SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES (SMV)
La Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) fue creada formalmente mediante la Ley N 17020 publicada el 28 de mayo de 1968, bajo la denominacin de Comisin Nacional de Valores, habiendo iniciado sus funciones el 02 de junio de 1970, a partir de la promulgacin del Decreto Ley N 18302. Dicha norma dispuso que la Comisin Nacional de Valores sera un organismo pblico desconcentrado del sector economa y finanzas, responsable del estudio, reglamentacin y supervisin del mercado de valores, de las bolsas de valores, de los agentes de bolsa y dems partcipes de dicho mercado.
RESEA HISTORICA
SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES (SMV)
el 28 de julio se public la ley 29782 ley
de fortalecimiento de la supervisin
del mercado de valores, mediante la
cual se transforma a conasev en una
superintendencia. esta iniciativa es
muy importante para el crecimiento
del mercado de valores en nuestro
pas, el cual no est muy desarrollado y
permitir atraer mayores inversiones.
Vela por la proteccin de los
inversionistas, mediante la
transparencia y difusin de
informacin de las empresas que
participan en el mercado de capitales.
Superintendencia del Mercado de Valores (SMV)
Tiene asignadas tres competencias especficas en el mercado de valores: 1.Regulacin 2. Supervisin y control 3. Difusin y promocin del mercado
DEFINICION: Es un
organismo tcnico
especializado adscrito al
Ministerio de Economa y
Finanzas
Superintendencia del Mercado de Valores
ROL DEL REGULADOR EN EL MERCADO DE
VALORES
mercados eficientes
Propiciando el ingreso de inversores y de empresas
responsables
Propiciando que exista Informacin suficiente,
completa y oportuna para una adecuada y
responsable toma de decisiones
Propiciando que la intervencin del estado sea la
menor posible
SMV Proteccin a los
inversionistas
Velar por el desarrollo de
MBITOS
DE ACCIN
Regulacin
Supervisin y
control
Promocin:
educacin y
difusin
Superintendencia del Mercado de Valores
PROTECCIN AL INVERSIONISTA
DIVULGACIN DE INFORMACIN
SUFICIENTE, EN FORMA VERAZ Y
OPORTUNA PERMITE EVALUAR LOS
RIESGOS Y BENEFICIOS DE
SU INVERSION
TOMA DE DECISIONES EN
IGUALDAD DE
CONDICIONES Y
OPORTUNIDADES
EL INVERSIONISTA TIENE
LA
RESPONSABILIDAD DE SU PROPIA PROTECCIN
2.3 Superintendencia del Mercado de Valores (SMV)
Supervisor: SMV
MERCADO DE VALORES
Los Emisores (empresas)
Los Inversionistas
Bolsa de Valores de Lima
Superintendencia del Mercado de Valores
FINALIDAD Y OBJETIVOS DEL ACCIONAR DE LA SMV
Velar por la proteccin al Inversionista: Transparencia
Brindar seguridad y predictibilidad.
Generar confianza : supervisin efectiva,
correctivas.
Defensa inters pblico.
sancin, y medidas
Contar con un marco regulatorio estable y que sea acorde a
la dinmica del mercado y a la realidad peruana.
Promover el mercado de valores.
OBJETIVOS ESTRATGICOS DE LA SMV
Fortalecer la proteccin a los inversionistas
Promover la incorporacin
de ms emisores
Promover el acceso de
inversionistas al mercado
OBJETIVOS ESTRATGICOS
SMV
Fortalecer al Supervisor
LEY 29782, LEY DE FORTALECIMIENTO DE LA SUPERVISIN DEL MERCADO DE VALORES
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VISION Y MISION INSTITUCIONALES
CODIGO DE ETICA
I . El respeto de las leyes
II . La vocacin de servicio pblico
III . La lealtad y responsabilidad
IV . La calidad del servicio
V. La confidencialidad de la informacin
VI . El espritu de equipo
VII . El desarrollo profesional
FUNCION NOMBRAMIENTO DEL SUPERINTENDENTE
Supervisar el cumplimiento de la legislacin del mercado de valores, mercado de productos y sistemas de fondos colectivos por parte de las personas naturales y jurdicas que participan en dichos mercados.
La mxima autoridad ejecutiva y titular del pliego presupuestario es el Superintendente del Mercado de Valores, quien preside el Directorio de la institucin y ejerce la representacin oficial de la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV). El Superintendente es designado por el Poder Ejecutivo mediante resolucin suprema refrendada por el Ministro de Economa y Finanzas.
ORGANIGRAMA INSTITUCIONAL
EL DIRECTORIO
El Directorio es el rgano de la Superintendencia del Mercado de Valores
(SMV) encargado de aprobar las polticas y objetivos institucionales as
como la normativa aplicable a los mercados bajo competencia de la SMV.
Est compuesto por el Superintendente del Mercado de Valores, quien lo
preside, y cuatro directores nombrados por el Poder Ejecutivo mediante
resolucin suprema refrendada por el Ministro de Economa y Finanzas, de
Economa y uno a propuesta del Ministerio Finanzas; uno a propuesta del
Banco Central de Reserva del Per y uno a propuesta de la
Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos
de Pensiones.
a. Ciudadano peruano b. Gozar del pleno ejercicio de los derechos civiles, c. Contar con solvencia e idoneidad moral d. Poseer conocimientos y experiencia en economa, finanzas y mercado de Valores.
Los directores ejercen el cargo por un periodo de seis aos, no renovable para el periodo inmediato, y percibirn dieta. El director que concluya su perodo puede continuar en el ejercicio del cargo mientras no se designe a su sucesor. Si por cualquier causa no completare el periodo para el que fue nombrado, su reemplazante ser designado dentro de los sesenta das posteriores a su cese, quien desempear el cargo hasta concluir el perodo de su antecesor.
PARA SER NOMBRADO DIRECTOR SE REQUIERE SER
Aprobar las polticas y objetivos institucionales.
Aprobar la normativa del mercado de valores, mercado de
productos y sistema de fondos colectivos, as como aquellas a que
deben sujetarse las personas naturales y jurdicas sometidas a la
supervisin de la Superintendencia del Mercado de Valores.
Aprobar los estados financieros y la memoria anual de la
Superintendencia del Mercado de Valores (SMV).
ATRIBUCIONES DEL DIRECTORIO
Otorgar las respectivas autorizaciones de organizacin y funcionamiento a las personas jurdicas sujetas a su supervisin.
Autorizar el funcionamiento de mecanismos centralizados de negociacin.
Llevar el Registro Pblico del Mercado de Valores y otros necesarios para el cumplimiento de sus funciones.
Ejercer supervisin consolidada de las personas jurdicas a las que otorgue autorizacin de funcionamiento y las empresas controladas por dicha persona autorizada.
Requerir a las personas jurdicas que haya autorizado, informacin acerca de las ofertas privadas que ellos realicen o aquellas que realicen por cuenta de los patrimonios bajo su administracin
ATRIBUCIONES DEL SUPERINTENDENTE DEL MERCADO
DE VALORES