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GOBIERNO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL GOBIERNO Y MUNICIPIOS DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA COMITE DE ADQUISICIONES DEL ISSSTECALI CONVOCATORIA A LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. LPN-ISSSTECALI/02/2008 “SUMINISTRO DE MEDICAMENTOS GENERICOS INTERCAMBIABLES AUTORIZADOS POR LA S.S.A. Y PRODUCTOS FARMACEUTICOS GENERICOS DE MARCA PARA UNIDADES MEDICAS DE ISSSTECALI REMESA 2009” BASES DE LICITACION Página 1 de 76

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INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL GOBIERNO Y MUNICIPIOS DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA

COMITE DE ADQUISICIONES DEL ISSSTECALI

CONVOCATORIA ALICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. LPN-ISSSTECALI/02/2008

“SUMINISTRO DE MEDICAMENTOS GENERICOS INTERCAMBIABLES AUTORIZADOS POR LA S.S.A.

Y PRODUCTOS FARMACEUTICOS GENERICOS DE MARCA PARA UNIDADES MEDICAS

DE ISSSTECALI REMESA 2009”

BASES DE LICITACION

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INDICEBASES DE LICITACION

SECCIÓN I INFORMACIÓN GENERAL.

SECCIÓN II REQUISITOS DE LA LICITACIÓN.

“ANEXO 1” Formato de Oferta Técnica

“ANEXO 2” Formato de Carta de Apoyo del Laboratorio Fabricante y aceptación de visita del Subcomité de Calidad de Medicamentos de ISSSTECALI.

“ANEXO 3” Formatos de Manifiesto Conjunto de Nacionalidad, Grado de Contenido Nacional de los Productos Ofertados y Manifiesto Conjunto de Licencias Sanitarias, Avisos de Funcionamiento y Registros Sanitarios.

“ANEXO 4” Formato de Manifestación de Facultades para suscribir la propuesta.

“ANEXO 5” Formato de Declaraciones

“ANEXO 6” Formato de Oferta Económica

“ANEXO 7” Formato de Entrega de Sobres

“ANEXO 8” CD conteniendo

Especificaciones Técnicas con Máximos y Mínimos

Formatos de Anexos del 1 al 8 de las bases de licitación.

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SECCIÓN IINFORMACIÓN GENERAL

1.1 DESCRIPCIÓN GENERAL DEL SUMINISTRO

"SUMINISTRO DE MEDICAMENTOS GENERICOS INTERCAMBIABLES AUTORIZADOS POR LA S.S.A. Y PRODUCTOS FARMACEUTICOS GENERICOS DE MARCA PARA UNIDADES MEDICAS DE ISSSTECALI REMESA 2009”, según especificaciones técnicas, de éstas bases de licitación de conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios para el Estado de Baja California, así como su Reglamento.

Para efectos de estas Bases, “EL INSTITUTO” es “EL ISSSTECALI” y “LA EMPRESA” es “EL LICITANTE”; para efectos contractuales son “EL ISSSTECALI” y “EL PRESTADOR”, respectivamente.

1.2 LUGAR Y CONDICIONES DE ENTREGA, PATENTES, MARCAS Y DERECHOS DE AUTOR Y SUMINISTRO MINIMO● LUGAR DE ENTREGA

Los medicamentos objeto de esta CONTRATACION serán entregados en: ALMACEN GENERAL del ISSSTECALI, Ubicado en Ave. Tapiceros #2098, Col. Libertad, Mexicali, B.C. de 8:30 a 15:00 Horas, C.P. 21020, con excepción de las PARTIDAS 4 a la 19, las cuales adicionalmente serán entregados directamente en las ubicaciones de las UNIDADES MEDICAS DE ISSSTECALI, solicitantes en el estado de Baja California, en horario de 8:30 a 15:00 Horas.

“EL PRESTADOR” estará obligado a entregar los bienes objeto del contrato, dentro del Estado de Baja California en el lugar antes mencionado, quedando bajo su responsabilidad, pago de aranceles y de impuestos necesarios para la entrega de los bienes. Los bienes objeto del contrato deberán entregarse en territorio nacional, en la dirección señalada en el párrafo anterior, así mismo será responsabilidad del PRESTADOR realizar todos los trámites de importación de los bienes a suministrar al ISSSTECALI así como el pago de los impuestos y derechos que se generen.

Así mismo “EL PRESTADOR” deberá garantizar la Red fría de los productos. En el entendido de que ISSSTECALI podrá en todo momento verificar que el PRESTADOR aplique un manejo adecuado de la red fría en los Medicamentos a suministrar al ISSSTECALI.

En apego a lo dispuesto en Articulo 28 Fracción XI de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios para el Estado de Baja California.

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● CONDICIONES DE ENTREGA

La transportación de los bienes, las maniobras de carga y descarga en el andén del lugar serán a cargo del PRESTADOR, así como el aseguramiento de los bienes, hasta que estos sean recibidos de conformidad por “EL ISSSTECALI”.

Adicionalmente en el caso de Medicamentos Especiales, “EL PRESTADOR” deberá garantizar la Red fría de los productos, hasta que sean recibidos a entera satisfacción en las ubicaciones de las Unidades Medicas de ISSSTECALI solicitantes.

Todos los bienes que entregue “EL PRESTADOR” deberán contener el Código de barras UPC-A, UPC-E, EAN-13, o EAN-A8, de acuerdo a las normas internacionales de codificación, el que no deberá de modificarse durante la vigencia del contrato.

Los medicamentos que se entreguen deberán apegarse estrictamente a las especificaciones, descripciones, presentaciones y demás características que se indican en el PUNTO 3 DE LA SECCION II y “ANEXO 8” de las presentes bases, a las Normas Oficiales, disposiciones legales, reglamentarias y administrativas que emita la autoridad competente, así como aquellas emitidas por el Consejo de Salubridad General.

“EL PRESTADOR” deberá entregar junto con los bienes: copia de la orden de compra, o del listado conteniendo dichas ordenes de compra, remisión en la que indique el número de lote, fecha de caducidad, número de piezas y descripción de los bienes, además copia del programa de entrega.

● PATENTES, MARCAS Y DERECHOS DE AUTOR:

Los licitantes a quienes se les adjudiquen los contratos, asumirán la responsabilidad total para el caso en que al suministrar los bienes objeto del contrato, infrinjan patentes, marcas o violen derechos de autor, liberando a ISSSTECALI de toda responsabilidad de carácter civil, mercantil, penal o administrativa, que en su caso se ocasione derivado de la infracción de derechos de autor, patentes, marcas u otros derechos a nivel nacional o internacional, a través de la presentación del documento requerido en el PUNTO 8.1, INCISO H, DE LA SECCIÓN II de las presentes bases de licitación.

● SUMINISTRO MINIMO:

En el entendido de que “EL ISSSTECALI”, se compromete con “EL PRESTADOR” a adquirirle el límite Mínimo de medicamento indicado en el “ANEXO 8” de estas bases de licitación. Sin embargo en caso de requerirse por “EL ISSSTECALI”, la adquisición del medicamento hasta el límite máximo, “EL PRESTADOR” se compromete a suministrar el medicamento hasta dicho límite, en los mismos términos indicados en las bases de licitación. Por lo cual “EL PRESTADOR” deberá prever dicho excedente. En el Entendido de que la cantidad de medicamento adicional a los límites máximos establecidos en el “ANEXO 8” de las presentes bases de licitación, que “EL ISSSTECALI” requiera

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no podrá exceder del límite establecido en el PUNTO 32 DE LA SECCIÓN II de las presentes bases de Licitación Pública Nacional.

1.3 FORMA DE ENTREGA E IDENTIFICACION DE LOS BIENES

Los bienes serán entregados conforme a las necesidades de las Unidades médicas, durante el periodo de contrato; esto mediante la elaboración de requisiciones enviadas al Almacén General, el cual a su vez enviara una requisición concentrando la relación de bienes al Departamento de Compras, mismo que elaborará orden de compra al PRESTADOR.

Las entregas de los bienes objeto del contrato se realizaran por clave completa, siendo facultad potestativa del ISSSTECALI la aceptación o rechazo de 1 (UNA) entrega parcial por clave, previa solicitud por escrito del PRESTADOR en la cual señale los motivos que ocasionan la entrega parcial e incumplimiento de los tiempos y forma de entrega estipulados en el contrato. En el entendido de que “EL ISSSTECALI” procederá a la subrogación por el remanente de los bienes no suministrados en tiempo y forma en la clave respectiva, de conformidad con lo dispuesto en el PUNTO 31 DE LA SECCIÓN II de las presentes bases de licitación.

IMPORTANTE: Los bienes serán entregados en su empaque, caja o pieza original según corresponda, los cuales no deberán contener el precio de venta.

El empaque deberá contener impresa la caducidad del producto, la cual no podrá ser menor de 12 meses contados a partir de la fecha de la recepción del producto en el Almacén General o Unidades Médicas del ISSSTECALI en MEDICAMENTOS GENERALES Y ESPECIALES.

Así mismo se podrá aceptar una caducidad de hasta 09 meses contados a partir de la fecha de la recepción del producto en el Almacén General del ISSSTECALI, solo en aquellos casos que se presente en MEDICAMENTO ESPECIAL y siempre y cuando el prestador otorgue una carta compromiso mediante la cual se obliga a efectuar el canje del 100% de las piezas suministradas que hayan caducado.

LOS MEDICAMENTOS GENÉRICOS INTERCAMBIABLES AUTORIZADOS POR LA SECRETARIA DE SALUBRIDAD Y ASISTENCIA QUE SERAN SUMINISTRADOS AL ISSSTECALI DEBERÁN SER EN EMPAQUE COMERCIAL, EN EL ENTENDIDO DE QUE NO SE ACEPTARAN OFERTAS NI ENTREGAS DE MEDICAMENTO EN EMPAQUE DE SECTOR SALUD A EXCEPCION DE LAS SIGUIENTES PARTIDAS 34, 105, 367, 368, 397, 398, 399, 400, 401, 402, 439, 440, 460, 496, 497, 510, Y 518 .

El precio de los bienes entregados deberá ser cubierto por “EL PRESTADOR” por medio de una etiqueta adhesiva con las siglas “ISSSTECALI”, la cual al momento de despegarse, deberá desprender al mismo tiempo el precio marcado. Exceptuándose a los productos con cubierta de protección esterilizados y cuyo precio se indique en el interior.

Los medicamentos Genéricos intercambiables autorizados por la S.S.A., deberán ser entregados en EMPAQUE COMERCIAL, con impresión de la simbología G.I.

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Los envases y empaques de los medicamentos deberán identificarse de acuerdo a lo establecido en la Ley General de Salud y sus Reglamentos, Comisión Federal Para la Protección Contra Riesgos Sanitarios y Normas Oficiales Mexicanas Aplicables.

Los empaques indicarán además de lo establecido en la Ley General de Salud, el número de Lote, fecha de caducidad, cantidad, razón social y domicilio del fabricante, el número de registro otorgado por la S.S.A. y otras características del producto que “EL PRESTADOR” considere importante para la identificación respectiva, previa autorización del ISSSTECALI.

“EL PRESTADOR” dará cumplimiento en la entrega de los bienes a las disposiciones establecidas en la NOM-072-SSA1-1993 “ETIQUETADO DE MEDICAMENTOS”, publicada en el diario Oficial de la Federación el 10 de abril del 2000, además de lo establecido en estas bases de licitación.

“EL PRESTADOR” al momento de la entrega de los productos en el Almacén General del ISSSTECALI, deberá presentar Certificados Analíticos expedidos por la Dirección General de Medicamentos y Tecnología para la Salud, anteriormente Dirección General de Insumos para la Salud de la Secretaria de Salud o por autoridad competente para ello.

En el supuesto de que se presente medicamento sin las especificaciones antes mencionadas, el mismo NO SERÁ RECIBIDO por el ALMACÉN GENERAL DEL ISSSTECALI Y UNIDADES MÉDICAS CORRESPONDIENTES.

1.4 PLAZO DE ENTREGAS Y RECEPCION

● PLAZO DE ENTREGAS

MEDICAMENTO :

El suministro de los bienes objeto de esta licitación deberá realizarse en un plazo máximo 20 (VEINTE) días naturales posteriores a la entrega de la requisición de Compra elaborada por el Departamento de Compras.

RECEPCION DE ORDEN DE COMPRA POR EL PRESTADOR

La orden de compra deberá ser recibida en las instalaciones del departamento de compras del instituto, ubicadas en Ave. Tapiceros No. 2096, Col. Libertad, Mexicali, Baja California, una vez que se notifique al prestador en un plazo máximo de 3 días hábiles contados a partir de la fecha en que el prestador sea notificado por parte del Issstecali.

La notificación será por correo electrónico o por fax preferentemente, recibiendo por los mismos medios la confirmación del aviso de notificación.

En los casos de que los prestadores no cuenten con representante o apoderado legal para ser notificado en la ciudad o región, que pueda apersonarse en las instalaciones del departamento de compras, la orden de compra será enviada por correo electrónico o fax a quien tenga poder legal para ser notificado, debiendo remitir por cualquiera de los medios mencionados la orden de compra enviadas con la fecha de recepción, así como nombre completo y firma del representante o

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apoderado legal que haya recibido la orden de compra, adicionalmente deberá contar preferentemente con el sello de la empresa.

En los casos en que la orden de compra no sea debidamente recibida por el prestador, habiendo sido previamente notificados, se considerara que el plazo para el suministro de los bienes objeto de esta licitación, comienza a transcurrir a partir del cuarto día hábil posterior a la fecha de notificación de la expedición de orden de compra a favor del prestador.

● RECEPCION:

Una vez trascurridos los 20 (VEINTE) días naturales en MEDICAMENTO, establecidos en el contrato para el suministro de los bienes por parte del PRESTADOR, será facultad potestativa del ISSSTECALI la aceptación o rechazo de los mismos. En caso de rechazo por “EL ISSSTECALI” se tendrá por cancelada la Orden de Compra o requisición.

En el entendido de que se podrá proceder por parte del ISSSTECALI a la subrogación de los bienes con el proveedor o sitio que para tal efecto designe “EL ISSSTECALI”, a partir del día 21 natural posterior a la entrega de la requisición de compra elaborada por “EL ISSSTECALI” para MEDICAMENTO.

Adicionalmente, las penas convencionales se aplicaran en los porcentajes establecidos en el PUNTO 31 DE LA SECCIÓN II de estas Bases de Licitación, contados a partir del día 21 natural, posterior a la entrega de la requisición de compra elaborada por “EL ISSSTECALI y hasta la fecha de recepción de los bienes requeridos en la Orden de Compra o Requisición Original en el Almacén General o Unidades Medicas del ISSSTECALI según corresponda; o en su defecto la Orden de Compra generada por subrogación como consecuencia del incumplimiento en los tiempos de entrega por “EL PRESTADOR”. En el supuesto de que “EL ISSSTECALI” proceda a la adquisición de los bienes a través de subrogación por el incumplimiento del PRESTADOR en los tiempos y forma de entrega de los bienes, “EL PRESTADOR” deberá cubrir el pago de las penas convencionales establecidas en el PUNTO 31 DE LA SECCIÓN II de estas bases de licitación, así como el costo total de la subrogación equivalente a la DIFERENCIA ENTRE EL COSTO UNITARIO DEL PRODUCTO INCLUYENDO I.V.A. SEÑALADO EN EL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y EL PRECIO DE SUBROGACIÓN DEL PRODUCTO INCLUYENDO EL I.V.A., MULTIPLICADO POR EL TOTAL DE PIEZAS SUBROGADAS, obligándose a pagar íntegramente ambos conceptos (PENAS CONVENCIONALES Y COSTO TOTAL DE SUBROGACION) dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha en que le sea requerido el pago.

En supuesto de reincidir “EL PRESTADOR” por más de dos ocasiones en el incumplimiento de los tiempos y formas de entrega establecidos en el contrato, será facultad potestativa del ISSSTECALI la rescisión del contrato.

1.5 DEVOLUCIONES Y VERIFICACION DE BIENES

“EL PRESTADOR” hará entrega de los bienes con arreglo a lo dispuesto en el contrato; el riesgo sobre los mismos correrá a cargo del PRESTADOR hasta que se haya cumplido la entrega de los mismos a entera satisfacción de ISSSTECALI.

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La recepción y supervisión de los bienes objeto del contrato estarán a cargo del personal que designe “EL ISSSTECALI”, mismo que vigilará y revisará que los bienes suministrados por “EL PRESTADOR” cumplan con las condiciones de cantidad y estricto apego a las especificaciones contratadas y en caso de detectarse faltantes o anomalías en los mismos, se asentará documentalmente la evidencia de ello y se hará del conocimiento del PRESTADOR, quien deberá subsanar la deficiencia dentro del término que para tal efecto le conceda “EL ISSSTECALI”.

LA INSPECCIÓN DE CALIDAD Y LA SUPERVISIÓN NO EXENTA AL PRESTADOR DEL COMPROMISO DE GARANTÍA POR LOS BIENES, NI CONTRA VICIOS O DEFECTOS OCULTOS QUE SURJAN DURANTE SU USO, NI CONTRA CUALQUIER DAÑO O PERJUICIO QUE PUDIERA RESULTAR EN MENOSCABO DEL ISSSTECALI.

DEVOLUCIONES:

“EL ISSSTECALI”, podrá solicitar al PRESTADOR, el canje o devolución de los bienes que presenten defectos a simple vista, especificaciones distintas a las establecidas en el contrato o sus anexos o vicios ocultos, debiendo notificar, al PRESTADOR dentro del periodo de 20 días naturales siguientes al momento en que se haya percatado del vicio o defecto.

Para aquellos bienes que durante su vida útil, es decir, antes de la fecha de caducidad (Mínimo 12 meses a partir de la fecha de recepción del producto en el Almacén General de ISSSTECALI o Unidades medicas de ISSSTECALI solicitantes, según corresponda a Medicamento General o Medicamento Especial), o bien, durante la vigencia del contrato, presenten algún defecto o el área usuaria manifieste alguna queja en el sentido de que el uso del bien puede afectar la calidad del servicio proporcionado al derechohabiente, serán resguardados en el área donde se manifestó la queja y se notificará a la Secretaría de Salubridad y Asistencia o al representante estatal de dicha Secretaría.

Cuando la Secretaría de Salubridad y Asistencia, notifique al ISSSTECALI que la calidad de los bienes pudiera afectar la atención al derechohabiente, “EL PRESTADOR” deberá subsanar dicha situación, mediante el canje de los bienes por un nuevo lote.

En el caso de que “EL ISSSTECALI” durante la vigencia del contrato o la garantía de cumplimiento reciba comunicado por parte de la Secretaría de Salubridad, en respuesta a las quejas o defectos notificados, de que ha sido sancionado “EL PRESTADOR” o se ha revocado el Registro Sanitario con motivo de las quejas o defectos de la clave o claves entregadas por “EL PRESTADOR”, se procederá a la devolución del bien y por consecuencia a iniciar un procedimiento de rescisión administrativa del contrato.

Todos los gastos que se generen por motivo del canje o devolución, correrán por cuenta del PRESTADOR, previa notificación de ISSSTECALI.

“EL PRESTADOR” deberá reponer los bienes sujetos a canje o devolución, en un plazo que no excederá de 10 días naturales, contados a partir de la fecha de su notificación.

En caso de que “EL PRESTADOR” no atienda cualquiera de las situaciones anunciadas en el párrafo anterior, “EL ISSSTECALI” procederá a reponer los

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bienes en forma inmediata por conducto de terceros (Subrogación), con cargo al PRESTADOR, el que se obliga a cubrir íntegramente el importe de los gastos que se generen por estos conceptos equivalente a la DIFERENCIA ENTRE EL COSTO UNITARIO DEL PRODUCTO INCLUYENDO I.V.A. SEÑALADO EN EL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y EL PRECIO DE SUBROGACIÓN DEL PRODUCTO INCLUYENDO EL I.V.A., MULTIPLICADO POR EL TOTAL DE PIEZAS SUBROGADAS, dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha que le sea requerido el pago.

Será facultad de ISSSTECALI el indicar o designar al “proveedor o sitio” al que se le dirigirán los pedidos correspondientes para la adquisición de los medicamentos no repuestos en tiempo y forma. Adicionalmente se deberán cubrir las penas convencionales por días de atraso en la entrega del medicamento a satisfacción de ISSSTECALI, de acuerdo a los criterios establecidos en el PUNTO 31.2 DE LA SECCIÓN II de las presentes bases de licitación.

1.6 FORMA DE PAGO

El pago se hará en forma mensual sobre la prestación convenida, se otorgará previa exhibición por “EL PRESTADOR” de la factura original respectiva, debidamente firmada y sellada por el responsable de la recepción del material en el Área de Almacén, comprometiéndose “EL ISSSTECALI”, a cubrirlo dentro de los 30 días naturales posteriores a la exhibición de la misma para la elaboración del contra recibo.

ENTREGA DE FACTURA: La factura correspondiente se entregara en la ubicación donde se preste el bien o servicio, dándose entrega del contra recibo correspondiente.

El pago será cubierto en moneda nacional mexicana, en la Caja General del ISSSTECALI, ubicada en Blvd. Justo Sierra 800, Col. Libertad, Mexicali, B.C.

En apego a lo dispuesto en el articulo 28 fracción XIII de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios para el Estado de B. C.

FACTURACION:

“EL PRESTADOR” se obliga a realizar la facturación por el suministro de los bienes objeto de esta licitación, incluyendo como mínimo los datos siguientes:

Deberá elaborarse a nombre del INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL GOBIERNO Y MUNICIPIOS DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA (ISSSTECALI), con domicilio en AV. JUSTO SIERRA NO. 800, COL. LIBERTAD, CODIGO POSTAL 21030, EN LA CIUDAD DE MEXICALI, BAJA CALIFORNIA, CON REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES: ISS-710101-972, así mismo deberán indicarse la CLAVE, CANTIDAD DE PIEZAS, DESCRIPCIÓN Y PRESENTACIÓN DEL BIEN, PRECIO UNITARIO, IMPORTE,

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SUBTOTAL, I.V.A. Y TOTAL EN NUMERO Y LETRA, NUMERO DE ORDEN DE COMPRA, NUMERO DE CONTRATO, FECHA DE CADUCIDAD, NUMERO DE LOTE DE FABRICACION Y NUMERO DE ORDEN DE COMPRA, ADICIONALMENTE EN EL SUPUESTO DE SER PRODUCTOS DE IMPORTACIÓN DEBERÁ SEÑALARSE EL NUMERO DE PEDIMENTO DE IMPORTACION.

“EL ISSSTECALI” no otorgara anticipos a las empresas que resulten beneficiadas con el fallo de la licitación.

En apego a lo dispuesto en el artículo 28 fracción XIII de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios para el Estado de B. C.

1.7 NEGOCIACION DE CONDICIONES

Ninguna de las condiciones contenidas en las bases de licitación, así como las propuestas presentadas por los licitantes podrán ser negociadas.

En apego a lo dispuesto en el Articulo 28 fracción VIII de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios para el Estado de Baja California.

1.8 NORMATIVIDAD APLICABLELa presente licitación se encuentra regulada por la Ley General de Salud y su Reglamento, Reglamento de Insumos para la Salud, Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios para el Estado de Baja California, el Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios para el Estado de Baja California y demás disposiciones vigentes aplicables en la materia, los licitantes participantes deberán de cumplir con las Normas Oficiales Mexicanas.

1.9 LAS PERSONAS QUE PODRÁN PARTICIPAR

a) Únicamente podrán participar personas físicas o morales de nacionalidad mexicana y los bienes a adquirir sean producidos en el país, y cuenten por lo menos con un cincuenta por ciento de contenido nacional.

En apego a articulo 24 y 20 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios para el Estado de Baja California, el cincuenta por ciento de contenido nacional, que deben reunir los bienes que se pretenden contratar a través de los procedimientos de carácter nacional, se determinara tomando en cuenta el preció de los bienes, el cual en su caso, implica todos los costos menos la promoción de venta, comercialización, regalías y embarque, así como los costos financieros que sean necesarios.

b) Las personas físicas o morales que cuenten con capacidad de respuesta inmediata (cubriendo lo dispuesto para acreditación de existencia y personalidad jurídica), con recursos técnicos, financieros, humanos y demás que sean necesarios, PREFERENTEMENTE CONTAR CON SUCURSAL EN EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA MOTIVADO POR LA NECESIDAD DE RESPUESTA INMEDIATA Y CONTINUIDAD EN CUANTO A LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO.

c) Los concursantes no deberán encontrarse dentro de los supuestos de inhabilitación del Articulo 49 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamiento y Servicios para el Estado de Baja California. La declaración falsa de no encontrarse en ninguno de los supuestos de impedimento legal aludidos en el artículo 49 de la Ley de Adquisiciones,

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Arrendamientos y Servicios para el Estado de Baja California, y será responsabilidad exclusiva del licitante y lo hará acreedor a las sanciones legales correspondientes, consistentes en apercibimiento en los términos del artículo 320 del Código Penal para el Estado de Baja California.

d) No podrán presentar propuestas ni celebrar contratos derivados del concurso las personas físicas y morales que se encuentren en alguno de los supuestos previstos en el artículo 49 de la LEY. Con base en lo anterior, cuando se compruebe que alguna persona física o moral se encuentra en cualquiera de los supuestos previstos en el artículo 49 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios para el Estado de Baja California, el INSTITUTO se abstendrá de recibir sus propuestas o celebrar con ella contrato alguno derivado del concurso.

e) No podrán participar aquellas personas o grupos de personas físicas y/o morales en las que una misma persona, socio o asociado común aparezca en dos o más empresas en la misma licitación.

f) Con base en lo anterior el INSTITUTO se abstendrá de recibir propuestas o celebrar contrato alguno derivado del concurso con las personas físicas o morales que no reúnan los requisitos previstos con anterioridad.

g) Solo podrán participar aquellas personas físicas o morales que cuentan con las autorizaciones correspondientes por las autoridades competentes para la prestación del Servicio que se Licita, declarándose nula en aquellos casos en que la(s) autorización(es) se encuentren vencidas, en trámite o presente otro tipo de irregularidades.

En apego a lo dispuesto en artículo 28 fracción XII de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Estado de B.C.

1.10 VENTA DE BASES

Las bases se podrán proporcionar únicamente para consulta a través de los medios electrónicos que para tal efecto designe el Instituto a los proveedores que lo soliciten.

Los proveedores interesados deberán adquirir las bases en la Dirección de Servicios Generales deI SSSTECALI, sito en Av. Tapiceros, numero 2096, Col. Libertad, C.P. 21020, Tel: (686) 551-61-48, de Lunes a Viernes en horario de 8:30 a 15:00 horas durante los días del 4 al 12 de Noviembre del 2008.

Por el precio de $2,000.00 M.N., (Dos mil pesos 00/100 Moneda Nacional). El pago deberá efectuarse mediante cheque certificado, cheque de caja o en efectivo en: Dirección de Finanzas y Contabilidad, ubicada en Blvd. Justo Sierra numero 800, Colonia Libertad, Mexicali, Baja California, a favor del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Gobierno y Municipios del Estado de Baja California, se le elaborara recibo oficial al realizarse el pago correspondiente, debiendo “EL PRESTADOR” entregar al ISSSTECALI el comprobante de pago (Recibo Oficial) correspondiente, al momento de solicitar las bases.

Las bases estarán disponibles a partir de la fecha de publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de la Federación y hasta inclusive, el día 12 de Noviembre de 2008 en los horarios señalados, siendo responsabilidad exclusiva de los interesados adquirirlas oportunamente durante este período.

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El pago del costo de las bases dentro del término establecido para la compraventa de las mismas y su debida comprobación, es requisito indispensable para participar en la licitación. “EL LICITANTE” sufragará todos los gastos relacionados con la preparación y presentación de su oferta y “EL ISSSTECALI” no reintegrará dichos costos, cualquiera que sea el resultado de la licitación.

REVISION DE DOCUMENTOS:

Previo al acto de presentación y apertura de proposiciones, la convocante podrá efectuar el registro de participantes, así como realizar revisiones preliminares a la documentación distinta a la propuesta técnica y económica, con fundamento en el Tercer Párrafo del artículo 31 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios para el Estado de Baja California.

REGISTRO DE LICITANTES Y SEÑALAMIENTO DE DOMICILIO PARA RECIBIR NOTIFICACIONES DE LOS ACTOS

El Licitante deberá solicitar su registro en el “Registro de Licitantes” para la presente LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL, NO. LPN-ISSSTECALI/02/2008, REFERENTE A “SUMINISTRO DE MEDICAMENTOS GENERICOS INTERCAMBIABLES AUTORIZADOS POR LA S.S.A. Y PRODUCTOS FARMACEUTICOS GENERICOS DE MARCA PARA UNIDADES MEDICAS DE ISSSTECALI REMESA 2009”, al cual se le proporcionara copia del mismo, para efecto de que preferentemente sea presentado dicho documento en todos los actos referente a la licitación en comento. En el registro de señalaran los datos generales de la empresa participante, representante legal, teléfono, correo electrónico y domicilio (preferentemente en el Estado de Baja California), para recibir toda clase de notificaciones que resulten de todos los actos relativos al proceso de licitación.

De conformidad con artículo 31 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios para el Estado de Baja California.

Los licitantes que soliciten su registro deberán presentar preferentemente previo a su registro, copia legible de la documentación siguiente:

Cuando el solicitante sea una persona física:

a) Identificación oficial con fotografía y copia de un recibo de pago de servicios con domicilio actual de la empresa.

b) Cedula de R.F.C. y registro. Dichas autorizaciones deberán corresponder al nombre actual de la empresa; y

c) En su caso, las escrituras públicas en las que le fueren otorgadas las facultades correspondientes, al apoderado o representante legal de la empresa.

Cuando “EL LICITANTE” sea una persona moral, además de lo anteriormente señalado, deberá proporcionar:

d) Escrituras públicas en las que conste el acta constitutiva de la empresa.e) En su caso reformas o modificaciones al acta constitutiva.

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1.11 FORMA DE ACREDITAR LA EXISTENCIA Y PERSONALIDAD JURÍDICA DEL LICITANTEConforme al formato proporcionado en el “ANEXO 4”, lo cual se indica en el PUNTO 8.1, INCISO “G” DE LA SECCIÓN II de las presentes bases de licitación.

En apego al artículo 28 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios para el Estado de Baja California, el cual establece:

Con el objeto de acreditar la existencia y personalidad jurídica, “EL LICITANTE” deberá presentar un escrito en el que manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por si o por su representada, mismo que contendrá los siguientes datos:

I.- Cuando “EL LICITANTE” sea una persona física:

a) Nombre y domicilio;

b) Clave del Registro Federal de Contribuyentes;

NOTA.- Para la debida interpretación del inciso siguiente, y en caso de estar en ese supuesto, las autorizaciones deberán corresponder al nombre actual de la empresa.; y

c) En su caso, el nombre de su apoderado o representante legal, número y fecha de las escrituras públicas en las que le fueron otorgadas las facultades correspondientes, señalando nombre, numero, domicilio y lugar de adscripción del notario o fedatario publico que las protocolizo.

II.- Cuando “EL LICITANTE” sea una persona moral, además de lo señalado en la fracción anterior, deberá indicar:

a) El objeto social de la empresa;

b) Numero y fecha de las escrituras publicas en las que conste el acta constitutiva, señalando nombre, numero y lugar de adscripción del notario o fedatario publico que las protocolizo; así como fecha y datos de su inscripción en el Registro Publico de la Propiedad y del Comercio, o en el órgano equivalente, y relación del nombre de los socios que aparezcan en estas; y

c) En su caso reformas o modificaciones al acta constitutiva, señalando nombre, numero y ciudad del notario o fedatario publico que las protocolizo; así como fecha y datos de su inscripción en el Registro Publico de la Propiedad y del Comercio, o en el órgano equivalente;

COTEJO: En el entendido de que previo a la firma del contrato, “EL LICITANTE” ganador deberá presentar para su cotejo, original o copia certificada de los documentos con los que se acredito su existencia legal y en su caso, las facultades de su apoderado o representante legal para suscribir el contrato correspondiente.

1.12 SUBCOMITE DE CALIDAD DE LABORATORIOS PRODUCTORES DE FARMACOS

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Dentro del ISSSTECALI, la creación de un Subcomité de Calidad de Laboratorios Productores de Fármacos se hace necesaria para comprobar que los medicamentos adquiridos cumplan con ciertos requisitos en su fabricación que garanticen en principio, la correcta procedencia de sus sales de origen y la comprobación visual de sus procesos de elaboración, también que sus lineamientos de producción se ajusten al Reglamento de Insumos para la Salud, así como la farmacopea de los Estados Unidos Mexicanos.

CONFORMACION:

Para su correcto funcionamiento se incluirá dentro del Subcomité a los siguientes funcionarios:

1. Subdirector General Médico del Instituto.2. Director de Servicios Médicos.3. Director de Enseñanza e Investigación.4. Jefe del Cuadro Básico Institucional.

DEL PROCEDIMIENTO:1. El proceso para determinar la calidad de los laboratorios candidatos a ser

PRESTADOR del ISSSTECALI y sus productos ofertados deberá anteceder a la apertura de la propuesta económica una vez cubiertos los requisitos formales de la propuesta técnica.

2. EL ISSSTECALI con base en la experiencia acumulada por los integrantes del Subcomité podrá determinar la calidad de los laboratorios y los productos ofertados sin efectuar una visita de inspección en las siguientes circunstancias:

a) Cuando se trate de un Laboratorio Farmacéutico de comprobada calidad por haber sido proveedor de medicamentos para el ISSSTECALI en el pasado y no haber presentado sus productos reacciones adversas documentadas.

b) Cuando se trate de un Laboratorio Farmacéutico de comprobada calidad por haber sido proveedor de medicamentos para el ISSSTECALI en el pasado y no haber tenido problemas en el surtido y distribución de los productos que ha ofrecido.

c) Cuando se trate de un Laboratorio Farmacéutico de comprobada calidad por haber sido proveedor de medicamentos para el ISSSTECALI en el pasado y haber ofrecido mejores propuestas y ofertas económicas y crediticias al ISSSTECALI.

d) Cuando solo exista la propuesta de un solo laboratorio Farmacéutico para un producto en el proceso de licitación y no exista en el mercado nacional otros laboratorios que elaboren el producto.

e) Cuando el Laboratorio Farmacéutico aun pueda demostrar fehacientemente que conserva la patente del producto en proceso de licitación.

f) Las demás que el Subcomité de Calidad de Laboratorios Productores de Fármacos estime convenientes.

3. El Subcomité decidirá que un laboratorio Farmacéutico podrá ser objeto de análisis en las siguientes circunstancias:

a) Cuando se trate de un Laboratorio Nacional o Extranjero del que no se tenga historia en la industria farmacéutica por ser de reciente creación.

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b) Cuando se trate de Laboratorios Farmacéuticos con los cuales no se haya tenido relación previa de Cliente-Proveedor.

c) Cuando se trate de Laboratorios Farmacéuticos con antecedentes de haber sido motivos de alertas sanitarias a nivel Nacional o Internacional en la Literatura Médica o prensa escrita.

d) Las demás que el Subcomité de Calidad de Laboratorios Productores de Fármacos estime convenientes.

4. La visita de Inspección deberá realizarse previo AVISO por “EL ISSSTECALI” de las condiciones y fechas en que deberá efectuarse la visita, debiendo acudir los miembros del Subcomité de Calidad y demás personal que para tal efecto designe el ISSSTECALI.

En el caso de que el Subcomité de Calidad del ISSSTECALI, acordara llevar a cabo la visita de inspección a cualquiera de los laboratorios participantes en la presente licitación; en forma directa o a través de distribuidor, “EL LICITANTE” será notificado por escrito respecto a la fecha de realización de dicha visita.

Así mismo, será obligación del LICITANTE realizar las gestiones necesarias con los laboratorios fabricantes de los medicamentos ofertados, para que se permita la visita de inspección.

En el entendido de que en caso de incumplimiento del LICITANTE en cualquiera de los aspectos anteriormente señalados, se tendrá por desechada su propuesta.

5. Los miembros integrantes del Subcomité que acudan a la visita de inspección deberán cubrir invariablemente los requisitos planteados en la “Cedula de Inspección” previamente elaborada y no darán conocimiento de la misma al LICITANTE hasta emitir un dictamen concensado con todo el Subcomité que será inapelable en ese momento.

6. La desaprobación por parte del Subcomité de un laboratorio farmacéutico en ese momento, no lo descalifica para futuras licitaciones siempre que demuestre haber corregido las desviaciones encontradas.

7. El dictamen emitido por el Subcomité de Calidad deberá ser entregado con las observaciones correspondientes al LICITANTE antes de la apertura de las propuestas económicas, en el supuesto de que no se presente el LICITANTE a dicho acto se le notificara dentro de los tres días hábiles siguientes al acto de resultados técnicos y apertura económica.

8. El Subcomité de calidad del propio ISSSTECALI se reserva el derecho de verificar y certificar de manera directa la calidad de elaboración, almacenamiento y distribución de los productos ofertados por cualquier PRESTADOR.

9. El convocante se reserva el derecho de análisis de calidad en forma directa a través del Subcomité de Calidad, de que la fabricación y calidad de producción de los productos objeto de esta licitación es la requerida, así como, las condiciones de almacenamiento y distribución de la empresa con base en la “Cédula de Análisis de Calidad”, siendo motivo de descalificación la no aceptación del análisis de calidad, así como el no reunir los requisitos mínimos necesarios comprendidos en la cédula.

10. La visita de inspección se podrá realizar tanto durante el proceso de licitación como durante la vigencia del contrato.

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11. los dictámenes de visita de inspección a los laboratorios fabricantes de fármacos, realizados por el Subcomité de Calidad de ISSSTECALI, se encuentran custodiados por el área medica de ISSSTECALI, por lo que en caso de requerirse dichos dictámenes por los laboratorios, deberán solicitarse mediante escrito dirigido al Comité de Adquisiciones de ISSSTECALI, Subcomité de Calidad de Laboratorios Productores de Fármacos de ISSSTECALI, en cualquier momento.

12. Así mismo, en caso de requerir los laboratorios fabricantes de fármacos una nueva visita por parte del Subcomité de Calidad de Laboratorios Productores de Fármacos de ISSSTECALI, deberán solicitarla mediante escrito dirigido SUBCOMITE DE CALIDAD DE LABORATORIOS PRODUCTORES DE FARMACOS DE ISSSTECALI, y presentarlo a mas tardar en el acto de Presentación de Propuestas y Apertura de Propuestas Técnicas; en el entendido de que en dicho escrito deberán solicitar una nueva visita del Subcomité de Calidad de Laboratorios Productores de Fármacos de ISSSTECALI, señalando las acciones realizadas por el laboratorio para corregir las deviaciones encontradas en la visita de inspección de dicho laboratorio efectuada por el Subcomité de Calidad de Laboratorios Productores de Fármacos de ISSSTECALI y demás personal designado por “EL ISSSTECALI”.

1.13 RESULTADOS DE VISITAS DE INSPECCION REALIZADAS A LOS LABORATORIOS FABRICANTES DE FARMACOS POR PARTE DEL SUBCOMITE DE CALIDAD DE LABORATORIOS FABRICANTES DE FARMACOS DE ISSSTECALI .

NUMERO NOMBRE DEL LABORATORIO RESULTADOS DE VISITAS DE INSPECCION

1 3 M MEXICO APROBADO SIN RESTRICCIONES2 ABOTT APROBADO SIN RESTRICCIONES3 ALCON APROBADO SIN RESTRICCIONES4 ALTANA APROBADO SIN RESTRICCIONES5 ARMSTRONG APROBADO SIN RESTRICCIONES6 ASOFARMA APROBADO SIN RESTRICCIONES7 ASTRA ZENECA APROBADO SIN RESTRICCIONES8 ATLANTIS APROBADO SIN RESTRICCIONES9 AVENTIS BEHRING APROBADO SIN RESTRICCIONES10 AVENTIS PHARMA APROBADO SIN RESTRICCIONES11 BAXTER APROBADO SIN RESTRICCIONES12 BAYER APROBADO SIN RESTRICCIONES13 BOHERINGER PROMECO APROBADO SIN RESTRICCIONES14 BRISTOL MYERS APROBADO SIN RESTRICCIONES15 CARNOT APROBADO SIN RESTRICCIONES16 CHINOIN APROBADO SIN RESTRICCIONES17 CHURCH & DWIGTH APROBADO SIN RESTRICCIONES18 COLUMBIA APROBADO SIN RESTRICCIONES19 DARIER APROBADO SIN RESTRICCIONES20 ELI LILLY APROBADO SIN RESTRICCIONES21 FARMASA APROBADO SIN RESTRICCIONES22 GALDERMA APROBADO SIN RESTRICCIONES23 GLAXO SMITH KLINE APROBADO SIN RESTRICCIONES24 GORSSMAN APROBADO SIN RESTRICCIONES25 GRIN APROBADO SIN RESTRICCIONES26 GRUNENTHAL APROBADO SIN RESTRICCIONES27 GRUPO ROCHE SYNTEX APROBADO SIN RESTRICCIONES28 HEXAL APROBADO SIN RESTRICCIONES

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29 HORMONA APROBADO SIN RESTRICCIONES30 ICN APROBADO SIN RESTRICCIONES31 ITALMEX APROBADO SIN RESTRICCIONES32 JANSSEN - CILAG APROBADO SIN RESTRICCIONES33 LAKESIDE APROBADO SIN RESTRICCIONES34 LEMERY APROBADO SIN RESTRICCIONES35 LIOMONT APROBADO SIN RESTRICCIONES36 MERCK APROBADO SIN RESTRICCIONES

37 MERCK SHARP & DOHME APROBADO SIN RESTRICCIONES

38 NOVARTIS APROBADO SIN RESTRICCIONES39 ORGANON APROBADO SIN RESTRICCIONES40 PFIZER APROBADO SIN RESTRICCIONES41 PHARMACIA & UPJOHN APROBADO SIN RESTRICCIONES42 PISA APROBADO SIN RESTRICCIONES43 ROCHE DIAG APROBADO SIN RESTRICCIONES44 RUDEFSA APROBADO SIN RESTRICCIONES45 SANDOZ APROBADO SIN RESTRICCIONES46 SANFER APROBADO SIN RESTRICCIONES47 SANOFI - SYNTHELABO APROBADO SIN RESTRICCIONES48 SCHERING - PLOUGH APROBADO SIN RESTRICCIONES49 SCHERING MEXICANA APROBADO SIN RESTRICCIONES50 SEARLE APROBADO SIN RESTRICCIONES51 SENOSIAN APROBADO SIN RESTRICCIONES52 SERONO APROBADO SIN RESTRICCIONES53 SIEGFRIED RHEIN APROBADO SIN RESTRICCIONES54 SILANES APROBADO SIN RESTRICCIONES55 SOLARA APROBADO SIN RESTRICCIONES56 SOPHIA APROBADO SIN RESTRICCIONES57 STIEFEL APROBADO SIN RESTRICCIONES58 UCB DE MEXICO APROBADO SIN RESTRICCIONES59 UNDRA APROBADO SIN RESTRICCIONES60 WYETH APROBADO SIN RESTRICCIONES61 WYETH CONSUMER H APROBADO SIN RESTRICCIONES62 TAKEDA APROBADO SIN RESTRICCIONES63 BUFFINGTON´S NO APROBADO64 GELCAPS EXPOTADORA DE MEX. NO ACEPTO VISITA65 GRIFOLS DE MEX APROBADO SIN RESTRICCIONES

66 NAFAR APROBADO SIN RESTRICCIONES

67 RANDALL NO APROBADO

68 RAMBAXY NO APROBADO

69 ZAFIRO NO APROBADO

70 MEDICO QUIMICO BIOLOGICO NO APROBADO

71 ARLEX APROBADO SIN RESTRICCIONES

72 BIOMED APROBADO SIN RESTRICCIONES

73 CRYOPHARMA APROBADO SIN RESTRICCIONES

74 EUROMEX APROBADO SIN RESTRICCIONES

75 IQFA APROBADO SIN RESTRICCIONES

76 KENDRICK APROBADO SIN RESTRICCIONES

77 KENER APROBADO SIN RESTRICCIONES

78 LIFERPAL MD APROBADO SIN RESTRICCIONES

79 MAVI APROBADO SIN RESTRICCIONES

80 PIZZARD APROBADO SIN RESTRICCIONES

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81 PRECIMEX APROBADO SIN RESTRICCIONES

82 PROBIOMED APROBADO SIN RESTRICCIONES

83 QUIMICA SON´S APROBADO SIN RESTRICCIONES

84 QUIMICA Y FARMACIA APROBADO SIN RESTRICCIONES

85 RAYERE APROBADO SIN RESTRICCIONES

86 RIMSA APROBADO SIN RESTRICCIONES

87 SALUS APROBADO SIN RESTRICCIONES

88 WALDELL APROBADO SIN RESTRICCIONES89 ANTIBIOTICOS DE MEXICO APROBADO UNICAMENTE PARA BETALACTAMICOS

90 ALPAHARMA APROBADO UNICAMENTE PARA GENERICOS INTERCAMBIABLES

91 NOVAG INFANCIA APROBADO SIN RESTRICCIONES

92 SERRAL APROBADO PARA MEDICAMENTOS GENERICOS INTERCAMBIABLES Y LOS SIGUIENTES PRODUCTOS DE MARCA: VITAMINA C, BAÑOS COLOIDES POLVO, LORATADINA JBE, KETOTIFENO TAB., DICLOFENACO TAB., LEVOFLOXACINA TAB., FEXOFENADINA TAB., PROPANOLOL.

93 TECNOFARMA APROBADO SIN RESTRICCIONES

94 LOEFFLER APROBADO UNICAMENTE PARA GENERICOS INTERCAMBIABLES (SOLO DE GRUPO A).

95 PSICOFARMA APROBADO SIN RESTRICCIONES

96 ANDROMACO APROBADO UNICAMENTE PARA CREMAS, PASTAS Y SUPOSITORIOS.

97 MAVER APROBADO UNICAMENTE PARA GENERICOS INTERCAMBIABLES.

98 VICTORY ENTERPRISES APROBADO UNICAMENTE PARA MEDICAMENTOS GENERICOS DE MARCA, EN LOS PRODUCTOS SIGUIENTES: ACICLOVIR, ASTEMIZOL, CAPTOPRIL, CIPROFLOXACINO, CLONIDINA, DICLOFENACO, DICLOFENACO LP, DIFENHIDRAMINA, DIGOXINA, DILTIAZEM, DOXAZOSINA, ENALAPRIL, FLUCONAZOL, GUAIFENESINA, HIDROCLOROTIAZIDA, IBROPROFENO, ITRACONAZOL, KETOCONAZOL, KETOROLACO, LANZOPRAZOL, LORATADINA, METFORMINA, METOPROLOL, NAPROXENO, NIMESULIDE, OMEPRAZOL, PIROXICAM, PROPANOLOL, RANITIDINA, AMOXICILINA, AMPICILINA Y MELOXICAM.

99 INVESTIGACION FARMACEUTICA APROBADO UNICAMENTE PARA PSICOTROPICOS Y METFORMINA.

100 LABORATORIOS ULTRA, S.A. DE C.V. APROBADO SIN RESTRICCIONES

101 IVAX PHARMACEUTICALS DE MÉXICO, S.A. DE C.V.

APROBADO SIN RESTRICCIONES

102 LABORATORIOS PROTEIN APROBADO SIN RESTRICCIONES

103 LABORATORIO FARMACEUTICA HISPANOAMERICANA S.A. DE C.V.

NO APROBADO.

104 FERRING, S.A. DE C.V. APROBADO SIN RESTRICCIONES

105 PIERRE FABRA APROBADO SIN RESTRICCIONES

106 VANQUISH APROBADO COMO PROV DE MED GEN INTER CALCIO E107 OCTAFARMA APROBADO SIN RESTRICCIONES108 INDUSTRIAS QUIMICAS

FARMACEUTICAS AMERICANAS APROBADO SIN RESTRICCIONES109 BIOMEP APROBADO SIN RESTRICCIONES110

PSICOFARMAAPROBADO UNICAMENTE .PARA GENER. INTERCAMBIABLE

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SECCIÓN II

REQUISITOS DE LA LICITACION

A. INTRODUCCIÓN

1.- FUENTE DE LOS RECURSOS

“EL ISSSTECALI”, manifiesta que es un Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública, con personalidad Jurídica y Patrimonio propio cuyo objeto es el otorgar Servicios y Prestaciones de Seguridad Social, a sus asegurados y derechohabientes de acuerdo con la Ley Orgánica que lo creo, publicada en el Periódico Oficial del estado de fecha 20 de Diciembre de 1970 y que entro en vigor el día 1ro. de Enero de 1971; cuyo domicilio convencional para todos los efectos que se deriven del presente documento serán las Oficinas ubicadas en Calzada Justo Sierra No. 800 Col. Libertad; Mexicali, Baja California.

“EL ISSSTECALI” lleva a cabo la presente Licitación Pública de carácter Nacional, con fundamento en los Artículos 20, 24, 26, 28, 30, 31, 32, 33, 34 y 35 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios para el Estado de Baja California, así como artículos 20, 24 y 35 de su Reglamento.

La presente erogación será cubierta con recursos propios en la partida presupuestal No. 20401, Subpartida 01, condicionada al PRESUPUESTO 2009 que para tal efecto se autorice por parte de la Junta Directiva del ISSSTECALI, para el "SUMINISTRO DE MEDICAMENTOS GENERICOS INTERCAMBIABLES AUTORIZADOS POR LA S.S.A. Y PRODUCTOS FARMACEUTICOS GENERICOS DE MARCA PARA UNIDADES MEDICAS DE ISSSTECALI REMESA 2009”.

La adjudicación de los contratos y erogaciones se encuentran condicionadas a la autorización del presupuesto para el ejercicio 2009, por parte de la Junta Directiva del ISSSTECALI, en la partida presupuestal correspondiente para el servicio objeto de la presente licitación.

Siendo importante señalar que se tomaría como base de adjudicación y fallo de los servicios objeto de la presente licitación, el PRESUPUESTO 2009 autorizado por la Junta Directiva del ISSSTECALI en la partida presupuestal correspondiente.

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CONDICIONANTE“EL ISSSTECALI” podrá adjudicar o contratar adquisiciones, arrendamientos y servicios, solamente cuando se cuente con la autorización global o especifica, por parte de la Junta Directiva, del presupuesto de inversión y de gasto corriente, según sea el caso, conforme al cual deberán programarse los pagos respectivos.

En casos excepcionales y previa autorización de la Junta Directiva del ISSSTECALI, “EL ISSSTECALI” podrá adjudicar y formalizar contratos cuya vigencia inicie en el ejercicio fiscal siguiente de aquel en el que se formalizan.

Los referidos contratos estarán sujetos a la disponibilidad presupuestaria del año en el que se prevé el inicio de su vigencia, por lo que sus efectos estarán condicionados a la existencia de los recursos presupuestarios respectivos, sin que la no realización de la referida condición suspensiva origine responsabilidad alguna para las partes. Cualquier pacto contrario a lo dispuesto en este párrafo se considerara nulo.

En apego al supuesto establecido en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios para el Estado de Baja California, en sus artículos 14, 16, 19 y 20, en los cuales se prevé el condicionar el presupuesto al requerir a los órganos el proyectar sus presupuestos; sujetos a los artículos 19, 41 y 42 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Publico del Estado de Baja California, en lo referente al saldo disponible.

Así como lo dispuesto en el articulo 20 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios para el Estado de Baja California, dispone que la unidad administrativa podrá contratar adquisiciones, arrendamientos y servicios para los órganos, solo cuando estos cuenten con saldo disponible en la partida del presupuesto autorizado a las mismas, y que el Comité haya previamente convocado y adjudicado en los términos de la presente ley.

En casos excepcionales y previa autorización de la tesorería, el Comité podrá convocar sin contar con dicha autorización.

Adicionalmente, lo establecido en el articulo 17 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Publico del Estado de Baja California, dispone que el Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado, será el que contenga el decreto que apruebe el congreso del estado, a iniciativa del ejecutivo y el presupuesto de egresos de los municipios será el que aprueben sus cabildos a iniciativa del presidente municipal, que comprenda las previsiones del gasto publico que habrán de realizar las dependencias y entidades que en los mismos se señalen, en función de sus programas objetivos, metas y beneficios a alcanzar, por cada año calendario, a partir del día primero de enero.

Y en debido apego a lo dispuesto en el articulo 19 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Publico del Estado de Baja California, dispone que los titulares de las dependencias y entidades cuidaran que la formulación de los programas a incorporar en el presupuesto de egresos, sea sobre bases reales y que las actividades, metas y beneficios planeados en los mismos cubran las necesidades mínimas de la comunidad, de acuerdo a las prioridades establecidas por el ejecutivo del estado y los ayuntamientos en los planes de desarrollo y a la disponibilidad de recursos humanos, materiales y financieros, así como a las condiciones de la deuda publica de las entidades o dependencias.

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En apego a lo dispuesto en articulo 28 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios para el Estado de Baja California.

2.- PREPARACIÓN DE LAS PROPUESTAS

“EL LICITANTE” sufragará todos los costos relacionados con la preparación y presentación de su proposición, y “EL ISSSTECALI” no devolverá dichos costos, cualquiera que sea el resultado de la licitación, salvo en lo dispuesto en este caso en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios para el Estado de Baja California y su Reglamento.

“EL LICITANTE” deberá presentar una sola propuesta técnica y económica por partida de lo contrario, su oferta será desechada, asimismo deberá observar las condiciones que se encuentran contenidas en los documentos de licitación siguientes:

A) Convocatoria

B) Información general que emita “EL ISSSTECALI” en relación con el concurso.

C) Bases de licitación e instrucciones

D) Formatos y Anexos de estas bases

E) Aclaraciones y/o modificaciones que en su caso, realice “EL ISSSTECALI”.

F) Todos los documentos integrados a estas bases por referencia

Los productos ofertados por “EL LICITANTE” deberán apegarse justa, exacta y cabalmente a las especificaciones técnicas establecidas en el PUNTO 3 DE LA SECCIÓN II Y “ANEXO 8” de estas bases de licitación, en caso contrario será descalificada su oferta en la partida correspondiente.

3.- DE LOS BIENES A LICITAR

3.1. Con el fin de suministrar los bienes objeto de esta licitación, los licitantes deberán participar para la adjudicación, de conformidad con las especificaciones técnicas señaladas en estas bases de licitación .

3.2. “EL LICITANTE” deberá presentar propuesta por la totalidad de la PARTIDA EN LA CUAL CONCURSA.

3.3. “EL ISSSTECALI” adjudicará CADA PARTIDA, al licitante que oferte la propuesta solvente mas baja; por reunir las condiciones legales, técnicas y económicas establecidas en las presentes bases.

3.4. Adjudicándose el contrato POR PARTIDA AL PRESTADOR QUE OFERTE LA PROPUESTA SOLVENTE MAS BAJA, en apego a lo dispuesto en Artículo 28 Fracción XV de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios para el Estado de Baja California.

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En apego a lo dispuesto en Acuerdo por el que se establece que las Instituciones públicas del sistema nacional de salud, deberán comprar medicamentos genéricos intercambiables, del Consejo de Salubridad General publicado en el Diario Oficial en fecha viernes 7 de junio del 2002, se tomara en cuenta lo siguiente para efectos de evaluación y adjudicación:

UNICO: Las Instituciones Publicas del Sistema Nacional de Salud deberán comprar medicamentos genéricos intercambiables, siempre y cuando estén disponibles en el mercado nacional, asegurando al Estado las mejores condiciones en cuanto a calidad, precio y oportunidad y en todo momento se deberá actuar en los términos del artículo 134 Constitucional.

3.5. Los medicamentos a ofertar deberán ser Genéricos Intercambiables Autorizados por la SSA y Productos Farmacéuticos Genéricos de Marca.

3.6. LOS MEDICAMENTOS GENÉRICOS INTERCAMBIABLES AUTORIZADOS POR LA S.S.A. A OFERTAR DEBERÁN SER EN EMPAQUE COMERCIAL, en el entendido de que NO SE ACEPTARAN OFERTAS NI ENTREGAS DE MEDICAMENTO EN EMPAQUE DE SECTOR SALUD A EXCEPCION DE LAS SIGUIENTES PARTIDAS 34, 105, 367, 368, 397, 398, 399, 400, 401, 402, 439, 440, 460, 496, 497, 510, Y 518 .

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ESPECIFICACIONES TECNICAS DE “SUMINISTRO DE MEDICAMENTOS GENERICOS INTERCAMBIABLES AUTORIZADOS POR LA S.S.A. Y

PRODUCTOS FARMACEUTICOS GENERICOS DE MARCA PARA UNIDADES MEDICAS DE ISSSTECALI REMESA 2009”.

En apego a lo dispuesto en el artículo 28 Fracción X de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios para el Estado de Baja California.

“VER ANEXO 8 DE LAS PRESENTES BASES DE LICITACIÓN”

DESCRIPCIÓN Y PRESENTACIÓN DE LOS BIENES SOLICITADOS

LISTADO DE MEDICAMENTO

PARTIDA CLAVE DESCRIPCION ENVASE Y CONTENIDO MINIMOS MAXIMOS VIGENCIA

1 00011Z LECHE MATERNIZADA 400 G POLVO LATA 400 G 1031 2578 01 MARZO AL 31 DICIEMBRE 2009

2 00021Z ALIMENTO NO LACTEO 400 G POLVO LATA 400 G 2725 681301 MARZO AL 31 DICIEMBRE 2009

3 00028A FOSFATO DE POSTASIO 2 MG SOL. INYECTABLE

CAJA 50 AMPULAS 26 65

01 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2009

4 00034A SOL. GLUCOSADA 5 GR/100ML SOLUCION FRASCO 250 ML 4917 12291

01 MARZO AL 31 DICIEMBRE 2009

5 00034B SOL. GLUCOSADA 5 GR/100ML SOLUCION BOLSA 500 ML 2957 739201 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

6 00034C SOL. GLUCOSADA 5 GR/100ML SOLUCION BOLSA 1000 ML 4298 10745 01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

7 00034D SOL. GLUCOSADA 10 GR/100ML SOLUCION FRASCO 500 ML 773 1934 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

8 00034E SOL. GLUCOSADA 10 GR/100ML SOLUCION FRASCO 1000 ML 344 861 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

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9 00034F SOL. GLUCOSADA 50 G/50ML SOLUCION FRASCO 50 ML 1369 3422 01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

10 00034G SOL. GLUCOSADA 50 GR/100ML SOLUCION FRASCO 500 ML 239 597

01 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2009

11 00035B SOL. HARTMAN 500 ML SOLUCION BOLSA 500 ML 3073 7683 01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

12 00035C SOL. HARTMAN 1000 ML SOLUCION BOLSA 1000 ML 4977 12442 01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

13 00036A SOL.CLORURO DE SODIO 0.9 GR/100ML SOLUCION

FRASCO 250 ML 14164 35410

01 MARZO AL 31 DICIEMBRE 2009

14 00036B SOL.CLORURO DE SODIO 0.9 % SOLUCION BOLSA 500 ML 6303 15758 01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

15 00036C SOL.CLORURO DE SODIO 0.9 % SOLUCION BOLSA 1000 ML 8148 20369 01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

16 00038B SOL. MIXTA 500 ML SOL. INYECTABLE FRASCO 500 ML 2769 6922 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

17 00038C SOL. MIXTA 1000 ML SOLUCION FRASCO 1000 ML 6187 15466 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

18 00040C AGUA BIDESTILADA 10 ML SOL. INYECTABLE

CAJA 100 AMPULAS 1354 3384 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

19 00040D AGUA BIDESTILADA 500 ML SOL. INYECTABLE

FRASCO 500 ML 8938 22344 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

20 00042A ELECTROLITOS ORALES 27.5 G POLVO SOBRE 27.5 G POLVO 7917 19793 01 ENERO AL 31

DICIEMBRE 2009

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21 00058A GAMAGLOBULINA ANTIRHO D 1500 U.I./2ML POLVO RECONST. FCO AMPULA 51 127 01 ENERO AL 31

DICIEMBRE 2009

22 00103A PARACETAMOL 160 MG/5ML JARABE FRASCO 120 ML 16459 41146

01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

23 00103B PARACETAMOL 100 MG/ML SOLUCION FRASCO 15 ML 4363 10906 01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

24 00103Z PARACETAMOL 500 MG TABLETA CAJA 10 PIEZAS 274 686 01 ENERO AL 31

DICIEMBRE 2009

25 00104C PARACETAMOL- 300 MG SUPOSITORIO CAJA 5 PIEZAS 409 102201 MARZO AL 31 DICIEMBRE 2009

26 00104Z PARACETAMOL- 500 MG TABLETA CAJA 20 PIEZAS 58630 146575 01 ENERO AL 31

DICIEMBRE 2009

27 00107Z DEXTROPROPOXIFENO 65 MG CAPSULA CAJA 20 PIEZAS 1027 2568 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

28 00109A METAMIZOL 500 MG TABLETA CAJA 10 PIEZAS 13983 34958 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

29 00109C METAMIZOL 250 MG/5ML JARABE FRASCO 120 ML 7060 17650

01 MARZO AL 31 DICIEMBRE 2009

30 00109D METAMIZOL 250 MG SUPOSITORIO CAJA 5 PIEZAS 359 89801 MARZO AL 31 DICIEMBRE 2009

31 00109Z METAMIZOL 2.5 G/5ML SOL. INYECTABLE CAJA 50 PIEZAS 413 1032

01 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2009

32 00116A ACIDO MEFENAMICO 500 MG TABLETA CAJA 20 PIEZAS 7092 17729

01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

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33 00133Z NALBUFINA CLORHIDRATO DE 10 MG SOL. INYECTABLE CAJA 5 PIEZAS 600 1663

01 MARZO AL 31 DICIEMBRE 2009

34 00134Z NALOXONA CLORHIDRATO DE 0.40 MG CAJA/10 AMPOLLETA 1 5

01 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2009

35 00202A DIAZEPAM 10 MG TABLETA CAJA 20 PIEZAS 1872 4680

01 MARZO AL 31 DICIEMBRE 2009

36 00202Z DIAZEPAM 10 MG/2ML SOL. INYECTABLE CAJA 6 PIEZAS 499 124801 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

37 00203A ALPRAZOLAM 0.50 MG TABLETA CAJA 30 PIEZAS 13998 34995

01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

38 00204A ATROPINA SULFATO 10 MG/ML SOLUCION OFTALMICA

FRASCO GOTERO 5 ML 133 350

01 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2009

39 00204Z ATROPINA SULFATO 1 MG/ML SOL. INYECTABLE

CAJA 50 AMPULAS 53 134

01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

40 00206Z FLUNITRACEPAM 2 MG/ML SOL. INYECTABLE

CAJA 3 AMPULAS 10 24

01 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2009

41 00221Z TIOPENTAL SODICO 0.5 G SOL. INYECTABLE FRASCO 20 ML 510 1275

01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

42 00223Z ENFLURANO 250 ML LIQUIDO FRASCO 250 ML 7 17 01 MARZO AL 31

DICIEMBRE 2009

43 00226Z KETAMINA CLORHIDRATO DE 500 MG SOL. INYECTABLE

FCO AMPULA 10 ML 73 182

01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

44 00238A TELMISARTAN/HIDROCLOROTIAZIDA 80/12.5 MG TABLETA

CAJA CON 14 PIEZAS 1000 3000 01 ENERO AL 31

DICIEMBRE 2009

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45 00239A SITALGLIPINA 50 MG TABLETA CAJA/ 28 PIEZAS 1000 3000 01 ENERO AL 31

DICIEMBRE 2009

46 00240A FENOFIBRATO 200 MG CAPSULA CAJA 30 PIEZAS 32263 80657 01 ENERO AL 31

DICIEMBRE 2009

47 00255Z ROCURONIO BROMURO 50 MG/5ML SOL. INYECTABLE

CAJA 12 AMPULAS 49 123 01 ENERO AL 31

DICIEMBRE 2009

48 00262B LIDOCAINA, CLORHIDRATO 100 ML FRASCO FCO. SPRAY 115 ML 250 624 01 MARZO AL 31

DICIEMBRE 2009

49 00262C LIDOCAINA, CLORHIDRATO 36 MG/1.8ML SOL. INYECTABLE

CAJA 50 AMPULAS 69 171 01 ENERO AL 31

DICIEMBRE 2009

50 00262D LIDOCAINA, CLORHIDRATO 2 GR/100ML SOL. INYECTABLE FRASCO 50 ML 348 871

01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

51 00262E LIDOCAINA, CLORHIDRATO 20 MG/0.005 MG/ML SOL. INYECTABLE FRASCO 50 ML 828 2071 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

52 00262Z LIDOCAINA, CLORHIDRATO 2 GR/100ML SOL. INYECTABLE FRASCO 50 ML 1946 4865 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

53 00264A LIDOCAINA/HIDROCORTISONA 5/0.25 G/100G UNGUENTO TUBO 20 G 5589 13971 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

54 00264Z LIDOCAINA/HIDROCORTISONA 60/5 MG SUPOSITORIO

CAJA 12 PIEZAS 4319 10797 01 MARZO AL 31

DICIEMBRE 2009

55 00265A ACIDO AMINOSALICILICO Y MESALAZINA 500 MG GRAGEA

CAJA 40 PIEZAS 3758 9394

01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

56 00291Z NEOSTIGMINA, METILSULFATO DE 0.5 MG/ML SOL. INYECTABLE

CAJA 6 AMPULAS 322 806

01 MARZO AL 31 DICIEMBRE 2009

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57 00390A KETOTIFENO 1 MG COMPRIMIDO CAJA 30 PIEZAS 3186 7965

01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

58 00390B KETOTIFENO 0.2 MG/ML SOLUCION FRASCO 120 ML 4332 10831

01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

59 00390C KETOTIFENO 0.5 MG/ML SOL.GOTAS OFTALMICAS FRASCO 5 ML 5759 14397

01 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2009

60 00391A SALMETEROL / FLUTICASONA (PROPIONATO DE) 250/50 UG AEROSOL

CAJA/ FRASCO 60 DOSIS 300 600

01 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2009

61 00391B SALMETEROL / FLUTICASONA (PROPIONATO DE) 250/100 UG AEROSOL

CAJA/ FRASCO 60 DOSIS 150 600

01 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2009

62 00391C SALMETEROL / FLUTICASONA (PROPIONATO DE) 100/50 UG AEROSOL

CAJA/ FRASCO 60 DOSIS 150 600

01 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2009

63 00391D SALMETEROL / FLUTICASONA (PROPIONATO DE) 50/500 UG AEROSOL

CAJA/ FRASCO 60 DOSIS 300 600 01 ENERO AL 31

DICIEMBRE 2009

64 00402A CLORFENAMINA 10 MG/ML SOL. INYECTABLE

CAJA 5 AMPULAS 746 1865

01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

65 00402C CLORFENAMINA 0.5 MG/ML JARABE FRASCO 60 ML 10000 2906001 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2009

66 00402Z CLORFENAMINA 4 MG TABLETA CAJA 20 PIEZAS 7738 19344

01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

67 00406B AMANTADINA/CLORFENIRAMINA/ PARACETAMOL 0.5/0.02/3.0 G JARABE FRASCO/60 ML 1500 3000 01 ENERO AL 31

DICIEMBRE 2009

68 00406C AMANTADINA/CLORFENIRAMINA/ PARACETAMOL 2.5/0.1/15.0 G SOLUCION FRASCO/30 ML 375 750 01 ENERO AL 31

DICIEMBRE 2009

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69 00423C CROMOGLICATO DE SODIO 40 MG/ML SOLUCION NASAL

FCO. ATOMIZADOR

10 ML730 1824

01 MARZO AL 31 DICIEMBRE 2009

70 00423Z CROMOGLICATO DE SODIO 20 MG/ML SOLUCION OFTALMICA

FRASCO GOTERO 5 ML 3104 7759

01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

71 00426B TEOFILINA ( ANHIDRA) 100 MG COMPRIMIDO

CAJA 20 PIEZAS 4726 11815

01 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2009

72 00426C TEOFILINA ( ANHIDRA) 0.533 G/100ML ELIXIR PED.

FRASCO 450 ML 96 240

01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

73 00426Z TEOFILINA ( ANHIDRA) 300 MG CAPSULA CAJA 20 PIEZAS 998 2496

01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

74 00428A BROMURO DE IPRATROPIO SALBUTAMOL 0.286 MG AEROSOL

FRASCO CON DOSIFICADOR

100 DOSIS3870 9675

01 MARZO AL 31 DICIEMBRE 2009

75 00428C BROMURO DE IPRATROPIO SALBUTAMOL 0.5/2.5 MG/ML SOL. NEBULIZAR

CAJA 10 AMPULAS 4572 11431 01 MARZO AL 31

DICIEMBRE 2009

76 00429B SALBUTAMOL 2 MG/5ML JARABE FRASCO 100 ML 3822 9555 01 MARZO AL 31

DICIEMBRE 2009

77 00429C SALBUTAMOL 5 MG/ML SOL. NEBULIZAR FRASCO 10 ML 1647 4118 01 MARZO AL 31 DICIEMBRE 2009

78 00429Z SALBUTAMOL 0.1176 G/100G SUSPENSION FRASCO 200 DOSIS 5428 13570 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

79 00430A ACETILCISTEINA 400 MG/2ML SOL. INYECTABLE

CAJA 5 AMPULAS 1204 3010 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

80 00460A MOMETASONA FUROATO 200 MCG POLVO INHALADO

CAJA CON 1 DISPOSITIVO

INHALADOR 30 DOSIS

1913 478301 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2009

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81 00461A FLUTICASONA (PROPIONATO) 2 MG/2ML SOL. NEBULIZAR

CAJA 10 AMPULAS 1016 2541 01 MARZO AL 31

DICIEMBRE 2009

82 00462B BECLOMETASONA ( DIPROPIONATO ) 0.05 MG/100ML SUSP. AEROSOL NASAL

CAJA CON FRASCO 22 ML 3079 7697 01 MARZO AL 31

DICIEMBRE 2009

83 00472A PREDNISONA 50 MG TABLETA CAJA 20 PIEZAS 787 1968

01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

84 00472Z PREDNISONA 5 MG TABLETA CAJA 30 PIEZAS 3545 8863

01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

85 00473A DEFLAZACORT 6 MG TABLETA CAJA 20 PIEZAS 3108 7769 01 MARZO AL 31

DICIEMBRE 2009

86 00473B DEFLAZACORT 30 MG TABLETA CAJA 10 PIEZAS 1301 3254 01 MARZO AL 31

DICIEMBRE 2009

87 00474A HIDROCORTISONA (SUCCINATO) 500 MG SOL. INYECTABLE

CAJA 1 AMPULA 1330 3326

01 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2009

88 00474B HIDROCORTISONA (SUCCINATO) 1 G/100G CREMA TUBO 15 G 5497 13742

01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

89 00474Z HIDROCORTISONA (SUCCINATO) 100 MG SOL. INYECTABLE

CAJA 2 AMPOLLETAS 1562 3905 01 MARZO AL 31

DICIEMBRE 2009

90 00475ZHIDROCORTISONA/BENZOCAINA CLORANFENICOL 10/25/20 MG/ML

SOLUCION OTICA

FRASCO GOTERO 10 ML 1344 3360 01 MARZO AL 31

DICIEMBRE 2009

91 00476A METIL PREDNISOLONA 500 MG POLVO PARA RECONSTITUIR

CAJA CON 1 FCO AMPULA

CON DILUYENTE

3492 872901 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

92 00476Z METIL PREDNISOLONA 40 MG/ML SOL. INYECTABLE

FCO AMPULA 2 ML 2763 6909

01 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2009

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93 00502A DIGOXINA 0.5 MG/2ML SOL. INYECTABLE CAJA 6 AMPULAS 219 549

01 MARZO AL 31 DICIEMBRE 2009

94 00502B DIGOXINA 0.05 MG/ML ELIXIR FRASCO CON 60 ML 41 80

01 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2009

95 00502Z DIGOXINA 0.25 MG TABLETA CAJA 60 PIEZAS 1840 4601 01 MARZO AL 31

DICIEMBRE 2009

96 00518B GLIMEPIRIDA 4 MG TABLETA CAJA 30 PIEZAS 11159 27898 01 MARZO AL 31

DICIEMBRE 2009

97 00521A GLIBENCLAMIDA 5 MG TABLETA CAJA 30 PIEZAS 10844 27110 01 MARZO AL 31

DICIEMBRE 2009

98 00522Z PIPERIDOLATO (CLORHIDRATO) 100 MG GRAGEA

CAJA 30 PIEZAS 380 1059

01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

99 00523A CLORURO DE POTASIO 1.49 G/5ML SOL. INYECTABLE

CAJA 100 AMPULAS 200 501

01 MARZO AL 31 DICIEMBRE 2009

100 00523Z CLORURO DE POTASIO 500 MG GRAGEA CAJA 50 PIEZAS 1692 4231

01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

101 00524B GABAPENTINA 300 MG CAPSULA CAJA 30 PIEZAS 20000 50000

01 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2009

102 00525A FENITOINA SODICA 250 MG/5ML SOL. INYECTABLE

CAJA CON 5 AMPULAS 3352 8379

01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

103 00525B FENITOINA SODICA 30 MG/4ML SUSPENSION

FRASCO 150 ML 176 439 01 MARZO AL 31

DICIEMBRE 2009

104 00525Z FENITOINA SODICA 100 MG TABLETA CAJA 50 PIEZAS 2820 7049 01 MARZO AL 31

DICIEMBRE 2009

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105 00529Z ESMOLOL (CLORHIDRATO)2.5G/10ML SOL. INYECTABLE

CAJA 2 AMPOLLETAS 3 7 01 ENERO AL 31

DICIEMBRE 2009

106 00530A PROPRANOLOL CLORHIDRATO DE 10 MG TABLETA

CAJA 30 PIEZAS 2336 5839

01 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2009

CAJA 42 PIEZAS 2336 5839

107 00530Z PROPRANOLOL CLORHIDRATO DE 40 MG TABLETA

CAJA 30 PIEZAS 3723 9309 01 MARZO AL 31

DICIEMBRE 2009

108 00531A DISOPIRAMIDA 100 MG CAPSULA CAJA 20 PIEZAS 141 353 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

109 00536A AMIODARONA 150 MG/3ML SOL. INYECTABLE CAJA 6 PIEZAS 70 175 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

110 00536Z AMIODARONA 200 MG TABLETA CAJA 20 PIEZAS 1764 4899 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

111 00561Z CLORTALIDONA 50 MG TABLETA CAJA 30 PIEZAS 18531 46327 01 ENERO AL 31

DICIEMBRE 2009

112 00562A BISOPROLOL 5 MG TABLETA CAJA 30 PIEZAS 1500 4000 01 ENERO AL 31

DICIEMBRE 2009

113 00569Z NITROPRUSIATO DE SODIO 50 MG SOL. INYECTABLE CAJA 1 PIEZA 103 257

01 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2009

114 00572Z METOPROLOL 100 MG TABLETA

CAJA 20 PIEZAS 51365 128414

01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009CAJA 30

PIEZAS 51365 128414

115 00573A PRAZOSINA CLORHIDRATO DE 2 MG CAPSULA

CAJA 30 PIEZAS 878 2194 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

116 00573Z PRAZOSINA CLORHIDRATO DE 1 MG TABLETA

CAJA 30 PIEZAS 1096 2739 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

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INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL GOBIERNO Y MUNICIPIOS DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA

117 00575A ALFAMETILDOPA 250 MG TABLETA CAJA 30 PIEZAS 525 1313 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

118 00576A TERAZOSINA CLORHIDRATO DE 5 MG TABLETA

CAJA 30 PIEZAS 6758 16896 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

119 00591A NITROGLICERINA 5 MG PARCHE CAJA 7 PIEZAS 4217 10543 01 MARZO AL 31 DICIEMBRE 2009

120 00591B NITROGLICERINA 5 MG SOL. INYECTABLE CAJA 12 PIEZAS 392 981

01 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2009

121 00591Z NITROGLICERINA 0.8 MG TAB. MASTICABLE FRASCO 24 PIEZAS 67 168 01 MARZO AL 31

DICIEMBRE 2009

122 00592A ISOSORBIDA 10 MG TABLETA CAJA 20 PIEZAS 10199 25498 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

123 00592B ISOSORBIDA 40 MG TAB LIB PROLONGADA CAJA 20 PIEZAS 62 154 01 MARZO AL 31

DICIEMBRE 2009

124 00592D ISOSORBIDA 20 MG TABLETA CAJA 20 PIEZAS 11150 27874 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

125 00592E ISOSORBIDA 1 MG/ML SOL. INYECTABLE FRASCO AMPULA 100 ML 1 5

01 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2009

126 00596A VERAPAMILO CLORHIDRATO DE 5 MG/2ML SOL. INYECTABLE AMPULA 2 ML 239 597 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

127 00596Z VERAPAMILO CLORHIDRATO DE 80 MG GRAGEA

CAJA 20 PIEZAS 3601 9003 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

128 00597B NIFEDIPINO 30 MG TABL. LIB. PROL. CAJA 30 PIEZAS 15156 37889 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

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129 00598A AMLODIPINO BESILATO DE 5 MG TABLETA CAJA 30 PIEZAS 22601 56503 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

130 00599A NIMODIPINA 30 MG TABLETA CAJA 30 PIEZAS 4799 11997

01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

131 00600A CAPTOPRIL 50 MG TABLETA CAJA 30 PIEZAS 26576 66439

01 MARZO AL 31 DICIEMBRE 2009

132 00600Z CAPTOPRIL 25 MG TABLETA CAJA 30 PIEZAS 25067 62667 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

133 00612Z DOBUTAMINA CLORHIDRATO 250 MG SOL. INYECTABLE

FCO AMPULA 20 ML 1186 2966

01 MARZO AL 31 DICIEMBRE 2009

134 00613Z EFEDRINA SULFATO 50 MG/2ML SOL. INYECTABLE

CAJA 100 PIEZAS 8 21

01 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2009

135 00614Z DOPAMINA 200 MG SOL. INYECTABLE CAJA 5 PIEZAS 468 116901 MARZO AL 31 DICIEMBRE 2009

136 00615Z NORFENEFRINA CLORHIDRATO DE 10 MG/1ML SOLUCION

FRASCO GOTERO 24 ML 1890 4725

01 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2009

137 00621A HEPARINA 5000 U.I./ML SOL. INYECTABLE FCO AMPULA 5 ML 2220 5551 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

138 00621Z HEPARINA 1000 U.I./ML SOL. INYECTABLE FCO AMPULA 10 ML 1712 4279 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

139 00622B ENOXAPARINA 40 MG/0.4 ML SOL. INYECTABLE

CAJA 2 JERIGAS

PREGARGADAS3356 8390

01 MARZO AL 31 DICIEMBRE 2009

140 00622C ENOXAPARINA 60 MG/0.6ML SOL. INYECTABLE

CAJA 2 JERIGAS

PREGARGADAS1052 2630 01 MARZO AL 31

DICIEMBRE 2009

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INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL GOBIERNO Y MUNICIPIOS DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA

141 00624Z ACENOCUMARINA 4 MG TABLETA CAJA 30 PIEZAS 827 2067 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

142 00626A FITOMENADIONA (VIT K) 2 MG SOL. INYECTABLE CAJA 3 PIEZAS 318 795 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

143 00626Z FITOMENADIONA (VIT K) 10 MG/ML SOL. INYECTABLE CAJA 3 PIEZAS 704 1759 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

144 00640A PENTOXIFILINA 400 MG TAB LIB PROLONGADA

CAJA 30 PIEZAS 14979 37447 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

145 00640Z PENTOXIFILINA 300 MG SOL. INYECTABLE CAJA 4 PIEZAS 129 322 01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

146 00665A CINARIZINA 75 MG TABLETA CAJA 60 PIEZAS 9808 24521 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

147 00801Z BAÑO COLOIDE 86.85/1.8 G POLVO CAJA 1 PIEZA 2611 6528 01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

148 00804Z OXIDO DE ZINC 25 G/100G PASTA TARRO 30 G 4357 1089301 MARZO AL 31 DICIEMBRE 2009

149 00815A HALCINONIDO 0.1 G/100G CREMA TUBO 30 G 3283 820801 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2009

150 00861Z PERMETRINA 1.0/25.0 GR/100ML EMULSION FRASCO 100 ML 590 1474

01 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2009

151 00891Z MICONAZOL 2 G/100G CREMA TUBO 30 G 9693 2423301 MARZO AL 31 DICIEMBRE 2009

152 00904Z ACIDO RETINOICO 0.05 100/G CREMA TUBO 30 G 3200 7999 01 MARZO AL 31 DICIEMBRE 2009

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153 01004A LEVOTIROXINA 100 MCG TABLETA CAJA 50 PIEZAS 7574 18936 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

154 01005A LEVOTIROXINA SODICA/LIOTIRONINA 100/20 MCG TABLETA

CAJA 50 PIEZAS 2212 5530

01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

155 01022Z METIMAZOL (TIAMAZOL) 5 MG TABLETA CAJA 20 PIEZAS 2728 6819

01 MARZO AL 31 DICIEMBRE 2009

156 01041Z TOLBUTAMIDA 500 MGTABLETA CAJA / 50 PIEZAS

957 300001 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2009

157 01044A INSULINA RAPIDA 100 U.I./ML SOL. INYECTABLE FRASCO 10 ML 1022 2554 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

158 01045A INSULINA INTERMEDIA 100 U.I./ML SOL. INYECTABLE FRASCO 10 ML 5879 14698 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

159 01046C INSULINA ZINC ISOFANA/ZINC 70/30 U.I./ML SOL. INYECTABLE

FCO AMPULA 10 ML 4734 11835 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

160 01047A INSULINA LISPRO/LISPRO PROTAMINA 25/75 U.I./ML SOL. INYECTABLE FRASCO 10 ML 1823 4557

01 MARZO AL 31 DICIEMBRE 2009

161 01048A INSULINA GLARGINA 100 U.I./ML SOL. INYECTABLE FRASCO 10 ML 1157 2894 01 MARZO AL 31

DICIEMBRE 2009

162 01050A METFORMINA 850 MG TABLETA

CAJA 30 PIEZAS 46590 116475

01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

CAJA 40 PIEZAS 46590 116475

163 01055A METFORMINA/GLIBENCLAMIDA 500/5 MG TABLETA

CAJA 60 PIEZAS 23933 59832 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

164 01060A LOPERAMIDA (CLORHIDRATO) 2 MG TABLETA

CAJA 12 PIEZAS 7000 17499 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

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165 01081Z GONADOTROPINA CORIONICA 5000 U.I./ML POLVO LIOFILIZADO CAJA 3 PIEZAS 64 161 01 MARZO AL 31

DICIEMBRE 2009

166 01092B CABERGOLINA 0.5 MG TABLETA CAJA 2 PIEZAS 885 2210 01 MARZO AL 31 DICIEMBRE 2009

167 01094Z DANAZOL 200 MG CAPSULA FRASCO 60 PIEZAS 333 833 01 ENERO AL 31

DICIEMBRE 2009

168 01095Z BROMOCRIPTINA (MESILATO) 2.5 MG COMPRIMIDO

CAJA 14 PIEZAS 1019 2547 01 MARZO AL 31

DICIEMBRE 2009

169 01097Z VITAMINA- E (ALFATOCOFEROL) 400 U.I. CAPSULA

FRASCO 30 CAPSULAS 29685 74211 01 MARZO AL 31

DICIEMBRE 2009

170 01098Z VIT. A+D+C 5000/400/60 U.I./MG/ML SOLUCION

FRASCO GOTERO 10 ML 2367 5918

01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

171 01099Z VITAMINA-A-(RETINOL) 50,000 U.I. PERLA CAJA 40 PIEZAS 1628 4070

01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

172 01100AG. CALCIO/CARB. CALCIO 2.94/0.30 MG

COMP. EFERV. ENVUELTO INDIVIDUALMENTE

TUBO 12 PIEZAS 34648 86619 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

173 01206A BUTILHIOSCINA 20 MG SOL. INYECTABLE CAJA 3 PIEZAS 5115 12789 01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

174 01206Z BUTILHIOSCINA 10 MG GRAGEA CAJA 10 PIEZAS 21760 54401

01 MARZO AL 31 DICIEMBRE 2009

175 01207A CLONIXINATO DE LISINA/BUTILHIOSCINA 100/20 MG/2ML SOL. INYECTABLE CAJA 5 PIEZAS 979 2448 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

176 01210A TRIMEBUTINA 200 MG COMPRIMIDO CAJA 30 PIEZAS 40907 102267 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

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177 01210B TRIMEBUTINA 50 MG/5ML AMPULA CAJA 6 PIEZAS 58 144 01 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2009

178 01214C DIMENHIDRINATO 50 MG/ML SOL. INYECTABLE

CAJA 1 AMPOLLETA 2087 5218 01 ENERO AL 31

DICIEMBRE 2009

179 01223A ALUMINIO/MG/DIMETICONA 4/4/0.4 G/100ML SUSPENSION

FRASCO 240 ML 19170 47925

01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

180 01235B RANITIDINA (CLORHIDRATO) 50 MG/2ML SOL. INYECTABLE CAJA 5 PIEZAS 5120 12799 01 MARZO AL 31

DICIEMBRE 2009

181 01235C RANITIDINA (CLORHIDRATO) 150 MG/10ML JARABE

FRASCO 200 ML 1898 4745 01 MARZO AL 31

DICIEMBRE 2009

182 01235Z RANITIDINA (CLORHIDRATO) 150 G TABLETA CAJA 30 PIEZA 48620 121550

01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

183 01236Z OMEPRAZOL 40 MG POLVO LIOFILIZADO CAJA 10 AMPULA 2542 6334

01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

184 01236B OMEPRAZOL 20 MG CAPSULA CAJA 30 PIEZAS 81741 204351

01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

185 01240A PIRIDOSTIGMINA BROMURO DE 60 MG COMPRIMIDO

CAJA 20 PIEZAS 664 1659

01 MARZO AL 31 DICIEMBRE 2009

186 01241A METOCLOPRAMIDA 10 MG COMPRIMIDO CAJA 20 PIEZAS 26145 65362 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

187 01241Z METOCLOPRAMIDA 10 MG/2ML SOL. INYECTABLE CAJA 6 PIEZAS 3859 9648 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

188 01271Z PSYLLIUM PLANTAGO 400 G POLVO FRASCO 400 G 8768 21919 01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

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189 01272B SENOSIDOS A Y B 200 MG/100ML SUSPENSION FRASCO 75 ML 1037 2592

01 MARZO AL 31 DICIEMBRE 2009

190 01272Z SENOSIDOS A Y B 187 MG TABLETA CAJA 20 PIEZAS 34565 86414

01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

191 01277Z CITRATO DE SODIO/LAURILSULFOAZETATO 450 MG/5ML SUSPENSION CAJA 4 PIEZAS 1123 2808

01 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2009

192 01306A SECNIDAZOL 125 MG/5ML POLVO PARA RECONSTITUIR FRASCO 30 ML 139 346 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

193 01306B SECNIDAZOL 500 MG COMPRIMIDO CAJA 8 PIEZAS 672 1680 01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

194 01307C METRONIDAZOL 500 MG SOL. INYECTABLE AMPULA 1 ML 4877 1219201 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

195 01307D METRONIDAZOL 500 MG OVULO VAGINAL CAJA 10 PIEZAS 3854 9634 01 MARZO AL 31

DICIEMBRE 2009

196 01307E METRONIDAZOL 500 MG TAB. VAGINAL CAJA 10 PIEZAS 352 881 01 MARZO AL 31

DICIEMBRE 2009

197 01307F METRONIDAZOL 250 MG/5ML SUSPENSION FRASCO 120 ML 779 1947 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

198 01307Z METRONIDAZOL 250 MG TABLETA CAJA 20 PIEZAS 3073 7683 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

199 01308A CLOTRIMAZOL 2 G/100G CREMA VAGINAL TUBO 20 G 4918 12943 01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

200 01315A DICLOFENACO 15 MG/ML SUSPENSION FRASCO GOTERO 20 ML 2016 5040 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

201 01315B DICLOFENACO 50 MG GRAGEA CAJA 12 PIEZAS

6809 17023

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01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

202 01315E DICLOFENACO 100 MG GRAGEA CAJA 20 PIEZAS 82474 206184 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

203 01315F DICLOFENACO 75 MG/3ML SOL. INYECTABLE

CAJA 4 AMPULAS 4782 11955 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

204 01315G DICLOFENACO 1 MG/ML SOLUCION OFTALMICA FRASCO 5 ML 1934 4834

01 MARZO AL 31 DICIEMBRE 2009

205 01336A MEBENDAZOL 100 MG/5ML SUSPENSION FRASCO 30 ML 518 129601 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2009

206 01344Z ALBENDAZOL 200 MG TABLETA CAJA 6 PIEZAS 2901 7251 01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

207 01366A POLICRESULENO 1.8 G POMADA TUBO 30 G 713 1783 01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

208 01366B POLICRESULENO 90 MG OVULO CAJA 6 PIEZAS 875 2187 01 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2009

209 01366C POLICRESULENO 1.8 G/100G GEL VAGINAL TUBO 50 G 89 223 01 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2009

210 01381Z PANCREATINA/DIMETICONA 170/80 MG GRAGEA

CAJA 30 PIEZAS 16277 40694 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

211 01502A LINESTROL 0.5 MG TABLETA CAJA 28 PIEZAS 273 682

01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

212 01503Z MESTRANOL/CLORMADINONA 80/2 MCG/MG TABLETA

CAJA 20 PIEZAS 957 2393

01 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2009

213 01504Z ESTRADIOL (VALERATO)/NORGESTREL 2/0.5 MG GRAGEA

CAJA 21 PIEZAS 1107 2767

01 MARZO AL 31 DICIEMBRE 2009

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214 01506A VERALIPRIDE 100 MG CAPSULA CAJA 20 PIEZAS 6573 16433

01 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2009

215 01507A 17 BETA ESTRADIOL/TRIMEGESTONA 1/0.125 MG GRAGEA

CAJA 28 PIEZAS 4586 11465

01 MARZO AL 31 DICIEMBRE 2009

216 01507B 17 BETA ESTRADIOL/TRIMEGESTONA 1/0.25 MG GRAGEA

CAJA 28 PIEZAS 801 2002

01 MARZO AL 31 DICIEMBRE 2009

217 01531Z CLOMIFENO (CITRATO) 50 MG COMPRIMIDO

CAJA 30 PIEZAS 210 525 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

218 01542Z OXITOCINA 5 G/100G SOL. INYECTABLE CAJA 50 PIEZAS 167 418 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

219 01543Z ERGONOVINA (MALEATO) 0.2 MG/ML SOL. INYECTABLE CAJA 6 PIEZAS 45 113

01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

220 01555A ISOXUPRINA (CLORHIDRATO) 10 MG/2ML SOL. INYECTABLE

CAJA 5 AMPULAS 84 209

01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

221 01555Z ISOXUPRINA (CLORHIDRATO) 20 MG TABLETA

CAJA 60 PIEZAS 14 34

01 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2009

222 01562A NITROFURAZONA 0.2 G/100G POMADA TUBO 85 G 469 117301 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

223 01566Z NISTATINA 100,000 U/ML SUSPENSION FRASCO 60 ML 908 2270 01 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2009

224 01701A FUMARATO FERROSO 2.9 G/100ML SUSPENSION

FRASCO 120 ML 383 957 01 ENERO AL 31

DICIEMBRE 2009

225 01701Z FUMARATO FERROSO 200 MG TABLETA CAJA 50 PIEZAS 6739 16848

01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

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INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL GOBIERNO Y MUNICIPIOS DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA

226 01703A SULFATO FERROSO 195 MG/4ML SOLUCION

FRASCO 230 ML 32 79

01 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2009

227 01705Z HIERRO DEXTRANO 100 MG/2ML SOL. INYECTABLE

CAJA 3 AMPULAS 1256 3141

01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

228 01706Z ACIDO FOLICO 4 MG TABLETA CAJA 90 PIEZAS 6405 16011

01 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2009

229 01708Z HIDROXOCOBALAMINA 1000 MCG/2ML SOL. INYECTABLE FRASCO AMPULA CAJA 2 PIEZAS 1070 2674

01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

230 01710Z METENOLONA 50 MG/ML SOL. INYECTABLE AMPOLLETA 1 ML 8 21

01 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2009

231 01734Z OCTREOTIDA 1 MG/5ML SOL. INYECTABLE FRASCO AMPULA 5 ML 185 463

01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

232 01751Z CICLOFOSFAMIDA 50 MG GRAGEA CAJA 50 PIEZAS 95 237 01 MARZO AL 31

DICIEMBRE 2009

233 01754Z CLORAMBUCILO 2 MG TABLETA FRASCO 25 PIEZAS 23 58

01 MARZO AL 31 DICIEMBRE 2009

234 01755Z BUSULFAN 2 MG TABLETA CAJA 25 PIEZAS 3 7

01 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2009

235 01756Z MELFALANO 2 MG TABLETA CAJA 25 PIEZAS 14 34 01 MARZO AL 31

DICIEMBRE 2009

236 01758A ACIDO ZOLEDRONICO 4 MG SOL. INYECTABLE FRASCO AMPULA CAJA 1 PIEZA 326 816 01 MARZO AL 31

DICIEMBRE 2009

237 01759Z METOTREXATO 2.5 MG TABLETA CAJA 50 PIEZAS 960 2400

01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

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238 01761Z MERCAPTOPURINA 50 MG TABLETA CAJA 25 PIEZAS 165 411

01 MARZO AL 31 DICIEMBRE 2009

239 01903B TRIMETOPRIMA/SULFAMETOXAZOL 160/800 MG TABLETA

CAJA 14 PIEZAS 13546 33864 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

240 01903C TRIMETOPRIMA/SULFAMETOXAZOL 40/200 MG SUSPENSION

FRASCO 120 ML 8519 21298 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

241 01903D TRIMETOPRIMA/SULFAMETOXAZOL 160/800 MG SOL. INYECTABLE

CAJA 6 AMPULAS 197 494 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

242 01911A NITROFURANTOINA 25 MG/5ML SUSPENSION

FRASCO 120 ML 252 631 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

243 01911Z NITROFURANTOINA 50 MG CAPSULA CAJA 40 PIEZAS 3330 8325 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

244 01915B AMOXICILINA 250 MG/5ML SUSPENSION FRASCO 75 ML 18322 45806 01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

245 01915C AMOXICILINA 875 MG TABLETA FRASCO 8 PIEZAS 31902 79755

01 MARZO AL 31 DICIEMBRE 2009

246 01916A AMOXICILINA/ACIDO CLAVULANICO 250/62.5 MG/ML SUSPENSION FRASCO 60 ML 14426 36065

01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

247 01921A BENZATINA BENCILPENICILINA 400 UNIDADES POLVO RECONST. FCO AMPULA 5140 12850 01 MARZO AL 31

DICIEMBRE 2009

248 01921B BENZATINA BENCILPENICILINA 800,000 UNIDADES SOL. INYECTABLE FCO AMPULA 22053 55131 01 MARZO AL 31

DICIEMBRE 2009

249 01921C BENZATINA BENCILPENICILINA 1,200,000 UNIDADES POLVO PARA RECONSTITUIR FCO AMPULA 2432 6079 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

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250 01926B DICLOXACILINA 500 MG POLVO RECONST. FCO AMPULA 1851 4629 01 MARZO AL 31 DICIEMBRE 2009

251 01926C DICLOXACILINA 250 MG POLVO PARA RECONSTITUIR FRASCO 60 ML 1825 4563 01 MARZO AL 31

DICIEMBRE 2009

252 01926Z DICLOXACILINA 500 MG CAPSULA CAJA 20 PIEZAS 9095 22738 01 MARZO AL 31

DICIEMBRE 2009

253 01929A AMPICILINA 500 MG CAPSULA CAJA 21 PIEZAS 6547 16368 01 ENERO AL 31

DICIEMBRE 2009

254 01929H AMPICILINA 125/5 MG/ML SUSPENSION FRASCO 60 ML 878 2194 01 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2009

255 01929J AMPICILINA 500 MG/2ML SOL. INYECTABLE FCO AMPULA 1 ML 1332 3329

01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

256 01929K AMPICILINA 1 G SOL. INYECTABLE CAJA 1 AMPULA 4254 10635

01 MARZO AL 31 DICIEMBRE 2009

257 01934A CEFALEXINA 250 MG/5ML SUSPENSION FRASCO 100 ML 2754 7248 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

258 01938A CEFALOTINA 1 G POLVO RECONST. CAJA1 PIEZA 4401 11002 01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

259 01939B CEFOTAXIMA 1 G POLVO PARA RECONSTITUIR CAJA 1 PIEZA 4970 12425 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

260 01954D GENTAMICINA 30 MG/ML SOLUCION OFTALMICA

FRASCO GOTERO 10 ML 210 525

01 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2009

261 01954E GENTAMICINA 300 MG/100G UNGUENTO TUBO 8 G 58 161 01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

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262 01954Z GENTAMICINA 1 MG/G CREMA TUBO 30 G 685 1903 01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

263 01956A AMIKACINA 100 MG SOL. INYECTABLE CAJA 1 PIEZA 2596 649001 MARZO AL 31 DICIEMBRE 2009

264 01958A CLINDAMICINA 300 MG SOL. INYECTABLE CAJA 1 PIEZA 9279 23198 01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

265 01958B CLINDAMICINA 300 MG CAPSULA CAJA 16 PIEZAS 4788 11969 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

266 01958C CLINDAMICINA 20 MG/G CREMA VAGINAL TUBO 40 G 302 83701 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

267 01958Z CLINDAMICINA 1 G/ML SOL. TOPICO FRASCO 30 ML 2997 749101 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2009

268 01970A CLARITROMICINA 500 MG TABLETA CAJA 10 PIEZAS 10555 26386 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

269 01970C CLARITROMICINA 250 MG/5ML SUSPENSION FRASCO 60 ML 2531 6357 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

270 01971D ERITROMICINA 125 MG/ML SUSPENSION FRASCO 100 ML 521 1303 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

271 01981Z TETRACICLINA 250 MG CAPSULA CAJA 16 PIEZAS 1702 4255 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

272 01986A DOXICICLINA 100 MG CAPSULA CAJA 10 PIEZAS 1380 3449 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

273 01991B CLORAMFENICOL 5 MG/ML SOLUCION OFTALMICA FRASCO 15 ML 2482 6206 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

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274 01991C CLORAMFENICOL 5 MG/G UNGUENTO TUBO 5 G 952 237901 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2009

275 02014A KETOCONZOL/CLINDAMICINA 400/100 MG OVULO CAJA 7 PIEZAS 2253 5633 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

276 02016B KETOCONAZOL 2 G/100G CREMA TUBO 40 G 13605 34011 01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

277 02016Z KETOCONAZOL 200 MG TABLETA CAJA 10 PIEZAS 2170 5424

01 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2009

278 02017A FLUCONAZOL 100 MG CAPSULA CAJA 10 PIEZAS 2636 6590

01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

279 02017B FLUCONAZOL 150 MG CAPSULA CAJA 1 PIEZA 5956 14890 01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

280 02017C FLUCONAZOL 2 MG/ML SOL. INYECTABLE FCO AMPULA 50 ML 1081 2702 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

281 02030Z CLOROQUINA 150 MG TABLETA CAJA 30 PIEZAS 1455 3638 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

282 02304A ESPIRONOLACTONA 100 MG TABLETA CAJA 30 PIEZAS 1648 4320 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

283 02304Z ESPIRONOLACTONA 25 MG TABLETA CAJA 30 PIEZAS 4460 11150 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

284 02307A FUROSEMIDA 20 MG/2ML SOL. INYECTABLE CAJA 5 PIEZAS 4079 10197 01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

285 02307Z FUROSEMIDA 40 MG TABLETA CAJA 20 PIEZAS 15893 39734 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

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286 02322A FENAZOPIRIDINA 100 MG COMPRIMIDO CAJA 24 PIEZAS 1555 3888 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

287 02323Z ACIDO NALIDIXICO/FENAZOPIRIDINA 500/50 MG TABLETA

CAJA 20 PIEZAS 5737 14342 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

288 02431A DETROMETORFANO/GUAIFENESINA 275/2,250MG/100ML SOLUCION

FRASCO CON 60 ML CON GOTERO

GRADUADO3986 9900 01 ENERO AL 31

DICIEMBRE 2009

289 02431Z DEXTROMETORFANO 300 MG/ML JARABE FRASCO 120 ML 15946 39864 01 ENERO AL 31

DICIEMBRE 2009

290 02433A BENZONATATO 50 MG SUPOSITORIO CAJA 12 PIEZAS 99 247 01 MARZO AL 31

DICIEMBRE 2009

291 02433Z BENZONATATO 100 MG PERLA CAJA 20 PIEZAS 8115 20287 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

292 02605A FENOBARBITAL SODICO 100 MG TABLETA FRASCO 40 TABLETA 300 833 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

293 02608B CARBAMACEPINA 100 MG/5ML SUSPENSION

FRASCO 120 ML 758 1896 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

294 02608Z CARBAMACEPINA 200 MG TABLETA CAJA 20 PIEZAS 12672 31680 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

295 02612A CLONACEPAM 2.5 MG/ML SOLUCION GOTAS FRASCO 10 ML 2390 5976 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

296 02612Z CLONACEPAM 2 MG TABLETA CAJA 30 PIEZA 6784 16961 01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

297 02615B DEXAMETASONA (FOSFATO SODICO) 0.10/0.15 GR/100ML SOLUCION OFTALMICA

FRASCO GOTERO 5 ML 331 826

01 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2009

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298 02615D DEXAMETASONA (FOSFATO SODICO) 8 MG SOL. INYECTABLE

AMPOLLETA 2 ML 21770 54425

01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

299 02615EDEXAMETASONA (FOSFATO SODICO)

0.05/0.125 GR/100ML SOLUCION OFTALMICA

FRASCO GOTERO 15 ML 78 195 01 ENERO AL 31

DICIEMBRE 2009

300 02615F DEXAMETASONA (FOSFATO SODICO) 0.5 MG TABLETA

CAJA 30 PIEZAS 60 151 01 ENERO AL 31

DICIEMBRE 2009

301 02616A ACIDO VALPROICO 250 MG CAPSULA FRASCO 30 PIEZAS 1865 4663

01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

302 02616B ACIDO VALPROICO 200 MG/5ML SUSPENSION

FRASCO 100 ML 1810 4526

01 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2009

303 02617A VALPROATO DE MAGNESIO 400 MG TABLETAS C/ CAPA ENTERICA

CAJA 20 PIEZAS 3581 8952

01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

304 02617B VALPROATO DE MAGNESIO 200 MG/5ML SUSPENSION

FRASCO 100 ML 200 501

01 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2009

305 02625A BROMACEPAM 3 MG COMPRIMIDO CAJA 30 PIEZAS 6117 15291 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

306 02625Z BROMACEPAM 6 MG COMPRIMIDO CAJA 30 PIEZAS 6317 15792 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

307 02652Z BIPERIDENO 2 MG TABLETA CAJA 30 PIEZA 2552 6381 01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

308 02654Z CARBIDOPA Y LEVODOPA 25/250 MG TABLETA

CAJA 30 PIEZAS 1609 4022

01 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2009

309 02673Z CAFEINA Y ERGOTAMINA 100/1 MG GRAGEA

CAJA 20 PIEZAS 3893 9734 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

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310 02707A ACIDO ASCORBICO 1 G SOL. INYECTABLE CAJA 6 AMPULAS 210 525 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

311 02707Z ACIDO ASCORBICO 500 MG TAB. MASTICABLE

CAJA 30 PIEZAS 3224 8061 01 MARZO AL 31

DICIEMBRE 2009

312 02708B POLIVITAMINAS 600 MG CAPSULA CAJA 30 PIEZAS 26318 65794

01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

313 02708C POLIVITAMINAS 3300 UNIDADES POLVO RECONST. FCO AMPULA 7086 17715 01 ENERO AL 31

DICIEMBRE 2009

314 02708D POLIVITAMINAS 2500/400/1.05/1.2/1. UI/MG/MCG/G/MG JARABE

FRASCO 240 ML 125 312 01 ENERO AL 31

DICIEMBRE 2009

315 02708E POLIVITAMINAS 100 ML JARABE FRASCO 100 ML 255 638

01 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2009

316 02714B COMPLEJO B 1000/100/100 MCG/ML SOL. INYECTABLE JERINGA PRELLENADA CAJA 5 PIEZAS 9994 24984 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

317 02714Z COMPLEJO B 100/5/0.05 MG CAPSULA CAJA 30 PIEZAS 25579 63946

01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

318 02737A CLORHEXIDINA (DIGLUCONATO) 0.12 G, DEXPANTENOL, ALANTOINA SOLUCION

FRASCO CON 250 ML 240 500

01 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2009

319 02804Z NAFAZOLINA 1 MG/ML SOLUCION OFTALMICA FRASCO 15 ML 4129 10323

01 MARZO AL 31 DICIEMBRE 2009

320 02822Z NEOMICINA (SULFATO DE) 250 MG TABLETA

CAJA 10 PIEZAS 809 2023

01 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2009

321 02823Z NEOMICINA/POLIMIX/GRAM 0.175 GR/100ML SOLUCION OFTALMICA

FRASCO GOTERO 15 ML 1740 4824

01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

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322 02824Z BACITRACINA/POLIMIXINA 40/500 MUI UNGUENTO TUBO 4 G 454 1135

01 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2009

323 02825Z FLUOCINOLONA/NEOM 0.025/10000/3.50/20 MG/U.I. SOLUCION OTICA

FRASCO GOTERO 15 ML 2850 7125

01 MARZO AL 31 DICIEMBRE 2009

324 02826A NEOMICINA/POLIMIXINA/BACITRACINA 500/0.35/40 M U/G/M U UNGUENTO TUBO 40 G 3330 8325 01 ENERO AL 31

DICIEMBRE 2009

325 02841A PREDNISOLONA 1 MG FRASCO FRASCO 120 ML 599 1498 01 ENERO AL 31

DICIEMBRE 2009

326 02841Z PREDNISOLONA 0.5 G/100ML SOLUCION OFTALMICA FRASCO 15 ML 1406 3514

01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

327 02842A PREDN/SULFACETAMIDA 0.5/10 GR/100ML SOLUCION OFTALMICA

FRASCO GOTERO 5 ML 1513 3782 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

328 02842Z PREDN/SULFACETAMIDA 0.5/10 G/100G UNGUENTO TUBO 3 G 950 2499 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

329 02852A BRIMONIDINA/TIMOLOL/DORZOLAMIDA 2/5/20 MG SOLUCION OFTALMICA

FRASCO GOTERO 5 ML 50 300

01 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2009

330 02858A TIMOLOL 0.5 GR/100ML SOL.GOTAS OFTALMICAS FRASCO 5 ML 5431 13577

01 MARZO AL 31 DICIEMBRE 2009

331 02870A CICLOPENTOLATO 10 MG/ML SOLUCION GOTAS FRASCO 5 ML 34 86

01 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2009

332 02871Z FENILEFRINA 100 MG/ML SOLUCION OFTALMICA

FRASCO GOTERO 5 ML 145 363

01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

333 02896Z SULFACETAMIDA 10 G/100G SOLUCION OFTALMICA

FRASCO GOTERO 15 ML 101 254

01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

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334 02902A HIDROXIPROPILMETILCELULOSA/DEXTRAN 300/100 MG GOTAS OFTALMICAS FRASCO 15 ML 11663 29157 01 MARZO AL 31

DICIEMBRE 2009

335 02905C HIALURONATO DE SODIO 10 MG/ML SOLUCION JERINGA 1 ML 163 408 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

336 03045A MEDROXIPROGESTERONA (ACETATO) 10 MG TABLETA

CAJA 10 PIEZAS 1374 3435 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

337 03045Z MEDROXIPROGESTERONA (ACETATO) 500 MG SOL. INYECTABLE

FCO AMPULA 3 ML 12 31

01 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2009

338 03048A TAMOXIFEN (CITRATO) 10 MG TABLETA CAJA 30 PIEZAS 424 1059

01 MARZO AL 31 DICIEMBRE 2009

339 03048B TAMOXIFEN (CITRATO) 50 MG TABLETA CAJA 25 PIEZAS 764 1910

01 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2009

340 03111Z DIFENIDOL 25 MG TABLETA CAJA 30 PIEZAS 7078 17695

01 MARZO AL 31 DICIEMBRE 2009

341 03115A MECLIZINA/PIRIDOXINA 0.833/1.66 G SOLUCION GOTAS

FRASCO C/ 20 ML 300 650 01 ENERO AL 31

DICIEMBRE 2009

342 03115Z MECLIZINA/PIRIDOXINA 25 MG TABLETA CAJA 20 PIEZA 1238 3096 01 MARZO AL 31 DICIEMBRE 2009

343 03204Z LEVOMEPROMACINA 25 MG COMPRIMIDO CAJA 20 PIEZAS 1281 3202 01 MARZO AL 31

DICIEMBRE 2009

344 03231C CLORPROMAZINA 25 MG COMPRIMIDO CAJA 50 PIEZAS 147 367 01 MARZO AL 31

DICIEMBRE 2009

345 03231D CLORPROMAZINA 25 MG/5ML SOL. INYECTABLE

CAJA 10 PIEZAS 3 7 01 ENERO AL 31

DICIEMBRE 2009

346 03235Z MECLOBEMIDA 100 MG COMPRIMIDO CAJA 30 PIEZAS

107 267

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01 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2009

347 03236Z FLUFENAZINA 25 MG/ML SOL. INYECTABLE FRASCO 1 ML 84 20901 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

348 03238A TIORIDACINA 10 MG GRAGEA CAJA 50 PIEZAS 8 21

01 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2009

349 03241Z TRIFLUOPERAZINA 5 MG GRAGEA FRASCO 30 PIEZAS 327 909

01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

350 03242Z TRIFLUOPERAZINA/DICLORHIDRATO 5/1 MG GRAGEA

FRASCO 25 PIEZAS 255 638

01 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2009

351 03245Z PERFENACINA 4 MG TABLETA CAJA 30 PIEZAS 279 775

01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

352 03251A HALOPERIDOL 2 MG/ML SOLUCION GOTAS FRASCO 15 ML 516 1289 01 MARZO AL 31 DICIEMBRE 2009

353 03251B HALOPERIDOL 5 MG SOL. INYECTABLE CAJA 6 PIEZAS 128 319 01 MARZO AL 31 DICIEMBRE 2009

354 03251C HALOPERIDOL 50 MG/ML SOL. INYECTABLE CAJA 1 PIEZA 82 20601 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2009

355 03251Z HALOPERIDOL 5 MG TABLETA CAJA 20 PIEZAS 1395 3487

01 MARZO AL 31 DICIEMBRE 2009

356 03252A PENFLURIDOL 20 MG TABLETA CAJA 10 PIEZAS 49 123 01 ENERO AL 31

DICIEMBRE 2009

357 03253A RISPERIDONA 3 MG TABLETA CAJA 20 PIEZAS 292 730 01 ENERO AL 31

DICIEMBRE 2009

358 03253B RISPERIDONA 1 MG TABLETA CAJA 20 PIEZAS 88 219 01 ENERO AL 31

DICIEMBRE 2009

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359 03253C RISPERIDONA 1 MG/ML SOLUCION FRASCO GOTERO 60 ML 3 7

01 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2009

360 03302A IMIPRAMINA 10 MG GRAGEA CAJA 60 PIEZAS 521 1303

01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

361 03302B IMIPRAMINA 75 MG CAPSULA CAJA 16 PIEZAS 93 233

01 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2009

362 03302Z IMIPRAMINA 25 MG GRAGEA CAJA 20 PIEZAS 4181 10454

01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

363 03304B METILFENIDATO 27 MG TAB LIB PROLONGADA

FRASCO 30 TABLETA 86 216 01 MARZO AL 31

DICIEMBRE 2009

364 03305Z AMITRIPTILINA 25 MG TABLETA CAJA 50 PIEZAS 2159 5397 01 ENERO AL 31

DICIEMBRE 2009

365 03306Z NORTRIPTILINA 10 MG GRAGEA FRASCO 60 PIEZAS 789 1971 01 ENERO AL 31

DICIEMBRE 2009

366 03307Z AMITRIPTILINA/DIACEPAM/PERFENACINA 10/3/2 MG TABLETA

CAJA 30 PIEZAS 1041 2602 01 ENERO AL 31

DICIEMBRE 2009

367 03309A RIFAMPICINA-ISONIAZIDA 300/400 MG TABLETA

CAJA 90 PIEZAS 23 60 01 ENERO AL 31

DICIEMBRE 2009

368 03311A RIFAMPICINA/ISONIACIDA/PIRAZINAMIDA/ETAMBUTOL 150/75/400/300 MG TABLETA

CAJA 240 PIEZAS 18 45

01 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2009

369 03406A NIMESULIDE 100 MG TABLETA CAJA 10 PIEZAS 66417 166042

01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

370 03406B NIMESULIDE 1 G/100ML SUSPENSION FRASCO 60 ML 27715 69288 01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

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371 03407Z NAPROXENO SODICO 550 MG TABLETA CAJA 12 PIEZAS 26000 64999 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

372 03409Z COLCHICINA 1 MG TABLETA CAJA 30 PIEZAS 1008 2520 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

373 03410D NAPROXEN/PARACETAMOL 100/200 MG SUPOSITORIO CAJA 5 PIEZAS 978 2445

01 MARZO AL 31 DICIEMBRE 2009

374 03412A INDOMETACINA 50 MG CAPSULA CAJA 28 PIEZAS 1066 2664

01 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2009

375 03412B INDOMETACINA 25 MG CAPSULA CAJA 30 PIEZAS 1895 4738

01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

376 03412Z INDOMETACINA 100 MG SUPOSITORIO CAJA 15 PIEZAS 763 1906

01 MARZO AL 31 DICIEMBRE 2009

377 03420B PIROXICAM 20 MG TABLETA CAJA 20 PIEZAS 8607 23907 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

378 03430ABETAMETASONA/DIPROPIONATO/FOSFATO 5.0/2.0 MG/ML SOL. INYECTABLE JERINGA

PRELLENADACAJA 1 PIEZA 6417 16042 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

379 03430B BETAMETASONA/DIPROPIONATO/FOSFATO 1 MG/ML LOCION

FRASCO 100 ML 2433 6082

01 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2009

380 03441A NAPROXENO/CARISOPRODOL 250/200 MG CAPSULA

CAJA 30 PIEZAS 37366 93415

01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

381 03451A ALOPURINOL 300 MG TABLETA CAJA 20 PIEZAS 2840 7101

01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

382 03451Z ALOPURINOL 100 MG TABLETA CAJA 60 PIEZAS 939 2349 01 ENERO AL 31

DICIEMBRE 2009

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383 03461Z AZATIOPRINA 50 MG TABLETA CAJA 50 PIEZAS 675 1687 01 ENERO AL 31

DICIEMBRE 2009

384 03505A LEVONORGESTREL/ETINILESTRADIOL 0.15/0.03 MG GRAGEA

CAJA 21 PIEZAS 1437 3593

01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

385 03506A NORGESTIMATO/ETINILESTRADIOL 250/35 MCG TABLETA

CAJA 21 PIEZAS 880 2201 01 MARZO AL 31

DICIEMBRE 2009

386 03507A GESTODENO/ETINILESTRADIOL 0.075/0.30 MG GRAGEA

CAJA 21 PIEZAS 3264 8160 01 MARZO AL 31

DICIEMBRE 2009

387 03508A CIPROTERONA/ESTRADIOL. 1/2 MG GRAGEA

CAJA 21 PIEZAS 1352 3381 01 MARZO AL 31

DICIEMBRE 2009

388 03509A MESTEROLONA 25 MG TABLETA CAJA 10 PIEZAS 623 1557 01 MARZO AL 31

DICIEMBRE 2009

389 03511A ESTRADIOL 1 MG GRAGEAS CAJA CON 28 PIEZAS 1500 3000 01 ENERO AL 31

DICIEMBRE 2009

390 03618A BICARBONATO DE SODIO 0.75 G/10ML SOL. INYECTABLE

CAJA 100 PIEZAS 41 103 01 ENERO AL 31

DICIEMBRE 2009

391 03618Z BICARBONATO DE SODIO 3.75 G/10ML SOL. INYECTABLE FRASCO 50 ML 45 113 01 ENERO AL 31

DICIEMBRE 2009

392 03620Z GLUCONATO DE CALCIO 1 G/10ML SOL. INYECTABLE

CAJA 50 AMPULAS 91 226

01 MARZO AL 31 DICIEMBRE 2009

393 03622Z CLORURO DE SODIO 17.7 G/10ML SOL. INYECTABLE

CAJA 100 AMPULAS 21 51 01 MARZO AL 31

DICIEMBRE 2009

394 03662Z ALBUMINA HUMANA 10 G/50ML SOL. INYECTABLE FRASCO 50 ML 3213 8033 01 MARZO AL 31

DICIEMBRE 2009

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395 03832A HUMANA-INMUNOGLOBULINA 5 G SOL. INYECTABLE CAJA 1 PIEZA 38 96

01 MARZO AL 31 DICIEMBRE 2009

396 03834A FACTOR ANTIHEMOFILICO VIII 500 U.I. SOL. INYECTABLE

JERINGA PRELLEN. 1

PIEZA221 552

01 MARZO AL 31 DICIEMBRE 2009

397 03835A ATAZANAVIR 150 MG TABLETAS FRASCO C/ 60 PIEZAS 50 200 01 ENERO AL 31

DICIEMBRE 2009

398 03835B ATAZANAVIR 200 MG TABLETAS FRASCO C/ 60 PIEZAS 50 200 01 ENERO AL 31

DICIEMBRE 2009

399 03836A LAPINAVIR/RITONAVIR 200/50 MG TABLETAS

FRASCO 120 PIEZAS 50 200 01 ENERO AL 31

DICIEMBRE 2009

400 03837A RITONAVIR 100 MG TABLETA CAJA CON 120 PIEZAS 50 200 01 ENERO AL 31

DICIEMBRE 2009

401 03838A TENOFOVIR 300 MG TABLETAS FRASCO C/30 PIEZAS 25 200 01 ENERO AL 31

DICIEMBRE 2009

402 03839A ABACAVIR/LAMIVUDINA 600/300 MG TABLETA

FRASCO C/ 30 PIEZAS 25 200 01 ENERO AL 31

DICIEMBRE 2009

403 03845A CEFACLOR 250 MG CAPSULA CAJA 15 PIEZAS 293 734

01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

404 03845B CEFACLOR 750 MG TABLETA CAJA 10 PIEZAS 8245 20613

01 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2009

405 03846A CEFUROXIMA 750 MG SOL. INYECTABLE FCO AMPULA 6717 16793 01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

406 03846C CEFUROXIMA 250 MG/0.5ML POLVO PARA RECONSTITUIR FRASCO 50 ML 4557 11393 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

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407 03846Z CEFUROXIMA 500 MG TABLETA CAJA 10 PIEZAS 10962 27405 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

408 03847A TOBRAMICINA 0.3 GR/100ML SOL.GOTAS OFTALMICAS FRASCO 15 ML 605 1512

01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

409 03847B TOBRAMICINA 0.3 G/100G UNGUENTO TUBO 3 G 336 84001 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2009

410 03848A ACICLOVIR 200 MG COMPRIMIDO CAJA 25 PIEZAS 3368 8421 01 MARZO AL 31

DICIEMBRE 2009

411 03848B ACICLOVIR 30 MG/G UNGUENTO OFTALMICO TUBO 5 G 440 1101 01 MARZO AL 31

DICIEMBRE 2009

412 03848C ACICLOVIR 0.05 G CREMA TUBO 5 G 2159 539701 MARZO AL 31 DICIEMBRE 2009

413 03850A LOMIVUDINA 150 MG TABLETA CAJA 60 PIEZAS 8 21

01 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2009

414 03852A VANCOMICINA 500 MG POLVO PARA RECONSTITUIR

FCO AMPULA 500 1751 4378

01 MARZO AL 31 DICIEMBRE 2009

415 03895A BUPRENORFINA CLORHIDRATO DE 0.30 MG SOL. INYECTABLE

CAJA 6 AMPULAS 1199 2997

01 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2009

416 03896A DILTIAZEM CLORHIDRATO DE 60 MG TABLETA

CAJA 30 PIEZAS 1414 3535 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

417 03896Z DILTIAZEM CLORHIDRATO DE 90 MG TAB LIB PROLONGADA

CAJA 20 PIEZAS 3507 8767

01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

418 03897A CEFTRIAXONA 1 G POLVO RECONST. CAJA 1 PIEZA 21958 5489501 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

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419 03897ZCEFTRIAXONA 500 MG SOL. INYECTABLE

CON AMPULA DE DILUYENTE CON LIDOCAINA

CAJA 1 PIEZA 1568 3919 01 MARZO AL 31 DICIEMBRE 2009

420 03899Z CEFTAZIDIME 1 G POLVO RECONST. FCO AMPULA 4306 10766 01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

421 03901A AMBROXOL 300 MG SOLUCION FRASCO 120 ML 48262 120655 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

422 03901B AMBROXOL 30 MG TABLETA CAJA 20 PIEZAS 9518 23794

01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

423 03901D AMBROXOL 7.5 MG/ML SOLUCION GOTAS FRASCO C/30 ML 200 2000

01 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2009

424 03902Z COBAMAMIDA/TIOCOLCHICOSIDO 20/4 MG/4ML SOL. INYECTABLE FCO AMPULA 31498 78744

01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

425 03904Z DIOSMINA/HESPERIDINA 450/50 MG GRAGEA

CAJA 18 PIEZAS 48944 122359

01 MARZO AL 31 DICIEMBRE 2009

426 03906Z AMINOFILINA 250 MG/10ML SOL. INYECTABLE CAJA 5 PIEZAS 208 521

01 MARZO AL 31 DICIEMBRE 2009

427 03911A PROPAFENONA CLORHIDRATO DE 150 MG TABLETA

CAJA 20 PIEZAS 719 1797

01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

428 03912Z CALAMINA 8 G SUSPENSION FRASCO 180 ML 1803 4509

01 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2009

429 03919A ESTREPTOQUINASA 750 000 U.I. POLVO RECONST.

FCO AMPULA 1 U.I. 51 127 01 MARZO AL 31

DICIEMBRE 2009

430 03923A CICLOSPORINA 100 MG/ML SOLUCION FRASCO 50 ML 38 96 01 MARZO AL 31 DICIEMBRE 2009

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431 03927A ENALAPRIL 20 MG TABLETA CAJA 30 PIEZAS 5000 15000

01 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2009

432 03927Z ENALAPRIL 10 MG TABLETA CAJA 30 PIEZAS 27084 67711

01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

433 03928Z ATENOLOL 100 MG TABLETA CAJA 28 PIEZAS 11288 28221

01 MARZO AL 31 DICIEMBRE 2009

434 03929A PRAVASTATINA 20 MG TABLETA CAJA 28 PIEZAS 2000 6000

01 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2009

435 03929Z PRAVASTATINA 10 MG TABLETA CAJA 30 PIEZAS 4864 12161

01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

436 03930B CISAPRIDA 1 MG/ML SUSPENSION FRASCO 60 ML 4118 1029601 MARZO AL 31 DICIEMBRE 2009

437 03935Z FLUOXETINA 20 MG CAPSULA CAJA 14 PIEZAS 13762 34406

01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

438 03939Z ISOFLURANO 100 ML LIQUIDO FRASCO 100 ML 22 55

01 MARZO AL 31 DICIEMBRE 2009

439 03940A SAQUINAVIR 500 MG COMPRIMIDO FRASCO C/120 PIEZAS 50 200 01 ENERO AL 31

DICIEMBRE 2009

440 03941A EMCITRABINA/TENOFOVIR (DISOPROXIL) 300/200 MG TABLETA

FRASCO C/30 PIEZAS 140 250 01 ENERO AL 31

DICIEMBRE 2009

441 03943A CIPROFLOXACINO 500 MG TABLETA CAJA 8 PIEZAS 31445 78614 01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

442 03943B CIPROFLOXACINO 3 MG/ML SOLUCION OFTALMICA

FRASCO GOTERO 5 ML 642 1605 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

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INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL GOBIERNO Y MUNICIPIOS DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA

443 03948A MIDAZOLAM CLORHIDRATO 5 MG/5ML SOL. INYECTABLE

CAJA 5 AMPOLLETA 658 1731 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

444 03949Z ETOMIDATO 20 MG/10ML SOL. INYECTABLE CAJA CON 5 AMPULAS 21 51 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

445 03950Z PROPOFOL 200 MG SOL. INYECTABLE CAJA 5 AMPULAS 621 1553 01 ENERO AL 31

DICIEMBRE 2009

446 03953A BUPIVACAINA, CLORHIDRATO DE 50 MG SOL. INYECTABLE

FCO AMPULA 10 ML 185 463 01 MARZO AL 31

DICIEMBRE 2009

447 03953B BUPIVACAINA, CLORHIDRATO DE 0.75 MG SOL. INYECTABLE

FCO AMPULA 30 ML 163 408

01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

448 03953C BUPIVACAINA, CLORHIDRATO DE 15 MG SOL. INYECTABLE

CAJA CON 5 FRASCOS AMPULA

411 1029 01 MARZO AL 31 DICIEMBRE 2009

449 03954Z FLUMAZENIL 0.5 MG SOL. INYECTABLE CAJA 1 PIEZA 158 394 01 MARZO AL 31 DICIEMBRE 2009

450 03957A ANASTROZOL. 1 MG TABLETA CAJA 28 PIEZAS 605 1512 01 MARZO AL 31

DICIEMBRE 2009

451 03958A VINORRELBINE 30 MG CAPSULA CAJA 1 PIEZA 544 136101 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2009

452 03969A FINASTERIDE 5 MG TABLETA CAJA 30 PIEZAS 4354 10886

01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

453 03970C

INTERFERON ALFA 5 M.U.I./ML POLVO RECONST.

FCO AMPULA 381 953 01 MARZO AL 31 DICIEMBRE 2009

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454 03971Z HIDROXIUREA 500 MG CAPSULA CAJA 100 PIEZAS 60 151 01 MARZO AL 31

DICIEMBRE 2009

455 03975A ONDANSETRON 8 MG TABLETA CAJA 10 PIEZAS 907 2266 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

456 03975E ONDANSETRON 4 MG/ML SOL. INYECTABLE CAJA 1 AMPOLLETA 49 123 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

457 03975Z ONDANSETRON 8 MG SOL. INYECTABLE CAJA 1 PIEZA 2443 610601 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2009

458 03976Z FILGRASTIN 300 MCG SOL. INYECTABLE FRASCO AMPULA 1 ML 1248 3120

01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

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459 03977A

PEGINTERFERON A 2 180 MCG/0.5 ML SOL. INYECTABLE INCLUYENDO

ADICIONALMENTE LO SIGUIENTE:1. MEDICAMENTO

RIBAVIRINA 400 MG, PARA UN MES DE TRATAMIENTO POR CADA MES DE

TRATAMIENTO DEL ANTERIOR.

2. ESTUDIOS A. PCR.- AL INICIO AL INICIAR EL

TRATAMIENTO, A LOS 6 MESES Y 12 MESES.

B. GENOTIPO.- AL INICIOC. CARGA VIRAL.- AL INICIO Y CUANDO SE

REQUIERA.LOS ESTUDIOS SERAN SOLICITADOS POR

EL MEDICO TRATANTE DE LA UNIDAD, CUANDO EL LO REQUIERA DEBIENDOSE COORDINAR CON EL REPRESENTANTE

DEL PROVEEDOR O LABORATORIO FABRICANTE HARA SU RERENCIA AL

LABORATORIO CLINICO ESPECIALIZADO, Y CANALIZANDO LOS RESULTADOS A LA

UNIDAD MEDICA PERTENECIENTE EN EL AREA DE MEDICINA PREVENTIVA

3. APOYO EN CAPACITACION TECNICA AL PERSONAL DE MEDICINA PREVENTIVA, EN

FORMA PERMANENTE Y CUANDO SE SOLICITE.

CAJA 1 JERINGAS 500 1509

01 MARZO AL 31 DICIEMBRE 2009

460 03979A ETANERCET 25 MG SOL. INYECTABLECAJA CON 4 FRASCOS AMPULAS

160 401 01 MARZO AL 31 DICIEMBRE 2009

461 03981A PALONOSETRON 0.25/207.5 MG SOL. INYECTABLE CAJA 1 PIEZA 284 710

01 MARZO AL 31 DICIEMBRE 2009

462 03982A LETROZOL 2.5 MG TABLETA CAJA CON 28 PIEZAS 120 300 01 ENERO AL 31

DICIEMBRE 2009

463 03983A EXEMESTRANE 25 MG TABLETA CAJA CON 28 PIEZAS 110 300 01 ENERO AL 31

DICIEMBRE 2009

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464 03993A ACETILCOLINA,D-MANITOL 0.2/0.1 G FRASCO AMP/CON LIOFILIZAD FRASCO 1 ML 48 120

01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

465 03994Z TROPICAMIDA 1 GR/100ML SOLUCION OFTALMICA

FRASCO GOTERO 5 ML 152 381 01 MARZO AL 31

DICIEMBRE 2009

466 03995A POLIMIXINA/NEOM/DEXA 600 000/350/100 U/100ML SUSPENSION

FRASCO GOTERO 5 ML 2397 5993 01 ENERO AL 31

DICIEMBRE 2009

467 03995Z POLIMIXINA/NEOM/DEXA 0350/600,000 U/100G UNGUENTO TUBO 4 G 555 1389

01 MARZO AL 31 DICIEMBRE 2009

468 04001A BETAXOLOL 0.50 GR/100ML SOLUCION OFTALMICA

FRASCO GOTERO 15 ML 439 1097

01 MARZO AL 31 DICIEMBRE 2009

469 04007Z CALCIO CARBONATO 600 MG. FRASCO C/30 PIEZAS 15000 33147 01 ENERO AL 31

DICIEMBRE 2009

470 04012A IBUPROFENO 400 MG TABLETA CAJA 20 PIEZAS 55413 138531 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

471 04012B IBUPROFENO 100 MG/5ML FRASCO/100 ML 2000 4000 01 ENERO AL 31

DICIEMBRE 2009

472 04016Z SUBSALICILATO DE BISMUTO 1.75 GR/100ML SUSPENSION

FRASCO 120 ML 5930 14825 01 MARZO AL 31

DICIEMBRE 2009

473 04017A LACTULOSA 66.7 GR/100ML FRASCO/125 ML 519 1040 01 ENERO AL 31

DICIEMBRE 2009

474 04018Z CALCITRIOL 0.25 MCG CAPSULA CAJA 50 PIEZAS 12628 31570

01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

475 04019B IPRATROPIO (BROMURO DE) 18 MG CAPSULAS

FRASCO CON 20 PIEZAS 200 500

01 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2009

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INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL GOBIERNO Y MUNICIPIOS DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA

476 04020Z SULFAZALACINA 500 MG TABLETA CAJA 60 PIEZAS 554 1385

01 MARZO AL 31 DICIEMBRE 2009

477 04021A KETOROLACO TROMETAMINA 30 MG SOL. INYECTABLE

CAJA 3 AMPOLLETA 38529 96322 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

478 04023A ITRACONAZOL 100 MG CAPSULA CAJA 15 PIEZAS 18617 46543 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

479 04027A SULFATO DE MAGNESIO 10 G/100G SOL. INYECTABLE

CAJA 100 AMPULAS 38 96 01 ENERO AL 31

DICIEMBRE 2009

480 04031Z1 IMIPENEM/CILASTINA 500/500 G FCO AMPULA/2 FCO AMPULA 350 800 01 ENERO AL 31

DICIEMBRE 2009

481 04035Z SULFATO DE COBRE/SULFATO DE ZINC/ALCANFOR 2.2 G POLVO, SOBRE

CAJA 12 PIEZAS 400 1001 01 ENERO AL 31

DICIEMBRE 2009

482 04036A TETRACAINA SOL OFTALMICA FRASCO C/ 15 ML 100 200 01 ENERO AL 31

DICIEMBRE 2009

483 04037A PROTAMINA 1000 U.I./5ML SOL. INYECTABLE CAJA 1 PIEZA 344 861 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

484 04038B LORATADINA 5 MG/0.5ML JARABE FRASCO 60 ML 23635 59088 01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

485 04038Z LORATADINA 10 MG TABLETA CAJA 20 PIEZAS 41120 102799 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

486 04040A ERITROPOYETINA 2000 U/ML SOL. INYECTABLE

CAJA CON 6 AMPULAS 583 1457 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

487 04040B ERITROPOYETINA 4000 U.I./ML SOL. INYECTABLE

CAJA CON 6 AMPULAS 1973 4934 01 FEBRERO AL 31

DICIEMBRE 2009

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488 04041A OXIMETAZOLINA 25 MG/100ML SOLUCION NASAL

FRASCO GOTERO 20 ML 2078 5194

01 MARZO AL 31 DICIEMBRE 2009

489 04047A RIBAVIRINA 400 MG CAPSULA CAJA 18 PIEZAS 439 1097

01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

490 04054Z KETANSERINA 2 G/100G GEL TUBO 78 G 2315 578701 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2009

491 04056A RIVASTIGMINA 3 MG CAPSULA CAJA 28 PIEZAS 1112 2781

01 MARZO AL 31 DICIEMBRE 2009

492 04058Z CLOBAZAM 10 MG COMPRIMIDO CAJA 30 PIEZAS 298 744

01 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2009

493 04068Z MELOXICAM 7.5 MG TABLETA CAJA 14 PIEZAS 69701 174254

01 FEBRERO AL 31 DICIEMBRE 2009

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