Zona Monumental

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Rafael Belmont Giorgio Crovetto

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Rafael BelmontGiorgio Crovetto

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ZONA MONUMENTAL DE BARRANCO

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Lìmite del acantiladoEje de desarrollo de Pedro de Osma

Eje de desarrollo Grau y Centenario

Independencia

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ComercioZonal (CZ)

Residencial de Densidad Media (RDM)

Educación Básica (E1)

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http://inc.perucultural.org.pe/textos/LISTADO_PATRIMONIO.xls

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Monumento: La noción de monumento abarca la creaciónarquitectónica aislada, así como el sitio urbano o ruralque expresa el testimonio de una civilización determinada,de una evolución significativa, o de un acontecimientohistórico. Tal noción comprende no solamente las grandescreaciones sino también las obras modestas, que conel tiempo, han adquirido un significado cultural.

Zona Urbana Monumental: Son aquellos sectores o barrios de una ciudad cuya fisonomía debe conservarse por cualquiera de las razones siguientes:a) Por poseer valor urbanístico de conjunto;b) Por poseer valor documental histórico y/o artístico; yc) Porque en ellas se encuentra un número apreciable de monumentos o ambientes urbano monumentales.

NORMA A.140BIENES CULTURALES INMUEBLES

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El perfil urbano está determinado por lascaracterísticas del contorno o silueta de las edificacionesque definen los espacios urbanos. Estas características

están dadas por los volúmenes, las alturas de las edificaciones,las fachadas y el mobiliario urbano.

Uno de los objetivos es preservar la volumetría conformantedel perfil urbano, la misma que responde a las

raíces formales y funcionales de cada región y zona.

NORMA A.140ARTÍCULO 9

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Articulo 11.- Los tipos de intervención que puedenefectuarse en los bienes culturales inmuebles son:

i) Obra Nueva: Es toda una construcción ejecutadasobre terreno libre, no perteneciente a otro inmueble ycuyo diseño no es reproducción de otro. Se consideranedificaciones nuevas aquellas en las que no se conservaningún elemento de la construcción pre existente en elmismo lote. Dichas edificaciones podrán constituirse enZonas Monumentales y Ambientales Urbano Monumentales,debiendo sin embargo ajustarse, en su diseño y dimensiones.

j) Protección: Son todas las acciones necesarias parala preservación de una ciudad o distrito histórico, promoviendosu evolución en forma equilibrada. Esta acción incluyela identificación, conservación, restauración, rehabilitación,mantenimiento y revitalización de dichas áreas.

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q) Renovación Urbana o Revitalización Urbana: Sonlas acciones e intervenciones destinadas a mejorar lasáreas urbanas, cuya situación ha alcanzado un nivel de

deterioro tal, que hace necesaria su adecuación a nuevosrequerimientos, para la eficiencia funcional de la ciudad,

que respete en primer orden la estructura urbano–arquitectónicay el carácter de la misma, así como las relacionessociales, culturales y naturales que ella genera.

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CAPITULO IIEJECUCION DE OBRAS EN AMBIENTESMONUMENTALES

Articulo 12.- Los valores a conservar son el carácterdel ambiente monumental y todos aquellos elementos materialesy espirituales que determinan su imagen, especialmente:

a) La forma urbana definida por la trama y la lotización;

b) La relación entre los diversos espacios urbanos orurales, edificios, espacios verdes y libres;

c) La conformación y el aspecto de los edificios (interiory exterior), definidos a través de su estructura, volumen,estilo, escala, materiales, color y expresión formal;

d) Las relaciones entre área urbana y su entorno, biensea natural o creado por el hombre;

e) Las diversas funciones adquiridas por el área urbanaen el curso de la historia.

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Artículo 16.- Las nuevas edificaciones deberán respetarlos componentes de la imagen urbana que permitansu integración con los bienes culturales inmuebles existentesen el lugar, para lo cual deberán armonizar el carácter,composición volumétrica, escala y expresión formalde los citados inmuebles.

Se deben establecer las características formales quele dan valor al ambiente monumental, tales como forma ytipo de cubiertas, alineamiento de fachadas, a fin de quelas nuevas edificaciones incorporen estos elementos oarmonicen con ellos y permitan una integración con lasedificaciones de valor existentes en la zona.

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ARTÍCULO 16Los tanques de agua y cajas de ascensores no se consideranpara determinar la altura de la edificación.Estos deberán tener una altura no mayor a 3.50 m sobreel nivel del paramento de la fachada principal, estarretirados del plomo de la fachada y deberán estar cubiertoso tratados de manera que su presencia no altere lapercepción del perfil urbano.

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Artículo 19.- La volumetría y el diseño de las edificacionesubicadas en Zonas Monumentales se ceñirán a lassiguientes pautas:

a) Los frentes se alinearan en toda su longitud con ellímite de propiedad sobre la calle.

b) En el caso que se trate de una zona donde se requieraretiro fronterizo, los frentes se mantendrán en unplano paralelo en toda su longitud al límite de propiedadsobre la calle.

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ARTÍCULO 19d) La altura de edificación será la señalada para lazona por el Instituto Nacional de Cultura en coordinacióncon la Municipalidad Provincial correspondiente. En todocaso, la altura total de edificación deberá ser tal de permitirque se satisfagan las siguientes condiciones:- No altera el perfil o silueta del paisaje urbano de lazona, interfiriendo con los volúmenes de las torres de lasIglesias u otras estructuras importantes de carácter monumental.- No alterar la relación de la zona con el paisaje naturalcircundante en caso que este, por su topografía y características,forme parte integrante del paisaje urbano.- No introducir elementos fuera de escala con los Monumentosy Ambientes Urbanos Monumentales que formanparte de la zona Monumental.

ARTÍCULO 16La altura de las nuevas edificaciones deberá guardarrelación con la altura dominante de las edificaciones devalor del entorno inmediato.

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c) El plano de fachada en los frentes no podrá volarseo proyectarse fuera del limite de propiedad, Las EntidadesEncargadas determinaran si puede o no introducirseelementos volados individuales tales como balcones o galerías,y cual podrá ser la proyección de estos.

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b) Cada zona Monumental deberá contar con una cartillade colores para el pintado de los inmuebles de la ZonaMonumental.

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NORMAN FOSTER

CARRE D ART

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DAVID CHIPPERFIELD

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JEAN NOUVEL

AMPLIACIÓN DEL MUSEO REINA SOFIA

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RESIDENCIA ESPAÑOLA (SAENZ PEÑA)

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RESIDENCIA ESPAÑOLA (SAENZ PEÑA)

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RESIDENCIA ESPAÑOLA (JR. PÉREZ ROCA)

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CASAS AL FRENTE DE LA AV. SAN MARTÍN

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AGENCIA PERU TV

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