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ExtractoEstudio de Impacto Ambiental: "Planta Fotovoltaica Santa
Rosa"
GR CHAQUIHUE SpARep. Legal: Antonio Francisco Ros Mesa
Región: Región Metropolitana de SantiagoTipología de Proyecto: c.- Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW
Se comunica a la opinión pública que, en cumplimiento a lo establecido en la Ley N° 19.300, modificada por la Ley N°20.417 y su Reglamento el D.S. N° 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente; GR Chaquihue SpA, RUT N°76.461.944-7, representada por el señor Antonio Ros Mesa, domiciliados en Avenida Andrés Bello 2233, Oficina 1004,Providencia, Santiago, ha ingresado al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental el Estudio de Impacto Ambientaldel Proyecto “Planta Fotovoltaica Santa Rosa”.
El proyecto “Planta Fotovoltaica Santa Rosa” ingresa al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental por lassiguientes tipologías establecidas en el artículo 10 de la Ley 19.300, y en el artículo 3 del D.S. N° 40/2012 Reglamentodel Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental: c) Centrales generadoras de energía, mayores a 3 MW;
El proyecto ingresa como Estudio de Impacto Ambiental ya que genera efectos, características o circunstanciasadversos significativos señalados en la letra b) del artículo 11 de la Ley 19.330, esto es, efectos adversossignificativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire; y letra d)localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación,humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que sepretende emplazar y alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico deuna zona.
El Proyecto, consiste en la construcción y operación de una planta solar fotovoltaica, con una capacidad total instaladahasta 9 MW. La energía generada en la PFV Santa Rosa, será evacuada a través de una línea de media tensión (LMT)de 23 kV, de aproximadamente 0,38 km de longitud, conectándose a la Red de media tensión de 23 kV denominadaalimentador El Membrillo, perteneciente a la empresa distribuidora EMELECTRIC, el cual se encuentra asociado aSubestación Santa Rosa 66/23kV (S/E) de 20 MVA, propiedad de empresa subtransmisora Transnet, la cual seinterconecta al SIC mediante una Línea de Subtransmisión existente de 66 kV, propiedad de la misma empresasubtransmisora ya mencionada.La superficie asociada al Proyecto será de aproximadamente 39,7 hectáreas, la cualconsidera las áreas asociadas a la ubicación de los paneles fotovoltaicos, cajas de inversores, caminos internos ycamino de acceso.
La ubicación específica del proyecto se encuentra detallada en el punto 2.3.2 del capítulo 1 del EIA.
El monto de inversión del proyecto asciende aproximadamente a US$ 18 millones y se estima una vida útil de 45 añospara la fase de operación. Se considera 6 meses para la fase de construcción y 6 meses para el cierre. Al término delperíodo de operación se realizará el desmantelamiento de las instalaciones y se restaurará el terreno utilizado por las
instalaciones del Proyecto a una condición similar a la original.
Se estima que a lo largo de la fase de Construcción del Proyecto (de 6 meses de duración), la mano de obra requeridaserá de aproximadamente 68 personas, como máximo. Por otra parte, en la fase de operación se empleará alrededorde 5 personas como máximo.
Las principales obras de infraestructura corresponderán a la instalación de módulos fotovoltaicos, centros detransformación, sistema de cableado, instalación de faenas, control de ingreso y conexión al SIC.
El Estudio de Impacto Ambiental caracterizó la situación actual del medio ambiente en el Área de Influencia delProyecto, a través del análisis de los siguientes componentes ambientales: Calidad del aire, ruido, hongos, paisaje,arqueología, medio construido, medio humano, turismo, flora y vegetación, medio físico y suelo. En la evaluación deimpacto ambiental se predicen, para la Fase de Construcción, el siguiente impacto significativo: “Pérdida temporal deáreas fértiles”.
El plan de medidas de mitigación, reparación y compensación incluido en el EIA considera la medida de mejoramientode suelos. El plan de medidas contempla un Plan de seguimiento. Otros impactos de significancia media o menor sonmateria de medidas de control ambiental detalladas en el EIA.
El EIA se encuentra a disposición de los interesados, para su consulta y/o reproducción (a su costa) en las oficinas delServicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana, ubicadas en Miraflores 178, piso 3, Santiago, de lunes ajueves de 9:00 a 17:30 hrs. y los viernes de 9:00 a 16:30 hrs; en la Intendencia Regional de la Región Metropolitana,ubicada en calle Moneda esquina Morandé, Santiago, de lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas en horario continuado;en las oficinas de la Ilustre Municipalidad de San Pedro, ubicadas en Av. Hermosilla 11, San Pedro; En las Oficinas dela Gobernación Provincial de Melipilla, ubicada en Ortúzar 336, Melipilla Además, se encuentra disponible en la páginaweb: www.sea.gob.cl
Cualquier persona, natural o jurídica, podrá formular observaciones al Estudio de Impacto Ambiental (según loseñalado en los artículos 29 de la Ley y en el Título V Párrafo 1° del Reglamento), debidamente fundamentadas y porescrito o a través de medios electrónicos disponibles en la página web del Servicio de Evaluación Ambiental,remitiéndose a la Directora Regional del Servicio de Evaluación Ambiental RM, ubicado en calle Miraflores 178, piso 3,Santiago, dentro de un plazo de 60 días hábiles (lunes a viernes excluyendo días festivos contados a partir de la fechade la última publicación del extracto en el Diario Oficial y diario regional o de circulación nacional). Dichasobservaciones deberán hacer expresa referencia al Proyecto y señalar el nombre completo de la persona jurídica y desu representante, o de las personas naturales que las formulen, incluyendo los respectivos RUT y domicilios. En elcaso de personas jurídicas, éstas deberán acreditar su personalidad jurídica y representación vigente. Se dejaconstancia que este extracto ha sido visado por el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana, sobrela base de los antecedentes proporcionados en el Estudio de Impacto Ambiental presentado. Lo anterior no constituyepronunciamiento por parte de la Comisión de Evaluación Ambiental en relación con la calificación ambiental delproyecto en ninguna de sus partes.
Estudio de Impacto Ambiental
“Planta Fotovoltaica Santa Rosa”
Fecha: Febrero - 2016
RESUMEN EJECUTIVO
“PLANTA FOTOVOLTAICA SANTA ROSA”
2 Tierra del Sol Investigación & Desarrollo
Dirección: Añañuca 799. Vallenar - Región de Atacama Fono: (051) 618486
www.tierradelsolconsultores.cl
Estudio de Impacto Ambiental
“Planta Fotovoltaica Santa Rosa”
Fecha: Febrero - 2016
1. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO
Identificación del Titular
Titular GR Chaquihue SpA Representante Legal Antonio Francisco Ros Mesa
R.U.T 76.461.944-7 R.U.T 13.831.549-5
Domicilio Avenida Andrés Bello 2233, oficina
1004, comuna de Providencia,
ciudad de Santiago, Región
Metropolitana.
Domicilio Avenida Andrés Bello 2233, oficina
1004, comuna de Providencia,
ciudad de Santiago, Región
Metropolitana.
Fono +56 (2) 22483253 Fono +56 (2) 22483253
Email [email protected]
Antecedentes Generales
Nombre del Proyecto: Planta Fotovoltaica Santa Rosa.
Descripción del Proyecto: El proyecto consistirá en la construcción, operación y cierre de una planta fotovoltaica (PFV)
productora de energía eléctrica, a través de la transformación de la energía solar en energía eléctrica por medio de paneles
fotovoltaicos, tendrá una potencia de 9 MW, será construida en un periodo de 6 meses, para tener 45 años de vida útil,
finalizando con una etapa de cierre que tendrá una duración de 6 meses. La energía generada en la PFV Santa Rosa, será
evacuada a través de una línea de media tensión (LMT) de 23 kV, de aproximadamente 0,38 km de longitud, conectándose a
la Red de media tensión de 23 kV denominada alimentador El Membrillo, perteneciente a la empresa distribuidora
EMELECTRIC, el cual se encuentra asociado a Subestación Santa Rosa 66/23kV (S/E) de 20 MVA, propiedad de empresa
subtransmisora Transnet, la cual se interconecta al SIC mediante una Línea de Subtransmisión existente de 66 kV, propiedad
de la misma empresa subtransmisora ya mencionada.
Objetivo general del Proyecto: Generar energía eléctrica a través del aprovechamiento de la energía solar.
Tipología: C) Centrales generadoras de energías mayores a 3 MW. Artículo 10°, literal c) de la Ley N° 19.300, Ley de Bases del
Medio Ambiente, y Artículo 3°, literal c) del D.S. N° 40/12, Reglamento SEIA.
Monto estimado de inversión: US$ 18 millones.
Vida útil del Proyecto: Se estima en 45 años.
Localización
El proyecto se ubicará administrativamente en la Comuna de San Pedro, Provincia de Melipilla, Región Metropolitana. Contará con una
superficie de 39,7 ha. La ruta G-680 es la ruta de acceso al polígono en el que se emplazará el proyecto.
La localización del Proyecto se justifica por las siguientes razones:
Área de abundante recurso solar debido a su localización en la Provincia de Melipilla, Región metropolitana.
El terreno seleccionado cuenta con la superficie necesaria para la implantación de los equipos de captación.
Ubicado cerca de líneas eléctricas con suficiente capacidad de evacuación teniendo en cuenta la generación de la planta.
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Descripción de las partes, acciones y obras físicas
El Proyecto se compone de las siguientes partes y obras:
Tipo Instalaciones/obras físicas
Temporales Instalación de faenas
Permanentes Caminos de acceso y caminos interiores
Planta fotovoltaica (incluye estructuras asociadas y línea de transmisión eléctrica)
Descripción de las fases del Proyecto (construcción, operación y cierre)
Partes, obras y acciones asociadas a cada una de las fases
Construcción Movimiento de tierras, instalación de vallado o cerco perimetral, habilitación de caminos, instalación de faenas,
implantación del parque solar y construcción de cimientos y bases.
Operación Mantención de las estructuras y limpieza de paneles.
Cierre
Las actividades asociadas a esta etapa se relacionan con el desmantelamiento de las instalaciones que componen
la PFV, donde cada una de las obras que componen el proyecto serán desarmadas y acopiadas dentro del mismo
terreno según el tipo de residuos del que se trate. Luego de ello, cada uno de estos residuos será transportado,
mediante vehículos especialmente habilitados y autorizados para este fin, a sitios de disposición final autorizados
por la Autoridad Sanitaria. Para conseguir la restauración de la geoforma, morfología y vegetación del terreno de
emplazamiento del Proyecto, se efectuará la limpieza superficial y restauración de las áreas ocupadas
descompactando el suelo, mediante uso de subsolador.
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Fecha estimada de inicio y obra asociada
Hito y Fecha Construcción Operación Cierre
Hito inicio Instalación cierre perimetral Puesta en marcha de la
instalación Instalación de faenas
Hito término Conexión con el SIC Cese de operación del parque
fotovoltaico
Restauración de terrenos y
zonas ocupadas por la planta
Fecha estimada inicio
etapa Segundo semestre 2016 Enero 2017 Enero 2062
Cronograma general del Proyecto
Mano de obra
Mano de obra Construcción Operación Cierre
Promedio 60 3 23
Máxima 68 5 23
Suministros
TIPO DE INSUMO OBSERVACIÓN
Agua potable
La dotación de agua potable se estima en 100 l/persona/día, provista por bidones de agua purificada en
los distintos sectores de la obra (construcción y cierre) y en la operación del Proyecto. El proveedor de
agua potable para consumo humano contará con las respectivas autorizaciones del Servicio de Salud
(Resolución Sanitaria). Antes del inicio de las obras y la operación del proyecto, se comunicará a la
autoridad sanitaria el proveedor seleccionado. Los comprobantes de este documento, así como el de los
volúmenes adquiridos, serán mantenidos en la Instalación de Faenas (construcción y cierre) y en las
oficinas de la planta (operación).
Agua Industrial
Durante las etapas de construcción y cierre, este insumo será comprado a empresa local que cuente con
camión aljibe y con las autorizaciones correspondientes. Los comprobantes de compra serán mantenidos
dentro de la Instalación de faenas y se informará del nombre del proveedor a la autoridad sanitaria antes
del inicio de las faenas. El camión tendrá una frecuencia diaria con un consumo de 20.000 l para
humectación de caminos. Durante la operación no se realizará humectación de caminos.
Combustible
La maquinaria pesada que trabajara en obra y el resto de vehículos que concurran a la planta serán
abastecidos de combustible en estaciones de servicio autorizadas, cercanas al Proyecto.
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12
1 Construcción
2 Operación
3 Cierre
Cronograma general del Proyecto
ID Etapa
Años
1
2 (…)
45
Meses Meses
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Hormigón No se prevé el uso de hormigón, salvo que lo requiera por alguna eventualidad se traerá hormigón en
camión mixer. No será almacenado en obra.
Energía eléctrica Para las etapas de construcción y cierre, se prevé la utilización 1 generador de 100 kv, este se ubicará
sobre una base continua, impermeable y con sistema de contención de derrames.
Áridos
Para las etapas de construcción y cierre, sólo se usarán áridos en casos justificados donde se requiera
cimentar, estos serán alojados temporalmente en la zona de faena para ser utilizados inmediatamente,
de tal forma que no se almacene. Al igual que para el hormigón, este se traerá desde la ciudad o cantera
más cercana al Proyecto.
Alojamiento El proyecto no considera, en ninguna de sus etapas, la habilitación de campamentos o sitios de
pernoctación para los trabajadores.
Transporte
Para las etapas de construcción y cierre, el transporte de personal se realizará con buses de acercamiento
para los trabajadores. En operación, se utilizarán camionetas para el transporte del personal de
mantención.
Alimentación
En construcción y cierre, para la alimentación de los trabajadores se considera un servicio de catering
local, ya que no se realizará preparación de alimentos dentro del Proyecto, contemplándose solo la
instalación de un comedor
Servicios higiénicos
Para todas las etapas, en la instalación de faenas como solución sanitaria existirá un baño completo, el
que se ubicará dentro de la caseta de vigilancia o caseta de ingreso, además de baños químicos. En los
frentes de trabajo se emplazarán baños químicos portátiles, como solución sanitaria, cuya mantención,
retiro y disposición será realizada por una empresa autorizada.
Ubicación y cantidad de recursos naturales renovables a extraer o explotar por el proyecto o actividad
En las etapas de operación y cierre nos e requiere extraer recursos naturales renovables. En la etapa de construcción del proyecto será
necesario extraer:
Recrso Ubicación Cantidad
Formaciones
vegetacionales -
Bosque
Sector 1: Planta fotovoltaica
Sector 2: Tendido eléctrico
5,1 ha
Suelo Suelos asociados a instalación de paneles solares, seguidores, habilitación de huellas de
acceso, Instalación de faenas, tendido eléctrico.
39,7 ha
Resumen emisiones
- Atmosféricas:
Contaminante Emisión, ton/año
Construcción Operación Cierre
MP10 2,6942 0,09137 1,75380
MP2,5 0,51881 0,02208 0,42058
CO 3,2123 0,2143 1,4122
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NOX 6,9800 0,0160 2,5851
HC 1,2707 0,0114 0,4908
De acuerdo con la localización del Proyecto, se debe contemplar que la Región Metropolitana se encuentra dentro de una zona declarada
saturada que cuenta con un Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica, cuya última actualización corresponde al D.S.66/2009
del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Dada esta situación el Titular del proyecto deberá compensar el 150% de las emisiones
de MP10 generadas durante la fase de construcción, a fin de cumplir con el PPDA, artículo 98 del DS 66/2009.
- Acústicas:
Para dar cumplimiento a los límites normativos establecidos en el D.S. N° 38/11 del MMA, en la etapa de construcción, se implementarán
las siguientes medidas:
1. Barreras acústicas perimetrales
2. Barreras frentes de trabajo
3. Parcialización funcionamiento de maquinarias
4. Medidas de gestión
Cantidad y manejo de residuos y sustancias
Categoría Cantidad
Manejo Destino Residuo/Sustancias
Co
nstru
cción
Op
eración
Cierre
Residuos líquidos
96
m3/mes
1
7,2 m3/mes1 36,8 m3/mes1
Los residuos líquidos serán
conducidos a una fosa séptica/ baños
químicos.
Drenados al
suelo/llevados a
sitios de disposición
final autorizados.
Residuos sólidos
asimilables a
domiciliarios
9,28
m3/mes
2
0,696
m3/mes2 3,56 m3/mes2
Acopio temporal de residuos en
lugares habilitados para este fin,
dentro de contenedores rotulados y
cerrados herméticamente para su
retiro y disposición final diariamente
en etapa de construcción y cierre y
cada 3 días en operación, por
empresa autorizada
Relleno sanitario
autorizado.
Residuos inertes Menos
de 1 ton
No se prevé
la generación
No se prevé
la generación
La gran parte de estos residuos serán reutilizados en labores
de rellenos y nivelación del terreno. En el caso de generar un
excedente de este tipo de residuos, serán dejados
1 Considerando una dotación de agua potable de 100 l/trabajador/día, 60 trabajadores promedio mensual en construcción, 3 en operación y 23 en cierre, 20 días de trabajo mensual en construcción y cierre y 30 días en operación y un coeficiente de recuperación del 80%. 2 Considerando la tasa de generación de residuos municipales de la comuna de San Pedro (1,16 kg/hab.-día) indicada en el siguiente estudio: http://152.74.152.95/ocde/esp/stsw8-esp.asp.
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de este tipo
de residuos
de este tipo
de residuos
temporalmente en el lugar en que se encontrasen para ser
retirados por una empresa autorizada para ser finalmente
llevados a un lugar de disposición final autorizado por la
autoridad sanitaria lo más cercano al área donde se ubicará el
proyecto (relleno autorizado).
Residuos sólidos
industriales no
peligrosos
2,93
m3/mes 0,09 m3/mes
0,072
m3/mes
Serán almacenados temporalmente
para ser retirados y llevados a un sitio
de disposición final, por empresas
que cuenten con las autorizaciones
sanitarias pertinentes.
Botadero autorizado
Residuos peligrosos 9
kg/mes
No se prevé
la generación
de este tipo
de residuos
No se prevé
la generación
de este tipo
de residuos
Los residuos peligrosos almacenados
temporalmente se mantendrán por
un plazo máximo de 6 meses, período
en el cual serán llevados a sitios de
disposición final autorizados.
Relleno de
seguridad.
Sustancias
peligrosas
55
kg/mes
No se prevé
la utilización
de este tipo
de sustancias
No se prevé
la utilización
de este tipo
de sustancias
Estas sustancias serán almacenadas
en obra en un sector especialmente
habilitado para ello, de acuerdo a la
normativa vigente.
Los residuos
generados por el uso
de estas sustancias
serán tratados como
residuos peligrosos.
Actividades de mantención y conservación (etapa de operación)
Actividades Frecuencia
Verificación periódica de centro de transformación Anual
Verificación periódica del centro de media tensión Anual
Verificación periódica del transformador BT/MT aceite/resina Anual y quinquenal*
Verificación periódica del cuadro de baja tensión Anual
Verificación periódica de cuadro de agrupamiento DC Anual
Verificación de inversores Semestral y anual*
Verificación de módulos fotovoltaicos Semestral y anual*
Verificación del terreno solar Semestral
Verificación de estructura del parque Semestral y anual*
*Dependiendo de la intervención. El detalle de estas intervenciones se encuentra en Capítulo 1 del presente Estudio de Impacto
Ambiental.
Cuantificación y manejo de productos generados La energía generada en la PFV Santa Rosa, será evacuada a través de una línea de media tensión (LMT) de 23 kV, de aproximadamente
0,38 km de longitud, conectándose a la Red de media tensión de 23 kV denominada alimentador El Membrillo, perteneciente a la empresa
distribuidora EMELECTRIC, el cual se encuentra asociado a Subestación Santa Rosa 66/23kV (S/E) de 20 MVA, propiedad de empresa
subtransmisora Transnet, la cual se interconecta al SIC mediante una Línea de Subtransmisión existente de 66 kV, propiedad de la misma
empresa subtransmisora ya mencionada.
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2. ÁREA DE INFLUENCIA
La definición de área de influencia se determinó para cada uno de los componentes ambientales analizados en las respectivas líneas de
base del Proyecto, en las cuales se han especificado y justificado las áreas de influencia para cada componente concluyendo lo siguiente:
Flora y vegetación
Para la elaboración de la línea base de flora y vegetación se consideraron las formaciones vegetacionales y riqueza de especies presentes
en la superficie donde se situará el proyecto. El área de influencia del proyecto corresponde a la superficie específica donde se instalará
la PFV y, en consecuencia, donde se efectuará la corta de la vegetación presente. Dicha superficie corresponde a 39,7 ha.
Fauna
Para determinar el área de influencia del proyecto se realizó una visita al polígono del área del proyecto y al territorio circundante con la
finalidad de evaluar el tipo y condiciones del ecosistema en donde se inserta el proyecto, posterior a esta visita se trabajó en gabinete
evaluando las partes, obras y acciones físicas que comprenden al proyecto en las etapas de construcción, operación y cierre. Con estos
antecedentes y en conjunto al equipo consultor se evaluaron los grupos faunísticos potenciales de encontrar y de ejercer algún efecto
negativo o negativo no significativo sobre la fauna silvestre. Con estos antecedentes se definió un área de influencia considerando la
dinámica de los grupos faunístico, donde se considera un área de estudio para el componente fauna, el que consiste en el polígono de
39,7 ha de intervención del Proyecto, más la suma de 200 m alrededor del polígono como área buffer.
Caracterización de hongos
Para determinar el área de influencia del proyecto se realizó una visita al polígono del proyecto y al territorio circundante con la finalidad
de evaluar el tipo y condiciones del ecosistema. Al evaluar al proyecto en las etapas de construcción, operación y cierre, se determinó
que debido a que los hongos son organismos sésiles y por lo tanto con nula movilidad, además de la naturaleza del proyecto, donde las
partes, obras y acciones de éste no intervendrán los lugares anexos a sus obras, se considerará un área de influencia limitada de 50
metros al contorno del proyecto y las estructuras instaladas para la línea de evacuación de energía. Cabe mencionar que el área de estudio
considerada está constituida por el área de influencia más las obras del proyecto.
Caracterización de suelo
Sobre la base de la descripción básica del proyecto, se identificaron aquellas partes, obras y acciones que generan impactos en la
componente suelo. Para ello se trabajó en gabinete superponiendo los planos en el área del proyecto, concluyendo que el área de
influencia de la componente suelo será el área de impacto del proyecto, ya que no se prevén impactos fuera de ella.
Medio humano y construido
Para definir el área de influencia, se tomaron en consideración los siguientes elementos:
Grupos humanos residentes próximos a las obras o actividades del Proyecto.
Actividades económicas, culturales o sociales que se desarrollen cercanos a las obras o actividades del Proyecto por parte de
las personas y/o grupos humanos.
Residentes o grupos de personas que utilicen caminos principales y/o secundarios que serán usados en las actividades del
Proyecto.
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Considerando los antecedentes del proyecto en lo que refiere a sus fases de construcción, operación y cierre, se define el área de
influencia para el medio humano como los lugares, viviendas, comercios y toda edificación con uso humano que se emplaza en el eje de
la ruta G-680, en el tramo que comprende desde el caserío de Santa Rosa hasta el punto de acceso al predio donde se emplazará el
proyecto.
Arqueología
Debido a la naturaleza del proyecto, en sus partes, obras y acciones físicas en sus etapas de construcción, operación y cierre, el área de
influencia se determinó en base al polígono de área de impacto del proyecto, ya que no se prevén potenciales impactos sobre el
patrimonio cultural en las áreas anexas al área de impacto.
Estudio acústico
Para determinar el área de influencia se identificaron los receptores sensibles donde pudiesen esperarse impactos por parte de la
comunidad producto de las faenas de construcción y operación del Proyecto. Estos receptores corresponden a las viviendas o
instalaciones de comercio o industria, o cualquier otra instalación donde moren o trabajen personas.
Turismo
El área de influencia del componente Turismo corresponde a una extensión delimitada a partir de la presencia de los atractivos turísticos
identificados según SERNATUR (2012) en los alrededores de las obras del proyecto, y asociado a un contexto de conectividad entre
distintos elementos a partir de la ruta G-680.
Paisaje
Para la justificación del área de influencia del componente Paisaje se consideró la metodología utilizada para la caracterización del paisaje,
la que se basa en los lineamientos y método de evaluación señalados por el Servicio de Evaluación Ambiental en su “Guía de Evaluación
de Impacto Ambiental Valor Paisajístico en el SEIA” (2013), donde para este efecto se consideraron los dos primeros pasos:
Etapa 1: Descripción del área de influencia para determinar el valor paisajístico de la zona.
Etapa 2: Descripción del área de influencia para determinar la calidad visual del paisaje.
En esta última etapa se definieron puntos de observación los que determinaron una cuenca visual en función de los observadores, ésta
se traduce en una cuenca visual del proyecto que es considerada como el área de influencia total para paisaje.
Inventario de emisiones
El Área de Influencia ha sido determinada en función de la existencia de asentamientos humanos o receptores en el entorno del Proyecto,
en consideración a lo anterior esta área se conforma por la totalidad de la superficie utilizada por las obras del Proyecto. Se debe
considerar que, en el caso de emisión de contaminantes atmosféricos, el área de influencia correcta, debiese orientarse a los resultados
en superficie de la modelación de la concentración de contaminantes. Dado que no es necesario en este caso demostrar mediante
modelación que no existen efectos sobre la salud de la población o deterioro significativo del aire, el área de influencia se define en forma
conceptual.
Uso del territorio
Considerando los antecedentes del proyecto en lo que refiere a sus fases de construcción, operación y cierre, se define el área de
influencia para el uso del territorio al igual que para medio humano como los lugares, viviendas, comercios y toda edificación con uso
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humano que se emplaza en el eje de la ruta G-680, en el tramo que comprende desde el caserío de Santa Rosa hasta el punto de acceso
al predio donde se emplazará el proyecto.
Medio físico
Para una mejor caracterización de la variable medio físico se definieron áreas de influencia diferenciadas de acuerdo a los distintos
componentes estudiados:
Clima y meteorología
El área de influencia del presente componente corresponde a las comunas de Melipilla y San Pedro, de la Región Metropolitana, y fue
definida a partir de la ubicación de las estaciones meteorológicas más cercanas al área de emplazamiento del Proyecto que cuentan con
información meteorológica.
Geomorfología, geología y riesgos naturales
A partir del área del Proyecto, se ha definido un área de influencia de los componentes geomorfología, geología y riesgos naturales a
partir de un criterio topográfico que considera el actual sistema de vertientes en el cual se localiza el objeto de estudio, siendo las líneas
divisoras de cumbres próximas inmediatas al Proyecto las que conforman una unidad homogénea, en torno a la identificación y
caracterización del interfluvio directo de influencia, tanto litológica como geomorfológicamente. No obstante, dada las características
geomorfológicas del área del Proyecto por situarse sobre una llanura aluvial y fluvial antigua en la cabecera de la subcuenca del estero
Yali, se realizaron divisiones en función de las quebradas y cumbres más altas adyacentes para acotar el área de influencia.
Hidrografía
El área de influencia del presente componente se definió a partir de la subcuenca “Estero Yali”, de la cuenca “Costeras entre Maipo y
Rapel”, ya que refleja las condiciones hidrográficas que podrían verse afectadas por las obras del Proyecto.
3. LÍNEAS DE BASE
Caracterización de hongos
En relación a la categoría de conservación, ninguna de las especies halladas se encuentra categoría de conservación por el RCE, revisando
todos los procesos de clasificación, incluyendo el undécimo proceso del 2015. Con un esfuerzo de muestreo de 16 horas por parte de 2
profesionales de las ciencias bilógicas, y con los resultados antes expuestos, el proyecto no generará efectos adversos significativos sobre
especies de hongos con alguna categoría de conservación listados en los instrumentos que rigen la clasificación de especies en las etapas
de construcción, operación y cierre, se puede concluir que las especies de hongos no se verán explotadas, alteradas o manejadas.
Inventario de estimación de emisiones atmosféricas
De acuerdo con la localización del Proyecto, se debe contemplar que la Región Metropolitana se encuentra dentro de una zona declarada
saturada que cuenta con un Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica, cuya última actualización corresponde al D.S.66/2009
del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Dada esta situación el Titular del proyecto deberá compensar el 150% de las emisiones
de MP10 generadas durante la fase de construcción, a fin de cumplir con el PPDA, artículo 98 del DS 66/2009.
Estudio acústico
Los niveles de ruido obtenidos de la modelación de la etapa de construcción arrojaron incumplimiento de la normativa en el punto
receptor R4, el cual a su vez presenta un límite bajo debido a los niveles de ruido de fondo registrados en él, y a encontrarse en Zona
Rural. Por el incumplimiento detectado se presentan medidas de manejo ambiental a implementar por el Proyecto, siendo las principales
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la instalación de una barrera perimetral en el sector oriente del Proyecto, barreras particulares en los frentes de trabajo que se encuentre
en el área de restricción, y la parcialización del uso de maquinaria y equipos en subfrentes.Se concluye finalmente que los niveles de
presión sonora estimados por la ejecución del Proyecto cumplen con los límites normativos del D.S. 38/11 del MMA con la
implementación de las medidas de manejo ambiental sonoras.
Línea de base de arqueología
Pese a la ausencia de elementos en superficie, la estratigrafía y los antecedentes arqueológicos existentes, se propone como medida de
manejo ambiental el monitoreo arqueológico en la etapa de movimiento de tierra durante la construcción, asociada a ellas, charlas con
esta temática de información y conservación a los trabajadores. A objeto de evaluar si el proyecto, en cualquiera de sus fases, genera o
presenta alteración en monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y en general al patrimonio cultural de una
zona, se puede concluir que de acuerdo al Artículo 10 del D.S. N°40/2013 del Reglamento del SEIA, que las obras y actividades del Proyecto
no generarán o presentarán alteración significativa sobre ninguno de los componentes antes mencionados.
Línea de base de flora y vegetación
El proyecto se encuentra dentro del Sitio Prioritario para la Conservación de la Biodiversidad “Cordón de Cantillana”, afectando el 0,02%
de su superficie. El proyecto en sus fases de construcción, operación y cierre no afectará a ninguna de las especies de flora catalogadas
en alguna categoría de conservación y que son el objeto de conservación de este sitio prioritario. En proyecto en sus fases de
Construcción, Operación y Cierre y en términos de su magnitud y duración ejerce impactos Negativos No Significativos sobre la flora y
vegetación.
Línea de base medio físico
El área de influencia del Proyecto de los componentes del medio físico se difiere entre sí dada las características de dichos componentes.
En este sentido, el componente clima y meteorología involucra las comunas de Melipilla y San Pedro por presentar las estaciones
meteorológicas con registros más cercanas. El componente geomorfología, geología y riesgos está determinado por el sistema de
vertientes siendo las líneas divisorias de cumbres las que conforman la unidad homogénea de una cuenca. El componente hidrografía se
definió a partir de la subcuenca Estero Yali, cuenca Costeras entre Maipo y Rapel, la cual circunscribe las obras del Proyecto, según la
Dirección General de Aguas, dado que abarca la dinámica de la hidrografía más cercana a las obras del Proyecto.
Línea de base de medio humano
Consecuentemente con lo descrito en el estudio y considerando que tanto, durante la etapa de construcción como de operación y cierre,
se le dará uso a la ruta de la misma manera en que los residentes la usan tanto para su traslado personal, familiar y productivo;
considerando que el flujo de personas y materiales no dista en cantidad ni flujo con las que habitualmente transitan en la ruta y por
último, considerando que no se entorpece el tráfico público al no existir espacios de parada de buses ni otra locomoción, se estima que
las alteraciones o impactos que pudiesen haber, no son significativos en el medio humano tanto en sus actividades económicas o
productivas, demográficas, antropológicas ni en su configuración de bienestar social.
Línea de base de paisaje
A partir del análisis de impacto sobre el paisaje, si bien el Proyecto es considerado como escasamente perceptible al interior de las
cuencas visuales, se identificaron impactos negativos no significativos asociados a la inclusión de las obras que generarán una baja
magnitud de la artificialidad, además de la intrusión visual, aunque distraerá solo por una extensión restringida.
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Línea de base de turismo
De acuerdo al Artículo 9 del D.S. N°40/2013 del Reglamento del SEIA, a objeto de evaluar si el Proyecto, en cualquiera de sus fases, genera
o presenta alteración significativa del valor turístico de una zona, se debe considerar la duración o magnitud en que se obstruya el acceso
o se alteren zonas con valor turístico. En este sentido, considerando la acotada área de influencia del Proyecto, las condiciones viales de
la ruta G-680 y los rangos visuales e intervisibilidad de las obras del Proyecto, se puede definir que las obras y actividades del Proyecto
no generarán o presentarán alteración significativa sobre el valor turístico del área de influencia del Proyecto, en cuanto a términos de
duración y magnitud no se ven afectos los accesos ni los atributos de los atractivos turísticos adyacentes por sí solos o en su conjunto.
Línea de base de uso del territorio
El estudio ha presentado una línea de base del uso del territorio en el área de influencia que se definió como las edificaciones, comercios
y construcciones que se ubican en la Ruta G-680 entre el caserío Santa Rosa y el polígono del proyecto. Se revisó el Plan Regulador
Metropolitano de Santiago, único IPT vigente para la comuna. Se recurrió a información de fuentes primarias y se analizó información
secundaria para describir las principales actividades económicas tanto de la comuna como del área de influencia. Por último, se describió
el medio construido en torno a la ruta que fue caracterizada en relación con las localidades que conecta. En relación con el ITP vigente
para el área de influencia, el plan regulador metropolitano de Santiago señala que la ruta G-680 se emplaza en una zona de uso exclusivo
agrícola, denominado ISAM 10 Cuenca del Estero El Yali. El uso que se proyecta, por tanto, para el área de influencia, no dista del uso que
realmente se realiza en el área que se caracteriza por los cultivos de frutales, almacenaje de productos agrícolas, parcelas de agrado,
viviendas y comercialización de productos agrícolas. El IPT reconoce que se pueden instalar emprendimientos industriales menores que
no generen peligro para la calidad del suelo y que no representen peligro para la población y que cumplan con las normativas respectivas.
En virtud de lo anteriormente señalado, el proyecto en sus partes, obras y acciones físicas, en su etapa de construcción, operación y cierre
no ejerce efectos adversos significativos sobre el uso del territorio.
Línea de base de suelo
La descripción en terreno indica que la mayor parte de la superficie del área de influencia del estudio son terrenos adaptados a cultivos,
con capacidad de uso II y III. Solo el 10,2% es clasificado como capacidad de uso VII. El resto de la superficie se distribuye como Clase II
(50,3%) y Clase III (39,5%). El atributo crítico principal que permite clasificar estas superficies como Clase II y III es la textura del suelo en
superficie y en profundidad, con texturas de franco arenosa, areno francosa hasta arenosa, seguido del atributo profundidad efectiva,
que en los casos que marcó menos de 70 cm permitió reclasificar suelos desde la Clase II (según CIREN, 1996) a Clase III. El análisis físico
químico en laboratorio confirma la clasificación de Capacidad de Uso de Suelo obtenida por medio de la descripción física y morfológica
de las calicatas excavadas en terreno, indicando que las cinco muestras de suelos analizadas, poseen en general niveles de fertilidad, pH
y materia orgánica que no representan limitantes para un amplio rango de cultivos.
Línea de base de fauna
En relación a los impactos generados por el proyecto, se puede mencionar que, de acuerdo a los estudios realizados en las campañas en
el mes de junio, agosto y noviembre del 2015 con un esfuerzo de muestreo de 3 profesionales en 9 días y con 56 horas efectivas de
prospección, que el proyecto no presenta alteraciones significativas en las etapas de construcción, operación y cierre de acuerdo a lo
descrito en el Articulo 6 del RSEIA.
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Proyectos con RCA vigente relacionados con impactos ambientales del proyecto en evaluación
Considerando un buffer de 5 km alrededor del proyecto en evaluación “Planta Fotovoltaica Santa Rosa”, se encuentra un proyecto con
RCA que corresponde al Proyecto: “Mejoramiento de los Sistemas de Tratamiento de Purines de Cerdo Grupos N° 17, 18, 19, 20 y 21”,
ingresado como DIA al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
4. PREDICCIÓN Y EVALUACIÓN DEL IMPACTO AMBIENTAL
Se identificaron 22 actividades o acciones del proyecto, en sus etapas de construcción, operación y cierre pueden producir impactos
positivos o negativo sobre los distintos componentes ambientales, los cuales se identificaron 18 factores o componentes ambientales
potenciales de afectar. Los resultados arrojan que para la etapa de construcción existen 21 impactos negativos no significativos (NNS), 1
impacto positivo (IP) en la alteración en empleo local y un impacto negativo significativo (NS) en pérdida temporal de áreas fértiles, en
uso de suelo. Para la etapa de operación se presentaron 22 impactos negativos no significativos (NNS), y un impacto negativo significativo
(NS) en pérdida temporal de áreas fértiles, inserta en el factor capacidad de uso de suelo. Por último, para la etapa de cierre se presentan
22 impactos negativos no significativos (NNS) y un impacto positivo (IP) en el empleo local. En relación a la necesidad de evaluar los
potenciales efectos acumulativos y/o sinérgicos significativos que pudiera generar el proyecto sometido a evaluación, y teniendo en
cuenta que para realizar dicha evaluación se deben considerar los efectos, características y circunstancias a que se refiere el artículo 11
de la Ley 19.300 y que han sido declarados por otros proyectos, es que se ha determinado que no se presentarán tales potenciales efectos
debido a que el único proyecto con RCA corresponde a una DIA, la cual no consideraría la generación de impactos significativos. En
relación a la necesidad de evaluar los potenciales efectos acumulativos y/o sinérgicos significativos que pudiera generar el proyecto
sometido a evaluación, y teniendo en cuenta que para realizar dicha evaluación se deben considerar los efectos, características y
circunstancias a que se refiere el artículo 11 de la Ley 19.300 y que han sido declarados por otros proyectos, es que se ha determinado
que no se presentarán tales potenciales efectos debido a que el único proyecto con RCA corresponde a una DIA, la cual no consideraría
la generación de impactos significativos.
5. EFECTOS, CARACTERÍSTICAS Y CIRCUNSTANCIAS DEL ART. 11
1. Riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que genera o
produce:
En ninguna de las etapas del proyecto se presentará riesgo para la salud de la población, ya que no se sobrepasarán los límites permitidos
por la ley sobre la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos.
2. Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y
aire:
Se presentarán efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables (suelo) como consecuencia
del emplazamiento del proyecto, de sus partes, obras o acciones, según lo detallado anteriormente.
3. Reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos
humanos:
No habrá reasentamiento de comunidades.
No se alterarán los sistemas de vida de los grupos humanos ubicados en el área del proyecto.
No se alterarán las costumbres de los grupos humanos ubicados en el área del proyecto.
4. Localización próxima a población, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos
y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar:
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El proyecto se emplazará dentro del sitio prioritario para la conservación “Cordón de Cantillana”, definido en la Estrategia Regional del
Sitio Prioritario, considerándose susceptible de ser afectado en relación a la extensión, magnitud y duración de la intervención de sus
partes, obras o acciones.
5. Alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona:
No se alterará significativamente el valor paisajístico de la zona en que se emplazará el proyecto.
No se alterará significativamente el valor turístico de la zona en que se emplazará el proyecto.
6. Alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y en general, los pertenecientes al
patrimonio cultural:
No habrá remoción, destrucción, excavación, traslado, deterioro intervención o modificación de monumentos.
No se modificarán o deteriorarán en forma permanente construcciones, lugares o sitios.
No se afectarán lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones habituales propias de la cultura o folclore.
6. PLAN DE MEDIDAS DE MITIGACIÓN, REPARACIÓN Y/O COMPENSACIÓN
Se proponen una medida de compensación para el impacto significativo ocasionado con motivo de la construcción del Proyecto. Esta
medida es descrita brevemente a continuación:
- Tipo de medida: Compensación
- Objetivo: Compensar a través del mejoramiento de suelos terrenos aledaños al proyecto Fotovoltaico Santa Rosa.
- Descripción, lugar, forma y oportunidad de implementación: El mejoramiento se realizará a partir de suelos que están siendo
identificados en la comuna donde se inserta el proyecto, con capacidades de uso de IV a VII, según Pauta del SAG. Estos suelos
suelen presentar limitantes por pedregosidad superficial o subsuperficial, pendiente, profundidad efectiva y/o drenaje. Se
privilegiará la recuperación de suelos de terrenos pertenecientes a comunidades agrícolas, asociaciones productivas y terrenos
municipales, también y en virtud sea necesario se consultará con el Ministerio de Agricultura y servicios con competencia
sectorial como el Servicio Agrícola y Ganadero potenciales terrenos a recuperar. Se propone la recuperación de suelos en una
proporción 1:1, por lo que el área destinada corresponde a 39 hectáreas. El plan de trabajo se ejecutará en la etapa de
construcción, y consistirá en tres etapas:
1.- Levantamiento de Líneas de Base de suelo: Se determinará para determinar la Clase de Uso de predios a recuperar,
utilizando metodologías validadas por la autoridad competente.
2.- Propuesta de mejoramiento de suelos: Se elaborará un informe al SAG en el cual se detalle los resultados del levantamiento
base de suelo, (planteado en el punto 1) y la metodología para eliminar las limitantes identificadas en cada uno de los predios
propuestos. (pedregosidad, pendiente, profundidad, drenaje).
3.- Implementación de la Medida: Una vez aprobado por el SAG la propuesta técnica de mejoramiento de suelos, se procederá
a implementar la medida.
4.- Informes Anuales: Posterior a la implementación de la medida se realizarán informes anuales por parte de un especialista
para monitorear el estado de la medida durante los primeros 3 años.
- Justificación - impacto: Pérdida temporal de áreas fértiles.
- Indicador de cumplimiento: 1 informe que cumple los puntos 1 y 2 del plan de trabajo, el cual será entregado 2 meses posterior
al inicio de las obras, 1 informe técnico que detalle los resultados de la implementación de la medida. El cual será entregado
4 meses posterior al inicio de las obras y 1 informe anual durante los 3 primeros años de operación para monitorear el estado
de la medida.
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7. PLAN DE PREVENCIÓN
Plan de prevención contingencias
El Plan de Prevención de Contingencias identifica los potenciales riesgos que involucra el proyecto, al tiempo que propone medidas para
evitar o disminuir la posibilidad de su presencia, durante las etapas de construcción, operación y cierre; involucrando a todos quienes
participen en su desarrollo. Los principales riesgos ambientales asociados a las actividades que se realizarán en las diferentes etapas del
proyecto son los siguientes:
Riesgo ambiental Etapa asociada
Riesgo de Alteración accidental de sitios arqueológicos Construcción
Riesgo de Atropello accidental de Fauna Construcción, operación y cierre
Riesgo de derrame de Sustancias Peligrosas y combustibles Construcción, operación y cierre
Riesgo de Incendio en el área de las faenas Construcción, operación y cierre
Condiciones climáticas desfavorables (Lluvia, viento, neblina, truenos). Construcción, operación y cierre
Sismos Construcción, operación y cierre
Plan de emergencias
En esta sección se presenta un Plan de Control Emergencias, el cual se ejecutará para enfrentar la ocurrencia de accidentes o emergencias,
buscando minimizar los daños a producirse. Dicho plan está compuesto por una serie de medidas que se activarán en caso que fallen las
acciones preventivas asumidas para cada uno de los riesgos identificados.
CONTINGENCIA MEDIDAS DE CONTROL DE EMERGENCIAS
Identificación de
nuevos sitios
arqueológicos
En el caso de nuevos hallazgos arqueológicos se procederá a lo siguiente:
- Reestructuración de las actividades del proyecto, de manera de no ocupar el lugar en que se
encontrare el nuevo hallazgo, previa autorización da la autoridad correspondiente.
- En el caso de que no exista la posibilidad de modificar las actividades se procederá a programar
la recuperación de los elementos culturales amenazados por las faenas. Previa autorización
correspondiente al Consejo de Monumentos Nacionales.
- En el caso de que no existan las condiciones necesarias para realizar las opciones antes descritas;
se procederá a adoptar a figura del salvataje arqueológico definido debidamente en el artículo
Nº 20 del Reglamento de la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales.
- Finalmente, ante la recuperación de elementos culturales mediante rescate o salvataje, se debe
contemplar el análisis de cada materialidad a cargo de un especialista, las medidas necesarias y
adecuadas de conservación, y la depositación final de los materiales en la institución
museográfica encargada, incluyéndose en el informe final una carta de aceptación de los
materiales de dicha institución.
En caso de que llegue a ocurrir un derrame, el personal calificado deberá actuar frente a estas emergencias
utilizando los elementos de protección personal que correspondan. Se deberán seguir los siguientes pasos:
- Identificar y controlar la fuente que ha originado el derrame.
- Cortar cualquier fuente de energía eléctrica, chispas, o fuego que pueda entrar en contacto con
el combustible derramado.
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Derrame de
combustible o
lubricantes
- Despejar y delimitar el área afectada según características del incidente.
- Contener el derrame a través de un pretil de arena o tierra.
- Todo el material contaminado se deberá recoger y disponer en contenedores habilitados para
residuos peligrosos. Los contenedores con material impregnado con combustibles deben ser
etiquetados adecuadamente y dispuestos temporalmente, en la bodega de acopio para
posteriormente ser trasladados por una empresa autorizada hasta el sitio para disposición final
como residuos peligrosos (relleno de seguridad).
Atropello accidental
de fauna
En estos casos se deberá detener el vehículo y dar aviso al encargado ambiental del proyecto, persona
que deberá evaluar y coordinar las acciones frente a este tipo de eventualidad. Todo evento será
debidamente informado al Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) con quien se deberá definir el proceder
posterior.
Ocurrido un atropello, si el individuo permanece con vida, la persona más próxima deberá informar a su
superior más próximo, para que éste de aviso al profesional encargado por la empresa, el que será un
médico veterinario.
El médico veterinario, informará inmediatamente la situación al SAG, de tal manera de coordinar
procedimientos posteriores.
Sólo el médico veterinario estará autorizado para aplicar algún tipo de procedimiento de atención
primaria a la fauna atropellada.
En primer lugar, resguardando la seguridad de las personas que intervendrán en los procedimientos de
atención, se hará sujeción del animal accidentado: se cubrirá la visión del animal con una lona o manta,
para luego proceder a realizar maniobras de sujeción física del animal y conducirlo a un lugar seguro para
su atención primaria.
El veterinario contará con todos los implementos necesarios para el manejo del animal (guantes, cuerda,
sujetador de lazo, redes, trabas o maneas de cuero para la sujeción de extremidades, mantas de abrigo,
bozales y cualquier otro que el profesional señale como necesario al comenzar las actividades el
proyecto).
Una vez estabilizado el animal, será trasladado a algún lugar donde pueda continuar con su tratamiento,
decisión consensuada con el SAG. La fauna carnívora lesionada (Zorro, Gato silvestre), debe ser
transportada al interior de una jaula. Los mamíferos lesionados, serán trasladados sedados y con la vista
tapada en la parte posterior de un vehículo, la que debe ser acolchada o provista de algún material no
deslizable.
En el caso que el animal resultase muerto producto de la contingencia o posterior a la atención primaria,
el evento quedará registrado, y se avisará al SAG para que señale las acciones que corresponde realizar.
En el caso que no se pueda localizar al SAG, el cadáver será depositado en un contenedor séptico
construido exclusivamente para este propósito. Éste contenedor será fabricado en HDPE con las
siguientes medidas: 1360x1030x1290mm, siendo instalado en una fosa con sus mismas dimensiones en
un sector alejado del tránsito habitual de personas y vehículos, con un cierre perimetral que impida el
ingreso de animales.
Inmediatamente después de ser depositado el cadáver en el contenedor, éste será cubierto con cal viva
para evitar le emanación de olores producto del proceso de descomposición.
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Accidentes de transito
Detención por volcamiento de vehículos en la ruta, sin conductor lesionado:
- El conductor Informará de la situación al JT (jefe de turno) y se indicará la precaución a la flota
que circula en la ruta. Señalizará con luces de emergencia su ubicación, aplicará técnica de
estacionamiento, demarcará el área del incidente y permanecerá fuera del vehículo.
- El JT de transporte inmediatamente advertirá de la situación y enviará a señalizar el sector con
conos y enviará a mecánicos para su evaluación y plan de retiro del vehículo de la calzada.
- Los mecánicos evaluarán si existe fugas de aceites o petróleos, las cuales serán contenidas en
forma inmediata.
- Finalmente, los datos del accidente o contingencia quedarán incorporados en un registro para
confeccionar el correspondiente informe preliminar de incidentes
- Si la situación ocurre en camino público, la empresa contratista deberá informar según
corresponda a Carabineros de Chile y a los servicios de emergencias correspondientes.
- En caso de derrame de combustible, aceites y/o lubricantes del vehículo, se procederá a actuar
de la manera señalada en el presente plan (caso de derrames).
Detención frente a volcamiento o colisión de vehículo en la ruta con personal lesionado
- El conductor del vehículo, si resultare ileso, informará de la situación al JT, solicitará ambulancia
en el sector y se dará aviso a la flota que circula en la ruta. Señalizará con luces de emergencia
su ubicación, aplicará técnica de estacionamiento, demarcará el área del incidente y
permanecerá fuera del vehículo.
- Si las condiciones lo permiten el conductor prestará los primeros auxilios a las personas
lesionadas.
- Si el conductor resulta lesionado e imposibilitado de informar de la situación, cualquier persona
o trabajador que llegue al lugar informará de lo ocurrido a Carabineros de Chile o JT, según
corresponda.
- El JT inmediatamente advertirá de la situación y enviará a señalizar el sector con conos.
Solicitará el apoyo de ambulancia y brigadas de emergencia de la empresa de transporte para
atender la emergencia.
- Un equipo mecánico evaluará si existe fugas de aceites o petróleos, las cuales serán contenidas
en forma inmediata.
- Finalmente, los datos del accidente o contingencia quedarán incorporado en un registro para
confeccionar el correspondiente informe preliminar de incidentes
- Si la situación ocurrida es en camino público, la empresa contratista deberá informar según
corresponda a Carabineros de Chile y a los servicios de emergencias.
- En caso de derrame de combustible, aceites y/o lubricantes del vehículo, se procederá a actuar
de igual manera que el punto Derrame de combustible o lubricantes de esta tabla.
- La empresa contratista deberá despejar la ruta en los caminos públicos cuando sea autorizado
por Carabineros de Chile.
- Ante un evento o situación anómala registrada durante el transporte de cualquier carga o
sustancia, se dará aviso inmediato a organismos competentes y autoridades pertinentes
conforme a la legislación vigente, una vez ocurrido el hecho, ya sea telefónicamente, por fax o
mediante un informe preliminar de incidente. Posteriormente, se enviará el informe In extenso,
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en donde se incluirán fotografías u otros elementos adicionales, un detalle de las causas, las
medidas de mitigación y/o reparación efectuadas.
Accidentes laborales y
emergencias médicas
- Ocurrida la situación de emergencia, el área afectada dará aviso de inmediato al Servicio de
Atención Médica más cercano.
- Si las condiciones de él o los afectados lo permiten, se deberán prestar los primeros auxilios
pertinentes.
- Una vez estabilizados los pacientes se procederá a su traslado a servicio de atención médica
para completar la primera atención. El traslado se deberá efectuar mediante los medios de
transporte adecuados por lo que deberá llamarse una ambulancia para ello si fuese necesario.
Incendios y eventos
naturales
En caso de ocurrencia de un amago de incendio, el personal calificado que se encuentre más cerca deberá
actuar frente a esta emergencia utilizando los elementos de protección personal que correspondan. En
este caso se deben seguir los siguientes pasos:
- Dar aviso de forma inmediato a la Brigada de Emergencia, proporcionando los antecedentes
que sean necesarios para la correcta evaluación de la situación, y si es posible contener el fuego
con extintores.
- Intentar apagar el amago de incendio utilizando el extintor portátil u otro equipo diseñado para
este propósito.
- De ser necesario se paralizarán todas las actividades de la faena.
- El personal calificado prohibirá el acceso al área de amago de incendio de todo personal que no
esté adecuadamente equipado o capacitado para manejar la situación, dirigiéndolos
preferentemente en dirección contraria al viento y hacia las zonas de seguridad establecidas.
En casos de sismos se procederá a la evacuación del personal a las Zonas de Seguridad previamente
definidas.
En casos de presentarse lluvias, vientos fuertes, truenos, etc. Que pudiesen afectar la seguridad de los
trabajos, se suspenderán todas las faenas y se procederá a la evacuación del personal.
8. PLAN DE SEGUIMIENTO
El plan de seguimiento tiene como objetivo asegurar que las variables ambientales relevantes que dieron origen al Estudio de Impacto
Ambiental evolucionan según lo establecido en la documentación que se presenta a evaluación.
Variable suelo: El plan de trabajo se ejecutará en la etapa de construcción, y consistirá en cuatro etapas:
1.- Levantamiento de Líneas de Base de suelo: Se determinará para determinar la Clase de Uso de predios a recuperar, utilizando
metodologías validadas por la autoridad competente.
2.- Propuesta de mejoramiento de suelos: Se elaborará un informe al SAG en el cual se detalle los resultados del levantamiento base de
suelo, (planteado en el punto 1) y la metodología para eliminar las limitantes identificadas en cada uno de los predios propuestos
(pedregosidad, pendiente, profundidad, drenaje).
3.- Implementación de la Medida: Una vez aprobado por el SAG la propuesta técnica de mejoramiento de suelos, se procederá a
implementar la medida.
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4.- Informes Anuales: Posterior a implementada la medida se realizarán informes anuales por parte de un especialista para monitorear
el estado de la medida durante los primeros 3 años.
9. PLAN DE CUMPLIMIENTO DE LA LEGISLACIÓN AMBIENTAL APLICABLE
El Proyecto dará cumplimiento a las normas ambientales aplicables, señalando sus formas de cumplimiento, además de indicarse los
permisos ambientales sectoriales que deberán obtenerse por el titular, entregándose el listado de antecedentes necesarios para su
aprobación por la autoridad, en esta instancia de evaluación ambiental. Los cuerpos legales vigentes que define el marco jurídico
ambiental y de operación aplicable al Proyecto son:
Norma Forma de cumplimiento
Constitución Política de la República Presentación del Estudio de Impacto Ambiental al Sistema de Evaluación de Impacto
Ambiental (SEIA), el que para su aprobación deberá ajustarte a la normativa vigente.
Ley 19.300, Ley de Bases Generales de
Medio Ambiente. Última modificación a
través de la Ley 20.473
El proyecto consiste en la construcción y operación de una planta fotovoltaica, la cual se
emplazará en la comuna de San Pedro, Región Metropolitana, por lo que corresponde a
la tipología de Centrales Generadoras de Energía que establece esta ley, y que indica que
deben someterse a evaluación ambiental a través del SEIA. El proyecto es ingresado a
evaluación ambiental como un EIA, ya que se ha constatado según los estudios
acompañados, que se presentarán los efectos, características o circunstancias señalados
en el artículo 11 de la Ley 19.300.
D.S N° 40/12 Aprueba Reglamento del
Sistema de Evaluación de Impacto
Ambiental. Ministerio de Medio
Ambiente
El proyecto consiste en la construcción y operación de una planta fotovoltaica, la cual se
emplazará en la comuna de San Pedro, por lo que corresponde a la tipología de Centrales
Generadoras de Energía que establece esta ley, y que indica que deben someterse a
evaluación ambiental a través del SEIA. El proyecto es ingresado a evaluación ambiental
como un EIA, ya que se ha constatado según los estudios acompañados, que se
presentarán los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la
Ley 19.300 y detallados en el D.S 40/12.
Normas Forma de cumplimiento
Componente: Aire
D.S N°55/94. Última
modificación a través
del Decreto 4/12 del
Ministerio de Medio
Ambiente.
D.S N°54/94 y D.S
N°211/91 MINTRATEL
En estos decretos se establecen normas de emisión máxima para los vehículos motorizados. El proyecto se
someterá íntegramente a dicha normativa y se hará aplicable a toda maquinaria y vehículo que intervenga
en su desarrollo.
D.S. N°144/61 MINSAL
D.S. N°59/98. Última
modificación a través
Para cumplir con la norma señalada, se implementarán a objeto de prevenir y controlar la generación de
emisiones a la atmósfera, las siguientes medidas:
- Los materiales de construcción susceptibles de generar emisiones de material particulado, que
se encuentren a la espera de ser utilizados, serán cubiertos.
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“Planta Fotovoltaica Santa Rosa”
Fecha: Febrero - 2016
del D.S Nº45/01
MINSEGPRES.
- Los materiales de construcción y residuos de rechazo se almacenarán en áreas protegidas de la
acción del viento.
- El transporte de materiales o insumos, se realizará en vehículos encarpados.
- Mantención de la flota de vehículos con revisión técnica al día.
D.S N°115/03
D.S N°113/03
D.S N°114/03
MINSEGPRES
D.S. N° 12/11 MMA
Para cumplir con las normas señaladas, las medidas que se adoptarán, entre otras, serán:
- Los vehículos a utilizar cumplirán con su certificado de revisión técnica al día.
- El tránsito de vehículos será a una velocidad máxima permitida de 50 Km/h, en los sectores de
obra.
- Toda maquinaria y vehículos utilizados cumplirán con la normativa de emisiones vigentes.
- Toda acumulación temporal de tierra, será menor a 1,5 m. de altura, esto para disminuir el
arrastre de material particulado por acción de vientos.
D.S N°4/94
MINTRATEL
Todos los vehículos que intervengan en las actividades del proyecto contarán con su revisión técnica al día
y se revisará la vigencia de las mantenciones recomendadas por los fabricantes. Esto se hará exigible por el
titular a las empresas contratistas a través de cláusulas contractuales. Al respecto el proyecto, utilizará
vehículos motorizados, camiones y maquinaria. En las etapas de construcción y cierre serán superiores a
las generadas en la etapa de operación en consideración a que en esta etapa las actividades son esporádicas
y en menos cantidad. Para dar cumplimiento a la norma, los vehículos utilizados, y maquinaria serán
sometidos a mantenciones periódicas.
D.S. Nº279/83 MINSAL
El proyecto para sus distintas actividades requerirá de vehículos motorizados.
Todos los vehículos que intervengan en las actividades del proyecto contarán con su revisión técnica al día
y se revisará la vigencia de las mantenciones recomendadas por los fabricantes. Esto se hará exigible por el
titular a las empresas contratistas a través de cláusulas contractuales.
D.S N°75/87
MINTRATEL
El transporte de materiales se hará con lonas o plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema, que
impida su dispersión al aire, cuando corresponda. El titular exigirá que los camiones o vehículos propios,
del contratista y de sus proveedores, que transporten materiales, deberán circular cubriendo total y
eficazmente los materiales con lonas o plásticos o con cualquier otro sistema que impida la dispersión de
polvo a la atmósfera, lo cual será revisado periódicamente. Del mismo modo se exigirá que los vehículos
que transporten líquidos o sólidos con porcentaje de humedad lo realicen en camiones 100% estancos, que
impidan el escurrimiento y posterior caída de éstos al suelo, haciéndolo exigible a las empresas contratistas
a través de cláusulas contractuales.
Decreto con Fuerza de
Ley Nº1, fija texto
refundido, coordinado
y sistematizado de la
Ley de Tránsito.
MINTRATEL.
Los vehículos motorizados deberán estar equipados, ajustados o carburados de modo que el motor no
emita materiales o gases contaminantes en un índice superior a los permitidos. Todos los vehículos
relacionados con el proyecto tendrán su revisión técnica al día y se les harán mantenimientos regulares. Se
impedirá el paso a las instalaciones del proyecto a todo vehículo que no cuente con su revisión técnica
vigente. Lo anterior se exigirá bajo cláusulas contractuales con las empresas contratistas a cargo de las
faenas de construcción y cierre. De igual manera se exigirá a las camionetas encargadas del transporte de
personal durante la fase de operación del proyecto.
D.S. 138/03 MINSAL
El proyecto contará con un grupo electrógeno debidamente insonorizado. Se dará cumplimiento a la norma
y si la potencia de los equipos electrógenos llegase a ser superior a lo establecido en la presente norma, se
efectuarán las declaraciones de emisiones correspondientes en la página web del MMA.
Componente: ruido
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“Planta Fotovoltaica Santa Rosa”
Fecha: Febrero - 2016
D.S N°38/11 MMA
La zona en la que se prevé se instalará la planta, se encuentra alejada de edificios y viviendas habitadas.
Por esta razón y teniendo en cuenta la atenuación del ruido con la distancia y la implantación de una barrera
acústica (Estudio acústico) no es previsible que se produzcan molestias por esta causa a la comunidad. En
cuanto al ruido generado por maquinarias en contacto directo con los trabajadores, se procurará atenuar
las condiciones de exposición a ruidos continuos, disponiendo la entrega del equipo de seguridad apropiado
a cada trabajador o cualquier persona que visite las obras, tal como lo indica el Plan de prevención de
contingencias y emergencias (Capítulo 9 del presente EIA).
D.S. N°594/99 MINSAL
En cuanto al proyecto, durante la etapa de construcción, será la que concentre mayor número de
trabajadores. La zona en la que se prevé se instalará la planta, se encuentra alejada de edificios y viviendas
habitadas. Por esta razón y teniendo en cuenta la atenuación del ruido con la distancia y la implantación
de una barrera acústica (Estudio acústico) no es previsible que se produzcan molestias por esta causa a la
comunidad. Además, para minimizar el ruido generado por maquinarias en contacto directo con los
trabajadores, se procurará atenuar las condiciones de exposición a ruidos continuos, disponiendo la
entrega del equipo de seguridad apropiado a cada trabajador o cualquier persona que visite las obras, tal
como lo indica el Plan de prevención de contingencias y emergencias. Durante la etapa de operación, los
niveles de ruido tampoco superarán la normativa, y en la etapa de cierre, se tomarán las mismas medidas
que para la etapa de construcción del proyecto.
Decreto con Fuerza de
Ley Nº1, fija texto
refundido, coordinado
y sistematizado de la
Ley de Tránsito.
MINTRATEL.
Esta ley prohíbe en las zonas urbanas el uso de cualquier aparato sonoro de que pueda estar provisto el
vehículo y en las zonas rurales permite su uso sólo en caso necesario. Se dará cumplimiento a la norma,
indicándose a los trabajadores el correcto uso de las bocinas de los vehículos, o de cualquier aparato
sonoro, además de velar por su correcto funcionamiento.
Componente: Vialidad y transporte
D.F.L N°850/97. Fija el
Texto Refundido,
Coordinado y
Sistematizado de la
Ley Nº15.840, de 1964
y del D.F.L. Nº 206, de
1960. MOP
Para el traslado de insumos, maquinaria, equipos, personal y material, el proyecto considerará la utilización
de caminos de servicio, que conectarán las instalaciones de faenas a la vialidad pública. Los vehículos
utilizados para este fin, por regla general no superarán el peso máximo permitido, a excepción del
transporte del transformador de potencia. Se solicitará a la Dirección de Vialidad los permisos
correspondientes para los atraviesos públicos, a través de documento que contendrá como mínimo una
memoria explicativa del proyecto, especificaciones técnicas, diseño geométrico que se regirá por la
normativa vigente de Atraviesos y Paralelismos en caminos públicos.
Decreto con Fuerza de
Ley Nº1, fija texto
refundido, coordinado
y sistematizado de la
Ley de Tránsito.
Los vehículos a utilizarse durante la vida del proyecto no superarán el peso máximo permitido por la norma.
Si ocurriese una situación excepcional, esta será informada con antelación a Carabineros de Chile y a la
Dirección de Vialidad correspondiente. En cuanto a los conductores, deberán contar con su documentación
al día, además de cualquier permiso que eventualmente pudiera requerirse.
D.S. Nº1.665/2003
MOP
En caso que sea indispensable para realizar el transporte de maquinarias u otras especies que excedan los
pesos máximos admisibles, se solicitará autorización a la Dirección de Vialidad (Director Nacional), en los
términos que establece la norma.
D.S. Nº158/1980 MOP En relación con el proyecto, se requerirán actividades de transporte de materiales de construcción,
estructuras, equipos y otros. El titular exigirá a sus contratistas que cumplan con el peso máximo de los
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Fecha: Febrero - 2016
vehículos que pueden circular por vías urbanas. En caso que sea indispensable para realizar el transporte
de maquinarias u otras especies que excedan los máximos admisibles, se solicitará autorización a la
Dirección de Vialidad, en los términos que establece la norma.
Resolución Nº1/1995
MINTRATEL
Los vehículos a utilizar para el transporte de materiales a la obra para la construcción de las distintas
estructuras, tendrán los permisos de circulación al día, así como también, no sobrepasarán las dimensiones
de la calzada (no existirán vehículos con sobredimensionado) ni el peso máximo establecido por la
legislación vigente. Los camiones a utilizar se ajustarán a las dimensiones límite establecidas. En el caso que
sea necesario transportar equipos que por su tamaño impliquen el exceso de las medidas señaladas, se
solicitará la autorización correspondiente a la Dirección de Vialidad.
D.S N°75/87
MINTRATEL
En el caso de los camiones de transporte de materiales, cuando sea necesario de implementarán las
medidas para evitar la dispersión de tales residuos o materiales al aire, siendo cubiertos con lona u otro
sistema que impida la dispersión de polvo a la atmósfera, lo cual será revisado periódicamente.
Componente: Residuos
D.F.L N°725/67.
Código Sanitario.
El titular ha presentado los antecedentes necesarios para que sean aprobados, en esta instancia, los
diferentes permisos referentes a residuos. Una vez obtenida la RCA favorable, corresponderá al titular la
tramitación sectorial correspondiente.
D.S N°594/99 MINSAL
Durante la vida del proyecto se generarán residuos líquidos domiciliarios (aguas servidas), residuos
domiciliarios, residuos sólidos inertes, residuos industriales no peligrosos y residuos peligrosos, por lo que
se cumplirá con lo dispuesto en el Reglamento, tomando las medidas necesarias para su acumulación y
posterior retiro. En cuanto a la disposición final de los residuos, una empresa que cuente con autorización
sanitaria deberá realizar el retiro, transporte y disposición final. El titular del proyecto, velará que los
procesos en cualquiera de sus etapas (almacenamiento, transporte y disposición final), cumplan con la
normativa vigente, y llevará un registro de las gestiones realizadas. Se presenta durante el proceso de
evaluación los correspondientes PAS 138, 140 y 142, los cuales serán tramitados de forma sectorial antes
del inicio de las obras.
D.S. Nº148/2003
MINSAL
Durante la ejecución del proyecto, se generarán aceites, lubricantes y otros residuos menores considerados
como peligrosos, por lo que se dará cumplimiento a la normativa señalada. Los residuos peligrosos serán
enviados y almacenados en la bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos cuyas
características se presentan en mayor detalle en el capítulo de Descripción del proyecto y en los
antecedentes presentados sobre el PAS 142.
D.S Nº 1/13 Aprueba
MMA
El titular cumplirá con su obligación de declarar los residuos en el sistema en línea de la ventanilla única,
http://vu.mma.gob.cl, SINADER.
D.F.L. N°1/90 MINSAL
En relación con el proyecto, durante sus etapas, se generarán diferentes tipos de residuos: residuos sólidos
domésticos, residuos industriales no peligrosos y residuos inertes, los cuales serán almacenados en las
instalaciones del proyecto, para posteriormente ser llevados a un sitio de disposición final. En este sentido,
el proyecto Planta Fotovoltaica Santa Rosa, requerirá el otorgamiento del Permiso Ambiental Sectorial
contenido en el artículo 140 del Reglamento del SEIA. El titular presentó los Antecedentes necesarios para
la obtención del Permiso Ambiental Sectorial señalado en el artículo 140 del Reglamento SEIA.
Componente: Sustancias peligrosas
D.S N° 78/09 MINSAL Durante la vida del proyecto se utilizarán algunas sustancias peligrosas como aceite de motor, grasa
lubricante, entre otras, por lo que estas sustancias serán almacenadas en obra en un sector especialmente
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habilitado para ello. Según el estimado de sustancias a almacenar no será necesaria la Autorización
Sanitaria.
Componente: Condiciones sanitarias en los lugares de trabajo
D.S. N°594. MINSAL
El proyecto contará con todas las condiciones sanitarias y ambientales que debe cumplir un lugar de
trabajo, además de cualquiera otra condición o medida que resguarde la integridad física de los
trabajadores.
NCh 409 Of.84
Esta norma establece los requerimientos de calidad que debe tener el agua potable (físicos, químicos,
radioactivos y bacteriológicos). El proyecto contará con agua potable para consumo humano y para la
higiene de los trabajadores. El agua será abastecida por empresa autorizada, velando el titular por el
cumplimiento de la norma.
Componente: Arqueología
Ley N°17.288/1970,
Ministerio de
Educación.
En caso de detectarse durante la construcción del proyecto nuevos hallazgos arqueológicos o
patrimoniales, y en conformidad a la ley nº 17.288 de Monumentos Nacionales, obligatoriamente se dará
aviso a Carabinaros de Chile y al Consejo de Monumentos Nacionales y se detendrán las obras en los
sectores afectados. El titular ejecutará como medida de manejo ambiental el monitoreo arqueológico en
la etapa de movimiento de tierra durante la construcción, asociada a ellas, charlas con esta temática de
información y conservación a los trabajadores.
Componente: Fauna
Ley Nº 19.473/96
MINAGRI
En el área en que se emplazará el proyecto, se detectó la presencia de ciertas especies de las protege la Ley
de Caza y su Reglamento, motivo por el cual se ejecutará un Plan de Rescate y Relocalización de Especies
de fauna. Se propone como medida de manejo ambiental el rescate y relocalización de las especies, técnica
recomendada por el documento del SAG (2012) Medidas de Mitigación de Impactos Ambientales en Fauna
Silvestre para proyectos areales. El procedimiento se detalla en el Permiso Ambiental Sectorial 146.
D.S. 5/98 MINAGRI
En el área en que se emplazará el proyecto, se detectó la presencia de ciertas especies de las protege la Ley
de Caza y su Reglamento, motivo por el cual se ejecutará un Plan de Rescate y Relocalización de Especies
de fauna. Se propone como medida de manejo ambiental el rescate y relocalización de las especies, técnica
recomendada por el documento del SAG (2012) Medidas de Mitigación de Impactos Ambientales en Fauna
Silvestre para proyectos areales. El procedimiento se detalla en el Permiso Ambiental Sectorial 146.
Componente: suelo
D.L Nº 3.557/81
MINAGRI
El proyecto no contempla ninguna actividad que pueda impactar la agricultura. Por otro lado, todos los
residuos líquidos o sólidos que se generen durante la etapa de construcción, serán dispuestos en lugares
adecuados, como se ha indicado en este capítulo, u otros eliminados definitivamente por empresas
autorizadas para realizar dicha acción y contratadas por el titular para tal efecto, velando por su
cumplimiento. Sin perjuicio de lo anterior se considera que se presentarán efectos adversos significativos
sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables (suelo) como consecuencia del
emplazamiento del proyecto, de sus partes, obras o acciones, según lo detallado en la LDB de Suelo.
DFL 458/75 MINVU
Esta norma establece en su artículo 55 que se debe solicitar el cambio de uso de suelo en aquellos terrenos
de uso agrícola donde se quieran emplazar obras permanentes, por lo que el presente plan de
cumplimiento de legislación, contiene los antecedentes necesarios para posterior a la RCA favorable,
realizar la tramitación del PAS 160.
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Fecha: Febrero - 2016
Componente: Agua
Decreto Supremo
Nº446/06 Declara
Normas Oficiales de la
República de Chile la
NCh 409/1. Of2005
Agua Potable-Parte 1:
Requisitos, y NCh
409/2. Of2004 Agua
Potable-Parte 2:
Muestreo. MINSAL
Esta norma establece la normativa a cumplir para el agua potable, respecto de 26 parámetros físicos,
químicos y biológicos.
Para el consumo de los trabajadores, se contará con agua envasada, obtenida de los proveedores locales.
El agua potable para el resto de actividades (no consumida), se proveerá por empresa sanitaria de la región,
mediante camiones aljibe, la que se obtendrá por empresa autorizada para su distribución.
N°594/99. MINSAL
El proyecto contará con agua disponible para consumo humano, en una dotación de agua será de 100 litros
personas/día. Para el consumo de los trabajadores, se contará con agua envasada, el agua destinada a
necesidades básicas de higiene y aseo personal, de uso individual o colectivo, será abastecida mediante
camiones aljibe por una empresa que cuente con las autorizaciones para su distribución. Los
requerimientos en cuanto a la calidad del agua, serán de cargo de la empresa encargada de su entrega, sin
embargo el titular será responsable de verificar que dicha empresa cuenta con las autorizaciones necesarias
para trabajar.
D.F.L N°725. Código
Sanitario.
El titular dará cumplimiento a lo señalado, de la forma que se ha señalado en las normas anteriores
referidas al componente agua.
D.S N°735/69 MINSAL.
El titular velará porque la empresa distribuidora del agua destinada al consumo humano, con la que se
trabajará cuente con los permisos y autorizaciones necesarias, así como de cualquier otro requisito
necesario que tenga por fin resguardar la salud y medio ambiente involucrado.
Componente: Electricidad y combustibles
D.F.L. Nº 4/07 Fija
texto refundido,
coordinado y
sistematizado del
Decreto con Fuerza de
Ley Nº1/82 del
Ministerio de Minería.
Ministerio de
Economía, Fomento y
Reconstrucción.
El titular se encargará de mantener las instalaciones del proyecto, en conformidad con las prescripciones
que establece la ley y las demás normativa técnica aplicable a dichas instalaciones, de manera de proteger
la seguridad de las personas, medio ambiente y bienes. Además informará oportunamente a la
Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) la puesta en servicio de las obras del proyecto.
Nch Eléctrica 4/2003.
Electricidad,
instalaciones
interiores de baja
tensión.
El proyecto respetará en cada una de las condiciones que establecen las normas de seguridad para las
instalaciones del proyecto. En el capítulo de descripción del proyecto, se detallan las características que
tendrán las diferentes instalaciones.
NSEG 6. E.n. 71 de la
Superintendencia de
En relación al proyecto, de presentarse, se dará cumplimiento a lo ordenado por la norma.
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“Planta Fotovoltaica Santa Rosa”
Fecha: Febrero - 2016
Electricidad y
Combustibles; sobre
Cruce y Paralelismo de
Líneas Eléctricas.
NSEG 5 E.n. 71 de la
Superintendencia de
Electricidad y
Combustibles; sobre
Instalaciones Eléctricas
de Corrientes Fuertes.
El diseño y construcción de la línea de conexión cumplirá con las indicaciones que estipula la citada norma.
Asimismo, todas las instalaciones de casetas y lugares que alberguen equipos eléctricos cumplirán a
cabalidad con la normativa vigente.
D.S. Nº327/1997 del
Ministerio de Minería.
Reglamento de la Ley
General de Servicios
Eléctricos.
Respecto del proyecto, su titular entregará las especificaciones técnicas de la línea de tendido eléctrico
durante todas sus etapas, rigiéndose por el presente reglamento. Además, velará por el normal
funcionamiento de las instalaciones y por la seguridad de las personas y el medio ambiente, utilizando solo
personal debidamente calificado y autorizado. El titular dará cumplimiento a estas disposiciones y demás
normas sectoriales aplicables solicitando los permisos, autorizaciones y cumpliendo los requisitos que
corresponde en cada caso, considera la construcción y operación de una planta fotovoltaica, que le
permitirá inyectar energía limpia al Sistema Interconectado Central.
De acuerdo a la normativa ambiental y aplicable al Proyecto, se han identificado los siguientes permisos ambientales sectoriales que
aplican al presente Estudio:
Permiso
Ambiental
Sectorial
Descripción Contenido técnicos y formales
Artículo 138 del
Reglamento del
SEIA
Permiso para la construcción,
reparación, modificación y
ampliación de cualquier obra pública
o particular destinada a la
evacuación, tratamiento o
disposición final de desagües, aguas
servidas de cualquier naturaleza.
a) Descripción del sistema de recolección y/o tratamiento. b) Plano de
localización del área de recolección y de la planta de tratamiento de
aguas servidas. c) Generación de aguas servidas. d) Características físico
– químicas de las aguas servidas. e) Descripción del sistema de
tratamiento de aguas servidas.
f) Descripción de la forma de disposición final del efluente tratado,
según corresponda. g) Indicación del período de retorno considerado
para el diseño de los desagües de aguas lluvia. h) Descripción del sistema
de tratamiento de aguas servidas y disposición, de tratarse de una fosa
séptica. i) Descripción general de la generación y manejo de lodos. j)
Programa de monitoreo. k) Plan de contingencias. l) Plan de emergencia.
Artículo 140 del
Reglamento del
SEIA
Permiso para la construcción,
reparación, modificación y
ampliación de cualquier planta de
tratamiento de basuras y
desperdicios de cualquier clase o
para la instalación de todo lugar
a) Generales:
a.1. Descripción y planos del sitio. a.2. Descripción de variables
meteorológicas relevantes. a.3. Estimación y caracterización cualitativa
y cuantitativa de los residuos a tratar. a.4. Diseño de la planta de
tratamiento que incluya diagrama de flujo y las unidades y
equipamiento. a.5. Formas de abatimiento de emisiones y de control y
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destinado a la acumulación,
selección, industrialización, comercio
o disposición final de basuras y
desperdicios de cualquier clase.
manejo de residuos. a.6. Descripción del sistema de manejo de rechazos.
a.7. Plan de verificación y seguimiento de los residuos a ser tratados y
rechazados. a.8. Plan de contingencias. a.9. Plan de emergencia.
b) Tratándose de una estación de transferencia, además de lo señalado
precedentemente:
b.1 Descripción del sistema de carga y descarga de residuos. b.2. Plan de
medición y monitoreo de emisiones gaseosas. b.3. Diseño del sistema
de captación, conducción y manejo de líquidos lixiviados y de cualquier
otro residuo líquido que se genere. b.4. Descripción y diseño de zona de
almacenamiento transitorio de residuos, si se contempla.
c) Tratándose de plantas de manejo de residuos orgánicos, además de
lo señalado en las letras desde a.1) hasta a.9):
c.1. Descripción del sistema perimetral de intercepción y evacuación de
escorrentías superficiales. c.2. Descripción del sistema de recolección y
evacuación de las aguas que precipiten sobre la planta. c.3. Descripción
del sistema de monitoreo de la calidad del agua subterránea. c.4.
Programa de control de parámetros críticos de la operación de la planta.
e) Tratándose de almacenamiento de residuos, además de lo señalado
en las letras desde a.1) hasta a.9):
e.1. Especificaciones técnicas de las características constructivas del sitio
de almacenamiento y medidas de protección de condiciones
ambientales. e.2. Capacidad máxima de almacenamiento. e.3.
Descripción del tipo de almacenamiento, tales como a granel o en
contenedores.
Artículo 142 del
Reglamento del
SEIA
Permiso para todo sitio destinado al
almacenamiento de residuos
peligrosos.
a) Descripción del sitio de almacenamiento. b) Especificaciones técnicas
de las características constructivas del sitio de almacenamiento y
medidas de protección de condiciones ambientales. c) Clase de residuos,
cantidades, capacidad máxima y período de almacenamiento. d)
Medidas para minimizar cualquier mecanismo que pueda afectar la
calidad del agua, aire, suelo que ponga en riesgo la salud de la población.
e) Capacidad de retención de escurrimientos o derrames del sitio de
almacenamiento. f) Plan de contingencias. g) Plan de emergencia.
Artículo 146 del
Reglamento del
SEIA
Permiso para la caza o captura de
ejemplares de animales de especies
protegidas para fines de
investigación, para el
establecimiento de centros de
reproducción o criaderos y para la
utilización sustentable del recurso.
Caza o captura para fines de investigación, se presentará un proyecto de
investigación científica que contendrá:
a.1. Descripción del proyecto. a.2. Especies, sexo y número de
ejemplares estimados a cazar o capturar.a.3 Estado de las poblaciones a
intervenir. a.4 Metodologías de caza, captura y manejo. a.5 Lugar de
captura y de destino de los animales. a.6 Condiciones de transporte e
instalaciones de cautiverio. a.7 Cronograma de actividades a realizar y
período por el que se solicita el permiso
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“Planta Fotovoltaica Santa Rosa”
Fecha: Febrero - 2016
Artículo 148 del
Reglamento del
SEIA
Permiso para corta de bosque nativo.
El permiso para corta de bosque
nativo, cuya corta o explotación sea
necesaria para la ejecución de
cualquier proyecto o actividad de las
señaladas en el artículo 3 del
presente Reglamento, con excepción
de los proyectos a que se refiere el
literal m.1, será el establecido en el
artículo 5º de la Ley Nº 20.283 sobre
recuperación del bosque nativo y
fomento forestal.
a) Antecedentes del o los predios objeto de intervención. b) Descripción
de las obras asociadas a la intervención. c) Descripción del área y
especies a intervenir. d) Condiciones de la reforestación o regeneración.
e) Medidas de protección. f) Cartografía georreferenciada.
Artículo 160 del
Reglamento del
SEIA
Permiso para subdividir y urbanizar
terrenos rurales o para
construcciones fuera de los límites
urbanos.
b) Permiso de construcción:
b.1) Destino de la Edificación. b.2) Plano de ubicación, que señale la
posición relativa del predio respecto de los terrenos colindantes y del
espacio público. b.3) Plano de emplazamiento de las edificaciones. b.4)
Plantas de arquitectura esquemáticas y siluetas de las elevaciones que
ilustren los puntos más salientes, su altura, número de pisos y la línea
correspondiente al suelo natural. b.5) Caracterización del suelo
10. COMPROMISOS AMBIENTALES VOLUNTARIOS
A continuación, se mencionan los compromisos voluntarios adquiridos por el Titular en el Proyecto “Planta fotovoltaica Santa Rosa”,
donde también se especifica la etapa en la cual se implementarán y los indicadores de cumplimiento:
Nombre Lugar/momento/duración Indicadores de cumplimiento
Monitoreo arqueológico Etapa de construcción Informes mensuales durante la etapa de construcción
Rescate y relocalización de
reptiles Etapa Construcción
3 informes al SAG: Primer informe al día 10, segundo
informe al día 30 y tercer informe al día 70.
Medidas de control de emisiones
atmosféricas Etapa Construcción y cierre
Registro en obra de la realización de la medida,
cuando aplique, indicando fecha, encargado y
registro fotográfico.
Medidas de control de emisiones
acústicas Etapa Construcción y cierre
Registro en obra de la realización de la medida,
cuando aplique, indicando fecha, encargado y
registro fotográfico.