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GUIA SOBRE DECLARACIÓN DE SITUACIÓN PATRIMONIAL EN LA APCDMX ÍNDICE I. ESTRATEGIA 3 VS. CORRUPCIÓN EN LA APCDMX II. IDENTIFICACIÓN ELECTRÓNICA III. OBLIGADOS Y A, B, C DE LA DECLARACIÓN DE SITUACIÓN PATRIMONIAL IV. PREGUNTAS FRECUENTES V. DUDAS Y CONSULTAS

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GUIA SOBREDECLARACIÓN DE SITUACIÓN PATRIMONIAL EN LA APCDMX

ÍNDICE

I. ESTRATEGIA 3 VS. CORRUPCIÓN EN LA APCDMX

II. IDENTIFICACIÓN ELECTRÓNICA

III. OBLIGADOS Y A, B, C DE LA DECLARACIÓN DE SITUACIÓN PATRIMONIAL

IV. PREGUNTAS FRECUENTES

V. DUDAS Y CONSULTAS

ESTRATEGIA 3 VS. CORRUPCIÓN EN LA APCDMX

IDENTIFICACIÓN ELECTRÓNICA

Para hacer uso del Sistema Informático de la Contraloría General en el que se presentan las declaraciones de información patrimonial fiscal y de Intereses, se requiere contar con una identificación electrónica, que es la llave para ingresas al Sistema.

Si no cuenta con ella, a continuación se describe el Procedimiento para su obtención.

PROCEDIMIENTO PARA OBTENER IDENTIFICACIÓN ELECTRÓNICA DE LA CONTRALORÍA GENERAL

PARA LA OBTENCIÓN DE IDENTIFICACIÓN ELECTRÓNICA NECESARIA PARA EL USO DEL SISTEMA Y PRESENTACIÓN DE

DECLARACIONES PATRIMONIAL, DE INFORMACIÓN FISCAL, DE INTERESES Y DE PREVENCIÓN DE CONFLICTO DE

INTERESES, SE REQUIERE:

I. INGRESAR AL PORTAL DE LA CONTRALORÍA GENERAL www.contraloria.cdmx.gob.mx

II. DAR CLIC EN SOLICITUD DE IDENTIFICACIÓN ELECTRÓNICA.

- CONSULTA ¿CUENTA CON ANTECEDENTES REGISTRALES?

- NO. SELECCIONAR “SIN ANTECEDENTE DE REGISTRO PATRIMONIAL”

- SÍ. SELECCIONAR “CON ANTECEDENTE DE REGISTRO PATRIMONIAL”, ES NECESARIO CONTAR CON EL ACUSE DE LA

ÚLTIMA DECLARACIÓN PATRIMONIAL.

III. EN CASO DE NO CONTAR CON ANTECEDENTES, SE DESPLIEGA EN PANTALLA LA “SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN AL

REGISTRO PATRIMONIAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO Y PARA LA OBTENCIÓN DE LA

IDENTIFICACIÓN ELECTRÓNICA”, EN DONDE SE DEBERÁN REQUISITAR LOS SIGUIENTES DATOS:

- NOMBRE COMPLETO.

- REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES.

- DOMICILIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES

- INFORMAR SOBRE EL CARGO A DESEMPEÑAR.

- TIPO DE CONTRATACIÓN.

- CORREO ELECTRÓNICO QUE DEBERÁ SER VALIDADO POR SEGUNDA VEZ.

- DAR CLIC EN “SOLICITAR IDENTIFICACIÓN ELECTRÓNICA”.

IV. ACUDIR AL MÓDULO DE SITUACIÓN PATRIMONIAL UBICADO EN AV. TLAXCOAQUE NO. 8, PLANTA BAJA, COL.

CENTRO, DELEGACIÓN CUAUHTÉMOC, CON LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS:

- “SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN AL REGISTRO PATRIMONIAL”, IMPRESA EN DOS TANTOS.

- ORIGINAL Y COPIA DEL INE O CUALQUIER OTRA IDENTIFICACIÓN OFICIAL.

V. ACUDIR CON UNO DE LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS QUE ACREDITEN AL INTERESADO COMO FUNCIONARIO EN

ACTIVO:

- RECIBO DE PAGO, O

- NOMBRAMIENTO DEL CARGO; U

- OFICIO DEL ÁREA DE ADMINISTRACIÓN DEL ENTE DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO,

DONDE SE SEÑALE LA FECHA EN QUE INGRESÓ A LABORAR Y EL CARGO.

VI. EN MÓDULO SELLAN LOS DOS TANTOS, ESCANEAN LOS DOCUMENTOS (INE, SOLICITUD SELLADA Y DOCUMENTO

DE ACREDITACIÓN COMO FUNCIONARIO) Y SE PROCEDE A DAR VALIDEZ A LA IDENTIFICACIÓN ELECTRÓNICA.

OBLIGADOS Y A, B, C, DE LA DECLRACIÓN DE SITUACIÓN PATRIMONIAL

Obligados a presentar Declaración de Situación Patrimonial

1. La Declaración de Situación Patrimonial debe ser presentada por el personal de Estructura y homólogos de base, eventual, nómina 8 y prestadores de servicios por ingreso ($11,296.88) o por funciones hasta el nivel de Enlace.

1. 1. También todo personal que presente Declaración de Intereses, debe realizar Declaración de Situación Patrimonial con independencia de que tengan ingresos o funciones menores a la estructura desde el nivel de Enlace.

PREGUNTAS FRECUENTES

Declaración de Situación Patrimonial

1. ¿Qué es una Declaración de Situación Patrimonial?

Es la obligación para determinados servidores públicos consistente en proporcionar información fundada acerca de los bienes que conforman el patrimonio objeto de la declaración. La Declaración de Situación Patrimonial deberá contener:

- Datos identificativos del declarante, cónyuge, persona con quien vive en concubinato, o en sociedad en convivencia y dependientes económicos;

- Datos del empleo, cargo o comisión por el que declara; - Empleo, cargo o comisión, inmediato anterior; - Ingreso Anual Neto del declarante, cónyuge, persona con quien vive en concubinato, o en

sociedad en convivencia; - Aplicación de los ingresos; - Inventario y adquisiciones o arrendamiento de Bienes Inmuebles; - Inventario y adquisiciones o arrendamiento de Bienes Muebles; - Inventario y adquisiciones o arrendamiento de Vehículos;- Inversiones y Otro Tipo de Valores; - Recepción de donaciones, herencias, legados, participación en fideicomisos o similares,

derechos y bienes en especie (incluye viajes financiados por terceros, oficiales y no oficiales); - Uso y destino de donaciones, herencias, legados, derechos y bienes en especie,

- Gravámenes o Adeudos;

2. ¿Cuál es el marco normativo que la regula?

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, Acuerdo por el que se fijan Políticas de Actuación para una Transparente Rendición de

Cuentas que implique evitar el Conflicto de Intereses y el Incremento del Patrimonio No Justificado.

Lineamientos para la Declaración y difusión de Información Patrimonial, Fiscal y de Intereses a cargo de las personas servidoras públicas de la Administración Pública de la Ciudad de México y Homólogos.

3. ¿Cuál es el procedimiento para realizar la Declaración de Situación Patrimonial?

1. Contar con identificación electrónica que le permita ingresar al Sistema Informático de la Contraloría General de la Ciudad de México. y

2. Ingresar al Sistema Informático de la Contraloría General.

4. ¿Cuál es el plazo de su presentación y tipos de Declaración?

a) Inicial: La persona que ingrese a un puesto de estructura u homólogo o ante la promoción de puesto, conforme a este Lineamiento deberá presentar Declaración de Situación Patrimonial dentro de los 60 días naturales a su ingreso o promoción;

b) Anual: En mayo de cada año, salvo que se haya presentado una declaración inicial en los meses de enero a abril de dicho año;

c) Conclusión: Dentro de los 30 días naturales de la separación del empleo, cargo o comisión o de la promoción de puesto.

5. ¿Cuándo se debe presentar la modificación de Declaración de Situación Patrimonial?

La Declaración de Situación Patrimonial se debe presentar cada año y cada vez que el declarante sea nombrado en un nuevo cargo o concluya un encargo.

6. Para el ejercicio 2016, ¿cuándo se debe presentar la Declaración de Situación Patrimonial?

Conforme al Acuerdo por el que se fijan Políticas de Actuación para una Transparente Rendición de Cuentas que implique evitar el Conflicto de Intereses y el Incremento de Patrimonio No Justificado y los presentes Lineamientos, el personal de nivel Enlace u homólogos que a partir de mayo de 2016, está obligado a declarar información patrimonial, fiscal y de intereses, por este único año procederá a presentar: en mayo de 2016 su Declaración de Intereses y en mayo o junio de 2016 su Declaración de Situación Patrimonial, en la modalidad de Inicial.

7. ¿Qué tipo de documentación debo tener a la vista para el llenado de mi Declaración de Situación Patrimonial?

Cédula de identificación expedida por la SHCP o cualquier documento que contenga el RFC con homoclave y tu CURP, la de tu cónyuge y dependientes económicos.

Escrituras o contratos privados de compra-venta de los bienes inmuebles. Facturas de vehículos y bienes muebles. Contratos y/o estados de cuenta de inversiones, cuentas bancarias y otro tipo de valores. Contratos y/o estados de cuenta de gravámenes y/o adeudos. Comprobantes de percepción de sueldo y de otro tipo de ingresos. La referente al patrimonio del cónyuge y/o dependientes económicos.

8. Se puede modificar la Declaración de Situación Patrimonial

Cualquier ajuste u observación a la información se deberá aplicar antes del envío electrónico de la Declaración de Situación Patrimonial, ya que hecho el envío no podrá realizarse corrección o aclaración alguna.

9. ¿Cuáles son las sanciones por su incumplimiento?

Dependiendo de las circunstancias particulares, a la imposición de sanciones que conforme al régimen de responsabilidades de las personas servidoras públicas resulten aplicables.

10. ¿Puedo elegir entre hacer públicos o no mis datos patrimoniales?

Sí, en caso de aceptar hacer pública la información patrimonial.

11. Quienes están obligados a difundir versión pública de su Declaración de Situación Patrimonial?

Las personas servidoras públicas y homólogas que presenten la Declaración de Situación Patrimonial Anual están obligadas a difundir una Versión Pública,

12. ¿Qué datos difunde en la versión pública de la Declaración de Situación Patrimonial?

La cual se publicitará a través del Sistema, con los siguientes datos:

I. DATOS DE LA DECLARACIÓNDatos del Declarante:Nivel máximo de estudiosExperiencia Laboral del Declarante.II. INGRESO TOTAL NETO DEL AÑOIngreso Neto del Declarante por empleo, cargo o comisión:Otros Ingresos del Declarante, cónyuge, persona con quien vive en concubinato, o en sociedad

en convivencia y dependientes económicosIII. PATRIMONIO FAMILIARBIENES INMUEBLESTitular:Tipo de Inmueble:Ubicación: (Municipio o Delegación, Entidad Federativa o país extranjero)Forma de Adquisición:Fecha de AdquisiciónBIENES MUEBLESTitular:Forma de Adquisición:Fecha de AdquisiciónValor de la Adquisición (MENOR A $ 25, 000)(DE $25, 001 A $50,000)/(DE $50, 001 A $150,000)/(DE

$150, 001 A $400,000)/(MAYOR 400,000)IV. GASTO TOTAL ANUALINVENTARIO DE BIENES MUEBLES E INMUEBLESBienes Muebles:(MENOR A $ 25, 000)(DE $25, 001 A $50,000)/(DE $50, 001 A $150,000)/(DE $150, 001 A

$400,000)/(MAYOR 400,000)Bienes Inmuebles:(MENOR A $800,000) / (DE $800,001 A $1´600,000) / (DE $1 600,001 A $3´200,000) / (MAYOR A $3

´200,000)V. INVERSIONES O VALORESTipo:Ubicación:Titular:Denominación del emisor:FechaCantidad representada aproximadamente:(MENOS DE $100,000) / (DE $100, 001 A $500,000) / (DE $500,001 A $1´500,000) / (MAYOR A $1´500,000)VI. GRAVÁMENESTipo:Ubicación:Titular:Denominación del acreedor:Fecha

Cantidad representada aproximadamente:(MENOS DE $100,000) / (DE $100, 001 A $500,000) / (DE $500,001 A $1´500,000) / (MAYOR A $1´500,000)VII. INFORMACIÓN FISCAL DEL DECLARANTE:Total de ingresos señalados en la Declaración de Impuestos sobre la Renta:Impuesto a cargo del Declarante:Fecha de Declaración:Total del Sueldo, Salarios y Conceptos Asimilados, Constancia emitida por la Oficialía Mayor $Impuesto Retenido al Declarante por el Gobierno de la Ciudad de México:

13. ¿La información de la declaración, está protegida?

Si, los datos personales contenidos en el Sistema en general se administrarán en los términos señalados por el acuerdo de creación del Sistema de Datos Personales, que conforme a la normatividad aplicable corresponda y la difusión será sólo de los datos que las Políticas de Actuación y los Lineamientos respectivos señalan.

14. ¿En qué casos no se está obligado a presentar la Declaración de Situación Patrimonial?

Los prestadores de servicios profesionales no están obligados a presentar Declaración de Situación Patrimonial por Conclusión o por Inicio, cuando exista continuidad en el desempeño de la función mediante la recontratación dentro de los siguientes 10 días naturales, y no varíen las cláusulas, condiciones del contrato anterior o no sea una separación definitiva, excepto las que se refieran al monto de las percepciones, cuando su modificación implique un cambio de nivel o categoría por salarios equivalentes a los cargos de estructura.

15. ¿Cuánto me tardo?

Una vez elaborada la declaración por el servidor público obligado, la envía electrónicamente y el acuse de recibo se genera de forma inmediata, puede variar debido al servicio de Internet y equipo utilizado. El tiempo se puede expresar en 30 segundos aproximadamente.

16. ¿Qué obtengo?

El Sistema otorgará al declarante un acuse de recepción electrónica con medidas de seguridad y comprobación de la Declaración de Situación Patrimonial, mismo que debe imprimir y conservar cinco años junto con la información soporte correspondiente para futuras investigaciones, consultas o compulsas.

17. ¿Cuánto cuesta?

Es gratuito

18. ¿Quién puede realizarlo?

El servidor público obligado

19. ¿Puedo presentar la Declaración de Situación Patrimonial en sábados y domingos?

El Sistema de presentación estará activo durante las 24 horas del día incluyendo sábados y domingos.

20. ¿Por qué dar publicidad a la Declaración de Situación Patrimonial del servidor público?

Es uno de los nuevos de bates del derecho a la información, la rendición de cuentas y el combate a la corrupción, sin embargo, una situación mayor que tiene que ver con confianza y la credibilidad en las instituciones públicas, los principios éticos que guían al servicio público y que afectan la confianza en el Gobierno al deteriorar el prestigio personal-profesional de sus servidores públicos.

21. ¿Qué efectos tiene el cumplimiento de la Declaración de Situación Patrimonial?

Proporcionar información sobre ingresos y su aplicación, incluyendo adquisiciones o arrendamiento de inmuebles, muebles, vehículos , inversiones y otro tipo de valores; así como declarar la recepción y uso de donaciones, herencias, legados, viajes, participación en fideicomisos y similares, bienes en especie, así como gravámenes y adeudos vigentes.

Para las personas servidoras públicas: Obligación de declarar sus ingresos, activos y pasivos al inicio, durante y al concluir el encargo o comisión. Actualizar la información patrimonial que permita identificar el incremento de su patrimonio y su justificación. Generar versión pública. Rendir cuentas de su gestión y brindar apoyo proporcionando información y documentación en los términos de ley. Imparcialidad respecto del ejercicio público, transparencia de los ingresos derivados de la función pública y evitar el Patrimonio no justificado.

Para el Interés Público: Contar con servidores públicos que actúan con integridad y ética. Legitimar las instituciones públicas. Proteger el orden moral y la justicia. Valorar la evolución patrimonial de los servidores públicos. Incrementar la confianza ciudadana y gobernabilidad. Cumplimiento de metas y programas. Disminuir conductas irregulares al interior de la APCDMX. Prevenir las malas prácticas dentro de la función pública.

Para la sociedad: Contar con herramientas para tener acceso a la información patrimonial y transparentar la función pública. Usar las tecnologías de la información para monitorear el desempeño de los servidores públicos. Mejorar su percepción de confianza respecto de la actuación honesta y transparente del servidor público, y viabilidad democrática. Ante la demanda de transparencia de la sociedad civil, la aplicación de mecanismos de prevención de la corrupción incrementarán la confianza y participación, además, se volverán vigilantes del actuar de las personas servidoras públicas y contarán con herramientas de denuncia.