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Guía para Educación Superior

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Realizada en alianza:

PROGRAMA PARA LA COHESIÓN SOCIAL EN AMÉRICA LATINA

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Índice

Importancia de los impuestos en la economía nacional. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4Gasto Público . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5Presupuesto del Sector Público . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6Ley de Presupuestos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6 •Elaboracióndelproyecto •TramitaciónenelCongreso

Acceso a la información pública y la Ley de Transparencia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8 •¿Quéesinformaciónpública? •¿Quéeselderechodeaccesoainformaciónpública?-TransparenciaActiva-TransparenciaPasivaoderechodeaccesoalainformación •ElConsejodeTransparencia

Rol del Ministerio de Hacienda . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10Tesorería General de la República . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10Servicio de Impuestos Internos (SII) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 12Servicio Nacional de Aduanas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 12Impuestos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 12Tipos de impuestos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13Clasificación de los impuestos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 14- Principales Impuestos Indirectos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 15 •ImpuestoalasVentasyServicios(IVA) •ImpuestoalosProductosSuntuarios •ImpuestoalasBebidasAlcohólicas,AnalcohólicasyProductosSimilares •ImpuestoalosTabacos •ImpuestosalosCombustibles •ImpuestoalosActosJurídicos(deTimbresyEstampillas) •ImpuestoalComercioExterior

- Principales Impuestos Directos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 17 •ImpuestoalaRentadePrimeraCategoría(Artículo20LeydeImpuestoalaRenta) •ImpuestoÚnicodeSegundaCategoría(Artículo42N°1yArtículo43N°1LeydelaRenta) •ImpuestoGlobalComplementarioArtículo52LeydelaRenta) •ImpuestoAdicional(Artículos58,60inc.1°y61,LeydeImpuestoalaRenta)

- Otros impuestos. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 19 •ImpuestoTerritorial •ImpuestoalasHerencias,AsignacionesyDonaciones •ImpuestosMunicipales(PatenteComercial) •ImpuestosalosCasinosdeJuego

Actividades de autoestudio . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20

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Seguramenteenmásdeunaocasiónhasoídohablardelosimpuestosyprobablementehabrásleídosobreeltema,noobstantehemosincorporadoestemóduloparaproporcionarteinformaciónbásicaemitidaporelSIIenlamateriayparadarnoslaoportunidaddeofrecerinformaciónsobrecómoseconstituyenlosingresospúblicosycómosedistribuyenparaatenderlasnecesidadesdelpaís.Enestaparteesdondelarecaudacióndeimpuestostienesuimpactoeimportanciaparaelpaís.Esperamosquelainformaciónteseadeutilidadyamplíetusconocimientosenlamateria.

Objetivo específico

Altérminodeestemóduloelparticipanteidentificarálaimportanciadelosimpuestosenlaeconomíanacional,elorigendelosingresospúblicosyaplicarácorrectamentelamecánicadecálculodelosimpuestos.

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Importancia de los impuestos en la economía nacionalLos ingresos tributarios derivan de las aportacioneseconómicasefectuadasporlosciudadanosenproporciónasusingresos,estosingresostributariosestánintegradospor todos los impuestos de las diversas actividades ohechoseconómicosdeloscontribuyentes.

De estamanera el Estado cumple variados roles en laeconomía,comoregularelfuncionamientodelsistemaeconómico nacional y fiscalizar el cumplimiento delas normas que aseguran que elmercado sea abierto,informado y competitivo, planifica inversiones de susdineros en el exterior, obras públicas de relevancia yestablecerunambientedeconfianza.

Nuestropaístiene,entreotros,dosgrandesobjetivos:

1.- Asegurar las condiciones internas para un buendesarrollodelaeconomía.

2.-Solucionar losdiferentesproblemaseconómicosdecarácternacional.

Paracumplircontalesobjetivos,lapolíticafiscalchilenadepende del Ministerio de Hacienda, organismo quese encargademantener los equilibrios en las cuentasfiscales.

Dentro de los organismos estatales que regulan laactividad se encuentran elMinisterio de Economía, elMinisteriodeHaciendayelBancoCentral.

Banco Central (BC): El BC tiene las funciones yatribuciones operacionales relacionadas con lassiguientes materias: emisión de billetes y monedas,regulacióndelacantidaddedineroencirculaciónydecrédito,regulacióndelsistemafinancieroydelmercadodecapitales, facultadesparacautelar laestabilidaddelsistema financiero, funciones en carácter de agentefiscal,atribucionesenmateria internacional, facultadesrelativas a operaciones de cambios internacionales yfuncionesestadísticas.

Ministerio de Economía: La Misión del Ministeriode Economía es promover la modernización ycompetitividadde la estructuraproductivadelpaís, lainiciativaprivadaylaaccióneficientedelosmercados,el desarrollo de la innovación y la consolidación dela inserción internacional de la economía del país afin de lograr un crecimiento sostenido, sustentabley con equidad, mediante la formulación de políticas,programase instrumentosquefacilitenlaactividaddelasunidadesproductivasdelpaísysusorganizacionescorporativas y las instituciones relacionadas con eldesarrollo productivo y tecnológico del país, tantopúblicasyprivadas,nacionalesyextranjeras.

Ministerio de Hacienda: Su Misión es maximizar elpotencialdecrecimientodelargoplazodelaeconomíayfomentarelmejorusodelosrecursosproductivosdelpaísparaalcanzaruncrecimientoeconómicosustentablequesetraduzcaenunamejorcalidaddevidaparatodosloschilenosychilenas,especialmentelossectoresmáspostergadosyvulnerables.

CabemencionarqueunadelasfuncionesdelEstadoessatisfacerlasnecesidadesdelaspersonascuandoestasno pueden hacerlo por sí mismas apoyándose en larecaudacióndeimpuestos.

EngeneralelEstadodebevelarporelbiencomúnylograrunadistribuciónequitativadelariqueza.

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¿Pero qué son los impuestos?

Los impuestos son los aportes en dinero que losciudadanosestánobligadosporleyapagar,paraqueelEstadodispongadelosrecursossuficientesconlosquefinanciarlasatisfaccióndelasnecesidadespúblicas.

Los seres humanos tenemos necesidades de diversaíndole. Existen aquellas que podemos satisfacer enforma individual, con recursos propios, como contarconbienesyserviciostalescomosuministrodeenergíaeléctricaparanuestrasviviendas,alimentación,vestuariooactividadesderecreaciónyesparcimiento.

Esas necesidades son cubiertas con el dinero quepercibimospornuestrotrabajoindividual.

Pero hay también necesidades que son colectivaso públicas y que escapan de nuestro alcance pararesolverlas en forma individual, como por ejemplo,financiar el servicio de alumbrado público de nuestrobarrio,oproveeracarabinerosdelosmediosnecesariospararesguardarelordenyseguridadpública.

Para satisfacer esos requerimientos, es necesario elaportede todos aunandoesfuerzospara constituir unfondocomúnquepermitacubrirloscostosdelosbienesy servicios públicos. Es el Estado, en consecuencia, elresponsable de dar satisfacción a esas necesidades, atravésdelosserviciospúblicos.

Elaporteesproporcionalalosingresosdecadapersonaoinstitucióndebiendopagarmáslosquemástienenymenoslosquetienenmenos,afindequelacargadelosgastospúblicossedistribuyaconmayorjusticiasocial.

Losgobiernosrequierenfinanciamientoparades-empeñarlosrolesquelecorresponden.Deaquílaexistenciadelosimpuestos.

Gasto Público Los ingresos públicos son aquellos que el Estadorecauda para financiar los gastos públicos, debido aque todo gasto supone la existencia de recursos quepermitanrealizarlo,esdecir,delosfondosquepermitansufinanciamiento.

LaLeyqueregulacómosedefiniránlosgastospúblicos,quélíneasdeacciónsetomarán,yconquérecursosseharáfrenteadichosgastos,eslaLeydePresupuestodelSectorPúblico.

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Además,elEstadotambiénsostieneeconómicamente:

Ministerios yorganismos

públicos

PoderEjecutivo

PoderLegislativo

PoderJudicial

Elaboraciónde Leyes

Administraciónde la justicia

Las diversas administraciones tienen la facultad depotenciarlosgastosasignándolosasectoresespecíficos.Por ejemplo, en el 2011 un 66,6% de las erogacionesdelGobiernoCentralConsolidado fuerondestinadasagastosdefuncionessociales.

Elmayor peso relativo lo tuvo el destinado a políticasdeprotección social, conunaparticipacióndentrodelgasto totaldeun29,3%; educaciónalcanzóun17,9%,mientras que el gasto en salud representó un 16,8%deltotaldegastos.Encadaunadeestasfunciones,losgastos con mayor importancia relativa, tanto en susrespectivas categorías, como en el gasto total, fueronaquellos destinados a población de edad avanzada,con un 18,9%; a la educación preescolar, primaria ysecundaria,conun13,3%,yalosservicioshospitalarios,alacualessedestinóun12,5%delgastototal.1

(1) Dirección de Presupuestos, Gobierno de Chile (2012). Evaluación de la Gestión Financiera del Sector Público en 2011 y Actualización y Pro-yecciones para 2012. Página 25.

Presupuesto del Sector PúblicoEl Presupuesto del Sector Público persigue reflejarlos gastos y los ingresos previstos para un ámbitodeterminado del Sector Público en un período detiempo.Estosignificaquemide,habitualmenteparaelintervalodeunaño,losrecursosquecomomáximosedestinaránalasdistintaspartidasdegastos,asícomolas

previsionesderecaudaciónylaestimacióndelosfondosprovenientesdeotrasfuentesdeingresos.

ElPresupuestodelSectorPúblicoconstituye,asimismo,un documento político que recoge la declaraciónde intenciones de un Gobierno, cuantificadosmonetariamente,paraunejercicioanual.ElPresupuestodel Sector Público, por tanto, sintetiza desde laperspectivaeconómicayfinancieraelplandeactuaciónque presidirá la gestión gubernamental y, en estesentido,deberáresponderalassiguientescuestiones:

•¿Quéhacer?

•¿Quiénpuedegastaryhastaquélímite?

•¿Paraquéseharáelgasto?

•¿Cómoseharáelgasto?

•¿Cómosevaarecaudaryconseguirelrestodeingresosnecesarios?

Ley de PresupuestosCómo se elabora y se tramita la Ley de Presupuestos

El Presupuesto de la Nación es la leymás importantequesetramitacadaañoenelCongresoNacional,yaquedelimitalosplanesdetrabajodetodoelsectorpúblicoylosrecursosylineamientosdelgobiernodeturnoparaelañosiguiente,yaqueatravésdelaasignacióndelosrecursosseenfatizanlosejesprogramáticos.

Técnicamente,laDireccióndePresupuestosdelMinisterio

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deHacienda,encargadadeelaborarlapropuestaqueelEjecutivopresentaalParlamentocadaaño,defineesteproyectocomounaestimacióndeingresosygastosdecadaprogramapresupuestariodetodaslasinstitucionesqueconformanelgobiernocentral.

Lo que se entrega al análisis y aprobación de losparlamentarioses,finalmente,unaestimacióndeingresosyunaautorizacióndegastosenlaAdministraciónPúblicaparaelañosiguiente.

Porsuscaracterísticasespeciales,laLeydePresupuestostiene una tramitacióndistinta a otras leyes quepasanporelCongreso,loquesedetallaacontinuación.

Elaboración del proyecto

El diseño del Presupuesto del Sector Público paracadaañose iniciaenelmesdeabrilcuandoungrupode funcionarios públicos, especialistas externos,

autoridades de gobierno e integrantes del CongresoNacional comienza el análisis de las estimaciones encadasectordelaadministraciónestatal.

En paralelo, el Ministerio de Hacienda evalúa losresultados de programas incluidos en el presupuestoanterioryanalizalosindicadoresdedesempeñodelasinstitucionespúblicas.Conestainformaciónsedefineunmarcodegastosinicialesqueconsideraaquellosgastosobligatoriospor leyoporcontratoy lacontinuidaddeprogramasconevaluaciónsatisfactoria.

Todas las instituciones de la Administración Públicapresentan a Hacienda sus respectivas propuestaspresupuestarias para el año siguiente, a partir de lasprioridades que ellas mismas definen, considerandoampliación de programas exitosos, creación de otrosnuevosopostulaciónaunfondocomúnconcursable.

Según la información disponible en la cartera deHacienda, para asegurar la consistencia económica y

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financiera del Presupuesto de laNación, desde el año2000 éste se enmarca en la regla preanunciada degenerar un superávit estructural equivalente a un 0%del Producto Interno Bruto (PIB):“Esto significa que altomar las decisiones de gastos, el gobierno considerasus capacidades reales de financiamiento a largoplazoyevitahacercompromisosconcargoaholgurastransitorias,comocuandoelpreciodelcobreestáaltoolaactividadeconómicaestásobrecalentada”.

Paraqueestareglasealomástransparenteposible,serealizanlasconsultasrespectivasadiversosComitésdeExpertosExternosrespectoalpreciodelcobredelargoplazoyelniveldeproducciónpotencialdelaeconomíaquedebeincorporarseparasuestimación.

Finalmente,entreelMinisteriodeHaciendayelMinisteriodeDesarrolloSocialelaboranlapropuestadefinitivaquedebeserrevisadaporelPresidentedelaRepúblicaparaserenviadaalCongresoNacionalconfechalímiteel30deseptiembredecadaaño.

Tramitación en el Congreso

UnavezingresadoelproyectodeleyalParlamento,enlosprimerosdíasdeoctubreelministrodeHaciendadeturnodebeexponeranteunaComisiónEspecialMixtade Presupuestos el estado de la Hacienda Pública delañoencurso,antesdequeseinicielatramitacióndelosfondospúblicosparaelañosiguiente.

La Comisión Especial Mixta de Presupuestos estáformadapor 13 senadores y 13 diputados, quienes serepartenencincosubcomisionesquedebenanalizarlas23“partidas”delPresupuestodelaNación.

Unavezrealizadasulabor,cadaunadelassubcomisioneselabora sus respectivos informes sobre las propuestasdelEjecutivoencadareparticiónpúblicaylosremiteala Comisión EspecialMixta de Presupuestos donde sevotan.

ElinformefinaldelaComisiónesdespachadoalaCámaradeDiputadosparaqueéstaloratifiqueydespuéspasaalSenadoacumplirelmismotrámite.Encasodeexistirdiscrepanciasentreambascámaras,unaComisiónMixtadesenadoresydiputadoseslaencargadadezanjarlospuntosendiscordia.

Cabedestacarquedurantelatramitacióndelproyectodeley,losparlamentariossólopuedensolicitarlareduccióndelgastoenalgún ítemquenoestádeterminadoporleyes permanentes, pero no están facultados paraeliminaroaumentarfondosparaalgunarepartición.

El30denoviembreeslafechatopeparaqueelCongresoNacional apruebe y despache la Ley de Presupuestos,conlosvotosdelamayoríaabsolutadelossenadoresydiputadospresentesenlasala.Encasodenoaprobarseel proyecto en los plazos descritos, regirá para el añosiguienteelPresupuestopresentadoporelEjecutivo.

Una vez aprobada, la Ley de Presupuestos entra envigenciael1deenerodelañosiguiente.

Acceso a la información pública y la Ley de TransparenciaEs importante que el profesional y los ciudadanos engeneral, al corriente de sus obligaciones, conozcanlosmecanismospor loscualeselEstadopuedeydebeinformar a la ciudadanía el por qué de sus actos, asícomo cualquier tipo de información que de maneradirectaoindirectaafecteacadaenteenparticularyalaconvivenciasocialdelpaís.

¿Qué es información pública?

Se entiende por información pública los actos yresoluciones de los órganos de la Administración delEstado,susfundamentos,losdocumentosquelesirvende sustento y los procedimientos que se utilicen parasu dictación, salvo las excepciones que establece estamisma Ley y las previstas en otras leyes de quórumcalificado.

Asimismo, es pública la información elaborada conpresupuestopúblicoytodaotra informaciónenpoderde los órganos de la Administración, cualquiera quesea su formato, soporte, fecha de creación, origen,clasificaciónoprocesamiento,amenosqueestésujetaalasexcepcionesmencionadasanteriormente.

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¿Qué es el derecho de acceso a la información pública?

Es el derecho que permite a cualquier persona tenerconocimiento de la información que se encuentra encualquierentidadestatal.

LaLeydeTransparencialodesarrollaendosdimensiones:

1.- Transparencia Activa : Es la obligación que tienenlos organismos públicos de entregar cierta informaciónrelevanteyactualizadacadamesdecómoestánorganizados,suscontratosycontrataciones,asícomodistintosmodosde relación con la ciudadanía (transferencias, beneficios,mecanismosdeparticipación)entreotros.

2.- Transparencia Pasiva o derecho de acceso a información:Elartículo8delaConstituciónestableceque, es el deber que tienen los organismos públicosde responder a las solicitudes de información de laspersonas, amenos que exista una razón de secreto oreservaestipuladaporlamismaley.

Consejo para la Transparencia

La ley de la transparencia crea el Consejo para laTransparencia,conelfindevelarporqueseaccedaalainformaciónpública.EsteorganismoeselencargadodefiscalizarquesecumplalaLeydeTransparencia,resolverlos reclamos de la ciudadanía, dirimir si un organismopuedeononegarseaentregardatosyaplicarsanciones.

ElConsejoestádirigidoporcuatropersonas,designadaspor el Presidente de la República en acuerdo con elSenado,porunperíododeseisaños,renovablesporunasolavez.UnodeellosserásuPresidente,quienasumeporunperíodode18meses,sinreelección.

ElConsejoparalaTransparenciatienecomofunción:

•FiscalizarelcumplimientodelaLeydeTransparenciayaplicarlassancionesquecorrespondan.

•Promoverlatransparenciadelafunciónpública.

•Dictarinstruccionesgenerales.

MinisteriodeHacienda

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•Proponernormaseinstructivosparaasegurarelaccesoainformación.

• Realizar actividades de capacitación de funcionariospúblicos.

•Velarporladebidareservadelosdatoseinformacionesquetengancaráctersecretooreservadoyqueafectenlavidaprivada.

•VelarporeladecuadocumplimientodelaLeyN°19.628,deproteccióndedatosdecarácterpersonal.

ElConsejodeTransparenciapuedeobligaralorganismopúblico a brindar la información que está en actos,resoluciones, actas, expedientes, contratos y acuerdos,así como toda la información que se elabora conpresupuestopúblico,salvolasexcepcioneslegales.

CabeseñalarqueenelConsejodeTransparenciapuedessolicitar información a los ministerios y sus servicios,las intendencias, las gobernaciones, los gobiernosregionales,lasmunicipalidadesylasFuerzasArmadasydeOrdenySeguridadPública.

Rol del Ministerio de HaciendaElMinisteriodeHaciendatienecomomisiónmaximizarelpotencialdecrecimientodelargoplazodelaeconomíay fomentar el mejor uso de los recursos productivosdel país para alcanzar un crecimiento económicosustentable.

Entre los objetivos estratégicos del Ministerio deHaciendadestacan:

• Administrar responsablemente la política fiscal, deacuerdoalcontextomacroeconómico,parafomentarelpotencialdecrecimientodelargoplazoycontribuirconello,amejorarcalidaddevidadechilenosychilenas,especialmente de los sectores más postergados yvulnerables.

• Diseñar y apoyar iniciativas legales que permitanmaximizar la tasa de crecimiento económico detendencia, en concordancia con los objetivos delGobierno.

• Profundizar la apertura de losmercados financieros,

estimulando la integraciónfinancieradel país conelmercadointernacional.

• Participar en los procesos de negociación deacuerdos de libre comercio, que permitan favorecerel intercambio comercial y tecnológico y unamejorcalidaddevidadetodosloschilenosychilenas.

• Coordinar los servicios y organismos dependientesdelsectorHaciendaparamaximizarsucontribuciónalcrecimientoeconómicodelpaís.

CabemencionarqueasuvezlaAdministraciónTributariadenuestropaísestáconformadaportres institucionesdependientes del Ministerio de Hacienda: Servicio deImpuestosInternos,TesoreríaGeneraldelaRepúblicayServicioNacionaldeAduanas.

Ministeriode

Hacienda

Recaudo y custodia de los tributos

Aplicación y Fiscalización de los Impuestos Internos

Fiscalizar el trá�co Internacional de Mercaderías

Tesorería General de la RepúblicaLaTesoreríaGeneraldelaRepúblicaeslaencargadaderecaudarlostributosydemásentradasfiscales,ylasdeotros servicios públicos, como asimismo, conservar ycustodiarlosfondosrecaudados,lasespeciesvaloradasydemásvaloresacargodelServicio.Efectuarlacobranzacoactivaseajudicial,extrajudicialoadministrativade:

• Los impuestos fiscales enmora, con sus intereses ysanciones;

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TesoreríaGeneraldelaRepública

•Lasmultasaplicadasporautoridadesadministrativas;

•Loscréditosfiscalesa losque la leydéelcarácterdeimpuestoparalosefectosdesurecaudación;

•Losdemáscréditosejecutivosodecualquiernaturalezaque tengan por causa omotivo el cumplimiento deobligacionestributariascuyacobranzaseencomiendealServiciodeTesoreríasporDecretoSupremo;

•Asimismo,podráelServicioautorizarelcobroadomiciliodelostributosydemásentradasconelpersonaldesudependencia; determinando las condiciones en quedichacobranzadeberállevarseaefecto.

•Delegar, previa autorizaciónpor decreto supremo, lafacultad de recaudar tributos en otros Servicios delEstadooInstitucionesBancarias.

•Estableceroficinasrecaudadorasenloslugaresyporeltiempoqueseanecesario,bajoladependenciadelasrespectivasTesoreríasRegionalesoProvinciales,segúncorresponda.

•Centralizar los fondosde losServiciose Institucionesen la Cuenta Única del Servicio de Tesorerías, en elBancodelEstadodeChiledeacuerdoconlasnormasestablecidas en el Decreto con Fuerza de Ley Nº. 1de 1959, y modificaciones posteriores. No obstanteaquellosServicioseInstituciones,quealafechadelavigenciadelmencionadoDecretoconFuerzadeLeyNº.1,manteníanfondosenmonedaextranjerapodráncontinuaroperandolibrementeconellos,sinsujeciónalasdisposicionesdelcitadodecreto.

•DistribuirlosfondosfiscalesentrelasdiversasoficinaspagadorasdelServicio,deacuerdoconlasnecesidadesy en conformidad a las disposiciones legales yreglamentarias.

•Efectuar lasemisionesdebonosuotrasobligacionesque las leyes dispongan; aceptarlos o endosarlos,ordenar su colocación y distribuir los valores que seobtengandedichasemisionesenlascuentasderentasespecialesoponerlosadisposicióndeterceros,segúnproceda.

•Efectuarlarecaudacióndedivisasqueleencomiendenlas leyes y distribuirlas conforme a las necesidadesinternas y externas del Estado. Asimismo, comprar yvenderdivisasencualquierbancodelpaís.

• Mantener bajo su custodia las especies valoradasfiscales para su venta al público, por intermedio delasTesoreríasRegionalesyProvinciales,yprocedersuentregaaotrasreparticioneslegalmenteautorizadas.

• Recibir y conservar toda clase de instrumentos degarantía extendidos a favor del Fisco, para lo cualemitirá loscorrespondientescertificadosdecustodiapudiendo,asuvez,depositardichosinstrumentosenelBancoCentraldeChile.

•Darcumplimientoa las leyes,decretosyresolucionesenloscualestengainjerenciaelServiciodeTesorerías,una vez que la Contraloría General de la Repúblicahayatomadorazóndeellos.

•Suspenderlaentregadefondosafuncionariospúblicosafectados por reparos de la Contraloría General de laRepública, mientras se pronuncia este Organismo yretener, mientras resuelve la Contraloría General de laRepúblicaolaJusticiaOrdinariaensucaso,elpagodesusremuneraciones,desahuciosopensiones,cuandoexistancargosencontradeellosqueafectenafondosfiscales.

•Cumplirconlasdemásobligacionesqueleimponganlasleyes,reglamentosydecretos.

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Servicio Nacional de AduanasEl Servicio Nacional de Aduanas cumple funcionesclaves para el desarrollo del país, teniendo un rolpreponderante en materia de comercio exterior,especialmente, en la facilitación y agilización de lasoperaciones de importación y exportación, a travésde la simplificaciónde trámites yprocesos aduaneros.Asimismo, debe resguardar los intereses del Estado yde la ciudadanía, fiscalizando dichas operaciones, demaneraoportunayexacta,determinandolosderechose impuestos vinculados a éstas y verificando que noingresen a nuestro país mercancías que puedan serconsideradaspeligrosas.

Contribuye al crecimiento y competitividad de laeconomíanacional,protegiendolosinteresesdelpaísysus ciudadanos, a travésde lafiscalización, facilitacióny aseguramiento de la cadena logística de comercioexterior, promoviendo el cumplimiento voluntariode las normas aduaneras, en un clima de confianza ycooperación,conformea losprincipiosdeintegridadytransparencia.

ServicioNacionaldeAduanas

ImpuestosEngeneral,podemosseñalarquelosimpuestosobedecenaprincipios,entrelosquepodemosnombrar:

Legalidad:Serefiereaquenosepodrácobrarningúnimpuestoquenoseencuentrecontenidoenlaley.

Servicio de Impuestos Internos (SII)La misión del SII es “Fiscalizar y proveer servicios,orientados a la correcta aplicación de los impuestosinternos;demaneraeficiente,equitativaytransparente,afindedisminuirlaevasiónyproveeraloscontribuyentesservicios de excelencia, para maximizar y facilitar elcumplimiento tributario voluntario. Realizado porfuncionarios competentes y comprometidos con losresultadosdelaInstitución”.

ServiciodeImpuestosInternos

Su visión es ser una institución que propicia a unagestión tributaria de excelencia, que entrega a loscontribuyentes servicios de calidad, dando énfasis aaquellos de carácter electrónico. El SII potenciará elmodelodefiscalizaciónenposdereducirlaevasión,conunequipohumanointegraltantoensuscompetencias,susrelacionesinterpersonalescomoensubienestar.

Susprincipalesvaloresson:

•Excelencia

•Probidad

•Compromiso

•Respeto

•Equidad

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Proporcionalidad: Hace referencia a que loscontribuyentes deberán contribuir de acuerdo a sucapacidad económica; es decir, el importe de losimpuestosdebe tener relaciónyproporcionalidadconlosrecursosoingresosdeloscontribuyentes.

Equidad:Garantizauntratoigualacontribuyentesqueseencuentrenenlamismasituacióneconómica.

En lamedidaque los contribuyentes tomamos con-cienciade la importanciaque tieneparaelbienco-múnelcumplimientodelasobligacionestributarias,esposibleasumirestedebercomounactoderespon-sabilidadsocial,másquecomounaobligaciónlegal.

Los impuestos son indispensables para el Estado, yaque son una de las principales fuentes para obtenerrecursos y destinarlos para conseguir sus fines, perocomo implican un desembolso patrimonial y muchoscontribuyentes no perciben una contraprestaciónespecífica,ytangible,intentanentonceseludirlos.Laleyconfierea losdistintosorganismos involucradosen surecaudación las herramientas necesarias para obtenersupago,aunpormediodelafuerzasifueranecesario.2

Cabe señalar que la Constitución Política de 1980contiene algunas normas referentes a la tributaciónen Chile. Lasmás importantes tienen que ver con lasgarantíasconstitucionales:

Lostributosdebenrepartirsedeigualmaneraentrelaspersonas,enproporciónalasrentasoenlaprogresiónyformaquedeterminelaley(Art.19N°20).

• La leynopuedeestablecer tributosmanifiestamentedesproporcionadosoinjustos(Art.19N°20).

•LostributosqueserecaudeningresanalpatrimoniodelaNación,sinserdestinadosaunfinespecífico,salvo

(2) Extraído de: Sahie, C. (2010), Derecho para el emprendimiento y los negocios. Los aspectos legales que un empresario debe conocer para ge-nerar ventajas competitivas. Ediciones Universidad Católica de Chile, Vi-cerrectoría de Comunicaciones y Educación Continua. Primera Edición. Página 101.

que se trate de la defensa nacional o del desarrolloregionalolocal(Art.19N°23).

•LosimpuestossólopuedenfijarseporleydeiniciativaexclusivadelPresidentedelaRepública(Art.65N°1).

La Constitución de 1980 ordena que los impuestosdebanserequitativos,efectuarseconformealaley,porlotanto,nosepuedenaplicararbitrariamente.

Tipos de impuestosLa Capacidad Contributiva es una de las teorías másaceptadas acerca del por qué pagar los impuestos ysobrequiénesdebenpagarlos.Alapreguntadecuántoes lo que cada sujeto debe pagar de impuestos, estateoría indica que cada ciudadano pagará tributos enrelacióndesupodereconómico.Estoenfunciónatresparámetrosoindicadores:

1.Patrimonio 2.Renta 3.Gasto(oconsumo)

En términos generales, la Teoría de la CapacidadContributivaestablece:Quepaguenmáslosque:

•Mástienen •Másganan •Másconsumen

Los impuestos son clasificados según su tipo, en tresgrandesgrupos:

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Tipo Descripción Ejemplo

Clasificación de los impuestos

Impuestos Indirectos

Impuesto que se aplica por el uso de la riqueza sobre las personas y, por lo tanto, indirecta-mente. Los impuestos son indirectos sobre las ventas, la propiedad, el alcohol, las importa-ciones, la gasolina, etc.:

IVA: Este impuesto consiste en el recargo del 19% al monto del precio �nal determinado por el vendedor de un bien o servicio. El impuesto actúa en cadena, trasladándose desde el vendedor al comprador, quien descuenta el impuesto pagado y acreditado en las facturas

quien soporta por último el impuesto que se ha arrastrado en la cadena desde el productor hasta el consumidor �nal.

Otros Impuestos

impuestos que en general escapan a la clasi�-

gasto y el ingreso.

Impuestos Municipales.

Impuesto a Herencias, Asignaciones y Donaciones:

-siones de la propiedad a causa de la muerte de una persona o las transferencias por las donaciones hechas durante la vida del donante.

titular de la renta o riquezas que los paga, de

aquellos contemplados en la Ley de la Renta, como los impuestos a las utilidades de las empresas o los impuestos personales:

Impuesto Global Complementario: Es un impuesto anual que afecta a las personas naturales que obtengan rentas o ingresos de distinta naturaleza, tales como honorarios,

por la tenencia de acciones, retiros de utilidades de empresas, ingresos por arriendos, rentas presuntas originadas por la actividad de

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Principales Impuestos Indirectos

• Impuesto a las Ventas y Servicios (IVA)

El Impuesto a lasVentas y Servicios grava la venta debienes y prestaciones de servicios que define la leydel ramo, efectuadas entre otras, por las empresascomerciales, industriales, mineras, y de servicios, conunatasavigenteenlaactualidaddeun19%(Marzode2014).Esteimpuestoseaplicasobrelabaseimponibledeventasyserviciosqueestablecelaleyrespectiva.Enlaprácticatienepocasexenciones,siendolamásrelevantelaquebeneficiaalasexportaciones.

ElImpuestoalasVentasyServiciosafectaalconsumidorfinal,perosegeneraencadaetapadelacomercializacióndelbien.Elmontoapagarsurgedeladiferenciaentreeldébitofiscal,queeslasumadelosimpuestosrecargadosen las ventas y servicios efectuados en el período deunmes, y el crédito fiscal. El crédito fiscal equivale alimpuesto recargado en las facturas por la adquisiciónde bienes o utilización de servicios y en el caso deimportacioneseltributopagadoporlaimportacióndeespecies.

El Impuesto a las Ventas y Servicios es un impuestointerno que grava las ventas de bienes corporalesmuebles e inmuebles de propiedad de una empresaconstructoraconstruidos totalmenteporellaoqueenparte hayan sido construidos por un tercero para ellay también la prestación de servicios que se efectúeno utilicen en el país. Afecta al Fisco, institucionessemifiscales, organismosdeadministraciónautónoma,municipalidades y a las empresas de todos ellos o enquetenganparticipación,aunqueotrasleyesloseximandeotrosimpuestos.

Sidelaimputaciónaldébitofiscaldelcréditofiscaldelperíodo resulta un remanente, éste se acumulará alperíodo tributario siguiente y así sucesivamentehastasuextinción,elloconunsistemadereajustabilidadhastalaépocadesuimputaciónefectiva.Asimismoexisteunmecanismoespecialparalarecuperacióndelremanentedelcréditofiscalacumuladoduranteseisomásmesesconsecutivos cuando éste se origina en la adquisicióndebienesdelactivofijo.Finalmente,alosexportadoresexentosdeIVAporlasventasqueefectúenalexterior,laLey lesconcedeelderechoa recuperarel IVAcausado

en las adquisiciones con tal destino, sea a través delsistemayadescritoobiensolicitandosudevoluciónalmessiguienteconformealodispuestoporelD.S.N°348,de1975,cuyotextodefinitivoseaprobóporD.S.N°79de1991.

• Impuesto a los Productos Suntuarios

Laprimeraventaoimportaciónhabitualonodeartículosque la Ley considera suntuarios paga un impuestoadicional con una tasa de 15% sobre el valor en quese enajenen. Entre estos suntuarios están los artículosde oro, platino y marfil; joyas y piedras preciosas;pielesfinas;alfombras,tapicesycualquierotroartículode similar naturaleza, calificados como finos por elServiciodeImpuestosInternos;vehículoscasa-rodantesautopropulsados; conservas de caviar y sucedáneos;armas de aire o gas comprimido, sus accesorios yproyectiles,exceptolosdecazasubmarina.Losartículosdepirotecnia,talescomofuegosartificiales,petardosysimilarespagaráncontasadel50%

Enelcasodelosobjetosdeoro,platinoymarfil; joyasy piedras preciosas; y pieles finas, quedan afectasa la misma tasa del 15% por las ventas posteriores,aplicándoselasmismasnormasgeneralesdelImpuestoalValorAgregado.

• Impuesto a las Bebidas Alcohólicas, Analcohólicas y Productos Similares

La venta o importación de bebidas alcohólicas,analcohólicas yproductos similarespagaun impuestoadicional,conlatasaqueencadacasoseindica,queseaplicasobrelamismabaseimponibledelImpuestoalasVentasyServicios.

Lassiguientessonlastasasvigentesparaesteimpuesto:

a) Licores, piscos, whisky, aguardientes y destilados,incluyendolosvinoslicorososoaromatizadossimilaresalvermouth:tasadel27%

b) Vinos destinados al consumo, ya sean gasificados,espumososochampaña,generososoasoleados,chichasy sidrasdestinadas al consumo, cualquieraque sea suenvase,cervezayotrasbebidasalcohólicas,cualquieraqueseasutipo,calidadodenominación,tasadel15%.

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c) Las bebidas analcohólicas naturales o artificiales,jarabes, y en general cualquier otro producto que lassustituya o que sirva para preparar bebidas similaresy las aguas minerales o termales que hayan sidoadicionadasconcolorante,saboroedulcorante:tasade13%.Esteimpuestonoseaplicaalasventasqueefectúaelcomercianteminoristaalconsumidorfinal, tampocoalasventasdevinoagranelrealizadasporproductoresa otros vendedores sujetos de este impuesto. Lasexportaciones en su venta al exterior se encuentranexentas,sinperjuiciodelarecuperacióndeltributoporelexportador.

• Impuesto a los Tabacos

Loscigarrospurospaganun impuestode52,6%sobresupreciodeventaalconsumidor,incluidoimpuestos.

El tabaco elaborado, sea en hebras, tableta, pastas ocuerdas, granulados, picadura o pulverizado, paga59,7%;sobresupreciodeventaalconsumidor,incluidoimpuestos.

El impuestoa loscigarrillosseestructuraenbaseaunimpuestoespecíficode0,000128803UTMporcigarrilloy un impuesto de 60,5% sobre el precio de venta alconsumidor,incluidoimpuestos,porpaquete.

• Impuestos a los Combustibles

La Ley N° 18.502 establece un gravamen a la primeraventaoimportacióndegasolinaautomotrizydepetróleodiésel.Subaseimponibleestáformadaporlacantidadde combustible, expresada enmetros cúbicos. La tasadel impuesto es de 1,5 UTM porm3 para el petróleodiésel yde6UTMporm3para lagasolinaautomotriz(tasas denominadas componente base), las cuales semodificarán sumando o restando, un componentevariabledeterminadoparacadaunodeloscombustiblesseñalados.(Ley20.493)

Este componente variable, consiste en unmecanismointegradopor impuestosocréditosfiscalesespecíficosde tasa variable que incrementarán o rebajarán elcomponente base, conforme a lo señalado en lossiguientesnumerales:

a) Cuando el precio de referencia inferior sea mayor

queelpreciodeparidad,elcombustibleestarágravadopor un impuesto cuyo monto por metro cúbico seráiguala ladiferenciaentreambosprecios.Enestecaso,el componente variable será igual al valor de aquelimpuestoysesumaráalcomponentebase.

b) Cuando el precio de paridad exceda al precio dereferenciasuperior,operaráuncréditofiscalcuyomontopormetrocúbicoseráigualaladiferenciaentreambosprecios.Enestecaso,elcomponentevariableseráigualal valor absoluto de dicha diferencia y se restará delcomponentebase.

La Ley establece un sistema de recuperación en ladeclaraciónmensual de IVA, del impuesto al petróleodiéselsoportadoensuadquisición,cuandonohasidodestinado a vehículos motorizados que transiten porcalles,caminosyvíaspúblicasengeneral.Porotraparte,la Ley N° 19.764, de 2001, permite a las empresas detransportedecargaqueseanpropietariasoarrendatariasconopcióndecompradecamionesdeunpesobrutovehicularigualosuperiora3.860kilogramos,recuperaren la forma que se establece en la misma Ley, unporcentajedelassumaspagadaspordichosvehículos,porconceptodelimpuestoespecíficoalpetróleodiésel.

La Unidad Tributaria Mensual (UTM) es una unidadeconómica que se utiliza para fines tributarios y sereajusta mensualmente de acuerdo al IPC. Su valorpuedeobtenerloennuestrositioweb(www.sii.cl),menúValoresyFechas.

• Impuesto a los Actos Jurídicos (de Timbres y Estampillas)

El Impuesto de Timbres y Estampillas, se encuentraregulado en el Decreto Ley N°3.475, de 1980, y es untributo que grava principalmente los documentos oactosquedancuentadeunaoperacióndecréditodedinero. Su base imponible corresponde al monto delcapitalespecificadoencadadocumento

Existentasasfijasytasasvariables.Lasletrasdecambio,pagarés,créditossimplesodocumentarios,entregadefacturasocuentasencobranza,descuentobancariodeletras, préstamos y cualquier otro documento, inclusolos que se emitan en forma desmaterializada, quecontengan una operación de crédito de dinero, están

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afectosaunatasade0,033%sobresumontoporcadames o fracción de mes que media entre su fecha deemisiónyvencimiento,nopudiendoexcederdel0,4latasaqueendefinitivaseaplique.

Asimismo, los instrumentos a la vista o sin plazo devencimientotienenunatasade0,126%sobresumonto.3

• Impuesto al Comercio Exterior

Lasimportacionesestánafectasalpagodelderechoadvalorem(6%)quesecalculasobresuvalorCIF(costodelamercancía+primadeel seguro+valordelfletedetraslado).ElIVA(19%)secalculasobreelvalorCIFmáselderechoadvalorem.

En algunos casos, dependiendo de la naturaleza dela mercancía, por ejemplo: objetos de lujo, bebidasalcohólicas y otros, se requiere pagar impuestosespeciales.

Lasmercancíasusadas,enloscasosenqueseautorizasu importación, pagan un recargo adicional del 3%sobresuvalorCIF,ademásdelostributosalosqueestánafectas,segúnsunaturaleza.

EncasodemercancíasoriginariasdealgúnpaísconelcualChilehasuscritounacuerdocomercial,elderechoad valorem puede quedar libre o afecto a una rebajaporcentual.

La fiscalización de estas operaciones y la recaudacióndelosderechoseimpuestosindicados,correspondealServicio Nacional de Aduanas.

Principales Impuestos directos

• Impuesto a la Renta de Primera Categoría (Artículo 20 Ley de Impuesto a la Renta)

El Impuesto de PrimeraCategoría, grava las utilidadestributarias de los negocios, dejando afectas las rentas

(3) El Decreto Ley N° 3.475, Ley sobre Impuesto de Timbres y Estampillas, actualiza sus tasas, por lo que se recomienda observar permanente-mente las últimas disposiciones al respecto.

provenientesdelcapitalydelasempresascomerciales,industriales,minerasyotras.

Este impuesto se determina sobre la base de lasutilidadeslíquidasobtenidasporlaempresa,valedecir,sobrelos ingresosdevengadosopercibidosmenoslosgastos,ysedeclaraanualmenteenabrildecadaañoportodasaquellasrentasdevengadasopercibidasenelañocalendarioanterior.

Respectodealgunasactividades(agricultura,mineríaytransporte),elcontribuyentepuedepagarel impuestosegúnunsistemaderentapresunta,enlamedidaquecumplaconlascondicionesseñaladasenlaley.

ElImpuestodePrimeraCategoríapagadoporlaempresase rebajacomocrédito,deacuerdoconelmecanismoestablecidoparalaconfeccióndelFondodeUtilidadesTributables,delosImpuestosGlobalComplementariooAdicionalqueafectenalosdueños,sociosoaccionistasdelasempresasosociedadesporlasutilidadesretiradas(endinerooespecies)oporlosdividendosdistribuidos.

Las tasas del impuesto de primera categoría, vigentesdesdeelaño2004,tienenelsiguientecomportamiento:

Impuesto/Años 2004 al 2010 2011 2012 y siguientes

Impuesto 1° Categoría 17% 20% 20%

El libro denominado Fondo de Utilidades Tributables(FUT) debe ser llevado por toda empresa para elcontrol de las utilidades generadas por éstas, el retiroodistribucióndelasmismasydeaquellasquequedanpendientederetiroodistribución,comotambiénparaelcontroldelosrespectivoscréditosasociadosadichasutilidades.

• Impuesto Único de Segunda Categoría (Artículo 42 N°1 y Artículo 43 N°1 Ley de la Renta)

ElImpuestoÚnicodeSegundaCategoríaseaplicaalasrentasdeltrabajodependiente,talescomolossueldos,pensiones (excepto las de fuente extranjera) y rentasaccesoriasocomplementariasalasyamencionadas.

El Impuesto Único es un tributo progresivo que se

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determina mediante una escala de tasas, empezandoporunprimertramoexentohastaunúltimotramoconuna tasamarginal de 40%. Su cálculo se realiza sobreel salario y/o remuneraciones del trabajo, deduciendopreviamentelospagosporconceptodeseguridadsocialydesalud.

Este impuesto debe ser retenido y enteradomensualmente en arcas fiscales por el respectivoempleadoropagadordelarenta.Siuntrabajadortienemásdeunempleador,paralosefectosdeprogresividaddelimpuesto,debensumarsetodaslasrentasobtenidase incluirlas en el tramo de tasas de impuesto quecorresponda,yprocederasureliquidaciónanualenabrildelañosiguientealquehasidopercibidalarenta.

Untrabajadordependientequetengaunsóloempleadory que no obtenga ninguna otra renta en un añotributario,noestáobligadoaefectuarunadeclaraciónanualde renta,yaqueel impuestoúnicoqueafectaasuremuneraciónhasidoretenidomensualmenteporelempleadoropagador.

Por suparte, aquellaspersonasqueperciben ingresosprovenientes del ejercicio de su actividad profesionalo de cualquier otra profesión u ocupación lucrativaen forma independiente, no se encuentran gravadascon este impuesto único, sino que con los ImpuestosGlobal Complementario o Adicional. Sin embargo,estas personas están sujetas a una retención o pagoprovisional del 10% sobre la renta bruta al momentode percibirla. Esta retención o Pago Provisional sonutilizados por el contribuyente rebajándolos comocrédito de los impuestos personales antes indicados,pudiendo solicitar la devolución del excedente queresultede la liquidaciónanualpracticada,en loscasosquecorrespondandeacuerdoconlaLey.

• Impuesto Global Complementario (Artículo 52 Ley de la Renta)

Este es un impuesto anual que grava a las personasnaturales domiciliadas o residentes en Chile por eltotal de las rentas imponibles de Primera o SegundaCategoría.

Estetributosedeterminamedianteunaescaladetasasprogresivas por tramos de renta, empezando por un

primer tramo exento hasta un último tramo con unatasamarginalde40%,elcualsedeclaraypagaenabrildelañosiguientealdelaobtencióndelarenta(lastasasy los tramos son losmismosquepara el ImpuestodeSegundaCategoría,perosobreunabaseanual).

En general, para determinar el monto del ImpuestoGlobalComplementario,laspersonasquerecibenretirosdeutilidadesodividendosdeempresas,juntocondichasrentas,debenincluirenlabaseimponibledeestetributounacantidadequivalentealImpuestodePrimeraCategoríaqueafectóaesasrentas.Sobreesabasesedebeaplicarlaescalade tasasdel ImpuestoGlobalComplementario ydeterminarseasíelimpuestoquedebeserpagado.

ElcontribuyentetienederechoarebajarcomocréditoelmontodelImpuestodePrimeraCategoríapagadoporlaempresayquefueincluidoendichocálculo.

• Impuesto Adicional (Artículos 58, 60 inc. 1° y 61, Ley de Impuesto a la Renta)

El impuesto Adicional se aplica a las rentas de fuentechilena obtenidas por personas naturales o jurídicasquenotienendomicilioniresidenciaenChile,cuandola renta queda a disposición desde Chile a la personaresidenteenelextranjero.Dependiendodeltipoderentadequesetrate,puedeserunimpuestoderetención,obien,unimpuestodedeclaraciónanual.Latasageneraldel impuesto Adicional es de 35%, aplicándose tasasmenores para algunos tipos de rentas, que cumplanademás, los requisitos especiales indicados para cadaunadeellasenlanormativavigente.

Los dividendos, retiros y/o remesas de utilidades desociedades anónimas, sociedades de personas o deestablecimientospermanentesdeempresasextranjerassegravanconlatasageneraldelimpuestoAdicionaldel35%.

En términos generales, para calcular el impuestoAdicional,a ladistribucióndeutilidadesseagregaunacantidadequivalentealImpuestodePrimeraCategoríapagadopor lasutilidadestributables, luego la tasadelimpuestoAdicionalseaplicasobreestabaseimponibleincrementada. Al impuesto resultante se le rebajacomocréditoelimpuestodePrimeraCategoríaquefueagregadoalcalcularlabasedelimpuestoAdicional.

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Otros impuestos• Impuesto Territorial

El ImpuestoTerritorialsedeterminasobreelavalúodelaspropiedades.

Elpropietariodebepagaresteimpuestoanualencuatrocuotas, con vencimiento en abril, junio, septiembre ynoviembre.

LatasaanualdelImpuestoTerritorialdelosbienesraícesnoagrícolasesde1,2%,ydelosbienesraícesagrícolasesde1%.

Existenrebajassieldestinodelbienraízeshabitacional.También hay rebajas o sobretasas dependiendo delvalor del avalúo de la propiedad, que es reajustadosemestralmentesegúnlatasadeinflación.

• Impuesto a las Herencias, Asignaciones y Donaciones

Este impuesto es progresivo y se aplica sobre el valorneto de las transmisiones de la propiedad a causa delamuerte de una persona o las transferencias por lasdonacioneshechasdurantelavidadeldonante.

Elimpuestovaríadependiendodelacantidadomontoinvolucrado, el fin o propósito de la transferenciao transmisión y el grado de parentesco con elbeneficiario.

En el caso de las herencias, el impuesto debe serpagadodentrodelosdosañossiguientesalafechadefallecimientodelcausante.

• Impuestos Municipales (Patente Comercial)

Las personas que desempeñan una profesión,actividadescomercialeso industrialesdebenpagarunimpuestoanualalamunicipalidadencuyoterritorioserealizadichaactividad.

En el caso de las personas que ejercen actividadesprofesionales,elimpuestoesunmontofijo.

Enelcasodelasactividadescomercialesoindustriales,el impuesto esdeterminado aplicándose la tasa sobreel capital propio de la empresa que ejercerá dichaactividad.Latasaesfijadaporcadamunicipalidadcon

unmínimodel0,25%hastael0,5%conunmáximoapagarde8.000UTM.

• Impuestos a los Casinos de Juego

El ingresoa las salasde juegode loscasinosde juegoque operen en el territorio nacional está afecto a unimpuesto equivalente al 0,07 de una UTM unidadtributariamensual.

Lassociedadesoperadorasdecasinosdejuegopaganunimpuestodel20%sobrelosingresosbrutos,deducidoelIVAylosPPM.

Loscontenidosdeestaguíasonunareferencia,quenomodifica ni reemplaza la normativa vigente. Enwww.sii.cl encontrará las respectivas circulares, re-solucionesyoficiosquecontienenlainterpretaciónoficialdelostemasqueseabordanenestaspáginas.Cabeseñalar,quelastasasyvaloresindicadoscorres-pondena losvigentesamarzode2014,por loquepueden haberse modificado. Se recomienda verifi-carlosenelsitiowebdelSII.

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Actividades de autoestudio

1. Observa el siguiente gráfico y contesta acontinuación.

•¿Quédatosmuestranlosgráficos?

•¿Cuántoaumentóelgastoeneducaciónentreelperíodo2000-2011?

•¿Cuántoaumentóelgastoenprotecciónsocialentreelperíodo2000-2011?

•¿Cuánto aumentó el gasto en salud entre el período2000-2011?

•¿Quéconclusiónsedesprendedelgráfico?

Caso ImpuestosIndirectos

ImpuestosDirectos

OtrosImpuestos

Cuando compramos un televisor.

Cuando compramos ropa.

Cuando adquirimos productos suntuarios.

Cuando recibimos un sueldo u honorarios

Cuando obtenemos una herencia.

Cuando compramos bebidas.

2.MarcaconunaXel tipode impuestoqueseestáaplicando:

Salud

Año 2000

Composición del gasto en funciones sociales 2000-2011

Educación

Protección Social

Resto

3%

53%

25%

19%

Año 2011

4%

44%

27%

25%