Claudio Vitor Mariano Vaz 1
Deontología profesional y regulación de la comunicación social
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Deontología profesional
Filosofía-Ética-Deontología-Autorregulación- Mecanismos de autorregulación
Deontología : Ciencia del deber Normas- Valores –Virtudes
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Entre el poder ajeno y el dejar hacer a los medios Partimos de la premisa de una
necesaria regulación (ordenación y sometimiento a reglas, no necesariamente de carácter jurídico)
Históricamente se han dado dos soluciones: El mercado El Estado
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Regulación mercantil
Mcs = negocios = actuación empresarial Visión acentuada en el último tercio del siglo XX con un
proceso creciente de liberalización que ha puesto fin a los monopolios estatales de radio y televisión
Consecuencias: Sinergias = mcs, imperios económicos Mayor presencia social del económicamente más fuerte Difícil existencia de las empresas individuales Competencia programática a la baja (telebasura) Metaperiodismo El entretenimiento como objetivo esencial (infotiment) Percepción diluida de mcs como servicio público o
supeditación de esta opción al criterio mercantil
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JUSTIFICACIÓN: Es la más democrática posible. Si el mcs
tiene éxito (aumenta su cifra de negocio) es porque satisface la demanda social y porque da al público lo que quiere
La satisfacción del interés del público se separa aquí del concepto clásico de interés público y se determina en función de los índices de audiencia
Discurso neoliberal: los medios son un negocio más y su contenido (la comunicación social) una mercancía
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CRÍTICAS La competencia no mejora necesariamente el producto
final Su influencia es clave en la medida en que las
empresas trasladan sus exigencias a los mcs, aceleran el proceso de producción (¿exactitud, fuentes, expertos, contraprogramación ...?) y tratan de incrementar la demanda a toda costa (¿criterios de noticiabilidad?)
La mejora más palpable es la mejora de tipo formal (encarecimiento de los soportes, nivel económico alto para entrar en el mercado)
Tendencia a la concentración (pluralismo, ¿número de voces = número de medios?)
Dependencia del “otro público” (publicidad) Contradicción estructural entre libertad limitada de
información y libertad ilimitada de mercado
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La regulación estatal
Promovida sobre todo a partir de crisis de regulación, conflictos bélicos, temor generalizado por el libertinaje informativo, necesidad de existencia y reconocimiento del Estado-Poder
A FAVOR: Seguridad (también laboral), especialmente en
momentos de incertidumbre Ofrece alternativas al poder de las empresas privadas Garante de minorías, recuperación de los conceptos
“interés y servicio públicos” El cliente percibe un gasto directo cero En situaciones de descontrol mercantil, las opciones de
mayor calidad suelen estar promovidas por el Estado Mayores recursos económicos
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EN CONTRA: El rendimiento profesional del funcionario El agujero negro de los presupuestos Gasto indirecto muy elevado Repetición de los esquemas mercantiles Excesivo control sobre los contenidos (la ley y la
administración pública son reflejos de la actividad gubernamental, Consejo de RTVE = réplica casi exacta de las proporciones parlamentarias)
Prejuicios colectivos (Estado y Gobierno como males necesarios, exceso de celo con la inversión de nuestro dinero, temores autoritarios en países con tradición dictatorial)
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AUTORREGULACIÓN PROFESIONAL
¿Una alternativa?
Medida de control, con el objetivo de garantizar que la actuación profesional se ajuste a una serie de normas y valores compartidos, que tiene como distintivo esencial el hecho de que su puesta en marcha, funcionamiento y efectividad dependen de la libre iniciativa y del compromiso voluntario de los sujetos principales que intervienen en el proceso (propietarios, gestores, profesionales de la información y público)
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Sus funciones principales
Formular públicamente las normas deontológicas que deben guiar la actividad de los medios y hacer efectivos todos los contenidos que la reflexión ética ha puesto de relieve
Contribuir a que se den las condiciones laborales, profesionales y sociales que hagan posible el cumplimiento normal de las exigencias éticas
Examinar, juzgar y poner en conocimiento de la opinión pública aquellos casos en los que no se produzca ese cumplimiento (sanción popular de qué dirán)
Estudiar y discutir las actuaciones éticas conflictivas que se produzcan en los medios para contribuir a la normalización y mejoramiento de la dimensión moral de esta actividad profesional
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Lo que no es la autorregulación
Injerencias externas a la actividad Imposiciones desde dentro de un modelo que
responda a concepciones parciales y no sea fruto de la confrontación, el diálogo y el acuerdo entre el mayor número posible de puntos de vista
Autocensura. Limitación profesional, surgida normalmente del miedo a los poderosos, se alimenta del temor al poder o del interés egoísta. La autorregulación debe ser, en cambio, un sano ejercicio de libertad y autonomía profesional
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Mecanismos de autorregulación más frecuentes en los medios Códigos deontológicos (Código de la
FAPE, Ideario moral COPE) Libros de estilo (RTVE, El País, ABC) Estatutos de Redacción (El País, El
Mundo) Consejos (de prensa, audiovisual: CAC) Ombudsman (defensor del lector de El
País) ASOCIACIONES
Profesionales (FAPE, ASPE) Usuarios (AUI) Mixtas (AAP)
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ESTATUTO DE REDACCIÓN
Si hay un sitio por excelencia donde hay que salvaguardar la autonomía e independencia profesional ...
REDACCIÓN Individual : cláusula de conciencia Colectivo: estatuto de redacción
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¿Qué es?
Un acuerdo voluntario entre los profesionales y la empresa realizado con dos objetivos esenciales: A) crear vías de participación entre la
redacción, las direcciones del medio y la empresa
B) Reconocer una serie de derechos y obligaciones que unos y otros se comprometen a salvaguardar, incluso en el caso de no estar regulados jurídicamente ni presentar sanción por su incumplimiento
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¿De qué partes consta?
No hay un modelo únicoA) Disposiciones y
principios ideológicosB) Elección del Comité de
Redacción y sus funcionesDerechos y deberes
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DISPOSICIONES Precisan la naturaleza y el objeto
del Estatuto Aluden a los principios ideológicos,
remitiéndose en su caso a la ley general de aprobación
Nos dan a conocer las partes que concurren a su aprobación
Señalan los períodos de vigencia
LA AUTORREGULACIÓN PROFESIONAL Y SUS
MECANISMOS17
ELECCIÓN DEL COMITÉ ...
Comité de Redacción, Consejo de Redacción, Comité Profesional
Órgano de representación profesional (vertebración democrática de un mcs)
Número impar (5) Requisitos particulares
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... Y SUS FUNCIONES
Interlocutor ante la empresa (cauce reconocido para transmitir opinión: ej: nombramientos)
Puede convocar Asamblea de Redacción, con el objetivo de conocer esa opinión, siempre que lo considere oportuno y no interfiera en la marcha del medio
Interlocutor ante el Director Interlocutor de arriba abajo (empresa - ) Primera instancia mediadora ante conflictos (ej.: un
profesional se quiere acoger a la cláusula de conciencia) Facultad de pronunciarse públicamente sobre principios
ideológicos y fundacionales del medio, pudiéndolo hacer incluso en las páginas del propio medio
Representación externa (requerimientos institucionales)
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Derechos y deberes
Seguridad ante vacíos legales Los temas más frecuentes (los menos desarrollados jurídicamente)
SECRETO PROFESIONAL: entendido como derecho y deber ético; ningún profesional puede ser obligado a revelar sus fuentes, la empresa explicitan el compromiso de amparar con todos sus medios el ejercicio del secreto profesional ante tribunales y otras autoridades
IDENTIDAD DE LOS TRABAJOS: compromiso de la dirección de salvaguardar ante terceros la identidad de los autores de trabajos no firmados, salvo en el caso de que originen diligencias judiciales contra el director, en cuyo caso éste podrá revelarlo, informando previamente al interesado; se incluye aquí también la garantía de intimidad acerca de agendas, archivos, materiales informáticos, etc.)
CLÁUSULA DE CONCIENCIA OTROS: derecho de rectificación, cobertura legal, deber de
formación permanente, comportamiento público en representación del medio, favores y regalos derivados de la actividad profesional, etc.
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