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CONVIVENCIA ESCOLAR 2013-14 TRAYECTORIAS Y NARRATIVAS DE GESTIÓN Secretaría de Estado de Educación Subsecretaría de Estado de Promoción de Igualdad y Calidad Educativa

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CONVIVENCIAESCOLAR

2013-14 TRAYECTORIAS Y NARRATIVAS DE GESTIÓN

Secretaría de Estado de EducaciónSubsecretaría de Estado de Promoción de

Igualdad y Calidad Educativa

Resumen

En el presente artículo se delimitan las líneas de acción del Programa Convivencia

Escolar de la Provincia de Córdoba, focalizando en una de ellas: Plan de Apoyo y

Acompañamiento Técnico a Escuelas de Nivel Secundario, dentro del que se incluye

la implementación de la Resolución Ministerial Nro. 149/10, que establece la

construcción de Acuerdos Escolares de Convivencia en todas las escuelas de

Educación Secundaria de la provincia de Córdoba. Se describe, en términos

generales, lo que dicha Resolución propone, incluyendo también los fundamentos

que brinda en esta temática la Resolución 93/09 del Consejo Federal de Educación; el

impacto que se piensa viene teniendo en las escuelas, a cuatro años de su aprobación,

presentando algunos resultados cualitativos y cuantitativos; y, por último, en las

conclusiones, se proyecta la continuidad de este proceso, entendiendo que la

aprobación de un AEC siempre es un cierre parcial de un proceso dinámico que

implica permanentes aperturas y debates.

Palabras clave: Acuerdos Escolares de Convivencia-Convivencia democrática.

2010 - 2014. ENTRE PROCESOS, RESULTADOS Y APERTURAS:

La implementación de la Resolución Ministerial Nº 149/10 sobre Acuerdos Escolares de Convivencia en las Escuelas de Nivel Secundario de la Provincia de Córdoba

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Introducción

Desde el año 2000, el Programa Convivencia Escolar de la Provincia de Córdoba,

delimita cuatro líneas de acción, a saber: Asistencia Técnica; Capacitación; Producción de

material; Investigación (ver Gráfico 1).

Respecto de la primera línea referida, se cuenta con el Proyecto Asistencia Telefónica

(0-800) -un servicio de información, orientación y asesoramiento especializado, a distancia,

para escuelas de todos los niveles y modalidades del sistema educativo provincial-; y, al

mismo tiempo, se asesora e intervine institucionalmente ante la solicitud de situaciones

problemáticas no factibles de resolverse telefónicamente. Las demandas de intervención,

apuntan a la búsqueda de estrategias que favorezcan la resolución pacífica de los conictos,

propicien el mejoramiento del clima institucional y prevengan la violencia en el marco del

paradigma de la convivencia.

Por otra parte, desde el año 2008, también en relación a la Asistencia Técnica, se

implementa el Plan de Apoyo y Acompañamiento Técnico a Escuelas de Nivel Medio, con

un trabajo en red y articulado con los supervisores de las distintas zonas de capital, tanto

Secundaria como Técnica. Los referentes del programa para cada una de las zonas, realizaron

talleres de reexión y análisis, generando las condiciones de lo que derivaría tiempo después

como Acuerdos Escolares de Convivencia (AEC), propuesta que se formalizó a partir de la

Resolución Ministerial Nro. 149/10. De esta manera, se comienza a priorizar en este plan el

asesoramiento sobre la implementación de la citada resolución, entendida como una

estrategia de intervención ante contextos de conicto y quiebre institucional, o bien, como una

estrategia preventiva hacia el interior de las instituciones educativas.

Teniendo en cuenta que el objetivo del presente artículo es enfocarse en los sentidos y

resultados observados en este proceso en torno a la construcción de los AEC, cabe explayarse

en cómo las otras líneas de acción se articularon en dicho proceso. Así, en la segunda línea se

priorizaron las capacitaciones relativas a la implementación de la Resolución citada. Todas las

acciones de asesoramiento y capacitación se destinaron a escuelas de Nivel Secundario

privadas y/o públicas de toda la Provincia de Córdoba. Simultáneamente, se emprendieron

acciones de revisión de los AEC de cada escuela, elevando el informe correspondiente y luego,

su pasaje a Legales para su aprobación final.

Acerca de la Línea de acción Producción de insumos y material bibliográfico, se destaca un

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recurso electrónico acerca de los AEC que fue difundido entre las escuelas de Nivel

Secundario.

En la última línea de acción, la investigación, en la sistematización sobre las demandas

receptadas por distintos canales (correo electrónico, sede, nota, teléfono), se incluyen datos

estadísticos de las referidas a demandas de Asesoramiento por AEC.

La Resolución 149/10 Se ha establecido que las escuelas secundarias de la Provincia de Córdoba deben

construir Acuerdos Escolares de Convivencia (AEC), es decir, producir Acuerdos con la

participación de toda la comunidad educativa sobre normas que regulen la convivencia de

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todas las personas que habitan la escuela, regular u ocasionalmente, sin distinción de edad,

género o posición institucional. El ámbito de la convivencia, que se intenta regular y

normativamente es el de las relaciones entre las personas, el cuidado de lo que es de todos y el

cuidado de uno mismo.

La construcción de Acuerdos Escolares de Convivencia, consiste en la revisión y renovación de

la normativa vigente en la institución. (…) Tanto la ausencia como el exceso de las mismas

interfiere el clima de trabajo escolar; ellas son necesarias porque establecen el encuadre de

relación e intercambio entre todos los miembros de la comunidad educativa. Es necesario

revisar periódicamente las normas, teniendo en cuenta que las mismas se sustentan en valores y

promueven la construcción colectiva de la convivencia. Se sugiere que el proceso de

actualización se realice cada tres años. Este proceso debe contar con la participación

democrática de todos los actores involucrados: equipo directivo, docentes, estudiantes, no

docentes y padres (Resolución 149/10, p.3).

El resultado de este trabajo de Acuerdos debe quedar plasmado en un documento que

va a constituir la base para determinar si las normas acordadas se transgreden, qué sanción

corresponde en tal caso y cómo se aplicarán.

Los Acuerdos de convivencia deberán ser plasmados por escrito en un documento que será

aprobado por las autoridades del sistema educativo de la provincia previa aprobación del

respectivo Rector y Supervisor, verificando su concordancia con la norma jurisdiccional y

formalizando su aprobación mediante acto resolutivo (Resolución 93/09, p. 22).

Resulta imprescindible acordar pautas en el tema de sanciones, ya que las mismas tienen que

reafirmar el carácter educativo de las normas, al impedir que se instale un clima de impunidad

frente a la impulsividad y a la propia agresividad (principio de igualdad ante la ley).

Resulta imprescindible incorporar el valor reparatorio de la sanción, ya que alude a reparar un

daño moral o material, favoreciendo el hacerse responsable de las propias acciones e incorporar

el sentido del semejante (Resolución 149/10, p.4).

La institución es tal cuando puede sostener lo instituido, cuando respalda lo que prescriben sus

normas. (…) No obstante, ninguna sanción deberá atentar contra el derecho a la educación en

los niveles en que ésta es obligatoria. (Resolución 93/09, pp.19-20).

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Este proyecto forma parte de lineamientos de política educativa Nacional y

Provincial, que plantean un abordaje distinto de la temática de la convivencia en las escuelas,

que se distancia del antiguo paradigma disciplinario y se acerca a la meta de democratizar

estos fundamentales espacios.

La escuela secundaria busca ser un ámbito público donde los jóvenes aprenden a convivir en

paz. Todos, jóvenes y adultos, tienen derecho a no ser objeto de discriminación, violencia o

abuso. La escuela secundaria pacífica amplía el nosotros de la igualdad (Ley Educación

Nacional, Art.8, en Resolución 93/09, p. 19) .

Los Acuerdos de Convivencia no son códigos de disciplina ya que:

a) Proponen valores, no sólo prohibiciones.

b) Describen tipologías de conductas deseadas y conductas no admitidas sin caer en casuísticas

detalladas que pierden actualidad continuamente en su ilusión de prescribirlo todo.

c) No son un “manual de penitencias” que prevé qué sanción corresponde a cada transgresión,

sino que habilitan interpretar en cada caso cuál es la sanción que mejor permite el logro de los

propósitos educativos (Resolución 93/09, p. 23).

Los Acuerdos Escolares de Convivencia constituyen un dispositivo con algunos

objetivos implícitos, de gran importancia, como lo son el fortalecimiento de la autoridad

docente y la legitimación de los marcos normativos y los sistemas de sanciones.

Los Acuerdos escolares de convivencia se pactan, en el marco de las normas vigentes, entre

todos y obligan a todos por igual pero son los adultos los que tienen la función de sostenerlos

ante los adolescentes y jóvenes y de acompañarlos en el proceso que implica comenzar a hacerse

responsables de

sus actos (Resolución 93/09, p. 22).

Son necesarias nuevas formas de gobierno y de autoridad. Una nueva “asimetría democrática”

que habilite a pensar con otros la gestión institucional sin suprimir la diferencia de roles y

responsabilidades entre los adultos y los jóvenes (Resolución 93/09, p. 19).

Asimismo este dispositivo se basa en algunos principios de gran valor y potencia,

como la idea de que a los jóvenes debe garantizárseles el derecho de participar en los asuntos

que los afectan y que debe reconocerse la autonomía de la escuela y su comunidad para regular

cuestiones que conforman la base de su identidad institucional y su cultura.

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…la construcción de una convivencia democrática a través del debate y el consenso en la

elaboración de Acuerdos normativos, permite que todos los que participan internalicen las

normas, valoren su función y se corresponsabilicen del proceso y de los resultados que se

quieren lograr (Resolución 149/10, pp.1-2).

Esta línea política incluye, además de los Acuerdos, la conformación de los Consejos

Escolares de Convivencia que acompañarán la aplicación de los Acuerdos y tendrán un rol

activo en la intención de generar climas escolares de convivencia más armónicos y pacíficos:

…las transformaciones que se dan en nuestra sociedad, hacen necesario repensar los sistemas

normativos, recuperando al interior de las instituciones el valor de la norma, en tanto abre un

camino que permite hacer del tránsito por la escuela una experiencia significativa para los

estudiantes, habilitando la posibilidad de la conformación de Consejos de Convivencia, que

constituyan un verdadero ejercicio de representatividad y participación (Resolución 149/10,

p.2).

El consejo escolar de convivencia como órgano de consulta para la autoridad escolar (…), es el

ámbito de reexión pedagógica y de diálogo que, buscando el interés educativo prioritario de

los/las jóvenes propondrá a la Conducción de la escuela la interpretación más justa sobre la

aplicación de las normas a cada caso particular (Resolución 93/09, p. 22).

Su impacto

A cuatro años de la Resolución 149/10, en términos generales, cabe afirmar que el

impacto es positivo. Seguramente, como todo proceso, hay idas y vueltas; tramos más lineales

y, otros más sinuosos. No obstante, lo que se rescata es que cada escuela -a su manera, con sus

singularidades- ha iniciado un proceso de discusión sistemática respecto a qué implica

convivir, haciendo el esencial pasaje de normas sólo para alumnos a normas para todos.

En alusión a lo anterior, puede citarse una Jornada de pos AEC (noviembre 2013),

donde se convocó a las instituciones de una de las zonas técnicas de Córdoba capital para

reexionar sobre los logros y dificultades del proceso de construcción de los Acuerdos y su

puesta en funcionamiento. El intercambio entre las distintas escuelas fue enriquecedor, ya que

habilitó pensar juntos alternativas ante distintas circunstancias y mostró la necesidad de

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trabajar con otros. En relación a las dificultades se pudo observar que el sostenimiento de los

Acuerdos debe continuar trabajándose, ya que es un punto de alta conictividad.

En aquella oportunidad, todas las escuelas fueron presentando sus Acuerdos y, una

escuela logró sintetizar en una frase un sentido que es clave: “los AEC permiten ser autor”. Es

decir, habilitan a crear entre todos los modos que se acuerdan como los mejores para cada

institución en particular. Habilitan a todos a ser autores de nuevos modos de relación, entre

otras cuestiones, más democráticos y participativos.

Algunos resultados

Desde la creación del Programa Convivencia Escolar, se han recibido más de 5500

demandas. Cada una de ellas generalmente implica más de una intervención concreta con los

actores de la comunidad educativa.

En el primer año de funcionamiento del Programa y de inauguración de la línea

telefónica gratuita 08007773728, se recibieron un total de 200 demandas. En 2011, por ejemplo,

ingresaron 402 demandas y, sólo en el primer semestre del año 2013, un total de 406, que

implicaron un total de 1090 intervenciones. De todos modos, no es posible afirmar que el

número y la tipología de las demandas constituyan una suerte de termómetro del problema de

convivencia en las escuelas. El incremento en las demandas puede depender de otros factores

como la difusión del Programa o la puesta en marcha de proyectos de convivencia especiales

como la elaboración de Acuerdos Escolares de Convivencia.

A continuación, algunos datos que se desprenden de la sistematización estadística de

las demandas llevadas a cabo desde el año 2010 en relación a los AEC, haciendo la salvedad

que este número no comprende todo lo que trabaja el Programa con las Escuelas en relación a

los Acuerdos, ya que en muchos casos, los referentes son quienes directamente generan la

demanda por este tema en las escuelas de sus zonas.

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Año Cantidad de demandas receptadas

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Primer Semestre 2013

167

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Como se desprende del análisis del gráfico 2, la demanda por asesoramiento en relación a los

AEC fue aumentando de modo progresivo. De igual modo, fue creciendo la cantidad de

Acuerdos aprobados y de Acuerdos bastante avanzados en su proceso de elaboración. A

febrero de 2014, hay un total de 19% de AEC aprobados, 14% no presentados y 67 % en proceso.

Más allá de las cifras referidas sobre cantidad de Acuerdos aprobados y en proceso, es

una inquietud permanente investigar sobre cómo inuye en las prácticas instituidas la

implementación de la Resolución Ministerial Nro. 149/10. Puede ilustrarse como un avance en

este punto, los datos de cinco categorías de análisis en relación a la implementación del

proceso de los AEC arrojados por las 110 encuestas efectuadas a docentes, directivos,

coordinadores de cursos, gabinetistas y preceptores de dos escuelas secundarias oficiales.

La mayoría de los docentes percibe la propuesta de los Acuerdos de manera optimista y

positiva, considerando:

- que las viejas formas de gestionar la convivencia dentro de las instituciones

educativas no alcanzan a dar respuestas a las problemáticas que la realidad actual

plantea; que es necesario reposicionarse como adultos en el lugar de la autoridad que

se construye y no que solamente se impone (Ver Gráfico 3).

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Conclusión

En este lugar, puede retomarse parte del mensaje que a comienzos de este año se hizo

llegar desde la Subsecretaría de Estado de Promoción de la Igualdad y Calidad Educativa -

Programa Convivencia Escolar, a modo de cierre del proceso de construcción del AEC y, al

mismo tiempo, de apertura, a todos los supervisores y, a través de ellos, a cada comunidad

educativa del nivel:

Estimados:

En virtud de las evaluaciones realizadas por el Programa Provincial de

Convivencia Escolar de los distintos Acuerdos Escolares de Convivencia

presentados por las instituciones educativas, creemos necesario

compartir una serie de reexiones y recomendaciones, para que la

propuesta elevada cumpla con el objetivo de ser una construcción

colectiva, que como tal implique un aprendizaje participativo y

democrático.

(…) La autoridad pedagógica de la escuela como institución y de los

docentes como adultos es una construcción cotidiana: en el actuar diario

y a través de los gestos más simples se legitiman o no las normas. La

confianza es esencial en todas las relaciones vinculares,

fundamentalmente las que tienen lugar en los escenarios educativos.

Por último, luego de cuatro años de la puesta en vigencia de la

Resolución 149/10 queda claro que los AEC no son algo escindido del

proyecto educativo institucional que establece cuál es el modo de

habitar la escuela y las prácticas que acontecen en ella, sino que, por

el contrario, son el reejo de las formas en las que se llevan a cabo

los procesos de enseñanza y aprendizaje. Garantizar la inclusión y la

calidad educativa en la escuela secundaria supone poder acordar las

normas que regulan las relaciones entre sus integrantes.

Asimismo, a modo de tres líneas para una reexión final, se establece que el proceso

de implementación de los AEC, puede:

- Convertirse en un camino para fortalecer el proceso de construcción de la autoridad.

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- Generar espacios reales para discutir cuestiones como la convivencia y la

conictividad; inclusive la convivencia entre adultos en la institución.

- Brindar elementos conceptuales y metodológicos para comprender la violencia desde

un enfoque preventivo, explorar sus causas y efectos dentro y fuera de la institución

escolar, y desde allí pensar estrategias para atenuarla.

Y, en relación a acciones futuras, retomando las líneas de acción del Programa ya espe-

cificadas, corresponde delimitar:

LÍNEA DE ACCIÓN ASISTENCIA TÉCNICA:

Plan de Apoyo y Acompañamiento Técnico a Escuelas del Nivel Medio

Asesoramiento a la puesta en marcha de los AEC y la concreción de los Consejos Escolares de

Convivencia previstos en estos Acuerdos; con el objetivo de observar cómo se está

enfrentando el desafío de transformar antiguas formas disciplinarias de regular las relaciones

interpersonales, en donde la forma de intervenir en los conictos es verticalista y lineal, con un

tipo de gestión autoritaria que impone un sistema de reglas que se deben cumplir sin

cuestionamientos; en donde las normas y sanciones no son acordadas sino impuestas, sobre

todo en relación a los alumnos.

LÍNEA DE ACCIÓN CAPACITACIÓN

- Capacitación a las Escuelas de Nivel Secundario de la Provincia de Córdoba sobre la

implementación de los Consejos Escolares de Convivencia, cuya creación está

prevista en la Resolución Ministerial Nº 149/10.

- Organización de Jornadas de capacitación inter-escolares donde se presenten las

experiencias en torno a los AEC, revisando aspectos positivos y cuestiones que

necesitan aun ajustarse.

- Cursos para preceptores, tutores y coordinadores de curso; con la finalidad de

trabajar en conjunto sobre las nuevas líneas de acción en torno a la convivencia.

LÍNEA DE ACCIÓN PRODUCCIÓN DE INSUMOS Y MATERIAL BIBLIOGRÁFICO

- Insumos y/o material bibliográfico sobre los Consejos Escolares de Convivencia para

la difusión en escuelas de Nivel Secundario de toda la Provincia.

LÍNEA DE ACCIÓN INVESTIGACIÓN

- Investigación sobre la puesta en marcha de los Consejos Escolares de Convivencia,

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entendido como un ámbito colectivo para la aplicación de normas y sanciones:

quiénes lo están integrando, están convirtiéndose realmente en lugares

participativos de reexión y consulta para la aplicación de las normas de convivencia,

entre otras cuestiones.

Bibliografía

BELTRÁN, M.; BERARDO, M. S.; GONZÁLEZ, A. S.; LÁZARO, L. (2013) Los Acuerdos

Escolares de Convivencia, en Revista Novedades Educativas Nro. 275. Buenos Aires: Noveduc.

BERARDO, M. S.; ARAGÓN, N.; GONZÁLEZ, A. S.; KOHAN, M. L. (2011). Ponencia

Propuesta de prevención desde el paradigma de la convivencia. Programa Convivencia Escolar de

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DEL CAMPO, M.; KOHAN, M. L.; MALDONADO, H.; ORTIZ, A.; PAXOTE, S.; VIRDÓ, E.

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Ministerio de Educación. Dirección de Desarrollo de Políticas Educativas.

Orientaciones para la organización pedagógica e institucional de la educación Secundaria

Obligatoria, aprobado por Resolución CFE 93/09, en:

http://portal.educacion.gov.ar/files/2010/01/93-09-anexo.pdf

Resolución 149/10. Ministerio de Educación, Gobierno de Córdoba, en:

http://www.estudiodes.com.ar/contenidos/ibr/m_educa_cba_r1492010.pdf

Ministerio de Educación de la Provincia de Córdoba

Secretaría de Estado de Educación

Subsecretaría de Estado de Promoción de Igualdad y Calidad Educativa

Producción:

SEPIyCE /Equipo Convivencia Escolar

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