Violencia de Género

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VIOLENCIA DE GÉNERO Grupo 8-Rights Hunters Autores: Berta Mestres Montia María Ángeles Fernández Orts Justo Carlos Gil Sojo Ismael Gramaje Iruela

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Visión del problema de la violencia de género a nivel global. Origen, situación actual, evolución. Medidas legales y dimensión del problema.

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VIOLENCIA DE GÉNERO

Grupo 8-Rights Hunters

Autores:Berta Mestres MontiaMaría Ángeles Fernández OrtsJusto Carlos Gil SojoIsmael Gramaje Iruela

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1. Introducción

Más estadísticas en:

estadísticas en el ministerio de igualdad

En el presente trabajo nos acercaremos a un tema de actualidad como es la violencia de género, más concretamente nos acercaremos a él desde un punto de vista jurídico. Primero trataremos de entender qué es y cómo incide en nuestra sociedad, después recogeremos la legislación nacional al respecto y veremos algunos ejemplos de aplicación de la misma al mismo tiempo que vemos su trascendencia y alcance.También recogeremos los organismos oficiales que trabajan sobre el tema así como una representación del amplio movimiento social que ha generado.Por último, acabaremos viendo como se trata el tema desde internet y aportando algunas conclusiones y preguntas para el debate.

Para entender de lo que hablamos citamos la definición de violencia de género que se ofrece en el artículo 1.1 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, que siendo este trabajo un acercamiento desde el derecho a este al tema, es con la que nos quedaremos.Esta ley define la violencia de género como aquella que, “como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre éstas por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia”, y “comprende todo acto de violencia física y psicológica, incluidas las agresiones a la libertad sexual, las amenazas, las coacciones o la privación arbitraria de libertad.”

La dimensión del problema:

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2. Marco Legal I.

LINKS :

- www.inmujer.migualdad.es/MUJER- www.migualdad.es

Leyes y protocolos de prevención a nivel nacional.

- INTRODUCCIÓN DE LA DISCRIMINACIÓN POSITIVA EN LA LEGISLACIÓN

- CREACIÓN DEL MINISTERIO DE IGUALDAD Y EL INSTITUTO PARA LA MUJER

- LEY ORGÁNICA 1/2004 DE VIOLENCIA DE GÉNERO

- REAL DECRETO 1917/2008. PROGRAMA DE INSERCIÓN SOCIOLABORAL DE MUJERES VÍCTIMAS DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO

- MODIFICACIÓN DEL CÓDIGO PENAL Art. 148, 153 y 173.2

- ORDEN DE PROTECCIÓN:

- Disfrute del domicilio Familiar - Pensión por hijo en común - Régimen de visitas respecto a los hijos que tengan en común. - Orden de alejamiento y de no aproximación a lugares frecuentados por la mujer (centro de trabajo, escuelas, etc.)

Real Decreto 1917/2008 programa de inserción.

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3. Marco Legal II

Leyes y protocolos de prevención de la UE.

MISMA LÍNEA: LA DISCRIMINACIÓN POSITIVA EN LA LEGISLACIÓN.

IMPLANTACIÓN DE RESOLUCIONES, DECISIONES Y DIRECTIVAS

- PARTICIPACIÓN PACÍFICA DE LAS MUJERES EN LA RESOLUCIÓN PACÍFICA DE COFLICTOS. LCEur 2001/3097

- PRINCIPIO DE IGUALDAD DE TRATO HOMBRES Y MUJERES AL ACCESO A BIENES Y SERVICIOS Y SU SUMINISTRO. LCEur 2004/3568

- FORMACIÓN DEL CAPITAL SOCIAL Y HUMANO EN LA SOCIEDAD DEL CONOCIMIENTO, APRENDIZAJE, TRABAJO, COHESIÓN SOCIAL E IGUALDAD ENTRE HOMBRES Y MUJERES. LC 2003/2233

- COMUNICACIÓN SOBRE CÓMO ADAPTARSE A LOS CAMBIOS EN LA SOCIEDAD Y EN EL MUNDO DEL TRABAJO, EN UNA NUEVA ESTRATEGIIA COMUNITARIA DE SALUD Y SEGURIDAD. LCEur 2003/4116

- PROGRAMA DE PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA SOBRE NIÑOS, JÓVENES Y MUJERES Y PROTECCIÓN A LAS VÍCTIMAS Y GRUPOS DE RIESGO . INTEGRACÓN EN EL PROGRAMA “DERECHOS FUNDAMENTALES Y JUSTICIA”. LCEur 2007/1147

Real Decreto 1917/2008 programa de inserción.

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4. Marco Legal III

Reflejaremos aquí los aspectos más destacados de la ley en España a la hora de conseguir su objetivo: EDUCACIÓN• Formación en el respeto a la igualdad entre hombres y mujeres • Revisar los materiales y libros de texto para garantizar la ausencia de conceptos o referencias que puedan fomentar la desigualdad.

PUBLICIDAD. Se considerará ilícito la asociación del cuerpo femenino con un producto concreto. APOYO A LAS VÍCTIMAS. La nueva ley permitirá la creación de: • Servicios de atención e información inmediata• Centros de emergencia centros de recuperación integral. • Asistencia jurídica especializada y gratuita• Ayudas económicas• Las víctimas tendrán derechos laborales específicos

MEDIDAS JURÍDICAS Y PENALES. Se crearán:• Juzgados de Igualdad y Asuntos Familiares • Se centralizarán los asuntos civiles y penales de una misma unidad familiar. • Los jueces podrán adoptar distintas medidas de protección, • Se reforzarán las penas contra los agresores: • Se prevé que cada Fiscalía de los Tribunales Superiores de Justicia y de las Audiencias Provinciales tenga su propia Sección de Violencia Familiar y que se cree la figura del 'Fiscal contra la violencia contra la mujer'.

NUEVOS ÓRGANOS ADMINISTRATIVOS. La ley contempla la creación de una Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género (bajo el Ministerio de Presidencia y con rango de Secretaría de Estado), un Consejo Consultivo y un Observatorio Nacional de Violencia sobre la Mujer en el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

140.705 sentencias como consecuencia de la violencia machista.

95.284 de hombres han sido condenados por malos tratos y vejaciones

observatorio violencia de género del Consejo General del poder judicial

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5. Violencia de género a través de internet.

LINKS :

http://www.fmujeresprogresistas.org/violencia10.htm)

http://www.apc.org/es/news/gender/world/dominemos-la-tecnologia-actua-para-poner-fin-la-vi

Para que se produzca violencia de género no es necesario que ésta sea a base de golpes (aunque sí que es cierto que la violencia física es por supuesto la más dramática de los otros tipo de violencia). En internet, por desgracia, existen formas de sometimiento facilitado por el hecho del anonimato. Se afirman patrones, y la violencia sobre la “persona” virtual que representa a la mujer es algo muy habitual en la red (lo tenemos en videojuegos, cibersexo, pornografía).

Se utiliza la red para divulgar fotos y/o imágenes con un contenido íntimo y personal sin consentimiento, vulnerado el derecho esencial de protección de la privacidad. También se dan casos de mujeres que han sido acosadas a través de entornos virtuales como chats, páginas web, etc...con la dificultad que existe de poder identificar al/los agresor/es.

Pero no todo es negativo, también podemos encontrar aspectos positivos, internet también brinda una gran ayuda a las mujeres, permitiendo un rápido intercambio de información. Es un espacio en el que las mujeres pueden colaborar y trabajar en red contra la violencia. A través de internet se realizan numerosos proyectos y campañas, un ejemplo sería la realizada por el PARM de APC: “¡Dominemos la tecnología!” para eliminar la violencia contra las mujeres .

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7. Movimiento y alarma social

LINKS DE LAS INICIATIVAS MÁS ACTUALES CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO:

1. http://www.cwgl.rutgers.edu/16days/kit09/uninitiativesspa.pdf 2. http://www.psoe.es/ambito/igualdad/news/index.do?id=413558&action=View2b. http://www.amecopress.net/spip.php?article2715 3. http://www.rimascontralaviolenciadegenero.es/ 4.

http://www.sevilla.org/impe/sevilla/contenido?pag=/contenidos/organizacion_municipal/delegaciones_municipales/delegacion_igualdad/servicio-de-teleasistencia&idActivo=19&idSeccion=19&vE=D4268

5. http://www.mujeresenred.net/spip.php?article2 6. http://www.mediterraneas.org/article.php3?id_article=1377. www.maltratozero.com

El fenómeno de la violencia de género es de una magnitud escalofriante. Es una lacra social que sufren abrumadoramente las mujeres, y que se expresa también en ataques contra algunos hombres cercanos a las mujeres agredidas o que tratan de impedir alguna agresión.Nuestra reacción no puede esperar a que se produzcan situaciones extremas de violencia física. No podemos ignorar que, en un marco social patriarcal, los varones asumen y desarrollan, de forma consciente o inconsciente, prácticas cotidianas de coacción y discriminación de las mujeres. Las cifras indican tozudamente que los hombres siguen desviando hacia las mujeres las tareas de cuidado y las responsabilidades de la vida cotidiana, doméstica y afectiva, de lo que deriva su discriminación laboral, una sobrecarga física y mental y la apropiación masculina de los espacios de decisión y poder. La igualdad en todo tipo de tareas y responsabilidades es condición necesaria para alcanzar la igualdad en el trabajo y la vida social. Los hombres tienen que cambiar su mentalidad, su actitud y su conducta, renunciando al silencio, inmovilismo y resistencia pasiva que siguen produciendo desigualdad y dan aliento a la violencia machista.Ese cambio es la responsabilidad personal de todos, pero también debe serfomentado y favorecido socialmente. Por ello, el apoyo de las organizaciones cuando exigen a los poderes públicos acciones positivas y efectivas contra la desigualdad de género, iniciativas y leyes dotadas de los suficientes medios, dirigidas a lograr un reparto equitativo de todas las tareas y responsabilidades de la vida cotidiana, social, doméstica o laboral, a poner fin a toda situación de privilegio masculino, legal o de hecho, y a reconocer y garantizar plenamente el derecho de las mujeres a decidir, sin tutelajes ni coacciones, sobre su vida, sus afectos, su sexualidad y su maternidad.

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8. Organismos oficiales

LINKS DE LOS ORGANISMOS OFICIALES QUE LUCHAN CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO, APORTANDO MEDIADAS DE APOYO, SEGURIDAD Y CONTROL A NIVEL NACIONAL:

1. http://www.amecopress.net/spip.php?article7541b. http://www.toumai.es/index.php?option=com_content&task=view&id=3008&Itemid=2662. http://www20.gencat.cat/portal/site/icdones3.

http://www.migualdad.es/ss/Satellite?cid=1193047406889&language=cas_ES&pagename=MinisterioIgualdad%2FPage%2FMIGU_SinContenido

4. http://www.madrid.org/cs/Satellite?c=CM_InfPractica_FA&cid=1132041678297&idConsejeria=1109266187284&idListConsj=1109265444710&idOrganismo=1109266228570&language=es&pagename=ComunidadMadrid%2FEstructura&pv=1132044969990&sm=1109170600517

5. http://www2.ohchr.org/spanish/bodies/cedaw/index.htm6. http://www.un.org/womenwatch/daw/index.html6b. http://www2.ohchr.org/english/bodies/cedaw/index.htm7. http://www.who.int/violence_injury_prevention/violence/en/

Los principales factores de la violencia de género son la relación desigual entre hombres y mujeres y la existencia de la «cultura de la violencia» como medio para resolver conflictos. La violencia no se debe a rasgos singulares y patológicos de una serie de individuos, sino que tiene rasgos estructurales de una forma cultural de definir las identidades y las relaciones entre los hombres y las mujeres. La violencia contra las mujeres se produce en una sociedad que mantiene un sistema de relaciones de género que perpetúa la superioridad de los hombres sobre las mujeres y asigna diferentes atributos, roles y espacios en función del sexo. Hasta hace no muchos años, la restricción en el desarrollo personal y social de las mujeres, la exigencia de su dedicación exclusiva a la familia, su deber de acatar la autoridad masculina, era considerado como algo normal y natural, validado por las costumbres y la ley. En ese contexto se toleraba socialmente que los hombres utilizasen la violencia para afianzar la autoridad. Actualmente existe una menor tolerancia social hacia la violencia. Sin embargo, demasiadas mujeres todavía soportan un alto grado de violencia, tanto en sus relaciones de pareja como fuera de ellas. Esto sucede en todas las clases sociales, religiones y niveles educativos. En definitiva, el factor principal de riesgo para la violencia contra las mujeres es, precisamente, el hecho de ser mujer.

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9.- Conclusiones.

WEBGRAFÍA:Federación de mujeres progresistashttp://www.fmujeresprogresistas.org/Instituto de la mujerhttp://www.inmujer.migualdad.es/mujer/index.htmlAmnistía Internacionalhttp://www.es.amnesty.org/Asociación para el Progreso de las Comunicaciones.http://www.apc.org/esMonitor de políticas de género y TIChttp://www.genderit.org/esp/index.shtml?apc=f--s96149-1Boletín Oficial del Estado. (BOE). Legislación producida por las

instituciones estatales.http://www.boe.es/aeboe/consultas/bases_datos/doc.php?

coleccion=iberlex&id=1995/25444

La aprobación de la ley orgánica 1/2004 de medidas de protección integral contra la violencia de género ha tenido y tiene una importancia vital para luchar contra este problema más allá de las cuestiones penales. Los organismos oficiales creados a raíz de la ley para denunciar, educar, publicar datos etc., pueden ser una de las herramientas más eficaces para atajar el problema. Este aspecto educativo de la ley es digno de mención y de imitación para otras cuestiones.

Aunque ley es firme e incluso las medidas podrían ser las apropiadas, generalmente siempre son insuficientes. Por muchas asociaciones, iniciativas y organizaciones que luchen día a día por esta causa, nos quedamos en una disminución de este tipo de agresiones pero no en una victoria. El trabajo que nos queda es lento pero si todos asumimos nuestra responsabilidad al respecto, aportamos una pizca de optimismo, seguridad y apoyo a todas las mujeres que desgraciadamente tienen que sobrellevar la violencia a sus espaldas.

El estadio al que se debe llegar en el futuro es la interiorización por parte de todos del valor del respeto e igualdad material y formal entre los seres humanos independientemente del género. Debe llegar el día en el que aquella persona que maltrate a otra por el mero hecho de ser mujer, sea visto como un hecho despreciable y aislado. Sólo así, actuando en las entrañas del problema, que es la educación se conseguirá erradicar el problema.

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Preguntas.

1ª.- A la vista que la violencia hacia las mujeres es algo que siempre ha existido en todas las culturas y religiones y que después de tantos años todavía seguimos padeciendo ¿es posible un futuro sin que exista este tipo de violencia, o por el contrarío, es algo que jamás se podrá erradicar?.

2º.- En los últimos años, la legislación española ha experimentado cambios muy relevantes en cuanto a la violencia de género ¿Creéis que son suficientes?.

3ª.- Con la aparición de nuevas tecnologías como internet, telefonía móvil, videojuegos, etc...¿estaríamos ante el nacimiento de una nueva forma de violencia de género?.