V Simposio HisToReLo

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V SIMPOSIO COLOMBIANO DE HISTORIA LOCAL Y REGIONAL LA ERECCIÓN DE UNA PARROQUIA: PRÁCTICAS DE CONTROL DEL ESPACIO Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL Elver Armando Rodríguez Nupán RESUMEN El presente trabajo pretende recrear el proceso legal de la erección de la parroquia de Sogamoso, como una experiencia local, a partir de la cual se puede analizar la composición social de la ruralidad neogranadina en la segunda mitad del siglo XVIII en el altiplano cundiboyacense. En este análisis salen a flote los conflictos e intereses de los diferentes grupos sociales en torno a la posesión de la tierra, y la forma como este proceso contribuyó al surgimiento de una élite rural y al despojo y extinción de la población indígena. INTRODUCCIÓN Entre 1777 y 1810, en Sogamoso se resolvió el conflicto por el acceso a la tierra entre vecinos e indígenas, que se evidenció en el desplazamiento de los indígenas por orden del visitador Francisco Moreno y Escandón y la solicitud de la erección de una parroquia de Baccalaureum in philosophia por la Universidad Urbaniana de Roma, Licenciado en filosofía, pensamiento político y económico por la Universidad Santo Tomás. Magíster en Historia por la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia. Catedrático de filosofía en las universidades Santo Tomás y Pedagógica y Tecnológica de Colombia, y coordinador académico de la Institución Educativa Magdalena de Sogamoso. Investiga historia colonial en perspectiva regional y local. Ha publicado recientemente “Alcabalas de Sogamoso: Tensiones ante la aplicación de un nuevo método de recaudo en un pueblo del Nuevo Reino de Granada, 1805-1818” en Revista HisToReLO Vol. 5 (2013); “Derriben las casas para que no les quede esperanza de restituirse a ellas. Erección de la parroquia de Sogamoso: 1777-1810”, en Revista Fronteras de la Historia, Volumen 19-2 (2014). Correo electrónico: [email protected].

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V SIMPOSIO COLOMBIANO DE HISTORIA LOCAL Y REGIONAL

LA ERECCIN DE UNA PARROQUIA: PRCTICAS DE CONTROL DEL ESPACIO Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL Elver Armando Rodrguez Nupn(RESUMEN

El presente trabajo pretende recrear el proceso legal de la ereccin de la parroquia de Sogamoso, como una experiencia local, a partir de la cual se puede analizar la composicin social de la ruralidad neogranadina en la segunda mitad del siglo XVIII en el altiplano cundiboyacense. En este anlisis salen a flote los conflictos e intereses de los diferentes grupos sociales en torno a la posesin de la tierra, y la forma como este proceso contribuy al surgimiento de una lite rural y al despojo y extincin de la poblacin indgena.INTRODUCCIN

Entre 1777 y 1810, en Sogamoso se resolvi el conflicto por el acceso a la tierra entre vecinos e indgenas, que se evidenci en el desplazamiento de los indgenas por orden del visitador Francisco Moreno y Escandn y la solicitud de la ereccin de una parroquia de blancos, y ste dej de ser un resguardo y pueblo de indios para convertirse en una parroquia de vecinos, en donde el factor del mestizaje, y las disputas por el acceso y uso de la tierra, determinaran el rumbo sociopoltico de la regin y su participacin en el resquebrajamiento del sistema estamental colonial. Las aspiraciones sociales y las presiones de los vecinos surtieron efecto y se sobrepusieron a los intereses de los indgenas, encontrando una especie de reivindicacin de grupo al producirse la aprobacin definitiva del virrey que autorizaba la ereccin de la parroquia en febrero de 1810. De paso, dicha ereccin, formaliz el ingreso de la poblacin mestiza al sistema colonial, incorporndola legalmente como grupo social a la vida econmica y poltica del virreinato.

En el altiplano cundiboyacense, la progresiva ocupacin de las tierras de resguardos por parte de los vecinos y la relegacin de los disminuidos indios a las zonas marginales, constituy la apertura al sendero que llevara a la formalizacin de la posesin privada de la tierra. En Sogamoso, este proceso se consolid en el trascurso de la segunda mitad de siglo XVIII y la primera dcada del XIX, de tal manera que cuando se produjo el movimiento independentista en el Virreinato de la Nueva Granada, el control territorial de la zona ya estaba en manos de los mestizos y blancos que haban sabido sacar provecho de las concesiones que inconscientemente haban otorgado los indios.

El efecto de este proceso social, adems del cambio del propietario de la tierra, fue la trasformacin del uso que se daba a la misma. En Sogamoso, los vecinos ordenaron su hbitat en torno a dos nuevas circunstancias: la prctica de la ganadera y un nuevo ordenamiento territorial. En el proceso de apropiacin del espacio, los vecinos reconfiguraron las relaciones con la tierra, en el entendido que el uso y ordenamiento del espacio constituyen una forma especfica de existir, de orden social y de diferenciarse grupalmente de los indgenas. Las actividades agrcolas que haban sido el sostn de las comunidades indgenas entraron en un proceso de reconfiguracin y se trasladaron progresivamente hacia las periferias. Y la transformacin urbanstica que se gest con la presencia de los vecinos se constituy en la condicin que permiti el desarrollo de una economa de intercambio bastante activa para satisfacer las necesidades de los pobladores.

Demoler y demarcar, procedimientos que dieron inicio a la configuracin de la parroquia en 1778, fueron acciones contundentes en el diseo del nuevo plan de ocupacin, que contribuyeron no slo a definir la propiedad sino tambin a desarraigar a sus antiguos habitantes. El cambio del uso de la tierra implic un control efectivo del espacio y la seguridad de encontrarse en un lugar propio, que a su vez le otorg identidad local a sus moradores. La reconfiguracin del espacio fue para los vecinos un mecanismo de posicionamiento en el sistema poltico vigente y, la manera de encontrar reconocimiento frente a la administracin virreinal, formalizando su ingreso a la sociedad colonial, la cual les haba negado por dcadas un espacio propio.

EL PLAN DE ORDENAMIENTO ESPACIAL

Trasladar a los indios y derribar las chozas para construir de nuevo, fueron acciones inherentes a la concrecin del plan de urbanizacin acorde a la racionalidad blanca. Una vez franqueado el territorio del inconveniente de los indios y consecuente a esta lgica, Jos Mara Campuzano y Lanz escriba desde Tunja el 10 de febrero de 1778 pidiendo que desde Santaf se autorizara el avalo, medicin y remate de los territorios que conformaran las cuadras del plan de la nueva parroquia. El 19 de febrero siguiente recibi la aprobacin de los fiscales y los vistos del secretario virreinal Iturrate y, adems, la orden de expedir despacho al corregidor para que efectuara la diligencia. El corregidor Laiseca hizo lo propio para llevar acabo el procedimiento de avalo, medicin y remate de las cuadras de la parroquia. Para este fin encarg a don Pedro Soler y Camacho, a don Toms de Guevara, a Nicols Solano y a Juan Antonio Corredor como valuadores, y tambin solicit la asesora de un maestro de alarife o maestro de obras, don Jos Gregorio Valenzuela, para que estableciera y midiera la cantidad de tierra necesaria para conformar el plan.

El 3 de marzo de 1778, se dio trmite a la diligencia de medicin. Acudieron a dicho evento el juez, el medidor nombrado o agrimensor, el escribano pblico y varios vecinos del lugar. El propsito era demarcar y medir el plan de la parroquia. El agrimensor midi una cuerda de fique de cien varas de la tierra para utilizarla como parmetro, y se procedi:

[] se dio principio a la medida desde una cuchilla que se hace por detrs de la iglesia que llaman del contento, lnea recta a la plaza por la acera de la crcel hasta cuya puerta hubo cinco cabuyas, y de all prosigui por deresera la medida hacia el ro midiendo tres cabuyas, que con otra ms que pidieron los apoderados del vecindario se diese de la otra banda del dicho ro hacen nueve cabuyas que componen novecientas varas de la tierra, las que se conceptuaron suficientes para el establecimiento de la parroquia y por tanto pidieron los relacionados apoderados se midiese igual terreno por la lnea opuesta para que saliera en cuadro, lo que as se ejecut, tirndose cinco cabuyas desde el frente de la puerta de la iglesia por deresera hacia el molino que fue de don Pedro Certucha, y se alcanz con las cinco cabuyas que hacen quinientas varas al medio o centro de las cuadras del referido molino, y habiendo vuelto a la plaza desde la puerta de la iglesia se midieron por deresera las otras cuatro cabuyas que a donde alcanzaron se puso un lindero. Habindose practicado igual diligencia en los otros tres restantes trminos, con lo cual y por ser ya tarde se concluy esta diligencia mandando el juez al medidor que al siguiente da arreglase el cuadro y pusiese los linderos en las esquinas del terreno medido [].

Al da siguiente, los vecinos nombrados como valuadores acudieron ante Campuzano y el escribano de visita Lorenzo de Medina, a dar su concepto sobre los terrenos inspeccionados diciendo que:

[] han reconocido con la debida atencin todas las tierras del resguardo de este pueblo conforme a sus trminos y linderos sealados que se hallan bastantemente instruidos y que con reflexin a su fertilidad y circunstancias, excluyendo las nueve cabuyas en cuadro que se han medido para el asiento del lugar y tambin las cuadras de dos molinos que se hayan dentro de las tierras de dicho resguardo las avalan y aprecian en cantidad de nueve mil y quinientos pesos, y las del potrero que les estaba sealado a los indios, aunque contiguo, separado del globo que compone el resguardo en ciento cincuenta pesos, que una y otra cantidad componen nueve mil seiscientos cincuenta pesos. Y que as mismo avalan la vara de terreno de las cuatro cuadras que abrazan la plaza y la de las cuatro colaterales a cuatro reales, la de las que subsiguen a tres reales, y la de las restantes a dos reales [].

El 20 de agosto de 1778, cuando Moreno y Escandn acudi en persona a realizar una nueva visita, ya habindose extinguido el pueblo de indios y su resguardo, esperaba encontrar un pueblo de blancos muy avanzado en su construccin y prspero en su comercio. Sin embargo, desilusionado constat que la ereccin de la parroquia no haba sido adelantada y la reconstruccin del pueblo ni siquiera haba sido iniciada. Incluso, algunos vecinos todava conservaban las construcciones de paja y de bahareque que haban dejado los indios. Por este motivo, en el informe de su visita urge a los vecinos a realizar todo lo necesario para que el proyecto prosperara, y estableci un ultimtum para que en el lapso de un ao se realizara la reconstruccin del poblado segn las caractersticas propias de los pueblos de blancos.En un contexto de anlisis ms amplio se puede percibir que las directrices de ordenamiento territorial impartidas por Moreno y Escandn traspasaban el simple propsito ornamental y connotaban contenidos de tipo social, espiritual, poltico y econmico que se veran reflejados en la vida cotidiana de los habitantes, y que adems, consolidaran una relacin de control con respecto de la administracin colonial. La planificacin de un nuevo ordenamiento espacial, para el caso de Sogamoso, implicaba la incorporacin directa de la poblacin de vecinos al sistema productivo colonial. Al reagrupar los indios se organiz de forma ms eficiente el sistema del tributo y, al construir la parroquia se concedi legitimidad al grupo de vecinos y a su nueva relacin con el sistema contributivo de la colonia encarnado en la Real Hacienda.

No en vano Moreno y Escandn se mostraba sorprendido por el escaso desarrollo comercial logrado por los vecinos en el lapso del ao que el territorio haba estado bajo su control. Siendo Sogamoso un territorio estratgico, se esperaba que con las garantas concedidas, el lugar estuviera encaminado a constituirse en un fortn agrcola y ganadero, en un ncleo comercial privilegiado por ser paso obligado de los ganados y mercancas provenientes de los llanos. Al visitador no le caba otra explicacin para la inercia local, que la pereza y desinters de los pobladores. Tal vez no alcanzaba a entender que para los intereses del grupo local de vecinos, acostumbrados a la informalidad mercantil, formalizar el proceso productivo y las transacciones comerciales, resultaba poco favorable en la medida que conllevaba asumir la carga tributaria destinada a la corona, que en las circunstancias anteriores era fcilmente evadible.

El proceso de reordenamiento territorial se fue haciendo efectivo a medida que se acercaba el siglo XIX. Aunque legalmente la aprobacin oficial del plan de construccin se vio retrasada por la intervencin del visitador Juan Francisco Gutirrez de Pieres en contra del accionar de Moreno y Escandn en 1779, durante los siguientes veinte aos se transform el paisaje del poblado sogamoseo. Las casas de paja y bahareque fueron desapareciendo para dar paso a edificios de teja y tapia. As lo constataron los mismos vecinos, testigos de que en Sogamoso [] existe un gran nmero de edificios que contienen una respetable poblacin [y] que en medio de esos edificios apenas se ve una u otra choza de indios.

Por su parte, los capitanes indgenas intentaron en 1798 una estrategia desesperada, acudiendo al virrey para que impidiera el avance de las construcciones en el poblado, sin embargo, la fisionoma del lugar ya era ms blanca que india: [] el pueblo cual si fuera ciudad, villa o parroquia se mira poblado de edificios y dominado absolutamente de algunos forneos blancos que se han agregado. Los capitanes indgenas se percataron de que las concesiones que antao hicieron a algunos vecinos, abrieron las puertas a la afluencia progresiva de nuevos pobladores, y lo que anteriormente se haba visto como un mutuo beneficio, se transform en amenaza de ruina y desolacin para la comunidad nativa. Por lgicas razones estadsticas, en la medida que el nmero de vecinos se incrementaba y los indgenas disminuan, los primeros iban ganando capacidad para ejercer presin, intimidar e imponer sus intereses sobre el grupo minoritario. Mucho ms cuando personas de la lite rural emergente eran quienes ocupaban los cargos estatales locales, y administraban justica con criterios evidentes de solidaridad grupal.

Al finalizar el siglo XVIII ya era irrefutable el control que los vecinos ejercan sobre el territorio, y el ordenamiento espacial del reconstruido pueblo legitimaba su supremaca. El total desarraigo indgena se finiquit con la demolicin de sus casas, la venta de las alhajas y ornamentos de la iglesia y el remate de sus sementeras. El nuevo ordenamiento territorial avalaba la propiedad particular y estableci un nuevo rgimen social en el cual el mximo nivel jerrquico slo le poda pertenecer a los blancos. Los indgenas, por su parte, o fueron absorbidos por el nuevo esquema a travs del mestizaje o fueron incorporados al nuevo sistema productivo mediante el concertaje, el peonaje o la mita agrcola. De todas formas, la legitimidad que les conceda su identificacin tnica frente al sistema colonial termin diluida.

4.2 ORDENAMIENTO LEGAL Y MORAL

Para el visitador Moreno y Escandn resultaba indiscutible el beneficio que representaba el hecho de que en Sogamoso ya existiera iglesia y crcel construidas. Ambas edificaciones se encontraban ubicadas en la plaza, en donde adems tenan asiento las casas del corregidor, del cura y del escribano pblico. Estas dos edificaciones encarnaban el peso del orden legal y del orden espiritual caractersticos de la sociedad colonial; orden que, segn concepto de los visitadores, se haba visto alterado con la violacin de las polticas de segregacin tnica y el consecuente mestizaje. En la cosmovisin de los funcionarios, el mestizaje no solo constitua un desorden tnico, sino que predominantemente instauraba un desorden del sistema estamental, legal y moral. Moreno y Escandn, arriesgndose a una descripcin de la vida cotidiana de los moradores sogamoseos, se quejaba de [] una nociva libertad en su vulgo, poco respetuoso a los jueces y falto de la debida sujecin con abuso de la bebida y continua embriaguez, a que son consiguientes los excesos que de ella dimanan, a pesar que en el pueblo exista un corregidor, un teniente y tres alcaldes partidarios. Lo que se evidenciaba aqu, era precisamente una rica interaccin entre indios y vecinos que acudan simultneamente a un mismo tiempo y espacio de socializacin. El domingo como da sagrado en el que se obligaba a participar de la misa, y el da martes cuando se realizaba el mercado del pueblo, se convertan en tiempos de encuentro. Tanto indios como vecinos acudan a la iglesia, la plaza, las chicheras, las pulperas, haciendo de stos, lugares privilegiados de interaccin y de consolidacin de relaciones. Sin embargo, expresiones cotidianas en el nuevo mbito del mestizaje que para los lugareos resultaban naturales, a los ojos de los funcionarios virreinales eran ocasin de escndalo y de ilegalidad. Por lo mismo haba que tomar medidas que remediaran semejantes esperpentos.

Moreno y Escandn entiende que para garantizar la ereccin de la parroquia no bastaba con un pronunciamiento oficial, adems se requera ordenar el espacio, y fundamentalmente ordenar el sistema legal y moral que parecan diluidos en el intrincado mbito mestizo. Instruy a los alcaldes y tenientes para que no dudaran en castigar las contravenciones a los autos de buen gobierno y para que hicieran responsables a los dueos de los expendios de guarapos y licores de los escndalos, rias, heridos y excesos que se producan en las tabernas. Tambin recomend a los jueces aplicar sin dilacin y con rectitud las penas a los culpables y a quienes les faltasen al respeto, veneracin y obediencia, puesto que este delito deba ser considerado el ms pernicioso para el buen gobierno. Este nuevo rigor en la aplicacin de las leyes deba servir como ejemplo a los infractores para persuadirlos de rectificar su comportamiento, caso contrario habra que recurrir inclusive al escarnio pblico.

Los castigos pblicos como procedimiento judicial fueron ampliamente conocidos durante la colonia. Y su aplicacin se llev a cabo con beneplcito de los altos jerarcas eclesisticos. En el caso concreto del Virreinato de la Nueva Granada se puede constatar tambin que los castigos y malos tratos fueron aplicados con el propsito de ahuyentar a los nativos y quedarse con sus tierras y ganados, como bien lo documenta Garrido para el caso de Guataqu. Adems del suplicio corporal que infringan en la mayora de los casos, fueron un mecanismo efectivo de control social mediante el padecimiento de la vergenza. El escarnio pblico constitua un poderoso disuasivo contra el delito, y acudiendo a esta lgica penal, Moreno y Escandn orden a los jueces locales con carcter de urgencia:

Se construirn inmediatamente dos fuertes argollas de fierro, que se colocarn en dos partes de madera a los dos lados de la puerta capitular, para que en ella se aseguren por la garganta y con candado los delincuentes, exponindolos a la vista de todos, de modo que este espectculo sirva de freno y escarmiento a los dems, proporcionando el tiempo a la gravedad de la culpa, con reserva de aumentar las penas si esta demostracin no fuera bastante para corregir el desorden que se aumenta en el concurso de gente forastera y desconocida a los mercados.

No hay certeza de que las instrucciones del visitador se llevaran a cabo en la forma y el rigor con que las expona, ms an, Moreno y Escandn era consciente de la necesidad de conservar un sano equilibro en la aplicacin de las penas y de que la justicia [] no se exceda de los equitativos lmites de su naturaleza. Se refera este comentario a lo que encontr al visitar la crcel del pueblo. Haba, para el da 20 de agosto de 1778, once personas presas, de las cuales varias llevan entre siete y diez meses de reclusin sin que se les hubiera abierto el debido proceso. Encontr tambin, que los detenidos padecan acusaciones de tipo civil por causa de pesos, es decir, de deudas menores. Estas dos situaciones -la dilacin de la reclusin sin abrir causa justa y la reclusin por delitos menores- se consideraban contrarias al espritu de la ley y de la justicia, lo que llev a que tambin en este aspecto se dictaran instrucciones precisas:

Se observar en adelante el jurdico mtodo de no poner preso a ningn deudor sino fuere por cantidad que lo merezca y precedida la ejecucin de sus bienes para que no denuncindolo el acreedor se ejecute lo prevenido en derecho. Y si el deudor fuere artesano, ponindole donde con su trabajo pueda devengar la paga y no se inutilice, o por alguno de los otros medios ordinarios o de prudencia, practicndose todo breve y sumamente, para que de esta suerte no se perjudique al deudor o al acreedor. Y en las querellas o delitos de poca entidad se corregirn de plano como que no merecen estrpito de juicio, pero en los de gravedad en el preciso trmino de tres das debe instrursele proceso y con la posible brevedad seguirse hasta su conclusin.

Para claridad y orden de los procesos se estableci adems que se abriera un libro de registro de ingresos y salidas de presos de la crcel. All deba anotarse con fecha exacta el nombre, la causa de prisin y el juez que dictaminaba. Tambin, se prohibi que se encarcelaran indios forajidos o ausentes de su pueblo y en cambio se los remitiera de regreso a los resguardo de su origen para que fueran reintegrados al sistema tributario y no significaran prdida para la Real Hacienda.

Con esto quedaba claro que la reconstruccin del pueblo como parroquia de blancos deba pasar por la reorganizacin moral de los comportamientos. La aplicacin de un sistema legal riguroso deba contribuir a dicha finalidad. Con leyes duras se pretenda disciplinar a unos pobladores que haban llevado una vida displicente con respecto a las obligaciones sociales y religiosas. El ideario de la vida cotidiana de los pueblos de blancos pasaba por la asimilacin del sistema moral catlico que a su vez se expresaba de forma coherente en toda la legislacin colonial vigente. Esto nos permite afirmar que con la ereccin de la parroquia se emprendi no solo una reconstruccin material, sino tambin una reelaboracin cultural a partir de la regulacin de los comportamientos y las costumbres locales.

DE LA AGRICULTURA A LA GANADERA

La desigualdad de la capacidad econmica de los indgenas con respecto a los blancos marc una tendencia en la forma como cada grupo tnico participaba del sistema productivo colonial. La disposicin de excedentes econmicos determinaba la capacidad de cada grupo tnico para explotar la tierra que posea y determinar el uso que le daba.En Sogamoso, en 1778 cuando Moreno y Escandn dio va libre al proceso de ereccin de la parroquia, tambin autoriz el traslado de la poblacin indgena, la demolicin de las casas del pueblo de indios y el remate de las tierras del resguardo. Se inici as una ocupacin de facto del espacio aunque legalmente todava no exista un aval virreinal. Los testimonios documentales evidencian que, aunque los indios regresaron un ao despus de su desalojo, tanto el traslado como la demolicin de las casas se hicieron efectivos.

Aos ms tarde, el capitn Antonio Peralta relataba que ante la situacin de miseria que padecan los indgenas trasladados a Paipa, el cura Agustn Salazar solicit al virrey su restitucin al pueblo y la devolucin de las tierras del resguardo, pero al regresar se encontraron con [] tal situacin que ya los indios no hallaron casas en que vivir porque aquellos vecinos blancos que se haban apoderado del pueblo [] las haban derribado []. Durante la ausencia de los indgenas, los vecinos se asentaron y reconfiguraron el espacio acorde a sus necesidades y actividades econmicas, trazaron linderos y utilizaron gran parte de las sementeras para hacer potreros.Sin embargo, la revisin de los libros notariales del Archivo Central del Municipio de Sogamoso permite establecer que la conformacin de potreros en los antiguos terrenos del resguardo no pretenda una ganadera bovina intensiva orientada al comercio de productos crnicos o lcteos, sino una ganadera de autoconsumo que garantizara suministros para las necesidades bsicas. Otro era el caso de las contadas haciendas en donde se encontraba una ganadera extensiva caballar, mular, ovina y caprina orientada al mercado local, al transporte y carga, a la prctica del arado, y a la produccin de lana. En este sentido, el 31 de abril de 1782 don Juan de Dios Daz propietario de la Hacienda la Ramada, quizs la ms representativa de Sogamoso, oficializ su testamento y permiti establecer las siguientes cantidades de ganado de su propiedad: Mil yeguas, cien muletos, cincuenta caballos, doscientas diez reses, veintitrs bueyes, setenta y nueve mulas, veinte echores, dos mil ovejas y cuarenta cabras. Lgicamente las proporciones de la hacienda resultan exageradas con respecto a las propiedades de los vecinos, sin embargo, permiten establecer una tendencia en el tipo de ganado predominante en la regin.

Los testamentos y los documentos de compraventa permiten establecer entre 1782 y 1810 un frecuente comercio local de ganado caballar y mular, aunque en el marco de transacciones menores. Esta tendencia resultaba lgica, si se tiene en cuenta que la mayor dificultad local yaca en el transporte de los productos para el mercado, sobre todo de mieles, ropas, panelas y sales que usualmente se traan desde regiones aledaas. Se explicaba, tambin, por la necesidad del transporte personal, toda vez, que gran nmero de diligencias requeran el desplazamiento a Tunja o a Bogot, sedes administrativas por excelencia.

Conviene aclarar, que el incremento de la actividad ganadera de autoconsumo y el avance del proyecto de urbanizacin que implicaba la ereccin de la parroquia, no excluan la actividad agrcola de la regin. Slo es posible establecer un desplazamiento de las zonas cultivadas hacia las periferias del poblado en los lmites con los pueblos adyacentes. Los cultivos de maz, trigo, cebada y turmas continuaron presentes en el mercado local y provincial, pero ahora estn situados a ms distancia, geogrficamente hablando, de la concentracin poblacional. Tambin contribuye a explicar este desplazamiento, la conveniencia de tener, tanto el ganado caballar y mular como el vacuno, en lugares de fcil acceso cerca a las residencias, de tal manera que se pudiera hacer un uso ms expedito del mismo.

La consolidacin de los vecinos como un nuevo grupo social en la regin de Sugamuxi implic adems una nueva relacin con el espacio territorial que habitaban. Este fenmeno se explicaba en la medida que los vecinos replicaron en el pueblo y el resguardo la cultura y las costumbres propias de los blancos espaoles, en un intento por lograr un espacio propio en la sociedad colonial. Este elemento cultural jug un papel diferenciador con respecto a la poblacin indgena y se expresaba en la prctica de rutinas y hbitos diferentes en la vida cotidiana de los nuevos pobladores con respecto a los antiguos. A diferencia de los indgenas, en cuya vida domstica se incluan animales de pequeas proporciones como gallinas y ovejas, especies de fcil crianza en espacios reducidos, la vida domstica de los vecinos implicaba la tenencia de caballos, mulas y bueyes para suplir tres necesidades bsicas del grupo social: el transporte personal, el transporte y carga de mercancas, y el arado para la agricultura de mayor proporcin.

Desde el punto de vista territorial, la implantacin de los hbitos de los blancos, conllev a la necesidad de abrir un espacio para las especies domsticas implicadas en su vida cotidiana. Los caballos, las mulas y los bueyes no eran especies que se pudieran mantener en territorios reducidos. Su subsistencia dependa de una mejor y ms efectiva planificacin de los pastos y el agua durante el ao, y de una mejor distribucin de las tierras asignadas para potreros. Esta transformacin del uso de la tierra que los indgenas locales perciban como una amenaza para sus cultivos y costumbres, resultaba apenas lgica en la racionalidad blanca. Las splicas elevadas por el gobernador de indios, Antonio Peralta, entrado el siglo XIX, que se resista a que las tierras de sus cultivos se volvieran progresivamente potreros, no eran ms que la expresin de un conflicto cultural, fruto del nuevo uso del espacio que la vida cotidiana y domstica de los vecinos llevaba implcita. No poda ser de otra manera, en el entendido que cada pueblo o grupo social configura su relacin con la tierra que habita acorde a su propia cosmovisin, y a su vez, el dominio prolongado de un espacio imprime transformaciones topogrficas que atestiguan el paso del ser humano por el mundo.

ORDENAMIENTO Y PRODUCCIN

Desde la perspectiva de las autoridades, por lo menos en lo que respecta al virreinato de la Nueva Granada, transcurrido dos siglos, la conformacin de los resguardos de indios fue una experiencia con saldo negativo para los intereses reales. Agrupar y organizar a los indios para constituir ncleos agrcolas sostenibles y rentables, no result un proyecto prspero. Poco a poco, el declive demogrfico se convirti en factor determinante en la disminucin del potencial productivo de los indgenas. Muchos resguardos pasaron a ser un costo administrativo demasiado alto comparado con la retribucin fiscal que representaban para el real erario. Los pueblos y resguardos de indios, como unidad productiva no llegaron a prosperar. Su extincin, por lo tanto, fue una medida apenas coherente con las expectativas que la corona mantena sobre sus territorios coloniales. En reiteradas ocasiones los visitadores esgriman como argumento para expoliar las tierras, que stas no eran productivas en manos de los indgenas y que aun arrendndolas no les representaba beneficio.

Esta lgica econmica se percibi claramente en el proceso de la conformacin de la parroquia de Sogamoso. La ineficiencia fiscal del resguardo conllev naturalmente a su reordenamiento territorial. Las expectativas de progreso que antao estaban puestas en el resguardo, ahora se encarnan en el proyecto de la parroquia. En este contexto, en febrero de 1809, Cndido Nicols Girn, defendiendo la causa de los vecinos sogamoseos, le expresaba al virrey que, [] la organizacin de un pueblo y el crecimiento de su agricultura, de su comercio, de sus moradores, en razn de las propiedades que adquieran y de la estrechez con que se liguen, son los primeros felices resultados que se presentan y hacen amable e importante este proyecto.

En Sogamoso el plan de reordenamiento, no solo recogi la necesidad territorial de los vecinos locales, sino que tambin reprodujo el proyecto econmico inherente a toda la estructura colonial. Mucho ms cuando desde la metrpoli, durante el siglo XVIII, se estaba pugnando por el desarrollo de una estructura administrativa ms eficiente de las colonias. La urgencia fiscal que la corona experimentaba, se materializ en la demanda de una viabilidad econmica ms rigurosa de los territorios coloniales. A nivel regional y local, esta realidad repunt en medidas conducentes a hacer ms racional y productiva la distribucin de la tierra. Por lo tanto, el reordenamiento territorial producido durante el siglo XVIII respondi, adems, a una lgica de eficiencia fiscal y productiva. Y en el caso de Sogamoso, ante el inminente fracaso de la estructura erigida en torno al resguardo se aduca que,

[] lo nico que puede sacarlo de su miseria es su ereccin en parroquia, porque generalmente en todos parcialmente sucedera en Sogamoso, se aumenta entonces el cultivo, la agricultura, la poblacin, la riqueza del pas. Que tenga pues aquel extinguido pueblo esta fuente de felicidad y que la reciban los vecinos de la superior mano de vuestra excelencia para ello.

Los vecinos locales, por su parte, aspiraban a la posesin de la tierra como factor fundamental de produccin y de subsistencia. Eran conscientes que la ereccin de la parroquia los legitimara como propietarios. Sin embargo, no se mostraban muy dispuestos a asumir las responsabilidades fiscales que de este hecho dimanaban. Constituir oficialmente la parroquia implicaba, primero, asumir los costos propios de la administracin eclesistica, es decir, la congrua del cura, los diezmos, las limosnas, las fiestas, el mantenimiento del templo y dems estipendios sacramentales; costos que los vecinos no haban sufragado de su haber en las dcadas anteriores porque, siendo un resguardo, el virreinato asuma la responsabilidad de garantizar el servicio espiritual a los indgenas y adyacentes. Mientras perdurara el resguardo, los vecinos podan gozar del servicio espiritual a bajo o ningn costo. En segundo lugar, como pueblo de blancos, se tema la aplicacin ms rigurosa del aparato administrativo virreinal para mayor control de la produccin y el mercado. A partir de la segunda mitad del siglo XVIII, en Sogamoso se experiment localmente lo que ya era generalizado en otras regiones del virreinato: la Real Hacienda vena hacindose ms eficiente para incorporar la economa local al sistema tributario estatal.

Las medidas adoptadas para el cobro del impuesto de las alcabalas en la regin de Sugamuxi son un ejemplo de los esfuerzos administrativos emprendidos para regularizar los aportes de la economa local a las arcas de la corona y de este modo vincular formalmente a los vecinos al sistema tributario. La instauracin de una administracin local de alcabalas autnoma a partir del 5 de agosto de 1805, estableci un rgimen contributivo ms efectivo en torno al mercado local, al comercio de ganados provenientes de los llanos, a la composicin de las pulperas, a la importacin de mieles, panelas, sales, mantas y ropas, a la produccin de harinas en los molinos de pan, a la venta de esclavos y bienes races, entre otras actividades econmicas propias del lugar. Los mismos vecinos locales se quejaban ante la Real Hacienda de que en el proceso de incorporacin a la formalidad tributaria se haban grabado actividades y mercancas que anteriormente no contribuan.

Como reaccin a este reordenamiento econmico, en el siglo XVIII apareci ms reiterada en la documentacin judicial la prctica del contrabando local y de la evasin. Aunque resulta muy difcil establecer la magnitud del flujo econmico que se escapaba del control estatal, ciertamente dichos comportamientos constituyeron un factor fundamental para disponer de una visin completa de la economa local. En lo que respecta a Sogamoso la documentacin disponible permite establecer un frecuente contrabando en el mercado de ropas, de aguardientes y de ganados procedentes de los Llanos. Tambin hay noticia de algunas prcticas de evasin, como salir a vender mantas a los caminos de los pueblos, hacer compraventas de ganado a nombre de los indgenas, evitar declarar la totalidad de las mercancas y esconder parte de las mismas en arrabales cerca del poblado. La participacin de los funcionarios locales en estas prcticas tampoco era desconocida. El contrabando y la evasin sirvieron a las lites rurales en el proceso de ascenso social. stos, aprovechaban sus cargos para introducir mercancas y evadir responsabilidades fiscales. Es representativo para Sogamoso, el caso del administrador Salvador Ortiz y Barrera, quien desde 1792 introduca ropas de castilla y panelas sin pagar las alcabalas correspondientes. Valindose de su cargo y su influencia en la regin, logr desvirtuar las acusaciones que le hizo en 1794 el asentista de alcabalas, don Juan Agustn Molano. El mismo Molano en 1793 solicitaba apoyo a las autoridades virreinales para contrarrestar la evasin que se presentaba en el comercio de ganados y panelas. Al final, pese al fuerte control y al rigor legal con que se procedi contra estas prcticas, la realidad excedi con creces los alcances legales de la corona.

CONCLUSION

Dicho lo anterior puede establecerse que con el arraigo territorial de los vecinos, se introdujo paulatinamente en Sogamoso una nueva estructura econmica que a su vez contribuy a legitimar sus aspiraciones como parte de una nueva estratificacin social. Los incipientes procesos de produccin y la naciente economa mercantil, legal o ilegal, fueron el pie de apoyo de una lite rural emergente, que para la primera dcada del siglo XIX ya ostentaba el control poltico de la regin y dominaba todo el mercado local. La anexin de la poblacin indgena a este nuevo contexto pas a depender de la demanda local de mano de obra. Los intereses y necesidades de la vida cotidiana de los vecinos condicionaron la percepcin negativa hacia las polticas contributivas de la corona. El resultado, una economa local que se resista sistemticamente a ser formalizada e incorporada legalmente al sistema de produccin colonial del siglo XVIII y que encontraba acomodos para beneficio particular, o en el contrabando o en la evasin fiscal.

REFERENCIAS BIBLIOGRFICAS

ARCHIVO GENERAL DE LA NACIN (AGN), SECCIN COLONIA (SC), FONDOS: Visitas, Poblaciones, Miscelnea.ARCHIVO CENTRAL DEL MUNICIPIO DE SOGAMOSO (ACMS), Notara 1

CAMACHO ROLDN, Salvador. Memorias. Bogot: Bedout, 1927.

COLMENARES, Germn. Historia econmica y social de Colombia I, 1537-1719. Quinta Edicin. Bogot: Tercer Mundo Editores, 1999.________. La provincia de Tunja en el Nuevo Reino de Granada. Ensayo de Historia Social, 1539-1800. 3 Ed., Bogot: Tercer Mundo Editores, 1997.

TTER, Andrs. Introduccin a la ecologa del paisaje. Un marco de integracin para los levantamientos ecolgicos. Bogot: Instituto Geogrfico Agustn Codazzi, 1991. ________. Patrones de cambio de uso de la tierra en Colombia y sus determinantes. Un contexto para el estudio de los cambios globales. Ponencia en Simposio Internacional Ecosistemas y Cambio Climtico. Medelln: Universidad Javeriana, 2010.

________. Las transformaciones del uso de la tierra y los ecosistemas en Colombia hasta 1800. En: MEISEL, Adolfo y RAMREZ, Mara Teresa. La economa colonial de la Nueva Granada. Bogot: TM Editores y Banco de la Repblica, 2010.

FOUCAULT, Michel. Vigilar y castigar. El nacimiento de la prisin. Mxico: Editorial Siglo XXI, 1975.GARRIDO, Margarita. Reclamos y representaciones. Variaciones sobre la poltica en el Nuevo Reino de Granada, 1770-1815. Santaf de Bogot: Banco de la Repblica, 1993.HERRERA NGEL, Marta. Historia y geografa, tiempo y espacio. En: Historia Crtica. No. 27 (2004).

________. Ordenar para controlar. Ordenamiento espacial y control poltico en las llanuras del Caribe y en los Andes centrales neogranadinos. Siglo XVIII. Medelln: La Carreta Editores, 2007.

________. Popayn: La unidad de lo diverso. Territorio, poblacin y poblamiento en la provincia de Popayn, siglo XVIII. Bogot: Departamento de Historia de la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad de los Andes, Ediciones Uniandes, 2009.

ROBAYO, Juan Manuel. La propiedad rural en Boyac. De las reformas de mitad del siglo XIX a la Constitucin de Rionegro. Tunja: Universidad Pedaggica y Tecnolgica de Colombia, 2003.

( Baccalaureum in philosophia por la Universidad Urbaniana de Roma, Licenciado en filosofa, pensamiento poltico y econmico por la Universidad Santo Toms. Magster en Historia por la Universidad Pedaggica y Tecnolgica de Colombia. Catedrtico de filosofa en las universidades Santo Toms y Pedaggica y Tecnolgica de Colombia, y coordinador acadmico de la Institucin Educativa Magdalena de Sogamoso. Investiga historia colonial en perspectiva regional y local. Ha publicado recientemente Alcabalas de Sogamoso: Tensiones ante la aplicacin de un nuevo mtodo de recaudo en un pueblo del Nuevo Reino de Granada, 1805-1818 en Revista HisToReLO Vol. 5 (2013); Derriben las casas para que no les quede esperanza de restituirse a ellas. Ereccin de la parroquia de Sogamoso: 1777-1810, en Revista Fronteras de la Historia, Volumen 19-2 (2014). Correo electrnico: [email protected].

Sobre la diferencia entre resguardo y pueblo de indios vase HERRERA NGEL, Marta. Historia y geografa, tiempo y espacio. En: Historia Crtica. No. 27 (2004). pp. 172-173.

COLMENARES, Germn. La provincia de Tunja en el Nuevo Reino de Granada. Ensayo de Historia Social, 1539-1800. 3 Ed., Bogot: Tercer Mundo Editores, 1997. p. 153.

HERRERA NGEL, Marta. Ordenar para controlar. Ordenamiento espacial y control poltico en las llanuras del Caribe y en los Andes centrales neogranadinos. Siglo XVIII. Medelln: La Carreta Editores, 2007. p. 305.

ARCHIVO GENERAL DE LA NACIN (GN), Seccin Colonia (SC), Fondo Poblaciones, leg. 2, f. 897r-900v.

HERRERA, Historia y geografa, Op. cit., p. 176-177.

AGN, SC, Fondo Poblaciones, leg 2, f. 947r.

AGN, SC, Fondo Visitas, leg. 14, ff. 355r-356r.

AGN, SC, Fondo Visitas, leg. 14, ff. 356v-357r.

AGN, SC, Fondo Visitas, leg. 14, f. 360v.

AGN, SC, Fondo Visitas, leg. 14, f. 361v.

AGN, SC, Fondo Visitas, leg. 14, ff. 361v-362v.

AGN, SC, Fondo Visitas, leg. 14, f. 363r-v.

AGN, SC, Fondo Poblaciones, leg. 2, f. 901r.

AGN, SC, Fondo Poblaciones, leg. 2, f. 901v.

HERRERA NGEL, Marta. Popayn: La unidad de lo diverso. Territorio, poblacin y poblamiento en la provincia de Popayn, siglo XVIII. Bogot: Departamento de Historia de la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad de los Andes, Ediciones Uniandes, 2009. p. 10.

AGN, SC, Fondo Poblaciones, leg. 2, ff. 947v y 948r.

AGN, SC, Fondo Poblaciones, leg. 2, f. 921r-v.

AGN, SC, Fondo Miscelnea, leg. 42, f. 450r.

AGN, SC, Fondo Miscelnea, leg. 42, f. 450r.

Vase sobre este aspecto ROBAYO, Juan Manuel. La propiedad rural en Boyac. De las reformas de mitad del siglo XIX a la Constitucin de Rionegro. Tunja: Universidad Pedaggica y Tecnolgica de Colombia, 2003. Tambin CAMACHO ROLDN, Salvador. Memorias. Bogot: Bedout, 1927.

AGN, SC, Fondo Miscelnea, leg. 44, ff. 37r y 39r.

AGN, SC, Fondo Poblaciones, leg. 2, f. 901v.

HERRERA NGEL, Ordenar para controlar, Op. cit., pp. 200-201.

AGN, SC, Fondo Poblaciones, leg. 2, f. 902r.

GARRIDO, Reclamos y representaciones, Op. cit., p. 243.

Sobre mecanismo del sistema penal se profundiza ampliamente en FOUCAULT, Michel. Vigilar y castigar. El nacimiento de la prisin. Mxico: Editorial Siglo XXI, 1975.

AGN, SC, Fondo Poblaciones, leg. 2, f. 902r.

AGN, SC, Fondo Poblaciones, leg. 2, f. 902v.

AGN, SC, Fondo Poblaciones, leg. 2, f. 902r.

AGN, SC, Fondo Poblaciones, leg. 2, f. 902v.

AGN, SC, Fondo Miscelnea, leg. 44, f. 857r.

AGN, SC, Fondo Miscelnea, leg. 44, f. 857v-858r.

El echor era un burro introducido en una manada de caballos para que sirviera de reproductor con el fin de procrear mulas.

ARCHIVO CENTRAL DEL MUNICIPIO DE SOGAMOSO (ACMS), Notara 1, t. 1, f. 11v.

TTER, Andrs. Las transformaciones del uso de la tierra y los ecosistemas en Colombia hasta 1800. En: MEISEL, Adolfo y RAMREZ, Mara Teresa. La economa colonial de la Nueva Granada. Bogot: TM Editores y Banco de la Repblica, 2010.

Vase TTER, Andrs. Introduccin a la ecologa del paisaje. Un marco de integracin para los levantamientos ecolgicos. Bogot: Instituto Geogrfico Agustn Codazzi, 1991. TTER, Andrs. Patrones de cambio de uso de la tierra en Colombia y sus determinantes. Un contexto para el estudio de los cambios globales. Ponencia en Simposio Internacional Ecosistemas y Cambio Climtico. Medelln: Universidad Javeriana, 2010.

COLMENARES, Germn. Historia econmica y social de Colombia I, 1537-1719. Quinta Edicin. Bogot: Tercer Mundo Editores, 1999. p. 257.

Ibid., p. 254.

Ibid., p. 258.

AGN, SC, Fondo Poblaciones, leg. 2, f. 932r.

AGN, SC, Fondo Poblaciones, leg. 2, f. 948r.

AGN, SC, Fondo Alcabalas, leg. 25, ff. 647r-v, 150r.

AGN, SC, Fondo Alcabalas, leg. 3, f. 480r; leg. 5, f. 901r; leg. 13, f. 425v; leg. 12, f. 41r; Fondo Resguardos, leg. 1, f. 194v.

AGN, SC, Fondo Alcabalas, leg. 3, f. 480r-v.

AGN, SC, Fondo Alcabalas, leg. 13, ff. 325r-327v.