debe determinarse su cifra
reexpresada a dicha fecha.
La cifra reexpresada a la que se refiere el párrafo anterior debe determinarse multiplicando cada
REPOMO mensual por el factor de reexpresión correspondiente a la fecha de cierre del balance
general. La sumatoria de todos estos resultados mensuales representa para la entidad un ingreso
o un gasto del período.
Los activos y pasivos monetarios denominados en moneda extranjera deben incluirse como parte
de la posición monetaria; para tal efecto, deben considerarse los saldos correspondientes en
moneda nacional.
Partidas no monetarias
Algunos ejemplos de activos no monetarios son: inventarios, inmuebles, maquinaria y equipo
(activos fijos), activos intangibles, inversiones permanentes en acciones y los anticipos a
proveedores.
Asimismo, algunos ejemplos de pasivos no monetarios son: las provisiones que reflejan
compromisos de pago ya sea en especie o con base en valores de mercado (por ejemplo, algunas
provisiones para cobertura de riesgos de una aseguradora) y los anticipos de clientes.
Por lo que se refiere al capital contable o, en su caso, al patrimonio contable, todos los rubros que
los integran son partidas no monetarias. Consecuentemente, todos los rubros que conforman el
estado de resultados o, en su caso, el estado de actividades, también son partidas no monetarias.
Todas las partidas no monetarias deben expresarse en unidades monetarias de poder adquisitivo a
la fecha de cierre del balance general.
179
La cifra reexpresada de las partidas no monetarias debe determinarse multiplicando su cifra base
por el factor de reexpresión a la fecha de cierre del balance general. Dicha cifra base debe incluir
todos los reconocimientos contables posteriores al reconocimiento inicial que se hayan hecho en
cada partida.
Asimismo, debe compararse la cifra reexpresada con la cifra base de cada partida no monetaria
para obtener, por diferencia, el efecto de reexpresión del período; dicho efecto debe reconocerse
dentro de la estructura financiera de la entidad, en cada uno de los rubros que le dio origen. Por
ejemplo: el efecto de inventarios debe reconocerse como parte del rubro de inventarios y el del
capital social, como parte del rubro de capital social.
La cifra reexpresada de las partidas no monetarias debe ser la base para reconocer cualquier
concepto de valor que establecen otras NIF particulares. Por ejemplo: primero debe reexpresarse
la inversión permanente en acciones y sobre esa base debe incorporarse la utilidad integral para
así llegar al reconocimiento pleno del método de participación; en otro caso, primero deben
reexpresarse los activos fijos e intangibles y después, sobre esta base, se determina su pérdida por
deterioro; primero debe reexpresarse un activo biológico y después debe reconocerse su valor
razonable.
Cuando un activo o un pasivo no monetario es dado de baja del balance general por situaciones
tales como su venta, donación, deterioro en su valor, extravío, cancelación o liquidación, también
debe darse de baja el efecto de reexpresión de esa partida, determinado a la fecha de baja.
Por las particularidades que tienen las partidas no monetarias, a continuación se describen puntos
a considerar en la determinación de la cifra reexpresada de los rubros que suelen ser importantes
para una entidad, tales como: inventarios, activos fijos, anticipos a proveedores, activos
intangibles, inversiones permanentes en acciones, anticipos de clientes, capital contable y
patrimonio contable.
Inventarios
Los reconocimientos posteriores al reconocimiento inicial de los inventarios, que deben incluirse
en la cifra base de este rubro son, entre otros: capitalizaciones del Resultado Integral de
Financiamiento (RIF) y estimaciones por baja en su valor o, en su caso, reversiones de dichas
estimaciones.
180
Cada una de las partidas que conforman el rubro de inventarios debe reexpresarse por separado;
por ejemplo: materia prima, producción en proceso, producto terminado, mercancías en tránsito,
estimaciones para obsolescencia o lento movimiento, etcétera.
Inmuebles, maquinaria y equipo
Los reconocimientos posteriores al reconocimiento inicial de los activos fijos que deben incluirse
en la cifra base de este rubro son, entre otros: capitalizaciones del RIF, adaptaciones y mejoras, así
como, las disminuciones por pérdidas por deterioro o, en su caso, las reversiones de dichas
pérdidas. Cada uno de los rubros que componen los activos fijos debe reexpresarse por separado;
por ejemplo: edificio, maquinaria, mobiliario, etcétera. En los casos de activos en etapa de
construcción, todas las inversiones efectuadas en la obra deben reexpresarse desde la fecha en
que se llevaron a cabo; en la fecha de término de la construcción, los importes reexpresados
deben traspasarse al rubro de activo al que corresponden.
En primer lugar, debe determinarse la cifra reexpresada del costo de adquisición de los activos
fijos y, sobre esta base, debe determinarse su depreciación acumulada. Por lo tanto, la cifra
reexpresada de la depreciación acumulada debe corresponder al resultado de multiplicar la cifra
reexpresada a la fecha de cierre del balance general, de los activos fijos, por el porcentaje de
depreciación acumulada a la misma fecha. Respecto a las tasas, métodos y vidas útiles probables
definidos para depreciar los activos fijos, debe haber congruencia entre los que se aplican antes de
la reexpresión y después de ésta.
Anticipos a proveedores
La cifra base para determinar el valor reexpresado de los anticipos a proveedores no monetarios
sólo debe incluir aquéllos por los que se recibirán bienes o servicios, en cantidad y características
fijas o determinadas y en los que se ha pactado un precio de compraventa garantizado.
Activos intangibles
Los reconocimientos posteriores al reconocimiento inicial de los activos intangibles que deben
incluirse en la cifra base de este rubro son, entre otros: capitalizaciones del RIF y pérdidas por
deterioro o, en su caso, reversiones de dichas pérdidas.
181
Cada uno de los rubros que componen los activos intangibles debe reexpresarse por separado; por
ejemplo: marcas, costos de desarrollo, crédito mercantil, etcétera. Todas las inversiones
efectuadas durante la etapa de diseño o desarrollo de activos (por ejemplo: un software) deben
reexpresarse desde la fecha en la que se llevaron a cabo; al término del desarrollo, los importes
reexpresados deben traspasarse al rubro de activo al que corresponden.
En primer lugar, debe determinarse la cifra reexpresada del costo de adquisición de los activos
intangibles y, sobre esta base, debe determinarse su amortización acumulada. Por lo tanto, la cifra
reexpresada de la amortización acumulada debe corresponder al resultado de multiplicar la cifra
reexpresada a la fecha de cierre del balance general, de los activos intangibles, por el porcentaje
de amortización acumulada a la misma fecha.
Debe existir congruencia entre las tasas, métodos y períodos de amortización definidos antes de la
reexpresión y después de ésta.
Inversiones permanentes en acciones
Los reconocimientos posteriores al reconocimiento inicial de las inversiones permanentes en
acciones que deben incluirse en la cifra base de este rubro son, entre otros: participaciones
adicionales en el capital contable de la invertida; pérdidas por deterioro o, en su caso, reversiones
de dichas pérdidas; y utilidades o pérdidas integrales reconocidas en períodos anteriores como
consecuencia de la aplicación del método de participación.
Cada una de las inversiones debe reexpresarse por separado de las que hay en otras entidades;
por ejemplo: la inversión en la entidad "A", en la entidad "B", etcétera. La cifra reexpresada de las
inversiones permanentes en acciones es la base sobre la cual debe reconocerse, en caso de
proceder, el método de participación del período, de acuerdo con la NIF relativa.
Anticipos de clientes
La cifra base para determinar el valor reexpresado de los anticipos de clientes considerados como
partidas no monetarias sólo debe incluir aquéllos por los que se entregarán bienes o servicios, en
cantidad y características fijas o determinadas, en los que está garantizado el precio de
compraventa.
182
Capital contable o patrimonio contable
Los movimientos que afectan al capital contable y que deben incluirse en la cifra base de este
rubro son, entre otros: reembolsos de capital, dividendos decretados y capitalización de
resultados acumulados. Cada uno de los rubros que componen el capital contable o, en su caso, el
patrimonio contable debe reexpresarse por separado; por ejemplo: capital social, prima en
colocación de acciones, reservas, resultados acumulados, etcétera. Por lo que se refiere a la
utilidad o pérdida neta y al cambio neto en el patrimonio contable, estos deben reexpresarse con
base en lo establecido en los párrafos 44 al 58 de esta norma.
En los casos de instrumentos financieros combinados, la parte identificada como pasivo debe
considerarse como partida monetaria y la parte identificada como capital, como partida no
monetaria.
Estado de resultados y estado de actividades
Dentro del estado de resultados o del estado de actividades, todos los ingresos, costos y gastos
deben expresarse en unidades monetarias de poder adquisitivo a la fecha de cierre del balance
general, por lo que debe determinarse su cifra reexpresada a dicha fecha.
La cifra reexpresada de cada uno de los ingresos, costos y gastos, mensuales, debe determinarse
multiplicando su cifra base por el factor de reexpresión a la fecha de cierre del balance general.
Asimismo, debe compararse la cifra reexpresada con la cifra base de cada ingreso, costo y gasto
para obtener, por diferencia, el efecto de reexpresión del período; dicho efecto debe reconocerse
dentro del estado de resultados o del de actividades, en cada uno de los rubros que le dieron
origen. Por ejemplo: el efecto de reexpresión de las ventas debe reconocerse como parte del
rubro ventas y el del costo de ventas, como parte de éste.
Ingresos
El total de ingresos del período contable debe corresponder a la suma de los ingresos mensuales
expresados, cada uno de ellos, en unidades monetarias de poder adquisitivo a la fecha de cierre
del balance general.
183
Pueden existir ingresos provenientes de anticipos de clientes que hayan sido considerados como
no monetarios. La cifra base de estos ingresos debe incluir todos los efectos de reexpresión
determinados desde la fecha en la que se hizo el reconocimiento inicial de dicho pasivo en el
balance general, hasta la fecha de su reconocimiento como ingreso.
Costos y gastos
El total de costos y gastos del período contable debe corresponder a la suma de los costos y gastos
mensuales expresados, cada uno de ellos, en unidades monetarias de poder adquisitivo a la fecha
de cierre del balance general.
En el caso de un costo o de un gasto derivado de un activo no monetario, la cifra base debe incluir
todos los efectos de reexpresión determinados desde la fecha en la que se hizo el reconocimiento
inicial de dicho activo en el balance general, hasta la fecha de su reconocimiento como costo o
gasto.
Por las particularidades que tienen este tipo de costos y gastos, a continuación se describen
puntos a considerar en la determinación de la cifra reexpresada de los rubros que suelen ser
importantes para una entidad, tales como costo de ventas, depreciación y amortización.
Costo de ventas
Para efectos de su reexpresión, el costo de ventas debe dividirse en: costo de inventarios
vendidos, depreciación y amortización del período y otros elementos; estos últimos se determinan
restándole al costo de ventas, los inventarios vendidos y la depreciación y amortización incluidos
en el propio costo; cada uno de estos elementos debe reexpresarse por separado.
La cifra reexpresada de los otros elementos del costo de ventas debe determinarse tomando como
fecha base y cifra base, las que corresponden al momento de su devengación contable.
La cifra reexpresada del costo de ventas total debe corresponder a la suma del costo de
inventarios vendidos, de la depreciación y la amortización del período, y de los otros elementos
del costo de ventas, reexpresados, cada uno de ellos, a la fecha de cierre del balance general.
Depreciación del período
184
La cifra reexpresada de la depreciación del período debe corresponder al resultado de multiplicar
la cifra reexpresada a la fecha de cierre del balance general, de los activos fijos, por el porcentaje
de depreciación del período.
Amortización del período
La cifra reexpresada de la amortización del período debe corresponder al resultado de multiplicar
la cifra reexpresada a la fecha de cierre del balance general, de los activos intangibles, por el
porcentaje de amortización del período.
Balance general
Todas las partidas del balance general deben presentarse expresadas en unidades monetarias de
poder adquisitivo a la fecha de cierre del balance general. Por lo tanto, el efecto por reexpresión
de las partidas no monetarias debe presentarse sumado a la cifra base.
En los casos en los que por disposición específica de la NIF relativa, el REPOMO de algunos pasivos
haya sido capitalizado en ciertos activos por estar directamente relacionado con su costo de
adquisición, dicho REPOMO debe presentarse formando parte del costo de adquisición de dichos
activos.
Estado de resultados o estado de actividades
Cada uno de los ingresos, costos y gastos, en lo individual, debe presentarse expresado en
unidades de poder adquisitivo a la fecha de cierre del balance general, sin hacer una separación de
las cifras base y sus efectos de reexpresión.
REPOMO que no haya sido presentado directamente en el capital contable y que tampoco haya
sido capitalizado debe presentarse en el estado de resultados o, en su caso, en el estado de
actividades, como parte del RIF.
Con base en la NIF B‐3, Estado de resultados, el RIF debe incluir intereses, fluctuaciones
cambiarias, cambios en el valor razonable de activos y pasivos financieros y el REPOMO. Por lo
tanto, con la incorporación del REPOMO, el RIF representa para la entidad el gasto o, en su caso, el
ingreso en términos reales derivado de sus actividades de financiamiento durante el período.
Estados financieros comparativos
185
Para efectos comparativos, los estados financieros de períodos anteriores deben presentarse
expresados en unidades monetarias de poder adquisitivo de la fecha de cierre del estado
financiero más reciente.
Normas de Revelación
Con base en la NIF A‐7, Presentación y revelación, los estados financieros reexpresados deben
contener, de manera prominente, la mención de que las cifras están expresadas en moneda de
poder adquisitivo a una fecha determinada.
Por todos los estados financieros reexpresados que se presenten comparativos, debe revelarse en
notas a los estados financieros la siguiente información:
a) El hecho de haber operado en un entorno económico inflacionario y, consecuentemente,
de haber reexpresado los estados financieros;
b) El porcentaje de inflación acumulada de los tres ejercicios anuales anteriores, así como el
porcentaje de inflación del período;
c) Nombre del índice de precios utilizado;
d) En el caso de que se requiera, por razones legales o de otra índole, pueden informarse los
valores nominales del capital contable o, en su caso, del patrimonio contable.
Salvo lo establecido en el inciso d) del párrafo anterior, en términos generales no debe revelarse
información expresada en valores nominales.
ENTORNO INFLACIONARIO
No Reconocimiento de los Efectos de la Inflación
Cuando su entorno económico es calificado como no inflacionario, la entidad no debe reconocer
en sus estados financieros los efectos de la inflación del período. No obstante lo anterior, la
entidad debe mantener en sus activos, pasivos y capital contable o patrimonio contable, los
efectos de reexpresión determinados hasta el último período en el que operó en un entorno
inflacionario. Dichos efectos deben darse de baja en la misma fecha y con el mismo
procedimiento, con los que se dan de baja los activos, pasivos, o componentes del capital contable
186
o patrimonio contable a los que perteneces tales efectos. Por ejemplo, los efectos de reexpresión
de un activo fijo se van eliminando cuando el activo se deprecia, se deteriora o se vende.
Normas de Presentación
La entidad debe presentar en los estados financieros del período actual los efectos de reexpresión
determinados en períodos anteriores y que todavía no haya dado de baja. El efecto de reexpresión
de las partidas no monetarias debe presentarse sumado a la cifra base.
Estados financieros comparativos
Para efectos comparativos, los estados financieros de períodos anteriores deben presentarse
expresados en las unidades monetarias de poder adquisitivo en las que cada uno de ellos fue
emitido originalmente o, en su caso, en las que fueron emitidos los últimos estados financieros en
los que se aplicó el método integral.
Cambio de Entorno Económico
Al inicio d cada período contable anual, la entidad debe analizar si hubo cambio del entorno
económico en el que opera; ante la confirmación de cambio, la entidad debe atender a las normas
de reconocimiento contable establecidas por esta NIF aplicables al nuevo entorno económico.
Cambio de un Entorno Económico Inflacionario a uno no Inflacionario
A partir del inicio del período anual en el que se confirma el cambio de entorno, la entidad debe
dejar de reconocer en sus estados financieros, los efectos de la inflación del período (desconexión
de la contabilidad inflacionaria). No obstante, debe mantener en sus estados financieros, los
efectos de reexpresión reconocidos hasta el período inmediato anterior, siempre que
correspondan a activos, pasivos o componentes de capital contable o patrimonio contable que
sigan vigentes, es decir, que no se hayan dado de baja.
En el período del cambio, los estados financieros comparativos de períodos anteriores deben
presentarse expresados en unidades monetarias de poder adquisitivo de los últimos estados
financieros en que se aplicó el método integral.
En adición a las revelaciones requeridas cuando se emiten estados financieros en un entorno no
inflacionario, en el período de cambio del entorno económico, debe revelarse en notas a los
187
estados financieros el hecho de haber cambiado de un entorno económico inflacionario a uno no
inflacionario.
Cambio de un Entorno Económico no Inflacionario a uno Inflacionario
Ante la confirmación de cambio de un entorno económico no inflacionario a uno inflacionario, la
entidad debe reconocer los efectos de la inflación en la información financiera (conexión de la
contabilidad inflacionaria). Este hecho se cataloga como un cambio contable y, con base en la NIF
B‐1, Cambios contables y correcciones de errores, debe reconocerse mediante aplicación
retrospectiva. La aplicación retrospectiva implica que los estados financieros básicos de períodos
anteriores que se presentan comparativos con los del período actual deben ajustarse para
reconocer los efectos acumulados de la inflación que existió durante todos los períodos en los que
se estuvo en un entorno no inflacionario.
De tal manera, los estados financieros comparativos deben presentarse expresados en unidades
monetarias de poder adquisitivo de la fecha de cierre del estado financiero más reciente.
Para llevar a cabo la aplicación retrospectiva, primero debe ajustarse el saldo inicial del estado
financiero más antiguo que se presenta de forma comparativa, como sigue:
a) Deben reexpresarse todos los activos y pasivos, no monetarios, existentes a la fecha de
cálculo, tomando como cifra base, la que corresponde ya sea a la última reexpresión
reconocida o bien, a la fecha de devengación, según sea el caso;
b) Deben reexpresarse todos y cada uno de los movimientos en el capital contable o en el
patrimonio contable de la entidad tomando como cifra base la que corresponde ya sea a la
última reexpresión reconocida o bien, a la fecha en que se generó cada movimiento en
cuestión; y
c) Deben afectarse los resultados acumulados por los ajustes a los que hacen referencia los
incisos anteriores; dichos ajustes, en su caso, deben reconocerse netos de los impuestos a
la utilidad.
Después de haber hecho el reconocimiento de los efectos acumulados iniciales a los que hace
referencia el párrafo anterior, los efectos de reexpresión de los estados financieros del período
188
actual, así como de los estados financieros presentados de manera comparativa con el actual,
deben reconocerse aplicando el método integral.
En el período del cambio, los estados financieros comparativos de períodos anteriores deben
presentarse expresados en unidades monetarias de poder adquisitivo de la fecha de cierre del
estado financiero más reciente.
En adición a las revelaciones requeridas cuando se emiten estados financieros en un entorno
inflacionario, debe revelarse en notas a los estados financieros el hecho de haber cambiado de un
entorno económico no inflacionario a uno inflacionario.
3.1.1.2.7. HECHOS POSTERIORES A LA FECHA DE LOS ESTADOS FINANCIEROS
Los hechos posteriores deben considerar a todos aquéllos ocurridos en el período posterior, aun si
esos hechos ocurren después del anuncio al público de utilidades o de otra información financiera
seleccionada.
La NIF B‐13 establece que una entidad:
a) Debe ajustar sus estados financieros por hechos que ocurren en el período posterior
cuando tales hechos proporcionen evidencia de condiciones que ya existían a la fecha de
cierre;
b) No debe reconocer en los estados financieros hechos ocurridos en el período posterior
cuando no proporcionen evidencia de condiciones ya existentes a la fecha de cierre;
c) Debe revelar la fecha en que fue autorizada la emisión de los estados financieros, y el(los)
nombre(s) del(los) funcionario(s) u órgano(s) correspondiente(s) que autorizaron su
emisión;
d) No debe preparar sus estados financieros sobre la base de negocio en marcha si hechos
posteriores a la fecha de los mismos indican que esa base ya no es apropiada.
Hechos posteriores a la fecha de los estados financieros que requieren ajuste y revelación
Una entidad debe ajustar los importes reconocidos en sus estados financieros, para reflejar
aquellos hechos ocurridos en el período posterior que proporcionan mayor evidencia sobre
189
condiciones existentes a la fecha de cierre. Es decir, se requiere que una entidad ajuste los
importes reconocidos en sus estados financieros o que reconozca partidas que previamente no
fueron reconocidas.
Una entidad no debe preparar sus estados financieros sobre la base del negocio en marcha si, en
el período posterior, su administración determina que tiene la intención de liquidarla o de cesar
sus operaciones comerciales, o que no tiene otra alternativa realista para continuar sus
operaciones.
Hechos posteriores a la fecha de los estados financieros que sólo requieren revelación
Una entidad no debe ajustar los importes reconocidos en sus estados financieros para reflejar
aquellos hechos ocurridos en el período posterior y que son indicativos de condiciones que
surgieron después de la fecha de los estados financieros, esto en virtud de que estas operaciones
corresponden al siguiente período contable. Estos hechos deben revelarse.
Clasificación de activos, pasivos y capital contable
Las reestructuraciones de carteras vencidas y de vencimientos de pasivos, los convenios para
diferir los pagos de pasivos sobre una base a largo plazo y las capitalizaciones y aportaciones para
futuros aumentos de capital, que ocurren en el período posterior, no deben ajustarse en los
estados financieros sino sólo revelarse en sus notas.
Un pasivo con vencimiento dentro de los 12 meses siguientes a la fecha de los estados financieros
y por el cual la entidad no tiene, a esa fecha, un derecho incondicional para diferir su liquidación
por al menos los 12 meses siguientes, debe ser clasificado como un pasivo a corto plazo
(circulante). Esta clasificación se requiere aun si durante el período posterior y antes de que se
autorice la emisión de los estados financieros, la entidad y sus acreedores concluyen un convenio
para diferir los pagos sobre una base de largo plazo, según lo establece el párrafo 3 c), ii. Ese
convenio califica como un hecho posterior a la fecha de los estados financieros que sólo requiere
revelación.
El requerimiento a que se refiere el párrafo anterior no afecta la clasificación de un pasivo como a
largo plazo (no circulante) cuando la entidad tiene, de acuerdo con los términos de un contrato de
crédito existente a la fecha de los estados financieros, la discreción para diferir los pagos de sus
190
obligaciones por lo menos después de los 12 meses siguientes a la fecha de éstos y la intención de
la administración de así hacerlo.
En algunos casos, un pasivo a largo plazo es exigible inmediatamente debido a que la entidad ha
incumplido una condición de un contrato de crédito a la fecha de los estados financieros. Esta
norma requiere que el pasivo sea clasificado como un pasivo a corto plazo (circulante) a la fecha
de los estados financieros, aun si durante el período posterior el acreedor ha convenido no hacer
exigible el pago como consecuencia del incumplimiento. Esta situación califica como un hecho
posterior a la fecha de los estados financieros que sólo requiere revelación.
El pasivo a que se refiere el párrafo anterior debe clasificarse como a largo plazo (no circulante) si
el acreedor conviene, por escrito, a la fecha de los estados financieros, conceder un período de
gracia que termine, por lo menos, después de los 12 meses siguientes a la fecha de cierre. En este
contexto, un período de gracia es un período dentro del cual la entidad puede rectificar el
incumplimiento y durante el que el acreedor no puede exigir el pago inmediato del crédito.
Hechos posteriores a la fecha de los estados financieros que requieren ajuste y revelación
Si una entidad recibe información durante el período posterior acerca de condiciones que existían
a la fecha de cierre, debe actualizar las revelaciones derivadas de esas condiciones, a la luz de la
nueva información.
Negocio en marcha
La NIF A‐7 requiere revelaciones específicas en el caso de que:
a) Los estados financieros no se preparen sobre la base de negocio en marcha; o
b) La administración tenga conocimiento de incertidumbres importantes relativas a hechos o
a condiciones que pueden dar lugar a dudas significativas sobre la capacidad de la entidad
para continuar como un negocio en marcha.
Hechos posteriores a la fecha de los estados financieros que sólo requieren revelación
191
Si los hechos posteriores a la fecha de los estados financieros que sólo requieren revelación son
importantes, el no revelarlos puede influir en las decisiones que tomen los usuarios con base en
dichos estados. Por lo tanto, por cada uno de estos hechos una entidad debe revelar:
a) La naturaleza del hecho; y
b) Una estimación de sus efectos financieros o una declaración sobre la imposibilidad de
realizar tal estimación.
Fecha de autorización para emisión de los estados financieros
Conforme a la NIF A‐7, la entidad debe revelar la fecha en que fue autorizada la emisión de sus
estados financieros y quién la autorizó. Si los propietarios de la entidad u otros tienen facultades
para modificar los estados financieros después de su emisión, la entidad debe revelar ese hecho.
Para los usuarios es importante conocer la fecha en que fue autorizada la emisión de los estados
financieros, aclarando así que, consecuentemente, éstos no reflejan los hechos ocurridos después
de esa fecha. La aprobación posterior de los estados financieros por los accionistas u otro órgano
no modifica el período posterior, que termina cuando se autoriza la emisión de los mismos.
En algunas ocasiones, se requiere que la administración de una entidad emita y presente, para
aprobación, sus estados financieros a un Comité Supervisor integrado únicamente por individuos
que no son ejecutivos de la entidad. En estos casos, la fecha de emisión de los estados financieros
es aquélla en que son autorizados por la administración para su presentación al Comité
Supervisor.
3.1.1.2.8. LINEAMIENTOS PARA LA CONVERSIÓN DE MONEDAS EXTRANJERAS
Cuando la moneda de informe de una operación extranjera es diferente a su moneda funcional,
ésta última se califica como una moneda extranjera; por lo tanto, los estados financieros deben
convertirse de la moneda funcional a la de informe. Cuando la moneda de informe es igual que la
funcional, no debe hacerse proceso de conversión a moneda de informe.
Como parte del proceso de conversión, con base en la NIF B‐10 , Efectos de la inflación, debe
identificarse el tipo de entorno económico en el que opera cada operación extranjera: no
inflacionario o inflacionario; y, sobre esta base, debe hacerse el proceso de conversión.
192
Entorno económico no inflacionario
Si la operación extranjera se encuentra en un entorno económico no inflacionario, el balance
general y el estado de resultados de la misma deben convertirse a la moneda de informe
conforme a lo siguiente:
a) Los activos y pasivos deben convertirse al tipo de cambio de cierre y el capital
contable al tipo de cambio histórico;
b) Todos los ingresos, costos y gastos deben convertirse al tipo de cambio histórico del
período de su devengamiento en resultados;
c) Derivado de lo anterior, se produce un efecto por conversión que debe reconocerse
formando parte de una partida de la utilidad o pérdida integral dentro del capital
contable informado por la operación extranjera;
d) Al momento de consolidar o aplicar el método de participación, cualquier variación
entre el capital contable de la operación extranjera y la inversión en la operación
extranjera reconocida por la entidad informante debe reconocerse en una partida de
la utilidad o pérdida integral denominada efecto acumulado por conversión dentro del
capital contable de la entidad informante; en los estados financieros consolidados
dicho efecto debe reconocerse dentro del capital contable mayoritario.
Si por razones prácticas se utiliza un tipo de cambio histórico aproximado, éste debe ser
representativo de las condiciones existentes en las fechas de las operaciones, como puede ser el
tipo de cambio histórico promedio ponderado del período; sin embargo, cuando los tipos de
cambio hayan variado en forma importante, resulta inadecuada la utilización de dicho tipo de
cambio promedio ponderado, por lo que debe utilizarse el tipo de cambio histórico.
Entorno económico inflacionario
Cuando la operación extranjera se encuentre en un entorno económico inflacionario, deben
reconocerse primero los efectos de la inflación en su información financiera de conformidad con la
NIF B‐10 , utilizando el índice de precios del país de origen de la moneda funcional;
posteriormente, el balance general y el estado de resultados de la misma deben convertirse a la
moneda de informe de acuerdo con lo siguiente:
193
a) Los activos, pasivos y el capital contable deben convertirse al tipo de cambio de cierre;
b) Los ingresos, costos y gastos deben convertirse al tipo de cambio de cierre; y
c) Al momento de consolidar o aplicar el método de participación, cualquier variación
entre el capital contable de la operación extranjera y la inversión en la operación
extranjera reconocida en la entidad informante debe reconocerse en una partida de la
utilidad o pérdida integral denominada efecto acumulado por conversión dentro del
capital contable de la entidad informante; en los estados financieros consolidados
dicho efecto debe reconocerse dentro del capital contable mayoritario.
Los efectos por conversión:
a) Al hecho de reconocer en los estados financieros de la operación extranjera los efectos
de una inflación diferente a la que reconoce la entidad informante en la inversión en la
operación extranjera; y
b) Al hecho de convertir los estados financieros de la operación extranjera con un tipo de
cambio diferente al que la entidad informante tiene reconocida su inversión en la
operación extranjera.
La situación planteada en el inciso a) del párrafo anterior ocurre cuando la entidad informante y la
operación extranjera operan en entornos económicos diferentes en cuanto a que: una opera en un
entorno inflacionario y la otra en uno no inflacionario; o bien, ambas operan en entornos
inflacionarios pero con distintos niveles de inflación. El caso del inciso b) normalmente ocurre
cuando la fecha de cierre de los estados financieros de la entidad informante es diferente a la de
los de la operación extranjera.
Cualquier crédito mercantil en la adquisición de una operación extranjera, así como cualquier
ajuste a los valores en libros de los activos identificables adquiridos o pasivos asumidos
reconocidos durante la adquisición de dicha operación extranjera, en términos de la NIF B‐7,
Adquisiciones de negocios, deben tratarse como parte integrante de los activos o pasivos de tal
operación extranjera. Éstos deben denominarse en la moneda funcional de la operación extranjera
y deben convertirse utilizando el tipo de cambio de cierre. Las variaciones resultantes deben
194
reconocerse en la partida de la utilidad o pérdida integral denominada efecto acumulado de
conversión dentro del capital contable.
Cambios de moneda de registro, funcional y de informe
El efecto de un cambio de moneda de registro o de moneda funcional debe reconocerse en forma
prospectiva a partir de la fecha del cambio, por tratarse de un cambio de circunstancias. Para esto,
la entidad debe convertir todas las partidas a la nueva moneda adoptada utilizando el tipo de
cambio a la fecha en que se produce el cambio. En el caso de partidas no monetarias, los importes
ya convertidos deben considerarse como sus correspondientes cifras históricas.
El efecto de un cambio de moneda de informe debe reconocerse con base en el método
retrospectivo establecido en la NIF B‐1, Cambios contables y correcciones de errores, por tratarse
de un cambio en la unidad monetaria de presentación.
Consolidación de operaciones extranjeras
La incorporación de los resultados y la situación financiera de una operación extranjera a los de la
entidad informante debe seguir los procedimientos normales de consolidación, combinación o
método de participación, conforme a las NIF particulares relativas a estados financieros
consolidados y combinados e inversiones permanentes en acciones.
Los procedimientos normales de consolidación requieren, entre otras cuestiones, la eliminación de
los saldos y transacciones intercompañías. No obstante dicha eliminación, deben mantenerse en
los estados financieros consolidados las diferencias en cambios originadas por dichos saldos y
transacciones intercompañías ya reconocidas en cada moneda funcional. Esto es así, porque la
partida monetaria denominada en una moneda distinta a la moneda funcional expone a la entidad
a una pérdida o ganancia por las fluctuaciones del tipo de cambio entre las monedas. De acuerdo
con esto, en los estados financieros consolidados de la entidad que informa, dichas diferencias en
cambios deben permanecer en resultados, salvo que se deriven de las circunstancias descritas en
los párrafos siguientes.
La entidad puede tener una partida monetaria por cobrar o por pagar a la operación extranjera. Si
la realización de esa partida no está contemplada, ni es probable que su realización se produzca en
un futuro previsible, la partida es en esencia una parte de la inversión neta de la entidad en esa
195
operación extranjera. Entre estas partidas monetarias pueden estar incluidos préstamos o cuentas
por cobrar a largo plazo, pero no deben incluirse las cuentas por cobrar o por pagar comerciales
que se derivan de sus actividades primarias. Las diferencias en cambios surgidas de las partidas
monetarias a que se refiere el párrafo anterior deben reconocerse como parte del efecto
acumulado por conversión, en el capital contable tanto de los estados financieros de cada una de
las entidades en lo individual como de los estados financieros consolidados.
Las diferencias en cambios que surgen de un pasivo en moneda extranjera que ha sido designado y
califica como cobertura económica de la inversión neta en una operación extranjera deben
reconocerse en el capital contable formando parte del rubro de efecto acumulado por conversión,
cumpliendo con lo dispuesto en la NIF particular relativa a instrumentos financieros derivados y
operaciones de cobertura. Para tales efectos, debe considerarse que los ajustes de compra
relacionados con los activos y pasivos adquiridos forman parte de dicha inversión neta cubierta.
Disposición de una operación extranjera
El efecto acumulado por conversión relacionado con una operación extranjera, reconocido como
una partida de utilidad o pérdida integral del capital contable, debe reciclarse al estado de
resultados, a la fecha de disposición, como parte de la ganancia o pérdida derivada de la
disposición parcial o total de dicha operación extranjera.
Impuestos a la utilidad
Las pérdidas y ganancias en cambios de las transacciones en moneda extranjera, así como el
efecto acumulado por conversión relacionado con las operaciones extranjeras, pueden tener
efectos impositivos, cuyo reconocimiento contable debe seguir los lineamientos de la NIF
particular relativa a impuestos a la utilidad.
Cumplimiento con NIF
Si una entidad emite estados financieros con base en cualquier otro procedimiento de conversión
diferente al que establece esta NIF B‐15, debe considerarse que dichos estados financieros no
están de acuerdo con NIF.
Transacciones en moneda extranjera
196
Las diferencias en cambios originadas por el reconocimiento posterior de las transacciones en
moneda extranjera deben presentarse en el estado de resultados del período como un
componente del Resultado integral de financiamiento (RIF).
Operaciones extranjeras
Conversión de la moneda de registro a la funcional
La ganancia o pérdida en cambios determinada, que surge al convertir las partidas en moneda de
registro a la moneda funcional debe presentarse en el estado de resultados como un componente
del RIF.
Conversión de la moneda funcional a la de informe
Los efectos por conversión del período determinados, así como las diferencias en cambios deben
reconocerse formando parte de una partida de utilidad o pérdida integral del capital contable
denominada efecto acumulado por conversión.
Estados financieros comparativos
Si la entidad informante se encuentra en un entorno económico no inflacionario, sus estados
financieros de períodos anteriores que se presentan en forma comparativa con los del período
actual deben presentarse sin modificar la conversión ya reconocida en el momento en el que
fueron emitidos.
Si su entorno económico es inflacionario, con base en la NIF B‐10, dichos estados financieros
deben, además, presentarse en unidades de poder adquisitivo de la fecha de cierre del estado
financiero más reciente; para estos efectos debe considerar el índice de precios del entorno
económico de la entidad informante.
Ante la circunstancia de cambio de entorno económico, la entidad debe atender a lo establecido
en la NIF B‐10, Efectos de la inflación.
En el caso de que se presenten estados financieros consolidados, debe considerarse que la única
entidad informante es la entidad económica consolidada.
197
Consecuentemente, para efectos de comparabilidad, dentro de los estados financieros
consolidados de períodos anteriores que se presentan en forma comparativa con los del período
actual, dentro de un entorno económico inflacionario, sólo debe considerarse la inflación del
entorno de la entidad informante y no la del entorno de las operaciones extranjeras.
En las notas a los estados financieros debe revelarse información acerca de lo siguiente:
a) El importe de las fluctuaciones cambiarias reconocidas en el estado de resultados,
conforme lo establece la NIF particular relativa a dicho estado. En caso de que existan
fluctuaciones cambiarias que afecten el valor razonable de los instrumentos
financieros, debe atenderse a lo dispuesto por la NIF particular relativa a instrumentos
financieros derivados y operaciones de cobertura;
b) Una integración del saldo al final del período del efecto acumulado por conversión,
mostrando: i) el saldo inicial; ii) el efecto por conversión; iii) las ganancias o pérdidas
de las coberturas económicas de una inversión neta en una operación extranjera; iv)
el importe reciclado; y v) los efectos de impuestos a la utilidad asociados;
c) Las monedas de registro, funcional y de informe;
d) El hecho de que la moneda de registro es diferente a la funcional, si fuera el caso, y la
razón a la que esto se debe;
e) El hecho de que la moneda de informe es diferente a la moneda funcional y la razón
de utilizar una moneda de informe diferente; además, la o las monedas funcionales
utilizadas;
f) El hecho de que se haya producido un cambio en la moneda de registro o en la
funcional, ya sea de la entidad que informa o de alguna operación extranjera, así
como la razón de dicho cambio;
g) La denominación y el monto de los activos y pasivos monetarios en divisas extranjeras
que conforman los saldos derivados de las transacciones en moneda extranjera,
expresándolos en la moneda de informe;
h) Los tipos de cambio utilizados en los diferentes procesos de conversión;
198
i) Cualquier restricción cambiaria o de otro tipo en relación con las monedas extranjeras
involucradas en los estados financieros;
j) Los importes de los instrumentos que hayan sido designados como coberturas
económicas de inversiones netas en una operación extranjera; y
k) Cuando una entidad presenta sus estados financieros u otra información financiera en
una moneda diferente a su moneda funcional y no cumple con los requisitos de
conversión establecidos en esta NIF la entidad debe mencionar:
i. El hecho de no cumplir con NIF; q
ii. Que esta información es complementaria, con objeto de distinguirla de la
información que cumple con las NIF;
iii. La moneda en que se presenta esta información complementaria;
iv. La moneda funcional de la entidad;
v. El método de conversión utilizado; y
vi. El tipo de cambio utilizado para elaborar la información complementaria.
3.1.1.3. SERIE C NORMAS APLICABLES A CONCEPTOS ESPECÍFICOS DE LOS ESTADOS FINANCIEROS
Cuando el usuario de la información financiera esta efectuando ya sea una revisión o un examen a
los estados financieros, es importante que tenga presente que para cada actividad y/o
procedimiento se tiene una norma específica tal es el caso de los nuevos conceptos que se
agregaron que son:
‐Inversiones en Asociadas y Otras Inversiones Permanentes.
‐Activos Intangibles.
‐Partes Relacionadas.
199
En la actualidad las empresas optan por invertir en sus propias empresas o de su mismo giro
industrial con el fin de obtener un beneficio futuro por lo cual la normatividad contable que se va
adecuando a las necesidades de los usuarios opto por crear un método y por lo tanto un
procedimiento que permitirá alas empresas registrar y darle un buen tratamiento a las actividades
que por consecuencia se generen.
Del mismo modo con el reconocimiento de los Activos Intangibles que hasta 2009 se creo un
tratamiento y una política contable para reconocerlo obviamente con sus respectivas reglas y
restricciones que debemos de tener en cuenta.
Hablando de un tema que esta de moda hoy las partes relacionadas o más bien posprecios de
transferencia que se manejan hoy en día llevado a su auge gracias al intercambio comercial que se
tiene con el mundo que os rodea, las relaciones comerciales y la actividad económica que se
desenvuelve.
3.1.1.3.1. INVERSIONES EN ASOCIADAS Y OTRAS INVERSIONES PERMANENTES
En el año 1992 entró en vigor en nuestro país el Boletín B‐8, Estados financieros consolidados y
combinados y valuación de inversiones permanentes en acciones (Boletín B‐8). En este Boletín se
incluyó la normativa relativa al reconocimiento inicial y posterior de cualquier tipo de inversión
permanente: en subsidiarias, asociadas y en otras inversiones permanentes.
En el año 2005 entró en vigor, también en México, el Boletín B‐7, Adquisiciones de negocios
(Boletín B‐7), mismo que incluye la normativa relativa al reconocimiento inicial de subsidiarias y
asociadas, dejando sin efecto los párrafos que trataban este tema en el Boletín B‐8. A raíz de la
emisión de dicho Boletín B‐7, en el Boletín B‐8 se mantuvo respecto a las subsidiarias, el tema de
consolidación de estados financieros y respecto de asociadas, el de valuación bajo el método de
participación; ambos temas se refieren al reconocimiento posterior.
La NIF C‐7 tiene como objetivo establecer las normas para el reconocimiento contable de las
inversiones en asociadas, así como de las otras inversiones permanentes en las que no se tiene
control, control conjunto ni influencia significativa. La NIF C‐7 fue aprobada por unanimidad para
su emisión por el Consejo Emisor del CINIF en noviembre de 2008 para su entrada en vigor para los
ejercicios que se inicien a partir a partir del 1º de enero de 2009.
200
La NIF C‐7 establece que una asociada es aquella entidad en la que se tiene influencia significativa,
que tiene una estructura legal similar o diferente a la de la tenedora y que puede ser incluso, una
entidad con propósitos específicos (EPE). Asimismo, la NIF C‐7 requiere a una entidad reconocer
una EPE en la que tenga influencia significativa, aplicando el método de participación. El Boletín B‐
8 no incluía el concepto de EPE y, por lo tanto, no establecía claramente el criterio a seguir, ante la
existencia de este tipo de entidades. Cuando se está evaluando si existe influencia significativa,
esta NIF requiere que se considere la existencia de derechos de voto potenciales que sea posible
ejercer o convertir a favor de la entidad en su carácter de tenedora y que puedan modificar su
injerencia en la toma de decisiones.
El Boletín B‐8 no establecía norma alguna para el reconocimiento de pérdidas de la asociada. Por
su parte, la NIF C‐7 establece un procedimiento específico y un límite para el reconocimiento de
dichas pérdidas, una entidad debe reconocer sus inversiones en asociadas como inversiones
permanentes.
Para establecer si una entidad ejerce influencia significativa sobre otra y así calificar a esta última
como asociada, es necesario hacer un análisis que requiere de la aplicación del juicio profesional
del emisor de estados financieros, dado que, aunque la tenencia accionaria es un buen indicador
de la existencia de influencia significativa, en ocasiones es posible que esto no sea contundente
debido a que hay otros factores que deben considerarse, tales como los acuerdos contractuales o
los contratos sociales.
Se presume que existe influencia significativa cuando una entidad es propietaria directa o
indirectamente a través de subsidiarias de diez por ciento o más del poder de voto de otra entidad
cuando ésta cotiza en una bolsa de valores, o de veinticinco por ciento o más cuando no cotiza en
una bolsa de valores, salvo que sea claramente demostrable que dicha propiedad no constituye
influencia significativa. Por el contrario, se considera que no existe influencia significativa cuando
una entidad es propietaria directa o indirectamente a través de subsidiarias de menos de diez por
ciento del poder de voto de otra entidad cuando ésta cotiza en una bolsa de valores, o menos de
veinticinco por ciento cuando no cotiza en una bolsa de valores, salvo que sea claramente
demostrable que dicha propiedad constituye influencia significativa.
La existencia de una tenedora que tenga el control de una entidad no impide necesariamente que
otra tenedora ejerza influencia significativa sobre la misma entidad. La participación en otra
201
entidad puede tener varias modalidades; por ejemplo, en el caso de las EPE puede ser a través de
instrumentos de capital, de instrumentos de deuda, de derechos de participación en sus utilidades
o, en términos generales, de derechos de participación en los beneficios económicos de las
actividades de dichas EPE; es decir, no en todos los casos la tenedora posee una participación en el
capital de la EPE. No obstante, si se demuestra claramente que dicha participación constituye
influencia significativa, la EPE califica como asociada.
Usualmente, la existencia de influencia significativa sobre la asociada por parte de la tenedora, se
evidencia, por ejemplo, cuando esta última:
a) Tiene representación en el consejo de administración u órgano equivalente de dirección
de la asociada;
b) Tiene la posibilidad, con base en lo que establezca el contrato social o la legislación
aplicable, de nombrar a uno o más consejeros o bien, a uno o más comisarios;
c) Participa en los procesos de fijación de políticas financieras y operativas de la asociada;
d) Participa en las decisiones sobre decreto de dividendos y otros movimientos de
propietarios;
e) Decide llevar a cabo operaciones con la asociada (operaciones intercompañías) que le son
importantes a la asociada;
f) Intercambia personal directivo con la asociada; y/o
g) Le suministra a la asociada información técnica esencial.
En determinado momento, una entidad puede poseer instrumentos de capital emitidos por la
asociada, tales como: opciones para la compra de acciones, instrumentos de pasivo o capital
convertibles en acciones ordinarias o bien, instrumentos similares que si se ejercen o se
convierten, le pueden dar poder de voto adicional o reducir los derechos de voto de terceras
partes sobre las políticas financieras y de operación de la asociada; este tipo de instrumentos
representan derechos de voto potenciales para la entidad que los posee.
En el proceso de identificación de influencia significativa, debe evaluarse si los derechos de voto
potenciales contribuyen o no a la existencia de influencia significativa. Para tales efectos, deben
202
considerarse los derechos de voto potenciales que puedan ser ejercidos o convertidos a la fecha
en que se hace dicho análisis, sin considerar la intención de la administración y su capacidad
financiera para ejercerlos; por el contrario, no deben tomarse en cuenta aquellos derechos de
voto potenciales que no puedan ser ejercidos o convertidos a dicha fecha (porque, por ejemplo,
estén sujetos a la ocurrencia de un evento futuro). La inversión en una asociada debe reconocerse
inicialmente con base en el valor razonable neto de los activos y pasivos identificables de la
asociada a la fecha de adquisición. Cuando el valor razonable de cualquier contraprestación
pagada por la adquisición es mayor que el valor de la inversión en la asociada, la diferencia
corresponde al crédito mercantil, el cual debe ser reconocido como parte de la inversión en la
asociada. Cuando el valor razonable de la contraprestación pagada es menor que el valor de la
inversión en la asociada, este último debe ajustarse al valor razonable de la contraprestación
pagada.
En los casos en los que la tenedora no dispone, en forma sustentada, de información suficiente
para hacer la valuación a valor razonable de los activos y pasivos de la asociada adquirida, por lo
menos debe identificar de alguna manera el diferencial entre la contraprestación pagada y el valor
neto en libros de los activos y pasivos de la asociada adquirida. Por ejemplo, posiblemente lo
identifique como marca adquirida, otro activo o simplemente como crédito mercantil.
Los dos párrafos anteriores no se aplican para las inversiones que una tenedora hace en una
asociada para constituirla o como aportaciones de capital, dado que en estos casos, el
reconocimiento debe hacerse con base en el importe invertido o aportado.
Cuando se incremente la participación de la tenedora en el capital contable o patrimonio contable
de la asociada la inversión en la asociada debe ajustarse como sigue:
a) Aplicar al capital o patrimonio contable actual de la asociada el nuevo porcentaje de
participación;
b) Aplicar al capital o patrimonio contable actual de la asociada el porcentaje de
participación anterior; y
c) La diferencia entre el resultado del inciso a) menos el del inciso b) es el importe por el que
debe ajustarse la inversión en la asociada contra otros ingresos o gastos no ordinarios en el
estado de resultados del período en que esto ocurra.
203
En su reconocimiento posterior, la tenedora debe reconocer su inversión en la asociada mediante
la aplicación del método de participación. Para la aplicación del método de participación, deben
utilizarse estados financieros de las asociadas correspondientes a la misma fecha y por el mismo
período que los de la tenedora, salvo que se considere impráctico, en cuyo caso, se permite que
los estados financieros de las asociadas sean a fechas diferentes, siempre que:
a) La diferencia en fechas no sea mayor a tres meses y sea consistente período a período;
b) La extensión del período por el que se informa sea la misma que la de los estados
financieros de la tenedora; por ejemplo, 12 meses.
Cuando la fecha de los estados financieros de la asociada no sea la misma que la de los de la
tenedora, para efectos de la aplicación del método de participación, los estados financieros de las
asociadas deben ajustarse para reconocer y revelar las operaciones relevantes que hayan ocurrido
en el período no coincidente. Los estados financieros de las asociadas deben prepararse con base
en las mismas NIF y, tratándose de operaciones de la misma naturaleza, las mismas políticas
contables. En caso contrario, los estados financieros de las asociadas que se utilicen para la
aplicación del método de participación deben modificarse para ser consistentes con los de la
tenedora.
En el caso de asociadas con monedas extranjeras en su información financiera, antes de la
aplicación del método de participación, deben considerarse las disposiciones contenidas en la NIF
B‐15, Conversión de monedas extranjeras.
La participación de la tenedora en una asociada corresponde, en su caso, a la suma de las
participaciones que la tenedora tenga en la asociada en forma directa más las que tenga en forma
indirecta a través de sus subsidiarias; en caso de que esta suma evidencie la existencia de control,
debe aplicarse la normativa para subsidiarias establecida en la NIF B‐8, Estados financieros
consolidados o combinados. Para estos efectos, no deben considerarse las participaciones en la
asociada, de otras asociadas o negocios conjuntos de la entidad económica. En determinado
momento, los derechos de voto potenciales pueden coadyuvar a la existencia de influencia
significativa; no obstante, en la determinación del porcentaje de participación en la asociada, no
deben tomarse en cuenta los derechos de voto potenciales que tenga la tenedora en forma directa
o indirecta a través de sus subsidiarias.
204
Para efectos del párrafo anterior, en los casos en los que la tenedora y sus subsidiarias tengan
participación en una misma asociada, debe procederse como sigue:
a) En primer lugar, en el reconocimiento inicial, cada una de las entidades que participan en
la asociada debe reconocer su inversión permanente, según lo establecido en los párrafos 13
a 16 anteriores;
b) En segundo lugar, en el reconocimiento posterior, cada una de las entidades que
participan en la asociada, debe aplicar el método de participación, según se establece en
esta NIF;
c) Finalmente, debe determinarse en forma consolidada la inversión en la asociada, la cual
corresponde a la integración de cada una de las inversiones en la asociada, que tengan la
tenedora y cada una de sus subsidiarias.
Cuando una asociada tiene a su vez, subsidiarias, asociadas o negocios conjuntos, antes de que su
tenedora utilice sus estados financieros para la aplicación del método de participación, dicha
asociada debe a su vez, consolidar los estados financieros de sus subsidiarias y reconocer con el
método de participación las inversiones en sus asociadas y negocios conjuntos.
El método de participación consiste en ajustar el valor de la inversión en la asociada derivado del
reconocimiento inicial, por los siguientes conceptos generados con posterioridad al
reconocimiento inicial:
a) Utilidades o pérdidas integrales de la asociada; y
b) Distribución de utilidades o reembolso de capital por la asociada.
Con base en su participación en la asociada, la tenedora debe reconocer la porción
correspondiente de las utilidades o pérdidas integrales o, en términos generales, de los beneficios
económicos generados por la asociada, lo cual debe hacerse en rubros de la misma naturaleza que
los que reconoció la asociada; por ejemplo, la utilidad o pérdida neta de la asociada debe
reconocerse en la utilidad o pérdida neta de la tenedora; un efecto por conversión reconocido por
la asociada debe reconocerse por la tenedora en la partida integral que sea de naturaleza similar.
Debido a que los ajustes a valor razonable de los activos netos de la asociada efectuados en el
reconocimiento inicial de la inversión sólo son reconocidos por la tenedora y no por la asociada, en
205
la aplicación del método de participación, la tenedora debe modificar la utilidad o pérdida integral
de la asociada para reconocer efectos en períodos subsecuentes de dichos valores razonables;
ejemplos de lo anterior son, ajustes a las depreciaciones y amortizaciones sobre la base de los
activos de la asociada incluyendo los ajustes a valor razonable determinados con el método de
compra.
En el caso de asociadas de creación o adquisición durante el período contable actual, o bien, en el
caso de aquéllas que durante dicho período dejaron de ser asociadas, en la aplicación del método
de participación sólo deben reconocerse utilidades o pérdidas integrales por el período durante el
cual tuvieron influencia significativa por parte de la tenedora.
Para efectos del reconocimiento del método de participación en las inversiones en asociadas, las
operaciones intercompanías son aquéllas que llevan a cabo entre sí, dentro de la entidad
económica, la tenedora y sus subsidiarias con la asociada.
Deben eliminarse de las utilidades o pérdidas integrales reconocidas en el valor de la inversión en
la asociada, las ganancias o pérdidas derivadas de las operaciones intercompanías del período y de
períodos anteriores, que no se hayan devengado en resultados; esta eliminación debe hacerse en
la proporción que le corresponda a la tenedora y por las operaciones intercompanías ascendentes,
como son las ventas de activos de la asociada a la tenedora o a sus subsidiarias; así como por las
operaciones intercompanías descendentes, como son las ventas de activos de la tenedora o sus
subsidiarias a la asociada.
La generación de pérdidas en las operaciones intercompanías puede considerarse como un indicio
de deterioro en los activos negociados; por lo tanto, debe observarse, de ser necesario, lo
establecido en las NIF particulares aplicables a cada tipo de activo para hacer, en su caso, las
pruebas de deterioro correspondientes.
Las pérdidas de la asociada deben ser reconocidas por la tenedora, en la proporción que le
corresponde, como sigue:
a) En la inversión permanente, hasta dejarla en cero;
206
b) Si hay algún excedente después de aplicar lo indicado en el inciso anterior, éste debe
reconocerse en otros rubros que por sustancia económica pueden ser considerados por la
tenedora como parte de su inversión en la asociada, hasta dejarlos en ceros;
c) Si aún queda algún excedente, éste debe reconocerse como un pasivo sólo en la medida
en que la tenedora haya incurrido en obligaciones legales o asumidas en nombre de la
asociada;
d) Cualquier excedente de pérdidas no reconocido según lo establecido en los tres incisos
anteriores no debe reconocerse por la tenedora.
Sólo para efectos del inciso b) del párrafo anterior, pueden considerarse como inversiones de la
tenedora en la asociada, las cuentas por cobrar a favor de la tenedora y a cargo de la asociada, por
las que la tenedora no tiene la intención de llevar a cabo su realización o no la tiene contemplada
en un futuro previsible.
Si la asociada obtuviera ganancias en el futuro, la tenedora sólo debe reconocerlas como parte de
la inversión permanente, por el importe que exceda a las pérdidas no reconocidas a las que se
refiere anteriormente.
La tenedora también debe, cuando sea aplicable, reconocer en su inversión permanente los
efectos de cualquier ajuste retrospectivo a la utilidad o pérdida integral de la asociada derivado de
cambios contables o correcciones de errores.
Todas las distribuciones de utilidades acumuladas o, en un sentido más amplio, del capital ganado
de la asociada, así como los reembolsos de capital efectuados por la asociada a la tenedora deben
reconocerse por la tenedora reduciendo el valor de su inversión permanente en la asociada.
Una tenedora puede perder la influencia significativa sobre una asociada, con o sin cambios
absolutos o relativos en los niveles de su participación.
Un cambio absoluto ocurre cuando la tenedora dispone total o parcialmente de su inversión en la
asociada. Un cambio relativo ocurre cuando se modifica su porcentaje de participación en la
asociada.
Por la operación que dio lugar a la pérdida de influencia significativa, la tenedora debe:
207
a) Reconocer, en su caso, cualquier contraprestación recibida, a su valor razonable;
b) Cancelar, en su caso, la totalidad o la parte de la inversión en la asociada de la cual se
haya dispuesto;
c) Reconocer cualquier ganancia o pérdida generada en la operación, por la diferencia
entre los importes determinados en los incisos a) y b) anteriores;
d) Reciclar las otras partidas integrales de la asociada reconocidas por la tenedora en la
aplicación del método de participación.
La totalidad o una parte de la inversión en la asociada clasificada como un activo de larga duración
disponible para la venta, con base en la NIF relativa a la disposición de activos de larga duración,
debe valuarse, a partir de la fecha de aprobación del plan de venta, a su valor en libros o al precio
neto de venta, el menor.
Al momento de vender dicha inversión, la diferencia entre su valor en libros y la contraprestación
recibida debe reconocerse en los resultados del período.
En el balance general de la tenedora, las inversiones en asociadas deben presentarse en el rubro
denominado inversiones permanentes dentro del activo a largo plazo incluyendo el crédito
mercantil relativo, salvo que se trate de inversiones en asociadas disponibles para la venta, en
cuyo caso, deben presentarse en el activo a corto plazo. La utilidad o pérdida neta de la asociada
reconocida por la tenedora mediante la aplicación del método de participación debe presentarse
en el estado de resultados en el rubro denominado participación en los resultados de subsidiarias
no consolidadas y asociadas.
Las otras partidas integrales de las asociadas reconocidas por la tenedora mediante la aplicación
del método de participación deben presentarse en el capital contable de la tenedora en las otras
partidas integrales de la tenedora de la misma naturaleza. Los dividendos provenientes de
inversiones en asociadas disponibles para la venta deben presentarse en el estado de resultados,
en la sección de partidas ordinarias, en el rubro de otros ingresos y gastos.
En caso de que la inversión en una asociada haya cambiado en el período su clasificación de
inversión disponible para la venta a inversión permanente, este cambio en presentación debe
llevarse a cabo con base en la NIF B‐1 en forma retrospectiva; es decir, deben reclasificarse los
208
saldos de los estados financieros de períodos anteriores que se presenten comparativos con los
del período actual.
En notas a los estados financieros, la tenedora debe revelar, con base en su importancia relativa,
lo siguiente:
a) Lista descriptiva de las inversiones en las principales asociadas y los porcentajes de
participación de la tenedora en cada una de ellas;
b) Por las principales asociadas, información resumida de las siguientes partidas,
identificando también la proporción de la participación correspondiente a la tenedora:
I) Activos circulantes;
II) Activos no circulantes;
III) Pasivos circulantes;
IV) Pasivos no circulantes;
V) ingresos del período;
VI) utilidades o pérdidas netas del período y acumuladas de períodos anteriores;
VII) otras partidas integrales del período y acumuladas de períodos anteriores;
c) Los importes reconocidos por la tenedora en relación con las asociadas, tanto del crédito
mercantil, como de los remanentes de los ajustes a valor razonable de los activos netos
derivados de la valuación inicial de la inversión en la asociada;
d) El importe de dividendos y de reembolsos de capital efectuados por la asociada a la
tenedora en el período;
e) Las razones por las que se considera que la tenedora ejerce influencia significativa sobre
una entidad, cuando posee, directa o indirectamente, menos del diez por ciento del poder
de voto en las decisiones que afectan a esa entidad cuando ésta cotiza en una bolsa de
valores o menos de veinticinco por ciento cuando no cotiza en un abolsa de valores;
209
f) Las razones por las que se considera que la tenedora no ejerce influencia significativa
sobre una entidad, cuando posee, directa o indirectamente, diez por ciento o más del poder
de voto en las decisiones que afectan a esa entidad cuando ésta cotiza en una bolsa de
valores o veinticinco por ciento o más, cuando no cotiza en una bolsa de valores;
g) La fecha de los estados financieros de las asociadas que fueron utilizados para la
aplicación del método de participación y, si dicha fecha y período son diferentes a los de los
estados financieros de la tenedora, las razones a las que esto se debe; en su caso, también
deben revelarse las operaciones relevantes que hayan ocurrido en el período no
coincidente, haciendo mención de las que fueron reconocidas en los estados financieros de
las asociadas para la aplicación del método de participación;
h) La naturaleza y alcance de restricciones importantes sobre la capacidad de las asociadas
de transferir fondos a la tenedora en forma de dividendos en efectivo o bien, de reembolso
de préstamos o anticipos;
i) En su caso, la porción de pérdidas de la asociada no reconocidas por la tenedora,
identificando las del período y las acumuladas de períodos anteriores;
j) En su caso, las pérdidas o reversiones de pérdidas por deterioro reconocidas durante el
período, en cada una de la inversiones en asociadas;
k) El hecho de que alguna asociada no se haya reconocido con el método de participación
por haber sido clasificada como un activo de larga duración disponible para su venta;
l) El valor razonable de las inversiones en asociadas para las que existan precios de
cotización públicos; y
m) Su participación en los pasivos contingentes de las asociadas; y los pasivos en los que la
tenedora sea responsable solidaria junto con la asociada.
3.1.1.3.2. ACTIVOS INTANGIBLES
Debido a las adecuaciones en la normativa a nivel internacional sobre los activos intangibles y a la
emisión de nuevas NIF, se consideró pertinente adecuar y actualizar el anterior Boletín C‐8, Activos
210
Intangibles, con vigencia a partir de enero de 2003. Esta NIF C‐8, Activos intangibles, está en
concordancia con la NIF B‐7, Adquisiciones de negocios.
La NIF C‐8 tiene como objetivo establecer las normas de valuación, presentación y revelación para
el reconocimiento inicial y posterior de los activos intangibles que se adquieren en forma
individual o a través de una adquisición de negocios, o que se generan en forma interna en el
curso normal de las operaciones de la entidad.
La NIF C‐8 fue aprobada por unanimidad para su emisión por el Consejo Emisor del CINIF en
diciembre de 2008 para su entrada en vigor para los ejercicios que se inicien a partir del 1º de
enero de 2009.
Las disposiciones de esta NIF se aplican a todos los activos intangibles, excepto a:
a) Activos intangibles derivados del Boletín C‐4, C‐6, NIF D‐4 y NIF D‐3.
b) El reconocimiento de activos (derechos) de exploración y evaluación de recursos no
renovables; y
c) Activos financieros, como se definen en la norma relativa a instrumentos financieros.
Si otra NIF señala el tratamiento contable para un tipo específico de activos intangibles, una
entidad debe aplicar dicha NIF en lugar de ésta, por ejemplo, esta NIF no se aplica a:
a) Activos intangibles conservados por una entidad para su venta en el curso normal de sus
operaciones y que califican como inventarios, incluyendo aquéllos relacionados con
contratos de construcción contenidos en los Boletines C‐4 y C‐6.
b) Activos por impuestos diferidos establecidos en la NIF D‐4.
c) Activos por arrendamientos;
d) Activos provenientes de beneficios a empleados mencionados en la NIF D‐3.
e) Activos financieros tratados en las normas relativas a instrumentos financieros y algunos
cubiertos por las NIF relativas a consolidación, inversiones en asociadas y negocios
conjuntos; estudiados en la NIF B‐8, C‐7 y Boletín C‐2.
211
f) El tratamiento del crédito mercantil en la parte cubierta por la NIF B‐7, Adquisiciones de
negocios;
g) Costos de adquisición diferidos y otros activos intangibles provenientes de contratos de
seguros;
h) Activos intangibles no monetarios disponibles para su venta tratados en la normatividad
de disposición de activos de larga duración;
i) Pagos anticipados contenidos en el Boletín C‐5.
Algunos tipos de intangibles, en los que debe aplicarse el juicio profesional y hacerse una
evaluación a nivel de componente para determinar si se encuentran dentro del alcance de esta NIF
C‐8.
Pueden ser los siguientes:
a) Aquellos activos intangibles que están contenidos físicamente, por ejemplo, en: un disco
compacto (en el caso de software para equipo de cómputo), documentación legal (en el
caso de una licencia o patente), una película u otros semejantes;
b) Investigación y desarrollo en los que se involucran, entre otros, gastos de publicidad,
entrenamiento, costos de arranque y actividades de investigación y desarrollo, que van
dirigidas al desarrollo de conocimiento. Ejemplo, el desarrollo de un prototipo que
pudiera tener un componente físico pero el cual es secundario al conocimiento que éste
implica, es decir, el intangible; o
c) Acuerdos que otorgan a la entidad derechos y licencias sobre películas, grabaciones de
video, manuscritos, videojuegos, patentes, derechos de autor, entre otros.
Con la emisión de la NIF C‐8 se modifica o adiciona, principalmente lo siguiente:
a) Se acota la definición de activos intangibles como sigue: "son activos no monetarios
identificables, sin sustancia física, que generarán beneficios económicos futuros controlados
por la entidad", estableciendo que la condición de separabilidad no es la única necesaria
para que sea identificable;
212
b) Se establece que en su valuación inicial debe considerarse su costo de adquisición,
señalándose cuál es éste en los casos de una adquisición individual, de una adquisición de
negocios o de una generación interna, y adicionando que debe ser probable que los
beneficios económicos futuros fluyan hacia la entidad;
c) Se señala que los desembolsos subsecuentes sobre proyectos de investigación y
desarrollo en proceso deben ser reconocidos como gastos cuando se devenguen si forman
parte de la fase de investigación o como activo intangible si satisfacen los criterios para ser
reconocidos como tales;
d) Se detalla con mayor profundidad el tratamiento para el intercambio de un activo, en
concordancia con lo dispuesto por la normatividad internacional y por otras NIF;
e) Se eliminó la presunción de que un activo intangible no podría exceder en su vida útil a un
período de veinte años;
f) Se adicionó como condicionante de deterioro el período de amortización creciente;
g) Se complementa la normatividad de disposiciones de activos intangibles;
h) Se actualizan las revelaciones requeridas;
La normatividad anterior definía activos intangibles como aquéllos identificables, sin sustancia
física, utilizados para la producción o abastecimiento de bienes o prestación de servicios o para
propósitos administrativos. En la definición actual se removió "utilizados para la producción o
abastecimiento de bienes o prestación de servicios o para propósitos administrativos" y se
adicionó "activos no monetarios"; lo anterior, además de converger con la NIC‐38, precisa dicha
definición y permite utilizar un término más genérico.
El Boletín C‐8 establecía que un activo intangible podría ser fácilmente distinguido de otros activos
si es separable; esta NIF establece que la separabilidad no es la única condición necesaria para que
sea identificable y que un activo intangible reúne los criterios de identificación de la definición de
activo intangible, cuando:
a) Es separable; es decir, puede separarse o dividirse por la entidad para venderse,
transferirse, licenciarse, rentarse o intercambiarse, tanto individualmente o junto con un
213
contrato relativo a otro activo o pasivo identificable, sin considerar si la entidad tiene
dicha intención; o
b) Surge de derechos contractuales o legales, sin considerar si dichos derechos son
transferibles o separables de la entidad o de otros derechos y obligaciones.
El Boletín anterior señalaba que un activo intangible se reconocía si la entidad demostraba que los
beneficios económicos se identificaban y cuantificaban usando supuestos razonables y
sustentables, su costo se registraba por las cantidades de efectivo o equivalentes o la estimación
razonable que de ellas se hiciera y, en adición, cumplía con la definición de activo intangible; esta
NIF, conservando los criterios anteriores, aclara que debe ser probable que los beneficios
económicos futuros fluyan hacia la entidad. Además, considerando que su costo de adquisición
puede ser determinado confiablemente, aclara que su valuación inicial debe ser: el efectivo o
equivalentes de efectivo pagados por un activo intangible adquirido en forma individual, la porción
de la contraprestación pagada atribuible a cada activo intangible adquirido en una adquisición de
negocios en función a su valor razonable, y las erogaciones efectuadas para su desarrollo en el
caso de activos intangibles generados internamente. Independientemente de lo anterior, ahora
deben cubrirse los nuevos criterios de la definición de activo intangible.
En la norma anterior no era claro el tratamiento que debía darse a los desembolsos subsecuentes
sobre un proyecto de investigación y desarrollo en proceso adquirido, ya sea en forma individual o
a través de una adquisición de negocios; este último, reconocido en forma separada del crédito
mercantil. Esta NIF requiere que dichas erogaciones sean reconocidas como:
a) Un gasto cuando se devenguen, si forman parte de la fase de investigación; o
b) Un activo intangible, si cuando se devenguen forman parte de la fase de desarrollo, y
satisfacen los criterios para ser reconocidos como tales.
Esta NIF detalla con mayor profundidad el tratamiento a seguir para el intercambio de un activo
similar o no similar, ya sea total o parcial, dado que en la norma anterior el tratamiento que debía
darse al intercambio de activos, no era claro, estaba incompleto, o bien, no era del todo
concordante con lo dispuesto por la normativa internacional y por otras NIF, como la relativa al
deterioro de los activos de larga duración y su disposición.
214
El Boletín C‐8 señalaba la presunción de que la vida útil de un activo intangible no podría exceder a
un período de veinte años. Esta presunción ha sido removida para lograr la convergencia con la
normativa internacional.
Se actualizan en esta NIF las revelaciones requeridas para hacerlas concordantes con la normativa
establecida en las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF).
Esta NIF modifica el término referente a los costos preoperativos a erogaciones en etapas
preoperativos; en adición, realiza una referencia cruzada explícita a las fases de investigación y
desarrollo en la sección de activos intangibles generados internamente.
El reconocimiento de una partida como un activo intangible requiere que una entidad demuestre
que la partida cumple con la definición de activo intangible, señalado anteriormente y, además,
debe cumplir con los siguientes criterios:
a) Es probable que los beneficios económicos futuros atribuibles al activo intangible fluirán
hacia la entidad, usando supuestos razonables y sustentables que representen la mejor
estimación de la administración del conjunto de condiciones económicas que existirán
durante la vida útil del mismo; y
b) La valuación inicial debe ser a su costo de adquisición y éste puede ser determinado
confiablemente para cumplir con el postulado de valuación; El postulado de valuación
establece que: "Los efectos financieros derivados de las transacciones, transformaciones
internas y otros eventos, que afectan económicamente a la entidad, deben cuantificarse en
términos monetarios, atendiendo a los atributos del elemento a ser valuado, con el fin de
captar el valor económico más objetivo de los activos netos".
i) En la adquisición de un activo intangible en forma individual su costo es el efectivo
y/o equivalentes de efectivo pagados;
ii) En la adquisición de activos intangibles a través de una adquisición de negocios, su
costo es el valor razonable de cada activo intangible identificable que no exceda a la
porción de la contraprestación pagada que le es atribuible (utilizando cualquiera de los
tres enfoques: costo, mercado o ingreso); y
215
iii) En la adquisición de un activo intangible generado internamente, su costo son las
erogaciones efectuadas para su desarrollo.
Los activos intangibles adquiridos en forma individual deben cumplir con los criterios de
reconocimiento listados anteriormente.
Si un activo intangible es adquirido de un tercero en forma separada e independiente, el costo del
activo intangible puede generalmente valuarse confiablemente.
Esto es particularmente cierto, cuando la contraprestación por la compra es en forma de efectivo
u otros activos monetarios.
El costo de adquisición de un activo intangible debe comprender:
a) Su precio de compra, incluyendo derechos de importación e impuestos sin posibilidad
de reembolso. Cualesquier descuento comercial y/o rebaja deben deducirse, y
b) Cualquier desembolso directamente atribuible a la preparación del activo para el uso al
que se destina.
El desembolso directamente atribuible incluye:
a) El costo de beneficios a empleados, como se definen en la NIF D‐3, Beneficios a los
empleados, erogados directamente para traer el activo a sus condiciones de uso,
b) Los honorarios profesionales erogados directamente para traer el activo a sus condiciones
de uso, y
c) Los costos de pruebas o verificación sobre el funcionamiento apropiado del activo.
En cambio, no forman parte del costo de adquisición:
a) Los costos para introducir al mercado un nuevo producto o servicio (incluyendo costos
por actividades de mercadeo y promoción),
b) Los costos sobre conducción de negocios en una nueva localidad o con una nueva clase de
clientes (incluyendo costos de entrenamiento), y
216
c) Los costos de administración y otros costos de supervisión generales, excepto el costo de
beneficios a empleados señalado en la NIF D‐3.
El reconocimiento de costos en el valor en libros de un activo intangible debe cesar cuando el
activo se encuentre en la condición necesaria para que sea capaz de operar en la forma prevista
por la administración. Luego entonces, los costos incurridos por la utilización o en la
reprogramación del uso de un activo intangible deben reconocerse en los resultados del período
en que se devenguen y no deben incluirse en la valuación de dicho activo. Por ejemplo, los
siguientes costos no deben incluirse en la valuación de un activo intangible:
a) Costos incurridos mientras el activo aún no ha comenzado a utilizarse, a pesar de que
dicho activo ya sea capaz de operar en la forma prevista por la administración; y
b) Pérdidas operativas iniciales incurridas mientras se desarrolla la demanda de los
productos que se elaboran con el activo.
Algunas operaciones, si bien relacionadas con el desarrollo de un activo intangible, no son
necesarias para ubicar al activo en las condiciones necesarias para que pueda operar de la forma
prevista por la administración.
Estas operaciones incidentales pueden tener lugar antes o durante las actividades de desarrollo.
Dado que estas operaciones incidentales no son imprescindibles para que el activo pueda operar
en la forma prevista por la administración, los ingresos y gastos asociados a las mismas
operaciones deben reconocerse inmediatamente en los resultados del período dentro de la clase
respectiva de ingresos y gastos.
Si el pago de un activo intangible se difiere por un período más allá del normal en los términos del
financiamiento, su costo debe ser equivalente al precio en efectivo. La diferencia entre este monto
y el total de pagos a efectuar debe reconocerse a lo largo del período del financiamiento como un
interés financiero dentro del resultado integral de financiamiento, a menos que deba capitalizarse.
Si un activo intangible se adquiere a cambio de instrumentos de capital emitidos
por la entidad adquirente, el costo del activo debe equivaler al valor razonable de
los instrumentos de capital; siempre y cuando, el valor emitido de éstos no exceda
al valor razonable del activo intangible adquirido al momento de la transacción; en
217
caso de que lo exceda, debe reconocerse el activo intangible a su valor razonable y
cualquier excedente debe disminuirse del capital emitido. En los casos en los que
no se pueda determinar su valor razonable confiablemente, el costo del activo
debe determinarse con base en el valor razonable de los instrumentos de capital
emitidos por la adquirente.
Un activo intangible puede ser adquirido en un intercambio total o parcial por un
activo intangible no similar o por cualquier otro activo. En todos los casos de
intercambio debe reconocerse un activo intangible si se cumple con la definición
de activo intangible y su propósito. Si el activo adquirido procede de un
intercambio total:
a) El valor razonable del activo entregado es la base para determinar el costo de
adquisición del activo recibido, como si el activo entregado hubiera sido previamente
realizado en efectivo;
b) En caso de que tal activo entregado no tuviera un valor razonable o éste no pudiera
determinarse confiablemente, debe utilizarse el valor razonable del activo recibido
como base para la determinación de su costo de adquisición; y
c) Si ambos activos, tanto el entregado como el recibido, no tuviesen un valor razonable o
éste no pudiera determinarse confiablemente, entonces el valor neto en libros del activo
entregado debe ser la base para el reconocimiento del activo recibido.
Si en un intercambio parcial es cuando se pacta una compensación adicional al intercambio de
activos, considerando el procedimiento del párrafo anterior, resulta como base para determinar el
costo de adquisición:
a) El valor razonable o el valor neto en libros del activo entregado ‐ debe cuantificarse el
costo de adquisición del activo recibido, ajustando el valor razonable o valor neto en libros
del activo entregado por el monto de efectivo o equivalentes de efectivo entregado o
recibido; o,
b) El valor razonable del activo recibido ‐ éste debe ser su costo de adquisición.
218
Cuando el costo de adquisición del activo recibido en un intercambio total o parcial (ajustado,
cuando proceda, por el monto de efectivo o equivalentes de efectivo entregado o recibido) difiera
del valor neto en libros del activo transferido a la fecha del intercambio, debe reconocerse en los
resultados del período una ganancia o una pérdida por dicha transacción en el renglón de otros
ingresos y gastos ordinarios.
Un activo intangible puede ser adquirido a cambio de un activo intangible similar, el
cual se asume tendrá un uso en la misma línea de negocios y un valor razonable
semejante. En este caso, debido a que el proceso de devengación en la generación de
ganancias no ha sido completado, no debe reconocerse ganancia o pérdida alguna en la
transacción; consecuentemente, el costo del nuevo activo es el valor en libros del
activo entregado. Al momento de tomar la decisión de intercambio, el activo a ser
entregado debe sujetarse a pruebas de deterioro de acuerdo con la norma relativa al
deterioro de los activos de larga duración. En caso de proceder, la entidad debe
reconocer la pérdida por deterioro en el activo a ser entregado afectando los
resultados del período en el renglón de otros ingresos y gastos ordinarios; el nuevo
valor en libros después del deterioro debe asignarse al activo recibido.
En la adquisición de un negocio:
a) Una entidad adquirente debe reconocer los activos intangibles identificables que
cumplan con los criterios de reconocimiento inicial, aun si dichos activos intangibles
no hubieran sido reconocidos en los estados financieros del negocio adquirido; y,
b) Si el activo intangible adquirido no puede ser valuado confiablemente a su valor
razonable o no es identificable, entonces dicho activo no debe reconocerse como un
activo intangible por separado, y queda incluido en el crédito mercantil.
El exceso de la contraprestación sobre la suma de los valores asignados a los activos identificables
adquiridos menos los pasivos asumidos, es reconocido como "crédito mercantil" de un negocio, en
términos de la NIF B‐7, Adquisiciones de negocios.
El adquirente debe reconocer todos los activos intangibles identificables adquiridos en una
adquisición de negocios, aun cuando el negocio adquirido no los hubiera reconocido previamente
por tratarse de activos intangibles generados internamente que no reunían los requisitos para su
219
reconocimiento con base en lo dispuesto por esta NIF para activos intangibles generados
internamente. Se considera que un activo intangible es identificable cuando posee la condición de
separabilidad o la condición de propiedad contractual o legal. La valuación del activo intangible
debe hacerse en función a su valor razonable en la fecha de adquisición. Pueden existir intangibles
por identificar, tales como propuestas sobre proyectos en curso, las cuales no deben reconocerse
por separado pues el hecho de estar presentando propuestas es parte del curso normal de
operaciones de una entidad. Sin embargo, podría existir un activo intangible que se identifique con
una propuesta poco después de la adquisición y que estuvo contemplado en el precio de la misma,
el cual sí debe separarse. Para ello, deben analizarse los eventos que ocurran durante el período
de la adquisición, señalado en la NIF B‐7, que evidencien la existencia de un activo intangible.
El costo de los activos intangibles que se adquieren en una adquisición de negocios debe
determinarse en función a su valor razonable en la fecha de adquisición. En el caso de que su valor
razonable exceda a la porción atribuible de la contraprestación pagada, dicho valor debe ajustarse
a dicha porción atribuible de la contraprestación pagada.
Es preciso utilizar el juicio para establecer si el valor razonable de un activo intangible adquirido en
una adquisición de negocios puede ser determinado con suficiente confiabilidad como para
reconocerlo por separado. Los precios de mercado cotizados, cuando existe un mercado
observable, proporcionan la valuación más confiable para el valor razonable (enfoque basado en el
mercado). El precio apropiado de mercado es usualmente el precio actual ofertado. Si no
estuvieran disponibles los precios actuales ofertados, puede estimarse el valor razonable a partir
de los precios en las transacciones más recientes realizadas en el mercado, siempre y cuando no
haya habido un cambio significativo en las condiciones económicas entre la fecha de estas
transacciones y la de la estimación del valor razonable del activo.
Si no existiera un mercado observable para el activo intangible, su valor razonable es el monto que
la entidad podría haber pagado por el activo, a la fecha de adquisición, en un mercado de libre
competencia entre partes conocedoras e interesadas, sobre la base de la mejor evidencia
disponible. Una entidad debe determinar este monto considerando el resultado de las
transacciones recientes realizadas sobre activos similares.
Ciertas entidades que están involucradas habitualmente en la compra y venta de determinados
activos intangibles, han desarrollado técnicas para estimar, de forma indirecta, sus valores
220
razonables. Tales técnicas pueden ser utilizadas para la valuación inicial de un activo intangible
adquirido dentro de una adquisición de negocios, siempre que su objetivo sea estimar el valor
razonable y estas técnicas reflejen prácticas y transacciones actuales en la industria a la cual
pertenecen los activos. Estas técnicas incluyen, siempre y cuando sea apropiado:
a) La aplicación de múltiplos que reflejen las transacciones actuales del mercado, a
indicadores relacionados con la rentabilidad del activo (tales como, ingresos, participaciones
de mercado y margen operativo) o los flujos de efectivo de regalías que podrían obtenerse
por licenciar activos intangibles a un tercero en una transacción de libre competencia (como
el método de cuantificación con base en regalías);
b) La cuantificación de costos que fueron evitados para el desarrollo de ciertos activos
intangibles (tales como, el software y la base de clientes), los cuales pueden basarse en
derechos legales o contractuales (enfoque basado en el costo);
c) El uso del valor presente estimado de los flujos de efectivo futuros netos (enfoque basado
en el ingreso).
Un activo intangible puede ser adquirido del gobierno sin costo alguno. Esto puede
ocurrir cuando un gobierno transfiere o asigna a una entidad activos intangibles
como derechos de aterrizaje en aeropuertos, derechos de usufructo de vías de
comunicación y transporte, licencias para operar estaciones de radio o televisión,
licencias de importación, concesiones sobre fundos mineros, derechos para explotar
montes madereros o derechos para acceder a otros recursos restringidos a terceros.
Las concesiones gubernamentales sin costo para la entidad no deben reconocerse como un activo
intangible y sólo deben revelarse. Una concesión gubernamental que en su origen una entidad
adquirió sin costo, pero posteriormente ser transferida a otra entidad, ya sea por una adquisición
individual o a través de una adquisición de negocios, debe reconocerse por esta última como un
activo intangible.
El crédito mercantil generado internamente no debe reconocerse como un activo, dado que es un
activo cuyo beneficio económico futuro no puede ser controlado por la entidad y su costo no
puede ser valuado confiablemente. En algunos casos, se incurre en desembolsos para generar
beneficios económicos futuros, sin que por ello se genere un activo intangible que cumpla con los
221
criterios de reconocimiento establecidos en esta norma. Dichos desembolsos se describen a
menudo como una contribución al crédito mercantil generado internamente. Las diferencias entre
el valor de mercado de la entidad y el valor en libros de sus activos identificables netos de los
pasivos asumidos, en cualquier punto en el tiempo, pueden incluir una amplia variedad de factores
que afectan el valor de la entidad, en su conjunto. Sin embargo, no puede considerarse que tales
diferencias representen el costo de los activos intangibles controlados por la entidad.
Para evaluar si un activo intangible generado internamente califica para su reconocimiento como
tal, se requiere:
a) Identificar la existencia de un activo intangible;
b) Identificar el punto en el tiempo en el cual generará probables beneficios económicos
futuros; y
c) Determinar el costo del activo confiablemente. En algunos casos, el costo de generar un
activo intangible identificable no puede distinguirse del costo de mantener o incrementar el
valor generado internamente de la entidad contra el de las operaciones primarias o
normales de la misma. Por tanto, además de cumplir con los requisitos para el
reconocimiento inicial de un activo intangible, la entidad debe aplicar las condiciones y guías
establecidas de acuerdo a su clasificación para su reconocimiento, para todos los activos
generados de forma interna.
Para determinar si un activo intangible generado internamente cumple con los criterios para su
reconocimiento, una entidad debe clasificar la generación del activo dentro de:
a) La fase de investigación; y
b) La fase de desarrollo.
Si una entidad no puede distinguir la fase de desarrollo de la fase de investigación en un proyecto
interno para generar un activo intangible, la entidad debe tratar las erogaciones de dicho proyecto
como si hubiesen sido incurridas exclusivamente en la fase de investigación. Los costos de
investigación (o en la fase de investigación de un proyecto) deben reconocerse como un gasto
ordinario en el período en que son devengados. Esto se debe a que la naturaleza de la
investigación es tal que no hay certeza suficiente de que se obtendrán beneficios económicos
222
futuros, como resultado de los desembolsos efectuados durante la fase de investigación costos de
investigación (o en la fase de investigación de un proyecto) deben comprender todos los que sean
directamente atribuibles a la actividad de investigación o que puedan ser asignados a dicha
actividad sobre una base confiable.
Los costos de investigación incluyen:
a) Los relacionados con el empleo de personal interno y externo dedicado a la actividad de
investigación;
b) Los costos de materiales consumidos y servicios recibidos en la actividad de investigación;
c) El costo de los equipos e instalaciones que no tengan otro uso alternativo más que en la
investigación específica a que están destinados (netos de su valor residual) y la depreciación
de inmuebles, maquinaria y equipo al grado en que estos activos sean usados para la
actividad de investigación;
d) Costos indirectos, distintos a los costos administrativos en general, relacionados con la
actividad de investigación (estos costos se asignan sobre bases similares a las usadas para
asignar costos por gastos indirectos a los inventarios); y
e) Otros costos, como la amortización de patentes y licencias al grado en que estos activos
sean usados para la actividad de investigación.
Los costos de desarrollo o en la fase de desarrollo de un proyecto (ya sea producto o proceso)
deben reconocerse como un activo intangible si la entidad puede demostrar que cumple con todos
los criterios siguientes:
a) Técnicamente, es factible completar la producción del activo intangible de manera que
esté disponible para su uso o venta;
b) La entidad tiene la intención y habilidad para producir y vender o usar el activo intangible;
c) Es factible identificar cómo el activo intangible generará beneficios económicos futuros;
d) Existe un mercado para la producción o proceso (si ha de ser usado internamente y no
vendido), o su utilidad para la entidad debe demostrarse;
223
e) Existen recursos adecuados técnicos, financieros o de otro tipo, disponibles para
completar el desarrollo y para utilizar o vender el activo intangible; y
f) El activo intangible está claramente definido y el costo atribuible al producto o proceso
puede ser identificado por separado y valuado confiablemente durante su desarrollo.
La factibilidad para obtener beneficios económicos futuros por el uso de un activo intangible
puede demostrarse, por ejemplo, por medio de un plan de negocios que muestre los recursos
técnicos, financieros y otros necesarios para desarrollarlo, así como la capacidad de la entidad
para asegurar la obtención de dichos beneficios económicos futuros.
Cuando es probable que los costos originen beneficios económicos futuros y dichos beneficios
puedan ser cuantificados confiablemente, entonces estos costos califican para su reconocimiento
como un activo. Por la naturaleza de las actividades en la fase de desarrollo en la cual el proyecto
está más avanzado que en la fase de las actividades de investigación, la entidad puede, en algunos
casos, determinar la probabilidad de recibir beneficios económicos futuros. Estas actividades están
dirigidas a un desarrollo viable de conocimientos, aunque arrojen como resultado un activo con
sustancia física, el elemento físico del activo es secundario a su componente intangible
identificable (por ejemplo, un prototipo para pruebas).
Los costos de desarrollo de un proyecto específico inicialmente aplicados a los resultados
ordinarios, por estar aún en la fase de investigación, no deben reconocerse como un activo en un
período posterior.
El costo de un activo intangible desarrollado debe comprender todos los desembolsos que sean
directamente atribuibles a la fase de desarrollo o que puedan ser asignados a dicha fase sobre una
base confiable y consistente para: crear, producir y preparar el activo para el uso al que se destine.
Los costos de la fase de desarrollo incluyen:
a) Los relacionados con el empleo de personal interno y externo dedicado a la actividad de
desarrollo;
b) Los costos de materiales y servicios consumidos en la actividad de desarrollo;
224
c) La depreciación de inmuebles, maquinaria y equipo al grado en que estos activos sean
usados para la actividad de desarrollo;
d) Costos por gastos indirectos, distintos a los gastos administrativos de la operación en
general, relacionados con la actividad de desarrollo (estos costos se asignan sobre bases
similares a las usadas para asignar costos por gastos indirectos a los inventarios);
e) Cuando proceda su capitalización, el resultado integral de financiamiento; y
f) Otros costos, como la amortización de patentes y licencias al grado en que estos activos
sean usados para la actividad de desarrollo.
Los siguientes no son componentes del costo de un activo intangible desarrollado, por lo tanto
deben reconocerse en el resultado ordinario del ejercicio:
a) Gastos generales tales como de administración y de ventas;
b) Ineficiencias claramente identificadas y pérdidas iniciales en la operación incurridas antes
de que un activo alcance su desempeño planeado; y
c) Costo de entrenamiento de personal y de puesta en marcha o implementación para operar
un activo.
Los beneficios económicos futuros que se espera se originen de las actividades de desarrollo,
incluyen: ingresos por la venta del producto o proceso y ahorros en costo u otros beneficios
resultantes del uso del producto o proceso por la entidad misma. Algunas actividades que no
representan investigación o desarrollo y que deben reconocerse como gastos ordinarios del
período son:
a) La supervisión de ingeniería en una fase inicial de la producción comercial;
b) El control de calidad durante la producción comercial, incluyendo las pruebas rutinarias
de los productos;
c) La reparación de fallas en relación con problemas durante la producción comercial;
d) Los esfuerzos de rutina para afinar, enriquecer o de algún modo mejorar la calidad de un
producto existente;
225
e) La adaptación de una capacidad existente a un requerimiento particular o a la necesidad
de un cliente como parte de una actividad comercial continua;
f) los cambios de diseño por temporada u otros cambios periódicos a productos existentes;
g) El diseño rutinario de herramientas, plantillas, moldes y troqueles; y
h) Las actividades de diseño e ingeniería de construcción, relacionadas con la construcción,
reubicación, readaptación, arranque de instalaciones o equipo, distinto de las instalaciones
o equipo usados únicamente para un proyecto particular de investigación y desarrollo.
Las partidas, tales como marcas, nombres comerciales, títulos de publicaciones, listas de clientes y
similares en sustancia, que hayan sido generadas internamente no deben reconocerse como
activos intangibles.
Las erogaciones en etapas preoperativas son las que se incurren durante la etapa del inicio de una
entidad, tanto comercial como de producción o de servicio, ya que dedica la mayoría de sus
actividades a establecer un nuevo negocio; también es aplicable a entidades ya en operación que
adoptan un nuevo giro o ampliación sustancial de su capacidad, antes de iniciar sus actividades en
forma comercial.
Se entiende por "actividades en forma comercial" cuando el producto o servicio se vende o se
ofrece de manera constante, en una calidad aceptada por los clientes y no para fines
experimentales o a prueba, ni como desperdicio.
Las erogaciones en etapas preoperativas identificables deben reconocerse. El desembolso en una
partida intangible debe reconocerse como un gasto ordinario cuando se incurra en él, a menos
que:
a) Forme parte del costo de un activo intangible identificable que cumpla con los criterios de
reconocimiento anteriormente señalado.
b) Forme parte del monto atribuido al crédito mercantil a la fecha de la adquisición del
negocio.
La erogación en una partida intangible que fue inicialmente reconocida como un gasto por una
entidad no debe reconocerse como parte del costo de un activo intangible en una fecha posterior.
226
Después del reconocimiento del costo de adquisición, el activo intangible identificable debe
reconocerse a su costo de adquisición menos la amortización acumulada, cuando proceda, y/o las
pérdidas por deterioro acumuladas, que les hayan afectado. El desembolso posterior en un activo
intangible, después de su compra o desarrollo, debe reconocerse como un gasto ordinario cuando
se incurra en él, a menos que:
a) Sea probable que esta erogación proporcione capacidad al activo de generar beneficios
económicos futuros en exceso al nivel de desempeño originalmente establecido;
b) Este desembolso pueda atribuirse al activo; y,
c) Los beneficios económicos futuros adicionales puedan determinarse confiablemente.
Si se cumplen estas condiciones, la erogación posterior debe considerarse como parte del costo
del activo intangible.
Los desembolsos relativos a un proyecto de investigación y desarrollo, adquirido en forma
individual o en una adquisición de negocios y reconocido como un activo intangible, que son
incurridos después de la adquisición de dicho proyecto deben reconocerse.
La cantidad amortizable de un activo intangible debe asignarse sobre una base sistemática durante
su vida útil estimada, salvo que tenga vida indefinida.
Para estimar la vida útil de un activo intangible debe considerarse lo siguiente:
a) El uso esperado del activo por parte de la entidad, independientemente de si el activo
puede ser usado por otra administración;
b) Los ciclos de vida típicos del producto, incluyendo información pública disponible sobre
estimaciones de vida útil para activos parecidos que tengan una utilización similar;
c) Obsolescencia técnica, tecnológica o de otro tipo;
d) La estabilidad de la industria en la que opera o vaya a operar el activo y cambios en la
demanda en el mercado para los productos o servicios resultantes del mismo;
e) Acciones esperadas de los competidores actuales o potenciales;
227
f) El nivel de costo por mantenimiento requerido para obtener los beneficios económicos
futuros esperados del activo y la capacidad de la entidad para mantener ese nivel;
g) El período de control sobre el activo, incluyendo los límites, ya sean legales o de otro tipo,
impuestos sobre el uso del activo, tales como fechas de caducidad de los arrendamientos
relacionados con él, y/o
h) Que la vida útil del activo dependa de la vida útil de otros activos de la entidad.
Los activos intangibles considerados con una vida útil indefinida no se amortizan y su valor debe
sujetarse a las disposiciones normativas sobre pruebas de deterioro. Si no hay factores legales,
regulatorios, contractuales, competitivos, económicos, etcétera, que limiten la vida útil de un
activo intangible, su vida útil debe ser considerada como indefinida. El término indefinido no
significa infinito.
El método de amortización usado debe reflejar el patrón en que los beneficios económicos futuros
del activo serán devengados por la entidad. Si dicho patrón no puede determinarse
confiablemente, debe usarse el método de línea recta.
El cargo por amortización para cada período debe reconocerse como un gasto ordinario a menos
que otra NIF permita o requiera que se incluya en el valor en libros de otro activo.
Por ejemplo, la amortización de activos intangibles usados en un proceso de producción se incluye
en el valor en libros del inventario como un gasto indirecto de fabricación, según la norma relativa
a inventarios.
El activo debe empezar a amortizarse cuando esté disponible para ser utilizado de la forma
planeada por la administración y debe cesar su amortización cuando:
a) Se clasifique como un activo destinado para venta en términos de la norma relativa al
deterioro en el valor de activos de larga duración y su disposición,
b) Se retire o
c) Se intercambie.
228
El método de amortización utilizado para un activo se selecciona con base en el patrón esperado
de los beneficios económicos futuros y se aplica en forma consistente de período a período, a
menos que haya un cambio en el patrón esperado de los beneficios económicos futuros que se
derivarán de dicho activo.
El valor residual de un activo intangible con una vida útil definida debe considerarse igual a cero, a
menos que:
a) Exista un compromiso por un tercero, con una contraprestación pactada, para adquirir el
activo al término de su vida útil; o
b) Haya un mercado activo para el activo; y
i) El valor residual pueda determinarse por referencia al mercado.
ii) Es probable que dicho mercado existirá al término de la vida útil del activo.
La cantidad amortizable de un activo intangible debe determinarse después de deducir su valor
residual; un valor residual distinto a cero implica que una entidad espera disponer de la totalidad
del activo intangible al término de su vida útil.
La estimación del valor residual de un activo debe basarse en el monto recuperable por
disposición, utilizando los precios existentes a la fecha de la estimación por la venta de un activo
similar que haya alcanzado el término de su vida útil y ha operado en condiciones similares a
aquéllas en las cuales se estima que el activo será utilizado. El valor residual debe revisarse al
término de cada período anual. Un cambio en el valor residual del activo debe reconocerse como
un cambio en una estimación contable, en forma prospectiva, de acuerdo con lo señalado por la
NIF B‐1, Cambios contables y correcciones de errores.
El valor residual de un activo intangible podría incrementarse hasta un monto igual o mayor que el
valor neto en libros del activo. En este caso, el cargo por amortización del activo debe ser nulo, a
menos y hasta que, su valor residual disminuya posteriormente a un monto inferior al valor neto
en libros del activo.
229
El período y el método de amortización deben revisarse periódicamente. Si la vida útil esperada
del activo es diferente en forma significativa de las estimaciones previas, el período de
amortización debe cambiarse de acuerdo con la nueva situación. Si ha habido un cambio
importante en el patrón esperado de beneficios económicos futuros del activo, el método de
amortización debe cambiarse para reflejar el nuevo patrón.
Durante la vida de un activo intangible, puede ocurrir que la estimación de su vida útil cambie. Por
ejemplo, la vida útil puede alargarse por los desembolsos posteriores que mejoren la condición del
activo más allá del nivel de desempeño originalmente establecido o modificarse en el caso de que
un activo con vida útil indefinida cambie a una vida definida por modificaciones en los factores que
lo justificaban, o viceversa. El conocimiento de un indicio de deterioro puede indicar que el
período de amortización debe cambiarse.
Para determinar si un activo intangible está deteriorado, una entidad debe aplicar los
procedimientos descritos en la norma correspondiente al deterioro en el valor de activos de larga
duración y su disposición. Dicha norma explica cuándo y cómo una entidad debe revisar el valor en
libros de sus activos, cómo determinar el monto recuperable de un activo y cuándo debe
reconocer o revertir una pérdida por deterioro.
Según la norma relativa al deterioro en el valor de activos de larga duración y su disposición, la
entidad debe comprobar si un activo intangible con una vida útil indefinida ha experimentado una
pérdida por deterioro de su valor comparando el monto recuperable con su valor neto en libros:
a) Anualmente, y
b) En cualquier momento en el que se presente un indicio de deterioro.
Además, por lo menos una vez al año, o antes de presentarse indicios de deterioro en términos de
la norma respectiva, una entidad debe estimar la existencia de pérdidas por deterioro de los
activos intangibles que:
a) No estén disponibles para su uso,
b) Estén en uso y su período de amortización sea considerable, desde la fecha en que
estuvieron disponibles para su uso;
230
c) Estén en uso y tengan una vida útil indefinida y, por tanto, no se sujeten al proceso de
amortización; y
d) Tengan un patrón de amortización creciente.
La capacidad de un intangible para generar beneficios económicos en el futuro por un monto
suficiente para recuperar su costo está sujeta siempre a una incertidumbre hasta el momento en
que tal activo esté en condiciones de ser usado. Es necesario, que, al menos una vez al año, se
estime la posible pérdida por deterioro del valor de los intangibles que aún no estén listos para ser
usados.
En ocasiones, es difícil detectar si un intangible tiene una pérdida por deterioro de su valor porque
no existe una evidencia clara del nivel de obsolescencia; más aún, en el caso de activos cuya vida
útil es prolongada.
Esta norma requiere como mínimo una evaluación anual del monto recuperable del activo
intangible cuya vida útil sea considerable o indefinida, a partir del momento en que se encuentre
disponible para uso.
El crédito mercantil de un negocio adquirido no debe amortizarse; sin embargo, por considerarse
un activo intangible con vida indefinida debe sujetarse a pruebas de deterioro de acuerdo con la
norma relativa, al menos anualmente, identificando el crédito mercantil o porción del mismo
asociado con una unidad a informar y, sobre esa base, debe aplicarse la recuperabilidad en valor
en libros. Una unidad a informar es el nivel apropiado de control e información interna de
rendimiento de la inversión atribuible a un segmento operativo en términos de lo dispuesto por la
norma relativa a información financiera por segmentos o un nivel inferior al mismo (denominado
este nivel inferior como componente) siempre y cuando éste constituya un negocio.
En el caso de que dos o más componentes de una entidad tengan características económicas
similares, deben ser combinados y conceptualizados como una sola unidad a informar. Por
consiguiente, un segmento operativo debe considerarse como una unidad a informar, si todos sus
componentes son similares, si ninguno de ellos es una unidad a informar o bien, si ésta comprende
un solo componente. Simultáneamente al reconocimiento inicial de los activos y pasivos del
negocio adquirido, éstos deben ser asignados, en conjunto con el resto de los activos y pasivos, a
las unidades a informar.
231
Los activos identificables y los pasivos asignados a una unidad a informar a la fecha de la
adquisición deben reunir las siguientes condiciones:
a) Ser utilizados en, o estar relacionados con las operaciones de una unidad a informar; y,
b) Deben ser considerados en la determinación del valor razonable de la unidad a informar.
Algunos activos y pasivos pueden ser utilizados en o estar relacionados con las operaciones de
varias unidades a informar. La metodología que se utilice para determinar el monto asignable de
dichos activos o pasivos a cada unidad a informar debe ser racional, estar respaldada y aplicarse
de manera consistente. Los activos y pasivos corporativos de una entidad, también deben
asignarse a una unidad a informar cumpliendo con los criterios antes señalados.
Cualquier crédito mercantil resultante de una adquisición de negocios debe asignarse a una o más
unidades a informar a partir de la fecha de adquisición con el propósito de evaluar su deterioro. El
crédito mercantil debe ser asignado a unidades a informar de la entidad en función de los
beneficios esperados, producto de la sinergia de la combinación, aun cuando ciertos activos y
pasivos de la entidad adquirida no sean asignados a dicha unidad a informar.
Los beneficios esperados de cada unidad a informar deben determinarse con base en el valor
presente de los flujos de efectivo futuros netos que se estiman serán generados por la misma
unidad a informar.
Cuando una entidad reorganiza su estructura de información financiera de una manera tal que
cambia la composición de una o más de sus unidades a informar, el crédito mercantil debe ser
reasignado a las unidades a informar afectadas, usando el mismo enfoque de distribución descrito
anteriormente.
Cuando una unidad a informar esté disponible para su venta en su totalidad, el crédito mercantil
asociado debe incluirse en su valor neto en libros para determinar la ganancia o pérdida sobre la
disposición de dicha unidad. Cuando una porción de una unidad a informar esté disponible para su
venta, para la determinación de la ganancia o pérdida sobre su disposición, debe incluirse en su
valor neto en libros el crédito mercantil asociado, basado en los valores razonables del negocio a
ser vendido y considerando la porción de la unidad a informar que se conservará.
232
Esta situación puede ocurrir cuando el negocio adquirido es operado como una entidad
autosuficiente o cuando el negocio está disponible para su venta inmediatamente después de su
adquisición. Cuando sólo una porción del crédito mercantil se asigna a un negocio a ser dispuesto,
debe evaluarse el posible deterioro del crédito mercantil remanente que se conserva en la porción
de la unidad a informar que se retendrá, de acuerdo con la norma relativa al deterioro en el valor
de activos de larga duración y su disposición. Las disposiciones de activos intangibles se clasifican
en venta, abandono e intercambio los activos intangibles deben ser eliminados del estado de
posición financiera cuando:
a) Se dispongan por venta o intercambio o
b) Ya no se espera obtener beneficios económicos futuros de ellos por su utilización o
disposición por abandono.
Las disposiciones por intercambio deben considerar la normativa señalada en esta NIF; en adición,
cuando se realice un intercambio como resarcimiento de la inversión a los accionistas (escisión,
reembolsos de capital o pago de dividendos) la entidad no debe afectar los resultados del período.
Las ganancias o pérdidas resultantes de la disposición por venta o abandono de un activo
intangible deben determinarse por la diferencia entre los montos netos obtenidos por la
disposición y, en su caso, el valor neto en libros del activo en cuestión. Esas cantidades deben ser
reconocidas en otros ingresos o gastos ordinarios en los resultados del período en que suceda tal
disposición por venta o abandono; a menos que tratándose de venta con arrendamiento en vía de
regreso, dichas ganancias o pérdidas obtenidas por el arrendatario se difieran en el plazo del
contrato, según se establece en la normativa relativa a arrendamientos. Cuando se toma la
decisión de disponer algún activo intangible, la entidad debe aplicar la normativa relativa a la
disposición de activos de larga duración. En el caso de que la disposición de algún activo intangible
forme parte de una operación discontinuada, la entidad debe aplicar la normativa relativa a la
discontinuación de una operación.
Los activos intangibles deben presentarse en el estado de posición financiera como activos no
circulantes, deducidos de su amortización y pérdida por deterioro, acumuladas; tratándose de un
crédito mercantil derivado de asociadas, dicho crédito mercantil debe adicionarse a la inversión. El
cargo por amortización debe presentarse en el estado de resultados como parte de las
233
operaciones ordinarias, en el costo de ventas y/o en gastos generales, según corresponda. Las
pérdidas por deterioro y sus reversiones deben presentarse en el estado de resultados de acuerdo
con lo dispuesto por la norma relativa al deterioro en el valor de activos de larga duración y su
disposición.
Debe revelarse en notas a los estados financieros, por cada clase de activos intangibles,
atendiendo lo señalado en el siguiente párrafo, y distinguiendo entre los generados internamente
y los adquiridos tanto en forma individual como a través de adquisiciones de negocios.
La siguiente información:
a) Una segregación de los activos intangibles con vida útil indefinida de los de vida definida;
b) Las vidas útiles o los porcentajes y métodos de amortización utilizados en activos
intangibles con vida útil definida;
c) El costo de adquisición, separando cualquier amortización y pérdidas por deterioro y las
pérdidas por deterioro acumuladas incluyen cualquier reversión de las mismas
acumuladas, al inicio y al final del período; y
d) El renglón o renglones del estado de resultados en donde se presenta cualquier
amortización de activos intangibles.
Cada clase de activos intangibles es un grupo de activos de naturaleza y uso similares en las
operaciones de la entidad. Ejemplos para identificar cada clase de activos intangibles segregables,
pueden incluir:
a) Nombres comerciales;
b) Títulos de libros, periódicos, revistas, manuscritos y otro material literario;
c) Programas, sistemas y aplicaciones de equipo de cómputo (software);
d) Licencias y franquicias;
e) Derechos de autor, patentes y otros derechos de propiedad industrial o derechos de
explotación;
234
f) Recetas o fórmulas, modelos, diseños y prototipos; y
g) Activos intangibles en desarrollo.
La entidad también debe revelar la naturaleza y efecto de los cambios contables en el
reconocimiento de activos intangibles que sean de importancia en el período o se espera que
tengan impacto significativo en períodos posteriores. Estas revelaciones deben hacerse siguiendo
las normas contenidas en la NIF B‐1, las cuales pueden ser necesarias por cambios en:
a) El período de amortización o la evaluación de la vida útil;
b) El método de amortización; o,
c) Los valores residuales.
Asimismo, una entidad debe revelar la siguiente información:
a) Para aquellos activos intangibles evaluados con vida útil indefinida, el valor neto en
libros de dichos activos y las razones que justifiquen para considerarlo como de vida útil
indefinida;
b) En activos intangibles con vida definida, los factores que han jugado un papel
importante en la determinación de su vida útil, su valor neto en libros y el período
estimado de amortización,
c) De cualquier activo intangible que sea importante para los estados financieros de la
entidad: una descripción del mismo, incluyendo su valor neto en libros;
d) Para aquellos activos adquiridos del gobierno mediante una concesión sin costo, debe
revelarse su existencia, los aspectos relevantes de la concesión y los beneficios que otorga,
así como las obligaciones que conlleva;
e) La existencia y el valor neto en libros de aquellos intangibles que tengan alguna
restricción, así como los valores netos en libros de los activos intangibles que sirven como
garantía de deudas;
f) El monto de los compromisos contractuales, si existieran, por la adquisición de activos
intangibles;
235
g) El monto devengado de gastos de investigación del período reconocido en el estado de
resultados (ver los párrafos 56 y 64 para identificar los tipos de costos a ser incluidos en
esta revelación); y
h) El monto del crédito mercantil procedente de cada adquisición y el monto asignado en
cada unidad a informar.
La siguiente información sólo debe revelarse por las entidades públicas, siendo éstas las que
tengan colocados títulos de deuda o de capital en una bolsa de valores, así como aquéllas que
estén en proceso de emitir títulos de capital o deuda en mercados públicos de valores, a través de
una oferta pública o para obtener una inscripción preventiva en el Registro Nacional de Valores e
Intermediarios o de cualquier otro organismo regulador de Bolsas de Valores:
a) Una conciliación de los valores en libros al inicio y al final del período, que muestre:
i) El costo de adquisición de las adiciones efectuadas en el período;
ii) Las disposiciones de activos intangibles del período; así como, activos intangibles
clasificados para su disposición en el período, incluyendo, de proceder, las
operaciones discontinuadas, siguiendo la norma relativa;
iii) Las pérdidas y, en su caso, las reversiones por deterioro reconocidas en el período
en el estado de resultados, si las hubiera, siguiendo la norma relativa;
iv) Cualquier amortización reconocida durante el período;
v) Diferencias en cambios netas procedentes de la conversión de estados financieros y
de operaciones extranjeras a la moneda de informe; y
vi) Otros cambios habidos en el valor neto en libros durante el período;
b) Una descripción de los activos intangibles completamente amortizados que todavía se
encuentran en uso; y,
c) Una breve descripción de los activos intangibles controlados por la entidad y que no se
reconocen como tales por no cumplir con los criterios establecidos en esta NIF.
236
Se debe revelar en entidades públicas que tengan subsidiarias con participación no controladora la
siguiente información:
a) La adquisición de activos intangibles entre partes relacionadas; y,
b) El método específico utilizado en su valuación.
Las disposiciones de esta Norma de Información Financiera entran en vigor para ejercicios que se
inicien a partir del 1 de enero de 2009. Esta Norma deja sin efecto al Boletín C‐8, Activos
Intangibles.
3.1.1.3.3. NORMATIVIDAD PARA LAS PARTES RELACIONADAS
Las operaciones entre una entidad emisora de estados financieros y otras personas o entidades se
llevan a cabo por el libre acuerdo entre las partes, bajo condiciones de independencia entre ellas,
con base en las políticas establecidas por la administración. En ocasiones, estas operaciones se
efectúan con entidades consideradas partes relacionadas en las que, por diversas circunstancias,
existe control, influencia significativa, parentesco u otro tipo de situaciones que afectan o pueden
afectar las condiciones de las operaciones celebradas.
Por otra parte, la relación entre la entidad informante y sus partes relacionadas, aun sin que se
celebren operaciones entre ellas, puede influir en los resultados o en la situación financiera de la
entidad informante. Por lo anterior, es necesario que el usuario de los estados financieros reciba
información sobre la existencia de este tipo de relaciones y sus operaciones para contar con los
elementos suficientes para la toma de decisiones.
La NIF C‐13 tiene como finalidad establecer las normas particulares de revelación aplicables a las
operaciones con partes relacionadas. Lo anterior para poner de manifiesto la posibilidad de que
los estados financieros pudieran estar afectados o afectarse en el futuro por la existencia de
partes relacionadas, así como por las operaciones celebradas y los saldos pendientes con éstas.
Esta NIF no contempla disposiciones relativas a la valuación y presentación de operaciones entre
partes relacionadas. Los cambios relevantes que presenta la NIF C‐13, en atención a la
convergencia con las NIIF, son:
a) Se amplía el concepto de partes relacionadas para incluir las siguientes:
237
i. El negocio conjunto en el que participa la entidad informante;
ii. Los familiares cercanos del personal gerencial clave o directivos relevantes;
iii. El fondo derivado de un plan de remuneraciones por obligaciones laborales;
b) Se incorpora la obligación de revelar la relación entre las entidades controladora y
subsidiaria con independencia de que se hayan llevado a cabo o no operaciones entre ellas
en el período;
c) Se establece que la entidad informante puede revelar que las condiciones de las
contraprestaciones por operaciones celebradas con partes relacionadas son equivalentes a
las de operaciones similares realizadas con otras partes independientes a la entidad
informante, sólo si cuenta con los elementos suficientes para demostrarlo;
d) Se establece la obligación de revelar los beneficios al personal gerencial clave o
directivos relevantes de la entidad; y
e) Se incluye un apéndice que describe situaciones en las que ciertas personas o entidades
no se consideran partes relacionadas y otro que ejemplifica situaciones que deben
considerarse para revelar operaciones entre partes relacionadas.
Asimismo, la NIF C‐13 coadyuva al cumplimiento de la NIF A‐4, en cuanto a lo siguiente:
a) Relevancia: ya que el poner de manifiesto, mediante las revelaciones, la posibilidad de
que los estados financieros pudieran estar afectados o afectarse en el futuro por la
existencia de partes relacionadas, así como por las operaciones celebradas y los saldos
pendientes con éstas, influye en la toma de decisiones económicas de quienes utilizan
dichos estados financieros;
b) Comprensibilidad: ya que con las revelaciones requeridas se contribuye al entendimiento
del significado de los saldos y operaciones que una entidad lleva a cabo con sus partes
relacionadas; e
c) Información suficiente: debido a que se requiere incorporar, en las notas a los estados
financieros, información que puede ejercer influencia en la toma de decisiones y que es
necesaria para evaluar la situación financiera, los resultados de operación y sus cambios;
238
como es el caso de la obligación de revelar la relación entre las entidades controladora y
subsidiaria, con independencia de que se hayan llevado a cabo o no operaciones entre ellas
en el período.
Finalmente, en cumplimiento con la NIF A‐7, esta NIF requiere diversas revelaciones para que los
estados financieros de una entidad manifiesten la probabilidad de que dichos estados financieros
puedan estar afectados o afectarse en el futuro por la existencia de partes relacionadas.
Cuando se hayan producido operaciones entre partes relacionadas, la entidad debe revelar, como
mínimo, la siguiente información:
a) El nombre de las partes relacionadas de la entidad informante con las que se llevaron a
cabo dichas operaciones;
b) La naturaleza de la relación;
c) En caso de proceder, la descripción de las siguientes operaciones celebradas con partes
relacionadas, con independencia de que exista o no precio o contraprestación:
i. Compras y ventas de inventarios;
ii. Compras y ventas de inmuebles y otros activos;
iii. Prestación y recepción de servicios;
iv. Comodatos otorgados y recibidos;
v. Arrendamientos otorgados y tomados;
vi. Transferencias de investigación y desarrollo;
vii. Transferencias de licencias;
viii. Transferencias de recursos derivadas de acuerdos de financiamiento: préstamos y
aportaciones de capital, ya sean en efectivo o en especie;
ix. Garantías y avales, otorgados y recibidos;
x. Cesión y absorción de deuda;
239
xi. Liquidación o sustitución de pasivos en nombre de la entidad informante o por la
entidad informante en nombre de otra parte relacionada; y
xii. Pagos y cobros basados en acciones;
d) El importe de las operaciones;
e) El importe de los saldos pendientes, a cargo y/o a favor de partes relacionadas, además:
i. Sus plazos y condiciones;
ii. La naturaleza de la contraprestación establecida para su liquidación; y
iii. Los detalles de cualquier garantía otorgada o recibida;
f) El efecto de los cambios en las condiciones de operaciones recurrentes con partes
relacionadas;
g) El importe de las partidas consideradas irrecuperables o de difícil cobro provenientes de
operaciones con partes relacionadas y el gasto reconocido en el período por este
concepto, conforme a lo señalado en la NIF relativa.
La información requerida en el párrafo anterior debe revelarse agrupándola de acuerdo con las
operaciones realizadas con cada una de las partes relacionadas siguientes:
a) Controladora;
b) Entidades que ejerzan influencia significativa sobre la entidad;
c) Subsidiarias;
d) Asociadas;
e) Afiliadas
f) Negocios conjuntos, de los cuales forme parte la entidad;
g) Personal gerencial clave o directivos relevantes; y
h) Otras partes relacionadas.
240
Las partidas similares a revelar deben agruparse a menos que, para comprender los efectos de las
operaciones, se considere necesario destacar cierta información.
La relación entre las entidades controladora y subsidiaria debe revelarse con independencia de
que se hayan llevado a cabo o no operaciones entre ellas en el período.
La entidad informante debe revelar el nombre de su controladora directa y, si fuera diferente, el
de la controladora principal del ente económico al que pertenece.
Cuando se presenten estados financieros consolidados, no deben revelarse las operaciones y
saldos con partes relacionadas que se eliminan en el proceso de consolidación.
La entidad informante debe revelar el importe total de los beneficios a empleados otorgados al
personal gerencial clave o directivos relevantes de la entidad, en conjunto, agrupados en cada una
de las siguientes categorías:
a) Beneficios directos a corto y largo plazo;
b) Pagos basados en acciones;
c) Beneficios por terminación; y
d) Beneficios posretiro.
La entidad informante debe revelar que las condiciones de las contraprestaciones son
equivalentes a las de operaciones similares realizadas con otras partes independientes a la entidad
informante, sólo si cuenta con los elementos suficientes para demostrarlo.
Las revelaciones requeridas en el párrafo 10 únicamente son aplicables a las entidades económicas
públicas, entendiendo por tales, aquéllas cuyos instrumentos de deuda o de capital están inscritos
y son negociados en una Bolsa de Valores, así como aquéllas que estén en proceso de emitir
valores de capital o deuda en mercados públicos de valores, a través de una oferta pública o para
obtener una inscripción preventiva en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios o de
cualquier otro organismo regulador de Bolsas de Valores. Las disposiciones contenidas en esta NIF
entran en vigor para ejercicios que se inicien a partir del 1o. de enero de 2007. Esta NIF deja sin
efecto el Boletín C‐13, Partes relacionadas.
241
3.1.1.4. SERIE D NORMAS APLICABLES A PROBLEMAS DE DETERMINACIÓN DE RESULTADOS
Dentro de las nuevas NIF, que fueron creadas o modificadas, dentro de la serie D, se encuentran
las siguientes:
NIF D‐3 Beneficios a los empleados
NIF D‐4 Impuestos a la utilidad
NIF D‐6 Capitalización del Resultado Integral de Financiamiento
NIF D‐8 Pagos basados en acciones
3.1.1.4.1. SURGIMIENTO DE LA NUEVA APLICACIÓN PARA LOS BENEFICIOS A LOS EMPLEADOS
La NIF B‐3 (Beneficios a los empleados) fue aprobada en Julio de 2007 por el consejo emisor del
CINIF, publicada en Agosto de 2007 para entrar en vigor a partir de Enero de 2008.
Se decidió modificar el anterior Boletín D‐3 para alcanzar la convergencia con las Normas
Internacionales de Información Financiera para que sea una norma más coherente con los
estándares internacionales.
Dentro de esta NIF se agrega el tratamiento contable de la participación de los trabajadores en la
utilidad (PTU) que estaba ubicada en el Boletín D‐4.
Podemos encontrar tres tipos de beneficios a los empleados de acuerdo con las Normas
Internacionales de Información Financiera (NIIF), las cuales son:
- Beneficios directos a corto y largo plazo
- Beneficios por terminación
- Beneficios al retiro
Esta nueva NIF D‐3 debe ser aplicada a aquellas entidades que emitan estados financieros según la
NIF A‐3 y que devenguen obligaciones en su calidad de patrones por beneficios a los empleados,
excepto las relacionadas con las compensaciones basadas en acciones de la misma entidad
otorgadas a sus empleados.
242
Beneficios directos a corto plazo
Dentro de estos podemos encontrar los siguientes:
a) sueldos, salarios y aportaciones a instituciones de seguridad social
b) ausencias compensadas a corto plazo
La entidad puede darles el derecho a los empleados a ausentarse de su trabajo por algunas
razones, entre las cuales se encuentran: vacaciones, enfermedad o incapacidad provisional,
matrimonio, maternidad o paternidad, servicios comunitarios.
Las ausencias compensadas pueden ser de dos tipos:
- Acumulativas. Las ausencias con derechos acumulativos pueden diferirse para que los
derechos correspondientes puedan ser usados en períodos posteriores, siempre que en el
período actual no se hayan disfrutado enteramente, estas pueden ser irrevocables o
revocables. Son irrevocables cuando los empleados tienen derecho a recibir una
compensación en efectivo por las ausencias no disfrutadas, en caso de abandonar la
entidad; son revocables cuando los empleados no tienen derecho a dicha compensación.
Surge a medida que los empleados prestan servicios que les dan derecho a disfrutar de
futuras ausencias compensadas.
- No acumulativas. Los derechos correspondientes a ausencias compensadas no
acumulativas no se trasladan al futuro, sino que caducan si no son utilizados en el período
actual y no generan derecho a los empleados a cobrar el monto de los mismos en caso de
abandonar la entidad, por ejemplo las ausencias compensadas por enfermedad, la
ausencia por maternidad o paternidad y en ausencias retribuidas por causa de servicios
comunitarios.
c) participación de los trabajadores en la utilidad (PTU) e incentivos. Si los pagos de la PTU se
efectúan después de los doce meses posteriores al cierre del período en que los
trabajadores hayan prestados sus servicios, estos pagos serán considerados como
beneficios directos a largo plazo. En algunos casos los empleados pueden percibir una
parte de las utilidades e incentivos siempre y cuando permanezcan dentro de la empresa
243
durante un período de tiempo determinado, aunque la entidad puede no tener alguna
obligación legal para el pago de incentivos.
d) beneficios en especie o en servicios a los empleados en activo, como por ejemplo:
atenciones médicas, utilización de casas y automóviles, y entrega de despensa, vestido,
educación, becas y bienes y servicios no onerosos.
Beneficios directos a largo plazo
Dentro de estos beneficios podemos encontrar: las ausencias compensadas a largo plazo, los
bonos o incentivos por antigüedad, beneficios por invalidez temporal o permanente, PTU asumida
e incentivos que se pagan después de los doce meses siguientes al cierre del período.
La valuación de los beneficios directos a largo plazo no esta sujeta al mismo grado de
incertidumbre que afecta la valuación de los beneficios al retiro, por lo tanto para valuarlos y
reconocerlos contablemente se debe de seguir el método mencionado en esta NIF, el cual es el
método simplificado. Para los beneficios directos a largo plazo, la empresa debe reconocer total e
inmediatamente en resultados al momento de su devengación el monto neto del costo laboral del
servicio actual, el costo financiero, la ganancia y pérdida actuarial del período y el efecto de
reducciones o liquidaciones, ya sean estos clasificados como costos o gastos ordinarios o como
ingresos ordinarios.
Los pasivos que se deriven de los beneficios directos a corto o largo plazo deben presentarse
dentro del balance general como pasivo a corto o largo plazo, dependiendo del beneficio. Dentro
del estado de resultados se deben presentarse dentro de las operaciones ordinarias, en el costo de
ventas y/o en gastos generales, según corresponda. Cuando se trate de una entidad no lucrativa,
se presentan en el estado de actividades dentro del patrimonio no restringido.
Se debe revelar en las notas a los estados financieros si una obligación por beneficios directos por
ausencias compensadas es o no acumulativa y si se tuvo que crear una provisión sobre la misma.
Beneficios por terminación
Son las remuneraciones que deben pagarse al término de la relación laboral cuando esta sea antes
de que el trabajador se jubile.
244
La empresa debe crear una provisión por beneficios por terminación cuando estime terminar el
vínculo que la une con un empleado antes de que este se retire, y cuando estime pagar beneficios
por terminación como resultado de una oferta realizada para que el trabajador se retire
voluntariamente.
La empresa puede tener una obligación legar para realizar pagos a los empleados o a sus
beneficiarios cuando las partes disuelven sus contratos laborales si esta comprometida ya sea de
manera legal o por medio de un convenio colectivo, a esté tipo de pagos se les conoce como pagos
por beneficios por terminación.
Dichos beneficios se pagan a los empleados con independencia de las razones que hayan motivado
su salida de la entidad. El pago de tales beneficios es un hecho cierto, lo incierto es el momento
en que se pagaran dicho pagos.
Cuando este tipo de beneficios s vallan a pagar después de los doce meses posteriores a la fecha
del balance general se debe determinar su valor presente utilizando una tasa de descuento.
Dentro de los beneficios por terminación podemos encontrar:
- Terminación de la relación laboral por causas distintas a la reestructuración. Se debe de
hacer una provisión para reconocer esté tipo de beneficios, para esta provisión debemos
tomar en cuenta los saldos netos de el valor presente de la obligación por beneficios
definidos a la fecha del balance general menos el valor razonable de los activos del plan a
la fecha del balance general, con los que se liquidaran directamente las obligaciones.
- Terminación de la relación laboral por causa de reestructuración. Una reestructuración es
un programa planeado y controlado por la administración, con el objetivo de cambiar
significativamente las actividades de la entidad o la manera de conducirlas. Se debe de
crear una provisión cuando se tiene un plan formal y detallado para proceder a la
reestructuración y cuando se cumple con lo establecido en las normas de reestructuración
contenidas en la norma particular sobre pasivo, provisiones, activos y pasivos contingentes
y compromisos. Cuando la empresa reconoce beneficios por causa de reestructuración, se
deben tomar en cuenta los efectos de una reducción en los beneficios al retiro y de los
beneficios por terminación por causas distintas a la reestructuración, que se encuentren
reconocidos.
245
Dentro del balance general, un pasivo derivado de estos beneficios se debe colocar en el pasivo a
corto o largo plazo según corresponda.
Dentro del estado de resultados los beneficios por terminación por causa de reestructuración se
deben presentar como otros ingresos y gastos. Cuando estos beneficios no impliquen la
reestructuración se deberán presentar como parte de las operaciones ordinarias.
Cuando se trate de una entidad no lucrativa ambos beneficios por terminación reconocidos en el
estado de actividades, se deberán presentar dentro del patrimonio no restringido.
Cuando se tenga incertidumbre acerca del número de empleados que acepten una oferta de
beneficios por terminación decimos que estamos en presencia de un pasivo contingente y por lo
tanto debe revelarse.
Beneficios al retiro
Son aquellos provenientes de planes de pensiones, prima de antigüedad e indemnizaciones y otros
beneficios al retiro, que se otorgan al alcanzar la edad de retiro. Los beneficios al retiro pueden
pagarse en efectivo, en especie, con la prestación de servicios o con el otorgamiento de créditos.
Los planes de beneficios al retiro por pensiones, primas de antigüedad e indemnizaciones deben
valuarse de conformidad con el método del crédito unitario proyectado con base en sueldos
proyectados. Para éste método se requiere la utilización de supuestos, tales como: tasas de
descuento, de rotación, de morbilidad, de mortalidad, etc., los cuales deben reflejar estimaciones
confiables y coherentes entre si.
Para el cálculo de otros beneficios al retiro, deben tomarse en cuenta los incrementos de costos
esperados en este tipo de servicios o conceptos cubiertos; así como, la actualización del costo por
edad.
Las pensiones corresponden a los beneficios al retiro del empleado que deben pagarse al alcanzar
su edad de retiro a partir de ésta, de acuerdo con los términos del plan de beneficios. En
ocasiones, hay trabajadores con beneficios adquiridos sobre un plan de pensiones que son
retirados antes de la edad de retiro, a estos empleados se les paga una indemnización equivalente
en monto a los beneficios adquiridos acumulados en el plan de pensiones.
246
La prima de antigüedad es el derecho que tiene el empleado a recibir una remuneración al retiro
correspondiente a un número de días e salario por cada año de servicio prestado.
Los otros beneficios al retiro son aquellos que la entidad espera otorgar al empleado jubilado
complementarios pensiones y primas de antigüedad por jubilación, estas remuneraciones están
relacionadas con: seguro de vida, protección de la salud, despensas y otras prestaciones.
Podemos clasificar los planes de beneficios al retiro en:
- Planes de contribución definida. Son aquellos en que la entidad acepta entregar montos
de efectivo preestablecidos a un fondo de inversión determinado y en los que los
beneficios del empleado consistirán en la suma de dichas aportaciones, más o menos las
ganancias o pérdidas en la administración de tales fondos.
La obligación de la entidad está determinada por los montos que constituyen la aportación
al plan para el período. Estas obligaciones se valúan sin recurrir al valor presente, con
excepción de que ciertos pagos se vallan a realizar después de los doce meses después de
la fecha del balance.
- Planes de beneficios definidos. Son aquellos en los que la responsabilidad de la entidad
termina hasta la liquidación de los beneficios y cuyos beneficios y montos de retiro se
determinan con base en una formula o un esquema establecido en el mismo plan de
beneficios.Debe reflejar los servicios prestados con sueldos proyectados o con el costo
futuro de otros beneficios al retiro de acuerdo con los compromisos establecidos en los
planes. Una entidad puede financiar un plan de beneficios al retiro mediante el pago de las
primas de una póliza de seguros. En este caso, debe reconocer el plan como un plan de
contribución definida.
Cuando este tipo de beneficio es pasivo se debe presentar en un rubro específico del pasivo a
largo plazo dentro del balance general. Si se trata de un pago anticipado debe presentarse en el
activo no circulante.
Dentro de las notas se deben revelar las características principales del plan o planes de beneficios
al retiro y cualquier situación que afecte la consistencia o comparación de la información.
PTU diferida
247
Una entidad debe reconocer una provisión sobre esta, cuando exista una obligación presente de
efectuar pagos en el futuro o una recuperación actual de obtener un beneficio económico futuro.
Un pasivo por PTU diferida debe reconocerse por aquellas diferencias temporales acumulables
sobre la cuales sea probable la liquidación de un pasivo y no existe algún indicio de que valla a
cambiar esa situación de tal manera que dicho pasivo no se realice.
Los saldos deudores deben mantenerse sólo cuando se estima que van a poder recuperarse en
períodos futuros. Para la determinación del efecto diferido de PTU se deba aplicar la tasa legal
vigente al cierre del ejercicio al que se refieren los estados financieros. La PTU diferida se debe
presentar dentro del balance general como pasivo o activo a largo plazo, y dentro del estado de
resultados como parte de las operaciones ordinarias dentro del rubro de otros ingresos y gastos.
Se debe revelar en las notas a los estados financieros el monto de la PTU diferida reconocida en
los resultados del período, la integración del gasto o ingreso por PTU derivada de operaciones
descontinuadas del período, los conceptos e importes más significativos de diferencias
temporales, acumulables y deducibles que originaron los pasivos o activos por PTU diferida y los
montos por los cuales se ajustaron los saldos por PTU.
3.1.1.4.2. IMPUESTOS A LA UTILIDAD Y SU ENFOQUE ACTUAL
La NIF D‐4 (Impuestos a la utilidad) fue aprobada en Julio de 2007 por el consejo emisor del CINIF
para publicarse en Agosto de 2007 y aplicarse a los ejercicios que inicien a partir del 1° de Enero de
2008.
Dentro de los cambios que tiene esta NIF con el anterior Boletín D‐4, es que se decidió separar lo
correspondiente a la PTU (participación de los trabajadores en la utilidad), ya que se decidió
cambiarla a la NIF D‐3 (beneficios a los empleados) Esta NIF se aplica a aquellas entidades
lucrativas que emitan estados financieros de acuerdo a la NIF A‐3, y por obvias razones no se
aplica a entidades con propósitos no lucrativos. Para poder determinar los impuestos a la utilidad,
la entidad debe conocer los impuestos causado y diferido del período contable.
El impuesto causado se obtiene del reconocimiento de ciertas operaciones de la entidad para
efectos fiscales. Este impuesto debe reconocerse como un gasto en el estado de resultados dentro
248
del rubro llamado impuestos a la utilidad y representa un pasivo generalmente con un plazo
menor a un año para la entidad.
El impuesto diferido corresponde a operaciones atribuibles al período contable actual, porque
fiscalmente son reconocidas en momentos diferentes. Este impuesto debe determinarse sobre las
diferencias temporales, las pérdidas fiscales y los créditos fiscales, desde el reconocimiento inicial
de dichas partidas y al final de cada período. La suma de estos tres conceptos debe ser reconocido,
ya sea como activo o pasivo por impuesto diferido.
El impuesto derivado de diferencias temporales debe determinarse utilizando el método d activos
y pasivos. En este método se comparan los valores contables y fiscales de todos los activos y
pasivos de una entidad, de esta comparación surgen diferencias temporales a las que les aplica la
tasa de impuesto diferido correspondiente, el resultado obtenido corresponde el saldo del pasivo
o activo por impuesto diferido al final del período.
El valor fiscal de un activo depende del tratamiento fiscal específico al que está sujeto. Para
determinar los valores fiscales de los distintos activos de la entidad, se debe hacer lo siguiente
para cada uno de ellos:
• Activos contables por deducirse fiscalmente – su valor fiscal es el importe que será
deducido para fines del impuesto a la utilidad de períodos futuros cuando la entidad
recupere su valor en libros al venderlos o usarlos; algunos ejemplos son los inventarios y
los activos fijos, respectivamente;
• Activos contables por acumularse fiscalmente – su valor fiscal resulta de restarle al valor
contable de dicho activo el importe que será acumulado para fines de impuesto a la
utilidad de períodos futuros; como es el caso de las cuentas por cobrar derivadas de
ingresos reconocidos contablemente, pero que se acumulan fiscalmente hasta que se
cobran;
• Activos sin repercusiones fiscales – su valor fiscal es igual a su valor contable. Estos
activos no se acumulan ni se deducen fiscalmente en algún momento, como es el caso
del efectivo.
El valor fiscal de un pasivo depende del tratamiento fiscal específico que éste tiene.
249
Por tal razón, para determinar los valores fiscales de los distintos pasivos de la entidad. Debe
atenderse a la mecánica que se establece a continuación para cada uno de ellos:
Pasivos contables por deducirse fiscalmente y pasivos contables ya acumulados
fiscalmente – Su valor fiscal resulta de restarle al valor contable de dicho pasivo el
importe que será deducido (provisiones) o no acumulado para fines de impuesto a la
utilidad de períodos futuros (anticipos de clientes).
Pasivos no contables por acumularse fiscalmente – Su valor fiscal es el importe que será
acumulado para fines del impuesto a la utilidad de períodos futuros; como es el caso del
costo que fiscalmente se estima sobre cobros anticipados, el cual, en un primer
momento, se reconoce como deducción fiscal antes de que se reconozca como costo
contable; cuando se reconoce como costo contable, este monto habrá que sumarlo a la
utilidad fiscal como una partida acumulable;
Pasivos sin repercusiones fiscales – Su valor fiscal es igual a su valor contable. Estos
pasivos no se deducen ni se acumulan fiscalmente en momento alguno, como es el caso
de los impuestos por pagar.
En la determinación de valores fiscales deben considerarse partidas que a pesar de no tener valor
contable como activos o pasivos dentro del balance general, sí tienen valor fiscal.
Debe reconocerse un pasivo por impuesto diferido cuando:
- El valor contable de un activo es mayor que su valor fiscal
- El valor contable de una pasivo es menor que su valor fiscal
Debe reconocerse un activo por impuesto diferido cuando:
- El valor contable de un activo es menor que su valor fiscal
- El valor contable de un pasivo es mayor que su valor fiscal
El impuesto derivado de pérdidas fiscales se determina aplicando a estas pérdidas la tasa de
impuesto diferido.
250
Este impuesto debe determinarse comparando el saldo final del período actual con el saldo al
inicio del mismo período. Este importe debe reconocerse en el estado de resultados.
En el impuesto derivado de créditos fiscales, estos créditos deben reconocerse como un activo por
impuesto diferido al momento de enterarse o liquidarse, siempre que sea probable su
recuperación, el importe a favor de que se trate debe presentarse como una cuanta por cobrar,
por ejemplo: el impuesto al activo, los estímulos fiscales, yen algunos casos el impuesto al valor
agregado.
Dentro del balance general el impuesto diferido debe presentarse, ya sea activo o pasivo a largo
plazo. Si este impuesto esta relacionado con la utilidad o pérdida neta, debe presentarse en el
estado de resultados como un componente del rubro llamado impuesto a la utilidad; y si esta
relacionado con partidas integrales del capital contable debe sumarse o restarse a dichas partidas
integrales.
Dentro de las notas a lo estados financieros, se deberá revelar los componentes y la integración
del impuesto a la utilidad, las tasas del impuesto causado y de impuesto diferido, la tasa efectiva
del impuesto. Cuando se tengan pasivos por impuesto diferido se deben revelar los concepto e
importes de las diferencias temporales acumulables más importantes. En el caso de que se tengan
activos por impuesto diferido el importe de la estimación por impuesto diferido no recuperable,
además se debe mencionar el impuesto diferido derivado de los ajustes a valor razonable de los
activos adquiridos y de los pasivos asumidos que hayan sido consecuencia de la adquisición de
negocios, además se debe mencionar las cuenta fiscales relacionadas con el capital contable.
3.1.1.4.3. CAPITALIZACIÓN DEL RESULTADO INTEGRAL DE FINANCIAMIENTO
La NIF D‐6 (Capitalización del resultados integral de financiamiento) fue aprobada por el consejo
emisor del CINIF en Noviembre de 2006, se publico en Diciembre de 2006 y entro en vigor para los
activos calificables cuya adquisición sea a partir del 1° de Enero de 2007. Esta NIF obliga a la
capitalización del resultado integral de financiamiento para reflejar el costo de adquisición y
establecer un acuerdo enfrentamiento entredicho costo y los beneficios económicos que les son
atribuibles.
Esta NIF debe aplicarse a todo tipo de entidades que emitan estados financieros de acuerdo a la
NIF A‐3. El resultado integral de financiamiento que se obtiene por la adquisición de activos
251
calificables debe capitalizarse formando parte del costo de inversión de dichos activos, así mismo
los elementos que integran el RIF capitalizable por el uso de financiamientos influyen
directamente al monto invertido en la adquisición de los activos calificables y por lo mismo se
integran al costo de adquisición de dicho activo. Se puede decir que el RIF capitalizable es aquel
obtenido por los activos calificables que pudo ser evitado si su adquisición no se hubiera realizado,
el monto del RIF capitalizable en el período no debe ser superior al monto total del RIF devengado
por los financiamientos existentes y utilizados en el mismo período.
El costo de adquisición de un activo calificable, dentro del cual se incluye el RIF capitalizable no
debe ser mayor al beneficio económico futuro de dicho activo para la entidad, considerando lo
dispuesto en las NIF relativas al reconocimiento del deterioro en el valor de los activos de larga
duración y en el valor de los inventarios.
Entre los principales activos calificables en los que se capitaliza el RIF podemos mencionar:
- Aquellos que son adquiridos para el uso propio de la entidad y que requieren de un
período largo de adquisición para poder usarlos, por ejemplo: las adaptaciones, mejoras o
ampliaciones;
- También aquellos que son adquiridos por una entidad, destinados a ser vendidos o
arrendados, por ejemplo: aviones, barcos o desarrollos inmobiliarios.
Dentro de los activos que no se consideran calificables se encuentran:
- Los inventarios que se fabrican;
- Activos que ya están siendo usados;
- Terrenos para futuras expansiones; y
- Las inversiones permanentes en acciones en asociadas y en subsidiarias no consolidadas.
La capitalización del RIF que forma parte del costo total de adquisición de los activos calificables
debe comenzar cuando se estén llevando a cabo las actividades necesarias para preparar el activo
para el uso deseado o para su venta, cuando se han iniciado las inversiones para la adquisición de
activos calificables y cuando los intereses se hayan devengado.
252
El monto invertido en la adquisición de activos calificables es la base para aplicar el RIF
capitalizable devengado por los financiamientos identificables.
Para determinar el RIF capitalizable tenemos que considerar el RIF propiamente atribuible a los
montos del financiamiento con los siguientes pasos:
- Determinar una tasa de capitalización basándose en el promedio ponderado del
financiamiento del período y el monto total del RIF capitalizable atribuible a dicho
financiamiento
- Aplicar esta tasa de capitalización al promedio ponderado de los financiamientos
destinados a las inversiones para la adquisición de los activos calificables durante el
período de adquisición.
Ya que la adquisición de activos calificables normalmente abarca varios períodos, el promedio
ponderado de las inversiones para la adquisición de activos calificables debe excluir cualquier
capitalización previa del RIF capitalizable.
Si se trata de una entidad consolidada la capitalización del RIF debe juzgarse como si fuera una
sola entidad. La capitalización del RIF debe suspenderse temporalmente durante los períodos en
los que se interrumpe el desarrollo de actividades, sólo si la o las interrupciones se extienden de
manera significativa en el tiempo.
Cuando se suspenden las actividades administrativas o técnicas necesarias para preparar un activo
para su uso intencional, el RIF devengado durante la suspensión debe aplicarse directamente a
resultados.
La capitalización del RIF debe finalizar cuando se completen todas o prácticamente todas las
actividades necesarias para preparar el activo para su uso intencional o se liquide el
financiamiento.
Todos los activos calificables deben sujetarse a pruebas de deterioro de acuerdo con las NIF
relativas al deterioro en el valor de los activos de larga duración y en el valor de los inventarios,
según sea el caso. Dentro de las notas a los estados financieros se debe relevar el monto invertido
en la adquisición de activos calificables y el RIF capitalizado en el período por cada tipo de activos,
el monto acumulado de las inversiones para la adquisición de activos calificables terminados en el
253
período actual y su RIF capitalizado y la tasa o tasas de capitalización anualizadas por cada activo
calificable.
3.1.1.4.4. APARICIÓN DE PAGOS BASADOS EN ACCIONES
La NIF D‐8 (Pagos basados en acciones) fue aprobada en Noviembre de 2008 por el consejo emisor
del CINIF para su publicación y entrada en vigor a partir del 1° de Enero de 2009. Se decidió emitir
esta NIF para que cubra el reconocimiento de las transacciones de compras de bienes y servicios
con pagos basados en acciones según las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF).
Se creó esta NIF porque en México no existía una norma que cubriera los pagos basados en
acciones, solo existía en forma supletoria, es por eso que adopta los postulados utilizados en la
NIIF 2. Esta NIF es aplicable a entidades lucrativas que emitan estados financieros de acuerdo a la
NIFA A‐3 y no es aplicable a bienes adquiridos en una adquisición de negocios a la que le sea
aplicable la norma relativa a la adquisición de negocios (NIF B‐7), tampoco aplica a las
transacciones con instrumentos financieros que se mencionen en otras normas, tales como la
emisión de acciones en una reestructuración de pasivo o para convertir obligaciones convertibles.
Aun cuando se considera que los planes pagos basados en acciones representan un beneficio a los
empleados, la NIF D‐3 (Beneficios a los empleados) no los incluye, es por eso que se analizan en
esta NIF. Una entidad debe mostrar aquellos bienes o servicios adquiridos en una transacción con
pagos basados en acciones al obtener dichos bienes o recibir tales servicios, así mismo debe
reconocer el correspondiente incremento en el capital contable, por los bienes o servicios que son
liquidables en instrumentos del capital.
Cuando se den transacciones con pagos basados en acciones liquidables con instrumentos del
capital, la entidad debe reconocer los bienes o servicios recibidos y el correspondiente incremento
en el capital contable. Si hay transacciones con terceros en las cuales se fija un precio del bien o
servicio, a pagar con un número variable de acciones dependiendo del valor de mercado de éstas
en la fecha en que se entreguen, se genera un pasivo y se considera que se está capitalizando el
adeudo existente con el proveedor del bien o servicio en el momento en que se emiten las
acciones.
En los casos de servicios prestados por empleados y por terceros que suministran servicios
similares, en los que generalmente no se puede determinar el valor razonable de este tipo de
254
servicios, la entidad debe determinar el valor razonable de los servicios recibidos con base en el
valor razonable de los instrumentos del capital otorgados.
El valor razonable de esos instrumentos del capital debe determinarse desde la fecha de
otorgamiento proyectando su valor a la fecha estimada de ejercicio.
En algunos casos la entidad puede estar recibiendo distintos bienes y servicios, que serán
liquidados con instrumentos del capital, pero ya que no todos los bienes o servicios pueden ser
debidamente identificados para reconocer los activos, costos y gastos. Estos se reconocerán por la
diferencia entre el valor razonable del instrumento del capital y el monto de los bienes o servicios
cuyo monto si es determinable.
Si la contraparte adquiere incondicionalmente el derecho sobre los instrumentos del capital, sin
tener que cumplir con un determinado período de servicios los instrumentos del capital otorgados
se adjudican inmediatamente. En este caso, la entidad debe considerar que se han recibido los
servicios como contrapartida de los instrumentos del capital otorgados y debe reconocer, en la
fecha de otorgamiento, íntegramente el costo o gasto y el correspondiente aumento en el capital
contable.
Si los instrumentos del capital otorgados se adjudican hasta cumplir ciertas condiciones de tiempo
y/o de desempeño por la contraparte, la entidad debe presuponer que la contraparte
proporcionará los servicios por los que recibirá los instrumentos del capital.
Para determinar el valor razonable proyectado se toman en cuenta las condiciones de
adjudicación de valor de mercado, ya que se considera que esta condición debe ser alcanzable. La
fecha a que se proyecta el valor razonable depende del tipo de instrumento, si son acciones o
instrumentos convertibles forzosamente en un número fijo de acciones, el costo o gasto debe ser
el valor razonable de los mismos, proyectado a la fecha de adjudicación.
En el caso de una opción, el gasto debe ser la diferencia entre el valor razonable proyectado a la
fecha estimada de ejercicio y el precio de la opción que se otorga al empleado.
Si no existen precios de mercado, la entidad debe proyectar el valor razonable de los instrumentos
del capital otorgados utilizando una técnica de valuación que permita estimar cuál hubiera sido el
precio de esos instrumentos del capital en una transacción en condiciones de mercado realizada
255
entre partes interesadas y debidamente informadas. Ésta técnica de valuación debe ser coherente
con los métodos de valuación generalmente aceptados para la fijación de precios de los
instrumentos financieros.
Las condiciones de otorgamiento distintas a las del valor de mercado deben tomarse en cuenta
para estimar el número de instrumentos con probabilidades de ser adjudicadas. Cuando se ha
determinado el valor razonable de los instrumentos del capital a otorgar, la entidad debe
reconocer el monto de los bienes o servicios recibidos durante el período de adjudicación con base
en la mejor estimación del número de instrumentos del capital que se espera adjudicar. Si se
otorgan instrumentos de capital con condiciones de desempeño y de alcanzar un valor de
mercado, la entidad debe reconocer los bienes y servicios a medida que se satisfacen las
condiciones de desempeño, aun cuando no se cumplan las de alcanzar un valor de mercado.
Cuando una entidad no puede proyectar confiablemente en la fecha de valuación el valor
razonable a la fecha de ejercicio de los instrumentos del capital otorgados debe:
Valuar los instrumentos de capital a su valor intrínseco;
Reconocer los bienes o servicios recibidos basándose en el número de instrumentos del
capital finalmente adjudicados; y
Si existen opciones que finalmente no son ejercidas después de la fecha de adjudicación,
el monto reconocido como gasto y como capital contribuido debe revertirse.
La entidad puede modificar los plazos y condiciones en los que los instrumentos del capital serán
otorgados. Si un otorgamiento de instrumentos del capital es cancelado o liquidado durante el
período de adjudicación: la entidad debe reconocer la cancelación o la liquidación como una
aceleración de la adjudicación de los derechos además debe reconocer inmediatamente el
importe que, de no haberse presentado esta situación, hubiera reconocido a lo largo del período
de adjudicación restante, cualquier pago hecho al empleado para la cancelación o liquidación de
los derechos de adjudicación debe reconocerse como una recompra de derechos para adquirir
acciones del capital, si en la cancelación no hay pagos o en la liquidación los pagos son menores al
capital aportado por el empleado, la diferencia permanece en el capital contribuido.
256
Cuando hay transacciones con pagos basados en acciones liquidables en efectivo, la entidad debe
valuar los bienes adquiridos o servicios recibidos y el correspondiente pasivo, al valor razonable
que se estima tendrán los instrumentos de capital al liquidar el pasivo.
En las transacciones con pagos basados en acciones en que los términos del acuerdo proporcionan
a la entidad o a la contraparte, la opción de que la entidad liquide la transacción en efectivo u
otros activos, o mediante la emisión de instrumentos del capital, la entidad debe reconocer esa
transacción o sus componentes:
Como un pasivo si la transacción se va a liquidar en efectivo;
Como capital si la transacción se va a liquidar con instrumentos del capital; o
Una combinación de ambos basada en la expectativa en la que serán liquidados los pagos
basados en acciones.
Cuando se realicen pagos basados en acciones por la adquisición de un bien, dicho pago debe
reconocerse como parte del costo de adquisición de activo correspondiente, o por recibir servicios
de empleados o terceros, estos deben reconocerse como un costo o gasto ordinario y clasificarse
en el estado de resultados de acuerdo con la función o naturaleza del mismo.
Y cuando dichos pagos sean por la obligación derivada de los pagos basados en acciones
liquidables en efectivo debe reconocerse como un pasivo y clasificarse en el balance general en
atención a la fecha del pago. Si el pago basado en acciones será liquidado con instrumentos del
capital, debe reconocerse el crédito a capital contribuido a medida que se devenga, en una cuenta
específica de capital contribuido.
Para que los usuarios de los estados financieros puedan entender el porque de los pagos basados
en acciones, la empresa deberá realizar una descripción de cada tipo de acuerdo de pagos basados
en acciones vigente durante el período, incluyendo los plazos y condiciones generales de cada
acuerdo y el número y el promedio ponderado del precio de ejercicio de las opciones de compra
de acciones.
Así mismo se debe revelar información que permita entender cómo se determinó el valor
razonable de los bienes o servicios recibidos en el período o el valor razonable de los instrumentos
del capital otorgados. Si la entidad determinó de forma indirecta el valor razonable de los bienes o
257
servicios recibidos como contrapartida de los instrumentos del capital de la entidad, debe revelar
ese hecho, incluyendo el valor razonable promedio ponderado de las opciones de compra de
acciones otorgadas durante el período a la fecha de valuación e información sobre cómo se
determinó el valor razonable.
Cuando se tienen otros instrumentos del capital otorgados durante el período que no sean
opciones de compra de acciones se debe revelar el número y valor razonable promedio ponderado
de esos instrumentos en la fecha de valuación, así como información acerca de cómo se determinó
este valor razonable. Si la entidad determina directamente el valor razonable de los bienes o
servicios recibidos durante el período, debe revelar cómo calcula ese valor razonable.
3.1.1.5. SERIE E NORMAS APLICABLES A LAS ACTIVIDADES ESPECIALIZADAS DE DISTINTOS
SECTORES
Ante la creciente necesidad de emitir reglas particulares para industrias especializadas, se inicia la
serie E con el presente documento y considerando la supletoriedad que tendría la entrada en vigor
de la NIC‐41, Agricultura, se consideró oportuno la elaboración de este boletín que contempla
nuestro entorno económico. Este boletín se apega a los conceptos y reglas consideradas en la NIC
ya mencionada, ya que incluye las mejores prácticas contables para el reconocimiento de la
valuación inicial de los activos biológicos y se adicionan los conceptos relativos a los ajustes por
cambios de precios.
3.1.1.5.1. AGRICULTURA Y SU EVOLUCIÓN
Las normas de este Boletín aplican a todas las entidades que realizan actividades agrícolas, con
relación a:
a) Activos biológicos.
b) Productos agrícolas en el momento de la cosecha.
c) Subsidios gubernamentales cubiertos por los párrafos 41 a 46.
Este Boletín no aplica a:
a) Terrenos relacionados con la actividad agrícola.
258
b) Activos intangibles relacionados con la actividad agrícola (véase Boletín C‐8, Activos
Intangibles).
Este Boletín fundamenta el tratamiento contable de los activos biológicos, en el principio básico de
período contable, el cual establece que debe identificarse, la cuantificación de un cambio en la
situación financiera y el resultado de operación de la entidad, con la época a que pertenece. La
transformación de los activos biológicos debe reconocerse en el período contable correspondiente
en que se realizan. Considerándose realizados cuando han tenido lugar transformaciones internas
que modifican la estructura de recursos o de sus fuentes o cuando han ocurrido eventos
económicos externos a la entidad o derivados de operaciones de ésta y cuyo efecto puede
cuantificarse razonablemente en términos monetarios.
Cuando se consideren realizados, el valor histórico original cuantifica el reconocimiento con base
en la estimación razonable que se haga del efectivo y sus equivalentes, situación que se concreta
cuando ocurre el evento crítico, constituido por la transformación del activo biológico (párrafos
66‐68 del Boletín A‐11, Definición de conceptos básicos integrantes de los estados financieros).
A su vez, el Boletín A‐11 define el ingreso como el incremento bruto de activos o disminución de
pasivos experimentados por una entidad, con efecto en la utilidad neta, durante un período
contable, como resultado de las operaciones que constituyen sus actividades primarias o
normales.
En adición, menciona que tal incremento del activo se refiere a los logros de la administración y el
cual se mide en términos brutos para ser enfrentados con los esfuerzos y sacrificios económicos
(costos) incurridos para obtenerlos.
Adicionalmente, la Norma Internacional de Contabilidad 18 establece que la valuación de los
ingresos debe hacerse utilizando el valor razonable de la contrapartida, recibida o por recibir,
derivada de los mismos.
El objetivo de este Boletín es establecer el tratamiento contable de la transformación de activos
biológicos en la administración de actividades agropecuarias (actividad agrícola), así como su
correspondiente presentación y revelación en los estados financieros.
259
Este Boletín aplica al producto agrícola, que es el producto cosechado de los activos biológicos de
la entidad, únicamente en el momento de la cosecha. De ahí en adelante el Boletín C‐4,
Inventarios o cualquier otro Principio de Contabilidad aplicable, es utilizado. Consecuentemente,
este Boletín, no trata sobre el proceso del producto agrícola después de la cosecha; por ejemplo,
el proceso de las uvas para convertirlas en vino, que lleva a cabo un productor de vino que cultivó
las uvas.
No obstante que dicho proceso podría ser una extensión lógica y natural de las actividades
agrícolas y de que tenga alguna similitud con una transformación biológica, dicho proceso no está
incluido dentro de la definición de actividad agrícola de este Boletín.
La actividad agrícola incluye un amplio rango de actividades, por ejemplo, la cría de ganado, la
silvicultura, la cosecha o corte anual o continuo de un sembradío, el cultivo de huertas y
plantaciones, la floricultura y la acuicultura (incluyendo el cultivo de peces). Ciertas
características comunes existen dentro de esta diversidad:
a) Capacidad de cambio. Los animales y plantas vivos son capaces de una transformación
biológica.
b) Administración del cambio. La administración facilita la transformación biológica
mejorando o cuando menos estabilizando las condiciones necesarias para que el proceso
se lleve a cabo (por ejemplo, niveles de nutrientes, humedad, temperatura, fertilidad y
luz). Dicha administración distingue la actividad agrícola de otra actividad. Por ejemplo,
la cosecha de recursos no administrados (tales como pesca y deforestación) no es una
actividad agrícola.
c) Medición del cambio. El cambio en calidad (por ejemplo, mérito genético, densidad,
madurez, capa de grasa, contenido proteínico y resistencia de fibra) o en cantidad (por
ejemplo, progenie, peso, metros cúbicos, extensión o diámetro de fibra y número de
botones en las plantas) resultante de la transformación biológica es medido y
monitoreado como una función rutinaria de la administración.
La transformación biológica da origen a los siguientes tipos de resultados:
260
a) Cambios en el activo a través de (i) crecimiento (un aumento en cantidad o una mejora
en calidad de un animal o planta); (ii) degeneración (disminución en cantidad o deterioro
en calidad de un animal o planta; o (iii) procreación (nacimiento de animales o plantas
vivos adicionales).
b) Producción de productos agrícolas tales como látex, hojas de té, madera y leche.
Una entidad debe reconocer un activo biológico o un producto agrícola cuando, y sólo cuando:
a) La entidad controle el activo como resultado de eventos pasados.
b) Es probable que los beneficios económicos futuros asociados con el activo fluyan a la
entidad.
c) El valor razonable o el costo del activo se puedan determinar en forma confiable,
verificable y objetiva.
En la actividad de agricultura, el control puede ser evidenciado por ejemplo, por la propiedad legal
del ganado, a través del herrado o marcado del ganado de alguna otra manera al momento de su
adquisición, nacimiento o destete. Los beneficios económicos futuros son normalmente evaluados
a través de la medición de los atributos físicos significativos.
Los activos biológicos deben ser valuados en su reconocimiento inicial y a la fecha de cada balance
general a su valor razonable menos los costos estimados de punto de venta, excepto por el caso
descrito en el párrafo 37 cuando el valor razonable no pueda ser determinado en forma confiable,
verificable y objetiva.
El producto agrícola cosechado de los activos biológicos de una entidad debe ser valuado a su
valor razonable menos los costos estimados de punto de venta en el momento de la cosecha. Esta
valuación constituye el costo inicial cuando se utilice el Boletín C‐4, Inventarios, u otro Principio de
Contabilidad aplicable.
Los costos de punto de venta incluyen las comisiones a corredores y distribuidores, comisiones a
agencias reguladoras y mercados de productos de consumo, así como impuestos y derechos de
transferencia. Los costos de punto de venta excluyen el transporte y otros costos necesarios para
poner el activo en el mercado, dado que ya se encuentran excluidos del valor razonable.
261
La determinación del valor razonable de un activo biológico o producto agrícola puede facilitarse
agrupando los activos biológicos o productos agrícolas de acuerdo a sus características
significativas; por ejemplo por edad o calidad, así como, cuando sea aplicable, la perspectiva del
momento en que se llevará el producto al mercado. Una entidad selecciona las características
aplicables de acuerdo a las usadas en el mercado como base para determinar precios.
Las entidades frecuentemente celebran contratos para vender activos biológicos o productos
agrícolas en una fecha futura. Los precios contratados no son necesariamente relevantes para
determinar el valor razonable, ya que el valor razonable refleja el mercado actual en el cual un
vendedor y un comprador interesados celebrarían una transacción.
Como resultado, el valor razonable de un activo biológico o producto agrícola sólo se ajusta por la
existencia de un contrato, cuando el valor implícito en el mismo sea menor y no pueda
renegociarse.
Si existe un mercado activo para los activos biológicos o productos agrícolas, el precio de
cotización de este mercado, es la base apropiada para determinar el valor razonable de dicho
activo. Si una entidad tiene acceso a diferentes mercados activos, la entidad usa el más relevante y
al que normalmente recurre, considerando, en su caso, las fluctuaciones que se estime tendrán
hasta el momento en que se accederá al mercado. Por ejemplo, si una entidad tiene acceso a dos
mercados activos, usará los precios existentes en el mercado que espera utilizar.
Si no existe un mercado activo, una entidad debe usar uno o más de los siguientes métodos, para
determinar el valor razonable:
a) El precio de la transacción más reciente, siempre y cuando, no haya existido un cambio
significativo en las circunstancias económicas entre la fecha de la transacción y la del
balance general, ni se esperen cambios importantes de la fecha del balance general
hasta el momento en que se accederá al mercado.
b) Precios de mercado de activos similares con ajustes para reflejar las diferencias.
c) Referencias del sector, tales como el valor de un huerto expresado por bandeja o cesta de
exportación, gruesa o hectárea y, el valor del ganado expresado por kilogramo de carne.
262
En algunos casos, las fuentes de información listadas en el párrafo 22 podrían sugerir diferentes
conclusiones del valor razonable de un activo biológico o producto agrícola.
Una entidad considera las razones de estas diferencias, para obtener la estimación más confiable,
verificable y objetiva del valor razonable dentro de un rango relativamente estrecho.
En algunas circunstancias, los precios determinados por el mercado o los valores listados en los
incisos anteriores podrían no estar disponibles para la condición actual de un activo biológico. En
estas circunstancias, para determinar el valor razonable, una entidad debe usar el valor presente
de los flujos netos de efectivo que se esperan del activo, descontados a una tasa apropiada de
interés determinada en el mercado actual.
Para acordar el precio en una transacción libre, los compradores y vendedores interesados y
debidamente informados, consideran la posibilidad de variaciones en los flujos de efectivo. Se
considera que el valor razonable refleja la posibilidad de estas variaciones.
De esta manera, una entidad incorpora las expectativas sobre posibles variaciones en los flujos de
efectivo ya sea en el flujo de efectivo esperado o en la tasa de descuento, o en una combinación
de los dos.
Para determinar la tasa de descuento, una entidad utiliza supuestos consistentes con aquellos
usados en estimar el flujo de efectivo esperado, para evitar el efecto de supuestos considerados
dos veces o ignorados.
El costo podría en ocasiones aproximarse al valor razonable, particularmente cuando:
a) Poca transformación biológica ha existido desde los costos incurridos iníciales (por
ejemplo, semillas de árboles frutales plantadas inmediatamente antes de la fecha del
balance general).
b) El impacto de la transformación biológica sobre el precio, no se espera sea material (por
ejemplo, el crecimiento inicial de una plantación de pinos con un ciclo de producción de
30 años).
Reconocimiento inicial de los activos biológicos y productos agrícolas
263
Las compras de activos biológicos deben reconocerse directamente como tales a su valor
razonable menos sus costos estimados de punto de venta y cualquier diferencia contra el costo de
adquisición debe registrarse en resultados.
Una utilidad o pérdida generada en el reconocimiento inicial de un activo biológico a su valor
razonable, menos los costos estimados de punto de venta, deben ser incluidas en la utilidad o
pérdida neta del período en el cual se generan.
Una utilidad podría generarse en el reconocimiento inicial de un activo biológico, por ejemplo,
cuando nace un becerro cuyo valor razonable, menos costos estimados de punto de venta, es de
$100, el efecto neto en resultados alojado en la cuenta de "cambios en el valor razonable de
activos biológicos" será de $100.
Una pérdida podría generarse en el reconocimiento inicial de un activo biológico, debido a que los
costos estimados de punto de venta se deducen del valor razonable de un activo biológico. Una
utilidad o pérdida generada en el reconocimiento inicial de un producto agrícola al valor razonable
menos los costos estimados de punto de venta, debe ser incluida en la utilidad o pérdida neta del
período en la cual se genera.
Los traspasos de activos biológicos a productos agrícolas en el momento de la cosecha deben ser
registrados a su valor razonable menos costos estimados de punto de venta.
Valuación posterior de los activos biológicos
Una utilidad o pérdida derivada de un cambio en el valor razonable menos los costos estimados de
punto de venta de un activo biológico, debe ser incluida en la utilidad o pérdida neta del período
en el cual se genera. Este cambio en el valor razonable menos los costos estimados de punto de
venta se debe tanto a un cambio en precios como a un cambio en unidades, o la combinación de
ambos.
Cuando existan efectos de inflación, la utilidad o pérdida mencionadas debe reconocerse neta de
los efectos inflacionarios. En otras palabras esta utilidad o pérdida es determinada por la
comparación de los valores razonables de los activos biológicos en pesos de un mismo poder
adquisitivo.
Incapacidad de determinar el valor razonable en forma confiable, verificable y objetiva
264
Hay una presunción de que el valor razonable para un activo biológico puede ser determinado en
forma confiable, verificable y objetiva; sin embargo, esta presunción puede ser refutada
únicamente en el reconocimiento inicial de un activo biológico, para el cual, los precios o valores
determinados por el mercado no están disponibles y las estimaciones alternativas del valor
razonable no son confiables y objetivas claramente.
En tal caso, ese activo biológico debe ser valuado a su costo menos su depreciación y pérdidas por
deterioro acumuladas (demérito). Una vez que el valor razonable de tal activo biológico llega a ser
determinado (en cualquier momento del proceso) en forma confiable, verificable y objetivamente,
una entidad debe valuarlo a su valor razonable menos los costos estimados de punto de venta, a
partir de ese momento.
Subsidios gubernamentales
Un subsidio gubernamental incondicional relativo a un activo biológico valuado a su valor
razonable menos los costos estimados de punto de venta debe ser reconocido como ingreso
únicamente cuando el subsidio gubernamental se convierte en exigible.
Si un subsidio gubernamental relativo a un activo biológico valuado a su valor razonable, menos
los costos estimados de punto de venta, es condicional, incluido el caso donde el subsidio
gubernamental requiera a una entidad que no desarrolle una actividad agrícola específica, una
entidad debe reconocer el subsidio gubernamental como ingreso únicamente cuando las
condiciones para recibir el subsidio gubernamental se cumplan y éste sea exigible.
Una entidad debe presentar por separado el valor en libros de sus activos biológicos en el cuerpo
de su balance general, en el activo circulante o no circulante, dependiendo de su disponibilidad y
del ciclo del negocio.
La integración de los activos biológicos puede presentarse en el balance general o en nota por
separado.
Una entidad debe revelar la ganancia o pérdida acumulada generada durante el período corriente
por el reconocimiento inicial de activos biológicos y productos agrícolas y además, por separado, el
cambio en el valor razonable menos los costos de punto de venta de los activos biológicos.
Una entidad debe proporcionar una descripción de cada grupo de activos biológicos.
265
La revelación requerida por el párrafo anterior podría tomar la forma de una descripción narrativa
o cuantificada. Se recomienda que una entidad provea una descripción cuantificada de cada grupo
de activos biológicos, distinguiendo entre activos biológicos consumibles o regenerables o entre
activos biológicos maduros o inmaduros, como sea apropiado.
Por ejemplo, una entidad podría revelar el valor en libros de activos biológicos consumibles o
regenerables por grupos, posteriormente podría dividir estos valores, en activos maduros o
inmaduros.
Estas distinciones proporcionan información que podría ser útil al evaluar cuándo se darán los
flujos de efectivo futuros. Una entidad revela la base para hacer cualquiera de estas distinciones.
Los activos biológicos consumibles son aquellos que deben ser cosechados como producto agrícola
o vendidos como activos biológicos. Ejemplos de activos biológicos consumibles son:
El ganado destinado a la producción de carne,
El ganado mantenido para venta, cultivo de peces,
Cultivos como el maíz y el trigo y,
Árboles en crecimiento para la obtención de madera.
Los activos biológicos regenerables son aquellos distintos a los activos biológicos consumibles; por
ejemplo:
Ganado para la producción de leche,
Viñedos,
Árboles frutales, y
Árboles que puedan ser podados para la obtención de madera mientras que el árbol
subsiste.
Los activos biológicos regenerables no son un producto agrícola.
266
Los activos biológicos maduros son aquellos que han llegado a especificaciones de cosecha (para
activos biológicos consumibles) o son capaces de ser cosechados regularmente (para activos
biológicos regenerables).
Una entidad debe revelar los métodos y supuestos significativos aplicados para determinar el valor
razonable de cada grupo de producto agrícola en el momento de la cosecha y cada grupo de
activos biológicos.
Una entidad debe revelar el valor razonable menos los costos estimados de punto de venta de los
productos agrícolas cosechados durante el período, determinado en el momento de la cosecha.
Una entidad debe presentar una conciliación de los cambios en el valor en libros de los activos
biológicos entre el inicio y el final del período actual. Información comparativa no es requerida.
El valor razonable menos los costos estimados de punto de venta de un activo biológico pueden
cambiar debido tanto a cambios físicos como a cambios de precios en el mercado. Una revelación
separada de los cambios físicos y en precios es útil para evaluar el desempeño del período
corriente y expectativas a futuro, particularmente, cuando el ciclo de producción es mayor a un
año.
En estos casos, se recomienda a la entidad revelar, por grupo o de otra manera, el monto del
cambio en el valor razonable menos los costos estimados de punto de venta incluido en la utilidad
o pérdida neta ocasionados por cambios físicos y aquellos ocasionados por cambios de precios.
Esta información generalmente es menos útil cuando el ciclo de producción es menor a un año
(por ejemplo, la engorda de pollos o los cultivos de cereales).
La transformación biológica resulta en varias formas de cambio físico: crecimiento, degeneración,
producción y procreación, cada una de las cuales es observable y medible. Cada uno de esos
cambios físicos tiene una relación directa con los beneficios económicos futuros. Un cambio en el
valor razonable de un activo biológico debido a la cosecha es también un cambio físico.
3.1.1.5.2. TRATAMIENTO DE LOS INGRESOS Y CONTRIBUCIONES OTORGADAS Y RECIBIDAS POR
ENTIDADES CON PRÓPOSITOS NO LUCRATIVOS
Los objetivos de este Boletín son:
267
1. Establecer las reglas de reconocimiento, valuación, clasificación y revelación de los
ingresos y las contribuciones que reciben las entidades con propósitos no lucrativos; y
2. Establecer las reglas de reconocimiento, valuación y revelación de las contribuciones
otorgadas por las entidades con propósitos no lucrativos.
Este Boletín es obligatorio para los estados financieros por los ejercicios sociales iniciados el 1º de
enero de 2004, ya que el Boletín B‐2, Objetivos de los estados financieros de las entidades con
propósitos no lucrativos, entró en vigor en esa fecha.
Las entidades con propósitos lucrativos obtienen sus recursos principalmente a través de
transacciones económicas recíprocas, es decir, los activos y servicios que intercambian con otras
entidades a cambio de otros activos y servicios, tienen un mismo valor económico, las cuales son
reconocidas por la terminología contable como ingresos.
En cambio, en las entidades con propósitos no lucrativos, es lo más común la realización de
transacciones económicas no recíprocas, en las cuales los patrocinadores no esperan una
retribución económica proporcional o, acaso, ninguna retribución, las cuales son reconocidas en
este Boletín como contribuciones.
De ahí la necesidad de este Boletín para definir con precisión lo que son contribuciones que las
distinguen de lo que se conoce contablemente como ingresos y establecer las reglas que deben
seguirse para su reconocimiento, clasificación y revelación en los estados financieros.
Esta clasificación pretende dar al usuario de los estados financieros información más clara y
relevante sobre el origen y administración de los recursos recibidos y generados por estas
entidades.
Los objetivos de este Boletín son:
a. Establecer las reglas de reconocimiento, valuación, clasificación y revelación de los
ingresos y las contribuciones que reciben las entidades con propósitos no lucrativos.
b. Establecer las reglas de reconocimiento, valuación y revelación de las contribuciones
otorgadas por las entidades con propósitos no lucrativos.
268
Este Boletín es aplicable para todas las entidades que reúnan los requisitos establecidos por el
Boletín B‐2, Objetivos de los estados financieros de entidades con propósitos no lucrativos, por lo
que se refiere al reconocimiento, valuación, clasificación y revelación de los ingresos y
contribuciones que reciben y otorgan las entidades con propósitos no lucrativos.
Las entidades con propósitos no lucrativos, pueden obtener contraprestaciones recíprocas por la
venta de bienes o prestación de servicios en condiciones normales de mercado con la finalidad de
obtener recursos adicionales, razón por la cual deben reconocerse y cuantificarse como ingresos,
de acuerdo con los principios de contabilidad aplicables a las entidades con propósitos lucrativos.
Cuando la entidad no lucrativa obtiene contraprestaciones sustancialmente inferiores a las
condiciones normales de mercado por la venta de bienes o prestación de servicios, dichas
contraprestaciones deben considerarse como contribuciones recibidas.
Cuando la entidad no lucrativa adquiera bienes a un precio significativamente menor a su valor
razonable, de acuerdo con las condiciones del mercado, el exceso del valor razonable sobre el
precio pagado debe considerarse como contribución recibida.
En todo caso, la clasificación de los ingresos, como ingresos por venta de bienes o servicios, o
como contribuciones, debe hacerse atendiendo a la naturaleza o sustancia económica de las
transacciones, evaluando la proporción de los valores económicos intercambiados. Las
contribuciones recibidas por las entidades con propósitos no lucrativos deben ser cuantificadas
por el efectivo recibido o el monto de las promesas incondicionales de contribuir efectivo.
Las contribuciones en bienes, servicios o cancelación de pasivos, se cuantifican en su
reconocimiento inicial por el valor razonable de los bienes, servicios o pasivos cancelados. Las
promesas incondicionales de contribuir en efectivo se reconocen como cuentas por cobrar,
cuando se recibe la promesa por escrito y existe seguridad suficiente de que serán cobradas. Las
promesas incondicionales de contribuir en efectivo que se vencen en un plazo mayor a un año se
reconocen como patrimonio restringido, a menos que el donante deje claro que se trata de apoyar
actividades del período actual.
La contrapartida de los activos recibidos provenientes de una promesa condicionada, se
reconocerá como un pasivo y no como contribución hasta que se cumplan sustancialmente todas
las condiciones.
269
Contribuciones recibidas en servicios
Las contribuciones recibidas en servicios se reconocen en la medida de la recepción de los mismos,
siempre y cuando éstos cumplan la totalidad de las siguientes condiciones:
a) Crean o aumentan el valor de los activos no monetarios,
b) Su prestación requiere habilidades especializadas,
c) Son necesarios, de tal suerte que, si no se recibieran en donación tendrían que ser
comprados y d) pueden ser cuantificados razonablemente.
Algunas entidades con propósitos no lucrativos reciben servicios importantes de voluntarios, como
los grupos colegiados de profesionistas, donde:
a. Los propios miembros desarrollan labores educativas, de investigación, asesoría,
promoción, auxilio en la recaudación de donativos y otras labores que constituyen
actividades propias de los objetivos de la entidad, que no crean o aumentan el valor de los
activos no monetarios.
b. Resulta sumamente costoso cuantificar el valor razonable de sus contribuciones que son
simultáneamente costos y gastos del mismo período contable.
Contribuciones recibidas de partidas de colección
Las contribuciones de obras de arte, tesoros históricos y activos similares que reciben las
entidades con propósitos no lucrativos para ser vendidas con objeto de obtener fondos para el
desarrollo de sus actividades, deben reconocerse a su valor razonable.
Una entidad no lucrativa no necesita reconocer las contribuciones de obras de arte, tesoros
históricos y activos similares, si las partidas donadas se añaden a colecciones que cumplan con las
condiciones siguientes:
a. Se poseen para exhibición pública, educación, investigación o en fomento del servicio
público y no con el fin de obtener una ganancia económica.
b. Están protegidas, se mantienen sin gravamen, se cuidan y se preservan.
270
c. Están sujetas a una política de la entidad que requiere que los productos por ventas de
partidas de colección, se usen para adquirir otras partidas de colección.
La regla del párrafo anterior es optativa debido a las dificultades inherentes para determinar
confiablemente el valor razonable de las obras de arte, tesoros históricos y activos similares que
no se van a vender.
Las entidades no lucrativas podrán optar entre:
(a) Capitalizar las colecciones recibidas en períodos anteriores y que no hayan sido
previamente capitalizadas (utilizando su precio o valor razonable a la fecha de su
obtención, actualizado a la fecha de su capitalización, o bien, a su valor de mercado
actual, el que se considere más práctico estimar) o
(b) Capitalizar las colecciones recibidas a partir de la vigencia de este Boletín a su valor
razonable. No se permite la capitalización selectiva de colecciones o partidas.
Partidas de colección adquiridas
Las adquisiciones de obras de arte, tesoros históricos y activos similares que realicen las entidades
con propósitos no lucrativos para ser vendidas con objeto de obtener fondos para el desarrollo de
sus actividades, deben reconocerse a su valor razonable.
Las obras de arte, tesoros históricos y activos similares que se adquieren como colecciones que
cumplan con las condiciones señaladas en el párrafo 27, pueden ser capitalizadas o reconocidas en
el estado de actividades. La opción elegida debe ser uniforme tanto para las colecciones
adquiridas como para las contribuidas.
Clasificación de las contribuciones en el patrimonio de la entidad
El patrimonio de una entidad no lucrativa debe clasificarse en:
Patrimonio restringido permanentemente,
Patrimonio restringido temporalmente, y
Patrimonio no restringido.
271
El patrimonio restringido permanentemente debe formarse por las contribuciones con
restricciones permanentes y otros flujos de activos cuyo uso por parte de la entidad está limitado
por disposiciones de los patrocinadores que no expiran por el paso del tiempo y no puedan ser
eliminadas por acciones de la administración, y por reclasificaciones de otras clases de
contribuciones, por consecuencia de disposiciones impuestas por los donantes.
El patrimonio restringido temporalmente debe formarse por las contribuciones con restricciones
temporales y flujos de activos cuyo uso por parte de la entidad está limitado por disposiciones de
los patrocinadores que expiran por el paso del tiempo o porque se han cumplido los propósitos
establecidos por los donantes, y por reclasificaciones de otras clases de contribuciones, por
consecuencia de disposiciones impuestas por los donantes. Ciertos donantes establecen que sus
donaciones pueden ser utilizadas en un período posterior; en otros casos, los donantes pueden
establecer que sus contribuciones se dediquen a la adquisición de un edificio, o se apliquen a un
programa o servicio particular.
El patrimonio restringido temporalmente se convierte en patrimonio no restringido por el curso
del tiempo o una vez cumplidos los propósitos que imponían las restricciones, bien sea porque se
han adquirido los activos objeto de la restricción o se hubieren efectuado los gastos del programa
o servicio objeto de la restricción.
El patrimonio no restringido debe formarse por los activos netos de una entidad no lucrativa que
no tienen restricciones permanentes ni temporales impuestas por los donantes. Es decir, son los
activos netos que resultan de todos los ingresos, gastos, ganancias y pérdidas que no son cambios
en el patrimonio restringido permanente o temporalmente y los provenientes de reclasificaciones
al patrimonio no restringido del patrimonio permanente o temporalmente restringido de acuerdo
con las estipulaciones de los donantes. La única limitación sobre el patrimonio no restringido
resulta de la naturaleza de la entidad y los propósitos especificados en sus estatutos y
reglamentos.
Los donativos de activos de larga duración recibidos sin restricciones por parte del donante, deben
clasificarse como patrimonio restringido si la política contable, con base en sus estatutos y
reglamentos de la entidad, implica una restricción de tiempo y uso que expire con la vida útil de
los activos donados.
272
De igual manera se procederá con el efectivo recibido para la adquisición de activos específicos. En
todo caso, la entidad debe revelar su política contable. Las contribuciones otorgadas por las
entidades con propósitos no lucrativos, deben cuantificarse por el monto del efectivo entregado,
el equivalente de efectivo en el caso de promesas incondicionales de dar efectivo o al valor
razonable de los activos no monetarios o servicios entregados o de los pasivos cancelados, y
deben reconocerse como un gasto de contribución en el período contable de la entrega de los
activos, en la medida de la prestación de los servicios o en la fecha de cancelación de pasivos.
Promesas de dar
Se debe revelar en notas a los estados financieros:
a. Los montos de las cuentas por cobrar derivadas de promesas incondicionales de dar, con
vencimiento menor a un año, de uno a cinco años y más de cinco años.
b. Los montos de las promesas condicionales de dar, describiendo las condiciones
establecidas.
Pasivos por promesas condicionales
Se debe revelar en las notas a los estados financieros el monto de los activos que fueron recibidos
condicionalmente y la descripción de dichas condiciones que deben cumplirse para disponer de
ellos como contribuciones y, en su caso, la medida en que se han cumplido las condiciones.
Contribuciones en servicios
Una entidad con propósitos no lucrativos que recibe contribuciones en servicios que fueron
reconocidas, debe revelar en las notas a los estados financieros la descripción de los programas o
actividades para los que se utilizaron dichos servicios, incluyendo la naturaleza y extensión de los
servicios contribuidos y el monto reconocido en el período. Una entidad con propósitos no
lucrativos que recibe contribuciones en servicios que no fueron reconocidos, debe revelar en las
notas a los estados financieros la descripción de los programas o actividades para los que se
utilizaron dichos servicios, incluyendo la naturaleza y extensión de los mismos, a través de
información estadística o narrativa que permita a los lectores formarse un juicio apropiado de su
importancia.
273
Contribuciones otorgadas
Una entidad con propósitos no lucrativos que otorga contribuciones a otras entidades no
lucrativas acorde con su objeto social, debe revelar en las notas a los estados financieros las
características de estas contribuciones, justificaciones o razones para otorgarlas, así como su
naturaleza de condicional o incondicional y si fueron dadas con restricciones o sin ellas.
CAPITULO IV “PRINCIPALES ACONTECIMIENTOS QUE ORIGINARON LA CONVERGENCIA
CONTABLE”
4.1. GLOBALIZACIÓN
Globalización es una palabra muy utilizada en estos tiempos. El concepto tiene una connotación
de cambio en un mundo que, atento a ello, se transforma día con día por lo que los inversionistas
hoy en día no son ajenos a esta situación y busca invertir sus recursos en su país, o en países con
economías que les permitan acceder a mercados de dinero y capital con expectativas favorables.
La globalización en sí misma es un proceso continuo y dinámico, que desafía las leyes de los países
en su forma de regular el funcionamiento de empresas y el comportamiento económico de los
individuos a nivel internacional que, si bien pueden dar trabajo a la mano de obra desocupada o
ser los contratados, también pueden beneficiarse de irregularidades y debilidades subsistentes en
un determinado país. Es fácil para estas empresas simplemente trasladar sus centros de
producción a lugares en los cuales se les del máximo de facilidades. Es también un desafío a los
proyectos de desarrollo de los países, especialmente para aquellos que están en vías de desarrollo,
pues no sólo considera cualquier intervención estatal como a los intereses de esas empresas (en la
medida que tales planes implican regulaciones y demandan impuestos y otros recursos) sino que
además asevera que la idea misma del desarrollo social como meta y objetivo gubernamental o
estatal influye la libertad individual y distorsiona tanto la sociedad como el mercado.
Estas fueron las pautas de un primer momento en esta nueva relación socio‐económica. Se puede
observar, como ejemplo, que los altos costes de producción en los países desarrollados, que
confluyendo con una apertura de los países del este oriental, especialmente China e India, a los
mercados de capitales y su inclusión como miembros de la OMC, resultó en el traslado masivo de
la producción industrial desde Europa y EEUU a esos u otros países que ofrecían condiciones más
274
favorables al incremento de las ganancias de esas empresas internacionales. A nivel cultural, el
incremento de la intercomunicación física y virtual, han incrementado y facilitado este proceso.
La interconexión física se basa en la masificación del transporte. La interconexión virtual se basa
exclusivamente en la tecnología, por ejemplo, Internet.
Esto ha llevado a dos resultados contradictorios: por un lado la centralización del control
administrativo y político a niveles gubernamentales y corporativos se ha visto facilitada
enormemente. Por otro, se ha facilitado de manera igualmente enorme la diseminación de ideas
críticas y la comunicación a nivel de ciudadanos comunes y corrientes, que anteriormente estaban
para su información o no podían responder rápida y efectivamente a decisiones que los afectaban.
El crecimiento económico a nivel mundial desde la introducción del proceso. Según datos del FMI,
todos los países desarrollados y muchos de los que se encuentran en vías de desarrollo, han
experimentado un crecimiento sostenido de sus economías, lo que ha y está permitiendo la
incorporación de cientos de millones de habitantes a las economías modernas. Esta es
generalmente la justificación más usada en favor de la globalización
Es importante anotar que entre los partidarios de la globalización están corrientes con visiones
encontradas y radicalmente diferentes en su percepción sobre los beneficios de la globalización, es
el caso del liberalismo libertario y el neoconservadurismo en lo político, o la escuela austríaca y el
monetarismo/escuela neoclásica en la doctrina económica.
Desde otro punto de vista a escala mundial, la globalización se refiere a la creciente
interdependencia entre los países, tal como se refleja en los flujos internacionales de bienes,
servicios, capitales y conocimientos y a escala nacional, se refiere a la magnitud de las relaciones
entre la economía de una nación y el resto del país. Por lo que es un proceso de crecimiento
internacional o mundial del capital financiero, industrial, comercial, recursos, humano, político y
de cualquier tipo de actividad intercambiable entre países.
La globalización, la competencia y el surgimiento de un nuevo paradigma de eficiencia. En la
economía mundial moderna, las relaciones entre las personas, las regiones y los países no son
accidentales ni pasivas, sino que son mecanismos de integración activos que intensifican y
cambian la vida económica internacional.
275
La globalización ha transformado la forma en que las empresas llevan a cabo sus organizaciones
sus operaciones, pero sobre todo, ha tenido un impacto muy importante en la organización
misma, por 10 que el perfil de sus integrantes es distinto. La formación de bloques económicos
complementan y no obstruyen el proceso de globalización, la apertura de los mercados y la
liberación de flujos de capital iniciaron un movimiento entre cada bloque y se ha extendido
gradualmente. Esto ha transformado la realidad del sector productivo a nivel mundial, las
empresas, como motor de cada economía modifican la forma de llevar a cabo sus operaciones, a
fin de adaptarse al nuevo entorno.
4.1.1. CARACTERÍSTICAS
Las principales características de la globalización son las siguientes:
Se trata de un proceso universal, pues afecta a todos los países del planeta,
independientemente de la posición que ocupen dentro de la economía mundial y del
orden político.
Al existir un proceso irreversible de integración de los mercados, se parte de la existencia
de países mejor posicionados que otros, es decir que su naturaleza económica es
excluyente, porque aquellas naciones o regiones que no pueden ser competitivas,
quedarán a la saga del desarrollo,
Al ser en mercado el elemento primordial de la globalización, el Estado como unidad
política y como espacio en el cual se desarrolla el gobierno y la soberanía de los países,
queda en segundo plano,
Al ser el mercado el mecanismo que rige las relaciones entre los países y regiones, la
capacidad de consumo determinará su valor y no su condición humana. Por esa razón se
dice que la globalización es deshumanizante;
Está cimentada por los Medios Masivos de Comunicación, y su influencia es sobre los
aspectos socio‐culturales, políticos y económicos de los involucrados (el mundo entero, en
otras palabras), porque permiten difundir ideas a cientos o miles de millones de personas.
276
Los mercados, el capital, la producción, la gestión, la fuerza de trabajo, la información, el
conocimiento y la tecnología se organizan en flujos que atraviesan las fronteras
nacionales.
La competencia y las estrategias económicas, tanto de grandes como de pequeñas y
medianas empresas, tienden a definirse y a decidirse en un espacio regional, mundial o
global.
La globalización empuja a las empresas y mercados a organizarse en redes estrechamente
hilvanadas a escala planetaria.
La ciencia, el conocimiento, la información, la cultura, la educación, etc. Tienden a escapar
de los límites o controles nacionales y ha asumir, al igual que los mercados, una lógica de
red transnacional y global.
4.1.2. VENTAJAS Y DESVENTAJAS
En todo cambio económico y su proceso de aplicación existen ventajas y desventajas que se
consideran pertinentes mencionar, y son las siguientes:
Las principales ventajas son:
La importancia de las multinacionales. Las empresas requieren el apoyo de sus Estados
para el financiamiento de la infraestructura científica y tecnológica, los incentivos fiscales,
un acceso privilegiado a los mercados públicos, y protección en las negociaciones
comerciales. Simultáneamente la misma legitimidad política del Estado depende de su
capacidad para atraer a los capitales financieros y las empresas innovadoras y creadoras
de empleo.
La revolución tecnológica en los procesos productivos, la información, las
telecomunicaciones y el transporte. El "toyotismo" o sistema de producción flexible
permite combinar las ventajas de la producción artesanal (calidad de producto) con
aquellas de la producción de masa (velocidad y bajos costos unitarios). El modelo se basa
más en la organización (trabajo y producción) que en la capacidad técnica.
277
El predominio de la esfera financiera. Un reducido número de operadores controla las
transacciones sobre el conjunto de mercados mundiales interconectados por un sistema
que permite ejecutar órdenes de compra y venta en tiempo real.
Reducción de Costos : La globalización puede reducir los costos mundiales en diferentes
formas:
Economía de escala: se pueden realizar aunando la producción u otras actividades
para dos o más países.
Costo mas bajo de factores: se pueden lograr llevando la manufactura u otras
actividades a países de bajos costos.
Producción concentrada: significa reducir el número de productos que se fabrican,
de muchos modelos locales a unos pocos globales.
Flexibilidad: se puede explotar pasando la producción de un sitio a otro en breve
plazo, a fin de aprovechar el costo mas bajo en un momento dado.
Aumento de poder negociador: con una estrategia que permita trasladar la
producción entre múltiples sitios de manufactura en diferentes países, se aumenta
grandemente el poder negociador de una compañía con los proveedores, los
trabajadores y los gobiernos.
Calidad Mejorada de Productos y Programas: La concentración en un número
menor de productos y programas, en lugar de los muchos productos y programas que
son típicos de una estrategia multilocal, puede mejorar la calidad tanto de los
productos como de los programas.
Más Preferencia de Los Clientes: La disponibilidad, el servicio y el reconocimiento globales
aumentan la preferencia de la clientela mediante el refuerzo.
Mayor Eficacia Competitiva: Una estrategia global ofrece más puntos de ataque y
contraataque contra los competidores.
Gracias a la globalización, es posible beneficiarse de mercados cada vez más vastos en todo
el mundo y tener mayor acceso a los flujos de capital y a la tecnología, y beneficiarse de
278
importaciones más baratas y mercados de exportación más amplios. Pero los mercados no
garantizan necesariamente que la mayor eficiencia beneficiará a todos. Los países deben
estar dispuestos a adoptar las políticas necesarias y, en el caso de los países más pobres,
posiblemente necesiten el respaldo de la comunidad internacional a tal efecto.
Abre posibilidades para que las economías desarrolladas mejoren su eficiencia y su
productividad y permite a las economías en vías de desarrollo mejorar el nivel de vida de su
población.
En cuanto al trabajo, se van a crear muchas nuevas empresas de generación de valor que
crearán empleo según el conocimiento de las personas. La globalización implica adaptarse
a nuevos criterios de división del trabajo.
Las desventajas que origino su aplicación son:
Los costos laborales: lo más importante en este aspecto, es el desnivel de estos costos en
los países desarrollados respecto a los que están en vías de desarrollo, como su enorme
variación en los últimos 10 años. Esto se explica por la continua devaluación del dólar en
los últimos 20 años y en menor medida a razones históricas como conflictos sociales, etc.
Los costos impositivos: la diferencia relativa entre los impuestos a las ganancias de las
empresas, tiene muchas divergencias entre los países en desarrollo y los desarrollados,
debido en gran medida a las exenciones de impuestos que muchos países en desarrollo
otorgan a sus zonas francas.
Los costos ambientales: estos costos son originados por regulaciones encaminadas a la
preservación ambiental entre los países con un grado comparable de desarrollo
económico. La inclusión de fuertes medidas para disminuir la emisión de CO2 y el uso de
energía figuran en casi todos los tratados de integración, aunque todavía se deja a cada
país fijar el tope de esos valores.
Aumento de gastos administrativos: La globalización puede causar gastos administrativos
cuantiosos por el aumento de coordinación y por la necesidad de informar, e incluso por el
aumento de personal. La globalización también puede reducir la eficacia de la
279
administración en cada país si la excesiva centralización perjudica la motivación local y
hace bajar la moral.
Son debidos al aumento de coordinación y por la necesidad de informar e incluso por el
aumento de personal, además de que puede reducir la eficiencia o eficacia de la
administración en cada país si la excesiva centralización perjudica la motivación local y
hace bajar la moral.
Menos sensibilidad a las necesidades del cliente : La estandarización de productos puede
dar por resultado un producto que no deje clientes plenamente satisfechos en ninguna
parte.
Sacrificio de algunas necesidades nacionales: En particular, para la globalización de la
estrategia a menudo se requiere que uno o más países abandonen las estrategias, los
productos, etc. acreditados durante mucho tiempo.
Aumento de riesgos de crear competitividad: Integrar medidas competitivas puede
significar sacrificio de ingresos, de utilidades o de posición competitiva en algunos países.
Aumento de riesgos por fluctuación de divisas debido a las crisis que se viven hoy en día
por lo que las bolsas de valores permanecen inestables y se mantiene una incertidumbre
en cuanto a los resultados a obtener.
4.1.3. COMENTARIOS
Podemos decir entonces que la globalización nos deja implícito "un todo" o que "abarca todo".
También que este proceso influye de diferente manera tanto en los países desarrollados como en
los que están en vías de desarrollo: en los países desarrollados, muchos países se ven constreñidos
económicamente a elegir entre desempleo con altas normales de seguridad social de la calidad de
servicios públicos y salarios reales altos, y empleo con bajos salarios y pobres servicios públicos.
En teoría, las empresas exitosas pueden salir triunfantes en el proceso de globalización, sin que se
pueda decir lo mismo necesariamente de los trabajadores profesionales; en los subdesarrollados,
a mediano plazo, pueden beneficiarse tanto de un aumento de empleo, transferencia tecnológica
280
y calidad y precio de bienes y servicios, como de la presión a desarrollar instituciones educativas,
sociales y políticas que mejoren la productividad y la institucionalidad.
Podemos distinguir dos cales de países: los que han hecho un esfuerzo enorme por desarrollar y
copiar tecnologías sofisticadas para la exportación de bienes; y países que simplemente han
abierto sus fronteras a la inversión extranjera en desmedro de empresas nacionales privadas y
estatales.
Por lo tanto, en la globalización, en donde los nuevos descubrimientos del hombre, las
innovaciones tecnológicas cambian nuestra forma de ver el mundo, creando un impacto a nivel
mundial, en donde el objetivo central es convertir todo el planeta en un gran mercado. Al igual
como lo expresó el Doctor Leonel Fernández: "Lo que se procura, por vez primera en la historia de
la humanidad, es poder producir cualquier producto en cualquier lugar del mundo, y que pueda
ser consumido por cualquier persona en cualquier otro lugar del globo".
La crisis mexicana de 1994 y la introducción del narcotráfico en el sistema financiero para adquirir
acciones y así lavar dinero, son dos ejemplos de vulnerabilidad introducida por la globalización
financiera.
En cuanto a las consecuencias sociales que en México la globalización provoca podemos enumerar
en primer lugar el aumento en la migración de la gente de campo que no encuentra oportunidades
de trabajo y empleo en sus regiones, así como el incremento de la competencia al interior de la
Nación entre regiones rivales y el consecuente debilitamiento de los lazos de solidaridad hacia los
espacios del territorio nacional que estén en desventaja. Esto, a su vez, provoca presiones para
que el Estado intervenga con "políticas públicas que sean capaces de contrarrestar la expansión de
la desigualdad regional, económica y social". La expansión del sector informal, la proliferación de
los micro establecimientos industriales, comerciales y de servicios, y la caída de la industria
manufacturera frente a los servicios, son otras tres consecuencias notorias que la mundialización
provoca en el México social
281
CASO PRÁCTICO
ELABORACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS DE ACUERDO A PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD
GENERALMENTE ACEPTADOS Y DE ACUERDO A NIF
282
CONCLUSIÓN
Al finalizar el presente trabajo nos pudimos dar cuenta de que existen varias diferencias ente la
normatividad contable en México que se utilizaba hasta hace unos años con la utilizada
actualmente.
Podemos recordar que la anterior normatividad eran los Principios de Contabilidad Generalmente
Aceptados, los cuales fueron sustituidos por las actuales Normas de Información Financiera.
No podemos descartar la idea de que en un futuro no muy lejano estemos utilizando las Normas
Internacionales de Información Financiera.
Dentro de los aspectos que originaron la conversión de normatividades podemos mencionar la
globalización a la que están recurriendo las empresas en México para aumentar su mercado en
forma internacional.
Otra causa que favoreció a la aplicación de las NIF, es la forma en que eran registrados tanto
activos como pasivos de la entidad. La información con la que se contaba tenía que ser
actualizada, al igual que algunos métodos utilizados con anterioridad.
La normatividad que se esta utilizando actualmente es de gran ayuda por que ayuda al mejor
entendimiento de las operaciones que realizan las entidades, además de que agrega ciertas cosas
283
que no se tenían contempladas anteriormente o que a lo mejor si estaban dentro de los principios
pero que se decidió abarcar más sobre estas.
Como por ejemplo: el nuevo boletín D‐3 Beneficios a los empleados, el anterior boletín tenia
información muy vaga acerca de ciertos temas que se trataban dentro del mismo, se decidió
ampliar el dicho boletín para que estuviera más acorde con las Normas Internacionales de
Información Financiera y tuviera un poco más de sentido al explicar los beneficios con los que
cuentan los empleados cuando están dentro de una entidad.
Algunos boletines permanecieron sin cambios mientras otros cuantos cambiaron una parte de su
contenido para adaptarlas a lo que esta pasando actualmente con las empresas, tanto nacionales
como internacionales, y adecuarlas para que se relacionen más con las Normas Internacionales de
Información Financiera y sean más claras para su fácil entendimiento.
Se puede decir que el cambio ocurrido, de los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados
a las NIF fue acertado ya que la información presentada es más útil y entendible, aunque aun hay
ciertos aspectos en los que todavía no nos hemos actualizado, en un futuro estaremos más acorde
con las Normas Internacionales de Información Financiera.
284
FUENTES BIBLIOGRAFICAS
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Mexicano de Contadores Públicos.
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Investigación y Desarrollo de Normas de Información Financiera.
FUENTES EN LÍNEA
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Contabilidad Generalmente Aceptados y la Ley del impuesto Sobre la Renta para
personas morales del Régimen General. Tesis profesional, Licenciatura en Contaduría
y Finanzas, Universidad de las Americas Puebla. Recuperado el 05 de Febrero de
2010 de http://catarina.udlap.mx/u_dl_a/tales/documentos/lcp/tellez_y_r/capitulo2.pdf
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regula la composición del número de identificación fiscal de las personas jurídicas y
entidades sin personalidad jurídica. Recuperado el 26 de Febrero de 2010 de
http://www.crear‐empresas.com/leyes/OrdenEHA_2008.htm
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Febrero de 2010 de http://www.life123.com/es/carrera‐dinero/carrera/contabilidad/
contabilidad‐principios.shtml
Emisora: GRUPO MEXICO, S.A. DE C.V.
Fecha De Constitución: 09/02/1999
Sector: INDUSTRIA EXTRACTIVA
Ramo: INDUSTRIA MINERA
Valores Inscritos: ACCIONES
Actividad Económica: PROMOVER, CONSTITUIR, ORGANIZAR, EXPLOTAR, ADQUIRIR Y TOMAR PARTICIPACION EN EL CAPITAL SOCIAL O PATRIMONIO DE TODO GENERO DE SOCIEDADES MERCANTILES O CIVILES, ASOCIACIONES O EMPRESAS, YA SEAN INDUSTRIAS.
DATOS DEL BALANCE DATOS DE RESULTADOS
TRIMESTRE ACTIVO TOTAL
PASIVO TOTAL
CAPITAL CONTABLE
VENTAS NETAS
RESULTADO DE
OPERACIÓN
RESULTADO NETO
MAYORITARIO
EJERCICIO 2006
1 96,836,842 38,810,593 42,612,519 14,571,232 7,555,331 3,524,636 2 109,127,213 46,253,043 46,680,823 32,239,395 16,936,644 7,379,365 3 112,006,712 46,358,265 48,735,827 50,401,745 26,877,025 11,817,739
EJERCICIO 2005
3 94,327,091 41,143,213 39,953,932 44,327,821 19,590,449 4,293,789
VARIACION REAL
IMPORTE 17,679,621 5,215,052 8,781,895 6,073,924 7,286,576 7,523,950 PORCENTAJE 18.74 12.68 21.98 13.70 37.19 175.23
El numero de acciones que integran el capital social y que se utiliza para el calculo de V.L.A. y U.P.A. esta dado a la fecha de publicación.
Los Datos del Balance y Resultados estas expresados en miles de pesos y reexpresados a la fecha de cierre del periodo reportado.
COMENTARIOS Y ANALISIS DE LA ADMINISTRACION SOBRE LOS RESULTADOS DE OPERACIÓN Y SITUACION FINANCIERA DE LA COMPAÑÍA
MÉXICO D.F., A 27 DE OCTUBRE DE 2006 – GRUPO MÉXICO, S.A.B. DE C.V. REPORTA HOY SUS RESULTADOS CORRESPONDIENTES AL TERCER TRIMESTRE Y PARA LOS NUEVE MESES TERMINADOS EL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2006 Y DE 2005.
GRUPO MÉXICO
INFORMACIÓN CONSOLIDADA DE LAS OPERACIONES MINERAS DE EUA, ASARCO INC. (HASTA EL 9 DE AGOSTO DE 2005); MÉXICO Y PERÚ EN SOUTHERN COPPER CORPORATION (SCC); ASI COMO LA DIVISIÓN DE TRANSPORTE CON GRUPO FERROVIARIO MEXICANO, S.A. DE C.V. (“GFM”) – FERROCARRIL MEXICANO, S.A. DE C.V. (“FERROMEX”), INTERMODAL MÉXICO Y TEXAS PACIFICO. EL PASADO 24 DE NOVIEMBRE DE 2005, GMEXICO INCORPORO A TRAVÉS DE SU SUBSIDIARIA INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTES MÉXICO, S.A. DE C.V. (ITM) A LA SUBSIDIARIA FERROVIARIA FERROSUR, S.A. DE C.V., DICHA ADQUISICIÓN SE PRESENTA BAJO EL MÉTODO DE PARTICIPACIÓN EN ESTOS ESTADOS FINANCIEROS.
• LAS VENTAS CONSOLIDADAS DURANTE EL 3T06 FUERON POR $ 1,647.6 MILLONES (1), UN 31% MAYORES A LAS VENTAS DEL 3T05, Y UN 9% SUPERIORES A LAS DEL 2T06, LAS VENTAS CONSOLIDADAS ACUMULADAS AL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2006 FUERON POR $ 4,490.9 MILLONES, UN 18% MAYORES A LAS VENTAS DEL MISMO PERIODO DEL AÑO 2005.
• ESTE BUEN RESULTADO EN LAS VENTAS SE OBTUVO A PESAR DE UNA MENOR PRODUCCIÓN DEBIDA A PAROS ILEGALES EN LAS MINAS DE LA CARIDAD Y CANANEA. ESTOS PAROS FUERON RESULTADOS A FINALES DE JULIO Y LAS MINAS ESTARÁN A PLENA CAPACIDAD EN EL 4ª TRIMESTRE DE 2006.
• EL COSTO DE LO VENDIDO DE $ 665.9 MILLONES FUE 22% MAYOR AL DE LOS PRIMEROS NUEVES MESES DEL AÑO PASADO, DEBIDO A LA COMPRA DE MINERAL DE COBRE DE TERCEROS EN LA DIVISIÓN DE MÉXICO, SIENDO UN COSTO EXTRAORDINARIO REALIZADO PARA NO DETENER EL COMPLEJO METALÚRGICO Y NO AFECTAR EL ABASTO DE NUESTROS CLIENTES.
• EL EBITDA DEL 3T06 SE INCREMENTO EN 53% EN COMPARACIÓN CON EL 3T05 Y 20 % MAYOR AL 2T06, ASCENDIENDO A $ 956.6 MILLONES, EL EBITDA POR LOS PRIMEROS NUEVE MESES TERMINADOS EN 30 DE SEPTIEMBRE DE 2006 SE INCREMENTO EN 35% EN COMPARACIÓN AL AÑO 2005.
• LA UTILIDAD DE OPERACIÓN CONSOLIDADA DURANTE EL 3T06 SE INCREMENTO $ 273.6 MILLONES, SIENDO 47% MAYOR QUE LA REGISTRADA EN EL 3T05. EL AUMENTO ANTERIOR SE EXPLICA EN PARTE POR LOS MEJORES PRECIOS DE LOS METALES, EL REINICIO DE LAS OPERACIONES MINERAS MEXICANAS A TAJO ABIERTO Y, ADICIONALMENTE, POR UN CONTINUO PROCESO DE CONTROL DE COSTOS, INDISPENSABLE EN EL SECTOR DE METALES BÁSICO.
• INCREMENTO DEL 43% EN LA UTILIDAD NETA CONSOLIDADA DEL 3T06 COMPARADA CON EL MISMO PERIODO DEL AÑO ANTERIOR ALCANZADO $ 392.7 MILLONES, POR LO QUE CORRESPONDE A LOS PRIMEROS NUEVE MESES DE 2006, LA UTILIDAD NETA CRECIÓ EN 41% EN COMPARACIÓN AL MISMO PERIODO DEL AÑO ANTERIOR, ALCANZANDO $ 1,076.7 MILLONES.
• LA INVERSIÓN DE CAPITAL ACUMULADA AL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2006 FUE DE $ 455 MILLONES DE DÓLARES PRINCIPALMENTE EN LA FASE DE TERMINACIÓN DE LA NUEVA FUNDICIÓN EN ILO, PERÚ; TAMBIÉN POR EL PROYECTO DE LA CONSTRUCCIÓN DE LA PLANTA NO. 3 DE CÁTODO DE COBRE POR EL PROCESO “ESDE” Y EL SISTEMA DE QUEBRADO Y TRANSPORTE DE MINERAL LIXIVIABLE DE CANANEA, SON., MÉXICO. TAMBIÉN, MÉXICO Y PERÚ SE ENCUENTRAN REALIZANDO PROYECTOS DE REPOSICIÓN Y MODERNIZACIÓN DE EQUIPO E INSTALACIONES PARA AUMENTAR SU EFICIENCIA, ADICIONALMENTE, GFM – FERROMEX ADQUIRIÓ Y RECIBIÓ 15 LOCOMOTORAS EMD 4300 HP. Y RECIBIRÁ DURANTE LOS PRÓXIMOS MESES 60 LOCOMOTORAS ADICIONALES DE ALTO RENDIMIENTO, DENTRO DE UN PROGRAMA DE 100 LOCOMOTORAS, REALIZANDO IMPORTANTES INVERSIONES EN VÍA FÉRREA E INFRAESTRUCTURA, TODAS ESTAS INVERSIONES TRAERÁN CONSIGO UNA MAYOR PRODUCCIÓN DE COBRE, ASÍ COMO UN MAYOR MOVIMIENTO DE VOLÚMENES DE CARGA DE FERROMEX.
• EN EL 3T06, EN EL SECTOR DE TRANSPORTE FERROVIARIO LOS VOLÚMENES TRANSPORTADOS POR GFM – FERROMEX INCREMENTARON 13.3% EN COMPARACIÓN CON EL MISMO PERIODO DEL AÑO 2005, LOGRÁNDOSE UN INCREMENTO DEL 23.7% EN LAS VENTAS AL COMPARAR LOS MISMOS PERIODOS; PARA LOS PRIMEROS NUEVE MESES LAS VENTAS ALCANZARON $ 687 MILLONES DE DÓLARES, 25.9% SUPERIORES A LAS DEL AÑO 2005.
• EL EBITDA DEL 3T06 DE GFM – FERROMEX ALCANZO LA CANTIDAD DE $ 77.7 MILLONES DE DÓLARES EN COMPARACIÓN DEL 3T05 DE $ 60.2 MILLONES DE DÓLARES, ESTO ES UN 29% MAYOR.
• LAS VENTAS DE FERROSUR DEL 3T06 FUERON DE $59.3 MILLONES DE DÓLARES COMPARADO CON $ 58.4 MILLONES DEL 2T06, EL EBITDA FUE DE $ 18.3 MILLONES DE DÓLARES CONTRA $16.3 MILLONES DEL TRIMESTRE ANTERIOR Y LA UTILIDAD NETA $8.4 MILLONES DE DÓLARES, 110% MAYOR AL 2T06 DEBIDO A MAYORES EFICIENCIAS OPERATIVAS.
LA INCORPORACIÓN DE FERROSUR POR PARTE DE ITF, SUBSIDIARIA DE ITM, SE LLEVO A CABO CON OBJETO DE PODER OFRECER A NUESTROS USUARIOS UN SERVICIO SIN COSTURAS QUE CUBRA UNA MAYOR PARTE DEL TERRIROTIO NACIONAL, POR OTRO LADO, DADA LA ECONOMÍA DE ESCALA QUE CARACTERIZA AL SERVICIO FERROVIARIO SE OBTENDRÁN IMPORTANTES SINERGIAS CON OBJETO DE BRINDAR UN SERVICIO MAS COMPETITIVO A NUESTROS CLIENTES.
(1) TODAS LAS CIFRAS ESTÁN EXPRESADAS E DÓLARES AMERICANOS (US$), BAJO U.S. GAP, EXCEPTO DONDE SE INDIQUE.
GRUPO MÉXICO
CIFRAS RELEVANTES
(MILES DE DÓLARES EN US GAP)
3T2006 3T2005 VARIACIÓN
US $000 % VENTAS COSTO DE VENTAS UTILIDAD DE OPERACIÓN EBITDA MARGEN EBITDA (%) UTILIDAD NETA INVERSIONES/CAPEX
1,647,634665,999862,400956,60258.1%
392,686169,813
1,257,447543,798588,744625,48449.7%
275,620176,491
390,187 122,201 273,656 331,118
0 117,066 (8,678)
31.022.546.552.9
042.5(4.9)
(MILES DE DÓLARES EN US GAP)
ACUMULADO VARIACIÓN
SEP 2006 SEP 2005 US $000 % VENTAS COSTO DE VENTAS UTILIDAD DE OPERACIÓN EBITDA MARGEN EBITDA (%) UTILIDAD NETA INVERSIONES/CAPEX
4,490,9331,873,2622,259,8482,517,198
56.1%1,076,755454,982
3,802,1641,811,3901,601,5101,858,991
48.9%765,110442,325
688,769 61,872 658,338 658,207
0 311,646 12,657
18.13.4
41.135.4
040.72.9
EVENTOS RELEVANTES
• ADQUISICIÓN DE FERROSUR. EL 22 DE JUNIO DEL PRESENTE AÑO, EL PLENO DE LA COMISIÓN FEDERAL DE COMPETENCIA RESOLVIÓ EN SU PRIMERA INSTANCIA, NO AUTORIZAR LA CONCENTRACIÓN DE FERROSUR EN ITM. DURANTE ESTE TERCER TRIMESTRE SE PRESENTO EL RECURSO DE RECONSIDERACIÓN POR CONSIDERAR QUE LA CFC SOSTUVO UN INADECUADO CRITERIO DEL MERCADO RELEVANTE, ESPERAMOS QUE ESTE SEA RESUELTO FAVORABLEMENTE ANTES DEL 31 DE DICIEMBRE DE 2006, DEBIDO A LOS BENEFICIOS QUE DICHA OPERACIÓN HA TRAÍDO A LOS USUARIOS DE CARGA DE FERROCARRIL, ASÍ COMO A LOS DEL AUTOTRANSPORTE QUE EMPIEZAN A CONTAR CON UN MEDIO ALTERNO COMPETITIVO PARA LA TRANSPORTACIÓN DE SUS PRODUCTOS Y MERCANCÍAS.
• REINICIO DE OPERACIONES EN LAS MINAS DE SONORA. EL 27 DE JULIO DE 2006, MEXICANA DE COBRE RECIBIÓ LAS INSTALACIONES DE LA MINA CONCENTRADORA DE LA CARIDAD, TRAS CASI CUATRO MESES DE PARO ILEGAL, DE CONFORMIDAD CON LA RESOLUCIÓN DE LA JUNTA FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE, LA EMPRESA DIO POR TERMINADO EL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO CO LA SECCIÓN 298 DEL SINDICATO MINERO (SNTMMSRM). A PARTIR DE AGOSTO SE INICIARON LAS CONTRATACIONES DE
PERSONAL Y SE DIO INICIO A LAS OPERACIONES MINERAS, AL TÉRMINO DEL TERCER TRIMESTRE, LA MINA DE LA CARIDAD OPERO AL 70% DE SU CAPACIDAD. IGUALMENTE, TRAS SEIS SEMANAS DE PARO ILEGAL, SE REINICIARON LABORES EN EL COMPLEJO MINERO DE CANANEA, CUYA OPERACIÓN ESTA TOTALMENTE NORMALIZADA Y A PLENA CAPACIDAD.
• RESTRUCTURACIÓN DE LA REFINERÍA DE ZINC DE SAN LUIS POTOSÍ CONCLUIDA, EN OCTUBRE, QUEDO TERMINADO LAS REPARACIONES Y LA PLANTA ESTA TOTALMENTE NORMALIZADA Y A PLENA CAPACIDAD, LA REFINERÍA CERRO SUS OPERACIONES EN ENERO PASADO, CONSECUENCIA DE UN INCENDIO ELÉCTRICO EN LOS TRANSFORMADORES, CAUSADO POR FUERTES VARIACIONES EN EL SUMINISTRO DE LA CORRIENTE ELÉCTRICA.
• PLANES DE DESARROLLO PARA PRODUCCIÓN DE COBRE. SOUTHERN COPPER CORPORATION (SCC) CONSTRUIDA UNA NUEVA PLANTA (ESDE) NO. 3 QUE PRODUCIRÁ CÁTODO DE COBRE POR EL PROCESO DE EXTRACCIÓN POR SOLVENTES EN LA MINA DE CANANEA CON UNA CAPACIDAD DE 33,000 TONELADAS MÉTRICAS POR AÑO, LA EMPRESA FIRMO UN CONTRATO DE INGENIERÍA BÁSICA CON BECHTEL INTERNACIONAL, INC., EL CUAL ALCANZO UN 64% DE AVANCE AL 30 DE SEPTIEMBRE Y SE ESPERA CONCLUIR EN DICIEMBRE DE 2006, ASÍ MISMO, SE ESTA DESARROLLANDO EL PROYECTO QUE QUEBRADO Y ACARREO DE MINERAL LIXIVIABLE POR BANDAS EN LA MINA DE CANANEA, CON UNA CAPACIDAD DE 15 MILLONES DE TONELADAS MÉTRICAS POR AÑO. LA QUEBRADORA YA FUE ADQUIRIDA Y SE ANALIZANDO EL SISTEMA DE BANDAS TRANSPORTADORAS, QUE PERMITIRÁ NO SOLO MAYORES VOLÚMENES DE PRODUCCIÓN, SINO TAMBIÉN MENORES COSTOS UNITARIOS DE PRODUCCIÓN.
EN ADICIÓN, SE ENCUENTRA EN EVALUACIÓN TÉCNICA – ECONÓMICA LA AMPLIACIÓN DE LA CONCENTRADORA DE CANANEA, CON UNA CAPACIDAD ADICIONAL DE 35,000 TONELADAS ANUALES, QUE PUDIERA ENTRAR EN OPERACIÓN PARA EL AÑO 2009. EN PARALELO SE CONSTRUIRÁ UNA PLANTA DE BENEFICIO PARA CONCENTRADOS DE MOLIBDENO DEL ORDEN DE 4,000 TONELADAS ANUALES DE MOLIBDENO CONTENIDO, ASIMISMO, LA EMPRESA SE ENCUENTRA EN EL PROCESO DE EVALUACIÓN DE LA EXPANSIÓN DE LA FUNDICIÓN DE ILO DE 1.2 MILLONES A 1.8 MILLONES DE TONELADAS DE CONCENTRADOS, Y LA EXPANSIÓN DE LA REFINERÍA DE ILO DE 280.000 A 360.000 TONELADAS.
SE CONCLUYERON LOS ESTUDIOS DE EXPLOTACIÓN DEL DEPOSITO DE COBRE “TÍA MARÍA” LOCALIZADO EN AREQUIPA, AL SUR DE PERÚ, SE HAN SOLICITADO COTIZACIONES PARA EL ESTUDIO DE PRE‐FACTIBILIDAD, ESPERANDO INICIAR LOS ESTUDIOS EN EL 4T06, DE IGUAL FORMA, EN MAYO DE 2006 SE INICIARON LOS ESTUDIOS DE PRE‐FACTIBILIDAD DEL PROYECTO DE COBRE Y MOLIBDENO “LOS CHANCAS” LOCALIZADO AL SUR DE PERÚ, ADICIONALMENTE SE INICIARON LOS ESTUDIOS DE PRE‐FACTIBILIDAD DEL PROYECTO DE COBRE Y ORO “EL ARCO”, UBICADO EN EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA NORTE, MÉXICO.
ASÍ MISMO, ES IMPORTANTE ENFATIZAR QUE SCC DENTRO DE SU ESTRATEGIA DE CRECIMIENTO CON EL PROPÓSITO DE MAXIMIZAR EL VALOR DE LA EMPRESA, ADEMÁS DE LAS PROPIAS
EXPANSIONES DE SUS MINAS, CONTINUAMENTE ESTUDIA Y ANALIZA LA POSIBILIDAD DE ADQUISICIONES O ALIANZAS ESTRATÉGICAS, NO HABIENDO EN LA ACTUALIDAD TRANSACCIÓN ALGUNA QUE COMENTAR.
• FONDO DE RECOMPRA DE ACCIONES – GMÉXICO HA ADQUIRIDO DENTRO DE SU FONDO DE RECOMPRA HASTA EL DÍA 25 DE OCTUBRE DEL AÑO EN CURSO, 17,263,300 DE ACCIONES POR UN MONTÓN DE $ 531.8 MILLONES DE PESOS DE CONFORMIDAD AL PROGRAMA AUTORIZADO POR LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS HASTA POR UN MONTO DE $ 2,240 MILLONES DE PESOS.
• GMÉXICO DECRETA EL PAGO DE DIVIDENDO. DE CONFORMIDAD CON LAS RESOLUCIONES ADOPTADAS POR LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA CELEBRADA EL 28 DE ABRIL DE 2006, EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN ACORDÓ, EN SU SESIÓN DE FECHA 27 DE OCTUBRE DE 2006, Y CON BASE EN LOS RESULTADOS FINANCIEROS OBTENIDOS POR LA SOCIEDAD DURANTE EL TERCER TRIMESTRE DE 2006, DESTINAR LA CANTIDAD DE $ 0.56 M.N. (CERO PESOS CON CINCUENTA Y SEIS CENTAVOS) A CADA ACCIÓN EN CIRCULACIÓN DE LA SOCIEDAD, EL CUAL SERÁ PAGADO EN UNA SOLA EXHIBICIÓN, A PARTIR DEL 6 DE NOVIEMBRE DE 2006.
• GMÉXICO ANUNCIO “SPLIT” DE ACCIONES DE SU SUBSIDIARIA SOUTHERN COPPER CORPORATION (SCC). EL 3 DE AGOSTO PASADO, SCC ANUNCIO QUE EL COMITÉ EJECUTIVO DE SU CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN, RESOLVIÓ REALIZAR UNA DIVISIÓN (“SPLIT”) DE SUS ACCIONES A RAZÓN DE DOS NUEVAS ACCIONES POR CADA UNA DE LAS 147, 230,425 EN CIRCULACIÓN, CON ELLO ESTÁN EN CIRCULACIÓN 294, 460,850 ACCIONES, LA FECHA DE REGISTRO PARA EFECTUAR EL “SP`LIT” FUE EL 15 DE SEPTIEMBRE DE 2006, MIENTRAS QUE LA DISTRIBUCIÓN DE LAS ACCIONES FUE EL 2 DE OCTUBRE DEL MISMO AÑO.
LA DEUDA TOTAL DE GMÉXCIO AL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2006 FUE SE $ 2,097.0 MILLONES DE DÓLARES; CON UN SALDO EN CAJA Y BANCOS DE $ 1,742.1 MILLONES, QUE EQUIVALE A UNA DEUDA NETA DE $ 354.9 MILLONES.
PERFIL DE DEUDA
(US$000) 12/31/05 AL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2006
DEUDA TOTAL DEUDA TOTAL
CAJA Y BANCOS DEUDA NETA
GM ITM AMC SCC GFM – FERROMEX GM (CONSOLIDADO)
‐‐
101,0901,172,065448,692
1,721,847
‐543
88,5901,554,453453,445
2,097,031
26,160 48,438
525,853 918,099 223,521
1,742,271
(26,160)(47,895)(437,263)636,354229,924354,960
EL COSTO FINANCIERO DEL 3T06 FUE DE $35.9 MILLONES, EL 27.35 MENOR EN COMPARACIÓN CON LOS $ 49.4 MILLONES DEL 3T05, EL MONTÓN DEL COSTO FINANCIERO ACUMULADO EL 30 DE
SEPTIEMBRE DE 2006, FUE DE $ 99.6 MILLONES, 29.8% MENOR QUE EL MISMO PERIODO DEL 2009, DEBIDO A UNA REDUCCIÓN IMPORTANTE EN LOS PASIVOS DEL GRUPO, ASÍ COMO A LAS MEJORES CONDICIONES DE TASAS DE INTERÉS, CON RESPECTO AL INTERÉS GANADO POR LA INVERSIÓN DEL EFECTIVO, SE REGISTRO UNA GANANCIA DE $ 22.1 MILLONES EN EL 3T06 Y $ 57.4 MILLONES PARA EL ACUMULADO AL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2006.
LA DEUDA DE FERROSUR AL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2006 FUE DE $ 180.6 MILLONES; QUE AL CONSIDERAR UN SALDO EN CAJA Y BANCOS DE $ 27.9 MILLONES, EQUIVALE A UNA DEUDA NETA DE $ 152.7 MILLONES, LA DEUDA DE FERROSUR QUE ESTABA DENOMINADA EN US DÓLARES EN DICIEMBRE 2005, SE CAMBIO A PESOS EN ENERO 2006 A TIPOS DE CAMBIO Y TASAS DE INTERÉS FAVORABLES. NO CONSOLIDA EN EL GRUPO POR ESTAR BAJO EL MÉTODO DE PARTICIPACIÓN ARRIBA MENCIONADO.
DIVISIÓN MINERA
MERCADO DE METALES
PRECIOS PROMEDIO DE LOS METALES
COBRE ($CTS/LB)
ZINC ($CTS/LB)
PLATA ($DLLS/OZ)
ORO ($DLLS)
MOLIBDENO
($DLLS/LB)
3T 2006 2T 2006 1T 2006
353.91 337.45 225.25
152.56 149.33 101.70
11.65 12.22 9.70
621.50 627.40 553.98
25.94 24.22 22.25
PROMEDIO 2006 305.54 134.53 11.19 600.96 24.14
PROMEDIO 2005 PROMEDIO 3T 2005 VAR 3T06 VS 3T05
168.23 170.07 108.1%
62.68 58.82 159.4%
7.32 7.07 64.8%
444.89 439.49 41.4%
31.05 30.06 (13.7%)
FUENTE: COBRE Y PLATA – COMEX; ZINC Y ORO – LME Y MOLIBDENO – METALES WEEK DEALER OXIDE
DURANTE EL TERCER TRIMESTRE DEL 2006, CONTINÚO LA MARCADA DEMANDA DE LOS METALES BÁSICOS, PARTICULARMENTE POR PARTE DE LAS ECONOMÍAS MAS DINÁMICAS A NIVEL MUNDIAL, LOS BAJOS INVENTARIOS GLOBALES, LAS MENORES LEYES MINERALES Y UNA FUENTE DEMANDA POR PARTE DE LOS FONDOS DE INVERSIÓN. TODO ELLO EXPLICA LA PRONUNCIADA ALZA EN LOS PRECIOS DE LOS METALES EN EL PERIODO.
EL PRECIO PROMEDIO DEL COBRE SE INCREMENTO EL 108.1% EN RELACIÓN AL 3T05; EN ZINC SE INCREMENTO EL 159.4% LA PLATA CON EL 64.8%; EL ORO CRECIÓ EL 41.4% Y EL MOLIBDENO QUE ES NUESTRO PRINCIPAL SUBPRODUCTO, DISMINUYO SU PRECIO EN 13.7% EN RELACIÓN CON EL 3T05.
PRODUCCIÓN MINERA
SCC – CONSOLIDADO 3T2006 3T2005 % VAR AÑO 2006
AÑO 2005
% VAR
COBRE PLATA ORO MOLIBDENO
(T.M.) (KG.) (KG.) (T.M.)
141,284 124,084 185 2,303
178,171 141,212 264 3,841
(20.7) (12.1) (29.9) (40.0)
426,070 363,308 595 8,100
508,611 426,131 766
11,455
(16.2) (14.7) (22.3) (29.3)
ZINC PLOMO
(T.M.) (T.M.)
36,786 4,908
36,989 4,863
(0.50) 0.9
103,162 14,037
108,778 14,577
(5.2) (3.7)
SOUTHERN COPPER CORPORATION Y SUBSIDIARIAS
CIFRAS RELEEVANTES
(MILES DE DOLARES EN US GAAP)
3T 2006 3T 2005 VARIACION
US$000 % COBRE VENDIDO ™ VENTAS COSTO DE VENTAS UTILIDAD DE OPERACIÓN EBITDA MARGEN EBITDA (%) UTILIDAD NETA INVERSIONES/CAPEX
144,662 1,412,240 514,913 804,462 877,384 62.1% 521,583 145,695
168,550 1,030,193 389,354 545,822 626,254 60.8% 369,410 143,435
(23,888) 382,047 125,559 258,640 251,130
152,173 2,260
(14.2) 37.1 32.2 47.4 40.1
41.2 1.6
(MILES DE DOLARES EN US GAAP)
ACUMULADO VARIACION
SEP 2006 SEP 2005 US$000 %COBRE VENDIDO ™ VENTAS COSTO DE VENTAS UTILIDAD DE OPERACIÓN EBITDA MARGEN EBITDA (%) UTILIDAD NETA INVERSIONES/CAPEX
445,415 3,810,279 1,452,854 2,086,146 2,296,782 60.3%
1,382,438
376,415
503,087 2,923,087 1,202,872 1,454,683 1,656,446 56.7% 979,702
341,209
(52,672) 887,192 249,982 631,463 640,336
402,736
35,206
(11.5) 30.4 20.8 43.4 38.7
41.1
10.3
LAS VENTAS DEL 3T06 FUERON POR $ 1,412.2 MILLONES LOGRÁNDOSE UN INCREMENTO DEL 37.1% CON RESPECTO AL MISMO PERIODO DEL AÑO 2005. POR LOS NUEVE MESES TERMINADOS EL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2005, POR LOS NUEVE MESES SUPERIORES EN 30.4% AL MISMO PERIODO DE 2005.
EL COSTO DE VENTAS POR EL 3T06, FUE DE $514.9 MILLONES, 32.2% SUPERIOR QUE EL 3T05, DEBIDO PRINCIPALMENTE A QUE EN EL 3T06, SE HAN COMPRADO CONCENTRADOS EXTERNOS PARA LA FUNDICIÓN DE LA CARIDAD POR $111.2 MILLONES DE DÓLARES, ASÍ COMO INCREMENTOS EN LAS PROVISIONES DE IMPUESTOS Y DE UTILIDADES AL PERSONAL Y TAMBIÉN POR INCREMENTOS EN EL COSTO EN LOS INSUMOS ENERGÉTICOS QUE CONSUME LA INDUSTRIA MINARA.
EN EL 3T06, EL EBITDA SE INCREMENTO 40.1% PASANDO DE $ 626.2 MILLONES A $877.3 MILLONES, EL MARGEN DE EBITDA ALCANZO EL 62.1% EN EL 3T06 CONTRA EL 60.8% PARA EL 3T05 Y UN MARGEN ACUMULADO PARA LOS PRIMEROS NUEVE MESES DE 60.3%, AL REGISTRAR UN EBITDA DE $ 2,296.7 MILLONES.
LA PRODUCCIÓN DE COBRE DISMINUYO EN UN 20.7% A 141,284 TONELADAS DE COBRE EN EL TERCER TRIMESTRE DE 2006, COMPARADO CON EL MISMO PERIODO DE 2005. ESTA DISMINUCIÓN SE DEBE A UNA DISMINUCIÓN DE 32,609 TONELADAS DE LAS MINAS MEXICANAS EN DONDE SE OBSERVO UNA AFECTACIÓN DEBIDO AL PARO ILEGAL LLEVADO A CABO EN LAS MINAS EN SONORA, Y DE UNA LIGERA DISMINUCIÓN EN LA PRODUCCIÓN LAS MINAS DE PERÚ, LAS CUALES PRODUJERON 4,278 TONELADAS MENOS QUE EL TERCER TRIMESTRE DE 2005.
DURANTE EL 3T06, LA PRODUCCIÓN DE MOLIBDENO DISMINUYO EN 1,538 TONELADAS, ES 40.0% COMPARADO CON EL MISMO PERIODO DE 2005. ESTA DISMINUCIÓN FUE EL RESULTADO DE UN BAJA DE 632 TONELADAS EN LAS MINAS PERUANAS DEBIDO A UNA DISMINUCIÓN EN LA LEY DEL MINERAL EN TOQUEPALA Y CUAJONE, ASÍ COMO A 906TONELADAS EN LA MINA DE LA CARIDAD, MÉXICO.
LA PRODUCCIÓN DE ZINC REPRESENTO 36,786 TONELADAS EN EL 3T06, COMPARADO CON 36,989 TONELADAS EN EL MISMO PERIODO DEL 2005. EN ENERO DE 2006 SE ORIGINO UNA FALLA EN EL SISTEMA ELÉCTRICO Y DE CONTROL EN LA REFINERÍA ELECTROLÍTICA DE ZINC EN SAN LUIS POTOSÍ, DETENIENDO TEMPORALMENTE LAS OPERACIONES, A PARTIR DEL MES DE OCTUBRE SE HA RESTAURADO EL 100% DE LA PRODUCCIÓN DE ESTA PLANTA.
LA UTILIDAD DE OPERACIÓN CONSOLIDADA FUE DE $ 804.4 MILLONES EN EL 3T06 SUPERIOR EN 47.4% A LO ALCANZADO EN EL MISMO PERIODO DEL AÑO ANTERIOR, RESPECTO A LOS NUEVE MESES TERMINADOS EL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2006, ESTA FUE DE $ 2,086.1 MILLONES, SUPERIOR EN 43.4% A LA OBTENIDA EN EL MISMO PERIODO DE 2005.
LA UTILIDAD NETA EN EL 3T06 REPRESENTO $ 521.5 MILLONES, UN INCREMENTO DE $ 152.1 MILLONES SOBRE EL 3T05, ESTA MEJORÍA EN LAS UTILIDADES DE LA EMPRESA SE DEBE EN PARTE A LOS MEJORES PRECIOS DE LOS METALES Y AL RESTABLECIMIENTO Y NORMALIZACIÓN DE LAS OPERACIONES EN LAS MINAS MEXICANAS A TAJO ABIERTO, DURANTE EL TERCER TRIMESTRE, LAS OPERACIONES EN LA MINA DE CANANEA Y DE LA CARIDAD EN SONORA, HAN VUELTO A LA NORMALIDAD, POR LO QUE SE ESPERA UNA MEJOR PRODUCCIÓN Y RESULTADOS PARA EL CUARTO TRIMESTRE DEL AÑO.
EL 25 DE AGOSTO PASADO, SOUTHERN COPPER CORPORATION PAGO EN EFECTIVO UN DIVIDENDO A SUS ACCIONISTAS DE $ 296 MILLONES, EQUIVALENTE A $ 2.0 DÓLARES POR ACCIÓN ANTES DEL “SPLIT”, CORRESPONDIENTE A LAS UTILIDADES DEL SEGUNDO TRIMESTRE DE ESTE AÑO.
LA COMPAÑÍA VENDIÓ POR ANTICIPADO SU PRODUCCIÓN DE COBRE DEL TERCER TRIMESTRE DE 2006, A UN PRECIO DE $ 3.44 POR LIBRA DE COBRE CONTRA UN PRECIO REAL REGISTRADO EN EL MERCADO DE $ 3.54 POR LIBRA DE COBRE PARA EL 3T06. LA EMPRESA HA VENDIDO EL 30% DE SU PRODUCCIÓN CORRESPONDIENTE AL CUARTO TRIMESTRE DEL AÑO A UN PRECIO PROMEDIO DE $ 3.57 POR LIBRA, LO QUE NOS PERMITIRÁ CONTAR CON FLUJOS ALTOS Y ESTABLES DURANTE EL RESTO DEL AÑO.
SOUTHERN COPPER CORPORATION (SCC) ES UNA DE LAS EMPRESAS PRODUCTORA DE COBRE INTEGRADA MAS GRANDE DEL MUNDO Y MANTIENE LA SEGUNDAS RESERVAS DE MINERAL DE COBRE MAS GRANDE DEL MUNDO, LISTADA EN LOS MERCADOS BURSÁTILES DE NUEVA YORK Y EN PERÚ, LOS ACCIONISTAS DE SCC CON, DIRECTAMENTE O A TRAVÉS DE SUBSIDIARIAS, COMO SIGUE: GRUPO MÉXICO (75.1%) Y OTROS ACCIONISTAS COMUNES (24.9%) TIENE MINAS, PLANTAS METALÚRGICAS EN MÉXICO Y PERÚ Y CONDUCE ACTIVIDADES DE EXPLORACIÓN EN MÉXICO, PERÚ Y CHILE.
DIVISIÓN FERROVIARIA
INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTES MÉXICO (ITM)
CIFRAS RELEVANTES
(MILES DE DOLARES EN US GAAP)
3T 2006 3T 2005 VARIACION
US$000 % (MILLONES TONS/KM) VENTAS COSTO DE VENTAS UTILIDAD DE OPERACIÓN EBITDA MARGEN EBITDA (%) UTILIDAD NETA INVERSIONES/CAPEX
11,843 296,873 190,551 70,687 96,783 32.6% 39,109 33,249
8,964 192,169 121,981 41,075 61,098 31.8% 17,641 31,390
2,879 104,704 68,570 29,612 35,685
21,468 1,859
32.1 54.5 56.2 72.1 58.4
121.7 5.9
(MILES DE DOLARES EN US GAAP)
ACUMULADO VARIACION
SEP 2006 SEP 2005 US$000 % (MILLONES DE TONS/KM) VENTAS COSTO DE VENTAS UTILIDAD DE OPERACIÓN EBITDA MARGEN EBITDA (%)
34,593 866,802 544,688 205,346 281,860 32.5%
25,804 548,181 334,797 130,530 191,830 35.0%
8,789 318,621 209,892 74,816 90,030
34.1 58.1 62.7 57.3 46.9
UTILIDAD NETA INVERSIONES/CAPEX
101,379 124,890
58,215 69,847
43,164 55,043
74.1 78.8
NOTA: PROFORMA CONSOLIDADO CON RESULTADOS DE FERROSUR.
LA DIVISIÓN DE TRANSPORTE ESTA REPRESENTADA POR LA SUBSIDIARIA INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTES MÉXICO (ITM), SIENDO LA PRINCIPAL SUBSIDIARIA GRUPO FERROVIARIO MEXICANO (GFM) – FERROMEX, ADEMÁS INTERMODAL MÉXICO Y TEXAS PACIFICO. EL PASADO 24 DE NOVIEMBRE DE 2005, ITM INCORPORO A TRAVÉS DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTES FERROVIARIOS, S.A. DE C.V. (“ITF”), LA SUBSIDIARIA FERROVIARIA FERROSUR, S.A. DE C.V. (“FERROSUR).
EL TIPO DE CAMBIO PROMEDIO PARA LOS NUEVE MESES DE 2006 FUE DE $10.9055 EN COMPARACIÓN CON $ 10.9575 CORRESPONDIENTE AL MISMO PERIODO DE 2005, MOSTRANDO UNA MEJORÍA DEL 0.48%.
LOS INGRESOS POR SERVICIOS AUMENTARON 54.5% DE $192.2 MILLONES DURANTE EL 3T05 COMPARADOS CON $296.8 MILLONES EN EL 3T06. DERIVADO DEL INCREMENTO EN UN 32.1% EN LAS TON/KM NETAS TRANSPORTADAS AL PASAR DE 8,964 MILLONES EN EL 3T05 A 11,843 MILLONES EN EL 3T06, AUNANDO A CAMBIOS EN LA MEZCLA DE INGRESOS POR SEGMENTOS.
EL COSTO DE OPERACIÓN DEL 3T06 INCREMENTO 56.2% CON RESPECTO AL3T05 AL PASAR DE $121.9 MILLONES A $ 190.5 MILLONES. LAS PRINCIPALES CAUSAS DEL INCREMENTO SON EL AUMENTO EN LAS TONS/KM, EL AUMENTO SALARIAL A LA MANO DE OBRA, ASI COMO EL AUMENTO DEL 5.4% DEL PRECIO DEL DIESEL. EL COSTO DE OPERACIÓN ACUMULADO AL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2006, DE $ 544.6 MILLONES, FUE 62.7% SUPERIOR A LOS $334.8 MILLONES EROGADOS DURANTE EL 2005.
LA UTILIDAD DE OPERACIÓN DEL 3T06 ALCANZO $70.6 MILLONES Y FUE MAYOR A LA DEL 3T05 EN UN 72.1%, A PESAR DE UN INCREMENTO IMPORTANTE EN EL COSTO DEL DIESEL INSUMO MAS IMPORTANTE DE LA OPERACIÓN FERROVIARIA.
AL EBITDA DEL 3T06 INCREMENTO 58.4% AL PASAR DE $61.1 MILLONES EN EL 3T05 A $96.8 MILLONES. EL MARGEN DE EBITDA EJE DE 32.6%.
LA UTILIDAD NETA ACUMULADA AL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2006, FUE DE $101.4 MILLONES, 74.1% SUPERIOR AL MISMO PERIODO DEL 2005, PRINCIPALMENTE POR EL CRECIMIENTO EN VOLÚMENES Y LA INCORPORACIÓN DE FERROCUR EN LOS ESTADOS PROFORMA.
DE ACUERDO CON EL PRINCIPIO DE CONTABILIDAD SFAB 141, ES NECESARIO CONTAR CON LA AUTORIZACIÓN FINAL DE LA COMISIÓN FEDERAL DE COMPETENCIA PARA PODER LLEVAR A CABO LA INTEGRACIÓN DE NEGOCIOS, POR ELLO, Y HASTA QUE NO SE CUENTE CON LA MENCIONADA AUTORIZACIÓN, LA INVERSIÓN EN FERROSUR, SE PRESENTARA VALUADA BAJO EN MÉTODO DE PARTICIPACIÓN EN LOS ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS DE GRUPO MÉXICO.
LA DIVISIÓN DE TRANSPORTE REPRESENTA POR LA SUBSIDIARIA INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTES MÉXICO (ITM), SIENDO LAS PRINCIPALES SUBSIDIARIAS FERROCARRIL MEXICANO Y FERROSUR. FERROMEX EN LA COMPAÑÍA FERROVIARIA MAS GRANDE Y DE MAYOR COBERTURA EN MÉXICO. CUENTA CON UNA RED DE 8,500 KILÓMETROS DE VÍAS QUE CUBREN EL 71% DEL TERRITORIO MEXICANO; LAS LÍNEAS DE FERROMEX CONECTAN CON CINCO PUNTOS FRONTERIZOS EN LA FRONTERA CON LOS ESTADOS UNIDOS, ASÍ COMO CUATRO PUERTOS EN EL OCÉANO PACIFICO Y DOS EN EL GOLFO DE MÉXICO. FERROMEX ES CONTROLADA POR GRUPO MÉXICO 55.5%, UNIÓN PACIFIC 26% Y GRUPO CARSO 18.5%. FERROSUR ES LA COMPAÑÍA FERROVIARIA QUE CUENTA CON LA COBERTURA DE VÍAS EN EL SUR DE MÉXICO. CUENTA CON UNA RED DE 2.029 KILÓMETROS DE VÍAS QUE CUBREN LA PARTE DEL CENTRO Y SURESTE DEL PAÍS, ATIENDE PRINCIPALMENTE A LOS ESTADOS DE VERACRUZ, TABASCO, OAXACA, Y PUEBLA Y TIENE ACCESO A LOS PUERTOS DEL GOLFO DE MÉXICO DE VERACRUZ Y COATZACOALCOS. FERROSUR ES CONTROLADA POR GRUPO MÉXICO CON EL 75% Y GRUPO CARSO CON EL 25%.
NOTA 1 PRINCIPALES POLÍTICAS CONTABLES Y FINANCIERAS
A) BASES DE CONSOLIDACIÓN
LOS ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS. INCLUYEN LOS ESTADOS FINANCIEROS DE GRUPO MÉXICO, S.A.B. DE C.V., (EMPRESA CONTROLADORA) Y LOS DE SUS COMPAÑÍAS SUBSIDIARIAS, GRUPO MINERO MÉXICO INTERNACIONAL, S.A.B. DE C.V. EN UN 99.99% E INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTES MÉXICO, S.A. DE C.V., EN 75% (LAS DOS PRIMERAS EMPRESAS SUBCONTROLADORAS) QUE A SU VEZ, CONSOLIDARON SUS ESTADOS FINANCIEROS CON LOS DE SUS SUBSIDIARIAS, QUE SE MENCIONAN A CONTINUACIÓN.
DOMICILIO PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN
GRUPO MINERO MÉXICO INTERNACIONAL S.A. DE C.V. (GMMI) MÉXICO 99.9% AMÉRICAS MINIG CORPORATION, INC. (AMC) EUA 100.00% SOUTHERN COPPER CORPORATION Y COMPAÑÍAS SUBSIDIARIAS (SCC)
EUA 75.09%
AMÉRICAS SALES COMPANY, INC. EUA 100.00% MINERA MÉXICO, S.A. DE C.V. (MM) MÉXICO 99.96% ‐MEXICANA DE COBRE, S.A. DE C.V. Y COMPAÑÍAS SUBSIDIARIAS (MEXCOBRE) ‐INDUSTRIAL MINERA MÉXICO, S.A. DE C.V. Y COMPAÑÍAS SUBSIDIARIAS (IMMSA) ‐MINERALES METÁLICOS DEL NORTE, S.A. (MIMENOSA) ‐SERVICIOS DE APOYO ADMINISTRATIVO, S.A. DE C.V. (SAASA) ‐MEXICANA DE CANANEA, S.A. DE C.V. Y COMPAÑÍAS SUBSIDIARIAS (MEXICANANEA) ‐MÉXICO COMPAÑÍA INMOBILIARIA, S.A. (MEXCI) ‐MINERALES Y MINAS MEXICANAS, S.A. DE C.V. (M.M.M.) ‐WESTERN COPPER SUPPLIES, INC. (W.C.S.) ‐MINERA MÉXICO INTERNACIONAL, INC. (M.M.I.)
MÉXICO MÉXICO MÉXICO MÉXICO MÉXICO MÉXICO MÉXICO EUA
99.98%
100.00% 100.00%
100.00%
100.00% 100.00% 100.00% 100.00%
‐MEXICANA DEL ARCO, S.A. DE C.V. (MEXARCO) ‐MEXCANRENTAS ARRENDADORA, S.A. DE C.V. ‐COBRENTAS ARRENDADORA, S.A. DE C.V. ‐INDUMIRENTAS ARRENDADORA, S.A DE C.V. ‐MIMENORENTAS ARRENDADORA, S.A. DE C.V. ‐SDG MÉXICO APOYO ADMINISTRATIVO, S.A. DE C.V. ‐GDC GENERADORA, S. DE R.L.
EUA MÉXICO MÉXICO MÉXICO MÉXICO MÉXICO MÉXICO MÉXICO
100.00% 100.00% 100.00% 99.98% 100.00% 100.00% 100.00% 100.00%
EXPLORACIONES MINERAS DEL PERÚ EUA 100.00%INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTES MÉXICO, S.A. DE C.V. MÉXICO 75.00% LÍNEAS FERROVIARIAS DE MÉXICO, S.A. DE C.V. (LFM) TEXAS PACIFICO LP. INC. TEXAS PACIFICO GP. LLC. TEXAS PACIFICO TRANSPORTATION LTD INTERMODAL MÉXICO, S.A. DE C.V. INTERMODAL MÉXICO ARRENDADORA, S.A. DE C.V. GRUPO FERROVIARIO MEXICANO, S.A. DE C.V. (G.F.M.) FERROCARRIL MEXICANO, S.A. DE C.V. (FERROMEX) INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTES FERROVIARIOS, S.A. DE C.V. FERROSUR, S.A. DE C.V.
MÉXICO EUA EUA EUA
MÉXICO MÉXICO MÉXICO MÉXICO
MÉXICO MÉXICO
99.98% 100.00% 100.00% 99.00% 99.95% 100.00% 74%
100.00%
100.00% 100.00%
GRUPO MÉXICO SERVICIOS, S.A. DE C.V. MÉXICO PROYECTOS Y DESARROLLO, S.A. DE C.V.
MÉXICO
MÉXICO
100.00%
100.00% ‐MÉXICO CONSTRUCTORA INDUSTRIAL, S.A. DE C.V. MÉXICO 100.00%
B) BASES PARA LA DETERMINACIÓN DE CIFRAS, PARA EFECTOS DE COMPATIBILIDAD DE LOS ESTADOS FINANCIEROS.
DE ACUERDO CON LO DISPUESTO EN EL TERCER DOCUMENTO DE ADECUACIÓN AL BOLETÍN B‐10, SE LLEVÓ CABO LA REEXPRESIÓN DE LOS RUBROS DE LOS ESTADOS FINANCIEROS DEL EJERCICIO ANTERIOR Y EL ACTUAR A PESOS DE PODER ADQUISITIVO DEL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2006, PARA FINES DE COMPARACIÓN.
C) VALORACIÓN DE INVERSIONES TEMPORALES.
LAS INVERSIONES EN VALORES REALIZABLES, SE ENCUENTRAN REPRESENTADAS PRINCIPALMENTE POR FONDOS DE INVERSIÓN EN ACCIONES DE EMPRESAS MEXICANAS Y EXTRANJERAS, CETES Y DEPÓSITOS BANCARIOS A CORTO PLAZO, VALUADOS A SU VALOR DE MERCADO.
D) VALORACIÓN DE DERECHOS Y OBLIGACIONES EN MONEDA EXTRANJERA.
LAS TRANSACCIONES EN MONEDA EXTRANJERA, SE REGISTRAN AL TIPO DE CAMBIO VIGENTE DE LA FECHA DE OPERACIÓN, LOS ACTIVOS Y PASIVOS EN MONEDA EXTRANJERA AL CIERRE DEL EJERCICIO, SE AJUSTAN AL TIPO DE CAMBIO EN VIGOR A ESA FECHA, AFECTANDO LOS
RESULTADOS DEL PERIODO COMO PARTE DEL COSTO DEL FINANCIAMIENTO. EL TIPO DE CAMBIO UTILIZADO AL CIERRE EN LA REVALUACIÓN DÓLAR AMERICANO 11.0502.
E) VALORACIÓN DE LOS INVENTARIOS Y COSTOS DE VENTAS.
LOS INVENTARIOS DE METALES PRINCIPALES, SE VALÚAN A LAS COTIZACIONES VIGENTES DEL MERCADO INTERNACIONAL DE METALES AL CIERRE DEL EJERCICIO, MENOS EL COSTO ACTUALIZADO DEL TRATAMIENTO PENDIENTE, SEGÚN LA ETAPA DEL PROCESO DE PRODUCCIÓN O AFINACIÓN EN QUE SE ENCUENTRAN. LOS OTROS CONCEPTOS DE INVENTARIOS, SE VALÚAN A COSTOS ACTUALES DE ADQUISICIÓN O PRODUCCIÓN. LOS VALORES RESULTANTES, NO EXCEDEN AL VALOR NETO DE REALIZACIÓN.
F) VALORACIÓN DE INMUEBLES, MAQUINARIA Y EQUIPO.
EL 3ª TRIMESTRE DE 2006, LAS PROPIEDADES Y EQUIPOS, SE ACTUALIZARÁN APLICANDO EL MÉTODO DE CAMBIOS EN EL NIVEL GENERAL DE PRECIOS, DE ACUERDO A LOS LINEAMIENTOS APROBADOS EN EL TEXTO FINAL DEL QUINTO DOCUMENTO DE ADECUACIONES AL BOLETÍN B‐10 DE LOS PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD GENERALMENTE ACEPTADOS.
G) DETERMINACIÓN DE LA DEPRECIACIÓN.
LA DEPRECIACIÓN Y AMORTIZACIÓN, SE CALCULAN POR EL MÉTODO DE LÍNEA DIRECTA CONSIDERADO EL VALOR ACTUALIZADO POR EL MÉTODO DE AJUSTE POR CAMBIOS EN EL NIVEL GENERAL DE PRECIOS Y LA VIDA ÚTIL REMANENTE.
H) CAPITAL.
EL CAPITAL APORTADO Y ACUMULADO Y LAS PARTIDAS NO MONETARIOS, SE ACTUALIZAN CON UN FACTOR DERIVADO DEL ÍNDICE NACIONAL DE PRECIOS AL CONSUMIDOR (INPC), DESDE LA FECHA DE APORTACIÓN O GENERACIÓN.
(RESULTADO NETO MENSUAL HISTÓRICO Y ACTUALIZADO)
RESULTADO
NETO ACUMULAD
HISTÓRICO MES
ÍNDICE RESULTADO NETO DEL EJERCICIO ACT.
MENSUAL (MILES PESOS)
AL CIERRE
DE ORIGEN
OCTUBRE 2005 NOVIEMBRE 2005 DICIEMBRE 2005 ENERO 2006 FEBRERO 2006 MARZO 2006 ABRIL 2006 MAYO 2006 JUNIO 2006 JULIO 2006 AGOSTO 2006
920,6782,053,2902,859,8774,259,2285,229,7276,337,8297,842,3529,232,43510,228,09211,225,85012,939,736
920,6781,132,612806,587
1,429,351720,499
1,328,1021,504,5231,289,0631,084,657909,758
1,812,856
119.170119.170119.170119.170119.170119.170119.170119.170119.170119.170119.170
114.765 115.591 116.301 116.983 117.162 117.309 117.481 116.958 117.059 117.389 117.979
955,9401,167,610826,429
1,455,937732,820
1,349,0861,526,0381,313,4471,104,181923,586
1,832,025
SEPTIEMBRE 2006 14,670,955 1,731,219 119.170 119.170 1,731,219
RESULTADO NETO ÚLTIMOS 12 MESES 14,918,318
OCTUBRE 2004 NOVIEMBRE 2004 DICIEMBRE 2004 ENERO 2005 FEBRERO 2005 MARZO 2005 ABRIL 2005 MAYO 2005 JUNIO 2005 JULIO 2005 AGOSTO 2005 SEPTIEMBRE 2005
(25,233)1,308,8002,269,0433,487,8844,527,5635,623,5746,273,8197,747,29610,388,88910,998,7835,226,5856,380,363
(25,233)1,329,033965,243
1,228,8411,029,6791,096,011650,245
1,473,4772,641,593609,894
(5,872,198)1,253,778
119.170119.170119.170119.170119.170119.170119.170119.170119.170119.170119.170119.170
111.368 112.318 112.550 112.554 112.929 113.438 113.842 113.556 113.447 113.891 114.027 114.484
(26,999)1,410,1041,021,9991,300,9741,086,5171,151,360680,676
1,546,2672,774,729638,132
(6,137,034)1,305,058
RESULTADO NETO ÚLTIMOS 12 MESES 6,751,783
∗ CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN SE NOMBRA AL C.P. RONALDO VEGA IÑIGUEZ ASESOR ESPECIAL DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN Y DEL COMITÉ DE AUDITORÍA
LA VIGENCIA DE 30 DE ABRIL DE 2006 AL 30 DE ABRIL 2007 O HASTA NUEVO AVISO. VALOR DE MERCADO DE LA ACCIÓN ÚLTIMO HECHO 34.38 21.19 OBSERVACIONES AL ANEXO 3 SE EXCLUYEN EN LA CONSOLIDACIÓN DE INVERSIONES EN COMPAÑÍAS ASOCIADAS MAYORES AL 51%, POR SER SOCIEDADES SIN AFÁN DE LUCRO. BOLETÍN C‐2 EN VIRTUD DE LA APLICACIÓN DEL BOLETÍN C‐2 INSTRUMENTOS FINANCIEROS, QUE ESTABLECE LA METODOLOGÍA DE LA VALUACIÓN, REGISTRO Y REVELACIÓN DE INSTRUMENTOS FINANCIEROS Y QUE REQUIERE SE REGISTREN SUS EFECTOS COMO ACTIVOS Y PASIVOS, AFECTANDO EL RESULTADO INTEGRAL DE FINANCIAMIENTO. LOS INSTRUMENTOS FINANCIEROS QUE HAN SIDO DESIGNADOS Y QUE FUNCIONAN EFECTIVAMENTE COMO UNA COBERTURA DE ACTIVOS, PASIVOS O DE OPERACIONES FUTURAS, AFECTAN LOS ACTIVOS PASIVOS O LAS TRANSACCIONES CORRESPONDIENTES CUANDO OCURRAN.
DATOS POR ACCIÓN D09 ‐ DIVIDENDO EN EFECTIVO ACUMULADO POR ACCIÓN GRUPO MÉXICO DECRETÓ DIVIDENDO DE $0.60 PESOS POR ACCIÓN, SOBRE 2,594,698,885 EN CIRCULACIÓN AL 27 DE ENERO DE 2006. GRUPO MÉXICO DECRETÓ DIVIDENDO DE $0.60 PESOS POR ACCIÓN, SOBRE 2,594,352,485 EN CIRCULACIÓN AL 28 DE ABRIL DE 2006. GRUPO MÉXICO DECRETÓ DIVIDENDO DE $0.60 PESOS POR ACCIÓN, SOBRE 2,585,204,100 EN CIRCULACIÓN AL 14 DE JULIO DE 2006. I) PARTIDA EXTRAORDINARIA EL PASADO 9 DE AGOSTO DEL 2005, ASARCO LLC, (ASARCO), SUBSIDIARIA AMERICANA DE GRUPO MÉXICO, S.A. DE C.V. (GMÉXICO), ANUNCIÓ QUE LLEVÓ A CABO EL REGISTRO (FILLING) VOLUNTARIOS DE UNA PETICIÓN DE REORGANIZACIÓN BAJO EL AMPARO DEL CAPÍTULO 11 DEL CÓDIGO DE QUIEBRAS EN LAS CORTES DE QUIEBRAS DE CORPUS CHRISTI, TEXAS, USA. EL PROPÓSITO DE SOLICITAR ÉSTA REESTRUCTURACIÓN BAJO EL CÓDIGO DE QUIEBRAS DE LOS ESTADOS UNIDOS, SE FINCÓ EN LOGRAR UNA MEJOR POSICIÓN FINANCIERA DE LA COMPAÑÍA EN BENEFICIO A TODOS LOS EMPLEADOS, ACREEDORES E INVERSIONISTAS. ASARCO CONSOLIDADO SUS RESULTADOS FINANCIEROS EN GMÉXICO HASTA EL PASADO 10 DE AGOSTO DEL 2005, POR LO QUE COMO RESULTADO DE LA REESTRUCTURACIÓN DE ASARCO ANTES MENCIONADA, A PARTIR DE LA MISMA FECHA, ASARCO DEJARÉ CONSOLIDAR SUS RESULTADOS PARA EFECTOS CONTABLES EN GMÉXICO. DE ACUERDO CON LOS PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD MEXICANOS, EL EXCESO DEL VALOR EN LIBROS CONTRA EL PRECIO PAGADO POR LAS ACCIONES DE ASARCO ($ 6,981.2 MILLONES DE PESOS AL 31 DE DICIEMBRE 2005), SE RECONOCIÓ EN EL CAPITAL CONTABLE DE GMÉXICO YA SOMOS COTIZACIÓN DURANTE UN PLAZO DE TRES AÑOS A PARTIR DE LA FECHA DE ADQUISICIÓN DE DICHAS ACCIONES (NOVIEMBRE 1999), SIN EMBARGO UNA VEZ QUE DICHA EMPRESA ES DESCONSOLIDADA A DEL 10 DE AGOSTO DEL 2005, ESTE AFECTAN EL CAPITAL CONTABLE FUE RESERVADO AFECTANDO LOS RESULTADOS DE 2005. J) ADQUISICIÓN DE FERROSUR, S.A. DE C.V. EL 25 DE NOVIEMBRE DEL 2005, MÉXICO ANUNCIÓ QUE LOS ACCIONISTAS DE SU SUBSIDIARIA INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTES MÉXICO, S.A. DE C.V. (ITM), ACORDARON EN ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA AUMENTAR EL CAPITAL SOCIAL DE ITM EN $3,260 MILLONES DE PESOS, DÍA EN LA EMISIÓN DE LAS ACCIONES SERIE “C” QUE SUSCRIBIERON LAS EMPRESAS GRUPO CARSO, S.A. DE C.V. (GCARSO) Y SINCA INBURSA, S.A. DE C.V. (SINCA). POR VIRTUD DEL REFERIDO AUMENTO DE CAPITAL, LA NUEVA COMPOSICIÓN DE ACCIONISTAS DE ITM SE INTEGRAN AHORA POR MÉXICO, EN 74.99%, Y POR GCARSO Y SINCA EN EL 25% RESTANTE. LA REFERIDA TRANSACCIÓN FUE NOTIFICADA PREVIAMENTE A LA COMISIÓN NACIONAL DE COMPETENCIA, EN
TÉRMINOS DE LEGISLACIÓN APLICABLE. ASIMISMO ESE DÍA GMÉXICO INFORMÓ QUE SU SUBSIDIARIA ITM, ADQUIRIÓ A TRAVÉS DE SU SUBSIDIARIA RECIENTEMENTE INCORPORADA INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTES FERROVIARIOS, S.A. DE C.V. (ITF), EL 100% DEL CAPITAL ACCIONARIO DE LA EMPRESA FERROSUR, S.A. DE C.V. PROPIEDAD DE SINCA Y GCARSO, Y QUE CONSIDERAN QUE DICHA ADQUISICIÓN FORTALECERÁ EL SISTEMA DE TRANSPORTE EN MÉXICO PROMOVIENDO LA COMPETENCIA DEL MERCADO DE TRANSPORTE DE CARGA EN MÉXICO. DE MANERA CONSERVADORA Y EN LÍNEA CON PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD APLICADOS EN LOS ESTADOS UNIDOS, ES NECESARIO CONTAR CON LA AUTORIZACIÓN FINAL DE LA COMISIÓN FEDERAL DE COMPETENCIA PARA LLEVAR A CABO ESTA INTEGRACIÓN DE NEGOCIOS, POR LO ANTERIOR, Y EN TANTO NO SE CUENTE CON LA MENCIONADA AUTORIZACIÓN, LA INVERSIÓN EN FERROSUR, SE PRESENTARÁN VALORADA BAJO EL MÉTODO DE PARTICIPACIÓN.
SOUTHERN COPPER COPORATION
PROYECTO MONTO
APROBADO INVERSIÓN
MONTO INVERTIDO A LA
FECHA
% DE AVANCE DE OBRA
FECHA DE TERMINACIÓN
MODERNIZACIÓN DE LA
FUNDICIÓN DE ILO
400,000
439,358
94%
DIC ‐ 2006
CONVERSIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS DE SUBSIDIARIAS
PARA CONSOLIDAR LOS ESTADOS FINANCIEROS DE SUBSIDIARIAS EXTRANJERAS QUE OPERAN EN FORMA INDEPENDIENTE DE LA COMPAÑÍA, SE APLICAN LAS MISMAS POLÍTICAS CONTABLES DE LA COMPAÑÍA SE ACTUALIZAN POR LA INFLACIÓN DEL PAÍS EN QUE OPERAN Y SE EXPRESAN EN
MONEDA DE PODER ADQUISITIVO AL CIERRE DEL EJERCICIO Y POSTERIORMENTE, TODOS LOS ACTIVOS PASIVOS SE CONVIERTE AL TIPO DE CAMBIO EN VIGOR AL CIERRE DEL EJERCICIO. EL CAPITAL SOCIAL SE CONVIERTE AL TIPO DE CAMBIO DE LA FECHA EN QUE SE EFECTUARÁN LAS APORTACIONES. LAS UTILIDADES RETENIDAS, AL TIPO DE CAMBIO DE CIERRE DEL EJERCICIO Y QUE SE OBTUVIERON, Y LOS INGRESOS, COSTOS Y GASTOS AL TIPO DE CAMBIO DE CIERRE DEL PERIODO QUE SE INFORMA. LOS EFECTOS DE CONVERSIÓN SE PRESENTAN EN EL CAPITAL CONTABLE.
PARA CONSOLIDAR LOS ESTADOS FINANCIEROS DE SUBSIDIARIAS EXTRANJERAS CUYAS OPERACIONES SE CONSIDERAN COMO INTEGRADAS A LAS DE LA COMPAÑÍA, LOS ACTIVOS Y PASIVOS MONETARIOS SE CONVIERTEN AL TIPO DE CAMBIO DE CIERRE DEL BALANCE GENERAL, Y LOS ACTIVOS Y PASIVOS NO MONETARIOS Y EL CAPITAL CONTABLE SE CONVIERTEN AL TIPO DE CAMBIO HISTÓRICO A LA FECHA EN QUE SE REALIZARON LAS OPERACIONES Y LAS APORTACIONES RESPECTIVAMENTE. LOS INGRESOS, COSTOS Y GASTOS, SE CONVIERTEN AL TIPO DE CAMBIO HISTÓRICO DE LA FECHA EN QUE SE REALIZARON LAS OPERACIONES, Y LAS CIFRAS RESULTANTES SE ACTUALIZAN APLICANDO EL ÍNDICE NACIONAL DE PRECIOS AL CONSUMIDOR (INPC). LOS EFECTOS DE CONVERSIÓN SE REGISTRARON EN LOS RESULTADOS DEL EJERCICIO EN EL COSTO INTEGRAL DE FINANCIAMIENTO.
LOS PRINCIPALES AJUSTES ADICIONALES A LA ACTUALIZACIÓN DE LOS ESTADOS FINANCIEROS DE LAS SUBSIDIARIAS EXTRANJERAS PARA ADECUAR SUS ESTADOS FINANCIEROS DE ACUERDO CON EL BOLETÍNB‐15; TRANSACCIONES EN MONEDA EXTRANJERA Y CONVERSIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS DE OPERACIONES EXTRANJERAS; EMITIDO POR INSTITUTO MEXICANO DE CONTADORES PÚBLICOS, A.C. SON LOS SIGUIENTES:
ACTUALIZACIÓN DE CAPITAL:
TODAS LAS CIFRAS DEL BALANCE GENERAL, SON CONVERTIDOS AL TIPO DE CAMBIO VIGENTE AL CIERRE DEL EJERCICIO. EL ESTADO DE RESULTADOS SE CONVIERTE UTILIZANDO EL TIPO DE CAMBIO AL CIERRE DEL PERIODO QUE SE INFORMA. LOS EFECTOS DE CONVERSIÓN SE INCLUYEN EN LA CUENTA DE RESULTADO ACUMULADO POR ACTUALIZACIÓN.
PRINCIPALES CIFRAS Y BASES PRESENTACIÓN DE SOUTHERN COPPER
LAS PRINCIPALES CIFRAS CONSOLIDADAS DE SOUTHER COPPER BAJO PCGA EN MÉXICO, AL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2006 Y 2005, SON LOS SIGUIENTES:
2006 2005
TOTAL DE ACTIVO TOTAL DE PASIVO TOTAL DE LA INVERSIÓN DE LOS ACCIONISTAS
45,913,029 24,104,468 21,808,561
42,825,03520,211,14822,613,887
VENTAS NETAS 25,412,632 17,886,419
UTILIDAD NETA CONSOLIDADA DEL PERIODO 9,301,837 125,282
ACTUALIZACIÓN DE CIFRAS AL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2005.
LOS ESTADOS FINANCIEROS AL 30 DE SEPTIEMBRE DEL 2005 QUE SE PRESENTAN PARA FINES COMPARATIVOS, ESTÁN EXPRESADOS EN UNIDADES MONETARIAS DE UN MISMO PODER ADQUISITIVO, CONFORME LO SIGUIENTE:
LAS CIFRAS DE PERÍODOS ANTERIORES AL QUE SE INFORMA, PRESENTADOS POR LOS ENTIDADES EXTRANJERAS, SE ACTUALIZAN A MONEDAS CONSTANTES, TOMANDO COMO BASE DE ACTUALIZACIÓN DE CIFRAS EN LA MONEDAS DEL PAÍS DE IDENTIDAD EXTRANJERA, UTILIZANDO EL INPC DEL PAÍS EN CUYO MONEDA LA ENTIDAD EXTRANJERA REPORTA SUS OPERACIONES.
LAS CIFRAS EXPRESADAS A MONEDAS CONSTANTES EN LAS ENTIDADES EXTRANJERAS SE MULTIPLICA POR EL TIPO DE CAMBIO DE CIERRE DEL PERIODO QUE SE REPORTA, COMO PARTE DEL PROCESO DE CONVERSIÓN E INCORPORACIÓN EN LOS ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS DE GMÉXICO.
DATOS DE LA EMPRESA
RAZÓN SOCIAL: GRUPO MÉXICO, S.A.B. DE C.V.
SECTOR: MATERIALES
RAMO: METALES Y MINERÍA
ACTIVIDAD ECONÓMICA: PROMOVER, CONSTITUIR, ORGANIZA, EXPLOTAR, ADQUIRIR Y TOMAR PARTICIPACIÓN EN EL CAPITAL SOCIAL O PATRIMONIO DE TODO GÉNERO DE SOCIEDADES MERCANTILES O CIVILES, ASOCIACIONES O EMPRESAS, YA SEAN INDUSTRIAS.
FECHA DE CONSTITUCIÓN: 02/09/1999
INSCRIPCIÓN BMV: 12/10/2000
VALORES INSCRITOS: ACCIONES
MÉXICO D.F., A 5 DE FEBRERO DE 2010 ‐ GRUPO MÉXICO, S.A.B. DE C.V. (" GRUPO MÉXICO " BMV: GMÉXICOB) REPORTA SUS RESULTADOS CORRESPONDIENTES AL CUARTO TRIMESTRE DEL 2009 (" 4T09 ") Y DEL AÑO 2009.
GRUPO MÉXICO
CIFRAS RELEVANTES EN DÓLARES (1)
LAS VENTAS CONSOLIDADAS DURANTE EL 4T09 FUERON US $1.486 MILLONES, UN INCREMENTO DEL 100% RESPECTO AL 4T08, PRINCIPALMENTE POR INCREMENTO EN LA PRODUCCIÓN DE LA DIVISIÓN MINERA Y MEJORES PRECIOS DE LOS METALES. LAS VENTAS CONSOLIDADAS DEL 2009 ALCANZARON US $4.831 MILLONES. LA DIVISIÓN DE TRANSPORTE MOSTRÓ UN INCREMENTO EN VENTAS DE 6% RESPECTO AL 3T09.
EL COSTO DE VENTAS DURANTE EL 4T09 FUE DE US $715 MILLONES COMPARADOS CON US $665 MILLONES EN EL 4T08. EL COSTO VENTAS DURANTE 2009 FUE US $2.545 MILLONES, 14% MENOR AL 2008. ESTA REDUCCIÓN SE EXPLICA POR MAYOR PRODUCTIVIDAD Y EFICIENCIAS OPERATIVAS, MENORES PRECIOS DE COMBUSTIBLES Y BENEFICIOS POR TIPO DE CAMBIO.
EL EBITDA TRIMESTRAL FUE US $693 MILLONES, EQUIVALENTE AL 47% DE LAS VENTAS, Y REPRESENTANDO UN IMPORTANTE RECUPERACIÓN DE 1. 845% COMPARADO CON EL 4T08. EL EBITDA ANUAL FUE DE US $2.126 MILLONES.
LA UTILIDAD NETA CONSOLIDADA FUE US $342 MILLONES, DOCENTES 98% MAYOR AL 4T08. LA UTILIDAD NETA CONSOLIDADA DURANTE 2009 FUE US $887 MILLONES, EQUIVALENTE AL 18% DE LAS VENTAS.
EN DICIEMBRE SE CONCLUYÓ EXITOSAMENTE LA REORGANIZACIÓN DE ASARCO, CONSOLIDANDO NUEVAMENTE EN GMÉXICO COMO UNA SUBSIDIARIA, TOTALMENTE LIBRE DE PASIVOS Y CONTINGENCIAS AMBIENTALES Y RELACIONADAS CON ASBESTOS. CON LA INTEGRACIÓN DE ASARCO, GMÉXICO ES POSICIONADA COMO LA EMPRESA NÚMERO UNO EN RESERVAS DE COBRE A NIVEL MUNDIAL SUPERANDO A CODELCO Y FREEPORT, Y SE CONSOLIDA COMO UNO DE LOS PRINCIPALES PRODUCTORES DE COBRE TANTO MINADO COMO REFINADO.
EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN EN SUCESIÓN DEL 29 DE ENERO APROBÓ UN PROGRAMA DE INVERSIÓN DE US $3.910 MILLONES PARA LOS SIGUIENTES TRES AÑOS. EN LA DIVISIÓN MINERA SE INVERTIRÁN US $2.950 MILLONES, EN LA DIVISIÓN TRANSPORTE US $576 MILLONES Y EN LA DIVISIÓN INFRAESTRUCTURA US $384 MILLONES.
CIFRAS RELEVANTES DEL GRUPO MÉXICO
CUARTO TRIMESTRE VARIACIÓN
(MILES DE DÓLARES) 2009 2008 US$000 %
VENTAS COSTO DE VENTAS
1.485.885715.397
741.453665.161
744.432 50.236
100.4 7.6
UTILIDAD DE OPERACIÓN EBITDA MARGEN EBITDA (%) UTILIDAD NETA UTILIDAD POR ACCIÓN US $ INVERSIONES/CAPEX ACCIONES CIRCULACIÓN (000)*
623.015693.26246.7%
342.0520.044
167.3767.785.000
(62.715)35.6454.8%
(173.178)(0.023)300.846
7.610.000
685.730 657.617
515.230
(133.470) 175.000
1.093 1.845
297.5
(44.4)
2.3
ENERO‐DICIEMBRE VARIACIÓN
(MILES DE DÓLARES) 2009 2008 US$000 %
VENTAS COSTO DE VENTAS UTILIDAD DE OPERACIÓN EBITDA MARGEN EBITDA UTILIDAD NETA UTILIDAD POR ACCIÓN US$ INVERSIONES / CAPEX ACCIONES CIRCULACIÓN (000)*
4.830.8492.544.8311.735.1772.125.870
44.0%887.084
0.114617.055
7.785.000
6.0334742.958.3812.480.8472.904.052
48.1%1.076.047
0.141762.528
7.610.000
(1.202.625) (413.550) (745.670) (778.182)
(188.963)
(145.473) 175.000
(19.9) (14.0) (30.1) (26.8)
(17.6)
(19.1)
2.3
* AL 31 DE DICIEMBRE
(1) TODAS LAS CIFRAS ESTÁN EXPRESADAS EN DÓLARES (“US$”) MONEDA DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (“EUA”), BAJO U.S. GAP, EXCEPTO DONDE SE INDIQUE LO CONTRARIO.
DURANTE EL 2009, LOS INGRESOS Y EL EBITDA SE RECUPERARON SUSTANCIALMENTE TRIMESTRE A TRIMESTRE COMO SE MUESTRA A CONTINUACIÓN:
INGRESOS EBITDA
4t10 3t09 2t09 1t09
1.486 1.414 1.080 850
693 695 452 286
EVENTOS RELEVANTES
DIVISIÓN MINERA
ASARCO
ASARCO LIBRE DE PASIVOS Y CONTINGENCIAS. EL 90 DICIEMBRE, MÉXICO APORTÓ US $705 MILLONES DE SU CAJA Y OBTUVO UN FINANCIAMIENTO POR US $1.500 MILLONES PARA CAPITALIZAR A ASARCO POR LA CANTIDAD DE US $ 2.205 MILLONES. ADICIONALMENTE ASARCO APORTÓ DE SU CAJA US $ 1.357 MILLONES CON LO QUE SE REALIZÓ EL PAGO TOTAL DE LOS
ACREEDORES POR US $3.562 MILLONES. EN ADICIÓN, ASARCO EMITIÓ UN PAGARÉ A LOS ACREEDORES DE ASBESTOS POR US $280 MILLONES.
CON ESTA INVERSIÓN, ASARCO QUEDA TOTALMENTE LIBRE DE CONTINGENCIAS VIRALES AL CUBRIR POR COMPLETO TODAS LAS RECLAMACIONES PRESENTADAS DURANTE PROCESO DE CHAPTER11, ENTRE LAS QUE DESTACAN PASIVOS AMBIENTALES, RECLAMACIONES RELACIONADAS CON ASBESTOS Y PASIVOS FINANCIEROS.
CABE RESALTAR QUE NINGÚN ACREEDOR REALIZÓ PÉRDIDA ALGUNA CON ESTA TRANSACCIÓN, TODOS LOS ASPECTOS FUERON PAGADOS AL 100% Y CON SUS INTERESES CORRESPONDIENTES, CUMPLIENDO CON EL OBJETIVO INICIAL DE PARTICIPAR EN EL CHAPTER 11 QUEDA DETERMINAR LOS PASIVOS REALES PARA SU PAGO CORRESPONDIENTE Y PODER CONTAR CON UNA EMPRESA LIBRE DE PASIVOS CONTINGENTES.
BENEFICIO FISCAL POR US $1.024 MILLONES. LA INVERSIÓN EN LA REORGANIZACIÓN DE ASARCO LE OTORGA A GMÉXICO UN BENEFICIO FISCAL DE US $1.024 MILLONES RECUPERABLE EN LOS PRÓXIMOS TRIMESTRES. POR LO QUE EL COSTO NETO DE ESTA OPERACIÓN FUE DE US $1.181 MILLONES. AL PRECIO PROMEDIO QUE ESTIMAN CORREDURÍAS PARA EL 2010 DE US $3.25 POR LIBRA DE COBRE, ASARCO GENERARÁ UN EBITDA DE APROXIMADAMENTE US $550 MILLONES EN 2010, LO QUE LA OPERACIÓN IMPLICA UNA VALUACIÓN MUY ATRACTIVA DE 2.1 VECES EBITDA.
IMPORTANTES ACTIVOS MINEROS. ASARCO CUENTA CON IMPORTANTES ACTIVOS MINEROS QUE SON MINAS DE RAY, MISIÓN Y SILVER BELL, EN ARIZONA, ASÍ COMO PLANTAS DE REFINACIÓN Y FUNDICIÓN EN AMARILLO, TAXAS Y HAYDEN, ARIZONA. TALES ACTIVOS APORTARON UNA PRODUCCIÓN ANUAL ESTIMADA DE 220.000 TONELADAS DE COBRE, LO CUAL REPRESENTA UN IMPORTANTE INCREMENTO DE PRODUCCIÓN DEL 44% A NIVEL DE GMÉXICO. LA EMPRESA ESTÁ TRABAJANDO PARA MATERIALIZAR LA MAYOR CANTIDAD DE SINERGIAS Y MEJORAS OPERATIVAS PARA MAXIMIZAR EL VALOR GENERADO POR ESTOS ACTIVOS.
IMPORTANTES RESERVAS MINERAS. ASARCO TIENE INDICIOS DE CONTAR CON SUS YACIMIENTOS CON RESERVAS ADICIONALES A LOS 30 AÑOS DE RESERVAS HOY CONOCIDAS, POR LO QUE SE LLEVARÁ CABO UN PROGRAMA DE EXPLOTACIÓN Y BARRENACIÓN QUE NO SE HA REALIZADO DESDE LA DÉCADA DE LOS 90S. QUE PERMITIRÁ DETERMINAR Y CUANTIFICAR EL POTENCIAL REAL DE RESERVAS EN SUS MINAS.
INCREMENTAR LA PRODUCTIVIDAD. ASARCO TAMBIÉN TIENE AMPLIAS POSIBILIDADES DE INCREMENTAR SU PRODUCCIÓN A TRAVÉS DE UN PROGRAMA DE MODERNIZACIÓN DE SUS MINAS Y PLANTAS METALÚRGICAS QUE PERMITIRÁ REDUCIR COSTOS UNITARIOS. GMÉXICO EMPEZARÁ A REALIZAR LOS ESTUDIOS E INGENIERÍAS NECESARIAS PARA ESTE FIN.
INVERSIONES EN ASARCO. LAS INVERSIONES PROGRAMADAS EN ASARCO PARA LOS PRÓXIMOS TRES AÑOS SON US $150 MILLONES.
SOUTHERN COPPER CORPORATION (SCC)
INCREMENTO DE PRODUCCIÓN. LA PRODUCCIÓN DE COBRE FUE DE 126.088 TONELADAS EN EL 4T09, 1% MAYOR EN COMPARACIÓN CON LAS 125.161 TONELADAS PRODUCIDAS EL 4T08. LA PRODUCCIÓN DE COBRE EN EL 2009 SE APLICÓ EN 845.376 TONELADAS, ASIMISMO, INCREMENTO 25 .5% EN LA PRODUCCIÓN DE MOLIBDENO EN EL 4T09 PARA ALCANZAR 5.052 TONELADAS EN COMPARACIÓN CON 4.027 TONELADAS PRODUCIDAS EN EL 4T08. LA PRODUCCIÓN DE MOLIBDENO EN EL 2009 INCREMENTO A 14% Y LA DE PLATA A 8%.
LA PRODUCCIÓN ESTIMADA DE COBRE PARA EL 2010 DE LA DIVISIÓN MINERA, INCLUYENDO ASARCO, ES DE APROXIMADAMENTE 720.000 TONELADAS, SIN INCLUIR PRODUCCIÓN ALGUNA DE CANANEA; ESTA PRODUCCIÓN SERÍA ADICIONAL EN EL CASO DE CONTAR CON LAS CONDICIONES LEGALES/LABORALES QUE PERMITEN SU REAPERTURA BAJO UN NUEVO CONTRATO COLECTIVO QUE ASEGURE LA PRODUCTIVIDAD Y EFICIENCIA, ASÍ COMO UNA APLICÓ ESTA REPRESENTACIÓN DE SUS TRABAJADORES.
REDUCCIÓN EN COSTOS. SCC CONTINÚAN LA REDUCCIÓN DE COSTOS OPERATIVOS (CASH COST) A LOGRAR TASAS DE 163.3 CENTAVOS POR LIBRA DE COBRE (ANTES DE SUBPRODUCTOS) DURANTE EL 2008 A 734. 50 CENTAVOS POR LIBRA DE COBRE DURANTE EL 2009. EL COSTO OPERATIVO NETO, DESPUÉS DE INCLUIR LOS CRÉDITOS POR SUBPRODUCTOS, RESULTÓ 35. 6 CENTAVOS POR LIBRA DE COBRE DURANTE EL 2009. ÉSTA MEJORA ES EL RESULTADO DE MAYOR PRODUCTIVIDAD Y EFICIENCIA OPERATIVAS, ASÍ COMO MAYORES CONTRIBUCIONES DE SUS PRODUCTOS.
INVERSIONES DE CAPITAL. SCC CONTINÚA CON SU CRECIMIENTO ORGÁNICO, POR LO QUE EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN APLOMO UN PROGRAMA DE INVERSIÓN MINERO METALÚRGICO DE US$2.800 MILLONES PARA LOS PRÓXIMOS TRES AÑOS. ESTE PROGRAMA INCREMENTARÁ LA PRODUCCIÓN ANUAL DE COBRE CONTENIDO EN 342.000 TONELADAS Y 6600 TONELADAS DE MOLIBDENO.
SCC INVERTIRÁN US$1.800 MILLONES EN EL PERÚ PARA (I) INCLUIR SU NUEVO PROYECTO TIA MARIA QUE INCREMENTARÁ SU PRODUCCIÓN DE COBRE EN 120.000 TONELADAS ANUALES A FINALES DEL 2011; (II) LA AMPLIACIÓN DE SUS MINAS TOQUÉPALA QUE INCREMENTARÁ 100.000 TONELADAS ANUALES DEL COBRE Y 3100 TONELADAS DE MOLIBDENO EN 2012, ASÍ COMO (III) LA AMPLIACIÓN Y MODERNIZACIÓN DE SU MINA CUAJONE QUE INCREMENTARÁ 72.000 TONELADAS DE COBRE ANUALES (22.000 EN 2012 Y 50.000 EN 2013) Y 500 TONELADAS ANUALES DE MOLIBDENO.
POR LO QUE SE REFIERE LA INVERSIÓN EN MÉXICO, SE AUTORIZARON US $1.000 MILLONES PARA SER INVERTIDOS EN CASO DE CONTAR CON CONDICIONES DE CERTEZA JURÍDICA Y LABORAL QUE PERMITEN EL DESARROLLO DE ESTA INVERSIÓN. ESTA INVERSIÓN INCLUYE LA AMPLIACIÓN DE LA MINA DE LA CALIDAD EN 50.000 TONELADAS ANUALES DEL COBRE CONTENIDO Y 3000 TONELADAS ANUALES DE MOLIBDENO. EL PROGRAMA DE INVERSIÓN QUE 1000 INCLUYE LA CONSTRUCCIÓN DE UNA PLANTA DE GENERACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA QUE PERMITIRÁ ABASTECER NUESTRAS UNIDADES MINERAS CON ENERGÍA ELÉCTRICA COMPETITIVA, GENERANDO IMPORTANTES AHORROS DE ALREDEDOR DE 50% DE NUESTROS COSTOS ACTUALES.
EL PROGRAMA DE INVERSIÓN PARA LOS PRÓXIMOS TRES AÑOS PODRÍA INCLUIR OTROS US $3.850 MILLONES ADICIONALES DE INVERSIÓN MINERA EN MÉXICO, QUE SE DESTINARÍAN A LOS PROYECTOS DE LA MINA CANANEA EN SONORA Y AL DESARROLLO DEL DEPÓSITO DE COBRE Y ORO EL ARCO EN BAJA CALIFORNIA. ÉSTAS INVERSIONES APORTARÍAN UNA PRODUCCIÓN DE 490.000 TONELADAS ANUALES DE COBRE EN ADICIÓN AL LAS 342.000 TONELADAS ANTES MENCIONADAS. ESTA INVERSIÓN SE ENCUENTRA SUSPENDIDA HASTA CONTAR CON LA CERTEZA LABORAL NECESARIA Y CON ABASTECIMIENTO Y TARIFAS DE ENERGÍA ELÉCTRICA COMPETITIVAS QUE PERMITEN EL DESARROLLO DE ESTOS PROYECTOS.
DIVISIÓN TRANSPORTE
INCREMENTO DE CARGA. NO OBSTANTE QUE EL 2009 SE CARACTERIZÓ POR UNA BAJA PRODUCCIÓN INDUSTRIAL Y CONSUMO, EL VOLUMEN DE CARGA DE FERROMEX SOLAMENTE DECRECIÓ CARGA GENERAL – 2.4%, ENTRAS TODO LOS DEMÁS FERROCARRILES CLASE 1 DE CANADÁ, MÉXICO Y ESTADOS UNIDOS SUFRIERON CAÍDAS DE ENTRE ‐ 16% Y ‐ 21%. A PESAR DE ESTO, LA PRODUCCIÓN DE GRANOS (TANTO NACIONAL COMO EN NORTEAMÉRICA), EL CRECIMIENTO DEL SECTOR ENERGÉTICO EN MINERAL DE HIERRO, Y EN ALGUNOS PRODUCTOS INDUSTRIALES, PERMITIÓ QUE LOS NÚMEROS DE LA EMPRESA CONCLUIRA 2009 ARRIBA DE LO PRONOSTICADO. EN INGRESOS, FERROMEX TERMINÓ EL AÑO CON UN CRECIMIENTO DEL 3% EN PESOS ARRIBA QUE EL 2008.
LA DIVISIÓN FERROVIARIA ESTIMA TRANSPORTAR APROXIMADAMENTE 45.5 MILLONES DE TONELADAS ‐ KILÓMETRO NETAS EN EL 2010, SIENDO ÉL CONTINUO CRECIMIENTO DE VOLUMEN TRANSPORTADO SU PRINCIPAL ENFOQUE PARA EL AÑO.
INVERSIONES DE CAPITAL. DURANTE 2009 LA DIVISIÓN FERROVIARIA (INCLUYENDO FERROSUR) INVIRTIÓ US $132.9 MILLONES EN MEJORAR LA INFRAESTRUCTURA EN TODA LA LÍNEA FERROVIARIA, MODERNIZANDO SUS SISTEMAS OPERATIVOS PARA MAYOR SEGURIDAD Y PERFECCIONANDO SUS SISTEMAS COMERCIALES. PARA 2010, LA DIVISIÓN FERROVIARIA ESTIMA REALIZAR INVERSIONES DE CAPITAL DE APROXIMADAMENTE US $146 MILLONES PRINCIPALMENTE EN LA REHABILITACIÓN DE SU INFRAESTRUCTURA, ASÍ COMO EN EL DESARROLLO DE UN PATIO FERROVIARIO EN RÍO ESCONDIDO, COAHUILA, QUE SERVIRÁ PARA AGILIZAR EL MOVIMIENTO INTERNACIONAL DE CARROS EN SU FRONTERA DE PIEDRAS NEGRAS. CON ESTA INVERSIÓN, GMÉXICO HABRÁ ACUMULADO INVERSIONES EN ESTA INVERSIÓN POR US $2.080 MILLONES, DESDE SU INICIO HACE 12 AÑOS.
FERROSUR. DURANTE 2009,FERROSUR INCREMENTO 30% EN TONS/KMS NETAS Y 19% EN CARROS CARGADOS EN EL SENTIMIENTO DE GRANOS, ASÍ COMO 37% EN TONS/KMS NETAS Y 39% EN CARROS CARGADOS EN EL SEGMENTO DE ENERGÍA, POR NUEVOS TRÁFICOS DE COMBUSTÓLEO.
DIVISIÓN DE INFRAESTRUCTURA
COMPAÑÍA PERFORADORA MÉXICO, S.A. (PEMSA). ANTICIPÓ LA INMINENTE RECUPERACIÓN DEL SECTOR PETROQUÍMICO MUNDIAL Y QUE EL RETORNO A LA ESCASEZ DE SERVICIOS Y EQUIPO DE
PERFORACIÓN Y EXTRACCIÓN PETROLERA, GMÉXICO CONCRETÓ LA ADQUISICIÓN DE PEMSA POR UN IMPORTE DE US $240 MILLONES. ESTA ADQUISICIÓN SE ALINEA A LA ESTRATEGIA DE INCREMENTAR NUESTRA PARTICIPACIÓN EN EL SECTOR DE INFRAESTRUCTURA. ADICIONALMENTE, LA TRANSACCIÓN GENERA SINERGIAS CON LA CAMA ACTUAL DE SERVICIOS DE CONSTRUCCIÓN E INGENIERÍA QUE YA OFRECE LA EMPRESA.
PEMSA HA PRESENTADO SERVICIOS A PEMEX POR MÁS DE 49 AÑOS Y CUENTA CON PLATAFORMAS DE PERFORACIÓN PETROLERA POR MAR Y TIERRA. ADICIONALMENTE PRESTA SERVICIOS DE VALOR AGREGADO PARA LA INDUSTRIA COMO LO SON LA INGENIERÍA DE CEMENTACIONES Y LA PERFORACIÓN DIRECCIONAL. TAMBIÉN PARTICIPAN LA PERFORACIÓN DE POZOS DE AGUA PARA LA INDUSTRIA MINERA EN MÉXICO. EL 2009, LOS INGRESOS DE PEMSA ALCANZARON US $90. 9 MILLONES, CON UN EBITDA DE US $ 30. 2 MILLONES Y UNA UTILIDAD NETA DE US$ 15. 3 MILLONES.
INGENIERÍA CONSUTEC. DENTRO DE ESTAS DIVISIÓN GMÉXICO TAMBIÉN ADQUIRIÓ LA FIRMA DE INGENIERÍA CONSUTEC LA CUAL EN EL 2009 REALIZÓ PROYECTOS PARA PEMEX PETROQUÍMICA Y REFINACIÓN, DE GENERACIÓN HIDROELÉCTRICA, PARA INDUSTRIA QUÍMICA, ASÍ COMO EL ACUEDUCTO A CIUDAD JUÁREZ Y MONTERREY. ASIMISMO CONSUTEC TIENE UNA ALIANZA ESTRATÉGICA (JOINT VENTURE) CON LA FIRMA DE INGENIERÍA WORLEY PARSONS PARA EL DESARROLLO DE LA INGENIERÍA DEL PROYECTO MINERO TÍA MARÍA EN EL PERÚ, PROPIEDAD DE SCC. CONSUTEC CUENTA CON 180 INGENIEROS Y TÉCNICOS CON CAPACIDAD DE REALIZAR 550.000 HORAS/HOMBRE ANUALES.
TÚNELES RÍO GRIJALVA. MÉXICO CONSTRUCTORA INDUSTRIAL CONTINUA EFICIENTEMENTE LOS TRABAJOS RELACIONADOS A LA CONSTRUCCIÓN DE DOS TÚNELES DE DESVÍO EN EL RÍO GRIJALVA QUE INICIÓ EN ENERO DE 2009. A LA FECHA SE TIENE UN ALCANCE DE OBRA DEL 47% EN LÍNEA CON EL CALENDARIO ESTABLECIDO. SE HAN ALCANZADO LOS RENDIMIENTOS PREVISTOS EN LA EXCAVACIÓN DE LOS TÚNELES, POR LO QUE SE ESTIMA EL TÉRMINO DE OBRA PARA EL 15 DE SEPTIEMBRE DE 2010.
PAGOS DE DIVIDENDOS. EL 29 DE ENERO DE 2010 EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DECRETO DEL ESTADO DE UN DIVIDENDO EN EFECTIVO DE US $0.14 PESOS POR CADA ACCIÓN EN CIRCULACIÓN, EL CUAL SERÁ PAGADO EN UNA SOLA EXHIBICIÓN A PARTIR DEL 12 DE MARZO DE 2010.
GRANDOTE INVERSIÓN. EN NOVIEMBRE DE 2009, FITCH REAFIRMÓ LAS CALIFICACIONES DE RIESGO CREDITICIO DE “BBB” DE GMÉXICO, AMC INTERRUPTOR FERROVIARIO MEXICANO, Y “BBB” PARA SOUTHERN COPPER CORPORATION (“SCC”). POR SU PARTE, EN DICIEMBRE DE 2009 ESTÁNDAR & POOR`S REMOVIÓ SU PERSPECTIVA NEGATIVA Y PUSO EN PERSPECTIVA ESTABLE AL LAS CALIFICACIONES DE RIESGO CREDITICIO DE BBB DE MÉXICO, AMC, SCC Y MINERA MÉXICO.
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