VIAJE DE BODAS - - Dirección de Bienestar del Personal de ... · fecha de boda ·Afiliado Titular...
Transcript of VIAJE DE BODAS - - Dirección de Bienestar del Personal de ... · fecha de boda ·Afiliado Titular...
Los beneficios se otorgan a partir de la aprobación de “Beneficios Unificables” – Nota Nº 00135 Sec.
Gral./IOSFA/2016.
Los beneficios/reservas para todas las unidades turísticas IOSFA, se tramitarán según las condiciones
generales de reservas hoteleras vigentes para IOSE, DIBA, DIBPFA, debiendo canalizarse las mismas
a través de la Obra Social de origen del requirente.
A diferencia del viaje de bodas, los beneficios tendrán vigencia por UN (1) año a partir de la fecha de
aniversario, a excepción de fines de semana largos y temporada alta.
Los beneficios no serán acumulativos ni fraccionables.
En todos los casos, la reserva deberá realizarse con TREINTA (30) días de anticipación y estará sujeta a
disponibilidad y apertura de los hoteles.
Será requisito presentar copia de Acta de Matrimonio para el otorgamiento de beneficios por viaje o
aniversario de bodas.
Será requisito presentar copia de Recibo de sueldo en la que se acredite antigüedad/años de servicio,
para el otorgamiento del beneficio pertinente (25/30 años).
Los beneficios se otorgan a partir de la aprobación de “Beneficios Unificables” – Nota Nº 00135 Sec.
Gral./IOSFA/2016.
Los beneficios/reservas para todas las unidades turísticas IOSFA, se tramitarán según las condiciones
generales de reservas hoteleras vigentes para IOSE, DIBA, DIBPFA, debiendo canalizarse las mismas
a través de la Obra Social de origen del requirente.
A diferencia del viaje de bodas, los beneficios tendrán vigencia por UN (1) año a partir de la fecha de
aniversario, a excepción de fines de semana largos y temporada alta.
Los beneficios no serán acumulativos ni fraccionables.
En todos los casos, la reserva deberá realizarse con TREINTA (30) días de anticipación y estará sujeta a
disponibilidad y apertura de los hoteles.
Será requisito presentar copia de Acta de Matrimonio para el otorgamiento de beneficios por viaje o
aniversario de bodas.
Será requisito presentar copia de Recibo de sueldo en la que se acredite antigüedad/años de servicio,
para el otorgamiento del beneficio pertinente (25/30 años).
VIAJE DE BODAS
ANIVERSARIOS DE BODAS
·Afiliado Titular y Cónyuge·10 noches de alojamiento con desayuno·Cualquier época del año·Válido por 90 días subsiguientes a la fecha de boda
·Afiliado Titular y Cónyuge ·50% DE DESCUENTO en la tarifa de alojamiento con desayuno
·7 noches de alojamiento ·Beneficio por un año a partir de la fecha de aniversario
·Afiliado Titular y Cónyuge ·7 noches de alojamiento con desayuno·Beneficio por un año a partir de la fecha de aniversario
·Afiliado Titular y Cónyuge ·7 noches de alojamiento con desayuno·Beneficio por un año a partir de la fecha de aniversario
BODAS DE 10/15/20 AÑOS
BODAS DE PLATA Y BODAS DE ORO
ANIVERSARIO 55 AÑOS DE CASADOS Y SUCESIVAMENTE CADA 5 AÑOS
MILITAR RETIRADO
CIVIL JUBILADO
PENSIONADO
POR AÑOS DE SERVICIO
CUMPLEAÑOS Nº 65
·Afiliado Titular, acompañante e
hijos a cargo
·10% DE DESCUENTO en la tarifa de
alojamiento con desayuno
·Afiliado Titular (Militar – Civil)
·25 años continuos de servicio
·30 años interrumpidos de servicio
·7 noches de alojamiento con
desayuno
·Beneficio por un año a partir de la
fecha de aniversario
·Afiliado Titular y acompañante
·3 noches de alojamiento con
desayuno
·Beneficio por un año a partir
de la fecha de cumpleaños