Download - 140416 jgl

Transcript
Page 1: 140416 jgl

Ayuntamiento de la Villa de MORALEJA (Cáceres)

Secretaría General

Adjunto se remite fotocopia del borrador del Acta de la sesión celebrada por la Junta de Gobierno Local el día 16 de abril de 2014, rogándole firme el presente documento, en prueba de su recepción.

,5 Fi :1'54óraleja, 5 de mayo de 2014 t •

"4.5, \ LAS SECRETARIA GENERAL,

1 ‘5

_1 5 b") 1 . 41

t4P F114 LAJAS OBREGÓN.

vizZ-JA

Sra. Doña Teresa ROCA GONZALO C/ Pío Baroja, núm. 13 MORALEJA

Page 2: 140416 jgl

Ayuntamiento de la Villa de MORALEJA (Cáceres)

Secretaria General

BORRADOR DEL ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EL DÍA 16 DE ABRIL DE 2014.-

En la villa de Moraleja, siendo las trece horas y treinta minutos del día dieciséis de abril de dos mil catorce, se reunieron en la Sala de Reuniones, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde, Don Pedro CASELLES MEDINA, los siguientes Tenientes de Alcalde: Don Rubén BLANCO GÓMEZ, Doña Mercedes GONZÁLEZ MARTÍN y Don Carlos LOMO MACÍAS, asistidos por la Secretaria General de la Corporación, Doña Julia LAJAS OBREGÓN, al objeto de celebrar, en primera convocatoria, sesión extraordinaria.

Doña Balbina ARROYO PUERTO ha excusado su asistencia ante la Alcaldía.

La Junta de Gobierno Local, en virtud de la delegación de atribuciones efectuada por Resolución de la Alcaldía de fecha 14 de junio de 2011, procede a la adopción de los siguientes ACUERDOS:

1.- LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL BORRADOR DEL ACTA DE LA SESIÓN DE FECHA 10 DE ABRIL DE 2014.-

Sin asunto.-

2.- LICENCIA.-

* ASUNTOS VARIOS OBRAS.

* CONSTRUCCIÓN DE NUEVOS NICHOS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL.-

- Examinado el expediente tramitado para la CONSTRUCCIÓN DE NUEVOS NICHOS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL mediante procedimiento negociado sin publicidad, cuyo Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares fue aprobado por la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el día 21 de febrero de 2014.

Visto el acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 24 de marzo de 2014 en el que se requirió la presentación de documentos y que Don José Bernardo PEREIRA GONZÁLEZ, ha presentado toda la documentación la Junta de Gobierno Local ACUERDA:

PRIMERO.- Adjudicar definitivamente la CONSTRUCCIÓN DE NUEVOS NICHOS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL a Don José Bernardo PEREIRA

1

Page 3: 140416 jgl

Ayuntamiento de la Villa de MORALEJA (Cáceres)

Secretaría General

GONZÁLEZ por el importe de 44.045,47£ + 9.249,54£ en concepto de I.V.A., así como la terraza oeste, siendo el plazo de ejecución de un mes.

SEGUNDO.- Autorizar al Sr. Alcalde-Presidente, o a quien legalmente le sustituya, para la firma de cuantos documentos sean necesarios para llevar a efecto este acuerdo.

* CLIMATIZACIÓN SALÓN DE ACTOS DE LA CASA DE CULTURA.

- Vista la necesidad de dotar al Salón de Actos de la Casa de Cultura de un nuevo sistema de climatización, que sustituya el existente deteriorado y obsoleto, vista la Memoria Valorada redactada a petición de la Alcaldía por el Técnico Municipal Don Aitor ZUBITUR SASTURAIN con tal objeto, denominada "CLIMATIZACION SALÓN DE ACTOS DE LA CASA DE CULTURA" , a fin de describir y valorar las instalaciones necesarias para dotar el referido Salón de Actos del nuevo sistema de climatización, cuyo importe total asciende a la cantidad de 18.428,30 Euros, IVA incluido, esta Junta de Gobierno Local ACUERDA:

PRIMERO.- Aprobar la Memoria Valorada de la obra denominada CLIMATIZACIÓN SALÓN DE ACTOS DE LA CASA DE CULTURA" redactada por los Servicios Técnicos Municipales.

SEGUNDO.- Facultar al Sr. Alcalde para solicitar a la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Educación y Cultura del Gobierno de Extremadura una subvención por la totalidad del importe indicado, al no disponer de fondos el Ayuntamiento para tal fin.

3.- ALTAS/BAJAS DE PADRONES.-

Sin asunto.-

4.- PERSONAL.-

Sin asunto.-

5.- ASUNTOS VARIOS.-

* FESTEJO TAURINO DEL DÍA 1 DE MAYO DE 2.014.-

Por la Presidencia se da cuenta de que para la realización del festejo taurino del día 1 de Mayo de 2.014 se han solicitado ofertas a las siguientes empresas: GRUPO CEBER TAURO, S.L.U, JARA DEL RETAMAR y ESPECTÁCULOS TAURINOS RAÚL SERRANO IGLESIAS, consistente en la suelta de dos vacas al estilo tradicional Taurino en recinto cerrado en el barrio de "Las Eras" de Moraleja.

2

Page 4: 140416 jgl

Ayuntamiento de la Villa de MORALEJA (Cáceres)

Secretaría General

Examinado el expediente, la Junta de Gobierno Local, ACUERDA:

Adjudicar a la empresa ESPECTÁCULOS TAURINOS RAÚL SERRANO IGLESIAS la contratación de la organización del Festejo Taurino que se celebrará el próximo día 1 de Mayo de 2.014, por un importe total de CUATRO MIL QUINIENTOS CINCUENTA EUROS CON CERO CÉNTIMOS (4.550,00 £), MÁS IVA, al ser la oferta económicamente más ventajosa.

* INICIO DEL PROCEDIMIENTO DE REINTEGRO DE SUBVENCIÓN AYUDA A DOMICILIO DEL SISTEMA PARA LA AUTONOMÍA Y ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA 2.012.-

-Visto el escrito remitido a este Ayuntamiento por el Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia de la Consejería de Salud y Política Social del Gobierno de Extremadura, registrado de fecha 8/04/2014 con n° 2018, relativo a la obligación de justificar el destino de la subvención concedida al amparo del Convenio entre la consejería de Salud y Política Social, el Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia y el Ayuntamiento de Moraleja para el mantenimiento y fmanciación del Servicio de Ayuda a Domicilio del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia para el año 2.012.

Vista la liquidación realizada de los ingresos, gastos y pagos correspondientes al Programa de Ayuda a Domicilio de la convocatoria de Subvenciones para la financiación del servicio de Ayuda a Domicilio del Sistema para la Autonomía Personal y Atención a la Dependencia del ejercicio 2.012 del que se deducen los siguientes importes:

-Subvención: 98.639,64£. -Importe de gastos y pagos: 88.999,37E. -Saldo a reintegrar: 9.640,27E

Visto el informe del Técnico correspondiente en el cual "informa de la necesidad de proceder al reintegro del saldo a favor del SEPAD a fin de que no se imputen intereses de demora"

La Junta de Gobierno Local ACUERDA autorizar el reintegro de 9.640,27€ a favor del Servicio de Ayuda a Domicilio del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SEPAD).

3

Page 5: 140416 jgl

Ayuntamiento de la Villa de MORALEJA (Cáceres)

Secretaría General

*PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO: PROCEDIMIENTO ORDINARIO N° 56/2014. RECURRENTE: BRUESA CONSTRUCCIÓN, S.A.-

Vista la denuncia interpuesta por BRUESA CONSTRUCCIÓN, S.A., contra este Ayuntamiento, ante el Juzgado Contencioso Administrativo n° 2 de Cáceres, Procedimiento Ordinario 0000056/2014.

Visto el presupuesto/propuesta de honorarios presentado por URBACORP, S.L (Don Miguel Angel CORCHERO PÉREZ).

La Junta de Gobierno Local ACUERDA:

-Aprobar el presupuesto/propuesta de honorarios presentada por URBACORP, S.L. (Don Miguel Ángel CORCHERO PÉREZ) cuyo importe se detalla a continuación: Cuantía fija: 3.000,00e (+IVA), forma de pago: 3 plazos y para el supuesto de que se diera un resultado positivo para el Ayuntamiento de Moraleja se cobraría un 10% de la cantidad recuperada o retenida por el Ayuntamiento.

* PARCELA N° 10 DEL POLÍGONO INDUSTRIAL EL POSTUERO.-

Visto que de la documentación obrante en el expediente se deduce que por parte del mismo se procedió en el año 1994 a la enajenación por subasta de la Parcela número 10 del Polígono Industrial "El Postuero" de la Dehesa Boyal a favor de la empresa HIJEPESA, estableciéndose en la condición séptima del Pliego de condiciones que "Los fines objeto de la enajenación-instalaciones industriales- se cumplirán en un plazo máximo de cinco años y su destino se mantendrá durante los treinta años siguientes. Transcurrido uno u otro plazo sin que se hubieran cumplido estas condiciones, los terrenos objeto de la adjudicación revertirán automáticamente de pleno derecho al Patrimonio Municipal".

Sobre dicha finca existe la referida carga descrita en la escritura de compraventa originaria y que se ha venido plasmando en las posteriores escrituras de compraventas cuyos titulares se subrogan en las condiciones y cláusulas que sucesivamente se han ido transmitiendo; habiéndose recibido Edicto del Juzgado de P Instancia de Coria en relación con el procedimiento de ejecución hipotecaria a instancia de la Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Extremadura contra JACOLIVA, S.L., en reclamación de cantidad, mediante el cual se procede a efectuar la celebración de la subasta del bien con título: Hipoteca del 30 de abril de 2004, descrita como urbana-Parcela número 10 del Polígono Industrial "El Postuero"-, superficie de 3.500 m2 (Finca registral 7836).

Visto el informe emitido por el Servicio de Asistencia y Asesoramiento a Entidades Locales recibido en este Ayuntamiento con fecha 8-4-2014, por el que se concluye "En cualquier caso, al tratarse de un contrato patrimonial privado, los efectos y extinción del mismo (como puede serlo el ejercicio de acciones encaminadas a la resolución del contrato por incumplimiento de las condiciones y cargas asumidas

4

Page 6: 140416 jgl

Ayuntamiento de la Villa de MORALEJA (Cáceres)

Secretaría General

por el comprador del bien) deben hacerse valer en la vía jurisdiccional civil y no en la contenciosa-administrativa, por tanto, incumplido el plazo señalado, al ser un enajenación finalista, el Ayuntamiento podrá ejercitar la acción civil correspondiente para que los tribunales civiles declaren la resolución del contrato por incumplimiento de las condiciones impuestas u aceptadas por ambas partes. "

Visto el Art. 21.1.k de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y la Resolución de delegación de atribuciones de la Alcaldía en la Junta de Gobierno Local de fecha 14 de junio de 2011, atendiendo al citado informe, la Junta de Gobierno Local ACUERDA:

PRIMERO.- Iniciar acciones judiciales para que los tribunales declaren la resolución del contrato por incumplimiento de las condiciones impuestas u aceptadas por ambas partes.

SEGUNDO.- Conferir la representación y defensa de los intereses de esta Entidad a los Letrados de la Asesoría Jurídica de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres que se designen al efecto.

* PARCELA N° 11 DEL POLÍGONO INDUSTRIAL EL POSTUERO.-

Visto que de la documentación obrante en el expediente se deduce que por parte del mismo se procedió en el año 1994 a la enajenación por subasta de la Parcela número 11 del Polígono Industrial "El Postuero" de la Dehesa Boyal a favor de la empresa HIJEPESA, estableciéndose en la condición séptima del Pliego de condiciones que "Los fines objeto de la enajenación-instalaciones industriales- se cumplirán en un plazo máximo de cinco años y su destino se mantendrá durante los treinta años siguientes. Transcurrido uno u otro plazo sin que se hubieran cumplido estas condiciones, los terrenos objeto de la adjudicación revertirán automáticamente de pleno derecho al Patrimonio Municipal".

Sobre dicha finca existe la referida carga descrita en la escritura de compraventa originaria y que se ha venido plasmando en las posteriores escrituras de compraventas cuyos titulares se subrogan en las condiciones y cláusulas que sucesivamente se han ido transmitiendo; habiéndose recibido Edicto del Juzgado de la Instancia de Coria en relación con el procedimiento de ejecución hipotecaria a instancia de la Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Extremadura contra JACOLIVA, S.L., en reclamación de cantidad, mediante el cual se procede a efectuar la celebración de la subasta del bien con título: Hipoteca del 30 de abril de 2004, descrita como urbana-Parcela número 11 del Polígono Industrial "El Postuero"-, superficie de 10.000 m2 (Finca registra! 10.952).

Visto el informe emitido por el Servicio de Asistencia y Asesoramiento a Entidades Locales recibido en este Ayuntamiento con fecha 8-4-2014, por el que se concluye "En cualquier caso, al tratarse de un contrato patrimonial privado, los efectos y extinción del mismo (como puede serlo el ejercicio de acciones encaminadas a la resolución del contrato por incumplimiento de las condiciones y cargas asumidas

5

Page 7: 140416 jgl

Ju i 9 • JAS OBREGÓN tAk, ir Olí

)

o .5§/

Ayuntamiento de la Villa de MORALEJA (Cáceres)

Secretaría General

por el comprador del bien) deben hacerse valer en la vía jurisdiccional civil y no en la contenciosa-administrativa, por tanto, incumplido el plazo señalado, al ser un enajenación finalista, el Ayuntamiento podrá ejercitar la acción civil correspondiente para que los tribunales civiles declaren la resolución del contrato por incumplimiento de las condiciones impuestas u aceptadas por ambas partes."

Visto el Art. 21.1.k. de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y la Resolución de delegación de atribuciones de la Alcaldía en la Junta de Gobierno Local de fecha 14 de junio de 2011, atendiendo al citado informe, la Junta de Gobierno Local ACUERDA:

PRIMERO.- Iniciar acciones judiciales para que los tribunales declaren la resolución del contrato por incumplimiento de las condiciones impuestas u aceptadas por ambas partes.

SEGUNDO.- Conferir la representación y defensa de los intereses de esta Entidad a los Letrados de la Asesoría Jurídica de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres que se designen al efecto.

Seguidamente por el Sr. Alcalde-Presidente, se levanta la sesión, siendo las trece horas y cincuenta minutos del día señalado en el encabezamiento, de todo lo cual, como Secretaria General, doy fe.

AC LDE,

111. ---,II I-, ASELLES MEDINA

\-V) 4' i :v.,

• iZiA C'',>-/ --....--;—...-,---

6