Marisol Callisaya Ramos
Gabriela Fernndez Rodrguez
Favio Moya Pauni
Victor Camacho Aranda
orgenes
Aceite de Piedra
Albores de la
Humanidad
La orgnica y
la inorgnica
Don Jorge Fernndez Solz
Quebradas de Camatindi , Machareti y Tiguipa
1865
Un ciudadano boliviano de apellido Velarde solicita las primeras concesiones petroleras, en las provincias Azero , Tomina y Cordillera de los departamentos de Chuquisaca y Santa Cruz respectivamente.
1867Mekest y Hasen el permiso para extraer y purificar petrleo en el departamento de Tarija
1872Durante el primer gobierno de Tomas Fras, se promulga el decreto supremo el 31 de Diciembre de 1872
1899
Descubrimiento de afloramientos de petrleo en Bolivia en la
Mandiyuti .
Empresa de Mr Farquhary la que contrato a un ingeniero norteamericano apellidado Holland , que perforo sin xito el primer y nico pozo
Establece la propiedad del Estado de los
; que reduce la parte fiscal
a 2 centavos la hectrea/ao y que establece
como pago a favor del Estrado del 10% del
producto bruto .
Durante el gobierno de Jos Gutirrez Guerra se
promulga la ley del 24 de febrero de 1920, que
autoriza al mismo, levantar la para
controlar la explotacin de petrleo, mediante
ARRENDAMIENTOSpor el termino mximo de 66
aos, con una participacin del Estado en un
porcentaje minimo de 12.5% de la produccin
bruta y un 20% de impuesto sobre la utilidad liquida
con destino al departamento productor .
Entre los trabajos ms importantes que
realiz la Standard Oil, durante los 15
aos que permaneci en Bolivia, se
destacan el desarrollo de los campos
Bermejo, Camatindi , Sanandita y Camiri ,
as como la instalacin de dos
pequeas refineras ubicadas en las dos
ltimas localidades .
Finalmente , en 1942, luego de varias
solicitudes presentadas, y a cambio de
la informacin geolgica obtenida por
la Standard Oil durante el tiempo de
permanencia en Bolivia, se lleg a un
acuerdo de indemnizacin por un milln
de dlares aproximadamente,
equivalente a unos sesenta millones de
dlares en la actualidad .
1865
Luis Lavandez
1915
Empresa
Farquart
Sindicato
Chuquisaqueo
1924 1926 -
1927 -1931
Standard Oil
Company 1924
Richmond
Levering
Company 1920
1914 Simn
Patio
Dr. Manuel
Cuellar 1879
3.7. LEY DE 20 DE JUNIO DE 1921 GOBIERNO DE
BAUTISTA SAAVEDRAEsta nueva Ley fij en l00.000 Has. el rea mxima a ser concedida. Cre una
reglamentacin para el pago de patentes que se incrementaban en forma
progresiva con el tiempo y estableci una regala del 11 %
Capitulo I
Exploracin y
Explotacin
Captulo V
Obligaciones
comunes a los
adjudicatarios en
propiedad y
concesionarios en
sociedad con el
Estado
Capitulo III
Concesiones en
sociedad con el
Estado
Capitulo II
Concesiones de
Exploracin
Captulo VI
Disposiciones
generales
Captulo IV
Derechos de los
concesionarios en
sociedad con el
Estado
CAPITULO I
EXPLORACIN Y EXPLOTACIN
Los yacimientos de petrleo y dems hidrocarburos son del dominio del Estado.
Diferencia entre el suelo y subsuelo. El propietario tiene derechos sobre su propiedad.
En terrenos cercados de propiedad particular no podrn practicarse
exploraciones y perforaciones de pozos, sin previo acuerdo con el propietario o
con licencia del Ministerio de Industria, mediante indemnizacin de parte del
concesionario, y la suficiente garanta, por daos y perjuicios que puedan
sobrevenir por desbordes, incendios y dems accidentes petrolferos.
Las concesiones para la explotacin de petrleo, dems hidrocarburos y sus
similares, en yacimientos de reserva fiscal u otros terrenos en sociedad con el
Estado, slo podrn hacerse, por una sola vez, en favor de un individuo o de
una sociedad, no debiendo exceder de cien mil hectreas, ni abarcar un trmino
mayor de cincuenta y cinco aosLa participacin mnima del Estado ser del once por ciento en el producto
bruto. El Poder Ejecutivo podr otorgar el total o parte de las hectreas pedidas o
denegar la solicitud, conforme a esta ley.
CAPTULO II
CONCESIONES DE EXPLORACIN
Se llenarn estas condiciones:
a. El rea de exploracin podr alcanzar a
trescientas mil hectreas;
b. El plazo para realizarla ser fijado por el
Gobierno, no pudiendo exceder de cuatro aos;
c. El concesionario para la exploracin pagar una
patente anual de dos y medio centavos por
hectrea, empozando previamente, como
depsito de garanta, diez centavos por cada
pertenencia.
Caducarn los permisos para la exploracin
a. Por la expiracin del plazo indicado en
el inciso
b. Por falta de pago de la patente de dos
y medio centavos, durante un ao;
c. Por haber solicitado el concesionario la
caducidad, en vista del mal resultado
de sus trabajos.
CAPTULO III
CONCESIONES EN SOCIEDAD CON EL
ESTADOLas concesiones de explotacin en sociedad con el Estado, se otorgarn por
tiempo limitado, cuyo trmino no pase de cincuenta y cinco aos
El concesionario presentar, un plano de la zona concedida, con especificacin de
sus lmites y de los principales detalles que sirvan de base a la apertura de pozos
y las instalaciones de edificios y maquinarias.
El concesionario en propiedad, deber practicar, dentro de los cinco primeros aos
del periodo de explotacin, un pozo de quinientos metros de profundidad, cuando
menos, por cada cincuenta mil hectreas, y dentro de los ocho aos siguientes,
deber perforar un pozo por cada diez mil hectreas que tenga su concesin. Los
pozos llegarn a quinientos metros de profundidad, como mnimum, salvo que se
hubiera encontrado petrleo o sus similares antes de alcanzar a ella.
El concesionario deber suministrar por su cuenta y riesgo todas las actividades y
operacin para el desarrollo de un campo
Como garanta de cumplimiento de las obligaciones que contrae el
concesionario, deber depositar en el Banco de la Nacin Boliviana y
a la orden del Tesoro Nacional, la suma de doscientos cincuenta
bolivianos por cada mil hectreas, a tiempo de firmarse la escritura
CAPTULO IV
DERECHOS DE LOS CONCESIONARIOS
EN SOCIEDAD CON EL ESTADO
De producir, transportar, refinar y vender petrleo, cualquier hidrocarburo o
sus derivados, que sean explotados dentro de la concesin, materia de la
sociedad;
De instalar y explotar tanques, oleoductos, estaciones de bombeaje,
refineras y toda instalacin que se relaciones con la industria;
De ocupar gratuitamente, y, previo permiso del Gobierno, la superficie de
terrenos fiscales necesarios para la explotacin o depsito del petrleo, en
cualquier regin del territorio nacional;
De expropiar o gravar con servidumbres, conforme a las leyes, los terrenos de
particulares adjudicatarios o concesionarios vecinos, que fueren necesarios
para la industria petrolfera, pagando los concesionarios el valor de las
indemnizaciones. Las obras que ejecute la sociedad se declaran de utilidad
pblica.
Los concesionarios, por toda compensacin de sus trabajos y de su capital
invertido, tendrn como mximum el ochenta y nueve por ciento de la
produccin bruta de los hidrocarburos explotados (petrleo, nafta, gases o
cualesquiera de sus derivados), dentro de las hectreas del contrato.
A la terminacin del plazo de los cincuenta y cinco aos el total de la industria
establecida para la extraccin, traslacin, transporte y almacenamiento de
CAPTULO V
OBLIGACIONES COMUNES A LOS ADJUDICATARIOS EN
PROPIEDAD Y CONCESIONARIOS EN SOCIEDAD CON EL
ESTADOLos adjudicatarios en propiedad de concesiones petrolferas pagarn, por hectrea,
una patente anual en la forma siguiente:
En el ao de 1921, ocho centavos
1922, diez
1923, diez
1924, quince
1925 veinte
1926 veinticinco
1927 treinta
1928 cuarenta
1929 cincuenta
A partir del periodo de explotacin, pagarn por hectrea
Durante el primer ao diez centavos
segundo quince
tercer veinte
cuarto veinticinco "
quinto treinta
sexto cuarenta
sptimo cincuenta "
CAPTULO VI
DISPOSICIONES GENERALES
Las compaas que se organicen para la exploracin o explotacin de
yacimientos petrolferos y sus similares, tendrn domicilio legal en la
Repblica, y estarn sujetas a todas las obligaciones existentes o que se
estableciesen en lo sucesivo.
El Gobierno vigilar la exploracin y explotacin de los yacimientos y
fiscalizar las operaciones de las empresas
Los concesionarios, bajo pena de caducidad, no podrn en ningn caso,
enajenar, traspasar o hipotecar sus concesiones, derechos o franquicias a
gobiernos extranjeros, ni a sociedades o empresas relacionadas con ellos, ni
admitirles como socios. Tampoco podrn, bajo igual pena de caducidad,
transferir o traspasar las concesiones a ningn particular o corporacin
extranjera, sin especial permiso del Gobierno
Nacionalizaci
n del petrleo
Standard Oil
Company of
New Jersey y la
Royal Dutch
Shell
Guerra del
Chaco 1932
1924 1926 -
1927 -1931
Gobierno del
Cnl . David Toro
1936
Finalizada la
Guerra del
Chaco en 1935
Ao 19306 aos Bermejo
hasta Argentina
3.8. LA STANDARD OL COMPANY OF BOLIVIA
SURGIMIENTOY PUESTAEN MARCHA DEYPFB.
GOBIERNODETORO1936, se crea la empresa
estatal del petrleo,
Yacimientos Petrolferos
Fiscales Bolivianos . Se
crea el Ministerio de
Minas y Petrleo .
.
Entre las tareas ms importantes que YPFB
tena que asumir, se encontraban :
la exploracin ,
explotacin ,
comercializacin ,
transporte y exportacin de petrleo y
sus derivados en todo el territorio
nacional .
De acuerdo con el ING Mariaca , fue la Standard Oil la
que evito cualquier inversin extranjera en el sector
petrolero del pas. Considerando que por entonces la
industria petrolera se desarrollaba a pasos agigantados
y que los avances tecnolgicos eran cada vez
mayores .
Fue un trabajo de
ayuda del gobierno
Norteamericano, a la
recuperacin y al
desarrollo
econmico y social
boliviano, de ah
surge el Plan Bohan
de 1940.
Esta misin se encargo de realizar un
estudio para el desarrollo econmico de
Bolivia con el fin de elaborar proyectos
especficos y evaluar los mismos, para su
financiamiento por el gobierno
norteamericano .
La misin lleg a
Bolivia : el 17 de
diciembre de 1941
empez su trabajo el
21 de mayo de 1942.
El Plan BOHAN impuso a Bolivia el
siguiente modelo de desarrollo :Transformar al oriente (SANTA CRUZ) en el motor y la
cabeza del pas, ms por una necesidad de
supervivencia que de un sentido de patria .
En muchas cosas El plan Bohan coincide con el
Memorndum de 1904, ambos apuntan al
advenimiento de una Nueva , como la
expresin de una nacin viable .Esta nueva Bolivia, instaurada con el plan Bohan , fue :
ideada, planificada, financiada, ejecutada,
administrada y fiscalizada, por los Estados Unidos de
Norte Amrica .
PLAN
BOHAN
RED NACIONAL DE
CARRETERAS
DESARROLLO DEL
SECTOR PETROLERODESARROLLO DE
MERCADOS
DESARROLLO DEL
SECTOR AGRICOLA
AGENCIA
FINANCIERAS
FOMENTO A LA
PRODUCCION
AGRICOLA Y
GANADERA
Con relacin al rea petrolera, los principales
objetivos trazados fueron :
a) El incremento de la produccin de petrleo, a
travs del desarrollo de mayor nmero de campos,
especialmente del campo Camiri .
b) El incremento de reservas hidrocarburferas , a
travs de la exploracin de nuevas reas
petroleras .
c) La construccin de facilidades de transporte para
el petrleo y sus derivados, a fin de optimizar
costos, disminuir precios de comercializacin en el
mercado interno y viabilizar la exportacin de
excedentes en condiciones favorables para el
Estado .
YPFB intensific el trabajo en exploracin de reservas,
obteniendo importantes crditos, tanto del Banco
Mundial como del Fondo Monetario Internacional,
poniendo como garanta las reservas encontradas en
cada descubrimiento .
Con el tiempo, YPFB se convirti en una empresa
generadora de riqueza, con patrimonio propio, sujeta
de crditos internacionales que eran cubiertos con la
produccin, comercializacin y exportacin de
petrleo y sus derivados, llegando al
autoabastecimiento nacional en 1954.
.
Entre las principales actividades desarrolladas por YPFB
durante el periodo de 1937 a 1954 se perforaron
aproximadamente 45 pozos en Camiri , Sanandita y
Bermejo . YPFB contaba con modernos equipos de
perforacin que inclua tecnologa para el registro
elctrico radioactivo y la aplicacin de rayos gamma .
En 1939 YPFBperfor el primer pozo en Sanandita .
En 1938, el presidente militar, Germn Busch, decret
el pago del 11% de la produccin a favor de los
departamentos productores . Asimismo, suscribi con
Brasil un convenio de vinculacin ferroviaria que dio
origen a las exportaciones de gas a este pas.
3.11. NEGOCIACIONES CON EL
BRASIL ACUERDOS DE ROBORE.
Brasil, estando de acuerdo con este referente
acepta con ponderacin y serenidad el
Acuerdo de Robor , en base a Petrleo :
en primer trmino convinieron ambas partes
considerar la actualizacin del Tratado de
1938 sobre Salida y Aprovechamiento del
Petrleo Boliviano ,
partiendo de los entendimientos logrados por
la Comisin Mixta Especial que se reuni en
La Paz, en los meses de junio y julio de 1957.
El canciller Barra deca, que una mayor
clarificacin de los aspectos a tratarse podra
obtenerse considerando :
a) Asignacin de reas en la zona de estudios para
su consiguiente explotacin por los capitales
Boliviano -Brasileras, obedeciendo al mutuo
inters que, dentro un enfoque realista, debe
guiar las relaciones Boliviano -Brasileras, y las
inmejorables persp
b) ectivas que ellas ofrecen para el futuro .
c) Rgimen legal para las concesiones de
explotacin en dicha zona .
d) Organizacin y funcionamiento de las
Sociedades Mixtas Boliviano Brasileras.
e) Forma de hacer efectivos los acuerdos que se
alcancen en la presente negociacin de
actualizacin de los tratados de 1938.
Junto con la revolucin del 9 de abril
de 1952, el Dr. Vctor Paz Estenssoro
trajo consigo la implementacin de
nuevas polticas en distintos mbitos
sociales y econmicos.
Bajo este contexto, el 26 de mayo de
1955 se promulg el Cdigo del
Petrleo , conocido como el Cdigo
Davenport
Este cdigo estableca que las actividades de la industria petrolera podan ser realizadas por el
Estado mediante entidades autrquicas de tipo nacional, sociedades mixtas o por el
otorgamiento de concesiones o contratos en sociedad con terceros.
Este cdigo, lejos de potenciar a la empresa estatal, permiti la explotacin libre por parte de empresas internacionales, debilitando de manera
significativa el poder del Estado.
Las concesiones otorgadas por este cdigo comprendan un periodo de 40 aos,
Bajo este cdigo se defini un nuevo rgimen
para el pago de patentes, dependiendo de la
actividad realizada y de la zona de ubicacin
del rea concesionada . La produccin de
hidrocarburos estaba sujeta a un pago de 11%
del valor de la misma a favor del Estado y la
tasa impositiva era de 30% de la utilidad neta .
En principio, este cdigo estableci solamente
7% como regala departamental, hecho que
no fue aceptado por los departamentos
productores de hidrocarburos que exigieron,
de manera inmediata, la restitucin de 11% de
regala departamental .
Durante la presidencia del Dr. Vctor PazEstenssoro, y producto de la promulgacindel Cdigo Davenport, lleg a Bolivia laempresa norteamericana Gulf Oil Companya la que se dio en concesin las reas quehasta ese entonces YPFBexploraba y sobrelas cuales posea importante informacingeolgica .
La Gulf Oil Company realiz muy pocosesfuerzos para encontrar, en corto tiempo,grandes reservas gasferas en los campos deColpa, Caranda , Ro Grande, El Palmar, laPea y Yapacan .
Ese tiempo, la COMIBOL se encontraba en una mala situacin econmica y se haba convertido en una empresa muy politizada, con baja capacidad tcnica y sin capital de inversin. Este ofrecimiento
soloe fue una estrategia aplicada por la Gulf OilCompany para posteriormente llevar a cabo un
plan de empoderamiento poltico en el pas.
Una vez declarados los campos de Colpa, Caranda y Ro Grande comercialmente
productores, la Gulf Oil Company propuso al Dr. Paz Estenssoro la provisin gratuita de gas natural para
el fortalecimiento de la Corporacin Minera de Bolivia (COMIBOL) durante un periodo de 10 a 15
aos, como seal de apoyo a las polticas nacionales..
El 26 de septiembre de 1969, el General
Ovando Candia asumi la Presidencia
en fecha 17 de octubre del mismo ao,
decidi revertir las concesiones de la Gulf
Oil Company al Estado, as como
nacionalizar todos sus bienes e
instalaciones
incluidos muebles, medios de transporte,
estudios, planos, proyectos y todo otro
bien, sin excepcin alguna .
Afortunadamente se lleg a un acuerdo de indemnizacin por un monto de 78 millones de
dlares a favor de la GulfOilCompany , sin intereses y pagaderos en un plazo de 15 aos, con los
recursos provenientes de la comercializacin de la produccin de los campos Colpa, Caranda y Ro
Grande.
Aplic un embargo petrolero que impeda a Bolivia la comercializacin del petrleo producido y la continuacin de la construccin del Gasoducto
Bolivia Argentina, que hasta entonces presentaba un avance de 10%, aproximadamente.
En Bolivia, al igual que en el resto del mundo, al gas natural se le prest menos atencin que al petrleo en los primeros aos. Los primeros campos productores en Bermejo, Sanandita , Camiri y Guayrur , producan muy poco gas con el petrleo y el mismo era venteado o quemado en las bateras de produccin. Un volumen muy pequeo era enviado a los campamentos para su aprovechamiento en los talleres de la empresa y en los domicilios de los trabajadores, donde se lo utilizaba como combustible de calefones y cocinas.
Fue en el ao 1955, debido a los
crecientes volmenes de gas natural
que se producan de las areniscas
Sararenda junto con el petrleo, se
decidi instalar en Camiri una planta de
procesamiento de gas con el objeto de
recuperar gasolina natural y reinyectar
el gas seco en el yacimiento para
conservar la presin y as poder
incrementar la recuperacin de
petrleo
Top Related