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i
UNIVERSIDAD TÉCNICAESTATAL DE QUEVEDO
UNIDAD DE ESTUDIOS A DISTANCIA
MODALIDAD SEMIPRESENCIAL
CARRERA CONTABILIDAD Y AUDITORÍA
TEMA DE TESIS
Auditoría tributaria “comercial Don Pepe”, cantón Guayaquil,
provincia del Guayas, período 2012
Previo a la obtención del título de:
CONTADOR PÚBLICO AUTORIZADO
AUTOR
Gustavo Favian Preciado Quirumbay
DIRECTOR
ING. Wilson Xavier Toro Álava, M.Sc.
QUEVEDO - ECUADOR
2013
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ii
CERTIFICACIÓN DEL DIRECTOR DE TESIS
El suscrito, Ing. Wilson Xavier Toro Álava, M.Sc. docente de la Universidad
Técnica Estatal de Quevedo, certifica que el egresado Gustavo Favián
Preciado Quirumbay, realizó la tesis de grado previo a la obtención del título
de Contador Público Autorizado titulada: AUDITORIA TRIBUTARIA
“COMERCIAL DON PEPE”, CANTÓN GUAYAQUIL, PROVINCIA DEL
GUAYAS, PERÍODO 2012 bajo mi dirección, habiendo cumplido con las
disposiciones reglamentarias establecidas para el efecto.
__________________________________
Ing. Wilson Xavier Toro Álava, M.Sc
DIRECTOR
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iii
DECLARACIÓN DE AUTORÍA Y CESIÓN DE DERECHOS
Yo, Gustavo Favián Preciado Quirumbay declaro que el trabajo aquí descrito
es de mi autoría; que no ha sido previamente presentado para ningún grado o
calificación profesional; y, que he consultado las referencias bibliográficas que
se incluyen en este documento.
La Universidad Técnica Estatal de Quevedo, puede hacer uso de los derechos
correspondientes a este trabajo, según lo establecido por la Ley de Propiedad
Intelectual, por su Reglamento y por la normatividad institucional vigente.
_________________________________
Gustavo Favián Preciado Quirumbay
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iv
UNIVERSIDAD TÉCNICA ESTATAL DE QUEVEDO
UNIDAD DE ESTUDIOS A DISTANCIA
MODALIDAD SEMIPRESENCIAL
CARRERA CONTABILIDAD Y AUDITORÍA
Presentado al Consejo Directivo como requisito previo para la obtención del
título de:
CONTADOR PÚBLICO AUTORIZADO
Aprobado:
______________________________________
ING. DOMINGA RODRÍGUEZ ANGULO, MSc. PRESIDENTE DEL TRIBUNAL
________________________________ ____________________________
ING. ELSA ALVAREZ MORALES, MSc. CPA. IRMA ORTEGA TAPIA, MBA MIEMBRO DEL TRIBUNAL MIEMBRO DEL TRIBUNAL
QUEVEDO - ECUADOR
2013
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v
AGRADECIMIENTO
Agradezco a Dios por guiarme en el camino del bien y darme las fuerzas
necesarias para vencer los obstáculos que se presentan en la vida.
Gracias también al apoyo brindado por mis madres, quienes me comprendieron
al haber sacrificado el tiempo que les correspondía.
A mis hermanos, que con sus consejos me indujeron a ser perseverante y
comprender que nunca es tarde para alcanzar a un objetivo.
Al Ing. Wilson Toro, M.Sc, director de tesis e Ing. Dominga Rodríguez por su
valiosa guía y asesoramiento a la realización de la misma.
A los miembros y propietarios del Comercial Don Pepe, por su solidaridad al
brindarme su ayuda e información para la realización de este proyecto.
Gracias a todas la personas que ayudaron directamente e indirectamente para
que sea posible este proyecto.
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vi
DEDICATORIA
Mi tesis se la dedico a Dios, por haber recibido de él las bendiciones y la salud
necesaria, mismas que me permitieron llegar hasta este momento tan
importante de mi vida.
A mis padres, por darme el ejemplo de superación al inicio de mi etapa
estudiantil, demostrándome siempre apoyo en todo momento.
A mi esposa que siempre ha estado a mí lado compartiendo mis triunfos y
fracasos y brindándome su apoyo, para alcanzar esta meta siempre anhelada.
A mis hijas que son el motivo de mi esfuerzo, las que me motivan para seguir
superándome en la vida.
Gustavo Preciado Quirumbay
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vii
ÍNDICE GENERAL
Declaración de autoría y cesión de derecho ii
Certificación del director de tesis iii
Tribunal de tesis iv
Agradecimiento v
Dedicatoria vi
Índice general viii
Índice de cuadros xv
Índice de figuras xvi
Índice de anexos xvii
Resumen ejecutivo xviii
Abstrac xix
CAPÍTULO I
MARCO CONTEXTUAL DE LA INVESTIGACIÓN 1
1.1. INTRODUCCIÓN 2
1.2. UBICACIÓN Y CONTEXTUALIZACIÓN DE LA
PROBLEMÁTICA
4
1.3. SITUACIÓN ACTUAL DE LA PROBLEMÁTICA 4
1.4. PROBLEMATIZACIÓN 6
1.4.1. Formulación del problema 7
1.4.2. Sistematización del problema 7
1.4.3. Delimitación del problema 8
1.5. JUSTIFICACIÓN Y FACTIBILIDAD 8
1.6. OBJETIVOS 9
1.5.1 General 9
1.5.2 Específicos 9
1.7. HIPÓTESIS 10
CAPÍTULO II
MARCO TEÓRICO DE LA INVESTIGACION 11
2.1. EMPRESA 12
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viii
2.1.1. Funciones 12
2.1.2. Importancia 13
2.1.3. Objetivos 13
2.1.4. Tipos 14
2.1.4.1. Empresa comercial 15
2.1.4.2. Ferretería 15
2.2. AUDITORÍA TRIBUTARIA 16
2.2.1. Objetivos de la auditoría tributaria 16
2.2.2. Clasificación de la auditoría tributaria 17
2.2.3. Etapas de la auditoría tributaria 18
2.2.3.1. Planificación 18
2.2.3.1.1. Planificación preliminar 18
2.2.3.1.2. Planificación específica 19
2.2.3.2. Ejecución 20
2.2.3.2.1. El control interno tributario 20
2.2.3.2.2. Componentes de control interno 20
2.2.3.2.3. Técnicas para la evaluación del control interno 22
2.2.3.2.4. Medición de riesgos de auditoría 24
2.2.3.2.5. Programa de auditoría 25
2.2.3.2.6. Pruebas de auditoría 26
2.2.3.2.7. Evidencia de auditoría 26
2.2.3.2.8. Índice de auditoría 26
2.2.3.2.9. Marcas de auditoría 27
2.2.3.2.10 Papeles de trabajo 27
2.2.3.2.11 Hallazgos de auditoría 28
2.2.3.3. Comunicación de resultados 28
2.2.3.3.1. Informe de auditoría tributaria 28
2.3. ASPECTOS CONTABLES 30
2.3.1. Contabilidad 30
2.3.2. Importancia de la contabilidad 31
2.3.3. Contabilidad comercial 31
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ix
2.3.3.1. Disposiciones legales 32
2.3.4. Tipos de contribuyentes 33
2.3.4.1. Personas naturales 33
2.3.4.2. Sociedades 35
2.4. ASPECTOS TRIBUTARIOS 36
2.4.1. Servicio de Rentas Internas 36
2.4.1.1. RUC (Registro Único de Contribuyente) 36
2.4.1.2. Comprobantes de venta 37
2.4.1.2.1. Documentos autorizados por el SRI 38
2.4.2. Impuestos que recauda el SRI 41
2.4.2.1. Impuesto al Valor Agregado 42
2.4.2.1.1. Sujetos pasivos 43
2.4.2.1.2. Crédito tributario 45
2.4.2.1.3. Devolución y reintegro del IVA 47
2.4.2.1.4. Retenciones del IVA 51
2.4.2.2. Impuesto a la renta 52
2.4.2.2.1. Objeto de impuesto 53
2.4.2.2.2. Tarifas 54
2.4.2.2.3. Determinación del anticipo 54
2.4.2.2.4. Retenciones en la fuente 56
2.4.2.2.5. Sanciones 57
2.4.2.2.6. Crédito tributario y reclamos de devolución 58
2.4.3. Presentación de anexos 59
2.5. MARCO LEGAL 60
2.5.1. Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno y su
reglamento
61
2.5.2. Obligaciones tributarias 61
2.5.3. Formulario 103 – Instructivo declaración de retenciones en
la Fuente del Impuesto a la Renta
61
2.5.4. Formulario 104 – Instructivo declaración de retenciones en 65
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x
la Fuente del Impuesto a la Renta
2.5.5. Código de comercio 72
2.5.6. Código de trabajo 72
2.5.7. Ley de seguridad social 72
CAPÍTULO III
METODOLOGÍA DE LA INVESTIGACIÓN 73
3.1. MATERIALES Y MÉTODOS 74
3.1.1 Localización y duración de la investigación 74
3.1.2. Materiales y equipos 74
3.2. TIPOS DE INVESTIGACIÓN 75
3.2.1. Bibliográfica 75
3.2.2. De campo 75
3.3. MÉTODOS DE INVESTIGACIÓN 75
3.3.1. Analítico 75
3.3.2. Sistémico 76
3.3.3. Inductivo - deductivo 76
3.4. FUENTES DE REFERENCIA 76
3.4.1. Primarias 76
3.4.2. Secundarias 76
3.5. TÉCNICAS E INSTRUMENTOS DE EVALUACIÓN 77
3.5.1. Observación 77
3.5.2. Entrevista 77
3.5.3. Cuestionario 77
3.6. POBLACIÓN Y MUESTRA 77
3.7. PROCEDIMIENTO METODOLÓGICO 78
3.7.1 Fase I: Planificación 78
3.7.1.1. Visita de observación a la entidad 78
3.7.1.2. Revisión de papeles de trabajo 78
3.7.1.3. Análisis de información y documentación 79
3.7.1.4. Evaluación del control interno 79
3.7.2. Fase II: Ejecución 79
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3.7.2.1. Preparación de papeles de trabajo 80
3.7.2.2. Análisis de los procesos 80
3.7.2.3. Descripción de hallazgos 80
3.7.3. Comunicación de los resultados 81
3.7.3.1. Carta de presentación del informe 81
3.7.3.2. Preparación del informe 81
CAPÍTULO IV
RESULTADOS Y DISCUSIÓN 83
4.1. Resultados 84
4.1.1. Fase I: Planificación 84
4.1.1.1. Planificación preliminar 85
4.1.1.1.1. Orden de trabajo 85
4.1.1.1.2. Notificación de trabajo 86
4.1.1.1.3. Programa de auditoría 87
4.1.1.1.3.1 Visita preliminar 88
4.1.1.1.3.2 Cédula narrativa 94
4.1.1.2. Planificación específica 96
4.1.1.2.1. Programa de auditoría 96
4.1.1.2.2. Memorándum de planificación 97
4.1.1.2.3. Flujograma de proceso contable - tributario 100
4.1.1.2.3.1. Cédula narrativa 105
4.1.1.2.4. Cuestionarios de control interno 107
4.1.1.2.4.1 Medición del nivel de confianza 109
4.1.1.2.4.2 Medición del nivel de riesgo 109
4.1.2. Fase II: Ejecución 112
4.1.2.1. Programa de auditoría 112
4.1.2.1.1. Comparación declaración del Impuesto a la Renta ejercicio
fiscal 2011 - 2012
115
4.1.2.1.2. Prueba a las consistencias de las declaraciones del IVA-
Ventas
116
4.1.2.1.3. Diferencias de declaraciones de IVA-VENTAS 118
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xii
4.1.2.1.4. Prueba a las consistencias de las declaraciones del IVA-
COMPRAS
120
4.1.2.1.5. Diferencias de declaraciones de IVA-COMPRAS 121
4.1.2.1.6. Declaración formulario 104 y 102 de la cuenta Compras 123
4.1.2.1.7. Declaraciones de formulario 104 y RFIR 103 de la cuenta
Compras
124
4.1.2.1.8. Cruce de información con formularios 125
4.1.3 FASE III: Comunicación de resultados 126
4.1.3.1. Carta de presentación del informe 126
4.1.3.2. Informe de auditoría tributaria de Comercial DON PEPE 127
4.2. DISCUSIÓN 136
CAPÍTULO V
CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES 138
5.1. CONCLUSIONES 139
5.2. RECOMENDACIONES 140
CAPÍTULO VI
BIBLIOGRAFÍA 141
6.1. LITERATURA CITADA 142
CAPÍTULO VII
ANEXOS 144
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xiii
ÍNDICE DE CUADROS
Cuadro Página
1 Plazos de autorización para comprobantes de venta 38
2 Tabla de impuesto a la renta para personas naturales y
sucesiones indivisas
54
3 Materiales y equipos de la investigación 74
4 Población de comercial don pepe de la ciudad de
Guayaquil
78
5 FASE I: Planificación de la auditoría tributaria 84
6 Resultados del nivel de confianza 109
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xiv
ÍNDICE DE FIGURAS
Figura
Página
1 Organigrama funcional de Comercial DON PEPE 90
2 Flujograma de proceso contable-tributario de Comercial
DON PEPE
104
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xv
ÍNDICE DE ANEXOS
Anexo
Página
1 RUC de Comercial DON PEPE de la ciudad de Guayaquil 145
2 Formulario 104, mes de enero de 2012 146
3 Formulario 102, período 2012 147
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RESUMEN EJECUTIVO
La auditoría tributaria es una herramienta de evaluación moderna, que toma
mayor jerarquía a medida que las leyes y normativas impuestas son rigurosas.
En este ámbito la auditoría tributaria aplicada a Comercial DON PEPE de la
ciudad de Guayaquil explica como lo cultura y conocimiento de la ley tributaria
de nuestro país es importante para la declaración de impuestos y responder a
la disposición de la administración tributaria de nuestro país.
La investigación presenta la temática de acuerdo al proceso de auditoría
debidamente estructurado a través de procedimientos y técnicas así como la
verificación de la normativa tributaria vigente que permitió emitir un informe
determinando la razonabilidad de los controles aplicados sobre el manejo de
los impuestos, obtener conclusiones y exponer recomendaciones
direccionadas al cumplimiento de las obligaciones tributarias a las que se
encuentra sujeta el Comercial DON PEPE.
En la fase de ejecución se verificó que la información remitida a la
administración tributaria, corresponda a las operaciones registradas en los
libros contables y a la documentación de respaldo; así como a todas las
transacciones económicas efectuadas, a fin de detectar diferencias temporales
y permanentes y establecer reparos tributarios, de conformidad a las normas
contables y tributarias vigentes en la empresa ferretera. El acatamiento de las
obligaciones tributarias en el período fiscal 2012 de Comercial DON PEPE
expone abiertamente el empleo de pruebas sustantivas y de cumplimiento para
comprobar la transparencia de las operaciones impositivas; se verificó la
existencia de las obligaciones tributarias y su oportuno registro y presentación
de impuestos; se examinó la aplicación de la normativa de carácter tributario,
se recurrió al análisis de las cuentas que inciden directamente en la declaración
tributarias, estados financieros, formularios de declaración para finalizar con un
dictamen de auditoría.
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xvii
ABSTRAC
The tax audit is a tool of modern evaluation, which takes greater hierarchy to
laws and regulations imposed are rigorous. In this area the tax audit applied to
commercial DON PEPE of the city of Guayaquil explains as the culture and
knowledge of tax law of our country is important for tax and respond to the
provision of the tax administration of our country.
The research presents the theme according to the audit process properly
structured through procedures and techniques as well as the verification of tax
legislation that allowed issued a report determining the reasonableness of the
controls applied to the management of taxes, drawing conclusions and present
recommendations targeted to the fulfillment of tax obligations that the
commercial DON PEPE is subject.
In the implementation phase, it was verified that the information submitted to the
tax administration, appropriate operations recorded in the accounting books and
the supporting documentation; as well as to all economic transactions, in order
to detect temporary and permanent differences and establish tax objections, in
accordance with the accounting and tax regulations in the hardware company.
Compliance with tax obligations in fiscal 2012 of commercial DON PEPE openly
exposes employment compliance and substantive tests to check the
transparency of tax operations; it was verified the existence of the tax
obligations and their timely registration and tax filing; We examined the
application of the rules of a tax nature, was made to the analysis of the Bills that
directly affect the tax statement, financial statements, declaration forms to end
with an audit opinion.
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1
CAPÍTULO I
MARCO CONTEXTUAL DE LA INVESTIGACIÓN
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1.1. INTRODUCCIÓN
El tema impositivo, históricamente ha constituido una importante fuente de
generación de ingresos para el financiamiento público, teniendo como
contraparte las transferencias que el Estado realiza con el propósito de
financiar las políticas públicas en particular, y el gasto público en general. La
política fiscal de cualquier Estado resume con claridad, cuáles son las clases
(de mayor o menor ingresos) y sectores sociales (trabajadores, comerciantes,
importadores, industriales, otros) que le permite a cualquier gobierno llevar
adelante los llamados gastos sociales y de capital, y sobre todo, redistribuir en
beneficio de esa parte de la renta nacional que es el ingreso fiscal (Citado de
Fabricio Antonio Ponce Quijije, 2013).
En Ecuador, la principal normativa jurídica tributaria se encuentra en La ley
Orgánica de Régimen Tributarios Interno y su reglamento, el cual regula todos
los impuestos, tasas y contribuciones establecidos en el país. Esta se fusiona
con la normativa de auditoría tributaria a través de las Normas Ecuatorianas de
Auditoría para establecer el correcto análisis del cumplimiento tributario,
en un periodo fiscal.
El Estado como sujeto de actividad económica, efectúa transacciones que le
generan ingresos y gastos. Al considerar a los ingresos públicos se puede
observar que en la práctica, estos provienen de varias fuentes, entre ellas los
ingresos provenientes de bienes y actividades del Estado; e ingresos
provenientes del ejercicio de poderes inherentes a la soberanía o al poder del
Estado.
Por lo tanto, los ingresos provenientes de la recaudación tributaria constituyen
un factor importante en la política fiscal y son necesarios para el
funcionamiento del sistema actual del país, aunque se dan en forma unilateral e
impositiva. La recaudación tributaria se sustenta en permanentes controles que
debe realizar el Estado, por medio de la administración tributaria.
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3
El sector ferretero en Ecuador creció en la primera década del siglo XXI en un
5% anual, gracias al apogeo del sector de la construcción e industria
automotriz, las empresas dedicadas a esta actividad comercial se posicionaron
hasta facturar USD 1 700 millones al año, según el Censo Económico del 2010
realizado INEC (Instituto Ecuatoriano de Estadísticas Censos).
La provincia del Guayas aglutina la mayor cantidad de estos negocios, según
registros del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC). El 25% de
ferreterías se encuentra allí y que corresponde a 1306 empresas, seguido por
Pichincha (23%) y Azuay (6%) de un total de 5 291 establecimientos. En el
cantón Guayaquil, la empresa ferretera se ha beneficiado por la expansión de
la ciudad, artículos para adecuación del hogar, apertura al crédito y la
ampliación de plazos por parte de las financieras, incremento de ventas por
temporada, proyectos inmobiliarios desarrollados en la periferia de la urbe,
influyeron notablemente al incremento de la pequeña y mediana empresas de
esta línea.
A pesar de las favorables estadísticas, se avizora cambios importantes, entre
ellos el régimen de importación de vehículos y los ajustes en ciertas partidas
arancelarias, que afectaran directamente al sector ferretero y de repuestos ya
que depende de la economía ecuatoriana, es primordial que las entidades
realicen un análisis tributario con la intención de demostrar el cumplimientos de
sus obligaciones con la política de impuestos que rige en nuestro país. Para
ello, es oportuno contar con la auditoría tributaria como herramienta de control
de los impuestos a los cuales se encuentra sujeta, para poderlos administrar de
mejor manera y minimizar el riesgo de errores o irregularidades sobre los
mismos al momento de la aplicación de la normativa tributaria.
Dentro de este contexto, es necesario y oportuno evaluar la información que
reporta Comercial Don Pepe del cantón Guayas, en el ejercicio fiscal 2012 y
emitir un informe sobre el mismo y plantear la ejecución de una auditoria
tributaria, generando la promoción de la cultura tributaria que a la vez mejore la
imagen de los contribuyentes, esto por cuanto la administración tributaria eficaz
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4
es una herramienta de control y supervisión que contribuirá a la creación de
una cultura de la disciplina de la organización y permitirá descubrir fallas en las
estructuras o vulnerabilidades existentes en la organización en el aspecto
tributario.
1.2. UBICACIÓN Y CONTEXTUALIZACIÓN DE LA
PROBLEMÁTICA
La presente investigación se llevó a cabo en el campo ferretero
específicamente en el Comercial DON PEPE del sector urbano de la ciudad de
Guayaquil, con el propósito de conocer si el cumplimiento tributario en la
entidad está acorde con la normativa y regulaciones que en materia de tributos
se registra en nuestro país; ya que estos centro, en su mayoría al Pymes
presentan falencias considerables al momento de reportar sus pagos de
impuestos debido a la informalidad en que realizan sus transacciones
comerciales.
A nivel nacional se ha experimentado algunas crisis económicas profundas en
el sistema tributario, porque a medida que el entorno de la actividad tributaria
se va generalizando las empresas han perdido competencia en el mercado por
los constantes cambios de las leyes tributarias, dando como resultado el
desempeño inadecuado de las mismas debido a la falta de políticas y
procedimientos estándares permanentes para el manejo de recursos
económicos que se deben asignar para el cumplimiento de las obligaciones
tributarias.
1.3. SITUACIÓN ACTUAL DE LA PROBLEMÁTICA
El Servicio de Rentas Internas (SRI) es una entidad técnica y autónoma que
tiene la responsabilidad de recaudar los tributos internos establecidos en la
administración tributaria del Ecuador y lo contemplado en la Ley mediante la
aplicación de la normativa vigente. Tiene como finalidad recaudar impuestos y
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5
consolidar la cultura tributaria en el país, a efectos de incrementar
sostenidamente el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias por
parte de los contribuyentes.
La cobertura y atención del SRI, es cuantificable ya que se encuentra en todo
el territorio nacional con agencias con el objetivo de atender a sus clientes
internos y externos y que son su razón de ser como organismo de recaudación.
Guayaquil es el principal polo económico de nuestro país, aquí se encuentran
inmersos los diversos sectores de la economía, siendo cada uno de ellos de
importancia por su aporte: sin embargo la informalidad en que operan los
contribuyentes del sector de ferretería y materiales de construcción evidencia la
evasión de impuestos, en ocasiones por desconocimiento y otra por la decisión
de evadir el pago tributario de acuerdo a los lineamientos legales dispuestos
por este organismo y el estado ecuatoriano.
Actualmente, la evasión de impuestos se dá en diferentes empresas, en las
que no se ha realizado un adecuado control, aunque en los últimos años
se han endurecido las disposiciones legales para la recaudación de los
tributos. Generando preocupación en los comercios por la implementación de
las declaraciones por internet; las sanciones por atraso y no pago con el
cumplimiento de las declaraciones tributarias como IVA e Impuesto a la renta;
éstas microempresas simplifican el trabajo a través de la contratación en
muchos casos de contadores externos para estar al día en sus obligaciones
tributarias; quienes asesoran a los empresarios en el pago de obligaciones con
el SRI.
A nivel local, en este sector se presenta una considerable cantidad de
contribuyentes que no se encuentran al día con sus obligaciones tributarias por
los siguientes motivos: Desconocimiento, poca cultura tributaria, no son
asesorados tributaria y contablemente.
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1.4. PROBLEMATIZACIÓN
Comercial Don Pepe, es una empresa dedicada a la comercialización de
materiales de construcción y ferretería en general, tanto importados como
nacionales, inicia sus operaciones el 21 de marzo del año 2004; fecha a partir
de los cual se encuentra inscrita en el Registro Único de Contribuyentes del
Servicio de Rentas Internas.
El comercial presenta inconvenientes en su estructura organizativa, ya que a la
presente fecha la administración del negocio es deficiente, por ello no cuenta
con bases sólidas de planeación, organización y control.
Desde el inicio de sus actividades económicas fue considerada como persona
natural y dentro de sus obligaciones tributarias presentó una debilidad que es la
de no presentar sus declaraciones como la ley tributaria actual lo estipula. Por
lo que en los hallazgos de tributación y al termino del ejercicio económico 2012,
como personal natural está obligada a llevar contabilidad según las normativas
vigentes y determinadas por el Servicio de Rentas Internas.
La auditoría tributaria que se pretende realizar a Comercial Don Pepe, en el
ejercicio fiscal comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre del 2012
permitirá efectuar un control crítico y sistemático, que emplea técnicas y
procedimientos destinados a verificar el cumplimiento de las obligaciones
formales y fundamentales como contribuyente. Esta se efectuará teniendo en
cuenta la normativa tributaria vigente en el periodo a fiscalizar y los principios
de contabilidad generalmente aceptados.
A pesar, de conocer la existencia de la Ley de Régimen Tributario Interno, en la
empresa no se contrasta las prácticas contables realizadas con las normas
correspondientes a fin de detectar diferencias temporales y/o permanentes y
establecer reparos tributarios, de conformidad con las normas contables y
tributarias vigentes.
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7
A esto se agrega, que no existe una apreciación sobre las características
generales de la empresa, de sus estados financieros de los rubros y partidas
importantes, significativas o extraordinarias. La inexistencia de una auditoria
tributaria no permite obtener datos e información de la empresa que va a
examinar con veracidad.
La auditoría tributaria comprende una revisión de las declaraciones tributarias
efectuadas en el ejercicio económico 2012, lo cual incluye la declaración anual
del Impuesto a la Renta, declaraciones mensuales de las Retenciones del
Impuesto a la Renta y declaraciones mensuales de IVA. Además se propone
solucionar la problemática de Comercial Don Pepe dentro de un marco
regulatorio que tenga como propósito optimizar y mejorar la práctica tributaria.
1.4.1. Formulación del problema
¿De qué manera el inadecuado control tributario determina el incumplimiento
de las obligaciones tributarias de “Comercial Don Pepe”?
1.4.2. Sistematización del problema
Comercial Don Pepe del cantón Guayaquil, debe enfrentarse al cumplimiento
de las obligaciones tributarias, como lo requiere la Ley de Régimen Tributario
Interno y su Reglamento de aplicación, y determinar las contingencias en el
ejercicio fiscal 2012 y expresar una opinión sobre la razonabilidad en la
presentación de las declaraciones tributarias. Lo expuesto; permite el
planteamiento de las siguientes subpreguntas de investigación:
¿Cómo afecta la incorrecta revisión de los documentos fuente en las
declaraciones tributarias de “Comercial Don Pepe”?
¿Cómo se comprueba que el cumplimiento del pago a la renta del año 2012 se
efectúo en forma adecuada?
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¿De qué manera el desconocimiento de las devoluciones del impuesto al Valor
Agregado e Impuesto a la Renta afecta al crédito tributario de “Comercial Don
Pepe”?
1.4.3. Delimitación del problema
El objeto de estudio: Administración tributaria
Área: Financiera - contable
Campo de acción: Auditoría tributaria
Lugar: Comercial Don Pepe
Tiempo: Año 2012
1.5. JUSTIFICACIÓN Y FACTIBILIDAD
Las constantes reformas legales y la carga tributaria a la que están sometidos
los contribuyentes, conllevan frecuentemente a incurrir en errores u omisiones
por desconocimiento o intencionados, los cuáles, se derivan en contingencias
tributarias o pagos excesivos de impuestos.
Las empresas constantemente demandan de herramientas que les permita
evaluar el adecuado cumplimiento de las obligaciones tributarias y la
razonabilidad de los montos que se consignan en la declaración anual del
Impuesto a la Renta, así como de otros impuestos y tributos retenidos a
terceros. El análisis mediante una auditoría tributaria permite emplear un
control crítico y sistemático que aplica un conjunto de técnicas y
procedimientos destinados a verificar el cumplimiento de las obligaciones
formales y sustanciales de los contribuyentes. Se efectúa teniendo en cuenta
las normas tributarias vigentes en el período a fiscalizar y los principios de
contabilidad generalmente aceptados, para establecer una conciliación entre
los aspectos legales y contables y así determinar la base imponible y los
tributos que afectan al contribuyente auditado.
![Page 26: UNIVERSIDAD TÉCNICAESTATAL DE QUEVEDO UNIDAD DE …](https://reader035.fdocuments.net/reader035/viewer/2022070121/62bd2458696ce20ab8185e71/html5/thumbnails/26.jpg)
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Por tal motivo, la realización de una auditoria tributaria, permitirá a Comercial
“Don Pepe” formular, evaluar y controlar los ingresos y egresos de la
mencionada empresa, logrando establecer una verdadera administración
tributaria que se reflejará en una apropiada cultura tributaria y correcta
declaración de impuestos.
Lo antes mencionado, permitirá cumplir con las regulaciones tributarias,
establecidas en la ley, y no sólo porque una empresa necesite cumplir con la
normativa, sino porque es necesario establecer parámetros contables y
tributarios que mejorarán los procesos productivos de la entidad, con un control
adecuado de sus finanzas.
Este procedimiento se justifica, porque se considera una oportunidad de
avanzar junto con los cambios radicales del gobierno de turno, cumpliendo con
el pago de tributos en forma legal y como consecuencia aportar de manera
justa y equitativa a la estabilidad económica de la provincia y del país. Además
se considera factible, ya que su gerente propietaria brindará toda la información
e insumos que se requieran para la recolección de datos, que permitan
elaborar un trabajo de investigación para la sustentación de la tesis de grado.
1.6. OBJETIVOS
1.6.1 General
Efectuar una auditoría tributaria a “Comercial Don Pepe” del cantón Guayaquil
de la Provincia del Guayas en el período 2012.
1.6.2 Específicos
• Confrontar las declaraciones tributarias a través de los documentos fuentes
de “Comercial Don Pepe” en el período 2012
• Determinar la actuación dentro del marco legal de “Comercial Don Pepe”
como agente de retención en la fuente del impuesto a la renta
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• Evaluar las devoluciones del impuesto al valor agregado e impuesto a la
renta como crédito tributario en beneficio de “Comercial Don Pepe”
1.7. HIPÓTESIS
El deficiente control tributario de “Comercial Don Pepe” demostrará el
incumplimiento de los pagos tributarios.
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CAPÍTULO II
MARCO TEÓRICO DE LA INVESTIGACIÓN
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2.1. LA EMPRESA
Romero (2010). Es el organismo formado por personas, bienes materiales,
aspiraciones y realizaciones comunes para dar satisfacción a su clientela.
García y Casanueva (2011). Es la unidad que mediante la organización de
elementos humanos, materiales técnicos y financieros proporciona bienes o
servicios a cambio de un precio que le permite la reposición de los recursos
empleados y la consecución de unos objetivos determinados.
2.1.1. Funciones
Bravo (2011). En toda empresa pueden concetrarsen tres grandes funciones
que deerminan su actividad, su eficacia y su papael soicial.
✓ Función económica: La empresa es un instrumento económico de la
sociedad industrial y desde este ángulo los factores importantes de la
empresa son la determinación de costos y lucros. Esto es, saber todo lo
que aporta los elementos que integra la empresa y conocer las ganancias
que se obtienen con la actividad empresarial.
✓ Función de dirección: Comprende el análisis de cual debe ser la función
de dirección, su organización, sus calificaciones, la formación de su
personal y la preparación (por la dirección existente) de sus sucesores.
✓ Función social: Para que la empresa funcione, todos sus miembros deben
tener una clara noción personal de su propio trabajo y del de la empresa, y
de su lugar en la empresa, como ciudadanos consiguientes y no como
sujetos impersonales. Para que sea productiva y eficiente, la empresa tiene
necesidad de las capacidades, de la iniciativa y de la cooperación de todos
sus miembros. Sus recursos humanos y su organización representan su
activo más importante y más eficiente.
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González (2008). De entre las funciones de una empresa la función de
producción es una de las principales, entre las que también se encuentra la
función económico – financiera y la función comercial.
La función comercial se orienta a conseguir el mercado (clientes) para los
productos / servicios producidos por la empresa. A veces esta función puede
no existir, cuando la institución es no mercantil.
2.1.2. Importancia
Sarmiento (2009). Toda empresa antes de iniciar sus operaciones, deberá en
primer lugar planificar para así acogerse a las normas legales establecidas en
nuestra propia legislación, con la finalidad de funcionar legalmente, ya que de
esta manera, además tendrá derecho a ciertos beneficios de protección estatal;
según el caso, tales como: Incentivos de orden crediticio, arancelario y
tributario entre otros.
Zapata (2011). La empresa en cualquier sistema económico será el motor que
mueva la economía de un país; la importancia radica en su capacidad
generadora de riqueza, que al ser distribuida equitativamente, propicia la paz
social y por ende tranquilidad y desarrollo.
2.1.3. Objetivos
Eslava (2008). Buena parte de las disquisiciones que surgen entre los
directivos de diferente responsabilidad funcional desaparecería si todos
tuvieran claro cuál es el “objetivo de la empresa”. Pero nuestra dilatada
experiencia personal tanto profesional, nos permite afirmar que cuántas veces
se ha planteado la pregunta: ¿cuál es el objetivo de la empresa? Las
respuestas han sido de lo más dispar, llegándose en ocasiones cuando la
pregunta se ha planteado en viva voz entre directivos de diferentes
procedencias y niveles a agrias disputas al mezclarse en las respuestas
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cuestiones tanto de naturaleza económica, como sociales, filosóficas, e incluso
políticas.
Rojo (2008). Hoy día la tecnología y la globalización hacen que cada vez exista
más incertidumbre debido a los cambios acelerados y a una mayor
competencia. Se generan nuevos negocios, cambian las estructuras
productivas y las formas de competencia, lo que hace que en el ámbito de la
dirección de empresas, y de la dirección financiera en particular, se deban
adoptar nuevos sistemas de gestión que traten de facilitar la labor del decisor o
responsable de la empresa.
2.1.4. Tipos
Pascual (2010). Podemos hablar de la existencia de tres clases de empresas:
✓ Empresa industrial: Será aquella que necesita adquirir determinados
bienes para su transformación y posterior venta.
✓ Empresa comercial: Será aquella que adquiere determinados bienes, y
realiza la venta directa de éstos sin previa transformación.
✓ Empresa de servicios: Será aquella que no transforma ningún producto,
tampoco vende ninguno, sino que simplemente se dedica a prestar un
servicio.
Pere (2009). La finalidad principal de una empresa es proporcionar a sus
clientes los productos o servicios que estos necesitan. Hay empresas que
producen ellas mismas los bienes que comercializan y otras que los adquieren
a terceros. Desde esta perspectiva, en nuestro sistema económico se
acostumbra a diferenciar tres clases de empresas: empresas de servicios,
empresas comerciales y empresas industriales. Todas ellas para llevar a cabo
el proceso operativo que les permite servir a sus clientes y obtener los ingresos
que dan sentido a su actividad, consumen unos recursos determinados.
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2.1.4.1. Empresa comercial
Zapata (2011). Aquella que se encarga del acercamiento de los bienes desde
el productor hacia el intermediario minorista o al consumidor, sin realizar
cambios de forma ni de fondo en la naturaleza de los bienes.
En este tipo de empresas, es necesario establecer un control permanente en el
inventario de mercaderías, en modo que se conozca al momento la existencia
real de todos los ítems que integran el inventario.
Sarmiento (2009). Son intermediarias entre producto y consumidor: Su función
primordial es la compraventa de productos terminados, pueden clasificarse en:
✓ Mayoristas: Cuando efectúan ventas en gran escala a otra empresa
(minorista) que a su vez distribuye el producto.
✓ Minoristas o detallista: Las que venden producto al menudeo o pequeñas
cantidades al consumidor.
✓ Comisionistas: Se dedican a vender mercancía que los productores les
dan a consignación, percibiendo por esta función una ganancia o comisión.
2.1.4.2. Ferretería
Escudero (2009). Una ferretería es un establecimiento comercial dedicado a la
venta de útiles para el bricolaje, la construcción y las necesidades del hogar,
normalmente es para el público en general aunque también existen dedicadas
a profesionales con elementos específicos como: cerraduras, herramientas de
pequeño tamaño, clavos, tornillos, silicona, persianas, por citar unos
pocos.(Tomado de Wikipedia)
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2.2. AUDITORÍA TRIBUTARIA
Blanco (2008). Es un control crítico y sistemático, que usa un conjunto de
técnicas y procedimientos destinados a verificar el cumplimiento de las
obligaciones formales y sustanciales de los contribuyentes. Se efectúa
teniendo en cuenta las normas tributarias vigentes en el periodo a fiscalizar y
los principios de contabilidad generalmente aceptados, para establecer una
conciliación entre los aspectos legales y contables y así determinar la base
imponible y los tributos que afectan al contribuyente auditado.
Yarasca y Álvarez (2010). Es el examen fiscalizador que realiza un auditor
fiscal o independiente para determinar la veracidad de los resultados de
operaciones y situación financiera declarados por la empresa (contribuyente)
a través de su información financiera u otros medios.
2.2.1. Objetivos de la auditoría tributaria
Blanco (2008). Los principales son:
✓ Determinar la veracidad de la información consignada en las declaraciones
Juradas presentadas.
✓ Verificar que la información declarada corresponda a las operaciones
anotadas en los registros contables y a la documentación sustentadora; así
como a todas las transacciones económicas efectuadas.
✓ Verificar que las bases imponibles, créditos, tasas e impuestos estén
debidamente aplicados y sustentados.
✓ Contrastar las prácticas contables realizadas con las normas tributarias
correspondientes a fin de detectar diferencias temporales y/o permanentes
y establecer reparos tributarios, de conformidad con las normas contables y
tributarias vigentes.
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2.2.2. Clasificación de la auditoría tributaria
Blanco (2008). La auditoría tributaria presenta la siguiente clasificación:
a) Por su campo de acción
Fiscal: Cuando la auditoría es realizada por un auditor tributario con la
finalidad de determinar el cumplimiento correcto de las obligaciones tributarias
formales y sustanciales de un contribuyente.
Preventiva: Cuando es realizado por personal propio de la empresa o auditor
independiente externo con la finalidad de evitar contingencias tributarias.
b) Por Iniciativa
Voluntaria: Aquella auditoría tributaria que se efectúa con la finalidad de
determinar si se ha calculado en forma correcta los impuestos y su
presentación en forma oportuna.
Obligatoria: Cuando la auditoría tributaria se efectúa a requerimiento de la
entidad fiscalizadora SRI.
c) Por el ámbito funcional
Integral: Cuando se efectúa la auditoria tributaria a todas las partidas con
incidencia tributaria que forman parte del Balance General; de Ganancias y
Pérdidas de una empresa con la finalidad de determinar si se ha cumplido en
forma correcta con las obligaciones tributarias, de un determinado periodo.
Parcial: Cuando sólo se efectúa a una partida específica de los Estados
Financieros.
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2.2.3. Etapas de la auditoría tributaria
Blanco (2008). Las etapas o fases de auditoría tributaria son:
2.2.3.1. Planificación
Blanco (2008). Consiste en desarrollar una estrategia general y un enfoque
detallado para la naturaleza, oportunidad y alcance esperado de la auditoría.
Arens et al (2008). Se puede decir que existen tres razones del por qué el
auditor debe planear de manera correcta los trabajos a los que es asignado.
1. Para permitir al auditor obtener evidencia competente y suficiente de
acuerdo con las circunstancias.
2. Para ayudar a mantener costos razonables en la auditoría.
3. Para evitar los mal entendidos con el cliente.
La planificación se divide en dos partes, la primera que es la planificación
preliminar y la segunda la planificación específica.
2.2.3.1.1. Planificación preliminar
Arens et al (2008). Es la primera etapa del proceso de planificación, en la
cual se identifica la información general de la empresa, como el giro del
negocio, actividades del área tributaria o tratamiento que dan los empleados a
los impuestos, en base a lo cual se definen las estrategias para ejecutar la
auditoría tributaria y diseñar el enfoque del examen.
En esta fase se mide el riesgo inherente, que es una percepción preliminar del
riesgo, ya que existe la posibilidad de errores o irregularidades en el
tratamiento tributario, sin considerar el control interno que tenga la empresa
en esta área.
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La planificación preliminar engloba actividades como:
✓ Visita preliminar de arranque.
✓ Contacto inicial con los colaboradores de la empresa y área de
tributación.
✓ Identificación preliminar del tratamiento que los empleados dan a los
impuestos a los que se encuentra obligada la empresa.
2.2.3.1.2. Planificación específica
Arens et al (2008). Comprende la segunda fase de la planificación, aquí se
evalúa la estructura de control interno a examinar, en base a la información
que se obtenga, se debe calificar el riesgo de control y se determinarán los
procedimientos de auditoría que serán aplicados en la siguiente fase a cada
una de las cuentas de impuestos y cuentas relacionadas.
El riesgo de control es la posibilidad de errores o irregularidades en el
tratamiento tributario, a pesar de las normas y controles establecidos por la
entidad y los organismos de control. Para evaluar este riesgo se aplican
pruebas de cumplimiento cuyo objetivo es obtener evidencia del cumplimiento
de los procedimientos de control interno en los que el auditor confía, además
estas pruebas evalúan las fortalezas y debilidades de las operaciones de
control, estas normas normalmente implican:
Pruebas que confirmen la aplicación correcta de los controles establecidos por
la empresa, para lo cual se realiza una inspección de los registros contables,
documentación fuente y de soporte, informes anteriores y demás
documentación.
Reingeniería a través de los procesos a través de la repetición de las
actividades o procedimientos relacionados con los impuestos.
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20
En esta fase se debe evaluar el sistema de control interno que la
Compañía tiene sobre las obligaciones tributarias.
2.2.3.2. Ejecución
Blanco (2008). Se realiza lo planeado, aplicando los procedimientos de
auditoría respectivos.
Arens et al (2008). El propósito fundamental de esta etapa es recopilar las
pruebas que sustenten las opiniones del auditor en cuanto al trabajo
realizado, es la fase, por decir de alguna manera, del trabajo de campo, que
depende del grado de profundidad con que se hayan realizado las dos
etapas anteriores, en ésta se elaboran los papeles de trabajo y las hojas de
notas, instrumentos que respaldan la opinión del auditor.
2.2.3.2.1. El control interno tributario
Arens et al (2008). Permite establecer procedimientos correctos de registro,
conciliación y pago de los impuestos acorde a los requerimientos legales,
detección de irregularidades en materia tributaria, requerimientos de asesoría
o capacitación y conocer los derechos y obligaciones que se tiene como
sujeto pasivo para poder aplicarlos a favor de la empresa.
2.2.3.2.2. Componentes de control interno
Franklin (2010). Los componentes del sistema de control interno pueden
considerarse como un conjunto de normas que son utilizadas para evaluar el
control interno y determinar su efectividad. El control interno consta de cinco
componentes interrelacionados, que se derivan de la forma como la
administración maneja el ente, y están integrados a los procesos
administrativos, los cuales se clasifican así:
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21
a) Ambiente de control
Franklin (2010). Consiste en el establecimiento de un entorno que estimule e
influencie la actividad del personal con respecto al control de sus actividades.
Es en esencia el principal elemento sobre el que se sustenta o actúan los otros
cuatro componentes e indispensable, a su vez, para la realización de los
propios objetivos de control.
El ambiente de control tiene gran influencia en la forma como se desarrollan las
operaciones, se establecen los objetivos y se minimizan los riesgos. Tiene que
ver igualmente en el comportamiento de los sistemas de información y con la
supervisión en general. A su vez es influenciado por la historia de la entidad y
su nivel de cultura administrativa.
b) Evaluación de riesgos
Franklin (2010). Es la identificación y análisis de riesgos relevantes para el
logro de los objetivos y la base para determinar la forma en que tales riegos
deben ser mejorados. Así mismo, se refiere a los mecanismos necesarios para
identificar y manejar riesgos específicos asociados con los cambios, tanto los
que influyen en el entorno de la organización como en el interior de la misma.
c) Actividades de control
Franklin (2010). Son aquellas que realizan la gerencia y demás personal de la
organización para cumplir diariamente con las actividades asignadas.
Las actividades de control abarcan una gran variedad de políticas y los
procedimientos correspondientes de implantación que ayudan a asegurar que
se siguen las directrices de la dirección. Ayudan a asegurar que se llevan a
cabo aquellas acciones identificadas como necesarias para afrontar los riesgos
y así conseguir los objetivos de la entidad.
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22
d) Información y comunicación
Franklin (2010). Actualmente dada la facilidad y la disponibilidad, las
organizaciones tienen acceso a un gran caudal de datos, existen algunos que
son útiles y relevantes para la empresa y para la realización de los objetivos
propuestos por ésta. Esa gran base de datos, al ser útil para la organización
pasa a ser información necesaria para la consecución de sus actividades y
fines. La información recogida debe ser relevante para la gestión del negocio,
además de ser clara y oportuna.
e) Supervisión y monitoreo
Franklin (2010). Se refiere al proceso que evalúa la calidad del funcionamiento
del control interno en el tiempo y permite al sistema reaccionar en forma
dinámica, cambiando cuando las circunstancias así lo requieran, debe
orientarse a la identificación de controles débiles, insuficientes o necesarios
para promover su reforzamiento.
2.2.3.2.3. Técnicas para la evaluación del control interno
Arens et al (2008). La evaluación del control interno se puede realizar
mediante los siguientes métodos:
• Narrativas: Son documentos elaborados por el auditor que permiten
reconocer las debilidades y fortalezas del control interno, conforme se
van describiendo los procedimientos objeto de evaluación en la auditoría
tributaria, lo que permite al auditor formarse una opinión acerca de los
niveles de control y cumplimiento de las normas y políticas internas para
la liquidación y pago de las obligaciones tributarias.
• Flujogramas: Permiten representar gráficamente el encadenamiento
de los procedimientos tributarios internos, precisando qué documentos
básicos se utilizan, de qué servicios emanan y quiénes son los que los
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23
realizan. Permite registrar el flujo de información desde una fuente
original de entrada, a través de una serie de etapas de procesamiento,
hasta alguna condición de salida o un informe para la dirección.
También, a través del diagrama de flujos, es posible mostrar la
separación de deberes, autorizaciones, aprobaciones y verificaciones
internas que tienen lugar dentro del sistema (segregación de funciones
en procesos tributarios).
En la práctica es recomendable que se utilicen tanto los métodos de las
narrativas y de flujogramas, ya que en si ambos se complementan y dan un
mejor entendimiento en la descripción de procesos, y en el caso del presente
estudio es útil para describir de mejor manera los procedimientos utilizados
internamente en el campo tributario y poder detectar de mejor las
irregularidades o debilidades del control interno aplicado.
La simbología utilizada generalmente en los flujogramas es:
Inicio del proceso
Toma de decisión
Documentos
Archivo
Desplazar documentos
Actualizar información
Se toma información
Distribución de documentos
Conector
Fin
Fig. N° 1: Simbología del flujograma
Fuente: Arens et al (2008).
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• Cuestionarios: Como herramienta para realizar el estudio del sistema
de control interno de la entidad, se podrá realizar indagaciones o
entrevistas a quienes tengan relación con actividades de determinación
de bases imponibles de los distintos impuestos, elaboración de asientos
y registros contables, presentación de declaraciones, mediante un
cuestionario de control interno.
Los resultados que arroje el cuestionario de control interno constituyen una
fuente de gran importancia de información para la elaboración del programa
de trabajo de auditoría tributaria.
2.2.3.2.4. Medición de riesgos de auditoría
Arens et al (2008). Son la suma del riesgo inherente, de control y de
detección; y es el riesgo que el auditor está dispuesto a asumir en la ejecución
del trabajo, por tal motivo si el auditor centra su planificación de su trabajo en
la evaluación del control inherente y de control deberá considerar suficientes
procedimientos sustantivos para reducir el riesgo de detección a un nivel que
resulte adecuadamente bajo.
RA= RI+ RC + RD
• Riesgo inherente: Es el riesgo que siempre está presente y va atado a
la operación o giro del negocio del ente, en auditoría tributaria es el
riesgo que existe de que la ley sea mal aplicada y que se puedan
generar errores en la presentación de los impuestos tanto dentro del
sistema de información de la empresa como lo que se presenta al
organismo de control interno tributario, sea de forma involuntaria o
premeditada.
• Riesgo de control: La evaluación del riesgo de control es el proceso de
evaluar los controles que la entidad ha establecido y aplica
internamente para controlar y administrar las obligaciones a las que
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se encuentra sujeto. Este riesgo es propio de la administración de la
entidad, ya que son ellos los que establecen los sistemas de control
interno. En lo concerniente al campo tributario es el riesgo que tiene la
entidad de que los controles establecidos no sean los adecuados y
generen una mala administración de las obligaciones tributarias.
• Riesgo de detección: Es el riesgo propio del examen, es decir del
auditor, ya que el mismo juega con este riesgo porque se relaciona tanto
con el riesgo inherente y el de control, porque puede darse que algunos
aspectos o procedimientos erróneos que se aplicaron para administrar y
controlar las obligaciones tributarias no fueran avizoradas por el auditor
y que por lo tanto no fueron comunicadas debidamente y puedan ser
significativas. El tratar de minimizar este riesgo es el trabajo del auditor
y depende mucho de la calidad de la planificación realizada por el así
como de su pericia en el campo tributario y de auditoría para controlarlo,
minimizarlo o si se puede eliminarlo.
En auditoría tributaria se pretende que el riesgo se maneje como bajo, entre
más bajo y mucho menor es mejor, ya que al basarse en la normativa
tributaria vigente que obliga a la presentación, liquidación y pago de los
impuestos establecidos por ley, pueden generar obligaciones por pagar y
otros activos contingentes, o hasta la intervención de la entidad por parte del
organismo de control.
2.2.3.2.5. Programa de auditoría
Arens et al (2008). Se lo realiza en función a lo que se establece en la
planificación, es decir de lo que previamente se ha observado en la entidad a
ser examinada, de las áreas críticas que se han detectado a través de la
evaluación del control interno, entre otros.
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26
2.2.3.2.6. Pruebas de auditoría
Arens et al (2008). Son técnicas o procedimientos que utiliza el auditor para
la obtención de evidencia comprobatoria. Las pruebas pueden ser de tres
tipos:
• Pruebas de control: Relacionadas con el grado de efectividad del
control interno imperante.
• Pruebas analíticas: Se utilizan haciendo comparaciones entre dos o
más estados financieros o haciendo un análisis de las razones
financieras de la entidad para observar su comportamiento.
• Pruebas sustantivas: Son las que se aplican a cada cuenta en
particular en busca de evidencias comprobatorias.
2.2.3.2.7. Evidencia de auditoría
Arens et al (2008). Es la información que utiliza el auditor para determinar si
la información cuantitativa o cualitativa que se está auditando, se presenta de
acuerdo al criterio establecido. La evidencia puede ser: Física, documental,
testimonial y analítica.
2.2.3.2.8. Índice de auditoría
Arens et al (2008). El hecho de asignar índices o claves de identificación que
permiten localizar y conocer el lugar exacto donde se encuentra una cédula
dentro del expediente o archivo de referencia permanente y el legado de
auditoría. Los índices son anotados con lápiz rojo en la parte superior derecha
de la cédula de auditoría.
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2.2.3.2.9. Marcas de auditoría
Arens et al (2008). Son los símbolos o signos empleados por el auditor para
indicar las acciones o procedimientos de auditoría efectuados, dichos
símbolos se registran en cada uno de los documentos, comprobantes,
registros contables examinados y demás papeles de trabajo elaborados, para
resaltar algo muy significativo y dejar evidencia del tipo de revisión y prueba
realizados por el auditor.
SÍMBOLO SIGNIFICADO
√ Revisado
≠ Cifra cuadrada
Δ Documento pendiente de aclarar, revisar
« Tomado de declaraciones mensuales
© Correcto
α Analizado
< Rastreado
^ Indagado
µ Cruce mayores contables
⦰ Incorrecto
¢ Cruce registros períodos anteriores
‽ Hallazgo
Fig. N° 2: Marcas de clase
Fuente: Arens et al (2008).
2.2.3.2.10. Papeles de trabajo
Arens et al (2008). Son los archivos o legajos que maneja el auditor y que
contienen todos los documentos que sustentan su trabajo efectuado durante
la auditoría.
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• Archivos de los papeles de trabajo: Estos archivos se dividen en
permanentes y corrientes; el archivo permanente está conformado por
todos los documentos que tienen el carácter de permanencia en la
empresa, es decir, que no cambian y que por lo tanto se pueden volver a
utilizar en auditorías futuras. El archivo corriente está formado por todos
los documentos que el auditor va utilizando durante el desarrollo de su
trabajo y que le permitirán emitir su informe previo y final.
2.2.3.2.11. Hallazgos de auditoría
Arens et al (2008). Se considera que los hallazgos en auditoría son las
diferencias significativas encontradas en el trabajo de auditoría con relación a
lo normado o a lo presentado por la gerencia.
2.2.3.3. Comunicación de resultados
Blanco (2008). Elaboración y presentación del dictamen o informe, con
aspectos tributarios y cumplimiento de la normativa de la administración
tributaria vigente.
Arens et al (2008). Comprende la tercera fase del proceso de la auditoría
tributaria, en la cual se emite el informe correspondiente sobre el examen que
se está realizando, así como las respectivas observaciones y recomendaciones
(si existieran) de los hallazgos de auditoría tributaria.
2.2.3.3.1. Informe de auditoría tributaria
Téllez (2009). El informe de auditoría resultado final de la labor del auditor,
cuyo contenido es la opinión imparcial, objetiva del profesional sobre los
hechos analizados en el examen y que permiten a la máxima autoridad tomar
las decisiones más adecuadas que promuevan mejoras en la entidad.
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La importancia de un informe radica en que el lector luego de realizar los
comentarios, estará en capacidad de decidir sobre las acciones correctivas y
preventivas que deberá adoptar por cada deficiencia presentada.
Arens et al (2008). El dictamen de un auditor sobre un trabajo de auditoría con
propósito especial, excepto por un informe sobre un estado financiero
resumido, debería incluir los siguientes elementos básicos, ordinariamente en
la siguiente presentación: Título, destinatario, párrafo de entrada o introducción,
identificación de la información tributaria auditada; y una declaración de la
responsabilidad de la administración de la entidad y de la responsabilidad
del auditor y un párrafo de alcance describiendo la naturaleza de la
auditoría (en este caso auditoría tributaria).
Entre los tipos de informes: Se destacan los siguientes:
• Informe limpio o sin salvedades: Este informe expresa la opinión del
auditor de que no se han detectado irregularidades o diferencias
significativas en lo concerniente a las obligaciones tributarias y la aplicación
de la normativa tributaria vigente a la que se encuentra sujeta la entidad.
• Informe calificada o con salvedades: Es el informe en el que el auditor
expresa en el párrafo de opinión que existen irregularidades o diferencias
significativas en las obligaciones tributarias y/o en la aplicación de la
normativa tributaria vigente. Además se puede adicionar un párrafo
adicional explicando dichas diferencias y si estas son relevantes que
puedan modificar el dictamen del auditor sobre las obligaciones tributarias.
• Informe adverso o con opinión negativa: En este informe se da una
opinión en el sentido de que las obligaciones tributarias no se encuentran
presentadas acorde a las disposiciones legales vigentes, y que además se
pueden presentar diferencias significativas que puedan generar
obligaciones por pagar o hasta una intervención por parte del organismo de
control gubernamental.
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• Informe con abstención de opinión: Es el informe en el que el auditor se
abstiene de opinar, ya que no pudo obtener la suficiente información como
para formarse una opinión clara sobre el cumplimiento de las obligaciones
tributarias y de la aplicación de la normativa tributaria vigente por parte
de la entidad examinada. Esta abstención se origina por una
limitación en el alcance de la auditoría tributaria, ya sea por la forma de
presentación de las obligaciones tributarias o por la aplicabilidad o
interpretación que la entidad le da a la ley, sin que esto signifique que la
entidad incurre en malos procedimientos tributarios de forma
premeditada.
2.3. ASPECTOS CONTABLES
2.3.1. Contabilidad
Martínez (2009). La contabilidad identifica, evalúa, registra y produce cuadros
– síntesis de información. La contabilidad tiene como principal misión el
proporcionar una información adecuada y sistemática del acontecer económico
y financiero de las empresas. La contabilidad es la ciencia que estudia el
patrimonio en sus aspectos estático y dinámico, cualitativo, empleando
diversas técnicas para registrar los hechos económico – financiero.
Bravo (2011). Campo especializado de las ciencias administrativas, que se
sustenta en principios y procedimientos generalmente aceptados, destinados a
cumplir con los objetivos de análisis, registro y control de las transacciones en
operaciones realizadas por una empresa o institución en funcionamiento, con
las finalidades de informar e interpretar la situación económica financiera y los
resultados operacionales alcanzados en cada período o ejercicio contable,
durante toda la existencia permanente de la entidad.
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31
2.3.2. Importancia de la contabilidad
Caballero (2008). La contabilidad es de gran importancia porque todas las
empresas tienen la necesidad de llevar un control de sus negocios mercantiles
y financieras. Así obtendrán mayor productividad y aprovechamiento de su
patrimonio. Por otra parte, los servicios aportados por la contabilidad son
imprescindibles para obtener información de carácter legal.
Sarmiento (2009). Permite conocer con exactitud la real situación económica
financiera de una empresa; en cambio cuando no llevamos contabilidad, no se
conoce con exactitud cuánto se tiene, cuánto nos deben o debemos, cuál es el
volumen de compras, ventas, gastos, en definitiva sólo se tiene una idea
aproximada de la situación económica de la empresa, es decir en forma
empírica.
2.3.3. Contabilidad comercial
Omecaña (2008). En un sentido amplio se define como la rama de la
contaduría que obtiene información financiera sobre las transacciones
comerciales que celebran las entidades económicas. En atención al proceso
que sigue la contabilidad comercial puede definirse como la rama de la
contaduría que sistematiza, procesa, evalúa e informa sobre las transacciones
comerciales que celebran las entidades económicas.
González (2008). La contabilidad surgió para llevar cuenta y razón de las
operaciones de los comerciantes, con el tiempo su uso se fue extendiendo a
otra clase de actividades empresariales, como las de fabricación, comercial y
servicios. La contabilidad comercial establece los principios generales a
observar en el registro y anotación de cualquier hecho económico, dentro del
sistema adoptado.
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32
Sarmiento (2009). Es la técnica que analiza, interpreta y registra
cronológicamente los movimientos o transacciones comerciales de una
empresa.
2.3.3.1. Disposiciones legales
Sarmiento (2009). La contabilidad se llevará en forma obligatoria; por el
sistema de la partida doble, en idioma nacional (castellano) y en moneda$
Dólares Americanos para registrar el movimiento económico y determinar los
resultados del respectivo año fiscal.
La Ley, determina que el ejercicio económico de las empresas termina
anualmente el 31 de diciembre de cada año, salvo autorización otorgada por el
Servicio de Rentas Internas (SRI). En caso de incumplimiento, se procederá a
la determinación presuntiva de conformidad con lo dispuesto en la Ley.
Es obligación de todas las empresas enviar copias de los Balances de
Situación, de Pérdidas y Ganancias, Estado de Flujos de Efectivo,
conjuntamente con la declaración y pago del impuesto a la renta al SRI, o a sus
respectivas delegaciones para el resto de provincias, de acuerdo al noveno
dígito del R.U.C. y el plazo establecido por la ley; así como las empresas
sujetas al control y vigilancia de la Superintendencia de Compañías (es decir
las que tienen personería jurídica) deberán presentar a este organismo el
informe del gerente y comisario de la empresa, hasta el primer cuatrimestre del
año siguiente al del ejercicio económico.
Los balances referidos por el año que transcurrió: 1 de Enero - 31 de
Diciembre, se elaboran en formularios impresos que proporciona el SRI en
Quito o sus respectivas delegaciones en el resto del país. 3.
Régimen tributario interno (2013). La contabilidad se llevará por el sistema
de partida doble, en idioma castellano y en moneda nacional, tomando en
consideración los principios contables de general aceptación, para registrar el
![Page 50: UNIVERSIDAD TÉCNICAESTATAL DE QUEVEDO UNIDAD DE …](https://reader035.fdocuments.net/reader035/viewer/2022070121/62bd2458696ce20ab8185e71/html5/thumbnails/50.jpg)
33
movimiento económico y determinar el estado de situación financiera y los
resultados imputables al respectivo ejercicio impositivo.
2.3.4. Tipos de contribuyentes
Régimen tributario interno (2013). Los contribuyentes pueden ser
segmentados o clasificados de acuerdo a ciertos parámetros que facilitan su
control posterior. Entre los cuales se destacan: Personas naturales (Obligadas
a llevar contabilidad y No obligadas a llevar contabilidad) y Sociedades.
Todos los contribuyentes inscritos en el Registro Único de Contribuyentes
(RUC) deben cumplir con sus obligaciones tributarias, entre ellas la declaración
y pago de Impuesto a la Renta y al Valor Agregado. La legislación ecuatoriana
permite a las personas naturales que reúnan ciertas condiciones, acogerse a
un Régimen Simplificado que les permita cumplir con sus obligaciones.
2.3.4.1. Personas naturales
Régimen tributario interno (2013). Son todas las personas, nacionales o
extranjeras residentes y extranjeras no residentes, que realizan actividades
económicas lícitas.
Las personas naturales se clasifican en obligadas a llevar contabilidad y no
obligadas a llevar contabilidad.
Las personas naturales que realizan alguna actividad económica están
obligadas a inscribirse en el RUC; emitir y entregar comprobantes de venta
autorizados por el SRI por todas sus transacciones y presentar declaraciones
de impuestos de acuerdo a su actividad económica.
De acuerdo al Art. 19 de la Ley Orgánica del Régimen Tributario Interno
(LORTI). Y el Art. 34 de su Reglamento, están obligadas a llevar contabilidad
todas las sucursales y establecimientos permanentes de compañías
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extranjeras y las sociedades definidas como tales en la LOEI, están obligadas a
llevar contabilidad.
✓ Personas obligadas a llevar contabilidad
Régimen tributario interno (2013). Se encuentran obligadas a llevar
contabilidad todas las personas nacionales y extranjeras que realizan
actividades económicas y que cumplen con las siguientes condiciones de
acuerdo a los ingresos mayores a $ 100.000, o que inician con un capital propio
mayor a $60.000, o sus costos y gastos han sido mayores a $80.000”.
En estos casos, están obligadas a llevar contabilidad, bajo la responsabilidad y
con la firma de un contador público legalmente autorizado e inscrito en el
Registro Único de Contribuyentes (RUC), por el sistema de partida doble, en
idioma castellano y en dólares de los Estados Unidos.
Las personas que no cumplan con lo anterior, así como los profesionales,
comisionistas, artesanos, y demás trabajadores autónomos (sin título
profesional y no empresarios), no están obligados a llevar contabilidad, sin
embargo deberán llevar un registro de sus ingresos y egresos.
Obligaciones que deben cumplir:
Declaración mensual del IVA Formulario 104
Declaración de Reteciones en la Fuente Formulario 103
Declaración del Impuesto a la Renta anual Formulario 102
Presentación de Anexos Transaccionales
✓ Personas no obligadas a llevar contabilidad
Régimen tributario interno (2013). Las personas naturales que realicen
actividades empresariales y que operen con un capital, obtengan ingresos y
efectúen gastos inferiores a los previstos por la LOEI, así como los
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35
profesionales, comisionistas, artesanos, agentes, representantes y demás
trabajadores autónomos no están obligados a llevar contabilidad, pero están en
la obligación de llevar una cuenta de ingresos y egresos para determinar su
renta imponible.
La cuenta de ingresos y egresos deberá contener la fecha de transacción, el
concepto o detalle, el número de comprobante de venta, el valor de la misma y
las observaciones que sean del caso y deberá estar debidamente respaldada
por los correspondientes comprobantes de venta y demás documentos
pertinentes.
Obligaciones que deben cumplir:
Declaración mensual del IVA Formulario 104
Declaración del Impuesto a la Renta anual Formulario 102a
Presentación de Anexos Transaccionales
2.3.4.2. Sociedades
Régimen tributario interno (2013). Las personas jurídicas o sociedades en
general comprenden:
✓ Todas las instituciones del sector público
✓ Personas jurídicas bajo control de la Superintendencia de Compañías y de
Bancos
✓ Organizaciones sin fines de lucro
✓ Fideicomisos mercantiles
✓ Sociedades de hecho.
Obligaciones que deben cumplir:
Declaración mensual del IVA Formulario 104
Declaración de Reteciones en la Fuente Formulario 103
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36
Declaración del Impuesto a la Renta anual Formulario 102
Presentación de Anexos Transaccionales
2.4. ASPECTOS TRIBUTARIOS
2.4.1. Servicio de Rentas Internas
SRI (2013). El Servicio de Rentas Internas (SRI) es una entidad técnica y
autónoma que tiene la responsabilidad de recaudar los tributos internos
establecidos por Ley mediante la aplicación de la normativa vigente. Su
finalidad es la de consolidar la cultura tributaria en el país a efectos de
incrementar sostenidamente el cumplimiento voluntario de las obligaciones
tributarias por parte de los contribuyentes. El SRI tiene a su cargo la ejecución
de la política tributaria del país en lo que se refiere a los impuestos internos.
Para ello cuenta con las siguientes facultades:
✓ Determinar, recaudar y controlar los tributos internos.
✓ Difundir y capacitar al contribuyente respecto de sus obligaciones
tributarias.
✓ Preparar estudios de reforma a la legislación tributaria
✓ Aplicar sanciones.
2.4.1.1. RUC (Registro Único de Contribuyente)
SRI (2013). Como primer paso, para identificar a los ciudadanos frente a la
Administración Tributaria, se implementó el Registro Único de Contribuyentes
(RUC), cuya función es registrar e identificar a los contribuyentes con fines
impositivos y proporcionar información a la Administración Tributaria.
El RUC corresponde a un número de identificación para todas las personas
naturales y sociedades que realicen alguna actividad económica en el Ecuador,
en forma permanente u ocasional o que sean titulares de bienes o derechos
por los cuales deban pagar impuestos.
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El número de registro está compuesto por trece números y su composición
varía según el tipo de contribuyente.
El RUC registra información relativa al contribuyente como por ejemplo: la
dirección de la matriz y sus establecimientos donde realiza la actividad
económica, la descripción de las actividades económicas que lleva a cabo, las
obligaciones tributarias que se derivan de aquellas, entre otras.
Las actividades económicas asignadas a un contribuyente se determinan
conforme el clasificador de actividades CIIU (Clasificador Internacional
Industrial Único).
2.4.1.2. Comprobantes de venta
SRI (2013). Son documentos autorizados previamente por el SRI, que
respaldan las transacciones efectuadas por los contribuyentes en la
transferencia de bienes o por la prestación de servicios o la realización de otras
transacciones gravadas con tributos, a excepción de los documentos emitidos
por las instituciones del Estado que prestan servicios administrativos y en los
casos de los trabajadores en relación de dependencia.
Los comprobantes de venta podrán ser llenados en forma manual, mecánica o
a través de sistemas computarizados. Las facturas en original y copia deben
ser llenadas en forma simultánea mediante el uso de papel carbón, carbonado
o autocopiativo químico; en cualquier caso las copias deberán ser idénticas al
original, caso contrario no serán válidas.
La falta de emisión o entrega de documentos autorizados, la emisión
incompleta o falsa de éstos, constituyen casos de defraudación que serán
sancionados de conformidad con el Código Tributario.
La emisión de comprobantes de venta, comprobantes de retención y
documentos complementarios se encuentra condicionada a un tiempo de
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38
vigencia dependiendo del comportamiento tributario del contribuyente.
Recuerde que usted debe mantener en archivo los comprobantes de venta,
retención y documentos complementarios durante 7 años.
CUADRO 1. PLAZOS DE AUTORIZACIÓN PARA COMPROBANTES DE
VENTA
1 año Cuando esté al día en sus obligaciones
tributarias.
3 meses
Cuando tiene pendiente alguna obligación
tributaria. Este permiso se otorga una sola vez,
hasta que el contribuyente regularice su situación.
Sin autorización
Cuando ya se le otorgó la autorización por 3
meses y no ha cumplido con sus obligaciones
tributarias pendientes; o no se le ubica en el
domicilio declarado; o su RUC se encuentra
cancelado.
Elaboración: El Autor Fuente: SRI 2013
2.4.1.2.1. Documentos autorizados por el SRI
SRI (2013). El Servicio de Rentas Internas autoriza tres tipos de documentos.
Estos son:
a) Comprobantes de venta. Se los debe entregar cuando se transfieren
bienes, se prestan servicios o se realizan transacciones gravadas con
tributos. Los tipos de comprobantes de venta son:
✓ Facturas: Destinadas a sociedades o personas naturales que tengan
derecho a crédito tributario y en operaciones de exportación.
✓ Notas de venta - RISE: Son emitidas exclusivamente por contribuyentes
inscritos en el Régimen Simplificado.
![Page 56: UNIVERSIDAD TÉCNICAESTATAL DE QUEVEDO UNIDAD DE …](https://reader035.fdocuments.net/reader035/viewer/2022070121/62bd2458696ce20ab8185e71/html5/thumbnails/56.jpg)
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✓ Liquidaciones de compra de bienes y prestación de servicios: Las
emiten sociedades personas naturales y sucesiones indivisas en servicios
o adquisiciones de acuerdo a las condiciones previstas en el Reglamento
de Comprobantes de Venta, Retención y Documentos Complementarios
vigente.
✓ Tiquetes emitidos por máquinas registradoras y boletos o entradas a
espectáculos públicos: Se emiten en transacciones con usuarios finales,
no identifican al comprador, únicamente en la emisión de tiquete si se
requiere sustentar el gasto deberá exigir una factura o nota de venta -
RISE.
✓ Otros documentos autorizados. Emitidos por Instituciones Financieras,
Documentos de importación y exportación, tickets aéreos, Instituciones del
Estado en la prestación de servicios administrativos: sustenta costos y
gastos y crédito tributario siempre que cumpla con las disposiciones
vigentes.
b) Comprobantes de retención. Comprobantes que acreditan la retención
del impuesto, lo efectúan las personas o empresas que actúan como
agentes de retención.
c) Documentos complementarios. Son documentos complementarios a los
comprobantes de venta cuya finalidad es la siguiente:
✓ Notas de crédito: se emiten para anular operaciones, aceptar
devoluciones y conceder descuentos o bonificaciones.
✓ Notas de débito: se emiten para cobrar intereses de mora y para
recuperar costos y gastos, incurridos por el vendedor con posterioridad a la
emisión del comprobante.
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40
✓ Guías de remisión: sustenta el traslado de mercaderías dentro del
territorio nacional.
d) Facturación electrónica (nuevo esquema de emisión electrónica de
comprobantes)
Desde el mes de febrero de 2012, la administración tributaria implementó el
nuevo esquema de emisión de comprobantes con el que busca reducir costos
directos e indirectos del cumplimiento voluntario de los contribuyentes,
favorecer la disminución de la contaminación ambiental, y brindar mayor
seguridad, mejorar y simplificar el proceso de emisión de comprobantes
reduciendo costos en la gestión de obtener, emitir, archivar y resguardar los
comprobantes de venta, retención y documentos complementarios.
En el año 2013 pueden adherirse al nuevo esquema para la emisión de los
siguientes comprobantes electrónicos: Facturas, comprobantes de retención,
notas de crédito y de débito y guías de remisión.
En este esquema cada contribuyente emisor, envía al SRI a través de un
servicio web (Web Services) el comprobante para su autorización (que se
realiza en línea y en tiempo real) por cada comprobante que se emita, el
comprobante autorizado será entregado al adquirente mediante correo
electrónico o a través de un portal web que el emisor considere poner a
disposición de sus adquirentes.
El SRI pone a disposición de los pequeños y medianos contribuyentes una
herramienta gratuita que cumple las funciones para generar, emitir, firmar
electrónicamente, enviar sus comprobantes para la autorización por parte de la
administración tributaria y visualizar la información (para obtener la herramienta
haga).
![Page 58: UNIVERSIDAD TÉCNICAESTATAL DE QUEVEDO UNIDAD DE …](https://reader035.fdocuments.net/reader035/viewer/2022070121/62bd2458696ce20ab8185e71/html5/thumbnails/58.jpg)
41
Los contribuyentes que quieran adherirse a este nuevo sistema deberán
presentar su solicitud a través de la página web del SRI, en la aplicación
“Comprobantes electrónicos”, disponible en el sistema de servicios en línea.
Los contribuyentes que opten por emitir comprobantes electrónicos deberán
contar con un certificado digital de firma electrónica y mantenerlo válido y
vigente, éste puede ser adquirido en una de las entidades de certificación
autorizadas en el país. Los comprobantes electrónicos deberán estar firmados
electrónicamente únicamente por el emisor.
Para verificar la validez de los comprobantes electrónicos, se realiza a través
de consultas privadas o públicas en la página web del SRI, en la opción
COMPROBANTES ELECTRÓNICOS.
Los contribuyentes que quieran adherirse al nuevo esquema de emisión de
comprobantes electrónicos deberán presentar su solicitud a través de la página
web del SRI, en la aplicación “comprobantes electrónicos”, disponible en el
sistema de servicios en línea. Previamente deberán contar con un certificado
digital de firma electrónica y mantenerlo válido y vigente, éste puede ser
adquirido en una de las entidades de certificación autorizadas en el país.
Los contribuyentes que quieran adherirse al nuevo esquema de emisión de
comprobantes electrónicos deberán presentar su solicitud a través de la página
web del SRI, en la aplicación “comprobantes electrónicos”, disponible en el
sistema de servicios en línea. Previamente deberán contar con un certificado
digital de firma electrónica y mantenerlo válido y vigente, éste puede ser
adquirido en una de las entidades de certificación autorizadas en el país.
2.4.2. Impuestos que recauda el SRI
SRI (2013). Los impuestos que administra y recauda el SRI son los siguientes:
![Page 59: UNIVERSIDAD TÉCNICAESTATAL DE QUEVEDO UNIDAD DE …](https://reader035.fdocuments.net/reader035/viewer/2022070121/62bd2458696ce20ab8185e71/html5/thumbnails/59.jpg)
42
2.4.2.1. Impuesto al Valor Agregado
SRI (2013). El Impuesto al Valor Agregado (IVA) grava al valor de la
transferencia de dominio o a la importación de bienes muebles de naturaleza
corporal, en todas sus etapas de comercialización, así como a los derechos de
autor, de propiedad industrial y derechos conexos; y al valor de los servicios
prestados. Existen básicamente dos tarifas para este impuesto que son 12% y
tarifa 0%.
Se entiende también como transferencia a la venta de bienes muebles de
naturaleza corporal, que hayan sido recibidos en consignación y el
arrendamiento de éstos con opción de compraventa, incluido el arrendamiento
mercantil, bajo todas sus modalidades; así como al uso o consumo personal de
los bienes muebles.
La base imponible de este impuesto corresponde al valor total de los bienes
muebles de naturaleza corporal que se transfieren o de los servicios que se
presten, calculado sobre la base de sus precios de venta o de prestación del
servicio, que incluyen impuestos, tasas por servicios y demás gastos
legalmente imputables al precio. Del precio así establecido sólo podrán
deducirse los valores correspondientes a descuentos y bonificaciones, al valor
de los bienes y envases devueltos por el comprador y a los intereses y las
primas de seguros en las ventas a plazos.
La base imponible, en las importaciones, es el resultado de sumar al valor CIF
los impuestos, aranceles, tasas, derechos, recargos y otros gastos que figuren
en la declaración de importación y en los demás documentos pertinentes.
En los casos de permuta, de retiro de bienes para uso o consumo personal y
de donaciones, la base imponible será el valor de los bienes, el cual se
determinará en relación a los precios de mercado.
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43
Este impuesto se declara de forma mensual si los bienes que se transfieren o
los servicios que se presten están gravados con tarifa 12%; y de manera
semestral cuando exclusivamente se transfieran bienes o se presten servicios
gravados con tarifa cero o no gravados, así como aquellos que estén sujetos a
la retención total del IVA causado, a menos que sea agente de retención de
IVA (cuya declaración será mensual).
En el caso de importaciones, la liquidación del IVA se efectuará en la
declaración de importación y su pago se realizará previo al despacho de los
bienes por parte de la oficina de aduanas correspondiente.
En el caso de importaciones de servicios, el IVA se liquidará y pagará en la
declaración mensual que realice el sujeto pasivo. El adquirente del servicio
importado está obligado a emitir la correspondiente liquidación de compra de
bienes y prestación de servicios y a efectuar la retención del 100% del IVA
generado. Se entenderá como importación de servicios a los que se presten
por parte de una persona o sociedad no residente o domiciliada en el Ecuador
a favor de una persona o sociedad residente o domiciliada en el Ecuador, cuya
utilización o aprovechamiento tenga lugar íntegramente en el país, aunque la
prestación se realice en el extranjero
2.4.2.1.1. Sujetos pasivos
SRI (2013). Según el Art. 63 de la LOEI, son sujetos pasivos del IVA:
✓ En calidad de contribuyentes, quienes realicen importaciones gravadas con
una tarifa, ya sea por cuenta propia o ajena.
✓ En calidad de agentes de percepción:
• Las personas naturales y las sociedades que habitualmente efectúen
transferencias de bienes gravados con una tarifa.
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44
• Las personas naturales y las sociedades que habitualmente presten
servicios gravados con una tarifa.
✓ En calidad de agentes de retención:
• Las entidades y organismos del sector público y las empresas públicas;
y las sociedades, sucesiones indivisas y personas naturales
consideradas como contribuyentes especiales por el Servicio de Rentas
Internas; por el IVA que deben pagar por sus adquisiciones a sus
proveedores de bienes y servicios cuya transferencia o prestación se
encuentra gravada.
• Las empresas emisoras de tarjetas de crédito por los pagos que
efectúen por concepto del IVA a sus establecimientos afiliados, y las
empresas de seguros y reaseguros por los pagos que realicen por
compras y servicios gravados con IVA, en las mismas condiciones en
que se realizan las retenciones en la fuente a proveedores.
• Los exportadores, sean personas naturales o sociedades, por la
totalidad del IVA pagado en las adquisiciones locales o importaciones de
bienes que se exporten, así como aquellos bienes, materias primas,
insumos, servicios y activos fijos empleados en la fabricación y
comercialización de bienes que se exporten.
• Los operadores de turismo que facturen paquetes de turismo receptivo
dentro o fuera del país, por la totalidad del IVA pagado en las
adquisiciones locales de los bienes que pasen a formar parte de su
activo fijo; o de los bienes o insumos y de los servicios necesarios para
la producción y comercialización de los servicios que integren el paquete
de turismo receptivo facturado.
![Page 62: UNIVERSIDAD TÉCNICAESTATAL DE QUEVEDO UNIDAD DE …](https://reader035.fdocuments.net/reader035/viewer/2022070121/62bd2458696ce20ab8185e71/html5/thumbnails/62.jpg)
45
• Las personas naturales, sucesiones indivisas o sociedades, que
importen servicios gravados, por la totalidad del IVA generado en tales
servicios.
• Petrocomercial y las comercializadoras de combustibles sobre el IVA
presuntivo en la comercialización de combustibles.
2.4.2.1.2. Crédito tributario
SRI (2013). Según los Art. 66 - 69 de la LOEI, el crédito tributario se define
como la diferencia entre el IVA cobrado en ventas menos el IVA pagado en
compras. En aquellos casos en los que la declaración arroje saldo a favor (el
IVA en compras es mayor al IVA en ventas), dicho saldo será considerado
crédito tributario, que se hará efectivo en la declaración del mes siguiente.
Como regla de aplicación general y obligatoria, se tendrá derecho a crédito
tributario por el IVA pagado en la utilización de bienes y servicios gravados con
este impuesto, siempre que tales bienes y servicios se destinen a la producción
y comercialización de otros bienes y servicios gravados.
Cuando por cualquier circunstancia evidente se presuma que el crédito
tributario resultante no podrá ser compensado con el IVA causado dentro de los
seis meses inmediatos siguientes, el sujeto pasivo podrá solicitar al director
regional o provincial del Servicio de Rentas Internas la devolución o la
compensación del crédito tributario originado por retenciones que le hayan sido
practicadas. La devolución o compensación de los saldos del IVA a favor del
contribuyente no constituyen pagos indebidos, por tanto no causan intereses.
Al crédito tributario también tienen derecho los fabricantes, por el IVA pagado
en la adquisición local de materias primas, insumos y servicios destinados a la
producción de bienes para la exportación, que se agregan a las materias
primas internadas en el país bajo regímenes aduaneros especiales, aunque
dichos contribuyentes no exporten directamente el producto terminado, siempre
![Page 63: UNIVERSIDAD TÉCNICAESTATAL DE QUEVEDO UNIDAD DE …](https://reader035.fdocuments.net/reader035/viewer/2022070121/62bd2458696ce20ab8185e71/html5/thumbnails/63.jpg)
46
que estos bienes sean adquiridos efectivamente por los exportadores y la
transferencia al exportador de los bienes producidos por estos contribuyentes
que no hayan sido objeto de nacionalización, están gravados con tarifa cero.
• El uso del crédito tributario se sujetará a las siguientes normas:
✓ Los sujetos pasivos del IVA, que se dediquen a: la producción o
comercialización de bienes para el mercado interno y a la prestación de
servicios gravados con tarifa 12%; ó a la comercialización de paquetes de
turismo receptivo, facturados dentro o fuera del país, brindados a personas
naturales no residentes en el Ecuador, a la venta directa de bienes y
servicios gravados con tarifa 0% de IVA a exportadores; ó a la exportación
de bienes y servicios, tendrán derecho al crédito tributario por la totalidad
del IVA pagado en las adquisiciones locales o importaciones de los bienes
que pasen a formar parte de su activo fijo; o de los bienes, de las materias
primas o insumos y de los servicios necesarios para la producción y
comercialización de dichos bienes y servicios.
✓ Los sujetos pasivos del IVA que se dediquen a la producción,
comercialización de bienes o a la prestación de servicios que en parte
estén gravados con tarifa 0% y en parte con tarifa 12%, tendrán derecho a
un crédito tributario, cuyo uso se sujetará a las siguientes disposiciones:
1. Por la parte proporcional del IVA pagado en la adquisición local o
importación de bienes que pasen a formar parte del activo fijo.
2. Por la parte proporcional del IVA pagado en la adquisición de bienes,
de materias primas, insumos y por la utilización de servicios.
3. La proporción del IVA pagado en compras de bienes o servicios
susceptibles de ser utilizado mensualmente como crédito tributario se
establecerá relacionando las ventas gravadas con tarifa 12%, más las
exportaciones, más las ventas de paquetes de turismo receptivo,
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facturadas dentro o fuera del país, brindados a personas naturales no
residentes en el Ecuador, más las ventas directas de bienes y
servicios gravados con tarifa cero por ciento de IVA a exportadores
con el total de las ventas.
✓ Si estos sujetos pasivos mantienen sistemas contables que permitan
diferenciar, inequívocamente, las adquisiciones de materias primas,
insumos y servicios gravados con tarifas 12% empleados exclusivamente
en la producción, comercialización de bienes o en la prestación de servicios
gravados con tarifa 12%; de las compras de bienes y de servicios gravados
con tarifa 12% pero empleados en la producción, comercialización o
prestación de servicios gravados con tarifa 0%, podrán, para el primer
caso, utilizar la totalidad del IVA pagado para la determinación del impuesto
a pagar.
✓ No tienen derecho a crédito tributario por el IVA pagado, en las
adquisiciones locales e importaciones de bienes o utilización de servicios
realizados por los sujetos pasivos que produzcan o vendan bienes o
presten servicios gravados en su totalidad con tarifa cero, ni en las
adquisiciones o importaciones de activos fijos de los sujetos que produzcan
o vendan bienes o presten servicios gravados en su totalidad con tarifa
cero.
En general, para tener derecho al crédito tributario el valor del impuesto deberá
constar por separado en los respectivos comprobantes de venta por
adquisiciones directas o que se hayan reembolsado, documentos de
importación y comprobantes de retención.
2.4.2.1.3. Devolución y reintegro del IVA
SRI (2013). Los Art. 71-72-73 de la LOEI, se pronuncian al reintegro y
devolución del IVA.
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48
• Reintegro del IVA
El IVA pagado en las transferencias e importaciones de bienes por
universidades, escuelas politécnicas, Junta de Beneficencia de Guayaquil y
SOLCA, será reintegrado a través del Presupuesto General del Estado. El
reintegro no podrá ser imputado a los recursos que por norma constitucional o
por disposiciones legales corresponden a las entidades del régimen seccional
autónomo.
Las personas naturales y las sociedades que hubiesen pagado el Impuesto Al
Valor Agregado en las adquisiciones locales o importaciones de bienes que se
exporten, así como aquellos bienes, materias primas, insumos, servicios y
activos fijos empleados en la fabricación y comercialización de bienes que se
exporten, tienen derecho a que ese impuesto les sea reintegrado, sin intereses,
en un tiempo no mayor a 90 días, a través de la emisión de la respectiva nota
de crédito, cheque u otro medio de pago.
El exportador deberá registrarse, previo a su solicitud de devolución, en el SRI
y éste deberá devolver lo pagado contra la presentación formal de la
declaración del representante legal del sujeto pasivo. De detectarse falsedad
en la información, el responsable será sancionado con una multa equivalente al
doble del valor con el que se pretendió perjudicar al fisco.
El reintegro del IVA no es aplicable a la actividad petrolera en lo referente a la
extracción, transporte y comercialización de petróleo crudo, ni a ninguna otra
actividad relacionada con recursos no renovables.
El IVA pagado en la adquisición local e importación de bienes y demanda de
servicios que efectúen las entidades y organismos del sector público y
empresas públicas, les será reintegrado. El Ministerio de Finanzas realizará la
acreditación en la cuenta correspondiente, pudiendo proveer los fondos al
Servicio de Rentas Internas para que realice tal acreditación.
![Page 66: UNIVERSIDAD TÉCNICAESTATAL DE QUEVEDO UNIDAD DE …](https://reader035.fdocuments.net/reader035/viewer/2022070121/62bd2458696ce20ab8185e71/html5/thumbnails/66.jpg)
49
El IVA pagado por personas con discapacidad que estén calificadas por el
organismo competente, en la adquisición de vehículos ortopédicos o no
ortopédicos importados o adquiridos localmente, siempre que estén destinados
para el uso y traslado de personas con discapacidad; aparatos médicos
especiales, materia prima para órtesis y prótesis, tienen derecho al reintegro,
sin intereses en un tiempo no mayor a 90 días, a través de cheque u otro medio
de pago.
• Devolución del IVA
El IVA que paguen en la adquisición local o importación de bienes o en la
demanda de servicios la Junta de Beneficencia de Guayaquil, el Instituto
Ecuatoriano de Seguridad Social, Fe y Alegría, Comisión de Tránsito de la
Provincia del Guayas, Sociedad de Lucha Contra el Cáncer -SOLCA-, Cruz
Roja Ecuatoriana, Fundación Oswaldo Loor y las universidades y escuelas
politécnicas será reintegrado sin intereses en un tiempo no mayor a 30 días, a
través de la emisión de la respectiva nota de crédito, cheque o transferencia
bancaria. El Servicio de Rentas Internas deberá devolver el IVA pagado contra
la presentación formal de la declaración del representante legal.
Lo previsto en el inciso anterior se aplicará a las agencias especializadas
internacionales, organismos no gubernamentales y las personas jurídicas de
derecho privado que hayan sido designadas ejecutoras en convenios
internacionales, créditos de gobierno a gobierno o de organismos multilaterales
tales como el Banco Mundial, la Corporación Andina de Fomento y el Banco
Interamericano de Desarrollo BID; siempre que las importaciones o
adquisiciones locales de bienes o servicios se realicen con cargo a los fondos
provenientes de tales convenios o créditos para cumplir los propósitos
expresados en dichos instrumentos; y, que éstos se encuentren registrados
previamente en el Servicio de Rentas Internas.
![Page 67: UNIVERSIDAD TÉCNICAESTATAL DE QUEVEDO UNIDAD DE …](https://reader035.fdocuments.net/reader035/viewer/2022070121/62bd2458696ce20ab8185e71/html5/thumbnails/67.jpg)
50
De detectarse falsedad en la información, el responsable será sancionado con
una multa equivalente al doble del valor con el que se pretendió perjudicar al
fisco.
Las personas naturales y sociedades exportadoras que hayan pagado y
retenido el IVA en la adquisición de bienes que exporten, tienen derecho a
crédito tributario por dichos pagos. Igual derecho tendrán por el impuesto
pagado en la adquisición de materias primas, insumos y servicios utilizados en
los productos elaborados y exportados por el fabricante. Una vez realizada la
exportación, el contribuyente solicitará al Servicio de Rentas Internas la
devolución correspondiente acompañando copia de los respectivos
documentos de exportación. Este derecho puede trasladarse únicamente a los
proveedores directos de los exportadores.
Asimismo, los contribuyentes que tengan como giro de su negocio el transporte
de carga al extranjero, que hayan pagado IVA en la adquisición de combustible
aéreo, tienen derecho a crédito tributario exclusivamente por dicho pago. Una
vez prestado el servicio de transporte, el contribuyente solicitará al Servicio de
Rentas Internas la devolución en la forma y condiciones previstas en la
Resolución correspondiente.
Los operadores y administradores de Zonas Especiales de Desarrollo
Económico (ZEDE) tienen derecho a crédito tributario, por el IVA pagado en la
compra de materias primas, insumos y servicios provenientes del territorio
nacional, que se incorporen al proceso productivo de los operadores y
administradores de Zonas Especiales de Desarrollo Económico (ZEDE). El
contribuyente solicitará al Servicio de Rentas Internas la devolución en la forma
y condiciones previstas en la resolución correspondiente, una vez que la unidad
técnica operativa responsable de la supervisión y control de las ZEDE
certifique, bajo su responsabilidad, que dichos bienes son parte del proceso
productivo de la empresa adquirente.
![Page 68: UNIVERSIDAD TÉCNICAESTATAL DE QUEVEDO UNIDAD DE …](https://reader035.fdocuments.net/reader035/viewer/2022070121/62bd2458696ce20ab8185e71/html5/thumbnails/68.jpg)
51
2.4.2.1.4. Retenciones del IVA
SRI (2013). De acuerdo al Art. 63 de la LOEI, las retenciones en la fuente del
Impuesto Al Valor Agregado se establecen de acuerdo a una tabla.
Los citados agentes declararán y pagarán el impuesto retenido mensualmente
y entregarán a los establecimientos afiliados el correspondiente comprobante
de retención del impuesto, el que le servirá como crédito tributario en las
declaraciones del mes que corresponda.
Los agentes de retención del IVA estarán sujetos a las obligaciones y
sanciones establecidas para los agentes de retención del Impuesto a la Renta.
Los agentes de retención presentarán mensualmente las declaraciones de las
retenciones, en la forma, condiciones y con el detalle que determine el Servicio
de Rentas Internas.
• Casos especiales
SRI (2013). Retención de IVA Presuntivo.- Petrocomercial y las
comercializadoras de combustibles, en su caso, en las ventas de derivados de
petróleo a las distribuidoras, deberán retener el IVA calculado sobre el margen
de comercialización que corresponde al distribuidor, y lo declararán y pagarán
mensualmente como IVA presuntivo retenido por ventas al detal. El distribuidor,
en su declaración mensual, deberá considerar el impuesto pagado en sus
compras y el impuesto retenido por PETROCOMERCIAL o la comercializadora.
Las comercializadoras declararán el IVA causado en sus ventas menos el IVA
pagado en sus compras, también declararán y pagarán sin deducción alguna el
IVA presuntivo retenido a los distribuidores.
Los agentes de retención se abstendrán de retener el impuesto a los consumos
de combustibles derivados del petróleo realizados en centros de distribución,
distribuidores finales o estaciones de servicio, toda vez que el mismo es objeto
![Page 69: UNIVERSIDAD TÉCNICAESTATAL DE QUEVEDO UNIDAD DE …](https://reader035.fdocuments.net/reader035/viewer/2022070121/62bd2458696ce20ab8185e71/html5/thumbnails/69.jpg)
52
de retención con el carácter de IVA presuntivo por ventas al detal, por parte de
las comercializadoras.
En caso de los derivados del petróleo para consumo interno y externo,
Petrocomercial, las comercializadoras y los distribuidores facturarán
desglosando el Impuesto al Valor Agregado IVA, del precio de venta.
2.4.2.2. Impuesto a la renta
SRI (2013). De acuerdo a los capítulos I –V – VI de la LOEI, el Impuesto a la
Renta se aplica sobre aquellas rentas que obtengan las personas naturales, las
sucesiones indivisas y las sociedades sean nacionales o extranjeras. El
ejercicio impositivo comprende del 1o. de enero al 31 de diciembre.
Para calcular el impuesto que debe pagar un contribuyente, sobre la totalidad
de los ingresos gravados se restará las devoluciones, descuentos, costos,
gastos y deducciones, imputables a tales ingresos. A este resultado lo
llamamos base imponible.
La base imponible de los ingresos del trabajo en relación de dependencia está
constituida por el ingreso gravado menos el valor de los aportes personales al
Instituto Ecuatoriano de Seguridad social (IESS), excepto cuando éstos sean
pagados por el empleador.
La declaración del Impuesto a la Renta es obligatoria para todas las personas
naturales, sucesiones indivisas y sociedades, aún cuando la totalidad de sus
rentas estén constituidas por ingresos exentos, a excepción de:
1. Los contribuyentes domiciliados en el exterior, que no tengan representante
en el país y que exclusivamente tengan ingresos sujetos a retención en la
fuente.
2. Las personas naturales cuyos ingresos brutos durante el ejercicio fiscal no
excedieren de la fracción básica no gravada.
![Page 70: UNIVERSIDAD TÉCNICAESTATAL DE QUEVEDO UNIDAD DE …](https://reader035.fdocuments.net/reader035/viewer/2022070121/62bd2458696ce20ab8185e71/html5/thumbnails/70.jpg)
53
2.4.2.2.1. Objeto del impuesto
SRI (2013). Se encuentra fundamentado en el hecho generador del Impuesto a
la Renta, por lo que está determinado en los siguientes artículos de la LRTI:
Art. 1.- Objeto del impuesto.- Establécese el impuesto a la renta global que
obtengan las personas naturales, las sucesiones indivisas y las sociedades
nacionales o extranjeras, de acuerdo con las disposiciones de la presente Ley.
Art. 4.- Sujetos pasivos.- Son sujetos pasivos del impuesto a la renta las
personas naturales, las sucesiones indivisas y las sociedades, nacionales o
extranjeras, domiciliadas o no en el país, que obtengan ingresos gravados de
conformidad con las disposiciones de esta Ley.
Los sujetos pasivos obligados a llevar contabilidad, pagarán el impuesto a la
renta en base de los resultados que arroje la misma.
Art. 41.- Pago del impuesto.- Los sujetos pasivos deberán efectuar el pago
del impuesto a la renta de acuerdo con las siguientes normas:
1.- El saldo adeudado por impuesto a la renta que resulte de la declaración
correspondiente al ejercicio económico anterior deberá cancelarse en los
plazos que establezca el reglamento, en las entidades legalmente autorizadas
para recaudar tributos;
2.- Las personas naturales, las sucesiones indivisas, las sociedades, las
empresas que tengan suscritos o suscriban contratos de exploración y
explotación de hidrocarburos en cualquier modalidad contractual, deberán
determinar en su declaración correspondiente al ejercicio económico anterior,
el anticipo a pagarse con cargo al ejercicio fiscal corriente de conformidad
![Page 71: UNIVERSIDAD TÉCNICAESTATAL DE QUEVEDO UNIDAD DE …](https://reader035.fdocuments.net/reader035/viewer/2022070121/62bd2458696ce20ab8185e71/html5/thumbnails/71.jpg)
54
2.4.2.2.2. Tarifas
SRI (2013). Los Art. 36 y 37 de la LOEI. Personas naturales y sucesiones
indivisas, para liquidar el Impuesto a la Renta en el caso de las personas
naturales y de las sucesiones indivisas, se aplicará a la base imponible las
siguientes tarifas:
CUADRO 2. TABLA DE IMPUESTO A LA RENTA PARA PERSONAS
NATURALES Y SUCESIONES INDIVISAS
AÑO 2012 en dólares
Fracción Básica Exceso hasta Impuesto Fracción
Básica
% Impuesto
Fracción
Excedente
0 9.720 0 0%
9.720 12.380 0 5%
12.380 15.480 133 10%
15.480 18.580 443 12%
18.580 37.160 815 15%
37.160 55.730 3.602 20%
55.730 74.320 7.316 25%
74.320 99.080 11.962 30%
99.080 En adelante 19.392 35%
Fuente: SRI 2013 Elaboración: El Autor
2.4.2.2.3. Determinación del anticipo
SRI (2013). Los sujetos pasivos son las personas naturales, sucesiones
indivisas, obligadas o no a llevar contabilidad, empresas que tengan suscritos o
suscriban contratos de exploración y explotación de hidrocarburos en cualquier
modalidad contractual, así como las demás sociedades, según la definición del
Art. 98 de la LRTI, obligados a la liquidación y pago del anticipo de Impuesto a
![Page 72: UNIVERSIDAD TÉCNICAESTATAL DE QUEVEDO UNIDAD DE …](https://reader035.fdocuments.net/reader035/viewer/2022070121/62bd2458696ce20ab8185e71/html5/thumbnails/72.jpg)
55
la Renta de conformidad con los literales a) y b) del numeral 2 del Art. 41 de la
LRTI.
Plazos para declarar el anticipo: Las fechas de vencimiento se encuentran
establecidas en el Art. 77 del RALRTI.
…Art. 77.- Cuotas y plazos para el pago del anticipo.- El valor que los
contribuyentes deberán pagar por concepto de anticipo de impuesto a la renta
será igual a:
a) Para el caso de los contribuyentes definidos en el literal a) del artículo
precedente, un valor equivalente al anticipo determinado en su
declaración del impuesto a la renta.
b) Para el caso de los contribuyentes definidos en el literal b) del artículo
precedente, un valor equivalente al anticipo determinado por los sujetos
pasivos en su declaración del impuesto a la renta menos las retenciones
de impuesto a la renta realizadas al contribuyente durante el año anterior
al pago del anticipo.
El valor resultante deberá ser pagado en dos cuotas iguales, las cuales se
satisfarán hasta las siguientes fechas, según, el noveno dígito del número del
Registro Único de Contribuyentes RUC, o de la cédula de identidad, según
corresponda:
Primera cuota (50% del anticipo). De acuerdo al digito corre del 10 de julio
(número par) al 28 de julio.
Segunda cuota (50% del anticipo) De acuerdo al digito corre del 10 de
septiembre (número par) al 28 de septiembre.
Cuando una fecha de vencimiento coincida con días de descanso obligatorio o
feriados, aquella se trasladará al siguiente día hábil.
![Page 73: UNIVERSIDAD TÉCNICAESTATAL DE QUEVEDO UNIDAD DE …](https://reader035.fdocuments.net/reader035/viewer/2022070121/62bd2458696ce20ab8185e71/html5/thumbnails/73.jpg)
56
El saldo del anticipo pagado, se liquidará dentro de los plazos establecidos
para la presentación de la declaración del impuesto a la renta del ejercicio fiscal
en curso y conjuntamente con la correspondiente declaración. (Corresponde a
la tercera cuota, es decir en Marzo o Abril según el tipo de contribuyente
Persona Natural o Sociedad).
Este anticipo, que constituye crédito tributario para el pago del impuesto a la
renta del ejercicio fiscal en curso, será pagado en las fechas antes señaladas,
sin que, para el efecto, sea necesaria la emisión de títulos de crédito ni de
requerimiento alguno por parte de la administración.
El anticipo determinado por el declarante que no fuere pagado dentro de los
plazos previstos en este artículo, será cobrado por el Servicio de Rentas
Internas mediante acción coactiva, de conformidad con lo dispuesto en el
Código Tributario…”
El formulario es el 115, aprobado mediante la Resolución: NAC-DGERCGC12-
00231 publicada en el RO. 698 de 8-05-2012, el cual estará disponible
exclusivamente por Internet (Servicios en línea)
2.4.2.2.4. Retenciones en la fuente
SRI (2013). El Art. 50 de la LOEI, expresa lo siguiente: Toda persona jurídica o
persona natural obligada a llevar contabilidad que pague o acredite en cuenta
cualquier tipo de ingreso que constituya renta gravada para quien los reciba,
actuará como agente de retención del Impuesto a la Renta. Los agentes de
retención están obligados a entregar el respectivo comprobante de retención,
dentro del término no mayor de cinco días de recibido el comprobante de venta,
a las personas a quienes deben efectuar la retención.
Igualmente están obligados a proporcionar al SRI cualquier tipo de información
vinculada con las transacciones por ellos efectuadas.
![Page 74: UNIVERSIDAD TÉCNICAESTATAL DE QUEVEDO UNIDAD DE …](https://reader035.fdocuments.net/reader035/viewer/2022070121/62bd2458696ce20ab8185e71/html5/thumbnails/74.jpg)
57
La retención en la fuente deberá realizarse al momento del pago o crédito en
cuenta, lo que suceda primero; los porcentajes de retención aplicables. Los
pagos que hagan los empleadores a los contribuyentes que trabajan con
relación de dependencia, deberán realizar la retención en la fuente
correspondiente. En este caso, el comprobante de retención será entregado
dentro del mes de enero de cada año en relación con las rentas del año
precedente. Así mismo, están obligados a declarar y depositar mensualmente
los valores retenidos en las entidades legalmente autorizadas para recaudar
tributos.
2.4.2.2.5. Sanciones
SRI (2013). El incumplimiento de las obligaciones de efectuar la retención,
presentar la declaración de retenciones, depositar los valores retenidos y
entregar los comprobantes en favor del retenido, será sancionado con las
siguientes penas:
1. De no efectuarse la retención, de hacerla en forma parcial o de no
depositar los valores retenidos, el agente de retención será obligado a
depositar en las entidades autorizadas para recaudar tributos el valor total
de las retenciones que debiendo hacérselas no se efectuaron, o que
realizadas no se depositaron, las multas e intereses de mora respectivos.
2. El retraso en la presentación de la declaración de retención será
sancionado de conformidad con lo previsto por la Ley Orgánica de
Régimen Tributario. El retraso en la entrega de los tributos retenidos dará
lugar a la aplicación de los intereses correspondientes, sin perjuicio de las
demás sanciones previstas en el Código Tributario.
3. La falta de entrega del comprobante de retención al contribuyente será
sancionada con una multa equivalente al cinco por ciento (5%) del monto
de la retención, y en caso de reincidencia se considerará como
defraudación de acuerdo con lo previsto en el Código Tributario.
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58
2.4.2.2.6. Crédito tributario y reclamos de devolución
SRI (2013). El Art. 47 de la LOEI Los valores retenidos por concepto de
Impuesto a la Renta constituyen crédito tributario para la determinación del
Impuesto a la Renta del contribuyente, quien podrá disminuirlo del total del
impuesto causado en su declaración anual.
Con respecto a los dividendos y las utilidades de sociedades así como los
beneficios obtenidos por fideicomisos mercantiles, distribuidos a favor de
personas naturales residentes en el país, que forman parte de su renta global
tienen derecho a utilizar, en su declaración de impuesto a la renta global, como
crédito, el impuesto pagado por la sociedad correspondiente a ese dividendo,
utilidad o beneficio, que en ningún caso será mayor a la tarifa del impuesto a la
renta de sociedades de su valor. El crédito tributario aplicable no será mayor al
impuesto que le correspondería pagar a la persona natural por ese ingreso
dentro de su renta global.
Los contribuyentes tendrán derecho a presentar el correspondiente reclamo de
pago indebido o la solicitud de pago en exceso, por los siguientes motivos:
• Por el total de las retenciones que se le hubieren efectuado, si no causare
impuesto a la renta en el ejercicio corriente o si el impuesto causado fuere
inferior al anticipo pagado.
• Por las retenciones que le hubieren sido efectuadas, en la parte en la que
no hayan sido aplicadas al pago del impuesto a la renta, en el caso de que
el impuesto a la renta causado fuere mayor al anticipo pagado.
La petición de la devolución del exceso pagado o del reclamo de la devolución
de lo indebidamente pagado se lo podrá realizar hasta dentro de 3 años
contados desde la fecha de la declaración.
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59
2.4.3. Presentación de anexos
SRI (213). La administración tributaria requiere para efectos de control que los
contribuyentes presenten información adicional a las declaraciones de
impuestos. Esta información recibe el nombre de anexo, cuya finalidad es
proporcionar a nivel de detalle la información que sustenta las declaraciones de
impuestos u otra información relevante.
Estos anexos deben ser presentados por los contribuyentes de acuerdo al tipo
de actividad que realizan. Actualmente el SRI solicita los siguientes anexos:
• Anexo gastos personales
• Anexo transaccional simplificado (ATS)
• Anexo de retenciones en la fuente de impuesto a la renta por otros
conceptos (REOC)
• Anexo de retenciones en la fuente por relación de dependencia (RDEP)
• Anexo de impuesto a consumos especiales (ICE)
• Anexo movimiento internacional de divisas (ISD)
• Anexo de declaración patrimonial (DPT)
• Anexo de operaciones con partes relacionadas del exterior (OPRE)
• Anexo de notarios, registradores de la propiedad y registradores
mercantiles (ANR)
Los anexos deben enviarse de acuerdo a los calendarios especificados en las
resoluciones relativas a cada tipo de anexo.
Es importante acotar que cuando una fecha de vencimiento coincida con días
de descanso obligatorio o feriados, aquella se trasladará al siguiente día hábil.
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60
2.5. MARCO LEGAL
2.5.1. Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno y su reglamento
Esta ley regula el impuesto a la renta e impuesto al valor agregado y e
impuestos a los consumos especiales.
2.5.2. Obligaciones tributarias
✓ Declaración de impuesto a la renta
✓ Declaración de retenciones en la fuente
✓ Declaración mensual del IVA
✓ Impuesto a la propiedad de vehículos motorizados
✓ Entrega de anexos transaccionales
2.5.3. Formulario 103 – Instructivo declaración de retenciones en la
Fuente del Impuesto a la Renta
IMPORTANTE: Recuerde que posicionando el cursor sobre el casillero de la
declaración usted obtiene el detalle de información contenida en el presente
instructivo para el llenado de dicho casillero.
IDENTIFICACIÓN, REGISTROS Y REFERENCIAS LEGALES
Referencias Base legal
LRTI LEY DE RÉGIMEN TRIBUTARIO INTERNO
RALRTI REGLAMENTO PARA LA APLICACIÓN DE LA LRTI
100 Identificación de la declaración
101 Mes.- Registre el mes del período al que corresponde la declaración.
102 Año.- Año del período al que corresponde la declaración.
104 N° Formulario que sustituye.- En el caso de declaración sustitutiva,
registrar en este campo el No. del formulario de la declaración que se sustituye.
![Page 78: UNIVERSIDAD TÉCNICAESTATAL DE QUEVEDO UNIDAD DE …](https://reader035.fdocuments.net/reader035/viewer/2022070121/62bd2458696ce20ab8185e71/html5/thumbnails/78.jpg)
61
200 Identificación del sujeto pasivo (agente de retención)
202 Razón Social o Apellidos y Nombres completos.- Registre de la misma
forma como consta en el documento del RUC otorgado por el SRI.
Por pagos efectuados en el país
302 y 352 En relación de dependencia que supera o no la base
desgravada.- Registre el valor correspondiente de la base imponible y monto a
retener mensual. Para la base imponible anual se deberán sumar todas las
remuneraciones gravadas que correspondan al trabajador, tanto aquellas
otorgadas por el sujeto declarante como aquellas reportadas por otros
empleadores cuando corresponda, proyectadas para todo el ejercicio
económico y se deducirán los valores a pagar por el empleado por concepto
del aporte individual al Seguro Social, así como los gastos personales
proyectados, y otras deducciones a las que el empleado tenga derecho, sin que
éstos superen los montos establecidos en las normas legales y reglamentarias.
303 Honorarios profesionales.- Incluye retenciones efectuadas por concepto
de honorarios, comisiones y demás pagos realizados a personas naturales
profesionales nacionales o extranjeras residentes en el país por más de seis
meses, que presten servicios en los que prevalezca el intelecto sobre la mano
de obra, siempre y cuando, los mismos estén relacionados con su título
profesional. Las retenciones efectuadas por concepto de pagos a docentes se
registran en el casillero 304.
304 Predomina el intelecto.- Servicios en donde el intelecto prevalezca
sobre la mano de obra y que sean distintos a los declarados en el casillero 303.
307 Predomina mano de obra.- Servicios en donde la mano de obra
prevalezca sobre el intelecto.
322 Seguros y reaseguros (primas y cesiones).- Registre la base para la
retención que es igual al 10% del valor de las primas facturadas o planilladas.
![Page 79: UNIVERSIDAD TÉCNICAESTATAL DE QUEVEDO UNIDAD DE …](https://reader035.fdocuments.net/reader035/viewer/2022070121/62bd2458696ce20ab8185e71/html5/thumbnails/79.jpg)
62
323 Rendimientos financieros.- Registre el valor por el pago de intereses y
otros conceptos similares tanto de instituciones del sistema financiero como de
aquellos generados por concepto de crédito a mutuo.
324 Dividendos.- Registre el valor de los dividendos, utilidades o beneficios
distribuidos a favor de personas naturales residentes en el Ecuador. Recuerde
que, la retención en la fuente debe efectuarse al momento del pago o del
crédito en cuenta, lo que suceda primero; sin perjuicio del período en el que el
sujeto pasivo registre u obtenga el ingreso por el dividendo distribuido, según el
caso. El valor sobre el que se debe calcular la retención es el que deba ser
considerado como ingreso gravado dentro de la renta global, es decir, el valor
distribuido más el impuesto pagado por la sociedad, correspondiente a ese
valor distribuido. Registre así mismo dentro de este casillero los dividendos,
utilidades o beneficios anticipados.
325 Loterías, rifas, apuestas y similares.- Registre el valor por premios
entregados por loterías, rifas, apuestas y similares (excepto Junta de
Beneficencia de Guayaquil y Fe y Alegría). Desde el 30 de diciembre del 2007
la base para la retención es igual al valor del premio menos una fracción básica
desgravada de Impuesto a la Renta
329 Compra local de banano a productor.- Registre los valores pagados al
productor local por concepto de la adquisición de la fruta, considerando que la
base imponible para el cálculo de este Impuesto a la Renta único para la
actividad productiva de banano, retenido en la compra del producto por parte
de agentes de retención, lo constituye el total del monto pagado o acreditado
en cuenta por la adquisición de la fruta, y en ningún caso el precio de los
productos transferidos podrá ser inferior a los fijados por el Estado.
330 Impuesto a la actividad bananera productor – exportador.- En aquellos
casos en los que el mismo productor de banano sea el exportador del producto,
registre como base imponible de este impuesto presuntivo el valor que resulte
de multiplicar el número de cajas o unidades de banano producidas y
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63
destinadas a la exportación durante el período declarado, por el precio mínimo
de sustentación fijado por el Estado, vigente al momento de la exportación.
510 y 520 No. Cajas transferidas.- Registre el número de cajas de banano
adquiridas por parte del agente de retención al productor de la fruta, y el
número de cajas exportadas en aquellos casos en los que el productor sea al
mismo tiempo exportador del banano.
332 Pagos de bienes o servicios no sujetos de retención.- Los pagos por
bienes o servicios no sujetos de retención a ser registrados son:
No supera los montos previstos en la normativa para efectuar la retención en la
fuente (depende del período de declaración). Combustibles Pagos a
contribuyentes RISE a excepción de pagos por concepto de rendimientos
financieros, premios de rifas, loterías y apuestas. Pagos con tarjeta de crédito
Pago convenio de débito. Pago con convenio de recaudación. Pagos que
constituyen ingresos exentos para quien los percibe de conformidad con la
LRTI. Pagos a entidades sometidas a vigilancia de la Superintendencia de
Bancos y Seguros
Los demás de acuerdo a la normativa tributaria vigente. Los pagos locales
efectuados en relación de dependencia que no hayan sido sujetos a retención
se registran en el casillero 302.
340 al 342 Otras retenciones aplicables el 1%,2% y 8%.- Registre los pagos
sujetos a retención del 1%, 2% y 8% vigentes a la fecha de pago o
acreditación en cuenta contable y que no se encuentren enmarcados en los
conceptos anteriores.
343 Otras retenciones aplicables a la tarifa de Impuesto a la Renta
prevista para sociedades.- Registre los pagos sujetos a retención en la fuente
de la tarifa de impuesto a la renta prevista para sociedades vigente a la fecha
de pago o acreditación en cuenta contable.
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64
344 Otras retenciones aplicables a otros porcentajes.- Registre los pagos
sujetos a retención en porcentajes distintos a los especificados en los
anteriores conceptos.
Por pagos al exterior
401 Con convenio de doble tributación.- Registre el valor de los pagos
efectuados a personas naturales o jurídicas residentes o domiciliadas en
países con los que el Ecuador mantenga convenios para evitar la doble
tributación y en los casos que aplique.
403 Intereses por financiamiento de proveedores externos.- Ref. Art. 10,
13 y disposición transitoria novena de la LRTI y Art. 30 del RALRTI.
405 Intereses por financiamiento y créditos externos.- Ref. Art. 10, 13 y
disposición transitoria novena de la LRTI y Art. 30 del RALRTI. Registre el pago
de intereses de créditos externos que no hayan sido otorgados por
proveedores externos. Ej: Créditos otorgados por instituciones financieras,
pago de intereses no vinculados con el financiamiento en adquisiciones de
bienes o servicios.
407 Dividendos.- Registre el valor de los dividendos o utilidades distribuidos a
favor de sociedades domiciliadas en paraísos fiscales o jurisdicciones de
menor imposición. Recuerde que, la retención en la fuente debe efectuarse al
momento del pago o del crédito en cuenta, lo que suceda primero. Registre así
mismo dentro de este casillero los dividendos, utilidades o beneficios
anticipados. El porcentaje de esta retención será igual a la diferencia entre la
máxima tarifa de Impuesto a la renta para personas naturales y la tarifa de
Impuesto a la renta pagada por la sociedad que distribuye el dividendo. Para el
caso de dividendos, utilidades o beneficios anticipados la retención será
correspondiente a la tarifa prevista para sociedades.
421 y 427 Otros conceptos y pagos al exterior no sujetos a retención.-
Ref. Art. 13 de la LRTI, y Art. 30 del RALRTI
![Page 82: UNIVERSIDAD TÉCNICAESTATAL DE QUEVEDO UNIDAD DE …](https://reader035.fdocuments.net/reader035/viewer/2022070121/62bd2458696ce20ab8185e71/html5/thumbnails/82.jpg)
65
890 Pago previo (Informativo).- Registre el valor del impuesto, intereses y
multas, pagados a través de la declaración a sustituir. Cuando este campo
tenga algún valor, necesariamente se deberá llenar el campo 104.
Valores a pagar y forma de pago
Resumen imputación y ejemplo
Conforme a lo dispuesto en el Art. 47 del Código Tributario, en los casos que
existan pagos previos o parciales por parte del sujeto pasivo y que su
obligación tributaria comprenda además del impuesto, interés y multas
(declaraciones sustitutivas) se deberá imputar los valores pagados, primero a
intereses, luego al impuesto y finalmente a multas.
Notas:
Por cada declaración sustitutiva se deberá seguir este procedimiento. Cada
pago realizado anteriormente se deberá considerar como pago previo el
impuesto, interés y multa. El nuevo interés se calculará desde la fecha de
exigibilidad siguiente a la última declaración presentada hasta la fecha de pago
de la nueva declaración.
908, 910 y 912 Notas de crédito No.- Detalle el número registrado en el
documento de la Nota de Crédito con la cual se desee realizar el pago.
2.5.4. Formulario 104 – Instructivo declaración de retenciones en la
Fuente del Impuesto a la Renta
IMPORTANTE: Recuerde que posicionando el cursor sobre el casillero de la
declaración usted obtiene el detalle de información contenida en el presente
instructivo para el llenado de dicho casillero.
![Page 83: UNIVERSIDAD TÉCNICAESTATAL DE QUEVEDO UNIDAD DE …](https://reader035.fdocuments.net/reader035/viewer/2022070121/62bd2458696ce20ab8185e71/html5/thumbnails/83.jpg)
66
IDENTIFICACIÓN, REGISTROS Y REFERENCIAS LEGALES
Referencias Base legal
LRTI LEY DE RÉGIMEN TRIBUTARIO INTERNO
RALRTI REGLAMENTO PARA LA APLICACIÓN DE LA LRTI
IDENTIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN
101 Mes.- Seleccione el mes al que corresponde su declaración. De ser
necesaria la presentación de una declaración semestral a través de este
formulario, seleccione el mes de junio para declaración del primer semestre y el
mes de diciembre para declaración del segundo semestre.
102 Año.- Registre el período (año) al que corresponde su declaración.
104 N° Formulario que sustituye.- Las declaraciones sustitutivas pueden
ser presentadas cuando tales correcciones originen un mayor valor a pagar,
cuando no se modifique el impuesto a pagar o implique diferencias a favor del
contribuyente. Registre en este campo el No. del formulario de la declaración
que se sustituye.
IDENTIFICACIÓN DEL SUJETO PASIVO (AGENTE DE PERCEPCIÓN O DE
RETENCIÓN)
202 Razón social, denominación o apellidos y nombres completos.-
Regístrelos de la misma forma como constan en el documento del RUC
otorgado por el SRI.
RESUMEN DE VENTAS Y OTRAS OPERACIONES DEL PERÍODO QUE
DECLARA En la columna ”Valor Neto” deberán registrarse los valores brutos
de las ventas, transferencias y demás servicios prestados durante el período
declarado restados los descuentos y devoluciones que afecten a tales
transacciones.
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67
Activo fijo (Propiedad, planta y equipo)
403 – 404 Ventas gravadas con tarifa 0% que no dan derecho a crédito
tributario.- Aplique condiciones del Art. 66 de la LRTI y 157 del RALRTI.
405 – 406 Ventas gravadas con tarifa 0% que dan derecho a crédito
tributario.- Aplique condiciones del Art. 57 y 66 de la LRTI y 153 del RALRTI.
Ej. Ventas gravadas con tarifa 0% a exportadores, Ventas a instituciones del
Estado y empresas públicas en las que el hecho generador se haya producido
desde el 01 de enero del 2008 hasta el 31 de octubre del 2009, ventas de
paquetes de turismo receptivo, servicios de transporte terrestre público de
pasajeros en buses de servicio urbano.
431 Transferencias no objeto o exentas de IVA.- Transferencias no objeto
Referencia Art. 54 de la LRTI Incluye transferencia de inmuebles.
Transferencias exentas Referencia Arts. 158 y 160 Código Orgánico de la
Producción Comercio e Inversiones y Art. 80 de la Ley Orgánica de
Discapacidades.
432 – 433 Notas de crédito por compensar próximo mes.- De no
compensarse totalmente las notas de crédito en el mes declarado, el saldo
pendiente a ser compensado en el próximo mes deberá registrarse en estos
campos.
434 – 444 Ingresos por reembolso como intermediario (informativo).-
Estos campos solamente serán utilizados por el INTERMEDIARIO en una
figura de reembolso de gastos, debiendo registrarse los valores netos que le
han sido reembolsados en el período que declara, en ellos se incluyen
transacciones con tarifa 0% y 12% de IVA. Estos valores son informativos y no
se considerarán en el cálculo del impuesto generado (casillero 429).
480 – 481 Total transferencias gravadas 12% a contado y a crédito este
mes.- Referencia Art. 67 de la LRTI y 159 del RALRTI.
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68
484 Impuesto a liquidar en este mes.- Mínimo deberá registrar el 12% de
IVA del monto registrado en el casillero 480, y sumar de ser el caso, el 12% de
IVA del monto registrado en el casillero 481.
485 Impuesto a liquidar en el próximo mes.- Registre el valor que resulte de
la diferencia entre los valores consignados en los casilleros 482 y 484. Este
valor deberá consignarlo en el casillero 483 de su declaración del siguiente
período.
RESUMEN DE ADQUISICIONES Y PAGOS DEL PERÍODO QUE DECLARA
501 – 502 Adquisiciones gravadas tarifa 12% (con derecho crédito
tributario).- Aplique condiciones del Art. 66 de la LRTI y 153 del RALRTI.
Dentro del casillero 501 incluya importaciones de servicios y recuerde
consignar en el casillero 725 la totalidad del impuesto que debió ser retenido en
estos pagos.
503 Adquisiciones gravadas con tarifa 12% que no dan derecho a crédito
tributario.- Aplique condiciones del Art. 66 de la LRTI y 157 del RALRTI.
504 Importaciones.- Registre el valor en aduana más los impuestos (ICE),
aranceles, tasas, derechos, recargos y otros gastos que figuren en la
declaración de importación. Referencia Art. 59 de la LRTI
518 Adquisiciones realizadas a contribuyentes RISE.- Registre las compras
realizadas a los contribuyentes inscritos en el Régimen Simplificado (RISE).
Referencia Art. 224 del RALRTI.
532 Adquisiciones exentas del pago de IVA.- Referencia Arts. 125, 158, 160
y 166 Código Orgánico de la Producción Comercio e Inversiones, y Arts. 74 y
80 de la Ley Orgánica de Discapacidades.
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69
533 – 534 Notas de crédito por compensar el próximo mes.- De no
compensarse totalmente las notas de crédito en el mes declarado, el saldo
pendiente a ser compensado en el próximo mes deberá registrarse en estos
campos.
535 – 545 Pago neto por concepto de reembolso de gastos del
intermediario (informativo).- Estos casilleros solamente serán utilizados por
el INTERMEDIARIO en una figura de reembolso de gastos, debiendo
registrarse los valores netos de las transacciones sujetas a reembolso con
tarifa 0% y 12%. Estos valores son informativos y no se consideran para el
cálculo del crédito tributario del intermediario.
553 Factor de proporcionalidad para crédito tributario.- Sume las ventas
netas gravadas con tarifa 12% más las ventas netas con tarifa 0% que dan
derecho a crédito tributario, más las exportaciones de bienes y servicios y este
resultado divida para el total de ventas y otras operaciones. Aplique la fórmula:
(411+412+415+416+417+418)/419.
554 Crédito tributario aplicable en este período.- Registre el valor del crédito
tributario de acuerdo al factor de proporcionalidad o a su contabilidad, debiendo
aplicarse para tal efecto las disposiciones establecidas en el Art. 66 de la LRTI.
RESUMEN IMPOSITIVO: AGENTE DE PERCEPCION DEL IMPUESTO AL
VALOR AGREGADO
601 Impuesto causado.- Si este casillero tiene consignado algún valor, no
debe registrar valor alguno en el casillero 602.
602 Crédito tributario aplicable en este período.- Si este casillero tiene
consignado algún valor, no debe registrar valor alguno en el casillero 601.
605 – 607 Saldo crédito tributario del mes anterior.- Referencia Art. 69 LRTI
Registre el saldo de crédito tributario de IVA (generado por adquisiciones e
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70
importaciones o por retenciones en la fuente que le han sido efectuadas)
acumulado al período que declara.
609 Retenciones en la fuente de IVA que le han sido efectuadas en este
período.- Referencia Art. 63 y 69 de la LRTI y Art. 155 RALRTI Registre el
valor de las retenciones de IVA que le han sido efectuadas en el período (mes)
declarado.
611 Ajuste por IVA devuelto e IVA rechazado imputable al crédito
tributario en el mes.- Registre el valor del IVA que le ha sido devuelto en el
período declarado a través de resolución emitida por el Servicio de Rentas
Internas, y el IVA que a través resolución haya sido rechazado como crédito
tributario al haberse incumplido las normas legales y reglamentarias. Estos
valores restarán el crédito tributario acumulado del sujeto pasivo.
613 Ajuste por IVA devuelto por otras instituciones del sector público
imputable al crédito tributario.- Referencia Art. 157 núm. 3 RALRTI, Art. 93 b,
116 y 157 Código Orgánico de la Producción Comercio e Inversiones.
Registre el valor de IVA que le ha sido devuelto por el Servicio Nacional de
Aduanas del Ecuador en el período que declara.
615-617 Saldo crédito tributario para el próximo mes.- Referencia Art. 69
LRTI Registre el saldo de crédito tributario de IVA (generado por adquisiciones
e importaciones o por retenciones en la fuente que le han sido efectuadas) que
no ha podido ser compensado en el período que declara, y que se acumula
para el siguiente período.
621 IVA presuntivo de salas de juego (bingo mecánicos) y otros juegos
de azar.- Constituye el impuesto mínimo a pagar sin lugar a deducción por
crédito tributario. Referencia Art. 171 del RALRTI.
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71
AGENTES DE RETENCIÓN DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
721, 723 Y 725 Retenciones en la fuente de IVA.- Registre el valor de las
retenciones, del 30%, 70% y 100% efectuadas en su condición de Agente de
Retención de acuerdo con la normativa tributaria vigente. Dentro de las
retenciones del 100% se deberá también registrar el IVA presuntivo retenido en
la comercialización de combustibles y periódicos, y el impuesto retenido en la
importación de servicios Referencia Art. 63 de la LRTI
890 Pago previo informativo.- Registre el valor del impuesto, intereses y
multas, pagados a través de la declaración a sustituir. Cuando este campo
tenga algún valor, necesariamente se deberá llenar el campo 104.
VALORES A PAGAR Y FORMA DE PAGO
Resumen imputación y ejemplo
Conforme a lo dispuesto en el Art. 47 del Código Tributario, en los casos que
existan pagos previos o parciales por parte del sujeto pasivo y que su
obligación tributaria comprenda además del impuesto, interés y multas
(declaraciones sustitutivas) se deberá imputar los valores pagados, primero a
intereses, luego al impuesto y finalmente a multas.
Notas:
Por cada declaración sustitutiva se deberá seguir este procedimiento. Cada
pago realizado anteriormente se deberá considerar como pago previo el
impuesto, interés y multa. El nuevo interés se calculará desde la fecha de
exigibilidad siguiente a la última declaración presentada hasta la fecha de pago
de la nueva declaración.
908, 910 y 912 Notas de crédito No.- Detalle el número registrado en el
documento de la Nota de Crédito con la cual se desee realizar el pago.
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72
916 y 918 No. de resolución.- Registre el número de la Resolución en la cual
se le autoriza a realizar la compensación.
2.5.5. Código de comercio
Norma que rige las obligaciones de los comerciantes en sus operaciones
mercantiles, y los actos y contratos de comercio, aunque se lleven a cabo por
no comerciantes.
2.5.6. Código de trabajo
Regula las relaciones entre empleadores y trabajadores, aplicando las
diferentes modalidades condiciones de trabajo
2.5.7. Ley de Seguridad Social
Regula la aplicación del Seguro general obligatorio y norma al organismo de
control y aplicación IESS.
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73
CAPÍTULO III
METODOLOGÍA DE LA INVESTIGACIÓN
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74
3.1. MATERIALES Y MÉTODOS
3.1.1. Localización y duración de la investigación
La presente investigación se realizó en la ciudad de Guayaquil, provincia del
Guayas, en el sector de la ciudadela Nueva Prosperina Calle Valerio Estación
No. 358 y Casuarina Mz. 2. Con una duración de 120 días.
3.1.2. Materiales y equipos
Materiales y equipos que se emplearon durante el proceso investigativo:
CUADRO 3. MATERIALES Y EQUIPOS DE LA INVESTIGACIÓN
Descripción Cantidad
Materiales
Fichas de cuestionario 80
Apoya manos 2
Resmas de papel A4 (0,75 gramos) 3
Discos compactos (CD) 8
Libros 4
Carpetas 8
Empastados 2
Copias 1000
Lápices 3
Borradores 2
Cartucho de tinta 3
Equipos
Computador 1
Cámara fotográfica 1
Pen Drive 1
Elaboración: El Autor
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75
3.2. TIPOS DE INVESTIGACIÓN
Para el desarrollo de la investigación se utilizaron los siguientes tipos de
investigación:
3.2.1. Bibliográfica
Se utilizó en el marco teórico citas bibliográficas referentes a la auditoría
tributaria que permitió abordar el problema existente en Comercial Don Pepe
desde una perspectiva objetiva y práctica. Los mismos que fueron obtenidos de
libros, revistas, periódicos, internet y documentos referentes al tema de
investigación.
3.2.2. De campo
Por medio de este tipo de investigación se recurrió hasta las instalaciones de
Comercial Don Pepe en donde se aplicó la técnica ocular (observaciones) para
recopilar información de primera mano a través de un cuestionario en base a la
sistematización del problema y que se aplicó a la gerente propietaria y
empleados de la empresa.
3.3. MÉTODOS DE INVESTIGACIÓN
En el proceso de la investigación se emplearon los siguientes métodos:
3.3.1. Analítico
Este método permitió conocer las diferentes partes del problema y se utilizó
para realizar el análisis de la información tributaria, así como los resultados de
la tabulación de los datos de las encuestas aplicadas a la gerente propietaria y
empleados de Comercial Don Pepe.
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76
3.3.2. Sistémico
Este método permitió desarrollar las fases del proceso de auditoría tributaria
que se aplicó en la investigación para determinar la relación entre la estructura
y la dinámica de las operaciones desarrolladas en Comercial Don Pepe.
3.3.3. Inductivo – deductivo
Este método se utilizó para arribar a conclusiones generales, las mismas que
sirvieron para realizar la discusión de la tesis de grado, sobre el proceso de
auditoría tributaria y deducir todos los parámetros de la investigación respecto
a la administración tributaria, para finalizar con el informe de auditoría tributaria
de Comercial Don Pepe.
3.4. FUENTES DE REFERENCIA
3.4.1. Primarias
En las instalaciones de Comercial Don Pepe se revisarán las actividades que
desempeña el personal respecto a la administración tributaria, quienes
facilitarán la información necesaria sobre declaraciones tributarias y
documentos contables y fuentes del período fiscal 2012.
3.4.2. Secundarias
Ofreció el punto de partida de la investigación; es menos costosa y de fácil
consulta, para ello se recurrió a libros, revistas, tesis, internet, entrevista
personalizada para redactar el marco teórico de acuerdo a las variables de
estudio y sustentar la hipótesis y problemática de la investigación.
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3.5. TÉCNICAS E INSTRUMENTOS DE EVALUACIÓN
3.5.1. Observación
Permitió observar directamente los procedimientos y verificar la información
necesaria para realizar las conclusiones y emitir un informe de auditoría
tributaria de Comercial Don Pepe.
3.5.2. Entrevista
Permitió entrevistar a la gerente propietaria y empleados de Comercial Don
Pepe para conocer su opinión sobre la temática en estudio, en este caso sobre
las declaraciones y normativa tributaria.
3.5.3. Cuestionarios
Se aplicó examen de control interno a empleados, a la gerente propietaria de
Comercial Don Pepe por medio de un cuestionario de preguntas para obtener
respuestas relacionadas con la auditoría tributaria.
3.6. POBLACIÓN Y MUESTRA
La población a investigar es finita, por tal motivo la muestra estuvo
representada por el total de la población del personal que labora en Comercial
Don Pepe de la ciudad Guayaquil.
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78
CUADRO 4. POBLACIÓN DE COMERCIAL DON PEPE DE LA CIUDAD DE
GUAYAQUIL
Función N° Personas
Gerente propietaria 1
Contador 1
Secretaria 1
Ejecutiva de ventas 1
Bodeguero 1
Total 5
Elaboración: EL Autor
3.7. PROCEDIMIENTO METODOLÓGICO
Para realizar la auditoría tributaria en Comercial Don Pepe, se aplicó la
siguiente metodología:
3.7.1 Fase I: Planificación
Consistió obtener una visión global del objeto de la entidad, dando mayor
énfasis a su actividad principal; esto permitió una adecuada planificación,
ejecución y obtención de resultados favorables en tiempos razonables.
3.7.1.1 Visita de observación a la entidad
En esta etapa se realizó una visita a las instalaciones, para observar el
desarrollo de las actividades y operaciones, y visualizar el funcionamiento en
conjunto de todo proceso que lleva acabo en Comercial Don Pepe.
3.7.1.2 Revisión de papeles de trabajo
Se realizó una revisión de los archivos corriente y permanente para poder
obtener una recopilación de información y documentación básica del entorno
de la entidad. Se aplicó un cuestionario completo que proporcionó un
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79
conocimiento y comprensión cabal de la entidad sobre: Aspectos generales de
la empresa, Impuesto a la renta, IVA y retenciones utilizados en el Comercial
Don Pepe.
3.7.1.3. Análisis de información y documentación
Se revisó y analizó la información y documentación obtenida en la fase anterior,
para obtener un conocimiento integral de la actividad principal de la entidad y
tener los elementos necesarios para la evaluación de control interno y para la
planificación de la auditoría tributaria.
3.7.1.4. Evaluación del control interno
La evaluación de control interno relacionada con el área o componente objeto
del estudio permitió acumular información sobre el funcionamiento de los
controles existentes dentro de la entidad. Mediante los controles, la
administración asegura que el sistema sea efectivo y manejado en función de
los criterios de eficiencia y economía, en armonía con las leyes y reglamentos
vigentes. Los controles incluyen los procesos de planeamiento, organización,
dirección y control de las operaciones o programas en las entidades, así como
los sistemas para medir, presentar informes y monitorear su ejecución.
3.7.2 Fase II: Ejecución
La ejecución de la auditoría tributaria estuvo focalizada, en la obtención de
evidencias suficientes y pertinentes sobre los asuntos más importantes
aprobados en el plan de auditoría. Una de las actividades más importantes de
la fase de ejecución, es el desarrollo de hallazgos.
Los hallazgos en auditoría tienen un sentido de recopilación y síntesis de
información específica sobre una actividad u operación, que ha sido analizada
y evaluada y, que se considera de interés para los funcionarios a cargo de la
entidad examinada.
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80
3.7.2.1 Preparación de papeles de trabajo
La preparación de los papeles de trabajo, se la vinculó con la documentación
relativa a la planificación y aplicación de los programas, contienen la evidencia
suficiente, competente y relevante. Existen ciertas categorías generales de las
cuales se podría agrupar la mayor parte de los papeles de trabajo, como son:
• Programas de auditoría.
• Cuestionarios y hojas de puntos pendientes de investigar.
• Hojas de trabajo relativas a los saldos de cuentas de control y auxiliares.
• Hojas de trabajo con los resultados de las pruebas de cumplimiento.
• Cuestionarios con evaluación de controles.
3.7.2.2 Análisis de los procesos
Se realizó el análisis de metas y objetivos, estructura organizativa, políticas,
programas y procedimientos establecidos en materia de administración con
todas las áreas que cuenta la entidad.
3.7.2.3 Descripción de hallazgos
Se elaboraron las hojas resumen de hallazgos significativos por cada
componente examinado, expresados en los comentarios y se indicó para cada
hallazgo la condición, criterio, causa, efecto, conclusión y la recomendación
que resulta del hallazgo.
Las recomendaciones son medidas, que a juicio de la firma de auditoría
permitió que la empresa logre sus objetivos con eficiencia, eficacia y economía,
lo que le permitió darle solución a sus problemas y aprovechando al máximo
las posibilidades que el medio externo y sus propios recursos le ofrecen.
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81
3.7.3 Fase III Comunicación de los resultados
El informe de auditoría es el producto final del trabajo del auditor, en el cual
presenta sus observaciones, conclusiones y recomendaciones y, en el caso de
la auditoría tributaria, el correspondiente dictamen. El informe de auditoría debe
contener la expresión de juicios fundamentados en las evidencias obtenidas.
El informe de una auditoría tributaria constituye una oportunidad para poder
captar la atención de los niveles gerenciales de la entidad auditada, así como
para mostrar los beneficios que este tipo de examen le ofrece.
Por esta razón el informe de auditoría cubre dos funciones básicas:
• Comunica los resultados de la auditoría tributaria.
• Alinea a la gerencia para adoptar determinadas acciones, respecto de
algunos problemas que afectan sus actividades y operaciones.
3.7.3.1 Carta de presentación del informe
Es la primera hoja del informe y estuvo dirigida a la gerente propietaria de
Comercial Don Pepe, firmada por el señor auditor donde se resume los
aspectos de mayor relevancia encontrados en el desarrollo del trabajo,
estableciendo si el uso de los recursos ha sido manejado con eficiencia
económica. Asimismo, se destacaron aspectos tributarios importantes para la
administración de la empresa.
3.7.3.2 Preparación del informe
El informe de auditoría constituye el producto final del trabajo del auditor en el
cual se presentan las observaciones, conclusiones y recomendaciones sobre
los hallazgos, y en el caso de auditoría tributaria, la revisión se limita solo a las
cuentas de impuestos y la documentación soporte de esas cuentas, como son
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formularios de declaraciones y soportes de Comercial Don Pepe, también la
revisión y evaluación de sus procedimientos de control tributario interno.
El informe estuvo integrado por tres partes: Información introductoria, informe
de los auditores independiente y recomendaciones de aspectos tributarios.
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83
CAPÍTULO IV
RESULTADOS Y DISCUSIÓN
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84
4.1. RESULTADOS
4.1.1. Fase I: Planificación
La primera fase de la auditoría tributaria es la planificación, la cual se dividió
en: Planificación preliminar y planificación específica.
En la planificación preliminar se identificó la información general de la empresa,
como el giro del negocio, actividades del área tributaria o tratamiento que dan
los empleados a los impuestos, en base a lo cual se definieron las estrategias
para ejecutar la auditoría tributaria y diseñar el enfoque del examen.
En lo referente a la planificación específica, aquí se evalúo la estructura de
control interno examinado, en base a la información que se obtuvo, se
calificó el riesgo de control y se determinaron los procedimientos de
auditoría que fueron aplicados en la siguiente fase a cada una de las cuentas
de impuestos y cuentas relacionadas.
CUADRO 5. FASE I: PLANIFICACIÓN DE LA AUDITORÍA TRIBUTARIA
Fuente: Arens et al (2008). Auditoria: Un enfoque integral: 11a ed. México: Pearson
Educación.
Elaboración: El Autor
ETAPAS DE LA PLANIFICACIÓN DE AUTORÍA TRIBUTARIA
FASES OBJETIVO TIPO PRUEBAS TIPO ARCHIVO RIESGO A EVALUAR
PLANIFIACIÓN PRELIMINAR
Obtener un conocimeinto general de la organización y de las obligaciones tributarias a las que se encuentra sujeta
Permanente Inherente
PLANIFIACIÓN ESPECÍFICA
Conocer los problemas concernientes a las obligaciones tributarias
Pruebas de Cumplimiento
Corriente De control
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85
4.1.1.1. Planificación preliminar
4.1.1.1.1 Orden de trabajo
ORDEN DE TRABAJO N° OT 001
Quevedo, 1 de octubre de 2013
Sr. Gustavo Preciado Quirumbay
JEFE DE EQUIPO DE LA FIRMA IFAC AUDITORES INDEPENDIENTES
Presente.-
Yo, Mónica Mariol Campoverde Campoverde, en mi calidad de representante
legal de Comercial DON PEPE, autorizo a IFAC AUDITORES
INDEPENDIENTES a realizar la auditoría tributaria, cuyo período de análisis
cubrirá del 01 de enero al 31 de diciembre de 2012, la auditoria se la llevará a
cabo dentro del plazo de 20 días laborables, además se garantiza la entrega
oportuna de la información requerida por parte de nuestro personal hacia el
equipo de auditoría.
Siendo lo que se me ofrecía comunicar, AUTORIZO para que se inicie con el
desarrollo de la auditoría tributaria.
Atentamente,
Mónica Mariol Campoverde Campoverde
0703458760001
Elaborado por: GP Fecha: 01/10/2013
Revisado por: JT Fecha: 02/10/2013
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86
4.1.1.1.2 Notificación de trabajo
NOTIFICACIÓN DE TRABAJO N° NT 001
Quevedo, 2 de octubre de 2013
Sra. Mónica Mariol Campoverde Campoverde
REPRESENTNTE LEGAL DE COMERCIAL DON PEPE
Presente.-
Cúmpleme comunicarle que la firma auditora IFAC AUDITORES
INDEPENDIENTES, en su calidad de auditores externos, dio inicio a la
auditoría tributaria a COMERCIAL DON PEPE, el 7 de octubre de 2013; por el
período comprendido entre el 1 de enero y 31 de diciembre del 2012.
Con esta oportunidad agradeceré remitir a la firma auditora IFAC AUDITORES
INDEPENDIENTES cualquier documentación que tenga relación con el
examen mencionado y facilitar toda la colaboración necesaria a fin de que los
resultados logrados sean de beneficio para la institución.
Atentamente,
Sr. Gustavo Preciado Quirumbay
JEFE DE EQUIPO IFAC AUDITORES INDEPENDIENTES
Elaborado por: GP Fecha: 02/10/2013
Revisado por: JT Fecha: 03/10/2013
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87
4.1.1.1.3 Programa de auditoría
AUDITORES INDEPENDIENTES RESOLUCIÓN NH 0987
RUC 0909491623001 9 DE OCTUBRE 1904 Y LOS RIOS EDIFICIO FLORIDA
PISO 2 OFICINA 206
Guayaquil - Guayas - Ecuador
N° PROCEDIMIENTOS REF. ELABORADO FECHA
1Realizar visita preliminar a
Comercial Don Pepe07/10/2013
2Cédula narrativa
08/10/2013
AP GPQ
PROGRAMA DE AUDITORÍA TRIBUTARIA
COMERCIAL DON PEPE
FASE I: PLANIFICACIÓN PRELIMINAR
OBJETIVOS:
• Conocer el entorno de Comercial Don PEPE y obtener un diagnóstico integral del área
contable con la finalidad de actualizar el archivo permanente
Elaborado por: GP Fecha: 03/10/2013
Revisado por: JT Fecha: 04/10/2013
CDPCOMERCIAL DON PEPE
RUC 0703458760001
AUDITORÍA TRIBUTARIA
PA 1/1
![Page 105: UNIVERSIDAD TÉCNICAESTATAL DE QUEVEDO UNIDAD DE …](https://reader035.fdocuments.net/reader035/viewer/2022070121/62bd2458696ce20ab8185e71/html5/thumbnails/105.jpg)
88
4.1.1.1.3.1. Visita preliminar
AUDITORES INDEPENDIENTES RESOLUCIÓN NH 0987
RUC 0909491623001 9 DE OCTUBRE 1904 Y LOS RIOS EDIFICIO FLORIDA
PISO 2 OFICINA 206
Guayaquil - Guayas - Ecuador
Entrevistado: CPA. Antonio Guzmán
Cargo: Contador
1. ANTECEDENTES
Comercial Don Pepe es una empresa ferretera que se dedica a la
comercialización de materiales de construcción y ferretería en general, tanto
importados como nacionales, inicia sus operaciones el 21 de septiembre del
año 2004 como persona natural no obligada a llevar contabilidad brindando
productos de ferretería al por menor en un local alquilado, fecha a partir de los
cual se encuentra inscrita en el Registro Único de Contribuyentes del Servicio
de Rentas Internas.
En vista de la gran demanda se cambió a local propio en el año 2010 en el
sector de la Ciudadela Nueva Prosperina Calle Valerio Estación No. 358 y
Casuarina Mz. 2 de la ciudad de Guayaquil. Para el año 2011 el SRI lo notifica
como obligado a llevar contabilidad y para dar un mejor servicio al cliente
implementa otros productos para la venta como tablas, maderas, cemento,
hierro etc.
Actualmente es uno de los mayores proveedores de productos de ferretería y
construcción del sector debido a la seriedad y confianza brindada a los
clientes, para lo cual cuenta con productos de alta calidad, precios muy
competitivos y una línea de crédito.
CDPCOMERCIAL DON PEPE
RUC 0703458760001
AUDITORÍA TRIBUTARIA
VP 1/1
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89
2. MISIÓN Y VISIÓN
2.1. Misión
Lograr una relación de confianza mutua con clientes que requieran de
productos de ferretería de calidad, a precios competitivos, que nos permitan
crecer nuestra Empresa en el mercado.
Ser una empresa de comercialización, que brinde productos de calidad a
precios justos y con un excelente servicio al cliente.
2.2. Visión
Establecernos como una empresa comercializadora de alto nivel, logrando la
confianza del cliente, al momento de proveer productos de alta calidad, y para
lograrlo contaremos con un personal comprometido con el trabajo. Y
capacitado para satisfacer las exigencias del cliente.
3. ORGANIGRAMA FUNCIONAL DE COMERCIAL DON PEPE
El nivel ejecutivo: Compuesto por la gerente propietaria que asume la
responsabilidad general del manejo de la empresa.
El nivel de apoyo: Nexo ente el nivel directivo y el núcleo operativo. Las tareas
administrativas cambian de orientación a medida que descienden en la
cadena de autoridad, se vuelven más detalladas y elaboradas, menos
abstractas y totales, más centradas en la corriente de trabajo misma.
El nivel operativo: Comprende aquellos miembros que realizan el trabajo
básico relacionado a la comercialización y distribución de productos ferreteros y
el control de bodega.
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90
4. CUMPLIMIENTO TRIBUTARIO
Las regulaciones y leyes establecidas que rigen la actividad económica en
general, permite tomar en consideración una serie de procesos, riesgos y
Fig. N° 1: Organigrama funcional de Comercial DON PEPE
Fuente: Comercial DON PEPE
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91
factores que influyen en el desarrollo del negocio, a fin de definir una estrategia
de auditoría acorde con el giro del negocio para verificar si las obligaciones
tributarias de Comercial DON PEPE se están cumpliendo o en su defecto
existe algún tipo de contingencia.
Comercial DON PEPE, al estar representada por una persona natural, obligada
a llevar contabilidad, debe cumplir con la normativa aplicable que le
corresponde, como se enuncia a continuación:
• Emitir factura, nota de venta y comprobante de retención.
• Llevar contabilidad.
• No es contribuyente especial.
• Sujeto de retención del impuesto a la renta y del impuesto al valor
agregado, según el tipo de transacciones que realice, tomando en cuenta
los respectivos porcentajes de retención establecidos.
Además Comercial DON PEPE está obligado para con el SRI, a presentar lo
siguiente:
• Anexo relación dependencia
• Anexo transaccional simplificado
• Declaración de retenciones en la fuente
• Declaración mensual de IVA
Comercial DON PEPE utiliza las siguientes solicitudes:
• Solicitud de cancelación de RUC para personas naturales
• Declaración de baja de documentos preimpresos (321)
• Solicitud de autorización de uso de máquinas registradoras.
![Page 109: UNIVERSIDAD TÉCNICAESTATAL DE QUEVEDO UNIDAD DE …](https://reader035.fdocuments.net/reader035/viewer/2022070121/62bd2458696ce20ab8185e71/html5/thumbnails/109.jpg)
92
5. POLÍTICAS
Comercial DON PEPE, presenta entre sus políticas contables para la
elaboración y presentación de estados financieros las siguientes:
Preparación de los estados financieros: Los estados financieros son
preparados con base en las Normas Ecuatorianas de Contabilidad (NEC) y
están basados en el costo histórico.
Ingresos y gastos: Se reconocen sobre la base de lo devengado.
Efectivo y sus equivalentes: Corresponde al efectivo en caja y depositados
en bancos.
Gastos e impuestos anticipados: Corresponde a impuestos anticipados,
cuentas por liquidar, los cuales se presentan a su costo de adquisición. Los
gastos pagados por anticipado se devengan de forma periódica y los impuestos
son cancelados según lo establece la normativa tributaria en los plazos y
formas previstas.
Activos fijos: Se muestran al costo histórico o valor ajustado y convertido,
menos la correspondiente depreciación acumulada. El valor de los activos fijos
y la depreciación acumulada de los elementos vendidos o retirados se
descargan de las cuentas correspondientes cuando se produce la venta o el
retiro y el resultado de dichas transacciones se registra cuando se causa. Los
gastos de mantenimiento y reparaciones menores se cargan a los resultados
del año.
La depreciación de los activos se registra con cargo a las operaciones del año,
utilizando tasas que se consideran adecuadas para depreciar el valor de los
activos durante su vida útil estimada siguiendo el método de línea recta.
![Page 110: UNIVERSIDAD TÉCNICAESTATAL DE QUEVEDO UNIDAD DE …](https://reader035.fdocuments.net/reader035/viewer/2022070121/62bd2458696ce20ab8185e71/html5/thumbnails/110.jpg)
93
Participación de los trabajadores en las utilidades: El 15% de la utilidad
anual que la Compañía reconoce a sus trabajadores de acuerdo con la
legislación laboral. Es registrado con cargo a los resultados del ejercicio en que
se devenga, con base en las sumas por pagar exigibles.
Impuesto a la renta: La provisión para impuesto a la renta, se calcula
mediante la tasa de impuesto aplicable a las utilidades gravables y se carga a
los resultados del año en que se devenga con base en el impuesto por pagar
exigible.
6. CONTABILIDAD Y ESTADOS FINANCIEROS
Según se establece el Reglamento para la aplicación de la Ley de Régimen
Tributario Interno, se encuentran obligados a llevar contabilidad las personas
naturales y las sucesiones indivisas que realicen actividades empresariales y
que operen con un capital propio al inicio de sus actividades económicas que al
1 de enero de cada ejercicio impositivo hayan superado el monto oficial en el
ingresos anuales de la actividad que realiza.
Elaborado por: GP Fecha: 07/10/2013
Revisado por: JT Fecha: 08/10/2013
![Page 111: UNIVERSIDAD TÉCNICAESTATAL DE QUEVEDO UNIDAD DE …](https://reader035.fdocuments.net/reader035/viewer/2022070121/62bd2458696ce20ab8185e71/html5/thumbnails/111.jpg)
94
4.1.1.1.3.2. Cédula narrativa
AUDITORES INDEPENDIENTES RESOLUCIÓN NH 0987
RUC 0909491623001 9 DE OCTUBRE 1904 Y LOS RIOS EDIFICIO FLORIDA
PISO 2 OFICINA 206
Guayaquil - Guayas - Ecuador
El Comercial DON PEPE, cumple con lo dispuesto en la normativa vigente para
el período 2012 en aspectos tributarios, en especial de la declaración de
impuestos inherentes a su actividad de comercialización, desde esta
perspectiva se realizó una evaluación al cumplimiento tributario de la entidad.
El plan de cuentas está relacionado con los estados financiero del Comercial
DON PEPE, cuyas transacciones se encuentran relacionadas con los tributos
generados y se reflejen en los respectivos mayores, además de la revisión de
documentos de soporte, como comprobantes de venta válidos, emitidos y
recibidos; comprobantes de retención, y declaraciones mensuales presentadas,
que correspondan al ejercicio fiscal del año 2012.
Comercial DON PEPE, se encuentra funcionando de acuerdo a los requisitos
contemplados en leyes emitidas para tal efecto y manejadas por los diferentes
organismos de control, y en lo tributario a la normativa de la Ley Orgánica de
Régimen Tributario Interno y su reglamento y el Servicio de Rentas Internas
para el Impuesto a la Renta (IR), Impuesto al Valor Agregado (IVA) y la
Retención en la Fuente del Impuesto a la Renta.
El Comercial DON PEPE actúa como sujeto pasivo de los impuestos a los
cuales se encuentra supeditado, además como agente de retención de los
mismos en las operaciones realizadas por la compra-venta de bienes y
CDPCOMERCIAL DON PEPE
RUC 0703458760001
AUDITORÍA TRIBUTARIA
CN 1/1
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95
servicios. Debe pagar sus impuestos en los plazos y formas establecidas en la
ley, así como las retenciones en la fuente realizadas en cada período.
Está obligada al pago y presentación del Impuestos al Valor Agregado, de las
Retenciones en la Fuente del Impuesto a la Renta y de los anexos
transaccionales de forma mensual hasta el 18 de cada mes, así como al pago
del Impuesto a la Renta anual hasta el 28 de marzo. Además debe cancelar el
anticipo del Impuesto a la Renta en dos partes, el primero el 12 de julio y el
segundo el 28 de septiembre de cada año.
En lo referente a contabilidad y estados financieros, éstos últimos sirven de
base para la presentación de las declaraciones de impuestos así como
también para su presentación a la Superintendencia de Compañías y a la
Superintendencia de Bancos y Seguros, según el caso.
Elaborado por: GP Fecha: 08/10/2013
Revisado por: JT Fecha: 09/10/2013
![Page 113: UNIVERSIDAD TÉCNICAESTATAL DE QUEVEDO UNIDAD DE …](https://reader035.fdocuments.net/reader035/viewer/2022070121/62bd2458696ce20ab8185e71/html5/thumbnails/113.jpg)
96
4.1.1.2. Planificación específica
4.1.1.2.1. Programa de auditoría
AUDITORES INDEPENDIENTES RESOLUCIÓN NH 0987
RUC 0909491623001
9 DE OCTUBRE 1904 Y LOS RIOS EDIFICIO FLORIDA PISO 2 OFICINA 206
Guayaquil - Guayas - Ecuador
N° PROCEDIMIENTOS REF. ELABORADO FECHA
1Elaborar memorandu de
planificación09/10/2013
2Revisar el proceso de los aspectos
tributarios y contables 09/10/2013
3
Aplicar y evaluar cuestionarios de
control interno de aspectos
tributarios y contables de
Comercial DON PEPE
10/10/2013
PROGRAMA DE AUDITORÍA TRIBUTARIA
COMERCIAL DON PEPE
FASE I: PLANIFICACIÓN ESPECÍFICA
OBJETIVOS:
• Analizar el flujo de proceso de los aspectos tributarios y contables de Comercial DON
PEPE.
• Evaluar el sistema de control interno de los aspectos tributarios y contables de
Comercial DON PEPE.
AC GPQ
Elaborado por: GP Fecha: 09/10/2013
Revisado por: JT Fecha: 10/10/2013
CDPCOMERCIAL DON PEPE
RUC 0703458760001
AUDITORÍA TRIBUTARIA
PA 1/1
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97
4.1.1.2.2. Memorándum de planificación
AUDITORES INDEPENDIENTES RESOLUCIÓN NH 0987
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CLIENTE: COMERCIAL DON PEPE
AUDITORÍA TRIBUTARIA 31/12/2012
1.- REQUERIMIENTO PARA LA AUDITORÍA TRIBUTARIA
Áreas funcionales de la empresa
2.- FECHA DE INTERVENCIÓN
FASE I: PLANIFICACIÓN 4 días
FASE II: EJECUCIÓN 12 días
FASE III: COMUNICACIÓN DE RESULTADOS 4 días
3.- DÍAS PRESUPUESTADOS 20 DÍAS
4.- PERSONAL ASIGNADO
CARGO NOMINA SIGLAS
AUDITOR Gustavo Preciado Quirumbay GP
SUPERVISOR Ing. Javier Toro JT
5.- RECURSOS
5.1. Financiero
No se requiere recurso financiero por que el trabajo se está haciendo en calidad de estudiante
para realizar el proyecto de investigación previo a la obtención del título de Contador Público
Autorizado
5.2. Material y tecnológico
• Útiles de oficina
• Documentos y archivo de la empresa
• Equipo de computación e internet
5.3. Humano
• Personal auditado de la empresa
• Director de la tesis y auditor independiente
6.- ENFOQUE DE LA AUDITORÍA TRIBUTARIA
CDPCOMERCIAL DON PEPE
RUC 0703458760001
AUDITORÍA TRIBUTARIA
MP 1/1
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98
6.1. Objetivo general
Aplicar una auditoría tributaria a Comercial DON PEPE en el período comprendido entre el 1
de enero al 31 de diciembre de 2012 con la finalidad de que las actividades se estén
desarrollando conforme a lo programado permitiendo de esta manera el cumplimiento de los
objetivos y metas planeadas contribuyendo así a una adecuada cultura tributaria.
6.2. Objetivos específicos
• Evaluar el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de la entidad y su riesgo
por el incumplimiento de las mismas.
• Determinar errores, irregularidades o no declaración intencional (dolo) de impuestos y su
liquidación al organismo de control gubernamental.
• Evaluar la administración y control que se tiene sobre dichos impuestos, determinar del
grado de entendimiento y aplicabilidad de la normativa tributaria.
• Emitir un informe en el que contenga conclusiones y recomendaciones sobre los hallazgos
encontrados.
6.2. Alcance
El trabajo está dirigido a la aplicación de una auditoría tributaria en el Comercial DON PEPE
la misma que permitirá la detección de factores que requieren mayor atención y de esta forma
poder tomar las medidas necesarias. Se auditarán las cuentas de impuestos localizadas tanto
en el activo como en el pasivo, así como las declaraciones y la documentación física que las
respalda, también las cuentas relacionadas con impuestos como son gastos, costos e
ingresos. El ámbito de la aplicación de la auditoría será el área: Financiera – Tributaria.
6.3. Delimitación
Para emitir el informe de auditoría tributaria, se evaluarán aspectos legales y administrativos,
ya que estos delimitarán el trabajo de la auditoría a realizar, además que darán la pauta para
establecer que se va a revisar y como se lo va a hacer. Se entiende que se revisará todo lo
concerniente a materia tributaria y aspectos contables de registro, liquidación y pago de los
impuestos que un ente se encuentra obligado.
Tales puntos de revisión pueden ser los siguientes:
• Revisión de las declaraciones mensuales y anuales de impuestos, así como de la
documentación física de soporte de las mismas.
• Revisión de las diferentes cuentas contables de impuestos y las que se relacionan como
son ingresos, gastos, inventarios y propiedad planta y equipo.
• Análisis de conocimiento en materia tributaria por parte de los responsables encargados
del manejo y control de los impuestos.
• Cálculos de las multas e intereses por mora en la declaración y pago de impuestos.
• Conciliaciones realizadas entre las declaraciones y mayores contables del ente.
• Cálculo de los diferentes rubros que intervienen en la determinación del impuesto a pagar
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99
o del crédito tributario generado.
• Procedimientos que se siguen para compras, ventas, registro de impuestos,
retenciones, políticas tributarias internas., entre otros más.
• Determinación de las obligaciones tributarias a las que se encuentra obligada la empresa.
6.4. Metodología
6.4.1. Procedimiento
Registros contables, Formularios de declaración de impuestos, disposiciones de LORTI
6.4.2. Herramientas
Complemento estadístico Excel
6.5. Principales pruebas de auditoría
Fase I Cuestionarios de control interno
Fase II
Pruebas de cumplimiento
Cédulas analíticas
Hoja de resúmenes
7. COLABORACIÓN DEL CLIENTE
La cooperación de Comercial DON PEPE a través del contador se tomará como base la
información recabada de los archivos del área Financiera – tributaria, tales como:
Comprobantes de ventas emitidos y recibidos, mayores, estados financieros, entrevistas al
personal responsable del registro y control contable.
Elaborado por: GP Fecha: 09/10/2013
Revisado por: JT Fecha: 10/10/2013
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100
4.1.1.2.3. Flujograma de proceso contable - tributario
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SI
Inicio
Revisión de
documentación
Documentos
Completos
Ingreso de la información
en el anexo de impuestos
Realizar los Cálculos
1
CDPCOMERCIAL DON PEPE
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AUDITORÍA TRIBUTARIA
FCT 1/1
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9 DE OCTUBRE 1904 Y LOS RIOS EDIFICIO FLORIDA PISO 2 OFICINA 206
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1
Impresión de Anexo
Impuestos
Entrega y Revisión del
Anexo la Contadora
Verificación de Cálculos
Si No
Datos
Ingreso al Sistema del SRI
2
CDPCOMERCIAL DON PEPE
RUC 0703458760001
AUDITORÍA TRIBUTARIA
FCT 1/1
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102
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9 DE OCTUBRE 1904 Y LOS RIOS EDIFICIO FLORIDA PISO 2 OFICINA 206
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2
Llenar los campos del
Formulario 104
Verificación de Datos
Ingresados con Anexos de
Impuestos
Impresión del Formulario
104
Llenar los Campos del
Formulario 103
Verificación de Datos
Ingresados con Anexo
Impuestos
3
CDPCOMERCIAL DON PEPE
RUC 0703458760001
AUDITORÍA TRIBUTARIA
FCT 1/1
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103
AUDITORES INDEPENDIENTES RESOLUCIÓN NH 0987
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9 DE OCTUBRE 1904 Y LOS RIOS EDIFICIO FLORIDA PISO 2 OFICINA 206
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3
Impresión del Formulario
103
Entrega a Administración de
los Formularios y Anexos
Revisión y Aprobación por
Parte de Administración
Impresión de los
Comprobantes de Pago
Electrónicos
Cruce de Cuentas de
Impuestos
4
CDPCOMERCIAL DON PEPE
RUC 0703458760001
AUDITORÍA TRIBUTARIA
FCT 1/1
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AUDITORES INDEPENDIENTES RESOLUCIÓN NH 0987
RUC 0909491623001
9 DE OCTUBRE 1904 Y LOS RIOS EDIFICIO FLORIDA PISO 2 OFICINA 206
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4
Impresión de los
Comprobantes de Archivo
de la Documentación
Fin
Elaborado por: GP Fecha: 10/10/2013
Revisado por: JT Fecha: 11/10/2013
CDPCOMERCIAL DON PEPE
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AUDITORÍA TRIBUTARIA
FCT 1/1
Fig. N° 2: Flujograma de proceso contable-tributario de Comercial DON PEPE
Fuente: Comercial DON PEPE
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105
4.1.1.2.3.1. Cédula narrativa
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El contador del Comercial DON PEPE revisa toda la documentación de soporte
de las compras y ventas, correspondientes al período de declaración, misma
que debe ser archivada y completa. En caso de estar incompleta la
documentación se encarga de remitir la novedad a la gerente para buscar
documentos faltantes, caso contrario continua el siguiente paso.
Los anexos en formatos preestablecidos se elaboran en el Comercial.
Correspondientes a los impuestos mensuales a declarar, ingresando la
información de compras y ventas del período. Se realiza la sumatoria de las
filas de ventas, compras, IVA en ventas y compras, retención en la fuente del
IR y del IVA que van a constar en los formularios de declaración del período
contable, en este caso 2012. El anexo de impuestos es impreso, revisado y
archivado. Si los datos estan correctos se continua con la siguiente actividad,
sino es así se regresa a la revisión de documentos.
Se ingresa a la web del SRI, con la clave asignada para el efecto tanto del
contador como del cliente. Se ingresa los valores en los campos del formulario
104 del IVA, se verifica que los datos estén correctos así como sumas y
saldos, se imprime el formulario 104 y se adjunta con la documentación de
soporte archivándolo de manera cronológica y mensual.
CDPCOMERCIAL DON PEPE
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AUDITORÍA TRIBUTARIA
CN 1/1
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106
Se ingresa los valores en los campos del formulario 103
de la Retención en la Fuente del IR, se verifica que los datos estén correctos
así como sumas y saldos, se imprime el formulario 103 y se adjunta con la
documentación de soporte archivándolo de manera cronológica y mensual.
Se entrega a la gerente – propietaria los anexos y formularios para su
respectiva firma, antes revisa y aprueba las declaraciones y soportes
entregados por contabilidad y se registran las firmas de responsabilidad.
Después de haber declarado los impuestos y comprobado el débito de los
mismos en la cuenta bancaria se procede a la impresión de los comprobantes
de pagos electrónicos. Una vez que se imprime el comprobante de pago se
realiza la liquidación de los impuestos en el sistema contable, realizando el
cruce con las cuentas respectivas.
Se genera el respectivo diario de egreso por la liquidación de los impuestos. Se
adjunta el comprobante de diario o egreso con los formularios 102 y 104, así
como anexos de los impuestos.
Elaborado por: GP Fecha: 10/10/2013
Revisado por: JT Fecha: 11/10/2013
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107
4.1.1.2.4. Cuestionarios de control interno
AUDITORES INDEPENDIENTES RESOLUCIÓN NH 0987
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SI NO N/A
¿La endidad lleva de forma adecuada los sigientes libros?:
a. Libro diario 1
b. Libro mayor 1
c. Registros contables IVA 1
d. Registros contables retención en la fuente IR 1
e. Liquidación del impuesto a la Renta 1
2 ¿Existen o se elaboran balances de comprobación mensual? 0 Se lo realiza semestralmmente
3¿Conciliaciones entre mayores, auxiliares y anexos de impuestos?
1
4¿Los documentos que sustentan las compras realizadas son a
nombre del Comercial?1
5¿Los documentos que sustentan las compras realizadas cumplen con los
requisitos de ley?1
6¿El comercial emite los comprobantes de retención en la
fuente del IR y del IVA dentro del período que exige la ley?0
En ocasiones no se emite el comprobante de
retención dentro de los 5 días siguientes
7¿El Comercial utiliza liquidaciones de compras para las adquisiciones a
personas que no emiten facturas?1
No es frecuente el uso de liquidaciones de compras
8¿Las compras realizadas con caja chica se sustentan con comprobantes
de venta que complen los requisitos de ley?0
No siempre se sustentan con comprobantes
que cumplen los requisitos de ley
9¿Existe un plan de cuentas adecuado con las respectivas
cuentas de impuestos?1
10 ¿Estan los registros contables debidamente documentados? 1
11 ¿Se revisan periódicamente los asientos contables? 1
12 ¿Existen facturas prenumeradas de ventas? 1
13 ¿Se registran las facturas al devengado y no al cobro? 1
14¿Existen comprobantes de diario, ingreso y egresos prenumerados?
0No se cuenta con este tipo de registro
OBSERVACIONESN° PREGUNTASCUMPLIMIENTO
1
CDPCOMERCIAL DON PEPE
RUC 0703458760001
AUDITORÍA TRIBUTARIA
CI 1/2
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108
AUDITORES INDEPENDIENTES RESOLUCIÓN NH 0987
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9 DE OCTUBRE 1904 Y LOS RIOS EDIFICIO FLORIDA PISO 2 OFICINA 206
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SI NO N/A
15
¿Existen un control sobre la secuencia en la numeración de las
facturas de ventas emitidas asi como de los comprobantes de
diario, ingreso y egreso?
0
No se cuenta con comprobantes de diario,
ingreso y egresos prenumerados
16¿Se verifican los datos y cálculos de las facturas de ingresos, costos y
gastos?1
No siempre se lo realiza
17 ¿Se realizan conciliaciones de libros contables y del IVA? 1
18¿Se realizan conciliaciones de libros contables tomando en
cuenta los porcentajes de la Retención en la Fuente del IR?1
No siempre se lo realiza
19 ¿Se realizan conciliaciones de libros contables y del IR? 1 No siempre se lo realiza
20¿Existe una asesoría tributaria calificada?
0La empresa no se encuentra sujeta a auditoría
externa
21 ¿Se analizan las variaciones inusuales en las ventas? 0
22¿Se analizan las variaciones inusuales de los presupuestos?
0El Comercial no cuneta con la elaboración
físico del presupuesto
23¿Se realizan conciliaciones entre los valores pagados y
declarados de impuestos?1
No siempre se lo realiza
24¿La entidad ha sido sujeta a algun tipo de revisión fiscal o
tributaria en los últimos cuatro años?0
No ha sido sujeta de revisión por SRI
25¿De haberse dado tal inspección surgieron valores a pagar por
concepto de multas, intereses y diferencias? X
26¿Se realiza una revisión del cálculo de las multas e intereses por
mora o retrasos?1
27 ¿Se mantie información tributaria actualizada? 1
28¿Se tiene segregaciónde funciones y actividades en la
declaración y pago de impuestos?1
TOTAL 22 9 1
N° PREGUNTASCUMPLIMIENTO
OBSERVACIONES
Elaborado por: GP Fecha: 10/10/2013
Revisado por: JT Fecha: 11/10/2013
CDPCOMERCIAL DON PEPE
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AUDITORÍA TRIBUTARIA
CI 2/2
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109
4.1.1.2.4.1. Medición del nivel de confianza
NC = 22/31* 100
NC =70.96%
CUADRO 6. RESULTADOS DEL NIVEL DE CONFIANZA
Fuente: Comercial DON PEPE Elaboración: El Autor
Bajo ( ) Moderado ( x ) Alto ( )
Comentario:
Al realizar la evaluación de control interno a los aspectos tributarios y
financieros, refleja un nivel de confianza moderado en un 70.96%, debido a que
sus integrantes realizan sus operaciones apegados a disposiciones que ayudan
a que respondan a su desempeño. Presenta inconveniente en el control de
facturación y comprobantes de ventas, desafortunadamente tendrá incidencias
al momento de emplear las pruebas y confrontarlas con la información
reportada en Comercial DON PEPE, en el período 2012.
4.1.1.2.4.2. Medición del nivel de riesgo
a. Riesgo inherente
El riesgo inherente está relacionado a la operación del giro de la empresa, en
este caso se asume un 30%, debido a que existen algunas diferencias en el en
RIESGO DE CONTROL
ALTO MODERADO BAJO
15% - 50% 51% - 75% 76% - 95%
BAJO MODERADO ALTO
NIVEL DE CONFIANZA
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110
aspectos contables en lo referente a documentación fuente facturas y
comprobantes de ventas.
Comentario:
El riesgo inherente surge porque no se cumple y revisa la normativa en lo
referente a facturación y registros de eventos contables al momento de originar
se el movimiento en el Comercial DON PEPE.
b. Riesgo de control
El riesgo de control se registra en 29.04%, y se lo obtiene al realizar la
evaluación del control interno que corresponde a la diferencia entre el 100% y
el nivel de confianza.
Comentario:
El riesgo de control se considera alto, por cuanto de acuerdo a la evaluación de
control interno practicado, existen incumplimiento y falta de control en el área
de ventas, por lo que es precioso examinar los controles y procedimientos
establecidos para la administración de los impuestos.
c. Riesgo de detección
El riesgo de detección es del 40%, siendo un valor que se aplica en el
programa de auditoría, en donde los procedimientos no han sido suficientes
para poder descubrir los diversos errores que existe en el examen de control
interno.
Comentario:
Como el riesgo de detección es bajo de acuerdo a los procedimientos que
deben explicarse, será necesario obtener menor evidencia de control interno
mediante la aplicación de las pruebas.
![Page 128: UNIVERSIDAD TÉCNICAESTATAL DE QUEVEDO UNIDAD DE …](https://reader035.fdocuments.net/reader035/viewer/2022070121/62bd2458696ce20ab8185e71/html5/thumbnails/128.jpg)
111
d. Riesgo de auditoría
RA = RI * RC * RD
RA = 30% * 29.04% * 40%
RA = 3.48%
Comentario:
Como podemos observar existe un riesgo de auditoría del 3.48% que significa
que existen algunos procedimientos que deben ser mejorados, por lo que es
necesario realizar un profundo análisis a los aspectos contables financieros y
tributarios, para poder obtener las debidas conclusiones y recomendaciones
que se harán constar en el informe final.
![Page 129: UNIVERSIDAD TÉCNICAESTATAL DE QUEVEDO UNIDAD DE …](https://reader035.fdocuments.net/reader035/viewer/2022070121/62bd2458696ce20ab8185e71/html5/thumbnails/129.jpg)
112
4.1.2. FASE II: EJECUCIÓN
4.1.2.1. Programa de auditoría
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N° PROCEDIMIENTOS REF. ELABORADO FECHA
IMPUESTO A LA RENTA
1
Comparar la declaración del Impuesto a la Renta del
ejercicio anterior con el balance auditado
correspondiente, elaborando una hoja de trabajo que
incluya todas las diferencias y riesgos fiscales si los
hubiere, debido a las mismas.
11/10/2013
2Comprobar que la declaración se ha presentado dentro
del plazo establecido11/10/2013
3
Verificar si se realizó la presentación de la declaración
definitiva del Impuesto a la Renta por el ejercicio actual
dentro del plazo establecido por la ley11/10/2013
4
Preparar una cédula donde se muestre los ingresos,
costos y gastos, el ajuste por inflación, según libros,
declaraciones yauditorías así como diferencias12/10/2013
5Comprobar el cálculo del Impuesto a la Renta a pagar
por el presente ejercicio13/10/2013
6Verificar la utilidad o pérdida generada en el período
por la empresa13/10/2013
7Revisar si en la detrminación de la base imponible se
incluyen esas perdidas13/10/2013
8
Verificar que los valores registrados en el formulario
correspondiente a los activos y pasivos, se ajusten a las
prescripciones legales establecidas para la declaración
tributaria
14/10/2013
9
Cerciorarse que la declaración tributaria ha sido
debidamente firmada por quienes tienen el deber
formal dehacerlo.15/10/2013
PROGRAMA DE AUDITORÍA TRIBUTARIA
COMERCIAL DON PEPE
FASE II: EJECUCIÓN
OBJETIVOS:
• Revisar los procedimientos contable-tributarios implantados por la entidad relacionados con la fiabilidad
de los registros contables
•Establecer que los cálculos de los impuestos son correctos.
• Comprobar que las declaraciones sean oportunos y correctos.
ACGPQ
CDPCOMERCIAL DON PEPE
RUC 0703458760001
AUDITORÍA TRIBUTARIA
PA 1/3
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113
AUDITORES INDEPENDIENTES RESOLUCIÓN NH 0987
RUC 0909491623001
9 DE OCTUBRE 1904 Y LOS RIOS EDIFICIO FLORIDA PISO 2 OFICINA 206
Guayaquil - Guayas - Ecuador
N° PROCEDIMIENTOS REF. ELABORADO FECHA
10
Realizar una relación de los trabajadores que obtienen
ingresos anuales superiores a la fracción básica exenta
para el período fiscal16/10/2013
11
Verificar si a los trabajadores que obtienen ingresos
anuales superiores a la fracción básica exenta se les ha
entregado el comprobante de retención en la fuente
del impuesto a la renta del trabajador en relación de
dependencia
16/10/2013
12
Verificar si la empresa efectúa las retenciones de ley
sobre todos aquellos pagos realizados a personas
naturales y a sociedades17/10/2013
13
Verificar si los porcentajes de retención aplicados a
cada transacción es el correcto de acuerdo a la ley de
régimen tributario interno y su reglamento17/10/2013
14 Verificar que el comprobante de retención
correspondiente cumpla con los requisitos establecidos 17/10/2013
AC
RETENCIÓN EN LA FUENTE DEL IMOPUESTO A LA RENTA
GPQ
PROGRAMA DE AUDITORÍA TRIBUTARIA
COMERCIAL DON PEPE
FASE II: EJECUCIÓN
OBJETIVOS:
• Revisar los procedimientos contable-tributarios implantados por la entidad relacionados con la fiabilidad
de los registros contables
•Establecer que los cálculos de los impuestos son correctos.
• Comprobar que las declaraciones sean oportunos y correctos.
CDPCOMERCIAL DON PEPE
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AUDITORÍA TRIBUTARIA
PA 2/3
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114
AUDITORES INDEPENDIENTES RESOLUCIÓN NH 0987
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9 DE OCTUBRE 1904 Y LOS RIOS EDIFICIO FLORIDA PISO 2 OFICINA 206
Guayaquil - Guayas - Ecuador
N° PROCEDIMIENTOS REF. ELABORADO FECHA
15
Comprobar que se llevan y conservan debidamente los
libros, registros del IVA, facturas emitidas y facturas
recibidas
18/10/2013
16
Comprobar la presentación, en tiempo y en forma, de
las declaraciones y liquidaciones correspondientes del
IVA18/10/2013
17
Verificar si las cifras de libros de compras y ventas para
cada período impositivo coinciden con las cifras
declaradas en los formularios18/10/2013
18
Conciliar las compras, gastos o adquisiciones de otros
activos y demás operaciones sujetas al impuesto con:
Las declaraciones períodicas
Las cifras de compras, gastos y otras operaciones,
según la declaración del Impuestos a la Renta
Los importes reflejados en libros contables del IVA
19/10/2013
19Verificar el correcto uso del crédito tributario por
concepto de retenciones del IVA20/10/2013
20
Verificar que tanto los comprobantes de ventaemitidos
como recibidos cumplan con los requisitos establecidos
por la
ley
21/10/2013
21Verificar el correcto pase del crédito tributario
acumulado (si existiese) de un período a otro22/10/2013
GPQAC
PROGRAMA DE AUDITORÍA TRIBUTARIA
COMERCIAL DON PEPE
FASE II: EJECUCIÓN
OBJETIVOS:
• Revisar los procedimientos contable-tributarios implantados por la entidad relacionados con la fiabilidad
de los registros contables
•Establecer que los cálculos de los impuestos son correctos.
• Comprobar que las declaraciones sean oportunos y correctos.
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
Elaborado por: GP Fecha: 11/10/2013
Revisado por: JT Fecha: 12/10/2013
CDPCOMERCIAL DON PEPE
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PA 3/3
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115
4.1.2.1.1. Comparación declaración del Impuesto a la Renta ejercicio fiscal
2011 - 2012
FORMULARIO 2011 2012 VARIACIÓN
USD %
IMPUESTO A LA RENTA 804,09 719,31 (84,78) 10,54
Comentario: El pago del Impuesto a la Renta de Comercial DON PEPE,
presenta una leve variación para en el año a relacionarse el 2012 con un
10.54%, atribuyendo que las ventas no fueron altas como en el período
anterior, a esto se suma factores como compras, gastos y otros de interés del
Comercial.
Recomendación:
En los estados financieros organizar las cuentas contables empleadas para
registrar los impuestos generados en las actividades del Comercial DON PEPE,
de manera que se muestren adecuadamente y evitar errores y confusiones en
los registros de valores y análisis de las mismas.
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CDIR 1/1
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116
4.1.2.1.2. Prueba a las consistencias de las declaraciones del IVA-Ventas
MARCAS: © Correcto
Comentario: De la revisión realizada en el cuadro anterior se concluye
que el saldo registrado por ventas realizadas al 31 de diciembre del
2012 es correcta ya que el valor presentado en las declaraciones de IVA,
renta y el balance de resultados cuadran con un valor total de ventas del año
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MESES
DECLARACIONES
SEGÚN FORMULARIO 104 DETALLE SEGÚN AUDITORÍA Y LIBROS
(1A)
VENTAS 0%
(2A)
VENTAS 12%
(3A)
IVA
(1B)
VENTAS 0%
(2B)
VENTAS 12%
(N.V. + F - N.C.)
(3B)
IVA
Enero 0 6879,09 825,49 0 6879,09 825,49
Febrero 0 8720,00 1046,40 0 8720,00 1046,40
Marzo 0 10140,10 1216,81 0 10140,10 1216,81
Abril 0 9040,00 1084,90 0 9040,00 1084,90
Mayo 0 7120,00 854,40 0 7120,00 854,40
Junio 0 15480,70 1857,68 0 15480,70 1857,68
Julio 0 18420,88 2210,51 0 18420,88 2210,51
Agosto 0 14890,66 1786,88 0 14890,66 1786,88
Septiembre 0 17120,88 2054, 51 0 17120,88 2054, 51
Octubre 0 12100,00 1452,00 0 12100,00 1452,00
Noviembre 0 13120,80 1574,50 0 13120,80 1574,50
Diciembre 0 8100,04 972,05 0 8100,04 972,05
TOTALES 0 141133,51©
14881,62©
0 141133,51©
14881,62©
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$ 141133,51. También se seleccionó aleatoriamente facturas del mes de julio
para verificar que estos documentos estén registrados en el libro contable,
pues en esas fechas se estima incremento en la producción por mayor
demanda, se detalla a continuación
Comentario: De esta muestra se constató que estas compras si se encuentran
registradas en la contabilidad en el libro mayor de ventas con los valores,
fechas y números de documentos respectivos.
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4.1.2.1.3. Diferencias de declaraciones de IVA-VENTAS
MARCAS: © Correcto √ Revisado ‽ Hallazgo Ø Incorrecto
Comentario: Existe una diferencia en el formulario para cálculo del formulario
104. Presentan un crédito tributario pero es errónea la información ya que el
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MESES (3A) Valor Declarado
(3B) Valor Según Libros y
Auditoría
(3A)- (3B) Diferencia
Observaciones
Enero 6,88 Ø 283,77 -276,89‽
Subevaluado
Febrero 12,29√
12,29©
0 Correcto
Marzo 363,52√
363,52©
0 Correcto
Abril 86,38√
86,38©
0 Correcto
Mayo 0√
0©
0 Correcto
Junio 164,38√
164,38©
0 Correcto
Julio 631,31√
631,31©
0 Correcto
Agosto 371,98√
371,98©
0 Correcto
Septiembre 355,27√
355,27©
©
0 Correcto
Octubre 357,6√
357,6©
0 Correcto
Noviembre 333,68√
333,68©
0 Correcto
Diciembre 19,25√
19,25© 0 Correcto
Total 2702,52 2979,43 -276,89
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IVA en compras no es superior al IVA en ventas, también existe un rubro al
que no se ha dado el debido control; en especial en la verificación de datos
tanto en lo tributario así como en contable y administrativos; es lo concerniente
al no cumplimiento de las obligaciones tributarias en el plazo estipulado por el
SRI, por lo tanto cancelan una multa de $ 6,88. La diferencia del impuesto es
del $-276,89.
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120
4.1.2.1.4. Prueba a las consistencias de las declaraciones del IVA-
COMPRAS
MARCAS: © Correcto
Comentario: Al realizar el análisis no se encuentran hechos dignos de
comentarios.
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MES DECLARACIONES
SEGÚN FORMULARIO 104 DETALLE SEGÚN AUDITORÍA Y LIBROS
(1A)
COMPRAS
0%
(2A)
COMPRAS 12%
(3A)
IVA
(1B)
COMPRAS 0%
(2B)
COMPRAS 12%
(N.V. + F - N.C.)
(3B)
IVA
Enero 0 4567,56 548,11 0 4567,56 548,11
Febrero 0 6310,20 757,22 6310,20 757,22
Marzo 0 7110,80 853,30 7110,80 853,30
Abril 0 8320,20 998,42 8320,20 998,42
Mayo 0 10110,00 1213,20 10110,00 1213,20
Junio 0 11120,80 1334,50 11120,80 1334,50
Julio 0 13160,00 1579,20 13160,00 1579,20
Agosto 0 11790,85 1414,90 11790,85 1414,90
Septiembre 0 14160,30 1699,24 14160,30 1699,24
Octubre 0 9120,00 1094,40 9120,00 1094,40
Noviembre 0 10340,20 1240,82 10340,20 1240,82
Diciembre 0 7940,00 952,80 7940,00 952,80
TOTALES 0 114050,91© 13686,11© 114050,91© 13686,11©
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4.1.2.1.5. Diferencias de declaraciones de IVA-COMPRAS
MARCAS: © Correcto
Comentario: Al realizar el estudio comparativo no se encuentran hechos
dignos de comentarios
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MESES (3A) Valor Declarado
(3B) Valor Según Libros y Auditoría
(3A)- (3B) Diferencia
Observaciones
Enero 4567,56 4567,56 0 Correcto
Febrero 6310,20 6310,20 0 Correcto
Marzo 7110,80 7110,80 0 Correcto
Abril 8320,20 8320,20 0 Correcto
Mayo 10110,00 10110,00 0 Correcto
Junio 11120,80 11120,80 0 Correcto
Julio 13160,00 13160,00 0 Correcto
Agosto 11790,85 11790,85 0 Correcto
Septiembre 14160,30 14160,30 0 Correcto
Octubre 9120,00 9120,00 0 Correcto
Noviembre 10340,20 10340,20 0 Correcto
Diciembre 7940,00 7940,00 2000,00 Correcto
Total 114050,91© 114050,91© 0,00 Correcto
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122
CUENTA : 1010503
2012 MAYOR GENERAL IVA EN COMPRAS
FECHA COMPROB. DETALLE CODIGO DEBITO CREDITO SALDO
jul-02 AD. 09 COMPRA SEGÚN FACTURA 17342 1010503 33,22 33,22
jul-04 AD. 10 COMPRA SEGÚN FACTURA 567 1010503 21,67 54,89
jul-06 AD. 11 COMPRA SEGÚN FACTURA 12678 1010503 18 72,89
jul-08 AD. 12 COMPRA SEGÚN FACTURA 198 1010503 129 201,89
jul-10 AD. 13 COMPRA SEGÚN FACTURA 173 1010503 389 590,89
jul-14 AD. 14 COMPRA SEGÚN FACTURA 6789 1010503 117,45 708,34
jul-21 AD. 15 COMPRA SEGÚN FACTURA 7689 1010503 567,9 1276,24
jul-26 AD. 16 COMPRA SEGÚN FACTURA 12345 1010503 116,23 1392,47
jul-28 AD. 17 COMPRA SEGÚN FACTURA 9876 1010503 118,6 1511,07
jul-30 AD. 18 COMPRA SEGÚN FACTURA 678 1010503 55,89 1566,96
jul-31 AD. 19 COMPRA SEGÚN FACTURA 4537 1010503 12,24 1579,20
COMERCIAL DON PEPE
Comentario: De esta muestra se constató que estas compras si se encuentran
registradas en la contabilidad en el libro mayor de ventas con los valores,
fechas y números de documentos respectivos
Al comparar las facturas del mes de julio con lo reportado al SRI, se verifica
que la sumatoria del impuesto del IVA se registra en $ 1579,20.
La inconsistencia tribitaria se encuentra en el reporte del Impuesto a la Renta y
en el contraste de los libros de contabilidad en donde no concuerda las
comparas total realizadas en el año 2012.
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Guayaquil - Guayas - Ecuador
CDPCOMERCIAL DON PEPE
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AUDITORÍA TRIBUTARIA
DIVA – C 2/2
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123
4.1.2.1.6. Declaración formulario 104 y 102 de la cuenta Compras
MESES DECLARACIÓN IVA FORMULARIO 104
DECLARACIÓN FORMULARIO
102
DIFERENCIA F. 104 – F. 102
Enero 4567,56
Febrero 6310,20
Marzo 7110,80
Abril 8320,20
Mayo 10110,00
Junio 11120,80
Julio 13160,00
Agosto 11790,85
Septiembre 14160,30
Octubre 9120,00
Noviembre 10340,20
Diciembre 7940,00
TOTAL 114050,91©
120415,81 Ø
6364,9‽
MARCAS: © Correcto √ Revisado ‽ Hallazgo Ø Incorrecto
Comentario: Según las declaraciones presentadas al Servicios de Rentas
Internas durante el período 2012, se realizaron retenciones de IVA por un
valor de $ 120415,81
Durante el período fiscal 2012 al Comercial DON PEPE declararon en el
Impuesto a la renta un valor $ 120415,81, según declaración en el formulario
102. Se solicitó las retenciones físicas y se verificó de forma aleatoria los
valores registrados, constatando que estos valores si se encontraban
registrados contablemente
AUDITORES INDEPENDIENTES RESOLUCIÓN NH 0987
RUC 0909491623001 9 DE OCTUBRE 1904 Y LOS RIOS EDIFICIO FLORIDA
PISO 2 OFICINA 206
Guayaquil - Guayas - Ecuador
CDPCOMERCIAL DON PEPE
RUC 0703458760001
AUDITORÍA TRIBUTARIA
DF104-102C 1/1
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124
4.1.2.1.7. Declaraciones de formulario 104 y RFIR 103 de la cuenta
Compras
MESES DECLARACIÓN
FORMULARIO 104
RETENCIÓN DECLARACIÓN FORMULARIO
103
Enero 4567,56 45,67
Febrero 6310,20 63,10
Marzo 7110,80 71,10
Abril 8320,20 83,20
Mayo 10110,00 101,10
Junio 11120,80 111,21
Julio 13160,00 131,60
Agosto 11790,85 1117,91
Septiembre 14160,30 141,60
Octubre 9120,00 91,20
Noviembre 10340,20 103,40
Diciembre 7940,00 79,40
TOTAL 114050,91©
2140,49Ø MARCAS: © Correcto
Comentario: De acuerdo a los datos registrados a las compras realizadas en
el período 2012 se le ha realizado la retención del 1%, llegando a registrar un
total de $ 214,49.
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9 DE OCTUBRE 1904 Y LOS RIOS EDIFICIO FLORIDA PISO 2 OFICINA 206
Guayaquil - Guayas - Ecuador
CDPCOMERCIAL DON PEPE
RUC 0703458760001
AUDITORÍA TRIBUTARIA
DF 103-104 – C 1/1
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125
4.1.2.1.8. Cruce de información con formularios
MARCAS: « Tomado de declaraciones mensuales µ Cruce mayores contables ¢ Cruce registros
períodos anteriores
Comentario: Durante la revisión se evidenció que existen diferencias entre
mayores contables y el formulario 102 y 104. En el formulario 104 en el
casillero 602 se registra como crédito tributario el valor de $ 276,89 y no
corresponde porque el IVA en ventas no es menor al IVA en compras.
En el formulario 102 en el casillero 702, se totalizan las compras por un valor
de $ 120415,81, revisando los mayores de la empresa y el formulario 104 se
coincide que éstas se registran en $ 114050,91.
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Guayaquil - Guayas - Ecuador
DETALLE SEGÚN
COMPAÑÍA
SEGÚN
MAYORES
CONTABLE
CASILLERO 602 FORMULARIO 104¢ 276,89« 277,38 µ
CASILLERO 702 FORMULARIO 102¢ 120415,81« 114050,91 µ
CDPCOMERCIAL DON PEPE
RUC 0703458760001
AUDITORÍA TRIBUTARIA
DF 102-104 1/1
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126
4.1.3. FASE III: COMUNICACIÓN DE RESULTADOS
4.1.3.1. Carta de presentación del informe
Quevedo, octubre 31 de 2013
Sra.: Mónica Mariol Campoverde Campoverde
Gerente Propietaria de Comercial DON PEPE
Presente.-
De mi consideración:
La firma de auditoría independiente IFAC, efectuó la auditoría tributaria a
Comercial DON PEPE de la ciudad de Guayaquil en el período 2012.
Nuestra acción de control se efectuó de acuerdo con las Normas Ecuatorianas
de Auditoría. Estas normas requieren que el examen sea planificado y
ejecutado para obtener certeza razonable de que la información y la
documentación examinada no contienen exposiciones erróneas de carácter
significativo, igualmente que las operaciones a las cuales corresponden, se
hayan ejecutado de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias
vigentes, políticas y demás normas aplicables.
Debido a la naturaleza de la acción de control efectuada, los resultados se
encuentran expresados en los comentarios, conclusiones y recomendaciones
que constan en el presente informe.
Atentamente,
Sr. Gustavo Preciado Quirumbay
JEFE DE EQUIPO IFAC AUDITORES INDEPENDIENTES
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4.1.3.2. Informe de auditoría tributaria de Comercial DON PEPE
CONTENIDO
PARTE I - INFORMACIÓN INTRODUCTORIA
PARTE II - INFORME DE LOS AUDITORES INDEPENDIENTES
PARTE III - RECOMENDACIONES DE ASPECTOS TRIBUTARIOS
Abreviaturas utilizadas:
USD $ - Dólares estadounidense
SRI - Servicio de Rentas Internas
PCGA - Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados
NEA - Normas Ecuatorianas de Auditoría
AUDITORES INDEPENDIENTES RESOLUCIÓN NH 0987
RUC 0909491623001
9 DE OCTUBRE 1904 Y LOS RIOS EDIFICIO FLORIDA PISO 2 OFICINA 206
Guayaquil - Guayas - Ecuador
CDPCOMERCIAL DON PEPE
RUC 0703458760001
AUDITORÍA TRIBUTARIA
DF 102-104 1/1
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PARTE I - INFORMACIÓN INTRODUCTORIA
Motivo del examen
La auditoría tributaria se realizó en Comercial DON PEPE de la ciudad de
Guayaquil, previo a la obtención del título de Contador Público Autorizado
(CPA); y en cumplimiento a la orden de trabajo del 1 de octubre de 2013.
Objetivos del examen
• Evaluar el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de la
entidad y su riesgo por el incumplimiento de las mismas.
• Determinar errores, irregularidades o no declaración intencional (dolo) de
impuestos y su liquidación al organismo de control gubernamental.
• Evaluar la administración y control que se tiene sobre dichos impuestos,
determinar del grado de entendimiento y aplicabilidad de la normativa
tributaria.
• Emitir un informe en el que contenga conclusiones y recomendaciones
sobre los hallazgos encontrados.
Alcance del examen
La auditoría tributaria en el Comercial DON PEPE comprende el período
contable del 1 de enero al 31 de diciembre de 2012, para su efecto se
auditarán las cuentas de impuestos localizadas en el activo y pasivo, así como
las declaraciones y la documentación física que las respalda, también las
cuentas relacionadas con impuestos como son gastos, costos e ingresos.
Base legal
El Comercial DON PEPE está legalmente desde el 21 de septiembre del año
2004 como persona natural no obligada a llevar contabilidad y se encuentra
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inscrita en el Registro Único de Contribuyentes del Servicio de Rentas
Internas. En el año 2011 el SRI lo notifica como obligado a llevar contabilidad.
La estructura orgánica de Comercial DON PEPE es la siguiente:
Nivel directivo: Gerente Propietaria
Nivel de apoyo: Contador y secretaria
Nivel de operativo: Ejecutiva de ventas y bodeguero
Objetivos de la entidad
• Lograr una alta rentabilidad a través de la comercialización de
productos de ferretería en general.
• Aumentar el índice de rotación del inventario.
• Agilitar el despacho de pedidos para evitar el retraso de los mismos.
Estados Financieros y formularios examinados
ACTIVOS
CORRIENTE
CAJA 200,00
BANCOS 5465,00
CUENTAS POR COBRAR 585,55
CREDITO TRIBUTARIO IVA 952,80
CREDITO TRIBUTARIO RENTA 0,00
INVENTARIOS 91767,00
TOTAL ACTIVO CORRIENTE 98970,35
FIJOS
TERRENOS 22000,00
EDIFICIOS 37500,00
MUEBLES Y ENCERES 7250,00
VEHICULO, EQUIPO TRANSPORTE 12789,00
EQUIPO COMPUTACION 3120,00
TOTAL ACTIVO FIJO 82659,00
TOTAL ACTIVOS 181629,35
PASIVOS
CORRIENTE
CUENTAS POR PAGAR 3165,00
INSTITUCIONES FINANCIERAS 0,00
IMPUESTO A LA RENTA POR PAGAR 719,31
PARTICIPACION DE TRABAJADORES 3138,10
TOTAL PASIVO CORRIENTE 7022,41
PATRIMONIO
CAPITAL 157543,67
UTILIDAD DEL EJERCICIO 17063,27
TOTAL PATRIMONIO 174606,94
TOTAL PASIVO MAS PATRIMONIO 181629,35
0,00
CPA. ANTONIO CARBAJAL G- SRA- MONICA CAMPOVERDE CAMPOVERDE
CONTADOR GERENTE - PROPIETARIA
COMERCIAL DON PEPE
DE: CAMPOVERDE CAMPOVERDE MONICA MARISOL
BALANCE GANERAL
PERIODO 01 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2012
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INGRESOS 141133,51
INGRESOS DE ACTIVIDADES ORDINARIAS
VENTA DE MATERIALES DE FERRETERIA Y CONSTRUCCION
COSTO DE VENTAS Y PRODUCCION 96883,81
INVENTARIO INICIAL DE MATERIALES DE FERRETERIA 68235
MAS COMPRAS DEL PERIODO 120415,81
TOTAL DISPONIBLE PARA LA VENTA 188650,81
MENOS INVENTARIO FINAL 91767
VENTA DE MATERIALES DE FERRETERIA Y CONSTRUCCION
GANANCIA BRUTA OPERACIONAL 44249,70
GASTOS GENERALES 23329,02
SUELDOS Y SALARIOS 8401,02
HONORARIOS PROFESIONALES 1456,00
MANTENIMIENTO Y REPARACIONES 3890,00
PROMOCION Y PUBLICIDAD 1456,00
TRANSPORTE 2890,00
IMPUESTOS, CONTRIBUCIONES Y OTROS 2346,00
GASTOS DE VIAJE 2890,00
GANANCIAS DEL EJERCICIO ANTES 15% PARTICIPACION TRABAJADORES 20920,68
PARTICIPACION DE TRABAJADORES 15% 3138,10
GANANCIAS DEL EJERCICIO ANTES DE IMPUESTO A LA RENTA 17782,58
IM´PUESTO A LA RENTA CAUSADO 719,31
GANANCIA NETA DEL PERIODO 17063,27
CPA. ANTONIO CARBAJAL G- SRA- MONICA CAMPOVERDE CAMPOVERDE
CONTADOR GERENTE - PROPIETARIA
ESTADO DE PÉRDIDAS Y GANANCIAS
PERIODO 01 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2012
COMERCIAL DON PEPE
DE: CAMPOVERDE CAMPOVERDE MONICA MARISOL
PARTE II - INFORME DE LOS AUDITORES INDEPENDIENTES
ESTADOS FINANCIEROS DE COMERCIAL DON PEPE
Los estados financieros de Comercial DON PEPE durante el período auditado
2012 no cuentan con una adecuada estructura para su presentación y
comprensión del mismo, tampoco responden a los Principios de Contabilidad
Generalmente aceptados en su totalidad.
Incumplimiento lo dispuesto en la NEA 1 Objetivo y principios generales que
amparan una auditoria de estados financieros. El objetivo de una auditoría de
estados financieros es hacer posible al auditor expresar una opinión sobre si
los estados financieros están preparados, en todos los aspectos importantes,
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131
de acuerdo con un marco de referencia identificado para informes financieros.
Es responsabilidad de la administración de la entidad auditada el disponer de
estados financieros acordes a la normativa y leyes vigentes.
Conclusión
Los estados financeiros de Comercial DON PEPE durante el periodo 2012 no
reflejan la realidad de movimientos contables y manejo de la información dentro
de la misma, debido al desconocimiento del equipo de apoyo en este caso el
contador, quien no elabora loa balances de forma técnica, legible y
comprensible.
Recomendaciones
A la gerente - propietaria
1. Asegurar, la elaboración de estados financeiros de acuerdo a los
principios de contabilidad generalmente aceptados y de acuerdo a las
normas ecuatorianas de auditoria.
Al contador
2. Elaborar los estados financieros aplicados a los PCGA y NEA para la
interpretación y análisis de los mismos.
DECLARACIÓN DE FORMULARIO 104
Validar crédito tributario aplicable según factor de proporcionalidad, según
formulario 104.
Según el Art. 141 para ejercer el derecho al crédito tributario por las
importaciones o adquisiciones locales de bienes, materias primas, insumos o
servicios, establecidos en la Ley de Régimen Tributario Interno y cumplidos los
demás requisitos establecidos en la misma ley, serán válidos exclusivamente
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los documentos aduaneros de importación y demás comprobantes de venta
recibidos en las operaciones de importación con su respectivo comprobante de
pago del impuesto y aquellos comprobantes de venta expresamente
autorizados para el efecto por el Reglamento de Comprobantes de Venta y de
Retención, en los cuales conste por separado el valor del Impuesto al Valor
Agregado pagado y que se refieran a costos y gastos que de acuerdo con
la Ley de Régimen Tributario Interno son deducibles hasta por los límites
establecidos para el efecto en dicha ley.
a) Darán derecho a crédito tributario total:
El IVA pagado en la adquisición local o importación de: bienes, materias
primas, insumos o servicios y bienes que pasen a formar parte del activo fijo,
cuando únicamente:
1. Se transfiera bienes o preste servicios, en su totalidad gravados con tarifa
doce por ciento.
El crédito tributario por retenciones del IVA según el artículo 142 indica que el
sujeto pasivo en su declaración, utilizará como crédito tributario la totalidad de
las retenciones que se le hayan efectuado por concepto del IVA.
Se verificó el crédito tributario presentado en el Balance General de
Comercial DON PEPE con un valor de $ 276,89 y no corresponde porque el
IVA en ventas no es menor al IVA en compras, por lo tanto no tiene crédito
tributario. Esto también se lo visualiza en el formulario 104 del mes de enero de
2012.
2. No se utiliza el instructivo para la declaración del formulario 104. Ver
anexo 2.
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Conclusión
La declaración de la obligación tributaria a través del formulario 104
correspondiente al mes de enero de 2012 es errónea.
Recomendación
Al contador
Utilizar el instructivo para presentar el formulario 104 y revisar la
documentación de la empresa y los cálculos respectivos.
DECLARACIÓN DE FORMULARIO 102
Se observó que la declaración fue realizada y pagada dentro del plazo
permitido, constatando el valor pagado con lo registrado en la base de la
página web del SRI.
Se determinó que Comercial DON PEPE durante el año 2012 obtuvo ingresos
únicamente por ventas tarifa 12%.
El muestreo aleatorio de las ventas del mes de julio de 2013 permitió
comprobar que estos documentos esta registrados en el libro contable y que
cuadra con los valores del libro de ventas cuadra con el valor presentado en
las declaraciones de IVA y renta y el balance de resultados; dando un total
de ventas en el año de $ 141133,51
Según las declaraciones presentadas al Servicio de Rentas Internas durante el
período 2012 no le fueron efectuadas a Comercial DON PEPE retenciones de
IVA y lo constatamos en los registrados contables.
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Durante el período fiscal 2012 el Comercial, registra compras por un total de
$ 120415,81 revisando los mayores de la empresa y el formulario 104 se
coincide que éstas se registran en $ 114050,91.
Conclusión
De acuerdo a las declaraciones presentadas mensualmente se puede observar
que existe una coincidencia con el libro mayor de la cuenta compras por
un total de $ 114050,91, pero en el Estado de resultados y en la declaración del
formulario 102 se presenta una inconsistencia con este rubro, se encontró que
las compras ascienden a $ 120415,81 originando una diferencia por $ 6364,90.
Recomendación
Al contador
Utilizar el instructivo para presentar el formulario 104 y revisar la
documentación de la empresa y los cálculos respectivos, revisar la
documentación de soporte, estados financieros para determinar la
inconsistencia en el cruce de información tributaria y económica y realizar el
debido procedo apara hacer la enmienda respectiva sobre los hallazgos
detectado en este examen de auditoría.
PARTE III - RECOMENDACIONES DE ASPECTOS TRIBUTARIOS
1. Establecer un control más estricto para el cumplimiento de los
procedimientos para la liquidación y pago de las obligaciones tributarias
en el Comercial DON PEPE.
2. El porcentaje de efectividad del sistema de control interno establecido
para la administración y control de los impuestos se ubica en un 29.04%
catalogado como alto. Este porcentaje es alto, pero no se cumple
totalmente con los procedimientos establecidos por el Comercial, además
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de que no se controla su aplicación, por lo que es susceptible a que se
cometan errores e irregularidades en las declaraciones de impuestos.
3. Organizar y depurar la estructura y las cuentas generales y las de
impuestos con la finalidad de entender los estados financieros del
Comercial DON PEPE.
4. El Comercial no registra adecuadamente sus cuentas de impuestos, las
cuales se encuentran desorganizadas. Debido a lo mencionado se
generan errores en registros contables, por lo que se muestran diferencias
en los valores declarados en formularios.
5. Realizar la sustitutiva del formulario 104 del impuesto al valor agregado
del mes de enero de 2012 corrigiendo el valor registrado en el casillero
602 crédito tributario por $ 276,89
El valor registrado en casillero 702 del 102 del Impuesto a la Renta del periodo
2012 se encuentra ingresado erróneamente, ya que el valor neto de las
compras se encuentra registrado en $ 120415,81 hacer la sustitutiva
correspondiente, y el cálculo respectivo del mismo y registrar y conciliarlos con
los estados financieros.
No se registran las firmas del contador y del representante legal de la
Compañía en los formularios de declaración de impuestos y en la
documentación de anexo y soporte de los mismos, razón por la cual no se
tiene la certeza de que estas declaraciones fueron debidamente revisadas y
aprobadas por la administración antes de su declaración e ingreso al sistema
del SRI y por quien fueron elaboradas.
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136
4.2. DISCUSIÓN
La investigación aquí descrita es una auditoría de carácter tributario,
basándose en la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno y su
reglamento, presentando un informe de cumplimiento tributario adaptado a
las necesidades y requerimientos del cliente, en donde se evidencia el proceso
de auditoría enfocado específicamente a las obligaciones tributarias de la
entidad y sus procedimientos de control sobre la misma. Coincidiendo con
Blanco 2007, quien menciona que la auditoría tributaria es un control crítico y
sistemático, que usa un conjunto de técnicas y procedimientos destinados a
verificar el cumplimiento de las obligaciones formales y sustanciales de los
contribuyentes. Se efectúa teniendo en cuenta las normas tributarias vigentes
en el periodo a fiscalizar y los principios de contabilidad generalmente
aceptados, para establecer una conciliación entre los aspectos legales y
contables y así determinar la base imponible y los tributos que afectan al
contribuyente auditado.
La evaluación del control interno aplicada a aspectos financieros y tributarios
permitió determinar el riesgo de control sobre el proceso de cumplimiento de
cada uno ellos, teniendo como ejemplo el incumplimiento de controlar la
facturación, comprobantes de ventas, por lo que se acoge el criterio de Arens
et al 2008, el riesgo de control es la posibilidad de errores o irregularidades en
el tratamiento tributario, a pesar de las normas y controles establecidos por la
entidad y los organismos de control. Para evaluar este riesgo se aplican
pruebas de cumplimiento cuyo objetivo es obtener evidencia del cumplimiento
de los procedimientos de control interno en los que el auditor confía, además
estas pruebas evalúan las fortalezas y debilidades de las operaciones de
control
El nivel de control para el cumplimiento de la obligaciones tributarias en la
entidad debe ser riguroso y exhaustivo, en especial en materia de tributar al
fisco, y en el establecimiento del crédito tributario a favor de la empresa, su
ilegitimidad puede generar inconvenientes por evasión de impuestos, por lo
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137
tanto se asume lo establecido por el SRI 2013 según los Art. 66 - 69 de la
LOEI, el crédito tributario se define como la diferencia entre el IVA cobrado en
ventas menos el IVA pagado en compras. En aquellos casos en los que la
declaración arroje saldo a favor (el IVA en compras es mayor al IVA en ventas),
dicho saldo será considerado crédito tributario, que se hará efectivo en la
declaración del mes siguiente.
Finalmente y de acuerdo a los resultados existen inconvenientes al declarar
idóneamente las obligaciones de la entidad por lo que se acepta la hipótesis: El
deficiente control tributario de “Comercial Don Pepe” demostrará el
incumplimiento de los pagos tributarios.
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138
CAPÍTULO V
CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
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5.1. CONCLUISONES
• La auditoría tributaria aplicada a Comercial Don Pepe del cantón
Guayaquil dejó en evidencia el deficiente control sobre los aspectos
tributarios, pues hay rubros dentro de las declaraciones de
impuestos, en los cuales se reconocieron valores subestimados lo
que ocasionó una declaración de impuestos equivoca por parte de la
gerencia que tendrá una connotación para la administración tributaria.
• Las declaraciones tributarias de Comercial Don Pepe no se encuentran
apegadas en su totalidad a los registros internos de la entidad ya que se
ha detectado el registro de las compras en el formulario 102 y Estado de
Resultados por $ 120415,81 desconociendo el motivo para dicha
declaración.
• La carente utilización de los instructivos para llenar formularios para la
declaración tributaria ha permitido que en el Comercial Don Pepe se
registren rubros equívocamente.
• El valor presentado en la declaración de Impuesto al Valor
Agregado no coincide con lo registrado en el libro mayor siendo
el valor registrado en el formulario incorrecto, dando una diferencia de
-276,89 y que no corresponde a crédito tributario para el Comercial Don
Pepe.
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5.2. RECOMENDACIONES
• Elaborar un plan de contingencia con seminarios de cumplimiento y
actualización tributaria y normativas vigentes para el personal encargado
de llevar los registros contables.
• Realizar una revisión mensual de todas las facturas y comprobantes
emitidos, para identificar rubros que no tengan el soporte respectivo, a
fin de evitar una futura subevaluación de las ventas, en las declaraciones
del Impuesto a la Renta anual.
• Identificar adecuadamente todos los valores registrados en los
documentos fuentes y cumplir con las disposiciones tributarias vigentes
emitidas por la administración fiscal y sus respectivos instructivos,
manuales entre otros.
• Analizar detenidamente los diferentes elementos que interviene al
momento de preparar las obligaciones tributarais en el Comercial ya que
el descuido puede generar grandes pérdidas para la entidad.
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141
CAPÍTULO VI
BIBLIOGRAFÍA
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142
6.1. LITERATURA CITADA
• ARENS ALVIN; RANDAL ELDER; BEASLEY MARK; JENKINS
GREGORY. 2008. Auditoria: un enfoque integral: 11a ed. México:
Pearson Educación.
• BRAVO MERCEDES. 2011. Contabilidad general. Editorial Voluntad.
Quito – Ecuador, pág. 560.
• CABALLERO GONZALO. 2008. Análisis y evaluación de balances.
Primera edición. Editorial Ideas propias. Madrid – España, pág. 168.
• ESCUDERO MARÍA. 2009. Gestión de aprovisionamiento. Tercera
edición. Editorial Nobel S.A. Madrid – España, pág. 291.
• ESLAVA JOSÉ. 2008. Las claves del análisis económico – financiero de
la empresa. Primera edición. Editorial Esic. Madrid – España, pág. 324.
• GARCÍA JULIO; CASANUEVA CRISTÓBAL. 2011. Practicas de gestión
empresarial. Editora Pirámide S.A
• GONZALEZ MONTSERRAT. 2008. Gestión de la producción: Cómo
planificar y controlar la producción industrial. Primera edición. Editorial
Ideas propias. Madrid – España. pág. 160.
• OMEÑACA JESÚS. 2008. Contabilidad general. Onceava edición
actualizada. Editorial Deusto. Barcelona – España, pág. 647.
• PASCUAL ELADIO. 2010. Contabilidad: iniciación práctica. Cuarta
edición. Editorial Grafolex. Valladolid – España, pág. 490.
![Page 160: UNIVERSIDAD TÉCNICAESTATAL DE QUEVEDO UNIDAD DE …](https://reader035.fdocuments.net/reader035/viewer/2022070121/62bd2458696ce20ab8185e71/html5/thumbnails/160.jpg)
143
• PERE NICOLÁS. 2009. Costes para la Dirección de Empresas. Primera
edición. Barcelona – España, pág. 208.
• ROJO ALFONSO. 2008. Valoración de empresas y gestión basada en
valor. Primera edición, Editorial Paraninfo. Madrid – España, pág. 338.
• ROMERO RICARDO. 2010. Marketing. Editora Palmir E.I.R.L .
Sexta Edición
• SARMIENTO RUBEN. 2009. Contabilidad General. Décima edición.
Editorial Voluntad. Quito – Ecuador, pág. 466.
• ZAPATA PEDRO. 2011. Contabilidad General. 7ma. Ed. Bogotá.Editorial
McGraw-Hill-Interamericana. Pág. 498
![Page 161: UNIVERSIDAD TÉCNICAESTATAL DE QUEVEDO UNIDAD DE …](https://reader035.fdocuments.net/reader035/viewer/2022070121/62bd2458696ce20ab8185e71/html5/thumbnails/161.jpg)
144
CAPÍTULO VII
ANEXOS
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145
Anexo 1. RUC de Comercial DON PEPE de la ciudad de Guayaquil
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146
Anexo 2. Formulario 104, mes de enero de 2012
FORMULARIO 104
RESOLUCIÓN Nº NAC-DGERCGC2011-00425
100 IDENTIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN IMPORTANTE: SÍRVASE LEER INSTRUCCIONES AL REVERSO
200 IDENTIFICACIÓN DEL SUJETO PASIVO
RUC 202 RAZÓN SOCIAL O APELLIDOS Y NOMBRES COMPLETOS
0 7 0 3 4 5 8 7 6 0 0 0 1 CAMPOVERDE CAMPOVERDE MONICA MARISOL
401 + 6879,09 411 + 6879,0942
1+ 825,49
402 + 412 +42
2+
403 + 413 +
404 + 414 +
405 + 415 +
406 + 416 +
407 + 417 +
408 + 418 +
409 = 6879,09 419 = 6879,0942
9= 825,49
431
432
433 443
434 444
480 6879.09 481 0,00 482 825,49 483 484 485 499
501 + 4567,56 511 + 4567,56 521 + 548,11
502 + 512 + 522 +
503 + 513 + 523 +
504 + 514 + 524 +
505 + 515 + 525 +
506 + 516 +
507 + 517 +
518 +
509 = 4567,56 519 = 4567,56 529 = 548,11
531
532
533
534 543
535 544
(411+412+415+416+417+418) / 419 553
554 = 548,11
601 =
602 = 276,89
605 (-)
607 (-)
609 (-)
611 +
613 +
615 = 276,89
617 =
619 =
621 +
(619 + 621) 699 =
721 +
723 +
725 +
(721+723+725) 799 =
(699+ 799) 859 =
PAGO PREVIO (Informativo) 890
897 USD 898 USD 899 USD
880 USD
TOTAL IMPUESTO A PAGAR 902 +
903 +
904 + 6,88999 = 6,88905 USD 6,88
906 USD
907 USD
908 N/C No 910 N/C No 912 N/C No Resol No. 918 Resol No.
909 USD 911 USD 913 USD 915 USD USD 919 USD
FIRMA CONTADOR
NOMBRE : NOMBRE :
198 Cédula de Identidad o No. de Pasaporte 0 7 0 3 4 5 8 7 6 0 199 RUC No. 0 9 9 5 4 5 7 6 3 0 0 1
PAGO DIRECTO EN CUENTA ÚNICA DEL TESORO NACIONAL (Uso Exclusivo para Instituciones y Empresas del Sector Público Autorizadas)
DETALLE DE NOTAS DE CRÉDITO CARTULARESDETALLE DE NOTAS DE CRÉDITO
DESMATERIALIZADAS DETALLE DE COMPENSACIONES
TOTAL PAGADO
MEDIANTE CHEQUE, DÉBITO BANCARIO, EFECTIVO U OTRAS FORMAS DE PAGO
VALORES A PAGAR Y FORMA DE PAGO (luego de imputación al pago en declaraciones sustitutivas)
859-898
INTERÉS POR MORA
MULTA
MEDIANTE COMPENSACIONES
MEDIANTE NOTAS DE CRÉDITO
DECLARO QUE LOS DATOS PROPORCIONADOS EN ESTE DOCUMENTO SON EXACTOS Y VERDADEROS, POR LO QUE ASUMO LA RESPONSABILIDAD LEGAL QUE DE ELLA SE DERIVEN (Art. 101 de la L.R.T.I.)
FIRMA SUJETO PASIVO / REPRESENTANTE LEGAL
TOTAL IMPUESTO A PAGAR POR RETENCIÓN
TOTAL CONSOLIDADO DE IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
DETALLE DE IMPUTACIÓN AL PAGO (Para declaraciones sustitutivas)
INTERÉS IMPUESTO MULTA
AGENTE DE RETENCIÓN DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
RETENCIÓN DEL 30%
RETENCIÓN DEL 70%
RETENCIÓN DEL 100%
SUBTOTAL A PAGAR Si 601-602-605-607-609+611+613 > 0
IVA PRESUNTIVO DE SALAS DE JUEGO (BINGO MECÁNICOS) Y OTROS JUEGOS DE AZAR
TOTAL IMPUESTO A PAGAR POR PERCEPCION
(- )RETENCIONES EN LA FUENTE DE IVA QUE LE HAN SIDO EFECTUADAS EN ESTE PERÍODO
(+) AJUSTE POR IVA DEVUELTO E IVA RECHAZADO IMPUTABLE AL CRÉDITO TRIBUTARIO EN EL MES
SALDO CRÉDITO
TRIBUTARIO
PARA EL
PRÓXIMO MES
POR ADQUISICIONES E IMPORTACIONES
POR RETENCIONES EN LA FUENTE DE IVA QUE LE HAN SIDO EFECTUADAS
IMPUESTO CAUSADO (Si diferencia campo 499-554 es mayor que cero)
CRÉDITO TRIBUTARIO APLICABLE EN ESTE PERÍODO (Si diferencia campo 499-554 es menor que cero)
(-) SALDO
CRÉDITO
TRIBUTARIO DEL
MES ANTERIOR
POR ADQUISICIONES E IMPORTACIONES (Traslada el campo 615 de la declaración del período anterior)
POR RETENCIONES EN LA FUENTE DE IVA QUE LE HAN SIDO EFECTUADAS (Traslada el campo 617 de la declaración del período anterior)
FACTOR DE PROPORCIONALIDAD PARA CRÉDITO TRIBUTARIO
CRÉDITO TRIBUTARIO APLICABLE EN ESTE PERÍODO (De acuerdo al Factor de Proporcionalidad o a su Contabilidad) (521+522+524+525) x 553
RESUMEN IMPOSITIVO: AGENTE DE PERCEPCION DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
TOTAL ADQUISICIONES Y PAGOS
ADQUISICIONES NO OBJETO DE IVA
NOTAS DE CRÉDITO TARIFA 0% POR COMPENSAR PRÓXIMO MES (INFORMATIVO)
NOTAS DE CRÉDITO TARIFA 12% POR COMPENSAR PRÓXIMO MES (INFORMATIVO)
PAGOS NETOS POR REEMBOLSO COMO INTERMEDIARIO (INFORMATIVO)
IMPORTACIONES DE ACTIVOS FIJOS GRAVADOS TARIFA 12%
IMPORTACIONES DE BIENES (INCLUYE ACTIVOS FIJOS) GRAVADOS TARIFA 0%
ADQUISICIONES Y PAGOS (INCLUYE ACTIVOS FIJOS) GRAVADOS TARIFA 0%
ADQUISICIONES REALIZADAS A CONTRIBUYENTES RISE
ADQUISICIONES Y PAGOS (EXCLUYE ACTIVOS FIJOS) GRAVADOS TARIFA 12% (CON DERECHO A CRÉDITO
TRIBUTARIO)
ADQUISICIONES LOCALES DE ACTIVOS FIJOS GRAVADOS TARIFA 12% (CON DERECHO A CRÉDITO TRIBUTARIO)
OTRAS ADQUISICIONES Y PAGOS GRAVADOS TARIFA 12% (SIN DERECHO A CRÉDITO TRIBUTARIO)
IMPORTACIONES DE BIENES (EXCLUYE ACTIVOS FIJOS) GRAVADOS TARIFA 12%
RESUMEN DE ADQUISICIONES Y PAGOS DEL PERÍODO QUE DECLARA VALOR BRUTO VALOR NETO (VALOR BRUTO - N/C) IMPUESTO GENERADO
0,00 825,49 0,00 825,49
LIQUIDACIÓN DEL IVA EN EL MES
TOTAL TRANSFERENCIAS
GRAVADAS 12%
A CONTADO ESTE MES
TOTAL TRANSFERENCIAS
GRAVADAS 12%
A CRÉDITO ESTE MES
TOTAL IMPUESTO GENERADO
Trasládese campo 429
IMPUESTO A LIQUIDAR DEL MES
ANTERIOR
(Trasládese el campo 485 de la declaración
del período anterior)
IMPUESTO A LIQUIDAR EN ESTE
MES
(Mínimo 12% del campo 480)
IMPUESTO A LIQUIDAR EN
EL PRÓXIMO MES
(482 - 484)
TOTAL IMPUESTO A LIQUIDAR EN
ESTE MES
SUMAR 483 + 484
NOTAS DE CRÉDITO TARIFA 0% POR COMPENSAR PRÓXIMO MES (INFORMATIVO)
NOTAS DE CRÉDITO TARIFA 12% POR COMPENSAR PRÓXIMO MES (INFORMATIVO)
INGRESOS POR REEMBOLSO COMO INTERMEDIARIO (INFORMATIVO)
EXPORTACIONES DE SERVICIOS
TOTAL VENTAS Y OTRAS OPERACIONES
TRANSFERENCIAS NO OBJETO O EXENTAS DE IVA
VENTAS DE ACTIVOS FIJOS GRAVADAS TARIFA 0% QUE NO DAN DERECHO A CREDITO TRIBUTARIO
VENTAS LOCALES (EXCLUYE ACTIVOS FIJOS) GRAVADAS TARIFA 0% QUE DAN DERECHO A CREDITO TRIBUTARIO
VENTAS DE ACTIVOS FIJOS GRAVADAS TARIFA 0% QUE DAN DERECHO A CREDITO TRIBUTARIO
EXPORTACIONES DE BIENES
IMPUESTO GENERADO
VENTAS LOCALES (EXCLUYE ACTIVOS FIJOS) GRAVADAS TARIFA 12%
VENTAS DE ACTIVOS FIJOS GRAVADAS TARIFA 12%
VENTAS LOCALES (EXCLUYE ACTIVOS FIJOS) GRAVADAS TARIFA 0% QUE NO DAN DERECHO A CREDITO
TRIBUTARIO
201
RESUMEN DE VENTAS Y OTRAS OPERACIONES DEL PERÍODO QUE DECLARA VALOR BRUTO VALOR NETO (VALOR BRUTO - N/C)
2012
Nº. DE FORMULARIO QUE SUSTITUYE
11 1204 05 06 102 AÑO07 08 09 10
(+) AJUSTE POR IVA DEVUELTO POR OTRAS INSTITUCIONES DEL SECTOR PÚBLICO IMPUTABLE AL CRÉDITO TRIBUTARIO EN EL MES
ADQUISICIONES EXENTAS DEL PAGO DE IVA
DECLARACIÓN DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO No.
101 MES 01 02 03
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147
Anexo 3. Formulario 102, período 2012
FORMULARIO 102
RESOLUCIÓN NAC-DGERCGC12-00829
100 IDENTIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN
104 Nº. DE FORMULARIO QUE SUSTITUYE
200 IDENTIFICACIÓN DEL SUJETO PASIVO
RUC APELLIDOS Y NOMBRES COMPLETOS / RAZÓN O DENOMINACIÓN SOCIAL DE LA SUCESIÓN INDIVISA
0 7 0 3 4 5 8 7 6 0 0 0 1 CAMPOVERDE CAMPOVERDE MONICA MARISOL
ACTIVIDAD EMPRESARIAL DE LA PERSONA NATURAL OBLIGADA A LLEVAR CONTABILIDAD Y SUCESIONES INDIVISAS
TOTAL PATRIMONIO NETO 598 = 174606,94
TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO 599 = 181629,35
ACTIVO CORRIENTE
EFECTIVO (CAJA), BANCOS 311 + 5665
INVERSIONES CORRIENTES 312 + VENTAS NETAS LOCALES GRAVADAS CON TARIFA 12% DE IVA 601 + 141133,51
LOCALES 313 + VENTAS NETAS LOCALES GRAVADAS CON TARIFA 0% O EXENTAS DE IVA 602 +
DEL EXTERIOR 314 + EXPORTACIONES NETAS 603 +
LOCALES 315 + OTROS INGRESOS PROVENIENTES DEL EXTERIOR 604 +
DEL EXTERIOR 316 + 585,55 RENDIMIENTOS FINANCIEROS 605 +
LOCALES 317 + OTRAS RENTAS GRAVADAS 606 +
DEL EXTERIOR 318 + UTILIDAD EN VENTA DE PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO 607 +
LOCALES 319 + DIVIDENDOS GRAVADOS 608 +
DEL EXTERIOR 320 + RENTAS EXENTAS 612 +
321 (-) TOTAL INGRESOS SUMAR 601 AL 612 699 = 141133,51
322 + VENTAS NETAS DE PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO (INFORMATIVO) 691
CRÉDITO TRIBUTARIO A FAVOR DEL SUJETO PASIVO (IVA) 323 + 952,80 INGRESOS POR REEMBOLSO COMO INTERMEDIARIO (INFORMATIVO) 692
CRÉDITO TRIBUTARIO A FAVOR DEL SUJETO PASIVO (RENTA) 324 +
INVENTARIO DE MATERIA PRIMA 325 +
INVENTARIO DE PRODUCTOS EN PROCESO 326 + 701 + 68235
INVENTARIO DE SUMINISTROS Y MATERIALES 327 + 702 + 120415,81
INVENTARIO DE PROD. TERM. Y MERCAD. EN ALMACÉN 328 + 91767 703 + 704 +
MERCADERÍAS EN TRÁNSITO 329 + 705 (-) 91767
INVENTARIO REPUESTOS, HERRAMIENTAS Y ACCESORIOS 330 + INVENTARIO INICIAL DE MATERIA PRIMA 706 +
ACTIVOS PAGADOS POR ANTICIPADO 331 + COMPRAS NETAS LOCALES DE MATERIA PRIMA 707 +
OTROS ACTIVOS CORRIENTES 332 + IMPORTACIONES DE MATERIA PRIMA 708 +
TOTAL ACTIVO CORRIENTE 339 = 98970,35 (-) INVENTARIO FINAL DE MATERIA PRIMA 709 (-)
ACTIVO NO CORRIENTE INVENTARIO INICIAL DE PRODUCTOS EN PROCESO 710 +
PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO (-) INVENTARIO FINAL DE PRODUCTOS EN PROCESO 711 (-)
INMUEBLES (EXCEPTO TERRENOS) 341 + 37500 INVENTARIO INICIAL PRODUCTOS TERMINADOS 712 +
NAVES, AERONAVES, BARCAZAS Y SIMILARES 342 + (-) INVENTARIO FINAL DE PRODUCTOS TERMINADOS 713 (-)
MUEBLES Y ENSERES 343 + 7250 715 + 716 + 8401,02
MAQUINARIA, EQUIPO E INSTALACIONES 344 + 717 + 718 +
EQUIPO DE COMPUTACIÓN Y SOFTWARE 345 + 3120 719 + 720 +
VEHÍCULOS, EQUIPO DE TRANSPORTE Y CAMINERO MÓVIL 346 + 12789 HONORARIOS PROFESIONALES Y DIETAS 721 + 722 + 1456
OTRAS PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO 347 + 723 + 724 +
(-) DEPRECIACIÓN ACUMULADA PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO 348 (-) ARRENDAMIENTO DE INMUEBLES 725 + 726 +
TERRENOS 349 + 22000 MANTENIMIENTO Y REPARACIONES 727 + 728 + 3890
OBRAS EN PROCESO 350 + COMBUSTIBLES 729 + 730 +
TOTAL PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO 369 = 82659 PROMOCIÓN Y PUBLICIDAD 731 + 732 + 1456
ACTIVO DIFERIDO (INTANGIBLE) SUMINISTROS Y MATERIALES 733 + 734 +
MARCAS, PATENTES, DERECHOS DE LLAVE Y OTROS SIMILARES 371 + TRANSPORTE 735 + 736 + 2890
GASTOS DE ORGANIZACIÓN Y CONSTITUCIÓN 373 + PARA JUBILACIÓN PATRONAL 737 + 738 +
GASTOS DE INVESTIGACIÓN EXPLORACIÓN Y SIMILARES 375 + PARA DESAHUCIO 739 + 740 +
OTROS ACTIVOS DIFERIDOS 377 + PARA CUENTAS INCOBRABLES 742 +
(-) AMORTIZACIÓN ACUMULADA 378 (-) OTRAS PROVISIONES 743 + 744 +
TOTAL ACTIVO DIFERIDO 379 = LOCAL 745 + 746 +
ACTIVO LARGO PLAZO DEL EXTERIOR 747 + 748 +
ARRENDAMIENTO MERCANTIL
COSTO GASTO
INVENTARIO INICIAL DE BIENES NO PRODUCIDOS POR EL SUJETO
PASIVO
SUELDOS, SALARIOS Y DEMÁS REMUNERACIONES QUE
CONSTITUYEN MATERIA GRAVADA DEL IESS
HONORARIOS A EXTRANJEROS POR SERVICIOS OCASIONALES
PROVISIONES
IMPORTANTE: POSICIONE EL CURSOR SOBRE EL CASILLERO PARA OBTENER AYUDA
SOBRE SU LLENADO
ESTADO DE RESULTADOS
201
DECLARACIÓN DEL IMPUESTO A LA RENTA PERSONAS NATURALES Y SUCESIONES INDIVISAS
OBLIGADAS A LLEVAR CONTABILIDAD No.
102 AÑO 2 0 1 2
IMPORTACIONES DE BIENES NO PRODUCIDOS POR EL SUJETO
PASIVO
(-) INVENTARIO FINAL DE BIENES NO PRODUCIDOS POR EL SUJETO
PASIVO
ESTADO DE SITUACIÓN
ACTIVO 499+598
INGRESOS
CUENTAS Y
DOCUMENTOS
POR COBRAR
CLIENTES
CORRIENTE
RELACIONADOS
NO
RELACIONADOS
CRÉDITO TRIBUTARIO A FAVOR DEL SUJETO PASIVO (ISD)
OTRAS CUENTAS
Y DOCUMENTOS
POR COBRAR
CORRIENTE
RELACIONADOS
NO
RELACIONADOS
(-) PROVISIÓN CUENTAS INCOBRABLES
APORTE A LA SEGURIDAD SOCIAL (INCLUYE FONDO DE RESERVA)
COSTOS Y GASTOS
BENEFICIOS SOCIALES, INDEMNIZACIONES Y OTRAS
REMUNERACIONES QUE NO CONSTITUYEN MATERIA GRAVADA DEL
COMPRAS NETAS LOCALES DE BIENES NO PRODUCIDOS POR EL
SUJETO PASIVO
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