INFORME FINAL PRACTICAS NAF
Asesor Milena Velandia Tamayo
Universidad Cooperativa de Colombia
INFORME FINAL PRACTICAS NAF
Luz Stephany Arias Vargas
Asesor Milena Velandia Tamayo
Junio 2019
Universidad Cooperativa de Colombia
Contaduría Publica
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Tabla de Contenido
Introducción………………………………………………………………………. Pág 4-5
1. Descripción del problema ………………………………………………………Pág 6
2. Objetivos……………………………………………………………………… Pág 7
2.1 Objetivos Generales ………………………………………………………….Pág 7
2.2 Objetivos Específicos ………………………………………………………...Pág 8
3. Justificación …………………………………………………………………….. Pág 9
4. Marco de Referencia ……………………………………………………………Pág 10
5. Metodología …………………………………………………………………….Pág 11
5.1 Asesoría No. 1……………………………………………………….………Pág 11-12
5.2 Asesoría No. 2………………………………………………………………..Pág 13
5.3 Asesoría No. 3……………………………………………………….……….Pág.13-14
5.4 Asesoría No. 4………………………………………………………..………Pág.14
5.5 Asesoría No. 5………………………………………………………..………Pág.15- 16
5.6 Asesoría No. 6………………………………………………………..……….Pág.16-17
5.7 Asesoría No. 7………………………………………………………..……….Pág.18-20
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5.8 Asesoría No. 8………………………………………………………..……….Pág.20-21
6. Limitaciones encontradas ………………………………………………………...Pág. 21
7. Resultados Obtenidos………………………………………………………….....Pág. 22
8. Conclusiones…………………………………………………………………….Pág22- 24
9. Recomendaciones……………………………………………………………….. Pág. 24
10. Bibliografía…………………………………………………………………….. Pág. 25
11. Anexos…………………………………………………………………………Pág.26-30
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INTRODUCCIÓN
Los Núcleos de Apoyo Contable y Fiscal –NAF son una iniciativa de responsabilidad
social, propuesta y guiada por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN,
susceptible de ser implementada por las instituciones de educación superior, con el fin de
crear espacios de atención permanente, donde estudiantes y maestros, previamente
capacitados ofrezcan, sin ningún costo, orientación básica en materia fiscal a personas
naturales y jurídicas, en el ámbito normativo o técnico, según el alcance que se determine
mediante los documentos que formalicen los acuerdos para su implementación.
Los NAF ponen a disposición, tanto de la comunidad académica, como de particulares y
empresas de su entorno geográfico, un servicio de orientación personalizada sobre
tributación que es brindado por estudiantes voluntarios con el apoyo de la universidad y de
la DIAN.
Mediante el desarrollo de su actividad, los NAF pretenden, en última instancia, aumentar la
conciencia cívica de estudiantes y ciudadanos en relación con la necesidad de cumplir de
forma voluntaria y puntual con sus obligaciones fiscales y tributarias.
Así mismo, los NAF tienen dos funciones complementarias: en primer lugar, la educación
de los alumnos con estudios específicos en materia fiscal, quienes con el apoyo de la DIAN
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y de otras instituciones, pueden estudiar materias fiscales complejas y difundir este
conocimiento entre los demás estudiantes universitarios; en segundo lugar, ayudar a su
comunidad y adquirir una formación ciudadana. Bajo el anterior contexto, vale la pena
resaltar que un NAF no es un punto de contacto o centro de servicio de la DIAN, no es un
substituto de las empresas y/o personas que asesoran en temas contables y fiscales, no
implican una relación laboral entre la DIAN y las personas que, por parte de las
instituciones de educación, los integren.
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1. DESCRIPCIÓN DEL PROBLEMA
Colombia ha presentado en los últimos años un incremento de nuevas reformas tributarias
donde compromete a los pequeños emprendedores, comerciantes, organizaciones y
pequeños comerciantesa implementarciertas obligacionesfiscales y tributarias como lo son:
declaraciones de renta, IVA, actualización del RUT (Registro Único Tributario), entre
otros; situación que se genera por losdiferentes cambios de reformas tributarias
implementadas por el gobierno.
De acuerdo a lo anterior la NAF se implementa con la estrategia de fortalecer la relación
entre el contribuyente y la DIAN brindado así todos los servicios que ofrece la plataforma
para realizar diferentes procesos en línea, adicional a ello el tema de educación fiscal y
tributaria debe ser un componente eminente debido a los altos cambios que presenta la
misma, por lo tanto, la NAF es un apoyo de orientación en la cual el contribuyente puede
tener la plena certeza de que las personas que asesoran están completamente capacitadas
para brindar la respectiva consulta.
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2. OBJETIVOS
2.1 OBJETIVOS GENERALES
Orientar de manera gratuita a las personas naturales y jurídicas sobre el ámbito
normativo y brindar una asesoría correctamente sobre el uso de los servicios en
línea dispuestos para los contribuyentes como el de la Dirección de Impuestos y
Aduanas DIAN para el cumplimiento de las obligaciones pertinentes.
Brindar suficiente material de apoyo contable y fiscal a los estudiantes del NAF, ya
que por medio de las mismas se puede incentivar la ética profesional y brindar un
servicio tributario y contable oportuno y confiable.
Proporcionar a los alumnos de educación superior una vivencia práctica sobre la
orientación contable y fiscal, fortaleciendo con esta estrategia aspectos académicos
mediante la solución de casos reales que les propongan los ciudadanos que
demanden el servicio de los Núcleos de Apoyo Contable y Fiscal –NAF.
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2.2 OBJETIVOS ESPECIFICOS
Promover conciencia tributaria entre los estudiantes y docentes que participan en el
programa, buscando irradiarla en la ciudadanía de los servicios de los NAF, a fin de
incidir en el cumplimiento voluntario y oportuno de sus obligaciones fiscales y
tributarias.
Fomentar la apropiación de los valores éticos asociados al cumplimiento fiscal en los
futuros clientes de la entidad.
Proporcionar a los alumnos de las disciplinas académicas relacionadas con el quehacer
de los Núcleos de Apoyo Contable y Fiscal, una vivencia práctica enmarcada en la
realidad de nuestro país.
Promover la educación fiscal, entendida como un proceso de enseñanza -aprendizaje,
orientado a fomentar una ciudadanía participativa y solidaria mediante la comprensión
tanto de los derechos como de deberes fiscales.
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3. JUSTIFICACIÓN
La creación de los NAF tiene incidencias favorables para todos los que intervienen, que se
encuentran representadas en mejoras que experimentan la ciudadanía que recibe los
servicios prestados, los estudiantes, las instituciones educativas en donde funcionaran, la
DIAN en el cumplimiento de su misión, y la sociedad en general con los beneficios
recibidos. (Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, 2016-2017)
• El ciudadano, sería el más beneficiado al acceder gratuitamente a las directrices, trámites
y servicios ofrecidos por la DIAN, reduciría los costos de acceso a los servicios prestados
por la DIAN, tendría mayor acceso a la información, todo ello encaminado a facilitarle el
cumplimiento de las obligaciones
• Los estudiantes complementarán su formación académica por medio del ejercicio
práctico, que les permitirá mejorar sus calidades profesionales como consecuencia de la
relación directa con el ciudadano, prestando un servicio social a la comunidad.
• La institución educativa, podrá obtener mayor cualificación de su alumnado y
profesorado, fortaleciendo el componente práctico de los estudiantes de las disciplinas
académicas relacionadas con el quehacer de los Núcleos de Apoyo Contable y Fiscal, lo
que redundará en el mejoramiento de su imagen como institución educativa ante la
comunidad en la que se inserta.
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4. MARCO DE REFERENCIA
MARCO LEGAL
Resolución N°. 47 del 10 de junio de 2016 de la Dirección de Impuestos Aduanas
Nacionales, por la cual se adoptan los Núcleos de apoyo Contable y Fiscal – NAF.
Resolución N°. 52 del 13 de septiembre de 2017 de la Dirección de Impuestos
Aduanas Nacionales, por la cual se modifica el artículo 13 de la resolución N° 47
del 10 de junio de 2016.
Guía General para la implementación y funcionamiento de los núcleos de apoyo
Contable y Fiscal en Colombia. CT - AC – 0058. Subdirección de gestión y
asistencia al cliente, febrero 2018.
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5. METODOLOGÍA
La metodología aplicada en el proceso de la practica NAF – Núcleos de Apoyo
Contable y fiscal consistió en asesorías presenciales, telefónicas y personalizadas a
todo contribuyente que requería de atención oportuna para aclarar alguna inquietud
fiscal ó contable en los horarios de las 3:00 p.m hasta las 7:00 p.m de los días
jueves. En mención a lo anterior para las asesorías teníamos el apoyo profesional de
los docentes de la universidad cooperativa de Colombia y funcionarios de la DIAN
para brindar información clara, precisa y confiable. Durante el proceso de la práctica
se aplica la ley estatutaria 1581 de octubre de 2012 que hace referencia a la
protección de datos personales.
A continuación, daré a conocer las consultas brindadas durante la práctica NAF y el
debido manejo que se brindo.
5.1 Asesoría No. 1
a. Fecha de asesoría:14 de febrero de 2019
b. Consulta realizada: Declaración de renta.
c.Norma aplicada: Sanciones Relacionadas con las declaraciones tributarias
Extemporaneidad por la presentación – Articulo 641 del E.T.
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d. Autorización de datos personales: No.
e.Análisis: El contribuyente se acerca a solicitar orientación ya que la DIAN le
notifica por medio de un acto administrativo a la empresa inversiones vía tropical
SAS con NIT 900262186-1 de la ciudad de Cartagena que al contribuyente se le
está procesando una investigación sobre los ingresos del año 2016 por declaración
de renta, el contribuyente nos solicita la información del por qué dicha
investigación, se ingresa a consultar al contribuyente en el sistema el cual nos
refleja que en el año gravable 2016 obtuvo unos ingresos laborales por $ 60.964.426
los cuales fueron obtenidos por la empresa anteriormente mencionada, se sugiere
que consulte con el contador el cual debe diligenciar el formulario 210 con la
sanción de extemporaneidad, esta sanción debe tasar de acuerdo al artículo 641 del
E.T, es de aclarar que dicha sanción no debe ser a la mínima y el contribuyente debe
agendar una cita para actualizar el RUT por qué se debe actualizar el código 5 que
es declarante de renta, adicional a ello actualizar la dirección de residencia.
El contribuyente en el año 2017 no tiene la obligación de declarar ya que los
ingresos son inferiores.
El contribuyente nos pregunta si los saldos a favor se puede cubrir alguna parte de
otras obligaciones tributarias, se le aclara que sí, siempre en cuando tenga la
certificación, lo indicado es presentar la declaración se descuenta la respectiva
sanción.
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5.2 Asesoría No. 2
a. Fecha de asesoría: 21 de febrero de 2019
b. Consulta realizada: Información NAF
c. Norma aplicada: No aplica
d. Autorización de datos personales: Si.
e. Análisis: Se socializa con los estudiantes de otras carreras los servicios que presta
los Núcleos de apoyo Contable y fiscal NAF este medio ayuda a la divulgación
para que la comunidad se acerque a los puntos de atención.
5.3 Asesoría No. 3
a. Fecha de asesoría: 28 de febrero de 2019 – 29 de marzo de 2019
b. Consulta realizada: Actualización RUT – Asignación cita DIAN.
c. Diagnóstico: RUT
d.Norma aplicada: Decreto 2460 del 2013
e. Autorización de datos personales: Si.
f.Análisis: El contribuyente se acerca a la oficina NAF de la universidad
cooperativa con la necesidad de actualizar el código de responsabilidad 5, ya que el
contribuyente manifiesta que los ingresos recibidos para este año son inferiores a la
UVT establecidas para declarar, por este motivo se procedió a brindarle asesoría
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sobre el trámite y se le asigno la cita por la opción que está habilitada en la página
de la DIAN, ya que el proceso de quitar códigos no se puede realizar por el trámite
en línea y por ende se opta por generar la cita presencial en la DIAN, proceso
realizado exitosamente.
5.4 Asesoría No.4
a. Fecha de asesoría: 28 de febrero de 2019
b. Consulta realizada: Certificado de Ingresos y retenciones
c. Norma aplicada: Certificado de Ingresos y retenciones
d. Autorización de datos personales: Si.
e. Análisis: El contribuyente se acerca a la oficina NAF de la universidad
Cooperativa a solicitar informacion sobre el certificado de ingresos y retenciones ya
que dicho documento era un requisito para la solicitud de un crédito, se procede a la
orientación de acuerdo a la carta laboral y con ayuda del profesora de apoyo se
concede a diligenciar el formulario y se realizar exitosamente la asesoría, el
contribuyente se retira con todos los documentos que se requerían para la solicitud
del crédito.
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5.5 Asesoría No. 5
a. Fecha de asesoría: 7 de marzo de 2019
b. Consulta realizada: Declaración de renta.
c. Norma aplicada: Sanciones Relacionadas con las declaraciones tributarias
Extemporaneidad por la presentación – Articulo 641 del E.T.
d. Autorización de datos personales: Si.
e. Análisis: La contribuyente Catalina Ramírez me consulta por vía whatsaap que el
tío murió hace 2 dos años y se realizó la debida cancelación ante la cámara de
comercio, me informa que le llego una notificación donde informan que está
pendiente de la cancelación de unos impuesto, efectivamente se realiza la revisión y
el sistema nos información que el tío presentaba declaración de renta por que estaba
en régimen común, la última inscripción al RUT la realizo en el 2005 y se
encontraba en régimen común que implica que desde el 2005 tenía como mínimo
presentar una declaración de renta como la acción de la DIAN prescribe a los 5 años
y esto es desde el 2005, el contribuyente tiene pendiente por presentar la declaración
de renta de los últimos 5 años, años 2013 – 2014 - 2015 - 2016 - 2017 se presentan
con sanción de extemporaneidad, son varios procesos que debe realizar la
contribuyente entre ellos:
1. Tener capacidad legal para representar la sucesión.
2. Realizar un documento todos los herederos definen quien va a tener la calidad de
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heredero con administración de bienes y se define con una carta autenticada en
notaria, la contribuyente nos informa que son dos hermanos los cuales deben decidir
quién hace la respectiva representación de calidad.
La cual se debe realizar de la siguiente manera los herederos hacemos este
documento para definir quién va tener la calidad de heredero con administración de
bienes y este documento debe ser autenticado por notaria, se debe presentar a la
DIAN anexando fotocopia de la cedula del heredero con administración, fotocopia
de la cedula del contribuyente fallecido, copia del registro de defunción a inscribirse
en la DIAN como heredero con administración de bienes en el RUT del tío y en la
misma carta si no hay bienes para hacer sucesión se argumenta que no hay bienes
para realizar la sucesión y solicitan la cancelación de esa inscripción. Con este
procedimiento se obtiene la capacidad legal realizando este procedimiento y a partir
de ahí se asesora con un abogado para que verifique si hay lugar a hacer sucesión, si
en caso de no haberla; se realiza el documento para la cancelación de la inscripción,
para que la cancelación se lleve a cabo debe de haber cancelado las declaraciones de
renta pendientes por cancelar.
5.6 Asesoría No. 6
a. Fecha de asesoría: 7 de marzo de 2019
b. Consulta realizada: Actualización ESAL.
c. Norma aplicada: Articulo 19 Contribuyentes del régimen tributario especial y
Articulo 19-4 del E.T- Tributación sobre la renta de las cooperativas.
d. Autorización de datos personales: Si.
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e. Análisis: La contadora de la fundación tuvieron unos cambios en los entes
directivos y de control solo se cambiara el código 31, pero cuando ingresa al
formulario 5245 le da actualización manifiesta varias inquietudes las cuales la
llevan a consultar a la NAF, lo cual se le informa que con la actualización solo sube
certificación de que los miembros del consejo superior como lo es la junta directiva
no tienen antecedentes judiciales, pero por seguridad se aconseja que sea firmado
por representante legal y revisora fiscal, sobre el tema de la asignaciones
permanentes si lo deben realizar ya que asi sea fundación igual tienen unas
asignaciones en el patrimonio de no tenerlas deben ser manifestado en el acta como
una observación que no poseen asignaciones permanentes por ende no las han
utilizado esta debe ir en la misma acta de la aprobación de los estados financieros.
La recomendación como tal es que en el momento de subir los documentos a la
página para la respectiva actualización los que tienen el chulito verde llenarlos asi
no lo tenga porque no es pertinente para la entidad no importa es mejor llenarlo ya
que estas actualizaciones son revisadas por los funcionarios de fiscalización de la
DIAN. El funcionario lo que hará la respectiva revisión aleatoriamente y con esas
entidades harán la revisión completa del proceso, la fundación que se asesora tienen
y cumplen con lo que es la finalidad y con lo que objetivo de ser una entidad sin
ánimo de lucro, debe contemplar actividad meritoria contemplada en el certificado
de RUT y como en los estatutos, la nota de la observación en el acta, las
asignaciones permanentes, certificación firmada por la representante legal y revisora
fiscal, debe tener los estados financieros con corte al 31 de dic aprobados,
personería jurídica , copia de los estatutos de la entidad, certificación de
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representante legal. Deben subir por prevalidadora versión 1 y después hacer el
trámite ESAL.
5.7 Asesoría No. 7
a. Fecha de asesoría: 7 de marzo de 2019 – 21 de marzo de 2019
b. Consulta realizada: Permanencia ESAL.
c. Norma aplicada: Articulo 19 Contribuyentes del régimen tributario especial.
d. Autorización de datos personales: Si.
e. Análisis: Los contribuyentes se acercan a la oficina NAF ubicada en la
universidad cooperativa de Colombia para solicitar asesoría sobre los documentos
que se deben cargar en la página de la DIAN para la permanencia ESAL, se le dan a
conocer los requisitos los cuales son:
1. Un informe anual de resultados o Informe de gestión para el Sector Cooperativo
que prevea datos sobre sus proyectos en curso y los finalizados, los ingresos, los
contratos realizados, subsidios y aportes recibidos, así como las metas logradas en
beneficio de la comunidad.
2. Los estados financieros de la entidad.
3. Certificación de Requisitos del representante legal o revisor fiscal en el que
evidencia que han cumplido con toso los requisitos durante el respectivo año del
respectivo año. (Numeral 13 del parágrafo 2 del artículo 364-5 E.T.)
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4. Copia de la escritura pública, documento privado o acta de constitución en donde
conste que está legalmente constituida.
5. Certificado de existencia y representación legal expedido por la autoridad
competente, en el cual figuren sus administradores, representantes y miembros del
consejo u órgano directivo cuando hubiere lugar a ello.
6. Copia del acta de la Asamblea General o máximo órgano de dirección, en la que
se autorice al representante legal para que solicite que la entidad permanezca como
entidad del Régimen Tributario Especial del Impuesto sobre la Renta.
7. Copia de los estatutos de la entidad o acta del máximo órgano directivo donde se
indique que el objeto social principal corresponde a una actividad meritoria, que los
aportes no son reembolsados, que sus excedentes no son distribuidos y que se
identifique los cargos directivos de la entidad. (Numeral 4 del Art. 1.2.1.5.1.8 del
Decreto 1625 del 2016).
8. Certificación del Representante Legal de los antecedentes judiciales y declaración
de caducidad de contratos estatales de los miembros de la junta directiva,
fundadores, representantes legales o miembros de los órganos de dirección de
conformidad con el numeral 3 artículo 364-3 E.T.
9. Acta de Asamblea General o máximo órgano de dirección que indica el estado de
las asignaciones permanentes de los años gravables anteriores de conformidad con
el artículo 1.2.1.5.1.27 del Decreto 1625 de 2026, si hay lugar a ello.
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10. Acta de Asamblea General o máximo órgano de dirección en el que se aprobó la
distribución del beneficio neto o excedente del respectivo año gravable, si hay lugar
a ello.
11. Registrar la Memoria Económica cuando los ingresos brutos, incluidas las
ganancias ocasionales, del año gravable 2017 fueron iguales o superiores a 160.000
UVT ($5.097.440.000.)
12. Formatos 2530, 2531, 2532 XML
13. Declaración de renta.
14. Certificación remuneración directivos
5.8 Asesoría No. 8
a. Fecha de asesoría: 3 de junio de 2019
b. Consulta realizada: Clasificación Tributaria – Impuesto Unificado bajo el
régimen simple de tributación.
c. Norma aplicada: Ley 1943 de 2018
d. Autorización de datos personales: Si.
e. Análisis: En atención a la ley 1943 de 2018 que instituyó el impuesto unificado
bajo el régimen simple de tributación, el contribuyente me consulta los beneficios
del impuesto y me solicita los requisitos para acogerse al mismo, lo cual se
recomienda enviar notificando la condición fiscal para el año 2019 a las empresas
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que presta los servicios la carta de información debe contener lo siguiente “Para el
año gravable 2019 se acoge al régimen simple de tributación”, por lo cual solicita
que se abstengan de practicarme retención en la fuente a título de renta y solicita se
expidan las certificaciones de las retenciones practicadas desde el 1 de enero de
2019 a la fecha, proceso realizado exitosamente.
6. LIMITACIONES ENCONTRADAS
La limitación encontrada en la realización de la práctica de núcleos de apoyo
contable y fiscal NAF, principalmente se refleja en la limitación de asistencia
presencial de contribuyentes debido al poco conocimiento del punto de atención, se
debe aprovechar espacios públicos para dar a conocer los puntos de apoyo fiscal y
contable con los respectivos horarios para así tener más contacto con los
contribuyentes un ejemplo puntual seria los régimen no responsables de IVA, ya
que este régimen es propenso a tener falencias tributarias y contables.
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7. RESULTADOS OBTENIDOS
Los resultados obtenidos durante la practica de núcleos de Apoyo Contable y Fiscal
de la universidad Cooperativa en convenio con la Dirección de Impuestos y
Aduanas Nacionales DIAN, de manera personal y como estudiante adquirí gran
conocimiento tributario ya que las capacitaciones obtenidas por parte de los
profesionales de la DIAN, docentes de apoyo, compañeros y la comunicación con el
contribuyente conlleva a enriquecer los conocimientos es decir el proceso de la
practica tiene un grado de fortalecimiento tributario, contable y fiscal para mi
formación académica y profesional lo cual me conduce a ser más competente.
El acompañamiento brindado por parte de los docentes de apoyo y la orientación de
los diferentes temas contables y tributarios fueron muy eficientes al momento de
brindar una asesoría debido al buen manejo de los temas adicional a ello el
ciudadano considera la atención prestada en las practicas NAF una forma mas
directa y personalizada para realizar cualquier tipo de tramite con la DIAN, durante
la experiencia de practica fui fortaleciendo mi formación académica lo cual me
ayuda a tener una postura ética y profesional para enfrentar los sucesos que se me
presenten dia a dia .
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8. CONCLUSIONES
Los núcleos de Apoyo Contable y Fiscal NAF, permiten que los contribuyentes
tengan una cercanía con la Dirección de Impuestos Aduanas Nacionales DIAN para
aclarar todo tipo de inquietudes, preguntas de contenido contable y fiscal para
obtener asesorías de manera concreta y confiable para asi prever todo tipo de
sanciones siempre y cuando estén cumpliendo con las obligaciones tributarias de
manera correcta y oportuna.
El grupo NAF les brinda a los estudiantes la oportunidad de ser capacitados por una
entidad tan reconocida como lo es la DIAN en materia contable y fiscal, adicional se
cuenta con apoyo profesional de los docentes que fortalecen conocimientos en lo
largo de la practica lo que genera confianza, segura y tranquilidad al contribuyente
este proceso nos enseña cómo enfrentarnos en la realidad laboral.
La práctica NAF de manera personal puedo decir que es una excelente experiencia
ya que contiene elementos de formación muy valiosos como lo es la parte tributaria
y contable; el simple hecho de brindar asesoría a un contribuyente es un grano de
conocimiento que vamos cultivando en medio de nuestra formación profesional a
raíz de el tenemos una base de como enfrentar un suceso en nuestra futura
experiencia laboral. Adicional es una fortuna que la universidad Cooperativa de
Colombia cuente con tan excelente convenio con la DIAN por que les otorga a los
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estudiantes la posibilidad de obtener más conocimientos en el proceso de formación
académica
9. RECOMENDACIONES
Se requiere más divulgación sobre los puntos de atención NAF, puesto que son muy
pocos los ciudadanos que tienen conocimiento de los puntos de apoyo y de las
funciones que se pueden brindar en él, un método de divulgación general puede ser
promocionando por medios de comunicación como la radio, redes sociales, con el
fin de dar a conocer los servicios que prestan y los beneficios de estos para formar
al ciudadano como un contribuyente consciente de las obligaciones tributarias.
Se debe extender los puntos de atención NAF fuera de las universidades para dar a
conocer todos los servicios que la DIAN puede ofrecer a los contribuyentes y así
generar más consciente contable y fiscal.
Continuar con las prácticas NAF ya que son un beneficio que ofrece la DIAN por
medio de la universidad para brindar al contribuyente una solución oportuna,
amigable y personalizada en tema fiscal y contable. Adicional realizar varias
jornadas rurales para tener más cercanía a la comunidad.
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Aprovechar al máximo las temporadas de presentación de declarantes de renta, para
brindar ayuda y orientación de manera profesional, oportuna y confiable a la
comunidad.
10. BIBLIOGRAFIA
Portal de la DIAN
https://agendamientodigiturno.dian.gov.co/
Decreto 2460 del 07 de noviembre de 2013, por el cual se reglamenta el
articulo 555-2 del estatuto tributario
https://actualicese.com/normatividad/2013/11/07/decreto-2460-de-07-11-2013/
Portal de la DIAN
https://www.dian.gov.co/
Portal de la DIAN - Entidades sin ánimo de lucro - ESAL
https://www.dian.gov.co/impuestos/sociedades/ESAL/Paginas/default.aspx
Impuesto Unificado bajo el régimen simple de tributación.
https://actualicese.com/actualidad/2019/05/24/regimen-simple-de-tributacion-
puntos-que-debe-conocer-si-quiere-acogerse/
Certificado de ingresos y retenciones.
https://www.dian.gov.co/atencionciudadano/formulariosinstructivos/Paginas/def
ault.aspx
https://www.consultorcontable.com/certingyret2015/
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11. ANEXOS
1. Registro de Asistencia a los Núcleos de Apoyo Contable y Fiscal NAF
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2. Formato de Encuestas Valoración del servicio
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