Vacaciones

1
VACACIONES En cuanto al salario base de liquidación de las vacaciones, el artículo 192 del C.S.T, enuncia: " Remuneración. Modificado. D. 617/54, art. 8°. 1. Durante el período de vacaciones el trabajador recibirá el salario ordinario que esté devengando el día en que comience a disfrutar de ellas. En consecuencia, sólo se excluirán para la liquidación de vacaciones el valor del trabajo en días de descanso obligatorio y el valor del trabajo suplementario o de horas extras. 2. Cuando el salario sea variable las vacaciones se liquidarán con el promedio de lo devengado por el trabajador en el año inmediatamente anterior a la fecha en que se oncedan." Por lo anterior, para la liquidación de las vacaciones no debe tomarse el valor de las horas extras o trabajo suplementario y si su salario es variable se liquidarán sobre el promedio de lo devengado en el año inmediatamente anterior a la fecha del disfrute. Igualmente, el auxilio de transporte no se incluye en el salario base de liquidación de vacaciones. En virtud de lo anterior, el salario base de liquidación de las prestaciones sociales y vacaciones en caso de terminación del contrato de trabajo, será el último salario del mes de enero de 2008, teniendo en cuenta los elementos integrantes del mismo de conformidad con el artículo 127 del C.S.T. Para hallar la suma a pagar por concepto de vacaciones, es necesario tener en cuenta que se pagan por el término de un año 15 días hábiles. Ahora bien, para la liquidación de las vacaciones se debe tener en cuenta que, el número de días dependerá de los períodos que se deban al trabajador y de las fracciones que dan lugar al reconocimiento del derecho, entonces la fórmula sería: Salario Base X No. de días a liquidar 720

description

VACACIONES

Transcript of Vacaciones

Page 1: Vacaciones

VACACIONES

En cuanto al salario base de liquidación de las vacaciones, el artículo 192 del C.S.T, enuncia: " Remuneración. Modificado. D. 617/54, art. 8°. 1. Durante el período de vacaciones el trabajador recibirá el salario ordinario que esté devengando el día en que comience a disfrutar de ellas. En consecuencia, sólo se excluirán para la liquidación de vacaciones el valor del trabajo en días de descanso obligatorio y el valor del trabajo suplementario o de horas extras.

2. Cuando el salario sea variable las vacaciones se liquidarán con el promedio de lo devengado por el trabajador en el año inmediatamente anterior a la fecha en que se oncedan."

Por lo anterior, para la liquidación de las vacaciones no debe tomarse el valor de las horas extras o trabajo suplementario y si su salario es variable se liquidarán sobre el promedio de lo devengado en el año inmediatamente anterior a la fecha del disfrute.Igualmente, el auxilio de transporte no se incluye en el salario base de liquidación de vacaciones.

En virtud de lo anterior, el salario base de liquidación de las prestaciones sociales y vacaciones en caso de terminación del contrato de trabajo, será el último salario del mes de enero de 2008, teniendo en cuenta los elementos integrantes del mismo de conformidad con el artículo 127 del C.S.T.

Para hallar la suma a pagar por concepto de vacaciones, es necesario tener en cuenta que se pagan por el término de un año 15 días hábiles.

Ahora bien, para la liquidación de las vacaciones se debe tener en cuenta que, el número de días dependerá de los períodos que se deban al trabajador y de las fracciones que dan lugar al reconocimiento del derecho, entonces la fórmula sería:

Salario Base X No. de días a liquidar720