Problemas Ambientales
• Industrialización: fabricas y actividades extractivas.
• Tecnología contaminante.• Escases de Agua, tierras agrícolas y calidad de
aire, amenaza Biodiversidad.• Transgénicos - Biodiesel.• Acelerado crecimiento de la población• Ciudades sin planificación• Escases de alimentos y RR NN.
Tutela Constitucional
Delitos ambientales
Instru. Gestión Ambiental 27444
Res. Civil Extra Reglas procesales
Ministerio del Ambiente
Los derechos ambientales fundamentales amplia gama
Derechos ambientales: características
Daño ambiental
Menoscabo al medio ambiente y sus componentes (hombre):
puede ser individual o colectivoDerechos patrimoniales y no
patrimoniales
CARACTERISTICAS ESPECIALES DAÑO
AMBIENTAL• No es un daño
común• Daño generalizado
y difícil identificar• Numerosas victimas• Daño prolongado en
el tiempo• Daños patrimonial y
no patrimonial
• Daño colectivo o difuso
• Disminución aptitud vital
• Contraviene derechos fundamentales
• No se identifica victimas
• Daño a la propiedad y uso de bienes, imposibilidad de venta, costos asumidos
• Daño a la salud: enfermedad o padecimiento, gastos medicamentos y tratamientos
• Daño Moral: dolor, angustia, sentimientos por perjuicio de violación a los derechos personalísimos:(paz, privacidad, intimidad, honor.
•
Código Civil
LGA
Responsabilidad Objetiva LGA
RESPONSABILIDAD SUBJETIVA:
• El agente asumirá los costos derivados de una justa y equitativa indemnización y de restauración del ambiente afectado, en caso de mediar dolo o culpa.
• El descargo: falta de dolo o culpa corresponde al agente.
Eximentes de responsabilidad
Principios rectores LGA
Funciones del Sistema de Responsabilidad Civil Ambiental
La Carga de la Prueba: daño
Deficiencias: LGA
• Prescripción de la acción.• Disposición de derechos mediante
conciliación o transacción.• Desistimiento de la pretensión o del proceso. • Dualidad de las teorías del riesgo creado y la
culpa.• Indemnizaciones colectivas.
Legitimidad para obrar
• Legitimidad para Obrar: Ordinaria y Extraordinaria
• Daños ambientales colectivos difusos: cualquier persona. El Estado
• Daños ambientales individuales: el sujeto o victima : daño ambiental
• Procesos: a) patrocinio de intereses difusos y b) Proceso Civil Ordinario (daño ambiental individual)
Legitimidad para obrar
• Artículo 143°.- De la legitimidad para obrar• Cualquier persona, natural o jurídica,
está legitimada para ejercer la acción a que se refiere la presente Ley, contra quienes ocasionen o contribuyen a ocasionar un daño ambiental, de conformidad con lo establecido CPC
Pretensiones Ambientales
• Cese de conducta dañosa• Medidas de prevención y mitigación• Indemnización o pago a los afectados• Paralización de la actividad contaminante• Costos de restauración al medio ambiente• Acumulación de pretensiones se rigen
por el CPC
Carga de la Prueba• Probar la relación de causalidad entre el
hecho dañoso y el daño ambiental: es sumamente difícil, complejo y costoso.
• Prueba: aspectos científicos: por la característica del daño ambiental
• Permanece en el tiempo, victimas numerosas, daños a la salud, al biodiversidad, sin limites geográficos no físicos, ni temporales ni personales. (golfo de México – Petróleo)
• Juez : criterio de probabilidades y no a la certeza absoluta, aplicación P. precautorio.
Vía Procedimental
• Adecuar por el monto del Petitorio del daño• Proceso de conocimiento por la complejidad:
pruebas, peritos y partes procesales .• Proceso de Conocimiento y daños colectivos
participan:• Ministerio Publico, Gor. Local, ONG,
Defensoría y los sujetos dañados.
Medidas Cautelares• Daños ambientales debe ser evitados a toda
costa: Principio de Prevención – Precautorio – diferencia de otras M. Cautelares.
• El Juez de evitar el daño ambiental• solución ex ante de la contaminación (daño)• tutela cautelar del ambiente justifica soluciones
agiles, inmediatas y económicas.
Medidas Cautelares
• En los procesos de responsabilidad por daño ambiental, de oficio y/o petición de parte, y en cualquier estado del proceso, el juzgador pueda disponer de medidas preventivas de urgencia, aun sin audiencia de parte contraria, y sin garantía de contracautela.
• La verosimilitud en el derecho reemplazado por el principio precautorio
Medidas Cautelares• Juez amplias facultades para ordenar el cese,
incluso poner fin a la actividad molesta o dañina del ambiente.
• Jamás correr el riesgo de producirse el daño • Daño ambiental jurídicamente - evitado.• Juez: poder suficiente a fin de paralizar el daño.• Juez: especializado y principio pro ambiente
Casos Emblemáticos
• Caso Yanacocha (Pleno Casatorio Vergonzoso)
• Doe Rum ( Fundición) • Caso Ostra contra España• Caso Cheverom – Ecuador (petrolera)• Mineras informales ( fiebre del oro)• Planta Nuclear de Fukushima – Japón.
Caso : Petróleo Sangriento – Ecuador Chevron
18 años de reclamaciones y querellas, el juez Nicolás Zambrano dictaminó a principios de 2011 que Chevron Texaco es responsable y culpable del daño ambiental existente en la Amazonia ecuatoriana y ordenó que la compañía pague la suma de 9 510 millones de dólares para indemnización y gastos de limpieza.Proceso tedioso: abogados, peritajes, presión de empresas, demandas arbitrajes por contrato -ley.Daños a la salud – propiedad.Falta de mejorar tecnología.Ejemplo de Juez 188 paginas -Justicia Ambiental.
Conclusiones• Daño Ambiental nuevo supuesto de res civil • Identificar verdaderas victimas y interesados en los
conflictos ambientales .• Derecho ambiental administrativo (practica)• Fiscalías Especializadas en Materia Ambiental.• Prevención y indemnización económicas• Sistema objetivo• Permitir legitimación procesal amplia• Reglamento de LGA y Ley Res civil por daños
ambientales • Arbitraje y conciliación ambiental• Preparar: abogados, jueces , fiscales, procuradores.
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