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Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha C/Pintor Matías Moreno, 4 – 45071 Toledo
Toledo, 27 de abril de 2021
Este documento ha sido elaborado para esta reunión, solicitada por Unión de Uniones de
Castilla-La Mancha, con la iniciativa, amparo y respaldo de 24.000 agricultores de 37
cooperativas y asociaciones de agricultores de la región que han sufrido los daños por las
heladas posteriores a Filomena que nos han llevado a la ruina para los próximos 6 años, con el
consiguiente abandono de los cultivos, y fomento del despoblamiento rural.
Son daños que han ocurrido a las puertas de la ciudad de Toledo, su región y provincias
limítrofes.
Del mismo modo, los continuos y crecientes daños en los cultivos por la plaga de conejos, así
como la ineficacia de los seguros, nos obligan a redactar este documento para trabajar y buscar
soluciones en conjunto con la Administración.
I/ PLAN ESPECIAL PARA LA RECUPERACIÓN DE LA CAPACIDAD PRODUCTIVA DEL OLIVAR
1) Antecedentes
En enero de 2021, tras las nevadas por el temporal Filomena, vinieron
- 17 días con temperaturas inferiores a -4 grados,
- acumulándose hasta 8 noches con temperaturas por debajo de los -10 grados,
- y llegando a picos de -17 grados, con medias de -14 grados durante 4 noches según la
fuente AEMET.
Esta catástrofe climática, ha provocado que gran parte de la región haya visto como sus olivares
han sido arrasados, quedando las partes productivas de las plantas totalmente muertas, hasta
en ocasiones causar la muerte de la misma (ver imágenes ANEXO).
Los arranques de plantaciones muertas y podas severas ya han comenzado.
Abril es el momento donde mejor podemos analizar los daños de las plantaciones e ir
determinando por donde hay que cortar o si hay que arrancar y replantar. Esto implica pérdidas
en la producción, no solo de 2021, si no de hasta 5 o 6 años para recuperar el porte y
productividad de la planta.
Considerando el valor estratégico de la región que supone el olivar, así como toda la cadena
industrial asociada con el aceite de oliva tanto en el mercado nacional y como en las
exportaciones, es primordial atender la solicitud de ayuda que estamos planteando.
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Es por ello urgente llevar a cabo una peritación oficial o subsidiariamente privada
subvencionada por la administración para realizar una identificación y valoración de daños
por parcela en las regiones afectadas de Castilla-La Mancha, detallando el número de
agricultores y la superficie dañada, con la consiguiente evaluación de daños en función de las
medidas a llevar a cabo para recuperar la capacidad productiva del olivar y evitar el abandono
de las explotaciones o la ruina de los agricultores y agricultoras.
Es el momento de revisar y declarar daños. Y, en base a esto, desarrollar un plan de ayudas para
evitar la desaparición de gran parte del sector de la región.
Del mismo modo, todas las plantaciones de leñosos (ya sean almendro, pistacho, olivar o viña)
que han sufrido daños por conejos a consecuencia de las nevadas. Dado que se acumulaban
hasta 50-60 cm de nieve en el suelo, deben ser consideradas en este plan de ayudas las parcelas
donde los conejos han aprovechado la altura de la nieve para roer por encima del protector y
alcanzar las partes altas de la planta, anillando los troncos y provocando su pronta muerte. Las
ayudas de este concepto estarán en la misma línea de ayudas por los daños de helada. (ver
imágenes ANEXO)
Por otra parte, muchos jóvenes agricultores se han incorporado en los últimos años con olivar
de nueva plantación que han quedado arrasadas (ver imágenes ANEXO). Esto conlleva que la
inversión realizada, por causas de fuerza mayor, se ha perdido antes de los 5 años de
mantenimiento desde el inicio de la explotación, por lo que solicitamos estén exentos de
cumplir dicha condición. En esta línea, es necesaria una ayuda para sostener y recuperar la
productividad esperada de dichas inversiones.
2) Finalidad del plan para la recuperación del olivar
Es clara la necesidad de ayudas por parte del gobierno regional y nacional, siendo la finalidad
subvencionar la disminución de ingresos de los titulares de las explotaciones, por la pérdida de
cosecha en próximos años y la necesidad de realizar actuaciones e inversiones extraordinarias
para recuperar el potencial productivo de los explotadores.
3) Estimación y cuantificación del daño
PODA INTENSA: eliminación ramas terciarias y al menos una secundaria
PODA SEVERA: eliminación varias ramas secundarias y alguna primaria
PODA POR LA CRUZ: eliminación de la totalidad de las ramas primarias (ver imágenes ANEXO)
PODA POR LA BASE: corte del tronco a una distancia inferior a 40 cm del suelo (a consecuencia
de la helada o de los daños sufridos por los conejos que han roído el tronco)
REPLANTACIÓN: arranque y puesta de nueva planta
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4) Beneficiarios
Titulares de explotaciones de la región donde se han presentado los daños.
Los titulares de las parcelas con daños deberán presentar las peritaciones realizadas por la Junta
de Comunidades de Castilla-La Mancha.
5) Cuantía de las subvenciones
Poda Intensa: 2 años • 2021: 2.250€/ha • 2022: 2.137€/ha Poda severa: 3 años • 2021: 2.363€/ha • 2022: 2.137€/ha • 2023: 1.914€/ha Poda a la cruz: 4 años • 2021: 2.480€/ha • 2022: 2.356€/ha • 2023: 1.914€/ha • 2024: 1.571€/ha Poda a la base (por helada o tronco roído): 5 años • 2021: 2.605€/ha • 2022: 2.474€/ha • 2023: 2.350€/ha • 2024: 1.571€/ha • 2025: 1.571€/ha Replantación: 5 años • 2021: 2.500€/ha • 2022: 1550€/ha • 2023: 1450€/ha • 2024: 1400€/ha • 2025: 1.350€/ha
Se debe estudiar la opción de modular las ayudas en función de las disponibilidades
presupuestarias, por lo que se podrán limitar las ayudas priorizando a los profesionales y
mediante topes por explotación con porcentajes degresivos en función de las UTAs, sin obviar
la catástrofe que tenemos encima y considerando que es de vital importancia amparar el
máximo posible de superficie por productor (1 UTA de olivar = 25 hectáreas).
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6) Propuestas de financiación de las ayudas
- El Reglamento Europeo 1305/2013 relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del
Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural establece lo siguiente en el artículo 18:
“Reconstitución del potencial de producción agrícola dañado por desastres naturales y
catástrofes e implantación de medidas preventivas adecuada.
1. La ayuda en virtud de esta medida abarcará:
a) las inversiones en medidas preventivas destinadas a reducir las consecuencias de
desastres naturales, adversidades climáticas y catástrofes probables;
b) las inversiones para la recuperación del potencial de producción y de terrenos
agrícolas dañados por desastres naturales, adversidades climáticas y catástrofes.”
- Fondos de Reserva de Crisis de la PAC (según el Reglamento Europeo 1308/2013, la
reserva para crisis puede utilizarse para financiar las medidas excepcionales destinadas
a evitar perturbaciones del mercado).
- La Administración General del Estado debe abrir una partida excepcional para aportar
ayudas para reconstituir el sector agrícola ante la zona declarada como catastrófica, con
daños claros. Del mismo modo, el Ministerio de Agricultura debe desbloquear partidas
del presupuesto para recuperar la productividad del sector olivarero de la región
afectada.
- Fondos del plan de medidas para recuperar la España vaciada.
- Fondos para la recuperación COVID-19
- Otras opciones a considerar.
7) Daños por barrenillo
A consecuencia de Filomena, la vegetación de este cultivo ha sufrido daños en forma de defoliación, pérdida de ramas primarias y secundarias que ha causado un debilitamiento general del árbol.
Estas circunstancias están causando un ataque de barrenillo, insecto que aprovecha para sus puestas las ramas de poda pero que en esta situación se observa las realiza en ramas y troncos. Generalmente deposita el huevo en las axilas de hojas, ramas, yemas y pedúnculos, produciendo su secado y caída, terminando el ataque con una defoliación. Se suele estimar como umbral de tratamiento la observación de tres galerías por metro. Actualmente se observan hasta 10 galerías en un metro.
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El olivar helado tardará años en volver a producir, si ahora se le añade este ataque, esa entrada en producción se retrasará aún más o podría suponer la muerte definitiva del cultivo en el área afectada.
El Boletín Fitosanitario de Avisos e Informaciones de la Consejería Nº2 de 9 de febrero 2021 da el aviso de la necesidad de tomar medidas para su lucha. Con las actuales circunstancias, éstas no son realizables pues no hablamos de restos de poda si no de plantaciones enteras que tienen un estado similar a estos, Orden de 17 de mayo de 1996.
Por ello le solicitamos se tomen las medidas oportunas por parte de la Consejería, entre ellas la
declaración de plaga según recoge la Ley 43/2002 de 20 de noviembre, así como los consiguientes tratamientos aéreos a fin de controlarla o en su defecto se subvencionen los tratamientos terrestres, y así evitar el agricultor no profesional no trate los olivos. Dado que la producción no va a existir en varios años, se debe plantear la exención para el uso de productos no autorizados en olivar ecológico.
Del mismo modo, dado que la mayor parte de los agricultores están esperando para ver por
dónde brotan las olivas, es necesario prorrogar el plazo de quema autorizada para eliminar los
restos de poda que contienen el barrenillo. Como observación adicional, a consecuencia del
grosor de la leña quemada no es posible picar dado que las trituradoras no pueden con dicho
diámetro.
8) Reducción de los Módulos de IRPF en un 50% mientras dure la recuperación de la
productividad.
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II/ PLAN ESPECIAL PARA EL MANTENIMIENTO DE LAS ALMAZARAS Y COOPERATIVAS DE ACEITE
1) Puesta en situación
Dada la clara disminución de entrada de aceituna que se espera en la región afectada para los
próximos 5 años es necesario un plan de ayudas para la subsistencia de las almazaras y así hacer
frente a los pagos de inversiones, de recursos humanos y gastos de mantenimiento que serán
los mismos frente a una producción muy mermada.
2) Medidas a llevar a cabo para salvar al sector
- Negociar con las entidades financieras un periodo de carencia de 5 años de amortización
de capital asumiendo la Consejería el pago de los intereses durante este periodo.
- Devolución o exención de cuotas a la seguridad social de los trabajadores de las
cooperativas.
- Exención del IBI durante este periodo o en su defecto su subvención por parte de la
Junta de Comunidades.
- Deducciones y reducciones en los impuestos de sociedades.
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III/ SEGUROS AGRARIOS
1) Antecedentes
Tras los daños ocasionados por Filomena en el cultivo de olivar, se ha visto como AGROSEGURO
no cubría en la mayoría de las pólizas contratadas, y en las que sí cubría, las indemnizaciones
han sido minoradas en un 50% como mínimo, por esa cláusula abusiva del 20% como Franquicia
Absoluta en los danos a la Plantación.
Por todo lo anterior, exigimos una profunda revisión para el PLAN 2021, concretamente de la
LINEA 314- EXPLOTACIONES OLIVARERAS, en todos los Módulos posibles de contratación.
2) Medidas a considerar para la revisión
1°. Creación de una LINEA de seguro NUEVA para el cultivo del olivar SUPERINTENSIVO que
nada tiene que ver con el olivar tradicional.
2°. Reducción de la Franquicia Absoluta y el Mínimo Indemnizable al 5% para los daños de
Plantación tanto para Riesgos Excepcionales coma para Resto de Adversidades Climáticas.
3°. A nivel de Plantación solicitamos una mejora sustancial de los parámetros que definen la
indemnización, ya que no se puede pasar por alto la influencia del clima en la recuperación de
la planta después de un siniestro como Filomena. Considerando los antecedentes climatológicos
que estamos presenciando, establecer en cuatro años el plazo en el que la planta habrá
recuperado el estado que tenía antes del siniestro es, cuando menos, aventurado. En nuestra
región plantear que tardará de cinco a seis años en recuperarse es aproximarse más a la realidad
si se estudian los datos estadísticos pluviométricos de la Región, por lo que a efectos de
indemnización SOLICITAMOS que el valor de la plantación sea el resultado de multiplicar por
CUATRO, como mínimo, el valor de la producción.
3) MODULO P
1°. Dado que el cálculo de la indemnización para los daños de Plantación se hace multiplicando
por tres la Producción, el plazo para su contratación debe ser aquel en el que el agricultor
pueda estimar la producción esperada para que la póliza sea más objetiva y cumpla el fin que
se pretende, que no es otro que asegurar su cosecha y proteger sus plantaciones.
Dicho plazo debe ser en primavera cuando el olivo ha florecido y los riesgos cubiertos sean todos
los posibles:
- Daños a la Producción: Hasta su recolección
- Daños a la Plantación: Un año desde la fecha de contratación
NOTA: Actualmente, para cubrir el Resto de Adversidades Climáticas hay que hacer la
contratación de la póliza en noviembre, pero no cubre los daños a las aceitunas que cuelgan
todavía del árbol, sino de la cosecha siguiente, por lo que los agricultores nos vemos obligados
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a hacer un seguro complementario en primavera, tras la floración, con los kilos que se estiman
que se van a recoger.
Pero no acaba todo ahí, la cobertura de los daños a la plantación es por un año, o sea que finaliza
en noviembre, con la cosecha por recoger asegurada. Por tanto, si se desea cubrir la plantación,
además de la cosecha, se debe contratar otra póliza en noviembre, lo que supone UN CAOS.
4) MODULOS 1A, 1B, 2A, y 2B.
Solicitamos que, en el momento de la contratación en noviembre, el agricultor pueda hacer un
seguro complementario (como en la viña) de los kilos a asegurar para que sea él quien defina el
capital que quiere tener por planta asegurada.
5) ELECCIONES AL CAMPO
Y por último, volvemos a pedir ELECCIONES AL CAMPO EN CASTILLA-LA MANCHA para que haya
una representación LEGÍTIMA en la mesa para definir los PLANES DE SEGUROS AGRARIOS.
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IV/ PLAN ESPECIAL PARA CONTROLAR LA PLAGA Y AYUDA A LA COMPENSACIÓN POR DAÑOS
POR CONEJOS
1) Antecedentes
Como consecuencia de la plaga de conejos existente en Castilla-La Mancha y tras llevarse cinco
o más años declarando comarca de emergencia cinegética temporal por daños de conejo de
monte, vemos que cada temporada son más los municipios afectados, resultando par tanto
INEFICAZ, o no suficiente. Por lo que solicitamos una batería de medidas con carácter URGENTE
QUE:
1°. Disminuya la población de conejo
2°. Compense las pérdidas de renta de los agricultores
2) Análisis Genético y comportamiento diferenciado del conejo introducido
Se aporta un "Informe de resultados" del Servicio de Genética de la Facultad de Veterinaria de
la Universidad Complutense de Madrid sobre el origen del genoma de unas muestras de conejo
realizado en el año 2018, donde dice textualmente: "Se trata de individuos pertenecientes a
una población diferenciada de las dos subespecies presentes en la Península Ibérica".
Dado que se observa claramente que su comportamiento es muy diferente al conejo que
teníamos:
- Son más grandes y voraces
- No les gusta escarbar en terrenos duros hacen los vivares en los cultivos
- No son capaces de vivir en el monte
- Anidan en medio de los cultivos (ver imágenes ANEXO)
- Son inmunes a las enfermedades
- Hay mucha variación en su color
- Son trepadores
- Tienen más crías por camada
- Mayor frecuencia de camadas
- La movilidad del conejo no está centrada al amanecer y al atardecer como el conejo de monte.
Sus movimientos se extienden a lo largo de todo el día, con los consiguientes daños
Dado su fenotipo, que nada tiene que ver con el conejo autóctono, se deduce que puede llegar
a ser un conejo híbrido. Ver fotos de las cajas de los conejos introducidos (ver imágenes
ANEXO).
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Igualmente, se puede deducir que se realizaron sueltas de conejo cruzado con el conejo
doméstico, criado en granjas cinegéticas (se cruzaron hembras domésticas con macho salvaje
hasta un 87,5), siendo estos los que ahora se traslocan.
No hay evidencia de que el cruzamiento lleve a un mayor éxito biológico y hay poca duda de que
los genes domésticos puedan diluirse rápidamente en las poblaciones silvestres,
contaminándolas genéticamente.
3) A. Medidas para la disminución de la población de conejo en zonas de emergencia
cinegética
1°. Realizar un estudio genético exhaustivo, que permita conocer cuál es su origen y si se
observa que su resultado es distinto al conejo silvestre, paralizar las repoblaciones y
traslocaciones y se fije un plan de exterminación que puede llevar a declararlo PLAGA en virtud
de la Ley 43/2002 de Sanidad Vegetal y evitar que el conejo autóctono sea desplazado.
2°. Paralelamente, se debe derogar el plan actual y redactar un nuevo plan general del conejo
de monte en Castilla-La Mancha que recoja la situación actual de la especie, elaborando un mapa
de localización del conejo de monte puro en sus dos subespecies (Oryctolagus Cuniculus Algirus
y Oryctolagus Cuniculus Cuniculus) y el conejo híbrido, y así comprobar si se están cruzando. Si
esto estuviera ocurriendo, el autóctono se estaría contaminando genéticamente, por lo que se
corre el riesgo de forzar la desaparición del conejo ibérico, con el consiguiente problema
medioambiental por pérdida de biodiversidad y desplazamiento de una subespecie autóctona.
Siendo el de monte el único que se utilice para las repoblaciones y traslocaciones, en
contrapartida al que se introduce en la actualidad, por no adaptarse al monte y estar
contaminado genéticamente.
3°. Realizar un estudio de inmunidad frente a la mixomatosis y enfermedad hemorrágica vírica
que nos puede llevar a saber cuál es su origen.
4°. Eliminar del nuevo Plan de gestión el fomento del conejo en aquellos Términos Municipales
en los que se ha declarado zona de emergencia cinegética.
5°. Que las Administraciones se obliguen a vallar, y CONSERVAR las vallas (ver imágenes ANEXO),
con mallas conejeras las superficies de los espacios naturales protegidos situados en las zonas
declaradas de emergencia cinegética, propiedad de las Administración Públicas, especialmente
en las Reservas Naturales como lagunas, navas o saladares donde se refugian los conejos.
6° Promover la limpieza de las riberas y los cauces de los ríos, veredas y demás zonas con
limitaciones de caza para que no sirvan de refugio y proliferación del conejo.
7°. Modificar la Orden 16/05/2006 de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por
la que se regulan las campañas de prevención de incendios Forestales para que se permita la
quema controlada de terrenos agrícolas y superficies no agrarias, previa solicitud e informe
favorable de los Agentes Medioambientales.
8°. Autorizar la eliminación de majanos, lindes u otros elementos del paisaje en aquellas zonas
donde los cultivos se ven dañados reiteradamente, sin que afecte a los expedientes de ayudas
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PAC de los Titulares de las parcelas donde se realicen dichas acciones. Autorizando también la
destrucción de vivares dentro de dichas parcelas.
9°. Obligar a pasar el cultivador los titulares de parcelas agrícolas calificadas como Tierras
Arables según SIGPAC, al menos una vez al año, obligando también a mantener limpias las
parcelas donde se realicen dichas acciones. Autorizando también la destrucción de vivares
dentro de dichas parcelas.
10°. Participación de una representación de los agricultores en el Consejo Asesor de Medio
Ambiente donde dicha representación LEGÍTIMA salga de unas ELECCIONES AL CAMPO.
3) B. Medidas para la compensación de pérdidas de renta a los agricultores
1°. Destinar una partida presupuestaria del Plan de gestión a indemnizar a los agricultores por
pérdidas de renta como consecuencia de los daños que provocan los conejos y otras especies
hasta que se elimine el fomento del conejo en la zona de emergencia cinegética previa tasación
pericial de daños.
2°. Destinar una partida presupuestaria para indemnizar a los agricultores que tienen sus
parcelas próximas a zonas de especial protección donde existen restricciones a la caza del
conejo y en un radio de dos kilómetros previa tasación pericial de daños.
3°. Incentivar la captura de conejo con hurones redes y capillos dado que su comercialización
está muy limitada (corrales autorizados, cuarentena, certificado sanitario de movimiento),
forzando sacrificar inmediatamente las piezas capturadas, motivo por el cual los cazadores son
muy reacios a este tipo de capturas teniendo que ser el agricultor quien realice esta tarea. Se
propone una indemnización de 10 Euros por Hectárea afectada.
4°. Subvención del 100% para la adquisición de protectores para nuevas plantaciones de
leñosos en los Municipios declarados de emergencia cinegética.
5°. Subvención adicional del 50% de la prima de los SEGUROS agrarios que cubran los daños de
fauna salvaje en los Términos Municipales declarados de emergencia cinegética.
6°. Eliminación de la franquicia del 20% de las pólizas de seguros, así como las minoraciones de
indemnización por dar siniestros sucesivos en la misma parcela, asumiendo la Consejería estas
diferencias de indemnización. Impedir que el riesgo cierto bloquee las indemnizaciones de las
parcelas con 3 años seguidos con daños declarados, y en su defecto, sea la administración la que
cubra dichos daños.
7°. Que, a efectos del cálculo de indemnización por daños de Fauna Salvaje en nuevas
plantaciones se considere el final del protector como suelo, cuando los conejos puedan acceder
a dicha altura de manera artificial (barros, lodos, nevadas, etc.). Actualmente, Agroseguro no
indemniza los daños por conejo si éstos no son por corte de la planta a ras de suelo. Si la planta
dispone de protector, y sufre igualmente daños, el seguro nunca cubriría, por lo que estamos
pagando por aspectos que no se indemnizan.
8º. Reducción de los Módulos de IRPF en un 50% para aquellos cultivos que se vean afectados
por los daños de conejo para los Municipios que integran la zona cinegética de emergencia,
mientras dure ésta.
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V/ DAÑOS EN COLMENAS
Las heladas han causado la muerte de la totalidad de la población de cada colmena, con la
consiguiente pérdida de producción del año y del material del interior (cera, polen, miel, etc.)
que ha quedado en mal estado.
El porcentaje de colmenas debilitadas por cada colmenero alcanza el 80% del asentamiento por
lo que es necesario peritar desde la Consejería los daños de la región, así como las consiguientes
indemnizaciones, que deberán ser las siguientes para conseguir recuperar la productividad de
la cabaña:
- Pérdida de producción: 180€/colmena
- Pérdida de enjambres: 240€/colmena
- Pérdida de la población de la colmena: 100€/colmena
- Pérdida del material interior de la colmena: 120€/colmena
VI/ DAÑOS EN LA VIÑA
Es de vital importancia estar atentos a la evolución de la viña ya la brotación está siendo muy
irregular y en ocasiones no está llegando al 10%. Es probable que se presenten graves problemas
de conducción de savia que impidan la brotación de las plantas.
CONCLUSIONES
Con este documento damos traslado para que con la mayor diligencia y premura se tomen las
medidas solicitadas.
Del mismo modo, solicitamos una nueva reunión para definir las ayudas exactas y su aplicación.
D. Andrés García-Vaquero
Presidente de la Unión de Castilla-La Mancha
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Anexo fotográfico
I/ PLAN ESPECIAL PARA LA RECUPERACIÓN DE LA CAPACIDAD PRODUCTIVA DEL OLIVAR
Daños por heladas causando la pérdida de la parte productiva de la planta por 5 años:
Poda severa en olivar centenario:
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Daños por heladas en olivares de nueva plantación, de 2 años, 10 y 15 años:
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Daños de ranas rotas por nevadas
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Daños por conejos aprovechando la altura de la nieve para subir a las plantas
IV/ PLAN ESPECIAL PARA CONTROLAR LA PLAGA Y AYUDA A LA COMPENSACIÓN POR DAÑOS
POR CONEJOS
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Introducción de conejo Híbrido
Instalación y conservación defectuosa de las vallas
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Cajas del conejo híbrido introducido
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Fenotipo diferenciado del conejo introducido frente al conejo autóctono de monte (necesita
tierra de labor para hacer sus madrigueras).
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Anexo II
Cooperativas y asociaciones de agricultores que suscriben este documento
24.000 Agricultores de Cooperativas, asociaciones y plataformas de la región
Coop. Almazara Nuestra Señora del Rosario, Dosbarrios (412 socios);
Coop. almazara Villa de Orgaz (170 socios);
Coop. de patatas y aceites de Sonseca (163 socios);
Coop. Ángel de Alcázar, Villacañas (350 socios);
Asociación de labradores de Madridejos (3645 socios);
Coop. San Sebastián, El Romeral (415 socios);
Asociación cinegética San Isidro de El Romeral (109 socios);
Coop. De aceite San Sebastián de Madridejos (1700 socios);
Coop. Vitivinícola Valdehierro de Madridejos (1600 socios);
Coop. Madridijense de Cereales (980 socios);
Asociación de agricultores Fadriqueños (65 socios);
ASV Olivareros de Mora (600 socios);
Asociación junta de propietarios El Peñascal, Chueca (274 socios);
Coop. Vega Melgar de Villasequilla (1300 socios);
Asociación de agricultores de Ocaña (1174 socios);
Santo Tomás cantuariense soc coop CLM Dosbarrios (550 socios);
Coop. Santo Cristo de Madridejos (1200 socios);
Coop. Montes de Toledo de Mazarambroz (730 socios);
Asociación de agricultores de Lillo (500 socios);
Coop comarcal San Roque de Escalona (507 socios);
Coop. Olivar del Cristo De Villamuelas (210 socios),
Coop. Virgen de la Oliva de Almonacid (400 socios),
Asociación de agricultores y ganaderos de Fuensalida (2250 socios);
Productores de Nambroca y de Burguillos, Coop. Santo Niño de La Guardia (243 socios);
Coop. Unidad de Lillo (840 socios);
Coop. Unión de Santa Cruz de la Zarza (550 socios);
Coop. San Nicolás de Huerta de Valdecarábanos (140 socios);
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Coop. Nuestra Señora de la Asunción (543 socios);
Coop. Bodega de la estación de Santa Cruz de la Zarza ( 393 socios);
Coop. La Asunción de Nuestra Señora de Manzaneque (65 socios),
Coop. De Santa Quitería (85 socios);
Acevin sociedad Coop de Mora (380 socios);
Coop Santa Ana de Villanueva de Bogas (236 socios);
Coop. Nuestra Señora de la Soledad de La Puebla de Montalbán (890 socios);
Coop. San Isidro Labrador de Yepes (314 socios);
SAT 2306 La mesa de Ocaña Soc Coop CLM (127 socios);
Almazara Nuestra Señora de los Llanos soc coop CLM de Noblejas (560 socios);
Coop. Tesoro Guarrazar de Guadamur (210 socios).
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